En la ciudad de Guatemala, el cinco de febrero de dos mil
catorce, siendo las ocho horas con treinta minutos, Yo ROSEMARIE
MALDONADO SANTIZO, Notaria, me encuentro en mi oficina profesional
ubicada en Avenida Reforma uno guin cincuenta de la zona nueve
En la ciudad de Guatemala, el veinticinco de febrero de dos mil
catorce, siendo las ocho horas con treinta minutos, Yo ROSEMARIE
MALDONADO SANTIZO, Notaria, me encuentro en mi oficina profesional
ubicada en Avenida Reforma uno guin cincuenta de la zona nueve de
esta ciudad, Edificio El Reformador, sexto nivel, oficina
seiscientos dos, soy requerida por el seor KARLHEINZ SCHLAFFKE
GIRN, quien manifiesta ser de cuarenta y seis aos de edad, casado,
guatemalteco, Empresario, con domicilio en el Departamento de
Guatemala, se identifica con el Documento Personal de
Identificacin, Cdigo nico de Identificacin nmero un mil seiscientos
sesenta y uno, ochenta y seis mil ochocientos sesenta y cuatro,
cero ciento uno (1661 86864 0101), extendido por el Registro
Nacional de las Personas. La persona relacionada requiere mis
servicios notariales con el objeto de que ante m se tramite el
PROCESO SUCESORIO TESTAMENTARIO EXTRAJUDICIAL de su seor padre,
KARLHEINZ SCHLAFFKE ALB, para lo cual, se procede de la siguiente
manera: PRIMERO: Manifiesta el requirente que su seor padre,
KARLHEINZ SCHLAFFKE ALB, naci en el Municipio de Chicacao,
Departamento de Suchitepquez, el veinte de agosto de mil
novecientos treinta y tres, lo que hace constar con el certificado
de nacimiento de la partida nmero tres mil trescientos seis (3306),
folio trescientos seis (306) del libro cero sesenta y cuatro (064)
de Nacimientos del Registro Civil del Municipio de Chicacao,
Departamento de Suchitepquez, extendido el cuatro de diciembre de
dos mil trece por la Registradora Civil de las Personas del
Registro Nacional de las Personas, del Municipio de Guatemala,
Departamento de Guatemala, documento que tengo a la vista; y
falleci en la ciudad de Guatemala el cinco de septiembre de dos mil
trece, extremo que acredita con el Certificado de la Defuncin nmero
noventa y tres mil seiscientos setenta y cuatro (93674), extendido
el tres de octubre de dos mil trece por la Registradora Civil de
las Personas del Registro Nacional de las Personas del Municipio y
Departamento de Guatemala. SEGUNDO: Manifiesta el seor Karlheinz
Schlaffke Girn, que est legitimado para promover las presentes
diligencias por su calidad de heredero. TERCERO: Manifiesta el
Requirente, que el causante seor KARLHEINZ SCHLAFFKE ALB otorg
Testamento Comn Abierto, ante los oficios de la Infrascrita
Notaria, mediante Escritura Pblica nmero diecisis (16) autorizada
el cinco de febrero de dos mil ocho, cuyo primer testimonio se
encuentra inscrito en el Registro General de la Propiedad, al
asiento nmero cuatro mil novecientos cinco (4905), folio
cuatrocientos cinco (405) del Libro diez E (10E) de Testamentos, el
nueve de enero de dos mil catorce. CUARTO: El requirente me ofrece
como MEDIOS DE PRUEBA los siguientes DOCUMENTOS: a) Certificado de
Nacimiento de la partida nmero tres mil trescientos seis (3306),
folio trescientos seis (306) del libro cero sesenta y cuatro (064)
de Nacimientos del Registro Civil del Municipio de Chicacao,
Departamento de Suchitepquez, extendido el cuatro de diciembre de
dos mil trece por la Registradora Civil de las Personas del
Registro Nacional de las Personas del Municipio de Guatemala,
Departamento de Guatemala, la cual corresponde al causante; b)
Certificado de la partida de Defuncin nmero noventa y tres mil
seiscientos setenta y cuatro (93674), extendido el tres de octubre
de dos mil trece, por la Registradora Civil de las Personas del
Registro Nacional de las Personas del Municipio y Departamento de
Guatemala, correspondiente al causante; c) Certificado de
Matrimonio de la partida nmero un mil sesenta y cuatro (1064),
folio doscientos diecinueve (219) del libro siete guin MN (7-MN),
extendido el catorce de noviembre de dos mil trece por la
Registradora Civil de las Personas del Registro Nacional de las
Personas del Municipio y Departamento de Guatemala; d) Certificado
de Nacimiento de la partida nmero seis mil doscientos veintids guin
A (6222-A), folio doscientos sesenta y dos (262) del libro
trescientos cuarenta y dos diagonal A (342/A) de Nacimientos del
Registro Civil del Municipio y Departamento de Guatemala, extendido
el cuatro de diciembre de dos mil trece por la Registradora Civil
de las Personas del Registro Nacional de las Personas del Municipio
y Departamento de Guatemala, correspondiente al requirente; e)
Certificado de Nacimiento de la partida nmero seis mil
cuatrocientos cincuenta (6450), folio veinticuatro (24) del libro
trescientos cincuenta y ocho guin uno (358-1) del Registro Civil
del Municipio y Departamento de Guatemala, extendido el cuatro de
diciembre de dos mil trece por la Registradora Civil de las
Personas del Registro Nacional de las Personas del Municipio y
Departamento de Guatemala, correspondiente al seor Klaus Dieter
Schlaffke Girn; f) Certificado de Nacimiento de la partida nmero
cuatro mil setecientos siete (4707), folio ochenta y cuatro (84)
del libro trescientos veintiocho guin uno (328-1) de Nacimientos
del Registro Civil del Municipio y Departamento de Guatemala,
extendido el cuatro de diciembre de dos mil trece por la
Registradora Civil de las Personas del Registro Nacional de las
Personas del Municipio y Departamento de Guatemala, correspondiente
a la seora Ingrid Karin Schlaffke Girn; h) Testimonio de la
Escritura Pblica nmero diecisis autorizada en esta ciudad el cinco
de febrero de dos mil ocho por la Notaria Rosemarie Maldonado
Santizo, documento que contiene el TESTAMENTO COMUN ABIERTO
otorgado por el seor KARLHEINZ SCHLAFFKE ALB, debidamente
registrado en el Registro General de la Propiedad; i) Informe de
fecha doce de noviembre de dos mil trece, emitido por el
Registrador Auxiliar del Registro General de la Propiedad; j)
Informe de fecha treinta de octubre de dos mil trece, emitido por
el Registrador Auxiliar del Segundo Registro de la Propiedad.
QUINTO: El requirente me formula la siguiente PETICIN: a) Que con
la presente acta notarial se inicie la formacin del expediente
respectivo; b) Que se tengan por presentados los documentos
anteriormente identificados y se adjunten al expediente; c) Que se
tenga por radicado el proceso sucesorio testamentario extrajudicial
del causante KARLHEINZ SCHLAFFKE ALB; d) Que se tengan por
ofrecidos los medios de prueba individualizados y por presentados
los documentos acompaados; e) Que previo a convocar a Junta de
herederos o interesados se rectifiquen las partidas de nacimiento
de la Seora Ingrid Karin Schlaffke Girn y del Seor Karlheinz
Schlaffke Girn por estar consignados errneamente los nombres de sus
seores padres, asimismo se realicen la anotacion correspondientes
en la partida de nacimiento del causante Karlheinz Schlaffke Alb,
por no estar consignada la anotacin de matrimonio; f)Que al momento
de cumplir con la solicitud del inciso anterior se seale da y hora
para la celebracin de la junta de herederos y dems interesados en
la mortual, y para el efecto se seale lugar, da y hora, para dar
lectura al testamento; g) Que se ordene realizar las publicaciones
que ordena la ley, para lo cual solicita se emita el edicto
respectivo; h) Que se d aviso al Registro de Procesos Sucesorios;
i) Que se elabore el inventario de la mortual; j) Que, en su
oportunidad, se le d intervencin a la Procuradura General de la
Nacin; k) Que en su oportunidad se dicte el auto de declaratoria de
herederos. SEXTO: Se finaliza la presente diligencia en el mismo
lugar y fecha de su inicio, cuarenta minutos despus, quedando
contenida en cuatro hojas de papel bond, impresas nicamente en su
anverso. Leo ntegramente el contenido de la presente acta notarial
al requirente, quien enterado de su contenido, objeto, validez, y
dems efectos legales, la ratifica, acepta y firma, junto con la
Infrascrita Notaria, que de todo lo relacionado DA FE.f.
ANTE M:
OFICINA PROFESIONAL DE LA NOTARIA ROSEMARIE MALDONADO SANTIZO.
Avenida Reforma uno guin cincuenta de la zona nueve de esta ciudad,
Edificio El Reformador, sexto nivel, oficina seiscientos
dos.----------------------------------------------------------Guatemala,
veinticinco de febrero de dos mil
catorce.---------------------------------------------------
I. Se tiene por radicado o promovido el Proceso Sucesorio
Testamentario Extrajudicial del seor KARLHEINZ SCHLAFFE ALB. II.
Con el acta notarial de requerimiento y documentos presentados, se
inicia la formacin del expediente respectivo. III. Agrguense al
expediente los documentos presentados conforme lo establece el
artculo cuatrocientos cincuenta y cinco (455) del Cdigo Procesal
Civil y Mercantil. IV. Se tienen por ofrecidos los medios de prueba
individualizados en el apartado respectivo. V. Previo a convocar a
Junta de herederos o interesados se rectifiquen las partidas de
nacimiento de la Seora Ingrid Karin Schlaffke Girn y el Seor
Karlheinz Schlaffke Girn por estar consignados errneamente los
nombres de sus seores padres, se realicen las anotaciones a las
partidas de nacimiento de la Seora Maria Concepcin Magdalina Girn
Marroquin y del causante Karlheinz Schlaffke Alb, por no estar
consignada la anotacin de matrimonio; VI. En su oportunidad se
convoque para la junta de herederos o interesados, para darle
lectura al testamento. VII. Faccinese el edicto respectivo, y
hganse las publicaciones correspondientes, citando a los que tengan
inters. VIII. Dse aviso al Registro de Procesos Sucesorios de la
Corte Suprema de Justicia. IX. Elabrese el inventario respectivo.
X. En su oportunidad, dse audiencia a la Procuradura General de la
Nacin. XI. Lo dems solicitado, tngase presente para su oportunidad.
Artculos: 453, 455, 456, 457, y 488 del Cdigo Procesal Civil y
Mercantil; Artculo 2o. del Decreto 73-75 del Congreso de la
Repblica.PROCESO SUCESORIO TESTAMENTARIO EXTRAJUDICIAL DEL SEOR
KARLHEINZ SCHLAFFE ALB.En la ciudad de Guatemala, el veinticinco de
febrero de dos mil catorce, siendo las nueve horas con veinte
minutos, en Avenida Reforma uno guin cincuenta de la zona nueve de
esta ciudad, Edificio El Reformador, sexto nivel, oficina
seiscientos dos, NOTIFIQUE a: KARLHEINZ SCHLAFFKE GIRN, la
resolucin de fecha cinco de febrero de dos mil catorce. Quien de
enterado no firma. DOY FE.
SEOR ENCARGADO
DEL REGISTRO DE PROCESOS SUCESORIOS
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
En cumplimiento de lo ordenado por el artculo 2 del Decreto
73-75 del Congreso de la Repblica, a Usted atentamente,AVISO:
Que a solicitud del seor KARLHEINZ SCHLAFFKE GIRN, con fecha
veinticinco de febrero de dos mil catorce, ante mis oficios
notariales se radic el proceso sucesorio testamentario
extrajudicial que a continuacin se identifica:Nombre del Causante:
KARLHEINZ SCHLAFFKE ALB.Fecha del Fallecimiento: CINCO DE
SEPTIEMBRE DE DOS MIL TRECE.Nombre de los padres del causante:
HEINZ SCHLAFFKE PAPIUS y ANA DOMINGA ALB MORALES;
Herederos Testamentarios: MARIA CONCEPCIN MAGDALINA
GIRN MARROQUIN DE SCHLAFFKE.
Legatarios: MARIA CONCEPCIN MAGDALINA
GIRN MARROQUIN DE SCHLAFFKE; KARLHEINZ SCHLAFFKE GIRN; INGRID
KARIN SCHLAFFKE GIRN; KLAUS DIETER SCHLAFFKE GIRN;
MARIO ALEJANDRO ESCOBAR
SCHLAFFKE;
MARIA RENEE ESCOBAR SCHLAFFKE. Clase de proceso sucesorio:
TESTAMENTARIO.
Guatemala, 16 de diciembre de 2014.
Licda. Rosemarie Maldonado SantizoAbogada y NotariaColegiada:
5876
Avenida Reforma 1-50 zona 9. Ciudad de Guatemala
El seor KARLHEINZ SCHLAFFKE GIRN, radic ante mis oficios, el
sucesorio testamentario extrajudicial del seor KARLHEINZ SCHLAFFE
ALB (Q.E.P.D.). Junta de herederos 15 de diciembre de 2014, diez
horas, en Avenida Reforma 1-50 zona 9, ciudad de Guatemala,
Edificio El Reformador, sexto nivel, oficina 602. Cito a los que
tengan inters. Guatemala, 18 de junio de 2010. Licda. Rosemarie
Maldonado Santizo. Notaria. En la ciudad de Guatemala, el quince de
julio de dos mil diez, siendo las diez horas, yo, ROSEMARIE
MALDONADO SANTIZO, Notaria, me encuentro constituida en mi oficina
profesional ubicada en Avenida Reforma uno guin cincuenta de la
zona nueve de esta ciudad, Edificio El Reformador, sexto nivel,
oficina seiscientos dos, a requerimiento de la seora CARMEN RAQUEL
CRUZ MOLINA, quien manifiesta ser de setenta y un aos de edad,
soltera, ama de casa, guatemalteca, con domicilio en el
Departamento de Guatemala, quien se identifica con la cdula de
vecindad nmero de orden A guin uno y de registro doscientos
diecinueve mil ochocientos siete (A-1 219807) extendida por el
Alcalde Municipal de esta ciudad capital. La compareciente requiere
mis servicios, ya que ante mis oficios se tramita el Proceso
Sucesorio Testamentario del seor HCTOR HUMBERTO LPEZ ESTRADA (Que
en paz descanse), y siendo hoy el da y hora sealados para la junta
de herederos o interesados, tenindose a la vista las publicaciones
aparecidas en el Diario Oficial (Diario de Centro Amrica), los das
veinticuatro de junio, uno y ocho de julio, todas de dos mil diez.
Acto Seguido, juramento a la compareciente en forma legal, le
advierto lo relativo al delito de perjurio y se procede de la forma
siguiente: PRIMERO: Manifiesta que comparece en su calidad de
cnyuge del causante, relacin de parentesco que acredita con la
certificacin de la partida de Matrimonio nmero ochocientos sesenta
y cinco (865), folio ciento treinta y uno (131) del libro seis guin
MN (6-MN), extendida el treinta y uno de mayo de dos mil diez por
Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas del
Municipio y Departamento de Guatemala, documento el cual obra en el
expediente. SEGUNDO: LECTURA DEL TESTAMENTO. Manifiesta la
requirente, que el causante, seor HECTOR HUMBERTO LOPEZ ESTRADA,
otorg Testamento Comn Abierto, ante los oficios de la Infrascrita
Notaria, mediante Escritura Pblica nmero treinta y nueve (39),
autorizada en esta ciudad el veintisis de septiembre de dos mil
tres, cuyo primer testimonio se encuentra anotado en el Registro
General de la Propiedad al asiento nmero tres mil seiscientos
treinta y cuatro (3634), folio ciento treinta y cuatro (134) del
Libro ocho E (8E) de Testamentos, con fecha diecisiete de mayo de
dos mil diez; disposicin de ltima voluntad donde asign a ttulo
universal su herencia. La Requirente manifiesta haberle dado
integra lectura al Testamento relacionado, de cuyo texto se
transcribe literalmente su Clusula Segunda, que establece: SEGUNDA:
DE LA INSTITUCIN DE HEREDEROS. Manifiesta el otorgante que es su
voluntad y que por este acto as lo hace, instituir como UNICA Y
UNIVERSAL HEREDERA de todos sus bienes, derechos y acciones
presentes y futuros a su seora esposa CARMEN RAQUEL CRUZ MOLINA DE
LOPEZ. TERCERA: DE LA ACEPTACION DE LA HERENCIA. Manifiesta la
Requirente que no tiene impugnacin u objecin alguna respecto a la
validez del testamento, y que por este acto de forma expresa acepta
la herencia instituida a su favor. CUARTA: No habiendo ms que hacer
constar se finaliza la presente acta, treinta minutos despus de su
inicio, la cual consta en tres hojas de papel bond a las que se les
adhiere los timbres de ley. Leo lo escrito a la requirente y
enterada de su contenido, objeto, validez y dems efectos legales,
la acepta, ratifica y firma. DOY FE.
f.
ANTE M:ACTA NOTARIAL DE AUTORIZACION DE INVENTARIO DE LA MORTUAL
DEL SEOR HECTOR HUMBERTO LPEZ ESTRADA
En la ciudad de Guatemala, el doce de enero de dos mil once,
siendo las nueve horas, en mi oficina profesional ubicada en
Avenida Reforma uno guin cincuenta de la zona nueve de esta ciudad,
Edificio El Reformador, sexto nivel, oficina seiscientos dos, soy
requerida por la seora CARMEN RAQUEL CRUZ MOLINA, de setenta y dos
aos de edad, soltera, ama de casa, guatemalteca, con domicilio en
el Departamento de Guatemala, persona de mi conocimiento no
obstante se identifica con la cdula de vecindad nmero de orden A
guin uno y de registro doscientos diecinueve mil ochocientos siete
(A-1 219807) extendida por el Alcalde Municipal de esta ciudad. La
seora CARMEN RAQUEL CRUZ MOLINA, requiere mis servicios notariales
con el objeto que se proceda a autorizar el inventario de la
mortual de su cnyuge el seor HECTOR HUMBERTO LPEZ ESTRADA, dentro
del Proceso Sucesorio Testamentario Extrajudicial que se sigue al
causante, procedindose de la siguiente manera: PRIMERO: Tomo el
juramento de ley a la requirente, y enterada de las penas relativas
al delito de perjurio, jura conducirse con la verdad en el curso de
la presente diligencia, as como que manifestar todos los bienes que
tenga en su poder y que dar razn de aqullos de que tenga noticia.
SEGUNDO: En base a lo declarado y documentos que me presenta la
requirente, procedo a faccionar el inventario de los bienes de la
mortual de quien en vida fuera el seor HECTOR HUMBERTO LPEZ
ESTRADA:ACTIVO:UNOCincuenta por ciento de los derechos de propiedad
sobre el Ttulo de Media Paja de Agua, nmero diez mil ciento catorce
(10114), extendido el veintiuno de agosto de mil novecientos
cincuenta y ocho, por la Municipalidad de Guatemala. Conforme avalo
fiscal, asciende al valor estimado de: SETECIENTOS CINCUENTA
QUETZALES.
Q. 750.00
DOSTtulo de Media Paja de Agua, nmero tres mil setecientos tres
(3703), extendido el once de julio de mil novecientos sesenta y
uno, por la Municipalidad de Guatemala. Conforme avalo fiscal,
asciende al valor estimado de: UN MIL QUINIENTOS QUETZALES.
Q. 1,500.00
TRESCertificado nmero tres mil setecientos cuarenta y cuatro
(3744), extendido el diecisiete de mayo de mil novecientos noventa
y nueve, por la entidad: La Compaa del Agua del Mariscal, S.A.
Conforme avalo fiscal, asciende al valor estimado de: UN MIL
QUINIENTOS QUETZALES.
Q. 1,500.00
CUATROTtulo de Media Paja de Agua Municipal, nmero veintin mil
setecientos diecisis (21716), extendido el cuatro de septiembre de
dos mil ocho, por la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de
Guatemala. Conforme avalo fiscal, asciende al valor estimado de: UN
MIL QUINIENTOS QUETZALES
Q. 1,500.00
CINCOAportacin a la sociedad HECTOR LOPEZ Y COMPAA LIMITADA,
valor nominal del Aporte el cual asciende al valor de: CUATRO MIL
QUINIENTOS CINCUENTA QUETZALES Q. 4,550.00
SUMA EL ACTIVO Q. 9,800.00
PASIVOUNOHonorarios profesionales del valuador autorizado.Q.
896.00
DOSPublicacin de Edictos en el Diario OficialQ. 376.89
SUMA EL PASIVOQ.1,272.89
LIQUIDACIN:
ACTIVOQ. 9,800.00
PASIVOQ. 1,272.89
LQUIDOQ. 8,527.11
OCHO MIL QUINIENTOS VEINTISIETE QUETZALES CON ONCE
CENTAVOS.TERCERO: Manifiesta la seora CARMEN RAQUEL CRUZ MOLINA que
est de acuerdo con el inventario practicado; que no conoce la
existencia de otros bienes del causante y que de los bienes que
quedaron identificados en el presente inventario nicamente el nmero
uno era comn de los cnyuges y que los otros cuatro fueron propios
del causante. CUARTO: Contina manifestando la requirente que por
ser ella la nica interesada en el presente inventario, solicita que
se omita el procedimiento de audiencias, oposicin y aprobacin, ya
que se encuentra de acuerdo con el inventario en su totalidad.
QUINTO: No habiendo ms que hacer constar se da por terminada la
presente acta notarial de inventario, manifestando la requirente
que si tuviere conocimiento de otros bienes del causante, los dar a
conocer en otro inventario. Yo la infrascrita Notaria, Doy fe de
tener a la vista los Ttulos de Agua que se detallaron en el
presente inventario, los avalos fiscales practicados, la factura de
honorarios del valuador autorizado y fotocopia de la Escritura
Pblica de Constitucin de la entidad Hctor Lpez y Compaa Limitada
autorizada en la ciudad de Guatemala el tres de abril de mil
novecientos noventa por el Notario Alfredo Waldemar Tercero Duarte,
documento con el cual se demuestra el numeral cinco del activo
inventariado. Se finaliza la presente en el mismo lugar y fecha de
su inicio una hora ms tarde, la cual queda contenida en cinco hojas
de papel bond impresas nicamente en su anverso, a las que adhiero
los timbres de ley. Leo lo escrito a la requirente y enterada de su
contenido, objeto, validez y efectos legales, la acepta, ratifica y
firma. DOY FE.
f.
ANTE M:
OFICINA PROFESIONAL DE LA NOTARIA ROSEMARIE MALDONADO SANTIZO.
Avenida Reforma uno guin cincuenta de la zona nueve de esta ciudad,
Edificio El Reformador, sexto nivel, oficina seiscientos
dos.--------------------------------------------------------Guatemala,
siete de abril de dos mil
once.--------------------------------------------------------------
I. Incorprense al expediente del Proceso Sucesorio Testamentario
Extrajudicial del causante HECTOR HUMBERTO LOPEZ ESTRADA, los
documentos que anteceden, consistentes en: a) Avalos de los bienes
que constan en el acta notarial de inventario de fecha doce de
enero de dos mil once; y, b) Fotocopia de la Escritura de
Constitucin de la sociedad denominada HECTOR LOPEZ Y COMPAA
LIMITADA, autorizada en esta ciudad el tres de abril de mil
novecientos noventa por el Notario Alfredo Waldemar Tercero Duarte;
II. En virtud de haberse concluido con los requisitos previos, y en
cumplimiento a lo dispuesto por el artculo cuatrocientos noventa y
dos del Cdigo Procesal Civil y Mercantil, remtanse las presentes
diligencias a la Procuradura General de la Nacin, para que se
pronuncie al respecto. Artculos: 453, 455, 456, 457, y 488 del
Cdigo Procesal Civil y Mercantil; Artculo 2o. del Decreto 73-75 del
Congreso de la Repblica.OFICINA PROFESIONAL DE LA NOTARIA ROSEMARIE
MALDONADO SANTIZO. Avenida Reforma uno guin cincuenta de la zona
nueve de esta ciudad, Edificio El Reformador, sexto nivel, oficina
seiscientos
dos.--------------------------------------------------------Guatemala,
quince de julio de dos mil
once.--------------------------------------------------------------
I. Incorprense al expediente del Proceso Sucesorio Testamentario
Extrajudicial del causante HECTOR HUMBERTO LOPEZ ESTRADA
(Identificado legalmente con otros nombres), los documentos que
anteceden, consistentes en: a) Ampliacin de aviso, dirigido a la
seora Encargada del Registro de Procesos Sucesorios de fecha trece
de junio de dos mil once; b) Ampliacin de acuse de recibo, emitido
por la Encargada del Registro de Procesos Sucesorios de la
Secretara de la Corte Suprema de Justicia, de fecha diecisis de
junio de dos mil once; c) Informe de fecha veintiuno de junio de
dos mil once, emitido por el Registro General de la Propiedad de
Guatemala; y, d) Informe de fecha cuatro de julio de dos mil once,
emitido por el Segundo Registro de la Propiedad; II. En virtud de
haber sido satisfechas las observaciones manifestadas por la
Procuradura General de la Nacin en su dictamen de fecha veintisiete
de abril de dos mil once, y en cumplimiento a lo dispuesto por el
artculo cuatrocientos noventa y dos del Cdigo Procesal Civil y
Mercantil, remtanse las presentes diligencias a la Procuradura
General de la Nacin, para que se pronuncie al respecto. Artculos:
401, 457, 460 y 492 del Cdigo Procesal Civil y Mercantil; 1 del
Decreto 25-97 del Congreso de la Repblica; 2 y 4 de la Ley
Reguladora de la tramitacin Notarial de Asuntos de Jurisdiccin
Voluntaria.OFICINA PROFESIONAL DE LA NOTARIA ROSEMARIE MALDONADO
SANTIZO. Avenida Reforma uno guin cincuenta de la zona nueve de
esta ciudad, Edificio El Reformador, sexto nivel, oficina
seiscientos
dos.--------------------------------------------------------Guatemala,
veintisis de septiembre de dos mil
once.------------------------------------------------
I) Se tiene por recibido el expediente del Proceso Sucesorio
Testamentario del causante HECTOR HUMBERTO LOPEZ ESTRADA,
identificado tambin como HECTOR LOPEZ ESTRADA, HECTOR H. LOPEZ
ESTRADA y HECTOR LOPEZ E., proveniente de la Procuradura General de
la Nacin con sesenta y un folios, incluyendo el dictamen de fecha
veinticinco de julio de dos mil once, en el que dicha institucin se
pronuncia en el sentido de que es procedente resolver declarando
como nica y universal heredera del causante a la seora CARMEN
RAQUEL CRUZ MOLINA; II) Dctese el auto que en Derecho corresponde.
Artculos 492, 494 del Cdigo Procesal Civil y Mercantil; 1 del
Decreto 25-97 del Congreso de la Repblica. OFICINA PROFESIONAL DE
LA NOTARIA ROSEMARIE MALDONADO SANTIZO. Avenida Reforma uno guin
cincuenta de la zona nueve de esta ciudad, Edificio El Reformador,
sexto nivel, oficina seiscientos
dos.--------------------------------------------------------Guatemala,
veintisiete de septiembre de dos mil
once.--------------------------------------------------
SE TIENE A LA VISTA para resolver el PROCESO SUCESORIO
TESTAMENTARIO EXTRAJUDICIAL del causante HECTOR HUMBERTO LOPEZ
ESTRADA, identificado tambin como HECTOR LOPEZ ESTRADA, HECTOR H.
LOPEZ ESTRADA y HECTOR LOPEZ E., radicado ante mis oficios
notariales por la seora CARMEN RAQUEL CRUZ MOLINA, el ocho de junio
de dos mil
diez.-----------------------------------------------------------------CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artculo 917 del Cdigo Civil, La sucesin
por causa de muerte se realiza por la voluntad de la persona,
manifestada en testamento y, a falta de ste, por disposicin de la
ley. La primera se llama testamentaria y la segunda, intestada,
comprendiendo en uno y otro caso todos los bienes, derechos y
obligaciones que no se extinguen por la muerte. Que el artculo 934
del mismo cuerpo legal establece en su parte conducente que: Toda
persona capaz civilmente puede disponer de sus bienes por medio de
testamento a favor de cualquiera que no tenga incapacidad o
prohibicin legal para heredar. . Y siendo el caso que el causante
seor HECTOR HUMBERTO LOPEZ ESTRADA identificado legalmente con
otros nombres, otorg Testamento Comn Abierto, ante los oficios de
la Infrascrita Notaria, mediante escritura pblica nmero treinta y
nueve (39) autorizada en esta ciudad el veintisis de septiembre de
dos mil tres, instruyendo como su nica y universal heredera a su
seora esposa CARMEN RAQUEL CRUZ MOLINA DE LOPEZ, quien expresamente
acept la Herencia mediante el Acta Notarial de fecha quince de
julio de dos mil
diez.----------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO:
Que al proceso se aportaron los siguientes documentos: a)
Certificado de la Partida de Nacimiento nmero doscientos
veintinueve (229) folio siete (7) del libro sesenta y nueve B (69
B) de Nacimientos, del Registro Nacional de las Personas del
Municipio y Departamento de Totonicapn, correspondiente al
causante; b) Certificacin de la Partida de Defuncin nmero
cuatrocientos cinco (405) folio cuatrocientos cinco (405) del libro
cuatrocientos cincuenta (450) de Defunciones, del Registro Nacional
de las Personas del Municipio y Departamento de Guatemala,
correspondiente al causante; c) Certificacin de la Partida de
Matrimonio nmero ochocientos sesenta y cinco (865), folio ciento
treinta y uno (131) del libro seis guin MN (6-MN), del Registro
Nacional de las Personas del Municipio y Departamento de Guatemala;
d) Testimonio de la escritura pblica nmero treinta y nueve (39)
autorizada en esta ciudad el veintisis de septiembre de dos mil
tres por la Infrascrita Notaria, documento que contiene el
Testamento Comn Abierto otorgado por el seor HECTOR HUMBERTO LOPEZ
ESTRADA, el cual qued inscrito en el Registro General de la
Propiedad al nmero tres mil seiscientos treinta y cuatro (3634),
folio ciento treinta y cuatro (134) del libro ocho E (8E) de
Testamentos; e) En el expediente obra el oficio de fecha catorce de
junio de dos mil diez, en el que la Encargada del Registro de
Procesos Sucesorios de la Secretara de la Corte Suprema de Justicia
acusa de recibo del aviso de radicacin del presente proceso
sucesorio; f) Los informes rendidos por el Registro General de la
Propiedad Central en donde consta la existencia de Testamento y del
Segundo Registro de la Propiedad; g) Fueron publicados en el Diario
Oficial los edictos que manda la ley, con fechas veinticuatro de
junio, uno y ocho de julio todos del dos mil diez; h) La aceptacin
expresa de la herencia por parte de la seora CARMEN RAQUEL CRUZ
MOLINA, mediante acta notarial de fecha quince de julio de dos mil
diez; i) El haber hereditario se hizo constar en el respectivo
inventario, contenido en acta notarial de fecha doce de enero de
dos mil once, al cual se adjuntaron los documentos relativos a la
propiedad y avalo sobre los bienes que constan en el inventario; j)
Que no hubo oposicin alguna. k) Por ultimo la Procuradura General
de la Nacin emiti dictamen de fecha veinticinco de julio de dos mil
once en la que opin favorablemente que proceda declarar como nica y
universal heredera del causante a su cnyuge seora CARMEN RAQUEL
CRUZ MOLINA, tal y como fuera instituida en el testamento
relacionado.--------------------------
CONSIDERANDO: Que el artculo cuatrocientos noventa y cuatro del
Cdigo Procesal Civil y Mercantil establece que con vista a lo
actuado, de los documentos aportados y del dictamen del Ministerio
Pblico (Procuradura General de la Nacin), el notario resolver en
forma razonada reconociendo como herederos legales a quienes
corresponda, de acuerdo con el Cdigo Civil para la sucesin
intestada, con la salvedad prevista en el artculo 481; o como
herederos o legatarios a los instituidos, en el caso de haber
testamento.------------------ARTICULOS: 917, 918, 919, 934, 935,
940, 954, 955, 1026, 1027, 1032 del Cdigo Civil; 450, 453, 455,
456, 457, 460, 461, 462, 464, 488, 489, 490, 491, 492, 493, 494,
496 del Cdigo Procesal Civil y Mercantil; 1 del Decreto 25-97 del
Congreso de la Repblica.POR TANTO: Con base en lo considerado y
leyes citadas, al resolver DECLARO: I) PROCEDENTE, el Proceso
Sucesorio Testamentario Extrajudicial del causante HECTOR HUMBERTO
LOPEZ ESTRADA, identificado tambin como HECTOR LOPEZ ESTRADA,
HECTOR H. LOPEZ ESTRADA y HECTOR LOPEZ E.; II) Se reconoce como
nica y universal heredera de todos los bienes, derechos y
obligaciones del causante HECTOR HUMBERTO LOPEZ ESTRADA,
identificado tambin como HECTOR LOPEZ ESTRADA, HECTOR H. LOPEZ
ESTRADA y HECTOR LOPEZ E. a la seora CARMEN RAQUEL CRUZ MOLINA;
III) La presente declaracin se hace sin perjuicio de tercero de
igual o mejor derecho. NOTIFQUESE.En la ciudad de Guatemala, el
veintiocho de septiembre de dos mil once, siendo las diez horas,
yo, ROSEMARIE MALDONADO SANTIZO, Notaria, en mi oficina profesional
ubicada en Avenida Reforma uno guin cincuenta de la zona nueve de
esta ciudad, Edificio El Reformador, sexto nivel, oficina
seiscientos dos, NOTIFIQUE a: CARMEN RAQUEL CRUZ MOLINA, el auto de
fecha veintisiete de septiembre de dos mil once, dictado por la
Notaria Rosemarie Maldonado Santizo dentro del Proceso Sucesorio
Testamentario Extrajudicial del causante HECTOR HUMBERTO LOPEZ
ESTRADA identificado tambin como HECTOR LOPEZ ESTRADA, HECTOR H.
LOPEZ ESTRADA y HECTOR LOPEZ E., entregndole copia del auto que se
notifica, y quien de enterada no firma. DOY FE.
SEOR JEFE DE LA SECCIN DE HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES DEL
DEPARTAMENTO DE IMPUESTOS AL PATRIMONIO, DE LA DIRECCIN DE CATASTRO
Y AVALO DE BIENES INMUEBLES, DEL MINISTERIO DE FINANZAS
PBLICAS.
ROSEMARIE MALDONADO SANTIZO, de cuarenta y dos aos de edad,
soltera, guatemalteca, Abogada y Notaria, con domicilio en el
departamento de Guatemala, ante Usted, atentamente comparezco y
EXPONGO:I. Acto bajo mi propia direccin y procuracin, y sealo como
lugar para recibir notificaciones mi oficina profesional ubicada en
Avenida Reforma uno guin cincuenta de la zona nueve de esta ciudad,
Edificio El Reformador, sexto nivel oficina seiscientos dos.
II. Comparezco, con base en el artculo 496 del Cdigo Procesal
Civil y Mercantil, con el objeto de PRESENTAR EL PROCESO SUCESORIO
TESTAMENTARIO EXTRAJUDICIAL DEL CAUSANTE HECTOR HUMBERTO LOPEZ
ESTRADA, identificado tambin como HECTOR LOPEZ ESTRADA, HECTOR H.
LOPEZ ESTRADA y HECTOR LOPEZ E., a efecto de que se practique la
LIQUIDACIN FISCAL DEL IMPUESTO RESPECTIVO.
III. Para los efectos pertinentes, manifiesto que el tipo de
proceso es sucesorio Testamentario Extrajudicial; el causante es
HECTOR HUMBERTO LOPEZ ESTRADA, identificado tambin como HECTOR
LOPEZ ESTRADA, HECTOR H. LOPEZ ESTRADA y HECTOR LOPEZ E.; La
Notaria ante cuyos oficios se tramit el proceso es la presentada,
Rosemarie Maldonado Santizo; El inventario se practic mediante acta
notarial faccionada en la ciudad de Guatemala el doce de enero de
dos mil once, por la Notaria Rosemarie Maldonado Santizo; la
Procuradura General de la Nacin emiti opinin favorable con fecha
veinticinco de julio de dos mil once; el auto fue dictado con fecha
veintisiete de septiembre de dos mil once; y el expediente est
compuesto por un total de sesenta y seis (66) folios, ms el
presente memorial.FUNDAMENTO DE DERECHO:
El artculo 496 del Cdigo Procesal Civil y Mercantil, establece:
El notario entregar el expediente a la Direccin General de Rentas
para que, sin otro trmite y con base en lo actuado, practique la
liquidacin de los impuestos respectivos, de acuerdo con las
disposiciones de la Ley de Herencias, Legados y Donaciones.- El
expediente ser devuelto al notario con certificacin de lo
resuelto.PETICION:a) Que se admita para su trmite y se tenga por
presentado este memorial y expediente adjunto, con sesenta y seis
(66) folios.b) Que se tome nota de la direccin y procuracin bajo
las que acto, as como del lugar que sealo para recibir
notificaciones.c) Que, sin ms trmite y con base en lo actuado, se
proceda a practicar la liquidacin de los impuestos respectivos de
acuerdo con la Ley sobre Impuesto de Herencias, Legados y
Donaciones.d) Que, oportunamente, me sea devuelto el expediente,
con certificacin de lo resuelto.ACOMPAO UNA COPIA del presente
memorial y el original del expediente del Proceso Sucesorio
Testamentario Extrajudicial del causante HECTOR HUMBERTO LOPEZ
ESTRADA, identificado tambin como HECTOR LOPEZ ESTRADA, HECTOR H.
LOPEZ ESTRADA y HECTOR LOPEZ E.
CITA DE LEYES: Fundo mi peticin en el artculo citado y en los
siguientes: 1, 21, 25, 26, 26, 28, 29, 31, 44, 50, 61, 63, 64 al
79, 450, 451, 453, 454, 455, 456, 457, 460, 461, 462, 464, 465,
488, 489, 490, 491, 492, 494 del Cdigo Procesal Civil y Mercantil;
la totalidad de la Ley sobre el Impuesto de Herencias Legados y
Donaciones; 42, 43 y 44 del Reglamento Orgnico Interno del
Ministerio de Finanzas Pblicas.
Guatemala, veinticinco de octubre de dos mil once.
POR M Y EN MI PROPIO AUXILIO: Expediente. 01-H-1338-2011SEOR
JEFE DE LA SECCIN DE HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES DEL
DEPARTAMENTO DE IMPUESTOS AL PATRIMONIO, DE LA DIRECCIN DE CATASTRO
Y AVALO DE BIENES INMUEBLES, DEL MINISTERIO DE FINANZAS
PBLICAS.
ROSEMARIE MALDONADO SANTIZO, de datos de identificacin personal
conocidos, dentro del expediente arriba identificado, atentamente
comparezco y,EXPONGO:
Me encuentro notificada de la providencia numero novecientos
once guin dos mil once, emitida por la Direccin de Catastro y Avalo
de Bienes Inmuebles, Departamento de Impuestos al Patrimonio,
Seccin de Herencias, Legados y Donaciones, de fecha diecisiete de
noviembre de dos mil once, en la cual se solicita que previo a
formular la liquidacin fiscal es necesario que: Ample su
Inventario, consignando los derechos que le corresponde a la
mortual sobre la finca Registro 40986-102-339 de Guatemala,
asimismo adjuntar certificacin de Matrcula Fiscal, indicando a pi
de pgina su respectiva anotacin de avalo reciente; si ya no le
pertenece al causante debe depurar la matricula 01L106253..
En virtud de lo anterior, y para dar cumplimiento a lo
solicitado por la Direccin a la que me dirijo, por este medio me
permito indicar que la matricula antes relacionada, as como la
matricula nmero 01L006725 fueron depuradas en virtud de que las
mismas ya no pertenecen al causante HECTOR HUMBERTO LPEZ
ESTRADA.
DOCUMENTOS QUE ACOMPAO:a) Consulta del Estado Matricular de la
finca nmero CUARENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS (40986), folio
CIENTO DOS (102) del libro TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE (339) de
GUATEMALA, matricula nmero 01L106253, propiedad de la entidad
INMOBILIARIA LOEST, SOCIEDAD ANONIMA.
b) Consulta del Estado Matricular de la finca nmero VEINTITRES
MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS (23146), folio SETENTA Y NUEVE (79) del
libro DOSCIENTOS VEINTINUEVE (229) de GUATEMALA, matricula nmero
01L006725, propiedad de la entidad INMOBILIARIA LOEST, SOCIEDAD
ANONIMA.SOLICITO:a) Que se admita para su trmite el presente
memorial y documentos adjuntos, incorporndolos al expediente
respectivo;b) Que se tenga por cumplido, con lo solicitado segn
providencia nmero novecientos once guin dos mil once, de fecha
diecisiete de noviembre de dos mil once;c) Que se proceda a
practicar la liquidacin de los impuestos respectivos de acuerdo con
la Ley sobre Impuesto de Herencias, Legados y Donaciones.d) Que,
oportunamente, me sea devuelto el expediente, con certificacin de
lo resuelto.ACOMPAO UNA COPIA del presente memorial y de los
documentos adjuntos.CITA DE LEYES: Fundo mi solicitud en los
artculos siguientes: 1, 50, 62, 63, 450, 451, 453, 455, 457, 460
462, 464, 488, 489, 490, 491, 492, 494, 496 del Cdigo Procesal
Civil y Mercantil; la Totalidad de la Ley sobre el Impuesto de
Herencias, Legados y Donaciones; 42, 43 y 44 del Reglamento Orgnico
Interno del Ministerio de Finanzas Pblicas.
Guatemala, veinticuatro de enero de dos mil doce.
POR M Y EN MI PROPIO AUXILIO: