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Universidad Nacional Autónoma de México. Escuela Nacional de Enfermería y Obstetricia. UNAM-ENEO. GERENCIA DE LOS SERVICIOS DE SALUD EN ENFERMERIA. Profesora: Vite Rodríguez Cecilia. SEMAR-SEDENA-SSA.CONDICIONES DE TRABAJO. Elaborado por: E.L.E. Mendoza Ramírez Emmanuel Alejandro. E.L.E. Reyes Martínez Diana Guadalupe. E.L.E. Rodríguez Lucas Rodrigo Iván. Grupo. 1604. Semestre: 6to. Aula: 22. Periodo. 2017-2. Fecha: 24 de Febrero de 2017.
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Sedena ssa semar

Mar 20, 2017

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Page 1: Sedena ssa semar

Universidad Nacional Autónoma de México.

Escuela Nacional de Enfermería y Obstetricia.

UNAM-ENEO.

GERENCIA DE LOS SERVICIOS DE SALUD EN ENFERMERIA.

Profesora: Vite Rodríguez Cecilia.

SEMAR-SEDENA-SSA.CONDICIONES DE TRABAJO.

Elaborado por: E.L.E. Mendoza Ramírez Emmanuel

Alejandro.

E.L.E. Reyes Martínez Diana Guadalupe.

E.L.E. Rodríguez Lucas Rodrigo Iván.

Grupo. 1604. Semestre: 6to. Aula: 22. Periodo. 2017-2.

Fecha: 24 de Febrero de 2017.

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INTRODUCCION.

La historia del Ejército Mexicano es en cierto modo, la del

País, de sus luchas, de sus empeños por reconquistar su Patria,

afianzar la independencia, salvaguardar su libertad y erigir un

camino autónomo de vida.

SEDENA SEMAR

SSA ISSFAM

Page 3: Sedena ssa semar

SEDENA

Secretaria de estado fundada en 1821 y su secretario general es Salvador Cienfuegos

Zepeda.

SEMAR

Es la armada de México, una institución militar y secretaria de estado de carácter permanente, el secretario de Marina es el

almirante Mariano Francisco Saynez Mendoza.

ISSFAM

Es una institución gubernamental mexicana dedicada a brindar

prestaciones de carácter social, económico y de salud a los militares en

activo, en retiro, a sus derechohabientes, pensionistas y beneficiarios., su director general es el Gral. Div. D. .E. .M. Jesús

Javier Castillo Cabrera.

SSA

Es la dependencia del Poder Ejecutivo que se encarga primordialmente de la

prevención de enfermedades y promoción de la salud de la población.

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Nuestro sistema de salud tiene casi 60 años de vida. Su

fundación data de 1943, año en el que se crearon la Secretaría

de Salubridad y Asistencia, hoy Secretaría de Salud (SSA), el IMSS

y el Hospital Infantil de México, considerado el primero de los

Institutos Nacionales de Salud.

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OBJETIVO GENERAL.

Dar a conocer aspectos importantes con los que

se rige el sistema de salud del ejército mexicano

y las fuerzas armadas de nuestro país y como se

relaciona son la SSA.

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JUSTIFICACION.

La administración dentro de enfermería es un

proceso complejo, arte, ciencia, donde nosotras o

nosotros debemos manejarlos de forma

meticulosa, por esta razón debemos saber la

teoría para aplicarlo en la práctica.

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MARCO TEORICO. La Secretaría de Salud, a través de la Dirección General de Información en

Salud, tiene bajo su responsabilidad la coordinación del Sistema Nacional de

Información Básica en Materia de Salud, así como del Sistema Nacional de

Información en Salud; también le corresponde elaborar, difundir y vigilar

la normatividad para los procesos de diseño, captación, integración,

procesamiento y difusión de la estadística en salud; y, de igual manera, tiene

la atribución de generar la información estadística en salud que requieran las

unidades administrativas de la Secretaría y otras dependencias y entidades.

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TRES GRUPOS DE PRESTADORES DE SERVICIOS.

El sistema mexicano de salud tiene tres grupos de

prestadores de servicios.

El primero incluye a las instituciones que atienden a la población no asegurada, que es de alrededor de 40 por ciento de los mexicanos, en su mayoría pobres del campo y la ciudad. Las instancias más importantes de este rubro son la SSA y el Programa IMSS-Solidaridad.

El segundo componente es la seguridad social, que da atención a más de 50 por ciento de la población: el IMSS tiene a su cargo a los trabajadores del sector formal de la economía, mientras que el ISSSTE atiende a los empleados públicos; las fuerzas armadas tienen sus propias instituciones, al igual que los trabajadores de Pemex.

Por último está el sector privado, al cual puede acudir cualquier persona con capacidad de pago.

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SEGURIDAD SOCIAL DE LA SEMAR.

En Diciembre del 2000, la Dirección General de Seguridad Social

sufrió un cambio estructural, se le denomina actualmente Dirección

General Adjunta de Seguridad y Bienestar Social, perteneciente a la

Dirección General de Recursos Humanos de la Oficialía Mayor, cuya

misión es “Gestionar las prestaciones que establece la Ley del Instituto

de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas e Incrementar

acciones de Bienestar Social del personal naval y derechohabientes, a

fin de mejorar su calidad de vida”.

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FUNDAMENTO LEGAL.

LEYES.

Ley Orgánica de la Armada de México.

Ley Orgánica de la Armada de México.

Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas

Mexicanas.

REGLAMENTO.

Reglamento interior de la Secretaria de Marina.

DECRETOS.

Decreto Presidencial que crea la Dirección de Seguridad Social

de la Armada de México.

Decreto Presidencial por el que se aprueba el Plan Nacional de

Desarrollo .

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ATRIBUCIONES DE LA SEMAR.

*Programar, gestionar y hacer efectivas las

prestaciones y derechos que establece la Ley del

ISSFAM

*Elaborar y ejecutar programas de bienestar social

para el personal naval y sus derechohabientes.

*Asesorar en lo relativo a los retiros, pensiones y

compensaciones del personal de la Armada y participar

en los estudios para otorgar estímulos y recompensas

del personal naval activo.

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MISION. VISION.

Gestionar las prestaciones

que establece la ley del ISSFAM.

Plantear una admón..

Flexible, para resolver de

forma expedita los tramites de afiliación,

prestaciones y servicios de la Ley ISSFAM.

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ALGUNOS CONCEPTOS.

Derechohabiencia.

Derecho que tienen las personas para recibir

servicios.

Sistema de Protección Social en Salud (SPSS).- Esquema de seguro público

y voluntario de salud coordinado por la

Federación y operado por las entidades federativas, mediante el cual el Estado

proporciona protección financiera a las personas

que no son derechohabientes de las

instituciones de seguridad social.

Personal de enfermería.- Aquéllos que

cuentan con los estudios para la prestación de asistencia médica .

Sistema Nacional de Salud.- Conjunto constituido

por las dependencias y entidades de

la Administración Pública, tanto federal como estatal y

local, y las personas morales o físicas de los sectores social y privado que prestan servicios

de salud.

Sistema de Información en Salud.- Conjunto de componentes

o módulos que integran las actividades derivadas del

proceso de atención a la salud y prestación de servicios, incluyendo los daños a la salud (morbilidad y

mortalidad), nacimientos, población y cobertura.

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LEY DEL ISSFAM.

REGLAMENTO DE LA LEY DEL

ISSFAM.

REGLAMENTO DEL HOSPITAL

CENTRAL MILITAR.

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REGLAMENTO DEL HOSPITAL CENTRAL

MILITAR. El Hospital Central Militar es una Unidad del Servicio de

Sanidad Militar, que depende directamente de la Secretaria de

la Defensa Nacional.

13 capítulos, 58 artículos y 2 artículos transitorios.

CAPÍTULO I Definición.

Articulo 1.

ARTÍCULO 1o.– El Hospital Central Militar es una Unidad del

Servicio de Sanidad Militar, que depende directamente de la

Secretaria de la Defensa Nacional, por conducto de la

Dirección del mencionado Servicio de hospitalización.-

Recibirá en calidad de asilados a los enfermos militares de la

jurisdicción de la Primera Zona Militar.

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CAPÍTULO II Misiones.

Articulos del 2 al 4.

CAPÍTULO III Organización.

Articulo 5.

DEL PERSONAL

Clasificación.

CAPÍTULO V Reclutamiento.

Artículos del 7 al 16.

Personal Técnico. Personal

Administrativo. Personal Auxiliar, y

Personal de Tropa de Sanidad. Personal de

Servidumbre.

Personal Técnico. Personal Administrativo. Personal Auxiliar, y Personal de Tropa de Sanidad. Personal de Servidumbre. Personal Técnico. Personal Administrativo. Personal Auxiliar, y Personal de Tropa de Sanidad. Personal de Servidumbre. Personal Técnico. Personal Administrativo. Personal Auxiliar, y Personal de Tropa de Sanidad. Personal de Servidumbre.

Dirección. Subdirección.

Ayudantía general.

Sección de personal y detall, de

información y estadística, de

servicio técnico y servicio

administrativo y auxiliar.

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CAPÍTULO VII De los Servicios

Técnicos Generales.

CAPÍTULO VI Funcionamiento.

CAPÍTULO VIII De los Servicios

Administrativos.

CAPÍTULO IX De los Servicios Auxiliares.

CAPÍTULO X De los Asilados.

CAPÍTULO XI De los Enfermos

Externos.

CAPÍTULO XII De las Visitas a

Establecimiento.

CAPÍTULO XIII Complementarias.

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LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA

LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS.

Derechohabiente, familiares en línea directa esposa, esposo, concubina, concubinario,

hijos, madre, padre y, en algunos casos hermanos que tienen derecho a los beneficios

estipulados en la Ley.

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Recogerá en igual calidad, a los familiares de militares antes citados que tengan derecho a ello,

según se especifica en la parte relativa de este Reglamento

Acogerá de la misma manera, a los enfermos militares procedentes de otras

Zonas Militares del país, que por la índole de su padecimiento necesiten de un

tratamiento por especialistas

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• Recibirá a enfermos no comprendidos en los incisos anteriores, que sean útiles para las clínicas de los alumnos de la Escuela Médico Militar, a solicitud del profesor de la materia y por orden del director del establecimiento.

No recibirá por ningún motivo enfermos infectocontagiosos, ni con padecimientos crónicos incurables o mentales. Estos últimos permanecerán en el hospital mientras se comprueba su dolencia y se tramita su internación en los establecimientos especiales.

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• Misión de Consulta Externa.-Dará tratamiento a los enfermos militares ambulatorios, que de acuerdo con el estudio clínico preliminar no ameriten hospitalización, siempre y cuando presenten una orden escrita de la Secretaria de la Defensa Nacional por conducto de la Dirección de Sanidad Militar

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REGLAMENTO DE LA LEY DEL INSTITUTO DE

SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS

MEXICANAS.

2 capítulos, 94 artículos y 3 artículos transitorios.

ARTICULO 1 AL ARTICULO 10.

ARTICULO 63 AL 67.

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CONDICIONES DE TRABAJO.

Las condiciones generales de trabajo

constituyen el conjunto de obligaciones y

derechos que se imponen recíprocamente,

trabajadores y patrones en virtud de sus

relaciones de trabajo.

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JORNADA DE TRABAJO.

Es el tiempo durante el cual el trabajador

está a la disposición del patrón para

desarrollar sus labores.

DIURNA. 06:00 A LAS 20:00.

NOCTURNA. 20:00 hrs a las 06:00 hrs.

MIXTA. Comprende periodos de tiempo entre las jornadas diurna y nocturna.

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LEY FEDERAL DEL TRABAJO – JORNADA.

La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta (art. 61 LFT).

Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos (art. 63 LFT).

Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana (art. 66 LFT).

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Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo (art. 71 LFT).

Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada (art. 67 LFT).

Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro (art. 69 LFT).

La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta Ley (art. 68 LFT).

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SALARIO. Es el pago en efectivo y en especie, que el patrón

entrega al trabajador por el desempeño de su trabajo.

Esa retribución debe ser necesariamente la convenida

entre las partes en el contrato de trabajo. El pago en

efectivo nunca puede ser inferior al salario mínimo a

cambio de una jornada de trabajo.

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EL SALARIO Y SU PROTECCION.

Contra abusos del patrón.

Contra acreedores del patrón.

Contra acreedores del trabajador.

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EL TIEMPO EXTRA Y SUS PAGOS.

El tiempo extra consiste en continuar

trabajando después de concluida la jornada

establecida.

Salario pagado en moneda legal.

Limites a descuentos a salarios.

Lugar y tiempo de pago.

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SECRETARIA DE SALUD. SSA.

La Secretaría de Salud es la dependencia del

Poder Ejecutivo que se encarga primordialmente

de la prevención de enfermedades y promoción

de la salud de la población.

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Misión: Establecer las políticas de Estado para que la

población ejerza su derecho a la protección a la salud.

Visión: Un Sistema Nacional de Salud Universal,

equitativo, integral, sustentable, efectivo y de calidad,

con particular enfoque a los grupos de la población que

viven en condición de vulnerabilidad, a través del

fortalecimiento de la rectoría de la autoridad sanitaria

y la intersectorialidad.

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CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LA SSA

2016-2019.

Definición.

Las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría

de Salud, tienen por objeto regular el ingreso,

permanencia, baja, cese, promoción y estímulos de los

trabajadores; así como, el establecimiento, en lo

general, de los lineamientos, en términos de lo

dispuesto en la Ley Federal de los Trabajadores al

Servicio del Estado.

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Objetivo.

Las presentes Condiciones regulan la relación laboral

de la Secretaría con los trabajadores, con la finalidad

de alcanzar la eficiencia, calidad e incremento en la

productividad de los Servicios de Salud.

Estructura.

17 capítulos que contienen 232 artículos más 8 artículos

transitorios.

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CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS DE ADMISIÓN Y DESIGNACIÓN.

CAPÍTULO III DE LOS NOMBRAMIENTOS.

CAPÍTULO IV DE LA SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LOS EFECTOS DEL

NOMBRAMIENTO.

CAPÍTULO V DE LA TERMINACIÓN DE LOS EFECTOS DEL NOMBRAMIENTO.

CAPÍTULO VI DE LOS SALARIOS.

CAPÍTULO VII DE LAS JORNADAS Y HORARIOS DE TRABAJO.

- SECCIÓN PRIMERA GENERALIDADES.

- SECCIÓN SEGUNDA DEL PERSONAL DEL GRUPO AFÍN ADMINISTRATIVO.

- SECCIÓN TERCERA DEL PERSONAL DEL ÁREA MÉDICA .

- SECCIÓN CUARTA DEL TIEMPO EXTRAORDINARIO DE TRABAJO.

CAPÍTULO VIII DE LA ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y PERMANENCIA EN EL

TRABAJO.

CAPÍTULO IX DE LA INTENSIDAD, CALIDAD Y PRODUCTIVIDAD EN EL

TRABAJO.

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CAPÍTULO X DE LA CAPACITACIÓN Y ESCALAFÓN.

SECCIÓN PRIMERA DE LA SUPERACIÓN PROFESIONAL Y TÉCNICA.

SECCIÓN SEGUNDA DE LAS BECAS PARA LOS TRABAJADORES Y SUS HIJOS.

SECCIÓN TERCERA DEL ESCALAFÓN DEL GRUPO AFÍN ADMINISTRATIVO Y DE LAS

RAMAS PARAMÉDICA Y AFÍN.

SECCIÓN CUARTA DEL ESCALAFÓN DE LA RAMA MÉDICA .

SECCIÓN QUINTA DEL VESTUARIO Y EQUIPO.

SECCIÓN SEXTA DE LA EQUIDAD DE GÉNERO EN EL TRABAJO .

SECCIÓN SÉPTIMA DE LA CONVIVENCIA INFANTIL DE VERANO PARA LOS HIJOS DE

LOS TRABAJADORES.

CAPÍTULO XI DE LAS OBLIGACIONES DE LA SECRETARÍA.

CAPÍTULO XII DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS

TRABAJADORES.

CAPÍTULO XIII DE LOS DESCANSOS, VACACIONES, LICENCIAS Y SUPLENCIAS

CAPÍTULO XIV DE LOS INGRESOS, REINGRESOS, CAMBIOS Y PERMUTAS

CAPÍTULO XV DE LOS RIESGOS DE TRABAJO Y MEDIDAS PARA PREVENIRLOS

CAPÍTULO XVI DE LOS PREMIOS, ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS .

CAPÍTULO XVII DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS ARTÍCULOS TRANSITORIOS

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SEDENA

Se dedica a dar seguridad al país y ayuda a las autoridades civiles en el combate contra las drogas, estructura programas que coadyuvan al mejoramiento de la calidad de vida de los mexicanos, en los cuales podemos encontrar que entre otros sus objetivos pueden ser, el mantenimiento del orden, la restauración de inmuebles y campañas de sanidad cuando el territorio nacional esta afectado por fenómenos meteorológicos, reforestación en zonas devastadas por incendios forestales.

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JERARQUIAS O GRADOS

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Horario de actividades

Lista en servicio 6:00 am Horario de desayuno 6:10 a 6:40 Lista de control y honores a la bandera: 7:00 Deportes: 12:00 am Horario de comida 1:00 pm Lista para asignación de servicios y dar franquicia a elementos 3:00pm Revista por servicios 5:40 pm Horario de merienda 6:00 pm Lista de control nocturno 9:00 pm

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Sanciones disciplinarias o arrestos .

24 horas 48 horas 72 horas 5 días 8 días 15 días Encarcelamiento en prisión militar

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En tiempo de Guerra o desastre el Hospital

Central Militar se ajustará a las órdenes que

para el efecto dicte la Secretaria de la Defensa

Nacional

• FICHA MÉDICA DE VANGUARDIA O DE EMERGENCIA

La Ficha Médica de Campaña, denominado “Ficha Médica de Atención Prehospitalaria en Trauma” (FAPT), en el cual se registran de forma rápida y sencilla la información que al ser analizada se determina cuales son las necesidades terapéuticas del paciente, y que al tomar en cuenta los recursos humanos y materiales disponibles se puede estar en condiciones de efectuar una selección y clasificación de los pacientes y así determinar la prioridad en su manejo y traslado al escalón sanitario más cercano y apropiado.

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El triage

• El triage se puede efectuar en dos situaciones, con “Múltiples lesionados” que sucede cuando el número de pacientes y la gravedad de sus lesiones no sobrepasan la capacidad para proporcionar su atención médica

En esta se atienden primero a los pacientes con problemas que

ponen en peligro inmediato la vida y los que tienen lesiones múltiples

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• La segunda es en cuando se presentan “Accidentes masivos o desastres”, en la cual el número de pacientes y la gravedad de sus lesiones sobrepasan la capacidad de recursos humanos y materiales, aquí 3 deben tratarse primero a los pacientes que tienen mayor posibilidad de sobrevivir, con menor consumo de tiempo, equipo, material y personal. En ambos escenarios la meta de un buen sistema de Triage es disminuir la morbi-mortalidad

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FICHA DE ATENCIÓN

PREHOSPITALARIA EN TRAUMA

• La ficha de atención Pre hospitalaria en trauma es un

documento en el que se registra en su anverso en forma sencilla y con rapidez los datos del escalón sanitario

• . En todo paciente que haya sufrido un traumatismo, ya sea en campaña, en maniobras o en desastres nacionales al aplicar en plan DN3-E. A quiénes se les hace. Al personal militar y sus derechohabientes así como a los civiles que se encuentren en alguna situación de l

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!GRACIAS POR SU ATENCION!

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BIBLIOGRAFIA.

Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. Texto vigente. Última reforma publicada DOF 27-01-2015.

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS. Archivo PDF.

Consultado el día 21 de Febrero de 2017 a las 18:20 horas. Dirección web:

http://www.issfam.gob.mx/archivos/transparencia/normatividad_federal/leyes/ley_issfam.pdf

SEDENA. Enrique Peña Nieto. 10 de Mayo de 2013. REGLAMENTO DE LA LEY DEL INSTITUTO DE

SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS. Archivo PDF. Consultado el dia 21 de

Febrero de 2017 a las 21:00 horas. Dirección web:

http://www.issfam.gob.mx/archivos/transparencia/normatividad_federal/reglamentos/reg_ley_issfam.

pdf

MANUEL AVILA CAMACHO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y el poder

Ejecutivo de la Unión. REGLAMENTO PUBLICADO EN EL D.O.F. EL 29 DE AGOSTO DE 1942. REGLAMENTO

DEL HOSPITAL CENTRAL MILITAR. Archivo PDF. Consultado el día 21 de Febrero a las 18:30 horas.

Dirección web: http://www.sedena.gob.mx/pdf/reglamentos/rglmto_hos_ctrl_mil.pdf

Nacional Financiera. Condiciones de trabajo. Consultado el día 21 de Febrero de 2016 a las 17:00

horas. Dirección web: http://mexico.smetoolkit.org/mexico/es/content/es/3617/Condiciones-de-

trabajo-

SSA. SNTSA. CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO. Archivo PDF. Consultado el día 21 de Febrero de

2017 a las 19:00 horas. Dirección web:

http://dgrh.salud.gob.mx/Normatividad/CondicionesGeneralesdeTrabajo.pdf