ETAPA HISPANO COLONIAL (1492 1810)
BOLILLA I
Conquista y ordenamiento institucional. Los Austrias.
*Concepcin poltica de los Austrias. Absolutismo y Monarquas
nacionales.El descubrimiento de Amrica por Coln en 1492 es un
acontecimiento de trascendencia en la historia de la humanidad. Los
reyes catlicos inauguran una poca decisiva de la historia espaola
sustituyendo el pluralismo poltico medieval por la monarqua
hispnica moderna. Los Reyes, siguiendo la poltica unificadora
expulsan a los judos, establecen la nueva Inquisicin, someten a la
nobleza, municipios, Iglesia y cortes al poder real, codifican las
leyes y reorganizan la economa, las fuerzas militares y la
administracin de justicia. Las reformas tambin llegan al municipio:
se otorga mayor realce a la accin de los corregidores en detrimento
de las prerrogativas concejiles, respondiendo al sentido unificador
de la monarqua. Los Reyes Catlicos persiguieron como objetivo la
unidad de la raza y de la fe, y obligan a los no cristianos a
abandonar el pas. El ejrcito sufre transformaciones fundamentales,
se crean tropas profesionales y se movilizan milicias urbanas.
*La Dinasta de los Austrias: se instala en el trono espaol tras
la ausencia de los Reyes Catlicos. Los Austrias representan en
Espaa, el advenimiento de la monarqua absoluta. En la concepcin
poltica de los Austrias, el monarca accede al poder por derecho
divino, si bien el rey asume en su persona todos los poderes, en la
prctica delega funciones en organismos de consulta y gobierno como
los consejos, lo que determina la descentralizacin efectiva en el
ejercicio del gobierno.
*Los mviles de la conquista: La empresa de la conquista impuesta
por Espaa a partir del siglo XVI estuvo inicialmente determinada
por la necesidad de compensar con nuevos mercados para el
intercambio, la prdida de los mercados orientales, a partir de la
expansin otomana. Este hecho, marc la necesidad de hallar nuevas
rutas para el trfico comercial, lo cual adverta enormes
expectativas de aprovechamiento, por un lado, la posibilidad de la
expansin ultramarina para las nuevas naciones europeas. Y en el
caso particular de Espaa, la conquista represent la posibilidad de
solucionar los problemas que generaba en la Pennsula, el elevado
crecimiento demogrfico, colocando en Amrica excedentes de poblacin.
Por otra parte, se debe reconocer que la apropiacin de las riquezas
y recursos naturales constituy el objetivo primordial de la
conquista pero no debe olvidarse el carcter misional que la misma
tuvo para los monarcas espaoles.
*Mercantilismo y monopolio: El descubrimiento de Amrica oblig a
Espaa a adoptar medidas adecuadas para asegurarse el
aprovechamiento econmico de las nuevas tierras. Por lo que Espaa
adopta un sistema comercial restrictivo, el cual giraba alrededor
del monopolio (comprador y vendedor nico) entre Espaa y las Indias,
intentando excluir a las dems naciones de la participacin en ese
comercio, asegurndose la captacin exclusiva de los beneficios del
mismo por parte de Espaa. El monopolio ser la forma en que Espaa
aplicar las ideas del mercantilismo en torno a la acumulacin de
metales preciosos. Este ser aplicado durante toda la dominacin
espaola en Amrica. Adems se ver relativizado en sus efectos a travs
del contrabando por rutas no oficiales (por ej.: Bs As).
*Las rutas comerciales: La implementacin del monopolio se
tradujo en un sistema comercial restrictivo, estructurado a partir
de elementos bsicos: el rgimen del puerto nico y el sistema anual
de flotas y galeones. El rgimen del puerto nico presupona de la
existencia de un nmero reducido de puertos habilitados para el
comercio reciproco entre Espaa y las Indias (Sevilla en Espaa,
Portobelo en Panam y Veracruz en Mxico). El sistema anual de flotas
y galeones fue puesto en prctica luego de 1588, el cual signific
para Espaa la destruccin de su flota a manos de Inglaterra. Este
sistema ideado por Espaa consista en el armado de grandes flotas
anuales de navos destinados al comercio con las Indias, que
zarpaban desde la pennsula y navegaban protegidos por los galeones
en su viaje hacia las ferias de Veracruz y Portobelo.
*Las economas regionales: El monopolio estructur en toda Amrica
hispana economas regionales cerradas. En el actual territorio
argentino la regin de mayor desenvolvimiento econmico ser la del
noroeste, por su vinculacin con el Potos, el mayor centro minero
del Alto Per. En esta regin se desarroll la produccin agrcola a
partir de la disponibilidad de mano de obra indgena organizada bajo
el sistema de encomienda. Tambin logra el desarrollo del cultivo de
algodn, la fabricacin de carretas y muebles, y la manufactura del
cuero y el sebo. La regin del Cuyo alcanza desarrollo agrcola en la
produccin de vid y frutales que exporta hasta Chile y el Litoral.
En la regin del Centro tambin existe el desarrollo artesanal textil
y del cuero y sebo, y es uno de los principales proveedores de
animales de carga con destino a Potos. Bs As y la regin Litoral
sern las regiones de menor desarrollo en forma rudimentaria y a
travs de las vaqueras que disminuyeron las existencias de ganado en
pie. El resto de las regiones de nuestro actual territorio (Chaco y
la Patagonia) permanecen despobladas y en poder de indgenas.
*Instituciones del gobierno de Indias en Espaa y en Amrica: En
concepcin poltica de los Austrias, sus posesiones americanas sern
consideradas reinos y se los denominar oficialmente Reino de
Indias. Jurdicamente eran tales, en la medida que eran posesiones
de la Corona y no de la nacin espaola. Dentro del marco de
descentralizacin efectiva para el ejercicio del poder que
caracteriz la administracin de los Austrias, desarrollaron un
mecanismo de equilibrio y contrapeso de poderes. Por entonces, no
exista la clsica divisin de poderes que hoy conocemos de modo que
las funciones del Estado estaban encargadas en distintos niveles a
distintos rganos al mismo tiempo. Las principales instituciones y
sus atribuciones entre los residentes en Espaa, tenemos el Consejo
de Indias y la Casa de Contratacin.Durante gran parte de la
dominacin espaola en Amrica, la atencin de los asuntos coloniales
estuvo a cargo de un organismo especial llamado Real y Supremo
Consejo de Indias. En 1524, se organiza con carcter independiente,
era colegiado y resida en la corte. Fue dotado de amplias
facultades: legislativas, administrativas, judiciales,
eclesisticas, militares y navales. En 1503, se funda la Casa de
Contratacin con asiento en Sevilla, a la cual se le van asignando
sus funciones propias. Hasta esa fecha fue Cdiz el puerto de origen
de las expediciones a Indias y en dicha ciudad se haba establecido
una aduana. Pero se eligi a Sevilla como residencia de la Casa de
Contratacin por su mayor importancia como ciudad y por su posicin
estratgica en el interior de Castilla. Sus principales atribuciones
eran: comerciales, fiscales, judiciales, cientficas y tcnicas. El
adelantamiento es una institucin de origen medial, cuyas funciones
son legisladas en las Partidas. Hay dos categoras de adelantados:
a) los de corte, que residen junto al rey quien los adelanta para
que juzguen los pleitos que llegan hasta la corte. B) los de
comarcas o fronteras. Los primeros tienen funciones exclusivamente
judiciales; los segundos, gubernativas, militares y judiciales. El
rgimen de adelantados constituye la primera forma de autoridad en
Amrica para el gobierno de las nuevas tierras. Esta institucin
desaparece cuando se supera la etapa histrica de los
descubrimientos y de la conquista americana y comienza la
colonizacin con autorizaciones regulares y permanentes. La eleccin
de los virreyes era atribucin reservada al soberano. El virrey est
sometido a una serie de prohibiciones sociales, afectivas y
econmicas, para asegurar la independencia en el desempeo del caro e
impedir el enriquecimiento en forma ilcita. Constituye la ms alta
autoridad en Amrica y la representacin directa del monarca. Sus
atribuciones: polticas, legislativas, administrativas, judiciales,
militares y religiosas. Los gobernadores pasan a ser funcionarios
nombrados por el rey al frente de una provincia, con sueldo fijo,
poderes limitados y cargo temporario. Sus funciones eran:
gubernativas, militares y judiciales. El Cabildo era un rgano
colegiado. Estaba integrado por alcaldes, regidores y funcionarios
especiales. Para ocupar esos cargos se deba ser vecino de la
ciudad. Se deben distinguir dos clases de Cabildos: cerrados y
abiertos. Los primeros constituidos por alcaldes, regidores y
diversos funcionarios. En casos especiales se celebraban cabildos
abiertos, los requisitos eran: era necesaria la autorizacin del
gobernante poltico, el Cabildo ordinario o cerrado formulaba las
invitaciones y ese mismo presidia la reunin. Funciones de los
Cabildos: electorales, registro de ttulos, gobierno comuna,
funciones polticas, administracin de justicia, funciones
financieras. IMPORTANCIA DE LOS CABILDOS: el cabildo fue el rgano
de gobierno ms importante en la proteccin y defensa de los
intereses locales y en la representacin de las opiniones de los
vecinos. Adems, fue eficaz defensor de la produccin y del comercio
dentro de las limitaciones establecidas por la legislacin y aun
oponindose a ella. Constituy tambin a elevar el nivel de vida de la
poblacin.
*Condicin social y jurdica de espaoles e indios: Una de las
caractersticas fundamentales de la sociedad indiana ser la
heterogeneidad racial. Espaoles, indios y esclavos negros tendrn un
distinto tratamiento en el plano de la legislacin y en la
organizacin social concreta. La polmica desatada en Espaa acerca de
la licitud tica de la esclavitud t del sometimiento de los indgenas
al rgimen de la encomienda incidir en el espritu de la legislacin
de Indias. Este ser marcadamente humanista, puesto que consideraba
a los indgenas, vasallos libres de la Corona y trata de promover su
evangelizacin y adoctrinamiento en la fe cristiana. Pero la
realidad estara lejos de los altos propsitos que inspiraban esta
legislacin. Los indgenas seran sometidos al duro rgimen de la
encomienda y constituyeron la mano de obra disponible en la
estructura productiva de las Indias. Los malos tratos a que fueron
sometidos determinaron una reclusin del nmero de indgenas. Adems de
las numerosas rebeliones y levantamientos que los conquistadores
debieron reprimir. Mejor, en cambio, fue el trato que recibieron
los indios que vivan en las reducciones y misiones a cargo de
ordenes religiosos, reciban instruccin y adoctrinamiento religioso,
trabajaban en las tareas agrcolas e inclusive en construir sus
propios cabildos integrados por ellos.La poblacin de raza blanca,
descendiente de los conquistadores, ocupaba los lugares sociales de
privilegio, participaban de los cargos polticos, militares y
eclesisticos. Con el tiempo, dentro de este grupo racial se ir
produciendo una discriminacin entre los individuos de raza blanca
nacidos en Amrica (criollos) y los mestizos de blancos e india (el
gaucho), tipo social que no encontrar insercin en la sociedad de la
poca y que se dedicar a las tareas ganaderas. Otro de los tipos
sociales relegados en la sociedad de la poca, seran aquellos que
surgen del cruzamiento de razas (mulato, zambo). Los esclavos
negros sern destinados a las tareas domsticas y artesanales por lo
cual sus condiciones de vida sern mejores que las de los
indios.
*La encomienda: Ser una institucin utilizada por los espaoles
para organizar la mano de obra indgena disponible y afectarla a las
tareas productivas. Por este sistema los indgenas eran puestos bajo
el mando de un espaol, al cual servan trabajando para l, que tena a
cambio de ello la obligacin de evangelizarlos. Esta institucin era
la base de la estructura econmica de la poca. Hacia el siglo XVII
la encomienda fue reemplazada por tributos personales de los
indgenas a los espaoles.
*La legislacin indiana: El conjunto de las normas destinadas a
regir los distintos aspectos relacionados con las Indias, se
conocer como Leyes de Indias. Su carcter general ser su grado de
flexibilidad ya que ms que leyes eran recomendaciones cuyo
acatamiento quedaba librado al criterio de la autoridad de
aplicacin, quien poda acatar pero no cumplir conforme la formula
ritual utilizada. La legislacin reconoca los inconvenientes que
poda presentar a Las Indias, presentar a la norma concebida desde
Espaa permitiendo adoptarla para aplicarse con xito.
BOLILLA II
Las reformas borbnicas.
*Concepcin poltica de los borbones: Caractersticas del
despotismo ilustrado: Durante los siglos XVI y XVII, mantuvo su
vigencia la ordenacin constitucional de la monarqua hispnica
impuesta por los Reyes Catlicos, aunque se introdujeron algunas
reformas en las pocas de los 3 primeros Austrias encaminados a
reforzar el absolutismo monrquico. A mediados del siglo XVII se
operan en Espaa importantes cambios no solo de personas, sino
tambin y sobre todo, en la vida institucional. Las nuevas ideas
provienen de Francia y se imponen en Espaa a raz de la Casa de
Borbn. La presencia de un Borbn en el trono de Madrid y la
conjuncin del podero franco espaol q esto significaba, indign a
Austria que se crea en derechos a la Corona espaola, preocup a
Holanda, temerosa de las intenciones de Francia sobre los Pases
Bajos y alarm a Inglaterra, enemiga del engrandecimiento de la Casa
de Borbn.La monarqua borbnica es tan absolutista e imperialista, o
ms, que los Austrias. Traslada a Espaa las ideas de Luis XIV y
representa el absolutismo ilustrado, denominado tambin despotismo
ilustrado. Los monarcas reciben el poder directamente de Dios,
constituyndose en ungidos del Seor. El rey se convierte en la
fuerza subordinante, en la clave de toda la estructura del Estado.
Luis XIV sostiene que por orden divino y natural, la autoridad
pertenece al rey. Todo el poder pertenece al monarca. La ideologa
poltica de los borbones se basa en una legislacin autoritaria que
acenta el absolutismo real, sostiene que el poder absoluto del rey
debe ejercerse a favor del pueblo, o por lo menos de sus capas
superiores, pero ni aqul ni stas participan en el gobierno. No
acepta particularismos anteriores, cuerpos intermedios, ni divisin
de poder. Podemos sintetizar la poltica borbnica en Espaa, en los
siguientes puntos: a) absolutismo y burocracia centralista y
absorbente, b) adhesin a los nuevos principios econmicos y a las
doctrinas filosficas que llegan de Francia, c) sentido
profundamente monrquico, d) unin de los reformistas con los
defensores de la soberana ilimitada del monarca para imponerse al
pueblo, e) la realizacin de la revolucin desde arriba, f) libertad
de comercio y organizacin de correos martimos, g) creacin de
compaas de navegacin, h) fomentos de sociedades econmicas, i)
restauracin de la riqueza general, j) reconstruccin nacional, k)
reformas tendientes al progreso de Espaa y Amrica, l) afianzamiento
y prerrogativas reales frente a la autoridad pontificia.DESPOTISMO
ILUSTRADO: proceso que se caracteriz por la absorbente concentracin
de los poderes del Estado en la persona del monarca.
*Los nuevos virreinatos: Los cambios producidos por los borbones
convierten a las secretarias o ministerios en los organismos ms
importantes del poder central. La nueva dinasta llevar adelante en
Espaa una serie de reformas polticas y econmicas a travs de las
cuales replantea su relacin con sus dominios ultramarinos. Las
reformas polticas tendern a una paulatina concentracin del poder en
la persona del monarca y a una centralizacin del sistema poltico de
administracin de los territorios americanos. Las principales
reformas en este sentido sern la creacin de nuevos virreinatos y la
aplicacin de la institucin de la Intendencia. En el caso particular
de la creacin de nuevos virreinatos la medida obedece adems, a una
necesidad de mejorar la posicin estratgica de Espaa en la defensa
de sus colonias de Amrica, as como mejorar el sistema de
administracin a travs de unidades poltico-territoriales ms pequeas.
Los nuevos virreinatos sern el de Nueva Granada y el del Rio de la
Plata (actuales territorios de Argentina, Uruguay, Paraguay,
Bolivia, sur de Brasil y centro y sur de Chile).
*Causas de la creacin del Virreinato del Rio de la Plata: 1) las
dificultades de gobierno originadas por la distancia entre las
provincias sureas y la capital del Virreinato del Per, al cual
estaban subordinadas. 2) resultaba muy dificultoso que desde esa
ciudad tan lejana se adoptasen las medidas requeridas por las
necesidades urgentes de las gobernaciones de las regiones australes
del Virreinato del Per. 3) el entrecruzamiento de la poblacin, el
desarrollo del comercio y de las industrias en las regiones
australes. 4) el avance lusitano. Constituy la causa inmediata y
decisiva para la creacin del virreinato rioplatense.5) la necesidad
de defender las costas patagnicas.
*La real Ordenanza de Intendencias: en 1782 se introduce en
Amrica la institucin de la Intendencia, en reemplazo de los
gobernadores. La nueva institucin procura mejorar el sistema de
administracin, los abusos y desordenes en el cobro de los impuestos
reales y lograr una mayor centralizacin administrativa. Los
intendentes tenan atribuciones judiciales, polticas, militares y de
hacienda. La Real Ordenanza de 1782 dividi al Virreinato en siete
intendencias: Paraguay, Crdoba de Tucumn, Salta de Tucumn, Charcas,
Potos, Chacabamba y La Paz, y una superintendencia, Bs As con
jurisdiccin sobre la Patagonia, luego eliminada. Cre adems
gobernaciones militares en las regiones fronterizas y bajo la
dependencia directa del virrey.
*Reglamento del Comercio Libre: La extraccin de metales
preciosos en grandes cantidades de las minas americanas no depar
prosperidad a la espaola. La afluencia ininterrumpida de metales
durante todo el siglo XVI y XVII trajo como consecuencia el
incremento de los medios de pago y el consecuente proceso
inflacionario en la pennsula. Esto oblig a permitir la libre
introduccin de artculos manufacturados extranjeros para abaratar el
costo de los espaoles; y esta apertura le dio un golpe de muerte a
la industria espaola. La crisis a su vez provoc el despoblamiento
de Espaa y la emigracin en masa hacia las Indias. Esta situacin
encontraron los Borbones al llegar al trono, por eso la nueva
dinasta procurar adoptar una serie de medidas tendientes a
establecer los lineamientos de una relacin con Amrica que
respondiese ms a la estructura clsica de una vinculacin
metrpoli-colonia. La metrpoli desarrolla produccin industrial de
manufacturas que comercializa con las colonias a las cuales
constituye en mercado consumidor y estos a su vez le proveen de
materias primas, por lo cual la metrpoli tiende a impedir su
desarrollo industrial. As los Borbones adoptan medidas para
restringir el desarrollo de las industrias americanas paralelamente
a la proteccin de las industrias Peninsulares. Tratan de suplir con
los mercados americanos los mercados externos que otras potencias
les han arrebatado. Paralelamente, se desarrolla en Amrica el
conflicto entre los diferentes grupos de presin que tienen
intereses econmicos similares. Por un lado los comerciantes de
Sevilla y Cdiz y los del Puerto de Lima, beneficiarios del sistema
monoplico y partidarios de mantenerlo en vigor y por el otro, los
sectores comerciantes del puerto de Bs As, hasta entonces cerrado
al comercio exterior y alejado de las rutas tradicionales. Estos
conflictos de intereses y el marco de la situacin espaola, permiten
comprender el sentido de las medidas econmicas implementadas por
los Borbones, las cuales implican una transicin hacia un rgimen
comercial de apertura y libre cambio, el cual solo se establecer
definitivamente a partir de 1810. A travs de sus medidas, los
Borbones tratarn de dar respuestas a los sectores reclamantes. Las
reformas fracasarn y acelerarn el proceso de la independencia
americana, puesto que mientras son resistidas por las regiones del
interior de Amrica tambin lo son por los sectores portuarios de Bs
As, que se beneficiarn con el libre cambio directo con Inglaterra y
quieren prescindir de la intermediacin espaola. Principales medidas
adoptadas: 1) La concesin a Inglaterra del permiso para comerciar
con las colonias espaolas a travs del sistema de navos de
registros. 2) la concesin a los ingleses en el mismo tratado del
Tratado de Asiento de negros, para introducir esclavos en Amrica.3)
la devolucin a Portugal de la Colonia de Sacramento, utilizada como
base para el contrabando.4) la introduccin por el puerto de Bs As
de productos destinados a Chile y Per.5) la sancin del reglamento
de Libre Comercio en 1778, que habilita para el comercio 14 puertos
en Espaa y 19 en Amrica, al mismo tiempo que suprime algunos
aranceles aduaneros y simplifica el sistema impositivo. 6) la
creacin de la Aduana del puerto de Bs As en 1779, principal fuente
de ingreso para el estado a partir de entonces. 7) la libre
introduccin en Amrica de esclavos negros8) la autorizacin para
comerciar con otras colonias americanas los productos que no
estaban destinados a Espaa, comercio intercolonial.9) la creacin
del Consulado de Bs As en 1794, como tribunal de Comercio y Junta
de Promocin Econmica. 10) autorizacin a las Colonias espaolas para
el comercio con potencias neutrales cuando Espaa estaba en
guerra.
*Consecuencias econmicas y sociales de la apertura del puerto de
Bs As: Se rompe el equilibrio entre las distintas economas
regionales, se acenta la vinculacin con Europa y la dependencia del
comercio ultramarino. Entran en crisis las producciones artesanales
del interior. Se expande notablemente la actividad ganadera en el
Litoral. Aumentan las exportaciones de cueros y sebo, y se
desarrolla la industria saladeril. Bs As progresa aceleradamente el
influjo del puerto y de la aduana, y la ganadera desplaza tierras
aptas a la agricultura. En lo social, se producen migraciones
internas hacia el Litoral y Bs As, que incrementan su poblacin. Se
produce una intensa movilidad social.
*La participacin de Inglaterra: pese a los esfuerzos de los
Borbones por superar la postracin industrial espaola, no podrn
competir con el creciente podero industrial y martimo de Inglaterra
ya que es la principal potencia martima a partir de la destruccin
de la Armada invencible y del desarrollo de su marina mercante y
ser la principal potencia fabril a causa de la Revolucin
Industrial. Este proceso se caracteriza por la acumulacin de los
capitales generados por los excedentes del comercio ultramarino en
el desarrollo industrial y la gran abundancia de hierro y carbn
para apuntalar el maquinismo en las Islas Britnicas. Se desarrolla
as la moderna empresa capitalista y los ingleses se lanzan a la
bsqueda de nuevos mercados para la colocacin de sus excedentes de
produccin que saturan el mercado interno. Acrecentar su inters por
dirigir su comercio hacia las posesiones espaolas de Amrica y sus
deseos se vern favorecidos por las medidas liberalizadoras y
desindustrializadoras de los Borbones.
CRISIS Y REVOLUCIONES DE INDEPENDENCIA (1810 1820)
BOLILLA III
*Antecedentes y fundamentos de la Revolucin de Mayo: En la
segunda mitad del siglo XVIII, se desarroll en Europa el
Iluminismo, que se opuso al absolutismo monrquico reclamando
igualdad social, tolerancia religiosa y libertad de comercio. La
Revolucin Francesa propuso la lucha por la libertad individual, la
igualdad ante la ley y la supresin de los privilegios de algunas
clases (clero y nobleza) a favor de los no privilegiados (burguesa,
obreros y campesinos).La soberana resida en el pueblo, que lo
delegaba en el soberano, y que, si ste abusaba de su poder,
posibilitaba a que aqul reasumiera su soberana. El movimiento
independista norteamericano iniciado en 1773 y que culmin en 1783
con el formal reconocimiento de Inglaterra de la independencia de
EEUU, tuvo una definida influencia en los revolucionarios del Ro de
la Plata y sera una fuente de inspiracin para la que se llevara a
cabo en estas tierras. Hacia los inicios del siglo XVIII,
Inglaterra se encuentra en pleno desarrollo del proceso de la
Revolucin Industrial, que estuvo caracterizado por la mecanizacin
(el uso creciente de maquinaria para realizar los procesos
manufactureros ms eficientemente que el trabajo manual), la
aplicacin de la ciencia, le uso de minerales (carbn y petrleo) como
combustible y materia prima, y la integracin geogrfica. Las
transformaciones ms profundas se produjeron en el sector textil.
Los triunfos militares de Napolen en el continente europeo le
posibilitaron cerrar los puertos al comercio ingls, y esto coloc a
Inglaterra en la necesidad de hallar nuevos mercados donde colocar
sus excedentes de produccin. Gran Bretaa qued en situacin
comprometida porque su desarrollo industrial no poda detenerse, mas
no encontraba lugar donde vender el excedente de su enorme
produccin, por lo que deba necesariamente encontrar nuevos mercados
para colocar sus excedentes, y fij sus ojos en la Amrica espaola,
fundamentalmente en el Ro de la Plata. CONSECUENCIAS DE LAS
INVASIONES INGLESAS: 1) el deterioro de la autoridad del virrey por
el comportamiento poco digno de Sobremonte. 2) el antecedente que
signific que por el mecanismo de Cabildo Abierto se destituyera al
virrey Sobremonte cuando el funcionario fue depuesto de sus
funciones militares y polticas. 3) la transferencia del poder
militar de los espaoles peninsulares a los criollos. Con motivo de
la primera invasin, se originaron las milicias criollas.
*El juntismo: este proceso de alzamiento fue fundado por los
espaoles en la teora de la retroversin de la soberana y se
efectiviz en la creacin de Juntas comunales, que luego se agrupaban
en Juntas Provinciales, las que conformaron en Septiembre de 1808
una Junta Central, que gobernaba en nombre de Fernando VII. Las
juntas fueron integradas con las ms diversas autoridades y su mayor
esfuerzo estaba destinado a asegurar el alistamiento de los
ciudadanos para organizar la fuerza militar que enfrentaba a los
franceses.
*Grupos polticos y sociales en Bs As: podemos distinguir la
existencia de tres grupos o sectores revolucionarios divergentes
que coincidieron finalmente en un objetivo comn en mayo de 1810.
Cabe sealar tambin la presencia de un cuarto grupo, el partido
Metropolitano, opuesto al proceso de independencia e integrado por
funcionarios adictos al rgimen imperante. Los tres grupos
revolucionarios fueron encabezados respectivamente por Martn de
lzaga (alcalde de primer voto), Juan Jos Castelli (abogado criollo
y funcionario de la Real Audiencia) y Cornelio Saavedra (comandante
del regimiento de Patricios).El grupo de lzaga pretenda conservar
estas tierras para los espaoles, ante el peligro que significaba la
invasin francesa a la metrpoli y el temor de que se extendiera a
Amrica. Este sector estaba integrado por espaoles que desempeaban
funciones en el Cabildo y el Consulado, jefes militares y oficiales
de los regimientos espaoles existentes en Bs As, en su mayora eran
comerciantes o estaban ntimamente ligados a los intereses de la
plaza. El grupo de Castelli estaba constituido por hombres de
ideologa afrancesada, liberal en lo poltico y librecambista en lo
econmico.El grupo de Saavedra, denominado Reformista Renovador,
porque sus miembros pretendan implantar reformas moderadas y
razonables, sin renegar del pasado.
*El Cabildo Abierto del 22 de mayo: en mayo de 1810, llegan a Bs
As las noticias de la cada de la Junta de Sevilla en manos de los
franceses y la huida de algunos diputados a la isla de Len.
Cisneros intenta impedir la difusin de estas noticias pero igual
son conocidos y originan gran confusin.Crece la agitacin y comienza
a cuestionarse la permanencia del virrey al haber cesado la
autoridad que lo haba designado. Frente a esto se plantea la idea
de un Cabildo Abierto, ante tumores crecientes de una insurreccin
de los regimientos criollos y del pueblo de las orillas para tomar
el fuerte y apresar al virrey. Cisneros convoca a una conferencia
con los jefes militares, el 20 de mayo, y stos le manifiestan que
debe cesar en el mando al haber cesado quien lo design. Al verse
sin apoyo militar cede a las presiones y convoca a un Cabildo
Abierto el 22 de mayo.Opiniones ms relevantes: (la cuestin a
discutir es la continuidad o no de Cisneros en el mando por haber
cado la Junta de Sevilla).1) Obispo Lu: sostena que por pertenecer
estas tierras a Espaa mientras hubiese un espaol o un pedazo de
tierra en Espaa en manos de espaoles, ese espaol o esa fraccin de
territorio espaol tena derecho a mandar sobre estos territorios. 2)
Castelli: refut al Obispo diciendo que en primer lugar estas
tierras no pertenecan a Espaa sino a la Corona, como la propia
Junta de Sevilla lo haba reconocido y por lo tanto, la soberana
retrovena en el pueblo que la haba depositado en l y el pueblo era
quien deba determinar los pasos a seguir.3) Fiscal Villota: dio la
razn a Castelli en cuanto a que la soberana retrovena en el pueblo
en ausencia de un monarca, pero plante la incompetencia del Cabildo
Abierto para resolver por s el cese de Cisneros, diciendo que deba
convocarse a un Congreso General de los pueblos del Virreinato para
decidir el cese del virrey o su continuacin.4) Passo: sostiene que
en este caso en particular y dado la urgencia de la situacin
corresponde aplicar la teora de la gestin de negocios ajenos sin
mandato, por lo que Bs As decide por s el cese del virrey, quedando
su decisin sujeta a la ratificacin posterior de un Congreso a
convocarse de los pueblos del Virreinato. 5) Saavedra: su postura
es la ms votada. l plantea que debe cesar el virrey y debe
reemplazarlo interinamente el Cabildo hasta que asuma una Junta
compuesta del modo y forma que decida el Cabildo.
*El principio de la soberana popular: constituye sin lugar a
dudas el primer principio poltico de nuestra historia
independiente. Resuelta claramente expresando en la parte final del
voto de Saavedra, cuando dice que no quedan dudas que es el pueblo
el que confiere la autoridad o mando, es decir, el pueblo es
depositario originario del poder y de la soberana.
*La Primera Junta, el plan poltico de la Revolucin: el 23 de
mayo se constituye una junta en la que participan Saavedra y
Castelli pero presidida por Cisneros. La reaccin se impone y queda
constituida definitivamente el 25, la llamada luego Primera Junta
de Gobierno Patrio con la presidencia de Saavedra y con Moreno como
secretario. No puede decirse que haya habido un nico plan poltico
de la Revolucin en la medida en que existan distintos grupos en el
seno de la Junta, pero comienza a notarse la inferencia de Moreno y
de sus ideas en el accionar del gobierno.
*Circular del 27 de mayo: en una de sus primeras medidas, la
Primera Junta de Gobierno emite la llamada Circular del 27 de mayo,
dirigida a los pueblos del interior, en la cual se informa sobre
los sucesos acaecidos en Bs As, comunicndose la instalacin del
nuevo gobierno y se ordena la eleccin de diputados por parte de las
ciudades y villas del Virreinato para que se incorporen a la Junta
de Gobierno a medida que vayan llegando a Bs As y hasta la
realizacin de un Congreso General de los Pueblos del Virreinato,
tal cual haba sido solicitado en el Cabildo Abierto del 22 de mayo.
As mismo, se informa la remisin de una expedicin militar para
garantizar la libre eleccin de diputados. Pero la existencia de
focos contrarrevolucionarios, van determinando modificaciones en el
sentido original de la Circular, en tanto se informa a las villas
que no eran cabezas de partidos, que no enviaran sus diputados y, a
requerimiento del Cabildo de Santa Fe, Moreno comunica que debe
citarse a todos los vecinos existentes en la ciudad para la eleccin
de aquellos. Por ltimo, se sostiene la idea de que los diputados
son meros informantes de las necesidades de sus respectivos lugares
ante la Junta. Como consecuencia de esto, los nuevos diputados
elegidos por las ciudades del interior no son incorporados a la
Primera Junta en calidad de integrantes del Gobierno Patrio y slo
se les otorgan tareas parciales y secundarias a algunos de ellos.
Pero los diputados del interior reclamaron en forma conjunta la
incorporacin que les conceda la Circular. En efecto, la noche del 5
de diciembre, los oficiales del Regimiento de Patricios festejan la
victoria de los ejrcitos criollos en la batalla de Suipacha,
Atanasio Duarte saluda a Saavedra y a su esposa como futuros
monarcas de Amrica. Este hecho disgust al Secretario de la Junta,
que redact el llamado Decreto de Supresin de Honores, donde se
modifican ciertas normas de protocolo existente en detrimento del
Presidente de la Junta, establecindose que habra igualdad entre el
mismo y los vocales. En base a esto, Saavedra se enfrenta con el
Regimiento de Patricios y los diputados del Interior se presentan a
la Junta el 18 de diciembre y solicitando su incorporacin a la
misma. Los vocales de la Junta sostienen que la incorporacin no
corresponde a derecho y que la Circular haba sido un rasgo de
inexperiencia poltica; pero votan favorablemente por razones de
conveniencia poltica. En consecuencia, al producirse la
incorporacin de los diputados del interior, nace la denominada
Junta Grande.
BOLILLA IV
*Tentativas de organizacin Institucional y Guerra: con la
Revolucin de Mayo se abre un perodo (1810 1820) de marcada
inestabilidad poltica e institucional. La destitucin de la
autoridad espaola en Bs As no adquiere carcter revolucionario
pleno, sino que es el primer paso de un proceso que puede
denominarse como el de la revolucin y guerra de independencia. En
este perodo se desarrolla la idea de San Martn. Con avances y
retrocesos, se va forjando la idea de Nacin, el sentido y
sentimiento de pertenencia a una misma entidad. La actitud
emancipadora aparece temporariamente en las severas medidas
polticas de la Primera Junta. Pero junto a esta idea de emancipacin
gana terreno el conflicto sobre la estructura de poder del nuevo
gobierno, el enfrentamiento entre quienes tienen como cabeza
visible a Mariano Moreno y quienes aglutinan tras Cornelio
Saavedra.El grupo morenista ganado por la idea de una revolucin de
lineamientos jacobinos, tiene una visin ilustrada de la realidad.
Aspiran a la emancipacin inmediata, violenta si es preciso, pero al
mismo tiempo tal impulso los lleva a resaltar excesivamente el
poder de Bs As como centralizador ejecutivo de las decisiones
polticas. Para ellos, solamente los hombres ilustrados en las
nuevas ideas llegadas desde Francia son la nica conduccin vlida
para llevar adelante la poltica.Los saavedristas tambin partidarios
de la emancipacin, son ms prudentes y atentos a la realidad social
y cultural en que viven. Desean una revolucin ms gradual, pero el
mismo tiempo ms integral en cuanto a la participacin de las
distintas regiones y provincias. Socialmente, son ms conservadores
de las tradiciones hispanas y se apoyan en instituciones como la
Iglesia y el ejrcito, antes que en la burguesa naciente en Bs As.
En lo que quizs se parezcan ambos grupos es en su deseo de no
llevar la revolucin a un plano social, desean desplazar a la
burocracia espaola, terminar con los privilegios y las castas del
sistema colonial, pero no desean alterar el orden
social.Saavedristas y Morenistas son dos maneras de entender la
revolucin, la lucha por la emancipacin, pero en ellos ya se
preanuncia un enfrentamiento que se prolongar a lo largo de todo el
siglo la idea unitaria o centralista y la idea federal.
*La Junta Grande y las Juntas Provinciales: la Junta Grande va a
dictar el 10 de febrero de 1810 el Reglamento de Juntas
Provinciales y Subalternas, que reorganiza el rgimen poltico
vigente en el territorio del Virreinato,Por dicho Reglamento se
crean Juntas Provinciales y Subalternas. Las primeras residirn en
la ciudad capital de las Gobernaciones Intendencias, estando
presididas por el Gobernador Intendente o por un Presidente
designado por la Junta Grande, e integrada por cuatro vocales, en
ella reside toda la autoridad del gobierno de la Gobernacin
Intendencias, pero con entera subordinacin a la Junta Grande. Las
Juntas Subalternas funcionaran en ciudades o villas que tuvieran
derecho a designar diputados en Bs As, estando presididas por el
Comandante de Armas o un Presidente designado desde Bs As e
integradas por dos vocales. Tendran las mismas funciones que los
subdelegados de la Real Hacienda del Rgimen Intendencial, estando
subordinados a las Juntas Provinciales. Dicho Reglamento refuerza
el sistema instaurado por la Ordenanza de Intendencias, ms all de
que establece algunos avances en torno del voto masivo y
obligatorio. El sistema establecido por el Reglamento es
abiertamente centralista al establecer un rgido sistema piramidal,
donde las Juntas Subalternas dependen de las Provinciales, y stas,
de la existente en Bs As. Adems solo los vecinos de las capitales
de las Gobernaciones Intendencias elegirn a los vocales que los
representaran en las Juntas Provinciales. El Reglamento provoc
reacciones en el interior, entre las que se destacan las de los
Cabildos de Mendoza y Jujuy. Este ltimo reclama concretamente la
autonoma de su pueblo, afirmando que el Rgimen Intendencial ha sido
la intervencin ms desafortunada de nuestra metrpoli. Su diputado
sostendra el principio de igualdad de derechos de todos los
pueblos, proclamando el principio de la autonoma de cada ciudad y
reclamando el reemplazo del Rgimen e Intendecial por una
Confederacin de Ciudades. *Movimiento del 5 y 6 de abril de 1811:
poco despus de la muerte de Moreno, su grupo se ver desplazado por
la presin de saavedristas y hombres del interior. El 5 y 6 de abril
de 1811, un movimiento en el que participan tropas leales a
Saavedra, con el apoyo de contingentes de orilleros de la ciudad, y
con la complacencia de los representantes del interior obligan a
renunciar y alejarse del poder a los morenistas aglutinados en la
llamada sociedad patritica. Los hombres del interior parecan ganar
la partida momentneamente.
*El Primer Triunvirato: el 16 de septiembre el cabildo exige a
la Junta la destitucin de Campana. Un da ms tarde, se exige Cabildo
Abierto para designar diputados por Bs As al futuro Congreso,
siendo los ms votados: Chiclana, Paso y Sarratea, a la par que se
designa una Junta Consultiva. Esta obliga a la Junta Grande a
dictar un decreto el 23 de septiembre de 1811 creando un Poder
Ejecutivo de tres miembros, denominado Triunvirato, alegando
razones de celeridad y energa, destinando para tales cargos a
Chiclana, Paso y Sarratea. Los integrantes de la Junta Grande pasan
a formar la Junta Conservadora de la soberana de Fernando VII,
organismo ante el cual debe rendir cuentas el Triunvirato. En
sntesis, la creacin del Triunvirato signific el traspaso del poder
nacional que representaba la Junta Grande a la minora ilustrada de
Bs As de la que aqul fue un mero comisionado.
*El Reglamento Orgnico del 22 de octubre: el 22 de octubre de
1811, la Junta Conservadora dicta el Reglamento Orgnico, que consta
de un prembulo y 27 artculos. El mismo est dividido en tres
secciones que se refieren respectivamente a las atribuciones y
composicin de los rganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Cumpla
con las siguientes caractersticas: 1) establece la triple divisin
de poderes, aunque en forma imperfecta, con superposiciones y
omisiones.2) el Poder Legislativo radica esencialmente en la Junta
Grande, que pasa a llamarse Junta Conservadora, que puede declarar
la guerra o la paz, celebrar tratados de lmites, acordar relaciones
comerciales y crear nuevos impuestos. Es el rgano de mayor poder y
sus diputados son de carcter inviolable en lo jurdico.3) el Poder
Ejecutivo lo conforma un triunvirato compuesto por tres vocales y
tres secretarios sin capacidad de voto. Los vocales duran un ao en
sus cargos y sus funciones comprenden la defensa del Estado, el
mantenimiento de la Libertad Civil, la recaudacin de fondos, el
cumplimiento de las leyes y la seguridad de los ciudadanos. La
Junta Conservadora, una vez sancionado el Reglamento Orgnico, lo
enva al Triunvirato para que lo promulgue. Pero ste lo remite en
Consulta al Cabildo de la Ciudad de Bs As, el que a su vez,
solicita dictamen a la Junta Consultiva. Tanto el Cabildo como la
Junta consultiva aconsejan rechazar el Reglamento Orgnico, actitud
que adopta el Triunvirato, tras lo cual el 7 de noviembre de 1811
disuelve la Junta Conservadora y expulsa a los diputados del
interior de Bs As. Po lo que Bs As se erigir en metrpoli y dictar
leyes a su arbitrio a todas las provincias.
*El Estatuto Provisional del 22 de noviembre: el 22 de noviembre
de 1811, el Primer Triunvirato dicta el llamado Estatuto
Provisional del Gobierno Superior de las Provincias Unidas del Rio
de la Plata a nombre de Fernando VII, el que reemplaza el
Reglamento Orgnico y consta de un prembulo y 9 artculos. Sus
caractersticas confirman el giro poltico que haca el centralismo
(unitarios).1) el Poder Ejecutivo sigue siendo el Triunvirato, pero
ahora con amplias facultades, incluso invadiendo atribuciones de
otros poderes. Los vocales duran en sus funciones solamente 6
meses, en cambio los secretarios son de carcter inamovible. Este
Poder Ejecutivo deba ser elegido por una Asamblea General,
compuesta por el Cabildo de Bs As, un importante nmero de vecinos
de Bs As y los representantes del Interior. 2) la Junta
Conservadora queda disuelta e incluso algunos de los diputados son
acusados de conspiracin.3) se disuelven las Juntas Provinciales y
se designan gobernadores dependientes del Poder Ejecutivo de Bs As.
4) el Poder Judicial pierde en parte su independencia, por las
facultades extraordinarias del Poder Ejecutivo.Como aspecto
contradictorio con esta concentracin de poder, se crean decretos
consagrando la libertad de imprenta y la seguridad individual
frente a los abusos del Estado.La poltica del Triunvirato
representa la primera expresin definida de una tendencia partidaria
de la hegemona absorbente de Bs As que buscaba el neto dominio de
los intereses comerciales por sobre el Interior.
*La Logia Lautaro: estaba integrada por prestigiosos jefes
militares como San Martin, Alvear, y Zapiola. La Logia Lautaro era
una entidad eminentemente poltica, que se haba propuesto entre sus
fines llevar adelante el proceso independista en todo el continente
sudamericano. Sus integrantes entendan que deba triunfar la
revolucin en el plano militar para despus discutir las formas
institucionales ms convenientes conforme al pronunciamiento popular
del cual eran sumamente respetuosos. Para ello no existan
diferencias entre los habitantes de las diversas regiones de la
Amrica hispana, a los que consideraban paisanos y aliados en la
causa comn.Ambos grupos reclaman la convocatoria a un Congreso que
declare la Independencia y organice el pas. El Triunvirato convoca
a una nueva Asamblea en octubre y designa nuevos Triunviros. El 8
de octubre, tropas del ejrcito, conducidos por San Martin, Alvear y
Ocampo, ocupan la plaza, acompaados por los civiles de la Sociedad
Patritica. Los revolucionarios exigen la renuncia de los miembros
del Triunvirato, la entrega provisoria del mando al Cabildo, la
suspensin de la Asamblea, la creacin de un Poder Ejecutivo
integrado por personas dignas que consulten al pueblo y la
convocatoria de una Asamblea extraordinaria que resuelva en forma
definitiva la organizacin de la Nacin.El gobierno cede ante la
presin, y el Cabildo de Bs As y el Gobernador Intendente designan
como nuevos miembros del Triunvirato a Paso, Pea y Jonte, los que
son ratificados por el voto de los vecinos. Nace as el llamado
Segundo Triunvirato, bajo la inspiracin conjunta de la Logia
Lautaro y la Sociedad Patritica. *El Segundo Triunvirato: el
Segundo Triunvirato, mediante un decreto convoca a elecciones de
diputados para integrar una Asamblea General. La convocatoria
estableca que los poderes que se conferiran a los diputados deban
ser sin limitacin alguna. La eleccin era pblica o indirecta. Bs As
contara con cuatro diputados, las capitales provinciales con o y
las ciudades subalternas un diputado cada una.El Triunvirato cumpla
as con el mandato de la revolucin del 8 de octubre al convocar a
una Asamblea que declara la independencia y dictara una
Constitucin, como lo requeran los hombres de la Logia Lautaro y la
Sociedad Patritica. En febrero de 1813, la Asamblea dicta el
Estatuto del Supremo Poder Ejecutivo, reglamentando las funciones y
composicin del Triunvirato. Lo reforma posteriormente en 1814,
transformando al Poder Ejecutivo de colegiado en uno de carcter
unipersonal, por tanto, el Triunvirato deja de tener existencia
institucional en tal fecha.
*La Asamblea del ao XIII: con la representacin de todas las
provincias se rene en 1813, en torno a dos grandes objetivos:
declarar la independencia y dictar una constitucin. Aunque solo
cumpli parcialmente con ellas dado que adopt decisiones propias de
una Nacin independiente y organizo poderes del Estado, lo que es
propio de una Carta Magna.Sin embargo, la Asamblea cobra
trascendencia por una serie de medidas que toma, algunas de ellas
de tono verdaderamente revolucionario:1) en primer trmino, se
declara soberana.2) se procede al anlisis de cuatro proyectos
constitucionales: a) proyecto de la Comisin Oficial designada por
el Segundo Triunvirato.b) proyecto de la Sociedad Patritica (ex
morenistas lideraos por Monteagudo)c) proyecto de la Comisin
Interna de la Asamblea.d) proyecto atribuido a Felipe Cardozo,
diputado del Banco Oriental.
Los cuatro proyectos coinciden en contemplar la formacin de un
nuevo Estado integrado por todas las provincias que formaban el
antiguo Virreinato. Coinciden adems en la divisin tripartita de
poderes.LAS INSTRUCCIONES DE LOS PUEBLOS: de acuerdo con el decreto
de convocatoria dictad por el Segundo Triunvirato, los pueblos
podan otorgar instrucciones a sus representantes. Se conocen las
otorgadas por los pueblos de la Banda Oriental, Jujuy, Crdoba,
Tucumn, Bs As, La Rioja, San Luis, Potos y Charcas.Con motivo del
conflicto existente en la Banda Oriental entre las fuerzas
Orientales (Artigas) y los ejecitos porteos (en manos d los
realistas). Artigas convoca al Congreso Pearol donde se plantea
reconocer a la Asamblea por obediencia o por pacto, decidindose
finalmente aceptarla bajo determinadas condiciones y designar seis
diputados. El 19 de abril se emiten las citadas instrucciones, que
reconocen y claman por el derecho de los pueblos. Las de Jujuy,
sostienen la inoportunidad de declarar la independencia, si bien
requieren que la Asamblea se declare soberana, a la par que se
inclinan por un sistema federal que respete las autonomas
provinciales. Las de Potos tambin mantienen el rgimen federal pero
consideran oportuno declarar la independencia y establecer a la
regin catlica como la del Estado. Esto ltimo tambin es sostenido
por las instrucciones de Tucumn, las que consideran conveniente
tener presente la Constitucin de los EEUU, adoptndola a nuestra
situacin local y poltica.
*El Directorio: el cargo de Director Supremo fue una creacin de
la Asamblea del Ao XIII. Tuvo vigencia entre 1814 y 1820. Fue una
institucin que reafirm el centralismo porteo y gener fuertes
resistencias en el interior. Fueron Directores Supremos: Gervasio
de Posadas, Carlos Mara de Alvear, Ignacio lvarez Thomas, Antonio
Balcarce, Martn de Pueyrredn y Jos Rondeau.
*Estatuto Provisional de 1815: cado el Director Supremo, Alvear,
el poder es reasumido por el Cabildo de Bs As, que convoca al
vecindario para designar 12 electores que definiran la forma de
gobierno a adoptar, a un nuevo Director Supremo y, elegir una Junta
de Observacin que dictara un Estatuto Provisional para regir a las
Provincias Unidas.El Estatuto Provisional surge como una rara
mezcla de principios doctrinarios, de formas procesales, de
legislacin electoral y rgimen de milicias.Comienza con una
consagracin de los derechos fundamentales de los individuos.
Establece la divisin de poderes y menciona los deberes de los
ciudadanos y funcionarios pblicos. Hay discusiones sobre el carcter
de este Estatuto: algunos afirman que es de tendencia federal por
cuanto reconoca a las provincias el derecho de elegir sus propios
gobernadores. Por otra parte, se afirma que la Carta Magna surgida
del congreso que por l se convoca es de neto contenido
unitario.Este Estatuto tena por finalidad neutralizar el avance de
Artigas, quien haba sido designado Protector de los Pueblos Libres
y se opona al centralismo porteo.Lo destacable de este digesto
legal es que impone al Director Supremo la convocatoria a un
Congreso General para dictar una Constitucin, que debera reunirse
en la ciudad de Tucumn, para lo que las ciudades y villas habran de
designar sus diputados.
*El Congreso de Tucumn y la declaracin de la Independencia: uno
de quienes incita fervientemente a la realizacin del Congreso es
San Martin. No concurrieron a esta convocatoria las provincias
litorales (Santa Fe, Entre Ros, Corrientes y la Banda Oriental).
Tampoco envi representantes Paraguay.Una de las primeras medidas
del Congreso es designar al Director Supremo (Pueyrredn) para luego
establecer un plan de materias a las que se deberan ajustar las
deliberaciones. Las vigencias mayores eran la declaracin de la
independencia y la organizacin institucional del pas. Ello ocurri
finalmente el 9 de julio, se declar la Independencia de las
Provincias Unidas de Sud Amrica. Hecho esto, se entr a considerar
la forma de gobierno que habra que adaptarse para organizar el
nuevo Estado, en el Congreso primaba la idea de una monarqua
constitucional (idea defendida por Belgrano y San Martin). Pero la
mayora de los diputados dej de lado la idea de coronar a un Inca
para inclinarse por entrar en tentativas con alguna casa reinante
en Europa para hacer lo propio con un prncipe europeo. El nuevo
Director Supremo, Pueyrredn, inici tratativas con el gobierno
francs para la coronacin de Luis Felipe de Orlens. Luego,
desestimado este intento, se intenta la coronacin de Carlos Luis de
Borbn, prncipe de Luca.
*Reglamento Provisorio de 1817: mientras el Congreso que haba
declarado la Independencia discuta la conveniencia de dictar una
Constitucin de inmediato, sanciona el Reglamento Provisorio que
habra de reemplazar al Estatuto Provisional de 1815. Este documento
no innova mayormente lo establecido por aqul. Era de neto carcter
unitario, toda vez que a las decisiones de gobernadores quedaban al
arbitrio del Supremo Director del Estado de las listas de personas
elegibles de dentro o fuera de las provincias. Estas eran simples
entidades administrativas. Rigi provisoriamente hasta el dictado de
la Constitucin de 1819.
*La Constitucin de 1819: el proyecto de Constitucin comenz a ser
tratado el 31 de julio de 1818. Privaba all un espritu unitario,
preparndose el camino para el establecimiento de una monarqua que
era lo que se quera implantar. Pero esta fue hecha a espaldas de la
mayora del pueblo de las provincias, el cual tajantemente la
rechaz; esto origin un doloroso perodo de distenciones internas.
Una ley es legtima en cuanto expresa y representa al conjunto de la
sociedad, no a una minora ilustrada que legisla a espaldas de
quienes tericamente dice representar.PRINCIPALES DISPOSICIONES: las
que refieren al Poder Legislativo, al que divide en dos cmaras: una
de Representantes y otra de Senadores. El Poder Ejecutivo es
unipersonal y se denomina Director de Estado. Se crea por primera
vez una Alta Corte Suprema de Justicia.Esta constitucin no adopta
ningn sistema o forma de gobierno, con la finalidad de poder
adaptar la Ley Fundamental ya sancionada a una monarqua
constitucional. Tampoco dedica ninguna seccin o capitulo al
tratamiento de las provincias (su organizacin, derechos y poderes)
ni se les reconoce existencia como Estados particulares y entidades
de derecho pblico. POSICION DEL INTERIOR ANTE LA CONSTITUCION: el
rechazo que produjo esta Constitucin en las provincias argentinas,
particularmente en las del Litoral, origin un levantamiento
generalizado contra las autoridades nacionales.
PACTOS INTERPROVINCIALES Y PROYECTO RIVADAVIANO (1820 1831)
BOLILLA V
Cada del Poder Nacional y Autonomas Provinciales.
*El surgimiento de los caudillos y las realidades regionales: el
federalismo fue una actitud defensiva del interior, ante el control
de los ros, el monopolio del puerto nico, la confiscacin de la
renta aduanera que entraba en Bs As y que perteneca a todas las
Provincias Unidas y la libertad de comercio; prerrogativas que en
el periodo colonial detentaba la Corona espaola. Antes de la gran
revolucin no haba caudillos ni montaneras en el Plata. La guerra de
Independencia los dio a luz. El realismo espaol fue el primero que
llam caudillos a los jefes americanos en que no queran ver
generales. Las montaneras se constituyeron en la herramienta de
lucha del interior, ante los ejrcitos de lnea que envidiaba Bs As.
Aparece as, en la escena histrica el gaucho como personaje central
de la misma y se constituir en el grupo tnico fundamental del pas.
Los gauchos eran los sectores populares de ese entonces y eran
conducidos por los caudillos. Procedentes de sectores rurales no
ilustrados y por ende, de la misma capa social que sus dirigidos,
se destacaban por su valenta, audacia y destreza, sobre todo en el
arte militar.Las masas tenan hacia su caudillo un gran sentido de
solidaridad. Los caudillos desconfiaban en forma innata de los
letrados que venan de Bs As. Tenan a la regin catlica como elemento
fundamental, lo que les serva para diferenciase de los porteos. -
el federalismo de Bs As: fue sostenido por los productores
ganaderos de la provincia de Bs As. Vinculados por las
caractersticas de su produccin con el puerto de Bs As, no queran
perder los beneficios que les otorgaba el manejo de las rentas de
la Aduana. Se diferenciaban del sector unitario, en tanto aquellos
lucraban con la utilizacin del puerto.- el federalismo del Litoral:
tena intereses coincidentes y, al mismo tiempo, contrapuestos con
los de Bs As. De similares producciones, comparta con la provincia
de Bs As el sistema de comercio exportador, pero se distaban el
control de los ros, el monopolio del puerto nico y la distribucin
de las rentas de la Aduana. El federalismo de las provincias
litorales surgi como respuesta concreta al centralismo porteo.- el
federalismo del interior: las provincias mediterrneas planteaban
una poltica econmica que los protegiera de las manufacturas
extranjeras. De all su enfrentamiento directo con la poltica portea
de libre cambio.
En las coincidencias y disidencias de estas tres corrientes se
asientan las posturas federales. Los puntos comunes que se
transformaron en bandera fueron: 1) distribucin de las rentas de la
Aduana.2) posibilidad de autodeterminacin provincial, dentro de un
rgimen federativo.3) proteccin de las economas provinciales.4)
unidad nacional, sin hegemona de Bs As.
*El federalismo como respuesta poltica y cultural: no podemos
decir que el federalismo haya sido una expresin homognea en todas
las regiones del pas, sino que bajo esta tendencia se agruparon
disimiles sectores sociales que coincidan en los aspectos ms
importantes en la perspectiva de pas que proponan.Algunos autores
lo ubican como una tcnica gubernamental, copiada, fundamentalmente,
de los EEUU. La posicin federal parta de considerar necesaria una
organizacin descentralizada, donde conviviera armnicamente un
gobierno central con los correspondientes a los locales de las
provincias o estados. Dentro de la organizacin federativa exista
una forma ms dbil de cohesin: la CONFEDERACION, en la cual la unin
provena del acuerdo logrado por pactos o tratados y la autoridad
del gobierno central era mucho ms limitada por carecer de imperium,
sobre todo el territorio federal. En este caso, los gobiernos
provinciales se reservaban la potestad de aplicar o no las
decisiones de la autoridad central en sus territorios, y hasta
podan separarse de tal confederacin. Esta corriente poltica
sostendra como uno de sus pilares el control y la regulacin del
poder estatal (sistema republicano de gobierno opuesto al
monrquico), posibilitando que todo el espectro social se
incorporase al cuerpo poltico de la Nacin. Cabe destacar que el
movimiento federal tuvo una perspectiva ms favorable a la
intervencin del pueblo en la poltica, no solo con la oposicin que
realizaron a los sistemas electorales restrictivos usualmente
propiciados por los sectores unitarios, sino auspiciando y
convalidando formas de participacin de carcter directo. El sistema
de agrupamiento que adopt el federalismo implicaba una forma
poltica de participacin de los sectores populares en la seleccin de
los mismos. Dentro del campo federal se plante una respuesta sobre
las relaciones que deban existir entre Estado y sociedad que tenda
a una intervencin de aqul en sta, cuyo objetivo era la equidad en
las oportunidades econmicas para las provincias. Bajo la influencia
del mercantilismo se entenda necesaria la intervencin estatal.
*Las primeras manifestaciones del federalismo: los primeros
planteos federales se realizaron en el litoral. Quien primero
aparece levantando las banderas del federalismo es Artigas. - el
caudillo oriental: nacido en la Banda Oriental, de reconocida
posicin social. Dedicado a las tareas rurales, trabaj como
proveedor de cueros y productos pecuarios para los exportadores de
Montevideo. Poseedor de una fuerte personalidad y gran prestigio.
Defendi la campaa oriental de las depredaciones de vagos, ladrones,
contrabandistas e indios charras y minuanos.
*Los conflictos en el Litoral. La autonoma de Santa Fe: desde
comienzos de periodo revolucionario, Santa Fe fue considerada parte
integrante de la jurisdiccin de Bs As. La situacin de dependencia
absoluta tena su razn de ser en que Santa Fe era un puerto
fundamental en el transporte de mercaderas entre Asuncin del
Paraguay y las rutas del noroeste y oeste, as como de la regin
litoralea.Proclamada Santa Fe como provincia libre e independiente
del poder de Bs As, al poco tiempo ocurre lo mismo con Crdoba, la
que, de esta manera tambin entra en la rbita artiguista. Bs As no
habra de aceptar pacficamente esta situacin.
*Artigas y la Liga de los Pueblos Libres: las provincias de la
rbita artiguista se renen en el llamado Congreso de Oriente, donde
constituyen la la Liga de los Pueblos Libres, que reconoce al jefe
oriental como Protector, como autoridad mxima.La liga resuelve,
asimismo, no asistir al Congreso que se ha reunido en Tucumn.Entre
1815 1816 Artigas vive su mximo poder e influencia, dominando
incluso a la misma ciudad de Montevideo. Las medidas que este
dispone en este corto perodo denotan su deseo de establecer un
orden social ms justo, ms acorde con la idea republicana: cada
hombre es igual a los dems ante la ley.
*Estatuto Provisional de 1819 (de Santa Fe): luego de firmado el
12 de abril de 1919 el armisticio de San Lorenzo, el Brigadier
General Estanislao Lpez, previendo un perodo de paz, se dispone a
organizar institucionalmente la provincia. Es por ello que Lpez, en
julio de 1819, encarga a la Junta Electoral la redaccin de un
Estatuto Constitucional. Este Estatuto es de un valor singular,
porque es el primer que se da en una provincia argentina.Aparece el
Estatuto, proclamando un sistema republicano, y el principio de la
soberana popular como esencial para la convivencia en esta
provincia. En este texto se establece la divisin de poderes:
Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El primero era ejercido por un
gobernador. El cabildo mantena sus antiguas facultades y ejerca el
gobierno, en caso de ausencia del gobernador.
*Alzamiento de 1820 y disolucin del poder centralista: no puede
decirse que la crisis desatada en el ao 1820 (la cual origina la
cada del Directorio y, por ende, de la autoridad nacional
constituida) obedezca a una sola causa. La constitucin unitaria de
1819, el avasallamiento de las autonomas provinciales, los manejos
polticos del Directorio Supremo y la noticia de los planes
monrquicos son los motivos centrales que llevan a que los pueblos
del Litoral se levanten en armas contra el gobierno nacional.El
Ejrcito del Norte, al mando de Cruz, se haba puesto en marcha hacia
Bs As, pero el 5 de enero de 1820, en la posta de Arequito, el
general Bustos y los comandantes Heredia y Jos Mara Paz se sublevan
y desean reservar el ejrcito para la guerra de la independencia.
Rondeau toma el mando del Ejrcito.Las fuerzas de Rondeau y de
Ramrez y Lpez se enfrentan en la caada de Cepeda, el 1 de febrero
de 1820. Ramrez da una tregua de 8 das, a la espera de que Bs As se
constituya como provincia federal.El 29 de enero de 1820 Artigas
haba sufrido la derrota a manos de portugueses. Ante la derrota de
Rondeau en Cepeda, el pnico se apodera de Bs As. Aguirre asume como
Director y comienza a organizar la defensa de la ciudad, nombra a
Soler al frente de las tropas. En tanto, Ramrez inicia su marcha
hacia Bs As, sin encontrar resistencia. Dirige un Oficio al
Cabildo, ofreciendo la paz a cambio de la disolucin del Congreso
Constituyente, la separacin del Director Aguirre, la entrega de la
escuadrilla que operaba en el Rio de Paran y del Pabelln que haba
quedado en San Nicols, el suministro de 2000 fusiles, trabucos,
sables y tercerolas, el pago de la suma de $250000 en efectivo.
Ramrez hizo saber que llegado a Pilar, esperara la respuesta, la
que, en caso de ser negativa, lo llevara a tomar la Capital por las
armas.
- EL HORIZONTE POLITICO EN 1820: con la Batalla de Cepeda y la
consecuente cada del Directorio, comienza un periodo de falta de un
gobierno central que unifique a todas las provincias del antiguo
Virreinato del Rio de la Plata y a la fuerte presencia de los
caudillos federales.Perdida la esperanza del entendimiento pacfico
con Bs As, las provincias interiores asumieron su autonoma y
gobiernos propios. Los ganaderos y comerciantes de Bs As comenzaron
a gozar de los beneficios de las rentas de la Aduana.Aparecieron en
escena las montoneras como forma concreta de defender las autonomas
provinciales, frente al centralismo porteo.
*Los pactos interprovinciales. Del Tratado de Pilar al Pacto
Federal en 1831: disuelto el poder central y reasumida la autonoma
por parte de cada una de las provincias, la forma poltica de
expresin del pensamiento federal, fueron los pactos
interprovinciales. El pacto se transform en la herramienta eficaz
de unin entre las diversas regiones de nuestro pas. A travs de l,
las provincias solucionaban sus conflictos y ponan fin a sus
controversias, o bien establecan alianzas definitivas ante posibles
ataques extraos.La mayora de los pactos trascienden la intencin de
consolidar una organizacin nacional definitiva, la cual finalmente
se plasm en la Constitucin Nacional sancionada en 1853.-
PRINCIPALES PACTOS INTERPROVINCIALES:TRATADO DE PILAR: fue firmado
el 23 de febrero de 1820, en la Capilla del Pilar, por Sarratea,
Ramrez y Lpez, como gobernadores de la provincia de Bs As, Entre
Ros y Santa Fe. Fue firmado con el fin de terminar la guerra
suscitada entre dichas provincias, proveer a la seguridad ulterior
de ellas y concentrar sus fuerzas y recursos en un gobierno
Federal. Proclama la FEDERACION como forma de gobierno. Establece
el libre cambio de armas y municiones y el canje de prisioneros
entre las provincias as federadas. La firma de este tratado
signific la ruptura y el posterior enfrentamiento entre Ramrez y
Artigas, hecho que culmin con la derrota de ste ltimo y su exilio
en el Paraguay.En los aos siguientes a la firma de este tratad, los
conflictos vuelven a estallar al predominar ocasionalmente en la
gobernacin de Bs As, la faccin centralista. Se firman nuevos
acuerdos, el TRATADO DE BENEGAS entre Santa Fe y Bs As, que reitera
los acuerdos bsicos del de Pilar pero previendo un Congreso
Constituyente en Crdoba, por influencia del Caudillo Bustos. EL
TRATADO DE CUADRILATERO: entre Entre Ros y Corrientes, Bs As y
Santa Fe, confirman los dos anteriores y convocan a un nuevo
Congreso, al no poder reunirse el previsto antes.El Congreso se
rene en Bs As y dos hechos precipitan un nuevo fracaso. La fraccin
centralista con Rivadavia controla el poder y sanciona una nueva
Constitucin unitaria (en 1826), a ello se suma la guerra con
Brasil. Tras la experiencia Rivadaviana y la guerra, Bs As, Santa
Fe y Entre Ros, a las que luego se suma Corrientes, firman el PACTO
FEDERAL DE 1831. All se establece un nuevo equilibrio destinando a
perdurar hasta 1852. El mismo: 1) reafirma la idea del sistema
federal.2) alianza ofensivo defensiva. 3) libre trnsito y comercio
fluvial. 4) se invita a las dems provincias a integrarse al pacto
atendindose a sus condiciones.5) se dispone la creacin de una
Comisin Representativa. Tambin convocar a un Congreso Constituyente
para concluir con la organizacin del sistema Federal, la cuestin
econmica, el comercio, etc.La firma del PACTO FEDERAL servir de
base para el afianzamiento de la Confederacin Rosista.
BOLILLA VI
*El ascenso de Rivadavia y el Unitarismo: tras la crisis de 1820
y el surgimiento de Bs As como una provincia con instituciones
propias, ocupa la gobernacin el estanciero Martn Rodrguez. A partir
de ese momento retorna a la escena poltica Rivadavia, que se
desempea como Ministro de Gobierno de Rodrguez y en 1826, llegar a
ser proclamado como Presidente. Rivadavia, es la cabeza saliente de
un grupo que podra definirse como el de la burguesa comercial
portea, al que se suman intelectuales y algunos estancieros de la
provincia. Ideolgicamente tiene influencias de varias de las
corrientes del pensamiento liberal. Por el liberalismo econmico de
Adam Smith, cree en las leyes naturales que regulan el mercado, que
equilibran la oferta y la demanda en un plano de competencia
perfecta, por lo que apoya toda iniciativa que incorpore al Rio de
la Plata el mercado mundial. Cae en una exagerada libertad de
comercio y de inversin. Tambin est influenciado por el llamado
utilitarismo, que plantea lo til como la mxima aspiracin humana, ya
que es todo lo que lleva al progreso.Desea organizar un Estado
Moderno de estructura liberal, pero de participacin poltica
restringida a la elite ilustrada. Margina a los sectores populares
y limita el poder a las instituciones tradicionales. *El proyecto
del grupo rivadaviano: centralismo, liberalismo y modernizacin. La
sociedad de Bs As. La ciudad y la campaa: Rivadavia fue el poltico
que mejor interpret a los sectores sociales que postulan el
pensamiento unitario. El problema central reside en la poltica
centralista llevada a cabo por el grupo rivadaviano que apuntaba a
asegurar el dominio britnico en la economa nacional. Para ello, era
preciso un gobierno centralizado, unitario, que pudiera disponer
del potencial geogrfico del pas entero y que asegurara el libre
cambio a fin de que los productos de la industria inglesa coparan
el mercado consumidor.Esta centralizacin estaba dada prcticamente
por el manejo y la administracin de las provincias por parte de Bs
As, que pretenda, incluso, elegir a sus gobernantes.
-LOS UNITARIOS: exista en Bs As una minora ilustrada y liberal,
de fuerte sentido europeizante, duea de una fuerza considerable.
Haba logrado su desarrollo asentada en el comercio y las
profesiones liberales. La libertad de comercio permiti su rpida y
precisa vinculacin con las casas mayoristas inglesas y francesas, a
las que representaron en Bs As. Creci as el nmero de
intermediarios, consignatarios, acopiadores, importadores,
transportadores y prestamistas, que constituiran la base de esta
burguesa comercial.El unitarismo se volvi autoritario y
aristocrtico; autoritario, porque el partido unitario impuso su
programa econmico a pesar de la creciente resistencia popular de
las provincias del interior; aristocrtico, porque el unitarismo se
diriga principalmente a los estratos ms altos de la sociedad
argentina, a los comerciantes e intelectuales y no trataba de crear
una amplia masa partidaria popular.
-RIVADAVIA Y EL PROGRESO: Rivadavia se encarg de hacer fracasar
el Congreso Constituyente. La provincia de Bs As estaba libre y
entregada al espritu de progreso en todo sentido.Es por esta accin
que se ha ensalzado la obra de Rivadavia, tildndola de liberal,
democrtica, moderna y progresista.ALGUNAS MEDIDAS TOMADAS POR
RIVADAVIA: 1) de orden econmico financiero:-Contratacin de un
emprstito con la firma inglesa Baring Brothers para construir el
puerto de Bs As, la creacin del servicio de aguas corrientes y la
fundacin de pueblos nuevos en la provincia.-reorganizacin de la
administracin y las finanzas.-creacin de la primera institucin de
crdito en 1822 (Banco de Descuentos, reemplazado en 1826 por el
Banco Nacional).-primeras ordenaciones presupuestarias de la
provincia.-reforma agraria conocida como Ley de Enfiteusis (1822),
estimulando la agricultura y ganadera mediante la concesin de
primas a la produccin.-creacin de mercados de abasto en los centros
urbanos.
2) de orden poltico social:-establecimiento del sufragio
universal y directo para todos los ciudadanos mayores de 20 aos
(1821).-eliminacin de los Cabildos de la provincia de Bs As
(1821)-convocatoria al Congreso de 1824 que habra de dictar la
Constitucin de 1826.-sancin de la inviolabilidad de la propiedad
privada y de la seguridad individual.-organizacin del servicio de
postas y correos.-reorganizacin del ejrcito (1822)
3) de orden religioso:-abolicin del fuero eclesistico y
sometimiento de los sacerdotes a los tribunales ordinarios
(1822)-supresin del diezmo.-secularizacin de cementerios.-reforma
del clero regular.
4) de orden educativo y cultural:-creacin de escuelas
primarias.-implantacin del sistema lancasteriano de enseanza y
organizacin escolar.-institucin de escuelas para adultos y la
obligacin de impartir educacin e instruccin a todo
nio.-establecimiento de la vacunacin obligatoria.-creacin de la
Universidad de Bs As.-fomento de la edificacin escolar.-instauracin
de la Sociedad Literaria editora de peridicos.-fundacin de la
Sociedad de Damas de Beneficencia para que se hicieran cargo de la
educacin e instruccin de mujeres (1823).
*Congreso de 1824: en 1824 Bs As convoca a un Congreso General
para tratar asuntos de alcance interprovincial, y aunque no es
convocado como constituyente era obvio que su labor desembocara en
una Constitucin.Reunido el Congreso se procedi al dictado de la
llamada Leu Fundamental, que toma las siguientes medidas:1) declara
al Congreso en carcter de Constituyente.2) establece que hasta la
sancin de una Constitucin, las provincias se regirn por sus propias
y vigentes constituciones. Se reconoce de este modo la autonoma
provincial.3) hasta tanto se nombre Poder Ejecutivo Nacional, se
dispone que el Gobierno de Bs As, se hiciera cargo de las
relaciones exteriores y de ejecutar las decisiones emanadas del
Congreso.
* La Guerra con Brasil: el motivo desencadenante de esta guerra
fue la invasin a la Banda Oriental de los Treinta y Tres Orientales
al mando de Lavalleja, hecho que conmovi a las Provincias Unidas y
despert la solidaridad de ellas.Lavalleja y los hermanos Oribe
habran formado en Bs As un centro de resistencia oriental a la
ocupacin brasilea; con esta expedicin iniciaron una campaa militar
que los llevara a poner sitio a Montevideo.El 14 de julio de 1825
se instal en La Florida el primer gobierno oriental. Reunido en
Asamblea el 25 de agosto, declaraba disueltos los vnculos que la
unan con el Imperio brasileo y proclamaba la independencia de la
provincia para confederarse con las Provincias Unidas del Rio de la
Plata. Al aceptar el Congreso Argentino esa incorporacin (el 24 de
octubre) el Brasil declar la guerra (el 10 de diciembre de 1825).
El desarrollo de la misma fue favorable a las armas argentinas. El
Almirante Guillermo Brown, logr conformar una armada que infligi
duros golpes a la Imperial.Mientras se desarrollaba el conflicto,
haba llegado a Bs As Lord Ponsomby, plenipotenciario britnico. A
Inglaterra no le convena que la Banda Oriental perteneciera a
alguno de los grandes pases sudamericanos. Quien la detentara
tendra un gran poder sobre todo el estuario del Rio de la Plata.Los
esfuerzos del Foreing Office estaban destinados a crear un pas
independiente en el Rio de la Plata, que no fuera ni brasileo ni
argentino, sobre el cual pudiera ejercer su influencia. La creacin
de un Gibraltar era lo que convena al Imperio: quera tener la llave
de ingreso al interior sudamericano. Esta misin se le encomend a
Lord Ponsomby, quien la cumpli a la perfeccin.Siendo Rivadavia
presidente, destac como Ministro plenipotenciario a Garca, para
negociar la paz ante la Corte Imperial de Rio de Janeiro. Esta
accin no haca sino responder a los manejos britnicos. Este hecho
hizo que el Imperio impusiera condiciones exorbitantes para la
firma de la paz: plante la exigencia de retener a la Banda
Oriental, la neutralizacin de la Isla San Martin Garca, la
indemnizacin a Brasil por los gastos de guerra y la peticin a
Inglaterra de que por 15 aos garantizara la libre navegacin del
Plata. El enviado argentino Garca acept estas condiciones y firm el
Tratado el 24 de mayo de 1827.Ello responda con fidelidad a la
decisin poltica del gobierno rivadaviano que estaba dispuesto a
concreta la paz a cualquier precio, an a costo del honor de la
Nacin.
* Ley de Presidencia: el 6 de febrero de 1826, el Congreso crea
el Poder Ejecutivo Nacional, designando al da siguiente a Rivadavia
como Presidente de las Provincias Unidas del Rio de la Plata y
sanciona la ley de Ministros, estableciendo cinco: de Gobierno, de
Negocios Extranjeros, de Guerra, de Marina y de Hacienda.El
argumento central que justifica su dictado era el estado de guerra
con el Brasil y la necesidad de contar con un ejrcito nacional y
suficientes recursos para hacerle frente. Esta Ley de Presidencia
acta en contra de lo establecido por la Ley Fundamental ya que no
habiendo Constitucin no poda haber presidente y por ser un Congreso
Constituyente no poda elegir a un mandatario de una Repblica que no
estaba constituida. Esta violacin a todos los principios
constituyentes y an establecidos por la propia Asamblea, marcan a
fuego el carcter antidemocrtico y faccioso de la fraccin
Rivadaviana. La sancin de esta ley origin una fuerte reaccin de las
provincias que advirtieron que no era posible una convivencia
pacfica con el grupo porteo.
* Ley de Capitalizacin: el 4 de marzo de 1826 es sancionada por
el Congreso, la norma que establece que la ciudad de Bs As ser la
capital del Estado y dispone que con el resto del territorio se
organice la provincia de Bs As.Esta idea Rivadaviana la enemist con
los sectores poderosos de su propia provincia al ver cortada su
conexin con el puerto y ver nacionalizada las rentas aduaneras.
* Constitucin de 1826: a mediados del ao 1826, el Congreso
sanciona finalmente una Constitucin que establece la forma
republicana y unitaria. Caractersticas:1) la nueva Constitucin de
1826 toma la estructura de la anterior (1819) pero despojndola de
las caractersticas monrquicas.2) establece triple divisin de
poderes. El Poder Legislativo se organizaba en dos cmaras: una, de
Representantes, y otra, de Senadores. El Poder Ejecutivo era
unipersonal y lo ejerca el Presidente de la Repblica Argentina;
duraba solo 5 aos en el cargo y no poda ser reelecto. El Poder
Judicial era ejercido por una Alta Corte de Justicia integrada por
9 jueces y 2 fiscales, quienes eran designados por el Presidente de
la Repblica con acuerdo del Senado.Esta propuesta fue
terminantemente rechazada por las provincias las cuales lo
consideraron una afrenta, por cuanto desconoca sus derechos
polticos y los reduca a ser simples agentes el poder central. En
resistencia a esta Constitucin y al grupo unitario de Bs As, creca
a nivel nacional la figura de Quiroga.La poltica unitaria pona a la
Nacin al borde de una guerra civil.
LA CAIDA DE RIVADAVIA: la firma del Tratado de Paz con Brasil
fue el detonante que motiv su renuncia, pero no es la nica razn. La
poltica centralista llevada adelante por el grupo rivadaviano haba
originado una fuerte resistencia en todo el interior. La guerra
civil se haba desencadenado y los caudillos federales levantaban
sus lanzas frente a los ejrcitos porteos. El Congreso, denominado
por la fraccin unitaria, haba dictado la Ley de Presidencia y
elegido a Rivadavia, violando abiertamente la Ley Fundamental, que
era un triunfo poltico de las provincias. Al dictar la Ley de
Capitalizacin, Rivadavia se gan la enemistad del grupo de ganaderos
bonaerenses, el cual lo haba apoyado, permitiendo su llegada al
poder.La Constitucin de 1826 fue rechazada por todo el interior,
que rpidamente se arm para defender sus prerrogativas,
desconociendo al Presidente y al Congreso. El 28 de junio de 1827,
Rivadavia present su renuncia, la cual fue aceptada.
* Ley del 3 de julio de 1827: el 3 de julio del 1827 el Congreso
dict una ley proponiendo designacin de un presidente interino,
hasta la convocatoria de un nuevo Congreso, el cual decidir la
aceptacin o el rechazo de la Constitucin de 1826, al tiempo que se
restitua la autonoma de Bs As. Finalmente el 12 de agosto de 1827
fue elegido Gobernador de la provincia el Coronel Manuel
Dorrego.
LA CONFEDERACIN ROSISTA (1831 1852)
BOLILLA VII
* Conformacin de un gobierno provincial de alcance Nacional:
tras la renuncia de Rivadavia y la disolucin de poder de alcance
nacional, ocupa la ciudad de Bs As el federal Dorrego. En su afn de
regularizar la situacin con las provincias interiores, decide el 29
de agosto, enviar comisionados para cortar con todo motivo de
conflicto y obtener como resultado la cooperacin simultnea que
elevara al pas al grado de respetabilidad y convocatoria tan
necesaria para constituirlo tranquilamente. Producto de esta
iniciativa se suscribe un pacto interprovincial entre Bs As y
Crdoba mediante el cual estas provincias se comprometan a
contribuir a la formacin de la Nacin y a cooperar a la Guerra
contra el emperador de Brasil, para lo que concurriran a una
convencin a celebrarse en la provincia de Santa Fe. Similares
acuerdos se firmaron con Santa Fe, Entre Ros y Corrientes. Por
stos, se autorizaba al gobierno de Dorrego a dirigir la guerra con
Brasil y mantener las relaciones exteriores hasta tanto se reuniera
la convencin. La cual empieza a sancionarse efectivamente con la
llegada a Bs As del Convenio Preliminar que pona fin a la guerra
con Brasil.
GOBIERNO DE DORREGO: su gobierno se vio limitado por las duras
condiciones econmicas en que se tuvo que desenvolver. Por ello,
debi reducir sus gastos a lo indispensable, estableciendo un severo
control en los precios de los artculos de consumo, al tiempo que
suspendi las levas de paisanos, restableci el voto popular y termin
con las medidas antirreligiosas y confiscatorias que haban llevado
adelante lo unitarios.El grupo unitario, los especuladores, los
negociantes del comercio exterior y los hacendados, estaban en
contra del gobierno por lo que el clima poltico que se viva en Bs
As no era pacfico. Ejercan sus disconformidades a travs de la
prensa. Por otra parte los diputados reunidos en Santa Fe
reclamaban la creacin de un fondo nacional con el producto de las
rentas aduaneras que monopolizaba Bs As.Dorrego se ve obligado a
negociar la paz bajo las condiciones del imperio Britnico. La
Principal de ellas era la renuncia de Brasil y Argentina a la
provincia de Montevideo.El 4 de noviembre de 1828, con la retirada
de los diputados orientales, se aprueba el Convenio Preliminar de
Paz con el Brasil que haba firmado Dorrego, hecho que signific la
independencia de la Banda Oriental.
* Guerra entre unitarios y federales: la firma de este Convenio
Preliminar origina la desmovilizacin de los ejrcitos que haban
combatido en el frente. El 1 de diciembre de 1828, las tropas
provenientes de Brasil, al mando de LAVALLE se sublevan. Lavalle
haba sido influenciado por unitarios, quienes incentivaron el
disgusto del guerrero por la paz firmada con el Imperio, haciendo
recaer tal responsabilidad en Dorrego. ste, carente de fuerzas
militares, abandona la capital y se dirige hacia el interior de la
provincia, buscando el apoyo de ROSAS. Lavalle se apodera de la
ciudad y se hace designar gobernador. Dorrego decide enfrentarlo el
9 de diciembre, pero es fcilmente derrotado y tomado prisionero.
Rosas logra huir y busca ayuda del gobernador santafesino, LOPEZ.
Lavalle fusila a Dorrego, en Navarro, el 13 de diciembre. Luego de
eso desata la dursima represin contra los integrantes del partido
federal y los sectores populares. Esta actitud, origina el rechazo
de las provincias y alzamientos en toda la campaa bonaerense; lo
que obliga a Lavalle a retroceder a Bs As. Finalmente, los ejrcitos
federales al mando de Lpez lo vencen el 26 de abril de
1829.Apremiado por la presencia de JOSE MARIA PAZ en Crdoba, Lpez
regresa con sus fuerzas y las entrerrianas a Santa Fe y deja a
Rosas al frente de las tratativas de paz con Lavalle.
* Pactos de Cauelas y Barracas: el 24 de junio de 1829 Lavalle y
Rosas dispusieron en Cauelas el cese de hostilidades, estipulndose
que en breve se elegira una nueva Junta de Representantes, que
designara al futuro gobernador. Se convino presentar una nica lista
de candidatos a representantes, integrada por ambos partidos. Se
acordaron los nombres de los ministros y que el gobernador sera
lzaga. Se convoc a elecciones para el 26 de julio, pero al llegar a
Bs As la noticia del triunfo de Paz sobre QUIROGA en la Tablada, el
grupo unitario se present con una lista propia que triunf en la
capital.Lavalle retom el control de la situacin en la ciudad y el
20 de agosto se reuni con Rosas en Barracas, donde decidieron
designar como gobernador provisorio a Viamonte, quien asumi el 26
de agosto.El 1 de diciembre Viamonte restituy a sus funciones a la
legislatura constituida durante la gobernacin de Dorrego, sta
eligi, el 6 de diciembre, a Rosas como gobernador.
* Bases sociales de Rosas: Rosas comprendi que el orden y la paz
eran valores requeridos por la sociedad del momento, por lo que sus
gobiernos tendieron a efectivizar tales valores, a partir del
afianzamiento de lo institucional, de la restauracin del orden
desaparecido. Cont con la confianza de la burguesa comercial
portea. No distribuy las rentas de la Aduana, ni alter mayormente
la libertad de comercio con Inglaterra y Francia. Rosas represent
el acceso al poder de ganaderos de la provincia de Bs As, en sus
sectores ms dinmicos. Las exportaciones de pieles, carne salada y
sebo se duplicaron entre 1837 1852. En cuanto al sistema de
propiedad agraria, distribuy las tierras obtenidas de su expedicin
al desierto de 1832 entre las que participaron de ella. * Proyecto
poltico de Rosas: Rosas representaba los intereses ganaderos. A
diferencia de los comerciantes de Bs As, a los hacendados
bonaerenses no les interesaba conquistar el mercado interior,
puesto que lo que ellos necesitaban era mantener el dominio del
puerto para poder embarcar sus productos a los mercados compradores
de Centroamrica y EEUU. De all que Rosas renunciara totalmente a
las intervenciones armadas en el interior para dominarlo y declara
el manejo de tales situaciones a los caudillos lugareos. Privilegi
la salida transaccional antes que el caos que supondra la guerra
civil. Se asegur la fidelidad de algunos caudillos mediante el
manejo de subsidios a provincias que lo necesitaban. Ahora bien,
tales convenios no implicaban de ninguna manera ceder el manejo de
las rentas de la Aduana, abrir los ros a la libre navegacin o
imponer restricciones al manejo del comercio exterior. De all que
demora la organizacin constitucional del pas.
* El ejercicio del poder durante el perodo Rosista: Rosas asumi
el poder el 8 de diciembre de 1829. Las luchas civiles, los graves
disensos polticos y la difcil situacin econmica por la que se
atravesaba haban provocado una situacin de caos y descontento
generalizado. Para enfrentar tal situacin, la Legislatura portea
otorg a Rosas el ejercicio de las FACULTADES EXTRAORDINARIAS, que
consistan en concederle poderes especiales para regularizar la
administracin de la provincia, mantener su libertad e
independencia, desbaratar los ataques de los unitarios y asegurar
la tranquilidad y el orden pblico. Su primer gobierno se extendera
hasta el 5 de diciembre de 1832, fecha que fue elegido nuevamente
gobernador, pero no acept el cargo por cuanto no le otorgaron
facultades extraordinarias.El 7 de marzo de 1835, se nombr otra vez
a Rosas como gobernador, otorgndosele en este caso la SUMA DEL
PODER PBLICO, sin ms restricciones que la obligacin de defender la
Religin Catlica y sostener la causa Nacional de la Federacin. De
esta manera, se concentraba en su persona el manejo de los poderes
Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Comienza una poltica de
sometimiento y persecucin a sus opositores, al tiempo que se exalta
su figura y la causa de la federacin buscando en la religin catlica
una identificacin de la nacionalidad. Con ello pretenda vincular la
conciencia nacional a la religin. Apoyaba esta poltica la Sociedad
Popular Restauradora, organizacin parapolicial encargada de
identificar y separar a los unitarios del cuerpo de la Repblica. Su
fuerza de choque era la Mazorca, que realizaba intimidaciones y los
asesinatos polticos ordenados por aquella Sociedad. Este ejercicio
era utilizado en tiempos de crisis poltica o militar.Con el
ejercicio de la suma del poder pblico, el manejo de las relaciones
exteriores de la Confederacin, el mantenimiento del Puerto nico y
la administracin de las Rentas de la Aduana, y el acuerdo con los
caudillos provinciales, Rosas estructur su particular visin de lo
que era la Confederacin.
-LA ECONOMA DE LA EPOCA DE ROSAS: Durante los primeros aos de su
gobierno. Rosas no logr una recuperacin econmica, pero consigui
detener la ruina financiera estableciendo el valor del papel
moneda.Entre 1830 y 1852, Bs As apresur su expansin del territorio
utilizado y la efectiva apropiacin del mismo. Asimismo, comenz la
cra de ganado ovino.Al hacer referencia al Pacto Federal de 1831,
se explicaron las posturas que sobre proteccionismo y librecambio
fueron mantenidas por parte de los diferentes delegados. Los ms
violentos defensores del librecambio eran los grandes comerciantes,
los hacendados y los productores de carne, en tanto los artesanos,
labradores y elaboradores de vino y licores del interior reclamaban
la proteccin de sus producciones. El 18 de diciembre de 1835 se
sanciona la Ley de Aduanas, por la cual se prohiba la introduccin
de productos de manufactura extranjera que se podan fabricar en el
pas, se establecan fuertes impuestos a otras mercaderas por ser
superfluas o porque podan sustituirse con nacionales, se aplicaba
un menor arancel a aquellas cuya produccin era escasa en el pas y
se gravaban las exportaciones con un 4%, el cual no se aplicaba si
el producto sala del pas en buque argentino.Esta ley no cambi el
sistema comercial vigente, en tanto mantuvo el rgimen de puerto
nico, los ros interiores siguieron cerrados y las provincias
quedaron sujetas a la marcha econmica de Bs As.Esta norma tuvo una
duracin relativamente limitada, en 1841, el gobierno orden se
permitiera la importacin de artculos cuya entrada al pas no estaba
autorizada por la ley de 1835.
-LA ORGANIZACIN CONSTITUCIONAL DEL PAS: el 30 de agosto el
General Jos Mara Paz, celebr un pacto de unin con nueve provincias
interiores, lo que dara origen a la Liga Unitaria, cuya expresa
finalidad era la de enfrentar a los gobiernos litorales. Ante ello,
Rosas se ve obligado a firmar el pacto con Santa Fe y Entre Ros el
4 de enero de 1831. La primera decisin de la Comisin Representativa
fue nombrar a Estanislao Lpez como Jefe del Ejrcito Aliado. El 10
de mayo de 1831 prcticamente se dio fin a la guerra entre las ligas
unitaria y federal.Pero el problema de la organizacin no estaba
resuelto. Rosas resisti con mil argumentos todo intento en este
sentido. Hasta que finalmente en diciembre de 1834 dio su versin ms
explcita de las razones que lo llevaban a negar la organizacin
Constitucional: - era necesario que los pueblos se ocupen de sus
Constituciones particulares, para que luego de promulgadas, se
entre a trabajar en los cimientos de la Gran Carta Nacional.- seala
que la situacin de ese momento de la Repblica alejaba esa
posibilidad.La estrategia bonaerense consista en lograr la
disolucin de la Comisin Representativa, postergar indefinidamente
el Congreso Constituyente y otorgar al Pacto Federal el Estatuto
Confederal. Independientemente de lo pactado en enero de 1831,
fuese un mero pacto o un organismo confederal, Bs As logr con l un
mnimo de unin indispensable para influir sobre todo el territorio
rioplatense. En definitiva, un Congreso Constituyente pondra en
cuestin puntos esenciales que hacan a la organizacin nacional
(aduana, puerto, navegacin de ros) sobre los que Rosas no estaba
dispuesto a afrontar.
BOLILLA VIII
* Las disidencias en la Confederacin Rosista: Guerra entre
unitarios y federales. El conflicto o tensin regional se plantea
entre el Bs As de Rosas y el Litoral fluvial. El Litoral reclama
econmicamente:-el fin del sistema del puerto nico, es decir la
apertura de los ros al comercio internacional. Reclaman la
posibilidad de comerciar con naves inglesas o francesas en forma
directa, sin la intermediacin arancelaria de Bs As.-reparto de las
rentas aduaneras que genera el puerto de Bs As. -Corrientes en
particular y otras provincias del interior no fluvial, reclaman
tambin de Bs As el PROTECCIONISMO aduanero, la fijacin de tarifas
altas para aquellos