Martes, 21 de agosto de 2018 32933 NÚMERO 162 RESOLUCIÓN de 3 de agosto de 2018, de la Consejera, por la que se resuelve el libramiento de fondos para la dotación de libros de texto a centros públicos que impartan enseñanzas de Educación Primaria, de Educación Secundaria Obligatoria y de Educación Especial, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2018/2019. (2018062012) De conformidad con lo establecido en la Orden de 21 de mayo de 2018 (DOE n.º 106, de 1 de junio) sobre libramiento de fondos para la dotación de libros de texto a los centros públi- cos que imparten enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2018/2019, de acuerdo con el Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Educación Cultura y Deporte y la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Secretaría General de Educación, en uso de las competencias que tenga conferidas, RESUELVO: Primero. Realizar un libramiento de fondos para la dotación de libros de texto a centros públicos que imparten enseñanzas de Educación Primaria, de Educación Secundaria y de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Extremadura por un total de cuatro millo- nes seiscientos cuarenta y dos mil novecientos treinta y nueve euros (4.642.939,00 euros) distribuidos para: MODALIDAD A: Ayudas para la adquisición de libros de texto, con el siguiente desglose: Anualidad 2018: Un millón quinientos sesenta mil euros (1.560.000 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 2018.13.02.222G.229.00. Anualidad 2019: Tres millones ochenta y dos mil novecientos treinta y nueve euros (3.082.939,00 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 2019.13.02.222G.229.00. Según el desglose que se especifica en el anexo a esta resolución. Todo ello de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los años 2018 y 2019. Segundo. Esta resolución trata de un primer acto de concesión, el resto de solicitudes presentadas se resolverán en idénticas condiciones procedimentales y de publicidad. Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse por los interesados, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación y Empleo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.