-
1
1
er-saguier-- Genealogia-Tomo-II-Capitulo-00
Genealoga de la Tragedia Argentina
Tomo II Derrumbe del orden imperial-absolutista y crisis del
mundocolonial (Ro de la Plata-siglo XVIII).
INDICE del Tomo II
Introduccin
Seccin II-A Anti-escolasticismo y desmantelamiento de un orden
barroco, inquisitorial yfatuamente universal
Seccin II-B Conflictividad eclesial y debilitamiento del orden
clerical-regalistaSeccin II-C Fracturas tnicas y crisis del orden
estamental-patriarcal.Seccin II-D Fragmentacin gremial del orden
monopolistaSeccin II-E Descomposicin social del orden
esclavista.Seccin II-F Colapso econmico y ruptura del orden
mercantilistaSeccin II-G Ruina del fisco y deslegitimacin del orden
patrimonialSeccin II-H Rebeliones de originarios, crisis militar, y
cuestionamiento del orden corporativoSeccin II-I Acortesanamiento
indiano y denuncia del orden neptico
Abstract del Tomo II
II-0-Introduccin del Tomo-II. La crisis del estado colonial
2
Seccin II-A Anti-escolasticismo y desmantelamiento de un orden
barroco, inquisitorial yfatuamente universal
Captulo II-A-1Analogas histricas garcilacistas, reformismo
desptico-ilustrado (Borbnico) y polticas anti-jesuticas (1748-1784)
23
Captulo II-A-2Clivajes ideolgicos
(escolsticos-humanistas-iluministas) y gestacin de una esfera
pblica. 22
Captulo II-A-3Grietas discursivas, fracturas literarias y
acciones colectivas contra el barroquismo colonial (1764-1810)
34
Captulo II-A-4Brechas protocolares en la constelacin de
cortesas, rangos y privilegios. 19
-
2
1
Seccin II-B Conflictividad eclesial y debilitamiento del orden
clerical-regalista
Captulo II-B-5Rgimen capellnico y pautas patriarcales de la
primogenitura y la varona 26
Captulo II-B-6:Conflictos entre el clero y el estado en el mundo
colonial. 17
Captulo II-B-7:Fisuras entre el clericalismo del fuero
eclesistico y el orden regalista (Patronato Real) 20
Seccin II-C Fracturas tnicas y crisis del orden
estamental-patriarcal
Captulo II-C-8:Ilegitimidad, 'Limpieza de Sangre' y crisis del
orden dinstico-estamental 24
Captulo II-C-9:Estigma de la impureza racial en las
impugnaciones matrimoniales, capitulares y eclesisticas 15
Seccin II-D Fragmentacin gremial del orden monopolista
Captulo II-D-10:Movilidad social en el comercio y corporativismo
mercantil. 16
Captulo II-D-11Antagonismos en una burguesa comercial y
nacimiento de una talasocracia 7
Seccin II-E Descomposicin social del orden esclavista
Captulo II-E-12Fuga esclava y resistencia rutinaria y cotidiana
22
Captulo II-E-13Cimarronaje, bandolerismo y mito de la docilidad
esclava 21
Seccin II-F Colapso econmico y ruptura del orden
mercantilista
Captulo II-F-14Crisis del enclave minero y agremiacin de
azogueros en el Alto Per. 22
Captulo II-F-15Desequilibrio del intercambio y economa de
trueque 15
Captulo II-F-16Crisis agraria colonial y Real Renta de Tabaco
17
-
3
1
Captulo II-F-17Crisis pecuaria colonial y origen de un rgimen
predatorio o desarreglo de los campos 17
Captulo II-F-18 Colapso del entrept mercantil y lucha en el
hinterland contra el monopolio comercial 12
Seccin II-G Ruina del fisco y deslegitimacin del orden
patrimonial
Captulo II-G-19Fracturas fiscales, y descomposicin de una
burocracia subordinada. 27
Captulo II-G-20Extorsiones y sobornos en la conduccin de
caudales de Potos a Buenos Aires 24
Captulo II-G-21Corrupcin administrativa y nacimiento de una
burguesa comercial 23
Seccin II-H Rebeliones de originarios, crisis militar, y
cuestionamiento del orden corporativo
Captulo II-H-22Contradicciones entre el fuero militar y el poder
poltico. 15
Captulo II-H-23Crisis castrense y resistencia a reprimir en la
disputa entre Comandantes de Armas y unaburocracia subordinada
(Gobernadores y Corregidores) 25
Seccin II-I Acortesanamiento indiano y denuncia del orden
neptico
Captulo II-I-24Cortesanismo palaciego y endogamia en los
cabildos del interior del Virreinato (1760-1790) 24
Captulo II-I-25El nepotismo capitular y las actividades ldicas y
criminales 7
Captulo I-I-26Cuadismo y yernocracia militar como herramientas
inmovilizadoras de la elite castrense. 8
Captulo I-I-27Acomodamiento de parientes como instrumento
congelador de la movilidad eclesial. 8
Seccin II-J
Captulo II-J-28 Conclusin 4
Total de pginas 386
-
4
1
Captulo 0 Introduccin del Tomo-II
Producida la transicin de la dominacin dinstica Habsburga a la
Borbnica con la Paz deUtrecht (1713), y reforzado el orden
imperial-absolutista a partir del ideario Iluminista y
lasestrategias re-colonizadoras implementadas por las denominadas
Reformas Borbnicas (1767-1794),se pudo concebir una ms intensa
complejidad del estado subordinado o colonial. Estaintensificacin
de la complejidad en la subordinacin de los territorios que
constituyeron antao elVirreinato del Per y luego el antiguo
Virreinato del Ro de la Plata y las denominadas
Gobernaciones-Intendencias aceleraron las contradicciones polticas
al extremo que cuando se produjo la invasinnapolenica a Espaa
(1808) deriv en un tremendo colapso y consiguiente desmembramiento
quepuede caracterizarse como el precipitado de un largo proceso de
metanastasis o desorden internogeneralizado.1
A medida que estas crisis o desajustes se fueron acentuando, las
contradicciones culturales(literarias, poticas), polticas
(patriarcales, patrimoniales, corporativas, cortesanas),
sociales(estamentales, seoriales) y econmicas (mercantilistas) que
se dieron en el seno de los patriciados sefueron entrecruzando y
agravando. La polticas colonizadoras Habsburgas (Virrey Toledo,
1580;Ordenanzas de Alfaro), las polticas absolutistas,
anti-inquisitoriales, recolonizadoras y centralizadorasBorbnicas
(Expulsin de los Jesuitas de 1767, Real Ordenanza de Libre Comercio
de 1778, RealOrdenanza de Intendentes de 1782, Real Consulado de
Comercio de 1794), y las polticas nacionalistas onacionalizadoras
implementadas a partir de la denominada Revolucin de Independencia
(1810) fuerondes-estructurando y reestructurando demogrfica,
territorial y culturalmente --mediante guerras,metanastasis,
particiones, secesiones y una prolfica poltica de ingeniera
institucional-- las relaciones quemantenan los reinos, los estados,
las provincias, las ciudades y los individuos entre s.2 Por
ejemplo, lospatriciados de las ciudades ms antiguas se sentan
amenazados por los de las ciudades ms nuevas.3 Laspropias nociones
de soberana, poblacin y territorio adquirieron luego de la
independencia significadostotalmente diferentes de los que
poseyeron durante el absolutismo.4
Pero el estudio particular de cada una de estas crisis por s
solas no garantizara el xito de laempresa, pues las significaciones
imaginarias (barrocas, patriarcales, regalistas,
estamentales,patrimoniales, corporativas, monoplicas, esclavistas,
nepticas y mercantilistas), que operaban comofunciones en la
compleja realidad histrica del orden imperial-absolutista, son a
juicio de Lefort (1990),von Beyme (1995) y Castoriadis (2003),
diferenciables o separables slo nominalmente y en el vaco, alos
puros efectos del anlisis.5 Entre las crisis o desajustes polticos,
la que ms habra incidido en laruptura y deslegitimacin de los
imaginarios sociales (estilos poticos barrocos, privilegios
estamentales,fueros capitulares y de nobleza, monopolios
mercantilistas, ceremoniales de poder inquisitorial, nepotismoy
etno-centrismo capitular, y heredabilidad administrativa), habran
sido las crisis polticas ocurridas en elseno de las instituciones
deliberativas o parlamentarias de la modernidad
colonial-absolutista (Cabildos).6Los conflictos se habran
manifestado embrionariamente en las luchas del siglo XVII entre las
faccionesdenominadas confederadas (partidarias de la produccin
orientada hacia el mercado externo), ybenemritas (productores
orientados hacia el mercado interno); y en el siglo XVIII entre las
faccionessarracenas (pro-jesuticas) o ministeriales (partidarias de
las polticas mercantilistas), y las facciones anti-
-
5
1
ministeriales (partidarios de la libertad de comercio, la
Expulsin de los jesuitas y la des-jesuitizacin delas
universidades). Tambin se habran manifestado en los pasquines y las
acciones colectivas urbanasdesatadas por las alianzas entre
sectores de la elite, los gremios y la plebe, por la consecucin de
objetivospuntuales, por lo general anti-fiscales. Asimismo se
habran manifestado en la fragmentacin de la elitemercantil, al
asomar una fraccin de dicha elite que se disociaba de las casas
monopolistas de Cdiz yadquira una autonoma propia para comerciar
con capital y barcos propios entablando vnculos con otrascolonias
del mundo conocido.
En el sentido apuntado por las tesis arriba expuestas, cabe
entonces preguntarse: si las crisisespiritual, cultural, poltica,
econmica y social se hallaban o no relacionadas con los procesos
dedeslegitimacin y colapso o crisis terminal del orden
imperial-absolutista?; y si devino en mitoinstitucional racional la
estructura discursiva de las instituciones culturales y sociales
del orden imperial-absolutista, encarnada en los principios
ritualizados de la poesa estamental, la arbitrariedad del
poder(despotismo inquisitorial), la adscriptibilidad del status
(primogenitura, varona, hidalgua, casta y pureza olimpieza de
sangre), la legitimidad dinstica, la representatividad jerrquica
(corporativa, clerical,estamental y territorial o vecinal), la
patrimonialidad del funcionariado (venalidad capitular) y
lareciprocidad penal y/o responsabilidad colectiva, o del chivo
expiatorio, o de la llamada "culpa de lainocencia")?.
Para analizar la intensidad de la crisis poltica indagamos el
rol jugado por el uso y abuso deanalogas histricas, la gestacin de
estrategias disciplinarias por parte de facciones rivales y
lasinterminables disputas polticas, grietas discursivas, fracturas
literarias, clivajes ideolgicos (erasmismo,enciclopedismo,
regalismo, probabilismo, fisiocratismo), brechas simblicas o
protocolares (cortesas, rangos yprivilegios), fisuras sociales
(emergencia de burguesas comerciales autnomas, fuga esclava,
cimarronajey bandolerismo), quiebras mercantiles, crisis mineras,
fracturas fiscales y rivalidades clnicas. A los efectosde estudiar
todas estas manifestaciones de deslegitimacin del orden
absolutista, hemos recogido yseleccionado docenas de textos de poca
hallados en litigios judiciales y fuentes notariales de los
siglosXVII y XVIII, depositados en el Archivo General de la Nacin
(AGN), de Buenos Aires, en el ArchivoHistrico de Crdoba (AHC), y en
el Archivo Municipal de Crdoba (AMC).
Plan del Tomo II
El tomo II est dividido en nueve (9) secciones, y cada una de
stas en captulos, totalizandoveintiocho (28) captulos, y ms de un
centenar de apartados o acpites, donde cada captulo estidentificado
con su respectiva notacin diferenciada. El tomo comienza con una
breve introduccin,seguida por la metodologa y las fuentes
documentales analizadas.
En la primera seccin estudiamos el desmantelamiento de un orden
barroco, inquisitorial yfatuamente universal. En la segunda seccin
estudiamos la conflictividad eclesial y el debilitamiento delorden
clerical-regalista. En la tercera seccin tratamos las fracturas
tnicas y la crisis del ordenestamental-patriarcal. En la cuarta
seccin investigamos la fragmentacin del orden monopolista. En
laquinta seccin estudiamos la descomposicin del orden esclavista.
En la sexta seccin analizamos laruptura del orden mercantilista. En
la sptima seccin investigamos la ruina del fisco y la
deslegitimacindel orden patrimonial. En la octava seccin analizamos
las rebeliones de originarios, la crisis militar y
elcuestionamiento del orden corporativo. Y en la novena seccin
analizamos el proceso deacortesanamiento indiano y la denuncia del
orden neptico.
-
6
1
La seccin primera la componen cuatro captulos: Analoga histrica
garcilacista, reformismo desptico-ilustrado (Borbnico) y polticas
anti-jesuticas; los clivajes ideolgicos y la gestacin de una esfera
pblica;las grietas discursivas, las fracturas literarias y las
acciones colectivas contra el colonialismo en las provincias delRo
de la Plata; y las brechas protocolares en la constelacin de
cortesas, rangos y privilegios. El tercercaptulo citado fue escrito
en colaboracin con el extinto Jos Gonzlez Ledo. La segunda seccin
estcompuesta por tres captulos: el rgimen capellnico y las pautas
de la primogenitura y la varona, losconflictos entre el clero y el
estado en el mundo colonial, y las fisuras entre el fuero
eclesistico y elPatronato Real. La tercera seccin est compuesta por
un par de captulos consistentes en el estigma de laimpureza racial
en las impugnaciones matrimoniales y las recusaciones capitulares y
eclesisticas, y losprivilegios nobiliarios, la legitimidad y la
'Limpieza de Sangre' en las impugnaciones matrimoniales,capitulares
y eclesisticas. La cuarta seccin la conforman dos captulos, que son
la movilidad social en elcomercio y el corporativismo mercantil, y
los antagonismos en una burguesa comercial y nacimiento deuna
talasocracia. La quinta seccin la integran dos captulos, que son la
fuga esclava, y el cimarronaje y elbandolerismo.
La sexta seccin la comprenden cinco captulos consistentes en la
crisis minera y la agremiacinde azogueros en el Alto Per, la crisis
de intercambio y la economa de trueque, la crisis agraria colonial
yla Real Renta del Tabaco en el Paraguay, la crisis pecuaria
colonial u origen de un rgimen predatorio, y lacrisis mercantil y
la lucha contra el monopolio comercial espaol en los orgenes de la
revolucin deindependencia. La sptima seccin est compuesta por tres
captulos, las fracturas fiscales, las extorsiones ysobornos en la
conduccin de los caudales y la corrupcin de la burocracia colonial
Borbnica. La octava seccinla comprenden dos captulos: las
contradicciones entre el fuero militar y el poder poltico, y la
crisiscastrense en la disputa entre Comandantes de Armas y la
burocracia subalterna (Gobernadores yCorregidores). Y la novena
seccin est compuesta por cuatro captulos, a saber: el cortesanismo
palaciego y laendogamia en los cabildos del interior del
Virreinato; el nepotismo capitular y las actividades ldicas
ycriminales; el cuadismo y yernocracia militar como herramientas
inmovilizadoras de la elite castrense; y elacomodamiento de
parientes como instrumento congelador de la movilidad eclesial.
-
7
1
Seccin II-A Anti-escolasticismo y desmantelamiento de un orden
barroco, inquisitorial yfatuamente universal
La no resolucin en el Ro de la Plata de las contradicciones
heredadas de los rdenes prehispnico eimperial-absolutista
habsburgo, habra estado eminentemente vinculada con las sucesivas
crisisespirituales, culturales, sociales, polticas, militares,
eclesisticas y econmicas. Entre dichas crisis, las quems habran
incidido en la puesta en cuestin de la dominacin colonial habran
sido las crisis espiritualesy/o culturales, ejemplificadas en la
crisis de la hegemona inquisitorial y jesutica.
En la historiografa del colapso imperial espaol, la de la crisis
poltico-cultural gir tradicionalmentealrededor de las repercusiones
secularizadoras y desacralizadoras que el Iluminismo y la
RevolucinFrancesa tuvieron en sus colonias, y en especial alrededor
de los episodios desencadenados por laexpulsin de los Jesuitas, el
debilitamiento del Santo Oficio, y el expansionismo britnico
(ocupacin deMalvinas, Invasiones Inglesas).7 Sin embargo, las
repercusiones de los rdenes prehispnico e imperial-absolutista
habsburgo fueron dejadas de lado. Excepcionalmente, los arquelogos
y los historiadorescomo Castillero Calvo (1985), Lavall (1987) y
Rivara de Tuesta (1998) han incursionado en las
luchaspoltico-intelectuales que se libraron al interior de los
mundos prehispnico y colonial habsburgo.
En esta primera seccin nos dedicamos a investigar la crisis de
un orden o estilo de poder barroco-inquisitorial en cinco sucesivos
captulos. En particular, investigamos la analoga histrica
garcilacista referidaa la decadencia del imperio romano; el
reformismo borbnico y las polticas anti-jesuticas; los
clivajesideolgicos y la gestacin de una esfera pblica durante el
orden imperial-absolutista; las grietasdiscursivas, las fracturas
literarias y las acciones colectivas contra el colonialismo; y las
brechasprotocolares en la constelacin de cortesas, rangos y
privilegios,
Captulo II-A-1Analoga histrica garcilacista, reformismo
desptico-ilustrado (Borbnico) y polticasanti-jesuticas (1748-1784)
23
ndice
A-I Analoga histrica garcilacista referida a la decadencia del
Imperio RomanoA-II Polticas transformadoras borbnicas y sus
correlatos intelectuales y mercantilesA-III Lucha poltica entre los
Consulados.A-IV Causa escolstico-jesutica y la polarizacin de las
elites.A-V Caso de las provincias del norte.
-
8
1
A-VI Caso de Crdoba.A-VII Partido ante-ministerial, partidario
de la libertad de comercio.A-VIII Faccin ministerial, partidaria de
las polticas mercantilistas.A-IX Condicin de extranjero.A-X
Fundacin de un Consulado de Comercio.
Introduccin del captulo II-A-1
La implementacin de nuevas hiptesis a la explicacin de la
transformacin y crisis del ordenimperial-absolutista y de la
sociedad colonial latinoamericana encuentra graves dificultades. El
pasaje delorden absolutista-habsburgo al orden
absolutista-ilustrado encuentra en el mundo colonial puntos
lmitesde inflexin constituidos por varios y relevantes fenmenos
histricos:
1) la ruptura de la unidad dinstica desatada por la
Independencia de Portugal (1640), la prdidade Gibraltar y los
dominios europeos y la apertura de los puertos de Amrica a la trata
deesclavos monopolizada por el Real Asiento de Inglaterra mediante
la Paz de Utrecht (1713),la cada de Portobello (1742), la apertura
del trfico del Atlntico sur con la Paz de Aquisgrn(1748), la prdida
de la Misiones Orientales a cambio de la Colonia del Sacramento
merced alTratado de Lmites con Portugal (1750), y la prdida de
dicha Colonia del Sacramento amanos de los Portugueses con la Paz
de Pars (1763) y la Paz de Versailles (1783);
2) la implementacin de estrategias secularizadoras,
contrapuestas por facciones polticas rivales,expresadas con la
Expulsin de los Jesuitas (1767) y la imposicin de la Administracin
deTemporalidades (1768) y la Real Renta de Tabaco y Naipes
(1769);
3) la centralizacin e intervencin del poder colonial, es decir
las Reformas Borbnicas(Reglamento de Libre Cambio, 1778; fundacin
del Virreinato, 1778; formacin de laAdministracin de Correos;
derogacin de los Corregimientos de Indios, 1782; imposicin dela
Real Ordenanza de Intendentes, 1782; y fundacin del Real Consulado
de Buenos Aires,1794);
A-I Analoga histrica garcilacista referida a la decadencia del
Imperio Romano
En la suspirada monarqua universal de la dinasta de los
Austrias, el imperio o reino de lasIndias no fue la natural
resultante de la actividad mercantil, como lo fue en sus principios
la Indiabritnica, ni tampoco derivada de la persecucin religiosa
como lo fueron las trece coloniasnorteamericanas. Por el contrario,
el imperio espaol fue el resultado histrico tanto de la
conquistaguerrera como de los afanes evangelizadores de la
Contrarreforma jesutica y papista. Con el correrde los siglos dicha
monarqua universal haba entrado en crisis, dando lugar a una
intensa discusinacerca de la eventual particin futura de los reinos
que constituan el Imperio Espaol.
En esas discusiones bizantinas se enfrascaron numerosos
intelectuales que imaginaron la des-estructuracin y reestructuracin
territorial y cultural --mediante particiones y secesiones-- de
nuevosvirreinatos, capitanas y gobernaciones-intendencias.8 El Inca
Garcialso de la Vega en los Comentarios
-
9
1
Reales de los Incas y el limeo Pedro de Peralta y Barnuevo en
sus diversos ensayos,9 --admirador delIlustrado Fray Benito Jernimo
Feijoo, quien a su vez fue un asiduo lector de los precursores de
laIlustracin tales como Bernard Fontenelle y Pierre Bayle y su
correspondiente DictionnairePhilosophique (1697) vaticinaron por
analoga, tomando prestado de la Utopa de Toms Moro, laparticin
futura de los reinos que constituan el Imperio Espaol.10 Para ello,
tanto Garcialso como luegoPeralta y Barnuevo siguieron como ejemplo
la particin del Imperio Romano y el cisma de la Iglesia deRoma.11
Dichas analogas e imitaciones fueron reiteradas por el mismo Simn
Bolvar en su Carta deJamaica,12 esta ltima considerada por Subirats
(1994) como uno de los momentos lgidos de laIlustracin Europea,
ubicado en los confines geopolticos de la misma.13
Esta vieja analoga, que fue de cuo renacentista Guicciardiano y
Maquiaveliano, debera hoytener una revisin crtica dada la prolfica
literatura que sobre el imperio romano ha tenido lugar endcadas
recientes. Dicha literatura ha sido clasificada muy
inteligentemente por el joven investigador AlexColas (2005) en dos
corrientes antagnicas: primero aquellos autores que como Mann
(1989), Luttwak(1974), Sack (1982) y Whittaker (1994), hicieron
nfasis en la economa legionaria y en la territorialidadde la
conquista romana; y por otro lado aquellos autores que como Mattern
(1999), Millar (1988) e Isaac(1990) pusieron nfasis en las
poblaciones conquistadas y no en los territorios. Y entre los que
acentuabanla relevancia de las poblaciones conquistadas, estaban
aquellos que fundaban el xito de la conquista en laextensin de la
ciudadana romana, y aquellos otros que lo hacan en la romanizacin
de los pueblossojuzgados a travs de un vasto repertorio de
ingredientes culturales (cultos, juegos, teatro,
derecho,munificencia y lingua franca).14 Estos ltimos han sido los
que ms han dado que hablar, desde Hopkins(1984) quien hizo hincapi
en la sacralidad del poder (ritos y ceremonias), hasta Wood (2002)
quienltimamente insisti en su universalidad como paradigmtico
mecanismo de un ininterrumpidoexpansionismo, tenido por natural y
eterno.
Pues bien, la conquista y colonizacin hispnica de Amrica tambin
cuenta en su haber coninvestigadores de ambas corrientes de
pensamiento, de los que --cultores de la Leyenda Negra--
sostienenque aquella fue el fruto de la espada y el terror
inquisitorial; y de los que por el contrario seguidores delas
Leyendas Rosa y Blancahan argumentado que la misma fue la necesaria
secuela de una participacinconsensuada tanto de los pueblos
originarios como de los indios forasteros, lograda merced al
roldesempeado por la combinacin de una serie de factores: la
supervivencia de la nobleza originaria, lalingua franca espaola,
las fiestas paganas (carnavales, corridas taurinas), las fiestas
religiosas(procesiones), las actividades artsticas (msica
religiosa, pintura cuzquea, arquitectura colonial), el juego(rias
de gallos, lidia de toros, juegos de azar), la munificencia
(protectorado de indios o naturales, y demenores, pobres y viudas),
la litigacin indgena, las actividades literarias (teatro, certmenes
poticos), laprostitucin, y al poder hipntico de los rituales
practicados en ocasin de efemrides reales o sagradas(bautismos,
consagraciones, funerales y aniversarios).15 A ello debemos
agregar, tal como sostiene GrossoLorenzo (2004), el impacto de los
nuevos medios de transporte y de las ideas e imgenes
impresas).16
A-II Polticas transformadoras borbnicas y sus correlatos
intelectuales y mercantiles
Las polticas transformadoras borbnicas, que se iniciaron en el
Ro de la Plata con laimplantacin del Real Asiento de Inglaterra, o
monopolio de la trata de esclavos (1713), y su penetracinde
inmigrantes heterodoxos; y que continuaron con la apertura del
trfico del Atlntico sur, a raz de lacada de Portobello (1742),
tuvieron su explicacin ms cabal en el plano de las polticas
fiscales.17
En efecto, las polticas fiscales tuvieron un correlato
centrifugador en todas las ciudades de las
-
10
1
carreras del Per y de Chile. Este correlato se manifest en
Crdoba, con la polarizacin producida a razde las funciones del
Tenientazgo del Rey; y en Buenos Aires, con las oposiciones
generadas a instanciasdel Comandante de la primera Expedicin
Demarcadora de Lmites a las Misiones, Marqus deValdelirios,18 as
como a raz de las prisiones provocadas por las denuncias de
contrabando,19 y de losconflictos generados por la eleccin de los
Diputados Porteos de los Consulados de Cdiz y Lima (1755)y los
Diputados provinciales del Consulado de Buenos Aires.20 Estas
polticas transformadoras seconsolidaron en el campo del
pensamiento, la expresin literaria, la ideologa y las estrategias
disciplinariascon la Expulsin de los Jesuitas (1767), y lograron su
apogeo administrativo con la Real Ordenanza deIntendentes (1782),
las cuales dieron lugar a que se prolongaran alianzas entre
parcialidadespertenecientes a ciudades diversas.
Si bien Crdoba contaba con un Cabildo dotado de fuertes
tradiciones mercantiles, ste se hallabadividido por la presencia
del Teniente de Rey Manuel de Estban y Len,21 quien logr
capitalizar a sufavor a un grueso nmero de vecinos, detallados en
el Apndice Z-I, y antagonizar a otro numerosogrupo de
intransigentes opositores del mismo, integrantes del clan de los
Echenique, e ntimamenteligados a las actividades pecuarias en el
Desierto del sur de Crdoba, detallados en el Apndice Z-II.22
Encuanto a Buenos Aires, si bien careci hasta 1794 de un Consulado
de Comercio propio, contaba con lapresencia de Diputados elegidos
por los Consulados de Lima y de Cdiz.23 En 1755 y 1756, a
sugerenciadel Gobernador Jos de Andonaegui y por orden del Virrey
de Lima, se celebraron elecciones peridicasde Diputados.24 Por
votar en ellas peninsulares y vecinos, ambos grupos alegaron el
derecho al votoactivo y pasivo. A dicho interminable conflicto puso
fin el Gobernador Pedro Antonio de Cevallossuprimiendo la discutida
magistratura, en perjuicio del Consulado de Lima, motivo por el
cual comenz eldistanciamiento entre Cevallos y el Marqus de
Valdelirios.25
A-III La lucha poltica entre los Consulados.
Esta lucha poltica --primero a mediados de siglo, en las
elecciones de los Diputados porteos delos Consulados de Comercio de
Lima y de Cdiz, y ms luego, a fines de siglo, en las elecciones
deDiputados al Consulado de Buenos Aires-- se manifestaba entre
todos los comerciantes de la carrera delAlto Per y de Chile, y
reflejara tambin las contradicciones por la renta minera misma. A
su vez, la luchapor el control del Situado Real (subsidio fiscal
remesado por las Cajas Reales mayores a las Cajas
Realessubsidiarias de las regiones perifricas), que se manifestaba
entre los Diputados del Consulado deComercio, reflejara las
contradicciones por la renta fiscal entre "burocracias"
correspondientes ajurisdicciones administrativas antagnicas.26
El Consulado de Lima tuvo por sus adictos en Buenos Aires y en
toda la carrera del Alto Per yChile a un poderoso grupo de
comerciantes, ligados entre s con estrechos lazos de parentesco y
deintereses polticos y mercantiles, que vena desde hace aos
lidiando con los Jesuitas y operando en elcontrabando con la
Colonia del Sacramento, mediante las remesas de plata y oro
remitidas desde elinterior del espacio colonial. Este grupo lo
inspiraba el Marqus de Valdelirios y lo componan Domingode
Basavilbaso,27 el General Antonio de Larrazbal,28 el Coronel de
Milicias Manuel Antonio Warnes,29Francisco Rodrguez de Vida,30 Juan
de Lezica y Torrezuri,31 y Juan Francisco Bazurco.32 El
ApndiceZ-III nos revela los estrechos vnculos que este grupo
mantena con numerosos clientes residentes en lascabeceras de las
provincias de las carreras del Alto Per y de Chile. Analizando la
informacin de esteapndice hallamos muy pocas transacciones con los
Corregidores de Indios residentes en el Alto Per. En
-
11
1
ese sentido, el Apndice Z-IV nos revela las transacciones
concertadas por dichos Corregidores.33
Por el otro lado, la comunidad mercantil de Cdiz ejerci una muy
fuerte influencia en eldesarrollo de las facciones polticas del que
luego fuera el Virreinato del Ro de la Plata. El grupo
decomerciantes gaditanos era extremamente numeroso alcanzando a
casi un par de centenares.34 De entreellos slo tres (Antonio de
Aguirre, Pedro Behic y Juan Antonio Herreros) asistieron en 1764 a
laasamblea constitutiva de un cuerpo mercantil en Sevilla para
luego ser elegidos Diputados por loscomerciantes mayoristas
nacionales y extranjeros.35
A-IV La causa Escolstico-Jesutica y la polarizacin de las
elites.
Las estrategias disciplinarias inherentes a la organizacin de la
Compaa de Jess pueden haberejercido un atractivo propio en las
elites e incluso en aquellos miembros de la plebe que valorizaban
elorden escolstico-inquisitorial ratificado por la Contrareforma o
Contra-reformacin as como dificultadola penetracin del Jansenismo y
de la Ilustracin o iluminismo espaol (Feijo) y la implementacin de
laspolticas secularizadoras de las Reformas Borbnicas.36 Con la
poltica del Conde de Aranda que resulten la expulsin de los
Jesuitas, en 1767, las facciones o coaliciones poltico-mercantiles
--que se habaninaugurado luego de la cada de Portobello (1742), la
concertacin de la Paz de Aquisgrn (1748), elTratado de Lmites
(1750) y las Guerras Guaranticas (1754-56)-- se polarizaron an ms
de lo que yaestaban desde la implantacin del Real Asiento de
Inglaterra (1713). Con el fin de hacer Alcaldes y ganarlos Cabildos
de seis ciudades de la Gobernacin de Crdoba del Tucumn para sus
planes deconsolidacin de la faccin anti-jesutica y de despojo de
los bienes jesuticos, el Gobernador Juan ManuelFernndez Campero,37
sali de Crdoba a principios de Diciembre de 1766.38 Para 1768, las
conflictivasactitudes de Campero haban provocado en las provincias
norteas una extensa coalicin de vecinosdefensores de los
Jesuitas.39 En Jujuy, Campero haba logrado desplazar al Justicia
Mayor Jos Antoniode Zamalloa,40 quien se hallaba aliado a un
numeroso grupo de vecinos, listados en el Apndice Z-V,desatando con
ello una accin colectiva o rebelin que precipit su cada.41 De dicho
listado delvecindario de Jujuy, compuesto de 23 vecinos, slo cinco,
Asevey, Gorriti, Muruaga, Zegada y Zamalloa,estuvieron ligados al
comercio con Buenos Aires.
A-V El caso de las provincias del norte.
Asimismo, Campero logr imponer en el Cabildo de Salta a los
hermanos Juan Adrin,42 PedroVicente,43 y Antonio Fernndez Cornejo y
Rendn;44 pero al precio de enemistarse con una faccinintegrada por
otro numeroso grupo de vecinos, tambin listados en el Apndice Z-V.
De este listado,compuesto de 26 vecinos, slo cuatro, Erquicia,
Ojeda, Rioja y Viniegra, estuvieron vinculados alcomercio con
Buenos Aires. Y en el Cabildo de Tucumn el Gobernador Campero apoy
al clan de losAroz, liderado por el Fiel Ejecutor Propietario
Coronel Diego Ignacio Aroz del Campo.45 Como laimplantacin de la
Real Renta de Tabaco y Naipes, al perseguir el cultivo clandestino
de tabaco, perjudiceconmicamente a la elite Tucumana, a partir de
que la Presidencia de la Junta Provincial deTemporalidades recayera
en 1774 en manos de Fermn Ruiz Poyo,46 dicha elite fue compensada
con eldespojo de las tierras Jesuticas: Julin Ruiz de Huidobro,47
con la estancia "El Rincn" (6 leguascuadradas); Juan Antonio
Aroz,48 con la estancia "Carapunco" (4 1/2 leguas cuadradas), en
Monteros;Francisco Javier Snchez de la Madrid,49 con el potrero "Ro
Blanco" (7 1/2 leguas cuadradas); JuanGarca Crdenas,50 con el
Potrero de San Jenuario, entre Lules y Famaill, y la suerte de Los
Cardones de
-
12
1
1 1/2 legua cuadrada, uno de los tres desprendimientos del
Potrero de Taf;51 Juan Lpez Ros,52 con elPotrero de San Javier; Jos
Silvestre de Ojeda,53 con el Potrero Raco, en Trancas; y Fermn de
Paz,54 conlos Potreros de Las Tipas y Angostura, tambin en
Trancas.55
A-VI El caso de Crdoba.
En Crdoba, meses despus de la expulsin de los Jesuitas, Fernando
Fabro, designado comoTeniente de Rey de Crdoba del Tucumn por el
Gobernador de Buenos Aires, Paraguay y TucumnFrancisco de Bucarelli
y Ursa,56 y cohechado por el clan de los Allende, impuso en 1768
como Alcaldesa los patricios Joaqun de Mendiolaza,57 y Francisco de
Armesto y Allende;58 y para 1769 a los europeosPhelipe Haedo y de
la Sota,59 y Melchor Otero.60 Finalmente, en Buenos Aires, la
faccin pro-jesutica,cuyos miembros eran conocidos por el apelativo
de Sarracenos, detallados tambin en el Apndice Z-V,careca antes de
la llegada de Cevallos de una cabeza visible. A juicio de Marilz
Urquijo (1988), con lallegada de Cevallos, y beneficiados con la
libertad de comerciar con Espaa, se agruparon a su alrededorEugenio
Lerdo de Tejada,61 Miguel de Rocha y Rodrguez,62 Pedro Medrano,63
Jos Blas de Gainza,64Juan de Egua,65 Juan de Mansilla, Pedro Jos
Doye, Manuel de Escalada Bustillo,66 Juan AntonioBustillo
Cevallos,67 Juan Bautista de la Sala,68 Roque San Martn,69 Miguel
Garca de Tagle,70 y muchosotros comerciantes residentes en Buenos
Aires.71 Tambin el Apndice Z-VI incluye entre sus partidariosa los
testigos que se presentaron en su juicio de Residencia.72 Segn el
Apndice Z-VII este grupoCevallista, denominado sarraceno, mantuvo
estrechos vnculos con clientes residentes en las cabeceras delas
provincias de las carreras del Alto Per y de Chile. Por el
contrario, otro numeroso grupo de vecinoscomerciantes, listados en
el Apndice Z-VIII, ligados con los estancieros criollos, se agrup
detrs delMarqus de Valdelirios y del Gobernador Bucarelli.73 Segn
el Apndice Z-IX este grupo tambinmantena estrechos vnculos con
clientes residentes en las Casas Comerciales de la Metrpoli y en
lascabeceras de las ciudades del Tucumn, Cuyo, el Alto Per y el
reino de Chile. La Tabla C-IV, ilustra lanmina de mercaderes
estancieros que se dieron en Buenos Aires a lo largo del siglo
XVIII. El ApndiceZ-X nos brinda una lista comparativa de las
familias involucradas en ambos bandos.
A-VII El partido ante-ministerial, partidario de la libertad de
comercio.
Con la imposicin del Reglamento de Libre Comercio (1778) y la
Real Ordenanza de Intendentes(1782), las facciones o coaliciones
poltico-mercantiles, que se haban iniciado antes de la concertacin
dela Paz de Pars (1763) y de la expulsin de los Jesuitas (1767), se
consolidaron todava an ms. A juiciodel Gobernador del Paraguay
Pedro Melo de Portugal, en un conflicto que mantuvo en 1784 con
suTeniente Asesor Letrado, el Dr. Mariano Lorenzo Grambel,74 en los
cabildos y dems corporacionesempezaron a darse facciones o
coaliciones que excedan las fronteras de un solo municipio.75
Porejemplo, el partido de gentes denominado por Melo
ante-ministerial, partidario de la libertad de comercio,tena en
Asuncin
"...una liga ofensiva y defensiva, con otros partidos que hay en
esa Ciudad [Buenos Aires] yChuquisaca, a fin de conseguir
providencias favorables de todos los Tribunales para con elloshacer
frente a los que no son sus secuaces, y alucinar a los que protegen
y representan papel entreellos".76
En esa liga, la faccin ante-ministerial de Asuncin habra estado
aliada en Corrientes con la faccin anti-jesutica de los Casajs y en
Buenos Aires con la del Marqus de Valdelirios, el Obispo Manuel
Antonio
-
13
1
de la Torre y los Gobernadores Bucarelli y Vrtiz. El Apndice
Z-XI nos detalla la identidad de losmiembros de esta faccin en el
interior del espacio colonial.
A-VIII La faccin ministerial, partidaria de las polticas
mercantilistas.
Por el contrario, la que vendra a llamarse faccin ministerial,
partidaria de las polticasmercantilistas, se habra coaligado con
las facciones antiguamente pro-jesuticas, escolsticas,
beatas,peluconas, sarracenas o conspicuas del interior del
Virreinato. En esta otra liga, la faccin ministerial sehabra aliado
en Buenos Aires con un grupo constituido por los partidarios de
Cevallos, llamadossarracenos; los mismos que en 1778 haban sido
castigados por el Rey por haber implorado laconfirmacin de Cevallos
en el cargo,77 constituido por el cabildante Judas Jos de Salas,78
y loscomerciantes y cabildantes Bernardo Sancho Larrea,79 Manuel
Martnez de Ochagavia,80 Diego Mantillay de los Ros,81 Miguel
Mansilla,82 Manuel Joaqun de Tocornal,83 Pedro Daz de Vivar,84
FranciscoAntonio de Escalada,85 Cecilio Snchez de Velasco,86 Manuel
Joaqun de Zapiola,87 y Juan Antonio deLezica.88 Los Apndices A-III
y A-VI, correspondientes al primer tomo, detallan las conexiones de
estegrupo con el interior del espacio colonial. El siguiente
Apndice Z-XII nos detalla la identidad de estasvinculaciones
correspondientes al interior de dicho espacio colonial.
A-IX La condicin de extranjero.
La condicin de extranjero agregaba uno de los elementos ms
conflictivos en la caracterizacinde un mercader. Por lo general,
era una de las muletillas ms comunes para excluir a algn competidor
delos beneficios mercantiles. La presencia de comerciantes
extranjeros, la mayora Portugueses, en losmismos orgenes del Buenos
Aires colonial dio lugar a intensas polmicas historiogrficas.
Mientras unahistoriografa liberal sostena que estos comerciantes
constituan una minora oprimida, otra historiografa"nacionalista"
opinaba que constituan una minora opresora. Por el contrario, el
que suscribe, en untrabajo publicado en 1985, sostiene que dicha
minora fue una minora intermediaria en el proceso demudarse de esa
posicin a una dominante.
Sin embargo, la xenofobia proteccionista, alimentada por el
mercantilismo vigente entnces,cumpla --es preciso reconocerlo-- un
rol obstaculizador en el funcionamiento normal del mercadointerno,
que inmobilizaba la estructura social colonial, haciendo de aquella
remota mudanza social unacontecimiento efmero y fugaz. La Lista Z-I
revela la nmina de los Portugueses entrados en BuenosAires sin
licencia y bajo fianza que se hallaban fugados. Pero la proteccin
que las polticas xenofbicasdispensaban era una proteccin al
comercio monopolista y no a la produccin. Era el mismo criterio
quese segua en la prctica de la poltica aduanera medieval, segn el
cual en la inmensa mayora de los casosslo tributaban los
forasteros.89 En el caso de Adrin Pedro Warnes,90 ocurrido en 1729,
Pedro PrietoLaso de la Vega, Caballero de la Orden de Santiago,
pide se lo excluya a Warnes como consignatario deGuillermo Terry,
una de las principales casas monopolistas de Cdiz, por ser hijo de
extranjeroholands.91 Veinte aos ms tarde, en 1752, se suscit un
sonado caso con Juan Bautista Patrn,92 ungenovs, Capitn de un barco
mercante, quien aunque despos una criolla llamada Antonia
DazPimienta,93 fue expulsado por extranjero.94 En otro caso
planteado en 1756 con motivo de declararse lainsustancialidad de un
instrumento de cesin otorgado por un irlands, Patricio Lynch,95 que
vino derepostero en el navo La Lidia, el denunciante afirma que
"...ningn extranjero puede tratar ni contratar en estas partes
vajo de las penas en ellas
-
14
1
establecidas, ni igualmente poder ser apoderados de mercaderes
para compras, ventas, cesiones, yfiniquitos...por el fraude que se
seguira a la Real Hacienda que tan estrechamente les prohbetodo
gnero de trato y contrato, pues con el pretesto de apoderado
simularan contratos ennombre de sus partes que en verdad eran suios
propios, viniendo a quedar el poderdante hecho untestaferro".96
En el caso planteado por Francisco Mario Barros,97 contra
Bernardo Fuster,98 sobre pretenderderecho a los efectos embargados
por el Comandante de la Guardia de Pergamino Francisco
Noguera,Mario manifestaba en 1771 que el principal obstculo para la
administracin de la justicia es "...ser yoextranjero, y en no serme
lcito comerciar en esta ciudad por ser Puerto de Mar".99 Si bien,
Marioagradece haber dado con un fiscal o denunciante que promueva
los derechos de la corona, se pregunta"...est prohibido, que el
extranjero cobre lo que se le debe?".100 Si esto es cierto, como lo
afirmaMario, "...que duda tiene el contrario, en que yo aunque sea
extranjero cobre un dbito legtimamentecausado, y sin perjuicio de
la corona real?".101 Es lcito que alguien que no tiene ninguna
facultad, "...setome las que slo son privativas del Sr. Gobernador
para censurar mi residencia, y mis cortascobranzas?".102
El poder de la burguesa mercantil monopolista estaba fundado
sobre su capacidad para controlarel rubro ms dinmico de su tiempo,
el comercio a larga distancia de las mercancas europeas y
lamercanca-moneda americana. Este control la coloc a la vanguardia
del desarrollo mercantil dependiente.Pero, la progresiva y
paulatina hegemona de esta fraccin, no presupuso que en este patrn
deacumulacin, los nicos beneficiarios seran exclusivamente los
grandes comerciantes monopolistas. Laalianza de grupos mercantiles
organizada bajo la hegemona de la gran burguesa comercial
monopolistahabra incorporado, en una posicin subordinada cada vez
que haba paz entre Espaa e Inglaterra, losintereses de otras
minoras comisionistas de origen local. A travs de estas alianzas,
lograra redefinir unmodo de insercin en la estructura comercial
colonial permitindole obtener una cierta parte del
excedentegenerado por este modelo de articulacin lgica, entre
produccin y circulacin.
A-X La fundacin de un Consulado de Comercio.
Para esa poca, la Junta de Comerciantes y Mercaderes, convocada
espordicamente por elVirrey, se reuna para presionar por la
fundacin de un Consulado de Comercio. En 1785 se reuninuevamente
para elegir como sus autoridades: primero a un triunvirato
integrado por Bernardo SanchoLarrea, Manuel Rodrguez de la Vega,103
y Martn de Sarratea,104 y luego a una comisin compuesta porotros
quince mercaderes mayoristas para servir como comit consultivo de
las tres autoridades elegidaspreviamente.105 Recin en 1794, diez
aos despus de dichas elecciones, fue erigido el Consulado
deComercio de Buenos Aires,106 entrando su Junta de Gobierno a
controlar el trfico comercial con todo elinterior, designando
Diputados en cada cabecera de provincia, y quedando la antigua
Junta deComerciantes definitivamente disuelta. Pero en tiempos de
las guerras napolenicas, cuando el equilibriopoltico Europeo entr
en crisis, a desemejanza del macizo andino, el control que la
metrpoli espaolaejerca en el Ro de la Plata sobre su aparato
estatal y su comercio dist de ser monoplico. Es decir, paraMalamud
(1985) y Cooney (1986) las estrategias monopolistas habran dejado
de ser en tiempos de lasguerras napolenicas algo actual pasando a
ser slo algo puramente eventual. La lucha contra lasestrategias
monopolistas convirtise entonces, en los prolegmenos de la
Revolucin de Independencia,en lucha contra una amenaza puramente
potencial, pues en ese entonces prevaleca, en virtud de
lasfranquicias del comercio con colonias extranjeras y el
transporte en buques neutrales, una estrategia
-
15
1
librecambista cuasi internacional. Las guerras entre Espaa y
Francia primero, y Espaa e Inglaterra msluego, desatadas en 1791 y
1796, alter entonces la privilegiada situacin de los monopolistas
porteos, alhacer aparicin nuevos actores con motivo del permiso que
la metrpoli se vio obligada a concederprimero a la Trata de Negros,
personificada en el gran comerciante Toms Antonio Romero,107 y
suscolegas esclavistas Pedro Dubal,108 Nicols Acha,109 y Manuel
Hermenegildo de Aguirre;110 y segundoal comercio con Colonias
Extranjeras y en buques neutrales,111 personificados en
comerciantes talescomo Pedo Dubal, Jos De Mara,112 Manuel Aguirre y
Ventura Marc del Pont.113 Un ao despus, en1797, se estableci que
los hacendados, ntimamente ligados hasta entonces al contrabando,
compartiranlos cargos con los comerciantes en partes iguales,
siendo estos ltimos por lo general los dominantes, alestar
apuntalados por el Cabildo porteo.114 Finalmente, el Apndice Z-XIII
detalla la nmina de losDiputados del interior. Entre sus tareas
tenan la de dirimir los conflictos entre comerciantes y la
decontrolar las extorsiones que los Cabildos y las Juntas de
Comerciantes exigan tradicionalmente a losapoderados del Presidio
de Buenos Aires. Entre ellas las contribuciones para las cinco
corridas de torosque se practicaban anualmente y para la Festividad
de Corpus Christi.115
Este control comprenda tambin la eleccin del conductor del
Situado, puesto que en Potos, enla dcada del 50, estaba a cargo del
Cabildo y de los Mercaderes de Plata;116 y en la dcada del 60,
envista de los repetidos desfalcos, a cargo del Procurador de la
Compaa de Jess.117 Era tradicional quequienes detentaban las varas
concejiles e integraban el Gremio o Junta de Comerciantes,
influyeran en ladesignacin de quienes conduciran los Situados con
destino a Buenos Aires. Estas presiones paradesignar el Conductor
del Situado, que sufra el Apoderado del Presidio de Buenos Aires de
parte de loscabildantes y Oficiales Reales de Potos, del Gobernador
de Buenos Aires, de los Visitadores Generales,de los Corregidores,
del Virrey del Per y de los oidores de la Real Audiencia de
Charcas, eran infinitas.La persona en quien recaa la designacin de
Conductor del Situado, por lo general, operaba en el
negociominero.118 Por ejemplo, Juan Francisco Uzal S.J., Procurador
del presidio de Buenos Aires, no dudaba enEnero de 1753 que haba en
la seleccin del Conductor del Situado "...muchos empeos para
sujetos deesta Villa [Potos],...como Don Manuel Prego de
Montaos,119 Don Pedro Maquiriain,120 Don Joseph deLezica,121 y
otros, y an los mismos Sres. Oficiales Reales con preferencia el
Sr. Marquz de CasaPalacio".122 Ms luego el cargo de conductor del
Situado fue subastado al mejor postor, habiendo sidosus
detentadores en 1766 Gregorio de Zegada, entre 1780 y 1794 Toms
Antonio Romero, entre 1794 y1795 Toms Fernndez de Betoo, y entre
1795 y 1800 Toms Villota.123 En la dcada del 90 la Junta
deComerciantes de Potos haba aprobado un Reglamento de Situados con
17 puntos en donde seestipulaban los trminos, condiciones, fianzas,
y obligaciones.124 De flete el situadista cobraba entre 1/4%y 1/2%
del valor de la remesa ganando de $1.500 a $4.000 en cada
viaje.
La clusula del Reglamento de Situados ms objetada por el
Consulado de Buenos Aires era la deque los situadistas deban ser,
al igual que los Alcaldes ordinarios de su Cabildo, oriundos o
residentes dePotos. Esta clusula gener toda suerte de animosidades
en los comerciantes de toda la carrera entrePotos y Buenos Aires,
precipitndose finalmente el conflicto en el seno de la misma Junta
de Comerciopotosina.125 Por un lado se hallaban los residentes
Potosinos, propietarios de ingenios e integrantes delGremio de
Azogueros, seguidores de Indalecio Gonzlez de Socasa,126 y por el
otro un grupo lideradopor el comerciante, regidor y contador Juan
de Ybieta y Endeiza.127 El poder poltico de Socasadescansaba en el
apoyo que le prestaba una numerosa faccin compuesta por vecinos
azogueros de Potosas como por comerciantes de Potos, Salta y Buenos
Aires. Entre los salteos figuraba Pedro deUgarteche,128 y entre los
Potosinos se contaban Manuel de Bulcua,129 Juan Bautista
Elorreaga,130Nicols Ponte,131 Nicols Oliden,132 Francisco
Zenavilla,133 y Joaqun Obregn Cevallos.134 Entre los
-
16
1
porteos que apoyaban su grupo se encontraban Anselmo Senz
Valiente,135 Juan Estban deAnchorena,136 Domingo de Ezcurra,137 y
los Diputados del Consulado en Potos DomingoAchcarro,138 y Martn de
Gainza.139 Ybieta en tanto, estaba apoyado por los dueos de
ingeniosGregorio Barragn,140 y Joaqun de la Quintana;141 los
Diputados del Consulado en Chuquisaca ManuelFernndez de Alonso,142
y Domingo Antonio de Achval;143 los mercaderes porteos residentes
enPotos Jos Ramn de Ugarteche,144 Manuel Alejandro Obligado,145
Ramn de Aramburu Zavala,146Juan Gonzlez y Torres y Jos Miguel de
Tagle,147 y los comerciantes minoristas Antonio Gonzlez deOrtega,
Gernimo Tud,148 y Miguel de Amatller.149 Finalmente, en vsperas de
la revolucin deindependencia los sobornos a la elite capitular de
Potos devinieron en una corrupcin abierta, concmplices en toda la
carrera de Potos a Buenos Aires.150
Las contradicciones por la renta minera se reflejaron tambin en
las luchas que se libraron en elseno de las Diputaciones del
interior y del Consulado de Comercio de Buenos Aires por conducir
elmineral amonedado, de plata y oro, hasta los puertos de salida.
Si bien las contradicciones entre losintereses del capital
comercial gaditano y limeo se resolvieron a favor del primero, las
contradiccionesentre los intereses del capital agro-minero y los
intereses del capital comercial no alcanzaron a resolverseen el
siglo XVIII. La abolicin de los repartos mercantiles habra
perjudicado a la clase azogueraaltoperuana, la cual sola financiar
sus empresas mineras con el crdito otorgado por los Corregidores,
yen su lugar beneficiado al grupo de comerciantes monopolistas
porteos. Dicha abolicin habraalimentado la mayor parte de los
conflictos suscitados en la Junta o Gremio de Azogueros y en el
Cabildode Potos en la segunda mitad del siglo. Sin duda, en esta
fractura de la unidad minero-exportadora residela raz de la
impotencia de los patriciados Altoperuanos, la consiguiente
fragmentacin poltica acaecida alantiguo Virreinato del Ro de la
Plata y el origen de la segregacin boliviana.
En suma, podemos aseverar, a la luz de lo aqu relatado, que las
alianzas y rivalidades polticas alo largo y ancho de todo el
virreinato, que ocurran en las corporaciones del estado colonial
(Cabildosseculares y eclesisticos, Universidades, Gremios y
Cofradas), tenan como substrato material lassociedades y compaas
articuladas por el capital mercantil invertido en el comercio de
larga distancia. Lasdesavenencias originadas por el trato desigual
derivaron en separatismos y anexionismos que fuerondesestructurando
el espacio colonial evocando as fenmenos semejantes que le
acontecieron al antiguoimperio romano.
Captulo II-A-2 Clivajes ideolgicos
(escolsticos-humanistas-iluministas) y gestacin de unaesfera
pblica.
ndice
B-I Tradicin historiogrfica en historia intelectualB-II
Vinculacin entre la religin y la culturaB-III Articulacin de una
autntica esfera pblica.B-IV Ejercicio de las instituciones
procesales del tanteo y del retracto.B-V Prctica del derecho de
representacin.B-VI Nociones de soberana municipal.B-VII Nociones de
representacin, eleccin, mayora y voluntad popular.
-
17
1
B-I Tradicin historiogrfica en historia intelectual
En el gnero historiogrfico denominado historia intelectual, que
analizaba la historia delpensamiento poltico bajo un matiz
estructuralista o contextualista, Skinner (1969) mantuvo
posicionessubstancialistas al sostener que las interpretaciones
secundarias de un texto que se fundaron en unainterpretacin bsica
errnea del mismo llevan necesariamente a serios anacronismos.151 Ms
luego, enuna lnea de investigacin similar, Pocock (1972) sostuvo
que la idea central de un texto fundada en unainterpretacin
secundaria anacrnica es necesariamente errnea.152 Despus, Pocock
(1985) innov en susposiciones por cuanto sostuvo que las
transformaciones que los actos individuales ejercen sobre
loslenguajes heredados deben estar situados en ltima instancia en
la historia problematizada de laexperiencia de dichos actos.153
De manera semejante, la historiografa alemana, conocida con el
nombre de Begriffsgechichte oHistoria conceptual,154 observ que las
prcticas polticas del siglo XVIII fueron organizadas alrededor
deconceptos ideolgicos claves y que estos ltimos haban
experimentado a lo largo de dicho siglo y elsiguiente una acelerada
transformacin en sus significados y funciones.155 Y en el gnero
jurdico, entrelos principios interpretativos en la adjudicacin
judicial, la corriente del convencionalismo sostuvo queslo cuando
se agota la fuerza de la jurisprudencia (pretrito) los fallos
judiciales deben hallar unfundamento que se inspire en el
futuro.156 Ms luego, una corriente de corte escptico,
denominadanaturalista o pragmtica legal, sostuvo que los jueces
deben alcanzar las decisiones que estimen correctassin importar la
coherencia con la jurisprudencia.157 Y recientemente, el principio
de la integridadadjudicativa --perteneciente a la llamada corriente
instrumentalista-- observ que las prcticasjurisprudenciales
debieron haber estado siempre dirigidas al futuro, con el pasado
jugando slo un rolpragmtico en la determinacin de las decisiones
correctas.158 Dichos conceptos fueron para Europa, en elsiglo
XVIII, segn Baker (1981) los de soberana, representacin,
constitucin y opinin;159 y segnKoselleck (1985) las nociones de
estado, libertad e historia. Una gran variedad de dichos conceptos,
en laAmrica Latina colonial, se encontraban en los discursos
jurdicos,160 como en el caso de la limpieza desangre,161 el derecho
de representacin;162 el derecho de abolengo, a travs de los
recursos procesales deltanteo y del retracto;163 o la capellana y
el mayorazgo;164 en los discursos religiosos (crnicasconventuales,
sermones, excomuniones);165 en los discursos literarios y
poticos;166 en los discursosgeogrficos e histricos;167 en los
discursos o tratados jurdicos; o en los discursos cientficos;168 lo
cualabonara la hiptesis acerca de la progresiva madurez social e
intelectual de las elites polticas que luegoconcibieron la
independencia. Por el contrario, Chiaramonte (1982,1989) sostiene,
la casi absolutainanidad de dichos discursos.169
Asimismo, para Aufderheide (1976), Hnold Lara (1988) y Chartier
(1991), la nueva esferapblica estaba alimentada por las
derivaciones y mediaciones judiciales de los conflictos producidos
en laesfera privada, ms especficamente por la politizacin de las
disputas entre seores y familias.170 En esteltimo sentido, la
articulacin de una autntica esfera pblica, divorciada de la esfera
privada, en el sigloXVIII Europeo, ha sido vista recientemente como
el verdadero sustrato de la creacin de la sociedadburguesa moderna.
Pero dicha articulacin no estaba visualizada de una forma semejante
por quienes hancultivado esta problemtica. Mientras que para
Koselleck (1988), la esfera de lo pblico estabaplenamente
identificada con el Estado; para Habermas (1989), la autntica
esfera pblica, desde la cualsubyaca el principio de la publicidad,
se divida en tres reas: a) el mercado de productos
culturales(libreros, biblifilos, etc.); b) la Repblica de las
Letras, con sus instituciones de sociabilidad
intelectual(bibliotecas, bufetes de letrados y notarios, salones
del patriciado, imprentas, peridicos, academias de
-
18
1
jurisprudencia, etc.); y c) la esfera pblica en el terreno
poltico (autoridades polticas, judiciales, notarialesy
policiales).
En el sentido apuntado por Habermas, las bibliotecas, imprentas,
bufetes y academias dejurisprudencia fueron los recintos donde al
cultivarse primero las nociones teolgicas, y luego las
nocionesjurdicas tuvo lugar el nacimiento de la llamada opinin
pblica.171 La imprenta llevada a Nueva Espaapor el Virrey Antonio
de Mendoza en los primeros aos de la colonizacin (Medina, 1893), y
al Per porlos Jesuitas en 1567 (Medina, 1958-62), import un apoyo
significativo a la docencia de los colegios,universidades y
academias terico-prcticas de jurisprudencia en pos del desarrollo
del conocimiento yvocabulario jurdicos. La aparicin de libros
impresos en Mxico y Per, profundiz el afn por el estudiodel
derecho. El desempeo del periodismo inaugur la opinin pblica.172 El
rol de las bibliotecas pblicasy privadas, as como las de los
prrocos y biblifilos, tambin significaron un bastin decisivo en
lagestacin de la opinin pblica.173
B-II Vinculacin entre la religin y la cultura
Con la modernidad Renacentista, que estaba compuesta por un
capitalismo mercantil, unasocializacin estamental, y una
sacralizacin y politizacin escolstico-inquisitorial, el
colonialismode los Austrias pudo ensayar la conquista territorial,
militar y espiritual de Amrica. Esta conquista yla poltica
absolutista, que sin ser ilustrada no era totalmente equivalente a
la del despotismo asitico,se impuso sobre una inmensa realidad
indgena, la cual posea su propio mundo espiritual, mtico ysimblico.
En el caso de las civilizaciones autctonas rioplatenses dicha
realidad avasallada vendra aconstituir su Paraso Perdido,
equivalente al mito de la raza de oro de la cosmogona hesidica,
lacual cultivaba diversas quimeras, entre ellas la de la Tierra sin
Mal.174
A pesar de erosionar las culturas y lenguas nativas, extirpar
sus idolatras, desmantelar lossistemas legales y la organizacin
econmica indgenas e importar el esclavismo africano, elcolonialismo
espaol --a diferencia del colonialismo lusitano-- engendr en Amrica
una multitud deuniversidades y colegios, a imagen y semejanza de
las instituciones de la modernidad renacentista delmedioda Europeo.
Ms especficamente, el desarrollo de la industria minera en el Alto
Per alentla ereccin de la Universidad de Chuquisaca; la cra y
trfico de mulas en la carrera entre BuenosAires y Potos estimul
bajo la hegemona escolstico-jesutica la fundacin de la Universidad
deCrdoba; y muy luego, seis aos despus de inaugurada una poltica
secularizadora y revisionista dela Contra-Reforma, con la expulsin
de los Jesuitas (1767), el Virrey Vrtiz dio nacimiento enBuenos
Aires al Colegio de San Carlos (1773) y con l a un clima de
ilustracin y librepensamiento.175 En cuanto a sus contenidos
pedaggicos, la curricula teolgica y humanstica estuvoestrechamente
ligada entre s, pues los conocimientos cientficos se emparentaron
con lasexpediciones descubridoras, y las transferencias tecnolgicas
se vincularon con la explotacin de lasriquezas mineras y sus
derivados (Universidades de Charcas y de Santiago de Chile).176
La ntima vinculacin entre la religin y la cultura, la
persistencia de los legados premodernosindgenas y africanos, las
enseanzas de la anatoma, la fsica y la astronoma antigua y
medieval(Ptolomeo-Occam) y moderna (Coprnico y Newton) y la
incipiente fragmentacin de las disciplinasimpartidas en las aulas
universitarias coloniales --consistentes en el Trivium (gramtica,
retrica,dialctica) y el Quadrivium (aritmtica, msica, geometra,
astronoma)-- estaba entraablementerelacionada con el cultivo de un
arte e ideario barrocos, una pedagoga jesutica escolstica,
contra-reformista y anti-secularizadora, una estructura social
fragmentada en un inmenso mosaico de etnias,
-
19
1
gremios, corporaciones y regiones, amalgamadas en gobernaciones,
capitanas y virreinatos oconfederaciones de ciudades-estado, y una
estructura burocrtica colonial, estamental,
etnocntrica,patrimonialista, corporativa e inquisitorial.177 En
esta estructura, los Virreyes, los CapitanesGenerales y los
Gobernadores-Intendentes gozaban de un escaso poder por cuanto la
autoridadjudicial estaba compartida con las Reales Audiencias y con
los Tribunales Eclesisticos dependientesde los Arzobispados.178 Tan
compleja era la administracin del poder, que el aparato ideolgico
de laInquisicin jugaba un rol disuasorio determinante en la
provisin de las ctedras de las universidades,y esta ltima facultad
estaba estrechamente vinculada con la eleccin de los Oidores en las
RealesAudiencias y la de los alcaldes en los Cabildos Seculares y
tambin con la estamental financiacin yordenacin de los presbteros
que integraban los curatos, los Cabildos Eclesisticos y la
carreraclerical.179
En este tipo de universidades, propias de la modernidad
escolstico-absolutista, el conflictofue --antes de la recolonizacin
borbnica-- eminentemente corporativo y simblico u honorficopues
resida en las incompatibilidades, fueros e inmunidades de los
cargos de Rector y Decanos; enlas prelaciones, protocolos, varonas,
y primogenituras de los ceremoniales acadmico-poltico-religiosos; y
en las impugnaciones fundadas en prohibiciones inquisitoriales y
estigmas de limpiezatnica y estamental acreditados notarial y
judicialmente.180 Posteriormente, con las reformasborbnicas
sobresalieron los conflictos ideolgico-polticos, como el que
mantuvo Juan BaltasarMaziel en Buenos Aires y el que sostuvo el Dr.
Juan Jos Segovia en Charcas. Habiendo cesado elDr. Gregorio de
Olaso en el cargo de Rector de la Universidad de Charcas, en 1785
lo intrigaba al Virreydel Ro de la Plata sobre las connotaciones
ideolgico-polticas de su eventual sustituto el Dr. Juan
JosSegovia,181 acusndolo de jactarse "...de ser el defensor de los
criollos, sin distincin de calidades, y sereputa el tribuno del
Pueblo, y el Cnsul de estas Provincias".182 Segovia fue Oidor de la
Real Audienciade Charcas, era conocido de Juan Bautista Maziel,183
y un par de meses antes de la partida de Olaso habaparticipado en
la denominada revolucin de los muchachos, acontecimiento provocado
por la presenciaen Charcas del Regimiento de Granaderos de
Extremadura.184 Las advertencias de Olaso no fueron envano, pues el
Virrey Loreto, fiel a la misma poltica por la cual haba desterrado
a Montevideo al Maestre-Escuela Juan Baltasar Maziel, orden
procesar a Segovia condenndolo a cuatro aos de crcel. Segoviapurg
su condena en el presidio de Buenos Aires, para luego obtener del
Rey cuatro aos despus, en1789, una reivindicacin completa.185 El
resultado de esta poltica represiva fue la corrupcin de
losestudios, tal como lo aseveraba el Den Funes en 1805, en carta
al Obispo Orellana.186
Con la crisis del orden imperial-absolutista, puesta en
evidencia con la inauguracin de laspolticas secularizadoras y
anti-escolsticas (debilitamiento de la Inquisicin, expulsin de
losJesuitas, 1767) y con las frecuentes expediciones Ilustradas de
medicin de lmites y observacionesgeodsicas y astrofsicas (1754),
las posteriores Reformas Borbnicas, y la fundacin del Colegio deSan
Carlos y el Tribunal del Protomedicato comenz un lento proceso de
erosin del pensamientobarroco-inquisitorial, de descodificacin y
desterritorializacin, de fragmentacin de las disciplinas,de
enciclopedizacin de los conocimientos y de diversificacin de las
profesiones, que lleg alextremo de generar un clima de debate
alrededor de la filosofa y la ciencia de la modernidadIlustrada
(Enciclopedismo) y anticipar as el proceso revolucionario en
ciernes.187 El incremento en laproduccin de egresados, resultante
de la creacin del Colegio de San Carlos y otras
numerosasinstituciones de educacin superior, de inspiracin
Iluminista, al superar el nmero de posiciones de elitedisponibles,
habra desequilibrado el sistema poltico.
-
20
1
La brecha cultural existente entre la generacin criada en una
cultura manuscrita y aquellaotra generacin posterior educada en una
cultura letrada o libresca fue abismal y dio lugar a lagestacin de
una intelectualidad emergente compuesta por una elite iluminista y
revolucionaria deorigen criollo (Juan Baltasar Maziel), y a la
presencia de numerosas sociedades secretas y logiasmasnicas.188 En
ese contexto espiritual y cultural, a partir de la modernidad
Ilustrada, y a semejanzade la universidad Napolenica, se combati la
universidad del estado absolutista, que estuvocorporativamente
controlada primero por la Compaa de Jess y luego por el restante
aparato de laIglesia, centrada en individualidades estamental y
etno-cntricamente localizadas, y dominada por elconocimiento
creacionista, teolgico-escolstico y contra-reformista al estilo
providencialista delObispo Bossuet inaugurado en la temprana
modernidad absolutista (Renacimiento).189 Asimismo, enlas
universidades se comenz a hacer hincapi en un proceso secularizador
mucho ms amplio que lamera secularizacin de los bienes
eclesisticos.190 Se trataba de una secularizacin del conocimientoy
de la formacin de profesionales liberales, en aras de una educacin
centrada en individualidadeshistricamente subjetivadas, donde el
cultivo de la ciencia, el derecho y la filosofa fueron
lentamentedisociados del conocimiento teolgico (UBA-Rivadavia,
1822).191
La poltica secularizadora inaugurada con la expulsin de los
Jesuitas en el siglo XVIII habraentonces coadyuvado a la gestacin
de la opinin pblica. Clausurados los establecimientos jesuticos,
elmismo Furlong (1960) reconoce por boca de Pemn (1944) que
"...vinieron sin seleccin, tropeles de mediocres profesores al
pas [lo cual] dio un impulso enormea la difusin e influencia de lo
que se ha llamado luego el criollismo, o sea, la difusa conciencia
desolidaridad diferencial --raz de independencia-- de los naturales
del pas".192
Mas an, en el sentido sealado por Poster (1987) acerca de la
relacin entre el conocimiento y elpoder,193 debemos sostener tambin
con Tigar y Levy (1978) y Foucault (1986) que la implementacin dela
legislacin positiva para la reforma del estado colonial no era
ajena a las mejores tradiciones de lasmonarquas occidentales, para
las cuales el conocimiento y desarrollo de discursos, nociones y
conceptosjurdicos estaban ntimamente vinculados a los avances de la
burguesa mercantil y a la consiguientetransformacin de las formas
de estado.194 Para Foucault (1980), las transiciones de las formas
de estadodeben juzgarse de acuerdo a como el estado ejerca el
poder, si era un estado jurdico, donde el monarcase eriga por sobre
los seores feudales para proclamar su derecho absoluto a dictar la
ley; siadministrativo, donde la representacin estaba limitada por
la territorialidad de las fronteras nacionales; osi gubernamental,
donde el eje de la cuestin se traslad de la representacin dinstica
a la territorial, y deesta ltima a la poblacional, con sus volmenes
y densidades.195 Y para Habermas (1987), se distinguieroncuatro
hornadas de juridizacin que marcaron igual cantidad de pocas: 1) la
primera hornada condujo alEstado Burgus en la poca del Absolutismo;
2) la segunda hornada al Estado de Derecho, cuyoparadigma fue la
Monarqua Alemana; 3) la tercer hornada condujo al Estado democrtico
de derecho,consecuencia de la Revolucin Francesa; y 4) la cuarta
hornada, al Estado social y democrtico dederecho, cuyo mximo
exponente fue la Repblica de Weimar.196
En el rumbo apuntado por las tesis de la integridad adjudicativa
y la Begriffsgechichte y por lasinteresantes crticas apuntadas por
Aufderheide (1976), Hunold Lara (1988), Chartier (1991),
Abelln(1991) y Eley (1994), cabe entonces preguntarse si las
tradiciones y los discursos jurdicos en el seno delos bufetes de
letrados, los salones del patriciado, las Audiencias, los Cabildos
seculares y eclesisticos ylos Tribunales del Consulado y del Santo
Oficio de la Inquisicin se hallaban o no relacionados con
lasnociones, las funciones y los procesos de corporativismo,
patrimonialismo, prebendarrsmo,
-
21
1
patriarcalismo, seorialismo, etno-centrismo, nepotismo y crisis
del mundo colonial, y con la crecientegestacin de la esfera pblica,
como desglosada de lo puramente privado.197 Con ese objetivo,
hemosrecogido ms de una docena de textos de poca, hallados en
litigios judiciales del siglo XVIII,depositados en el Archivo
General de la Nacin (AGN), de Buenos Aires, en el Archivo Histrico
deCrdoba (AHC), en el Archivo del Arzobispado de Crdoba,198 y en el
Archivo Municipal de Crdoba(AMC); as como la informacin
histrico-genealgica que nos proveen diversos tratados.199
B-III La articulacin de una autntica esfera pblica.
El verdadero sustrato de la creacin de la sociedad burguesa
moderna o la madurez social eintelectual de una elite
revolucionaria ha consistido en la articulacin de una autntica
esfera pblica.200 Enun principio, Toms y Valiente (1969) observ que
las prcticas judiciales criminales fueron organizadasen el siglo
XVIII alrededor de estructuras jurdicas privadas, y que estas haban
experimentado a lo largode dicho siglo una profunda modificacin en
sus contenidos. En el tradicional arreglo de los
litigioscriminales, la parte agraviada poda alcanzar un arreglo
privado con el ofensor solo en los casos deofensas contra la vida y
no contra la propiedad, requiriendo en estos casos de
compensaciones pecuniariaspara evitar llevar al caso a la
justicia.201 Incluso una persona que fue sentenciada a un castigo
por unAlcalde Ordinario poda compensar a la parte agraviada y as
evitar el castigo. De acuerdo a la leyespaola, no solo los crmenes
privados podan ser castigados, sino tambin pequeas ofensas
llamadaspecados pblicos. En los casos criminales cometidos contra
individuos privados la ley espaola prevea laposibilidad que el
ofensor quedara libre de toda responsabilidad pagando una cantidad
designada demoneda para obtener un perdn judicial. Pero en aquellos
casos criminales donde el inters pblico estabaenvuelto, an obstando
el perdn de la vctima, la prosecucin pblica continuaba hasta que el
ofensorfuera castigado.202 Los perdones o la remisin de los cargos,
significaba la remisin de la ofensa o de losinsultos que uno
hubiere recibido, o de la pena que le hubiere correspondido. En el
perdn notarial, lacausa era brevemente relatada. En ella constaba
si el reo estaba libre o en prisin. Por lo comn, en elperdn la
parte ofendida manifestaba que, luego de perdonar la ofensa en
forma gratuita o por un precio,cancelaba el caso, renunciaba los
derechos judiciales civiles o criminales, y rogaba a su Majestad el
indultoo remisin de cualquier pena. En algunos casos, los perdones
estipulaban que el precio pagado debacubrir los gastos del juicio,
la pensin para la viuda o los hijos menores, los gastos para el
cuidado otratamiento, las plegarias por el alma de la vctima, etc.
Este tipo de prosecucin privada permiti a lavctima de un crimen
determinar la severidad de la prosecucin, el cumplimiento de la ley
o la reduccinde los cargos. Poda incluso perdonar las ofensas
completamente decidiendo no ir a la justicia.203 Variosde estos
casos ocurridos en el Buenos Aires del siglo XVII se relatan en un
trabajo de mi autora.204 En elsiglo XVIII, los perdones escasearon.
No obstante, en Crdoba se registraron en la dcada de 1770sonados
casos protagonizados por miembros de la familia de los Allende y
Losa.205
Asimismo, en el mbito del derecho seorial, que luego se dio en
llamar derecho privado, poroposicin al nuevo derecho pblico, se
admita que en las relaciones entre los amos y los esclavos,
losprimeros ejercieran un amplio derecho de castigar las
indisciplinas de sus siervos. Hunold Lara (1988) fuel primer
historiador en formular una explicacin terica a esta realidad. El
recurso al castigo era unmecanismo instrumentado por los amos y las
autoridades polticas para reafirmar su seoro, y con
ellocontrarrestar la indisciplina y la fuga. Deba ser moderado para
poder ser correctivo, y por lo tanto nopoda abusarse del mismo,
maltratando los esclavos o matndolos.206 Se constituy as el castigo
privadoen el factor que ms desmiente la supuesta docilidad de los
esclavos Rioplatenses. Recurrir a la justiciacapitular para
castigar a sus esclavos poda tornar la dominacin seorial en una
cosa pblica, quedesacreditaba la supuesta nobleza de sus amos.207
Jos Dionisio, esclavo de la Hacienda de Santa
-
22
1
Catalina, de la Testamentara de Francisco Antonio Daz, declaraba
en 1808 que el mulato Valentn, deoficio sastre, haba sido castigado
dos veces; la primera por su amo Jos Xavier Daz
"...por causa de una mujer que fue a buscar de noche muy
secretamente llamada Vizenta, hija dela Candelaria, casada segunda
vez con Manuel Antonio, esclavo de la casa como los dems, elcual lo
sinti a deshoras, y dio parte a dicho Don Jos, que fue el motivo
por el cual fue castigadoen presencia del declarante con cien
azotes que regula se le daran, quedando bien lastimado, decuyas
resultas el declarante lo cur por estar en el mismo cuarto en que
vea no poda sufrir loscalzones por las llagas, y por esto andaba en
calzoncillos hasta que san a los quince das".208
El esclavo zapatero Manuel denunciaba en 1799 que Francisco Ruiz
Quevedo por orden de suamo Tiburcio Lpez de Heredia lo encerr
"...en un cuarto hmedo, inhabitable, atado a un madero conuna
cadena, azotado cruelmente, y privndome del alimento".209 Estos
hechos, fueron reconocidos porLpez de Heredia, pero disimulados
"...con un disfraz despreciable, pues los azotes los nombra
papirotes,y la dura prisin y terrible castigo correcciones
paternales".210 Al negro Pedro, de 15 aos, por huidor, suamo Juan
Dionisio Campos, vecino de San Vicente, lo tuvo en 1813, ao de la
Declaracin de libertad devientres, "...con una plancha de fierro
que en el da se le quit".211 Mara, esclava de Hiplita CasianaOlmos
de Aguilera, recibi azotes en 1814, por mano de Juan Francisco
Moyano.212 El mulato Manuel,oficial zapatero, de 27 aos,
"...enfermo de una pierna, ladrn, huidor, ebrio, por cuio motivo lo
he tenidoen prisiones en mi casa" fue vendido por Francisco Pereyra
en 1796 en $200 al dueo de panadera Juande Serna y Villa.213 Ms
luego, el Alcalde de Primer Voto Juan Agustn Videla, en virtud de
la denunciade Pereyra "...lo hizo traer al Juzgado y sacdolo de la
prisin [lo] detuvo en la Real Crcel".214 Y Mayo(1992) constat, en
los inventarios de los conventos Betlemticos, la existencia de
numerosos grillos.215Pero de todos los casos recordados, sin duda
el que ms repercusiones tuvo fue el ocasionado en BuenosAires en
1785 por los crueles castigos de azotes recibidos por la mulata
Francisca de manos de su propiaama Clara Echenique, la "Quintrala"
cordobesa.216
Los castigos inmisericordes, que en algunos casos llegaron a
provocar homicidios, hoyjurdicamente conocidos como delitos
preter-intencionales, por exceder la necesaria moderacin y
elcarcter meramente disciplinario y ejemplarizador del castigo,217
ocasionaban serios trastornos quellevaban en muchos casos a
interminables litigios judiciales.218 En 1781, ocho aos antes de la
RevolucinFrancesa, Ana de los Ros,219 promovi contra la parda
Agustina una instancia por calumnias.220 DoaAna alegaba, con la
defensa del letrado Jos de Gurruchaga, que los esclavos
"...por el ms leve pretesto qual es una correccin domstica,
ocurren a formar tales quejas yfigurar tales rigores que son
capaces de mover a compasin a la persona ms indolente, y
quenegndosele al amo la razn se la concedan a ellos, habiendo
llegado esto a tal extremo que en elda no tienen los Amos valor
para castigar las faltas, o delitos de sus familiares por el recelo
queles asiste de que al siguiente da puedan comparecer a quejarse
en algn Tribunal y verse en lostrminos de padecer los bochornos que
yo me veo sufriendo".221
Y en 1761 el navarro Marcos Prez fue acusado en Montevideo de
haber dado muerte por excesode castigo a la negra Luca.222 Veinte
aos ms tarde, en 1783, Domingo Maurn fu acusado en BuenosAires de
haber matado a su propia esclava "...de resultas de rigurosos
azotes".223 Y en 1812, el mallorqunPedro Jos Oliver y su mujer
Matilde Montaner fueron procesados "...para clarificar la razn por
la cualsu esclava Tomasa muri".224
-
23
1
B-IV El ejercicio de las instituciones procesales del tanteo y
del retracto.
Entre las instituciones importadas de Europa, las jurdicas
ocuparon uno de los lugares msexpectantes. 225 En el mbito del
derecho gentilicio, de abolengo o de sangre, que luego se dio en
llamarderecho privado, por oposicin al nuevo derecho pblico,
especficamente en el ejercicio de lasinstituciones procesales del
tanteo y del retracto, y en la eleccin de los herederos de
sucesiones intestadasy de patronatos capellnicos legos vacantes,
tuvo lugar la prctica del derecho de representacin, la cualhaba
sido importada de Espaa.226 Su objeto era evitar que los bienes
inmuebles, o las rentasprovenientes de una fundacin, salieran de la
familia a que haban pertenecido. Los letrados y canonistascriollos
que ms las analizaron fueron los Pbros. Jos Felipe Funes,227 Jos
Len Banegas,228 y JosGregorio Baygorr.229 El Pbro. Funes, en un
dictamen fechado en 1811, sostena que mientras en lascapellanas, en
especial las capellanas eclesisticas, no exista derecho de
representacin, y la proximidaddel parentesco que regulaba u
otorgaba el derecho estaba establecida con respecto al fundador; en
losmayorazgos, y segn algunos en las capellanas legas, haba derecho
de representacin, y la inmediacindel parentesco que decida en
juicio se estableca respecto del ltimo poseedor.230 En el litigio
entablado acomienzos del siglo XIX entre los concursantes Jos
Gabriel Echenique, Juan Gernimo Moyano, TadeoSalguero de Cabrera, y
el Rector del Colegio Real de Loreto Leopoldo de Allende y Moyano,
a lacapellana fundada en 1645 por Antonia de Cabrera, viuda de
Miguel de Ardiles,231 no se le ocultaba alFiscal Eclesistico Dr.
Jos Gregorio Baygorr,232 el mrito de la pobreza como causa
prelativa, porencima del abolengo, pues tena a la vista la obra del
canonista Francisco A. Mostazo (1680),233 paraquien "...en concurso
de un rico con un pobre igualmente idneo, debe el segundo
preferirse alprimero",234 no as en los beneficios curados o que
tengan cura de almas.
En cuanto a las derivaciones y mediaciones judiciales de los
conflictos producidos en la esferaprivada, en Crdoba, la honda y
violenta crisis desatada en su Cabildo en 1766, donde se
dirimieronacusaciones de nepotismo, estuvo motivada por los
enfrentamientos entre el clan de los Echenique y el delos Allende.
Dicha crisis poltica obedeci tambin en parte a una causa judicial
por el Patronato de unaCapellana, de $2.100 de principal, que serva
Fr. Pablo de Allende, afincados en unas casas propiedad desu
hermano Santiago de Allende y Loza, y cuyo patronato retena
Catalina de Arrascaeta.235 Dichopatronato lo hubo Arrascaeta por
herencia de Francisco de las Casas y Manuela Sobern y Salas,
sussuegros, y haba sido fundado en 1737 por Doa Josefa de Salas,
abuela de Manuela Sobern.236Fallecido, Fr. Pablo de Allende, la
nueva patrona de la capellana Mara Ana Rodrguez, mujer deFrancisco
Soberon, reclam la capellana para su nieto Jos Ignacio de las
Casas.237 Pero como el GeneralToms de Allende, como apoderado de
Santiago Allende, haba vendido las casas sobre las cuales
estabaimpuesta la capellana, su Patrona elev sus quejas ante las
autoridades capitulares hasta lograr elreembolso de la suma
correspondiente.238
B-V La prctica del derecho de representacin.
La prctica del derecho de representacin tuvo lugar tambin en el
mbito de lo que luego se dien llamar el derecho pblico, por
oposicin al antiguo derecho privado. Como consecuencia primero de
laimplantacin de la Real Ordenanza de Intendentes (1782), y segundo
de la honda repercusin que produjoel advenimiento de la Revolucin
Francesa (1789), el eje del debate poltico en el mundo colonial
setraslad de la discusin acerca de la representacin vecinal
(capitular), seorial y patriarcal, de origenhereditario o venal, a
la nocin moderna de diputacin,239 o representacin ciudadana o
popular, deorigen electoral; y a las nociones ms abstractas de
voluntad general, opinin pblica y soberana
-
24
1
popular.240 En el orden imperial-absolutista, no habra existido
nunca, si nos atenemos a Bendix (1974),la representacin individual,
o la nocin de ciudadano, y nunca habran contado los vecinos con
unamutua igualdad "...pues los integrantes de las asambleas
[cabildos] representaban intereses en juegoreconocidos en el
sistema, ya fuera en la forma de propiedades o de privilegios
profesionales".241 LosCabildos deban representar a las fuerzas
vivas de la sociedad, pero por efecto de mecanismos
seorialespropios de la modernidad colonial-absolutista la mayor
parte de la poblacin masculina activa estabaexcluida de la poltica
comunal. A su vez la nocin de representacin popular y/o diputacin
estababasada, segn Gonzlez Echenique (1967), en una concepcin de la
soberana popular que exceda elmero marco local y supona que
"...cada ciudadano entregaba a su representante la parte de
soberana que le competa de modoque el cuerpo legislador junto con
los otros poderes del estado, representara a la nacin toda yfuese
el rgano de ejercicio del poder soberano en el mbito de lo
legislativo".242
Es entonces que las nuevas nociones procedentes de la Francia
iluminista y de las lecturas deVoltaire y de Rousseau, acerca de si
la naturaleza original del ser humano era individual o colectiva y
si lasoberana o autonoma o jurisdiccin municipal, en su contexto
terico jurdico-poltico,243 provena delmonarca o del pueblo
soberano,244 comenz a ser debatida por las diferentes facciones en
que se hallabadividido el patriciado colonial, incluido el clero y
la milicia.245 As como a fines del siglo XIX se discutanarduamente
las teoras de De Maistre y de De Bonald,246 y a comienzos del siglo
XX se polemizabaacerca de las teoras de Spencer y de Comte, a fines
del siglo XVIII se debatan en las universidades yseminarios de
Amrica las teoras post-aristotlicas, y a comienzos del siglo XIX
las teoras religiosas deLacunza.247 En ese entonces, las corrientes
de pensamiento post-aristotlicas se dieron con mayor fuerzaen el
Convictorio Carolino de Santiago de Chile,248 fundado en 1778, en
reemplazo del antiguoConvictorio de San Francisco Xavier,249 donde
enseaban Jos Perfecto de Salas,250 Miguel Jos deLastarria,251 y
Juan Martnez de Rosas.252 Estas corrientes de pensamiento se
dividan entre los seguidoresde los llamados Cnicos,253
Cirenaicos,254 Estoicos,255 Epicreos,256 y Maquiavlicos.257
Mientras losCirenaicos haban absorbido la filosofa hednica o cnica,
los Epicreos haban absorbido a su vez lafilosofa Cirenaica. Pero
los Epicreos modernos, a diferencia de los Maquiavlicos, eran
seguidores de ladoctrina de la soledad original, renovada por
Hobbes y Rousseau. Contra estas doctrinas se habanmanifestado en
Chile, el Pbro. Mateo Zambrano, pasante de Teologa en el
Convictorio de Santiago deChile,258 y en el Paraguay el Gobernador
y luego Virrey del Ro de la Plata Pedro Melo de Portugal.259
Enefecto, en oportunidad de un conflicto suscitado en 1784,260 las
ideas ilustradas de una faccin polticadenominada ante-ministerial,
liderada por el afrancesado Asesor Letrado Mariano Lorenzo
Grambel,261 yopuesta a dicho Gobernador, fueron caracterizadas
como:
"...propias de aquellos que los Filsofos llaman Animales
solitarios, que hacen consistir sufelicidad en andar solos
confundiendo el derecho natural, juicioso, y que dimana de Dios,
con el[derecho] inicuo de los Epicreos, Zirinaicos y Machiabelos,
comn a los Brutos, que prefieren elfin particular al bien
pblico,...contrario al de los animales sociables, que la fundan en
componernmero con sus semejantes, y serles til".262
B-VI Nociones de soberana municipal.
Las discusiones alrededor de las nociones de soberana municipal
y del origen laico o profano delpatronato o vicariato real no era
tampoco de ndole metafsica, por cuanto todo el edificio
jurdicocolonial descansaba en la definicin del origen de los
poderes administrativo y eclesistico. En Crdoba, el
-
25
1
reformista Gobernador-Intendente Rafael de Sobremonte debi
prohibir que los curas prrocos, pese alorigen profano del patronato
real, recurrieron a las Milicias Provinciales para el cobro
compulsivo de losderechos parroquiales.263 Asimismo, fue en Salta,
en 1792, el primer lugar donde se discuti en formapblica y abierta
acerca del origen real o popular de los poderes municipales. La
mayora de loscabildantes haban sido burlados en sus designios por
la revocatoria que de las elecciones concejiles hicierael
Gobernador-Intendente Tadeo Fernndez Dvila,264 natural de Moquegua.
Dicho Gobernador habaestado apoyado por sus compatriotas los
hermanos Fernndez Cornejo, tambin originarios deMoquegua, y
responsables conjuntamente con el Gobernador Juan Manuel Fernndez
Campero de haberpuesto en ejecucin en Salta, en 1767, la Real Orden
de expulsin de los Jesuitas, acontecimiento queprovoc el conocido
alzamiento relatado por Acevedo (1969).265 Entonces, en
representacin de loscapitulares de Salta, un Regidor Perpetuo y
Fiel Ejecutor, el Licenciado Mateo de Saravia y Juregui,266cuestion
dicha revocatoria manifestando que los polticos daban diversos
orgenes a la facultad quetenan los gobernadores-intendentes de
confirmar o revocar las elecciones concejiles.
Siguiendoaparentemente al Obispo de Crdoba Fray Jos Antonio de San
Alberto,267 quien en 1791 habacensurado pblicamente a Rousseau,268
Saravia sostena que
"...unos Sectarios de la Ley Regia, y del contrato social
sostienen que esta facultad dimana de lareserva que se hizo el
Pueblo cuando transfiri la autoridad y jurisdiccin al Imperio o
Monarqua:otros la hacen desender de los usos y costumbres
inmemoriales de algunas poblaciones, comosucede en varias ciudades
de Espaa",269
y que si bien la soberana o autonoma municipal provena del
monarca, los Gobernadores-Intendentes noestaban autorizados a
revocar elecciones pues
"...en el sistema de nuestro vasallaje y legislacin municipal
tienen esta facultad [de elegir susalcaldes] los pueblos y Cabildos
de Amrica por expreso privilegio y concepcin de nuestrosgloriosos
monarcas".270
En cuanto al rgimen de renovacin de autoridades Saravia
expresaba que "...su forma es paraproceder colegialmente: de suerte
que sus elecciones, acuerdos, y dems actos se constituan por la
maiorparte [mayora] de sufragios".271 Como respuesta a esta
representacin, redactada por Saravia, elGobernador-Intendente Ramn
Garca de Len y Pizarro,272 aconsejado por su Teniente Asesor
JuanEstban Tamayo,273 le adverta al Virrey Arredondo en 1793 (al
igual que el Teniente GobernadorInterino de Crdoba Antonio Arriaga
le haba prevenido al Virrey Ceballos en 1776 con respecto a
laconstitucin del Cabildo de Crdoba), que Don Mateo de Saravia y
Juregui
"...ha formado entre los cabildantes de esta ciudad una
parcialidad, con la cual no slo afianza lasulteriores elecciones de
oficios concejiles en sujetos de su faccin, sino que ha logrado
celebrarunos acuerdos, dirigidos a suprimir las ms conocidas
prerrogativas del empleo de GobernadorIntendente que ejerzo, a
deprimir las facultades y opinin del Teniente Asesor [Tadeo
FernndezDvila], nombrado por Su Majestad, a poner en problema la
conducta de los Ministros de la RealHacienda, como Administrador
General del Ramo de Sisa, y a sembrar entre los vecinos la
semillade la discordia".274
Para Garca Pizarro, Saravia lograba mediante su triple condicin
de abogado, regidor y fielejecutor perturbar la sociedad saltea.
Como abogado, Saravia "...vierte en sus escritos, y en los queforma
a sus clientes, la mordacidad, sin que bastasen a enmendarlo los
repetidos apercibimientos que se le
-
26
1
han hecho".275 Como Regidor, "...seduce a los dems cabildantes,
que imbuidos de las mximas de suerrada jurisprudencia, acuerdan y
determinan con l, o a su influjo cuanto le sugiere el orgullo, la
altivez, yel despotismo".276 Finalmente, como Fiel Ejecutor, "...se
ha arrogado jurisdiccin ordinaria, y ha actuadoproceso, faltando a
las ritualidades del Derecho", por lo que la Real Audiencia de
Buenos Aires lesuspendi del oficio por dos aos.277 Con motivo de
los cargos que hizo en 1793 el Cabildo al TenienteAsesor Fernndez
Dvila, Acevedo (1965) nos revela un documento que sostiene que
Mateo de Saravia yJuregui haba logrado que el ayuntamiento salteo
estuviere compuesto:
"...de parientes, de parciales y de clientes suyos, por razn de
abogado. Don Agustn deErquicia,...Don Roque de la Cerda,...Don
Fernando Torres,...Don Francisco Ansede y Graa,...elLic. Jos Gavino
Blanco,...Don Jos Royo Carrillo,...y Don Antonio Pardo [y
Santayana]".278
Como resultado de esta realidad, la faccin dirigida por Saravia
haba logrado nuevamente, acomienzos del siglo XIX, la mayora en las
elecciones concejiles, pero la minora dirigida por el
nuevoGobernador-Intendente Rafael de la Luz y su Teniente-Asesor
Jos de Medeyros,279 suegro de uno de losCornejo, frustr
reiteradamente sus ambiciones, con la consiguiente reaccin popular
manifestada enpasquines escritos en versos.280
B-VII Las nociones de representacin, eleccin, mayora y voluntad
popular.
Por ltimo, en lo que hace a las nociones de representacin,
eleccin, mayora y voluntad popular,la facultad de confirmar o
revocar la eleccin de los representantes en los Cabildos seculares
--productode los fueros, excepciones, privilegios o libertades
concedidos a los pueblos y ciudades por los monarcasen tiempos de
la conquista, para elegir sus propios alcaldes-- haca que se
discutiera acerca de conceptostales como: inmediato sucedneo,
respeto a la voluntad popular resultante de las elecciones o, lo
que es lomismo, mayor nmero de sufragios resultante de la
compulsa.281 La voluntad popular, tal como se laentenda en el siglo
XVII, a juzgar por los escritos de los filsofos y juristas hispanos
(Surez yMariana),282 resida en un estamento local y minoritario de
vecinos benemritos, que se constituamediante el cumplimiento de una
numerosa serie de requisitos legales. Los cargos seculares
electivos,como el de los Alcaldes Ordinarios, los Procuradores
Generales y los Alcaldes de Hermandad, que nopodan ser arrendados
ni subastados por tratarse de cargos de justicia,283 venan
recayendo en el mundocolonial en beneficio de este patriciado, nico
en quien poda residir la entonces llamada voluntadpopular.284 Este
filtro,