R F G Asesores Asociados, C.A [email protected]J308420956 J302248817 San Cristóbal, Octubre de 2013 Rosella Falini Guerra VIII ENCUENTRO TALLER INTENSIVO DE TRIBUTACIÓN AGRICOLA EN VENEZUELA Código de Comercio. Artículo 5.- No son actos de comercio la compra de frutos, de mercancías u otros efectos para el uso o consumo del adquiriente o de su familia, ni la reventa que se haga de ellos. Tampoco es acto de comercio la venta que el propietario, el labrador o el criador, hagan de los productos del fundo que explotan.
32
Embed
Rosella Falini Guerra - AGROINFORMATICA - Taller... · determinar los impuestos aplicables y las obligaciones que deben cumplirse en cada caso según la legislación vigente, con
This document is posted to help you gain knowledge. Please leave a comment to let me know what you think about it! Share it to your friends and learn new things together.
Es la revisión de las actividades económicas del contribuyente que se desarrollan en la práctica, o se pretende realizar, bajo la óptica de la normativa tributaria, con el objeto de determinar los impuestos aplicables y las obligaciones que deben cumplirse en cada caso según la legislación vigente, con el fin de proceder a la toma de las decisiones gerenciales y administrativas pertinentes con el objeto de pagar el monto de tributos justo. Ni más, ni menos.
PREVISTOS EN EL COT REGISTRO DE INFORMACIÓN FISCAL (RIF) EN MATERIA DE ISLR EN MATERIA DE IVA
COT. Art. 23. Los contribuyentes están obligados al pago de los tributos y al cumplimiento de los DEBERES FORMALES previstos en este Código o en normas tributarias.
• RIF: Solicitarlo, actualizarlo, colocarlo en lugar visible, publicidad, anuncios, libros y escritos a entes públicos.
• Llevar libros. (Art. 91 LISLR)
• Emitir facturas
• Presentar Declaraciones DPJ-DPN por portal Seniat.
• Retener ISLR al momento del pago o abono en cuenta cuando sea procedente (PJ) y vía portal web seniat, enterar retenciones (PJ)
• Comprobantes de retención (PJ)
• Solicitud de exoneración
• Solicitud de inspección para rebajas comunales
• Calendario Sujetos Pasivos Especiales 17
Obligaciones establecidas por el COT y normas tributarias, que deben cumplir los contribuyentes, responsables o terceros y facilitan el cálculo del impuesto, su verificación o fiscalización.
Facturación, soportes, comprobantes, libros, retenciones, declaraciones definitivas, declaraciones estimadas, etc.
1. Llevar “juego de libros” de ingresos y egresos. (Decreto 285)
1. Elaborar Declaraciones Juradas de la reinversión del ISLR dejado de pagar y presentación al MAT dentro de los 15 días posteriores a ésta. (Decreto 285)
3. Avisos en Reinversiones parciales
18
Registro detallado de entradas y salidas del inventario (Artículo 177 del RLISLR vigente). Deben ser llevados mensualmente, en unidades y valores, así como los retiros y autoconsumo de bienes y servicios. Magnéticos si SENIAT lo autoriza.
06 julio 2012. Reimpresión por error material de la nueva Ley Orgánica de Turismo G.O 39.955 del 29/06/2012. Se mantienen rebajas de ISLR por inversión del artículo 69 de la ley de turismo:
Rebaja del ISLR calculada hasta un 75% del monto de nuevas inversiones destinadas sólo a fines turísticos en el área rural o suburbana, en hatos, fincas, desarrollos agrícolas y campamentos, la ampliación, mejoras, equipamiento o al reequipamiento de los servicios turísticos ya existentes en dichos sitios, previa evaluación del Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo.
• Dividendos Gravados si renta esta gravada.
• Ajuste por inflación es opcional en la actividad primaria. Art. 173 LISLR (parágrafo primero) y Art. 174 LISLR 19
Sólo se aceptarán estos comprobantes como prueba de
haberse efectuado del desembolso, cuando aparezca en
ellos el número de RIF del emisor y sean emitidos de
acuerdo a la normativa sobre facturación establecida
por la Administración Tributaria.
21
Los emisores de comprobantes de ventas o de prestación de servicios realizados en el país, deberán cumplir con los requisitos de facturación establecidos por la Administración Tributaria, incluyendo en los mismos su número de Registro de Información Fiscal.
Retenciones ISLR en el agro RESPONSABILIDAD AGENTE DE RETENCIÓN
Retener Enterar
Entregar Comprobante Presentar relación anual
Sobre sueldos, si remuneración anual excede de 1.000 UT. (AR-I)
Monto a retener = (monto pagado x % retención) – (valor de la U.T. x % de retención x 83,3334)
PN. 3% Pagos mayores a Bs. 8.916,67 / sustraendo Bs. 267,50 PN. 1% Pagos mayores a Bs. 8.916,67 / sustraendo Bs. 89,17 PJ. 5% Pagos mayores a Bs. 25 PJ. 2% Sobre todo Pago
Cooperativas: Están exentas de ISLR. No se hará retención de ISLR, si presentan el calificativo de exención. Fundamento legal: Aviso oficial conjunto de SUNACOOP y SENIAT. Gaceta Oficial N° 38.347 de fecha 30 de diciembre de 2005.