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1bS -2016-INPE/09 06JUN2016 VISTOS, el Oficie W246-2016-INPE/08 de fecha 17 de mayo de 2016 de la Oficina de Asesorla Juridica, el Oficio W 202-2016-INPE-07 de fecha 11 de mayo de 2016 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 00058-2016- INPE/07.03 de fecha 09'de mayo de 2016 de la Unidad de Organi:oaclóny Métodos, el Oficio N° 000754-2016-INPEJ09-01 de fecha 11 de abril de 2016, de la Uridad de Recursos Humanos, y el Oficio N" 038-2016-INPE/CSST de fecha 21 de marzo de 2016, 1, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial N° 293-2015- INPE/P de fecha 06 de octubre de 2015, se constituyó el Comité Central y Subcomités de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Instituto Nacional Penitencia;io; Que, mediante acta de reunión N° 004-2016-CSST-INPE de fecha 16 de marzo de 2016, el Comité Central de Segucidad y Salud en el Trabajo, aprobó el documento referido a la notificación de accidentes de trabajo mortal e incidentes peligrosos; y posteriormente solicitó al empleador, la acreditación de dicho documento y su difusión entre el personal responsable de su cumplimento; Que, el articulo 54° del Decreto Supremo N" 005-2012- TR, que aprueba el Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, señala que el empleador debe garantizar el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo; Que, mediante Resoluclé 1 Presidencial N" 013-2016- INPE/P de fecha 14 de enero de 2016, se aprobó la Directiva denominada "Generación de documento normativos en el INPE", la cual establece que a los Órganos de la Sede Central, le corresponde la aprobacjón de los lineamientos y que sirven para determinar términos, limites y características que deben observarse para actividades o procedimientos de la institución y su propósito es describic las etapas, fases y pautas necesarias para desarrollar una actividad o acción; y se emiten cuando se requiere para particularizar o detallar acciones ya sea que deriven de un ordenamiento de mayor jerarquía o se estimen necesarias para la gestión institucional; Que, con dicho tin el Comité Central de Seguridad y Salud en el Trabajo, ha remitido el documento aprobado por el mismo a efectos de normar de modo predictlble, la actuación que debe realizarse ante accidentes de trabajo mortales e incidentes peligrosos en el Instituto Nacional Penitenciario, proyecto de documento normativo que ha obtenido la opinión favorable de la Unidad de Organización y Métodos, asi como de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; del mismo modo de la Oficina de Asesoria Juridica, por lo que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto roor:a Directiva ~enominada "Generación de documento normativos en eIINPE" aprobado por Resolución Presidencial N° U13-2016-INPE/P de fecha 14 de enero de 2016; por lo que corresponde emitir el acto a¡>robatoriorespectivo a fin de garantizar el cumplimiento del mismo;
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rd 165-2016

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Page 1: rd 165-2016

N° 1bS -2016-INPE/09

06JUN2016

VISTOS, el Oficie W246-2016-INPE/08 de fecha 17 demayo de 2016 de la Oficina de Asesorla Juridica, el Oficio W 202-2016-INPE-07 de fecha 11 demayo de 2016 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 00058-2016-INPE/07.03 de fecha 09'de mayo de 2016 de la Unidad de Organi:oaclón y Métodos, el Oficio N°000754-2016-INPEJ09-01 de fecha 11 de abril de 2016, de la Uridad de Recursos Humanos, yel Oficio N" 038-2016-INPE/CSST de fecha 21 de marzo de 2016, 1,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Presidencial N° 293-2015-INPE/P de fecha 06 de octubre de 2015, se constituyó el Comité Central y Subcomités deSeguridad y Salud en el Trabajo en el Instituto Nacional Penitencia;io;

Que, mediante acta de reunión N° 004-2016-CSST-INPEde fecha 16 de marzo de 2016, el Comité Central de Segucidad y Salud en el Trabajo, aprobó eldocumento referido a la notificación de accidentes de trabajo mortal e incidentes peligrosos; yposteriormente solicitó al empleador, la acreditación de dicho documento y su difusión entre elpersonal responsable de su cumplimento;

Que, el articulo 54° del Decreto Supremo N" 005-2012-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, señala que elempleador debe garantizar el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Comité deSeguridad y Salud en el Trabajo;

Que, mediante Resoluclé 1 Presidencial N" 013-2016-INPE/P de fecha 14 de enero de 2016, se aprobó la Directiva denominada "Generación dedocumento normativos en el INPE", la cual establece que a los Órganos de la Sede Central, lecorresponde la aprobacjón de los lineamientos y que sirven para determinar términos, limites ycaracterísticas que deben observarse para actividades o procedimientos de la institución y supropósito es describic las etapas, fases y pautas necesarias para desarrollar una actividad oacción; y se emiten cuando se requiere para particularizar o detallar acciones ya sea que derivende un ordenamiento de mayor jerarquía o se estimen necesarias para la gestión institucional;

Que, con dicho tin el Comité Central de Seguridad ySalud en el Trabajo, ha remitido el documento aprobado por el mismo a efectos de normar demodo predictlble, la actuación que debe realizarse ante accidentes de trabajo mortales eincidentes peligrosos en el Instituto Nacional Penitenciario, proyecto de documento normativo queha obtenido la opinión favorable de la Unidad de Organización y Métodos, asi como de la Oficinade Planeamiento y Presupuesto; del mismo modo de la Oficina de Asesoria Juridica, por lo quese ha dado cumplimiento a lo dispuesto roor:a Directiva ~enominada "Generación de documentonormativos en eIINPE" aprobado por Resolución Presidencial N° U13-2016-INPE/P de fecha 14de enero de 2016; por lo que corresponde emitir el acto a¡>robatorio respectivo a fin de garantizarel cumplimiento del mismo;

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Contándose con la visación de la Oficina de AsesoriaJuridica; y,

De cor.formidad con lo dispuesto en el Decreto SupremoN' 009-2007-JUS, que aprueba el Reglaclento de Organización y Funciones del InstitutoNacional Penitenciario, y en uso de las facu!lades conferidas mediante Resolución PresidencialW 013-2016-INPE/P, de fecha 14 de enero del 2016, que aprueba la Directiva denominada:"Generación de Documentos Normativos en eIINPE", y la Resolución Presidencial N' 572-2013-INPE/P, de fecha 27 de diciembre del 2013.

SE RESUELVE:

ARTíCULO 1'.- APROBAR, el Lineamientodenominado "Notificaciones de Accidentes Mortales e Incidentes Peligrosos", el mismo queen texto adjunto forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2'._ DEJAR, Sin efecto toda norma que seoponga a lo dispuesto er la presente Resolución.

ARTICULO 3',_ DISPONER, el cumplimiento obligatoriode lo dispuesto en la presente Resolución y su anexo en todos los Órganos, Unidades y ÓrganosDesconcentrados del Instituto Nacional Penitenciario.

ARTicULO 4'.- DISPONER, se publique la presenteResolución en el Porta' institucional del Instituto Nacional Penitenciario (www.inpe.gob.pe), paralo cual se deberá remitir copia escaneada de la presente Resolución y anexo a la Oficina deSistema de Información.

ARTíCULO 5'._ DISPONER, se remita copia escaneadade la presente Resolución y anexo, a la Unidad de Recursos Humanos, al Comité Central deSeguridad y Salud en el Trabajo, a la Unidad de Organización y Métodos e instanciascorrespondientes, para su conocimiento y fines de ley.

Registrese y Comuniquese.

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\1lnlslenode JusticIa\f [)erp.chos HUnlr1nos

DlIIdD NaJli¡.Pwi •• lCiaiio

LINEAMIENTO

NOTIFICACION DE ACIDENTES DE TRABAJO MORTALES E INCIDENTESPELIGROSOS

L1- 1)03 -2016-INPE-OGA

Órgano: Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

Lima, mayo 2016

Versión #.01

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LINEAMIENTO

Código Nombre

L1- 003-2016- NOTIFICACION DE ACIDENTES DE TRABAJO MORTALES EINPE-OGA INCIDENTES PELIGROSOS

Historial del DocumentoFecha de Naturaleza

elaboración / Versión Elaborado/revisado por del Cambiorevisión

l 0-Mar-20 16 VI.O Equipo de Beneficios Sociales - ElaboraciónBienestar de Personal y miembros delComité de Seguridad y Salud en elTrabajo

Aprobado porFecha Versión Documento16/03/16 Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo Acta N"004 -

2016-INPE-CSST

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LI No003 -2016.INPE.OGA

NOTIFICACION DE ACIDENTES DE TRABAJO MORTALES E INCIDENTESPELIGROSOS

Formulado por: Equipo de Beneficios Sociales yBienestar de Personal ymiembros del Comité de SST

1. OBJETIVO

Regular el procedimiento de Notificación de Accidentes de Trabajo Mortales eIncidentes Peligrosos en el INPE, con la finalidad de dar cumplimiento a la Ley N°29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y Reglamento aprobado por elDecreto Supremo W 005-2012-TR y modificado por el Decreto Supremo N° 012-2014-TR.

2. BASE LEGAL

• Ley N° 29783, (20-08-2011) Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo Art 18°,2r, 35° Inc. b), 39° inc. d), 500inc f), 69°inc b) y e), 79°inc b) y f).

• Ley N° 30222, (08-08-2014) Ley que modifica a la Ley W29783.

• Decreto Supremo N" 005-2012- TR, (25-04-2012) Reglamento de la Ley deSeguridad y Salud en el Trabajo Articulas 26° inc. j) 29°, 31°,33°,34°, 3r,79°,80°,81°,85° Y86°.

• Decreto Supremo N° 006-2014- TR, (09-08-2014) Ley que modifica alReglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo Artículos 2r, 28°.

• Decreto Supremo N° 012-2014-TR, (31-10-2014) Ley que modifica alReglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo Articulo 110°.

• Resolución Presidencial N° 228-2015-INPE/P, Reglamento Interno deSeguridad y Salud en el Trabajo INPE.

• Resolución Presidencial N° 074-2015-INPE/P (17-02-2015) Política SST INPE.

3. ALCANCE

El presente Lineamiento tiene alcance nacional siendo de cumplimiento obligatoriopara todas las Unidades de Recursos Humanos o quien haga sus veces en lasOficinas Regionales, los Establecimientos Penitenciarios, EstablecimientosTransitorios y Establecimientos de Asistencia Post Penitenciaria y Ejecución dePenas Limitativas de Derechos y demás dependencias conexas del INPE. Asicomo por el Comité Nacional y los Sub Comités de Seguridad y Salud en elTrabajo a nivel nacional y por los servidores como parte del sistema de gestión deSeguridad y Salud en el Trabajo.

pág. ~

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4. LINEAMIENTOS GENERALES

El presente lineamiento sobre las Notificaciones de Accidentes de TrabajoMortales e Incidentes Peligrosos, tiene por finalidad orientar al empleador, alComité, Sub Comités y servidores hacia una adecuada implementación y a unpleno cumplimiento de la normativa vigente.

4.1 DEFINICIONES

Se aplicará las definiciones establecidas en el Reglamento de la Ley deSeguridad y Salud en el Trabajo, como son:

a) Accidente Mortal: Suceso cuyas lesiones producen la muerte deltrabajador. Para efectos estadísticos debe considerarse la fecha deldeceso.

b) Accidente de Trabajo (AT):Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajoy que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbaciónfuncional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquelque se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durantela ejecución de una labor bajo su autoridad y aun fuera del lugar y horas detrabajo.

c) Accidente Leve: Suceso cuya lesión, resultado de la evaluación médíca,que genera en el accidentado un descanso breve con retorno máximo al díasiguiente a sus labores habituales.

d) Accidente Incapacitante: Suceso cuya lesíón, resultado de la evaluaciónmédica, da lugar a descanso y tratamiento, produciéndose la ausenciajustificada al trabajo. Para fines estadísticos, no se tomará en cuenta el díade ocurrido el accidente. Según el grado de incapacidad los accidentes detrabajo pueden ser:

• Total Temporal: Cuando la lesión genera en el accidentado laimposibilidad de utilizar su organismo; se otorgará tratamiento médicohasta su plena recuperación.

• Parcial Permanente: Cuando la lesión genera la pérdida parcial de unmiembro u órgano o de las funciones del mismo.

• Total Permanente: Cuando la lesión genera la pérdida anatómica ofuncional total de un míembro u órgano; o de las funciones del mismo.Se consídera a partir de la pérdida del dedo meñique.

e) Enfermedad profesional u ocupacional: Es una enfermedad contraídacomo resultado de la exposición a factores de riesgo relacionada al trabajo.

f) Archivo Activo: Es el archivo físico o electrónico donde los documentos seencuentra en forma directa y accesible a la persona que lo va a utilizar.

g) Archivo Pasivo: Es el archivo físico o electrónico donde los documentos nose encuentra en forma directa y accesible a ia persona que lo va a utilizar.

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h) Causas de los Accidentes: Son uno o varios eventos relacionados queconcurren para generar un accidente. Se dividen en:

• Falla de control: Son fallas, ausencias o debilidades administrativas enla conducción del empleador o servicio y en la fiscalización de lasmedidas de protección de la seguridad y salud en el trabajo.

i) Causas Básicas: Referidas a factores personales y factores de trabajo:

• Factores Personales.- Referidos a limitaciones en experiencias, fobiasy tensiones presentes en el trabajador.

• Factores del Trabajo.- Referidos al trabajo, las condiciones y medioambiente de trabajo: organización, métodos, ritmos, turnos de trabajo,maquinaria, equipos, materiales, dispositivos de seguridad, sistemas demantenimiento, ambiente, procedimientos, comunicación, entre otros.

j) Causas Inmediatas.- Son aquellas debidas a los actos condicionessubestándares.

• Actos Subestándares: Es toda acción o práctica incorrecta ejecutadapor el trabajador que puede causar un accidente.

• Condiciones Subestándares: Es toda condición en el entorno deltrabajo que puede causar un accidente.

k) Gestión de la Seguridad y Salud: Aplicación de los princIpIos de laadministración moderna a la seguridad y salud, Integrándola a laproducción, calidad y control de costos.

1) Gestión de Riesgos: Es el procedimiento que permite, una vezcaracterizado el riesgo, la aplicación de las medidas más adecuadas parareducir al mínimo los riesgos determinados y mitigar sus efectos, al tiempoque se obtienen los resultados esperados.

m) Identificación de Peligros: Proceso mediante el cual se localiza yreconoce que existe un peligro y se definen sus características.

n) Incidente: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con eltrabajo, en el que la persona afectada no sufre lesiones corporales, o en elque éstas sólo requieren cuidados de primeros auxilios.

o) Incidente Peligroso: Todo suceso potencialmente riesgoso que pudieracausar lesiones o enfermedades a las personas en su trabajo o a lapoblación.

p) Inducción u Orientación: Capacitación inicial dirigida a otorgarconocimientos e instrucciones al trabajador para que ejecute su labor enforma segura, eficiente y correcta. Se divide normalmente en:

Inducción General: Capacitación al trabajador sobre temas generalescomo política, beneficios, servicios, facilidades, normas, prácticas, y elconocimiento del ambiente laboral del empleador, efectuada antes deasumir su puesto.

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Inducción Especifica: Capacitación que brinda al trabajador lainformación y el conocimiento necesario que lo prepara para su laborespecífica. Investigación de Accidentes e Incidentes: Proceso deidentificación de los factores, elementos, circunstancias y puntos críticosque concurren para causar los accidentes e incidentes. La finalidad dela investigación es revelar la red de causalidad y de ese modo permite ala dírección del empleador tomar las acciones correctivas y prevenir larecurrencia de los mismos.

q) Inspección: Verificación del cumplimiento de los estándares establecidosen las disposiciones legales. Proceso de observación directa que acopiadatos sobre el trabajo, sus procesos, condiciones, medidas de protección ycumplimiento de dispositivos legales en seguridad y salud en el trabajo.

r) Lesión: Alteración física u orgánica que afecta a una persona comoconsecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.

s) Lugar de trabajo: Todo sitio o área donde los trabajadores permanecen ydesarrollan su trabajo o adonde tienen que acudir para desarrollarlo.

t) Mapa de Riesgos: Puede ser:

En el empleador u organización: Es un plano de las condicíones detrabajo, que puede emplear diversas técnicas para identificar y localizarlos problemas y las acciones de promoción y protección de la salud delos trabajadores en la organización del empleador y los servicios quepresta.

A nivel Nacional: Compendio de información organizada ysistematizada geográficamente a nivel nacional subregional sobre lasamenazas, incidentes o actividades que son valoradas como riesgospara la operación segura de una empresa u organización.

s) Medidas de prevención: Las acciones que se adoptan con el fi n de evitaro disminuir los riesgos derivados del trabajo y que se encuentran dirigidas aproteger la salud de los trabajadores contra aquellas condiciones de trabajoque generan daños que sean consecuencia, guarden relación osobrevengan durante el cumplimiento de sus labores. Además, sonmedidas cuya implementación constituye una obligación y deber de losempleadores.

t) Plan de Emergencia: Documento guía de las medidas que se deberántomar ante ciertas condiciones o situaciones de gran envergadura e incluyeresponsabilidades de personas y departamentos, recursos del empleadordisponibles para su uso, fuentes de ayuda externas, procedimientosgenerales a seguir, autoridad para tomar decisiones, las comunicaciones einformes exigidos.

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5. L1NEAMIETOS ESPECIFICOS

5.1 Flujo del Procedimiento para la Notificación

a) NOTIFICACION DE ACCIDENTES DE TRABAJO MORTALES EINCIDENTES PELIGROSOS (Según Formato W1. del D.S. N°012.2014.TR)

Flujograma W 01

ACCIDENTE MORTAL

DATENCION ALTRABAJADOR

(PRIMEROS AUXILIOS)

FALLECIMIENTO EN ELESTABLECIMIENTO

TRASLADO DELACCIDENTADO ALCENTRO DE SALUD

NOTIFICA EL INPEFormulario N° 01 Jefe de RRHH

o quien haga sus veces

FALLECE EN ELTRASLADO

DFALLECE EN ELCENTRO DE

SALUD

DNOTIFICAR ALMinisterio de

Trabajo(24 horas)

Dar parte al Sub-Comité o Comité deS.S.T. y a la Alta

Dirección(24 horas)

NOTIFICA EL INPEFormulario NO01 Jefede RRHH o quien haga

sus veces

NOTIFICA ELCENTRO DE SALUD

Formulario N° 01(24 horas) Al

Ministerio de Trabaio

NOTIFICAR ALMinisterio de Trabajo

(24 horas)

Da parte al Sub Comité oComité de S.S.T. y a la

Alta Dirección(24horas)

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• ATENCION AL TRABAJADOR, El personal que se encuentre frente a untrabajador que presenta algún tipo de Accidente o incidente deberábrindar la atención de primeros auxilios y comunicar al brigadista, Área deSalud o Área de Bienestar Social de la dependencia para luego trasladarloa un Centro de Salud Acreditado por el Estado.

En tal sentido podemos encontrar las siguientes situaciones o casos quese detallan:

• CASO 1: El Servidor Penitenciario, como producto de un accidente laboralpresenta características objetivas de fallecimiento dentro de lasinstalaciones de una dependencia deIINPE.La Notificación es responsabilidad del Jefe de Recursos Humanos o elque haga sus veces, llenando el Formulario N'1 "Notificación deAccidentes Mortales e Incidentes Peligrosos" en el aplicativo electrónicodel portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (SAT), asimismo deberá dar parte al Sub Comité o Comité de Seguridad y Salud enel Trabajo y a la Alta Dirección dentro de las 24 horas de haber ocurrido elhecho.

• CASO 2: El Servidor Penitenciario como producto de un accidente laborales atendido (primeros auxilios) y durante su traslado (por Bomberos, EsSalud, Ambulancia o medía de traslado cualquiera) al Centro de Saludfallece.La Notificación es responsabilidad del Jefe de Recursos Humanos o elque haga sus veces, llenando el Formulario N'1 "Notificación deAccidentes Mortales e Incidentes Peligrosos" el cual se efectúa medianteel aplicativo electrónico del portal del Ministerio de Trabajo y Promocióndel Empleo (SAT), así mismo deberá dar parte al Sub Comité o Comité deSeguridad y Salud en el Trabajo y a la Alta Dirección dentro de las 24horas de haber ocurrido el hecho.

• CASO 3: El Servidor Penitenciario como producto de un accidente laboral,es atendido (primeros auxilios) para luego ser trasladado a un Centro deSalud donde posteriormente fallece.La Notificación es responsabilidad del Centro de Salud llenando elFormulario N'1 "Notificación de Accidentes Mortales e IncidentesPeligrosos" el cual se efectúa mediante el aplicativo electrónico del portaldel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (SAT), dentro de las 24horas, así mismo el Jefe de RRHH o quien haga sus veces deberá darparte al Sub Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y a la AltaDirección.

En la dependencia que no cuente con Jefe de Recursos Humanos o enausencia de este, será el responsable de la dependencia en el momentoque ocurra el hecho, quien realice la notificación de accidentes mortales oincidentes peligrosos.

NOTA: Art. 112' En aquellas zonas geográficas donde no exista acceso ainternet con carácter excepcional la notificación ... , los referidos formuladosson remitidos por los empleadores y los centros médicos asistenciales, enforma impresa y debidamente completados a la autoridad adminístrativa deTrabajo de su jurisdicción, dentro de los plazos y términos establecidos en elReglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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b) NOTIFICACION DE ACCIDENTES DE TRABAJO MORTALES EINCIDENTES PELIGROSOS (Según Formato N"1. del D.S. N"012-2014-TR)

Flujograma Na02

INCIDENTE PELIGROSO I

D¿ATENCION DELTRABAJADOR?(PRIMEROSAUXILIOS)

Jefe de RRHH o quienhaga sus veces

NOTIFICA EL INPEFormulario N° 01 Jefe deRRHH o quien haga sus

veces

NOTIFICAR - ALMINISTERIO DE

TRABAJO (24 horas)

Dar parte el Sub comité oComité de SST y a la AltaDirección del INPE, dentro

de las (24 horas)

• INCIDENTES: El Servidor Penitenciario como producto de un incidentelaboral, es atendido (primeros auxilios) para luego ser trasladado a unCentro de Salud de ser el caso.La Notificación es responsabilidad del Jefe de RRHH o quien haga susveces llenando el Formulario W1 "Notificación de Accidentes Mortales eIncidentes Peligrosos" el cual se efectúa mediante el aplicativo electrónicodel portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (SAT). dentrode las 24 horas, así mismo el Jefe de RRHH o quien haga sus vecesdeberá dar parte al Sub Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y a laAlta Dirección del INPE.

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En la dependencia que no cuente con Jefe de Recursos Humanos o enausencia de este, será el responsable de la dependencia en el momentoque ocurra el hecho, quien realice la notificación de accidentes mortales oincidentes peligrosos.

5.2 IMPLEMENTAR UN REGISTRO

El Jefe de Recursos Humanos de la dependencia deberá llevar un registro delas Notificaciones realizadas, que deberá informar en caso de muerte dentrode las 24 horas.

El Jefe del Equipo de Recursos Humanos de la Oficina Regional deberáconsolidar la información de todas las notificaciones de accidentes laboralesde todas las dependencias de su jurisdicción, para remitirlo cada 30 dias a laUnidad de Recursos Humanos de la Sede Central; Asi mismo dará parte alSub Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

La Unidad de Recursos Humanos de la Sede Central deberá dar parte alComité de Seguridad y Salud en el Trabajo para el análisis y evaluaciónrespectiva.

5.3 SUPERVISION

Los Jefes de Recursos Humanos de las Oficinas Regionales deberánsupervisar que los encargados de Recursos Humanos en las dependenciascumplan con los procedimientos para la Notificación.

5.4 SUPERVISION POR LOS INSPECTORES LABORALES

Los Jefes de Equipo de Recursos Humanos de las Oficinas Regionales,deberán instruir a los Jefes de Recursos Humanos de las dependenciasconexas que están obligados de prestar inmediata colaboración cuando seansupervisados por los inspectores laborales de la Superintendencia Nacionalde Fiscalización Laboral (SUNAFIL) del Ministerio de Trabajo, acreditadosoficialmente para inspeccionar o de oficio realizan la supervisión, fiscalizaciónen cumplimiento con sus funciones.

RESPONSABILIDADES

6.1 El Jefe de Recursos Humanos, es responsable administrativo de la ejecucióndel flujograma de Notificación de los Accidentes Mortales e IncidentesPeligrosos al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Asi como darparte a la Alta Dirección y al Comité o Sub Comités de Seguridad y Salud en elTrabajo, según jurisdicción, en plazos establecidos por norma.

6.2 Los Directores o Jefes, de las diferentes dependencias del INPE, tiene eldeber de colaborar con los Centros Médicos Asistenciales, para facilitarinformación a su disposición, que sea necesaria para que estos últimoscumplan con la notificación a su cargo.

6.3 Los Jefes de Recursos Humanos, informarán y coordinarán con losmiembros del Comité o Sub -Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo para

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realizar la investigación correspondiente del Accidente Mortal o IncidentePeligroso.

6.4 El Comité o Sub-Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo, deberáinformar la investigación de cada accidente mortal o incidente peligroso y lasmedidas correctivas adoptadas dentro de los diez (10) días de ocurrido a laAlta Dirección del INPE.

La comunicación se dará por hecha, con la confirmación de la recepción delcorreo electrónico o mensaje de texto y deberá estar registrado en el cuadernode ocurrencias de la dependencia.

6.5 Los Jefes de las dependencias, donde pertenezcan los miembros del Comitéo Sub -Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo, deberán brindar lasfacilidades, y

6.6 Los Directores de las Unidades Ejecutoras, deberán proporcionar losrecursos necesarios para el cumplimiento de su función, a fin de cumplir con loestablecido en el inciso r.2) del artículo 42° del Reglamento de la Ley deSegurídad y Salud en el Trabajo - Ley N° 29783.

6. ANEXOS

• ANEXO N° 01: Formulario N° 01 Notificación de Accidentes Mortal e IncidentesPeligrosos y sus códigos respectivos.

• ANEXO N" 02: Tabla de Códigos.

• ANEXO N" 03: 0.5. N° 005-2013-TR, Reglamento de seguridad y salud en el trabajo.

pág. 1]

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PERÚMlnlstenode Justiciay Derechos Humanos

FORMUlARIO N" 1

Instituto NacionalPenitenciario

AÑO

NonFlCAClóN DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO MORTAlES E INCIDENTES PEUGROSOS

MES

AVISO DE A(D0EN1t MORTAl IAn. 1111

MARCAR CON UNA {)() EN LO QUE CORRESPONDA (Pal"il ser llenado Ilenad(l por el Emplndor)

1. fEGiA OE PRESENTACiÓN

o1 I 1

OlA MES ANO

AVISO DE INOOEHJE POJGRClSO 1Art. llr) ol. DA TOS DE lA EMPRESA USUARIA (DONDE SE EJEarr A lAS I.ABOR[S)

2.RUC

DIIII_~rnLlENAR EN CASO DE MINERÍA

3.A NOMBRE Di LA CONCESIÓN MINERA vIO UEA

l. OENOMlNAOÓN SOOAl

I ~

CÓDIGO CONCESlÓN MINERA

LlENAR ENCASO DE HIDROCARBUROS ÚQUIDOS Y GAS NATURAl

I ,. CÓDIGO OS'N"GMIN

4. TAMAÑO OE EMPRESA (TABLA N'1}

REGISTRO DGH

~. AC1WIDAD ECONÓMICA PRINCIPAl lOETAlL'R)

I

S. DOMICILIO PRINOPAL

I6. OEPARTAMEHTO

I

10. N' DE TRABAJAOORESM I I f

7. PROVINCIA

I'---------~

11. 'OO. PROV. Y N" TllÉFONO

I I I I

B. DISTRITO

I'-----------~OIU Ir ABLA N'2J

1 1 I

UBlGEO (no lI~r)

I I I 1 1

ER (no 11•.••• ')

I

n. DATOS Da (MJlUAOOR (Al QUE PERTEN£CI: nTRA8A1ADORI

12. RUe

1 1

LLENAR EN CASO O£ ""INERIA

13..A NOMBRE DE LA CONCESIÓN MINERA YIO UEA

llENAA EN CASO DE HIDROCARBUROS LÍQUIDOS Y GAS NATURAL

1" ·CÓDIGO OSlNERGM'N

14_TAMAÑO DE EMF>RESA(TABLA N°l)

15. DOMICILIO PRINCIPAL

1 ------------'

13. OENQMINAQÓN $OClAJ.

1'-------------------'

CÓDIGO CONCESiÓN MINERA

REGISTRO OGH

19. ACTNlOAD ECONÓMICA PRINCIPAl (DETALLAR)

I'- ----------------------~

16. DEPARTAMENTO

I'-----------~

20. N' DE TRABAJAOORE.S

M I~__~ '

17_ PRO'lINOA

I'- -----~

21. CÓO. PRal,/'. " N' TEL!FONO

I

18. DISTRITO

I-----------~ello nABlA N"21

1 1 I

UBIGfO (no llen~rJ

1 1 1 1 1

ER (no 111Hl~r)

I'- -~

pág.. 12

Page 15: rd 165-2016

...-".- -...PERÚ

Ministeriode Justiciay Derechos Humanos

Instituto NacionalPenitenciario

10. OATOS DR TRABA1ADOR AalDENTAOO (SOlD PARA R CASO DE AalDENTE MORTALI

22.0NI¡a.

I I23AAPEUlOOS

I23.6 NOMBRES

I24. DOMICIlIO

I25.DEPARTAJAENTO 26. PROVlNOA

I27. DISTRITO UB1GEO (no IIeMrl

I I I I I28. eóo. PROV. y N' TELÉFONO

I I I I

39. TIPO DEl ACOOENTE (TABlA N'4)

41. DESCRIPCiÓN DEL ACCIDENTE MORTAL

29. CATEGORÍA OOJPACIONAL (TABLA N' 3)

IH.EDAD 34.SCTR

CD I SI I NO

38. GÉNERO

MD , D

32. EPS

I31. ESSALUO

I

40_ AGENTI CAUSANTE (TABLA N'S)

37. LUGAR DEL ACCIDENTE

I

30. ASEGURADO

I SI I NO I36.. HORA DEL AcaOENTE

I I IH MM

35. FECHA DEl ACClOENTE

I I I I I 1 IOlA MES ANO

IV. DATOS DEL INOOENTI PRlGROSO

45. DESCRIPCiÓN DEllNClOENTI PEUGROSO:

42. FECHA

I I I! 1OlA MES ANO

43. HORA D£L ACCIDENTE

I I IH MM

44. nPO DE INCIDENTE PEUGROSO (TABLA W 9)

I

46. SOLO PARA EL CASO DE EMPRESAS SUPERVISADAS POR OSINERGMJN

DAÑOS MATERIALES:

CUANTIFICACIÓN PRELIMINAR DAÑOS (u.s.SI:

pago 13

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ANEXO N" 02

TABLA DE CÓDIGOS

TABLA 1 TAMAÑO DE lA EMPRESA1 Microempresa2 Pequeña Empresa3 Mediana Empresa4 Gran Empresa5 Instituciones del Estado6 Mineria Artesanal7 Pequeña Minería8 Mediana y Gran Mineria

nABLA 2 ACTIVIDAD ECONOMICA DE lA EMPRESAA AgriculturaB PescaC Minas y CanterasO ManufacturaE Electricidad, Gas y AguaF ConstrucciónG ComercioH Hoteles y RestaurantesI Transporte, Almacenamiento y ComunicacionesJ Intermediación FinancieraK Activ. lnmob. Empresariall Administración Pública y DefensaM EnseñanzaN Servicios Sociales y de SaludO Servicio

;rABlA 3 CATEGORIA OCUPACIONAL1 Funcionario2 Empleado3 Jefe de Planta4 Capataz5 Técnico6 Operario7 Oficial8 Peón9 Otros

TABLA 4 TIPO DEL ACCIDENTE1 Caídas de personas11 Caidas de personas con desnivelación [ca idas desde alturas (árboles, edificios, andamios,

escaleras, máquinas de trabajo, vehiculos) y en profundidades (pozos, fosos,excavaciones, aberturas en el suelo)]

12 Caídas de personas que ocurren al mismo nivel2 Caídas de objetos21 Derrumbe (caídas de masas de tierra, de rocas, de piedras, de nieve)22 Desplome (de edificios, de muros, de andamios, de escaleras, de pilas de mercancias)23 Ca idas de objetos en curso de manutención manual24 Otras caídas de objetos

3 Pisadas sobre, choques contra, o golpes por objetos, a excepcíón de caídas de objetos31 Pisadas sobre objetos32 Choques contra objetos inmóviles (a excepción de choques debidos a una ca ida anterior)33 Choque contra objetos móviles34 Golpes por objetos móviles (comprendidos los fragmentos volantes y las partículas), a

excepción de los golpes por objetos que caen4 Atrapada por un objeto o entre objetos

pág. 14

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41 Atrapada por un objeto42 Atrapada entre un objeto inmóvil y un objeto móvil43 Atrapada entre dos objetos móviles (a excepción de los objetos volantes o que caen)

5 Esfuerzos excesivos o falsos movimientos51 Esfuerzos fisicos excesivos al levantar objetos52 Esfuerzos fisicos excesivos al empujar objetos o tirar de ellos53 Esfuerzos fisicos excesivos al manejar o lanzar objetos54 Falsos movimientos

6 Exposición a, o contacto con, temperaturas extremas61 Exposición al calor (de la atmósfera o del ambiente de trabajo)62 Exposición al frio (de la atmósfera o del ambiente de trabajo)63 Contacto con sustancias u objetos ardientes64 Contacto con sustancias u objetos muy fríos

7 Exposición a, o contacto con, la corriente eléctrica8 Exposición a, o contacto con, sustancias nocivas o radiaciones81 Contacto por inhalación, por ingestión o por absorción con sustancias nocivas82 Exposición a radiaciones ionizantes83 Exposición a otras radiaciones

9 Otras formas de accidente, no clasificadas bajo otros epigrafes, incluidos aquellosaccidentes no clasificados por falta de datos suficientes

TABLA 5 AGENTE CAUSANTE1 Máquinas11 Generadores de energia, excepto motores eléctricos:

111 Máquinas de vapor112 Máquinas de combustión interna119 Otros

12 Sistemas de transmisión:121 Arboles de transmisión122 Correas, cables, poleas. cadenas, engranajes129 Otros

13 Máquinas para el trabajo del metal:131 Prensas mecánicas132 Tomos133 Fresadoras134 Rectificadoras y muelas135 Cizallas136 Forjadoras137 Laminadoras139 Otras

14 Máquinas para trabajar la madera y otras materias similares:141 Sierras circulares142 Otras sierras143 Máquinas de moldurar144 Cepilladoras149 Otras

15 Máquinas agricolas:151 Segadoras, incluso segadoras-trilladoras152 Trilladoras159 Otras

16 Máquinas para el trabajo en las minas161 Máquinas de rozar169 Otras

19 Otras máquinas no clasificadas bajo otros epigrafes:191 Máquinas para desmontes, excavaciones, etc., a excepción de los medios de transporte192 Máquinas de hilar, de tejer y otras máquinas para la industria textil193 Máquinas para la manufactura de productos alimenticios y bebidas194 Máquinas para la fabricación del papel195 Máquinas de imprenta199 Otras

pág. 15

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2 Medios de transporte y de manutención21 Aparatos de izar:

211 Grúas212 Ascensores, montacargas213 Cabrestantes214 Poleas219 Otros

22 Medios de transporte por via férrea:221 Ferrocarriles interurbanos222 Equipos de transporte por via férrea utilizados en las minas, las galerias, las canteras,

los establecimientos industriales, los muelles, etc.229 Otros

23 Medios de transporte rodantes, a excepción de los transportes por via férrea:231 Tractores232 Camiones233 Carretillas motorizadas234 Vehiculos motorizados no clasificados bajo otros epigrafes235 Vehiculos de tracción animal236 Vehiculos accionados por ia fuerza del hombre239 Otros

24 Medios de transporte por aire25 Medios de transporte acuático:

251 Medios de transporte por agua con motor252 Medios de transporte por agua sin motor

26 Otros medios de transporte:261 Transportadores aéreos por cable262 Transportadores mecánicos a excepción de los transportadores aéreos por cable269 Otros

3 Otros aparatos31 Recipientes de presión:

311 Calderas312 Recipientes de presión sin fogón313 Cañerías y accesorios de presión314 Cilindros de gas315 Cajones de aire comprimido, equipo de buzo319 Otros

32 Hornos, fogones, estufas:321 Altos homos322 Hornos de refineria323 Otros hornos324 Estufas325 Fogones

33 Plantas refrigeradoras34 Instalaciones eléctricas, incluidos los motores eléctricos pero con exclusión de las

herramientas eléctricas manuales:341 Máquinas giratorias342 Conductores y cabies eléctricos343 Transformadores344 Aparatos de mando y de control349 Otros

35 Herramientas eléctricas manuales36 Herramientas, implementos y utensilios, a excepción de las herramientas eléctricas

manuales:361 Herramientas manuales accionadas mecánicamente a excepción de las herramientas

eléctricas manuales362 Herramientas manuales no accionadas mecánicamente369 Otros

37 Escaleras, rampas móviles

pág. 16

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38 Andamios39 Otros aparatos no clasificados bajo otros epigrafes4 Materiales, sustancias y radiaciones41 Explosivos42 Polvos, gases, liquidas y productos quimicos, a excepción de los explosivos:

421 Polvos422 Gases, vapores, humos423 Liquidas no clasificados bajo otros epígrafes424 Productos quimicos no clasificados bajo otros epigrafes429 Otros

43 Fragmentos volantes44 Radiaciones:

441 Radiaciones ionizantes449 Radiaciones de otro tipo

49 Otros materiales y sustancias no clasificados bajo otros epigrafes5 Ambiente del trabajo51 Exterior:

511 Condiciones climáticas.512 Superficies de tránsito y de trabajo513 Agua519 Otros

53 Interior:521 Pisos522 Espacios exiguos523 Escaleras524 Otras superficies de tránsito y de trabajo525 Aberturas en el suelo y en las paredes526 Factores que crean el ambiente (alumbrado, ventilación, temperatura, ruidos, etc.)529 Otros

54 Subterráneos:531 Techados y revestimientos de galerias, de túneies, etc.532 Pisos de galerias, de túneles, etc.533 Frentes de minas, túneles, etc.534 Pozos de minas535 Fuego536 Agua539 Otros

6 Otros agentes no clasificados bajo otros epigrafes61 Animales:

611 Animales vivos612 Productos de animales

69 Otros agentes no clasificados bajo otros epigrafes7 Agentes no clasificados por falta de datos suficientes

TABLA 6 PARTE DEL CUERPO AFECTADA1 REGiÓN CRANEANA (CRÁNEO, CUERO CABELLUDO)2 OJOS (CON INCLUSiÓN DE LOS PÁRPADOS, LA ÓRBITA y EL NERVIO ÓPTICO) BOCA(CON INCLUSiÓN DE LABIOS, DIENTES Y LENGUA)

3 CARA (UBICACiÓN NO CLASIFICADA EN OTRO EPIGRAFE)4 NARIZ Y SENOS PARANASALES5 APARATO AUDITIVO6 CABEZA. UBICACIONES MÚLTIPLES7 CUELLO8 REGiÓN CERVICAL9 REGiÓN DORSAL10 REGiÓN LUMBOSACRA (COLUMNA VERTEBRAL Y MUSCULAR ADYACENTES) TÓRAX

(COSTILLAS, ESTERNÓN)11 ABDOMEN (PARED ABDOMINAL)12 PELVIS13 TRONCO, UBICACIONES MÚLTIPLES

p<Íg. 17

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14 HOMBRO (INCLUSiÓN DE CLAVíCULAS, OMOPLATO Y AXILA)15 BRAZO16 CODO17 ANTEBRAZO18 MUÑECA19 MANO (CON EXCEPCiÓN DE LOS DEDOS SOLOS)20 DEDOS DE LA MANO21 MIEMBRO SUPERIOR, UBICACIONES MÚLTIPLES22 CADERA23 MUSLO24 RODILLA25 PIERNA26 TOBILLO27 PIE (CON EXCEPCiÓN DE LOS DEDOS)28 DEDOS DE LOS PIES29 MIEMBRO INFERIOR, UBICACIONES MÚLTIPLES30 APARATO CARDIOVASCULAR EN GENERAL31 APARATO RESPIRATORIO EN GENERAL32 APARATO DIGESTIVO EN GENERAL33 SISTEMA NERVIOSO EN GENERAL34 MAMAS35 APARATO GENITAL EN GENERAL36 APARATO URINARIO EN GENERAL37 SISTEMA HEMATOPOYÉTICO EN GENERAL38 SISTEMA ENDOCRINO EN GENERAL39 PIE (SOLO AFECCIONES DÉRMICAS)40 APARATO PSíQUICO EN GENERAL41 UBICACIONES MÚLTIPLES, COMPROMISO DE DOS O MAS ZONAS AFECTADAS

ESPECIFICADAS EN LA TABLA42 ÓRGANO, APARATO O SISTEMA AFECTADO POR SUSTANCIAS QUfMICAS

PLAGUICIDAS43 OTROS

iTABLA 7 NATURALEZA DE LA LESIONCODlGO DESCRIPCION

'" 1 ESCORIACIONES1, 2 HERIDAS PUNZANTES:: 3 HERIDAS CORTANTES

4 HERIDAS CONTUSAS (POR GOLPES O DE BORDES IRREGULAR)5 HERIDA DE BALA6 HERIDA DE TEJIDOS7 CONTUSIONES8 TRAUMATISMOS INTERNOS9 TORCEDURAS Y ESGUINCES10 LUXACIONES11 FRACTURAS12 AMPUTACIONES13 GANGRENAS14 QUEMADURAS15 CUERPO EXTRAÑO EN OJOS16 ENUCREACIÓN (PÉRDIDA OCULAR)17 INTOXICACIONES18 INTOXICACIONES POR PLAGUICIDAS19 ASFIXIA20 EFECTOS DE ELECTRICIDAD21 EFECTOS DE LAS RADIACIONES22 DISFUNCIONES ORGÁNICASO OTROS

púg. IX

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nABLA 8 ENFERMEDAD PROFESIONAL U OCUPACIONALNTS.068-MINSAlDGSP -V.1 APROBADA MEDIANTE R.M.N° 480-2008/ MINSA y SUMODIFICATORIACODIGO DESCRIPCION1 ENFERMEDADES PROFESIONALES CAUSADAS POR AGENTES QUíMICOS2 ENFERMEDADES PROFESIONALES CAUSADAS POR AGENTES FíSICOS3 ENFERMEDADES PROFESIONALES CAUSADAS POR AGENTES BIOLÓGICOS4 ENFERMEDADES PROFESIONALES CAUSADAS POR INHALACION DE SUSTANCIAS YAGENTES NO COMPRENDIDAS EN OTROS APARTADOS

5 ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA PIEL CAUSADAS POR SUSTANCIAS YAGENTES NO COMPRENDIDOS EN ALGUNO DE LOS OTROS APARTADOS

6 ENFERMEDADES PROFESIONALES CAUSADAS POR AGENTES CARCINOGÉNICOS7 OTRAS

iTABLA 9 INCIDENTE PELIGROSOCODIGO DESCRIPCION1 ATRAPAMIENTO SIN DAÑO (DENTRO, FUERA, ENTRE, DEBAJO)2 CArDA DE UN ASCENSOR3 CArDAS DE CABLES DE ALTA TENSiÓN - CONTACTO DE MAQUINARIAS O PARTE DEELLAS CON CABLES DE ALTA TENSiÓN

4 CArDAS DE CARGAS IZADAS (CONTENEDORES, PAQUETES DESCARGAS, ETC)5 CHOQUE DE VEHíCULOS DE TRABAJO6 DERRAME, ESCAPES, FUGAS DE MATERIALES PELIGROSOS (Corrosivos, Reactivos,Explosivos, Tóxicos, Inflamable, Biológicos patógenos)

7 DERRUMBE DE UNA CONSTRUCCiÓN8 DERRUMBE DE UNA MINAg DERRUMBES (ZANJAS, TALUDES, CALZADURAS, EXCAVACIONES DE TERRENOS ENGENERAL, ETC)

10 DESASTRES DE ORIGEN ANTROPOGÉNICO (AÉREO, MARíTIMO)11 DESASTRES DE ORIGEN NATURAL (SISMOS, FLUVIALES, PLUVIALES, TERRESTRE)12 DESPLOMES ESTRUCTURAS, INSTALACIONES, PRODUCTOS ALMACENADOS13 DESPRENDIMIENTO DE ROCAS14 EPIDEMIAS /INTOXICACIONES MASIVAS15 EXPLOSIONES16 INCENDIOS17 INCURSIONES TERRORISTAS/ATENTADOS/SABOTAJES18 SITUACIONES DE CONMOCiÓN CIVIL / MOTINES19 TORMENTAS ELÉCTRICAS INUSUALES20 VOLCADURA CON EXPLOSIVOS SIN PREVIO AVISO21 VOLCADURA DE BOTELLAS PRESURIZADAS22 OTROS

pág. 19

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ANEXO N" 03REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

(D.S. N° 005-2013-TR)La notificación se efectúa mediante el aplicativo electrónico puesto a disposición, del portalinstitucional del MTPE. Se entiende que el AVISO DE ACCIDENTE DE TRABAJO MORTAL(Art. 1120) y, AVISO DE INCIDENTE PELIGROSO (Art.112') serán notificados al Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo dentro de las 24 horas de ocurrido o conocido ei hecho.NOTIFICACiÓN DEL ACCIDENTE MORTAL O INCIDENTE PELIGROSOAño.- Se registra el año correspondiente al periodo de registro.Mes.- Se registra el mes en que ingresa los formatos por parte del empleador al Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo.DE ACUERDO AL PROCEDIMIENTO QUE EL EMPLEADOR ESTÉ INFORMANDO, SEMARCARÁ CON UNA (X) EN EL CASILLERO QUE CORRESPONDA.Aviso Accidente de Trabajo Mortal (Art. 110° - Art. 112°).- Los empleadores de todos losSectores de la Actividad Económica están obligados a notificar al Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo todos los accidentes de trabajo mortales, dentro de las 24 horas deocurrido el hecho, utilizando el Formulario N° 01 indicado en el Anexo 01 del presenteReglamento. (Según corresponda).Accidente Mortal.- Suceso cuyas lesiones producen la muerte del trabajador.Aviso de Incidente Peligroso (Art. 110° - Art. 112°).- En caso de un incidente peligroso queponga en riesgo la salud y la integridad fisica de los trabajadores y la pobiación, deberá sernotificado por el empleador al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. (Segúncorresponda).Incidente Peligroso.- Todo suceso potencialmente riesgos o que pudiera causar lesiones oenfermedades a las personas en su trabajo o a la población.Reporte de Información con labores bajo tercerización (Art. 83° de la Ley N° 29783).- Laentidad empleadora que contrate obras, servicios o mano de obra proveniente de cooperativasde trabajadores, de empresas de servicios, de contratistas y subcontratistas, asi como de todainstitución de intermediación con provisión de mano de obra, es responsable de notificar alMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo los accidentes de trabajo, incidentes peligrosos ylas enfermedades profesionales, bajo responsabilidad.1. FECHA DE PRESENTACIÓN.- Se registra a 2 digitos el dia, mes y año el ingreso alMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo de la notificación de Accidente Mortal (Art.1100) ó Aviso de Incidente Peligroso (Art 1100) para el trámite correspondiente.1. DATOS DE LA EMPRESA USUARIA (DONDE EL TRABAJADOR EJECUTA SUSLABORES)2. RUC.- Se registra correctamente los 11 digitos que tiene el Registro Único delContribuyente.3. DENOMINACiÓN SOCIAL.- Entendiéndose ésta como la denominación que se da a unapersona juridica al momento de constituirse. Esta variable va ligada al concepto de centro detrabajo como el lugar o lugares donde se encuentran las instalaciones de la empresa que lepermite desarrollar su actividad empresarial productiva y/o de servicios y, donde el trabajadorpresta sus servicios especificamente, por lo que es importante que el campo estécorrectamente llenado.4. TAMAÑO DE LA EMPRESA.- Se coloca el código que corresponde al tamaño de laempresa. Para ello se utiliza la tabla N° 1.5. DOMICILIO PRINCIPAL.- Se registra la dirección correcta de las Oficinas Centrales y/o delCentro de Trabajo.6. DEPARTAMENTO.- Se registra el nombre del Departamento/Región donde se ubica elCentro de Trabajo.7. PROVINCIA.- Se registra el nombre de la Provincia donde se ubica el Centro de Trabajo.8. DISTRITO.- Se registra el nombre del Distrito donde se ubica el Centro de Trabajo.Es importante que se registre correctamente e/ dato que corresponda. La omisión de estos,impedirá codificar /a Ubicación Geográfica UBIGEO de forma automática.UBtCACtÓN GEOGRÁF/CA (UB/GEO),- Es una cadena de 6 digitos: los 2 primeros se refierenal departamento, los 2 siguientes a la provincia y los 2 últimos al distrito. No lo registra elusuado.9. ACTIVIDAD ECONÓMICA.- Se refiere al tipo de producción o comercialización de bienes oprestación de servicios que realiza la empresa. Es de vital importancia que se precise con todaclaridad a qué se dedica la empresa. (Ver Tabla N° 2)

pago 20

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CLASIFICACiÓN INTERNACIONAL INDUSTRIAL UNIFORME DE TODAS LASACTIVIDADES ECONÓMICAS (CIIU).- Código que se asigna a la actividad económica querealiza la empresa (4 dígitos).EMPRESA DE ALTO RIESGO (ER).- Es el código adicional que se le asigna al Código deActividad Económica (CIIU). Su codificación es a (1) dígito. (Ver Clasificador de Actividades deAlto Riesgo). No lo registra el usuario.10. N° DE TRABAJADORES.- Está referido al número de trabajadores que tiene la empresa,por lo que se deberá registrar el número de estos, desagregándolo por sexo (masculino ofemenino).11. TELEFONO.- Se registra el número telefónico de la empresa. Considerando los códigos(3dígitos) que anteceden al número para la cobertura a Nivel Nacional.11. DATOS DEL EMPLEADOR (AL QUE PERTENECE EL TRABAJADOR)12. REGISTRO ÚNICO DEL CONTRIBUYENTE (RUC).- Se registra correctamente los 11dígitos que tiene el Registro Único del Contribuyente.13. DENOMINACiÓN SOCIAL.- Entendiéndose ésta como la denominación que se da a unapersona jurídica al momento de constituirse. Esta variable va ligada al concepto de centro detrabajo como el lugar o lugares donde se encuentran las instalaciones de la empresa que lepermite desarrollar su actividad empresarial, productiva y I o de servicios y donde el trabajadorpresta sus servicios, por lo que es importante que el campo esté correctamente llenado.14. TAMAÑO DE LA EMPRESA.- Se coloca el código que corresponde al tamaño de laempresa. Ver Tabla N° 115. DOMICILIO PRINCIPAL.- Se registra la dirección correcta de la Sede Principal del Centrode Trabajo.16. DEPARTAMENTO.- Se registra el nombre del Departamento (Región) donde se ubica elCentro de Trabajo.17. PROVINCIA.- Se registra el nombre de la Provincia donde se ubica el Centro de Trabajo.18. DISTRITO.- Se registra el nombre del Distrito donde se ubica el Centro de Trabajo.Es importante que se registre correctamente el dato que corresponda.La omisión de estos, impedirá codificar la Ubicación Geográfica UBIGEO.UBICACiÓN GEOGRÁFICA (UBIGEO).- Es una cadena de 6 dígitos: los 2 primeros se refierenal departamento, los 2 siguientes a la provincia y los 2 últimos al distrito. No lo registra elusuario.19. ACTIVIDAD ECONÓMICA.- Se refiere al tipo de producción o comercialización de bienes oprestación de servicios que realiza la empresa. Es de vital importancia que se precise con todaclaridad a qué se dedica la empresa. (Ver Tabla N° 2)CLASIFICACiÓN INTERNACIONAL INDUSTRIAL UNIFORME DE TODAS LASACTIVIDADES ECONÓMICAS (CIIU).- Código que se asigna a la actividad económica querealiza la empresa (4 digitos).EMPRESA DE ALTO RIESGO (ER).- Es el código adicional que se le asigna al Código deActividad Económica (CIIU). Su codificación es a (1) dígito. (Ver Clasificador de Actividades deAlto Riesgo). No lo registra el usuario.20. N° DE TRABAJADORES.- Está referido al número de trabajadores que tiene la empresapor lo que se deberá registrar de manera precisa el número de trabajadores, desagregándolopor sexo si se contara con esta información.21. CÓD.PROV. Y TELÉFONO.- Se considera los códigos (3digitos) que anteceden al númeropara la cobertura a Nivel Nacional yel número telefónico de la empresa.111.DATOS DEL TRABAJADOR ACCIDENTADO (en caso de tratarse de accidente mortal)22. DNI I CE.- Registrar el número del documento de identidad (DNi) o carné de extranjería(CE), según corresponda.23. A APELLlDOS.- Registrar el apellido paterno y apellido materno del trabajador.23. B NOMBRES.- Registrar los nombres del trabajador.24. DOMICILlO.- Se registra la dirección correcta del trabajador o del lugar designado por éste.25. DEPARTAMENTO.- Se registra el nombre del Departamento donde se ubica el Centro deTrabajo.26. PROVINCIA.- Se registra el nombre de la Provincia donde se ubica el Centro de Trabajo.27. DISTRITO.- Se registra el nombre del Distrito donde se ubica el Centro de Trabajo.Es importante que se registre correctamente el dato que corresponda. La omisión de estos,impedirá codificar la Ubicación Geográfica UBIGEO.UBICAC/ÓN GEOGRÁFICA (UBIGEO).-Es una cadena de 6 digitos: los 2 primeros se refieren al departamento, los 2 siguientes a laprovincia y los 2 últimos al distrito. No lo registra el usuario.

p<Íg.21

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28. TELÉFONO.- Se registra el número telefónico de la empresa. Considerando los códigos(3dígitos) que anteceden al número para la cobertura a Nivel Nacional.29. CATEGORíA OCUPACIONAL (Ver Tabía N° 03).- Se registra el código que corresponda,según tabla NO03.30. ASEGURADO.- Marcar con una (X) 511 NO.31. AFILIADO A ESSALUD.- Se registra con una X si el trabajador está afiliado a Essalud.32. AFILIADO A EPS.- Se regístra con una X si el trabajador está afiliado alguna EPS.33. EDAD.- Se registra la edad exacta del trabajador.34. SCTR.- Es el número de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo si es que sedispone.35. FECHA DEL ACCIDENTE.- Registrar el dia, mes, y año de ocurrido el accidente (a 2dígitos). Ejemplo: 01-05-10.36. HORA.- Registrar la hora en que ocurrió el accidente mortal (a 2 dígitos). Ejemplo: OS.20am120.45pm.37. LUGAR DEL ACCIDENTE.- Es el lugar exacto de la edificacíón, instalaciones o recintodonde ocurrió el accidente mortal. Ejemplo: Zona de Almacenamiento de Materiales, Nave 4 dela Molienda, etc.38. GÉNERO.- Se marca con una (X) en lo que corresponda: Masculino IFemenino.39. TIPO DE ACCIDENTE (TABLA N° 04).- Se registra el código que corresponda, según tablaN° 04.40. AGENTE CAUSANTE (TABLA N° 05).- Se registra el código que corresponda, según tablaN° 05.41. DESCRIPCION DEL ACCIDENTE MORTAL.- Se registra una breve descripción de loshechos que dieron origen al accidente mortal.IV. DATOS DEL INCIDENTE PELIGROSO42. FECHA DEL INCIDENTE PELlGROSO.- Registrar el dia, mes, y año de ocurrido elincidente peligroso (a 2 dígitos). Ejemplo: 13-06-13.43. HORA DEL INCIDENTE PELlGROSO.- Registrar la hora en que ocurrió el incidentepeligroso (a 2 dígitos). Ejemplo: 08.20 am 120.45 pm44. TIPO DE INCIDENTE PELlGROSO.- Se registra el código que corresponda, según tablaNO 08.45. DESCRIPCiÓN DEL INCIDENTE PELlGROSO.- Se describe en detalle el incidentepeligroso. Que la descripción responda a las siguientes preguntas: ¿Qué ocurrió?, ¿Cómo?,¿Dónde?, ¿Qué o quiénes pudieron afectarse?46. Para el caso de las empresas supervisadas por OSINERGMIN, se deberá agregar losdaños materiales (cuantificables en US$, incluir y especificar daños a terceros) y lacuantificación preliminar de los daños.

pág. 22