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CARACTERIZACIN DEL SISTEMA JURDICO MAYA Sarah Acevedo1
El Sistema Jurdico Maya o Derecho Maya, tiene cuatro dimensiones
que vale la pena explorar, la primera es la de los valores, la
segunda sus procedimientos , la tercera sus autoridades y la cuarta
su estructura institucional y jerrquica propia. Vamos a referirnos
tambin a su situacin actual, sobre todo su relacin de subordinacin
frente al Derecho Oficial y las implicaciones que esto tiene, por
otra parte vamos a hablar sobre los efectos de los procesos
histricos del autoritarismo en los procedimientos propios del
Derecho Maya. Se intentar entonces un abordaje del Derecho Maya, no
solamente desde sus orgenes conceptuales, filosficos, sino tambin
de su funcionamiento el da de hoy, visualizando cules son sus
principales contradicciones y sus tensiones en el contexto nacional
actual. CARACTERIZACIN DE LOS VALORES DEL DERECHO MAYA El Derecho
Maya se sustenta en los propios valores de la cosmovisin maya, uno
de los principales y quiz el que tiene ms influencia es el concepto
de que el universo funciona bajo dos principios, el principio de
cooperacin y el principio de interdependencia . Estos dos
principios hacen referencia a un universo en el cual todos sus
elementos forman parte de una gran totalidad que est
interrelacionada y que todos los elementos que lo conforman
incluido el ser humano se influencian mutuamente, y tambin se
necesitan mutuamente. Este gran principio de funcionamiento del
universo fue trasladado al plano social , y se considera que el
plano social o la sociedad debe ser reflejo del funcionamiento o de
la dinmica del cosmos, es decir, debe funcionar en cooperacin e
interdependencia. Parte de que entre todos nos requerimos para
lograr los procesos vitales y de la ayuda mutua entre los
integrantes de la sociedad. Pero tambin se fundamenta en el
principio de que todos nos afectamos a todos cuando hay un
desequilibrio. No se concibe a los seres humanos o los miembros de
la sociedad, o a los grupos como entidades aisladas. Lo que afecta
al conjunto de la sociedad afecta a los individuos, y lo que los
individuos realizan tambin afecta al conjunto de la sociedad. De ah
se deriva uno de los principios ms importantes en el Derecho Maya,
que postula que el conflicto genera rupturas de la armona , de ah
que la bsqueda principal del Derecho Maya es el reestablecimiento
permanente de la armona , esto no quiere decir que dicho sistema
jurdico tenga una visin esttica o aconflictiva de la sociedad o que
considere que el conflicto es algo anormal en la sociedad, al
contrario, el binomio equilibrio-desequilibrio, armona-desarmona se
considera como un principio de
1 Sociloga guatemalteca. El texto fue elaborado para el captulo
de conceptos fundamentales del libro Del conflicto a la reparacin.
Gestin de la conflictividad en los municipios de Santa Catalina La
Tinta, Alta Verapaz y Olopa, Chiquimula. Instituto de Estudios
Comparados en Ciencias Penales de Guatemala ICCPG-. Guatemala,
diciembre 2008.
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la dinmica del universo. No puede haber armona si no hay
desarmona y no puede haber desarmona si no hay armona. La bsqueda
de la humanidad consiste en que frente a la generacin de esos
desequilibrios, siempre hay intentos de generar nuevos equilibrios,
nuevas armonas, considerndose un proceso normal del funcionamiento
tanto de la sociedad como del cosmos. No se considera entonces la
conflictividad como algo malo, ni como algo ajeno a la dinmica
societal ni a la dinmica del funcionamiento del universo. Cada
nuevo equilibrio genera nuevas conflictividades y el reto es
precisamente buscar nuevos equilibrios relativos como respuesta a
los nuevos desequilibrios que estn surgiendo. Un ejemplo
significativo de la necesidad del ciclo orden-caos-orden-caos como
motor sustancial de las transformaciones sociales, est planteado en
el Pop Wuj o Popol Vuh, el libro sagrado de los K iche cuyos
elementos filosfico-mitolgicos son comunes a todos los pueblos de
origen Maya. Cuando se narra la creacin de la humanidad de maz, el
relato enfatiza en que esta humanidad satisface inicialmente todas
las expectativas de las deidades creadoras. Porque su cuerpo tiene
consistencia pero tambin tiene espritu e invoca a las deidades. Sin
embargo, las deidades se preocupan pues su creacin lo comprende
todo, por lo cual reflexionan y piensan que no est bien que sean
perfectos y a partir de ah les nublan la vista. Esto quiere decir
que finalmente la concepcin Maya opta por una posibilidad eterna de
perfectibilidad antes que llegar a la perfeccin. Es decir, ya no
hay un momento en el cual se llega a la perfeccin, si no que las
deidades optan por dejar abierta la puerta a la constante bsqueda.
De haber dejado a los seres perfectos, hubiese implicado el cese
del movimiento, las deidades se preocuparon porque hubiese
significado que se acabara all la bsqueda, que se estancara todo y
que no tendra entonces sentido ni la vida ni la existencia, ni de
sus creados ni de ellos como deidades. En la cosmovisin Qeqchi los
individuos buscan cotidianamente explicaciones espirituales y
rituales a los problemas del diario vivir. Los problemas de salud,
de relaciones interpersonales, de relaciones con lo vivo y con lo
inerte, todo, puede encontrar una explicacin en el cosmos qeqchi.
La espiritualidad no es solamente una forma de entender la vida
para los qeqchi, sino es la forma en que se puede vivir.2 En ese
contexto el conflicto surge de la alteracin del orden csmico, que
se expresa en dos dimensiones que estn entrelazadas: lo material y
lo espiritual. El elemento central de la espiritualidad qeqchi, el
Tzultaqa 3 tiene un papel central en la definicin del conflicto, se
desarrolla el conflicto cuando no se siguen los rituales y valores
del culto al Tzuultaqa, pues el culto al Tzuultaqa rige no slo el
mbito agrcola, sino tambin el mbito humano, por lo que de ah se
derivan una serie de valores deseables de comportamiento.
2 Garca, David. Territorio y espiritualidad: lugares sagrados
Qeqchies en Chisec. En: Mayanizacin y vida cotidiana, la ideologa
multicultural en la sociedad guatemalteca. Santiago Bastos y Aura
Cumes coordinadores. Volumen 2. Guatemala FLACSO-CIRMA 2007. 3
Tzuul: cerro y taqa: valle, segn Garca (2007) en sta palabra los
qeqchies simbolizan un culto que respeta todo conjunto de la
naturaleza compuesto por cerros, valles y cuevas; el Tzuultaqa es
el espritu de la montaa (Wilson; 1995).
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A ste respecto, Tzoc afirma que para los qeqchi el conflicto es
una situacin en donde la persona entra en un desequilibrio consigo
mismo, con los dems en el momento de causar dao, el rompimiento del
orden en el entorno circundante, en otras palabras, con la
comunidad; alterar el orden puede ser entendida como la forma de
romper con la tranquilidad de la comunidad como ente social..pero
adems se puede apreciar una situacin de transgresin a un equilibrio
natural. 4 Para el caso de la visin del mundo del pueblo Chorti, el
conflicto tambin se deriva de la alteracin de un orden csmico de
cuyo equilibrio debe ser reflejo la sociedad. Rafael Girard (1962),
es el investigador que ms ha profundizado, descrito e interpretado
la historia y espiritualidad de los Chortis, l apuntaba en el
momento de su investigacin, que el culto solar de origen
prehispnico tiene su ms alta expresin en Chiquimula, en la fiesta
patronal, a cargo del gobierno comunal asociado a las cofradas. Por
lo que el alcalde indgena y sus auxiliares ejercen el poder de la
comunidad, y son los encargados de organizar las fiestas y mantener
la vigencia de los ritos y costumbres, entre ellos regular la
conflictividad, la cual se percibe como consecuencia del
rompimiento con los mandatos espirituales derivados de los ritos
sagrados, lo cual tiene consecuencias en la vida social. Entre los
valores del Derecho Maya, tambin est su carcter resarcitorio. En la
medida de lo posible, busca reestablecer aquello (material o
espiritual) que fue daado, desequilibrado, en la medida que es
resarcitorio no es punitivo, no es castigador, busca reestablecer
el equilibrio, la dignidad daada hacia quien sufri la ofensa y eso
implica que el hecho de no ser punitivo implica que busca no
generar nuevos desequilibrios o nuevos sufrimientos a travs del
castigo. Otro valor es la conciliacin, promueve que la resolucin
sea de comn acuerdo entre las partes, privilegia los consensos y
busca que el acuerdo sea justo para ambas partes , que tanto quien
recibi el dao se sienta resarcido y dignificado con la manera que
se acord resolver el conflicto, pero tambin busca que la persona
que cometi el hecho sea capaz, de cumplir con lo acordado. En ste
sentido tiene un carcter fuertemente contextual , se adeca, se
flexibiliza a las condiciones del contexto donde se cometi el hecho
y de las situaciones y las circunstancias especficas, y las
caractersticas de los actores involucrados en l, tanto quien sufri
de la agresin como quien la ejerci. Por otra parte prev que el
acuerdo o la sancin a la cual se llegue como una medida para
resolver la conflictividad, no genere ms sufrimiento . El ejemplo
que ilustra mejor del porqu evita ser punitivo, es la resistencia
que muestra a que los sindicados vayan a la crcel, como es la
modalidad del Derecho Oficial. En trminos generales hay acuerdo
entre autoridades indgenas en considerar que si la persona
sindicada va a la crcel, se genera ms sufrimiento del que se
pretende resolver por dos situaciones, en primer lugar la persona
que sufri el hecho no va a recibir ningn resarcimiento, ni simblico
ni material porque el deudor est en la crcel y por otra parte
la
4 Tzoc, Juan. Consultora sobre la aplicacin del derecho maya
para la prevencin y resolucin de conflictos en comunidades qeqchies
y sus implicaciones para los rganos de justicia del departamento.
Guatemala, documento sin fecha.
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familia de quien cometi el hecho va a recibir un sufrimiento por
el cual no tiene culpa, por ejemplo los hijos no van a tener a su
padre o su madre o los recursos econmicos que este padre o madre
dedicaban a su familia ya no los van a tener. As tambin ste sistema
privilegia que la reparacin no sea solo material , sino antes que
nada simblica aunque tambin tiene elementos de materialidad. Sobre
todo en los casos donde el dao cometido afecta la dignidad de la
persona o afecta su buen nombre. Es comn que muchas de las
sanciones que se establecen, lleven una parte resarcitoria a travs
de trabajo, a travs de dinero, o de otros elementos que tienen que
ver con el reestablecimiento del dao material, pero siempre existe
un pedir perdn, un pedir disculpas frente al ofendido y tambin
frente a la comunidad para reestablecer la dignidad de la persona o
la del grupo afectado por la comisin del hecho. Otra de las
caractersticas que tiene el derecho maya es la flexibilidad, sta
tiene que ver con la capacidad de ser circunstancial, es decir no
se establecen procedimientos rgidos en los cuales para cada hecho
hay una sancin preestablecida sino que es flexible en el sentido de
que analiza el contexto en el que se cometi el hecho, analiza las
circunstancias de los actores y a partir de ah establece una
sancin, o facilita acuerdos de manera que haya una resolucin de la
conflictividad apegada al contexto tanto de los actores como al
contexto comunitario. Esto evita en buena medida que hayan
sanciones sobredimensionadas para hechos que pueden ser de bajo
impacto, y que haya sanciones subdimensionadas para hechos que
tienen un impacto mucho mayor. Otro aspecto de la valoracin de
flexibilidad es que no siempre hay una perspectiva tajante,
predefinida de lo que se considera bueno o malo, hechos que en el
derecho oficial pueden considerarse definitivamente como delitos
probablemente en el derecho maya, en algunas ocasiones podran
constituirse en delitos y en otras no, dependiendo de las
circunstancias en las cuales se cometi el hecho y dependiendo de
las circunstancias tambin de los actores. LOS PROCEDIMIENTOS PARA
LA RESOLUCIN DE CASOS Es importante decir que el principio de
flexibilidad es un principio que no slo tiene que ver con los
valores del Derecho Maya, tambin se refleja en los procedimientos.
Hay otros principios que se reflejan tambin en dichos
procedimientos como el valor de la palabra , la cual tiene una alta
significancia. En el sistema jurdico Maya no hay un procedimiento
rgido establecido que establezca paso por paso de manera lineal,
cmo se debe ejercer dicho derecho, pero si hay algunos
procedimientos o etapas que siempre estn presentes. La Defensora
Maya, en su documento Construyendo el pluralismo jurdico (2003),
identific aproximadamente 18 pasos o etapas que comnmente estn
presentes en las diversas comunidades indgenas donde ellos hicieron
sistematizacin de casos, con pequeas variantes en las comunidades
lingusticas o en cada regin.
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Algunos de stos pasos son:
1. el aviso (dar a conocer a la autoridad encargada), 2. la
citacin (se llama a los involucrados), 3. intercambio de ideas (los
involucrados hablan y dialogan), 4. conocimiento y complementacin
del problema (se busca conocer a profundidad los
hechos y pruebas), 5. aconsejar (Pixab: se reflexiona sobre los
actos cometidos), 6. crear y practicar ideas (se proponen y
acuerdan soluciones), 7. reconocimiento de falta (pedir perdn), 8.
sancin reparadora (sancin que restablezca el dao), 9. seguimiento
(se acuerda cmo se vigilar el cumplimiento de la sancin).
Estos pasos, se pueden organizar en tres grandes fases que
caracterizan al proceso, 1. una primera fase donde se da el anlisis
general del caso , oyendo a todas las
partes involucradas, es decir la vctima del hecho, la parte que
ejerci el dao, y todos aquellos que tuvieron algn vnculo con la
situacin, ya sean familiares, allegados, amigos o testigos.
2. Despus de la fase de anlisis, con la escucha de todas las
personas involucradas, se pasa a una segunda fase, en la cual se
conduce a que las mismas partes con apoyo y acompaamiento de una
autoridad comunitaria lleguen a un acuerdo sobre cul es la forma ms
adecuada de reparar el dao .
3. Finalmente se pasa a una tercera fase en la cual procede toda
la parte de reparacin simblica , que consiste en las disculpas por
la comisin del hecho y quedar de acuerdo en el seguimiento que se
le va a dar a los acuerdos.
En estos procedimientos intervienen autoridades en diferentes
niveles, que tratan de acompaar todo el proceso de resolucin del
conflicto desde su inicio hasta el final. Otro rasgo caracterstico,
es que se considera que entre ms involucrados se escucha, sobre
todo familiares, se obtiene ms informacin que le permita a quien
est mediando o acompaando en la resolucin de conflicto, valorar en
qu medida la solucin y el acuerdo es justo, es sabio y equilibrado
para ambas partes. Esto permite que haya acuerdos consensuados
principalmente entre las partes, lo que constituye otra
caracterstica de los procedimientos del Derecho Maya, y es que la
autoridad involucrada en el acompaamiento del caso generalmente
trata de no incidir en el acuerdo, trata de que sean las mismas
partes las que lleguen a un consenso de cmo se va a reparar el dao
e interviene o propone alguna solucin slo cuando la tensin y los
conflictos entre las partes son tales, que en los primeros intentos
no logran ponerse de acuerdo sobre cual es la mejor forma de
reparar el dao. Este es un elemento distintivo de los
procedimientos del Derecho Maya, en comparacin con el Derecho
Oficial donde es la autoridad la que impone una sancin
independientemente de si hay satisfaccin o no entre las partes.
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En el derecho maya se privilegia que las partes, conociendo sus
circunstancias y sabiendo lo que realmente les hace sentirse
resarcidos y conformes, planteen sus propias soluciones y slo
interviene la autoridad proponiendo si acaso las partes no llegaran
a un acuerdo . LAS AUTORIDADES Las autoridades que intervienen en
los procesos de resolucin de conflictos en el Derecho Maya, son de
diverso tipo, dependiendo de los tipos de problemticas, es decir el
hecho de que la sociedad maya haya desarrollado una complejidad
social se refleja en la variedad de autoridades que intervienen en
los casos. Hay tres grandes espacios o contextos de intervencin
:
1. el contexto de la pareja, 2. el contexto familiar (abarca la
familia extendida) 3. y el contexto comunitario.
En cada uno de stos espacios intervienen autoridades
relacionadas con el tema de inters. Pueden ser autoridades
vinculadas a la salud , debido a que la enfermedad, en el contexto
de la cosmovisin maya se considera originada en desequilibrios que
no se limitan a ser puramente biolgicos, y no estn fuera de las
circunstancias sociales, polticas y emocionales de la persona. Se
considera que la enfermedad es el resultado de un desequilibrio
espiritual e igualmente el conflicto se considera resultado de
desequilibrios espirituales que tienen consecuencias en el mbito
social. Entonces no se pueden generar mbitos separados de
intervencin de las autoridades cuando se trata de situaciones
relacionadas con la salud, de hecho situaciones que no son
consideradas delito por el derecho oficial s lo son en el Derecho
Maya, por ejemplo el hacer dao espiritual a una persona y requiere
de la intervencin de las autoridades. Mientras que este tipo de
hechos no se conoce por las autoridades en el derecho oficial,
debido a que tiene separados los mbitos de la vida, el mbito de
intervencin de la vida espiritual corresponde a otros mecanismos
institucionales como la iglesia por ejemplo. Las autoridades en el
derecho maya, que tienen como espacio de intervencin las
conflictividades de la pareja, son en primer mbito los padres, los
padrinos de casamiento de la pareja y sus familiares cercanos,
sobre todo los familiares de mayor edad y que tienen una autoridad
reconocida frente a la pareja, por ejemplo los abuelos, las
abuelas, el suegro, la suegra. Estas figuras intervienen cuando se
da algn problema especfico entre la pareja que requiere ser
solucionado, cuando el problema no logra resolverse por estas
autoridades que son las inmediatamente designadas para intervenir
en sta situacin, el caso puede pasar a una autoridad que tiene que
ver ms con el mbito comunitario, como los alcaldes auxiliares por
ejemplo y como los miembros de cofradas eventualmente y otras
personas que tengan un vnculo con la pareja en donde hay una
relacin de respeto.
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En general, hay que decir algo muy importante de las autoridades
desde el punto de vista Maya, en el procedimiento propiamente de
influencia prehispnica la autoridad es una autoridad porque es
reconocida como tal, generalmente no hay un mandato formal escrito
que le reconozca, por varias circunstancias las personas se asumen
como autoridad en la comunidad. Varias modalidades pueden
presentarse. En unos casos las personas son autoridades porque han
hecho una carrera en las estructuras poltico-religiosas
comunitarias , como las cofradas o alcaldas indgenas o auxiliares.
Es decir aquellos que han hecho toda una carrera de servicios,
empiezan en los puestos de menor rango y conforme van demostrando
responsabilidad, entrega, capacidad de servicio van escalando en la
estructura poltica religiosa hasta llegar a los puestos ms
reconocidos. En algunas comunidades se llaman capitanas las
mujeres, cofrades los hombres, ajkanpar (servidor: entre los
Chorti) kajawuxeles o chuchuxeles (Rabinal) , en cada comunidad hay
diferentes denominaciones. Esa va, se constituye en un ejemplo de
la pervivencia de la escala jerrquica por estructuras de autoridad
que tienen rasgos prehispnicos, aunque ya hayan sido alteradas en
los contextos coloniales y los procesos posteriores que se dieron
en la historia del pas. Y la forma en la cual alguien puede llegar
a ser autoridad, tiene que ver con el reconocimiento que la
comunidad hace de un don que la persona tiene, y que generalmente
se reconoce porque debido a ciertos rasgos de personalidad en algn
momento de su vida se le solicit ayuda o estuvo en una
circunstancia en la cual brind alguna ayuda y debido al xito de sus
consejos o de su intervencin, la gente lo sigue buscando debido a
los buenos resultados, poco a poco se va legitimando como una
persona a la cual se recurre, convirtindose en una autoridad. En
algunas comunidades est muy bien establecido que hay autoridades
que intervienen en casos que tienen un mayor peso de la dimensin
espiritual, por ejemplo una enfermedad, o algn problema emocional
(guas espirituales, aj qij ,) . Hay otros que intervienen en
aspectos relacionados con la tierra, por ejemplo problemas de
linderos, conflictividad por daos a las cosechas que han causado
animales o algn descuido de alguno de los miembros de la comunidad,
ellos tienen que ver con todo lo relacionado al cuidado del bosque,
regular el consumo de lea, regular la distribucin del agua, y todo
lo que involucra la relacin con los recursos naturales (alcaldes
comunitarios, alcaldes auxiliares, alguaciles etc). Otras
autoridades tienen su mbito de competencia en lo poltico, de
conflictividades que tienen que ver con representacin poltica y
toma de decisiones comunitarias, es decir con conflictividades que
se centran ms en la dinmica poltica y econmica de la comunidad.
Como se puede apreciar las autoridades estn por mbito en el que
abarca su influencia, es decir familiar o comunitario, o por mbito
o temtica de intervencin, que puede ser espiritual, familiar,
relacionado a los recursos naturales o a lo poltico y econmico, y
en el caso de las comadronas ellas intervienen no slo en la atencin
de los partos sino que pueden intervenir en lo relacionado a
violencia intrafamiliar, y en general conflictividad familiar
relacionada con la dimensin reproductiva de la familia. Los Ajqij,
guas
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espirituales, rezadores o los cofrades, generalmente intervienen
en todo lo relacionado a la dimensin espiritual . Entonces
bsicamente hay espacios de intervencin que tienen que ver con los
alcances de la autoridad (pareja, familiar o comunitario) y mbitos
de intervencin que tienen que ver con la tipologa de problemas que
se van a conocer. ESTRUCTURAS INSTITUCIONALES PROPIAS Hay que
reconocer dos hechos fundamentales, la estructura propia tiene que
ver con la institucionalidad, con las jerarquas, con los procesos
formales a travs de los cuales un sistema poltico, en este caso un
sistema de derecho establece las jerarquas de intervencin,
establece los pasos o procedimientos. Es decir la estructura
institucional propia. En el caso del derecho maya la estructura
institucional prehispnica fue la que sufri mayores efectos por los
procesos de imposicin del derecho colonial y la estructura
institucional propia prehispnica fue desarticulada por lo menos
formalmente. Un hecho sustancial importante para entender el
funcionamiento actual, es que a consecuencia de stos procesos, sta
estructura institucional prehispnica se reacomoda se reinventa, se
reestructura en una institucionalidad que si bien es colonial sirve
de refugio y sirve para camuflar la estructura prehispnica, en la
cofrada. En la mayora de las comunidades es la cofrada y tambin la
alcalda indgena, la estructura institucional en la que se
reinterpreta y reelaboran las estructuras institucionales propias
del Derecho Maya. Adquiere nuevos nombres pero busca que los
valores, los procedimientos y las autoridades del Derecho Maya se
mantengan operando cobijados bajo la formalidad de una estructura
institucional que aparenta ser religiosa catlica o poltica colonial
como en el caso de las alcaldas indgenas. Este es un hecho
fundamental si vemos cmo estas estructuras se nombran,
probablemente no vamos a encontrar una estructura en su parte
formal que sea prehispnica, pero como bien se apunt, los resultados
del proceso de colonizacin y las respuestas de las comunidades
mayas para mantener sus sistemas funcionando, fueron sacrificar la
institucionalidad formal y salvar los valores, procedimientos, las
autoridades y algunas caractersticas de la estructura institucional
propia en stas estructuras coloniales. Actualmente podemos afirmar
que la estructura institucional prehispnica entra a partir del
proceso colonial en una relacin de subordinacin frente a la
institucionalidad y al derecho oficial impuesto, esto genera como
consecuencia un conflicto permanente entre el derecho oficial y el
derecho indgena, en varias dimensiones . En primer lugar porque
ambos parten de conceptos, valores, procedimientos y de fuentes de
autoridad diferentes y ambos tienen dimensiones de intervencin
distintas. Las caractersticas actuales de la relacin entre las
estructuras institucionales propias del Derecho Maya y el Derecho
Oficial, son bsicamente que est en una relacin de subordinacin
frente al derecho oficial, sta relacin de subordinacin le ha
limitado a
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intervenir o restringir su mbito de operacin a lo que se
reconoce como faltas y no permite por ejemplo que en casos llamados
de impacto como delitos contra la vida, pueda tener intervencin
como s lo haca cuando el Derecho Maya, operaba como nica fuente de
derecho en la poca prehispnica. Por otro lado, tambin el sistema
jurdico Maya est afectado por procesos histricos como el
autoritarismo, que puede apreciarse por ejemplo en casos en los que
casi todo el procedimiento se desarrolla con los valores y
autoridades de la cultura propia, pero la resolucin del caso est
impregnada de autoritarismo, por ejemplo en el caso en que se
resuelve dar azotes a las personas. En conclusin el Derecho Maya
opera actualmente atravesado en relacin de conflicto y contradiccin
por los procesos autoritarios y tambin por la cultura patriarcal.
Por otra parte tambin, el sistema jurdico Maya actualmente tiene en
las distintas regiones diferentes niveles de visibilidad, tenemos
una alta visibilidad en aquellas comunidades donde la estructura
institucional propia, sobre todo la estructura reinventada en la
poca colonial a travs de las cofradas y las alcaldas indgenas, se
mantiene, el caso de Totonicapn y el caso de Solol, son los mejores
ejemplos. Y tenemos menores niveles de visibilidad en aquellas
comunidades en donde lo que se mantienen son los valores, los
procedimientos y las autoridades que muchas veces ni siquiera se
reconocen como pertenecientes al mbito del Derecho Maya, sino como
la manera usual como se resuelven los problemas en esa comunidad.
La evolucin, los cambios, los procesos de desestructuracin de las
autoridades indgenas en las diferentes comunidades han ido
afectando la permanencia y la visibilidad de las estructuras
institucionales propias.
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