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TEMA 1.1INTRODUCCIN A LOS RECURSOS NATURALES
Docente:Ing. Alberto Choquecota Riva
M.Sc. en Ingeniera Ambiental UNALM-Lima
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANOUNIVERSIDAD NACIONAL DEL
ALTIPLANOUNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANOUNIVERSIDAD NACIONAL DEL
ALTIPLANOFACULTAD DE INGENIERIA AGRICOLAFACULTAD DE INGENIERIA
AGRICOLAFACULTAD DE INGENIERIA AGRICOLAFACULTAD DE INGENIERIA
AGRICOLA
ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA AGRICOLAESCUELA PROFESIONAL DE
INGENIERIA AGRICOLAESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA
AGRICOLAESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA AGRICOLA
CURSORECURSOS NATURALES
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Se consideran recursos naturales a todo componente de la
naturaleza, susceptible de ser aprovechado por el ser humano para
la satisfaccin de sus necesidades y que tenga un valor actual o
potencial en el mercado.
Los recursos naturales pueden ser:
- Recursos Naturales Renovables y- Recursos Naturales No
Renovables.
Qu son los Recursos Naturales?
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Recursos Naturales
La Constitucin Poltica del Per (1993) establece:TITULO III
DEL REGIMEN ECONOMICO
CAPITULO II
DEL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES
Art. 66 Recursos Naturales
Los recursos naturales, renovables y no renovables, son
patrimonio de la Nacin. El Estado es soberano en su
aprovechamiento. Por ley orgnica se fijan las condiciones de su
utilizacin y de su otorgamiento a particulares. La concesin otorga
a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal.
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La Ley General del Ambiente, Ley 28611 (2005),
establece:
TTULO IIIINTEGRACIN DE LA LEGISLACIN AMBIENTALCAPTULO
1APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES
Art. 84 Del conceptoSe consideran recursos naturales a todos los
componentes de la naturaleza, susceptibles de ser aprovechados por
el ser humano para la satisfaccin de sus necesidades y que tengan
un valor actual o potencial en el mercado, conforme lo dispone la
Ley.
CONCORDANCIAS: Ley N 26821 Ley de Aprovechamiento Sostenible de
los Recursos Naturales
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Cont
Art.85 De los recursos naturales y del rol del Estado
85.1 El Estado promueve la conservacin y elaprovechamiento
sostenible de los recursos naturales atravs de polticas, normas,
instrumentos y acciones dedesarrollo, as como, mediante el
otorgamiento dederechos, conforme a los lmites y
principiosexpresados en la presente Ley y en las dems leyes ynormas
reglamentarias aplicables.
85.2 Los recursos naturales son Patrimonio de la Nacin,solo por
derecho otorgado de acuerdo a la ley y aldebido procedimiento
pueden aprovecharse los frutos oproductos de los mismos, salvo las
excepciones de ley.El Estado es competente para ejercer
funcioneslegislativas, ejecutivas y jurisdiccionales respecto de
losrecursos naturales.
85.3 La Autoridad Ambiental Nacional, en coordinacin conlas
autoridades ambientales sectoriales ydescentralizadas, elabora y
actualizapermanentemente, el inventario de los recursosnaturales y
de los servicios ambientales que prestan;estableciendo su
correspondiente valorizacin.
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Recurso Agua
Art. 90 Del recurso agua continental
El Estado promueve y controla el aprovechamiento sosteniblede
las aguas continentales a travs de la gestin integradadel recurso
hdrico, previniendo la afectacin de su calidadambiental y de las
condiciones naturales de su entorno, comoparte del ecosistema donde
se encuentran; regula suasignacin en funcin de objetivos sociales,
ambientales yeconmicos; y promueve la inversin y participacin
delsector privado en el aprovechamiento sostenible del recurso.
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Recurso suelo
Art. 91 Del recurso suelo
El Estado es responsable de promover y regular el usosostenible
del recurso suelo, buscando prevenir o reducir suprdida y deterioro
por erosin o contaminacin. Cualquieractividad econmica o de
servicios debe evitar el uso desuelos con aptitud agrcola, segn lo
establezcan las normascorrespondientes.
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Recursos forestales y de fauna silvestreArt. 92 De los recursos
forestales y de fauna silvestre92.1 El Estado establece una poltica
forestal orientada por los
principios de la presente Ley, propiciando el
aprovechamientosostenible de los recursos forestales y de fauna
silvestre, as comola conservacin de los bosques naturales,
resaltando sin perjuiciode lo sealado, los principios de
ordenamiento y zonificacin de lasuperficie forestal nacional, el
manejo de los recursos forestales,la seguridad jurdica en el
otorgamiento de derechos y la luchacontra la tala y caza
ilegal.
92.2 El Estado promueve y apoya el manejo sostenible de la fauna
yflora silvestres, priorizando la proteccin de las especies
yvariedades endmicas y en peligro de extincin, en base a
lainformacin tcnica, cientfica, econmica y a los
conocimientostradicionales.
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Servicios ambientales
Art. 94 De los servicios ambientales94.1 Los recursos naturales
y dems componentes del ambiente
cumplen funciones que permiten mantener las condiciones de
losecosistemas y del ambiente, generando beneficios que
seaprovechan sin que medie retribucin o compensacin, por lo que
elEstado establece mecanismos para valorizar, retribuir y mantener
laprovisin de dichos servicios ambientales; procurando lograr
laconservacin de los ecosistemas, la diversidad biolgica y los
demsrecursos naturales.
94.2 Se entiende por servicios ambientales, la proteccin del
recursohdrico, la proteccin de la biodiversidad, la mitigacin de
emisionesde gases de efecto invernadero y la belleza escnica, entre
otros.
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Art. 96 De los recursos naturales no renovables96.1 La gestin de
los recursos naturales no renovables est a
cargo de sus respectivas autoridades sectorialescompetentes, de
conformidad con lo establecido por la LeyN 26821, las leyes de
organizacin y funciones de dichasautoridades y las normas
especiales de cada recurso.
96.2 El Estado promueve el empleo de las mejores
tecnologasdisponibles para que el aprovechamiento de los recursos
norenovables sea eficiente y ambientalmente responsable.
Art. 112 Del paisaje como recurso naturalEl Estado promueve el
aprovechamiento sostenible delrecurso paisaje mediante el
desarrollo de actividadeseducativas, tursticas y recreativas.
Cont
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Definicin de recursos naturales
Art. 3 Se consideran recursos naturales a todo componente de
lanaturaleza, susceptible de ser aprovechado por el ser humano
parala satisfaccin de sus necesidades y que tenga un valor actual
opotencial en el mercado, tales como:a) Las aguas: superficiales y
subterrneas;b) El suelo, subsuelo y las tierras por su capacidad de
uso mayor:
agrcolas, pecuarias, forestales y de proteccin;c) La diversidad
biolgica: como las especies de flora, de la fauna y
de los microorganismos o protistos; los recursos genticos, y
losecosistemas que dan soporte a la vida;
d) Los recursos hidrocarburferas, hidroenergticos,
elicos,solares, geotrmicos y similares;
e) La atmsfera y el espectro radioelctrico;f) Los minerales;g)
Los dems considerados como tales.
El paisaje natural, en tanto sea objeto de
aprovechamientoeconmico, es considerado recurso natural para
efectos de lapresente Ley.
(1997)
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Cont
Alcance del dominio sobre los recursos naturales
Art. 4 Los recursos naturales mantenidos en su fuente, seanstos
renovables o no renovables, son Patrimonio de laNacin. Los frutos y
productos de los recursos naturales,obtenidos en la forma
establecida en la presente Ley, sondel dominio de los titulares de
los derechos concedidossobre ellos.
Participacin ciudadana
Art. 5 Los ciudadanos tienen derecho a ser informados y
aparticipar en la definicin y adopcin de polticasrelacionadas con
la conservacin y uso sostenible de losrecursos naturales. Se les
reconoce el derecho de formularpeticiones y promover iniciativas de
carcter individual ocolectivo ante las autoridades competentes, de
conformidadcon la ley de la materia.
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ContRecursos de libre accesoArt.17 Los habitantes de una zona
geogrfica, especialmente los
miembros de las comunidades campesinas y nativas, pueden
beneficiarse, gratuitamente y sin exclusividad, de los recursos
naturales de libre acceso del entorno adyacente a sus tierras, para
satisfacer sus necesidades de subsistencia y usos rituales, siempre
que no existan derechos exclusivos o excluyentes de terceros o
reserva del Estado. Las modalidades ancestrales de uso de los
recursos naturales son reconocidas, siempre que no contravengan las
normas sobre proteccin del ambiente.
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Cont
Recursos en tierras de las comunidades campesinas ynativas,
debidamente tituladas.
Art. 18 Las comunidades campesinas y nativas tienenpreferencia
en el aprovechamiento sostenible de losrecursos naturales de sus
tierras, debidamente tituladas,salvo expresa reserva del Estado o
derechos exclusivos oexcluyentes de terceros.
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ContAprovechamiento sostenible de los recursos naturalesArt. 28
Los recursos naturales deben aprovecharse en forma
sostenible. El aprovechamiento sostenible implica el
manejoracional de los recursos naturales teniendo en cuenta
sucapacidad de renovacin, evitando su sobreexplotacin yreponindolos
cualitativa y cuantitativamente, de ser elcaso.
El aprovechamiento sostenible de los recursos norenovables
consiste en la explotacin eficiente de losmismos, bajo el principio
de sustitucin de valores obeneficios reales, evitando o mitigando
el impacto negativosobre otros recursos del entorno y del
ambiente.
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Per
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EconmicoCrecimientoDistribucin
Competitividad
AmbientalBiodiversidad
Calidad y seguridad ambientalSoporte
Equidad SocialParticipacin
InstitucionalidadGobernabilidad
El Desarrollo Sostenible
Diversidad biolgica del Per
FAUNA El Per es uno de los 10 pases megadiversos del mundo,
tiene el segundo
bosque amaznico ms grande despus de Brasil y posee 84 de las 104
zonas de vida identificadas en el planeta.
Mariposas: Primer lugar en diversidad de mariposas con 3700
especies.
Mamiferos: Con 508 especies de mamferos. Reptiles: Con 421
especies de reptiles (Quinto pas del mundo). Aves: Con 1835
especies de aves (Segundo pas del mundo). Peces: Con 1011 especies
de peces continentales y 1070 de peces
marinos. Anfibios: Con 538 especies de anfibios (Cuarto pas del
mundo). Especies amenazadas: 301 especies de fauna amenazadas,
incluidas
aquellas en peligro crtico, en peligro y en situacin
vulnerable.
Fuente: Ministerio del Ambiente MINAM Cifras ambientales Dic
2011.
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Diversidad biolgica del Per
FLORA
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El Per alberga ms de 20,000 especies descritas de plantas
conflor, con el 28% de endemismo.
Plantas vasculares: El Per es poseedor de aproximadamente el8.3%
de las plantas vasculares registradas en el mundo.
Especies amenazadas: 777 especies de flora silvestreamenazadas
en el pas.
Flora arbrea: 300 especies de flora arbrea se concentran encada
hectrea de la Reserva Alpahuayo Mishana, ubicada enLoreto,
considerada una de las ms biodiversas del planeta.
Bosques: Superficie total de bosque a nivel nacional
2011:73`294,958 Ha.
Fuente: Ministerio del Ambiente MINAM Cifras ambientales Dic
2011.
Lecturas obligatorias:
Constitucin Poltica del Per (1993). Ley General del Ambiente,
Ley 28611 (2005) Ley Orgnica para el Aprovechamiento Sostenible
de los Recursos Naturales, Ley 26821 (1997). Cifras Ambientales
del Per a Diciembre del
2011. Documento oficial publicado por elMinisterio del Ambiente
del Per.
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