1 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ARAGÓN SEMINARIO DE DERECHO ADMINISTRATIVO “LA INOBSERVANCIA DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS” T E S I S QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE LICENCIADA EN DERECHO P R E S E N T A: MARIANA SANSÓN TREJO ASESOR: PROF. MARÍA DE LOS ÁNGELES ALVARADO PACAS CCCIUDAD NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO DICIEMBRE 2016
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TESIS: LA INOBSERVANCIA DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS ...132.248.9.195/ptd2016/noviembre/0752996/0752996.pdf · 2018. 9. 13. · tesis: la inobservancia
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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ARAGÓN
SEMINARIO DE DERECHO ADMINISTRATIVO
“LA INOBSERVANCIA DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS
RELACIONADOS CON LAS MISMAS”
T E S I S
QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE
LICENCIADA EN DERECHO
P R E S E N T A:
MARIANA SANSÓN TREJO
ASESOR: PROF. MARÍA DE LOS ÁNGELES ALVARADO PACAS
CCCIUDAD NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO DICIEMBRE 2016
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“El que anda en justicia y habla con sinceridad, el que rehúsa la ganancia injusta, y se
sacude las manos para que no retengan soborno; el que se tapa los oídos para no oír
de derramamiento de sangre, y cierra los ojos para no ver el mal; ése morará en las
alturas, en la peña inexpugnable estará su refugio; se le dará su pan, y tendrá segura
su agua.”
Isaías 33:15-16
Antes que nada doy toda la gloria y honora al que vive y reían para siempre, al inmutable Dios y Creador del Universo, al cual tengo el alto honor
de servir: Padre jamás habrá palabras suficientes para decirte cuanto te amo, y cuan agradecida estoy que en tu infinito amor y misericordia
hayas puesto tus ojos en mí, te dedico no solo este pequeño logro, sino cada minuto de mi vida es tuyo para siempre, y espero pacientemente
el día en que nos veremos cara a cara.
A mis padres:
Javier y Enith, doy gracias a Dios por sus vidas
muchas gracias por estar siempre, por el amor, por la disciplina, por guiarme
para ser una mujer de bien, este logro es tan mío como suyo, los amo. Gracias por
la familia tan hermosa que hemos formado.
A mis hermanos:
Javis y Dany, por ser mis compañeros de vida hasta
este momento, me siento dichosa de saber que los tengo
en mi vida, y me hace inexplicablemente feliz servir a Dios junto con ustedes
A mi Pastor:
Pas Raúl, gracias por no rendirte, por ser un padre espiritual
un ejemplo de amor y fe, gracias a Dios por tu vida, y siempre
será un alto honor pelear la guerra contigo como comandante en Jefe
A mi Pastora:
Pas Sandy, eres el ejemplo de mujer virtuosa, Dios bendiga
tu vida, gracias por tu ejemplo.
A mis tías:
Isela y Mirtha, son parte importante de mi vida, las amo
inmensamente, gracias por cuidarme y preocuparse por mí
siempre.
A mi tío Luigi:
Gracias por ser mi tío y mi amigo, te amo muchísimo y bendigo
tu vida grandemente, sé que compartes mi felicidad y este logro
conmigo.
A mis abuelitos:
Juan y Maru, por siempre amarme y consentirme, a pesar de
todo y de todos, gracias por la familia que me dieron.
Abuelitos los amo siempre.
A Lizeth y Salomón:
Muchas gracias por escuchar, por interceder, por estar,
por ser además de todo mis amigos.
Son de gran bendición para mi vida, los amo grandemente.
A mi compañero:
Cada día oro por ti, y espero con mucha ilusión el día en que
Dios una los propósitos de nuestras vidas, para servirle a Él
como una sola carne
A mis hijos:
A los pequeños que anhelo y sé que mi Dios me dará en su
tiempo.
A la Universidad Nacional Autónoma de México:
A mi amada Universidad, de la cual me siento orgullosa de ser
Misión: "Proporcionar el servicio de Banca y Crédito a un sector estratégico de la
sociedad: los miembros del Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México, y al público
en general.
" Visión: "Ofrecer a los miembros de las Fuerzas Armadas una Institución sólida
desde el punto de vista financiero y operativo, con compromiso y calidad en el
servicio, cuyo quehacer logre incrementar su bienestar bajo estrictos criterios de
rentabilidad acordes con su ubicación en el Sistema Financiero.
"Objetivo: "Alcanzar el máximo de eficiencia en la prestación de nuestros
servicios de Banca y Crédito, bajo condiciones de oportunidad, rentabilidad y
excelencia en la atención de los clientes. "6
4. Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea (CNTS):
Elaborar y proponer actualizaciones legislativas, políticas, programas, modelos
operativos y estrategias para uniformar criterios, actividades y técnicas sobre la
disposición de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras
hematopoyéticas con el fin de incrementar la autosuficiencia, seguridad y calidad de
estos biológicos, así como, promover un trato digno y respetuoso al donante, el
receptor y el personal de salud.7
5. Centro Nacional de Trasplantes (CENATRA):
El Centro Nacional de Trasplantes tiene como misión la emisión e
implementación de políticas públicas en instituciones del sector salud, que
organizadas en un Sistema Nacional de Trasplantes, incrementen el acceso a esta
terapéutica para la población mexicana, procurando la oportunidad, legalidad y
seguridad de los procesos de disposición de órganos, tejidos y células.8
6 Banco Nacional del Ejército: http://www.banjercito.com.mx/site/siteBanjer/Bicentenario/index.html 7 Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea: http://cnts.salud.gob.mx/index.html 8 Centro Nacional de Trasplantes: http://www.cenatra.salud.gob.mx/
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6. Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP):
Desde su creación, hace 30 años, el CONALEP es la institución educativa
diseñada para responder a las necesidades de formación de cuadros técnicos que
demandan las unidades económicas del aparato productivo del país. 9
7. Comisión Federal de Electricidad (CFE):
La Comisión Federal de Electricidad es una empresa del gobierno mexicano que
genera, transmite, distribuye y comercializa energía eléctrica para cerca de 34.2
millones de clientes, lo que representa a más de 100 millones de habitantes, e
incorpora anualmente más de un millón de clientes nuevos. La infraestructura para
generar la energía eléctrica está compuesta por 178 centrales generadoras, con
una capacidad instalada de 51,571 mega watts (MW). 10
8. Comisión Nacional del Agua (CONAGUA):
La misión de la Comisión Nacional del Agua es administrar y preservar las aguas
nacionales, con la participación de la sociedad, para lograr el uso sustentable del
recurso. La Comisión se organizará en dos niveles, para el ejercicio de sus
funciones, uno Nacional y otro Regional Hidrológico-Administrativo. Los titulares de
las unidades administrativas de ambos niveles estarán jerárquicamente
subordinados al Director General de la Comisión.11
9. Comisión para la Regularización para la Tenencia de la Tierra (CORETT):
Regularizar los predios en donde existan Asentamientos Humanos Irregulares, la
adquisición o traspaso del suelo, así como reservas territoriales en coordinación con
el Sector Público y/o Privado, dando legalidad y seguridad de la propiedad a sus
ocupantes, promoviendo un desarrollo urbano equilibrado y ordenado.12
9 Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica: http://www.conalep.edu.mx/wb 10 Comisión Federal de Electricidad: http://www.cfe.gob.mx/Paginas/Home.aspx 11 Comisión Nacional del Agua: http://www.cna.gob.mx/Default.aspx 12 Comisión para la Regularización para la Tenencia de la Tierra:
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10. Consejo de Promoción Turística de México, S. A. de C. V. (CPTM):
Orienta sus actividades y acciones a la consecución de su Visión y Misión,
resultado del análisis del contexto internacional y nacional, de la experiencia de
países líderes en turismo, así como de los retos de la promoción turística.
Asimismo, se ha considerado un escenario de planeación y consolidación de
proyectos y estrategias a mediano plazo, que permite sentar las bases para
posicionar al Consejo como una organización líder en materia de promoción
turística, en el contexto de un mercado cada día más competitivo por la globalización
de las economías.13
11. Instituto del Fomento Nacional para el Consumo de los Trabajadores
(INFONACOT):
De conformidad con el Artículo 1 de dicha Ley, el INFONACOT, es un organismo
público descentralizado de interés social sectorizado en la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social, con personalidad jurídica y patrimonio propio y autosuficiencia
presupuestal. Hoy en día el
INFONACOT es una organización que fomenta el desarrollo integral de los
trabajadores y el crecimiento de su patrimonio familiar, promoviendo el acceso al
mejor crédito del mercado y otros servicios financieros, para la obtención de bienes
y servicios de alta calidad a precios competitivos.14
12. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
(ISSSTE):
Contribuir a satisfacer niveles de bienestar integral de los trabajadores al servicio
del Estado, pensionados, jubilados y familiares derechohabientes, con el
otorgamiento eficaz y eficiente de los seguros, prestaciones y servicios, con
http://www.corett.gob.mx/index/index.php 13 Consejo de Promoción Turística de México: http://www.cptm.com.mx/index.jsp 14 Instituto del Fomento Nacional para el Consumo de los Trabajadores: http://www.fonacot.gob.mx/Paginas/default.aspx
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atención esmerada, respeto, calidad y cumpliendo siempre con los valores
institucionales de honestidad, legalidad y transparencia.15
13. Petróleos Mexicanos (PEMEX):
Es un organismo descentralizado que opera en forma integrada, con la finalidad
de llevar a cabo la exploración y explotación del petróleo y demás actividades
estratégicas que constituyen la industria petrolera nacional, maximizando para el
país el valor económico de largo plazo de los hidrocarburos, satisfaciendo con
calidad las necesidades de sus clientes nacionales e internacionales, en armonía
con la comunidad y el medio ambiente.16
14. Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS):
El IMSS es la institución de seguridad social más grande de América Latina, pilar
fundamental del bienestar individual y colectivo de la sociedad mexicana y principal
elemento redistribuidor de la riqueza en México; es sin duda, una de las instituciones
más queridas por los MEXICANOS. El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene un
mandato legal derivado del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. Su misión es ser el instrumento básico de la seguridad social,
establecido como un servicio público de carácter nacional, para todos los
trabajadores y sus familias. Es decir, el aumento en la cobertura de la población se
persigue como un mandato constitucional, con un sentido social. 17
18. Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO):
15 Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado: http://www.issste.gob.mx/index2.html 16 Petróleos Mexicanos: http://www.pemex.com/ 17 Instituto Mexicano del Seguro Social: http://www.imss.gob.mx/index.html
Proteger los derechos del consumidor. Promover los derechos del consumidor.
Fomentar una cultura de consumo inteligente. Procurar la equidad en las relaciones
de consumo. Procurar la seguridad jurídica en las relaciones de consumo. Eficientar
el desempeño institucional.18
19. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF):
El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), es el
organismo público encargado de instrumentar, aplicar y dar dimensión a las políticas
públicas en el ámbito de la asistencia social. Misión: Conducir las políticas públicas
de asistencia social que promuevan el desarrollo integral de la familia y la
comunidad, combatan las causas y efectos de vulnerabilidad en coordinación con
los sistemas DIF estatales y municipales e instituciones públicas y privadas, con el
fin de generar capital social.19
De los organismos descentralizados citados con anterioridad, se colige que la
intención de especializar las áreas de la administración pública en un asunto
específico de interés público, se ve colmado, ello derivado a que cada organismo
citado cumple la función, mínimamente en teoría, de tal encomienda.
1.4 Órganos Desconcentrados
La existencia de materias que requieren una atención especial por parte de la
Administración Pública, ya sea por lo delicado de su contenido, por la técnica de su
manejo o por la celeridad en su tratamiento, ha hecho necesaria la creación de
órganos dentro de los de los órganos (Órganos desconcentrados), que gozan cierta
libertad técnica y administrativa, sin liberarse de ninguna manera de la relación
jerárquica de la organización.
Nuestra legislación reconoce la existencia de los órganos administrativos
desconcentrados dentro de la Administración Centralizada.
18 Procuraduría Federal del Consumidor: http://www.profeco.gob.mx/ 19Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia: http://dif.sip.gob.mx/
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El establecimiento de los órganos desconcentrados de dicha Administración está
regulado principalmente en los reglamentos interiores de cada una de las
dependencias. Sin embargo, muchos de ellos han sido creados por leyes y por
decretos en los que se regula su estructura y sus funciones principales. Un claro
ejemplo de ello es el Instituto Politécnico Nacional, que cuenta con su propia Ley
Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1981.
Concretamente se puede decir que los organismos desconcentrados dependen
en todo momento del órgano administrativo al que se encuentran subordinados, sin
embargo, el organismo no guarda una relación de subordinación jerárquica respecto
a los otros órganos que forman parte de la administración pública central.
Los organismos desconcentrados dependen directamente del titular de la entidad
central de cuya estructura forman parte.
El organismo desconcentrado tiene cierta autonomía a la que se le llama técnica,
que significa el otorgamiento de facultades de decisión limitadas y cierta autonomía
financiera presupuestaria. La desconcentración es un acto de legislación por medio
del cual se transfieren ciertas facultades de un órgano central a los organismos que
forman parte de su propia estructura con la finalidad de que la actividad que realiza
la administración se haga de un modo pronto.
De acuerdo con las leyes y los reglamentos interiores de las dependencias,
señalaremos algunos órganos desconcentrados de diez y seis Secretarías de
Estado:20
a) Secretaría de Gobernación:
Centro de Investigación y Seguridad Nacional
Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal
Archivo General de la Nación
Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de
Las múltiples instancias que participaron en el Comité Técnico del Fideicomiso,
así como I.I.I. Servicios, S.A. de C.V. (Impulso Inmobiliario Integral) y el
BANJERCITO, tomaron decisiones sin una adecuada coordinación y la plena
observancia de la normativa para asegurar la eficacia, eficiencia y economía en el
uso de los recursos públicos, lo que propició que el costo de la construcción se
elevara en 192.0% respecto del contratado originalmente y que la inauguración se
realizara el 7 de enero de 2012, más de 15 meses después de la fecha prevista
originalmente (15 de septiembre de 2010).
No se proporcionó evidencia de que los miembros del Comité Técnico del
Fideicomiso objetaran o cuestionaran las modificaciones al contrato de prestación
de servicios celebrado con I.I.I. Servicios, no obstante que éstas representaron un
incremento de 752,882.7 mlp.
El Comité Técnico acordó contratar a I.I.I. Servicios para realizar la construcción
del monumento; sin embargo, el fiduciario modificó el objeto del contrato para que
la empresa también llevara a cabo la coordinación de la construcción.
Existen irregularidades de servidores públicos en la integración del proyecto para
el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas, ya que se presentó
un proyecto incompleto y con errores, como base para dicha invitación.
La contratación de PDI/GUTSA mediante el procedimiento de invitación a cuando
menos tres personas no fue la idónea para garantizar el ejercicio de los recursos
públicos conforme a lo señalado en el artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, tal como lo observó la Secretaría de la Función Pública.
En cuanto a la Secretaría de la Función Pública, la ASF concluyó que esta
dependencia no cumplió con las disposiciones normativas aplicables a sus
funciones de inspección y vigilancia de la construcción del Monumento Estela de
Luz, ni determinó las responsabilidades de los servidores públicos por las
irregularidades detectadas en sus revisiones. Los informes de las tres auditorías
que llevó a cabo la Unidad de Control y Auditoría a Obra Pública (UCAOP) fueron
entregados a las entidades auditadas seis meses después de su conclusión, sin que
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exista evidencia que justifique el atraso; asimismo, no se integraron los expedientes
de presunta responsabilidad administrativa con base en las observaciones
determinadas.
Por su parte, los órganos internos de control en I.I.I. Servicios y en la Secretaría
de Educación Pública (SEPINEHRM) no realizaron oportunamente el seguimiento
de las observaciones notificadas por la UCAOP, ni las acciones necesarias para
resolver los asuntos observados.
En la construcción del Monumento Estela de Luz se modificó el concepto
arquitectónico del proyecto original, ya que de un total de 34,877.96 m2
considerados en el proyecto ejecutivo, se concursaron únicamente 11,573.44 m2 y
sólo se construyeron 8,138.23 m2. En cuanto a los aspectos de ingeniería y
construcción, no se presentaron omisiones de importancia en el cumplimiento de
las normas técnicas aplicables.27
Lo que respecta al Colegio Mexicano de Ingenieros Civiles, reportaron lo
siguiente, en cuanto a sus conclusiones finales:
• Con objeto de la Celebración del Bicentenario del Inicio de la Independencia y
del Centenario del inicio de la Revolución Mexicana, el Gobierno Federal convocó
mediante Licitación Restringida por Invitación, a los más renombrados Arquitectos
Mexicanos, para que presentaran sus propuestas del Monumento Conmemorativo
que originalmente se le denominó “Arco Bicentenario” del cual resultó ganador el
Arq. Cesar Pérez Becerril, mismo que le asigno como nombre emblemático “La
Estela de Luz”.
La Convocatoria para el concurso se publicó el día 26 de Enero de 2009.
• Por lo anterior, “La Estela de Luz” es el Monumento Conmemorativo que se
seleccionó para la Celebración del Bicentenario del inicio de la Independencia y del
Centenario del inicio de la Revolución Mexicana y es creación del Arq. Cesar Pérez
Becerril, quien resultó ganador del Concurso por Invitación, convocado por el
27 INFORME SOBRE LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL MONUMENTO ESTELA DE LUZ 2009-2011
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Gobierno Federal para algunos Arquitectos Mexicanos de renombrado prestigio. La
propuesta del proyecto ganador para la ejecución de obra, se designó el día 16 de
abril de 2009.
• El veredicto del jurado para asignación del proyecto, se emitió el día 16 de abril
de 2009, sin embargo, la contratación formal fue tardía, pues debiendo ser el 30 de
abril, según se señaló en las bases del concurso o en su defecto, como lo señala el
artículo 47 de La Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas,
en un plazo no mayor a 30 días naturales después de la designación del proyecto
ganador del concurso, es decir el día 15 de Mayo de 2009.
Finalmente, el contrato para la elaboración del Proyecto Arquitectónico Ejecutivo
se formalizo hasta el 18 de agosto del 2009, por lo que se inició hasta esa fecha,
esto significa que se difirió la contratación 111 días, si tomáramos como referencia
el día 30 de abril o 95 días, si la referencia fuera el día 15 de mayo, es decir 49 días
después de la fecha en que se señalaban las bases del concurso como fecha límite
para la entrega del Proyecto Arquitectónico Ejecutivo. Las causas de la tardía
contratación del proyecto, son imputables al comité y/o al fideicomiso del
bicentenario, no obstante, esta tardía contratación, no fue motivo de que la obra no
pudiera terminarse a tiempo para los festejos del bicentenario en septiembre del
2010, si se hubiera llevado correctamente la obra.
• En las bases del concurso, se estipulo que la remuneración por los servicios
contratados al Arquitecto Proyectista para la ejecución del Proyecto Arquitectónico
Ejecutivo del Monumento Conmemorativo, seria de acuerdo con el Tabulador de
Aranceles por Servicios Profesionales de Arquitectura del Colegio de Arquitectos de
la Ciudad de México finalmente, el pago realizado al proyectista fue por debajo de
ese arancel, es decir, refleja un 34% aproximadamente, menos de lo calculado en
dicho tabulador de aranceles. Aun con esta disminución, la elaboración y ejecución
del Proyecto Arquitectónico Ejecutivo se realizó y entrego en tiempo y forma en las
fechas señaladas por el comité técnico en el contrato de prestación de los servicios
profesionales. Las entregas parciales y la totalidad del proyecto fueron hechas en
las cinco etapas señaladas por el comité técnico:
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1ª entrega el 25 de agosto de 2009
2ª entrega el 29 de septiembre de 2009
3ª entrega el 20 de octubre de 2009
4ª entrega el 10 de noviembre de 2009
5ª y última entrega el 16 de noviembre de 2009.
Los “Entregas” se componen de dos capítulos:
Capítulo I
a) Proyecto arquitectónico correspondiente al componente cimentación y
estructura.
b) Componente electromecánico básico, complemento y otras
especialidades.
c) Proyecto arquitectura de paisaje.
Capítulo II
Se denomina “Entregables”, que son el conjunto de planos de cada etapa de las
que se compone el total del proyecto arquitectónico ejecutivo.
Todas la “Entregas” se realizaron formalmente mediante el Acta Administrativa
de Entrega-Recepción del Proyecto Arquitectónico Ejecutivo, entre el representante
del fideicomiso del bicentenario, el Arq. Proyectista y el representante del INEHRM,
el día 19 de noviembre del 2009, según consta en acta administrativa de entrega en
esa fecha.
• Los Cálculos y su diseño Estructurales, se realizaron de acuerdo con la práctica
profesional de Ingeniería Estructural de vanguardia y apegados al reglamento
vigente en la zona metropolitana. Las descargas obtenidas en el análisis
simplificado aquí realizado, coincide con lo considerado en el diseño original y no
hay necesidad de realizar ningún ajuste ni a las pilas ni al cajón de cimentación. La
estructura, conjuntamente con la cimentación y el uso de los sintonizadores de
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masa, cumplen con las condiciones de estabilidad y seguridad estructural del
monumento de acuerdo con la concepción y análisis estructural resultantes del
proyecto arquitectónico ejecutivo.
• Se elaboró un cronograma general de los tres procesos evaluados en esta
revisión, el cual consta de: Evaluación y revisión del diseño estructural Capítulo I,
Evaluación de los procesos de licitación y contratación del proyecto y obra Capítulo
II y finalmente la revisión y comparativo de los presupuestos y las diferencias que
motivaron el incremento del costo de la obra.
• En diferentes medios informativos se dio a conocer que la obra ha tenido atrasos
debido a la tardía entrega de información por parte del proyectista, debido a
supuestos cambios extemporáneos o más aun, que el proyecto se entregó
incompleto. Todo lo anterior ha sido verificado, llegando a la conclusión de que la
información para llevar a cabo la licitación de la obra se entregó completa y en
forma, con catálogos de conceptos, volumetría y especificaciones necesarias para
realizar la licitación bajo la normatividad vigente. Los resultados de los estudios
complementarios del túnel de viento se recibieron en fechas previas a la realización
de la licitación, por lo que las modificaciones que de este resultaron se
documentaron en tiempo y forma, sin que estos cambios hayan provocado el
costoso incremento del presupuesto de la obra y sin que hayan ocasionado los
atrasos que se han mencionado en los medios informativos. El único atraso
registrado y documentado en nuestro análisis ha sido el causado por el proceso
administrativo de contratación de los servicios profesionales del proyectista. Ya que
las entregas que este realizo fueron oportunas, así como las actualizaciones del
proyecto, mismas que se documentaron con oportunidad previa a la licitación de la
obra.
• En el acta de entrega recepción del proyecto, se estipulo que de ser necesarias
modificaciones por la falta de algunos estudios especializados, principalmente el del
túnel de viento y de mecánica de suelos, el arquitecto realizaría los cambios, sin
que se ocasione cargo adicional a lo remunerado por la elaboración del proyecto
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arquitectónico ejecutivo, esta disposición se efectúo tal como se determinó en el
contrato de servicios profesionales de arquitectura del proyectista.
• La entrega del proyecto se complementó con los resultados de los estudios
especializados pendientes del túnel de viento. Estos se recibieron el 1º. De
diciembre de 2009, se hizo su evaluación arquitectónica y estructural, y de lo
anterior se determinaron los tubos, con bridas y tornillos interiores. Estos cambios
se notificaron por parte del proyectista, mediante escritos informativos el día 23 de
diciembre del 2009, a la Coordinadora para la realización de la licitación y de la
ejecución de la obra, por parte del Comité y del Fideicomiso Organizador de los
Festejos del Bicentenario. La Empresa I. I. I. Servicios S. A. de C. V. denominada
Entidad del Gobierno Federal. También se le entregaron el catálogo de conceptos
y volúmenes de obra, donde ya habían sido considerados estos cambios, los cuales
dieron como resultado un tonelaje de acero inoxidable en la estructura de la estela
de 1300 toneladas. No obstante esta cuantificación, la coordinadora modifico los
volúmenes del acero inoxidable a su juicio y consideración, reduciendo el tonelaje
de estas de 1300 a solo 700 toneladas, sin informar al comité ni al proyectista de
estas modificaciones. La Coordinadora realizo la licitación ajustando a su parecer
esos volúmenes de acero, modificando estos sin alguna razón aparente, pero con
conocimiento de las modificaciones de las secciones y espesores, así como la
especificación del tipo de acero inoxidable de grado estructural. Lo cual si fue
considerado para la licitación de la obra.
• Los ajustes y modificaciones de la cimentación profunda de la “Estela de Luz” y
de la cimentación circundante, se hicieron hasta el 29 de marzo del 2010, ya que en
esa fecha la Empresa TGC Geotecnia S. A. de C. V. entrego las notas informativas
de sus respectivos estudios, lo anterior fue determinado por la insistencia del
Proyectista y el despacho del Ing. Raúl J. Izquierdo, Estructurista de la Obra, ya que
los estudios preliminares de mecánica de suelos elaborados por personal del I. P.
N. y aportados por el comité técnico del INEHRM, eran inconsistentes y por la misma
razón no eran determinantes para el correcto diseño y cálculo de la cimentación, ya
que hasta ese momento se habían supuesto datos por el estudio parcial del I. P. N.
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Todo lo anterior fue notificado y se le dio puntual seguimiento por parte del
proyectista ante las autoridades del INEHRM y del fideicomiso del Bicentenario,
mediante la correspondencia previa solicitando los estudios completos, lo cuales
fueron realizado por TGC geotecnia S. A. de C. V. hasta esa fecha.
Por lo tanto, según lo dictaminado por TGC Geotecnia y la evaluación hecha por
el Ing. Raúl Izquierdo, calculista y diseñador estructural del obra, generaron que se
modificaran algunos aspectos de diseño en la Cimentación, el incremento en la
profundidad de desplante en las pilas de “La Estela de Luz” paso de 40m a 49.20 m
de profundidad, es decir 9.20m más profundas, las pilas complementarias y muros
pila pasaron de una profundidad de desplante de 27.00m a 38.60m 11.60m más
profundas. Los muros Milán pasaron de 12,80m a 14.00m. de profundidad, es decir,
1.20m. Más profundos. Estos cambios en el Diseño de la Cimentación, en general
hicieron que aumentara el Volumen de Concreto y de Excavación, es decir, aumento
el volumen de Concreto aproximadamente en 1850m3 y de igual manera aumento
el Volumen de excavación y algunos precios unitarios conexos a esos incrementos,
por lo que la variación real de Proyecto Original en la Cimentación con respecto de
todos los cambios finales entregados por el Proyectista, no superarían los diez
millones de pesos 00/100 M.N. ($10, 000,000.00).
Aun cuando estos cambios no se consideraron para la realización de la licitaron
de la obra, se consideran como “normales” ya que la Ley de Obra Pública y Servicios
Relacionados con las Mismas, contempla como parte integrante del marco legal de
todo tipo de obras, hasta 25 % de incremento adicional al monto original contratado.
• En nuestro análisis, no tenemos documentada la forma o procedimiento
mediante el cual se designó a la Empresa Coordinadora para la realización de la
Licitación y de la Ejecución de la Obra, por lo que para evaluar los alcances de la
responsabilidad o autoridad de esta, y por tratarse de una obra del gobierno federal,
se toma como referencia lo señalado en el artículo 1º. De la Ley de Obras Públicas
y Servicios Relacionados con las Mismas. En el análisis de la documentación
revisada en el capítulo II correspondiente a los Procesos Administrativos y de
Contrataciones, no se documentó el nexo o vinculo que de legalidad en la relación
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existente entre la entidad del Gobierno Federal denominada I. I. I. Servicios S. A. de
C. V. y el Comité Técnico o con el propio INEHRM.
En su defecto el documento oficial que determine las funciones o alcances y la
responsabilidad de la coordinadora para la ejecución de la Obra del Monumento
Conmemorativo del Bicentenario del Inicio del Movimiento de Independencia
Nacional. Es importante señalar que también se contrató a una empresa de
Supervisión Externa, que debió fungir como el principal instrumento para regular e
informar dentro del marco normativo, cualquier anomalía desde el inicio de la obra,
incluso informar y documentar el nulo avance de los trabajos que se registró en la
primera etapa de la ejecución de esta.
No se encontró ningún documento o referencia de la Empresa o Instancia
Supervisora, cuya existencia y participación también se contempla en la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
• La obra debió concluirse inicialmente en el mes de agosto de 2010. Según el
contrato de Servicios de las Constructoras que resultaron ganadoras de la
Licitación, sin embargo, para esas fechas solo se tenía parte de la Excavación para
la Cimentación, motivo que obligo la intervención de la Secretaria de la Función
Pública.
De lo anterior se derivó la suspensión temporal de la obra para realizar una
auditoría, de ésta se determinó el despido de los Directivos de la Coordinadora I. I.
I. Servicios S. A. de C. V. así como el impedimento por parte de las autoridades de
La Secretaría de Educación Pública para que el arquitecto proyectista accediera a
la obra y que fuera desconocido en la dirección técnica del proyecto, lo cual había
desempeñado hasta esa fecha.
• En la asignación de la obra, existe un antecedente documentado de
irregularidades administrativas del personal directivo de la empresa coordinadora
de la ejecución del proyecto, y de una de las empresas que desarrolla la obra. Esto
provoco despido de directivos de la coordinadora, sin embargo debió también
- 80 -
cancelarse el contrato con la empresa sancionada e inhabilitada por la Secretaría
de la Función Pública, lo cual no ocurrió.
• Para el reinicio de la obra, se realizó un convenio modificatorio fuera de
normatividad. Se presentaron un presupuesto y programa de obra alterados y fuera
de sustento técnico, normativo, y administrativo. El presupuesto se elevó en un 204
% respecto del presupuesto original entregado por el proyectista, así como también
el plazo de ejecución se alteró en un 234 % respecto del periodo contratado
inicialmente con las empresas constructoras. De acuerdo a la ley de obra pública y
servicios relacionados con la misma, en su artículo 59, señala que en caso de existir
incrementos a la misma, que impliquen más del 25% del valor del presupuesto
original, este deberá ser informado y autorizado por la propia Secretaria de la
Función Pública.
• El monumento, a la fecha sigue sin concluirse, según el reporte fotográfico que
se elaboró en los últimos días del mes de noviembre, el avance es
aproximadamente del 85 %. De acuerdo con esto y con los avances que han logrado
en los últimos meses, es posible y viable su terminación al 100 % para el mes de
febrero del 2012. Sin embargo a últimas fechas se han duplicado tanto personal
como horarios de trabajo a fin de concluir la obra lo antes posible; considerando
también la reducción de trabajos pertenecientes al proyecto original ganador del
concurso.
• Durante la elaboración del proyecto y la ejecución de la obra, el Proyectista,
mantuvo constante comunicación con autoridades del comité técnico, del
fideicomiso así como de la coordinadora de la obra, realizo las modificaciones,
ajustes, revisiones y rediseños necesarios en tiempo y forma para que el Proyecto,
La Licitación de la Obra y la Construcción del Monumento, se realizaran de acuerdo
con lo programado por el Comité Bicentenario, sin embargo, no se alcanzó ese
objetivo, por causas total ente ajenas al proyectista.
El proyectista, informo y dio a conocer los cambios, ajustes y modificaciones en
tiempo y forma. Su participación en el desarrollo del proyecto y de la obra, en
- 81 -
algunos casos extralimito sus alcances contratados ya que asumió pagos que no le
correspondían, según su contrato, como es el caso del pago del estudio del túnel
de viento, esto con el fin de agilizar la entrega de los trabajos. De igual manera
sucedió con otros trabajos o actividades, como son, topografía, mecánica de suelos
complementaria, viáticos y traslados a Italia, honorarios de personal y propios por
la dirección arquitectónica del proyecto conmemorativo. El proyectista, también llevo
a cabo supervisión y dirección del proyecto arquitectónico durante el proceso de la
obra, mismos que quedaron constatados en los documentos anexos en el
expediente entregado al COLEGIO MEXICANO DE INGENIEROS CIVILES A. C.
por el arquitecto proyectista, lo anterior tanto en Ciudad de México, como en las
diversas localidades de Italia, donde se trasladó con un integrante de su equipo de
trabajo, a fin de supervisar y acordar diversos aspectos técnicos de los procesos
contratados en Europa por el INEHRM o la Coordinadora. Por lo anterior,
determinamos que si ejerció Dirección Arquitectónica del Proyecto, lo cual no se le
ha sido remunerado.
Todos los trabajos y actividades extraordinarias referidas, quedan
indeterminadas si correspondían o no a la obligaciones contractuales entre el
fideicomiso y el proyectista, ya que el contrato, es un tanto ambiguo en su
interpretación, en cuanto a estos alcances.
• El Proyecto Arquitectónico Ejecutivo ganador del concurso por invitación, para
el Monumento Conmemorativo de los festejos del inicio del Movimiento de
Independencia Nacional, incluyendo todos los cambios entregados por el
proyectista, de acuerdo con el análisis económico, técnico, legal, y cronológico,
realizados por el Colegio Mexicano de Ingenieros Civiles A. C., debió ejecutarse a
un costo no superior de $ 497,500,000.00 (cuatrocientos noventa y siete millones
quinientos mil pesos 00/100 m.n.). Este monto se encuentra dentro del rango
permisible de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados de las Mismas, ya
que no excedería del 25% adicional al monto originalmente contratado, con lo cual
se daría cumplimiento a la normatividad vigente y contempla todas las
modificaciones técnicas estructurales, de acabados, conceptos y volumetría
- 82 -
adicionales y extraordinarios del proyecto, asimismo, dichos cambios no debieron
de representar en tiempo, más de cuatro meses calendario.
• El proyecto original ganador del concurso, fue modificado, por la Coordinadora
I. I. I. Servicios S. A. de C. V. Lo anterior aparentemente por iniciativa propia, ya que
el Proyecto Arquitectónico Ejecutivo Originalmente entregado por el proyectista, fue
seleccionado, revisado y evaluado por un jurado, conformado por personalidades
especializadas en el tema, sin embargo, dichas modificaciones han motivado
específicamente, el incrementando en el presupuesto original, motivo por el cual, la
Coordinadora efectuó un CONVENIO MODIFICATORIO al Contrato de Obra con
PDI-GUDSA, quién resulto la Empresa Contratista que ejecutaría la Obra al ser la
ganadora del concurso correspondiente Lo anterior se desprende de la revisión
realizada por el Colegio Mexicano de Ingenieros Civiles A. C., en razón de que en
menos de 20 conceptos del catálogo de obra del convenio modificatorio, se
agregaron como conceptos nuevos, previa cancelación de conceptos idénticos o
similares del catálogo original. Estos se renombraron (son los mismos que los
originales, pero con nombre diferente) pero su costo se incrementó en algunos
casos más del 200%. En los citados conceptos, se concentró el equivalente del 95
% del valor del presupuesto original, es decir más de 375 millones de pesos, lo
anterior se integró simplemente cambiando el nombre de los materiales o
modificando el contenido del texto de los conceptos sin que esto implique una
modificación sustancial de trabajo, que además beneficie la calidad el proyecto, esto
significa el mismo trabajo con distinto nombre pero caro.
• Aun cuando el valor de ejecución de la obra se ha incrementado en más del
100% del monto estimado en el presupuesto elaborado y entregado por el
proyectista, la realidad es que se está ejecutando una obra de menor valor ya que
las especificaciones en los acabados del proyecto y presupuesto originales, se han
reducido, realizando trabajos de menor valor a un precio más elevado, como es el
caso de la cancelación de la colocación de placas de obsidiana, cancelada y
sustituida por tabla roca. Lo anterior documentado en medios de comunicación, en
entrevista dada por Artesanos de Teotihuacán a quienes se había encargado la
- 83 -
maquila de placas y el grabado de las mismas para ser colocadas en el recinto de
inframundo, lo cual finalmente fue eliminado del proyecto, representando un
diferencial sustancial en costo, pues mientras la inversión para la colocación de la
obsidiana era de 25 millones de pesos, con la colocación de tabla roca el costo
estimado es de menos de un millón de pesos.
• El proyecto original que resultó ganador del concurso por invitación para el
Monumento Conmemorativo del Bicentenario del Inicio del Movimiento de
Independencia Nacional, y la obra realizada, coordinada en su proceso de ejecución
por I. I. I. Servicios S. A. de C. V. Son similares, en todo caso de menor envergadura
a la obra realizada, ya que la superficie de construcción se redujo
considerablemente. Salvo detalles de ejecución, cambio de acabados, de la
canalización aparente de las instalaciones eléctricas.
En la columna de la Estela, cuya canalización se había considerado y adecuado
técnicamente para ser oculta, así como las modificaciones de profundidad en la
cimentación, motivadas por el estudio complementario de mecánica de suelos, la
construcción de la rampa para discapacitados, cuya inclusión fue motivo de
cancelación de los elevadores, que existían en el proyecto original, entre otras
modificaciones. Mediante la revisión realizada en el tercer capítulo de esta
evaluación, se determina que no pueden ser motivo del cuantioso incremento en el
costo de la obra, ya que las modificaciones del proyecto no son causantes de este.
Por el contrario, deben ser motivo de una revisión presupuestal y de una auditoria
a fin de determinar el costo real de la obra finalmente ejecutada.28
Una vez concluida la obra de la Estela de Luz, a la fecha es evidente que los 104
metros de altura que la integran, pasan desapercibidos por la ubicación de la misma,
ya que se localiza en Avenida Paseo de la Reforma, en la Ciudad de México,
avenida que es conocida por los edificios que en esta se encuentran, algunos de los
cuales oscilan hasta los 200 metros, asismos es evidente que la mayor parte de la
población desconoce que en el interior de dicha obra publica se encuentra el Centro
28 CONCLUSIONES GENERALES, del Dictamen del Colegio Mexicano de Ingenieros Civiles. A. C.
- 84 -
Cultural Digital, cuyo objetivo es dedicarse a investigar las implicaciones culturales,
sociales y económicas del uso cotidiano de la tecnología digital.
4.3 Remodelación de la Cineteca Nacional
Con fecha veintidós de noviembre de dos mil once se lanzó la convocatoria para
realizar las modificaciones de la Cineteca Nacional cuyo resumen de la misma se
hizo consistir en lo siguiente:
FIDEICOMISO PARA LA CINETECA NACIONAL DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Resumen de Convocatoria No. 008/2011 En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, y de conformidad con los Artículos 23, 27 Fracción I, 28, 30 Fracción I, 31, 45 fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionado con las Mismas, 15 fracción II, 34 de su Reglamento, y 50 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se informa del Procedimiento de Licitación Pública Nacional No. 11230001-008-11, registrada en la Nueva Plataforma de Compras Gubernamentales 5.0 con el número LO-011L9Y001-T6-2011, relativa a la “Construcción y equipamiento básico de instalación permanente que incluye: suministro; montaje; instalación; pruebas; puesta en operación; entrega de garantías; instructivos, manuales de operación y mantenimiento de los equipos de instalación permanente, de Salas nuevas y Estacionamiento del proyecto Cineteca Nacional Siglo XXI, bajo la modalidad de contratación de precios unitarios y a Tiempo Determinado”, misma que fue publicada el día 22 de noviembre de 2011 en Compranet, disponiendo gratuitamente de un ejemplar de la Convocatoria para su consulta en la página https://compranet.funcionpublica.gob.mx, así como en las instalaciones de la Convocante, ubicadas en Avenida México Coyoacán No. 389, Colonia Xoco, Código Postal 03330, Delegación Benito Juárez, en México, Distrito Federal, los eventos se realizarán en la Sala de Juntas de la Dirección de Administración y Finanzas del domicilio de la Convocante, desarrollándose conforme a lo siguiente:
Número y Tipo de Licitación Nacional No. 11230001-008-11
Descripción de la licitación Construcción y equipamiento básico de instalación permanente que incluye: suministro; montaje;
instalación; pruebas; puesta en operación; entrega de garantías; instructivos, manuales de operación y
mantenimiento de los equipos de instalación permanente, de Salas nuevas y Estacionamiento del
proyecto Cineteca Nacional Siglo XXI, bajo la modalidad de contratación de precios unitarios y a
Tiempo Determinado
Volumen de la licitación Se detalla en la convocatoria
Visita a las Instalaciones 25 de noviembre de 2011 a las 10:00 horas
Junta de Aclaraciones 28 de noviembre de 2011 a las 11:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones 07 de diciembre de 2011 a las 10:00 horas
Fallo 12 de diciembre de 2011 a las 10:30 horas
Los licitantes, a su elección, podrán presentar sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica.
MÉXICO, D.F., A 24 DE NOVIEMBRE DE 2011
DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
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Las bases de la licitación pública se hacían consistir en lo siguiente:
“ANTECEDENTES
En relación a la LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL 11230001-008-11 para la
CONSTRUCIÓN Y EQUIPAMIENTO BÁSICO DE INSTALACIÓN PERMANENTE
QUE INCLUYE: SUMINISTRO; MONTAJE; INSTALACIÓN; PRUEBAS; PUESTA
EN OPERACIÓN; ENTREGA DE GARANTÍAS; INSTRUCTIVOS, MANUALES DE
OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE INSTALACIÓN
PERMANENTE, DE SALAS NUEVAS Y ESTACIONAMIENTO DEL PROYECTO
“CINETECA NACIONAL SIGLO XXI” Se establecen a continuación, los alcances
correspondientes a las condiciones y lineamientos, que en forma particular y
general, el licitante estará obligado a realizar para la construcción y remodelación
de las obras y elementos que la conforman, hasta su terminación total.
Con el fin de establecer los alcances para el desarrollo de la CONSTRUCIÓN Y
EQUIPAMIENTO BÁSICO DE INSTALACIÓN PERMANENTE QUE INCLUYE:
SUMINISTRO; MONTAJE; INSTALACIÓN; PRUEBAS; PUESTA EN OPERACIÓN;
ENTREGA DE GARANTÍAS; INSTRUCTIVOS, MANUALES DE OPERACIÓN Y
MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE INSTALACIÓN PERMANENTE, DE
SALAS NUEVAS Y ESTACIONAMIENTO DEL PROYECTO “CINETECA
NACIONAL SIGLO XXI” Se elaboraron los presentes Términos de Referencia,
atendiendo los lineamientos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
con las Mismas, y su Reglamento.
Para lo anterior, se requiere la contratación de una empresa especializada que
contenga dentro de su plantilla, personal profesional y técnico con amplia
experiencia comprobable en la construcción.
La CONSTRUCIÓN Y EQUIPAMIENTO BÁSICO DE INSTALACIÓN
PERMANENTE QUE INCLUYE: SUMINISTRO; MONTAJE; INSTALACIÓN;
- 86 -
PRUEBAS; PUESTA EN OPERACIÓN; ENTREGA DE GARANTÍAS;
INSTRUCTIVOS, MANUALES DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS
EQUIPOS DE INSTALACION PERMANENTE, DE SALAS NUEVAS Y
ESTACIONAMIENTO DEL PROYECTO “CINETECA NACIONAL SIGLO XXI” debe
partir de las necesidades planteadas en la presente convocatoria.
MISIÓN
Con la intención de convertirle en el espacio cinematográfico más vanguardista
y completo de Iberoamérica, el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes
presentó el proyecto “Cineteca Nacional del Siglo XXI”, el cual no pretende crear un
lujoso edificio, sino que su plataforma tecnológica sea apta para resguardar los
materiales fílmicos, así como ofrecer una instancia cómoda para todos los amantes
del celuloide.
Este proyecto contempla en esta primera etapa la creación de cuatro salas
nuevas, lo que sumarían mil butacas más y la ampliación de 6 a 10 el número de
pantallas; así como la construcción de un nuevo estacionamiento que cuenta con 6
niveles y tiene una capacidad de 528 vehículos, lo que liberará alrededor del 70%
del espacio. Y permitirá contar con más áreas verdes.
ALCANCE
1. Estacionamiento
2. Salas Nuevas
METODOLOGÍA
Los licitantes realizarán todas las actividades necesarias y suficientes para
obtener el cumplimiento del objetivo antes mencionado. En especial considerará los
siguientes aspectos metodológicos que están divididos en lineamientos generales,
requerimientos
- 87 -
LINEAMIENTOS GENERALES
a) Los licitantes y los técnicos responsables deben conocer a detalle el proyecto
ejecutivo así como los Términos de Referencia, observando los Planes de
Ejecución, así como, todas las instrucciones y requerimientos que se asienten en la
Bitácora de Obra, comunicados, minutas de trabajo y boletines que se generen
durante el desarrollo de los trabajos.
b) El Licitante adjudicado es el responsable de la calidad de la construcción,
para lo cual debe poner especial atención en cuidar todos los procesos de
construcción.
En el Acta de inicio de los trabajos, con la Supervisión de obra, el licitante
adjudicado presentara para su autorización, el Plan de Aseguramiento de Calidad y
control de la misma, que regirá en el desarrollo de esta obra.
c) Los licitantes deberán entregar obligatoriamente en su propuesta, la
descripción de planeación integral que aplicará en los trabajos de la construcción,
teniendo que realizarla en forma clara, lógica, precisa y congruente con su programa
general de los trabajos, la cédula de avance, el programa general de ejecución
construido con el software Microsoft Project, así como los programas de utilización
y suministro de insumos, mano de obra, equipos para la construcción, acatando las
instrucciones indicadas en la convocatoria de la Licitación.
d) Es responsabilidad del licitante adjudicado considerar todo lo necesario de
acuerdo a las características del sitio de la obra y el tipo de trabajos a ejecutarse, el
desconocimiento de dichas características en ningún caso servirá para aducir
justificaciones o posibles incumplimientos al contrato que se suscriba.
e) El licitante adjudicado será responsable de definir las acciones para la
ejecución de la obra, así como su frecuencia, la cantidad y calidad del personal, los
métodos a utilizar, cantidades de insumos, equipo y herramienta para la ejecución
correcta y total de los productos requeridos, ajustándose necesariamente a los
frentes y plazos indicados en la Planeación de los Trabajos, presentado en su
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propuesta económica (programa general de los trabajos) la CONSTRUCIÓN Y
EQUIPAMIENTO BÁSICO DE INSTALACIÓN PERMANENTE QUE INCLUYE:
SUMINISTRO; MONTAJE; INSTALACIÓN; PRUEBAS; PUESTA EN OPERACIÓN;
ENTREGA DE GARANTÍAS; INSTRUCTIVOS, MANUALES DE OPERACIÓN Y
MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE INSTALACION PERMANENTE, DE
SALAS NUEVAS Y ESTACIONAMIENTO DEL PROYECTO “CINETECA
NACIONAL SIGLO XXI”, dando cumplimiento obligatorio a la reglamentación
existente y vigente en materia de construcción del Gobierno del Distrito Federal, las
Normas Oficiales Mexicanas.
f) Las instrucciones de trabajo operativo que emita la Supervisión de obra,
serán proporcionadas a los responsables legalmente acreditados por el licitante
adjudicado, los cuales estarán de manera permanente en el sitio de los trabajos.
g) Será obligación de los responsables de la obra por parte del licitante
adjudicado que informen oportunamente a la Supervisión de obra y/o a la
Residencia de Obra, los problemas que pudieran obstaculizar su trabajo, sin
detrimento de la calidad del servicio contratado, ni el cumplimiento de los programas
de obra contratados.
h) El representante del licitante adjudicado está obligado a asistir con
puntualidad a todas las reuniones y eventos a que convoque la Supervisión de obra
i) En relación con las Normas de Seguridad e Higiene vigentes para estos
efectos, estas deberán ser consideradas de cumplimiento obligatorio por parte del
licitante adjudicado.
j) Obra limpia: La recolección, acopio de basura, cascajo, material producto de
excavación o cualquier material de desperdicio de construcción, por cualquier medio
(manual o mecánico), la efectuará el licitante adjudicado a su costo desde el inicio
de la obra y hasta su terminación total, así como el retiro fuera de la misma al tiro
oficial, verificado y autorizado por la Residencia y Supervisión de Obra.
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k) Para verificar que el licitante adjudicado haya realizado los trámites y correcta
disposición de los desechos de la obra, deberá presentar los comprobantes de los
acarreos efectuados y depositados en el tiro oficial autorizado por la Delegación o
el Distrito Federal, debidamente avalados por la Supervisión dela Obra.
l) Será necesaria durante todo el proceso de la obra, la habilitación de un
espacio destinado al acopio y separación de todos los desechos generados por el
proceso de los trabajos y por el personal de la obra considerando la colocación de
contenedores individuales para papel, cartón, vidrio, aluminio y plástico además de
su posterior destinación a organismos y/o empresas dedicadas al correcto reciclaje
de los mismos.
m) Deberá elaborarse un plan de control para prevenir las emisiones de polvo y
partículas por efectos de los trabajos de demolición implementando dispositivos
como lonas de contención de polvo, servicio de lavado de llantas para camiones y
habilitación de charola para captación de lodo y tierra liberados por el tráfico
vehicular.
n) Deberá elaborarse e implementarse un plan de control de erosión y
sedimentación respectivo a los trabajos de terracerías y exposición del terreno
natural previniendo así el azolve del drenaje público y la intemperización y erosión
de los perfiles de la excavación expuestas durante la demolición, implementando
dispositivos como, trampas de decantación, conducción y filtrado temporal de aguas
pluviales, barreras de lodos y limpieza continua de las calles y banquetas más
próximas a la obra con agua tratada.
o) Deberá contemplarse para la ejecución de los trabajos un plan de control y
monitoreo de emisión de ruido por medio de la instalación de silenciadores en el
equipo utilizado así como de barreras de sonido a base de paneles sólidos a
colindancias y mediciones periódicas con el fin de monitorear y documentar los
niveles de emisión de ruidos en el proceso de la demolición.
p) Es necesario para aplicación de los trabajos de demolición la implementación
de un plan para el control de emisiones contaminantes basado en la periódica
- 90 -
revisión y mantenimiento del equipo utilizado durante la demolición contemplando
la instalación de filtros en los casos de equipos con motores a diésel y gasolina con
el fin de incrementar el rendimiento de trabajo de los mismos y la reducción en las
emisiones contaminantes de los motores.
q) Será obligatorio la implementación de un servicio de limpieza constante
durante el proceso de demolición que asegure el ordenado y limpio desarrollo de
los trabajos en sitio tanto al interior como al exterior del predio.
r) Todos los contenedores de combustible, sustancias nocivas y/o
contaminantes deberán concentrarse en áreas dispuestas para tal caso con las
medidas de seguridad, ventilación, señalización y confinamiento apropiadas de
acuerdo con las especificaciones oficiales y el plan de seguridad de la Obra.
s) v).- El licitante adjudicado tendrá que apegarse en estricto orden al plan de
logística entregado por la convocante ya que la Cineteca Nacional tendrá que estar
en operación desde el inicio y hasta el fin de los trabajos”29
El ganador del proyecto fue el arquitecto Michel Rojkind y su despacho Rojkind
Arquitectos. Aunque se había planteado originalmente que no se cerrarían las
instalaciones al público en el transcurso de las obras, por normatividad constructiva
se determinó el cierre completo de la Cineteca, siendo primero el estacionamiento
el 31 de diciembre de 2011 y las salas de proyección el 16 de enero de 2012.2
Durante el transcurso de las obras, la proyección de películas continuó en sedes
alternas:
Auditorio del Museo de Arte Carrillo Gil
Sala Luis Buñuel del Centro de Capacitación Cinematográfica
The Movie Company
29 Licitación Pública Nacional No. 11230001-008-11; Fideicomiso para la Cineteca Nacional, Dirección de
Administración y Finanzas, Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales.
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Auditorio de la Biblioteca José Vasconcelos
Auditorio Alfonso García Robles del Centro Cultural Universitario Tlatelolco
Cine Lido
Sala Molière del IFAL
Cine Teresa (Propiedad de la entonces Directora de La Cineteca, Paula Astorga
Riestra)
En marzo de 2012 el CONACULTA determinó ampliar el proyecto a tres fases,
con un costo total de 540.7 millones de pesos, que se recuperarán en el 2019. Las
acciones a realizar son:
1. Construir y equipar dos bóvedas unidas para el almacenamiento de material
cinematográfico, bajo exigencias y normas técnicas internacionales, a fin de atender
la demanda actual de su conservación;
2. Edificar y equipar un laboratorio digital para la restauración de material
cinematográfico que acusa un grave deterioro y está en riesgo de pérdida total;
3. Ampliar de 6 a 10 el número de salas de exhibición. Ello implica la construcción
de cuatro nuevas salas con características de espacio y equipo actualizado; así
como la remodelación de las seis existentes, que permita apegarse a las normas
isópticas (relación entre el ángulo de la pantalla y las butacas) y acústicas. Ampliar
los pasillos entre butacas para darle más espacio, logrando un importante confort,
así mismo en temas de acústica se estará por encima de las salas comerciales,
logrando estar a la vanguardia en este importante tema para el cine de Arte;
4. Edificar y equipar un estacionamiento vertical de siete plantas, con lo que se
aumenta en 57% el número de cajones disponibles, y se libera al mismo tiempo
espacio que actualmente ocupa el estacionamiento, con lo que se abren áreas
verdes para la recreación;
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5. Proveer de instalaciones y facilidades para personas con capacidades
diferentes;
6. Reubicar y equipar las oficinas administrativas para un mejor desempeño de
las funciones;
7. Acondicionar la actual Sala Alejandro Galindo para transformarse en una
Videoteca Digital, un espacio destinado al análisis y consulta cinematográficos;
8. Construir un edificio de tres pisos, que albergará el Museo del Cine, con tres
galerías especialmente diseñadas para exposiciones, y un sótano que alojará el
Cerebro Digital de la Imagen que dará servicio a la Videoteca Digital, así como un
edificio anexo de Bodega-Taller;
9. Adecuar los actuales locales comerciales y oficinas administrativas para
brindar servicios al Museo del Cine: tienda, ludoteca, sala de lectura del Consejo
Nacional para la Cultura y las Artes (CONACULTA), guardarropa y módulo de
información;
10. Acondicionar áreas de servicio, carpintería y museografía dentro de los
espacios actualmente subutilizados dentro de las instalaciones existentes;
11. Proveer de instalaciones para la mejor permanencia y tránsito de los
asistentes en espacios públicos comunes, mediante la edificación de una cubierta,
la creación de una plaza pública techada, un incremento de 57 % de áreas verdes,
el Foro Mayorazgo y la remodelación de la actual Plaza Central; logrando generar
un espacio público de acuerdo a las necesidades actuales de fomentar Arte y
Cultura.
Según el arquitecto Michel Rojkind, la primera fase de la obra se realizó bajo
presiones para terminarla antes de terminar el sexenio de Felipe Calderón.
La inauguración de la Cineteca fue programada para el 7 de noviembre de 2012,
con un concierto de Michael Nyman. La fecha fue cambiada para un día después,
por lo que el concierto fue suspendido. En esa fecha el entonces presidente realizó
- 93 -
sólo un recorrido de supervisión y se proyectó la película Tiburón. La nueva fecha
de inauguración fue el 28 de noviembre, siendo una de las últimas actividades de
Felipe Calderón como presidente.
Siendo ese año el último de su sexenio, y entrando a sucederlo, el ahora Lic.
Enrique Peña Nieto.
El 18 de abril del 2014 dos salas permanecieron cerradas debido a la que los
conductos de agua se taparon debido al mal clima y la lluvia, por lo cual se
desbordaron hasta los conductos de aire e ingresó a las cabinas y el suelo de las
salas, salas que acababan de ser inauguradas tan solo un par de años atrás.
4.4 Biblioteca José Vasconcelos
La Biblioteca Vasconcelos de la Ciudad de México es un recinto bibliográfico
ubicado al norte de la capital mexicana, contigua a la antigua estación de trenes de
Buenavista y al Tianguis Cultural del Chopo. Está dedicada al filósofo, educador y
candidato presidencial José Vasconcelos, quien fue presidente de la Biblioteca
Nacional de México y promotor activo de la lectura a principios del siglo XX. También
fue llamada Mega Biblioteca por la prensa mexicana. El proyecto impulsado por la
entonces presidenta de CONACULTA, Sari Bermúdez, fue inaugurado en el 2006
durante la administración del presidente Vicente Fox Quesada. Es obra de los
arquitectos Alberto Kalach y Juan Palomar de la firma TAX Alberto Kalach y cuenta
con un diseño que permite ampliar la estantería para hacer crecer su acervo, que
oficialmente es de 575 mil libros
Esta biblioteca cubre 38 mil metros cuadrados de construcción, y tuvo un costo
inicial proyectado de 954 millones de pesos (en esa época, aproximadamente 98
millones de dólares estadounidenses). El Congreso de la República propuso planes
para reducir el presupuesto del 2005, e incluyó recortes a las tres ramas del
gobierno; el Partido Acción Nacional (partido del entonces presidente Fox) propuso
un presupuesto alterno, que preservaba fondos para el proyecto Enciclomedia y
para esta biblioteca.
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La Biblioteca Vasconcelos, obra del arquitecto mexicano Alberto Kalach, es un
recinto luminoso gracias al juego de transparencias que le dan el techo y las paredes
de cristal. Tiene tres niveles superiores y una planta baja, y constituye una admirable
muestra de la arquitectura moderna.
El edificio de la Biblioteca Vasconcelos se ubica en un terreno de 37 mil 692
metros cuadrados; tiene una construcción de más de 44 mil metros cuadrados y
consta de 3 edificios alineados, con seis niveles cada uno.
El recinto puede tener un aforo máximo de hasta 5 mil personas diariamente, lo
que constituye una afluencia de 1,825.000 visitantes al año. Para comodidad de los
usuarios, cuenta con un estacionamiento con capacidad para 325 automóviles.
Por retrasos en su apertura y posteriores fallas, es uno de los más controvertidos
y -en números absolutos- más grandes inversiones en infraestructura pública del
gobierno del entonces presidente Vicente Fox.
Las principales opiniones favorables hacia la biblioteca señalan la carencia de
instalaciones culturales al norte de la Ciudad de México y que sus usuarios
provenientes de la zona metropolitana aumentan. Además, cuenta con instalaciones
de primer nivel y tiene una vocación de centro cultural.
Opiniones en contra señalan principalmente que el gasto hecho en el edificio es
centralista y se pudo invertir en más bibliotecas en todo México y en programas
educativos, así como el apresuramiento con la que se construyó e inauguró, lo que
derivó en su posterior cierre temporal y, por consecuencia, gastos adicionales para
su reapertura, que ocurrió hasta 2008.
Fox Quesada inauguró la biblioteca el 16 de mayo del 2006, y declaró que era
ésa una de las construcciones más avanzadas y acordes al siglo XXI, de la cual se
sabe que el proyecto fue, a decir verdad, un proyecto pretencioso y fallido.
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La Mega Biblioteca José Vasconcelos promovida al final del sexenio de Vicente
Fox como -un nuevo paradigma- ha sido desde su origen, un proyecto sumamente
cuestionado, que incluso antes de haber sido concebido generó mucha polémica.
El argumento que motivó el proyecto de la Mega Biblioteca fue el de la
“necesidad” de tener un cerebro central de alta tecnología para la Red Nacional de
Bibliotecas públicas y la recuperación de la Estación de trenes de Buenavista –
terreno donde se erigió la Mega Biblioteca-.
Dicho argumento, suponía que este “monumento a la sabiduría” único en su tipo,
podía fomentar el interés de la gente por la lectura y generar diversas actividades
culturales en torno al edificio, además de regenerar e integrar el entorno urbano, así
como sucedió con el Centro Georges Pompidou en Francia o en el Museo
Guggenhein de Bilbao.
Muchos han sido los cuestionamientos de los que ha sido objeto la Mega
Biblioteca José Vasconcelos, lo que es comprensible, pues de origen representaba
un gasto tan extraordinario como... inútil, sobre todo si consideramos que a lo largo
de la gestión de Vicente Fox era necesario resolver otras necesidades más
apremiantes que requerían quizá de una inversión mucho menor que la que se llevó
a cabo para la construcción de este enorme “recinto de la sabiduría”.
Como ha sucedido a lo largo de los últimos sexenios, la construcción de esta obra
calificada por el mismo Vicente Fox como la “catedral de la sabiduría” respondió
más a los anhelos faraónicos –o de megalomanía- de un presidente que
paradójicamente, es uno de los menos letrados – por no calificarlo de ignorante -
que haya existido en la historia de México-. Desde el comienzo, éste proyecto se
desarrolló más como un capricho que como una obra que verdaderamente
resolvería las necesidades de la sociedad mexicana en materia de cultura.
En la actualidad el acervo que en un principio estaba conformado por 500 mil
volúmenes poco a poco ha ido descendiendo. Casi la mitad de los anaqueles de la
Mega Biblioteca están vacíos, debido a la falta de organización de los trabajadores
que por su inexperiencia no han podido todavía clasificar el acervo.
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Una de las cosas más lamentables es que debido al deplorable estado del
edificio fueron afectados más de 30 mil volúmenes a causa de las lluvias, pues en
todo el edificio hay goteras y humedad.
Por lo apresurado de su inauguración –no hay que olvidar que esta obra tenía
que inaugurarse antes de la campaña electoral del 2006-, la Mega Biblioteca
presenta una serie de errores que han hecho de este edificio un lugar inhabitable,
lleno de goteras y filtraciones que han provocado humedad en todo el edificio;
además de que la impresionante solución de colgar los estantes está resultando
sumamente peligrosa debido a que varios de ellos corren el riesgo de derrumbarse.
De tal suerte, que a menos de un año de su inauguración ésta tuviera que cerrar
sus puertas al público.
4.5 PROPUESTA
De lo antes expuesto y como ha quedado acotado páginas antes, se denomina
obra pública a todos los trabajos de construcción, ya sean infraestructuras o
edificación, promovidos por una Administración Pública teniendo como objetivo el
beneficio de la comunidad.
Dicho concepto queda en duda al ver tan solo las cuatro obras públicas citadas
con antelación, toda vez que de lo que se obtiene, es claro que el objetivo no ha
quedado satisfecho, ya que solo se han invertido cantidades estratosféricas de
dinero en cada una de ellas, además de otras que no se abordan en la presente
obra, y no ha habido de beneficio para la comunidad, a contrario sensu ha quedado
delimitado, el hecho de que cada obra mencionada ha tenido fallas, además de que
ni siquiera se ha podido cumplir con los objetivos planteados en las licitaciones
públicas de cada una de ellas.
Todo lo anterior deja claro a todas luces, que a pesar de que exista una
regulación legal al respecto de la Obras Públicas, esta no se observa con la debida
puntualidad las fallas de organización, el mal manejo de la cuenta pública,
desfalcos, desvíos de fondos y en el mejor de los casos supuestas inversiones que
solo son gastos exorbitantes de los recursos públicos.
Lo cual es preocupante, por lo que sin duda debe ponerse sobre la mesa el tema,
ya que no es ningún secreto que en la sociedad que nos desenvolvemos, el
gobierno se sirve del pueblo, y no al revés, como debería de ser.
Es por lo que a consideración propia, aliento con ímpetu a que existan soluciones
al respecto, y ¿a quién toca dar ese tipo de soluciones si no es a las nuevas
generaciones interesadas en que este país salga del hoyo en el que se encuentra,
y no por voluntad propia, dicho sea de paso, sino a fuerza de bandas presidenciales
corruptas, de curules llenos de leguleyos que cobran técnicamente solo por existir
y calentar un asiento?, es a nosotros como nuevas generaciones de estudiosos y
amantes del derecho en su más pura esencia, perseguidores insaciables de la
justicia al costo que sea, a los que corresponde esta gran y ardua tarea.
Por ello, y derivado del presente trabajo de investigación, me permito hacer la
siguiente:
PROPUESTA
En la Administración Pública, cada dependencia cuenta con un Órgano Interno
de Control, mismo que depende directamente de la Secretaría de la Función
Pública, dicho Órgano Interno es encargado de vigilar el funcionamiento de la
dependencia a la que se encuentra adscrito, así como también tiene a su cargo
vigilar que cada servidor público adscrito a este se conduzca en apego a las
legislaciones correspondientes, que los altos mandos utilicen los recursos que le
son otorgados para el fin que haya sido solicitado y previamente aprobado, para lo
cual el Órgano Interno se divide en tres Áreas:
1. Área de Quejas y Responsabilidades.
2. Área de Mejora de la Gestión Pública.
3. Área de Auditoría Interna.
Cada una se respalda en la otra, para lograr un engranaje perfecto, y asimismo
cada Área tiene un objetivo y funcionamiento diferente, según lo establece el artículo
- 98 -
80 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, que a la literalidad
reza30:
“ARTÍCULO 80.- Los titulares de las áreas de responsabilidades, auditoría y
quejas de los órganos internos de control tendrán, en el ámbito de la dependencia,
de sus órganos desconcentrados o entidad en la que sean designados o de la
Procuraduría, sin perjuicio de las que corresponden a los titulares de dichos
órganos, las siguientes facultades:
I. Titulares de las Áreas de Responsabilidades:
1. Citar al presunto responsable e iniciar e instruir el procedimiento de
investigación conforme a la Ley, a fin de determinar las responsabilidades a que
haya lugar e imponer, en su caso, las sanciones aplicables en los términos del
ordenamiento legal en materia de responsabilidades y determinar la suspensión
temporal del presunto responsable de su empleo, cargo o comisión, si así
conviene para la conducción o continuación de las investigaciones, de
conformidad con lo previsto en el referido ordenamiento;
2. Llevar los registros de los asuntos de su competencia y expedir las copias
certificadas de los documentos que obren en sus archivos;
3. Dictar las resoluciones en los recursos de revocación interpuestos por los
servidores públicos respecto de la imposición de sanciones administrativas, así
como realizar la defensa jurídica de las resoluciones que emitan ante las
diversas instancias jurisdiccionales, representando al Secretario;
4. Recibir, instruir y resolver las inconformidades interpuestas por los actos que
contravengan las disposiciones jurídicas en materia de adquisiciones,
arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma,
con excepción de aquéllas que deba conocer la Dirección General de
30 Artículo 80 del Reglamento Interno de la Secretaría de la Función Pública.
- 99 -
Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas, por acuerdo del
Secretario;
5. Iniciar, instruir y resolver el procedimiento de intervenciones de oficio, si así
lo considera conveniente por presumir la inobservancia de las disposiciones
contenidas en las disposiciones mencionadas en el numeral anterior;
6. Tramitar, instruir y resolver los procedimientos administrativos de sanción a
personas físicas o morales por infracciones a las disposiciones jurídicas en
materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública, servicios
relacionados con las mismas y demás disposiciones en contratación pública, e
imponer las sanciones correspondientes, e informar a la Dirección General de
Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas sobre el estado que
guarde la tramitación de los expedientes de sanciones que sustancie, con
excepción de los asuntos que aquélla conozca;
6. bis. Registrar y mantener actualizado el Directorio de Proveedores y
Contratistas Sancionados de la Administración Pública Federal, sobre los
asuntos a su cargo.
7. Tramitar los procedimientos de conciliación en materia de adquisiciones,
arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma
derivados de las solicitudes de conciliación que presenten los proveedores o
contratistas por incumplimiento a los contratos o pedidos celebrados por las
dependencias, las entidades y la Procuraduría, en los casos en que por acuerdo
del Secretario así se determine. Para efecto de lo anterior, podrán emitir todo
tipo de acuerdos, así como presidir y conducir las sesiones de conciliación y
llevar a cabo las diligencias, requerimientos, citaciones, notificaciones y
prevenciones a que haya lugar;
8. Instruir los recursos de revisión que se hagan valer en contra de las
resoluciones de inconformidades e intervenciones de oficio, así como en contra
de las resoluciones por las que se impongan sanciones a los licitantes,
- 100 -
proveedores y contratistas en los términos de las leyes de la materia y
someterlos a la resolución del titular del órgano interno de control;
9. Formular requerimientos, llevar a cabo los actos necesarios para la atención
de los asuntos en materia de responsabilidades, así como solicitar a las
unidades administrativas la información que se requiera, y
10. Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las
que le encomienden el Secretario y el titular del órgano interno de control
correspondiente; Los titulares de las áreas de responsabilidades de las
Unidades de Responsabilidades tendrán, en el ámbito de su adscripción, las
facultades a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 9 y 10 de esta fracción.
II. Titulares de las Áreas de Auditoría:
a) De Auditoría Interna:
1. Ordenar y realizar, por sí o en coordinación con las unidades administrativas
de la Secretaría u otras instancias externas de fiscalización, las auditorías y
visitas de inspección que les instruya el titular del órgano interno de control, así
como suscribir el informe correspondiente y comunicar el resultado de dichas
auditorías y visitas de inspección al titular del órgano interno de control, a la
Secretaría y a los responsables de las áreas auditadas;
2. Ordenar y realizar por sí o en coordinación con las unidades administrativas
de la Secretaría o con aquellas instancias externas de fiscalización que se
determine, las auditorías, revisiones y visitas de inspección que se requieran para
determinar si las dependencias, las entidades y la Procuraduría, cumplen con la
normatividad, programas y metas establecidos e informar los resultados a los
titulares de las mismas, y evaluar la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de
sus objetivos, además de proponer las medidas preventivas y correctivas que
apoyen el logro de sus fines, aprovechar mejor los recursos que tiene asignados,
y que el otorgamiento de sus servicios sea oportuno, confiable y completo;
- 101 -
3. Vigilar la aplicación oportuna de las medidas correctivas y recomendaciones
derivadas de las auditorías o revisiones practicadas, por sí o por las diferentes
instancias externas de fiscalización;
4. Requerir a las unidades administrativas de las dependencias, las entidades y
la Procuraduría la información, documentación y su colaboración para el
cumplimiento de sus funciones y atribuciones;
5. Proponer al titular del órgano interno de control las intervenciones que en la
materia se deban incorporar al programa anual de trabajo de dicho órgano;
6. Llevar los registros de los asuntos de su competencia y expedir las copias
certificadas de los documentos que obren en sus archivos, y
7. Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las
que le encomienden el Secretario y el titular del órgano interno de control
correspondiente;
b) De Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública:
1. Verificar el cumplimiento de las normas de control que emita la Secretaría, así
como elaborar los proyectos de normas complementarias que se requieran en
materia de control;
2. Evaluar la suficiencia y efectividad de la estructura de control interno
establecido, informando periódicamente el estado que guarda;
3. Efectuar la evaluación de riesgos que puedan obstaculizar el cumplimiento de
las metas y objetivos de las dependencias, las entidades y la Procuraduría;
4. Promover y asegurar el desarrollo administrativo, la modernización y la mejora
de la gestión pública en las dependencias, las entidades y la Procuraduría,
mediante la implementación e implantación de acciones, programas y proyectos
en esta materia;
- 102 -
5. Participar en el proceso de planeación que desarrolle la institución en la que
sean designados, para el establecimiento y ejecución de compromisos y acciones
de mejora de la gestión o para el desarrollo administrativo integral, conforme a
las estrategias que establezca la Secretaría;
6. Brindar asesoría en materia de mejora y modernización de la gestión en las
instituciones en que se encuentren designados, en temas como:
a) Planeación estratégica;
b) Trámites, Servicios y Procesos de Calidad;
c) Participación Ciudadana;
d) Mejora Regulatoria Interna y hacia particulares;
e) Gobierno Digital;
f) Recursos Humanos, Servicio Profesional de Carrera y Racionalización de
Estructuras;
g) Austeridad y disciplina del gasto, y
h) Transparencia y rendición de cuentas.
Para efectos de este numeral 6, los titulares de las áreas de Auditoría para
Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública, realizarán o podrán encomendar
investigaciones, estudios y análisis, para asesorar a las instituciones en los temas
señalados;
7. Participar en los Comités Técnicos de Selección de las dependencias sujetas
a la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal;
8. Promover en el ámbito de las dependencias, las entidades y la Procuraduría
el establecimiento de pronunciamientos de carácter ético, así como de programas
orientados a la transparencia y el combate a la corrupción e impunidad;
- 103 -
9. Proponer al titular del órgano interno de control las intervenciones que en
materia de evaluación y de control se deban integrar al Programa Anual de
Trabajo;
10. Impulsar y dar seguimiento a los programas o estrategias de desarrollo
administrativo integral, modernización y mejora de la gestión pública, así como
elaborar y presentar los reportes periódicos de resultados de las acciones
derivadas de dichos programas o estrategias;
11. Dar seguimiento a las acciones que implementen las dependencias, las
entidades y la Procuraduría para la mejora de sus procesos, a fin de apoyarlas
en el cumplimiento de sus objetivos estratégicos con un enfoque preventivo y
brindarles asesoría en materia de desarrollo administrativo;
12. Realizar diagnósticos y opinar sobre el grado de avance y estado que guardan
las dependencias, las entidades y la Procuraduría en materia de desarrollo
administrativo integral, modernización y mejora de la gestión pública;
13. Promover el fortalecimiento de una cultura orientada a la mejora permanente
de la gestión institucional y de buen gobierno, al interior de las dependencias, las
entidades y la Procuraduría, a fin de asegurar el cumplimiento de la normativa,
metas y objetivos;
14. Llevar los registros de los asuntos de su competencia y expedir las copias
certificadas de los documentos que obren en sus archivos;
15. Requerir a las unidades administrativas de la institución en la que sean
designados, la información que se requiera para la atención de los asuntos en
las materias de su competencia;
16. Establecer acciones preventivas y de transformación institucional a partir de
los resultados de las distintas evaluaciones a los modelos, programas y demás
estrategias establecidas en esta materia por la Secretaría, y
- 104 -
17. Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran, así
como las que le encomiende el Secretario y el titular del órgano interno de control
correspondiente.
Cuando en un órgano interno de control no coexistan el Titular del Área de
Auditoría Interna y el de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública,
el servidor público que se desempeñe como Titular del Área de Auditoría ejercerá
la totalidad de las atribuciones establecidas en la presente fracción;
III. Titulares de las Áreas de Quejas:
1. Recibir las quejas y denuncias que se formulen por el posible incumplimiento de
las obligaciones de los servidores públicos;
1. bis. Recibir las quejas y denuncias que se formulen en contra de personas
físicas o morales por infracciones a las disposiciones jurídicas en materia de
adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública, servicios relacionados con
la misma y demás disposiciones en contratación pública;
2. Practicar de oficio, o a partir de queja o denuncia, las investigaciones por el
posible incumplimiento de los servidores públicos a las obligaciones a que se
refiere el ordenamiento legal en materia de responsabilidades, con excepción de
aquéllas que deba llevar a cabo la Dirección General de Denuncias e
Investigaciones, por acuerdo del Secretario, así como informar a dicha unidad
administrativa sobre el estado que guarde la tramitación de los procedimientos de
investigación que conozca;
2. bis. Practicar de oficio o a partir de queja o denuncia, las investigaciones en
contra de personas físicas o morales por infracciones a las disposiciones jurídicas
en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública, servicios
relacionados con la misma y demás disposiciones en contratación pública, con
excepción de aquéllas que deba conocer la Dirección General de Controversias y
Sanciones en Contrataciones Públicas, así como informar a dicha unidad
administrativa sobre el estado que guarde la tramitación de los procedimientos de
- 105 -
investigación que conozca. Para lo cual, podrá emitir todo tipo de acuerdo y llevar
a cabo toda clase de diligencias.
3. Citar, cuando lo estime necesario, al denunciante o al quejoso para la ratificación
de la denuncia o la queja presentada en contra de servidores públicos por
presuntas violaciones al ordenamiento legal en materia de responsabilidades, o
incluso a otros servidores públicos que puedan tener conocimiento de los hechos
a fin de constatar la veracidad de los mismos, así como solicitarles que aporten,
en su caso, elementos, datos o indicios que permitan advertir la presunta
responsabilidad del servidor público;
4. Practicar las actuaciones y diligencias que se estimen procedentes, a fin de
integrar debidamente los expedientes relacionados con las investigaciones que
realice con motivo del incumplimiento de los servidores públicos a las obligaciones
a que se refiere el ordenamiento legal en materia de responsabilidades;
5. Dictar los acuerdos que correspondan en los procedimientos de investigación
que realice, incluidos los de archivo por falta de elementos cuando así proceda, y
de remisión al área de responsabilidades;
6. Promover la implementación y seguimiento de mecanismos e instancias de
participación ciudadana para el cumplimiento de estándares de servicio, así como
en el establecimiento de indicadores para la mejora de trámites y servicios en las
dependencias, las entidades y la Procuraduría, conforme a la metodología que al
efecto se emita;
7. Asesorar, gestionar, promover y dar seguimiento a las peticiones sobre los
trámites y servicios que presente la ciudadanía y recomendar a las dependencias,
las entidades o la Procuraduría la implementación de mejoras cuando así proceda;
8. Conocer previamente a la presentación de una inconformidad, las
irregularidades que a juicio de los interesados se hayan cometido en los
procedimientos de adjudicación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así
como respecto de la obra pública que lleven a cabo las dependencias, las
- 106 -
entidades o la Procuraduría, a efecto de que las mismas se corrijan cuando así
proceda;
9. Supervisar los mecanismos e instancias de atención y participación ciudadana
y de aseguramiento de la calidad en trámites y servicios que brindan las
dependencias, las entidades, o la Procuraduría conforme a la política que emita la
Secretaría;
10. Auxiliar al titular del órgano interno de control en la formulación de
requerimientos, información y demás actos necesarios para la atención de los
asuntos en la materia, así como solicitar a las unidades administrativas la
información que se requiera;
11. Determinar la procedencia de las inconformidades que se presenten en contra
de los actos relacionados con la operación del Servicio Profesional de Carrera y
sustanciar su desahogo, conforme a las disposiciones que resulten aplicables;
12. Realizar la valoración de la determinación preliminar que formulen las
dependencias sobre el incumplimiento reiterado e injustificado de obligaciones de
los servidores públicos de carrera, en términos de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento;
13. Llevar los registros de los asuntos de su competencia y expedir las copias
certificadas de los documentos que obren en sus archivos, y
14. Las demás que les atribuyan expresamente el Secretario y el titular del órgano
interno de control correspondiente. Los titulares de las áreas de quejas, denuncias
e investigaciones de las Unidades de Responsabilidades tendrán, en el ámbito de
su adscripción, las facultades a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5,10, 13 y
14 de esta fracción.”
Ahora bien en relación a las compras que se realizan en una entidad, antes de
que estas se lleven a cabo, deben pasar por la aprobación de un Comité, que para
el caso específico existen tres, mismos que fueron publicados en el Diario Oficial de
la Federación:
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1. Comité de Obras Publicas
2. Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.
3. Comité de Bienes Muebles.
Cabe destacar que los tres Comités están compuestos por tres o más vocales y
un representante, los cuales votan a fin de que se apruebe o no, las propuestas a
realizar, mismas que pueden consistir, según sea el caso, en propuestas para
contratar algún servicio, comprar bienes muebles o en su caso realizar o restaurar
alguna obra pública; en todas las sesiones de dichos Comités debe asistir un
servidor público adscrito al Órgano Interno de Control de la Unidad, dicho servidor
público contara con voz pero no con voto, pues solo asistirá con fines de vigilancia
y asesoría, estando en todo momento al tanto que el proceso de Comité se lleve
con apego a la ley.
Cuando se decide que obras o adquisiciones se harán, de acuerdo al monto de
la misma, se establece si la contratación será por Licitación Pública, por
Adjudicación Directa o por ITP (Invitación a Cuando menos tres Personas),
atendiendo al porcentaje 30-70, que indica la Ley de Adquisiciones.
Cuando hay una Licitación Directa se convoca a lo siguiente:
1. Revisión de la convocatoria: En este punto valga la redundancia, se revisa
a detalle la convocatoria a lanzar, el contrato que se celebrara entre la
convocante y la convocada.
2. Lanzamiento de la convocatoria: Se lanza la convocatoria por los medios
idóneos (DOF) para iniciar el concurso.
3. Junta de Aclaraciones: A esta acuden los licitantes que pretenden
participar a fin de aclarar dudas o hacer cualquier tipo de interrogaciones
que giren en torno a la licitación en cuestión.
4. Fallo de la convocatoria: En esta última etapa se emite el resultado, el
nombre del ganador de la Licitación.
- 108 -
En el caso específico del Comité de Obras Públicas que se rige por la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados por las Mismas, en su artículo 1 señala
cual es el objeto reglamentario de ésta:
“Artículo 1. La presente Ley es de orden público y tiene por objeto reglamentar
la aplicación del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos en materia de contrataciones de obras públicas, así como de los
servicios relacionados con las mismas, que realicen:
I. Las unidades administrativas de la Presidencia de la República; II. Las Secretarías de Estado y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal;
III. La Procuraduría General de la República; IV. Los organismos descentralizados; V. Las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos en los
que el fideicomitente sea el Gobierno Federal o una entidad paraestatal, y VI. Las entidades federativas, los municipios y los entes públicos de unas y
otros, con cargo total o parcial a recursos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. No quedan comprendidos para la aplicación de la presente Ley los fondos previstos en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal.
[…]”
El mencionado artículo 134 Constitucional a la letra señala en su parte
concedente:
“Artículo 134. Los recursos económicos de que dispongan la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. (…)”
Es por lo que el hechos de que no se administre con eficacia, economía,
transparencia y honradez los recursos económicos que disponga cualquier ente a
nivel Federal, Estatal o Municipal, constituye una “Inobservancia a la Ley de Obras
- 109 -
Publicas y Servicios Relacionadas con las Mismas”, por lo cual resultan aplicables
dos propuestas una preventiva y otra correctiva, la primera redunda en el primer
paso de la Licitación Directa, la Revisión de la Convocatoria, en esta etapa, el
Órgano Interno de Control, en específico el De Auditoría para Desarrollo y Mejora
de la Gestión Pública, en su papel de asesor de la dependencia a la que se
encuentra adscrito, debería de revisar de forma exhaustiva dicha Convocatoria, así
como el contrato que en su momento se firmará con el licitador ganador.
Como abogados se sabe que dentro de un contrato se deben establecer
clausulas candado, que aseguren el cumplimiento del objeto materia del contrato, y
que de no ser así se aseguren las penalizaciones por no hacerlo.
El trabajo de campo realizado, arrojó que es justo en este punto donde no se
realiza la revisión detallada del contrato y la convocatoria en cuestión, pues las
convocatorias las realizan las unidades que requieren el servicio, y que en casi
todas las ocasiones no cuentan con pericia en el ámbito legal, por lo que las bases
de la citada convocatoria no son bien planteadas, por lo que al llevarse las demás
etapas del proceso, en la mayoría de los casos, tiene como desenlace el mal
cumplimiento del servicio, y en el caso específico de las obras públicas, el mal
manejo del recurso, derivado de que fue precisamente en la convocatoria lanzada
donde no se fijaron correctamente las bases del proceso; incluso en el propio
contrato llega a existir falta de temporalidad de entrega, o el no establecimiento de
los materiales que son requeridos por la licitadora para realizar la obra pública, la
falta penalizaciones por incumplimiento, y en suma todo lo anterior deja como
resultado un detrimento a la Hacienda Pública, pues se hacen erogaciones con fines
que no se alcanzan.
Ahora bien, en cuanto a la propuesta correctiva es necesario enfocarse en un
Área del Órgano Fiscalizador de la Entidad: el Área de Auditoria Interna.
Esta Área mediante un Programa Anual de Trabajo, año con año determina las
auditorías a realizar durante el año fiscal siguiente, tanto en obras públicas, como
en bienes muebles y adquisiciones y servicios, pero no solo eso, también auditan
- 110 -
cuenta pública, así como las diversas direcciones de la dependencia que manejen
recursos.
Por lo anterior es claro que en un año fiscal dicha Área no audita la totalidad de
erogaciones que la entidad a la que está adscrita realizó en un año fiscal anterior,
es por lo que existen demasiados daños a la Hacienda Pública que no son
advertidos hasta años después de que acontecen, lo que deja lugar incluso a la
prescripción de delitos contra la Hacienda Pública.
Ahora bien, la siguiente propuesta correctiva va totalmente enfocada a subsanar
la inobservancia de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las
Mismas, es decir la ley ya se inobservó, ¿cómo se corrige?
La propuesta básicamente se enfoca en la creación de una subdivisión del Área
de Auditoría Interna:
1. Auditoría Interna de Obras Públicas.
2. Auditoría Interna de Adquisiciones y Servicios.
3. Auditoría Interna de Bienes Muebles.
4. Auditoría Interna de Fondos Rotatorios.
Con lo anterior existiría más fuerza de trabajo para auditar no solo al azar, sino
estudiadamente, en este caso, las obras públicas que se detecten con una mala
convocatoria de licitación y que por consiguiente exista un mal manejo de recursos,
un incumplimiento en los plazos de entrega, etc.
Esto arrojaría, seguramente un sin número de malos manejos, los cuales sin duda
acarrearían demasiado trabajo al Área de Quejas y Responsabilidades, con inicios
de Procedimientos Administrativos disciplinarios, que quizá concluyan hasta en
suspensión de empleos, cargos o comisiones, y multas impuestas aun por las
oficinas Tributarias, pero una vez que se subsanaran, con posterioridad, los
licitadores y los licitantes observarían con más cuidado la Ley, pues entonces
sabrían que en efecto existe un órgano vigilante, no solo como un ente de
protocolización, sino un órgano enfocado a abatir cualquier inobservancia de la ley.
- 111 -
CONCLUSIONES
PRIMERA. La Administración Pública es la organización que tiene a su cargo la
dirección y la gestión de los negocios estatales ordinarios dentro del marco de
derecho, las exigencias de la técnica y una orientación política.
- 112 -
En los términos de la clásica definición de Charles- Jean Bonnin, formulada a inicios
del siglo XIX, la Administración Pública es “la que tiene la gestión de los asuntos
respecto a las personas, de los bienes y de las acciones del ciudadano como
miembro del Estado, y de su persona, sus bienes y sus acciones como incumbiendo
al orden público”, por lo que para su debido desenvolvimientos cada ejercicio fiscal
se le otorga un presupuesto económico.
SEGUNDA. El Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal,
contempla los montos que se otorgaran a cada Área de la Administración Pública.
TERCERA. Los montos asignados a cada Secretaría y Órgano desconcentrados,
deben erogarse con diligencia, y bajo el apego de las normas correspondientes.
CUARTA. Las obras públicas son parte del servicio público, pues tienen como
objeto la construcción, ampliación o modificación de bienes inmuebles destinados
directamente a la prestación de servicios de comunicaciones, transportes,
hidráulico, medio ambiente, turístico, educación, salud y energético.
QUINTA. Las obras públicas son llevadas a cabo cada dependencia de la
Administración, en apego a los montos asignados para tales efectos.
SEXTA. En materia de contrataciones de obras públicas, así como de los servicios
relacionados con las mismas, que realice la Administración Pública, la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionado con las Mismas, y su Reglamento son los
encargados de regular el manejo y procedimiento de éstas.
SEPTIMA. El objetivo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionado con las
Mismas, es reglamentar la aplicación de los recursos económicos de que dispongan
la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-
administrativos de sus demarcaciones territoriales, y que los mismos se administren
con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los
objetivos a los que estén destinados.
- 113 -
En este tenor cualquier dependencia de la Administración Pública, que vaya en
contra de tales principios, está inobservando la norma.
OCTAVA. En la actualidad, existen un sin número de obras públicas, que por no
observar la norma con la debida diligencia, han causado daño a la Hacienda
Pública, es decir, se ha erogado un recurso con un fin que no se ha satisfecho, lo
que va en contra posición de los Principios de Austeridad que el propio gobierno
maneja.
NOVENA. La obligación del gobierno es aplicar la coercitividad de la norma,
implementándola a través de los mecanismos de control ya existentes en cada una
de las dependencias de la Administración Pública, entiéndase un Órgano Interno de
Control, a través de sus tres Áreas, previniendo desfalcos en el presupuesto
administrativo.
BIBLIOGRAFÍA
ACOSTA Romero, Miguel. Teoría General del derecho Administrativo. Porrúa, 17ª edición, México, 2004,
- 114 -
BERCAITZ, Miguel Ángel Teoría General de los Contratos Administrativos, Editorial De palma.
CONCLUSIONES GENERALES, del Dictamen del Colegio Mexicano de Ingenieros Civiles. A. C.
DELGADILLO Gutiérrez, Luis Humberto y otro. Compendio de Derecho Administrativo, Primer curso. Porrúa, México 2002,
DROMI, Roberto, Derecho Administrativo, décima edición, Ciudad Argentina, Argentina 2004
Discurso del Presidente Felipe Calderón al anunciar la Convocatoria para el Anteproyecto del Monumento Emblemático Arco del Bicentenario 26 de enero de 2009.
GORDILLO, Agustín. Tratado de Derecho Administrativo, Tomo I. Porrúa, Séptima edición, México 2004.
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GORDILLO Agustín, Teoría General del Derecho Administrativo. Editorial Porrúa, Séptima Edición, México 2004.
INFORME SOBRE LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL MONUMENTO ESTELA DE LUZ 2009-2011
Licitación Pública Nacional No. 11230001-008-11; Fideicomiso para la Cineteca Nacional, Dirección de Administración y Finanzas, Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales.
OTRAS FUENTES
DE PINA, Rafael, Diccionario de Derecho. 36 edición, México 2007,
Editorial Porrúa
- 115 -
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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas
Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las
Mismas
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Reglamento Interno de la Secretaría de la Función Pública.
FUENTES ELECTRONICAS
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Banco Nacional del Ejército: http://www.banjercito.com.mx/site/siteBanjer/Bicentenario/index.html
Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea: http://cnts.salud.gob.mx/index.html
Centro Nacional de Trasplantes: http://www.cenatra.salud.gob.mx/
Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica: http://www.conalep.edu.mx/wb
Comisión Federal de Electricidad: http://www.cfe.gob.mx/Paginas/Home.aspx
Comisión Nacional del Agua: http://www.cna.gob.mx/Default.aspx
Comisión para la Regularización para la Tenencia de la Tierra: http://www.corett.gob.mx/index/index.php