-*)k BOGOT1 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORIA DEL ESPACIO PÚBLICO Al contestar cite este número: Radicado DADEP No. 20203020143511 *2020302014351:1* Bogotá D.C, 26-12-2020 SAI 300 POR VENTANILLA Señor ANÓNIMO SIN DIRECCIÓN Ciudad REFERENCIA: RADICADO DADEP 20204080161012 del 16 - 12 - 2020 - SDQS 3530:722020 ASUNTO: INVASIÓN DE ESPACIO PÚBLICO Cordial Saludo: Este Departamento Administrativo acusa recibo de la presente comunicación, en la que manifiesta invasión del, espacio público por cerramiento del parque ubicado en la calle 146 F No.73 A -08 Barrio El Plan de la Localidad de Suba, frente a su queja le informamos lo siguiente: El Departamento Aciministr tivo de la Defensoría del Espacio 'Público, hace parte de la estructura orgánica y admi strativa de Bogotá D.C., y obra estrictamente en desarrollo de funciones y competenci puramente administrativas, de acuerdo con sus funciones plena y claramente estable das en el Acuerdo 18 de 1999, dentro del cual se nos señaló como misión la de "contribuir al mejoramiento de la calidad de vida en Bogotá D. C, por medio de una eficaz defensa del espacio público, de una óptima administración del patrimonio inmobiliario de l ciudad y de la construcción de una nueva cultura del Espacio Público que garantice SU usa y disfrute común y estimule la participación comunitaria". Revisado el Sistema de información Geográfica de la Defensoría del Espacio Público - SIGDEP - y el Sistema de Información de Espacio Público - SIDEP - la dirección aportada, se encuentra incorporada en el Registro Único de Propiedad Inmobiliaria con RUPI 3316-2 con su red de andenes de propiedad de Bogotá Distrito Capital, uso nivel uno Zonas Viales, uso nivel dos Vías Vehiculares, colinda con el parque, por lo tanto el cerramiento son actos irregulares contrarios a la normatividad urbanística vigente que conllevan medidas correctivas de acuerdo a la Ley 1801 de 2016, lo cual pone en riesgo la tranquilidad y buen uso de la comunidad del sector por esta razón damos traslado de su queja a la Alcaldía Carrera 30 # 25 - 90 Piso 15 PBX: (+571) 382 2510 1 Atención a la ciudadanía:1150 7062 Línea gratuita 018000127700 1 Línea 195 1A/b1/1, rlAripn nnv rn
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-*)k BOGOT1
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA
DEFENSORIA DEL ESPACIO PÚBLICO
Al contestar cite este número: Radicado DADEP No. 20203020143511
*2020302014351:1* Bogotá D.C, 26-12-2020 SAI 300 POR VENTANILLA
Este Departamento Administrativo acusa recibo de la presente comunicación, en la que manifiesta invasión del, espacio público por cerramiento del parque ubicado en la calle 146 F No.73 A -08 Barrio El Plan de la Localidad de Suba, frente a su queja le informamos lo siguiente:
El Departamento Aciministr tivo de la Defensoría del Espacio 'Público, hace parte de la estructura orgánica y admi strativa de Bogotá D.C., y obra estrictamente en desarrollo de funciones y competenci puramente administrativas, de acuerdo con sus funciones plena y claramente estable das en el Acuerdo 18 de 1999, dentro del cual se nos señaló como misión la de "contribuir al mejoramiento de la calidad de vida en Bogotá D.C, por medio de una eficaz defensa del espacio público, de una óptima administración del patrimonio inmobiliario de l ciudad y de la construcción de una nueva cultura del Espacio Público que garantice SU usa y disfrute común y estimule la participación comunitaria".
Revisado el Sistema de información Geográfica de la Defensoría del Espacio Público -
SIGDEP - y el Sistema de Información de Espacio Público - SIDEP - la dirección aportada, se encuentra incorporada en el Registro Único de Propiedad Inmobiliaria con RUPI 3316-2
con su red de andenes de propiedad de Bogotá Distrito Capital, uso nivel uno Zonas Viales, uso nivel dos Vías Vehiculares, colinda con el parque, por lo tanto el cerramiento son actos
irregulares contrarios a la normatividad urbanística vigente que conllevan medidas correctivas de acuerdo a la Ley 1801 de 2016, lo cual pone en riesgo la tranquilidad y buen uso de la comunidad del sector por esta razón damos traslado de su queja a la Alcaldía
Carrera 30 # 25 - 90 Piso 15 PBX: (+571) 382 2510 1 Atención a la ciudadanía:1150 7062 Línea gratuita 018000127700 1 Línea 195 1A/b1/1, rlAripn nnv rn
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DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA
DEFENSORIA DEL ESPACIO PÚBLICO
Uot #71,8
Local de Suba para que de acuerdo a sus funciones que le da el Decreto-Ley 1421 de 1993 artículo 86 numeral 7 y la Ley 1801 de 2016 haga la restitución del espacio público impidiendo el acceso uso y disfrute de toda la comunidad y libre circulación peatonal.
Cordialmente,
(MAJtAA".". LEANDRO CORTÉS RODRIGU
'1 Subdirector de Administración Inmobiliaria y de Espacio Público
CC. JULIAN ANDRES MORENO BARON, Alcalde, ALCALDÍA LOCAL DE SUBA, CL 146 C Bis No.90 - 57, Correo Electrónico, [email protected], anexo dos folios del Orfeo 20204080161012, un folio de la certificación del bien.
Proyectó: Isidro Velasco Castro. Abogado Contratista SAI Revisó: Miguel ÁNGEL Ortiz Ruano, Ingeniero Contratista SAI Revisó. Luis Alejandro Aragón, Ingeniero Contratista SAI Fecha: diciembre 2020 Código de archivo: P/C171/CL146F-KR73A/KR75B RUPI 3316-2
Carrera 30 # 25 - 90 Piso 15 PBX: (+571) 382 2510 Atención a la ciudadanía: 350 7062 Línea gratuita 018000127700 I Línea 195 ,.1A1,1 dation nrml rn
(Fuente: Sistema de Información INFORMACIÓN CATASTRAL
e Catastro Distrital - UAECD)
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LOCALIDAD Suba
No registra información CÓDIGO CHIP
NOMENCLATURA No registra información CALIZACIÓN CARTOGRÁ FICA
Resolucion Número 1126 del 18 de diciembre de 1996 emitido/a por DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION DISTRITAL AHORA SDP
Fuente: Mapa Digital -UAECD
200-SRI ADE BODOTIAZtr<
GOBIERNO SEGURIDAD COMVIVEMCIA De.rternonio Adrn,r4azivo
1.1en,v, . LIspiew L'ob.4,0
CERTIFICACIÓN DE BIENES DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO DISTRITAL - SECTOR CENTRAL
INFORMACIÓN DEL REGISTRO ÚNICO DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO .. RUPI (Fuente: Departamento Administrativo ce la Defensorla del Espacio Público - DADEP) DESTINACIÓN r USO PUBLICO
CÓDIGO RUPI No. URB. 3.16:12E010 1 2 USO Zonas Viales - Vias Vehiculares - Carrera 59a (carrera 57b) - I-1 Carrera 73a.
U 3ICACIÓN KR 73A - CL 146E / CL 147 ÁREA (m2) 315.3 según Acta de Toma de Posesion o Aprehension Núme 1102 del 23 de febrero de 2001
ACTA Acta de Toma de Posesion o Aprehension Número 1102 del 23 de febrero de 2001 MOJONES 20,19,2,3,18,20
DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA
Espacio Público en razón al señalamiento en plano urbanístico, independiente de quien detente la titularidad del derecho real de dominio. MATRICULA
INMOBILIARIA
Espacio Público en razón al señalamiento en plano urbanísti independiente de quien detente la titularidad del derecho real dominio.
OBSERVACIONES
En virtud del literal d), articulo 7, Acuerdo 18 de 1999, reglamentado por el Decreto Distrital 138 de 2002, corresponde a la Subdirección de Registro Inmobiliario expedir las certificaciones sobre los inmuebles q se lleven en el inventado General del Patrimonio Inmueble Distrital, previas las siguientes observaciones:
1. El predio descrito se considera un BIEN DESTINADO AL USO PÚBLICO, conforme el artículo 276 del Decreto Distrital 190 de 2004, decreto compilador de las normas del Plan de Ordenamiento Territoi contenidas en los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003, o la norma que lo modifique o lo sustituya, siempre y cuando el urbanizador responsable o la comunidad interesada en la legalización, según caso, pueda realizar las cesiones de las áreas públicas. 2. Los datos consignados son los que actualmente reposan en el Sistema de Información de la Defensoría del Espacio Público - SIDEP, por lo que para todos los efectos de carácter legal y administrativo, información se debe verificar con los documentos legales y cartográficos originales expedidos por las autoridades competentes (Folios de matrícula Inmobiliaria, decretos, resoluciones, acuerdos, escritur públicas, planos, actas de recibo o de toma de posesión y licencias de urbanismo, construcción, ocupación e intervención del espacio público y demás documentos que para tal efecto determine la le Parágrafo.- La inscripción en el Sistema de Información del Espacio Público - SIDEP, no constituye título de dominio ni sanea los vicios que tengan la titulación o posesión. 3. La expedición del respectivo documento de aprobación del citado Desarrollo no ampara ningún derecho sobre la tenencia de la tierra, solamente sus efectos inciden en la legalidad urbana, mejoramiento servicios públicos y comunales, y las normas correspondientes al ordenamiento físico del sector. 4. El DADEP adelanta un proceso de diagnóstico, saneamiento y titulación de la propiedad inmueble del Distrito Capital, por lo que la Información consignada queda sujeta a cambio conforme el resultado que obtenga del anterior proceso. 5. El interesado debe comunicar al DADEP cualquier omisión o error en el registro de los documentos anotados. 6. La respuesta emitida se realiza con base en los datos de localización suministrados por el interesado. 7. El presente documento no es una autorización o licencia para intervenir en el predio descrito, ni para ejecutar construcciones, ampliaciones o remodelaciones, ni tampoco constituye permiso para obter aprovechamiento económico del mismo, las cuales de requerirse, se deben adelantar ante las autoridades Distritales competentes.
El presente certificado tiene vigencia de Tres (3) meses a partir de la fecha de su expedición.
Cordialmente,
WALDO YECID ORTIZ ROMERO Subdirector de Registro Inmobiliario Revisó Jhon Fredy Gonza/ez Lopez Imprimió Estetenia Vasquez Cardenas Fecha 07 de enero de 2021 Código Archivo P/C195/KR73A-CL146F/CL147