Universidad Autónoma de Ciudad Juárez Instituto de Ciencias Sociales y Administración Departamento de Ciencias Jurídicas Seguridad y Políticas Públicas Mireyna Villa Núñez 122749 Giovanny Ortega Barraza 123046 Seguridad Privada Trabajo de Investigación 1
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“En materia de seguridad pública, durante la gestión del presidente Ernesto
Zedillo 94-2000, se implementaron una serie de medidas estratégicas y sustantivas con
visión de largo plazo y respaldo presupuestal, dentro de las que destacan: La reforma
realizada en 1994 a los artículos constitucionales 21 y 73 para establecer el sustento
jurídico de la seguridad pública como una función del Estado creando el Sistema
Nacional de Seguridad Pública cuyo objetivo fue fortalecer la coordinación de la
Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios y hacia el interior de las
propias dependencias del gobierno federal, bajo un cuidadoso diseño de política
pública de largo plazo.
En 1995 se publicó la Ley que Establece las Bases de Coordinación del Sistema
Nacional de Seguridad Pública, y en 1998, el Reglamento de la Secretaría de
Gobernación en el que se creó el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de
Seguridad Pública como órgano desconcentrado de esa dependencia, iniciándose el
establecimiento de dicho sistema en 1999, éste fue diseñado como modelo de
coordinación nacional con sustento constitucional, el cual creó los mecanismos de
enlace y dio congruencia a las políticas estatales alineándolas a un modelo nacional
monitoreado por mecanismos de participación ciudadana autónomos y críticos. Bajo
esta visión se preparaba a todo el aparato de seguridad y justicia para la envestida del
crimen organizado del que ya se vislumbraba su potencial y posibles alcances. Cabe
mencionar que el periodo de 1994-1999 fue uno de los momentos más importantes en
México, dado que se organizó a toda la nación en torno a un trabajo necesario y
urgente, el relativo a la seguridad pública.
Posteriormente, en 2000, México comenzó a vivir una transición a la democracia
con la alternancia en el poder, la cual buscó crear nuevas reglas. Sin embargo, se
interrumpieron parcialmente algunos de los programas existentes de largo alcance. La
composición del Congreso federal dificultó el avance previsto y posteriormente las
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pugnas entre partidos cobraron prioridad, dejándose a un lado las grandes decisiones
nacionales.
Al comenzar el sexenio del presidente Fox en 2000, se apostó a nuevos
proyectos, como la creación de una nueva Secretaría de Seguridad Pública (SSP),
separando esta función sustantiva de la dirección estratégica de la Secretaría de
Gobernación. Como consecuencia, se restó fuerza táctica al dividir en su ejecución las
políticas de seguridad nacional y la seguridad pública mermándose la trasmisión de
inteligencia oportuna para resolver problemas de dimensión nacional.
Asimismo, al privilegiarse la consolidación de la nueva Secretaría, se
suspendieron y modificaron programas fundamentales provocando que quedara casi
desmantelado el Sistema Nacional de Seguridad Pública en ese momento Más
adelante, iniciándose la gestión del presidente Felipe Calderón, mediante un acuerdo
entre los titulares de la Procuraduría General de la República y la Secretaría de
Seguridad Pública, deciden unir temporalmente las fuerzas policiales sin la existencia
de una reforma legal conducente. Lo cual a la larga tuvo que rectificarse con el efecto
negativo en la identidad de los miembros de la antigua Agencia Federal de
Investigación (AFI).
La Conago entró en alarma al comenzar la ola de múltiples ejecuciones y notar
la penetración de los carteles en sus estados. Lo mismo sucedió con los consejos
estatales de seguridad pública así como con los presidentes municipales, quienes a
través de la Conferencia Nacional de Participación Municipal en Seguridad Pública,
comunicaron el avance de los carteles en los respectivos municipios, como
consecuencia, la Conago formó el Grupo de Trabajo de Combate al Crimen Organizado
como parte de su Comisión de Seguridad Pública, coordinado por el gobernador José
Natividad González Parás, grupo que integró el documento “Hacia un nuevo sistema
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integral de combate al crimen organizado”, que fue entregado al Consejo Nacional de
Seguridad Pública.
Asimismo, a petición de la Conago, el Consejo Nacional de Seguridad Pública
conformó un Grupo Permanente de Trabajo de Combate al Crimen Organizado,
integrado por las instituciones federales y las entidades federativas para traducir el
análisis en un plan integral con programas y estrategias específicas. Para esa fecha el
aumento de violencia en México provocada por el crimen organizado era alarmante.
Veamos el mapa que la Secretaría de Gobernación ha publicado sobre la violencia
medida por los homicidios relacionados con el crimen organizado Igualmente la
Conago, en 2008, advirtió la necesidad de desarrollar políticas públicas en las ciudades
fronterizas e instrumentar un programa de atención integral y urgente para los
migrantes repatriados que garantizara las condiciones de pleno respeto a su dignidad y
sus derechos humanos, en los procesos de recepción y transportación.
Propusieron además, la formación de un fideicomiso con bienes asegurados a
la delincuencia organizada para ser entregados a las entidades federativas y al Distrito
Federal para la seguridad pública y el combate a la delincuencia. En 2009 la Conago
se pronunció sobre que el esfuerzo binacional que debe ser equitativo y eficaz entre
Estados Unidos de América y México para reducir el consumo de estupefacientes y el
paso de drogas a su territorio, así como el trasiego de armas y dinero en efectivo de
procedencia ilícita a México. En el mismo año, la Conago apoyó a las acciones en
materia de seguridad relativas al Mando Único Policial. Asimismo, se pronunciaron para
que la fórmula de distribución de los recursos del Subsemun (Subsidio para la
Seguridad Pública Municipal) fuera revisada ya que se basa en datos de los últimos 10
años bajo el diseño conceptual del Instituto Nacional de Estadística y Geografía
(INEGI), porque consideran que ya no responde a sus actuales necesidades.
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Esto debido principalmente a la concentración del fenómeno delictivo en algunas
regiones y municipios en los últimos cinco años, por lo que solicitan que sean
modificados los criterios para la elegibilidad de los municipios para la distribución de
recursos.
Una reflexión epistemológica acerca del fenómeno criminal, una descodificación
Del fenómeno criminal y de los medios empleados para luchar contra los
comportamientos desviados o delictivos; la política criminal es igualmente una
estrategia jurídica y social basada en las elecciones ideológicas, para responder con
pragmatismo a los problemas planteados por la prevención y la represión del fenómeno
criminal, entendido en toda su extensión”.
La política criminal aglutina, así, a todas las ciencias penales, penitenciarias,
policiales y, finalmente, al aparato jurisdiccional punitivo del Estado, así como a todas
las políticas de intervención social de control. Bien, pues no obstante que numerosos
países han optado por una política criminal que hace de la pena privativa de la libertad
el instrumento principal en el que finca sus expectativas de reducir la tasa de la
criminalidad, diversos estudios han mostrado que dicha política, que durante la última
década ha significado el encarcelamiento en masa en contra de los excluidos, no ha
producido los resultados prometidos.
El sistema jurídico-penal ha normalizado el uso de la violencia a través del
sistema institucional, de tal modo que la conducta ilegítima de los actores estatales
forma parte del modo corriente de hacer las cosas de muchos cuerpos de aplicación de
la ley. Hay que aclarar, no obstante, que violencia institucional no es lo mismo que el
weberiano monopolio Del uso legítimo de la violencia. La pena es violencia institucional
cuando reprime necesidades reales y tiene la función de reproduce la violencia
estructural, al mismo tiempo que la esconde tras la “exaltación de la violencia delictiva
en pocas palabras el sistema jurídico-penal es un concentrador centrífugo de
violencias, tanto individuales como colectivas, que construye la figura del delincuente
para concentrar en ella su legitimidad.
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La prisión preventiva aplicada indiscriminadamente sobre el supuesto del ‘delito
flagrante’, y la supresión del principio de la presunción de inocencia, son ejemplos de
esta normalización Así, en México ocurre que la Procuraduría ha sido sometida por la
autoridad administrativa a un esquema de trabajo basado en “criterios eficientista, con
el objetivo de “ofrecer resultados a la población, expresados en el incremento de
detenidos”.
La ideología que mueve esta política es la que algunos autores llaman
“neopunitivismo, que se apoya retóricamente en los reclamos de los ciudadanos por
una mayor seguridad, y que contiene la peligrosa tendencia a delegar en el sistema
penal el control de la criminalidad, no obstante que no es éste su cometido48, y el
reconocimiento de los derechos fundamentales, creando una sociedad de la vigilancia
mutua y elevando lo penal a un “rango absoluto” y obligatorio. Esta propensión se
traduce, por ejemplo, en el lugar privilegiado que se ha otorgado a la lucha contra el
robo de autos, bajo cuyo criterio se evalúa la eficacia policial. Invocando la coartada de
“lograr la eficacia en la persecución y el castigo de los delitos”, la política criminal
inflacionaria recurre a menudo a la violación de las garantías procesales que son
fundamento de un Estado de Derecho54.
En nuestro caso, el pulso entre el respeto a la ley y la eficiencia de dar
resultados, cruza constantemente el discurso de los policías que entrevistamos,
justificando el uso de la violencia y el abuso de poder. Un coordinador de grupo de la
Policía Judicial nos confiesa, así, que solamente con medios ilegales es posible
conseguir el fin del arresto: “la ley nos limita, no podemos parar un auto
injustificadamente. Necesitamos ‘armas’ para poder detener, porque ahora sólo
podemos cuentear a los sospechosos de que los detenemos para verificar esto o lo
otro”. Las violaciones al debido proceso judicial para la detención preventiva son tan
frecuentes que los policías, al contrario de lo que pasa con el uso de la tortura para
obtener una confesión, no tienen problemas en reconocerlo. Un agente de la Policía
Judicial señaló: “La verdad es que seguimos trabajando con trampas y mentiras, como
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hacer que alguien salga de su casa con engaños para poderlo detener. Se le dice:
‘acompáñeme porque atropellaron a su hijo’ y, cuando sale, lo detenemos. Son
recursos, son estrategias que utilizamos. Hay que buscar la forma de hacerlo caer”. La
validez de la confesión como prueba auto incriminatoria, aunada a la facultad de
‘custodiar’ al detenido durante horas, hace que el uso de la coacción física, psicológica
y/o moral, y la tortura, a pesar de no ser reconocido por los policías, sean de hecho
practicados regularmente. Además de los numerosos informes que confirman su
existencia56, algunas declaraciones nos dejan entrever que estos actos son
usualmente utilizados y racionalizados.
Un comandante dice: “el MP agarra el Código Penal para des-afanar a los
delincuentes porque ellos son los que ordenan, pero uno también puede ver el código.
Por eso, cuando yo presento a los delincuentes, ya los presento bien quebrados. Existe
una tendencia actual en el Estado social de Derecho principalmente en Europa, aunque
también en países como México– que consiste en la proliferación normativa, en el
sentido de una hipertrofia del derecho penal, que implica un “acrecentamiento
desmesurado del número de conductas calificadas como delictivas por la ley”, y se
funda en la consideración simbólica del derecho penal como remedio exclusivo para
todos los males sociales.
Como puede imaginarse, tal inflación legal socava los principios del derecho
penal mínimo, especialmente el principio de subsidiariedad, y tiene consecuencias
imprevistas en la procuración de justicia. Esta ampliación del poder punitivo, que no es
sino un acrecentamiento del Estado de policía60, ha llegado al punto de concebir que
el sistema penal es el instrumento más idóneo para la defensa de los derechos
humanos, algo que contradice su carácter reactivo y de tratamiento sintomático de los
conflictos. Deben tomarse en cuenta los principios que sustentan el Derecho Penal en
un Estado democrático, a saber: la aplicación de la pena debe ser la última ratio y no
una obligación superior al Estado de Derecho; el fin del derecho penal es evitar las
guerras por vendettas y este principio se viola cuando se establece la aplicación del
castigo como prioritario por encima del respeto al procedimiento legal; y se rompe
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también con la obligación de no condenar ilegítimamente, esto es, en contra de los
derechos fundamentales, de la ley o de la prueba.
El combate a la impunidad no parece justificar la violación del debido proceso, y
menos aún con el fin de prevenir este mismo hecho. En cambio, la proscripción de la
impunidad impone que ni la absolución por falta de pruebas ni la que se funda en el no
aprovechamiento de conocimiento obtenido ilegalmente, son soluciones viables en el
conflicto. Si bien la utopía abolicionista no debe ser rechazada como premisa, sí hay
que reconocer que está lejos del horizonte de la práctica jurídico-penal en
Latinoamérica.
Ni tan siquiera parecemos estar en condiciones ahora de desarrollar procesos
de reconversión hacia el modelo del derecho penal mínimo, en los términos que
preconizaba Alessandro Baratta. Pero, a pesar de todo ello, nos parece fundado
recordar que el sistema jurídico-penal, y la violencia punitiva que éste legitima, debe
tener unos límites bien establecidos dentro de los cuales resulte de alguna utilidad.
Debe por ello develarse la trampa que esconde el neopunitivismo a ultranza: una
idolatría del poder punitivo que lo convierte en un “ídolo omnipotente adorado por
muchos fanáticos”, según ha dicho Zaffaroni. Junto con ello, también ha propuesto
reivindicar una teoría agnóstica de la pena de acuerdo con la cual exijamos que las
agencias jurídicas agoten su poder jurídico de contención “neutralizando hasta donde
les sea posible la selectividad estructural del poder punitivo”.
Dentro de las características que identifican a la política criminal se encuentran:
se ubica en el mundo real. Por medio de una técnica propia del estudio de las ciencias
sociales, la política criminal es un mecanismo que distribuye el poder de
criminalización, al usar las leyes, la policía y el proceso para dar solución a los
conflictos sociales. Pero esta política parte de la igualdad en teoría, porque en la
práctica lo que existe es una discriminación, que se manifiesta en una desigual
distribución de la criminalización, entonces en principio debe propender por redistribuir
el poder de criminalización, abarcando todo el sistema criminal.
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Luego, como asevera Bustos Ramírez, “aunque parezca paradoja no es extraño
que, por una parte, se descriminalicen comportamientos (delitos de bagatela, hechos
que no afectan a un bien jurídico, etc.), más al mismo tiempo se criminalice otros (así
hechos contra el medio ambiente, contra la calidad del consumo, etc.) De ahí también
que no puede sorprender que a los jóvenes se les excluya del sistema penal de los
mayores, pero al mismo tiempo se configure un derecho penal para menores
infractores.” Tiene como fundamento la libertad Debido a que la política criminal tiene
como punto de partida la relación entre la persona y el Estado, en cuanto el Estado
debería estar al servicio de las personas, pues es el reconocimiento de éstas como
individuos autónomos con derechos y beneficios lo que le da límites de actuación a
dicha política, no puede convertir a las personas en sujetos sometidos a una tutela,
separando a los individuos malos de los buenos, sino por medio de una relación libre
de la sociedad con el sistema”.6
El narcotráfico como un problema de seguridad nacional
Con respecto a este tema, se deberías legalizar una porción mínima de drogas,
lo cual evitaría tantas muertes, que se distribuya de manera legal en negocios de muy
alta seguridad en negocios donde no al igual que el alcohol. De una manera más
sobresaliente en las fronteras porque aun siendo ilegal de toda la vida no puede ser
manejada, pues representa grandes cifras de pérdidas para el país, donde no se sabe
para dónde va, pues solo es distribuido en pequeños grupos de personas.
“En relación con el problema de las drogas narcotizantes y psicotrópicos la
estrategia prohibicionista promovida por los gobiernos estadounidenses e impuesta por
ellos a los demás países miembros de la Organización de las Naciones Unidas, en su
afán de justificar las medidas tomadas, ligaron el problema al concepto de Seguridad
Nacional, alegando que el narcotráfico atenta contra los Estados donde se originan las
6 Azaola, Elena, Antecedentes de la Seguridad Pública
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drogas, por donde transitan y en donde se consumen y últimamente se percibe un
intento de mezclarle la noción del terrorismo como su componente.
A medidas que las entidades fueron desarrollándose el concepto se amplió para
incluir dentro del término todo aquello que hiciera relación con la seguridad interna y
más tarde se le han añadido temas como el desarrollo económico, el bienestar social,
la democracia y los derechos humanos.
Uno de los peligros que resultan de calificar un asunto como de seguridad
nacional, radica en el ambiente de guerra que crea dado el origen político del término.
Y esto se ha visto en relación con el narcotráfico y con el flujo de migrantes ilegales en
los Estados Unidos de América. Pero bien se quiera seguir considerándolo como
amenaza a la seguridad nacional o no, lo cierto es que la estrategia represiva adoptada
para solucionarlo independientemente, de las razones filosóficas que se aleguen para
justificar una u otra posición, desde un punto de vista pragmático, después de años de
guerra no da muestras de signos de éxito.
Como puede observarse la Seguridad Nacional posmoderna enfoca sus
acciones versus un enemigo que se ha internalizado: la delincuencia organizada. Esta
figura posmoderna existe, según la Ley Federal de la materia, cuando tres o más
personas acuerden organizarse o se organicen para realizar en forma permanente o
reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer
los delitos de terrorismo, delitos contra la salud, falsificación o alteración de la moneda,
operaciones con recursos de procedencia ilícita, acopio y tráfico de armas, tráfico de
indocumentados, tráfico de órganos, asalto, secuestro, tráfico de menores y robo de
vehículos.
El precepto en comento, y que supuestamente define a la delincuencia
organizada, es criticado por ser extremadamente casuista y además no nos dice que es
la delincuencia organizada sino únicamente establece cuando existe la misma, aunado
a que este precepto crea violencia estructural en contra de los ciudadanos, en vez de
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reprimir la violencia interpersonal, es decir combate violencia a partir de violencia,
amén de que en el precepto indicado se castiga, incluso, el acuerdo de organización
para delinquir lo que implica criminalizar antes de que se dañe el bien jurídico tutelado,
es decir se castiga la simple puesta en peligro del bien y tradicionalmente se castigaba
el daño que se originaba al bien tutelado por el Derecho.
Por su parte, el concepto que de Delincuencia Organizada que formula la
Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional
también conocida como Convención de Palermo en su artículo 2º inciso a) dice: “Por
grupo delictivo organizado" se entenderá un grupo estructurado de tres o más personas
que exista durante cierto tiempo y que actúe concertadamente con el propósito de
cometer uno o más delitos graves o delitos tipificados con arreglo a la presente
Convención con miras a obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u
otro beneficio de orden material.” Así, los elementos definitorios de la Delincuencia
Organizada en nuestro país son los que siguen: a) Un grupo constituido u organizado
por no menos de tres personas, b) Subsistencia del grupo por un tiempo determinado,
c) Que el objetivo concertado del grupo sea cometer delitos graves o delitos tipificados
en la convención. d) Que el fin sea obtener beneficios materiales o económicos.
Es oportuno mencionar que esta delincuencia tendrá el carácter de transnacional
si reúne las condiciones ordenadas por las Leyes, a saber: que el delito se cometa en
más de un Estado, que se cometa dentro de un solo Estado pero una parte sustancial
de su preparación, planificación, dirección o control se realiza en otro Estado , que se
cometa dentro de un solo Estado pero entraña la participación de un grupo delictivo
organizado que realiza actividades delictivas en más de un Estado, o que comete en un
solo Estado pero tiene efectos sustanciales en otro Estado”.7
A mayores avances democráticos en la sociedad mexicana han correspondido
medidas que implican una mayor y más acelerada presencia militar en los aparatos de
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seguridad del país. La participación de la Milicia en las supuestas tareas de Seguridad
Pública tienen otro objetivo: la Seguridad Nacional, aunado a lo anterior se hace notar
que el Titular del Poder Ejecutivo Federal se ha apoyado en el ejército como no lo ha
hecho ningún otro.
Por otro lado, las fuerzas armadas no son un ejemplo de democracia interna ni
sus miembros son los mejores representantes de la misma. Su hermetismo histórico ha
dejado una huella convertida en segunda naturaleza entre su personal. La necesaria
transparencia de las instituciones en la democracia no se afianzara seguramente con
los hábitos de los militares. Si antes con los civiles, no se sabía mucho de lo que
realmente pasaba en el campo del tráfico de drogas, con los militares, sin contrapesos
y mecanismos de transparencia y rendición de cuentas, la información seguramente no
será mejor. Concebir el tráfico de drogas como asunto de seguridad nacional es
eternizar la presencia militar en su combate. Casi un siglo de política sobre drogas
basada en leyes prohibicionistas y en acciones policíacas y militares, con resultados
inversamente proporcionales al reforzamiento de esas medidas, debería hacernos
reflexionar acerca de la necesidad urgente de alternativas para ese paradigma, o por lo
menos de reformas al esquema vigente.
Asi pues, nuestro país, vive con distinta intensidad según el estado de la
república y el grupo social al que pertenezca la población y graves problemas
socioeconómicos que repercuten en la seguridad y la gobernabilidad. Los estados del
norte presentan como principal problema, la violencia desmedida generada por los
conflictos entre los distintos carteles de la droga con los cuerpos policiacos, en la zona
centro se presenta el secuestro y la extorsión, los estados del sur, cuentan con
problemas asociados a la migración, a la trata de personas, presencia de grupos
guerrilleros, erróneamente se confía en exceso en soluciones militares, al respecto
señalaré que este es uno de los principales debates la participación de los militares y el
despliegue de estrategias de mano dura, NO, este ha sido uno de los principales
desaciertos para combatir el crimen común, por el contrario tenemos que buscar un
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acercamiento comunitario, profesionalidad, honestidad e incluso la participación activa
de la ciudadanía”.8
Estadísticas de seguridad y orden público
“Podemos señalar que éstas tienen severas carencias, ya que no existe un
formato definido para su recopilación, y por ello cada procuraduría informa lo que se le
antoja, por lo que incluso realizar comparativos de un año con otro, de la misma
entidad, a veces se vuelve complicado, ya que un año informa unos conceptos y,
algunas veces, al año siguiente se informa sobre conceptos distintos. Además, este
tipo de estadísticas sólo reporta la actividad realizada por las PGJ’s y no por las
Secretarías de Seguridad.
Pública. Observemos el caso de Chihuahua, en la tabla anterior, que en el año
2004 reporta más o menos la misma cantidad de delitos que en el año 2002 y 2003,
pero mientras en estos años existe una desagregación, en el año 2004 hay cambio de
concepto y una gran cantidad de delitos se agregan como “otros delitos”. Lo mismo
sucede con todas las entidades. El SNSP, recopila las mismas estadísticas de
seguridad y orden público que recopila el INEGI, con un catálogo particular. El INEGI
no tiene un catálogo específico para la recolección de esta información. De esta
información que tanto el SNSP como el INEGI concentran, puede señalarse que
depende de la buena fe de los gobiernos de los estados, ya que no existe ningún
mecanismo que obligue a las entidades a proporcionar esta información. Más aún, no
existe un sistema de auditoria que pruebe que lo que están mandando las entidades es
lo que tienen físicamente como averiguaciones previas iniciadas”9
La importancia que tiene la tecnología en la seguridad
8 Lima Malvido, María de la Luz, Política Criminal y Sistema Penal en Mexico, 9 Aragón Duran, Arturo, Información confiable. Los problemas de Información estadística.
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Hoy daremos entrada a este tema, alineándonos sobre todo a la tecnología cual
debería ser enfoque principal en cualquier medida preventiva en el tema de seguridad.
Por un lado la seguridad pública, es la dirigida por los órganos de gobierno para
la protección de los ciudadanos y combatir la delincuencia. Por otro, las políticas de
seguridad son las reglas estrictamente impartidas por los órganos gubernamentales,
morales, o institucionales, realizados para ser cumplidas por toda persona o negocio a
los cuales va dirigida.
Tal vez podrían pensar que esta investigación tendrá un contenido de conceptos
e ideas para una mejor seguridad, pero no. Nuestro tema tiene un enfoque más
alineado con la tecnología, un avance importantísimo a nivel mundial, ¿la razón?, es
sencilla, el mundo ya no puede vivir sin los avances científicos.
Una política es; por asi decirlo,
el escudo de protección de cualquier
relacion, ya sea personal o virtual. Por
ejemplo. <Ver imagen>
Hemos encontrado en las redes
la enorme diferencia que sobre salta la
seguridad que tiene determinado país
en comparación con algún otro, donde
en el primero existe tecnología de
primer nivel, los cuales la usan a su
beneficio, destacando que una ciudad segura es una ciudad cómoda, organizada,
motivada y anhelan el crecimiento intelectual.
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A través del tiempo se han desarrollado numerosos dispositivos, sistemas y
equipamientos que nos permitieron alcanzar una verdadera experiencia en el área
tecnológica, potencializando estas ventajas hoy con el desarrollo de una plataforma
Web que utiliza todos los beneficios de la accesibilidad y temporalidad de Internet.10
La información como recurso
La información es para nuestro tema, el recurso que vamos a proteger por su
valor, por lo tanto, imaginemos que la información a la cual tenemos acceso, es de
suma importancia. Un nuevo proyecto de células madres humanas, es decir situación
de vida o muerte, esta no podrá ser exhibida, ni por error durante un año para poder
ser autorizada por la Organización…, pero el entorno social en el que se encuentra es
de múltiple delincuencia, por lo tanto, necesitaremos de una amplia tecnología para su