Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958 Número 42 S u m a r i o Viernes 20 de febrero de 2015 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA: — Oficina del Censo Electoral: Delegación Provincial de Sevilla: Modificación de la publicación del 2 de febrero sobre relación de secciones, mesas y locales electorales 3 JUNTAS ELECTORALES DE ZONA: — Osuna: Acta de modificación de la constitución de la Junta Electoral de zona 3 DELEGACIÓN ESPECIAL DE ECONOMÍA Y HACIENDA EN ANDALUCÍA.— SEVILLA: — Gerencia Regional del Catastro: Notificaciones 3 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: — Juzgados de lo Social: Sevilla—Número 1 (refuerzo bis): autos 755/13; número 2: autos 1255/12, 297/14 y 1285/12; número 6: autos 188/12 y 1324/11; número 8: autos 368/14 y 32/14 17 AYUNTAMIENTOS: — Sevilla: Convocatoria de ayudas 22 Notificación 33 Gerencia de Urbanismo: Edicto relativo a la ocupación de la vía pública durante la Semana Santa y Feria 33 Notificación 34 — Arahal: Notificaciones 35 — Carmona: Notificaciones 35 — Dos Hermanas: Notificaciones 36 — Mairena del Aljarafe: Notificaciones 40
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Sumario - Diputación de Sevilla · V Número 42 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA ———— Oficina del Censo Electoral ———— Delegación Provincial de Sevilla En el «Boletín
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INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA:— Oficina del Censo Electoral: Delegación Provincial de Sevilla: Modificación de la publicación del 2 de febrero sobre relación
de secciones, mesas y locales electorales 3
JUNTAS ELECTORALES DE ZONA:— Osuna: Acta de modificación de la constitución de la Junta
Electoral de zona 3
DELEGACIÓN ESPECIAL DE ECONOMÍA Y HACIENDA EN ANDALUCÍA.— SEVILLA:— Gerencia Regional del Catastro: Notificaciones 3
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:— Juzgados de lo Social: Sevilla —Número 1 (refuerzo bis): autos 755/13; número 2:
autos 1255/12, 297/14 y 1285/12; número 6: autos 188/12 y 1324/11; número 8: autos 368/14 y 32/14 17
AYUNTAMIENTOS:— Sevilla: Convocatoria de ayudas 22 Notificación 33 Gerencia de Urbanismo: Edicto relativo a la ocupación de la vía
pública durante la Semana Santa y Feria 33 Notificación 34— Arahal: Notificaciones 35— Carmona: Notificaciones 35— Dos Hermanas: Notificaciones 36— Mairena del Aljarafe: Notificaciones 40
OTRAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PÚBLICAS:— Mancomunidad de Municipios del Aljarafe: Ordenanza fiscal 117
SUPLEMENTO NÚM. 4
Viernes 20 de febrero de 2015 Número 42
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA————
Oficina del Censo Electoral————
Delegación Provincial de Sevilla
En el «Boletín Oficial» de la provincia del 2 de febrero se publicó la relación de secciones, mesas y locales electorales donde se celebrará la votación el 22 de marzo de 2015 (Elecciones a Parlamento de Andalucía)
Con posterioridad, los Ayuntamientos de Coria del Río y de Sanlúcar la Mayor han comunicado el cambio de un local electoral por causa sobrevenida en el que se localizan dos mesas de una sección y la mesa única de otra en el primero de los municipios y las dos mesas de dos secciones en el segundo y el ayuntamiento de Santiponce ha comunicado el cambio de denominación un local electoral afectando a una mesa de una sección
Se procede, por ello, a publicar para general conocimiento las modificaciones habidas.
Municipio DIS Secc. Mesa Local electoral Tipo, nombre y numero de la vía
Coría del Río 03 003 U Centro Municipal de Integración Social Calle Peregrino núm 1Coría del Río 03 005 A Centro Municipal de Integración Social Calle Peregrino núm 1Coría del Río 03 005 B Centro Municipal de Integración Social Calle Peregrino núm 1 Sanlucar la Mayor 01 001 A Colegio Público La Paz Avenida Príncipe de España núm 16Sanlucar la Mayor 01 001 B Colegio Público La Paz Avenida Príncipe de España núm 16Sanlucar la Mayor 01 004 A Colegio Público La Paz Avenida Príncipe de España núm 16Sanlucar la Mayor 01 004 B Colegio Público La Paz Avenida Príncipe de España núm 16Santiponce 02 003 U C E I P Mosaico Avenida de Andalucía s/n
En Sevilla a 9 de febrero de 2015 —El Delegado Provincial, Rafael Vela López 36W-1868
JUNTAS ELECTORALES DE ZONA————
OSUNA
En la Villa de Osuna, siendo las 13:00 horas del día 16 de febrero de 2015 se reúne la Junta Electoral de Zona de Osuna, com-puesta por los vocales judiciales designados por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla a efectos de poner en conocimiento del referido Tribunal la incorporación y toma de posesión en el día de hoy en el Juzgado de Primera Instancia e Instruc-ción número 2 de Osuna de don Ignacio Carlos Rubio Herrera
Reunida la Junta Electoral de Zona por la Presidenta se acuerda poner en conocimiento del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla el cese como vocal de don José Luque Teruel y el nombramiento de don Ignacio Carlos Rubio Herrera en el lugar del anterior en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Osuna
Sin nada más que exponer, se extiende la presente acta que leída y hallada conforme firman conmigo los asistentes de lo que yo, el Secretario de la Junta Electoral de Zona, doy fe
En Osuna a 16 de febrero 2015 —El Secretario de la Junta Electoral de Zona (Firma ilegible )36W-1867
DELEGACIÓN ESPECIAL DE ECONOMÍA Y HACIENDA EN ANDALUCÍA.—SEVILLA————
Gerencia Regional del CatastroEn virtud de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, de General Tributaria, y habiéndose inten-
tado por dos veces sin que hayan podido practicarse por causas no imputables a la Administración, por el presente anuncio se cita a los titulares catastrales, obligados tributarios o representantes que asimismo se relacionan para ser notificados por comparecencia de los actos administrativos derivados de los procedimientos que igualmente se especifican.
Los interesados citados o sus representantes deberán comparecer para ser notificados en el plazo de quince días naturales, con-tados desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, ante esta Gerencia Regional del Catastro de Andalucía - Sevilla, como órgano competente para la tramitación de los citados procedimientos, sita en Avda de la Innovación, edif Convención de Sevilla
Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento de dicho plazo
4 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 Viernes 20 de febrero de 2015
Anexo
Municipio: AznAlcázAr.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
1129472 41/12-1625992 BEJARANO GONZÁLEZ VICENTE JAVIER 28477472E INSPECTOR-ACTA 1128945 41/12-1624960 CRUCES BALLESTEROS MANUEL 27892181N INSPECTOR-ACTA 1129321 41/12-1625352 CUESTA RUBIO ANTONIA 27297455C INSPECTOR-ACTA 1128890 41/12-1624883 FRANCO CARRANZA ANTONIO MANUEL 28921904W INSPECTOR-ACTA 1128901 41/12-1625935 FRANCO RUBIO ROMUALDO 27737298B INSPECTOR-ACTA 1129166 41/12-1625954 GARCÍA FERNÁNDEZ AMALIA 27871022J INSPECTOR-ACTA 1129085 41/12-1624931 GRAFILUZ, S L B41484221 INSPECTOR-ACTA 1129376 41/12-1625403 HORMIGONES DOÑANA, S L B41699588 INSPECTOR-ACTA 1129483 41/12-1625990 LAGO MARTÍNEZ ENRIQUE 28358457D INSPECTOR-ACTA 1129332 41/12-1625353 MÁRQUEZ SORIANO ENRIQUE 28535204R INSPECTOR-ACTA 1129505 41/12-1626416 RIVERO BONILLA FRANCISCO 27770250G INSPECTOR-ACTA 1129413 41/12-1625405 RODRÍGUEZ CABELLO MANUEL 75421020H INSPECTOR-ACTA 1129424 41/12-1625409 RODRÍGUEZ CABELLO MANUEL 75421020H INSPECTOR-ACTA 1129100 41/12-1624939 SÁNCHEZ DEL CAMPO CORREA JUAN ANTONIO 75298723N INSPECTOR-ACTA 1129450 41/12-1625414 SÁNCHEZ FRAILE MANUEL 75349536H INSPECTOR-ACTA 1129004 41/12-1624926 SILVESTRI JEAN MARIE INSPECTOR-ACTA 1129155 41/12-1624953 SMITH RICHARD EDWARD M4101643F INSPECTOR-ACTA 1129170 41/12-1624943 SOLÍS MARTÍN ANTONIO 28345521E INSPECTOR-ACTA 1129144 41/12-1625989 TRUEBA CUESTA ENCARNACIÓN 75298680S INSPECTOR-ACTA 1128864 41/12-1624862 VALLE LÓPEZ ANTONIO DEL INSPECTOR-ACTA 1129236 41/12-1625973 VENTURA PONCE DIEGO 27790915S INSPECTOR-ACTA
Municipio: Bollullos de lA MitAción.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
17905 41/13-1652724 AGRÍCOLA LA JULIANA, S L B41254574 INSPECTOR-ACTA 14954 41/13-1638844 ALEJO FRANCO ANTONIO 52699552C INSPECTOR-ACTA 15864 41/13-1644612 ÁLVAREZ SIMÓN ENRIQUE GUILLERMO 09198021E INSPECTOR-ACTA 16984 41/13-1651390 BARJUAN ESCLUSA SERGI 52150996Z INSPECTOR-ACTA 14862 41/13-1637862 BENÍTEZ LEÓN PASIÓN DE LOS ÁNGELES 43273948T INSPECTOR-ACTA 16365 41/13-1646909 BLANCO MARTÍNEZ MARÍA ISABEL 27299080N INSPECTOR-ACTA 16586 41/13-1647075 BRAVO GARROCHO JOSEFA 29390367R INSPECTOR-ACTA 17894 41/13-1652722 BURGOS SÁNCHEZ MANUEL 75334796K INSPECTOR-ACTA 17135 41/13-1651744 BUZÓN LÓPEZ JOSÉ FRANCISCO 52221693D INSPECTOR-ACTA 17695 41/13-1652066 CALERO LÓPEZ JUAN JOSÉ INSPECTOR-ACTA 16612 41/13-1647088 CALERO MARTÍNEZ ANA 28002303X INSPECTOR-ACTA 16052 41/13-1646774 CAMPOS RIOJA BALDOMERO 53279171Q INSPECTOR-ACTA 16553 41/13-1647052 CANDELA FUSTER JESÚS 28764601L INSPECTOR-ACTA 15083 41/13-1653625 CARRERA DÍAZ JOB MANUEL 28727395G INSPECTOR-ACTA 16940 41/13-1647481 CARRETERO MOTA AURELIO 28919832T INSPECTOR-ACTA 16262 41/13-1646860 CASABEAS, S L B91444414 INSPECTOR-ACTA 15293 41/13-1640077 CEBALLOS NIETO JESÚS MARÍA 28537052D INSPECTOR-ACTA 17684 41/13-1652060 CEBALLOS NIETO JOSÉ 27892295B INSPECTOR-ACTA 15665 41/13-1641686 CERVILLA COLORADO JUAN CARLOS 27298209S INSPECTOR-ACTA 17404 41/13-1652629 CINGOLANI SÁNCHEZ MARÍA PATRICIA 77805551R INSPECTOR-ACTA 14906 41/13-1637958 CLARO FERNÁNDEZ FCO ANTONIO 27314577F INSPECTOR-ACTA 16015 41/13-1645914 COLL RIBAS ESTHER 28896524Z INSPECTOR-ACTA 17883 41/13-1652721 DE LA CUESTA MORENO FELIPE 31207454L INSPECTOR-ACTA 14755 41/13-1637501 DOBLAS MERINO JOAQUÍN 28869936Z INSPECTOR-ACTA 15433 41/13-1641327 DOMÍNGUEZ FROIS JUAN 48809619P INSPECTOR-ACTA 14921 41/13-1637961 DOMÍNGUEZ PÉREZ MARÍA AUXILIADORA 28768638P INSPECTOR-ACTA 15105 41/13-1639413 DURAN SÁNCHEZ INÉS MARÍA 29436201L INSPECTOR-ACTA 17415 41/13-1652630 EGGSMILE, S L B91398149 INSPECTOR-ACTA 16310 41/13-1646879 FAHORMA, S A A41135153 INSPECTOR-ACTA 16413 41/13-1646962 FAHORMA, S A A41135153 INSPECTOR-ACTA 17426 41/13-1652633 FERREIRO ESCALONA RAFAEL 28663815L INSPECTOR-ACTA 17791 41/13-1652217 FUENTES CABRERA JOSÉ 28657882C INSPECTOR-ACTA 16483 41/13-1646814 FUENTES RAYA FABIÁN 23589033A INSPECTOR-ACTA 15912 41/13-1645449 GALLEGO MONROBE JOSEFA INSPECTOR-ACTA 14910 41/13-1637959 GAMERO PÉREZ DOLORES 31176338E INSPECTOR-ACTA 16936 41/13-1647483 GARCÍA ESPINA LUIS MIGUEL 52221387W INSPECTOR-ACTA 15982 41/13-1645560 GARCÍA SÁNCHEZ RAMÓN 27777795M INSPECTOR-ACTA 18362 41/13-1652725 GIL SILGADO JOSÉ MARÍA 28665907H INSPECTOR-ACTA 17916 41/13-1652726 GIL SILGADO JOSÉ MARÍA 28665907H INSPECTOR-ACTA 15621 41/13-1641641 GÓMEZ BELTRÁN JOSÉ ANTONIO 44954973R INSPECTOR-ACTA 16376 41/13-1646930 GÓMEZ ROMERO FRANCISCO 28669696N INSPECTOR-ACTA 16833 41/13-1647367 GONZÁLEZ ÁLVAREZ JOSÉ MARÍA 18434508P INSPECTOR-ACTA 16343 41/13-1646886 GONZÁLEZ OCAÑA RAFAEL INSPECTOR-ACTA 15960 41/13-1645557 GRANIZO GARCÍA M ROSA 00416748B INSPECTOR-ACTA 15326 41/13-1640103 GUERREIRO VÁZQUEZ ADELINO 52264461C INSPECTOR-ACTA 15190 41/13-1639735 H M INSMAN INSTALACIONES Y MONTAJES, S L B41651001 INSPECTOR-ACTA 15083 41/13-1653622 HERRERO MERINO NICOLÁS 07005481A INSPECTOR-ACTA 16973 41/13-1651389 HIDALGO LÉRIDA RAFAEL 52696358T INSPECTOR-ACTA 16483 41/13-1646816 HIDALGO RÍOS MANUEL 27719812M INSPECTOR-ACTA 18012 41/13-1637496 HOYOS GARCÍA ANTONIO MANUEL 28742925D INSPECTOR-ACTA
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 5
17986 41/13-1653039 ILLANES RÍO RAFAEL 27584784X INSPECTOR-ACTA 15256 41/13-1640072 JIMÉNEZ CABANILLAS VÍCTOR MANUEL 52221480A INSPECTOR-ACTA 15120 41/13-1639622 JIMÉNEZ TATO FRANCISCO JAVIER 28578929A INSPECTOR-ACTA 14965 41/13-1638867 JIMÉNEZ TATO JUAN CARLOS 28578915N INSPECTOR-ACTA 17290 41/13-1652455 KRYSMACON SRL B91337204 INSPECTOR-ACTA 14792 41/13-1637780 LÁZARO PALMA MARÍA JOSEFA 52266623C INSPECTOR-ACTA 17220 41/13-1651839 LEÓN HERNÁNDEZ RAFAEL 28698397D INSPECTOR-ACTA 17802 41/13-1652225 LEÓN PAREJA INMACULADA 27298690J INSPECTOR-ACTA 15374 41/13-1641013 LÉRIDA ROMERO MANUEL 28408819R INSPECTOR-ACTA 17463 41/13-1652651 LIBRERO MORENO JUAN 27866219V INSPECTOR-ACTA 14803 41/13-1637228 LINCE GRUPO INMOBILIARIO, S L B91131771 INSPECTOR-ACTA 16214 41/13-1646830 LLAMAS PÉREZ LUIS MIGUEL 28927168E INSPECTOR-ACTA 16903 41/13-1647401 LÓPEZ CALERO EUGENIO 27711400B INSPECTOR-ACTA 16881 41/13-1647474 LÓPEZ CALERO EUGENIO 27711400B INSPECTOR-ACTA 15761 41/13-1641839 LÓPEZ CASTILLO ÁNGEL JOSÉ 52224277V INSPECTOR-ACTA 16472 41/13-1646915 LÓPEZ HERNÁNDEZ LAUREANO 28406616Y INSPECTOR-ACTA 15304 41/13-1640093 LÓPEZ PÉREZ ANA MARÍA 28472470B INSPECTOR-ACTA 17592 41/13-1652290 MÁRQUEZ RODRÍGUEZ FERNANDO 28440734S INSPECTOR-ACTA 16192 41/13-1646826 MARTÍN ÁLVAREZ MARÍA JOSÉ 48805144H INSPECTOR-ACTA 17942 41/13-1652732 MARTÍNEZ ARCOS GIL M DOLORES 11222980S INSPECTOR-ACTA 16634 41/13-1647101 MASAROMASI, S L B41971870 INSPECTOR-ACTA 17581 41/13-1652257 MAZÓN VARGAS ÁNGEL 27287270R INSPECTOR-ACTA 17393 41/13-1652628 MEDINA CALA RAFAEL 28500121Q INSPECTOR-ACTA 15061 41/13-1639369 MEMBRILLO BONILLA ANDRÉS 27293816S INSPECTOR-ACTA 15396 41/13-1641319 MOLINA LANCHARRO MIGUEL ANTONIO 27320378N INSPECTOR-ACTA 16004 41/13-1645564 MORENO ÁLVAREZ JUAN ANTONIO 48907144J INSPECTOR-ACTA 17253 41/13-1651858 MORENO BARRIOS ANTONIO 28885493T INSPECTOR-ACTA 17312 41/13-1652464 MORENO MORENO JOSÉ 27292348L INSPECTOR-ACTA 17721 41/13-1653925 MORENO RUIZ EULOGIO INSPECTOR-ACTA 15772 41/13-1641841 MORO IGLESIAS VÍCTOR 52696551D INSPECTOR-ACTA 17172 41/13-1651753 MUÑOZ GARCÍA JOSÉ ANTONIO 28297906V INSPECTOR-ACTA 16144 41/13-1646817 OLIVA MARTÍN JOSÉ ANTONIO 21511274H INSPECTOR-ACTA 18303 41/13-1652307 ORTEGA CARMONA MANUEL 28516253W INSPECTOR-ACTA 17625 41/13-1652392 ORTEGA CARMONA MANUEL 28516253W INSPECTOR-ACTA 17636 41/13-1652398 ORTEGA CARMONA MANUEL 28516253W INSPECTOR-ACTA 14814 41/13-1637645 OVERSTORE, S L B91333435 INSPECTOR-ACTA 16752 41/13-1647136 PACHECO JIMÉNEZ GUILLERMO 48806365C INSPECTOR-ACTA 14851 41/13-1637847 PAFLO, S L B41286345 INSPECTOR-ACTA 15551 41/13-1641490 PÉREZ HIDALGO INMACULADA 53278930M INSPECTOR-ACTA 15831 41/13-1642351 PÉREZ RODRÍGUEZ MANUEL LUIS 29481725A INSPECTOR-ACTA 16866 41/13-1647374 PEREZ-ARANDA FERNÁNDEZ JULIO 75330527F INSPECTOR-ACTA 18034 41/13-1639358 PRIETO GÓMEZ FRANCISCO JAVIER 75457929N INSPECTOR-ACTA 15072 41/13-1639371 PROMOCIONES INMOBILIARIAS EFITON, S L B91167437 INSPECTOR-ACTA 17651 41/13-1651952 PROVEEDORA SEVILLANA DE CONSTRUCCIÓN, S L B41246174 INSPECTOR-ACTA 15223 41/13-1640067 QUINTERO MORÓN DANIEL 27311409J INSPECTOR-ACTA 15923 41/13-1645456 RIEGO VELA JOSÉ 75413664E INSPECTOR-ACTA 17430 41/13-1652634 RIOBOO FORTALL COMBER RAFAEL GONZALO 28548433M INSPECTOR-ACTA 15083 41/13-1653617 RODRÍGUEZ PÉREZ PATRICIA 28960492L INSPECTOR-ACTA 16564 41/13-1647073 RODRÍGUEZ TOVAR RAFAEL 52265634C INSPECTOR-ACTA 16446 41/13-1647001 ROMERO DE LOS RÍOS JOSÉ MARÍA 28297209X INSPECTOR-ACTA 17091 41/13-1651726 SÁNCHEZ RÍOS ANTONIO 28352311G INSPECTOR-ACTA 15175 41/13-1639733 SANTOS NIEVES HÉCTOR JAVIER X3801798J INSPECTOR-ACTA 15890 41/13-1645429 SUÁREZ ROMERO DAVID 28931068N INSPECTOR-ACTA 15013 41/13-1639336 TORO BAREA ANDRÉS 28400079R INSPECTOR-ACTA 17441 41/13-1652648 TORRES GAVINO MANUEL INSPECTOR-ACTA 15794 41/13-1641867 TOVAR CRUZ EVA MARÍA 52264615J INSPECTOR-ACTA 15783 41/13-1641865 TOVAR REINA JOSÉ 28325932Y INSPECTOR-ACTA 17076 41/13-1651488 VÁZQUEZ ÁLVAREZ MANUEL 27925960G INSPECTOR-ACTA 16483 41/13-1646815 VIERA GUTIÉRREZ FRANCISCO JESÚS 28751640F INSPECTOR-ACTA
Municipio: Brenes.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
1128455 41/12-1651452 DÍAZ OJEDA MANUEL 27868857X INSPECTOR-ACTA 1128352 41/12-1650601 GARCÍA JIMÉNEZ JOSÉ MANUEL 28595573H INSPECTOR-ACTA 1128514 41/12-1651730 GARCÍA PAGUILLO FRANCISCO 27839284S INSPECTOR-ACTA 1128341 41/12-1650599 GARCÍA VARGAS ÁLVARO 45651607B INSPECTOR-ACTA 1128190 41/12-1651417 GÓMEZ MILLÁN JOSÉ 28038550D INSPECTOR-ACTA 1128481 41/12-1651622 GUERRA MUÑOZ DOLORES 27690993M INSPECTOR-ACTA 1128271 41/12-1650585 MELLADO MORÓN ROSARIO 28392717E INSPECTOR-ACTA 1128470 41/12-1651620 MENDOZA MUÑOZ MARÍA GRACIA 28666522N INSPECTOR-ACTA 1128234 41/12-1650338 OCAÑA PLAZA ROSARIO 27925846M INSPECTOR-ACTA 1128433 41/12-1651449 PLAZA NOA MARÍA 27839451K INSPECTOR-ACTA 1128035 41/12-1653135 PLAZA NOA MARÍA 27839451K INSPECTOR-ACTA 1128691 41/12-1653081 ROLDAN LEÓN JOSÉ ALBERTO 28617921X INSPECTOR-ACTA 1128120 41/12-1648829 SÁNCHEZ VÁZQUEZ JOSÉ 27284731S INSPECTOR-ACTA 1128610 41/12-1652208 SOTILLO CASTILLO JOSÉ INSPECTOR-ACTA 1127980 41/12-1648543 T SIGLOS XXI PROMOCIONES, S L INSPECTOR-ACTA 1128083 41/12-1648796 TÉLLEZ MARTÍNEZ FRANCISCO 27888998A INSPECTOR-ACTA
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
6 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 Viernes 20 de febrero de 2015
Municipio: lAs cABezAs de sAn JuAn.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
1058190 41/12-1615725 SÁNCHEZ BARBUDO MARTÍN, SALVADOR 28280255F INSPECTOR-ACTA
Municipio: cAMAs.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
1145174 41/12-1655465 BLANCO CASTILLO IGNACIO 28661273F INSPECTOR-ACTA 1144463 41/12-1653337 BUNDMAD, S A A82034604 INSPECTOR-ACTA 1145126 41/12-1654771 DIRU, S L B41096843 INSPECTOR-ACTA 1145130 41/12-1654782 DIRU, S L B41096843 INSPECTOR-ACTA 1145141 41/12-1655441 DIRU, S L B41096843 INSPECTOR-ACTA 1076961 41/12-1616418 IBÁÑEZ LÓPEZ MANUEL 28152544S INSPECTOR-REQUE 1145266 41/12-1655527 IBÁÑEZ LÓPEZ MANUEL 28152544S INSPECTOR-ACTA 1145292 41/12-1655529 INDUSTRIAL INMOBILIARIA CERVANTES, S L B41013681 INSPECTOR-ACTA 1145001 41/12-1654162 INVERSIONES Y PROYECTOS ITÁLICA, S L B91364471 INSPECTOR-ACTA 1144850 41/12-1653914 MACEDA CASTILLO MANUEL 28042489S INSPECTOR-ACTA 1145211 41/12-1655519 MURILLO MUÑOZ ANTONIO 08701114F INSPECTOR-ACTA 1145303 41/12-1655530 SÁNCHEZ AGUAYO MANUEL 27599080T INSPECTOR-ACTA 1145115 41/12-1654767 TEJERA Y OLIVARES, S A A41001942 INSPECTOR-ACTA
Municipio: cAntillAnA.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
1141685 41/12-1656348 AMORES HERNÁNDEZ FRANCISCO 27820360C INSPECTOR-ACTA 1141663 41/12-1656339 CARRIÓN MORILLA MARÍA LUISA 28534984B INSPECTOR-ACTA 1142061 41/12-1656880 CASTELLO RODRIGO DE LA PEÑA DOLORES 28171898A INSPECTOR-ACTA 1142061 41/12-1661746 CASTELLO RODRIGO DE LA PEÑA DOLORES 28171898A INSPECTOR-ACTA 1141836 41/12-1661730 JIMÉNEZ BERBEL FRANCISCO 28358421L INSPECTOR-ACTA 1141884 41/12-1656446 JIMÉNEZ CANTERO RAFAEL 28693354A INSPECTOR-ACTA 1141921 41/12-1656465 LORA GONZÁLEZ RAFAEL 28650973B INSPECTOR-ACTA 1141921 41/12-1661770 LORA GONZÁLEZ RAFAEL 28650973B INSPECTOR-ACTA 1141755 41/12-1656369 MOREJÓN FERNÁNDEZ JESÚS INSPECTOR-ACTA 1142094 41/12-1656901 NUEVO GUERRERO, S L B41279472 INSPECTOR-ACTA 1142094 41/12-1661752 NUEVO GUERRERO, S L B41279472 INSPECTOR-ACTA 1141630 41/12-1656188 ORTIZ MAQUEDA PRESENTACIÓN INSPECTOR-ACTA 1141630 41/12-1661683 ORTIZ MAQUEDA PRESENTACIÓN INSPECTOR-ACTA 1141976 41/12-1656548 PARRILLA CAMPOS ENRIQUE 27966360Q INSPECTOR-ACTA 1141976 41/12-1661776 PARRILLA CAMPOS ENRIQUE 27966360Q INSPECTOR-ACTA 1141895 41/12-1656457 PROMOAN DESARROLLOS E INVERSIONES B91176628 INSPECTOR-ACTA 1141906 41/12-1656460 PROMOAN DESARROLLOS E INVERSIONES B91176628 INSPECTOR-ACTA 1141895 41/12-1661762 PROMOAN DESARROLLOS E INVERSIONES B91176628 INSPECTOR-ACTA 1141906 41/12-1661766 PROMOAN DESARROLLOS E INVERSIONES B91176628 INSPECTOR-ACTA 1141792 41/12-1656412 SÁNCHEZ MARTÍN PABLO INSPECTOR-ACTA 1141792 41/12-1661717 SÁNCHEZ MARTÍN PABLO INSPECTOR-ACTA
Municipio: cArMonA.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
361454 41/13-1653200 LORENZO ROMERO PEDRO 28306152Y INSPECTOR-ACTA 112910 41/13-1636805 RODRI 5 PREFABRICADOS DEL HORMIGÓN, S L B41742727 INSPECTOR-ACTA
Municipio: cAstilleJA de lA cuestA.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
1178402 41/12-1637415 ÁLVAREZ REYES FRANCISCO 08208025S INSPECTOR-ACTA 1179721 41/12-1642783 AVANZADOS V PROMOCIONES INMOBILIARIAS, S L B91438770 INSPECTOR-ACTA 1179150 41/12-1648209 BERNAL MACIAS JOSÉ ANTONIO 27302738J INSPECTOR-ACTA 1178796 41/12-1640960 CAMPANO GONZÁLEZ SOLEDAD 08336678Y INSPECTOR-ACTA 1179614 41/12-1642755 CHAVES GONCET CONCEPCIÓN 27628670N INSPECTOR-ACTA 1178483 41/12-1637552 CHAVES LUQUE JOSÉ ANTONIO 75403975Q INSPECTOR-ACTA 1179533 41/12-1642444 CHAVES NEGRÓN TOMAS INSPECTOR-ACTA 1178306 41/12-1637090 CHAVES OLIVER BERNARDO 27863952G INSPECTOR-ACTA 1179592 41/12-1642714 CHAVES REYES DIEGO 27630727E INSPECTOR-ACTA 1179706 41/12-1642772 CORDERO DÍAZ FRANCISCA 75291888P INSPECTOR-ACTA 1179393 41/12-1641764 CUESTA SÁNCHEZ CONCEPCIÓN 52226278V INSPECTOR-ACTA 1180056 41/12-1646864 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180060 41/12-1646876 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180071 41/12-1646899 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180093 41/12-1646900 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180104 41/12-1646902 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180115 41/12-1646903 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180126 41/12-1646905 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180130 41/12-1646907 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180082 41/12-1646910 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180152 41/12-1646913 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180141 41/12-1646919 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180163 41/12-1647023 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180174 41/12-1647082 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180185 41/12-1647087 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 7
1180200 41/12-1647089 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180233 41/12-1647092 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180244 41/12-1647098 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180255 41/12-1647139 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180266 41/12-1647141 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180270 41/12-1647142 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180281 41/12-1647143 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180292 41/12-1647144 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180303 41/12-1647145 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180314 41/12-1647146 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180325 41/12-1647352 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180336 41/12-1647353 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180351 41/12-1647355 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180362 41/12-1647356 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180373 41/12-1647357 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180384 41/12-1647359 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180395 41/12-1647385 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180406 41/12-1647386 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180410 41/12-1647387 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180421 41/12-1647388 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180454 41/12-1647389 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180465 41/12-1647390 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180476 41/12-1647394 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180480 41/12-1647408 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180491 41/12-1647413 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180502 41/12-1647414 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180513 41/12-1647416 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180524 41/12-1647417 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180535 41/12-1647419 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180546 41/12-1647420 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180550 41/12-1647451 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180561 41/12-1647454 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180572 41/12-1647637 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180583 41/12-1647638 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180594 41/12-1647655 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180605 41/12-1647656 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180616 41/12-1647658 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180620 41/12-1647660 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180631 41/12-1647662 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180653 41/12-1647663 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180664 41/12-1647664 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180675 41/12-1647680 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180686 41/12-1647683 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180690 41/12-1647690 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180701 41/12-1647693 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180712 41/12-1647699 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180723 41/12-1647703 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180734 41/12-1647708 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180745 41/12-1647710 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1180756 41/12-1647714 FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA MUNICIPAL EN G41773623 INSPECTOR-ACTA 1178811 41/12-1640964 GONCET LÓPEZ MANUELA 28135755Q INSPECTOR-ACTA 1179323 41/12-1642705 LIGERO DÍAZ TERESA 27863879T INSPECTOR-ACTA 1179231 41/12-1641758 MARIANAO, S A A41287012 INSPECTOR-ACTA 1178332 41/12-1637097 NAVARRO RODRÍGUEZ MIGUEL 27863907M INSPECTOR-ACTA 1178612 41/12-1638771 OLIVER VÁZQUEZ ELVIRA 75313220L INSPECTOR-ACTA 1178785 41/12-1640946 POLVILLO ALBA ENCARNACIÓN 28531876P INSPECTOR-ACTA 1179872 41/12-1645474 PRIETO CABRERA RAFAEL 27863793Y INSPECTOR-ACTA 1179161 41/12-1648212 ROSALES CABRERA JOSÉ 28020154J INSPECTOR-ACTA 1178531 41/12-1637669 RUIZ FERNÁNDEZ MANUEL 28405643E INSPECTOR-ACTA 1178844 41/12-1640972 RUKIZ PICÓN JUAN INSPECTOR-ACTA 1179916 41/12-1645512 SALGUERO GUTIÉRREZ JUAN J 27626760B INSPECTOR-ACTA 1179732 41/12-1644824 SALINAS BENJUMEA HERMANOS INSPECTOR-ACTA 1178310 41/12-1637092 SOL DE BOLONIA, S L B91253526 INSPECTOR-ACTA 1178321 41/12-1637094 SOL DE BOLONIA, S L B91253526 INSPECTOR-ACTA 1178601 41/12-1637861 TORRES ORTIZ FRANCISCO 27628656K INSPECTOR-ACTA 1178343 41/12-1637100 TOVAR OLIVER ANTONIO 27628659R INSPECTOR-ACTA 1178774 41/12-1640939 VENTURA MÉNDEZ JOSÉ MANUEL 27538368P INSPECTOR-ACTA 1179441 41/12-1641876 VIENTOS DE ZAHARA, S L B91209098 INSPECTOR-ACTA
Municipio: cAstilleJA del cAMpo.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
854630 41/12-1599620 QUESOS LOS VÁZQUEZ, S L B41677063 INSPECTOR-REQUE
Municipio: dos HerMAnAs.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
574582 41/12-1602518 ÁLVAREZ HERMIDA CATHERINE MARCELA 30262043T INSPECTOR-ACTA 576030 41/12-1603560 ASOC SEVILLANA DE PADRES Y PROTECTORES D G41072919 INSPECTOR-ACTA 574560 41/12-1601106 BARRAGÁN BARRAGÁN JOSEFA 28579382L INSPECTOR-ACTA
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
8 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 Viernes 20 de febrero de 2015
575805 41/12-1603253 BLANCO PASTOR ANTONIO 75477728P INSPECTOR-ACTA 1221345 41/12-1624925 BRAVO IZQUIERDO MANUEL 74947077J INSPECTOR-ACTA 1175786 41/12-1623032 CANTO HERRERA CÁNDIDA 27786204L INSPECTOR-ACTA 1238510 41/12-1625922 CÁRDENAS JIMÉNEZ MARÍA PASTORA 27894329K INSPECTOR-ACTA 1139541 41/12-1619865 CASTILLO BALLÓN ESPERANZA 28852037D INSPECTOR-ACTA 574770 41/12-1602614 CENIZ HARO JOSÉ 28041764A INSPECTOR-ACTA 1060231 41/12-1615870 COBOS HORNILLO ANTONIO 27858427E INSPECTOR-ACTA 1202213 41/12-1624199 CORNEJO PÁEZ EDUARDO 27595256V INSPECTOR-ACTA 575864 41/12-1603258 CRESPO RINCÓN JOSÉ ÁNGEL 14637033V INSPECTOR-ACTA 575120 41/12-1603553 CRUCES ZARZUELA JUANA 52239219D INSPECTOR-ACTA 1066925 41/12-1616091 DELGADO ORTIZ MANUEL 75278521G INSPECTOR-ACTA 575212 41/12-1602832 FERNÁNDEZ GIRÓN MANUEL 27946263K INSPECTOR-ACTA 575676 41/12-1603234 FUENTES GAMERO DIEGO 52663173G INSPECTOR-ACTA 1102312 41/12-1618322 GAMERO BARNETO DIONISIO 08425021Y INSPECTOR-ACTA 575595 41/12-1603229 GARCÍA LOZANO JOSÉ VICENTE 08915806V INSPECTOR-ACTA 1052914 41/12-1615406 GÓMEZ RODRÍGUEZ JOSÉ 28386312B INSPECTOR-ACTA 575724 41/12-1603241 GONZÁLEZ BAQUERIZO ÁNGELES 30396130C INSPECTOR-ACTA 575842 41/12-1603255 GONZÁLEZ FERNÁNDEZ JORGE LUIS 28853922P INSPECTOR-ACTA 575164 41/12-1602826 GONZÁLEZ PERDIGONES MANUEL ÁNGEL 27894181B INSPECTOR-ACTA 1185623 41/12-1623409 GORDILLO GIRALDO CECILIO 28501266B INSPECTOR-ACTA 574615 41/12-1602577 GUILLEN DOMINGO CARMEN ROSA 28517726A INSPECTOR-ACTA 575654 41/12-1603233 LIRIO VÍLCHEZ MANUEL 52237610X INSPECTOR-ACTA 1143601 41/12-1635869 LÓPEZ MAQUEDA LUIS 28361304G INSPECTOR-ACUER 575746 41/12-1603244 LÓPEZ VALERA FRANCISCA 28385389P INSPECTOR-ACTA 93192 41/13-1634689 LORA GUISADO, SALVADOR 75389425W INSPECTOR-ACTA 1087203 41/12-1617366 LOZA ARDILA MIGUEL ÁNGEL 08678331V INSPECTOR-ACTA 575783 41/12-1603251 MARÍN FLORES JUAN LUIS 27831615M INSPECTOR-ACTA 1225755 41/12-1625502 MI DESEO 2007, S L EN CONSTITUCIÓN B91728592 INSPECTOR-ACTA 1147576 41/12-1621406 MIGUEL Y PASTORA, S L B91381962 INSPECTOR-ACTA 1053043 41/12-1615411 MOLINA TRUJILLO ENRIQUE 28408818T INSPECTOR-ACTA 574711 41/12-1602611 MORILLA RICH JORGE 30392232D INSPECTOR-ACTA 574475 41/12-1601091 MUÑOZ JIMÉNEZ FERNANDO MANUEL 52230652K INSPECTOR-ACTA 1035134 41/12-1614391 MUÑOZ RUIZ EULOGIO 28551630M INSPECTOR-ACTA 1114831 41/12-1618987 OLIVERO PAREJO JAVIER UNIVERSO 38473291H INSPECTOR-ACTA 1145513 41/12-1620190 ORTEGA GUIRADO JOSÉ 39136441D INSPECTOR-ACTA 574836 41/12-1602616 PACHECO CALVO ANTONIA 28567463Z INSPECTOR-ACTA 1058455 41/12-1615745 POZO RAMÍREZ GUILLERMO DEL 28321690L INSPECTOR-ACTA 574910 41/12-1602644 PUERTA ROLDAN AITOR ANTONIO 49134658B INSPECTOR-ACTA 967142 41/12-1610447 QUIRÓS MALDONADO JUAN 28393716D INSPECTOR-ACTA 1177422 41/12-1623173 QUIRÓS ROBLES MANUEL 28298676M INSPECTOR-ACTA 1203355 41/12-1624279 RAMÍREZ CUENCA ARACELI 28244241B INSPECTOR-ACTA 1034655 41/12-1614375 RAMOS ROMERO FRANCISCO 28511427Y INSPECTOR-ACTA 574976 41/12-1602745 RIVAS RODRÍGUEZ CARMEN 28307945M INSPECTOR-ACTA 1212606 41/12-1624566 RIVAS VAQUERO ASCENSIÓN 28153142S INSPECTOR-ACTA 1239184 41/12-1625939 RODRÍGUEZ GALLARDO MATILDE ROBLEDO 28514397D INSPECTOR-ACTA 1076736 41/12-1616402 RODRÍGUEZ MERINO FRANCISCO 28224474R INSPECTOR-ACTA 574630 41/12-1602588 ROSA AGUADO MANUEL 28322749C INSPECTOR-ACTA 575702 41/12-1603238 SANABRIA MONGE JOSÉ MARÍA 28456218C INSPECTOR-ACTA 344746 41/12-1613222 SEDITEL, S A A41155417 INSPECTOR-ACTA 575201 41/12-1602828 STRAUCH FREYBERG GISELE 27735559C INSPECTOR-ACTA 574991 41/12-1602746 VARELA PEÑA ANTONIO 28431052Q INSPECTOR-ACTA 1181213 41/12-1623246 VILLALTA, SANTANA DOLORES 28443814J INSPECTOR-ACTA 576015 41/12-1603273 YEBENES, SAELICES FERMÍN 03807827Q INSPECTOR-ACTA
Municipio: ÉciJA.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
959630 41/12-1609628 CRESPILLO REYES RAFAEL 75580610B INSPECTOR-ACTA 959361 41/12-1612709 CRESPILLO REYES RAFAEL 75580610B INSPECTOR-ACTA 959361 41/12-1612712 CRESPILLO REYES RAFAEL 75580610B INSPECTOR-ACTA 1239976 41/12-1627900 CRESPILLO REYES RAFAEL 75580610B SANCIONADOR-DIL 1239991 41/12-1627902 CRESPILLO REYES RAFAEL 75580610B SANCIONADOR-DIL 959733 41/12-1624487 CRESPILLO RODRÍGUEZ RAFAEL 30442887H INSPECTOR-ACUER 1240024 41/12-1627904 CRESPILLO RODRÍGUEZ RAFAEL 30442887H SANCIONADOR-DIL 993156 41/12-1612308 DUGO MENGUAL MARÍA JOSEFA 30501501M INSPECTOR-ACTA 1241505 41/12-1628120 DUGO MENGUAL MARÍA JOSEFA 30501501M SANCIONADOR-DIL 965565 41/12-1609646 GÓMEZ ROJAS ANTONIO 28344222B INSPECTOR-ACTA 973906 41/12-1612822 GÓMEZ ROJAS ANTONIO 28344222B INSPECTOR-ACTA 973906 41/12-1612823 GÓMEZ ROJAS ANTONIO 28344222B INSPECTOR-ACTA 1240035 41/12-1627905 GÓMEZ ROJAS ANTONIO 28344222B SANCIONADOR-DIL 1240072 41/12-1628050 GÓMEZ ROJAS ANTONIO 28344222B SANCIONADOR-DIL 951930 41/12-1609122 JIMÉNEZ CASTILLO NAZARIO 39150212A INSPECTOR-ACTA 1239932 41/12-1627894 JIMÉNEZ CASTILLO NAZARIO 39150212A SANCIONADOR-DIL 975962 41/12-1610904 JIMÉNEZ ROSA MIGUEL 30471253W INSPECTOR-ACTA 974455 41/12-1624416 RIVERO SERRANO DOLORES 75668470B INSPECTOR-ACUER 1241181 41/12-1628066 RIVERO SERRANO DOLORES 75668470B SANCIONADOR-DIL 976043 41/12-1611554 SÁNCHEZ QUERO ANA 75611714L INSPECTOR-ACTA
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 9
Municipio: Fuentes de AndAlucíA.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
1139983 41/12-1640033 AGUILAR PEDRAZA MANUEL 75448705B INSPECTOR-ACTA 1139924 41/12-1639827 BARCIA PÉREZ MARÍA JOSEFA 27701184F INSPECTOR-ACTA 1139762 41/12-1639778 DELGADO RUBIANO ANTONIO 77289975Q INSPECTOR-ACTA 1139880 41/12-1639816 FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ JOAQUÍN 75447525G INSPECTOR-ACTA 1139633 41/12-1639766 FERNÁNDEZ GAMERO JUAN 75447698Q INSPECTOR-ACTA 1139891 41/12-1639817 FERNÁNDEZ GAMERO JUAN 75447698Q INSPECTOR-ACTA 1139740 41/12-1639777 FERNÁNDEZ-PEÑARANDA CONDE LAUREANO 28440394C INSPECTOR-ACTA 1140090 41/12-1640247 FREETH ROBERT WILLIAM X6138279Q INSPECTOR-ACTA 1139596 41/12-1639757 MARTÍNEZ CABALLERO ANTONIO 75477481Z INSPECTOR-ACTA 1139795 41/12-1639781 MARTÍNEZ LÓPEZ DOLORES 28436960J INSPECTOR-ACTA 1139935 41/12-1639829 MORILLO FLORES JUAN 24149394S INSPECTOR-ACTA 1140171 41/12-1640256 NAVARRETE RODRÍGUEZ FRANCISCO INSPECTOR-ACTA 1139950 41/12-1639839 PÉREZ CANO ANTONIO 75447636T INSPECTOR-ACTA 1139600 41/12-1639759 RAMÍREZ CANERO MANUELA INSPECTOR-ACTA 1140366 41/12-1640788 ROMERO MENDOZA CRISTÓBAL 28408213Q INSPECTOR-ACTA
Municipio: Gelves.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
1095673 41/12-1619651 ALMEIDA REYES, SALVADOR INSPECTOR-ACTA 1095592 41/12-1619629 ALTAIR GESTIÓN DE FIRMAS Y EMPRESAS, S L B91765974 INSPECTOR-ACTA 1096071 41/12-1621682 ÁLVAREZ ROSA ANTONIO 28550747L INSPECTOR-ACTA 1095636 41/12-1619633 ANTOÑANO FERNÁNDEZ-QUINCOCES AMANDO-PEDRO 25143250H INSPECTOR-ACTA 1095872 41/12-1620245 ASOC INTEGRA 2 G41998576 INSPECTOR-ACTA 1096174 41/12-1623059 BOVIS RODRÍGUEZ M ROSARIO 28894240F INSPECTOR-ACTA 1095581 41/12-1619624 CABALLERO GONZÁLEZ ENCARNACIÓN 28866629L INSPECTOR-ACTA 1095905 41/12-1620249 CAMARGO QUINTANA RAFAEL 38055934L INSPECTOR-ACTA 1096421 41/12-1623337 CANTO CARMONA JUAN FRANCISCO 28580199P INSPECTOR-ACTA 1096491 41/12-1623415 CHAFERU, S L B41736091 INSPECTOR-ACTA 1096141 41/12-1623050 CHAVARINO MOLINA ENRIQUE 27338076T INSPECTOR-ACTA 1095695 41/12-1619727 DE OLIVEIRA RICARDO M4101984A INSPECTOR-ACTA 1096362 41/12-1623325 EGEA GARCÍA VICTORIANO JAVIER 28613136D INSPECTOR-ACTA 1096546 41/12-1623720 FERRI GARCÍA DANIEL 27732404Q INSPECTOR-ACTA 1096535 41/12-1623719 GALLEGO MIRANDA ANASTASIA 80027292B INSPECTOR-ACTA 1095813 41/12-1619963 GARCÍA PRIETO MARÍA DOLORES 29722616S INSPECTOR-ACTA 1096104 41/12-1621700 GUIJARRO DOMÍNGUEZ MANUEL 28870813V INSPECTOR-ACTA 1096583 41/12-1623728 GUILLEN CAMACHO MARÍA ROCÍO 34058989Z INSPECTOR-ACTA 1096524 41/12-1623442 GUTIÉRREZ PERALTA JOSÉ LUIS 34052002L INSPECTOR-ACTA 1096045 41/12-1621650 HERNÁNDEZ MUÑOZ GUILLERMO 30483778S INSPECTOR-ACTA 1096572 41/12-1623727 JIMÉNEZ USABAL CARMEN 28889725T INSPECTOR-ACTA 1096152 41/12-1623053 LANZUELA VALLS M LUISA 01479895Y INSPECTOR-ACTA 1096211 41/12-1623115 LÓPEZ MARTÍN JAVIER 28722252J INSPECTOR-ACTA 1096115 41/12-1623033 MOLERO PELLÓN RAFAEL 27301820S INSPECTOR-ACTA 1096476 41/12-1623396 MORENO CORCOLES PILAR NIEVES 77804226X INSPECTOR-ACTA 1096060 41/12-1621654 OSTO VIZCAÍNO ANDRÉS ÁNGEL 28480941H INSPECTOR-ACTA 1096561 41/12-1623726 PÉREZ GARCÍA MARÍA ROSARIO 44607597V INSPECTOR-ACTA 1096325 41/12-1623176 PÉREZ SUÁREZ JOSÉ DANIEL 28751657R INSPECTOR-ACTA 1095964 41/12-1620289 PONCE GARCÍA ENCARNACIÓN 27278320K INSPECTOR-ACTA 1095850 41/12-1620232 PRIETO RUBIO JOSÉ MANUEL 28700350F INSPECTOR-ACTA 1095990 41/12-1621493 RUIZ GÓMEZ JOSÉ LUIS 34058955A INSPECTOR-ACTA 1095570 41/12-1619572 SERRA LALAURIE MARÍA CRISTINA 27300652C INSPECTOR-ACTA 1096314 41/12-1623175 SOLER NÚÑEZ MARÍA DEL CARMEN 28735393K INSPECTOR-ACTA 1096480 41/12-1623411 SOUTO SILVA CARLOS 44077647X INSPECTOR-ACTA 1095780 41/12-1619914 TORIL MARTÍN MARÍA ÁNGELES 28590146L INSPECTOR-ACTA
Municipio: GerenA.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
373192 41/13-1654002 SENDA SPORT, S L B91416685 INSPECTOR-ACTA
Municipio: HuÉvAr del AlJArAFe.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
19342 41/13-1635359 ACUÑA LIÉBANA MARTA 28931972L INSPECTOR-ACTA 19670 41/13-1636585 ATLANTIC WORLD, S L B41370677 INSPECTOR-ACTA 19305 41/13-1635349 BECH VILASECA CELIA 15163792F INSPECTOR-ACTA 18690 41/13-1633521 BEJARANO LÓPEZ MARÍA DEL CARMEN 28718479N INSPECTOR-ACTA 19036 41/13-1634685 CARCAP 2007, S L B91822023 INSPECTOR-ACTA 19375 41/13-1635381 CDAD DE PROP DE LA URB, SAN JOSÉ DE HUEVA H41504085 INSPECTOR-ACTA 19412 41/13-1635448 ENCARNACIÓN MOREJÓN, S L B41574906 INSPECTOR-ACTA 19423 41/13-1635601 ENCARNACIÓN MOREJÓN, S L B41574906 INSPECTOR-ACTA 18966 41/13-1634588 FERNÁNDEZ GÓMEZ CORTE TRINIDAD 27673518X INSPECTOR-ACTA 19213 41/13-1634925 FERNÁNDEZ PÉREZ JUAN MANUEL 27288778Z INSPECTOR-ACTA 18804 41/13-1633554 GARRIDO MARTÍNEZ MARIO 44600840E INSPECTOR-ACTA 19040 41/13-1634691 GÓMEZ HERNÁNDEZ CLOTILDE 28267909N INSPECTOR-ACTA 18701 41/13-1633525 GONZÁLEZ ÁLVAREZ FRANCISCA 28387955K INSPECTOR-ACTA 19095 41/13-1634790 GONZÁLEZ CARO PATROCINIO 27672707G INSPECTOR-ACTA 18756 41/13-1633534 GONZÁLEZ MORENO MANUEL 28720183Z INSPECTOR-ACTA
10 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 Viernes 20 de febrero de 2015
19386 41/13-1635402 GONZÁLEZ, SALADO MIGUEL 75394083Z INSPECTOR-ACTA 19515 41/13-1635776 GONZÁLEZ, SALADO MIGUEL 75394083Z INSPECTOR-ACTA 18992 41/13-1634657 GUTIÉRREZ GATA JOSÉ LUIS 52237742G INSPECTOR-ACTA 18885 41/13-1634455 HDAD, SACRA PADRE JESÚS DEL GRAN PODER G91260372 INSPECTOR-ACTA 19025 41/13-1634683 HDAD, SACRA PADRE JESÚS DEL GRAN PODER G91260372 INSPECTOR-ACTA 18981 41/13-1634653 MACHUGA VIANA JOSÉ ANTONIO 27883653V INSPECTOR-ACTA 19331 41/13-1635353 MARTÍNEZ GORDO MANUEL 27720796T INSPECTOR-ACTA 19762 41/13-1636214 MEDINA MEDIMA MARÍA DOLORES 43644534X INSPECTOR-ACTA 18955 41/13-1634562 MORENO FERNÁNDEZ RAFAEL 28914720V INSPECTOR-ACTA 19014 41/13-1634677 MORENO ROSADO DOLORES INSPECTOR-ACTA 18944 41/13-1634557 NALDA ORTEGA ROSA INSPECTOR-ACTA 19692 41/13-1636617 NUEVA VALDELANORIA, S L B41173014 INSPECTOR-ACTA 19504 41/13-1635706 ORTEGA ROMÁN ENRIQUE 27974850L INSPECTOR-ACTA 18874 41/13-1634354 PALOMO ARIAS FRANCISCO 75272344Z INSPECTOR-ACTA 18863 41/13-1634244 PASCUA HIERRO FRANCISCO INSPECTOR-ACTA 19456 41/13-1635653 RODRÍGUEZ VELA MANUEL 29785404J INSPECTOR-ACTA 18970 41/13-1634604 ROLDAN FIDALGO ANTONIO 27742771X INSPECTOR-ACTA 19003 41/13-1634662 ROLDAN MUÑOZ FRANCISCO 27673540D INSPECTOR-ACTA 18734 41/13-1633529 SÁNCHEZ ARANDILLA ENRIQUE MIGUEL 31264699V INSPECTOR-ACTA 18686 41/13-1633519 SÁNCHEZ GIL MANUEL 28700418Y INSPECTOR-ACTA
Municipio: leBriJA.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
909252 41/12-1609164 BARRERA HURTADO JOAQUÍN 28053410B INSPECTOR-ACTA 909263 41/12-1609627 ESCALERA AVECILLA CUSTODIO 27930709S INSPECTOR-ACTA 909370 41/12-1609553 FERNÁNDEZ NAVARRETE MARÍA JOSEFA 28384503L INSPECTOR-ACTA 909554 41/12-1609594 GARCÍA JIMÉNEZ JOSÉ MARÍA 75435166L INSPECTOR-ACTA 909274 41/12-1609460 HURTADO MARTÍN M JOSEFA 28245575B INSPECTOR-ACTA 909580 41/12-1609600 JIMÉNEZ MONTERO JOSÉ ANTONIO 75417993G INSPECTOR-ACTA 909053 41/12-1606448 LAVI INVERSIONES, S L B91304329 INSPECTOR-ACTA 909042 41/12-1606451 LAVI INVERSIONES, S L B91304329 INSPECTOR-ACTA 909031 41/12-1606452 LAVI INVERSIONES, S L B91304329 INSPECTOR-ACTA 909403 41/12-1606453 LAVI INVERSIONES, S L B91304329 INSPECTOR-ACTA 909020 41/12-1606454 LAVI INVERSIONES, S L B91304329 INSPECTOR-ACTA 909215 41/12-1608620 MONTERO NAVARRO JOAQUÍN MANUEL 75441955T INSPECTOR-ACTA 909565 41/12-1609597 RODRÍGUEZ PORTILLO RAMIRO 27711239B INSPECTOR-ACTA 909495 41/12-1609530 RODRÍGUEZ RAMÍREZ ROSA 28055696C INSPECTOR-ACTA
Municipio: pilAs.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
927172 41/12-1606390 REAL BARRAGÁN MANUEL 27894232Q INSPECTOR-REQUE 927172 41/12-1629728 REAL BARRAGÁN MANUEL 27894232Q INSPECTOR-ACTA 927172 41/12-1629729 REAL BARRAGÁN MANUEL 27894232Q INSPECTOR-ACTA
Municipio: lA rodA de AndAlucíA.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
116340 41/13-1635831 CARPINTERÍA MECÁNICA JOSÉ LIMÓN, S L B41162017 INSPECTOR-ACTA
Municipio: sAn JuAn de AznAlFArAcHe.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
24264 41/13-1637570 ABRIL GONZÁLEZ ISABEL 28120961B INSPECTOR-ACTA 24065 41/13-1636855 APARICIO MARTÍN FRANCISCO INSPECTOR-ACTA 24076 41/13-1635035 BANCO DE ANDALUCÍA, S A A11600624 INSPECTOR-ACTA 23671 41/13-1636778 BARRERA CASTRO ISABEL 28164652W INSPECTOR-ACTA 24150 41/13-1637364 BECERRA REAL FRANCISCO 27940249X INSPECTOR-ACTA 24102 41/13-1636847 BONILLA CALDEVILLA JOSÉ LUIS 27276095G INSPECTOR-ACTA 24371 41/13-1637585 BOUDERMO, S L B91392282 INSPECTOR-ACTA 23306 41/13-1634894 CARBALLO RODRÍGUEZ RAFAELA 28302399W INSPECTOR-ACTA 23730 41/13-1636788 CÁRDENAS GARCÍA JOSÉ INSPECTOR-ACTA 23575 41/13-1636606 CHAO KHALID X3132252C INSPECTOR-ACTA 23144 41/13-1634698 CHINCHILLA SÁNCHEZ ÁNGELA 75064318T INSPECTOR-ACTA 24485 41/13-1637648 CIRA PEINADO ANTONIO 27925905H INSPECTOR-ACTA
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
14 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 Viernes 20 de febrero de 2015
23214 41/13-1634807 CRUZ CRUZ ANTONIO 22075662D INSPECTOR-ACTA 23940 41/13-1636837 CUEVAS CUEVAS MANUEL 31552914L INSPECTOR-ACTA 22864 41/13-1634550 DELGADO ACEVEDO ANTONIO 31541129X INSPECTOR-ACTA 22890 41/13-1634555 DELGADO CARBALLAR CARLOS 38459614A INSPECTOR-ACTA 23660 41/13-1636777 DORADO ARANDA MIGUEL ÁNGEL 52269202T INSPECTOR-ACTA 23516 41/13-1635056 ESTRELLA PERERA DANIEL 52266233K INSPECTOR-ACTA 22746 41/13-1634469 FERNÁNDEZ NOVELLE ENCARNACIÓN 28407965K INSPECTOR-ACTA 24522 41/13-1634907 FERRERA LOZANO FRANCISCO JAVIER 52691077D INSPECTOR-ACTA 23542 41/13-1636591 FERRERO GONZÁLEZ MILAGROS 27653291T INSPECTOR-ACTA 22912 41/13-1634566 GARCÍA FERNÁNDEZ ANTONIA 48344192D INSPECTOR-ACTA 23693 41/13-1636780 GARCÍA GUTIÉRREZ MANUEL INSPECTOR-ACTA 24253 41/13-1637467 GIL RODRÍGUEZ MARÍA ROCÍO 52693731H INSPECTOR-ACTA 23155 41/13-1634800 GODOY GARCÍA LÁZARO 26213068Z INSPECTOR-ACTA 23391 41/13-1635047 GODOY SOSA, SANTIAGO 28779754S INSPECTOR-ACTA 22794 41/13-1634529 GÓMEZ GÓMEZ TRINIDAD ALEJANDRA 28687509T INSPECTOR-ACTA 23251 41/13-1634819 GUERRERO MELÉNDEZ JUAN JOSÉ 28389703K INSPECTOR-ACTA 22761 41/13-1634523 JAREÑO ARÉVALO LOURDES 15915497A INSPECTOR-ACTA 23450 41/13-1636608 JIMÉNEZ JIMÉNEZ ÁNGEL 07971729K INSPECTOR-ACTA 23424 41/13-1635048 JIMÉNEZ VARGAS MARÍA INSPECTOR-ACTA 24205 41/13-1637458 LISSEN VEGA ANTONIO 27274719P INSPECTOR-ACTA 24382 41/13-1637586 LÓPEZ ARIAS FELICIANO 28903820L INSPECTOR-ACTA 22665 41/13-1633813 LORA GAVIÑO JUAN ANTONIO 52692024J INSPECTOR-ACTA 23726 41/13-1636784 MÁRQUEZ MARTÍNEZ JOSÉ CARLOS 52694807J INSPECTOR-ACTA 23586 41/13-1636609 MAYA FERNÁNDEZ IGNACIO 27757465F INSPECTOR-ACTA 23100 41/13-1634684 MAYA MIKAILOVICH JULIO 53276839F INSPECTOR-ACTA 23295 41/13-1634849 MERÓN DE COTE AURORA 52267167N INSPECTOR-ACTA 23236 41/13-1634809 NOGALES OTERO JULIÁN 28389627Z INSPECTOR-ACTA 23203 41/13-1634804 OTERO FRANCO MILAGROS 10131272W INSPECTOR-ACTA 23472 41/13-1635051 PEÑATE GONZÁLEZ ANTONIO 28164989V INSPECTOR-ACTA 23376 41/13-1635044 PÉREZ RODRÍGUEZ RICARDO 48816877K INSPECTOR-ACTA 24194 41/13-1637456 RASERO MÁRQUEZ EUFRASIA 28164750P INSPECTOR-ACTA 23866 41/13-1636822 RODRÍGUEZ BRENA DOLORES 27899079X INSPECTOR-ACTA 24113 41/13-1637202 RODRÍGUEZ DORADO DOLORES 28564776H INSPECTOR-ACTA 24161 41/13-1637412 RODRÍGUEZ MÉNDEZ ROSARIO 28412798R INSPECTOR-ACTA 22993 41/13-1634587 ROLLAN VÉLEZ FERNANDO 28913486W INSPECTOR-ACTA 23796 41/13-1636799 SALAS, SALAS JOSÉ AURELIO 77816181M INSPECTOR-ACTA 23332 41/13-1634902 SÁNCHEZ CASTILLO MARÍA JESÚS 52261734F INSPECTOR-ACTA 23903 41/13-1636829 SOSA RUIZ JOSÉ ANTONIO 27290752X INSPECTOR-ACTA 24334 41/13-1637582 SUÁREZ ACEVEDO JOSÉ MANUEL 27308602N INSPECTOR-ACTA 24345 41/13-1637583 SUÁREZ INCLÁN LÓPEZ LUISA INSPECTOR-ACTA 23601 41/13-1636616 TALLERES MACHUCA, S L B41708223 INSPECTOR-ACTA 23531 41/13-1635060 TIRADO CHACÓN JUAN MIGUEL 52264567B INSPECTOR-ACTA 24216 41/13-1637460 TORO RODRÍGUEZ M ÁNGELES 52269674N INSPECTOR-ACTA 23166 41/13-1634794 VILLA BARRAGÁN INÉS 27277143V INSPECTOR-ACTA
Municipio: el sAuceJo.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
113750 41/13-1635746 HYPA 2007, S L B91690750 INSPECTOR-ACTA 218794 41/13-1641881 PÉREZ REYES JUAN 28030243M INSPECTOR-ACTA 218820 41/13-1641901 PÉREZ REYES JUAN 28030243M INSPECTOR-ACTA 218746 41/13-1641795 SÁNCHEZ BARRIGA BENEGAS ANDRÉS INSPECTOR-ACTA 368830 41/13-1653514 VERDUGO CÁRDENAS ANTONIO 28033124B SANCIONADOR-DIL
Municipio: toMAres.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
1204265 41/12-1631323 ÁLVAREZ PÉREZ MANUEL 28244423D INSPECTOR-ACTA 1203661 41/12-1627402 BANCO DE ANDALUCÍA, S A A11600624 INSPECTOR-ACTA 1204711 41/12-1633271 BRAZO VILLAR JOSÉ ANTONIO 27281252D INSPECTOR-ACTA 1204836 41/12-1633125 CARO PARRA ANTONIO 27888858R INSPECTOR-ACTA 1204851 41/12-1633097 COMPRAVENTA DE BIENES, S A A41141714 INSPECTOR-ACTA 1203882 41/12-1628078 JURADO LÓPEZ MANUEL 27539666H INSPECTOR-ACTA 1203742 41/12-1627869 LEDEREY 12, S L B91988725 INSPECTOR-ACTA 1204696 41/12-1633279 LUNA LEMA SÓCRATES 27778775L INSPECTOR-ACTA 1204906 41/12-1633074 MARTÍN RAMOS ROBERTO 52693774S INSPECTOR-ACTA 1204895 41/12-1633075 MARTÍN RAMOS ROBERTO 52693774S INSPECTOR-ACTA 1204475 41/12-1631433 NEGRÓN CARO ANTONIO 28120885G INSPECTOR-ACTA 1203624 41/12-1626895 PAJARES CASADO ANTONIO AFRICO 28885235H INSPECTOR-ACTA 1203856 41/12-1628049 PÉREZ GÓMEZ MARÍA LUISA 27894572B INSPECTOR-ACTA 1204490 41/12-1631435 TOVAR ROMERO RAFAELA 52260815P INSPECTOR-ACTA 1203646 41/12-1627279 VEGA GÁLVEZ JOSÉ MANUEL 27283585L INSPECTOR-ACTA
Municipio: utrerA.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
1249754 41/12-1627753 ARIAS GARCÍA JOSÉ MANUEL 28445791N INSPECTOR-ACTA 1020762 41/12-1618547 JAIRU, S A A41255621 INSPECTOR-ACTA 1025603 41/12-1618519 MUNCHENN SISTEMAS, S L B41928698 INSPECTOR-ACTA 1025905 41/12-1618755 PREFABRICADOS Y ACCESORIOS DEL SUR, S L B41812280 INSPECTOR-ACTA 1024203 41/12-1618545 PUMA CAPITAL INVERSIÓN, S A A91552794 INSPECTOR-ACTA
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 15
Municipio: vAlencinA de lA concepción.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
98464 41/13-1635008 CONSTRUCCIONES METÁLICAS LA PAÑOLETA, S L B41151085 SANCIONADOR-DIL
Municipio: villAMAnrique de lA condesA.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
1138771 41/12-1649242 AGUILAR MULERO JOSEFA 27866625D INSPECTOR-ACTA 1138734 41/12-1656244 CARRASCO DOMÍNGUEZ CECILIA 75290960T INSPECTOR-ACTA 1138760 41/12-1649246 CARRASCO PAGÉS JOSÉ 27680673N INSPECTOR-ACTA 1139176 41/12-1642949 DÍAZ MÁRQUEZ GABRIEL 27762160X INSPECTOR-ACTA 1138992 41/12-1648826 DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO ANDAL Q9150010H INSPECTOR-ACTA 1138513 41/12-1650201 FERNÁNDEZ GAVIRA ROSAURA 28811375B INSPECTOR-ACTA 1138572 41/12-1650184 GONZÁLEZ MUÑOZ JUAN 28339808J INSPECTOR-ACTA 1138432 41/12-1650267 HDAD NTRA SRA DEL ROCÍO DE VILLAMANRIQUE R4100809E INSPECTOR-ACTA 1138421 41/12-1650275 HDAD NTRA SRA DEL ROCÍO DE VILLAMANRIQUE R4100809E INSPECTOR-ACTA 1139143 41/12-1644301 HERMANDAD NTRA SRA DEL ROCÍO DEL CERRO D G41196270 INSPECTOR-ACTA 1138362 41/12-1650391 JIMENO HERRERA FRANCISCO 28583498H INSPECTOR-ACTA 1138325 41/12-1650435 LÓPEZ GÓMEZ MANUEL 27790808T INSPECTOR-ACTA 1138690 41/12-1649279 NARANJO GÓMEZ CONCEPCIÓN 28369064J INSPECTOR-ACTA 1139272 41/12-1654638 RODERO SÁNCHEZ M PILAR 09330423J INSPECTOR-ACTA 1138675 41/12-1649288 RUIZ ÁLVAREZ ANDRÉS JESÚS 45661271S INSPECTOR-ACTA
Municipio: villAnuevA del río y MinAs.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
401693 41/13-1656393 CORTIJO MIRAMONTES, S A A41605460 INSPECTOR-ACTA 435396 41/13-1657793 EMPRENDEDORES DE VILLANUEVA, SRL B91237578 INSPECTOR-ACTA 49302 41/13-1654171 GIL MEDINA DESARROLLOS INMOBILIARIOS,S L B91978809 INSPECTOR-ACTA 985563 41/12-1611615 MAQUEDA MARTÍN MARÍA ÁNGELES 28038039G INSPECTOR-ACTA
Municipio: villAverde del río.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
184914 41/12-1609099 ÁLVAREZ FERNÁNDEZ RAFAEL LUIS 77587752N INSPECTOR-ACTA 184811 41/12-1608566 BARROSO SÁNCHEZ RAFAEL 48814890N INSPECTOR-ACTA 1019351 41/12-1623364 BAUTISTA LEÓN FRANCISCO 28044687M INSPECTOR-ACTA 1019480 41/12-1619690 BAZAGA BERGARA MANUEL 27804610W INSPECTOR-ACTA 185533 41/12-1603623 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185625 41/12-1603624 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 186152 41/12-1603727 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185942 41/12-1603744 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185404 41/12-1603746 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185673 41/12-1604047 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185441 41/12-1604235 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185813 41/12-1605560 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185581 41/12-1605637 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 186911 41/12-1605642 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185640 41/12-1605922 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185570 41/12-1605933 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185555 41/12-1605940 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185485 41/12-1606029 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 186141 41/12-1606136 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185651 41/12-1606138 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185603 41/12-1606140 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185544 41/12-1606148 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185500 41/12-1606227 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 186266 41/12-1606247 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 185872 41/12-1608524 BENÍTEZ BENÍTEZ JUAN JOSÉ 75373305M INSPECTOR-ACTA 184553 41/12-1609140 BENÍTEZ LÓPEZ ANTONIO 28653763H INSPECTOR-ACTA 1019616 41/12-1619764 BOJE TORRES ÁGUILA 28044657K INSPECTOR-ACTA 1019233 41/12-1619508 BONILLO LOZANO JUAN 27836076G INSPECTOR-ACTA 184520 41/12-1608599 BORJAS MARTOS FLORENCIO 28653030K INSPECTOR-ACTA 1019642 41/12-1619780 CAMPOS RODRÍGUEZ DOLORES 27835629V INSPECTOR-ACTA 1019476 41/12-1619668 CARDENETE CASADO FERNANDO 75373183K INSPECTOR-ACTA 185566 41/12-1603748 ESCOBAR LOZANO ASUNCIÓN 28519994V INSPECTOR-ACTA 336873 41/13-1652071 ESTEBAN MORALES JUAN MANUEL 75323455L INSPECTOR-ACTA 336674 41/13-1652010 FERNÁNDEZ AMORES JUAN 27749216S INSPECTOR-ACTA 1019314 41/12-1619596 FERNÁNDEZ BRITO ELENA 75323491D INSPECTOR-ACTA 184671 41/12-1605550 FERNÁNDEZ CAMACHO MANUEL 77803270C INSPECTOR-ACTA 184704 41/12-1605927 FERNÁNDEZ CAMACHO MANUEL 77803270C INSPECTOR-ACTA 184660 41/12-1605931 FERNÁNDEZ CAMACHO MANUEL 77803270C INSPECTOR-ACTA 184236 41/12-1609074 FERNÁNDEZ ORTIZ CIPRIANO 27284087S INSPECTOR-ACTA 184321 41/12-1609053 FERNÁNDEZ ORTIZ JOSÉ 28713591T INSPECTOR-ACTA 1019804 41/12-1619977 FRESCO AGUERA RAFAEL 28044139D INSPECTOR-ACTA 1106571 41/12-1618459 GÓMEZ DOMÍNGUEZ DOMINGO 27846309W INSPECTOR-ACTA 318194 41/13-1651614 GONZÁLEZ PORTERO CONCEPCIÓN 27839302X INSPECTOR-ACTA 186480 41/12-1605538 GUERRERO CABALLERO DOLORES 04110347V INSPECTOR-ACTA 1019513 41/12-1619692 HIDALGO SÁNCHEZ MANUEL 28154532W INSPECTOR-ACTA 1110863 41/12-1618757 LANDAIRA COLMENERO ASUNCIÓN 75323355B INSPECTOR-ACTA
16 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 Viernes 20 de febrero de 2015
1019443 41/12-1619650 LÓPEZ BENÍTEZ BERNARDA 27283564K INSPECTOR-ACTA 1018990 41/12-1617338 MARTÍNEZ MAGRO ESTANISLAO 28300556E INSPECTOR-ACTA 316713 41/13-1651464 MARTÍNEZ, SANTANA RAÚL 28747189H INSPECTOR-ACTA 1110922 41/12-1619081 MONGE MORÓN JUAN MANUEL 75371632B INSPECTOR-ACTA 345752 41/13-1652387 NAVARRO PEINADO TRINIDAD 28706978B INSPECTOR-ACTA 1019244 41/12-1619510 PASCUAL PÉREZ TIMOTEO INSPECTOR-ACTA 1019793 41/12-1624912 RAMÍREZ PÉREZ MANUEL 28931542A INSPECTOR-ACTA 1019406 41/12-1619646 RIVERA AGUDO ANTONIA 75409446J INSPECTOR-ACTA 1019071 41/12-1623332 ROMÁN SERRANO JUAN 28753078L INSPECTOR-ACTA 1019340 41/12-1623360 SALÓN NUEVO PINO, S L B91260547 INSPECTOR-ACTA 1019896 41/12-1620257 SALVADOR PAREJA MANUEL 28627679Q INSPECTOR-ACTA 185360 41/12-1603296 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 185382 41/12-1603493 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 185415 41/12-1603496 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 185426 41/12-1603500 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 185953 41/12-1603629 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 185964 41/12-1603631 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 185975 41/12-1603632 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 185986 41/12-1603637 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 186001 41/12-1603639 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 186012 41/12-1603641 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 186023 41/12-1603643 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 186034 41/12-1603647 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 186045 41/12-1603651 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 186060 41/12-1603654 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 186071 41/12-1603658 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 186082 41/12-1603660 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 186093 41/12-1603721 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 186104 41/12-1603722 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 186126 41/12-1603723 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 186130 41/12-1603724 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 185990 41/12-1605696 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 185356 41/12-1605881 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 184741 41/12-1605882 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 186900 41/12-1605936 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 185393 41/12-1606082 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 186056 41/12-1606127 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 186115 41/12-1606238 SARMIENTO GARCÍA MANUEL 27749136G INSPECTOR-ACTA 1019686 41/12-1624794 SARMIENTO MORALES PABLO 28044431W INSPECTOR-ACTA 1019303 41/12-1619517 SEQUERA DÍAZ FRANCISCO 28044130T INSPECTOR-ACTA 1019690 41/12-1624800 SOLÍS CASADO JOSÉ 75429108X INSPECTOR-ACTA 1110874 41/12-1618790 TALAVERA LÓPEZ MARCOS 77809647A INSPECTOR-ACTA 1019056 41/12-1623327 VILCHES MANCILLA EVA 77802425A INSPECTOR-ACTA
Municipio: el cuervo de sevillA.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
848190 41/12-1599273 ACTIVIDADES EMPRESARIALES DIVERSAS, S L B41690066 INSPECTOR-ACTA 848536 41/12-1601124 AÑOJOS DEL SUR, S L B91397851 INSPECTOR-ACTA 1253044 41/12-1641737 ARRIAZA CAMACHO FRANCISCO JOSÉ 31737330K INSPECTOR-ACTA 1127125 41/12-1619788 BARRAGÁN BARRAGÁN MANUEL 28261018K INSPECTOR-ACTA 1252963 41/12-1641546 CABALLERO JIMÉNEZ VIRGINIA 32063430G INSPECTOR-ACTA 848606 41/12-1603330 CALVO MUÑOZ FRANCISCO 31621038V INSPECTOR-ACTA 1122564 41/12-1623344 CARNICERÍA HERRERA LUIS 28107298X INSPECTOR-ACTA 1125865 41/12-1619705 CORDERO BARRAGÁN MATEO 28113569W INSPECTOR-ACTA 873854 41/12-1603375 CORDERO DÍAZ CATALINA 75368408F INSPECTOR-ACTA 911142 41/12-1606042 CORDERO RUIZ MARÍA DEL CARMEN 75368340P INSPECTOR-ACTA 1252974 41/12-1641647 DÍAZ SÁNCHEZ FRANCISCA 34060253J INSPECTOR-ACTA 1252985 41/12-1641660 DÍAZ SÁNCHEZ FRANCISCA 34060253J INSPECTOR-ACTA 1252996 41/12-1641661 DÍAZ SÁNCHEZ FRANCISCA 34060253J INSPECTOR-ACTA 1253000 41/12-1641666 DÍAZ SÁNCHEZ FRANCISCA 34060253J INSPECTOR-ACTA 1253011 41/12-1641674 DÍAZ SÁNCHEZ FRANCISCA 34060253J INSPECTOR-ACTA 848514 41/12-1600871 DOBLADO BENÍTEZ LUIS 28111975H INSPECTOR-ACTA 848245 41/12-1599414 DORANTES JIMÉNEZ ANTONIA 31536281S INSPECTOR-ACTA 1169685 41/12-1621778 FLORIDO MONGE JOSÉ INSPECTOR-ACTA 848002 41/12-1599246 GARCÍA FERNÁNDEZ JUAN MIGUEL 38851610X INSPECTOR-ACTA 848282 41/12-1599565 GIRALDO ÁLVAREZ JUAN 28116128P INSPECTOR-ACTA 1152712 41/12-1621622 GÓMEZ MORALES MANUEL 28113720S INSPECTOR-ACTA 1184536 41/12-1623382 GUERRERO GORDILLO JUAN JOSÉ 31673571H INSPECTOR-ACTA 885824 41/12-1604065 HIDALGO ARRIAZA BENITA 28107352H INSPECTOR-ACTA 915703 41/12-1605988 JARANA PIÑERO FRANCISCO 31555591M INSPECTOR-ACTA 1252845 41/12-1640997 LÓPEZ DORANTES MERCEDES 75320555V INSPECTOR-ACTA 873880 41/12-1603809 MARÍN JARANA FRANCISCO 31510345T INSPECTOR-ACTA 1253055 41/12-1641745 MONTERO MICIERA ALICIA 47011993Q INSPECTOR-ACTA 848551 41/12-1619085 MONTOYA ALONSO FRANCISCO 52239042Q INSPECTOR-ACTA 1253372 41/12-1642435 MUÑOZ RAMÍREZ MANUEL 31565881Z INSPECTOR-ACTA 1148840 41/12-1652453 PÉREZ VELA MANUEL 75319068W INSPECTOR-ACTA 1253066 41/12-1641749 RODRÍGUEZ BELLIDO JUAN FRANCISCO 48959251W INSPECTOR-ACTA 848584 41/12-1603274 SÁNCHEZ ALCÓN JOSÉ ANTONIO 34062984F INSPECTOR-ACTA 1252860 41/12-1641006 SÁNCHEZ RAMOS MANUEL 28261098D INSPECTOR-ACTA 1147532 41/12-1621430 TEJERO SÁNCHEZ MARÍA 28113955C INSPECTOR-ACTA 1253464 41/12-1642640 ZAMBRANO CORDERO JUAN JOSÉ 28309047A INSPECTOR-ACTA
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 17
Municipio: sevillA.
N.º expte-documento Tit. catastral/obligado T. NIF/CIF Procedimiento
1232136 41/12-1654875 ALFONSO HORMIGO JOSÉ 27920017H INSPECTOR-ACTA 1231576 41/12-1653961 ÁLVAREZ IGLESIAS JOSÉ ANTONIO 27298253J INSPECTOR-ACTA 1232055 41/12-1654790 AUGUSTO GIRÁLDEZ DAVID INSPECTOR-ACTA 1233525 41/12-1656438 CANGUEIRO RUEDA MARÍA 28216417V INSPECTOR-ACTA 338144 41/13-1652061 CARO FUENTES LUIS 28698778E INSPECTOR-ACTA 1231882 41/12-1654677 DOMÍNGUEZ PIRES ANA 28879512E INSPECTOR-ACTA 468252 41/13-1659819 ESPASIERRA, S L B11475100 INSPECTOR-ACTA 1206914 41/12-1625389 EXPO TORNEO, S L B91415240 INSPECTOR-ACTA 1206914 41/12-1625390 EXPO TORNEO, S L B91415240 INSPECTOR-ACTA 1206914 41/12-1625391 EXPO TORNEO, S L B91415240 INSPECTOR-ACTA 1206914 41/12-1625392 EXPO TORNEO, S L B91415240 INSPECTOR-ACTA 345785 41/13-1652402 EXPO TORNEO, S L B91415240 INSPECTOR-ACTA 1233326 41/12-1656384 FERNÁNDEZ GÓMEZ BERNABÉ 13635155L INSPECTOR-ACTA 1232453 41/12-1655494 GARCÍA CARRILLO RUBÉN 48121490Q INSPECTOR-ACTA 1233400 41/12-1656425 GARCÍA SÁNCHEZ MARÍA 28273934B INSPECTOR-ACTA 314742 41/13-1651326 GARCÍA ZÚÑIGA CARAVACA MARÍA 28349945F INSPECTOR-ACTA 1233186 41/12-1656367 GARPLASA, S L B41446964 INSPECTOR-ACTA 320880 41/13-1651845 GARZÓN RECIO JOSÉ 28225824V INSPECTOR-ACTA 316050 41/13-1651404 GORDILLO GARCÍA DOLORES 27643185Z INSPECTOR-ACTA 1232744 41/12-1655786 GUTIÉRREZ MARCHENA MIGUEL ÁNGEL 28476112L INSPECTOR-ACTA 434265 41/13-1657727 HERMANDAD DEL, SANTO CRISTO DE LA REDENCIÓN G41596701 INSPECTOR-ACTA 434324 41/13-1657732 HISPALACCI SERVICIOS INMOBILIARIOS, S L B91455634 INSPECTOR-ACTA 320810 41/13-1651834 JEMADOL, S L B41935495 INSPECTOR-ACTA 1233665 41/12-1656752 JUNTA MIXTA DE COMPENSACIÓN DEL PLAN PAR Q4167005J INSPECTOR-ACTA 1233024 41/12-1656178 LIMONES RAFAEL INSPECTOR-ACTA 1231661 41/12-1653966 LÓPEZ JIMÉNEZ ALBERTO 27955940S INSPECTOR-ACTA 1232405 41/12-1655489 LOZANO ÁLVAREZ FRANCISCO 28237226B INSPECTOR-ACTA 1231871 41/12-1654663 MARTÍNEZ LEAL JUAN MANUEL 28461846J INSPECTOR-ACTA 1231952 41/12-1654722 MEDINA CAMBIL ÁNGEL 28010978Z INSPECTOR-ACTA 1233120 41/12-1656192 MEJÍAS PORTILLO ANTONIO 28300639J INSPECTOR-ACTA 1232103 41/12-1654813 MOLINA MERGUIZO MARÍA 28301668F INSPECTOR-ACTA 436656 41/13-1657974 PARDO ABASCAL JESÚS 27567505G INSPECTOR-ACTA 434556 41/13-1657739 PÉREZ LÓPEZ SEBASTIÁN 27896899S INSPECTOR-ACTA 1231296 41/12-1653175 PÉREZ VÍLCHEZ ANTONIA 27918467D INSPECTOR-ACTA 321624 41/13-1651894 PORTAL LIZARDE ESPERANZA 28304635F INSPECTOR-ACTA 436866 41/13-1658045 REAL ILUSTRE FERVOROSA HERMANDAD STMO SA G41256801 INSPECTOR-ACTA 1231333 41/12-1653206 RIDAO RIDAO LUISA 28404619X INSPECTOR-ACTA 1231344 41/12-1653207 RIDAO RIDAO LUISA 28404619X INSPECTOR-ACTA 1232766 41/12-1655866 ROMÁN PINTO JOSÉ 28267715W INSPECTOR-ACTA 1232770 41/12-1655872 ROMÁN PINTO SOLEDAD 28448491K INSPECTOR-ACTA 1232685 41/12-1655708 ROSA NETO AMELIA X0157374P INSPECTOR-ACTA 319826 41/13-1651783 SELVA SÁNCHEZ LUIS MANUEL 09681357J INSPECTOR-ACTA 342554 41/13-1652154 SOSA BENÍTEZ JOSÉ 27923224M INSPECTOR-ACTA 1233724 41/12-1656772 TORO CONDE DOLORES 38415025B INSPECTOR-ACTA 1231646 41/12-1653964 VALLE PÁRRAGA JUAN 31371590G INSPECTOR-ACTA 1233396 41/12-1656424 VELÁZQUEZ MORALES JOSÉ CÁNDIDO 30222161T INSPECTOR-ACTA 343022 41/13-1652200 VENUS SEVILLA,, S L B90005745 INSPECTOR-ACTA 1232044 41/12-1654787 VILCHES SÁNCHEZ JOSÉ 27949284Y INSPECTOR-ACTA 1232711 41/12-1655724 ZAMORA GONZÁLVEZ JOAQUÍN 28216599S INSPECTOR-ACTA
Sevilla a 24 de abril de 2014 —El Gerente Regional, María José Pérez Pérez 2F-13308
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA————
Juzgados de lo Social————
SEVILLA —JUZGADO NÚM 1 (Refuerzo bis)
N I G : 4109144S20130008144 Procedimiento núm : 755/2013 Negociado: RF De: Don Fernando Antonio Diego Trejo Contra: Templar Vigilantes de Seguridad y Control, Orden, Seguridad SL Doña María Ángeles Docavo Torres, Secretaria Judicial de Refuerzo Bis de los Juzgados de lo Social de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 755/2013 a instancia de la parte actora Fernando Antonio
Diego Trejo contra Control, Orden, Seguridad SL, sobre despidos, se ha dictado sentencia de fecha 18 de noviembre de 2014 Se pone en su conocimiento que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia de sentencia de fecha 18 de no-
viembre de 2014 y se le hace saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación, debiendo ser anun-ciado ante este Juzgado de lo Social en la forma establecida por la Ley
18 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 Viernes 20 de febrero de 2015
Y para que sirva de notificación a la demandada Control, Orden, Seguridad SL actualmente en paradero desconocido, se expide el presente edicto para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado
En Sevilla a 18 de noviembre de 2014 —La Secretaria Judicial, María Ángeles Docavo Torres 36W-14835
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SEVILLA —JUZGADO NÚM 2
Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1255/2012, a instancia de la parte actora don Juan José
Álvarez Silva, contra Surpool Servicios Acuáticos Integrales, S L , sobre social ordinario se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:
Decreto Secretaria Judicial señora doña María Fernanda Tuñón Lázaro En Sevilla a 29 de octubre de 2012 Antecedentes de hecho Primero —Don Juan José Álvarez Silva, presentó demanda de cantidad frente a Surpool Servicios Acuáticos Integrales, S L Segundo —La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número 1255/2012 Fundamentos de derecho Primero —Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el art 82,1 de la LRJS
procede su admisión a trámite y su señalamiento por la Secretaria Judicial Vistos los preceptos legales citados y demás en general y pertinente aplicación Parte dispositiva, dispongo: —Admitir la demanda presentada —Señalar el próximo 10 de marzo de 2015, a las 9,50 horas, para la celebración del acto de juicio en la Sala de Vistas de este
Juzgado sito en Avda. de la Buhaira, 26, 5ª planta, Edificio Noga, Sala de Vistas 1º planta, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación y celebrar ante la Secretaria Judicial el mismo día, a las (10 minutos antes), en la oficina este Juzgado sita en planta quinta del mencionado edificio.
—Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía
—Se tiene por hecha la manifestación de la parte actora de acudir al juicio asistida de/representada por Letrado, lo que pone en conocimiento de la/s demandada/s a los efectos del art 21 3 de la LRJS
Dar cuenta a S S ª de los medios de prueba (interrogatorio y documental) propuestos por la parte actora en su escrito de deman-da, a fin de que se pronuncie sobre los mismos.
Dar cuenta a S S ª del señalamiento efectuado a los efectos del art 182 LEC Notifíquese la presente resolución a las partes Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días
hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida
Y para que sirva de notificación a Surpool Servicios Acuáticos Integrales, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos
En Sevilla a 16 de febrero de 2015 —La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro 258-1852
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SEVILLA —JUZGADO NÚM 2
Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 297/2014, a instancia de la parte actora don Jonathan
López Pérez y don Juan Pedro Alvarado Pineda, contra Gestión Renting y Flotas Vehículos Automotive, S L , sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente
Vista la suspensión de la comparecencia señalada, acuerdo:De conformidad al artículo 280 de la LRJS —Citar de nuevo de comparecencia a las partes con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los me-
dios de prueba de que intenten valerse, y para el próximo día 17 de marzo de 2015, a las 11:15 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado sito en la planta 1ª, para que tenga lugar, con la advertencia que de no asistir el trabajador o persona que le represente se le tendrá por desistido en su solicitud, si no lo hiciere el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia
Se pone en conocimiento de la parte actora que al acto de la comparecencia deberán asistir con la vida laboral del actor a fin de acreditar los periodos trabajados después del despido y, en tal caso, informe de bases de cotización o nóminas, salvo que el salario percibido sea igual o superior al del despido, en cuyo caso no resultará necesario
Notifíquese la presente resolución a las partes, sirviendo la misma de citación en forma
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 19
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida
Y para que sirva de notificación a Gestión Renting y Flotas Vehículos Automotive, S.L y doña Eugenia López Fidalgo, Admi-nistrador Concursal de Gestión Renting y Flotas Vehículos Automotive, S L , actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos
En Sevilla a 6 de febrero de 2015 —La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro 258-1838
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SEVILLA —JUZGADO NÚM 2
Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1285/2012, a instancia de la parte actora doña Séfora Ro-
dríguez Guerrero, contra La Mutua Universal Mugenat, INSS, TGSS, Servicio Andaluz de Salud de la Conserjería de Salud de la Junta de Andalucía Delegación Provincial de Salud y Mendoza López Guillian Gisella, S L , sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente
Decreto Secretaria Judicial señora doña María Fernanda Tuñón Lázaro En Sevilla a 6 de noviembre de 2012 Antecedentes de hecho Primero —Doña Séfora Rodríguez Guerrero, presentó demanda de Seguridad Social frente a Mendoza López Guillian Gisella,
S L , Servicio Andaluz de Salud de la Conserjería de Salud de la Junta de Andalucía Delegación Provincial de Salud, La Mutua Uni-versal Mugenat, INSS y TGSS
Segundo —La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número 1285/2012 Fundamentos de derecho Primero —Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el art 82,1 de la LRJS
procede su admisión a trámite y su señalamiento por la Secretaria Judicial Vistos los preceptos legales citados y demás en general y pertinente aplicación Parte dispositiva, dispongo:—Admitir la demanda presentada —Señalar el próximo 9 de marzo de 2015, a las 9,40 horas, para la celebración del acto de juicio en la Sala de Vistas de este
Juzgado sito en Avda. de la Buhaira, 26. 5ª planta, Edificio Noga, Sala de Vistas 1º planta, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación y celebrar ante la Secretaria Judicial el mismo día, a las (10 minutos antes), en la oficina este Juzgado sita en planta quinta del mencionado edificio.
—Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía
—Se tiene por hecha la manifestación de la parte actora de acudir al juicio asistida de/ representada por Letrado, lo que pone en conocimiento de la/s demandada/s a los efectos del art 21 3 de la LPL
—Se requiere al organismo demandado señor Director del I N S S , señor Director del S A S , para que en el plazo de diez días hábiles, remita a este Juzgado el expediente administrativo de la parte actora o su copia
—Dar cuenta a S S ª, de los medios de prueba propuestos por la parte actora en su escrito de demanda (interrogatorio y docu-mental), a fin de que se pronuncie sobre los mismos.
Dar cuenta a S S ª del señalamiento efectuado a los efectos del art 182 LEC Notifíquese la presente resolución a las partes Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días
hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida
Y para que sirva de notificación a Mendoza López Guillian Gisella, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos
En Sevilla a 16 de febrero de 2015 —La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro 258-1853
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SEVILLA —JUZGADO NÚM 6
Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 188/2012 a instancia de la parte actora don Luis Miguel
Rodríguez Domínguez y Francisco Toucedo Corchuelo contra Azahar Inmuebles SL, Synergia Global SL, Evirrana Activos SL, Mara Mareta SL, Analistas Inmobiliarios Andaluces SL, Zahira Edificios Andaluces SL, M.C. Servicios Inmobiliarios SL, Omega Servicios Inmobiliarios SL y Delta Constructora del Sur SL sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 3 de marzo de 2014 del tenor literal siguiente:
20 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 Viernes 20 de febrero de 2015
Parte dispositiva
Acuerdo: Declarar embargados por vía de mejora de embargo los siguientes bienes:— Los saldos a favor de Azahar Inmuebles SL, Synergia Global SL, Evirrana Activos SL, Mara Mareta SL, Analistas Inmo-
biliarios Andaluces SL, Zahira Edificios Andaluces SL, M.C. Servicios Inmobiliarios SL, Omega Servicios Inmobiliarios SL y Delta Constructora del Sur SL, que posea los mismos en las entidades bancarias que conste dada de alta en la aplicación que para tal caso existe en el Punto Neutro Judicial, dichos embargo se realizara vía telemática; y ello en cuanto fuere suficiente a cubrir la suma de las cantidades reclamadas
— Se decreta el embargo sobre el posible sobrante que pudiera existir a favor M C Servicios Inmobiliarios SL en la Ejecución Hipotecaria núm. 143/13, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia 4 de Sevilla, y en cantidad suficiente a cubrir las responsabi-lidades reclamadas, que ascienden a 115 187,73 € de principal, más la de 27 677,01 € calculadas para intereses, gastos y costas, sin perjuicio de su liquidación definitiva.
Y para que lo acordado tenga lugar, líbrese exhorto al Juzgado de Primera Instancia 4 de Sevilla Notifíquese la presente resolución a las partes Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que
deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (Artículo 188 y 189de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones del, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 social-revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 social- revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos
El Secretario Judicial Y para que sirva de notificación al demandado Azahar Inmuebles SL, Synergia Global SL, Evirrana Activos SL, Mara Mareta
SL, Analistas Inmobiliarios Andaluces SL, Zahira Edificios Andaluces SL, M.C. Servicios Inmobiliarios SL, Omega Servicios Inmobi-liarios SL y Delta Constructora del Sur SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos
En Sevilla 3 de marzo de 2014 —La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio 36W-3113
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SEVILLA —JUZGADO NÚM 6
Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1324/2011 a instancia de la parte actora doña Fátima
Vanesa Jiménez López contra Aglomerados Morell SA sobre Social Ordinario se ha dictado decreto de fecha 19 de septiembre de 2014 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva
Acuerda:Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial Notifíquese la presente resolución Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días
hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida
La Secretaria Judicial Y para que sirva de notificación al demandado Aglomerados Morell SA actualmente en paradero desconocido, expido el pre-
sente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos
En Sevilla a 12 de diciembre de 2014 —La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio 36W-15031
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SEVILLA —JUZGADO NÚM 8
Doña María del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número ocho de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 368/2014 a instancia de la parte actora don Juan Vela
Rodríguez contra Dibeal Sur SL sobre despidos/ceses en general se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:1º.Que estimando la demanda que en materia de despido ha interpuesto don Juan Vela Rodríguez contra Dibeal Sur S.L., debo
declarar y declaro la improcedencia del despido del que objeto el actor el día 5 de febrero de 2014 y, constando el cierre de la empresa y el cese de sus actividades y siendo imposible la readmisión, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral con fecha de efectos de 5 de febrero de 2014, condenando al demandado a que abone al actor en concepto de indemnización, la cantidad de doscientos treinta y seis euros con cuarenta y cuatro céntimos (236,44 euros); y todo ello con intervención del Fondo de Garantía Salarial
2º. Que estimando la demanda que en materia de reclamación de cantidad ha interpuesto don Juan Vela Rodríguez contra Dibeal Sur S L , debo condenar y condeno al demandado a que abone al actor la cantidad total bruta de seiscientos treinta y un euros con cincuenta y ocho céntimos (631,58 euros), junto con el interés por mora del artículo 29 3 del ET; y todo ello con intervención del Fondo de Garantía Salarial
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 21
Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de copia, advirtiéndoseles que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.
Si recurre la parte demandada y condenada, deberá acreditar al anunciar el recurso el ingreso del importe de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones, así como el depósito legal para recurrir
Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando, y firmo.Publicación: Dada y publicada ha sido la anterior sentencia por el Magistrado Juez que la suscribe, estando celebrando audien-
cia pública el día cuatro de diciembre de dos mil catorce Doy fe Y para que sirva de notificación al demandado Dibeal Sur SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su
publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos
En Sevilla a 4 de diciembre de 2014 —La Secretaria Judicial, María del Carmen Peche Rubio 36W-14601
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SEVILLA —JUZGADO NÚM 8
Doña María del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número ocho de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 32/2014 a instancia de la parte actora Fundación Laboral
de la Construcción contra Merelo Quero Constructora 2003 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 9 de octubre de 2014 del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva
S Sª Ilma dijo: Procédase a la ejecución de sentencia por la suma de 189,83 euros de principal, más 11,38 euros de intereses y 18,98 euros para
costas calculados provisionalmente sin perjuicio de ulterior liquidación Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se lle-
vará a efecto lo acordado El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, haciendo saber que de dicho depósito queda exento todo litigante que sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 4027 0000 00, abierta en Banesto utilizando para ello el modelo oficial y concretando además el número y año del procedimiento, indicando en el campo «concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. 8 de Sevilla, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta 4027 0000 00 más el número y el año del procedimiento, indicando después de estos 16 dígitos separados por un espacio el código «30» y «Social-Reposición».
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Ilma. señora doña Belén Saucedo Martínez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número 8 de Sevilla Doy fe
La Magistrada-Juez La Secretaria Judicial Diligencia: En Sevilla, 21 de enero de 2014 La extiendo yo, la Secretaria Judicial, para hacer constar que la ejecución acordada
ha quedado registrada al núm 32/14 del libro de ejecuciones, Doy fe Parte dispositiva
Acuerdo:— Procédase, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada Merelo Quero Constructora 2003
SL, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 189,83 euros en concepto de principal más otros 11,38 euros de intereses y otros 18,98 euros en concepto de costas sin perjuicio de ulterior liquidación, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario
— Requiérase al ejecutado para que manifieste bienes o derechos, con la precisión necesaria para garantizar sus responsabili-dades, indicando a su vez las personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre sus bienes y de estar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de éste que puedan interesar a la ejecución, todo ello de conformidad con el artículo 249 1 de la LRJS
Para la efectividad de lo acordado, líbrese exhorto al Juzgado Decano de Granada, sirviendo testimonio del presente decreto de mandamiento en forma a la Comisión Judicial encargada de llevarla a efecto
Líbrense oficios al Decanato de los Juzgados de esta capital a fin de que informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada, accédase a la base de datos de la Agencia Tributaria a través de la Terminal de este Juzgado, y al Servicio de Índices a fin de que informen sobre las cuentas corrientes y bienes inmuebles que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada Merelo Quero Constructora 2003 SL, con CIF B18666883 y, obtenida dicha información, procédase al embargo telemático, a través del Servicio de Embargo de Cuentas del Punto Neutro Judicial, de los saldos y cuentas corrientes de las que aparece como titular la empresa ejecutada o, en su caso, líbrense los correspondientes oficios a las entidades financieras; procédase igualmente al embargo telemático de las cantidades a favor de la ejecutada, en concepto de devolución de Hacienda
Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155 5 de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares siempre que estos últimos esté siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.La Secretaria Judicial
22 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 Viernes 20 de febrero de 2015
Y para que sirva de notificación al demandado Merelo Quero Constructora 2003 SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos
En Sevilla a 18 de diciembre de 2014 —La Secretaria Judicial, María del Carmen Peche Rubio 36W-15182
AYUNTAMIENTOS————
SEVILLA
La Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, en sesión celebrada, el 13 de febrero de 2015, ha resuelto aprobar la convocatoria pública de ayudas «Animación por Barrio» 2015, del Distrito Sur, dirigido a los CEIP y Entidades Ciudadanas del Distrito Sur, para la dotación de medios materiales para la realización de eventos vecinales y festejos escolares, del Distrito Sur para el año 2015, cuyo tenor literal es el siguiente:CONVOCATORIA PÚBLICA DEL PROGRAMA DE AYUDAS «ANIMACIÓN POR BARRIO 2015», DIRIGIDO A LOS CEIP Y ENTIDADES CIU-DADANAS DEL DISTRITO SUR, PARA LA DOTACIÓN DE MEDIOS MATERIALES Y ACTUACIONES MUSICALES PARA LA REALIZACIÓN
DE EVENTOS VECINALES Y FESTEJOS ESCOLARES
Primera. Objeto y finalidad.La finalidad principal de la presente convocatoria es fortalecer y consolidar el movimiento asociativo fomentando el desarrollo
de actividades por las distintas entidades y asociaciones ciudadanas y CEIP en orden a la participación ciudadana Para cumplir este objetivo, se facilitará mediante «ayudas en especie», la prestación de ciertos servicios correspondientes a la
realización de eventos vecinales (festejos, veladas y demás actividades de carácter lúdico festivos) organizados por las diversas EECC y CEIP del Distrito Sur, contribuyendo así al fortalecimiento del tejido social y la promoción de la calidad de vida y el bienestar de la ciudadanía
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos aplicables a las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Sevilla («Boletín Oficial» de la provincia número 161, de 14 de julio de 2005), las ayudas a las que se refiere la pre-sente convocatoria serán resueltas mediante el procedimiento de concesión en régimen de evaluación individualizada, dada la naturale-za excepcional de estas ayudas pues se pretende incentivar la realización de eventos vecinales organizadas por las EECC en cualquier momento del año. Los potenciales beneficiarios de la ayuda no pueden conocer con antelación la fecha exacta en la que van a realizar el evento, ni cuando va a surgir la necesidad de hacerlo Por lo tanto no existe posibilidad de un procedimiento de concurrencia compe-titiva, donde pueda realizarse una comparativa entre las distintas solicitudes, no pudiendo establecerse otro elemento de prelación entre sí que el temporal, esto es la fecha de su solicitud
Segunda. Régimen jurídico.Las subvenciones a que se refiere la presente convocatoria, además de lo previsto por la misma, se regirán por los preceptos
básicos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como por lo establecido Reglamento por el que se regulan los procedimientos aplicables a las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Sevilla («Boletín Oficial» de la provincia número 161, de 14 de julio de 2005).
Las subvenciones a las que se refiere la presente Convocatoria se otorgarán con arreglo a los siguientes principios: 1 Publicidad, transparencia, objetividad, igualdad, no discriminación y evaluación individualizada 2. Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados.3. Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.Tercera. Aplicación presupuestaria y régimen económico.3 1 Las ayudas para gastos a subvencionar por la presente convocatoria se concederán con cargo a las siguientes partidas
presupuestarias del presupuesto municipal 2015 y con los siguientes importes y ámbito material:a) Aplicación presupuestaria: 70215-32302-48900: Importe: 12 000 € (eventos) Importe: 500 € (cartelería) b) Aplicación presupuestaria 70215-33402-48900: Importe: 18 000 € (eventos) Importe: 520 € (cartelería) A tenor de lo anterior, el importe total destinado a la concesión de ayudas en el Programa «Animación por Barrio» se cifra en
31 020 € Las dotaciones presupuestarias para la presente convocatoria quedan condicionadas a la existencia de crédito suficiente, según
dispongan el Presupuesto Municipal, con las modificaciones presupuestarias que, en su caso, puedan autorizarse por el órgano com-petente
Las ayudas serán tramitadas y otorgadas conforme se vayan solicitando hasta el límite del crédito presupuestario disponible para ese ejercicio presupuestario, pudiendo la presente convocatoria ser objeto de ampliación si concurren circunstancias que así lo aconsejen
3 2 Formación, en su caso, de la lista de espera:Una vez agotado el crédito presupuestario destinado al Programa, las solicitudes de ayudas para los eventos que se vayan pre-
sentando, según lo establecido, irán formando una lista de espera que se constituirá por orden según la fecha de presentación y entrada en el citado Registro
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 23
En caso de que se produzcan anulaciones o renuncias de las ayudas que liberen crédito suficiente, se comunicará a las entidades que formen la lista de espera al objeto de que puedan ejercer su derecho de petición de ayuda en especie o en su caso renuncia de su puesto en la lista de espera, corriendo el turno al siguiente beneficiario.
Pertenecer a la lista de espera, sólo implicará, en el caso que se libere crédito de ayudas anuladas o renuncias de otro beneficia-rio, como máximo a una ayuda equivalente a los créditos liberados, no vinculando a la solicitud inicial que fue desestimada por falta de crédito
Cuarta. Ámbito subjetivo: Beneficiarios. Requisitos.4.1. Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones que se regulan en esta Convocatoria, aquellas Entidades
que, además de no estar incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones, concurra alguna de estas circuns-tancias:
a) Las Entidades Ciudadanas, sin ánimo de lucro que tengan su domicilio ubicado en el ámbito del Distrito Sur y estén inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla, requisitos que deberán reunir desde el momento de presentación de solicitudes de la convocatoria y mantener, al menos, durante el ejercicio económico en el que se conceda la subvención
b) Centros docentes de titularidad pública, ubicados en el Distrito Sur, que impartan las etapas de Educación Primaria:CP Andalucía CP Aníbal González CP Cristóbal Colón CP Fernán Caballero CP Fray Bartolomé de las Casas CP España CP Giménez Fernández CP Almotamid CP Maestra Isabel Álvarez CP Manuel Altolaguirre CP Manuel Canela CP Ntra Sra de la Paz CP Paz y Amistad CP Zurbarán CP Joaquín Turina 4.2. En el caso de que exista contradicción entre el domicilio que figure en el Registro de EECC y el que conste en la solicitud
formulada prevalecerá el que conste en el Registro de EECC, previa comprobación de que la adscripción concreta del domicilio al Distrito no ha sufrido variación en la distribución distrital y demás oportunas
No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas Entidades que incurran en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, Reguladora del Derecho de Asociación y en los demás casos previstos en el artículo 13 de la citada Ley General de subvenciones
Quinta. Conceptos a subvencionar. Cuantía de la ayuda. Topes máximos.5 1 Ámbito territorial: Esta convocatoria pública subvencionará, con carácter general, medios para facilitar la celebración y
disfrute de actividades lúdicas, culturales, de ocio y ocupación del tiempo libre, con el fin de fomentar valores de convivencia, inte-gración, culturales, educativos, deportivos y de celebración; así como programas culturales y de ocio y ocupación del tiempo libre y actuaciones para los más pequeños
De esta manera se consigue un doble objetivo competencial municipal, de una parte, el fomento de la participación de los ciu-dadanos, ofreciendo una alternativa de ocio y cultura; y de otra, fomentar la autonomía de los centros y de sus asociaciones de padres y madres para el desarrollo de actividades de carácter extraescolar y/o complementario a la educación de los alumnos de nuestro Distrito
5 2 Ámbito temporal: El programa está vinculado al ejercicio 2015, según las bases de ejecución de presupuesto vigente, pu-diendo finalizar antes de acabar el año en caso de que se agote el crédito presupuestario disponible.
5 3 Conceptos a subvencionar: Dentro de los ámbitos objetivos, subjetivos, territoriales y temporales descritos, los gastos que se financiarán son los derivados exclusivamente de los servicios que se describen a continuación previa resolución de concesión, para el fin y destino que figure en la misma.
A tales efectos, se establece la siguiente tabla de valoración de servicios por créditos:1º) Alquiler, transporte, montaje y desmontaje de infraestructuras para eventos Montaje y desmontaje de escenario (12, 18 y 24 m²) hasta un máximo de tres (3) días de alquiler por cada actividad Equipos de iluminación 4000 W Equipos de megafonía de 1500 W y 3000 W, incluyéndose técnico adecuado para su funcionamiento Generador eléctrico de hasta 7,5 KW, hasta un máximo de 6 horas de alquiler diarias para cada actividad Sillas Mesas Carpas (5x5 m y 5x10 m) WC portátiles y para minusválidos Castillos hinchables con monitor (se exceptúan los de tipología acuática) 2º) Actuaciones musicales y/o teatrales: Infantiles, adultos (animadores, artistas y charanga).3º) Material gráfico para eventos: • Carteles A3 y A4 a color • Revista tamaño A4 y A5 hasta 80 páginasLa ayuda sólo conlleva la impresión de la cartelería, no incluye el diseño, que deberá ser aportado junto con la solicitud por
la entidad (en formato papel y en pen drive) El cartel propuesto por la entidad solicitante deberá ser conformado por la Dirección del Distrito Sur El Distrito Sur, insertará el logotipo del Ayuntamiento en la cartelería subvencionada
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Para cada uno de los conceptos subvencionables indicados en el apartado anterior se crea la siguiente tabla de valoración por créditos:
Infraestructuras para eventos y actuaciones:
SERVICIO A REALIZAR DURACIÓN TAMAÑO CRÉDITOSILUMINACION
hasta un máximo de 6 h de alquiler diarias para cada actividad
hasta un máximo de 3 días de alquiler para cada actividad
12M2 20ESCENARIO 18M2 35ESCENARIO 24M2 45
SILLAS Cada 50 ud 5
MESAS Cada 5 mesas 1
CARPA 5x5 m 30CARPA 5x10 m 50
WC QUIMICO Conjunto de dos cabinas 45
WC QUIMICO MINUSVÁLIDO 20
UN ANIMADOR-infantil 1 HORA 20DOS ANIMADORES-infantil 1 HORA 30TRES ANIMADORES-infantil 1 HORA 40UN ARTISTA-adultos 1 HORA 20DOS ARTISTA-adultos 1 HORA 40TRES ARTISTA-adultos 1 HORA 55CHARANGA 1 HORA 60
CASTILLO HINCHABLE Hasta 50 m2 20
CASTILLO HINCHABLE más de 50m2 30Las actividades que se celebren sin facilitar el libre acceso tendrán un coste/ consumo en créditos superior a las de libre acceso para todos
los vecinos Para cada uno de los conceptos solicitados habrá que sumar 5 puntos más
Material gráfico:
CONCEPTO CANTIDAD CREDITOS
Cartel A4 150 g impreso 4/0 tintas a una cara Cada 25 ud 1Cartel A4 150 g impreso 4/0 tintas a doble cara Cada 25 ud 2Cartel A3 150 g impreso 4/0 tintas a una cara Cada 25 ud 2Cartel A3 150 g impreso 4/0 tintas a doble cara Cada 25 ud 4Revista tamaño A5 hasta 8 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete (2 pliegos A3) Cada 25 ud 3Revista tamaño A5 hasta 20 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete (5 pliegos A3) Cada 25 ud 6Revista tamaño A5 hasta 60 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete (15 pliegos A3) Cada 25 ud 9Revista tamaño A5 hasta 80 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete ( 20pliegos A3) Cada 25 ud 10Revista tamaño A4 hasta 8 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete (2 pliegos A3) Cada 25 ud 5Revista tamaño A4 hasta 20 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete (5 pliegos A3) Cada 25 ud 12Revista tamaño A4 hasta 60 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete (15 pliegos A3) Cada 25 ud 17Revista tamaño A4 hasta 80 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete ( 20pliegos A3) Cada 25 ud 20
5 4 Importes y topes máximos a subvencionar: La ayudas serán tramitadas y otorgadas conforme se vayan solicitando hasta el límite del crédito presupuestario disponible para esta Convocatoria y para cada línea, conforme a los siguientes criterios máximos y reglas de distribución:
Cada EECC y CEIP solicitante contará, para toda la convocatoria, con un crédito total de 120 créditos Cada una de las entidades solicitantes, previa valoración de las necesidades que precisen, podrá distribuir los créditos, entre los
conceptos enumerados en la tabla anterior, para todos los eventos que tenga previsto celebrar a lo largo de todo el año No se dispondrá de una cantidad adicional de créditos una vez que se hayan consumido los 120 puntos totales, no siendo nece-
sario agotar la totalidad del crédito asignado Excepcionalmente, de forma justificada y conformado por el Concejal del Distrito Sur, se podrá autorizar 40 créditos más
siempre que exista disponibilidad presupuestaria, hayan sido atendidas las peticiones formuladas previamente por el resto de EECC y la actividad propuesta tenga un especial interés en el ámbito participativo
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B) Excepcionalmente, de forma justificada y conformado por el Concejal del Distrito Sur, se podrá autorizar esta acumulación de solicitudes de varias Entidades cuando las mismas acrediten y adjunten acuerdo suscrito por todas para la celebración conjunta del mismo. Lo anterior trata de fomentar actividades conjuntas entre entidades de un mismo Barrio o con una misma finalidad con el ánimo de evitar duplicidad y gastos en actos previstos
En caso de comprobarse por el Distrito Sur, duplicidad de solicitudes para un mismo día y espacio con fines distintos o que no existiera acuerdo entre ellas, la segunda y sucesivas solicitudes presentadas serán desestimadas de forma automática, no siendo tenidas en cuenta
C) A fin de lograr una mayor participación de los vecinos en las distintas actividades se potenciará por el Ayuntamiento, las actividades organizadas que faciliten el libre acceso, mediante el sistema de créditos reflejado en la tabla que antecede.
De esta forma, las actividades que se celebren sin facilitar el libre acceso tendrán un coste/ consumo en créditos superior a las de libre acceso para todos los vecinos, ya que para cada uno de los conceptos solicitados habrá que sumar 5 puntos más
5 5 Conceptos excluidos:No serán subvencionables los seguros, ni los gastos extraordinarios que se realizaran, ni el pago de tasa de ocupación de vía
pública o cualquier otro que genere la actividad De producirse dichos gastos, serán por cuenta completa de la Entidad solicitante sin que puedan ser repercutidos al Ayuntamiento de Sevilla Por tanto, sólo serán subvencionables los conceptos explícitamente recogidos en los anteriores puntos 5 3 y 5 4
La subvención comprende los servicios con la descripción y detalle que se indique en la resolución de la concesión de la ayuda por el órgano competente
En ningún caso, la cuantía de la ayuda, en concurrencia con otras ayudas de las Administraciones Públicas para el mismo fin, será superior al coste total del gasto de la actividad
Sexta. Penalizaciones.6.1. Cualquier modificación en la fecha, lugar, servicio o elementos a subvencionar propuesto por las entidades y CEIPs de-
berán ser motivados y tendrán que ser trasladados por persona legitimada, por el medio que deje constancia de ello, a la Sección del Distrito, como mínimo en el plazo de diez (10) días hábiles anteriores al día en que estaba previsto el inicio del montaje, o en su caso, la fecha de celebración señalada (salvo domingos y festivos), siendo penalizados en caso contrario con 40 puntos tal y como se indica en la tabla de puntuaciones
Las modificaciones en los datos que constan en los carteles deberán ser comunicados en el plazo anteriormente fijado. En caso de realizarse con posterioridad a esta fecha (diez (10) días hábiles, como mínimo), aparte de la penalización, el Distrito no se compro-mete a realizar la nueva tirada de cartelería
6 2 El Distrito Sur no se hace responsable si la comunicación de cualquier cambio en la ayuda concedida se produce con menos de 48h no abonándose el correspondiente servicio que se genere Por tanto, en el caso de producirse estos supuestos correrán a cuenta del solicitante
6.3. En el caso de modificaciones en el calendario de actividades, sólo se autorizarán cambios y sólo serán tenidos en cuenta los cambios que sean comunicados a la Sección Administrativa del Distrito Sur, dentro del plazo establecido, y por los siguientes medios:
– Registro auxiliar del Distrito Sur – Mediante por correo electrónico, únicamente, a la dirección: distrito sur@sevilla org En este caso, la fecha a tener en cuenta
será la de lectura por el Distrito Sur y no la de envío 6.4. Si la modificación de la solicitud inicial viene ocasionada por causas imprevistas no imputables directamente y ajenas a la
Entidad solicitante, de forma motivada y previo acuerdo adoptado por órgano competente, se podrá acordar el aplazamiento, modifica-ción o anulación del evento, y en consecuencia de la ayuda
Séptima. Plazo, modelo y forma de presentación de las solicitudes.7.1. Presentación de solicitudes: Desde el día siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial
de la Provincia y de forma permanente durante la vigencia de la misma, es decir, hasta agotar el crédito destinado a tales efectos en el presupuesto municipal vigente para ese ejercicio presupuestario, quedará abierto el plazo de presentación de solicitudes, que podrá formalizarse de dos formas:
A) Aportando la documentación general (solicitud general, anexos y documentación que se solicita) para participar en el pro-grama En su caso, modelo de documentación ya aportada en otro expediente administrativo (anexo V)
Todo ello acompañado de la solicitud de ayuda para el evento específico (anexo I).En el caso de que el elemento a subvencionar sea de Imprenta es necesario que se presente un borrador del cartel ya que la
subvención consiste en el suministro de los impresos, no incluyendo el diseño del mismo (en formato papel y en pendrive) B) Una vez depositada en esta Sección la documentación general completa y en vigor, tan sólo será necesario presentar el anexo
I para solicitar los elementos necesarios para el evento en cuestión del cuatrimestre que corresponda según los plazos recomendados en esta Convocatoria
7 2 Plazo de presentación:7 2 1 La solicitud para cada evento (según Anexo I) deberá presentarse, como mínimo veinte (20) días hábiles (salvo domingos
y festivos) antes de la fecha prevista para la realización del mismo El incumplimiento de este plazo dará lugar a la desestimación de la petición de ayuda
7 2 2 Una vez agotados el total de los créditos asignados a cada entidad, o agotado el crédito presupuestario destinado a tales efectos en el presupuesto municipal vigente, no podrán solicitarse ni concederse más ayudas con cargo al Programa
7 3 Documentación:7.3.1. Para los beneficiarios incluidos en la cláusula cuarta, apartado 1, letras a) (EECC) la solicitud inicialmente deberá estar
acompañada, necesariamente, de la siguiente documentación original o fotocopia de la misma: a) Solicitud general (de participación en el programa) por duplicado ejemplar con la documentación solicitada adjunta, debi-
damente firmadas y selladas, suscritas por quien ostente la representación legal de la Entidad para participar en el programa de subvenciones En su caso anexo V donde declare que la documentación se encuentra ya aportada
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b) Anexo I (solicitud específica de ayuda para evento vecinal).c) Acreditación, según anexo II, expedida por el Sr Secretario o Secretaria de la Entidad, de los datos de la persona desig-
nada como perceptor de la subvención y de estar legitimada con poder suficiente para la tramitación y demás actuaciones que se deriven del presente procedimiento de concesión de ayudas; y en concreto, para aceptar la subvención, presentar la justificación y, en su caso renunciar total o parcialmente a ella.
d) Fotocopia del NIF de la persona solicitante Cualquier cambio en esta designación deberá ser debidamente comunicado por escrito al Distrito Sur en el momento que se produzca
e) Copia del CIF de la Asociación o Entidad (si se solicita por primera vez subvención en el Distrito Sur o se hubieran modi-ficado el anterior).
f) Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro de EECC del Ayuntamiento de Sevilla Este extremo será comprobado por el Servicio de Participación Ciudadana
g) Certificado, en vigor, acreditativo de encontrarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.h) Certificado, en vigor, acreditativo de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria y con
el Ayuntamiento de Sevilla, o autorización para solicitarlo, según el modelo que figura en el Anexo III.i) Declaración responsable de que la entidad a la que representa no concurre ninguna de las circunstancias previstas en el
artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, según modelo Anexo III Para los Centros públicos el modelo será el que figura en el Anexo IV.
j) Cualquier otra documentación que acredite las circunstancias que serán objeto de valoración técnica 7 3 2 En el caso de Centros docentes de titularidad pública, se aportará la misma documentación que la relacionada en el apar-
tado anterior, a excepción de la letra e), g), y h), adjuntándose a tales efectos el Anexo IV Las solicitudes vendrán suscritas en caso de que la Entidad solicitante sea un Centro por el Director del mismo
7.3.3. En cualquier caso, la presentación de la solicitud conlleva la autorización al órgano gestor, para recabar de oficio las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Delegación de Hacienda del Ayuntamiento de Sevilla, así como para determinar la situación de la Entidad en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas en Sevilla; así como la aceptación íntegra de las normas que rigen la presente Convocatoria
7 4 Recogida y presentación de solicitudes Las solicitudes, por duplicado ejemplar, se presentarán en los modelos normalizados de esta convocatoria, irán acompañadas
de la documentación detallada anteriormente y se presentarán preferentemente en el Registro General Auxiliar del Distrito Sur, en horario determinado al efecto, o en los lugares o por los medios previstos en la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Si la documentación completa y en su caso, la compulsa de la misma y los certificados depositados estuvieran en vigor y ya hubiera sido depositada a efectos de esta convocatoria en la Sección Administrativa del Distrito Sur, para agilizar la tramitación, podrá remitirse la solicitud de viajes (Anexo I) por correo electrónico a distrito sur@sevilla org utilizando únicamente el modelo normaliza-do cumplimentado e indicando en el asunto del correo la leyenda «Programa Animación por Barrios 2015». Para cualquier consulta e información podrán dirigirse al teléfono 955 47 25 80
Si analizada la documentación presentada, se observara que es incompleta o que no reúne los requisitos exigidos, se requerirá a los interesados, por el medio más eficaz que permita dejar constancia de ello, para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicando que se tendrá por desistida su petición previa Resolución dictada en los términos del artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre
Octava. Órganos de instrucción y resolución del procedimiento.El órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento será la Junta de Gobierno Local, el cual adoptará el
acuerdo en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de presentación de las solicitudes, previa propuesta del Jefe de Sección del Distrito o persona que legalmente le sustituya Dicho órgano podrá facultar al Presidente de la Junta Municipal Delegado del Dis-trito Sur, en aras de una mayor agilidad administrativa, para tramitar y conceder estas las ayudas
Transcurrido el plazo para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 30/92, sin perjuicio de la obligación de resolver expresamente que impone el artículo 42 del mismo texto legal La resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por la Administración sin vinculación alguna al sentido del silencio, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 43 3 b) de la Ley 30/92
Una vez dictada la Resolución, se notificará a los interesados en el plazo de 10 días en los términos y con los efectos que recoge el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre Con objeto de agilizar al máximo las tramitaciones de las ayudas, la resolución de concesión de las mismas será notificada, preferentemente, a través del FAX o correo electrónico que a tales efectos se haga constar en la solicitud, siendo esta la fecha que pone fin a la vía administrativa, a tales efectos se presentará cumplimentado el Anexo I. De no constar número de fax o correo electrónico en la solicitud formulada, se notificará por otro medio, de los permitidos en derecho para dejar constancia de la recepción de la misma
La resolución de concesión pone fin a la vía administrativa y contra dicho acto podrá interponerse recurso de reposición, así como cuando haya transcurrido el plazo para resolver sin que hubiera recaído resolución expresa, en el plazo de un mes si el acto fuera expreso y tres meses si se interpone contra el silencio administrativo desestimatorio, a partir del día siguiente al de dicha notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer, directamente y en el plazo de dos meses, o seis si no fuera expreso, contados a partir del día siguiente al de la notificación, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa También podrá utilizar, no obstante, otros recursos, si lo estimase oportuno
Novena. Cuantía de la subvención.• El total de los gastos relativos a las dotaciones para los diversos eventos vecinales concedidos al amparo de la presente
convocatoria no podrá superar los valores indicados en la cláusula quinta de esta Convocatoria
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• Excepcionalmente, y de forma motivada, podrán subvencionarse eventos que superen el máximo de créditos establecidos en la cláusula quinta cuando fuera de especial interés, y así se justifique en la solicitud de ayuda y se autorice en la corres-pondiente resolución
• En ningún caso, la cuantía de la ayuda, en concurrencia con otras ayudas de las Administraciones Públicas para el mismo fin, será superior al coste total del gasto del evento vecinal
Décima. Justificación del gasto.La justificación del cumplimiento de la actividad para la que se concedió la subvención se documentará mediante la presenta-
ción de una cuenta justificativa comprensiva de los siguientes documentos:a) Breve memoria describiendo el desarrollo del evento vecinal,b) Declaración jurada del responsable de la EECC de haberse realizado el evento vecinal en la fecha y lugar solicitado, y que
los elementos subvencionados se ha prestado conforme a lo concedido, según Anexo V Dicha documentación deberá ser entregada o remitida en el plazo máximo de un mes desde la realización del evento, siendo
imprescindible para la justificación de la subvención. Las cuantas justificativas, previa conformidad de las mismas, se aprobarán por el órgano competente a tales efectos
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 6 de la Ordenanza General por la que se aprueban las Bases reguladoras de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Sevilla, por el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva, aplicable de forma supletoria a la presente convocatoria, «no podrá proponerse el pago de subvenciones a beneficiarios que no hayan justificado en tiempo y forma otras subvenciones concedidas con anterioridad con cargo a créditos gestionados por el mimo órgano concedente». En consecuencia, el incumplimiento de la obligación de justificar la ayuda concedida conllevará la denegación de poste-riores solicitudes de subvención al Ayuntamiento de Sevilla sin perjuicio, en su caso, de la incoación del correspondiente expediente de Reintegro conforme a lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones y en el artículo 3 del Reglamento que la desarrolla
Undécima. Pago de la subvención.Por tratarse de ayudas en especie, y con el objetivo, de un lado, de agilizar la tramitación de las mismas; y de otro, por estar
sujeta a la disponibilidad presupuestaria, se instruirá por el Distrito, de forma previa, expediente para la contratación de los servicios correspondientes, de forma que los beneficiarios de las ayudas no percibirán cantidad económica. Esto implica que una vez sea conce-dida la ayuda se pondrá a disposición de los beneficiarios los servicios autorizados y será el Ayuntamiento, previa comprobación de la realización efectiva del servicio según la ayuda concedida y según conformidad de la factura por la Dirección del Distrito, el encargado de abonar a la empresa que resulte adjudicataria de la referida contratación el importe de los servicios efectivamente realizados
Duodécima. Modificación.Cualquier cambio que se pretenda efectuar al desarrollar alguna de las actividades indicadas en el apartado quinto de esta Con-
vocatoria deberá ser solicitado previamente de manera motivada a este Distrito De no cumplirse lo anterior, se estará a lo dispuesto en la cláusula sexta de la Convocatoria
Decimotercera - Inspección y control La Dirección del Distrito se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación anterior, a todos los efectos, así
como la de ordenar las inspecciones y controles que estime necesarios para verificar la correcta aplicación de la subvención concedida.Decimocuarta. Obligaciones de los beneficiarios.Las Entidades beneficiarias de las subvenciones vendrán obligadas al cumplimiento de lo establecido en el artículo 14 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, quedando obligadas, entre otras, a :a) Cumplir el objetivo, ejecutar el Proyecto, realizar la actividad que fundamenta la concesión de subvención b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad
y cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de com-
probación y control financiero que puedan realizarse, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores
d) Comunicar al Distrito Sur, Ayuntamiento de Sevilla, la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquiera otra Administración Pública o entes públicos o privados, nacionales o inter-nacionales, que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá hacerse tan pronto como se conozca y en todo caso con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos destinados a tal fin.
e) Comunicar al Distrito Sur cualquier modificación o alteración de los datos, documentación y demás extremos que afecten a la concesión de estas ayudas
f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos que se destinen a la ayuda, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control
g) Hacer constar expresamente y de forma visible en cualquiera de los medios y materiales que utilicen para la difusión de las actividades subvencionadas, que las mismas se realizan con la financiación del Ayuntamiento de Sevilla, a través del Distrito Sur
h) Recepcionar, custodiar y vigilar los elementos subvencionados (escenarios, generadores, equipos de iluminación de soni-do) De los desperfectos, roturas, deterioro, robo o extravío que pudieran causarse, imputables al mal o incorrecto uso o trato dado por la Entidad beneficiaria será responsable, en su caso, la propia entidad.
Decimoquinta. Obligación y responsabilidad del beneficiario: Cumplimiento de normativas.15 1 La concesión de estas ayudas en especie para organizar los distintos eventos no exime las EECC y CEIP del cumplimien-
to y obtención, en su caso, de la tramitación y obtención de distintas licencias municipales (generalmente: ocupación de vía pública (debiendo dirigirse a la Gerencia Municipal de Urbanismo; actividad ocasional: Delegación Municipal de Medio Ambiente; consumo de alimentos y bebidas: Servicio municipal de consumo) y, en ocasiones, autonómicas y al cumplimiento de normativas de distinta índole a las que quede sujeta cada actividad; así como de los seguros de responsabilidad civil u otros preceptivos que la actividad con-lleve (Sin ser exhaustiva ni cerrada la enumeración, entre otras, y variando según la naturaleza del evento y el lugar de celebración, la siguiente normativa : Ley 13/99 de Espectáculos públicos y actividades Recreativas de Andalucía; montaje y desmontaje de carpas y
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escenarios (Real Decreto 2177/2004); normativa, en su caso de espectáculos pirotécnicos, y demás ordenanzas municipales en materia de orden público, seguridad ciudadana (ruido, apertura y cierre, admisión de personas), entre otras, Ordenanza municipal de Protección del Medio Ambiente en materia de ruidos y vibraciones de 2010; obtención de las autorizaciones y abono de los gastos que genere la realización de actividades, conforme a lo dispuesto en la legislación sobre propiedad intelectual; limpieza y restitución a su estado original del espacio utilizado; licencia para el ejercicio de la actividad ocasional (para desarrollo de la misma), si están destinadas a albergar público, son de pública concurrencia y/o contemplan la instalación de atracciones de feria; y cumplimiento de los requisitos legales sanitarios referentes a la prácticas higiénicas simplificadas de los productos alimenticios).
15 2 En consecuencia con lo anterior, el Ayuntamiento de Sevilla queda eximido de abonar las multas y sanciones que, en su caso, se impongan por cualquier Administración Pública, y se deriven como consecuencia de infracciones cometidas en las celebra-ciones y festejos
15 3 La concesión de estas ayudas en especie para organizar los distintos eventos no exime a las EECC y CEIP del cumpli-miento y suscripción, en su caso, de las pólizas de seguros que sean preceptivas, sin que en ningún caso, pueda derivarse responsabi-lidad alguna frente al Ayuntamiento
Decimosexta. Compatibilidad de las ayudas.En el caso de que el importe de la ayuda supere, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, subvenciones, aportaciones
o recursos, el coste del evento vecinal, procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad desarrollada Decimoséptima. Reintegro y régimen sancionador.En caso de falsedad u ocultación de los datos o documentos aportados por la Entidad beneficiaria de la subvención, así como la
no justificación de la misma en su totalidad o en una parte, o destinarla a un fin distinto al que fue concedido, conllevará la aplicación del procedimiento de reintegro y la exigencia del interés de demora, y en su caso del régimen sancionador regulado en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones Para la valoración de la ayuda en especie concedida en la instrucción, en su caso, del expediente de reintegro se tendrá en cuenta como base el importe que figure en la facturación correspondiente del servicio prestado, sin perjuicio de los interés de demora que procedan
Decimoctava. Protección de datos.En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal,
el Ayuntamiento de Sevilla le informa que sus datos personales obtenidos mediante la solicitud cumplimentada en este Programa de ayudas van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero informatizado. Asimismo, se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tienen como finalidad la gestión de este programa de ayudas.
De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica y conforme al procedimiento reglamentariamente establecido, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos, dirigiendo un escrito al Distrito Sur del Ayuntamiento de Sevilla, a través del Registro General, sito en calle Pajaritos número 14, de Sevilla, y demás auxiliares del mismo
Decimonovena. Anexos.La presente Convocatoria consta de los siguientes Anexos y modelos que quedan incorporados como parte de la misma:• Modelo de solicitud general (será presentada por los solicitantes a efectos de inicio de procedimiento con el objeto de
depositar la documentación y cuando conozcan la fecha exacta de realización de la actividad sólo tengan que remitir la petición expresa, Anexo I)
• Anexo I (Solicitud ayuda evento)• Anexo II (acreditación de la capacidad de representación para EECC/ AMPAS/CEIP)• Anexo III (declaración responsable y autorización para recabar certificados EECC)• Anexo IV (declaración responsable, certificados, CP)• Anexo V (modelo para justificar la ayuda).
CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES ANIMACION POR BARRIO 2015
Solicitud general-A cumplimentar por EECC /AMPAS/ COLEGIOS
Asociación/Entidad/Colegio
Nombre de la entidad o asociación o Razón social C I F
Tipo de Vía Domicilio Social
Municipio C P Teléfono
Correo electrónico (dato obligatorio)
Representante legal
Apellidos Nombre DNI/ Tarjeta de residencia / CIF
Declaro bajo mi responsabilidad que:• La Entidad que represento reúne los requisitos exigidos en la Convocatoria autorizando, en su caso, la consulta de los
mismos en los respectivos ficheros públicos.• Me comprometo a comunicar al Distrito Sur cualquier modificación o alteración de los datos, documentación y demás
extremos que afecten a la concesión de estas ayudas
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• La presentación de la presente solicitud conlleva la aceptación íntegra de las normas que rigen el Programa • Manifiesto mi consentimiento y preferencia por la practica de comunicaciones relativas al Programa Animacion por Ba-
rrios 2015, a través de los medios arriba referenciados. A partir de este momento la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales
Documentación ya aportada en procedimientos anteriores (marcar con una x lo que proceda)Expediente:AMPAS y EECC:Acreditación, según anexo II, expedida por el Sr Secretario o Secretaria de la Entidad, de los datos de la persona designada
como perceptor de la subvención y de estar legitimada con poder suficiente para la tramitación y demás actuaciones que se deriven del presente procedimiento de concesión de ayudas; Cualquier cambio en esta designación deberá ser debidamente comunicado por escrito al Distrito Sur en el momento que se produzca
Fotocopia del NIF de la persona solicitante Copia del CIF de la Asociación o Entidad Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro de EECC del Ayuntamiento de Sevilla Certificado, en vigor, acreditativo de encontrarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.Certificado, en vigor, acreditativo de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria y con el
Ayuntamiento de Sevilla, o autorización para solicitarlo, según el modelo que figura en el Anexo III.Declaración responsable de que la entidad a la que representa no concurre ninguna de las circunstancias previstas en el artículo
13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, según modelo Anexo III. Para los Centros públicos el modelo será el que figura en el Anexo IV
Centros docentes de titularidad pública, ubicados en el Distrito Sur:4 Acreditación por parte del Secretario de que la persona que formula la solicitud es el representante legal de la entidad soli-
citante(Anexo II)5 Copia del NIF de la persona solicitante en nombre del centro 6 Declaración responsable de que la entidad a la que representa no concurre ninguna de las circunstancias previstas en el Art
13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, (Anexo IV)7. Certificado del acuerdo de aprobación de la actividad por parte del Consejo Escolar.Sevilla, a _____ de __________________ de __________El representante de la entidadFdo : __________________________________________D N I: _________________________________________Ayuntamiento de Sevilla Distrito Sur De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Perso-
nal, le informamos que sus datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de esta solicitud van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero automatizado con la finalidad de gestionar procedimientos y trámites en este Ayuntamiento del programa de ayudas solicitado De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica y conforme al procedimiento reglamentariamente establecido, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos, dirigiendo un escrito al Ayuntamiento de Sevilla, a través del Registro General, sito en Plaza San Sebastián, 1, de Sevilla, y demás auxiliares del mismo
CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES ANIMACION POR BARRIO 2015
Anexo ISolicitud de ayuda para evento
Asociación o Entidad
Nombre de la entidad o asociación o Razón social C I F
Teléfono Correo electrónico
Representante
Apellidos Nombre DNI / Tarjeta de residencia / CIF
EVENTO A CELEBRAR
LUGAR DE ELEBRACIÓN:
FECHAS DE ELEBRACION
SERVICIO A REALIZAR DURACION TAMAÑO CREDITOS Señalar con Xlo que se solicita
Las actividades que se celebren sin facilitar el libre acceso tendrán un coste/ con-sumo en créditos superior a las de libre acceso para todos los vecinos Para cada uno de los conceptos solicitados habrá que sumar 5 puntos más
Señalar una X si la actividad NO es de LIBRE ACCESO
30 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 Viernes 20 de febrero de 2015
INFRAESTRUCTURAS PARA EVENTOS Y ACTUACIONES
SERVICIO A REALIZAR DURACION TAMAÑO CREDITOSILUMINACION
hasta un máximo de 6 h de alquiler diarias para cada
UN ANIMADOR-infantil 1 HORA 20DOS ANIMADORES-infantil 1 HORA 30TRES ANIMADORES-infantil 1 HORA 40UN ARTISTA-adultos 1 HORA 20DOS ARTISTA-adultos 1 HORA 40TRES ARTISTA-adultos 1 HORA 55CHARANGA 1 HORA 60
CASTILLO HINCHABLE Hasta 50 m2 20
CASTILLO HINCHABLE más de 50m2 30Las actividades que se celebren sin facilitar el libre acceso tendrán un coste/ consumo en créditos superior a las de libre acceso para todos los veci-nos Para cada uno de los conceptos solicitados habrá que sumar 5 puntos más
MATERIAL GRAFICO
CONCEPTO CANTIDAD CREDITOS
Cartel A4 150 g impreso 4/0 tintas a una cara Cada 25 ud 1
Cartel A4 150 g impreso 4/0 tintas a doble cara Cada 25 ud 2
Cartel A3 150 g impreso 4/0 tintas a una cara Cada 25 ud 2
Cartel A3 150 g impreso 4/0 tintas a doble cara Cada 25 ud 4Revista tamaño A5 hasta 8 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete (2 pliegos A3) Cada 25 ud 3Revista tamaño A5 hasta 20 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete (5 pliegos A3) Cada 25 ud 6Revista tamaño A5 hasta 60 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete (15 pliegos A3) Cada 25 ud 9Revista tamaño A5 hasta 80 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete ( 20pliegos A3) Cada 25 ud 10Revista tamaño A4 hasta 8 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete (2 pliegos A3) Cada 25 ud 5Revista tamaño A4 hasta 20 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete (5 pliegos A3) Cada 25 ud 12Revista tamaño A4 hasta 60 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete (15 pliegos A3) Cada 25 ud 17Revista tamaño A4 hasta 80 páginas 4/4 tintas papel 150 g doble grapa en caballete ( 20pliegos A3) Cada 25 ud 20
En el caso de tratarse de un Centro docente de titularidad pública, se aportará certificado del acuerdo de aprobación de la acti-vidad por el Consejo Escolar
Declaro bajo mi responsabilidad que son ciertos los datos declarados y en caso de no aportarse la documentación acredi-tativa correspondiente, autorizo a que se realicen consultas en los respectivos ficheros públicos.
En a de de 20 Firma del responsable:
Fdo : __________________________________________
D N I: _________________________________________
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 31
A rellenar por laAdministración
TOTAL CREDITOS: 120
CRÉDITOS CONCEDIDOS:
CREDITOSSOLICITADOS:
CREDITOS DISPONIBLES:
AYUNTAMIENTO DE SEVILLA DELEGADO DEL DISTRITO SUR
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Perso-nal, le informamos que sus datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de esta solicitud van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero automatizado con la finalidad de gestionar procedimientos y trámites en este Ayuntamiento del programa de ayudas solicitado De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica y conforme al procedimiento reglamentariamente establecido, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos, dirigiendo un escrito al Ayuntamiento de Sevilla, a través del Registro General, sito en Plaza San Sebastián, 1, de Sevilla, y demás auxiliares del mismo
CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES ANIMACION POR BARRIO 2015
ANEXO II Acreditación de representatividad
-A cumplimentar por EECC /AMPAS/ COLEGIOS-
Entidad:
Secretario/a de la Entidad: DNI
Solicitante representando a la Entidad DNI
El/la secretario/a certifica que el solicitante presenta a esta entidad a efectos de la convocatoria de subvenciones en el programa Animación por Barrio 2015 del Distrito Sur del Ayuntamiento de Sevilla; siendo designada como perceptor de la subvención, estando legitimada con poder suficiente para la tramitación y demás actuaciones que se deriven del presente procedimiento de concesión de ayudas; y en concreto, para aceptar la subvención, presentar la justificación y, en su caso, renunciar total o parcialmente a ella. Así mismo se compromete, por la presente, a comunicar al Distrito Sur cualquier cambio que se produzca en la persona acreditada
Sevilla, a _____ de deEL/LA SECRETARIO/A DE LA ENTIDAD
Cargo (Secretario/Presidente) Nombre de la asociación o entidad
Declaro bajo mi responsabilidad que en la entidad que representa no está incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 del 17 de Noviembre, General de Subvenciones y en especial declara no ser deudor de ningún Organismo Oficial de ámbito local, autonómico ni estatal.
Declara no haber solicitado u obtenido ninguna subvención o ayuda concurrente ni de naturaleza similar con la soli-citada al Distrito Sur para los eventos; comprometiéndose a comunicar la solicitud u obtención de subvenciones o ayudas concurrentes con ésta
Autoriza a Ayuntamiento de Sevilla, Distrito Sur, a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y del Ayunta-miento de Sevilla, los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones fiscales frente a estas entidades para que quede acreditado que se encuentra al corriente de las citadas obligaciones de acuerdo con lo dispuesto en el art 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviem-bre, General de Subvenciones
Sevilla, a _____ de deEL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD
Fdo : ___________________________________D N I:__________________________
AYUNTAMIENTO DE SEVILLA DELEGADO DEL DISTRITO SUR
32 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 Viernes 20 de febrero de 2015
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CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES ANIMACIÓN POR BARRIO 2015
ANEXO IVDeclaración responsable (Sólo para CEIP)
Representante legal
Apellidos Nombre DNI/ Tarjeta de residencia / CIF
Cargo (Secretario/Presidente) Nombre de la asociación o entidad
Declara bajo su responsabilidad que el Colegio de Educación Primaria que representa, al ser público y tener el mismo NIF que el de la Junta de Andalucía, está exento de la declaración de obligaciones tributarias a la Seguridad Social, Agencia Tributaria y Ayuntamiento de Sevilla y que la entidad que representa no está incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 del 17 de Noviembre, General de Subvenciones
Sevilla a , de de 20
El Representante Legal
Fdo
DNI:
AYUNTAMIENTO DE SEVILLA DELEGADO DEL DISTRITO SUR
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ANEXO V. Cuenta justificativa(para presentar una vez realizado el evento/actividad)
Representante legal
Apellidos Nombre DNI/ Tarjeta de residencia / CIF
Tipo de Vía Domicilio Social
Municipio C P Teléfono
Correo electrónico
Cargo (Secretario/Presidente) Nombre de la asociación o entidad
Declaro, como responsable de la actividad/ evento subvencionado, acreditando que dicho even-to fue celebrado el día de de , de acuerdo con las condiciones establecidas y aceptadas por las que ha sido objeto de ayuda y que los servicios subvencionados se han prestado conforme a lo concedido
Acompaña los siguientes documentos según la convocatoria: Breve memoria describiendo el evento/actividad
Sevilla, a _____ de __________________ de __________
EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD
Fdo : __________________________________________
D N I: _________________________________________
AYUNTAMIENTO DE SEVILLA DELEGADO DEL DISTRITO SUR
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 33
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Perso-nal, le informamos que sus datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de esta solicitud van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero automatizado con la finalidad de gestionar procedimientos y trámites en este Ayuntamiento del programa de ayudas solicitado De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica y conforme al procedimiento reglamentariamente establecido, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos, dirigiendo un escrito al Ayuntamiento de Sevilla, a través del Registro General, sito en Plaza San Sebastián, 1, de Sevilla, y demás auxiliares del mismo
Lo que se hace público para general conocimiento En Sevilla a 16 de febrero de 2015 —El Secretario General P D La Jefa de Sección del Distrito Sur, María Sánchez Ortiz
8W-1863————
SEVILLA
Intentada la notificación cuando el destinatario ha sido desconocido en su domicilio fiscal o en aquel designado por estos a los interesados o a sus representantes que se relacionan a continuación, sin que haya sido posible practicarlas por causas no imputables a esta Administración, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y cuando se ignore el lugar de notificación de conformidad con los artículos men-cionados, mediante el presente anuncio, se les requiere para que se personen en las oficinas de este Ayuntamiento, sitas en C/ Fabiola número 5, en el plazo de 15 días naturales, contados desde el día siguiente de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, de lunes a viernes y en horario de 8.30 a 13.30 horas, a los efectos de practicar la notificación de las actuaciones llevadas a cabo en el que procedimiento que a cada uno les afecte, y en su caso, formular las alegaciones o interponer los recursos procedentes
Se advierte que transcurrido dicho plazo sin comparecer, personalmente o por medio de representante debidamente autorizado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.
CELIA M ª DÍAZ RODRÍGUEZ 10073094-Z 161/2012 2014000585
Sevilla a 18 de diciembre de 2014 —El Tesorero accidental, José Manuel Reyes Pineda 2W-178
————
SEVILLA
Gerencia de UrbanismoEl Gerente de Urbanismo con fecha 10 de febrero de 2015, ha adoptado la siguiente resolución:«Ante la celebración de la próxima Semana Santa y Feria y debido a la afluencia masiva de público y el paso de cofradías, en
particular en la zona del casco histórico, y en general por todas las zonas afectadas por estos eventos, se hace necesario una vez más, solicitar la colaboración de la población con objeto de conseguir el mayor lucimiento y solemnidad en estas fechas tan especiales
Considerando la prohibición existente de colocar cualquier elemento o instalación en suelo de dominio público sin la previa autorización administrativa y que su ejecución, realización o desarrollo sin la misma constituye una infracción urbanística susceptible de ser sancionada con multas de hasta 120 000 euros y teniendo en cuenta las competencias de conservación y policía de la vía pública, así como la prerrogativa de las Entidades Locales de recuperar la posesión de los bienes de dominio público y la potestad de adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de las normas técnicas vigentes para la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectóni-cas, urbanistas y en el transporte, (artículo 84 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, artículo 28 y siguientes y 51 1 de la Ley 7/ 99, de 29 de septiembre, artículo 169 de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, artículo 6 y siguientes del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística, artículos 9 2 y 74 y siguientes del Real Decreto 1372/86, de 13 de junio y artículo 82 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y Decreto 72/1992, de 5 de mayo)
venGo en disponer
Primero —Ordenar al Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística que proceda a la inmediata retirada, durante la Semana Santa y Feria así como en los días previos a su celebración, de todos los elementos instalados en la vía pública sin la preceptiva licencia municipal o que no se ajusten a la misma, controlándose la ocupación de sillas y mesas en lo referente a su cuantificación y ubicación.
Segundo —Prohibir la colocación de elementos o instalaciones no autorizadas con licencia municipal en zonas de propiedad privada, adscritas al uso público general de todos los ciudadanos, tales como soportales, pasajes o espacios libres y similares
Tercero —Ordenar a los titulares de los establecimientos y, en particular, a los propietarios de anuncios y rótulos perpendicula-res a la fachada de los edificios la obligación de abatirlos, a fin de facilitar el tránsito de personas y cofradías, o si ello no fuera posible proceder al desmontaje de los mismos
Cuarto —Ordenar a los titulares de anuncios luminosos que los mantengan apagados durante el paso de las cofradías, para conseguir un mayor lucimiento en el desfile de los cortejos procesionales.
Quinto —Apercibir a los interesados, de que el incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución podrá dar lugar a la adopción de medidas de restitución y recuperación oportunas, así como al inicio de actuaciones pertinentes en orden a determinar las responsabilidades en que se hubiera podido incurrir y a la imposición de sanciones, las cuales se impondrán en su grado máximo, por perturbación grave del orden público
Sexto —Estas medidas serán de aplicación en el centro histórico de esta capital y en las vías por donde transcurre el paso de hermandades y cofradías, así como en sus zonas de influencia, incluyéndose las que se vieran afectadas por la celebración de la Feria de Abril
Séptimo —Apercibir a los interesados de todas aquéllas instalaciones que sean retiradas, que se le concede un plazo de diez (10) días a partir de la fecha de dicha retirada para que presenten escrito en el que manifiesten su voluntad expresa de hacerse cargo de los elementos retirados de la vía pública, mediante su recuperación de los Almacenes Municipales en el día y hora que se fije por esta Gerencia. Apercibiéndole que si transcurre el plazo referido y no se manifiesta la voluntad de recuperación de dichos elementos, se entenderá que tienen carácter desechable, facultando a esta Gerencia para disponer de los mismos para su traslado al vertedero au-torizado o reciclaje
34 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 Viernes 20 de febrero de 2015
Octavo —Apercibir que el incumplimiento de lo dispuesto en esta resolución, podrá determinar la revocación a sus titulares de las licencias de ocupación de la vía pública que se hayan otorgado
Noveno —Publicar el texto íntegro de la presente resolución mediante su inserción en los tablones municipales y en el «Boletín Oficial» de la provincia, durante un plazo de diez (10) días naturales y difundir esta resolución mediante su publicación en los diarios de mayor difusión de esta capital.»
En Sevilla a 10 de febrero de 2015 —El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez 8W-1731
————
SEVILLA
Gerencia de Urbanismo
Con fecha 22 de enero de 2015 y núm de Registro 229, el señor Gerente se ha servido decretar lo siguiente:«La finca sita en calle Tomás de Ibarra núm. 16 con referencia catastral ním. 919834TG3441H, fue declarada en situación legal
de ruina urbanística por acuerdo de la Comisión Ejecutiva de fecha 7 de diciembre de 2011, lo que comporta “la inclusión de la misma en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas”, de conformidad con lo previsto en el artículo 157.5 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía
Por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos se emitió informe con fecha 27 de enero de 2012 en el que consta que la misma está localizada en el Conjunto Histórico de la ciudad y la edificación catalogada, estando por tanto sujeta a rehabilitación forzosa
El plazo máximo fijado por el citado artículo y por el 3.3.19.D de las Normas Urbanísticas del vigente Plan General de Orde-nación Urbanística de Sevilla de 19 de julio de 2006 (BOJA núm 174 de 7 de septiembre de 2006) para la rehabilitación forzosa de los edificios catalogados incluidos en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas es de un año desde la citada declaración.
Tramitado el procedimiento administrativo legalmente previsto, por acuerdo por la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urba-nismo de 7 de noviembre de 2012, se incluyó dicha finca en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, advirtiéndose del mencionado plazo para dar cumplimiento del deber de rehabilitar, constando que por la propiedad se solicitó la preceptiva licencia —expte 1379/13 L U — si bien, su tramitación se encuentra suspendida desde el pasado mes de febrero de 2013 por causa imputable al interesado
De esta manera, de conformidad con el artículo 3 3 19 del Plan General relativo a los plazos para el cumplimiento de los debe-res de edificar, o en su caso, de conservar y rehabilitar de los edificios declarados en ruina “las solicitudes de licencia cuya tramitación se encuentre suspendida por causas imputables a los promotores de las mismas no enervarán el cómputo de los plazos para el cumpli-miento de los deberes anteriormente establecidos.”
Por tanto, el mero transcurso del referido plazo conlleva la colocación de la finca en situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución, previa declaración de incumplimiento del correspondiente deber urbanístico, por lo que procede iniciar procedimiento administrativo a tales efectos, de conformidad con lo dispuesto por el citado artículo 157 5, y 25 del Decreto 635/1 964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares.
Visto el informe emitido por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos con fecha 27 de enero de 2012, el Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de So-lares, el artículo 3 3 19 G de las Normas Urbanísticas del Plan General, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las facultades conferidas por el artículo 27 de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, así como la resolución núm. 3.055 de 29 de julio de 2011, de esta autoridad sobre delegación de firma.Vengo en disponer:
Primero. Incoar procedimiento administrativo para la declaración de incumplimiento del deber de rehabilitar de la finca sita en calle Tomás de Ibarra núm 16, de Sevilla (referencia catastral núm 4919834TG3441H), y colocación de la misma en situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución
Segundo Conceder, conforme a lo previsto en los artículos 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 15 1 en relación con el 25 del Decreto 635/1 964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares, trámite de audiencia previa, durante el plazo de quince días hábiles (15), a contar desde el siguiente a la notificación de esta Resolución, durante el cual podrán for-mular alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a cuyos efectos podrá examinar el expediente en el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, sito en el edificio núm. 5 del domicilio de la Gerencia de Urbanismo, avenida Carlos III s/n de Sevilla
Tercero. Notificar y publicar los presentes acuerdos de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 15 1 b), c) y d) en relación con el 25.2 del Decreto 635/1.964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares
Cuarto. En base a la complejidad objetiva de la tramitación del procedimiento (publicación en Boletines Oficiales, información registral de las Oficinas del Registro de la Propiedad donde radique el inmueble) así como el volumen de inmuebles afectados por este tipo de procedimiento, ampliar al máximo legal el plazo para su resolución y notificación, es decir tres meses más, de conformidad con lo establecido por el artículo 42 6 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»
Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15 1 b), c) y d), en relación con el 25.2 del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares
Durante el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia, podrán los interesados examinar el expediente y alegar, en dicho plazo, lo que tuvieran por conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren necesarias
Sevilla, 23 de enero de 2015 —El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez 36W-1190
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 35
ARAHAL
Don Miguel Ángel Márquez González, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta ciudad Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributa-
ria, se hace pública la notificación de las liquidaciones de la Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos instruidos a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar
Las correspondientes liquidaciones obran en el departamento de Servicios Generales de este Ayuntamiento, pudiendo compa-recer en la misma para ser notificado en el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio
Transcurrido dicho plazo sin comparecer la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado
Entidad Concepto Objeto tributario Sujeto Pasivo DNI Periodo ImporteAyto Arahal Reco Basura Espartero 24 Const Arahalenses Hnos Pichon, S L B-91 506 105 1º Tr. 2014 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Espartero 24 Const Arahalenses Hnos Pichón, S L B-91 506 150 1º Tr. 2013 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Espartero 24 Const Arahalenses Hnos Pichón, S L B-91 506 150 2º Tr. 2013 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Espartero 24 Const Arahalenses Hnos Pichón, S L B-91 506 150 3º Tr. 2013 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Espartero 24 Const Arahalenses Hnos Pichón, S L B-91 506 150 4º Tr. 2013 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Espartero 24 Const Arahalenses Hnos Pichón, S L B-91 506 150 1º Tr. 2012 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Espartero 24 Const Arahalenses Hnos Pichón, S L B-91 506 150 2º Tr. 2012 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Espartero 24 Const Arahalenses Hnos Pichón, S L B-91 506 150 3º Tr. 2012 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Espartero 24 Const Arahalenses Hnos Pichón, S L B-91 506 150 4º Tr. 2012 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura General Marina 24C Romero Valle, Dario 48 863 604-N 2º Tr. 2014 23,84 €Ayto Arahal Reco Basura Montemayor 43 Cobrega, S L B-41 504 804 1º Tr. 2014 132,10 €Ayto Arahal Reco Basura Virgen de los Dolores 31 Téllez Fernández, Diego 30 063 252-K 4º Tr. 2012 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Virgen de los Dolores 31 Téllez Fernández, Diego 30 063 252-K 1º Tr. 2013 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Virgen de los Dolores 31 Téllez Fernández, Diego 30 063 252-K 2º Tr. 2013 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Virgen de los Dolores 31 Téllez Fernández, Diego 30 063 252-K 3º Tr. 2013 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Virgen de los Dolores 31 Téllez Fernández, Diego 30 063 252-K 4º Tr. 2013 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Carmona 88 Muñoz Catalán, María Carmen 28 864 848-D 1º Tr. 2011 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Carmona 88 Muñoz Catalán, María Carmen 28 864 848-D 2º Tr. 2011 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Carmona 88 Muñoz Catalán, María Carmen 28 864 848-D 3º Tr. 2011 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Carmona 88 Muñoz Catalán, María Carmen 28 864 848-D 4º Tr. 2011 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Carmona 88 Muñoz Catalán, María Carmen 28 864 848-D 1º Tr. 2012 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Carmona 88 Muñoz Catalán, María Carmen 28 864 848-D 2º Tr. 2012 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Carmona 88 Muñoz Catalán, María Carmen 28 864 848-D 3º Tr. 2012 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Carmona 88 Muñoz Catalán, María Carmen 28 864 848-D 4º Tr. 2012 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Carmona 88 Muñoz Catalán, María Carmen 28 864 848-D 1º Tr. 2013 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Carmona 88 Muñoz Catalán, María Carmen 28 864 848-D 2º Tr. 2013 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Carmona 88 Muñoz Catalán, María Carmen 28 864 848-D 3º Tr. 2013 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Carmona 88 Muñoz Catalán, María Carmen 28 864 848-D 4º Tr. 2013 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Dr Ramón y Cajal 34 Klymenchuk, Sergiy X-3679904-L 1º Tr. 2011 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Dr Ramón y Cajal 34 Klymenchuk, Sergiy X-3679904-L 2º Tr. 2011 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Dr Ramón y Cajal 34 Klymenchuk, Sergiy X-3679904-L 3º Tr. 2011 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Dr Ramón y Cajal 34 Klymenchuk, Sergiy X-3679904-L 4º Tr. 2011 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Dr Ramón y Cajal 34 Klymenchuk, Sergiy X-3679904-L 1º Tr. 2012 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Dr Ramón y Cajal 34 Klymenchuk, Sergiy X-3679904-L 2º Tr. 2012 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Dr Ramón y Cajal 34 Klymenchuk, Sergiy X-3679904-L 3º Tr. 2012 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Dr Ramón y Cajal 34 Klymenchuk, Sergiy X-3679904-L 4º Tr. 2012 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Dr Ramón y Cajal 34 Klymenchuk, Sergiy X-3679904-L 1º Tr. 2013 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Dr Ramón y Cajal 34 Klymenchuk, Sergiy X-3679904-L 2º Tr. 2013 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Dr Ramón y Cajal 34 Klymenchuk, Sergiy X-3679904-L 3º Tr. 2013 20,33 €Ayto Arahal Reco Basura Dr Ramón y Cajal 34 Klymenchuk, Sergiy X-3679904-L 4º Tr. 2013 20,33 €
En Arahal, 2 de febrero de 2015 —El Alcalde-Presidente, Miguel Ángel Márquez González 36W-1371
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CARMONA
Don Juan Ávila Gutiérrez, Alcalde–Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta ciudad Hace saber: Habiendo resultado ilocalizables en los domicilios que se indican los contribuyentes relacionados en el anexo, y
de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común, se les notifica por medio del presente edicto que el Excmo. Ayuntamiento de Carmona ha practicado las liquidaciones que se indican, por los importes señalados y en concepto de Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
36 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 Viernes 20 de febrero de 2015
Los importes resultantes deberán hacerse efectivos en la forma y plazos establecidos en los artículos 19 y siguientes del Re-glamento General de Recaudación, considerándose fecha de notificación la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia
En caso de disconformidad, podrán interponerse los siguientes recursos:— De reposición ante esta Alcaldía en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente a la inserción de este edicto en el
«Boletín Oficial» de la provincia.— Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del órgano jurisdiccional competente, en el pla-
zo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio de la reposición, si es expresa, si no la fuere, el plazo será de seis meses desde que termina el plazo para resolver el recurso de reposición
— Cualquier otro recurso que estimen procedentes los interesados Vencido el plazo de ingreso sin que se hubiese satisfecho la deuda, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apre-
mio, con el recargo del 20% de su importe y las costas que se devenguen Concepto Año Recibo DNI Nombre Objeto tributario Importe
I I V T N U 2014 25029 28300964Q INMACULADA SANCHEZ SARABIA URB EL CORZO ,165 172,98 €I I V T N U 2014 25030 28424206R JUAN MARIA SANCHEZ SARABIA URB EL CORZO ,165 172,98 €I I V T N U 2014 25075 B41414855 CONSTRUCCIONES CARMOGAR SL CL ALABARDONEROS, 29 3 927,99 €I V T N U 2014 25111 38089854Z ANA MARIA SANCHEZ PACIN CL DOLORES IBARRURI, 1 558,54 €I I V T N U 2014 25119 A53763827 DREAMINVEST BUSINESS 21, S A URB PINO GRANDE, 133 A 1 402,63 €I I V T N U 2014 25181 A41027806 EXPLOTACIONES AGRICOLAS EL CORZO SA URB EL CORZO 13 B 2 282,85 €I I V T N U 2014 25185 24564631X RAFAEL VAZQUEZ GARCIA CL DOLORES IBARRURI, 5 564,19 €I I V T N U 2014 25194 28588742H EDUARDO GODOY NOVILLO URB LA CIERVA 222 75,92 €I I V T N U 2014 25196 47011267A EZEQUIEL TOMILLERO RECIO CL SANTA LUCIA , 20 01 B 239,91 €I V T N U 2014 25362 48321199Q M JOSE DOMENECH COLOMER URB ATALAYA-CAMPOSOL, 167 B 1 215,61 €I I V T N U 2014 25429 B91246603 CLOTILDE VILAR S L URB LA CIERVA, 134 173,90 €I I V T N U 2014 25817 22897150Y JOSEFA MUÑOZ MEROÑO URB TORREPALMA, 253 518,22 €I I V T N U 2014 25823 B91198812 HERMANOS MASORO SL CL DOLORES QUINTANILLA,47 P01 D 415,65 €I I V T N U 2014 25866 B91921700 SOCIOS DEL SUR XXX, SL URB MATALLANA-VG DEL ROCIO, 91 70,11 €I I V T N U 2014 25867 B91921700 SOCIOS DEL SUR XXX, SL URB MATALLANA-VG DEL ROCIO, 97 64,53 €I I V T N U 2014 25869 B92426360 DEKAMIN 2003 SL CL JOSE SABIN PEREZ, 4 -1 01 10,33 €I I V T N U 2014 25870 B92426360 DEKAMIN 2003 SL CL JOSE SABIN PEREZ, 4 1 -1 19 8,60 €I I V T N U 2014 25888 B92426360 DEKAMIN 2003 SL CL JOSE SABIN PEREZ, 4 1 -1 GR 56 57 54,78 €I I V T N U 2014 26217 B91105700 MONTAJES Y AISLAMIENTOS DEL SUR SL CL BONIFACIO IV, 1 944,02 €I I V T N U 2014 26219 08475980C ANGEL GARCIA MORCILLO URB NIETOS 1, 110 1 406,46 €I I V T N U 2014 26220 75843904R FRANCISCA GONZALEZ CRUCES URB NIETOS 1, 110 1 406,46 €I I V T N U 2014 26319 28306836T ANGELES URRIAGALIS MORENO URB LA CELADA, 231 2 170,43 €I I V T N U 2014 26620 28907693M ELENA DIAZ MORAN URB EL CORZO, 50 D 161,96 €I I V T N U 2014 26628 75854303G RAFAEL COLUNGA VALLE URB PINO GRANDE, 182 593,61 €I I V T N U 2014 26629 28690204G MARIA BEGOÑA GULLON SANTIAGO URB PINO GRANDE, 182 593,61 €I I V T N U 2014 26631 A97916217 ALGONQUIN EUROGROUP SA CL LINARES, 6 02 C 208,53 € I I V TN U 2014 26632 A97916217 ALGONQUIN EUROGROUP SA CL CONCEPCION, 26 01 02 235,77 €I I V T N U 2014 26636 28201138X MARIANO DANIEL RODRIGUEZ GARCIA CL FERNAN CABALLERO, 1 01 3 1 354,77 €I I V T N U 2014 26649 30235632Q SARA PEREZ POSTIGO URB EL SOCORRO, 54 245,05 €I I V T N U 2014 26844 B91450577 SEGARTA CONSTRUCCION SL URB TORREPALMA, 32-B 362,22 €I I V T N U 2014 26847 B91548230 THURGAU GRUPO INMOBILIARIA SL CL CRUZ DE SAN BLAS, 7 1 00 01 993,66 €I I V T N U 2014 26848 B91548230 THURGAU GRUPO INMOBILIARIA SL CL CRUZ DE SAN BLAS , 7 1 00 02 726,14 €I I V T N U 2014 26849 B91548230 THURGAU GRUPO INMOBILIARIA SL CL CRUZ DE SAN BLAS, 7 1 00 03 554,16 €
En Carmona a 21 de enero de 2015 —El Alcalde–Presidente, Juan Ávila Gutiérrez 8W-878
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DOS HERMANAS
Don Francisco Toscano Sánchez, Alcalde–Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta ciudad Hace saber: Que no habiéndose podido llevar a cabo notificación de las resoluciones sancionadoras (multas) conforme a lo
dispuesto en los artículos 59 5 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre) a los contribuyentes que a continuación se relacionan, por mantenerse ausentes de sus domicilios en horas de reparto o ser desconocidos en los mismos, por medio del presente edicto se hace pública la notificación de dichas resoluciones sancionadoras de los respectivos expedientes sancionadores.
Decreto, vistas las actuaciones practicadas en los expedientes relacionados, especialmente la denuncia, e informe del agente, y resultando probados los hechos descritos que constituyen infracción al precepto que se expresa, con la calificación indicada, así como su atribución y responsabilidad de tales hechos, a las personas reseñadas
Notificada la denuncia en tiempo y forma, por medio del presente, al amparo de lo dispuesto en los artículos 65 y 76 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV); art. 131 y 138 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre; en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 71.4 de la LSV, y artículo 15 del Reglamento del Procedimiento Sancionador, en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero
Dispongo:Imponer la sanción de multa en cuantía expresada, por los hechos descritos como probados, que constituyen infracción cali-
ficada del precepto reseñado, que deberá hacerse efectiva en el plazo de quince (15) días, siguientes a la firmeza de esta resolución. - Firmeza que se producirá de no interponerse el recurso procedente expresado en la notificación, dentro del plazo -, transcurridos los cuales sin hacerse efectiva, se exigirá por vía ejecutiva, conforme al artículo 90 de la LSV, y el artículo 21 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, incrementada con el recargo legal que le corresponda sobre su importe y, en su caso, los correspondientes intereses de demora El Alcalde
Advertencia:Cuando la autoría de los hechos cometidos corresponda a un menor de dieciocho (18) años, responderán solidariamente con él
sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden, en razón al incumplimiento de la obligación impuesta
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 37
a éstos que conlleva un deber de prevenir la infracción administrativa que se impute a los menores (artículo 69 1 de la LSV) Dicha responsabilidad queda referida a la pecuniaria derivada de la multa
Se le informa que la infracción denunciada puede estar recogida entre las que detraen puntos de su autorización administrativa para conducir (Anexo II de la LSV) Los puntos, en su caso, se detraerán del permiso o licencia para conducir cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en Internet, en la dirección www.dgt.es.
Recursos:Contra esta resolución puede interponerse recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un (1) mes a partir del
día siguiente al de su notificación ante el órgano municipal que dictó la resolución, (artículo 82.2 de la LSV). Si interpuesto el referido recurso no ha recaído resolución expresa en el plazo de un (1) mes desde su presentación deberá entenderse desestimado A partir del día siguiente al que se produzca el acto presunto, dispondrá de seis meses para la formulación del recurso contencioso administrativo, según dispone el artículo 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, ante el Juzgado de lo Con-tencioso Administrativo, (artículos 1E y 14 2 del citado texto legal)
Lugar de pago:Recaudación Municipal Plaza de la Constitución, 1 95 491 95 20Oficina Municipal de Montequinto Av. San José de Calasanz, s/n 95 412 01 00Oficina Municipal de Fuente del Rey Almirante Bonifaz, s/n 95 469 00 00La Caixa En cualquiera de sus oficinasSe podrá realizar el pago por cualquier medio admitido en derecho, advirtiéndole que en los supuestos de pago que no sea en
metálico, habrá de expresarse clara e inexcusablemente el número de sanción, concepto y deudor En Dos Hermanas a 19 de enero de 2015 —El Alcalde, Francisco Toscano Sánchez Tipo de ingreso Multas (Infracciones de Tráfico)
Expediente Denunciado/a DNI/NIF Domicilio Fecha Cuantía Precepto
2014000812 M. BARBOSA 028474292Q CL SAN JUAN DE LA PALMA, 18 2º 11/04/2013 300,00 LSV-065-005-J 2014000283 J. BARRIOS 030242300Z CL MAR JONICO, 11 2º D 08/02/2014 500,00 CIR-020-001-5E 2013003132 P BENITEZ 048884524W CL ZURBARAN, 20 24/02/2013 1 500,00 LSV-065-005-J 2014000560 M DIAZ 049135983W CL AZOFAIRON, 201 25/02/2014 200,00 CIR-118-001-5A 2013002721 F. DIAZ 028526806K CL REAL UTRERA, 35 1º C 07/10/2013 200,00 CIR-018-002-5B 2014000354 S DIENG 049675035A CL BARCELONA, 53 03/02/2014 200,00 CIR-057-001-5A 2014001140 F GARCIA 052237979B CL VIRGEN DE GUADALUPE, 14 Bajo 25 15/04/2014 200,00 CIR-018-002-5B 2014001503 A. GOMEZ 048880794K CL CRISTO DE LA VERACRUZ, 43 2º C 31/05/2014 200,00 CIR-118-001-5A 2014001657 L. HERNANDEZ 008110626K CL RAMBLA GUIPUZCOA, 115 11º 02 05/06/2014 90,00 CIR-094- -005 2013003128 LIMPIEZAS MRR MARILO B91286559 CL TAJO, 22 Bajo C 24/01/2013 600,00 LSV-065-005-J 2014000838 I LOPEZ 052235160K CL MIGUEL HERNANDEZ, 28 19/03/2014 90,00 CIR-094- -005 2014001571 D. LOPEZ 048961834D CL ENCINA, 6 1º A 09/06/2014 200,00 CIR-117-001-5A 2014001539 D MARTIN 048964281H CL DARRO, 5 06/05/2014 200,00 CIR-118-001-5A 2013003167 C MILLAN 044813214Z CL PICASSO, 37A 14/11/2013 500,00 CIR-003-001-5A 2014000343 M PARDO 051673295T CL AZOFAIRON, 190 01/02/2014 200,00 CIR-094-2-E-5X 2014001118 J PEREZ 052665813E CL CARLOS I DE ESPAÑA, 76 10/04/2014 200,00 CIR-018-002-5B 2013002460 A RODRIGUEZ 049130009P CL PADRE FERNANDO TREJO, 4 17/09/2013 200,00 CIR-117-001-5A 2014001336 F VEGA 048959815Z BD VICTORIA, LA, 16 16/05/2014 200,00 CIR-118-001-5A 2014000540 R VINAGRE 016803848W CL BERNAL DIAZ DEL CASTILLO, 10 20/02/2014 200,00 CIR-094-2-A-5R
8W-800————
DOS HERMANAS
Don Francisco Toscano Sánchez, Alcalde–Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta ciudad Hace saber: Que no habiéndose podido llevar a cabo notificación de las denuncias (multas) conforme a lo dispuesto en los
artículos 59 5 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre), a los contribuyentes que a continuación se relacionan, por mantenerse ausentes de sus domicilios en horas de reparto o ser desconocidos en los mismos, por medio del presente edicto se hace pública la notificación de incoación de los expedientes sancionadores.
Órgano instructor:El órgano instructor del procedimiento es el Jefe de la Policía Local del Excmo Ayuntamiento de Dos Hermanas, y el órgano
competente para su resolución, según el artículo 71.4 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica la Ley sobre Trá-fico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV), el Alcalde Presidente de este Ayuntamiento.
Alegaciones:Se le hace saber el derecho que le asiste de conformidad con el artículo 79 1 de la LSV, de alegar por escrito ante este Ayunta-
miento lo que estime conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que considere oportunas, dentro de los quince (15) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la notificación.
Asimismo se le requiere para que en el plazo anteriormente citado, identifique verazmente al conductor responsable de la infracción, advirtiéndole que si incumpliera esta obligación, sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de la infracción muy grave prevista en el artículo 65 5 j de la LSV
Para el caso de infracciones leves, o infracciones graves que no detraigan puntos, o infracciones graves o muy graves cuya notificación se efectuase en el acto de la denuncia, si el denunciado no formula alegaciones ni abona el importe de la multa en el plazo de quince (15) días naturales siguientes al de la notificación de la denuncia, esta surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador. En este supuesto, la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta (30) días naturales desde la notificación de la denuncia (artículo 81 5 de la LSV)
Para el resto de infracciones, se le indica que si no efectúa alegaciones, la iniciación del procedimiento será considerada pro-puesta de resolución, según señala el artículo 13 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del mismo
38 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 Viernes 20 de febrero de 2015
Advertencia:Cuando la autoría de los hechos cometidos corresponda a un menor de dieciocho (18) años, responderán solidariamente con él
sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden, en razón al incumplimiento de la obligación impuesta a éstos que conlleva un deber de prevenir la infracción administrativa que se impute a los menores (artículo 69 1 de la LSV) Dicha responsabilidad queda referida a la pecuniaria derivada de la multa
Se le informa que la infracción denunciada puede estar recogida entre las que detraen puntos de su autorización administrativa para conducir (Anexo II de la LSV) Los puntos, en su caso, se detraerán del permiso o licencia para conducir cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en Internet, en la dirección www.dgt.es.
Lugar de pago:Recaudación Municipal Plaza de la Constitución, 1 95 491 95 20Oficina Municipal de Montequinto Av. San José de Calasanz, s/n 95 412 01 00Oficina Municipal de Fuente del Rey Almirante Bonifaz, s/n 95 469 00 00La Caixa En cualquiera de sus oficinas Según establece el artículo 80 de la LSV (Procedimiento sancionador abreviado) al importe líquido a pagar se le aplicará la
reducción legalmente establecida sobre la cuantía de la sanción, siempre que el pago se realice durante los quince (15) días naturales siguientes al de la notificación, con los efectos que en el mismo se consignan y entre otros: la terminación del procedimiento el día de pago, la renuncia a formular alegaciones o recurso de reposición y la detracción de puntos al día siguiente
En Dos Hermanas a 19 de enero de 2015 —El Alcalde, Francisco Toscano Sánchez Tipo de ingreso Multas (Infracciones de Tráfico)
Expediente Denunciado/a DNI/NIF Domicilio Fecha Cuantía Precepto
2014002081 A. ALCAZAR 052233803K CL VIOLETA, 1 4º C 14/08/2014 200,00 CIR-094-2-A-5R 2014002005 A ALVAREZ 052269197H CL LOTARIO, 27 25/07/2014 200,00 CIR-018-002-5B 2014002312 M ALVAREZ-REMENTERIA 028336653D CL MOCTEZUMA, 5 09/09/2014 80,00 CIR-154- -003 2014001925 A AMAYA 031691391J CL MIGUEL HERNANDEZ, 46 17/07/2014 200,00 CIR-091-002-5J 2014002290 J. ARENAS 030246828B CL VITERBO, 14 3º C 29/08/2014 60,00 CIR-152- - 2014002292 J. ARENAS 030246828B CL VITERBO, 14 3º C 29/08/2014 200,00 CIR-118-001-5B 2014001305 M ASENCIO 028285796M CL SAN ANTONIO, 6 09/05/2014 60,00 CIR-094- -003 2014002099 AUXSERCON ANDALUZA S B91685263 CL VIRGEN DE LA ENCARNACION, 59 25/08/2014 200,00 CIR-091-002-5G 2014002080 F. BRUNO 080083451G CL GABRIEL PELAEZ, 1 1º B 09/08/2014 80,00 CIR-171- - 2014001857 M CAMACHO 028765880X CL RUCIO, 16 08/07/2014 200,00 CIR-091-002-5H 2014001798 M CAMACHO 028765880X CL RUCIO, 16 29/06/2014 90,00 CIR-094- -005 2014001758 J CAMPOS 011931608J PJ ANTONIO DE VILLEGAS, 11 26/06/2014 80,00 CIR-154- -003 2014002355 N. CASTAÑO 028861359Q CL CERRO MURIANO, 5 Bl 35 1º C 23/09/2014 60,00 CIR-094- -003 2014002397 M. CASTILLO 048884240V CL ANTONI ROS MARBA, 4 Esc 02 2º A 25/09/2014 90,00 CIR-094- -005 2014002198 A. CEBRIAN 028226702K CL MANUEL DE FALLA, 2 1º K3 06/09/2014 80,00 CIR-171- - 2014002308 CERRAJERIA CIVA S L B11762408 UR PARRALO, 27 Jédula 15/09/2014 200,00 CIR-091-002-5J 2014001687 CETINVE, S L B91432450 AV PRIMERA, 26 18/06/2014 90,00 CIR-094- -005 2014001721 CETINVE, S L B91432450 AV PRIMERA, 26 19/06/2014 80,00 CIR-171- - 2014002288 COMERCIAL GALVANICA B91594408 CT NACIONAL IV, KM 565,7 15/09/2014 200,00 CIR-091-002-5J 2014001999 F CONTRERAS 034030768Z CL SANTA BARBARA, 15 01/08/2014 200,00 CIR-094-2-E-5X 2014002628 CONTROL SIGLO XXI, S L B91227744 CL LAMARQUE DE NOVOA, 1 02/11/2014 80,00 CIR-154- -002 2014002310 CONTROL SIGLO XXI, S L B91227744 CL LAMARQUE DE NOVOA, 1 10/09/2014 30,00 CIR-170- - 2014002311 E CORTES 028645621H CL NAO SANTA MARIA, 2 10/09/2014 30,00 CIR-170- - 2014002083 F COTAN 028697663B CL ALFRED NOBEL, 13 Esc 01 Bajo A 25/08/2014 200,00 CIR-094-2-A-5R 2014002166 J. CRUZ 028876869R CL VIRGILIO, 2 3º B 25/08/2014 80,00 CIR-154- -002 2014002122 J CUBERO 052237046K CL GUSTAVO BACARISAS, 28 05/08/2014 60,00 CIR-094- -003 2014001258 F DIAZ 075325985L PL BRUSELAS, 4 Bajo C 01/05/2014 200,00 CIR-091-002-5C 2014001992 J DIAZ 030447609W CL AZOFAIRON, 249 04/08/2014 80,00 CIR-171- - 2014002026 D DIAZ 049137068Y CL FULGENCIO MORÓN RÓDENAS, 40 11/08/2014 60,00 CIR-159- -001 2014002700 E10 SPORT, S L B91893396 CL MANUEL CALVO LEAL, 2 31/10/2014 60,00 CIR-094- -003 2014002431 EMBRUJO FLAMENCO B91873463 CL JOSE MARIA MORENO GALVAN, 30/09/2014 60,00 CIR-094- -004 2014002337 D. ESPINOLA 027637759Q AV DE LA PAZ, 27 2º B 19/09/2014 60,00 CIR-094- -004 2014002299 EXPLOTACIONES B91933903 AV VEINTIOCHO DE FEBRERO, 13 09/09/2014 90,00 CIR-094- -005 2014001761 M FERNANDEZ 028398934Y CL VIAR, 30 Bajo 26/06/2014 200,00 CIR-094-2-E-5X 2014002215 R FERNANDEZ 032039776V CL BLANCA DE LOS RIOS, 21 08/09/2014 200,00 CIR-091-002-5H 2014002579 FRANJOMATIC, S.L.. B41914466 CL MARMOLES, 9 2º E 29/10/2014 200,00 CIR-091-002-5J 2014002169 N FUENTES 007566298B CL JUAN DIAZ DE SOLIS, 66 26/08/2014 80,00 CIR-154- -003 2014002185 D GALAN 028642144Z CL ALMUÑECAR, 30 03/09/2014 200,00 CIR-018-002-5B 2014001917 N GALLARDO 049524753A DS CASQUERO, 3H 15/07/2014 200,00 CIR-094-2-A-5R 2014001984 L GARCIA 049128129Z CL SERRANA, 143 11/07/2014 90,00 CIR-094- -005 2014002283 V GARCIA 048958667Q PL AZORES, LOS, 13 11/09/2014 200,00 CIR-117-001-5A 2014000135 A. GARCIA 052234112P CL ISBILIA, 3 1º C 11/01/2014 200,00 CIR-091-002-5J 2014002346 E. GARCIA 077814675V CL CORRAL ENCARNACION, 8 2º B 24/09/2014 200,00 CIR-118-001-5B 2014001957 V GATA 052238814H AV LIBERTAD, 51C 28/07/2014 60,00 CIR-094- -003 2014002279 GERMAN CONDE E HIJOS B91380113 CL VIRGEN DE LUJAN, 34 3º B 15/09/2014 200,00 CIR-091-002-5G 2014001704 M. GONZALEZ 027314288V CL VIRGEN LUJAN, 54 7º D 16/06/2014 200,00 CIR-154-000-5A 2014002452 C. GUTIERREZ 028455858M CL CORRAL MARAVILLAS, 2 Bl 04 2º A 30/09/2014 80,00 CIR-154- -003 2014001554 M GUTIERREZ 052231608B CL AMANCIO RENES, 21A 03/03/2014 200,00 CIR-091-002-5C 2014001864 R. HERENCIA 053770464Y UB TORRES, LAS, 4 4º B 07/07/2014 60,00 CIR-094- -003 2014002381 HERMES D H 12, S L U B90032970 CL TRAFALGAR, 20 26/09/2014 200,00 CIR-091-002-5J 2014002447 HISPADAN EXPRESS S.C. G91534859 CL ANTOÑITA COLOMER, 4 5º IZ 27/08/2014 200,00 CIR-091-002-5J 2014000515 C HUALCA X3221517E AV REYES CATOLICOS, 33 14/02/2014 200,00 CIR-094-2-A-5R 2014002177 M. JAEN 048884037K CL ASIS, 2 4º C 28/08/2014 200,00 CIR-146-000-5A 2014001803 M JIMENEZ 048883814M CL SAN ALBERTO, 20 01/07/2014 200,00 CIR-091-002-5H 2014001589 M LAFUENTE 017683116A CL VEGA, 9 26/05/2014 200,00 CIR-091-002-5C 2014000264 L LOPEZ 052665193T CL SOR PRESENTACION, 13 29/01/2014 60,00 CIR-094- -001 2014001979 M LOPEZ 028362799G CL CERROS DE UBEDA, 3 104 30/07/2014 80,00 CIR-159- -002 2014001775 M LOPEZ 025903217L AV CRISTOBAL COLON, 6 02/06/2014 200,00 CIR-094-2-A-5R 2014001508 L LUCAS 048956377A CL TURISMUNDO, 10 31/05/2014 200,00 CIR-091-002-5E 2014001981 M. MARIN 080054235K CL SECTOR TRIANGULO, 2 4º C 29/07/2014 200,00 CIR-094-2-A-5Q 2014002344 R MARTIN 075471957X DS POZO, LAS LUISAS, 2A 15/09/2014 200,00 CIR-094-2-G-5Z 2014001689 J MARTINEZ 049031319B UB CIUDAD BLANCA, 2 Bajo D 08/06/2014 200,00 CIR-091-002-5C 2014002343 M MIGUEL 053346898P CL GUADAIRA, 45 18/09/2014 80,00 CIR-171- - 2014002289 A. MORENO 028702951D CL CASTILLO DE CONSTANTINA, 12 1º A 15/09/2014 60,00 CIR-094- -003
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 39
2014002378 MOTORAMA 2013, S L B91945261 CL ACUEDUCTO, 43 01/08/2014 200,00 CIR-094-2-A-5Q 2014001311 S NBIGA X4901982S PJ CORONA AUSTRAL, 2 Bajo B 13/05/2014 90,00 CIR-094- -005 2014002188 ORIPPO ACEITUNAS, S L B41694993 CT UTRERA, Km 2 PARAJE LA RUANA 03/09/2014 60,00 CIR-094- -003 2014001334 F ORTEGA 028636269G AV JUAN PABLO II, 16 Bajo B 14/05/2014 200,00 CIR-091-002-5C 2014002192 S PARRA 028797655E CL ZORZALEÑA, 119 04/09/2014 90,00 CIR-094- -005 2014002052 M. PARRALES 020091527S CL MEÑACA, 3 Bl 1 2º I 13/08/2014 200,00 CIR-117-001-5A 2014002032 C. PEÑA 049033352C CL BERRUGUETE, 7 4º C 14/08/2014 200,00 CIR-065-000-5B 2014001894 J. PEÑA 077533742Y PZ DOS DE MAYO, 1 Esc 02 2º E 12/07/2014 200,00 CIR-094-2-A-5R 2014001465 F PEREZ 028864036W CL ALMENDRO, 17 08/05/2014 90,00 CIR-094- -005 2014002199 F PEREZ 049025031W CL MARTINEZ SIERRA, 9 06/09/2014 200,00 CIR-018-002-5B 2014002176 PROYECTOS B91334565 CL VIRGEN DE LUJAN, 27 Entresuelo C 26/08/2014 80,00 CIR-171- - 2014001585 J. RAMOS 028533526W CL GETSEMANI, 1 7º C 05/06/2014 200,00 CIR-091-002-5J 2014001597 M. RAPOSO 028704829R CL MORERA, 5 1º B 12/06/2014 200,00 CIR-094-2-A-5Q 2014002294 ROBMA MONTAJES S L B91367714 CL NTRA SEÑORA DE LA OLIVA, 91 04/07/2014 200,00 CIR-094-2-G-5Z 2014002669 R RODAS 028187406D CL VIRGEN DEL VALLE, 12 12/11/2014 200,00 CIR-094-2-A-5Q 2014002186 J. RODRIGUEZ 027857058X CL VIRGEN DE BEGOÑA, 7 1º D 03/09/2014 60,00 CIR-094- -003 2014002331 F RODRIGUEZ 004199275G CL BASTIA, 20 11/09/2014 200,00 CIR-018-002-5B 2014001865 M RODRIGUEZ 028742200C DS SAN FEDERICO ECHAJUI, 7B 08/07/2014 200,00 CIR-091-002-5H 2014002097 M. RODRIGUEZ 028088953L CL ROMERA, 6 3º D 25/08/2014 200,00 CIR-094-2-A-5R 2014001487 J. RODRIGUEZ 028720931A CL CABEZAS DE SAN JUAN, LAS, 17 3º DC 30/05/2014 200,00 CIR-091-002-5J 2014001729 M RODRIGUEZ 052239911B DS VIÑA CHICA, 3A Puerta H 20/06/2014 90,00 CIR-094- -005 2014002214 R ROLDAN 048960431D CL CERRO BLANCO, 200 08/09/2014 200,00 CIR-118-001-5A 2014002143 R ROLDAN 052231429Q CL LA AZUDA, 1 29/08/2014 200,00 CIR-094-2-A-5R 2014002094 J RUIZ 075405937T CL TAJO, 137 25/08/2014 200,00 CIR-091-002-5H 2014001962 L. RUIZ 048955211X CL HERNAN CORTES, 21 1º B 28/07/2014 200,00 CIR-094-2-E-5X 2014002300 J. RUIZ 050026618P CL NERINE, 1 2º A 09/09/2014 60,00 CIR-094- -003 2014002187 M RUIZ 028513719K CL JUAN TALAVERA HEREDIA, 89 03/09/2014 60,00 CIR-094- -003 2014002445 M SAINZ DE BARANDA 053265698K AV CASTILLO DEL ESPIRITU SANTO, 37 29/08/2014 90,00 CIR-094- -005 2014002018 F SALADO 028320903Z CL PAULO OROSIO, 23 Bajo IZ 07/08/2014 30,00 CIR-155- - 2014001112 M. SALMERON 028577296A CL FERRARA, 4 12º C 09/04/2014 200,00 CIR-094-2-A-5Q 2014001896 V SANCHEZ 053273091P UB MATALLANAS, 55 09/07/2014 200,00 CIR-091-002-5C 2014001873 O SANCHEZ 050806835L CL ALFONSO DE ALVARADO, 4 05/07/2014 80,00 CIR-154- -003 2014002210 M. SANCHEZ 028518871K CL BOTIJAS, LAS, 11 2º 04/09/2014 60,00 CIR-094- -003 2014002370 A SANCHEZ 049131106R AV ESPAÑA, DE, 149 24/09/2014 200,00 CIR-118-001-5A 2014002371 A SANCHEZ 049131106R AV ESPAÑA, DE, 149 24/09/2014 200,00 CIR-118-001-5B 2014002324 M SANCHEZ 028382061S AV MONTEQUINTO, 57 18/09/2014 200,00 CIR-091-002-5C 2014000430 P SANCHEZ 052663516W CL VIRGEN DE MONTSERRAT, 35 Bajo C 06/02/2014 200,00 CIR-094-2-A-5Q 2014001015 M SANCHEZ 048882831B UB RESIDENCIAL ALDEBARAN, 25 04/04/2014 200,00 CIR-018-002-5B 2014001755 B. SANCHEZ 046954560Z CL FABIE, 5 1º D 26/06/2014 80,00 CIR-154- -002 2014001830 M. SERRANO 028465878C CL SALAMANCA, 42 Esc 02 2º A 30/06/2014 200,00 CIR-094-2-A-5Q 2014002112 J. SUAREZ 050337966M CL OROVILLA, 40 Esc A 2º A 29/08/2014 80,00 CIR-159- -002 2014002342 J TUDELA 028499540X UB CIUDAD BLANCA, 24 Bajo D 16/09/2014 200,00 CIR-091-002-5C 2014001809 G. VAZQUEZ 019821314Y CL BATALLA DE SAN QUINTIN, 2 4º D 02/07/2014 200,00 CIR-094-2-A-5R 2014002436 M VERA 049090334P CL AIRE, 29 30/09/2014 200,00 CIR-094-2-A-5Q 2014002359 M VERA 049090334P CL AIRE, 29 23/09/2014 200,00 CIR-094-2-A-5Q 2014002400 E VILCHES 028390484C CL PIO XII, 10 VIAR CAUDILLO 15/09/2014 60,00 CIR-094- -004 2014002438 C. VINCES 077847740P CL MARTINEZ DE IRALA, 4 2º D 30/09/2014 200,00 CIR-094-2-A-5Q 2014002043 C. WANG X5794307D CL MAESTRO MARIANI, 2 2º B 04/08/2014 200,00 CIR-094-2-A-5I
8W-801————
DOS HERMANAS
Don Francisco Toscano Sánchez, Alcalde–Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta ciudad Hace saber: Que no habiéndose podido llevar a cabo notificación del requerimiento (multas) conforme a lo dispuesto en los
artículos 59 5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre), a los contribuyentes que a continuación se relacionan, por mantenerse ausentes de sus domicilios en horas de reparto o ser desconocidos en los mismos, por medio del presente edicto se hace público el requerimiento de identificación al titular o arrendatario del vehículo, por infracción de tráfico.
Órgano instructor:El órgano instructor del procedimiento es el Jefe de la Policía Local del Excmo Ayuntamiento de Dos Hermanas, y el órgano
competente para su resolución, según el artículo 71.4 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica la Ley sobre Trá-fico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV), el Alcalde Presidente de este Ayuntamiento.
Alegaciones:Se le hace saber el derecho que le asiste de conformidad con el artículo 79 1 de la LSV, de alegar por escrito ante este Ayunta-
miento lo que estime conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que considere oportunas, dentro de los quince (15) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la notificación.
Asimismo, se le requiere para que en el plazo anteriormente citado, identifique verazmente al conductor responsable de la infracción, advirtiéndole que si incumpliera esta obligación, sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de la infracción muy grave prevista en el artículo 65 5 j de la LSV
Advertencia:Cuando la autoría de los hechos cometidos corresponda a un menor de dieciocho (18) años, responderán solidariamente con él
sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden, en razón al incumplimiento de la obligación impuesta a éstos que conlleva un deber de prevenir la infracción administrativa que se impute a los menores (artículo 69 1 de la LSV) Dicha responsabilidad queda referida a la pecuniaria derivada de la multa
Se le informa que la infracción denunciada puede estar recogida entre las que detraen puntos de su autorización administrativa para conducir (Anexo II de la LSV) Los puntos, en su caso, se detraerán del permiso o licencia para conducir cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en Internet, en la dirección www.dgt.es.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 9 bis de la LSV, el titular de un vehículo tiene la obligación de facilitar a la Administra-ción la identificación del conductor del vehículo en el momento de ser cometida una infracción. Si incumpliera esta obligación en el
Expediente Denunciado/a DNI/NIF Domicilio Fecha Cuantía Precepto
40 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 Viernes 20 de febrero de 2015
plazo establecido, habiendo sido debidamente requerido para ello, será sancionado como autor de la infracción muy grave prevista en el artículo 65 5 j de la LSV, por un importe del doble del previsto para la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y el triple, si la infracción originaria fuera grave o muy grave
En Dos Hermanas a 19 de enero de 2015 —El Alcalde, Francisco Toscano Sánchez Tipo de ingreso Multas (Infracciones de Tráfico)
Expediente Titular vehículo DNI/NIF Domicilio Fecha Cuantía Precepto
2014002348 E. GARCIA 077814675V CL CORRAL ENCARNACION, 8 2º B 24/09/2014 200,00 CIR-117-001-5A 2014002092 F PERNIA 052286403C CL CURA DIAMANTINO, 9 25/08/2014 200,00 CIR-018-002-5B 2014002189 J. RAMIREZ 028722243G CL RAFAEL SALGADO, 30 4º A 04/09/2014 200,00 CIR-057-1-C-5C 2014001165 F SANTOS 049132815P CL TEODORICO, 5 18/04/2014 200,00 CIR-118-001-5A 2014001166 F SANTOS 049132815P CL TEODORICO, 5 18/04/2014 200,00 CIR-143-001-5A
8W-802————
MAIRENA DEL ALJARAFE
En uso de las facultades que me confiere el artículo 5.3.(c) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre (BOE 29/9/1987), y de conformidad con lo establece el artículo 167 2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) (BOE 18/12/2003), dicto providencia para que se inicie el procedimiento de apremio, requiriendo al deudor para que efectúe el pago de la deuda, incluido el recargo de apremio reducido (10%) (artículo 28 3 LGT), en los plazos señalados en el artículo 62 5 LGT y, en caso contrario, se proceda contra el patrimonio de aquél o de las garantías existentes para el cobro de la deuda, con inclusión del recargo de apremio (20%) (artículo 28 4 LGT) y de los intereses de demora (artículo 26 LGT) que se devenguen hasta la fecha de cancelación de la deuda
Serán exigidas al obligado al pago las costas originadas durante el desarrollo del procedimiento de apremio (artículo 113 y siguientes del RD 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación – RGR)
No habiéndose podido practicar directamente la notificación personal a los deudores que posteriormente se relacionan, a pesar de haberse intentado en la forma debida, se procede, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y el 112 de la 58/2003, de 17 de diciembre, a efectuar la citada notificación, mediante el presente anuncio.
ANDÚJAR ORELLANA JUAN 38797770J I B I (URB) 2014 C/ CALAHOYAS, 0043 TODOS 000204596 460,60 46,06
ANGULO GONZÁLEZ ISRAEL 34079465C DEN TRÁ-FICO 2014 0451GFV 2013-0001311 2013- 000269795 500,00 50,00
ANÍBAL LEONE EDUARDO X3999901V I B I (URB) 2014 C/ NOBEL, 0004 1 -1 31 000193766 37,75 3,78
ANÍBAL LEONE EDUARDO X3999901V I B I (URB) 2014 C/ NOBEL, 0004 1 -1 32 000193767 37,75 3,78ANIMA-D O S GESTIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS OCIO Y SALUD S B06332696 I V T M 2013 TU 7299GLH SB1KD56E70E002364 000208485 130,57 13,06
ANTONIO DE PABLO E HIJOS S L B41853672 BASURA-MAI 2014 C/ DISEÑO, 0003 000152462 466,88 46,69
ANTÚNEZ MUÑIZ FRANCISCO 34052043Z BASURA-MAI 2014 AVDA C/ARA CAMPOAMOR, 0002 P01 B 000146462 135,64 13,56
APLICACIONES DE VISIÓN ASISTIDA S L B41888678 I B I (URB) 2014 C/ NOBEL, 0004 1 -1 07 000193757 35,23 3,52
APLICACIONES DE VISIÓN ASISTIDA S L B41888678 I B I (URB) 2014 C/ NOBEL, 0004 1 -1 08 000193758 35,23 3,52
APLICACIONES DE VISIÓN ASISTIDA S L B41888678 I B I (URB) 2014 C/ NOBEL, 0004 1 -1 10 000193760 32,71 3,27
ARANA ECHANOJAUREGUI JUAN EUGENIO 78867056X BASURA-MAI 2014 C/ GONZALO DE BILBAO, 0015 000157022 135,64 13,56
ARANA ECHANOJAUREGUI JUAN EUGENIO 78867056X I B I (URB) 2014 C/ GONZALO BILBAO, 0015 TODOS 000204764 478,15 47,82
ARATOR AGRÍCOLA S L B98165350 PLUSVALÍA 2014 C/ CURA DON AMADEO MORENO, 0002 1 -1 30 000275212 17,01 1,70
ARATOR AGRÍCOLA S L B98165350 PLUSVALÍA 2014 C/ INDUSTRIA, 0003 1 04 11 000281796 203,93 20,39
CABEZA NARBONA MIGUEL 28467168E I B I (URB) 2014 C/ GERANIO, 0041 TODOS 000191591 441,08 44,11
CABEZA NARBONA MIGUEL 28467168E I B I (URB) 2007 C/ GERANIO, 0041 TODOS 000024890 68,65 6,87
CABEZA NARBONA MIGUEL 28467168E I V T M 2008 CI, C7409BHX, E0262019 000091364 8,84 0,88
CABEZA NARBONA MIGUEL 28467168E I V T M 2008 MO, 2549FPD, VTLSE321000024619 000108079 8,84 0,88
CABEZA NARBONA MIGUEL 28467168E I V T M 2008 TU, 7333FSY, WF04XXGBB46L22087 000109202 126,15 12,62CABOHUVI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITA-DA B91091017 BASURA-MAI 2014 C/ MANUFACTURA, 0004 P03 3 000154278 289,79 28,98CABOHUVI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITA-DA B91091017 I B I (URB) 2014 C/ MANUFACTURA, 0003 1 -1 36 000193670 37,75 3,78CABOHUVI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITA-DA B91091017 I B I (URB) 2014 C/ MANUFACTURA, 0004 1 -1 34 000211022 82,36 8,24CABOHUVI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITA-DA B91091017 I B I (URB) 2014 C/ MANUFACTURA, 0004 1 03 03 000211031 358,46 35,85
COLOMA LÓPEZ NIXON MARCELO 77859756H I B I (URB) 2014 C/ TOLEDO, 0008 1 04 A 000196150 124,51 12,45COMPAÑÍA ANDALUZA DE DESARROLLO INMOBILIA-RIO S A A91051870 I B I (URB) 2014 C/ MANUFACTURA, 0002 1 -1 32 000202798 36,68 3,67COMPAÑÍA ANDALUZA DE DESARROLLO INMOBILIA-RIO S A A91051870 I B I (URB) 2014 C/ MANUFACTURA, 0002 1 -1 33 000202799 36,68 3,67COMPAÑÍA ANDALUZA DE DESARROLLO INMOBILIA-RIO S A A91051870 I B I (URB) 2014 C/ MANUFACTURA, 0002 1 -1 34 000210606 36,65 3,67COMPAÑÍA ANDALUZA DE DESARROLLO INMOBILIA-RIO S A A91051870 I B I (URB) 2014 C/ MANUFACTURA, 0002 1 -1 35 000210607 36,65 3,67COMPAÑÍA ANDALUZA DE DESARROLLO INMOBILIA-RIO S A A91051870 I B I (URB) 2014 C/ MANUFACTURA, 0002 1 01 I 000210643 255,65 25,57COMPAÑÍA ANDALUZA DE DESARROLLO INMOBILIA-RIO S A A91051870 I B I (URB) 2014 C/ MANUFACTURA, 0002 1 01 J 000210644 284,49 28,45
COMPRA Y TRASBASA S L B91916890 BASURA-MAI 2014 CTRA MAIRENA PALOMARES, 0031 000141365 135,64 13,56
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS FI00001456 I B I (URB) 2014 BO ALERO SEVILLA TODOS 000189114 14,35 1,44
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS FI00001456 I B I (URB) 2014 BO ALERO SEVILLA TODOS 000189115 14,35 1,44
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS FI00001456 I B I (URB) 2014 BO ALERO SEVILLA TODOS 000189116 14,35 1,44
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS FI00001456 I B I (URB) 2014 BO ALERO SEVILLA TODOS 000189117 14,35 1,44
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS FI00001456 I B I (URB) 2014 BO ALERO SEVILLA TODOS 000189118 14,35 1,44
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS FI00001456 I B I (URB) 2014 BO ALERO SEVILLA TODOS 000189119 14,35 1,44
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS FI00001456 I B I (URB) 2014 PZ GIRALDA, 0014-D TODOS 000215817 2 571,44 257,14
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS FI00001456 I B I (URB) 2014 C/ ALHAMBRA, 0005-A TODOS 000216777 1 154,65 115,47
COMUNIDAD PROPIETARIOS FI00001977 I B I (URB) 2014 BO ALERO SEVILLA TODOS 000189110 14,35 1,44
COMUNIDAD PROPIETARIOS FI00001977 I B I (URB) 2014 BO ALERO SEVILLA TODOS 000189111 14,35 1,44
COMUNIDAD PROPIETARIOS FI00001977 I B I (URB) 2014 BO ALERO SEVILLA TODOS 000189112 14,35 1,44
COMUNIDAD PROPIETARIOS FI00001977 I B I (URB) 2014 BO ALERO SEVILLA TODOS 000189113 13,16 1,32
CONDE GONZÁLEZ MARTA 28559391S DEN TRÁ-FICO 2014 SE4661CP 2014-0000141 2014- 000118525 200,00 20,00
CONEJO SÁNCHEZ LUIS ANTONIO 31828885J BASURA-MAI 2014 AVDA EUROPA, 0044 PBJ E 000140523 135,64 13,56
CONEJO SÁNCHEZ LUIS ANTONIO 31828885J I B I (URB) 2014 AVDA EUROPA DE, 0044 E 00 E 000211480 199,18 19,92
CONSTRUCCIONES FRANCISCO GALÁN S L B41380288 I V T M 2006 TU, SE2522CX, VF1BA0A0E16870264 000040472 116,15 11,62
CONSTRUCCIONES FRANCISCO GALÁN S L B41380288 I V T M 2006 TU, SE2522CX, VF1BA0A0E16870264 000040472 116,15 11,62
CONSTRUCCIONES FRANCISCO GALÁN S L B41380288 I V T M 2007 TU, SE2522CX, VF1BA0A0E16870264 000042946 116,15 11,62
CONSTRUCCIONES NEFERTITIS 2005 B91482299 PLUSVALÍA 2009 CR SAN JUAN PALOMARES, 0005 E 00 07 000103362 288,73 28,87
CONSTRUCCIONES SELMA S A A41259029 BASURA-MAI 2014 C/ PABLO NERUDA, 0037 A 000143536 135,64 13,56
CONSTRUCCIONES SELMA S A A41259029 I B I (URB) 2014 C/ PABLO NERUDA, 0037 1 00 A 000215954 626,90 62,69
CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO RAECOR S L B91097493 BASURA-MAI 2014 CTRA SAN JUAN PALOMARES, 0005 LOC 28N 000153249 197,00 19,70
CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO RAECOR S L B91097493 I B I (URB) 2014 CR PALOMARES, 0005 1 00 28N 000214954 175,03 17,50
CONTSA CORPORACIÓN EMPRESARIAL S A A91096511 BASURA-MAI 2014 AVDA DE LA FILOSOFÍA, 0013 05 P04 A 000154855 135,64 13,56
CONTSA CORPORACIÓN EMPRESARIAL S A A91096511 BASURA-MAI 2014 C/ BALANCE, 0044 000155370 375,66 37,57
CONTSA CORPORACIÓN EMPRESARIAL S A A91096511 BASURA-MAI 2014 C/ BALANCE, 0046 000155371 389,00 38,90
CONTSA CORPORACIÓN EMPRESARIAL S A A91096511 I B I (URB) 2014 C/ BALANCE, 0044 1 01 03 000205983 590,04 59,00
CONTSA CORPORACIÓN EMPRESARIAL S A A91096511 I B I (URB) 2014 C/ BALANCE, 0046 1 01 04 000205984 606,18 60,62
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 55
FERNÁNDEZ BERMÚDEZ ELISA ISABEL 28924910H I B I (URB) 2014 C/ PIMENTÓN, 0011 TODOS 000196825 451,42 45,14
FERNÁNDEZ BERNAL ANTONIO 75349553N I V T M 2013 TU SE0567BP VS5F40205M0400633 000194849 66,55 6,66
FERNÁNDEZ BERNAL ANTONIO 75349553N I V T M 2013 TU 1044DJK VF7FC8HZB27235989 000198991 66,55 6,66
FERNÁNDEZ CAMPAÑA JUAN FRANCISCO 75436853G I B I (URB) 2014 C/AVO, 0014 TODOS 000192656 549,96 55,00
FERNÁNDEZ CARRASCO MANUEL JESÚS 27287994N BASURA-MAI 2014 BARDA CIUDAD DEL ALJARAFE, 0022 PBJ 5 000141781 135,64 13,56
FERNÁNDEZ CARRASCO MANUEL JESÚS 27287994N I B I (URB) 2014 BO CIUDAD ALJARAFE, 0022 00 05 000213591 196,36 19,64
FERNÁNDEZ CASTILLO JOSÉ JOAQUÍN 28897407T BASURA-MAI 2014 PLAZA ESTRELLAS (DE LAS), 0005 P02 1 000154143 135,64 13,56
FERNÁNDEZ CASTILLO JOSÉ JOAQUÍN 28897407T I B I (URB) 2014 PZ ESTRELLAS DE LAS, 0005 4 02 01 000191390 332,17 33,22
FERNÁNDEZ CORBACHO MARÍA ISABEL 27305936Z DEN TRÁ-FICO 2014 0136FKD 2014-0001099 2014- 000287546 80,00 8,00
FERNÁNDEZ CORRALES ANTONIO 53276626R DEN TRÁ-FICO 2014 0120HBN 2014-0000361 2014- 000246657 500,00 50,00
FERNÁNDEZ DE CÓRDOBA QUINTERO FRANCISCO JA-VIER 28863880F BASURA-MAI 2014 C/ MILÁN, 0004 000154095 135,64 13,56FERNÁNDEZ DE CÓRDOBA QUINTERO FRANCISCO JA-VIER 28863880F I B I (URB) 2014 C/ MILÁN, 0004 TODOS 000217008 389,42 38,94
FERNÁNDEZ DENNIS DANIEL 52697073W I B I (URB) 2014 BO CIUDAD ALJARAFE, 0023 02 10 000191884 199,78 19,98
FERNÁNDEZ DÍAZ GABRIEL ÁNGEL 52698492H BASURA-MAI 2014 PLAZA CARLOS CANO (DE), 0005 P02 C 000146368 135,64 13,56
FERNÁNDEZ DÍAZ GABRIEL ÁNGEL 52698492H I B I (URB) 2014 PZ CARLOS CANO, 0005 1 02 C 000208715 376,09 37,61
ZAMORA CAÑETE MARÍA 28534354W I B I (URB) 2014 C/ NUEVA, 0086 1 01 05 000198567 171,78 17,18
ZEBITRI SADEK X6553645W I V T M 2013 TU 4815BXF VF38BRHYF81434492 000203097 130,57 13,06
ZURITA MANRUBIA EMILIO GERMÁN 27281973V I V T M 2009 TU, 2245DSS, SB1BA56L70E020466 000091104 30,71 3,07
ZURITA MANRUBIA EMILIO GERMÁN 27281973V BASURA-MAI 2014 C/ CERRO DE LA PIEDRA, 0001 P03 A 000145631 135,64 13,56
ZURITA MANRUBIA EMILIO GERMÁN 27281973V I B I (URB) 2014 C/ CERRO DE LA PIEDRA, 0001 1 03 D 000190329 284,59 28,46
Plazos para efectuar la notificación:El sujeto pasivo (art. 112 Ley 58/2003) deberá comparecer para ser notificado en el plazo de 15 días naturales contados desde
el siguiente al de la publicación del presenta anuncio en las oficinas de la Sociedad Local de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, sita en Pza de las Naciones s/n, 1 ª y 2 ª planta, de lunes a viernes, de 8 00 a 14 30 horas Transcurrido este plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para la personación
Plazos y lugar para el pago:Una vez notificado el sujeto pasivo deberá realizarse el pago en la Sociedad Local de Gestión Tributaria del Ayuntamiento
de Mairena del Aljarafe o mediante transferencia bancaria al n.º de cuenta ES60 2103 0740 37 0030000137, de conformidad con los siguientes plazos en consonancia con el art 108 del Reglamento General de Recaudación:
• Recibida la notificación entre los días 1 y 15 del mes, hasta el 20 del mismo mes o inmediato hábil posterior.• Recibida la notificación entre los días 16 y último de cada mes, hasta el 5 del mes siguiente o inmediato hábil posterior.Advertencia: Caso de no efectuar el ingreso en los plazos señalados, se procederá sin más al embargo de los bienes o la ejecu-
ción de las garantías existentes, siendo las costas ocasionadas a su cargo, así como los intereses de demora devengados hasta la fecha del ingreso
Deudas fraccionadas:Si no se han constituido garantías parciales e independientes para cada plazo y la presente providencia contiene algún plazo de
una deuda fraccionada se le advierte que de no pagarse en los plazos aquí establecidos, se considerarán vencidas el resto de las fraccio-nes pendientes y se exigirán por el procedimiento de apremio, con ejecución de las garantías y demás medios de ejecución forzosa (art 57 de Reglamento General de Recaudación)
Costas:En caso de producirse costas en el procedimiento de apremio, la Administración repercutirá su importe al deudor, conforme a
lo establecido en los artículos 153 y 157 del Reglamento General de Recaudación (RD 939/2005, de 29 de julio)
Recursos y suspensiones:Recurso de reposición; ante el Tesorero en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación del presente
acto, (art 14 2 del R D LEG 2/2004 de 5 de marzo Reguladora de las Haciendas Locales) Podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquél en
que el Recurso de Reposición se entienda presuntamente desestimado, lo que tendrá lugar transcurrido un mes, sin que haya recaído resolución expresa, desde la interposición del Recurso de Reposición (art 14 2 del R D LEG 2/2004, de 5 de marzo Reguladora de las Haciendas Locales,art 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y art 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común), sin perjuicio de que puede ejercitar otro que estime pertinente
El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, sólo se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación
Mairena del Aljarafe a 26 de enero de 2015 —La Tesorera, M ª Francisca Otero Candelera 2W-1285
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 117
OTRAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PÚBLICAS————
MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL ALJARAFE
Resolución número 4/2015 Aprobada inicialmente por acuerdo de la Comisión Gestora de esta Mancomunidad, en su sesión celebrada el pasado día 16 de
diciembre de 2014, la Norma Reguladora de las tarifas para la prestación de los servicios de abastecimiento y saneamiento y las activi-dades conexas y accesorias gestionadas por la Empresa Mancomunada del Aljarafe, S A (Aljarafesa), como forma de gestión directa de esta Mancomunidad, llevándose a cabo la exposición pública mediante anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia núm. 297, de fecha 26 de diciembre de 2014, y no habiéndose producido reclamaciones, vengo a resolver, de conformidad con el contenido de los acuerdos adoptados, elevando a definitivo el citado Acuerdo, y por tanto a aprobar con tal carácter la Norma Reguladora de las tarifas para la prestación de los servicios de abastecimiento y saneamiento y las actividades conexas y accesorias gestionadas por la Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A. (Aljarafesa), tal como figura como Anexo a la presente, debiéndose proceder a publicar la misma, a efecto de su entrada en vigor desde el día siguiente a esa publicación
Sevilla, 9 de febrero de 2015 —El Vicepresidente, Antonio Valverde Macías NORMA REGULADORA DE LAS TARIFAS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO Y LAS ACTIVI-DADES CONEXAS Y ACCESORIAS GESTIONADOS POR LA EMPRESA MANCOMUNADA DEL ALJARAFE, S A , (ALJARAFESA), COMO FORMA
DE GESTIÓN DIRECTA DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL ALJARAFE
Artículo 1. Fundamento.En razón a lo establecido en el artículo 65 de la Ley 5/2010, de 21 de junio, de Autonomía Local de Andalucía (LAULA), y
en relación con el artículo 3, apartados 1 y 2, de los Estatutos de la Mancomunidad de municipios del Aljarafe, se establece mediante la presente Norma, las tarifas para la prestación del Servicio Supramunicipal de Gestión del Ciclo Integral Hidráulico, que comprende las correspondientes al Abastecimiento y Saneamiento de Agua, y a las Actividades Conexas y Accesorias, en base a los Principios, recogidos en la vigente Ley de Aguas, de Unidad de Gestión y Tratamiento Integral, y en orden a garantizar el Principio de Autosufi-ciencia Económica del Servicio, impuesto por el artículo 107 2 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril
El establecimiento de las tarifas, a tenor de lo establecido en el artículo 2 b) de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos y en el artículo 2 2 a) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, según la redacción dada por la Disposición Final 58ª de la Ley de Economía Sostenible, se fundamenta en la necesaria contraprestación económica que debe percibir Aljarafesa, como Gestora de los Servicios, para atender todos los costes que a esa Empresa le genera la realización de las actividades precisas, de índole técnica y administrativa, para alcanzar la efectividad de los mismos
Es pues el importe que resulte de aplicar las tarifas reguladas en la presente Norma, el precio que Aljarafesa ha de repercutir a sus usuarios en virtud de los supuestos de hecho contemplados en la misma, cuya facturación y cobro se someterá a lo establecido en esta Norma, quedando Aljarafesa facultada para la ejecución y gestión de todas las actuaciones contenidas en la misma, con sujeción a las normas de derecho privado que le son de aplicación
Artículo 2. Gestión del servicio.Los Servicios de Abastecimiento y Saneamiento que comprenden el Ciclo Integral del Agua, a que se refiere la presente Norma,
que son competencia de la Mancomunidad de municipios del Aljarafe, se prestan como Forma de Gestión Directa, al amparo de lo esta-blecido en el artículo 85 2 A d) de la Ley 7/85, de 2 Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 33 3 e) de la Ley de Autonomía Local de Andalucía, a través de la Empresa Mancomunada del Aljarafe, S A (Aljarafesa), cuyo capital, íntegramente público, pertenece a la citada Entidad Local
Se consideran incluidas dentro de la gestión de dicho servicio, todas las actuaciones precisas y necesarias para la conservación, administración, mejora y ampliación de las instalaciones hidráulicas y electromecánicas adscritas y/o integradas en los servicios de abastecimiento y saneamiento, los cuales engloban tanto la captación de recursos, su tratamiento, distribución, recepción de aguas residuales y pluviales, así como la depuración de las mismas
Las condiciones de prestación de dichos Servicios se rigen por los Reglamentos específicos de cada uno de ellos; Reglamento de Prestación del Servicio de Abastecimiento de Agua a los pueblos que integran la Mancomunidad, aprobado por Orden de 18 de mayo de 1981 de la Consejería de Interior de la Junta de Andalucía; Reglamento de Prestación del Servicio de Saneamiento de Aguas, publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia (B.O.P.) núm. 301, de 31 de diciembre de 2002; y, en lo que se refiere estrictamente al primero de ellos, Reglamento Andaluz del Suministro Domiciliario de Agua, aprobado por Decreto 120/1991, de 11 de junio, de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía; y muy especialmente, por lo que resulte de la aplicación de la presente Norma
Con sometimiento pues a las previsiones contenidas en los párrafos precedentes, Aljarafesa, como única unidad de gestión del Ciclo Integral del Agua, siguiendo los criterios contenidos en la vigente Ley de Aguas, llevará a pleno efecto el cumplimiento de la pre-sente Norma para cumplir el fundamento de la misma, como se recoge en el artículo 1 precedente, siendo las tarifas en forma conjunta e indivisible las que garantizan el Principio de Autosuficiencia Económica.
En consecuencia, Aljarafesa asume todas las competencias derivadas de estos servicios, quedando facultada para facturar y co-brar por la prestación de los mismos las tarifas reguladas en esta Norma, a efecto de que como recursos económicos propios, se atiendan los costes del servicio en base a ese Principio de Autosuficiencia Económica.
Artículo 3. Ámbito de aplicación.La presente Norma, y por tanto las tarifas por la prestación de los Servicios de Abastecimiento y Saneamiento de Agua, será
de aplicación en todo el ámbito territorial en el que Aljarafesa presta dichos Servicios, correspondiente a los términos municipales de: Albaida del Aljarafe, Almensilla, Aznalcázar, Aznalcóllar, Benacazón, Bollullos de la Mitación, Bormujos, Carrión de los Céspedes, Castilleja del Campo, Castilleja de Guzmán, Castilleja de la Cuesta, Espartinas, Gelves, Gerena, Gines, Huévar del Aljarafe, La Algaba, Mairena del Aljarafe, Olivares, Palomares del Río, Pilas, Salteras, Sanlúcar la Mayor, Santiponce, Tomares, Umbrete, Valencina de la Concepción, Villamanrique de la Condesa y Villanueva del Ariscal; y en aquellos otros que, incorporados a la Mancomunidad de mu-nicipios del Aljarafe, soliciten la prestación de esos Servicios a través de Aljarafesa, o que, aún sin pertenecer a dicha Mancomunidad, establezcan mediante Convenio la prestación total o parcial de los Servicios que comprende la presente Norma, o por la mera recepción y/o utilización de los mismos
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Artículo 4. Objeto.Es objeto de la presente Norma el establecimiento y la gestión de las tarifas que se devengan por Aljarafesa como consecuencia
de la ejecución, a instancia de parte o de oficio, de las actividades de índole técnica o administrativa tendentes a la prestación de los Ser-vicios, o consistente en su propia prestación, y aquellas otras actividades que fuesen precisas acometer por Aljarafesa, en orden al cum-plimiento de las obligaciones y/o ejercicios de los derechos regulados en los Reglamentos de Prestación de Servicios y en esta Norma
Igualmente, regula la presente Norma aquellas condiciones de prestación de los servicios que, de forma complementaria y/o sustitutoria de los Reglamentos indicados en el artículo 2 precedente, son precisas establecer para la gestión de las citadas tarifas o de los servicios hidráulicos
Artículo 5. Ámbito objetivo de las tarifas.Constituye el supuesto de hecho de las tarifas reguladas en la presente Norma, la disposición del Servicio de Abastecimiento
y/o Saneamiento; así como la generación de forma expresa o tácita de actividades de índole técnica y administrativa, relacionadas con la propia prestación del Servicio; la definición, supervisión, inspección, autorización y puesta en servicio de instalaciones; la conexión, desconexión o ejecución de obras, altas y bajas en el Servicio, incluso la suspensión y reconexión del suministro, toma de muestras, elaboración y/o certificación de analítica, así como todas aquellas actividades que tengan relación con el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones reguladas en los Reglamentos de Prestación de Servicios, o se deriven de los convenios o condiciones particulares establecidas con cada usuario
Se considerará que se prestan los Servicios de Abastecimiento y Saneamiento por la existencia de acometidas en servicio a las redes de distribución y/o evacuación de agua que estén en explotación bajo la responsabilidad de Aljarafesa; entendiéndose, en todo caso, a efecto de la aplicación de las tarifas reguladas en la presente Norma, que los Servicios de Abastecimiento y Saneamiento de Agua se prestan por la mera existencia del primero
La determinación del supuesto de hecho para la aplicación de las tarifas reguladas en el artículo 9 de la presente Norma, será el que en dicho sistema tarifario se establezca
Artículo 6. Sujetos obligados al pago.Tendrán la consideración de Sujeto Obligado al Pago de las tarifas, las personas físicas o jurídicas, las herencias yacentes, co-
munidades de bienes o usuarios, comunidades de propietarios y demás entidades que, aún carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado que, como tal, resulten beneficiados o afectados con las actividades que constituyen el supuesto de hecho de la tarifa, ya sea porque interesen, soliciten, o tengan contratada la prestación de cualquier clase de servicio o actividad de Aljarafesa, dispongan de tales servicios o se beneficien de estas actividades.
Si no mediara contratación o solicitud expresa, se considerarán que hacen la disposición de los Servicios que comprende el supuesto de hecho los titulares del derecho de uso de la vivienda, finca o local que disponga del Servicio de Abastecimiento y/o Sanea-miento, o que resulten beneficiados por la disposición del mismo, cualquiera que sea su título; teniendo la consideración de obligado al pago con carácter solidario los propietarios de los inmuebles, quienes podrán repercutir, en su caso, sobre los respectivos beneficiarios.
Serán beneficiarios de las actividades técnicas y administrativas que comprenden el supuesto de hecho de la tarifa, si no me-diara solicitud expresa, las personas físicas o jurídicas a favor de las cuales se establezca un derecho u obligación derivada de la propia actividad llevada a cabo por Aljarafesa, como Gestora del Servicio
Responderán solidariamente de las obligaciones derivadas de esta Norma, las personas físicas y jurídicas que sean partícipes o cotitulares de las entidades sin personalidad jurídica citadas en el primer párrafo de este artículo, así como de forma subsidiaria, los ad-ministradores de las sociedades y los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, en los supuestos que no realizasen los actos de su incumbencia necesarios para el cumplimiento de esta Norma
Artículo 7. Altas en el servicio, contratación, acometidas.A efectos de aplicación de la presente Norma se considerarán como obligados al pago y/o sustitutos de los mismos, aquellos
usuarios que a la entrada en vigor de esta Norma reciban los Servicios de Abastecimiento y Saneamiento de Agua por parte de Aljarafe-sa, ya sea porque tengan contratado específicamente los mismos o porque residan y/o utilicen la vivienda, local o finca, que se encuentre conexionada mediante las correspondientes acometidas a los sistemas hidráulicos bajo la responsabilidad de Aljarafesa
Aquellos usuarios que contraten los servicios hidráulicos prestados por Aljarafesa con posterioridad a la entrada en vigor de esta Norma, se considerarán desde ese momento, a efectos de la presente, como obligados al pago de las tarifas que en la misma se regulan
Será requisito para la contratación de los Servicios que el solicitante o su cónyuge no tengan deuda vencida y pendiente de pago con Aljarafesa, correspondiente al domicilio para el que se solicita el suministro, o para cualquier otro en el ámbito de aplicación de estas Normas, conforme al artículo 3 de las mismas, pudiéndose reclamar al titular o cónyuge de un Servicio la deuda que mantengan por Servicios a otro inmueble distinto
Para la contratación de los Servicios de Abastecimiento y Saneamiento habrá de acreditarse por algún medio admitido en Dere-cho (Escrituras de Propiedad, Contrato de Arrendamiento, Contrato de Obras o Servicios,…), el derecho de disposición, uso o disfrute del inmueble
En todo caso, el titular dominical del inmueble, como consentidor, y el titular y su cónyuge del Contrato de Servicios Hidráu-licos, como beneficiarios, quedarán obligados con carácter solidario (arts. 1137 y 1144 CC) frente a Aljarafesa al pago de las liquida-ciones o facturaciones que se devenguen conforme a estas Normas, con independencia de las relaciones que se convengan entre ellos
Igualmente, será responsable solidario frente a Aljarafesa el promotor/propietario del/de la/de los/de las inmueble/s/finca/s para el/los que haya/n solicitado y/o establecido la prestación de los Servicios Hidráulicos para la ejecución de obras en el/la/los/las mismo/s/a/s
El alta en el servicio se verificará con los trámites de autorización de acometida y contratación del servicio regulado en los Reglamentos de Prestación de Servicios, a los que se ha aludido en el art 2 de esta Norma
En consecuencia, Aljarafesa será la única facultada para autorizar cualquier conexión a las instalaciones hidráulicas bajo su responsabilidad, debiendo establecer por ello las condiciones de las acometidas y la autorización de éstas con carácter previo a la con-tratación de los servicios
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Artículo 8. Cálculo del precio.Los precios por la prestación de los Servicios de Abastecimiento y Saneamiento de Agua a cargo de Aljarafesa, se calcularán
aplicando a los elementos de medida, cuantificación o determinación de la disposición del servicio y de las actividades técnicas y ad-ministrativas que la gestión del mismo implica, que figuran en el sistema tarifario del artículo 9, las tarifas que en ese mismo artículo se establecen
Las bonificaciones o recargos sobre las tarifas que en la presente Norma se regulan, se aplicarán, según estén determinadas, sobre el precio total resultante o los elementos de cálculo de la tarifa
Artículo 9. Sistema tarifario.El sistema tarifario por el que se regula el importe de la tarifa, el supuesto de hecho aplicable y los elementos para el cálculo de
la misma, es que figura en la siguiente estructura:1 — TARIFAS DE ABASTECIMIENTO 1 1 De vencimiento periódico I) Término fijo: Cuota servicio. Por la disponibilidad del servicio de abastecimiento en el período de facturación, según el calibre del contador instalado,
se facturará a: Calibre (mm) €/día
Hasta 13 0,115 Hasta 15 0,162 Hasta 20 0,295 Hasta 25 0,471 Hasta 30 0,641 Hasta 40 1,696 Hasta 50 2,762 Hasta 65 4,060 Hasta 80 5,889 Hasta 100 8,518 Hasta 125 y sup 10,438 Como incentivo al cumplimiento de pago a aquellos Contratos de Servicio que a la fecha de la emisión de cada facturación
no tengan pagos pendientes, se les aplicará una bonificación sobre la Cuota de Servicio de 0,0127 €/día por cada m³/mes consumido en el periodo facturado, hasta una bonificación máxima total de 0,0508 €/día del período de facturación; esta bonificación máxima se aplicará igualmente a aquellas Cuotas de Servicio que correspondan a contadores del servicio de incendio, aun cuando no hayan tenido consumo alguno en el período de facturado
En aquellos casos en que el suministro se verifique a través de un contador totalizador que integre a varias viviendas y/o locales, excepto en los supuestos que se aplique la tarifa de Servicios Específicos establecida en el apartado IV-b), si la cuota que corresponda aplicar según la tabla anterior, una vez aplicado el correspondiente incentivo de pago, es menor que el resultado de multiplicar el número de viviendas y/o locales por 0,103 €/día menos dicho incentivo de pago por vivienda y/o local, se aplicará este último resultado
II) Término variable de la tarifa Por el uso del servicio de abastecimiento de agua, y en función a los m³ registrados por vivienda y/o local y mes, el consumo
de agua se facturará a:a) Tarifa para consumos domésticos Los consumos domésticos se facturarán a: — Bloque I.—Los comprendidos entre 0 a 21 m³/mes 0,855 €/m³ — Bloque II.—El exceso de 21 m³/mes 1,192 €/m³ A los efectos de facturación, y para el ajuste de los bloques al período real de lectura, se entenderá que el mes tiene 30,4
días. En las Comunidades de Propietarios que el suministro se verifique a través de un contador totalizador que integre a varias viviendas, los m³/mes del citado bloque I se multiplicarán por el número de viviendas.
Como incentivo al ahorro, se establece una bonificación para viviendas con consumos inferiores a 21 m³/mes, consistente en la deducción de un 3% del importe total resultante del Bloque I por cada m³ en que el consumo mensual facturado resulte inferior al límite de dicho Bloque
En aquellos suministros para usos de carácter comunitario, sin ánimo de lucro y cuyo Contrato de Servicios Hidráulicos esté a nombre de la Comunidad de Propietarios, que tengan contador específico para los mismos, se facturará el consumo total al precio del Bloque I sin bonificaciones.
b) Tarifa para Consumo Industrial y Comercial Los consumos industriales y/o comerciales se facturarán a: — Bloque I.—Los comprendidos entre 0 a 20 m³/mes 0,619 €/m³ — Bloque II.—El exceso de 20 m³/mes 0,955 €/m³c) Tarifa para consumos de Organismos Oficiales, Servicios Públicos e Interés Social. Todos los consumos que se realicen en oficinas y dependencias de la Administración del Estado, Organismos Autónomos,
Junta de Andalucía, Diputación Provincial y Entidades Locales, así como establecimientos donde se desarrollen activida-des de interés social, reconocidas por el Organismo competente como sin ánimo de lucro, a niveles colectivos, se factura-rán a 0,522 €/m³.
Todos los consumos de las Dependencias y Servicios Municipales de los Ayuntamientos cuyos municipios se encuentren integrados en la globalidad de la gestión del ciclo integral prestado por esta Empresa, cuyo titular del Contrato de Servicios Hidráulicos sea el propio Ayuntamiento o sus Entidades Instrumentales, tendrán una bonificación de 0,259 €/m³.
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III) Recargos especiales: Servicios impulsados Para aquellos suministros que requieran la explotación por Aljarafesa de instalaciones de impulsión diferentes a las del normal
abastecimiento, a tenor de lo establecido en el art 99 del Reglamento Andaluz del Suministro Domiciliario de Agua, se establece un recargo sobre la tarifa de cualquier consumo de 0,105 €/m³.
IV) Servicios específicos.Conforme a lo establecido en el art 104 del Reglamento Andaluz del Suministro Domiciliario de Agua, y sin perjuicio de los
concertados de mutuo acuerdo entre Aljarafesa y sus abonados, dicha Empresa devengará los siguientes conceptos:a) Individualización de contadores: Se repercutirá del coste de individualización de contadores, en función de los Convenios
de Aljarafesa con las Comunidades de Propietarios b) Lectura y facturación a urbanizaciones: Los inmuebles situados en urbanizaciones con calles de carácter privado y los con-
juntos de edificaciones sobre sótanos comunes, a los que se les preste el servicio de abastecimiento a través de un contador totalizador para la globalidad de la urbanización o conjunto residencial, pero se les preste, según Convenio al efecto, el servicio diferenciado de lectura, facturación y cobro individual a cada uno de los usuarios que las integren, se les facturará por dicho servicio específico en función del calibre del contador instalado y el período de facturación:
Calibre (mm) €/día
Hasta 13 0,063 Hasta 15 0,107 Hasta 20 0,232 Hasta 25 0,399 Hasta 30 0,558 Hasta 40 1,559 Hasta 50 2,569V) Suministro de agua depurada en alta a poblaciones El suministro que Aljarafesa verifique a municipios cuya gestión de distribución domiciliaria no venga realizada por esta Em-
presa se facturarán a 0,306 €/m³, con independencia de la repercusión igualmente de los costes por la disponibilidad de caudales por un importe de 0,065 €/m³, tomando como base los volúmenes que registre/n el/los equipo/s de medida que se ubique/n en la/s conexión/es de las instalaciones responsabilidad de Aljarafesa, con aquellas gestionadas por el municipio suministrado
VI) Suministro de agua envasada La puesta a disposición de botellas de agua del abastecimiento preparada para actividades promovidas por Entidades Públicas,
y en orden a la colaboración con las mismas, se facturarán a 0,253 €/unidad de un litro y medio, y 0,208 €/unidad de medio litro, siendo de cuenta y cargo del beneficiario la carga y transporte desde la ETAP de Salteras; esta tarifa no será de aplicación a aquellos suminis-tros de agua envasada que se verifiquen siguiendo los criterios marcados por el Consejo de Administración de Aljarafesa.
1 2 De vencimiento único I) Cuota de contratación Conforme a lo establecido en el art 56 del Reglamento Andaluz del Suministro Domiciliario de Agua, se devengan por cada
nueva contratación y en el momento de realizarse la misma, de acuerdo con el calibre del contador a instalar, las siguientes cantidades: Calibre (mm) Euros
Hasta 13 33,87 Hasta 15 44,22 Hasta 20 70,16 Hasta 25 93,79 Hasta 30 117,23 Hasta 40 164,18 Hasta 50 211,09 Hasta 65 281,48 Hasta 80 351,89 Hasta 100 428,41 Hasta 125 521,01 Hasta 150 y sup 613,59Cuando se trate de la modificación del Contrato de Servicios Hidráulicos derivada de un cambio de calibre de contador, o cam-
bio de uso y/o actividad de la finca objeto del Contrato, se bonificará en un 60% la cuota correspondiente al calibre del nuevo contador.Aquellas contrataciones que se realicen para Dependencias y Servicios Municipales de los Ayuntamientos cuyos municipios se
encuentren integrados en la globalidad de la gestión del ciclo integral prestado por esta Empresa, y cuyo titular sea el propio Ayunta-miento, se bonificará esta Cuota en un 100%.
En los supuestos que el Contrato se realice por la individualización de los servicios que anteriormente se realizaba de forma única y conjunta a viviendas y/o locales, sustituyendo la contratación a través de la Comunidad de Propietarios por otra con cada uno de los usuarios de los inmuebles que la integran, esta Cuota de Contratación quedará bonificada en un 100%.
II) Cuota de reconexión Al amparo de lo establecido en el art 67 del Reglamento Andaluz del Suministro Domiciliario de Agua, aquellos suministros
que se encuentren suspendidos, por su restablecimiento y en ese momento, se cobrará una cantidad igual a la Cuota de Contratación vigente, para un calibre igual al instalado y conforme al siguiente detalle: Calibre (mm) Euros
Hasta 13 33,87 Hasta 15 44,22 Hasta 20 70,16 Hasta 25 93,79
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Hasta 30 117,23 Hasta 40 164,18 Hasta 50 211,09 Hasta 65 281,48 Hasta 80 351,89 Hasta 100 428,41 Hasta 125 521,01 Hasta 150 y sup 613,59III) Fianzas Para atender el pago de cualquier descubierto, a tenor de lo establecido en el art 57 del Reglamento Andaluz del Suministro
Domiciliario de Agua, el abonado deberá depositar en Aljarafesa en el momento de la contratación una fianza de 3,01 €.IV) Verificación de contador.De conformidad con lo dispuesto en el art. 49 del Reglamento Andaluz del Suministro Domiciliario de Agua, por las verifica-
ciones de contador efectuadas a instancias del usuario, de las cuales resulte un normal funcionamiento del aparato, se devengarán los siguientes precios: Calibre contador Euros
Hasta 13 mm 50,26 Hasta 15 mm 50,79 Hasta 20 mm 52,06 Hasta 25 mm 71,22 Hasta 30 mm 75,20 Hasta 40 mm 83,90 Hasta 50 mm 305,13 Hasta 65 mm 313,75 Hasta 80 mm 339,21 Hasta 100 y sup 369,891 3 Derechos de acometidas Los promotores o propietarios de viviendas, locales, fincas o parcelas, que soliciten una nueva acometida o la puesta en servicio
de las instalaciones interiores de cada actuación urbanística, deberán abonar a Aljarafesa los Derechos de Acometida a que se refiere el art. 31 del Reglamento Andaluz del Suministro Domiciliario de Agua, Decreto 120/91, a fin de sufragar los gastos de la ejecución de la acometida y compensar el valor proporcional de las instalaciones que Aljarafesa haya realizado o venga obligada a realizar para mantener la capacidad de su sistema de distribución, en las mismas condiciones anteriores a la prestación de los nuevos suministros y sin merma alguna para los preexistentes, que se descomponen en dos Parámetros:
Parámetro «A» = 24,32 € mm. Parámetro «B» = 443,25 €/litro/seg/instalado.El Parámetro «A» responde a la ejecución de la acometida, cuyo importe resulta de la estimación de coste de ejecución de la
acometida por milímetro de diámetro de ésta, que sólo ha de ser abonado por los promotores o propietarios que no hayan ejecutado por su cuenta y cargo, con la autorización de Aljarafesa, la acometida de agua potable
El Parámetro «B» compensa a Aljarafesa del valor proporcional de las instalaciones que esa Empresa realice o venga obligada a realizar para garantizar los suministros demandados, sin perjuicio de los preexistentes, y cuyo importe resulta del coste medio por l/sg instalado de las ampliaciones, modificaciones, mejoras y refuerzos precisos en el servicio para cumplir dicha garantía. El caudal instalado, medido en litros por segundo, será el resultante de la suma de los caudales instantáneos mínimos de agua fría, conforme a la tabla contenida en el Código Técnico de la Edificación, de la totalidad de los aparatos con demanda de agua que formen parte de las viviendas o locales. En el supuesto de que la liquidación se practique provisionalmente sobre fincas o parcelas sin uso aún definido, el caudal se liquidará asignando un consumo de 0,004 l/seg. por cada m² de edificabilidad.
El Parámetro «B» indicado será abonado en todo caso, salvo que la finca, local, vivienda o parcela a suministrar esté situada en una urbanización o polígono cuyo promotor o propietario haya ejecutado los refuerzos, ampliaciones y modificaciones que Aljarafesa determine, a fin de garantizar el servicio a esa promoción en concreto manteniendo la capacidad del sistema de distribución; en ningún caso, la sola ejecución de las instalaciones interiores de las promociones urbanísticas y sus enlaces con las redes de Aljarafesa, eximirá de la obligación de abonar el importe del Parámetro «B» que corresponda, a fin de compensar el valor proporcional de las inversiones que Aljarafesa haya realizado o haya de realizar para mantener la capacidad de su sistema de distribución
Queda exenta del Parámetro «B» la autoconstrucción de una vivienda no afecta a Promociones Urbanísticas, dentro del área de cobertura, con Abastecimiento Pleno y con un caudal instalado inferior a 2 l/sg, siempre que el propietario de la misma sea solicitante de la licencia de obra y titular del suministro provisional y definitivo; igualmente, quedarán exentas del Parámetro «B» aquellas Entida-des que destinen el inmueble a una actividad de interés social sin ánimo de lucro, expresamente reconocido por Organismo Competente
En los suministros contraincendios el Parámetro «B» se calculará en base al caudal demandado para cada uno de los sistemas de lucha contraincendios que puedan coexistir, y la simultaneidad de operación mínima que las normas técnicas y regulaciones específicas de cada sector establezcan
Se podrá sustituir la obligación de ejecutar esas instalaciones o la aplicación del Parámetro «B» indicado, por una participación, en razón al número de viviendas, fincas, locales y parcela de cada promotor o propietario, en convenios para la ejecución de obras de infraestructura hidráulica a un determinado municipio o sector de éste, que de forma conjunta garanticen los servicios a varias promo-ciones urbanísticas
Estos Derechos de Acometida deberán abonarse con anterioridad a la primera contratación del suministro o solicitud de acome-tida, incluso provisional de obra, como condición previa de los mismos, y siempre antes de la puesta en servicio de las instalaciones de la finca o actuación urbanística correspondiente, sin perjuicio del momento en que se preste efectivamente el servicio o se ejecuten las acometidas; no obstante, en el supuesto de actuaciones urbanísticas que requieran una previa intervención de Aljarafesa, en cuanto a
Calibre (mm) Euros
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información y conformidad a proyectos, y/o inspección de instalaciones, esta Empresa podrá requerir el pago de dicho concepto desde el momento que se solicite dicha intervención o Aljarafesa lo verifique de oficio.
El Parámetro «B» de los Derechos de Acometida, junto con la Parte Fija de la Cuota de Inversión regulada en el apartado 2.3. del artículo 9 de esta Norma Reguladora, se denominará, a los efectos de la aplicación y facturación de la misma, como «Derechos Económicos».
2 — TARIFAS DE SANEAMIENTO
2 1 De vencimiento periódico I. Término fijo: Cuota de servicio.Por la disponibilidad del servicio de saneamiento en el período de facturación, según el calibre del contador instalado, se fac-
turará a: Calibre (mm) €/día
Hasta 13 0,108 Hasta 15 0,149 Hasta 20 0,266 Hasta 25 0,425 Hasta 30 0,573 Hasta 40 1,520 Hasta 50 2,474 Hasta 65 3,647 Hasta 80 5,297 Hasta 100 7,686 Hasta 125 y sup 9,627Como incentivo al cumplimiento de pago a aquellos Contratos de Servicio que a la fecha de la emisión de cada facturación
no tengan pagos pendientes, se les aplicará una bonificación sobre la Cuota de Servicio de 0,0116 €/día por cada m³/mes consumido en el periodo facturado, hasta una bonificación máxima total de 0,0464 €/día del período de facturación; esta bonificación máxima se aplicará igualmente a aquellas Cuotas de Servicio que correspondan a contadores del servicio de incendio, aun cuando no hayan tenido consumo alguno en el período de facturado
En aquellos casos en que el suministro se verifique a través de un contador totalizador que integre a varias viviendas y/o loca-les, si la cuota que corresponda aplicar según la tabla anterior, una vez aplicado el correspondiente incentivo de pago, es menor que el resultado de multiplicar el número de viviendas y/o locales por 0,098 €/día menos dicho incentivo de pago por vivienda y/o local, se aplicará este último resultado
II Término variable de la tarifa Se facturará en virtud del volumen de agua suministrada, con independencia de su procedencia 1 Tarifa para vertido doméstico Los consumos domésticos se facturarán a: — Bloque I.—Los vertidos domésticos procedentes de suministros comprendidos entre 0 y 21 m³ por
vivienda y mes se facturarán a 0,566 €/m³ — Bloque II.—Los vertidos domésticos procedentes de suministros que excedan los 21 m³/vivienda/mes,
se facturarán a 0,846 €/m³A los efectos de facturación, y para el ajuste de los bloques al período real de lectura, se entenderá que el mes tiene 30,4 días
En las Comunidades de Propietarios que el suministro se verifique a través de un contador totalizador que integre a varias viviendas, los m³/mes del citado bloque I se multiplicarán por el número de viviendas.
Como incentivo al ahorro, se establece una bonificación para viviendas con consumos inferiores a 21 m³/mes, consistente en la deducción de un 3% del importe total resultante del Bloque I por cada m³ en que el consumo mensual facturado resulte inferior al límite de dicho Bloque
En aquellos vertidos procedentes de suministros para usos de carácter comunitario, sin ánimo de lucro y cuyo Contrato de Servicios Hidráulicos esté a nombre de la Comunidad de Propietarios, que tengan contador específico para los mismos, se facturará el consumo total al precio del Bloque I sin bonificaciones.
2 Tarifa para vertido industrial y comercial — Bloque I —Los vertidos industriales y/o comerciales procedentes de suministros que no excedan de
20 m³ por usuario y mes, se facturarán a 0,414 €/m³ — Bloque II.—Los vertidos industriales y/o comerciales procedentes de suministros superiores a 20 m³
por usuario y mes, se facturarán a 0,697 €/m³3. Tarifa para vertidos de Organismos Oficiales, Servicios Públicos e Interés Social.Todos los vertidos procedentes de suministros que se realicen en oficinas y dependencias de la Administración del Estado, Or-
ganismos Autónomos, Junta de Andalucía, Diputación Provincial y Entidades Locales, así como establecimientos donde se desarrollen actividades de interés social, reconocidas por el Organismo competente como sin ánimo de lucro, a niveles colectivos, se facturarán a 0,250 €/m³.
Todos los vertidos procedentes de suministros a las Dependencias y Servicios Municipales de los Ayuntamientos cuyos muni-cipios se encuentren integrados en la globalidad de la gestión del ciclo integral prestado por esta Empresa, cuyo titular del Contrato de Servicios Hidráulicos sea el propio Ayuntamiento o sus Entidades Instrumentales, tendrán una bonificación de 0,152 €/m³.
Tal como establece el art 90 del Reglamento de Prestación del Servicio de Saneamiento de Aguas, en relación con el 70 y 49 del mismo Texto Normativo, el Término Variable de la Tarifa se facturará, igualmente, por el volumen de agua procedente de fuentes ajenas al Abastecimiento de Aguas del Aljarafe, que se determinará mediante la lectura que registre el contador a ubicar en dicha fuente de suministro, cuya existencia viene obligado a declarar ante Aljarafesa el usuario; en caso de ausencia del mismo, se estimará el volumen de agua de dicha fuente en función del caudal y tiempo de extracción
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Las tarifas por Término Variable reflejadas en los tres apartados precedentes, se aplicarán a aquellos vertidos que no superen los valores límites que se regulan en el art 50 del Reglamento de Prestación del Servicio de Saneamiento de Aguas, estableciéndose para aquellos vertidos que superen dichos límites en uno o varios parámetros, a efecto de atender los costes incrementales del servicio que ello genera, el coeficiente (K) que resulte de la siguiente fórmula para determinar el precio final aplicable al total consumo considerado del período de cálculo y/o facturación en el que se produzca la incidencia:
K = (2.P1+5 P2) N/2En donde: P1 = número de parámetros cuyo valor está entre los valores límites de vertidos tolerados y vertidos no permitidos,
siempre y cuando la industrial no tenga solicitada autorización especial (art 51 del Reglamento de Prestación del Servicio de Saneamiento de Aguas) Se establece un valor máximo de 5 para este parámetro
P2 = número de parámetros cuyo valor sea superior al valor límite de vertidos no permitidos. Se establece un valor máximo de 5 para este parámetro
N = número de inspecciones consecutivas no favorables, es decir, aquellas inspecciones donde al menos un pará-metro está por encima de los límites de vertidos tolerados Si el titular del vertido estuviera sometido a una auto-rización especial (art 51 del Reglamento de Prestación del Servicio de Saneamiento de Aguas), aquélla donde al menos un parámetro esté por encima de los valores límites de vertidos no permitidos
Se establece un valor máximo de 15 para el coeficiente «K».Si se superan los caudales establecidos en la autorización de vertidos se aplicará un coeficiente mínimo del 3.Igualmente, cuando se produzca una descarga accidental notificada, o el incumplimiento de cualquier requerimiento verificado
por Aljarafesa, respecto a las instalaciones de evacuación, control de vertido o toma de muestras, en orden a: la adecuación y mante-nimiento de esas instalaciones; la regularización del control de vertidos; o la solicitud de documentación respecto de cualquiera de los anteriores supuestos, el coeficiente «K» indicado anteriormente adoptará el valor de 1,25, y a efectos del parámetro «N» cada notifica-ción o incumplimiento se considerará como una inspección no favorable
En el caso de que la notificación o el incumplimiento descrito corresponda a un vertido que supere los límites que se regulan en el artículo 50 del Reglamento de Prestación del Servicio de Saneamiento de Aguas en uno o varios parámetros, el coeficiente »K» que resulte para determinar el precio final aplicable al total consumo considerado del período de cálculo y/o facturado en el que se produzca la notificación, o el incumplimiento, se verá incrementado en 25 puntos porcentuales, considerándose a efectos del parámetro «N» cada notificación o incumplimiento como una inspección no favorable.
III Servicios exteriores Para aquéllos casos en que se produzca la prestación de los servicios de transporte por emisarios y/o colectores generales y/o
los de depuración de aguas residuales a municipios no incorporados a la globalidad de la gestión del ciclo integral del agua prestado por Aljarafesa, se devengarán las siguientes cuantías: Transporte con bombeos: 0,137 €/m³; transporte sin bombeos: 0,042 €/m³; depuración de aguas residuales: 0,265 €/m³.
IV Reutilización de aguas residuales Cuando se produzca la utilización de las instalaciones de saneamiento gestionadas por Aljarafesa para la reutilización de aguas
residuales, se aplicarán las tarifas de Servicios Exteriores en función a que la extracción de las aguas se realice en las instalaciones de transporte, con o sin bombeos previos, o en las de depuración, según el consumo registrado por el aparato de medida a instalar por el peticionario de los servicios o en su ausencia por la capacidad de reutilización de las instalaciones a las que van destinadas
2 2 De vencimiento único I Cuota de contratación Se devengará por cada nueva contratación y en el momento de realizarse la misma, de acuerdo con el calibre del contador a
instalar para el Servicio de Abastecimiento, las siguientes cantidades: Calibre (mm) Euros
Hasta 13 72,98 Hasta 15 94,98 Hasta 20 149,82 Hasta 25 182,33 Hasta 30 219,80 Hasta 40 373,35 Hasta 50 583,60 Hasta 65 732,45 Hasta 80 769,88 Hasta 100 834,03 Hasta 125 y sup 1 132,65Cuando se trate de la modificación del Contrato de Servicios Hidráulicos derivada de un cambio de calibre de contador, o cam-
bio de uso y/o actividad de la finca objeto del Contrato, se bonificará en un 60% la cuota correspondiente al calibre del nuevo contador.Aquellas contrataciones que se realicen para Dependencias y Servicios Municipales de los Ayuntamientos cuyos municipios se
encuentren integrados en la globalidad de la gestión del ciclo integral prestado por esta Empresa, y cuyo titular sea el propio Ayunta-miento, se bonificará esta Cuota en un 100%.
En los supuestos que el Contrato se realice por la individualización de los servicios que anteriormente se realizaba de forma única y conjunta a viviendas y/o locales, sustituyendo la contratación a través de la Comunidad de Propietarios por otra con cada uno de los usuarios de los inmuebles que la integran, esta Cuota de Contratación quedará bonificada en un 100%.
II Fianzas En los suministros y contratos que respondan a servicios de carácter esporádico, temporal o circunstancial, ya sea en la primera
o sucesivas contrataciones, el abonado deberá depositar en Aljarafesa en el momento de la contratación, para atender el pago de cual-quier descubierto, las siguientes cuantías:
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Calibre (mm) Euros
Hasta 13 89,45 Hasta 15 106,46 Hasta 20 231,30 Hasta 25 493,21 Hasta 30 999,76 Hasta 40 y más 1 433,26Si correspondiese a contratos que tengan por objeto la ejecución de obras, el importe a depositar en Aljarafesa, en razón al
número de viviendas o módulo equivalente, será el que resulte según las siguientes cuantías: Número de unidades Euros
1 vivienda/equivalente 183,24 Desde 2 hasta 49 549,72 Desde 50 a 99 732,97 Desde 100 a 149 916,21 Desde 150 a 199 1 099,45 Desde 200 a 299 1 465,91 Más de 299 1 832,402 3 Cuota de inversión Para atender la financiación de las actuaciones en infraestructuras hidráulicas que Aljarafesa ha de acometer en los Sistemas
Generales Locales y Comarcales no financiadas por cánones de mejora para mantener la garantía de los Servicios Hidráulicos, se esta-blece una Cuota de Inversión que se descompone en dos:
a) Parte Fija, 370,22 €, a cobrar por Aljarafesa a los promotores de actuaciones urbanísticas, o en su caso a los peticionarios de los servicios hidráulicos, antes de la solicitud de la primera contratación del mismo y como requisito previo a ésta, en razón al número de viviendas o caudal equivalente a suministrar
En el supuesto de actuaciones urbanísticas que requieran una previa intervención de Aljarafesa, en cuanto a información y conformidad a proyectos, y/o inspección de instalaciones, la misma podrá requerir el pago de dicho concepto desde el momento que se solicite dicha intervención o Aljarafesa lo verifique de oficio, a tenor de lo establecido en el art. 11 de la presente Norma
Para los locales, naves comerciales o industriales, centros hoteleros o de esparcimiento, o cualquier otra actividad ajena al consumo doméstico, se liquidará esta parte fija en razón a la equivalencia que su demanda de consumo tenga sobre el de una vivienda con un caudal instalado de 1,25 l/seg , tomando ésta como unidad mínima, redondeando por exceso o por defecto a la unidad más próxima
En las edificaciones integradas por varias naves o locales, se calculará mediante la suma de las cantidades que corresponda a cada una de las naves o locales que formen parte de la liquidación, así como la correspondiente a las zonas o servicios comunes y tomas contraincendios, en caso de que los hubiera
Queda exenta de esta Parte Fija de la Cuota de Inversión la autoconstrucción de una vivienda no afecta a Promociones Ur-banísticas, dentro del área de cobertura, con Abastecimiento Pleno y con un caudal instalado inferior a 2 l/sg, siempre que el propietario de la misma sea solicitante de la licencia de obra y titular del Contrato de Servicios Hidráulicos provisional y definitivo; igualmente, quedarán exentas del Parámetro «B» aquellas Entidades que destinen el inmueble a una actividad de interés social sin ánimo de lucro, expresamente reconocido por Organismo Competente
Esta Parte Fija de la Cuota de Inversión, junto con el Parámetro «B» de los Derechos de Acometida regulado en el apartado 1 3 del artículo 9 de esta Norma Reguladora, se denominará, a los efectos de la aplicación y facturación de la misma, como «Derechos Económicos».
b) Parte Variable, 0,160 €, a cobrar por Aljarafesa a todos los usuarios del servicio y por cada m³ de agua facturada.3 — INFORME E INSPECCIÓN DE INSTALACIONES
Por los trabajos de índole técnica que realice Aljarafesa para el estudio de los proyectos que, conforme a las competencias que le vienen atribuidas, han de verificar para la prestación de servicios hidráulicos, se establece una cuota por actuación de 509,24 €.
En el supuesto de actuaciones urbanísticas integradas por menos de 50 viviendas se aplicará una bonificación del 50%. En caso de usos diferentes a los domésticos, se aplicará la anterior bonificación calculando el equivalente a 50 viviendas de 1,25 l/seg. de caudal instalado unitario, resultantes de la asignación de un consumo máximo de 0,02 l/m² sobre la superficie destinada a la actividad.
Por la inspección de instalaciones que Aljarafesa verifique en orden a su puesta en servicio, se establece una cuota de 267,58 €, más 5,15 €/ml de conducción de saneamiento inspeccionada mediante cámara de televisión
Si la realización de dicha inspección requiere más de tres visitas, por la cuarta y siguientes se devengará una cuota de 76,44 € Conjuntamente con dicha cuota de inspección se liquidará por Aljarafesa por los trabajos de actualización de cartografía de las
nuevas redes a poner en servicio, una cuota de 13,68 €/ml de conducción digitalizada Por la inspección de acometidas previa a la prestación del servicio se devengará una cuota por cada contratación de 42,34 € El importe de estas cuotas se devengará por la presentación del proyecto a informar, por la solicitud de inspección, puesta en
servicio de instalaciones o por la solicitud de contratación de servicios hidráulicos, siendo la liquidación común para los Servicios de Abastecimiento y Saneamiento, aun cuando comprenda uno solo de ellos, y habrá de ser hecha efectiva por el solicitante del informe, inspección o suministro, respectivamente, en el momento de verificarse cada una de esas actuaciones.
4 — ELABORACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE ANALÍTICA
Por las operaciones que realice el laboratorio de Aljarafesa, y que les sean solicitados o que se ejecuten como consecuencia de actuaciones derivadas del cumplimiento de los Reglamentos de Prestación de Servicios, se establece la cuota por actuación de toma de muestras y/o parámetro analizado según el siguiente desglose:
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Toma de muestra EurosToma de muestra puntual agua de consumo 22,54Toma de muestra puntual residual 57,98Toma de muestra compuesta residual 85,89Inspección control de vertidos 128,84
Parámetro analizado EurosAceites y grasas 32,21Aluminio 13,43Amoniaco 15,57Cadmio 13,43Caracteres organolépticos 11,38Cianuros 23,09Cloro 10,20Cloruros 13,43Conductividad 4,35COT 23,29Cromo total 13,43DBO 27,70Detergentes aniónicos 19,33Detergentes catiónicos 19,33Detergentes no lónicos 19,33Detergentes totales 13,43DQO 23,29Dureza 6,98Ecotoxicidad 93,41Fenoles 19,33Flúor 9,89Fósforo total 13,43Mercurio 13,43Nitratos 12,88Nitritos 12,88NT 13,43Ph 4,35Plomo 13,43Fósforo total 13,43Sólidos en suspensión 11,49Temperatura 3,77Turbidez 4,35Zinc 13,43Aerobias 15,03Coniformes totales 14,50E-Colli 14,50Clostridium perfringens 25,77Enterococos 14,50
5 — RECEPCIÓN DE VERTIDOS PROCEDENTES DE FUENTE EXTERNA
Las descargas de aguas residuales que se verifiquen procedentes de fuente externa, autorizadas por Aljarafesa a verter en las EDAR’s o en el punto que determine de la red de saneamiento, se facturarán conforme a los siguientes conceptos:
a) Término fijo: Cuando la descarga se verifique a través de cubas se liquidará 9,28 €/cuba. Cuando la descarga se realice a través de un punto de la red de saneamiento, se liquidará a 259,77 € por cada actuación,
siempre que la misma no requiera más de tres visitas de inspección, liquidándose la cuarta y siguientes a 74,22 €/visita b) Término variable: Por el volumen de descarga verificado se liquidará el mismo importe que se establece en el apartado 2.1.II.2 (Tarifa para
Vertido Industrial y Comercial) de estas tarifas Si los vertidos superasen en uno o varios parámetros los valores límites que se regulan en el artículo 50 del Reglamento de Pres-
tación del Servicio de Saneamiento de Aguas, se aplicará igualmente el coeficiente «K» regulado en el apartado 2.1.II. de estas tarifas.En cualquier caso por dichas descargas, si fuese preciso verificarlo, se liquidarán los importes que resulten de la realización de
analítica y toma de muestras que figuran en el apartado 4 (Elaboración y Certificación de Analítica) de estas tarifas.6 — INDEMNIZACIÓN POR IMPAGO
Por los recibos y/o facturas que se produzcan impagadas una vez finalizado el período voluntario de pago, se devenga a favor de Aljarafesa la cantidad que resulte de aplicar al importe íntegro de cada recibo la siguiente formula:
Indemnización = (I x 5%) + (I x i x n)donde: I: Importe íntegro del recibo i: Interés diario de mora = interés legal incrementado en un 25%. n: Número de días transcurridos desde la finalización del período voluntario de pago, hasta el momento del abono del
recibo y/o factura impagada Las cuotas resultantes de la aplicación de la estructura tarifaria detallada, servirán de base para la liquidación del Impuesto
sobre el Valor Añadido
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7 — INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS A INSTALACIONES
En aquellos supuestos en los que Aljarafesa hubiese de intervenir de oficio o a instancia de parte para reparar anomalías en sus instalaciones hidráulicas que se hubiesen producido como consecuencia de actuaciones de terceros sobre las mismas, aun cuando fuesen de forma accidental, Aljarafesa liquidará el importe de todos los gastos que suponga la restitución a su estado originario de las instalaciones hidráulicas y otros bienes y/o derechos afectados, así como el importe de los caudales de agua vertida, considerando el diámetro y la presión de esas instalaciones, sin perjuicio de la repercusión, en su caso, de las indemnizaciones o sanciones que hubiesen de atenderse frente a terceros, incluso la Administración Pública
Si no se pudiese determinar el valor de las actuaciones precisas para la restitución a su estado originario de las instalaciones hidráulicas y otros bienes y/o derechos afectados, se liquidarán las cantidades que resultan del cuadro adjunto:
Importe por actuaciónAbastecimiento Euros
Tubería de diámetro entre 60 y 125 mm 1 606,91Tubería de diámetro entre 150 y 250 mm 2 457,18Tubería de diámetro entre 300 y 400 mm 4 823,75Tubería de diámetro entre 400 y 500 mm 6 643,87Tubería de diámetro entre 500 y 600 mm 7 591,79Tubería de diámetro entre 700 y 1 000 mm 17 987,77
Saneamiento Euros
Colector para diámetros comprendidos de 160 a 200 mm 1 420,00Colector para diámetros comprendidos de 250 a 400 mm 1 914,55Colector para diámetros comprendidos de 500 a 800 mm 2 806,47Colector para diámetros comprendidos de 1 000 a 1 200 mm 7 119,93Colector para diámetros comprendidos de 1 200 a 2 000 mm 14 473,22
Si los daños se causasen a instalaciones electromecánicas o de tratamiento y/o depuración de agua, el importe de la indemni-zación se evaluará atendiendo a la extensión, intensidad y ámbito temporal del daño, incluyendo los gastos que permitan devolver las instalaciones afectadas a su estado normal de funcionamiento
Las citadas indemnizaciones serán exigibles de forma solidaria a: el autor material de los hechos origen de la causa del daño; la persona o entidad para la que éste actuase; el titular de la actividad generadora de dicha causa; aquéllos que sean beneficiarios de los trabajos causantes de dicha incidencia
Artículo 10. Exenciones, reducciones y bonificaciones.No se concederán otros beneficios que los expresamente determinados por la Ley y los establecidos en la presente Norma, en
la cuantía que en cada uno de ellos se establece Aquellos abonados que en el domicilio objeto del suministro del que es titular residan más de cuatro habitantes empadronados
en el mismo, excluidos los que sean titulares de otro suministro doméstico, les será incrementado el límite superior del Bloque I tari-fario en 3 m³/mes, a los efectos de la aplicación de las tarifas y sus bonificaciones, por cada uno de los habitantes empadronados en ese domicilio que supere dicho número, computándose, en cualquier caso, como dos residentes aquéllos que estén declarados como discapacitados, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%; en los casos en que el abonado sea una Comunidad de Propieta-rios, esta bonificación se aplicará unitariamente por cada vivienda de esa comunidad de propietarios cuyos habitantes cumplan con las anteriores condiciones
Gozarán de bonificación adicional el conjunto de residentes más desfavorecidos por su nivel de renta, entendiendo como tales aquéllos empadronados en el domicilio objeto de la bonificación cuyos rendimientos brutos conjuntos resulten inferiores al importe de 1 IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples vigente, 12 pagas), si en el suministro reside sólo 1 miembro, incrementán-dose aquel límite en el importe del 40% del IPREM por cada habitante adicional empadronado en el domicilio objeto del suministro, hasta un máximo en los rendimientos brutos del conjunto de residentes de 5 veces el importe del IPREM, computándose, en cualquier caso, como dos miembros residentes aquéllos que estén declarados como discapacitados, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%. La cuantía de esta bonificación asciende, por 1 habitante residente, a 2,65 €/mes por el servicio de abastecimiento de agua e idén-tico importe por el de saneamiento, totalizando 5,30 €/mes; cantidades que se incrementarán en un 20% (0,53 €/mes/servicio) por cada miembro residente adicional. La bonificación de aquéllos usuarios que tengan la condición de pensionistas por jubilación, viudedad o invalidez, que vivan solos, con su cónyuge o hijos menores de 18 años o incapacitados, por el inmueble que sea su domicilio habitual y cuyo Contrato de Servicios Hidráulicos esté a su nombre, cuyos rendimientos brutos conjuntos resulten inferiores a 2 IPREM, no podrá ser inferior a 2,65 €/mes/servicio. El importe final de la bonificación no podrá superar, en cada facturación, al 50% de los conceptos correspondientes a los servicios que presta Aljarafesa, que no tengan la consideración de cánones; ni a un total de 6,90 €/mes/servicio La bonificación será aplicable a viviendas con uso efectivo de agua, entendiendo como tal un consumo medio superior a 1 m³/mes.
Las bonificaciones indicadas, que dependen de condiciones personales de los abonados, requerirán para su aplicación que, por parte de aquéllos que se consideren incluidos en los supuestos amparados por las mismas, se presente solicitud ante Aljarafesa, cumplimentando el modelo confeccionado al efecto, con declaración jurada de ser ciertos los datos que se manifiestan, firmada por el interesado, y acompañada de fotocopia del D.N.I. y de certificado de empadronamiento colectivo expedido por el Ayuntamiento, en el que conste el número de personas que convivan en la vivienda que motive el pago de la tarifa a bonificar, edad, y cualquier otra circunstancia que tenga relación directa con el supuesto objeto de la bonificación.
Si la bonificación solicitada se derivase de la establecida por el nivel de renta o por la condición de pensionista, habrá de acompañarse acreditación documental, mediante última Declaración de la Renta de todos los miembros residentes mayores de 18 años empadronados en la vivienda para cuyo suministro se solicita la bonificación, y en su defecto Certificación/es expedida/s por la Agencia Tributaria y/o Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y/o Servicio Público Estatal de Empleo, comprensiva de los ingresos, o de la falta de los mismos, acompañando, en su caso, certificado acreditativo de la situación de desempleo.
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En el caso de bonificación por nivel de renta, podrá acompañarse igualmente Informe de los Servicios Sociales del Ayuntamien-to, comprensivo de estar incurso en los supuestos de la bonificación solicitada, con su justificación.
La aplicación de las bonificaciones anteriores se practicarán en las facturaciones emitidas a partir del 31 de Marzo de 2015, manteniéndose hasta ese momento en vigor las bonificaciones existentes. Las bonificaciones se aplicarán desde la facturación inmedia-ta siguiente a la fecha en que se presente y apruebe la solicitud, y tendrán efecto para la facturación de los consumos correspondientes al año natural en curso y al siguiente, en las condiciones que se establezcan en la Norma Reguladora de cada anualidad
Artículo 11. Obligación de pago.La obligación de pago de las tarifas reguladas en esta Norma nace desde el mismo momento que se inicia la actividad que cons-
tituye el supuesto de hecho de las citadas tarifas, entendiéndose que en los supuestos de disponibilidad o utilización efectiva del servicio es desde el mismo momento que se produzcan o se contraten los mismos, y en los supuestos de actuaciones de índole administrativa o técnica es desde la fecha en la que Aljarafesa inicie actividades encaminadas al cumplimiento de las mismas
Dado el Principio de Unidad de Gestión, en base al cual se establece la presente Norma y para garantizar el Principio de Autosu-ficiencia Económica del Servicio, conforme al artículo 1 de la misma, los obligados al pago de la tarifa habrán de abonar conjuntamente las tarifas de los Servicios de Abastecimiento y Saneamiento de Agua por la mera existencia del primero, devengándose también las tarifas correspondientes al Servicio de Saneamiento respecto de aquellos consumos provenientes de fuentes distintas al suministro a cargo de Aljarafesa
Se considera, en todo caso, que se reciben los Servicios de Abastecimiento y/o Saneamiento de Agua por el mero hecho de la existencia de acometidas y/o Contrato de Servicios Hidráulicos, y aun cuando éste no existiera o la acometida se hubiese verificado sin la preceptiva autorización de Aljarafesa, sin perjuicio, de las acciones que por ello se pudieran ejercer
Artículo 12. Gestión de las tarifas.Conforme a lo establecido en los artículos 1 y 2 precedentes, Aljarafesa queda facultada para llevar a cabo todas las actividades
correspondientes a la gestión, liquidación y cobro de las Tarifas de la presente Norma, a efecto de dar cumplimiento al párrafo segundo del artículo 1 citado, en orden a que, como recurso económico propio, atiendan los costes del servicio en base al Principio de Autosu-ficiencia Económica.
En razón a la naturaleza jurídica de las relaciones entre Aljarafesa, como Sociedad Mercantil, y sus usuarios, esa Empresa facturará y cobrará el importe de las Tarifas establecidas por la presente Norma, mediante los sistemas y procedimientos que les fuesen de aplicación conforme a la normativa vigente, con respeto estricto a las condiciones recogidas en los Reglamentos de Prestación de Servicios y en esta Norma, y sometiéndose a las de derecho privado que le son de aplicación
Artículo 13. Cálculo y cobro.La liquidación y cobro de las Tarifas que se regulan en esta Norma, se realizará por Aljarafesa mediante la emisión de la corres-
pondiente factura, en la que se detallarán los elementos de cálculo, la tarifa y el precio resultante, conforme al artículo 9 precedente, con indicación de los importes individuales y totales, sirviendo la suma total resultante como base para la liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido, que igualmente figurará de forma diferenciada.
En los supuestos de cálculo y facturación de las Tarifas que se regulan en esta Norma, correspondiente a las cuotas derivadas de la disponibilidad o utilización efectiva de los Servicios de Abastecimiento y Saneamiento de Agua, se realizará, de no mediar Con-venio expreso en contrario, con periodicidad trimestral, salvo que se trate de servicios a actividades comerciales e industriales, con un consumo medio mensual superior a 200 m³ o a Comunidades de Propietarios con contador totalizador, en cuyo caso la periodicidad podría ser bimestral
No obstante, cuando la conveniencia del servicio por circunstancias especiales conocidas o sobrevenidas así lo aconsejaren, previa la oportuna publicidad, podrá modificarse la periodicidad de la facturación que, en ningún caso, podrá ser superior a tres meses.
La liquidación y facturación de las cuotas de consumo se realizará por diferencia de lectura del contador, para lo que Aljarafesa establecerá un sistema de lectura permanente y periódico, de forma que para cada abonado los ciclos de lectura mantengan en lo posible el mismo número de días, produciéndose tantas lecturas como períodos de facturación; ello sin perjuicio de lo que establece el artículo 78 del Reglamento Andaluz del Suministro Domiciliario de Agua, según la redacción dada por Decreto 327/2012, de 10 de Julio, de la Consejería de la Presidencia e Igualdad de la Junta de Andalucía, para la estimación de consumo
Mediante Convenio podrán establecerse los consumos a tanto alzado, en los términos establecidos en el artículo 87 del Regla-mento citado en el párrafo precedente
La liquidación y facturación se realizará aplicando las tarifas vigentes en cada momento, efectuándose por prorrateo si hubiesen estado en vigor distintas tarifas durante el período a que corresponda la disposición o utilización efectiva de los Servicios
Aljarafesa remitirá las facturas por correo ordinario o sistema similar al domicilio designado al efecto por cada usuario, o al de suministro, si aquél no hubiese sido facilitado
El importe de las facturaciones emitidas por Aljarafesa deberá ser abonado en metálico en las Oficinas Centrales de esa Empre-sa, Plaza del Agua, s/n Tomares (Sevilla), sin perjuicio de que dicho pago pueda realizarse a través de cualquier medio que esa Empresa establezca, o mediante domiciliación bancaria, siempre que ello no represente gasto alguno para Aljarafesa, remitiéndose, en este caso, la factura a la Entidad Bancaria para su cobro
Si la facturación correspondiese a supuestos de disponibilidad o utilización efectiva del servicio, existirá un período voluntario de pago de un mínimo de quince días naturales computados desde la fecha de emisión de la factura. Si el día final de este período coin-cidiera en festivo, el mismo finalizaría el día hábil inmediatamente siguiente.
El pago de las tarifas correspondientes a supuestos de actuaciones de índole administrativa o técnica, deberá hacerse efectivo desde el mismo momento que Aljarafesa emita la oportuna factura, salvo en aquellos supuestos que corresponda a actividades de índole técnica o administrativa solicitadas por el interesado, en los que deberá verificarse el ingreso de las facturas que correspondan con carácter previo a su realización por Aljarafesa
El impago de las cantidades facturadas por Aljarafesa, sin perjuicio del devengo de la indemnización establecida al efecto en esta Norma, podrá dar lugar al inicio del oportuno expediente de suspensión de suministro, en la forma y términos previstos en los Reglamentos de Prestación de Servicios; o, en su caso, a la interposición de las oportunas acciones en vía jurisdiccional
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Artículo 14. Condiciones de prestación de los servicios.Se establecen las siguientes medidas en cuanto a las condiciones de la prestación de los Servicios Hidráulicos a cargo de Al-
jarafesa:a) Condiciones de caudal y presión La presión en los puntos de suministro quedará sujeta a las posibilidades técnicas de las redes de distribución y a su ubicación
topográfica con respecto al depósito regulador del que se abastezca. Los usuarios estudiarán sus condiciones concretas de demanda de caudal y presión de agua, en función de la tipología y uso del suministro, para prever la instalación de un grupo sobrepresor y aljibe, los cuales formarán parte de sus instalaciones interiores
En ningún caso se podrá, sin previa autorización, instalar bomba o cualquier aparato que modifique o pueda afectar a las con-diciones de la red de distribución en su entorno, y consecuentemente el servicio prestado a otros usuarios
La falta de suministro o insuficiencia de presión en la red no dará lugar a indemnización en los supuestos de avería, rotura de la red o falta de disponibilidad de agua
Los cortes de agua por tareas ineludibles de conservación no darán lugar a indemnización Los abonados que por la naturaleza del uso que den al agua no puedan prescindir temporalmente del consumo durante el período de interrupción forzosa del suministro, deberán adoptar las medidas necesarias en previsión de dicha contingencia
b) Actividades comerciales e industriales Se considerará actividad comercial aquélla en la que el suministro de agua no forma parte de los procesos productivos de la
actividad y/o que tenga un caudal de abastecimiento y/o autoabastecimiento ≤ 500 m³/año.Se considerará actividad industrial aquélla en la que el suministro de agua forma parte de los procesos productivos de la activi-
dad y/o que tenga un caudal de abastecimiento y/o autoabastecimiento ≥ 500 m³/año.Las actividades comerciales o industriales deberán identificar antes de la contratación de los Servicios Hidráulicos el código de
actividad económica que se le aplica conforme Clasificación Nacional de Actividades Económicas en vigor (CNAE-2009).Aquellas actividades comerciales o industriales en servicio a la entrada en vigor de esta Norma deberán informar a Aljarafesa,
a requerimiento de ésta, el citado código de actividad económica; no atender a este requerimiento será considerado como un incumpli-miento de solicitud de documentación del usuario
c) Instalaciones interiores de evacuación para actividades no domésticas Con independencia de las instalaciones interiores de evacuación que se describen en el apartado 5 y 6 del art 30 del Reglamento
de Prestación del Servicio de Saneamiento de Aguas, todas las actividades comerciales e industriales habrán de disponer de una arqueta de toma de muestras, según las instrucciones que, a tal efecto, determinen los Servicios Técnicos de Aljarafesa, al objeto de garantizar las condiciones del vertido, conforme a los arts 50 y 51 del Reglamento antes citado
Dicha arqueta de toma de muestras quedará instalada inmediatamente aguas arriba de la arqueta sifónica de la acometida, y a ella irán todos los vertidos, tanto residuales como industriales y pluviales, por una sola tubería y estará distante como mínimo 1 metro de cualquier accidente (rejas, arquetas, etc.) que pueda alterar el flujo normal del efluente.
Aljarafesa podrá requerir el establecimiento por cuenta y cargo del abonado, conforme a las prescripciones técnicas que ella determine, los medios e instrumentación necesaria para el control cualitativo y cuantitativo del vertido; instalaciones a las que solo tendrá acceso el personal habilitado por Aljarafesa
En cualquier caso, los Servicios Técnicos de Aljarafesa podrán determinar, en función de la actividad a desarrollar en el local o finca objeto de la prestación de los servicios, la no disposición de las arquetas separadoras de grasas y/o decantadores de sólidos, o incluso la de toma de muestras para las actividades comerciales
Aljarafesa podrá requerir la elaboración de análisis en función de las actividades desarrolladas, a efecto de cumplir los valores de vertidos tolerados o tolerables establecidos en los arts 50 y 51 citados; análisis que se llevarán a cabo en los laboratorios de Aljara-fesa, o en los que ésta establezca, que han de estar acreditados para la realización de los mismos
Para el seguimiento y control de los vertidos, y en virtud de la facultad de Aljarafesa para efectuar los mismos, conforme al art 54 del Reglamento de Prestación del Servicio de Saneamiento de Aguas, si de la analítica resultase la inadecuación del vertido a los parámetros tolerados o autorizados en su caso, se dará traslado de dicho resultado al interesado para que éste, si lo estima necesario, pueda solicitar un análisis contradictorio en el plazo de los siete días naturales siguientes a esa notificación, sobre la parte alícuota de la muestra que Aljarafesa custodia precintada y etiquetada, garantizando la identidad de las mismas durante su tiempo de conservación Cualquier alegación y solicitud de análisis contradictorio por parte del interesado sobre los resultados de los análisis notificados, deberá estar basada en los resultados analíticos de la parte alícuota en su poder, realizadas en tiempo y forma por laboratorios acreditados
En el supuesto que se constate la existencia de vertidos prohibidos, conforme se determina en el art 52 del Reglamento, Aljara-fesa, en evitación de daños a instalaciones, al proceso de depuración y/o al medio ambiente, podrá suspender temporalmente el servicio de evacuación de aguas residuales a la finca de la que proceda dicho vertido, y si fuese preciso, suspender también temporalmente de modo parcial o total el suministro de agua, sin perjuicio de cuantas otras medidas establezca el citado Reglamento; suspensión de servicio que será definitiva para el caso de que se produzca una reiteración, aunque pueda tratarse de descargas accidentales, conforme al artículo 53 del citado Reglamento, o no se acredite la existencia de instalaciones y/o procesos que permitan mantener los vertidos en los límites establecidos en los arts 50 y 51 del reiterado Reglamento El restablecimiento del servicio se realizará el mismo día o, en su defecto, el siguiente día hábil en que hayan sido subsanadas, y verificadas por personal técnico de Aljarafesa, las causas que originaron la suspensión temporal del suministro El restablecimiento del servicio requerirá el pago previo por parte del abonado de los gastos ocasionados por esta operación, en aplicación de la tarifa prevista en la presente Norma Reguladora de las Tarifas
A los efectos de aplicación de los arts 50 y 52 del Reglamento de Prestación del Servicio de Saneamiento de Aguas, se hacen las siguientes previsiones:
— La unidad de medida del límite de conductividad es µS/cm — Queda eliminada la nota A) del art 50 citado d) Aprovechamiento de energía solar térmica para agua caliente sanitaria En viviendas unifamiliares o edificios de un solo usuario, se podrá instalar cualquiera de los sistemas existentes en el mercado.
La instalación deberá estar dotada de los elementos de corte y retención necesarios para evitar retornos de agua, ya sea a la red pública o a la red de agua fría, de acuerdo con el punto 3 3 del documento básico de salubridad HS4 suministro de agua del CTE Para controlar el correcto funcionamiento de las válvulas de retención deberán disponer de una purga de control
Viernes 20 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 42 129
En edificios plurifamiliares o múltiples usuarios, sólo se admitirán instalaciones en las que únicamente los captadores de ener-gía solar, así como el circuito primario, estén centralizados, estando el intercambiador de calor (con o sin acumulador) y la energía de apoyo formando parte de un circuito secundario, individualizados en cada una de las viviendas y/o locales, abasteciéndose a través del contador individual en batería de cada vivienda o local Del contador de comunidad, además del grifo para la limpieza de las zonas comunes, se derivará una alimentación para la reposición de las pérdidas del circuito cerrado primario
e) Prohibición de trituradores Queda expresamente prohibido el empleo, para todo tipo de usuarios, de trituradores de desperdicios conectados a instalaciones
que evacuen al sistema de saneamiento gestionado por Aljarafesa f) Proyecto y ejecución de instalaciones hidráulicas y/o electromecánicas A los efectos del ejercicio de las competencias derivadas del artículo 3 del Reglamento Andaluz del Suministro Domiciliario
de Agua, aprobado por Decreto 120/91, de 11 de junio, B.O.J.A. n.º 81, de 10 de septiembre de 1991; y el artículo 5 del Reglamento de Prestación del Servicio de Saneamiento de Aguas, aprobado por Acuerdo de la Comisión Gestora de la Mancomunidad de municipios del Aljarafe, de fecha 25 de octubre de 2002, publicado en el B O P número 301 de 31 de diciembre de esa misma anualidad, y en orden a la ejecución por parte de terceros de instalaciones hidráulicas y/o electromecánicas, que vayan a formar parte posteriormente del sistema que gestiona Aljarafesa para la prestación de los Servicios de Abastecimiento y Saneamiento en el ámbito de los municipios integrados en la Mancomunidad del Aljarafe, todas ellas habrán de ser proyectadas y ejecutadas bajo las instrucciones técnicas que determine Aljarafesa, estableciéndose, en su caso, a tal efecto, los controles que fuesen precisos, que se llevarán a cabo directamente por personal de Aljarafesa o por Empresa expresamente autorizada por ella
En todo caso, aquellas instalaciones que se lleven a cabo afectando a instalaciones en servicio, (ampliación o sustitución de redes, conexiones, etc ,) habrán de ser llevadas a cabo expresamente por Empresas que acrediten una solvencia técnica y experiencia en dichas labores, y al efecto sean expresamente autorizadas para cada actuación por Aljarafesa Autorización que se entenderá ya concedida con carácter general a todas aquellas que estén previamente clasificadas por Aljarafesa, conforme a las normas que al efecto ésta tiene establecidas
La puesta en servicio de los sistemas hidráulicos ejecutados por terceros y/o la emisión de los Informes o Certificados corres-pondientes, quedará supeditada al cumplimiento de lo indicado en el párrafo precedente, y en todo caso, al resultado favorable de las verificaciones que Aljarafesa determine para la conformidad de las instalaciones.
Artículo 15. Infracciones y sanciones.A efecto de la presente Norma, se considerará como infracción todo acto que por acción u omisión se verifique, en orden a im-
pedir o limitar la aplicación de la misma, sin perjuicio de la aplicación de lo establecido en los Reglamentos de Prestación de Servicio, respecto a actuaciones y liquidaciones por fraude
En cualquier caso, se considerarán infracciones de los citados Reglamentos y de la presente Norma Reguladora, en cuanto al Servicio de Abastecimiento, las siguientes:
1. Impedir o dificultar la lectura de los contadores.2 Utilizar el Servicio para usos distintos de los contratados 3 Manipulación o alteración de: acometidas, aparato de medida y registro del contador o su precinto 4. Establecer o permitir derivaciones en las instalaciones interiores para el suministro de otra/s finca/s diferente/s a los con-
signados en el Contrato de Servicios Hidráulicos 5 Hacer uso del suministro sin el preceptivo Contrato de Servicios Hidráulicos 6 Establecer o permitir establecer injertos que tengan como consecuencia el uso incontrolado o fraudulento del Servicio 7 Coartar u obstaculizar al personal de la Empresa en el cumplimiento de sus funciones 8 Disponer de instalaciones interiores que pudieran afectar a la potabilidad del agua en la red de distribución, y no tomar las
medidas oportunas para evitar tales circunstancias, haya o no requerimiento previo de Aljarafesa 9 Mezclar agua de otra procedencia con la de la red de distribución Los supuestos numerados del 1 al 7 se considerarán, a los efectos de su tipificación, como infracciones graves, y se penaliza-
rán con una multa de hasta el máximo establecido en la Legislación del Régimen Local por infracción de Ordenanza, y en su caso el máximo establecido por infracciones por la Ley General de la Defensa de los Consumidores y Usuarios, si de la infracción cometida se derivasen daños a terceros, como consecuencia de falta de diligencia y de las precauciones exigibles en la actividad, servicio o ins-talación de que se trate
Los numerales 8 y 9, así como la reiteración de los otros supuestos en un período inferior a seis meses, serán tipificados como infracciones muy graves, suponiendo, además de la penalización como grave, la desconexión, anulación y/o condena de la acometida del servicio
Sin perjuicio de las penalizaciones establecidas, Aljarafesa podrá girar una facturación por fraude sobre todos los servicios prestados, tomando como referencia los supuestos de liquidación contemplados en el artículo 93 del Reglamento Andaluz del Sumi-nistro Domiciliario de Agua, Decreto 120/91 de 11 de junio, aplicándose a los numerales 1, 3, 4, 7, 8 y 9 el caso 2 de dicho precepto; al numeral 2 el caso 4; al numeral 5 el caso 1; y al numeral 6 el caso 3 En los casos de los numerales 1, 3, 4, 7, 8 y 9 (caso 2) se podrá sustituir la citada facturación por fraude por la inclusión de la liquidación calculada en la factura que se emita correspondiente al perío-do en que se haya detectado la infracción
Sólo en el caso del numeral 5 (caso 1) y numeral 6 (caso 3) se aplicará sobre la liquidación que se factura, a tenor de lo estable-cido en el citado artículo, una bonificación de hasta el 50% en el caso de reconocimiento del fraude y pago de la liquidación efectuada en el plazo de un mes desde la comunicación de la infracción, salvo que sea reincidente
Artículo 16. Individualización de contadores.Para incentivar y facilitar a los usuarios el acceso a la contratación individual de los Servicios de Abastecimiento y Saneamiento
de Agua, mediante la transformación de los suministros a viviendas en altura abastecidos a través de un único contador totalizador, en suministros individuales a través de una batería de contadores, modificándose las instalaciones interiores de la edificación, durante el año 2015 se establecen las siguientes medidas:
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TASAS CORRESPONDIENTES AL «BOLETÍN OFICIAL» DE LA PROVINCIA DE SEVILLA
Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.
———Dirección del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. (Bellavista), 41014-Sevilla.
a) Acometidas: Cuando a resultas del cambio de sistema de alimentación se determine la necesidad de modificar la acometida existente para adecuarla a las normas, o la ejecución de una nueva, serán de cuenta de Aljarafesa los costes que ello suponga, siendo potestativo de la misma su ejecución directa o el sufragio de la misma
b) Cuotas de contratación: Durante la vigencia de la presente Norma Reguladora se bonificará en un 100% la Cuota de Con-tratación en los términos establecidos en el artículo 9 de esta Norma Reguladora
c) Subvención a las obras de adaptación de instalaciones: Aljarafesa subvencionará las obras de adaptación de la instalación interior común de agua de los edificios con un importe de 100,00 € por vivienda y/o local individualizado.
d) Financiación de las obras: Complementariamente a la subvención establecida en el punto anterior, Aljarafesa financiará a aquellos vecinos que así se lo soliciten, la parte que corresponda a su participación en las obras de adaptación, mediante su cobro diferi-do en cuotas partes iguales a incluir en las facturas a emitir en los siguientes tres años desde la entrada en vigor del contrato individual Esta operación no llevará aparejada el devengo de intereses
Para el acceso a cualquiera de estas medidas será preciso que el proceso de individualización de contadores se tramite conforme al procedimiento establecido por Aljarafesa, debiéndose al efecto contactar con la misma antes del inicio de cualquier actividad
Disposición adicional Para aquellos casos en los que Aljarafesa, a tenor de lo establecido en los artículos 94 a 99 del Reglamento de Prestación del
Servicio de Saneamiento de Aguas, preste los servicios de transporte de aguas residuales y/o pluviales y depuración de las mismas a municipios no incorporados a la gestión global del Ciclo Hidráulico Integral a cargo de esta Empresa, se devengarán las cantidades que a tal efecto se especifican en el artículo 9 de esta Norma Reguladora, sobre los caudales aportados al Sistema Integral del Saneamiento del Aljarafe, con independencia de la procedencia del recurso
A efectos de cálculo de esos caudales, se considerará el total de los volúmenes de agua aportados al sistema de abastecimiento de la localidad y los obtenidos de forma general o individual de otras fuentes, de conformidad con los registros de los elementos de control que se establezcan al efecto, a ubicar antes de su aportación a la red de distribución general del sistema local, o en el punto de aducción de otros recursos
Disposiciones transitorias I El régimen de facturación, forma y período de pago, indemnización por impago y suspensión de suministro, regulado en la
presente Norma, serán de aplicación igualmente a aquellas deudas que aún correspondientes a períodos anteriores a la entrada en vigor de esta, fuesen exigibles con posterioridad a esa fecha
II. Las bonificaciones reguladas en la presente Norma se practicarán, en lo que respecta al Servicio de Saneamiento, en las facturaciones emitidas desde la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia (B.O.P.), o desde el 1 de enero de 2015 si aquella fuera anterior a ésta; y desde la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» (B.O.J.A.), o desde el 1 de enero de 2015 si aquella fuera anterior a ésta, en lo que respecta al Servicio de Abastecimiento, manteniéndose en vigor hasta esa fecha las bonificaciones existentes conforme a la Norma Reguladora de las Tarifas para la Prestación de los Servicios de Abasteci-miento y Saneamiento y las Actividades Conexas y Accesorias, publicada en el «Boletín Oficial» de la provincia (B.O.P.) número 300, de 28 de diciembre de 2012
Disposición final.La presente Norma, cuyo texto ha sido aprobado por la Comisión Gestora de la Mancomunidad de municipios del Aljarafe, en-
trará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de enero de 2015 o desde su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia (B.O.P.) o en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» (B.O.J.A.) respecto de las de Abastecimiento que tengan la consideración de precios autorizados de ámbito local de Andalucía, si fuesen posteriores, permaneciendo en vigor hasta que dicha Comisión Gestora apruebe otro instrumento normativo que incorpore el régimen tarifario establecido en la presente