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1 1 er-saguier-- Genealogia-Tomo-II-Capitulo-00 Genealogía de la Tragedia Argentina Tomo II Derrumbe del orden imperial-absolutista y crisis del mundo colonial (Río de la Plata-siglo XVIII). INDICE del Tomo II Introducción Sección II-A Anti-escolasticismo y desmantelamiento de un orden barroco, inquisitorial y fatuamente “universal” Sección II-B Conflictividad eclesial y debilitamiento del orden clerical-regalista Sección II-C Fracturas étnicas y crisis del orden estamental-patriarcal. Sección II-D Fragmentación gremial del orden monopolista Sección II-E Descomposición social del orden esclavista. Sección II-F Colapso económico y ruptura del orden mercantilista Sección II-G Ruina del fisco y deslegitimación del orden patrimonial Sección II-H Rebeliones de originarios, crisis militar , y cuestionamiento del orden corporativo Sección II-I Acortesanamiento indiano y denuncia del orden nepótico Abstract del Tomo II II-0-Introducción del Tomo-II. La crisis del estado colonial 2 Sección II-A Anti-escolasticismo y desmantelamiento de un orden barroco, inquisitorial y fatuamente “universal” Capítulo II-A-1 Analogías históricas garcilacistas, reformismo despótico-ilustrado (Borbónico) y políticas anti- jesuíticas (1748-1784) 23 Capítulo II-A-2 Clivajes ideológicos (escolásticos-humanistas-iluministas) y gestación de una esfera pública. 22 Capítulo II-A-3 Grietas discursivas, fracturas literarias y acciones colectivas contra el barroquismo colonial (1764- 1810) 34 Capítulo II-A-4 Brechas protocolares en la constelación de cortesías, rangos y privilegios. 19
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Tomo II completo

Feb 01, 2017

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    er-saguier-- Genealogia-Tomo-II-Capitulo-00

    Genealoga de la Tragedia Argentina

    Tomo II Derrumbe del orden imperial-absolutista y crisis del mundocolonial (Ro de la Plata-siglo XVIII).

    INDICE del Tomo II

    Introduccin

    Seccin II-A Anti-escolasticismo y desmantelamiento de un orden barroco, inquisitorial yfatuamente universal

    Seccin II-B Conflictividad eclesial y debilitamiento del orden clerical-regalistaSeccin II-C Fracturas tnicas y crisis del orden estamental-patriarcal.Seccin II-D Fragmentacin gremial del orden monopolistaSeccin II-E Descomposicin social del orden esclavista.Seccin II-F Colapso econmico y ruptura del orden mercantilistaSeccin II-G Ruina del fisco y deslegitimacin del orden patrimonialSeccin II-H Rebeliones de originarios, crisis militar, y cuestionamiento del orden corporativoSeccin II-I Acortesanamiento indiano y denuncia del orden neptico

    Abstract del Tomo II

    II-0-Introduccin del Tomo-II. La crisis del estado colonial 2

    Seccin II-A Anti-escolasticismo y desmantelamiento de un orden barroco, inquisitorial yfatuamente universal

    Captulo II-A-1Analogas histricas garcilacistas, reformismo desptico-ilustrado (Borbnico) y polticas anti-jesuticas (1748-1784) 23

    Captulo II-A-2Clivajes ideolgicos (escolsticos-humanistas-iluministas) y gestacin de una esfera pblica. 22

    Captulo II-A-3Grietas discursivas, fracturas literarias y acciones colectivas contra el barroquismo colonial (1764-1810) 34

    Captulo II-A-4Brechas protocolares en la constelacin de cortesas, rangos y privilegios. 19

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    Seccin II-B Conflictividad eclesial y debilitamiento del orden clerical-regalista

    Captulo II-B-5Rgimen capellnico y pautas patriarcales de la primogenitura y la varona 26

    Captulo II-B-6:Conflictos entre el clero y el estado en el mundo colonial. 17

    Captulo II-B-7:Fisuras entre el clericalismo del fuero eclesistico y el orden regalista (Patronato Real) 20

    Seccin II-C Fracturas tnicas y crisis del orden estamental-patriarcal

    Captulo II-C-8:Ilegitimidad, 'Limpieza de Sangre' y crisis del orden dinstico-estamental 24

    Captulo II-C-9:Estigma de la impureza racial en las impugnaciones matrimoniales, capitulares y eclesisticas 15

    Seccin II-D Fragmentacin gremial del orden monopolista

    Captulo II-D-10:Movilidad social en el comercio y corporativismo mercantil. 16

    Captulo II-D-11Antagonismos en una burguesa comercial y nacimiento de una talasocracia 7

    Seccin II-E Descomposicin social del orden esclavista

    Captulo II-E-12Fuga esclava y resistencia rutinaria y cotidiana 22

    Captulo II-E-13Cimarronaje, bandolerismo y mito de la docilidad esclava 21

    Seccin II-F Colapso econmico y ruptura del orden mercantilista

    Captulo II-F-14Crisis del enclave minero y agremiacin de azogueros en el Alto Per. 22

    Captulo II-F-15Desequilibrio del intercambio y economa de trueque 15

    Captulo II-F-16Crisis agraria colonial y Real Renta de Tabaco 17

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    Captulo II-F-17Crisis pecuaria colonial y origen de un rgimen predatorio o desarreglo de los campos 17

    Captulo II-F-18 Colapso del entrept mercantil y lucha en el hinterland contra el monopolio comercial 12

    Seccin II-G Ruina del fisco y deslegitimacin del orden patrimonial

    Captulo II-G-19Fracturas fiscales, y descomposicin de una burocracia subordinada. 27

    Captulo II-G-20Extorsiones y sobornos en la conduccin de caudales de Potos a Buenos Aires 24

    Captulo II-G-21Corrupcin administrativa y nacimiento de una burguesa comercial 23

    Seccin II-H Rebeliones de originarios, crisis militar, y cuestionamiento del orden corporativo

    Captulo II-H-22Contradicciones entre el fuero militar y el poder poltico. 15

    Captulo II-H-23Crisis castrense y resistencia a reprimir en la disputa entre Comandantes de Armas y unaburocracia subordinada (Gobernadores y Corregidores) 25

    Seccin II-I Acortesanamiento indiano y denuncia del orden neptico

    Captulo II-I-24Cortesanismo palaciego y endogamia en los cabildos del interior del Virreinato (1760-1790) 24

    Captulo II-I-25El nepotismo capitular y las actividades ldicas y criminales 7

    Captulo I-I-26Cuadismo y yernocracia militar como herramientas inmovilizadoras de la elite castrense. 8

    Captulo I-I-27Acomodamiento de parientes como instrumento congelador de la movilidad eclesial. 8

    Seccin II-J

    Captulo II-J-28 Conclusin 4

    Total de pginas 386

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    Captulo 0 Introduccin del Tomo-II

    Producida la transicin de la dominacin dinstica Habsburga a la Borbnica con la Paz deUtrecht (1713), y reforzado el orden imperial-absolutista a partir del ideario Iluminista y lasestrategias re-colonizadoras implementadas por las denominadas Reformas Borbnicas (1767-1794),se pudo concebir una ms intensa complejidad del estado subordinado o colonial. Estaintensificacin de la complejidad en la subordinacin de los territorios que constituyeron antao elVirreinato del Per y luego el antiguo Virreinato del Ro de la Plata y las denominadas Gobernaciones-Intendencias aceleraron las contradicciones polticas al extremo que cuando se produjo la invasinnapolenica a Espaa (1808) deriv en un tremendo colapso y consiguiente desmembramiento quepuede caracterizarse como el precipitado de un largo proceso de metanastasis o desorden internogeneralizado.1

    A medida que estas crisis o desajustes se fueron acentuando, las contradicciones culturales(literarias, poticas), polticas (patriarcales, patrimoniales, corporativas, cortesanas), sociales(estamentales, seoriales) y econmicas (mercantilistas) que se dieron en el seno de los patriciados sefueron entrecruzando y agravando. La polticas colonizadoras Habsburgas (Virrey Toledo, 1580;Ordenanzas de Alfaro), las polticas absolutistas, anti-inquisitoriales, recolonizadoras y centralizadorasBorbnicas (Expulsin de los Jesuitas de 1767, Real Ordenanza de Libre Comercio de 1778, RealOrdenanza de Intendentes de 1782, Real Consulado de Comercio de 1794), y las polticas nacionalistas onacionalizadoras implementadas a partir de la denominada Revolucin de Independencia (1810) fuerondes-estructurando y reestructurando demogrfica, territorial y culturalmente --mediante guerras,metanastasis, particiones, secesiones y una prolfica poltica de ingeniera institucional-- las relaciones quemantenan los reinos, los estados, las provincias, las ciudades y los individuos entre s.2 Por ejemplo, lospatriciados de las ciudades ms antiguas se sentan amenazados por los de las ciudades ms nuevas.3 Laspropias nociones de soberana, poblacin y territorio adquirieron luego de la independencia significadostotalmente diferentes de los que poseyeron durante el absolutismo.4

    Pero el estudio particular de cada una de estas crisis por s solas no garantizara el xito de laempresa, pues las significaciones imaginarias (barrocas, patriarcales, regalistas, estamentales,patrimoniales, corporativas, monoplicas, esclavistas, nepticas y mercantilistas), que operaban comofunciones en la compleja realidad histrica del orden imperial-absolutista, son a juicio de Lefort (1990),von Beyme (1995) y Castoriadis (2003), diferenciables o separables slo nominalmente y en el vaco, alos puros efectos del anlisis.5 Entre las crisis o desajustes polticos, la que ms habra incidido en laruptura y deslegitimacin de los imaginarios sociales (estilos poticos barrocos, privilegios estamentales,fueros capitulares y de nobleza, monopolios mercantilistas, ceremoniales de poder inquisitorial, nepotismoy etno-centrismo capitular, y heredabilidad administrativa), habran sido las crisis polticas ocurridas en elseno de las instituciones deliberativas o parlamentarias de la modernidad colonial-absolutista (Cabildos).6Los conflictos se habran manifestado embrionariamente en las luchas del siglo XVII entre las faccionesdenominadas confederadas (partidarias de la produccin orientada hacia el mercado externo), ybenemritas (productores orientados hacia el mercado interno); y en el siglo XVIII entre las faccionessarracenas (pro-jesuticas) o ministeriales (partidarias de las polticas mercantilistas), y las facciones anti-

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    ministeriales (partidarios de la libertad de comercio, la Expulsin de los jesuitas y la des-jesuitizacin delas universidades). Tambin se habran manifestado en los pasquines y las acciones colectivas urbanasdesatadas por las alianzas entre sectores de la elite, los gremios y la plebe, por la consecucin de objetivospuntuales, por lo general anti-fiscales. Asimismo se habran manifestado en la fragmentacin de la elitemercantil, al asomar una fraccin de dicha elite que se disociaba de las casas monopolistas de Cdiz yadquira una autonoma propia para comerciar con capital y barcos propios entablando vnculos con otrascolonias del mundo conocido.

    En el sentido apuntado por las tesis arriba expuestas, cabe entonces preguntarse: si las crisisespiritual, cultural, poltica, econmica y social se hallaban o no relacionadas con los procesos dedeslegitimacin y colapso o crisis terminal del orden imperial-absolutista?; y si devino en mitoinstitucional racional la estructura discursiva de las instituciones culturales y sociales del orden imperial-absolutista, encarnada en los principios ritualizados de la poesa estamental, la arbitrariedad del poder(despotismo inquisitorial), la adscriptibilidad del status (primogenitura, varona, hidalgua, casta y pureza olimpieza de sangre), la legitimidad dinstica, la representatividad jerrquica (corporativa, clerical,estamental y territorial o vecinal), la patrimonialidad del funcionariado (venalidad capitular) y lareciprocidad penal y/o responsabilidad colectiva, o del chivo expiatorio, o de la llamada "culpa de lainocencia")?.

    Para analizar la intensidad de la crisis poltica indagamos el rol jugado por el uso y abuso deanalogas histricas, la gestacin de estrategias disciplinarias por parte de facciones rivales y lasinterminables disputas polticas, grietas discursivas, fracturas literarias, clivajes ideolgicos (erasmismo,enciclopedismo, regalismo, probabilismo, fisiocratismo), brechas simblicas o protocolares (cortesas, rangos yprivilegios), fisuras sociales (emergencia de burguesas comerciales autnomas, fuga esclava, cimarronajey bandolerismo), quiebras mercantiles, crisis mineras, fracturas fiscales y rivalidades clnicas. A los efectosde estudiar todas estas manifestaciones de deslegitimacin del orden absolutista, hemos recogido yseleccionado docenas de textos de poca hallados en litigios judiciales y fuentes notariales de los siglosXVII y XVIII, depositados en el Archivo General de la Nacin (AGN), de Buenos Aires, en el ArchivoHistrico de Crdoba (AHC), y en el Archivo Municipal de Crdoba (AMC).

    Plan del Tomo II

    El tomo II est dividido en nueve (9) secciones, y cada una de stas en captulos, totalizandoveintiocho (28) captulos, y ms de un centenar de apartados o acpites, donde cada captulo estidentificado con su respectiva notacin diferenciada. El tomo comienza con una breve introduccin,seguida por la metodologa y las fuentes documentales analizadas.

    En la primera seccin estudiamos el desmantelamiento de un orden barroco, inquisitorial yfatuamente universal. En la segunda seccin estudiamos la conflictividad eclesial y el debilitamiento delorden clerical-regalista. En la tercera seccin tratamos las fracturas tnicas y la crisis del ordenestamental-patriarcal. En la cuarta seccin investigamos la fragmentacin del orden monopolista. En laquinta seccin estudiamos la descomposicin del orden esclavista. En la sexta seccin analizamos laruptura del orden mercantilista. En la sptima seccin investigamos la ruina del fisco y la deslegitimacindel orden patrimonial. En la octava seccin analizamos las rebeliones de originarios, la crisis militar y elcuestionamiento del orden corporativo. Y en la novena seccin analizamos el proceso deacortesanamiento indiano y la denuncia del orden neptico.

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    La seccin primera la componen cuatro captulos: Analoga histrica garcilacista, reformismo desptico-ilustrado (Borbnico) y polticas anti-jesuticas; los clivajes ideolgicos y la gestacin de una esfera pblica;las grietas discursivas, las fracturas literarias y las acciones colectivas contra el colonialismo en las provincias delRo de la Plata; y las brechas protocolares en la constelacin de cortesas, rangos y privilegios. El tercercaptulo citado fue escrito en colaboracin con el extinto Jos Gonzlez Ledo. La segunda seccin estcompuesta por tres captulos: el rgimen capellnico y las pautas de la primogenitura y la varona, losconflictos entre el clero y el estado en el mundo colonial, y las fisuras entre el fuero eclesistico y elPatronato Real. La tercera seccin est compuesta por un par de captulos consistentes en el estigma de laimpureza racial en las impugnaciones matrimoniales y las recusaciones capitulares y eclesisticas, y losprivilegios nobiliarios, la legitimidad y la 'Limpieza de Sangre' en las impugnaciones matrimoniales,capitulares y eclesisticas. La cuarta seccin la conforman dos captulos, que son la movilidad social en elcomercio y el corporativismo mercantil, y los antagonismos en una burguesa comercial y nacimiento deuna talasocracia. La quinta seccin la integran dos captulos, que son la fuga esclava, y el cimarronaje y elbandolerismo.

    La sexta seccin la comprenden cinco captulos consistentes en la crisis minera y la agremiacinde azogueros en el Alto Per, la crisis de intercambio y la economa de trueque, la crisis agraria colonial yla Real Renta del Tabaco en el Paraguay, la crisis pecuaria colonial u origen de un rgimen predatorio, y lacrisis mercantil y la lucha contra el monopolio comercial espaol en los orgenes de la revolucin deindependencia. La sptima seccin est compuesta por tres captulos, las fracturas fiscales, las extorsiones ysobornos en la conduccin de los caudales y la corrupcin de la burocracia colonial Borbnica. La octava seccinla comprenden dos captulos: las contradicciones entre el fuero militar y el poder poltico, y la crisiscastrense en la disputa entre Comandantes de Armas y la burocracia subalterna (Gobernadores yCorregidores). Y la novena seccin est compuesta por cuatro captulos, a saber: el cortesanismo palaciego y laendogamia en los cabildos del interior del Virreinato; el nepotismo capitular y las actividades ldicas ycriminales; el cuadismo y yernocracia militar como herramientas inmovilizadoras de la elite castrense; y elacomodamiento de parientes como instrumento congelador de la movilidad eclesial.

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    Seccin II-A Anti-escolasticismo y desmantelamiento de un orden barroco, inquisitorial yfatuamente universal

    La no resolucin en el Ro de la Plata de las contradicciones heredadas de los rdenes prehispnico eimperial-absolutista habsburgo, habra estado eminentemente vinculada con las sucesivas crisisespirituales, culturales, sociales, polticas, militares, eclesisticas y econmicas. Entre dichas crisis, las quems habran incidido en la puesta en cuestin de la dominacin colonial habran sido las crisis espiritualesy/o culturales, ejemplificadas en la crisis de la hegemona inquisitorial y jesutica.

    En la historiografa del colapso imperial espaol, la de la crisis poltico-cultural gir tradicionalmentealrededor de las repercusiones secularizadoras y desacralizadoras que el Iluminismo y la RevolucinFrancesa tuvieron en sus colonias, y en especial alrededor de los episodios desencadenados por laexpulsin de los Jesuitas, el debilitamiento del Santo Oficio, y el expansionismo britnico (ocupacin deMalvinas, Invasiones Inglesas).7 Sin embargo, las repercusiones de los rdenes prehispnico e imperial-absolutista habsburgo fueron dejadas de lado. Excepcionalmente, los arquelogos y los historiadorescomo Castillero Calvo (1985), Lavall (1987) y Rivara de Tuesta (1998) han incursionado en las luchaspoltico-intelectuales que se libraron al interior de los mundos prehispnico y colonial habsburgo.

    En esta primera seccin nos dedicamos a investigar la crisis de un orden o estilo de poder barroco-inquisitorial en cinco sucesivos captulos. En particular, investigamos la analoga histrica garcilacista referidaa la decadencia del imperio romano; el reformismo borbnico y las polticas anti-jesuticas; los clivajesideolgicos y la gestacin de una esfera pblica durante el orden imperial-absolutista; las grietasdiscursivas, las fracturas literarias y las acciones colectivas contra el colonialismo; y las brechasprotocolares en la constelacin de cortesas, rangos y privilegios,

    Captulo II-A-1Analoga histrica garcilacista, reformismo desptico-ilustrado (Borbnico) y polticasanti-jesuticas (1748-1784) 23

    ndice

    A-I Analoga histrica garcilacista referida a la decadencia del Imperio RomanoA-II Polticas transformadoras borbnicas y sus correlatos intelectuales y mercantilesA-III Lucha poltica entre los Consulados.A-IV Causa escolstico-jesutica y la polarizacin de las elites.A-V Caso de las provincias del norte.

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    A-VI Caso de Crdoba.A-VII Partido ante-ministerial, partidario de la libertad de comercio.A-VIII Faccin ministerial, partidaria de las polticas mercantilistas.A-IX Condicin de extranjero.A-X Fundacin de un Consulado de Comercio.

    Introduccin del captulo II-A-1

    La implementacin de nuevas hiptesis a la explicacin de la transformacin y crisis del ordenimperial-absolutista y de la sociedad colonial latinoamericana encuentra graves dificultades. El pasaje delorden absolutista-habsburgo al orden absolutista-ilustrado encuentra en el mundo colonial puntos lmitesde inflexin constituidos por varios y relevantes fenmenos histricos:

    1) la ruptura de la unidad dinstica desatada por la Independencia de Portugal (1640), la prdidade Gibraltar y los dominios europeos y la apertura de los puertos de Amrica a la trata deesclavos monopolizada por el Real Asiento de Inglaterra mediante la Paz de Utrecht (1713),la cada de Portobello (1742), la apertura del trfico del Atlntico sur con la Paz de Aquisgrn(1748), la prdida de la Misiones Orientales a cambio de la Colonia del Sacramento merced alTratado de Lmites con Portugal (1750), y la prdida de dicha Colonia del Sacramento amanos de los Portugueses con la Paz de Pars (1763) y la Paz de Versailles (1783);

    2) la implementacin de estrategias secularizadoras, contrapuestas por facciones polticas rivales,expresadas con la Expulsin de los Jesuitas (1767) y la imposicin de la Administracin deTemporalidades (1768) y la Real Renta de Tabaco y Naipes (1769);

    3) la centralizacin e intervencin del poder colonial, es decir las Reformas Borbnicas(Reglamento de Libre Cambio, 1778; fundacin del Virreinato, 1778; formacin de laAdministracin de Correos; derogacin de los Corregimientos de Indios, 1782; imposicin dela Real Ordenanza de Intendentes, 1782; y fundacin del Real Consulado de Buenos Aires,1794);

    A-I Analoga histrica garcilacista referida a la decadencia del Imperio Romano

    En la suspirada monarqua universal de la dinasta de los Austrias, el imperio o reino de lasIndias no fue la natural resultante de la actividad mercantil, como lo fue en sus principios la Indiabritnica, ni tampoco derivada de la persecucin religiosa como lo fueron las trece coloniasnorteamericanas. Por el contrario, el imperio espaol fue el resultado histrico tanto de la conquistaguerrera como de los afanes evangelizadores de la Contrarreforma jesutica y papista. Con el correrde los siglos dicha monarqua universal haba entrado en crisis, dando lugar a una intensa discusinacerca de la eventual particin futura de los reinos que constituan el Imperio Espaol.

    En esas discusiones bizantinas se enfrascaron numerosos intelectuales que imaginaron la des-estructuracin y reestructuracin territorial y cultural --mediante particiones y secesiones-- de nuevosvirreinatos, capitanas y gobernaciones-intendencias.8 El Inca Garcialso de la Vega en los Comentarios

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    Reales de los Incas y el limeo Pedro de Peralta y Barnuevo en sus diversos ensayos,9 --admirador delIlustrado Fray Benito Jernimo Feijoo, quien a su vez fue un asiduo lector de los precursores de laIlustracin tales como Bernard Fontenelle y Pierre Bayle y su correspondiente DictionnairePhilosophique (1697) vaticinaron por analoga, tomando prestado de la Utopa de Toms Moro, laparticin futura de los reinos que constituan el Imperio Espaol.10 Para ello, tanto Garcialso como luegoPeralta y Barnuevo siguieron como ejemplo la particin del Imperio Romano y el cisma de la Iglesia deRoma.11 Dichas analogas e imitaciones fueron reiteradas por el mismo Simn Bolvar en su Carta deJamaica,12 esta ltima considerada por Subirats (1994) como uno de los momentos lgidos de laIlustracin Europea, ubicado en los confines geopolticos de la misma.13

    Esta vieja analoga, que fue de cuo renacentista Guicciardiano y Maquiaveliano, debera hoytener una revisin crtica dada la prolfica literatura que sobre el imperio romano ha tenido lugar endcadas recientes. Dicha literatura ha sido clasificada muy inteligentemente por el joven investigador AlexColas (2005) en dos corrientes antagnicas: primero aquellos autores que como Mann (1989), Luttwak(1974), Sack (1982) y Whittaker (1994), hicieron nfasis en la economa legionaria y en la territorialidadde la conquista romana; y por otro lado aquellos autores que como Mattern (1999), Millar (1988) e Isaac(1990) pusieron nfasis en las poblaciones conquistadas y no en los territorios. Y entre los que acentuabanla relevancia de las poblaciones conquistadas, estaban aquellos que fundaban el xito de la conquista en laextensin de la ciudadana romana, y aquellos otros que lo hacan en la romanizacin de los pueblossojuzgados a travs de un vasto repertorio de ingredientes culturales (cultos, juegos, teatro, derecho,munificencia y lingua franca).14 Estos ltimos han sido los que ms han dado que hablar, desde Hopkins(1984) quien hizo hincapi en la sacralidad del poder (ritos y ceremonias), hasta Wood (2002) quienltimamente insisti en su universalidad como paradigmtico mecanismo de un ininterrumpidoexpansionismo, tenido por natural y eterno.

    Pues bien, la conquista y colonizacin hispnica de Amrica tambin cuenta en su haber coninvestigadores de ambas corrientes de pensamiento, de los que --cultores de la Leyenda Negra-- sostienenque aquella fue el fruto de la espada y el terror inquisitorial; y de los que por el contrario seguidores delas Leyendas Rosa y Blancahan argumentado que la misma fue la necesaria secuela de una participacinconsensuada tanto de los pueblos originarios como de los indios forasteros, lograda merced al roldesempeado por la combinacin de una serie de factores: la supervivencia de la nobleza originaria, lalingua franca espaola, las fiestas paganas (carnavales, corridas taurinas), las fiestas religiosas(procesiones), las actividades artsticas (msica religiosa, pintura cuzquea, arquitectura colonial), el juego(rias de gallos, lidia de toros, juegos de azar), la munificencia (protectorado de indios o naturales, y demenores, pobres y viudas), la litigacin indgena, las actividades literarias (teatro, certmenes poticos), laprostitucin, y al poder hipntico de los rituales practicados en ocasin de efemrides reales o sagradas(bautismos, consagraciones, funerales y aniversarios).15 A ello debemos agregar, tal como sostiene GrossoLorenzo (2004), el impacto de los nuevos medios de transporte y de las ideas e imgenes impresas).16

    A-II Polticas transformadoras borbnicas y sus correlatos intelectuales y mercantiles

    Las polticas transformadoras borbnicas, que se iniciaron en el Ro de la Plata con laimplantacin del Real Asiento de Inglaterra, o monopolio de la trata de esclavos (1713), y su penetracinde inmigrantes heterodoxos; y que continuaron con la apertura del trfico del Atlntico sur, a raz de lacada de Portobello (1742), tuvieron su explicacin ms cabal en el plano de las polticas fiscales.17

    En efecto, las polticas fiscales tuvieron un correlato centrifugador en todas las ciudades de las

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    carreras del Per y de Chile. Este correlato se manifest en Crdoba, con la polarizacin producida a razde las funciones del Tenientazgo del Rey; y en Buenos Aires, con las oposiciones generadas a instanciasdel Comandante de la primera Expedicin Demarcadora de Lmites a las Misiones, Marqus deValdelirios,18 as como a raz de las prisiones provocadas por las denuncias de contrabando,19 y de losconflictos generados por la eleccin de los Diputados Porteos de los Consulados de Cdiz y Lima (1755)y los Diputados provinciales del Consulado de Buenos Aires.20 Estas polticas transformadoras seconsolidaron en el campo del pensamiento, la expresin literaria, la ideologa y las estrategias disciplinariascon la Expulsin de los Jesuitas (1767), y lograron su apogeo administrativo con la Real Ordenanza deIntendentes (1782), las cuales dieron lugar a que se prolongaran alianzas entre parcialidadespertenecientes a ciudades diversas.

    Si bien Crdoba contaba con un Cabildo dotado de fuertes tradiciones mercantiles, ste se hallabadividido por la presencia del Teniente de Rey Manuel de Estban y Len,21 quien logr capitalizar a sufavor a un grueso nmero de vecinos, detallados en el Apndice Z-I, y antagonizar a otro numerosogrupo de intransigentes opositores del mismo, integrantes del clan de los Echenique, e ntimamenteligados a las actividades pecuarias en el Desierto del sur de Crdoba, detallados en el Apndice Z-II.22 Encuanto a Buenos Aires, si bien careci hasta 1794 de un Consulado de Comercio propio, contaba con lapresencia de Diputados elegidos por los Consulados de Lima y de Cdiz.23 En 1755 y 1756, a sugerenciadel Gobernador Jos de Andonaegui y por orden del Virrey de Lima, se celebraron elecciones peridicasde Diputados.24 Por votar en ellas peninsulares y vecinos, ambos grupos alegaron el derecho al votoactivo y pasivo. A dicho interminable conflicto puso fin el Gobernador Pedro Antonio de Cevallossuprimiendo la discutida magistratura, en perjuicio del Consulado de Lima, motivo por el cual comenz eldistanciamiento entre Cevallos y el Marqus de Valdelirios.25

    A-III La lucha poltica entre los Consulados.

    Esta lucha poltica --primero a mediados de siglo, en las elecciones de los Diputados porteos delos Consulados de Comercio de Lima y de Cdiz, y ms luego, a fines de siglo, en las elecciones deDiputados al Consulado de Buenos Aires-- se manifestaba entre todos los comerciantes de la carrera delAlto Per y de Chile, y reflejara tambin las contradicciones por la renta minera misma. A su vez, la luchapor el control del Situado Real (subsidio fiscal remesado por las Cajas Reales mayores a las Cajas Realessubsidiarias de las regiones perifricas), que se manifestaba entre los Diputados del Consulado deComercio, reflejara las contradicciones por la renta fiscal entre "burocracias" correspondientes ajurisdicciones administrativas antagnicas.26

    El Consulado de Lima tuvo por sus adictos en Buenos Aires y en toda la carrera del Alto Per yChile a un poderoso grupo de comerciantes, ligados entre s con estrechos lazos de parentesco y deintereses polticos y mercantiles, que vena desde hace aos lidiando con los Jesuitas y operando en elcontrabando con la Colonia del Sacramento, mediante las remesas de plata y oro remitidas desde elinterior del espacio colonial. Este grupo lo inspiraba el Marqus de Valdelirios y lo componan Domingode Basavilbaso,27 el General Antonio de Larrazbal,28 el Coronel de Milicias Manuel Antonio Warnes,29Francisco Rodrguez de Vida,30 Juan de Lezica y Torrezuri,31 y Juan Francisco Bazurco.32 El ApndiceZ-III nos revela los estrechos vnculos que este grupo mantena con numerosos clientes residentes en lascabeceras de las provincias de las carreras del Alto Per y de Chile. Analizando la informacin de esteapndice hallamos muy pocas transacciones con los Corregidores de Indios residentes en el Alto Per. En

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    ese sentido, el Apndice Z-IV nos revela las transacciones concertadas por dichos Corregidores.33

    Por el otro lado, la comunidad mercantil de Cdiz ejerci una muy fuerte influencia en eldesarrollo de las facciones polticas del que luego fuera el Virreinato del Ro de la Plata. El grupo decomerciantes gaditanos era extremamente numeroso alcanzando a casi un par de centenares.34 De entreellos slo tres (Antonio de Aguirre, Pedro Behic y Juan Antonio Herreros) asistieron en 1764 a laasamblea constitutiva de un cuerpo mercantil en Sevilla para luego ser elegidos Diputados por loscomerciantes mayoristas nacionales y extranjeros.35

    A-IV La causa Escolstico-Jesutica y la polarizacin de las elites.

    Las estrategias disciplinarias inherentes a la organizacin de la Compaa de Jess pueden haberejercido un atractivo propio en las elites e incluso en aquellos miembros de la plebe que valorizaban elorden escolstico-inquisitorial ratificado por la Contrareforma o Contra-reformacin as como dificultadola penetracin del Jansenismo y de la Ilustracin o iluminismo espaol (Feijo) y la implementacin de laspolticas secularizadoras de las Reformas Borbnicas.36 Con la poltica del Conde de Aranda que resulten la expulsin de los Jesuitas, en 1767, las facciones o coaliciones poltico-mercantiles --que se habaninaugurado luego de la cada de Portobello (1742), la concertacin de la Paz de Aquisgrn (1748), elTratado de Lmites (1750) y las Guerras Guaranticas (1754-56)-- se polarizaron an ms de lo que yaestaban desde la implantacin del Real Asiento de Inglaterra (1713). Con el fin de hacer Alcaldes y ganarlos Cabildos de seis ciudades de la Gobernacin de Crdoba del Tucumn para sus planes deconsolidacin de la faccin anti-jesutica y de despojo de los bienes jesuticos, el Gobernador Juan ManuelFernndez Campero,37 sali de Crdoba a principios de Diciembre de 1766.38 Para 1768, las conflictivasactitudes de Campero haban provocado en las provincias norteas una extensa coalicin de vecinosdefensores de los Jesuitas.39 En Jujuy, Campero haba logrado desplazar al Justicia Mayor Jos Antoniode Zamalloa,40 quien se hallaba aliado a un numeroso grupo de vecinos, listados en el Apndice Z-V,desatando con ello una accin colectiva o rebelin que precipit su cada.41 De dicho listado delvecindario de Jujuy, compuesto de 23 vecinos, slo cinco, Asevey, Gorriti, Muruaga, Zegada y Zamalloa,estuvieron ligados al comercio con Buenos Aires.

    A-V El caso de las provincias del norte.

    Asimismo, Campero logr imponer en el Cabildo de Salta a los hermanos Juan Adrin,42 PedroVicente,43 y Antonio Fernndez Cornejo y Rendn;44 pero al precio de enemistarse con una faccinintegrada por otro numeroso grupo de vecinos, tambin listados en el Apndice Z-V. De este listado,compuesto de 26 vecinos, slo cuatro, Erquicia, Ojeda, Rioja y Viniegra, estuvieron vinculados alcomercio con Buenos Aires. Y en el Cabildo de Tucumn el Gobernador Campero apoy al clan de losAroz, liderado por el Fiel Ejecutor Propietario Coronel Diego Ignacio Aroz del Campo.45 Como laimplantacin de la Real Renta de Tabaco y Naipes, al perseguir el cultivo clandestino de tabaco, perjudiceconmicamente a la elite Tucumana, a partir de que la Presidencia de la Junta Provincial deTemporalidades recayera en 1774 en manos de Fermn Ruiz Poyo,46 dicha elite fue compensada con eldespojo de las tierras Jesuticas: Julin Ruiz de Huidobro,47 con la estancia "El Rincn" (6 leguascuadradas); Juan Antonio Aroz,48 con la estancia "Carapunco" (4 1/2 leguas cuadradas), en Monteros;Francisco Javier Snchez de la Madrid,49 con el potrero "Ro Blanco" (7 1/2 leguas cuadradas); JuanGarca Crdenas,50 con el Potrero de San Jenuario, entre Lules y Famaill, y la suerte de Los Cardones de

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    1 1/2 legua cuadrada, uno de los tres desprendimientos del Potrero de Taf;51 Juan Lpez Ros,52 con elPotrero de San Javier; Jos Silvestre de Ojeda,53 con el Potrero Raco, en Trancas; y Fermn de Paz,54 conlos Potreros de Las Tipas y Angostura, tambin en Trancas.55

    A-VI El caso de Crdoba.

    En Crdoba, meses despus de la expulsin de los Jesuitas, Fernando Fabro, designado comoTeniente de Rey de Crdoba del Tucumn por el Gobernador de Buenos Aires, Paraguay y TucumnFrancisco de Bucarelli y Ursa,56 y cohechado por el clan de los Allende, impuso en 1768 como Alcaldesa los patricios Joaqun de Mendiolaza,57 y Francisco de Armesto y Allende;58 y para 1769 a los europeosPhelipe Haedo y de la Sota,59 y Melchor Otero.60 Finalmente, en Buenos Aires, la faccin pro-jesutica,cuyos miembros eran conocidos por el apelativo de Sarracenos, detallados tambin en el Apndice Z-V,careca antes de la llegada de Cevallos de una cabeza visible. A juicio de Marilz Urquijo (1988), con lallegada de Cevallos, y beneficiados con la libertad de comerciar con Espaa, se agruparon a su alrededorEugenio Lerdo de Tejada,61 Miguel de Rocha y Rodrguez,62 Pedro Medrano,63 Jos Blas de Gainza,64Juan de Egua,65 Juan de Mansilla, Pedro Jos Doye, Manuel de Escalada Bustillo,66 Juan AntonioBustillo Cevallos,67 Juan Bautista de la Sala,68 Roque San Martn,69 Miguel Garca de Tagle,70 y muchosotros comerciantes residentes en Buenos Aires.71 Tambin el Apndice Z-VI incluye entre sus partidariosa los testigos que se presentaron en su juicio de Residencia.72 Segn el Apndice Z-VII este grupoCevallista, denominado sarraceno, mantuvo estrechos vnculos con clientes residentes en las cabeceras delas provincias de las carreras del Alto Per y de Chile. Por el contrario, otro numeroso grupo de vecinoscomerciantes, listados en el Apndice Z-VIII, ligados con los estancieros criollos, se agrup detrs delMarqus de Valdelirios y del Gobernador Bucarelli.73 Segn el Apndice Z-IX este grupo tambinmantena estrechos vnculos con clientes residentes en las Casas Comerciales de la Metrpoli y en lascabeceras de las ciudades del Tucumn, Cuyo, el Alto Per y el reino de Chile. La Tabla C-IV, ilustra lanmina de mercaderes estancieros que se dieron en Buenos Aires a lo largo del siglo XVIII. El ApndiceZ-X nos brinda una lista comparativa de las familias involucradas en ambos bandos.

    A-VII El partido ante-ministerial, partidario de la libertad de comercio.

    Con la imposicin del Reglamento de Libre Comercio (1778) y la Real Ordenanza de Intendentes(1782), las facciones o coaliciones poltico-mercantiles, que se haban iniciado antes de la concertacin dela Paz de Pars (1763) y de la expulsin de los Jesuitas (1767), se consolidaron todava an ms. A juiciodel Gobernador del Paraguay Pedro Melo de Portugal, en un conflicto que mantuvo en 1784 con suTeniente Asesor Letrado, el Dr. Mariano Lorenzo Grambel,74 en los cabildos y dems corporacionesempezaron a darse facciones o coaliciones que excedan las fronteras de un solo municipio.75 Porejemplo, el partido de gentes denominado por Melo ante-ministerial, partidario de la libertad de comercio,tena en Asuncin

    "...una liga ofensiva y defensiva, con otros partidos que hay en esa Ciudad [Buenos Aires] yChuquisaca, a fin de conseguir providencias favorables de todos los Tribunales para con elloshacer frente a los que no son sus secuaces, y alucinar a los que protegen y representan papel entreellos".76

    En esa liga, la faccin ante-ministerial de Asuncin habra estado aliada en Corrientes con la faccin anti-jesutica de los Casajs y en Buenos Aires con la del Marqus de Valdelirios, el Obispo Manuel Antonio

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    de la Torre y los Gobernadores Bucarelli y Vrtiz. El Apndice Z-XI nos detalla la identidad de losmiembros de esta faccin en el interior del espacio colonial.

    A-VIII La faccin ministerial, partidaria de las polticas mercantilistas.

    Por el contrario, la que vendra a llamarse faccin ministerial, partidaria de las polticasmercantilistas, se habra coaligado con las facciones antiguamente pro-jesuticas, escolsticas, beatas,peluconas, sarracenas o conspicuas del interior del Virreinato. En esta otra liga, la faccin ministerial sehabra aliado en Buenos Aires con un grupo constituido por los partidarios de Cevallos, llamadossarracenos; los mismos que en 1778 haban sido castigados por el Rey por haber implorado laconfirmacin de Cevallos en el cargo,77 constituido por el cabildante Judas Jos de Salas,78 y loscomerciantes y cabildantes Bernardo Sancho Larrea,79 Manuel Martnez de Ochagavia,80 Diego Mantillay de los Ros,81 Miguel Mansilla,82 Manuel Joaqun de Tocornal,83 Pedro Daz de Vivar,84 FranciscoAntonio de Escalada,85 Cecilio Snchez de Velasco,86 Manuel Joaqun de Zapiola,87 y Juan Antonio deLezica.88 Los Apndices A-III y A-VI, correspondientes al primer tomo, detallan las conexiones de estegrupo con el interior del espacio colonial. El siguiente Apndice Z-XII nos detalla la identidad de estasvinculaciones correspondientes al interior de dicho espacio colonial.

    A-IX La condicin de extranjero.

    La condicin de extranjero agregaba uno de los elementos ms conflictivos en la caracterizacinde un mercader. Por lo general, era una de las muletillas ms comunes para excluir a algn competidor delos beneficios mercantiles. La presencia de comerciantes extranjeros, la mayora Portugueses, en losmismos orgenes del Buenos Aires colonial dio lugar a intensas polmicas historiogrficas. Mientras unahistoriografa liberal sostena que estos comerciantes constituan una minora oprimida, otra historiografa"nacionalista" opinaba que constituan una minora opresora. Por el contrario, el que suscribe, en untrabajo publicado en 1985, sostiene que dicha minora fue una minora intermediaria en el proceso demudarse de esa posicin a una dominante.

    Sin embargo, la xenofobia proteccionista, alimentada por el mercantilismo vigente entnces,cumpla --es preciso reconocerlo-- un rol obstaculizador en el funcionamiento normal del mercadointerno, que inmobilizaba la estructura social colonial, haciendo de aquella remota mudanza social unacontecimiento efmero y fugaz. La Lista Z-I revela la nmina de los Portugueses entrados en BuenosAires sin licencia y bajo fianza que se hallaban fugados. Pero la proteccin que las polticas xenofbicasdispensaban era una proteccin al comercio monopolista y no a la produccin. Era el mismo criterio quese segua en la prctica de la poltica aduanera medieval, segn el cual en la inmensa mayora de los casosslo tributaban los forasteros.89 En el caso de Adrin Pedro Warnes,90 ocurrido en 1729, Pedro PrietoLaso de la Vega, Caballero de la Orden de Santiago, pide se lo excluya a Warnes como consignatario deGuillermo Terry, una de las principales casas monopolistas de Cdiz, por ser hijo de extranjeroholands.91 Veinte aos ms tarde, en 1752, se suscit un sonado caso con Juan Bautista Patrn,92 ungenovs, Capitn de un barco mercante, quien aunque despos una criolla llamada Antonia DazPimienta,93 fue expulsado por extranjero.94 En otro caso planteado en 1756 con motivo de declararse lainsustancialidad de un instrumento de cesin otorgado por un irlands, Patricio Lynch,95 que vino derepostero en el navo La Lidia, el denunciante afirma que

    "...ningn extranjero puede tratar ni contratar en estas partes vajo de las penas en ellas

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    establecidas, ni igualmente poder ser apoderados de mercaderes para compras, ventas, cesiones, yfiniquitos...por el fraude que se seguira a la Real Hacienda que tan estrechamente les prohbetodo gnero de trato y contrato, pues con el pretesto de apoderado simularan contratos ennombre de sus partes que en verdad eran suios propios, viniendo a quedar el poderdante hecho untestaferro".96

    En el caso planteado por Francisco Mario Barros,97 contra Bernardo Fuster,98 sobre pretenderderecho a los efectos embargados por el Comandante de la Guardia de Pergamino Francisco Noguera,Mario manifestaba en 1771 que el principal obstculo para la administracin de la justicia es "...ser yoextranjero, y en no serme lcito comerciar en esta ciudad por ser Puerto de Mar".99 Si bien, Marioagradece haber dado con un fiscal o denunciante que promueva los derechos de la corona, se pregunta"...est prohibido, que el extranjero cobre lo que se le debe?".100 Si esto es cierto, como lo afirmaMario, "...que duda tiene el contrario, en que yo aunque sea extranjero cobre un dbito legtimamentecausado, y sin perjuicio de la corona real?".101 Es lcito que alguien que no tiene ninguna facultad, "...setome las que slo son privativas del Sr. Gobernador para censurar mi residencia, y mis cortascobranzas?".102

    El poder de la burguesa mercantil monopolista estaba fundado sobre su capacidad para controlarel rubro ms dinmico de su tiempo, el comercio a larga distancia de las mercancas europeas y lamercanca-moneda americana. Este control la coloc a la vanguardia del desarrollo mercantil dependiente.Pero, la progresiva y paulatina hegemona de esta fraccin, no presupuso que en este patrn deacumulacin, los nicos beneficiarios seran exclusivamente los grandes comerciantes monopolistas. Laalianza de grupos mercantiles organizada bajo la hegemona de la gran burguesa comercial monopolistahabra incorporado, en una posicin subordinada cada vez que haba paz entre Espaa e Inglaterra, losintereses de otras minoras comisionistas de origen local. A travs de estas alianzas, lograra redefinir unmodo de insercin en la estructura comercial colonial permitindole obtener una cierta parte del excedentegenerado por este modelo de articulacin lgica, entre produccin y circulacin.

    A-X La fundacin de un Consulado de Comercio.

    Para esa poca, la Junta de Comerciantes y Mercaderes, convocada espordicamente por elVirrey, se reuna para presionar por la fundacin de un Consulado de Comercio. En 1785 se reuninuevamente para elegir como sus autoridades: primero a un triunvirato integrado por Bernardo SanchoLarrea, Manuel Rodrguez de la Vega,103 y Martn de Sarratea,104 y luego a una comisin compuesta porotros quince mercaderes mayoristas para servir como comit consultivo de las tres autoridades elegidaspreviamente.105 Recin en 1794, diez aos despus de dichas elecciones, fue erigido el Consulado deComercio de Buenos Aires,106 entrando su Junta de Gobierno a controlar el trfico comercial con todo elinterior, designando Diputados en cada cabecera de provincia, y quedando la antigua Junta deComerciantes definitivamente disuelta. Pero en tiempos de las guerras napolenicas, cuando el equilibriopoltico Europeo entr en crisis, a desemejanza del macizo andino, el control que la metrpoli espaolaejerca en el Ro de la Plata sobre su aparato estatal y su comercio dist de ser monoplico. Es decir, paraMalamud (1985) y Cooney (1986) las estrategias monopolistas habran dejado de ser en tiempos de lasguerras napolenicas algo actual pasando a ser slo algo puramente eventual. La lucha contra lasestrategias monopolistas convirtise entonces, en los prolegmenos de la Revolucin de Independencia,en lucha contra una amenaza puramente potencial, pues en ese entonces prevaleca, en virtud de lasfranquicias del comercio con colonias extranjeras y el transporte en buques neutrales, una estrategia

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    librecambista cuasi internacional. Las guerras entre Espaa y Francia primero, y Espaa e Inglaterra msluego, desatadas en 1791 y 1796, alter entonces la privilegiada situacin de los monopolistas porteos, alhacer aparicin nuevos actores con motivo del permiso que la metrpoli se vio obligada a concederprimero a la Trata de Negros, personificada en el gran comerciante Toms Antonio Romero,107 y suscolegas esclavistas Pedro Dubal,108 Nicols Acha,109 y Manuel Hermenegildo de Aguirre;110 y segundoal comercio con Colonias Extranjeras y en buques neutrales,111 personificados en comerciantes talescomo Pedo Dubal, Jos De Mara,112 Manuel Aguirre y Ventura Marc del Pont.113 Un ao despus, en1797, se estableci que los hacendados, ntimamente ligados hasta entonces al contrabando, compartiranlos cargos con los comerciantes en partes iguales, siendo estos ltimos por lo general los dominantes, alestar apuntalados por el Cabildo porteo.114 Finalmente, el Apndice Z-XIII detalla la nmina de losDiputados del interior. Entre sus tareas tenan la de dirimir los conflictos entre comerciantes y la decontrolar las extorsiones que los Cabildos y las Juntas de Comerciantes exigan tradicionalmente a losapoderados del Presidio de Buenos Aires. Entre ellas las contribuciones para las cinco corridas de torosque se practicaban anualmente y para la Festividad de Corpus Christi.115

    Este control comprenda tambin la eleccin del conductor del Situado, puesto que en Potos, enla dcada del 50, estaba a cargo del Cabildo y de los Mercaderes de Plata;116 y en la dcada del 60, envista de los repetidos desfalcos, a cargo del Procurador de la Compaa de Jess.117 Era tradicional quequienes detentaban las varas concejiles e integraban el Gremio o Junta de Comerciantes, influyeran en ladesignacin de quienes conduciran los Situados con destino a Buenos Aires. Estas presiones paradesignar el Conductor del Situado, que sufra el Apoderado del Presidio de Buenos Aires de parte de loscabildantes y Oficiales Reales de Potos, del Gobernador de Buenos Aires, de los Visitadores Generales,de los Corregidores, del Virrey del Per y de los oidores de la Real Audiencia de Charcas, eran infinitas.La persona en quien recaa la designacin de Conductor del Situado, por lo general, operaba en el negociominero.118 Por ejemplo, Juan Francisco Uzal S.J., Procurador del presidio de Buenos Aires, no dudaba enEnero de 1753 que haba en la seleccin del Conductor del Situado "...muchos empeos para sujetos deesta Villa [Potos],...como Don Manuel Prego de Montaos,119 Don Pedro Maquiriain,120 Don Joseph deLezica,121 y otros, y an los mismos Sres. Oficiales Reales con preferencia el Sr. Marquz de CasaPalacio".122 Ms luego el cargo de conductor del Situado fue subastado al mejor postor, habiendo sidosus detentadores en 1766 Gregorio de Zegada, entre 1780 y 1794 Toms Antonio Romero, entre 1794 y1795 Toms Fernndez de Betoo, y entre 1795 y 1800 Toms Villota.123 En la dcada del 90 la Junta deComerciantes de Potos haba aprobado un Reglamento de Situados con 17 puntos en donde seestipulaban los trminos, condiciones, fianzas, y obligaciones.124 De flete el situadista cobraba entre 1/4%y 1/2% del valor de la remesa ganando de $1.500 a $4.000 en cada viaje.

    La clusula del Reglamento de Situados ms objetada por el Consulado de Buenos Aires era la deque los situadistas deban ser, al igual que los Alcaldes ordinarios de su Cabildo, oriundos o residentes dePotos. Esta clusula gener toda suerte de animosidades en los comerciantes de toda la carrera entrePotos y Buenos Aires, precipitndose finalmente el conflicto en el seno de la misma Junta de Comerciopotosina.125 Por un lado se hallaban los residentes Potosinos, propietarios de ingenios e integrantes delGremio de Azogueros, seguidores de Indalecio Gonzlez de Socasa,126 y por el otro un grupo lideradopor el comerciante, regidor y contador Juan de Ybieta y Endeiza.127 El poder poltico de Socasadescansaba en el apoyo que le prestaba una numerosa faccin compuesta por vecinos azogueros de Potosas como por comerciantes de Potos, Salta y Buenos Aires. Entre los salteos figuraba Pedro deUgarteche,128 y entre los Potosinos se contaban Manuel de Bulcua,129 Juan Bautista Elorreaga,130Nicols Ponte,131 Nicols Oliden,132 Francisco Zenavilla,133 y Joaqun Obregn Cevallos.134 Entre los

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    porteos que apoyaban su grupo se encontraban Anselmo Senz Valiente,135 Juan Estban deAnchorena,136 Domingo de Ezcurra,137 y los Diputados del Consulado en Potos DomingoAchcarro,138 y Martn de Gainza.139 Ybieta en tanto, estaba apoyado por los dueos de ingeniosGregorio Barragn,140 y Joaqun de la Quintana;141 los Diputados del Consulado en Chuquisaca ManuelFernndez de Alonso,142 y Domingo Antonio de Achval;143 los mercaderes porteos residentes enPotos Jos Ramn de Ugarteche,144 Manuel Alejandro Obligado,145 Ramn de Aramburu Zavala,146Juan Gonzlez y Torres y Jos Miguel de Tagle,147 y los comerciantes minoristas Antonio Gonzlez deOrtega, Gernimo Tud,148 y Miguel de Amatller.149 Finalmente, en vsperas de la revolucin deindependencia los sobornos a la elite capitular de Potos devinieron en una corrupcin abierta, concmplices en toda la carrera de Potos a Buenos Aires.150

    Las contradicciones por la renta minera se reflejaron tambin en las luchas que se libraron en elseno de las Diputaciones del interior y del Consulado de Comercio de Buenos Aires por conducir elmineral amonedado, de plata y oro, hasta los puertos de salida. Si bien las contradicciones entre losintereses del capital comercial gaditano y limeo se resolvieron a favor del primero, las contradiccionesentre los intereses del capital agro-minero y los intereses del capital comercial no alcanzaron a resolverseen el siglo XVIII. La abolicin de los repartos mercantiles habra perjudicado a la clase azogueraaltoperuana, la cual sola financiar sus empresas mineras con el crdito otorgado por los Corregidores, yen su lugar beneficiado al grupo de comerciantes monopolistas porteos. Dicha abolicin habraalimentado la mayor parte de los conflictos suscitados en la Junta o Gremio de Azogueros y en el Cabildode Potos en la segunda mitad del siglo. Sin duda, en esta fractura de la unidad minero-exportadora residela raz de la impotencia de los patriciados Altoperuanos, la consiguiente fragmentacin poltica acaecida alantiguo Virreinato del Ro de la Plata y el origen de la segregacin boliviana.

    En suma, podemos aseverar, a la luz de lo aqu relatado, que las alianzas y rivalidades polticas alo largo y ancho de todo el virreinato, que ocurran en las corporaciones del estado colonial (Cabildosseculares y eclesisticos, Universidades, Gremios y Cofradas), tenan como substrato material lassociedades y compaas articuladas por el capital mercantil invertido en el comercio de larga distancia. Lasdesavenencias originadas por el trato desigual derivaron en separatismos y anexionismos que fuerondesestructurando el espacio colonial evocando as fenmenos semejantes que le acontecieron al antiguoimperio romano.

    Captulo II-A-2 Clivajes ideolgicos (escolsticos-humanistas-iluministas) y gestacin de unaesfera pblica.

    ndice

    B-I Tradicin historiogrfica en historia intelectualB-II Vinculacin entre la religin y la culturaB-III Articulacin de una autntica esfera pblica.B-IV Ejercicio de las instituciones procesales del tanteo y del retracto.B-V Prctica del derecho de representacin.B-VI Nociones de soberana municipal.B-VII Nociones de representacin, eleccin, mayora y voluntad popular.

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    B-I Tradicin historiogrfica en historia intelectual

    En el gnero historiogrfico denominado historia intelectual, que analizaba la historia delpensamiento poltico bajo un matiz estructuralista o contextualista, Skinner (1969) mantuvo posicionessubstancialistas al sostener que las interpretaciones secundarias de un texto que se fundaron en unainterpretacin bsica errnea del mismo llevan necesariamente a serios anacronismos.151 Ms luego, enuna lnea de investigacin similar, Pocock (1972) sostuvo que la idea central de un texto fundada en unainterpretacin secundaria anacrnica es necesariamente errnea.152 Despus, Pocock (1985) innov en susposiciones por cuanto sostuvo que las transformaciones que los actos individuales ejercen sobre loslenguajes heredados deben estar situados en ltima instancia en la historia problematizada de laexperiencia de dichos actos.153

    De manera semejante, la historiografa alemana, conocida con el nombre de Begriffsgechichte oHistoria conceptual,154 observ que las prcticas polticas del siglo XVIII fueron organizadas alrededor deconceptos ideolgicos claves y que estos ltimos haban experimentado a lo largo de dicho siglo y elsiguiente una acelerada transformacin en sus significados y funciones.155 Y en el gnero jurdico, entrelos principios interpretativos en la adjudicacin judicial, la corriente del convencionalismo sostuvo queslo cuando se agota la fuerza de la jurisprudencia (pretrito) los fallos judiciales deben hallar unfundamento que se inspire en el futuro.156 Ms luego, una corriente de corte escptico, denominadanaturalista o pragmtica legal, sostuvo que los jueces deben alcanzar las decisiones que estimen correctassin importar la coherencia con la jurisprudencia.157 Y recientemente, el principio de la integridadadjudicativa --perteneciente a la llamada corriente instrumentalista-- observ que las prcticasjurisprudenciales debieron haber estado siempre dirigidas al futuro, con el pasado jugando slo un rolpragmtico en la determinacin de las decisiones correctas.158 Dichos conceptos fueron para Europa, en elsiglo XVIII, segn Baker (1981) los de soberana, representacin, constitucin y opinin;159 y segnKoselleck (1985) las nociones de estado, libertad e historia. Una gran variedad de dichos conceptos, en laAmrica Latina colonial, se encontraban en los discursos jurdicos,160 como en el caso de la limpieza desangre,161 el derecho de representacin;162 el derecho de abolengo, a travs de los recursos procesales deltanteo y del retracto;163 o la capellana y el mayorazgo;164 en los discursos religiosos (crnicasconventuales, sermones, excomuniones);165 en los discursos literarios y poticos;166 en los discursosgeogrficos e histricos;167 en los discursos o tratados jurdicos; o en los discursos cientficos;168 lo cualabonara la hiptesis acerca de la progresiva madurez social e intelectual de las elites polticas que luegoconcibieron la independencia. Por el contrario, Chiaramonte (1982,1989) sostiene, la casi absolutainanidad de dichos discursos.169

    Asimismo, para Aufderheide (1976), Hnold Lara (1988) y Chartier (1991), la nueva esferapblica estaba alimentada por las derivaciones y mediaciones judiciales de los conflictos producidos en laesfera privada, ms especficamente por la politizacin de las disputas entre seores y familias.170 En esteltimo sentido, la articulacin de una autntica esfera pblica, divorciada de la esfera privada, en el sigloXVIII Europeo, ha sido vista recientemente como el verdadero sustrato de la creacin de la sociedadburguesa moderna. Pero dicha articulacin no estaba visualizada de una forma semejante por quienes hancultivado esta problemtica. Mientras que para Koselleck (1988), la esfera de lo pblico estabaplenamente identificada con el Estado; para Habermas (1989), la autntica esfera pblica, desde la cualsubyaca el principio de la publicidad, se divida en tres reas: a) el mercado de productos culturales(libreros, biblifilos, etc.); b) la Repblica de las Letras, con sus instituciones de sociabilidad intelectual(bibliotecas, bufetes de letrados y notarios, salones del patriciado, imprentas, peridicos, academias de

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    jurisprudencia, etc.); y c) la esfera pblica en el terreno poltico (autoridades polticas, judiciales, notarialesy policiales).

    En el sentido apuntado por Habermas, las bibliotecas, imprentas, bufetes y academias dejurisprudencia fueron los recintos donde al cultivarse primero las nociones teolgicas, y luego las nocionesjurdicas tuvo lugar el nacimiento de la llamada opinin pblica.171 La imprenta llevada a Nueva Espaapor el Virrey Antonio de Mendoza en los primeros aos de la colonizacin (Medina, 1893), y al Per porlos Jesuitas en 1567 (Medina, 1958-62), import un apoyo significativo a la docencia de los colegios,universidades y academias terico-prcticas de jurisprudencia en pos del desarrollo del conocimiento yvocabulario jurdicos. La aparicin de libros impresos en Mxico y Per, profundiz el afn por el estudiodel derecho. El desempeo del periodismo inaugur la opinin pblica.172 El rol de las bibliotecas pblicasy privadas, as como las de los prrocos y biblifilos, tambin significaron un bastin decisivo en lagestacin de la opinin pblica.173

    B-II Vinculacin entre la religin y la cultura

    Con la modernidad Renacentista, que estaba compuesta por un capitalismo mercantil, unasocializacin estamental, y una sacralizacin y politizacin escolstico-inquisitorial, el colonialismode los Austrias pudo ensayar la conquista territorial, militar y espiritual de Amrica. Esta conquista yla poltica absolutista, que sin ser ilustrada no era totalmente equivalente a la del despotismo asitico,se impuso sobre una inmensa realidad indgena, la cual posea su propio mundo espiritual, mtico ysimblico. En el caso de las civilizaciones autctonas rioplatenses dicha realidad avasallada vendra aconstituir su Paraso Perdido, equivalente al mito de la raza de oro de la cosmogona hesidica, lacual cultivaba diversas quimeras, entre ellas la de la Tierra sin Mal.174

    A pesar de erosionar las culturas y lenguas nativas, extirpar sus idolatras, desmantelar lossistemas legales y la organizacin econmica indgenas e importar el esclavismo africano, elcolonialismo espaol --a diferencia del colonialismo lusitano-- engendr en Amrica una multitud deuniversidades y colegios, a imagen y semejanza de las instituciones de la modernidad renacentista delmedioda Europeo. Ms especficamente, el desarrollo de la industria minera en el Alto Per alentla ereccin de la Universidad de Chuquisaca; la cra y trfico de mulas en la carrera entre BuenosAires y Potos estimul bajo la hegemona escolstico-jesutica la fundacin de la Universidad deCrdoba; y muy luego, seis aos despus de inaugurada una poltica secularizadora y revisionista dela Contra-Reforma, con la expulsin de los Jesuitas (1767), el Virrey Vrtiz dio nacimiento enBuenos Aires al Colegio de San Carlos (1773) y con l a un clima de ilustracin y librepensamiento.175 En cuanto a sus contenidos pedaggicos, la curricula teolgica y humanstica estuvoestrechamente ligada entre s, pues los conocimientos cientficos se emparentaron con lasexpediciones descubridoras, y las transferencias tecnolgicas se vincularon con la explotacin de lasriquezas mineras y sus derivados (Universidades de Charcas y de Santiago de Chile).176

    La ntima vinculacin entre la religin y la cultura, la persistencia de los legados premodernosindgenas y africanos, las enseanzas de la anatoma, la fsica y la astronoma antigua y medieval(Ptolomeo-Occam) y moderna (Coprnico y Newton) y la incipiente fragmentacin de las disciplinasimpartidas en las aulas universitarias coloniales --consistentes en el Trivium (gramtica, retrica,dialctica) y el Quadrivium (aritmtica, msica, geometra, astronoma)-- estaba entraablementerelacionada con el cultivo de un arte e ideario barrocos, una pedagoga jesutica escolstica, contra-reformista y anti-secularizadora, una estructura social fragmentada en un inmenso mosaico de etnias,

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    gremios, corporaciones y regiones, amalgamadas en gobernaciones, capitanas y virreinatos oconfederaciones de ciudades-estado, y una estructura burocrtica colonial, estamental, etnocntrica,patrimonialista, corporativa e inquisitorial.177 En esta estructura, los Virreyes, los CapitanesGenerales y los Gobernadores-Intendentes gozaban de un escaso poder por cuanto la autoridadjudicial estaba compartida con las Reales Audiencias y con los Tribunales Eclesisticos dependientesde los Arzobispados.178 Tan compleja era la administracin del poder, que el aparato ideolgico de laInquisicin jugaba un rol disuasorio determinante en la provisin de las ctedras de las universidades,y esta ltima facultad estaba estrechamente vinculada con la eleccin de los Oidores en las RealesAudiencias y la de los alcaldes en los Cabildos Seculares y tambin con la estamental financiacin yordenacin de los presbteros que integraban los curatos, los Cabildos Eclesisticos y la carreraclerical.179

    En este tipo de universidades, propias de la modernidad escolstico-absolutista, el conflictofue --antes de la recolonizacin borbnica-- eminentemente corporativo y simblico u honorficopues resida en las incompatibilidades, fueros e inmunidades de los cargos de Rector y Decanos; enlas prelaciones, protocolos, varonas, y primogenituras de los ceremoniales acadmico-poltico-religiosos; y en las impugnaciones fundadas en prohibiciones inquisitoriales y estigmas de limpiezatnica y estamental acreditados notarial y judicialmente.180 Posteriormente, con las reformasborbnicas sobresalieron los conflictos ideolgico-polticos, como el que mantuvo Juan BaltasarMaziel en Buenos Aires y el que sostuvo el Dr. Juan Jos Segovia en Charcas. Habiendo cesado elDr. Gregorio de Olaso en el cargo de Rector de la Universidad de Charcas, en 1785 lo intrigaba al Virreydel Ro de la Plata sobre las connotaciones ideolgico-polticas de su eventual sustituto el Dr. Juan JosSegovia,181 acusndolo de jactarse "...de ser el defensor de los criollos, sin distincin de calidades, y sereputa el tribuno del Pueblo, y el Cnsul de estas Provincias".182 Segovia fue Oidor de la Real Audienciade Charcas, era conocido de Juan Bautista Maziel,183 y un par de meses antes de la partida de Olaso habaparticipado en la denominada revolucin de los muchachos, acontecimiento provocado por la presenciaen Charcas del Regimiento de Granaderos de Extremadura.184 Las advertencias de Olaso no fueron envano, pues el Virrey Loreto, fiel a la misma poltica por la cual haba desterrado a Montevideo al Maestre-Escuela Juan Baltasar Maziel, orden procesar a Segovia condenndolo a cuatro aos de crcel. Segoviapurg su condena en el presidio de Buenos Aires, para luego obtener del Rey cuatro aos despus, en1789, una reivindicacin completa.185 El resultado de esta poltica represiva fue la corrupcin de losestudios, tal como lo aseveraba el Den Funes en 1805, en carta al Obispo Orellana.186

    Con la crisis del orden imperial-absolutista, puesta en evidencia con la inauguracin de laspolticas secularizadoras y anti-escolsticas (debilitamiento de la Inquisicin, expulsin de losJesuitas, 1767) y con las frecuentes expediciones Ilustradas de medicin de lmites y observacionesgeodsicas y astrofsicas (1754), las posteriores Reformas Borbnicas, y la fundacin del Colegio deSan Carlos y el Tribunal del Protomedicato comenz un lento proceso de erosin del pensamientobarroco-inquisitorial, de descodificacin y desterritorializacin, de fragmentacin de las disciplinas,de enciclopedizacin de los conocimientos y de diversificacin de las profesiones, que lleg alextremo de generar un clima de debate alrededor de la filosofa y la ciencia de la modernidadIlustrada (Enciclopedismo) y anticipar as el proceso revolucionario en ciernes.187 El incremento en laproduccin de egresados, resultante de la creacin del Colegio de San Carlos y otras numerosasinstituciones de educacin superior, de inspiracin Iluminista, al superar el nmero de posiciones de elitedisponibles, habra desequilibrado el sistema poltico.

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    La brecha cultural existente entre la generacin criada en una cultura manuscrita y aquellaotra generacin posterior educada en una cultura letrada o libresca fue abismal y dio lugar a lagestacin de una intelectualidad emergente compuesta por una elite iluminista y revolucionaria deorigen criollo (Juan Baltasar Maziel), y a la presencia de numerosas sociedades secretas y logiasmasnicas.188 En ese contexto espiritual y cultural, a partir de la modernidad Ilustrada, y a semejanzade la universidad Napolenica, se combati la universidad del estado absolutista, que estuvocorporativamente controlada primero por la Compaa de Jess y luego por el restante aparato de laIglesia, centrada en individualidades estamental y etno-cntricamente localizadas, y dominada por elconocimiento creacionista, teolgico-escolstico y contra-reformista al estilo providencialista delObispo Bossuet inaugurado en la temprana modernidad absolutista (Renacimiento).189 Asimismo, enlas universidades se comenz a hacer hincapi en un proceso secularizador mucho ms amplio que lamera secularizacin de los bienes eclesisticos.190 Se trataba de una secularizacin del conocimientoy de la formacin de profesionales liberales, en aras de una educacin centrada en individualidadeshistricamente subjetivadas, donde el cultivo de la ciencia, el derecho y la filosofa fueron lentamentedisociados del conocimiento teolgico (UBA-Rivadavia, 1822).191

    La poltica secularizadora inaugurada con la expulsin de los Jesuitas en el siglo XVIII habraentonces coadyuvado a la gestacin de la opinin pblica. Clausurados los establecimientos jesuticos, elmismo Furlong (1960) reconoce por boca de Pemn (1944) que

    "...vinieron sin seleccin, tropeles de mediocres profesores al pas [lo cual] dio un impulso enormea la difusin e influencia de lo que se ha llamado luego el criollismo, o sea, la difusa conciencia desolidaridad diferencial --raz de independencia-- de los naturales del pas".192

    Mas an, en el sentido sealado por Poster (1987) acerca de la relacin entre el conocimiento y elpoder,193 debemos sostener tambin con Tigar y Levy (1978) y Foucault (1986) que la implementacin dela legislacin positiva para la reforma del estado colonial no era ajena a las mejores tradiciones de lasmonarquas occidentales, para las cuales el conocimiento y desarrollo de discursos, nociones y conceptosjurdicos estaban ntimamente vinculados a los avances de la burguesa mercantil y a la consiguientetransformacin de las formas de estado.194 Para Foucault (1980), las transiciones de las formas de estadodeben juzgarse de acuerdo a como el estado ejerca el poder, si era un estado jurdico, donde el monarcase eriga por sobre los seores feudales para proclamar su derecho absoluto a dictar la ley; siadministrativo, donde la representacin estaba limitada por la territorialidad de las fronteras nacionales; osi gubernamental, donde el eje de la cuestin se traslad de la representacin dinstica a la territorial, y deesta ltima a la poblacional, con sus volmenes y densidades.195 Y para Habermas (1987), se distinguieroncuatro hornadas de juridizacin que marcaron igual cantidad de pocas: 1) la primera hornada condujo alEstado Burgus en la poca del Absolutismo; 2) la segunda hornada al Estado de Derecho, cuyoparadigma fue la Monarqua Alemana; 3) la tercer hornada condujo al Estado democrtico de derecho,consecuencia de la Revolucin Francesa; y 4) la cuarta hornada, al Estado social y democrtico dederecho, cuyo mximo exponente fue la Repblica de Weimar.196

    En el rumbo apuntado por las tesis de la integridad adjudicativa y la Begriffsgechichte y por lasinteresantes crticas apuntadas por Aufderheide (1976), Hunold Lara (1988), Chartier (1991), Abelln(1991) y Eley (1994), cabe entonces preguntarse si las tradiciones y los discursos jurdicos en el seno delos bufetes de letrados, los salones del patriciado, las Audiencias, los Cabildos seculares y eclesisticos ylos Tribunales del Consulado y del Santo Oficio de la Inquisicin se hallaban o no relacionados con lasnociones, las funciones y los procesos de corporativismo, patrimonialismo, prebendarrsmo,

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    patriarcalismo, seorialismo, etno-centrismo, nepotismo y crisis del mundo colonial, y con la crecientegestacin de la esfera pblica, como desglosada de lo puramente privado.197 Con ese objetivo, hemosrecogido ms de una docena de textos de poca, hallados en litigios judiciales del siglo XVIII,depositados en el Archivo General de la Nacin (AGN), de Buenos Aires, en el Archivo Histrico deCrdoba (AHC), en el Archivo del Arzobispado de Crdoba,198 y en el Archivo Municipal de Crdoba(AMC); as como la informacin histrico-genealgica que nos proveen diversos tratados.199

    B-III La articulacin de una autntica esfera pblica.

    El verdadero sustrato de la creacin de la sociedad burguesa moderna o la madurez social eintelectual de una elite revolucionaria ha consistido en la articulacin de una autntica esfera pblica.200 Enun principio, Toms y Valiente (1969) observ que las prcticas judiciales criminales fueron organizadasen el siglo XVIII alrededor de estructuras jurdicas privadas, y que estas haban experimentado a lo largode dicho siglo una profunda modificacin en sus contenidos. En el tradicional arreglo de los litigioscriminales, la parte agraviada poda alcanzar un arreglo privado con el ofensor solo en los casos deofensas contra la vida y no contra la propiedad, requiriendo en estos casos de compensaciones pecuniariaspara evitar llevar al caso a la justicia.201 Incluso una persona que fue sentenciada a un castigo por unAlcalde Ordinario poda compensar a la parte agraviada y as evitar el castigo. De acuerdo a la leyespaola, no solo los crmenes privados podan ser castigados, sino tambin pequeas ofensas llamadaspecados pblicos. En los casos criminales cometidos contra individuos privados la ley espaola prevea laposibilidad que el ofensor quedara libre de toda responsabilidad pagando una cantidad designada demoneda para obtener un perdn judicial. Pero en aquellos casos criminales donde el inters pblico estabaenvuelto, an obstando el perdn de la vctima, la prosecucin pblica continuaba hasta que el ofensorfuera castigado.202 Los perdones o la remisin de los cargos, significaba la remisin de la ofensa o de losinsultos que uno hubiere recibido, o de la pena que le hubiere correspondido. En el perdn notarial, lacausa era brevemente relatada. En ella constaba si el reo estaba libre o en prisin. Por lo comn, en elperdn la parte ofendida manifestaba que, luego de perdonar la ofensa en forma gratuita o por un precio,cancelaba el caso, renunciaba los derechos judiciales civiles o criminales, y rogaba a su Majestad el indultoo remisin de cualquier pena. En algunos casos, los perdones estipulaban que el precio pagado debacubrir los gastos del juicio, la pensin para la viuda o los hijos menores, los gastos para el cuidado otratamiento, las plegarias por el alma de la vctima, etc. Este tipo de prosecucin privada permiti a lavctima de un crimen determinar la severidad de la prosecucin, el cumplimiento de la ley o la reduccinde los cargos. Poda incluso perdonar las ofensas completamente decidiendo no ir a la justicia.203 Variosde estos casos ocurridos en el Buenos Aires del siglo XVII se relatan en un trabajo de mi autora.204 En elsiglo XVIII, los perdones escasearon. No obstante, en Crdoba se registraron en la dcada de 1770sonados casos protagonizados por miembros de la familia de los Allende y Losa.205

    Asimismo, en el mbito del derecho seorial, que luego se dio en llamar derecho privado, poroposicin al nuevo derecho pblico, se admita que en las relaciones entre los amos y los esclavos, losprimeros ejercieran un amplio derecho de castigar las indisciplinas de sus siervos. Hunold Lara (1988) fuel primer historiador en formular una explicacin terica a esta realidad. El recurso al castigo era unmecanismo instrumentado por los amos y las autoridades polticas para reafirmar su seoro, y con ellocontrarrestar la indisciplina y la fuga. Deba ser moderado para poder ser correctivo, y por lo tanto nopoda abusarse del mismo, maltratando los esclavos o matndolos.206 Se constituy as el castigo privadoen el factor que ms desmiente la supuesta docilidad de los esclavos Rioplatenses. Recurrir a la justiciacapitular para castigar a sus esclavos poda tornar la dominacin seorial en una cosa pblica, quedesacreditaba la supuesta nobleza de sus amos.207 Jos Dionisio, esclavo de la Hacienda de Santa

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    Catalina, de la Testamentara de Francisco Antonio Daz, declaraba en 1808 que el mulato Valentn, deoficio sastre, haba sido castigado dos veces; la primera por su amo Jos Xavier Daz

    "...por causa de una mujer que fue a buscar de noche muy secretamente llamada Vizenta, hija dela Candelaria, casada segunda vez con Manuel Antonio, esclavo de la casa como los dems, elcual lo sinti a deshoras, y dio parte a dicho Don Jos, que fue el motivo por el cual fue castigadoen presencia del declarante con cien azotes que regula se le daran, quedando bien lastimado, decuyas resultas el declarante lo cur por estar en el mismo cuarto en que vea no poda sufrir loscalzones por las llagas, y por esto andaba en calzoncillos hasta que san a los quince das".208

    El esclavo zapatero Manuel denunciaba en 1799 que Francisco Ruiz Quevedo por orden de suamo Tiburcio Lpez de Heredia lo encerr "...en un cuarto hmedo, inhabitable, atado a un madero conuna cadena, azotado cruelmente, y privndome del alimento".209 Estos hechos, fueron reconocidos porLpez de Heredia, pero disimulados "...con un disfraz despreciable, pues los azotes los nombra papirotes,y la dura prisin y terrible castigo correcciones paternales".210 Al negro Pedro, de 15 aos, por huidor, suamo Juan Dionisio Campos, vecino de San Vicente, lo tuvo en 1813, ao de la Declaracin de libertad devientres, "...con una plancha de fierro que en el da se le quit".211 Mara, esclava de Hiplita CasianaOlmos de Aguilera, recibi azotes en 1814, por mano de Juan Francisco Moyano.212 El mulato Manuel,oficial zapatero, de 27 aos, "...enfermo de una pierna, ladrn, huidor, ebrio, por cuio motivo lo he tenidoen prisiones en mi casa" fue vendido por Francisco Pereyra en 1796 en $200 al dueo de panadera Juande Serna y Villa.213 Ms luego, el Alcalde de Primer Voto Juan Agustn Videla, en virtud de la denunciade Pereyra "...lo hizo traer al Juzgado y sacdolo de la prisin [lo] detuvo en la Real Crcel".214 Y Mayo(1992) constat, en los inventarios de los conventos Betlemticos, la existencia de numerosos grillos.215Pero de todos los casos recordados, sin duda el que ms repercusiones tuvo fue el ocasionado en BuenosAires en 1785 por los crueles castigos de azotes recibidos por la mulata Francisca de manos de su propiaama Clara Echenique, la "Quintrala" cordobesa.216

    Los castigos inmisericordes, que en algunos casos llegaron a provocar homicidios, hoyjurdicamente conocidos como delitos preter-intencionales, por exceder la necesaria moderacin y elcarcter meramente disciplinario y ejemplarizador del castigo,217 ocasionaban serios trastornos quellevaban en muchos casos a interminables litigios judiciales.218 En 1781, ocho aos antes de la RevolucinFrancesa, Ana de los Ros,219 promovi contra la parda Agustina una instancia por calumnias.220 DoaAna alegaba, con la defensa del letrado Jos de Gurruchaga, que los esclavos

    "...por el ms leve pretesto qual es una correccin domstica, ocurren a formar tales quejas yfigurar tales rigores que son capaces de mover a compasin a la persona ms indolente, y quenegndosele al amo la razn se la concedan a ellos, habiendo llegado esto a tal extremo que en elda no tienen los Amos valor para castigar las faltas, o delitos de sus familiares por el recelo queles asiste de que al siguiente da puedan comparecer a quejarse en algn Tribunal y verse en lostrminos de padecer los bochornos que yo me veo sufriendo".221

    Y en 1761 el navarro Marcos Prez fue acusado en Montevideo de haber dado muerte por excesode castigo a la negra Luca.222 Veinte aos ms tarde, en 1783, Domingo Maurn fu acusado en BuenosAires de haber matado a su propia esclava "...de resultas de rigurosos azotes".223 Y en 1812, el mallorqunPedro Jos Oliver y su mujer Matilde Montaner fueron procesados "...para clarificar la razn por la cualsu esclava Tomasa muri".224

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    B-IV El ejercicio de las instituciones procesales del tanteo y del retracto.

    Entre las instituciones importadas de Europa, las jurdicas ocuparon uno de los lugares msexpectantes. 225 En el mbito del derecho gentilicio, de abolengo o de sangre, que luego se dio en llamarderecho privado, por oposicin al nuevo derecho pblico, especficamente en el ejercicio de lasinstituciones procesales del tanteo y del retracto, y en la eleccin de los herederos de sucesiones intestadasy de patronatos capellnicos legos vacantes, tuvo lugar la prctica del derecho de representacin, la cualhaba sido importada de Espaa.226 Su objeto era evitar que los bienes inmuebles, o las rentasprovenientes de una fundacin, salieran de la familia a que haban pertenecido. Los letrados y canonistascriollos que ms las analizaron fueron los Pbros. Jos Felipe Funes,227 Jos Len Banegas,228 y JosGregorio Baygorr.229 El Pbro. Funes, en un dictamen fechado en 1811, sostena que mientras en lascapellanas, en especial las capellanas eclesisticas, no exista derecho de representacin, y la proximidaddel parentesco que regulaba u otorgaba el derecho estaba establecida con respecto al fundador; en losmayorazgos, y segn algunos en las capellanas legas, haba derecho de representacin, y la inmediacindel parentesco que decida en juicio se estableca respecto del ltimo poseedor.230 En el litigio entablado acomienzos del siglo XIX entre los concursantes Jos Gabriel Echenique, Juan Gernimo Moyano, TadeoSalguero de Cabrera, y el Rector del Colegio Real de Loreto Leopoldo de Allende y Moyano, a lacapellana fundada en 1645 por Antonia de Cabrera, viuda de Miguel de Ardiles,231 no se le ocultaba alFiscal Eclesistico Dr. Jos Gregorio Baygorr,232 el mrito de la pobreza como causa prelativa, porencima del abolengo, pues tena a la vista la obra del canonista Francisco A. Mostazo (1680),233 paraquien "...en concurso de un rico con un pobre igualmente idneo, debe el segundo preferirse alprimero",234 no as en los beneficios curados o que tengan cura de almas.

    En cuanto a las derivaciones y mediaciones judiciales de los conflictos producidos en la esferaprivada, en Crdoba, la honda y violenta crisis desatada en su Cabildo en 1766, donde se dirimieronacusaciones de nepotismo, estuvo motivada por los enfrentamientos entre el clan de los Echenique y el delos Allende. Dicha crisis poltica obedeci tambin en parte a una causa judicial por el Patronato de unaCapellana, de $2.100 de principal, que serva Fr. Pablo de Allende, afincados en unas casas propiedad desu hermano Santiago de Allende y Loza, y cuyo patronato retena Catalina de Arrascaeta.235 Dichopatronato lo hubo Arrascaeta por herencia de Francisco de las Casas y Manuela Sobern y Salas, sussuegros, y haba sido fundado en 1737 por Doa Josefa de Salas, abuela de Manuela Sobern.236Fallecido, Fr. Pablo de Allende, la nueva patrona de la capellana Mara Ana Rodrguez, mujer deFrancisco Soberon, reclam la capellana para su nieto Jos Ignacio de las Casas.237 Pero como el GeneralToms de Allende, como apoderado de Santiago Allende, haba vendido las casas sobre las cuales estabaimpuesta la capellana, su Patrona elev sus quejas ante las autoridades capitulares hasta lograr elreembolso de la suma correspondiente.238

    B-V La prctica del derecho de representacin.

    La prctica del derecho de representacin tuvo lugar tambin en el mbito de lo que luego se dien llamar el derecho pblico, por oposicin al antiguo derecho privado. Como consecuencia primero de laimplantacin de la Real Ordenanza de Intendentes (1782), y segundo de la honda repercusin que produjoel advenimiento de la Revolucin Francesa (1789), el eje del debate poltico en el mundo colonial setraslad de la discusin acerca de la representacin vecinal (capitular), seorial y patriarcal, de origenhereditario o venal, a la nocin moderna de diputacin,239 o representacin ciudadana o popular, deorigen electoral; y a las nociones ms abstractas de voluntad general, opinin pblica y soberana

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    popular.240 En el orden imperial-absolutista, no habra existido nunca, si nos atenemos a Bendix (1974),la representacin individual, o la nocin de ciudadano, y nunca habran contado los vecinos con unamutua igualdad "...pues los integrantes de las asambleas [cabildos] representaban intereses en juegoreconocidos en el sistema, ya fuera en la forma de propiedades o de privilegios profesionales".241 LosCabildos deban representar a las fuerzas vivas de la sociedad, pero por efecto de mecanismos seorialespropios de la modernidad colonial-absolutista la mayor parte de la poblacin masculina activa estabaexcluida de la poltica comunal. A su vez la nocin de representacin popular y/o diputacin estababasada, segn Gonzlez Echenique (1967), en una concepcin de la soberana popular que exceda elmero marco local y supona que

    "...cada ciudadano entregaba a su representante la parte de soberana que le competa de modoque el cuerpo legislador junto con los otros poderes del estado, representara a la nacin toda yfuese el rgano de ejercicio del poder soberano en el mbito de lo legislativo".242

    Es entonces que las nuevas nociones procedentes de la Francia iluminista y de las lecturas deVoltaire y de Rousseau, acerca de si la naturaleza original del ser humano era individual o colectiva y si lasoberana o autonoma o jurisdiccin municipal, en su contexto terico jurdico-poltico,243 provena delmonarca o del pueblo soberano,244 comenz a ser debatida por las diferentes facciones en que se hallabadividido el patriciado colonial, incluido el clero y la milicia.245 As como a fines del siglo XIX se discutanarduamente las teoras de De Maistre y de De Bonald,246 y a comienzos del siglo XX se polemizabaacerca de las teoras de Spencer y de Comte, a fines del siglo XVIII se debatan en las universidades yseminarios de Amrica las teoras post-aristotlicas, y a comienzos del siglo XIX las teoras religiosas deLacunza.247 En ese entonces, las corrientes de pensamiento post-aristotlicas se dieron con mayor fuerzaen el Convictorio Carolino de Santiago de Chile,248 fundado en 1778, en reemplazo del antiguoConvictorio de San Francisco Xavier,249 donde enseaban Jos Perfecto de Salas,250 Miguel Jos deLastarria,251 y Juan Martnez de Rosas.252 Estas corrientes de pensamiento se dividan entre los seguidoresde los llamados Cnicos,253 Cirenaicos,254 Estoicos,255 Epicreos,256 y Maquiavlicos.257 Mientras losCirenaicos haban absorbido la filosofa hednica o cnica, los Epicreos haban absorbido a su vez lafilosofa Cirenaica. Pero los Epicreos modernos, a diferencia de los Maquiavlicos, eran seguidores de ladoctrina de la soledad original, renovada por Hobbes y Rousseau. Contra estas doctrinas se habanmanifestado en Chile, el Pbro. Mateo Zambrano, pasante de Teologa en el Convictorio de Santiago deChile,258 y en el Paraguay el Gobernador y luego Virrey del Ro de la Plata Pedro Melo de Portugal.259 Enefecto, en oportunidad de un conflicto suscitado en 1784,260 las ideas ilustradas de una faccin polticadenominada ante-ministerial, liderada por el afrancesado Asesor Letrado Mariano Lorenzo Grambel,261 yopuesta a dicho Gobernador, fueron caracterizadas como:

    "...propias de aquellos que los Filsofos llaman Animales solitarios, que hacen consistir sufelicidad en andar solos confundiendo el derecho natural, juicioso, y que dimana de Dios, con el[derecho] inicuo de los Epicreos, Zirinaicos y Machiabelos, comn a los Brutos, que prefieren elfin particular al bien pblico,...contrario al de los animales sociables, que la fundan en componernmero con sus semejantes, y serles til".262

    B-VI Nociones de soberana municipal.

    Las discusiones alrededor de las nociones de soberana municipal y del origen laico o profano delpatronato o vicariato real no era tampoco de ndole metafsica, por cuanto todo el edificio jurdicocolonial descansaba en la definicin del origen de los poderes administrativo y eclesistico. En Crdoba, el

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    reformista Gobernador-Intendente Rafael de Sobremonte debi prohibir que los curas prrocos, pese alorigen profano del patronato real, recurrieron a las Milicias Provinciales para el cobro compulsivo de losderechos parroquiales.263 Asimismo, fue en Salta, en 1792, el primer lugar donde se discuti en formapblica y abierta acerca del origen real o popular de los poderes municipales. La mayora de loscabildantes haban sido burlados en sus designios por la revocatoria que de las elecciones concejiles hicierael Gobernador-Intendente Tadeo Fernndez Dvila,264 natural de Moquegua. Dicho Gobernador habaestado apoyado por sus compatriotas los hermanos Fernndez Cornejo, tambin originarios deMoquegua, y responsables conjuntamente con el Gobernador Juan Manuel Fernndez Campero de haberpuesto en ejecucin en Salta, en 1767, la Real Orden de expulsin de los Jesuitas, acontecimiento queprovoc el conocido alzamiento relatado por Acevedo (1969).265 Entonces, en representacin de loscapitulares de Salta, un Regidor Perpetuo y Fiel Ejecutor, el Licenciado Mateo de Saravia y Juregui,266cuestion dicha revocatoria manifestando que los polticos daban diversos orgenes a la facultad quetenan los gobernadores-intendentes de confirmar o revocar las elecciones concejiles. Siguiendoaparentemente al Obispo de Crdoba Fray Jos Antonio de San Alberto,267 quien en 1791 habacensurado pblicamente a Rousseau,268 Saravia sostena que

    "...unos Sectarios de la Ley Regia, y del contrato social sostienen que esta facultad dimana de lareserva que se hizo el Pueblo cuando transfiri la autoridad y jurisdiccin al Imperio o Monarqua:otros la hacen desender de los usos y costumbres inmemoriales de algunas poblaciones, comosucede en varias ciudades de Espaa",269

    y que si bien la soberana o autonoma municipal provena del monarca, los Gobernadores-Intendentes noestaban autorizados a revocar elecciones pues

    "...en el sistema de nuestro vasallaje y legislacin municipal tienen esta facultad [de elegir susalcaldes] los pueblos y Cabildos de Amrica por expreso privilegio y concepcin de nuestrosgloriosos monarcas".270

    En cuanto al rgimen de renovacin de autoridades Saravia expresaba que "...su forma es paraproceder colegialmente: de suerte que sus elecciones, acuerdos, y dems actos se constituan por la maiorparte [mayora] de sufragios".271 Como respuesta a esta representacin, redactada por Saravia, elGobernador-Intendente Ramn Garca de Len y Pizarro,272 aconsejado por su Teniente Asesor JuanEstban Tamayo,273 le adverta al Virrey Arredondo en 1793 (al igual que el Teniente GobernadorInterino de Crdoba Antonio Arriaga le haba prevenido al Virrey Ceballos en 1776 con respecto a laconstitucin del Cabildo de Crdoba), que Don Mateo de Saravia y Juregui

    "...ha formado entre los cabildantes de esta ciudad una parcialidad, con la cual no slo afianza lasulteriores elecciones de oficios concejiles en sujetos de su faccin, sino que ha logrado celebrarunos acuerdos, dirigidos a suprimir las ms conocidas prerrogativas del empleo de GobernadorIntendente que ejerzo, a deprimir las facultades y opinin del Teniente Asesor [Tadeo FernndezDvila], nombrado por Su Majestad, a poner en problema la conducta de los Ministros de la RealHacienda, como Administrador General del Ramo de Sisa, y a sembrar entre los vecinos la semillade la discordia".274

    Para Garca Pizarro, Saravia lograba mediante su triple condicin de abogado, regidor y fielejecutor perturbar la sociedad saltea. Como abogado, Saravia "...vierte en sus escritos, y en los queforma a sus clientes, la mordacidad, sin que bastasen a enmendarlo los repetidos apercibimientos que se le

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    han hecho".275 Como Regidor, "...seduce a los dems cabildantes, que imbuidos de las mximas de suerrada jurisprudencia, acuerdan y determinan con l, o a su influjo cuanto le sugiere el orgullo, la altivez, yel despotismo".276 Finalmente, como Fiel Ejecutor, "...se ha arrogado jurisdiccin ordinaria, y ha actuadoproceso, faltando a las ritualidades del Derecho", por lo que la Real Audiencia de Buenos Aires lesuspendi del oficio por dos aos.277 Con motivo de los cargos que hizo en 1793 el Cabildo al TenienteAsesor Fernndez Dvila, Acevedo (1965) nos revela un documento que sostiene que Mateo de Saravia yJuregui haba logrado que el ayuntamiento salteo estuviere compuesto:

    "...de parientes, de parciales y de clientes suyos, por razn de abogado. Don Agustn deErquicia,...Don Roque de la Cerda,...Don Fernando Torres,...Don Francisco Ansede y Graa,...elLic. Jos Gavino Blanco,...Don Jos Royo Carrillo,...y Don Antonio Pardo [y Santayana]".278

    Como resultado de esta realidad, la faccin dirigida por Saravia haba logrado nuevamente, acomienzos del siglo XIX, la mayora en las elecciones concejiles, pero la minora dirigida por el nuevoGobernador-Intendente Rafael de la Luz y su Teniente-Asesor Jos de Medeyros,279 suegro de uno de losCornejo, frustr reiteradamente sus ambiciones, con la consiguiente reaccin popular manifestada enpasquines escritos en versos.280

    B-VII Las nociones de representacin, eleccin, mayora y voluntad popular.

    Por ltimo, en lo que hace a las nociones de representacin, eleccin, mayora y voluntad popular,la facultad de confirmar o revocar la eleccin de los representantes en los Cabildos seculares --productode los fueros, excepciones, privilegios o libertades concedidos a los pueblos y ciudades por los monarcasen tiempos de la conquista, para elegir sus propios alcaldes-- haca que se discutiera acerca de conceptostales como: inmediato sucedneo, respeto a la voluntad popular resultante de las elecciones o, lo que es lomismo, mayor nmero de sufragios resultante de la compulsa.281 La voluntad popular, tal como se laentenda en el siglo XVII, a juzgar por los escritos de los filsofos y juristas hispanos (Surez yMariana),282 resida en un estamento local y minoritario de vecinos benemritos, que se constituamediante el cumplimiento de una numerosa serie de requisitos legales. Los cargos seculares electivos,como el de los Alcaldes Ordinarios, los Procuradores Generales y los Alcaldes de Hermandad, que nopodan ser arrendados ni subastados por tratarse de cargos de justicia,283 venan recayendo en el mundocolonial en beneficio de este patriciado, nico en quien poda residir la entonces llamada voluntadpopular.284 Este filtro,