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Plaza de España, 1 38003 Santa Cruz de Tenerife Tfno.: 901 501
901 Fax: 922 239 704 www.tenerife.es
Área de Acción Social, Participación Ciudadana y Diversidad
Fecha: 18/06/2020 Ref.: MEGH/CLG Tfno.: 922 44 57 51
Asunto: Modificación de crédito
Expdte.: Presupuesto 2020
Archivo: I/2020
Destinatario:
SERVICIO ADMINISTRATIVO DE PRESUPUESTOS Y GASTO PÚBLICO
Visto que la Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11
de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública
ocasionada por la COVID-19 a pandemia internacional, ya que su
propagación internacional supone un riesgo para la salud pública de
los países y exige una respuesta internacional coordinada.
Visto que en dicho contexto, el Gobierno de España, mediante el
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declaró el estado de alarma,
en todo el territorio nacional, para la gestión de la situación de
crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, con una duración
inicial de 15 días naturales, la cual ha sido prorrogada,
continuando sus efectos hasta la fecha de hoy, conteniendo la
citada norma medidas dirigidas principalmente a proteger la salud y
seguridad de los ciudadanos, a contener la progresión de la
enfermedad y a reforzar el sistema de salud pública.
Visto que las restricciones impuestas a la libre circulación de
las personas para evitar la propagación del virus y contener la
enfermedad se han traducido inexorablemente en una perturbación
para la economía española, generando tensiones de liquidez que
podrían derivar en problemas de solvencia y pérdida de empleos.
Visto que ante esta situación de extrema gravedad, resulta
necesaria la adopción de medidas de carácter extraordinario y
urgente de diversa índole, dando prioridad a aquellas que persigan
minimizar el impacto de la crisis sanitaria y social y dar
respuestas inmediatas a las necesidades que se presenten.
Visto que el Cabildo Insular de Tenerife, a través del Área de
Acción Social, Participación Ciudadana y Diversidad, ostenta
competencias, entre otras, en las siguientes materias: programas de
prevención y dinamización dirigidos a colectivos en situación de
riesgo de exclusión social, mayores, infancia, personas con
discapacidad y otros colectivos.
Visto que, en relación con dicha competencia y con motivo de la
situación actual de crisis socio-económica ocasionada por la
COVID-19, resulta necesario apoyar, a la mayor brevedad posible, a
las familias con menores a cargo cuya delicada situación económica
hace que les sea especialmente complicado hacer frente a la
adquisición de productos frescos y nutritivos que garanticen una
adecuada alimentación.
Visto que a efectos de poder atender a la referida necesidad se
considera oportuno la aprobación de una ayuda en especie, por
importe 500.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria
20.0301.2310.48940, al objeto de financiar el Programa de
complemento alimentario a las familias “cuota cero o mínima” de los
comedores escolares.
Visto que no existe crédito suficiente en la aplicación
presupuestaria 20. 0301. 2310. 48940 para la financiación del
referido Programa.
Visto que al requerir la situación actual de una actuación
inmediata de la Administración Pública dirigida a la satisfacción
de una necesidad básica como es la alimentación, urge la
disponibilidad del crédito y, en consecuencia, que la tramitación
del correspondiente expediente de modificación presupuestaria no se
demore hasta la próxima sesión del Pleno que haya de
celebrarse.
Considerando que el Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el
7 de mayo de 2020, aprobó el Pacto por la activación económica y
social de Tenerife, cuyo Anexo Económico, en el apartado 7
Código Seguro De Verificación LT3W7S4D/Ap38Y6tTgDxHg== Estado
Fecha y hora
Firmado Por María Ana Franquet Navarro - Consejera Insular del
Área de Acción Social,Participación Ciudadana y Diversidad
Firmado 18/06/2020 12:23:23
Observaciones Página 1/2
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GEISER GEISER-c17a-6b60-c690-49f6-8875-b659-05db-c9c5 18/06/2020
13:07:27 Horario insular
Nº registro DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN Validez del documento
LA0014383s20N0000214
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Electrónica Auténtica
GEISER-c17a-6b60-c690-49f6-8875-b659-05db-c9c5
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del Bloque I Social, prevé la implementación de un “Programa de
complemento alimentario a las familias cuota cero o mínima de los
comedores escolares”, por importe de 500.000,00 €.
Considerando que los menores requieren tener acceso a productos
frescos y nutritivos que les permitan desarrollarse física, mental
y socialmente, a lo que tienen derecho en virtud de los artículos
24 y 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Considerando la Base 13ª de las de Ejecución del Presupuesto
2020, según la cual los expedientes de suplementos de créditos
serán iniciados en las unidades administrativas que tengan a su
cargo la gestión de los créditos o sean responsables de los
correspondientes programas.
En virtud de lo expuesto, SE PROPONE:
UNICO.- Tramitar un expediente de modificación presupuestaria de
suplemento de crédito para la aprobación de de una ayuda en
especie, por importe 500.000,00 €, con cargo a la aplicación
presupuestaria 20.0301.2310.48940, al objeto de financiar el
Programa de complemento alimentario a las familias “cuota cero o
mínima” de los comedores escolares, el cual no puede demorarse al
siguiente ejercicio presupuestario.
ALTA DE CRÉDITO:
PARTIDA IMPORTE
20.0301.2310.48940 500.000,00 €
La Consejera Insular del Área de Acción Social, Participación
Ciudadana y Diversidad, Maria Ana Franquet Navarro (Documento
firmado electrónicamente)
Código Seguro De Verificación LT3W7S4D/Ap38Y6tTgDxHg== Estado
Fecha y hora
Firmado Por María Ana Franquet Navarro - Consejera Insular del
Área de Acción Social,Participación Ciudadana y Diversidad
Firmado 18/06/2020 12:23:23
Observaciones Página 2/2
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https://sede.tenerife.es/verifirma/code/LT3W7S4D/Ap38Y6tTgDxHg==
Cód
igo
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caci
ón :
GE
ISE
R-c
17a-
6b60
-c69
0-49
f6-8
875-
b659
-05d
b-c9
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GEISER GEISER-c17a-6b60-c690-49f6-8875-b659-05db-c9c5 18/06/2020
13:07:27 Horario insular
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Área de Empleo, Desarrollo Socioeconómico y Acción Exterior
Fax: 922 23 99 29Ref.: JCPS Tfno.: 922 23 97 53
Asunto: Solicitud de dotación de partida presupuestariapara
financiar aportación a AVALCANARIAS
Destinatario: SR. DIRECTOR INSULAR DEL ÁREA DEHACIENDA
Con motivo de la declaración del actual estado de alarma por la
pandemia COVID-19, seha procedido a diseñar un amplio programa de
medidas dirigido a las empresas de la isla a fin decontribuir a
paliar la situación de los empresarios más vulnerables del sistema
económico insular,entre las que se encuentra una convocatoria
dirigida a las empresas que han visto suspendida suactividad o
reducida su facturación.
Una de las herramientas que pueden contribuir a reducir los
efectos negativos de estasituación es la de dar la oportunidad de
acceder a financiación bancaria a las pymes ymicropymes de nuestra
isla en unas condiciones favorables, en cuanto a coste y plazos de
laoperación, y en unas cuantías adecuadas a sus dimensiones (tamaño
de empresa, facturación,cuantía de la operación, etc.), pues nos
encontramos con un tejido productivo en el que lainmensa mayoría de
estas empresas en Tenerife cuentan con menos de 5 trabajadores y
lasmedidas aprobadas hasta el momento por el Estado se dirigen a
operaciones de préstamo ycrédito por importes superiores a las
necesidades de estas, aparte de que se prevé que elconjunto de
fondos disponible para toda España se consuma rápidamente,
dificultando quemuchas de ellas puedan optar por esas líneas de
financiación estatal.
Con este objeto, AVALCANARIAS, Sociedad de Garantías Reciprocas
participada por esteCabildo Insular, ha lanzado una Línea con la
denominación “Préstamo Liquidez COVID-19”,pensada específicamente
para el perfil de las empresas de nuestra región, en la que,
gracias a laaportación de sus socios institucionales (Gobierno de
Canarias, Cabildos de Tenerife y GranCanaria) se podrá ir dotando
el Fondo de Provisiones Técnicas (FPT), de tal forma que se
décobertura, de acuerdo a la normativa bancaria vigente, a las
diferentes operaciones que se vayanformalizando, lo que permitirá
dar cumplimiento a este objetivo de facilitar el acceso a
financiaciónbancaria en condiciones adecuadas a estas empresas.
De acuerdo con la normativa en vigor, los fondos con los que se
dote ese FPT no debentener carácter reintegrable, por lo que se
prevé que las incorporaciones a ese Fondo se
realicenpaulatinamente, a medida que se vayan aprobando
operaciones, y, los fondos de la aportaciónque ahora se haga por el
Cabildo, puedan emplearse en el futuro para incrementar la
participaciónde esta Corporación en esa SGR o, directamente, puedan
reintegrarse a la misma.
Por lo tanto, para contribuir a poder realizar, en la mayor
brevedad posible, esa aportacióna AVALCANARIAS, se SOLICITA que se
proceda a crear y dotar la partida presupuestaria20.0801.4333.74254
de transferencias de capital a la Sociedad de Garantías de
CanariasAVALCANARIAS por importe de 2.000.000,00€, con cargo a los
fondos que pueda disponer estaCorporación Insular, dado que no es
posible hacerlo mediante modificaciones presupuestarias concargo a
partidas de esta Área sin que ello implique la imposibilidad de
acometer otras medidas
C/Alcalde Mandillo Tejera, nº 8 – 2ª Planta38007 Santa Cruz de
TenerifeTfno.: 922 23 97 53
Código Seguro De Verificación dMNewZdKhiN30/FyL+VRpg== Estado
Fecha y hora
Firmado Por Carmen Luz Baso Lorenzo - Consejero Insular del Área
de Empleo, DesarrolloSocioeconómico y Acción Exterior
Firmado 12/06/2020 10:46:47
Observaciones Página 1/2
Url De Verificación
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https://sede.tenerife.es/verifirma/code/dMNewZdKhiN30/FyL+VRpg==
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que se pretenden poner en marcha para superar esta situación, al
efecto de que pueda realizarsela antes citada convocatoria de
subvenciones.
Dado el impacto negativo en las empresas de la isla que ha
tenido la declaración delEstado de Alarma y que, a fin de
garantizar la continuidad de la actividad económica y reducir
elriesgo de incremento del desempleo por este motivo, resulta
necesario impulsar lo antes posibletodo tipo de medidas que
contribuyan a esos fines, es necesario que se proceda a la
tramitaciónurgente de esta modificación presupuestaria sin que sea
posible esperar a la próxima sesión delPleno y cumplir con los
objetivos del Pacto para la Activación Social y Económica de
Teneriferecientemente aprobado por esta Corporación.
LA CONSEJERA INSULAR DEL ÁREA,
Carmen Luz Baso Lorenzo
(Documento firmado electrónicamente)
Código Seguro De Verificación dMNewZdKhiN30/FyL+VRpg== Estado
Fecha y hora
Firmado Por Carmen Luz Baso Lorenzo - Consejero Insular del Área
de Empleo, DesarrolloSocioeconómico y Acción Exterior
Firmado 12/06/2020 10:46:47
Observaciones Página 2/2
Url De Verificación
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https://sede.tenerife.es/verifirma/code/dMNewZdKhiN30/FyL+VRpg==
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Área de Presidencia, Hacienda y Modernización Servicio
Administrativo de Presupuestos y Gasto Público Unidad de
Presupuesto y Gasto Público
Informe-Propuesta
ASUNTO: EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 8 DEL
PRESUPUESTO DEL CABILDO INSULAR DE TENERIFE.
Vistas propuestas relativas a modificaciones de créditos
remitidas por diversas áreas, y de conformidad con la Base 11ª de
las de Ejecución del Presupuesto, se informa: AREA DE ACCIÓN
SOCIAL, PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DIVERSIDAD El Cabildo Insular de
Tenerife, a través del Área de Acción Social, Participación
Ciudadana y Diversidad, ostenta competencias, entre otras, en las
siguientes materias: programas de prevención y dinamización
dirigidos a colectivos en situación de riesgo de exclusión social,
mayores, infancia, personas con discapacidad y otros colectivos. En
relación con dicha competencia y con motivo de la situación actual
de crisis socioeconómica ocasionada por la COVID-19, resulta
necesario apoyar, a la mayor brevedad posible, a las familias con
menores a cargo cuya delicada situación económica hace que les sea
especialmente complicado hacer frente a la adquisición de productos
frescos y nutritivos que garanticen una adecuada alimentación. Para
poder atender a la referida necesidad se solicita la financiación
necesaria para la tramitación de la oportuna modificación
presupuestaria por un importe de 500.000,00 euros, al objeto de
financiar el Programa de complemento alimentario a las familias
“cuota cero o mínima” de los comedores escolares. A la vista de lo
anterior, desde la Dirección Insular de Hacienda se propone la
aprobación de un suplemento de crédito por importe de 500.000,00
euros, financiado con bajas de saldos de créditos disponibles en el
área de Movilidad y Proyectos Estratégicos, cuya estimación se
estima reducible conforme a los criterios establecidos para la
priorizaciones de los gastos derivados de la situación de alerta
social y económica en la que nos encontramos, y de acuerdo al
siguiente detalle:
ALTA DE GASTOS 20.0301.2310.48940 Subv.Ctes.O.Inst.Sin Fin
Lucro/Asistencia Social Primaria ........... 500.000,00
BAJAS DE GASTOS 20.1113.4421.74050 Subv.Capital
TITSA/Infraestructuras del Transporte .........................
480.000,00 (20/411- Inversiones Nuevas TITSA) 20.1112.4592.65000
Inversiones Gest.O.Entes/Otras Infraestructuras
................................ 20.000,00 (19/334- EDUSI.Recup.y
Regenerac.Ambiental Parques Suroest) 500.000,00 AREA DE EMPLEO,
DESARROLLO SOCIOECONÓMICO Y ACCIÓN EXTERIOR Con motivo de la
declaración del actual estado de alarma por la pandemia COVID-19,
se ha procedido a diseñar un amplio programa de medidas dirigido a
las empresas de la isla a fin de contribuir a paliar la situación
de los empresarios más vulnerables del sistema económico insular,
entre las que se encuentra una convocatoria dirigida a las empresas
que han visto suspendida su actividad o reducida su facturación.
Una de las herramientas que pueden contribuir a reducir los efectos
negativos de esta situación es la de dar la oportunidad de acceder
a financiación bancaria a las pymes y micropymes de nuestra isla en
unas condiciones favorables, en cuanto a coste y plazos de la
operación, y en unas cuantías adecuadas a sus dimensiones (tamaño
de empresa, facturación, cuantía de la operación, etc. Con este
objeto, AVALCANARIAS, Sociedad de Garantías Reciprocas participada
por este Cabildo Insular, ha lanzado una Línea con la denominación
“Préstamo Liquidez COVID-19”, pensada específicamente para el
perfil de las empresas de nuestra región, en la que, gracias a la
aportación de sus socios institucionales
Código Seguro De Verificación pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA== Estado
Fecha y hora
Firmado Por José Isaac Gálvez Conejo - Director Insular de
Hacienda Firmado 18/06/2020 13:20:51
Mª Fernanda Barber Friend - Jefe de Servicio Servicio
Administrativo dePresupuestos y Gasto Público
Firmado 18/06/2020 13:13:53
Mª Nieves Bencomo Jiménez - Responsable de Unidad Servicio
Administrativode Presupuestos y Gasto Público
Firmado 18/06/2020 13:09:53
Observaciones Página 1/4
Url De Verificación
https://sede.tenerife.es/verifirma/code/pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA==
https://sede.tenerife.es/verifirma/code/pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA==
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(Gobierno de Canarias, Cabildos de Tenerife y Gran Canaria) se
podrá ir dotando el Fondo de Provisiones Técnicas (FPT), de tal
forma que se dé cobertura, de acuerdo a la normativa bancaria
vigente, a las diferentes operaciones que se vayan formalizando, lo
que permitirá dar cumplimiento a este objetivo de facilitar el
acceso a financiación bancaria en condiciones adecuadas a estas
empresas. Con la finalidad de disponer del crédito adecuado y
suficiente para atender la necesaria aportación a la citada entidad
para la finalidad descrita, la Sra. Consejera Insular del área de
Empleo, Desarrollo Socioeconómico y Acción Exterior propone a la
Dirección Insular de Hacienda que se proceda a habilitar la
aplicación presupuestaria 20.0801.4333.74254 con un importe de
2.000.000,00 euros, solicitando su financiación con cargo a los
fondos que esta Corporación pueda disponer, dado que no es posible
hacerlo mediante modificaciones presupuestarias con cargo a
aplicaciones de su Área sin que ello implique la imposibilidad de
acometer otras medidas que se pretenden poner en marcha para
superar esta situación. A la vista de lo anterior, desde la
Dirección Insular de Hacienda se propone la aprobación de un
crédito extraordinario por importe de 2.000.000,00 euros,
financiado con bajas de saldos de créditos disponibles en el área
de Carreteras y Paisaje y en el área de Movilidad y Proyectos
Estratégicos, cuya estimación se estima reducible conforme a los
criterios establecidos para la priorizaciones de los gastos
derivados de la situación de alerta social y económica en la que
nos encontramos, y de acuerdo al siguiente detalle:
ALTA DE GASTOS 20.0801.4333.74254 Subv.Soc.Garantías
Canarias/Dllo.Empresarial ......................... 2.000.000,00
(Py. 20/0601.- Préstamos Liquidez COVID-19)
BAJAS DE GASTOS
20.1101.4532.60010 Terrenos y Bienes Naturales/Carreteras
........................................ 300.000,00 (Py.17/424.-
Ramal TF-24 con TF-5) 20.1101.4532.60912
Infraestructuras/Carreteras
............................................................
700.000,00 (Py.17/424.- Ramal TF-24 con TF-5) 20.1112.4592.65000
Invers.Gest.O.Entes/Otras Infraestructuras
................................... 400.000,00 (08/635.- Parque Las
Mesas (Plan Cuesta Taco) 20.1112.4592.65000
Invers.Gest.O.Entes/Otras Infraestructuras
................................... 440.000,00 (14/190.- Dique de
Bajamar) 20.1112.4592.65000 Inversiones Gest.O.Entes/Otras
Infraestructuras ................................ 95.955,00
(19/336- EDUSI.Plan Activac.Eficiencia Energética)
20.1112.4592.65000 Inversiones Gest.O.Entes/Otras Infraestructuras
................................ 64.045,00 (19/334- EDUSI.Recup.y
Regenerac.Ambiental Parques Suroest) 2.000.000,00 El presente
expediente de modificación presupuestaria se financia con bajas de
crédito de aplicaciones del presupuesto vigente no comprometidas
cuyas dotaciones se estiman reducibles sin perturbación del
respectivo servicio, de conformidad con lo previsto en el art. 177
del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Mediante
Decreto nº 753, de 17 de marzo, dictado por la Presidencia de la
Corporación, con la conformidad manifestada por todos los
Portavoces de los Grupos Políticos de la Corporación, y el acuerdo
previo adoptado en la Asamblea General de la FECAI, se dispuso la
suspensión de la convocatoria y celebración de los Plenos y
Comisiones Plenarias, de carácter ordinario, durante el período en
que se mantenga la vigencia de la declaración del estado de alarma,
decretada mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para
la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19. En una interpretación conjunta de los artículos 124.4.h)
y l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local y 6.1.h) e y) del vigente Reglamento Orgánico,
correspondería al Presidente la atribución para ejercitar acciones
judiciales y administrativas, en caso de urgencia, en materias
competencia del Pleno, dando cuenta al mismo en la primera sesión
que se celebre para su ratificación, así como, para
Código Seguro De Verificación pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA== Estado
Fecha y hora
Firmado Por José Isaac Gálvez Conejo - Director Insular de
Hacienda Firmado 18/06/2020 13:20:51
Mª Fernanda Barber Friend - Jefe de Servicio Servicio
Administrativo dePresupuestos y Gasto Público
Firmado 18/06/2020 13:13:53
Mª Nieves Bencomo Jiménez - Responsable de Unidad Servicio
Administrativode Presupuestos y Gasto Público
Firmado 18/06/2020 13:09:53
Observaciones Página 2/4
Url De Verificación
https://sede.tenerife.es/verifirma/code/pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA==
https://sede.tenerife.es/verifirma/code/pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA==
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adoptar las medidas necesarias y adecuadas en los casos de
extraordinaria y urgente necesidad, dando cuenta inmediata al
Pleno. Por su parte, la Junta de Portavoces de la Corporación, en
sesión extraordinaria celebrada el día 23 de marzo de 2020, prestó
su conformidad a que se suspenda la tramitación agravada en
aquellos expedientes de competencia plenaria, para los que el
Reglamento Orgánico exige tal tramitación, acordando un mecanismo
de comunicación inmediata de los decretos que se dicten, en materia
de competencia plenaria y que tienen que ser elevados al Pleno,
para su dación de cuenta y ratificación, durante el tiempo en que
se mantenga la vigencia del período de alarma. No obstante, la
Junta de Portavoces en sesión extraordinaria celebrada el pasado
día 5 de junio de 2020, acuerda el calendario de celebración de la
próxima sesión del Pleno y las de las Comisiones Plenarias
Permanentes, que correspondientes al mes de Junio de 2020, se
trasladan para ser celebradas en el mes de julio de 2020. Así la
sesión ordinaria del pleno del mes de junio se traslada para su
celebración al viernes día 3 de julio de 2020, adquiriendo, por
tanto, la condición de sesión extraordinaria con régimen jurídico
propio de ordinaria. Del mismo modo la Comisión Plenaria Permanente
de Presidencia y Acción Social queda fijada para el próximo 29 de
junio. A la vista de este último acuerdo adoptado por la Junta de
Portavoces, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2
del RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales así como en
la Base 13ª de las de Ejecución del Presupuesto, el presente
expediente de modificación de créditos, debe elevarse a la
aprobación del Pleno de la Corporación, debiendo someterse a los
mismos trámites y requisitos que la aprobación del Presupuesto. Por
su parte, el Art. 29.3 del Reglamento Orgánico exige su tramitación
conforme al procedimiento especificado en su Art. 63, debiendo
elevarse el expediente previamente a la consideración del Consejo
de Gobierno Insular para su aprobación como propuesta al Pleno
Corporativo. No obstante, al tratarse de propuestas vinculadas a la
crisis sanitaria provocada por el COVID19 y si se considera que son
urgentes y de extraordinaria necesidad, de conformidad con los
citados artículos 124.4.h) y l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local y 6.1.h) e y) del vigente
Reglamento Orgánico, podrían ser aprobados por Decreto del
Presidente de la Corporación, todo ello condicionado a que por el
órgano competente se valore y motive la urgencia y necesidad de los
mismos y la imposibilidad de esperar a la celebración de la sesión
plenaria. A estos efectos, en la propuesta remitida por la Sra.
Consejera Insular del área de Acción Social, Participación
Ciudadana y Diversidad, se indica literalmente:“Visto que al
requerir la situación actual de una actuación inmediata de la
Administración Pública dirigida a la satisfacción de una necesidad
básica como es la alimentación, urge la disponibilidad del crédito
y, en consecuencia, que la tramitación del correspondiente
expediente de modificación presupuestaria no se demore hasta la
próxima sesión del Pleno que haya de celebrarse”, indicando
igualmente que “el Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 7
de mayo de 2020, aprobó el Pacto por la activación económica y
social de Tenerife, cuyo Anexo Económico, en el apartado 7 del
Bloque I Social, prevé la implementación de un “Programa de
complemento alimentario a las familias cuota cero o mínima de los
comedores escolares”, por importe de 500.000,00 euros” Del mismo
modo, en la propuesta de la Sra. Consejera Insular de Empleo,
Desarrollo Socioeconómico y Acción Exterior, se indica literalmente
lo siguiente: “Dado el impacto negativo en las empresas de la isla
que ha tenido la declaración del Estado de Alarma y que, a fin de
garantizar la continuidad de la actividad económica y reducir el
riesgo de incremento del desempleo por este motivo, resulta
necesario impulsar lo antes posible todo tipo de medidas que
contribuyan a esos fines, es necesario que se proceda a la
tramitación urgente de esta modificación presupuestaria sin que sea
posible esperar a la próxima sesión del Pleno y cumplir con los
objetivos del Pacto para la Activación Social y Económica de
Tenerife recientemente aprobado por esta Corporación.” Por último
indicar que, dado que a la vista de las propuestas de las
diferentes áreas, el presente expediente de modificación
presupuestaria se motiva para paliar situaciones estrechamente
vinculadas a la crisis
Código Seguro De Verificación pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA== Estado
Fecha y hora
Firmado Por José Isaac Gálvez Conejo - Director Insular de
Hacienda Firmado 18/06/2020 13:20:51
Mª Fernanda Barber Friend - Jefe de Servicio Servicio
Administrativo dePresupuestos y Gasto Público
Firmado 18/06/2020 13:13:53
Mª Nieves Bencomo Jiménez - Responsable de Unidad Servicio
Administrativode Presupuestos y Gasto Público
Firmado 18/06/2020 13:09:53
Observaciones Página 3/4
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https://sede.tenerife.es/verifirma/code/pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA==
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sanitaria provocada por el COVID19, de conformidad con el
artículo 177.6, del RDL 2/2004, de 5 de marzo, los acuerdos de
aprobación que tengan por objeto la habilitación o suplementos de
créditos en casos de calamidades públicas o de naturaleza análoga
de excepcional interés general, serán inmediatamente ejecutivos,
sin perjuicio de las reclamaciones que contra él puedan
interponerse, las cuales deberán sustanciarse dentro de los ocho
días siguientes a la presentación, entendiéndose desestimadas de no
notificarse su resolución al recurrente dentro de dicho plazo.
Santa Cruz de Tenerife, 18 de junio de 2020.
LA RESPONSABLE DE UNIDAD Mª Nieves Bencomo Jiménez LA JEFA DEL
SERVICIO Mª Fernanda Barber Friend EL DIRECTOR INSULAR DE HACIENDA
Jose Isaac Gálvez Conejo (Documento firmado electrónicamente)
Código Seguro De Verificación pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA== Estado
Fecha y hora
Firmado Por José Isaac Gálvez Conejo - Director Insular de
Hacienda Firmado 18/06/2020 13:20:51
Mª Fernanda Barber Friend - Jefe de Servicio Servicio
Administrativo dePresupuestos y Gasto Público
Firmado 18/06/2020 13:13:53
Mª Nieves Bencomo Jiménez - Responsable de Unidad Servicio
Administrativode Presupuestos y Gasto Público
Firmado 18/06/2020 13:09:53
Observaciones Página 4/4
Url De Verificación
https://sede.tenerife.es/verifirma/code/pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA==
https://sede.tenerife.es/verifirma/code/pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA==
-
JUSTIFICANTE DE REGISTRO EN UNIDAD TRAMITADORA
Unidad de tramitación: Servicio Administrativo de Presupuestos y
Gasto Público - LA0001764
Fecha de control interno: 18/06/2020 13:37:38 (Horario
insular)
Fecha presentación: 18/06/2020 13:35:20 (Horario insular)
Nº de referencia interno: LA0001764s20N0001006
Tipo de documentación fisica: Documentación adjunta
digitalizada
Enviado por SIR: No
Información del registro
Tipo Asiento: Salida
Resumen/Asunto: Informe-Propuesta: Expediente de modificación de
créditos nº 8 del Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife.
Unidad de tramitación origen/Centrodirectivo:
Servicio Administrativo de Presupuestos y Gasto Público -
LA0001764 / Cabildo Insular de Tenerife
Unidad de tramitacióndestino/Centro directivo:
Servicio Administrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y
Control Financiero - LA0013020 / Cabildo Insular deTenerife
Ref. Externa:
Adjuntos
Nombre: 1. ACCIÓN SOCIAL-AYUDAS COMEDORES ESCOLARES.pdf
Tamaño (Bytes): 282.646
Validez: Original
Tipo: Documento Adjunto
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Observaciones:
Nombre: 2.DLLO.ECONÓMICO- AVALCANARIAS 12JN report.pdf
Tamaño (Bytes): 103.479
Validez: Original
Tipo: Documento Adjunto
CSV: GEISER-0c9d-6d4b-9c1a-4710-ad35-7330-8a2e-2f83
Hash:
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Observaciones:
Nombre: 3.EXP. nº 8 MC DECRETO-3.report.pdf
Tamaño (Bytes): 92.919
Validez: Original
Tipo: Documento Adjunto
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Observaciones:
-
Adjuntos
Nombre: 4.D.P. EXP.Nº 8 DECRETO-3.report.pdf
Tamaño (Bytes): 32.274
Validez: Original
Tipo: Documento Adjunto
CSV: GEISER-cff1-1963-dda8-45f6-9c64-5165-c74c-1033
Hash:
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Observaciones:
-
1
Intervención General Servicio Administrativo de Análisis
Económico, Sostenibilidad y Control Financiero.
Registro entrada: Destinatario: SERVICIO ADMINISTRATIVO DE
PRESUPUESTO Y GASTO PÚBLICO.
Asunto: Modificación de créditos del Presupuesto del Cabildo
Insular de Tenerife Nº 8, en la modalidad de Crédito Extraordinario
y Suplemento de Crédito.
Expte.: Nº 8/2020
Importe: 2.500.000,00 € Nº Doc. Presupuestario: 2020-0150
Documentación relevante a efectos del informe:
•••• Propuestas de modificaciones de crédito que constan en el
expediente:
- Propuesta de la Consejera Insular del Área de Acción Social,
Participación Ciudadana y Diversidad, por importe de 500.000,00€ de
fecha 18 de Junio de 2020.
- Propuesta del Consejero Insular del Área de empleo, Desarrollo
Socioeconómico y Acción exterior, por importe de 2.000.000,00 € de
fecha 12 de Junio de 2020.
•••• Informe-propuesta del Servicio Administrativo de
Presupuesto y Gasto Público de fecha 18 de Junio de 2020.
Resultado del informe: Favorable con observaciones
LEGISLACION APLICABLE
Primero. Artículos 167, 168, 169 y 177 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Segundo. Artículos 16.2, 18, 20 y del 35 al 38 del Real Decreto
500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo
primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,
reguladora de las Haciendas Locales, en materia de
presupuestos.
Tercero. Las Bases 8ª, 9ª, 11ª, 12ª, 13ª de las de Ejecución del
Presupuesto del Cabildo Insular.
Cuarto. Orden HAP/1781/2013, de 20 de Septiembre, por la que se
aprueba la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local.
Quinto. Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se
aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales,
modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo.
Sexto. Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
En el ejercicio de la función de control permanente que es
atribuida al Órgano Interventor por el artículo 3 del Real Decreto
424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico
del control interno en las entidades del Sector Público Local, por
esta Intervención General se informa lo siguiente:
PRIMERO.- De acuerdo con lo regulado en el artículo 177.2 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, la aprobación de los expedientes de créditos
extraordinarios y suplemento de créditos corresponde al Pleno del
Cabildo Insular de Tenerife, con sujeción a los mismos trámites y
requisitos que los presupuestos.
En este sentido, el artículo 62.b) de la Ley 8/2015, de 1 de
abril, de Cabildos Insulares, otorga la competencia al Consejo de
Gobierno Insular para la aprobación del proyecto de presupuesto, lo
cual supone que en términos análogos, la presente propuesta de
modificación presupuestaria debe ser aprobada inicialmente por el
Consejo de Gobierno Insular.
No obstante lo anterior, el Informe-propuesta de la Dirección
Insular de Hacienda de fecha 18 de Junio de 2020 manifiesta al
respecto del órgano competente y procedimiento aplicable lo
siguiente:
Código Seguro De Verificación GQ/YDzBzDybFTc6H440S0A== Estado
Fecha y hora
Firmado Por Antonio Messía de Yraola - Interventor General Área
de Presidencia Firmado 19/06/2020 15:08:54
Rafael Emilio Hardisson San Gil - Jefe de Servicio Servicio
Administrativo deAnálisis Económico, Sostenibilidad y Control
Financiero
Firmado 19/06/2020 14:50:00
Carlos Andrés Rodríguez-Figueroa Gorrín - Responsable de Unidad
ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y
Control Financiero
Firmado 19/06/2020 13:09:33
José de la Paz Galván - Técnico de Administración General
ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y
Control Financiero
Firmado 19/06/2020 13:08:19
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2
“Mediante Decreto nº 753, de 17 de marzo, dictado por la
Presidencia de la Corporación, con la conformidad manifestada por
todos los Portavoces de los Grupos Políticos de la Corporación, y
el acuerdo previo adoptado en la Asamblea General de la FECAI, se
dispuso la suspensión de la convocatoria y celebración de los
Plenos y Comisiones Plenarias, de carácter ordinario, durante el
período en que se mantenga la vigencia de la declaración del estado
de alarma, decretada mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de
marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria
ocasionada por el COVID-19.
En una interpretación conjunta de los artículos 124.4.h) y l) de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local y 6.1.h) e y) del vigente Reglamento Orgánico, correspondería
al Presidente la atribución para ejercitar acciones judiciales y
administrativas, en caso de urgencia, en materias competencia del
Pleno, dando cuenta al mismo en la primera sesión que se celebre
para su ratificación, así como, para adoptar las medidas necesarias
y adecuadas en los casos de extraordinaria y urgente necesidad,
dando cuenta inmediata al Pleno.
Por su parte, la Junta de Portavoces de la Corporación, en
sesión extraordinaria celebrada el día 23 de marzo de 2020, prestó
su conformidad a que se suspenda la tramitación agravada en
aquellos expedientes de competencia plenaria, para los que el
Reglamento Orgánico exige tal tramitación, acordando un mecanismo
de comunicación inmediata de los decretos que se dicten, en materia
de competencia plenaria y que tienen que ser elevados al Pleno,
para su dación de cuenta y ratificación, durante el tiempo en que
se mantenga la vigencia del período de alarma.
No obstante, la Junta de Portavoces en sesión extraordinaria
celebrada el pasado día 5 de junio de 2020, acuerda el calendario
de celebración de la próxima sesión del Pleno y las de las
Comisiones Plenarias Permanentes, que correspondientes al mes de
Junio de 2020, se trasladan para ser celebradas en el mes de julio
de 2020. Así la sesión ordinaria del pleno del mes de junio se
traslada para su celebración al viernes día 3 de julio de 2020,
adquiriendo, por tanto, la condición de sesión extraordinaria con
régimen jurídico propio de ordinaria. Del mismo modo la Comisión
Plenaria Permanente de Presidencia y Acción Social queda fijada
para el próximo 29 de junio.
A la vista de este último acuerdo adoptado por la Junta de
Portavoces, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2
del RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales así como en
la Base 13ª de las de Ejecución del Presupuesto, el presente
expediente de modificación de créditos, debe elevarse a la
aprobación del Pleno de la Corporación, debiendo someterse a los
mismos trámites y requisitos que la aprobación del Presupuesto.
Por su parte, el Art. 29.3 del Reglamento Orgánico exige su
tramitación conforme al procedimiento especificado en su Art. 63,
debiendo elevarse el expediente previamente a la consideración del
Consejo de Gobierno Insular para su aprobación como propuesta al
Pleno Corporativo.
No obstante, al tratarse de propuestas vinculadas a la crisis
sanitaria provocada por el COVID19 y si se considera que son
urgentes y de extraordinaria necesidad, de conformidad con los
citados artículos 124.4.h) y l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local y 6.1.h) e y) del vigente
Reglamento Orgánico, podrían ser aprobados por Decreto del
Presidente de la Corporación, todo ello condicionado a que por el
órgano competente se valore y motive la urgencia y necesidad de los
mismos y la imposibilidad de esperar a la celebración de la sesión
plenaria.
A estos efectos, en la propuesta remitida por la Sra. Consejera
Insular del área de Acción Social, Participación Ciudadana y
Diversidad, se indica literalmente: “Visto que al requerir la
situación actual de una actuación inmediata de la Administración
Pública dirigida a la satisfacción de una necesidad básica como es
la alimentación, urge la disponibilidad del crédito y, en
consecuencia, que la tramitación del correspondiente expediente de
modificación presupuestaria no se demore hasta la próxima sesión
del Pleno que haya de celebrarse”, indicando igualmente que “el
Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 7 de mayo de 2020,
aprobó el Pacto por la activación económica y social de Tenerife,
cuyo Anexo Económico, en el apartado 7 del Bloque I Social, prevé
la implementación de un “Programa de complemento alimentario a las
familias cuota cero o mínima de los comedores escolares”, por
importe de 500.000,00 euros”
Del mismo modo, en la propuesta de la Sra. Consejera Insular de
Empleo, Desarrollo Socioeconómico y Acción Exterior, se indica
literalmente lo siguiente: “Dado el impacto negativo en las
empresas de la isla que ha tenido la declaración del Estado de
Alarma y que, a fin de garantizar la continuidad de la actividad
económica y reducir el riesgo de incremento del desempleo por este
motivo, resulta necesario
Código Seguro De Verificación GQ/YDzBzDybFTc6H440S0A== Estado
Fecha y hora
Firmado Por Antonio Messía de Yraola - Interventor General Área
de Presidencia Firmado 19/06/2020 15:08:54
Rafael Emilio Hardisson San Gil - Jefe de Servicio Servicio
Administrativo deAnálisis Económico, Sostenibilidad y Control
Financiero
Firmado 19/06/2020 14:50:00
Carlos Andrés Rodríguez-Figueroa Gorrín - Responsable de Unidad
ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y
Control Financiero
Firmado 19/06/2020 13:09:33
José de la Paz Galván - Técnico de Administración General
ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y
Control Financiero
Firmado 19/06/2020 13:08:19
Observaciones Página 2/5
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-
3
impulsar lo antes posible todo tipo de medidas que contribuyan a
esos fines, es necesario que se proceda a la tramitación urgente de
esta modificación presupuestaria sin que sea posible esperar a la
próxima sesión del Pleno y cumplir con los objetivos del Pacto para
la Activación Social y Económica de Tenerife recientemente aprobado
por esta Corporación.”
Por último indicar que, dado que a la vista de las propuestas de
las diferentes áreas, el presente expediente de modificación
presupuestaria se motiva para paliar situaciones estrechamente
vinculadas a la crisis sanitaria provocada por el COVID19, de
conformidad con el artículo 177.6, del RDL 2/2004, de 5 de marzo,
los acuerdos de aprobación que tengan por objeto la habilitación o
suplementos de créditos en casos de calamidades públicas o de
naturaleza análoga de excepcional interés general, serán
inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio de las reclamaciones que
contra él puedan interponerse, las cuales deberán sustanciarse
dentro de los ocho días siguientes a la presentación, entendiéndose
desestimadas de no notificarse su resolución al recurrente dentro
de dicho plazo.”
A la vista de las circunstancias excepcionales en la que se
enmarca la presente modificación presupuestaria, derivadas de la
Declaración de Estado de Alarma decretada mediante Real Decreto
463/2020 de 14 de marzo a consecuencia de la crisis sanitaria
originada por el COVID-19, esta Intervención General manifiesta
conformidad al respecto del régimen de aprobación y entrada en
vigor propuesto por la Dirección Insular de Hacienda para la
presente modificación presupuestaria, debido a que los órganos
competentes valoraron y motivaron la urgencia y necesidad de la
misma, así como la imposibilidad de demorar su aprobación hasta la
celebración de la siguiente sesión plenaria.
SEGUNDO.- La modificación presupuestaria sometida a informe
mantiene el equilibrio presupuestario exigido en el artículo 16.2
del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, siendo el detalle de las
aplicaciones afectadas el siguiente:
ALTAS DE GASTOS Créditos extraordinarios
Aplicación presupuestaria Proyecto de Gasto
Importe
2020 0801 4333 74254 20-0601 2.000.000,00 Total Créditos
extraordinarios 2.000.000,00€
Suplemento de crédito
Aplicación presupuestaria Proyecto de Gasto
Importe
2020 0301 2310 48940 - 500.000,00 Total suplementos de crédito
500.000,00 €
BAJAS DE GASTOS
Aplicación presupuestaria Proyecto de Gasto
Importe
2020 1113 4421 74050 20-0411 480.000,00 2020 1112 4592 65000
19-0334 84.045,00 2020 1101 4532 60010 17-0424 300.000,00 2020 1101
4532 60912 17-0424 700.000,00 2020 1112 4592 65000 08-0635
400.000,00 2020 1112 4592 65000 14-0190 440.000,00 2020 1112 4592
65000 19-0336 95.955,00
Total 2.500.000,00€ TERCERO.- El artículo 35 del Real Decreto
500/1990 define los créditos extraordinarios como “aquellas
modificaciones del Presupuesto de gastos mediante los que se
asigna crédito para la realización de un gasto específico y
determinado que no puede demorarse hasta el ejercicio siguiente y
para el que no existe crédito.”
Código Seguro De Verificación GQ/YDzBzDybFTc6H440S0A== Estado
Fecha y hora
Firmado Por Antonio Messía de Yraola - Interventor General Área
de Presidencia Firmado 19/06/2020 15:08:54
Rafael Emilio Hardisson San Gil - Jefe de Servicio Servicio
Administrativo deAnálisis Económico, Sostenibilidad y Control
Financiero
Firmado 19/06/2020 14:50:00
Carlos Andrés Rodríguez-Figueroa Gorrín - Responsable de Unidad
ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y
Control Financiero
Firmado 19/06/2020 13:09:33
José de la Paz Galván - Técnico de Administración General
ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y
Control Financiero
Firmado 19/06/2020 13:08:19
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11:00:22 Horario insular
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-
4
Se constata la inexistencia de crédito en las aplicaciones
presupuestaria al respecto de las cuales se propone su crédito
extraordinario, haciendo referencia las diferentes propuestas al
carácter específico, determinado e indemorable del gasto que se
propone financiar.
CUARTO.- El artículo 35 del Real Decreto 500/1990 define los
suplementos de crédito como “aquellas modificaciones del
Presupuesto de gastos en los que concurriendo las mismas
circunstancias anteriores en relación con el gasto a realizar, el
crédito previsto resulta insuficiente y no puede ser objeto de
ampliación.”
Las propuestas de suplemento de crédito que figuran en el
expediente motivan el carácter insuficiente de la aplicación que se
pretende incrementar.
QUINTO.- El artículo 36 del Real Decreto 500/1990 prevé que “Los
créditos extraordinarios y suplementos de crédito, se podrán
financiar indistintamente con alguno o algunos de los siguientes
recursos: (...)c) Mediante anulaciones o bajas de créditos de otras
partidas del Presupuesto vigente no comprometidas, cuyas dotaciones
se estimen reducibles sin perturbación del respectivo
servicio”:
Justificándose en las diferentes propuestas el carácter
reducible de las aplicaciones presupuestarias que financian la
presente modificación, se ha acreditado la existencia de crédito
suficiente, tanto a nivel de aplicación presupuestaria, como a
nivel de vinculación jurídica, en las aplicaciones presupuestarias
que son objeto de minoración, por lo que figura en el expediente
las correspondientes retenciones de crédito.
SEXTO.- Se ha verificado que las aplicaciones presupuestarias
que se proponen disminuir no se encuentran financiadas con
préstamos concedidos por entidades bancarias a favor de este
Cabildo Insular, ni con recursos expresamente afectados
provenientes de otras administraciones públicas, a excepción de
aquellos proyectos de gasto incluidos en la presente propuesta que
se encuentran incluidos en el programa MEDI-FDCAN, al respecto de
los cuales este Servicio se remite a lo ya informado en el proyecto
de Presupuesto General del Cabildo para el año 2020, en el cual se
indicó lo siguiente:
“Gastos Financiados con el Fondo de Desarrollo de Canarias
(FDCAN): para el ejercicio 2020, la financiación prevista de la
Comunidad Autónoma Canaria en el marco del FDCAN, para el
desarrollo del programa MEDI-FDCAN, según acuerdo del Gobierno de
23 de diciembre, en el que se aprobó el reparto de los recursos del
FDCAN, asciende a 48.091.119,00 €. En este anexo se detalla la
relación de gastos con financiación afectada FDCAN, especificando
la denominación del proyecto, aplicación presupuestaria, código de
proyecto y el importe financiado con el FDCAN, pero se pone de
manifiesto que “No obstante, el presupuesto contempla más gasto
susceptible de ser financiado por el FDCAN y dado que este sólo
financia gasto realizado y pagado por anualidad, en el momento de
su justificación dicho cuadro podrá sufrir variaciones en relación
a los gastos que finalmente resulten financiados por FDCAN”.
En conclusión cabe señalar lo siguiente:
• Dada la naturaleza de estos gastos, al estar financiados como
fondos de la CAC para una finalidad concreta, son gastos con
Financiación Afectada, incluyéndose en el Anexo
correspondiente.
• Sin embargo, estos ingresos no tienen afectación
presupuestaria ni contable, dado que no están vinculados a gastos
concretos, como se pone de manifiesto en el listado de ingresos del
presupuesto 2020, que incluye el concepto de ingresos 20.4506067
“De la C.A. para Proyectos Fondos Desarrollo Canarias” por importe
de 6.849.223,54 €, y en el concepto 20.7506087, “De la CA para
proyectos Fondo de Desarrollo Canarias”, un importe de
17.059.322,46 €, sin que tengan gastos asociados a este ingreso con
Financiación Afectada.
• La relación de gastos que financia el FDCAN son por importe
superior a los fondos que se prevén recibir del FDCAN, y también
pueden ser objeto de modificación.
En consecuencia, existe una gran indeterminación respecto a los
gastos que finalmente se van a atender con cargo a dicha
financiación en el Proyecto de Presupuestos del ejercicio 2020, que
imposibilita efectuar el obligado seguimiento y control contable de
dichos gastos con financiación afectada conforme a lo exigido en la
Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre (el cual debe alcanzar,
como mínimo, a todas las operaciones de gestión presupuestaria
durante el período de que se trate, se extienda éste a uno o varios
ejercicios económicos) y con ello la adecuada fiscalización de las
distintas actuaciones que se pretendan realizar con imputación a
dicho Fondo.”
Asimismo, y sin perjuicio de lo anterior, los proyectos de gasto
2019-0334 “EDUSI recuperación. y regeneración ambiental parques
suroeste zona metropolitana” y 2019-0336 “EDUSI plan activación
eficiencia
Código Seguro De Verificación GQ/YDzBzDybFTc6H440S0A== Estado
Fecha y hora
Firmado Por Antonio Messía de Yraola - Interventor General Área
de Presidencia Firmado 19/06/2020 15:08:54
Rafael Emilio Hardisson San Gil - Jefe de Servicio Servicio
Administrativo deAnálisis Económico, Sostenibilidad y Control
Financiero
Firmado 19/06/2020 14:50:00
Carlos Andrés Rodríguez-Figueroa Gorrín - Responsable de Unidad
ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y
Control Financiero
Firmado 19/06/2020 13:09:33
José de la Paz Galván - Técnico de Administración General
ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y
Control Financiero
Firmado 19/06/2020 13:08:19
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GEISER GEISER-c13e-dadb-7dac-4a9b-93bc-93ff-1e54-af35 22/06/2020
11:00:22 Horario insular
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5
energética en los edificios” se corresponden con proyectos de
gasto que cuentan tanto con financiación propia de este Cabildo
Insular como con aportaciones del fondo de desarrollo regional.
En este sentido, si bien la presente modificación se efectúa con
cargo a la parte correspondiente a la aportación insular de los
referidos proyectos, y pese a que el informe propuesta emitido por
parte del Director Insular de Hacienda se indica expresamente que
las aplicaciones que se proponen minorar se corresponden con
“dotaciones se estiman reducibles conforme a los criterios para la
priorizaciones de los gastos emanados de la situación de alerta
social y económica en la que nos encontramos”, esta Intervención
General no puede garantizar que la tramitación de la presente
modificación presupuestaria no implique el incumplimiento de los
compromisos financieros que este Cabildo Insular ha asumido
mediante la aprobación de los acuerdos o firma de los oportunos
convenios, no obrando en el expediente la renuncia expresa de las
partes a ejecutar el mismo o a modificar su cuantía o
financiación.
Por ello, estas verificaciones se realizarán a través de la
modalidad de control financiero posterior.
SÉPTIMO.- Se informa que la modificación presupuestaria
propuesta no tiene repercusión sobre las reglas fiscales y
restricciones impuestas por la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,
de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, toda vez
que se incrementan y se minoran aplicaciones presupuestarias
correspondientes a los Capítulos I a VII del presupuesto de gastos
(Operaciones no financieras), no afectando, por lo tanto, al
importe total de empleos no financieros.
OCTAVO.- Si bien el Servicio Administrativo de Presupuesto y
Gasto Público ha identificado la presente modificación
presupuestaria como “Modificación de créditos del Presupuesto del
Cabildo Insular de Tenerife Nº 8, en la modalidad de Crédito
Extraordinario y Suplemento de Crédito”, esta es la séptima
modificación de esta naturaleza que es informada por la
Intervención General, cuestión esta que se comunica únicamente a
los efectos de que se evalúe y determine la correcta numeración del
expediente, y sin que la misma tenga ningún efecto en el resultado
de la presente actuación de control interno.
CONCLUSIÓN.- De acuerdo con todo lo anterior, esta Intervención
General informa favorablemente la presente propuesta de expediente
de crédito extraordinario y suplemento de crédito nº 8, por importe
de 2.500.000,00 €, sin perjuicio de las observaciones indicadas en
el apartado SEXTO del presente informe.
Lo que se informa a los efectos oportunos, en el desarrollo de
las funciones inherentes al control permanente de la Intervención
General.
José de la Paz Galván Técnico de Administración General
Carlos Andrés Rodríguez-Figueroa Gorrín Responsable de
Unidad
Rafael Emilio Hardisson San Gil Jefe de Servicio
Antonio Messía de Yraola Interventor General
Código Seguro De Verificación GQ/YDzBzDybFTc6H440S0A== Estado
Fecha y hora
Firmado Por Antonio Messía de Yraola - Interventor General Área
de Presidencia Firmado 19/06/2020 15:08:54
Rafael Emilio Hardisson San Gil - Jefe de Servicio Servicio
Administrativo deAnálisis Económico, Sostenibilidad y Control
Financiero
Firmado 19/06/2020 14:50:00
Carlos Andrés Rodríguez-Figueroa Gorrín - Responsable de Unidad
ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y
Control Financiero
Firmado 19/06/2020 13:09:33
José de la Paz Galván - Técnico de Administración General
ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y
Control Financiero
Firmado 19/06/2020 13:08:19
Observaciones Página 5/5
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GEISER GEISER-c13e-dadb-7dac-4a9b-93bc-93ff-1e54-af35 22/06/2020
11:00:22 Horario insular
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MARTIN DOMINGUEZ (CABILDO INSULAR DETENERIFE) el día 19/06/2020 a
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Dirección Insular de HaciendaServicio Administrativo de
Presupuestos y Gasto Público
D0000000872
DECRETO
Asunto: Expediente de Modificación de Créditos nº 8 del
Presupuesto del Cabildo
Insular de Tenerife.
Vista propuesta de Sra. Consejera Insular del área de Empleo,
Desarrollo Socioeconómico y Acción Exterior que conforma el
Expediente de Modificación de Créditos nº 8 del Presupuesto del
Cabildo Insular de Tenerife, y
Considerando que, de conformidad con lo previsto en los
artículos 13.1.h) y 127.1.b) de la Ley 7/1985,de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como, en sus
correspondientes artículos de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de
Cabildos Insulares (artículos 53.j) y 62.b), y del Reglamento
Orgánico de la Corporación, artículos 41.1.i) y 29.3.d), compete al
Consejo de Gobierno Insular, la propuesta al pleno del Proyecto de
Presupuesto ordinario formado por el Presidente y las
modificaciones del mismo cuya aprobación corresponda al Pleno,
estando atribuida a éste la competencia para su aprobación inicial
y definitiva;
Teniendo en cuenta la situación del estado de alarma en el
territorio nacional decretada por R.D. 463/2020, de 14 de marzo,
por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la
situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como
la última prórroga de dicho estado de alarma declarada por el Real
Decreto 555/2020, de 5 de junio.
Considerando que en una interpretación conjunta de los artículos
124.4.h) y l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local y 6.1.h) e y) del vigente Reglamento
Orgánico, corresponde al Presidente la atribución tanto para
ejercitar acciones judiciales y administrativas, en caso de
urgencia, en materias competencia del Pleno, dando cuenta al mismo
en la primera sesión que se celebra para su ratificación, así como,
para adoptar las medidas necesaria y adecuadas en los casos de
extraordinaria y urgente necesidad, dando cuenta inmediata al
Pleno; siendo así que el presente expediente de modificación de
créditos nº 8 recoge una propuesta para la financiación de gastos
indispensables para la protección del interés general, directamente
vinculados o cuya necesidad surge como consecuencia de las medias
adoptadas por la declaración del estado de alarma por la alerta
sanitaria provocada por el Covid-19.
Considerando, asimismo, que la Junta de Portavoces de la
Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de marzo
de 2020, prestó su conformidad a que se suspenda la tramitación
agravada en aquellos expedientes de competencia plenaria, para los
que el Reglamento Orgánico exige tal tramitación, acordando un
mecanismo de comunicación inmediata de los decretos que se dicten,
en materia de competencia plenaria y que tienen que ser elevados al
Pleno, para su dación de cuenta y ratificación, durante el tiempo
en que se mantenga la vigencia del período de alarma;
Considerando que conforme a lo establecido en el artículo 177.6
del RDL 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
de Haciendas Locales, los acuerdos que tengan por objeto la
habilitación o suplementos de créditos en casos de calamidades
públicas o de naturaleza análoga de excepcional interés general,
serán inmediatamente ejecutivos sin perjuicio de las reclamaciones
que contra él puedan interponerse, las cuales deberán sustanciarse
dentro de
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Dirección Insular de HaciendaServicio Administrativo de
Presupuestos y Gasto Público
D0000000872
los ocho días siguientes a la presentación, entendiéndose
desestimadas de no notificarse su resolución al recurrente dentro
de dicho plazo.
Por medio del presente, y en virtud de los antecedentes y
consideraciones jurídicas citadas, y previo informe de la
Intervención General, DISPONGO:
PRIMERO.- Aprobar el Expediente de Modificación de Créditos nº 8
del Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife, conforme al
siguiente detalle:
ALTAS DE GASTOS
Crédito Extraordinario
Año Org. Prog. Econ. Proy. Descripción de la Aplicación de
Gastos Importe
2020 0801 4333 74254 20200601 SUBVENCIONES SOCIEDAD GARANTÍAS
CANARIAS/DESARROLLO EMPRESAR
2.000.000,00
Total créditos extraordinarios 2.000.000,00
Suplemento de Crédito
Año Org. Prog. Econ. Proy. Descripción de la Aplicación de
Gastos Importe
2020 0301 2310 48940 SUBV. CTES A OTRAS TRANSF. INSTITUCIONES
SIN FINES DE LUCRO/
500.000,00
Total suplementos de crédito 500.000,00
TOTAL ALTAS DE GASTOS 2.500.000,00
BAJAS DE GASTOS
Bajas por anulación
Año Org. Prog. Econ. Proy. Descripción de la Aplicación de
Gastos Importe
2020 1101 4532 60010 20170424 TERRENOS Y BIENES
NATURALES/CARRETERAS 300.000,00
2020 1101 4532 60912 20170424 INFRAESTRUCTURAS/CARRETERAS
700.000,00
2020 1112 4592 65000 20080635 INVERSIONES GEST.PARA OTROS
ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR
400.000,00
2020 1112 4592 65000 20140190 INVERSIONES GEST.PARA OTROS
ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR
440.000,00
2020 1112 4592 65000 20190334 INVERSIONES GEST.PARA OTROS
ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR
84.045,00
2020 1112 4592 65000 20190336 INVERSIONES GEST.PARA OTROS
ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR
95.955,00
2020 1113 4421 74050 20200411 SUBVENCIONES CAPIT. A
TITSA/INFRAESTRUCTURAS DEL TRANSPORTE
480.000,00
Total bajas por anulación 2.500.000,00
TOTAL BAJAS DE GASTOS 2.500.000,00
SEGUNDO: Dar traslado del presente Decreto a los Portavoces de
todos los Grupos Políticos de la Corporación.
TERCERO: Dar cuenta del presente Decreto al Pleno de la
Corporación para su ratificación, en la primera sesión que se
celebre.
Conforme a lo estipulado en el Art. 177.6 del RDL 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, el presente acuerdo será
inmediatamente ejecutivo sin perjuicio de las reclamaciones que
contra él
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Dirección Insular de HaciendaServicio Administrativo de
Presupuestos y Gasto Público
D0000000872
puedan interponerse, las cuales deberán sustanciarse dentro de
los ocho días siguientes a la presentación, entendiéndose
desestimadas de no notificarse su resolución al recurrente dentro
de dicho plazo.
A tales efectos, el expediente se someterá a información pública
por un periodo de QUINCE (15) DÍAS, de conformidad con lo previsto
en el art. 177.2 en relación con el artículo 169.1 del citado RDL
2/2004, de 5 marzo.
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Fecha y hora
Firmado Por Antonio Messía de Yraola - Interventor General Área
de Presidencia Firmado 19/06/2020 15:09:41
Mª Fernanda Barber Friend - Jefe de Servicio Servicio
Administrativo dePresupuestos y Gasto Público
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Código Seguro De Verificación 5KIyp9Af6YhgPRrqsQpW3A== Estado
Fecha y hora
Firmado Por Antonio Messía de Yraola - Interventor General Área
de Presidencia Firmado 19/06/2020 15:09:41
Mª Fernanda Barber Friend - Jefe de Servicio Servicio
Administrativo dePresupuestos y Gasto Público
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Código Seguro De Verificación 5KIyp9Af6YhgPRrqsQpW3A== Estado
Fecha y hora
Firmado Por Antonio Messía de Yraola - Interventor General Área
de Presidencia Firmado 19/06/2020 15:09:41
Mª Fernanda Barber Friend - Jefe de Servicio Servicio
Administrativo dePresupuestos y Gasto Público
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Observaciones Página 3/3
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-
JUSTIFICANTE DE REGISTRO EN UNIDAD TRAMITADORA
Unidad de tramitación: Servicio Administrativo de Presupuestos y
Gasto Público - LA0001764
Fecha de control interno: 22/06/2020 09:06:13 (Horario
insular)
Fecha presentación: 22/06/2020 09:05:07 (Horario insular)
Nº de referencia interno: LA0001764s20N0001019
Tipo de documentación fisica: Documentación adjunta
digitalizada
Enviado por SIR: No
Información del registro
Tipo Asiento: Salida
Resumen/Asunto: Expediente de Modificación de Créditos nº 8 del
Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife.
Unidad de tramitación origen/Centrodirectivo:
Servicio Administrativo de Presupuestos y Gasto Público -
LA0001764 / Cabildo Insular de Tenerife
Unidad de tramitacióndestino/Centro directivo:
Servicio Administrativo de Contabilidad - LA0010434 / Cabildo
Insular de Tenerife
Ref. Externa:
Nº. Expediente:
Adjuntos
Nombre: DECRETO 19-06-2020 modificación créditos nº 8.pdf
Tamaño (Bytes): 319.196
Validez: Original
Tipo: Documento Adjunto
CSV: GEISER-8efa-0a51-e637-4b1c-b55d-b13f-f966-8530
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Observaciones:
Nombre: MC_20200150.pdf
Tamaño (Bytes): 32.517
Validez: Original
Tipo: Documento Adjunto
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Hash:
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Observaciones:
-
Plaza de España, 1 38003 Santa Cruz de Tenerife Tfno.: 901 501
901 Fax: 922 000 000 www.tenerife.es
Área de Presidencia, Hacienda y Modernización Servicio
Administrativo de Presupuestos y Gasto Público
Fecha: 22/06/2020 Ref.: MNBJ/AFP Tfno.: 922 239 822 Asunto:
Decreto modificación de créditos Destinatario: Grupo Coalición
Canaria
El Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, con fecha
19 de junio de 2020, dictó el siguiente Decreto:
Vista propuesta de Sra. Consejera Insular del área de Empleo,
Desarrollo Socioeconómico y Acción Exterior que conforma el
Expediente de Modificación de Créditos nº 8 del Presupuesto del
Cabildo Insular de Tenerife, y
Considerando que, de conformidad con lo previsto en los
artículos 13.1.h) y 127.1.b) de la Ley 7/1985,de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como, en sus
correspondientes artículos de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de
Cabildos Insulares (artículos 53.j) y 62.b), y del Reglamento
Orgánico de la Corporación, artículos 41.1.i) y 29.3.d), compete al
Consejo de Gobierno Insular, la propuesta al pleno del Proyecto de
Presupuesto ordinario formado por el Presidente y las
modificaciones del mismo cuya aprobación corresponda al Pleno,
estando atribuida a éste la competencia para su aprobación inicial
y definitiva;
Teniendo en cuenta la situación del estado de alarma en el
territorio nacional decretada por R.D. 463/2020, de 14 de marzo,
por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la
situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como
la última prórroga de dicho estado de alarma declarada por el Real
Decreto 555/2020, de 5 de junio.
Considerando que en una interpretación conjunta de los artículos
124.4.h) y l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local y 6.1.h) e y) del vigente Reglamento
Orgánico, corresponde al Presidente la atribución tanto para
ejercitar acciones judiciales y administrativas, en caso de
urgencia, en materias competencia del Pleno, dando cuenta al mismo
en la primera sesión que se celebra para su ratificación, así como,
para adoptar las medidas necesaria y adecuadas en los casos de
extraordinaria y urgente necesidad, dando cuenta inmediata al
Pleno; siendo así que el presente expediente de modificación de
créditos nº 8 recoge una propuesta para la financiación de gastos
indispensables para la protección del interés general, directamente
vinculados o cuya necesidad surge como consecuencia de las medias
adoptadas por la declaración del estado de alarma por la alerta
sanitaria provocada por el Covid-19.
Considerando, asimismo, que la Junta de Portavoces de la
Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de marzo
de 2020, prestó su conformidad a que se suspenda la tramitación
agravada en aquellos expedientes de competencia plenaria, para los
que el Reglamento Orgánico exige tal tramitación, acordando un
mecanismo de comunicación inmediata de los decretos que se dicten,
en materia de competencia plenaria y que tienen que ser elevados al
Pleno, para su dación de cuenta y ratificación, durante el tiempo
en que se mantenga la vigencia del período de alarma;
Considerando que conforme a lo establecido en el artículo 177.6
del RDL 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
de Haciendas Locales, los acuerdos que tengan por objeto la
habilitación o suplementos de créditos en casos de calamidades
públicas o de naturaleza análoga de excepcional interés general,
serán inmediatamente ejecutivos sin perjuicio de las reclamaciones
que contra él puedan
Código Seguro De Verificación D+tBPD5WpwEBynB6An+osQ== Estado
Fecha y hora
Firmado Por Mª Fernanda Barber Friend - Jefe de Servicio
Servicio Administrativo dePresupuestos y Gasto Público
Firmado 22/06/2020 11:05:41
Observaciones Página 1/3
Url De Verificación
https://sede.tenerife.es/verifirma/code/D+tBPD5WpwEBynB6An+osQ==
https://sede.tenerife.es/verifirma/code/D+tBPD5WpwEBynB6An+osQ==
-
interponerse, las cuales deberán sustanciarse dentro de los ocho
días siguientes a la presentación, entendiéndose desestimadas de no
notificarse su resolución al recurrente dentro de dicho plazo.
Por medio del presente, y en virtud de los antecedentes y
consideraciones jurídicas citadas, y previo informe de la
Intervención General, DISPONGO:
PRIMERO.- Aprobar el Expediente de Modificación de Créditos nº 8
del Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife, conforme al
siguiente detalle:
ALTAS DE GASTOS
Crédito Extraordinario
Año Org. Prog. Econ. Proy. Descripción de la Aplicación de
Gastos Importe
2020 0801 4333 74254 20200601 SUBVENCIONES SOCIEDAD GARANTÍAS
CANARIAS/DESARROLLO EMPRESAR
2.000.000,00
Total créditos extraordinarios 2.000.000,00
Suplemento de Crédito
Año Org. Prog. Econ. Proy. Descripción de la Aplicación de
Gastos Importe
2020 0301 2310 48940 SUBV. CTES A OTRAS TRANSF. INSTITUCIONES
SIN FINES DE LUCRO/ 500.000,00
Total suplementos de crédito 500.000,00
TOTAL ALTAS DE GASTOS 2.500.000,00
BAJAS DE GASTOS
Bajas por anulación
Año Org. Prog. Econ. Proy. Descripción de la Aplicación de
Gastos Importe
2020 1101 4532 60010 20170424 TERRENOS Y BIENES
NATURALES/CARRETERAS 300.000,00
2020 1101 4532 60912 20170424 INFRAESTRUCTURAS/CARRETERAS
700.000,00
2020 1112 4592 65000 20080635 INVERSIONES GEST.PARA OTROS
ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR
400.000,00
2020 1112 4592 65000 20140190 INVERSIONES GEST.PARA OTROS
ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR
440.000,00
2020 1112 4592 65000 20190334 INVERSIONES GEST.PARA OTROS
ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR
84.045,00
2020 1112 4592 65000 20190336 INVERSIONES GEST.PARA OTROS
ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR
95.955,00
2020 1113 4421 74050 20200411 SUBVENCIONES CAPIT. A
TITSA/INFRAESTRUCTURAS DEL TRANSPORTE
480.000,00
Total bajas por anulación 2.500.000,00
TOTAL BAJAS DE GASTOS 2.500.000,00
SEGUNDO: Dar traslado del presente Decreto a los Portavoces de
todos los Grupos Políticos de la Corporación.
TERCERO: Dar cuenta del presente Decreto al Pleno de la
Corporación para su ratificación, en la primera sesión que se
celebre.
Código Seguro De Verificación D+tBPD5WpwEBynB6An+osQ== Estado
Fecha y hora
Firmado Por Mª Fernanda Barber Friend - Jefe de Servicio
Servicio A