I 7~4211.4 la key.: del patata/ GOBIERNO REGIONAL IUNlis \ ... PRESIDENCIA - "AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA" RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° — 035 - 2013-GR-JUNIN/PR Huancayo, 18 ENE. 2013 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNIN CONSIDERANDO: Que, los órganos jurisdiccionales, a través de diversas sentencias vienen reconociendo derechos a servidores activos y cesantes del sector Salud y Educación, excluidos de los alcances del Decreto de Urgencia N° 037-94, y generando obligaciones de pago que deben ser atendidas con cargo a dicho fondo; Que, para la atención de las deudas con cargo al "Fondo D.U. N° 037-94" se creo la Unidad Transitoria de Pago en la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, la cual efectúa el pago a través del abono del monto que corresponde en las mismas cuentas bancarias que se utilizan para el abono de remuneraciones y pensiones del personal activo y cesante; Que, por Decreto Supremo N° 012-2008-EF; se modifican normas reglamentarias del Decreto Urgencia N° 051-2007; y en cuyo artículo 1° determina que las Direcciones Generales de Administración, o quien haga sus veces, de las Entidades comprendidas en los alcances del Decreto de Urgencia N° 051-2007; deberá remitir a la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, una Resolución del Titular del Pliego, que contenga la relación validada de beneficiarios del Decreto de Urgencia N° 037-94 que cuenten con sentencia judicial en calidad de cosa juzgada, con el monto pendiente de pago y cuyo detalle estará contenido en el "Formato de Personal Beneficiario del D.U. N° 037-94", que forma parte de la presente Resolución; Que, el Decreto Supremo N° 092-2011-EF, en su artículo 6°, establece que las entidades quedan autorizadas a incluir en el cálculo establecido en el numeral 3.2 del artículo 3° del aludido Decreto Supremo a los nuevos beneficiarios que cuenten con sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y que a la fecha de aprobación de dicho Decreto Supremo, hayan cumplido con presentar a las Entidades las respectivas resoluciones del órgano jurisdiccional; Que, según lo dispuesto por la misma norma que antecede, en su artículo 3, inciso 3.1 las entidades deben remitir a la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas y bajo responsabilidad una copia de la Resolución y del Formato de Personal Beneficiario del D.U. N° 037-94, debidamente validada según lo establecido en el Decreto Supremo N° 058-2008-EF y del artículo 7° del Decreto Supremo N° 149-2009-EF, incluido el medio magnético. Estando a lo propuesto y contando con las visaciones de la Oficina de Recursos Humanos, Oficina Regional de Administración y Finanzas; Oficina DOC 2131 15 [jy, p 1.130(Hq
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RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL · conferidas por el literal d) del artículo 21° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, y sus modificaciones; SE RESUELVE: ARTICULO
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I
7~4211.4 la key.: del patata/
GOBIERNO REGIONAL IUNlis\... PRESIDENCIA -
"AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA"
Que, los órganos jurisdiccionales, a través de diversas sentencias vienen reconociendo derechos a servidores activos y cesantes del sector Salud y Educación, excluidos de los alcances del Decreto de Urgencia N° 037-94, y generando obligaciones de pago que deben ser atendidas con cargo a dicho fondo;
Que, para la atención de las deudas con cargo al "Fondo D.U. N° 037-94" se creo la Unidad Transitoria de Pago en la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, la cual efectúa el pago a través del abono del monto que corresponde en las mismas cuentas bancarias que se utilizan para el abono de remuneraciones y pensiones del personal activo y cesante;
Que, por Decreto Supremo N° 012-2008-EF; se modifican normas reglamentarias del Decreto Urgencia N° 051-2007; y en cuyo artículo 1° determina que las Direcciones Generales de Administración, o quien haga sus veces, de las Entidades comprendidas en los alcances del Decreto de Urgencia N° 051-2007; deberá remitir a la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, una Resolución del Titular del Pliego, que contenga la relación validada de beneficiarios del Decreto de Urgencia N° 037-94 que cuenten con sentencia judicial en calidad de cosa juzgada, con el monto pendiente de pago y cuyo detalle estará contenido en el "Formato de Personal Beneficiario del D.U. N° 037-94", que forma parte de la presente Resolución;
Que, el Decreto Supremo N° 092-2011-EF, en su artículo 6°, establece que las entidades quedan autorizadas a incluir en el cálculo establecido en el numeral 3.2 del artículo 3° del aludido Decreto Supremo a los nuevos beneficiarios que cuenten con sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y que a la fecha de aprobación de dicho Decreto Supremo, hayan cumplido con presentar a las Entidades las respectivas resoluciones del órgano jurisdiccional;
Que, según lo dispuesto por la misma norma que antecede, en su artículo 3, inciso 3.1 las entidades deben remitir a la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas y bajo responsabilidad una copia de la Resolución y del Formato de Personal Beneficiario del D.U. N° 037-94, debidamente validada según lo establecido en el Decreto Supremo N° 058-2008-EF y del artículo 7° del Decreto Supremo N° 149-2009-EF, incluido el medio magnético.
Estando a lo propuesto y contando con las visaciones de la Oficina de Recursos Humanos, Oficina Regional de Administración y Finanzas; Oficina
DOC 213115
[jy, p 1.130(Hq
GOBIERNO REGIONAL SLININ PRESIDENCIA
Regional de Asesoría Jurídica, y Gerencia General Regional del Gobierno Regional Junín;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 058-2008-EF y el Decreto de Urgencia N° 051-2007-EF, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el literal d) del artículo 21° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, y sus modificaciones;
SE RESUELVE: ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, el monto pendiente de pago a la fecha,
ascendente a S/. 197, 832,04 (Ciento Noventa y Siete Mil Ochocientos Treinta y Dos con 04/100 nuevos soles) a favor de los pensionistas, a quienes el órgano jurisdiccional ha reconocido el derecho a percibir la bonificación a que se refiere el Decreto de Urgencia N° 037-94 y que a continuación se detalla:
FORMATO DEL PERSONAL BENEFICIARIO DEL D. U. N° 037.94
APELLIDOS NOMBRES MONTO
11
PENDIENTE DE PAGO
INTERESES 1
UNIDAD EJECUTORA: 301 UGEL TARMA
01 1 PEREZ 1 PORRAS ARMANDO 37.455,74 0,00
SUB TOTAL 37.455,74 0,00
UNIDAD EJECUTORA: 400 DIRECCION REGIONAL DE SALUD
01 CALDERON HUAMAN ANTONIO 0,00 27.832,60
02 CARRASCO TINTAYA ALEJANDRO 24.764,19 12.205,45
03 HUACHACA DE MUÑOZ CATALINA VICTORIA 15.735,36 0,00
04 JORGE LENDA VDA DE ZURITA FELICIA ANSELMA 10.133,40 2.498,51
05 LIZANO QUINTO MARCOS 12.172,26 0,00
06 MENDOZA PEREZ EMILIO 21.062,49 10.380,82
07 ZURITA JORGE IVETT DEL ROSARIO 10.133,40 2.498,51
SUBIOTAL 94.001,10 55.415,89
UNIDAD EJECUTORA: 402 HOSPITAL EL CARMEN
01 FLORES VDA DE RAMOS ANA ALICIA 10.959,31 0,00 10 959,31 0,00
1 SUB TOTAL
TOTAL 142.416,15 55.415,89
TOTAL DEUDA + INTERESES DE PENSIONISTAS 197.832,04
ARTICULO SEGUNDO.- APROBAR, el monto pendiente de pago a la fecha, ascendente a S/. 2.576.420,64 (Dos Millones Quinientos Setenta y Seis Mil Cuatrocientos Veinte con 64/100 nuevos soles), a favor de los servidores
activos, a quienes el órgano jurisdiccional ha reconocido el derecho a percibir la bonificación a que se refiere el Decreto de Urgencia N° 037-94 y que a continuación se detalla:
01.1A 4¡9b
Sitt
GOBIERNO REGIONAL JUNIN PRESIDENCIA
FORMATO DEL PERSONAL BENEFICIARIO DEL D. U. N° 037.94 CARGA SOCIAL
TOTAL 2.410.967,46 210.488,81 88.001,69 TOTAL DEUDA + CARGA SOCIAL + INTERESES PERSONAL ACTIVO 2.709.457,97
/7.46,7,oldo co.g la tuesta dee paéld( GOBIERNO REGIONAL WIEN
PRESIDENCIA
ARTICULO TERCERO.- APROBAR, como sustento del monto total señalado en los Artículos Primero y Segundo, los Formatos de Personal Beneficiario del D.U. N° 037-94, que forma parte de la presente Resolución.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
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IkÉálONAL. JUNIN
GOBIERNO REGIONAL JUNIN Lo que transcribo Ud. a para su conocimiento y de s fines.
HP. 2 1 E
Lic. ...
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DIRECTORA REGIONAL DE COMUNICANMES
t,̀ meA
GOBIERNO REGIONAL IUNIN PRESIDENCIA
ARTICULO CUARTO.- NOTIFICAR, la presente Resolución a la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, Unidades Ejecutoras: 300 Educación Junín, 301 UGEL Tarma, 400 Salud Junín, 402 Hospital El Carmen, 402 Salud El Carmen, 403 Red de Salud Jauja, 408 Red Salud Valle del Mantaro y a los órganos Internos del Gobierno Regional Junín.