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REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES México, D. F. a 1 de Enero de 2005 1
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REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

Jul 04, 2018

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REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE

INVESTIGADORES Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005

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IacuteNDICE

EXPOSICIOacuteN DE MOTIVOS CAPIacuteTULO I DEL OBJETO CAPIacuteTULO II DE LA ORGANIZACIOacuteN CAPIacuteTULO III DE LAS CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD CAPIacuteTULO IV DE LAS CONVOCATORIAS Y DEL INGRESO CAPIacuteTULO V DE LAS COMISIONES DICTAMINADORAS CAPIacuteTULO VI DE LA EVALUACIOacuteN Y DE LOS CRITERIOS GENERALES DE LA EVALUACION CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIMULOS ECONOacuteMICOS CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN CAPIacuteTULO XI DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III CAPIacuteTULO XII DISPOSICIONES GENERALES TRANSITORIOS

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ldquo Todos los que inventaren oacute discurrieren cualesquiera especie de Maacutequinas Ingenios oacute Arbitrios Operaciones oacute Meacutetodos conducentes aacute adelantar la industria de la Mineriacutea y que produzcan alguna ventaja aunque al principio parezca pequentildea han de ser oidos y atendidos y si por su pobreza no pudieren verificar las experiencias de sus inventos como es necesario se costearaacuten del fondo de la Mineriacutea y tambien la construccioacuten de las maacutequinas siempre que presentadas en Proyecto se demuestren y calculen en eacutel sus efectos y los califiquen y juzguen praacutecticamente probables el Director General de Mineriacutea y los Maestros del Colegio Pero las ideacuteas mal fundadas por falta de principios oacute de praacutectico conocimiento en que alucinados sus Autores faacutecilmente se prometen ventajas imaginarias y desmesuradas se repeleraacuten como inuacutetiles y despreciables y aunque los tales Autores insten y repliquen nuevamente no seraacuten oidos sino en el caso de que hagan los experimentos aacute su costa y se califique por eacutellos la utilidad de sus invenciones quedando de todo ello y en cualquiera caso el documento competente en el Archivo del Real Tribunal para la debida constanciardquo

citado en

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EXPOSICIOacuteN DE MOTIVOS

El Sistema Nacional de Investigadores fue creado el 26 de julio de 1984 para reconocer la labor de las personas dedicadas a producir conocimiento cientiacutefico y tecnologiacutea El reconocimiento se otorga a traveacutes de la evaluacioacuten por pares y consiste en otorgar el nombramiento de investigador nacional Esta distincioacuten simboliza la calidad y prestigio de las contribuciones cientiacuteficas En paralelo al nombramiento se otorgan incentivos econoacutemicos a traveacutes de becas cuyo monto variacutea con el nivel asignado El propoacutesito general del Sistema Nacional de Investigadores es promover el desarrollo de las actividades relacionadas con la investigacioacuten para fortalecer su calidad desempentildeo y eficiencia El Sistema Nacional de Investigadores a traveacutes de sus miembros es una agrupacioacuten en la que estaacuten representadas todas las disciplinas cientiacuteficas que se practican en el paiacutes y cubre a una gran mayoriacutea de las instituciones de educacioacuten superior e institutos y centros de investigacioacuten que operan en Meacutexico En este sentido coadyuva a que la actividad cientiacutefica se desarrolle de la mejor manera posible a lo largo del territorio y a que se instalen grupos de investigacioacuten de alto nivel acadeacutemico en todas las entidades federativas Para realizar su labor el Sistema Nacional de Investigadores establece criterios confiables y vaacutelidos para evaluar las actividades de investigacioacuten que llevan a cabo acadeacutemicos y tecnoacutelogos Tales criterios se expresan en el siguiente Reglamento En este ordenamiento juriacutedico se define su organizacioacuten y funcionamiento las condiciones de elegibilidad los lineamientos que se siguen para nombrar a las comisiones dictaminadoras y la forma como llevan a cabo sus tareas Por uacuteltimo incluye los beneficios que se adquieren con la pertenencia al Sistema Nacional de Investigadores y los periacuteodos de duracioacuten de los nombramientos

CAPIacuteTULO I DEL OBJETO

ARTIacuteCULO 1 En cumplimiento de lo dispuesto por los artiacuteculos 12 fraccioacuten XVI de la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea y 2 fraccioacuten VIII de la Ley Orgaacutenica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologiacutea el Sistema Nacional de Investigadores (SNI) es un Programa cuya conduccioacuten y operacioacuten asiacute como el establecimiento de sus objetivos funciones organizacioacuten Reglas de Operacioacuten y Reglamentacioacuten Interna estaacuten a cargo del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologiacutea

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El objeto del SNI es premiar la labor de investigacioacuten en el paiacutes a traveacutes de un concurso cientiacutefico y tecnoloacutegico contribuyendo con ello a incrementar la competitividad internacional en la materia y a la resolucioacuten de los problemas nacionales Como premio se otorgan distinciones y estiacutemulos econoacutemicos que certifican la calidad productividad trascendencia e impacto del trabajo de los investigadores seleccionados El SNI a traveacutes de las instancias previstas en la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea promoveraacute entre otras las siguientes actividades

i Coadyuvar a la formacioacuten de nuevos investigadores e incrementar el nuacutemero de profesionales dedicados a la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico a partir de la aplicacioacuten de sus criterios de evaluacioacuten

ii Establecer con criterios confiables vaacutelidos y eficientes para evaluar los

productos de investigacioacuten tanto cientiacutefica como tecnoloacutegica

iii Opinar a traveacutes de las instancias juriacutedicas que contempla la ley sobre poliacuteticas nacionales en ciencia y tecnologiacutea y proponer criterios para orientar el gasto y la distribucioacuten de recursos destinados a la investigacioacuten

iv Proporcionar los instrumentos de diagnoacutestico para analizar el estado de la

ciencia y la tecnologiacutea en el paiacutes

v Vincular de manera maacutes estrecha las funciones de investigacioacuten y docencia en las instituciones de educacioacuten superior

vi Coadyuvar a la desconcentracioacuten y descentralizacioacuten de la ciencia y la

tecnologiacutea

vii Promover la movilidad de los investigadores en el paiacutes viii Estimular entre los investigadores del Sistema la realizacioacuten de proyectos y

actividades de formacioacuten de recursos humanos con niveles de competitividad internacional

ix Acrecentar la cultura cientiacutefica y tecnoloacutegica de la sociedad mediante la

valoracioacuten de la divulgacioacuten del conocimiento cientiacutefico y tecnoloacutegico

x Propiciar entre los investigadores del SNI la colaboracioacuten intra e interinstitucional asiacute como la cooperacioacuten en redes y con grupos de investigacioacuten emergentes en nuestro paiacutes

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CAPIacuteTULO II DE LA ORGANIZACIOacuteN

ARTIacuteCULO 2 El SNI contaraacute con un Consejo de Aprobacioacuten un Comiteacute Consultivo siete Comisiones Dictaminadoras siete Comisiones Dictaminadoras Revisoras una Junta de Honor un Secretario Ejecutivo y un Director de Aacuterea

i El Consejo de Aprobacioacuten estaraacute integrado por el Director General del CONACYT quien fungiraacute como Presidente el Director Adjunto de Tecnologiacutea del CONACYT quien supliraacute las ausencias del Presidente el Director Adjunto de Ciencia del CONACYT el Director Adjunto de la Coordinacioacuten de Grupos y Centros de Investigacioacuten del CONACYT el Director Adjunto de Formacioacuten de Cientiacuteficos y Tecnoacutelogos del CONACYT el Director del SNI el Subsecretario de Educacioacuten Superior e Investigacioacuten Cientiacutefica de la Secretariacutea de Educacioacuten Puacuteblica (SEP) el Subsecretario de Educacioacuten e Investigacioacuten Tecnoloacutegica de la SEP el Coordinador General del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y los tres representantes del SNI que formen parte de la Mesa Directiva del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico Sus funciones seraacuten las siguientes a) Designar a los miembros de las Comisiones Dictaminadoras de las

Comisiones Dictaminadoras Revisoras y de la Junta de Honor b) Decidir sobre las propuestas de distinciones que por conducto del Secretario

Ejecutivo del Sistema le hagan las Comisiones Dictaminadoras y las Comisiones Dictaminadoras Revisoras a las que se refieren los capiacutetulos V y VII de este Reglamento respectivamente

c) Decidir sobre las recomendaciones que le transmita la Junta de Honor asiacute como definir las sanciones correspondientes en los casos a los que haya lugar

d) Presentar las propuestas de modificacioacuten a los criterios poliacuteticas y lineamientos del SNI contenidos en este instrumento juriacutedico a la Junta de Gobierno del CONACYT para su aprobacioacuten previamente consensuadas con el Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico para orientar la evolucioacuten del SNI con el propoacutesito de lograr los objetivos y metas establecidos en los programas oficiales de Ciencia y Tecnologiacutea y

e) Resolver sobre los asuntos no previstos en el presente Reglamento e interpretar administrativamente el mismo

ii El Comiteacute Consultivo estaraacute integrado por 18 miembros quienes seraacuten los

presidentes en funciones y presidentes del antildeo inmediato anterior de cada una de las Comisiones Dictaminadoras el Director del SNI y tres representantes de la comunidad cientiacutefica uno por la divulgacioacuten de la ciencia otro por la docencia y uno maacutes por la tecnologiacutea quienes seraacuten invitados por el propio Comiteacute El Comiteacute seraacute presidido por el Director del SNI sus funciones seraacuten las siguientes

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a) Fungir como cuerpo colegiado encargado de proponer la formulacioacuten y aplicacioacuten de poliacuteticas del SNI que favorezcan el desarrollo de la ciencia y la tecnologiacutea con base en la evaluacioacuten llevada acabo por las comisiones dictaminadoras

b) Opinar sobre la normativa organizacioacuten y funcionamiento del SNI asiacute como sobre reformas necesarias para su mejoramiento y actualizacioacuten y

c) Proponer al Secretario Ejecutivo candidatos a asumir la presidencia de cada una de las Comisiones Dictaminadoras

iii La Junta de Honor estaraacute constituida por cinco Investigadores Nacionales Nivel

III o Emeacuteritos del SNI con solvencia moral ampliamente reconocida y un Secretario Teacutecnico que seraacute el Director del SNI Seraacuten nombrados con caraacutecter honoriacutefico por el Secretario Ejecutivo con las siguientes funciones a) Analizar los casos en que se presume la comisioacuten de una falta de eacutetica

profesional por parte de los investigadores del SNI y b) Hacer llegar al Consejo de Aprobacioacuten su recomendacioacuten sobre los casos

revisados en tiempo y forma velando en todo momento por la institucionalidad y el objetivo del SNI sin menoscabo de los derechos de los investigadores

c) Las recomendaciones de la Junta tendraacuten caraacutecter consultivo y los dictaacutemenes del Consejo de Aprobacioacuten ejecutivo

d) Los miembros de la Junta duraraacuten en su encargo tres antildeos y podraacuten ser ratificados uacutenicamente por un periacuteodo inmediato sucesivo

e) La Junta estaraacute coordinada por el investigador de mayor antiguumledad en el SNI Las recomendaciones de la Junta se emitiraacuten por mayoriacutea simple de votos

iv Fungiraacute como Secretario Ejecutivo del SNI el Director Adjunto de Ciencia del

CONACYT teniendo las siguientes funciones a) Expedir las convocatorias anuales para el proceso de evaluacioacuten y

seleccioacuten b) Presentar a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten las

recomendaciones emitidas por las Comisiones Dictaminadoras durante el proceso de evaluacioacuten asiacute como los dictaacutemenes de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras en los casos de inconformidad a los que se refiere el CAPIacuteTULO VII del presente Reglamento

c) Hacer del conocimiento puacuteblico los resultados de la evaluacioacuten y notificarlos a los aspirantes

d) Informar al Consejo de Aprobacioacuten sobre el funcionamiento de los mecanismos de evaluacioacuten y de operacioacuten general del SNI

e) Proponer al Consejo de Aprobacioacuten las propuestas de los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras y de la Junta de Honor y

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f) Las demaacutes que se establezcan en la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea la Ley Orgaacutenica del CONACYT el Estatuto Orgaacutenico del propio Consejo el presente Reglamento y las que le sean encomendadas por el Director General del CONACYT en el aacutembito de su competencia

v El Director del SNI seraacute nombrado por la Junta de Gobierno del CONACYT a

propuesta del Director General y tendraacute entre otras las siguientes funciones a) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo los proyectos de

reglamento y de reformas que en su caso deban realizarse para regir la organizacioacuten y funcionamiento del Sistema y someterlos a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

b) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo y someter a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten los criterios que se aplicaraacuten en la evaluacioacuten de las solicitudes

c) Supervisar el adecuado funcionamiento de los mecanismos de evaluacioacuten y operacioacuten del SNI

d) Recibir las solicitudes que los investigadores presenten al SNI y remitirlas a las Comisiones Dictaminadoras correspondientes

e) Coordinar la labor de las Comisiones Dictaminadoras y de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras para su adecuado funcionamiento

f) Elaborar las Convocatorias y someterlas a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

g) Fungir como Secretario Teacutecnico del Consejo de Aprobacioacuten y de la Junta de Honor del SNI

h) Presidir el Comiteacute Consultivo del Sistema i) Ejecutar las resoluciones y sanciones derivadas del presente Reglamento

y j) Las demaacutes que le determine el Secretario Ejecutivo

CAPIacuteTULO III DE LAS CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD

ARTIacuteCULO 3 Podraacuten participar en el concurso de seleccioacuten del SNI los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que tengan un contrato o convenio institucional vigente de al menos 20 horas-semana-mes para realizar actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico en las instituciones y organizaciones de los sectores puacuteblico privado y social a las que se refiere el presente artiacuteculo o en su defecto se encuentren realizando una estancia posdoctoral ya sea en Meacutexico o en el extranjero En forma especiacutefica podraacuten ser miembros del SNI

i Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tales como a) Los centros puacuteblicos de investigacioacuten coordinados por el CONACYT b) Las universidades puacuteblicas autoacutenomas por ley los institutos tecnoloacutegicos

las universidades dependientes de los gobiernos federal o estatal y

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c) Las dependencias y entidades del sector puacuteblico que lleven a cabo funciones de investigacioacuten

ii Los investigadores de las instituciones de educacioacuten superior y de

investigacioacuten del sector privado nacional tales como universidades institutos colegios y centros que realicen actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cualquiera que sea el reacutegimen juriacutedico con el que esteacuten organizados asiacute como los investigadores que realicen actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas en empresas o instituciones inscritas en el RENIECYT Es imprescindible que tanto el resultado de su trabajo cientiacutefico yo tecnoloacutegico como la formacioacuten o experiencia requeridas para la realizacioacuten de sus actividades puedan ser evidenciadas documentalmente Estas instituciones deberaacuten celebrar con el SNI los convenios de colaboracioacuten en los que se acepten los meacutetodos y reglas de la evaluacioacuten del Sistema y en donde se estipulen las formas y condiciones para un eventual otorgamiento del estiacutemulo econoacutemico de acuerdo con las modalidades que se convenga entre las partes y en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal

iii En caso de que el aspirante no tenga nacionalidad mexicana deberaacute contar

con adscripcioacuten en alguna de las instituciones antes mencionadas con antiguumledad miacutenima de un antildeo al cierre de la Convocatoria Deberaacute ademaacutes demostrar su residencia en el paiacutes con documentos oficiales

iv Los investigadores que acrediten una estancia posdoctoral en un lapso no

mayor a dos antildeos despueacutes de haber obtenido el grado de doctor

v Los investigadores vigentes en el SNI que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico o de eleccioacuten popular que les impida continuar con sus actividades de investigacioacuten podraacuten conservar su nombramiento hasta el teacutermino de su vigencia y dejaraacuten de recibir el estiacutemulo econoacutemico En caso de que continuacuteen realizando actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas adicionalmente a las correspondientes a su cargo administrativo podraacuten fundamentar su labor cientiacutefica yo tecnoloacutegica ante la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y en el caso de obtener un dictamen positivo seguiraacuten recibiendo el estiacutemulo econoacutemico asociado a su categoriacutea y nivel

CAPIacuteTULO IV DE LAS CONVOCATORIAS Y DEL INGRESO

ARTIacuteCULO 4 El Secretario Ejecutivo del Sistema convocaraacute anualmente a los miembros del SNI cuyas distinciones concluyan ese antildeo asiacute como a los aspirantes que deseen incorporarse al Sistema para que presenten sus solicitudes de ingreso o reingreso

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La Convocatoria los Criterios Generales y los Especiacuteficos de evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT ARTIacuteCULO 5 La solicitud de ingreso o reingreso se presentaraacute en el formato correspondiente en el plazo y sitio que sentildeale la Convocatoria y deberaacute acompantildearse de

i Documento oficial original y actualizado de adscripcioacuten que especifique las condiciones a que estaacute sujeto su contrato o convenio institucional el cual deberaacute contener nombramiento funciones asignadas tiempo comprometido en horassemana asiacute como fecha de inicio y finalizacioacuten del mismo

ii Curriacuteculum vitae completo con copia de documentos oficiales que acrediten

nacionalidad y edad

iii Copias de documentos oficiales que acrediten su formacioacuten acadeacutemica y tesis doctoral en su caso

iv Documentacioacuten probatoria exclusivamente de los productos cientiacuteficos yo

tecnoloacutegicos que sustenten su postulacioacuten Los ejemplares deberaacuten ser completos y a solicitud de las Comisiones Dictaminadoras el aspirante deberaacute enviar a las oficinas del SNI un mayor nuacutemero de productos

ARTIacuteCULO 6 El Director del SNI turnaraacute las solicitudes a las Comisiones Dictaminadoras para que de acuerdo a los Criterios Generales y los Especiacuteficos de Evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento emitan la recomendacioacuten correspondiente proponiendo la categoriacutea y nivel para el aspirante

CAPIacuteTULO V DE LAS COMISIONES DICTAMINADORAS

ARTIacuteCULO 7 Las Comisiones Dictaminadoras estaraacuten integradas por doce miembros del SNI del Nivel III y en caso de no existir personas elegibles para alguna disciplina podraacuten ser nombrados entre los investigadores del Nivel II Las comisiones se integraraacuten guardando el mayor equilibrio y paridad posibles entre disciplinas instituciones y regiones Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras permaneceraacuten en su encargo tres antildeos a partir de su nombramiento Cada antildeo se renovaraacuten cuatro de los miembros los cuales seraacuten designados por el Consejo de Aprobacioacuten tomando en cuenta la opinioacuten del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y del Comiteacute Consultivo del SNI Los nombres de los integrantes de cada una de las

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Comisiones Dictaminadoras se haraacuten del conocimiento puacuteblico en la paacutegina electroacutenica del CONACYT Si un miembro de las comisiones no puede cumplir con su compromiso con el SNI durante un periacuteodo de evaluacioacuten podraacute ser sustituido por quien determine el Director del SNI Se integraraacute una Comisioacuten Dictaminadora para cada una de las siguientes aacutereas del conocimiento consideradas por el SNI Aacuterea I Fiacutesico-Matemaacuteticas y Ciencias de la Tierra Aacuterea II Biologiacutea y Quiacutemica Aacuterea III Medicina y Ciencias de la Salud Aacuterea IV Humanidades y Ciencias de la Conducta Aacuterea V Ciencias Sociales Aacuterea VI Biotecnologiacutea y Ciencias Agropecuarias Aacuterea VII Ingenieriacuteas ARTIacuteCULO 8 El Secretario Ejecutivo designaraacute a propuesta del Comiteacute Consultivo al Presidente de cada Comisioacuten Dictaminadora el cual duraraacute en su cargo un antildeo ARTIacuteCULO 9 Para sesionar las Comisiones Dictaminadoras requeriraacuten la presencia de por lo menos siete de sus miembros Las decisiones se tomaraacuten por consenso y eventualmente por mayoriacutea En caso de no existir consenso soacutelo podraacuten votar los miembros de las Comisiones Dictaminadoras ARTIacuteCULO 10 El Director del SNI a propuesta de cada Comisioacuten Dictaminadora designaraacute a los miembros en las subcomisiones que sean necesarios para la evaluacioacuten de solicitudes en disciplinas especiacuteficas de actividades cientiacuteficas de desarrollo tecnoloacutegico o de divulgacioacuten Los participantes en las subcomisiones deberaacuten tener como miacutenimo un nombramiento de Investigador Nacional Nivel II

CAPIacuteTULO VI DE LA EVALUACIOacuteN Y DE LOS CRITERIOS GENERALES DE LA

EVALUACIOacuteN

ARTIacuteCULO 11 El SNI funciona a traveacutes de oacuterganos colegiados encargados de evaluar y dictaminar el trabajo acadeacutemico de su membresiacutea y de los aspirantes Dichos cuerpos colegiados estaacuten integrados por personas honorables reconocidas y de los maacutes altos niveles cientiacuteficos y tecnoloacutegicos existentes Sus juicios son resultado de un debate colectivo entre pares y tienen en cuenta tanto la reglamentacioacuten del Sistema como el contexto de la trayectoria acadeacutemica institucional y los productos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos de cada persona que se

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somete a su evaluacioacuten Por ello adquieren capacidad para establecer y matizar los lineamientos que deben seguir las evaluaciones aplicadas a cada aacuterea disciplinaria y a cada caso evaluado asiacute como para modificarlos perioacutedicamente dentro de su marco juriacutedico Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras consideran que en cada disciplina (o conjunto disciplinario) hay distintas opciones para dar a conocer sus trabajos asiacute como distintas apreciaciones sobre la plataforma y el contexto de la publicacioacuten y difusioacuten de los resultados de la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico Tambieacuten que dichas opciones variacutean por institucioacuten ubicacioacuten territorial capacidad financiera de los lugares de trabajo y redes de los investigadores Asimismo entienden que las instituciones de investigacioacuten y desarrollo tecnoloacutegico tienen diferentes poliacuteticas editoriales normas y exigencias para publicar Por tanto la evaluacioacuten de los trabajos se basa en su calidad trascendencia e impacto ARTIacuteCULO 12 Durante la evaluacioacuten las Comisiones Dictaminadoras revisaraacuten las solicitudes de ingreso que deben contener la informacioacuten curricular completa asiacute como la documentacioacuten probatoria Tendraacuten en cuenta la calidad de las aportaciones y la cantidad de productos presentados por el solicitante Cada solicitud deberaacute ser evaluada por lo menos por dos integrantes de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y resuelta por el pleno ARTIacuteCULO 13 Las Comisiones Dictaminadoras emitiraacuten su dictamen dentro de los seis meses siguientes al cierre de la Convocatoria ARTIacuteCULO 14 Despueacutes de la evaluacioacuten de cada una de las solicitudes las Comisiones Dictaminadoras propondraacuten al Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo el ingreso o no ingreso del solicitante al SNI asiacute como su categoriacutea y nivel Los resultados de las evaluaciones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT especificando los nombres de los investigadores aprobados e indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente razonado emitido por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente ARTIacuteCULO 15 El objetivo general de estos criterios es el orientar los trabajos y las recomendaciones de las Comisiones Dictaminadoras para la evaluacioacuten de los meacuteritos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos reflejados en

i La produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica y

ii La formacioacuten de recursos humanos especializados

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Ademaacutes se consideraraacute iii La participacioacuten en la labor de difusioacuten y divulgacioacuten

iv La vinculacioacuten entre la investigacioacuten y los sectores puacuteblico privado y social

v La contribucioacuten al desarrollo institucional

ARTIacuteCULO 16 Los elementos en que se sustenta la evaluacioacuten de los aspirantes a ingresar al SNI son

i La productividad del uacuteltimo periodo de evaluacioacuten asiacute como de la obra global reflejada a traveacutes de los resultados de su participacioacuten en las diversas actividades referidas en el objetivo general Los aspirantes de nuevo ingreso deberaacuten demostrar productividad en los uacuteltimos tres antildeos

ii La calidad de la produccioacuten reportada en teacuterminos de

a) la originalidad de los trabajos b) la consolidacioacuten de la(s) liacutenea(s) de investigacioacuten c) el impacto de los productos de investigacioacuten d) la trascendencia y repercusioacuten en la solucioacuten de problemas prioritarios e) el liderazgo y reconocimiento nacional e internacional f) el valor y los beneficios que aporten los productos obtenidos a traveacutes de

los proyectos realizados y g) la creacioacuten de empresas de alto valor agregado a partir del conocimiento

cientiacutefico-tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 17 Los productos obtenidos a traveacutes de las diferentes actividades consideradas por el SNI son entre otros

i Investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica a) artiacuteculos b) memorias in extenso c) libros d) capiacutetulos de libros e) resentildeas f) opuacutesculos g) patentes h) desarrollos tecnoloacutegicos i) innovaciones j) reportes especializados de asesoriacuteas k) transferencias tecnoloacutegicas

ii Formacioacuten de cientiacuteficos y tecnoacutelogos

a) direccioacuten de tesis profesionales y de grado

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b) imparticioacuten de caacutetedra en licenciatura y posgrado c) libros de texto (educacioacuten superior) d) artiacuteculos en revistas de docencia e) diaporamas o programas de coacutemputo de caraacutecter educativo f) formacioacuten de investigadores g) formacioacuten de especialistas h) formacioacuten de profesionistas i) formacioacuten de teacutecnicos especializados j) tutoriacutea de estudiantes

iii Divulgacioacuten

a) conferencias y seminarios de divulgacioacuten b) participacioacuten en congresos de divulgacioacuten c) libros de divulgacioacuten d) capiacutetulos en libros de divulgacioacuten e) artiacuteculos (ediciones formales) de divulgacioacuten f) ensayos (ediciones formales) de divulgacioacuten

iv Vinculacioacuten de la investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado

a) reportes de proyectos especiacuteficos bajo contrato b) desarrollo de posgrados orientados c) reportes de trabajos solicitados por terceros

v Desarrollo institucional

a) generacioacuten consolidacioacuten o fortalecimiento de centros unidades talleres bancos de informacioacuten laboratorios de investigacioacuten o acervos documentales bibliograacuteficos de especies bioloacutegicas o colecciones cientiacuteficas

b) creacioacuten y montaje de equipo para las actividades de investigacioacuten c) creacioacuten de grupos de investigacioacuten d) desarrollo y consolidacioacuten de posgrados e) informes de resultados de promocioacuten formacioacuten y coordinacioacuten en redes

nacionales de investigacioacuten f) tutoriacutea de grupos nacionales emergentes g) participacioacuten en consorcios de innovacioacuten

vi Participacioacuten en cuerpos editoriales o colegiados de evaluacioacuten cientiacutefica y

tecnoloacutegica a) arbitraje de artiacuteculos en revistas especializadas de circulacioacuten

internacional con alto impacto solicitados por el comiteacute editorial correspondiente

b) evaluacioacuten de propuestas de investigacioacuten c) evaluacioacuten de programas de posgrado

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ARTIacuteCULO 18 Los criterios especiacuteficos de evaluacioacuten que aplican cada una de las Comisiones Dictaminadoras deberaacuten ser presentados al Consejo de Aprobacioacuten para su conocimiento

CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES

ARTIacuteCULO 19 Los aspirantes inconformes con la decisioacuten del Consejo de Aprobacioacuten podraacuten solicitar que su caso sea revisado dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a la fecha de publicacioacuten de los resultados correspondientes ARTIacuteCULO 20 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten presentadas por escrito al Secretario Ejecutivo Deberaacuten contener los argumentos cientiacuteficos yo tecnoloacutegicos que sustenten su solicitud de revisioacuten y ser acompantildeadas en su caso de la documentacioacuten probatoria La revisioacuten se llevaraacute a cabo exclusivamente con base en la produccioacuten que se incluyoacute en la solicitud de ingreso o reingreso de la convocatoria respectiva Por lo anterior auacuten cuando fuera recibida no se consideraraacute la produccioacuten adicional que se anexe a la solicitud de revisioacuten ARTIacuteCULO 21 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten evaluadas por la Comisioacuten Dictaminadora Revisora de cada aacuterea integrada por tres miembros de la Comisioacuten Dictaminadora que evaluoacute el caso y cuatro miembros maacutes de la misma aacuterea del conocimiento que hayan formado parte de las Comisiones Dictaminadoras en antildeos anteriores Las Comisiones Revisoras no podraacuten sesionar con menos de cinco miembros El dictamen de la Comisioacuten Dictaminadora Revisora seraacute sometido a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo para su decisioacuten final la cual seraacute inapelable Los resultados de las revisiones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT en un maacuteximo de tres meses especificando los nombres de los investigadores indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente fundado y motivado emitido por la Comisioacuten correspondiente

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CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 2: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

IacuteNDICE

EXPOSICIOacuteN DE MOTIVOS CAPIacuteTULO I DEL OBJETO CAPIacuteTULO II DE LA ORGANIZACIOacuteN CAPIacuteTULO III DE LAS CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD CAPIacuteTULO IV DE LAS CONVOCATORIAS Y DEL INGRESO CAPIacuteTULO V DE LAS COMISIONES DICTAMINADORAS CAPIacuteTULO VI DE LA EVALUACIOacuteN Y DE LOS CRITERIOS GENERALES DE LA EVALUACION CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIMULOS ECONOacuteMICOS CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN CAPIacuteTULO XI DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III CAPIacuteTULO XII DISPOSICIONES GENERALES TRANSITORIOS

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ldquo Todos los que inventaren oacute discurrieren cualesquiera especie de Maacutequinas Ingenios oacute Arbitrios Operaciones oacute Meacutetodos conducentes aacute adelantar la industria de la Mineriacutea y que produzcan alguna ventaja aunque al principio parezca pequentildea han de ser oidos y atendidos y si por su pobreza no pudieren verificar las experiencias de sus inventos como es necesario se costearaacuten del fondo de la Mineriacutea y tambien la construccioacuten de las maacutequinas siempre que presentadas en Proyecto se demuestren y calculen en eacutel sus efectos y los califiquen y juzguen praacutecticamente probables el Director General de Mineriacutea y los Maestros del Colegio Pero las ideacuteas mal fundadas por falta de principios oacute de praacutectico conocimiento en que alucinados sus Autores faacutecilmente se prometen ventajas imaginarias y desmesuradas se repeleraacuten como inuacutetiles y despreciables y aunque los tales Autores insten y repliquen nuevamente no seraacuten oidos sino en el caso de que hagan los experimentos aacute su costa y se califique por eacutellos la utilidad de sus invenciones quedando de todo ello y en cualquiera caso el documento competente en el Archivo del Real Tribunal para la debida constanciardquo

citado en

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EXPOSICIOacuteN DE MOTIVOS

El Sistema Nacional de Investigadores fue creado el 26 de julio de 1984 para reconocer la labor de las personas dedicadas a producir conocimiento cientiacutefico y tecnologiacutea El reconocimiento se otorga a traveacutes de la evaluacioacuten por pares y consiste en otorgar el nombramiento de investigador nacional Esta distincioacuten simboliza la calidad y prestigio de las contribuciones cientiacuteficas En paralelo al nombramiento se otorgan incentivos econoacutemicos a traveacutes de becas cuyo monto variacutea con el nivel asignado El propoacutesito general del Sistema Nacional de Investigadores es promover el desarrollo de las actividades relacionadas con la investigacioacuten para fortalecer su calidad desempentildeo y eficiencia El Sistema Nacional de Investigadores a traveacutes de sus miembros es una agrupacioacuten en la que estaacuten representadas todas las disciplinas cientiacuteficas que se practican en el paiacutes y cubre a una gran mayoriacutea de las instituciones de educacioacuten superior e institutos y centros de investigacioacuten que operan en Meacutexico En este sentido coadyuva a que la actividad cientiacutefica se desarrolle de la mejor manera posible a lo largo del territorio y a que se instalen grupos de investigacioacuten de alto nivel acadeacutemico en todas las entidades federativas Para realizar su labor el Sistema Nacional de Investigadores establece criterios confiables y vaacutelidos para evaluar las actividades de investigacioacuten que llevan a cabo acadeacutemicos y tecnoacutelogos Tales criterios se expresan en el siguiente Reglamento En este ordenamiento juriacutedico se define su organizacioacuten y funcionamiento las condiciones de elegibilidad los lineamientos que se siguen para nombrar a las comisiones dictaminadoras y la forma como llevan a cabo sus tareas Por uacuteltimo incluye los beneficios que se adquieren con la pertenencia al Sistema Nacional de Investigadores y los periacuteodos de duracioacuten de los nombramientos

CAPIacuteTULO I DEL OBJETO

ARTIacuteCULO 1 En cumplimiento de lo dispuesto por los artiacuteculos 12 fraccioacuten XVI de la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea y 2 fraccioacuten VIII de la Ley Orgaacutenica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologiacutea el Sistema Nacional de Investigadores (SNI) es un Programa cuya conduccioacuten y operacioacuten asiacute como el establecimiento de sus objetivos funciones organizacioacuten Reglas de Operacioacuten y Reglamentacioacuten Interna estaacuten a cargo del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologiacutea

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El objeto del SNI es premiar la labor de investigacioacuten en el paiacutes a traveacutes de un concurso cientiacutefico y tecnoloacutegico contribuyendo con ello a incrementar la competitividad internacional en la materia y a la resolucioacuten de los problemas nacionales Como premio se otorgan distinciones y estiacutemulos econoacutemicos que certifican la calidad productividad trascendencia e impacto del trabajo de los investigadores seleccionados El SNI a traveacutes de las instancias previstas en la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea promoveraacute entre otras las siguientes actividades

i Coadyuvar a la formacioacuten de nuevos investigadores e incrementar el nuacutemero de profesionales dedicados a la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico a partir de la aplicacioacuten de sus criterios de evaluacioacuten

ii Establecer con criterios confiables vaacutelidos y eficientes para evaluar los

productos de investigacioacuten tanto cientiacutefica como tecnoloacutegica

iii Opinar a traveacutes de las instancias juriacutedicas que contempla la ley sobre poliacuteticas nacionales en ciencia y tecnologiacutea y proponer criterios para orientar el gasto y la distribucioacuten de recursos destinados a la investigacioacuten

iv Proporcionar los instrumentos de diagnoacutestico para analizar el estado de la

ciencia y la tecnologiacutea en el paiacutes

v Vincular de manera maacutes estrecha las funciones de investigacioacuten y docencia en las instituciones de educacioacuten superior

vi Coadyuvar a la desconcentracioacuten y descentralizacioacuten de la ciencia y la

tecnologiacutea

vii Promover la movilidad de los investigadores en el paiacutes viii Estimular entre los investigadores del Sistema la realizacioacuten de proyectos y

actividades de formacioacuten de recursos humanos con niveles de competitividad internacional

ix Acrecentar la cultura cientiacutefica y tecnoloacutegica de la sociedad mediante la

valoracioacuten de la divulgacioacuten del conocimiento cientiacutefico y tecnoloacutegico

x Propiciar entre los investigadores del SNI la colaboracioacuten intra e interinstitucional asiacute como la cooperacioacuten en redes y con grupos de investigacioacuten emergentes en nuestro paiacutes

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CAPIacuteTULO II DE LA ORGANIZACIOacuteN

ARTIacuteCULO 2 El SNI contaraacute con un Consejo de Aprobacioacuten un Comiteacute Consultivo siete Comisiones Dictaminadoras siete Comisiones Dictaminadoras Revisoras una Junta de Honor un Secretario Ejecutivo y un Director de Aacuterea

i El Consejo de Aprobacioacuten estaraacute integrado por el Director General del CONACYT quien fungiraacute como Presidente el Director Adjunto de Tecnologiacutea del CONACYT quien supliraacute las ausencias del Presidente el Director Adjunto de Ciencia del CONACYT el Director Adjunto de la Coordinacioacuten de Grupos y Centros de Investigacioacuten del CONACYT el Director Adjunto de Formacioacuten de Cientiacuteficos y Tecnoacutelogos del CONACYT el Director del SNI el Subsecretario de Educacioacuten Superior e Investigacioacuten Cientiacutefica de la Secretariacutea de Educacioacuten Puacuteblica (SEP) el Subsecretario de Educacioacuten e Investigacioacuten Tecnoloacutegica de la SEP el Coordinador General del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y los tres representantes del SNI que formen parte de la Mesa Directiva del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico Sus funciones seraacuten las siguientes a) Designar a los miembros de las Comisiones Dictaminadoras de las

Comisiones Dictaminadoras Revisoras y de la Junta de Honor b) Decidir sobre las propuestas de distinciones que por conducto del Secretario

Ejecutivo del Sistema le hagan las Comisiones Dictaminadoras y las Comisiones Dictaminadoras Revisoras a las que se refieren los capiacutetulos V y VII de este Reglamento respectivamente

c) Decidir sobre las recomendaciones que le transmita la Junta de Honor asiacute como definir las sanciones correspondientes en los casos a los que haya lugar

d) Presentar las propuestas de modificacioacuten a los criterios poliacuteticas y lineamientos del SNI contenidos en este instrumento juriacutedico a la Junta de Gobierno del CONACYT para su aprobacioacuten previamente consensuadas con el Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico para orientar la evolucioacuten del SNI con el propoacutesito de lograr los objetivos y metas establecidos en los programas oficiales de Ciencia y Tecnologiacutea y

e) Resolver sobre los asuntos no previstos en el presente Reglamento e interpretar administrativamente el mismo

ii El Comiteacute Consultivo estaraacute integrado por 18 miembros quienes seraacuten los

presidentes en funciones y presidentes del antildeo inmediato anterior de cada una de las Comisiones Dictaminadoras el Director del SNI y tres representantes de la comunidad cientiacutefica uno por la divulgacioacuten de la ciencia otro por la docencia y uno maacutes por la tecnologiacutea quienes seraacuten invitados por el propio Comiteacute El Comiteacute seraacute presidido por el Director del SNI sus funciones seraacuten las siguientes

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a) Fungir como cuerpo colegiado encargado de proponer la formulacioacuten y aplicacioacuten de poliacuteticas del SNI que favorezcan el desarrollo de la ciencia y la tecnologiacutea con base en la evaluacioacuten llevada acabo por las comisiones dictaminadoras

b) Opinar sobre la normativa organizacioacuten y funcionamiento del SNI asiacute como sobre reformas necesarias para su mejoramiento y actualizacioacuten y

c) Proponer al Secretario Ejecutivo candidatos a asumir la presidencia de cada una de las Comisiones Dictaminadoras

iii La Junta de Honor estaraacute constituida por cinco Investigadores Nacionales Nivel

III o Emeacuteritos del SNI con solvencia moral ampliamente reconocida y un Secretario Teacutecnico que seraacute el Director del SNI Seraacuten nombrados con caraacutecter honoriacutefico por el Secretario Ejecutivo con las siguientes funciones a) Analizar los casos en que se presume la comisioacuten de una falta de eacutetica

profesional por parte de los investigadores del SNI y b) Hacer llegar al Consejo de Aprobacioacuten su recomendacioacuten sobre los casos

revisados en tiempo y forma velando en todo momento por la institucionalidad y el objetivo del SNI sin menoscabo de los derechos de los investigadores

c) Las recomendaciones de la Junta tendraacuten caraacutecter consultivo y los dictaacutemenes del Consejo de Aprobacioacuten ejecutivo

d) Los miembros de la Junta duraraacuten en su encargo tres antildeos y podraacuten ser ratificados uacutenicamente por un periacuteodo inmediato sucesivo

e) La Junta estaraacute coordinada por el investigador de mayor antiguumledad en el SNI Las recomendaciones de la Junta se emitiraacuten por mayoriacutea simple de votos

iv Fungiraacute como Secretario Ejecutivo del SNI el Director Adjunto de Ciencia del

CONACYT teniendo las siguientes funciones a) Expedir las convocatorias anuales para el proceso de evaluacioacuten y

seleccioacuten b) Presentar a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten las

recomendaciones emitidas por las Comisiones Dictaminadoras durante el proceso de evaluacioacuten asiacute como los dictaacutemenes de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras en los casos de inconformidad a los que se refiere el CAPIacuteTULO VII del presente Reglamento

c) Hacer del conocimiento puacuteblico los resultados de la evaluacioacuten y notificarlos a los aspirantes

d) Informar al Consejo de Aprobacioacuten sobre el funcionamiento de los mecanismos de evaluacioacuten y de operacioacuten general del SNI

e) Proponer al Consejo de Aprobacioacuten las propuestas de los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras y de la Junta de Honor y

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f) Las demaacutes que se establezcan en la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea la Ley Orgaacutenica del CONACYT el Estatuto Orgaacutenico del propio Consejo el presente Reglamento y las que le sean encomendadas por el Director General del CONACYT en el aacutembito de su competencia

v El Director del SNI seraacute nombrado por la Junta de Gobierno del CONACYT a

propuesta del Director General y tendraacute entre otras las siguientes funciones a) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo los proyectos de

reglamento y de reformas que en su caso deban realizarse para regir la organizacioacuten y funcionamiento del Sistema y someterlos a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

b) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo y someter a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten los criterios que se aplicaraacuten en la evaluacioacuten de las solicitudes

c) Supervisar el adecuado funcionamiento de los mecanismos de evaluacioacuten y operacioacuten del SNI

d) Recibir las solicitudes que los investigadores presenten al SNI y remitirlas a las Comisiones Dictaminadoras correspondientes

e) Coordinar la labor de las Comisiones Dictaminadoras y de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras para su adecuado funcionamiento

f) Elaborar las Convocatorias y someterlas a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

g) Fungir como Secretario Teacutecnico del Consejo de Aprobacioacuten y de la Junta de Honor del SNI

h) Presidir el Comiteacute Consultivo del Sistema i) Ejecutar las resoluciones y sanciones derivadas del presente Reglamento

y j) Las demaacutes que le determine el Secretario Ejecutivo

CAPIacuteTULO III DE LAS CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD

ARTIacuteCULO 3 Podraacuten participar en el concurso de seleccioacuten del SNI los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que tengan un contrato o convenio institucional vigente de al menos 20 horas-semana-mes para realizar actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico en las instituciones y organizaciones de los sectores puacuteblico privado y social a las que se refiere el presente artiacuteculo o en su defecto se encuentren realizando una estancia posdoctoral ya sea en Meacutexico o en el extranjero En forma especiacutefica podraacuten ser miembros del SNI

i Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tales como a) Los centros puacuteblicos de investigacioacuten coordinados por el CONACYT b) Las universidades puacuteblicas autoacutenomas por ley los institutos tecnoloacutegicos

las universidades dependientes de los gobiernos federal o estatal y

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c) Las dependencias y entidades del sector puacuteblico que lleven a cabo funciones de investigacioacuten

ii Los investigadores de las instituciones de educacioacuten superior y de

investigacioacuten del sector privado nacional tales como universidades institutos colegios y centros que realicen actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cualquiera que sea el reacutegimen juriacutedico con el que esteacuten organizados asiacute como los investigadores que realicen actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas en empresas o instituciones inscritas en el RENIECYT Es imprescindible que tanto el resultado de su trabajo cientiacutefico yo tecnoloacutegico como la formacioacuten o experiencia requeridas para la realizacioacuten de sus actividades puedan ser evidenciadas documentalmente Estas instituciones deberaacuten celebrar con el SNI los convenios de colaboracioacuten en los que se acepten los meacutetodos y reglas de la evaluacioacuten del Sistema y en donde se estipulen las formas y condiciones para un eventual otorgamiento del estiacutemulo econoacutemico de acuerdo con las modalidades que se convenga entre las partes y en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal

iii En caso de que el aspirante no tenga nacionalidad mexicana deberaacute contar

con adscripcioacuten en alguna de las instituciones antes mencionadas con antiguumledad miacutenima de un antildeo al cierre de la Convocatoria Deberaacute ademaacutes demostrar su residencia en el paiacutes con documentos oficiales

iv Los investigadores que acrediten una estancia posdoctoral en un lapso no

mayor a dos antildeos despueacutes de haber obtenido el grado de doctor

v Los investigadores vigentes en el SNI que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico o de eleccioacuten popular que les impida continuar con sus actividades de investigacioacuten podraacuten conservar su nombramiento hasta el teacutermino de su vigencia y dejaraacuten de recibir el estiacutemulo econoacutemico En caso de que continuacuteen realizando actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas adicionalmente a las correspondientes a su cargo administrativo podraacuten fundamentar su labor cientiacutefica yo tecnoloacutegica ante la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y en el caso de obtener un dictamen positivo seguiraacuten recibiendo el estiacutemulo econoacutemico asociado a su categoriacutea y nivel

CAPIacuteTULO IV DE LAS CONVOCATORIAS Y DEL INGRESO

ARTIacuteCULO 4 El Secretario Ejecutivo del Sistema convocaraacute anualmente a los miembros del SNI cuyas distinciones concluyan ese antildeo asiacute como a los aspirantes que deseen incorporarse al Sistema para que presenten sus solicitudes de ingreso o reingreso

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La Convocatoria los Criterios Generales y los Especiacuteficos de evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT ARTIacuteCULO 5 La solicitud de ingreso o reingreso se presentaraacute en el formato correspondiente en el plazo y sitio que sentildeale la Convocatoria y deberaacute acompantildearse de

i Documento oficial original y actualizado de adscripcioacuten que especifique las condiciones a que estaacute sujeto su contrato o convenio institucional el cual deberaacute contener nombramiento funciones asignadas tiempo comprometido en horassemana asiacute como fecha de inicio y finalizacioacuten del mismo

ii Curriacuteculum vitae completo con copia de documentos oficiales que acrediten

nacionalidad y edad

iii Copias de documentos oficiales que acrediten su formacioacuten acadeacutemica y tesis doctoral en su caso

iv Documentacioacuten probatoria exclusivamente de los productos cientiacuteficos yo

tecnoloacutegicos que sustenten su postulacioacuten Los ejemplares deberaacuten ser completos y a solicitud de las Comisiones Dictaminadoras el aspirante deberaacute enviar a las oficinas del SNI un mayor nuacutemero de productos

ARTIacuteCULO 6 El Director del SNI turnaraacute las solicitudes a las Comisiones Dictaminadoras para que de acuerdo a los Criterios Generales y los Especiacuteficos de Evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento emitan la recomendacioacuten correspondiente proponiendo la categoriacutea y nivel para el aspirante

CAPIacuteTULO V DE LAS COMISIONES DICTAMINADORAS

ARTIacuteCULO 7 Las Comisiones Dictaminadoras estaraacuten integradas por doce miembros del SNI del Nivel III y en caso de no existir personas elegibles para alguna disciplina podraacuten ser nombrados entre los investigadores del Nivel II Las comisiones se integraraacuten guardando el mayor equilibrio y paridad posibles entre disciplinas instituciones y regiones Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras permaneceraacuten en su encargo tres antildeos a partir de su nombramiento Cada antildeo se renovaraacuten cuatro de los miembros los cuales seraacuten designados por el Consejo de Aprobacioacuten tomando en cuenta la opinioacuten del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y del Comiteacute Consultivo del SNI Los nombres de los integrantes de cada una de las

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Comisiones Dictaminadoras se haraacuten del conocimiento puacuteblico en la paacutegina electroacutenica del CONACYT Si un miembro de las comisiones no puede cumplir con su compromiso con el SNI durante un periacuteodo de evaluacioacuten podraacute ser sustituido por quien determine el Director del SNI Se integraraacute una Comisioacuten Dictaminadora para cada una de las siguientes aacutereas del conocimiento consideradas por el SNI Aacuterea I Fiacutesico-Matemaacuteticas y Ciencias de la Tierra Aacuterea II Biologiacutea y Quiacutemica Aacuterea III Medicina y Ciencias de la Salud Aacuterea IV Humanidades y Ciencias de la Conducta Aacuterea V Ciencias Sociales Aacuterea VI Biotecnologiacutea y Ciencias Agropecuarias Aacuterea VII Ingenieriacuteas ARTIacuteCULO 8 El Secretario Ejecutivo designaraacute a propuesta del Comiteacute Consultivo al Presidente de cada Comisioacuten Dictaminadora el cual duraraacute en su cargo un antildeo ARTIacuteCULO 9 Para sesionar las Comisiones Dictaminadoras requeriraacuten la presencia de por lo menos siete de sus miembros Las decisiones se tomaraacuten por consenso y eventualmente por mayoriacutea En caso de no existir consenso soacutelo podraacuten votar los miembros de las Comisiones Dictaminadoras ARTIacuteCULO 10 El Director del SNI a propuesta de cada Comisioacuten Dictaminadora designaraacute a los miembros en las subcomisiones que sean necesarios para la evaluacioacuten de solicitudes en disciplinas especiacuteficas de actividades cientiacuteficas de desarrollo tecnoloacutegico o de divulgacioacuten Los participantes en las subcomisiones deberaacuten tener como miacutenimo un nombramiento de Investigador Nacional Nivel II

CAPIacuteTULO VI DE LA EVALUACIOacuteN Y DE LOS CRITERIOS GENERALES DE LA

EVALUACIOacuteN

ARTIacuteCULO 11 El SNI funciona a traveacutes de oacuterganos colegiados encargados de evaluar y dictaminar el trabajo acadeacutemico de su membresiacutea y de los aspirantes Dichos cuerpos colegiados estaacuten integrados por personas honorables reconocidas y de los maacutes altos niveles cientiacuteficos y tecnoloacutegicos existentes Sus juicios son resultado de un debate colectivo entre pares y tienen en cuenta tanto la reglamentacioacuten del Sistema como el contexto de la trayectoria acadeacutemica institucional y los productos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos de cada persona que se

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somete a su evaluacioacuten Por ello adquieren capacidad para establecer y matizar los lineamientos que deben seguir las evaluaciones aplicadas a cada aacuterea disciplinaria y a cada caso evaluado asiacute como para modificarlos perioacutedicamente dentro de su marco juriacutedico Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras consideran que en cada disciplina (o conjunto disciplinario) hay distintas opciones para dar a conocer sus trabajos asiacute como distintas apreciaciones sobre la plataforma y el contexto de la publicacioacuten y difusioacuten de los resultados de la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico Tambieacuten que dichas opciones variacutean por institucioacuten ubicacioacuten territorial capacidad financiera de los lugares de trabajo y redes de los investigadores Asimismo entienden que las instituciones de investigacioacuten y desarrollo tecnoloacutegico tienen diferentes poliacuteticas editoriales normas y exigencias para publicar Por tanto la evaluacioacuten de los trabajos se basa en su calidad trascendencia e impacto ARTIacuteCULO 12 Durante la evaluacioacuten las Comisiones Dictaminadoras revisaraacuten las solicitudes de ingreso que deben contener la informacioacuten curricular completa asiacute como la documentacioacuten probatoria Tendraacuten en cuenta la calidad de las aportaciones y la cantidad de productos presentados por el solicitante Cada solicitud deberaacute ser evaluada por lo menos por dos integrantes de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y resuelta por el pleno ARTIacuteCULO 13 Las Comisiones Dictaminadoras emitiraacuten su dictamen dentro de los seis meses siguientes al cierre de la Convocatoria ARTIacuteCULO 14 Despueacutes de la evaluacioacuten de cada una de las solicitudes las Comisiones Dictaminadoras propondraacuten al Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo el ingreso o no ingreso del solicitante al SNI asiacute como su categoriacutea y nivel Los resultados de las evaluaciones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT especificando los nombres de los investigadores aprobados e indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente razonado emitido por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente ARTIacuteCULO 15 El objetivo general de estos criterios es el orientar los trabajos y las recomendaciones de las Comisiones Dictaminadoras para la evaluacioacuten de los meacuteritos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos reflejados en

i La produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica y

ii La formacioacuten de recursos humanos especializados

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Ademaacutes se consideraraacute iii La participacioacuten en la labor de difusioacuten y divulgacioacuten

iv La vinculacioacuten entre la investigacioacuten y los sectores puacuteblico privado y social

v La contribucioacuten al desarrollo institucional

ARTIacuteCULO 16 Los elementos en que se sustenta la evaluacioacuten de los aspirantes a ingresar al SNI son

i La productividad del uacuteltimo periodo de evaluacioacuten asiacute como de la obra global reflejada a traveacutes de los resultados de su participacioacuten en las diversas actividades referidas en el objetivo general Los aspirantes de nuevo ingreso deberaacuten demostrar productividad en los uacuteltimos tres antildeos

ii La calidad de la produccioacuten reportada en teacuterminos de

a) la originalidad de los trabajos b) la consolidacioacuten de la(s) liacutenea(s) de investigacioacuten c) el impacto de los productos de investigacioacuten d) la trascendencia y repercusioacuten en la solucioacuten de problemas prioritarios e) el liderazgo y reconocimiento nacional e internacional f) el valor y los beneficios que aporten los productos obtenidos a traveacutes de

los proyectos realizados y g) la creacioacuten de empresas de alto valor agregado a partir del conocimiento

cientiacutefico-tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 17 Los productos obtenidos a traveacutes de las diferentes actividades consideradas por el SNI son entre otros

i Investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica a) artiacuteculos b) memorias in extenso c) libros d) capiacutetulos de libros e) resentildeas f) opuacutesculos g) patentes h) desarrollos tecnoloacutegicos i) innovaciones j) reportes especializados de asesoriacuteas k) transferencias tecnoloacutegicas

ii Formacioacuten de cientiacuteficos y tecnoacutelogos

a) direccioacuten de tesis profesionales y de grado

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b) imparticioacuten de caacutetedra en licenciatura y posgrado c) libros de texto (educacioacuten superior) d) artiacuteculos en revistas de docencia e) diaporamas o programas de coacutemputo de caraacutecter educativo f) formacioacuten de investigadores g) formacioacuten de especialistas h) formacioacuten de profesionistas i) formacioacuten de teacutecnicos especializados j) tutoriacutea de estudiantes

iii Divulgacioacuten

a) conferencias y seminarios de divulgacioacuten b) participacioacuten en congresos de divulgacioacuten c) libros de divulgacioacuten d) capiacutetulos en libros de divulgacioacuten e) artiacuteculos (ediciones formales) de divulgacioacuten f) ensayos (ediciones formales) de divulgacioacuten

iv Vinculacioacuten de la investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado

a) reportes de proyectos especiacuteficos bajo contrato b) desarrollo de posgrados orientados c) reportes de trabajos solicitados por terceros

v Desarrollo institucional

a) generacioacuten consolidacioacuten o fortalecimiento de centros unidades talleres bancos de informacioacuten laboratorios de investigacioacuten o acervos documentales bibliograacuteficos de especies bioloacutegicas o colecciones cientiacuteficas

b) creacioacuten y montaje de equipo para las actividades de investigacioacuten c) creacioacuten de grupos de investigacioacuten d) desarrollo y consolidacioacuten de posgrados e) informes de resultados de promocioacuten formacioacuten y coordinacioacuten en redes

nacionales de investigacioacuten f) tutoriacutea de grupos nacionales emergentes g) participacioacuten en consorcios de innovacioacuten

vi Participacioacuten en cuerpos editoriales o colegiados de evaluacioacuten cientiacutefica y

tecnoloacutegica a) arbitraje de artiacuteculos en revistas especializadas de circulacioacuten

internacional con alto impacto solicitados por el comiteacute editorial correspondiente

b) evaluacioacuten de propuestas de investigacioacuten c) evaluacioacuten de programas de posgrado

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ARTIacuteCULO 18 Los criterios especiacuteficos de evaluacioacuten que aplican cada una de las Comisiones Dictaminadoras deberaacuten ser presentados al Consejo de Aprobacioacuten para su conocimiento

CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES

ARTIacuteCULO 19 Los aspirantes inconformes con la decisioacuten del Consejo de Aprobacioacuten podraacuten solicitar que su caso sea revisado dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a la fecha de publicacioacuten de los resultados correspondientes ARTIacuteCULO 20 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten presentadas por escrito al Secretario Ejecutivo Deberaacuten contener los argumentos cientiacuteficos yo tecnoloacutegicos que sustenten su solicitud de revisioacuten y ser acompantildeadas en su caso de la documentacioacuten probatoria La revisioacuten se llevaraacute a cabo exclusivamente con base en la produccioacuten que se incluyoacute en la solicitud de ingreso o reingreso de la convocatoria respectiva Por lo anterior auacuten cuando fuera recibida no se consideraraacute la produccioacuten adicional que se anexe a la solicitud de revisioacuten ARTIacuteCULO 21 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten evaluadas por la Comisioacuten Dictaminadora Revisora de cada aacuterea integrada por tres miembros de la Comisioacuten Dictaminadora que evaluoacute el caso y cuatro miembros maacutes de la misma aacuterea del conocimiento que hayan formado parte de las Comisiones Dictaminadoras en antildeos anteriores Las Comisiones Revisoras no podraacuten sesionar con menos de cinco miembros El dictamen de la Comisioacuten Dictaminadora Revisora seraacute sometido a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo para su decisioacuten final la cual seraacute inapelable Los resultados de las revisiones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT en un maacuteximo de tres meses especificando los nombres de los investigadores indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente fundado y motivado emitido por la Comisioacuten correspondiente

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CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 3: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

ldquo Todos los que inventaren oacute discurrieren cualesquiera especie de Maacutequinas Ingenios oacute Arbitrios Operaciones oacute Meacutetodos conducentes aacute adelantar la industria de la Mineriacutea y que produzcan alguna ventaja aunque al principio parezca pequentildea han de ser oidos y atendidos y si por su pobreza no pudieren verificar las experiencias de sus inventos como es necesario se costearaacuten del fondo de la Mineriacutea y tambien la construccioacuten de las maacutequinas siempre que presentadas en Proyecto se demuestren y calculen en eacutel sus efectos y los califiquen y juzguen praacutecticamente probables el Director General de Mineriacutea y los Maestros del Colegio Pero las ideacuteas mal fundadas por falta de principios oacute de praacutectico conocimiento en que alucinados sus Autores faacutecilmente se prometen ventajas imaginarias y desmesuradas se repeleraacuten como inuacutetiles y despreciables y aunque los tales Autores insten y repliquen nuevamente no seraacuten oidos sino en el caso de que hagan los experimentos aacute su costa y se califique por eacutellos la utilidad de sus invenciones quedando de todo ello y en cualquiera caso el documento competente en el Archivo del Real Tribunal para la debida constanciardquo

citado en

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EXPOSICIOacuteN DE MOTIVOS

El Sistema Nacional de Investigadores fue creado el 26 de julio de 1984 para reconocer la labor de las personas dedicadas a producir conocimiento cientiacutefico y tecnologiacutea El reconocimiento se otorga a traveacutes de la evaluacioacuten por pares y consiste en otorgar el nombramiento de investigador nacional Esta distincioacuten simboliza la calidad y prestigio de las contribuciones cientiacuteficas En paralelo al nombramiento se otorgan incentivos econoacutemicos a traveacutes de becas cuyo monto variacutea con el nivel asignado El propoacutesito general del Sistema Nacional de Investigadores es promover el desarrollo de las actividades relacionadas con la investigacioacuten para fortalecer su calidad desempentildeo y eficiencia El Sistema Nacional de Investigadores a traveacutes de sus miembros es una agrupacioacuten en la que estaacuten representadas todas las disciplinas cientiacuteficas que se practican en el paiacutes y cubre a una gran mayoriacutea de las instituciones de educacioacuten superior e institutos y centros de investigacioacuten que operan en Meacutexico En este sentido coadyuva a que la actividad cientiacutefica se desarrolle de la mejor manera posible a lo largo del territorio y a que se instalen grupos de investigacioacuten de alto nivel acadeacutemico en todas las entidades federativas Para realizar su labor el Sistema Nacional de Investigadores establece criterios confiables y vaacutelidos para evaluar las actividades de investigacioacuten que llevan a cabo acadeacutemicos y tecnoacutelogos Tales criterios se expresan en el siguiente Reglamento En este ordenamiento juriacutedico se define su organizacioacuten y funcionamiento las condiciones de elegibilidad los lineamientos que se siguen para nombrar a las comisiones dictaminadoras y la forma como llevan a cabo sus tareas Por uacuteltimo incluye los beneficios que se adquieren con la pertenencia al Sistema Nacional de Investigadores y los periacuteodos de duracioacuten de los nombramientos

CAPIacuteTULO I DEL OBJETO

ARTIacuteCULO 1 En cumplimiento de lo dispuesto por los artiacuteculos 12 fraccioacuten XVI de la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea y 2 fraccioacuten VIII de la Ley Orgaacutenica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologiacutea el Sistema Nacional de Investigadores (SNI) es un Programa cuya conduccioacuten y operacioacuten asiacute como el establecimiento de sus objetivos funciones organizacioacuten Reglas de Operacioacuten y Reglamentacioacuten Interna estaacuten a cargo del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologiacutea

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El objeto del SNI es premiar la labor de investigacioacuten en el paiacutes a traveacutes de un concurso cientiacutefico y tecnoloacutegico contribuyendo con ello a incrementar la competitividad internacional en la materia y a la resolucioacuten de los problemas nacionales Como premio se otorgan distinciones y estiacutemulos econoacutemicos que certifican la calidad productividad trascendencia e impacto del trabajo de los investigadores seleccionados El SNI a traveacutes de las instancias previstas en la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea promoveraacute entre otras las siguientes actividades

i Coadyuvar a la formacioacuten de nuevos investigadores e incrementar el nuacutemero de profesionales dedicados a la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico a partir de la aplicacioacuten de sus criterios de evaluacioacuten

ii Establecer con criterios confiables vaacutelidos y eficientes para evaluar los

productos de investigacioacuten tanto cientiacutefica como tecnoloacutegica

iii Opinar a traveacutes de las instancias juriacutedicas que contempla la ley sobre poliacuteticas nacionales en ciencia y tecnologiacutea y proponer criterios para orientar el gasto y la distribucioacuten de recursos destinados a la investigacioacuten

iv Proporcionar los instrumentos de diagnoacutestico para analizar el estado de la

ciencia y la tecnologiacutea en el paiacutes

v Vincular de manera maacutes estrecha las funciones de investigacioacuten y docencia en las instituciones de educacioacuten superior

vi Coadyuvar a la desconcentracioacuten y descentralizacioacuten de la ciencia y la

tecnologiacutea

vii Promover la movilidad de los investigadores en el paiacutes viii Estimular entre los investigadores del Sistema la realizacioacuten de proyectos y

actividades de formacioacuten de recursos humanos con niveles de competitividad internacional

ix Acrecentar la cultura cientiacutefica y tecnoloacutegica de la sociedad mediante la

valoracioacuten de la divulgacioacuten del conocimiento cientiacutefico y tecnoloacutegico

x Propiciar entre los investigadores del SNI la colaboracioacuten intra e interinstitucional asiacute como la cooperacioacuten en redes y con grupos de investigacioacuten emergentes en nuestro paiacutes

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CAPIacuteTULO II DE LA ORGANIZACIOacuteN

ARTIacuteCULO 2 El SNI contaraacute con un Consejo de Aprobacioacuten un Comiteacute Consultivo siete Comisiones Dictaminadoras siete Comisiones Dictaminadoras Revisoras una Junta de Honor un Secretario Ejecutivo y un Director de Aacuterea

i El Consejo de Aprobacioacuten estaraacute integrado por el Director General del CONACYT quien fungiraacute como Presidente el Director Adjunto de Tecnologiacutea del CONACYT quien supliraacute las ausencias del Presidente el Director Adjunto de Ciencia del CONACYT el Director Adjunto de la Coordinacioacuten de Grupos y Centros de Investigacioacuten del CONACYT el Director Adjunto de Formacioacuten de Cientiacuteficos y Tecnoacutelogos del CONACYT el Director del SNI el Subsecretario de Educacioacuten Superior e Investigacioacuten Cientiacutefica de la Secretariacutea de Educacioacuten Puacuteblica (SEP) el Subsecretario de Educacioacuten e Investigacioacuten Tecnoloacutegica de la SEP el Coordinador General del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y los tres representantes del SNI que formen parte de la Mesa Directiva del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico Sus funciones seraacuten las siguientes a) Designar a los miembros de las Comisiones Dictaminadoras de las

Comisiones Dictaminadoras Revisoras y de la Junta de Honor b) Decidir sobre las propuestas de distinciones que por conducto del Secretario

Ejecutivo del Sistema le hagan las Comisiones Dictaminadoras y las Comisiones Dictaminadoras Revisoras a las que se refieren los capiacutetulos V y VII de este Reglamento respectivamente

c) Decidir sobre las recomendaciones que le transmita la Junta de Honor asiacute como definir las sanciones correspondientes en los casos a los que haya lugar

d) Presentar las propuestas de modificacioacuten a los criterios poliacuteticas y lineamientos del SNI contenidos en este instrumento juriacutedico a la Junta de Gobierno del CONACYT para su aprobacioacuten previamente consensuadas con el Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico para orientar la evolucioacuten del SNI con el propoacutesito de lograr los objetivos y metas establecidos en los programas oficiales de Ciencia y Tecnologiacutea y

e) Resolver sobre los asuntos no previstos en el presente Reglamento e interpretar administrativamente el mismo

ii El Comiteacute Consultivo estaraacute integrado por 18 miembros quienes seraacuten los

presidentes en funciones y presidentes del antildeo inmediato anterior de cada una de las Comisiones Dictaminadoras el Director del SNI y tres representantes de la comunidad cientiacutefica uno por la divulgacioacuten de la ciencia otro por la docencia y uno maacutes por la tecnologiacutea quienes seraacuten invitados por el propio Comiteacute El Comiteacute seraacute presidido por el Director del SNI sus funciones seraacuten las siguientes

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a) Fungir como cuerpo colegiado encargado de proponer la formulacioacuten y aplicacioacuten de poliacuteticas del SNI que favorezcan el desarrollo de la ciencia y la tecnologiacutea con base en la evaluacioacuten llevada acabo por las comisiones dictaminadoras

b) Opinar sobre la normativa organizacioacuten y funcionamiento del SNI asiacute como sobre reformas necesarias para su mejoramiento y actualizacioacuten y

c) Proponer al Secretario Ejecutivo candidatos a asumir la presidencia de cada una de las Comisiones Dictaminadoras

iii La Junta de Honor estaraacute constituida por cinco Investigadores Nacionales Nivel

III o Emeacuteritos del SNI con solvencia moral ampliamente reconocida y un Secretario Teacutecnico que seraacute el Director del SNI Seraacuten nombrados con caraacutecter honoriacutefico por el Secretario Ejecutivo con las siguientes funciones a) Analizar los casos en que se presume la comisioacuten de una falta de eacutetica

profesional por parte de los investigadores del SNI y b) Hacer llegar al Consejo de Aprobacioacuten su recomendacioacuten sobre los casos

revisados en tiempo y forma velando en todo momento por la institucionalidad y el objetivo del SNI sin menoscabo de los derechos de los investigadores

c) Las recomendaciones de la Junta tendraacuten caraacutecter consultivo y los dictaacutemenes del Consejo de Aprobacioacuten ejecutivo

d) Los miembros de la Junta duraraacuten en su encargo tres antildeos y podraacuten ser ratificados uacutenicamente por un periacuteodo inmediato sucesivo

e) La Junta estaraacute coordinada por el investigador de mayor antiguumledad en el SNI Las recomendaciones de la Junta se emitiraacuten por mayoriacutea simple de votos

iv Fungiraacute como Secretario Ejecutivo del SNI el Director Adjunto de Ciencia del

CONACYT teniendo las siguientes funciones a) Expedir las convocatorias anuales para el proceso de evaluacioacuten y

seleccioacuten b) Presentar a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten las

recomendaciones emitidas por las Comisiones Dictaminadoras durante el proceso de evaluacioacuten asiacute como los dictaacutemenes de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras en los casos de inconformidad a los que se refiere el CAPIacuteTULO VII del presente Reglamento

c) Hacer del conocimiento puacuteblico los resultados de la evaluacioacuten y notificarlos a los aspirantes

d) Informar al Consejo de Aprobacioacuten sobre el funcionamiento de los mecanismos de evaluacioacuten y de operacioacuten general del SNI

e) Proponer al Consejo de Aprobacioacuten las propuestas de los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras y de la Junta de Honor y

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f) Las demaacutes que se establezcan en la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea la Ley Orgaacutenica del CONACYT el Estatuto Orgaacutenico del propio Consejo el presente Reglamento y las que le sean encomendadas por el Director General del CONACYT en el aacutembito de su competencia

v El Director del SNI seraacute nombrado por la Junta de Gobierno del CONACYT a

propuesta del Director General y tendraacute entre otras las siguientes funciones a) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo los proyectos de

reglamento y de reformas que en su caso deban realizarse para regir la organizacioacuten y funcionamiento del Sistema y someterlos a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

b) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo y someter a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten los criterios que se aplicaraacuten en la evaluacioacuten de las solicitudes

c) Supervisar el adecuado funcionamiento de los mecanismos de evaluacioacuten y operacioacuten del SNI

d) Recibir las solicitudes que los investigadores presenten al SNI y remitirlas a las Comisiones Dictaminadoras correspondientes

e) Coordinar la labor de las Comisiones Dictaminadoras y de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras para su adecuado funcionamiento

f) Elaborar las Convocatorias y someterlas a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

g) Fungir como Secretario Teacutecnico del Consejo de Aprobacioacuten y de la Junta de Honor del SNI

h) Presidir el Comiteacute Consultivo del Sistema i) Ejecutar las resoluciones y sanciones derivadas del presente Reglamento

y j) Las demaacutes que le determine el Secretario Ejecutivo

CAPIacuteTULO III DE LAS CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD

ARTIacuteCULO 3 Podraacuten participar en el concurso de seleccioacuten del SNI los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que tengan un contrato o convenio institucional vigente de al menos 20 horas-semana-mes para realizar actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico en las instituciones y organizaciones de los sectores puacuteblico privado y social a las que se refiere el presente artiacuteculo o en su defecto se encuentren realizando una estancia posdoctoral ya sea en Meacutexico o en el extranjero En forma especiacutefica podraacuten ser miembros del SNI

i Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tales como a) Los centros puacuteblicos de investigacioacuten coordinados por el CONACYT b) Las universidades puacuteblicas autoacutenomas por ley los institutos tecnoloacutegicos

las universidades dependientes de los gobiernos federal o estatal y

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c) Las dependencias y entidades del sector puacuteblico que lleven a cabo funciones de investigacioacuten

ii Los investigadores de las instituciones de educacioacuten superior y de

investigacioacuten del sector privado nacional tales como universidades institutos colegios y centros que realicen actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cualquiera que sea el reacutegimen juriacutedico con el que esteacuten organizados asiacute como los investigadores que realicen actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas en empresas o instituciones inscritas en el RENIECYT Es imprescindible que tanto el resultado de su trabajo cientiacutefico yo tecnoloacutegico como la formacioacuten o experiencia requeridas para la realizacioacuten de sus actividades puedan ser evidenciadas documentalmente Estas instituciones deberaacuten celebrar con el SNI los convenios de colaboracioacuten en los que se acepten los meacutetodos y reglas de la evaluacioacuten del Sistema y en donde se estipulen las formas y condiciones para un eventual otorgamiento del estiacutemulo econoacutemico de acuerdo con las modalidades que se convenga entre las partes y en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal

iii En caso de que el aspirante no tenga nacionalidad mexicana deberaacute contar

con adscripcioacuten en alguna de las instituciones antes mencionadas con antiguumledad miacutenima de un antildeo al cierre de la Convocatoria Deberaacute ademaacutes demostrar su residencia en el paiacutes con documentos oficiales

iv Los investigadores que acrediten una estancia posdoctoral en un lapso no

mayor a dos antildeos despueacutes de haber obtenido el grado de doctor

v Los investigadores vigentes en el SNI que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico o de eleccioacuten popular que les impida continuar con sus actividades de investigacioacuten podraacuten conservar su nombramiento hasta el teacutermino de su vigencia y dejaraacuten de recibir el estiacutemulo econoacutemico En caso de que continuacuteen realizando actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas adicionalmente a las correspondientes a su cargo administrativo podraacuten fundamentar su labor cientiacutefica yo tecnoloacutegica ante la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y en el caso de obtener un dictamen positivo seguiraacuten recibiendo el estiacutemulo econoacutemico asociado a su categoriacutea y nivel

CAPIacuteTULO IV DE LAS CONVOCATORIAS Y DEL INGRESO

ARTIacuteCULO 4 El Secretario Ejecutivo del Sistema convocaraacute anualmente a los miembros del SNI cuyas distinciones concluyan ese antildeo asiacute como a los aspirantes que deseen incorporarse al Sistema para que presenten sus solicitudes de ingreso o reingreso

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La Convocatoria los Criterios Generales y los Especiacuteficos de evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT ARTIacuteCULO 5 La solicitud de ingreso o reingreso se presentaraacute en el formato correspondiente en el plazo y sitio que sentildeale la Convocatoria y deberaacute acompantildearse de

i Documento oficial original y actualizado de adscripcioacuten que especifique las condiciones a que estaacute sujeto su contrato o convenio institucional el cual deberaacute contener nombramiento funciones asignadas tiempo comprometido en horassemana asiacute como fecha de inicio y finalizacioacuten del mismo

ii Curriacuteculum vitae completo con copia de documentos oficiales que acrediten

nacionalidad y edad

iii Copias de documentos oficiales que acrediten su formacioacuten acadeacutemica y tesis doctoral en su caso

iv Documentacioacuten probatoria exclusivamente de los productos cientiacuteficos yo

tecnoloacutegicos que sustenten su postulacioacuten Los ejemplares deberaacuten ser completos y a solicitud de las Comisiones Dictaminadoras el aspirante deberaacute enviar a las oficinas del SNI un mayor nuacutemero de productos

ARTIacuteCULO 6 El Director del SNI turnaraacute las solicitudes a las Comisiones Dictaminadoras para que de acuerdo a los Criterios Generales y los Especiacuteficos de Evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento emitan la recomendacioacuten correspondiente proponiendo la categoriacutea y nivel para el aspirante

CAPIacuteTULO V DE LAS COMISIONES DICTAMINADORAS

ARTIacuteCULO 7 Las Comisiones Dictaminadoras estaraacuten integradas por doce miembros del SNI del Nivel III y en caso de no existir personas elegibles para alguna disciplina podraacuten ser nombrados entre los investigadores del Nivel II Las comisiones se integraraacuten guardando el mayor equilibrio y paridad posibles entre disciplinas instituciones y regiones Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras permaneceraacuten en su encargo tres antildeos a partir de su nombramiento Cada antildeo se renovaraacuten cuatro de los miembros los cuales seraacuten designados por el Consejo de Aprobacioacuten tomando en cuenta la opinioacuten del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y del Comiteacute Consultivo del SNI Los nombres de los integrantes de cada una de las

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Comisiones Dictaminadoras se haraacuten del conocimiento puacuteblico en la paacutegina electroacutenica del CONACYT Si un miembro de las comisiones no puede cumplir con su compromiso con el SNI durante un periacuteodo de evaluacioacuten podraacute ser sustituido por quien determine el Director del SNI Se integraraacute una Comisioacuten Dictaminadora para cada una de las siguientes aacutereas del conocimiento consideradas por el SNI Aacuterea I Fiacutesico-Matemaacuteticas y Ciencias de la Tierra Aacuterea II Biologiacutea y Quiacutemica Aacuterea III Medicina y Ciencias de la Salud Aacuterea IV Humanidades y Ciencias de la Conducta Aacuterea V Ciencias Sociales Aacuterea VI Biotecnologiacutea y Ciencias Agropecuarias Aacuterea VII Ingenieriacuteas ARTIacuteCULO 8 El Secretario Ejecutivo designaraacute a propuesta del Comiteacute Consultivo al Presidente de cada Comisioacuten Dictaminadora el cual duraraacute en su cargo un antildeo ARTIacuteCULO 9 Para sesionar las Comisiones Dictaminadoras requeriraacuten la presencia de por lo menos siete de sus miembros Las decisiones se tomaraacuten por consenso y eventualmente por mayoriacutea En caso de no existir consenso soacutelo podraacuten votar los miembros de las Comisiones Dictaminadoras ARTIacuteCULO 10 El Director del SNI a propuesta de cada Comisioacuten Dictaminadora designaraacute a los miembros en las subcomisiones que sean necesarios para la evaluacioacuten de solicitudes en disciplinas especiacuteficas de actividades cientiacuteficas de desarrollo tecnoloacutegico o de divulgacioacuten Los participantes en las subcomisiones deberaacuten tener como miacutenimo un nombramiento de Investigador Nacional Nivel II

CAPIacuteTULO VI DE LA EVALUACIOacuteN Y DE LOS CRITERIOS GENERALES DE LA

EVALUACIOacuteN

ARTIacuteCULO 11 El SNI funciona a traveacutes de oacuterganos colegiados encargados de evaluar y dictaminar el trabajo acadeacutemico de su membresiacutea y de los aspirantes Dichos cuerpos colegiados estaacuten integrados por personas honorables reconocidas y de los maacutes altos niveles cientiacuteficos y tecnoloacutegicos existentes Sus juicios son resultado de un debate colectivo entre pares y tienen en cuenta tanto la reglamentacioacuten del Sistema como el contexto de la trayectoria acadeacutemica institucional y los productos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos de cada persona que se

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somete a su evaluacioacuten Por ello adquieren capacidad para establecer y matizar los lineamientos que deben seguir las evaluaciones aplicadas a cada aacuterea disciplinaria y a cada caso evaluado asiacute como para modificarlos perioacutedicamente dentro de su marco juriacutedico Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras consideran que en cada disciplina (o conjunto disciplinario) hay distintas opciones para dar a conocer sus trabajos asiacute como distintas apreciaciones sobre la plataforma y el contexto de la publicacioacuten y difusioacuten de los resultados de la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico Tambieacuten que dichas opciones variacutean por institucioacuten ubicacioacuten territorial capacidad financiera de los lugares de trabajo y redes de los investigadores Asimismo entienden que las instituciones de investigacioacuten y desarrollo tecnoloacutegico tienen diferentes poliacuteticas editoriales normas y exigencias para publicar Por tanto la evaluacioacuten de los trabajos se basa en su calidad trascendencia e impacto ARTIacuteCULO 12 Durante la evaluacioacuten las Comisiones Dictaminadoras revisaraacuten las solicitudes de ingreso que deben contener la informacioacuten curricular completa asiacute como la documentacioacuten probatoria Tendraacuten en cuenta la calidad de las aportaciones y la cantidad de productos presentados por el solicitante Cada solicitud deberaacute ser evaluada por lo menos por dos integrantes de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y resuelta por el pleno ARTIacuteCULO 13 Las Comisiones Dictaminadoras emitiraacuten su dictamen dentro de los seis meses siguientes al cierre de la Convocatoria ARTIacuteCULO 14 Despueacutes de la evaluacioacuten de cada una de las solicitudes las Comisiones Dictaminadoras propondraacuten al Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo el ingreso o no ingreso del solicitante al SNI asiacute como su categoriacutea y nivel Los resultados de las evaluaciones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT especificando los nombres de los investigadores aprobados e indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente razonado emitido por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente ARTIacuteCULO 15 El objetivo general de estos criterios es el orientar los trabajos y las recomendaciones de las Comisiones Dictaminadoras para la evaluacioacuten de los meacuteritos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos reflejados en

i La produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica y

ii La formacioacuten de recursos humanos especializados

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Ademaacutes se consideraraacute iii La participacioacuten en la labor de difusioacuten y divulgacioacuten

iv La vinculacioacuten entre la investigacioacuten y los sectores puacuteblico privado y social

v La contribucioacuten al desarrollo institucional

ARTIacuteCULO 16 Los elementos en que se sustenta la evaluacioacuten de los aspirantes a ingresar al SNI son

i La productividad del uacuteltimo periodo de evaluacioacuten asiacute como de la obra global reflejada a traveacutes de los resultados de su participacioacuten en las diversas actividades referidas en el objetivo general Los aspirantes de nuevo ingreso deberaacuten demostrar productividad en los uacuteltimos tres antildeos

ii La calidad de la produccioacuten reportada en teacuterminos de

a) la originalidad de los trabajos b) la consolidacioacuten de la(s) liacutenea(s) de investigacioacuten c) el impacto de los productos de investigacioacuten d) la trascendencia y repercusioacuten en la solucioacuten de problemas prioritarios e) el liderazgo y reconocimiento nacional e internacional f) el valor y los beneficios que aporten los productos obtenidos a traveacutes de

los proyectos realizados y g) la creacioacuten de empresas de alto valor agregado a partir del conocimiento

cientiacutefico-tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 17 Los productos obtenidos a traveacutes de las diferentes actividades consideradas por el SNI son entre otros

i Investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica a) artiacuteculos b) memorias in extenso c) libros d) capiacutetulos de libros e) resentildeas f) opuacutesculos g) patentes h) desarrollos tecnoloacutegicos i) innovaciones j) reportes especializados de asesoriacuteas k) transferencias tecnoloacutegicas

ii Formacioacuten de cientiacuteficos y tecnoacutelogos

a) direccioacuten de tesis profesionales y de grado

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b) imparticioacuten de caacutetedra en licenciatura y posgrado c) libros de texto (educacioacuten superior) d) artiacuteculos en revistas de docencia e) diaporamas o programas de coacutemputo de caraacutecter educativo f) formacioacuten de investigadores g) formacioacuten de especialistas h) formacioacuten de profesionistas i) formacioacuten de teacutecnicos especializados j) tutoriacutea de estudiantes

iii Divulgacioacuten

a) conferencias y seminarios de divulgacioacuten b) participacioacuten en congresos de divulgacioacuten c) libros de divulgacioacuten d) capiacutetulos en libros de divulgacioacuten e) artiacuteculos (ediciones formales) de divulgacioacuten f) ensayos (ediciones formales) de divulgacioacuten

iv Vinculacioacuten de la investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado

a) reportes de proyectos especiacuteficos bajo contrato b) desarrollo de posgrados orientados c) reportes de trabajos solicitados por terceros

v Desarrollo institucional

a) generacioacuten consolidacioacuten o fortalecimiento de centros unidades talleres bancos de informacioacuten laboratorios de investigacioacuten o acervos documentales bibliograacuteficos de especies bioloacutegicas o colecciones cientiacuteficas

b) creacioacuten y montaje de equipo para las actividades de investigacioacuten c) creacioacuten de grupos de investigacioacuten d) desarrollo y consolidacioacuten de posgrados e) informes de resultados de promocioacuten formacioacuten y coordinacioacuten en redes

nacionales de investigacioacuten f) tutoriacutea de grupos nacionales emergentes g) participacioacuten en consorcios de innovacioacuten

vi Participacioacuten en cuerpos editoriales o colegiados de evaluacioacuten cientiacutefica y

tecnoloacutegica a) arbitraje de artiacuteculos en revistas especializadas de circulacioacuten

internacional con alto impacto solicitados por el comiteacute editorial correspondiente

b) evaluacioacuten de propuestas de investigacioacuten c) evaluacioacuten de programas de posgrado

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ARTIacuteCULO 18 Los criterios especiacuteficos de evaluacioacuten que aplican cada una de las Comisiones Dictaminadoras deberaacuten ser presentados al Consejo de Aprobacioacuten para su conocimiento

CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES

ARTIacuteCULO 19 Los aspirantes inconformes con la decisioacuten del Consejo de Aprobacioacuten podraacuten solicitar que su caso sea revisado dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a la fecha de publicacioacuten de los resultados correspondientes ARTIacuteCULO 20 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten presentadas por escrito al Secretario Ejecutivo Deberaacuten contener los argumentos cientiacuteficos yo tecnoloacutegicos que sustenten su solicitud de revisioacuten y ser acompantildeadas en su caso de la documentacioacuten probatoria La revisioacuten se llevaraacute a cabo exclusivamente con base en la produccioacuten que se incluyoacute en la solicitud de ingreso o reingreso de la convocatoria respectiva Por lo anterior auacuten cuando fuera recibida no se consideraraacute la produccioacuten adicional que se anexe a la solicitud de revisioacuten ARTIacuteCULO 21 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten evaluadas por la Comisioacuten Dictaminadora Revisora de cada aacuterea integrada por tres miembros de la Comisioacuten Dictaminadora que evaluoacute el caso y cuatro miembros maacutes de la misma aacuterea del conocimiento que hayan formado parte de las Comisiones Dictaminadoras en antildeos anteriores Las Comisiones Revisoras no podraacuten sesionar con menos de cinco miembros El dictamen de la Comisioacuten Dictaminadora Revisora seraacute sometido a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo para su decisioacuten final la cual seraacute inapelable Los resultados de las revisiones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT en un maacuteximo de tres meses especificando los nombres de los investigadores indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente fundado y motivado emitido por la Comisioacuten correspondiente

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CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 4: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

EXPOSICIOacuteN DE MOTIVOS

El Sistema Nacional de Investigadores fue creado el 26 de julio de 1984 para reconocer la labor de las personas dedicadas a producir conocimiento cientiacutefico y tecnologiacutea El reconocimiento se otorga a traveacutes de la evaluacioacuten por pares y consiste en otorgar el nombramiento de investigador nacional Esta distincioacuten simboliza la calidad y prestigio de las contribuciones cientiacuteficas En paralelo al nombramiento se otorgan incentivos econoacutemicos a traveacutes de becas cuyo monto variacutea con el nivel asignado El propoacutesito general del Sistema Nacional de Investigadores es promover el desarrollo de las actividades relacionadas con la investigacioacuten para fortalecer su calidad desempentildeo y eficiencia El Sistema Nacional de Investigadores a traveacutes de sus miembros es una agrupacioacuten en la que estaacuten representadas todas las disciplinas cientiacuteficas que se practican en el paiacutes y cubre a una gran mayoriacutea de las instituciones de educacioacuten superior e institutos y centros de investigacioacuten que operan en Meacutexico En este sentido coadyuva a que la actividad cientiacutefica se desarrolle de la mejor manera posible a lo largo del territorio y a que se instalen grupos de investigacioacuten de alto nivel acadeacutemico en todas las entidades federativas Para realizar su labor el Sistema Nacional de Investigadores establece criterios confiables y vaacutelidos para evaluar las actividades de investigacioacuten que llevan a cabo acadeacutemicos y tecnoacutelogos Tales criterios se expresan en el siguiente Reglamento En este ordenamiento juriacutedico se define su organizacioacuten y funcionamiento las condiciones de elegibilidad los lineamientos que se siguen para nombrar a las comisiones dictaminadoras y la forma como llevan a cabo sus tareas Por uacuteltimo incluye los beneficios que se adquieren con la pertenencia al Sistema Nacional de Investigadores y los periacuteodos de duracioacuten de los nombramientos

CAPIacuteTULO I DEL OBJETO

ARTIacuteCULO 1 En cumplimiento de lo dispuesto por los artiacuteculos 12 fraccioacuten XVI de la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea y 2 fraccioacuten VIII de la Ley Orgaacutenica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologiacutea el Sistema Nacional de Investigadores (SNI) es un Programa cuya conduccioacuten y operacioacuten asiacute como el establecimiento de sus objetivos funciones organizacioacuten Reglas de Operacioacuten y Reglamentacioacuten Interna estaacuten a cargo del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologiacutea

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El objeto del SNI es premiar la labor de investigacioacuten en el paiacutes a traveacutes de un concurso cientiacutefico y tecnoloacutegico contribuyendo con ello a incrementar la competitividad internacional en la materia y a la resolucioacuten de los problemas nacionales Como premio se otorgan distinciones y estiacutemulos econoacutemicos que certifican la calidad productividad trascendencia e impacto del trabajo de los investigadores seleccionados El SNI a traveacutes de las instancias previstas en la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea promoveraacute entre otras las siguientes actividades

i Coadyuvar a la formacioacuten de nuevos investigadores e incrementar el nuacutemero de profesionales dedicados a la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico a partir de la aplicacioacuten de sus criterios de evaluacioacuten

ii Establecer con criterios confiables vaacutelidos y eficientes para evaluar los

productos de investigacioacuten tanto cientiacutefica como tecnoloacutegica

iii Opinar a traveacutes de las instancias juriacutedicas que contempla la ley sobre poliacuteticas nacionales en ciencia y tecnologiacutea y proponer criterios para orientar el gasto y la distribucioacuten de recursos destinados a la investigacioacuten

iv Proporcionar los instrumentos de diagnoacutestico para analizar el estado de la

ciencia y la tecnologiacutea en el paiacutes

v Vincular de manera maacutes estrecha las funciones de investigacioacuten y docencia en las instituciones de educacioacuten superior

vi Coadyuvar a la desconcentracioacuten y descentralizacioacuten de la ciencia y la

tecnologiacutea

vii Promover la movilidad de los investigadores en el paiacutes viii Estimular entre los investigadores del Sistema la realizacioacuten de proyectos y

actividades de formacioacuten de recursos humanos con niveles de competitividad internacional

ix Acrecentar la cultura cientiacutefica y tecnoloacutegica de la sociedad mediante la

valoracioacuten de la divulgacioacuten del conocimiento cientiacutefico y tecnoloacutegico

x Propiciar entre los investigadores del SNI la colaboracioacuten intra e interinstitucional asiacute como la cooperacioacuten en redes y con grupos de investigacioacuten emergentes en nuestro paiacutes

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CAPIacuteTULO II DE LA ORGANIZACIOacuteN

ARTIacuteCULO 2 El SNI contaraacute con un Consejo de Aprobacioacuten un Comiteacute Consultivo siete Comisiones Dictaminadoras siete Comisiones Dictaminadoras Revisoras una Junta de Honor un Secretario Ejecutivo y un Director de Aacuterea

i El Consejo de Aprobacioacuten estaraacute integrado por el Director General del CONACYT quien fungiraacute como Presidente el Director Adjunto de Tecnologiacutea del CONACYT quien supliraacute las ausencias del Presidente el Director Adjunto de Ciencia del CONACYT el Director Adjunto de la Coordinacioacuten de Grupos y Centros de Investigacioacuten del CONACYT el Director Adjunto de Formacioacuten de Cientiacuteficos y Tecnoacutelogos del CONACYT el Director del SNI el Subsecretario de Educacioacuten Superior e Investigacioacuten Cientiacutefica de la Secretariacutea de Educacioacuten Puacuteblica (SEP) el Subsecretario de Educacioacuten e Investigacioacuten Tecnoloacutegica de la SEP el Coordinador General del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y los tres representantes del SNI que formen parte de la Mesa Directiva del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico Sus funciones seraacuten las siguientes a) Designar a los miembros de las Comisiones Dictaminadoras de las

Comisiones Dictaminadoras Revisoras y de la Junta de Honor b) Decidir sobre las propuestas de distinciones que por conducto del Secretario

Ejecutivo del Sistema le hagan las Comisiones Dictaminadoras y las Comisiones Dictaminadoras Revisoras a las que se refieren los capiacutetulos V y VII de este Reglamento respectivamente

c) Decidir sobre las recomendaciones que le transmita la Junta de Honor asiacute como definir las sanciones correspondientes en los casos a los que haya lugar

d) Presentar las propuestas de modificacioacuten a los criterios poliacuteticas y lineamientos del SNI contenidos en este instrumento juriacutedico a la Junta de Gobierno del CONACYT para su aprobacioacuten previamente consensuadas con el Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico para orientar la evolucioacuten del SNI con el propoacutesito de lograr los objetivos y metas establecidos en los programas oficiales de Ciencia y Tecnologiacutea y

e) Resolver sobre los asuntos no previstos en el presente Reglamento e interpretar administrativamente el mismo

ii El Comiteacute Consultivo estaraacute integrado por 18 miembros quienes seraacuten los

presidentes en funciones y presidentes del antildeo inmediato anterior de cada una de las Comisiones Dictaminadoras el Director del SNI y tres representantes de la comunidad cientiacutefica uno por la divulgacioacuten de la ciencia otro por la docencia y uno maacutes por la tecnologiacutea quienes seraacuten invitados por el propio Comiteacute El Comiteacute seraacute presidido por el Director del SNI sus funciones seraacuten las siguientes

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a) Fungir como cuerpo colegiado encargado de proponer la formulacioacuten y aplicacioacuten de poliacuteticas del SNI que favorezcan el desarrollo de la ciencia y la tecnologiacutea con base en la evaluacioacuten llevada acabo por las comisiones dictaminadoras

b) Opinar sobre la normativa organizacioacuten y funcionamiento del SNI asiacute como sobre reformas necesarias para su mejoramiento y actualizacioacuten y

c) Proponer al Secretario Ejecutivo candidatos a asumir la presidencia de cada una de las Comisiones Dictaminadoras

iii La Junta de Honor estaraacute constituida por cinco Investigadores Nacionales Nivel

III o Emeacuteritos del SNI con solvencia moral ampliamente reconocida y un Secretario Teacutecnico que seraacute el Director del SNI Seraacuten nombrados con caraacutecter honoriacutefico por el Secretario Ejecutivo con las siguientes funciones a) Analizar los casos en que se presume la comisioacuten de una falta de eacutetica

profesional por parte de los investigadores del SNI y b) Hacer llegar al Consejo de Aprobacioacuten su recomendacioacuten sobre los casos

revisados en tiempo y forma velando en todo momento por la institucionalidad y el objetivo del SNI sin menoscabo de los derechos de los investigadores

c) Las recomendaciones de la Junta tendraacuten caraacutecter consultivo y los dictaacutemenes del Consejo de Aprobacioacuten ejecutivo

d) Los miembros de la Junta duraraacuten en su encargo tres antildeos y podraacuten ser ratificados uacutenicamente por un periacuteodo inmediato sucesivo

e) La Junta estaraacute coordinada por el investigador de mayor antiguumledad en el SNI Las recomendaciones de la Junta se emitiraacuten por mayoriacutea simple de votos

iv Fungiraacute como Secretario Ejecutivo del SNI el Director Adjunto de Ciencia del

CONACYT teniendo las siguientes funciones a) Expedir las convocatorias anuales para el proceso de evaluacioacuten y

seleccioacuten b) Presentar a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten las

recomendaciones emitidas por las Comisiones Dictaminadoras durante el proceso de evaluacioacuten asiacute como los dictaacutemenes de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras en los casos de inconformidad a los que se refiere el CAPIacuteTULO VII del presente Reglamento

c) Hacer del conocimiento puacuteblico los resultados de la evaluacioacuten y notificarlos a los aspirantes

d) Informar al Consejo de Aprobacioacuten sobre el funcionamiento de los mecanismos de evaluacioacuten y de operacioacuten general del SNI

e) Proponer al Consejo de Aprobacioacuten las propuestas de los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras y de la Junta de Honor y

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f) Las demaacutes que se establezcan en la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea la Ley Orgaacutenica del CONACYT el Estatuto Orgaacutenico del propio Consejo el presente Reglamento y las que le sean encomendadas por el Director General del CONACYT en el aacutembito de su competencia

v El Director del SNI seraacute nombrado por la Junta de Gobierno del CONACYT a

propuesta del Director General y tendraacute entre otras las siguientes funciones a) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo los proyectos de

reglamento y de reformas que en su caso deban realizarse para regir la organizacioacuten y funcionamiento del Sistema y someterlos a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

b) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo y someter a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten los criterios que se aplicaraacuten en la evaluacioacuten de las solicitudes

c) Supervisar el adecuado funcionamiento de los mecanismos de evaluacioacuten y operacioacuten del SNI

d) Recibir las solicitudes que los investigadores presenten al SNI y remitirlas a las Comisiones Dictaminadoras correspondientes

e) Coordinar la labor de las Comisiones Dictaminadoras y de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras para su adecuado funcionamiento

f) Elaborar las Convocatorias y someterlas a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

g) Fungir como Secretario Teacutecnico del Consejo de Aprobacioacuten y de la Junta de Honor del SNI

h) Presidir el Comiteacute Consultivo del Sistema i) Ejecutar las resoluciones y sanciones derivadas del presente Reglamento

y j) Las demaacutes que le determine el Secretario Ejecutivo

CAPIacuteTULO III DE LAS CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD

ARTIacuteCULO 3 Podraacuten participar en el concurso de seleccioacuten del SNI los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que tengan un contrato o convenio institucional vigente de al menos 20 horas-semana-mes para realizar actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico en las instituciones y organizaciones de los sectores puacuteblico privado y social a las que se refiere el presente artiacuteculo o en su defecto se encuentren realizando una estancia posdoctoral ya sea en Meacutexico o en el extranjero En forma especiacutefica podraacuten ser miembros del SNI

i Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tales como a) Los centros puacuteblicos de investigacioacuten coordinados por el CONACYT b) Las universidades puacuteblicas autoacutenomas por ley los institutos tecnoloacutegicos

las universidades dependientes de los gobiernos federal o estatal y

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c) Las dependencias y entidades del sector puacuteblico que lleven a cabo funciones de investigacioacuten

ii Los investigadores de las instituciones de educacioacuten superior y de

investigacioacuten del sector privado nacional tales como universidades institutos colegios y centros que realicen actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cualquiera que sea el reacutegimen juriacutedico con el que esteacuten organizados asiacute como los investigadores que realicen actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas en empresas o instituciones inscritas en el RENIECYT Es imprescindible que tanto el resultado de su trabajo cientiacutefico yo tecnoloacutegico como la formacioacuten o experiencia requeridas para la realizacioacuten de sus actividades puedan ser evidenciadas documentalmente Estas instituciones deberaacuten celebrar con el SNI los convenios de colaboracioacuten en los que se acepten los meacutetodos y reglas de la evaluacioacuten del Sistema y en donde se estipulen las formas y condiciones para un eventual otorgamiento del estiacutemulo econoacutemico de acuerdo con las modalidades que se convenga entre las partes y en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal

iii En caso de que el aspirante no tenga nacionalidad mexicana deberaacute contar

con adscripcioacuten en alguna de las instituciones antes mencionadas con antiguumledad miacutenima de un antildeo al cierre de la Convocatoria Deberaacute ademaacutes demostrar su residencia en el paiacutes con documentos oficiales

iv Los investigadores que acrediten una estancia posdoctoral en un lapso no

mayor a dos antildeos despueacutes de haber obtenido el grado de doctor

v Los investigadores vigentes en el SNI que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico o de eleccioacuten popular que les impida continuar con sus actividades de investigacioacuten podraacuten conservar su nombramiento hasta el teacutermino de su vigencia y dejaraacuten de recibir el estiacutemulo econoacutemico En caso de que continuacuteen realizando actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas adicionalmente a las correspondientes a su cargo administrativo podraacuten fundamentar su labor cientiacutefica yo tecnoloacutegica ante la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y en el caso de obtener un dictamen positivo seguiraacuten recibiendo el estiacutemulo econoacutemico asociado a su categoriacutea y nivel

CAPIacuteTULO IV DE LAS CONVOCATORIAS Y DEL INGRESO

ARTIacuteCULO 4 El Secretario Ejecutivo del Sistema convocaraacute anualmente a los miembros del SNI cuyas distinciones concluyan ese antildeo asiacute como a los aspirantes que deseen incorporarse al Sistema para que presenten sus solicitudes de ingreso o reingreso

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La Convocatoria los Criterios Generales y los Especiacuteficos de evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT ARTIacuteCULO 5 La solicitud de ingreso o reingreso se presentaraacute en el formato correspondiente en el plazo y sitio que sentildeale la Convocatoria y deberaacute acompantildearse de

i Documento oficial original y actualizado de adscripcioacuten que especifique las condiciones a que estaacute sujeto su contrato o convenio institucional el cual deberaacute contener nombramiento funciones asignadas tiempo comprometido en horassemana asiacute como fecha de inicio y finalizacioacuten del mismo

ii Curriacuteculum vitae completo con copia de documentos oficiales que acrediten

nacionalidad y edad

iii Copias de documentos oficiales que acrediten su formacioacuten acadeacutemica y tesis doctoral en su caso

iv Documentacioacuten probatoria exclusivamente de los productos cientiacuteficos yo

tecnoloacutegicos que sustenten su postulacioacuten Los ejemplares deberaacuten ser completos y a solicitud de las Comisiones Dictaminadoras el aspirante deberaacute enviar a las oficinas del SNI un mayor nuacutemero de productos

ARTIacuteCULO 6 El Director del SNI turnaraacute las solicitudes a las Comisiones Dictaminadoras para que de acuerdo a los Criterios Generales y los Especiacuteficos de Evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento emitan la recomendacioacuten correspondiente proponiendo la categoriacutea y nivel para el aspirante

CAPIacuteTULO V DE LAS COMISIONES DICTAMINADORAS

ARTIacuteCULO 7 Las Comisiones Dictaminadoras estaraacuten integradas por doce miembros del SNI del Nivel III y en caso de no existir personas elegibles para alguna disciplina podraacuten ser nombrados entre los investigadores del Nivel II Las comisiones se integraraacuten guardando el mayor equilibrio y paridad posibles entre disciplinas instituciones y regiones Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras permaneceraacuten en su encargo tres antildeos a partir de su nombramiento Cada antildeo se renovaraacuten cuatro de los miembros los cuales seraacuten designados por el Consejo de Aprobacioacuten tomando en cuenta la opinioacuten del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y del Comiteacute Consultivo del SNI Los nombres de los integrantes de cada una de las

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Comisiones Dictaminadoras se haraacuten del conocimiento puacuteblico en la paacutegina electroacutenica del CONACYT Si un miembro de las comisiones no puede cumplir con su compromiso con el SNI durante un periacuteodo de evaluacioacuten podraacute ser sustituido por quien determine el Director del SNI Se integraraacute una Comisioacuten Dictaminadora para cada una de las siguientes aacutereas del conocimiento consideradas por el SNI Aacuterea I Fiacutesico-Matemaacuteticas y Ciencias de la Tierra Aacuterea II Biologiacutea y Quiacutemica Aacuterea III Medicina y Ciencias de la Salud Aacuterea IV Humanidades y Ciencias de la Conducta Aacuterea V Ciencias Sociales Aacuterea VI Biotecnologiacutea y Ciencias Agropecuarias Aacuterea VII Ingenieriacuteas ARTIacuteCULO 8 El Secretario Ejecutivo designaraacute a propuesta del Comiteacute Consultivo al Presidente de cada Comisioacuten Dictaminadora el cual duraraacute en su cargo un antildeo ARTIacuteCULO 9 Para sesionar las Comisiones Dictaminadoras requeriraacuten la presencia de por lo menos siete de sus miembros Las decisiones se tomaraacuten por consenso y eventualmente por mayoriacutea En caso de no existir consenso soacutelo podraacuten votar los miembros de las Comisiones Dictaminadoras ARTIacuteCULO 10 El Director del SNI a propuesta de cada Comisioacuten Dictaminadora designaraacute a los miembros en las subcomisiones que sean necesarios para la evaluacioacuten de solicitudes en disciplinas especiacuteficas de actividades cientiacuteficas de desarrollo tecnoloacutegico o de divulgacioacuten Los participantes en las subcomisiones deberaacuten tener como miacutenimo un nombramiento de Investigador Nacional Nivel II

CAPIacuteTULO VI DE LA EVALUACIOacuteN Y DE LOS CRITERIOS GENERALES DE LA

EVALUACIOacuteN

ARTIacuteCULO 11 El SNI funciona a traveacutes de oacuterganos colegiados encargados de evaluar y dictaminar el trabajo acadeacutemico de su membresiacutea y de los aspirantes Dichos cuerpos colegiados estaacuten integrados por personas honorables reconocidas y de los maacutes altos niveles cientiacuteficos y tecnoloacutegicos existentes Sus juicios son resultado de un debate colectivo entre pares y tienen en cuenta tanto la reglamentacioacuten del Sistema como el contexto de la trayectoria acadeacutemica institucional y los productos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos de cada persona que se

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somete a su evaluacioacuten Por ello adquieren capacidad para establecer y matizar los lineamientos que deben seguir las evaluaciones aplicadas a cada aacuterea disciplinaria y a cada caso evaluado asiacute como para modificarlos perioacutedicamente dentro de su marco juriacutedico Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras consideran que en cada disciplina (o conjunto disciplinario) hay distintas opciones para dar a conocer sus trabajos asiacute como distintas apreciaciones sobre la plataforma y el contexto de la publicacioacuten y difusioacuten de los resultados de la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico Tambieacuten que dichas opciones variacutean por institucioacuten ubicacioacuten territorial capacidad financiera de los lugares de trabajo y redes de los investigadores Asimismo entienden que las instituciones de investigacioacuten y desarrollo tecnoloacutegico tienen diferentes poliacuteticas editoriales normas y exigencias para publicar Por tanto la evaluacioacuten de los trabajos se basa en su calidad trascendencia e impacto ARTIacuteCULO 12 Durante la evaluacioacuten las Comisiones Dictaminadoras revisaraacuten las solicitudes de ingreso que deben contener la informacioacuten curricular completa asiacute como la documentacioacuten probatoria Tendraacuten en cuenta la calidad de las aportaciones y la cantidad de productos presentados por el solicitante Cada solicitud deberaacute ser evaluada por lo menos por dos integrantes de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y resuelta por el pleno ARTIacuteCULO 13 Las Comisiones Dictaminadoras emitiraacuten su dictamen dentro de los seis meses siguientes al cierre de la Convocatoria ARTIacuteCULO 14 Despueacutes de la evaluacioacuten de cada una de las solicitudes las Comisiones Dictaminadoras propondraacuten al Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo el ingreso o no ingreso del solicitante al SNI asiacute como su categoriacutea y nivel Los resultados de las evaluaciones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT especificando los nombres de los investigadores aprobados e indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente razonado emitido por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente ARTIacuteCULO 15 El objetivo general de estos criterios es el orientar los trabajos y las recomendaciones de las Comisiones Dictaminadoras para la evaluacioacuten de los meacuteritos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos reflejados en

i La produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica y

ii La formacioacuten de recursos humanos especializados

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Ademaacutes se consideraraacute iii La participacioacuten en la labor de difusioacuten y divulgacioacuten

iv La vinculacioacuten entre la investigacioacuten y los sectores puacuteblico privado y social

v La contribucioacuten al desarrollo institucional

ARTIacuteCULO 16 Los elementos en que se sustenta la evaluacioacuten de los aspirantes a ingresar al SNI son

i La productividad del uacuteltimo periodo de evaluacioacuten asiacute como de la obra global reflejada a traveacutes de los resultados de su participacioacuten en las diversas actividades referidas en el objetivo general Los aspirantes de nuevo ingreso deberaacuten demostrar productividad en los uacuteltimos tres antildeos

ii La calidad de la produccioacuten reportada en teacuterminos de

a) la originalidad de los trabajos b) la consolidacioacuten de la(s) liacutenea(s) de investigacioacuten c) el impacto de los productos de investigacioacuten d) la trascendencia y repercusioacuten en la solucioacuten de problemas prioritarios e) el liderazgo y reconocimiento nacional e internacional f) el valor y los beneficios que aporten los productos obtenidos a traveacutes de

los proyectos realizados y g) la creacioacuten de empresas de alto valor agregado a partir del conocimiento

cientiacutefico-tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 17 Los productos obtenidos a traveacutes de las diferentes actividades consideradas por el SNI son entre otros

i Investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica a) artiacuteculos b) memorias in extenso c) libros d) capiacutetulos de libros e) resentildeas f) opuacutesculos g) patentes h) desarrollos tecnoloacutegicos i) innovaciones j) reportes especializados de asesoriacuteas k) transferencias tecnoloacutegicas

ii Formacioacuten de cientiacuteficos y tecnoacutelogos

a) direccioacuten de tesis profesionales y de grado

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b) imparticioacuten de caacutetedra en licenciatura y posgrado c) libros de texto (educacioacuten superior) d) artiacuteculos en revistas de docencia e) diaporamas o programas de coacutemputo de caraacutecter educativo f) formacioacuten de investigadores g) formacioacuten de especialistas h) formacioacuten de profesionistas i) formacioacuten de teacutecnicos especializados j) tutoriacutea de estudiantes

iii Divulgacioacuten

a) conferencias y seminarios de divulgacioacuten b) participacioacuten en congresos de divulgacioacuten c) libros de divulgacioacuten d) capiacutetulos en libros de divulgacioacuten e) artiacuteculos (ediciones formales) de divulgacioacuten f) ensayos (ediciones formales) de divulgacioacuten

iv Vinculacioacuten de la investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado

a) reportes de proyectos especiacuteficos bajo contrato b) desarrollo de posgrados orientados c) reportes de trabajos solicitados por terceros

v Desarrollo institucional

a) generacioacuten consolidacioacuten o fortalecimiento de centros unidades talleres bancos de informacioacuten laboratorios de investigacioacuten o acervos documentales bibliograacuteficos de especies bioloacutegicas o colecciones cientiacuteficas

b) creacioacuten y montaje de equipo para las actividades de investigacioacuten c) creacioacuten de grupos de investigacioacuten d) desarrollo y consolidacioacuten de posgrados e) informes de resultados de promocioacuten formacioacuten y coordinacioacuten en redes

nacionales de investigacioacuten f) tutoriacutea de grupos nacionales emergentes g) participacioacuten en consorcios de innovacioacuten

vi Participacioacuten en cuerpos editoriales o colegiados de evaluacioacuten cientiacutefica y

tecnoloacutegica a) arbitraje de artiacuteculos en revistas especializadas de circulacioacuten

internacional con alto impacto solicitados por el comiteacute editorial correspondiente

b) evaluacioacuten de propuestas de investigacioacuten c) evaluacioacuten de programas de posgrado

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ARTIacuteCULO 18 Los criterios especiacuteficos de evaluacioacuten que aplican cada una de las Comisiones Dictaminadoras deberaacuten ser presentados al Consejo de Aprobacioacuten para su conocimiento

CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES

ARTIacuteCULO 19 Los aspirantes inconformes con la decisioacuten del Consejo de Aprobacioacuten podraacuten solicitar que su caso sea revisado dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a la fecha de publicacioacuten de los resultados correspondientes ARTIacuteCULO 20 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten presentadas por escrito al Secretario Ejecutivo Deberaacuten contener los argumentos cientiacuteficos yo tecnoloacutegicos que sustenten su solicitud de revisioacuten y ser acompantildeadas en su caso de la documentacioacuten probatoria La revisioacuten se llevaraacute a cabo exclusivamente con base en la produccioacuten que se incluyoacute en la solicitud de ingreso o reingreso de la convocatoria respectiva Por lo anterior auacuten cuando fuera recibida no se consideraraacute la produccioacuten adicional que se anexe a la solicitud de revisioacuten ARTIacuteCULO 21 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten evaluadas por la Comisioacuten Dictaminadora Revisora de cada aacuterea integrada por tres miembros de la Comisioacuten Dictaminadora que evaluoacute el caso y cuatro miembros maacutes de la misma aacuterea del conocimiento que hayan formado parte de las Comisiones Dictaminadoras en antildeos anteriores Las Comisiones Revisoras no podraacuten sesionar con menos de cinco miembros El dictamen de la Comisioacuten Dictaminadora Revisora seraacute sometido a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo para su decisioacuten final la cual seraacute inapelable Los resultados de las revisiones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT en un maacuteximo de tres meses especificando los nombres de los investigadores indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente fundado y motivado emitido por la Comisioacuten correspondiente

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CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 5: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

El objeto del SNI es premiar la labor de investigacioacuten en el paiacutes a traveacutes de un concurso cientiacutefico y tecnoloacutegico contribuyendo con ello a incrementar la competitividad internacional en la materia y a la resolucioacuten de los problemas nacionales Como premio se otorgan distinciones y estiacutemulos econoacutemicos que certifican la calidad productividad trascendencia e impacto del trabajo de los investigadores seleccionados El SNI a traveacutes de las instancias previstas en la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea promoveraacute entre otras las siguientes actividades

i Coadyuvar a la formacioacuten de nuevos investigadores e incrementar el nuacutemero de profesionales dedicados a la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico a partir de la aplicacioacuten de sus criterios de evaluacioacuten

ii Establecer con criterios confiables vaacutelidos y eficientes para evaluar los

productos de investigacioacuten tanto cientiacutefica como tecnoloacutegica

iii Opinar a traveacutes de las instancias juriacutedicas que contempla la ley sobre poliacuteticas nacionales en ciencia y tecnologiacutea y proponer criterios para orientar el gasto y la distribucioacuten de recursos destinados a la investigacioacuten

iv Proporcionar los instrumentos de diagnoacutestico para analizar el estado de la

ciencia y la tecnologiacutea en el paiacutes

v Vincular de manera maacutes estrecha las funciones de investigacioacuten y docencia en las instituciones de educacioacuten superior

vi Coadyuvar a la desconcentracioacuten y descentralizacioacuten de la ciencia y la

tecnologiacutea

vii Promover la movilidad de los investigadores en el paiacutes viii Estimular entre los investigadores del Sistema la realizacioacuten de proyectos y

actividades de formacioacuten de recursos humanos con niveles de competitividad internacional

ix Acrecentar la cultura cientiacutefica y tecnoloacutegica de la sociedad mediante la

valoracioacuten de la divulgacioacuten del conocimiento cientiacutefico y tecnoloacutegico

x Propiciar entre los investigadores del SNI la colaboracioacuten intra e interinstitucional asiacute como la cooperacioacuten en redes y con grupos de investigacioacuten emergentes en nuestro paiacutes

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CAPIacuteTULO II DE LA ORGANIZACIOacuteN

ARTIacuteCULO 2 El SNI contaraacute con un Consejo de Aprobacioacuten un Comiteacute Consultivo siete Comisiones Dictaminadoras siete Comisiones Dictaminadoras Revisoras una Junta de Honor un Secretario Ejecutivo y un Director de Aacuterea

i El Consejo de Aprobacioacuten estaraacute integrado por el Director General del CONACYT quien fungiraacute como Presidente el Director Adjunto de Tecnologiacutea del CONACYT quien supliraacute las ausencias del Presidente el Director Adjunto de Ciencia del CONACYT el Director Adjunto de la Coordinacioacuten de Grupos y Centros de Investigacioacuten del CONACYT el Director Adjunto de Formacioacuten de Cientiacuteficos y Tecnoacutelogos del CONACYT el Director del SNI el Subsecretario de Educacioacuten Superior e Investigacioacuten Cientiacutefica de la Secretariacutea de Educacioacuten Puacuteblica (SEP) el Subsecretario de Educacioacuten e Investigacioacuten Tecnoloacutegica de la SEP el Coordinador General del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y los tres representantes del SNI que formen parte de la Mesa Directiva del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico Sus funciones seraacuten las siguientes a) Designar a los miembros de las Comisiones Dictaminadoras de las

Comisiones Dictaminadoras Revisoras y de la Junta de Honor b) Decidir sobre las propuestas de distinciones que por conducto del Secretario

Ejecutivo del Sistema le hagan las Comisiones Dictaminadoras y las Comisiones Dictaminadoras Revisoras a las que se refieren los capiacutetulos V y VII de este Reglamento respectivamente

c) Decidir sobre las recomendaciones que le transmita la Junta de Honor asiacute como definir las sanciones correspondientes en los casos a los que haya lugar

d) Presentar las propuestas de modificacioacuten a los criterios poliacuteticas y lineamientos del SNI contenidos en este instrumento juriacutedico a la Junta de Gobierno del CONACYT para su aprobacioacuten previamente consensuadas con el Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico para orientar la evolucioacuten del SNI con el propoacutesito de lograr los objetivos y metas establecidos en los programas oficiales de Ciencia y Tecnologiacutea y

e) Resolver sobre los asuntos no previstos en el presente Reglamento e interpretar administrativamente el mismo

ii El Comiteacute Consultivo estaraacute integrado por 18 miembros quienes seraacuten los

presidentes en funciones y presidentes del antildeo inmediato anterior de cada una de las Comisiones Dictaminadoras el Director del SNI y tres representantes de la comunidad cientiacutefica uno por la divulgacioacuten de la ciencia otro por la docencia y uno maacutes por la tecnologiacutea quienes seraacuten invitados por el propio Comiteacute El Comiteacute seraacute presidido por el Director del SNI sus funciones seraacuten las siguientes

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a) Fungir como cuerpo colegiado encargado de proponer la formulacioacuten y aplicacioacuten de poliacuteticas del SNI que favorezcan el desarrollo de la ciencia y la tecnologiacutea con base en la evaluacioacuten llevada acabo por las comisiones dictaminadoras

b) Opinar sobre la normativa organizacioacuten y funcionamiento del SNI asiacute como sobre reformas necesarias para su mejoramiento y actualizacioacuten y

c) Proponer al Secretario Ejecutivo candidatos a asumir la presidencia de cada una de las Comisiones Dictaminadoras

iii La Junta de Honor estaraacute constituida por cinco Investigadores Nacionales Nivel

III o Emeacuteritos del SNI con solvencia moral ampliamente reconocida y un Secretario Teacutecnico que seraacute el Director del SNI Seraacuten nombrados con caraacutecter honoriacutefico por el Secretario Ejecutivo con las siguientes funciones a) Analizar los casos en que se presume la comisioacuten de una falta de eacutetica

profesional por parte de los investigadores del SNI y b) Hacer llegar al Consejo de Aprobacioacuten su recomendacioacuten sobre los casos

revisados en tiempo y forma velando en todo momento por la institucionalidad y el objetivo del SNI sin menoscabo de los derechos de los investigadores

c) Las recomendaciones de la Junta tendraacuten caraacutecter consultivo y los dictaacutemenes del Consejo de Aprobacioacuten ejecutivo

d) Los miembros de la Junta duraraacuten en su encargo tres antildeos y podraacuten ser ratificados uacutenicamente por un periacuteodo inmediato sucesivo

e) La Junta estaraacute coordinada por el investigador de mayor antiguumledad en el SNI Las recomendaciones de la Junta se emitiraacuten por mayoriacutea simple de votos

iv Fungiraacute como Secretario Ejecutivo del SNI el Director Adjunto de Ciencia del

CONACYT teniendo las siguientes funciones a) Expedir las convocatorias anuales para el proceso de evaluacioacuten y

seleccioacuten b) Presentar a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten las

recomendaciones emitidas por las Comisiones Dictaminadoras durante el proceso de evaluacioacuten asiacute como los dictaacutemenes de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras en los casos de inconformidad a los que se refiere el CAPIacuteTULO VII del presente Reglamento

c) Hacer del conocimiento puacuteblico los resultados de la evaluacioacuten y notificarlos a los aspirantes

d) Informar al Consejo de Aprobacioacuten sobre el funcionamiento de los mecanismos de evaluacioacuten y de operacioacuten general del SNI

e) Proponer al Consejo de Aprobacioacuten las propuestas de los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras y de la Junta de Honor y

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f) Las demaacutes que se establezcan en la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea la Ley Orgaacutenica del CONACYT el Estatuto Orgaacutenico del propio Consejo el presente Reglamento y las que le sean encomendadas por el Director General del CONACYT en el aacutembito de su competencia

v El Director del SNI seraacute nombrado por la Junta de Gobierno del CONACYT a

propuesta del Director General y tendraacute entre otras las siguientes funciones a) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo los proyectos de

reglamento y de reformas que en su caso deban realizarse para regir la organizacioacuten y funcionamiento del Sistema y someterlos a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

b) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo y someter a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten los criterios que se aplicaraacuten en la evaluacioacuten de las solicitudes

c) Supervisar el adecuado funcionamiento de los mecanismos de evaluacioacuten y operacioacuten del SNI

d) Recibir las solicitudes que los investigadores presenten al SNI y remitirlas a las Comisiones Dictaminadoras correspondientes

e) Coordinar la labor de las Comisiones Dictaminadoras y de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras para su adecuado funcionamiento

f) Elaborar las Convocatorias y someterlas a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

g) Fungir como Secretario Teacutecnico del Consejo de Aprobacioacuten y de la Junta de Honor del SNI

h) Presidir el Comiteacute Consultivo del Sistema i) Ejecutar las resoluciones y sanciones derivadas del presente Reglamento

y j) Las demaacutes que le determine el Secretario Ejecutivo

CAPIacuteTULO III DE LAS CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD

ARTIacuteCULO 3 Podraacuten participar en el concurso de seleccioacuten del SNI los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que tengan un contrato o convenio institucional vigente de al menos 20 horas-semana-mes para realizar actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico en las instituciones y organizaciones de los sectores puacuteblico privado y social a las que se refiere el presente artiacuteculo o en su defecto se encuentren realizando una estancia posdoctoral ya sea en Meacutexico o en el extranjero En forma especiacutefica podraacuten ser miembros del SNI

i Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tales como a) Los centros puacuteblicos de investigacioacuten coordinados por el CONACYT b) Las universidades puacuteblicas autoacutenomas por ley los institutos tecnoloacutegicos

las universidades dependientes de los gobiernos federal o estatal y

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c) Las dependencias y entidades del sector puacuteblico que lleven a cabo funciones de investigacioacuten

ii Los investigadores de las instituciones de educacioacuten superior y de

investigacioacuten del sector privado nacional tales como universidades institutos colegios y centros que realicen actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cualquiera que sea el reacutegimen juriacutedico con el que esteacuten organizados asiacute como los investigadores que realicen actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas en empresas o instituciones inscritas en el RENIECYT Es imprescindible que tanto el resultado de su trabajo cientiacutefico yo tecnoloacutegico como la formacioacuten o experiencia requeridas para la realizacioacuten de sus actividades puedan ser evidenciadas documentalmente Estas instituciones deberaacuten celebrar con el SNI los convenios de colaboracioacuten en los que se acepten los meacutetodos y reglas de la evaluacioacuten del Sistema y en donde se estipulen las formas y condiciones para un eventual otorgamiento del estiacutemulo econoacutemico de acuerdo con las modalidades que se convenga entre las partes y en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal

iii En caso de que el aspirante no tenga nacionalidad mexicana deberaacute contar

con adscripcioacuten en alguna de las instituciones antes mencionadas con antiguumledad miacutenima de un antildeo al cierre de la Convocatoria Deberaacute ademaacutes demostrar su residencia en el paiacutes con documentos oficiales

iv Los investigadores que acrediten una estancia posdoctoral en un lapso no

mayor a dos antildeos despueacutes de haber obtenido el grado de doctor

v Los investigadores vigentes en el SNI que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico o de eleccioacuten popular que les impida continuar con sus actividades de investigacioacuten podraacuten conservar su nombramiento hasta el teacutermino de su vigencia y dejaraacuten de recibir el estiacutemulo econoacutemico En caso de que continuacuteen realizando actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas adicionalmente a las correspondientes a su cargo administrativo podraacuten fundamentar su labor cientiacutefica yo tecnoloacutegica ante la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y en el caso de obtener un dictamen positivo seguiraacuten recibiendo el estiacutemulo econoacutemico asociado a su categoriacutea y nivel

CAPIacuteTULO IV DE LAS CONVOCATORIAS Y DEL INGRESO

ARTIacuteCULO 4 El Secretario Ejecutivo del Sistema convocaraacute anualmente a los miembros del SNI cuyas distinciones concluyan ese antildeo asiacute como a los aspirantes que deseen incorporarse al Sistema para que presenten sus solicitudes de ingreso o reingreso

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La Convocatoria los Criterios Generales y los Especiacuteficos de evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT ARTIacuteCULO 5 La solicitud de ingreso o reingreso se presentaraacute en el formato correspondiente en el plazo y sitio que sentildeale la Convocatoria y deberaacute acompantildearse de

i Documento oficial original y actualizado de adscripcioacuten que especifique las condiciones a que estaacute sujeto su contrato o convenio institucional el cual deberaacute contener nombramiento funciones asignadas tiempo comprometido en horassemana asiacute como fecha de inicio y finalizacioacuten del mismo

ii Curriacuteculum vitae completo con copia de documentos oficiales que acrediten

nacionalidad y edad

iii Copias de documentos oficiales que acrediten su formacioacuten acadeacutemica y tesis doctoral en su caso

iv Documentacioacuten probatoria exclusivamente de los productos cientiacuteficos yo

tecnoloacutegicos que sustenten su postulacioacuten Los ejemplares deberaacuten ser completos y a solicitud de las Comisiones Dictaminadoras el aspirante deberaacute enviar a las oficinas del SNI un mayor nuacutemero de productos

ARTIacuteCULO 6 El Director del SNI turnaraacute las solicitudes a las Comisiones Dictaminadoras para que de acuerdo a los Criterios Generales y los Especiacuteficos de Evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento emitan la recomendacioacuten correspondiente proponiendo la categoriacutea y nivel para el aspirante

CAPIacuteTULO V DE LAS COMISIONES DICTAMINADORAS

ARTIacuteCULO 7 Las Comisiones Dictaminadoras estaraacuten integradas por doce miembros del SNI del Nivel III y en caso de no existir personas elegibles para alguna disciplina podraacuten ser nombrados entre los investigadores del Nivel II Las comisiones se integraraacuten guardando el mayor equilibrio y paridad posibles entre disciplinas instituciones y regiones Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras permaneceraacuten en su encargo tres antildeos a partir de su nombramiento Cada antildeo se renovaraacuten cuatro de los miembros los cuales seraacuten designados por el Consejo de Aprobacioacuten tomando en cuenta la opinioacuten del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y del Comiteacute Consultivo del SNI Los nombres de los integrantes de cada una de las

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Comisiones Dictaminadoras se haraacuten del conocimiento puacuteblico en la paacutegina electroacutenica del CONACYT Si un miembro de las comisiones no puede cumplir con su compromiso con el SNI durante un periacuteodo de evaluacioacuten podraacute ser sustituido por quien determine el Director del SNI Se integraraacute una Comisioacuten Dictaminadora para cada una de las siguientes aacutereas del conocimiento consideradas por el SNI Aacuterea I Fiacutesico-Matemaacuteticas y Ciencias de la Tierra Aacuterea II Biologiacutea y Quiacutemica Aacuterea III Medicina y Ciencias de la Salud Aacuterea IV Humanidades y Ciencias de la Conducta Aacuterea V Ciencias Sociales Aacuterea VI Biotecnologiacutea y Ciencias Agropecuarias Aacuterea VII Ingenieriacuteas ARTIacuteCULO 8 El Secretario Ejecutivo designaraacute a propuesta del Comiteacute Consultivo al Presidente de cada Comisioacuten Dictaminadora el cual duraraacute en su cargo un antildeo ARTIacuteCULO 9 Para sesionar las Comisiones Dictaminadoras requeriraacuten la presencia de por lo menos siete de sus miembros Las decisiones se tomaraacuten por consenso y eventualmente por mayoriacutea En caso de no existir consenso soacutelo podraacuten votar los miembros de las Comisiones Dictaminadoras ARTIacuteCULO 10 El Director del SNI a propuesta de cada Comisioacuten Dictaminadora designaraacute a los miembros en las subcomisiones que sean necesarios para la evaluacioacuten de solicitudes en disciplinas especiacuteficas de actividades cientiacuteficas de desarrollo tecnoloacutegico o de divulgacioacuten Los participantes en las subcomisiones deberaacuten tener como miacutenimo un nombramiento de Investigador Nacional Nivel II

CAPIacuteTULO VI DE LA EVALUACIOacuteN Y DE LOS CRITERIOS GENERALES DE LA

EVALUACIOacuteN

ARTIacuteCULO 11 El SNI funciona a traveacutes de oacuterganos colegiados encargados de evaluar y dictaminar el trabajo acadeacutemico de su membresiacutea y de los aspirantes Dichos cuerpos colegiados estaacuten integrados por personas honorables reconocidas y de los maacutes altos niveles cientiacuteficos y tecnoloacutegicos existentes Sus juicios son resultado de un debate colectivo entre pares y tienen en cuenta tanto la reglamentacioacuten del Sistema como el contexto de la trayectoria acadeacutemica institucional y los productos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos de cada persona que se

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somete a su evaluacioacuten Por ello adquieren capacidad para establecer y matizar los lineamientos que deben seguir las evaluaciones aplicadas a cada aacuterea disciplinaria y a cada caso evaluado asiacute como para modificarlos perioacutedicamente dentro de su marco juriacutedico Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras consideran que en cada disciplina (o conjunto disciplinario) hay distintas opciones para dar a conocer sus trabajos asiacute como distintas apreciaciones sobre la plataforma y el contexto de la publicacioacuten y difusioacuten de los resultados de la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico Tambieacuten que dichas opciones variacutean por institucioacuten ubicacioacuten territorial capacidad financiera de los lugares de trabajo y redes de los investigadores Asimismo entienden que las instituciones de investigacioacuten y desarrollo tecnoloacutegico tienen diferentes poliacuteticas editoriales normas y exigencias para publicar Por tanto la evaluacioacuten de los trabajos se basa en su calidad trascendencia e impacto ARTIacuteCULO 12 Durante la evaluacioacuten las Comisiones Dictaminadoras revisaraacuten las solicitudes de ingreso que deben contener la informacioacuten curricular completa asiacute como la documentacioacuten probatoria Tendraacuten en cuenta la calidad de las aportaciones y la cantidad de productos presentados por el solicitante Cada solicitud deberaacute ser evaluada por lo menos por dos integrantes de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y resuelta por el pleno ARTIacuteCULO 13 Las Comisiones Dictaminadoras emitiraacuten su dictamen dentro de los seis meses siguientes al cierre de la Convocatoria ARTIacuteCULO 14 Despueacutes de la evaluacioacuten de cada una de las solicitudes las Comisiones Dictaminadoras propondraacuten al Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo el ingreso o no ingreso del solicitante al SNI asiacute como su categoriacutea y nivel Los resultados de las evaluaciones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT especificando los nombres de los investigadores aprobados e indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente razonado emitido por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente ARTIacuteCULO 15 El objetivo general de estos criterios es el orientar los trabajos y las recomendaciones de las Comisiones Dictaminadoras para la evaluacioacuten de los meacuteritos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos reflejados en

i La produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica y

ii La formacioacuten de recursos humanos especializados

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Ademaacutes se consideraraacute iii La participacioacuten en la labor de difusioacuten y divulgacioacuten

iv La vinculacioacuten entre la investigacioacuten y los sectores puacuteblico privado y social

v La contribucioacuten al desarrollo institucional

ARTIacuteCULO 16 Los elementos en que se sustenta la evaluacioacuten de los aspirantes a ingresar al SNI son

i La productividad del uacuteltimo periodo de evaluacioacuten asiacute como de la obra global reflejada a traveacutes de los resultados de su participacioacuten en las diversas actividades referidas en el objetivo general Los aspirantes de nuevo ingreso deberaacuten demostrar productividad en los uacuteltimos tres antildeos

ii La calidad de la produccioacuten reportada en teacuterminos de

a) la originalidad de los trabajos b) la consolidacioacuten de la(s) liacutenea(s) de investigacioacuten c) el impacto de los productos de investigacioacuten d) la trascendencia y repercusioacuten en la solucioacuten de problemas prioritarios e) el liderazgo y reconocimiento nacional e internacional f) el valor y los beneficios que aporten los productos obtenidos a traveacutes de

los proyectos realizados y g) la creacioacuten de empresas de alto valor agregado a partir del conocimiento

cientiacutefico-tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 17 Los productos obtenidos a traveacutes de las diferentes actividades consideradas por el SNI son entre otros

i Investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica a) artiacuteculos b) memorias in extenso c) libros d) capiacutetulos de libros e) resentildeas f) opuacutesculos g) patentes h) desarrollos tecnoloacutegicos i) innovaciones j) reportes especializados de asesoriacuteas k) transferencias tecnoloacutegicas

ii Formacioacuten de cientiacuteficos y tecnoacutelogos

a) direccioacuten de tesis profesionales y de grado

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b) imparticioacuten de caacutetedra en licenciatura y posgrado c) libros de texto (educacioacuten superior) d) artiacuteculos en revistas de docencia e) diaporamas o programas de coacutemputo de caraacutecter educativo f) formacioacuten de investigadores g) formacioacuten de especialistas h) formacioacuten de profesionistas i) formacioacuten de teacutecnicos especializados j) tutoriacutea de estudiantes

iii Divulgacioacuten

a) conferencias y seminarios de divulgacioacuten b) participacioacuten en congresos de divulgacioacuten c) libros de divulgacioacuten d) capiacutetulos en libros de divulgacioacuten e) artiacuteculos (ediciones formales) de divulgacioacuten f) ensayos (ediciones formales) de divulgacioacuten

iv Vinculacioacuten de la investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado

a) reportes de proyectos especiacuteficos bajo contrato b) desarrollo de posgrados orientados c) reportes de trabajos solicitados por terceros

v Desarrollo institucional

a) generacioacuten consolidacioacuten o fortalecimiento de centros unidades talleres bancos de informacioacuten laboratorios de investigacioacuten o acervos documentales bibliograacuteficos de especies bioloacutegicas o colecciones cientiacuteficas

b) creacioacuten y montaje de equipo para las actividades de investigacioacuten c) creacioacuten de grupos de investigacioacuten d) desarrollo y consolidacioacuten de posgrados e) informes de resultados de promocioacuten formacioacuten y coordinacioacuten en redes

nacionales de investigacioacuten f) tutoriacutea de grupos nacionales emergentes g) participacioacuten en consorcios de innovacioacuten

vi Participacioacuten en cuerpos editoriales o colegiados de evaluacioacuten cientiacutefica y

tecnoloacutegica a) arbitraje de artiacuteculos en revistas especializadas de circulacioacuten

internacional con alto impacto solicitados por el comiteacute editorial correspondiente

b) evaluacioacuten de propuestas de investigacioacuten c) evaluacioacuten de programas de posgrado

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ARTIacuteCULO 18 Los criterios especiacuteficos de evaluacioacuten que aplican cada una de las Comisiones Dictaminadoras deberaacuten ser presentados al Consejo de Aprobacioacuten para su conocimiento

CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES

ARTIacuteCULO 19 Los aspirantes inconformes con la decisioacuten del Consejo de Aprobacioacuten podraacuten solicitar que su caso sea revisado dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a la fecha de publicacioacuten de los resultados correspondientes ARTIacuteCULO 20 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten presentadas por escrito al Secretario Ejecutivo Deberaacuten contener los argumentos cientiacuteficos yo tecnoloacutegicos que sustenten su solicitud de revisioacuten y ser acompantildeadas en su caso de la documentacioacuten probatoria La revisioacuten se llevaraacute a cabo exclusivamente con base en la produccioacuten que se incluyoacute en la solicitud de ingreso o reingreso de la convocatoria respectiva Por lo anterior auacuten cuando fuera recibida no se consideraraacute la produccioacuten adicional que se anexe a la solicitud de revisioacuten ARTIacuteCULO 21 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten evaluadas por la Comisioacuten Dictaminadora Revisora de cada aacuterea integrada por tres miembros de la Comisioacuten Dictaminadora que evaluoacute el caso y cuatro miembros maacutes de la misma aacuterea del conocimiento que hayan formado parte de las Comisiones Dictaminadoras en antildeos anteriores Las Comisiones Revisoras no podraacuten sesionar con menos de cinco miembros El dictamen de la Comisioacuten Dictaminadora Revisora seraacute sometido a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo para su decisioacuten final la cual seraacute inapelable Los resultados de las revisiones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT en un maacuteximo de tres meses especificando los nombres de los investigadores indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente fundado y motivado emitido por la Comisioacuten correspondiente

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CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 6: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

CAPIacuteTULO II DE LA ORGANIZACIOacuteN

ARTIacuteCULO 2 El SNI contaraacute con un Consejo de Aprobacioacuten un Comiteacute Consultivo siete Comisiones Dictaminadoras siete Comisiones Dictaminadoras Revisoras una Junta de Honor un Secretario Ejecutivo y un Director de Aacuterea

i El Consejo de Aprobacioacuten estaraacute integrado por el Director General del CONACYT quien fungiraacute como Presidente el Director Adjunto de Tecnologiacutea del CONACYT quien supliraacute las ausencias del Presidente el Director Adjunto de Ciencia del CONACYT el Director Adjunto de la Coordinacioacuten de Grupos y Centros de Investigacioacuten del CONACYT el Director Adjunto de Formacioacuten de Cientiacuteficos y Tecnoacutelogos del CONACYT el Director del SNI el Subsecretario de Educacioacuten Superior e Investigacioacuten Cientiacutefica de la Secretariacutea de Educacioacuten Puacuteblica (SEP) el Subsecretario de Educacioacuten e Investigacioacuten Tecnoloacutegica de la SEP el Coordinador General del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y los tres representantes del SNI que formen parte de la Mesa Directiva del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico Sus funciones seraacuten las siguientes a) Designar a los miembros de las Comisiones Dictaminadoras de las

Comisiones Dictaminadoras Revisoras y de la Junta de Honor b) Decidir sobre las propuestas de distinciones que por conducto del Secretario

Ejecutivo del Sistema le hagan las Comisiones Dictaminadoras y las Comisiones Dictaminadoras Revisoras a las que se refieren los capiacutetulos V y VII de este Reglamento respectivamente

c) Decidir sobre las recomendaciones que le transmita la Junta de Honor asiacute como definir las sanciones correspondientes en los casos a los que haya lugar

d) Presentar las propuestas de modificacioacuten a los criterios poliacuteticas y lineamientos del SNI contenidos en este instrumento juriacutedico a la Junta de Gobierno del CONACYT para su aprobacioacuten previamente consensuadas con el Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico para orientar la evolucioacuten del SNI con el propoacutesito de lograr los objetivos y metas establecidos en los programas oficiales de Ciencia y Tecnologiacutea y

e) Resolver sobre los asuntos no previstos en el presente Reglamento e interpretar administrativamente el mismo

ii El Comiteacute Consultivo estaraacute integrado por 18 miembros quienes seraacuten los

presidentes en funciones y presidentes del antildeo inmediato anterior de cada una de las Comisiones Dictaminadoras el Director del SNI y tres representantes de la comunidad cientiacutefica uno por la divulgacioacuten de la ciencia otro por la docencia y uno maacutes por la tecnologiacutea quienes seraacuten invitados por el propio Comiteacute El Comiteacute seraacute presidido por el Director del SNI sus funciones seraacuten las siguientes

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a) Fungir como cuerpo colegiado encargado de proponer la formulacioacuten y aplicacioacuten de poliacuteticas del SNI que favorezcan el desarrollo de la ciencia y la tecnologiacutea con base en la evaluacioacuten llevada acabo por las comisiones dictaminadoras

b) Opinar sobre la normativa organizacioacuten y funcionamiento del SNI asiacute como sobre reformas necesarias para su mejoramiento y actualizacioacuten y

c) Proponer al Secretario Ejecutivo candidatos a asumir la presidencia de cada una de las Comisiones Dictaminadoras

iii La Junta de Honor estaraacute constituida por cinco Investigadores Nacionales Nivel

III o Emeacuteritos del SNI con solvencia moral ampliamente reconocida y un Secretario Teacutecnico que seraacute el Director del SNI Seraacuten nombrados con caraacutecter honoriacutefico por el Secretario Ejecutivo con las siguientes funciones a) Analizar los casos en que se presume la comisioacuten de una falta de eacutetica

profesional por parte de los investigadores del SNI y b) Hacer llegar al Consejo de Aprobacioacuten su recomendacioacuten sobre los casos

revisados en tiempo y forma velando en todo momento por la institucionalidad y el objetivo del SNI sin menoscabo de los derechos de los investigadores

c) Las recomendaciones de la Junta tendraacuten caraacutecter consultivo y los dictaacutemenes del Consejo de Aprobacioacuten ejecutivo

d) Los miembros de la Junta duraraacuten en su encargo tres antildeos y podraacuten ser ratificados uacutenicamente por un periacuteodo inmediato sucesivo

e) La Junta estaraacute coordinada por el investigador de mayor antiguumledad en el SNI Las recomendaciones de la Junta se emitiraacuten por mayoriacutea simple de votos

iv Fungiraacute como Secretario Ejecutivo del SNI el Director Adjunto de Ciencia del

CONACYT teniendo las siguientes funciones a) Expedir las convocatorias anuales para el proceso de evaluacioacuten y

seleccioacuten b) Presentar a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten las

recomendaciones emitidas por las Comisiones Dictaminadoras durante el proceso de evaluacioacuten asiacute como los dictaacutemenes de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras en los casos de inconformidad a los que se refiere el CAPIacuteTULO VII del presente Reglamento

c) Hacer del conocimiento puacuteblico los resultados de la evaluacioacuten y notificarlos a los aspirantes

d) Informar al Consejo de Aprobacioacuten sobre el funcionamiento de los mecanismos de evaluacioacuten y de operacioacuten general del SNI

e) Proponer al Consejo de Aprobacioacuten las propuestas de los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras y de la Junta de Honor y

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f) Las demaacutes que se establezcan en la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea la Ley Orgaacutenica del CONACYT el Estatuto Orgaacutenico del propio Consejo el presente Reglamento y las que le sean encomendadas por el Director General del CONACYT en el aacutembito de su competencia

v El Director del SNI seraacute nombrado por la Junta de Gobierno del CONACYT a

propuesta del Director General y tendraacute entre otras las siguientes funciones a) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo los proyectos de

reglamento y de reformas que en su caso deban realizarse para regir la organizacioacuten y funcionamiento del Sistema y someterlos a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

b) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo y someter a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten los criterios que se aplicaraacuten en la evaluacioacuten de las solicitudes

c) Supervisar el adecuado funcionamiento de los mecanismos de evaluacioacuten y operacioacuten del SNI

d) Recibir las solicitudes que los investigadores presenten al SNI y remitirlas a las Comisiones Dictaminadoras correspondientes

e) Coordinar la labor de las Comisiones Dictaminadoras y de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras para su adecuado funcionamiento

f) Elaborar las Convocatorias y someterlas a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

g) Fungir como Secretario Teacutecnico del Consejo de Aprobacioacuten y de la Junta de Honor del SNI

h) Presidir el Comiteacute Consultivo del Sistema i) Ejecutar las resoluciones y sanciones derivadas del presente Reglamento

y j) Las demaacutes que le determine el Secretario Ejecutivo

CAPIacuteTULO III DE LAS CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD

ARTIacuteCULO 3 Podraacuten participar en el concurso de seleccioacuten del SNI los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que tengan un contrato o convenio institucional vigente de al menos 20 horas-semana-mes para realizar actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico en las instituciones y organizaciones de los sectores puacuteblico privado y social a las que se refiere el presente artiacuteculo o en su defecto se encuentren realizando una estancia posdoctoral ya sea en Meacutexico o en el extranjero En forma especiacutefica podraacuten ser miembros del SNI

i Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tales como a) Los centros puacuteblicos de investigacioacuten coordinados por el CONACYT b) Las universidades puacuteblicas autoacutenomas por ley los institutos tecnoloacutegicos

las universidades dependientes de los gobiernos federal o estatal y

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c) Las dependencias y entidades del sector puacuteblico que lleven a cabo funciones de investigacioacuten

ii Los investigadores de las instituciones de educacioacuten superior y de

investigacioacuten del sector privado nacional tales como universidades institutos colegios y centros que realicen actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cualquiera que sea el reacutegimen juriacutedico con el que esteacuten organizados asiacute como los investigadores que realicen actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas en empresas o instituciones inscritas en el RENIECYT Es imprescindible que tanto el resultado de su trabajo cientiacutefico yo tecnoloacutegico como la formacioacuten o experiencia requeridas para la realizacioacuten de sus actividades puedan ser evidenciadas documentalmente Estas instituciones deberaacuten celebrar con el SNI los convenios de colaboracioacuten en los que se acepten los meacutetodos y reglas de la evaluacioacuten del Sistema y en donde se estipulen las formas y condiciones para un eventual otorgamiento del estiacutemulo econoacutemico de acuerdo con las modalidades que se convenga entre las partes y en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal

iii En caso de que el aspirante no tenga nacionalidad mexicana deberaacute contar

con adscripcioacuten en alguna de las instituciones antes mencionadas con antiguumledad miacutenima de un antildeo al cierre de la Convocatoria Deberaacute ademaacutes demostrar su residencia en el paiacutes con documentos oficiales

iv Los investigadores que acrediten una estancia posdoctoral en un lapso no

mayor a dos antildeos despueacutes de haber obtenido el grado de doctor

v Los investigadores vigentes en el SNI que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico o de eleccioacuten popular que les impida continuar con sus actividades de investigacioacuten podraacuten conservar su nombramiento hasta el teacutermino de su vigencia y dejaraacuten de recibir el estiacutemulo econoacutemico En caso de que continuacuteen realizando actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas adicionalmente a las correspondientes a su cargo administrativo podraacuten fundamentar su labor cientiacutefica yo tecnoloacutegica ante la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y en el caso de obtener un dictamen positivo seguiraacuten recibiendo el estiacutemulo econoacutemico asociado a su categoriacutea y nivel

CAPIacuteTULO IV DE LAS CONVOCATORIAS Y DEL INGRESO

ARTIacuteCULO 4 El Secretario Ejecutivo del Sistema convocaraacute anualmente a los miembros del SNI cuyas distinciones concluyan ese antildeo asiacute como a los aspirantes que deseen incorporarse al Sistema para que presenten sus solicitudes de ingreso o reingreso

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La Convocatoria los Criterios Generales y los Especiacuteficos de evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT ARTIacuteCULO 5 La solicitud de ingreso o reingreso se presentaraacute en el formato correspondiente en el plazo y sitio que sentildeale la Convocatoria y deberaacute acompantildearse de

i Documento oficial original y actualizado de adscripcioacuten que especifique las condiciones a que estaacute sujeto su contrato o convenio institucional el cual deberaacute contener nombramiento funciones asignadas tiempo comprometido en horassemana asiacute como fecha de inicio y finalizacioacuten del mismo

ii Curriacuteculum vitae completo con copia de documentos oficiales que acrediten

nacionalidad y edad

iii Copias de documentos oficiales que acrediten su formacioacuten acadeacutemica y tesis doctoral en su caso

iv Documentacioacuten probatoria exclusivamente de los productos cientiacuteficos yo

tecnoloacutegicos que sustenten su postulacioacuten Los ejemplares deberaacuten ser completos y a solicitud de las Comisiones Dictaminadoras el aspirante deberaacute enviar a las oficinas del SNI un mayor nuacutemero de productos

ARTIacuteCULO 6 El Director del SNI turnaraacute las solicitudes a las Comisiones Dictaminadoras para que de acuerdo a los Criterios Generales y los Especiacuteficos de Evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento emitan la recomendacioacuten correspondiente proponiendo la categoriacutea y nivel para el aspirante

CAPIacuteTULO V DE LAS COMISIONES DICTAMINADORAS

ARTIacuteCULO 7 Las Comisiones Dictaminadoras estaraacuten integradas por doce miembros del SNI del Nivel III y en caso de no existir personas elegibles para alguna disciplina podraacuten ser nombrados entre los investigadores del Nivel II Las comisiones se integraraacuten guardando el mayor equilibrio y paridad posibles entre disciplinas instituciones y regiones Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras permaneceraacuten en su encargo tres antildeos a partir de su nombramiento Cada antildeo se renovaraacuten cuatro de los miembros los cuales seraacuten designados por el Consejo de Aprobacioacuten tomando en cuenta la opinioacuten del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y del Comiteacute Consultivo del SNI Los nombres de los integrantes de cada una de las

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Comisiones Dictaminadoras se haraacuten del conocimiento puacuteblico en la paacutegina electroacutenica del CONACYT Si un miembro de las comisiones no puede cumplir con su compromiso con el SNI durante un periacuteodo de evaluacioacuten podraacute ser sustituido por quien determine el Director del SNI Se integraraacute una Comisioacuten Dictaminadora para cada una de las siguientes aacutereas del conocimiento consideradas por el SNI Aacuterea I Fiacutesico-Matemaacuteticas y Ciencias de la Tierra Aacuterea II Biologiacutea y Quiacutemica Aacuterea III Medicina y Ciencias de la Salud Aacuterea IV Humanidades y Ciencias de la Conducta Aacuterea V Ciencias Sociales Aacuterea VI Biotecnologiacutea y Ciencias Agropecuarias Aacuterea VII Ingenieriacuteas ARTIacuteCULO 8 El Secretario Ejecutivo designaraacute a propuesta del Comiteacute Consultivo al Presidente de cada Comisioacuten Dictaminadora el cual duraraacute en su cargo un antildeo ARTIacuteCULO 9 Para sesionar las Comisiones Dictaminadoras requeriraacuten la presencia de por lo menos siete de sus miembros Las decisiones se tomaraacuten por consenso y eventualmente por mayoriacutea En caso de no existir consenso soacutelo podraacuten votar los miembros de las Comisiones Dictaminadoras ARTIacuteCULO 10 El Director del SNI a propuesta de cada Comisioacuten Dictaminadora designaraacute a los miembros en las subcomisiones que sean necesarios para la evaluacioacuten de solicitudes en disciplinas especiacuteficas de actividades cientiacuteficas de desarrollo tecnoloacutegico o de divulgacioacuten Los participantes en las subcomisiones deberaacuten tener como miacutenimo un nombramiento de Investigador Nacional Nivel II

CAPIacuteTULO VI DE LA EVALUACIOacuteN Y DE LOS CRITERIOS GENERALES DE LA

EVALUACIOacuteN

ARTIacuteCULO 11 El SNI funciona a traveacutes de oacuterganos colegiados encargados de evaluar y dictaminar el trabajo acadeacutemico de su membresiacutea y de los aspirantes Dichos cuerpos colegiados estaacuten integrados por personas honorables reconocidas y de los maacutes altos niveles cientiacuteficos y tecnoloacutegicos existentes Sus juicios son resultado de un debate colectivo entre pares y tienen en cuenta tanto la reglamentacioacuten del Sistema como el contexto de la trayectoria acadeacutemica institucional y los productos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos de cada persona que se

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somete a su evaluacioacuten Por ello adquieren capacidad para establecer y matizar los lineamientos que deben seguir las evaluaciones aplicadas a cada aacuterea disciplinaria y a cada caso evaluado asiacute como para modificarlos perioacutedicamente dentro de su marco juriacutedico Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras consideran que en cada disciplina (o conjunto disciplinario) hay distintas opciones para dar a conocer sus trabajos asiacute como distintas apreciaciones sobre la plataforma y el contexto de la publicacioacuten y difusioacuten de los resultados de la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico Tambieacuten que dichas opciones variacutean por institucioacuten ubicacioacuten territorial capacidad financiera de los lugares de trabajo y redes de los investigadores Asimismo entienden que las instituciones de investigacioacuten y desarrollo tecnoloacutegico tienen diferentes poliacuteticas editoriales normas y exigencias para publicar Por tanto la evaluacioacuten de los trabajos se basa en su calidad trascendencia e impacto ARTIacuteCULO 12 Durante la evaluacioacuten las Comisiones Dictaminadoras revisaraacuten las solicitudes de ingreso que deben contener la informacioacuten curricular completa asiacute como la documentacioacuten probatoria Tendraacuten en cuenta la calidad de las aportaciones y la cantidad de productos presentados por el solicitante Cada solicitud deberaacute ser evaluada por lo menos por dos integrantes de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y resuelta por el pleno ARTIacuteCULO 13 Las Comisiones Dictaminadoras emitiraacuten su dictamen dentro de los seis meses siguientes al cierre de la Convocatoria ARTIacuteCULO 14 Despueacutes de la evaluacioacuten de cada una de las solicitudes las Comisiones Dictaminadoras propondraacuten al Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo el ingreso o no ingreso del solicitante al SNI asiacute como su categoriacutea y nivel Los resultados de las evaluaciones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT especificando los nombres de los investigadores aprobados e indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente razonado emitido por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente ARTIacuteCULO 15 El objetivo general de estos criterios es el orientar los trabajos y las recomendaciones de las Comisiones Dictaminadoras para la evaluacioacuten de los meacuteritos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos reflejados en

i La produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica y

ii La formacioacuten de recursos humanos especializados

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Ademaacutes se consideraraacute iii La participacioacuten en la labor de difusioacuten y divulgacioacuten

iv La vinculacioacuten entre la investigacioacuten y los sectores puacuteblico privado y social

v La contribucioacuten al desarrollo institucional

ARTIacuteCULO 16 Los elementos en que se sustenta la evaluacioacuten de los aspirantes a ingresar al SNI son

i La productividad del uacuteltimo periodo de evaluacioacuten asiacute como de la obra global reflejada a traveacutes de los resultados de su participacioacuten en las diversas actividades referidas en el objetivo general Los aspirantes de nuevo ingreso deberaacuten demostrar productividad en los uacuteltimos tres antildeos

ii La calidad de la produccioacuten reportada en teacuterminos de

a) la originalidad de los trabajos b) la consolidacioacuten de la(s) liacutenea(s) de investigacioacuten c) el impacto de los productos de investigacioacuten d) la trascendencia y repercusioacuten en la solucioacuten de problemas prioritarios e) el liderazgo y reconocimiento nacional e internacional f) el valor y los beneficios que aporten los productos obtenidos a traveacutes de

los proyectos realizados y g) la creacioacuten de empresas de alto valor agregado a partir del conocimiento

cientiacutefico-tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 17 Los productos obtenidos a traveacutes de las diferentes actividades consideradas por el SNI son entre otros

i Investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica a) artiacuteculos b) memorias in extenso c) libros d) capiacutetulos de libros e) resentildeas f) opuacutesculos g) patentes h) desarrollos tecnoloacutegicos i) innovaciones j) reportes especializados de asesoriacuteas k) transferencias tecnoloacutegicas

ii Formacioacuten de cientiacuteficos y tecnoacutelogos

a) direccioacuten de tesis profesionales y de grado

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b) imparticioacuten de caacutetedra en licenciatura y posgrado c) libros de texto (educacioacuten superior) d) artiacuteculos en revistas de docencia e) diaporamas o programas de coacutemputo de caraacutecter educativo f) formacioacuten de investigadores g) formacioacuten de especialistas h) formacioacuten de profesionistas i) formacioacuten de teacutecnicos especializados j) tutoriacutea de estudiantes

iii Divulgacioacuten

a) conferencias y seminarios de divulgacioacuten b) participacioacuten en congresos de divulgacioacuten c) libros de divulgacioacuten d) capiacutetulos en libros de divulgacioacuten e) artiacuteculos (ediciones formales) de divulgacioacuten f) ensayos (ediciones formales) de divulgacioacuten

iv Vinculacioacuten de la investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado

a) reportes de proyectos especiacuteficos bajo contrato b) desarrollo de posgrados orientados c) reportes de trabajos solicitados por terceros

v Desarrollo institucional

a) generacioacuten consolidacioacuten o fortalecimiento de centros unidades talleres bancos de informacioacuten laboratorios de investigacioacuten o acervos documentales bibliograacuteficos de especies bioloacutegicas o colecciones cientiacuteficas

b) creacioacuten y montaje de equipo para las actividades de investigacioacuten c) creacioacuten de grupos de investigacioacuten d) desarrollo y consolidacioacuten de posgrados e) informes de resultados de promocioacuten formacioacuten y coordinacioacuten en redes

nacionales de investigacioacuten f) tutoriacutea de grupos nacionales emergentes g) participacioacuten en consorcios de innovacioacuten

vi Participacioacuten en cuerpos editoriales o colegiados de evaluacioacuten cientiacutefica y

tecnoloacutegica a) arbitraje de artiacuteculos en revistas especializadas de circulacioacuten

internacional con alto impacto solicitados por el comiteacute editorial correspondiente

b) evaluacioacuten de propuestas de investigacioacuten c) evaluacioacuten de programas de posgrado

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ARTIacuteCULO 18 Los criterios especiacuteficos de evaluacioacuten que aplican cada una de las Comisiones Dictaminadoras deberaacuten ser presentados al Consejo de Aprobacioacuten para su conocimiento

CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES

ARTIacuteCULO 19 Los aspirantes inconformes con la decisioacuten del Consejo de Aprobacioacuten podraacuten solicitar que su caso sea revisado dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a la fecha de publicacioacuten de los resultados correspondientes ARTIacuteCULO 20 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten presentadas por escrito al Secretario Ejecutivo Deberaacuten contener los argumentos cientiacuteficos yo tecnoloacutegicos que sustenten su solicitud de revisioacuten y ser acompantildeadas en su caso de la documentacioacuten probatoria La revisioacuten se llevaraacute a cabo exclusivamente con base en la produccioacuten que se incluyoacute en la solicitud de ingreso o reingreso de la convocatoria respectiva Por lo anterior auacuten cuando fuera recibida no se consideraraacute la produccioacuten adicional que se anexe a la solicitud de revisioacuten ARTIacuteCULO 21 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten evaluadas por la Comisioacuten Dictaminadora Revisora de cada aacuterea integrada por tres miembros de la Comisioacuten Dictaminadora que evaluoacute el caso y cuatro miembros maacutes de la misma aacuterea del conocimiento que hayan formado parte de las Comisiones Dictaminadoras en antildeos anteriores Las Comisiones Revisoras no podraacuten sesionar con menos de cinco miembros El dictamen de la Comisioacuten Dictaminadora Revisora seraacute sometido a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo para su decisioacuten final la cual seraacute inapelable Los resultados de las revisiones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT en un maacuteximo de tres meses especificando los nombres de los investigadores indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente fundado y motivado emitido por la Comisioacuten correspondiente

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CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 7: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

a) Fungir como cuerpo colegiado encargado de proponer la formulacioacuten y aplicacioacuten de poliacuteticas del SNI que favorezcan el desarrollo de la ciencia y la tecnologiacutea con base en la evaluacioacuten llevada acabo por las comisiones dictaminadoras

b) Opinar sobre la normativa organizacioacuten y funcionamiento del SNI asiacute como sobre reformas necesarias para su mejoramiento y actualizacioacuten y

c) Proponer al Secretario Ejecutivo candidatos a asumir la presidencia de cada una de las Comisiones Dictaminadoras

iii La Junta de Honor estaraacute constituida por cinco Investigadores Nacionales Nivel

III o Emeacuteritos del SNI con solvencia moral ampliamente reconocida y un Secretario Teacutecnico que seraacute el Director del SNI Seraacuten nombrados con caraacutecter honoriacutefico por el Secretario Ejecutivo con las siguientes funciones a) Analizar los casos en que se presume la comisioacuten de una falta de eacutetica

profesional por parte de los investigadores del SNI y b) Hacer llegar al Consejo de Aprobacioacuten su recomendacioacuten sobre los casos

revisados en tiempo y forma velando en todo momento por la institucionalidad y el objetivo del SNI sin menoscabo de los derechos de los investigadores

c) Las recomendaciones de la Junta tendraacuten caraacutecter consultivo y los dictaacutemenes del Consejo de Aprobacioacuten ejecutivo

d) Los miembros de la Junta duraraacuten en su encargo tres antildeos y podraacuten ser ratificados uacutenicamente por un periacuteodo inmediato sucesivo

e) La Junta estaraacute coordinada por el investigador de mayor antiguumledad en el SNI Las recomendaciones de la Junta se emitiraacuten por mayoriacutea simple de votos

iv Fungiraacute como Secretario Ejecutivo del SNI el Director Adjunto de Ciencia del

CONACYT teniendo las siguientes funciones a) Expedir las convocatorias anuales para el proceso de evaluacioacuten y

seleccioacuten b) Presentar a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten las

recomendaciones emitidas por las Comisiones Dictaminadoras durante el proceso de evaluacioacuten asiacute como los dictaacutemenes de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras en los casos de inconformidad a los que se refiere el CAPIacuteTULO VII del presente Reglamento

c) Hacer del conocimiento puacuteblico los resultados de la evaluacioacuten y notificarlos a los aspirantes

d) Informar al Consejo de Aprobacioacuten sobre el funcionamiento de los mecanismos de evaluacioacuten y de operacioacuten general del SNI

e) Proponer al Consejo de Aprobacioacuten las propuestas de los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras y de la Junta de Honor y

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f) Las demaacutes que se establezcan en la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea la Ley Orgaacutenica del CONACYT el Estatuto Orgaacutenico del propio Consejo el presente Reglamento y las que le sean encomendadas por el Director General del CONACYT en el aacutembito de su competencia

v El Director del SNI seraacute nombrado por la Junta de Gobierno del CONACYT a

propuesta del Director General y tendraacute entre otras las siguientes funciones a) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo los proyectos de

reglamento y de reformas que en su caso deban realizarse para regir la organizacioacuten y funcionamiento del Sistema y someterlos a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

b) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo y someter a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten los criterios que se aplicaraacuten en la evaluacioacuten de las solicitudes

c) Supervisar el adecuado funcionamiento de los mecanismos de evaluacioacuten y operacioacuten del SNI

d) Recibir las solicitudes que los investigadores presenten al SNI y remitirlas a las Comisiones Dictaminadoras correspondientes

e) Coordinar la labor de las Comisiones Dictaminadoras y de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras para su adecuado funcionamiento

f) Elaborar las Convocatorias y someterlas a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

g) Fungir como Secretario Teacutecnico del Consejo de Aprobacioacuten y de la Junta de Honor del SNI

h) Presidir el Comiteacute Consultivo del Sistema i) Ejecutar las resoluciones y sanciones derivadas del presente Reglamento

y j) Las demaacutes que le determine el Secretario Ejecutivo

CAPIacuteTULO III DE LAS CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD

ARTIacuteCULO 3 Podraacuten participar en el concurso de seleccioacuten del SNI los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que tengan un contrato o convenio institucional vigente de al menos 20 horas-semana-mes para realizar actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico en las instituciones y organizaciones de los sectores puacuteblico privado y social a las que se refiere el presente artiacuteculo o en su defecto se encuentren realizando una estancia posdoctoral ya sea en Meacutexico o en el extranjero En forma especiacutefica podraacuten ser miembros del SNI

i Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tales como a) Los centros puacuteblicos de investigacioacuten coordinados por el CONACYT b) Las universidades puacuteblicas autoacutenomas por ley los institutos tecnoloacutegicos

las universidades dependientes de los gobiernos federal o estatal y

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c) Las dependencias y entidades del sector puacuteblico que lleven a cabo funciones de investigacioacuten

ii Los investigadores de las instituciones de educacioacuten superior y de

investigacioacuten del sector privado nacional tales como universidades institutos colegios y centros que realicen actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cualquiera que sea el reacutegimen juriacutedico con el que esteacuten organizados asiacute como los investigadores que realicen actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas en empresas o instituciones inscritas en el RENIECYT Es imprescindible que tanto el resultado de su trabajo cientiacutefico yo tecnoloacutegico como la formacioacuten o experiencia requeridas para la realizacioacuten de sus actividades puedan ser evidenciadas documentalmente Estas instituciones deberaacuten celebrar con el SNI los convenios de colaboracioacuten en los que se acepten los meacutetodos y reglas de la evaluacioacuten del Sistema y en donde se estipulen las formas y condiciones para un eventual otorgamiento del estiacutemulo econoacutemico de acuerdo con las modalidades que se convenga entre las partes y en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal

iii En caso de que el aspirante no tenga nacionalidad mexicana deberaacute contar

con adscripcioacuten en alguna de las instituciones antes mencionadas con antiguumledad miacutenima de un antildeo al cierre de la Convocatoria Deberaacute ademaacutes demostrar su residencia en el paiacutes con documentos oficiales

iv Los investigadores que acrediten una estancia posdoctoral en un lapso no

mayor a dos antildeos despueacutes de haber obtenido el grado de doctor

v Los investigadores vigentes en el SNI que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico o de eleccioacuten popular que les impida continuar con sus actividades de investigacioacuten podraacuten conservar su nombramiento hasta el teacutermino de su vigencia y dejaraacuten de recibir el estiacutemulo econoacutemico En caso de que continuacuteen realizando actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas adicionalmente a las correspondientes a su cargo administrativo podraacuten fundamentar su labor cientiacutefica yo tecnoloacutegica ante la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y en el caso de obtener un dictamen positivo seguiraacuten recibiendo el estiacutemulo econoacutemico asociado a su categoriacutea y nivel

CAPIacuteTULO IV DE LAS CONVOCATORIAS Y DEL INGRESO

ARTIacuteCULO 4 El Secretario Ejecutivo del Sistema convocaraacute anualmente a los miembros del SNI cuyas distinciones concluyan ese antildeo asiacute como a los aspirantes que deseen incorporarse al Sistema para que presenten sus solicitudes de ingreso o reingreso

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La Convocatoria los Criterios Generales y los Especiacuteficos de evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT ARTIacuteCULO 5 La solicitud de ingreso o reingreso se presentaraacute en el formato correspondiente en el plazo y sitio que sentildeale la Convocatoria y deberaacute acompantildearse de

i Documento oficial original y actualizado de adscripcioacuten que especifique las condiciones a que estaacute sujeto su contrato o convenio institucional el cual deberaacute contener nombramiento funciones asignadas tiempo comprometido en horassemana asiacute como fecha de inicio y finalizacioacuten del mismo

ii Curriacuteculum vitae completo con copia de documentos oficiales que acrediten

nacionalidad y edad

iii Copias de documentos oficiales que acrediten su formacioacuten acadeacutemica y tesis doctoral en su caso

iv Documentacioacuten probatoria exclusivamente de los productos cientiacuteficos yo

tecnoloacutegicos que sustenten su postulacioacuten Los ejemplares deberaacuten ser completos y a solicitud de las Comisiones Dictaminadoras el aspirante deberaacute enviar a las oficinas del SNI un mayor nuacutemero de productos

ARTIacuteCULO 6 El Director del SNI turnaraacute las solicitudes a las Comisiones Dictaminadoras para que de acuerdo a los Criterios Generales y los Especiacuteficos de Evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento emitan la recomendacioacuten correspondiente proponiendo la categoriacutea y nivel para el aspirante

CAPIacuteTULO V DE LAS COMISIONES DICTAMINADORAS

ARTIacuteCULO 7 Las Comisiones Dictaminadoras estaraacuten integradas por doce miembros del SNI del Nivel III y en caso de no existir personas elegibles para alguna disciplina podraacuten ser nombrados entre los investigadores del Nivel II Las comisiones se integraraacuten guardando el mayor equilibrio y paridad posibles entre disciplinas instituciones y regiones Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras permaneceraacuten en su encargo tres antildeos a partir de su nombramiento Cada antildeo se renovaraacuten cuatro de los miembros los cuales seraacuten designados por el Consejo de Aprobacioacuten tomando en cuenta la opinioacuten del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y del Comiteacute Consultivo del SNI Los nombres de los integrantes de cada una de las

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Comisiones Dictaminadoras se haraacuten del conocimiento puacuteblico en la paacutegina electroacutenica del CONACYT Si un miembro de las comisiones no puede cumplir con su compromiso con el SNI durante un periacuteodo de evaluacioacuten podraacute ser sustituido por quien determine el Director del SNI Se integraraacute una Comisioacuten Dictaminadora para cada una de las siguientes aacutereas del conocimiento consideradas por el SNI Aacuterea I Fiacutesico-Matemaacuteticas y Ciencias de la Tierra Aacuterea II Biologiacutea y Quiacutemica Aacuterea III Medicina y Ciencias de la Salud Aacuterea IV Humanidades y Ciencias de la Conducta Aacuterea V Ciencias Sociales Aacuterea VI Biotecnologiacutea y Ciencias Agropecuarias Aacuterea VII Ingenieriacuteas ARTIacuteCULO 8 El Secretario Ejecutivo designaraacute a propuesta del Comiteacute Consultivo al Presidente de cada Comisioacuten Dictaminadora el cual duraraacute en su cargo un antildeo ARTIacuteCULO 9 Para sesionar las Comisiones Dictaminadoras requeriraacuten la presencia de por lo menos siete de sus miembros Las decisiones se tomaraacuten por consenso y eventualmente por mayoriacutea En caso de no existir consenso soacutelo podraacuten votar los miembros de las Comisiones Dictaminadoras ARTIacuteCULO 10 El Director del SNI a propuesta de cada Comisioacuten Dictaminadora designaraacute a los miembros en las subcomisiones que sean necesarios para la evaluacioacuten de solicitudes en disciplinas especiacuteficas de actividades cientiacuteficas de desarrollo tecnoloacutegico o de divulgacioacuten Los participantes en las subcomisiones deberaacuten tener como miacutenimo un nombramiento de Investigador Nacional Nivel II

CAPIacuteTULO VI DE LA EVALUACIOacuteN Y DE LOS CRITERIOS GENERALES DE LA

EVALUACIOacuteN

ARTIacuteCULO 11 El SNI funciona a traveacutes de oacuterganos colegiados encargados de evaluar y dictaminar el trabajo acadeacutemico de su membresiacutea y de los aspirantes Dichos cuerpos colegiados estaacuten integrados por personas honorables reconocidas y de los maacutes altos niveles cientiacuteficos y tecnoloacutegicos existentes Sus juicios son resultado de un debate colectivo entre pares y tienen en cuenta tanto la reglamentacioacuten del Sistema como el contexto de la trayectoria acadeacutemica institucional y los productos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos de cada persona que se

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somete a su evaluacioacuten Por ello adquieren capacidad para establecer y matizar los lineamientos que deben seguir las evaluaciones aplicadas a cada aacuterea disciplinaria y a cada caso evaluado asiacute como para modificarlos perioacutedicamente dentro de su marco juriacutedico Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras consideran que en cada disciplina (o conjunto disciplinario) hay distintas opciones para dar a conocer sus trabajos asiacute como distintas apreciaciones sobre la plataforma y el contexto de la publicacioacuten y difusioacuten de los resultados de la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico Tambieacuten que dichas opciones variacutean por institucioacuten ubicacioacuten territorial capacidad financiera de los lugares de trabajo y redes de los investigadores Asimismo entienden que las instituciones de investigacioacuten y desarrollo tecnoloacutegico tienen diferentes poliacuteticas editoriales normas y exigencias para publicar Por tanto la evaluacioacuten de los trabajos se basa en su calidad trascendencia e impacto ARTIacuteCULO 12 Durante la evaluacioacuten las Comisiones Dictaminadoras revisaraacuten las solicitudes de ingreso que deben contener la informacioacuten curricular completa asiacute como la documentacioacuten probatoria Tendraacuten en cuenta la calidad de las aportaciones y la cantidad de productos presentados por el solicitante Cada solicitud deberaacute ser evaluada por lo menos por dos integrantes de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y resuelta por el pleno ARTIacuteCULO 13 Las Comisiones Dictaminadoras emitiraacuten su dictamen dentro de los seis meses siguientes al cierre de la Convocatoria ARTIacuteCULO 14 Despueacutes de la evaluacioacuten de cada una de las solicitudes las Comisiones Dictaminadoras propondraacuten al Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo el ingreso o no ingreso del solicitante al SNI asiacute como su categoriacutea y nivel Los resultados de las evaluaciones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT especificando los nombres de los investigadores aprobados e indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente razonado emitido por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente ARTIacuteCULO 15 El objetivo general de estos criterios es el orientar los trabajos y las recomendaciones de las Comisiones Dictaminadoras para la evaluacioacuten de los meacuteritos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos reflejados en

i La produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica y

ii La formacioacuten de recursos humanos especializados

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Ademaacutes se consideraraacute iii La participacioacuten en la labor de difusioacuten y divulgacioacuten

iv La vinculacioacuten entre la investigacioacuten y los sectores puacuteblico privado y social

v La contribucioacuten al desarrollo institucional

ARTIacuteCULO 16 Los elementos en que se sustenta la evaluacioacuten de los aspirantes a ingresar al SNI son

i La productividad del uacuteltimo periodo de evaluacioacuten asiacute como de la obra global reflejada a traveacutes de los resultados de su participacioacuten en las diversas actividades referidas en el objetivo general Los aspirantes de nuevo ingreso deberaacuten demostrar productividad en los uacuteltimos tres antildeos

ii La calidad de la produccioacuten reportada en teacuterminos de

a) la originalidad de los trabajos b) la consolidacioacuten de la(s) liacutenea(s) de investigacioacuten c) el impacto de los productos de investigacioacuten d) la trascendencia y repercusioacuten en la solucioacuten de problemas prioritarios e) el liderazgo y reconocimiento nacional e internacional f) el valor y los beneficios que aporten los productos obtenidos a traveacutes de

los proyectos realizados y g) la creacioacuten de empresas de alto valor agregado a partir del conocimiento

cientiacutefico-tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 17 Los productos obtenidos a traveacutes de las diferentes actividades consideradas por el SNI son entre otros

i Investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica a) artiacuteculos b) memorias in extenso c) libros d) capiacutetulos de libros e) resentildeas f) opuacutesculos g) patentes h) desarrollos tecnoloacutegicos i) innovaciones j) reportes especializados de asesoriacuteas k) transferencias tecnoloacutegicas

ii Formacioacuten de cientiacuteficos y tecnoacutelogos

a) direccioacuten de tesis profesionales y de grado

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b) imparticioacuten de caacutetedra en licenciatura y posgrado c) libros de texto (educacioacuten superior) d) artiacuteculos en revistas de docencia e) diaporamas o programas de coacutemputo de caraacutecter educativo f) formacioacuten de investigadores g) formacioacuten de especialistas h) formacioacuten de profesionistas i) formacioacuten de teacutecnicos especializados j) tutoriacutea de estudiantes

iii Divulgacioacuten

a) conferencias y seminarios de divulgacioacuten b) participacioacuten en congresos de divulgacioacuten c) libros de divulgacioacuten d) capiacutetulos en libros de divulgacioacuten e) artiacuteculos (ediciones formales) de divulgacioacuten f) ensayos (ediciones formales) de divulgacioacuten

iv Vinculacioacuten de la investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado

a) reportes de proyectos especiacuteficos bajo contrato b) desarrollo de posgrados orientados c) reportes de trabajos solicitados por terceros

v Desarrollo institucional

a) generacioacuten consolidacioacuten o fortalecimiento de centros unidades talleres bancos de informacioacuten laboratorios de investigacioacuten o acervos documentales bibliograacuteficos de especies bioloacutegicas o colecciones cientiacuteficas

b) creacioacuten y montaje de equipo para las actividades de investigacioacuten c) creacioacuten de grupos de investigacioacuten d) desarrollo y consolidacioacuten de posgrados e) informes de resultados de promocioacuten formacioacuten y coordinacioacuten en redes

nacionales de investigacioacuten f) tutoriacutea de grupos nacionales emergentes g) participacioacuten en consorcios de innovacioacuten

vi Participacioacuten en cuerpos editoriales o colegiados de evaluacioacuten cientiacutefica y

tecnoloacutegica a) arbitraje de artiacuteculos en revistas especializadas de circulacioacuten

internacional con alto impacto solicitados por el comiteacute editorial correspondiente

b) evaluacioacuten de propuestas de investigacioacuten c) evaluacioacuten de programas de posgrado

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ARTIacuteCULO 18 Los criterios especiacuteficos de evaluacioacuten que aplican cada una de las Comisiones Dictaminadoras deberaacuten ser presentados al Consejo de Aprobacioacuten para su conocimiento

CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES

ARTIacuteCULO 19 Los aspirantes inconformes con la decisioacuten del Consejo de Aprobacioacuten podraacuten solicitar que su caso sea revisado dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a la fecha de publicacioacuten de los resultados correspondientes ARTIacuteCULO 20 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten presentadas por escrito al Secretario Ejecutivo Deberaacuten contener los argumentos cientiacuteficos yo tecnoloacutegicos que sustenten su solicitud de revisioacuten y ser acompantildeadas en su caso de la documentacioacuten probatoria La revisioacuten se llevaraacute a cabo exclusivamente con base en la produccioacuten que se incluyoacute en la solicitud de ingreso o reingreso de la convocatoria respectiva Por lo anterior auacuten cuando fuera recibida no se consideraraacute la produccioacuten adicional que se anexe a la solicitud de revisioacuten ARTIacuteCULO 21 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten evaluadas por la Comisioacuten Dictaminadora Revisora de cada aacuterea integrada por tres miembros de la Comisioacuten Dictaminadora que evaluoacute el caso y cuatro miembros maacutes de la misma aacuterea del conocimiento que hayan formado parte de las Comisiones Dictaminadoras en antildeos anteriores Las Comisiones Revisoras no podraacuten sesionar con menos de cinco miembros El dictamen de la Comisioacuten Dictaminadora Revisora seraacute sometido a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo para su decisioacuten final la cual seraacute inapelable Los resultados de las revisiones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT en un maacuteximo de tres meses especificando los nombres de los investigadores indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente fundado y motivado emitido por la Comisioacuten correspondiente

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CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 8: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

f) Las demaacutes que se establezcan en la Ley de Ciencia y Tecnologiacutea la Ley Orgaacutenica del CONACYT el Estatuto Orgaacutenico del propio Consejo el presente Reglamento y las que le sean encomendadas por el Director General del CONACYT en el aacutembito de su competencia

v El Director del SNI seraacute nombrado por la Junta de Gobierno del CONACYT a

propuesta del Director General y tendraacute entre otras las siguientes funciones a) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo los proyectos de

reglamento y de reformas que en su caso deban realizarse para regir la organizacioacuten y funcionamiento del Sistema y someterlos a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

b) Elaborar en coordinacioacuten con el Comiteacute Consultivo y someter a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten los criterios que se aplicaraacuten en la evaluacioacuten de las solicitudes

c) Supervisar el adecuado funcionamiento de los mecanismos de evaluacioacuten y operacioacuten del SNI

d) Recibir las solicitudes que los investigadores presenten al SNI y remitirlas a las Comisiones Dictaminadoras correspondientes

e) Coordinar la labor de las Comisiones Dictaminadoras y de las Comisiones Dictaminadoras Revisoras para su adecuado funcionamiento

f) Elaborar las Convocatorias y someterlas a la consideracioacuten del Secretario Ejecutivo

g) Fungir como Secretario Teacutecnico del Consejo de Aprobacioacuten y de la Junta de Honor del SNI

h) Presidir el Comiteacute Consultivo del Sistema i) Ejecutar las resoluciones y sanciones derivadas del presente Reglamento

y j) Las demaacutes que le determine el Secretario Ejecutivo

CAPIacuteTULO III DE LAS CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD

ARTIacuteCULO 3 Podraacuten participar en el concurso de seleccioacuten del SNI los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que tengan un contrato o convenio institucional vigente de al menos 20 horas-semana-mes para realizar actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico en las instituciones y organizaciones de los sectores puacuteblico privado y social a las que se refiere el presente artiacuteculo o en su defecto se encuentren realizando una estancia posdoctoral ya sea en Meacutexico o en el extranjero En forma especiacutefica podraacuten ser miembros del SNI

i Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tales como a) Los centros puacuteblicos de investigacioacuten coordinados por el CONACYT b) Las universidades puacuteblicas autoacutenomas por ley los institutos tecnoloacutegicos

las universidades dependientes de los gobiernos federal o estatal y

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c) Las dependencias y entidades del sector puacuteblico que lleven a cabo funciones de investigacioacuten

ii Los investigadores de las instituciones de educacioacuten superior y de

investigacioacuten del sector privado nacional tales como universidades institutos colegios y centros que realicen actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cualquiera que sea el reacutegimen juriacutedico con el que esteacuten organizados asiacute como los investigadores que realicen actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas en empresas o instituciones inscritas en el RENIECYT Es imprescindible que tanto el resultado de su trabajo cientiacutefico yo tecnoloacutegico como la formacioacuten o experiencia requeridas para la realizacioacuten de sus actividades puedan ser evidenciadas documentalmente Estas instituciones deberaacuten celebrar con el SNI los convenios de colaboracioacuten en los que se acepten los meacutetodos y reglas de la evaluacioacuten del Sistema y en donde se estipulen las formas y condiciones para un eventual otorgamiento del estiacutemulo econoacutemico de acuerdo con las modalidades que se convenga entre las partes y en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal

iii En caso de que el aspirante no tenga nacionalidad mexicana deberaacute contar

con adscripcioacuten en alguna de las instituciones antes mencionadas con antiguumledad miacutenima de un antildeo al cierre de la Convocatoria Deberaacute ademaacutes demostrar su residencia en el paiacutes con documentos oficiales

iv Los investigadores que acrediten una estancia posdoctoral en un lapso no

mayor a dos antildeos despueacutes de haber obtenido el grado de doctor

v Los investigadores vigentes en el SNI que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico o de eleccioacuten popular que les impida continuar con sus actividades de investigacioacuten podraacuten conservar su nombramiento hasta el teacutermino de su vigencia y dejaraacuten de recibir el estiacutemulo econoacutemico En caso de que continuacuteen realizando actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas adicionalmente a las correspondientes a su cargo administrativo podraacuten fundamentar su labor cientiacutefica yo tecnoloacutegica ante la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y en el caso de obtener un dictamen positivo seguiraacuten recibiendo el estiacutemulo econoacutemico asociado a su categoriacutea y nivel

CAPIacuteTULO IV DE LAS CONVOCATORIAS Y DEL INGRESO

ARTIacuteCULO 4 El Secretario Ejecutivo del Sistema convocaraacute anualmente a los miembros del SNI cuyas distinciones concluyan ese antildeo asiacute como a los aspirantes que deseen incorporarse al Sistema para que presenten sus solicitudes de ingreso o reingreso

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La Convocatoria los Criterios Generales y los Especiacuteficos de evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT ARTIacuteCULO 5 La solicitud de ingreso o reingreso se presentaraacute en el formato correspondiente en el plazo y sitio que sentildeale la Convocatoria y deberaacute acompantildearse de

i Documento oficial original y actualizado de adscripcioacuten que especifique las condiciones a que estaacute sujeto su contrato o convenio institucional el cual deberaacute contener nombramiento funciones asignadas tiempo comprometido en horassemana asiacute como fecha de inicio y finalizacioacuten del mismo

ii Curriacuteculum vitae completo con copia de documentos oficiales que acrediten

nacionalidad y edad

iii Copias de documentos oficiales que acrediten su formacioacuten acadeacutemica y tesis doctoral en su caso

iv Documentacioacuten probatoria exclusivamente de los productos cientiacuteficos yo

tecnoloacutegicos que sustenten su postulacioacuten Los ejemplares deberaacuten ser completos y a solicitud de las Comisiones Dictaminadoras el aspirante deberaacute enviar a las oficinas del SNI un mayor nuacutemero de productos

ARTIacuteCULO 6 El Director del SNI turnaraacute las solicitudes a las Comisiones Dictaminadoras para que de acuerdo a los Criterios Generales y los Especiacuteficos de Evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento emitan la recomendacioacuten correspondiente proponiendo la categoriacutea y nivel para el aspirante

CAPIacuteTULO V DE LAS COMISIONES DICTAMINADORAS

ARTIacuteCULO 7 Las Comisiones Dictaminadoras estaraacuten integradas por doce miembros del SNI del Nivel III y en caso de no existir personas elegibles para alguna disciplina podraacuten ser nombrados entre los investigadores del Nivel II Las comisiones se integraraacuten guardando el mayor equilibrio y paridad posibles entre disciplinas instituciones y regiones Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras permaneceraacuten en su encargo tres antildeos a partir de su nombramiento Cada antildeo se renovaraacuten cuatro de los miembros los cuales seraacuten designados por el Consejo de Aprobacioacuten tomando en cuenta la opinioacuten del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y del Comiteacute Consultivo del SNI Los nombres de los integrantes de cada una de las

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Comisiones Dictaminadoras se haraacuten del conocimiento puacuteblico en la paacutegina electroacutenica del CONACYT Si un miembro de las comisiones no puede cumplir con su compromiso con el SNI durante un periacuteodo de evaluacioacuten podraacute ser sustituido por quien determine el Director del SNI Se integraraacute una Comisioacuten Dictaminadora para cada una de las siguientes aacutereas del conocimiento consideradas por el SNI Aacuterea I Fiacutesico-Matemaacuteticas y Ciencias de la Tierra Aacuterea II Biologiacutea y Quiacutemica Aacuterea III Medicina y Ciencias de la Salud Aacuterea IV Humanidades y Ciencias de la Conducta Aacuterea V Ciencias Sociales Aacuterea VI Biotecnologiacutea y Ciencias Agropecuarias Aacuterea VII Ingenieriacuteas ARTIacuteCULO 8 El Secretario Ejecutivo designaraacute a propuesta del Comiteacute Consultivo al Presidente de cada Comisioacuten Dictaminadora el cual duraraacute en su cargo un antildeo ARTIacuteCULO 9 Para sesionar las Comisiones Dictaminadoras requeriraacuten la presencia de por lo menos siete de sus miembros Las decisiones se tomaraacuten por consenso y eventualmente por mayoriacutea En caso de no existir consenso soacutelo podraacuten votar los miembros de las Comisiones Dictaminadoras ARTIacuteCULO 10 El Director del SNI a propuesta de cada Comisioacuten Dictaminadora designaraacute a los miembros en las subcomisiones que sean necesarios para la evaluacioacuten de solicitudes en disciplinas especiacuteficas de actividades cientiacuteficas de desarrollo tecnoloacutegico o de divulgacioacuten Los participantes en las subcomisiones deberaacuten tener como miacutenimo un nombramiento de Investigador Nacional Nivel II

CAPIacuteTULO VI DE LA EVALUACIOacuteN Y DE LOS CRITERIOS GENERALES DE LA

EVALUACIOacuteN

ARTIacuteCULO 11 El SNI funciona a traveacutes de oacuterganos colegiados encargados de evaluar y dictaminar el trabajo acadeacutemico de su membresiacutea y de los aspirantes Dichos cuerpos colegiados estaacuten integrados por personas honorables reconocidas y de los maacutes altos niveles cientiacuteficos y tecnoloacutegicos existentes Sus juicios son resultado de un debate colectivo entre pares y tienen en cuenta tanto la reglamentacioacuten del Sistema como el contexto de la trayectoria acadeacutemica institucional y los productos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos de cada persona que se

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somete a su evaluacioacuten Por ello adquieren capacidad para establecer y matizar los lineamientos que deben seguir las evaluaciones aplicadas a cada aacuterea disciplinaria y a cada caso evaluado asiacute como para modificarlos perioacutedicamente dentro de su marco juriacutedico Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras consideran que en cada disciplina (o conjunto disciplinario) hay distintas opciones para dar a conocer sus trabajos asiacute como distintas apreciaciones sobre la plataforma y el contexto de la publicacioacuten y difusioacuten de los resultados de la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico Tambieacuten que dichas opciones variacutean por institucioacuten ubicacioacuten territorial capacidad financiera de los lugares de trabajo y redes de los investigadores Asimismo entienden que las instituciones de investigacioacuten y desarrollo tecnoloacutegico tienen diferentes poliacuteticas editoriales normas y exigencias para publicar Por tanto la evaluacioacuten de los trabajos se basa en su calidad trascendencia e impacto ARTIacuteCULO 12 Durante la evaluacioacuten las Comisiones Dictaminadoras revisaraacuten las solicitudes de ingreso que deben contener la informacioacuten curricular completa asiacute como la documentacioacuten probatoria Tendraacuten en cuenta la calidad de las aportaciones y la cantidad de productos presentados por el solicitante Cada solicitud deberaacute ser evaluada por lo menos por dos integrantes de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y resuelta por el pleno ARTIacuteCULO 13 Las Comisiones Dictaminadoras emitiraacuten su dictamen dentro de los seis meses siguientes al cierre de la Convocatoria ARTIacuteCULO 14 Despueacutes de la evaluacioacuten de cada una de las solicitudes las Comisiones Dictaminadoras propondraacuten al Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo el ingreso o no ingreso del solicitante al SNI asiacute como su categoriacutea y nivel Los resultados de las evaluaciones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT especificando los nombres de los investigadores aprobados e indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente razonado emitido por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente ARTIacuteCULO 15 El objetivo general de estos criterios es el orientar los trabajos y las recomendaciones de las Comisiones Dictaminadoras para la evaluacioacuten de los meacuteritos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos reflejados en

i La produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica y

ii La formacioacuten de recursos humanos especializados

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Ademaacutes se consideraraacute iii La participacioacuten en la labor de difusioacuten y divulgacioacuten

iv La vinculacioacuten entre la investigacioacuten y los sectores puacuteblico privado y social

v La contribucioacuten al desarrollo institucional

ARTIacuteCULO 16 Los elementos en que se sustenta la evaluacioacuten de los aspirantes a ingresar al SNI son

i La productividad del uacuteltimo periodo de evaluacioacuten asiacute como de la obra global reflejada a traveacutes de los resultados de su participacioacuten en las diversas actividades referidas en el objetivo general Los aspirantes de nuevo ingreso deberaacuten demostrar productividad en los uacuteltimos tres antildeos

ii La calidad de la produccioacuten reportada en teacuterminos de

a) la originalidad de los trabajos b) la consolidacioacuten de la(s) liacutenea(s) de investigacioacuten c) el impacto de los productos de investigacioacuten d) la trascendencia y repercusioacuten en la solucioacuten de problemas prioritarios e) el liderazgo y reconocimiento nacional e internacional f) el valor y los beneficios que aporten los productos obtenidos a traveacutes de

los proyectos realizados y g) la creacioacuten de empresas de alto valor agregado a partir del conocimiento

cientiacutefico-tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 17 Los productos obtenidos a traveacutes de las diferentes actividades consideradas por el SNI son entre otros

i Investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica a) artiacuteculos b) memorias in extenso c) libros d) capiacutetulos de libros e) resentildeas f) opuacutesculos g) patentes h) desarrollos tecnoloacutegicos i) innovaciones j) reportes especializados de asesoriacuteas k) transferencias tecnoloacutegicas

ii Formacioacuten de cientiacuteficos y tecnoacutelogos

a) direccioacuten de tesis profesionales y de grado

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b) imparticioacuten de caacutetedra en licenciatura y posgrado c) libros de texto (educacioacuten superior) d) artiacuteculos en revistas de docencia e) diaporamas o programas de coacutemputo de caraacutecter educativo f) formacioacuten de investigadores g) formacioacuten de especialistas h) formacioacuten de profesionistas i) formacioacuten de teacutecnicos especializados j) tutoriacutea de estudiantes

iii Divulgacioacuten

a) conferencias y seminarios de divulgacioacuten b) participacioacuten en congresos de divulgacioacuten c) libros de divulgacioacuten d) capiacutetulos en libros de divulgacioacuten e) artiacuteculos (ediciones formales) de divulgacioacuten f) ensayos (ediciones formales) de divulgacioacuten

iv Vinculacioacuten de la investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado

a) reportes de proyectos especiacuteficos bajo contrato b) desarrollo de posgrados orientados c) reportes de trabajos solicitados por terceros

v Desarrollo institucional

a) generacioacuten consolidacioacuten o fortalecimiento de centros unidades talleres bancos de informacioacuten laboratorios de investigacioacuten o acervos documentales bibliograacuteficos de especies bioloacutegicas o colecciones cientiacuteficas

b) creacioacuten y montaje de equipo para las actividades de investigacioacuten c) creacioacuten de grupos de investigacioacuten d) desarrollo y consolidacioacuten de posgrados e) informes de resultados de promocioacuten formacioacuten y coordinacioacuten en redes

nacionales de investigacioacuten f) tutoriacutea de grupos nacionales emergentes g) participacioacuten en consorcios de innovacioacuten

vi Participacioacuten en cuerpos editoriales o colegiados de evaluacioacuten cientiacutefica y

tecnoloacutegica a) arbitraje de artiacuteculos en revistas especializadas de circulacioacuten

internacional con alto impacto solicitados por el comiteacute editorial correspondiente

b) evaluacioacuten de propuestas de investigacioacuten c) evaluacioacuten de programas de posgrado

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ARTIacuteCULO 18 Los criterios especiacuteficos de evaluacioacuten que aplican cada una de las Comisiones Dictaminadoras deberaacuten ser presentados al Consejo de Aprobacioacuten para su conocimiento

CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES

ARTIacuteCULO 19 Los aspirantes inconformes con la decisioacuten del Consejo de Aprobacioacuten podraacuten solicitar que su caso sea revisado dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a la fecha de publicacioacuten de los resultados correspondientes ARTIacuteCULO 20 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten presentadas por escrito al Secretario Ejecutivo Deberaacuten contener los argumentos cientiacuteficos yo tecnoloacutegicos que sustenten su solicitud de revisioacuten y ser acompantildeadas en su caso de la documentacioacuten probatoria La revisioacuten se llevaraacute a cabo exclusivamente con base en la produccioacuten que se incluyoacute en la solicitud de ingreso o reingreso de la convocatoria respectiva Por lo anterior auacuten cuando fuera recibida no se consideraraacute la produccioacuten adicional que se anexe a la solicitud de revisioacuten ARTIacuteCULO 21 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten evaluadas por la Comisioacuten Dictaminadora Revisora de cada aacuterea integrada por tres miembros de la Comisioacuten Dictaminadora que evaluoacute el caso y cuatro miembros maacutes de la misma aacuterea del conocimiento que hayan formado parte de las Comisiones Dictaminadoras en antildeos anteriores Las Comisiones Revisoras no podraacuten sesionar con menos de cinco miembros El dictamen de la Comisioacuten Dictaminadora Revisora seraacute sometido a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo para su decisioacuten final la cual seraacute inapelable Los resultados de las revisiones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT en un maacuteximo de tres meses especificando los nombres de los investigadores indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente fundado y motivado emitido por la Comisioacuten correspondiente

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CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 9: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

c) Las dependencias y entidades del sector puacuteblico que lleven a cabo funciones de investigacioacuten

ii Los investigadores de las instituciones de educacioacuten superior y de

investigacioacuten del sector privado nacional tales como universidades institutos colegios y centros que realicen actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cualquiera que sea el reacutegimen juriacutedico con el que esteacuten organizados asiacute como los investigadores que realicen actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas en empresas o instituciones inscritas en el RENIECYT Es imprescindible que tanto el resultado de su trabajo cientiacutefico yo tecnoloacutegico como la formacioacuten o experiencia requeridas para la realizacioacuten de sus actividades puedan ser evidenciadas documentalmente Estas instituciones deberaacuten celebrar con el SNI los convenios de colaboracioacuten en los que se acepten los meacutetodos y reglas de la evaluacioacuten del Sistema y en donde se estipulen las formas y condiciones para un eventual otorgamiento del estiacutemulo econoacutemico de acuerdo con las modalidades que se convenga entre las partes y en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal

iii En caso de que el aspirante no tenga nacionalidad mexicana deberaacute contar

con adscripcioacuten en alguna de las instituciones antes mencionadas con antiguumledad miacutenima de un antildeo al cierre de la Convocatoria Deberaacute ademaacutes demostrar su residencia en el paiacutes con documentos oficiales

iv Los investigadores que acrediten una estancia posdoctoral en un lapso no

mayor a dos antildeos despueacutes de haber obtenido el grado de doctor

v Los investigadores vigentes en el SNI que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico o de eleccioacuten popular que les impida continuar con sus actividades de investigacioacuten podraacuten conservar su nombramiento hasta el teacutermino de su vigencia y dejaraacuten de recibir el estiacutemulo econoacutemico En caso de que continuacuteen realizando actividades cientiacuteficas yo tecnoloacutegicas adicionalmente a las correspondientes a su cargo administrativo podraacuten fundamentar su labor cientiacutefica yo tecnoloacutegica ante la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y en el caso de obtener un dictamen positivo seguiraacuten recibiendo el estiacutemulo econoacutemico asociado a su categoriacutea y nivel

CAPIacuteTULO IV DE LAS CONVOCATORIAS Y DEL INGRESO

ARTIacuteCULO 4 El Secretario Ejecutivo del Sistema convocaraacute anualmente a los miembros del SNI cuyas distinciones concluyan ese antildeo asiacute como a los aspirantes que deseen incorporarse al Sistema para que presenten sus solicitudes de ingreso o reingreso

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La Convocatoria los Criterios Generales y los Especiacuteficos de evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT ARTIacuteCULO 5 La solicitud de ingreso o reingreso se presentaraacute en el formato correspondiente en el plazo y sitio que sentildeale la Convocatoria y deberaacute acompantildearse de

i Documento oficial original y actualizado de adscripcioacuten que especifique las condiciones a que estaacute sujeto su contrato o convenio institucional el cual deberaacute contener nombramiento funciones asignadas tiempo comprometido en horassemana asiacute como fecha de inicio y finalizacioacuten del mismo

ii Curriacuteculum vitae completo con copia de documentos oficiales que acrediten

nacionalidad y edad

iii Copias de documentos oficiales que acrediten su formacioacuten acadeacutemica y tesis doctoral en su caso

iv Documentacioacuten probatoria exclusivamente de los productos cientiacuteficos yo

tecnoloacutegicos que sustenten su postulacioacuten Los ejemplares deberaacuten ser completos y a solicitud de las Comisiones Dictaminadoras el aspirante deberaacute enviar a las oficinas del SNI un mayor nuacutemero de productos

ARTIacuteCULO 6 El Director del SNI turnaraacute las solicitudes a las Comisiones Dictaminadoras para que de acuerdo a los Criterios Generales y los Especiacuteficos de Evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento emitan la recomendacioacuten correspondiente proponiendo la categoriacutea y nivel para el aspirante

CAPIacuteTULO V DE LAS COMISIONES DICTAMINADORAS

ARTIacuteCULO 7 Las Comisiones Dictaminadoras estaraacuten integradas por doce miembros del SNI del Nivel III y en caso de no existir personas elegibles para alguna disciplina podraacuten ser nombrados entre los investigadores del Nivel II Las comisiones se integraraacuten guardando el mayor equilibrio y paridad posibles entre disciplinas instituciones y regiones Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras permaneceraacuten en su encargo tres antildeos a partir de su nombramiento Cada antildeo se renovaraacuten cuatro de los miembros los cuales seraacuten designados por el Consejo de Aprobacioacuten tomando en cuenta la opinioacuten del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y del Comiteacute Consultivo del SNI Los nombres de los integrantes de cada una de las

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Comisiones Dictaminadoras se haraacuten del conocimiento puacuteblico en la paacutegina electroacutenica del CONACYT Si un miembro de las comisiones no puede cumplir con su compromiso con el SNI durante un periacuteodo de evaluacioacuten podraacute ser sustituido por quien determine el Director del SNI Se integraraacute una Comisioacuten Dictaminadora para cada una de las siguientes aacutereas del conocimiento consideradas por el SNI Aacuterea I Fiacutesico-Matemaacuteticas y Ciencias de la Tierra Aacuterea II Biologiacutea y Quiacutemica Aacuterea III Medicina y Ciencias de la Salud Aacuterea IV Humanidades y Ciencias de la Conducta Aacuterea V Ciencias Sociales Aacuterea VI Biotecnologiacutea y Ciencias Agropecuarias Aacuterea VII Ingenieriacuteas ARTIacuteCULO 8 El Secretario Ejecutivo designaraacute a propuesta del Comiteacute Consultivo al Presidente de cada Comisioacuten Dictaminadora el cual duraraacute en su cargo un antildeo ARTIacuteCULO 9 Para sesionar las Comisiones Dictaminadoras requeriraacuten la presencia de por lo menos siete de sus miembros Las decisiones se tomaraacuten por consenso y eventualmente por mayoriacutea En caso de no existir consenso soacutelo podraacuten votar los miembros de las Comisiones Dictaminadoras ARTIacuteCULO 10 El Director del SNI a propuesta de cada Comisioacuten Dictaminadora designaraacute a los miembros en las subcomisiones que sean necesarios para la evaluacioacuten de solicitudes en disciplinas especiacuteficas de actividades cientiacuteficas de desarrollo tecnoloacutegico o de divulgacioacuten Los participantes en las subcomisiones deberaacuten tener como miacutenimo un nombramiento de Investigador Nacional Nivel II

CAPIacuteTULO VI DE LA EVALUACIOacuteN Y DE LOS CRITERIOS GENERALES DE LA

EVALUACIOacuteN

ARTIacuteCULO 11 El SNI funciona a traveacutes de oacuterganos colegiados encargados de evaluar y dictaminar el trabajo acadeacutemico de su membresiacutea y de los aspirantes Dichos cuerpos colegiados estaacuten integrados por personas honorables reconocidas y de los maacutes altos niveles cientiacuteficos y tecnoloacutegicos existentes Sus juicios son resultado de un debate colectivo entre pares y tienen en cuenta tanto la reglamentacioacuten del Sistema como el contexto de la trayectoria acadeacutemica institucional y los productos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos de cada persona que se

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somete a su evaluacioacuten Por ello adquieren capacidad para establecer y matizar los lineamientos que deben seguir las evaluaciones aplicadas a cada aacuterea disciplinaria y a cada caso evaluado asiacute como para modificarlos perioacutedicamente dentro de su marco juriacutedico Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras consideran que en cada disciplina (o conjunto disciplinario) hay distintas opciones para dar a conocer sus trabajos asiacute como distintas apreciaciones sobre la plataforma y el contexto de la publicacioacuten y difusioacuten de los resultados de la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico Tambieacuten que dichas opciones variacutean por institucioacuten ubicacioacuten territorial capacidad financiera de los lugares de trabajo y redes de los investigadores Asimismo entienden que las instituciones de investigacioacuten y desarrollo tecnoloacutegico tienen diferentes poliacuteticas editoriales normas y exigencias para publicar Por tanto la evaluacioacuten de los trabajos se basa en su calidad trascendencia e impacto ARTIacuteCULO 12 Durante la evaluacioacuten las Comisiones Dictaminadoras revisaraacuten las solicitudes de ingreso que deben contener la informacioacuten curricular completa asiacute como la documentacioacuten probatoria Tendraacuten en cuenta la calidad de las aportaciones y la cantidad de productos presentados por el solicitante Cada solicitud deberaacute ser evaluada por lo menos por dos integrantes de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y resuelta por el pleno ARTIacuteCULO 13 Las Comisiones Dictaminadoras emitiraacuten su dictamen dentro de los seis meses siguientes al cierre de la Convocatoria ARTIacuteCULO 14 Despueacutes de la evaluacioacuten de cada una de las solicitudes las Comisiones Dictaminadoras propondraacuten al Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo el ingreso o no ingreso del solicitante al SNI asiacute como su categoriacutea y nivel Los resultados de las evaluaciones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT especificando los nombres de los investigadores aprobados e indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente razonado emitido por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente ARTIacuteCULO 15 El objetivo general de estos criterios es el orientar los trabajos y las recomendaciones de las Comisiones Dictaminadoras para la evaluacioacuten de los meacuteritos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos reflejados en

i La produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica y

ii La formacioacuten de recursos humanos especializados

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Ademaacutes se consideraraacute iii La participacioacuten en la labor de difusioacuten y divulgacioacuten

iv La vinculacioacuten entre la investigacioacuten y los sectores puacuteblico privado y social

v La contribucioacuten al desarrollo institucional

ARTIacuteCULO 16 Los elementos en que se sustenta la evaluacioacuten de los aspirantes a ingresar al SNI son

i La productividad del uacuteltimo periodo de evaluacioacuten asiacute como de la obra global reflejada a traveacutes de los resultados de su participacioacuten en las diversas actividades referidas en el objetivo general Los aspirantes de nuevo ingreso deberaacuten demostrar productividad en los uacuteltimos tres antildeos

ii La calidad de la produccioacuten reportada en teacuterminos de

a) la originalidad de los trabajos b) la consolidacioacuten de la(s) liacutenea(s) de investigacioacuten c) el impacto de los productos de investigacioacuten d) la trascendencia y repercusioacuten en la solucioacuten de problemas prioritarios e) el liderazgo y reconocimiento nacional e internacional f) el valor y los beneficios que aporten los productos obtenidos a traveacutes de

los proyectos realizados y g) la creacioacuten de empresas de alto valor agregado a partir del conocimiento

cientiacutefico-tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 17 Los productos obtenidos a traveacutes de las diferentes actividades consideradas por el SNI son entre otros

i Investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica a) artiacuteculos b) memorias in extenso c) libros d) capiacutetulos de libros e) resentildeas f) opuacutesculos g) patentes h) desarrollos tecnoloacutegicos i) innovaciones j) reportes especializados de asesoriacuteas k) transferencias tecnoloacutegicas

ii Formacioacuten de cientiacuteficos y tecnoacutelogos

a) direccioacuten de tesis profesionales y de grado

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b) imparticioacuten de caacutetedra en licenciatura y posgrado c) libros de texto (educacioacuten superior) d) artiacuteculos en revistas de docencia e) diaporamas o programas de coacutemputo de caraacutecter educativo f) formacioacuten de investigadores g) formacioacuten de especialistas h) formacioacuten de profesionistas i) formacioacuten de teacutecnicos especializados j) tutoriacutea de estudiantes

iii Divulgacioacuten

a) conferencias y seminarios de divulgacioacuten b) participacioacuten en congresos de divulgacioacuten c) libros de divulgacioacuten d) capiacutetulos en libros de divulgacioacuten e) artiacuteculos (ediciones formales) de divulgacioacuten f) ensayos (ediciones formales) de divulgacioacuten

iv Vinculacioacuten de la investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado

a) reportes de proyectos especiacuteficos bajo contrato b) desarrollo de posgrados orientados c) reportes de trabajos solicitados por terceros

v Desarrollo institucional

a) generacioacuten consolidacioacuten o fortalecimiento de centros unidades talleres bancos de informacioacuten laboratorios de investigacioacuten o acervos documentales bibliograacuteficos de especies bioloacutegicas o colecciones cientiacuteficas

b) creacioacuten y montaje de equipo para las actividades de investigacioacuten c) creacioacuten de grupos de investigacioacuten d) desarrollo y consolidacioacuten de posgrados e) informes de resultados de promocioacuten formacioacuten y coordinacioacuten en redes

nacionales de investigacioacuten f) tutoriacutea de grupos nacionales emergentes g) participacioacuten en consorcios de innovacioacuten

vi Participacioacuten en cuerpos editoriales o colegiados de evaluacioacuten cientiacutefica y

tecnoloacutegica a) arbitraje de artiacuteculos en revistas especializadas de circulacioacuten

internacional con alto impacto solicitados por el comiteacute editorial correspondiente

b) evaluacioacuten de propuestas de investigacioacuten c) evaluacioacuten de programas de posgrado

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ARTIacuteCULO 18 Los criterios especiacuteficos de evaluacioacuten que aplican cada una de las Comisiones Dictaminadoras deberaacuten ser presentados al Consejo de Aprobacioacuten para su conocimiento

CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES

ARTIacuteCULO 19 Los aspirantes inconformes con la decisioacuten del Consejo de Aprobacioacuten podraacuten solicitar que su caso sea revisado dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a la fecha de publicacioacuten de los resultados correspondientes ARTIacuteCULO 20 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten presentadas por escrito al Secretario Ejecutivo Deberaacuten contener los argumentos cientiacuteficos yo tecnoloacutegicos que sustenten su solicitud de revisioacuten y ser acompantildeadas en su caso de la documentacioacuten probatoria La revisioacuten se llevaraacute a cabo exclusivamente con base en la produccioacuten que se incluyoacute en la solicitud de ingreso o reingreso de la convocatoria respectiva Por lo anterior auacuten cuando fuera recibida no se consideraraacute la produccioacuten adicional que se anexe a la solicitud de revisioacuten ARTIacuteCULO 21 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten evaluadas por la Comisioacuten Dictaminadora Revisora de cada aacuterea integrada por tres miembros de la Comisioacuten Dictaminadora que evaluoacute el caso y cuatro miembros maacutes de la misma aacuterea del conocimiento que hayan formado parte de las Comisiones Dictaminadoras en antildeos anteriores Las Comisiones Revisoras no podraacuten sesionar con menos de cinco miembros El dictamen de la Comisioacuten Dictaminadora Revisora seraacute sometido a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo para su decisioacuten final la cual seraacute inapelable Los resultados de las revisiones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT en un maacuteximo de tres meses especificando los nombres de los investigadores indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente fundado y motivado emitido por la Comisioacuten correspondiente

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CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 10: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

La Convocatoria los Criterios Generales y los Especiacuteficos de evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT ARTIacuteCULO 5 La solicitud de ingreso o reingreso se presentaraacute en el formato correspondiente en el plazo y sitio que sentildeale la Convocatoria y deberaacute acompantildearse de

i Documento oficial original y actualizado de adscripcioacuten que especifique las condiciones a que estaacute sujeto su contrato o convenio institucional el cual deberaacute contener nombramiento funciones asignadas tiempo comprometido en horassemana asiacute como fecha de inicio y finalizacioacuten del mismo

ii Curriacuteculum vitae completo con copia de documentos oficiales que acrediten

nacionalidad y edad

iii Copias de documentos oficiales que acrediten su formacioacuten acadeacutemica y tesis doctoral en su caso

iv Documentacioacuten probatoria exclusivamente de los productos cientiacuteficos yo

tecnoloacutegicos que sustenten su postulacioacuten Los ejemplares deberaacuten ser completos y a solicitud de las Comisiones Dictaminadoras el aspirante deberaacute enviar a las oficinas del SNI un mayor nuacutemero de productos

ARTIacuteCULO 6 El Director del SNI turnaraacute las solicitudes a las Comisiones Dictaminadoras para que de acuerdo a los Criterios Generales y los Especiacuteficos de Evaluacioacuten para cada aacuterea del conocimiento emitan la recomendacioacuten correspondiente proponiendo la categoriacutea y nivel para el aspirante

CAPIacuteTULO V DE LAS COMISIONES DICTAMINADORAS

ARTIacuteCULO 7 Las Comisiones Dictaminadoras estaraacuten integradas por doce miembros del SNI del Nivel III y en caso de no existir personas elegibles para alguna disciplina podraacuten ser nombrados entre los investigadores del Nivel II Las comisiones se integraraacuten guardando el mayor equilibrio y paridad posibles entre disciplinas instituciones y regiones Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras permaneceraacuten en su encargo tres antildeos a partir de su nombramiento Cada antildeo se renovaraacuten cuatro de los miembros los cuales seraacuten designados por el Consejo de Aprobacioacuten tomando en cuenta la opinioacuten del Foro Consultivo Cientiacutefico y Tecnoloacutegico y del Comiteacute Consultivo del SNI Los nombres de los integrantes de cada una de las

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Comisiones Dictaminadoras se haraacuten del conocimiento puacuteblico en la paacutegina electroacutenica del CONACYT Si un miembro de las comisiones no puede cumplir con su compromiso con el SNI durante un periacuteodo de evaluacioacuten podraacute ser sustituido por quien determine el Director del SNI Se integraraacute una Comisioacuten Dictaminadora para cada una de las siguientes aacutereas del conocimiento consideradas por el SNI Aacuterea I Fiacutesico-Matemaacuteticas y Ciencias de la Tierra Aacuterea II Biologiacutea y Quiacutemica Aacuterea III Medicina y Ciencias de la Salud Aacuterea IV Humanidades y Ciencias de la Conducta Aacuterea V Ciencias Sociales Aacuterea VI Biotecnologiacutea y Ciencias Agropecuarias Aacuterea VII Ingenieriacuteas ARTIacuteCULO 8 El Secretario Ejecutivo designaraacute a propuesta del Comiteacute Consultivo al Presidente de cada Comisioacuten Dictaminadora el cual duraraacute en su cargo un antildeo ARTIacuteCULO 9 Para sesionar las Comisiones Dictaminadoras requeriraacuten la presencia de por lo menos siete de sus miembros Las decisiones se tomaraacuten por consenso y eventualmente por mayoriacutea En caso de no existir consenso soacutelo podraacuten votar los miembros de las Comisiones Dictaminadoras ARTIacuteCULO 10 El Director del SNI a propuesta de cada Comisioacuten Dictaminadora designaraacute a los miembros en las subcomisiones que sean necesarios para la evaluacioacuten de solicitudes en disciplinas especiacuteficas de actividades cientiacuteficas de desarrollo tecnoloacutegico o de divulgacioacuten Los participantes en las subcomisiones deberaacuten tener como miacutenimo un nombramiento de Investigador Nacional Nivel II

CAPIacuteTULO VI DE LA EVALUACIOacuteN Y DE LOS CRITERIOS GENERALES DE LA

EVALUACIOacuteN

ARTIacuteCULO 11 El SNI funciona a traveacutes de oacuterganos colegiados encargados de evaluar y dictaminar el trabajo acadeacutemico de su membresiacutea y de los aspirantes Dichos cuerpos colegiados estaacuten integrados por personas honorables reconocidas y de los maacutes altos niveles cientiacuteficos y tecnoloacutegicos existentes Sus juicios son resultado de un debate colectivo entre pares y tienen en cuenta tanto la reglamentacioacuten del Sistema como el contexto de la trayectoria acadeacutemica institucional y los productos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos de cada persona que se

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somete a su evaluacioacuten Por ello adquieren capacidad para establecer y matizar los lineamientos que deben seguir las evaluaciones aplicadas a cada aacuterea disciplinaria y a cada caso evaluado asiacute como para modificarlos perioacutedicamente dentro de su marco juriacutedico Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras consideran que en cada disciplina (o conjunto disciplinario) hay distintas opciones para dar a conocer sus trabajos asiacute como distintas apreciaciones sobre la plataforma y el contexto de la publicacioacuten y difusioacuten de los resultados de la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico Tambieacuten que dichas opciones variacutean por institucioacuten ubicacioacuten territorial capacidad financiera de los lugares de trabajo y redes de los investigadores Asimismo entienden que las instituciones de investigacioacuten y desarrollo tecnoloacutegico tienen diferentes poliacuteticas editoriales normas y exigencias para publicar Por tanto la evaluacioacuten de los trabajos se basa en su calidad trascendencia e impacto ARTIacuteCULO 12 Durante la evaluacioacuten las Comisiones Dictaminadoras revisaraacuten las solicitudes de ingreso que deben contener la informacioacuten curricular completa asiacute como la documentacioacuten probatoria Tendraacuten en cuenta la calidad de las aportaciones y la cantidad de productos presentados por el solicitante Cada solicitud deberaacute ser evaluada por lo menos por dos integrantes de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y resuelta por el pleno ARTIacuteCULO 13 Las Comisiones Dictaminadoras emitiraacuten su dictamen dentro de los seis meses siguientes al cierre de la Convocatoria ARTIacuteCULO 14 Despueacutes de la evaluacioacuten de cada una de las solicitudes las Comisiones Dictaminadoras propondraacuten al Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo el ingreso o no ingreso del solicitante al SNI asiacute como su categoriacutea y nivel Los resultados de las evaluaciones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT especificando los nombres de los investigadores aprobados e indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente razonado emitido por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente ARTIacuteCULO 15 El objetivo general de estos criterios es el orientar los trabajos y las recomendaciones de las Comisiones Dictaminadoras para la evaluacioacuten de los meacuteritos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos reflejados en

i La produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica y

ii La formacioacuten de recursos humanos especializados

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Ademaacutes se consideraraacute iii La participacioacuten en la labor de difusioacuten y divulgacioacuten

iv La vinculacioacuten entre la investigacioacuten y los sectores puacuteblico privado y social

v La contribucioacuten al desarrollo institucional

ARTIacuteCULO 16 Los elementos en que se sustenta la evaluacioacuten de los aspirantes a ingresar al SNI son

i La productividad del uacuteltimo periodo de evaluacioacuten asiacute como de la obra global reflejada a traveacutes de los resultados de su participacioacuten en las diversas actividades referidas en el objetivo general Los aspirantes de nuevo ingreso deberaacuten demostrar productividad en los uacuteltimos tres antildeos

ii La calidad de la produccioacuten reportada en teacuterminos de

a) la originalidad de los trabajos b) la consolidacioacuten de la(s) liacutenea(s) de investigacioacuten c) el impacto de los productos de investigacioacuten d) la trascendencia y repercusioacuten en la solucioacuten de problemas prioritarios e) el liderazgo y reconocimiento nacional e internacional f) el valor y los beneficios que aporten los productos obtenidos a traveacutes de

los proyectos realizados y g) la creacioacuten de empresas de alto valor agregado a partir del conocimiento

cientiacutefico-tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 17 Los productos obtenidos a traveacutes de las diferentes actividades consideradas por el SNI son entre otros

i Investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica a) artiacuteculos b) memorias in extenso c) libros d) capiacutetulos de libros e) resentildeas f) opuacutesculos g) patentes h) desarrollos tecnoloacutegicos i) innovaciones j) reportes especializados de asesoriacuteas k) transferencias tecnoloacutegicas

ii Formacioacuten de cientiacuteficos y tecnoacutelogos

a) direccioacuten de tesis profesionales y de grado

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b) imparticioacuten de caacutetedra en licenciatura y posgrado c) libros de texto (educacioacuten superior) d) artiacuteculos en revistas de docencia e) diaporamas o programas de coacutemputo de caraacutecter educativo f) formacioacuten de investigadores g) formacioacuten de especialistas h) formacioacuten de profesionistas i) formacioacuten de teacutecnicos especializados j) tutoriacutea de estudiantes

iii Divulgacioacuten

a) conferencias y seminarios de divulgacioacuten b) participacioacuten en congresos de divulgacioacuten c) libros de divulgacioacuten d) capiacutetulos en libros de divulgacioacuten e) artiacuteculos (ediciones formales) de divulgacioacuten f) ensayos (ediciones formales) de divulgacioacuten

iv Vinculacioacuten de la investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado

a) reportes de proyectos especiacuteficos bajo contrato b) desarrollo de posgrados orientados c) reportes de trabajos solicitados por terceros

v Desarrollo institucional

a) generacioacuten consolidacioacuten o fortalecimiento de centros unidades talleres bancos de informacioacuten laboratorios de investigacioacuten o acervos documentales bibliograacuteficos de especies bioloacutegicas o colecciones cientiacuteficas

b) creacioacuten y montaje de equipo para las actividades de investigacioacuten c) creacioacuten de grupos de investigacioacuten d) desarrollo y consolidacioacuten de posgrados e) informes de resultados de promocioacuten formacioacuten y coordinacioacuten en redes

nacionales de investigacioacuten f) tutoriacutea de grupos nacionales emergentes g) participacioacuten en consorcios de innovacioacuten

vi Participacioacuten en cuerpos editoriales o colegiados de evaluacioacuten cientiacutefica y

tecnoloacutegica a) arbitraje de artiacuteculos en revistas especializadas de circulacioacuten

internacional con alto impacto solicitados por el comiteacute editorial correspondiente

b) evaluacioacuten de propuestas de investigacioacuten c) evaluacioacuten de programas de posgrado

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ARTIacuteCULO 18 Los criterios especiacuteficos de evaluacioacuten que aplican cada una de las Comisiones Dictaminadoras deberaacuten ser presentados al Consejo de Aprobacioacuten para su conocimiento

CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES

ARTIacuteCULO 19 Los aspirantes inconformes con la decisioacuten del Consejo de Aprobacioacuten podraacuten solicitar que su caso sea revisado dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a la fecha de publicacioacuten de los resultados correspondientes ARTIacuteCULO 20 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten presentadas por escrito al Secretario Ejecutivo Deberaacuten contener los argumentos cientiacuteficos yo tecnoloacutegicos que sustenten su solicitud de revisioacuten y ser acompantildeadas en su caso de la documentacioacuten probatoria La revisioacuten se llevaraacute a cabo exclusivamente con base en la produccioacuten que se incluyoacute en la solicitud de ingreso o reingreso de la convocatoria respectiva Por lo anterior auacuten cuando fuera recibida no se consideraraacute la produccioacuten adicional que se anexe a la solicitud de revisioacuten ARTIacuteCULO 21 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten evaluadas por la Comisioacuten Dictaminadora Revisora de cada aacuterea integrada por tres miembros de la Comisioacuten Dictaminadora que evaluoacute el caso y cuatro miembros maacutes de la misma aacuterea del conocimiento que hayan formado parte de las Comisiones Dictaminadoras en antildeos anteriores Las Comisiones Revisoras no podraacuten sesionar con menos de cinco miembros El dictamen de la Comisioacuten Dictaminadora Revisora seraacute sometido a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo para su decisioacuten final la cual seraacute inapelable Los resultados de las revisiones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT en un maacuteximo de tres meses especificando los nombres de los investigadores indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente fundado y motivado emitido por la Comisioacuten correspondiente

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CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 11: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

Comisiones Dictaminadoras se haraacuten del conocimiento puacuteblico en la paacutegina electroacutenica del CONACYT Si un miembro de las comisiones no puede cumplir con su compromiso con el SNI durante un periacuteodo de evaluacioacuten podraacute ser sustituido por quien determine el Director del SNI Se integraraacute una Comisioacuten Dictaminadora para cada una de las siguientes aacutereas del conocimiento consideradas por el SNI Aacuterea I Fiacutesico-Matemaacuteticas y Ciencias de la Tierra Aacuterea II Biologiacutea y Quiacutemica Aacuterea III Medicina y Ciencias de la Salud Aacuterea IV Humanidades y Ciencias de la Conducta Aacuterea V Ciencias Sociales Aacuterea VI Biotecnologiacutea y Ciencias Agropecuarias Aacuterea VII Ingenieriacuteas ARTIacuteCULO 8 El Secretario Ejecutivo designaraacute a propuesta del Comiteacute Consultivo al Presidente de cada Comisioacuten Dictaminadora el cual duraraacute en su cargo un antildeo ARTIacuteCULO 9 Para sesionar las Comisiones Dictaminadoras requeriraacuten la presencia de por lo menos siete de sus miembros Las decisiones se tomaraacuten por consenso y eventualmente por mayoriacutea En caso de no existir consenso soacutelo podraacuten votar los miembros de las Comisiones Dictaminadoras ARTIacuteCULO 10 El Director del SNI a propuesta de cada Comisioacuten Dictaminadora designaraacute a los miembros en las subcomisiones que sean necesarios para la evaluacioacuten de solicitudes en disciplinas especiacuteficas de actividades cientiacuteficas de desarrollo tecnoloacutegico o de divulgacioacuten Los participantes en las subcomisiones deberaacuten tener como miacutenimo un nombramiento de Investigador Nacional Nivel II

CAPIacuteTULO VI DE LA EVALUACIOacuteN Y DE LOS CRITERIOS GENERALES DE LA

EVALUACIOacuteN

ARTIacuteCULO 11 El SNI funciona a traveacutes de oacuterganos colegiados encargados de evaluar y dictaminar el trabajo acadeacutemico de su membresiacutea y de los aspirantes Dichos cuerpos colegiados estaacuten integrados por personas honorables reconocidas y de los maacutes altos niveles cientiacuteficos y tecnoloacutegicos existentes Sus juicios son resultado de un debate colectivo entre pares y tienen en cuenta tanto la reglamentacioacuten del Sistema como el contexto de la trayectoria acadeacutemica institucional y los productos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos de cada persona que se

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somete a su evaluacioacuten Por ello adquieren capacidad para establecer y matizar los lineamientos que deben seguir las evaluaciones aplicadas a cada aacuterea disciplinaria y a cada caso evaluado asiacute como para modificarlos perioacutedicamente dentro de su marco juriacutedico Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras consideran que en cada disciplina (o conjunto disciplinario) hay distintas opciones para dar a conocer sus trabajos asiacute como distintas apreciaciones sobre la plataforma y el contexto de la publicacioacuten y difusioacuten de los resultados de la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico Tambieacuten que dichas opciones variacutean por institucioacuten ubicacioacuten territorial capacidad financiera de los lugares de trabajo y redes de los investigadores Asimismo entienden que las instituciones de investigacioacuten y desarrollo tecnoloacutegico tienen diferentes poliacuteticas editoriales normas y exigencias para publicar Por tanto la evaluacioacuten de los trabajos se basa en su calidad trascendencia e impacto ARTIacuteCULO 12 Durante la evaluacioacuten las Comisiones Dictaminadoras revisaraacuten las solicitudes de ingreso que deben contener la informacioacuten curricular completa asiacute como la documentacioacuten probatoria Tendraacuten en cuenta la calidad de las aportaciones y la cantidad de productos presentados por el solicitante Cada solicitud deberaacute ser evaluada por lo menos por dos integrantes de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y resuelta por el pleno ARTIacuteCULO 13 Las Comisiones Dictaminadoras emitiraacuten su dictamen dentro de los seis meses siguientes al cierre de la Convocatoria ARTIacuteCULO 14 Despueacutes de la evaluacioacuten de cada una de las solicitudes las Comisiones Dictaminadoras propondraacuten al Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo el ingreso o no ingreso del solicitante al SNI asiacute como su categoriacutea y nivel Los resultados de las evaluaciones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT especificando los nombres de los investigadores aprobados e indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente razonado emitido por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente ARTIacuteCULO 15 El objetivo general de estos criterios es el orientar los trabajos y las recomendaciones de las Comisiones Dictaminadoras para la evaluacioacuten de los meacuteritos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos reflejados en

i La produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica y

ii La formacioacuten de recursos humanos especializados

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Ademaacutes se consideraraacute iii La participacioacuten en la labor de difusioacuten y divulgacioacuten

iv La vinculacioacuten entre la investigacioacuten y los sectores puacuteblico privado y social

v La contribucioacuten al desarrollo institucional

ARTIacuteCULO 16 Los elementos en que se sustenta la evaluacioacuten de los aspirantes a ingresar al SNI son

i La productividad del uacuteltimo periodo de evaluacioacuten asiacute como de la obra global reflejada a traveacutes de los resultados de su participacioacuten en las diversas actividades referidas en el objetivo general Los aspirantes de nuevo ingreso deberaacuten demostrar productividad en los uacuteltimos tres antildeos

ii La calidad de la produccioacuten reportada en teacuterminos de

a) la originalidad de los trabajos b) la consolidacioacuten de la(s) liacutenea(s) de investigacioacuten c) el impacto de los productos de investigacioacuten d) la trascendencia y repercusioacuten en la solucioacuten de problemas prioritarios e) el liderazgo y reconocimiento nacional e internacional f) el valor y los beneficios que aporten los productos obtenidos a traveacutes de

los proyectos realizados y g) la creacioacuten de empresas de alto valor agregado a partir del conocimiento

cientiacutefico-tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 17 Los productos obtenidos a traveacutes de las diferentes actividades consideradas por el SNI son entre otros

i Investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica a) artiacuteculos b) memorias in extenso c) libros d) capiacutetulos de libros e) resentildeas f) opuacutesculos g) patentes h) desarrollos tecnoloacutegicos i) innovaciones j) reportes especializados de asesoriacuteas k) transferencias tecnoloacutegicas

ii Formacioacuten de cientiacuteficos y tecnoacutelogos

a) direccioacuten de tesis profesionales y de grado

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b) imparticioacuten de caacutetedra en licenciatura y posgrado c) libros de texto (educacioacuten superior) d) artiacuteculos en revistas de docencia e) diaporamas o programas de coacutemputo de caraacutecter educativo f) formacioacuten de investigadores g) formacioacuten de especialistas h) formacioacuten de profesionistas i) formacioacuten de teacutecnicos especializados j) tutoriacutea de estudiantes

iii Divulgacioacuten

a) conferencias y seminarios de divulgacioacuten b) participacioacuten en congresos de divulgacioacuten c) libros de divulgacioacuten d) capiacutetulos en libros de divulgacioacuten e) artiacuteculos (ediciones formales) de divulgacioacuten f) ensayos (ediciones formales) de divulgacioacuten

iv Vinculacioacuten de la investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado

a) reportes de proyectos especiacuteficos bajo contrato b) desarrollo de posgrados orientados c) reportes de trabajos solicitados por terceros

v Desarrollo institucional

a) generacioacuten consolidacioacuten o fortalecimiento de centros unidades talleres bancos de informacioacuten laboratorios de investigacioacuten o acervos documentales bibliograacuteficos de especies bioloacutegicas o colecciones cientiacuteficas

b) creacioacuten y montaje de equipo para las actividades de investigacioacuten c) creacioacuten de grupos de investigacioacuten d) desarrollo y consolidacioacuten de posgrados e) informes de resultados de promocioacuten formacioacuten y coordinacioacuten en redes

nacionales de investigacioacuten f) tutoriacutea de grupos nacionales emergentes g) participacioacuten en consorcios de innovacioacuten

vi Participacioacuten en cuerpos editoriales o colegiados de evaluacioacuten cientiacutefica y

tecnoloacutegica a) arbitraje de artiacuteculos en revistas especializadas de circulacioacuten

internacional con alto impacto solicitados por el comiteacute editorial correspondiente

b) evaluacioacuten de propuestas de investigacioacuten c) evaluacioacuten de programas de posgrado

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ARTIacuteCULO 18 Los criterios especiacuteficos de evaluacioacuten que aplican cada una de las Comisiones Dictaminadoras deberaacuten ser presentados al Consejo de Aprobacioacuten para su conocimiento

CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES

ARTIacuteCULO 19 Los aspirantes inconformes con la decisioacuten del Consejo de Aprobacioacuten podraacuten solicitar que su caso sea revisado dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a la fecha de publicacioacuten de los resultados correspondientes ARTIacuteCULO 20 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten presentadas por escrito al Secretario Ejecutivo Deberaacuten contener los argumentos cientiacuteficos yo tecnoloacutegicos que sustenten su solicitud de revisioacuten y ser acompantildeadas en su caso de la documentacioacuten probatoria La revisioacuten se llevaraacute a cabo exclusivamente con base en la produccioacuten que se incluyoacute en la solicitud de ingreso o reingreso de la convocatoria respectiva Por lo anterior auacuten cuando fuera recibida no se consideraraacute la produccioacuten adicional que se anexe a la solicitud de revisioacuten ARTIacuteCULO 21 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten evaluadas por la Comisioacuten Dictaminadora Revisora de cada aacuterea integrada por tres miembros de la Comisioacuten Dictaminadora que evaluoacute el caso y cuatro miembros maacutes de la misma aacuterea del conocimiento que hayan formado parte de las Comisiones Dictaminadoras en antildeos anteriores Las Comisiones Revisoras no podraacuten sesionar con menos de cinco miembros El dictamen de la Comisioacuten Dictaminadora Revisora seraacute sometido a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo para su decisioacuten final la cual seraacute inapelable Los resultados de las revisiones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT en un maacuteximo de tres meses especificando los nombres de los investigadores indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente fundado y motivado emitido por la Comisioacuten correspondiente

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CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 12: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

somete a su evaluacioacuten Por ello adquieren capacidad para establecer y matizar los lineamientos que deben seguir las evaluaciones aplicadas a cada aacuterea disciplinaria y a cada caso evaluado asiacute como para modificarlos perioacutedicamente dentro de su marco juriacutedico Los miembros de las Comisiones Dictaminadoras consideran que en cada disciplina (o conjunto disciplinario) hay distintas opciones para dar a conocer sus trabajos asiacute como distintas apreciaciones sobre la plataforma y el contexto de la publicacioacuten y difusioacuten de los resultados de la investigacioacuten cientiacutefica y el desarrollo tecnoloacutegico Tambieacuten que dichas opciones variacutean por institucioacuten ubicacioacuten territorial capacidad financiera de los lugares de trabajo y redes de los investigadores Asimismo entienden que las instituciones de investigacioacuten y desarrollo tecnoloacutegico tienen diferentes poliacuteticas editoriales normas y exigencias para publicar Por tanto la evaluacioacuten de los trabajos se basa en su calidad trascendencia e impacto ARTIacuteCULO 12 Durante la evaluacioacuten las Comisiones Dictaminadoras revisaraacuten las solicitudes de ingreso que deben contener la informacioacuten curricular completa asiacute como la documentacioacuten probatoria Tendraacuten en cuenta la calidad de las aportaciones y la cantidad de productos presentados por el solicitante Cada solicitud deberaacute ser evaluada por lo menos por dos integrantes de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente y resuelta por el pleno ARTIacuteCULO 13 Las Comisiones Dictaminadoras emitiraacuten su dictamen dentro de los seis meses siguientes al cierre de la Convocatoria ARTIacuteCULO 14 Despueacutes de la evaluacioacuten de cada una de las solicitudes las Comisiones Dictaminadoras propondraacuten al Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo el ingreso o no ingreso del solicitante al SNI asiacute como su categoriacutea y nivel Los resultados de las evaluaciones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT especificando los nombres de los investigadores aprobados e indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente razonado emitido por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente ARTIacuteCULO 15 El objetivo general de estos criterios es el orientar los trabajos y las recomendaciones de las Comisiones Dictaminadoras para la evaluacioacuten de los meacuteritos cientiacuteficos y tecnoloacutegicos reflejados en

i La produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica y

ii La formacioacuten de recursos humanos especializados

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Ademaacutes se consideraraacute iii La participacioacuten en la labor de difusioacuten y divulgacioacuten

iv La vinculacioacuten entre la investigacioacuten y los sectores puacuteblico privado y social

v La contribucioacuten al desarrollo institucional

ARTIacuteCULO 16 Los elementos en que se sustenta la evaluacioacuten de los aspirantes a ingresar al SNI son

i La productividad del uacuteltimo periodo de evaluacioacuten asiacute como de la obra global reflejada a traveacutes de los resultados de su participacioacuten en las diversas actividades referidas en el objetivo general Los aspirantes de nuevo ingreso deberaacuten demostrar productividad en los uacuteltimos tres antildeos

ii La calidad de la produccioacuten reportada en teacuterminos de

a) la originalidad de los trabajos b) la consolidacioacuten de la(s) liacutenea(s) de investigacioacuten c) el impacto de los productos de investigacioacuten d) la trascendencia y repercusioacuten en la solucioacuten de problemas prioritarios e) el liderazgo y reconocimiento nacional e internacional f) el valor y los beneficios que aporten los productos obtenidos a traveacutes de

los proyectos realizados y g) la creacioacuten de empresas de alto valor agregado a partir del conocimiento

cientiacutefico-tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 17 Los productos obtenidos a traveacutes de las diferentes actividades consideradas por el SNI son entre otros

i Investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica a) artiacuteculos b) memorias in extenso c) libros d) capiacutetulos de libros e) resentildeas f) opuacutesculos g) patentes h) desarrollos tecnoloacutegicos i) innovaciones j) reportes especializados de asesoriacuteas k) transferencias tecnoloacutegicas

ii Formacioacuten de cientiacuteficos y tecnoacutelogos

a) direccioacuten de tesis profesionales y de grado

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b) imparticioacuten de caacutetedra en licenciatura y posgrado c) libros de texto (educacioacuten superior) d) artiacuteculos en revistas de docencia e) diaporamas o programas de coacutemputo de caraacutecter educativo f) formacioacuten de investigadores g) formacioacuten de especialistas h) formacioacuten de profesionistas i) formacioacuten de teacutecnicos especializados j) tutoriacutea de estudiantes

iii Divulgacioacuten

a) conferencias y seminarios de divulgacioacuten b) participacioacuten en congresos de divulgacioacuten c) libros de divulgacioacuten d) capiacutetulos en libros de divulgacioacuten e) artiacuteculos (ediciones formales) de divulgacioacuten f) ensayos (ediciones formales) de divulgacioacuten

iv Vinculacioacuten de la investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado

a) reportes de proyectos especiacuteficos bajo contrato b) desarrollo de posgrados orientados c) reportes de trabajos solicitados por terceros

v Desarrollo institucional

a) generacioacuten consolidacioacuten o fortalecimiento de centros unidades talleres bancos de informacioacuten laboratorios de investigacioacuten o acervos documentales bibliograacuteficos de especies bioloacutegicas o colecciones cientiacuteficas

b) creacioacuten y montaje de equipo para las actividades de investigacioacuten c) creacioacuten de grupos de investigacioacuten d) desarrollo y consolidacioacuten de posgrados e) informes de resultados de promocioacuten formacioacuten y coordinacioacuten en redes

nacionales de investigacioacuten f) tutoriacutea de grupos nacionales emergentes g) participacioacuten en consorcios de innovacioacuten

vi Participacioacuten en cuerpos editoriales o colegiados de evaluacioacuten cientiacutefica y

tecnoloacutegica a) arbitraje de artiacuteculos en revistas especializadas de circulacioacuten

internacional con alto impacto solicitados por el comiteacute editorial correspondiente

b) evaluacioacuten de propuestas de investigacioacuten c) evaluacioacuten de programas de posgrado

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ARTIacuteCULO 18 Los criterios especiacuteficos de evaluacioacuten que aplican cada una de las Comisiones Dictaminadoras deberaacuten ser presentados al Consejo de Aprobacioacuten para su conocimiento

CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES

ARTIacuteCULO 19 Los aspirantes inconformes con la decisioacuten del Consejo de Aprobacioacuten podraacuten solicitar que su caso sea revisado dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a la fecha de publicacioacuten de los resultados correspondientes ARTIacuteCULO 20 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten presentadas por escrito al Secretario Ejecutivo Deberaacuten contener los argumentos cientiacuteficos yo tecnoloacutegicos que sustenten su solicitud de revisioacuten y ser acompantildeadas en su caso de la documentacioacuten probatoria La revisioacuten se llevaraacute a cabo exclusivamente con base en la produccioacuten que se incluyoacute en la solicitud de ingreso o reingreso de la convocatoria respectiva Por lo anterior auacuten cuando fuera recibida no se consideraraacute la produccioacuten adicional que se anexe a la solicitud de revisioacuten ARTIacuteCULO 21 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten evaluadas por la Comisioacuten Dictaminadora Revisora de cada aacuterea integrada por tres miembros de la Comisioacuten Dictaminadora que evaluoacute el caso y cuatro miembros maacutes de la misma aacuterea del conocimiento que hayan formado parte de las Comisiones Dictaminadoras en antildeos anteriores Las Comisiones Revisoras no podraacuten sesionar con menos de cinco miembros El dictamen de la Comisioacuten Dictaminadora Revisora seraacute sometido a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo para su decisioacuten final la cual seraacute inapelable Los resultados de las revisiones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT en un maacuteximo de tres meses especificando los nombres de los investigadores indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente fundado y motivado emitido por la Comisioacuten correspondiente

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CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 13: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

Ademaacutes se consideraraacute iii La participacioacuten en la labor de difusioacuten y divulgacioacuten

iv La vinculacioacuten entre la investigacioacuten y los sectores puacuteblico privado y social

v La contribucioacuten al desarrollo institucional

ARTIacuteCULO 16 Los elementos en que se sustenta la evaluacioacuten de los aspirantes a ingresar al SNI son

i La productividad del uacuteltimo periodo de evaluacioacuten asiacute como de la obra global reflejada a traveacutes de los resultados de su participacioacuten en las diversas actividades referidas en el objetivo general Los aspirantes de nuevo ingreso deberaacuten demostrar productividad en los uacuteltimos tres antildeos

ii La calidad de la produccioacuten reportada en teacuterminos de

a) la originalidad de los trabajos b) la consolidacioacuten de la(s) liacutenea(s) de investigacioacuten c) el impacto de los productos de investigacioacuten d) la trascendencia y repercusioacuten en la solucioacuten de problemas prioritarios e) el liderazgo y reconocimiento nacional e internacional f) el valor y los beneficios que aporten los productos obtenidos a traveacutes de

los proyectos realizados y g) la creacioacuten de empresas de alto valor agregado a partir del conocimiento

cientiacutefico-tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 17 Los productos obtenidos a traveacutes de las diferentes actividades consideradas por el SNI son entre otros

i Investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica a) artiacuteculos b) memorias in extenso c) libros d) capiacutetulos de libros e) resentildeas f) opuacutesculos g) patentes h) desarrollos tecnoloacutegicos i) innovaciones j) reportes especializados de asesoriacuteas k) transferencias tecnoloacutegicas

ii Formacioacuten de cientiacuteficos y tecnoacutelogos

a) direccioacuten de tesis profesionales y de grado

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b) imparticioacuten de caacutetedra en licenciatura y posgrado c) libros de texto (educacioacuten superior) d) artiacuteculos en revistas de docencia e) diaporamas o programas de coacutemputo de caraacutecter educativo f) formacioacuten de investigadores g) formacioacuten de especialistas h) formacioacuten de profesionistas i) formacioacuten de teacutecnicos especializados j) tutoriacutea de estudiantes

iii Divulgacioacuten

a) conferencias y seminarios de divulgacioacuten b) participacioacuten en congresos de divulgacioacuten c) libros de divulgacioacuten d) capiacutetulos en libros de divulgacioacuten e) artiacuteculos (ediciones formales) de divulgacioacuten f) ensayos (ediciones formales) de divulgacioacuten

iv Vinculacioacuten de la investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado

a) reportes de proyectos especiacuteficos bajo contrato b) desarrollo de posgrados orientados c) reportes de trabajos solicitados por terceros

v Desarrollo institucional

a) generacioacuten consolidacioacuten o fortalecimiento de centros unidades talleres bancos de informacioacuten laboratorios de investigacioacuten o acervos documentales bibliograacuteficos de especies bioloacutegicas o colecciones cientiacuteficas

b) creacioacuten y montaje de equipo para las actividades de investigacioacuten c) creacioacuten de grupos de investigacioacuten d) desarrollo y consolidacioacuten de posgrados e) informes de resultados de promocioacuten formacioacuten y coordinacioacuten en redes

nacionales de investigacioacuten f) tutoriacutea de grupos nacionales emergentes g) participacioacuten en consorcios de innovacioacuten

vi Participacioacuten en cuerpos editoriales o colegiados de evaluacioacuten cientiacutefica y

tecnoloacutegica a) arbitraje de artiacuteculos en revistas especializadas de circulacioacuten

internacional con alto impacto solicitados por el comiteacute editorial correspondiente

b) evaluacioacuten de propuestas de investigacioacuten c) evaluacioacuten de programas de posgrado

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ARTIacuteCULO 18 Los criterios especiacuteficos de evaluacioacuten que aplican cada una de las Comisiones Dictaminadoras deberaacuten ser presentados al Consejo de Aprobacioacuten para su conocimiento

CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES

ARTIacuteCULO 19 Los aspirantes inconformes con la decisioacuten del Consejo de Aprobacioacuten podraacuten solicitar que su caso sea revisado dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a la fecha de publicacioacuten de los resultados correspondientes ARTIacuteCULO 20 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten presentadas por escrito al Secretario Ejecutivo Deberaacuten contener los argumentos cientiacuteficos yo tecnoloacutegicos que sustenten su solicitud de revisioacuten y ser acompantildeadas en su caso de la documentacioacuten probatoria La revisioacuten se llevaraacute a cabo exclusivamente con base en la produccioacuten que se incluyoacute en la solicitud de ingreso o reingreso de la convocatoria respectiva Por lo anterior auacuten cuando fuera recibida no se consideraraacute la produccioacuten adicional que se anexe a la solicitud de revisioacuten ARTIacuteCULO 21 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten evaluadas por la Comisioacuten Dictaminadora Revisora de cada aacuterea integrada por tres miembros de la Comisioacuten Dictaminadora que evaluoacute el caso y cuatro miembros maacutes de la misma aacuterea del conocimiento que hayan formado parte de las Comisiones Dictaminadoras en antildeos anteriores Las Comisiones Revisoras no podraacuten sesionar con menos de cinco miembros El dictamen de la Comisioacuten Dictaminadora Revisora seraacute sometido a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo para su decisioacuten final la cual seraacute inapelable Los resultados de las revisiones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT en un maacuteximo de tres meses especificando los nombres de los investigadores indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente fundado y motivado emitido por la Comisioacuten correspondiente

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CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 14: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

b) imparticioacuten de caacutetedra en licenciatura y posgrado c) libros de texto (educacioacuten superior) d) artiacuteculos en revistas de docencia e) diaporamas o programas de coacutemputo de caraacutecter educativo f) formacioacuten de investigadores g) formacioacuten de especialistas h) formacioacuten de profesionistas i) formacioacuten de teacutecnicos especializados j) tutoriacutea de estudiantes

iii Divulgacioacuten

a) conferencias y seminarios de divulgacioacuten b) participacioacuten en congresos de divulgacioacuten c) libros de divulgacioacuten d) capiacutetulos en libros de divulgacioacuten e) artiacuteculos (ediciones formales) de divulgacioacuten f) ensayos (ediciones formales) de divulgacioacuten

iv Vinculacioacuten de la investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado

a) reportes de proyectos especiacuteficos bajo contrato b) desarrollo de posgrados orientados c) reportes de trabajos solicitados por terceros

v Desarrollo institucional

a) generacioacuten consolidacioacuten o fortalecimiento de centros unidades talleres bancos de informacioacuten laboratorios de investigacioacuten o acervos documentales bibliograacuteficos de especies bioloacutegicas o colecciones cientiacuteficas

b) creacioacuten y montaje de equipo para las actividades de investigacioacuten c) creacioacuten de grupos de investigacioacuten d) desarrollo y consolidacioacuten de posgrados e) informes de resultados de promocioacuten formacioacuten y coordinacioacuten en redes

nacionales de investigacioacuten f) tutoriacutea de grupos nacionales emergentes g) participacioacuten en consorcios de innovacioacuten

vi Participacioacuten en cuerpos editoriales o colegiados de evaluacioacuten cientiacutefica y

tecnoloacutegica a) arbitraje de artiacuteculos en revistas especializadas de circulacioacuten

internacional con alto impacto solicitados por el comiteacute editorial correspondiente

b) evaluacioacuten de propuestas de investigacioacuten c) evaluacioacuten de programas de posgrado

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ARTIacuteCULO 18 Los criterios especiacuteficos de evaluacioacuten que aplican cada una de las Comisiones Dictaminadoras deberaacuten ser presentados al Consejo de Aprobacioacuten para su conocimiento

CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES

ARTIacuteCULO 19 Los aspirantes inconformes con la decisioacuten del Consejo de Aprobacioacuten podraacuten solicitar que su caso sea revisado dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a la fecha de publicacioacuten de los resultados correspondientes ARTIacuteCULO 20 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten presentadas por escrito al Secretario Ejecutivo Deberaacuten contener los argumentos cientiacuteficos yo tecnoloacutegicos que sustenten su solicitud de revisioacuten y ser acompantildeadas en su caso de la documentacioacuten probatoria La revisioacuten se llevaraacute a cabo exclusivamente con base en la produccioacuten que se incluyoacute en la solicitud de ingreso o reingreso de la convocatoria respectiva Por lo anterior auacuten cuando fuera recibida no se consideraraacute la produccioacuten adicional que se anexe a la solicitud de revisioacuten ARTIacuteCULO 21 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten evaluadas por la Comisioacuten Dictaminadora Revisora de cada aacuterea integrada por tres miembros de la Comisioacuten Dictaminadora que evaluoacute el caso y cuatro miembros maacutes de la misma aacuterea del conocimiento que hayan formado parte de las Comisiones Dictaminadoras en antildeos anteriores Las Comisiones Revisoras no podraacuten sesionar con menos de cinco miembros El dictamen de la Comisioacuten Dictaminadora Revisora seraacute sometido a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo para su decisioacuten final la cual seraacute inapelable Los resultados de las revisiones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT en un maacuteximo de tres meses especificando los nombres de los investigadores indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente fundado y motivado emitido por la Comisioacuten correspondiente

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CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
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ARTIacuteCULO 18 Los criterios especiacuteficos de evaluacioacuten que aplican cada una de las Comisiones Dictaminadoras deberaacuten ser presentados al Consejo de Aprobacioacuten para su conocimiento

CAPIacuteTULO VII DE LA REVISIOacuteN DE INCONFORMIDADES

ARTIacuteCULO 19 Los aspirantes inconformes con la decisioacuten del Consejo de Aprobacioacuten podraacuten solicitar que su caso sea revisado dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a la fecha de publicacioacuten de los resultados correspondientes ARTIacuteCULO 20 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten presentadas por escrito al Secretario Ejecutivo Deberaacuten contener los argumentos cientiacuteficos yo tecnoloacutegicos que sustenten su solicitud de revisioacuten y ser acompantildeadas en su caso de la documentacioacuten probatoria La revisioacuten se llevaraacute a cabo exclusivamente con base en la produccioacuten que se incluyoacute en la solicitud de ingreso o reingreso de la convocatoria respectiva Por lo anterior auacuten cuando fuera recibida no se consideraraacute la produccioacuten adicional que se anexe a la solicitud de revisioacuten ARTIacuteCULO 21 Las solicitudes de revisioacuten seraacuten evaluadas por la Comisioacuten Dictaminadora Revisora de cada aacuterea integrada por tres miembros de la Comisioacuten Dictaminadora que evaluoacute el caso y cuatro miembros maacutes de la misma aacuterea del conocimiento que hayan formado parte de las Comisiones Dictaminadoras en antildeos anteriores Las Comisiones Revisoras no podraacuten sesionar con menos de cinco miembros El dictamen de la Comisioacuten Dictaminadora Revisora seraacute sometido a la consideracioacuten del Consejo de Aprobacioacuten a traveacutes del Secretario Ejecutivo para su decisioacuten final la cual seraacute inapelable Los resultados de las revisiones seraacuten publicados en la paacutegina electroacutenica del CONACYT en un maacuteximo de tres meses especificando los nombres de los investigadores indicando la categoriacutea y el nivel que les hayan sido conferidos Asimismo dicha decisioacuten seraacute notificada por escrito al aspirante por conducto del Secretario Ejecutivo incluyendo el dictamen debidamente fundado y motivado emitido por la Comisioacuten correspondiente

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CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 16: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

CAPIacuteTULO VIII DE LAS DISTINCIONES

ARTIacuteCULO 22 Por distincioacuten se entiende el reconocimiento puacuteblico que otorga el Gobierno Federal a traveacutes del Sistema a los cientiacuteficos y tecnoacutelogos que hayan sobresalido por la calidad de su produccioacuten y en la formacioacuten de nuevos investigadores Las distinciones que confiere el SNI se clasifican en tres categoriacuteas de acuerdo con los requisitos fundamentales que se establecen en este Reglamento y son

i Candidato a Investigador Nacional

ii Investigador Nacional con tres niveles iii Investigador Nacional Emeacuterito

ARTIacuteCULO 23 Para la incorporacioacuten al SNI se consideraraacuten fundamentalmente las aportaciones al conocimiento cientiacutefico tecnoloacutegico social y cultural mediante la investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica la formacioacuten de recursos humanos especializados la divulgacioacuten de la ciencia y la tecnologiacutea la creacioacuten de grupos de investigacioacuten el desarrollo de infraestructura cientiacutefico - tecnoloacutegica asiacute como las labores para vincular la actividad de investigacioacuten con los sectores puacuteblico social y privado ARTIacuteCULO 24 Para recibir la distincioacuten de Candidato a Investigador Nacional el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y cubrir los siguientes requisitos miacutenimos

i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

ii Tener el grado de doctor o produccioacuten de investigacioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica cuya relevancia y calidad a juicio de las Comisiones Dictaminadoras permita en casos excepcionales eximir el requisito del doctorado

iii Demostrar capacidad para realizar investigacioacuten cientiacutefica o tecnoloacutegica

iv Tener menos de 40 antildeos de edad al cierre de la Convocatoria quedando a

juicio de las comisiones dictaminadoras los casos de excepcioacuten ARTIacuteCULO 25 Para recibir la distincioacuten de Investigador Nacional a que se refiere el artiacuteculo 18 del presente reglamento el aspirante deberaacute presentar su solicitud al Sistema y demostrar que cumple con los requisitos siguientes i Cumplir con lo establecido en los artiacuteculos 3 y 23 de este Reglamento

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Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 17: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

Para el Nivel I poseer el grado de doctor y participar activamente en trabajos de investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica de alta calidad lo que demostraraacute mediante la presentacioacuten de sus productos de investigacioacuten o desarrollo tecnoloacutegico Seraacute considerada su participacioacuten en actividades educativas tales como la imparticioacuten de caacutetedra la direccioacuten de tesis de licenciatura o posgrado u otras actividades docentes o formativas Para el Nivel II ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel I haber realizado investigacioacuten original cientiacutefica yo tecnoloacutegica reconocida apreciable consistente en forma individual o en grupo donde se demuestre la independencia del investigador y haber participado en la direccioacuten de tesis de posgrado en actividades docentes y en la formacioacuten de recursos humanos de alto nivel Es deseable que participe en actividades de divulgacioacuten de la ciencia yo la tecnologiacutea Para el Nivel III ademaacutes de cumplir con los requisitos del Nivel II haber realizado investigacioacuten que represente una contribucioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica trascendente para la generacioacuten o aplicacioacuten de conocimientos haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad cientiacutefica o tecnoloacutegica del paiacutes tener reconocimiento nacional e internacional y haber efectuado una destacada labor de formacioacuten de recursos humanos para las actividades de investigacioacuten cientiacutefica yo desarrollo tecnoloacutegico ARTIacuteCULO 26 Para los aspirantes con una trayectoria notable y que satisfagan los demaacutes requisitos para recibir la categoriacutea de Investigador Nacional a juicio de las Comisiones Dictaminadoras se podraacute eximir el requisito de doctorado ARTIacuteCULO 27 Para ser Investigador Nacional Emeacuterito el aspirante deberaacute tener 65 antildeos de edad o maacutes al cierre de la convocatoria y haber tenido una trayectoria excepcional con una contribucioacuten fundamental en la generacioacuten del conocimiento y del desarrollo cientiacutefico yo tecnoloacutegico asiacute como en la formacioacuten de nuevas generaciones de investigadores a traveacutes de una trascendente labor de liderazgo y reconocido prestigio internacional Ademaacutes de lo anterior seraacute requisito haber tenido tres nombramientos consecutivos como Investigador Nacional Nivel III y haber sido propuesto por tres o maacutes Investigadores Nacionales Nivel III yo Emeacuteritos quienes deberaacuten fundamentar debidamente los meacuteritos del postulante que seraacuten evaluados por la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente El otorgamiento de esta distincioacuten deberaacute ser recomendado por un miacutenimo de nueve miembros de la Comisioacuten Dictaminadora Los miembros vigentes de las Comisiones Dictaminadoras no podraacuten ser propuestos como Investigadores Nacionales Emeacuteritos y se abstendraacuten de presentar candidatos para la obtencioacuten de esa distincioacuten hasta el teacutermino de su cargo

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ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 18: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

ARTIacuteCULO 28 Las distinciones tendraacuten validez a partir del primero de enero de cada antildeo con la siguiente duracioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres antildeos y un antildeo adicional de proacuterroga que deberaacute ser consecutivo Soacutelo podraacute obtenerse esta categoriacutea por una vez

ii Investigador Nacional Nivel I tres antildeos en el primer nombramiento y 4 en

los subsecuentes en el mismo nivel iii Investigador Nacional Nivel II cuatro antildeos en el primer nombramiento y 5

en los subsecuentes en el mismo nivel iv Investigador Nacional Nivel III cinco antildeos en el primero y segundo

nombramientos y a partir del tercer nombramiento consecutivo en este nivel la vigencia seraacute de diez antildeos

v Investigador Nacional Emeacuterito tal distincioacuten seraacute vitalicia mantenieacutendose

los derechos correspondientes al nombramiento de Investigador Nacional Nivel III

ARTIacuteCULO 29 Con el objeto de estimular y promover la descentralizacioacuten de las actividades de investigacioacuten en Meacutexico previa recomendacioacuten de la Comisioacuten Dictaminadora correspondiente se podraacute extender la vigencia de los nombramientos hasta por dos antildeos maacutes a solicitud del interesado en los siguientes casos

i Cuando el primer nombramiento en el SNI coincida con su primer contrato o convenio institucional en una institucioacuten de educacioacuten superior o de investigacioacuten en los estados de la Repuacuteblica o bien cuando regresan del extranjero o retornan a su institucioacuten de adscripcioacuten en un estado de la Repuacuteblica despueacutes de haber obtenido el grado de doctor en el extranjero o en una institucioacuten ubicada en el Distrito Federal

ii Para los Candidatos a Investigador Nacional o Investigadores Nacionales cuya adscripcioacuten sea alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten del Distrito Federal y cambien de adscripcioacuten a alguna institucioacuten de educacioacuten superior o investigacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica Esta proacuterroga seraacute adicional al periodo de vigencia establecido en el ARTIacuteCULO 28

ARTIacuteCULO 30 Los Investigadores Nacionales de 65 antildeos o maacutes de edad que hayan permanecido en el Sistema al menos 15 antildeos y despueacutes de una evaluacioacuten favorable de su uacuteltimo periacuteodo podraacuten solicitar la ampliacioacuten de su nombramiento a quince antildeos

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ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 19: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

ARTIacuteCULO 31 A las investigadoras cuyo embarazo ocurra durante el periodo de vigencia de su nombramiento se les otorgaraacute un antildeo de proacuterroga mediante solicitud expresa de la interesada En estos casos la produccioacuten cientiacutefica yo tecnoloacutegica que requeriraacute presentar en la siguiente evaluacioacuten seraacute la correspondiente al periodo de vigencia de su nombramiento normal Aplica soacutelo para un evento por periodo

CAPIacuteTULO IX DE LOS ESTIacuteMULOS ECONOacuteMICOS

ARTIacuteCULO 32 Ademaacutes de las distinciones el SNI otorgaraacute estiacutemulos econoacutemicos en cada una de las categoriacuteas y niveles durante los periodos establecidos en el Artiacuteculo 28 de este Reglamento Los cientiacuteficos y tecnoacutelogos de las instituciones de educacioacuten superior y de investigacioacuten del sector puacuteblico nacional tendraacuten garantizado el pago del estiacutemulo correspondiente a traveacutes de fondos puacuteblicos en teacuterminos de este Reglamento Una vez cubiertas las necesidades de los investigadores que laboran en las instituciones puacuteblicas se podraacuten otorgar en funcioacuten de la disponibilidad presupuestal estiacutemulos econoacutemicos a los investigadores mexicanos que laboren en instituciones privadas en teacuterminos de los convenios previamente establecidos a los que se refiere el ARTIacuteCULO 3 Los estiacutemulos econoacutemicos otorgados por el Sistema se daraacuten sin perjuicio de los ingresos que por concepto de salario compensaciones y otras prestaciones tengan sus miembros En particular estaacuten exentos del pago del impuesto correspondiente seguacuten lo establece la fraccioacuten XX del artiacuteculo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o su equivalente en caso de que exista reestructura en la citada Ley La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos seraacute mensual y estaraacute supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida presupuestaria correspondiente El monto de los mismos seraacute el importe que resulte de aplicar el salario miacutenimo mensual general vigente para el Distrito Federal al nuacutemero de salarios miacutenimos que corresponda a cada categoriacutea y nivel especificado a continuacioacuten

i Candidato a Investigador Nacional tres salarios miacutenimos

ii Investigador Nacional Nivel I seis salarios miacutenimos iii Investigador Nacional Nivel II ocho salarios miacutenimos

iv Investigador Nacional Nivel III catorce salarios miacutenimos

v Investigador Nacional Emeacuterito catorce salarios miacutenimos

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Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
Page 20: REGLAMENTO VIGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE …2006-2012.conacyt.gob.mx/SNI/SNI_Reglamentacion/Documents/SNI_… · El objeto del SNI es premiar la labor de investigación en el país,

Aquellos investigadores que esteacuten adscritos en alguna institucioacuten de los estados de la Repuacuteblica recibiraacuten un salario miacutenimo adicional a los estipulados en el presente artiacuteculo Los investigadores que acrediten estar realizando una estancia posdoctoral tendraacuten derecho a recibir el estiacutemulo econoacutemico hasta por dos antildeos Para aquellos investigadores vigentes que pasen a ocupar un cargo en el servicio puacuteblico en teacuterminos de lo dispuesto por el Artiacuteculo 3 fraccioacuten v del presente Reglamento y obtengan dictamen positivo tendraacuten derecho a recibir los estiacutemulos econoacutemicos correspondientes a su categoriacutea y nivel a partir de la fecha del dictamen emitido por la Comisioacuten Dictaminadora respectiva debiendo recibir el pago retroactivamente Los investigadores que asuman funciones acadeacutemico-administrativas y que mantengan una alta productividad cientiacutefica a solicitud expresa suya seraacuten sometidos a evaluacioacuten normal y en caso de que la Comisioacuten Dictaminadora respectiva emita un dictamen eacutesta sea positivoa podraacuten recibir el estiacutemulo econoacutemico correspondiente Los miembros del Sistema que se encuentren en comisioacuten licencia sin goce de sueldo o con goce parcial de sueldo para dedicarse a cualquier otra actividad distinta a la de investigacioacuten perderaacuten el derecho a percibir el estiacutemulo econoacutemico y conservaraacuten la distincioacuten hasta el teacutermino de la vigencia de su nombramiento en el SNI El Investigador Nacional o el Candidato a Investigador Nacional que esteacute en alguno de los supuestos del presente artiacuteculo deberaacute notificar al SNI de su cambio de situacioacuten laboral dentro de los primeros treinta diacuteas subsecuentes a eacuteste ARTIacuteCULO 33 El CONACYT entregaraacute un reconocimiento a los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras y Comisiones Dictaminadoras Revisoras por su encomiable labor y proporcionaraacute el apoyo logiacutestico y la infraestructura necesarios para realizar la evaluacioacuten correspondiente ARTIacuteCULO 34 Para los Investigadores Nacionales que impartan caacutetedra en licenciatura adicionalmente a las actividades que realizan en el posgrado y con objeto de fomentar la formacioacuten de investigadores joacutevenes se otorgaraacuten mensualmente dos salarios miacutenimos adicionales a los Investigadores Nacionales Nivel III e Investigadores Nacionales Emeacuteritos que se hagan cargo de al menos una asignatura de licenciatura Para tal efecto el interesado deberaacute acreditar ante el Sistema haber impartido dichos cursos

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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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  • Meacutexico D F a 1 de Enero de 2005
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CAPIacuteTULO X DE LA ENTREGA DE LOS ESTIacuteMULOS Y DE LA OPERACIOacuteN

ARTIacuteCULO 35 El estiacutemulo econoacutemico asociado a la distincioacuten se pierde cuando deja de cumplirse alguna de las condiciones establecidas en el presente Reglamento asiacute como cuando los Candidatos a Investigador o Investigadores Nacionales realicen sus actividades en una institucioacuten extranjera con excepcioacuten de quienes disfruten de un periodo sabaacutetico estancia posdoctoral o esteacuten en comisioacuten acadeacutemica con goce de sueldo ARTIacuteCULO 36 Cuando un investigador se encuentre en estancia postdoctoral en el extranjero sin tener una institucioacuten de adscripcioacuten en Meacutexico el monto del estiacutemulo econoacutemico que se le otorgue seraacute el correspondiente al asignado a aquellos miembros del Sistema que tienen su adscripcioacuten en el Distrito Federal ARTIacuteCULO 37 La distincioacuten de Investigador Nacional podraacute conservarse sin el beneficio del estiacutemulo econoacutemico con la jubilacioacuten o el abandono de las funciones por un periodo no mayor al de su designacioacuten como miembro del Sistema En caso de incapacidad permanente o fallecimiento del investigador se otorgaraacuten los mismos estiacutemulos econoacutemicos al interesado o a sus beneficiarios hasta la expiracioacuten de la vigencia del convenio correspondiente con excepcioacuten de los casos de nombramientos por diez quince antildeos o de los Investigadores Nacionales Emeacuteritos para los cuales el beneficio se tendraacute durante cinco antildeos contados a partir del deceso o la incapacidad permanente ARTIacuteCULO 38 La entrega de los estiacutemulos econoacutemicos a los miembros del SNI la realizaraacute el CONACYT a traveacutes de los instrumentos que implemente para dicho efecto ARTIacuteCULO 39 Para la formalizacioacuten del ingreso al SNI los aspirantes seleccionados deberaacuten suscribir un convenio con el CONACYT Ello obliga a los miembros del Sistema a presentar el convenio debidamente firmado asiacute como un informe anual de sus actividades en los formatos establecidos acompantildeado de una constancia de adscripcioacuten actualizada En caso de no entregar dicha documentacioacuten se suspenderaacute la entrega de los estiacutemulos econoacutemicos El pago de dichos estiacutemulos se reanudaraacute a partir de la fecha en que se subsane adecuadamente el incumplimiento excluyendo los estiacutemulos econoacutemicos orrespondientes al periacuteodo durante el cual se estuvo en falta c

CAPIacuteTULO XI

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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DE LOS AYUDANTES DE INVESTIGADOR NACIONAL NIVEL III

ARTIacuteCULO 40 Con el objeto de promover la incorporacioacuten de joacutevenes al SNI el Investigador Nacional Nivel III podraacute proponer al Director del Sistema de uno a tres ayudantes que seraacuten beneficiarios de un estiacutemulo econoacutemico ARTIacuteCULO 41 Los ayudantes de Investigador Nacional Nivel III deberaacuten cumplir con los siguientes requisitos

i Trabajar en un proyecto de investigacioacuten del Investigador Nacional Nivel III que los proponga

ii No estar incorporado al Sistema en ninguna de sus categoriacuteas

iii Ser estudiante cursando al menos los dos uacuteltimos antildeos de licenciatura o

ser estudiante de alguacuten posgrado nacional iv Ser menor de 35 antildeos

v Los ayudantes del Investigador Nacional Nivel III no deberaacuten tener

parentesco o relacioacuten de negocios ARTIacuteCULO 42 El aspirante a ayudante de Investigador Nacional Nivel III deberaacute entregar al Sistema los documentos siguientes

i Solicitud escrita y rubricada por el Investigador Nacional Nivel III

ii Curriacuteculum vitae completo iii Documento oficial que acredite su edad

iv Comprobante de estudios

v Programa de actividades avalado por el Investigador Nacional Nivel III

De cumplirse lo anterior se daraacute de alta al ayudante de investigador a partir de la fecha en que se reciba la propuesta por escrito del Investigador Nacional Nivel III La duracioacuten maacutexima improrrogable del estiacutemulo econoacutemico para un mismo ayudante seraacute de tres antildeos ARTIacuteCULO 43 El estiacutemulo econoacutemico seraacute el mismo en todo el territorio nacional y tendraacute las siguientes opciones

i Un ayudante con tres salarios miacutenimos ii Dos ayudantes uno con dos salarios miacutenimos y uno con un salario miacutenimo

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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iii Tres ayudantes con un salario miacutenimo cada uno

ARTIacuteCULO 44 El ayudante deberaacute suscribir un convenio anual renovable a peticioacuten del Investigador Nacional Nivel III que lo propone Para renovar el convenio deberaacute entregar un informe anual de actividades aprobado y rubricado por el Investigador Nacional Nivel III ARTIacuteCULO 45 Se suspenderaacute el estiacutemulo econoacutemico al ayudante por las causas siguientes

i Por su incorporacioacuten al SNI

ii Por solicitud escrita formulada por el Investigador Nacional Nivel III iii Por no entregar el informe al que se refiere el artiacuteculo anterior y

CAPIacuteTULO XII

DISPOSICIONES GENERALES ARTIacuteCULO 46 Es obligacioacuten de los miembros del Sistema informar por escrito cualquier cambio de adscripcioacuten dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes a que ocurra el hecho ARTIacuteCULO 47Toda la informacioacuten presentada al SNI deberaacute ser veriacutedica comprobable y sujeta a auditoriacutea Seraacute causa de baja definitiva del investigador dentro del Sistema si se acredita la alteracioacuten de datos oficiales o falta de veracidad en la informacioacuten presentada ARTIacuteCULO 48En caso de que el investigador haya recibido estiacutemulos econoacutemicos en demasiacutea deberaacute reintegrarlos al SNI de manera inmediata teniendo la posibilidad de celebrar alguacuten convenio por medio del cual se pueda llevar a cabo en su caso la reintegracioacuten paulatina de los mismos ARTIacuteCULO 49 Los aspectos no previstos en este Reglamento asiacute como los casos de excepcioacuten no contemplados en el mismo seraacuten resueltos por el Consejo de Aprobacioacuten ARTIacuteCULO 50 El Reglamento del SNI podraacute revisarse anualmente y presentarse al Consejo de Aprobacioacuten para su anaacutelisis y ulterior aprobacioacuten por la Junta de Gobierno del CONACYT ARTIacuteCULO 51 Una vez incorporados oficialmente al SNI los Investigadores Nacionales seraacuten incluidos automaacuteticamente en el Registro Nacional de

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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Evaluadores Acreditados del CONACYT de acuerdo con los criterios establecidos por los Comiteacutes de Acreditacioacuten para cada una de las aacutereas del conocimiento

TRANSITORIOS

PRIMERO Se abroga el Reglamento del SNI de fecha 4 de enero de 2003 que inicioacute su vigencia en esa misma fecha SEGUNDO El presente Reglamento entraraacute en vigor al diacutea 1ordm de enero de 2004 y para su difusioacuten se incluiraacute en el Sistema Integrado de Informacioacuten sobre Investigacioacuten Cientiacutefica y Tecnoloacutegica TERCERO Para todos aquellos investigadores que presenten su solicitud de evaluacioacuten para ingreso al SNI bajo la convocatoria del antildeo 2004 los nombramientos y pagos de estiacutemulos econoacutemicos entraraacuten en vigor el 1ordm de enero del antildeo 2005 Para los investigadores vigentes que presenten solicitud de evaluacioacuten bajo la convocatoria 2004 se extenderaacute su nombramiento y estiacutemulo econoacutemico hasta el 31 de diciembre del 2004 y a partir de esa fecha se contabilizaraacute el periacuteodo de su nombramiento conforme a lo estipulado en este Reglamento A partir del 2005 se seguiraacute el mismo procedimiento hasta regularizar a todos los investigadores del SNI que tengan un nombramiento vigente CUARTO Los investigadores que actualmente ostentan la categoriacutea de Investigadores Nacionales de Excelencia conservaraacuten los derechos adquiridos por el tiempo que dure su nombramiento A partir de la entrada en vigor de este Reglamento no se convocaraacute a nuevos ingresos en esta categoriacutea SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES Av Insurgentes Sur No 1582 Col Creacutedito ConstructorDelegacioacuten Benito Juaacuterez CP 03940 Meacutexico DFTeleacutefono 53-22-77-00 extensiones 3023 3026 y 305513Fax 53-22-78-0813E-mail sniconacytmx

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