PROYECTO DE LEY SOBRE DEROGACION DE LA LEY N° 24041 I.- ANTECED ENTES.- 1.1.-La Ley N° 24041 publicada el 28 de diciembre de 1984, en su artículo 1° dispone que los servidores públicos contratados para labores de naturalea permanente, que ten!an m"s de 1 a#o ininterrumpido de servicios, no pueden ser cesados ni destituidos sino por las causas previstas en el capítulo $ del %ecre to Le!islativ o N& 2'( y con su)eci* n al procedimi ento establecido en +l-recisando en su ar tí culo 2& a los se rvidor es públic os qu e no es t" n comprendidos dentro del marco de protecci*n de la indicada Ley 1.2.-.on respecto a la aplicaci*n de la Ley N° 24041 la /ala de %ereco .onstitucional y /ocial ransitoria de la .orte /uprema de usticia a se#alado en calidad de precedente vinculante en la .asaci*n N° 380'2009 unín, de 5eca 20 de maro de 2012, que los traba)adores que pretende prote!er la norma son los ser vid ore s pú blic os contratados par a labores de naturalea permanente, entendida +sta como aquella que es constante por ser inerente a la or!aniaci*n y 5unciones de la 6ntidad -ública, así como a los servicios que brinda la misma-recis"ndose, en abundante )ur isp rudencia, que no es e7i!encia para la aplicaci*n de la protecci*n prevista en dica Ley que el traba)ador aya in!resado a la carrera pública mediante concurso público1.3.-%e otro lado, con relaci*n a la aplicaci*n de la Ley N° 24041, la .orte /uprema a indicado en su )urisprudencia que se requieren dos requisitos para acceder a +staaque el demandante aya realiado labores de naturalea permanente: y bque las mismas se ayan e5ectuado por m"s de un a#o ininterrumpido antes de la 5eca de cese de labores, tal como se precis* por el ribuna l .onstitucional en el 5undamento 2 de la /. N° ;30;2004<<=.-"!ina 1 de 12
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Proyecto de Ley Sobre Derogacion de La Ley n 24041
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## #(,(&%&*# $&#'%#(# $&#*"$"#*%%, sino adem"s que no e7ista
impedimento para que aquella sea cubierta a trav+s del mecanismo id*neopara tal e5ectoI G67pediente 000022010->=., 5undamento 2' y ;0 el cual
dice GH %e todo lo e7puesto, se puede e7traer, como *#)"(% ,(,+"*'8(,
que para in!resar al sector público, tanto en el r+!imen laboral público como en
el privado, resulta necesario no solo la e7istencia de una plaa vacante, que
debe encontrarse previamente presupuestada, sino adem"s que no e7ista
impedimento para que aquella sea cubierta a trav+s del mecanismo id*neo
para tal e5ecto 6n el punto resolutivo 4 de dico e7pediente se dispuso lo
si!uiente I%e con5ormidad con los artículos 81 y 82 del .- .ons, esta
sentencia y las interpretaciones en ella contenidas son vinculantes para todos
los poderes públicos y tienen alcances !eneralesI
V.- FNDAMENTOS TECNICOS
@ue, desde el mes de 6nero a la 5eca e7isten múltiples requerimientos por
parte de la .orte /uperior de usticia de ?oque!ua en la que disponen que e7 F traba)adores de la ?unicipalidad -rovincial de ?ariscal Nieto sean repuestos
en sus puestos de traba)o que venían ocupando antes del momento del cese,
por lo que el -oder udicial est" considerando a la ?unicipalidad Benuente
acarreando con esto que impon!a múltiples multas, las cuales se van
incrementando !radualmente lle!ando a la 5eca asta 28 JB-, con la
posibilidad de que se si!an incrmentando: pero es el caso que el -oder udicial
no tiene en consideraci*n que a la 5eca se tiene 33 servidores administrativosrepuestos )udicialmente y (4 obreros respuestos ba)o el d le! '28,
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Kaciendo un total de 1 2;5432.6: nuevos soles el !asto total por empleados F
administrativos repuestos )udiciales que se necesitaría para poder cubrir con
su remuneraci*n y bene5icios sociales de ley
<simismo tambi+n e7isten los obreros repuestos )udiciales que actualmente se
encuentran traba)ando en la ?unicipalidad y que est"n ba)o el % Le! '28 en
un número de (4 obreros, por lo que a continuaci*n detallo la estadística delpersonal empleado y obrero por reposici*n )udicial en la 5orma de c*mo se an
repuesto por cada a#o, así tambi+n detalle el !asto que !enera los obreros de
reposici*n )udicial, con5orme al si!uiente detalle
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el -oder udicial siempre se an encontrado mediante proyectos de inversi*n
pública y con la 5uente de 5inanciamiento de canon minero, el cual es de uso
e7clusivo para proyectos de 5orma temporal: pero es el caso que en el proceso
)udicial se indica que los demandantes no pertenece a proyectos de inversi*nen base al principio de primacía de la realidad -or lo tanto al no pertenecer a
proyectos de inversi*n como contratado eventual y no ocupar nunca una plaa
.<- y -<- vacante, no e7iste un puesto donde se realiarían las reposiciones
)udiciales ordenadas por el poder )udicial
<simismo mediante el A5icio N° 00(2013A.>=?-?N, el
e5e del r!ano de .ontrol >nstitucional de la ?unicipalidad -rovincial de?ariscal Nieto, pone de conocimiento sobre los ries!os detectados en veeduría
a la e)ecuci*n de 5ica de mantenimiento, en la que se en su punto 3 se#ala
que se a detectado en planilla de personal que traba)aba en actividades
permanentes de la 6ntidad, lo cual !enera el uso de recursos de canon minero
para el pa!o de remuneraciones a personas que realian otras labores en la
6ntidad -or lo que de la revisi*n de las planillas de detecto a ' personas
repuestas )udiciales que no realian nin!una actividad en el mantenimiento por
donde se a5ecta su remuneraci*n, por lo que contraviene la normatividad
vi!ente GLey 2'30( F Ley de uso de canon minero, eco que ya 5ue advertido
por la .ontraloría eneral de la Bepública a trav+s del in5orme N° 9';2012
.=AB?@66
@ue, mediante Besoluci*n N° 03'2014.=/B<, el
ribunal /uperior de Besponsabilidades <dministrativas de la .ontraloría
eneral de la Bepública, sanciona a e7 F 5uncionarios de la ?unicipalidad
-rovincial de ?ariscal Nieto, por usar el dinero del canon minero para pa!ar
remuneraciones de repuestos )udiciales que no realian una 5unci*n e5ectiva en
un proyecto de inversi*n pública: asimismo en su numeral 3' indica GH Jsar
los recursos públicos sin la estricta observancia de las normas pertinentes o
in5luir de cualquier 5orma para su aplicaci*n irre!ular ocasionando per)uicio al
6stado
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