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REPUBLICA ARGENTINA
Ministerio de Planificacin, Infraestructura y Servicios
Secretaria de Obras Pblicas
Ente Nacional de Obras Hdricas de Saneamiento
REGLAMENTO OPERATIVO
Y MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
PROGRAMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO PARA CENTROS URBANOS Y
SUBURBANOS
AR-L-1084 (Prstamo BID 2343 / OC-AR)
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PROGRAMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO PARA CENTROS
URBANOS Y SUBURBANOS
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Reglamento Operativo y Manual de Procedimientos
INDICE
I. PROPOSITO Y DEFINICIONES 6
I.1. Propsito 6
I.2. Definiciones 6
II. OBJETIVOS Y DESCRIPCIN DEL PROGRAMA 8
II.1. Objetivos 8
II.2. Descripcin 8
II.3. Ciclo del Proyecto 9
III. ORIGEN DE LOS RECURSOS DEL PROGRAMA 10
IV. ORGANIZACION INSTITUCIONAL DEL PROGRAMA 10
IV.1. Ejecucin 10
IV.2. Administracin del Programa 11
IV.3. Funciones y responsabilidades 11 IV.3.1. Ejecutor 11
IV.3.2. Organismo Provincial 13 IV.3.3. Ente Beneficiario 15
V. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD 15
V.1. Convenios 15
V.2. Localizacin de las Obras 16
V.3. Entes Beneficiarios 16
V.4. Tipos de Obra 16 V.4.1. Agua Potable 16 V.4.2. Desages
Cloacales 17
V.5. Proyectos de Obra 17
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V.5.1. Criterios Generales 17 V.5.2. Agua Potable 18 V.5.3.
Desages Cloacales 18
VI. PROCESO DE GESTIN 18
VI.1. Gestin de Proyectos 18
VI.2. Obras de Agua Potable y Desages Cloacales. 20
VI.3. Estudios y Diseos 21
VI.4. Proyectos de Mejoramiento de la Gestin de los Entes 22
VII. ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES 23
VIII. RECURSOS DEL PROGRAMA 24
VIII.1. Asignacin de los recursos del Programa 24
VIII.2. Cargos al Programa como Contrapartida Local. 25
VIII.3. Pagos de Obligaciones del Proyecto 25
VIII.4. Procedimientos de los desembolsos 26
VIII.5. Pagos Directos Del Ejecutor 26
VIII.6. Rendiciones 27
IX. CONTABILIDAD, SISTEMA DE REGISTRO DE LAS OPERACIONES 28
IX.1. Contabilidad y Estados Financieros 28
X. TRMINOS Y CONDICIONES DE LOS CONVENIOS 28
X.1. Tipos de Convenios 28 X.1.1. Convenio Marco: 28 X.1.2.
Convenios Complementarios: 29 X.1.3. Convenios de Transferencia y
Operacin: 29
X.2. Caractersticas generales de los Convenios 29
X.3. Exigibilidad de los Convenios 29
XI. SUSTENTABILIDAD 29
XII. ADMINISTRACIN, OPERACIN, MANTENIMIENTO 30
XII.1. Inicio de la Operacin 30
XII.2. Informes 30
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XIII. DISPOSICIONES VARIAS 30
XIII.1. Incumplimiento de las Obligaciones 30
XIII.2. Incumplimiento del Plan de Gestin 31
XIII.3. Interpretacin y Solucin de Controversias 31
XIV. ANEXOS 31
XIV.1 Gua para la Formulacin y Presentacin de Proyectos 34
XIV.1.1. Introduccin 34 XIV.1.2. PARTE I: Marco del Proyecto 35
XIV.1.3. PARTE II: Estudios Preliminares 36 XIV.1.4. PARTE III:
Anteproyecto 40 XIV.1.5. PARTE IV: Prefactibilidad 41 XIV.1.6.
PARTE V Proyecto 69
XIV.2 Guas para el Fortalecimiento Institucional 74 XIV.1.7.
Criterios para la Formulacin de Proyectos de Fortalecimiento
Institucional de
Entes Beneficiarios y Organismos Provinciales 74 XIV.1.8.
Prestamos para Conexiones Intradomiciliarias (Sistemas de Desages
Cloacales)
por parte del Ente Beneficiario 77 XIV.1.9. Cumplimiento de
metas acordadas 80 XIV.1.10. Presentacin 82 XIV.1.11. Evaluacin de
los Impactos Ambientales (EIA) 82 XIV.1.12. Procedimientos de
Control de Calidad Ambiental de los Proyectos 83 XIV.1.13.
Evaluacin de Impacto Ambiental contenido mnimo 87 XIV.1.14. Plan de
Gestin Ambiental y Social PGAS 90 XIV.1.15. VI Programa de Control
Ambiental de Obras PCAO. 91 XIV.1.16. Proceso de Consulta Pblica
96
XIV.2. Modelos de Convenios 98 XIV.2.1. Modelo de Convenio
Marco: Ejecutor Provincia 98 XIV.2.2. Modelo de Convenio Marco:
Ejecutor Municipio 101 XIV.2.3. Modelo Convenio Complementario:
Ejecutor Organismo Provincial Ente
Beneficiario 104 XIV.2.4. Modelo Convenio Complementario
Ejecutor Ente Beneficiario (en el caso
del Ente Beneficiario designado como Organismo Provincial) 108
XIV.2.5. Modelo Convenio de Transferencia y Operacin: Ejecutor -
Provincia /
Municipio - Ente Beneficiario 112
XIV.3. Diagramas de Gestin y Procedimientos 115 XIV.3.1. Ciclo
del Proyecto 115 XIV.3.2. Contenido y Viabilidad del Proyecto
Tcnico 118 XIV.3.3. Contenido y Viabilidad del Fortalecimiento
Institucional 122 XIV.3.4. Ruta de Presentacin - Revisin y
Aprobacin de Proyectos 125 XIV.3.5. Ruta de Licitacin y Ejecucin de
Obras 129 XIV.3.6. Ejecucin de Obras a Cargo del ENOHSA 133
XIV.3.7. Ejecucin de Obras a Cargo de la Provincia / Municipio
135
XIV.4. InformesTcnicos 138 XIV.4.1. Informes Tcnicos de Calidad
del Servicio: 138
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XIV.4.2. Informe Tcnico General Operativo Anual: 141
XIV.5. Resumen del Programa 143
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PROGRAMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO PARA CENTROS
URBANOS Y SUBURBANOS
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Reglamento Operativo y Manual de Procedimientos I. PROPOSITO Y
DEFINICIONES I.1. Propsito
I.1.1. El propsito de este Reglamento Operativo y Manual de
Procedimientos es establecer los trminos y condiciones que regirn
el Programa de Agua Potable y Saneamiento para Centros Urbanos y
Suburbanos (AR-L-1084), PAyS.
I.1.2. Se aplicar para el financiamiento de la ejecucin de
obras, la contratacin de estudios y proyectos y la adquisicin de
bienes y servicios a ser financiados con los recursos del Prstamo N
2343/OC-AR del Banco Interamericano de Desarrollo, cuyo EJECUTOR es
el Ente Nacional de Obras Hdricas de Saneamiento (ENOHSA),
organismo dependiente de la Secretaria de Obras Pblicas, del
Ministerio de Planificacin, Infraestructura y Servicios de la
Nacin.
I.2. Definiciones
I.2.1. En el presente Reglamento Operativo los trminos
mencionados a continuacin se entendern de la siguiente forma:
PRESTATARIO: La Repblica Argentina
BID o BANCO: BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO. EJECUTOR o ENTE
EJECUTOR: Ente Nacional de Obras Hdricas de Saneamiento (ENOHSA),
organismo dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios
Pblicos, del Ministerio de Planificacin, Infraestructura y
Servicios de la Nacin; responsable de la ejecucin, direccin,
coordinacin, gestin y administracin general, manejo
financiero-contable, seguimiento y evaluacin del Programa.
PRESTAMO: El Contrato de Prstamo N 2343/OC-AR, celebrado entre el
BID y el Prestatario. PROGRAMA: El Programa de Agua Potable y
Saneamiento para Centros Urbanos y Suburbanos (AR-L-1084),
financiado con recursos del Prstamo BID N 2343/OC-AR y de la
Contrapartida Local. PROYECTO: incluye obras, bienes y servicios
especficos referidos a:
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La OBRA especfica que se construya, tales como sistemas nuevos
de provisin de agua potable y desages cloacales; y renovacin,
optimizacin, rehabilitacin, mejoramiento y/o ampliacin de servicios
existentes.
El SERVICIO especfico que se preste, sea de: consultora,
asistencia,
asesoramiento, capacitacin, educacin, comunicacin, desarrollo de
Programas, sistemas, etc.
El BIEN especfico que se adquiera, esto es: componentes fsicos
de distinto
tipo (instalaciones, equipamientos, vehculos, laboratorios,
etc.). ORGANISMO PROVINCIAL / MUNICIPAL (OP): Los gobiernos
provinciales y/o municipales participarn de la ejecucin del
Programa mediante la designacin, a travs del dictado del acto
administrativo que corresponda, de una Unidad Ejecutora Provincial
y/o Municipal, la que podr ser un Organismo Provincial y/o
Municipal (OP), el cual deber tener competencia sobre el
financiamiento para el tipo de obras a ser ejecutadas con recursos
del Programa en su territorio. ENTIDADES REGULADORAS: Son las
entidades provinciales y/o municipales con facultades para vigilar
la eficiencia y sostenibilidad de la provisin del servicio de agua
potable y saneamiento. ENTE BENEFICIARIO o ENTE PRESTADOR: Son los
entes de naturaleza publica, privada y/o mixta que tienen a su
cargo la prestacin de los servicios agua potable y/o desages
cloacales, su administracin, operacin y mantenimiento.
BENEFICIARIOS: Son los habitantes que se encuentran dentro del rea
de influencia de cada proyecto y que reciben el beneficio directo
del mismo. CONVENIO-MARCO o DE ADHESION: Es el convenio por el cual
se formaliza la participacin de la respectiva provincia o municipio
al Programa, estableciendo su aceptacin a las condiciones generales
del mismo e incluyendo las condiciones particulares que, de acuerdo
con su propio rgimen, se requieran para la ejecucin del Programa.
CONVENIOS COMPLEMENTARIOS: Son los convenios donde se establecern
las condiciones de ejecucin de cada proyecto (obras, servicios o
bienes), se detallan los montos, los plazos de ejecucin y todo lo
que se requiera para el desarrollo del proyecto. Contendr adems las
acciones correspondientes al apoyo a los entes prestadores y
reguladores. CONVENIOS DE TRANSFERENCIA y OPERACION: Son los
convenios de traspaso de la administracin, operacin y mantenimiento
de la obra que suscribe el EJECUTOR y/o la PROVINCIA/MUNICIPIO con
el ENTE BENEFICIARO, en el que se establecen los trminos y
condiciones del traspaso y/o la transferencia, para la operacin y
gestin de los servicios.
Nota: En el presente documento cuando se haga referencia a
ORGANISMO PROVINCIAL, se entiende que se trata del ORGANISMO
PROVINCIAL / MUNICIPAL, segn corresponda.
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II. OBJETIVOS Y DESCRIPCIN DEL PROGRAMA II.1. Objetivos
II.1.1. El Programa PAyS ha sido concebido por el Gobierno
Nacional como parte de su Plan Quinquenal del Sector Agua Potable y
Saneamiento. Su objetivo tiende a resolver la problemtica de agua
potable y saneamiento en los principales centros y aglomerados
urbanos del pas, y contribuir al desarrollo en infraestructura del
sector en Centros Urbanos y Suburbanos del pas mayores a 50.000
habitantes: i) ejecutando obras nuevas de sistemas de provisin de
agua potable y de desages cloacales; y obras de renovacin,
rehabilitacin, optimizacin, ampliacin y mejoras de servicios
existentes, ii) brindando apoyo al Ente Ejecutor, al Organismo
Provincial en caso de ser el Ente Regulador y a los Entes
Beneficiarios prestadores de los servicios. Incluye la ejecucin de
obras de sistemas unificados cuyas poblaciones en conjunto sean
mayores a 50.000 habitantes.
II.2. Descripcin
II.2.1. El Programa se inscribe en una operacin de Lnea de
Crdito Condicional (CCLIP) a ejecutar como mximo en tres (3)
operaciones individuales con un periodo mximo estimado en diez (10)
aos suponiendo un horizonte amplio de planificacin y Programacin de
actividades que permita, adems de la ejecucin de proyectos y obras
de agua potable y desages cloacales, el mejoramiento de la
capacidad de gestin y operacin de los operadores del sistema.
II.2.2. El Crdito ser tomado y devuelto al BID en su totalidad
por el estado nacional..
II.2.3. Las actividades a desarrollar objeto de financiamiento
son las siguientes:
A. Estudios y Diseos
Comprende la elaboracin de proyectos de agua potable y proyectos
de desages cloacales; verificacin del cumplimiento de los
lineamientos y normativa ambientales; y evaluacin de los
proyectos.
B. Obras de Agua Potable y Saneamiento
Comprende los costos para la ejecucin de obras de agua potable y
de desages cloacales: sistemas nuevos y obras de mejoras,
optimizacin, rehabilitacin y ampliacin de los servicios existentes.
Se incluyen obras nuevas, de mejoramiento o ampliacin de: i)
sistemas de captacin, potabilizacin, transporte, almacenamiento y
distribucin de agua potable, ii) sistemas de recoleccin,
transporte, tratamiento y disposicin de aguas residuales cloacales.
Se podrn financiar eventualmente conexiones
intradomiciliarias..
C. Apoyo a la gestin del EJECUTOR, los ENTES BENEFICIARIOS y el
ORGANISMO PROVINCIAL
Comprende el desarrollo y ejecucin de los proyectos de mejora en
la gestin del EJECUTOR, del ENTE BENEFICIARIO encargado de la
prestacin del servicio y del ORGANISMO PROVINCIAL en caso de ser el
Ente Regulador. En tales proyectos podran incluirse componentes
tales como: capacitacin, apoyo tcnico para la mejora de la
administracin, la organizacin, los sistemas y el equipamiento,
mejora operacional y comercial de los prestadores, tales como:
aumento de la micromedicin e implantacin de la macromedicin;
asesoramiento y/o
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asistencia para una rpida conexin de los usuarios al servicio;
diseo y compra de software especializado; estudios y asesoras en
materia de diseo del Plan de Inversiones; eficiencia del servicio,
revisin de la estructura y nivel de tarifas y del esquema de
subsidios; mejora del ndice de cobranza; implantacin de un programa
de reduccin del agua no contabilizada, etc., como as tambin mejorar
la capacidad regulatoria en los casos mencionados
precedentemente.
II.3. Ciclo del Proyecto
II.3.1. El ciclo del proyecto, para la inclusin en el programa,
se divide en cuatro instancias:
I- Identificacin, planteo de necesidades y elegibilidad: El
ORGANISMO PROVINCIAL identifica las necesidades de su jurisdiccin y
a los Entes Prestadores de servicios que cumplimentan los criterios
de elegibilidad del Programa (generales, institucionales y de
inversin) y gestiona su inclusin en el Programa ante el
EJECUTOR.
Esta instancia concluye con la firma del CONVENIO MARCO de
adhesin al Programa entre la NACION (ENOHSA) y la PROVINCIA o
MUNICIPIO.
II- Preparacin de Proyectos y su Inclusin al Programa
El ENTE BENEFICIARIO, prestador del servicio, identifica y
plantea necesidades de inversin. A dichos fines gestiona y presenta
al ORGANISMO PROVINCIAL (Provincial o Municipal) un diagnostico
cuantitativo del estado de situacin de todos los servicios del
prestador correspondiente a localidades mayores de 50.000
habitantes. Del resultado del mismo se deber presentar un plan de
prioridades de inversin, en el cual se sustente la necesidad de
desarrollar el proyecto seleccionado.
La Provincia o Municipios, en conjunto con los Entes
Beneficiarios son responsables de la preparacin y elaboracin de los
proyectos de inversin de acuerdo a los lineamientos del Programa
(Tcnico, Econmico, Financiero, Ambiental) y del proyecto de
Fortalecimiento Institucional del ente prestador, determinando los
planes de mejora de la gestin (Administrativa, Financiera,
Institucional y Operativa).
El ORGANISMO PROVINCIAL gestiona la inclusin de la solicitud en
el PROGRAMA ante el EJECUTOR (ENOHSA) que verifica si es
elegible.
El EJECUTOR, el ORGANISMO PROVINCIAL y el ENTE BENEFICIARIO
acuerda las etapas de ejecucin del proyecto y fijan metas de
desempeo y eficiencia operativa, comercial, financiera e
institucional
El EJECUTOR aprueba el proyecto y gestiona ante el BID su no
objecin.
Esta instancia concluye con la firma de los CONVENIOS
COMPLEMENTARIOS entre la NACION (Ejecutor) PROVINCIA/MUNICIPIO
(Organismo Provincial) ENTE BENEFICIARIO.
III- Ejecucin
El EJECUTOR ser responsable de realizar los procesos de
adquisiciones y ejecucin de las obras, pudiendo autorizar la
ejecucin de la licitacin, adjudicacin, contratacin y ejecucin por
parte del ORGANISMO PROVINCIAL o el ENTE
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BENEFICIARIO a travs del CONVENIO COMPLEMENTARIO, quedando en
ese caso a cargo del ENOHSA la supervisin de los procesos y de las
obras y el pago de los certificados.
El ENTE BENEFICIARIO ejecuta los Planes de Fortalecimiento, que
sern monitoreados y controlados en su desarrollo por el ORGANISMO
PROVINCIAL y el EJECUTOR.
IV Transferencia y Operacin
Recepcionadas las Obras, se entregan al ENTE BENEFICARIO para su
adecuada operacin y mantenimiento.
Esta instancia concluye con la firma del CONVENIO DE
TRANSFERENCIA Y OPERACIN entre la NACION (Ejecutor) -
PROVINCIA/MUNICIPIO - ENTE BENEFICIARIO.
III. ORIGEN DE LOS RECURSOS DEL PROGRAMA
III.1.1. Los recursos del Programa provendrn del Prstamo BID N
2343/OC-AR y de la Contrapartida Local, constituida por los
intereses y comisiones del prstamo y por los aportes que realizan
el EJECUTOR, los ORGANISMOS PROVINCIALES y los ENTES BENEFICIARIOS
para la ejecucin del Programa.
III.1.2. El total de la lnea CCLIP es de ochocientos noventa
millones de dlares de los Estados Unidos de Amrica (US$
890.000.000), de este valor, el BID financiar hasta setecientos
diez millones de dlares de los Estados Unidos de Amrica (US$
710.000.000) con cargo a los recursos del Capital Ordinario. Los
recursos de los ciento ochenta millones de dlares de los Estados
Unidos de Amrica (US$ 180.000.000) provendrn de Contrapartida
Local.
III.1.3. El costo del primer tramo ser de doscientos cincuenta
millones de dlares de los Estados Unidos de Amrica (US$
250.000.000), de los cuales doscientos millones de dlares (US$
200.000.000) - (80%) - son financiados por el Prstamo, y el resto
cincuenta millones de dlares de los Estados Unidos de Amrica (US$
50.000.000) -(20%) - corresponden a la Contrapartida Local.
III.1.4. Los recursos para el financiamiento de las inversiones,
bienes y/o servicios a adquirirse para la ejecucin del PROYECTO,
provendrn del PRESTAMO y de fondos de Contrapartida Local, siendo
sus condiciones las fijadas entre las partes en el Acuerdo
Adicional a los Convenios Complementarios
IV. ORGANIZACION INSTITUCIONAL DEL PROGRAMA IV.1. Ejecucin
IV.1.1. Por Decreto N 268/2011 se aprob el Contrato de Prstamo
para la ejecucin del Programa, establecindose en su Artculo N 6 que
la administracin central del Programa es realizada por el EJECUTOR,
otorgndose las facultades y autoridad necesarias para su correcto
funcionamiento durante la vigencia del citado Contrato.
IV.1.2. El EJECUTOR es responsable de la direccin, coordinacin,
ejecucin, gestin y administracin general, manejo
financiero-contable, seguimiento y evaluacin del Programa. El
EJECUTOR constituye el nexo con los Organismos Provinciales, Entes
Beneficiarios y el BID.
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IV.1.3. El EJECUTOR ser el ENOHSA y el mximo nivel decisorio del
Programa estar a cargo de su Administrador y Sub-Administrador,
quedando el gerenciamiento y coordinacin tcnica operativa del
programa a cargo de la Unidad Coordinadora del Programa (UCP), que
ser responsable de supervisar las actividades de su ejecucin y
tomar las acciones pertinentes que aseguren el logro de los
objetivos del Programa en tiempo y forma.
IV.1.4. Las entidades provinciales y municipales relacionadas
con los diferentes proyectos, de acuerdo a sus objetivos y
competencias, apoyarn a la UCP en la ejecucin tcnica y supervisin
de los mismos.
IV.2. Administracin del Programa
IV.2.1. La Unidad Coordinadora del Programa, verificar y
supervisar el seguimiento del programa para lo cual contar con un
Coordinador del Programa y con la asistencia de Especialistas
responsables de la gestin: un especialista en los aspectos Tcnicos
Ambientales que contar con el apoyo de un especialista de gestin
ambiental, a tiempo parcial cuando as se requiera; un especialista
en aspectos Econmicos Financieros; y un especialista en aspectos
Institucionales; un especialita en los aspectos Administrativos.
Adicionalmente la UCP estar apoyada por todas las reas operativas
del ENOHSA, la Gerencia Tcnica Operativa evaluar y aprobar los
proyectos, realizar los procesos de adquisiciones, inspeccin,
supervisin y certificacin de obras la Gerencia Financiera y
Subgerencia de Administracin realizarn todas las tareas
financieras, contables y de administracin, la Asesora Jurdica
interviene en todos los aspectos legales que requiere el Programa y
la Auditoria Interna tiene a su cargo los controles internos
respectivos.
IV.2.2. En caso que el Programa lo requiera se podr contratar la
asistencia de profesionales de apoyo a los especialistas de la
UCP.
IV.2.3. Los especialistas tendrn la responsabilidad de
interactuar con las distintas reas del ENOHSA y de prestar
asistencia y asesoramiento a los Organismos Provinciales, Entes
Beneficiarios en: i) el cumplimiento de los criterios de
elegibilidad y su adecuacin a las normas del Programa y a las
polticas del Banco; ii) Verificar la consistencia de la
documentacin del proyecto con el objetivo del Programa; iii) la
formulacin de los proyectos especficos su identificacin,
elaboracin, evaluacin y aprobacin; iv) los procesos de
adquisiciones de obras, bienes y servicios su ejecucin y
supervisin; v) el seguimiento y control de los procesos de gestin,
planificacin; vi) verificacin, preparacin y aprobacin del
desarrollo y ejecucin de los proyectos de fortalecimiento
institucional de mejora en la gestin del Ente Beneficiario
encargado de la prestacin del servicio; vii) y la presentacin de
informes peridicos al BID relacionados con la marcha del programa y
las condiciones del contrato de prstamo..
IV.3. Funciones y responsabilidades IV.3.1. Ejecutor
a) Dar cumplimiento con las Clusulas del Contrato de Prstamo y
la normativa local aplicable en lo pertinente.
b) Dar seguimiento y verificar el cumplimiento de los requisitos
necesarios para la
firma del Convenio Marco, Convenios Complementarios y de
Transferencia y Operacin, formalizar y firmar los mismos.
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c) Recibir la documentacin de solicitud de financiamiento de
cada Proyecto; revisar, evaluar y verificar el cumplimiento de los
criterios de elegibilidad y su adecuacin a las normas del PROGRAMA
y a las polticas del Banco. Fijar las prioridades y elaborar la
programacin de inversiones.
d) Recibir y aplicar los fondos del prstamo BID conforme
establecido en los
respectivos convenios y verificar el aporte local del Programa,
a fin de mantener el pari passu.
e) Gerenciar y coordinar la ejecucin del Programa y supervisar
las actividades de
los Organismos Provinciales y los Entes Beneficiarios, tomando
las acciones pertinentes que aseguren el logro de los objetivos del
Programa en tiempo y forma.
f) Verificar la consistencia de la documentacin tcnica e
institucional de soporte con
el objetivo del Programa. Evaluar y aprobar la misma. Elaborar
y/o revisar y aprobar la documentacin para las adquisiciones,
previa a la no objecin del Banco. Realizar y/o verificar la calidad
de los procesos licitatorios correspondientes y gestionar su
aprobacin.
g) Realizar los procesos de adquisiciones de obras, bienes y
servicios su ejecucin,
inspeccin, certificacin, pago, justificaciones, rendiciones.
h) Podr acordar, solo en aquellos casos que considere pertinente
a travs de los Convenios Complementarios.que la licitacin
adjudicacin, contratacin y ejecucin de los proyectos sean
realizadas por el ORGANISMO PROVINCIAL o el ENTE BENEFICIARIO,
cumpliendo con los requisitos del PROGRAMA.
i) Verificar y supervisar los procesos de adquisiciones de
obras, bienes y servicios
su ejecucin, certificacin, realizar pagos a contratista,
justificaciones, rendiciones, si la ejecucin se realiza a travs del
Organismo Provincial o Ente Beneficiario.
j) Gestionar las partidas presupuestarias y los fondos que
requieran para la
ejecucin del PROGRAMA, incluyendo aquellos que constituirn la
contrapartida local
k) Revisar, aprobar y consolidar los gastos elegibles del
Programa antes de su
remisin al Banco para la tramitacin de desembolsos. l) Elaborar
y dar seguimiento a una programacin financiera de acuerdo a la
matriz
del contrato de prstamo, elaborar los POA y consolidar los
Planes de Adquisiciones del Programa.
m) Formalizar los Convenios Complementarios y de Transferencia y
Operacin, como
as tambin Acuerdos Adicionales con los Organismos Provinciales y
los Entes Beneficiarios.
n) Realizar la inspeccin o supervisin peridica de las obras del
Programa y
monitorear su posterior operacin y mantenimiento. o) Efectuar
los pagos a los Contratistas ya sea de obras cuya ejecucin estn a
su
cargo a cargo del Organismo Provincial o del Ente Beneficiario.
p) Elaborar en caso necesario planes de apoyo al Ente Ejecutor.
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q) Intervenir ante los Entes Beneficiarios en los temas
relacionados con aspectos tcnicos y administrativos vinculados al
Programa, y en lo concerniente a la ejecucin del mismo, en los
trminos de los Convenios Suscriptos.
r) Intervenir en la verificacin, preparacin y aprobacin del
desarrollo y ejecucin de
los proyectos de fortalecimiento institucional de mejora en la
gestin del Ente Beneficiario encargado de la prestacin del servicio
y los Organismos Provinciales en caso de Entes Reguladores .
s) Mantener un sistema contable y financiero que permita un
control adecuado de los
recursos y la consolidacin de la informacin a remitir al Banco
en tiempo y forma. t) Administrar las cuentas del Programa y llevar
el control de los fondos del
Programa u) Mantener actualizado el sistema consolidado de
administracin y cartera de
proyectos del Programa.
v) Brindar asesoramiento y difusin a las instituciones
provinciales y locales en todos los aspectos relacionados con el
Programa.
w) Preparar los informes anuales consolidados de Estados
Financieros Auditados y
el Plan Operativo Anual del Programa.
x) Participar en la negociacin con el BID de cada Operacin
Individual (OI) del CCLIP y en los ajustes que deban
proponerse.
y) Gestionar y coordinar la interrelacin con las Gerencias del
ENOHSA la provisin
oportuna de los servicios de apoyo para la ejecucin del
Programa. z) Suministrar al BID la informacin establecida en los
Contratos de Prstamo. aa) Coordinar con otras instituciones pblicas
y privadas las acciones necesarias para
la ejecucin del Programa. bb) Preparar, presentar al Banco y
poner a disposicin del pblico los informes
requeridos en el Contrato de Prstamo. cc) Atender las misiones
de seguimiento y monitoreo del Banco.
IV.3.2. Organismo Provincial
a) Dar cumplimiento a todas las actividades delegadas por el
EJECUTOR referidas a las tareas comprometidas en el Convenio Marco
y los respectivos Convenios Complementarios, respetando las
polticas y las normativas establecidas en el PROGRAMA.
b) Formalizar los Convenios Complementarios y de Transferencia y
Operacin como
as tambin Acuerdos Adicionales con el EJECUTOR y el Ente
Beneficiario. c) Acordar y elaborar los planes de mejora de la
gestin a los efectos de su
incorporacin al programa. d) Acordar y elaborar, con la
participacin del EJECUTOR y con cada ENTE
BENEFICIARIO los compromisos que stos deben asumir para alcanzar
la sustentabilidad de los servicios, formulando de comn acuerdo los
Planes de
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Gestin, los indicadores de desempeo y las metas de gestin,
formalizando su obligatoriedad de cumplimiento y ejecucin en los
Convenios Complementarios y de Transferencia y Operacin.
e) Identificar, evaluar y/o elaborar, los proyectos tcnicos
ambientales e
institucionales, gestionando su inclusin en el programa. f)
Realizar las acciones y los estudios ambientales necesarios a los
efectos de dar
cumplimiento y obtener la factibilidad ambiental de los
Proyectos de acuerdo a la legislacin provincial o local
vigente.
g) Elaborar, en caso de habrsele autorizado la responsabilidad
de ejecucin de las
inversiones a travs de los convenios complementarios, la
documentacin para las adquisiciones de obras, bienes y servicios;
realizar los procesos licitatorios, las contrataciones y las
ejecuciones correspondientes y gestionar en cada oportunidad las
aprobaciones respectivas por parte del Ejecutor y el Banco.
h) Realizar en caso de las obras delegadas a travs del Convenio
Complementario,
las contrataciones de obras y su ejecucin realizando su
inspeccin y certificacin i) Fiscalizar, la ejecucin de los Planes
de Gestin de los Entes Beneficiarios y el
control de los indicadores de desempeo y las metas de gestin
comprometidos. j) Mantener informacin actualizada de la gestin, de
la administracin contable y
financiera y de la cartera de proyectos para informar al
EJECUTOR sobre indicadores de ejecucin fsica y financiera de los
Proyectos a su cargo.
k) Realizar la transferencia a los Entes Beneficiarios de los
Proyectos de Obras
financiados por el PROGRAMA, de conformidad con los contratos de
concesin y la normativa provincial/municipal aplicable.
l) Tomar las medidas apropiadas para que las tarifas por los
servicios produzcan,
por lo menos, ingresos suficientes para cubrir la totalidad de
los gastos de explotacin, incluidos los relacionados con
administracin, operacin y mantenimiento; y se compromete para el
caso que las tarifas no fuesen suficientes para cumplir con este
fin a adoptar las medidas necesarias para garantizar oportunamente
el financiamiento de estos recursos.
m) Gestionar las partidas presupuestarias y los fondos que
requieran para la
ejecucin del PROGRAMA. A los sesenta das del cierre de cada
ejercicio presupuestario, deber suministrar al EJECUTOR la
informacin que detalle sus gastos realizados para la ejecucin del
PROGRAMA que se consideran como aporte a la Contrapartida
Local.
n) Preparar y tramitar las solicitudes de anticipo y rendicin de
gastos de acuerdo a
los procedimientos de desembolsos establecidos por el EJECUTOR,
enviar facturas y recibos de pago.
o) Autorizar al ejecutor a efectuar pagos por su cuenta y orden
para los casos de
adquisiciones efectuadas con cargo al PROGRAMA. p) Facilitar la
fiscalizacin y supervisin de las obras por parte del EJECUTOR y
del
BID. q) Proveer la informacin que el EJECUTOR le solicite sobre
la ejecucin del
programa
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IV.3.3. Ente Beneficiario
a) Formalizar los Convenios Complementarios y de Transferencia y
Operacin como as tambin Acuerdos Adicionales con el EJECUTOR y el
ORGANISMO PROVINCIAL.
b) Participar en los procesos de identificacin y formulacin de
los Proyectos
Tcnicos de Inversin como de Fortalecimiento Institucional y
especialmente en el desarrollo de los Planes de Gestin de acuerdo a
los requisitos del PROGRAMA.
c) Elaborar y participar en la realizacin de las acciones y los
estudios ambientales
necesarios a los efectos de dar cumplimiento y obtener la
factibilidad ambiental de los Proyectos de acuerdo a la legislacin
provincial o local vigente.
d) Elaborar, en caso de habrsele autorizado la responsabilidad
de ejecucin de las
inversiones a travs de los convenios complementarios, la
documentacin para las adquisiciones de obras, bienes y servicios;
realizar los procesos licitatorios, las contrataciones y las
ejecuciones correspondientes y gestionar en cada oportunidad las
aprobaciones respectivas por parte del Ejecutor y el Banco.
e) Llevar a cabo los Planes de Gestin y aceptar las evaluaciones
del ORGANISMO
PROVINCIAL, el EJECUTOR, el BID y/o la entidad reguladora
correspondiente con el fin de certificar el cumplimiento de los
indicadores de desempeo establecidos y cumplir con las Metas de
Gestin convenidas.
f) Aceptar, operar, mantener y administrar los obras
transferidas por el EJECUTOR
y/o ORGANISMO PROVINCIAL, segn las normativas vigentes y las
estipulaciones del respectivo Convenio de Transferencia y Operacin
suscripto.
g) Dar cumplimiento a todos los compromisos establecidos en los
Convenios que se
suscriban y las normativas establecidas en el presente
Reglamento que sean de aplicacin.
h) Proveer la informacin sobre la prestacin del servicio tanto
al ORGANISMO
PROVINCIAL como al EJECUTOR cuando estos la soliciten. i) Poner
a disposicin de los usuarios esquemas/s de financiamiento que
incentiven
a la poblacin beneficiaria de los sistemas de saneamiento para
la realizacin de las obras intradomiciliarias, en el marco de los
Planes de Gestin.
j) Implantar una contabilidad regulatoria simplificada e
independiente, conforme a los
lineamientos metodolgicos definidos por el EJECUTOR. k) Proveer
la informacin que el EJECUTOR le solicite sobre la prestacin
del
servicio.
V. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD V.1. Convenios
V.1.1. Las Provincias y/o municipios debern suscribir el
correspondiente Convenio Marco de Adhesin al Programa y sus anexos,
como as tambin los Convenios Complementarios y Convenios de
Transferencia y Operacin.
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V.2. Localizacin de las Obras V.2.1. Con recursos del Programa
se podrn ejecutar obras en aglomerados urbanos y
suburbanos del territorio argentino que tengan poblaciones de ms
de 50.000 habitantes. Tambin se realizarn sistemas unificados cuyas
poblaciones en conjunto sean mayores a 50.000 habitantes
V.3. Entes Beneficiarios V.3.1. Sern elegibles para participar
del Programa aquellos entes prestadores del servicio,
cooperativos, municipales y empresas de servicios pblicos,
legalmente constituidos, que cumplan con las siguientes
condiciones:
a) Tener capacidad jurdica para firmar el contrato de traspaso
de bienes o servicios. b) Administrar sin restricciones la
totalidad de sus activos y pasivos. c) Administrar su catastro
tcnico y de usuarios y, cuando corresponda, aplicar
medidas correctivas sobre los usuarios, tales como: reducir el
servicio de agua, y realizar acciones legales para recuperar sus
cuentas por cobrar.
d) Disponer de un sistema contable que identifique los ingresos
y los gastos
devengados por el servicio de agua potable y/o desages cloaca
les, y que permita establecer que los ingresos del operador cubren
por lo menos los costos de operacin, mantenimiento y administracin.
De no disponer de dicho sistema deber comprometerse a
implementarlo.
e) Tener flujo de caja acumulado positivo y/o implementar las
acciones para su
cumplimiento.
f) Compromiso de aceptar, operar, mantener y administrar
adecuadamente la infraestructura que se financie.
g) Compromiso de realizar los diagnsticos necesarios y un
anlisis de situacin de
los servicios y sus necesidades de inversin adems llevaran a
cabo planes de fortalecimiento en la gestin administrativa,
financiera, comercial y de operacin de los servicios que permitan
una mejora de la gestin inmediata, a corto mediano y largo plazo
asegurando la sustentabilidad del prestador y del sistema. El Plan
de Gestin contar con indicadores de desempeo y metas de gestin
relativas a los siguientes indicadores: cobertura, prdidas fsicas,
micro medicin, empleados por conexin, cobertura de costos, etc.
h) Administrar su personal
V.4. Tipos de Obra Sern elegibles para ser financiadas con
recursos del Programa los siguientes tipos de obras: V.4.1. Agua
Potable
a) Mejorar la infraestructura existente para la prestacin de los
servicios a travs de la renovacin, rehabilitacin, optimizacin,
mejoramiento y ampliacin de obras de captacin, potabilizacin,
transporte, almacenamiento y distribucin de sistemas de agua
potable.
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b) Obras nuevas con el fin de ampliar la cobertura de los
servicios, mediante inversiones en sistemas de captacin,
potabilizacin, transporte, almacenamiento y distribucin de agua
potable.
V.4.2. Desages Cloacales
a) Mejorar la infraestructura existente para la prestacin de los
servicios a travs de la renovacin, rehabilitacin, optimizacin,
mejoramiento y ampliacin de obras de recoleccin, transporte,
tratamiento y disposicin de sistemas de desages cloacales.
b) Obras nuevas con el fin de ampliar la cobertura de los
servicios, mediante inversiones en sistemas de recoleccin,
transporte, tratamiento y disposicin de desages cloacales.
V.5. Proyectos de Obra
Los proyectos de obra debern cumplir con los criterios de
elegibilidad que se indican a continuacin. V.5.1. Criterios
Generales
a) Que se haya demostrado la viabilidad legal, institucional,
tcnica, ambiental, financiera y socio econmica
b) Los proyectos de obra a presentar deben ser integrales,
independientemente de quien lo financie o ejecute.
c) Que la tecnologa empleada cuente con suficientes
antecedentes, con resultados satisfactorios, y sea apropiada a las
condiciones locales, acordes con la capacidad tcnica del ente que
operar el sistema.
d) Se deber plantear una serie de alternativas, efectuar la
comparacin tcnico-econmica-ambiental de las distintas posibilidades
que se planteen y la seleccin de la ms conveniente. El desarrollo
del diseo se har sobre aquella solucin cuyas evaluaciones tcnica,
econmica, financiera y ambiental resultaren viables.
e) Que en los casos de ampliaciones se realice el mximo
aprovechamiento de las instalaciones existentes, con verificacin
del estado y antigedad que deberan ser compatibles con la expansin
prevista, justificndose adecuadamente cualquier abandono
propuesto.
f) Que los Proyectos cumplan con los criterios ambientales
establecidos de acuerdo a la legislacin provincial o local
vigente.
g) Para aquellas obras que requieran terrenos, la disponibilidad
de los mismos deber estar resuelta antes de la licitacin de las
obras.
h) Los recursos del Programa no podrn destinarse a financiar:
(a) cancelacin o refinanciamiento de deudas ni pagos de dividendos
o recuperaciones de capital ya invertidos (b) adquisicin de bienes
muebles, maquinaria y equipos usados (c) adquisicin de acciones,
derechos de empresas y otros valores mobiliarios, (d) valores
imputados a inversiones ya realizadas, salvo que estn comprendidos
dentro del reconocimiento de gastos previos, derivados de
contrataciones
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efectuadas siguiendo los procedimientos acordados con el BID y
que hayan sido debidamente autorizados por el EJECUTOR y el BID.
Por otra parte los recursos del financiamiento del Banco no podrn
destinarse a financiar capital de trabajo.
V.5.2. Agua Potable
a) Que se disponga de una fuente segura de agua en caudal y
cantidad para satisfacer la demanda en un perodo de diseo de 20
aos, y que existan los instrumentos legales que garanticen su uso
por este lapso. De utilizarse aguas subterrneas se deber contar con
los resultados de las pruebas realizadas en el pozo o pozos
perforados en el rea de proyecto.
b) Que se haya previsto la potabilizacin del agua mediante el
adecuado tratamiento de acuerdo a las condiciones del agua cruda e
incluyendo en todos los casos su desinfeccin.
c) Que, en caso de no existir la medicin de los consumos de agua
potable mediante medidores domiciliarios y un sistema de macro
medicin, se elabore un plan de accin para su implementacin.
d) Que tengan un sistema de disposicin de las aguas servidas o
que se prevea desarrollar un proyecto de desages cloacales que
cumpla con las Guas para la Formulacin y Presentacin de Proyectos
del presente Reglamento.
V.5.3. Desages Cloacales
a) Que la localidad cuente con un sistema de agua potable que
sea operado y mantenido de acuerdo con prcticas normalmente
aceptadas.
b) Que en los sistemas cloacales proyectados el tratamiento de
lquidos y lodos residuales se determine en funcin de la capacidad
asimilativa del cuerpo receptor y de sus usos, en un todo de
acuerdo con la legislacin provincial vigente. En el caso de que la
legislacin provincial no exista o no fuese lo suficientemente
clara, se aplicarn los criterios normativos del ENOHSA. En estos
casos se deber adjuntar a la documentacin de proyecto, un estudio
completo que sirva como respaldo del criterio de diseo adoptado,
incluyendo estudios de campo, memoria de clculo detallada de las
concentraciones de contaminantes esperadas en el cuerpo receptor,
la aplicacin de modelos matemticos si fuese necesario etc. La
profundidad del informe tcnico se adecuar a las caractersticas y
magnitud del proyecto en particular, quedando a criterio de ENOHSA
la necesidad de profundizar el desarrollo del mismo
VI. PROCESO DE GESTIN VI.1. Gestin de Proyectos VI.1.1. El
proceso de gestin de proyectos del Programa seguir las siguientes
pautas
generales que se describen a continuacin:
a) La Provincia o el Municipio deber suscribir con la Nacin el
Convenio Marco, cuyo contenido deber seguir las pautas
desarrolladas en el modelo que figura en el presente Reglamento y
lograr su aprobacin
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b) La Provincia y/o Municipios deber designar al Organismo
Provincial y/o Municipal a cuyo cargo estar la responsabilidad por
la ejecucin provincial del PROGRAMA. Deber contar con capacidad
suficiente para vigilar la eficiencia y sostenibilidad de los ENTES
BENEFICIARIOS del PROGRAMA.
c) En cada proyecto de obra, el Organismo Provincial identificar
y elaborar con la colaboracin del Ente Beneficiario, o recibir de
este ltimo los proyectos especficos y verificar el cumplimiento de
los criterios de elegibilidad y su adecuacin a las normas del
Programa y a las polticas del Banco. El Organismo Provincial y/o el
Ente Beneficiario deber realizar las acciones y los estudios
ambientales necesarios a los efectos de dar cumplimiento y obtener
la factibilidad ambiental de los Proyectos de acuerdo a la
legislacin provincial o local vigente.
d) La Provincia y/o el municipio se compromete a poner en marcha
un proyecto de apoyo especifico de Mejora de la Gestin del Ente
Prestador del Servicio.
e) En todos los casos, los proyectos especficos a ser
financiados con recursos del PROGRAMA debern ser analizados por el
EJECUTOR y sometidos al BID para su no objecin.
f) Con la aprobacin de cada proyecto especfico y la oportunidad
de su inclusin al PROGRAMA debern suscribirse los Convenios
Complementarios respectivos entre el EJECUTOR, ORGANISMO PROVINCIAL
y ENTE BENEFICIARIO.
g) Las obras de agua potable (captacin, potabilizacin,
transporte, almacenamiento y distribucin) o desages cloacales
(recoleccin, transporte, tratamiento y disposicin) correspondientes
a sistemas nuevos y obras de mejoras, optimizacin, rehabilitacin y
ampliacin de los servicios existentes, sern ejecutadas por el
ENOHSA, pudiendo el ORGANISMO PROVINCIAL o el ENTE BENEFICIARIO,
solo en aquellos casos que el EJECUTOR considere pertinente a travs
de los Convenios Complementarios, realizar los procesos de
adquisiciones de obras, bienes y servicios y la ejecucin de las
obras, cumpliendo con los requisitos del PROGRAMA.
h) Previa autorizacin del BID, el EJECUTOR o el ORGANISMO
PROVINCIAL o el ENTE Beneficiario, segn corresponda, efectuar la
convocatoria para la respectiva adquisicin de acuerdo a los
procedimientos establecidos por el BID para obras, bienes y
servicios, segn el proyecto especfico de que se trate.
i) Cada paso de la convocatoria ser aprobado por el EJECUTOR y
el BID, segn corresponda, hasta que el EJECUTOR firme o autorice la
firma del respectivo contrato.
j) Cada contrato deber ser aprobado por el EJECUTOR y el BID,
como paso previo al inicio de obras, compromiso y suministro de los
recursos para el financiamiento del proyecto respectivo.
k) Aprobado el contrato, el EJECUTOR o el ORGANISMO PROVINCIAL o
el ENTE BENEFICIARIO iniciar el proceso de ejecucin del proyecto
especfico, la inspeccin, la supervisin y certificacin de los
trabajos contratados. El Organismo Provincial remitir al EJECUTOR
la documentacin correspondiente para solicitar el pago de los
compromisos asumidos.
l) El EJECUTOR analizar la documentacin presentada y una vez
aprobada, proceder a la liquidacin y pago a los contratistas de
acuerdo a las condiciones establecidas en este Reglamento.
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m) El ORGANISMO PROVINCIAL y/o el ENTE BENEFICIARIO en caso que
corresponda, realizar las rendiciones de cuenta de acuerdo a las
disposiciones vigentes dictadas por ENOHSA.
VI.2. Obras de Agua Potable y Desages Cloacales. VI.2.1. Cada
Proyecto deber cumplimentar NECESARIAMENTE y COMO MNIMO los
puntos que se indican a continuacin, conteniendo la informacin
que se detalla en la Gua para la Formulacin y Presentacin de
Proyectos del Programa
Parte I: Marco Del Proyecto: I.1.- Marco General
I.2.- Marco de Referencia I.3.- Objetivo y Metas
I.4.- Descripcin del Proyecto
Parte II: Estudios Preliminares: II.1.- Investigacin de Campo
II.2.- Estudio de la Demanda
II.3.- Identificacin de Alternativas
Parte III: Anteproyecto: III.1.- Formulacin y Seleccin de
Alternativas Parte IV: Prefactibilidad IV.1- Evaluacin Econmica
IV.2- Evaluacin Financiera e Institucional IV.3- Impacto
Ambiental
Parte V: Proyecto : V.1.- Documentos del Proyecto V.2.-
Especificaciones Tcnicas Particulares
VI.2.2. Para la gestin de los proyectos de agua potable y
desages cloacales se seguir el siguiente proceso:
a) El ORGANISMO PROVINCIAL presentar al EJECUTOR los estudios y
diseos de los proyectos de obra, para ser incorporados al PROGRAMA
con toda la documentacin tcnica, evaluaciones socioeconmicas,
financieras, institucionales, ambientales, y Especificaciones
Tcnicas. Tambin integrar la documentacin los antecedentes
institucionales y financieros del prestador del servicio.
b) El EJECUTOR, el ORGANISMO PROVINCIAL y el ENTE BENEFICIARIO
acuerdan las etapas de ejecucin del proyecto y fijan metas de
desempeo y eficiencia operativa, comercial, financiera e
institucional.
c) Los proyectos se presentarn y evaluarn siguiendo los
lineamientos, metodologas y criterios sealados en el presente
Reglamento.
d) El EJECUTOR realizar el proceso de anlisis de factibilidad,
solicitando al ORGANISMO PROVINCIAL todas las aclaraciones que, a
tal fin, resulten necesarias.
e) Resuelta la factibilidad del proyecto de obra el EJECUTOR
solicitar al BID la no objecin del mismo.
f) Aprobado el proyecto de obra y los respectivos pliegos de
Especificaciones Tcnicas por parte del EJECUTOR y el BID, y dada
las condiciones de
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oportunidad, el EJECUTOR, el ORGANISMO PROVINCIAL y el ENTE
BENEFICIARIO procedern a suscribir los respectivos Convenios
Complementarios.
g) Resuelta la factibilidad del proyecto se determinarn las
responsabilidades en la ejecucin de las obras y se elaborarn los
pliegos de licitacin y se gestionar la no objecin por parte del
BID.
h) Otorgada la no Objecin por parte del BID se podr iniciar el
proceso de licitacin, para lo cual el ORGANISMO PROVINCIAL, en caso
de ser el responsable de su ejecucin, deber contar con la
autorizacin expresa del EJECUTOR.
i) El EJECUTOR y el BID, cuando corresponda, supervisarn las
distintas etapas de la licitacin de obras hasta la aprobacin de la
Adjudicacin, con lo cual habilitarn al EJECUTOR y/o al ORGANISMO
PROVINCIAL a la firma del respectivo Contrato de Ejecucin de
Obra.
j) Durante la ejecucin de la obra debern desarrollarse y
ejecutarse los componentes de los Planes de Fortalecimiento de la
Gestin del ENTE BENEFICIARIO, de tal manera que los componentes
sustanciales de dicho Plan hayan finalizado en los plazos
preestablecidos y determinados en los Convenios
Complementarios.
k) Para el caso de obras ejecutadas por el ORGANISMO PROVINCIAL
o el ENTE BENEFICIARIO, el Contrato de Ejecucin de Obra, una vez
suscripto por las partes (Comitente Empresa Contratista) ser
remitido al EJECUTOR y por este al BID, dentro de los quince (15)
das de firmado.
l) Con la notificacin de la aprobacin y registro del contrato
por parte del EJECUTOR y el BID se podr iniciar el proceso que
incluye las actividades de ejecucin de obras; certificacin y pago
de las mismas. El ORGANISMO PROVINCIAL remitir al EJECUTOR antes
del primer certificado de obras el Acta de Inicio y Plan de
Trabajos correspondiente.
m) Finalizada la obra el ORGANISMO PROVINCIAL deber remitir al
EJECUTOR la recepcin provisoria y oportunamente la definitiva de
las obras contratadas.
n) Con la firma de la Recepcin de las Obras se estar en
condiciones de suscribir el Convenio de Transferencia y Operacin
entre el EJECUTOR, el ORGANISMO PROVINCIAL y el ENTE
BENEFICIARIO
VI.3. Estudios y Diseos
VI.3.1. Para el financiamiento de estudios y diseos se seguir el
siguiente procedimiento:
a) El ORGANISMO PROVINCIAL enviar al EJECUTOR la solicitud de
contratacin de estudios y diseos o grupo de estudios y diseos. El
EJECUTOR analizar su inclusin al PROGRAMA.
b) Aceptada la solicitud, El ORGANISMO PROVINCIAL enviar al
EJECUTOR los pliegos que regirn el llamado a concurso y ejecucin de
los trabajos, incluyendo metodologas de seleccin y calificacin,
trminos de referencia de los trabajos a realizar, presupuestos,
cronogramas de ejecucin, formas de pago y toda otra informacin
adicional que se solicite
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c) El EJECUTOR analizar la documentacin y, una vez aprobada la
remitir al BID para su no objecin, subscribir o autorizar la firma
de los Convenios y Acuerdos correspondientes y el inicio del
proceso de contratacin de servicios de consultora de acuerdo a las
Polticas para la Seleccin y Contratacin de Consultores Financiados
por el Banco Interamericano de Desarrollo Documento GN-2350-7 de
Julio de 2006.
d) El BID, si correspondiera, supervisar y aprobar las distintas
etapas de la convocatoria hasta su aprobacin, con la cual autorizar
al EJECUTOR a proseguir con los trmites para la firma del
Contrato.
e) Estos contratos de consultora, una vez suscriptos por las
partes, sern remitidos al EJECUTOR y por ste al BID dentro de los
quince (15) das de firmado. Con la recepcin del mismo se proceder,
si corresponde y mientras haya excedentes de recursos de
financiamiento, a efectuar el compromiso de fondos. Aprobados los
mismos se dar inicio a las actividades para la ejecucin de los
estudios y/o diseos. Deber remitirse antes del primer certificado
de servicios de consultora el Acta de Inicio correspondiente.
f) Cada etapa de desarrollo de documentacin tcnica que se
elabore, deber contar con la no objecin del EJECUTOR.
g) Finalizado el proyecto, se remitir al EJECUTOR dos (2)
ejemplares completos de los estudios y diseos realizados en copia
papel y soporte digital.
VI.4. Proyectos de Mejoramiento de la Gestin de los Entes
VI.4.1. Las Provincias y los Municipios tendrn acceso al
Mejoramiento de la Gestin de los Entes Beneficiarios prestadores de
los Servicios y los Organismos Provinciales en caso de ser Entes
Reguladores.
VI.4.2. El programa incluye como componentes del mismo el apoyo
al desarrollo institucional y operacional de las entidades
prestadoras de los servicios como as tambin al Organismo Provincial
en caso de Entes Reguladores, para lo cual se realizarn los
diagnsticos necesarios y llevarn a cabo planes de accin que
permitan una mejora de la gestin en lo inmediato, a corto, mediano
y largo plazo.
VI.4.3. El Programa contribuir a lograr la sustentabilidad de la
prestacin del servicio de agua potable y saneamiento, apoyando las
acciones para el mejoramiento administrativo, financiero, operativo
y comercial de los prestadores, tales como: diseo de Planes de
Inversiones; eficiencia del servicio, micromedicin y macromedicin;
revisin de la estructura y nivel de tarifas y del esquema de
subsidios; reorganizacin administrativa; diseo y compra de software
especializado, mejoramiento del ndice de cobranza; implantacin de
un programa de reduccin del agua no contabilizada, etc.
VI.4.4. En estos Proyectos de Mejoramiento de la Gestin, segn
sea el caso, el Ejecutor el Organismo Provincial o el Ente
Beneficiario prestador del servicio podr contratar y supervisar
estudios para la puesta en marcha e implementacin de proyectos
especficos relacionados con la gestin, programas de desarrollo y
capacitacin, contratar la adquisicin de bienes, equipos, sistemas,
etc.
VI.4.5. Los proyectos de Mejoramiento de la Gestin debern ser
identificados a travs de un diagnostico y presentados y elaborados
por los Entes Prestadores, con la participacin del Organismo
Provincial en coordinacin y bajo la supervisin del EJECUTOR.
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VI.4.6. Para su formulacin cada proyecto debe tomar como base un
Diagnstico Institucional . Se identificarn las debilidades y
necesidades de mejoras, planificacin sectorial, desarrollo de la
gestin y operacin, programas de asistencia tcnica y proyectos de
inversin.
VI.4.7. Para el caso de ser necesario financiamiento para la
elaboracin de Proyectos especficos a desarrollarse como parte de
Programa de Mejoramiento de la Gestin identificado se seguir el
siguiente procedimiento:
a) Comprobada la incapacidad de desarrollo de los Proyectos
especficos por parte del Ente beneficiario y aceptada la necesidad
de desarrollo de los mismos por el Organismo Provincial y el
EJECUTOR, este ltimo analizar y evaluar los proyectos y solicitudes
de contratacin, envindolos al BID para su No Objecin. Completado el
procedimiento se suscribirn los respectivos Convenios
Complementarios y, si correspondiere, el inicio del proceso de
contratacin de servicios de consultora de acuerdo a las Polticas
para la Seleccin y Contratacin de Consultores Financiados por el
Banco Interamericano de Desarrollo Documento GN-2350-7 de Julio de
2006.
b) El BID, si correspondiera, supervisar y aprobar las distintas
etapas de la convocatoria hasta su aprobacin, con la cual autorizar
al EJECUTOR a proseguir con los trmites para la firma del
Contrato.
c) Cada contrato, una vez suscripto por las partes, ser remitido
al EJECUTOR y por ste al BID, dentro de los 15 das de firmado. Con
la recepcin del mismo se proceder a efectuar el compromiso de
fondos.
d) Con la aprobacin del Contrato, se autorizar al ORGANISMO
PROVINCIAL y/o ENTE BENEFICIARIO a iniciar las actividades
correspondientes a la ejecucin del programa de mejoramiento
respectivo, y emitir las certificaciones una vez otorgada la no
objecin por parte del EJECUTOR quien efectuar los pagos
respectivos. Se deber remitir al EJECUTOR antes del primer
certificado de servicios el Acta de Inicio correspondiente.
e) Se remitir al EJECUTOR documentacin de las distintas etapas
del proyecto a los efectos de su seguimiento y aprobacin de acuerdo
a lo establecido en los pliegos de convocatoria. En todos los
casos, el EJECUTOR podr realizar evaluaciones peridicas en los
Entes
f) Finalizado el Proyecto, el ORGANISMO PROVINCIAL y/o ENTE
BENEFICIARIO enviar al EJECUTOR dos ejemplares completos, en copia
papel y soporte digital, con el Informe Final conteniendo el
desarrollo de los distintos componentes del proyecto, sus etapas de
formulacin, ejecucin y evaluacin, los actores intervinientes, los
contratos realizados, las actividades planificadas y ejecutadas,
los desvos producidos, los ajustes realizados, los presupuestos y
las metas alcanzadas.
VII. ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES
VII.1.1. Las normas a cumplir aplicables para las adquisiciones
y contrataciones relacionadas con el Programa son las contenidas en
los documentos: Polticas para la Adquisicin de Obras y Bienes
Financiados por el Banco
Interamericano de Desarrollo, Documento GN-2349-7, de Julio de
2006.
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Polticas para la Seleccin y Contratacin de Consultores
Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo Documento
GN-2350-7 de Julio de 2006.
VII.1.2. Las obras cuyo costo estimado sea mayor o igual al
equivalente de US$ 5.000.000 y los bienes cuyo costo estimado sea
mayor o igual al equivalente de US$ 500.000, se contratarn por
licitaciones pblicas internacionales.
VII.1.3. La supervisin del Banco de las licitaciones pblicas
internacionales, tanto para obras como para bienes, se llevar a
cabo en forma exante. Asimismo, cada contrato para la compra de
terrenos, independientemente del monto, ser revisado exante
VII.1.4. La supervisin de las contrataciones de obras y
adquisiciones de bienes que sean inferiores a los montos lmites
para la licitacin pblica internacional y las contrataciones de
consultora que sean inferiores a US$ 200.000 para el caso de firmas
consultoras e inferiores a US$ 50.000 para el caso de consultoras
individuales, podrn ser revisados por el Banco bajo la modalidad
expost. El Banco podr en cualquier momento revocar la facilidad de
realizar adquisiciones y contrataciones bajo la modalidad de
revisin expost en forma general o parcial y, como resultado de los
hallazgos en las revisiones en forma ex-post, el Banco segn las
circunstancias, podr rechazar el financiamiento tanto con recursos
del financiamiento como con cargo a la contraparte.
VII.1.5. Una vez aprobado el Proyecto se utilizarn los
documentos estndares oportunamente definidos para proceder con la
licitacin y/o concurso, para lo cual se debern completar con las
disposiciones especificas de cada contratacin los datos de la
licitacin y las condiciones especiales del contrato y formularios
correspondientes, los que debern contar con la no-objecin del
Banco.
VII.1.6. Efectuado el proceso de licitacin, seleccin y
preadjudicacin, se dar intervencin al EJECUTOR y este al Banco, en
los casos y oportunidades que corresponda, para obtener su
no-objecin.
VII.1.7. Para los efectos de lo estipulado en las Polticas para
Seleccin y Contratacin de Consultores financiados por el BID, la
lista corta de consultores, cuyo costo estimado sea menor al
equivalente de US$ 500.000 por contrato, podr estar conformada en
su totalidad por consultores nacionales.
VIII. RECURSOS DEL PROGRAMA VIII.1. Asignacin de los recursos
del Programa
VIII.1.1. El EJECUTOR ser responsable de la administracin de los
recursos del Programa y de mantener la relacin con el Banco en lo
atinente a la operatoria de los recursos del financiamiento.
VIII.1.2. El EJECUTOR firmar un Convenio Complementario donde se
fijan los trminos y condiciones de la ejecucin del Proyecto y la
asignacin de los recursos correspondientes.
VIII.1.3. Los recursos del PROGRAMA sern asignados teniendo en
cuenta una distribucin Federal, priorizando:
i. el Indice de Privacin Material de Hogares (IPMH) y los
dficits de cobertura de los servicios.
ii. la calidad de los servicios prestados.
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iii. su sostenibilidad a largo plazo.
iv. el acceso a los servicios de la mayor cantidad de
poblacin.
v. el estado de obsolescencia de los servicios.
VIII.2. Cargos al Programa como Contrapartida Local.
VIII.2.1. Los gastos en que se incurran por los siguientes
conceptos, con acuerdo del BANCO, podrn ser parte del costo total
del Programa como Contrapartida Local:
a) Gastos administrativos en general, de personal, inspeccin,
supervisin, movilidad y viticos, relacionados con la ejecucin del
Programa, en los que incurran el EJECUTOR, el ORGANISMO PROVINCIAL
y los ENTES BENEFICIARIOS, y que no fueron financiados con recursos
del BID.
Para el ENOHSA, se tomara el 100 % de los gastos en personal
afectado directamente al Programa, el 20 % de los gastos en
personal de otras reas que colaboran con el mismo y el 20% del
total de los gastos de bienes y servicios no personales del
ente.1
b) Los costos de los terrenos y servidumbres necesarios para la
ejecucin de obras que no sean de propiedad pblica, ni financiados
con recursos del BID.
c) Los costos de consultoras no financiados con recursos del BID
que se requieran para la ejecucin del Programa.
d) Los costos de obras y bienes no financiados con recursos del
BID, que formen parte del Proyecto oportunamente aprobado y que se
requieran para la ejecucin del Programa
e) Los costos de la ejecucin del Plan de Mejoramiento de Gestin
aportados por el EJECUTOR, el ORGANISMO PROVINCIAL y los ENTES
BENEFICIARIOS, y que no fueron financiados con recursos del BID
f) Los impuestos y/o tasas Nacionales, Provinciales y
Municipales.
g) Costos financieros (intereses y comisiones) del Prstamo
BID.
VIII.2.2. Los aportes en carcter de contrapartida local
correspondientes a los componentes Administracin y Ejecucin de
Obras del PROGRAMA sern determinados al final de cada ejercicio
presupuestario.
VIII.3. Pagos de Obligaciones del Proyecto
VIII.3.1. Para el compromiso y el pago deber verificar
previamente que:
a) La transaccin corresponda a una actividad prevista y cumpla
con las condiciones
de elegibilidad establecidas en este Reglamento y est conforme
con el presupuesto, planes y programas previamente aprobados.
1 Porcentajes definidos en funcin a una estimacin cuantitativa
realizada durante la preparacin del proyecto. Estos porcentajes
podrn variar,cuando el BID y el EJECUTOR lo acuerden, en funcin de
los costos incurridos
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b) La documentacin cumpla con los requisitos legales y las
caractersticas de elegibilidad definidas en este Reglamento.
c) El documento o factura sean autnticos y no contengan errores
aritmticos o datos falsos.
d) La cantidad y caractersticas de los bienes, servicios u obras
recibidos correspondan a las que se autorizaron y sean los mismos
que se describen en el documento que evidencia la obligacin.
e) En caso de inversiones o gastos ya efectuados con
anterioridad a la firma del convenio con el ORGANISMO PROVINCIAL o
ENTE BENEFICIARIO, el EJECUTOR podr reconocer los mismos. Los
montos que se reconozcan debern ser especficamente aprobados por el
EJECUTOR, constituir parte de las inversiones del proyecto tal y
como fue aprobado, y deben haberse efectuado de acuerdo con las
disposiciones del convenio, los procedimientos de adquisiciones del
BID y lo establecido en el presente Reglamento Operativo, previa no
objecin del BID.
f) Exista la disponibilidad correspondiente en el presupuesto
aprobado. VIII.4. Procedimientos de los desembolsos
VIII.4.1. Una vez cumplidas a satisfaccin del Banco, las
condiciones previas al primer desembolso establecidas en las
clusulas del Contrato de Prstamo, el EJECUTOR estar en condiciones
de solicitar recursos de financiamiento, a fin de constituir -de
acuerdo con el cronograma de inversiones presentado en Plan de
Ejecucin del Proyecto- la solicitud de desembolso de Anticipo de
Fondos, de esta forma, posibilitar la atencin de transferencias,
los pagos a proveedores y contratistas que participen en la
ejecucin del Programa segn lo establecido en la Gua para el
procesamiento de solicitudes de desembolso del Banco.
VIII.4.2. El monto mximo del Anticipo de Fondos no podr exceder
la suma requerida para el financiamiento de gastos, durante un
perodo mximo de (6) meses, de conformidad con el cronograma de
inversiones y el flujo de recursos requerido. Estos fondos sern
repuestos, parcial o totalmente, por el Banco contra la rendicin de
los fondos.
VIII.5. Pagos Directos Del Ejecutor
VIII.5.1. Ser condicin necesaria para el pago de los
certificados, que cada uno de ellos, sea acompaado de los
siguientes requisitos:
a) Acta de Medicin, Certificado Original de
Obra/Acopio/Desacopio y TRES (3)
copias firmados por el Contratista, el Representante Tcnico, la
Inspeccin y debidamente conformado por la autoridad del ENOHSA.
b) Pliza de Seguro de Caucin en sustitucin del Fondo de Reparo,
cuando se pretenda tal sustitucin.
c) Factura de la Contratista para su conformacin.
d) Datos del Contratista; Cuenta Corriente Bancaria del
Contratista, en Pesos, en el Banco de la Nacin Argentina (Sucursal,
Nro. de Cuenta y CBU), u otro banco adherido al sistema de la
cuenta nica del tesoro Nacional.
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e) En caso de existir Cesin Parcial, acompaar Notificacin
fehaciente al deudor cedido (segn Art. 1459 del Cdigo Civil).
f) Constancia de la AFIP de la inscripcin del Contratista como
agente de retencin del Sistema Unico de Seguridad (SUSS), Impuesto
al Valor Agregado, e Impuesto a las Ganancias si
correspondiese.
g) Certificado fiscal para contratar, vigente, emitido por la
AFIP, cada vez que opere su vencimiento.
h) Constancia de excepcin de impuestos, si correspondiese.
i) Copia de las Declaraciones Juradas y de los comprobantes de
pago de IVA, Ganancias y SUSS correspondiente al periodo del
certificado de obra, en el caso que el Contratista hubiera actuado
como agente de retencin de alguno de esos impuestos.
VIII.5.2. La factura deber reunir los requisitos que determinan
las disposiciones vigentes, dictadas por la Administracin Federal
de Ingresos Pblicos, y hacer mencin a la naturaleza del
certificado, nmero y monto neto cuyo pago se tramite.
VIII.5.3. Cualquier demora por parte del Contratista, en la
presentacin de la factura correspondiente, ser adicionada al plazo
estipulado del pago.
VIII.6. Rendiciones
VIII.6.1. Para el caso de las obras o inversiones licitadas por
el ORGANISMO PROVINCIAL o el ENTE BENEFICIARIO debern presentar un
plan y calendario correspondientes a la ejecucin del proyecto,
conjuntamente con el contrato.
VIII.6.2. Mientras se encuentre en ejecucin el proyecto, el
ORGANISMO PROVINCIAL o ENTE BENEFICIARIO presentar un informe
trimestral de avance del mismo, que incluya una descripcin total
del componente de la obra, servicios o bienes, detallando el estado
de ejecucin del mismo y las inversiones realizadas. En el caso de
que se produzca una modificacin en el calendario de ejecucin, la
misma se someter a consideracin del EJECUTOR para su aprobacin. En
caso de desvos no debidamente justificados respecto del calendario
de ejecucin de obras, de contratacin de bienes o servicios, sern
aplicables clusulas de penalizacin estipuladas en los pliegos y el
contrato.
VIII.6.3. El EJECUTOR pagar los certificados al contratista
mediante el mecanismo tradicional de aprobacin de certificados de
ejecucin de obras, de servicios, o de bienes y adicionales, para lo
cual el ORGANISMO PROVINCIAL o ENTE BENEFICIARIO deber remitir: a)
Acta de Medicin, y TRES (3) copias del Certificado de
Obra/Acopio/Desacopio
firmados en original por el Contratista, el Representante
Tcnico, la Inspeccin y el Comitente.
b) Pliza de Seguro de Caucin en sustitucin del Fondo de Reparo,
cuando se pretenda tal sustitucin.
c) Copia de la Factura de la Contratista y su conformacin por
autoridad del ORGANISMO PROVINCIAL o ENTE BENEFICIARIO, la cual
deber cumplir con los requisitos indicados en el punto
VIII.5.2.
VIII.6.4. El Contratista deber remitir la documentacin restante
indicada en el punto VIII.5.1.
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VIII.6.5. Salvo que haya observaciones al certificado, el
EJECUTOR abonar al Contratista por cuenta y orden del COMITENTE
(ORGANISMO PROVINCIAL o ENTE BENEFICIARIO), dentro de los plazos
establecidos en los pliegos. Estos plazos slo podrn alterarse por
razones de fuerza mayor y cuando el EJECUTOR lo considere
justificado.
VIII.6.6. El ORGANISMO PROVINCIAL o ENTE BENEFICIARIO, segn
corresponda, deber preservar por el trmino de 10 (diez) aos, como
respaldo de las rendiciones de cuentas, los comprobantes originales
completados de manera indeleble y que cumplan con las exigencias
establecidas por la legislacin vigente.
IX. CONTABILIDAD, SISTEMA DE REGISTRO DE LAS OPERACIONES IX.1.
Contabilidad y Estados Financieros
IX.1.1. El EJECUTOR mantendr una contabilidad especfica para el
Programa, a fin de asentar los movimientos correspondientes a la
ejecucin de cada operacin conforme a procedimientos de contabilidad
generalmente aceptados, que permita identificar el origen y uso de
los fondos del Prstamo y de los correspondientes fondos de
Contrapartida Local.
IX.1.2. El EJECUTOR adoptar un Plan de Cuentas del Programa que
permita registrar en cuentas separadas el avance de cada proyecto y
verificar el grado de avance de la inversin a efectos de adecuar el
requerimiento de los fondos de las respectivas Cuentas Operativas.
El sistema contable deber permitir al EJECUTOR efectuar una
consolidacin de registros para poder controlar el avance del
Programa en forma global y obtener un adecuado control sobre los
desembolsos y recursos comprometidos.
IX.1.3. El EJECUTOR preparar los Estados Financieros
consolidados del Programa y ser la responsable de presentarlos en
tiempo y forma de acuerdo a los plazos establecidos en el Contrato
de Prstamo y los organismos gubernamentales.
IX.1.4. El PROGRAMA prev la utilizacin del Sistema UEPEX para la
gestin financiera del mismo.
X. TRMINOS Y CONDICIONES DE LOS CONVENIOS X.1. Tipos de
Convenios X.1.1. Convenio Marco:
NACION (Ejecutor) PROVINCIA / MUNICIPIO Convenio Marco de
Adhesin es el convenio por el cual se formaliza la participacin de
la respectiva provincia o municipio obligndose, entre otras cosas
a: (i) aceptar y cumplir con los requisitos generales del Programa,
sus normas y procedimientos; (ii) designar al ORGANISMO PROVINCIAL
de su jurisdiccin para coordinar las actividades necesarias para el
logro de los objetivos del Programa (iii) brindar apoyo a los Entes
Prestadores.
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X.1.2. Convenios Complementarios:
EJECUTOR ORGANISMO PROVINCIAL / MUNICIPAL ENTE BENEFICARIO Se
establecern las condiciones especificas de cada proyecto, su
financiamiento y/o ejecucin de las obras, servicios o bienes, se
detallan los montos, , los plazos de ejecucin y todo lo que se
requiera para el desarrollo del proyecto. Contendr adems las
acciones correspondientes al apoyo a los Entes Prestadores y
Reguladores (en caso de ser el Organismo Provincial), como as
tambin las obligaciones de las partes.
X.1.3. Convenios de Transferencia y Operacin: EJECUTOR PROVINCIA
/ MUNICIPIO ENTE BENEFICARIO Se establecern los trminos y
condiciones en que se transfieren los recursos del PROGRAMA, para
la operacin, mantenimiento y administracin de los servicios.
X.2. Caractersticas generales de los Convenios
X.2.1. Todo convenio deber ser formalizado mediante la
suscripcin de los correspondientes documentos legales, cumplindose
al efecto las normas y procedimientos establecidos en este
Reglamento.
X.2.2. En los convenios se establecern, entre otros, los
compromisos que asumirn los Entes Beneficiarios, que sern, entre
otros, los que se indican a continuacin:
a) Acatar las orientaciones tcnicas para la operacin y
mantenimiento de las obras transferidas y la conservacin y uso de
los recursos naturales y el medio ambiente.
b) Administrar, operar y mantener de acuerdo a normas tcnicas
aceptadas, a partir de la fecha del acta de recepcin de la obra, la
infraestructura fsica, equipos y otros activos de los sistemas o
servicios entregados. Los Entes Beneficiarios debern tomar las
medidas necesarias para que se cubran todos los costos que demanden
las actividades mencionadas.
c) Presentar al Organismo Provincial, durante un perodo mnimo de
20 aos, todos los informes que se detallan en el presente
Reglamento, y con la periodicidad que all se indica.
X.3. Exigibilidad de los Convenios
X.3.1. Ante incumplimientos de los compromisos establecidos en
este Reglamento o en los Convenios Marco, Complementario/s y
Acuerdos Adicionales y de Transferencia y Operacin, la PROVINCIA o
el MUNICIPIO y el ENTE BENEFICIARIO, debern aceptar el derecho del
EJECUTOR a realizar las acciones punitivas previstas en el presente
Reglamento y en los respectivos Convenios y Acuerdos
XI. SUSTENTABILIDAD
XI.1.1. El ENTE BENEFICIARIO deber demostrar a travs del
ORGANISMO PROVINCIAL, luego de haber transcurrido dos (2) aos de
operacin del sistema y en funcin a las recomendaciones realizada en
la evaluacin financiera para la factibilidad del proyecto,
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que sus ingresos son suficientes para cubrir la totalidad de los
gastos de explotacin, incluyendo los relacionados con
administracin, operacin y mantenimiento.
XI.1.2. Si no se lograse lo anterior, el ORGANISMO PROVINCIAL
conjuntamente con el ENTE BENEFICIARIO, debern desarrollar un plan
de accin que permita revertir la situacin, incluyendo proyectos de
conexiones intradomiciliarias, mejora de su gestin, educacin
sanitaria y ambiental.
XII. ADMINISTRACIN, OPERACIN, MANTENIMIENTO XII.1. Inicio de la
Operacin XII.1.1. El ENTE BENEFICIARIO deber estar en capacidad de
iniciar la operacin, el
mantenimiento y la administracin de las obras o partes de ellas,
en caso de recepciones provisorias parciales, a partir de la fecha
de recepcin provisoria de las mismas, en las condiciones que se
fijen en los pliegos de licitacin.
XII.1.2. La transferencia del sistema a travs del Convenio de
Transferencia y Operacin se realizar a la recepcin Provisoria o
Definitiva, dependiendo del tipo y caractersticas de las Obras.
XII.2. Informes
XII.2.1. El ENTE BENEFICIARIO presentar al EJECUTOR a partir del
ao siguiente a la puesta en operacin del sistema, y durante veinte
(20) aos, la informacin sobre datos y costos operativos de los
servicios de agua potable y desages cloacales que se indican en el
presente Reglamento.
XIII. DISPOSICIONES VARIAS XIII.1. Incumplimiento de las
Obligaciones
XIII.1.1. Ante incumplimientos de los compromisos establecidos
en este Reglamento o en el/los Convenio/s Marco, Complementario/s y
Acuerdos Adicionales y de Transferencia y Operacin, la PROVINCIA o
el MUNICIPIO y el ENTE BENEFICIARIO aceptan el derecho del EJECUTOR
a tener en cuenta dichos incumplimientos al momento de la gestin de
solicitudes de financiamiento o subsidios a travs de alguno de los
Programas que ejecuta el EJECUTOR, reservndose este ltimo el
derecho de otorgar los mismos. Adems el EJECUTOR podr realizar
acciones punitivas, que pueden incluir: i) suspensin de obras, ii)
exigir el reintegro del total de las inversiones efectuadas,
cuando:
- No se utilizaren los recursos, bienes y servicios del Programa
para la ejecucin del respectivo proyecto.
- Se opusieran a la inspeccin, monitoreo u otorgar informacin
sobre la ejecucin del proyecto por parte del EJECUTOR y/o el
BID.
- Se incurra en incumplimientos en la rendicin de los
fondos.
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XIII.1.2. En caso que la responsabilidad de la realizacin de los
procesos de adquisiciones de obras, bienes y servicios y la
ejecucin de las obras, haya recado en la PROVINCIA o el MUNICIPIO o
el ENTE BENEFICIARIO, a travs de los Convenios Complementarios,
y:
- Los mismos no se hayan realizado de acuerdo a la Normativa y
procedimientos indicados en el presente Reglamento.
- Se hayan contratado con cargo al financiamiento de prstamo o
se hayan aprobado modificaciones o adicionales de obra sin la
aprobacin previa a su ejecucin por parte del EJECUTOR y el BID.
- Si se opusieran a la supervisin, monitoreo, a otorgar
informacin sobre la ejecucin del proyecto y poner a disposicin
documentacin respaldatoria del mismo.
El EJECUTOR no aprobar ni financiara dichas contrataciones,
modificaciones y adicionales, pudiendo adems incluir: i) suspensin
del financiamiento, ii) exigir el reintegro del total de los pagos
efectuados, incluido intereses y comisiones.
XIII.1.3. Si no se adoptaran las medidas apropiadas para que las
tarifas produzcan ingresos suficientes para cubrir como mnimo los
costos de operacin, mantenimiento y administracin, o si no se
brindara el apoyo financiero necesario para el caso que, por las
condiciones socioeconmicas de los usuarios, no se pudieran cubrir
los costos mencionados, el EJECUTOR podr aplicar las sanciones
indicadas en los puntos XIII.1.1. o en XIII.2.1.
XIII.2. Incumplimiento del Plan de Gestin
XIII.2.1. En caso de incumplimiento del Plan de Mejoramiento de
la Gestin de los Entes, y de sus indicadores y metas acordados, el
EJECUTOR podr exigir a la PROVINCIA o MUNICIPIO y/o a los ENTES
BENEFICIARIOS, segn corresponda, el reintegro del 20 % del monto
total invertido (MI = contractual + redeterminaciones de precio) en
dlares equivalentes, de acuerdo al esquema indicado en las Guas
para el Fortalecimiento Institucional.
XIII.3. Interpretacin y Solucin de Controversias
XIII.3.1. En caso de discrepancia o contradiccin entre lo
establecido en el presente Reglamento Operativo y el Contrato de
Prstamo No. 2343/OC-AR , prevalecer lo establecido en este
ltimo.
XIV. ANEXOS XIV.1 Gua para la Formulacin y Presentacin de
Proyectos XIV.2 Guas para el Fortalecimiento Institucional XIV.3
Anexo Ambiental
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XIV.4 Modelos de Convenios XIV.5 Diagramas de Gestin y
Procedimientos XIV.6 Informes XIV.7 Resumen del Programa
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PROGRAMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO PARA CENTROS URBANOS Y
SUBURBA OS N AR-L-1084 (Prstamo BID/OC-AR)
GUIA PARA LA FORMULACION Y
PRESENTACION DE PROYECTOS
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REGLAMENTO OPERATIVO Y MANUAL DE PROCEDIMIENTOS XIV.1 Gua para
la Formulacin y Presentacin de Proyectos XIV.1.1. Introduccin
A los efectos de la elaboracin del Proyecto, se deber ajustar su
contenido teniendo en cuenta los criterios de elegibilidad
establecidos en el Reglamento Operativo del Programa PAyS, y
considerando los criterios de diseo establecidos en Guas para la
Presentacin de Proyectos de Agua Potable (ENOHSA, Junio de 2001), y
las Normas de Estudio, Criterios de Diseo y Presentacin de
Proyectos de Desages cloacales para localidades de hasta 30.000
habitantes (ENOHSA, Ao 1993). Cada Proyecto deber cumplimentar
NECESARIAMENTE y COMO MNIMO los puntos que se indican a
continuacin, conteniendo la informacin que se detalla:
PARTE I: MARCO DEL PROYECTO I.1.- MARCO GENERAL I.2.- MARCO DE
REFERENCIA
I.3.- OBJETIVO Y METAS I.4.- DESCRIPCIN DEL PROYECTO
PARTE II: ESTUDIOS PRELIMINARES II.1.- INVESTIGACIN DE CAMPO
II.2.- ESTUDIO DE LA DEMANDA II.3.- IDENTIFICACION DE
ALTERNATIVAS
PARTE III: ANTEPROYECTO:
III.1.- FORMULACIN Y SELECCIN DE ALTERNATIVAS PARTE IV:
PREFACTIBILIDAD IV.1- EVALUACIN ECONMICA IV.2- EVALUACIN FINANCIERA
E INSTITUCIONAL IV.3- IMPACTO AMBIENTAL
PARTE V: PROYECTO V.1.- DOCUMENTOS DEL PROYECTO V.2.-
ESPECIFICACIONES TCNICAS PARTICULARES
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XIV.1.2. PARTE I: Marco del Proyecto
I.1 Marco General A los fines de identificacin y seleccin del
proyecto a elaborar y ejecutar, se deber presentar un diagnostico
cuantitativo del estado de situacin de todos los servicios del
prestador correspondiente a localidades mayores de 50.000
habitantes. Del resultado del mismo se deber presentar un plan de
prioridades de inversin, en el cual se sustente la necesidad de
desarrollar el proyecto seleccionado en esta etapa.
I.2. Marco de Referencia A efectos de poder contar con una visin
general de la localidad seleccionada en sus distintos aspectos y en
especial de la problemtica correspondiente a los sectores de
abastecimiento de agua potable y desages cloacales, la documentacin
a presentar incluir una memoria descriptiva que conformar el marco
de referencia de la localidad, en la cual se vuelcan aspectos
histricos, sociales, institucionales, culturales etc. y aquellos
relacionados con los problemas que determinan la necesidad de
concretar el proyecto (problemas socio-ambientales, de salud,
demogrficos, de demanda, etc.). Dicha documentacin analizar tambin
si existen planes directores de expansin de coberturas de los
servicios de saneamiento. Esta informacin junto con planos de
densidad de poblacin, de calles pavimentadas, de servicios pblicos
existentes (tales como agua potable y desages cloacales,
electricidad, gas, etc.), permitir justificar las obras proyectadas
as como la poblacin que se prev beneficiar En sntesis, se describir
la comunidad objeto del proyecto desde el punto de vista urbano,
social y de planeamiento. Se analizarn aspectos como los indicados
a continuacin:
- Urbanizacin existente, distribucin espacial de la poblacin
actual, planes directores de expansin urbanstica, pavimentos y
aceras, datos sobre infraestructura de servicios de la localidad
(energa elctrica, gas, telfonos).
- Servicios existentes: estado actual de la prestacin de
servicios de agua potable y desages cloacales, consignando la
cobertura y calidad de los mismos y el estado de las
instalaciones.
- Respecto al abastecimiento de agua potable, si hay sistema
existente de provisin de agua potable por red de distribucin, la
descripcin del sistema; eficiencia del tratamiento; calidad del
agua suministrada; anlisis; fuente; produccin; radio servido;
antigedad y estado de las instalaciones; dotacin de agua y tipo de
datos utilizados para su clculo o estimacin; nmero de conexiones de
agua; principales categoras de usuarios (domsticos, industriales,
comerciales); diagnstico cuantitativo de la situacin operativa del
servicio con respecto a volmenes de agua producidos y consumidos,
indicando prdidas fsicas y comerciales, niveles de macro y
micromedicin, supuestos utilizados en las estimaciones, etc. Si no
hay sistema existente, o habindolo, para aquellos sectores que no
poseen servicio por red, se describir el sistema empleado (pozo
domiciliario con o sin bombeo, compra de agua, acarreo, etc.) y
datos relacionados.
- Respecto a la evacuacin de excretas se realizar un diagnstico
tcnico-operativo de la situacin del servicio: se acompaar
informacin respecto al radio servido; vuelcos diarios; descripcin
del sistema y sus partes; eficiencia del tratamiento; capacidad de
cada componente del sistema (m3/da) y evolucin prevista; cuerpo
receptor (descripcin, caractersticas, usos); nmero de conexiones de
cloacas; antigedad y estado de las instalaciones existentes;
frecuencia y costo de vaciado de pozos, lugar de volcamiento de
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camiones atmosfricos; etc. Si no hay sistema existente, o
habindolo, existen sectores que no poseen servicio por red de
colectoras, se describirn los sistemas empleados y los eventuales
problemas que ocasionan.
- Problemas existentes con la provisin de agua potable y
disposicin de excretas, permeabilidad del suelo.
- Presentar los planes de la empresa para el control de
presiones, sectorizacin de redes, control de fugas y ampliacin de
los niveles de macro y micromedicin.
I.3. Objetivos y Metas Se deber realizar un diagnstico de la
situacin actual del sistema de abastecimiento de agua potable y/o
desages cloacales, se adjuntar la descripcin de los problemas
existentes, los que justifican el proyecto y que se pretenden
resolver con el mismo, sealando las situaciones con proyecto y sin
proyecto. Se cuantificarn los objetivos buscados, fijndose las
metas a satisfacer en cuanto a cobertura, calidad del servicio,
poblacin beneficiada, etc.
I.4. Descripcin del Proyecto Se har en forma de sntesis la
descripcin general del sistema proyectado y en forma particular la
de cada uno de sus componentes. Se informar sobre las capacidades,
dimensiones y toda otra informacin que individualice a la obra a
ejecutar (de agua potable y/o de desages cloacales), tales como el
nivel de servicio adoptado, el ao previsto para el inicio de
operacin del sistema, la seguridad y calidad de la fuente de
provisin de agua y/o la caracterizacin del cuerpo receptor,
procesos de tratamiento, la capacidad de diseo, caractersticas de
las instalaciones, nmero de conexiones, etc. XIV.1.3. PARTE II:
Estudios Preliminares Tiene como objetivo recopilar y analizar la
informacin disponible, y realizar los estudios necesarios para
establecer las bases sobre las cuales se fundamentar el Proyecto.
Esta documentacin permitir justificar cada una de las obras
proyectadas, en cuanto a su tipo, tamao, caractersticas y detalles,
y tendr relacin directa con los criterios aplicados en el
diseo.
II.1.- Investigacin de Campo Se proceder a recopilar y analizar
todo tipo de antecedentes disponibles como as tambin se debern
adjuntar la informacin obtenida en el terreno, que constituyan un
aporte informativo y/o valorativo para la confeccin del proyecto.
Todos los antecedentes e informacin reunidos debern adjuntarse,
conjuntamente con su relacin y aplicacin al proyecto y su grado de
confiabilidad. Los antecedentes, investigaciones y estudios
generales mnimos a recopilar incluyen aspectos desde el punto de
vista urbano, social, fsicos, de suelos, climticos y de recursos
hdricos.
- fsicos: topografa local, geomorfologa e hidrogeologa. Datos de
hidrogeologa de la cuenca, que permitan inferir la calidad del agua
cruda y su evolucin en el tiempo. Mapa isofretico, sentido del
flujo subterrneo en distintas pocas, etc. Posibilidad de Inundacin
del rea. Indicar zonas en Carta To