LICEO NAVAL “CONTRALMIRANTE MONTERO” REGLAMENTO INTERNO I N T R O D U C C I Ó N El Manual de Organización y Funciones del Liceo Naval “Contralmirante Montero”, se ha elaborado en base a las normas y funciones establecidas para cada Área, Sub-Direcciones y División, debiendo desarrollarse de acuerdo a los cargos asignados con la finalidad de delimitar las funciones que corresponde a cada empleado civil, dentro de la organización; tanto del personal docente, salud, administrativo y de servicios. De acuerdo al Organigrama Estructural del Liceo, este Manual consta de tres (03) capítulos, en los que se detallan de manera específica la organización estructural y funcional para su cumplimiento en coordinación con todas las Áreas, Sub-Direcciones de Nivel y Divisiones correspondientes.
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LICEO NAVAL “CONTRALMIRANTE MONTERO”
REGLAMENTO INTERNO
I N T R O D U C C I Ó N
El Manual de Organización y Funciones del Liceo Naval “Contralmirante
Montero”, se ha elaborado en base a las normas y funciones establecidas
para cada Área, Sub-Direcciones y División, debiendo desarrollarse de
acuerdo a los cargos asignados con la finalidad de delimitar las funciones
que corresponde a cada empleado civil, dentro de la organización; tanto
del personal docente, salud, administrativo y de servicios.
De acuerdo al Organigrama Estructural del Liceo, este Manual consta de
tres (03) capítulos, en los que se detallan de manera específica la
organización estructural y funcional para su cumplimiento en coordinación
con todas las Áreas, Sub-Direcciones de Nivel y Divisiones correspondientes.
05 ENERO 2015
Resolución Directoral
Visto el Proyecto del Reglamento Interno del Liceo Naval “Contralmirante
Montero”.
CONSIDERANDO:
Que, el Liceo Naval “Calm. Montero”, es una institución Educativa, cuya
entidad promotora es la Marina de Guerra del Perú.
Que, es necesario contar con un Reglamento Interno que norme la
organización y funcionamiento del Liceo para garantizar la calidad del
servicio educativo.
Que, la Comisión encargada ha formulado el Proyecto de Reglamento
Interno, de acuerdo a los considerandos que prescribe la Resolución
Ministerial N° 158-93-ED, el artículo 3° de la Ley 26549 y el numeral 2 del
Decreto Supremo N° 07-2001-ED.
De conformidad con las disposiciones legales vigentes, con opinión de la
Subdirectora General del Liceo.
SE RESUELVE:
1. Aprobar el presente Reglamento Interno del Liceo Naval “Calm.
Montero”.
2. Dictar las disposiciones pertinentes para su mejor aplicación.
3. Evaluar el presente Reglamento Interno durante el año 2015.
4. Encargar a los subdirectores de nivel el cumplimiento de las disposiciones
contenidas en el presente Reglamento Interno.
Regístrese y Comuníquese.
Laura Teresa ROCHA Rocha
Directora
Liceo Naval “Contralmirante Montero”
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 004 - 2015-D-LNCM
Folio…..95 ………..
INDICE
CAPITULO I
ASPECTOS GENERALES
1. Naturaleza.
2. Finalidad.
3. Alcance.
4. Base Legal.
5. Control.
CAPITULO I I
DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
1.- De los Órganos competentes.
2.- De la Organización, Funciones, Facultades y Atribuciones.
3.- Planta Orgánica.
4.- Organigrama.
CAPITULO I II
ORGANOS DE AUTORIDAD
1.- Órganos de Dirección.
2.- Órgano Consultivo.
3.- Órgano de Apoyo.
4.- Órgano de Línea.
ANEXOS
Anexo 1 Reglamento Interno de los alumnos.
Anexo 2 Reglamento de Convivencia del Personal Docente.
CAPITULO I
ASPECTOS GENERALES
1. NATURALEZA
El Liceo Naval “Calm. Montero”, es una organización Educativa creada para
proporcionar educación en los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria a los hijos
del Personal Subalterno y Civil Nombrado y Contratado de la Marina de Guerra
del Perú, según Resolución Directoral Zonal N° 01658
El Liceo Naval es un Centro Educativo de Gestión Estatal perteneciente al sector
Defensa (Marina de Guerra del Perú), que ofrece educación de carácter
científico, humanístico, creado sin fines de lucro, con valor oficial y es mixto,
depende:
En lo PEDAGOGICO; de la Unidad de Gestión Educativa Local UGEL 03, del
Ministerio de Educación.
En lo ADMINISTRATIVO; del Departamento de Educación de la Dirección de
Bienestar de la Marina.
El Liceo Naval está equipado y sostenido por la Marina de Guerra del Perú y la
participación de los Padres de Familia, racionaliza los recursos destinados para
tal fin y optimiza el empleo del equipamiento e infraestructura.
2. FINALIDAD
El Manual de Organización y Funciones es un instrumento normativo que
determina la organización y las funciones a nivel de cargos o puestos de trabajo
del Liceo “Calm. Montero”, señalando de manera específica la estructura
orgánica que adoptan los órganos integrantes del Liceo.
Define los límites para el ejercicio de autoridad, el cumplimiento de las
responsabilidades, las relaciones funcionales y de coordinación, de manera
que asegura el desempeño eficiente de los empleados civiles integrantes del
Liceo.
3. ALCANCE
EL Ámbito de aplicación del Manual de Organización y Funciones, alcanza al
Personal Civil Nombrado y Contratado que labora dentro del Liceo Naval.
4. BASE LEGAL
a) Ley 28044, Ley General de Educación
b) Ley 24029 y su reglamento D.S.031-85-DE
c) Ley 25212, Ley del Profesorado y su Reglamento D.S.N° 019-90-DE
d) Ley 11377, Estatuto y Escalafón del Servicio Civil
e) D.L. 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa
f) Ley 4916 y D.L. 728, Leyes del Empleado Particular
g) Reglamento Orgánico de los Liceos Navales RELINAV - 12417 (Resolución de
la Comandancia General de la Marina N° 0700-95) de fecha 31 Agosto
1995.
5. CONTROL La Dirección del Liceo Naval es el responsable de ejercer el control para el
cumplimiento de las normas que se establecen en el Manual de Funciones.
CAPITULO II
DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
El Liceo Naval, cuenta con la siguiente estructura orgánica, que permite el
desarrollo de las actividades Educativas y Administrativas propuestas para tal fin.
1. DE LOS ORGANOS COMPONENTES
A. ORGANOS DE DIRECCION a) Dirección
b) Sub-Dirección General
B. ORGANO CONSULTIVO a) Consejo Directivo
C. ORGANOS DE APOYO a) Impresiones
b) Secretaría General
c) Oficina Administración
1. División de Contabilidad
2. División de Mantenimiento y Servicio
3. División de Abastecimiento
d) Oficina de Personal y Seguridad
e) Biblioteca y audiovisuales
f) Oficina de Tutoría y Orientación Educativa
1. División de Psicología
2. División de Servicio Social
3. División de Pastoral
4. División de Enfermería
g) Oficina de Actividades Culturales
h) Oficina de Normas Educativas
D. ORGANOS DE LINEA a) Sub-Dirección Nivel Inicial
b) Sub-Dirección Nivel Primaria
c) Sub-Dirección Nivel Secundaria
2. DE LA ORGANIZACIÓN, FUNCIONES, FACULTADES Y ATRIBUCIONES
A. ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ACADÉMICO. a. El Plan Anual de Trabajo es consolidado por la Subdirección General en
base a las actividades de aprendizaje diseñadas por las Subdirecciones
de Nivel, las Coordinaciones de área, los docentes y otros estamentos
del Liceo en el marco de nuestro Proyecto Curricular que es componente
fundamental del Proyecto Educativo Institucional (PEI). El documento es
aprobado por Resolución Directoral.
b. El personal docente que no labora en aula será considerado docente
administrativo y gozará de TREINTA (30) días de vacaciones anuales, tal
como señala el artículo 15° de la Ley 24029 Ley del Profesorado.
c. El Plan de Estudio establece un trabajo académico de 35 horas
pedagógicas semanales en el Nivel Inicial, 40 horas pedagógicas
semanales en el Nivel Primaria y 45 horas pedagógicas semanales en el
Nivel Secundaria.
d. En Inicial, Primaria y Secundaria las Áreas Curriculares corresponden a las
propuestas por el Ministerio de Educación.
e. La secuencia y el grado de dificultad delos contenidos en los diferentes
niveles están determinados por un Cartel de Alcances y Secuencias, que
organiza los temas de estudio, desde Inicial hasta 5° de secundaria.
f. En el Liceo funciona el área de Educación para el Trabajo, con la
finalidad de capacitar a los estudiantes en: Carpintería, Electricidad,
Industria del Vestido, Industria Alimentaria, Manualidades, Cosmetología,
de manera electiva dentro de la diversificación curricular.
g. Funciona el área de Educación Artística impartiendo: danza, teatro,
dibujo y pintura, instrumentos musicales y banda. Estas actividades
formativas son elegidas por los estudiantes de acuerdo a sus preferencias
y habilidades.
h. En Educación Física los alumnos y alumnas pueden practicar: futbol,
vóley, básquet, atletismo, etc.
i. Los docentes de todos los niveles utilizan estrategias y recursos didácticos
pertinentes para facilitar el aprendizaje de los contenidos conceptuales,
procedimentales y actitudinales.
j. El Monitoreo y Supervisión se realiza para evaluar el desempeño de los
trabajadores de todos los estamentos del Liceo, con el fin de recoger y
analizar la información, para fortalecer o prestar soluciones a los
problemas o deficiencias detectadas, utilizando el diálogo, reflexión,
análisis y acompañamiento de manera individual y/o grupal.
k. Los recreos para los tres niveles educativos son de acuerdo a las
recomendaciones proporcionadas por las autoridades educativas y a
las necesidades de nuestra propia realidad escolar.
l. El horario de atención a los padres de familia está determinado por los
Subdirectores de Nivel, de acuerdo al horario de cada docente y está
programado en períodos que no interfieren con la jornada laboral. Igual
tratándose de entrevistas con los Psicólogos. Sin embargo se atiende
fuera de cronograma a los Padres de Familia que asó lo pidieran a través
de la Bitácora.
B. FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
a. JORNADA DE TRABAJO La Jornada Laboral diaria para todo el personal está sujeta a los
dispositivos vigentes y a las necesidades de servicio.
PERSONAL DIRECTIVO: Lunes a Viernes: 07:45 a 17:00 hs.
PERSONAL DOCENTE: Lunes a Viernes
Inicial: 07:50 a 14:00 hs.
Primaria y Secund. 07:50 a 15:00 hs.
AUXILIARES DE EDUCACIÓN: Lunes a Viernes: 07:30 a 15:00 hs.
El área de Convivencia y Disciplina Escolar, dispone que el Personal de
Auxiliares de Educación permanezca hasta que se retire el último
alumno, según rol programado.
PERSONAL ADMINISTRATIVO: Lunes a Viernes Nombrado y Contratado por Marina: 08:00 a 14:00 hs
Locación de Servicios: 08:00 a 17:00 hs.
PERSONAL DE SERVICIOS: Lunes a Viernes Nombrado y Contratado por Marina: 08:00 a 14:00 hs.
Locación de Servicios: 08:00 a 17:00 hs.
Los trabajadores convocados por necesidad de servicio, asisten los días
sábados de acuerdo al horario que se indique.
b. PERMISOS En el caso de permisos o justificaciones, el Personal deberá hacerlo por
escrito a su Jefe inmediato. Serán solicitados con un mínimo de 24 horas,
(salvo casos de emergencia). En el caso de cita médica sustentar con
documentación.
El Personal Docente que solicite permiso para retirarse del Liceo antes de
su hora de salida dejará indicado en la Subdirección correspondiente,
nombre y apellido del profesor que lo reemplazará y susesión de clase
para ser desarrollada por el profesor reemplazante, junto con el material
didáctico necesario.
El Personal de Seguridad permitirá la salida del Liceo, solamente al
trabajador que presente la papeleta de permiso autorizado.
Al trabajador que abandone su puesto de labores, sin el permiso
autorizado, se le aplicarán las sanciones correspondientes a los
dispositivos vigentes.
c. TARDANZAS E INASISTENCIAS
Constituye tardanza e inasistencia: - Cuando el Personal no registre su ingreso y salida del Liceo.
- Cuando el Personal ingresa a laborar y marca su tarjeta o registra su
ingreso después de la hora de ingreso establecida.
- Cuando el Personal no registre su ingreso o salida y no justifique dicha
omisión el mismo día, será considerado inasistente.
Constituye inasistencia injustificada: - Cuando el Personal no asiste a laborar sin justificación alguna.
- Salir del Liceo antes de la hora establecida sin el permiso
correspondiente.
- Cuando no se presenta en la hora señalada a su puesto de trabajo o
al desarrollo de sus actividades, una vez hecho su ingreso al Liceo.
Constituye inasistencia justificada: - Cuando presenta un descanso médico por ESSALUD y/o especie
valorada firmada y sellada por un médico autorizado, el descanso
deberá ser presentado dentro de las 24 horas siguientes de haber sido
emitido, a la Dirección.
- Cuando presenta por escrito una justificación por inasistencia, dentro
de las 24 horas siguientes a la Dirección.
Las tardanzas e inasistencia injustificadas, no solo dan lugar a los
descuentos correspondientes, sino que las mismas son consideradas
como falta de carácter disciplinario, por lo tanto están sujetos a las
normas establecidas en el PERCIVI 13008 y a las órdenes internas de la
Dirección de Bienestar, debiendo aplicarse las Sanciones Administrativas
al Personal que haya incurrido en dichas faltas de manera injustificada,
dentro del mes.
1. Por exceso de tardanza y hasta 20 minutos.
(minuto 11 hasta 20 minutos).
SANCIÓN: Amonestación.
2. Por exceso de 20 minutos y hasta 30 minutos.
(minuto 21 hasta minuto 30).
SANCIÓN: Un (01) día de suspensión sin goce de haber.
3. Por exceso de tardanza de 30 minutos en adelante.
SANCIÓN: Dos (02) días de suspensión sin goce de haber.
4. Por faltar injustificadamente un (01) día hasta dos (02) días.
SANCIÓN: Tres (03) días de suspensión sin goce de haber.
5. Por faltar injustificadamente tres (03) días o más.
SANCIÓN: Personal Nombrado y Contratado por Marina se le abrirá
Proceso Administrativo y al Personal Contratado por Recursos Propios
se le rescindirá el Contrato.
Cuando el Personal abandona su puesto de trabajo en horas de labor
o realiza actividades distintas a su función, recibirá una amonestación
escrita por su jefe inmediato, con copia a la Oficina de Personal.
d. LICENCIAS El personal puede gozar de una Licencia por las causales de.
Enfermedad, Estado de Gravidez (maternidad) y por Asuntos
Particulares.
e. VACACIONES De acuerdo a la Ley del Profesorado 24029 Cap. IV Art 15° y su
modificatoria 25212, los docentes de los Liceos Navales tendrán derecho
a sesenta (60) días de vacaciones:
15 días en el mes de julio y 45 días al término del año escolar, siempre
que labores en aula.
El personal docente que labora en las Áreas Administrativas, gozará de
treinta (30) días de vacaciones.
Las Terapistas y Auxiliares de Educación, de los Liceos Navales son
considerados docentes y están sujetos a sesenta (60) días de vacaciones
en concordancia con los Art. 2° y Art. 262° de la Ley del Profesorado N°
24029 y modificatoria N° 25212.
El Personal Administrativo y de Servicio, gozará de treinta (30) días de
vacaciones, conforme a un rol programado, durante los meses de enero
y febrero de cada año.
El Personal que no cuenta con un año de servicios efectivos, no podrá
hacer uso de vacaciones.
El Personal que se encuentra sometido a proceso administrativo, no
podrá hacer uso de sus vacaciones salvo que la Junta Permanente de
Proceso Administrativo lo autorice.
f. RENUNCIAS El Personal Nombrado y Contratado por Marina que desea renunciar al
cargo, debe presentar una solicitud dirigida al Departamento de
Personal Civil (según modelo de la Oficina de Personal) y adjuntar una
Declaración Jurada indicando si tiene deudas con otras dependencias
de la Marina.
La solicitud de Renuncia deber ser presentada con treinta (30) días de
anticipación, caso contrario no será tramitada.
El Personal que ha presentado su renuncia al cargo, no podrá ausentarse
de su centro de trabajo, hasta que su solicitud sea aceptada, caso
contrario se le considera como “Abandono de Cargo”.
El Personal Contratado bajo la modalidad de Locación de Servicios que
desea Renunciar al cargo, debe presentar una solicitud dirigida al
Director del Liceo, para su tramitación correspondiente ante la Jefatura
de Educación de la Dirección de Bienestar con treinta (30) días de
anticipación.
Los cargos de confianza, pueden ser rescindidos por incumplimiento de
sus funciones o por necesidad del servicio y por disposición de la Jefatura
de Educación.
g. CERTIFICADO O CONSTANCIA DE TRABAJO Según lo dispuesto por el Jefe de la Oficina de Administración de
Recursos Humanos, el Personal Civil que solicite un Certificado y/o
Constancia de Trabajo o cualquier otro documento relacionado a su
situación laboral, deberá seguir los siguientes pasos:
- Personal Nombrado y Contratado por Marina, deberá solicitarlo al
Jefe del Departamento de Personal Civil, según modelo que será
entregado en la Oficina de Personal del Liceo.
- La solicitud debe ser presentada a la Oficina de Personal con 15 días
de anticipación a fin de ser tramitada.
La Oficina de Personal por ningún motivo extenderá Constancia y/o
Certificados de Trabajo al Personal que labora en el Liceo.
C. MATRÍCULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN a. La matrícula de los alumnos se efectuará según disposiciones de la
Jefatura de Educación de la Dirección de Bienestar de acuerdo a un
calendario entregado a los Padres de Familia.
b. Los requisitos para la matrícula de los alumnos son los siguientes:
Tener autorización de la Jefatura de Educación.
No adeudar al Liceo por derecho de enseñanza y movilidad
(antiguos).
Constancia de no adeudar en el colegio de procedencia
(particulares).
Que figure en el padrón de matrícula el Liceo.
Cumplir con los derechos de aporte voluntario a la calidad
educativa, bitácora, movilidad.
Partida de Nacimiento, DNI (copia).
Certificado de Estudios del colegio de procedencia, visado por la
UGEL 03 (nuevos).
Certificado de Conducta (nuevos).
Ficha Única de Matrícula.
04 fotografías tamaño carnet.
Carnet de vacunas (Inicial).
Certificado domiciliario, recibo de agua, luz o teléfono.
c. Los alumnos con problemas de conducta tendrán matrícula condicional,
por lo que los Padres de Familia deberán firmar una carta compromiso
en la matrícula.
d. Los traslados de matrícula se realizan hasta el término del tercer bimestre
del año escolar.
e. La evaluación tiene el siguiente propósito:
Comprobar los aprendizajes logrados por los alumnos.
Verificar los progresos en el desarrollo de actitudes, habilidades,
destrezas, conocimientos y valores, conocer las potencialidades
del alumno, a fin de orientarlo oportunamente.
Informar a los Padres de Familia, sobre los avances, logros y
dificultades de los alumnos.
f. La calificación en el Nivel Inicial y Primaria es cualitativa. En el Nivel
Secundaria es cuantitativa y vigesimal.
g. Para obtener la nota final:
En Primaria se toma en cuenta el Cuarto Bimestre.
En Secundaria se promedian los cuatro bimestres.
h. Las Normas de finalización emitidas por el Ministerio de Educación
para Primaria indican:
La Promoción de los alumnos del Primer Grado al Segundo
Grado es AUTOMÁTICA.
La Promoción o Repitencia de Segundo, Tercero y Cuarto, se
decide al concluir el Cuarto Bimestre de acuerdo a los siguientes
criterios:
. Son promovidos de grados los alumnos que obtienen “A” en las
áreas de Lógico Matemática y Comunicación Integral.
. Mínimo “B” en las áreas de Personal Social, Ciencia y Ambiente,
Formación Religiosa, Educación Física si fuera necesario, Segunda
Lengua y Talleres Curriculares.
. Repiten el grado los alumnos que obtienen “C” en las áreas de
Lógico Matemática y Comunicación Integral (en los dos).
La Promoción o Repitencia de Quinto y Sexto Grado se decide al
concluir el Cuarto Bimestre, de acuerdo a los siguientes criterios:
. Son promovidos de grado los alumnos que obtienen “A” en las
áreas de Lógico Matemática, Comunicación Integral, Ciencia y
Ambiente y Personal Social.
. Mínimo “B” en las áreas de Formación Religiosa y Educación
Física, si fuera el caso, Segunda Lengua y Talleres Curriculares.
. Repiten el grado los alumnos que obtienen “C” en las áreas de
Lógico Matemática, Comunicación Integral, Ciencia y Ambiente
y Personal Social.
i. Al término del año escolar los alumnos de Secundaria:
- Son promovidos de grado si aprueban todas las asignaturas.
- Repiten el grado si desaprueban 4 o más asignaturas.
j. Para la evaluación de la conducta se utilizan los siguientes criterios:
- Puntualidad.
- Orden y Limpieza.
- Responsabilidad.
- Respeto.
- Solidaridad.
Cada criterio es igual a 4 puntos en el Bimestre, siendo la nota mínima
aprobatoria 11.
Los alumnos que a fin de año resulten desaprobados en Conducta
perderán el derecho a continuar estudiando en el Liceo.
Se tomará en cuenta para la nota final el Cuarto Bimestre.
CAPITULO III
ORGANOS DE AUTORIDAD
1. DE LOS ORGANOS DE DIRECCIÓN a) La Dirección del Liceo Naval “Contralmirante Montero”, depende del
Departamento de Educación dela Dirección de Bienestar, y está
representado por el Director del Liceo, quién ejerce autoridad sobre el
personal de los demás escalones constitutivos de la organización.
b) La Dirección del Liceo es responsable de conducir el proceso educativo
dentro del Centro Educativo.
c) La Dirección internamente tiene una coordinación permanente con la
Subdirección General, con los subdirectores de Nivel, Coordinadores,
Docentes y con los órganos de apoyo; asimismo establece una
coordinación con otros Liceos Navales, con el Departamento de
Educación de la Dirección de Bienestar dela Marina y con los
Organismos Sectoriales e Institucionales de la Comunidad.
d) El Subdirector General, reemplaza en casos de ausencia al Director(a)
del Plantel, asumiendo sus funciones.
e) La Subdirección General depende de la Dirección del Liceo, coordina
con los miembros del Consejo Directivo todo lo relacionado con el
avance curricular, el cumplimiento del Calendario Cívico Escolar y
establece un programa para la las pruebas de aplazados, cargo y
subsanación; ejerce autoridad sobre los demás escalones de la
organización.
2. DEL ORGANO CONSULTIVO
2.1 Consejo Directivo
El Consejo Directivo es el Órgano Consultivo de la Dirección y está
integrado por:
Director(a).
Subdirector(a) General.
Subdirectora Nivel Inicial.
Subdirector(a) Nivel Primaria.
Subdirector(a) Nivel Secundaria.
Coordinador(a) de TOE.
Coordinadores de Convivencia Escolar y Disciplina Escolar.
Coordinador(a) de Actividades.
Jefe de la Oficina de Administración.
Jefe de la Oficina de Personal.
a. El Consejo Directivo depende de la Dirección de Liceo, es
convocado por la Dirección de acuerdo al cronograma
establecido y en casos especiales.
b. Los miembros del Consejo Directivo coordinan con la Dirección de
Liceo, con el personal a su cargo, con la finalidad de cumplir con
el Plan Operativo Anual establecido.
c. Los miembros del Consejo Directivo asesoran a la Dirección en el
quehacer educativo diario a fin de que todos los estamentos
tengan el mejor de los éxitos dentro de la Institución.
d. El Consejo Directivo evalúa semestralmente el rendimiento del
Personal del Liceo, así como de sancionar las faltas graves al
personal de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de
Personal Civil.
3. DE LOS ORGANOS DE APOYO
a. Conformados dentro del Área Administrativa: por la Secretaría
General, la Oficina de Administración y la Oficina de Personal y
Seguridad; y dentro del Área Educativa; por el Área de
Actividades, Área de Convivencia y Disciplina Escolar y Área de
Tutoría y Orientación Educativa; quienes establecen una
coordinación permanente dentro del área de su competencia y
dependencia de la Dirección del Plantel.
b. El área de Administración establece una coordinación con sus
divisiones a su cargo, con la finalidad de dar cumplimiento todas
las normas contables, financieras y económicas que el Liceo
requiere para su buen funcionamiento. Asimismo velar por los
intereses de la Institución.
c. El área educativa establece una coordinación permanente con
los órganos encargados de la política educativa, a fin de brindar
una buena formación al alumnado en general.
4. DE LOS ORGANOS DE LINEA
a. Conformado por las Subdirecciones del Nivel Inicial, Nivel Primaria,
Nivel Secundaria, Coordinadores de Área, Docentes Tutores y
Docente de Cursos Especiales, quiénes dependen directamente
de sus jefes inmediatos y de la Dirección del Plantel cuando lo
estime conveniente.
b. Los Subdirectores de Nivel velan por el cumplimiento de las
acciones Técnico Pedagógicos que el personal docente debe
cumplir de acuerdo al cronograma anual establecido.
REGLAMENTO INTERNO
PARA LOS ALUMNOS
I N D I C E
CAPITULO I IDEARIO
CAPITULO II DERECHOS DELOS ALUMNOS
CAPITULO III DEBERES DE LOS ALUMNOS
CAPITULO IV DE LA PRESENTACIÓN Y UNIFORME ESCOLAR
CAPITULO V NORMAS DE CONVIVENCIA
Asistencia y Puntualidad
Comportamiento en el aula.
Recreos.
Transporte.
Educación y Respeto.
Conductas positivas.
CAPITULO VI DE LOS ESTÍMULOS
CAPITULO VII DE LAS FALTAS Y SANCIONES
Faltas leves o moderadas.
Faltas Graves.
De las Sanciones:
Amonestación Verbal.
Amonestación Escrita.
Permanencia.
Suspensión.
Matrícula Condicional.
Para superar la Matrícula Condicional.
Separación definitiva del Liceo.
CAPITULO VIII PROCEDIMIENTOS
CAPITULO IX RELACIÓN LICEO Y PADRES DE FAMILIA
CAPITULO I
IDEARIO DE LOS LICEOS NAVALES
Los Liceos Navales promueven en sus educandos el amor a Dios, a la Patria
y gran sentido de respeto y solidaridad ante sus semejantes, considerando
estos valores como los principios fundamentales para alcanzar una
formación sólida y eficaz, para el buen desempeño de una vida en paz y
de prosperidad, y sea el artífice de una sociedad justa y emprendedora.
CAPITULO II
DERECHOS DE LOS ALUMNOS DE LOS CENTROS EDUCATIVOS NAVALES
Articulo 1° Recibir una educación de calidad, acorde con la política
educativa nacional y la que dicte la Marina de Guerra del Perú
a través de la Dirección de Bienestar, que le permita alcanzar
el máximo desarrollo de sus potencialidades.
Artículo 2° Ser atendido en todos los servicios que brinda la Institución
Educativa Naval, recibiendo consejería y asesoramiento de los
profesores y directivos.
Articulo 3° Ser evaluado en forma objetivo, así como recibir información
oportuna de su rendimiento académico y conductual.
Artículo 4° Ser tratado con respeto, dignidad y equidad, sin discriminación
e informado oportunamente de las disposiciones que debe
cumplir como alumno.
Artículo 5° Ser protegido contra toda forma de violencia, prejuicio,
descuido o trato negligente, abuso físico y mental.
Artículo 6° Expresar libremente sus opiniones dentro de un marco de
respeto, tolerancia y oportunidad.
Artículo 7° Ser escuchado en sus inquietudes y problemáticas con respeto
y siguiendo el conducto regular.
Artículo 8° Recibir premios y/o estímulos en mérito a su rendimiento,
actitudes, logros y conductas.
Artículo 9° Recibir primeros auxilios cuando sufra algún accidente dentro
del Centro Educativo y/o ser derivado a un Centro Médico
especializado, debiendo comunicarse el hecho a lospadres
de familia.
Artículo 10° Elegir y ser elegido democráticamente en los cargos y
organismos estudiantiles de los Liceos Navales.
Artículo 11° Ser exonerado al inicio del año escolar del curso de Religión
por razón de fe y de la parte práctica del curso de Educación
Física, en caso de impedimento físico o prescripción médica
certificada, mediante Decreto Directoral.
Artículo 12° Conocer, comprender y comprometerse con los principios
axiológicos de los Centros Educativos Navales.
Artículo 13° Contar con una infraestructura educativa adecuada para el
óptimo desarrollo de su labor académica, recreativa y cultural.
CAPITULO III
DEBERES DEL EDUCANDO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS NAVALES
Artículo 14° Cumplir con el Reglamento Interno, Normas de Convivencia y
disposiciones emanadas de su institución.
Artículo 15° Respetarse y respetar a sus compañeros, personal docente,
personal del Liceo y otras personas dentro y fuera de la
Institución.
Artículo 16° Respetar y hacer respetar los símbolos de la Patria, de la Marina
de Guerra y del Liceo.
Artículo 17° Respetar y amar a su Liceo, demostrando gratitud por el alma
mater y cuidando el prestigio de su institución.
Artículo 18° Cumplir responsablemente con las indicaciones y/o labores
escolares para concluir satisfactoriamente el año escolar.
Artículo 19° Portar la agenda escolar diariamente con los datos personales
debidamente actualizados, en la que se anotaran las tareas,
justificaciones, citaciones, permisos y otras observaciones
señaladas por el profesor, auxiliar y/o autoridad, debiendo ser
revisado y firmado, cada día por el padre de familia o
apoderado. En caso de extravío comunicar de inmediato al
tutor o Coordinación de Convivencia y Disciplina Escolar, para
adquirir una nueva.
Artículo 20° Contar con sus útiles y textos escolares, en orden y con sus
datos personales.
Artículo 21° Participar en la acción educativa y cumplir con las tareas,
trabajos y evaluaciones programadas.
Artículo 22° Participar en los grupos de trabajo (Consejo de aula, Consejo
Estudiantil, brigadieres, monitores, quipos deportivos, etc.) con
responsabilidad y empeño.
Artículo 23° Entregar los comunicados enviados a los padre o tutores y
devolver los desglosables debidamente firmados (dentro de
las 24 horas).
Artículo 24° Asistir regular y puntualmente al Liceo en el horario
establecido. El 30% de inasistencias injustificadas, dará lugar a
la perdida del año escolar.
Artículo 25° En caso de inasistencia cumplir con todas las obligaciones
pendientes al reincorporarse al Liceo, justificando la misma con
un documento probatorio.
Artículo 26° Asistir y participar puntualmente:
a. Al aula, laboratorios, biblioteca, actividades deportivas,
recreativas y talleres.
b. A las formaciones y actividades cívico-patrióticas
programadas por el Liceo.
c. A sus respectivas movilidades y lugares de salida portando
su carnet de identificación.
d. A toda actividad extracurricular programada por el Liceo.
Artículo 27° Utilizar bienes y servicios de la Institución con el decoro
correspondiente, velando por la limpieza, el orden, la
conservación de la infraestructura y el mobiliario del Centro
Educativo. En caso de deterioro el padre de familia deberá
reponer el daño ocasionado y se aplicará la sanción
correspondiente.
Articulo 28° Devolver a la Coordinación de Normas Educativas todo objeto
encontrado que no le pertenezca.
Artículo 29° Propiciar un clima de orden y disciplina dentro y fuera del aula.
Artículo 30° Participar responsablemente en los simulacros de evacuación
programados por el Liceo.
Artículo 31° Asistir con el uniforme reglamentario y aseado.
CAPITULO IV
DE LA PRESENTACIÓN Y EL UNIFORME ESCOLAR
Artículo 32° La presentación de los alumnos debe observar las siguientes
pautas:
DAMAS
a. El cabello debe mantenerse limpio, peinado y sujeto con colette
y/o cinta sólo de color azul marino.
b. El uso de trencitas no está permitido.
c. Sólo está autorizado el uso de un par de artes pequeños tipo perla
o similar.
d. Sólo está autorizado el uso de un reloj pulsera.
e. El uso de maquillaje y uñas pintadas no está permitido.
VARONES
a. La cara deberá estar total y cuidadosamente rasurada.
b. El corte de cabello será estrictamente de tipo escolar
manteniéndolo siempre corto, limpio y ordenado.
Artículo 33° Los accesorios de uso personal (pulseras, “cueritos”, shakiras,
collares, “pearcings”, etc.) así como las modas generacionales
(tatuajes, cabello teñido, peinados no escolares, maquillaje en
rostro y uñas, aretes en varones, etc.) no forman parte de la
vestimenta escolar, por lo que no están permitidos.
DEL UNIFORME ESCOLAR
Artículo 34° El uniforme escolar, en todas sus variantes, es la vestimenta
que distingue a un alumno. Su uso y cuidados garantizan una
buena presentación.
a. Tanto damas como varones tienen la obligación de usar
siempre el uniforme del Liceo y los accesorios del mismo, sin
agregados, ni mutilaciones tal y como lo establecen las
disposiciones de inicio del año escolar.
b. Los uniformes deberán mantenerse limpios, libres de