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1 “Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación” MINISTERIO DE EDUCACIÓN GOBIERNO REGIONAL - PUNO DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION PUNO UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL YUNGUYO INSTITUCIÓN EDUCATIVA EMBLEMÁTICA “JOSÉ GÁLVEZ” JORNADA ESCOLAR COMPLETA Haciendo camino hacia el éxito… 1962 - 2015 Dirección Regional de Educación de Puno Unidad de Gestión Educativa Local Yunguyo
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Reglamento Interno para Estudiantes 2015

Aug 13, 2015

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Page 1: Reglamento Interno para Estudiantes 2015

1

“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

GOBIERNO REGIONAL - PUNO

DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION PUNO

UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL YUNGUYO

INSTITUCIÓN EDUCATIVA EMBLEMÁTICA

“JOSÉ GÁLVEZ”

JORNADA ESCOLAR COMPLETA

Haciendo camino hacia el éxito…

1962 - 2015

Dirección Regional de Educación de Puno

Unidad de Gestión Educativa Local Yunguyo

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Reglamento Interno para el Estudiante 2015 - 2016 IES EMBLEMÁTICA “José Gálvez” - JEC Yunguyo

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INDICE GENERAL

Página

Presentación……………………………………………………………………………………………. 3

TITULO I GENERALIDADES

Capítulo I : De la Institución………………………………………………………………. 4

Capítulo II : De la misión, visión, principios y valores institucionales……………………. 4

Capítulo III : De los compromisos de gestión escolar……………………………………… 5

Capítulo IV : De las bases legales…………………………………………………………... 6

Capítulo V : De la organización y funcionamiento de la institución educativa……………. 8

TITULO II DE LOS EDUCANDOS

Capítulo I : Del proceso de admisión y matricula…………………………………………. 9

Capítulo II : De los derechos básicos o fundamentales……………………….. …………… 10

Capítulo III : De los derechos académicos y sociales………………………………………. 11

Capítulo IV : De los deberes y obligaciones…………………..……………………………. 13

Capítulo V : Del horario y la asistencia escolar……………………………………………. 17

Capítulo VI : De las prohibiciones………………………………………………………….. 19

Capítulo VII : De las faltas y sanciones……………………………………………………... 21

Capítulo VIII: De los estímulos……………………………………………………………… 25

Capítulo IX : Conductas especiales…………………………………………………………. 26

Capítulo X : Del uniforme escolar…………………………………………………………. 26

Capítulo XI : De la banda sinfónica y estudiantina emblemática “José Gálvez”…………... 27

Capítulo XII : De la escolta oficial y otras…………………………………………………... 28

TITULO III DE LOS BRIGADIERES Y POLICIA ESCOLAR

Capítulo I : De la definición, sus objetivos e importancia………………………………… 30

Capítulo II : Del patrono y decálogo……………………………………………………….. 30

Capítulo III : De la selección e integrantes…………………………………………………. 31

Capítulo IV : De los distintivos y servicios de la policía escolar y brigadieres…………….. 32

Capítulo V : De la conformación de los órganos y responsables…………………………... 33

Capítulo VI : De la instalación, juramentación y capacitación……………………………... 34

Capítulo VII : De los derechos y deberes……………………………………………………. 34

Capítulo VIII: De los estímulos, faltas y sanciones…………………………………………. 35

Capítulo IX : De las funciones……………………………………………………………… 37

TITULO IV DE LA EVALUACIÓN Y PROGRAMA DE RECUPERACIÓN ACADÉMICA

Capítulo I : De la definición y su objetivo………………………………………………… 39

Capítulo II : Del proceso de evaluación y recuperación académica……………………….. 40

TITULO V OTRAS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL

Capítulo I : Del municipio escolar………………………………………………………… 42

Capítulo II : De la fiscalía escolar………………………………………………………….. 44

TITULO VI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Capítulo I : De las disposiciones complementarias………………………………………. 45

Capítulo II : De las disposiciones finales………………………………………………….. 46

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PRESENTACIÓN

El Órgano Pedagógico, a través de la Coordinación de Tutoría de la cincuentenaria, gloriosa y emblemática Institución Educativa Secundaria “José Gálvez” con Jornada Escolar Completa, con participación de la comunidad educativa ha consensuado el presente Reglamento Interno para Estudiantes de esta Institución; teniendo en cuenta los dispositivos legales vigentes que han sido y se vienen promulgando para el sector Educación. Para tal, se ha procedido a solicitar los aportes de cada estamento correspondiente y así sirva también como un manual interno de la Institución, procurando no salirse del marco normativo del país ni mucho menos alterar la jerarquía de las normas, teniendo en cuenta la contextualización y diversificación de la mismas, con el fin de servir como instrumento activo y regulador en el desenvolvimiento de los estudiantes de nuestra gloriosa institución y el personal en lo que corresponde.

El presente Reglamento Interno para Estudiantes, responde a la Política del Sistema Educativo Nacional y a los objetivos de la institución, considerando los principales aspectos propuestos por el Nuevo Modelo de Servicio de Jornada Escolar Completa, con lo que se espera asegurar una trayectoria escolar relevante y exitosa donde las y los estudiantes alcancen los aprendizajes esperados, como resultado de una práctica pedagógica docente renovada y revalorada, bajo una organización y gestión escolar que favorezca un clima de convivencia basado en el respeto, tal como lo establece el séptimo compromiso de gestión escolar, que promueva la participación efectiva de los actores educativos y que fortalezca una toma de decisiones cada vez más autónoma; basado fundamentalmente en el respeto de los deberes y derechos de los estudiantes de esta gloriosa institución.

El cumplimiento razonado de lo que se expresa en los diferentes artículos del presente documento de gestión nos va a permitir armonizar nuestras tareas en beneficio de la educación de nuestros estudiantes.

Atentamente,

EL ÓRGANO PEDAGÓGICO Coordinación de Tutoría

Comisión:

Prof. Wilveor J. Quiñonez Flores

COORDINADOR DE TUTORIA – ATI

Revisado:

Prof. Pablo Aceituno Vargas

COORDINADOR DE OBE Y TUTORÍA

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TITULO I

GENERALIDADES

CAPITULO I

DE LA INSTITUCIÓN

Art. 1º.- La Institución Educativa Secundaria Emblemática “José Gálvez” de esta Provincia de Yunguyo, Región Puno, es un establecimiento educativo de carácter público, que ofrece un servicio educativo, legalmente reconocido por la Ley Peruana y que atiende la educación formal en el nivel de Educación Secundaria con Jornada Escolar Completa.

Art. 2°.- El Reglamento Interno está dirigido a los estudiantes (varones y damas) matriculados oficialmente y establece normas genéricas de comportamiento que deben observar el personal Directivo, Jerárquico, Docente, Auxiliar, Administrativo, Padres de Familia y los mismos estudiantes que integran la Institución Educativa Secundaria Emblemática “José Gálvez” de Yunguyo; y tiene por finalidad consolidar un conjunto de disposiciones que definen y regulan la relaciones y condiciones de comportamiento, los deberes, derechos, responsabilidades, obligaciones y prohibiciones de los involucrados; así como, las competencias jerárquico-organizacionales, para la normal marcha administrativa y educativa dentro de un ambiente de formación educativa.

Art. 3°.- La Institución Educativa Secundaria Emblemática “José Gálvez” con Jornada Escolar Completa, presenta en su Proyecto Educativo Institucional fundamentos en la formación de valores: respeto, responsabilidad, honestidad; así como el liderazgo de servicio y experiencia investigadora, principios que se encuentran enraizados en la pedagogía de la confianza como elemento fundamental de su enfoque pedagógico.

Art. 4º.- Todo el personal Directivo, Jerárquico, Docente, Auxiliar o Administrativo que se encuentre prestando servicios en la IES Emblemática “José Gálvez”; así como los estudiantes, padres de familia y apoderados, deben conocer y cumplir con el contenido del presente Reglamento; y por tanto, tienen el Derecho y la Obligación de poseer un ejemplar por lo que la Institución hará entrega del mismo a cada involucrado.

Art. 5º.- Los Directivos, Jerárquicos y el CONEI, a través de sus representantes, son los responsables de monitorear en lo que les corresponde, el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento e informarán al inmediato superior sobre las inobservancias existentes, así como las medidas correctivas adoptadas.

CAPITULO II

DE LA MISION, VISION, PRINCIPIOS y VALORES INSTITUCIONALES

Art. 6°.- De la Misión Ahora…”Constituimos una Institución Educativa pionera en la educación de la Provincia de

Yunguyo, Región Puno, que brindamos una formación integral y competitiva para fortalecer la calidad educativa a través del desarrollo de competencias, capacidades y actitudes a fin de contribuir a las demandas de la sociedad”.

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Art. 7°.- De la Visión

Al 201…”Ser una Institución Educativa Secundaria líder, paradigma de la educación a nivel regional, formando personas capaces de asumir los retos en un mundo de diversidad de cambios desarrollando un trabajo corporativo de los actores educativos con práctica de valores y eficiente ejercicio profesional docente promoviendo productividad que permite alcanzar mejores condiciones de vida con sostenibilidad”.

Art. 8°.- De los Principios y Valores Los estudiantes de la Institución Educativa Secundaria Emblemática “José Gálvez” con Jornada

Escolar Completa, actuarán de acuerdo a principios, valores y el Lema: “DISCIPLINA, TRABAJO y ESTUDIO”.

8.1 Principios: Respeto a la Vida Respeto a la Dignidad de la Persona Respeto a Libertad Respeto a la Democracia

8.2 Valores:

Respeto, virtud fundamental que compromete el respeto a sí mismo y a los demás en diferentes situaciones cotidianas.

Responsabilidad, valor fundamental que involucra el cumplimiento de los deberes de todos los agentes educativos de manera eficiente.

Honestidad, significa que no hay contradicciones ni discrepancias entre los pensamientos, palabras o acciones.

Art. 9º.- De la vigencia y revisión

El presente Reglamento Interno para Estudiantes (RIE), entra en vigencia para los años académicos 2015 - 2016 a partir de la Aprobación mediante Resolución Directoral Institucional; y, será revisado, actualizado, modificado y aprobado cada año por el Órgano de Dirección o la comisión responsable que se designe, y cuando así lo exija el desarrollo institucional y/o las disposiciones legales vigentes que le sean aplicables. Todas las modificaciones al presente, serán puestas en conocimiento de la comunidad educativa.

CAPITULO III

DE LOS COMPROMISOS DE GESTIÓN ESCOLAR

Art. 10°.- Compromisos e indicadores de Gestión Escolar

Compromiso 1: Progreso anual de los aprendizajes de todas y todos los estudiantes.

Compromiso 2: Retención anual e interanual de estudiantes.

Compromiso 3: Cumplimiento de la calendarización planificada por las Instituciones Educativa Públicas y Privadas

Compromiso 4: Uso pedagógico del tiempo durante las sesiones de aprendizaje en las Instituciones Educativas Públicas.

Compromiso 5: Uso de herramientas pedagógicas por los profesores durante las sesiones de aprendizaje en Instituciones Educativas Públicas.

Compromiso 6: Uso de materiales y recursos educativos durante la sesión de aprendizaje en Instituciones Educativas Públicas.

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Compromiso 7: Gestión del clima escolar en Instituciones Educativas Públicas y Privadas.

Compromiso 8: Implementación del Plan Anual de Trabajo en Instituciones Educativas Públicas.

CAPITULO IV

DE LAS BASES LEGALES

Art. 11º.- El presente Reglamento Interno se sustenta legalmente en:

a. Constitución Política del Perú. b. Ley N° 28044 Ley General de Educación c. Ley N° 27815 Ley del Código de la Ética de la Función Pública d. Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General e. Ley N° 29944 Ley de la Reforma Magisterial f. Ley Nº 28988 Ley que declara la Educación Básica como servicio público esencial g. Ley N° 28628 Ley que regula la participación de las APAFA en las II EE. Públicas h. Ley N° 27337 Código del Niño y el Adolescente y su modificatoria Ley N° 27571. i. Ley N° 27911 Ley que regula medidas administrativas extraordinarias para el personal docente o

administrativo implicado en delitos de violación de la libertad sexual y su Reglamento aprobado por D.S. N° 005-2003-ED.

j. Ley Nº 29988 Ley que establece medidas extraordinarias para el Personal Docente y Administrativo de Instituciones Educativas Públicas y Privadas, Implicado en Delito de Terrorismo, Apología del Terrorismo, Delitos de Violación de la Libertad Sexual y Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas; crea el Registro de Personas condenadas o procesadas por Delito de Terrorismo, Apología del Terrorismo, Delitos de Violación de Libertad Sexual y Tráfico Ilícito de Drogas y modifica los artículos 36 y 38 del Código Penal.

k. Ley Nº 29694 Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares y su modificatoria Ley N° 29839.

l. Ley Nº 29719 Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas. m. Ley Nº 29600 Ley que fomenta la reinserción escolar por embarazo. n. Ley Nº 27942 Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual. o. Ley N° 27306 Ley que modifica el Texto Único Ordenado de la Ley de protección frente la

violencia familiar p. Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del

Sector Público, y su Reglamento D.S. 005-90-PCM. q. Ordenanza Regional N° 005-2012-GRP-CRP, Dispone el uso obligatorio de sombreros y gorros

en los estudiantes, docentes y directores de las Instituciones Públicas y Privadas de educación Básica Regular…

r. D.S. N° 006-97-JUS Aprueba Ley de Protección frente a la Violencia Familiar s. D.S. N° 010-2012-ED, Reglamento de la Ley N° 29719. t. D.S. N° 011-2012-ED Aprueba el Reglamento de la Ley de Educación N° 28044. u. D.S. Nº 004-2013-ED Aprueba el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial. v. D.S. N° 008-2006-ED, Control de Asistencia del Personal w. D.S. N° 004-2006-ED, Reglamento de la Ley que regula la participación de la APAFA en las II. EE.

Públicas x. D.S. Nº 017-2007-ED, reglamento de la Ley 28988. y. RD. Nº 15847-ED del 11 de julio de 1951, autoriza y garantiza el funcionamiento de la Policía

Escolar en el Perú. z. RM. N° 1255-85-ED, Norma la determinación de los cinco alumnos que han obtenido los más altos

promedios generales al concluir la Educación Secundaria aa. R.M. Nº 0574-94-ED, Aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del

Personal que labora en el ámbito del Ministerio de Educación. bb. RM N° 0234-2005. ED. Normas de Evaluación de los aprendizajes de los estudiantes. cc. R.M. N° 0526-2005-ED, Institución de los Juegos Florales Escolares como actividad de la EBR dd. RM. Nº 0105-2006-ED “Tengo derecho a buen trato”. ee. R.M. N° 0516-2007-ED, Lineamientos para el proceso de matrícula escolar en las instituciones

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educativas públicas de Educación Básica. ff. R.M. Nº 0405-2007-ED Lineamientos de acción en caso de maltrato físico y/o psicológico,

hostigamiento sexual y/o violación de la libertad sexual a estudiantes de las Instituciones Educativas.

gg. R.M. N° 0337-2008-ED, Aprueban normas para la Distribución del “Manual para Padres” en las EE. II.

hh. RM Nº394-2008-ED Normas que regulan el procedimiento para la aprobación de las solicitudes de excursiones o visitas de los estudiantes formuladas por las instituciones educativas.

ii. R.M. N° 0201-2009-ED, Aprueba la Directiva “Procedimientos para la prevención y sanción del hostigamiento sexual en el sector Educación.

jj. R.M. N° 0519-2012-ED, Aprueba la Directiva N° 019-2012-MINEDU/VMGI-OET, Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por el personal de las Instituciones Educativas.

kk. R.M. N° 0451-2014-MINEDU, Crean el Modelo de Servicio Educativo “Jornada Escolar Completa” para las instituciones educativas públicas del nivel de Educación Secundaria.

ll. R.M. N° 0556-2014-MINEDU, Aprueba la Norma Técnica “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del año Escolar 2015 en la Educación Básica.

mm. RVM Nº 004-2007-ED. Campaña Educativa Nacional Permanente de Sensibilización y Promoción para una Vida sin Drogas “Estudiantes Sanos Libres de Drogas”.

nn. R.V.M. Nº 0022-2007-ED, Aprueban “Normas para el Fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar, el Uso Adecuado del Tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y Patriótica de los Estudiantes de las Instituciones y Programas de la Educación Básica”

oo. R.V.M. N° 015-2011-ED, Aprueban “Normas sobre acciones de educación preventiva ante los impactos negativos de la radiación solar en las II.EE. Públicas y Privadas”

pp. R.V.M. N° 0067-2011-ED, Aprueba las Normas y Orientaciones para la Organización, Implementación y Funcionamiento de los Municipios Escolares.

qq. Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1280-2008-MP-FN, Aprueba el Reglamento de las Fiscalías Escolares y Fiscalías Escolares Ecológicas.

rr. Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1402-2008- MP-FN, Modifica el Reglamento aprobado por el Artículo Segundo de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1280-2008-MP-FN.

ss. Resolución de Fiscalía de la Nación N° 144-2010-MP-FN, Aprueban Programa “Persecución Estratégica del delito” como política de trabajo institucional del Ministerio Público en el ámbito Nación.

tt. RSG N° 008-2015-MINEDU, Aprobar la Norma Técnica denominada “Normas para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de Educación Secundaria.

uu. R.D. N° 0343-2010-ED, Normas para el desarrollo de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa en las DRE, UGEL e Instituciones Educativas.

vv. Directiva Nº 004-VMGP-2005, aprobada por R.M. Nº 0234-2005-ED, norma la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en la Educación Básica Regular.

ww. Directiva Nº 001-2006-VMGP/DITOE, Normas para el desarrollo de la campaña de sensibilización y promoción “Tengo Derecho al Buen Trato” que incluye a la Convivencia Escolar Democrática.

xx. Directiva Nº 002-2006-VMGP/DITOE, Normas para el desarrollo de las acciones y funcionamiento de las defensorías escolares del niño y del adolescente (DESNAS) en las instituciones educativas

yy. Directiva Nº 001 - 2006 - VMGP / OTUPI, Normas para el desarrollo de las acciones de tutoría y orientación educativa en las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas.

zz. Directiva N° 001-2008-ME-VMGP/DITOE, Normas para el Proceso de Selección de Promotores del Programa de Tutoría y Orientación Educativa.

aaa. Directiva N° 005-2015-GRP/GRDS-DREP-DGP: Norma complementaria sobre desarrollo del año académico 2015

bbb. Directiva 010-2015-GRP/GRDS-DREP-DGP, Directiva para regular el horario de invierno en las Instituciones Educativas de la Región Puno.

ccc. Proyecto Educativo Institucional de la IES Emblemática “José Gálvez” - JEC

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CAPITULO V

DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Art. 12.- De los Alcances:

Personal Directivo Coordinadores de Tutoría Coordinadores Pedagógicos Personal Docente Personal de Soporte Tecnológico Personal Auxiliar de Educación Personal de Asistencia Social Personal Administrativo y de Servicio Personal de Vigilancia Educandos Asociación de Padres de Familia

Art. 13.- De la Estructura de la Institución

La Estructura Orgánica de la Institución Educativa Emblemática “José Gálvez” con Jornada Escolar Completa, es la siguiente:

a) Órgano de Dirección:

Dirección

Sub Dirección

b) Órgano Consultivo:

Consejo Educativo Institucional (CONEI)

c) Órgano Pedagógico

Coordinadores Pedagógicos

Coordinadores de Tutoría

Coordinador de Innovación y Soporte Tecnológico

Profesores

d) Personal de Apoyo Pedagógico

Auxiliares de Educación

Auxiliar de Laboratorio

Auxiliar de Biblioteca

Personal de Apoyo Pedagógico contratado por CAS

e) Órgano de Soporte al Proceso Pedagógico

Coordinador Administrativo y de Recursos Educativos (Sub Director Administrativo)

Psicólogo o Trabajador Social

Responsable del Centro de Computo

Responsable de Taller del Industria del Vestido y Ebanistería

Responsable del taller de Banda de Músicos

Secretaria

Personal de Mantenimiento o de Servicio.

Personal de Vigilancia

f) Órgano de Coordinación:

Comité de Tutoría

Promotor de OBE – TOE

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Comité de DESNA

Comité de Disciplina y Convivencia Escolar

Comité de Gestión de Recursos Financieros (RDR)

Comité de Evaluación del Personal

Comité de Auto Evaluación de la Gestión de la Institución Educativa

Comité de Gestión de Riesgos

Comité de días festivos a nivel institucional

Consejo Escolar

g) Órgano de Participación:

Asociación de Padres de Familia

Comités de aula de padres de familia

Municipio Escolar

Fiscalía Escolar

Club de Periodismo “Marcos Melvin Flores Alata”

Club de Ciencias

Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación (SUTE) Base “José Gálvez”

Asociación de Ex alumnos

Estudiantina Magisterial Galvina.

Estudiantina Emblemática “José Gálvez”.

Directivos del Club Cultural Deportivo “José Gálvez”

Directivos de la Zampoñada “Unión Galvina”

TITULO II

DE LOS EDUCANDOS

CAPITULO I

DEL PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRICULA

Art. 14.- La calidad de estudiante de la Institución Educativa Secundaria Emblemática “José Gálvez” con Jornada Escolar Completa, se adquiere mediante el acto de matrícula; la cual, consiste en llenar la ficha correspondiente y la firma de la misma, por parte de los padres de familia, del estudiante y del Director de la Institución.

Art. 15.- Para obtener la calidad de estudiante de esta Institución Educativa, es necesario:

15.1 Conocer y aceptar la política y los principios; los fines y las normas que rigen en la Institución.

15.2 Haber superado todos los logros previstos para el grado inmediatamente anterior.

Art. 16.- Para ingresar al colegio y ser parte de la comunidad educativa se fijan los siguientes rangos de

edades:

1er grado 12 a 13 años 2do grado 13 a 14 años 3er grado 14 a 15 años 4to grado 15 a 16 años 5to grado 16 a 17 años

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Para cada grado, se seguirán los rangos correspondientes a un año por cada grado; no obstante, la decisión de ingreso es de exclusividad de la Institución, quien a través de los órganos respectivos se reservará el derecho de dar razones de la no admisión de un aspirante a ingresar.

Art. 17.- Los documentos que se requieren para ingresar a la Institución Educativa Secundaria

Emblemática “José Gálvez” con JEC por primera vez, son los siguientes:

Partida de Nacimiento Original Copia del DNI del Estudiante Copia del DNI de los Padres o Apoderados Certificado de Estudios de Educación Primaria concluidos y en original (*) Dos fotografías tamaño carné actualizados.

Para los estudiantes con traslado externo la matricula se rige a la normatividad vigente, debiendo presentar obligatoriamente en el momento de la matrícula los documentos expuestos en el párrafo anterior con la diferencia del Certificado de Estudios (*), que debe ser del Año anterior concluido satisfactoriamente; así mismo, la Resolución Directoral que autoriza el traslado y el Informe Académico del año pasado (opcional)

Para la ratificación de la Matrícula, los estudiantes antiguos deben presentar su Informe Académico del año anterior y dos fotos tamaño carné actualizados.

Art. 18.- La calidad de estudiante de la Institución Educativa Secundaria Emblemática “José Gálvez”, se

pierde por:

No ratificación de la Matrícula. Traslado a otra Institución. Retiro o abandono debidamente sustentado. Fuerza mayor, debidamente comprobada. Por fallecimiento del estudiante. Reprobación por segunda vez del mismo o de cualquier grado. Por las causales determinadas en uno o en todos los siguientes documentos: Proyecto Educativo

Institucional y el presente Reglamento Interno.

CAPITULO II

DE LOS DERECHOS BÁSICOS O FUNDAMENTALES

Art. 19.- El derecho a la vida es fundamental.

Art. 20.- Todos los estudiantes recibirán el mismo trato respetuoso y tendrán los derechos que la Constitución y las leyes del Perú, les confieren, y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ningún tipo de discriminación, siempre y cuando su ejercicio no perjudiquen los principios que rigen a la Institución Educativa Secundaria Emblemática “José Gálvez”. Por tal, todo estudiante debe ser tratado por parte de cada uno de los estamentos de la comunidad educativa con la consideración, respeto, aprecio y justicia que todo ser humano merece de sus semejantes en igualdad.

Art. 21.- Ningún estudiante será sometido a agresiones físicas, psicológicas o verbales, por cuanto el colegio promueve y facilita un ambiente de convivencia sincera y dialogante, donde se evitarán comportamientos despectivos, subestimación o intimidación.

Art. 22.- Todos los estudiantes tienen derecho a su intimidad personal y familiar, al buen nombre y honra, así como al libre desarrollo de la personalidad, sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás, la Constitución y las leyes peruanas, el PEI y el presente Reglamento.

Art. 23.- Todos los estudiantes tienen libertad para expresar y difundir sus ideas, pensamientos y opiniones, siempre que lo hagan en forma adecuada, moderada y respetuosa, teniendo en cuenta los derechos que tienen las demás personas y los principios de la Institución Educativa Secundaria

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Emblemática “José Gálvez”.

Art. 24.- Todos los estudiantes tienen derecho a la defensa, en todos los procedimientos en los cuales puedan ser sancionados, debiendo ser escuchados de acuerdo con el conducto regular establecido por la institución y con el acompañamiento de sus padres de familia o apoderados.

Art. 25.- Todos los estudiantes tienen derecho a ser atendidos en sus reclamos y solicitudes particulares que se hagan a través de los conductos regulares (profesor, tutor, coordinadores, auxiliares de educación, fiscales escolares, consejo escolar y delegados de aula), enmarcados en la veracidad, respeto por la institución y las personas vinculadas a ésta.

Art. 26.- Todos los estudiantes tienen derecho ser escuchado y asistido de forma inmediata cuando se evidencia directa o indirectamente que se encuentra en una situación de conflicto personal por acoso escolar (bullying tipificado); hostigamiento, tocamientos indebidos, intimidación o intento de violación a su libertad sexual e intimidad personal, por parte de sus compañeros o personal de la Institución, cuidando el protocolo del caso. Si en caso fuese necesario, por la gravedad y agravantes, se solicitará la inmediata intervención de las autoridades competentes. Así mismo, esta deberá ser registrado en el Sistema Especializado Contra la Violencia Escolar (SISEVE)

En caso de violencia familiar u otros que suscitaran fuera de la institución, se tendrá el mismo tratamiento del párrafo que antecede, luego de recabar la información necesaria.

Art. 27.- Todos los estudiantes tienen derecho ser atendido con diligencia en caso de accidentes ocurridos dentro de la Institución. En caso sea necesario conducirlo al centro de salud del MINSA o si fuese el caso a ESSALUD. Se deberá previamente comunicar al padre de familia o apoderado para que este lo pueda recoger. Si se tratase de una situación de emergencia, la Institución a través del Auxiliar de Educación correspondiente, lo trasladará al centro de salud, en cuyo caso el gasto que genere su traslado deberá ser asumido al 100% por el padre de familia. Es de mucha importancia que el estudiante tenga su Seguro Integral de Salud (SIS) actualizado, para ello deberá coordinar con la Asistenta Social de la Institución.

CAPITULO III

DE LOS DERECHOS ACADÉMICOS Y SOCIALES

Art. 28.- Todos los estudiantes tienen derecho a recibir una educación integral, que desarrolle la inteligencia y el pensamiento, que desarrolle el cuerpo en forma armónica y saludable, y que desarrolle todas las formas del ser humano; así como garantice el pleno desarrollo de su personalidad y potenciar sus facultades con el fin de prepararlo para una vida activa, conociendo y respetando los derechos humanos, los valores culturales y el cuidado del medioambiente natural con espíritu de paz, tolerancia y solidaridad.

Art. 29.- Todos los estudiantes tienen derecho a ser evaluados en forma continua e integral y a conocer oportunamente los resultados del proceso de aprendizaje, los resultados de sus evaluaciones y las recomendaciones que hagan sus tutores, profesores y auxiliares de educación.

Art. 30.- Todos los estudiantes tienen derecho a recibir el material didáctico del Ministerio de Educación, de acuerdo al desarrollo de cada área curricular y ser renovado si el caso requiera, en coordinación con el Auxiliar de Biblioteca y otros.

Art. 31.- Todos los estudiantes tienen derecho a participar objetiva y responsablemente en su educación,

ingresando a su salón de clase y mediante su participación activa en los programas y acciones educativas.

Art. 32.- Todos los estudiantes tienen derecho a presentar excusas justificadas por sus ausencias y a que se les tenga en cuenta, siempre que estén debidamente diligenciadas y firmadas por los padres de familia o apoderados, los médicos o por las entidades acreditadas para el efecto. Las excusas deben presentarse vía mesa de partes (secretaría) y derivar a la Coordinación de Tutoría para que inmediatamente y a través de los auxiliares de educación sean puestos de conocimiento de los profesores de cada área, para que el estudiante se reintegre a su aula.

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Art. 33.- Todos los estudiantes tienen derecho a que se les entregue la Agenda Escolar, de acuerdo con las normas de la Institución, a solicitar y obtener certificados, constancias, diplomas, duplicados de Agendas, de Tarjetas de Calificación, siempre y cuando haya cancelado los derechos correspondientes por los mismos y cuando el estudiante y los padres de familia o los acudientes, no tengan alguna deuda con la Institución a través de los diferentes talleres.

Art. 34.- Todos los estudiantes tienen derecho a recibir reforzamiento académico cuando sea necesario o cuando el estudiante lo requiera y, a ser atendido cuando necesite alguna explicación o reclamo y pedir revisión de sus evaluaciones si fuera necesario y justificado.

Art. 35.- Todos los estudiantes tienen derecho a solicitar respetuosamente, a los educadores, explicación y orientación que conduzcan a salvar dificultades en el desarrollo de las áreas curriculares, siempre que hayan demostrado aplicación y atención en las sesiones correspondientes.

Art. 36.- Todos los estudiantes tienen derecho a recibir oportunamente y dentro de los horarios establecidos, los servicios de Atención Tutorial Integral y bienestar estudiantil; así como, el acceso a la Asistencia Social.

Art. 37.- Todos los estudiantes tienen derecho a la no discriminación de ningún miembro de la comunidad

educativa por razón de raza, sexo, religión, etc.

Art. 38.- Todos los estudiantes tienen derecho a organizarse en comités estudiantiles, consejo escolar, delegados de aula, clubes; asimismo, elegir y ser elegidos en organizaciones estudiantiles de la Institución Educativa.

Art. 39.- Todos los estudiantes tienen derecho a ser traslado a otra institución a solicitud de sus padres o apoderados, siempre en cuando no tenga deudas con la Institución, presentando la Ficha de NO ADEUDAR correctamente firmada.

Art. 40.- Todos los estudiantes tienen derecho a recibir facilidades del caso para cumplir con evaluaciones,

trabajos y otros que se hayan producido en el periodo de representación a la Institución.

Art. 41.- Los estudiantes de la Promoción (5° grado) tienen derecho a ser partícipes de actividades de promoción (viajes, visitas, bailes, reuniones fraternales) siempre en cuando se cumpla con lo establecido en el Art. 48 numeral 50 del presente reglamento y las normas vigentes para tal fin y estén aprobadas por la Dirección de la Institución. Para tal efecto, es necesario que en coordinación con el Comité de Aula de Padres de Familia y los delegados de sección, elegir libremente un asesor y co-asesores dentro de los docentes de la Institución y que este sea reconocido por la misma Dirección.

Art. 42.- Todos los estudiantes tienen derecho a solicitar exoneración en el área curricular de Educación Religiosa, solo en caso que el padre de familia o apoderado lo solicite por escrito al momento de la matrícula por tener una confesión religiosa diferente a la católica o ninguna. La Dirección aprueba la exoneración con la respectiva Resolución Directoral.

Art. 43.- Todos los estudiantes tienen derecho a solicitar a través de sus padres o apoderados, la exoneración del área curricular de Educación Física, solo en la parte práctica, en caso de impedimento físico y debidamente acreditado por prescripción médica. La Dirección autoriza la exoneración con la respectiva Resolución Directoral.

Art. 44.- Todos los estudiantes tienen derecho a través de sus padres o apoderados, a solicitar ser ubicados cerca de la pizarra permanentemente por problemas de visión, esta debe ser sustentada con la respectiva prescripción médica. Art. 45.- Todos los estudiantes tienen derecho a solicitar por escrito a la Dirección, a través de sus padres o apoderados, adelantos y/o postergaciones de evaluaciones en caso de viajes oficiales, enfermedad prolongada, accidentes, cambio de residencia al extranjero y otros debidamente sustentados.

Art. 46.- Todos los estudiantes tienen derecho a recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus

deberes.

Art. 47.- Otros derechos que la Ley les confiere.

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CAPITULO IV

DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES

Art. 48.- Los deberes de los estudiantes de la Institución Educativa Secundaria Emblemática “José Gálvez”, a la par con sus obligaciones y responsabilidades, se establecen en lo moral, lo social, lo académico, lo disciplinario, que obligan a respetar los derechos de los demás; y, son los siguientes:

1. Aceptar y cumplir las normas exigidas del presente Reglamento Interno.

2. Valorar y respetar la vida e integridad personal del otro, como a su propia vida.

3. Asistir a las clases, cumpliendo con la disciplina de la Institución y las reglas de convivencia y democracia escolar y respetar el Horario de Trabajo.

4. Conocer y respetar la política y los principios de la Institución; conocer y cumplir lo dispuesto en este Reglamento Interno; acatar y cumplir las disposiciones de las directivas y las recomendaciones de los educadores de la Institución.

5. Respetar y hacer respetar el nombre de la Institución, velar por el prestigio del mismo y actuar con honestidad en todos los eventos de la vida institucional.

6. Mantener el orden y la disciplina necesarios en la formación, en las actividades Cívico Patrióticas, respetando los símbolos de la Patria y entonar el Himno Nacional con acción patriótica.

7. Participar activa y responsablemente en el desarrollo de clases, actividades extracurriculares, cívicas, culturales u otros que organice la Institución.

8. Respetar a sus profesores, personal de la institución, brigadieres de sección, sus compañeros y no utilizar el nombre del plantel para actividades no autorizadas por la Dirección

9. Respetar la designación del Brigadier General, Adjuntos, Jefes de Policía Escolar y Brigadier de Sección, la cual se realizará en base al record académico del año próximo anterior (1° al 4°).

10. Respetar la designación del representante (delegados) de aula, la misma que será a propuesta de sus mismos compañeros de sección.

11. Respetar la autoridad de los miembros del Consejo Escolar, Delegados de aula, de la Policía Escolar, de la Brigada Escolar de Tránsito, de los Fiscales Escolares, que actúan dentro de funciones específicas y dispuestas por el órgano correspondiente de la Institución.

12. Cumplir puntual y responsablemente con los horarios, tareas, lecciones y demás actividades programadas por la Institución.

13. Acatar los cambios de hora en el tiempo estipulado; respetando el horario establecido por la Dirección de acuerdo al nuevo Modelo de Servicio de Jornada Escolar Completa (JEC); permaneciendo en el aula durante la ausencia de los docentes.

14. Regresar y retomar sus responsabilidades académicas a partir de la 2:00 pm, luego de haber ingerido sus alimentos en la hora del almuerzo.

15. Llevar con orgullo, pulcritud y orden el uniforme, y mantener la presentación exigida por la Institución, mediante el aseo personal y el arreglo del cabello, absteniéndose de utilizar accesorios ajenos al mismo. Los días lunes, es obligatorio portar el uniforme oficial de la Institución, conforme a lo dispuesto en el Art. 64 y sus literales del presente reglamento en lo que corresponda.

16. Practicar las normas de urbanidad y buenos modales y aceptar respetuosamente las correcciones impartidas por las autoridades y educadores de la Institución.

17. Demostrar responsabilidad en su comportamiento dentro y fuera de la Institución, evitando situaciones que vayan contra la moral y las buenas costumbres o que afecten a terceras personas.

18. Respetar a todas las personas, valorando el trabajo de quienes desempeñan funciones y servicios en la Institución y evitar burlas, apodos y descalificaciones de carácter individual y colectivo.

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19. Cuidar los ambientes, equipos, mobiliario y demás instalaciones de la Institución. Respecto a los bienes destinados a su uso directo, en caso de daño o deterioro, el padre, madre de familia o apoderado deberá asumir los gastos de reparación o reposición en un plazo no mayor de 5 días. Incluido los servicios higiénicos, lavatorios, instalaciones deportivas y otros de uso institucional.

20. Permanecer en el lugar asignado y durante el tiempo previsto para las diferentes actividades, participar activamente en el desarrollo de las clases y actividades programadas por la Institución y cumplir con todos los requisitos académicos, procurando alcanzar la máxima nota y la excelencia en cada una de las áreas asignadas, aprovechando el tiempo de descanso para la sana recreación.

21. Respetar los derechos ajenos, no abusar de los propios y respetar las pertenencias de los demás.

22. Llevar y entregar oportunamente a los padres o apoderados toda la información que envíe la Institución en la agenda escolar, comunicados o citaciones de apersonamiento.

23. Portar únicamente los útiles de estudio, los libros y materiales necesarios, con aseo y orden; y abstenerse de traer a la institución elementos diferentes a los que se requieren para el desarrollo de las actividades del servicio educativo y evitar el uso de objetos de alto valor, que no hagan parte del material escolar. La Institución no se hace responsable por el deterioro o la pérdida de los mismos.

24. Abstenerse de usar elementos, sustancias y/o pinturas (líquidas o aerosoles) para pintar las paredes internas o externas de la institución con grafitis u otras inscripciones.

25. Abstenerse de recoger dinero, hacer ventas o comercializar productos dentro de la Institución, sin la autorización de la Dirección.

26. Abstenerse de traer dinero por encima de lo necesario. La institución no se hace responsable por la pérdida o extravío del mismo. El único responsable es el o la estudiante y sus padres o apoderados.

27. Abstenerse de portar, traer y/o usar material pornográfico, armas (en sus diferentes tipos), juguetes bélicos y/o artefactos que generen violencia o conduzcan a ella.

28. Abstenerse de portar, traer y/o usar reproductores de sonido (iPod), cámaras fotográficas, videojuegos, punteros láser y artefactos que distraigan la atención.

29. Abstenerse de portar, traer y/o usar celulares, Tablet, Smartphone, Laptop, Notebook u otros dispositivos electrónicos. En caso excepcional el uso de estos equipos serán con autorización expresa del Padre de Familia o Apoderado y sólo para uso pedagógico bajo la supervisión del docente que considere necesario trabajar con estas herramientas TIC. El uso de celulares con la debida autorización, para fines de comunicación, sólo podrá usarse en los momentos de receso y refrigerio.

30. Abstenerse de portar, traer, distribuir y/o usar o consumir sustancias psicotrópicas, estupefacientes, bebidas alcohólicas, cigarros, fósforos, encendedores, juegos de azar, u otros tóxicos que dañen o pongan en peligro la salud de la comunidad educativa.

31. Abstenerse de asistir en estado etílico o con síntomas del mismo o haber ingerido sustancias psicotrópicas o estupefacientes.

32. Abstenerse de fomentar desorden en la vía pública estando uniformado.

33. Abstenerse de usar atuendos (chamarras con capucha, gorros de estilo extravagante, polos de color fosforescente u otros) que no correspondan al uniforme oficial o deportivo.

34. Portar la Agenda Escolar obligatoriamente en forma diaria donde se registrará: las asistencias, inasistencias, tardanzas y observaciones de los profesores de área.

35. Abstenerse de adulterar notas, falsificar la firma de los padres o apoderados, o profesores, en los documentos, cuaderno o la agenda escolar.

36. Mantener una relación estrictamente profesional con los educadores y personal de la Institución y de ninguna manera sostener relaciones de tipo personal o afectivo con los mismos.

37. Abstenerse de inducir a los compañeros y a otras personas a comportamientos nocivos o negativos, mediante conversaciones, invitaciones o sugerencias de cualquier tipo o naturaleza.

38. Abstenerse de inducir a los compañeros a dar o recibir bienes y/o dinero en beneficio personal o de otros con fines nocivos.

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39. Abstenerse de ingresar a las aulas sin autorización del responsable y mucho menos de registrar o tomar las cosas de los compañeros o profesores.

40. Emplear en todas las intervenciones un vocabulario respetuoso y cortés y abstenerse de utilizar palabras vulgares o soeces.

41. Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales de todos los miembros de la comunidad educativa.

42. Devolver a la Biblioteca los libros y demás materiales prestados por la Institución, responsabilizándose económicamente en caso de pérdida o deterioro.

43. Mantener el respeto, compostura y silencio durante el uso del servicio de la Biblioteca

44. Mantener en cada Aula Funcional un comportamiento disciplinario, atento, respetuoso y activo, significa:

a. Esperar en silencio y ponerse de pie a la llegada del profesor o de cualquier otra persona.

b. Colaborar en la conservación, limpieza y mantenimiento del aula, equipo y mobiliario. Así como limpiar la pizarra antes del ingreso del siguiente docente.

c. Solicitar permiso para salir del aula durante la clase, solo en caso de absoluta necesidad.

d. No se puede ir a las tiendas o kioscos durante el periodo de clases.

e. Permanecer en su sitio, evitando desplazarse por el aula o realizar acciones que perturben el desarrollo de las clases.

f. Respetar la ubicación establecida por la Coordinación de Tutoría.

g. Guardar compostura cuando entran o salen de sus aulas funcionales para ir a otra aula o ir al laboratorio de ciencias o al Centro de Computo o al Aula de Innovación Pedagógica (AIP), o cuando tienen clase de Educación Física.

h. Abstenerse de pintar o rayar la pared interna o externa del aula; así como, rayar las carpetas, mesas, sillas de los compañeros o despintar o romper los vidrios.

i. Registrar su asistencia diaria en la agenda escolar con el auxiliar de educación y con los brigadieres de sección al inicio del 1er y 3er bloque del horario escolar.

j. Al finalizar la novena hora y antes de retirarse del aula, cada estudiante deberá ubicar las sillas de sus respectivas mesas en forma ordenada.

45. Conservar en el patio una conducta adecuada, significa:

a. Depositar la basura y/o desechos en los recipientes respectivos.

b. Jugar con prudencia y cuidado sin atropellar derechos, ni propinar insultos o palabras inadecuadas, evitando el juego violento, respetando a los más pequeños.

c. Suspender toda actividad al toque de timbre para ingresar a clase.

d. Respetar y ejecutar las indicaciones de los auxiliares de educación y policías escolares.

e. Usar sombreros o gorros autorizados por la institución.

f. No violentar las puertas de los salones o romper los vidrios de los mismos.

g. Cuidar las áreas verdes (árboles y plantas) de la institución.

46. En el Aula de Innovación Pedagógica (AIP), los estudiantes deben:

a. Ingresar al aula de AIP acompañado por el docente del área curricular, en forma ordenada.

b. Velar por el buen uso de los equipos a utilizar, mientras dura la actividad pedagógica.

c. Evitar en todo momento acciones que dañen el sistema o algún elemento.

d. Comunicar al profesor encargado del AIP, los inconvenientes que se puedan presentar durante el trabajo, en el aspecto técnico.

e. Abstenerse de ingresar y consumir alimentos o bebidas en el AIP.

f. Dejar ordenado y limpio el ambiente del AIP y accesorios, antes de retirarse.

g. Practicar la honestidad y las buenas costumbres.

h. Obtenerse de ingresar al AIP con el pelo húmedo o las manos sucias o húmedas

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47. En las horas pedagógicas del Área Curricular de Educación Física, los estudiantes deben:

a. Presentarse a la sesión con una tolerancia de 5 minutos luego del cambio de hora.

b. Asistir correctamente uniformados tal como se dispone en el Art. 64° literales “c”, “f”, “g”, “h” y el Art. 63° en lo que corresponda a las conductas especiales.

c. Cuidar los materiales e instalaciones deportivas.

d. Asistir obligatoriamente a las sesiones sin quedarse por ningún motivo en el aula, incluyendo los exonerados en la parte práctica.

e. Traer su material deportivo.

f. Abstenerse de traer celulares, equipos u otros enseres. Cuya pérdida o deterioro será de absoluta responsabilidad del estudiante.

g. Dar a conocer al docente del área curricular sobre la tenencia de dinero u otros objetos autorizados para su custodia respectiva; caso contrario, será de absoluta responsabilidad del estudiante la pérdida de estos.

48. Para los desfiles, los estudiantes deben:

a. Participar obligatoriamente integrando el batallón galvino en sus diferentes secciones.

b. Participar con el uniforme oficial de la institución conforme a lo establecido en los literales “a” y “b” del Art. 64 y el Art. 63 de las conductas especiales, en lo que corresponde.

c. Presentarse en la Institución en la hora y fecha indicada por el Coordinador de Tutoría o Auxiliar de Educación responsable.

d. Solicitar oportunamente su dispensa por sufrir alguna dificultad físico-motora o ideológica que le impidan participar en los desfiles.

49. Para participar en visitas o paseos, los estudiantes deben:

a. Contar con un plan de visita o paseo, Aprobado y Autorizado por la Dirección de la Institución, previa opinión de la Coordinación de Tutoría.

b. Coordinar con su tutor, docente de Área o Coordinador de Tutoría, quienes son los únicos responsables para gestionar la Autorización de visita o paseo.

c. Contar con la Autorización expresa de sus padres o apoderados.

d. Conducirse durante la visita o paseo con respeto y responsabilidad, cumpliendo en lo que corresponda con lo estipulado en el presente reglamento.

e. Cumplir estrictamente con los requisitos exigidos de acuerdo a normas vigentes.

f. Cumplir con las disposiciones vigentes para tal fin.

50. Para ser parte de la Promoción, sus actividades o excursión, los estudiantes deben:

a. Estar cursando el 5° grado de Educación Secundaria, con promedios ponderados satisfactorios.

b. Contar con un plan de actividades promocionales, Aprobado y Autorizado por la Dirección de la Institución, previa opinión de la Coordinación de Tutoría.

c. Coordinar con su tutor, asesor y co-asesor la realización de actividades promocionales y de excursión, siendo estos, los únicos responsables para gestionar la Autorización correspondiente.

d. Contar con la Autorización expresa de sus padres o apoderados.

e. Llevar el nombre de un lema o personaje peruano fallecido, no fallecido o ilustre que haya destacado en cualquiera de sus actividades humanas.

f. Conducirse en todas las actividades relacionadas con la promoción con respeto y responsabilidad, cumpliendo en lo que corresponda con lo estipulado en el presente reglamento.

g. Cumplir con las disposiciones vigentes emanadas por la Autoridad Superior para la realización de excursiones y otros.

h. Presentar junto con el tutor, asesor y co-asesor un informe escrito, detallado y sustentado del movimiento económico resultado de las actividades promocionales. Este informe debe ser presentado antes de la culminación del año académico.

51. Otros deberes legales.

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CAPITULO V

DEL HORARIO Y LA ASISTENCIA ESCOLAR

Art. 49.- El año escolar de acuerdo a las normas específicas y vigentes del Ministerio de Educación, está

dividido en tres trimestres pedagógicos. Cada trimestre se cumple dentro de la siguiente calendarización:

I Trimestre Del: 02 de Marzo Al: 05 de Junio

II Trimestre Del: 08 de Junio Al: 18 de Setiembre

III Trimestre Del: 21 de Septiembre Al: 31 de Diciembre

Las vacaciones de medio año Del: 27 de Julio Al: 07 de Agosto

Art. 50.- La Calendarización de las diferentes actividades curriculares y extracurriculares es establecido por el Órgano Directivo en consulta y acuerdo del CONEI, Coordinadores Pedagógicos y el Comité de Tutoría de la Institución.

Art. 51.- Del horario de trabajo escolar:

A. El horario REGULAR de asistencia de los estudiantes de acuerdo al nuevo modelo de servicio de Jornada Escolar Completa, es:

BLOQUES HORA TIEMPO LUGAR DE

DESARROLLO

Ingreso 7:30 – 7:45 Puerta de acceso

Formación 7:45 – 7:50 Patio Principal

Información 7:50 – 8:00

Bloque 1

1ª Pedagógica 8:00 – 8:45

Aula Funcional correspondiente

2ª Pedagógica 8:45 – 9:30

3ª Pedagógica 9:30 – 10:15

4ª Pedagógica 10:15 – 11:00

RECREO 1 11:00 – 11:15 Patio Principal

Bloque 2 5ª Pedagógica 11:15 – 12:00 Aula Funcional

correspondiente 6ª Pedagógica 12:00 – 12:45

RECREO 2

(Refrigerio - Almuerzo) 12:45 – 14:00 Domicilios, patios

Bloque 3

7ª Pedagógica 14:00 – 14:45 Aula Funcional

correspondiente 8ª Pedagógica 14:45 – 15:30

9ª Pedagógica 15:30 – 16:15

Salida 16:15 – 16:25 Puerta de Acceso

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B. El horario de INVIERNO de asistencia de los estudiantes de acuerdo al nuevo modelo de

servicio de Jornada Escolar Completa, es:

BLOQUES HORA TIEMPO LUGAR DE

DESARROLLO

Ingreso 7:45 – 8:00 Puerta de acceso

Formación 8:00 – 8:05 Patio Principal

Información 8:05 – 8:15

Bloque 1

1ª Pedagógica 8:15 – 9:00

Aula Funcional correspondiente

2ª Pedagógica 9:00 – 9:45

3ª Pedagógica 9:45 – 10:30

4ª Pedagógica 10:30 – 11:15

RECREO 1 11:15 – 11:25 Patio Principal

Bloque 2 5ª Pedagógica 11:25 – 12:10 Aula Funcional

correspondiente 6ª Pedagógica 12:10 – 12:55

RECREO 2

(Refrigerio - Almuerzo) 12:55 – 14:00 Domicilios, patios

Bloque 3

7ª Pedagógica 14:00 – 14:45 Aula Funcional

correspondiente 8ª Pedagógica 14:45 – 15:30

9ª Pedagógica 15:30 – 16:15

Salida 16:15 – 16:25 Puerta de Acceso

C. Si por alguna condición particular o algún evento o de fuerza mayor (Ej. cambio del clima), se debiera cambiar el horario de trabajo de la Institución, esta se informará oportunamente a los estudiantes a través de la Coordinación de Tutoría, previa autorización expresa del Órgano Directivo en consulta del CONEI. Este cambio también se publicará en el Panel de Noticias de la Institución, que se encuentra al alcance de toda la comunidad educativa.

D. La interrupción del horario del trabajo escolar de los estudiantes, por motivo particular, será excepcional y deberá estar autorizada por la Dirección, previa consulta debidamente sustentada por quien ostente la patria potestad del menor. La Dirección conjuntamente con el Coordinador de Tutoría correspondiente y la Asistenta Social evaluará cada caso de forma particular y autorizará aquellos que revistan carácter de urgencia.

E. Las actividades extracurriculares, cívicas, culturales, religiosas, deportivas u otros que organice la Institución, se cumplirán dentro del horario de trabajo escolar.

F. Las actuaciones por motivos especiales, debidamente organizadas por la comisión y comité correspondiente, autorizadas y calendarizadas dentro del Plan Anual de Trabajo, se efectuarán dentro del horario de trabajo escolar y en el patio principal de la Institución. Previa coordinación con el Coordinador de OBE y el Coordinador Administrativo y de Recursos Educativos (Sub Director Administrativo).

G. Las actividades deportivas (curriculares y extracurriculares) debidamente organizadas por el equipo de docentes del departamento de Educación Física, se practicarán dentro del horario de trabajo escolar y, en la Institución; salvo excepciones, autorizadas por el Órgano de Dirección y puestas en conocimiento de la Coordinación de Tutoría. Si las actividades son fuera del horario de trabajo escolar o fuera de la localidad, deberán contar con la autorización expresa del padre de familia o apoderado, bajo responsabilidad.

H. Las actividades de ensayo de los integrantes de la Zampoñada “Unión Galvina”, debidamente organizadas por la Presidencia y el equipo de docentes que acompañan, se cumplirán dentro del horario de trabajo escolar y, en la Institución; salvo excepciones, autorizadas por el Órgano de Dirección y puestas en conocimiento de la Coordinación de Tutoría. Si las actividades son fuera del horario de trabajo escolar, deberán contar con la autorización expresa del padre de familia o apoderado.

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I. Excepcionalmente, las actividades de ensayo de los integrantes de las escoltas, Estado Mayor y el batallón galvino en pleno debidamente organizadas por la Coordinación de OBE, el Comité de Disciplina y Convivencia Escolar y la totalidad de Auxiliares de Educación, se desarrollarán dentro del horario de trabajo escolar y, en la Institución; salvo alteraciones. Si las actividades son fuera del horario de trabajo escolar, deberán contar con la autorización del padre de familia o apoderado.

Art. 52.- De la asistencia escolar:

A. El estudiante debe asistir con puntualidad y regularidad a las labores escolares y toda actividad similar donde se requiera su presencia y que contribuya con su educación y formación integral; así como, participar oportunamente en los actos de formación de acuerdo a los horarios y roles establecidos por la Institución.

B. La asistencia de los estudiantes es de acuerdo a los horarios establecidos en el Art. 51 literales “A” y “B” según corresponda. Para el ingreso a la 1ra hora del primer bloque el estudiante con domicilio urbano, tendrá una tolerancia hasta de 5 minutos y con domicilio rural una tolerancia hasta de 15 minutos, previa verificación. Para el ingreso a la 7ma hora del tercer bloque, todos tendrán una tolerancia hasta 5 minutos. Posterior se considera Tardanza o Inasistencia.

C. La asistencia a todas las clases incluyendo las clases de ensayo de la banda y estudiantina es obligatoria, respetando los horarios de presencia en el plantel.

D. Cada estudiante debe registrar su asistencia diaria en la agenda escolar con el auxiliar de educación y con los brigadieres de sección al inicio del 1er y 3er bloque del horario escolar.

E. Esta obligación se exceptúa a los exonerados en el área curricular de Educación Religiosa; sin embargo, estos deberán cumplir acciones académicas en la Biblioteca de la Institución.

F. Los exonerados en el área curricular de Educación Física, tienen una exoneración de carácter parcial, en razón de que es sólo en la parte práctica y en caso de impedimento físico debidamente acreditado o por dispensa temporal (en caso de accidente u otro) Sin embargo, estas situaciones no eximen a los estudiantes de la asistencia obligatoria al Área y a ser parte de las evaluaciones preparadas sobre un programa definido a partir de actividades teóricas y trabajos escritos.

G. Para la asistencia el ingreso y salida de la Institución por parte de los estudiantes será por la puerta de acceso principal, ubicado en el Jr. Víctor Arce Franco con terminación del Jr. Grau.

H. Su inasistencia y/o tardanza al plantel deberá ser justificada mediante comunicación escrita enviada por el padre o apoderado correctamente firmada, indicando su nombre completo y el número de su DNI y conforme al Art. 32 del presente reglamento.

I. Tres tardanzas injustificadas equivale a una inasistencia. Dos inasistencias injustificadas deberá ponerse en conocimiento del padre de familia o apoderado. En caso de reincidencia deberá presentarse con su padre de familia o apoderado previa notificación.

CAPITULO VI

DE LAS PROHIBICIONES

Art. 53.- De las Prohibiciones del estudiante:

Dentro del marco del respeto y para salvaguardar la integridad física, moral y formativa de los estudiantes de los diferentes grados y secciones, estos tienen las siguientes prohibiciones:

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a) Salir de la Institución sin autorización expresa del Director, profesor del área, tutor o Coordinador de Tutoría. El padre de familia o apoderado para tal, deberá presentar una solicitud escrita y estar ser autorizada por la Dirección, previa evaluación.

b) Usar los muros del perímetro del plantel para ingresar o salir clandestinamente de la Institución.

c) Ingresar por la puerta de la administración, ubicado en el Jr. Arica salvo con acompañamiento del padre de familia o apoderado, quien deberá justificar su ingreso.

d) Traer a la Institución iPod (reproductores de audio digital portátiles), cámaras fotográficas, video juegos, punteros laser, armas de fuego, objetos punzo cortantes, revistas inmorales, afiches, juegos de azar, juguetes, artefactos u otros ajenos a los fines educativos.

e) Traer a la Institución celulares, Tablet, Smartphone, Laptop, Notebook u otros dispositivos electrónicos sin cumplir lo establecido en el Art. 48, numeral 29 del presente reglamento.

f) Portar, traer, distribuir y/o usar o consumir dentro y fuera de la Institución sustancias psicotrópicas, estupefacientes, bebidas alcohólicas, cigarros, u otros tóxicos que dañen o pongan en peligro la salud de la comunidad educativa.

g) Asistir en estado etílico o con síntomas del mismo o haber ingerido sustancias psicotrópicas o estupefacientes.

h) Realizar actividades económicas sin autorización expresa de la Dirección de la Institución.

i) Contradecir airadamente las observaciones y/o recomendaciones del auxiliar de educación, tutor, docente u otro personal de la Institución.

j) Agredir física o verbalmente al personal de la Institución.

k) Participar en cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre compañeros de forma reiterada; tipificado como Bullying en sus diferentes tipos y modalidades.

l) Participar en cualquier tipo de actividad antisocial (pandillaje u otros) reñidos contra la moral y las buenas costumbres de la sociedad. Contradiciendo a lo dispuesto en el Art. 48 numeral 17 del presente reglamento.

m) Falsificar documentos, firmas de sus padres o apoderados, docentes o alterar notas.

n) Hacerse pasar por otro compañero para conseguir indulto por alguna falta o tener intención de perjudicar a la persona dueña del nombre.

o) Suplantar a otro compañero o compañera con el fin ilícito de conseguir una nota favorable en las evaluaciones de recuperación, especialmente aplazados.

p) Redactar documentos o hacer escrituras en las paredes que mellen la dignidad personal y profesional del personal docente, administrativo, jerárquico, directivo y sus mismos compañeros.

q) Escribir en las paredes del muro del perímetro de la institución, aulas, baños, mobiliario.

r) Actuar indisciplinadamente durante la formación, actos cívicos o en cualquier parte de la institución

s) Llevar el uniforme desaseado, incompleto y accesorios o vestidos ajenos al uniforme. Tampoco debe alterarse o modificarse por ningún motivo el uniforme oficial o deportivo.

t) Usar atuendos que no correspondan al uniforme oficial o deportivo de la Institución, como: chamarras con capucha, gorros de estilo extravagante, polos de color fosforescente u otros.

u) Esconder la agenda escolar con el fin de no hacerse registrar las tardanzas, inasistencias u observaciones del docente del área.

v) No participar en los desfiles cuando la institución convoque; sólo se exceptúa si va en contra de lo estipulado en el Art. 23 y en lo que corresponda a los casos expuestos en los Art. 42 y 43 del presente reglamento.

w) Permanecer fuera del aula en horas de clase, incumpliendo el Art. 48 numeral 44 del presente reglamento.

x) Hacer obsequios o insinuaciones de mala fe, a los profesores, profesoras, auxiliares de educación y otros, con la intensión de conseguir favoritismos.

y) Ocultar o sustraer toda pertinencia ajena (de los compañeros, profesores o la institución) debiendo reparar los daños ocasionados a los agraviados.

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Reglamento Interno para el Estudiante 2015 - 2016 IES EMBLEMÁTICA “José Gálvez” - JEC Yunguyo

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z) Comer cualquier tipo de alimento o tomar bebidas en horas de clase o durante la formación.

aa) Utilizar el tiempo del Recreo 2 (Refrigerio - Almuerzo) expuesto en el Art. 51 literal “A” del presente reglamento, para ingresar a los internet o realizar actos que no corresponden a buena educación y formación. Contradiciendo a lo dispuesto en el Art. 48 numeral 17 del presente reglamento.

bb) Inducir a los compañeros y a otras personas a comportamientos nocivos o negativos, mediante conversaciones, invitaciones o sugerencias de cualquier tipo o naturaleza.

cc) Inducir a los compañeros a dar o recibir bienes y/o dinero en beneficio personal o de otros con fines nocivos.

dd) Fomentar desorden en la vía pública estando uniformado

ee) Jugar con la pelota en horas pedagógicas dentro del aula, en los pasadizos o balcones de los pabellones.

ff) Asistir a la Institución con el uniforme deportivo cuando no les toque Educación Física o incumplir lo estipulado en los literales “d”, “e”, “f”, “g”, “h” del Art. 64 sobre el uniforme escolar, del presente reglamento.

gg) Incumplir los deberes del presente reglamento y otras disposiciones relacionadas a las actividades pedagógicas de enseñanza aprendizaje.

CAPITULO VII

DE LAS FALTAS Y SANCIONES

Art. 54.- De las Faltas del estudiante:

Se consideran faltas de los estudiantes a las acciones que por omisión o por hecho contravienen los ideales, los principios, deberes y normas estipuladas en el presente reglamento interno para estudiantes. El incumplimiento de los Deberes, restringe el goce de Derechos.

Art. 55.- De las faltas disciplinarias del estudiante:

Se considera falta disciplinaria del estudiante al incumplimiento de deberes, abuso y extralimitación de derechos, incursión en prohibiciones, inhabilidades y conflictos de interés. Dependiendo de la gravedad, estas dan lugar a las correspondientes sanciones.

La Institución considera dos niveles de faltas de disciplina, a saber:

A. Faltas de primer orden o faltas leves:

a. No emplear adecuadamente los ambientes, mobiliario o equipos de la institución.

b. Mostrar comportamientos y actitudes contrarias a los valores de la institución o que no favorezcan al desarrollo de las actividades de la Institución.

c. Llegar constantemente tarde.

d. Tener inasistencias injustificadas.

e. No hacerse registrar su asistencia diaria en la agenda escolar y con los brigadieres en sus respectivas secciones.

f. Portar equipos, aparatos y dispositivos que no hayan sido solicitados por la institución.

g. Utilizar su celular, u otro dispositivo de audio en el salón e interrumpir la sesión de clase.

h. Promover ventas sin autorización de la Dirección.

i. No traer la Agenda Escolar o no hacerla firmar de manera reiterada o esconder la agenda.

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j. No usar el uniforme oficial dispuesto por la Institución, de acuerdo a los artículos 64, 65, 66 del presente reglamento.

k. Usar atuendos que no correspondan al uniforme oficial o deportivo de la Institución, como: chamarras con capucha, gorros de estilo extravagante, polos de color fosforescente u otros

l. Trasgredir el Art. 63 del presente reglamento, en cuanto a conductas especiales.

m. No participar en los desfiles internos o externos autorizados por la Dirección de la Institución.

n. Evadir las horas de clase: no asistir a una o más clases estando en la Institución.

o. Usar el servicio de internet de la Institución para fines no pedagógicos.

p. Llevar información falsa y malintencionada a sus padres en relación a sus calificaciones, tareas, comportamiento y otros.

q. La irreverencia a los símbolos patrios.

r. Realizar trazos, escritos u otro en las paredes, carpetas, baños e instalaciones de la institución.

s. Copiar o intentar copiar en cualquier evaluación.

t. Toda reincidencia en faltas leves, se considerara como falta grave que serán sancionadas de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento.

B. Faltas de segundo orden o faltas graves:

a. Mostrar un trato irrespetuoso, violento y descortés que dañe o perjudique su propia integridad y dignidad o la de otras personas, dentro o fuera del aula, incluyendo aquellos realizados por medios virtuales como redes sociales u otros.

b. Dañar la imagen o integridad de un compañero o del Personal Docente, Auxiliar o Administrativo, dentro o fuera de la Institución. Implica también calumniar o difamar.

c. Agredir de palabra o físicamente al auxiliar de educación, profesores o personal de la institución.

d. Atentar contra la integridad física, sexual y moral de sus compañeros.

e. Fomentar el Bullying (acoso o violencia escolar) en sus diferentes tipos y modalidades.

f. Fomentar desorden en la vía pública estando uniformado.

g. Participar en actos de pandillaje comprobado.

h. Evadir la asistencia a la Institución; o sea, faltar injustificadamente en forma reiterada.

i. Introducir juegos de envite, revistas, CD o videos no autorizados para menores de edad.

j. Portar, traer, distribuir y/o usar o consumir bebidas alcohólicas, cigarros, sustancias psicotrópicas o estupefacientes.

k. Portar y/o emplear objetos punzo cortantes, armas de fuego u otro objeto nocivo.

l. Falsificar firmas en cualquier tipo de documento. Implica también, adulterar las calificaciones de las evaluaciones o falsificar las firmas del padre de familia o apoderado.

m. Dañar, estropear u ocultar objetos o materiales de compañeros, terceros o de la Institución.

n. Cometer hurto o robo dentro de la Institución.

o. Portar equipo fotográfico y/o de video para registrar imágenes y/o videos para luego subirlos a páginas de internet u otro medio, degradando o desprestigiando la buena imagen de la Institución.

p. Promover disturbios, altercados y peleas dentro o fuera de la institución.

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q. Registrar comportamientos inapropiados reiteradamente.

r. Utilizar el nombre de la institución educativa para realizar actividades no autorizadas por la Dirección.

s. Inducir a dar o recibir bienes y/o dinero en beneficio personal o de otros con fines nocivos.

t. Cometer actos fraudulentos en cualquier circunstancia escolar o cualquier comportamiento que quebrante la confianza que tienen en ellos los maestros y la Institución.

Art. 56.- En caso de que el estudiante cometa otro tipo de falta que no se encuentre enunciada en los puntos anteriores, el Órgano Directivo, asesorados por CONEI y el Comité de Tutoría, de la Institución, evaluará la falta y establecerá la sanción correspondiente, analizando los alcances y consecuencias de la misma.

Art. 57.- De las Sanciones a los estudiantes

En respeto de los derechos universales y fundamentales de la persona, las sanciones van encaminadas a aportar en la formación del estudiante y, en general, son de carácter preventivo, reparador y correctivo; es decir, en mayor grado, tiene la intención de enmendar algún perjuicio que haya podido generar un comportamiento del estudiante y, en menor grado, a sancionar al estudiante por la falta cometida, según la gravedad.

Art. 58.- En la aplicación de cualquier sanción, no es admisible la humillación del estudiante.

Art. 59.- En aplicación al artículo anterior, los criterios ajustables a las medidas correctivas a los estudiantes, deberán ser:

1) Claras y oportunas.

2) Reparadoras y formativas.

3) Respetuosas de la etapa de desarrollo de los estudiantes.

4) Pertinentes al desarrollo pedagógico.

5) Respetuosas de la integridad física, psíquica y moral de los estudiantes.

6) Según la falta cometida y la gravedad, proporcionales y razonables.

7) Establecidas formalmente por la comunidad educativa y adaptadas a las condiciones y necesidad de los estudiantes.

8) Respetuosas de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y los derechos humanos.

9) Relacionadas con la Promoción de la Convivencia Escolar Democrática.

10) Consistentes, equitativas e imparciales, que no dependan del estado anímico de quienes apliquen las medidas correctivas.

Parágrafo.- Está prohibido que las medidas correctivas constituyan actos de violencia, trato cruel, inhumano o degradante, incluidos los castigos físicos y humillantes, así como cualquier otra sanción que pueda poner en peligro la salud y el desarrollo integral de las y los estudiantes.

Art. 60.- Del procedimiento para la aplicación de sanciones a los estudiantes:

60.1 Sanciones de las Faltas de Primer Orden.

Si algún estudiante incurriera en alguna de las Faltas de Primer Orden señaladas en el Art. 55 literal “A” del presente reglamento, el procedimiento será el siguiente:

a. Se tendrá un diálogo entre el estudiante y el docente, tutor o auxiliar de educación.

b. Cualquier incidencia será anotada en el registro de incidencias del auxiliar de educación o registro anecdotario del docente, según corresponda.

c. Si persiste la Falta de Primer Orden por parte del estudiante en un corto periodo de tiempo (lapso de un mes) se registrará en la Agenda de Escolar la falta y el compromiso del estudiante para subsanarla. Esta notificación será enviada por parte del docente, tutor o auxiliar de educación a los padres de familia o apoderados, quienes deberán firmar en señal

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de haberla leído y, devolverla. Esta falta y compromiso será registrada en el cuaderno de incidencias de la Coordinación de Tutoría.

d. Si luego del procedimiento indicado en el punto “c”, persiste la falta y se incumple el compromiso; se citará a los padres de familia o apoderados del estudiante, para mantener una reunión con el tutor, docente, auxiliar de educación y el estudiante. Esto es previa citación y confirmación. En dicha entrevista se firmará un documento de compromiso estableciendo reglas de conducta que serán asumidas por el estudiante y padre de familia o apoderado. Tal documento será escrito en el Libro de Actas de la Coordinación de Tutoría y registrado con el número de folio en el cuaderno de incidencias de la misma Oficina de Coordinación. Si el caso amerita acompañamiento, se pasara para entrevista con la Asistenta Social de la Institución.

e. De no encontrar una solución y de persistir las faltas, el estudiante se presentará en compañía de sus padres o apoderado (previa cita) en la Dirección para firmar una Carta de Compromiso. Tal documento se incluirá en el cuaderno de incidencias de la Oficina de Coordinación con el número de expediente correspondiente.

f. Finalmente, si a pesar del procedimiento señalado en los numerales precedentes, el estudiante persiste, se le invitará al retiro de la institución, previo informe que dará origen a una Resolución de la Dirección de la Institución, la misma que será notificada a los padres de familia o apoderados del estudiante con un plazo de anticipación de quince (15) días hábiles.

g. En caso ocurra lo establecido en punto anterior, se devolverá al padre de familia del menor todos y cada uno de los documentos que fueron entregados al momento de la matrícula y se facilitará cualquier documento que sea requerido o resulte necesario por el padre de familia o apoderado para lo que crea conveniente.

Parágrafo.- En caso que los padres de familia o apoderados de los menores no atiendan las llamadas de la Institución y/o no se presenten a las reuniones programadas y/o no deseen suscribir las Cartas de Compromiso; la Institución procederá a la suspensión del estudiante, previa Resolución, hasta que los padres de familia cumplan con sus deberes.

60.1 Sanciones de las Faltas de Graves o de segundo orden.

Cuando el estudiante cometa alguno de las faltas graves o de segundo orden, señaladas en el Art. 55 literal “B” del presente reglamento, el procedimiento de sanción será el siguiente:

a. Conocido el hecho, esta se deberá poner en conocimiento del Comité de Tutoría, la misma que deberá establecer mediante una indagación sumarísima, el grado de responsabilidad del estudiante o estudiantes dentro de la comisión de la falta. Para ello, se ejecutarán las acciones necesarias y pertinentes, respetando los derechos fundamentales de los estudiantes.

b. Luego se citará a los padres de familia o apoderados del estudiante, para mantener una reunión con el Coordinador de Tutoría respectivo, la Asistenta Social, el tutor, auxiliar de educación y el estudiante. Esto es previa citación y confirmación. En dicha entrevista se firmará un documento de compromiso y se establecerá reglas de conducta, las cuales serán asumidas por el estudiante y el padre de familia o apoderado. Tal documento será escrito en el Libro de Actas de la Coordinación de Tutoría y registrado con el número de folio en el cuaderno de incidencias de la misma Oficina de Coordinación.

c. De no cumplir el compromiso, el estudiante se presentará en compañía de sus padres o apoderados (previa notificación) en la Dirección para firmar una Carta de Compromiso que condicionará su matrícula. Tal documento se incluirá en el cuaderno de incidencias de la Oficina de Coordinación con el número de expediente correspondiente

d. De no cumplir con lo señalado en la Carta de Compromiso se procederá a la separación definitiva del estudiante, previa Resolución de la Dirección de la Institución, la misma que se notificará a los padres de familia o apoderados del estudiante con un plazo de anticipación de quince (15) días hábiles.

e. Excepcionalmente, si la falta grave cometida por el alumno ha mellado la integridad física, psicológica o sexual de otro estudiante o de algún miembro de la Comunidad Educativa u otro tipo de falta igualmente grave, la separación definitiva se realizará de inmediato, luego de las investigaciones pertinentes que confirmen el hecho, la misma que se notificará a los padres de familia o apoderados del estudiante. En estos casos, el estudiante quedará suspendido mientras se realizan las investigaciones, a fin de evitar que se genere un mayor daño. A sí mismo, se pondrá en aviso a las autoridades competentes por la gravedad del hecho.

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Art. 61.- Sin perjuicio de cada uno de los actos realizados que correspondan a una Falta de Primer Orden o a una Falta Grave (segundo orden) que resultaron en la invitación al retiro o separación definitiva del estudiante, el padre de familia tiene expedito su derecho a apelar tal decisión de la Dirección de la Institución para reconsiderar la Resolución de “expulsión”, teniendo la Dirección la facultad de atender tal requerimiento y dar una respuesta definitiva.

Parágrafo.- Cabe señalar que las faltas, las sanciones y el procedimiento de las sanciones antes descritas, son establecidas por la Institución según la potestad que tienen para organizar y conducir su Gestión Administrativa; es decir, establecer su régimen Disciplinario y de Convivencia Democrática Escolar, en conformidad con las leyes específicas del sector y leyes que amparan el respeto a los derechos fundamentales del estudiante como persona humana. En cualquier situación no prevista en el presente Reglamento Interno para el Estudiante, la Dirección tiene potestad para determinar el procedimiento a seguir para cada caso.

CAPITULO VIII

DE LOS ESTÍMULOS

Art. 62.- De los Estímulos a los estudiantes:

Los estímulos serán empleados por los docentes, tutores, coordinadores y el Director, considerando el reconociendo a la participación efectiva, el esfuerzo académico y la naturalidad en el comportamiento.

62.1 Son acreedores de estímulos, los estudiantes que muestran:

a. Desempeño académico sobresaliente y alto nivel de responsabilidad con sus deberes académicos y actividades asumidas.

b. Solidaridad, a favor de los agentes de la comunidad educativa.

c. Comportamientos adecuados (asistencia, puntualidad, vocabulario adecuado, actitudes positivas, etc.) que manifiestan la práctica de los valores del Colegio, siendo un buen ejemplo para sus compañeros.

d. Responsabilidad y compromiso con la Institución (participando o representando en actividades académicas, actos cívicos, deportivos, recreativos, culturales o artísticos) en forma individual o grupal siempre que haya observado la práctica de valores.

62.2 En tal, la institución otorga diversos reconocimientos:

a. Anotaciones de felicitación en la Agenda Escolar.

b. Ubicación en las primeras secciones de cada grado, de acuerdo al record de notas del año pasado.

c. Diplomas al rendimiento académico y la vivencia dentro de los valores de la Institución.

d. Menciones honrosas o felicitaciones verbales, personal o pública.

e. Reconocimientos con Resolución Directoral, Diplomas y/o Medallas de Honor al finalizar el proceso de aprendizaje de cada año.

f. Ubicación en los cargos de honor, como: Brigadier General, Adjuntos, Jefe Policía Escolar, Jefe Brigadier de aula, Policías Escolares, Brigada Escolar de Tránsito, Brigadieres de aula, Fiscales Escolares, Abanderado de la Escolta Oficial u otros.

g. Exoneración del pago por derecho de APAFA en la matrícula a los 02 primeros puestos de rendimiento académico, para el siguiente grado.

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CAPITULO IX

CONDUCTAS ESPECIALES

Art. 63.- Los estudiantes del colegio deben observar las siguientes conductas de higiene personal:

63.1 Los estudiantes varones.- La presentación personal debe ser con cabello corto y peinado normal, corte tradicional, no punk, ni metaleros, ni cabello por la cara, sin barbas, sin bigotes y no usar tinturas para el cabello; no usar piercing, ni aretes; conservar las uñas cortas y limpias; mantener los zapatos lustrados y amarrados; las zapatillas aseadas, amarradas; así como toda la ropa limpia (uniforme oficial, uniforme deportivo e interiores). No usar adornos de ningún tipo con el uniforme.

63.2 Las estudiantes damas.- Mantener el cabello limpio y bien peinado (una cola o recogido para cabellos largos) con su cinta amarillo y azul, sin tinturas, sin cortes de cabello, ni punk, ni metalero, ni cabello por la cara; conservando las uñas cortas y limpias; no usar ningún tipo de maquillaje; mantener los zapatos lustrados; las zapatillas aseadas, amarradas; así como la ropa limpia (uniforme oficial, uniforme deportivo e interiores). No usar adornos de ningún tipo con el uniforme.

CAPITULO X

DEL UNIFORME ESCOLAR

Art. 64.- El uso del uniforme escolar (oficial y deportivo) es fundamental y obligatorio para el estudiante galvino como parte de la formación integral, cuidando el decoro personal y prestigio del plantel por lo que debe cuidar los siguientes aspectos:

a) El uniforme escolar y Oficial de los varones es tipo comando, de color BEIGE y consta de:

Pantalón de tela color beige.

Camisa de tela color beige.

Cristina de tela color beige.

Correa color negra.

Corbata color negra.

Zapatos color negro.

Calcetines color negro.

Galones de color rojo para la camisa, uno por cada grado.

Un rombo de color rojo para la cristina.

La Insignia en la camisa a cuatro dedos del hombro derecho.

Gorro de color beige, para los actos cívicos o ceremonias de carácter oficial.

b) El uniforme escolar y Oficial de las damas consta de:

Falda color plomo plata.

Blusa blanca cuello bebe.

Chompa color azul marino con bordes amarillos.

Corbata michi color azul marino.

Zapatos negros.

Medias azul marino tipo gusano para ceremonias y tipo panty para uso diario.

Cinta color azul marino y amarillo para cabellos.

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La Insignia al lado izquierdo, a la altura del pecho.

Gorro de color azul, para los actos cívicos o ceremonias de carácter oficial.

Una trenza francesa y cintas para los desfiles o actos cívicos de carácter oficial.

c) El uniforme Deportivo para Educación Física, consta de:

Un Buzo con los colores azul marino, banco y amarillo, según el diseño establecido.

Zapatillas blancas, medias azul marino con borde amarillo (varones).

Zapatillas blancas, medias blancas (damas).

Trusa deportiva color azul marino (varones).

Short deportivo color azul marino (damas).

Camiseta de color azul marino y amarillo, tipo “Boca Junior”

Gorro o sombrero diseñado por la Institución.

d) Es obligatorio asistir a sus labores diarias, según el horario de cada sección, con el uniforme oficial o deportivo de acuerdo a lo establecido en los literales “a”, “b”, “c” del presente artículo.

e) Para los actos cívicos, ceremonias de carácter oficial y los días lunes hábiles; por respeto a los símbolos patrios, los estudiantes deben asistir obligatoriamente con el uniforme Oficial.

f) El uso del uniforme oficial para los días lunes hábiles especialmente y demás días (martes a viernes), sólo se dispensa a los estudiantes que según su horario de sección, tienen el área curricular de Educación Física dentro del primer bloque del Horario de Trabajo Escolar. Para este caso, los estudiantes deben asistir con su uniforme deportivo completo.

g) Las secciones que tengan el área curricular de Educación Física dentro del segundo y tercer bloque del Horario de Trabajo Escolar, los días lunes hábiles especialmente y demás días (martes a viernes), deben asistir obligatoriamente en el primer bloque con el uniforme Oficial, portando el deportivo en un maletín aparte.

h) Los estudiantes de las diferentes secciones, tendrán UNA hora pedagógica de trabajo teórico en el área curricular de Educación Física. Según la organización del docente responsable, el día que desarrolle trabajo teórico, los estudiantes deben asistir obligatoriamente con el uniforme escolar oficial.

i) Excepcionalmente los ingresantes al Primer Grado, tendrán dispensa durante el mes de marzo para asistir con su uniforme de la escuela primaria o con deportivo. A partir del primer día hábil del mes de abril, debe cumplir lo dispuesto en los párrafos precedentes.

Art. 65.- Los estudiantes deben portar prendas para protegerse de las inclemencias de la naturaleza (casacas, chamarras, abrigos, gorros o sombreros); o, en salvaguardar su salud por alguna dolencia, previa justificación.

Art. 66.- Durante el horario de invierno deben asistir abrigados con casacas, chamarras o abrigos de color azul (damas) o negro (varones). Otro color será restringido.

CAPITULO XI

DE LA BANDA SINFÓNICA

Y

ESTUDIANTINA EMBLEMÁTICA “JOSÉ GÁLVEZ”

Art. 67.- Los estudiantes integrantes de la banda sinfónica de músicos y estudiantina emblemática “José Gálvez” son parte del Órgano de Participación de la Institución, por tal:

a) Deben recibir durante el trimestre académico, las facilidades para regularizar sus evaluaciones y otros. Siempre en cuando hayan participado activamente en alguna actividad oficial, autorizada

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por la Dirección de la Institución y previo informe escrito de los responsables directos de la Banda de Músicos o Estudiantina.

b) Deben participar en las ceremonias cívicas patrióticas y, todos los días lunes en el izamiento del Pabellón Nacional y entonación del Himno Nacional del Perú, dentro de la institución.

c) Son obligaciones de los estudiantes integrantes de la banda músicos o estudiantina emblemática:

i. Ser puntual a las horas de ensayo conforme al Horario de Trabajo Escolar.

ii. Demostrar buen comportamiento durante los diferentes ensayos, presentaciones y salidas de visita, fuera de la localidad.

iii. Velar por el mantenimiento y conservación del instrumento a su cargo.

iv. Practicar con el instrumento a su cargo y no utilizar de otro; salvo, sea autorizado por el responsable.

v. Cumplir con los deberes y obligaciones establecidos en el presente reglamento.

vi. No incurrir en ninguna falta (leve o grave) o prohibición establecida en el presente reglamento. Es caso de omisión, se establecerá como una regla de compromiso, dejar la Banda o Estudiantina por un tiempo temporal o definitivo, dependiendo de su rehabilitación.

vii. No tener 2 o más áreas desaprobadas trimestralmente.

viii. Usar el uniforme Oficial o Deportivo de acuerdo a lo establecido en el Art. 64 del presente reglamento. Sin embargo y con autorización respectiva podrá utilizar algunos aditamentos para su mejor presentación.

ix. Cumplir en todo momento lo establecido en el Art. 63 de este reglamento.

d) Serán suspendidos temporal o definitivamente en los siguientes casos:

i. Por no venir a los ensayos o presentaciones 2 ó 3 veces consecutivos.

ii. Por malograr el instrumento a su cargo o el de su compañero (a).

iii. Por incurrir en alguna prohibición o falta (grave o leve) establecida en el presente reglamento.

e) Se harán acreedores a los siguientes estímulos:

i. Diploma de honor al mérito y medalla por haber integrado la banda de músicos y haber cumplido perfectamente conforme al reglamento.

ii. Estímulo especial por haber integrado la banda de músicos durante los cinco grados consecutivos de educación secundaria.

CAPITULO XII

DE LA ESCOLTA OFICIAL Y OTRAS

Art. 68.- De las escoltas.- Las escoltas están conformadas por los estudiantes del Primero al Quinto grado previa evaluación de actitud, comportamiento, marcha marcial y un puntaje ponderado de 15 a más en el rendimiento académico.

Art. 69.- De la Escolta Oficial.- La Escolta Oficial está conformada por los estudiantes del Cuarto y Quinto grado previa evaluación de actitud, comportamiento, marcha marcial y un puntaje ponderado de 16 a más en el rendimiento académico. En caso del abanderado debe tener el mayor puntaje en el rendimiento académico.

Art. 70.- Otras Escoltas.- Están conformadas por los estudiantes del Primero al Quinto grado. Estas se refieren a las escoltas para la Bandera de la Región, Bandera de Puno, Bandera de Yunguyo, Bandera de la Institución y la Bandera de la Paz.

Art. 71.- De la integración.- Las escoltas estarán integrada de la siguiente manera:

a. Por alumnos de un solo sexo (hombres o mujeres) y por 6 elementos de estatura uniforme.

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b. Dos guardias, dos retaguardias, un abanderado y voz de mando (uno que comanda).

c. La voz de mando la podrá dar el abanderado.

Art. 72.- De la posición.- La posición de los que integran la escolta será:

a. El ABANDERADO en medio de los guardias. Adelante.

b. Dos GUARDIAS de la Bandera (uno a la izquierda y uno a la derecha). Adelante.

c. Dos RETAGUARDIAS exactamente atrás de los guardias, y

d. La VOZ DE MANDO detrás del abanderado.

e. La distancia que deberán guardar los elementos del frente entre sí, será de un intervalo lateral (brazo extendido) y de tres pasos las retaguardias de los guardias.

Art. 73.- De la Bandera de la Escolta Oficial.- La escolta portará el Estandarte Nacional (bandera peruana con escudo de armas), de 150 x 100 cm. de dimensión de tela llana roja y blanca, sin medallas, sin inscripciones, sin flecos, ni aditamentos.

Art. 74.- Del Asta para la Bandera de la Escolta Oficial.- El asta es de 210 cm. de longitud incluyendo la alabarda o la moharra, que debe terminar en lanza sin cruceta. La Bandera será amarrada en el asta por la parte superior y media, de manera que quede libre para flamear.

Art. 75.- Modo de portar la Bandera.- El abanderado tomará el asta con la mano derecha de tal forma que el puño quede a la altura del hombro o mentón.

Art. 76.- Del respeto al Estandarte Nacional.- El abanderado y los elementos que lo acompañan deben respetar y hacer respetar el Estandarte Nacional como Símbolo Patrio y emblema Nacional.

Art. 77.- De las responsabilidades.- Según corresponda:

a. Llegar 10 minutos antes de las formaciones en el patio de honor los días lunes para el izamiento del Pabellón Nacional.

b. Participar en las ceremonias cívico - patrióticos dentro y fuera del plantel.

c. Portar la Bandera con respeto y veneración en las actuaciones internas y externas.

d. Ser reconocido por el personal del plantel como escolta o abanderado.

e. Representar con honor a la Institución Educativa en todas las actuaciones dentro y fuera del plantel.

f. Ser distinguido con las indumentarias y distintivos por el plantel.

g. Ser estimulado con notas por parte de los docentes de áreas afines.

Art. 78.- Del uniforme.- Los integrantes de las diferentes escoltas deberán portar el uniforme conforme a lo dispuesto en el Art. 64 del presente reglamento. Únicamente para participar en ceremonias oficiales a nivel externo, podrá utilizar algunos aditamentos que resalten su presentación.

La Escolta Oficial para ceremonias oficiales externas utilizará como aditamento al uniforme:

Cordón Rojo intenso y negro de cuatro cordones, trenzado puntal negro.

Boina color negro, con la insignia de la Institución.

Guantes color negro.

Correaje color negro.

Borceguíes color negro.

Sólo el Abanderado lleva correaje y porta bandera color negro.

Gorro diseñado por la Institución por razón de salud.

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TITULO III

DE LOS BRIGADIERES Y POLICIA ESCOLAR

CAPITULO I

DE LA DEFINICIÓN, SUS OBJETIVOS E IMPORTANCIA

Art. 79.- De la definición.- La Policía Escolar es una organización estudiantil de carácter educativo, creada sobre principios pedagógicos, psicológicos, filosóficos y sociales encargada de colaborar con el mantenimiento del orden en la Institución Educativa Secundaria Emblemática “José Gálvez” con JEC.

Art. 80.- De los objetivos.- Los objetivos que se persigue con la organización de los Brigadieres y la Policía Escolar son:

a. Promover la participación activa y consciente de los estudiantes en el mantenimiento del orden y disciplina que deben reinar en la Institución Educativa poniendo en práctica el trato horizontal, el dialogo permanente y la democracia estudiantil.

b. Motivar e incentivar en el estudiantado el desarrollo y formación de su conciencia cívica para amar y respetar a la Patria, a sus Símbolos, Instituciones y Héroes Nacionales.

c. Motivar e incentivar el autocontrol del estudiantado en el cumplimiento de las reglas establecidas en el Reglamento Interno para Estudiantes, vigente.

d. Orientar a los estudiantes a realizar todas las acciones necesarias para lograr los objetivos de prevención de defensa civil y seguridad vial.

Parágrafo.- Estos objetivos se logran mediante el cumplimiento de las correspondientes normas establecidas en el presente Reglamento Interno, el Manual de Organización y Funcionamiento de los Brigadieres y la Policía Escolar de nuestra Institución, su Reglamento y, con la colaboración de todos Órganos de la Institución Educativa y de las instituciones de la comunidad.

Art. 81.- De la importancia y finalidad:

a. Como organización estudiantil es un medio eficaz para formar la conciencia cívica y patriótica, mediante la práctica de valores y virtudes, aspectos que contribuyen a la formación integral de su personalidad.

b. Poner en práctica el aprendizaje de orden, disciplina, responsabilidad, solidaridad, compañerismo, etc.

c. Contribuye al mantenimiento del orden y disciplina en la Institución Educativa, hecho que permite su progreso y desarrollo en beneficio de la comunidad.

d. La finalidad es mantener el orden y la disciplina de los estudiantes dentro y fuera de la Institución Educativa y la de protegerlos contra los peligros que se presentan en la vía pública.

CAPITULO II

DEL PATRONO Y DECÁLOGO

Art. 82.- Del Héroe Patrono de la Policía Escolar:

La Policía Escolar, hoy cuenta con su figura tutelar, el Niño Alejandro Sánchez Arteaga, bisnieto de don Leví Sánchez Chávez, quien fuera durante la guerra con Chile, eficaz colaborador del General Don Miguel Iglesias.

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Alejandro Sánchez Arteaga, nació en el distrito de Castilla de la provincia de Piura, sus padres son don Juan Sánchez Martínez, nieto del mencionado don Leví Sánchez y doña Santos Arteaga Árdales.

Los primeros años de su educación primaria, los realizó en su tierra natal y los trataba de terminar en la escuela Nº 4405 de Lima, ciudad donde se trasladó su familia para buscar mejores condiciones de vida.

Desde que Alejandro se incorporó a la citada escuela, sobresalió por sus magníficas cualidades de un excelente alumno; cualidades que le favorecieron para ser nombrado Brigadier General de la Policía Escolar y en este grado se sacrificó heroicamente por querer salvar del fuego a cuatro niños.

Conocedores de esta acción heroica, todos los años, el día de su nacimiento (17 de julio) la población estudiantil del Perú, celebran con gran júbilo el nacimiento de Alejandro Sánchez Arteaga, como reconocimiento y justo homenaje al niño héroe, abnegado muchacho que murió dando ejemplo y a su benemérita institución policial y a la niñez y juventud del mundo (…)

Art. 83.- Del Decálogo de la Policía Escolar:

Las Diez Sentencias morales, que formará el Decálogo de la Policía Escolar Galvina, son:

I. Amar a la Institución y poner todas las energías al servicio de la misma.

II. Honrar la memoria de los exalumnos miembros de la Policía Escolar.

III. Jamás comerciar en beneficio propio.

IV. No intervenir en ideales que desfavorezcan su desarrollo moral y ético.

V. Vivir en un continuo afán de mejoramiento.

VI. Alegrarse de los éxitos y buen desarrollo de sus condiscípulos.

VII. Realizar labor de unidad y compañerismo.

VIII. Cuidar el material que la Institución pone en sus manos como si fuera propio.

IX. Ser flexible y empático con sus compañeros.

X. Proteger y guiar a sus compañeros que tienes bajo tu amparo.

CAPITULO III

DE LA SELECCIÓN E INTEGRANTES

Art. 84.- De la Selección de los integrantes de los Brigadieres y la Policía Escolar.

La selección de los estudiantes para servir como Brigadier y la Policía Escolar, se hará teniendo en cuenta las siguientes cualidades.

1. Tener buena educación y demostrar buen rendimiento escolar.

2. Ser disciplinado y digno de confianza.

3. Ascendencia entre sus compañeros, demostrando tener espíritu de colaboración, iniciativa, entusiasmo y buen trato con sus compañeros.

4. Tener interés y amor por la Institución.

5. Conocer y saber cumplir el presente reglamento.

6. Ser justo, honrado, valiente y responsable.

7. Ser cortes, obediente y respetuoso.

8. Poseer aptitudes y buen deseo de servir a otro.

9. Tener buen carácter y dinamismo.

Art. 85.- De los integrantes de los Brigadieres y Policía Escolar

i. Brigadier General (1)

ii. Brigadier Adjunto (2) por género 1.

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iii. Brigadier de Compañía (2) por género 1.

iv. Jefe de Brigadieres (2) por género 1.

v. Brigadier de Sección (2) por género 1.

vi. Jefe de Policía Escolar (2) por género 1.

vii. Policía Escolar

viii. Brigada Escolar de Tránsito

CAPITULO IV

DE LOS DISTINTIVOS Y SERVICIOS DE LA POLICIA ESCOLAR Y BRIGADIERES

Art. 86.- De los distintivos de la Policía Escolar y Brigadieres:

86.1 De uniforme.- El uniforme es el establecido en el Art. 64 del presente.

86.2 De los distintivos:

86.2.1 Distintivos básicos:

a) La Insignia de Policía Escolar (Brazalete), la cual será llevado en el brazo derecho a tres dedos debajo de la costura del hombro.

b) La Insignia en forma de media luna (rojo y blanco), que será llevada en la parte superior del bolsillo izquierdo de la camisa (varones), chompa o blusa (damas).

c) La Insignia de Brigadier General, Sub Brigadier General, Brigadier de Compañía, Brigadier de sección y policías escolares, llevarán en la parte superior, el nombre del cargo que desempeña.

d) El cordón distintivo, distinguirá la Jerarquía del Policía Escolar.

86.2.2 Distintivos auxiliares:

a) Los guantes blancos para ceremonias especiales.

b) Bastón de mando del Brigadier General, Sub Brigadier General, Brigadier de Compañía y Brigadier de sección de la Policía Escolar con sus pompones correspondientes (dorado o plateado); para la Policía Escolar los pompones son de color rojo y blanco.

86.2.3 El cordón será sujeto con broches o cosidos en la hombrera del lado derecho y puntal colgante asegurado en el segundo botón de la camisa, chompa o blusa del uniforme según la Jerarquía correspondiente.

a) Brigadier General: Dorado de cuatro cordones, trenzado puntal dorado. b) Brigadier Adjunto: dorado y plateado de cuatro cordones, trenzado puntal

plateado. c) Brigadier de Compañía: plateado y dorado de dos cordones, trenzado de puntal

dorado. d) Jefe de la Policía Escolar: plateado y azul de dos cordones, trenzado de puntal

plateado. e) Jefe Brigadier de Sección: f) Brigadier de Sección: azul y amarillo de un cordón, trenzado puntal amarillo. g) Policía Escolar: rojo y blanco de un cordón, trenzado de puntal rojo. h) Brigadier Escolar de Tránsito: cordones rojo, amarillo y verde (semáforo)

Art. 87.- De las modalidades de servicios de la Policía Escolar y Brigadieres:

87.1 Servicios generales:

a. La puerta de ingreso. b. Control de entrada y salida. c. Registro de alumnos que llegan tarde. d. Los pasadizos, escaleras y pabellones.

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e. Los quioscos. f. Los servicios higiénicos. g. El Servicio de Tránsito h. Vigilancia y apoyo durante el ingreso de los estudiantes a sus aulas correspondientes.

87.2 Servicios especiales:

a. Ceremonias cívicas y culturales internas. b. Ceremonias externas y desfiles, apoyando en el orden de los estudiantes y público en

general que participa en dichos eventos. c. Actuaciones públicas deportivas, recreativas y culturales en las que participará la

institución.

CAPITULO V

DE LA CONFORMACIÓN DE LOS ORGANOS Y RESPONSABLES

Art. 88.- Del Estado Mayor:

88.1 El Estado Mayor lo conforman sólo estudiantes de 5° grado.

88.2 El o la Brigadier General, los Sub-brigadieres generales, brigadieres de compañía y jefes de la Policía Escolar, recae a los estudiantes que ocuparon los 10 primeros lugares en el puntaje acumulativo durante los cuatro años de estudio, previa evaluación del personal responsable, viendo los perfiles y características (voz de mando, don de líder, marcha marcial, nivel comunicativo), del estudiante para los diferentes cargos.

Art. 89.- De los Brigadieres de sección:

Los Brigadieres de Sección, lo conforman todos los estudiantes de las diferentes secciones de Primero a Quinto grado, previa evaluación del comportamiento y aprovechamiento en sus estudios.

Art. 90.- De la Policía Escolar:

La Policía Escolar está conformada por los estudiantes del Quinto grado, quienes serán convocados tomado muy en cuenta el Art. 84 del presente reglamento. Así mismo, el estudiante seleccionado deberá contar con la autorización del padre o apoderado, mediante documento que será proporcionado por la Coordinación de Tutoría de la Institución, previo informe del responsable de la selección.

Art. 91.- De la Brigada Escolar de Tránsito:

La Policía de Tránsito está conformada por los estudiantes del 4° y 5° grado voluntarios, quienes serán invitados tomado muy en cuenta el Art. 84 del presente reglamento.

Art. 92.- De los responsables:

92.1 Por Autoridad.- El responsable es el Órgano de Dirección de la Institución.

92.2 Por Función.- El Coordinador de Tutoría, los auxiliares de educación y el Comité de Disciplina y Convivencia Escolar.

Art. 93.- Del tiempo de conformación:

El tiempo límite para la conformación de los Órganos establecidos en los Art. 88, 89, 90 y 91 del presente reglamento será no mayor de tres semanas, a partir del inicio de las actividades académicas, para la Juramentación respectiva.

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CAPITULO VI

DE LA INSTALACIÓN, JURAMENTACIÓN Y CAPACITACIÓN

Art. 94.- De la Instalación:

En la primera quincena del mes de abril de cada año, se realizará la ceremonia interna y pública de Instalación del Equipo de Brigadieres, Policía Escolar y Brigada Escolar de Tránsito en la misma institución. Dicho acto contará con la asistencia de las autoridades educativas, el total de integrantes de la Estructura Orgánica de la Institución “José Gálvez”, padres de familia, padrinos y alumnos en general; recomendándose que la imposición de insignias y distintivos estén a cargo de los padres, padrinos o tutores de los estudiantes.

Art. 95.- De la Juramentación:

Estará a cargo del representante de la Policía Nacional del Perú. Para lo cual, se coordinará con la jefatura del Área Policial – Comisaría Yunguyo, quienes ejecutarán en la ceremonia Pública el acto de juramentación.

Durante la ceremonia se hará alusión al Niño Héroe ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA patrono de la Policía Escolar en el Perú. El día central de la Policía Escolar, se celebrará el 17 de Julio de cada año conmemorando el natalicio del Patrono.

Art. 96.- De la Capacitación:

El Coordinador de Tutoría, el auxiliar de educación responsable y el Comité de Disciplina y Convivencia Escolar, con el apoyo técnico de profesionales de la jurisdicción, planificará el desarrollo de la capacitación, estableciendo un horario que no interfiera con las labores académicas de los estudiantes.

Se sugiere que la capacitación esté basado en el siguiente contenido temático:

1. Reglamento Interno de la Institución Educativa

2. Reglamento Interno para Estudiantes de la Institución Educativa.

3. Reglamento General de Organización y Funciones del Brigadier y Policía Escolar.

4. Instrucción para Formaciones y Desplazamientos (orden cerrado).

5. Educación Cívica Patriótica.

6. Primeros Auxilios

7. Defensa Civil

8. Educación y Seguridad Vial

9. Código del Niño y del Adolescente

10. Prevención del uso indebido de drogas

11. Liderazgo, otros necesarios.

CAPITULO VII

DE LOS DERECHOS Y DEBERES

Art. 97°.- De los Derechos:

a. Recibir un trato especial que permita preparase y capacitarse de acuerdo a las exigencia de sus funciones.

b. Presentar sus opiniones o sugerencias verbalmente y por escrito siguiendo el conducto regular: Coordinador de Tutoría, Comité de Disciplina y Convivencia Escolar, Dirección.

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c. Ser tratadas con respeto.

d. Organizar actividades dentro de la Institución Educativa será previa autorización de la Dirección del Plantel.

e. Utilizar los ambientes del plantel previa coordinación con la Dirección.

f. Recibir estímulos por abnegada labor y sacrificio en favor de sus compañeros.

g. Opinar y/o sugerir sobre el desempeño del trabajo en cuanto a la disciplina y cumplimiento dentro de las aulas y fuera de ellas; y sobre el personal que trabaja en la Institución Educativa

Art. 98°.- De los Deberes:

a. Tomar conciencia de su rol de Brigadier, Policía Escolar o Brigadier Escolar de Tránsito.

b. Capacitarse para cumplir con sus funciones eficientemente.

c. Siempre estar presentable, toda vez que constituye un ejemplo para sus compañeros de la Institución.

d. Tener presente en todo momento el compromiso adquirido como Brigadier, Policía Escolar o Brigadier Escolar de Tránsito y el respeto que merece el honroso distintivo que ostenta.

e. Ser amable y cortes con sus compañeros y con todas las personas a quien debe dirigirse.

f. Procurar que su presencia sea sinónimo de ayuda y colaboración.

g. Evitar participar en riñas o discusiones que distingan de la buena educación y ejemplo.

h. No descuidar sus estudios teniendo presente que su obligación moral es de superarse constantemente.

i. Cumplir con las normas del Reglamento Interno para el Estudiante.

j. Asistir con puntualidad a las reuniones citadas por el Coordinador, ordinaria o de emergencia.

k. Cuidar el ambiente asignado de la Institución.

l. Mantener en el aula, en la Institución, en la familia y en la sociedad; un comportamiento disciplinado, atento, respetuoso y acorde con su género.

m. Cumplir las indicaciones y recomendaciones del personal responsable y la comisión.

n. Llevar correctamente los distintivos que le corresponde Estado Mayor, Brigadier de Sección, Policía Escolar, Brigada Escolar de Tránsito y otros cargos.

o. Asistir debidamente uniformado, con el cordón como emblema de lunes a viernes.

p. Asistir a las actividades cívicas, culturales, religiosas programadas por la Institución Educativa.

q. Vigilar a sus compañeros para que se comporten correctamente.

r. Custodiar los bienes materiales de la institución, para que no sean deteriorados manchados o usurpados.

s. Procurar el mantenimiento de los valores, para el progreso y prestigio de la Institución.

t. Colaborar con los docentes, estudiantes y otras instancias estudiantiles, para un mejor desenvolvimiento de las actividades educativas.

u. Cultivar vínculos sociales entre los miembros de la institución educativa.

CAPITULO VIII

DE LOS ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES

Art. 99°.- De los Estímulos:

a. El Órgano de Dirección previo informe y visto bueno de la Coordinación de Tutoría, otorgará estímulos a los Brigadieres, Policías Escolares o Brigada Escolar de Tránsito, al finalizar el año lectivo y en acto público, por su labor destacada durante el año escolar.

b. Se otorgará reconocimiento especial a los Policías Escolares por acciones extraordinarias o acto heroico realizados dentro o fuera del plantel con menciones honrosas y/o diplomas, de acuerdo a su empeño personal.

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c. A la sección con mejor comportamiento y disciplina se le premiará con reconocimiento especial en la formación por parte de la Dirección.

d. Diploma de honor, al policía escolar con conducta intachable y evaluaciones sobresalientes.

e. Felicitación verbal y escrita por sus eficientes servicios prestados hacia la Institución o comunidad, dando a conocer la acción realizada.

f. Una calificación de excelente (AD) en comportamiento e incluida en su Informe Académico.

g. Una calificación trimestral de 18 a 20 puntos en uno de los criterios de evaluación en el área curricular de Formación Cívica y Ciudadana por el cumplimiento extraordinario y entrega a sus funciones en relación al área curricular, previo informe escrito del Coordinador de Tutoría correspondiente y visto bueno de la Dirección.

Art. 100°.- De las Faltas:

a. Gritar o hacer cualquier manifestación de desorden en el aula y fuera de ella.

b. Asistir a la institución educativa con prendas no reglamentadas (uniforme y cordón) sin justificación alguna.

c. Asistir con cabello teñido, maquillaje o tatuaje a la institución.

d. Quitarse el cordón en el aula o fuera de ella y permitir el uso a otros.

e. Agredir física y verbalmente a sus compañeros u otra persona dentro o fuera de la Institución Educativa.

f. No haber informado en su debido momento, cuando hay perdidas de pertenecías, comportamientos inadecuadas con sus compañeros y profesor en el aula.

g. Dirigirse de manera impropia al docente, auxiliar de educación y demás trabajadores de la Institución.

h. Entrar en riñas, peleas, juegos malsanos y otras actividades inmorales que desacrediten a la institución.

i. Usar expresiones groseras, soeces, maliciosas y extrañas.

j. Emplear tratos bruscos o amenazas a sus compañeros.

k. Eludir el servicio en el turno que le toca realizar su labor.

l. Aceptar chismes, malos informes, calumnias o indisposiciones.

m. Realizar su labor sin uniforme, sin sus insignias, cordón y en mala presentación personal.

n. Decomisar objetos u otros sin autorización o acompañamiento del Coordinador de Tutoría o Auxiliar de Educación.

Art. 101°.- De las Sanciones

La única instancia que puede sancionar al Brigadier o Policía Escolar en la Institución, es la Dirección o por delegatura la Coordinación de Tutoría previo informe detallado del Coordinador de Tutoría y el Comité de Disciplina y Convivencia Escolar, de acuerdo a la siguiente escala:

101.1 Primera falta:

Amonestación verbal o llamada de atención.

101.2 Segunda falta:

Suspensión temporal, se le cita al padre de familia para informar sobre lo sucedido y dar a conocer de la sanción que se hará en la próxima falta.

101.3 Tercera falta (separación del cuerpo)

Se le retirará el distintivo en plena formación previa coordinación con la Dirección y haciendo conocer las faltas cometidas por el estudiante.

Parágrafo.- Las faltas no contempladas serán absueltas por el Órgano que conforma la Estructura.

Parágrafo.- Las sanciones deben conducir a la reflexión crítica de los estudiantes respecto de sus acciones, así como a la solución de las circunstancias y dificultades que propiciaron el hecho que se busca evitar.

Art. 102°.- El estudiante Brigadier o Policía Escolar, no se encuentra exento de lo establecido en los Art. 54°, 55°, 56°, 57°, 58°, 59°, 60° y 61° del presente reglamento.

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CAPITULO IX

DE LAS FUNCIONES

Art. 103°.- De las Funciones del Estado Mayor:

103.1 Brigadier General.- Es la máxima autoridad estudiantil a nivel de Institución Educativa. Depende del Coordinador de Tutoría y Auxiliar de Educación responsable; cumplirá las siguientes funciones.

a. Coordinar con el Coordinador Tutoría y Auxiliar de Educación responsable el control del desempeño de los sub-brigadieres generales, brigadieres de compañía y brigadieres de sección respectivamente.

b. Coordinar con el Auxiliar de Educación responsable, para todos los actos cívicos programadas por la institución Educativa.

c. Coordinar con los sub-brigadieres generales y brigadieres de compañía para realizar diferentes acciones, controles en el comportamiento y disciplina de sus compañeros dentro y fuera de la Institución.

d. Coordinar con el Jefe de la Policía Escolar el monitoreo a los demás policías de sección y de tránsito, en el cumplimiento de sus funciones y controles en el comportamiento y disciplina de sus compañeros dentro y fuera de la Institución.

e. Velar por la disciplina y buena presencia de la Policía Escolar y población estudiantil en el cumplimiento del Reglamento Interno y las normas de servicio dentro y fuera de la Institución.

f. Colaborar con los responsables en la práctica de instrucción y desplazamiento.

g. Anotar las ocurrencias diarias “Intervenciones de la Policía Escolar”.

h. Fomentar entre sus compañeros, la ayuda mutua y desinteresada, la amistad sincera, y el estrechamiento espiritual que debe existir entre la Policía Escolar y los demás.

i. Esforzarse, en todos los actos de la vida escolar, para distinguirse, a fin de mantener el rango con altura y dignidad.

j. Intervenir en cualquier lugar tiempo y circunstancia para resolver actos de indisciplina o faltas que incurran los estudiantes.

k. Comandar en la formación cívica y poner orden a todos los estudiantes de la Institución.

103.2 Sub-Brigadier General.- En ausencia del Brigadier General asumirá las funciones de este directamente y cuando está presente, monitoreará junto con el Brigadier General el orden y la disciplina de sus compañeros y brigadieres. Además deben cumplir en:

a. Recepcionar la documentación dirigida a los Brigadieres y Policía Escolar.

b. Formulará los documentos administrativos de los Brigadieres y Policía Escolar

c. Elaborará el Acta en las reuniones de los Brigadieres y Policía Escolar.

d. Llevará los registros de inscripción de los Brigadieres y Policías Escolar.

103.3 Brigadier de Compañía.- Depende del Brigadier General. En ausencia del Sub Brigadier General, asumirá las funciones de este. Específicamente asumirá las siguientes funciones:

a. Hacer cumplir y ejecutar las disposiciones que se impartan.

b. Monitoreará las acciones del equipo de brigadieres de sección, verificando el estado de aseo y buena presentación personal de cada uno de ellos, obligando el uso del uniforme y prendas reglamentarias, en forma aseada y correcta.

c. Coordinar con el Auxiliar de Educación responsable para todos los actos cívicos programadas por la Institución Educativa.

d. Coordinar con el Brigadier General y Sub-brigadier para realizar diferentes acciones, controles en el comportamiento y disciplina de sus compañeros dentro y fuera de la Institución.

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e. Informará al Brigadier General de cualquier situación que se presente en el servicio.

103.4 Brigadier de Sección.- Depende del Brigadier General, Sub-Brigadier General o del Brigadier de Compañía. Es la primera autoridad en su salón de clase. Cumplirá las siguientes funciones:

a. Hacer cumplir los deberes y obligaciones dispuesto en el Art. 48 numeral 44 del presente reglamento.

b. Reportar a la Dirección, Coordinador de Tutoría, Tutor, docente de aula, auxiliar de educación o brigadieres del Estado Mayor el incumplimiento de lo dispuesto en el Art. 48 del presente reglamento.

c. Alertar a la Dirección, Coordinador de Tutoría, Tutor, docente de aula o auxiliar de educación sobre la evidencia de posible incumplimiento de las prohibiciones establecidas en el Art. 53 del presente reglamento por parte de sus compañeros.

d. Registrar la asistencia e inasistencia de sus compañeros al inicio de cada Bloque e informar al Auxiliar de Educación sobre la ausencia de sus compañeros.

e. Dará permiso a sus compañeros para salir del aula por necesidades urgentes.

f. Vigilar el comportamiento de sus compañeros en la formación y en los actos cívicos.

g. Ser puntual en la asistencia a la Institución y mucho mejor, cuando están de servicio, presentándose correctamente aseados y limpios.

h. Informar al docente de turno o tutor de cualquier situación irregular que pueda suceder en el aula.

103.5 Jefe de la Policía Escolar.- Depende del Brigadier de Compañía. Cumple la siguiente función:

Controla la asistencia de los policías escolares, monitorea el cumplimiento de sus funciones e informa al Auxiliar de Educación.

103.6 Policía Escolar.- Son los estudiantes seleccionados para cumplir con el servicio que brinda la Policía Escolar. Son los ejecutores directos de las normas y disposiciones emanadas del Reglamento y de las jerarquías superiores relacionados con el mantenimiento del orden y disciplina de los estudiantes, dentro y fuera de la Institución Educativa. Depende del Brigadier General y del Jefe de la Policía escolar. Cumple las siguientes funciones:

a. Cuidar la disciplina y el orden de los estudiantes en el interior así como en otros lugares donde se encuentren participando la Institución Educativa.

b. Informar al Coordinador de Tutoría, Auxiliar de Educación o al Brigadier General de los hechos sucedidos en su servicio.

c. Reportar a la Dirección, Coordinador de Tutoría, Tutor, docente de aula, auxiliar de educación o brigadieres del Estado Mayor el incumplimiento de lo dispuesto en el Art. 48 del presente reglamento.

d. Alertar a la Dirección, Coordinador de Tutoría, Tutor, docente de aula o auxiliar de educación sobre la evidencia de posible incumplimiento de las prohibiciones establecidas en el presente reglamento por parte de sus compañeros.

e. Reportar verbalmente a los estudiantes que portan pendientes, collares, pulseras, anillos u otros artículos que no tengan nada que ver con el uniforme.

f. Cumplir y hacer cumplir las órdenes del Brigadier General o Brigadier de Compañía.

g. Vigilar el comportamiento de sus compañeros y dar cuenta en el momento sobre actos irregulares.

h. Reportar verbal o bajo escrito a los estudiantes que asisten con cabello teñido, maquillaje o tatuaje a la institución Educativa.

i. Apoyar a los brigadieres de sección en la formación de sus compañeros en el patio principal y la participación en actividades o ceremonias cívicas. También en la entrada y salida de los estudiantes.

j. Cuidar la buena presentación y conducta de sus compañeros durante la ceremonia de izamiento del Pabellón Nacional y entonación del Himno Nacional de los días lunes.

k. Inmediato colaborador del Docente y Auxiliar de Educación.

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103.7 Policía Escolar de Tránsito.- Son los estudiantes seleccionados para cumplir con el servicio general que brinda la Policía Escolar en el área de Tránsito. Depende del Brigadier General y del Brigadier de Compañía. Cumple las siguientes funciones:

a. Se concentran en orientar a sus compañeros (peatones) en el perímetro o zona próxima al área de salida e ingreso de la Institución y crucero peatonal.

b. Apoyan al personal de tránsito las acciones de orientación al peatón y respeto a las señales de tránsito y orientan a sus compañeros en el desplazamiento por la acera o vereda.

c. Realizan acciones de orientación y corrección a las malas conductas del peatón, asimismo apoyan a sus compañeros en el uso del crucero peatonal.

d. Velan por la seguridad integral y seguridad vial en la Institución mediante la intervención conjunta con el personal de la Policía de Tránsito de la Comisaría de Yunguyo e Inspectores de Tránsito de la Municipalidad Provincial de Yunguyo.

e. Orientan la fluidez del tránsito de los vehículos frente a la institución.

f. Participan en desfiles correctamente uniformado.

g. Utilizan sus uniformes distintivos (chalecos, gorros, guantes, silbatos y, paletas de pase y pare) para apoyar las acciones de tránsito.

TITULO IV

DE LA EVALUACIÓN Y PROGRAMA DE RECUPERACIÓN ACADÉMICA

CAPITULO I

DE LA DEFINICIÓN Y SU OBJETIVO

Art. 104°.- De la definición de evaluación:

La evaluación es una actividad sistemática y continua como el mismo proceso educativo, un subsistema integrado dentro del propio sistema de la enseñanza y tiene como misión especial recoger información fidedigna sobre el proceso en su conjunto para ayudar a mejorar el propio proceso, y dentro de él, los programas, las técnicas de aprendizaje, los recursos, los métodos y todos los elementos del proceso.

La evaluación debe servir de ayuda para elevar la calidad del aprendizaje y aumentar el rendimiento de los estudiantes.

Art. 105°.- Del objetivo:

El objetivo central de la evaluación es identificar y describir el nivel de logro de los aprendizajes: competencias, capacidades, conocimientos, valores y actitudes, debidamente articulados e integrados.

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CAPITULO II

DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y RECUPERACIÓN ACADÉMICA

Art.106°.- De la evaluación:

La evaluación es por competencias, capacidades, criterios de evaluación e indicadores de logro; y está a cargo del docente del área curricular en forma exclusiva y absoluta.

La valoración de los logros de aprendizaje se realizará empleando la escala vigesimal (0 – 20), la nota mínima aprobatoria es 11. En todos los casos la fracción 0,5 o más se considera una unidad favorable para el estudiante.

Además del calificativo por criterios se obtiene un calificativo promedio ponderado por área curricular en cada trimestre y al final del grado de estudios.

La calificación del comportamiento es literal y descriptiva a cargo del tutor con el apoyo del auxiliar de educación, tomando en cuenta la siguiente escala: Muy bueno (AD), Bueno (A), Regular (B) y Deficiente (C).

Art. 107°.- De la ubicación de los primeros puestos:

La Institución determinará anualmente, los 10 estudiantes que al finalizar la Educación Secundaria hayan obtenido los más altos promedios generales a fin de ser declarados como tal. Para lo cual, se designará una comisión especial de docentes con la finalidad de determinar los primeros puestos de acuerdo a las normas vigentes.

Participarán en el cómputo para la determinación de los cinco primeros estudiantes, sólo los que reúnan los siguientes requisitos:

a. Haber sido promovido de grado sin ningún desaprobada a diciembre de cada año lectivo (invicto).

b. No haber repetido algún grado de estudio.

c. Haber cursado ininterrumpidamente los cinco grados de estudios, salvo el caso de los estudiantes que hayan solicitado oportunamente a la Dirección de la institución la postergación de matrícula por razones debidamente justificadas.

d. No se deberá considerar en el promedio el área curricular de Educación Religiosa para el caso del estudiante exonerado oportunamente de dicha área.

No están impedidos:

a. Los estudiantes que hayan subsanado áreas por diferencias de planes y programas siempre que hayan aprobado en la primera evaluación.

b. Los estudiantes que hayan cursado estudios en distintas instituciones de EBR estatales y no estatales del país.

c. Los estudiantes que hayan convalidados estudios de equivalencia con determinado grado de Educación Secundaria.

Art. 108°.- De la promoción al grado superior:

a. El estudiante será promovido al grado superior, cuando al término del año escolar, apruebe todas las áreas curriculares, incluido el área curricular pendiente de subsanación.

b. Así mismo, cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de Subsanación, apruebe todas las áreas curriculares o desapruebe como máximo un área curricular.

Art. 109°.- De la repitencia:

a. El estudiante obtendrá la condición de REPITENCIA, cuando al término del año escolar y según el informe del SIAGIE, desapruebe cuatro o más áreas curriculares, incluidas el área curricular pendiente de subsanación (cargo); o,

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b. Cuando el estudiante al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de Subsanación desapruebe dos o más áreas curriculares.

c. El estudiante que repite, pierde la gratuidad de la enseñanza para el año en curso.

Art. 110°.- De la recuperación pedagógica:

a. Pueden participar en el Programa de Recuperación Pedagógica o en la Evaluación de Subsanación los estudiantes que desaprobaron una, dos o tres áreas curriculares, incluida el área curricular pendiente de subsanación (cargo).

b. Los estudiantes del 5° grado que hayan desaprobado hasta tres áreas curriculares, ingresarán al programa de recuperación pedagógica y la evaluación de subsanación al finalizar el año académico (diciembre).

c. Los estudiantes del 1° al 4° grado que hayan desaprobado hasta tres áreas curriculares, ingresarán al programa de recuperación pedagógica y la evaluación de subsanación al finalizar el mes de febrero e inicio del mes de marzo del año siguiente.

d. Los estudiantes que no se presenten a las evaluaciones de recuperación o subsanación durante los meses de diciembre o febrero o marzo, según corresponda, serán considerados con la denominación “no se presentó”.

e. Los docentes encargados de la evaluación de subsanación, remitirán los informes dentro de las 24 horas posteriores de la aplicación de las mismas, concluyendo el proceso con las firmas de las actas correspondientes.

Art. 111°.- De la desaprobación por inasistencias injustificadas.-

El estudiante que registra 30% de inasistencias injustificadas durante el año escolar, da lugar a su desaprobación en área curricular que no asistió. Previo informe sustentado del docente del área curricular y la opinión del Coordinador de Tutoría.

Art. 112°.- De la repitencia por retiro.-

Repiten de grado los estudiantes que al finalizar el año lectivo registren el 30% o más de inasistencias injustificadas. Los mismos que serán considerados como RETIDADOS. Previo informe de los auxiliares de educación y opinión del Coordinador de Tutoría.

Art. 113°.- Del adelanto y postergación de evaluaciones:

a. La evaluación trimestral podrá ser adelantada en caso de enfermedad prolongada o accidente, cambio de residencia al extranjero, viajes en delegación oficial, asistencia al Servicio Militar o fallecimiento de los padres del estudiante. Compete al Director de la Institución expedir la Resolución correspondiente, previa solicitud del interesado con documentos probatorios.

b. Los estudiantes que dejan de asistir a la Institución por razones justificadas durante el tercer trimestre y no tienen evaluación de Progreso en dicho trimestre, podrán solicitar a la Dirección de la Institución la postergación de la evaluación hasta el 31 de marzo y excepcionalmente posterior a este plazo.

Art. 114°.- Es obligación de la Institución y de quien corresponda, publicar y dar a conocer a todos los estudiantes las normas que rigen la Institución Educativa y publicar el cuadro de méritos de los estudiantes promovidos satisfactoriamente.

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Reglamento Interno para el Estudiante 2015 - 2016 IES EMBLEMÁTICA “José Gálvez” - JEC Yunguyo

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TITULO V

OTRAS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL

CAPITULO I

DEL MUNICIPIO ESCOLAR

Art. 115°.- De la Organización y Finalidad

115.1 En Municipio Escolar es una organización que representa a todos los estudiantes de la Institución Educativa; elegidos en forma democrática (por voto universal y secreto) y tiene como finalidad promover la participación estudiantil para el ejercicio de sus derechos y responsabilidades.

115.2 El Municipio Escolar está conformado por: el Consejo Escolar, el mismo que está integrado por:

a. La Directiva del Municipio Escolar

b. Los Delegados de Aula, y

c. Las comisiones de trabajo.

115.3 La Directiva del Municipio escolar elaborará su Reglamento, el que será aprobado por el Consejo Escolar.

115.4 Finalidad:

Promueve la participación estudiantil propiciando que las niñas, niños y adolescentes sean actores de su desarrollo personal y social.

Contribuye a su formación integral a través de la vivencia de valores, la ciudadanía y la democracia.

Aporta a la construcción de una cultura que reconozca a las niñas, niños y adolescentes como sujetos sociales de derechos, con capacidades para contribuir a su desarrollo personal, a su institución educativa, su familia y su comunidad.

Art. 116°.- De la Directiva del Municipio Escolar

116.1 Está conformada por el Alcalde o Alcaldesa Escolar y los regidores. Es la principal instancia de gobierno del Municipio escolar y está presidido por el Alcalde o Alcaldesa.

116.2 La Directiva del Municipio Escolar está integrada por:

a. Alcalde o Alcaldesa.

b. Teniente Alcalde o Teniente Alcaldesa.

c. Regidor o Regidora de Educación, Cultura, Recreación y Deporte.

d. Regidor o Regidora de Salud y Ambiente.

e. Regidor o Regidora de Emprendimiento y Actividades Productivas.

f. Regidor o Regidora de Derechos del niño, niña y adolescente.

g. Regidor o Regidora de Comunicación y Tecnologías de la Información.

116.3 De las actividades que desarrolla el Municipio Escolar:

Las líneas de actividades están definidas por los ámbitos de responsabilidad de las regidurías. Se coordinan con el Docente Asesor, Coordinador de Tutoría y docentes de las áreas curriculares afines a los objetivos de la actividad.

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Acciones para la promoción de la convivencia escolar:

a. Hacer consultas en las aulas sobre las necesidades e intereses de los estudiantes. b. Apoyar actividades del calendario cívico escolar. c. Participar de las actividades deportivas y recreativas. d. Promover la inclusión educativa y los derechos de las niñas, niños y adolescentes con

discapacidad. e. Realizar acciones para el mejoramiento y cuidado de los servicios de la institución

educativa. f. Difundir y promover los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Difundir las Normas de Convivencia de la Institución.

g. Apoyo a la Campaña “Tengo Derecho al Buen Trato” y “Estudiantes sanos libres de drogas”.

h. Promoción de jornadas de reflexión sobre Educación en Seguridad Vial. i. Apoyo a las acciones de prevención de infecciones de transmisión sexual, VIH y SIDA,

tuberculosis, entre otras.

116.4 De los deberes de los integrantes de la Directiva del Municipio Escolar:

a. Alcalde o Alcaldesa.

a.1 Convocar periódicamente a sus Regidores(as) para implementar el Plan de Trabajo en coordinación con las Comisiones de Trabajo y las organizaciones estudiantiles (Estado Mayor, Delegados de aula, Policía Escolar, Fiscalía Escolar u otros) que existan en la institución; recibiendo el apoyo del Docente Asesor y del Comité de Tutoría.

a.2 Consultar con el Concejo Escolar, la Dirección, el Comité de Tutoría, el Consejo Educativo Institucional (CONEI) y la Asociación de Padres de Familia, para el apoyo y ejecución de actividades que por sus características tienen que ver con el desarrollo de la institución.

a.3 Coordinar actividades con instituciones públicas y de la sociedad civil, así como con otros Municipios Escolares de su localidad.

b. El Concejo Escolar

b.1 Está constituido por la Directiva del Municipio Escolar y los Delegados de Aula, reunidos en Asamblea. Se reúne en Asamblea General de Delegados de Aula, al inicio de la gestión del Municipio Escolar, para la presentación del Plan de Trabajo. Sus reuniones ordinarias son cada 60 días y las extraordinarias cuando se requiera.

b.2 Interactuar permanentemente con la Directiva del Municipio Escolar para la implementación del Plan de Trabajo y sus miembros participan de las Comisiones de Trabajo.

b.3 Su papel es de consulta, así como de la garantía en la transparencia y la ética de la gestión del Municipio Escolar.

c. Regiduría de Educación, Cultura, Recreación y Deporte.

c.1 Promover actividades que son coordinadas por la Comisión de Cultura, Recreación y Deporte.

c.2 Coordinar con el responsable del Área Curricular respectiva, solicitando el apoyo de la Dirección de la institución educativa.

d. Regiduría de Salud y Ambiente

d.1 Coordinar las actividades de la Comisión de Salud y Ambiente.

d.2 Promover campañas que favorezcan la salud, el ornato y el cuidado del ambiente en la institución educativa y su entorno, coordinando con las autoridades y docentes, así como con otros Municipios Escolares.

d.3 Promover y apoya actividades de cuidado y conservación de las áreas verdes de la institución educativa y la comunidad.

d.4 Promover campañas en educación y seguridad vial.

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Reglamento Interno para el Estudiante 2015 - 2016 IES EMBLEMÁTICA “José Gálvez” - JEC Yunguyo

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e. Regiduría de Emprendimiento y Actividades Productivas

e.1 Coordinar las actividades de la Comisión de Emprendimiento y Actividades Productivas con el Coordinador del área curricular de Educación para el trabajo.

e.2 Promover proyectos productivos y de servicios en la institución educativa (granjas, huertos escolares, reciclaje, arte culinario, artesanía y artes plásticas, animación artística y sociocultural, turismo y patrimonio local, ensamblaje de computadoras, fotografía, entre otros).

e.3 Organizar ferias informativas sobre orientación vocacional y de iniciativas de emprendimiento.

f. Regiduría de Derechos del niño, niña y adolescente.

f.1 Coordinar las actividades de la Comisión de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente.

f.2 Organizar la promoción y difusión de normas de convivencia consensuadas en la institución y en el aula.

f.3 Promover campañas orientadas al buen trato y prevención de todo tipo de violencia contra las niñas, niños y adolescentes, enfatizando en el acoso o maltrato entre estudiantes. Informa sobre el SISEVE.

f.4 Promover jornadas de conversación y reflexión sobre seguridad ciudadana, educación en seguridad vial, rol de los medios de comunicación, uso del tiempo libre, inclusión social, interculturalidad y educación sexual integral, entre otras.

f.5 Promover la participación estudiantil organizada y democrática.

g. Regiduría de Comunicación y Tecnologías de la Información.

g.1 Coordinar con los distintos regidores y regidoras la implementación de medios de comunicación escolar en diversos formatos (páginas web, blogs, periódicos murales, boletines, revistas, etc.) para la difusión de las actividades del Municipio Escolar y de la institución que promuevan la identidad institucional y local de los estudiantes.

g.2 Promover campañas permanentes sobre el uso adecuado de las tecnologías de la información y la comunicación (internet, celulares, redes sociales).

g.3 Promover campañas para el uso adecuado y responsable de las redes sociales para la prevención de la pornografía infantil, trata de personas, cyberbullying u otros.

g.4 Promover campañas sobre el uso adecuado y cuidado de las Aulas de Innovación, así como de los equipos de cómputo de la institución.

g.5 Verificar del cumplimiento de las normas de protección a las niñas, niños y adolescentes por los servicios de cabinas de internet en el entorno de la institución (veeduría escolar), en coordinación con la Dirección, el responsable del Área Curricular respectiva y las organizaciones estudiantiles (Fiscalía Escolar).

Art. 117°.- Del informe final de la Gestión de la Directiva del Municipio Escolar

Se lleva a cabo en la ceremonia de clausura del año escolar. El Alcalde o Alcaldesa presentará el informe final de su gestión, ante la comunidad educativa, para dar cuenta de las acciones realizadas, de los logros y dificultades presentados, durante la ejecución del Plan de Trabajo del Municipio Escolar.

CAPITULO II

DE LA FISCALÍA ESCOLAR

Art. 118°.- De la organización y funciones generales de la Fiscalía Escolar.

118.1 La Fiscalía Escolar está constituida por:

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a. La Junta de estudiantes para la defensa de los derechos y deberes, la legalidad y el orden general.

b. El Fiscal escolar.

c. El Fiscal adjunto escolar.

d. El (la) Secretario (a).

118.2 La Junta de Estudiantes en coordinación con la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Yunguyo, debe desarrollar políticas y actividades preventivas en la institución, que coadyuven al fortalecimiento de los valores y desarrollo integral de la comunidad galvina en un ambiente de orden y seguridad.

118.3 La Junta de Estudiantes de la Institución está conformada por los 10 mejores estudiantes que además tienen condiciones de líder; su elección lo realiza el Director o Coordinador de Tutoría de la Institución en coordinación con el Señor Fiscal, de acuerdo al cuadro de méritos.

118.4 En la Institución se nominará a un estudiante para cumplir las Funciones de Fiscal Escolar, otro como Fiscal Adjunto Escolar y un secretario o secretaria. Los dos primeros deberán ser elegidos por la Junta de Estudiantes atendiendo al cuadro de méritos y buen comportamiento.

Art. 119°.- De los deberes del Fiscal Escolar:

a. Orientar a sus compañeros sobre los derechos y deberes de los niños y/o adolescentes, procurando promover conductas positivas y saludables en la comunidad educativa.

b. Coordinar de forma continua y permanente con la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Yunguyo, lo relacionado al desarrollo de las campañas de difusión de las normas y disposiciones para el fortalecimiento de los valores y principios que inspiran el Estado de Derecho, y sustentan a la familia y la sociedad.

c. Prevenir conductas inadecuadas mediante acciones de difusión y sensibilización entre sus compañeros, en coordinación con la Fiscalía, la Dirección de la Institución y el Comité de Tutoría.

d. Persuadir a sus compañeros a no incurrir en comportamientos que puedan configurar algún tipo de infracción a la Ley y al presente reglamento.

e. Desarrollar acciones que le permitan ejercer su función de liderazgo, velando por el apoyo de sus compañeros cuya situación académica y/o personal sea preocupante, debiendo la Dirección de la Institución, además de brindar las facilidades del caso, disponer lo conveniente para la solución del problema específico en coordinación con la Fiscalía y el Comité de Tutoría.

f. Comunicar al Coordinador de Tutoría, Director de la Institución, al Director de la UGEL, Director de la DRE Puno, o al Fiscal Provincial de Prevención del Delito de Yunguyo, de las conductas indebidas que ocurran en agravio de sus compañeros.

TITULO VI

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

CAPITULO I

DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera.- El Reglamento Interno para Estudiantes de la Institución Educativa Secundaria Emblemática “José Gálvez” con Jornada Escolar Completa, es aprobado por el Director mediante Resolución Directoral y entra en vigencia al día siguiente de su Aprobación. Para lo cual, fue revisado por el CONEI y en Comité de Tutoría Institucional.

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Reglamento Interno para el Estudiante 2015 - 2016 IES EMBLEMÁTICA “José Gálvez” - JEC Yunguyo

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Segunda.- La Dirección de la Institución dará las facilidades, recursos y material logístico necesario para la implementación y cumplimiento del presente reglamento.

Tercera.- Los casos no contemplados en el presente Reglamento serán resueltos por el Órgano de Dirección en consulta y opinión del CONEI y el Comité de Tutoría, registrando los hechos en documentos aparte, a fin de ser incluidos al momento de su actualización.

Cuarta.- En los meses de Julio y Diciembre se evaluará la aplicabilidad de este Reglamento Interno para el Estudiante, en base a la evaluación de los objetivos Institucionales y cumplimiento de las disposiciones expuestas en el presente.

CAPITULO II

DE LAS DISPOSICIONES FINALES

Primera.- El presente Reglamento Interno para el Estudiante tendrá vigencia durante el año escolar 2015 y 2016, después del cual podrá ser ratificado o modificado.

Segunda.- El cumplimiento de todo lo consignado en este Reglamento Interno, es de carácter obligatorio para todos los que somos parte de esta Institución Galvina.

Yunguyo, junio del 2015

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DIRECCIÓN

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