TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO APRUEBAN INFORMACIÓN DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 009-2011-TR Lima, 6 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 018-2007-TR establece disposiciones relativas al uso del documento denominado “Planilla Electrónica”; Que, el Decreto Supremo Nº 015-2010-TR ha establecido modificaciones e incorporado artículos al Decreto Supremo Nº 018-2007-TR; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 015-2010-TR indica que, sin perjuicio de lo señalado en su Segunda Disposición Complementaria Transitoria, el referido Decreto Supremo entra en vigencia el 1 de julio de 2011, salvo lo relacionado a la implementación de T-Registro en el caso de los derechohabientes, así como la utilización de la información del T-Registro por parte de la SUNAT respecto a dichos sujetos, supuestos en los cuales las disposiciones que los regulan entran en vigencia el 1 de febrero de 2011; Que, en mérito a lo expuesto, corresponde emitir la norma que apruebe la Información que deberá contener la Planilla Electrónica, las Tablas Paramétricas que han de ser utilizadas para su elaboración, así como la Estructura de Datos requerida por los archivos de importación de dicho documento, para el caso de los derechohabientes; anexos cuyo contenido ha sido coordinado por las áreas técnicas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria; Con la visación de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Trabajo; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2010-TR; y el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Información de la Planilla Electrónica, las Tablas Paramétricas que han de ser utilizadas para su elaboración, así como la Estructura de Datos requerida por los archivos de importación de dicho documento, para el caso de los derechohabientes, según Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los Anexos a que se refiere el artículo anterior serán publicados en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (http://www.mintra.gob.pe) al día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial, bajo responsabilidad de la Oficina General de Estadística, Tecnología de la Información y Comunicaciones. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial entra en vigencia el 1 de febrero de 2011, conforme a lo señalado en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 015-2010-TR. Artículo 4º.- Se dejan sin efecto, a partir de la vigencia de la presente Resolución Ministerial, las disposiciones que se opongan a la misma. Regístrese, comuníquese y publíquese.
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TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
APRUEBAN INFORMACIÓN DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 009-2011-TR Lima, 6 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 018-2007-TR establece disposiciones relativas al uso del documento denominado “Planilla Electrónica”; Que, el Decreto Supremo Nº 015-2010-TR ha establecido modificaciones e incorporado artículos al Decreto Supremo Nº 018-2007-TR; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 015-2010-TR indica que, sin perjuicio de lo señalado en su Segunda Disposición Complementaria Transitoria, el referido Decreto Supremo entra en vigencia el 1 de julio de 2011, salvo lo relacionado a la implementación de T-Registro en el caso de los derechohabientes, así como la utilización de la información del T-Registro por parte de la SUNAT respecto a dichos sujetos, supuestos en los cuales las disposiciones que los regulan entran en vigencia el 1 de febrero de 2011; Que, en mérito a lo expuesto, corresponde emitir la norma que apruebe la Información que deberá contener la Planilla Electrónica, las Tablas Paramétricas que han de ser utilizadas para su elaboración, así como la Estructura de Datos requerida por los archivos de importación de dicho documento, para el caso de los derechohabientes; anexos cuyo contenido ha sido coordinado por las áreas técnicas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria; Con la visación de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Trabajo; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2010-TR; y el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Información de la Planilla Electrónica, las Tablas Paramétricas que han de ser utilizadas para su elaboración, así como la Estructura de Datos requerida por los archivos de importación de dicho documento, para el caso de los derechohabientes, según Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los Anexos a que se refiere el artículo anterior serán publicados en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (http://www.mintra.gob.pe) al día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial, bajo responsabilidad de la Oficina General de Estadística, Tecnología de la Información y Comunicaciones. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial entra en vigencia el 1 de febrero de 2011, conforme a lo señalado en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 015-2010-TR. Artículo 4º.- Se dejan sin efecto, a partir de la vigencia de la presente Resolución Ministerial, las disposiciones que se opongan a la misma. Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUELA GARCÍA COCHAGNE
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
ANEXO 1
INFORMACIÓN DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA (T-REGISTRO)
DATOS DEL DERECHOHABIENTE:
Datos de identificación: - Tipo de documento de identificación. - Número de documento. - Fecha de nacimiento. - Código de país emisor del documento. Solo para los identificados con
pasaporte. - Apellidos y nombres (1). - Sexo (1). - Estado civil (1). Solo para los mayores de edad identificados con DNI. Datos de vínculo familiar: - Vínculo familiar. - Tipo de documento que acredita el vínculo familiar. - Número del documento que acredita el vínculo familiar. - Situación del derechohabiente. - Fecha de baja. - Motivo de baja como derechohabiente. - Mes estimado de la concepción (sólo para el vínculo familiar Gestante). Dirección: - Dirección 1 (1). - Dirección 2 (2). - Indicador de adscripción para el centro asistencial del EsSalud(3). - Correo electrónico (4). - Teléfono: Código LDN, Número (4).
Notas: (1) En el caso de los identificados con DNI, cuando la SUNAT disponga de los
apellidos y nombres, sexo, estado civil y dirección, dicha información será tomada de RENIEC.
(2) Opcionalmente, el empleador podrá ingresar una segunda dirección (3) De registrarse 2 direcciones, el empleador seleccionará cuál de ellas será
considerada por el EsSalud para la asignación del centro asistencial donde le brindará las prestaciones de salud.
(4) Opcional.
ANEXO 2
TABLA 28 - UBIGEO RENIEC - PARA SER UTILIZADO EN EL REGISTRO DE DERECHOHABIENTES
UBIGEO RENIEC
DEPARTAMENTO/REGIÓN PROVINCIA Cód. DESCRIPCIÓN
01 DEPARTAMENTO AMAZONAS 0101 CHACHAPOYAS 010101 CHACHAPOYAS
02 DEPARTAMENTO ANCASH 0102 BAGUA 010102 ASUNCION
03 DEPARTAMENTO APURIMAC 0103 BONGARA 010103 BALSAS
04 DEPARTAMENTO AREQUIPA 0104 LUYA 010104 CHETO
05 DEPARTAMENTO AYACUCHO 0105 RODRIGUEZ DE MENDOZA 010105 CHILIQUIN
06 DEPARTAMENTO CAJAMARCA 0106 CONDORCANQUI 010106 CHUQUIBAMBA
07 DEPARTAMENTO CUSCO 0107 UTCUBAMBA 010107 GRANADA
08 DEPARTAMENTO HUANCAVELICA 0201 HUARAZ 010108 HUANCAS
09 DEPARTAMENTO HUANUCO 0202 AIJA 010109 LA JALCA
10 DEPARTAMENTO ICA 0203 BOLOGNESI 010110 LEIMEBAMBA
11 DEPARTAMENTO JUNIN 0204 CARHUAZ 010111 LEVANTO
12 DEPARTAMENTO LA LIBERTAD 0205 CASMA 010112 MAGDALENA
13 DEPARTAMENTO LAMBAYEQUE 0206 CORONGO 010113 MARISCAL CASTILLA
14 DEPARTAMENTO LIMA 0207 HUAYLAS 010114 MOLINOPAMPA
15 DEPARTAMENTO LORETO 0208 HUARI 010115 MONTEVIDEO
16 DEPARTAMENTO MADRE DE DIOS 0209 MARISCAL LUZURIAGA 010116 OLLEROS
17 DEPARTAMENTO MOQUEGUA 0210 PALLASCA 010117 QUINJALCA
18 DEPARTAMENTO PASCO 0211 POMABAMBA 010118 SAN FCO DE DAGUAS
19 DEPARTAMENTO PIURA 0212 RECUAY 010119 SAN ISIDRO DE MAINO
20 DEPARTAMENTO PUNO 0213 SANTA 010120 SOLOCO
21 DEPARTAMENTO SAN MARTIN 0214 SIHUAS 010121 SONCHE
22 DEPARTAMENTO TACNA 0215 YUNGAY 010201 LA PECA
23 DEPARTAMENTO TUMBES 0216 ANTONIO RAIMONDI 010202 ARAMANGO
24 PROV. CONST. DEL CALLAO 0217 CARLOS FERMIN FITZCARRALD 010203 COPALLIN
25 DEPARTAMENTO UCAYALI 0218 ASUNCION 010204 EL PARCO
0219 HUARMEY 010205 BAGUA
0220 OCROS 010206 IMAZA
0301 ABANCAY 010301 JUMBILLA
0302 AYMARAES 010302 COROSHA
0303 ANDAHUAYLAS 010303 CUISPES
0304 ANTABAMBA 010304 CHISQUILLA
0305 COTABAMBAS 010305 CHURUJA
0306 GRAU 010306 FLORIDA
0307 CHINCHEROS 010307 RECTA
0401 AREQUIPA 010308 SAN CARLOS
0402 CAYLLOMA 010309 SHIPASBAMBA
0403 CAMANA 010310 VALERA
0404 CARAVELI 010311 YAMBRASBAMBA
0405 CASTILLA 010312 JAZAN
0406 CONDESUYOS 010401 LAMUD
0407 ISLAY 010402 CAMPORREDONDO
0408 LA UNION 010403 COCABAMBA
0501 HUAMANGA 010404 COLCAMAR
0502 CANGALLO 010405 CONILA
0503 HUANTA 010406 INGUILPATA
0504 LA MAR 010407 LONGUITA
0505 LUCANAS 010408 LONYA CHICO
0506 PARINACOCHAS 010409 LUYA
0507 VICTOR FAJARDO 010410 LUYA VIEJO
0508 HUANCA SANCOS 010411 MARIA
0509 VILCAS HUAMAN 010412 OCALLI
0510 PAUCAR DEL SARA SARA 010413 OCUMAL
0511 SUCRE 010414 PISUQUIA
0601 CAJAMARCA 010415 SAN CRISTOBAL
0602 CAJABAMBA 010416 SAN FRANCISCO DE YESO
0603 CELENDIN 010417 SAN JERONIMO
0604 CONTUMAZA 010418 SAN JUAN DE LOPECANCHA
0605 CUTERVO 010419 SANTA CATALINA
0606 CHOTA 010420 SANTO TOMAS
0607 HUALGAYOC 010421 TINGO
0608 JAEN 010422 TRITA
0609 SANTA CRUZ 010423 PROVIDENCIA
0610 SAN MIGUEL 010501 SAN NICOLAS
0611 SAN IGNACIO 010502 COCHAMAL
0612 SAN MARCOS 010503 CHIRIMOTO
0613 SAN PABLO 010504 HUAMBO
0701 CUSCO 010505 LIMABAMBA
0702 ACOMAYO 010506 LONGAR
0703 ANTA 010507 MILPUC
0704 CALCA 010508 MCAL BENAVIDES
0705 CANAS 010509 OMIA
0706 CANCHIS 010510 SANTA ROSA
0707 CHUMBIVILCAS 010511 TOTORA
0708 ESPINAR 010512 VISTA ALEGRE
0709 LA CONVENCION 010601 NIEVA
0710 PARURO 010602 RIO SANTIAGO
0711 PAUCARTAMBO 010603 EL CENEPA
0712 QUISPICANCHIS 010701 BAGUA GRANDE
0713 URUBAMBA 010702 CAJARURO
0801 HUANCAVELICA 010703 CUMBA
0802 ACOBAMBA 010704 EL MILAGRO
0803 ANGARAES 010705 JAMALCA
0804 CASTROVIRREYNA 010706 LONYA GRANDE
0805 TAYACAJA 010707 YAMON
0806 HUAYTARA 020101 HUARAZ
0807 CHURCAMPA 020102 INDEPENDENCIA
0901 HUANUCO 020103 COCHABAMBA
0902 AMBO 020104 COLCABAMBA
0903 DOS DE MAYO 020105 HUANCHAY
0904 HUAMALIES 020106 JANGAS
0905 MARANON 020107 LA LIBERTAD
0906 LEONCIO PRADO 020108 OLLEROS
0907 PACHITEA 020109 PAMPAS
0908 PUERTO INCA 020110 PARIACOTO
0909 HUACAYBAMBA 020111 PIRA
0910 LAURICOCHA 020112 TARICA
0911 YAROWILCA 020201 AIJA
1001 ICA 020203 CORIS
1002 CHINCHA 020205 HUACLLAN
1003 NAZCA 020206 LA MERCED
1004 PISCO 020208 SUCCHA
1005 PALPA 020301 CHIQUIAN
1101 HUANCAYO 020302 A PARDO LEZAMETA
1102 CONCEPCION 020304 AQUIA
1103 JAUJA 020305 CAJACAY
1104 JUNIN 020310 HUAYLLACAYAN
1105 TARMA 020311 HUASTA
1106 YAULI 020313 MANGAS
1107 SATIPO 020315 PACLLON
1108 CHANCHAMAYO 020317 SAN MIGUEL DE CORPANQUI
1109 CHUPACA 020320 TICLLOS
1201 TRUJILLO 020321 ANTONIO RAIMONDI
1202 BOLIVAR 020322 CANIS
1203 SANCHEZ CARRION 020323 COLQUIOC
1204 OTUZCO 020324 LA PRIMAVERA
1205 PACASMAYO 020325 HUALLANCA
1206 PATAZ 020401 CARHUAZ
1207 SANTIAGO DE CHUCO 020402 ACOPAMPA
1208 ASCOPE 020403 AMASHCA
1209 CHEPEN 020404 ANTA
1210 JULCAN 020405 ATAQUERO
1211 GRAN CHIMU 020406 MARCARA
1212 VIRU 020407 PARIAHUANCA
1301 CHICLAYO 020408 SAN MIGUEL DE ACO
1302 FERRENAFE 020409 SHILLA
1303 LAMBAYEQUE 020410 TINCO
1401 LIMA 020411 YUNGAR
1402 CAJATAMBO 020501 CASMA
1403 CANTA 020502 BUENA VISTA ALTA
1404 CANETE 020503 COMANDANTE NOEL
1405 HUAURA 020505 YAUTAN
1406 HUAROCHIRI 020601 CORONGO
1407 YAUYOS 020602 ACO
1408 HUARAL 020603 BAMBAS
1409 BARRANCA 020604 CUSCA
1410 OYON 020605 LA PAMPA
1501 MAYNAS 020606 YANAC
1502 ALTO AMAZONAS 020607 YUPAN
1503 LORETO 020701 CARAZ
1504 REQUENA 020702 HUALLANCA
1505 UCAYALI 020703 HUATA
1506 MARISCAL RAMON CASTILLA 020704 HUAYLAS
1507 DATEM DEL MARAÑON 020705 MATO
1601 TAMBOPATA 020706 PAMPAROMAS
1602 MANU 020707 PUEBLO LIBRE
1603 TAHUAMANU 020708 SANTA CRUZ
1701 MARISCAL NIETO 020709 YURACMARCA
1702 GENERAL SANCHEZ CERRO 020710 SANTO TORIBIO
1703 ILO 020801 HUARI
1801 PASCO 020802 CAJAY
1802 DANIEL ALCIDES CARRION 020803 CHAVIN DE HUANTAR