Hoja 1/14 Desde el AREA DE BROMATOLOGIA E HIDATIDOSIS DEL MUNICIPIO de ESQUEL – CHUBUT….. Al SENADO DE LA NACION…. ? COMISION DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES CONCURSO: “RECONOCIMIENTO A LA BUENA GESTION MUNICIPAL 2005”
Hoja 1/14
Desde el AREA DE BROMATOLOGIA E HIDATIDOSIS DEL MUNICIPIO de ESQUEL –
CHUBUT…..
Al SENADO DE LA NACION….
? COMISION DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
CONCURSO:
“RECONOCIMIENTO A LA BUENA GESTION MUNICIPAL 2005”
Hoja 2/14
Presentado por:
? Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Esquel
? Dirección de Bromatología e Hidatidosis de la Municipalidad de Esquel
? Secretarias de Medio Ambiente, Cultura y Educación ,de Turismo y Promoción Social de la
Municipalidad de Esquel.
? ONG Grupo Solidario de Gestión
? Área de Hidatidosis de la Provincia del Chubut
? Hospital Zonal de Esquel
? Ministerio de Educación .ISFD 809.-
? ENMARCADO EN EL PROGRAMA MUNICIPIOS SALUDABLES.-
SENADO DE LA NACIÓN
COMISION DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
Formulario de Presentación
RECONOCIMIENTO A LA BUENA GESTIÓN MUNICIPAL 2005
Organismo:
Municipalidad de Esquel
Provincia:
Chubut
Responsable para contactar:
Veterinario Ricardo De Oro-Municipio de Esquel-
Profesoras Beatriz Ripa y Elba Willhuber-Abogada Dra Mirta Gonta-
ONG Grupo Solidario de Gestion-P.J.2286-
Fecha de Llenado del Formulario:
9 de agosto de 2005.-
Calle:
Mitre
N°:
524
CP:
9200
Hoja 3/14
Localidad:
Esquel
Municipio:
De la Ciudad de Esquel-
Lema:”Construyamos Juntos la
Esperanza”.
Cantidad de habitantes:
33.000
Teléfonos:
02945-451921-/451925-/451923-
Fax:
02945-451939
Sitio web:
www.esquel.gov.ar
E-Mail:
Título de la experiencia:
PROGRAMA CENSO CANINO Y CONCIENTIZACION POBLACIONAL ARTICULANDO LO EDUCATIVO CON
LAS PRACTICAS SOCIOCULTURALES DESDE LA ZOONOSIS.-
AVAL DEL INTENDENTE
Apellido y Nombres:
WILLIAMS RAFAEL
Sello:
Firma:
? EL AVAL DEL INTENDENTE CERTIFICA ADEMÁS LA VERACIDAD DE LOS DATOS
PRESENTADOS.
? RECUERDE QUE TODOS LOS CAMPOS DEL FORMULARIO DEBERÁN ESTAR
COMPLETOS.
? NO ALTERE EL ESPACIO PREVISTO (MÁXIMO UNA CARILLA POR ASPECTO) PARA
CADA UNO DE LOS PUNTOS DE EVALUACIÓN A CONSIDERAR.
? PARA CUALQUIER CONSULTA, DIRIGIRSE A:
COMISIÓN DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES DEL H.
SENADO DE LA NACIÓN,
TEL. (011) 4959-3000 int. 2700 / 2701, MAIL [email protected]
NO LLENAR ESTOS CAMPOS
Fecha de Recepción: Cat.: N° de Registro:
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Síntesis o resumen del proyecto:
-Ante la problemática que se está presentando en la mayor parte de zonas urbanas tanto de pueblos
como ciudades de nuestro país, con el tema de PERROS SUELTOS, a lo que nuestra ciudad de
Esquel no es ajena , ocasionando:
? HIDATIDOSIS ( es la zoonosis de mayor importancia en nuestra zona, siendo el vector el
perro,, por la cual existe desde el municipio un plan de trabajo para el control de dicha
enfermedad, teniendo como antecedente trabajos del Hospital de Esquel, referente de toda la
zona Noroeste de la Pcia de Chubut.)
? GRAN CANTIDAD DE DENUNCIAS POR MORDEDURA DE PERROS. ( mas de 159 casos
atendidos por guardia solamente en el hospital Zonal Esquel durante el año 2004.)
? BASURA DESPARRAMADA ,lo que origina ademas proliferación de roedores y/otras
enfermedades zoonoticas como el hantavirus)
? MALESTAR ENTRE VECINOS, (que producen quejas y muy pocas propuestas para mejorar
la problemática)
? Se planifico Interdisciplinariamente el siguiente Proyecto, según el MARCO DE MUNICIPIOS
SALUDABLES , denominandolo :
? “PROYECTO CENSO CANINO Y CONCIENTIZACION POBLACIONAL ARTICULANDO
LO EDUCATIVO CON LAS PRACTICAS SOCIOCULTURALES DESDE LA ZOONOSIS.-
IDEA BASICA:
Es la ARTICULACIÓN DE UN TRABAJO INTERDISCIPLINARIO MUNICIPAL, DESDE EL
AREA DE LA DIRECCION DE BROMATOLOGIA E HIDATIDOSIS, LA Organización No
Gubernamental GRUPO SOLIDARIO DE GESTION ,EL AREA PROGRAMATICA DEL
HOSPITAL ZONAL DE ESQUEL, LA DIRECCION DE HIDATIDOSIS DE LA PROVINCIA DEL
UNIVERSIDAD
NACIONAL DE
QUILMES
UNIVERSIDAD
NACIONAL DE
GENERAL
SARMIENTO
FEDERACIÓN
ARGENTINA
DE
MUNICIPIOS
MINISTERIO DEL
INTERIOR
SECRETARIA DE
ASUNTOS MUNICIPALES
SECRETARIA DE
POLÍTICAS
SOCIALES
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CHUBUT ,junto a otras areas del Municipio,(Secretaria de Gobierno, Promocion Social ,Direccion
de Prensa , Medio Ambiente, Secretaria de Cultura y Educación , Tribunal de Faltas y Concejo
Deliberante) , Agentes Sanitarios que trabajan en los Centros Perifericos de Salud de los barrios de
la ciudad , Medios de Comunicación , LO EDUCATIVO desde El Instituto Superior Docente 809 del
Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut, para capacitar a los docentes que
participan,(este año inscriptos 150 maestros) alumnos de EGB ,Nivel Inicial hasta 9no años, ( con una
participación de 3000 alumnos), un Equipo de una coordinadora de Jefas y Jefes de Hogar y del Plan
Trabajar para Incluir ,los que con la idea fundamental frente a la problemática concreta y cercana de
los canes sueltos en la vía pública y el incremento de casos de Hidatidosis, como también
ocurre con los casos de Hanta Virus;entre otras enfermedades zoonoticas, realidades ya indagadas y
tratadas por distintos actores e instituciones sociales a través de por ejemplo, programas de
Concientización; y ante la urgente necesidad de llegar a toda la comunidad y proponer un cambio,
cabe preguntarnos: ¿Cuál es la manera para que el conjunto de la sociedad tome conciencia de tal
situación, e interprete la gravedad de la misma y modifique conductas en pos de erradicar este
estado de realidad?.
El equipo Interdisciplinario considera que en el caso de las enfermedades zoonóticas, el
factor más importante es la toma de conciencia. Para ello la educación se constituye como el
medio más eficaz, y se procura formar a los docentes a traves de cursos de Capacitacion. desde
una pedagogía critica,reflexiva y transformadora ,con las herramientas necesarias para estar
informados intelectualmente del problema y su magnitud, demostrando que con el esfuerzo solidario
y responsable podemos contribuir al Cambio .-
Los Medicos Veterinarios del Programa junto a otros Especialistas al Area de enfermedades
Prevalentes del Hospital Zonal de Esquel, capacitan a las personas que intervienen en el
mismo,ademas de realizar sus tareas especificas:parques de desparasitacion canina, patentamiento,
estudio de casos de Hidatidosis en población escolar,con ecografias a cada niño y analisis
correspondiente) castración masiva,etc-Los agentes sanitarios del Hospital Zonal de Esquel que
atienden a 1280 familias,repartiendo pastillas de desparasitacion canina y los Promotores Sociales del
Municipio del Plan Trabajar para Incluir, que tienen a su cargo a 780 familias, concientizan a la
población sobre esta enfermedad.La ONG Grupo Solidario de Gestion realiza los tramites
necesarios para conseguir fondos y/o recursos varios,(en la provincia ,en la Nacion y/o con trabajos
propios) , programar Concursos para los estudiantes, buscar premios, ademas de Organizar la
Formación de los Jefes y Jefas de Hogar e integrantes del Plan Trabajar para Incluir , (15-quince
integrantes) junto a la Coordinadora y el Licenciado en Comunicador Social del Municipio, cuyas
tareas son: censar los canes que hay en la ciudad,casa por casa,Barrio por barrio sectorizado
previamente, relevar datos para el patentamiento, hacer logos,campañas,visitas a Juntas
Vecinales,Iglesias, Escuelas,cuidado de lugares publicos (plazas, Hospitales, espectáculos,desfiles
publicos, etc),Programas radiales y Televisivos,folletos,capacitandose permanentemente completando
estudios primarios y /o secundarios.
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Caracterización del municipio en que tuvo lugar la
experiencia: Tipo de municipio, población, indicadores
socioeconómicos, presupuesto municipal, cantidad de empleados
municipales, entre otros datos:
:
Tipo de Municipio: 1era Categoría,dentro del Marco de Municipios Saludables-
Población de Esquel: 33.000 habitantes.-
Indicadores socioeconomicos: 2000 familias con NBI.-
Presupuesto municipal:32.000.000 $
Cantidad de empleados municipales: 350.-
Otros Datos:
AÑO 2006 :25 de febrero: CENTENARIO DE LA CIUDAD.-
Pagina Web:www.esquel.gov.ar
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Objetivos propuestos (objetivo principal y secundarios; explícitos e implícitos) y metas del
proyecto o políticas del municipio:
Dentro de un Marco en el que la Municipalidad de Esquel construye politicas que:
? en conjunto con la mayor cantidad de actores y de los que representan a los mas
desfavorecidos proponen co-diseños de Politicas de Estado que luego se traducen en Politicas
de Gobierno tratando de buscar una relacion con actores y sectores con continuidad ,con una
creciente articulación y planificación interinstitucional.(Organizaciones de base,instituciones de
la comunidad,estado (Municipal,provincial,nacional,internacional),propiciando una ciudadania
activa).-priorizando el derecho a la información,con instancias de control ,indicadores que dan
transparencia a la gestion incorporando instrumentos de evaluacion participativa, los
OBJETIVOS DEL PROYECTO CENSO CANINO Y CONCIENTIZACION POBLACIONAL
ARTICULANDO LO EDUCATIVO CON LAS PRACTICAS SOCIOCULTURALES DESDE LA
ZOONOSIS.- son:
1.- OBJETIVOS:
OBJETIVOS GENERALES:
***Actualizar el relevamiento de datos del censo canino anterior realizado por el municipio de
Esquel y Agentes Sanitarios con la finalidad de elaborar este Proyecto Estratégico con la mayor
participación de los actores involucrados.
? Ofrecer campañas sistemáticas de Educación y Concientizacion Poblacional(Esquel y zonas
rurales aledañas) sobre el cuidado de sus canes para la PREVENCION DE LAS
ENFERMEDADES ZOONOTICAS ,sobre todo la Hidatidosis y el Hantavirus.-
? Fortalecer las capacidades profesionales de los maestros del Nivel Inicial y E.G.B. hasta
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9no año para el ejercicio de la docencia en el abordaje de las problemáticas
socioculturales cotidianas que tiendan a mejorar el rendimiento escolar de los alumnos
adquiriendo las herramientas didácticas necesarias para transformar esa realidad familiar
(evitar que los perros esten sueltos, conocer la Ordenanza municipal, la actuación del
juez de faltas,etc).-
OBJETIVOS ESPECIFICOS:
***Contribuir en bajar el índice de Hidatidosis en la ciudad de Esquel ya que los mas perjudicados
son niños desde 2 años a 15 años.-
? Realizar sistemáticamente y en forma coordinada un trabajo interinstitucional con otras
áreas de la Municipalidad y de la Ciudad para que se logre la Concientizacion poblacional
respecto a la peligrosidad de dejar el perro suelto en la ciudad y en zonas
cercanas(estancias,parajes)-
? Desarrollar junto a los docentes y otros actores interinstitucionales conocimientos
vinculados con la construcción, planificación y organización del objeto de enseñanza,
asumiendo una actitud crítica y de rigor científico en los trabajos de diseño, ejecución y
evaluación de la tarea propuesta.
***Desarrollar estrategias de articulación de las propuestas didácticas que se brindan en los
encuentros de formación con otros temas de interés que el docente trabaje en su currícula
donde las familias de los alumnos se involucren activamente, ya que esta problemática es
sociocultural.-
META :
- A traves del trabajo realizado en el marco de este PROYECTO llevado a cabo por el Departamento
de Bromatologia de la Municipalidad de Esquel,la ONG Grupo Solidario de Gestion,P.J. Nª 2286 y un
grupo de integrantes del PLAN NACIONAL JEFES Y JEFAS DE HOGAR, DEL Plan Trabajar Para Incluir
Y DEMAS instituciones nombradas anteriormente , se han detectado en la población mas de 4600
canes,numero absolutamente elevado dados los problemas de salud que generan,especialmente la
HIDATIDOSIS.
SIENDO QUE POR ELLO SE HACE NECESARIO PROPONERSE COMO META CONCIENTIZAR A LA
POBLACION mediante LA EDUCACION SISTEMATICA,sobre el cuidado de los animales del
hogar(preferentemente canes ) para la proteccion de la salud de las personas, asegurando ademas
una buena CONVIVENCIA ENTRE VECINOS, es que presentamos este Proyecto destinado a erradicar
un problema QUE ES EL CONJUNTO DE FACTORES DE INDOLE ECONOMICA,SOCIAL Y CULTURAL.-
Problema que la experiencia intenta resolver. Caracterización:
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Educar para concientizar es un desafío que se plantea para construir actores sociales críticos, capaces
de interpretar su entorno, comprender sus significados, y si es necesario, esbozar formas de cambio y
transformaciones. Los lineamientos generales de este proyecto están pensados en pos de una
enseñanza que integre e incluya la complejidad, la multiplicidad, la ambigüedad, e incertidumbre del
pensamiento y la cultura humana, y proponer su utilización como instrumento inmejorable para
provocar la subjetivación, la creatividad y la emergencia del sujeto, capaz de convertirse en crítico
actor social.
Sin la participación activa y estrategica INTERDISCIPLINARIA
MUNICIPAL,PROVINCIAL,ORGANIZACIONES NO
GUBERNAMENTALES,ESCUELAS,VECINOS DE LA CIUDAD,MEDIOS DE COMUNICACIÓN, no
se puede lograr los OBJETIVOS propuestos.
Desde este lugar, se piensa en aprendizajes significativos, y en la adquisición de materiales con
sentido que sean capaces de provocar entendimientos relacionales entre los contenidos escolares y los
conocimientos experienciales ya poseídos por el educando,las familias y los vecinos de la ciudad y
zonas cercanas a Esquel, reafirmando el aprendizaje relevante con una ampliación reconstruida de
sus esquemas al incorporar estrategias elaboradas, distanciadas y críticas respecto al localismo de la
propia experiencia.
Desde sus mismas familias dejan el perro suelto, los trabajadores rurales llegan de sus tareas en
estancias cercanas con sus canes infectados con quistes hidatidicos, existe un desconocimiento de la
normativa municipal…entre otras caracteristicas…
Muchos vecinos no llevan sus canes a los parques desparasitacion…
Es importante conocer cual es la situación causal del problema, como fue en los últimos años y como
seguiría de permanecer las actuales condiciones. Para ello es que a continuación se esboza un
diagnostico de la actual situación:
? se analizan causas del problema (COMO ES?, COMO FUE, Y COMO TIENDE A SER?) y efectos
consecuentes (ASPECTOS SANITARIOS: Números, porcentajes, tablas y cuadros
comparativos.)(COMO DEBE SER LA SITUACIÓN EN CONTRASTE CON LA ACTUAL?).
? Datos del censo canino obtenidos por el Departamento de Bromatología
de la Municipalidad de Esquel
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Hoja 11/14
Hidatidosis Añ0 2004
Area Programatica Hospital
Zonal Esquel
Distribucion de los Casos Nuevos Según Sexo
Sexo Nº de Casos %
Femenino 25 38%
Masculino 43 62%
Total 68 100%
Distribucion de los Casos Nuevos Según Edad
Edad Nº de Casos %
0 a 14 años 28 42%
15 a 29 años 10 12%
30 a 44 años 8 12%
45 a 59 años 11 17%
60 y Mas 11 17%
Total 68 100%
Distribucion Según Localizacion
Localizacion Nº de Casos %
Hepatica 48 72%
Pulmon 14 18%
Hepatica y Pulmon 3 5%
Osea 1 2%
T.C.S. 1 2%
Hepatico y Peritoneal 1 2%
Total 68 100%
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Distribucion Según Departamento
Departamento Nº de Casos %
Cushamen 28 43%
Futaleufu 19 29%
Tehuelche 11 17%
Languinñeo 5 8%
Otros 5 3%
Total 68 100%
Distribucion Según Situacion Quirurgica
Situacion Quirurgica Nº de Casos %
Operados 31 42%
No Operados 37 58%
Total 68 100%
Distribucion Según Serologia
Serologia Nº de Casos %
Serologia Positiva 17 26%
Serologia Negativa 8 12%
No Indicada 43 62%
Total 68 100%
El equipo Interdisciplinario reitera (como se explico anteriormente,aunque parezca
redundante ) que en el caso de las enfermedades zoonóticas, el factor más importante es la
toma de conciencia. Para ello la educación se constituye como el medio más eficaz, y por eso
se procura propiciar a los docentes las herramientas necesarias para estar informados del
problema y su magnitud, demostrando que con el esfuerzo solidario y responsable podemos
contribuir a la transformación de la problemática.
Se podrá hacer la transposición a otros temas de interés que estén presentes en la currícula
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con la propuesta brindada en los cursos de capacitación.
El lugar central que ocupa el docente en el proceso educativo es un hecho innegable,
por ello tender a mejorar las condiciones en las que realiza su práctica se orienta a abordar la
problemática según el enfoque propuesto.
En la realidad se puede observar las variables expuestas anteriormente, las cuales
demuestran que los alumnos no han alcanzado significativamente los contenidos curriculares
para accionar sobre problemas concretos de su entorno que afectan el medio ambiente, la
convivencia entre vecinos, la salud del conjunto de la comunidad, entre otros.
Este cruzamiento de datos sobre la formación de profesores y la incidencia en el desempeño
de los alumnos para accionar y transformar la realidad que nos afecta, es considerada para
abordar la problemática desde el fortalecimiento de la propia práctica, para permitir
identificar las necesidades específicas de cada población docente formulando propuestas
localizadas de capacitación para distintos grupos destinatarios.
Los altos índices de casos de hidatidosis (ya mencionados anteriormente) en los niños
que concurren al Nivel Inicial y E.G.B l, ll, lll, y también adultos afectados, como también las
entrevistas a docentes sobre el poco o nulo abordaje de las problemáticas reales
socioculturales y las dificultades de transmisión de contenidos sobre estos aspectos en el
aula, hacen que en el análisis de esta situación se consideren las distintas dimensiones
institucionales e interinstitucionales para permitir así identificar un conjunto de causas
intervinientes en los problemas existentes. La complejidad y multicausalidad de la
situación requiere un abordaje integral de los problemas, al mismo tiempo, que exige
focalizar en aquellas condiciones que tengan un impacto significativo en un mayor
número de causas, planteando acciones que tiendan a su resolución.
Apuntar a cuales son los conocimientos propios de la práctica educativa relacionado con los
distintos niveles de concreción curricular que organizan el conocimiento escolar, saber y
conocer a quién se enseña, evaluar el contexto de grupo, seleccionar y planificar qué se
enseña y para qué se enseña, evaluar su práctica y el de sus alumnos, diseñar instrumentos
de evaluación. Por todo ello se hace necesario formar docentes que se incluyan en el
conjunto de saberes que a los alumnos le son propios en los múltiples ámbitos de acción que
incumben a su tarea, el aula, la escuela, la comunidad, el de los pares como colectivo
inclusos, saberes vinculados con los que va a enseñar (que comúnmente denominamos
disciplinares) como los pedagógicos-didácticos y a los que permitan entender y operar sobre
la realidad social en la que todos los otros saberes serán puestos en juego.
Esto se lograra con el curso de Capacitacion del Instituto Superior Docente
Ministerio de Educación de Chubut, presentado por este Equipo y aprobado
mediante Expediente Nº 2401/05,este año en curso.-
Desde la ONG Grupo Solidario de Gestión se buscaran recursos para el Programa,
gestionar el pago de Coordinadora de JEFES Y Jefas de Hogar y del Trabajar para Incluir,
procurar una vestimenta que le de identidad al mismo, y aportara una abogada
(integrante de la ONG) para explicarlas leyes y ordenanzas que le dan un marco juridico al
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Proyecto como asi una Docente especializada en Didáctica para el trabajo con los
maestros.-
La Dirección de Bromatología del Municipio junto a la Dirección Provincial de
Prevención de la Hidatidosis se encargara de la formación de los integrantes del proyecto
en primer termino integrando el Equipo de capacitación a los docentes, además de….
? Relevar la población canina en la ciudad, poseyendo datos de las familias poseedoras
de canes, datos domiciliarios, condiciones de hábitat del animal, plan de vacunación
si posee, y provisión de antiparasitario.-
? Control de canes sueltos en la vía pública, captura de los mismos, información por los
medio de comunicación para el retiro de los mismos previo pago de multa, según
reglamenta la ordenanza vigente en la localidad.-
? Se provee un servicio de extracción en vía pública y/o en casa de familias de
animales muertos, los que se depositan en un predio preparado a tal fin en el
basurero municipal.-
? Recepción de denuncias por perros agresivos; constatación de la salubridad del
animal implicado, condiciones de hábitat, control por un período de 10 días para
observar su se manifiestan síntomas de enfermedades infectocontagiosas.-
? Plan de esterilización quirúrgica en perras con el objetivo de controlar la población
canina.-
? Patentamiento obligatorio de cada can de la ciudad, obligatoriedad de informar
cualquier modificación en la propiedad del mismo, cambio de residencia, y/o nuevos
nacimientos y defunciones de canes.-
? Llevar el registro de adopción de los canes.
Desde los Agentes Sanitarios se buscara apoyo en los Barrios y Centros de Salud,
además de la distribución de las pastillas de desparasitación canina.
Los promotores Sociales de la Secretaria de Promoción Social del Municipio llevaran
a las familias el mensaje preventivo sobre el cuidado de la Salud y las implicancias de dejar
suelto a su can.-
Integrantes del Concejo Deliberante evaluaran la marcha de la Implementación de la
Ordenanza que lleva casi un año de promulgada.-
El Juez de Faltas Municipal explicara como se debe denunciar, en que casos y la
aplicación de la Ordenanza 110/04.-
La Secretaria de Medio Ambiente informara sobre recorrido del camión que recoge la
basura por los distintos barrios además de articular lo educativo con este proyecto ,se
realizaran reuniones con el equipo de jóvenes que ayudan en este area.-
Desde la Secretaria de Turismo se informa a los que nos visitan…(folletos,logos,etc)
La Dirección de Prensa Municipal armara los jingles y folletos, mensajes que serán
comunicados por los medios.-
Hoja 15/14
Con material propio se han dado charlas en las escuelas, con material audiovisual (videos y
láminas),propuestas vivenciales como se observa en el Anexo,socializacion de las clases en el
ciclo,escuela ,barrio y ciudad a traves de distintos medios.Se aportan materiales y recursos
que a modo de ejemplo estan en el anexo.-
Es interesante destacar que el Doctor de la Zona de Lago Puelo se une a este Equipo
para tratar en conjunto esta problemática.-
Los vecinos Y/o alumnos que nos han pedido participar tambien estan integrados.-
Caracterización del área del municip io en la que se llevó a cabo el programa :
Características generales de dicha dependencia teniendo en cuenta principalmente misiones y
funciones de la unidad, objetivos de la unidad, grado de formalización de la unidad y de los
procedimientos, tipo de departamentalización (rígida o flexible):
Poder Ejecutivo Municipal
Mitre 524
Hoja 16/14
Tel-Fax: (0245) 451921 - 451923 - 451925
MMO Rafael Williams - Intendente
Contacto
Secretaria de Gobierno
Dr. Hector Trotta
Contacto (DE ESTA SECRETARIA DEPENDE EL AREA DE BROMATOLOGIA
E HIDATIDOSIS.-)
Secretaria de
Turismo
Lic. Claudia Tabares
Contacto
Secretaria de Hacienda
Contadora Patricia Edith Blanchod
Contacto
Secretaria de Planeamiento Urbano Obras y Servicios Públicos
Ingeniero Eduardo Nelson Conesa
Contacto
Secretaria de Promoción Social
Señor Oscar Eulalio Cheuque
Contacto
Subsecretaria de Producción y Empleo
Arquitecto Pablo A. Schulz
Contacto
Subsecretaria de Cultura y Educación
Hoja 17/14
Profesor Claudio Dalcó
Contacto
Subsecretaria de Deportes y Recreación
Señor Jorge Oscar Aleuy
Contacto
Subsecretaria de Medio Ambiente
Tecnico Universitario Julio Jorge Baliño
Contacto
Desde el año 1973 el área de Bromatología e Hidatidosis, se implementó un programa de
control de hidatidosis. Desde el municipio de Esquel se ha formado un equipo especializado
que cuenta con un sector propio, con 4 agentes permanentes, un ve terinario a cargo, un
vehículo, instalaciones para atención al público y caniles para resguardo de los animales.-
En este plan se desarrolla el control canino de la ciudad, las esterilizaciones de perras y los
parques de detección parasitaria en distintos barrios de la ciudad.-
En los ültimos 8 años se han realizado esterilizaciones quirúrgicas a mas de 1000 hembras
caninas en forma gratuita para los vecinos de barrios periféricos.
LA PROBLEMÁTICA PERSISTE, POR LO TANTO HEMOS ELABORADO ESTE PLAN
ESTRATEGICO INTERDISCIPLINARIO y hace dos años y medio que esta
IMPLEMENTANDOSE.-
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MARCO normativo que sustenten jurídicamente la experiencia,(ADJUNTAR COPIAS A LA
PRESENTE)
Ley 1436
Cap.1124 al 1131-Codigo Civil-
Ley Federal de Educación
Leyes Provinciales de Salud
Ley Provincial de la Niñez
Ordenanzas Municipales 110/04.-
Resolucion Nº 2401/05 de la Red Federal de Formación Docente Continua del Ministerio
de Educación de la Provincia de Chubut.-
Trabajos realizados en el Departamento de Bromatología del Municipio de Esquel, de
dirección de Hidatidosis Provincial y de enfermedades prevalentes de H.Z.E
En el ANEXO SE ADJUNTAN:
ORDENANZA MUNICIPAL REFORMULADA EL AÑO 2004.-
Copia de la Personeria Juridica de la ONG Grupo solidario de Gestion.-
Mensaje a la Escuela de Formación Docente aceptando el Proyecto Educativo.-
Las demas Leyes se encuentran en Internet.-
Hoja 19/14
CARACTERIZACION DE LA SITUACION PREVIA:
Alto indice de hidatidosis en Esquel y departamentos de la cordillera chubutense.(datos de ärea
Programática Esquel.- .Hospital Zonal y Direccion de Hidatidosis de la provincia,Doctores Gustavo
Martinez y Doctora Bogni)
? Quejas permanentes de vecinos sobre la cantidad de perros sueltos en la ciudad.
? Basura tirada en todos los sectores de la ciudad que desea tener un perfil turistico-
? 4558 perros censados en Esquel-1635 hembras y 2923 machos-
? No están patentados 3929 canes-
? No reciben comprimidos 1723 canes-
? BARRIOS
de ESQUEL
? CANTIDAD
CANES
? No
estan
PATENTADOS
? SI
RECIBEN
COMPRIMIDOS
? JORGE
NEWBERY
? Machos:403
? Hembras:27
? 76% ? 62%
? ROCA Y
COMERCIO
? Machos:172
? Hembras:132
? 80% ? 68%
? SARGENTO
CABRAL
? Machos:234
? Hembras:161
? 94% ? 50%
? CENTRO ? Machos:29
? Hembras:40
? 53% ? 21%
? CEFERINO ? Machos:240
? Hembras:69
? 93% ? 45%
? MATADERO ? Machos:10
? Hembras:2
? 9% ? 10%
? BUENOS
AIRES
? Machos:51
? Hembras:28
? 61% ? 68%
? MARTIN M
DE GUEMES
? Machos:15
? Hembras:60
? 100% ? 17%
? SAN
MARTIN
? Machos:90
? Hembras:60
? 81% ? 68%
Hoja 20/14
? VEPAN ? Machos:85
? Hembras:27
? 98% ? 50%
? BELGRANO ? Machos:16
? Hembras:14
? 13% ? 2%
? BELLA
VISTA
? Machos:199
? Hembras:73
? 96% ? 82%
? DON
BOSCO Y BO.DOCENTE
? Machos:296
? Hembras:125
? 91% ? 81%
? ESTACION ? Machos:351
? Hembras:180
? 96% ? 70%
? BADEN ? Machos:124
? Hembras:48
? 98% ? 80%
? CAÑADON
DE BORQUEZ
? Machos:82
? Hembras:33
? 99% ? 70%
? VILLA
AYELEN
? Machos:13
? Hembras:35
? 33% ? 31%
? RURAL
VIEJA
? Machos:34
? Hembras:19
? 51% ? 36%
? SUDELCO-
SITRAVICH-COMERCIO
? Machos:6
? Hembras:6
? 11% ? 12%
? JOHN
KENNEDY
? Machos:94
? Hembras:60
? 79% ? 77%
? MORELLI ? Machos:52
? Hembras:36
? 73% ? 42%
? 28 DE
JUNIO
? Machos:64
? Hembras:49
? 95% ? 84%
? WINTER ? Machos:84
? Hembras:45
? 88% ? 81%
? ANTARTIDA
ARGENTINA
? Machos:96
? Hembras:74
? 64% ? 70%
? ZABALETA ? Machos:17
? Hembras:13
? 60% ? 97%
? TRES
SARGENTOS-SAN
JORGE
? Machos:21
? Hembras:11
? 41% ? 100%
? MALVINAS ? Machos:43
? Hembras:17
? 65% ? 31%
? CARCEL ? Machos:2
? Hembras:1
? 99% ? 100%
Hoja 21/14
? total canes
censados
? 4558
? Machos:2923
? Hembras:1635
? No
estan patentados
3929
? Si se
reparten
comprimidos:2835
? Falta de Concientizacion de los vecinos sobre las consecuencias de tener los
canes sueltos en la ciudad.
? Muy poco trabajo curricular en las escuelas sobre las enfermedades
Zoonóticas-
? No se le da importancia a la castración de perras-
? No lo sacan a pasear con correa y collar
? Se lo alimenta con vísceras o achuras crudas-
? El patentamiento y la desparasitacion es un trabajo básico sobre los que los
vecinos deben tomar conciencia-
? Mantener a su perro/a en su patio-
(CARACTERISTICAS GENERALES DE LA INICIATIVA:actividades originales y definitivas,
población beneficiaria original y definitiva,cantidad de beneficiarios, tipo de articulación
,nivel de participación ciudadana.-
Caracteristicas generales Actividades originales Actividades definitivas
-AÑO 2003-2004-2005-
Ante la problemática de los
perros sueltos en la ciudad que
originan Hidatidosis,basura
desparramada y malestar entre
los vecinos-
Se realiza con la ONG ( con
Jefes y Jefas de Hogar
capacitadas para este fin en el
buen trato al vecino y la
recoleccion de datos,encuestas
que debe realizar,) y el
Departamento de Bromatologia
de la Municipalidad un CENSO
CANINO EN LA CIUDAD
AÑO 2003:
Con estos datos e inquietudes
traidas por los los Jefes y Jefas
de Hogar SE ELABORA EL
Primer Proyecto Censo Canino
y Concientizacion Poblacional
entre el Municipio,Direccion de
Bromatologia y ONG, en base a
lo que esta Direccion habia
realizado otros años.
AÑO 2004:Se amplia el
Proyecto con una Coordinadora
,jefes y Jefas de
Hogar,Escuelas de la ciudad
que deseen participar, jornadas
a los docentes, medios de
comunicación-Se promulga la
Ordenanza 110/04 que regula
la tenencia responsable de
mascotas-
Hoja 22/14
AÑO 2005.-Se realiza una
planificación estrategica con la
participación de
Municipio,distintas areas,
Direccion de Hidatidosis de la
Provincia y Hospital Zonal
Esquel, Medios de
Comunicación,Ministerio de
Educación,Organización No
Gubernamental-Aportes de
Provincia y de Nacion-Material
Didactico deLA PROVINCIA DE
Chubut,de Argentina y de
Uruguay-
Población beneficiaria Los barrios mas problematicos
de Esquel según datos
obtenidos del censo canino
Toda la población de
Esquel,33.000 habitantes y
turistas -
Cantidad de beneficiarios En el primer año se trabajo
con 150 alumnos y 30
docentes-
En el segundo año con 2000
alumnos y con 86 docentes.
Actualmente hay 150 docentes
anotados al curso de
capacitacion y 3000 alumnos
desde Nivel Inicial a 9no Año-
Se prioriza patentamiento
canino en toda la ciudad de
Esquel,casa por casa-
Tipos de articulacion Municipio-ONG-Juntas
Vecinales -Escuelas-Medios de
Comunicación-
Municipio-Distintas areas-ONG-
Provincia,Direccion de
Bromatologia-Hospital Zonal
Esquel-Ministerio de
Educación-Medios de
Comunicación-Juntas Vecinales
–Iglesias-Concejo Deliberante-
Juez de Faltas Municipal-
Reunion semanal con Direccion
de Bromatologia del
Municipio,ONG y Jefes y Jefas
de Hogar-
Reunion Mensual con otras
areas del Municipio y Provincia-
Reunion con Juntas Vecinales
desde la Coordinadora de los
Hoja 23/14
Jefes de Hogar-
Curso de Capacitacion a
Docentes:durante 4 meses en
el año por el Equipo integrado
por los Medicos veterinarios,la
abogada,el comuncador social
y la Docente-
Provision de ropa y calzado a
los jefes y Jefas de Hogar del
Programa-
Nivel de participación
ciudadana
En un primer momento fue
escasa,se comenzo con
experiencia piloto ,año 2003.-
Municipio-ONG-Escuelas
En este año ya esta instalado
en toda la comunidad el
Proyecto,siguen las quejas,los
perros sueltos y basura
desparramada,pero la gente
reconoce que se esta haciendo
algo,y eso es lo importante,Se
notan,según indicadores
:menos perros sueltos en la
calle y que los dueños los
sacan con correa y collar-Los
indices actuales de Hidatidosis
son de acuerdo a parques de
prevalencia realizados en
distintos barrios de Esquel,
sobre un total de 198 perros
dosificados se obtuvieron 3
perros positivos lo que da un
promedio de 1,5 % .-
-La gente se anima a denunciar
al vecino que deja al perro
suelto pero aun falta esta
concientizacion-
-Se esta patentando casa por
casa-
-Denuncian en los medios de
comunicación o a los jefes y
Jefas de Hogar distintas
situaciones-
Hoja 24/14
-Colocan quejas en buzones
que hay para tal fin en
distintos comercios-
-Se reciben propuestas de
cambio por parte de ellos al
Proyecto-
Desde el Concejo Deliberante
se controla la marcha del
Proyecto ya que fue declarado
de Interes Municipal-
Se han realizado logos e
identificaciones del proyecto-
Campañas de Concientizacion
por Radio y Tv,diario-
Los promotores sociales del
Municipio trabajan
directamente con 700 familias
del Plan Trabajar para Incluir
,a las que les llega el mensaje.
Por las escuelas a los 3000
chicos y 150 docentes-
Por los medios a toda la
población de Esquel-
Por las Juntas Vecinales a los
vecinos de cada barrio-
ETAPAS DE IMPLEMENTACION Y GRADO DE AVANCE:
1.-AÑO 2003:
-Reunion con el Medico veterinario Ricardo de Oro de Municipio de Esquel y la ONG Grupo Solidario
Hoja 25/14
de Gestion para abordar la problemática planteada-
-Esbozo del Primer Proyecto CENSO CANINO Y CONCIENTIZACION POBLACIONAL
-Eleccion de Jefes y jefas de Hogar que elegian estar en el Programa-
-Capacitacion de 25 Jefes de Hogar como CENSISTAS-
-CENSO CANINO EN LA POBLACION DE ESQUEL-
2.-AÑO 2004.-
-Re-Elaboracion del proyecto con sugerencias recogidas por los Jefes y jefas de Hogar en cada Barrio
de la Ciudad –Municipio-ONG-Escuelas-
-Participacion a las escuelas de la ciudad a traves de concursos “Cuidemos nuestras mascotas”-
-Castracion Masiva de perras-
-Desparasitacion canina
-Salida perrera-
-Promocion de una Nueva Ordenanza Municipal que le diera un marco legal a lo que se estaba
llevando adelante-
3.-AÑO 2005-
-Re-elaboracion de una PLANIFICACION ESTRATEGICA CON la participación Interdisciplinaria de los
siguientes organismos:
-Direccion de Bromatologia Municipio-
-ONG Grupo Solidario de Gestion-
Prgrama Jefes y jefas de Hogar y Trabajar para Incluir,actualmente son 15 personas-
-Escuelas de la Ciudad-
-Secretarias de Cultura,Medio Ambiente y Promocion Social del Municipio-
-Juntas Vecinales-
-Medios de Comunicación-
Direccion de Prensa del Municipio-
Actividades 2005:
-Censo para patentamiento casa por casa.-
-Curso a docentes de Esquel-
-Campañas en los medios de difusión-
-Parques de desparasitación canina-
-Participacion en actividades publicas con folleteria diversa-
-Trabajos en las escuelas,cuidando que no lleven perros y acercando propuestas didacticas a los
docentes-
RECURSOS HUMANOS INVOLUCRADOS: caracteristicas y cantidad de personal,maximo
nivel educativo promedio de los integrantes del equipo:
Hoja 26/14
Equipo:
-15 Jefes y jefas de Hogar ,Plan para Incluir, con primario incompleto, algunos en escuela media y
ninguna en Superior-(Se les exige que estudien)
-Una Coordinadora con estudios terciarios-
-Una abogada-
-Una docente de EGB-Cursando actualmente 5to año en la Licenciatura en Ciencias de la Educación-
-Dos médicos veterinarios-
-Un Licenciado en Comunicación Social-Universitario-
-Alumnos que desean colaborar del Nivel Medio -
Otros participantes:
De otras áreas municipales:
-Promotores sociales: con estudio Terciario, Técnicos en asistentes infanto-juvenil-
-Con titulo secundario-
Juntas vecinales:
-Vecinos que estan terminando el primario-
-Vecinos que estan cursando escuela Media-
-No tienen estudio-
Docentes:
Profesores para la enseñanza primaria, Nivel Inicial-(este año mas de 100 docentes con 3.000
alumnos)
FINANCIAMIENTO:
ONG GRUPO SOLIDARIO DE GESTION:aportan 3800 $ anuales solicitados a la Sra del Gobernador de
la Provincia del Chubut y a la Sra del Vicegobernador de la Provincia del Chubut.-(Para indumentaria
de los Cencistas ,camperas,etc)-
DIRECCION DE BROMATOLOGIA: aporta Aproximadamente $ 10.000 pesos anuales.
Se incluye el pago a la coordinadora y gastos de publicidad e imprenta.
MINISTERIO DE EDUCACION:aporta el puntaje para los docentes y capacitadores que equivale a un
año de trabajo-0,25 centesimos-
PROCESO DE NEGOCIACION Y CONFLICTOS QUE HAYAN SURGIDO DURANTE EL DISEÑO
O IMPLEMENTACION DEL PROGRAMA:
Hoja 27/14
? No se ven resultados inmediatos,la Educación y Concientizacion de los vecinos es a largo
plazo.
? La gente no le daba importancia al trabajo de los Jefes y jefas de Hogar-ni del Plan para
Incluir.
? Los vecinos piden que pase la perrera mas veces a la semana-
? La Ordenanza que habia estaba fuera del contexto actual esquelense,por lo que hubo que
reformularla para que este programa tuviese un marco legal-
? El resultado de los concursos en las escuelas participaba en la evaluacion la directora y/o
vicedirectora de la misma-
? Desde la ONG se veía mas de una vez que no se cumplía desde la Dirección de Bromatología
lo programado( no salía la perrera, no se patentaba, ,no se aceptaba la castración masiva ,se
decia que esto ya se habia hecho antes y no dio nunca resultado(en realidad se hizo censo y
algunas charlas en las escuelas pero NO CON ESTA SISTEMATICIDAD Y ORGANIZACIÓN a
corto-mediano y largo plazo))-
? Los jefes y jefas de hogar no cumplian con su trabajo de cuidar los lugares publicos y hablarle
a la gente-
? Los medios de comunicación nos querian cobrar mucho por las campañas de Concientizacion-
EVALUACION DEL IMPACTO DE LA EXPERIENCIA:
Se favorece una CONCIENTIZACION EN LA PREVENCION DE LA HIDATIDOSIS a traves de una
enseñanza comprensiva además de garantizar unos contenidos mínimos para todos ajustada a las
necesidades individuales no desde el concepto compensador de sus carencias sino desde la
convicción del enriquecimiento que supone para todo el alumnado:
Año 2003: participaron 150 alumnos y 30 docentes
Año 2004:participaron 2000 alumnos y 86 docentes-
Año 2005:participan 3000 alumnos y 150 docentes-
-Un diagnostico participativo diferencial y contextual de las necesidades de los vecinos respecto a
esta problematica a traves de reuniones permanentes con la coordinadora de Juntas Vecinales
,lectura de las quejas,escuchas en los medios,etc-
Año 2003: los vecinos no participaron
Año 2004:se comienza a conocer el Programa y comienzan a participar-
Año 2005:estan participando las juntas vecinales y 700 familias a traves de Promocion Social y toda la
población de Esquel a traves del censo para el patentamiento masivo-Tambien las familias que
atienden los Agentes sanitarios:1280.-
-Disponibilidad de adecuados recursos humanos, materiales y formales para este proyecto-
Hoja 28/14
Año 2003:No teniamos presupuesto-
Año 2004:Se logra aportes de la Provincia y ayuda del Municipio-Se logra re-elaboracion de
Ordenanza 110/04.-
Año 2005:se logro que se presupuestara en el Municipio y la ONG solicita aportes a la Provincia- Hay
un marco legal para actuar,Ordenanza 110/04-sujeta a evaluacion constante.-
-Garantía de continuidad de las acciones en los distintos niveles educativos,municipales y
comunitarios:
Año 2003:Solo se comenzo con una experiencia piloto en Direccion de Bromatologia,ONG y Jefes y
Jefas de Hogar-
Año 2004:Se continua la experiencia con mayor compromiso-
Año 2005: Interdisciplinario-Municipalidad-ONG-Vecinos-Escuelas-Concejo Deliberante,Medios de
Comunicación-
-Profesionales competentes que trabajen de modo cooperativo y solidario:
Año 2003:Medico Veterinario del Municipio-Docentes integrantes de ONG-
Año 2004:Medicos Veterinarios del Municipio y la Provincia y docentes,otras areas del
Municipio.(Medio Ambiente)y un Comunicador Social en el Programa-
Año 2005:Medicos veterinarios de la Municipalidad,Provincia,de la Zona ,abogada,Especialistas en
enfermedades prevalentes, docentes,Comunicador social-Se logra articular con otras areas
municipales-
-Implicación real de la sociedad y tareas de la misma:
Año 2003:
Quejas,sin propuestas,sin trabajo sistematico-
Altos indices de Hidatidosis
Año 2004:cada vez mas quejas,se va instalando el programa en la sociedad y en las escuelas-Se
Participa todos los miércoles en el Programa Radial “La Rueca” de Radio Nacional-
Año 2005:
Se conoce el Proyecto en la comunidad-
Se animan a denunciar a vecinos que tienen suelto a su perro-
Se trabaja sistematicamente en Educación y en Desparasitacion canina.
Se ha notado el incremento del patentamiento canino en los últimos 6 meses a raíz de la difusión del
trabajo que se viene realizando con el Plan de Concietización.
Se han realizado mas de 20 actuaciones a los propietarios de canes agresivos que han sido
denunciados ante el tribunal Municipal de faltas.-
MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION IMPLEMENTADOS:
Hoja 29/14
? Cuadros estadísticos
? Triangulación de datos
? Encuestas a vecinos
? Encuestas a familias
? Buzón de quejas en comercios de nuestra ciudad
? Medios de Comunicación,información periodica de lo que se hace-
? Listas de Control de perros infectados por barrios
? Cantidad de docentes particpantes año a año
? Cantidad de alumnos participantes año a año
? Muestreo anual del trabajo realizado a la comunidad-
QUE APRENDIZAJE INSTITUCIONAL SIGNIFICO EL DESARROLLO DE LA
EXPERIENCIA?(en terminos de gestion,estrategias,politicas,identificación de déficit de
capacidad institucional,etc?).Este aprendizaje ha dado lugar a iniciativas especificas?
Esquema conceptual que se trabaja y el que esta sujeto siempre y estratégicamente a
modificaciones:
Conjunto Textual
A sujetos A sociedades
Referentes (no fijos)
Referencias (abiertas)
La Articulación de lo EDUCATIVO con las practicas socioculturales desde las enfermedades ZOONOTICAS.
Transformación de Prácticas Socioeducativo –Culturales,Economicas-de Salud,en cuanto a la prevencion de la Hidatidosis en la ciudad de Esquel ,(y zonas aledañas) entre otras enfermedades .-
Interpretación
Matriz de identificación
Contenidos, comportamientos, valores, ideas, prácticas-Participacion interdisciplinaria-Municipal-Organizaciones de la Comunidad-vecinos- Algún aspecto relevante de lo que ya se habia hecho con anterioridad.
Invitación de la ONG a la Municipalidad. de la ONG a
Reconocimiento Incorporación paulatina de distintos actores- Adhesión Pertenencia a orden de las identidades
Hoja 30/14
da significado a:
*desarrollo -apoyo
político
*saber
*libertad reafirmación fundamentada transformación/cambio
*participación
hegemó-/ contrahe-
nico
gemónico
(conformismo) ( liberador)
ESTE EQUIPO QUIERE AGREGAR QUE:
? No es fácil el trabajo en Equipos Interdisciplinarios,hay discusiones,conflictos y mas de una
vez no se llega a un consenso ,pero se supera con el tiempo,espacio y tareas en común-
? Se requiere tiempo y compromiso
? Se debe tener continuidad y sistematización en las propuestas
? Planificarlas estratégicamente, con la participación activa de los actores involucrados
? Defender el proyecto de los que creen de hay en este tipo de practicas socioculturales un
resultado inmediato-
? La obtención de recursos y de apoyo político a este programa fue un pilar fundamental-
? La metodología usada se ha transferido a otras áreas ,municipales y se trabaja con escuelas
? Se promueven capacidades de liderazgo y nivel de participación entre la
ciudadania,escuelas,juntas vecinales,etc-
? Hay un empoderamiento de la comunidad local respecto al proyecto dada en la participación
activa al mismo año a año-
? Se da una creciente planificación intra e interinstitucional-Municipio,ONG y otros organismos
del Estado provincial con vecinos de la comunidad.-
FIRMAN AL PIE:
Prácticas Socioculturales
Hoja 31/14
Hoja 32/14
Hoja 33/14
ORDENANZA Nº 110/04
ÍNDICE
Título I: De sus fines (art. 1)
Título II: De los responsables (art. 2)
Título III: De la tenencia responsable – Obligaciones y Prohibiciones (arts. 3 y 4)
Título IV: De la identificación y registro (arts. 5 al 7)
Título V: Del tránsito y transporte del can (arts. 8 a 11)
Título VI: De la captura y destino del can suelto (arts. 12 a 16)
Título VII: Del can mordedor, agresivo o enfermo (arts. 17 a 21)
Capitulo 1: Del can mordedor (arts. 17 a 21)
Capítulo 2: Del can agresivo o enfermo (art. 22)
Hoja 34/14
Título VIII: Del abandono, extravío o entrega voluntaria del can (art. 23 a 27)
Título IX: De las esterilizaciones quirúrgicas (arts. 28 a 30)
Título X: Del registro de adoptantes (arts. 31 y 32)
Título XI: Del paseador de can (arts. 33 a 38)
Título XII: De las Asociaciones Protectores de Animales y del Criadero y Guardería
de Can (arts. 39 a 41)
Título XIII: De los eventos (arts. 42 a 44)
Título XIV: De las sanciones (arts. 45 a 49)
Título XV: De las tasas por prestación de servicios (art. 50)
Título XVI: De la Lucha contra la Hidatidosis ( art. 51 a 55)
Título XVII: Disposiciones Generales (arts. 56 a 66)
ORDENANZA Nº 110/04.-
TEMA: TENENCIA DE CANES
VISTO:
La necesidad de implementar una ordenanza integral que actualice las vigentes respecto de la
tenencia de canes en el ejido municipal, estableciendo obligaciones, prohibiciones y sanciones; y
CONSIDERANDO:
Que debe introducirse el concepto de la tenencia responsable de canes, en aras de velar por la salud
pública, la higiene y la seguridad de las personas.-
Que el mismo importa la obligación de procurar adecuada provisión de alimento, vivienda, contención,
atención de la salud y buen trato durante toda la vida del can, procurando evitar el riesgo que
Hoja 35/14
pudieran generar como potenciales agresores o transmisores de enfermedades a la población
humana, animal y al medio ambiente.-
Que nuestro municipio se encuentra dentro de una zona endémica de Hidatidosis, Zoonosis ésta de
grave riesgo para la salud humana, ésta de grave riesgo para la salud humana, siendo entonces que
la erradicación de la mencionada debe ser considerada como una necesidad prioritaria en la atención
primaria de la salud.-
Que según conocimientos aportados por el censo canino recientemente realizado, un alto porcentaje
de canes no se encuentran debidamente identificados ni desparasitados, necesitando reafirmar la
obligatoriedad de su inscripción ante el departamento de hidatidosis, y su consecuente sanción a
quienes no realicen la inscripción, patentamiento y desparasitación de sus canes.-
Que un alto porcentaje de propietarios de animales, a pesar de las ordenanzas vigentes, permiten que
sus canes permanezcan sueltos en la vía pública, lo que produce serios inconvenientes.
Que se ha recepcionado denuncias contrave ncionales, con intervención del Juzgado de Paz local,
respecto de canes agresivos y mordedores.
Que debe reglamentarse un sistema normativo que estipule la prohibición de que el can se encuentre
suelto en la vía pública reglamentando las sanciones a aplicar.
Que por la imposibilidad de tener los canes por tiempos prolongados, no solo por razones edilicias,
sino también para evitar su sufrimiento, resulta necesario establecer plazos especiales para la
tramitación del proceso contravencional.
Que a fin de evitar la proliferación de canes de manera indiscriminada es necesario normar un sistema
de castraciones, en algunos supuestos gratuitos, en coordinación con el organismo de salud
provincial.
Que debe regularse la actividad de los paseadores de canes, de las asociaciones protectoras de
animales, de los guardadores o cuidadores de canes, de los eventos donde participen ejemplares.
Que debe efectuarse la adecuación normativa derogando disposiciones anteriores sin perjuicio de
ratificar la vigencia de la ordenanza 81/73 en aras de destacar la vigencia histórica de la lucha contra
la hidatidosis.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de
las atribuciones conferidas por la Ley 3098, sanciona la presente
O R D E N A N Z A
Título I: De sus fines
ART.1º: Institúyase por la presente el marco normativo que regula los distintos aspectos de la
tenencia responsable del can, siendo de aplicación a la totalidad de los animales de la especie canina
con independencia de su origen o raza.-
Hoja 36/14
Título II: De los responsables
ART.2º: Serán considerados responsables de las obligaciones, prohibiciones y sanciones que por la
presente se establecen, el propietario y/o el poseedor o tenedor de los canes.-
Se tendrá por tales a:
a) Propietario: Toda persona mayor de edad que figure inscripto como dueño del can en el registro
municipal correspondiente.-
b) Poseedor o Tenedor: Toda persona mayor de edad que de asilo permanente o temporal a un
can residente en esta Ciudad, con o sin propietario, o que se encuentre en tránsito por la misma.-
Asimismo será considerado tal quién consienta, expresa o tácitamente, que otras personas, estén o no
a su cargo, le brinden asilo al can en las condiciones del párrafo precedente.-
Título III: De la tenencia responsable – Obligaciones y Prohibiciones
ART.3º: Es obligación de todo responsable, sin perjuicio de otras:
1) Respecto del can:
a) Proveerle de adecuada alimentación.-
b) Proporcionarle vivienda o refugio.-
c) Darle contención y buen trato.-
d) Desparasitarlo anualmente, concurriendo, para ello, al servicio municipal.
e) Brindarle demás asistencia Médica Veterinaria, efectuándole todos los controles, prevenciones
e indicaciones que sean establecidos por los facultativos y/o por el personal municipal especializado,
conforme reglamentación que el Dpto. Ejecutivo emita.
A fin de verificar el cumplimiento de ésta obligación y de la precedente, la Autoridad Municipal podrá
requerir la presentación del certificado que fuera expedido por profesional habilitado al efecto.
2) Respecto de sí mismo:
a) Inscribir al can en el Registro Municipal, debiendo los cachorros ser inscriptos dentro de los ciento
cincuenta (150) días de haber nacido.-
b) El poseedor o tenedor, informar inmediata y fehacientemente a la autoridad municipal, el asilo de
animales en tránsito, haciendo constar quién es su propietario, plazo de estadía y si se trata de un
animal inscripto en otro municipio.-
El Personal Municipal hará saber al mismo su condición de responsable a los fines de lo previsto en la
presente ordenanza.-
c) Informar fehacientemente, dentro de los dos (2) días de producida, el cese de su condición de
responsable, sea por venta, donación, muerte o cualquier otro motivo, haciendo constar su nuevo
responsable cuando así corresponda.-
d) Responder todo requerimiento efectuado por la autoridad municipal.-
e) Adoptar las medidas pertinentes para que el animal no cause molestia a los vecinos.-
Hoja 37/14
f) Evitar la libre circulación o evasión del can hacia la vía pública u otros predios particulares,
procurando la existencia de un cerco o método de sujeción que lo evite.-
En caso de no existir en el predio cerco perimetral o medianera se deberá mantener al animal atado o
encerrado, posibilitándole libertad de movimiento, acceso al refugio y alimentación.-
g) Recoger las deyecciones que el can realice en la vía pública, sitios vecinales comunes o
establecimientos públicos, mediante el uso de bolsas plásticas u otros medios a su alcance, debiendo
depositar las mismas en contenedores de residuos.-
h) Conservar la documentación que acredite su condición de responsable, como el cumplimiento de
recaudos médicos-veterinarios, debiendo encontrarse la misma en el lugar de permanencia del can.-
i) Informar fehacientemente todo cambio de los datos brindadas con motivo la inscripción del can.-
j) Velar por el cumplimiento de las prohibiciones y demás disposiciones que se establecen en los
artículos siguientes.-
Art.4º: Queda terminantemente prohibido, sin perjuicio de otras:
a) Maltratar, agredir o someter al can a cualquier práctica que le produzca sufrimiento, daño o que le
cause su muerte.-
b) Mantenerlo en instalaciones indebidas desde el punto de vista higiénico-sanitario, no debiendo el
sitio de permanencia del can ser causa de problemas de salud pública o del ambiente.-
c) La venta ambulante del can.-
d) La permanencia del can en local de elaboración, manipulación, fraccionamiento, exhibición y/o
expendio de comida a toda hora.-
e) La permanencia del can en otros locales habilitados para la atención al público en horarios de
atención, con excepción de los locales habilitados para la atención y venta de animales y la de canes
que cumplan la función de lazarillos para personas discapacitadas.-
f) La circulación y/o permanencia, aunque sea transitoria, del can en la vía pública, espacios vecinales
comunes o establecimientos públicos, con excepción de lo previsto en el artículo 8.-
g) La permanencia del can atado en los lugares indicados en el inciso precedente.-
h) El asilo del can en inmueble afectado o en vías de afectación al régimen de propiedad horizontal,
salvo que el responsable tenga autorización por escrito de la mayoría de los vecinos más inmediatos.-
Título IV: De la identificación y registro
Art.5º: Todo especie canina residente dentro del ejido urbano, deberá estar debidamente identificado
y registrado por ante la autoridad municipal.
Art.6º: La autoridad municipal hará entrega al propietario de una constancia de inscripción, como así
también de una patente identificatoria que deberá será portada por el can en el collar o pretal de
manera permanente.-
Art.7º: En el registro municipal deberá asentarse, sin perjuicio de las demás exigencias que el Dpto.
Ejecutivo estime corresponder por reglamentación:
Hoja 38/14
a) Datos personales de su propietario, su domicilio y lugar de permanencia del can.-
El domicilio consignado, en tanto no fuere informado el cambio, será el válido para toda notificación
que deba efectuarse con motivo de la presente.
b) Raza, pelaje, tamaño, sexo, edad y nombre que correspondiera al can.-
c) Antecedentes del can en caso de denuncia de mordedura, agresividad, abandono o extravío.-
d) Sanciones aplicadas a los responsables.-
Título V: Del tránsito y trasporte del can
Art.8º: Queda autorizado la circulación y/o permanencia del can inscripto en la vía pública, espacios
vecinales comunes o establecimientos públicos, cuando se encuentre en compañía de su propietario, o
persona autorizada por el mismo, y se cumplan los siguientes recaudos:
a) Que el can se encuentre sujeto mediante el uso de collar, correa, pretal y con su patente
identificatoria.-
b) En el caso de un can cuya peligrosidad sea razonablemente previsible, dada su naturaleza y
características, o posea antecedentes de mordedura o agresividad, deberá llevar además bozal.-
Sin perjuicio de lo expuesto se prohibe la circulación y/o permanencia en las plazas municipales o
espacios de asidua concurrencia a fin de evitar las deyecciones de los canes.
Art.9º: Se prohíbe expresamente:
a) La presencia del can en vehículo de transporte público, salvo el supuesto del can lazarillo.-
b) La presencia del can en vehículo de transporte de sustancias alimenticias.-
c) El transporte del can en vehículo abierto cuando no se encuentren sujeto con correa y provisto de
bozal si correspondiere.-
Art.10º: Queda exceptuado el can perteneciente a la Policía Provincial, Federal u otros organismos de
seguridad habilitados, siempre que se encuentre afectado al cumplimiento de tareas específicas de las
instituciones referidas.
Art.11º: El tránsito del can procedente de otra jurisdicción será permitido en las condiciones de
seguridad que se establecen en la presente Ordenanza, portando su propietario o persona autorizada
por el mismo la documentación sanitaria pertinente.-
Título VI: De la captura y destino del can suelto
Art.12º: Será considerado can suelto, y se procederá en consecuencia, cuando se incumpla los
recaudos establecidos en el título anterior.-
Art.13º: Todo can suelto será capturado y transportado al parque canino por parte del personal
municipal habilitado y/o autorizado para ello por el Ejecutivo Municipal.-
De tratarse de un can inscripto el propietario será notificado inmediata y fehacientemente de la
infracción, remitiéndose las actuaciones al Tribunal Municipal de Faltas.-
Hoja 39/14
La notificación importará para su propietario la citación a ejercer su defensa, conforme las
disposiciones vigentes al respecto, fijándose un plazo especial para ejercer la misma de tres (3) días.-
Art.14º: El can inscripto permanecerá alojado durante cuatro (4) días hábiles, computándose el plazo
desde la aludida notificación a su propietario.
El can no inscripto permanecerá alojado durante tres (3) días hábiles, computándose el plazo desde el
día hábil siguiente de producida la captura.-
Durante el periodo consignado el can podrá ser reclamado y retirado por su responsable, con
autorización del juez municipal de faltas, previo pago de los gastos de manutención y registro, si
correspondiere, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones pertinentes.-
Art.15º: Cuando hubieren transcurrido los plazos fijados y el can capturado no haya sido retirado o
reclamado por su responsable, pasará a disposición del Municipio perdiendo el mismo todo derecho
sobre el mismo.
El can en esta condición podrá:
a) Ser entregado en adopción a quién lo solicite previo pago de los gastos de manutención y registro.
El Dpto. Ejecutivo verificará la existencia de condiciones adecuadas que deberá reunir el pretenso
adoptante, como ser si posee otros animales, lugar de alojamiento, etc., procediendo, en su caso, a la
vacunación, desparasitación y esterilización del can.-
b) Ser entregado a Instituciones de Investigación Científica, previa identificación y registro si
correspondiere.
c) Ser entregado a Instituciones de Seguridad previa identificación y registro si correspondiere.
d) Se sacrificado por el método previsto en la presente.
Art.16º: CREASE un REGISTRO de canes extraviados, en el que asentarán las denuncias efectuadas
por los propietarios de los mismos, consignándose: patente y demás características de los perros
Si el can es ingresado a la perrera municipal, deberá informarse fehacientemente a su propietario,
antes de tomar alguna de las medidas previstas en el art. precedente
Título VII: Del can mordedor, agresivo o enfermo
Capitulo 1: Del can mordedor
Art.17º: Cuando se denuncie y acredite fehacientemente que un can mordió o lesionó a una persona,
con o sin provocación y conforme las circunstancias del caso, podrá quedar sujeto a un periodo de
observación de hasta diez (10) días corridos.-
En dicho lapso el can quedará internado en dependencias municipales, con cargo a su responsable si
lo tuviere.-
En caso de que la autoridad municipal lo crea conveniente el can podrá quedar en observación en su
lugar de permanencia debiendo presentar certificado de veterinario particular para su alta.
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A los fines de las actuaciones administrativas con la denuncia deberá presentarse exposición policial y
certificado médico de las lesiones producidas.-
Art.18º: Transcurrido el plazo señalado el responsable dispondrá de veinticuatro (24) horas para el
retiro de las dependencias municipales, previo pago de la suma correspondiente a internación y sin
perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieren corresponder.
Transcurrido dicho plazo el can quedará a disposición del Municipio, siendo de aplicación lo previsto
en el Título VI, artículo 15, salvo que la autoridad municipal resuelva fundadamente que él can se
encuentra comprendido en el artículo siguiente.
Art.19º: Todo can que muerda o lesione a alguna persona, con o sin provocación, y conforme las
circunstancias del caso, podrá ser considerado de hábitos antisociales, y por lo tanto un peligro para
la seguridad pública.
El can será conducido a dependencias municipales, donde, previo examen de rigor científico y de
antecedentes, se determinará sobre su agresividad y peligrosidad.-
En estos casos podrá resolverse fundadamente el sacrificio del animal, conforme el método previsto
en la presente.-
De igual manera procederán las autoridades municipales ante denuncia o información fehaciente de
que un can es habitualmente mordedor, pudiéndose adoptar las medidas preventivas que estime
corresponder.-
Art.20º: El método a utilizar para el sacrificio del can será la aplicación de inyección de pentotal
sódico o droga similar de acuerdo con la legislación Nacional y/o Provincial vigente. Será llevado a
cabo por personal municipal, bajo directa supervisión profesional, y con presencia de su responsable o
institución vinculada a la protección del can, en el caso que así lo requiriera.-
Art.21º: El cuerpo del can sacrificado será depositado en el área para residuos patológicos del relleno
sanitario municipal.
Capítulo 2: Del can agresivo o enfermo
Art.22º: Ante denuncia o información fehaciente de que un can es habitualmente agresivo o que
padezca enfermedad infecto-contagiosa, las autoridades municipales procederán conforme el artículo
17 de la presente, pudiendo adoptar las medidas preventivas que estimen corresponder.
Título VIII: Del abandono, extravío o entrega voluntaria del can.
Art.23º: Se prohíbe el abandono del can, considerándose que existe tal cuando se ha omitido
efectuar la denuncia de extravío.
Ante la presencia de un can abandonado la autoridad municipal procederá conforme lo previsto en el
título VI de la presente.
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Art.24º: Es obligación de todo responsable informar inmediata y fehacientemente a la autoridad
municipal, el extravío del can.-
Art.25º: Todo persona que recoja y de protección un can abandonado o extraviado se encuentra
obligado a informar ello a la autoridad municipal, en forma inmediata y fehaciente, haciendo entrega
del mismo o aceptando que quede bajo su asilo de lo que se dejará constancia.-
La simple omisión de informar o la aceptación del asilo del can, implicará que la persona asume la
condición de responsable conforme lo previsto en la presente.-
La persona que haya informado y que acepte dar asilo al can, tendrá preferencia en la adopción del
mismo, se encuentre o no inscripto en el registro de adoptantes.
Art.26º: Recibida la información y tratándose de can inscripto la autoridad municipal requerirá de su
propietario que en el plazo de tres (3) días hábiles informe la condición del mismo, bajo
apercibimiento de considerarse configurado el abandono.
Art.27º: Todo responsable podrá entregar voluntariamente el can a las autoridades municipales,
quién resolverá el destino del mismo conforme lo prescripto en el artículo 15 de la presente.
Título IX: De las esterilizaciones quirúrgicas
Art.28º: Con el fin de evitar la proliferación indiscriminada del can y lograr un adecuado control de su
reproducción, impleméntese el servicio de esterilizaciones quirúrgicas a hembras que se realizará en
forma conjunta con la dependencia sanitaria provincial.
Art.29º: Será gratuita la intervención de un can por familia cuyos responsables sean de bajos
recursos, previa encuesta socioeconómica realizada por los agente sanitarios provinciales.
Art.30º: Todo can hembra entregado en adopción será previamente esterilizado si ya no lo estuviese.
Título X: Del registro de adoptantes
Art.31º: Crease el registro de adoptantes de canes, el que estará bajo la órbita del área municipal
que se indique por reglamentación.
Art.32º: Toda persona inscripta en dicho registro, con preferencia al que lo sigue en orden de
prelación, tiene derecho a adoptar el can que se encuentre en estado de abandono o haya sido
entregado voluntariamente por su responsable.
La prioridad únicamente cederá en el supuesto previsto en el artículo 23 de la presente.
Título XI: Del paseador de can
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Art.33º: Para los alcances previstos en la presente, se define como paseador de can a toda persona
que con fines de lucro, en forma permanente, ocasional o aleatoria, realice la actividad de paseo o
vareo de ejemplar canino, perteneciente a tercera persona, en la vía pública.
Art.34º: Crease el Registro de Paseador de Can, donde deberán inscribirse las personas que realicen
la actividad prevista en el artículo que antecede.
Art.35º: La inscripción es condición previa e ineludible para ejercer la actividad, sin perjuicio que el
Departamento Ejecutivo establezca por reglamentación otros recaudos a cumplimentar referidos a
conocimientos previos, capacitación y otros que estime imprescindible.
La habilitación se extenderá por un año, entregándose una constancia que el paseador deberá llevar
consigo de manera visible cuando realice la actividad.
Art.36º: Regirá para el paseador las obligaciones y prohibiciones establecidas precedentemente que
tengan directa vinculación con su actividad, en tanto el can se encuentra bajo su responsabilidad.
Art.37º: Queda autorizado el paseo de hasta ocho (8) canes en forma simultánea quedando
prohibido el uso de bicicletas como medio de locomoción.
Art.38º: Se prohíbe la actividad de paseo o vareo de can en la zona comprendida entre las calles
Mitre, Av. M. T. de Alvear, Av. Ameghino y Av. Fontana de ésta Ciudad.
Título XII: De las Asociaciones Protectores de Animales y del Criadero y Guardería de
Can
Art.39º: Toda persona jurídica que tenga por objeto la protección de los animales será habilitado por
la autoridad municipal como albergue, refugio o pensión, permanente o transitoria de canes, cuando
entre sus objetivos se encuentre el de procurar la contención temporaria de animales abandonados
y/o entregados por sus responsables, con el propósito de cederlos en adopción.
Al respecto observarán las exigencias de la autoridad sanitaria municipal respecto a la inscripción del
can y desparasitación del mismo.
Para obtener la habilitación deberán:
a) Poseer un predio acondicionado para resguardo, recreación y contención de todo can
abandonado y/o entregado voluntariamente por su responsable.-
b) Proveer caniles seguros, higiénicos y en cantidad suficiente para la población de can a alojar.-
c) Asegurar una adecuada alimentación en el aspecto cualitativo y cuantitativo.-
d) Contar con un profesional veterinario que supervise y mantenga la sanidad del can que allí
vive.-
e) En caso que corresponda, constancia de entrega voluntaria del responsable del can.
f) Cumplir con los demás recaudos exigidos por las ordenanzas vigentes.-
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Art.40º: Las autoridades municipales procurarán efectuar un trabajo mancomunado con las personas
jurídicas referidas, a quienes se les requerirá que brinden todo el asesoramiento técnico y la
colaboración necesaria, tendiendo como meta la protección y la esterilización de los canes.
Art.41º: Todo lugar o establecimiento, albergue criadero o guardería, que tengan por objeto, entre
otros, alojar o cuidar en forma permanente o temporal al can, están obligados a cumplimentar los
recaudos establecidos en los incisos del artículo 38 para su habilitación por la autoridad municipal.
Título XIII: De los eventos
Art.42º: Todo evento que prevea entre sus actividades la intervención de ejemplares caninos, deberá
ser previamente autorizado por la autoridad municipal.
Art.43º: Para la obtención de la autorización, y sin perjuicio del pago de los tributos que
correspondiere, el organizador del evento deberá cumplimentar los siguientes recaudos:
a) Informar la totalidad de los ejemplares caninos que intervendrán, los que en caso de ser residentes
deberán estar inscriptos. Asimismo deberá presentarse certificado de salud, debiendo en el caso de
ejemplares no residentes encontrase avalado por el Colegio Médico Veterinario.
b) Contar con un profesional veterinario que supervise la sanidad de los canes intervinientes durante
el evento.-
c) Que el predio donde se realice el evento cuente con las condiciones higiénico-sanitarias adecuadas
para la permanencia del can, contemplando medidas de seguridad para evitar el contacto directo
entre el ejemplar y el público.-
El Ejecutivo Municipal podrá, por resolución fundada, establecer excepciones a la previsión del no
contacto directo en virtud del tipo de evento que se quiera autorizar.
Art.44º: A los fines previstos en la presente el o los organizadores del evento serán responsables por
la inobservancia de las condiciones de sanidad o seguridad establecidas.
Título XIV: De las sanciones
Art.45º: Serán consideradas faltas leves la inobservancia de lo prescripto en los siguientes artículos:
? Artículo 3: Apartado segundo, Inc. a), b), c) h), i).-
? Artículo 4: Inc. g).-
? Artículos 5, 6, 11, 24, 34, 35.-
Las faltas leves serán sancionadas con Multa de Cinco (05) a Cincuenta (50) Módulos.
Art.46º: Serán consideradas faltas graves la inobservancia de lo prescripto en los siguientes artículos:
? Art. 3: Apartado primero.-
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? Art. 3: Apartado segundo Inc. d), e) f) y g).-
? Art. 4: Con excepción de los incisos f) y g).-
? Artículos 8, 9, 12, 22, 23, 37, 38, 39, 41, 42, 51 Y 52.-
Las faltas graves serán sancionadas con Multa de Veinte (20) a Ciento Cincuenta (150) Módulos.
Art.47º: Serán consideradas faltas gravísimas:
a) Si del abandono o el mal trato infringido al can, deviene la producción de lesiones graves o la
muerte del mismo.-
b) La mordedura o lesión causada por un can en la vía pública, espacio vecinal común,
establecimientos públicos o en predios particulares distintos a donde tiene asilo.-
c) La falta de autorización a que refieren los títulos XII y XIII.
Las faltas gravísimas serán sancionadas con Multa de Cincuenta (50) a Doscientos Cincuenta (250)
Módulos, pudiendo conjuntamente disponerse la perdida de todo derecho sobre el can, en caso que
correspondiere, siendo de aplicación en este último supuesto lo prescripto en el artículo 15.
Art.48º: Las reincidencias se regirán por lo dispuesto en el Código de Procedimiento de Faltas, con
excepción de que se considerará reincidentes a los que incurran en una nueva falta de igual especie
dentro del término de tres (3) años contado a partir de quedar firme la sentencia definitiva anterior.
Art.49º: No regirá respecto de las sanciones previstas lo dispuesto en Código de Procedimiento de
Faltas relativo al descuento por pago voluntario.
Título XV: De las Tasas por prestación de servicios
Art.50º: Por la inscripción del can en el registro municipal, como asimismo por su desparasitación
anual, se deberá abonar, cada vez, el siguiente importe:
a) Can de hasta quince (15) kilos: dos (02) módulos.-
b) Can de más de quince (15) kilos: tres (03) módulos.-
El Departamento Ejecutivo determinará mediante la reglamentación, los elementos que se
suministrarán con el pago de la tasa.
TITULO XVI - De La Lucha Contra La Hidatidosis
Art.51º: DECLÁRASE OBLIGATORIA LA LUCHA CONTRA LA HIDATIDOSIS EN EL ÁMBITO DEL EJIDO
MUNICIPAL DE ESQUEL, la que fuera instituida por Ordenanza 81/73.
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Art.52°: (Texto s/Ordenanza n°1O9/84) Créase la comisión honoraria de lucha contra la
hidatidosis, organismo que actuará y coordinará con el Ejecutivo Municipal. Ella se
integrará con representantes de: Municipalidad de Esquel, Salud Pública Provincial,
Sociedad Rural-Cooperativa de Esquel, Servicios de Lucha Sanitaria (SELSA), Servicios de
Laboratorios (SAIAB), Subsecretaría de Asuntos Agrarios de la Provincia del Chubut,
Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), Consejo Provincial de la Provincia
del Chubut, Escuadrón 36 Escuela de Gendarmería Nacional y Destacamento de
Explotación 181 del Ejército Argentino.
Art.53°: Esta Comisión Honoraria, estará integrada por un miembro por cada institución mencionada
y un secretario permaneciendo en su cargo cuatro (4) años, pudiendo ser reelectos, eligiéndose de su
seno un Presidente, por igual término.
Art.54º: Es competencia de la Comisión Honoraria de Lucha contra la Hidatidosis: a) organizar, dirigir
y hacer ejecutar las acciones necesarias para el control de la enfermedad hidatídica. b) organizar,
dirigir, coordinar y ejecutar las acciones de educación sanitaria, difundiendo los conocimientos para
combatir y prevenir la hidatidosis, utilizando para ello todos los medios de difusión. c) seleccionar y
adiestrar el personal necesario para el logro de los fines antes mencionados. d) concertar acuerdos
con los distintos organismos municipales, provinciales, nacionales e internacionales, previa aprobación
del Ejecutivo Municipal, a los fines de dar mayor eficacia al Programa de Lucha contra la Hidatidosis,
debiendo informar al Ejecutivo sobre la marcha y el cumplimiento de los mismos. e) administrar y
disponer, conjuntamente con el Ejecutivo Municipal, de los fondos que se destinan a la presente
lucha.
DE LOS RECURSOS
Art.55º: Al confeccionarse anualmente el presupuesto municipal se incluirá la partida “FONDO
PERMANENTE DE LUCHA CONTRA LA HIDATIDOSIS”, el que será administrado por la autoridad de
aplicación y constituido por los siguientes recursos:
a) Los importes percibidos en concepto de tasas y multas originados por la aplicación de la
presente ordenanza.
b) Aportes del Estado Municipal.
c) Aportes, subsidios y donaciones nacionales, internacionales o provinciales, públicos o
privados, vinculados al objeto de la presente ordenanza.
Título XVII: Disposiciones generales
Art.56º: Todo responsable ante requerimiento fundado de autoridades municipales está obligado a
poner a disposición de la misma el can, sin perjuicio de que en caso de oposición u obstaculización se
acuda al uso de la fuerza pública.
Se considerará requerimiento fundado el basado en la presunta comisión de una infracción o la
inobservancia de alguna disposición de la presente.
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Art.57º: Toda persona que obstaculice la captura del can y/o labor del personal afectado a dicha
tarea, se hará pasible de las sanciones que correspondan, sin perjuicio de la elevación de
antecedentes a la justicia competente.
Art.58º: Facultase al Ejecutivo Municipal a suscribir convenios con médicos veterinarios locales, con
el Colegio de Profesionales que los agrupa o con instituciones intermedias que posean personería
jurídica, a fin de optimizar la implementación de la presente.
Art.59º: Se dará intervención a la justicia competente cuando de la constatación de los hechos pueda
estarse ante la comisión de un ilícito en los términos de la Ley Nacional 14.346.
Art.60º: La autoridad de aplicación instrumentará y desarrollará acciones tendientes a la difusión de
la presente normativa, con el objeto de concientizar a la comunidad en general y específicamente al
responsable, paseador, asociación protectora y al guardador o criador del can, sobre su cumplimiento
y los beneficios de la esterilización como método de control.
Art.61º: El Departamento Ejecutivo reglamentará dentro de los treinta (30) días de promulgada la
presente, los aspectos necesarios para la implementación de la presente, estableciendo con relación a
los registros creados los recaudos esenciales, previendo su adecuada publicación y vigencia de la
inscripción.
Art.62º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a gratificar al personal que efectúe
correctamente el procedimiento de captura del can con un importe equivalente de hasta un (1)
módulo, utilizándose para ello la aludida partida.
Art.63º: Las contravenciones tipificadas en la presente ordenanza prevalecerán sobre lo dispuesto en
el Código Contravencional Provincial (art. 6 ley 4145)
Art.64º: La Dirección de Bromatología deberá realizar un amplia campaña de difusión de la presente
Ordenanza, en los medios de comunicación locales y mediante la distribución de folletos informativos.
Art.65º: la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de Agosto de 2004
Art.66º: A partir de la fecha prevista en el Art. Anterior, deróganse las Ordenanzas 23/90, 123/93 y
81/73.
Art.67º: Regístrese, Comuníquese y Cumplido, Archívese.
Esquel, 01 de Julio de 2004.
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Martín Pablo Escudero
Hernán Luis Codesal
Secretario Legislativo
P r e s i d e n t e
Honorable Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 10° Sesión Ordinaria del 2004, bajo Acta
14/04, registrada como Ordenanza Nº 110/04.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido,
archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de Julio de 2004.
NOTA QUE AVALA EL PROYECTO DESDE EL MINISTERIO DE EDUCACION DE LA
PROVINCIA DE Chubut:
Estimada Julia Moreno:
Me dirijo a Ud. con el fin de informarle que esta Dirección General ha
seleccionado proyectos de capacitación para ser implementados a partir de este segundo
cuatrimestre.-
El proyecto seleccionado es:
? Articulación de lo educativo en las prácticas socioculturales desde las
enfermedades zoonóticas.
Cualquier duda o consulta que desee realizar por favor no deje de comunicarse con nosotros.-
Desde ya aprovecho para saludarla muy atte.-
Gabriela Lóndero
Nivel Superior