PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO “PLAN DE GESTION DE LA OFERTA DE AGUA EN LAS CUENCAS DE LOS PROYECTOS HIDRAULICOS DE COSTA DEL INADE” PLAN DE GESTIÓN DE LA OFERTA DE AGUA EN LAS CUENCAS DEL ÁMBITO DEL PROYECTO TINAJONES VOLUMEN II TOMO 2.4 ASPECTOS AMBIENTALES EN LA GESTIÓN DE AGUA, EROSIÓN Y SEDIMENTACIÓN DE LA CUENCA ALTA Lima, Noviembre del 2002 ASESORES TÉCNICOS ASOCIADOS S.A. Calle Los Geranios 446 – Lima 14. Teléfono 4409666 – Fax 4229736
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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO
“PLAN DE GESTION DE LA OFERTA DE
AGUA EN LAS CUENCAS DE LOS
PROYECTOS HIDRAULICOS DE
COSTA DEL INADE”
PLAN DE GESTIÓN DE LA OFERTA
DE AGUA EN LAS CUENCAS DEL
ÁMBITO DEL PROYECTO
TINAJONES
VOLUMEN II
TOMO 2.4
ASPECTOS AMBIENTALES EN LA
GESTIÓN DE AGUA, EROSIÓN Y
SEDIMENTACIÓN DE LA CUENCA ALTA
Lima, Noviembre del 2002
ASESORES TÉCNICOS ASOCIADOS S.A. Calle Los Geranios 446 – Lima 14. Teléfono 4409666 – Fax 4229736
CONTENIDO GENERAL DEL INFORME
“PLAN DE GESTION DE LA OFERTA DE AGUA EN LAS
CUENCAS DE LOS PROYECTOS HIDRAULICOS DE
COSTA DEL INADE”
TOMO I RESUMEN EJECUTIVO GENERAL
TOMO II BASES Y ESTRATEGIAS GENERALES PARA EL PLAN DE
GESTIÓN DE LA OFERTA DE AGUA
TOMO III PROPUESTA DE INNOVACIÓN INSTITUCIONAL
TOMO IV PROPUESTA LEGAL PARA LA GESTIÓN DEL AGUA
PLAN DE GESTION DE LA OFERTA DE AGUA EN
LAS CUENCAS DEL AMBITO DEL PROYECTO
TINAJONES
VOLUMEN I PLAN DE GESTIÓN DE LA OFERTA DE AGUA
TOMO 1.1 RESUMEN EJECUTIVO
TOMO 1.2 PLAN DE GESTIÓN DE LA OFERTA DE AGUA
VOLUMEN II INFORMACIÓN BÁSICA DEL PLAN DE GESTIÓN
TOMO 2.1 DIAGNÓSTICO CONSOLIDADO
TOMO 2.2 BALANCE OFERTA-DEMANDA DE AGUA
TOMO 2.3 ASPECTOS HIDROGEOLÓGICOS
TOMO 2.4 ASPECTOS AMBIENTALES EN LA GESTIÓN DE AGUA,
EROSIÓN Y SEDIMENTACIÓN DE LA CUENCA ALTA
TOMO 2.5 SISTEMA DE MANEJO DE INFORMACIÓN PARA EL
APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
VOLUMEN III PLANOS
Plan de Gestión de la Oferta de Agua en las Cuencas del Proyecto Tinajones
Aspectos Ambientales
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ASPECTOS AMBIENTALES DEL
PROYECTO TINAJONES
Pag.
CAPITULO I INTRODUCCIÓN 1
1.1 GENERALIDADES 1
1.2 ANTECEDENTES 2
1.3 OBJETIVOS 3
1.4 ALCANCES 3
1.5 PROCEDIMIENTO METODOLÓGICO 3
CAPITULO II LEGISLACIÓN Y NORMATIVIDAD
AMBIENTAL VIGENTE 4
2.1 NORMAS DE CARÁCTER GENERAL 4
2.2 NORMAS DE CARÁCTER SECTORIAL 10
2.2.1 Sector Energías y Minas 10
2.2.2 Sector Agricultura 12
2.2.3 Sector Agua Potable y Alcantarillado 14
2.2.4 Sector Industrias 15
CAPITULO III DIAGNÓSTICO AMBIENTAL DE LA
CUENCA 16
CAPITULO IV ANÁLISIS DE LA PROBLEMÁTICA
AMBIENTAL ACTUAL DE LA CUENCA
CHANCAY-LAMBAYEQUE 17
4.1 CALIDAD DEL AGUA Y CONTAMINACIÓN 17
4.1.1 Monitoreo y Análisis de la Calidad del Agua 17
4.1.2 Contaminación del Agua Superficial 17
4.1.3 Tratamiento de Efluentes 21
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Aspectos Ambientales
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4.2 PROBLEMÁTICA GENERADA POR LA INFRAESTRUCTURA
HIDRÁULICA Y MANEJO ACTUAL DEL AGUA 22
4.2.1 Drenaje y Salinidad 22
4.2.2 Erosión y Sedimentación 24
4.2.3 Pérdidas de Agua 28
4.3 RIESGOS Y VULNERABILIDAD AMBIENTAL 29
4.3.1 Inundaciones 29
4.3.2 Arrastre de Materiales en Ríos y Quebradas 32
4.4 EFECTOS EN EL MEDIO BIOLÓGICO 32
4.4.1 Caudal Ecológico 32
4.4.2 Efectos Sobre Relaciones Biológico – Ambientales 33
4.4.3 Efectos Sobre los Ecosistemas 34
CAPITULO V LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS PARA
LA SOLUCION DE LA PROBLEMÁTICA
AMBIENTAL 37
5.1 LA GESTION DE LA CALIDAD DEL AGUA 37
5.2 LINEAMIENTOS DE CARÁCTER GENERAL 38
5.3 LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS A NIVEL DE CUENCA 40
5.4 LINEAS DE ACCION PARA PRESERVAR LA CALIDAD
DEL AGUA 41
5.4.1 Identificación de las Fuentes de contaminación del Recurso 41
5.4.2 Planteamientos para la Solución de los Problemas de
Contaminación 41
5.5 INDICADORES DE GESTION DE LA CALIDAD DEL AGUA 44
CAPITULO VI CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 46
6.1 CONCLUSIONES 46
6.1.1 En lo Referente al Medio Físico 46
6.1.2 En el Aspecto Legal y Normativo 49
6.2 RECOMENDACIONES 50
6.2.1 En lo Referente al Medio Físico 50
6.2.2 En el Aspecto Legal y Normativo 52
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Aspectos Ambientales
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ASPECTOS AMBIENTALES DEL PROYECTO TINAJONES
CAPITULO I
INTRODUCCIÓN
1.1 GENERALIDADES
Actualmente en el Perú, el tratamiento de la problemática ambiental, sobre todo
relacionada con el agua, aún parece un tema controversial y poco entendido; no pasa de ser
un concepto más sin profundidad, el cual es tomado como uno de los elementos para
cumplir con los requisitos administrativos exigidos por la Ley, pero sin un convencimiento
de su real importancia y sin ninguna rigurosa aplicación de criterios para el control y/o
protección del medio ambiente; no se conoce de institución oficial alguna en el país, que
haya mostrado un real y verdadero interés por los problemas ambientales relacionados al
agua y más aún desde el punto de vista integral.
El medio ambiente está constituido por todos los elementos de la naturaleza que nos
rodean, bióticos y abióticos; dentro de ellos se encuentra uno de los recursos más valiosos,
el agua. Sin agua no hay vida posible y, es tal vez, el recurso que debe ser considerado
como el de mayor importancia e indispensable para la supervivencia humana y sus
actividades, así como para la existencia de todos los organismos y sus implicancias en el
equilibrio ecológico; por lo tanto el agua constituye un recurso estratégico.
El agua es uno de los compuestos químicos más abundantes del planeta, pero, sólo el 1%
es agua dulce, esto quiere decir que en términos globales es un recurso escaso, cuyas
mayores fuentes permanentes se encuentran en los ríos, lagos, subsuelo y los glaciares. En
la Costa Peruana, los ríos descargan cerca de 36 000 MMC/año de los cuales
aproximadamente 16 000 MMC/año (44,3%) son aprovechados en diversas actividades, el
restante es descargado al mar. No cabe duda que los aspectos relacionados con la
disponibilidad de agua, su acceso, preservación y protección, constituyen uno de los
principales desafíos de la humanidad del presente siglo como así mismo, fuente latente de
conflictos regionales e internacionales.
En este contexto, el Perú se enfrenta a dificultades similares pero en un marco de
experiencias y situaciones peculiares propias y aparentemente de difícil entendimiento por
los organismos técnicos y políticos. El nuestro, es un país con riqueza histórica relacionada
al uso y aprovechamiento del agua, se tiene así que durante el incanato la explotación se
basó en la sostenibilidad del recurso hídrico; sin embargo, los problemas se inician
aproximadamente desde mediados de Siglo XX, época en la que se tiene que enfrentar a
nuevos desafíos y retos causados por las profundas y aceleradas transformaciones sociales,
los cambios de usos y modos tradicionales de cultivo, el crecimiento de la población y la
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Aspectos Ambientales
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necesidad de abastecimiento de alimentos, la transformación del campo, la incertidumbre
debido a los cambios climáticos, etc.
A partir de lo antes indicado, se configuró un modelo de gestión del agua, donde el riego
de las tierras agrícolas y la construcción de las grandes obras hidráulicas constituyen la
base para el desarrollo económico de la costa árida o semiárida. En los últimos 40 años, en
el país se han realizado grandes inversiones para desarrollar proyectos hidráulicos de
envergadura en toda la costa, con la finalidad de promover la economía del agro
sustentada en la ampliación de la frontera agrícola (nuevas irrigaciones), la mayor dotación
de agua a las grandes ciudades, la generación de energía eléctrica, etc.; todos objetivos
deseables e indiscutibles. Este modelo, que si bien era coherente con la situación social y
económica, se ha mostrado como generador de problemas ambientales crecientes, pues el
medio ambiente no fue tomado en cuenta en el desarrollo de los mismos; hoy día, la
realidad muestra una reducción en la cantidad y calidad del agua y una destrucción o
degradación de los ecosistemas asociados a la misma (ríos, humedales, etc.), amenazando
gravemente no sólo los usos ambientales del agua sino también la propia sostenibilidad a
mediano o largo plazo.
La dinámica de los acontecimientos, ambientales, sociales, económicos, etc., conducen a la
necesidad de revisar el modelo de gestión del agua que se viene aplicando en el país, desde
una óptica nueva, en las cuales las funciones ambientales del agua adquieran un peso cada
vez más relevante.
Teniendo en cuenta este enfoque, el reto para el futuro será diseñar, construir y operar
obras hidráulicas de manera tal que también se mantenga la integridad ecológica de los
ecosistemas de agua dulce. La clave del desarrollo sostenible es la inclusión de la
biodiversidad y función de los ecosistemas junto con los objetivos más tradicionales del
desarrollo.
Bajo esta concepción genérica y explícita, se pretende determinar y describir
cualitativamente la problemática ambiental relacionada con el uso y manejo del agua en las
cuencas de gestión de los Proyectos Especiales del INADE, tomando como base a la
información disponible.
1.2 ANTECEDENTES
Los servicios de consultoría brindados por ATA incluyen la evaluación de los aspectos
ambientales relacionados con el uso y manejo del agua en cada una de las cuencas; siendo
necesario señalar que una de las primeras acciones contractuales ha sido la formulación de
los Diagnósticos Consolidados, los cuales constituyen los documentos de base para la
evaluación ambiental en mención.
1.3 OBJETIVO DEL ESTUDIO
El objetivo fundamental de la presente evaluación, es identificar y describir de manera
general, la problemática principal derivada de los usos del agua en las cuencas de gestión
de los Proyectos Especiales de Costa del INADE.
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1.4 ALCANCES
Es evidente que la presente evaluación pretende abordar un problema muy complejo, poco
entendido y con perspectivas diversas a partir de enfoques distintos.
El documento plantea realizar una descripción y exposición clara de los principales
problemas ambientales relacionados con el agua en la cuenca Olmos-Tinajones en
evaluación, la explicación de sus características en relación con el objetivo, identificando y
describiendo cada uno de los problemas ambientales subyacentes. será el resumen de toda
la problemática ambiental derivada del uso y manejo del agua en las cuencas de
jurisdicción de los Proyectos Especiales de Costa del INADE.
1.5 PROCEDIMIENTO METODOLOGICO
La metodología utilizada para la evaluación de la problemática ambiental, es de tipo
analítico-descriptivo, cuya base de información ha sido el Diagnóstico Consolidado.
El procedimiento seguido consiste en:
i) La evaluación sistemática del Diagnóstico Consolidado, identificando los
factores ambientales de interés para el fin.
ii) La conceptualización y justificación del por qué de los rubros y/o aspectos
poco conocidos a evaluar, realizada en base a información clasificada
especializada.
iii) El análisis de las interrelaciones de los factores ambientales relacionados con el
uso y manejo del agua, fundamentado en un análisis lógico descriptivo.
iv) El análisis de la información técnica de la calidad de aguas basada en la
normatividad nacional e internacional vigentes de referencia.
v) Identificación de los impactos o efectos ambientales generales derivados del
uso y manejo del agua, los cuales se han realizado en base al análisis de la
información disponible, como al conocimiento general de las cuencas en
cuestión.
vi) Enfoque y descripción de cada uno de los problemas identificados.
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CAPITULO II
LEGISLACIÓN Y NORMATIVIDAD
AMBIENTAL VIGENTE
2.1 NORMAS DE CARÁCTER GENERAL
Antes de proceder a desarrollar el presente Capítulo, es necesario indicar que éste se
referirá exclusivamente a la normatividad legal existente, en relación con la conservación y
preservación del recurso hídrico.
A continuación se hacen comentarios a la legislación vigente, de la normatividad legal de
carácter general que obliga a todos los usuarios de agua:
a) La Constitución Política del Perú (Promulgada el 29/12/1993 y Ratificada en
el Referéndum del 31/12/1993)
Artículo 2: En este Artículo, se establece el derecho que toda persona tiene a la paz,
tranquilidad, al disfrute del tiempo libre, así como gozar de un ambiente equilibrado y
adecuado al desarrollo de su vida.
Artículo 66: Se indica en este Artículo que, los recursos renovables son patrimonio de la
Nación y que por Ley Orgánica se fijan las condiciones de su utilización y otorgamiento a
particulares.
Artículo 67: Se establece que el Estado determina la Política Nacional del Ambiente y
promueve el uso sostenible de los recursos naturales.
b) El Código del Medio Ambiente (Decreto Legislativo Nº 613 del 08/10/1990)
Artículo I del Título Preliminar: Establece la obligación del Estado de prevenir y controlar
la contaminación ambiental y cualquier proceso de deterioro o depredación de los recursos
naturales que puede interferir en el normal desarrollo de toda forma de vida y de la
sociedad.
Artículo II del Título Preliminar: Indica que el medio ambiente y los recursos naturales
constituyen patrimonio común de la Nación; su protección y conservación de interés social
y pueden ser invocados como causa de necesidad y utilidad públicas.
Artículo III y IX Del Título Preliminar: Establece el derecho de las personas a exigir una
acción rápida y efectiva ante la justicia en defensa del medio ambiente y de los recursos
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naturales. Asimismo indica que, ninguna consideración ó circunstancia puede legitimar o
excusar acciones que pudieran implicar el exterminio de especies animales o vegetales.
Artículo XI del Título Preliminar: Establece la obligatoriedad de preservar el medio
ambiente y el uso sostenible de los recursos. Indica asimismo la obligatoriedad de
preservar el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales y la utilización sostenida
de las especies, de los ecosistemas y en general de los recursos naturales. En este Artículo
se establece claramente que la utilización de los recursos naturales debe efectuarse en
condiciones racionales y compatibles con la capacidad de depuración ò recuperación del
medio ambiente y de la regeneración de dichos recursos.
Artículo 1: Este Artículo indica que la Política Ambiental del Perú tiene como objetivo la
protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales. Dentro de los
lineamientos de esta política se establece la conservación del medio ambiente y de los
recursos naturales, que el aprovechamiento de los recursos naturales debe hacerse de modo
compatible con el equilibrio ecológico, el control y prevención de la contaminación
ambiental y la conservación de los ecosistemas, así como efectuar las acciones de control
de la contaminación ambiental.
Artículo 2: Establece la prohibición de descargar sustancias contaminantes que degraden
los ecosistemas ó alteren, la calidad del ambiente, sin adoptarse las precauciones para su
depuración.
Artículo 15: Establece la prohibición de verter residuos sólidos, líquidos ó gaseosos, que
alteren las aguas en proporción capaz de hacer peligrosa su utilización. La Autoridad
Competente efectuará muestras periódicas de las aguas para velar por el cumplimiento de
esta norma.
Artículo 22: La Autoridad Ambiental está facultada para inspeccionar establecimientos
donde se lleven a cabo actividades que generen riesgo ambiental; asimismo las faculta a
exigir la información que le permita verificar el cumplimiento de las disposiciones legales.
Artículo 49: Establece la obligatoriedad del Estado para proteger y conservar los
ecosistemas.
Artículo 108: Indica que el Estado establece zonas en las que se prohíben las descargas de
aguas residuales de efluentes industriales ó domésticas, sin tratamiento previo y en
cantidades y concentraciones que sobrepasen los límites permisibles.
Artículo 110: Establece que las industrias sólo podrán descargar sus efluentes en el
sistema de alcantarillado público, previa aprobación de la autoridad competente.
Artículo 111: Indica que el Estado fomenta el tratamiento de aguas residuales con fines de
reutilización, siempre y cuando éstas recuperen los niveles cualitativos que exige la
autoridad competente y no se afecte la salubridad pública.
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c) Ley de Creación del Consejo Nacional del Ambiente . CONAM. (Ley Nº26410
del 22/12/1994)
Artículo 2: Indica que el CONAM es el organismo rector de la Política Nacional
Ambiental. Su finalidad es planificar, promover, coordinar, controlar y velar por el
ambiente. La política nacional en materia ambiental la formula el CONAM y es de
cumplimiento obligatorio.
Artículo 3: Dentro de los objetivos del CONAM está el promover la conservación del
ambiente, y propiciar el equilibrio entre el desarrollo económico, el uso sostenible de los
recursos naturales y la conservación del ambiente.
Artículo 4: Establece que las funciones del CONAM, entre otras son:
Formular, coordinar, dirigir y evaluar la Política Nacional Ambiental y velar por su estricto
cumplimiento.
Coordinar y concertar las acciones y los sectores y organismos en asuntos ambientales, a
fin que estas guarden armonía con las políticas establecidas.
Establecer los criterios y patrones de calidad ambiental, así como coordinar con los
sectores la fijación de límites permisibles para protección ambiental.
d) Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada
Artículo 50: En este artículo se establece que las Autoridades Sectoriales Competentes
para conocer sobre asuntos relacionados con la aplicación de disposiciones del Código del
Medio Ambiente y los Recursos Naturales son los Ministerios ó los Organismos
Fiscalizadores según sea el caso.
Artículo 51: La Autoridad Nacional Competente comunica al CONAM sobre las
actividades a desarrollarse en su sector, que por su riesgo ambiental pudieran exceder los
niveles ó estándares tolerables de contaminación ó deterioro del ambiente, los que
obligatoriamente deberán presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) previo a su
ejecución y sobre los límites máximos permisibles del impacto ambiental acumulado.
Artículo 52: Indica que en los casos de peligro grave ó inminente para el medio ambiente,
la Autoridad Sectorial competente, con conocimiento del CONAM, podrá adoptar medidas
que hagan desaparecer el riesgo ó que limiten el desarrollo de las actividades que generan
peligro grave e inminente para el medio ambiente.
Artículo 57: En lo referente a las empresas que prestan servicios de abastecimiento de
agua potable y alcantarillado, indica que deben acreditar con la correspondiente
certificación que cumplen con las normas de calidad física, química o bacteriológica del
agua potable y las condiciones de tratamiento de desagüe para su disposición final. En
caso que no se cuente con el certificado de calidad, requerido por el Ministerio de Salud,
incurrirán en el delito previsto en el Artículo 305 del Código Penal.
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Novena Disposición Complementaria: Indica que toda mención hecha en el Decreto
Legislativo Nº 613, Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, a
“Autoridades”, “Autoridad Competente” ó “Autoridad Ambiental” se entenderá referida a
la Autoridad Sectorial Competente, es decir al Ministerio del Sector correspondiente o la
actividad que se desarrolla. Asimismo, toda prohibición hecha en dicha norma legal de
contaminar el medio ambiente, se entenderá referida a lo que excede los límites tolerables
de contaminación establecidos para cada efluente por la Autoridad Sectorial Competente,
tomando en consideración la degradación acumulativa.
Décimo Primera Disposición Complementaria: Establece que quien inicie una acción ante
el Poder Judicial, al amparo de lo dispuesto en el 2do. Párrafo del Artículo IV del Título
Preliminar del D.L. Nº 613, que sea desestimada, será responsable por los daños y
perjuicios que hubiera causado.
e) Código Penal (Decreto Legislativo Nº 635 del 06/04/91)
Artículo 304: Establece pena privativa de libertad menos de 3 años ó multas a quienes
contaminen al medio ambiente vertiendo residuos sólidos, líquidos, gaseoso por encima de
los Límites Máximos Permisibles y que causen ó puedan causar perjuicio en la flora, fauna
y recursos hidrobiológicos.
Artículo 305: Establece elevar penas, pero en ningún caso cárcel por un tiempo mayor a 4
años, cuando los vertidos a que hace mención el artículo anterior origina peligro para la
salud, o que afecten gravemente a los recursos naturales que constituyen la base de la
actividad económica.
Artículo 314: Establece que el Juez Penal ordenará como medida cautelar la suspensión
inmediata de la actividad contaminante, así como la clausura definitiva o temporal del
establecimiento de que se trata, sin perjuicio de lo que pueda ordenar la autoridad en
material ambiental.
f) Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales (Ley
Nº 26821 del 26/06/1997)
Artículo 13: Indica que las Leyes Especiales que regulan el aprovechamiento sostenible de
los recursos naturales, precisarán el sector ó sectores del Estado, responsables de la gestión
de dichos recursos e incorporación mecanismos de conducción con los otros sectores, a fin
de evitar que el otorgamiento de derechos genere conflictos ó degradación de los recursos
naturales. Los sectores involucrados en la gestión de los recursos naturales deberán emitir
opinión previa a la decisión final del sector correspondiente.
Artículo 28: Establece que los recursos naturales deben aprovecharse en forma sostenible;
es decir en forma racional, teniendo en cuenta su capacidad de renovación, evitando su
explotación y reponiéndolos cualitativa y cuantitativamente.
Artículo 29: Indica que las condiciones del aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales son utilizados garantizando el mantenimiento de los procesos ecológicos
esenciales y cumpliendo con los procedimientos de los EIA y los Planes de Manejo.
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g) Ley General de Salud (Ley Nº 26842 del 20/07/1997)
Artículo 104: Establece la prohibición para realizar descargas de desechos o sustancias
contaminantes en el agua, aire o suelo, sin haber adoptado las precauciones de depuración
en la forma que señalan las normas sanitarias y de protección del ambiente.
Artículo 107: Establece que la Autoridad de Salud vigilará el cumplimiento de las
disposiciones referentes al abastecimiento de agua, alcantarillado, disposición de excretas y
reuso de aguas servidas.
h) Ley General de Aguas (Decreto Ley Nº 17752 del año 1969)
Artículo 9: Declara de necesidad y utilidad pública, conservar, preservar e incrementar los
recursos hídricos.
Artículo 10: Establece que el ente encargado en cuanto a la conservación e incremento del
agua es el Ministerio de Agricultura y Pesquería y en lo que respecta a la preservación de
los recursos hídricos es el Ministerio de Salud. Asimismo indica que dichos entes deben
dictar las providencias que sancionen y pongan fin a la contaminación o pérdida de aguas,
cuidando su cumplimiento.
Artículo 14: Establece que nadie podrá variar el régimen, naturaleza o calidad de las
aguas, ni alterar sus cauces, sin la correspondiente autorización y en ningún caso si con
ello se perjudica la salud pública o se causa daños a la colectividad o a los recursos
naturales.
Artículo 17: Indica que en estados declarados de emergencia por escasez, exceso de
contaminación u otras causas, la Autoridad de Aguas o la Sanitaria, en su caso, dictarán las
disposiciones convenientes para que las aguas sean protegidas y controladas.
Artículo 22: Establece la prohibición para verter ó emitir residuos sólidos, líquidos ó
gaseosos que puedan contaminar las aguas, causando daños ó poniendo en peligro la salud
humana o el normal desarrollo de la flora y fauna. También se establecen las condiciones
en que se pueden realizar estas descargas, cuando son sometidas a procesos previos de
tratamiento o se compruebe que las condiciones del receptor permitan procesos naturales
de purificación. Señala que es la Autoridad Sanitaria quien aplicará las medidas necesarias
para el cumplimiento de esta disposición, llegando inclusive hasta la restricción o
prohibición del uso de agua a la actividad dañina.
Artículo 24: Indica que la Autoridad Sanitaria será la que establecerá los límites de
Concentración Permisibles de sustancias nocivas, que puedan contener las aguas, según los
usos que se destinen.
Artículo 25: Establece que la Autoridad de Aguas podrá suspender el suministro de aguas,
a solicitud de la Autoridad Sanitaria, cuando se compruebe que existe contaminación de las
aguas, mientras se realicen los estudios ó trabajos que impidan la contaminación de las
aguas.
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Artículo 122: Establece sanciones para quien contamine el agua y causen daño a la salud
humana y a la flora o fauna, de acuerdo a lo establecido en el Código Penal.
Artículo 128: Dispone que la jurisdicción administrativa en materia de aguas corresponde
al Ministerio de Agricultura y Pesquería y las de orden sanitario competen al Ministerio de
Salud.
i) Reglamento de los Títulos I, II y III de la Ley General de Aguas (D.S. Nº 261-
69-AP, Modificado por DS 007-83-SA)
Artículo 57: Establece que ningún vertimiento, de residuos sólidos, líquidos o gaseosos,
podrá ser efectuado en las aguas, sin la previa aprobación de la Autoridad Sanitaria.
Artículo 58: Indica que todo proyecto de vertimiento de desagües domésticos, industriales,
de poblaciones u otros, deberá ser aprobado por la Autoridad Sanitaria, previo a cualquier
trámite, licencia o construcción.
Artículo 61: Establece que todo vertimiento de residuos a las aguas marítimas o terrestres
del país, deberá efectuarse previo tratamiento, de acuerdo a lo dispuesto por la Autoridad
Sanitaria.
Artículo 69: Indica que es atribución de la Autoridad Sanitaria vigilar el cumplimiento
estricto de las disposiciones referentes a cualquier vertimiento que pudiera contaminar o
poluir las aguas del país.
Artículo 72 y 74: Indica que es atribución de la Autoridad Sanitaria realizar inspecciones
periódicas para comprobar el cumplimiento de las disposiciones reglamentarias vigentes,
así como el de realizar la toma de muestras para sus análisis correspondientes.
Artículo 78 y 79: Indica que es atribución de la Autoridad Sanitaria calificar los cursos de
agua del país o tramos de ellos, de acuerdo al uso a las que se les habrá de destinar y
efectuar el estudio y la recopilación de todos los datos necesarios para esta calificación.
Artículo 81: Establece la clasificación a los cuerpos de agua, respecto a sus usos.
Artículo 82: Se proporcionan los valores límite para protección de las aguas, de acuerdo a
sus diferentes usos.
j) Reglamento del Título III de la Ley General de Aguas (D.S. Nº 007-88-SA,
007-83-SA; 029-83-SA; 032-89-SA)
Artículo 173: Indica que las aguas terrestres o marítimas del país, sólo podrán recibir
residuos sólidos, líquidos o gaseosos previa aprobación de la Autoridad Sanitaria, siempre
que sus características físico químicas y bacteriológicas no superen las condiciones
máximas establecidas para dichas aguas.
Artículo 180: Indica que los actuales vertimientos domésticos y de poblaciones, para
continuar utilizando las aguas marítimas ó terrestres, deberán ajustarse a las calificaciones
establecidas para los tramos de las aguas receptivas o zonas costeras.
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2.2 NORMAS DE CARÁCTER SECTORIAL
2.2.1 SECTOR ENERGÍA Y MINAS
a)Niveles Máximos Permisibles para Efluente Líquidos en Actividad de
Generación y Distribución de Energía Eléctrica (RD Nº 008-97-ER/DGA del
17/03/1997)
Artículo 5: La descarga de efluentes a los ríos, no deberá incrementar en más de 3º la
temperatura del cuerpo receptor, considerándose este valor a partir de un radio igual a 5
veces el ancho del cauce en el punto de descarga.
Artículo 7: Se deberá establecer un punto de control (en el EIA/PAMA), en cada efluente
líquido a fin de determinar la concentración de cada uno de los parámetros regulados y el
caudal.
En el Cuadro Nº ii.1 se presentan los niveles máximos permisibles de emisión de efluentes
líquidos para las actividades de electricidad.
CUADRO Nº ii.1
NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN DE EFLUENTES
LIQUIDOS PARA LAS ACTIVIDAES DE ELECTRICIDAD
Parámetro Valor en cualquier momento Valor promedio anual
Ph Mayor que 6 y Menor que 9 Mayor que 6 y Menor que 9
Aceites y Grasas (mg/l) 20 10
Sólidos Suspendidos (mg/l) 50 25
b) Niveles Máximos Permisibles para Efluente Líquido en Explotación y
Artículo 1: Aprueba los niveles máximos permisibles para afluentes líquidos de las
actividades de explotación, transporte, refinación, procesamiento, almacenamiento y
comercialización de hidrocarburos líquidos y derivados.
Artículo 5: Establece que la descarga del efluente no deberá incrementar en más de 3º C la
temperatura del cuerpo receptor, considerándose este valor a partir de un radio de 500 m en
torno al punto de emisión.
Artículo 6: La concentración promedio anual de cloruros, en el punto de control del
cuerpo receptor, no deberá ser mayor de 250 mg/l. De presentar el cuerpo receptor
concentraciones naturales superiores a 250 mg/l antes del punto de emisión, los efluentes
podrán incrementar la concentración de cloruros hasta en 10 mg/l medido en el punto
establecido.
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En el Cuadro Nº ii.2 se presentan los límites máximos permisibles para evacuación de
efluentes del sector hidrocarburos.
CUADRO Nº ii.2
NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN DE EFLUENTES LIQUIDOS
PARA LAS ACTIVIDAES DE HIDROCARBUROS
Parámetro
Valor en Cualquier
Momento
Valor promedio
Anual
Ph Mayor que 5,5 y Menor que 9 Mayor que 5,5 y Menor que 9
Aceites y Grasas (mg/l)
para vertimientos en el mar 50 30
Aceites y Grasas (mg/l)
para vertimientos en aguas
continentales
30 20
Bario (mg/l) 5,0 0,3
Plomo (mg/l) 0,4 0,2
c) Niveles Máximos Permisibles para Efluentes Líquidos para Actividades
Minero-Metalúrgica (RM Nº 011-96 EM/VMM del 13/01/1996)
Artículo 6: Casos de parámetros no regulados, indica que los titulares mineros deberán
asegurar que la concentración de los parámetros no regulados por la presente Resolución
Ministerial, tales como Cadmio, Mercurio, Cromo y otros, cumplan con las disposiciones
legales vigentes en el país, o demostrar técnicamente ante la autoridad competente, que su
vertimiento al cuerpo receptor no ocasionará efectos negativos a la salud humana y al
ambiente.
En el Cuadro Nº ii.3 se presentan los límites máximos permisibles para evacuación de
efluentes del sector minero – metalúrgico.
CUADRO Nº ii.3
NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN PARA LAS UNIDADES
MINERO-METALURGICAS
Parámetro Valor en Cualquier
Momento
Valor promedio
Anual
pH Mayor que 6 y Menor que 9 Mayor que 6 y Menor que 9
Sólidos suspendidos (mg/l) 50 25
Plomo (mg/l)P 0,4 0,2
Cobre (mg/l) 1,0 0,3
Zinc (mg/l) 3,0 1,0
Fierro (mg/l) 2,0 1,0
Arsénico (mg/l) 1,0 0,5
Cianuro total (mg/l)* 1,0 1,0
* CIANURO TOTAL, equivalente a 0,1 mg/l de Cianuro Libre y 0,2 mg/l de Cianuro fácilmente
disociable en ácido.
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d) Reglamento de Protección Ambiental para la Actividad de Hidrocarburos
(D.S. Nº 016-93-EM del 12/11/1993)
Artículo 2: Indica que es obligación de las personas que realizan actividades relacionadas
con hidrocarburos, evitar que aquellos elementos y las sustancias que por sus
concentraciones pueden tener efectos adversos en el medio ambiente, sobrepasen los
límites establecidos.
Artículo 4: La Dirección encargada de velar por el cumplimiento del reglamento es la
Dirección General de Hidrocarburos y contará con el apoyo de la Dirección General de
Asuntos Ambientales.
Artículo 7: Establece que la autoridad competente para sancionar infracciones a la
regulación ambiental es la Dirección General de Hidrocarburos.
Artículo 8: El cumplimiento del presente Reglamento será fiscalizado por la Dirección
General de Hidrocarburos.
Artículo 21: En el Item C establece que los desechos líquidos y aguas residuales deberán
ser tratados antes de su descarga a acuíferos ó aguas superficiales para cumplir con los
límites de la Ley General de Aguas.
Artículo 48: Contempla sanciones por incumplimiento de las normas establecidas, así
como la aplicación de multas. Adicionalmente contempla medidas tales como: prohibición
o restricción de la actividad causante de la infracción, la obligación de compensar a los
afectados y la restauración inmediata del área.
Artículo 53: Establece que cualquier organismo o persona podrán denunciar las
infracciones al presente Reglamento ante la Dirección General de Hidrocarburos. Toda
denuncia estará debidamente sustentada por una empresa acreditada, ante el Ministerio de
Energía y Minas.
e) Reglamento para la Protección Ambiental en la Actividad Minera-Metalúrgica
(D.S. Nº 016-93-EM – 28/04/1993 y Modificaciones hasta el año 1998)
Artículo 4: La Autoridad competente en materia ambiental del Sector Minero-Metalúrgico
es el Ministerio de Energía y Minas, que será el único ente gubernamental encargado de
fijar políticas de protección al medio ambiente para la actividad minero-metalúrgica y
dictar la normatividad correspondiente. Asimismo, deberá fiscalizar el efecto ambiental
producido, por las actividades minero-metalúrgica, en los centros operativos y áreas de
influencia, determinando la responsabilidad del titular, e imponiendo sanciones previstas
en el reglamento.
Artículo 45: Toda denuncia dirigida hacia los titulares de las actividades mineras, incluso
las denuncias recibidas por las autoridades locales, regionales, provinciales y/o distritales,
deben ser tramitadas ante el Ministerio de Energía y Minas y acompañadas por un informe
suscrito por un Auditor Ambiental registrado.
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ATA-INADE 13
2.2.2 SECTOR AGRICULTURA
En lo referente a calidad de aguas, la actual norma urgente en el país es la establecida por
la Ley General de Aguas para los efectos de protección de las aguas. Los valores límite se
presentan en el Cuadro Nº ii.4. No existen normas establecidas para vertimientos agrícolas.
CUADRO Nº ii.4
LEY GENERAL DE AGUAS D.L. Nº 17752 Y SUS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE
LOS TITUOS I, II Y III SEGÚN EL DECRETO SUPREMO Nº 007-83-S.A.
CLASIFICACION DE LOS CURSOS DE AGUA Y DE LA ZONA COSTERA
Para efectos de Protección de las Aguas correspondiente a los diferentes usos – Valores Límites
Denominación Cursos de Agua
Expresado I II III IV V VI
Aluminio
Arsénico
Bario
Cadmio
Cianuro
Cobalto
Cobre
Color
Cromo hexavalente
Coliformes Totales
Coliformes Fecales
Oxigeno Disuelto
D.B.O.
Fenoles
Hierro
Floruros
Litio
Magnesio
Manganeso
Mat. Ext. en Hexano
(grasas)
Mercurio
Nitrato
Niquel
PH
Plata
Plomo
P.C.B.
Selenio
Sólidos Flotantes
Sólidos Suspendidos
Sulfatos
Sulfuros
Zinc
-
0,10
0,10
0,01
0,20
-
1,00
0
0,05
8,8
0
3
5
0,0005
0,30
1,50
-
-
0,10
1,50
0,002
0,01
0,002
5-9
0,05
0,05
0,001
0,01
0,00
-
-
0,001
5
-
0,10
0,10
0,01
0,20
-
1,00
10
0,05
20 000
4 000
3
5
0,001
0,30
1,50
-
-
0,10
1,50
0,002
0,01
0,002
5-9
0,05
0,05
0,001
0,01
0,00
-
-
0,002
5
-
0,20
-
0,05
+1
-
0,50
20
1,00
5 000
1 000
3
15
+0,001
1,00
2,00
-
150
0,50
0,50
0,01
0,10
0,002
5-9
0,05
0,10
+0,001
0,05
0,00
-
400
+0,005
25
1,00
1,00
0,50
-
-
0,20
3,00
30
5,00
5 000
1 000
3
10
-
-
-
5,00
-
-
0,00
-
-
0,50
5-9
-
-
-
0,05
Peq. Cant
-
-
-
-
+1
0,01
0,50
0,0002
0,05
+0,20
+0,01
+30
0,05
1 000
200
5
10
0,002
-
-
+5,00
-
-
No. Perc.
0,0001
-
0,002
5-9
-
0,01
0,002
0,005
Moder.
-
-
0,002
0,020
-
0,05
-
0,004
0,005
-
-
-
0,05
20 000
4 000
4
10
0,002
-
-
-
-
-
-
0,0002
-
-
-
-
0,03
0,002
0,01
-
-
-
0,002
0,002**
mg/l como Al
mg/l como As*
mg/l como Ba
mg/l como Cd*
mg/l como CN*
mg/l como Co
mg/l como Cu*
unidad de color
mg/l como Cr*
NMP/100 ml**
NMP/100 ml**
mg/l como O.D.
mg/l como D.B.O.
mg/l como C6H50H*
mg/l como Fe
mg/l como F
mg/l como Li
mg/l como Mg
mg/l como Mn
mg/l*
mg/l como Hg*
mg/l como N*
mg/l como Ni*
Unidades
mg/l como Ag.
mg/l como Pb*
mg/l como PCB*
mg/l como Se*
mg/l
mg/l
mg/l como SO4
mg/l como S*
mg/l como Zn
* Sustancias potencialmente peligrosas.
** Entendido como Valor Máximo en 80% de 5 ó 6 muestras mensuales. La Ley General de Aguas aprobado por D.S. Nº 261-69 AP con los siguientes textos:
Artículo 81.- Para los efectos de la aplicación del presente Reglamento la calidad de los cuerpos de agua en general ya sea terrestres o marítimas del país se clasificarán respecto a sus usos de la siguiente manera:
Aguas de abastecimiento doméstico con simple desinfección.
Aguas de abastecimiento doméstico con tratamiento equivalente a procesos combinados de mezcla y coagulación, sedimentación, filtración y cloración aprobados por el Ministerio de Salud.
Aguas para riego de vegetales de consumo crudo y bebida de animales.
Aguas de Zonas Recreativas de contacto primario (baños y similares). Aguas de Zona de Pesca de mariscos Bivalvos.
Aguas de zona de preservación de fauna acuática y pesca recreativa o comercial.
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2.2.3 SECTOR AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
La calidad de los cuerpos de agua para abastecimiento doméstico se ha establecido en la
Ley General de Aguas, Usos I y II. Sin embargo, en el Cuadro N° ii.5 se presentan los
límites máximos permisibles de calidad de agua para consumo humano, considerado en el
Reglamento de Calidad de Agua expedido el 17.12.1946 y que a la fecha se encuentra
vigente.
CUADRO N° ii.5
ESTANDAR DE CALIDAD DEL AGUA PARA CONSUMO HUMANO
Parámetro Unidad Perú OMS
(valores guía) R. S. 17/12/46
Turbiedad UNT (1) 10 mg/l (2) 5
Color UCV 20 15
pH <10,6 -
Sulfato mg/l 250 250
Cloruros mg/l 250 250
Aluminio mg/l (4) 0,2
Hierro mg/l Fe y Mn juntos
<0,5 mg/l 0,3
Magnesio mg/l 0,1
Cobre mg/l 3 1
Zinc mg/l 15 3
Antimonio mg/l - 0,005 (P)
Arsénico mg/l 0,1 0,01 (P)
Cadmio mg/l l - 0,003
Cianuro mg/l - 0,07
Cromo total mg/l - 0,05 (P)
Mercurio mg/l - 0,001
Níquel mg/l - 0,02
Plomo mg/l 0,1 0,01
Selenio mg/l 0,05 0,01
Nitratos mg/l - 50
Bario mg/l - -
Fluoruros mg/l 2 0,7
(1) UNT =Unidad Nefelométrica de Turbiedad (2) Medio en la escala de la sílaca en la cual se considera la unidad estándar de turbidez
aquella producida por 1 mg/l de tierra de fuller en agua destilada.
En lo referente a estándares de calidad de efluentes para aguas residuales de tipo
doméstico, según información de DIGESA, no existen.
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2.2.4 SECTOR INDUSTRIAS
No existe normatividad establecida en el país para calidad de efluentes industriales;
actualmente se tienen presentadas algunas propuestas para diferentes actividades
industriales (pulpa de papel, curtiembres, etc.), pero todavía no existe nada oficialmente
aprobado.
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CAPITULO III
DIAGNÓSTICO AMBIENTAL DE LA CUENCA
El Diagnóstico Ambiental de la situación actual de la cuenca Chancay - Lambayeque,
se encuentra detallado en la parte correspondiente al Diagnóstico Consolidado de la
misma cuenca que forma parte del Estudio.
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CAPITULO IV
ANÁLISIS DE LA PROBLEMATICA AMBIENTAL
DE LA CUENCA CHANCAY - LAMBAYEQUE
4.1 CALIDAD DEL AGUA Y CONTAMINACIÓN
4.1.1 MONITOREO Y ANÁLISIS DE LA CALIDAD DEL AGUA
El principal problema que existe para el análisis de la calidad de agua del río Chancay -
Lambayeque es que cada institución que ha requerido información o generado datos
referente a calidad de aguas en la cuenca, ha diseñado su propia red de monitoreo, sin
proporcionar información acerca de los criterios tenidos para tal efecto, lo cual lleva a
considerar que se trata de puntos temporales de monitoreo, en donde se han realizado
mediciones de los parámetros in situ y se han recogido muestras para análisis en
laboratorio. Es probable que los puntos de muestreo se hayan ubicado en función a
criterios tales como: la configuración hidrográfica de la cuenca, la accesibilidad, las
actividades humanas que se realizan, etc. y en este sentido, tales puntos de muestreo
estarían distribuidos en la parte alta, media y baja de la cuenca.
No existe una frecuencia de muestreos y análisis sistemáticos, que permitan establecer una
homogeneidad de la data y analizar el comportamiento de la calidad del agua en el tiempo
y en el espacio con los distintos cuerpos de aguas identificados
Consistencia de la Información
En Junio de 1997, el INRENA realizó un muestreo de aguas del río Chancay-Lambayeque;
siendo esta información la más actualizada que se tiene sobre calidad de aguas en esta
cuenca.
No es posible establecer la consistencia de la información, porque se desconocen las
metodologías empleadas desde el muestreo, la aplicación de preservantes, métodos de
análisis en laboratorios, etc. Consecuentemente, no se puede garantizar la confiabilidad de
la información.
4.1.2 CONTAMINACIÓN DEL AGUA SUPERFICIAL
a) Identificación de las Fuentes Contaminantes
Los procesos contaminantes se desencadenan por el vertido de determinadas sustancias al
medio hídrico y por su influencia negativa sobre la aptitud del agua para satisfacer
determinados usos u objetivos de calidad.
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ATA-INADE 18
Los focos más importantes de contaminación del recurso hídrico en la Cuenca Chancay –
Lambayeque lo constituyen los vertimientos urbanos, agrícolas, industriales y algunos
pasivos ambientales mineros localizados en la parte alta de la cuenca
Vertimientos de Aguas Residuales Domésticas
Una de las premisas fundamentales en la gestión del recurso hídrico es que, todos los
volúmenes escurridos puedan llegar a ser utilizados para satisfacer los usos consuntivos;
pero, este criterio podría verse afectado, debido a la contaminación existente y de acuerdo
a los niveles de esta contaminación, no siempre todos los volúmenes de agua pueden ser
aprovechables económicamente.
Para evitar este conflicto, que limitaría las disponibilidades de agua, debe establecerse una
política de conservación de la calidad del agua. El control de la calidad del agua y la
prevención de su contaminación son las estrategias que eventualmente posibiliten que
todos los volúmenes escurridos puedan llegar a ser utilizados en el tiempo para satisfacer
los usos consuntivos.
En la gestión del recurso hídrico de la cuenca del Chancay - Lambayeque, no se toma en
cuenta la calidad actual como tampoco se tiene preparado ni menos en funcionamiento una
estrategia para el control de la calidad de la misma. Muchas poblaciones evacuan las aguas
servidas sin tratamiento previo hacia los cursos de agua que finalmente llegan al cauce del
río, bajo el criterio de la capacidad de autodepuración que tiene el río, pero lo cierto es que
se produce contaminación
Los vertimientos domésticos que no son debidamente tratados y afectan la calidad del
agua, proceden principalmente de la ciudad de Chiclayo, Chongoyape y otras poblaciones.
El volumen de descarga que viene de la ciudad de Chiclayo asciende a los 25 920 m3/día
como resultado de prestar servicio a unos 160 000 habitantes, cuya carga orgánica se
estima en 3 900 t/año de DBO. No se dispone de información cuantitativa sobre el
volumen de los residuos líquidos y sólidos que se vierten en toda la cuenca.
Las aguas residuales vertidas en la cuenca del río Chancay – Lambayeque y en canales y
drenes, afectan la calidad de las aguas por la presencia de microorganismos patógenos, que
son diferentes tipos de bacterias, virus, protozoos y otros organismos que transmiten
enfermedades como el cólera, tifus, gastroenteritis diversas, hepatitis, etc.; asimismo la
contaminación se debe a la presencia de desechos orgánicos, que incluyen heces y otros
materiales que pueden ser descompuestos por bacterias aeróbicas, es decir en procesos con
consumo de oxígeno. Cuando este tipo de desechos se encuentran en exceso, como en este
caso, la proliferación de bacterias agota el oxígeno, y ya no pueden vivir en estas aguas
peces y otros seres vivos que necesitan oxígeno para vivir.
En el Cuadro Nº iv.1 se pueden apreciar de manera genérica los efectos ambientales que
producen los vertimientos de las aguas residuales, en el río Chancay – Lambayeque:
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Vertimientos Agrícolas
En términos generales, los vertimientos agrícolas en una cuenca están relacionados con la
fertilización de los suelos y el control de plagas, enfermedades, malas hierbas; la
utilización de abonos sintéticos, biocida o plaguicidas órgano-clorados, así como los
residuos orgánicos de los cultivos, orina y estiércol del ganado vacuno, ovino y equino.
Es probable la existencia de contaminación de las aguas del río Chancay - Lambayeque,
por pesticidas y fertilizantes que los agricultores utilizan en sus labores de campo. En el
cultivo de arroz y caña de azúcar, los principales cultivos del valle, aplican una gran
cantidad de fertilizantes y plaguicidas que finalmente llegan a los cuerpos receptores
(drenes, agua subterránea, etc.), contaminando las aguas como consecuencia del riego
excesivo que produce el arrastre de estos productos hacia los cuerpos receptores o drenes
que entregan el agua al río. La cuantificación de esta contaminación no es posible debido
al carácter difuso de la misma ya que no existe entidad encargada de evaluar este tipo de
contaminación.
Vertidos Mineros
En el ámbito Chancay-Lambayeque no se tienen minas en explotación pero si se conoce
que en la cuenca alta existen minas abandonadas que podrían ser la fuente de donde
provenga alguno de los elementos tales como Fierro, Manganeso y Aluminio que se
encuentren presentes en el agua superficial en concentraciones superiores a los LMP; esto
debe ser tomado en cuenta para los fines de tratamiento del agua para consumo humano.
En los análisis presentados no se han realizado aquellos para determinar mercurio; este
hecho es necesario tomarlo en cuenta en futuros análisis en el momento que entren en
explotación las minas ubicadas en la cuenca y ocurra contaminación de las aguas con
metales pesados.
Vertidos Industriales
No existen reportes, ni información ordenada, registrada y validada referente a las
características de los vertidos industriales en la cuenca, por lo que es imposible estimar el
grado de contaminación ambiental por este tipo de contaminante. El riesgo es potencial
pues existen industrias cuyas aguas residuales son vertidas a los canales y drenes,
especialmente en la agroindustria azucarera.
En la cuenca no se controlan los diferentes vertimientos, pese a que la Ley General de
Aguas lo exige.
b) Problemas de Contaminación Detectados
El objetivo de realizar una evaluación de la calidad del agua es suministrar información de
este recurso en relación con la salud humana, con los ecosistemas acuáticos y con el
ambiente global; además de identificar y cuantificar su calidad, se definen las causas de las
condiciones observadas y las tendencias que ocurren en áreas geográficas específicas. La
información sirve para el manejo del recurso y la toma de decisiones.
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Aspectos Ambientales
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La evaluación de la calidad de agua incluye el uso del monitoreo para definir sus
condiciones, brindar las bases para detectar las tendencias y proveer la información con la
cual se pueden establecer las relaciones causa – efecto. Existe una secuencia lógica de tres
componentes: monitoreo, evaluación, gestión y manejo, además de una retroalimentación.
Los criterios tomados como base para la identificación de los problemas de contaminación,
se han basado en los trabajos realizados para la determinación de la calidad del agua en la
cuenca del río Chancay - Lambayeque; por ello es que la calidad total del agua en la
cuenca de este río, solamente es posible establecerla en forma relativa; la evaluación de los
parámetros es muy incompleta; por otro lado resulta que los muestreos son descontinuados
y no se puede establecer la consistencia de calidad de la información; además, mucha de la
data presentada por las diferentes instituciones que han realizado análisis de las aguas, es
contradictoria. Los parámetros evaluados en las distintas oportunidades aisladas,
constituyen indicadores referenciales de existencia de estos en las aguas, pero no es
posible establecer tendencias ni relaciones claras con las fuentes de contaminación. Sin
embargo es destacable la presencia de algunas sustancias en concentraciones muy por
encima de los LMP.
Si bien es cierto que en general, la calidad del agua para fines de riego es aceptable, será
necesario realizar monitoreos más frecuentes porque los análisis físico químicos denotan la
presencia de metales pesados tales como Fe, Cu, Mn, y Cd, que exceden los límites
máximos permisibles (LMP) de la Clase II a la Ley General de Aguas; también existen
otros puntos que presentan pH bajo; estos valores que exceden los LMP son producto de
plantas mineras abandonadas; todo esto ocurre en una zona localizada dentro de la cuenca,
y son aguas procedentes de algunas quebradas tales como Sinchao y Las Gradas.
Considerando que las aguas superficiales del río se captan también para uso poblacional,
de confirmarse la presencia de los metales pesados antes indicados, el agua del río no sería
apta para consumo humano; por ello es necesario establecer y confirmar mediante
evaluaciones, dicha aptitud. Las pruebas realizadas por EPSEL para evaluar la calidad del
agua de río que se utiliza para ser tratada y utilizada para consumo humano, indican que el
agua superficial no presenta problemas, excepto por los altos contenidos de coliformes
totales y fecales que precisamente son eliminados en el tratamiento que se hace al agua, en
la planta de tratamiento de Chiclayo. Sin embargo en el sector rural se puede observar que
en general, el agua de las acequias, norias, tanques familiares y pozos comunales,
presentan altos valores de coliformes fecales que no la hacen apta para consumo humano,
por lo que se requiere tomar las medidas correctivas para evitar enfermedades.
c) Problemática del Enfoque Actual de Clasificación del Agua Superficial
Actualmente, la Ley General de Aguas realiza la clasificación del agua desde un punto de
vista funcional, es decir en base a la capacidad intrínseca que tiene el agua de ser utilizada
para satisfacer diferentes requerimientos. Esta ley expedida en 1969 considera seis
diferentes usos, para los cuales adoptan límites máximos permisibles de ciertos parámetros
del agua. El problema radica que por su antigüedad, no considera otros parámetros
importantes que deben ser evaluados, los mismos que son producto del desarrollo de la
tecnología y están relacionados con metales pesados o residuos tóxicos, que no han sido
considerados dentro de esta Ley.
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Como patrón adicional de comparación para determinar la calidad del agua de riego, se
adoptan estándares internacionales como el de la FAO, para suplir o complementar las
deficiencias de la Ley General de Aguas. En el caso del agua para consumo humano, el
estándar en vigencia data de 1946, consecuentemente adolece de los problemas descritos;
de manera supletoria algunas entidades que prestan el servicio de agua potable, utilizan la
clasificación de la Organización Mundial de Salud, sin que esto este normado.
Otro aspecto que no se cumple es la clasificación de los ríos o tramos de éste, para los
diferentes usos de agua establecidos en la Ley; esta acción, de acuerdo a ella, corresponde
realizarla a la autoridad sanitaria; sin embargo, en muchos ríos no existe o no se conoce de
esta clasificación. Su conocimiento ayudaría en el control de la calidad del agua.
Los impactos ambientales originados por la contaminación de aguas se presentan en el
Cuadro N° iv.1.
CUADRO N° iv. 1
IMPACTOS AMBIENTALES DEBIDOS A LA CONTAMINACIÓN DE AGUAS EN LA CUENCA
DEL RÍO CHANCAY – LAMBAYEQUE
PROCESOS AMBIENTALES
EFECTOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE
NATURAL
EFECTOS SOBRE EL MEDIO
SOCIOECONÓMICO
Vertimiento de aguas servidas
residuos sólidos en el río Chancay - Lambayeque y deterioro de las
características físicas, químicas y
biológicas del agua
- Afectación de la calidad del agua para fines
domésticos y para servicios de recreación. - Pérdida de la productividad natural del agua del río,
por disminución del oxigeno, que afecta la
biodiversidad del sistema acuático. - Alteración del equilibrio ecológico de los ecosistemas
terrestres y acuáticos.
- Variación en los recursos de flora y fauna. - Deterioro del paisaje por presencia de residuos
sólidos.
- Probable contaminación de suelos por el riego con aguas contaminadas, sobre todo en época de estiaje
del río.
- Potencial contaminación de las aguas subterráneas - Potencial acumulación de elementos patógenos en los
suelos
- Disminución de la calidad de vida
de la población. - Incremento potencial de
enfermedades infecto contagiosas.
- Generación de molestias a la población por la presencia de
vectores de enfermedades y malos
olores - Inseguridad en la población rural
por la probable afectación de su
salud debido a la contaminación de las aguas
- Probable contaminación del agua
para consumo humano.
4.1.3 TRATAMIENTO DE EFLUENTES
Tal como se indicó anteriormente, en la cuenca del río Chancay – Lambayeque existen
muchos vertimientos, cuya descarga a los elementos receptores está establecida en la
normatividad vigente, sin embargo, los responsables de los vertimientos hacen caso omiso
de ellos; tampoco la autoridad ambiental hace cumplir la Ley, debido a que no cuentan
con recursos para dicho propósito.
En el caso de las aguas servidas procedentes del uso urbano, los volúmenes de agua
tratadas son bajos y lamentablemente las plantas de tratamiento de aguas residuales están
ubicadas tan sólo en las poblaciones más grandes (Chiclayo, Lambayeque), dejando a
mucha población sin este servicio, sobretodo la población rural. Las Plantas de
Tratamiento de aguas residuales no funcionan eficientemente y por lo general no se
controla la calidad del efluente, que es vertido en canales, drenes, el mar o directamente
sobre la superficie del suelo. A la fecha no existe normatividad alguna referente a la
calidad de los vertimientos de agua procedente del uso urbano. La Empresa EPSEL,
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ATA-INADE 22
realiza el tratamiento de aguas servidas en volumen de 29 527 111 m3, que equivale al
78,86% de las necesidades, en las localidades donde existe este servicio.
Otro foco de contaminación del agua superficial lo constituyen los vertimientos agrícolas.
Al respecto, el descontrol es mayor aún, ya que debido al carácter difuso de la misma, las
aguas no pueden ser tratadas. Este tipo de contaminación tiende a adquirir cada vez mayor
importancia en la degradación de los recursos hídricos porque el consumo de fertilizantes e
insecticidas en la actividad agropecuaria se incrementa cada vez más.
En lo relacionado a los efluentes industriales, ubicados dentro del perímetro urbano, se
vierten en el sistema de alcantarillado, lo cual complica los procesos de tratamiento de las
aguas residuales servidas, pues estas plantas no han sido diseñadas para el tratamiento de
vertimientos industriales; en el campo, la agroindustria vierte directamente las aguas
residuales en canales y drenes, sin ningún tratamiento alguno.
En resumen, se puede señalar que en la situación actual, no es satisfactorio o no se efectúa
tratamiento de las aguas residuales en la cuenca del Chancay – Lambayeque; existe una
gran cantidad de vertidos no autorizados y, los que cuentan con autorización, la calidad del
efluente no es controlada.
4.2 PROBLEMÁTICA GENERADA POR LA INFRAESTRUCTURA
HIDRÁULICA Y MANEJO ACTUAL DEL AGUA
4.2.1 DRENAJE Y SALINIDAD
A través del tiempo los suelos, en toda su extensión, están sometidos a cambios constantes
determinados por causas naturales y por causas antrópicas debidas a la acción del hombre.
Dichos cambios originan problemas directos sobre los componentes de relación ambiental
(soporte ecológico), sobre las actividades productivas directas (potencial agrícola de los
suelos de cultivo), así como problemas por asociación relacionados con la erosión,
transporte y deposición de sedimentos en las zonas bajas (colmatación de cauces), que a su
vez tiene efectos sobre la infraestructura hidráulica básica, sea de riego o de agua potable.
En la cuenca de Chancay - Lambayeque se han identificado problemas serios de erosión
hídrica y problemas de mal drenaje y salinidad, que están generando problemas
ambientales, en la cuenca y en el área de influencia.
a) Drenaje
El mal drenaje y la salinización, constituyen dos grandes problemas de carácter crítico, las
causas fundamentales son de origen antrópico asociados principalmente al mal manejo del
agua, a la introducción del sembrío del arroz en la cédula de cultivos y en menor grado a
las sales presentes en los suelos. Los problemas de salinización y drenaje aún continúan sin
solución.
La información más actualizada que se ha podido encontrar corresponde al año 1990, en
que la FAO realizó una evaluación de las condiciones del agua en un área de 77 438 ha
concluyendo que para la época de mínima recarga, 18 895 ha (24,4% del área), presentan
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el nivel freático a profundidades menores de 1,50 m y en la época de máxima recarga, se
incrementa a 63 189 ha (81,6% del área).
Asimismo, se estableció que ha existido un aumento de la superficie aquejada por mal
drenaje entre los años 1987 a 1990. Las áreas afectadas con elevado nivel freático
generalmente se localizan en la parte baja del valle.
En lo referente a este problema se puede concluir que el valle agrícola del río Chancay -
Lambayeque se encuentra seriamente afectado por problemas de elevado nivel freático y
que el área afectada tiende a ser mayor en la medida que no cesen las causas que la
originan. En este sentido, se ha determinado que en este valle tal ocurrencia se debe al
incremento de la disponibilidad de agua para riego al entrar en operación el Reservorio de
Tinajones, cuyos efectos inmediatos son:
Baja Eficiencia de Riego
La baja eficiencia de riego en el valle da lugar a pérdidas por infiltración, a partir de las
redes de riego y a fuertes pérdidas por percolación a partir de las parcelas. Por estudios
realizados en el valle se conoce que la eficiencia de riego es baja, alrededor del 36,55 %,
considerando que el valor óptimo de eficiencias a nivel del valle para un sistema de riego
regulado debe oscilar alrededor de 70%.
Presencia de Gran Extensión Agrícola con Cultivos de Alto Consumo de Agua
Resulta contraproducente que en una zona considerada como semi-árida donde el agua es
un recurso caro y escaso, se destine gran parte del área agrícola a cultivos con alto
consumo hídrico tales como el arroz y la caña de azúcar. Esta situación que implica la
utilización de grandes volúmenes de agua, aunada a la baja eficiencia de riego, contribuye
al incremento del nivel freático en el valle. En la campaña 1999/2000 se sembraron 44 378
ha de arroz, cuando lo recomendable está alrededor del 50 % de esta área.
Sistema de Drenaje Insuficiente
Se ha construido la red principal y secundaria del sistema de drenaje y falta construir el
sistema de drenaje parcelario, que en definitiva es la infraestructura que va a resolver el
problema de mal drenaje.
Insuficiente Mantenimiento del Sistema de Drenaje
En aproximadamente 07 años de operación solamente se ha hecho el mantenimiento en
una longitud total acumulada de 492,06 km que en promedio significa 7,3 km/año; se debe
tener en cuenta que la longitud total de la red es 421,39 km y que ésta requiere como
mínimo dos veces al año de los trabajos de mantenimiento para que pueda funcionar en
condiciones óptimas.
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b) Salinidad
Es el problema ambiental más serio que ha surgido en el ámbito del valle Chancay-
Lambayeque, particularmente en la parte media y baja. La salinidad es un proceso continuo
que se incrementa a lo largo del tiempo, tanto en concentración como en extensión.
La salinidad es el problema más crítico que se presenta actualmente en el valle; el 40% del
área agrícola se encuentra afectada, en diverso grado; con el agravante paralelamente con
el incremento de la disponibilidad del agua en el valle. No se han implementado acciones
para dar solución al problema de salinidad de los suelos.
Causas del Incremento de Areas Salinas en el Valle
El problema de salinización de los suelos de la parte media y baja del valle, son la
consecuencia de un conjunto de procesos y actividades que están ocurriendo actualmente,
tales como:
Transporte continuo de sales en solución vía flujo subsuperficial, desde la parte
alta del valle hacia la parte baja del mismo.
Excesivos volúmenes de aplicación de agua en el riego, de clase C2, teniendo
en cuenta que dichas aguas contienen sales diluidas.
La formación salina natural que tienen algunos suelos dentro del valle, que
aunado al elevado nivel freático permite que las sales del suelo asciendan a la
superficie.
El ascenso capilar debido a la presencia de temperatura ambientales altas,
característico de las zonas áridas, incrementa la concentración de sales en la
superficie.
Falta de drenaje a nivel parcelario, que permita el proceso de lavado de sales.
Falta de mantenimiento de los drenes colectores y troncales a nivel de valle.
Análisis de los Efectos Ambientales Globales Derivados del Elevado Nivel
Freático
La presencia de un elevado nivel freático en una parte del ámbito de la cuenca, no sólo
refleja una problemática importante en el medio, si no que además genera un conjunto de
efectos ambientales asociados perjudiciales al equilibrio ecológico – ambiental en la
cuenca y a la economía de la población asentada en dichas áreas. En el Cuadro Nº iv.2 se
presentan cualitativamente algunos de los efectos ambientales más importantes.
4.2.2 EROSIÓN Y SEDIMENTACIÓN
a) Procesos de Erosión
La información que se tomó en cuenta para evaluar el proceso de erosión en la cuenca ha
sido el estudio “Erosión en la Cuenca Media y Alta del río Chancay – Lambayeque”, (parte
integrante del presente Estudio). En el documento mencionado se indica que el proceso
erosivo hidráulico que predomina en la cuenca cubre una superficie de 485 614 ha, que
equivalen el 78,7% del área total de la cuenca y que se presenta sobre todo en la parte
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Aspectos Ambientales
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media y alta de la cuenca consideradas como zonas críticas, donde se han identificado
51 648 ha afectadas, lo que significa un incremento de 24% desde 1961 a 1994.
CUADRO N° iv.2
IDENTIFICACIÓN DE EFECTOS AMBIENTALES PRODUCIDOS POR EL ELEVADO NIVEL FREÁTICO EN LA
CUENCA CHANCAY – LAMBAYEQUE
PROCESOS AMBIENTALES EFECTOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE
NATURAL
EFECTOS SOBRE EL MEDIO
SOCIECONÓMICO
- Elevado nivel del agua freática en la Cuenca Chancay –
Lambayeque.
- Proceso de salinización de los suelos en la Cuenca Chancay –
Lambayeque.
- Pérdida de la productividad natural del suelo, hasta hacerlas totalmente improductivas.
- Denudación del suelo
- Alteración del equilibrio ecológico de los ecosistemas terrestres.
- Variación en los recursos de flora y fauna.
- Aceleración de los procesos de
desertificación.
- Reducción de los suelos productivos con fines agrarios.
- Disminución del rendimiento de la
producción agrícola. - Desplazamiento de la población rural
hacia otras zonas.
- Sembrío de una variedad limitada de
cultivos.
- Disminución de la calidad de vida.
- Mayores inversiones no programadas por el Estado
- Presencia de vectores de enfermedades.
Evaluaciones realizadas para la Presa Tinajones indican que el volumen anual de
sedimentos se ha incrementado desde 1983 al 2001, conforme se muestra en el Cuadro Nº
iv.3.
CUADRO N° iv.3
EROSIÓN EN LA CUENCA CHANCAY – LAMBAYEQUE
Descripción Unidad Período 1970 - 1983 Año 2001
Volumen de sedimentos/ año m3 144 000 543 000
Clasificación del tipo de erosión según
el Patrón de comparación FAO
Ligera Moderada
Si bien de acuerdo a los parámetros internacionales la erosión actual se estima como
moderada, es necesario considerar la velocidad del incremento asociado a la ocurrencia del
Fenómeno El Niño, a fin de que en los diseños se tomen en cuenta estos índices de erosión
y se adopten las precauciones y medidas de mitigación para disminuir estos niveles.
Debe señalarse igualmente, que son las acciones antrópicas las responsables de la
denudación del suelo o del empobrecimiento de la cubierta vegetal, que propician la acción
de los agentes naturales (la lluvia, la sequía, el viento) sobre los suelos desprotegidos
desarrollando procesos erosivos en la cuenca en estudio y generando a su vez, un fuerte
aporte de sedimentos a la red hidrográfica, que en buena medida es responsable de las
inundaciones a lo largo de los principales ríos (por colmatación de sus lechos).
El proceso erosivo en la cuenca de Chancay – Lambayeque responde a una serie de
causales coaligadas, entre ellas la fisiografía del terreno de elevadas pendientes en la parte
alta de la cuenca, las características geológicas, la existencia de un mal manejo de suelos y
bosques y las intensas precipitaciones que se producen en la cuenca intermedia con la
presencia del Fenómeno El Niño. La zona de desarrollo más afectada por la erosión, es la
parte media y alta de la cuenca.
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A pesar que la presa Tinajones no se encuentra ubicada en el cauce del río, es necesario
tener en cuenta lo señalado respecto a la erosión hídrica de la cuenca Chancay –
Lambayeque, que por su magnitud podría representar un factor limitante a cualquier
desarrollo hidráulico, dado que acorta su vida útil (como es el caso del embalse Tinajones),
disminuyendo su capacidad de regulación y comprometiendo así las demandas de agua
solicitadas. Además es necesario señalar que los sedimentos son el factor natural más
importante en la polución de las aguas superficiales, porque se perjudica la calidad.
Los factores de erosión hídrica en la cuenca de Chancay – Lambayeque son:
Precipitaciones: La parte media de la cuenca es una zona donde se presentan
lluvias intensas en época del Fenómeno El Niño, muchas veces torrenciales, lo
cual es causa de un incremento en la escorrentía superficial, que a su vez genera
velocidades erosivas en el suelo; asimismo, a medida que aumenta la intensidad
de las lluvias lo hace también la velocidad con la que el agua alcanza el suelo y
por tanto la fuerza del impacto. Asimismo en la parte alta de la cuenca, en las
zonas de Chugur, Rupahuasi, La Lúcuma y Tongod, las lluvias fluctúan entre
1251 – 1997 mm/año.
Suelo: El coeficiente de escorrentía guarda una relación inversa con la
capacidad de infiltración del suelo; generalmente los suelos de las partes altas
de la cuenca son suelos jóvenes, con poca materia orgánica y muchas veces
desprotegidos o sin cobertura vegetal debido a acciones antrópicas, tal situación
los torna fácilmente erosionables. Se ha comprobado que existe una deficiente
cobertura vegetal en la parte alta y media de la cuenca; asimismo, entre 1961 y
1994, existió un decremento significativo de la vegetación arbustiva (- 48 %)
y del bosque denso (- 68%); en general el promedio de decremento de la
vegetación de la cuenca en el período antes indicado es de 27%. Del mismo
modo, por incremento de la actividad agrícola también ha disminuido el área
forestada en 50 326 ha, en el período antes indicado.
Topografía: A medida que aumenta la pendiente, la cantidad y la energía del
agua de escorrentía son mayores y por consiguiente la fuerza de erosión. Es
decir, una topografía accidentada induce procesos de erosión que impiden en
gran medida el desarrollo del suelo propiciando su pobreza en términos de
forestación. En la cuenca de Chancay – Lambayeque, especialmente en la parte
alta y en la zona de trasvase, el 55% de la superficie presenta pendientes
mayores de 25%, consideradas de moderada a escarpadas.
Vegetación: A medida que aumenta la cobertura de la vegetación, el suelo está
más protegido frente a la erosión, ya que de esta forma el impacto de las gotas
de lluvia sobre el suelo no es directo; se mejora la agregación del suelo por la
liberación de residuos, aumentando la permeabilidad; se facilita la infiltración;
se frena la escorrentía.
Uso y explotación antrópica: Una vez que desaparece la vegetación natural, las
prácticas de cultivo tienden a incrementar la erosión; en la cuenca se han
establecido cultivos con surcos en el sentido de la pendiente. La deforestación
de las partes altas de la cuenca es una forma de explotación antrópica. Existe
sobrepastoreo de las tierras y desplazamiento de animales, que altera la capa
superficial del suelo, propiciando la erosión del mismo, sobre todo en la parte
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media y alta de la cuenca. La construcción de carreteras y caminos, donde no se
toman en cuenta medidas para controlar el efecto de la desestabilización de
taludes, así como la inadecuada ubicación de estructuras hidráulicas, constituye
igualmente una acción antrópica.
b) Sedimentación
Los sedimentos son un aspecto importante dentro del estudio de la calidad de las aguas,
debido a la incidencia de los mismos en procesos relacionados con el aumento de la
turbidez, color y los estrictamente de naturaleza mecánica como la erosión, la colmatación
de los cauces de los ríos, infraestructura hidráulica y otros cuerpos de agua. Desde el punto
de vista global de la producción de sedimentos, las partes alta y media de la Cuenca
Chancay - Lambayeque, se consideran áreas que demandan atención.
Los sedimentos son consecuencia inmediata de la erosión y en la cuenca Chancay -
Lambayeque tienen mucha importancia por cuanto afectan a la infraestructura hidráulica
actual y afectarán a la proyectada, lo mismo que a los terrenos de cultivo pues en las
inundaciones el sedimento se deposita sobre el terreno cultivable y en el mismo cauce del
río, al producirse un cambio en la pendiente natural del río.
Así se tiene que en la actualidad el volumen muerto del reservorio Tinajones ha sido
totalmente cubierto, se calcula que lleva depositado un volumen de 16 425 MMC de
sedimentos y más aún, ya ha empezado a perder volumen útil en 5,225 MMC. También se
tiene que la Bocatoma Raca Rumi presenta deficiencias de operación debido al material de
arrastre acumulado en la captación.
Análisis de los Efectos Ambientales Globales Derivados de la Erosión –
Sedimentación
Los procesos de erosión - sedimentación identificados en el ámbito de la cuenca Chancay -
Lambayeque, no sólo se reflejan una problemática crucial sobre la infraestructura de riego,
si no que ésta, además genera un conjunto de efectos ambientales asociados muy
perjudiciales al equilibrio ecológico – ambiental en la cuenca, y por ende, directa e
indirectamente a la economía de la población asentada en dichas cuencas. En el Cuadro Nº
iv.4 se presentan cualitativamente algunos de los efectos ambientales más importantes.
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CUADRO N° iv.4
IDENTIFICACIÓN DE EFECTOS AMBIENTALES PRODUCIDOS POR LA EROSIÓN Y
SEDIMENTACIÓN
PROCESOS
AMBIENTALES
EFECTOS SOBRE EL MEDIO
AMBIENTE NATURAL
EFECTOS SOBRE EL MEDIO
SOCIECONÓMICO
- Erosión Cuenca
Chancay -
Lambayeque.
- Sedimentación de
cauces, estructuras y
otros (no
cuantificados)
- Pérdida de la productividad natural
del suelo.
- Denudación del suelo
- Alteración del equilibrio ecológico de
los ecosistemas terrestres.
- Pérdida de recursos de flora y fauna.
- Aceleración de los procesos de
desertificación y cambio del clima.
- Alteración de la calidad del agua.
- Sedimentación de cauce del río (zona
baja) y de áreas agrícolas
- Alteración de la pendiente natural de
los ríos
- Reducción de los suelos productivos
con fines agrarios.
- Desplazamiento de la población rural
hacia otras zonas.
- Mayor pobreza
- Disminución de la calidad de vida.
- Reducción significativa de la vida útil
del Reservorio Tinajones.
- Sedimentación de la infraestructura
de riego, plantas de agua potable,
hidroeléctrica Carhuaquero y otras
obras hidráulicas.
- Mayores inversiones no programadas
por el Estado
- Mayor frecuencia de desbordes hacia
zonas agrícolas y centros poblados.
- Migración de la población hacia áreas
más bajas.
4.2.3 PÉRDIDAS DE AGUA
Tal como se indicó anteriormente, existe una baja eficiencia de riego en la parte baja del
valle, producto de las pérdidas por infiltración que se dan generalmente a partir de las redes
de riego y a fuertes perdidas por percolación a partir de las parcelas. Por estudios
realizados en el valle se conoce que la eficiencia de riego es baja, alrededor del 36,55%,
teniendo en cuenta que el valor óptimo de eficiencias a nivel del valle para un sistema de
riego regulado debe oscilar alrededor de 70%. Estas pérdidas de agua, además de constituir
una sustracción a la disponibilidad del recurso hídrico, situación que no se justifica en una
zona árida, incrementan el agua del subsuelo, cuyo elevado nivel freático constituye un
problema para el valle agrícola.
Para una población urbana, (año 2000), localizada dentro del ámbito de la EPS (Empresa
Pública de Saneamiento), de 782 204 habitantes, la empresa produce 46 801 356 m3 de
agua y factura por un volumen de 25 560 823 m3, siendo el consumo medido equivalente a
8 117 188 m3. Como se puede observar, existe diferencia entre la producción de agua y
entre lo que se factura; si bien es cierto parte de la pérdida puede deberse a problemas en la
medición u otros factores administrativos, otra parte se debe a perdidas por filtraciones por
el estado de la tubería y por las conexiones domiciliarias.
Pérdidas por la Infraestructura Hidráulica
Cualquier infraestructura de regulación tiene efectos sobre las características del recurso
hídrico, tales como régimen de crecidas, modificación del caudal de estiaje, regímenes de
flujo, efectos sobre el patrón de drenaje, morfología del cauce, conectividad, etc. Las
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consecuencias de estos efectos son variables y están en función de las características de los
ecosistemas de los ríos.
La cuenca del río Chancay – Lambayeque está regulada, se ha construido variada
infraestructura, que ha incidido y continúa haciéndolo de alguna forma sobre los servicios
ecológicos que provee el río. La problemática generada por la infraestructura sobre el
medio biológico se describe en otro acápite.
En el caso del valle del Chancay – Lambayeque, la diversa infraestructura hidráulica
construida ha tenido efectos importantes sobre el medio ambiente y específicamente sobre
el recurso hídrico y los ecosistemas acuáticos. A pesar que no se cuenta con información
de las condiciones imperantes anteriores a la construcción de esta infraestructura, es
evidente que se han generado muchos impactos ambientales, algunos de los cuales
(relacionados con el recurso hídrico), se indican a continuación:
El Reservorio de Tinajones produce infiltraciones hacia el subsuelo, que debido
a la pendiente natural del terreno, tiende a ir hacia la parte baja del valle.
Se ha creado un nuevo ecosistema alrededor del Reservorio Tinajones.
La regulación del río Chancay – Lambayeque ha modificado el régimen natural
del río.
El trasvase del Llaucano al Chotano y del Chotano al Chancay, ha tenido
efectos en las cuencas de estos ríos, que hasta la fecha no han sido evaluados.
La bocatoma principal de Raca Rumi, y otra infraestructura hidráulica, retienen
sedimentos.
La mayor oferta del recurso hídrico para el valle, propicia el incremento de
solicitudes de agua para la agricultura y el uso de cultivos que demandan o
consumen elevados volúmenes de agua.
4.3 RIESGOS Y VULNERABILIDAD AMBIENTAL
Los peligros naturales (pluviosidad, inundaciones, huaycos, deslizamientos, sismos,
glaciarismo, vulcanismo, etc.) y los peligros antrópicos (contaminación tóxica,
deforestación, etc.) que ocurren en la cuenca del Chancay - Lambayeque, dan lugar a alta
vulnerabilidad y riesgos de destrucción de la infraestructura hidráulica en el valle. El
registro estadístico histórico demuestra lo antedicho.
Los principales eventos que constituyen riesgos por desastres naturales en la zona del valle
del río Chancay - Lambayeque, donde se ubican las áreas de riego y los centros poblados,
son las inundaciones, arrastre del río y quebradas así como los sismos.
4.3.1 INUNDACIONES
El Fenómeno El Niño, es causante de los mayores daños que se han presentado en la
cuenca a lo largo de su historia que, aunado al alto grado de vulnerabilidad de la
infraestructura existente, producen cuantiosos daños. El fenómeno es recurrente con
diferente intensidad; han existido algunos períodos en que éstas han resultado
inusualmente altas, produciendo verdaderas catástrofes. La infraestructura crítica
involucrada en el proceso productivo de la zona y que se hallan expuestas a los efectos de
las inundaciones pertenece a los siguientes sectores:
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La infraestructura de riego
La infraestructura vial
Las áreas de riego
Las zonas pobladas
La parte baja de la cuenca del Chancay - Lambayeque, con topografía casi plana, tiene
gran importancia desde el punto de vista agrícola, y constituye la principal zona afectada
por las descargas del río, ya que en épocas de avenidas, las aguas desbordan su cauce
normal inundando las áreas de cultivo, originando pérdidas a los agricultores y causando
considerables daños en la infraestructura de riego y drenaje; asimismo, origina daños en
los diversos sectores, como: transporte, vivienda, agua potable y desagüe, etc.
En Chancay – Lambayeque, por efecto de inundaciones, se puede indicar que existe un alto
riesgo en las siguientes estructuras: Bocatoma Raca Rumi, La Puntilla, Canal Alimentador
y Canal Taymi; otros canales principales de la irrigación ubicados en la parte más baja del
valle se muestran altamente vulnerables debido a que el río divaga por estas zonas durante
las avenidas.
En lo que respecta a las áreas pobladas, las que tienen el más alto riesgo de sufrir
inundaciones son aquellas ubicadas en las inmediaciones del río Chancay. En lo referente a
las áreas de riego, las inundaciones causarían daños a las áreas agrícolas de los distritos de