SEMINARIO EN DERECHO Y JUSTICIA AMBIENTAL Lic. Francisco Javier Camarena Juárez [email protected] Especialista en Regulación Ambiental e Infraestructura 6 de septiembre de 2013
Jun 27, 2015
SEMINARIO EN DERECHO Y JUSTICIA AMBIENTAL
Lic. Francisco Javier Camarena Juárez
Especialista en Regulación Ambiental e Infraestructura
6 de septiembre de 2013
CONTENIDO
Módulo I
• Introducción al Derecho Ambiental • Derecho a un medio ambiente
sano y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales (Constitucional)
• Principios del Derecho Ambiental (Declaración de Río de Janeiro)
• Autoridades ambientales municipales, estatales y federales. (Distribución de competencias)
Módulo II
• Temas Selectos de Derecho Ambiental
• Ordenamiento Ecológico del Territorio
• Áreas Naturales Protegidas • Impacto Ambiental
I. Introducción a la Sustentabilidad
I. Introducción
• ¿Qué consecuencias tiene para nosotros, un medio
ambiente sano?
• ¿Hasta donde depende la conservación y preservación
del equilibrio ecológico, de la regulación ambiental?
I.1. Paradigma Ambiental
• Etapas del ambientalismo moderno.
• Retórica. En los años setenta, se plantearon cuestionamientos sobre el desarrollo sustentable.
• Analítica. Se identifican los problemas y se construyen modelos para tratarlos.
• Paradigmática. Replanteamiento del problema. Una interacción sistémica y enfoques holísticos.
I.2. Cuestionamientos hacia la Sociedad
Raquel Carson,
Primavera silenciosa
Garret, La tragedia de los comunes
Dennis Meadow,
Los límites del
crecimiento
Carta de la Tierra
I.3. Paradigmas del desarrollo
• La tecnología puede resolver todos los problemas ambientales• La protección del medio ambiente (conservación y uso
sustentable) se antepone al crecimiento económico• El desarrollo sustentable se antepone al crecimiento sostenido (en
términos económicos, PIB)
I.4. Elementos del Paradigma Ambiental (Lorenzetti)
El bien no es divisible entre quienes lo utilizan
El bien puede ser usado por todos los ciudadanos
Todos los individuos tienen derecho al uso y por lo tanto no pueden ser excluidos
El bien colectivo tiene reconocimiento legal
La calificación de un bien como colectivo surge de una designación normativa objetiva y no subjetiva
II. Lo sustentable, desde una perspectiva local
II.1. Cuestionamientos
• ¿Cuáles son los principales problemas en tu
Estado? ¿En tu ciudad?
• ¿Cuáles deben ser las prioridades en conservación
de recursos?
II.2. Nuestro México
II.3. Nuestras raíces
II.3. Amenazas: Degradación y pérdida de suelo
II.4. Contaminación química
• Elementos residuales por el uso de combustibles fósiles• Emisiones (fugitivas) de procesos industriales• Ejemplos de contaminantes: SO2, PM10, NOX, Ozono,
Solventes
II.5. Limpieza de pasivos ambientales
II.6. Contaminación visual
• ¿Cómo cambia nuestro entorno, por las construcciones urbanas, por la infraestructura?
• Líneas de electricidad• Torres de telecomunicaciones• Por el diseño de edificios urbanos• En el uso del concreto
II.7. Contaminación biológica
• Competencia de especies invasoras• Transformación y desplazamiento de especies nativas• Transformación genética
III. Entre la sustentabilidad y el desarrollo
III.1. Declaración de Estocolmo (1972)
• Necesidad de un criterio y principios comunes. El hombre es a la vez, obra y artífice del medio que lo rodea, le brinda la oportunidad de desarrollarse intelectual, moral, social y espiritualmente
• Principio 1. El hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, y tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio para las generaciones presentes y futuras.
• Principio 8. El desarrollo económico y social es indispensable para asegurar al hombre un ambiente de vida y trabajo favorable y crear en la Tierra las condiciones necesarias para mejorar la calidad de vida.
• Principio 14. La planificación racional constituye un instrumento indispensable para conciliar las diferencias que puedan surgir entre las exigencias del desarrollo y la necesidad de proteger y mejorar el medio.
• http://www.pnuma.org/docamb/mh1972.php
III.2. Declaración de Río (1992)
• Estableciendo una alianza mundial nueva y equitativa, mediante nuevos niveles de cooperación entre los Estados, los sectores claves de las sociedad y las las personas. Reconociendo la naturaleza integral e interdependiente de la Tierra, nuestro hogar.
• Principio 1. Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.
• Principio 5. Todos los Estados y todas las personas deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la pobreza como requisito indispensable del desarrollo sostenible, a fin de reducir las disparidades en los niveles de vida y responder mejor a las necesidades de la mayoría de los pueblos del mundo.
• Principio 8. Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados deberían reducir y eliminar las modalidades de producción y consumo insostenibles y fomentar políticas demográficas apropiadas.
• http://www.un.org/esa/dsd/agenda21_spanish/res_riodecl.shtml
III.3. Rio+20, El Futuro que Queremos (2012)
• La Economía Verde en el marco del desarrollo sostenible
y la eliminación de la pobreza
• El Marco institucional del desarrollo sostenible
III.3. El Futuro que Queremos (2012)
• La erradicación de la pobreza es el mayor problema que afronta el mundo en la actualidad y una condición indispensable del desarrollo sostenible. A este respecto estamos empeñados en liberar con urgencia a la humanidad de la pobreza y el hambre
• Por consiguiente, reconocemos que es necesario incorporar aun más el desarrollo sostenible en todos los niveles, integrando sus aspectos económicos, sociales y ambientales y reconociendo los vínculos que existen entre ellos, con el fin de lograr el desarrollo sostenible en todas sus dimensiones.
• Reconocemos que el cambio climático es una crisis intersectorial y persistente y expresamos nuestra preocupación ante el hecho de que la magnitud y gravedad de los efectos adversos del cambio climático afectan a todos los países y debilitan la capacidad de todos ellos, en particular los países en desarrollo, para lograr el desarrollo sostenible y los Objetivos de Desarrollo del Milenio y ponen en peligro la viabilidad y la supervivencia de las naciones. Por consiguiente, subrayamos que para luchar contra el cambio climático se requieren medidas urgentes y ambiciosas, de conformidad con los principios y las disposiciones de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.
III.4. Principios ambientales
• Igualdad de acceso [Recomendaciones OCDE]Principio de no discriminación
• Obligación de prevención [Arbitraje Trail Smelter (1905), Principios 21 de la Declaración de Estocolmo (1972) y 2 de la Declaración de Río (1992) ]
Principio de daño
• Ante la falta de conocimiento científico o técnico. Principio 15 de la Declaración de Río (1992).
Principio precautorio
• Principio el que contamina paga. Principio de causalidad. Principio 16 de la Declaración de Río (1992).
Principio de proporcionalidad
III.5. Política Ambiental (LGEEPA)
Artículo 15.- Para la formulación y conducción de la política ambiental y la expedición de normas oficiales mexicanas y demás instrumentos previstos en esta Ley, en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente, el Ejecutivo Federal observará los siguientes principios:
I.- Los ecosistemas son patrimonio común de la sociedad y de su equilibrio dependen la vida y las posibilidades productivas del país;II.- Los ecosistemas y sus elementos deben ser aprovechados de manera que se asegure una productividad óptima y sostenida, compatible con su equilibrio e integridad;IV.- Quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar el ambiente, está obligado a prevenir, minimizar o reparar los daños que cause, así como a asumir los costos que dicha afectación implique. Asimismo, debe incentivarse a quien proteja el ambiente, promueva o realice acciones de mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático y aproveche de manera sustentable los recursos naturales; Fracción reformada DOF 24-04-2012
IV. Evolución de la Justicia Ambiental en México
IV.1. Evolución de los casos ambientales en México
Acceso a la información
Participación del público
Acceso a la justicia ambiental
IV.2. Incremento en controversias ambientales
Caso Metales y Derivados
Caso Minera San Xavier
Caso Metalclad
Caso Cabo Pulmo
IV.3.Toma de decisiones en materia ambiental
Decisiones del Estado mexicano (SEMARNAT, Conabio, Conanp)
Política ambientalMecanismos de supervisión y verificación(Profepa, Conagua)
Legislación ambiental
Ordenamiento ecológico territorial(SEMARNAT, Instancias estatales y municipales)
Planeación ambiental
IV.4. Factores en el desahogo de casos ambientales
DHs y medio ambiente
Cambio climático
Alimentación
Agenda ciudadana
Transparencia
Rendición de cuentas
Pueblos indígenas
IV.5. Lecciones en casos ambientales
Metodología en atención de conflictos ambientales
Aspectos preventivos
Audiencia y Consulta Pública
Opiniones expertas
Identificación de hechos relevantes
Descripción del proyecto
Ecosistema, especies bajo protección
Grupos vulnerables
Identificación de regulación aplicable
Ordenamiento ecológico y urbano
Procedimientos simultáneos (Amparo y
Juicio de Nulidad)
Mecanismos no jurisdiccionales
(CNDH, CCA)
V. Derechos Humanos y Medio Ambiente
V.1. Evolución en los derechos fundamentales
1ª. Generación (libertades)
2ª. Generación (derechos prestacionales)
3ª. Generación (derechos sociales)
4ª. Generación (derechos de la naturaleza)?
V.2. Derecho a un medio ambiente sano
• Artículo 4o. (Se deroga el anterior párrafo primero) …• Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de
calidad. El Estado lo garantizará. …• Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y
bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.
• Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines. …
V.3. Desarrollo Nacional Sustentable
• Artículo 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional paragarantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía dela Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento delcrecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y lariqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de losindividuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución.
• El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económicanacional, y llevará al cabo la regulación y fomento de las actividades quedemande el interés general en el marco de libertades que otorga estaConstitución.
• Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, elsector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otrasformas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación. …
V.4. Preservación del Equilibrio Ecológico
• Artículo 27. …• La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad
privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular,en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturalessusceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa dela riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibradodel país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural yurbana.
• En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar losasentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas ydestinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y deplanear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento delos centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico;…, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que lapropiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad.
VI. Precedentes Judiciales
VI.1. Derecho a un medio ambiente adecuado (2007)
• Tesis aislada. Derecho a un medio ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar. Aspectos en que se desarrolla. Localización: 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXV, Marzo de 2007; Pág. 1665.
• El derecho a un medio ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar de las personas, que como derecho fundamental y garantía individual consagra el artículo 4o., párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se desarrolla en dos aspectos:
• a) en un poder de exigencia y un deber de respeto erga omnes a preservar la sustentabilidad del entorno ambiental, que implica la no afectación ni lesión a éste (eficacia horizontal de los derechos fundamentales); y
• b) en la obligación correlativa de las autoridades de vigilancia, conservación y garantía de que sean atendidas las regulaciones pertinentes (eficacia vertical).
VI.2. Concepto de Medio Ambiente (2005)
• Tesis aislada. Medio Ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar. Concepto, regulación y concreción de esa garantía. Localización: 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXI, Enero de 2005; Pág. 1799;
• …En este sentido, la protección del medio ambiente y los recursos naturales es de tal importancia que significa el "interés social" de la sociedad mexicana e implica y justifica, en cuanto resulten indisponibles, restricciones estrictamente necesarias y conducentes a preservar y mantener ese interés, precisa y puntualmente, en las leyes que establecen el orden público.
• … La protección de un medio ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar, así como la necesidad de proteger los recursos naturales y la preservación y restauración del equilibrio ecológico son principios fundamentales que buscó proteger el Constituyente y, si bien, éste no define de manera concreta y específica cómo es que ha de darse dicha protección, precisamente la definición de su contenido debe hacerse con base en una interpretación sistemática, coordinada y complementaria de los ordenamientos que tiendan a encontrar, desentrañar y promover los principios y valores fundamentales que inspiraron al Poder Reformador.
VI.3. Rediseñando un nuevo balance en la regulación ambiental
Agua Desarrollo SocialVida Silvestre
Ecosistemas
Medio ambiente adecuado Aire
BosquesEquilibrioEcológico
Residuos
VI.4. Un balance entre desarrollo y sustentabilidad
Caso Chevron (USA, 1984) Caso Gabcikovo-Nagymaros (CIJ, 1997)
TCC (México, 2007). Derecho a un Medio
Ambiente Adecuado para el Desarrollo y Bienestar.
VI.5. Caso Gabcikovo Nagymaros (CIJ, 1997)
• Construcción de un sistema de represas. Una en Gabcikovo (Checoslovaquia) y otra en Nagymaros (Hungría).
• Necesidad de conciliar el desarrollo económico con la protección al medio ambiente (párrafo 140).
• El Juez Weeramantry (Sri Lanka), emitió un voto particular. En su análisis, considero que el derecho al desarrollo es inalienable, conforme a la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo de 1986 y confirmado en la Declaración de Río de 1992. Concluye señalando la necesidad de ver más allá de las reglas procesales y considerar el alcance de normas “erga omnes” (Págs. 90-92, 117).
• http://www.icj-cij.org/docket/files/92/7375.pdf
• http://www.icj-cij.org/docket/files/92/7383.pdf
VI.6. Chevron vs. NRDC(Certiorari, Suprema Corte)
• Definición de política y regulación ambiental
• Chevron, USA Inc. v. Natural Res. Def. Council, Inc., 467 U.S. 837 (1984). El Gobierno (EPA-US DOJ, Allen, Pedersen, Bator & Levy) fundo su argumento en el principio de deferencia judicial, señalando que la resolución impugnada era una invasión de las facultades otorgadas a la Autoridad regulatoria.
• En el informe previo a la audiencia, se destacó la posibilidad de balancear 2 objetivos de la legislación:
• Mejorar la calidad del aire• Impulsar el crecimiento económico
• La Suprema Corte resolvió 6-0, a favor de la Administración.
VI.7. La nueva regulación: eficacia ambiental
Modelo anterior Nuevo modelo Mecanismos institucionales
Solamente las reglas impuestas mediante una sanción, modifican las
conductas.
Las reglas impuestas mediante una sanción, son solamente uno de los mecanismos que
influyen sobre las conductas – ordenamiento ecológico
Balance de los factores que influyen sobre las
conductas
Los procedimientos basados en la oposición de intereses,
producen los mejores resultados.
Enfoque sobre los aspectos procedimentales que producen oportunidades de diálogo,
aprendizaje y cooperación mutua – consulta pública en impacto ambiental
Mecanismos que permitan medir los
resultados y el desempeño
Los mejores resultados son los que obtienen desde una manera vertical (autoridad-
gobernado).
Desarrollar las oportunidades a través del aprendizaje y el desarrollo de habilidades, entre gobernados – sustentabilidad a largo
plazo
Confianza y transparencia para
incrementar el diálogo
VII. Aspectos Institucionales
VII.1. Administración Pública Federal
Semarnat
Coordinador Sectorial
Dependencia
Política ambiental
Asuntos que afectan el territorio nacional
Profepa
Órgano desconcentrado
Vigilar y evaluar el cumplimiento de
disposiciones jurídicas
Recibir denuncias
Conciliar intereses entre particulares
Instituto Nacional de Ecología
Órgano desconcentrado
Apoyo técnico y científico para formular, conducir y
evaluar la política nacional
Coordinar, promover y desarrollar la
investigación científica
Comisión Nacional Forestal
Organismo público descentralizado
Atribuciones conforme a la LGDFS
Desarrollar e impulsar las actividades productivas,
de protección, conservación y de
restauración en materia forestal
Comisión Nacional del Agua
Órgano desconcentrado
Atribuciones conforme a la LAN
Autoridad de las aguas y su gestión en el territorio
nacional
Formular la política hídrica nacional
Programar y operar las obras hidráulicas federales
Administrar aguas nacionales y bienes
nacionales
VII.2. Legislación Mexicana(esquema anterior)
Biodiversidad
ANPs
Procedimiento
Zonas de restauración
Flora y fauna silvestre
Elementos naturales
Aire
Agua
Suelo
Riesgo
Residuos
Energía nuclear
Ruido
Regulación específica
Ordenamiento Ecológico
Evaluación del impacto ambiental
Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera
Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
Áreas Naturales Protegidas
Auditoría Ambiental
Leyes específicasDesarrollo Forestal Sustentable
Aguas Nacionales
Vida Silvestre
Prevención y Gestión Integral de Residuos
Bioseguridad (OGM)
VII.3. Conceptos fundamentales (LGEEPA)
Equilibrio Ecológico• Ecosistema
Ambiente• Biodiversidad
Contaminante• Desarrollo sustentable
VII.4. Reglamentos LGEEPA
• Ordenamiento Ecológico (2003)• Actividades incompatibles, Análisis de
aptitud• Conflicto ambiental• Ordenamiento Ecológico General,
Regional, Marino y Local• Etapas de caracterización, diagnóstico,
pronóstico y propuesta• Concurrencia de competencias federales,
estatales y municipales
• Evaluación de Impacto Ambiental (2000)
• Definición de impacto ambiental: modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o la naturaleza
• En reglamento, 23 obras o actividades reguladas (art. 5)
• Sistema de listado, con excepciones• Desregulación en modificaciones de obras
o actividades (siguiendo el principio de que ya existe algún tipo de impacto)
• Permite realizar actividades, bajo peligro inminente o causa de fuerza mayor (justificada)
VII.4. Reglamentos LGEEPA (cont.)
• Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera (1988)
• Sistema de fuentes fijas• Sistema de fuentes móviles• Competencia y jurisdicción federal y
estatal• Método de la burbuja en nuevas fuentes• Caso EPA (regulación de Gases de Efecto
Invernadero)
• Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (2004)
• Sustancias sujetas a competencia federal• Umbral de reporte• Registros Estatales y Municipales• Vinculación a la LGPGIR
VII.4. Reglamentos LGEEPA (cont.)
• Áreas Naturales Protegidas (2000)• Conceptos: capacidad de carga, límite de
cambio aceptable.• Regulación: Decreto, Programa de
Manejo.• Sistema Nacional de Áreas Naturales
Protegidas.• Estudio Justificativo (Descripción de
ecosistemas y estado de conservación).• Zona núcleo (de protección y de uso
restringido).• Zona de amortiguamiento (de uso
tradicional, aprovechamiento sustentable, uso público, asentamientos humanos, recuperación).
• Auditoría Ambiental (2010)• Programa Nacional .• Conceptos: autorregulación, buenas
prácticas de operación e ingeniería, emergencia ambiental, certificado y reporte de desempeño ambiental.
• Proceso para certificación (solicitud, presentación de informe, plan de acción y certificación).
• Modalidades (Industria limpia, Calidad ambiental turística y Calidad ambiental).
VIII. Conclusiones
VIII.1. Una regulación en constante evolución
Dimensiónespacial
Dimensióntemporal
El Planeta ya es una esfera
pequeña
El Planeta ya es una esfera
pequeña
Lo instantáneo, lo irreversible de las
decisiones
Lo instantáneo, lo irreversible de las
decisiones
VIII.2. Cambio Climático (2010-2050)?
VIII.3. Definiendo un nuevo balance
Política Ambiental
Regulación Ambiental
Regulación Ambiental Política
Ambiental
Estamos en un momento crítico de la historia de la Tierra,
en el cual la humanidad debe
elegir su futuro (Carta de la Tierra, 2000)
SEMINARIO EN DERECHO Y JUSTICIA AMBIENTAL
Lic. Francisco Javier Camarena Juárez
Especialista en Regulación Ambiental e Infraestructura
6 de septiembre de 2013