PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas Presupuesto por Resultados en el Perú Avances y Retos del Sector Público Peruano Dirección de Calidad del Gasto Público Dirección General de Presupuesto Público 22 de mayo de 2014 1 Ministerio de Economía y Finanzas “Impacto de la Ley Universitaria en el presupuesto de las universidades públicas” Lima, septiembre de 2014
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PERÚ
Ministerio
de Economía y
Finanzas
Presupuesto por Resultados en el Perú Avances y Retos del Sector Público Peruano
Dirección de Calidad del Gasto Público
Dirección General de Presupuesto Público
22 de mayo de 2014
1
Ministeriode Economía y Finanzas
“Impacto de la Ley Universitaria
en el presupuesto de las
universidades públicas”
Lima, septiembre de 2014
PERÚ
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Dirección de Calidad del Gasto Público
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Situación de las Universidades
Públicas en el país
139 universidades públicas y privadas: 76 (55%) se
encuentran institucionalizadas y 63 (45%) con licencia
provisional
Proliferación de universidades sin asegurar los requisitos
básicos de calidad educativa.
Bajos niveles de calidad educativa universitaria que
repercuten en la escasez de mano de obra calificada, vital
para sostener el crecimiento económico de los últimos años.
Informe de competitividad global 2013-2014: Perú ocupa el
puesto 86/148 en cuanto a la calidad de la educación
superior.
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511: U.N. SAN ANTONIO ABAD 192,910,196 486,488,409 157,800,958 32.4
516: U.N. SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA 70,632,300 119,747,924 58,639,112 49.0
532: U.N. SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO 102,783,675 146,117,312 47,324,134 32.4
536: U.N. DEL SANTA 46,532,477 109,529,548 37,624,027 34.4
542: UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA 14,619,676 26,705,086 12,410,703 46.5
545: U.N. DE MOQUEGUA 28,629,831 56,613,562 8,768,759 15.5
546: U.N. DE JAEN 15,887,220 35,267,792 4,907,136 13.9
547: U.N. DE CAÑETE 14,904,180 14,904,180 4,041,759 27.1
548: U.N. DE FRONTERA 23,225,053 23,226,150 4,606,887 19.8
549: U.N. DE BARRANCA 14,206,030 32,705,085 3,998,224 12.2
550: U.N. AUTONOMA DE CHOTA 15,022,221 26,608,567 6,225,741 23.4
552: U.N. DE JULIACA 13,081,992 31,444,443 5,398,544 17.2
Avance % Pliego PIA PIM Devengado
Fuente: SIAF amigable 2013
La universidad pública, masiva y gratuita se caracteriza por
sus problemas de gestión, calidad y eficiencia del gasto
público así como por su falta de investigación.
2013: Universidades Públicas con una ejecución por debajo del 50%
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Ley N° 30220
Ley Universitaria y Creación de la
Superintendencia Nacional de
Educación Superior Universitaria
(SUNEDU)
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Antes Ahora
Ley 23733 Ley Universitaria y sus
modificatorias (09/12/83)
Ley 30220 Ley Universitaria (09/07/2014)
3 instituciones regulaban la autorización de
funcionamiento y el control de la calidad
educativa:
o Pliego 540: Asamblea Nacional de
Rectores ANR
o El Consejo Nacional para el
Funcionamiento de Universidades
CONAFU (órgano autónomo de la ANR,
creado por Ley 26439)
o El Consejo de Evaluación, Acreditación y
Certificación de la calidad de la
educación Superior Universitaria
CONEAU, órgano operador del Pliego
117: Sistema Nacional de Evaluación,
Acreditación y Certificación de la Calidad
Educativa (SINEACE)
o Creación de la SUNEDU (organismo
público técnico especializado adscrito al
MINEDU)
o Cierre de la ANR y CONAFU
o Pliego SINEACE en re-organización.
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Implicancias desde el punto de
vista presupuestal
1. En materia docente y de personal
En toda institución universitaria, privada o pública, por lo menos el
25% de sus docentes deben ser a tiempo completo (Art. 83)
La edad máxima para el ejercicio de la docencia en la universidad
pública es 70 años (Art. 84)
Docente investigador: bonificación especial del 50% de sus haberes
(Art. 86)
Derechos del docente:
o Tener año sabático con fines de investigación (Art. 88)
o Gozar de vacaciones pagadas de 60 días al año (Art. 88)
Remuneraciones:
o La universidad pública puede pagar a los docentes una asignación
adicional por productividad (Art. 96)
o Las remuneraciones de los docentes de las universidades públicas
se homologan con las de los Magistrados Judiciales (Art. 96)
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Requisitos para el ejercicio de la función docente
Para docente ordinario y contratado es obligatorio poseer
(Art. 82):o Grado de maestro para la formación en el nivel de pregrado
o Grado de maestro o doctor para maestrías y programas de
especialización
o Grado de doctor para la formación a nivel de doctorado.
El Decano debe poseer grado de doctor o maestro en su
especialidad, el mismo que debe haber sido obtenido de
manera presencial.
Programas de formación continua
Las universidades deben desarrollar programas académicos de
formación continua que buscan actualizar los conocimientos
profesionales en aspectos teóricos y prácticos de una disciplina
o desarrollar y actualizar determinadas habilidades y
competencias de los egresados (Art. 46)
2. Programa de Fortalecimiento Institucional
para la Calidad de la Formación Universitaria (Cuarta Disposición Complementaria Final)
En un plazo de 180 días, 12 universidades nacionales priorizadas
elaborarán y aprobarán un Programa de Fortalecimiento
Institucional para la Calidad de la formación universitaria, el
mismo que podrá ser utilizado como referente para la asignación de
los recursos presupuestales que se requieran en los siguientes
ejercicios fiscales:
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510: U.N. Mayor De San Marcos (Lima)
516: U.N. San Cristóbal De Huamanga
(Ayacucho)
511: U.N. San Antonio Abad (Cusco)
512: U.N. Trujillo (La Libertad)
513: U.N. San Agustin (Arequipa)
520: U.N. Del Altiplano (Puno)
514: U.N. De Ingeniería (Lima)
518: U.N. Agraria De La Molina (Lima)
517: U.N. Del Centro (Junín)
521: U.N. De Piura (Piura)
519: U.N. De La Amazonia Peruana (Loreto)
528: U.N. De Educación Enrique Guzman y
Valle (Lima)
3. Incentivos para la investigación
Establecimiento de un órgano universitario de investigación (Art.50)
o Establézcase el Vicerrectorado de investigación, encargado de orientar,
coordinar y organizar los proyectos y actividades de investigación (…)
Financiamiento de la investigación (Art. 49)
o Las universidades acceden a fondos de investigación ante las autoridades
u organismos correspondientes, a fin de fomentar la investigación. Estos
fondos pueden contemplar el otorgamiento de una bonificación a los
investigadores de las universidades públicas (…)
Además:
Los recursos que las universidades públicas reciben por concepto de
canon, sobrecanon y regalía minera pueden destinarse a:
o El financiamiento y cofinanciamiento de investigaciones de ciencia aplicada
relacionadas con la salud pública y prevención de enfermedades endémicas;
sanidad agropecuaria; preservación de la biodiversidad y el ecosistema de la
zona geográfica de influencia donde se desarrollan las actividades económicas
extractivas y utilización eficiente de energías renovables y procesos productivos.
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4. Promoción de la acreditación
La acreditación es voluntaria, aunque algunas
carreras pueden ser obligatorias por disposición legal
expresa (Art. 30)
El crédito tributario por reinversión y otros beneficios e
incentivos que se establezcan, se otorgan en mérito al
cumplimiento del proceso de acreditación, de acuerdo
a la normatividad aplicable.
El SINEACE se encuentra en reorganización: Se ha
constituido un Grupo de Trabajo encargado de evaluar el
SINEACE y elaborar un proyecto de ley para su reforma,
que deberá ser remitido en un plazo de 90 días calendario(Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria)
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5. Responsabilidad social universitaria
Cada universidad promueve la implementación de la
responsabilidad social, para ello, destina un mínimo
de inversión del 2% de su presupuesto en esta
materia y establece los mecanismos que incentiven su
desarrollo mediante proyectos de responsabilidad
social, la creación de fondos concursables para estos
efectos (Art.125)
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6. Creación SUNEDU
Organismo Público Técnico Especializado adscrito al MINEDU
Constituye pliego presupuestal (Art.12)
Para el 2014, la implementación de la SUNEDU se financia con
cargo a los recursos presupuestarios transferidos de la ANR