República de Honduras Secretaria de Finanzas Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República Ejercicio Fiscal 2016 1 PRESUPUESTO DE INGRESOS 2016 INTRODUCCIÓN El Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016 contempla un monto estimado de Ingresos Totales de L121,275.6 millones, cantidad que se espera obtener tomando como base el rendimiento en los Ingresos Tributarios, cuya recaudación alcanzará L80,895.1 millones, No Tributarios L4,109.5 millones, Otros No Tributarios L513.4 millones, Donaciones y Transferencias de Capital L4,840.2 millones, Disminución de la Inversión Financiera L55.4 millones, asimismo por Endeudamiento Público L20,037.2 millones y Obtención de Préstamos Externos de Largo Plazo L10,824.8 millones, tomando en consideración el moderado crecimiento del PIB que en términos reales será entre 3.2%, una tasa de inflación promedio de 4.8%, de un mejoramiento en la percepción de los ingresos y una reducción de la evasión fiscal a través de las acciones que realice la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) que es la entidad responsable de definir y ejercer las políticas, estrategias, planes y programas administrativos y operativos de conformidad a la política económica, fiscal y tributaria del Estado, como ser: Ejercer un efectivo control sobre el nuevo sistema de facturación. Ampliar la base tributaria en los 18 departamentos del país, teniendo presencia en los 298 municipios, identificar esos nuevos contribuyentes y hacer alianzas estratégicas para hacer un programa de concientización y educación fiscal. Ejecución de un programa de acciones y requerimientos administrativos para la recaudación por medio del cobro a los contribuyentes omisos y morosos. Diseñar y Ejecutar un Plan Operativo de Cobranzas para recuperar la deuda tributaria y aduanera. Supervisión de todas las aduanas del país a fin de verificar que en las mismas se apliquen los procedimientos y disposiciones que dictan las autoridades superiores. Realización de programas de auditorías preventivas en las ciudades de mayor afluencia comercial. Elaboración de cruces de información interna y externa validando con las declaraciones del Impuesto sobre la Renta e Impuesto sobre Ventas presentadas por los contribuyentes.
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PRESUPUESTO DE INGRESOS 2016 · 2019. 2. 19. · PRESUPUESTO DE INGRESOS 2016 INTRODUCCIÓN El Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016
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República de Honduras Secretaria de Finanzas
Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República Ejercicio Fiscal 2016
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PRESUPUESTO DE INGRESOS 2016
INTRODUCCIÓN
El Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016
contempla un monto estimado de Ingresos Totales de L121,275.6 millones, cantidad que se
espera obtener tomando como base el rendimiento en los Ingresos Tributarios, cuya
recaudación alcanzará L80,895.1 millones, No Tributarios L4,109.5 millones, Otros No
Tributarios L513.4 millones, Donaciones y Transferencias de Capital L4,840.2 millones,
Disminución de la Inversión Financiera L55.4 millones, asimismo por Endeudamiento Público
L20,037.2 millones y Obtención de Préstamos Externos de Largo Plazo L10,824.8 millones,
tomando en consideración el moderado crecimiento del PIB que en términos reales será
entre 3.2%, una tasa de inflación promedio de 4.8%, de un mejoramiento en la percepción
de los ingresos y una reducción de la evasión fiscal a través de las acciones que realice la
Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) que es la entidad responsable de definir y ejercer las
políticas, estrategias, planes y programas administrativos y operativos de conformidad a la
política económica, fiscal y tributaria del Estado, como ser:
Ejercer un efectivo control sobre el nuevo sistema de facturación.
Ampliar la base tributaria en los 18 departamentos del país, teniendo presencia en los
298 municipios, identificar esos nuevos contribuyentes y hacer alianzas estratégicas
para hacer un programa de concientización y educación fiscal.
Ejecución de un programa de acciones y requerimientos administrativos para la
recaudación por medio del cobro a los contribuyentes omisos y morosos.
Diseñar y Ejecutar un Plan Operativo de Cobranzas para recuperar la deuda tributaria
y aduanera.
Supervisión de todas las aduanas del país a fin de verificar que en las mismas se
apliquen los procedimientos y disposiciones que dictan las autoridades superiores.
Realización de programas de auditorías preventivas en las ciudades de mayor
afluencia comercial.
Elaboración de cruces de información interna y externa validando con las
declaraciones del Impuesto sobre la Renta e Impuesto sobre Ventas presentadas por
los contribuyentes.
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I. COMPORTAMIENTO 2015
El comportamiento de los ingresos fiscales observado durante el año 2015, tiene su base en
la legislación que actualmente rige al Sistema Tributario Hondureño entre ellas el
Decreto No.17-2010 contentivo de Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y
Racionalización del Gasto Público que establece la revisión a partir del 2013 de las tasas
impositivas de la Producción de Cerveza, Licores y Cigarrillos. Para asegurar la eficiencia en
la captación de los ingresos, se deberá establecer mecanismos orientados que aseguren la
continuidad de las medidas administrativas que ejecute la Dirección Ejecutiva de Ingresos
(DEI) que ayuden a mejorar la recaudación de los Ingresos Tributarios y Aduaneros y entre
las que se puede mencionar: fiscalización a empresas acogidas a regímenes especiales,
elaboración de cruces de información interna y externa y la realización de auditorías
puntuales a través de los programas de fiscalización.
Durante el período Enero-Agosto del 2015 se percibieron Ingresos Totales por L67,247.8
millones, distribuidos en L49,638.2 millones de Ingresos Tributarios, L2,292.9 millones de No
Tributarios, L197.1 millones de Otros No Tributarios, L2,500.0 millones de Donaciones y
Transferencias de Capital, L20.3 millones de Recuperaciones de Préstamos, L7,943.9
millones de Endeudamiento Público y L4,655.4 millones de Obtención de Préstamos
Externos, debiendo destacar que en este total se incluye L1,483.9 millones de la
Contribución Especial para la Seguridad Poblacional y L14.3 millones de la Contribución
SPS Siglo XXI.
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ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INGRESOS 2015
ENERO-AGOSTO
(Millones de Lempiras)
DESCRIPCIÓN PERCIBIDO
INGRESOS TRIBUTARIOS 49,638.2
Impuesto sobre la Renta 14,741.3
Impuesto sobre la Propiedad 498.5
Impuesto S/ Producción Consumo y Ventas 22,980.7
Impuesto S/ Actividades Específicas 9,254.8
Impuesto sobre las Importaciones 2,156.6
Impuesto a los Beneficios Eventuales 6.3
INGRESOS NO TRIBUTARIOS
2,292.9
VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 89.0
RENTAS DE LA PROPIEDAD 22.1
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS CORRIENTES 86.0
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 2,500.0
DISMINUCIÓN DE LA INVERSIÓN FINANCIERA 20.3
ENDEUDAMIENTO PUBLICO 7,943.9
OBTENCIÓN DE PRESTAMOS 4,655.4
INGRESOS TOTALES 67,247.8
* incluye L1,483.9 millones de la Contribución para la Seguridad Poblacional.
Según la tendencia, de septiembre a diciembre se espera recaudar por Ingresos Tributarios
L22,150.4 millones. En los Impuestos Directos específicamente en el Impuesto sobre la
Renta se prevé una ventaja de 2.8% respecto al Monto Aprobado; siendo los mayores
montos positivos los registrados por las subcuentas: Persona Jurídicas L120.4 millones
(4.6%), Pagos a Cuenta L133.2 millones (1.9%), Retención en la Fuente L135.1 millones
(3.3%), Retención Articulo 5 y 25 L57.1 millones (1.6%), Retención Articulo 50 L40.3
millones (5.2%), Retención de Intereses Articulo 9 L7.3 millones (1.0%), Impuesto sobre
Ganancias de Capital L48.5 millones (16.7%), Aportación Solidaria L18.7 millones (1.4%) y
Retención Anticipo ISR 1% L37.4 millones (10.4%); un comportamiento ligeramente opuesto
se observa en las subcuentas: Retención Anticipo Renta Natural L0.8 millones (44.4%) y
Retención Anticipo Renta Jurídica L4.8 millones (72.7%).
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El Impuesto sobre la Propiedad muestra una tendencia negativa, resultando menor al
aprobado en 4.6%, reflejándose en el Impuesto sobre Tradición de Inmuebles L8.4 millones
(2.8%) e Impuesto al Activo Neto L21.3 millones (6.0%).
Los Impuestos sobre Producción Consumo y Ventas denotan un incremento respecto a la
meta plasmada en el Monto Aprobado de L2,975.6 millones (9.7%), el que en su mayor
parte ha sido determinado por el Impuesto sobre Ventas (15%), en el cual se supone un
crecimiento de L2,977.9 millones (11.2%), estimulado por un mayor dinamismo económico
en las economías avanzadas y en los mercados emergentes, el crecimiento de las remesas
familiares en cerca del 10.0% y el empuje en el consumo debido a menores precios del
petróleo en el mercado internacional, mismo comportamiento se espera de las demás
subcuentas que integran este grupo que según su tendencia lograran sobrepasar lo previsto
así: Producción de Cerveza L19.7 millones (3.6%), Producción de Licores L7.2 millones
(6.4%), Impuesto sobre la Venta de Cigarrillos L32.0 millones (5.8%) por un mejor control
ejercido por la oficina recaudadora de impuestos sobre el contrabando proveniente de
países de América del Sur y de Asia e Impuesto sobre Consumo Selectivo de Artículos
Varios y de Vehículos con un incremento de L3.9 millones (1.1%) y L8.4 millones (2.7%)
respectivamente, a consecuencia de mayores volúmenes de importación de artículos de lujo
y vehículos nuevos y usados.
Los Impuestos sobre Servicios y Actividades Específicas según cifras proyectadas lograrán
alcanzar un margen favorable sobre la cifra presupuestada de L925.4 millones (7.9%), ello
debido al rendimiento del rubro Aporte al Patrimonio Vial el cual sobrepasará la meta
estimada en 11.6%, ello por el desplome de los precios del barril de crudo en el mercado
internacional, así mismo se observa un excedente de L177.9 millones manifestado por la
subcuenta Revaluación de Activos ocasionado por los pagos de Cementos del Norte L132.1
millones y Viviendas S.A de C.V. L42.4 millones valores que no estaban considerados en el
presupuesto y de L57.2 millones provenientes de la subcuenta de nueva creación:
Contribución Social del Sector Cooperativo; sin embargo se contabiliza un desfase en la
subcuenta Ecotasa s/la Importación de Vehículos Usados de L50.8 millones (36.3%).
En los Impuestos de Comercio Exterior, se prevé un crecimiento de L772.4 millones (33.0%)
respecto al monto aprobado, contribuyendo la Importación Terrestre con L478.4 millones
(35.7%), Importación Marítima L269.4 millones (30.6%) e importación Aérea Postal L24.6
millones (20.4%) esto como resultado del crecimiento de las importaciones de materia prima
para la industria, bienes de consumo no duraderos, materiales de construcción y bienes de
capital para la industria.
Los Impuestos a los Beneficios Eventuales y Juegos de Azar según cifras revisadas no
lograrán alcanzar la meta prevista en L0.1 millones (1.1%), con la participación de las
subcuentas Premios de Urna de Lotería Nacional con L0.3 millones (11.5%), ya que por
carecer de modernismo no es de la preferencia de los consumidores; no así la Lotería
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Electrónica Concesionada que superará al programado en L0.2 millones (3.1%), a
consecuencia del impuesto generado por un sorteo por L20.0 millones llevado a cabo por la
empresa Loto de Honduras en el mes de diciembre del 2014.
En los Ingresos No Tributarios se considera un ingreso menor en L77.7 millones (2.8%), con
relación al Presupuesto Aprobado, lo que obedece al bajo desempeño de las cuentas: Tasas
con una desventaja de L114.4 millones (12.0%), incidiendo en ello el bajo cumplimiento de la
subcuenta Tasa por Llamada del Exterior ($0.03) que recaudará L93.0 millones (15.4%)
menos de lo presupuestado; Cánones y Regalías L231.2 millones (21.0%), siendo la
subcuenta más representativa Concesiones y Frecuencias Radioeléctricas con un margen
negativo de L248.3 millones (29.3%), lo que se atribuye a la falta de pago de la tasa de
supervisión y canon que le corresponde a HONDUTEL; no obstante Concesión Aeroportuaria
participará positivamente con un excedente de L13.7 millones (5.8%), en contraste con lo
anterior se manifestaron en forma favorable la cuenta Derechos con L71.0 millones (19.6%),
sobretodo el concepto Libretas de Pasaporte muestra un margen positivo de L35.0 millones
(14.3%), Multas con L43.5 millones (17.2%), sobretodo lo referente a Multas Aplicación del
Código Tributario con L54.0 millones (76.1%) y Otras Multas y Penas Diversas L4.0 millones
(4.7%) y Otros Ingresos no Tributarios que generará una ventaja de L153.4 millones,
particularmente la subcuenta Otros no Tributarios con un saldo positivo de L115.7 millones e
Ingresos por Subastas L18.3 millones a causa de la subasta de vehículos de lujo decretada
por el Gobierno.
La Venta de Bienes y Servicios muestra un comportamiento positivo de L6.6 millones
(25.5%), L1.6 millones (21.9%) en lo que corresponde a la Venta de Bienes, siendo la
cuenta más significativa Venta de artículos y Materiales Diversos con L2.8 millones (87.5%)
y L5.0 millones (26.9%) a la Venta de Servicios, mediante la subcuenta Servicio de Vigilancia
a Empresas del Sector Privado con L3.6 millones (22.0%).
Rentas de la Propiedad según cifras revisadas se supone superará lo estimado en el
Presupuesto de Ingresos en L19.1 millones (79.9%) por el registro de los intereses y
comisiones enterados por la AMDC.
Las Donaciones y Transferencias Corrientes están constituidas por las aportaciones que
efectúa la Empresa Nacional Portuaria (ENP) y el Patronato Nacional de la Infancia (PANI),
que según se estipula en las Disposiciones Generales del Presupuesto están obligadas a
transferir L10.0 millones y L80.0 millones respectivamente, es así que al mes de agosto se
han percibido L86.0 millones, L80.0 millones de parte del PANI (L12.0 millones de años
anteriores, L4.0 millones para cumplir compromisos laborales del INHFA y L64.0 millones
para el DINAF) y L6.0 millones de la ENP.
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Las Donaciones de Capital del Sector Externo registradas hasta el mes de agosto suman
L2,500.0 millones, lo que representa una ejecución de 61.5% del monto presupuestado
(L4,066.5 millones), esperando que al finalizar el ejercicio fiscal se complete este monto.
En concepto de Disminución de la Inversión Financiera se establecieron en el Presupuesto
General de Ingresos y Egresos de la República L25.8 millones, de los que al mes de agosto
se han obtenido L20.3 millones, dicho monto ha sido enterado por BANHPROVI, Fondo
Ganadero, Fideicomiso para Fondo de Acceso a Crédito Agrícola y Alcaldía Municipal del
Distrito Central.
El monto presupuestado para Endeudamiento Público ascendió a L19,483.6 millones, de los
cuales al mes de agosto se han registrado L7,943.9 millones, lo que equivale a una
ejecución de 40.8%, siendo los mayores inversionistas: IHSS, INJUPEMP, IPM, INPREMA,
Plan de Asistencia Social, IHSS, FOSEDE, RAP y FOSEDE .
Por Obtención de Préstamos se presupuestaron L11,985.2 millones, hasta el mes de agosto
se han obtenido L4,655.4 millones, equivalentes a una ejecución de 38.8%.
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II. PRESUPUESTO DE INGRESOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL 2016
El proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016 se
estima en L121,275.6 millones, monto mayor en 15.5% al monto aprobado para el año 2015,
el que se financiará con la recaudación de los Ingresos Tributarios, Crédito Interno y Fondos
provenientes del Sector Externo que se espera obtener como efecto del crecimiento
económico previsto para el referido año así como de acciones administrativas que ejecutará
la Dirección Ejecutiva de Ingresos.(Ver anexo 1)
El Presupuesto General de la Administración Central estará financiado en un 84.8% con
fondos nacionales, recursos que se espera obtener por el rendimiento de los Ingresos
Tributarios percibidos a través de todas las Oficinas Recaudadoras autorizadas a nivel
nacional, así como de Ingresos No Tributarios, Recursos Propios de Capital, Recuperación
de Préstamos y el Endeudamiento Público a través de la colocación de Títulos y Valores
para la Deuda Interna.
El financiamiento del Presupuesto será complementado con las Donaciones de Capital del
Sector Externo (4.0%) que otorgarán Organismos Internacionales de Financiamiento y
Gobiernos Amigos, así como la Obtención de Préstamos Largo Plazo (11.2%) que otorgará
la cooperación internacional y serán destinadas a la concretización de los objetivos
tendientes al desarrollo de los sectores productivos asociados a las ventajas comparativas y
competitivas del país, así como a la atención de Programas Sociales considerados
prioritarios para el Gobierno.( Ver anexo 3 y 4).
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14/09/2015 10:44:15 a.m.REPÚBLICA DE HONDURASSECRETARÍA DE FINANZAS
PRESUPUESTO DE INGRESOS POR FUENTE Y TIPO DE INGRESOADMINISTRACIÓN CENTRAL
ETAPA: APROBADO MINISTROS Anexo 5
EJERCICIO: 2016
AMBIENTE:PRODUCCION USUARIO:0615195900092 Pagina 1 de 1
ETAPA: APROBADO MINISTROS
RUBRO DESCRIPCIÓN IMPORTE
Anexo 6
11 0 00 INGRESOS TRIBUTARIOS 80,895,361,27211 1 00 IMPUESTO SOBRE LA RENTA 23,919,000,00011 1 01 Sobre la Renta de Personas Naturales 518,300,00011 1 02 Sobre la Renta de Personas Jurídicas 3,019,600,00011 1 03 Pagos a Cuenta 7,782,000,00011 1 04 Retención en la Fuente 4,678,400,00011 1 05 Retención (Art. 5 y 25) 3,876,100,00011 1 06 Retención por Mora (Art 50) 910,000,00011 1 07 Retención Intereses Art 9 857,500,00011 1 08 Ganancias de Capital 365,200,00011 1 09 Aportación Solidaria 1,445,100,00011 1 10 Ganancias de Capital (Zolitur) 13,100,00011 1 11 Alquiler Habitacional (10%) 9,000,00011 1 12 10% Sobre Excedentes de Operaciones Centros Educativos Privados 3,800,00011 1 13 Retención Anticipo ISR 1% 437,400,00011 1 14 Percepción Anticipo Renta Natural 1,300,00011 1 15 Percepción Anticipo Renta Jurídica 2,200,00011 2 00 IMPUESTO SOBRE LA PROPIEDAD 646,500,00011 2 01 Sobre la Tradición de Inmuebles 294,000,00011 2 02 Al Activo Neto 352,000,00011 2 03 Sobre la Tradición Dominio de Tierras 500,00011 2 04 Sobre Legados y Donaciones 011 3 00 IMPUESTO SOBRE LA PRODUCCION, CONSUMO Y VENTAS 37,623,756,17211 3 01 Sobre la Producción de Cervezas 587,200,00011 3 02 Sobre la Producción de Aguardiente 87,000,00011 3 03 Sobre la Producción de Licor Compuesto 129,600,00011 3 04 Sobre la Producción Forestal 400,00011 3 05 Sobre la Producción y Consumo de Aguas Gaseosas 790,000,00011 3 06 Sobre Ventas 15% 33,313,956,17211 3 07 Sobre Ventas 18% 1,320,800,00011 3 08 Sobre la Venta de Cigarrillos 625,500,00011 3 09 Sobre el Consumo Selectivo de Artículos Varios 387,200,00011 3 10 Sobre el Consumo Selectivo de Vehículos 351,000,00011 3 11 Producción y Consumo de Alcohol 011 3 14 Sobre Ventas (18%) Boletos de Transporte Aéreo 27,000,00011 3 15 Sobre Ventas (5%) Boletos Lotería Electronica, Rifas y Sorteos 4,100,00011 4 00 IMPUESTO SOBRE SERVICIOS Y ACTIVIDADES ESPECIFICAS 15,344,905,10011 4 01 A Casinos de Juego Envite o Azar 2,000,00011 4 02 A la Venta de Timbres de Contratación 4,600,00011 4 03 A la Revaluación de Activos 500,00011 4 04 A Servicios de Vías Públicas 2,359,100,00011 4 05 Sobre Traspaso de Vehículos 23,800,00011 4 06 Sobre Servicios Turísticos 86,300,00011 4 07 Aporte Atención Programas Sociales y Conservación Patrimonio Vial 10,525,100,00011 4 09 Otros Impuestos y Licencias sobre Diversas Actividades 6,505,10011 4 10 Contribución 0.2% S/Transacciones Financieras Pro Seguridad Poblacional 1,938,900,00011 4 11 Contribución Telefonía Móvil Pro Seguridad Poblacional 77,200,000
REPUBLICA DE HONDURASSECRETARÍA DE FINANZAS
REP:R00822370GESTIÓN:2016
14/09/2015 10:45:02 a.m.
ADMINISTRACIÓN CENTRALPRESUPUESTO DE INGRESOS
POR RUBRO DETALLADOEJERCICIO: 2016
AMBIENTE:PRODUCCION USUARIO:0615195900092 Pagina 1 de 5
ETAPA: APROBADO MINISTROS
RUBRO DESCRIPCIÓN IMPORTE
Anexo 6
11 0 00 INGRESOS TRIBUTARIOS 80,895,361,27211 4 00 IMPUESTO SOBRE SERVICIOS Y ACTIVIDADES ESPECIFICAS 15,344,905,10011 4 12 Contribución Minería Pro Seguridad Poblacional 123,500,00011 4 13 Contribución Comidas Rápidas Pro Seguridad Poblacional 23,700,00011 4 14 Contribución Casinos y Máquinas Tragamonedas Pro Seguridad Poblacional 3,200,00011 4 15 Contribución Sector Cooperativo Pro Seguridad Poblacional 15,500,00011 4 16 Ecotasa Sobre Importación Vehículos Usados 95,000,00011 4 17 Contribución Social del Sector Cooperativo 60,000,00011 5 00 IMPUESTO SOBRE LAS IMPORTACIONES 3,352,000,00011 5 01 Importación Terrestre 1,959,500,00011 5 02 Importación Máritima 1,237,500,00011 5 03 Importación Aérea y Postal 155,000,00011 5 04 Recargo Importación Concesionada 011 6 00 IMPUESTO A LOS BENEFICIOS EVENTUALES Y JUEGOS DE AZAR 9,200,00011 6 01 Sobre Premios de Urna de Lotería Nacional 2,500,00011 6 02 Sobre Premios de Máquinas Tragamonedas 011 6 03 Sobre Premios de Lotería Electrónica 6,700,00012 0 00 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 4,109,487,40212 1 00 TASAS 1,143,175,41512 1 02 Control Migratorio 18,800,00012 1 03 Inspección de Vehículos 100,00012 1 04 Vehículos con Placa Extranjera 2,900,00012 1 05 Servicio de Recuperación Marina 15,300,00012 1 07 Marchamos 52,500,00012 1 08 Servicios Cosulares 26,300,00012 1 09 Papeles de Aduana 32,600,00012 1 14 Papel Notarial 28,000,00012 1 15 Servicio de Protección a Vuelos Nacionales 22,872,84112 1 16 Inspecciones Geologicas y de Embarque 15,600,00012 1 17 Monitoreos Ambientales 1,800,00012 1 18 Registros Ley de Propiedad 150,000,00012 1 20 Servicios de Autenticas y Traducciones 14,200,00012 1 21 Emision de Constancias, Certificados y Otros 77,236,51612 1 23 Conservación del Ambiente y Seguridad (Zolitur) 32,466,05812 1 24 Tasa por Llamada del Exterior (US$0.03) 537,000,00012 1 26 Actos Administrativos DEI 30,000,00012 1 99 Tasas Varias 85,500,00012 2 00 DERECHOS 609,277,07212 2 01 Libreta Pasaporte 299,400,00012 2 02 Tarjeta Identidad de Marinos 29,700,00012 2 03 Registro Marcas de Fabricas 15,200,00012 2 04 Registro Patente de Invención 1,700,00012 2 05 Registro de Prestamistas 400,00012 2 06 Incorporación de Empresas Mercantiles 100,00012 2 07 Marina Mercante Nacional 11,566,54012 2 08 Licencia de Conducir 116,500,00012 2 09 Otras Licencias 27,050,000
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REP:R00822370GESTIÓN:2016
14/09/2015 10:45:02 a.m.
ADMINISTRACIÓN CENTRALPRESUPUESTO DE INGRESOS
POR RUBRO DETALLADOEJERCICIO: 2016
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RUBRO DESCRIPCIÓN IMPORTE
Anexo 6
12 0 00 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 4,109,487,40212 2 00 DERECHOS 609,277,07212 2 10 Licencias Agentes Navieros 200,00012 2 11 Permisos y Renovaciones Migratorias 50,500,00012 2 13 Registro Nacional de Armas 13,400,00012 2 17 Emisión y Reposición de Placas y Calcomanias 500,00012 2 18 Registro Nacional de las Personas 42,000,00012 2 19 Registro Derechos de Autor y Conexos 300,00012 2 99 Derechos Varios 760,53212 3 00 CANONES Y REGALIAS 917,100,00012 3 01 Concesiones y Frecuencias Radioelectronicas 631,900,00012 3 02 Canon de Explotación de Petroleo 100,00012 3 04 Canon por Aprovechamiento de Aguas 3,500,00012 3 05 Concesion Aeropuerto 266,000,00012 3 06 Canon Territorial 15,600,00012 3 08 Concesion Operacion Loteria Electronica 012 4 00 MULTAS 372,719,26412 4 01 Multas Arancelarias de Importacion 53,457,82812 4 03 Multas Consulares 100,00012 4 04 Conmuta y Multas Judiciales 9,236,46712 4 05 Multa por Incumplimiento de Contratos 300,00012 4 09 Multas de Transporte 15,700,00012 4 10 Multas de Trabajo 4,930,00012 4 11 Sanciones de Marina Mercante 012 4 12 Sanciones e Infracciones de Conatel 1,500,00012 4 13 Multas de Policia y Transito 59,000,00012 4 16 Multas por Infracciones a la Ley de Migración y Extranjeria 15,000,00012 4 17 Sanciones por Ley General de Minería 1,000,00012 4 18 Multas Recargos e Intereses Aplicados Codigo Tributario 130,100,00012 4 19 Multa Infracciones Ley de Propiedad Intelectual 200,00012 4 99 Multas y Penas Varias 82,194,96912 8 00 OTROS NO TRIBUTARIOS 1,067,215,65112 8 01 Ingresos por Subastas 2,000,00012 8 02 Reparos de Aduana 1,200,00012 8 04 Reparos Varios 6,006,16712 8 05 Dispensa de Edictos 300,00012 8 06 Devoluciones de Ejercicios Fiscales Anteriores por Pagos en Exceso 856,300,00012 8 07 Compensación por Pérdida de Activos Muebles 100,00012 8 09 Subastas D.E.I. 778,39612 8 99 Otros no Tributarios 200,531,08815 0 00 VENTAS DE BIENES Y SERVICIOS DEL GOBIERNO GENERAL 411,448,46515 1 00 VENTA DE BIENES 84,290,19615 1 01 Venta de Impresos 2,950,00015 1 02 Venta de Materiales y Productos Agropecuarios 1,729,36715 1 04 Venta de Articulos y Materiales Diversos 79,610,82915 2 00 VENTA DE SERVICIOS 327,158,26915 2 03 Otros Servicios en Puertos 900,000
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RUBRO DESCRIPCIÓN IMPORTE
Anexo 6
15 0 00 VENTAS DE BIENES Y SERVICIOS DEL GOBIERNO GENERAL 411,448,46515 2 00 VENTA DE SERVICIOS 327,158,26915 2 04 Impresiones 64,494,94015 2 05 Servicios de Vigilancia Empresarial Sector Privado 24,230,00015 2 06 Ingresos de Centros Hospitalarios 015 2 07 Ingresos de Centros Educativos 25,785,83915 2 17 Venta de Servicios Varios Cesco 1,516,26415 2 18 Transporte de Datos HONDUTEL 90,000,00015 2 99 Venta de Servicios Varios 120,231,22617 0 00 RENTAS DE LA PROPIEDAD 41,918,00017 2 00 INTERESES POR PRESTAMOS AL SECTOR PUBLICO 19,700,00017 2 05 Intereses por Préstamos a Instituciones Públicas Financieras 19,500,00017 2 06 Intereses por Préstamos a Empresas Públicas no Financieras 200,00017 3 00 INTERESES POR DEPOSITOS 100,00017 3 01 Intereses por Depositos Internos 100,00017 4 00 INTERESES POR TITULOS Y VALORES 16,500,00017 4 01 Intereses por Titulos y Valores Internos 15,200,00017 4 03 Comisión por Titulos y Valores Internos 1,300,00017 5 00 BENEFICIOS POR INVERSIONES EMPRESARIALES 200,00017 5 01 Dividendos de Acciones 200,00017 6 00 ALQUILERES 5,418,00017 6 01 Alquiler de Tierra y Terrenos 3,400,00017 6 03 Alquiler de Edificios, Locales e Instalaciones 1,618,00017 6 04 Alquiler de Equipos 100,00017 6 05 Otros Alquileres 300,00018 0 00 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES CORRIENTES A INSTITUCIONES DEL SECTOR PUBLICO 60,000,00018 4 00 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES CORRIENTES DE EMPRESAS 60,000,00018 4 02 Transferencias Corrientes de Empresas Publicas 60,000,00022 0 00 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES DE CAPITAL 4,840,000,00022 2 00 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES DE CAPITAL DEL SECTOR EXTERNO 4,840,000,00022 2 01 Transferencias de Capital de Organismos Internacionales 022 2 02 Transferencias de Capital de Gobiernos Extranjeros 022 2 03 Transferencias de Capital Cuenta del Milenio (Gobiernos Extranjeros) 022 2 04 Donaciones de Capital de Organismos Internacionales 922,013,39322 2 05 Donaciones de Capital de Gobiernos Extranjeros 40,205,84822 2 06 Donaciones Cuenta del Milenio (Gobiernos Extranjeros) 115,675,72922 2 07 Concesión de Alivio de Deuda- Club de París (Gobiernos Extranjeros) 1,448,500,00022 2 08 Concesión de Alivio de Deuda- HIPC (Organismos Internacionales) 68,900,00022 2 09 Concesión de Alivio de Deuda-MDRI (Organismos Internacionales) 2,057,880,00022 2 10 Apoyo Presupuestario, Organismos Internacionales 186,825,03023 0 00 DISMINUCION DE LA INVERSION FINANCIERA 55,400,00023 4 00 RECUPERACION DE PRESTAMOS DE LARGO PLAZO 55,400,00023 4 05 Recuperación de Préstamos de Largo Plazo a Instituciones Públicas Financieras 21,800,00023 4 07 Recuperación de Préstamos de Largo Plazo a Gobiernos Locales 33,600,00031 0 00 ENDEUDAMIENTO PUBLICO 17,260,100,00031 2 00 COLOCACION DE TITULOS Y VALORES A LARGO PLAZO 17,260,100,00031 2 01 Colocación de Títulos y Valores de la Deuda Interna a Largo Plazo 17,260,100,000
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RUBRO DESCRIPCIÓN IMPORTE
Anexo 6
32 0 00 OBTENCION DE PRESTAMOS 13,601,900,00032 2 00 OBTENCION DE PRESTAMOS A LARGO PLAZO 5,225,300,00032 2 08 Obtención de Préstamos del Sector Externo a Largo Plazo 5,225,300,00032 3 00 OBTENCIÓN DE PRESTAMOS SECTORIALES A LARGO PLAZO 8,376,600,00032 3 08 Obtención de Préstamos Sectoriales del Sector Externo a Largo Plazo 8,376,600,000
121,275,615,139TOTAL:
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ANEXO 7
Nombre del
Tributo Base Legal Base Imponible Tarifa Fecha de Pago
Impuesto Sobre
La Renta
Decreto No.140-2008 del 06/12/2008. Reforma Decreto No.42-2011del 31/05/2011
La Renta Neta Gravable de toda Persona Natural o Jurídica, domiciliada o no en el país. Las personas Naturales y Jurídicas domiciliadas en Honduras pagarán el uno por ciento sobre los Ingresos Brutos del período impositivo, cuando la aplicación de las tarifas señaladas en los incisos a y b resultare menor al uno por ciento de los ingresos brutos declarados, este mismo uno por ciento pagarán sobre los ingresos brutos las Personas naturales y Jurídicas que reporten pérdidas al final del período fiscal. La tasa se reducirá al cero punto cinco por ciento en el caso de los contribuyentes que operen con precios regulados.
Para las Personas Naturales oscila entre 15% y 25% y para las Personas Jurídicas pagarán una tarifa del veinticinco por ciento (25%) sobre el total de la Renta Neta Gravable. Quedan exentos de pago los primeros L.110.000.00 de ingresos. Una suma anual hasta de L.40.000.00 por Gastos Educativos y por Honorarios pagados a Médicos, Bacteriólogos, Dentistas, Hospitales, Medicinas y Otros profesionales residentes en el país por los servicios prestados al contribuyente o a sus dependientes, sin necesidad de presentar comprobante alguno.
1%
0.5%
a) En los primeros cuatro (4) meses del año, al momento de presentar la Declaración.
b) Pagos por anticipos del Impuesto de las empresas, en los meses de junio, Septiembre y Diciembre (PACTA).
Nombre del
Tributo Base Legal Base Imponible Tarifa Fecha de Pago
Reforma Según Decreto No.278-2013 del 30/12/2013 Decreto No.113-2011 del 8 de julio del 201
Las personas Naturales y Jurídicas domiciliadas en Honduras pagarán el uno punto cinco por ciento (1.5%) sobre los Ingresos Brutos iguales o superiores a DIEZ MILLONES DE LEMPIRAS L10,000,000.00) del período impositivo, cuando la aplicación de las tarifas señaladas en los incisos a y b resultaren menores al uno punto cinco por ciento (1.5%) de los ingresos brutos declarados, La tasa se reducirá al cero punto setenta y cinco por ciento (0.75%) en el caso de los contribuyentes que comercialicen los siguientes productos y servicios: Cemento, Servicios Públicos prestados por empresas estatales, productos y medicamentos farmacéuticos para uso humano, petróleo y sus derivados y panadería Sobre las operaciones de importación definitiva, que realicen las Personas Naturales o Jurídicas como anticipo del Impuesto sobre la Renta. Dicha percepción será del cinco por ciento cuando el importador sea omiso de la declaración del Impuesto sobre la Renta o sea moroso de este o de cualquier otro impuesto. Sobre las Rentas, Utilidades, Dividendos o cualquier forma de Participación de Utilidades o Reservas obtenidas de fuente
1.5%
0.75%
1%
5%
En la Importación al momento de liquidar y pagar la póliza Al momento de liquidar y pagar la póliza Dentro de los 30 días siguientes a la percepción.
Nombre del
Tributo Base Legal Base Imponible Tarifa Fecha de Pago
Decreto No.96-2012 Del 20 de julio del 2012
hondureña por Personas Naturales o Jurídicas no residentes o no domiciliadas en el país. Sobre los Ingresos percibidos por las Personas Naturales o Jurídicas, residentes o domiciliadas en el país, en concepto de dividendos o cualquier otra forma de percepción de utilidades o de reservas, así: Por pagos o créditos que efectúen las Personas Jurídicas de derecho público y derecho privado por concepto de Honorarios Profesionales, Dietas, Comisiones, Gratificaciones, Bonificaciones y Remuneraciones por Servicios Técnicos. Se exceptúan los pagos efectuados bajo contrato de trabajo celebrado dentro del ejercicio fiscal y cuyos honorarios como única fuente de ingresos no excedan de L.90.000.00. Las personas naturales o jurídicas que durante los períodos fiscales no prescritos que establece el Artículo 136, numeral 2) del Código Tributario, que en dos (2) de ellos hayan tenido pérdidas operacionales consecutivas o alternas y que en el último período fiscal hayan obtenido ingresos brutos superior a Cien Millones de Lempiras (L.100,000,000.00) anuales, estarán sujetas al pago de un anticipo en concepto de Impuesto Sobre la Renta, mismo que será calculado sobre los ingresos brutos declarados. Para efecto de la Tributación Interna, las
12.5%
1%
3%
Dentro de los primeros diez (10) días siguientes del mes en que se efectuó la retención.
Nombre del
Tributo Base Legal Base Imponible Tarifa Fecha de Pago
Aportación
Solidaria
Temporal
Decreto No. 182-2012 Reforma Articulo de la Ley del Impuesto s/la Renta Decreto No.51-2003 Ley de Equidad Tributaria. Ultima..reforma Decreto No.17-2010 del 22 de abril del 2010. Ultima Reforma Decreto No.278-2013 Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión, reforma el Art. 22 de la Ley de Equidad Tributaria
personas naturales o jurídicas sujetas al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), que realicen transacciones de importación definitiva de bienes con fines comerciales por las diferentes aduanas del país, que no estén inscritos como contribuyentes en la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), pagarán en concepto de anticipo del Impuesto sobre la Renta, aplicado sobre la base referencial del Valor CIF,..de..dichas importaciones de bienes. Los ingresos brutos obtenidos de fuente Hondureña por personas naturales y jurídicas no residentes o no domiciliadas en el país Aplicable sobre el exceso de la renta neta gravable y..superior..a L.1,000.000.00 se des- gravará…anualmente conforme a la escala siguiente: Las Personas Jurídicas excepto las incluidas en los Regímenes especiales pagarán una aportación Solidaria del cinco por ciento (5%) sobre el exceso de la RNG superior a Un millón de Lempiras (L.1,000,000.00) a partir del año 2014 en adelante
25%
5%
2010 10% 2011 10% 2012 6% 2013 5% 2014 4% 2015 0%
5%
En los primeros cuatro (4) meses del año, se incluirá y pagará con la Declaración de la Renta Anual y bajo la modalidad de pagos a cuenta. En los primeros cuatro (4) meses del año, se incluirá y pagará con la Declaración de la Renta Anual y bajo la modalidad de pagos a cuenta.
Nombre del
Tributo Base Legal Base Imponible Tarifa Fecha de Pago
Impuesto sobre
Tradición de
Bienes Inmuebles
Creado mediante Decreto No.76 del 9 de abril de 1957. Ultima reforma mediante Decreto No. 17-2010 del 22 de abril del 2010
Sobre el precio de la Compra-venta, valor catastral o valor asegurado, el que sea mayor. Cuando no existiera el valor delos últimos se pagará sobre el valor declarado. Sobre el valor de mercado o valor catastral, el que sea mayor. Cuando exista valor catastral, sobre el valor declarado.
De 2% 3% y 4%
1.5%
Dentro del tercer (3) día contado desde la fecha de autorización de la escritura matriz.
Impuesto…al
Activo Neto
Creado mediante Decreto No. 51-2003 del 10/04/2003.
Sobre la diferencia que resulta del valor de los activos que figuran en el balance general del contribuyente, menos las reservas o provisión de cuentas por cobrar, las depreciaciones. acumula- das, las revaluaciones de activos y el saldo de obligaciones. documenta-das o autorizadas con socios o terceros o con Instituciones financieras directamente. relaciona- da con el financiamiento de activos fijos en operación.
1% Sobre el exceso de
L.3,000.000.00
En los primeros cuatro (4) meses del año y en la misma fecha de pago del Impuesto sobre la ‘Renta de cada periodo impositivo.
Tradición
Dominio…de
Tierras
Creada mediante Decreto No.131-98 del 20 de Mayo de 1998.
El Impuesto sobre Tradición Dominio de Tierras será gravado con una tasa adicional sobre el valor de la venta de tierras efectuadas. .por Cooperativas,…Empresa..Asociativas..y..Otras..Asociaciones Societarias.
30% Al momento de la venta
Impuesto Sobre la
Producción de
Cerveza
Creado mediante Decreto Ley No.3 del 20 de Febrero de 1958 y reformado por Decreto No.051-2003 del 10 de abril de 2003.
Se aplicará en la producción nacional o importada, utilizando como base de cálculo el litro y grados de alcohol
Tasa especifica US$ 0.1692 En los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente y al momento de la liquidación y pago de la Declaración Única Aduanera (DUA) o del Formulario..Único..Adua-nero Centroamericano
Nombre del
Tributo Base Legal Base Imponible Tarifa Fecha de Pago
(FAUCA)
Ultima…reforma mediante Decreto No.17-2010 del 22 de abril del 2010.
Se aplicará en la Producción Nacional o Importada, utilizando como base de cálculo la unidad de medida el litro.
Tasa especifica L.4.1200
Impuesto sobre la
Producción de
Aguardiente.
Creado mediante Decreto Ley No.20 del 30 de Noviembre de 1958 y reformado por Decreto No.51-2003 del 10 de abril del 2003. Ultima….reforma mediante Decreto No.17-2010 del 22 de abril del 2010
Se aplicará en la producción nacional o importada, utilizando como base de cálculo el litro y grados de alcohol. Se aplicará en la producción nacional o importada, utilizando como base de cálculo la unidad de medida el litro
Tasas específicas varias en US$, según grados de alcohol. Tasas específicas varias en Lempiras según grados de alcohol.
En los primeros (10) días hábiles del mes siguiente y al momento de la liquidación y pago de la Declaración Única Aduanera (DUA) o del Formulario..Único..Adua-nero Centroamericano (FAUCA).
Impuesto Sobre la
Producción de
bebidas
alcohólicas y
otras bebidas
preparadas o
fermentadas.
Creado mediante Decreto No.51-2003 del 10 de abril del 2003. Ultima reforma mediante Decreto No.17-2010 del 22 de abril del 2010.
De aplicación en la producción nacional o importada, utilizando como base de cálculo el litro y grados de alcohol. Se aplicará en la producción nacional o importada, utilizando como base de cálculo la unidad de medida El litro
Tasas específicas varias en US$, según grados de alcohol. Tasas específicas varias en Lempiras según grados de alcohol
En los primeros (10) días hábiles del mes siguiente y al momento de liquidar y pagar la Póliza Aduanera o Formulario Único..Aduanero..Centro-americano (FAUCA).
Impuesto Sobre la
Producción y
Consumo Aguas
Gaseosas y otras
bebidas
preparadas
Decreto No.3 del 20 de Febrero de 1958, modificado mediante Decreto No. 51-2003 del 10 de abril del 2003. Ultima. .reforma mediante Decreto No.17-2010 del 22 de abril del 2010
Se aplicará en la Producción Nacional o Importada, utilizando como base de cálculo el litro. Se aplicará en la Producción Nacional o Importada,…utilizando como base de cálculo el litro.
Tasa especifica US$ 0.0213 Tasa especifica en L.0.5800
En los primero diez (10) días del mes siguiente en que se haya causado el Impuesto. En la Importación se causará al momento de la liquidación y pago de la Declaración..Única Aduanera (DUA) o del Formulario..Único..Adua-nero Centroamericano (FAUCA).
Nombre del
Tributo Base Legal Base Imponible Tarifa Fecha de Pago
Impuesto Sobre
Ventas
Decreto No.278-2013 del 30 de diciembre del 2013 Reforma el Art.6 de la Ley del ISV en el sentido de modificar su tasa general Decreto No.24 del 20 de Diciembre de 1963. Reforma contenida en el Decreto No.51-2003 del 10 de abril del 2002 Reforma contenida en el Decreto No.219-2003 del 12 de enero del 2004 Ultima. .reforma mediante el Decreto No.17-2010 del 22
Precio de venta que resulta de factura o documento equivalente que será extendido por el vendedor. Precio de venta que resulta de factura o documento equivalente que será extendido por el vendedor. El Impuesto Sobre Ventas (12%) se aplicará sobre el precio de ventas en la Etapa de Distribuidor incluyendo el valor del Impuesto de Producción y Consumo en la Etapa de Importación y a nivel de Producción Nacional, para Aguas Gaseosas y Bebidas Refrescantes y el 15% sobre el precio de venta en las etapas de Distribuidor y Mayoristas incluyendo el valor del Impuesto de Producción y Consumo de Cerveza, Aguardiente, Bebidas Alcohólicas, otras bebidas preparadas o fermentadas y en el caso de Cigarrillos y otros productos elaborados del tabaco se le deducirá el valor del Impuesto de Producción y Consumo. Se aplica únicamente en el caso de los cigarrillos y otros. .productos .elabora-dos del tabaco, el 15% de impuesto se calculará en base al precio en la etapa de mayoristas, incluyendo el impuesto de producción y consumo. Se aplicará sobre las ventas de los servicios de telecomunicaciones..(Ser-
15% sobre ventas de mercaderías o servicios y Aguas Gaseosas. El 18% cuando se aplique a la Venta de Licores Compuestos, Aguardiente, Cerveza y Cigarrillos y otros productos elaborados del tabaco 12% sobre ventas de mercaderías o servicios y Aguas Gaseosas. El 15% cuando se aplique a la Venta de Licores Compuestos, Aguardiente, Cerveza y Cigarrillos y otros productos elaborados del tabaco.
12% y 15%
12% y 15%
Dentro de los primeros Diez (10) días del siguiente mes, que fue causado éste y cada vez que se importa. Dentro de los primeros Diez (10) días del siguiente mes, que fue causado éste y cada vez que se importa. Dentro de los primeros diez (10) días del siguiente mes que fue causado éste y cada vez que se importe.
Nombre del
Tributo Base Legal Base Imponible Tarifa Fecha de Pago
de abril del 2010. vicio de Telefonía Móvil, modalidad pre- pago y pos-pago, Servicios de Internet de acuerdo al ancho de banda y velocidad..mbps..y servicios de televisión por suscripción). Además se aplicará el 12% a los abonados residenciales que tengan un consumo de energía mayor a los 750 Kw/h.
Reforma contenida en el Decreto No.219-2003 del 12 de enero del 2004 Ultima reforma mediante Decreto No.17-2010 del 22 de abril del 2010
Se grava con el 12% los boletos para el Transporte Aéreo Nacional e Internacional, incluyendo los emitidos por Internet u otros medios electrónicos, el impuesto se cobrará en el lugar donde se emita la orden electrónica o el boleto, en su defecto, en el lugar de abordaje del pasajero en el territorio nacional. Se grava con una tasa del 18% en concepto de impuesto sobre ventas los boletos de transporte aéreo de clase ejecutiva, primera clase, clase de negocios o estándares similares.
12%
18%
Dentro de los Quince (15) días calendario siguiente al mes en que se efectuaron las ventas. Dentro de los quince (15) días..calendario..siguien-tes al mes en que se efectuaron las ventas.
Impuesto…de
Producción..y
Consumo..de
Cigarrillos
Creado mediante Decreto Ley No. 106 del 30 de Julio de 1955. Reformado por Decreto No.219-2003 del 12 de enero del 2004 y que se denominará..Impues-to..de Producción. y Consumo..de..Ciga- rrillos. Ultima..reforma mediante Decreto No.17-2010 del 22 de abril del 2010.
Sobre el precio al consumidor. ffinal, ..publi-cado sin el impuesto sobre ventas, tanto para la producción nacional como importada. Se aplicará en una sola etapa de comercialización a nivel de fábrica o al momento de la importación.
45% y 47.5%
L.350.00.por.millar.o.propor-cional por fracción de millar de la venta o importación
Mensualmente y al momento de liquidación y pago de la póliza. Dentro de los Diez (10) días hábiles del mes siguiente y previo al retiro de la mercadería
Nombre del
Tributo Base Legal Base Imponible Tarifa Fecha de Pago
Impuestos
Selectivos..al
Consumo
La norma legal que rige este tributo es el Decreto No.58 del 28 de julio de 1982 (Ley Impuestos Selectivos al Consumo) Reforma contenida en el Decreto No.51-2003 del 10 de abril del 2003. Ultima reforma contenida en el Decreto No.17-2010 del 22 de abril de año 2010.
Este gravamen se cobra tanto en los productos importados, como en los producidos en el país; (mercaderías..y..vehícu-los). Cuando su aplicación es en..mercaderías..produci-das en el país, es sobre el precio total de las mismas. Cuando se trate de bienes Importados, es sobre el valor CIF más derechos y demás cargos. Se cobrará tomando como base el monto que resulte de sumarle al valor CIF los derechos Arancelarios. Para la producción nacional se cobrará tomando como base el precio de venta Ex-fábrica
10% y 20% 10% AD-VALOREM Tasas especificas varias para vehículos nuevos y usados
En los primeros diez (10) días del mes siguiente y al momento de liquidar y pagar la póliza. En la importación al momento de liquidar y pagar póliza. Cuando salga de la fábrica o almacén con destino a su venta o exposición, para su venta en plaza.
Servicio de Vías
Públicas
La base legal es el Decreto No.3 del 20 de Febrero de 1958. Reformado mediante Decreto No.194 - 2002 del 05/06/2002.
Matrícula, Revisión y demás servicios, excepto los impuestos municipales para vehículos nacionales. Los vehículos nuevos o usados a internarse por primera vez al país. Los vehículos nuevos adquiridos en mercado interno.
Vehículos con Placa Alquiler y Particular: Alquiler: Hasta 2500cc …... L. 750.00 De 2501cc en adelante L. 1,200.00 Particular: Hasta 2500cc ….…L.1,200.00 De 2501cc en adelante L.2,200.00 Motocicletas: L. 200.00 Remolques o Rastras: L.1,000.00 2% sobre el valor CIF, mas los derechos y demás cargos que cause la importación. 2% sobre el precio de factura de venta en plaza. En ambos casos el valor resultante no deberá ser inferior a L.3,000.00, mismo que se pagará por (5) años consecutivos.
En los meses del segundo semestre y de acuerdo al número de placa del vehículo. Al momento de liquidar y pagar la póliza. Al momento de efectuar la compra. Después del segundo año en el sistema bancario autorizado.
Nombre del
Tributo Base Legal Base Imponible Tarifa Fecha de Pago
Ultima reforma mediante Decreto No 51-2003 del 10/4/2003
Las Motocicletas nuevas o usadas a internase por primera vez al país. Sobre el precio de la factura de ventas en el mercado interno.
2% sobre el valor CIF, mas los derechos y demás cargos que cause la información.
2%
Al momento de efectuarse la compra
Gravamen
Traspaso de
Vehículos
Creado mediante Decreto No.131 - 98 del 20 de mayo de 1998.
Vehículos automotores que causen transferencia de la propiedad.
L.300.00 Al momento de efectuarse el traspaso.
Gravamen
Servicios
Turísticos
Creado mediante Decreto No.131 - 98 del 20 de mayo de 1998.
Las empresas hoteleras, las arrendadoras de vehículos para fines turísticos y las operadoras de turismo receptivo.
4% sobre el precio de alojamiento diario en hoteles, del precio por el arrendamiento de vehículos para fines turísticos y sobre el precio de los servicios prestados por las agencias operadoras de turismo receptivo.
10 días del mes siguiente en que se causó el tributo.
Aporte a la
Conservación del
Patrimonio Vial,
Atención a
Programas de
Interés Social y de
Turismo
Creado según Decreto No.131-98 del 20 de Mayo de 1998. Se reformó mediante Decreto No. 19-2003 del 27/02/2003.
Este aporte será pagado por las Personas Naturales y Jurídicas que se dedican tanto a la producción, transformación, refinación o importación de los mismos, cuyo valor será la cantidad en lempiras que resulte de multiplicar los valores en dólares de los mencionados productos por el tipo de cambio vigente en el mercado como ser: Gasolinas, Diesel, Bunker, Kerosina, LPG y Av-Jet.
Este aporte será pagado por las Personas Naturales y Jurídicas que se dedican tanto a la producción, transformación, refinación o importación de los mismos, cuyo valor será la cantidad en lempiras que resulte de multiplicar los valores en dólares de los mencionados productos por el tipo de cambio operativo utilizado en el cálculo de los precios máximos internos
Tributo Base Legal Base Imponible Tarifa Fecha de Pago
Su última reforma lo contemplan los Decretos No. 5-2006 y No. 7-2006 del 20 de marzo y 28 de febrero del 2006. Ultima Reforma Decreto No.278-2013 del 30/12/2013
de los productos. Reformar el Tributo
Tasa específica US $ por producto : Gasolina Regular 0.9916 Kerosene exenta L.P.G. envase 25 lbs. 0.1218 Tasa Especifica US $ por Producto: Gasolina Super 1.4089 Gasolina Regular 1.2416 Diesel 0.8606 Fuel Oil Bunker C 0.4267 Kerosina 0.1500 LPG Hasta 25 lbs 0.1500 Superior a 25 lbs 0.1500 Av Jet 0.0300
Otros Impuestos y
Licencias Sobre
Diversas
Actividades
Decreto No. 212 - 87 del 29 de Noviembre de 1987 (Ley de Aduanas) Reformado mediante Decreto No. 194 - 2002 del 5 de Junio del 2002. Decreto No. 104-93 del 27 de Mayo de 1993. (Ley General
Por expedición y Reposición de Licencia Aduanal. Por cada Aduana donde se ejerza actividades aduaneras. Por expedición y reposición de Licencia Naviera. Por cada Aduana donde ejerza operaciones navieras Por expedición y reposición de Licencia Aduanal, con vigencia de (2) años. Por cada Aduana donde ejerza actividades aduaneras. Por expedición y reposición de Licencia Naviera, por (2) años de duración. Por cada Aduana donde ejerza operaciones navieras; dicho pago se efectuará anualmente. Por zona de inspección Tegucigalpa y Alrededores, Otros
L. 1,000.00
L. 500.00
L. 1,000.00
L. 1,000.00
L. 5,000.00
L. 1,000.00
L. 10,000.00
L. 1,000.00
L. 3,000.00
L. 4,500.00
Al momento de su emisión. Al momento de Abrir operaciones. Al momento de su emisión. Al momento de Abrir operaciones. Al momento de su emisión. Al momento de Abrir operaciones. Al momento de su emisión. Al momento de Abrir operaciones. Al momento de la inspección.
Nombre del
Tributo Base Legal Base Imponible Tarifa Fecha de Pago
del Ambiente). Reformado mediante Decreto No. 194 -2002 del 5 de Junio del 2002.
Departamentos. Por monto de inversión realizada así: De L.0.01 a L.200,000.00 De L.200,000.01 a L.1,000,000.00 De L.1,000,000.01 a L.20,000,000.00 De L.20,000,000.01 en adelante La vigencia de la Licencia será de (2) años. Por renovación deberá pagarse un importe equivalente al 50% del valor de dicha licencia.
1%
0.50%
0.05%
0.02%
Al momento de Obtener la licencia.
Impuesto a los
Beneficios
Eventuales y
Juegos de Azar
Decreto No. 3 del 20 de febrero de 1958. Reformado mediante Decreto No. 194-2002 del 5 de Junio del 2002.
Sobre los Premios de Urna de Lotería Nacional de Beneficencia e inclusive la Electrónica concesionada.
De L. 0.01…. L30,000.00 0% De L.30,000.01 en adelante 10%.
Lotería Nacional mensualmente y la Electrónica a más tardar el día hábil siguiente.
Impuesto Sobre
propiedad
Máquinas
Tragamonedas
Decreto No. 194 -2002 del 5 de Junio del año 2002. Ultima reforma contenida en el Decreto No.17-2010 del 22 de abril del año 2010.
Por máquina de juego u otro tipo de máquina electrónica. Sobre la posesión, tenencia o uso de cada maquina tragamonedas o otro tipo de máquina electrónica accionadas por monedas o mecanismos similares.
En un plazo de seis (6) meses a partir de su notificación. Se entregará en los primeros diez (10) días del mes siguiente en cuotas de Lps.2083.33 por máquina, en el lugar y forma que señale la Municipalidad.
Canon
Aeroportuario
Decreto No.46 -2000 del 30 de Junio del 2000
Sobre los ingresos brutos percibidos por el concesionario y sus afiliados.
Un % fijo ( 39.6789 ) En los primeros 10 días de cada trimestre.
Tasa Servicio
Protección al
Vuelo
Decreto No. 194 - 2002 del 05/06/2002
Se toma como base el peso máximo de despegue de la aeronave y las millas náuticas recorridas, para aeronaves que realizan operaciones internacionales por debajo de los 19500 pies de altura.
De 0 a 50 Ton. Mét. 0.30 De 51 a 100 Ton. Mét. 0.50 De 101 a 150 Ton. Mét. 0.60 De 151 a 200 Ton . Mét. 0.65 De 201 a 250 Ton. Mét. 0.70 De 251 a 300 Ton. Mét. 0.80 De 301 en adelante 0.90 * Pago en $
Al momento de la infracción.
Nombre del
Tributo Base Legal Base Imponible Tarifa Fecha de Pago
Tasa Registro Ley
de Propiedad
Decreto No. 82-2004 del 29 de Junio del 2004.
Por inscripción según tipo de Registro
Varias Al momento de efectuarse el acto o contrato.
Libretas para
Pasaporte
Decreto No. 124 del 3 de febrero de 1971. Reformado mediante Decreto No.194-2002 del 5 de Junio del 2002. Reformado mediante Decreto No. 194 -2002 del 5 de Junio del 2002. Su última reforma lo contempla Reglamento Ley de Migración y Extranjería.
Por unidad emitida Por unidad revalidada Por unidad emitida, dependiendo la vigencia.
L. 475.00 L. 250.00 L. 250.00 $ 35.00 por (5) años $ 50.00 por (10) años
Al momento de la emisión. Al momento de su emisión.
Licencias de
Conducir
Creada Mediante Decreto No.64-98 del 16 de abril de 1998. Ultima Reforma Decreto No. 194 -2002 del 05/06/2002.
Los montos se establecen de acuerdo al tipo de Licencia, ya sea Liviana, Pesada e Internacional.
Ámbito: Nacional Tipo Licencia Año 1 Liviana L.150.00 Pesada no Articulada L.120.0 Pesada Articulada L.120.00 Especial L.100.00 Tipo Licencia Año 2 Liviana L.250.00 Pesada no Articulada L.220.0 Pesada Articulada L.220.0 Especial L.150.0 Tipo Licencia Año 3 Liviana L.600.0 Pesada no Articulada L.480.0 Pesada Articulada L.480.0 Especial L.300.0 Ambito: Internacional Tipo Licencia Año 1 Liviana L.285.0 Pesada no Articulada L.140.0 Pesada Articulada L.140.0 Tipo Licencia Año 2 Liviana L.500.0 Pesada no Articulada L.230.0 Pesada Articulada L.230.0 Tipo Licencia Año 3
Al momento de su emisión
Nombre del
Tributo Base Legal Base Imponible Tarifa Fecha de Pago
Registro Nacional
de Armas
Creado mediante Decreto No.30-2000 del 29 de Julio del 2000 (Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Similares).
Por el registro de una (1) y hasta un máximo cinco (5) armas por persona natural.
Liviana L.1,000.00 Pesada no Articulada L. 480.00 Pesada Articulada L. 480.00
Durante los primeros (45) días de iniciado el registro L.550.00 y L.750.00 después de esta fecha.
Al momento de ejecutado el registro.
Multas por
Infracciones de
Ley de Tránsito
Creado mediante Decreto No.64-98 del 16 de Abril de 1998. Reformado mediante Decreto No. 205-2005 del 1ro. De Enero del 2006.
Importe de la Multa por infracciones. Importe de la Multa por infracciones, graves, menos graves y leves.
Dependiendo de la infracción Graves: 1/3 del salario mínimo mensual. Menos Graves: 1/4 de salario mínimo mensual Leves: 1/6 del salario mínimo mensual.
En el momento de vencerse la boleta de infracción. En el momento de vencerse la boleta de infracción.
Multas de
infracción y Ley
Migración y
Extranjería
Decreto No.208-2003 del 3 de Marzo del 2004.
De acuerdo a la disposición Legal que infrinja.
Según la infracción Al momento de efectuarla.
Multas por
Infracción Ley de
la Propiedad
Decreto No. 82-2004 del 29 de Junio del 2004.
De acuerdo a la Disposición Legal que infrinja.
Según la infracción Al momento que se determine.
Servicio de
Auténticas y
Traducciones
Decreto No.27-91 del 20 de Marzo de 1991. Reformado mediante Decreto No.194 -2002 del 5 de Junio del 2002
Actos Administrativos: Por expedir un pasaporte Por solicitud de residencia Traducción de documentos u otros certificados de traducción Auténticas de Firmas Actos Notariales: Otorgamiento Poder General Otorgamiento Poder Especial Por Auténtica Traducciones por Página
Dentro de los primeros (10) días del mes siguiente, todos los consulados enviarán el total de sus recaudaciones con cheque en $ dólares a favor de la Tesorería General de la República. Al momento de entregarse el Servicio.
PRESION TRIBUTARIA
(Miles de Lempiras)
2004 134,152.0 23,411.8 18.4 17.5
2005 183,748.7 26,707.6 14.1 14.5
2006 206,289.0 31,548.7 18.1 15.3
2007 234,622.0 35,399.1 12.2 15.1
2008 265,518.0 39,851.5 12.6 15.0
2009 270,543.0 39,108.0 -1.9 14.5
2010 290,990.8 42,438.1 8.5 14.6
2011 325,062.0 49,324.8 16.2 15.2
2012 358,725.0 53,182.4 7.8 14.8
2013 377,630.3 55,973.1 5.2 14.8
2014 411,533.7 68,255.9 21.9 16.6
2015* 443,430.0 71,788.6 5.2 16.2
2016* 475,100.0 80,895.1 12.7 17.0
Fuente PIB: Banco Central de Honduras
* Proyección
ANEXO 8
AÑOS P.I.B.INGRESOS
TRIBUTARIOS
VARIACION
RELATIVA
PRESION
TRIBUTARIA
ETAPA: APROBADO MINISTROS
RUBRO DESCRIPCIÓN IMPORTE
Anexo 1
11 0 00 INGRESOS TRIBUTARIOS 80,895,361,272
11 1 00 IMPUESTO SOBRE LA RENTA 23,919,000,000
11 2 00 IMPUESTO SOBRE LA PROPIEDAD 646,500,000
11 3 00 IMPUESTO SOBRE LA PRODUCCION, CONSUMO Y VENTAS 37,623,756,172
11 4 00 IMPUESTO SOBRE SERVICIOS Y ACTIVIDADES ESPECIFICAS 15,344,905,100
11 5 00 IMPUESTO SOBRE LAS IMPORTACIONES 3,352,000,000
11 6 00 IMPUESTO A LOS BENEFICIOS EVENTUALES Y JUEGOS DE AZAR 9,200,000
12 0 00 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 4,109,487,402
12 1 00 TASAS 1,143,175,415
12 2 00 DERECHOS 609,277,072
12 3 00 CANONES Y REGALIAS 917,100,000
12 4 00 MULTAS 372,719,264
12 8 00 OTROS NO TRIBUTARIOS 1,067,215,651
15 0 00 VENTAS DE BIENES Y SERVICIOS DEL GOBIERNO GENERAL 411,448,465
15 1 00 VENTA DE BIENES 84,290,196
15 2 00 VENTA DE SERVICIOS 327,158,269
17 0 00 RENTAS DE LA PROPIEDAD 41,918,000
17 2 00 INTERESES POR PRESTAMOS AL SECTOR PUBLICO 19,700,000
17 3 00 INTERESES POR DEPOSITOS 100,000
17 4 00 INTERESES POR TITULOS Y VALORES 16,500,000
17 5 00 BENEFICIOS POR INVERSIONES EMPRESARIALES 200,000
17 6 00 ALQUILERES 5,418,000
18 0 00 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES CORRIENTES A INSTITUCIONES DEL SECTOR PUBLICO 60,000,000
18 4 00 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES CORRIENTES DE EMPRESAS 60,000,000
22 0 00 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES DE CAPITAL 4,840,000,000
22 2 00 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES DE CAPITAL DEL SECTOR EXTERNO 4,840,000,000
23 0 00 DISMINUCION DE LA INVERSION FINANCIERA 55,400,000
23 4 00 RECUPERACION DE PRESTAMOS DE LARGO PLAZO 55,400,000
31 0 00 ENDEUDAMIENTO PUBLICO 17,260,100,000
31 2 00 COLOCACION DE TITULOS Y VALORES A LARGO PLAZO 17,260,100,000
32 0 00 OBTENCION DE PRESTAMOS 13,601,900,000
32 2 00 OBTENCION DE PRESTAMOS A LARGO PLAZO 5,225,300,000
32 3 00 OBTENCIÓN DE PRESTAMOS SECTORIALES A LARGO PLAZO 8,376,600,000
TOTAL: 121,275,615,139
PRESUPUESTO DE INGRESOS POR RUBROEJERCICIO:2016
REPÚBLICA DE HONDURASSECRETARÍA DE FINANZAS
REP:R00822762GESTIÓN:2016
14/09/2015 10:38:55 a.m.
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
AMBIENTE:PRODUCCION USUARIO:0615195900092 Pagina 1 de 1