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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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c0LEGto
DE
ABoGADoS
DE
LA REPUBL|CA
DoMtN|CANA
(CARD)
Fundado
el27
deEnero
de 1873
Mlgmbno Activo
de la
Federación
lnteramericana
de
Abogados
IFIAJ
y
de
lá
unión
lberoamericana
de colegios y
Agrupaciones
de
Albogadbs
¡Úrsa1
,
EN
NOMBRE
DE LA
REPUBLICA
DIOS,
PATRIA
Y LIBERTAD
Expediente
No.
40612O13
,
SENTENCTA
DTSCTPLTNARTA
NúMERO
O10/201s
En
la
ciudad
de
santo
Domingo,
Distrito
Nacional,
Repúb:lica
Dominicana,
a
los
Diez
(10)
días
del
mes
de Diciembre
del
año Dos
Mil
Quince
(2015),
años L7L
de la
Independencia y
152
de la
Restauración,
EL
TRIBUNAL
DISCIPLINARIO
DEL
COLEGIO
DE
ABOGADOS
DE
LA REPUBLICA
DOMINICANA
(CARD),
administrando
justicia
n
ۖ
atribuciones
disciplinarias,
en nombre
de
la
República,
aciuando
'r',
Nl
pi'opia
autoridad
en virtud
de las
disposiciones
del inciso
"F"
del
-r-:
*
'artículo
3
y
del
artículo
21
.de
la
Ley
No.
91,
de
fecha
3 de
Febrero
de
1983,
que.creb
el
Colegio
de Abogados
de
la
República
Dominicana;
y
de los
artículos
81,
82,
83,
84,
85,
BG,
87,
BB
y
89
der
Estatuto
Orgánico
del
Colegio
de
Abogados,
ratificado
por
el
Decreto
No.
1063-03
del
19
de noviembre
del
2003,
así
como de
las
disposiciones
del
Decreto
No.
1290
del 2
de agosto
de 1983,
que
ratifica
el
Cóctigo
de Ética
del
Colegio
de"Abogadós,
regularmente
constituido
por
los
magistrados: preside
DR.
¡¡ÉfroR
EMrLro
MoJrcA,
(Jue2=1er
sustituto),
Lic.
wAGNER
prñErRro,-
(Juez-secretario),
DR.
LUrs
PENA, (JUCZ-M|CMbrO),
DR.
JOAQUÍN
ANTONIO
GERDA
(JUCZ-
Miembro),
asi.stidos
de
Ia
Lic.
ANA
JULIA
VILoRIA
DE
BAUTisrR,
Secretaria
de
este Tribunal
DisciplinBrio;
reunidos
en
Cámara:
de
Consejo,
en
el
local
No.
60-A,
de la
ca[le
Isabel
la
Católica,
Esquina
calle
El
Conde
(Casa
det Abogado),
Zona
Colonial,
Distrito
Nacional,
lugar donde acostumbra
a
celebrar
sus audiencias disciplínarias.
t depositaOa
en',::i
-1.";,1
fecha
treinta
(30)
del
mes
de
octubre
del año bos
Mil
tréce
(20f3¡;i,'
.1,1,,
por
ante
la Fiscalía
Nacional
del
Colegio
de
Abogados
de la
Repúbliiá
.
..,,'...:-i,
'i
-
Dominicana,
por
el
LIC.
CARLOS
DE
PÉREZ
JUAN,
dominicano,
i.
.','
,,.
,r,
mayor
de edgd,
cas-ado,
abogado,
titular
de la
Cédula
de
Identidad
y
.
"
,
Electoral
número
026-0088720-8,
domiciliado
y
residente
en La
Romana,
con
estudio
profesional
abierto
en
la
calle
Héctor
P.
Quezada
--*
"-.-=..----"---
-----.-=J$a*l27_deJ_seclorJnsanche-La--hloz,_.enl-a3omana-Bepublica.-."=.-,.-=-=---
Calle
lsabel La
Catolica
No.
60,
fi
Cutt,
San
Juan
Baut¡sra
No.
'138,
Esq.
Conde,
Zona
Colonial, Sto, Dgo.,
F. D.
H
Esq.
Cayetano Genmosén,
Urb, Atala, Sto.
Dgo., R. D.
t
Tet.:809-685-40p9
TeI.:BO9-6BE-EA59 I
[email protected]
/
u,rww,card,org,do
i\
\t'N
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-
tr\\,
'
n..
J.,
{'
S
:\
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Dominicana,
Abogado
de
los
Tribunales
de
la
República,
matriculado
enelColegiodeAbogadosbajoelnúmero27432-:.91-o4.
En
contra
oei
DR.
cARLoS
MANUEL
DE
LA
RoSA
cAsTILLo,
dominicano,
mayor
de
edad,
casado,
titular
de
la
cédula
de
Identidad
y
Electoral
No.
026-0061396-8,
es Miembro
activo
de
este
colegio
de
abogados
mediante
matricula
No.,
domiciliado
y
residente
én
La
Romana,
con
estudio
profesional
abierto
en la
castillo
Marquéz
casa
no'
L02,
en
el
centro
de
la
ciudad
de
La
Romana,
Republica
Dominicana,
Abogado
de
los
Tribunales
de la República,
matriculado
en
el
Colegio
de Abogados
bajo
el número
25252-763-02.
oÍoo:
La
lectura
del Rol
de
Audiencia
a
cargo
del
Ministerial
de
turno.
oÍoo:
Rt Magistrado
Juez
presidente
ofrecerle
la
palabra
al Fiscal
Adjunto
del
Tribunal
Disciprinario
del
colegio
de Abogados
de
la
Republica
Dominicana
(GARD),
a
los
fiñes
de
que
presente
formalmente
el
caso,
OÍOO:
A IOS
DOCTORES
FIRO
SERMELI
MARTES
Y
ANTONIO
vALoY,
en
calidad
de
Fiscales
Adjuntos
del
CARD,
apoderar
formalmente
a
este Tribunal
y
dar
lectura
de la
acusac¡ón
formulada
por
el
querellante
en
contra
del
querellado,
y
expresar
al tribunal
que
el
expediente
esta
completo
y
que
la
parte
querellada
fue
citada
legalrnente.
oÍoo:
At
Lrc.
cARLos
DE
pÉREzJUAN,
dar calidades
en
su
propio
nombre
y
representación
oioo:
Al
abogado
det
quereltado
LrcDo.
FRANcrsco
GóMEZ,
dar
calidades
en
su
nombre y
en
nombre
del
DR.
DrEGo
BAvADo
ToRREs,
como
defensa
técnica
en nombre
y
representación
del
DR.
CARLOS
MANUEL
DE
LA
ROSA
CASTILLO,
oÍoo:
Al
Magistrado
Juez
presidente
ofrecerle
la
palabra
a
la
parte
querellante,
para
que
explique
los
motivos
y
fundamentos
o" su
querella.
oÍoo:
A los
fiscales
adjuntos,
decir
In
Voce
que
están
listo
para
conocer
el
fondo
del
proceso,
oÍoo:
Al
abogado
del
querellante
que
está
listo
para
conocer
el
fondo.
OÍoO:
Al
abogado
conocimiento
de
la
il
,'
+¡
S--
§
SC
rla
reenvíe
el
aua ol
nEl
del
querellado
solicitar
que
oresentp andipncie a lnc fi noe
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CARTOS
MANUEL
DE
LA
ROSA
CASTILLO,
esté
presente,
yá que
e
encuenrra
enfermo
y
ha
enviado
u"
iEiiirí.Jál
meoico
y
además
+t"-=-";r:epresenrado
por su
abogado
titurai
éa
DR.
DlEco
BAVADO
oÍoo:
A
ros
t'rr:lT,?djuntos,
decir
In
Voce
manifestar
que
no
tienen
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al-aprazamiento
vá
ó*
"r
un
pedimento
de
rey.
l
oÍoo:
Ar
aboga_doter
quereilan.e
decir.ar
tribunar
que
es
una
burra
e
parre
der
LrcDo.
ÉRAñ¿i; ó"
coiri'=]"r''
ou,
DR.
cARLos
ANUEL
DE
LA
RosA
cÁiiiiio,
quiene;;.;
venido
durante
rres
3)
años
toroedeanoo
"i
pio."-ro,
QU€
adicionarmente
er
certificado
édico
no
cumpte
cón-
l#
Hil:]11. 9s
de
un
perítaje,
y
que
ha
portado
ar
proceso
{os
(2)
.ápil-r
oe
pantalias
oe
ra
cuenta
de
ra
ed
sociar Facebook
oe
ra'lenoli
:ess¡ca
Tol,.,-n"yes
corte,
ambas
e
recha
diecíséis
_(ro)
oá
;i;;;.
gg:¡,ióri...-fzo15),
en
tas
que
e
visuariza
ar
DR.
blnlol
üa¡¡u¡r-
d¡
ri
ROSA
CASrrlLo
ompartiendo
fuera
der país,
rug,:n
,.
r.u-.-n
]i
.uptrras
frente
ar
atacio
de
Beras.
Artes
áá
é¡r-o-ir
¿u
prJ*iü;
;;;
ra
señora
Jessica
udith
Reyes
corte,
uporiurosllm¡ién.siete
(7)
actas
de
audienciase
direrentes
rribunarbs
/
qre
.i
Iu,
m¡smi
¿i
bi.
cARLos
DE
LA
osA'
da
caridades,
g,i"
^.i
ü;..er está
enfármo
para
asistir
ar
ribunal
Disciotinar.ro
oá-
ünól
per.o
que
para
comparecer
a
los
emás
tribunáres
ño, y
f¡narmenie
soricitá
ar
rriornar
que
rechace
ra
olicitud
de
aorazari"r 1,-vu
qr.
todas
tas
instáncias
depositadas,
stán
rirmadai
oor
er
r-¡iob.
Éinrucrscó
cóiiÉ2,
y
que
no
podía
:Ltffi:e
isnoiabr
ár
prll"-r;,
;r.
se
ordenara
ra
continuación
de
ra
orDo:
Ar
Magistrado
Juez
presidente
manifestar
que
er
preno
se
etira
a
detiberar
y
decidirli
.ruriiOn
planteada,
'".,?3;
fl.Y,'Jli'.T;'S',.&',.gi;;
[TI ,i[.,.o#
se
pusiesen
de
pies
ya
¡.
\',
l,
\
é
G
Fallo
de
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oÍoo:
Magistrado
Juez
presidente
manifestar
ro
siguiente:
vrsrA:
La
instancia..de
depósito_de
documentos
recibida
en
rednÉ
reinta
(30)
de.septiembre
i*L
9t_r.
secr'Jüria
árt"
ir¡ur-iut,
irmada
por
er
¡-¡c.
FnÁñtrs;ó
cóMez,
eñ
,ul..,"orure
y
en
nombre
e
DR.
DrEGo
eavÁ-Dó-iónnes,
'.ónténiira
de
originar
de
ertificado
médico
e.mitido
po,.
ét
cenlro
üáüii.
orientar
c
por
A.
irmado
por
Dra.
CariAaJ
Ae
Lá,
iuntor.
vrsTo:
Er
certificado.
médico
de
fecha
veintiocho
(2g)
der
mes
de
eptiembre
der
año
dos
miL-quinc.
(3015)
expedido
por
er
centro
L.,1,.i;gJi:?:1":.0.j,I.,ig:-i:*
g.ó;;.
eariíJ
o.
Los
santos,
er
,1
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-
-
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,i
,
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3
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,Ii
ii
'l*
\
IJ
S
.5
S§
paciente
cARLos
MNUEL
DE
LA
RosA
cASTiLLo,
portador
de
ra
cedula
de identidad
#
026-00613-B
fue
exam¡náoo
con
Dx.
desgarro
uscular intercostar
derecho
post
fuerza,
por
rá
qr"
recomendamos
reposo
a
partir
de
hoy
28
de
septiembre
2015
hasta
el
15
de
oviembre
2015,,.
[SICI
vrsrA:
La
instancla_de
depósito
de
documentos
de
fecha
veintiocho
28)
de
octubre
2015,
en
ra
seiretar¡a
de
este
Tribunar,
firmada
por
el
Lrc.
CARLOS
Oe
pÉnez
:uÁn,
en
su
propio
nombre
contentiva
de:
1)
copia
certificada
de
acta
de
audiencia
áe
fecha
uno
(1)
de
ctubre
del
año
10_lq,expedida
por.er
Juzgado
de
ra
Instrucción
der
istriro
Judiciar
de
La
iomanai
z¡
copiá-cerliiicaoa
de
acta
de
udiencia
de
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ochg (B)
de
oátrbr.
oét
ano
zors,
expedida
por
er
uzgado
de
ra
Instrucción
o'et
oistrito
Judiciir
d;ü
Romana;
3)
copia
ertifícada
der
auto de
fecha
veintiocho
(2g)
de
septiembre
der
año
01,5,
expedida
p.gr
^er
Juzgado
Je
ta
tnsiruición
oer
Distrito
rudiciar
e
La
Romana;4)
copiu
ó"*iti.ada
de
acta
áe
audiencia
de
fecha
eintiocho
(28)
de
septiembre
der
año
201i;
.;p;;ida
por
er
Tribunar
e
Niños
Niñas
y
Rdorescentes
oár
oirtr¡to:uJiiar
de
La
Romana;
5)
opia
certificada-
de
acta
oe
iuoienc¡a
oe
rácrra
treinta
(30)
de
eptiembre
der
año
2015,
expedida
por
er
niurnur
de
Niños
Niñas y
dorescentes
der
Distrito
iuoit¡ai
oe
La
Romana;
6)
copia
certificada
e
acta
de
audiencia
de
fecha
cinco
(5)
ou
oátrure
der
año
2015,
xpedida
por
er
Tribunar
de
Niños
Niñ;i
v
noorescentes
der
Distrito
udicial
de
La
Romana;
7)
copia
certificada
oe
u.tu
o.
audiencia
de
I:.:nu:igje
(7)
de
octubré
der'año
2015,
expedida
por
er
rribunar
de
iños
Niñas
v
Adorescentes
oér
óiitriro
iúoi.¡l'iJ"ia
Romana;
oÍoo:
Al
Magistrado.
Juez
presidente
manifestar
que
er
preno
abiendo
verificado
ros
oocumentos
aportad¿;
por
ras partes
y
iscutidos
sobre-
este
incioentá,
es
deber
der
Tribunar
hacer
un
studio
mesurado
de
ros
mea¡os'previamente
descritos,
por
ro
cuar
er
leno
ha
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consenso-lde
sienoo
el
certificado
médico
una
rueba
cubierta
por
una
p.esunéión
;r;i;ir;;r.,
u,
decir
que
admite
rueba
en
contra,
es
decir,
.permite
probar
tá
lnexistencia
de
un
echo
o
derecho.
,er.
visto
ásí,
áeue
se'r
corrouoraoo
con
ras
pruebas
en
contra
aportada
por
el
quereilante. Que
ras
fotografías
aportadas
omo medio
de
prueba,
tienen
en
princ,ipio,
respecto
a
las
resunciones
legales,
la
misma
cualificaciOr-;;;
lo
cual
hay
que
.
contrastarla
con
ros
demás
medios
de
pruebas,
estas
úrtimas
con
ra..,
esventaja
de
que
con
ros
medios
erectrónicos
uituares
pueden
sg[,
Que
reposa
en
ul,-l?::i"r,11t.
(7)
actas
de
audiencias
una
(1)
es
un
auto
de
fecha
veintioclro
(29)
dL
septiembre
del
año
2015,
expedida
por
el
Juzgado
de
la
Instrucción
dei
Distrito
:uo¡á¡al
de
La
Romana,
que
en
este
caso
es
una
respuesta
der
Tribunar
apoderado,
por
ro
cual,
no
sirve
como
medio
de
prueba
para
er
te.u
"n
discusión
pues,
pudo haber sido tramitado
ántes
que
se
produjera
er
certificado
médiCO,
aunqUe
SOn
ambos
cle
la
misme
fach:
ñne /?\
cnn
=als¡
¡r^
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audiencia
de fecha
uno
(1) y
(B)
de octubre
del año
2015,
expedida
por
el Juzgado
de
la
Instrucción
del Distrito
ludicial
de
La
Romana,
en
las
cuales
el
DR.
cARLos
MANUEL
DE
LA
RosA
cAsrrLLO,'dio
calidades
según
puede
leerse
en
ambas.
Las
cuatro
(4)
actas
restantes
son
emitidas
por
el Tribunal
de Niños
Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
Judicial
de La'Romana:
copia
certificada
de
acta
de
audiencia
de
fecha
veintiocho (29)
v
treinta
(30)
de
septiembre,
y
otras
de
fecha
cinco
(5)
v
siete
(7)
de
octubre
del
año
20is,
"n
ertas
cuatro
(4)
actas
puede
leerse
que
el
DR.
cARLos
MANUEL
DE
LA
RosA
cAsrrLLo,
dio
calidades
en
todas
y
que
estas
audiencias
fueron
posteriores
a
la
producción
del
certificado
médico,
que
estas
actas
a
diferencia
de
las
fotografías y
el
certificado
están
revestidas
de
una
presunción
iuris
et
de iure
de
pleno
derecho,
que
además
al
ser certificadas por
las
secretarias
de sendos
tribunales,
son válidas
y
por
lo
tanto
creíbles
hasta
inscripción
en
falsedad,
por
estar
revestidas
dichas
funcionarias
de fe
pública.
Por
todo
lo
anterior
el
pleno
del
Tribunal
Disciplinario
del
Colegio
de
Abogados
de
la
Republica
Dominicana
(GARD),
rechaza
la
solicifud
de
aplazamiento
-del
conocimiento
de la
presente
audiencia,
ordena
la
continuación
de
la
misma,
conmina
a
las
partes
a
producir
nuevas
conclusiones.
Fallo
de Incidentes
oÍoo:
Rt
LrcDo.
FRANcrscó
cóuez,
abogado
det
quereilado,
solicitar
que
se
lPlace
el
conocimiento
de la
auáiencia
a
los
fines
de
que
el DR.
JosE
BAvADo
TORRES,
abogado
titular
del
caso,
esté
presente,
pues
como
todos
saben
en
estos
días él
ha
tenido
algunos
inconvenientés,.y-por
el
principio
de
igualdad
y
para
salvaguaráar
et
derecho
a
la
defensa
del
DR.
cARLos
plnñuel
DE
La
RosA
CASTILLO.
OÍOOI
A los
DR.
FIRO
SERMELI
MARTES,
Fisca|
Adjunto
del
CARD,
decir
que
procede
darte
la
oportunidad
al
querellado
de
estar
representado
por
su
abogado
y
de estar
presente.
oÍoo:
Al
Lrc.
cARLos
DE
pÉREz
JUAN,
manifestar que
entendía
que
él
durante
tres
(3)
años
ha
asistido
a
todas
y
cada
una
de las
audienciasr
que
el
señor
De
La
Rosa,
solo ha
asistido
a
una, vestiáó.-'
sin
las
formalidades
y
ese
día
sln
abogado,
que
adicionalment"
j¡,.:
LrcDo.
FRANcrsco
GóMEZ,
ha
sido
siempre
el
abogado
que
há'_
asistido
a todas
las
audiencias y que
aunque
da
caliáad
por
otro
'
abogado,
ese
nunca
ha
asistido,
también
que
el derecho
a
la
defensa
y
el
derecho
a la
igualdad
estaban garantizados
porque
él LrcDo.
FRANcrsco
GOMEZ,
lo
estaba
representando,
además
que
todas
las
instancias
que
reposan
en
el
dossier
del expediente
han
sido
firmadas
por
adicionalmente
el LrcDo.
FRANcrsco
GóMEZ,
;..
ll
J
i\'",
''.
"d,
:\\
{.Lf
S
.\s
-.¡
c
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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orDo:
Al
MaEistrado
Juez
presidente
manifestar
que
el
pleno
se
retira
nueva
vez
a
deriberar y
decidir
el
nuevo,incidente.
oÍoo:
Ar
Ministeriar
de
trrlo.t.
invitar
a
ponerse
de
pies
ya
que
ros
magistrados
regresaban
de
deliberar.
oÍoo:
Magistrado
Juez
presidente
decir
que
el
pleno
habiendo
verificado
lós
documentos
contenidos
en
el
expediente
ha
podido
formarse
la.religión
legal que
ahora
manif¡estan.
eue
ciertamente
en
el
expediente
existen
varias.instancias,
inctuyendo
la
que
constituye
9l_
depósito
de]
certificado
médicó
firmaoa
por
et
LrcDo.
FRANcrsco
GóMEZ,
y
ninguna
por
er
DR.
DrEGo
BAVADO
ToRREs,
por
lo
cual
en
ningúñ
caso'puedá
reenviarse
la
audiencia
a
los
fines
de
que
er.
abogado
titurar
.áte-ñi"rente,
ya
que
ras
piezas
del
expediente están
firmadas por
er
Lic.
Gómez,
y
ha
sido
quien
ha
asistido
a la
mayoría
de
las
audiencias.
En
cuanto
ar
derecho
de
defensa,
vare
señarar,
que
es
un
derecho
constitucional
que
debe
ser
examinado
antes
de
decidirse
la
situación
planteada,
en
ese
orden
de
ideas,
puru
tu
sorución
de
la
cuestión
analizada
debemos
verificar
lo
estáulecido-por.
el
artículo
69,
de
la
constitución
dominicana
:
Tutera
judiciar
.rJ.iiuJ
;';;;i;o"oro..ro.
Toda
persona,
en
el
ejercicio
de
ius
derechos
e intereses
legítimos,
tiene
derecho
a
obtener
la
tuteta
judiciat
.i..ti"ál
.Jñ"i"r].to
det
debido
proceso
que
estará
conformáor
ñoi
rás
garantías
mín¡ñas
que
.,"
S€
estabrecen
a
continuación:
t...1
y.n'rJs
á.upitu,
+
v
io,'i¡oidem)
-'--"j
qlqna
iguarda'd
y
con
r"rp"to
ar-dereiho
de
áerensa;...10)
Las
normas
del
debido
proceso
se
aplicarán
a
toda
tlái.
o.
actúacioÁes
juoiciates
y
administrativas."
Del
mismo
modo
en
el
artículo
g.2
de
la
convención
Americana
de
Derechos
Humanos
así
como
en
el
artlculo
14
del
Pacto
Internacíonal
de
Derechoi
c¡rilur
v
póiiliioi,'
óirpon.n,
"Nadie podrá
s.er
juzgado
sin
haber
sido
oiJo
o
debidamente
citado,
ni
sin
observancia
de
ros
proced.imientos
-que
estabrezca
ra
rey
para
asegurar
un
juicio
imparcÍal
y
el
ejercicio
del
derecho
de
defensa,..,,y
en
ese
orden
de.ideas,
es
preciso
¡eñalar
que
nuestra
suprema
corte
de Justicia, mediante ra
Resorución
1920-1003, de
rechá
hoy
13
de
noviembre
del 2003,
estableció
qr", iet
derecho
de
defensa
está
conformado
por.
u.n
conjunto
de
garantíás
esenciales,
mediante
las
cuares
ros
ciudadanos
ejercen
áerechos
/-b'¿;.;-útiui ''
qr"
re
acuerdan
ra
.constitución
y
ras
reyes,
tendentes
u
,irrajuuüái
,J
resunción
de
inocencia,...,,
vvrvv:,ue
En
cuanto
al
derecho
a
la
igualdad,
derecho
igualmente
consagrado
por
la
constitución
de
la
nepúntica
Dominicana,
y
en
su
artículo
39
establece
de
mane.ra
categórica:
..Derecho
a
la
igualdad,
Todas
las
personas
nacen
libres
e
iguales
ante
la
ley,
reciben
la
misma
protección
y
trato
de
las
instituciones,
autoridades
y
Oemás::personas
y
gozan
de
los
mismos derechos, libertades
y
oportunidades,
sin
ninOuna diqcrimin¡¡iÁn
ñ^F
F-,^^^^ )^
-i-
-.--
\.:
\.j
\
.':
a'
\
s\ü
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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discapacidad,
nacionalidad,
vínculos
familiares,
lengua,
religión,
opinión
política
o
filosófica,
condición
sociar
o
personal."
y
en
el
numeral
1,
establece:
"La
República
condena
todo
privilegio
y
situación
que
'tienda
a
quebrantar
la
igualdad
de las
dominicañas
y
los
dominicanos,
entre
quienes
no
deben
existir otras
diferencias
que
las
que
resulten
de
sus
talentos
o de
sus
virtudes;,,
Que
para
a-nalizar
ese
aspecto
de
la
solicitud
además
de
la
constitución podemos
recurrir
a
'los
tratados
internacionales
y
a la
doctrina
tanto
comparada
como
local,
como en
su momento
escribió,
la
Dra.
Rosalía
sosa
Pérez,
la
obra
denominada
"La
constitución
comentada",
publicada
por
Finjus,
*El
tratamiento
dado
por
la
Constitución
al
derecho
a la igualdad
se
puede
analizar
en
diferentes
aspectos
que
se
encuentran
relacionados
entre
sí:
1)
La
igualdad
como principio fundamental
y
valor
supremo. En
el
..preámbulo,,
se
establece
como
un
principio
superior
constitucional,
debido
a
que
toda
situación
de
desigualdad
es
incompatible
con
el
orden
constitucional.
En
tal
sentido,
la
igualdad
es
un valor
que
vincula
al
Estado
a través
de
su
ordenamiento
constitucional para
promover
todas
las
condiciones
para
que
esa igualdad
sea
efectiva
donde
los
ciudadanos
pueden
disfrutar
a
plenitud
todos
sus
derechos.
z)
Igualdad
en el
trato
dado
por
la
ley.
Todos
los
seres
humanos
tienen
igual
protección
de la
ley.
El mensaje
de
este
principio
está
dirigido
al
Estado,
el cual
a través
de
sus
poderes
crea
las
leyes
y
las
aplija.
por
lo
tanto,
siendo
el
derecho
a la
igualdad
un derecho
fund'amental,
obliga
al
Estado
a
dar
la
protección debida
a
los
ciudadanos
sin
ninguna
discriminación".
Que
tanto
el
Derecho
de
defensa,
como
el Derecho
a la
igualdad,
por
su
vínculo
en
el
presente
pedimento
pueden
ser
analizados
conjuntamente.
Que
en
el
caso
de
la
especie,
el
tribunal
disciplinario
ha
podido
verificar que
de
conformidad
con
los
tratados
internacionales
que
ha
suscrito
el
Estado
Dominicano
y
que
como
tribunal
disciplinario
debemos
observar
que
la
igualdad'acluí
no
ha
sido
quebrantada
porque
el
querellado
éstá
debldamente
representado
por
un
abogado,
egresado
de
una
universidad
dominicana
o
autorizado
a
ejercer en
el
país,
que
en
el
caso
de
la
especie
el
Lic.
Francisco
Gómez,
es
miembro
activo
del
colegio
de
Abogados
de
la
Republica
Dominicana,
con
la
matrícula
sorzí-r+o-
13,
lo
cual
al verificarse
le
da
ras
calidades
y
competencias,
para
representar/
a
cualquier
ciudadano
en
cualquier
tribunal,
incluyendo
este
tribunal.disciplinario,
que
otro
aspecto
que
configura
el
derecho
de
defensa
y
el
derecho
a la igualdad,
es
que
el
justiciable
haya
tenido
tiempo
de
preparar
sus
medios
de
defensa,
de
tomar
conocimiento
de los
cargos
que
se le
imputan
y
de
haber
sido
oído
o
regularmente
citado.
Es
imperioso
señalar,
una
vez
expuesto
el
criterio
antedicho,
gu€
el Lic.
Francisco
Gómez
no
es
ajeno
al
proceso
en
cuestión,
puesto
que,
tal
y
como
se ha
señalado
anteriormente
en
la
motivación
vertida en el
cuerpo de
la
presente
decisión
existen
en
el eXOediente
varias inqtanciac an
l:c
nrro
finr¡r=
la
Firrn=
¡{al rafari.ta
§',
.rd
trl
1\
R.r
\
=-{
,
L,
I:
'''
¡
i'r'
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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letrado; que
además,
ha
comparecido
y
dado
calidad
por
el
querellado
en
la
mayoría
de
las
audiencias
e
inclusive
en
laé
actas
levantadas
durante
el
proceso
conciliatorio llevado
ante
la
FiscalÍa
de
este
Tribunal
Disciplinario,
queda
evidenciado
que
el
querellado,
Dr.
carlos
De La
Rosa
castillo,
fue
representado por
el
Lic.
Fráncisco
Gómez.
Que
obra
en
el
expediente,
el
acto
g3slzoL3
de fecha
19
de
noviembre
de
2013
del
protocolo
del
ministerial
Domingo
castillo,
mediante
el
cual
el
Fiscal
Nacional
del
colegio
de
abogáoos
de
ta
República
Dominicana,
re
notifica
al Dr.
carlós
Manuel
De
La
Rosa
castillo,
la
querella
disciplinaria que
posteriormente,
según
obra
en el
expediente,
le
fue
reiterada
la
notificación
de la
querelia
disciplinária
mediante acto
de
alguacil
al
Dr,
De
La
Rosa.
Así
_las
cosas,
han
transcurrido
desde
el
primer
acto
que
le
fue
notificado
al
Dr.
carlos
De
La
Rosa,
veintitrés
(23)
meses.
riámpo
más
que
suficiente
para
que
este
produjera
sus
medios
de
defensa.
vrsro:
Que
el
procesado
DR.'cARLos
MANUEL
DE
LA
RosA
cASTrLLo,
fue
debidamente
citado
para
esta
audiencia
según
se
confirma
en
el acto
que
reposa
en
el
dóssier,
y
que
está
iépreiÉntaoo
por.su
aboga$o
Lic.
Francisco
Gómez,
quien
té
na
representado
en
las
audiencias
anteriores
y
ha
depositado
varias
instancias
en
su
nombre
y
firmada
por
é1,
el
pleno
del Tribunal
Disciplinario
del
colegio
de
Abogados
de la
Republica
Dominicana
(GARD),
rechaza
la
solici[ud
de
aplazamiento
del
conocimiento
de ta
presenie
audiencia,
ordená
ra
continuación
de
la
misma,
conmina
a
las
partes
a
producir
nuevas
conclusiones,
oÍoo:
Al
LrcDo.
FRANcrsco
Górurz,
manifestarle
al
rribunal
que
se
retiraba
del
Estrado
porque
no
existían
garantías
puiá
-'r,
defendido.
,
oÍoo:
Al
Magistrado
Juez
presidente
explicarle
que
podía
hacer
nuevas conclusiones,
que
er
tribunar habia
decidido
rós
pátitorio,anteriores
conforme
a
derecho
y
advertirle
que
si
abandonaba
el
Estrado
el
tribunal
estaba
compuesto
regularmente,
y
que
ar estar
ras
partes
debidamente
convocadas
y
representadas
y
se Ie
tomaría
er
oÍoo:
Al
LrcDo.
FRANcrsco
cóurz,
manifestar
que
se retiraba
del
Estrado
y,
que
le
tomaran
el
defecto.
oÍoo:
Rt
Magistrado
Juez
presidente
solicitar
a
la Fiscalía
del
Tribunal
Disciplinario
der
colegio
de
Abogados
de
la
Republica
Dominicana
(CARD),
presentar
acusación.
\j
'r
''
.J
L
-=,
r,'-,
;,,
r
,
,, j
8
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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orDor
Al
DR.
FrRo
SERMELT
MARTES,
Fiscat
Adjunto
del
CARD,
presentar
acusación
en los
siguientes
términos;
'.presentamos
Acusación
contra
eI DR.
CARLos
MANUEL
DE
LA
RosA
CASTILLO,
por
el
hecho-de
este
haber
violado
ros
artícuros
66,
69,
69
y
70
del
código
de
Ét¡ca
del
Abogado,
ar
aceptar
poder
de los
señores
AMAURYS
MIGUEL
FIGUEROA,
ANDREURY
MIGUEL
FIGUEROA
e
TSMAURY§
MERCEDES
REYES,
en
detrimento
de
su
colega,
solicitaremoS
las
sanciones
al momento
de concluir.,,
oÍoo¡
Al
Magistrado
Juez
presidente
solicitar
al
querellante
de
manera
resumida
sustente
sus
pretensiones.
oÍoo:
Al
Lrc.
cARLos
DE
pÉREz
JUAN,
en
calidad
de
querellante
y
propio
representante
exponerle
al
tribunal,
lo
siguiente:
..hagistrados
de
lo
que se
trata
es
que
fui
apoderado
por
lós
señores
ÁNanunys
MIGUEL
FIGUEROA,
ANDREURY
MIGUEL
FIGUEROA
y
ISMAURYS
MERCEDES
REYES,
para
representarlos
en
un
proceso
dé
sucesión,
y
después
de haber
realizado
inversión
en
tiempo,
dinero
y
habien'do
cubierto
todos
los
gastos
y
costos
de
proceso,
que
incluíá
viajes
a
varios
países,
ya
cuando
teníamos,
un
acuerdo
proyectado
paia
se,
discutido y
firmado
por
todas
las
partes
el
Dr,
carloi
De
La h,oru,
,u
acercó
a mis
clientes,
le
propuso
cobrarles
menos
y
después
oe
yo
tener
más
de
un
año
trabajando,
y
tras
haber
invertído
varios
millones
de
pesos,
sobre
todo
haber'organizado
ese
expediente,
el
Dr.
De
La
Rosa,
me
ha
robado
el
caso..,,,
9IPor
Al Magistrado
Juez
presidente
solicitar
al
Lrc.
cARLos
DE
PEREZ
JUAN,
despojarse
de
la
toga
para
deponer
corno
parte,
y
acto
segu.ido
decirle,
digamos
muy
brevemente
todo
lo
que
qu¡érá
qu.
sepamos
del
caso.
OÍOAS:
Las
declaraciones
de
la
manera
siguiente:
LIC.
CARLOS
DE
pÉnfz
JUAN,
que
rezan
Pregunta
del
Magistrado
Juez
presidente:
ceué
le
puede
decir
al
tribunal
de
este
caso,
qué
fue
lo
que
pasó?
Respuesta:
Honorables
magistrados,
antes
de declarar
en
lo
relativo
al
caso,
quiero
decirles.
que
estoy
aquí
por
un
asunto
de
honor,
porque
creo
que
ya
está
bueno
que
un
abogado
le
robé
uf.l
cdso
Er
,
-,,
otro,
y
el
señor
carlos
De
La
Rosa,
le
ha iobado
caso
a más
oá
.'j
cincuenta (50)
abogados...
-i._
Magistrado
Juez
Presidente:
Abogado,
aquí estamos
por
su
caso,
los
demás
scn
otra
cosa,
aquí
solo
podemos
discutir
este.
Responda
lo
que
tiene
que
ver
con
su
caso.
Respuesta:
"Disculpe,
En
octubre
der
año
dos
mil
doce
(zotz),
estaba
dormido
el
caso.
un
amigo
me llamó
al
celular
y
me diio
que
neCeSitaba
fgunirse conmioo- Crrando
nñq
rérrnirnnc
rtra
diin
.rra ,,ñ.
:-
.i:\
',.t,
t\
',..-r
i'
-\
§
1
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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joven
de
nombre
wendy
Zuleika
Figueroa
Mercedes,
había
fallecido
en
Paris,
Francia.,
y
que-su
esposo
también
había
failecido,
tréi
r¡l
eses
antes.
Eilos
tenían
muchos
bienes
un
n¡ñó
,;ñ;i
y
d*;,
adultos, que
necesitaban
un
abogado,
que
no
teníañ
riqrio"r,'pJ.,
que
debido
a
la
cantidad
de
oienes
dnrrártoq
era
un
caso
que
podíamos
ltevar,
a ro
que
re
manifesté,
quá
ááliu
áirponáiá.'*¡
conocimiento.en
área
civir,
pero,
no
podíá
poñ.i
á¡ñáiá-ó"rqrá
.o
tenía,
salvo-
que
fueran
piár[uáóL...
ro=
famiiiares
de wendy
Zureika
Figueroa
Mercedes
los
señores
AMAURYS
MIGUEL
FIGUEROA
(hijo),
ANDREURY
MIGUEL
rIcÚenóÁ
iñu"I
y
ISMAURYS
MERCEDES
REyEs, (madre),
me
contrataron,
i
.i
v
á
"t-;';;r&;.
onjuntamente,
soro
me
dieron
tres
nombr"r,
v
n.¿,
nJullórotit,
agamos
servicios
de
investigación,
rastreo
y
viajes
internacionales
hasta
que
ubicamos
gran
parie de
ios
bienás'oe
ros
failecidos, tanto
en
República
Dominicana, como
en
Francia,
San
Martin,
entablamos
demandas,
realizamos
medidas
conservatorias,
y
cubrimos
hasta
los
gastos
del
funeral
de
Ia
señora
wendy
Zuleika
Éiju.rou
Mercedes...,,
Pregunta
del
Magistrado
Juez
presidente:
álos
señores
AMAURys
MIGUEL
FIGUEROA
ANDREURY
MIGUEL
FIGUEROA
e
ISMAURYS
MERCEDES
REYES,
le
pagaron
sus
honorarios?
Respuesta:
No
magistrados,
ni
los
honorarios,
ni
ra
devorución
de
los
gastos,
Pregunta
del
Magistrado
Juez
presidente: éros
señores
AMAURYS
MIGUEL
FIGUEROA
ANDREURY
MIGUEL
FIGUEROA
e
TSMAURYS
MERCEDES
REYES,
re
han
hecho
áigún
ofrecimiento
u
oferta
de
paga
de
sus
honorarios?
Respuesta:
No
magistiado,
er
señor
De
La
Rosa
res
ha
dicho
que
es
a él
a
quien
hay
que
pagarle.
Pregunta
de
Fisca|
Adjunto
DR.
FIRO
SERMELI
MARTES:
Abogado,
iquién
tiene
los
clientes?
Respuesta:
Bueno,
mi
poder
mantiene
todo
su
varor
hasta
que
no
ro
resuelva
un
tribunal,
o
lleguemos
a
un
acuerdo.
Fiscal
Adjunto
DR.
FrRo
SERMELT
MARTES:
Abogado,
conteste
ra
pregunta.
Respuesta:
Bueno, quien
está
dando
calidad por
mis
clientes
es
"h-
l:.D"
La
Rosa,
yo
he
depositado
en
er
á*óuái"nte
más
de
vein(e
(20)
actas
que
ustedes pueden
verificar,
qü.
qu¡"n
da
calidad
por
,
,
ellos
es
é1,
r--
r
evrrvev
t¿
oÍoo:.AI
Magistrado
Juez
presidente
preguntar
a los
integrantes
del
tribunal
y
de,la
Fiscalía
si
tenían
preguntas
a lo
que
respondieron
que
ño,
por
lo
cual
el
.magistrado
piesidente
oio
por
concluido
el
interrogatorio
y solicitó
a
las
partes
presentar
conclusiones.
' J
§
r.§
\,
,.-)
7D
Page 11
7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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\'
\\ti
r\
\.t
\\_
\_
-s,
o-Íoo:
Al
Fiscal,
en
su Dictamen
in
voce
conclu¡r
de
la
manera
siguiente:
La
fiscalía
entíende que
se
han
probado
los
hechos
denunciados, pero
que
ra
sanción
a
imponerse,
d'ebe
ser de cinco
(5)
meses
de suspensión
del
exequatur.
oÍoas:
Las
conclusiones
del
euerettante,
que
rezan
de
la
manera
siguiente:
acoger
la
conclusiones
vertidas
en
nuestro
escrito
introductivo-
de
fechJ
30
de
octubre
aár
ino
2013,
a
saber:
PRTMERO:
Que.
se.
dé
por
presentada
formarmente
ía
presente
9ygfqla
por
parte
de LIC,
cARLos
DE
PÉREZ
JUAN,
contrá
et DR.
CARLOS
MANUEL
DE
LA
ROSA
CASTILLO,
Por
haber
éste
úItimo
incurrido
.en
violación
a ros
artículos
66,6á,69 y
70
del
código
de
ili.:---9st^
cotegio
de.
Abogados
de
'ra
'Repúbrica
Domini'cana.
SEGUNDo:
Que
tengáis
a
bien
rearizar
ras
dirigencias
útires
y
pertinentes
sobre,
el
caso
y
oportunamente
apod-erar
al
tribunal
disciplinario
a los
fines
de
que
ei
on.
cARLos
uÁruuel
DE
LA
RosA
CASTILLO,
sea
declarado
culpable
de
violar
las
disposiciones
de los
artícutos
G.6,
68,
69
y
70
oer
óódiso
de
Ét¡ca
d¿i
Coiásü;;
Áoogiaf,
de
la
Repúbfca
D.ominicana,
y
que
sea
suspendido
por
cinco
(5)
años
para
el
ejercicio
de
la
profesión
del
derecho.
vrsrA¡
La
instancia
recibida
en
fecha
30
de
octubre
del
año
2013,
contentiva
de
la
querelfa
disciplinaria
interpuesta
por
el
LIC.
cARLos
DE
pÉnez
:UAN,
contra
eI
.ón,
CARLoS
MANUEL
DE
LA
RoSA
CASTILLO
vrsrA:
La
opinión
de
Admisibilidad
de
Quereila
dictada
por
la
Fiscalía
Nacional-del
GARD,
en
fecha
Diez
(roj
iár-mes
de
septiembre
del
año
Dos
Mil
Catorce
eA14).
vrsro:
El
Auto
dirigido
al
Juez
presidente
y
demás
miembros
del
Tribunal
Disciprinario
der
coregio
de
nbogldos
de
ra
náp,ilrüa
Dominicana
de fecha.
11
de
wayo
der
año
zois,
pár
et nresioentá-y
ta
Junta
Directiva
Nacionar,
conientiva
de
Apoderamiento
ar Tribunar
Disciplinario.
vrSTA:
Las
actas
de
vista
conciliatoria
de
la
Fiscalía Nacional
del
ColegiodeAbogadosdelaRepublicaDominicana
vrsrA:
Las
Actas
de las
audiencias
celebradas
por
este
Tribunal
Disciplinario.
VISTO:
El
Auto
de
Fijación
de
Audiencia,
vrsro:
El
Acto
de
citación
del
Tribunal
Disciplinario.
VISTOS:
Los
artíc,r,rlos
1,
2,
4,
3,
14,
L6,66,
68,
69,70,73,74
y
]
oet
código
de
Ética
det
profesional
del
'Derecho;
artículós
Bi,
Bz,
?1,
8al
85, 86, 87,
BB
y
89
del
Estatuto
orgánico
der
coregib
de
Ahnnarlnc ratifi¡rr{n
nar al tan¡r¡ra Nr^ { a6^ ñn.
-
-L ---t
&
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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y
14
de la
Ley,91
de
fecha
3 de Febrero
del año 1983
que
instituye
el
Colegio
de Abogados
de
la
República
Dominicana.
vrsrAS:
La
constitución
de la
República
y
La convención
Americana
sobre
los
Derechos
Humanos,
Suscrita en
la
conferencia
Especializada
Interamericana
sobre Derechos
Humanos,
de san José,
costa
Rica,
del
año
1969;
La Declamación
universal
de
los
Derechos
Humanos
ob
la
oNU,
del año
1949;
La
Declaración
Americana
de
los
Derechos
y
Deberes
del Hombre,
IX
conferencia
Americana,
Bogotá,
Colombia,
añg
1948;
vrsrAS:
Todas
y
cada
una
de las
piezas
y
documentos
que
forman
parte
del
expediente.
RESULTA:
Que
en
fecha 30
de
octubre del año
2013
LIC.
cARLos
DE
PEREz.JUAN
presentó
formal
querella
por
ante
la
Junta
Directiva,
con
atención
Fiscalía
Nacional
del
colegio
de Abogados
de la
República
Dominicana,
en
contra
del contra
el DR.
cARLos
MANUEL
DE
LA
RosA
CASTILLOT
por
presunta
violación
a
las
disposiciones
de
los
artículos
66,
68,
69
y
70
del
código
de
Ét¡ca
der
colegio
de
Abogados
de
la
Repúbliea
Dominicana,
RESULTA:
Que
para
la
instrucción
del
presente
proceso
este
tribunal
celebró
varias
audiencias
prorrogadas
por
motivos
atendibles,
y
el
día
29
de
octubre
del
año
2015,
a
las
4:35
p.
M. horas
de la tarde,
fecha
en
la que
fue instruida
en audiencia, privada la
causa
y
escuchado
el
querellante.
RESULTA:
Que
la
parte
euereilada
DR.
cARLos
MANUEL
DE
LA
RosA
CASTILLO,-
hizo
defecto
al abandonar
el
estrado
el
LrcDo.
FRANcrsco
GÓuez,
quien
le
representaba
no
obstante
a
la
advertencia
hecha
por
el
tribunal.
RESULTA:
Que
la
parte
querellante
para
sustentar
su
querella
presentó
los
siguientes
medios
de
pruebas:
1)
Instancia
en
presentación
de
formar querella
disciplinaria
recibida
en
fecha
treinta
(30)
de
octubre
del
año
dos
mil
trece
(2013)
ante
el Honorable
Fisgat
Nacional
del
colegio
de
Abogados
de
la
República
Dominicana
(CARD)..,
instrumentado por
el Lic.
Bunel
Ramírez
Meran
y
q"¡éJ
Carlos
De
Pérez.
.
.")
2)
Original
del
Acto
No.
}3S/ZOL3,
contentivo
de
,.'
Recordatorio
o Avenir,
de
fecha
diecinueve
(19)
del
mes
de
noviembre
del
año
2013,
instrumentado
por
el
ministerial
Domingo
Castillo Villega,
Alguacil
Ordinario
del
Juzgado de
Trabajo del Distrito
Judicial
de
La
Romana,
a
;réñl
térirYriantn
rlal I in 1r r:n
ñrn:r C=r¡l= f'\rr=lla
Eiaa=l
1.
.l
I,
\\
)..
...\
L
\
\
+,
.,fir:".,.
,.-i
I"-
.
.
'.'¡,
tiil
t_L
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:1
Nacional
del
colegio
de
Abogados
de la
República
D'bminicana
(CARD).
3)
Original
del
Acto
No.
565/ZOL4,
contentivo
de
Recordatorio
o Avenir,
de
fecha
uno
(01)
del
mes
de
agosto
del
año
20L4,
instrumentado
por
el
ministerial
Domingo
castillo
villega,
Alguacil
ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
a
requerimiento
del
Lic.
Juan
omar
García
ovalle,
Fiscal
Nacional
del
colegio
de
Abogados
de
la
República
Dominicana
(CARD).
+¡
oiiginal
de
instancia
en
solicitud
de
Depósito
de
Documentos
de
fecha
diez
(10) del
mes
de
septiembre
del
año
dos
mil
catorce (2014),
al Honorable
Fiscal
Nacional
del
colegio
de
Abogados
de
la
República
Domi.nicana
(GARD),
instrumentado
por
el
Lic.
carlos
De
Pérez;
5) Acto
No.
630/2013,
contentivo
de Notificación
de
contrato
de
cuota
litis
y
revocación
de
poder,
de fecha
siete
(7)
días
del
mes
octubre
der
año
dos
mir
trece
(2013),
instrumentado
por
la
ministerial
María
Teresa
Jerez
Abreu,
Alguacil
ordinario
de
la
cámara
civil
y
comercial
del
Juzgado
de
primera Instancia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana
a
requerimiento
de
Carlos
De
La
Rosa;
6)
original
Acto
No.
Tsol
20L4,
contentivo
de
Escrito
de
contestación
en
contra
de la
querella
disciplinaria,
expediente
número
406-13,
de fecha
seis
(06)
del
mes
de
septiembre
del
año
dos
mil
catorce (ZOt4),
instrumentado
por
el
Ministerial
Lindo
Mejía
Alguacil
del
Tribunal
de
Niños,
Niñas,
Adorescentes
y
Famiria
der
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
a requerimiento
de
carlos
Manuel
de la
Rosa
castiilo
y
Lic.
Francisco
Ant.
Gómez;
7)
original
del
Acto
No.
69/2015,
contentivo
de Notificación
de
sentencia
y
Recurso
de
Aperación
parcial,
de
fecha
veintiocho
(28)
der
mes
de enero
der
año
201s,
rnstrumentado
por
el
ministerial
Domingo
castillo
villega,
Alguacil
ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del Distrito
Judicial
de La
Romana,
a requerimiento
del
Lic.
carlos
De
Pérez
Juan,
Lic.
Domingo
Suzaña
Abreu,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Lic.
Bunel
Ramírez
Meran.
B)
copia
de
sentencia
l los/zoL4
contentiva
de referimiento
en solicitud
de
suspensión
de
poder
de fecha
quince
(15)
.l^
^^{-,,L-^
l^l
-af
-
r^
.r
¡
\
§
{4
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Cámara
Civil
y
Comercial
del
Distrito
Judicial
de La
Romana:'
9) Original
de
Contrato
de
poder,
de
fecha
once
(11)
de
octubre
del
año dos
mil
doce
(2012)
suscrito
por
los
señores
Amaurys
Miguel
Figueroa,
Andreurys
Miguei
Figueroa,
Lic.
Carlos
De
pérez
Juan
y
Dr,
Teodoro
Ursino
Reyes,
cuyas
firmas
fueron
legalizadas
por
el Dr.
Luis
Armando
Muñoz
Bryan,
notario
público
de
los
del
número
para
La
Romana;
10)
Original
del
primer
Adéndum
de
contrato
al
poder
suscrito
en
fecha
11
del
mes
de
octubre
del
año 2otz
intervenido
entre los
señores
Amaurys Miguel
Figueroa,
Andreurys
Miguel
Figueroa,
Lic.
Carlos
De
pérez
Juan
y
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes,
de fecha
cuatro
(a)
del mes
de
enero
del
año
dos
mil trece
(2013)
cuyas
firmas
fueron
debidamente
legalizadas por
el Dr,
Luis
Armando
Muñoz
Bryan,
suscrito
por
los
señores
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes,
Lic,
Carlos
De
Pérez
Juan,
Amaurys
Miguel
Figueroa,
Andreurys
Miguel
Figueroa
y
Dra.
María
Guerrero
De
Rei
na;
11)
original
de
contrato
de
poder
de
fecha
dieciséis
(
16) de
octubre
det año dos
mil
doce
(ZOL2),
debidamente
registrado
en
la
procuraduría
General
de
la
República y
apostillado,
suscrito
entre
los
señores
Ismaurys
Mercedes
Reyes,
Amaurys
Miguel
Figueroa,
Andreurys
Miguel
Figueroa
y
Louis
pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa y
el Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Lic.
carlos
De
Pérez
Juan
(con
copia
de
cédula
de la
señora
Ismaurys
anexa)
i
72)
original
de
poder
de
Especial
de
fecha
treinta
y
uno
(31)
de
julio
del
año
dos
mir
trece (2013),
debidamente
registrado
en
el Registro
civil
de la
ciudad
de
La
Romana,
suscrito por
el
señor
Miguel
Ángel
Figueroa
ubiera
y
firma
legalizada
por
la
Dra.
Luisa
Guerrero
Ávila;
13)
original
de
copia Fiel
de
acto
número
trescientos
cuarenta y
dos
guión
dos
mil
trece
(342-2013)
de fecha
dieciocho (18)
de
diciembre
del
año dos
mil
trece
(2013)
del
protocolo
del
Dr,
Eugenio
Mariano,
abogado
notario
público
de
los
del número
para
La Romana,
suscrito
entre
los
señores
Amaurys
Miguel
Figueroa,
Andreurys
Miguel
Figueroa, contentivo
apoderamiento
al
Lic.
Carlos
De
:.
t
\,'
t-\
S
§S
/4
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\;
Pérez y
desistimiento
de
los
servicios
del Dr.
carlos
Manuel
De
La
Rosa
Castillo;
14)
original
de
contrato
de
poder
suscrito
en
fecha
veintitrés
(23)
del
mes
de
octubre
del
año
dos
mil
doce
(20L2),
entre
ros
señores
Noeria
Figueroa
Núñez,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes,
Lic.
Carlos
De
pérez
Juan,
éryu,
firmas
fueron
debidamente
regarizadas
por
ra
Dra.
Luisa
Guerrero
Ávila,
notario
público
de los
del
número
para
La
Romana;
15)
originar
de
contrato
de
poder
suscrito
en
fecha
diecisiete (17)
del
mes
de
diciembre
del
año
dos
mil
trece
(2013), entre
los
señores
Andreurys
Miguer Figueroa
y
Lic,
Héctor
Aníbal
santillán
Faulkner,
cuyas
firmas
fueron
legalizadas
por
el Dr.
Eugenio
Mariano,
notario
público
de
los
del
número para
La
Romana;
16)
original
de
contrato
de
poder
suscrito
en
fecha
diecisiete
(17)
del
mes
de
diciembre
del
año
dos
mil
trece
(2013),
entre
los
señores
Amaurys
Miguel
Figueroa
y
Licda'
Jennifer
Aireen
Rodríguez
Luis,
cuyas
firmas
fueron
legalizadas
por
er
Dr.
Eugenio
Mariano,
notario
púbrico
de
lc,s
del
número para
La
Romana;
L7)
copia
Fotostática
de
contrato
de
poder
suscrito
en
fecha
once (11)
de
octubre
der
año
dos
mir
doce
(2012)
entre
los
señores
Amaurys
Miguer
Figueroa,
Andreurys
Miguel
Figueroa,
Lic.
carros
De
pérez
Juan
y
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes,
cuyas
firmas
fueron
regarizadas
por
er
Dr.
Luis
Armando
Muñoz
Bryan,
notario
púbrico
de ros
der
número
para
La
Romana;
1B)
t
originar
de
Acuerdo
Transaccionar
de fecha
diez
(10)
del
mes
de
septiembre
der
año
dos
mir
catorce
(20L4),
suscrito
entre
los
señores Amaurys
Miguel
Figueroa,
Andreurys
Miguer
Figueroa,
Dra.
María
Guerrero
De
Reyna
y
Lic.
Carlos
De
pérez
Juan;
19)
original
del
acto
número
368-12
de fecha
veintisiete
(27)
del
mes
de
octubre
der
año
dos
mir
doce
(2012)
der
protocolo
del
ministerial
Francisco
Ant.
cabral
picel,
ordinario
de
ra
corte
de
Apelación
de
san
pedro
de
Macorís,
contentivo
de
constitución
de
abogado
del
señor
Juan
Enrique
Güíramo
santana
en
representación
der
menor
Louis
Pierre,
notificación
de
poder
y
su
anexo,
fotocopia del poder,
apostillado;
\..
)
\
N
1-
/5
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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20)
original
del
acto
número
369-12
de fecha
veintisieieÉ*-q
(27)
del
mes de octubre
det
año dos mit doce
(20rzlá¿ii.,'
tr
protocolo
det
ministeriat
Francisco
Ant.
caora¡f":"Éiiár.i
'
'
r
t.
Ordinario
de
la
Corte
de
Apelación
de
San
péOro
d;
,
r,,
Macorís,
contentivo
de
oposición
a término,
#l
acto
.
:
720/20L2,
y
su
anexo,
fotocopia
del
poder,
apostilt{b;.
1,,
2t)
original
y
registrado
del
acuerdo
t.anru.olühal:
'-
"''
intervenido
entre
ros
señores
Amaurys
Miguer
Figueroa,
Andreurys
Miguer
Figueroa,
Dra.
María
Guerrero
de
Reyna
y
Lic.
carros
De
pérez,
de
fecha
diez
(10)
de
septiembre
del
año
dos
mir
catorce (2014),
contentivo
de
poder,
debidamente
regarizado
por
er
Dr,
Eugenio
Mariano,
abogado
notario
público
para
La
Romana
i
,
22)
' original
del
Acto
número
tt7/2015
de
fecha
cinco
(05)
del
mes
de febrero
der
año
dos
mir
quince
(2015),
del
protocolo
der
ministeriar
Domingo
castiilo
Viilega,
l
ordinario
der
Juzgado
de
Trabajo
der
Distrito
Judiciar
de
La
Romana,
contentivo
de
Notificación
de
poder
e
Intervención
Voruntaria,
a requerimiento
de
ros
señores
Amaury
Miguel
Figueroa
y
Andreury
Miguel
Figueroa
;
23)
original
de
la
compulsa
notariar der
Acto
número
trescientos ochenta
y
tres
guion
dos
mir
catorce
(383-
2014)
de
fecha
diez (10)
der
mes
de
septiembre
der
año
dos
mil
catorce
(20L4),
del
protocolo
del
Dr.
Eugenio
Mariano,
Abogado
Notario
púbrico
de ros
der
número para
La
Romana,
suscrito
por
los
señores
Amaury
Miguel
Figueroa
y
Andreury
Miguel
Figueroa
contentivo
de
desistimiento
de
quereila
y
acción
penar
incoada
contra
er
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes;
24)
original
de
la
copia
fiel
del
Acto
número
trescientos
ochenta
y
tres
guion dos
mir
catorce
(383-2014)
de
fecha
diez
(10)
der
mes
de
septiembre
der
año
dos
mir
catorce
(2014),
del
protocolo
del
Dr.
Eugenio
Mariano,
lbogadá
Notario
Púbrico
de
ros
der
número para
La
Romana;
suscrito
por
los
señores
Amaury
Miguel
Figueroa y
Andreury
Miguel
Figueroa
contentivo
de
desistimiento
de
querella
y
acción
penal
incoada
contra
el
Dr,
Teodoro.
Ursino
Reyes;
25)
copia
fotostática
del
acta inextensa
de nacimiento
de la
señora
wendy
Zuleika
Figueroa Mercedes,
expedida
,J
'iJ
.\:
\,
.\
§¡
\J
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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,,i,9,.4r.,,
por
of¡cialía
del
Estado
Civil
de la
1ra,
circunscripcióñioé'
,'
El
Seibo;
26)
Copia
fotostática
del
Acta
de Defunción
de
?
'r
,-
í. '
-
la
señora
wendy
Zuleika
Figueroa
Mercedes
de fecha
quiiicé:..1rs)
del
mes
de
octubre
del
año
dos
mil
doce
(zoLz),
&iiei¡oo.:
j
por
el
consulado
General
de
la
República
DominicJna".en;
'
-
París
-
Francia
i
27)
original,
legarizada
y
apostiilada
der
acta
inextensa
de
nacimiento
de
Amaury
Miguel
Figueroa,
expedida
por
la
oficialía
del
Estado
civil
de
la
1ra,
circunscripción
de
San
Rafael
de
yuma;
2B)
original,
legalizada
y
apostillada
del acta
inextensa
de
nacimiento
de
Andreury
Miguer
Figueroa,
expedida por
la
oficialía
del
Estado
civil
de
la
1ra,
circunscripción
de
San
Rafael
de
yuma;
29)
copia
fotostática
a
color
der
acta
inextensa
de
nacimiento
de
Louis
pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa,
expedida
por
la
oficialía
del
Estado
civil
de
la
2da.
Circunscripción
de La
Romana;
30)
copia
fotostática
de
ra
traducción
marcada
con
er
número
T
586-2012
der
protocoro
de ra
Licda.
Berkis
Britania
Ávila
Morares,
intérprete
judicial,
de
fecha
quince
(i5)
del
mes
de
noviembre
der
año
dos
mir
doce
(2oLz),
contentivo
de
acta
de
nacimiento
inextensa
der
menor
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa;
31)
copia
fotostática
der
pasaporte
der
menor
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa;
32)
copia
fotostática
en
francés
de
ra
copia
integrar
del
Acta
de
Defunción
der
señor
pierre
Francis
yves
Guigou,
de
fecha
70/07/20t2,
debidamente
traducida
por
ra
Licda.
Belkis
Britania
Ávila
Morales,
Intérprete
Judicial;
33)
Copia
fotostática
de
la
cédula
de
la
señora
Ismaurys
Mercedes
Reyes
34)
Original y
legalizada
de
Nacimiento
para
fines
judiciales
Mercedes
Reyes,
expedida por
la
de
la
Primera
Circunscripción;
35)
original
del
Acta
inextensa
de
Nacimiento
de
la
§eñora
Ismaurys
Mercedes
Reyes, expedida
por
la
oficialía
del
Estado
Civil
ce
la
primera
circunscripción
,:\.
:' -l
.t''
L¡
,1.
§r
)
:'*
j-'
\"
+..
x
Acta
Inextensa
de
de
la
señora
Ismaurys
Oficialía
del
Estado
Civil
l+
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36)
copia
fotostática
de
Acta
Inextensa
de
Nacirnlánto
de
la
señora
Ismaurys
Mercedes
Reyes,
expedidq,'por
la
oficialía
del
Estado
civil
de
la primera
circunscripc{on;
37)
copia
fotostática
de
Extracto
de
Acta
de l',lac¡st
,¡ento
de
la
señora
Ismaurys
Mercedes
Reyes,
expedida
por
.la,
oficialía
del
Estado
civil
de
la
primera
circunscripción;
38)
copia
fotostática
de
la
certificación
de
la
Dirección
Nacional
del
Registro
Electoral
de fecha
veintinueve
(29)
de
noviembre
der
año
dos
mil
doce
(2012)
en
ra
que
se
hace
constar que
la
identidad
de
la
cédula
026-0139193-
7
y
20763'026
(cédura
vieja)
pertenecen
a
Ismaurys
Mercedes
Reyes;
39)
copia
fotostática
de
ras
céduras
de
ros
señores
Amaury
Miguer
Figueroa,
Andreury
Miguer
Figueroa y
Juria
Glenda
Lache;
40) ,
copia
fotostática
de
la
cédura
de
la
señora
Lucrecia
Mercedes
Reyes;
41)
originar
fotostática
der
acta
de
nacimiento
de
ra
señora
Lucrecia
Mercedes
Reyes,
expedida
por
la
oficiaría
del
Estado
civir
de
ra
1ra,
circunscripción
de
La
Romana;
42)
copia fotostática
de la
cédura der
señor
Miguer
Ánger
Figueroa
Ubiera;
43)
original
Legalizada
del
acta
de
nacimiento
del
señor
Míguel
Ángel
Figueroa
Ubiera;
44)
copia
fotostática
de
ra
cédura
de
ra
señora
Stephanie
Miguelina
Suero
Mercedes;
45)
copia
fotostática
del
acta
de
matrimonio
canónico
número
160
expedido
por
ra
oficiaría
der
Estado
civir
de
ra
1ra
circunscripción
de
La
Altagracia,
entre
los
señores
Genaro Santana
y Anatalia
Manzano;
46)
Original
det
matrimonio
de
los
Francia
Silvestrina
Oficialía
del
Estado
Romana;
acta
inextensa
y
legalizada
de
señores
Nicolás
Reyes
Tavarez
y
Peña
Fontanilla,
expedida
por
la
Civil
de la
2da.
Circunscripción
de
La
47)
original
der
acta
inextensa
y
regarizada
de
matrimonio
de los
señores
Juan
Enrique
Güílamo
santana
y
la
señora
Susana
Reyes
Tavarez,
expedida por
la
oficialía
del
Estado
civil
de
la
2da.
circunscripción
de
La
Romana; t8
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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.\
.a;'
,
48)
Original
del
acta
inextensa
y
legalizada
,
,-d€,.
matrimonio
de
los
señores
Víctor Santana
Pilier
y
t-uisá
:
Morla Santana,
expedida
por
la
Oficialía
del
Estadó
Civil
,
de
la
1ra.
Circunscripción de
La Romana;
.'
,.
::.
-'
49)Copiafotostáticadelactadenacimientomarcáda:.,
c-on el número
358
de
la
señora Juana Güílamo
expedida---
-"
por
la
Oficialía
det
Estado
Civil
de la
1ra.
Circunscripción
de La Altagracia;
50)
Copia
fotostática
del
acta
de
nacimiento marcada
con
el número
51 de
la señora
Juána Santana expedida
por
la
Oficialía del
Estado
Civil
de
la 1ra.
Circunscripción
de
La
Altagracia;
51) Copia fotostática
a color
del
acta inextensa
de
nacimientodelaseñoraMaríaGuadalupeGÜílamo
Santana, expedida
por
la
Oficialía del
Estado
Civil
de
la
_,.:
lra.
Circunscripción
de
La
Altagracia
",,''1.
52) Original del acta inextensa
legalizada
de
nacimiento
dél
señor Rafael
Bienvenido
Santana Güílamo, expedida
por
la
Oficialía del
Estado
Civil de
la 1ra.
Circunscripción
de La
Altagracia;
)r
Original
del
acta inextensa
legalizada
de
nacimiento
t\
del
señor
Domingo
Enrique
Reyes,
expedida
por
la
Oficialía
del
Estado
Civil
de
la 1ra.
Circunscripción
de
La
Altagracia;
54) Original
del acta
inextensa
legalizada
de
nacimiento
del
señor
Juan Alfredo
Ávila
Güílamo, expedida
por
la
Oficialía
del
Estado
Civil de
la lra.
Circunscripción
de La
Altag
racia;
55)
Original
del acta
inextensa
legalizada
de
nacimiento
del
señor Víctor
Santana Pilier,
expedida
por
la
Oficialía
del
Estado
Civil
de
la
1ra.
Circunscripción
de
La
Altagracia;
56)"
Original
del acta
inextensa
legalizada
de nacimiento
de la
señora
Deidy
Yasmin
Reyes
Tavarez,
expedida
por
la
Oficialía del
Estado
Civil de
la
1ra,
Circunscripción
de
La
Altagracia;
57) Original del acta
inextensa legalizada de
nacimiento
de
la
señora
Susana
Reyes
Tavarez, expedida
por
la
Oficialía
del
Estado
Civil
de
la
1ra. Circunscripción
de
La
Altagracia;
--,
s3)
/q
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58)
Copia
Villa (VILLA
Guigou;
fotostática
de
identificación
de
propietarig'de
.'
:,
.'\
t,"
59)
Copia
fotostática
de
identificación
de
de
Campo
de
la
señora
Wendy
Z. Figueroa;
i.
.
..-.
Costasur+rCasa
\.".
60)
Acto
Número:
17612012;
Contentivo
de
requerir
la
información
de
los
gastos
del
traslado
del
cadáver
de la
señoTa
WENDY
ZULEIKA
FIGUERoA
MERCEDEs,
instrumentado
por
el
ministerial
GUSTAVO
ADoLFo
rApIA
M:
Alguacil
ordinario
de la
cámara
penal
de la
corte
de
Apelación
del
Distrito
Nacional,
a
solicitud
del
DR.
TEODORO
URSTNO
REYES
y
et
LICDO.
CARLOS
DE
pÉnrz
JUAN,
en
fecha
veintidós
del
mes
de noviembre
del
año
dos
mil
doce.
61)
Copia
Derogation
AUX
DELAIS
D,
INHMATION
OU de
CRÉMATION,
Arrete
de
fecha
dieciséis
(16)
octubre
del
año
dos
mil
doce
(2012),
en idioma
francés
62)
original
Centre
HOSPITALIER
de
L'AIGLE
certificado
de
Décés,
de
fecha
B/lOlZOLz
63) original Arrete portant
Autorisantion
de
Transportion
de
corps
Hours
Du Territoire
metropolitain,
de
fecha
quince
(15)
de
octubre
del
año
dos
mil
doce
(20L2)
en
idioma
francés.
64)
Original
Extraits
plutilingues
D,
Actes
de
L,
ETAT
CIVIL,
debidamente
apostillado
al
idioma
francés.
65)
Copia
de
MAIRIE
de
pARIS,
acte
de
deces
n713.
En
idioma
Frances.
66)
original
Acto
No.
t47L/
zoLz, de
fecha
veintiuno
(21)
del
mes
de
octubre
det
año
dos
mit
doce
(2012),
instrumentado
por
el
Ministerial
Lindo
Mejía
Alguacil
del
Tribunal
de
Niños,
Niñas,
Adolescentes
y
Familia
der
Distrito
ludicial
de
La
Romana
a
requerimiento
de la
Magistrada
Fiscalizadora
de Tribunal
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
Dra.
Ivelisse
Gabriel Del
Rosario,
en
el
cual
se
notifica
el
acta
de comprobación y
recomendaciones
del
menor
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa.
67)
Copia
de Instancia
Demanda
en
guarda
y
custodia
f]^I.T:
ty:
n1e1e
Roser
Modesto
Guisou,_d.
I::1.
\i
\
ft*
§"
:
\{)
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".'§
l
instrumentada
por
los
abogados
Dr,
Teodoro Ursing
'--l-.,
68)
Copia
de
Auto
No.09-2013,
Expediente
civil:
'No.
475-20L3-00002,emitidoporlaCortedeApelaciónde
Niños,
Niñas,
y
Adolescentes
del
Departamento
Judicial
de
San
Pedro
de Macorís,
de fecha diecisiete
(17)
días'dgl,...,:r
'
mes
de enero
del año 20L2.
^^-'*.-
"'
69)
Copia
de
Certificación,
expediente civil 475-20L3-
00002
sobre
recurso
de apelación de
guarda
del
menor
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou incoado
por
la
señora
Emmanuelle
Marie
Pierre
Guigou,
expedida
por
la
señora
María Luisa
Charles
Castillo secretaria
de
la
Corte
de
Apelación
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
Departamento
ludicial
de
San
Pedro de Macorís
de fecha
seis
(6)
de
febrero
del
año
2013;
,,
70)
Original
de
Instancia
de
Conclusiones
conjuntas
a
ser
presentadas
en
audiencia
de
fecha
once
(11)
del
mes
de
enero
del año 2013,
con motivo
de la
demanda
en
guarda
del niño
Louis
Roger Pierre
Guigou Figueroa,
ingtrumentada
por
Juan Alfredo
Avila
Güílamo.
7L)
Original de instancia de Solicitud de
Certificación
de
Sentencia
de Guarda
sobre
el
Referimiento
para
evitar
)
ejecución
de sentencia,
por
ante la Corte
de Apelación
de
Niños,
Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del
Departamento
ludicial
de
San Pedro
de Macorís,
de
fecha
seis
(6)
días
del mes
de febrero
del año dos
mil
trece
(2013),
instrumentada
por
el
Lic.
Carlos de Pérez
Juan;
72)
,
Original
de
Constancia
de Acta
de
No
Comparecencia
y
de
No
Conciliación
de
Guarda
emitida
por
la Procuraduría
Fiscal
de Niños, Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
de
fecha
diecinueve
(19)
del
mes
de
Diciembre
del
año
dos
mil
doce
(2012);
73)
Copia
del Acto
7OO2/20t2
de
fecha
vientres
(23)
días
del
mes
de noviembre
del
año dos mil
doce
(2012),
instrumentado
por
el Ministerial Domingo
Castillo
Villega,
Alguacil
Ordinario del Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
ludicial
de La Romana;
74)
Original
Instancia Deposito de
Documentos de
Demanda
en Guarda
por
ante
el Juez Presidente
del
Tribunal Tutelar
de
Niños, Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del
Distrito
ludicial
de
La Romana,
instrumentada
por
los
i,
['"
S
-\
LI
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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abogados
Dr.
José
Miguel
Vásquez
García,
Dra. María"-.
Guerrero
de
Reyna,
Dr.
Teodoro Ursino
Reyes
.y""LiL.
Carlos
de
Pérez
Juan,
en
fecha
30/tIlZ)tZ,
i
75)
Original
Recibo
de Ingreso
de
la
Tesorer.ía-
del
Ayuntamiento
Municipal
de
La Romana,
de fecha
tres
(03)
díasdelmesdeNoviembredelañodosmildoce(2012);
76)
Copia
Instancia
de
la
Embajada
de
Francia
en
-
República
Dominicana
al Magistrado
Juez
presidente
del
Tribunal
de Niños,
Niñas,
y
Adolescentes
de
La Romana,
de fecha
veintinueve (29)
días del mes
de
diciembre
del
año
dos
mil
doce
(20L2);
77)
Original
del
Acto No. 1068/ Z}LZ
contentivo
de
notificación
de
régimen
de visitas
a favor
de la
señora
iSMAURYS
MERCEDES
REYES
de
fecha
ocho
(B)
días det
mes
de
diciembre
del
año
dos mil
doce
(ZOLZ),
instrumentado por
el Ministerial
Domingo
castillo Viilega,
Alguacil
ordinario
del
Juzgado
de Trabajo
del Distrito
Judicial
de La
Romana.
7B)
original
de Instancia
Solicitud
de
copia
certificada
del
Auto
No.
47812012
de
fecha Tl|L|ZOLZ, por
ante
el
magistrado
Juez
Presidente
del
Tribunal de
Niños,
Niñas,
Adolescente
y
Familia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
de
fecha
diecinueve (19)
días
del
mes
diciembre
del
año
dos
mil
doce
(2012).
79)
Original
del
Acto
No.
254/ 2013
contentivo
de
solicitud
de
que
el
menor
Louis
pierre
Roger
Modesto
Guigou
sea retornado
a su vivienda
de
fecha
veintiocho
(28)
días
del
mes
mayo
del
año dos
mil
trece
(2013),
instrumentado
por
la
ministerial
María
Teresa
Jerez
Abreu,
Alguacil
ordinario
de
la
Cámara
Civil
y
Comercial
del
Juzgado
de
primera Instancia
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana.
80)
Copia
del
Acto
No.
3Z/20t3
contentivo
de
notificación
de sentencia
de
minuta
de
fecha
catorce
(14)
de
enero
del
año 2013,
instrumentado
por
el ministerial
Domingo
Catillo Villega,
Alguacil
Ordinario
del Juzgado
de
Trabajo
del Distrito
Judicial
de La Romana.
B1)
Original
del
Acto
no.310/2013
contentivo
de
Notificación
de
gastos
y
necesidades
del
menor,
de fecha
10/04/2013 del
protocolo
del
Ministerial Domingo
Castillo
\
\--j
#
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Villega,
alguacil
ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
82)
originar
de instancia
en
soricitud
de
depósito'de
documentos
de
fecha
veintinueve
(29)
de
enero
der
año
dos
mil
trece (2013),
por
ante
el
magistrado
Juez
-Presidente
y
demás
jueces
de
la
Corte
de
Niños,
Niñas,
Aciolescente
y
Famiria
der
Departamento
Judiciar
de
san
Pedro
de
Macorís
a
soricitud
der
Dr.
José
Miguer
Vásquez
García;
83)
originar
der
Acto
no.
1013/2013
contentivo
de
Notificación
de
acto
de
en
soricitud
de
medidas
cauterares,
de
fecha
veintiocho
(28)
de
noviembre
der
año
dos
mir
doce (2012)
der
protocoro
der
Ministeriar
Domingo
castiilo
Viilega,
arguacir
ordinario
der
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
rudiciar
de
La
Romana,
instrumentada
por
los
abogados
Dr.
iosé
Miguer
vásquez
García,
Dra.
María
Guerrero
de
Reyna,
Dr.
Teodoro
ursino
Reyes y
Lic.
Carlos
de
pérez
Juan;
t'
del
.,
,
.t
-";:.
r.
l
B5)
copia
de
certificación
contentiva
der
reenvío
de
audiencia,
de
fecha
siete
(07)
de
diciembre
der
año
dos
mil
doce
(2012)
emitido
por
la
secretaria
del
Tribunal
de
Niños,
Niñas,
Adorescentes
y
Famiria
der
Distrito
Judiciar
de
La
Romana.
84)
Copia
de
certificación
contentiva
del
del
conocimiento
de
audiencia,
de
fecha
diciembre
det
año
dos
mil
doce (ZOLI)
secretaria
del
Tribunal
de
Niños,
Niñas,
F¿milia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana;
86)
Copia
de
certificación
contentiva
del
del
conocimiento
de
audiencia,
de
fecha
diciembre
det año dos
mil
doce
(2012)
secretaria
del
Tribunal
de
Niños,
Niñas,
Familia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana;
sobreseimiento
siete (07)
de
emitido por
la
Adolescentes
y
sobreseimiento
doce (12)
de
emitido
por
la
Adolescentes
y
\
-
s
87)
original
del
Acto
no.
07/2013
contentivo
de
citación
a
audiencia,
de
fecha
cuatro
(0a)
de
enero
der
año
dos
mil
trece
(2013)
der
protocoro
der
Ministeriar
Domingo
castillo
villega,
arguacir
ordinario
der
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
Judiciar
de
La
Romana,
instrumentada
por
los
a'bogados
Dr.
José
Miguer
Vásquez
García,
Dra.
María
Guerrero
de
Reyna,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Lic.
Carlos
de
pérez
Juan;
LÓ
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BB) Copia de auto No,692/2012 contentivo
,de.-,
autorización
para
emplazar
y
fijación
de
audie.ncia
de
fecha veintiocho
(28)
de
diciembre
del
año
dos
mil
doce
(2012)
emitido
por
el Tribunal de
Niños,
Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del Distrito
ludicial
de La
R.omana;
89)-
Copia
de
certificación
contentiva
del reenüío
del
.
conocimiento
de audiencia,
de fecha once
(11)
de enero
dei
año dos
mil trece
(2013)
emitido
por
la secretaria del
Tribunal
de Niños, Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del
Distrito
Judicial de La Romana;
90)
Copia
de
Instancia
en
puesta
en
conocimiento
de
la
razón
por
la que la señora
Lavie
de
Oliva
forma
parte
del
proceso
de
Demanda
en
guarda
del
menor
Louis
Pierre
Roger Modesto
Guigou,
de fecha dieciocho
(18)
del
mes
de
diciembre
del
año ZA|Z,
instrumentada
por
los
abpgados
Lic,
luan Miguel,
Licda. Marina
Grisolía
y
Dra.
Carmen
Yolanda
de la
Cruz;
91)
Copia
de
Instancia
solicitud
de fijación
de audiencia
con
respecto
a
la Demanda
en
guarda
y
custodia
del
menor
Louis Pierre
Roger Modesto
Guigou,
de
fecha
diecinueve
(19)
del mes
de
diciembre
del
año
20t2,
instrumentada
por los
abogados
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Lic.
Carlos
de
Pérez
Juan;
92)
'
Copia
de instancia
solicitud de
fijación
de
vista
conciliación
en demanda
en
guarda
del menor
Louis
pierre
Roger
Modesto
Guigou,
de fecha
trece
(13)
del
mes
de
diciembre
del año 2012,
instrumentada
por
los
abogados
Dr,
José
Miguel Vásquez
García,
Dra.
María
Guerrero de
Reyna,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Lic.
Carlos
de
pérez
J uan;
93)
Copia
del
Acto
no.
457120L2
contentivo
de
Notificación
de
acto
de
intervención
voluntaria,
de
fecha
cinco
(05)
de
diciembre
del año dos mil
doce
(2012)
del
protocolo
del
Ministerial
Francisco
Ant.
Cabral
picel,
alguacil
ordinario de la
Corte
de
Apelación
de San
Pedro
de Macorís, instrumentada
por
los
abogados Juan
Alfredo
Avila
Güílamo
y
Licda.
Carolina
Noelia Manzano
Rijo;
94) Copia de instancia
en
intervención
voluntaria
en
la
demanda
en
guarda
del
menor
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou,
de fecha cinco
(05)
de
diciembre
del año
dos
mil
doce (2012),
instrumentada
por
los
abogados
J
a'.
s\
't
''
-*j
\
\
8¿l
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l
i..
Juan
Alfredo
Avila
Güílamo
y
Licda.
carolina
Noelia-.^*.
Manzano
Rijo;
95)
copia
de
instancia
en
solicitud
de certificación
de
expediente
de
demanda
en
guarda
del
menor
Louis
pierre
Roger
Modesto
Guigou,
de
fecha
tres
(3)
de
diciembre
del
pño
dos
mil
doce
(20L2),
instrumentada por
los
abogAdos
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Lic,
Carlos de
pérez
Juan;
96)
Original
el
Acto
no.
573/ZOt3
contentivo
de
Notificación
del auto
275-2013
del rribunal
de
NNA
de
La
Romana,
copia
de
Instancia
de
conformación
del
consejo
de
Familia
y
Acto
de
Recordatorio
o
Avenir,
de
fecha
veintiséis
(26)
días
del
mes
de
julio
del
año
dos
mil
trece
(2013),
instrumentado
por
el
Ministerial
Domingo
castillo
villega,
Alguacil
ordinario
del Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
a
solicitud
de los
..^
,
ahogados
Lic,
carlos
de
pérez
Juan
y
Dra.
María
Guerrero
l
de
Reyna',
97)
original
Acto
14921
zot2
contentivo
de Notificación
del
Recurso
de
Apelación
interpuesto por
el
señor
Juan
Enrique
Güílamo
santana,
contra
la
decisión
No.47Bl2012
emitida
por
el
Juez (suplente)
presidente
del
rribunal
NNA
de La
Romana,
de fecha
diecinueve (19)
der mes
de
noviembre
del
año
dos
mil
doce
(zotz),
Instrumentado
por
el
Ministerial
carlos
vladimir
Rodríguez
Díaz,
Alguacil
o'rdinario
del
Juzgado
de
paz
Especial
de
Transito
Grupo
No.2
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana;
98)
Original
el
Acto
no.
tO76/ZOtZ
contentivo
de
Notificación
de
Apelación,
Recordatorio
o Avenir
y
comunicación
de
Documentos,
de
fecha
trece
(13)
días
del
mes
de
diciembre
del
año dos
mil
doce
(ZO|Z),
instrumentado
por
el
Ministerial
Domingo
castillo
Villega,
Alguacil
ordinario
del
Juzgado
de Trabajo
del
Distrito
jludicial
de
La
Romana,
a solicitud
de
los
abogados
Dr.
José
Miguel
Vázquez
García,
Dra,
María
Güílamo
de
Reyna,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes,
Licdo.
Carlos
de
pérez
J
uan;
99)
Original
del Acto
No.1066/
ZOLZ
contentivo
de
Notificación
de
Recurso
de Apelación
en
contra
de la
formación
del
consejo
de
familia
mediante
fallo
in-voce
por
el
Tribunal
de
NNA
de
La
Romana,
suspender
las
actuaciones gestiones
en
nombre
del
menor
Louis
pierre
\
-.§
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Roger
Modesto
Guigou
Figueroa
de
fecha
siete
(7)
días
del
mes
de
diciembre
del
año dos
mil
doce
(}OLZ),
instrumentado
por
el
Ministerial
Domingo
castillo
villega,
:
Alguacil
ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
-
Judicial
de
La
Romana;
100)
Original
del
Acto
No.
595-12
contentivo
'd.
Notificación
de
autorización
del señor
Juan
Enrique
Güílamo
santana
para
la
conformación
de
una consejo
de
familia
del
menor
Louis
pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa
de
fecha veinte
(20)
días
del
mes
de
noviembre
del
año
dos
mil
doce
(ZOL2),
instrumentado
por
el
ministerial
wilkin
ciprian
ogando,
Alguacil
de estrado
de
la
corte
penal
de San
pedro
de
Macorís;
101)
original
Acto
No.
410-Lz
contentivo
de Notificación
de
Acta
de
audiencia
de
fecha
07 del
mes
de
noviembre
del año
2OL2
expedida
por
el
Tribunal
de
NNA
de La
Romana,
de fecha
euince
(15)
días
del
mes
de
Noviembre
del
año
dos
mil
doce
(zotz),
Instrumentado
por
el
Ministerial
Francisco
Ant.
Cabral
picel,
Alguacil
ordinario
de
la
cámara
civil
y
comercial
de
la
corte
de
Apelación
del
Departamento
Judicial
de
san
pedro
de
Macorís;
102)
copia
del Acto
L0oz/20L2
contentivo
de Notificación
del
acta
474120t2'
de
fecha
GILLIZOLZ,
Copia
de
Demanda
Ln
guarda, fotocopia
del
acta
l47L/ZOtZ
y
demás
documentos,
de fecha
vientres
(23)
días
del
mes
de
noviembre
del
año
dos
mil
doce
(zotz),
instrumentado
por
el
Ministerial
Domingo
castillo
villega,
Alguacil
ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana;
103)
original
de
Instancia
solicitud
de
copia
certificada
del
Auto
No.47B/2012
contentivo
de
rechazo
de la
oposición
a
la
conformación
del consejo
de
familia,
de
fecha
TlLl/2012,
por
ante
el
magistrado Juez
presidente
del
rribunal de
Niños,
Niñas,
Adolescente
y
Familia
del
,,_:
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
de
fecha
diecinueve
(19)
iii'
días
del
mes
diciembre
del
año dos
mil
doce
(2012);
\,
",1
104)
Copia
de
Instancia
Solicitud
de
participación
de la
Formación
del
Consejo
de Familia,
Tutela,
Curatela,
por
ante
el Magistrado
Juez
presidente
del
Tribunal
de
Niñas,
Niños,
Adolescente
y
Familia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
de fecha trece
l1?)
días
del mps de
nnrriornhro
',
\
1l
§
..',
í'.
l
\
§
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donde
se
solicita detener
cualquier
procedimiento
de
conformación
de
consejo
por
falta
de miembros
de la
lÍnsa
paterna,
del año dos mil
doce
(2012),
instrumentado
por
los
abogados, Dr, Eric Andre
Vigneron
y
Licdo,
Pablo B.
Castillo Mercedes
105)
Original
de
Instancia
en solicitud
de
Desglose
de
Expediente
de fecha
ocho
(8)
de noviembre
del
año dos
mil
doce
(2012)
a
solicitud
del Dr. Teodoro
Ursino
Reyes
y
el
Lic.
Carlos De Péi'ez
Juan;
106)
Original
de
Auto
No.
4701 20L2
emitido
por
el
Tribunal
de
Niños,
Niñas,
Adolescente
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
la
cual
contiene
el
fallo de
la
audiencia
celebrada
el viernes
treinta
(30)
del mes
de octubre del
año
dos mil
doce
(2012),
de
esta
misma
fecha;
107)
Original
de instancia
de
Conclusiones
conjuntas
a
ser
presentadas
en
audiencia
de
fecha
once
(11)
del mes
de
enero
del
año
2013,
con motivo
de la
demanda
en
guarda
del niño
Louis
Roger
Pierre
Guigou Figueroa;
108),
Copia
de
Certificación
de fallo
emitido
por
el
Tribunal
de Niños,
Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del
Distrito
Judicial
de
La Romana,
de
fecha
siete
(7)
de
diciembre
del
dos
mil
doce
(2012)
a
solicitud
del
Lic.
Carlos
De
Pérez
Juan.
109)
Original
de
Instancia
de Solicitud
de
Certificación
de
que
esta
cursando
Recurso
de Apelación
por
ante
la
Corte
de
Apelación
de Niños, Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del
Departamento
Judicial
de
San
Pedro
de
Macorís,
de
fecha
diez
(10)
días
de diciembre
del
año
dos
mil
doce
(2AtZ),
instrumentado
por
los
abogados, Licdo,
Carlos
de
pérez
Juan,
Dra.
María
Güílamo
de Reyna, Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes,
Dr.
José Miguel
Vázquez
García;
110)
Copia
de
la Instancia
de Recurso
de Apelación
contra
la Decisión
Numero
478120 2,
de
fecha
dieciséis
(16)
de
Noviembre
del año
dos
mil
doce
(2012)
incoada
por
el Dr,
Juan
Alfredo
Güílamo,
por
ante
la
Corte
de
Apelación
del
Tribunal
de Niños, Niñas, Adolescentes
y
Familia
del Departamento ludicial
de San
Pedro
de
Macorís,
de
fecha
dieciséis
(16)
de noviembre del
año
dos
mil
doce
(20L2);
111)
Original
de
Acta
de audiencia de
fecha
doce
(12)
del
mes
de diciembre
del
año
dos
mil
doce
(2012),
expedida
t
-\
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por
el Tribunal de
Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
Judicial
de
La Romana, a
solicitud
de
parte
interesada
i
112) Auto 275-20t3 emitido
por
el
Tribunal de
Niños,
Niñas,
Adolescentes
y
Familia del
Distrito Judicial
de
La
Rofirana
a
los fines de
convocar
consejo
de
familia del
ntenor Louis Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa,
de
fecha
quince
(15)
de
julio
del año
dos
mil
trece
(2013);
113)
Original de
Certificación
de
reposo de
expediente
de
Recurso de Oposición a
sentencia in-voce de
la Corte
de
Apelación
de
Niños, Niñas
y
Adolescentes del
Departamento
Judicial
de
San
Pedro
de
Macorís
de
fecha
veintidós
(22)
de
enero del dos
mil trece (2013)
emitida
por
esa Corte en
fecha
seis
(6)
del
mes
de
febrero
del
año
dos
mil trece
(2013)
a
solicitud
del
Lic. Carlos
De
Pérez
Juan;
114)
Original de
auto
L9lZ0L3
que
rechaza el Recurso de
Oposición
a
Sentencia
in
voce
Referimiento
para
evitar
Ejecución
de
Sentencia,
de
fecha veintinueve
(29)
del
mes
de enero del
año
2013
instrumentada
por
el
Lic.
Carlos de
Pérez
Juan, emitida
por
el Magistrado Juez
Pr,esidente
de
la
Corte
de
Apelación
de
Niños,
Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del
Departamento ludicial
de San
Pedro
de
Macorís, en fecha
once
(11)
de febrero de dos
mil
trece
(2013);
115)
Original
de Ordenanza
no,0Ll20t3 la
cual
rechaza
las
conclusiones
presentadas
por
la
parte
demandante
referente
a
la
demánda en suspensión de
ejecución
incoado
por
la señora
Emmanuelle Marie
Pierre Guigou,
de fecha
doce
812)
de febrero
del
año dos
mil
trece
(2013)
expedida
por
la
Corte
de
Apelación
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
Departamento
ludicial
de
San
Pedro
de
Macorís;
116)
Original de
Acto
253170L5 contentivo
de
Notificación
de
sentencia
y
Citación
a
audiencia,
de
fecha
diecinueve
(19)
de
marzo del
año dos
mil
quince (2015),
instrumentado
por
el
Ministerial
Domingo Castillo
Villega,
Alguacil
Ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
ludicial de
La
Romana, a
solicitud
del
abogado
Licdo.
Carlos
de
Pérez Juan;
777)
Original
Auto
No, 189-2012,
emitido por la
Corte
de
Apelación
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
^-
ñ^J-^ .¡^ f\il nnn- ^
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se fija
audiencia
para
el diecinueve
(19)
del
mes
de
diciembre
del
año
dos mil
doce
(2012),
de fecha
oRce
(11)
días
del
mes
de
diciembre
del año dos
mil
doce
(2012)
i
118)
Copia de la Instancia
de
Recurso
de
Apelación
contra la Decisión in-voce,
de
fecha siete
(7)
de diciembre
Oét
año dos
mil
doce
(2012),
por
ante la
Corte
de
Apelación
del Tribunal
de
Niños,
Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del Departamento
Judicial
de San
Pedro
de
Macorís,
de
fecha
catorce
(14)
de
enero
del
año
dos mil
trece
(2013),
interpuesta
Emmanuelle Marie Pierre
Guigou;
119)
Copia de
instancia
en solicitud de
conocimiento
de
instancia
para
formación
de consejo de familia, tutela,
curatela
por
ante el Magistrado Juez Presidente
del
tribunal
Tutelar
de
Niños,
Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del Distrito
Judicial
de
La
Romana, de fecha veintitrés
(23)
del mes
de
noviembre
del
año dos
mil
doce
(2012),
instrumentado
por
los
abogados, Licdo,
Carlos
de Pérez
Juan,
Dra,
María
Güílamo
de
Reyna, Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes,
Dr,
losé
Miguel Vázquez
García;
120)
Copia
de
instancia
en
solicitud
de
formación
de
consejo
de
familia,
tutela
y
curatela
por
ante el
Magistrado
Juez
Presidente
del
tribunal
Tutelar
de
Niños,
Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
de
fecha
diecinueve
(19)
de octubre
del
año dos
mil
doce
(2012)
instrumentado
por
los
abogados,
Licdo.
Carlos
de Pérez Juan
y
Dr.
Teodoro Ursino
Reyes;
12L)
Certificación
emitida
por
Tribunal
de Niños, Niñas,
Adolescentes,
Familia
y
Adolescentes
del
Distrito
ludicial
de La
Romana
contentivo
de existencia
de un
expediente
de
Consejo
de
Familia
a
favor
del
menor Louis Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa,
de fecha
cuatro
(04)
de
diciembre
del año
dos
mil
doce
(2012),
a
solicitud
de
los
abogados
Licdo.
Carlos de
Pérez
Juan
y
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes;
t22)
Certificación emitida
por
Tribunal
de
Niños, Niñas,
Adolescentes, Familia
y
Adolescentes
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana
contentivo
de
existencia de un
expediente
de Consejo de Familia
a
favor
del
menor
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa
que
se
encuentra
sobreseído
a
la fecha,
de fecha catorce
(14)
de
noviembre
\0,
,i
a,
l
\
\'
§§
24
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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del
año dos mil doce
(2012),
a
solicitud de los abogados"
:
Licdo. Carlos
de
Pérez
Juan
y
Dr. Teodoro Ursino
Reygs;
'
123)
Original
de
instancia
en
solicitud
de
certificación
de
que
se
está
cursando una solicitud
de
formación
de
consejo
de
familia,
tutela
y
curatela
por
ante el
Magistrado
Juez
Presidente
del
tribunal Tutelar
de
Ni'ños,
Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del
Distrito
Judicial de
La
Romana,
de
fecha
trece
(13)
de
noviembre
del año
dos
mil
doce
(2012)
instrumentado
por
los
abogados,
Licdo.
Carlos
de Pérez
Juan
y
Dr. Teodoro
Ursino
Reyes;
t24)
Original
de
Publicación
al
Periódico
El
Caribe,
contentivo de convocatoria a cualquier
familiar del
menor
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou Figueroa
para
participar
del
procedimiento
de
formación
de Consejo de
Fa,rnilia
a
favor
del menor
Louis Pierre
Roger Modesto
Guigou Figueroa;
125)
Originales de ejemplares
de
periódico
El
Caribe de
fecha
nueve
(9),
diez
(10)
y
doce
(12)
de
noviembre
del
año dos mil
doce
(2012)
en
puesta
en
conocimiento
del
procedimiento
de formación
de
Consejo
de
Familia
al
menor
Louis
Pierre Roger
Modesto
Guigou
Figueroa;
t26)
Copia
de
Instancia
de
Solicitud de
Certificación
de
fotocopia
de
acto,
de fecha
tres
(03)
días
del
mes
de
diciembre
del año
dos mil
doce
(2012), por
ante la
secretaria
del
Tribunal
de
Niños, Niñas,
y
Adolescentes
de
La
Provincia
de
La
Romana,
instrumentado
por
los
abogados
Licdo.
Carlos
de Pérez Juan
y
Dr. Teodoro
Ursino
Reyes;
L27)
Copia de
Instañcia
de
Solicitud
de
Certificación
de
expediente
de conformación
de
consejo
de familia
del
menor
Louis Pierre
Roger Modesto
Guigou
Figueroa,
de
fdcha
tres
(03)
días
del
mes
de diciembre
del
año
dos mil
doce
(2012), por
ante
la
secretaria
del
Tribunal
de Niños,
Niñas,
y
Adolescentes
de La Provincia
de
La
Romana,
instrumentado
por
los
abogados
Licdo.
Carlos
de
Pérez
Juan
y
Dr. Teodoro
Ursino
Reyes;
128)
Original
de
instancia en
solicitud
de
copia
certificada
del acta
de audiencia
o minuta del
fallo
de
formación
de
consejo
de
familia
a
la secretaria
del
Tribunal Tutelar
de
Niños,
Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del
Distrito
ludicial
de La
Romana,
de
fecha
seis
(06)
de
diciembre
del año
t',
\.
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Niñas,
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Niñas
carlos
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Adolescentes
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de
notificación
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135)
copia
de
auto
474/2012
contentivo
de
autorización
de
emplazamiento
y
fijación
de
audrencia
expedido
por
er
Tribunar
Tuterar
de
Niños, Niñas,
Adorescentes
y
Famiria
del
Distrito
Judiciar
de
La
Romana
en
fecha
06
de
noviembre
2012,
136)
copia
de
acto
1500/2012
contentivo
de
notificación
dé
auto
470/2OtZ,
de
fecha
01
de
octubre
ZOLZ,
instrumentado
por
er
ministeriar
Lindo
Jose
Mejia
Guerrero
der
Tribunar
de
Niños,
Niñas,
Adorescentes
y
Familia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana.
737)
copia
de
ra
instancia
de
oposición
ar
ordinar
segundo
de
ra
instancia 16
de octubre
20L2, suscrita
por
el
licenciado
carros
De
pérez,
instrumentado
por
er
Dr,
luan
Alfredo
Avira
Güíramo
en
fecha
3o
de
octubre
zor2.
138)
originar
der
Acto
No.
13g5/
2012,
fecha
treinta
(30)
del
mes
de
octubre
der
año
2012,
contentivo
de
oposición
a
la
instancia
depositada
por
ros
Lic.
carros
De
pérez
y
er
Dr.
Teodoro
Ursina
Reyes,
instrumentado
por
el
Ministeriar
carros
Vradimir
Rodríguez
Díaz:,
Arguacir
ordinario
der
Juzgado
de
paz
especiar
de
Transito
No.
2
del
Distrito
Judiciar
de
La
Romana,
a
soricitud
de
Juan
Alfredo Avila
Güílamo.
139)
originar
de
instancia
en
soricitud
de
fijación
de
vista
para
ra
formación
der
consejo
de
famiria,
Tutera
y
curatela
der
menor
Louis
pierre
Roger
NoáÉsto
Guigou
Fi§ueroa
der
1g
de
noviembre
20ti
ar
Magistrado
Juez
Presídente
del
Tribunal
Tutelar
de
*iños,
Niñas,
Adorescentes
y
Famiria
der
Distrito
iudiciar
de
La
Romana,
a
solicitud
der
Lic.
carros
De
pérez
Juan y
Ji.
ruoooro
Ursino
Reyes
140)
copia
de
instancia
en
demanda
en
suspensión
de
ejecución
de
sentencia
in-voce
en
fecha
once
(11)
de
enero
del
año
dos
mil
trece
(2013),
dictada
por
el
T.ibunar
Tuterar
de
Niños,
Niñas,
Adorescentes
y
Famiria
del
Distrito
Judiciar
de
La
Romana
der
13
de
enero
2013,
instrumentada
por
Ia
Licda
María
Erena
Moreno
crateraux
y
el
Lic,
Orlando
Sánchez
Castillo.
,
.,.¡
,.
\
N
141)
Original
de
acto
24/ZOt3
conrentivo
de
desistimiento
formal
de
las
instancias
oposición
a
la
homologación
al
consejo
menor
Louis
pierre
Roger Modesto
Guigou
de
notificación
en
apelación
y
de
familia
del
Figueroa
del
17
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Abreu,
alguacil
ordinaria
de
la
juzgado
de
primera
instancia
Romana
a
requerimiento Lic.
María
Guerrero,
Dr.
Teodoro
Miguel
Vásquez
Garcia.
cámara
civil
y
comercial
del
del
Distrito
Judicial
de
La
Carlos
De
Pérez
Juan,
Dra.
Ursino
Reyes
y
Dr..
Jose
L42)
origina
r
de
insta
ncia
de
soricitud
de
medidas
cautelares
a
la
Magistrada
Fiscalizadora
del
Tribunal
de
Niños,
Niñas y
Adorescentes
der Distrito
Judiciar
de
La
Romana
de
fecha
16
de
octubre
zo12,
a soricitud
de
Lic.
carlos
De
pérez
Juan,
Dra.
María
Guerrero,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Dr.
Jose
Miguel
Vazquez
Garcia.
143)
originar de
instancia
en
solicitud
de
certificación
de
expediente
de
formación
de
consejo
de
famiria,
a
ra
secretaria
del
Tribunal
de
Niños,
Niñas
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana
y
Lic.
carros
De
pérez
Juan y
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes
de
fecha
03
de
diciembre
2012.
L44)
copia
de
peticiones
ar
consejo
de
famiria
a
cargo
der
menor
Louis
pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa
a
celebrarse
en
fecha
de
21
de
diciembre
2012
por
er
Dr.
Juan
Alfredo
Avila
Güílamo.
145)
copia
de
acta
de
consejo de famiria de fecha 21
de
diciembre
2012,
expedido
por
er
Tribuar
der
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
der
Distrito
Judiciar
de
La
Romana,
a
solicitud
de
parte
interesada,
146)
original
de
instancia
contentivo
de
formar
recurso
de
casación
a
sentencia
in-voce
ar
honorabre
Magistrado
luez
Presidente
y
demás
jueces
que
integran
ra
honorabre
corte
de
Justicia
de
La
Repubrica
Dominicana
de
fecha
29
de
enero
2013,
a
soricitud
de
ra
Licda.
Jenny
Aireen
Rodríguez
Luis.
t47)
copia
de
resorución
civir g/zoL3
contentiva
de
homologación
de
consejo
de
familia
de
24
de
abril
2013,
expedida
por
la
Corte
de
Apelación
de
Niños
Niñas
y
Adolescentes
der
Distrito
Judiciar
de
san
pedro
de
Ivlacorís.
148)
copia
de
instancia
de
soricitud
de
nueva
autorización
para
ra
conformación
der
consejo
de
Famiria
del
menor
Louis
pierre
Roger
Modesto
Guijou
Fígueroa,
de
fecha
05
de
jurio
2013,
ar Magistrado
Juez
presidente
del Tribual
del
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
,
,,
.,]
iI-:1
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j
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n-)
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Judicial
de
La
Romana,
instrumentado
por
el
Lic.
carlos
De
Pérez
y
Dra.
María
Guerrero
149)
Original
de
instancia
contentivo
de
formal
recurso
de
oposición
en
sentencia
in-voce
de
fecha
veintinueve'
(29) de
enero
del
dos
mil
trece (2013),
al
Honorable
Magistrado
Juez
Presidente
y
demás
Jueces
que
integran
la
Corte
de
Apelación
de
Niños
Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
Judicial
de
San
Pedro
de
Macorís;
instrumentada
por
el Lic.
Carlos
De
Pérez.
150)
copia
de
instancia
en
solicitud
de
fijación
de
vista
formación
de
consejo
de
famila,
tutela
y
curatela
del
menor
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa
del
19
de
noviembre
2oL2
al
Magistrado
Juez
Presidente
del
Tribunal
del
Niños, Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
instrumentado
por
el
Lic.
Carlos
De
Pérezy
el
Dr.
Teodoro
Ursina
Reyes.
151)
original
de
instancia
en
oposición
a
homologación
de
consejo
de
Familia
del
menor
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa
de
fecha
10 de
Diciembre
del
2012,
al
honorable
Magistrado
Juez
Presidente
y
demás
Jueces
que
integran
la
corte
de
Apelación
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
ludicial
de
san
Pedro
de
Macoris, instrumentado
por
Lic, carlos De
Pérez
Juan,
Dra.
María
Guerrero,
Dr,
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Dr.
Jose
Miguel
Vazquez
Garcia.
152)
Original
del
Acto
No,
L067/
20t2,
contentivo
de
recurso
de
apelación
en contra
de
Ia
formación
del
consejo
de
Familia
y
abstenerse
de
realizar
acciones
en
favor
del
menor
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa
instrr-rmentado
por
Lic.
Carlos
De
Pérez
Juan,
Dra.
María
Guerrero,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Dr.
Jose
Miguel Vazquez Garcia
del
siete
(7)
días
del
mes
de
Diciembre
del
año
dos
mil doce
(2012).
153)
Original
Acto
No.
426-12,
contentivo
de
notificación
del
auto
489/2012
y
acto
de
avenir
a
comparecer
en
audiencia
en
3o
de
Noviembre
del
año
dos
mil
doce
(20L2),
Instrumentado
por
el
Ministerial
Francisco
Ant.
cabral
Picel,
Alguacil
ordinario
de
la cámara
civil
y
comercial
de
la
corte
de
Apelación
del
Departamento
ludicial
de
san
Pedro
de
Macorís;
a
requerimiento
de
Juan
Enrique
Güílamo.
\
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I
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i
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154)
Original
Acto
No.
370-L2,
contentivo
de
'
conocimientodepoderdelSr.JuanEnriqueGüílamoenel
cual
se
nombra
como
tutor
de
menor
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa
de
fecha
veintisiete
(27)"días
'
del
mes
de
octubre
del
año dos
mil
doce
(ZOIZ)t,
Instrumentado
por
el
Ministerial
Francisco
Ant.
Cabral
Picel,
Alguacil
Ordinario
de
la
Cámara
Civil
y
Comercial
de
la corte
de
Apelación
del
Departamento
ludicial
de
san
Pedro
de
Macorís,
a
nombre
de
Juan
Alfredo
Avila
Güílamo
155)
Original
Acto
No.
427-L2t
contentivo
de
recurso
de
apelación
depositado
en
la corte
de
Apelación
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
Judicial
de
San
Pedro de
Macoris,
y
del auto
t7B/20L2 de
fecha
veinte
(20)
de
Noviembre
del
año
dos
mil doce
20L2,
en
el
que
se
fija
audiencia
Y
acto
de
avenir
y
recordatorio
para
que,.
comparezca
a
la
audiencia
del
28 de
Noviembre
20LT-
Instrumentado
por
el
Ministerial
Francisco
Ant.
Cabral
Picel,
Alguacil
Ordinario
de
la
Cámara
Civil
y
Comercial
de
la corte
de
Apelación
del
Departamento
Judicial
de
san
pedro
de
Macorís
a
solicitud
de
Juan
Alfredo
Avila
Güílamo.
156)
Original
del
Acto No.
581/
20t2,
content¡vo
de
la
ordenanza
¡n-voce
dictada
en
28 de
Noviembre
2oL2
por
el
juez
presidente
de
la
cámara
civil
y
comercial
de
La
Romana
de
fecha
siete
(7)
días
del
mes de
diciembre
del
año
dos
mil doce
(2012),Instrumentado
por
la
Ministerial
Víctor
Deiby
canelo
santana,
Alguacil
ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana.
t57)
Original
de
instancia
en depósito
de
recurso
de
apelación
de
fecha
10
de
Diciembre
20t2
al
honorable
Magistrado
Juez
Presidente
y
demás
Jueces
que
integran
la
corte
de
Apelación
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito Judicial
de
San
Pedro
de
Macorís,
instrumentado
por
Lic. Carlos
De Pérez
Juan,
Dra.
María Guerrero,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Dr. losé
Miguel
vázquez
Garcia
ti;
158)
Original
de
instancia
en
solicitud
de
homologaciói¡,
del
consejo
de
familia
del
menor
Louis
Pierre
Roger'
Modesto
Guigou
Figueroa
del
fecha
19 de
septiembre
2Ot3 al
Magistrado
Juez
Presidente
y
demás
Jueces
que
integran
la
Corte
de
Apelación
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
Judicial
de
san
Pedro
de
\t,
-\\'.i\.
'.,
\¡',
\.
\\
l'
\.
I
\..
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j:.1
Macorís, instrumentado
por
el
Lic. Carlos
De
Peréz
y
Dra,
María Guerrero
159)
Original
de
instancia en
solicitud
en desglose
de
expediente
referente a
la conformación
del
Consejo
de'
Familia
del
menor
Louis Pierre
Roger Modesto
Guigou
Figueroa
de
fecha
05
de Septiembre
del
2013
al
Magistrado Juez
Presidente del
Tribunal
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
iñstrumentado
por
el
Lic,
Carlos
De
Pérez
y
Dra.
María
Guerrero.
160)
Copia
de
instancia
en
solicitud de
copia de
documentos de
fecha del
29 de Octubre
del
2Ot2
Magistrado Juez
Presidente del
Tribunal de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
instrumentado
por
el Lic, Juan
Alfredo
Ávila
Güílamo.
161) Copia de
instancia
en solicitud
de
autorización
para
convocar
Consejo
de
Familia del
pupilo
Louis Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa
de
fecha
del
19
de
noviembre
del
2Ot2
al
Magistrado Juez
Presidente del
Tribunal
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
instrumentado
por
el
Lic. Juan
Alfredo Ávila
Güílamo.
L62)
Original
de Acto tLBl2015
contentivo
de
Solicitud
de Fotocopia de expediente
y
Acto
de
Comprobación,
de
fecha
cinco
(05)
de
febrero
del
año dos
mil
quince
(2015),
instrumentado
por
el
Ministerial Domingo Castillo
Villega,
Alguacil Ordinario del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
ludicial de
La Romana, a solicitud
del
abogado
Licdo.
Carlos
de
Pérez
Juan
y
la
Dra. María
Guerrero
de
Reyna;
163) Copia
de
instancia
en solicitud
depósito de
recurso
de
apelación
de
fecha
29 de
enero 2013
al
honorable
Magistrado Juez
Presidente
y
demás
Jueces
que
integran
la
Corte de
Apelación
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes del
Distrito
ludicial de San
Pedro de
Macorís, instrumentado
por
el Dr. José
Miguel
Vázquez
García;
164) Original
de
instancia
en
solicitud de
certificación
en
relación
a
la
oposición
de
fecha seis
(06)
de
febrero del
año dos
mil trece
(2013),
al
honorable
Magistrado
Juez
Presidente
y
demás
Jueces
que
integran
la Corte de
Apelación
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
Eb
.T
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r
t.:
\
\
§--\
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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Judicial
de San
Pedro
de
Macorís,
instrumentado
por
Lic,
,
Carlos
De
Pérez
Juan;
165)
Original
de
Certificación
contentiva
de
constancia
de
depósito
de
Recurso
de
Apelación
intervenido
en
contra
del
Consejo
de
Familia celebrado
en
fecha 07/L2/2012,',-
por
ante
el
Tribunal
de
Niños,
Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del
Distrito
Judicial
dela
Romana,
en
fecha
once
(11)
de
diciembre
del
año dos
mil doce
(20L2)
emitido
p-o;
la
Corte
de
Apelación
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
Departamento
Judicial
de
San
Pedro
de
Macorís,
a
solicitud
de
los abogados
Lic. Carlos
De Pérez
Juan,
Dra.
María
Guerrero,
Dr. Teodoro
Ursino
Reyes
y
Dr.
losé
Miguel
Yázquez García;
166)
Original
de
instancia
en
solicitud
de
fallo
al
Honorable
Juez
Presidente
de
la
Cámara
Civil
del
Juzgado
de
Primera
Instancia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana
(Suplente),
de
fecha
nueve
(9)
de
abril
del año
dos
mil
catorce
(2014),
instrumentada
por
el
Lic.
Bunel
Ramírez
Merán;
L67) Original
de
insta ncia en
solicitud de
fallo
al
Honorable Juez
Presidente
de
la
Cámara
Civil
del
Juzgado
de
Primera
Instancia del
Distrito
Judicial
de
La Romana
(Suplente),
de fecha
veintinueve
(29)
de
abril
del
año
dos
mil
catorce
(2014),
instrumentada
por
el
Lic. Bunel
Ramírez
Merán;
168) Original
de
instancia
en
segunda
solicitud
de
fallo al
Honorable Juez
Presidente
de
la Cámara
Civil
del
Juzgado
de
Primera
Instancia
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana
(Suplente),
de
fecha
cuatro
(04)
de
junio
del
año
dos
mil
catorce
(2014),
instrumentada
por
el
Lic.
Bunel
Ramírez
Merán;
169)
Original de
instancia
en tercera solicitud de
fallo
al
Honorable Juez
Presidente de
la Cámara
Civil
del Juzgado
de
Primera
Instancia del
Distrito
Judicial
de
La Romana
(Suplente),
de
fecha veinticinco
(25)
de
junio
del
año
dos
mil catorce
(20L4),
instrumentada
por
el
Lic.
Bunel
Ramírez
Merán;
170) Original
de
instancia
en cuarta
solicitud
de
fallo al
Honorable Juez
Presidente
de
la Cámara
Civil
del
Juzgado
de
Primera
Instancia del
Distrito
Judicial
de
La Romana
(Suplente), de fecha
nueve
(25)
de
julio
del
año
dos
mil
i)
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catorce
(2014),
instrumentada
por
el
Lic.
Bunel
Ramírez
L7l)
Original
de
instancia
en
quinta
solicitud
de
fallo
al
Honorable
Juez
Presidente
de
la Cámara
Civil
del
Juzgado
de
Primera Instancia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana
(Suplente),
de
fecha
nueve
(11)
de
agosto
del
año
dos
mil catorce
(20L4),
instrumentada
por
el Lic.
Bunel
Ramírez
Merán;
172)
Original
de
instancia
en
sexta
solicitud
de
fallo
al
Honorable
Juez
Presidente
de
la Cámara
Civil
del
Juzgado
de Primera
Instancia
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana
(Suplente),
de
fecha
quince
(15)
de
agosto
del
año
dos
mil
catorce
(20t4),
instrumentada
por
el
Lic.
Bunel
Ramírez
Merán;
L73)
Original
de
Instancia
contentiva
de
Queja
por
mora
de
justicia
y
Requerimiento
de
fallo,
de
fecha
veintiocho
(28)
de agosto
del
año
dos
mil
catorce
(20L4)
al
Hanorable
Juez
Presidente
de
la
Cámara
Civil
de
la Corte
de
Apelación
del
Departamento
Judicial
de San
Pedro
de
Macorís,
instrumentado
por
el
Lic.
Carlos
De
Pérez Juan;
L74)
Original
de
Instancia
contentiva
de
Queja
por
mora
de
justicia
y
Requerimiento
de
fallo,
de
fecha
veintiocho
(28)
de
agosto
del
año
dos
mil
catorce
(20L4)
al
Honorable
Juez
Presidente
de
la Suprema
Corte
de
Justicia
y
del
Consejo
del
Poder
Judicial
de
la República
Dominicana,
instrumentado
por
el
Lic.
Carlos
De Pérez
Juan;
L75)
Original
de
Instancia
en
solicitud
de
revisión
de
sentencia,
de
fecha diecisiete
(17)
de
octubre
del
año
dos
mil
catorce
(20t4)
al
Honorable
luez
Presidente
de
la
Cámara
Civil
del
:
Distrito
Judicial
de
La Romana,
instrumentado por el
Lic. Carlos De'Pérez
Juan;
t76)
Original
de
Instancia
en
solicitud
de
formación
de
consejo
de
familia,
tutela
y
curatela
det
menor
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa,
de
fecha
ocho
(OB)
de
noviembre
del año
dos
mil
trece
(2013)
al
Honorable
Juez
Presidente
de
la
Cámara
Civil
del
Distrito
Judicial
de
La'Romana,
instrumentado
por
el
Lic.
Carlos
Manuel
de
la Rosa;
t77)
Copia
Acto
No,B3tl2}13
contentiva
de
notificación
de
resolución
de
fecha diez
(10)
del
mes
de diciembre
del
\.
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año dos mil trece
(2013),
instrumentado
por
la ministerial
María Teresa
Jerez Abreu, Alguacil Ordinario de
la Cámara
Civil del Juzgado
de
Primera Instancia del Distrito
judicial
de
La
Romana,
a
requerimiento el
Lic.
Carlos
Manuel
de
la
Rosa
;
178)
Original
de Resolución
30/2072
contentivo
de
Oposición
de
Convocatoria del
Consejo
de
Familia de
fecha
diecinueve
(19)
de diciembre
del año dos
mil
doce
(-zOtZ),
emitida
por
la
Corte de
Apelación De Niños,
Niñas
Y Adolescentes
Del Departamento Judicial De
San
Pedro
De
Macorís;
L7g)
Copia de
Acto
No.1612/
2072
contentivo
de
Invitación
a
comparecer
a
las
oficinas
del
Tribunal
de
Niños, Niñas, Adolescentes
y
Familia del Distrito Judicial
de La Romana,
de fecha
catorce
(14)
de diciembre del
año dos
mil
doce
(20L2),
instrumentado
por
el ministerial
Carlos Vladirmir
Rodríguez
Diaz, Alguacil
Ordinario del
Juzgado
de
Paz
Especial
de
Tránsito
Grupo No.2 de
La
Romana,
a
requerimiento
del
señor
Juan
Enrique
Güílamo
Santa na;
180)
Copia de Certificación
contentiva
de
constancia
de
documentos existentes
en
el
expediente
de
Consejo
de
Familia
a favor
del menor Louis Pierre Roger
Modesto
Guigou Figueroa,
de fecha
quince
(15)
de
noviembre
del
año
dos
mil
doce
(20L2),
a
solicitud de
los abogados,
Lic.
Carlos
De
Pérez Juan
y
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes;
18 1)
Copia
de Auto
No.4B9l2012
contentivo de
Autorixación
de
convocatoria
d
los miembros
del
Consejo
de Familia
del
menor
Louis Pierre
Roger Modesto
Guigou
Figueroa
para
el día treinta
(30)
de
noviembre
del año
dos
mil
doce
(20t2)
emitido
por el
Tribunal
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del Distrito Judicial
de La Romana;
i
182)
Original de
auto
7B/20t3
que
sobresee
el
conocimiento
y
fallo
de
la
solicitud
de homologación
de l,a
deliberación
del Consejo
de
Familia
a
favor
del
me'npr
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa,
de
fedh?
once
(11)
del mes de febrero del año
2013
emitida
por
ei
Magistrado
Juez
Presidente
de
la
Corte
de
Apelación
de
Niños, Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del
Departamento
ludicial
de
San
Pedro
de
Macorís;
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183)
copia
fotostática
del
Acta
número
197120t2
de
fecha
diecisiete
(17)
del
mes
de
octubre
del
año
dos
mil
doce(2oL2),expedidaporelHonorableJuzgadodePaz
Ordinario
del
Municipio
de
La
Romana,
Distrito
Judiciál
de
La Romana,
contentivo de
Fijación de
Sellos
184)
original
del
Acto
Número
87/2013
de
fechl
c.Yutl1
(a)delmesdefebrerodelañodosmittrece(2013)ddl,..
p¡otocolo
del
ministerial
Domingo
castillo
villega,
ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
a
requerimiento
de
la
señora
Ismaurys
Mercedes
Reyes
en
su
calidad
de
guardiana
del
menor
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa,
contentivo
de
Notificación
del
Presupuesto
del
menor
Louis
Pierre
RogerModestoGuigouFigueroaaSututorDr.]uan
Enrique
Güílamo
Santana
(Guaro);
185)
copia
fotostática
del
acto
número
L39412012
de
fecha
treinta
(30)
del
mes
de
octubre
del
año
dos
mil
doce
(2012), del
protocolo
del
ministerial
carlos
vladimir
Rodríguez
Díaz,
ordinario
del
Juzgado
de
Paz
Especial
de
Tránsito
No.
2 del
Distrito
Judicial
de
La
Romana
a
reo,uerimiento
del
señor
Juan
Enrique
Güílamo
santana;
contentivo
de
informe
sobre
el
estado
del
menor
Louis
Roger Pierre
Modesto Guigou Figueroa
y
en
oposición
a
"secuestro" del
niño;
186)
Original
del
acto
número
3406/20L2
del
protocolo
del
ministerial
Ferrer
Alexander
Columna
Del
Rosario,
ordinario
de
la
cámara
civil
del
Juzgado
de
Primera
Instancia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
a
requerimiento
de
los
señores
Amaurys
Miguel
Figueroa,
Andreurys
Miguel
Figueroa
y
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa,
contentivo
de
intimación
al
Dr.
Juan
Enrique
Güílamo
Santana
a
informar
situación
de
prendas
de
la señora
Wendy
Zuleica Figueroa
Mercedes;
187)
Original
y
Recibida
de
solicitud
de
Búsqueda
de
fecha
quince
(15)
del
mes
de
octubre
del
año
dos
mil
clcce
(20L2), dirigida
al
Registro
civil
del
Ayuntamiento
Municipal
de
La
Romana,
suscrita
por
el
Lic.
carlos
De
Pérez
y
el
Dr.
Teodoro
ursino
Reyes,
contentiva
de
solicitud
de
búsqueda
de
registros
a
nombre
de
los
señores
Pierre
Francis
Yves
Guigou,
wendy
Zuleika
tr i.
,.1
"t*l
\
\
Ya
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Figueroa
Mercedes,
empresa
W
F Francieras
S.
A.
y
Gracias
a
Dios S.
A.;
1BB)
Original
de
solicitud
de
factura
certificación
.,de.
cancelación
de
hipoteca
de
fecha doce
(12)
de
dici-embre
de
dos
mil
doce
(20L2),
dirigida
al
Director
de
Registro
Civil
del
Ayuntamiento
Municipal
de
La
Romana
suqcrlta
por
el Dr,
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Lic'
Carlos
De
Pér:ez
Juan;
189)
Original
de
solicitud
de
factura
certificación
de
cancelación
de
hipoteca
de
fecha
doce
(12)
de
diciembre
de
dos
mil doce
(2OL2),
dirigida
al
Director de
Registro
Civil
del
Ayuntamiento
Municipal
de
La Romana
suscrita
por
el
Dr. Teodoro
Ursino
Reyes
y
Lic. Carlos
De Pérez
Juan;
y
sus
respectivos
anexos: dos
recibos
de
ingresos
marcados
con
el
número
161014
y
161116
a cargo
del
señor
Juan
E.
Güílamo
Santana;
190)
Original
de
Certificación
de
fecha
veinticinco
(25)
del
mes de
octubre
del
dos
mil
doce
(20t2),
expedida
por
el Ayuntamiento
Municipal
de
La Romana,
en
la
que
se
hace
constar
que
la empresa
Gracias
a
Dios
no
posee
bienes
registrados
en esa
institución;
191) Original
de Certificación
de
fecha
veinticinco
(25)
del
mes
de octubre del
dos
mil
doce
(2012),
expedida
por
el
Ayuntamiento
Municipal de
La
Romana, en
la
que
se
hace
constar
que
la
señora
Wendy
Zuleica
Figueroa
Mercedes
no
posee
bienes
registrados
en
esa
institución;
t92) Original
de
Certificación
de
fecha
veinticinco
(25)
del
mes de octubre
del
dos
mil doce
(20L2),
expedida
por
el
Ayuntamiento
Municipal
de
La
Romana,
en
la
que
se
hbce
constar
que
la Empresa
W F
Franciera
S.
4., no
posee
bienes
registrados
en esa
institución;
193)
Original
de
Certificación
de
fecha veinticinco
(25)
del
mes
de octubre
del
dos
mil doce
(20t2),
expedida
por
el Ayuntamiento
Municipal
de
La
Romana,
en
la
que
se
hace
constar
que
el señor
Pierre
Francis
Yves Guigou
no
posee
bienes
registrados
en esa
institución;
194)
Original
de
Certificación
de
fecha
nueve
(09)
del
mes de
noviembre
del
dos
mil
doce
(20t2),
expedida
por
el
Ayuntamiento
Municipal
de
La
Romana,
en
la
que
se
hace
constar
que
existe
Una
hipoteca
convencional
e
inscripción
de
hipoteca
del
Dr.
Juan
Enrique
Güílamo
a
l
if..
t':
i--
,
\
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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santana
(notario);
Deudoras:
Milcia
Altagracia
Balbuena
Veras,
Rosa
María
carrera
Rafael;
Acreedor:
Pierre
Francis
Yves
Guigou;
Crédito
RD$500,000'00;
1g5)
original
de
certificación
de
fecha
nueve
(09)
del
mes
de
noviembre del dos
mil
doce
(20L2),
expedida
por
el
Ayuntamiento
Municipal
de
La
Romana,
en
la
que
se
haqe
constar
que
existe
una
hipoteca
convencional
e
inscripción
de
hipoteca
por
el
Lic.
Miguel
Reyna
Jiménez
(hotario); Acreedora:
María
Guadalupe
Güílamo
santana
y
lesús
Rafael
Peguero;
Deudoras:
Milcia
Altagracia
Balbuena
Veras,
Rosa
María
carrera
Rafael;
Acreedor
Hipotecario:
Pierre
Francis
Yves
Guigou;
Crédito
RD$
1,600,000.00;
196)
Original
de
certificación
de
fecha nueve
(09)
del
mes
de
noviembre
del
dos
mil
doce
(2012),
expedida
por
el Ayuntamiento
Municipal
de
La
Romana,
en
la
que
se
hace
constar
que
existe
una
hipoteca
convencional
e
inscripción
de
hipoteca
por
el
Dr.
Juan
Enrique
Guillermo
santino
(notario);
Acreedora:
wendy
Zuleika
Figueroa
Mercedes,
orquídea
Mejía
Jiménez;
Deudoras:
Miguelina
Aponte
Castillo;
Crédito
RD$3,279,000.00;
tg7)
original
de
certificación
de
fecha
nueve
(09)
del
rnes
de
noviembre del dos
mil
doce
(20t2), expedida
por
el
Ayuntamiento
Municipal
de
La
Romana,
en
la
que
se
hace
constar
que
existe
una
hipoteca
convencional
e
inscripción
de
hipoteca
por
María
Guadalupe
Güílamo
santana
(notario);
Acreedor
Hipotecario:
Pierre
Francis
Yves
Guigou;
Deudoras:
Milcia
Altagracia
Balbuena
Veras,
Rosa
María
Carrera
Rafael;
Crédito
RD$800,000'00;
198)
Original
de
certificación
de
fecha
veintiocho
(28)
del
mes de
noviembre
del
dos
mil
doce
(2012),
expedida
por
el
Ayuntamiento
Municipal
de
La
Romana,
en
la
que
se
hace
constar
que
existe
un
registro
de
cancelación
de
hipoteca
por
el
Dr.
Juan
Enrique
Güílamo
santana
(notario); Acreedor
Hipotecario:
Pierre
Francis
Yves
Guigou;
Deudor:
Marino
De
Jesús;
Crédito
RD$435,000,00;
199)
Original
de
certificación
de
fecha
veintiocho
(28) del
mes
de
noviembre
del
dos
mil
doce
(2ot2),
expedida
por
elAyuntamientoMunicipaldeLaRomana,enlaqueSe
hace
constar
que
existe
un
registro
de
cancelación
de
hipoteca
por
el
Dr.
Juan
Enrique
Güílamo
santana
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http://slidepdf.com/reader/full/sentencia-010-2015-colegio-de-abogados-inhabilitacion-de-carlos-de-la-rosa 43/79
(notario);
Acreedor Hipotecario: Pierre
Francis
Yves
Guigou; Deudoras: Milcia
Altagracia
Balbuena Veras,
Rosa
María
Carrera
Rafael; Crédito RD$500,000.00;
200)
Original
del Acto número
1553/20L2
de
fgcha
veintiocho
(28) del
mes
de
noviembre
del
año dos
mil
doce
(2012),
del ministerial
Carlos
Vladimir Rodríguez
Diaz,
Ordinario del
Juzgado
de
Paz Especial de Tránsito
No.
2
del
Distrito
Judicial de
La
Romana, a
requerimiento
del
señor
Marcial
Guerrero
De
Morla, contentivo
de
oferta
real
de
pago por
US$350,000.00) al
señor Juan Enrique
Güílamo
Santana en su calidad
de
representante
jurídico
y
financiero
del
señor
Pierre
Francis
Yves
Guigou
y
Wendy
Zuleika
Figueroa Mercedes;
y
su
respectivo
anexo,
el
acto
número
74212072 de fecha
treinta
y
uno
(31)
del
mes
de
octubre
del
año
dos
mil
doce
(2012),
del
protocolo
de
la
ministerial
María Teresa
Jerez
Abreu,
ordinaria
de la
Cámara
Civil
y
Comercial
del
Juzgado
de
Primera
Instancia
del
Distrito
Judicial de La Romana,
a
requerimiento
de Ismaurys Mercedes
Reyes,
Amaury
Miguel
Figueroa, Andreury Miguel Figueroa
y
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa,
contentivo
de
formal
oposición
a
pago;
201)
Original
de
Certificación de fecha seis
(06)
del
mes
de
diciembre
del
dos
mil
doce
(2072),
expedida
por
el
Ayuntamiento
Municipal
de
La
Romana,
en
la
que
se hace
constar
que
en
el
registro
civil
y
conservaduría de
hipotecas
existe
un registro
de
acto no. t553lL2
del
alguacil
Vladimir
Rodríguez
de
fecha
28/LL/2072
a
requerimiento
del
Sr.
Marcial
Guerrero
De
Morla,
contentivo
de oferta
real
de
pago por
la
suma de
us$350,000.00;
202)
Copia
fotostática
de Certificación
de
fecha
v'eintiocho
(28) del
mes
de
noviembre
del dos
mil
doce
(20L2),
expedida
por
el Ayuntamiento Municipal de La
Romana,
en
la
que
se hace constar
que
se han
encontrado
dos
cancelaciones
de
hipoteca en donde
el
acreedor es el señor Pierre Francis
Yves
Guigou.
En
una
de
las
cancelaciones aparece
como
deudor
el
señor
Marino
De
Jesús
por
un monto
de
RD$435,000.00;
en
la
otra
aparecen
como
deudoras
las
señoras
Milcia
Altagracia Balbuena
Veras,
Rosa María Carrera
Rafael
por
un
monto
de
RD$500,000.00;
en
dicho
documento
de
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
http://slidepdf.com/reader/full/sentencia-010-2015-colegio-de-abogados-inhabilitacion-de-carlos-de-la-rosa 44/79
cancelación
se encuentra
la
firma
del notario Dr. Juan
Enrique
Güílamo
Santana
i
203)
Copia fotostática Instancia
dirigida
y
recibida
por
el
Registrador
de
Títulos
del
Departamento
de San
Pedro
de
Macorís
de
fecha dos
(02)
del
mes
de
julio
del
año dos
mil
catorce
(20t4),
contentiva
de Solicitud de
Cancelación de
Hipoteca,
suscrita
por
el
Dr.
Luis
Armando
Muñoz Bryan;
y-
su
anexo
consistente
en
un
comprobante
de
ingreso
al
libro
diario
de registro
de títulos
expedido
por
el
Registro
de-'Títulos
de
San
Pedro
de Macorís;
2O4)
Original de certificación
de
Banco
Promerica
de
fecha
veintidós
(22)
de
octubre
del
año dos mil
doce
(2012)
dirigida al
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Lic.
Carlos
De
Pérez
Juan;
en la que se
hace
constar que la
empresa
W F Francieras
S.
A.,
Gracias
a
Dios
S.
A.,
Pierre Francis
Yves
Guigou
y
Wendy
Zuleika
Figueroa Mercedes
no
son
clientes
de
dicha entidad;
205)
Original de
Certificación
de
la
Asociación
Cibao de
Ahorros
y
Préstamos
de fecha veinticuatro
(24)
de
octubre
de dos
mil
doce
(20t2)
en
la
que
se hace
constar
que
la
empresa W
F Francieras
S.
A., Gracias
a
Dios
S.
A,,
Pierre
Francis
Yves
Guigou
y
Wendy
Zuleika
Figueroa
Mercedes no son clierrtes de dicha
entidad;
206)
Original de
Certificación
de
Banco
Ademi
de
fecha
dieciocho
(18)
de octubre
de
dos mil
doce
(20t2)
en la
que
se
hace
constar
que
la
empresa W F Francieras
S.A.,
Gracias
a
Dios
S, A., Pierre Francis Yves
Guigou
y
Wendy
Zuleika
Figueroa
Mercedes
no
son
clientes
de
dicha
entidad;
207)
Original
de
Relación
de
Préstamos
y
Deudas
de
Wendy
Figueroa
e Yves
Pierre,
redactado
por
el
Lic.
Carlos De
Pérez;
208)
Copia fotostática
de
Declaración
de
Propiedad
Inmobiliaria
expedida
por
la Dirección
General de
Impuestos
internos
de fecha
ocho
(08)
del
mes
de
noviembre
del
año
dos
mil
doce
(2012),
suscrita
por
el
señor Pablo
Castillo;
209)
Copia
fotostática
del
acto
número cuarenta
del
guión
dos
mil
doce
(40-2012)
de
fecha
diecinueve
(19)
del mes
de
octubre del
año dos
mil
doce
(2012)
del
pr:otocolo
de
la
Dra.
Luz Silvestre
Altagracia
Guzmán,
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notario
público
de
los del número
para
La Romana,'
contentivo
de
Acto
de
Comprobación con Inventario
de
Bienes,
debidamente registrado;
210)
Copia
fotostática
del acto
de
cancelación
de
hipoteca de fecha diecisiete
(17)
del
mes
de
junio
del
año
dos
mil
catorce
(2074),
suscrito
por
el Dr,
Luis Armando
Muñoz
Bryan,
cuya
firma
fue
debidamente
legalizada
por
e_l Dr. Bernardo
Enrique
De La
Cruz
Reyes;
zlL)
Copia
fotostática
del
Contrato
de
Préstamo
Hipotecario
de fecha
treinta
(30)
del mes
de
junio
del año
dos
mil
ocho
(2008)
suscrito
entre
los
señores Rafael
Bienvenido
Santana Güílamo,
Mirna
Teresa
Altagracia De
Santana
y
Pierre
Francis Yves
Guigou,
cuyas
firmas
fueron
debidamente
legalizadas
por
la
Dra.
Luisa
Morla
Santana;
monto:
US$84,000.00;
272)
Copia fotostática
del
Contrato
de Préstamo
Hipotecario
de
fecha
treinta
(30)
del
mes
de
junio
del
año
dos
mil
ocho
(2008)
suscrito
entre
la
entidad Negocios
y
Representaciones
Risaca
S.
A, representada
por
el
Dr.
Rafael
Bienvenido
Santana Güílamo
y
el señor
Pierre
Francis
Yves
Guigou, firmas
debidamente legalizadas
por
la Dra.
Luisa
Morla
Santana;
monto:
US960,000.00;
213)
Copia
fotostática
del
Contrato
de
Préstamo
Hipotecario
de fecha
treinta
(30)
del
mes
de
junio
del
año
dos
mil
ocho
(2008)
suscrito entre
la
entidad Negocios
y
Representaciones
Rabiensa
S.
A.
representada
por
el Dr.
Rafael
Bienvenido
Santana
Güílamo
y
el
señor
Pierre
Francis
Yves
Guigou, firmas
debidamente legalizadas
por
la
Dra. Luisa
Morla
Santana;
monto:
US9384,000.00;
274)
Copia
fotostática
del Contrato
de
Préstamo
Hipotecario
de
fecha
treinta
(30)
del
mes
de
junio
del año
dos
mil
ocho (2008)
suscrito
entre
la entidad
Negocios
y
Representaciones
Rabiensa
S.
A.
representada
por
el
Dr.
Rafael
Bienvenido
Santana
Güílamo
y
el señor
Pierre
Francis
Yves
Guigou,
firmas
debidamente legalizadas
por
la
Dra. Luisa
Morla
Santana;
monto:
US$180,000,00;
215)
Copia
fotostática
de Doble Factura Hipotecaria
de
fecha
once
(11)
del mes
de agosto del año dos mil seis
(2006),
legalizada
por
el Dr. Juan
Enrique
Güílamo
Santana,
a favor del
señor
Virginio
Guzmán; realizada en
virtud
del Contrato de Constitución
de
Hipoteca,
realizado
mediante
Acto
Auténtico
número ocho
(08)
de
fecha
once
'^,
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(11)
del
mes
de
agosto
del
año
dos
mil
seis
(2006)''
',
suscrito
por
la
señora
Francisca
Frijomil
Álvarez;
r,'
'
,.,
,
216) Copia
fotostática
de
Doble
Factura
Hipotecarip,de
fecha veinticinco
(25)
del
mes de septiembre del
año'dos
mil seis
(2006),
legalizada
por
el
Dr.
Juan
Enrique'
Güítamo
Santana,
a
favor
del
señor
Virginio
Guzmán;
realizada
en
virtud
del Contrato
de Constitución
de
Hipoteca,
realizado
mediante
Acto
Auténtico
número
diez
(10)
de
fecha
veinticinco
(25)
del
mes de
septiembre
del
año
dos
mil
seis
(2006)
suscrito
por
el señor
Juan
Mejía;
2L7)
Copia
fotostática
de
Doble
Factura
Hipotecaria
de
fecha
veintinueve
(29)
del
mes
de abril
del
año
dos
mil
nueve
(2009),
legalizada
por
el
Dr.
Juan
Enrique Güílamo
Santana,
a favor
del
señor
Pierre Yves
Guigou;
realizada
en virtud
del
Contrato
de
Constitución
de
Hipoteca,
realizado
mediante
Acto
Auténtico
número
nueve
(09)
de
fecha
veintinueve
(29)
del mes
de
abril del
año
dos
mil
nueve
(2009)
suscrito
por
el
señor
Marino
De
Jesús;
y
sus
respectivos anexos
a
saber Copia
fotostática
del
Acto
Auténtico
número
nueve
(09)
de
fgcha
veintinueve
(29)
del
mes
de
abril
del
año
dos
mil
nueve
(2009)
del
Protocolo del
Dr. Juan
Enrique
GÜílamo
Santana,
abogado
notario
público
para
la
Romana,
Declaración
del
señor
Pierre
Francis
Yves
Guigou
de
fecha
once
(11)
de
noviembre del
año dos
mil
nueve
(2009)
contentiva
de
Cancelac¡óñ
de
Hipoteca
cuya firmq
fue
legalizada
por
el
Dr. Juan
Enrique
Güílamo
Santana,
abogado
notario
público
para
la
Romana,
y
copia
del
pasaporte
del
señor
Pibrre
Francis
Yves Guigou;
218) Copia
fotostática
del acto
número diez
(10)
de
fecha
cinco
(5)
del
mes
de
junio
del año
dos
mil nueve
(2009),
del
protocolo
del
Dr.
Juan
Enrique
Güílamo
Santana,
notario
público
para
La
Romana,
contentivo
de
Hipoteca
del señor
José
Manuel
Robles
Marrero
a
favor del
señori;',
Pierre
Francis
Yves Guigou;
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"---J
2lg) Copia
fotostática
del
acto
número
siete
(07)
¿s':i.-
fecha
veintidós
del
mes de
septiembre
del
año
dos
mil'.
.,,.",
,,.;''l
diez
(2010)
del
protocolo
del
Dr.
Miguel
Reyna
Jiménez,
;,
l.;'*,
notario
público
de
los
del
número
para
La Romana,
suscrito
los
señores
Mario
GÜílamo
Reyes
y
Santa
Silvia
Encarnación
Castitlo
a
favor
de
la
señora
Orquídea
Mejía
liménez;
contentivo
de
hiPoteca;
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220) Copia
fotostática
del
Contrato
de
Préstamo
Hipotecario
de
fecha
veintitrés
(23)
del
mes de
noviembre
del año
dos mil
nueve
(2009),
suscrito
entre
los
señores
Orquídea
Mejía Jiménez
en
representación
del
señor
Pierre
Francis
Yves Guigou, Marcial
Guerrero De
Morla
y
Rossy
Florentino
Santana,
cuyas
firmas
fueron
legalizadas
por
el
Dr. luan
Enrique
Güílamo
Santana;
22t)
Doble
Factura
Hipotecaria
a
favor
de
la
señora
María
Guadalupe
Güílamo Santana,
de
las señoras
Milcia
Balbuena
Veras
y
Rosa
María Carreras
Rafael, de
fecha
diecisiete
(17)
del
mes de agosto
del
año
dos
mil
diez
(2010)
expedida
por
el
Lic. Miguel
Reyna
Jiménez,
notario
público
de
los del
número
para
La Romana;
222)
Copia
fotostática del Contrato
de
Venta de
Inmueble
y
Mantenimiento
de Gravamen
Bajo
Firma
Privada,
de
fecha once
(11)
del
mes de
noviembre
del
año
dos
mil
once
(2011),
suscrito
entre
los
señores
Nicolás
Reyes
Tavarez
(por
sí
y
en.representación
de
la
señora
Francia
Silvestrina
Peña
Fontanillas)
y
Pierre
Francis
Yves
Guigou,
cuyas
firmas fueron
debidamente
legalizadas
por
el
Lic.
Miguel
Reyna Jiménez,
notario
público
de
los del
número
para
La
Romana;
223)
Copia
fotostática del Contrato
de
Venta
de
Inmueble
y
Mantenimiento
de Gravamen
Bajo
Firma
Privada,
de
fecha once
(11)
del
mes
de
noviembre
del año
dos
mil
once
(2011),
suscrito
entre
los
señores
José
Manuel
Robles
Marrero
y
Dominga
Güílamo
Guerrero
(Los
Vendedores),
Nicolás
Reyes
Tavarez
(por
sí
y
,
erl'
representación
de
la señora
Francia
Silvestrina
Peña
Fontanillas)
y
Pierre Francis
Yves Guigou,
cuyas
fiitnas
fueron debidamente
legalizadas
por
el Lic.
Miguel
Reyna
Jiménez,
notario
público
de
los
del número
para
La
Romana;
224)
Copia
fotostática
del Certificado
de
Título
número
75-L1, de
fecha
catorce de
enero
de dos
mil
cinco
(2005)
expedido
por
el
Registrador
de
Títulos
de San
Pedro
de
Macorís,
a
favor de
los señores
Wendy
Zuleyka
Figueroa
Mercedes
y
Pierre
Francis
Yves
Guigou;
225)
Certificados
de
propiedad
de
vehículos
de
motor
marcados
con
los
números
4195965
y
422968,
de
fecha
diez
(10)
del
mes de agosto
del
año
dos
mil once
(2011),
y
catorce
de
septiembre
del
año dos
mil
once
(2011),
,^ta,
tl'\l
1.
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respectivamente,
expedido
por
la
Dirección
General
'de
226) Copia
fotostática
de Inventario
de Préstamos
P.
Guigou,
en francés
con
fragmentos
en españoli
227)
Copia
fotostática
de Contrato
de
Aumento
de
Monto
de
Préstamo
hipotecario,
Prórroga
de
Plazo
y
Otras
Condiciones
de
fecha seis
(06)
del
mes
de
enero
del año
dos
mil
once
(2011),
suscrito
entre
los señores
Pierre
Francis Yves
Guigou
(Acreedor
Hipotecario),
Cándido
Mercedes Herrera
(Deudor
Hipotecario)
y
Andrea Cedano
De Mercedes
(Esposa
del
Deudor
Hipotecario),
cuyas
firmas
fueron debidamente
legalizadas
por
el Dr. Juan
Enrique Güílamo
Santana;
y
su
respectivo anexo,
una
copia fotostát¡ca
del
Contrato
de
Préstamo Hipotecario
de
fecha seis
(06)
del mes
de enero
del año
dos
mil nueve
(2009),
suscrito entre
los
señores
Pierre Francis
Yves
Guigou
(Acreedor
Hípotecario),
Cándido
Mercedes
Herrera
(Deudor
Hipotecario)
y
Andrea
Cedano
De Mercedes
(Esposa
del
Deudor
Hipotecario),
cuyas
firmas
fueron
debidamente
legalizadas
por
el
Dr. luan
Enrique Güílamo
Sa
ntana;
228) Original del acto
número 3405/20L2
de
fecha
nueve
(09)
del
mes
noviembre
del
año dos
mil
doce
(2012)
del
protocolo
del
ministerial
Ferrer
Alexander Columna
Del
Rosario,
ordinario
de
la Cámara
Civil
del
Juzgado
de
Primera
Instancia del
Distrito ludicial de
La Romana,
a
requerimiento de
los señores
Amaurys Miguel
Figueroa,
Andreurys Miguel
Figueroa
y
Louis
Pierre
Roger Modesto
Guigou
Figueroa,
contentivo de
solicitud de
rendición
de
cuentas a Orquídia
Mejía Jiménez;
y
requerimiento
al
Dr.
Juan
Enrique
Güílamo
Santana
de
los
poderes
en
virtud
de
los
cuales
las señora Orquídia
actuaba;
229)
Copia
fotostática
del
Acta número
L97
/2012
de
fecha
diecisiete
(17)
del
mes de octubre
del año
dos
mil
doce
(20t2),
expedida
por
el
Honorable
Juzgado
de
Paz
Ordinario del
Municipio
de
La Romana,
Distrito Judicial
de
La
Romana,
contentivo
de
Fijación
de Sellos;
230)
Instancia
suscrita
por
el
LICDO.
JUAN
Y
IA
DRA.
MARÍA GUERRERO
DE
de la
SOLICITUD
DE
DESGLOSE
CARLOS
DE
PÉREZ
REINA, Contentiva
DE
EXPEDIENTE
\,
\,,"
\l
i
i\
\
\
\\
(:\.
.
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+§,
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REFERENTE
A
LA
HOMOLOGACIÓN
DE
ACTO
NOTARIAL
DE
DETERMINACIÓN
DE
HEREDEROS
de
fecha
cinco
(05)
del
mes de
sept¡embre
del
año
dos
mil
trece
(?q13),
solicitantes
ANDREURY
MIGUEL
FIGUEROA
y
AMA9RYS,.
231)
Instancia
suscrita
por
el
LICDO.
CARLOS
DE
PÉRE-Zl
JUAN
y
la
DRA.
MARÍA
GUERRERO
DE
REINA,
Contentiva
de
solicitud
de
homologación
de
determinación
de
herederos
del
acto
246/20t3,
solicitantes
AMAURYS
MIGUEL
FIGUEROA
Y
ANDREURY
MIGUEL
FIGUEROA,
dC
fecha
veintisiete
(27)
del
mes
de
junio
del
año
dos
mil
trece
(2013);
232)
Original
de
Acto
Número
385/2013
de
fecha
diecinueve
(19) del
mes
de
agosto
del
año
dos
mil
trece
(2013)
del
protocolo
del
ministerial
Domingo
castillo
Villega, ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
contentivo
de
Notificación
de
Auto
de
Homologación;
233)
Original
del
Auto
No. 3L2/2013,
Adm.
No.
73912013
de
fecha
doce
(12)
del
mes
de
agosto
del
año
dos
mil
trece
(2013)
expedido
por
el
Honorable
Tribunal
de
niños,
Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
contentivo de la
homologación
del
Acto
Notarial
número
246/20t3¡
234)
Acto
Ñúmero
72612012,
Contentivo
de
oposición
de
pago
o
formal
registro
de
cualquier
acto
de
cualquier
naturaleza
que
envuelva
compromisos
u
obligaciones
por
parte
de
los finados
PIERRE
FRANCIS
YVES
GUIGOU
y
WENDY ZULEIKA
FIGUEROA
MERCEDES,
instrumentado
por
la
ministerial
MARÍA
TEREZA
JEREZ
ABREU,
alguacil
ordinarlo
de la
cámara
civil
y
comercial
de
La
Romana,
a
requerimiento
del
DR.
TEODORO
URSINO
REYES
y
el
LICDO.
CARLOS
DE
PÉREZ
]UAN,
235)
Acto
Núm
ero
748/20t2,
Contentivo
de
cohocer
en
poder
de
quien
están
y
por
cuales
valores
económicos,;
están
retenidas,
d€
cuales
prendas
Se
trata,
por
cual
i
'
cantidad
estas
prendas
fueron
puestas
en
la
casa
de
empeño
o
compra
venta,
quien
pago
los
servicios
de
repatriación
del
cadáver
de
la
señora
WENDY
ZULEIKA
FIGUEROA
MERCEDES,
fotocopia
o
factura
de
pago
o de
la
constancia
de
transferencia
de valores
o
fotocopia
del
h\f.
r 1\
VI\
".,.j",,
\
\
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§
+4
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cheque,
instrumentado
por
la
ministerial
MARÍA
TEBEZA
IEREZ
ABREU,
alguacil
Ordinario
de
la
Cámara
Civi
y
Comercial
de
La
Romana,
a
requerimiento
del-,,DRt
TEODORO
URSINO
REYES
y
et
LICDO.
CARLOS
DE P.EREZ
"
JUAN
236)
Acto
Número
74212012,
contentivo
de
oposición
de
"
pago
al
señor
MARCIAL
GUERRERO
DE MORLA,
de
los
valores
que
deba
o
pudiera
deberle
en
el
futuro
a
los
séñores
PIERRE
FRANCIS
YVES
GUIGOU
y
WENDY
ZULEIKA
FIGUEROA
MERCEDES,
o
las
compañías
GRACIAS
A
DIOS S.A,
WF
FRANCIERAS
S.4.,
por
cualquier
concepto
y
a
cualquier
título;
instrumentado
por
la
ministerial
MARÍA
TEREZA
JEREZ
ABREU,
alguacil
Ordinario de
la Cámara
Civil
y
Comercial
de
La
Romana,
a
requerimiento
del
DR.
TEODORO
URSINO
REYES
y
el
LICDO.
CARLOS
DE PÉREZ
JUAN.
237)..-
Acto
Número
740/2012,
Contentivo
de
oposición
de
pago
a
la señora
ROSA
ELENA, de
los
valores
que
deba
o
pudiera
deberle
en
el
futuro
a
los
señores
PIERRE
FRANCIS
YVES
GUIGOU
Y
WENDY
ZULEIKA
FIGUEROA
MERCEDES,
o
las
compañías
GRACIAS
A DIOS
S.A,
WF
FRANCIERAS
S.A.,
Pot
cualquier
concepto
y
a cualquier
títuto;
instrumentado
por
la
ministerial
MARÍA
TERE7A
IEREZ
ABREU,
alguacil Ordinario
de
la
Cámara
Civil
y
Comercial
de
La Romana,
a
requerimiento
del
DR.
TEODORO
U.RSINO
REYES
y
el
LICDO, CARLOS
DE
pÉnrZ
]UAN.
238)
Acto
Número
79412012,
Contentivo
de
oposición
de
pago
a
la
señora
DOMINGA
GÜÍLAMo
GUERRERo
Y JoSE
MANUEL
ROBLES
MARRERO,
de
los
valores
que
deba
o
pudiera
deberle
en'
el
futuro
a
los
señores
PIERRE
FRANCIS
WES
GUIGOU
Y
WENDY
ZULEIKA
FIGUEROA
MERCEDES,
o
las
compañías
GRACIAS
A
DIOS
S.A,
WF
.
FRANCIERAS
S.A.,
por
cualquier
concepto
y
a
cualquieS
título;
instrumentado
por
la
ministerial
MARÍA
TE
JEREZ
ABREU,
alguacil
Ordinario
de
la
Cámara
Comercial
de
La
Romana,
a
requerimiento
del
TEODORO
URSINO
REYES,
DR.]OSE
MIGUEL
V
GARCIA,
DRA.
MARÍA
GUERRERO
DE
REINA
Y
CI
CARLOS
DE
PÉREZ
JUAN.
239)
Acto Número
L33/2012,
Contentivo
pago
a el
señor
CANDiDO
MERCEDES, de
|1
I
ll
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lr
[''p ], ,
\
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a\
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\-l
de
oposición
de
los valores
que
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deba
o
pudiera
deberle
en
el
futuro
a
los señores
PIERRE
FRANCIS
YVES
GUIGOU
Y
WENDY
ZULEIKA
FIGUEROA
MERCEDES,
o
las
compañías
GRACIAS
A
DIOS
S'A,
WF,
FRANCIERAS
S.A.,
por
cualquier
concepto
y
a
cu.alquier
título;
instrumentado
por el
ministerial
IAH,IRO
GUERRERO
BETANCES,
alguacil
ordinario
del
Tribunal
de
NNA
de
La
Altagracia,
a
requerimiento
del
DR.
TEODORO
URSINO
REYES,y
el
LICDO.
CARLOS
DE
pÉnrz
JUAN'
240)
Acto
Núm
ero
782/2012,
Contentivo
de
oposición
de
pago
a
la señora
MILCIA
ALTAGRACIA
BALBUENA
VERAS
y
ROSA
MARÍA
CARRERAS
MFAEL,
de
los
valores
que
deba
o
pudiera
deberle
en
el futuro
a
los señores
PIERRE
FRANCIS
YVES
GUIGOU
Y
WENDY
ZULEIKA
FIGUEROA
MERCEDES,
o
las
compañías
GRACiAS
A
DIOS
S'A,
WF
FRANCIERAS
S,A.,
por
cualquier
concepto y
a
cualquier
títuto;
instrumentado
por
la
ministerial
MARÍA
TEREZA
JEREZ
ABREU,
alguacil
ordinario
de
la cámara
civil
y
comercial
de
La
Romana,
a
requerimiento
del
DR.
TEODOROURSINO,REYES,DR.JOSEMIGUELVASQUEZ
GARCIA,
DRA.
MARÍA
GUERRERO
DE
REINA
Y
CI
LICDO,
CARLOS
DE
PÉREZ
JUAN.
Z4L)
Acto
Núm
ero
791/20t2,
Contentivo
de
oposición
de
pago
a el
señor
REYNALDo
EVANGELISTA
ARISTY
MOTA,
de
los valores
que
deba
o
pudiera
deberle en
el futuro
a
los
señores
PIERRE
FRANCIS
YVES
GUIGOU
y
WENDY
ZULEIKA
.FIGUEROA
MERCEDES,
o
las
compañías
GRACIAS
A
DIOS
S.A,
WF
FRANCIERAS
S.A.,
por
cualquier
concepto
y
a
cualquier
título;
instrumentado
por
la
ministerial
MARÍA
TEREZA
JEREZ
ABREU,
alguacil
ordinario
de
la
cámara
civil
y
comercial
de
La
Romana,
a
requerimiento
del
DR.
TEODORO
URSINO
REYES,
DR.JOSE
MIGUEL
VASQUEZ
GARCIA,
DRA.
MARÍA
GUERRERO
DE
REINA
y
el
LrcDo.
cARLos DE
pÉaez
il
"l
]UAN
242)
Acto
Número
792/2012,
Contentivo
de
opos.ición
de
pago
el
señor
RAFAEL
BIENBENIDO
SANTANA
GUILn{P
V,,
la empresa
NEGOCIOS
Y
REPRESENTACIONES
RIS,ACA:
s.A.,
de
los
valores
que
deba
o
pudiera
deberle
e¡l
el
I
futuro
a
los
señores
PIERRE
FRANCIS
YVES
GUIGOU
y
WENDY
ZULEIKA
FIGUEROA
MERCEDES,
o
las
compañías
GRACIAS
A
DIOS
S.A,
WF
FRANCIERAS
S'A',
por
cualquier
concepto
y
a cualquier
título;
instrumentado
por
le
ministerial
MARÍA
TEREZA
JEREZ
ABREU,
alguacil
i$.
.rJ',.
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..\
\
'i\
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Ordinario
de
la
Cámara'Civit
y
Comercial
de
La
Romana,
a
DR.JoSEMIGUELVASQUEZGARCIA,DRA.MARIA..
cuERRERo
oe-
nrrruÁ
v
'et
LICD9.
cARLos
DE
pÉRrz
,'
243)
Acto
Núm
ero
802/2012,
Contentivo
de
oposición
de
pago
al
señor
IUAN
AI-FREDO
AVI1-A
GÜÍtRfvlO,
de
los
valores
que
deba
o
pudiera deberle
en
el
futuro
a
los
séñores
PIERRE
FRANCIS
YVES
GUIGOU
y
WENDY
zuLEIKA
FIGUEROA
MERCEDES,
o
las
compañías
GRACIAS
A
DIOS
S.A,
WF
FRANCIERAS
S'A',
por
cualquier
concepto
y
a
cualquier
título;
instrumentado
por
la
ministerial
MARÍA
TEREZA
JEREZ
ABREU,
alguacil
ordinario
de
la
cámara
civil
y
comercial
de
La
Romana,
a
requerimientodelDR.TEoDoRoURSINoREYESyel
LICDO.
CARLOS
DE
PÉREZ
JUAN.
244)
Acto
Núm
ero
48012012,
contentivo
de
oposición
de
transferencia,
inscripción
de
hipoteca,
traspaso
y
cualquier
otro
modo
de
transferir
o
disponer
del
bien
inftrueble,
QUe
dicha
oposición
se
hace
porque
los
señores
NICOLAS
REYES
TAVERAS
Y
FMNCIA
SILVESTRINA
PEÑA
FONTANILLA,
pusieron en
garantía
dicho
inmueble
en
garantía
de
nuestros
causantes,
los
señores
PIERRE
FRANCIS
YVES
GUIGOU
Y
WENDY
ZULEIKA
FIGUEROA
MERCEDES,olascompañíasGRACIASADIOSS'A,WF
FRANcIERA§s.A.,porcualquierconceptoyacualquier
título;
instrumentado
por
la
ministerial
DITZA
Y.
GUZMAN
MOLINA,
alguacil
ordinaria
de
la cámara
civil
de
la
corte
de
Apelación,
Departamento
judicial
de
san
Pedro
de
Macorís,
del
DR.
TEODORO
URSINO
,REYES,
DR'JOSE
MIGUEL
VASQUEZ
GARCIA,
DRA.
MARÍA
GUERRERO
DE
REINA
y
el
LICDO.
CARLOS
DE
pÉnrz
JUAN.
245)
Acto
Núm
ero
79812012,
Contentivo
de
oposición
de
pago
al
señor
JUAN
ENRIQUE
CÜÍmrrlo
SANTANA,
ORQUIDEA
MEJIA
JIMENEZ
y
la
empresa
MARTINEZ
.,
''
'...
..
".
GüÍiAf'aO;
(MAGUINSA)
de
los
valores
que
fls[¿i'
q':';'"
-,.
'','-
pudiera
deberle
en
el
futuro
a
los
señores
PIEBRE
"
'.
1.,
;¿
r::,'
FRANCIS
YVES
GUIGOU
y
WENDY
ZULEIKA
FIGUEROA
:
¡J;,;'"t'' .,,
MERCEDES,
o
las
compañías
GRACIAS
A
DIOS
S.A,
wF
","',fLr-i1r;'
FRANCIEMS
S.A.,
POt
cualquier
concepto
y
a
cualquier
'
-''
tituio;
instrumentado
por
la
ministerial
MARÍA
TEREZA
'.=§=l"t?*::'
li"i:':,'Jij'T',.X',.:J':f
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J
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TEODORO
URSINO
REYES
y
el
LICDO.
CARLOS
DE
PEREZ
]
UAN.
246)
Acto
Núm
ero
445/20\2,
Contentlvo
de
notificación
de
poder,
constitución
de
abogados
y
oposición
de
pago
de fecha
dieciocho
(18)
de octubre del año dos
mil
doce
(2012);
instrumentado
por
la
ministerial
Ditza
Y.
Gumán,
alguacil
Ordinario
de
la Cámara
Civil
y
Comercial
de
la
Corte
de
Apelación
a
requerimiento
del
DR.
TEODORO
uRsINO
REYES
y
el
LICDO.
CARLOS
DE
pÉneZ
IUAN'
247)
Acto Núm
ero
478/2012,
Contentivo
de
notificación
de
poder,
constitución
de abogados
y
oposición
de
pago
de
fecha
veinticuatro
(24)
de
octubre
del
año
dos
mil
doóe
QOLT);
instrumentado
por
la
ministerial
Senovio
E.
Febles Severino, alguacil
de
estrado
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Seibo,
a
requerimiento
del
DR.
TEODORO
uRSINO
REYES
y
el
LICDO.
CARLOS
DE
pÉnrZ
JUAN.
248)
Acto
Número
36012014,
Contentivo
de
Formal
oposición
de
pago
de
fecha
veintidós
(22)
de
mayo del
año
dos
mil catorce
(2014);
instrumentado
por
la
ministerial
Domingo
Castillo
Villega, alguacil
Ordinario
del
Juzgado de
Trabajo
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana
a
requerimiento
del
LICDO.
CARLOS
DE PÉREZ
IUAN.
249)
Acto Número
39412012,
Contentivo de
respuesta
de
los
gastos
de
repatriación
del
cadáver
de
fecha
ocho
(B)
de
noviembre
del
año
dos
mil
doce
(2012);
instrumentado
por
la
ministerial
Francisco
Ant.
Cabral
Picel,
alguacil
Ordinario
de
la Corte
de
Apelación
de San
Pedro
de
Macorís, a
requerimiento
del
DR. Juan
Enrique
crjítamo Santana;
250)
Copia de
instancia
en
solicitud
de
medidas
cautelares
de
fecha
veintidós
(22)
de
noviembre
del año
dos
mil
doce
(2012),
instrumentado
por
DR.
TEODORO
URSTNO
REYES,
DR. JOSÉ
MIGUEL
VÁSQUTZ
GARCÍA,
DRA.
MARÍA
GUERRERO
DE
REINA
y
el
LICDO. CARLOS
DE PÉREZ
]UAN;
251)
Copia
del
Acto
Número
51120t2,
de
fecha
veinticuatro
de
febrero
del año
dos
mil doce,
Contentivo
de
Proceso
verbal
de
embargo
conservatorio,
instrumentado
por
el
ministerial
MÁXIMO
ANTONIO
RAMÍREZ
MORENO,
alguacil
ordinario de la
Cámara Civil
y
Comercial
del
Juzgado
de
Primera
instancia
del
Distrito
t
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Judicial
de
La Romana,
a
requerimiento
del
señor
PIERRE
FRANCIS
YVES GUIGOU.
252)
Original
Acto
No.
48-13
contentivo
de
Desistimiento
formal
de los
actos
Bo4/20L2
y
BO5/20L2, de fecha veinte
(2C)
de
febrero
del
año
2:0L3,
instrumentado
por
el
ministerial
Francisco
Antonio
cabral
Picel,
Alguacit
Ordinario
de
la Corte
de
Apelación
de
Ia Cámara
Civil
de
s-an
Pedro
de
Macorís,
a
requerimiento
de
Juan
Enrique
Güílamo
Ávila;
253)
Original
del
Acto
No.
L78/2OL3
contentivo
de
Referimiento
en
Secuestrario
Judicial,
de
fecha
veinte
(20)
días
del
mes de
Marzo
del
año
20L3,
instrumentado
por
la
ministerial
María
Teresa Jerez
Abreu,
Alguacil
ordinario
de
la
cámara
civil
y
comercial
del
Juzgado
de
Primera
Instancia
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
a
requerimiento
de
los abogados
Dr,
Teodoro
ursino
Reyes
y
Lic. Juan
Alfredo
Avila
Güílamo;
254)
Copia
del
Acto
No.
804/20L2
contentivo
en
demanda
en
Designación
en
secuestrario
judicial,
de
fecha
dos
(2)
días
del
mes
de
noviembre
del
año
dos
mil
doce
(20L2),
instrumentado
por
el
Ministerial
Rafael
Ángel
peña
Rodríguez,
Alguacil
de estrado
de
la
Prirnera
cámara
de
la suprema
corte
de
Justicia,
a
requerimiento
del
abogado
luan
Alfredo
Avila
Güílamo;
255)
Copia
del
Acto
No.
805120L2
contentivo
en
demanda
en
Designación
en
secuestrario
judicial,
de
fecha
tres
(3)
días
del
mes
de
noviembre
del
año
dos
mil
doce
(2012),
instrumentado
por
el
Ministerial
Rafael
Ángel
peña
Rodríguez,
Alguacil
de
estrado
de
la
Primera
cámara
de
la suprema
corte
de
Justicia,
a
requerimiento
del
abogado
Juan
Alfredo
Avila
Güílamo;
256)
Original
de
Instancia
solicitud
de
certificación
por
ante
el
magistrado
Juez
Presidente
de
La cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
de
fecha
trece
(13)
días
del
mes
noviembre
del
año
dos
mil doce
(20t2),
instrumentado
por
los
abogados,
Licdo.
carlos
de
Férez
Juan,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes;
257)
Original
de
auto
33012013
de
fecha
seis
(6)
agosto
del
dos
mil
trece
(20r3)
donde
se autoriza
a Juan
Enrique
Güílamo
Ávila
a
emplazar
para
conocer
de
la demanda
en
secuestrario
judicial,
emitido
Magistrado
Juez
Presidente
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del
Tribunal
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
ludicial de
La
Romana;
258)
Original
del
Acto
No.737
/
2013
contentivo
de
Recordatorio
o
Avenir,
de
fecha
dos
(2)
días
del
mes
de
septiembre
del
año dos
mil trece (2013),
instrumentado
por
el
Ministerial
Domingo
Castillo
Villega,
Alguacil
Ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
Judicial
de
La Romana,
a
requerimiento
de
los
abogados
Dr'
Teodoro
Ürsino
Reyes
y
el Dr. luan
Alfredo
Avila
Güílamo;
259)
Original
de
Instancia
Solicitud
de
Fijación
de
audiencia
por
ante
el
Magistrado
Juez
Presidente
del
Tribunal
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
ludicial
de
La Romana,
de
fecha
veinticualro
(24)
días
del
mes
julio
del
año dos
mil
trece (2013),
instrumentado
por
Ios abogados,
Dr.
Juan
Alfredo
Avila
GÜílamo,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes;
260)
Original
de
sentencia
3312013
de
fecha
siete
(7)
del
mes de octubre
del
año
dos
mil trece
(2013)
emitido
por
el
Tribunal
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
Judicial
de
La Romana;
261)
Original
de
Instancia
Solicitud
de
Fijación
de
audiencia
por
ante
el
Magistrado
luez
Presidente
del
Honorable Cámara
Civil
y
Comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
de
fecha
diecisiete
(17)
días
del
mes
marzo del
año
dos
mil trece
(2013),
instrumentado
por
el
abogado
Dr.
Teodoro
Ursino
ReYes;
262)
Copia
de
inventario
de
documentos
del
referimiento
de
la Honorable
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
ludicial
de
La Romana
para
remitirlo
al
Tribunal
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana;
zfij Original
de
Instancia
Solicitud
de
Fijación
de
audiencia
por
ante
el
Magistrado
Juez
Presidente
del
Honorable
Cámara
Civil
y
Comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
de
fecha
veinticuatro
(24)
días
del
mes
julio
del
año dos
mil trece
(2013),
instrumentado
por
el
abogado
Dr.
Teodoro
ursino
Reyes
y
Dr. Juan
Alfredo
Avila
Güílamo;
264)
Copia
de
oficio
No.
40/2013
contentivo
de
Remisión
de
Expediente,
de
fecha
veinticuatro
(24)
de
junio
del
año
dos
mil
trece
(2013)
a
la
Secretaría
del
Tribunal
de
Niños,
Niñas
y
Adolescentes
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
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de la
secretaria
de
la
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana
,
265)
Copia
de
Instancia
solicitud
de
Deposito
de
Documentos
por
ante
el
Secretaria
de
la
Honorable
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
de
fecha
seis
(06)
días
del
mes
mayo
del
año
dos
mil
trece
(2013), instrumentado
por
la
abogada
Lic'
Albania
Llasmina
Mancebo
del
Rosario;
266)
Copia
de
sentencia
50u2013
contentiva
de
Declaración
de
incompetencia
del
Tribunal
de
fecha
veintidós
(22)
de
mayo
del
año
dos
mil
trece
(2013)
emitida
por
Honorable
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
Judicial
de
La Romana;
267)
Copia
de
Instancia
solicitud
de
Deposito
de
Documentos
por
ante
el Secretaria
de
Ia
Honorable
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
de
fecha
uno
(01)
días
del
mes
mayo
del
año
dos
mil
trece
(2013),
instrumentado
por
el
abogado
Dr.
Teodoro
Ursino
ReYes;
268)
Original
de
Insta
ncia
solicitud
de
Fijación
de
audiencia
por
ante
el
Magistrado
Juez
Presidente
del
Honorable
Cámara
Civil
y
Comercial
del
Distrito
Judicial
de
La Romana,
de
fecha
treinta (30)
días
del
mes
abril
del
año
dos
mil
trece
(2013),
instrumentado
por
el
abogado
Dr.
Teodoro
Ursino
ReYes;
269)
original
Acto
No.
258-13
contentivo
de
Recordatorio
o
Avenir,
de
fecha
treinta
(30)
de
abril
del
año
20L3,
instrumentado
por
la
ministerial
María
Teresa
Jerez
Abreu,
Alguacil
ordinario
de
la cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana
de,
a
requerimiento
del
abogado
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Juan
Alfredo
Ávila
Güíla
mo;
270)
Copia
de
ordenanza
1203120L2
contentiva
de
Declaración
de
incompetencia
del
Tribunal
y
Remisión
al
Tribunal
de
Niños,
Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
de
fecha
diecinueve
(19)
de
noviembre
del
año
dos
mil
doce
(2012) emitida
por
Honorable
Cámara
Civil
y
Comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana;
27L).CopiadeActoNo.766-L2contentivode
comunicación de
Documentos, de
fecha diecisiete
(17)
de
at.
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noy¡embre
del
año
2012,
instrumentado
por
la
ministerial
María
Teresa
Jerez
Abreu,
Alguacil
ordinario
de
la cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana
de,
a
requerimiento
del
abogado
Dr.
Teodoro
ursino
Reyes,
Dra.
María
Guerrero
de
Reyna,
Dr.
José Miguel
Vásquez
García
y
Lic. Carlos
De
Pérez
Juan;
272)
Original
de
Instancia
Solicitud
de
Fijación
de
a_udiencia
por
ante
el
Magistrado
Juez
Presidente
del
Honorable
Cámara
Civil
y
Comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
de
fecha
diecisiete
(77)
días
del
mes
diciembre
del
año
dos
mil doce
(2012),
instrumentado
por
el
abogado
Dr.
Teodoro
ursino
Reyes
y
Lic.
carlos
De
Pérez
Juan;
773)
Original
de
Instancia
solicitud
de
Fijación
de
audiencia
por
ante
el
Magistrado
Juez
Presidente
del
Honorable
Cámara
Civil
y
Comercial
del
Distrito
iudicial
de
La Romana,
de
fecha once
(1)
días
del
mes
diciembre
del
año
dos
mil doce
(zOtZ),
instrumentado
por
el
abogado
Dr.
Teodoro
ursino
Reyes
y
Lic.
carlos
De
Pérez
Juan;
274)
Copia
de
Ordenanza
t204/20t2
contentiva
de
Declaración
de
incompetencia
del
Tribunal
y
Remisión
al
Tribunal
de
Niños, Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
de
fecha
diecinueve
(19)
de
noviembre
del
año
dos
mil
doce
(2012)
emitida
por
Honorable
Cámara
Civil
y
Comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana;
275)
Original
de
la
copia
certificada
emitida
por
la
secretaria
María
Luisa
charles
castillo,
de
la
corte
de
Apelación
de
Niños,
Niñas,
Adolescente
y
Familia
del
Departamento
ludicial
de
San
pedro
de
Macorís
del
Poder
Notarial
No.
3t/20t2,
debidamente
apostillado
por
Josefina
Fernel
Ramírez
Mancebo,
Vicecónsul.
276)
Copia
del
acto
No.
768/
20t2
contentivo
de
Nulidad
de
contrato
de
fecha
diecinueve
(19)
días
del
mes
de
noviembre
del
año
2012,
instrumentado
por
la ministerial
María
Teresa
Jerez
Abreu,
Alguacil
ordinario
de
la
Cámara
civil
y
comercial
del
Juzgado
de
Primera
Instancia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
a
requerimiento
de
los
abogados,
Licdo.
Carlos
de
Pérez
Juan,
Dra'
María
Cr
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Güílamo
de
Reyna,
DF.
Teodoro
Ursino
Reyes'
Dr'
losé'
Miguel
Vázquez
García;
277)
original
Acto
No,
420-12
contentivo
de
constitución
de
abogado,
de
fecha
veinte
(20)
días
del
mes
qe
Noviembredelañodosmildoce(2072),Instrumentado
porelMinisterialFranciscoAnt,CabralPicel,Alguacil
ordinario
de
la
cámara
civil
y
comercial
de
la
corte
de
ApelacióndelDepartamentoJudicialdeSanPedrode
Macorís,
a
requerimiento
del
abogado
luan
Alfredo
Avila
Güílamo;
278)originalActoNo.42 -t2,contentivode
Recordatorio
o
Avenir,
de
fecha
veinte
(20)
días
del
mes
de
Noviembre
del
año
dos
mil
doce
(20L2)
'
Instrumentado
por
el
Ministerial
Francisco
Ant.
cabrat
picel,
Alguacil
ordinario
de
la
cámara
civil
y
comercial
de
la
corte
de
Apelación
del
Departamento
ludicial
de
san
PedrodeMacorísarequerimientodelabogadoJuan
Alfredo
Avila
Güílamo;
27g)
Original
Acto
No.
368-12
contentivo
de
Constitución
deAbogadodefechaveintisiete(27)díasdelmesde
octubre
del
año
dos
mil
doce
(20t2),Instrumentado
por
el
Ministerial
Francisco
Ant.
cabral
Picel,
Alguacil
ordinario
de la
cámara
civil
y
comercial
de la corte
de
ApelacióndelDepartamentoJudicialdeSanPedrode
Macorís
a
requerimiento
del
abogado
Juan
Alfredo
Avila
Gü
íla
mo;
280)
original
Acto
No.
369-12
contentivo
de
recurso
de
oposición
de
fecha
veintisiete
(27) días
del
mes
de
octubre
del
año
dos
mil
doce
(20L2),
Instrumentado
por
el
Ministerial
Francisco
Ant.
Cabral
Picel,
Alguacit
ordinario
de
la
cámara
civil
y
comercial
de
la
corte
de
Apelación
del
Departamento
Judicial
de
san
Pedro
de
lulacorís,
a
requerimiento
del
abogado
Juan
Alfredo
Avila
Güíla
mo;
281)
original
del
Acto
No.1007/
2Ot2
contentivo
de
Demanda
en
suspensión
de
los
efectos
del
poder
notarial
No.3t/2oL2,defechaveintiséis(26)díasdelmesde
Noviembre
del
año
dos
mil
doce
(20L2),
instrumentado
por
el
Ministerial
Domingo
Castillo
Villega'
Alguacil
ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
Judicial
de
LaRomana,arequerimientodelosabogadosDr.Teodoro
ursino
Reyes
y
el
Dr.
José
Miguel
Vásquez
García¡
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http://slidepdf.com/reader/full/sentencia-010-2015-colegio-de-abogados-inhabilitacion-de-carlos-de-la-rosa 59/79
282)
original
del
Acto
No.1039/
2OL2
contentivo
de
Demanda
en
referimiento
a
los
fines
de
evitar-
uso,
indebido
de
un
poder
demandado
en
nulidad,
rde
fecha
cuatro
(04)
días
del
mes
de
diciembre
del
año dos
mil
doce
(20L2),
instrumentado
por
el
Ministerial
Domingo
castillo
villega,
Alguacil
ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
a
requerimiento
de
los
abogadosDr.TeodoroUrsinoReyesyelDr.JoséMiguel
Vásquez
García;
283)
copia
de
instancia
en
solicitud
de
fijación
de
audiencia
de
referimiento
y
depósito
de
documentos
de
fecha
cuatro
(04)
de
diciembre
del
año
dos
mil
doce
(2012) al
Magistrado Juez Presidente
de
la
cámara
civil
y
ComercialdelDistrtitoJudicialdeLaRomana,
instrumentado
por
los
abogados
Dr.
Teodoro
ursino
Reyes
y
el
Dr.
José
Miguel
Vásquez
García;
284)
copia
de
ordenanza
No.1256/20t2
contentiva
de
rechazo
a
la
demanda
en
suspensión
del
Poder
Notarial
No.3U2AL2,defechaveintiocho(28)denoviembredel
año
dos
mil
doce
(2012) emitida
por
la
cámara
civil
y
comercial
det
Juzgado
de
Primera
Instancia
del
D¡strito
ludicial
de
La
Romana;
285)
original
de
Acta
de
audiencia
de
fecha
cinco
(05)
de
diciembre
del
año
dos
mil
doce
(2012),
referente
a
la
demanda
en
referimiento
Suspensión
del
Poder
Notarial
No.31
lZOLz,
de
fecha
siete
(07)
de
diciembre
del
año
dos
mil doce
(2,0L2), emitida
por
la
secretaria
de
la
cámara
civil
y
comercial
del
Juzgado
de
Primera
Instancia
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana
a
solicitud
de
Licdo.
carlos
de
Pérez
Juan,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes;
286)
original
de Acta
de
audiencia
de
fecha
seis
(06)
de
diciembre
del
año'.dos
mil
doce
(20t2),
referente
a
la
demanda
en
referimiento
Suspensión
del
Poder
N9ta1ial,:
,.i,,,¡
No.31/20
L2,
de
fecha
siete
(07)
de
diciembre
del
añ_o
doq;,
i-"i
"1.
mil
doce
(ZOi12),
emitida
por
la
secretaria
de
la
CámaÉJ
.,
"rli,'i--
Civil
y
Comercial
del
Juzgado
de
Primera
Instancia
del
''t"*,,
,,,,
Distrito
Judicial
de
La
Romana
a
solicitud
de
Licdo.
carlos
''
.,',.'
de
Pérez
Juan,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes;
\
§
lxi'
nqJ
I\,
\\[ i1.,
1",
ii'
\l
'i
'1
\
287)
original,
de
instancia
en
solicitud
de
fijación
de
audiencia
y
copia
certificada
de
acta
de
audiencia
de
fecha
seis
(06)
de diciembre del
año
dos
mil
doce
(20L2),
5q
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al
Magistrado
Juez
Presidente
de
la
Cámara
Civil
y
Comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana;
instrumentadoporlosabogadosDr.TeodoroUrsino
Reyes,
Dra.
María
Guerrero
de
Reyna,
Dr'
José
Miguel
Vásquez
García
y
Lic. Carlos
De Pérez
Juan
i
28B)
copia
de
instancia
en
solicitud
de
reapertura
de
debates
de
fecha
diez
(10)
de
diciembre
del
año
dos
mil
d-oce
(2012),
al
Juez
Presidente
(interina)
de
la cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
instrumentado
por
el
Dr.
Federico
Antonio
Morales;
289)CopiadeContratodePoder,defechacinco(05)del
rnesdeoctubredelaño2ot3,debidamenteLegalizado
por
el
Licdo.
Ramón Enerio Moreta,
Abogado
Notario
Público
Para
La
Romana
290)CopiadeActoNo.:.oztlzot3,contentivode
referimiento
en
suspensión
de
efectos
de
poder,
de
fecha
doce
(12)
de
diciembre
del
año
20t3,
instrumentado
por
el
ministerial
Domingo
catillo
Villega,
Alguacil
ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
a
requerimiento
de
los
abogados
Licdos.
Bunel
Ramírez
Meran,
Jennifer
Aileen
Rodríguez
Luis
y
Héctor
Aníbal
Santillán
Faulkner;
291)
original
del
Acto
No.
to43l2ot3
contentivo
de
Notificación
de
inventario
de
documentos
depositados
por
ante
la
secretaria
de
la cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana
e
intimación
a
comunicación
de
documentos,
de
fecha
dieciocho
(12)
de
diciembre
del
año
2013,
instrumentado
por
el
ministerial
Domingo
catillo
Villega,
Alguacil
ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
a
requerimiento
de
los
abogados
Licdos.
Bunel
Ramírez
Meran,
lennifer
Aileen
Rodríguez
Luis
y
Héctor
Aníbat
Santillán
Faulkner;
2g2)
copia
de
contrato
de
Poder
de
fecha
diecisiete
(17)
del
mes
de
diciembre
del
año
dos
mil
trece
(2013)
entre
Andreury
Miguel
Figueroa
y
el
Lic.
Héctor
Aníbal
santillán
Faulkner;
293)
copia
de
contrato
de
Poder
de
fecha
diecisiete
(17)
del
mes
de
diciembre
del
año
dos
mil
trece
(2013)
entre
AmaurysMiguetFigueroayelLicdaJenniferAileen
Rodríguez
Luis;
\
§
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294)
Original
Acto
342-20L3
contentivo
de
Declaración
Jurada
de
fecha
diecisiete
(17)
del
mes
de
diciembre
del
año dos
mil
trece
(2013)
del
protocolo
del
Abogado
Notario
Público
Dr. Eugenio
Mariano;
295)
Copia
Fiel
Acto
342-20t3
contentivo de
Declaración
Jurada
de
fecha diecisiete
(17)
del
mes
de
diciembre
del
año
dos
mil trece
(2013)
del
protocolo
del
Abogado
Notario
Público
Dr. Eugenio
Mariano;
296)
Original
del
Acto
No.
tj44/20t3
contentivo
de
Desistimiento
de
los
servicios
profesionales
del
Licdo
Carlos
Manuel de
la
Rosa Castillo,
de fecha dieciocho
(12)
de
diciembre
del
año
2013,
instrumentado
por
el
ministerial
Domingo
Catillo
Villega,
Alguacil
Ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo del Distrito
ludicial de
La
Romana,
a
requerimiento
de los
señores
Andreury
Miguel
Figueroa
y
Amaurys
Miguel
Figueroa
;
297)
Original
de
instancia
en
solicitud
de
acta
de
audiencia
de
fecha
siete
(07)
del
mes
de
mayo del
año
dos
mil
catorce
(2014)
al
Honorable
Juez
Presidente
de
la
Cámara
Civil
y
Comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
instrumentado
por
los abogados,
Licdo, Carlos
de
Pérez Juan,
Dr. Teodoro
Ursino
Reyes;
298)
Original
de Acta
de
audiencia
de
fecha
diecinueve
(19)
de diciembre
del
dos
mil
trece
(2013)
expedida
por
la
Cámara
Civil
Y
Comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
a solicitud
del
Licdo. Carlos
de
Pérez Juan;
299) Copia
de
instancia
en
Formal
Recusación
por
sospecha
legitima
en
contra
del
Magistrado
Argenis
García
del
Rosario,
Juez
Presidente
de
la
Cámara
Civil
y
Comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
de
fecha
veinte
(20)
de
diciembre
del
año
dos
mil trece
(2013),
incoada
por
Dr.
Carlos
Manuel
de la
Rosa
Castillo,
300)
Original
de
instancia
en
solicitud
de
acta
de
audiencia
de
fecha
siete
807)
del
mes de
mayo
del año
dos
mil catorce
(2014),
a
solicitud
del
Lic. Carlos
De
Pérez
Juan;
301)
Original
de
Acta
de
audiencia
de
fecha
26 de
d'iciembre
del
año
dos
mil
trece
(2013)
expedida
por
la
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
a solicitud
del
Licdo.
Carlos
de
Pérez
Juan;
\
§
\
t,l
\
t'.
¡l
\
.r,
i\
{el
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302)
Original
de
Resolución
o2l2oL4
contentiva
de
designación
del
Magistrado
Maximiliano
Peguero
De,
Aza'
en
respuesta
a
Ia
Recusación
al
Magistrado
Argenis
García
'
del
Rosario,
de
fecha
ocho
(B)
de
enero
del
año
dgs,
rnil
catorce
(2014)
emitido
por
la corte
de
Apelación
.de
la
cámara
civil
y
comercial
del
Departamento
ludicial
de
San
Pedro
de
Macorís;
303)
Original
de
acto
No.2612014
contentivo
de
Notificación
en
Nulidad
de
efecto
de
Acto
No.1044/2AL3,
instrumentado
por
el
ministerial
victor
Deiby
canelo
santana,
Alguacil
de
Estrado
de
la
cámara
civil
y
Comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
a
requerimiento
de
los'señores
Andreury
Miguel
Figueroa
y
Amaurys
Miguel Figueroa;
304)
original
de
Ratificación
de
Poder
Especial
de
fecha
veinticutro
(24)
de
enero
del
año
dos
mil
catorce
(20L4)
entre
los
señores
Andreury
Miguel
Figueroa
y
Amaurys
Miguel
Figueroa
y
el
Dr.
carlos
Manuel
de
la
Rosa
Castillo;
305)
Copia
de
instancia
en
depósito
de
documentos
complementarios
interpuesto
a
Secretaria
de
la
Cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
instrumentado
por
los
abogados
Licdos. Bunel
Ramírez
Meran,
lennifer
Aileen
Rodríguez
Luis
y
Héctor
Aníbal
Santillán
Faulkner;
306)
Copia
de
instancia
en
desglose
de
documentos
interpuesto
a
Secretaria
de
la Cámara
Civil
y
Comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
instrumentado
por
los
abogados
Licdos.
Bunel
Ramírez
Meran,
Jennifer
Aileen
Rodríguez
Luis
y
Héctor
Aníbal
Santillán
Faulkner;
307)
copia
de
instancia
en
depósito
de
documentos
'.-
interpuesto
a
Secretaria
de la
Cámara
Civil
y
ComerclF'lji'
,,.,.i'1iii"'.,.
del
Distrito
Judicial
de
La Romana,
instrumentado
por'o§,,,
,";''.,.,i.'
abogados
Licdos.
Bunel
Ramírez
Meran,
lennifer
Aileen
1'
+''1-r'''
Rodríguez
Luis
y
Héctor
Aníbal
Santiltán
Faulkner;
t'-.k,;ii
:
i:
''l
3OB)
Original
del
Acto
No.
L46120L4,
contentivo
a
citación
a
audiencia
en
referimiento
fijada
para
el
jueves
L3/03/20 4,
de
fecha
once
(11)
del
mes
de
marzo
del
año
2AL4,
instrumentado
por
el ministerial
Domingo
castillo
Villega,
Alguacil
ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
ludicial
de
La Romana,
instrumentado
por
los
abogados
Licdos.
Bunel
Ramírez
Meran;
S
\
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lui
ñ\i
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la
r:-
,t.
r
=\1.
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309)
Original
de
instancia
en
solicitud
de
acta
de
audiencia
de
fecha
siete
(07)
del
mes
de
mayo
del
año
dos
mil
catorce
(2014) al
Honorable
luez
Presidente
de
la
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,instrumentadoporlosabogados'Licdo:Carlos
de
Pérez
Juan,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes;
310)originaldeActadeaudienciadefecha13demarzo
del
año
dos
mil
catorce
(2014)
expedida
por
la
cámara
civli
y
comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
a
solicitud
del
Licdo.
Carlos
de
Pérez
Juan
i
311)
Original
de
instancia
en
solicitud
de
autorización
de
grabación
de
audiencia
de
fecha
siete
(07)
del
mes
de
*uyodelañodosmilcatorce(2014)alHonorable]uez
Presidente
de
la
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
instrumentado
por
los
abogados,
Licdo.
Carlos
de
Pérez
Juan;
312)
original
de
instancia
en
solicitud
de
fijación
de
audiencia
y
depósito
de
documentos
de
fecha
once
(11)
delmesdemarzodelañodosmilcatorce(2014)al
secretaria
de
la
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
instrumentado
por
los
abogados,
Licdo.
carlos
de
Pére}
Juan,
Dr.
Teodoro
ursino
Reyes;
313)
original
del
Acto
No.
L44/20L4, contentivo
de
notificación
de
entrega
de
valores
de
fecha
diecinueve
(f9)
del
mes
de
marzo
del
año
20L4,
instrumentado
por
la
ministerial
María
Teresa
Jerez
Abreu,
Alguacil
ordinario
de
la
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,arequerimientodeCarlosManueldelaRosa
Castillo;
314)
original
del
Acto
No.
2482
l
20L3,
en
respuesta
al
acto
B3B/20t3,
de
fecha
diecinueve
(19)
días
del
mes
de
octubre
det año dos
mil
trece
(2013), Instrumentado
por
la
Ferrer
A.
columna,
Alguacil
ordinario
de
La
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana
a
requerimiento
de
María
Teresa
Jerez
Abreu;
315)originaldelActoNo.l4gl2oL4,contentivodeacto
de
rectificación
del
acto
l44l2o 4,
de
fecha
diecinueve
(19)delmesdemarzodelaño2oL4,instrumentadopor
la
ministerial
María
Teresa
Jerez
Abreu,
Alguacil
ordinario
de
ta
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
t.A
Romana,arequerimientodeCarlosManueldelaRosaWJ
Castillo;
§
\-¡
r, i\ r
r l 1
t
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316)
Original
del
Acto
No'
t45l2}t4'
cont:l1t'Y:
d:
noti*licación
en
desapoderamiento
de
fecha
diecinueve.,
(19)
del
mes
de
marzo
del
año
2Ot4'
instrumen "q9
p9'
'
laministerialMaríaTeresaJerezAbreu,Alguacilordinario
delaCámaraCivilyComercialdelDistrito]udicial.deLl
Romana,arequerimientodeLic.WashingtonWanderpool
Ramírez;
317)
Original
del
Acto
No'
t46l2OL4'
contentivo
de
notificaciónendesapoderamientodefechadiecinueve
(19)delmesdemarzodelaño2ot4,instrumentadopor
laministerialMaríaTeresaJerezAbreu,Alguacilordinario
delaCámaraCivilyComercialdelDistrito]udicialdeLa
Romana,arequerimientodeLic.WashingtonWandelpool
Ramírez;
318)
Original
de
instancia
en
solicitud
de
acta
de
audiencia
OL
fecna
siete
(07)
del
mes
de
mayo
del
año
dosmilcatorce(2014)alHonorabteJuezPresidentedela
Cá¡.naraCivilyComercialdelDistrito]udicialdeLa
Romana,
instrumentado
por
los
abogados'
Licdo'
Carlos
de
Pérez
Juan,
Dr'
Teodoro
Ursino
Reyes;
319)originaldeActadeaudienciadefecha20demarzo
delañodosmilcatorce(2014)expedidaporlaCámara
CivilyComercialdelDistritoludicialdeLaRomana'a
solicitud
del
Licdo'
Carlos
de
Pérez
Juan;
320)
Originat
del
Acto
No'
310/20L4'
contentivo
de
acto
deadvertenciadefechaveintisiete.(27)delmesdemarzo
delaño2ot4,instrumentadoporelministerialWilkin
Ciprian
Ogando,
Alguacil
de
estrados
de
la
Corte
Penal
de
SP,
a
requerimiento
del
señor
Amaurys
Miguel
Figueroa;
321)OriginaldelActoNo'3tU2Ot4'contentivodeacto
de
advertencia
de
fecha
veintisiete.(27)
del
mes
de
marzo
detaño2ot4,instrumentadoporelministerialWilkin
Ciprian
Ogando,
Alguacil
de
estrados
de
la
Corte
Penal
de
SP,arequerimientodelseñorAndreuryMiguelFigueroa;
322)
Copia
de
Sentencia
O3/20t4
contentiva
de
Reapertura
de
debates
expedida
por
la
Cámara
Civil
y
Comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana;
323)
Original
del
Acto
No'
32^g./-'^9t.o'
contentiva
de
notificación
de
Sentencia
03l2Ot4
contentiva
de
Reapertura
de
debates,
de
fecha
trece
(13) del
mes
de
mayo
del año
ZOLa,
instrumentado
por
el
ministerial
\
i
\
,\
\\
r \'r.
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rrt\
1.j
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DomingoCastilloVillega,AlguacilordinariodelJuzgado
de
Trabajo
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana'
-
a
requerimientodeLicdo.CarlosdePérezJuan'Dr'
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Lic'
Bunel
Ramírez
Meran;
324)
Original
del
Acto
No'
19612074,
conte¡tivo
q'
citacióndereferimientoensuspensióndeefectosde
poder,
de
fecha
siete
(7)
del
mes
de
mayo
det
año
20L4'
instrumentado
por
el
ministerial
Domingo
castillo
villega,
Aiguacil
Ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
ludiciat
de
La
Romana,
a
requerimiento
de
Licdo.
carlos
de
Pérez
Juan,
Dr.
Teodoro
urSinO
Reyes
y
Lic'
Bunel
Ramírez
Meran;
325)
original
de
instancia
en
solicitud
de
autorizaciÓn
de
grabacióndeaudienciadefechasiete(07)delmesde
,uyodelañoclosmilcatorce(2014)alHonorableJuez
presidente
de
la
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
instrumentado
por
los
abogados'
Licdo.
Carlos
de
Pérez
Juan;
326)
Original
de
instancia
en
solicitud
de
certificación
de
depósitos
de
fecha
nueve
(09)
del
mes
de
mayo
del
año
dos
mil
catorce
(20t4)
al
Honorable
luez
Presidente
de
la
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,instrumentadoporlosabogados,Licdo.Carlos
de
Pérez
Juan;
327)originaldeinstanciaensolicituddeactade
audiencia
de
fecha
nueve
(09)
del
mes
de
mayo
del
año
oss
mil
catorce
(2014) al
Honorable
luez
Presidente
de
la
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,instrumentadoporlosabogados,Licdo.Carlos
de
Pérez
Juan,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes;
328)originaldeinstanciaensolicituddeactade
audiencia
de fecha
nueve
(09)
del
mes
de
mayo
del
año
dos
mil
catorce
(2014) al
Honorable
luez
Presidente
de
la
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,instrumentadoporlosabogados,Licdo.Carlos
de
Pérez
Juan,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes;
32g)originaldeCertificaciónenrespuestaalasolicitud
de
documentos
depositados
de
fecha
catorce
(14)
del
mesdemayodelañodosmilcatorce(2014)expedido
por
la
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana;
\
t
€
S¡
1,1
;
1J
i\'.
;1. l'
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330)
Original
de
instancia
en
solicitud
de
certificación
de
depósito
de
escrito
ampliativo
de
mgdios
y
conclusiones
por
parte
de
carlos
de
la
Rosa
de
fecha
veintinueve
(29)
delmesdemayodelañodosmilcatorce(2014)al
Honórable Juez Presidente
de la
Cámara Civil
y
Comercial
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
instrumentado
por
Carlos
de
la
Rosa;
331)_
copia
de
sentencia
LLO5120L4
contentiva
de
referimiento
en
solicitud
de
suspensión
de
poder
de
fecha
quince
(15)
de
octubre
del
año
dos
mil
catorce
(2014)
expedida
por
la
cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romanal
332)
Original
de
instancia
en
solicitud
de
Desglose
de
Documentos
del
Expediente
No.195-13-01456
de
fecha
treinta
(30)
de
marzo
del
año
dos
mil
quince
(2015)
a
la
secretaria
de
la cámara
civil
y
comercial
del
Juzgado
de
Primera
Instancia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
a
requerimiento
de
los abogados
Lic.
carlos
De
Pérez
Juan
y
Dr.Teodoro
Ursino
ReYes;
333),.
Copia
fotostática
de
depósito
de
Instancia
de
Recusación
(manuscrita)
dirigida
a
la cámara
civil
y
comercial
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
en
fecha
veinte (20)del
mes
de
diciembre
del
año dos
mil
trece
(2013) suscrita
por
el
Dr.
Carlos
Manuel
De
La
Rosa
Castillo
contra
el
Magistrado
Argenis
García
por
"sospecha
legítima".
334)
original
del
Acto
No,
LO¡Ol2}l3,
contentivo
de
demanda
en
nulidad
de
contrato
de
poder
de
fecha
doce
(12)
del
mes
de
diciembre
del
año
20t3,
instrumentado
por
el
ministerial
Domingo
castillo
Villega,
Alguacil
ordinario del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
a
requerimiento
del
Lic. carlos De
Pérez
.
J
uan.
335)
copia
Poder
copia
de
contrato
de
Poder,
de
fecha
Cinco
(05)
del
mes
de
octubre
det
año
20L3,
debidamenteLegalizadoporelLicdo.RamónEnerio
cedeño
Moreta,
Abogado
Notario
Público,
otorgado
por
AmaurysMiguelFigueroayAndreuryMiguelFigueroa.
336)
Original
del
Acto
Notificación
de
sentencia
No.
6912015,
contentivo
de
y
Recurso
de
APelación
Parcial,
+r
lrl.- r
ri
).
(.
;§,
\i
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de
fecha
veintiocho
(28)
del
mes
de
enero
det
año
2015,
instrumentado
por
ei
ministerial
Domingo
Castillo
Villega,
Alguacil
ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
a
requerimiento
del
Lic' carlos
De
Pérez
Juan,
Lic.
Domingo
suzaña
Abreu,
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Lic'
Bunel
Ramírez
Meran'
337)
original
del
Acto
No.
180/2015,
contentivo
de
Recordatorio
o
Avenir,
de
fecha
veinticuatro
(24)
del
mes
dd
febrero
del
año
2015,
instrumentado
por
el
ministerial
Domingo
castillo
Villega,
Alguacil
ordinario
del
Juzgado
de
Trabajo
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
a
requerimiento
del
Lic.
Carlos
De
Pérez
Juan'
338)
Original
Acto
No.
55/
2015,
contentivo
de
Formal
Recurso
de
Apelación
en contra
de la
sentencia
emitida
por
la cámara
civil
y
comercial
del
Juzgado
de
Primera
Instancia
del
Distrito
ludicial
de
La
Romana,
marcada
con
el
No.1105/20L4,
de
fecha
trece
(13)
del
mes
de
febrero
del
año
dos
mil
quince
(2015),
instrumentado
por
el
Ministerial
Lindo
Mejía
Alguacil
del
Tribunal
de
Niños,
Niñas,
Adolescentes
y
Familia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
a
requerimiento
de
carlos
Manuel
de
la
Rosa
Castillo
y
Lic
Francisco
Ant.
Gómez;
339)
copia
de
contrato
de
poder
de
fecha dieciséis
(16)
del
mes
de
octubre
del
año
dos
mil
doce
(2012)
entre
los
señores
Ismaurys
Mercedes
Reyes,
Amaurys
Miguel
Figueroa
y
Andreury
Miguel
Figueroa
y
el
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes
Y
Lic. Carlos
De
Pérez;
340)
Original
de
instancia
en
solicitud
de
Fijación
de
audiencia
de
fecha
dos
(02)
del
mes
de
febrero
del
año
cjus
mil
quince
(2015)
a
la secretaria
de
la cámara
civil
y
comercial
de
la
corte
de
Apelación
del
Departamento
Judicial
de
san
Pedro
de
Macorís,
instrumentado
por
los
abogados
Dr,
Teodoro
ursino
Reyes
y
Lic. carlos
De
Pérez;
341)
original
de
instancia
en
solicitud
de
Fijación
de
audiencia
de
Apelación
Incidental
de
fecha
dieciocho
(18)
del
mes
de
febrero
del
año
dos
mil
quince
(2015) a
la
secretaria
de
la
cámara
civil
y
comercial
de
la
corte
de
Apelación
del
Departamento
ludicial
de
san
Pedro
de
Macorís,
instrumentado
por
el abogado
Lic.
carlos
De
Pérez;
\
\
*S
r-i.
1".
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'§¡
\1,,
b*
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
http://slidepdf.com/reader/full/sentencia-010-2015-colegio-de-abogados-inhabilitacion-de-carlos-de-la-rosa 68/79
342)Copiadelactono'31212013defechadiecinuel1
(19)deagostodelañodosmitrece(2013),contentivo'.de
laDemandaenReconocimientodeComunidadi}
subsidiariamente
en
sociedad
de
Hecho
y
Liquidación
pot'
Sucesión,
instrumentada
por
el Lic'
Carlos
De
Pérez;
'
'
343)
Recurso
de
casación
interpuesto
por Emmanuel
Marie
Pierre
Guigou,
en
contra
de
la
resolución
26-20t3
de
fecha
LTlt1li1l3
dictada
por
la
Corte
de
Niños
Niñas
y
Adolescentes
de
San
Pedro
de
Macorís;
344)RecursodecasacióninterpuestoporJuanEnrique
Güílamo
santana,
en
contra
de
la
resolución
25-2013
de
fecha|7/Lol2ol3dictadaporlaCortedeNiñosNiñasy
Adolescentes
de
San
Pedro
de
Macorís;
345)
Resolución 26-20L3
de
fecha
L7lt0/2ot3
dictada
porlaCortedeNiñosNiñasyAdolescentesdeSanPedro
de
Macorís
346)
Original
del
Acto
634120L4
del
protocolo
del
ministerial
Domingo
castillo
villega,
ordinario
del
Juzgado
deTrabajodelDistritojudicialdeLaRomana,contentivo
de
la
intimación
de
pioducción
de
documentos
y
citación;
347)
copia
Fotostática
de
la
solicitud
de
Notificación
de
D.¡ctamen(ComisiónRogatoria),marcadaconelnúmero
oigrg,
de
fecha
0g
de
julio
del
20t4,
y
sus
respectivos
anexos;
348)
copia.Fotostática
del
acto
número
625/20L4
de
rácna
LOIOT
lZOt
,
contentiva
de
la
notificación
de
dictamen
a
las
Partes.
para
sustentar
su
defensa
\
<
-¡
-\
{\
r\
\
\\
RESULTA:
Que
la
Parte
querellada
depósito
los
siguientes
documentos:
1.
Poder
de cuota Litis,
de
fecha
once
(11)
del-mes
de
octubre
del
',
í,-"
*'
año
dos
m¡r
Oócá
(iotz),legalizado'poi
et
DR. LUIS
ARMANDg;
'"
'',i.'-,
üUtrló7
ünVnÑ,
aüogaOA'
noiar¡o
público
de
los
del
número
f,"..qt
,-r,'..',,',,
municipio
de
La
Romana'
t
'
-
,'...i
,i'-.
2.
poder
de
cuora
Litis,
de
fecha
dieciséis
(16) del.T-"-:jL":,:i*k.i{-''r.-'
.,t
-
del
año
(ZOfá),
tág'atizaOo
po¡
el
DR.
LUIS
ARMANDO
MUNOZ';".,';l'','iti',
BRyAN,
anogá'do
notario
público
de
los
del
número
del
':
"'
municiPio
de
La
Romana.
3.
poder
Ue
cuota
Litis,
(ADÉNDUM
al
poder
del
11 de
octubre
del
'
ílial¿.,i:;r'É*[* '?.i'i
t'i
o;,;§"l.-$iklü
$',i31
ug
BRYAN,
aoóbaoó
notario
público
de
los
del
número
d
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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4.
municipio
de
La Romana.
Poder
de
Cuota
Litis,
de
fecha
ocho
(08)
del
mes
de
enero
del
año
dos
mil
trece
(2ó13),
contentivo
de
la
incorporación
del
DR.
TEODORO
URSINO
REYES,
al
proceso
como
parte
contraria'o
adversa
Instancia
de
fecha
veinticuatro
(24)
de
octubre
del
dos
mil doce
(}OLZ), contentivo
de
solicitud
de
formación
de
Consejo
de
Familia.
6.
Instancia
de
fecha
cinco
(5)
de
julio
del
año
dos
mil
trece
(2013),
contentiva
de
solicitud
de
formación
del
consejo
de
familia
suscrito
por
la
DRA.
MARÍA
GUERRERO
DE
REYNA.
7.
Acta
de
deliberación
del
conseio
de
familia
de
fecha
31
de
julio
del
(2013).
B.
Certificación,
emitida
por
el
Tribunal
de
Niño,
Niñas,
Adolescentes
Y
Familia
Del Distrito
Judicial
De La
Romana,
de
fecha
once
(11)
del
mes de
enero
del
año
dos
mil
trece
(2013),
contentirva
de
otorgación
de
la
guarda
del
menos
a
favor
de
la
señora
ISMAURYS
MERCEDES
REYES.
9.
Sentencia
No. 33/2013,
de
fecha
siete
(7)
del
mes
de
octubre
del
año dos
mil trece
(2013), contentiva
de
la
designación
del
DR.
LUIS
ARMANDO
MUÑOZ
BRYAN,
como
administrador
y
secuestrar¡o.
10.
Poder de
cuota
Litis,
de
fecha
cinco
(05)
del
mes
de
octubre
del año
dos
mil trece
(2013). Legalizado
por
el
LICDO.
RAMÓN ENERIO CEDEÑO
MORETA,
abogado
notario
público
de
Ios del
número
del
municipio
de
La
Romana.
11.
Notificación.de
Poder
marcado
con
el acto
630l2OL3,
de
fecha
siete
(7)
del
mes
de
octubre
del
año
dos
mil
trece
(2013),
instrumentado
por
la
ministerial
MARIA
TERESA
JEREZ
ABREU,
alguacil
ordinario
de
la Cámara
Civil
Del
Juzgado
De
Primera
Instancia
Del
Distrito
Judicial
De La
Romana.
t2.
Resolución
No.
26/20t3,
de
fecha
diecisiete
(17)
de
octubre
del
dos
mil
trece
(2013),
emitida
por
la
Corte
De
Apelación
de
Niños,
Niñas,
Adolescentes
Y
Familia
Del
Departamento Judicial
De
San
Pedro
De
Macorís.
13.
Acto
No. 328/2014
con
todos
sus
anexos,
de
fecha
oncqj
(11)
de
junio
del
año
dos
mil
catorce
(20L4),
del
protocolo
d'sü"
ministerial
DIOSTENES
HIDALGO
JIMENEZ,
ordinario
de
ilá
Cámara
Penal
de
la Corte
Oe
npáfac¡ón
Del
Departam"ntó.'j,
Judicial
De San
Pedro
De
Macorís.
'.:",
L4.
Instancia
querella
en
contra
del abogado
y
diputado
de
La
República,
DR.
TEODORO
URSINO
REYES,
depositada
en
la
Procuraduría
General
de
La República.
15.
copia
del
acto
625/2014,
de
fecha
dieciséis
(16)
de
julio
del
20L4, contentivo de
notificación de
dictamen No.
1338.
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§'
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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16.
Copia
del
escrito
de
objeción
al
dictamen
de
la
procuraduría
General
de
La
República,
depositado
en
fecha
veintiuno
(21)
de
julio
del
año
dos
mil
catorce
(2014).
-,
.
t7.
copia
de
la sentencia
número
1105/2014,
de
fecha
quince
de octubre
del
2014,
emitida
en materia de
referimiento, por
la
cámara
civil
Del :uzgado
De
Primera
Instancia
Del
Distrito
ludicial
De
La
Romana.
18.
Copia
de
la
sentencia
No.
203/2015,
de
fecha
quince
(15)
de
junio
del
2015,
emitida
por
la
Cámara
Civil
y
Comercial
de
ta
Corte
de
APelación.
19.
Copia
de
la
sentencia
No.
0212015,
de
fecha
diez
(10) de
agosto
del
2015,
emitida
por
el
Tribunal
de
Niños,
Niñas,
Adolescentes
Y
Familia
De
La
Romana'
20.
Copia
del
cheque
No. 358884,
por
valor de
ciento
ochenta
y
ocho
mil
dólares,
monedas de los Estados
Unidos'
2L.
copia
de
una
relación
de
gastos
suministrada
por
la
oficina
del
DR.
LUIS
ARMANDO
MUÑOZ
BRYAN,
donde
destaca
la
emisión
del
cheque
No.54554.
22.
Copia
de
la
querella
con
constitución
9n-;lqg
-.civil
interpuesta
en contra
de
los
señoies
CARLOS
DE
PEREZ
JUAN
LUIS
ARMANDO
MUÑOZ
BRYAN
Y ]UAN
ENRIQUE
GUILAMO.
23.
Original
de
certificado
médico
de
fecha
veintiocho
(28) del
mes
de
septiembre
del
año
dos
mil
quince
(2015)
expedido
por
el Centro
Medico
Oriental
C
por
A'
firmado
por
Dra.
Caridad
de
Los
Santos
RESULTA:
Que
a
la
audiencia
fijada
y
celebrada
por
este
Tribunal
Disciplinario,-en
fecha.29
de
octubre
del
año
20L5,
comparecieron
las
partes
debidamente
representados
por
sus
abogados'
RESULTA:
Que
ya
iniciada
la
audiencia
el
abogado
del
quereltado
decidió
bajai
de
ástrado
pese
a
la advertencia
de
q.ue
si
lo
hacia
e[
tribunal
continuaría
conociendo
el
proceso
y
le
tomaría
el
defecto.
Que
el
demandante
para
sustentar
su
querella
presentó los
documentos
prObatoriOs,
que
Se
enumeran precedentemente'
CoNSIDERANDO:
Que
este
Tribunal
se
encuentra
apoderado
p_ard-el',¡
-?
\L
-a
\
xl:\
,d'i \r.
i i\
Ñ,
I
conocimiento
de
la
querella
presentada
por
el
LIC.
CARLOS
DE
PEREZT
;,".
r, ¡Af,r
^-
^^-üú^
-r^r
F¡Et
.^E I .¡e MAN|ltrl FlF I A ROSA
CASTILLO,
':','."
JUAN
en
contra
det
bn.
CARLOS
MANUEL
DE
LA ROSA
CASTILLO,'1''"i;;;
por
presunta
violación
a los
artículos
66,
68,
69
Y
70
del
Código
de
Ética
del
profesional
del
derecho.
CONSIDERANDO:
Que
la
querella fue
admitida
por
la
Fiscalía
Nacional
de
este
colegio de
Abogados
en contra del
querellado
DR.
CARLOS
MANUEL
DE
LA
ROSA
-CASr¡UO,
por
presunta violación
a
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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los
artículos
66,
68,
69
y
70
del
Código
de
Ética
del
profesional
del
derecho,
siendo
ápoderado
este
tribunal
Disciplinario
pala
el
conocimiento
del
fondo.
CONSIDERANDO:
Que
antes
de
adentrarnos
al
conocimiento
Ou
fa
querella debemos examinar nuestra
competencia
para
el
asunto
jlanteado,
y
verificando
que
se
trata
de
una
querella
discipl1naria
tontra
un
abogado
hemos
reconocido
que
tenemos
competencia
para
conocer
y
decidir
el asunto.
CONSIDERANDO:
Que
de
los
documentos
depositados
en
el
expediente
se
revelañ
las
pruebas
que
han
conducido
a
la
parte
qu'eretlante
a
justificar
su
acción
en
contra
del
DR.
CARLOS
MANUEL
DE
LA
ROSA
CASTILLO'
CONSIDERANDO:
Que
entre
las
piezas
depositadas
en
el
expediente,
específicamente
el
documento depositado
en
el
numeral
cinco
de
la
instancia,
es
el
acto
No.
630/2013,
contentivo
de
Notificación
de
contrato
de
cuota
litis
y
revocación
de
poder,
de
fecha
siete
(7)
del
mes
octubre
del
año
dos
mil
trece
(2013),
instrumentadg
por
la
ministerial
María
Teresa
Jerez
Abreu,
Alguacil
ordinario
de
la Cámara
Civil
y
Comercial
del
Juzgado
de
Primera
Instancia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana
a
requerimiento
de
Carlos
De
La Rosa,
el
cual
entre
otras
cosas
dice:
"Le
he
notificado
al
LIC.
CARLOS
DE
pÉREZ,
que
mi requiriente
le
desapodera...
y
que
presente
Su
estado
de
costas
y
honorarios
para
que
Sean
aprobados...".
\
<
-t
ñ\'.
l\\ '\
11
\
\i
\
}§
\
CONSIDERANDO:
Que
al
estar
este
acto
No.
630/2013,
realizado
a
requerimiento
de
los
señores
ANDREURY
MIGUEL
FIGUEROA
y
AMAURYS
MIGUEL
FIGUEROA,
ISMAURYS
MERCEDES
REYES,
quienes
tienen
como
abogado
constituido
y
apoderado
especial
al
DR'
CARLOS
MANUEL
DE
LA
ROSA
CASTILLO,
son
inequívocamente
las
mismas
personas
que
dieron
poder
para
los
mismos
fines
al
LIC.
CARLOS
DE
PÉREZ,
según
se desprende
de
los
medios
de
pruebas
aportados
por el
querellante
a saber:
a)
Contrato
de
Poder,
de
fecha
once
(11)
de
octubre
del
año
dos
mil
doce
(}OLZ)
suscrito
por
lo-S
"'
señores
Amqurys
Miguel
Figueroa,
Andreurys
Miguel
Figueroa,
L¡C;
carlos
De
Pérez
Juan
y
Dr.
Teodoro
urSino
Reyes,
cuyas
firmaé,:'1
fueron
legalizadas
por
el
Dr.
Luis
Armando
Muñoz
Bryan,
notari6'
:'''
público
de
los del
número
para
La
Romana;
b)
Contrato
de
Poder
de.''
fecha
dieciséis
(16)
de
octubre
del
año
dos
mil doce
(2OtZ),
debidamente
registrado
en
la
Procuraduría
General
de
la
República
y
apostillado,
suscrito
entre
los
señores
Ismaurys
Mercedes
Reyes,
Amaurys Miguel
Figueroa,
Andreurys
Miguel
Figueroa
y
Louis
Pierre
Roger
Modesto
Guigou
Figueroa
y
el
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes
y
Lic'
?l
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
http://slidepdf.com/reader/full/sentencia-010-2015-colegio-de-abogados-inhabilitacion-de-carlos-de-la-rosa 72/79
Carlos
De
Pérez
Juan;
y
c)
El
Primer
Adéndum
de
contrato
al
poder
suscrito
en
fecha
11 del
mes
de
octubre
del
año
2Ot2
intervenido
entre
los
señores
Amaurys
Miguel
Figueroa,
Andreurys
Migue["
Figueroa,
Lic.
Carlos
De
Pérez
Juan
y
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes,
de
fecha
cuatro
(4)
del
mes de
enero del
año
dos mil
trece (2013)
cuyas
firmas
fueron
debidamente
legalizadas
por
el
Dr.
Luis
Armando
Muñoz
Bryan,
suscrito
por
los
señores
Dr.
Teodoro
Ursino
Reyes,
Lic'
Carlos
De
Pérez
Juan,
Amaurys
Miguel
Figueroa,
Andreurys
Miguel
Figueroa
y
Dia.
María
Guerrero
De
Reina;
CONSIDERANDO:
Que
al
margen
de
lo anteriormente
planteado,
existe
vasta
documentación
corroborativa
como
lo
son
las
actas
de
audienciaS,
instancias,
autos
y
Sentenc¡aS,
anteriores
al
presUnto
"desapoderamientg",
ante
Cuya
existencia
no
puede
alegar
el
DR.
CARLOS
MANUEL DE
LA
ROSA
CASTILLO que
desconocía
que
el
LIC, CARLOS
DE
pÉneZ
JUAN,
estaba
apoderado
toda
vez
que
en
el acto
No.
630/2013,
content¡vo
de
Notificación
de
contrato
de
cuota
litis
y
revocación
de
poder,
de
fecha
siete
(7)
del
mes
octubre
del
año
dos
mil
trece
(2013),
instrumentado
por
la
ministerial
María
Teresa
Jerez
Abreu,
Alguacil
Ordinario
de
la Cámara
Civil
y
Comercial
del
Juzgado
de
Primera
Instancia
del
Distrito
Judicial
de
La
Romana,
puesto
que
no
solo
le
comunica
que
los
requerientes
"LE
DESAPODERAN"
sino
que
también
lo invita
a
"PRESENTAR
ESTADO
DE COSTAS
Y
HONORARIOS".
CONSIDERANDOI
Que
nuestra
Suprema
Corte
de
Justicia
ha
juzgado y
decido:
'tPara
que
un
abogado
intervenga
como
mandatario
ad-litem
de
un
litigante
que ya
tiene
a otros
colegas
representándolo
en
la
litis,
es
preciso
que
se asegure
de
que
los
honorarios
de
los
abogados
sustituidos
les han
sido
pagados
o
garantizados,
salvo
los
casos
de
renunc¡a
expresa
al mandato,
o
por
muerte
o
por
cualquier
otra
causa
que
imposibilite
el
ejercicio
profesional.
No.
01,
Ter.,
May.
2006,
B.J.
1146.
CONSIDERANDO: Que
nuestra
Suprema Corte
de
Justicia,
también
he
establecido:
"si
una
de
las
partes,
cuestiona
las
obligaciones..'
surgidasdelcontratodecuotaLitis,debeSerreSueltapormedio¡dd
un
proceso
contencioso,
a
fin de
que
puedan,
usando
el
principio
'dq
,
-
'.j
i
''
la contradicción
procesal,
aportar
y
discutir
|as
pruebas
y
alegatos,:
i'"-
:
'
verificar
y
contradecir
Sus
resultados."
Cuando
no
han
sido"'i.,
;;)
t.'
..
satisfechos
¡os
honorarios
del
abogado
sustituido,
la
sustitución
no
puede
ser
aceptada
y
tampoco
puede
tomarse
en
cuenta
el
escr¡to
del
abogados
sustituyente.
No.
20,
Ter.,
lul.
2006,
B.J.
LL4B.".
\
<-
.{.S
l'i i\
ht: ¡ \
I t r \
tll t
\
ií
\i
ir
1
C_
f:,
.-\\
:ñ
11,
Page 73
7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
http://slidepdf.com/reader/full/sentencia-010-2015-colegio-de-abogados-inhabilitacion-de-carlos-de-la-rosa 73/79
coNslDERANDO:
Que
aplicando
los
criterios
jurisprudenciales
¿ntes
citados
dictados
por'nr"=tro alto
tribunal,
asimismo
en
aplicacig¡
{e]
texto
legal
que
sustenta
la
acusación,
esto
es
los
artículos
66,
68,
69'
,
,
y
,0
Oei
CO'Oig"
á"
Ética
del
Profesional
del
Derecho,
.en
atención
a
los
hechos
narrados
por
las
partes
y
sustentados
en
los
mediOs
de
pruebas
deposi,tados en tiempo
hábii,
en
ejercicio
de,.subs,ulci?n.
qe
irechos,
derecho
y
jurisprudencia
este
tribunal
ha
podido
determinar
qrá
"n'primer
rugai
los
señores
ANDREURY
MIGUEL
FIGUERoA
y
AMAURYS
MIGÚEL
FIGUEROA,
ISMAURYS
MERCEDES
REYES,
han apoderado-;pri;;
términb
al
LIC.
CARLSS
DE
PÉRE7
IUAN
para
conocer
de
una
demanda
en
partición de
bienes
y
su
correspondiente
partición;
en
segundo
lugar
que los mismos
señores,
han
apoderado
at
DR.
CARLOS
lqnruUfl
DE
LA
ROSA CASTILLO,
sin
haber
desinteresado
al
abogado
anterior,
dígase
el
LIC'
CARLOS
DE
pÉÁfZ
jUnru;
en
tercer
lugar
que
el
letrado
DR.
CARLOS
MANUEL
DE
LA
ROSA
no
ha tomado
la
cautela
y
la
precaución
necesaria
dispuesta
tanto
por la
Ley
como
por
la
Jurisprudencia,
eS
decir,
asegurarse
que
los
honorarios
del
LIC.
CARLOS
DE
PÉREZ
IUAN
han
sido
debidamente
pagados
o
garantizados,
lo
que
per
se,
constituye
una
violación
a
lo
es--tablecido
po¡.
el Código
de
Ética
del
Profesional
del
Derecho,
como
se
indicará
más
adelante.
CONSIDERANDO:
Que
en
los documentos
aportados
por
la
parte
,
querellada,
transcritoi
líneas
atrás,
esta
no aporta
ningún
medio
de
prueOa
que
deje
establecido
pago
.alguno
en
beneficio
del
LIC'
bAnlOS'DE
PÉREZ
JUAN,
acto
auténtico
o
bajo
firma
privada
que
garantice
la
acreencia
del
letrado
respecto
a
los
honorarios
[roducidos
en
ocasión
del
proceso
en
cuestión,
sentencia definitiva
que
to desapodere
o
resuelva
los
contratos
de
poder,
oferta
real
de
pugo,
ni
*éO¡o
probatorio alguno
que
haya
podido
establecer
que
na6ia
sido
satisfecho
loÉ
honorarios
el
querellante.
CONSIDERANDO:
Que
el
artículo
1315
del
Código
Civil
de
la
nepública
Dominicaná,
copiado
textualme.nte
dice
lo
siguiente:
*El
qu;
reclama
la
ejecución
de
una
obligación
debe
probarla'
Recíprocamente,
el
que
pretende
estar
libre,
debe
justificar
el
pago
o
el
hecho
que
ha'producido
la extinción
de
su
obligación".
CONSIDERANDO:
Que
los
medios
de
pruebas
aportados
por
el
querellante han
sidó
suficientes
para
destruir
la
presunción de
inocencia
del
querellado
y
ha
quedado
demostrado
en
el
nre¡11t9
fro.u.o
que
la
conducta
del
DR.
CARLOS
MANUEL
DE
LA
RosA
CASTILLO
es
sancionable,
ya
que
éste
ha
incurrido
en
viotaciónlali
I
Código
de
Etica
del
Pro-fesional
d'el
Oerecho,
en
perjuicio de
su
colegd:'
eI
LII.
CARLOS
DE
PÉREZ
JUAN.
CoNSIDERANDO: Que
el
artículo
1 del
código
de
ética
establece
como
deberes
eseniiales
del
abogado
el
actuar
con
probidad,
independencia, moderación
y
confráternidad. Además
su
conducta
\
§
{.
i\
\.,,
i
'
l'1r
\:'u
\i
1.
rt'--
r..
4b
Page 74
7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
http://slidepdf.com/reader/full/sentencia-010-2015-colegio-de-abogados-inhabilitacion-de-carlos-de-la-rosa 74/79
,u
jamás
debe
infringir
las
normas
del
honor
y
la
delicadeza
a
todo
-hombre
o
mujer
de
b¡en.
CoNSIDERANDO: Que
el artículo
2
del
mismo
código
gxpresa"
'
textualmente
lo siguiente:
"el
abogado
no
deberá
olvidar
que
el
derecho
de
represeñtac¡ón
se
le otoiga
en
consideración
a
s-u'título
y
no
le
faculta
para
actuar
en
beneficio
propio, sino,
que
antes
bien,
cuanto
obtuviere
dentro
de
su
gestión
pertenecerá
exclusivamente
a
su
cliente".
QQN§IDERANDO:
Que
el
articulo
66
del
mismo
código
expresa
textualmente
lo
sigüiente
"Entre
los
Abogados
deberá
existir
un
espíritu
de
fraternidád
que
enaltezca
la
profesión,
así
coma
un
mutuo
respeto,
sin
que
inftuya
en
ettos
la animadversión
de
las
partes; se
atbétendrán
cuidadosa'mente
de
expresiones
maliciosas,
y
de
aludir
a
antecedentes
personalest
ideológicos,
políticos
o
de
otra
naturaleza'
de
sus
colegas.
Et
Abogado
deberá
ser cortés
para
-con
esfos
Y
ayudartes
en
ta
sotucióÁ
de
inconvenientes
momentáneos
cuando
debido
a
causas
que
na
le
sean
imputables,
tales
como
ausenc¡as
imprevistas,
enfermedad,
duelo,
o
fuerza
mayor,
no
puedan
as.istir
a
sus
clientes.
No deberá
apartarse,
ni
attn
por
apremio
de
sus
clientes'
de
los
dictados
de
ta decencia
Y
del
honor'
"
QQNSIDERANDO:
Que
el
articulo
68
del
mismo
código
expresa
textualmente
lo
siguiente:'Todo
Abogado
que
sea
requerido
para
encargarse
de
un
ásunto
deberá
asegurarse
antes
de
aceptar,
que
ningúñ
colega
ha
sido
encargado
previamente
del
mismo
asunto'
Si
sustituye
a
un
colega, deberá
cerciorarse
de
que
éste
se
ha
desinteresado
completamente
del
asunto'
CoNSIDERANDO: Que
el
articulo
69
del
mismo
código
expresa
iextualmente
lo
sigüiente:"El
.Abogado
no
deberá
intervenir
en
iápiáiá.tación
de
una
persona
cuyo
asunto
esté
en
manos
de
un
.oiega
sin
dar
previo
áviso,
excepto
en.
aquellos
casos
de
retiro
e*páso
de
éste.
Cuando
la
intervención
de
un
colega
no
es
descubierta
-EiÁo
después
de
haber
aceptado
el
asunto,
deberá
darle
;;6;¿
áito
in*.diatamente.
En
todo
caso,
el
Abogado
está
en
la
óUiigac¡On
de
asegurarse
de
que
los
honorarios
de
su
colega
han
sido
pagados o
garantizados."
69N5IDERANDO:
Que
el
articulo
70
del
mismo
código
"*p'"'u:
textualmente
lo
siguiénte:"Cuando
un
Abogado
haya
de
sustituir
a
un,
colega
precedentemente
encargado
del
asunto
o
de
asuntos
conexos'
deberá
ofrecerle
sus
buenol
oficios
para
hacerle
obtener
la
remuneración
juita
que
le
fuere
debida,
y
si
no
lograra
que
.el
cliente
Satisfaga
a
su
tolega
deberá
rehusar
p'estarle
sus servicios.
"
coNsIDERANDO: Que
en
el
ejercicio
del
derecho,
la
parte
querellada,
DR. CnnlOS
MANUÉL
DE
LA
ROSA
CASTILLO,
iometió
los
actos
ilícitos
que
implican una
violación
franca
y
aviesa
\
.-<
\)
-.\¡
i\l
\'{
t',
f. li
\,.
\
,,
\
\i
,'F\.
t-"
'.\
\§-
"-r§
?q
Page 75
7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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del
ordenamiento
jurídico
y
del
Código
de
Ética
del
Profesional
del
Derecho.
CONSIDERANDO:
Que
la
parte
querellada,
PR'
CARLOS
lt4.luE
DE
LA
RosA
cnsriilo,
excedió
tos
límites
impuestos
Rot'-la
buena
fe,
la
moral,
tas
ouenas
cóstumbres,
las leyes
y
la constituciónt
coNsIDERANDo:QueeIDR.cARLosMANUELDELARoSA
CASTILLO,
violó
el
dLrecho
de
ser
asimilado
en
el desempeño
de
su
áioiesión,
áonstituyendo
esto
una
razón
indigna
y
reprochable'
CoNSIDERANDO:
Que
el
querellado
DR.
CARLOS
MANUEL
DE
LA
RosA
cAsrrLLó,
iioro
ra
cuaridad
morar
y
ética
que
conlleva
el
tuñpLim¡ento
de
los
deberes
respecto
de
su
carrera
y
su
colega'
CoNSIDERANDO:
Que
el
querellado, DR.
CARLOS
MANUEL
DE LA
ROSA
CASTILIó.
rirtO
priñcipios
juiíOicos
de
carácter
trascendental
en
importancia
para
et
derechó,
y
[ata
el
ejercicio
de
la
profesión
del
óroi.rionáf
del'áerecho,
al
no'
ónrat
con
honradez,
veracidad
y
lealtad.
coNsIDERANDo:Queelquerellado,DR.cARLosMANUELDELA
ROSA
CASTILLO,
actuó
Oe
espaiáas'a
lo
establecido
en
el Códi9o
de
'i,.
Ét¡ca
del
Profesional
del
Derecho
al
no
observar
el
mínimo
de
rigor
\,,.
morat
frente
al
querellante.
*r'r.
CONSIDEMNDO:
Que
et
articulo
73
del
mismo
Código
expl::3 ;
t.*iüifránie'
lo
sigliente:"Los
profesionales
del
derecho
serAn
córregiOos:
(...);
10)
En
general, con
amonestación,
cuando
en'sus
relaciones
mutuas,
tot'ptófusionáles
en
derecho
faltaren
a
la
lealtad
#;;;ñf
v
a
á'OáOidu
consideración
en
el
trato,
ya
sea
éste
de
palabra
o
por
escrito,
en
forma
o
con
ocasión
no
previstas,
en
áigrnur
de
ias Oispos¡ciones
del
presente
Código.
11)
En
general, con
áñonestaciOn
ó
-suspensión
de
un
mes
a
un
año,
si
cometieren
hechos
que
comprometan
gravemente
el decoro
profesional.,'
coNsrDERANDo:
eue
er
articuro
7s
der
mismo
código
expresa
textualmente
lo
siguiente:"Las
correcciones disciplinarias
.aplicable?
por
los
actos
y
omisiones
en
este
código
son
las
siguientes:
1)
'
'i
Amonestación,
la
cual
se
impondrá
siempie
en
forma
estrictamente
''
'":'
confidencial.
2)
Inhabilitación
támporat
.'Oet
eleCIcio
de
la
abogaci?
--
',"'
de
un
mes
a
cinco
años.
3)
Inhabilitación
peipetua
para
el
ejercicio
',"'
á;
É
abogacía
de
modo
absoluto"t
'
"'''
'l'
CONSIDERANDO:
Que
et
régimen
disciplinario
tiene
como
objetivo
contribuir
a
q*
lot
profésionales
cumplan
leal,
eficiente
y
honestamente
sus
deberes
y
responsabilidades
frente
a
la
sociedad'
entre
los
cuales,
se
encuentran
tá
probidad,
la
ética
la
moderación
y
la
fraternidad.
\
\¡¡
\\
il,\
1r
n \
".
\'.1'
\
I
11
liil
1:
\l
i¡.
Y+s
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
http://slidepdf.com/reader/full/sentencia-010-2015-colegio-de-abogados-inhabilitacion-de-carlos-de-la-rosa 76/79
\
-L
i
)
:
n§''r
,
\,
I "1 , \
I
{,1
11:\
t'
',il
CONSIDERANDO:
Que
de
la
instrucción
del
presente
proceso
y
del
.
análisis
de
las
piezas, los
documentos
depositados
y
las
declaracio{res
'
del
querellante,
se
pldo
verificar
que
el
querellado
actuó
de
manera
incorrecta, itegal
y
Eñ
uiofu.ión
a
lo
que éstablece
el
código de
etiCa'
del
profesional del
derecho.
coNsIDERANDo:
Que
el
DR.
cARLos
MANUEL
DE
-Ll
,RosA
ónSfflUO,
ha
hecho
defecto
al
decidir
el
LIC.
FRANCISCO
GOMEZ,
abandonar'dl
estrado
y
solicitado
in
voce
que
se
la
conozcan
en
defecto,
este
tribunal'
disciplinario
está
obligado
a
verificar
la
disposiciones
sobre
el
particular.
CONSIDERANDO: Que
el
Código
de
Procedimiento
Civil
en
su
artículo
149
del
(Modificado
por
la
Ley 845
del
15 de
julio
de
1978)'
Establece.'si
el demandado
no comparece
en
la
forma
indicada
por
la
ley
o
si
el
abogado
constituido
no
se
presenta en
el
día
indicado
para
la
vista
de
la
causa
se
pronunciará
el
defecto,
Párrafo.-
Si
el
día
fijado
para
la audiencia
el
demandado
no
concluye
sobre
el
fondo
y
se
limita
a
proponer
una
excepción
o a
solicitar
una
medida
de
instrucción
cualquiera
el
juez
fatlará
con
arreglo
a
lo
que
se
prevé
en
las
disposiciones
procesales
que
rigen
la
materia"'
CONSIDERANDO: Que
el
mismo
código
en
su
artículo
150'-
(Modificado
por
la
Ley
845
del
15
de
julio
de
1978)'
*El
defecto
se
pronunciará
en la
audiencia mediante
el
llamamiento
de
la causa;
las
conclus¡ones
de
la
parte
que
lo
requiera,
serán
acogidas
si
se
encontrasen
justas
y
reposasen
en
una
prueba legat.
Sin
embargo,
los
jueces podrán
orüenar
que
los documentos
Se
depositen
en
secretaría,
para
dictar
sentencia
en
la
próxima
audiencia'
La
oposición
será
admisible
contra
las
sentencias
en
útt¡ma
instancia
pronunciadas
por
defecto
contra
e[ demandado,
si
éste
no
ha
sido
citado
por
acto
notificado".
CONSIDERANDO:
Que
el
tribunal,
en
ningún
caso
puede
crear
un
precedente
de
que por
el
hecho
de
que
un
abogado
descienda
deliberadaménte
del
éstrado
y
bajo
advertencia
de
que
de
hacerlo
el
proceso
continuaría,
más
aún
en
un
proceso
disciplinario,
donde
¡o.
Lstá
en
juego
la
libertad
de
un
imputado
Y
aye
además
es
un
prgc-gs:o
en
el
que
el
abogado
ha asistido
y
dado
átiOaO
como
hemos
indicádo
previament.,
áñ-lá-mayoría
de
las
audiencias
del
presente
procesoi
l''l
CoNSIDERANDO:
Que
de
conformidad
con
textos
previamente:
citados
y
siendo
que
en
materia
disciplinaria
la
figura
del
defecto
es
apticable
por
ápt¡iación
supletoria
del
derecho
común,
dispondremos
del
mismo
.n
"l
dispositivo
de
la
presente
decisión.
".\
ir\
§l
',
l
i
J--
-\
..\
.,\
;.
r'.
q\0
Page 77
7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
http://slidepdf.com/reader/full/sentencia-010-2015-colegio-de-abogados-inhabilitacion-de-carlos-de-la-rosa 77/79
CONSIDERANDO:
Que
el
presente
proceso ha
cumplido
con
el
procedimiento establecido
en
la
normativa
legal
vigente,
cump.lÍendo'
;;;-
É;
éátuntius
del
debido
proceso,
respetando
los
principíÓs de'
iguatdad,-
debido
proceso,
tutela
judicial
efectiva
y
dereche
de
defensa, consagrados
en
la
constitrtión
dominicana
y
en.los
pa:cJos
de
los
cüales
eliaís
es
signatario,
así
como
las leyes
vigentes'
:
'
POR
LOS
MOTIVOS
DE
HECHO
Y
DE
DERECHO
ANTES
ENUNCIADOS/
EL
TRIBUNAL
DTSCIPLINARIO
DEL
COLEGIO
DE
ABOGADOS'
DE
LA
REPUBLICA
DOMINICANA,
administrando
justicia
en
materia
disciplinaria
en
nombre
de
la
República
y
por
autoridad
de
lá
LeY.
FALLA:
PRIMERO:
Declara
regular
y
válida
en
cuanto
a
la
forma
la
querella
depositada
por
ante
la
Junta
Directiva
Nacional
del
Colegio
de
Áúé;ñ;,
via
r¡scal
Nacional,
en
fecha 30
de
Octubre
del
año
2013,
po¡.
-ut
LIó.
CARLOS
DE
pÉneZ
JUAN,
en
contra
del
DR.
CARLOS
MANUEL
DE
LA
ROSA
CASTILLO,
y presentada
por
ante
el
Tribunal
Disciplinario
por
el
Fiscal
Nacional
del
Colegio
de
Abogados
de
la
Republica
Dominicana'
SEGUNDO:
Pronuncia
el
defecto
contra
et
DR'
CARLOS
MANUEL
DE
LA
ROSA
CASTILLO,
por
falta
de
concluir,
por
no
haber
presentado
conclusiones
en
la audi'encia
celebrada
por
este
tribunal,
no
obstante
a
estar
debidamente
citado
el
DR.
CARLOS
MANUEL
DE
LA
ROSA
CASTILLO.
TERCERO:
En
cuanto
al
fondo,
acoge
las
conclusiones
del
querellante
LIC.
CARLOS
DE
nÉn¡Z
JUAN,
por
encontrarlas
justas y
reposar
en
base
legal
pot-
lo
cual 5e
DECLARA
al
DR.
CARLOS
MANUEL
DE
LA
ROSA
CASTILLO,
CULPABLE
de
violación
de
las disposiciones
de
los
artículos
66,
68,
'69
y
70
del
código
de
Ética
del
Profesional
del
Derecho,
y
en
cóns"cuencia
lo sancióna
con
la
inhabilitación
para
el
ejercicio
de
la
abogacía
y
la
suspensión
del..exequátur
profesional
por
,n
periodo
de
cinco
(Sl
años,
en
aplicación.
de
tu:
s-a.nciones
establecidas
en
el artículó
75
numeral
2 del
Código
de
Etica
del
Profesional
del
Derecho.
cuARTO:
Ordenar,
como
en
efecto
ordenamos
que
la
presente
sentencia
sea
notificada
a
la suprema
corte
de
lusticia,
al
Procurador
General
de
la Refublica,
a
la Sbcretaría
del
Tribr.¡nal
Disciplinario
d,el
Colegio
de
Abogados
de
la
República
Dominicana
(CARD),
a
la
lUrfta
Directiva
Oet
CÁnO,
Fiscal
Naclonal
del
CARD
y
a
las
partes
envueltag-''
en
el
proceso,
en
cumplimiento
a
lo
que
disponen
los
artículos.86'y""
87
del
Estatuto
orgánico
del
colegio
de
Abogados
de
la
.República
'
Dominicana,
quedañoo
a
cargo
de
la
parte
más
diligente
del
presente
proceso
la
notificación
de
esta
sentencia
Disciplinaria.
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7/24/2019 Sentencia 010-2015 Colegio de Abogados Inhabilitación de Carlos de La Rosa
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Y
por
esta
nuestra
Sentencia,
así
firma.
.
:,
DR.
HÉCTOR
EMILIO
MOJICA
se
pronuncia,
ordena,
manda
Y
Lic.
WAG
--\lugz-
1
e
r
S
u
stity_to)
(r
DR.
La
Sentencia
que
antecede
ha sido
firmada
por
los
Magistrados:
DR'
nÉCfOn
EMILIO
MOJICA,
(Juez-Presidente),
Lic.
WAGNER
PIÑEIRO,
(J¡ez-Secretario),
DR.
LUIS
PEÑA,
(juez-ler.Sustituto),
DR. JOAQUÍN ANTONIO
GERDA (Juez-Miembro),
asistidos
de
la
LICDA.
ANA
JULIA
VILORIA
DE
BAUTISTA,
SCCTCTATIA
dC
CSIC
Tribunal
Disciplinario;
reunidos
en
Cámara
de
Consejo,
en
el
local
No'
60-A,
de
la calle
Isabel
la
Católica,
Esquina
calle
El Conde
(Casa
del
Abogado)
,
Zona
Colonial,
Distrito
Nacional,
lugar
donde
acostumbra
a
celebrar
sus audiencias
disciplinarias'
YO,
LICDA.
ANA JULIA
VILORIA
DE
BAUTISTA,
Secretaria'del
Tribunal
Disciplinario
del
Colegio
de
Abogados
de
la Republica
Dominicana,
(CARD),
CERTIFICIO
Y DOY
FE:
Que
la
Sentencia
que
antecede
ha
sido
fijada
su
lectura
para
la
fecha
Catorce
(14)
de
Enero
del
año
2016,
a
las
2:00PM.
Horas
de la
tarde, FIRMA
Y
MANDA
JUECES
DEL
TRIBUNAL
Y SECRETARIA.
CERTIFICO:
Que
la
presente
copia
es
fiel
y
conforme
a
su original,
la
que
expido
firmo
y
sello.
Hoy
día diez
(10)
del
mes de
diciembre
del
año
Dos
Mil
Quince
(2015),
LICDA.
ANA J
DE
BAUTISTA
Se
ra
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*
AN
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Érñerno
-Secretario)
(Juez-Miembro)
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TRIBUNAL DISCIPLINARIO DEL
COLEGIO
DE ABOGADOS
i/fh'¡,ii:
'
LA
REPUBLICA
DOMINICANA
(cARD)
YO,
LICDA.
BELQUIS
ALTAGRACIA
RODRIGUEZ
HENRIQUEZ,
Secrelaria
del
Tribunal Diseiplinario
del
Colegio de
Abogados de
la
Republica
Dominioana
(CARD),
CERTIFICIO
Y DOY
FE:
QUE
1A PRESENTE
COPIA
ES
FIEL Y
CONFORME
A
SU
ORIGINAL
la
que
EXPIDO FIRMO
Y
SELLO
en fecha
(23)
del
mes
de
FEBRERO
del año
Dos Mil
DIECISCEIS
(2CI16),
a la
5:00PM.
Horas
de
la
tarde.
)r'
QUEZ