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AV. 15 No. 106-32 Of. 603 Tel. (571) 6191832/34 Bogotá, Colombia – www.redpapaz.org Redes Protectoras Locales Un asunto nuestro, un asunto mío. Módulo Dos: Marco Legal para el Menor Infractor Taller dos: “La ley de infancia y adolescencia y el restablecimiento de derechos”. Orden del día: 1. Saludo y bienvenida 2. Dónde estamos en el proceso 3. Qué aprendimos 4. Objetivos 5. Al final seremos capaces de… 6. Lo que debemos conocer 7. Aplicando lo aprendido 8. Conclusiones Desarrollo: 1. Saludo y bienvenida: Actividad No. 1: Activación de la RPL “Despertando a la RPL” El orientador invitará a pensar a los integrantes de la RPL en productos de panadería como por ejemplo: biscocho, almojábana, churro, mantecada, etc. Seguidamente solicite que piensen en una parte del cuerpo que permanentemente le duele. Ahora invitará a los asistentes a que informen al grupo su nombre y la parte del cuerpo le duele pero colocándole un nombre a la parte del cuerpo que se relacione con un producto de panadería que habían pensado anteriormente. Damos 15 minutos para el desarrollo de esta actividad. Materiales: Computador, video beam. 2. Dónde estamos en el proceso:(Gráfica del proceso y gráfica de la RPL) 3. Qué aprendimos: Hacer un repaso de las nociones básicas de lo que aprendimos en la sesión anterior: Identificación de derechos de los NNA Entendimiento de los principios en los cuales se sustenta la Ley de Infancia y adolescencia. Reflexión sobre la responsabilidad de la protección de NNA es un asunto de la sociedad en cabeza de padres y madres y las diferentes instituciones presentes en el entorno inmediato. 4. Objetivos: Objetivo general del módulo uno: Conocer entender y los aspectos más relevantes de la ley de Infancia y adolescencia, las implicaciones y sanciones de las conductas consideradas fuera de la ley por parte de NNA menores de 14 años y
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Apr 26, 2018

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Redes Protectoras Locales Un asunto nuestro, un asunto mío.

Módulo Dos: Marco Legal para el Menor Infractor Taller dos: “La ley de infancia y adolescencia y el restablecimiento de derechos”. Orden del día:

1. Saludo y bienvenida 2. Dónde estamos en el proceso 3. Qué aprendimos 4. Objetivos 5. Al final seremos capaces de… 6. Lo que debemos conocer 7. Aplicando lo aprendido 8. Conclusiones

Desarrollo: 1. Saludo y bienvenida: Actividad No. 1: Activación de la RPL “Despertando a la RPL” El orientador invitará a pensar a los integrantes de la RPL en productos de panadería como por ejemplo: biscocho, almojábana, churro, mantecada, etc. Seguidamente solicite que piensen en una parte del cuerpo que permanentemente le duele. Ahora invitará a los asistentes a que informen al grupo su nombre y la parte del cuerpo le duele pero colocándole un nombre a la parte del cuerpo que se relacione con un producto de panadería que habían pensado anteriormente.

Damos 15 minutos para el desarrollo de esta actividad. Materiales: Computador, video beam.

2. Dónde estamos en el proceso:(Gráfica del proceso y gráfica de la RPL) 3. Qué aprendimos: Hacer un repaso de las nociones básicas de lo que aprendimos en la sesión anterior: Identificación de derechos de los NNA Entendimiento de los principios en los cuales se sustenta la Ley de Infancia y adolescencia. Reflexión sobre la responsabilidad de la protección de NNA es un asunto de la sociedad en cabeza de padres y madres y las diferentes instituciones presentes en el entorno inmediato. 4. Objetivos: Objetivo general del módulo uno: Conocer entender y los aspectos más relevantes de la ley de Infancia y adolescencia, las implicaciones y sanciones de las conductas consideradas fuera de la ley por parte de NNA menores de 14 años y

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menores entre 14 y 18 años y la responsabilidad que tiene la sociedad en evitar la reproducción de conductas que lesionan el adecuado desarrollo de los mismos. Objetivo específico del taller tres: Comprender en qué consiste el proceso de restablecimiento de derechos considerados por la ley de infancia y adolescencia. 5. Al final seremos capaces de:

a. Identificar cuáles son las medidas para restablecer los derechos de

NNA b. Dar ejemplos de formas de restablecimiento de derechos. c. Describir de manera general cuales son los procedimientos para

restablecer los derechos de NNA y las instituciones encargadas de este proceso

6. Lo que debemos conocer Actividad 2: Arreglando lo que dañamos … con que lo arreglaremos…? Situación: En una comunidad, existía una mesa y unas sillas, hechas de un material muy fuerte. Era utilizada para conversar, departir y encontrarse con los amigos y en general con la comunidad. Un día un forastero llegó al pueblo y sin pedir permiso, fue llevándose una de las sillas para un lugar apartado del lugar (terreno que había comprado), después volvió y se llevó otra, y otra hasta que la mesa se quedó sin sillas, y nadie decía nada. En poco tiempo, el pueblo quedó sin espacios para conversar, sin lugares para departir, sin momentos de encuentro y todo el mundo se quejaba pero nadie hacia nada. El forastero sin embargo, vio un beneficio para él, utilizar las sillas como madera para avivar el fuego de su chimenea, sin tener presente lo importante que estas eran para la mesa y para el pueblo que las usaba. El pueblo que empezó a sentir la falta de estos elementos tan importantes para su convivencia, además por lo que representaban (fueron hechas a mano por las personas del pueblo) se sintieron agredidas y ofendidas porque aquel extraño había hecho a su comunidad y le exigieron a este, reparar el daño causado... De acuerdo a la lectura anterior, el orientador, invitará al grupo a organizarse por números del 1 al 3. El grupo de los 1 Será la comunidad, el grupo 2 será el forastero y el grupo 3 será las autoridades que son las encargadas de dar cumplimiento al orden en la comunidad y exigir la forma en que se reparará el daño. Cada grupo intentará asumirse dentro del rol que le correspondió intentando igualmente imaginar: Comunidad que posición asume ante el daño que le fue causado.

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El forastero como es su comportamiento o reacción ante la comunidad que se siente agredida por sus acciones Autoridades que acciones realizarían hipotéticamente para resarcir el daño causado. Nota: La actividad finaliza con reflexiones frente a como se sintieron en la actividad y lo que generó en cada uno de los participantes el papel que asumió en relación con la reparación del daño. Tiempo: 15 Min. Actividad 3: Exposición teórica. Tiempo: 15 minutos. Conceptos clave: ¿Qué es el restablecimiento de derechos?, Es devolver los derechos vulnerados a los niños, niñas y adolescentes y su capacidad para ejercerlos con dignidad e integridad. ¿Cuáles son las medidas para restablecer los derechos de los niños? •Amonestación a los padres de familia o responsables con asistencia obligatoria a curso pedagógico a cargo del Ministerio Público. •Retiro inmediato del niño, niña o adolescente de la situación que amenace o vulnere sus derechos y ubicación en un programa de atención especializado para restablecer los derechos vulnerados. •Ubicación en medio familiar o institucional. •Adopción. •Promover las acciones policivas, administrativas o judiciales a que haya lugar. ¿Cuáles son las instituciones competentes para el restablecimiento de derechos? •Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-Defensorías de Familia. •Comisarías de Familia. •Ministerio Público – Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo y Personerías distritales y municipales. •Policía Nacional – Policía de la Infancia y la Adolescencia. •A nivel municipal donde no haya Defensor de Familia, el Comisario de Familia asumirá esas funciones y en su ausencia le corresponderá al Inspector de Policía. ¿Cuál es el procedimiento cuando se vulneran los derechos de los niños? Existen dos procedimientos: Administrativo. Son las diferentes actuaciones que desarrolla la autoridad competente (Defensor de Familia, Comisario de Familia o Inspector de Policía) tendientes al restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Este procedimiento puede durar máximo seis (6) meses con el fin de practicar las pruebas y diligencias tendientes a proteger a los niños y adolescentes cuando sus derechos han sido vulnerados. Igualmente se toman las medidas de protección en favor de los niños. Judicial.

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Es el proceso que realiza el Juez de Familia con el fin de adoptar medidas de protección para los niños, niñas y adolescentes a quienes se les han vulnerado sus derechos. Nota: De los conceptos clave, solo ira en las diapositivas los enunciados de cada concepto. El orientador deberá explicar más ampliamente cada concepto. 7. Aplicando lo aprendido Retomar los casos del primer taller presentados por el grupo referidos a vulneración de derechos e identificar entre todos los integrantes de la RPL las entidades que deben ser garantes del restablecimiento de derechos de NNA y las medidas para el restablecimiento de los mismos. 8. Conclusiones A partir del ejercicio anterior, generar en el grupo la importancia del entendimiento que la ley de infancia y adolescencia, no busca culpabilizar a los NNA, sino responsables de la protección de NNA y de las conductas de desprotección que generan comportamientos inadecuados en los NNA o que los expone ante situación de peligro. La ley no pretende seguir generando vulneración de derechos o medidas para el restablecimiento de los mismos, sino estrategias para prevenir la vulneración, enmarcado dentro de un trabajo pedagógico que inicia desde los hogares de los NNA, en cabeza de padres, madres y ciudadanos(as) responsables de los mismos. 9. Lecturas complementarias:

1. EL ABC de la Ley de Infancia y Adolescencia http://bit.ly/j3JByY 2. Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes http://bit.ly/kiPmm6 3. Sanciones pedagógicas en el SRPA http://bit.ly/k9RHZg 4. Atención a los adolescentes en el SRPA http://bit.ly/ijrC35 5. Lineamientos para la atención de menores que hayan cometido un delito en el

SRPA http://bit.ly/jgRtat