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1 REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CAMINOS NOG.: 2742136 TÉRMINOS DE REFERENCIA CONCURSO PÚBLICO NACIONAL No. DGC 0042,013 - S PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN DEL PROYECTO: CONSTRUCCIÓN CARRETERA LIBRAMIENTO CABECERA DEPARTAMENTAL DE CHIMALTENANGO, RUTA CA - 1 OCCIDENTE, TRAMO: KM 48 CA-01 OCC. (SAN MIGUEL MORAZAN) KM 62 CA-01 OCC. LONGITUD APROXIMADA 15.323KM. DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO. GUATEMALA, JULIO DE 2,013
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Oct 28, 2018

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REPÚBLICA DE GUATEMALA

MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE CAMINOS

NOG.: 2742136

TÉRMINOS DE REFERENCIA CONCURSO PÚBLICO NACIONAL

No. DGC – 004– 2,013 - S

PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN DEL PROYECTO:

CONSTRUCCIÓN CARRETERA LIBRAMIENTO CABECERA DEPARTAMENTAL DE CHIMALTENANGO,

RUTA CA - 1 OCCIDENTE, TRAMO: KM 48 CA-01 OCC. (SAN MIGUEL MORAZAN) – KM 62 CA-01 OCC.

LONGITUD APROXIMADA 15.323KM. DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.

GUATEMALA, JULIO DE 2,013

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ÍNDICE GENERAL PRESENTACION DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA .............................................. 3

ANUNCIO ......................................................................................................................... 4

1. Glosario ........................................................................................................................... 5

2. Objeto ............................................................................................................................... 7

3. Descripción del Proyecto a supervisar .............................................................................. 7

4. Elegibilidad de los participantes ........................................................................................ 7

5. Competencia del Supervisor ............................................................................................. 7

6. Alcance de los servicios .................................................................................................... 8

7. Inicio y duración de los servicios ....................................................................................... 12

8. Documentos que forman parte del contrato de supervisión ............................................. 13

9. Obligaciones del Supervisor ............................................................................................. 13

10. Responsabilidad de los servicios en cada etapa ........................................................ 19

11. Condiciones para la preparación y presentación de la Propuesta Técnica y Oferta

Económica ..................................................................................................................... 21

12. Contenido de la Propuesta Técnica (PLICA “A”).............................................................. 22

13. Contenido de la Oferta Económica (PLICA “B”) ................................................................ 25

14. Copias de la oferta ............................................................................................................ 26

15. Procedimiento de Selección de los servicios de Supervisión ........................................... 26

16. Forma de contratación ...................................................................................................... 27

17. Forma de pago ................................................................................................................. 27

18. Garantías y seguros ........................................................................................................ 28

19. Resolución de controversias ............................................................................................. 30

20. Impuestos ......................................................................................................................... 30

21. Sanciones pecuniarias ...................................................................................................... 30

22. Oficina para el Supervisor ................................................................................................. 31

23. Información adicional o aclaraciones y modificaciones a los Términos de Referencia ..... 31

24. Fluctuación de precios ...................................................................................................... 31

25. Suspensión parcial o total de los trabajos del proyecto .................................................... 32

26. Terminación prematura del Contrato……………………………………………………….. .. 32

27. Compromisos de la Dirección…………………………………………………..…………….. 32

28. Inspecciones………………………………………………………………………………… ..... 32

29. CoST….. ........................................................................................................................... 33

30. Clausula Relativa al Cohecho………………………………………………………………. 33

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA ESPECIAL AMBIENTAL .................................................... 34

ANEXO 1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN ........................................................................ 36

ANEXO 2 FÓRMULAS DE REAJUSTE DE SOBRECOSTOS ......................................... 41

ANEXO 3 INDICADORES CoST ....................................................................................... 42

ANEXO 4 MANUAL DE SEÑALIZACIÓN TEMPORAL.....………………………………..…… 43

ANEXO 5 PROPUESTA TÉCNICA – FORMULARIOS ESTÁNDAR ................................. 51

ANEXO 6 OFERTA ECONÓMICA – FORMULARIOS ESTÁNDAR ................................. 61

ANEXO 7 MODELO DE CONTRATO DE SUPERVISIÓN …………………………………. 68

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TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL

CONCURSO PÚBLICO NACIONAL No. DGC – 004 – 2,013 -S

PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN DEL PROYECTO:

CONSTRUCCIÓN CARRETERA LIBRAMIENTO CABECERA DEPARTAMENTAL DE CHIMALTENANGO, RUTA CA-1 OCCIDENTE,

TRAMO: KM 48 CA-01 OCC. (SAN MIGUEL MORAZAN) – KM 62 CA-01 OCC. LONGITUD APROXIMADA 15.323KM.

DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.

EL MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, con el objeto de contratar los Servicios de Supervisión de los trabajos del Proyecto arriba descrito, procede a realizar Concurso Público Nacional de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones de Estado, Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala y su Reglamento, Acuerdo Gubernativo No. 1056-92, y demás leyes del país. Para establecer las formalidades entre el Gobierno de la República Guatemala y la Supervisora, se han elaborado los presentes TÉRMINOS DE REFERENCIA, que contienen las normas que regirán la contratación, de acuerdo con la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Para hacerlo del conocimiento público, se harán las publicaciones respectivas, según lo establecido en el Artículo 23 de la Ley de Contrataciones del Estado, resolución No. 30-2009 del 6 de abril de 2009 del Ministerio de Finanzas Públicas, Acuerdo Ministerial No.386-2003 del 17 de noviembre del 2003 y Acuerdo Gubernativo No. 80-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas.

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TÉRMINOS DE REFERENCIA

CONCURSO PÚBLICO NACIONAL No. DGC – 004– 2,013 - S

PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS

DE SUPERVISIÓN DEL PROYECTO:

CONSTRUCCIÓN CARRETERA LIBRAMIENTO CABECERA DEPARTAMENTAL DE CHIMALTENANGO, RUTA CA-1 OCCIDENTE, TRAMO:

KM 48 CA-01 OCC. (SAN MIGUEL MORAZAN) – KM 62 CA-01 OCC. LONGITUD APROXIMADA 15.323KM.

DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.

El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, por medio de la Dirección General de Caminos, realizará el Concurso Público Nacional No. DGC-004-2013-S para la contratación de los servicios de supervisión de El Proyecto arriba descrito. 1. La prestación de los servicios de supervisión, consistirá en velar porque los trabajos se ejecuten de

acuerdo con la sana práctica de ingeniería, lo establecido en el contrato de construcción, las Especificaciones Generales para Construcción de Carreteras y Puentes (Edición Septiembre 2001), y demás documentos de contratación; asimismo, cumplir con los requisitos que indica la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente y las normas de gestión de riesgo aplicables al proyecto.

2. Las empresas interesadas en participar en este concurso podrán adquirir los documentos en el portal

GUATECOMPRAS NOG 2742136 de conformidad con lo indicado en el Artículo 22 de la Ley de Contrataciones del Estado y 7 de su Reglamento. Es requisito acreditar estar inscrito en el Registro de Precalificados de Consultores de la Secretaria de Planificación y Programación de la Presidencia (SEGEPLAN), en las especialidades siguientes: 2.050 Evaluación de Impacto Ambiental o 2.051 Monitoreo y Seguimiento Ambiental o 2.052 Auditoría Ambiental o 11.046 Evaluación de Impacto Ambiental, 11.011 Ingeniería Vial, 11.013 Diseño de Carreteras, 11.019 Diseño de Puentes de Concreto Pos-tensado, 11.029 Topografía, 11.033 Ingeniería Estructural, 11.031 Cimentación, 11.032 Laboratorio de Resistencia de Suelos y Materiales, 11.035 Supervisión de Obras, 11.036 Diseño de Pavimentos, 11.041 Ingeniería Geotécnica, 11.047 Ingeniería Civil, 3.005 Estudios de Hidráulica e Ingeniería Hidráulica.

3. La fuente de financiamiento será con Fondos Nacionales.

4. Las ofertas deben ser presentadas en plica, en original y tres copias con indicación en la parte exterior

del nombre y dirección del Oferente, fijándose para la recepción y apertura el día 20 de agosto de 2,013, a las 14:00 horas en el Salón de Usos Múltiples de la Dirección General de Caminos, advirtiéndose que transcurridos 30 minutos después de la hora indicada, no se aceptarán más ofertas y se procederá a la apertura de plicas.

Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda

Dirección General de Caminos División de Planificación y Estudios Departamento Técnico de Ingeniería

Teléfono (502) 2472 1021. Finca Nacional La Aurora, Salón 7, Zona 13, Ciudad de Guatemala.

Guatemala, julio de 2,013

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1. GLOSARIO Se presenta a continuación el significado que en este documento se le da a los siguientes

términos y abreviaturas: CIV: Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda. La Comisión: Órgano competente para recibir, calificar y adjudicar el negocio,

nombrada e integrada de conformidad con lo establecido en el Artículo 22 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, del Congreso de la República de Guatemala.

Contratista: Persona individual o jurídica, que suscribe el contrato respectivo y

quien se encargará de la construcción de la obra. Contrato: Instrumento Jurídico suscrito entre el Estado de Guatemala y la

Supervisora o su representante legal, para la prestación de los Servicios de Supervisión, en donde se establece los derechos y obligaciones de ambas partes.

CoST: Iniciativa de transparencia en el sector de construcción. Delegado Residente: Es el Ingeniero Civil colegiado activo, que representa a la Dirección

General de Caminos a través de la supervisora en la obra, responsable de los asuntos técnicos y administrativos relacionados con la ejecución de los trabajos.

DGA Departamento de Gestión Ambiental de la División de Planificación y

Estudios de la Dirección General de Caminos DGC o Dirección: Dirección General de Caminos. División: División de Supervisión de Construcciones de la DGC. DTI: Departamento Técnico de Ingeniería de la División de Planificación

y Estudios de la Dirección General de Caminos. EIA: Estudio de Impacto Ambiental. Especificaciones Generales: Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras y

Puentes, Edición Septiembre 2001.

El Proyecto: CONSTRUCCIÓN CARRETERA LIBRAMIENTO CABECERA DEPARTAMENTAL DE CHIMALTENANGO, RUTA CA-1 OCCIDENTE, TRAMO: KM 48 CA-01 OCC. (SAN MIGUEL MORAZAN) – KM 62 CA-01 OCC. LONGITUD APROXIMADA 15.323KM. DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.

.

El Reglamento: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, contenido en Acuerdo Gubernativo No. 1,056-92, de fecha 22 de diciembre de 1992.

MARN: Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.

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Ley: Ley de Contrataciones del Estado Decreto No. 57-92, del Congreso

de la República, y sus reformas. Oferente: Persona individual o jurídica, que presenta una propuesta técnica y

una oferta económica, con la intención que se le adjudique el negocio.

Oferta Económica: Documento presentado por el oferente que contiene los costos

directos e indirectos para la prestación de los servicios de supervisión.

Plazo Contractual: Período en días calendario, meses o años de que dispone el

supervisor para el cumplimiento del objeto del contrato. PMA: Plan de Manejo Ambiental, que se refiere a la descripción de la

programación y organización de los trabajos tendientes a minimizar eficiente y oportunamente los impactos negativos que podrían generarse en la ejecución de las obras, mismos que deben cumplir con las Disposiciones Ambientales, Especificaciones Técnicas Especiales Ambientales y las Medidas de Mitigación Ambiental y el Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental.

Plica: Sobre, paquete o caja debidamente cerrado y sellado, que contiene

la oferta y demás documentos de soporte adjuntos. Propuesta Técnica: Documento presentado por el oferente que contiene el alcance de

los servicios, metodología, personal y equipo para la prestación de los servicios de supervisión.

SEGEPLAN: Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia. Supervisor: Persona individual o jurídica encargada de velar por el cumplimiento

de las normas técnicas, administrativas y ambientales durante la ejecución de los trabajos del proyecto.

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2. OBJETO

Establecer las condiciones básicas para la presentación de la propuesta técnica y la oferta económica, documentos necesarios para evaluar la capacidad técnica y financiera de los oferentes, el historial de su personal profesional y técnico. Asimismo, el costo integrado de los servicios requeridos para la supervisión del Proyecto.

3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO A SUPERVISAR.

Aspectos técnicos: El proyecto consiste en la construcción de un tramo vial con una longitud de 15.323 Km, que librará la cabecera departamental de Chimaltenango y la cabecera municipal de El Tejar, dejando la actual CA-1 Occidente como acceso a estas poblaciones, creando así una vía rápida para trasladarse sin pasar por la zona urbana. El contratista tendrá a su cargo la gestión para la adquisición del derecho de vía.

La sección típica a superisar tendrá un ancho de rodadura de 14.40 m, un arriate central de 1.30 m más hombros de 1.5 m a ambos lados. La estructura del pavimento que se pretende construir estará formada por una capa de sub-base, una capa de base estabilizada con cemento y una capa de rodadura de 18 cm de espesor de concreto hidráulico con una resistencia a la flexión T97 (ASTM C78) promedio mínima de 4.5 MPa (650 psi). El sistema de drenaje longitudinal para que se puedan evacuar las aguas llovidas, consistirá en cunetas revestidas de concreto simple fundido en el sitio. También se incluye la construcción de sub-drenajes para la captación de las aguas subterráneas. El sistema de drenaje transversal incluye cajas y cabezales, y alcantarillas de metal corrugado, así como la construcción de varias bóvedas de drenaje mayor. Se construirá la señalización horizontal y vertical y se harán los trabajos adecuados para la mitigación ambiental en los depósitos y botaderos de material de desperdicio, las áreas de campamento y ubicación de las plantas de producción de materiales y de la elaboración del concreto hidráulico y todos aquellos trabajos que sean necesarios para que la obra quede en su total funcionamiento. De acuerdo a la topografía del tramo existen zonas onduladas y montañosas variando de alturas entre 1,780 msnm y 2,100 msnm en toda la longitud. La pendiente máxima permitida en el eje de la vía será de 8 %. La temperatura del municipio oscila entre 18 a 25 grados centígrados y la precipitación pluvial es de aproximadamente 2,000 mm. Anuales. De mayo a octubre se enmarca el invierno y de noviembre a abril se define a la estación del verano.

4. ELEGIBILIDAD DE LOS PARTICIPANTES

Pueden participar oferentes que estén debidamente inscritos en el Registro de Precalificados de Consultores de SEGEPLAN según se indica en el numeral dos (2) del Anuncio.

5. COMPETENCIA DEL SUPERVISOR. Se requiere que el Supervisor tenga la suficiente capacidad técnica, financiera y experiencia en supervisión de trabajos de construcción de obras viales. El Supervisor por medio de su Delegado Residente tendrá carácter de autoridad ante el Contratista y dependerá de la División de Supervisión de Construcciones de la DGC.

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6. ALCANCE DE LOS SERVICIOS. Deben ser considerados por el Oferente sin limitarse a ello, como los mínimos e indispensables para la correcta supervisión de la ejecución de los trabajos y se proceda conforme a los planos y demás documentos del contrato de construcción y con el fiel apego al cumplimiento de las normas descritas en los presentes términos de referencia. El oferente podrá ampliar en su Propuesta Técnica el alcance de los servicios propuestos si lo considera conveniente y necesario para los fines del Proyecto objeto del concurso. En general, el supervisor tendrá todas las obligaciones y responsabilidades técnicas y administrativas inherentes a este tipo de servicio.

6.1 Descripción:

El Supervisor cumplirá para el CIV - DGC con:

6.1.1 Normas y Especificaciones para la Supervisión. El Supervisor para el cumplimiento de sus obligaciones se regirá por las directrices

descritas en los documentos siguientes: los Términos de Referencia, Contrato de Supervisión, las Normas Ambientales aplicables, las Normas de Gestión de Riesgo Aplicables, las Especificaciones Generales, las Especificaciones Técnicas Especiales, las disposiciones Técnicas y Ambientales, La Ley y su Reglamento.

6.1.2 Asuntos Técnico-Administrativos.

1. Durante la pre-construcción deberá revisar los estudios de suelos, realizar el replanteo

topográfico del tramo, ubicación y verificación de bancos de materiales y desperdicio propuestos, revisar los planos, cantidades de trabajo, disposiciones y especificaciones técnicas especiales y otros, definidos para la construcción de El Proyecto, haciendo las correcciones necesarias a los posibles errores y actualizar la información existente. Rediseñar geométricamente todos aquellos tramos o secciones de El Proyecto, en donde lo considere necesario, esto incluye todos los cambios que se efectúen para el mejoramiento del camino o trazado, a expensas del Consultor y en total conveniencia a los intereses del Estado. Esta actividad debe realizarla en los primeros treinta (30) días calendario después del inicio de sus actividades de supervisión, los resultados de sus observaciones deberá notificarlos a la División.

2. Velar porque en las obras se implementen las medidas de mitigación como las

Disposiciones Especiales Ambientales y las Especificaciones Técnicas Especiales Ambientales identificadas en el EIA y que en los procesos constructivos se observen las medidas pertinentes para la protección del medio ambiente a fin de evitar la contaminación de corrientes de agua, daños a la vegetación y capa vegetal, erosión en taludes y cauces, daños a propiedades, incendios, tala de árboles, actividades de caza y otras concernientes; así también, velará por la seguridad industrial de los operarios, seguridad de los usuarios y vecinos del proyecto y velará por una eficiente implementación de los diferentes planes de contingencia y de seguridad en el ámbito ambiental. Para cumplir con este requisito deberá contar con los servicios de un supervisor ambiental, registrado como consultor en el MARN, quien coordinará sus actividades de supervisión y monitoreo con el DGA de la DGC.

3. Revisar y opinar acerca de las alternativas de ejecución de las obras y las estrategias

de construcción y programa de trabajos propuestos por el contratista. Todo ello con el fin de facilitar las correspondientes aprobaciones por parte de la DGC.

4. Establecer los procedimientos a seguir en las relaciones DGC - Supervisor -

Contratista, con el fin de que la construcción del proyecto sea realizada en forma armoniosa sin menoscabo de los intereses de ninguna de las partes. Velar que las obras sean realizadas de acuerdo con lo contratado en cuanto a calidad y función, en el plazo de ejecución y precio convenido. El Supervisor tendrá la función de

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representante de la DGC con la autoridad que le confieren las Especificaciones Generales, para resolver todos los asuntos de tipo técnico y administrativo en relación con el contrato de construcción, salvo en aquellos casos de mayor trascendencia en que será necesaria la aprobación del CIV.

5. Coordinar con la DGC la entrega al Contratista de las obras existentes a mejorar,

incluyendo los posibles bancos de materiales y sitios ambientalmente adecuados para la instalación de las plantas de producción, acopio de materiales y campamentos. Para el uso de los diferentes espacios debe prepararse un plan de manejo, con el objetivo de minimizar los potenciales impactos ambientales y humanos negativos.

6. Preparar todos los procedimientos y documentación necesaria, entre ellos, formularios

para el control de la mano de obra, equipos y materiales empleados, trabajos programados y realizados a diario durante cada mes, órdenes de campo, documentos de cambio, clasificación y ordenamientos de libretas de campo, formularios para control de los trabajos por administración, preparación de cuadros y gráficos de avances físicos y financieros de acuerdo con los requerimientos de la DCG y otras formas de control e informes.

7. Revisar y tramitar las estimaciones mensuales presentadas por el Contratista. 8. Velar porque el Contratista cumpla con todas las estipulaciones de las bases de

licitación, del contrato y sus anexos y hacérselo saber por escrito en bitácora y orden de campo, cada vez que se aparte de los mismos, particularmente en cuanto al ritmo de avance, implementación estricta del Sistema de Control de Calidad, calidad de las obras y costos.

9. Tramitar con diligencia todos los asuntos que serán sometidos a consideración de la

DGC y/o el Contratista. 10. Elaborar los informes mensuales del progreso de la obra, que contengan todas sus

incidencias, así como la información relacionada con la generación de empleo del proyecto y cualquier otro informe especial solicitado por la DGC en relación con ellas.

11. Revisar y recomendar para su aprobación los cronogramas físicos y financieros para

la ejecución de las obras, de acuerdo con el Contratista, teniendo en cuenta las limitaciones que pudieran existir por razones de clima u otras circunstancias previsibles. Verificar periódicamente el cumplimiento de esos cronogramas.

12. Verificar la disponibilidad del personal técnico propuesto por El Contratista y exigir que

éstos cumplan con los requisitos de idoneidad y experiencia necesaria para realizar el trabajo dentro de los estándares de calidad conforme a los documentos contractuales.

13. Comprobar la existencia de los equipos indicados en la propuesta del Contratista, en

número y condición operativa suficiente para alcanzar los rendimientos programados. Verificar que las adquisiciones de materiales y otros suministros se efectúen con la anticipación necesaria para evitar demoras y paralizaciones en la ejecución de las obras.

14. Replanteos en campo:

a) Rediseñar geométricamente todos aquellos tramos o secciones de el Proyecto en

donde lo considere necesario, para lo cual deberá realizar los estudios necesarios y elaborar el cuadro de cantidades de trabajo para autorización de la DGC; deberá incluir todos los cambios que se efectúen para el mejoramiento del camino o trazado, a expensas del Supervisor y en total conveniencia con los intereses de la DGC.

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b) Deberá considerar el trazo de la línea central que será localizado al centro de la sección típica en alineación recta y de acuerdo con el corrimiento correspondiente de la curva espiralada hacia adentro en alineación curva.

c) Deberá considerar el trazo de las líneas no centrales: que serán localizadas a cada lado, a la distancia indicada en la sección típica correspondiente de la línea central de la sección típica en alineación recta más el hombro; y tomando en cuenta el sobre ancho que será compartido en cincuenta por ciento (50%), de acuerdo con el cálculo correspondiente, hacia cada lado de la línea central según el corrimiento correspondiente de la curva espiralada.

d) Deberá suministrar al Contratista toda la información topográfica referente a ubicación de las referencia y medidas que sean necesarias para asegurar que las obras se ejecuten de acuerdo con el alineamiento, niveles, secciones transversales, secciones transversales de alcantarillas, ubicación de los dispositivos de señales de tránsito y demás estructuras y dimensiones establecidos en los planos y documentos de el proyecto o en sus correcciones, debidamente documentado y digitalizado.

15. Proponer cualquier cambio que se estime necesario en los planos y/o lista de cantidades de trabajo, a manera de corregir eventuales errores u omisiones en los documentos de el proyecto o para adecuar los diseños a cualquier variación que pudiera haber ocurrido con respecto a las condiciones iniciales existentes, o sea, durante el tiempo transcurrido entre la elaboración de los diseños y la ejecución de las obras.

16. Revisar los subcontratos propuestos por el contratista y recomendar su aprobación, o

la introducción de cambios o modificaciones que garanticen la buena ejecución de los trabajos subcontratados.

17. Efectuar una inspección continua y completa de todos los trabajos a cargo del

contratista y asegurar el control de calidad de los materiales y procedimientos incorporados o por incorporar a la obra según sea el caso.

18. Verificar que el contratista esté cumpliendo con todas las disposiciones relativas a la

protección del medio ambiente, contenidas en las Medidas de Mitigación Ambiental y las Especificaciones Técnicas Especiales Ambientales del EIA ajustando las cantidades estimadas de trabajo a ejecutar dentro de los renglones de trabajo de la parte conducente de la Sección 800 de las Especificaciones Generales

19. Realizar mensualmente las mediciones y cálculos necesarios para determinar las

cantidades de trabajo ejecutados por el Contratista. 20. Celebrar sesiones periódicas con el personal de la División y el Contratista, para

evaluar el avance de los trabajos, analizar los problemas que pudieran haber surgido y proponer las medidas correctivas.

21. Mantener información actualizada de los índices que se aplicarán para determinar el

escalonamiento de precios y calcular el monto de los reajustes al Contrato original. 22. Revisar y recomendar todo lo relacionado con reclamos de parte del Contratista en

cuanto a prórrogas del plazo contractual, pagos por trabajos adicionales, aplicación de cláusulas de reajustes, etc.

23. Presentar los informes documentales y digitalizados, mensuales técnicos y financieros

proporcionando información sobre los pagos efectuados y los saldos por ejecutar, con proyecciones del probable costo final de la obra.

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24. Previo a la recepción de las obras, deberá realizar inspección y hacer las observaciones pertinentes, comprobar que se han cumplido con las correcciones formuladas antes de emitir la certificación definitiva para la aceptación de los trabajos y la posterior recepción del proyecto y liquidación del contrato por la comisión correspondiente.

25. Elaborar los informes finales de obra y la medición final, la cual servirá de base para la

liquidación definitiva de los saldos por pagar al contratista. 26. Revisar y firmar juntamente con el contratista, los planos finales de la obra construida,

que muestren todos los elementos de el proyecto, tal como hayan sido construidos y entregarlos a la División para su firma y envío al DTI, dentro del plazo de la Etapa de Post-construcción siguiente a la recepción final de las obras en forma documental y digitalizada, para esto se debe cumplir con la sección 105.6 de las Especificaciones Generales.

27. Aprobar o rechazar los métodos, estrategias, planes y programas propuestos por el

Contratista para la ejecución de las obras.

6.1.3 Trabajos de Campo.

1. Replantear topográficamente el eje y las secciones transversales de la vía en el

terreno, con sus curvas, tangentes, sobre ancho, peraltes y transiciones; y secciones transversales en estructuras de drenaje menor y mayor. Toda esta información será entregada al contratista en la forma convenida por ambas partes y con la anticipación necesaria para no retrasar el programa de trabajos aprobado.

2. Levantar perfiles y secciones transversales con estacionamientos variables. Estas

secciones transversales serán levantadas conjuntamente con el Contratista y serán usadas para fines de cálculos de volúmenes de obras realizadas. Si el Contratista declinara o no pudiera participar en este levantamiento, serán válidas las efectuadas únicamente por el supervisor a menos que hubiera errores evidentes.

3. Comprobar con amplio muestreo del sitio de explotación la calidad de los materiales a

extraer, la ubicación y elevación de los bancos de material y entregar al Contratista la lista de los mismos ya verificados en el campo.

4. Verificar mensualmente las cantidades de trabajo realizados durante el período para

fines de pago. 5. Revisar las líneas, niveles, rasantes, taludes, anchos, longitudes y espesores de las

obras para verificar si han sido ejecutadas de acuerdo con los planos y especificaciones.

6. Revisar y asegurar constantemente la calidad de los materiales locales o importados a

usarse en el proyecto, tanto en sus fuentes como en el sitio de la obra, así como requerir las respectivas pruebas del Contratista.

7. Controlar permanentemente la calidad del trabajo realizado, verificando las pruebas y

ensayos de laboratorio realizados por el Contratista, a fin de que se ajuste a lo establecido en los planos y especificaciones, tales como la compactación, humedad, resistencia, fraguado, acabado y conformidad con las líneas y niveles. Todo bajo el Sistema de Control de Calidad del Contratista, previamente aprobado.

8. El supervisor es responsable de la selección para obtener las muestras

representativas de los materiales a analizar, a fin de que la información obtenida en el laboratorio del Contratista y en el del supervisor, permita la toma de decisiones

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adecuadas y no resultados dudosos o perjudiciales para el desarrollo de las obras. El Supervisor realizará como mínimo los muestreos y ensayos previstos en su Plan de Aseguramiento de Calidad de las obras de movimiento de tierras y de cada componente del pavimento (monitoreo de las pruebas del Contratista) en un laboratorio propio o ajeno a El Proyecto, verificando la debida concordancia de estos resultados con los indicados particularmente para esta obra y con las Especificaciones Generales.

9. Verificar que los procedimientos usados en la construcción sean adecuados desde el

punto de vista técnico y ambiental y que la maquinaria y equipo empleado llene los requisitos operacionales.

10. Vigilar constantemente durante el proceso de ejecución de las obras, por intermedio

de su equipo ambiental especializado, que se implementen todas las medidas de mitigación, corrección y compensación ambiental y las especificaciones técnicas especiales ambientales.

11. Inspeccionar constantemente la ejecución de las obras por medio de personal idóneo

que permanezca en el sitio, dirigido por el delegado residente a cuyo cargo estarán todas las decisiones.

12. Dentro del Plan de Aseguramiento de Calidad y previo a la recepción provisoria de la misma, el Supervisor debe verificar: la evaluación estructural, la medición de la rugosidad y las deflexiones alcanzadas al nivel de la carpeta de rodadura de la obra construida.

6.2 El Supervisor debe desempeñar su trabajo en forma coordinada y colaborar con el personal

profesional de la División.

6.3 El Supervisor debe velar porque el Contratista, para la ejecución de los trabajos, cumpla con todos los aspectos comprendidos en los documentos enumerados en el inciso 6.1.1.

7. INICIO Y DURACIÓN DE LOS SERVICIOS.

El período contractual tendrá una duración máxima SETECIENTOS OCHENTA (780) DÍAS CALENDARIO, que se divide en las etapas siguientes:

7.1 Pre-construcción.

La etapa de Pre-construcción tendrá una duración de TREINTA (30) DÍAS CALENDARIO, iniciando dentro de los cinco días siguientes a la fecha de recepción de la notificación del acuerdo ministerial que aprueba el contrato de supervisión, debiéndose levantar el acta correspondiente.

7.2 Construcción.

El plazo contractual para la etapa de construcción será de SETECIENTOS VEINTE (720) DÍASCALENDARIO establecido en las respectivas bases de licitación del proyecto, el que debe estimarse como referencia para el cálculo de la oferta económica. El plazo de la etapa de construcción iniciará en la misma fecha que inicia el plazo contractual del contratista para la ejecución de los trabajos de El Proyecto. Sin embargo, si el oferente adjudicado para la ejecución de los trabajos de El Proyecto, presenta un plazo menor al indicado en las Bases de Licitación, por medio de acuerdo de entendimiento se ajustará la oferta económica presentada por el Supervisor, a este plazo.

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El Supervisor será contratado por un período equivalente al tiempo de ejecución de las obras, o sea por el período de tiempo propuesto por el Contratista adjudicado.

7.3 Post-construcción. Tendrá una duración de TREINTA (30) DÍAS CALENDARIO, que iniciará a partir de la fecha de finalización de la obra. Durante esta etapa el supervisor colaborará en la fase de recepción de El proyecto.

8. DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO DE SUPERVISIÓN. Como documentos propios del proceso de contratación de los Servicios de Supervisión se enumeran los siguientes:

a. Términos de Referencia b. Propuesta técnica c. Oferta económica d. Registro de precalificados de consultores e. Garantía de sostenimiento de oferta f. Garantía de cumplimiento g. Garantía de anticipo h. Seguros i. Representación legal j. Declaraciones juradas mencionadas en este documento k. Especificaciones Generales l. Especificaciones Especiales Técnicas Ambientales

9. OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR.

Los servicios de supervisión de las obras de El Proyecto comprenden en forma específica más no limitativa, lo siguiente:

9.1 Objetivo de las obligaciones: Velar y hacer que se cumplan todas las regulaciones técnicas, económicas, administrativas y ambientales contenidas en el EIA y la resolución aprobatoria del MARN que sean necesarias de acuerdo al diseño y método constructivo de El proyecto a ejecutar, conforme a: las Especificaciones Generales, las Disposiciones Especiales y Ambientales, Especificaciones Técnicas Ambientales, normas aplicables de la gestión de riesgo, la Ley y su Reglamento.

9.2 El Supervisor no puede transferir, comprometer, ceder su derecho a recibir pagos o hacer

cualquier otra transacción sobre el contrato o parte de él, sin la autorización expresa del CIV, no pudiendo exceder en todo caso la suma del veinte por ciento (20%) del contrato principal.

9.3 Estudio de documentos:

Durante la etapa de pre-construcción debe revisar y estudiar cuidadosamente El Proyecto, diseño y planos de el Proyecto (al que tendrá acceso en el DTI), Especificaciones Generales y Especiales, EIA (al que tendrá acceso en el DGA), así como los demás documentos contractuales y programas de trabajo correspondientes, hasta llegar a conocer lo suficiente sobre El Proyecto, a efecto de que antes del inicio de las obras presente las recomendaciones necesarias con el aval de la División para que pueda disponer adecuada y oportunamente de lo necesario para coordinar su trabajo con el Contratista y evitar por estos motivos, demoras, atrasos o situaciones que tiendan a entorpecer su ejecución.

9.4 Asignación del personal profesional y técnico:

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Debe asignar al Delegado Residente, Ingeniero Auxiliar, Personal de Topografía, Supervisor Ambiental (profesional con licencia ambiental extendida por el MARN, quienes deberán ser colegiados activos en el respectivo colegio profesional de Guatemala), inspectores y personal de laboratorio que sean necesarios, los cuales tendrán las atribuciones que le asignan las Especificaciones Generales. El Supervisor no podrá rescindir los servicios del personal profesional propuesto, sin causa comprobada y debidamente justificada, de lo contrario quedará sujeto a incumplimiento.

9.5 Supervisión de la implementación de las Medidas de Mitigación Ambiental:

El Supervisor ambiental debe contar con experiencia en la ejecución y supervisión de Medidas de Mitigación ambiental en proyectos de construcción de carreteras, como mínimo tres (3) proyectos, tendrá a su cargo el monitoreo ambiental de El proyecto y cumplir las funciones siguientes:

1. Aprobar el PMA revisado y actualizado por el Ejecutor Ambiental y aprobado por el

DGA de la DPE, para la implementación de las Especificaciones Técnicas Especiales Ambientales contenidas en el EIA, el que será revisado y actualizado por el ejecutor ambiental y presentado con el informe de pre-construcción.

2. Supervisar y exigir el manejo técnico ambiental de sitios de disposición de material de

desperdicio, campamentos, talleres, planta de trituración, bancos de materiales, control de erosión y aquello relacionado con la construcción de carreteras, según se establece en las Especificaciones Generales.

3. Permanecer en El proyecto a tiempo completo, durante la fase de pre-construcción, y

sin limitarse a ello un mínimo de una visita semanal de dos (2) días efectivos por semana durante la construcción y post-construcción del proyecto, debiendo supervisar que las actividades de ingeniería se ejecuten adecuadamente para no generar daños ambientales.

4. Es responsable de monitorear permanentemente el cumplimiento de las

Especificaciones Técnicas Especiales Ambientales contenidas en el EIA y aquellas que a su criterio deberá incorporarse según la ejecución del proyecto, tomando las acciones pertinentes en caso de incumplimiento por parte del contratista.

5. Aprobar el programa del Muestreo Mensual de Calidad del agua, generación de ruido,

partículas en suspensión (polvo y humo), revisión de maquinaria y equipo para prever fugas de hidrocarburos, grasas, lubricantes y otros según necesidades, elaborado por el Ejecutor Ambiental. Si la actividad que se realiza provoca contaminación a la calidad del agua entonces no se debe permitir tal actividad, lo mismo ocurre con el ruido. La acción final sería aprobar el programa de monitoreo ambiental de las actividades contempladas, debiendo exigir al Ejecutor Ambiental un programa de mantenimiento a los equipos para garantizar un funcionamiento adecuado sin que genere niveles inaceptables de contaminación; dicho programa deberá ser monitoreado e informar a las autoridades de la DGC frecuentemente.

6. Aprobar y supervisar el contenido y la capacitación ambiental del Ejecutor Ambiental

dirigida a los trabajadores del contratista en aspectos de salud ocupacional y seguridad, debiendo exigir su implementación con el cien por ciento (100 %) de los trabajadores por lo menos al inicio de cada relación de trabajo de los mismos.

7. Velará porque la ubicación y funcionamiento de la planta de trituración, planta de

producción de concreto, explotación de bancos de materiales y depósitos de combustibles, estén basados en las Leyes y Reglamentos respectivos del Ministerio de Energía y Minas.

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8. Deberá revisar y aprobar el informe mensual que presentará el ejecutor ambiental, referente al avance de las Medidas de Mitigación Ambiental y las Especificaciones Técnicas Especiales Ambientales contenidas en el EIA y las bases de licitación.

9. Deberá poseer, conocer y exigir la aplicación de la normativa siguiente:

Especificaciones Generales

Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente.

Ley Forestal

Ley de Áreas Protegidas

Ley de Comercialización de Hidrocarburos

Ley de Protección del Patrimonio Cultural de la Nación.

Y otras leyes y regulaciones aplicables. 10. Mantener estrecha comunicación con el Delegado del MARN, a efecto de evitar

diferencias con las responsabilidades de dicho Ministerio, que puedan entorpecer el avance de la obra.

9.6 De la lista de personal profesional y técnico indicado en su propuesta técnica, no puede

realizar cambio alguno, salvo por razones de fuerza mayor debidamente comprobadas previa aprobación de la División, o en caso que así lo soliciten las autoridades del CIV, la DGC o la División, por ser de interés para el proyecto.

9.7 Salvo en caso de necesidad comprobada y justificada, el Supervisor puede realizar cambios

de personal, sustituyéndolo por personal de igual o mejor calidad, enviando a la División y al DGA en el caso del Supervisor Ambiental, por lo menos con diez (10) días hábiles de anticipación, la hoja de vida del profesional que propone para sustituir al indicado en la propuesta técnica, y debe exponer claramente el motivo del cambio y en ningún caso representará algún costo adicional a el proyecto y deberá adjuntar copia del finiquito respectivo y constancia del último pago.

9.8 En caso de que la sustitución de personal se efectúe a solicitud de la División o el DGA en el

caso del Supervisor Ambiental por causa justificada debidamente comprobada, no se hará ninguna deducción al Supervisor.

9.9 Para efectuar los controles de topografía y ensayos de laboratorio, el Supervisor utilizará

equipo propio, los cuales deben estar en buen estado, verificándolo por medio de la calibración correspondiente, de tal manera que los resultados sean de la más alta calidad.

9.10 Debe contar con el equipo necesario de: transporte, comunicaciones, oficina, así como los

materiales para su operación.

9.11 Debe asegurar la participación de los especialistas que requiera El Proyecto bajo su supervisión y costo en las áreas siguientes: pavimentos, aspectos ambientales y cualquier otro que se considere necesario.

9.12 Controles topográficos de seguimiento:

Debe verificar, comprobar, inspeccionar y supervisar lo siguiente:

9.12.1 Los replanteos ejecutados por el Contratista en las distintas fases del desarrollo de El proyecto.

9.12.2 Las referencias y los puntos topográficos utilizados por el Contratista en la ejecución de la obra, establecidos para el control de la rasante, alineamientos y niveles de estructuras, drenajes y otros elementos de construcción.

9.12.3 Cualquier otro asunto relacionado con El Proyecto.

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9.13 Autoridad del Delegado Residente.

El Delegado Residente debe decidir sobre todos los problemas que se presenten respecto a la calidad y aceptabilidad de los materiales entregados, los procedimientos constructivos empleados, el trabajo ejecutado y el ritmo de ejecución de la obra; todas las dudas que surjan respecto a la interpretación de los planos y especificaciones; y todas las interrogantes que se presenten sobre el cumplimiento del contrato, por parte del Contratista de conformidad con las normas que lo rigen. En el caso que el Contratista considere que las decisiones del Delegado Residente le afecten o le impidan cumplir satisfactoriamente con sus obligaciones contractuales, o que las mismas provoquen detrimento en la calidad de la obra, o que obliguen al Contratista a cumplir con requerimientos adicionales a los del alcance del contrato, el Contratista podrá recurrir a lo dispuesto en la sección 105.03 CONTROVERSIA, de las Especificaciones Generales. El Delegado Residente debe permanecer el CIEN POR CIENTO (100%) del tiempo en la obra, salvo en situaciones especiales, debiendo en este caso dejar al Ingeniero Auxiliar para que cubra sus funciones. Para el caso de situaciones especiales deberá de notificar a la División.

9.14 Control de Calidad.

El Supervisor debe aplicar su mejor criterio profesional y técnico y regirse por lo establecido en las Secciones 105, 153.03 literales a), b) y c), y 153.05 de las Especificaciones Generales. El sistema de aseguramiento de calidad que lleve el Supervisor servirá de control de los ensayos que realice el Contratista. Este sistema debe servir al Supervisor para asesorar al Contratista sobre el mejoramiento de los procedimientos que se están ejecutando. El aseguramiento de calidad que lleve el Supervisor debe servir de respaldo de la calidad de la obra ante el CIV; por consiguiente, aún cuando la calidad de la obra de acuerdo a sanas prácticas de ingeniería y respaldado por un adecuado sistema de control de calidad es responsabilidad del Contratista y el aseguramiento de control de calidad es responsabilidad del Supervisor. De existir trabajos defectuosos, tanto el Contratista como el Supervisor son solidariamente responsables de su corrección ante el CIV y la DGC.

9.15 Procedimientos de Control y Registros.

Para efectuar estas operaciones, el Supervisor debe regirse según lo establecido en las Secciones 153.05, 153.07, 153.08, 153.09, 153.11, 153.12, 153.13 y 153.14 de las Especificaciones Generales. En caso que el Supervisor no esté de acuerdo en los resultados de las pruebas de laboratorio realizadas por el Contratista, debe efectuar bajo su responsabilidad y costo del contratista, otras pruebas que defina la calidad de las mismas; debiendo notificar por escrito en orden de campo y anotándolo en la bitácora del proyecto con copia a la División.

9.16 El Supervisor, previo a la recepción de las obras, debe instruir al contratista en orden de

campo y anotándolo en la bitácora del proyecto, la realización del estudio que incluya la medición del Índice de Rugosidad Internacional (IRI), deflexión y evaluación estructural. La fecha en que se realice este estudio será notificado a la División.

9.17 Al finalizar la obra debe preparar los cuadros de liquidación previamente conciliados con el

Contratista de obra e incluirlos en el Informe Final.

9.18 Control de Pagos

El Supervisor está en la obligación de:

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a) Verificar el uso correcto del anticipo supervisado, que se autorice al Contratista, debiendo informar mensualmente a la División.

b) De conformidad al programa de trabajo autorizado al Contratista, el Supervisor debe

verificar el avance de la obra y basándose en ella, levantar el acta correspondiente al período de pago, de la estimación en cuestión para recomendar el pago solicitado.

c) Velar por la adecuada amortización del anticipo otorgado al Contratista, que quedará

anotado en el acta de la estimación.

d) Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes, a la fecha programada por la División, debe presentar los documentos de cada pago, en original y cuatro (4) copias.

e) Las estimaciones de trabajo (Documentos de Pago) deben estar respaldadas

exclusivamente por el Superintendente y el Delegado Residente.

9.19 Informes.

El Supervisor tiene la obligación de preparar los informes siguientes:

a) Informe sobre los resultados del trabajo en la fase de pre-construcción.

b) Deberá llevar a diario sus controles previos y sus controles corrientes de seguimiento que servirán de base para elaborar su informe mensual; en caso de incumplimiento debe anotar en bitácora y notificar al contratista en forma inmediata en orden de campo, con copia a la División.

c) Mensualmente debe entregar el informe sobre el progreso de El Proyecto, dentro de los cinco (5) días hábiles del mes siguiente, según la guía general que le entregue la División, sin menoscabo de agregar otros asuntos que considere de relevante importancia. Dichos informes deben abarcar como mínimo los aspectos siguientes:

c.01) Solicitud de pago dirigida a la División, en donde haga constar el cumplimiento por parte del contratista referente a: El programa de ejecución físico – financiero, la vigencia de las garantías y si existe incumplimiento, referirse al informe pormenorizado respectivo, las razones del incumplimiento y las acciones tomadas;

c.02) Informe técnico y ambiental que describa el cuadro analítico de la supervisora sustentado en: Cuadros generadores basados en las libretas de campo, reportes de campo o vales de producción según sea el renglón de trabajo, secciones transversales en donde aparezca digitalizada la información de campo (cotas) y cálculo de las áreas respectivas por cada renglón de trabajo y renglón ambiental con su correspondiente aceptación geotécnica, avance físico por cada renglón y financiero del proyecto; informe del Supervisor Ambiental; larguillo conteniendo el avance programado y ejecutado de cada renglón de trabajo y registro fotográfico sobre la secuencia de cada renglón de El proyecto. Información sobre la generación de empleo por el proyecto.

c.03) Copia del cuadro de estimación del contratista: de la estimación anterior visada por la unidad responsable y de la estimación en trámite con el visto bueno del Delegado Residente;

c.04) Cuadro de control de amortización del anticipo otorgado, visado por la unidad responsable de la DGC.;

c.05) Informe de Problemas presentados en la ejecución del proyecto, así como la propuesta de solución a las mismas.

c.06) Conclusiones y Recomendaciones.

d) Toda la documentación adicional o dictámenes que requieran: el DTI, la DPE, la División, el CIV y la DGC.

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e) Un documento final al concluir El Proyecto, el cual debe presentarse en forma circunstanciada, siguiendo la guía que proporcione la División. Dicho informe debe incluir otros aspectos que considere de importancia, y además, debe proponer recomendaciones sobre el plan de mantenimiento a seguir para la adecuada conservación de El Proyecto.

9.20 Controles generales:

9.20.1 Durante el desarrollo de El Proyecto, el Supervisor debe inspeccionar y controlar que todos los trabajos realizados por el Contratista, incluyendo las medidas de mitigación ambiental, estén de acuerdo con los planos, el diseño, las especificaciones y demás documentos contractuales.

9.20.2 Debe llevar en la obra desde el inicio hasta su terminación, un diario de actividades

(Bitácora) del trabajo, debidamente foliado y autorizado por la Contraloría General de Cuentas de la Nación, gestión a cargo del supervisor, en la que se consignará el desarrollo de las labores, acontecimientos relevantes, incumplimientos, órdenes de campo giradas al Contratista y el avance del Proyecto.

9.20.3 Velar por el fiel cumplimiento de las condiciones contractuales y del desarrollo de los

trabajos dentro del programa vigente. 9.20.4 Coordinar y estudiar las medidas necesarias para que el Contratista desarrolle el

Proyecto de acuerdo con el programa de ejecución vigente debiendo exigirle el aprovisionamiento anticipado de sus insumos, trazo y equipo necesarios para la ejecución de cada renglón de trabajo, con el fin de evitar atrasos o perjuicios en el desarrollo de las obras, siendo su responsabilidad exigir al Contratista la implementación de estas acciones o medidas necesarias; en caso de incumplimiento deberá notificarlo al contratista en orden de campo con copia a la División.

9.20.5 El Supervisor debe realizar las operaciones de control necesarias durante la etapa

de construcción, a efecto de evitar incurrir en falla alguna durante la ejecución. De incurrir en tal negligencia asumirá responsabilidad conjunta con el Contratista aplicándosele las sanciones establecidas en estos Términos de Referencia.

9.20.6 El Supervisor debe verificar que el Contratista ejecute a través del renglón de

trabajos por administración, las obras necesarias para la adquisición del derecho de vía del proyecto a ejecutar. Asimismo, debe colaborar con la Sección de Derecho de Vía de la Asesoría Jurídica de la DGC, a fin de que el derecho de vía sea debidamente inscrito a favor del Estado, elaborando los planos necesarios para dicho fin.

9.20.7 Debe comunicar por escrito a la División, las sugerencias o reclamos del Contratista,

y a la vez informar, comentar y expresar sus opiniones y recomendaciones para que dicha División decida lo que estime conveniente.

9.20.8 Realizar el seguimiento y monitoreo ambiental de las medidas de mitigación y las

especificaciones técnicas especiales ambientales contenidas en el EIA y otras que sean necesarias durante el desarrollo de El proyecto para minimizar o atenuar los impactos ambientales. Debe revisar y aprobar el informe mensual del ejecutor ambiental referente al avance de los renglones de trabajo ambiental antes de ser enviado a la División.

9.20.9 Debe efectuar las mediciones y cálculos necesarios en campo cuando se reporte la

finalización de los trabajos, para determinar las cantidades finales ejecutadas en los distintos renglones de trabajo, las cuales remitirá a la División en forma impresa y digital, conciliándolos previamente con el Contratista.

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9.20.10 Debe revisar, aprobar, firmar y sellar los planos finales de la obra construida,

elaborados por el Contratista, en los cuales se incluirán todas las modificaciones realizadas en el Proyecto y que estén de acuerdo con el renglón 105.06 de las Especificaciones Generales. La presentación de los planos finales será un requisito ineludible para la recepción final de los trabajos de El Proyecto debiendo ser en forma impresa y digital.

9.20.11 Debe disponer en el Proyecto de libros y registros para hacer constar las

operaciones y situaciones relacionadas con el desarrollo del mismo, los cuales estarán a la disposición para ser revisados por cualquier funcionario del CIV y de la DGC.

9.20.12 Debe participar por medio de su Delegado Residente en el Proyecto, con empleados

o funcionarios de la DGC en la recepción de las obras y velar por el cumplimiento de las recomendaciones que emita la Comisión Receptora y Liquidadora de la DGC.

9.21 Obligaciones laborales:

El personal contratado por el Supervisor queda bajo su responsabilidad como patrono, estando obligado a cumplir con las leyes, disposiciones laborales y de seguridad social, por lo que exime al Estado, al CIV y a la DGC, incluyendo sus personeros y representantes, de cualquier reclamación sobre los aspectos relacionados.

9.22 La presencia del Delegado Residente y de su Ingeniero Auxiliar debe ser permanente durante el desarrollo de los trabajos, de El Proyecto hasta la fase de post construcción.

9.23 Asesoría Técnica:

El Supervisor está obligado a prestar asesoría técnica a la DGC, en los siguientes aspectos: métodos constructivos, nuevos métodos de laboratorio, optimización de maquinaria, estudios de tránsito que puedan presentarse durante todo el período de construcción, así como en los aspectos ambientales que no hayan sido previstos en el EIA.

9.24 Visitas:

El Supervisor, por medio de su personal ejecutivo y profesional debe acompañar a los funcionarios del CIV y de la DGC en todas las visitas que efectúen a El Proyecto.

9.25 Obligaciones de Equipo. El Supervisor está obligado a mantener el equipo mínimo ofertado y destinado a el Proyecto:

laboratorio de suelos, de concreto hidráulico; topografía, informática y software utilizado para diseño y calculo y generación de documentos, con el licenciamiento actualizado correspondiente, el cual una vez terminado el proyecto deberá trasladarlo a la DPE, así como de comunicación y vehículos para el transporte del personal durante la etapa de construcción y si fuese requerido por la División en la etapa de post construcción.

10. RESPONSABILIDAD DE LOS SERVICIOS EN CADA ETAPA.

Los servicios a contratar serán prestados en cada etapa de la manera siguiente:

10.1 Etapa de pre-construcción El Supervisor debe llevar a cabo todas las actividades técnicas, administrativas, ambientales y de campo que sean necesarias para el inicio de los trabajos de El Proyecto incluyendo desde la revisión de los diseños hasta su modificación. Las actividades a desarrollarse en este período comprenderán, sin limitarse a ellas:

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10.1.1 Verificar que la documentación de El Proyecto esté completa, incluyendo todos los aspectos pertinentes al derecho de vía.

10.1.2 Recorrer, inspeccionar y evaluar detalladamente el Proyecto. 10.1.3 Revisar y modificar los planos, especificaciones, informes y demás documentación

relacionados con la obra. 10.1.4 Estimar las cantidades de trabajo, verificando si las mismas se ajustan a las

necesidades de El proyecto. 10.1.5 Replanteo del alineamiento horizontal y vertical basado en la sección típica definida,

con las correcciones a los cambios necesarios, previo a la ejecución de las obras. 10.1.6 Localizar monumentos de referencia de línea y niveles. 10.1.7 Aprobar los bancos de materiales para las obras de El Proyecto. 10.1.8 Revisar el diseño estructural del pavimento y proponer las modificaciones

necesarias. 10.1.9 Determinar los sub-tramos homogéneos de la estructura del pavimento propuesto. 10.1.10 Estudiar y definir las acciones de mitigación ambiental, determinando y localizando

las áreas de depósito de materiales de desperdicio, campamento, planta de trituración y asfalto, bancos de material, obras de protección a taludes con recursos naturales y de las actividades como limpieza, destronque y chapeo.

10.1.11 Revisar el diseño de las estructuras de drenaje y obras de arte y proponer las

modificaciones necesarias. 10.1.12 Llevar a cabo todos aquellos trabajos, incluyendo la preparación de instalaciones

para el desarrollo de los trabajos de supervisión. Si se termina el período de pre-construcción y el Supervisor no ha terminado de cumplir con sus obligaciones inherentes al mismo, debe completarlas sin costo adicional para el CIV.

10.1.13 Por medio del Supervisor Ambiental hacer del conocimiento a la Delegación

Departamental del MARN sobre el inicio de los trabajos del Proyecto, a fin de coordinar conjuntamente los aspectos ambientales que sean necesarios.

10.2 Etapa de construcción.

El Supervisor debe llevar a cabo todas las actividades técnicas, administrativas, ambientales y de campo que sean necesarias para velar por el cumplimiento de la ejecución de los trabajos de El Proyecto incluyendo las correcciones a los diseños. Las actividades a desarrollarse en este período comprenderán dentro de su relación Supervisor - Contratista, sin limitarse a ellas, las siguientes:

10.2.1 Completar la documentación de El Proyecto, incluyendo todos los aspectos

pertinentes al derecho de vía; 10.2.2 Recorrer e inspeccionar continua y detalladamente el Proyecto; 10.2.3 Emitir las modificaciones necesarias a los planos, especificaciones, informes y

demás documentos relacionados con la obra, previa opinión del DTI para los casos que así lo ameriten.

10.2.4 Cuantificar las cantidades de trabajo, verificando si las mismas se ajustan a las

necesidades de El proyecto.

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10.2.5 Dar trámite a los documentos de cambio ante la División; 10.2.6 Replantear el alineamiento horizontal y vertical basado en la sección típica definida,

con las recomendaciones de los cambios necesarios previos a la ejecución de las obras.

10.2.7 Controlar el buen estado de los monumentos de referencia de línea y niveles;

10.2.8 Mantener control constante sobre la calidad y uso de los bancos de materiales, así

como los materiales incorporados a la obra; 10.2.9 Ordenar los cambios de diseño estructural del pavimento que sean de beneficio al

proyecto; 10.2.10 Distribuir y ordenar los tramos con secciones homogéneas en la estructura del

pavimento; 10.2.11 Ordenar los renglones de trabajo de mitigación ambiental, determinando y

localizando las áreas de depósito de materiales de desperdicio, operación de campamento, planta de trituración y concreto hidráulico, bancos de material y de otras actividades de construcción que puedan impactar al ambiente.

10.2.12 Ordenar la ejecución de los renglones de trabajo relacionados con las estructuras de

drenaje y obras de arte; 10.2.13 Mantener supervisión constante sobre la ejecución de cada renglón de trabajo a

ejecutar por parte de el contratista y emitir las ordenes de campo clara y detalladamente en beneficio de El Proyecto;

10.2.14 Por medio del Supervisor Ambiental se debe mantener informada a la Delegación

Departamental del MARN sobre el curso de los trabajos de mitigación ambiental ejecutados en El Proyecto, a fin de coordinar conjuntamente los aspectos ambientales que sean necesarios.

10.3 Etapa de post-construcción

Esta inicia a partir de la fecha de finalización de la obra. Durante esta etapa, el Supervisor colaborará en la fase de recepción de El Proyecto, elaborando además los cuadros necesarios para la liquidación del mismo, de acuerdo al formato establecido por la DGC.

11. CONDICIONES PARA LA PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y OFERTA ECONÓMICA.

11.1 La participación en el concurso, se hará por medio de dos (2) documentos distintos y

complementarios de conformidad con el Artículo 22 del Reglamento de la Ley.

a) Propuesta técnica y

b) Oferta económica.

11.2 El oferente desde el momento de presentar su propuesta acepta todas las condiciones del presente Concurso.

11.3 El oferente está sujeto a las leyes de la República de Guatemala.

11.4 No se admitirán contrapropuestas ni condiciones que modifiquen o tergiversen la oferta.

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11.5 No se tomarán en cuenta las propuestas que no se ajusten a estos Términos de Referencia.

11.6 Pueden participar los oferentes que estén inscritos en el Registro de SEGEPLAN en las especialidades que se indican en el anuncio numeral 2.

11.7 El oferente debe elaborar su oferta económica y su propuesta técnica escrita en idioma

español y presentarlas en dos (2) sobres cerrados y sellados (plicas), claramente identificados como PROPUESTA TECNICA “PLICA A”, y OFERTA ECONOMICA “PLICA B”,

ambas propuestas deberán llevar de forma impresa y en formato digital.

11.8 Presentación de la propuesta técnica y oferta económica. Se presentarán en el Salón de Usos Múltiples de la DGC, ubicada en el salón Número Siete (7) de la Finca Nacional La Aurora, Zona 13, en la fecha y hora que se especifica en el Anuncio. Transcurridos 30 minutos de la hora señalada, no serán aceptadas más propuestas, tal y como lo establece la Ley. La Comisión públicamente y en presencia de los concursantes procederá a la apertura de la Plica “A”, de las propuestas recibidas. De lo actuado, la Comisión levantará el acta correspondiente.

11.9 La plica “A” (Propuesta Técnica) contendrá la documentación necesaria para calificar la

capacidad técnica del oferente, experiencia, precalificación de SEGEPLAN, historial del personal profesional y técnico, alcance de los servicios y metodología propuesta.

11.10 La plica “B” (Oferta Económica) será sellada y firmada por la Comisión el mismo día de la

presentación de la plica “A”, y quedará en custodia de la Comisión, siguiendo el procedimiento establecido en el Artículo 22 del Reglamento de la Ley.

11.11 Rechazo de las propuestas técnicas.

La Comisión rechazará sin responsabilidad de su parte, las propuestas técnicas que no se ajusten a los requisitos fundamentales establecidos en estos Términos de Referencia o cuando las calidades y otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los intereses del Estado.

11.12 Una sola propuesta técnica por oferente.

Se permitirá únicamente la presentación de una propuesta técnica por oferente. El incumplimiento de esta disposición será motivo para rechazar las propuestas correspondientes, del o de los oferentes que hayan incumplido.

11.13 Derecho de prescindir.

El Estado puede prescindir sin compensación ni responsabilidad de su parte, de la negociación en cualquier fase en que ésta se encuentre, pero antes de la aprobación del contrato respectivo, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 37 de la Ley.

12. CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA (PLICA “A”).

Este sobre debe contener los documentos necesarios para calificar a los oferentes interesados en prestar los servicios requeridos por el CIV, los cuales se prepararán para entregar en el lugar, fecha y hora indicada en el Anuncio, que incluye la documentación legal necesaria para poder calificar la propuesta técnica, su capacidad, alcance de los servicios y metodología de los servicios propuestos, equipo, y el personal asignado para supervisión de El Proyecto, documentación que deberá comprender, sin limitarse a ello, lo siguiente:

12.1 Información de tipo legal – administrativo. Los datos suministrados en este numeral servirán para formarse un juicio en cuanto a la seriedad e interés con que el oferente participa en este concurso, así como la interpretación dada a los requerimientos del mismo. El concursante debe presentar en la plica denominada sobre “A” o plica “A” lo siguiente:

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12.1.1 Propuesta técnica firmada por el oferente o su representante legal, con firma y sello en cada hoja del original de la propuesta, la cual estará debidamente foliada, e incluir una carta o nota de presentación de la misma y con el nombre del oferente y la dirección de la oficina principal en Guatemala.

12.1.2 Declaración jurada ante notario indicando lo siguiente:

12.1.2.1 Que ni el Representante Legal, ni la empresa que representa, son deudores morosos del Estado ni de las entidades a que se refiere al Artículo Uno (1) de La Ley, de conformidad con el Artículo diecinueve (19), inciso diez (10) de La Ley.

12.1.2.2 Que de conformidad con lo preceptuado en el Artículo veintiséis (26) de La

Ley, no están comprendidos en ninguno de los casos a que se refiere el Artículo 80 de La Ley y que acepta todas las disposiciones establecidas en los Términos de Referencia que norman el presente concurso. Que el personal directivo y profesional incluido en la propuesta técnica no será sustituido, salvo caso de fuerza mayor debidamente comprobada, en cuyo caso deberá solicitar por escrito, la sustitución del personal de que se trate, por otro de igual o mayor experiencia.

12.1.3 Constancia actualizada de precalificación extendida por SEGEPLAN, en las

especialidades indicadas en el numeral 2 del Anuncio.

12.1.4 Fotocopia Legalizada por notario de los siguientes documentos:

12.1.4.1 Los documentos que acrediten la representación legal (personería jurídica) del oferente, con los registros respectivos.

12.1.4.2 Cédula de vecindad completa ó DPI y en caso de ser extranjero el

representante legal, el pasaporte. 12.1.4.3 Documentación legal de la constitución de la empresa o entidad (escritura

constitutiva, estatus, patentes entre otros), con sus registros respectivos.

12.1.5 La oferta debe incluir el Curriculum Vitae de todo el personal directivo y profesional a emplear en el proyecto, cada hoja de dicho Curriculum debe ser firmada en original por el propietario del mismo, además de la firma deberá agregar un sello donde aparezca en cada hoja el nombre y el número de colegiado del profesional, cuando corresponda. Constancia de colegiado activo para todos los profesionales e inscripción en los registros respectivos del MARN en el caso del supervisor ambiental. Carta de compromiso de personal profesional y técnico firmada y sellada, por un período mínimo de 120 días. La Documentación requerida en los numerales 12.1.1 al 12.1.5 son considerados requisitos fundamentales, por lo tanto la omisión de uno o varios de los documentos, será causa de rechazo de la propuesta.

12.1.6 Lista de trabajos realizados que demuestren la experiencia del oferente en la

supervisión.

12.1.7 Información de tipo financiera:

12.1.7.1 Estados financieros auditados de los tres últimos períodos fiscales. 12.1.7.2 Deberá indicar los siguientes índices o coeficientes, dejando constancia clara

de su cálculo, debiendo ser firmados por el perito contador de la empresa: 12.1.7.2.1 Índice de liquidez: (Activo a corto plazo/ Pasivo a Corto Plazo).

Deberá ser mayor o igual a uno punto diez (1.10)

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12.1.7.2.2 Índice de endeudamiento: (Total Pasivo / Total Activo). Deberá ser menor o igual a cero punto noventa (0.90).

12.1.7.2.3 Índice de Rentabilidad: (Utilidades Antes de Impuestos/ Patrimonio) Deberá ser mayor o igual a doce por ciento (12%).

12.1.8 Disposiciones Especiales

En cualquier fase del procedimiento de contratación pública en la que el funcionario o empleado público responsable tenga duda razonable de la veracidad de los documentos o declaraciones presentadas por el oferente ó adjudicatario, deberá requerir a éste por escrito, la información y constancias que permitan disipar la duda en un plazo que no exceda de dos días hábiles de conocido el hecho, la cual deberá anexarse al expediente respectivo. Para el efecto, la autoridad concederá al oferente o adjudicatario, audiencia en un plazo dos días hábiles y resolverá dentro de un plazo similar. En caso el oferente o adjudicatario no proporcione la información y constancias requeridas o persista la duda, el funcionario o empleado público responsable de la etapa en que se encuentre el proceso de compra o contratación, resolverá:

a) Rechazar la oferta; ó b) Improbar lo actuado.

En los casos arriba señalados se deberá denunciar el hecho ante el Ministerio Público, sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas o sanciones que le fueran aplicables, debiendo ser inhabilitado en el sistema de GUATECOMPRAS para ser proveedor del Estado, cuando proceda, bajo la responsabilidad de la Autoridad Superior de la entidad que promueve el proceso de contratación.

12.2 Alcance de los servicios ofrecidos por el oferente.

La propuesta técnica debe contener en forma clara y precisa una descripción del alcance de los servicios que el oferente ofrece y con el fiel apego al cumplimiento de las normas descritas en los presentes Términos de Referencia.

12.3 Metodología. El oferente debe describir detalladamente la metodología que pretende utilizar para la prestación de los servicios de supervisión y todo lo que a su criterio considere necesario para que la Comisión tenga suficientes elementos de juicio para la evaluación respectiva. Como mínimo, la presentación deberá comprender los aspectos siguientes:

12.3.1 Servicios ofrecidos.

El oferente debe indicar la forma en que propone desarrollar todas las actividades que el Proyecto involucra, hasta la presentación del informe final. Dicha propuesta debe estar en concordancia con el período contractual especificado.

12.3.2 Asignación de personal. Para la prestación de los servicios de supervisión el Oferente debe presentar una lista del personal profesional y técnico. Con base a la duración de las actividades de trabajo, el oferente debe hacer la asignación del personal. La lista de profesionales debe indicar el personal soporte de la oficina principal y los asignados directamente en el Proyecto. Deberá incluir el personal especializado en aspectos ambientales. El Ingeniero Civil colegiado activo del Colegio de Ingenieros de Guatemala, que proponga el oferente, como Delegado Residente debe contar con experiencia comprobada de haberse desempeñado como Delegado Residente, en proyectos de carreteras Centroamericanas (CA) y/o Rutas Nacionales (RN). El Ingeniero Civil colegiado activo, que proponga el oferente, como Ingeniero Auxiliar del Delegado Residente debe contar con experiencia comprobada como

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Ingeniero Auxiliar de Delegado Residente en proyectos de carreteras Centroamericanas (CA) y/o Rutas Nacionales (RN).

12.3.3 Organización administrativa. Debe presentar un organigrama general de la empresa, dentro del cual ubicará la organización administrativa para la supervisión del Proyecto.

12.3.4 Equipo a utilizar en El Proyecto.

En función a la duración de las actividades de trabajo, el oferente debe hacer la asignación del equipo relacionado con el personal. La lista de equipo debe ser congruente con el personal técnico a utilizarse en El Proyecto. En relación con este tema debe referirse a lo indicado en el numeral 9.11.

13. CONTENIDO DE LA OFERTA ECONOMICA (PLICA “B”).

Este sobre debe contener la información de carácter económico de los oferentes, siendo esta indispensable para ser calificados. La oferta económica quedará en poder de La Comisión.

El oferente deberá incluir en la oferta económica (plica “B”) los aspectos detallados en el artículo 19 de la Ley, siendo los documentos siguientes:

a) Declaración Jurada que haga constar que toda la información y documentos anexos

proporcionados por el oferente al registro de proveedores adscrito al Ministerio de Finanzas Públicas está actualizada y es de fácil acceso. Está tipificado en el Articulo 1 inciso a) del Acuerdo Ministerial No.24-2010, de fecha 22 de abril del 2010, Normas de Transparencia en los Procedimientos de Compra o Contratación Pública, del Ministerio de Finanzas Públicas.

b) Certificación bancaria que acredite la titularidad de las cuentas y operaciones bancarias que

posee. Para el efecto deberá contener la información siguiente: 1. Identificación del cuenta habiente; 2. Tipo de cuenta que posee en la entidad bancaria; 3. Promedio de cifras antes del punto decimal de los saldos que posee; 4. Tiempo de manejo de cuenta; 5. Clase de cuenta habiente. 6. Determinación si posee créditos; 7. Saldo del deudor; 8. Clasificación o categoría del deudor de conformidad con la normativa correspondiente;

El Ministerio de Finanzas Públicas a través de la Dirección de Normativa de Contrataciones y Adquisiciones emitirá el formato respectivo que contenga la información detallada. c) Declaración jurada sobre la inexistencia de conflicto de interés entre el oferente y el banco que

acredite la titularidad de sus cuentas bancarias.

13.1 La oferta económica debe elaborarse en el orden y alcance siguiente:

13.1.1 La oferta debe presentarse en sobre cerrado y sellado (Plica). En cuyo exterior se indicará el contenido de la oferta económica para la prestación de los servicios de supervisión de El Proyecto.

13.1.2 El sobre debe sellarse y firmarse por la Comisión en el mismo lugar y fecha indicados

en el anuncio. 13.1.3 La oferta económica quedará en poder de La Comisión y deberá incluir.

13.2 Información de tipo general

13.2.1 Nombre del oferente

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13.2.2 Dirección de la oficina principal

13.3 Garantía de Sostenimiento de Oferta.

13.4 Asignación de los salarios básicos mensuales a todo el personal involucrado en actividades

de El Proyecto.

13.5 Cuantificación de las prestaciones laborales inherentes a los salarios básicos anteriores.

13.6 Desglose y cuantificación de los costos directos debidamente detallados.

13.7 Desglose y cuantificación de los costos indirectos debidamente detallados.

13.8 Indicación del valor del monto fijo de cada renglón (período) expresado en números y en letras.

13.9 Valor total de la oferta, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA) expresado en

números y en letras.

13.10 La oferta deberá ser presentada única y exclusivamente en Quetzales (moneda de curso legal en Guatemala).

Son requisitos fundamentales los numerales del 13.3 al 13.10.

14. COPIAS DE LA OFERTA. Todos los documentos deben estar redactados cuidadosamente en idioma español, escritos en computadora o a máquina, sin borraduras, ni adiciones, foliados, firmados y presentados en original y tres (3) copias, tanto el original como las copias deberá incluir copia en archivo electrónico de todos los documentos de la oferta. Tanto el original como las tres copias de la oferta económica (plica B) deben estar contenidos en un solo sobre claramente identificada con la letra “B”, para su fácil firma por La Comisión quien deberá entregar las tres copias de las ofertas al DTI de la DGC, al finalizar el evento.

15. PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN. Para la selección de los servicios de supervisión, la Comisión, seguirá un procedimiento de dos fases: la primera para la evaluación de la Propuesta Técnica y la segunda consistirá en abrir la Oferta Económica del oferente que haya obtenido la mejor evaluación en la Propuesta Técnica. De acuerdo a los criterios de evaluación que aparecen en el cuadro del Anexo 1 Criterios de evaluación y al proceso que se detalla a continuación:

15.1 Los oferentes que deseen participar deben haber hecho por lo menos una visita de campo al lugar en donde se realizarán los trabajos, esta visita es obligatoria y deberá presentarse la constancia correspondiente en formato libre, firmado y sellado por una municipalidad del sitio donde se desarrolla el proyecto. El oferente adicionalmente deberá de hacer un resumen ejecutivo de la visita efectuada. Solo las empresas que hayan presentado todos los documentos requeridos y de haber visitado el proyecto, serán elegibles por la Comisión para ser evaluada la Propuesta Técnica en los aspectos siguientes: metodológicos, de personal, alcance y otros. A las empresas que no hayan cumplido con lo requerido, se les devolverá el sobre conteniendo la Oferta Económica sin abrir.

15.2 En la primera fase se analizará: El informe de la visita a El Proyecto (no más de tres

páginas), la información legal – administrativa, la descripción del alcance de los servicios (no más de dos páginas), la metodología para la prestación de los servicios de conformidad con las observaciones de campo y los renglones de trabajo a supervisar (no más de tres (3)

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páginas), el personal propuesto y la organización propuesta. Como resultado de esta fase, la Comisión elaborará una lista ordenada de méritos.

15.3 Las plicas que contengan las Ofertas Económicas, permanecerán cerradas al resguardo y

custodia de la Comisión, hasta que finalice la Evaluación Técnica y sean calificados los oferentes conforme la lista de méritos, según conste en acta de Evaluación Técnica.

15.4 En la segunda fase procederá con la apertura de la Oferta Económica del oferente que

obtuvo la mejor evaluación de las Propuestas Técnicas presentadas, la que podrá ser aceptada si es razonable, a criterio de la Comisión, pidiéndole al oferente las aclaraciones que sean necesarias para justificar su precio, en caso de que, el precio no se considere razonable, quedará definitivamente descartado y se abrirá la oferta económica del calificado en el segundo lugar, continuándose el mismo procedimiento con los demás si fuere necesario, hasta seleccionar al oferente con el cual se contratará el servicio.

15.5 Al final de la etapa de evaluación de las propuestas técnicas y oferta económica, la

Comisión elaborará un informe detallado sobre el análisis y comparación de las mismas, exponiendo las razones precisas en que se fundamenta la selección de la oferta evaluada como la más conveniente. Dicho informe será sometido a consideración del CIV para obtener su aprobación antes de adjudicarse el negocio. Una vez obtenida la aprobación, se invitará al oferente calificado en el primer lugar para las deliberaciones respecto al plan de trabajo, el personal ofertado y la parte económica.

15.6 Completado el proceso de calificación la Comisión nombrada para el efecto adjudicará el

negocio de conformidad con la Ley y lo dispuesto en los Términos de Referencia.

15.7 Dentro de los DOS (2) DÍAS HABILES siguientes el CIV procederá a realizar las notificaciones por vía electrónica, indicando el oferente ganador.

16. FORMA DE CONTRATACIÓN.

Se hará a través de un contrato administrativo, siguiendo el procedimiento regulado en la ley estableciéndose la forma de pago para cada etapa: pre-construcción, construcción y post-construcción; como se indica en el numeral 17.

17. FORMA DE PAGO.

17.1 Anticipo El CIV concederá un anticipo al supervisor, por un diez por ciento (10%) del valor del monto del contrato, después de que se notifique el acuerdo ministerial que apruebe el contrato, el cual se hará efectivo dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores a la presentación de la siguiente documentación:

i) Recibo de Caja por el valor del anticipo; ii) Plan de Inversión del anticipo; iii) Garantía por un monto del cien por ciento (100%) del valor del anticipo.

La falta de pago de anticipo no será motivo para no iniciar los servicios de supervisión o para justificar la suspensión de los mismos. Además, el retraso del pago del anticipo de manera parcial o total no generará ningún pago en concepto de intereses. El Supervisor presentará a la División el plan de inversión del anticipo para su aprobación.

17.2 Descuento del anticipo. Se calculará multiplicando el monto bruto de cada estimación por el mismo porcentaje de anticipo que se haya otorgado de conformidad con lo establecido en el Artículo 34 del

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Reglamento de la Ley, quedando cancelado en su totalidad al finalizar los pagos de la etapa de construcción.

17.3 Pagos de las etapas de Pre y Post Construcción. Serán pagados en su totalidad al finalizar la etapa respectiva; cada una contra entrega del informe a la División quién otorgará constancia de que se ha cumplido a cabalidad con las obligaciones adquiridas en cada fase de la contratación.

17.4 Pagos en la etapa de Construcción. Se pagará al supervisor cuotas mensuales según el monto ofertado por el Supervisor, contra la aprobación del informe del período correspondiente por parte de la División. Cuando la ejecución del proyecto este suspendida el monto a pagarle mensualmente será el 40 % del valor de la cuota mensual que debe pagarse al Supervisor durante el período de construcción.

El atraso en los pagos a la Supervisora no es motivo para que suspenda sus servicios en el Proyecto.

17.5 Condiciones de pago final. El último pago por la prestación de los servicios de supervisión, está sujeto a la aprobación del informe final por parte de la División de la DGC.

17.6 Moneda de pago. La forma de pago será en Quetzales, moneda de curso legal en Guatemala.

18. GARANTÍAS Y SEGUROS.

18.1 Garantía de sostenimiento de oferta.

18.1.1 Esta es del CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta económica. 18.1.2 Dicha garantía debe cubrir el período comprendido desde la recepción y apertura de la

propuesta técnica y oferta económica, hasta la aprobación de la adjudicación y en todo caso, tendrá una vigencia mínima de CIENTO VEINTE (120) DIAS.

18.1.3 Son causas para hacer efectiva la garantía de sostenimiento de oferta:

18.1.3.1 Si el adjudicatario no sostiene su oferta; 18.1.3.2 Si no concurre a suscribir el contrato respectivo dentro del plazo que señala el

Artículo 47 de la Ley, o si habiéndolo hecho no presenta la garantía de cumplimiento dentro del plazo de QUINCE (15) DIAS siguientes a la firma del contrato.

18.1.3.3 En estos casos, quedará sin efecto la adjudicación de la negociación,

debiéndose emitir la resolución que así lo disponga y mande a ejecutar la garantía.

18.2 Garantía de cumplimiento.

18.2.1 Previo a la aprobación del contrato, el supervisor deberá otorgar a favor del estado, una Fianza de Cumplimiento, por el diez por ciento (10%) del monto del mismo, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Esta fianza deberá estar vigente desde

la fecha de su emisión hasta que el CIV, apruebe el informe final de supervisión y se indique que se ha cumplido satisfactoriamente con todas las obligaciones contractuales

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adquiridas. La Fianza de Cumplimiento cubrirá con el diez por ciento (10%) de su valor, el pago de salarios y prestaciones laborales de los trabajadores, incluyendo las cuotas patronales establecidas por la ley: y, con el noventa por ciento (90%) restante, el cumplimiento del Contrato de Supervisión. El CIV hará efectiva total o parcialmente esta fianza, si se comprueba que el supervisor no ha cumplido con las obligaciones que se estipulan en el contrato o si se encuentra moroso en el pago de salarios y prestaciones laborales a los trabajadores, incluyendo las cuotas patronales establecidas por la Ley.

18.3 Garantía de anticipo.

18.3.1 Previo a que le sea otorgado el anticipo, el supervisor deberá constituir Fianza de

Anticipo por el cien por ciento (100%) del monto que le sea concedido. La garantía podrá reducirse en la medida que se amortice el valor del anticipo, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo treinta y cuatro (34) del Reglamento de la Ley.

18.4 Seguros.

El Supervisor debe mantener vigentes las diferentes pólizas de seguro, desde la fecha de inicio del proyecto hasta la fecha de su recepción.

18.4.1 Seguro por lesiones y muerte accidental de sus trabajadores.

La cantidad asegurada por persona no debe ser menor a CIENTO CINCUENTA MIL QUETZALES (Q.150.000.00).

18.4.2 Seguro responsabilidad civil ante terceros, que incluye lesiones corporales y

muerte accidental, daño a la propiedad. El supervisor deberá obtener y mantener a su costo, hasta la recepción final del trabajo, un seguro de este tipo.

La cantidad asegurada por persona no debe ser menor a CIENTO CINCUENTA MIL QUETZALES (Q.150.000.00), y no mayor de CUATROCIENTOS MIL QUETZALES (Q.400,000.00), para cubrir todos los daños o perjuicios que se causen a la propiedad o por destrucción a la misma en un accidente.

18.5 Formalidades.

Las fianzas a que se refieren los anteriores numerales deben formalizarse a favor de El Estado, mediante póliza emitida por instituciones, afianzadoras debidamente autorizadas para operar en Guatemala.

18.6 Forma de hacer efectivas las fianzas.

En caso de incumplimiento de las obligaciones que garantizan las fianzas, la Dirección rendirá informe circunstanciado al Ministerio, adjuntando los documentos que demuestren los incumplimientos. El CIV dará audiencia a la Afianzadora y al Supervisor, en un plazo común de diez (10) días hábiles, para que se pronuncien acerca del informe y documentos presentados por la Dirección y aporten los elementos que sirvan de apoyo a sus argumentos. El CIV, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de vencido el plazo otorgado a la Afianzadora y al Supervisor, hayan evacuado o no la audiencia, emitirá resolución indicando que se tiene por desvanecido el incumplimiento o declarando procedente la ejecución de la fianza. En este último caso, fijará a la Afianzadora el improrrogable plazo de diez (10) días hábiles para que se haga efectiva la fianza.

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19 RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

Los otorgantes convenimos expresamente, que cualquier diferencia o reclamo, relativas al cumplimiento, interpretación, aplicación o efectos del contrato, fianzas y seguros, se resolverán en la vía directa entre las partes. De no llegarse a ningún acuerdo se someterá el asunto a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, de conformidad con el artículo ciento dos (102) de la Ley.

20 IMPUESTOS.

El Supervisor está obligado a pagar en cada factura, el timbre de Ingeniería y los demás impuestos que le correspondan de acuerdo a la ley.

21 SANCIONES PECUNIARIAS.

Las sanciones que se establecen a continuación serán impuestas sin perjuicio de que los actos que hayan dado lugar a ellas sean constitutivos de delito, en tal caso se hará del conocimiento del Ministerio Público, para deducir las responsabilidades.

Las sanciones se aplicarán de conformidad con las faltas, de la forma siguiente:

21.1 Si el Supervisor recibiera la obra cuando el Contratista, contraviniendo total o parcialmente

el contrato de obra: perjudicare a El Estado, variando la calidad o cantidad objeto del mismo, se sancionará a el Supervisor con una multa equivalente al dos por millar (2%0) de la parte afectada de la negociación

21.2 Si en cada visita que se efectúe no se encontrare el personal profesional y técnico

propuesto por el Supervisor en su propuesta técnica, se le sancionará con una multa equivalente del DIEZ POR CIENTO (10%) del valor del pago correspondiente al período de la visita. Esta multa será por cada visita que realicen los funcionarios o autoridades de la DGC, al establecer las anomalías, lo harán constar por escrito y se dará aviso a la División, para que proceda a hacer efectivas las multas por incumplimiento de las obligaciones contractuales, las cuales no excederán del cuarenta por ciento (40%) del monto mensual de pago por los servicios de supervisión. Si se dieran más de cuatro (4) faltas por mes el CIV o la DGC podrán proceder a realizar los trámites para terminación del contrato administrativo de supervisión por incumplimiento; lo anterior sin responsabilidad de su parte y sin perjuicio de hacer efectiva la fianza de cumplimiento y de anticipo constituida por el Supervisor a favor de El Estado, en caso no estuviere totalmente amortizado el anticipo.

21.3 En el caso de que la DGC por medio de la División comprobare que el Supervisor no está

llevando a cabo un adecuado control de calidad en el Proyecto, se le sancionará con una multa de veinte mil quetzales (Q.20,000.00), cada vez que esto suceda.

21.4 La no presentación del informe técnico mensual en el plazo estipulado en su oportunidad

por la División, se le sancionará con una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del pago correspondiente.

21.5 Si la Bitácora llevada en el Proyecto no se encuentra al día, se sancionará al Supervisor

con una multa de dos mil quetzales (Q.2,000.00), cada vez que sea comprobado este hecho por cualquier funcionario de la DGC y CIV.

21.6 Por incumplimiento en no ordenar la implementación de las medidas de mitigación

ambiental y las Especificaciones Técnicas Especiales Ambientales establecidas para el Proyecto, se sancionará a el Supervisor con una multa de diez mil quetzales (Q.10,000.00), cada vez que sea debidamente comprobado este hecho por cualquier funcionario de la DGC o del CIV y que se demuestre la falta de acciones de el supervisor hacia el Contratista

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se aplicará en el pago correspondiente debiendo hacer las acciones ambientales pertinentes en forma inmediata.

21.7 Los informes de pre-construcción y post-construcción deben entregarse en las fechas

establecidas; en caso de incumplimiento se le sancionará con una multa de diez mil quetzales (Q.10,000.00) por cada día de atraso; aplicable desde la fecha programada, en caso de excederse un plazo de diez (10) días hábiles se hará un análisis de la causa que motivo el incumplimiento; de no ser justificada la misma se aplicará la sanción y de continuar con el incumplimiento no se efectuará el pago correspondiente.

21.8 A el Supervisor se le aplicará una multa de cien mil Quetzales (Q.100,000.00), en caso de

sustitución sin autorización de la División de los profesionales originalmente propuestos en su oferta, salvo que los mismos sean debidamente justificados y documentados en caso de fuerza mayor: muertes, accidentes, enfermedad incurable, incapacidad permanente o sentenciado a cumplir condena; a partir de la fecha que entre en funciones el profesional sustituto. En caso que la sustitución se efectúe a solicitud de la División, no se hará ninguna deducción a la Supervisora.

21.9 Todas las multas serán impuestas por la Autoridad Superior de el Ministerio y se harán

efectivas descontando su valor de los montos pendientes de pago, o se incluirán en la liquidación si no hubiere pagos pendientes y si los mismos no alcanzan a cubrir el valor de las multas, se hará efectiva la Fianza de Cumplimiento.

22 OFICINA PARA EL SUPERVISOR.

El Supervisor debe contar con oficinas en el Proyecto, con el personal y el equipo adecuado ofrecido en su propuesta. La DGC no proporcionará local para oficinas del Supervisor en la ciudad de Guatemala y éste deberá mantener por su cuenta, un sistema eficaz de comunicación con las oficinas centrales de la DGC en la ciudad de Guatemala.

23 INFORMACIÓN ADICIONAL O ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA.

23.1 Modificaciones a los Términos de Referencia. La DGC puede efectuar las modificaciones o adiciones que considere pertinentes por medio de apéndice(s) los que se publicaran en el sistema de GUATECOMPRAS, en un plazo no menor de ocho (8) días hábiles de anticipación a la fecha de recepción de las ofertas.

23.2 Consultas.

Las consultas sobre los Términos de Referencia deben escribirse directamente al sistema GUATECOMPRAS al menos diez (10) días hábiles antes de la fecha establecida para presentar las ofertas. Las respuestas y aclaraciones se publicarán en el sistema de GUATECOMPRAS a más tardar dos (2) días hábiles antes de la fecha establecida para presentar las ofertas. Cuando se modifiquen los Términos de Referencia se otorgará un plazo no menor de ocho (8) días hábiles para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas. Tales respuestas pasarán a formar parte de los Documentos del concurso. Las respuestas verbales no tendrán ningún valor como base para futuras reclamaciones.

24 FLUCTUACIÓN DE PRECIOS.

Se reconocerá pago por sobrecostos conforme a lo establecido en el Articulo 61 de la Ley y el Articulo 3 de su Reglamento, de acuerdo a la formula que se incluye en el Anexo 2.

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25 SUSPENSIÓN PARCIAL O TOTAL DE LOS TRABAJOS DE EL PROYECTO.

En caso de suspensión parcial o total de los trabajos de El Proyecto, y si la duración de la misma resultara mayor de ocho (8) días hábiles, la DGC por medio de la División definirá al personal mínimo que debe permanecer laborando por parte del Supervisor para atender las necesidades básicas de supervisión en El Proyecto. Para el efecto debe suscribir un acta administrativa en la División con la participación de las autoridades superiores de la DGC, el Coordinador de la División y el representante legal del Supervisor; haciendo constar la suspensión de los trabajos, motivos, fecha a partir de la cual el Supervisor debe mantener el personal definido detallando el mismo, así como el monto mensual a pagar por concepto de supervisión durante el período de duración de la suspensión de los trabajos, que equivaldrá al cuarenta por ciento (40%) de la cuota mensual que se debe pagar a la supervisora durante el período de construcción.

26 TERMINACIÓN PREMATURA DEL CONTRATO.

El CIV podrá dar por terminado prematuramente el contrato, sin responsabilidad de su parte, por las causas especiales siguientes:

a) En caso de evidente negligencia de el Supervisor en la prestación de los servicios contratados o negativa infundada a cumplir con sus obligaciones, según informe de la División. El CIV emitirá providencia señalándole el plazo de diez (10) días calendario para que, acompañando las pruebas y documentación necesarias, exprese lo que estime procedente en defensa de sus intereses. Vencido el plazo antes indicado, El CIV resolverá de acuerdo con las pruebas presentadas, teniendo por desvanecido el cargo formulado, o en caso contrario, dando por terminado el contrato y en su caso hacer efectiva la Fianza de cumplimiento iniciando el procedimiento respectivo,

b) Si se le embargan al Supervisor las sumas que debe pagarse por los servicios prestados, siempre que el embargo le impida cumplir con sus obligaciones.

b) Por causas de caso fortuito o fuerza mayor, que a su juicio lo justifiquen, c) Por mutuo acuerdo.

27 COMPROMISOS DE LA DIRECCIÓN.

La Dirección está obligada a: 1) Proporcionar a el Supervisor, copias de:

a) Copia de la oferta del contratista; b) Copia del contrato suscrito con el contratista; c) Un juego completo de planos del proyecto; d) Un juego completo de las bases y especificaciones que rigen la ejecución del proyecto;

2) Apoyar a el Supervisor en las gestiones que tenga que realizar ante las diferentes instituciones relacionadas con el desarrollo de los trabajos (Municipalidades, Empresas de Agua, Empresa Eléctrica de Guatemala, Instituto Nacional de Electrificación, etcétera);

3) Apoyar al Supervisor en las decisiones técnicas que se convenga para el mejor resultado de los trabajos;

4) Pagar al Supervisor de acuerdo con la forma establecida; 5) Resolver, a la brevedad posible, las dudas y consultas que el Supervisor le presente, con

respecto al desarrollo de El Proyecto.

28 INSPECCIONES.

El Supervisor, por medio de su personal principal debe acompañar a los funcionarios del CIV y la DGC en todas las visitas que efectúen a las obras durante su ejecución, proporcionándole todas las facilidades necesarias durante el tiempo que duren las mismas. El Delegado Residente, queda obligado a asistir a dichos personeros, acompañándolos en tales inspecciones, y a atender las instrucciones y/o sugerencias que de estas se deriven en beneficio del proyecto las cuales se confirmarán por escrito y El Supervisor llevará un control de las mismas.

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29 CoST.

Por formar Guatemala parte del grupo de países que han adoptado la iniciativa CoST (Construction Sector Transparency, por sus siglas en inglés), y cuyo objetivo principal es transparentar la obras de infraestructura pública es necesario que se dé cumplimiento a los requisitos que solicitan en este proceso y cuya información necesaria se detalla en el anexo 3, dicho cuadro debe de ser entregado a la División, cuando sea requerido. En el cuadro se detalla donde se puede encontrar la información solicitada. Debe de incluirse este cuadro en el informe de pre-construcción.

30 CLAUSULA RELATIVA AL COHECHO.

Se debe de incluir en el contrato de supervisión la siguiente redacción que se refiere a la Cláusula Relativa Al Cohecho: Yo el Contratista, manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS.

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ESPECIFICACIÓN TÉCNICA ESPECIAL AMBIENTAL

ETEA-1 Supervisión de la implementación de las Medidas de Mitigación Ambiental:

La empresa supervisora debe contratar a un profesional universitario de las ciencias agronómicas, ambientales u otras a fines, con postgrados relacionados al tema, experiencia en la ejecución y/o supervisión de medidas de mitigación ambiental en proyectos de construcción de carreteras, como mínimo 1 proyecto supervisado, quien tendrá a su cargo el monitoreo ambiental del proyecto:, debe tener la calidad de colegiado activo y cumplir las funciones siguientes: 1. Aprobar el Programa de Manejo Ambiental (PMA) realizado por el Ejecutor Ambiental, para la

implementación de las Especificaciones Técnicas Ambientales contenidos en el estudio de impacto ambiental y presentarlo con el primer informe de pre construcción, para obtener el visto bueno del DGA de la DGC

2. Supervisar y exigir el manejo técnico ambiental de sitios de disposición de material de desperdicio,

campamentos, talleres, planta de trituración, bancos de préstamo, control de erosión y aquello relacionado con la construcción de carreteras, según se establece en las Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras y Puentes (edición 2001).

3. Permanecer en el proyecto a tiempo completo, durante la fase de pre-construcción y construcción

del mismo, debiendo supervisar que las actividades de ingeniería se ejecuten adecuadamente para que no generen mayores daños ambientales.

4. Responsable de monitorear permanentemente el cumplimiento de las Disposiciones Generales

Ambientales y las Especificaciones Técnicas Ambientales contenidas en el estudio de impacto ambiental y aquellas que a su criterio deberá incorporarse según la ejecución del proyecto, tomando las acciones pertinentes en caso de incumplimiento por parte de la empresa constructora.

5. Aprobar el programa del Muestreo Mensual de Calidad del agua, generación de ruido, partículas

en suspensión (polvo y humo), revisión de maquinaria y equipo para prever fugas de hidrocarburos, grasas, lubricantes y otros según necesidades, elaborado por el Ejecutor Ambiental.

6. Supervisar el cumplimiento del programa de Muestreo Mensual sobre la Calidad del agua que

podría llegar a los cuerpos de agua superficial y subterránea, (Temperatura, pH, Demanda Biológica de Oxígeno –DBO-, Demanda Química de Oxígeno –DQO-; Contaminación por Hidrocarburos); generación de ruido (a diferentes distancias de la fuente), partículas en suspensión (polvo y gases tóxicos), revisión de maquinaria y equipo para prever fugas de hidrocarburos, grasas y lubricantes.

7. Aprobar el contenido de la capacitación ambiental del ejecutor ambiental a dirigirse al personal de

la empresa contratista. 8. Supervisar la capacitación ambiental del Ejecutor Ambiental dirigida a los trabajadores del

contratista en aspectos de salud ocupacional y seguridad, debiendo exigir su implementación con el 100 % de los trabajadores por lo menos al inicio de cada relación de trabajo de los mismos.

9. Supervisar la implementación de las recomendaciones dadas por él y el DGA, fundamentado en

los resultados del análisis de laboratorio sobre la Calidad del agua, generación de ruido, partículas en suspensión (polvo y humo), revisión de maquinaria y equipo para prever fugas de hidrocarburos, grasas y lubricantes.

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10. Velará porque la ubicación y funcionamiento de la planta de trituración, planta de asfalto, explotación de bancos de materiales y depósitos de combustibles, estén basados en las Leyes y Reglamentos respectivos del Ministerio de Energía y Minas.

11. Deberá revisar y aprobar el informe mensual que presentará el ejecutor ambiental, referente al

avance de las medidas de mitigación ambiental y las especificaciones técnicas ambientales contenidas en el EIA y las bases de licitación.

12. Deberá poseer, conocer y exigir la aplicación la normativa siguiente:

Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras y Puentes (2001)

Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente.

Ley Forestal

Ley de Áreas Protegidas

Ley de Comercialización de Hidrocarburos

Ley de Protección de Patrimonios Culturales

Medición: Contratación hombre/mes

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ANEXO No. 1

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Concepto Evaluación

Capacidad Financiera de la Firma

Sera evaluada con la puntuación mayor la empresa que tenga mejores índices

SI / NO

Personal Profesional

Director de Proyecto 5 pts.

Delegado Residente. 20 pts

Ingeniero Auxiliar 5 pts

Especialista Ambientalista 5 pts

Especialista en Pavimento Rígido 10 pts

Experiencia de la Empresa

Se calificará únicamente si se comprueba la veracidad de la experiencia de la empresa en supervisión de trabajos similares

40 pts.

Metodología de los Servicios Ofrecidos 15 pts.

Vehículos y Equipo (Detalle)

Equipo de suelos, de concreto hidráulico, de Topografía, Informática y Software, Comunicación y Transporte.

SI / NO

1. REVISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

La Comisión revisará si está completa la documentación de cada uno de los Concursantes, requerida en el numeral 12 de estos Términos de Referencia.

La Comisión rechazará sin responsabilidad de su parte las ofertas que no presenten correctamente todos los documentos definidos como requisitos fundamentales en estos Términos de Referencia.

Si uno o varios de los Concursantes no presentan algunos de los documentos considerados como no fundamentales o los presentan deficientemente, la Comisión Calificadora les fijará un plazo común a todos los Oferentes para que subsanen los errores cometidos, indicándosele a cada uno de ellos en qué consisten los requisitos que deben cumplir. Vencido el plazo concedido, serán rechazadas las ofertas de los Concursantes que no cumplan con satisfacer dichos requerimientos.

2. ASPECTOS A EVALUAR

La propuesta técnica será evaluada tomando en consideración los siguientes criterios: 1. Capacidad financiera de la firma supervisora; 2. Criterios de la evaluación técnica.

a). En el primer criterio, se verificará que los Oferentes cumplan con los índices financieros establecidos en el numeral 12.1.7. Si dichos índices incumplen los parámetros requeridos, en ese momento se rechazará la Propuesta Técnica y se dejará de conocer la Propuesta Técnica, dejando constancia en acta de lo actuado.

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b). En el segundo criterio se evaluará la experiencia del personal profesional, experiencia de la empresa y metodología de los servicios ofrecidos.

2.1. CAPACIDAD FINANCIERA DE LA FIRMA

2.1.1. Historial de resultados financieros (SI / NO)

Presentación de Estados Financieros auditados (balance, estado de resultados, flujo de caja o efectivo, notas aclaratorias adjunto al balance, estado de cambios en el patrimonio) o, si no los requiere la ley del país del Solicitante, otros estados financieros aceptables para el Contratante, correspondientes a los últimos tres (3) años, para poner de manifiesto la solidez de la situación financiera actual del Solicitante y, su potencial rentabilidad a largo plazo, en todos los índices se utilizaran los promedios de los tres años solicitados:

a). Índice de Liquidez: Relación entre Activo a corto plazo/ Pasivo a corto plazo, resultado

que deberá ser igual o mayor que uno punto diez (1.10).

b). Índice de Endeudamiento: Total Pasivo/ Total Activo, índice que deberá ser igual o menor

que cero punto noventa (0.90)

c). Rentabilidad: La relación entre la Utilidades antes de Impuestos/patrimonio, deberá ser

igual o mayor que el doce por ciento (12 %).

Si dichos índices incumplen los parámetros requeridos, en ese momento se rechazará la oferta y se dejará de conocer la Propuesta Técnica, dejando constancia en acta de lo actuado.

2.2 EXPEREINCIA DEL PERSONAL PROPUESTO.

DIRECTOR DE PROYECTO

Puntaje máximo asignado 5 PUNTOS

a) Experiencia como Delegado Residente o Director de proyectos 3 puntos

1 proyecto 1 puntos 2 proyectos 2 puntos 2 o más proyectos 3 puntos

b) Nivel Académico

Una Maestría (cualquier especialidad) 0.5 punto. Dos Maestrías (cualquier especialidad) 1.0 puntos.

c) Años de ejercicio profesional (años cumplidos) De 8 a 12 años 0.25 punto. De 13 a16 años 0.50 puntos. De 17 a más 1.00 puntos.

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DELEGADO RESIDENTE 20 puntos.

Experiencia como Delegado Residente en obras viales, demostrada por medio de documentación sujeta a comprobación.

3 Proyectos en los cuales se desempeñó como Delegado Residente.

1 proyecto 5 puntos 2 proyectos 7.5 puntos 3 proyectos 10 puntos 4 proyectos o más 15 puntos

Las supervisiones de proyectos de carreteras como Delegado Residente sujetos a puntuación deben ser en tramos de carreteras Centroamericanas (CA) y/o Rutas Nacionales (RN).

4 Nivel Académico Una Maestría (cualquier especialidad) 1 punto.

Dos Maestrías (cualquier especialidad) 2 puntos.

5 Años de ejercicio profesional (años cumplidos) De 8 a 12 años 1 punto. De 13 a16 años 2 puntos. De 17 a más 3 puntos.

INGENIERO AUXILIAR 5 puntos.

Experiencia como Ingeniero Auxiliar en obras viales, demostrada por medio de documentación sujeta a comprobación.

a) Proyectos en los cuales se desempeñó como Ingeniero Auxiliar.

1 proyecto 1 punto. 2 proyectos 2 puntos 3 proyectos o más 3 puntos

Las supervisiones de proyectos de carreteras como Ingeniero Auxiliar sujetos a puntuación deben ser en tramos de carreteras de la red vial del país.

a) Nivel Académico Una Maestría (cualquier especialidad) 0.5 punto.

Dos Maestrías (cualquier especialidad) 1.0 punto.

b) Años de ejercicio profesional (años cumplidos) De 0 a 6 años 0.5 punto. De 7 a más 1 punto.

ESPECIALISTA EN PAVIMENTOS RÍGIDOS. 10 puntos.

Si el especialista propuesto (Ingeniero Civil) presenta documentación, sujeta a comprobación, que ha realizado el diseño de:

a) Proyectos que ha realizado el diseño de pavimento: 1 proyecto 1 punto

2 proyectos 3 puntos 3 proyectos 5 puntos. 4 proyectos o más 7 puntos.

Los diseños de pavimentos rígidos sujetos a puntuación deben ser en tramos de carreteras Centroamericanas (CA) y/o Rutas Nacionales (RN).

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a) Nivel Académico

Una Maestría (cualquier especialidad) 1 punto. Dos Maestrías (cualquier especialidad) 2 puntos.

b) Años de ejercicio profesional (años cumplidos) De 8 a 12 años 0.5 punto. De 13 a más 1 punto.

ESPECIALISTA AMBIENTAL. 5 PUNTOS.

Si el especialista propuesto presenta documentación, sujeta a comprobación, que ha realizado la supervisión ambiental de

a) Proyectos en los cuales se desempeñó como Especialista Ambiental.

1 proyecto 1.5 punto. 2 proyectos o más 3.0 puntos

Las supervisiones /construcciones ambientales sujetas a puntuación deben ser en tramos de carreteras Centroamericanas (CA) y/o Rutas Nacionales (RN).

a) Nivel Académico Una Maestría (cualquier especialidad) 0.5 punto. Dos Maestrías (cualquier especialidad) 1.0 puntos.

b) Años de ejercicio profesional (años cumplidos) De 0 a 6 años 0.5 punto. De 7 a más 1 punto.

2.3 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA. 40 PUNTOS. 2.3.1 Experiencia de la empresa en supervisión de pavimentos rígidos 20 puntos. Supervisión de la construcción de pavimentos de concreto de cemento hidráulico de: 1 proyecto 10 puntos. 2 proyectos o más 20 puntos. Las supervisiones de construcción de pavimentos rígidos sujetos a puntuación deben ser en tramos de carreteras Centroamericanas (CA) y/o Rutas Nacionales (RN). 2.3.2 Experiencia de la empresa en supervisión de pavimentos (otros) 20 puntos. Supervisión de la construcción de pavimentos de otro tipo: 1 proyecto 10 puntos. 2 proyectos o más 20 puntos. Las supervisiones de construcción de pavimentos de otro tipo sujetos a puntuación deben ser en tramos de carreteras Centroamericanas (CA) y/o Rutas Nacionales (RN). 2.4 METODOLOGÍA DE LOS SERVICIOS OFRECIDOS 15 PUNTOS. Se evaluará la metodología de los servicios ofrecidos de la siguiente forma: Excelente 15 puntos. Muy Buena 10 puntos. Buena 6 puntos. Regular 3 puntos. Mala 0 punto.

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2.5. VEHÍCULOS Y EQUIPOS. (SI / NO)

Cuadro que contenga vehículos y equipos mínimos para la atención correcta de la supervisión de la obra en los siguientes aspectos:

a). T r e s (3) vehículos tipo pick up, dos de ellos deberán ser de doble tracción; b). Equipo de oficina, un equipo mínimo:

i). Una computadora personal (PC) con un mínimo con memoria RAM 4GB, 7.5 Ghz con Land Desktop Civil como mínimo versión 2010 con licencia; con software necesario para el seguimiento y control de proyectos.

ii). Una Laptop con un mínimo de memoria RAM 4GB, 7.5 Ghz con Land Desktop Civil como mínimo versión 2010 con licencia; con software necesario para el seguimiento y control de proyectos.

iii). Una impresora láser a color. iv). Equipo de comunicación de largo alcance que incluya la comunicación de todo el personal principal que labore en el proyecto. v). Teléfonos de línea o celulares; vi). Servicio de Internet las 24 horas.

c). Equipo de laboratorio necesario para cumplir con los ensayos de control de calidad a exigir al contratista, tomando en su considerando los frentes de trabajo del contratista y su programación.

c) Equipo de topografía como mínimo formado por 2 estaciones totales con un alcance mínimo

de 500 m en condiciones normales.

d) Equipo de localización geográfica formado de dos (2) GPS, con aproximación a 2 mts.

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ANEXO No. 2 FORMULA DE REAJUSTE “C” PARA LOS SOBRECOSTOS DEL CONTRATO.

Referencias: N.1 = Índice de Salario mínimo – Mano de Obra. C.1 = Índice de Diesel. O.4 = Índice de precios al consumidor república. M.21 = índice de repuestos importados.

Descripción: El factor “C” indicado anterior mente corresponde a la formula de fluctuación de precios indicada en el artículo 3 del Reglamento de la Ley. R = ( C – 1 ) A * E Donde: R= Valor de Reajuste. A = Factor de Anticipo. E = Monte de estimación o pago. C = Factor de reajuste de cada renglón que se calculará de acuerdo a la fórmula que se indica anteriormente.

N.1e, C.1 e, O.4 e, M.21 e = Índice de precios del elemento en el mes que

corresponde la estimación de acuerdo al programa de trabajo vigente.

N.1o, C.1 o, O.4 o, M.21 o = Índice de precios del elemento en el mes de apertura de

ofertas o de la presentación de precios para trabajos extras y variaciones del contrato, a que se refiere el artículo 52 de la Ley.

Notas:

1. El primer factor que aparece en las formulas sin índice corresponde al porcentaje de gastos fijos de todo el contrato.

2. Cuando en alguna de las formulas aparezcan índices de elementos que sean importados directamente por el contratista, dichos índices serán igual a la unidad, en tal caso la fluctuación de precios se calculará conforme a lo establecido por los artículos 5 de la Ley y 2 de Reglamento.

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ANEXO No. 3

INDICADORES COST.

El oferente ganador deberá presentar completamente llena esta ficha; cumplido el primer mes de actividades en el proyecto, el cual deberá ser presentado a la División de Planificación y Estudios de la Dirección General de Caminos.

El objetivo de llenar la información de esta tabla es para corroborar la publicación de la información clave del proyecto que dará cumplimiento a los indicadores requeridos por CoST.

Fase del Proyecto Indicador Documentación Soporte Requerida

Fecha de Publicación

1. Identificación del Proyecto.

1. Especificaciones. Publicación del Estudio de factibilidad y Bases de Licitación

2. Propósito. Publicación del Estudio de factibilidad y Bases de Licitación

3. Localización. Publicación del Estudio de factibilidad y Bases de Licitación

4. Beneficiarios. Publicación del Estudio de factibilidad.

5. Estudio de viabilidad.

Publicación del Perfil del proyecto y la información general de la iniciativa de inversión del SNIP de SEGEPLAN.

2. Fondos para el Proyecto.

6. Acuerdo de Financiamiento.

Documento de NO objeción del banco correspondiente al proyecto o número del préstamo si es financiamiento externo o Partida Presupuestaria es financiamiento de fondos propios, aprobación código de SNIP.

7. Presupuesto. Partida Presupuestaria, aprobación código de SNIP.

8. Precio estimado por la entidad de adquisición del Proyecto.

Publicación del Estudio de Factibilidad.

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ANEXO No. 4 MANUAL DE SEÑALIZACIÓN TEMPORAL.

INTRODUCCIÓN.

Este instructivo es producto de la necesidad de disponer de información adecuada para señalizar debidamente las carreteras en el momento de realizar actividades tanto de construcción como de mantenimiento. El control de tránsito necesita dispositivos temporales para regular en forma transitoria las vías públicas en construcción, reparación o mantenimiento o donde se realicen otro tipo de obras.

Las autoridades del C.I.V. con el propósito de reducir el peligro que generan las actividades de construcción, mantenimiento y reparación en carreteras, tanto para los trabajadores que están expuestos constantemente al flujo vehicular, como para los automovilistas, que deben afrontar riesgos generalmente no previstos, establece las normas por medio del presente instructivo para el uso de dispositivos temporales y a la vez, dar los lineamientos a los contratistas responsables del mantenimiento de carreteras por contrato y a los de construcción de obras, Zonas Viales y otras instituciones gubernamentales y particulares que realicen actividades en una carretera.

Para que el uso de los dispositivos temporales sea efectivo, es indispensable que los trabajadores y automovilistas se acostumbren a ellos, para reducir en un alto grado la confusión e incomprensión que son algunos factores que constituyen la causa de accidentes.

OBJETIVO.

Prevenir, restringir e informar apropiadamente con dispositivos de seguridad temporal a los usuarios de las carreteras y a la vez, proteger la vida de los trabajadores, uniformizando e identificando para ello, los frentes de trabajo que realizan actividades de construcción, reparación o mantenimiento de carreteras a nivel nacional.

RECOMENDACIONES IMPORTANTES. La señalización temporal debe mantenerse durante el tiempo de duración de los trabajos y estar acorde a las condiciones del lugar y climáticas.

DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD. Algunas de las señales viales se detallan en el presente instructivo, la forma, tamaño y color deben ser los mismos que los de las señales permanentes establecidas en el “Manual Centroamericano de Dispositivos para el Control del Tránsito en Calles y Carreteras”, excepto las de prevención que se indican en la sección de señalización temporal de dicho manual y que en este instructivo se detallan, para lo cual deberá utilizar lámina para zona de construcción grado alta intensidad como mínimo (papel reflectante color naranja). En aquellos casos en que las obras revistan un carácter especialmente peligroso, es conveniente emplear señales de mayor tamaño (para vías rápidas), debidamente reflectantes. La localización de algunas señales temporales se muestra en este instructivo en diagramas que muestran el sistema de señalización que debe adoptarse como mínimo en situaciones típicas. Las señales temporales podrán montarse en postes, soportes portátiles (caballetes) o en barricadas, según se muestra en este instructivo. Los dispositivos de seguridad tienen carácter transitorio y deben cubrir como mínimo, las áreas de la carretera que se describen en el esquema siguiente:

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Los dispositivos mostrados en este instructivo deben utilizarse en obras de construcción, reparación o mantenimiento de carreteras pavimentadas y no pavimentadas.

CLASIFICACIÓN DE SEÑALES TEMPORALES.

Preventiva (protección de obras).

Restrictivas

Informativas

DISPOSITIVOS DE CANALIZACIÓN.

Consisten en obstáculos que sirven para guiar a los conductores de vehículos a lo largo de una zona en construcción, mantenimiento o reparación. La función de los dispositivos debe ser la de presentar un obstáculo real o aparente al automovilista, indicándole por este medio la ruta a seguir. No es necesario que tengan un mensaje específico, pero deben ser explicativos por si mismos, complementándolos con señales y otros dispositivos que sean luminosos durante la noche. Para enfatizar su acción canalizadora se pueden colocar señales sobre obstáculos

Los dispositivos se clasifican en:

1. Barricadas 2. Conos 3. Tambores o trafitambo 4. Sacos de arena 5. Delineadores o indicadores 6. Marcas

1. Barricadas.

Las barricadas o barreras, deben usarse en forma apropiada como dispositivos canalizadores. Aunque por si solas no tienen un mensaje especifico, sobre ellas podrán colocarse señales explicativas. Tienen por objeto servir como obstáculo a la circulación o cerrar uno o varios carriles o toda una vía.

Zona de trabajo

Zona de Desaceleración

Zona de Desaceleración

Mínimo 300 métros Longitud Variable Mínimo 300 métros

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Deben ser visibles por si solas tanto de día como de noche, pintándolas (pintura reflectante), con franjas naranjas y blancas alternadas de 10 cm. de ancho e inclinadas a 45 grados, bajando de derecha a izquierda, tal como se indica en los diagramas o utilizar lamina pre-rayada (papel reflectante).

2. Conos. Son aquellos dispositivos de hule o de un material similar que no se dañe al ser golpeado por un vehículo. Tienen la forma de cono truncado, con una altura variable, pero para nuestro propósito se tomará como mínima de 75 cm. y una base cuadrada de 40 por 40 cm. o similar, su color debe ser naranja mate, con una o dos franjas reflejantes de 10 cm. de ancho, colocadas a 5 cm. del extremo superior. Se usan cuando por la velocidad, volumen de transito, visibilidad, etc., no sea necesario

el uso de barricadas o como complemento de éstas.

3. Tambores o trafitambos. Su función es similar a la de los conos; tienen tres franjas blancas reflectantes de 10 a 15 cm. de ancho, sobre el color naranja mate.

4. Sacos de arena Su función es similar a la de los conos y tambores; consisten en costales de tamaño manejable por un hombre, están llenos de arena y pintados de blanco reflectante. Solo debe usarse en casos de emergencia y siempre y cuando no se cuente con conos y tambores en el lugar de trabajo. 5. Delineadores o indicadores.

Se usan en casos de desvíos para trabajos de duración considerable.

6. Marcas en el pavimento. Se usan poco en trabajos de construcción, mantenimiento y reparación, excepto en trabajos de duración considerable. 7. Iluminación.

Para que los dispositivos sean percibidos a mayor distancia durante la noche o cuando la claridad no sea suficiente, deben usarse fuentes de luz independientes como las siguientes: antorchas, mecheros y linternas en caso de emergencias, lámparas intermitentes y luces eléctricas de alta y baja intensidad en condiciones normales.

8. Dispositivos para señalamiento manual.

Para la regulación del tránsito en forma manual en las áreas de trabajo deben usarse banderas rojas en el día y luces de haz luminoso de color rojo, en la noche. Las banderas deben tener un tamaño mínimo de 45 por 45 cm. y estar aseguradas a un asta de 90 cm. de largo. Las personas encargadas del uso de estos dispositivos se conocen como “bandereros”.

9. Otros dispositivos.

Existen otros equipos que deben ser utilizados por el personal, según la naturaleza de la obra; es necesario velar porque el factor de seguridad aumente con el uso de equipo adecuado.

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EQUIPO MÍNIMO OBLIGATORIO. El equipo mínimo obligatorio que debe ser utilizado por el personal que labora dentro de las zonas en mantenimiento o construcción son:

Chalecos color naranja con líneas fluorescentes (operadores de maquinaria pesada y personal de campo).

Gorras color naranja (operadores de maquinaria y personal de campo).

Playeras color naranja (Personal de campo

SSEEÑÑAALLIIZZAACCIIÓÓNN PPAARRAA PPEERRSSOONNAALL DDEE LLIIMMPPIIEEZZAA DDEELL DDEERREECCHHOO DDEE

VVIIAA,, CCUUNNEETTAASS YY EESSTTRRUUCCTTUURRAASS DDEE DDRREENNAAJJEE.. El contratista de Limpieza del Derecho de Vía debe identificar el tramo de carretera en el cual tenga distribuido todo su personal; así como también, éste debe estar identificado con playeras con los colores y diseños mostrados en el presente manual. Esta identificación además de proveer seguridad al personal de campo, facilita las labores de supervisión. Los dispositivos de seguridad serán colocados antes de iniciar los trabajos en lugares estratégicos donde no interfieran con el flujo vehicular, pero sí indiquen que se esta trabajando para que se guarden las

Longitud variable

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respectivas medidas de precaución y evitar accidentes, deben retirarlos posteriormente a la conclusión de sus actividades.

DDIISSPPOOSSIITTIIVVOO DDEE SSEEGGUURRIIDDAADD..

DESCRIPCION

RED VIAL

PAVIMENTADA

RED VIAL

NO PAVIMENTADA

Limpieza del Derecho de

Vía, Cunetas y Est.

PUENTES

Señal Preventiva a 300 mt. (hombres trabajando)

1 1 1

Rótulo informativo a 200 mt. (fondo Vial)

1 1 2

Señal Restrictiva a 125 mt. (Vel. Maxima 10 km./h)

1 1 2

Conos de protección, 28” alto (cada 25 mt.)

6 6 6

Conos encarriladores, 28”alto 6 6 6

ZZOONNAA DDEE DDEESSAACCEELLEERRAACCIIOONN

DDIISSPPOOSSIITTIIVVOO DDEE SSEEGGUURRIIDDAADD..

DESCRIPCION

RED VIAL

PAVIMENTADA

RED VIAL

NO PAVIMENTADA

Limpieza del Derecho de

Vía, Cunetas y Est.

PUENTES

Banderillas 2 2 6 2

Rótulo Informativo(fondo Vial) 1 1 2

Conos de Protección, 28” alto 20 10 6 10

Minimo 300 metros

100 Mt. 75 Mt. 100 Mt. 25 Mt.

30 Mt.

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ZZOONNAA DDEE TTRRAABBAAJJOO

SEÑAL EN ZONA DE CONSTRUCCIÓN.

Longitud Variable

AREA DE TRABAJO

30 m.

0.60m.

1.00 m. 1.00 m.

300

m.

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SEÑAL RESTRICTIVA O REGLAMENTARIA.

REQUISITOS DE

CONSTRUCCION

1. Las patas o apoyos, serán fabricados con elementos metálicos, tubo cuadrado o costanera negra de 1” 1/16 y recubierto de

pintura anticorrosiva y pintura blanca de aceite.

2. Las láminas a usar deben ser de 1/16”de espesor recubierta de pintura anticorrosiva.

3. De utilizar calcomanía para los dispositivos, esta debe ser calidad 3M de alta intensidad,

sobre una superficie sin pintar. De utilizar pintura, deben utilizarse los colores que estipula este Instructivo (pintura reflectante).

4. Las mantas deben ser utilizadas en maquinaria

y/o camiones, donde no interfiera el funcionamiento de las mismas.

5. Las calcomanías deben ser colocadas en puertas de pick-up y camiones usados en el

proyecto y pueden ser una opción cuando no es posible colocar las mantas.

6. Todo estos dispositivos deben mantenerse en

buen estado, siendo motivo de sanción, señales

con daños físicos, pintura o calcomanías en mal estado.

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SEÑAL PREVENTIVA (TEMPORAL).

RÓTULOS INFORMATIVOS

CARRETERA EN

CONSTRUCCIÓN

0.80

1.20 m.

1.00 m.

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ANEXO No. 5

Propuesta Técnica - Formularios Estándar

5.1 Formulario de presentación de la propuesta técnica. 5.2. Referencias de la firma Consultora. 5.3 Observaciones y sugerencias de los consultores con respecto a los términos de referencia y lista

de servicios e instalaciones que suministrará y utilizará el oferente. 5.4 Descripción de la metodología y el plan de actividades para la ejecución del trabajo. 5.5 Composición del grupo de trabajo y asignación de actividades. 5.6 Formulario para el curriculum del personal profesional propuesto. 5.7 Calendario de actividades del personal profesional. 5.8 Plan de actividades (de trabajo).

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5.1 FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA

[Lugar, fecha]

A: Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda Señoras/Señores:

Los abajo firmantes ofrecemos proveer los servicios de consultoría para la prestación de los servicios de supervisión de los trabajos de El Proyecto:

( ESCRIBIR AQUÍ EL NOMBRE COMPLETO DEL PROYECTO COMO SE INDICA EN EL ANUNCIO. )

De conformidad con el anuncio de [fecha] presentamos a continuación nuestra propuesta, que

comprende esta propuesta técnica y una oferta económica, que se presenta por separado en sobre cerrado en forma inviolable. Si las negociaciones se llevan a cabo durante el período de validez de la propuesta, es decir, antes del [fecha], nos comprometemos a negociar sobre la base del personal propuesto. Esta propuesta es de carácter obligatorio para nosotros y está sujeta a las modificaciones que resulten de las negociaciones del contrato.

Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar ninguna de las propuestas que reciban.

Atentamente, Firma autorizada: Nombre y cargo del signatario: Nombre de la firma: Dirección:

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5.2 REFERENCIAS DE LA FIRMA CONSULTORA.

Servicios pertinentes provistos en los últimos cinco (5) años, que mejor ilustran las calificaciones

Utilizando el formato que sigue, proporcionar información sobre cada uno de los trabajos para los que la firma/entidad fue contratada legalmente, ya sea en forma individual o como persona jurídica, o como una de las principales firmas integrantes de una asociación.

Nombre del trabajo:

País:

Lugar dentro del país:

Personal profesional suministrado por la firma/entidad (especialización):

Nombre del Contratante:

Número de individuos:

Dirección:

Número de meses-personal; duración del trabajo:

Fecha de iniciación (mes/año):

Fecha de terminación (mes/año):

Valor aproximado de los servicios (Quetzales):

Nombre de los consultores asociados, si los hubo:

Número de meses de personal profesional proporcionado por los consultores asociados:

Nombres de los funcionarios del nivel superior (Director/Coordinador del El Proyecto, Jefe del grupo de trabajo) participantes y funciones desempeñadas:

Descripción del El Proyecto:

Descripción de los servicios efectivamente provistos por el personal de la firma:

Nombre de la firma: __________________________

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5.3. OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS DE LOS CONSULTORES CON RESPECTO A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y LISTA DE SERVICIOS E

INSTALACIONES QUE SUMINISTRARÁ Y UTILIZARÁ EL OFERENTE.

Observaciones y sugerencias con respecto a los términos de referencia: 1. 2. 3. 4. 5. Servicios e instalaciones que suministrará el Oferente: 1. 2. 3. 4. 5.

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5.4 DESCRIPCIÓN DE LA METODOLOGÍA Y EL PLAN DE ACTIVIDADES PARA LA EJECUCIÓN DEL TRABAJO.

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5.5 COMPOSICIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO Y ASIGNACIÓN DE ACTIVIDADES

1. Personal Directivo, Profesional y Técnico.

Nombre Especialidad Cargo Actividad

2. Personal de apoyo

Nombre Cargo Actividad

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5.6 FORMULARIO PARA EL CURRÍCULO DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO

Cargo propuesto:_______________________________________________________ Nombre de la firma:_____________________________________________________ Nombre del individuo:____________________________________________________ Profesión:_____________________________________________________________ Fecha de nacimiento: ___________________________________________________ Años de trabajo en la firma/entidad: ________________________________________ Nacionalidad: _________________________________________________________ Asociaciones profesionales a las que pertenece: ____________________________________________________________________ ____________________________________________________________________ Detalle de las tareas asignadas: ____________________________________________________________________ ____________________________________________________________________ Calificaciones principales: [Indicar en aproximadamente media página la experiencia y la capacitación del individuo que sea más pertinente para las tareas del trabajo. Describir el nivel de responsabilidad del funcionario en trabajos anteriores pertinentes, indicando fechas y lugares.]

Educación: [Resumir en aproximadamente un cuarto de página la formación superior y otros estudios especializados del individuo, indicando los nombres de las instituciones de enseñanza, las fechas de asistencia y los títulos obtenidos.]

Experiencia laboral: [Empezando con el puesto actual, enumerar en aproximadamente dos (2) páginas en orden inverso los cargos desempeñados. Señalar todos los puestos ocupados por el individuo desde su graduación, con indicación de fechas, nombres de las organizaciones empleadoras, títulos de los cargos ocupados y lugar en que desarrolló sus actividades. Para los últimos diez (10) años, indicar también los tipos de actividades realizadas y dar referencias de los contratantes, cuando corresponda.]

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Idiomas: [Para cada idioma, indicar el nivel de dominio (excelente, bueno, regular o deficiente) en conversación, lectura y redacción.]

Certificación: Yo, el abajo firmante, certifico que, según mi entender, estos datos describen correctamente mi persona, mis calificaciones y mi experiencia. _____________________________________________ Fecha: _________________ [Firma del individuo y del representante autorizado de la firma](1) Día / Mes / Año Nombre completo del individuo: ___________________________________________ Nombre completo del representante autorizado: ______________________________ Si es profesional firma y sello y si es técnico firma y número de cédula y/o DPI.

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5.7. CALENDARIO DE ACTIVIDADES DEL PERSONAL PROFESIONAL

Meses (en forma de gráfico de barras)

Nombre/ Especialidad

Cargo Informes que preparar/ Actividades

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 Número de meses

Subtotal (1)

Subtotal (2)

Subtotal (3)

Subtotal (4)

Tiempo completo: ________________ Jornada parcial: _________________ Informes que preparar: ________________ Duración de las actividades: ________________

Firma: __________________________ (Representante autorizado) Nombre completo: ________________ Cargo: __________________________ Dirección: _______________________

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5.8 PLAN DE ACTIVIDADES (DE TRABAJO)

A. Investigación de campo y estudios

[1º, 2º, etc. son los meses desde el comienzo del trabajo]

1º 2º 3º 4º 5º 6º 7º 8º 9º 10º 11º 12º

Actividad (trabajo)

B. Terminación y presentación de informes

Informes

Fecha

1. Informe inicial

2. Informe provisional sobre la labor realizada

a) Primer informe de avance b) Segundo informe de avance

3. Proyecto de informe

4. Informe final

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ANEXO No. 6

Oferta Económica - Formularios Estándar

6.1. Formulario de presentación de la oferta económica. 6.2. Resumen de los costos. 6.3. Desglose del precio por actividad. 6.4. Desglose de honorarios y salarios. 6.5. Gastos reembolsables por actividad. 6.6. Gastos generales.

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6.1. FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA

[Lugar, fecha] A: [Nombre y dirección del Contratante]

Señoras / Señores:

Los abajo firmantes ofrecemos proveer los servicios de consultoría para la prestación de los servicios de supervisión de los trabajos de El Proyecto:

( ESCRIBIR AQUÍ EL NOMBRE COMPLETO DEL PROYECTO COMO SE INDICA EN EL ANUNCIO. )

De conformidad con el anuncio de fecha [fecha] presentamos nuestra oferta económica. La

oferta económica que se adjunta es por la suma de [monto en palabras y en cifras]. Que incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Nuestra oferta económica será obligatoria para nosotros, con sujeción a las modificaciones que resulten de las negociaciones del contrato, hasta la expiración del período de validez de la propuesta, a saber, el [fecha].

A continuación se enumeran las comisiones y bonificaciones, si las hubiere, pagadas o pagaderas por nosotros a agentes en relación con esta propuesta y con la ejecución del contrato, en el caso de que el contrato nos sea adjudicado:

Monto en quetzales Objetivo de la comisión o la bonificación

Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar ninguna de las propuestas que reciban.

Atentamente, Firma autorizada: Nombre y cargo del signatario: Nombre de la firma: Dirección:

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6.2 RESUMEN DE LOS COSTOS

Costos QUETZALES. Monto(s)

Subtotal Impuestos locales Monto total de la propuesta económica

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6.3 DESGLOSE DEL PRECIO POR ACTIVIDAD

Actividad No.: ___________________

Actividad No.: ___________________

Descripción: ____________________

Componente del precio

Montos En Quetzales.

Remuneración Gastos reembolsables Gastos varios Subtotal

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6.4 DESGLOSE DE HONORARIOS Y SALARIOS

Actividad No.: ________________________________

Nombre: ___________________________________

Nombres

Cargo

Período (mes)

Monto en Quetzales

Monto Total de la Contratación.

Personal permanente

Personal local

Consultores

Total

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6.5 GASTOS REEMBOLSABLES POR ACTIVIDAD Actividad No.: ______________________________

Nombre: ________________

Número

Descripción

Unidad

Cantidad

Precio unitario en Quetzales

Monto total en Quetzales.

1. 2. 3. 4. 5.

Viáticos Gastos de transporte local

1

Alquiler de oficinas/locales/personal de oficina

Día

1 Los gastos de transporte local deben incluirse. De la misma manera, los gastos de alquiler de oficina / locales /personal de oficina en el emplazamiento

del Proyecto deben incluirse.

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6.6 GASTOS GENERALES

Para la actividad No.: _____________________________

Nombre de la actividad: ___________________________

Número

Descripción

Unidad

Cantidad

Precio unitario

Monto total

1. 2. 3. 4.

Gastos de comunicaciones entre _________________________ y _________________________ (teléfono, telegrama, télex) Redacción, reproducción de informes Total

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ANEXO No. 7 CONTRATO NÚMERO XXXXXXXX GUIÓN DOS MIL TRECE GUIÓN DGC GUIÓN SUPERVISIÓN (XX-2013-DGC-S).----------------------------------------------------- En la ciudad de Guatemala, el XXXXX (XXX) de XXXXX de dos mil trece (2013). NOSOTROS: I) XXXXXXXXXX, de xxxxxxx (xxxx) años de edad, casado, guatemalteco, Ingeniero Civil, colegiado activo número XXXXXXXXXXXXX (en letras) (XXXXXX), de este domicilio, me identifico con la cédula de vecindad número de Orden A guión uno (A-1) y registro xxxxxxxxxxx ( en letras) (xxxxxx), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, del departamento de Guatemala. Manifiesto que: a) Actúo en representación del ESTADO DE GUATEMALA por delegación conferida por el señor Ministro del Ramo, en resolución número ______________ (__________), de fecha ________ de _____________de dos mil trece (2013), en mi calidad de Director General de la Dirección General de Caminos, personería que acredito con copia certificada del Acta número xxxxxxxxxxx (xxxxx) de fecha xxxxxxx (xxx) de xxxx de dos xxxxx (20xx) donde consta que tomé posesión del cargo para el cual fui contratado, asentada en los folios xxxxxxxxxxx (xxxx) y xxxxxxxxxxx (xxxxxx) del Libro de Actas de hojas movibles de la Secretaría General de la Dirección General de Caminos, autorizado por la Contraloría General de Cuentas, según registro L dos, ocho mil ciento noventa y cinco (L2 8,195); b) Señalo como lugar para recibir notificaciones, citaciones y/o emplazamientos, mi despacho situado en Salón número siete (7), Finca Nacional La Aurora, zona trece (13) de esta Ciudad; y II) (nombre de la persona quien suscribe el contrato), (edad), (estado civil), (nacionalidad), (profesión), de este domicilio, me identifico con la cédula de vecindad número de orden X guión X (X-XX) y registro XXXXXXX (XXXX), extendida por el Alcalde Municipal de XXXXXXXX, del departamento de XXXXXX (o en su caso pasaporte). Manifiesto que: a) Actúo en mi calidad de xxxxxxxxxxxxxxxx y Representante Legal de la entidad XXXXXXXXXXXXX (o en su caso propietario de la empresa), calidad que acredito con el acta notarial en que consta mi nombramiento, autorizada en esta ciudad el XXXXXX (XXX) de XXXXX de dos mil XXX (XXX), por el Notario XXXXXXXXXXXXX, documento inscrito en el Registro Mercantil de la República bajo el número XXXXXXXXXXXXXX (XXXXXX), folio XXXXXXX (XXX), del libro XXXXXX (XX) de Auxiliares de Comercio, con fecha XX (XX) de XXXXX de dos mil XXXX (XXX) (o patente de comercio); b) Señalo como lugar para recibir notificaciones, citaciones y/o emplazamientos, la oficina situada en XXXXXXXXX (X), XXX guión XXX (XX-XX), zona XXXX (XX), de esta ciudad. Ambos contratantes manifestamos hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles y ser de las calidades y datos de identificación relacionados. Toda la documentación se tiene a la vista y se hace constar que las representaciones que se ejercitan son suficientes conforme a la ley para la suscripción del presente contrato. En lo sucesivo los contratantes nos denominaremos "EL ESTADO" y "LA SUPERVISORA", respectivamente. Asimismo, deberá entenderse que el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda se denominará "EL MINISTERIO"; la Dirección General de Caminos, "LA DIRECCIÓN"; la División de Supervisión de Construcciones de la “LA DIRECCIÓN”, "LA DIVISIÓN"; los trabajos de ***nombre del proyecto***, "EL PROYECTO"; el Ingeniero Civil, colegiado activo, representante de “LA SUPERVISORA”, encargado de la supervisión de "EL PROYECTO", "EL DELEGADO RESIDENTE"; la empresa que ejecutará los trabajos de “EL PROYECTO”, "EL CONTRATISTA"; la empresa afianzadora que garantice el cumplimiento de este contrato, "LA AFIANZADORA"; la Ley de Contrataciones del Estado, contenida en decreto número cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la República, “LA LEY”; y las Especificaciones Generales para Construcción de Carreteras y Puentes, de la Dirección General de Caminos, edición septiembre de dos mil uno (2001), "LAS ESPECIFICACIONES". Las partes convenimos en celebrar CONTRATO PARA LA SUPERVISIÓN DE ***NOMBRE DEL PROYECTO***, de conformidad con las cláusulas siguientes.------------------------ PRIMERA: El presente contrato se celebra con base en: A) Los artículos uno (1), cuarenta y siete (47), cuarenta y ocho (48) y cuarenta y nueve (49) de "LA LEY” y veintiséis (26) de su Reglamento. Y B) Con fecha xxx (xx) de xxxx de dos mil trece (2013) en providencia número xxxxxxx guión dos mil trece guión DP (xxxx-XXXX-DP), el jefe del departamento de Presupuestos de la División Financiera de "LA DIRECCION" informa que en el, Sistema de Gestión (-SIGES-) se encuentra registrada la Constancia de Disponibilidad Presupuestaria (-CDP-) número xxxxxxxxx xxx xxxxx (xxxxxxx) a favor de xxxxxxxxx, correspondiente al "EL PROYECTO", la cual

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muestra un saldo disponible de xxxxxxxxxxxxxxxxxxx quetzales (Q.xxxxxxxxxxxxx).------------------------------SEGUNDA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO: Forman parte del presente contrato los siguientes documentos: A) “LAS ESPECIFICACIONES”; B) El expediente de la contratación número; C) Oferta presentada por “LA SUPERVISORA”.-- TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO: El presente contrato tiene por objeto la contratación de los servicios de supervisión durante la ejecución de los trabajos de "EL PROYECTO". "LA SUPERVISORA" tendrá carácter de autoridad ante "EL CONTRATISTA" y la misma dependerá en sus funciones directamente de "LA DIVISIÓN". "LA SUPERVISORA" deberá desarrollar, entre otras, las actividades siguientes: a) Decidir sobre todas las cuestiones que surjan con respecto a la calidad y cantidad de los materiales y equipo empleados por "EL CONTRATISTA"; b) Realizar los trabajos de supervisión de conformidad con las especificaciones técnicas de construcción, así como supervisar el fiel cumplimiento de todas las medidas de mitigación de impacto ambiental recomendadas en el estudio respectivo, así como las que estuvieren contenidas el contrato de construcción correspondiente; c) Verificar e inspeccionar los puntos topográficos de referencia y de construcción que "EL CONTRATISTA" replantee en el terreno, con el fin de que la ejecución de la obra se efectúe de acuerdo con los planos de "EL PROYECTO"; d) Solicitar y/o efectuar los ensayos o pruebas de laboratorio o de campo, necesarios para verificar la calidad de los trabajos y materiales. Los elementos de prueba deben mantenerse bajo control y vigilancia de "LA SUPERVISORA" y marcarse en forma tal que sea fácil y segura su identificación; e) Coordinarse con "EL CONTRATISTA" para que el progreso de "EL PROYECTO" esté de acuerdo con el programa de ejecución vigente y verificar constantemente que los trabajos se ejecuten en la calidad y cantidad que en cada caso corresponda, de acuerdo con los planos, especificaciones y demás documentos contractuales; f) Hacer los trabajos de ingeniería necesarios, incluyendo mediciones en el terreno, nuevos planos y estimaciones de costos, cuando se requieran cambios menores en los diseños, debido a condiciones imprevistas. Para la ejecución física definitiva de cualquier cambio, se deberá contar con la aprobación de "LA DIRECCIÓN", en el entendido de que los mismos serán tomados en cuenta únicamente cuando tiendan a lograr una mejoría funcional y/o económica. Se exceptúan aquellos cambios pequeños de rasante, para los cuales, a juicio de "LA DIVISIÓN", no sea necesaria dicha aprobación; g) Preparar y enviar a "LA DIVISIÓN" toda la documentación relativa a Órdenes de Trabajo Suplementario, Acuerdos de Trabajo Extra y Órdenes de Cambio que sea necesario emitir para la debida ejecución de los trabajos; h) Llevar permanentemente un registro de los precios de materiales y mano de obra utilizados en "EL PROYECTO", rendimiento de volúmenes de trabajo y un programa de la ejecución real de "EL PROYECTO"; i) Anotar en la bitácora, desde el inicio hasta la terminación de "EL PROYECTO", los acontecimientos más relevantes que ocurran en su desarrollo, así como cualquier modificación al mismo; j) Realizar la medición de los trabajos ejecutados y revisar que estén conforme a las especificaciones técnicas, recomendando su pago a "EL CONTRATISTA" mediante estimaciones mensuales; k) Velar por el fiel cumplimiento de las condiciones contractuales y del programa de trabajo vigente, tomando las medidas necesarias para evitar atrasos o perjuicios en el desarrollo de "EL PROYECTO" y exigir a "EL CONTRATISTA" que adopte tales medidas; l) Comunicar por escrito a "LA DIVISIÓN", las sugerencias o reclamos de "EL CONTRATISTA", debiendo a la vez informar, comentar y emitir sus opiniones al respecto; m) Cumplir con todas las instrucciones y recomendaciones que emita "LA DIRECCIÓN", debiendo concurrir a reuniones periódicas para informar, analizar y acordar las medidas que deban ponerse en práctica; n) Colaborar con la Comisión que se nombre para efectuar la recepción y liquidación de “EL PROYECTO” y velar por el cumplimiento de las recomendaciones que haga la comisión receptora; ñ) Efectuar las mediciones y cálculos necesarios para determinar las cantidades de trabajo finales de "EL PROYECTO" y su costo; o) Realizar una inspección final de "EL PROYECTO", para comprobar que los trabajos estén completamente finalizados y ajustados a los planos y especificaciones; p) Revisar los planos finales de "EL PROYECTO" que presente "EL CONTRATISTA". En ellos deberán estar incluidas todas las modificaciones efectuadas en el campo; q) Revisar los cálculos de las solicitudes de pago de sobrecostos; r) Resolver a "EL CONTRATISTA" las dudas de carácter técnico que surjan durante la ejecución de los trabajos de "EL PROYECTO"; s) Constatar la correcta utilización del anticipo pagado a "EL CONTRATISTA"; t) Cumplir cabalmente con todas las actividades que sean de su competencia, en su calidad de supervisora de "EL PROYECTO" y como representante de "LA DIRECCIÓN", en todos los aspectos de la construcción; u) Ser el enlace entre "LA DIRECCIÓN" y "EL CONTRATISTA" y enviar copia a "LA DIVISIÓN", de toda correspondencia relacionada con el proyecto; v) Cumplir y hacer que “EL

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CONTRATISTA” cumpla con “LAS ESPECIFICACIONES” y las especificaciones técnicas de “EL PROYECTO”.------------------------------------------------------------- CUARTA: OBLIGACIONES PARTICULARES DE “LA SUPERVISORA”: "LA SUPERVISORA" deberá cumplir con las siguientes obligaciones: a) Obtener, equipar y mantener, por su cuenta y a su cargo, una oficina central en la ciudad de Guatemala y otra en el área de influencia de "EL PROYECTO", en condiciones adecuadas para su funcionamiento, con mobiliario, equipo de oficina, útiles, papelería y cuanto sea necesario para la supervisión; b) Mantener en "EL PROYECTO" un profesional de Ingeniería Civil, colegiado activo, con el cargo de "DELEGADO RESIDENTE", quien será responsable de los trabajos de supervisión, desde el inicio de la prestación de los servicios hasta la entrega de "EL PROYECTO", a satisfacción de "LA DIRECCIÓN"; c) Llevar en "EL PROYECTO" libros y registros para hacer constar las operaciones y acontecimientos relacionados con el desarrollo del mismo y anotar las observaciones, sugerencias e instrucciones necesarias. Tales libros podrán ser examinados por cualquier funcionario de "EL MINISTERIO" o "LA DIRECCIÓN", designado para el efecto; d) Tomar por su cuenta y a su cargo, periódicamente, las fotografías que permitan apreciar el desarrollo de la ejecución de "EL PROYECTO", y por cada estimación de trabajo rendir un informe del avance del mismo, el cual deberá entregar a "LA DIVISIÓN"; e) Usar para la supervisión, por su cuenta y a su cargo, sus propios medios de locomoción (que incluyen vehículos, gasolina, lubricantes, mantenimiento y pilotos), equipo de topografía y de laboratorio y todo lo necesario para el fiel cumplimiento de las obligaciones asumidas en este contrato.---------------------------------------------------------------------------------- QUINTA: PERSONAL DE "LA SUPERVISORA": a) "LA SUPERVISORA" deberá contratar por su cuenta y a su cargo, a todo el personal profesional, técnico, administrativo, auxiliar, de oficina y de campo, que sea necesario para prestar eficientemente sus servicios; b) El personal contratado por “LA SUPERVISORA”, queda bajo su responsabilidad como patrono, debiendo sujetarse a las leyes de Guatemala que rigen la materia, siendo por su cuenta exclusiva el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de las Leyes y Reglamentos de Trabajo, Previsión Social y Seguridad Social; c) "LA SUPERVISORA", contratará única y exclusivamente personal calificado para cada puesto; d) Cualquier personal al servicio de “LA SUPERVISORA” que a criterio de “LA DIVISIÓN” muestre negligencia o ineptitud en el cumplimiento de sus obligaciones, deberá ser reemplazado, cuando así lo solicite ésta por escrito; e) En el caso de que “LA SUPERVISORA” requiera, por causas de fuerza mayor, sustituir algún miembro de su personal profesional, deberá contar con la aprobación de “LA DIRECCIÓN”.----------------------------------------------------------------------------------- SEXTA: PLAZO DEL CONTRATO: El plazo contractual para la prestación de los servicios de supervisión es de XXXXXX (XX) DÍAS CALENDARIO, que empezarán a contarse a partir de la fecha de inicio del plazo contractual de “EL CONTRATISTA”. Al terminar el plazo contractual “LA SUPERVISORA” deberá prestar colaboración a la Comisión Liquidadora, sin que esto implique un costo adicional, ya que es parte de su responsabilidad.--------------------------------------------------------------------------------- SÉPTIMA: LIBROS Y ARCHIVOS: a) "LA SUPERVISORA" utilizará los libros de actas y de conocimientos que sean necesarios, los que deberá autorizar y/o habilitar donde corresponda; b) “LA SUPERVISORA” se obliga a organizar y mantener todos los archivos debidamente ordenados, para cualquier consulta o informe relativos a la supervisión de “EL PROYECTO”; c) Los documentos de estos archivos y los libros referidos anteriormente deberán ser entregados bajo inventario a "LA DIRECCIÓN", o al funcionario que se designe, inmediatamente después de concluidos los servicios de supervisión en “EL PROYECTO”.--------------------------------------------------------- OCTAVA: INFORMES: “LA SUPERVISORA” tiene la obligación de: a) Presentar informes mensuales sobre el progreso de "EL PROYECTO" desde los puntos de vista técnico y económico, incluyendo el avance físico y financiero, recomendando las medidas a tomar en caso de retraso en alguna actividad determinada en el programa de trabajo; b) Presentar los informes adicionales que considere necesarios o que “LA DIRECCIÓN” le requiera; c) Elaborar un informe final circunstanciado de “EL PROYECTO”, que contendrá todo lo actuado en la obra, datos de campo y cálculos efectuados para el pago de estimaciones, cantidades reales de ejecución, incluyendo las obras de mitigación de impacto ambiental y toda la documentación relativa a “EL PROYECTO”, que sea necesaria para la liquidación del contrato de obra y deberá remitirlo a “LA DIVISIÓN”, solicitando la aprobación correspondiente. d) Presentar los informes a "LA DIVISIÓN" en un (1) original y tres (3) copias. Todos los documentos que elabore "LA SUPERVISORA" como producto del presente contrato serán propiedad exclusiva de "LA DIRECCIÓN".--------------------------------------------- NOVENA: INSPECCIONES: "LA DIRECCIÓN" y/o "EL MINISTERIO", a través del funcionario o empleado

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designado para el efecto, realizará constantes inspecciones a los trabajos a cargo de "EL CONTRATISTA" para cerciorarse del progreso de éstos, así como de la actuación de "EL DELEGADO RESIDENTE", quien queda obligado a asistir a dichos personeros, acompañándolos en las inspecciones que realicen y a atender las instrucciones o sugerencias que de estas visitas se deriven en beneficio de "EL PROYECTO".----------------------------------------------------------------------------------- DÉCIMA: MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: I) MONTO DEL CONTRATO: El monto del presente contrato es de XXXXXXXXXXXXXX (Q.XXXXXX), cantidad que incluye el doce por ciento (12%) de Impuesto al Valor Agregado (IVA), y en el mismo está comprendido el pago de todos los gastos en que “LA SUPERVISORA” incurra con motivo del cumplimiento de este contrato. II) FORMA DE PAGO: II.1 ANTICIPO: "EL MINISTERIO" le concederá un anticipo a “LA SUPERVISORA”, por un diez por ciento (10%) del valor de este contrato, después de que se notifique el acuerdo ministerial que apruebe el presente contrato, el cual se hará efectivo dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores a la presentación de la siguiente documentación: i) Recibo por el valor del anticipo; ii) Plan de Inversión del anticipo; iii) Garantía por un monto del cien por ciento (100%) del valor del anticipo.De todo pago que se le haga a “LA SUPERVISORA” se le descontará el mismo porcentaje (10%), hasta quedar totalmente amortizada la cantidad otorgada en calidad de anticipo. II.2 PAGOS MENSUALES: El monto del presente contrato será pagado a “LA SUPERVISORA” mediante cuotas mensuales que se calcularán de acuerdo con el avance financiero de los pagos efectuados a “EL CONTRATISTA”. En caso de que se ordenara a “EL CONTRATISTA” ejecutar trabajos adicionales que impliquen concederle un plazo adicional, o si por cualquier razón no imputable a “LA SUPERVISORA” se ampliara el plazo contractual de “EL CONTRATISTA”, o si “EL CONTRATISTA” no entrega los trabajos en la fecha prevista, se ampliará el plazo contractual de “LA SUPERVISORA”, debiendo convenirse en el contrato ampliatorio que se suscriba el monto y forma de pago por la prórroga. En caso de que “EL CONTRATISTA” suspendiera totalmente los trabajos por un periodo mayor de un mes, “LA SUPERVISORA” reducirá al mínimo su personal con el objeto de supervisar el mantenimiento que se le debe dar a la carretera, y se le pagará, a partir del mes siguiente del inicio de la suspensión, la cantidad mensual de _____________, o la cantidad proporcional que corresponda si el período no cubriera un mes completo. Los pagos se harán dentro del plazo de treinta (30) días hábiles posteriores a la fecha en que fuere presentado el informe mensual correspondiente. III) FLUCTUACIÓN DE PRECIOS: Se reconocerán y pagarán o deducirán a “LA SUPERVISORA” el monto de las fluctuaciones de precios, aplicando el Sistema de Fórmulas, de conformidad con la fórmula general siguiente: R = (C-1) A*E; en donde R es el valor de reajuste; A es el factor determinado por el anticipo no amortizado, establecido en cada pago de conformidad con la tabla contenida en el artículo tres (3) del reglamento de “LA LEY”; E es el monto bruto de cada pago; C = Factor del reajuste, que se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:

donde: N.1 = Índice de Salario mínimo – Mano de Obra. C.1 = Índice de Diesel. O.4 = Índice de precios

al consumidor república. M.21 = índice de repuestos importados. , , y

= índices de precios del elemento especificado en la fórmula particular, en el mes a que corresponde el pago; en caso de que el período a cobrar abarque dos o más meses calendario, se tomará en cuenta el del primero de los meses del período.

, , y = índice de precios de cada elemento especificado en la fórmula

particular correspondiente al mes de XXXXX de dos mil XXX (20XX). IV) PARTIDA PRESUPUESTARIA: Los pagos de este contrato se harán con cargo a las Partida Presupuestarias siguientes:XXXXXXXXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXX) Y XXXXXXXXXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXX), ambas del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado vigente y las que en el futuro correspondan. DÉCIMA PRIMERA: FIANZAS: I) FIANZA DE CUMPLIMIENTO: Antes

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de la aprobación de este contrato, “LA SUPERVISORA” deberá otorgar a favor de "EL MINISTERIO", una Fianza de Cumplimiento, por el diez por ciento (10%) del monto del mismo, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Esta fianza deberá estar vigente desde la fecha de su emisión hasta que "LA DIRECCIÓN" extienda el finiquito donde conste que “LA SUPERVISORA” ha cumplido satisfactoriamente con todas las obligaciones asumidas. La Fianza de Cumplimiento cubrirá con el diez por ciento (10%) de su valor, el pago de salarios y prestaciones laborales de los trabajadores, incluyendo las cuotas patronales establecidas por la ley; y, con el noventa por ciento (90%) restante, el cumplimiento de este Contrato de Supervisión. "EL MINISTERIO" hará efectiva total o parcialmente esta fianza, si se comprueba que “LA SUPERVISORA” no ha cumplido con las obligaciones que estipula este contrato o si se encuentra moroso en el pago de salarios y prestaciones laborales a los trabajadores, incluyendo las cuotas patronales establecidas por la Ley. II) FIANZA DE ANTICIPO: “LA SUPERVISORA” deberá presentar, previo a que le sea otorgado el anticipo, Fianza de Anticipo por el cien por ciento (100%) del monto que le sea concedido. La garantía podrá reducirse en la medida que se amortice el valor del anticipo, cubriendo siempre el máximo saldo deudor y estará vigente hasta su total amortización y se hará efectiva si se comprueba que el anticipo no se utilizó en los gastos detallados en el programa de inversión del anticipo aprobado. III) FORMALIDADES: Las garantías a que se refieren los anteriores numerales deberán formalizarse mediante pólizas emitidas por instituciones afianzadoras autorizadas para operar en Guatemala, expresadas en quetzales. IV) PROCEDIMIENTO PARA HACER EFECTIVAS LAS FIANZAS: En caso de incumplimiento de las obligaciones que garantizan las fianzas, “LA DIRECCIÓN” rendirá informe circunstanciado a “EL MINISTERIO”, adjuntando los documentos que demuestren los incumplimientos. “EL MINISTERIO” dará audiencia a “LA AFIANZADORA” y a “LA SUPERVISORA”, por un plazo común de diez (10) días hábiles, para que se pronuncien acerca del informe y documentos presentados por “LA DIRECCIÓN” y aporten los elementos que sirvan de apoyo a sus argumentos. “EL MINISTERIO”, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de haberse vencido el plazo otorgado a “LA AFIANZADORA” y a “LA SUPERVISORA”, hayan evacuado o no la audiencia, emitirá resolución teniendo por desvanecidas las indicaciones de incumplimiento o declarando procedente la ejecución de la fianza. En este último caso, fijará a “LA AFIANZADORA” el improrrogable plazo de diez (10) días hábiles para que se haga efectiva la fianza. DÉCIMA SEGUNDA: FINIQUITO: "LA DIRECCIÓN" otorgará finiquito a "LA SUPERVISORA", cuando haya recibido a su entera satisfacción: a) El informe final pormenorizado de "EL PROYECTO"; b) Los planos finales elaborados por "EL CONTRATISTA", que contengan las modificaciones efectuadas en "EL PROYECTO", debidamente revisados por "LA SUPERVISORA"; c) Certificación del acta de recepción definitiva de "EL PROYECTO"; d) Certificación del acta de liquidación final del contrato de obra que se haya levantado dentro del plazo de noventa (90) días, contados a partir de la recepción definitiva de "EL PROYECTO". Este último documento no se exigirá, si no se efectúa la suscripción del acta de liquidación de "EL PROYECTO" dentro de dicho plazo. DÉCIMA TERCERA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Los otorgantes convenimos expresamente, que cualquier diferencia o reclamo, relativas al cumplimiento, interpretación, aplicación o efectos del contrato, fianzas y seguros, se resolverán en la vía directa entre las partes. De no llegarse a ningún acuerdo se someterá el asunto a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, de conformidad con el artículo ciento dos (102) de la ley. DÉCIMA CUARTA: TERMINACIÓN PREMATURA DEL CONTRATO: I) POR INCUMPLIMIENTO DE “LA SUPERVISORA”: "EL MINISTERIO" podrá dar por terminado prematuramente el contrato, sin responsabilidad de su parte, por las causas siguientes: a) Si "LA SUPERVISORA" no presenta la Fianza de Cumplimiento, en cuyo caso "LA SUPERVISORA" no tendrá derecho a pago alguno; b) En caso de evidente negligencia de "LA SUPERVISORA" en la prestación de los servicios contratados o negativa infundada a cumplir con sus obligaciones; c) Sí se le embargaren a "LA SUPERVISORA" las sumas que "EL MINISTERIO" debe pagarle por los servicios prestados, siempre que el embargo impida a "LA SUPERVISORA" cumplir con sus obligaciones. Cuando "LA SUPERVISORA" incurra en cualquiera de los casos previstos en los incisos anteriores, "EL MINISTERIO" emitirá providencia señalándole el término de diez (10) días para que, acompañando las pruebas y documentación necesarias, exprese lo que estime procedente en defensa de sus intereses. Vencido el término antes indicado, "EL MINISTERIO" resolverá de acuerdo con las pruebas presentadas, teniendo por desvanecido el cargo formulado, o en caso contrario, dando por terminado el contrato; II) POR CASO FORTUITO Y/O DE FUERZA MAYOR: Este contrato podrá ser cancelado por “EL ESTADO” por las causas de caso fortuito y/o de fuerza mayor que a su juicio lo justifiquen. DÉCIMA QUINTA:

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COMPROMISOS DE “LA DIRECCIÓN”: "LA DIRECCIÓN" está obligada a: I) Proporcionar a "LA SUPERVISORA" una copia del contrato de obra suscrito con "EL CONTRATISTA". II) Resolver, a la brevedad posible, las dudas y consultas que "LA SUPERVISORA" le presente. III) Aprobar el Plan de Trabajo o Programa de Ejecución definitivo de "EL PROYECTO". DÉCIMA SEXTA: SANCIONES: a) Si “LA SUPERVISORA” recibiera la obra cuando "EL CONTRATISTA", contraviniendo total o parcialmente el contrato de obra, perjudicare a "EL ESTADO" variando la calidad o cantidad objeto del mismo, se sancionará a "LA SUPERVISORA" con una multa equivalente al dos por millar (2 o/oo) de la parte afectada del contrato de obra; b) Si “LA SUPERVISORA”, sin autorización de “LA DIVISIÓN”, sustituye al profesional designado como “DELEGADO RESIDENTE” sin la debida autorización de “LA DIRECCIÓN”, se le aplicará una multa de veinticinco mil quetzales (Q.25,000.00); c) Si al hacer una visita de campo se comprueba que “LA SUPERVISORA” no tiene todo el personal necesario para la prestación de sus servicios, se le aplicará una multa de veinticinco mil quetzales (Q.25,000.00) por cada vez que esto suceda; d) Si al hacer una visita de campo se comprueba que “LA SUPERVISORA” no tiene todo el equipo necesario para la prestación de sus servicios, se le aplicará una multa de veinticinco mil quetzales (Q.25,000.00) por cada vez que esto suceda. Todas las multas serán impuestas por la Autoridad Superior de “EL MINISTERIO” y se harán efectivas descontando su valor de los montos pendientes de pago, o se incluirán en la liquidación si no hubiere montos pendientes de pago. En caso de que con los pagos pendientes no se alcance a cubrir el valor de las multas, se hará efectiva la Fianza de Cumplimiento del Contrato. DÉCIMA SÉPTIMA: IMPUESTOS: "LA SUPERVISORA" pagará, en cada factura, el Timbre de Ingeniería y los impuestos que le sean aplicables a la contratación de acuerdo a las leyes del país. DÉCIMA OCTAVA: CESIÓN DE DERECHOS: "LA SUPERVISORA" no podrá transferir, comprometer o ceder, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que asume en este contrato, si no cuenta previamente con autorización escrita de "EL MINISTERIO". En todo caso, la supervisora cesionaria deberá estar inscrita en el Registro de Precalificados de Consultores en las especialidades correspondientes y no estar comprendida en ninguna de las prohibiciones establecidas en “LA LEY”. Para este efecto, “LA SUPERVISORA” debe hacer la solicitud respectiva a “EL MINISTERIO”, adjuntando un proyecto del contrato de cesión de derechos, el cual podrá suscribirse únicamente después de ser aprobada la minuta. El contrato deberá constar en escritura pública. DÉCIMA NOVENA: CLÁUSULA RELATIVA AL COHECHO: Yo el Contratista, manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS.VIGÉSIMA: APROBACIÓN: Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes a su cumplimiento, es indispensable que sea aprobado a través de acuerdo ministerial. VIGÉSIMA PRIMERA: ACEPTACIÓN: En los términos relacionados, los comparecientes aceptamos el contenido de este contrato. Leemos lo escrito y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo ratificamos, aceptamos y firmamos en XXXXX (XX) hojas de papel membretado de “LA DIRECCIÓN”, impresas únicamente en su anverso.------------------------------------- “EL ESTADO” “LA SUPERVISORA”