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SESIÓN N° 21 San Miguel de Piura 16 de setiembre de 2019 Extraordinaria 1 PRESIDENCIA DEL SEÑOR ALCALDE ABOG. JUAN JOSÉ DÍAZ DIOS En la ciudad de San Miguel de Piura, siendo las 10.am del día lunes 16 de setiembre del año dos mil diecinueve en el Auditorio Almirante Miguel Grau de la Municipalidad Provincial de Piura, y bajo la presidencia del señor Alcalde Juan José Diaz Dios se reunieron los miembros del Concejo Municipal como a continuación se detalla: Ing. Pierre Gabriel Gutiérrez Medina, Sra. Ingrid Milagros Wiesse León, Sr. Martín Parihuamán Aniceto, Srta. Heidy Gabriela Lozada Floriano, Sr.Jhamerly Keny Chero Chero, Sr. Luis Enrique Coronado Zapata, Sr. Daniel Alonso Verástegui Urbina, Sr. Darwin Rubén Hernández Zeta, Sr. Miguel Angel Lizama Zarate, Sr.Adolfo Garay Castillo, Sr. José Luis Mejía de la Cruz, Sra. Maritha Yessenia Roa Bobadilla, Sr. Víctor Francisco Castro Balcazar, Sr. Adolfo Alejandro Garay Castillo Sr. Dandy Clover Pintado Morales, Sr. Víctor Hugo Reyes Peña. Abog. Silvia Alméstar Mauricio, Jefa de la Oficina de Secretaría General, toma lista para verificar el quórum de Reglamento. Verificado el quórum de Reglamento de acuerdo al artículo 109° del Reglamento Interno del Concejo, se inicia la presente sesión, para tratar la siguiente: A G E N D A: I. Orden del Día 1. Expediente Nº 035715 (28-08-2019) - Solicitud de Vacancia contra el Abg. Juan José Díaz Dios Alcalde Provincial de Piura y los regidores: Pierre Gabriel Gutierrez Medina, Ingrid Milagros Wiesse León, Martín Parihuamán Aniceto, Heidy Gabriela Lozada Floriano, Jhamerly Keny Chero Chero, Luis Enrique Coronado Zapata, Daniel Alonso Verástegui Urbina, Darwin Rubén Hernández Zeta y Miguel Angel Lizama Zárate, presentada por los señores Nicander Caqui Inga y Enrique Bernal Solano. Presidente de debates Juan José Diaz Dios .- Conforme al único punto de la agenda teniendo en cuenta el artículo 17 de nuestro Reglamento Interno se somete a votación para que el Pleno lês otorgue el uso de la palabra a los solicitantes Nicander Caqui Inga y Enrique Bernal Solano para que sustenten el pedido. Presidente de debates Juan José Diaz Dios .-Conforme al único punto de la agenda teniendo en cuenta el articulo 17 de nuestro Reglamento Interno se somete a votación para que el Pleno les otorgue el uso de la palabra a los solicitantes Nicander Caqui Inga y Enrique Bernal Solano para que sustenten el pedido . Regidor Reyes . Regidor Víctor Hugo Reyes Peña .- Presidente, colegas, amigos todos , hay que dar lectura primero a la solicitud de vacância por parte de la señorita Secretaria . Abog. Silvia Alméstar Mauricio-Secretaria General .- Por su intermédio señor presidente voy a sdar lectura a los expedientes N° 0034351 Y 037715 solicitud de vacancia contra el Abog. Juan José Diaz Dios Alcalde Provincial de Piura y los regidores, Pierre Gabriel Gutierrez Medina, Ingrid Milagros Wiesse León, Martín Parihuamán Aniceto, Heidy Gabriela Lozada Floriano, Jhamerly Keny Chero Chero, Luis Enrique Coronado Zapata, Daniel Alonso Verástegui Urbina, Darwin Rubén Hernández Zeta y Miguel Angel Lizama Zárate, presentada por los señores Nicander Caqui Inga y Enrique Bernal Solano.El escrito tiene fecha 5 de julio del año en curso. Dice: materia vulneración del principio democrático respecto a la normatividad vigente del Sistema de justicia administrativo judicial ordinario (Juez Sala Suprema) y Sistema Constitucional , sistema penal, sistema administrativo municipal , así vulnera el art, 43° de la Constitución Política Art. 138 y 139 de la Constitución Política, por actuar dictatorialmente prerrogándose cargos de juez, fiscal
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PRESIDENCIA DEL SEÑOR TENIENTE ALCALDE · 2020. 1. 7. · Hernández Zeta y Miguel Angel Lizama Zárate, presentada por los señores Nicander Caqui Inga y Enrique Bernal Solano.El

Aug 22, 2020

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SESIÓN N° 21 San Miguel de Piura 16 de setiembre de 2019 Extraordinaria

1

PRESIDENCIA DEL SEÑOR ALCALDE

ABOG. JUAN JOSÉ DÍAZ DIOS

En la ciudad de San Miguel de Piura, siendo las 10.am del día lunes 16 de setiembre del año dos mil diecinueve en el Auditorio Almirante Miguel Grau de la Municipalidad Provincial de Piura, y bajo la presidencia del señor Alcalde Juan José Diaz Dios se reunieron los miembros del Concejo Municipal como a continuación se detalla: Ing. Pierre Gabriel Gutiérrez Medina, Sra. Ingrid Milagros Wiesse León, Sr. Martín Parihuamán Aniceto, Srta. Heidy Gabriela Lozada Floriano, Sr.Jhamerly Keny Chero Chero, Sr. Luis Enrique Coronado Zapata, Sr. Daniel Alonso Verástegui Urbina, Sr. Darwin Rubén Hernández Zeta, Sr. Miguel Angel Lizama Zarate, Sr.Adolfo Garay Castillo, Sr. José Luis Mejía de la Cruz, Sra. Maritha Yessenia Roa Bobadilla, Sr. Víctor Francisco Castro Balcazar, Sr. Adolfo Alejandro Garay Castillo Sr. Dandy Clover Pintado Morales, Sr. Víctor Hugo Reyes Peña.

Abog. Silvia Alméstar Mauricio, Jefa de la Oficina de Secretaría General, toma lista para verificar el quórum de Reglamento. Verificado el quórum de Reglamento de acuerdo al artículo 109° del Reglamento Interno del Concejo, se inicia la presente sesión, para tratar la siguiente:

A G E N D A:

I. Orden del Día 1. Expediente Nº 035715 (28-08-2019) - Solicitud de Vacancia contra el Abg. Juan José Díaz

Dios – Alcalde Provincial de Piura y los regidores: Pierre Gabriel Gutierrez Medina, Ingrid Milagros Wiesse León, Martín Parihuamán Aniceto, Heidy Gabriela Lozada Floriano, Jhamerly Keny Chero Chero, Luis Enrique Coronado Zapata, Daniel Alonso Verástegui Urbina, Darwin Rubén Hernández Zeta y Miguel Angel Lizama Zárate, presentada por los señores Nicander Caqui Inga y Enrique Bernal Solano.

Presidente de debates Juan José Diaz Dios .- Conforme al único punto de la agenda teniendo en cuenta el artículo 17 de nuestro Reglamento Interno se somete a votación para que el Pleno lês otorgue el uso de la palabra a los solicitantes Nicander Caqui Inga y Enrique Bernal Solano para que sustenten el pedido.

Presidente de debates Juan José Diaz Dios .-Conforme al único punto de la agenda teniendo en cuenta el articulo 17 de nuestro Reglamento Interno se somete a votación para que el Pleno les otorgue el uso de la palabra a los solicitantes Nicander Caqui Inga y Enrique Bernal Solano para que sustenten el pedido . Regidor Reyes . Regidor Víctor Hugo Reyes Peña.- Presidente, colegas, amigos todos , hay que dar lectura primero a la solicitud de vacância por parte de la señorita Secretaria . Abog. Silvia Alméstar Mauricio-Secretaria General .- Por su intermédio señor presidente voy a sdar lectura a los expedientes N° 0034351 Y 037715 solicitud de vacancia contra el Abog. Juan José Diaz

Dios Alcalde Provincial de Piura y los regidores, Pierre Gabriel Gutierrez Medina, Ingrid Milagros Wiesse León, Martín Parihuamán Aniceto, Heidy Gabriela Lozada Floriano, Jhamerly Keny Chero Chero, Luis Enrique Coronado Zapata, Daniel Alonso Verástegui Urbina, Darwin Rubén Hernández Zeta y Miguel Angel Lizama Zárate, presentada por los señores Nicander Caqui Inga y Enrique Bernal Solano.El escrito tiene fecha 5 de julio del año en curso. Dice: materia vulneración del principio democrático respecto a la normatividad vigente del Sistema de justicia administrativo judicial ordinario (Juez Sala Suprema) y Sistema Constitucional , sistema penal, sistema administrativo municipal , así vulnera el art, 43° de la Constitución Política Art. 138 y 139 de la Constitución Política, por actuar dictatorialmente prerrogándose cargos de juez, fiscal

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del Tribunal Constitucional no respetando conflicto social judicializado , solicitando vacancia del Alcalde y sus regidores de su partido y/o movimiento denunciante CECOMER con su presidente Nicander Caqui y CONAN con su presidente Enrique Bernal Solano , Denunciados Juan José Díaz Dios Alcalde Municipal Provincial y los regidores de su movimiento , Sumilla.- Se presenta Vacancia del Alcalde y Regidores de su partido.. Señores Jurado Nacional de Elecciones . Nicander Caqui Inga identificado con DNI 027866002 , Presidente de la Asociación Central de Comerciantes exteriores del Complejo de mercado con partida registral 11091123,, con domicilio real cito en Av.. Calle Cristóbal Colon 242 Barrio Norte Piura, Por CONAN Perú ,Enrique Bernal Solano con DNI 02662675 Presidente y Ricardo Aguilera Ulloa com DNI 44315446 Vice Presidente Gloria Yliana Loayza Porras, Secretaria de Organización em representación de la coordinadora Nacional Anticorrupción del Perú, con registro registral em SUNARP, LIMA 13061307, RUC, 20553817987 con domicilio en Av. Nicolás de Piérola N° 981 Oficina 306 Centro de Lima (Plaza San Martín )facebook /Email.conan.gmail.com/conanperú@hotmail.com. Y como coordinadora de Piura Roxana Vilela Morán, coordinador de prensa, Pedro Zapata Monteza (noticias voz populi) Secretaria de fiscal Luis Vargas Saavedra, y con domicilio en Calle Marañon 380 AA.HH. Pachitea Piura y como abogado Defensor, Dr. Cesar Milla Ormaeche, con dirección en calle Marañón 380 Pachitea Piura y con casilla electrónica 41178 y casilla física judicial 947 de la Central de notificaciones de la Corte Superior de Justicia de Piura. Presentamos vacancia contra el Alcalde y a los regidores de su movimiento por que vulnera el principio democrático, art. 43° de la Constitución , falta de respeto a la normatividad vigente del Sistema de Justicia , administrativo, Judicial, ordinario ( juez sala suprema) y sistema Constitucional , asimismo el sistema Penal y el sistema administrativo Municipal así vulnera el Art.. 43° de la Constitución Política Art.138 y 139 de la Constitución Política, por actuar dictatorialmente, prerrogándose cargos de Juez, Fiscal, Tribunal constitucional, No respetando Conflicto Social Judicializado. I.- PETITORIO: Que, promuevo la vacancia contra el Alcalde y a sus regidores de su movimiento , por que vulnera la constitución Política al vulnerar el Principio democrático Art.43° así hace falta de respeto a la Normatividad vigente del Sistema de Justicia administrativo Judicial ordinario ( Juez sala suprema) y sistema Constitucional asimismo el Sistema penal y el sistema administrativo Municipal , así vulnera el art. 43 de la Constitución Política art. 138 y 139 de la Constitución Política porque actúa dictatorialmente prerrogándose cargos de juez, fiscal, tribunal Constitucional, no respetando, Conflicto Social Juidicializado, primando un presunto tráfico de Influencias , porque ningún administrado de justicia se pronuncia sobre el fondo del problema que tiene en promedio 50 expedientes entre denuncia y demanda , así la actuación del Alcalde no tiene sustento legal municipal , porque no puede sustentar porque la zona en litigio o judicializada zona de la vía pública tampoco es zona de parqueo porque 1) No tiene sentencia que declare uso de vía pública 2) No tiene Ordenanza Municipal de uso de la vía pública 3)no tiene ley, asimismo 1)No tiene orden Judicial de desalojo 2) No tiene ordenanza Municipal de desalojo 3) No tiene proyecto ni dinero para dar oportunidad a los comerciantes lo que si tiene apoyo legal de instancias superiores (presumiblemente vinculada a interés de los Supermercados que unido al poder de la Fiscalía , al poder del poder judicial unido al poder del tribunal Constitucional y así con ese poder agravian a los comerciantes ya por 9 años (2019-2009) , por lo tanto vulnera todos los principios constitucionales ante los comerciantes que si tienen ; 1) Sentencia del poder Judicial del año 1962 que declara a la zona, zona Industrial y de comercio intensivo 2) Ordenanza municipal del año 2002 que promueve la formalización de los comerciantes 3) Plano catastral de la Municipalidad Provincial de Piura donde los están reconociendo 4) Proyecto de modernización de la zonas comercial judicializada y con estos documentos válidos m los desalojan cuando se le da la reverenda gana , el Alcalde de turno utilizando su actitud de Dictador, corrupto 4) otros argumentos que detallamos . II.- Nombre y Datos de Identidad del requerido. La vacancia está dirigida contra la persona de Juan José Díaz Dios , Alcalde de la Municipalidad Provincial de Piura y los regidores de su movimiento con dirección en Jr. Ayacucho 377-Piura, III.- Fundamentos de hecho de la Vacancia.

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El Alcalde no tiene sustento legal municipal por que no puede sustentar por que la zona en litigio o judicializada es zona de vía pública , tampoco es zona de parqueo porque 1) No tiene sentencia 2) No tiene ordenanza Municipal de uso de la vía pública 3) No tiene ley, asimismo 1) No tiene orden judicial de desalojo 2) no tiene ordenanza municipal de uso de la vía pública 3) No tiene ley, asimismo 1) No tiene orden judicial 2)no tiene ordenanza municipal de desalojo 3) No tiene proyecto ni dinero para dar oportunidad a los comerciantes 4) la Ordenanza Municipal N° 19-00-CMPP es falsa. 1.1 Antecedentes: A.- Con las Ordenanza Municipal N° 19-00-CMPP , de fecha San Miguel 30 de diciembre 2009 existieron 01 enfrentamiento el año 2010 y 04 desalojos y muchos operativos de robo de mercadería .

Enfrentamientos en el año 2010 .- El conflicto del mercado dejo 5 muertos 1)Walter Martín Nanfaro disparo en la naríz (Viuda Sandra Alejos Salazar 2) William Saavedra Curay 19 años , bala en el tórax, 3) Hipólito Esteves Chero de 50 años una pedrada 4) Giancarlo Lippe Lizana de 16 años 5) Miguel Ángel Córdova Retete 15 años ya cumplió 9 años el 2019 / sucedió el 02 de marzo de 2010 y la Fiscalía de la Nación Piura presumimos no encuentra responsables, este conflicto se dio porque la Alcaldesa de Piura Sra. Mónica Zapata y el Concejo Municipal, habían aprobado una Ordenanza Municipal N° 10 -2010 –CMPP de fecha 30 de diciembre de 2009.

Desalojo uno del 30 de junio de 2019 participaron 1,100 policías y 400 serenos se desalojo Jr. Moretta, sector La pera, Inkari y vereda alta . El Jefe de Policía Coronel Máximo Vargas, Hugo Alcalde, Ruby Rodríguez de Aguilar desalojaron 2,000 comerciantes.

Desalojo dos, del 5 de abril de 2014m participaron 2,500 policías 300 serenos estibadores y otros 25 vehículos pesados cargadores frontales volquetes y otros , se desalojo Mártires de Uchuracay , Jr. Gonzalo Farfán, Jr. San Lorenzo , sector Inkari, Jefe de Policía General Gustavo Hananel García, Alcaldesa Ruby Rodríguez de Aguilar , desalojaron 2,500 comerciantes.

Desalojo Tres, después de presentado el Habeas Corpus ( 29 de mayo de 2015 ) del 11 de julio de 2015, participaron 2,400 policías y 300 serenos estibadores y otros se desalojo Jr. Blas de Atienza, Jefe Policial General Denis Pinto, Alcalde Oscar Miranda Martino, desalojaron 400 comerciantes .

Desalojo Cuatro , de fecha 20 de junio del 2019 donde el Alcalde coordinó con la Policía Nacional del Perú para que realice acciones de coacción como solicitud de DNI a los comerciantes que quedaban a trabajar de noche m intervención de cocheras donde se guardaba la mercadería, incautación de motofurgón con mercadería que son herramientas de trabajo de los comerciantes luego puesta de rejas contra manifestaciones aprovechando que la mayoría de los comerciantes realizan sus negocios desde las horas de la mañana hasta las 8.00 p.m. y siempre guardando su mercadería en las cocheras, luego pintando las áreas que según el Acuerdo para ser destinadas a áreas de parqueo actitud del Alcalde, sin documento válido para cambiar de uso la zona y sin usar procedimientos válidos porque a la fecha existe sentencia del año 1962 que declara a la zona como Zona Industrial y de Comercio Intensivo.

Por lo tanto existe reincidencia de los Alcaldes , Ex Alcalde Mónica Zapata, Ex Alcaldesa Ruby Rodríguez de Aguilar, Ex Alcalde Oscar Miranda Martino y el actual Alcalde Juan José Díaz Dios, en cumplir el propósito de desalojar a los comerciantes de su zona entregada por el Alcalde Francisco Hilbck , sin tener documento válido. B.- Expedientes que demuestran la vulneración del acceso a la justicia , porque nunca existió pronunciamiento de fondo ni de forma den muchos ni siquiera notificaciones por lo tanto están con retardo procesal vulnerando el debido proceso y acceso a la justicia confirmándose la actitud dictatorial con usurpación de funciones vinculado al abuso de autoridad que ni la Fiscalía ni el Poder Judicial se ha pronunciado.

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Expedientes después del desalojo año 2010 (09) Expedientes HABEAS DATA :

Expediente 02108-2001—JR-CI-‘3 EN 2Da Sala Cil se inicio 18.10.2012 a la fecha mayo 2015 su ubicación relatoría

Exp. 2013 -0-2001-JR-CI-04 EN 2da sala Civil inicio 16.05.2013ª la fecha mayo 2015 su Ubicación –Tribunal Constitucional – Contencioso Administrativo

Exp. 0808-2013-0-2001-JR-CI-03 en 3er Juzgado Civil se inicio el 15.03.2011 a la fecha mayo 2015 su ubicación –Archivo modular.

Exp.0816-2013-0-2001-JR-CI-01 en 2da Sala civil se inició 18.04.2011, a la fecha mayo 2015 su ubicación Relatoría Acción de Amparo

Exp. 02660-2010 -0-2001-JR-CI-04 en 2da Sala Civil, se inicio 16.12.2010 a la fecha mayo 2015 su ubicación Tribunal Constitucional.

Exp.02037-2013-0-2001-JR-CI-04 en 4to Juzgado civil, se inicio 15,02,2013 a la fecha mayo 2015 su ubicación : Especialista. Otros

Exp. 02005-2013-0-2001-RC-CI-02 Acción de cumplimiento en 1era Sala Civil , se inicio 14.02.2013 a la fecha mayo 2015 su ubicación Tribunal Constitucional

Exp. 02120-2013-0-2001-JR-CI-02-Acción de cumplimiento en 2do juzgado Civil se inicio 25.02.2013 ala feche mayo 2015, su ubicación archivo modular.

Exp.1115-2013-0-2001-JR-CI-05-Demandade prescripción adquisitiva en 5to Juzgado Civil, se inicio 22.06.2010 a la fecha mayo 2015 su ubicación-MPU-CDG.

Expedientes después del desalojo del 30 de junio 2013-10 Expedientes . Habeas Data .

Expedientes después del desalojo año 2010 (09) Expedientes HABEAS DATA :

Expediente 04627-2013 -0--2001—JR-CI- 2do Juzgado Civil se inicio 27.12.2013 a la fecha mayo 2015 su ubicación Pool asistente judicial

Exp. 04629 -2013 -0-2001-JR-CI-04 en 3er Juzgado Civil se inicio 27.12 2013 a la fecha mayo 2015 su Ubicación –Despacho Judicial

Exp. 03577 -2013 -0-2001-JR-CI-03 en 2da Sala Civil sd inicio el 04.05.2013 a la fecha mayo 2015 su ubicación –Tribunal Constitucional .

Exp.03578-2011-0-2001-JR-CI-01 en 3er Juzgado Civil se inició 04.09.2013, a la fecha mayo 2015 su ubicación Archivo Modular Contencioso Administrativo

Exp. 03895-2011 -0-2001-JR-CI-04 en 1er Juzgado Sala Civil, se inicio 16.10.2013 a la fecha mayo 2015 su ubicación Especialista l.

Exp.03441-2013-0-2001-JR-CI-03 en 3er Juzgado civil, se inicio 21,08,2013 a la fecha mayo 2015 su ubicación : Especialista.

Exp. 03501-2013-0-2001-RC-CI-04 en 1era Sala Civil , se inicio 26.08..2013 a la fecha mayo 2015 su ubicación Sala suprema

Exp. 03441-2013-0-2001-JR-CI-03- en 3er juzgado Civil se inicio 21.08.2013 a la feche mayo 2015, su ubicación Especialista

Acción de Amparo..

Exp.034845-2013-0-2001-JR-CI-01- En 1era Sala Civil , se inicio 06.09.2013 a la fecha mayo 2015 su ubicación-Relatoría

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Exp. 3548-2013-0-2001-JR-CI-05-. En 5to Juzgado .se inicio 29.08.2013. a la fecha mayo 2015 Ubicación Archivo.

Expedientes después del desalojo del 05 de abril 2014 -03 Expedientes .

Exp. 03039-2014-0-2001-JR-CI-02 en 2da Sala Civil se inicio 11.11.2014 a la fecha mayo 2015, su ubicación –Pool Asistente Judicial.

Habeas Data .

Expediente 01233-2014-0-2001—JR-CI-01 En 2da Sala Cil se inicio 26.05.2014 a la fecha mayo 2015 su ubicación Tribunal Constitucional Otros

Exp. 133- 2014 -0-2001-JR-CI-02 Interdicto en 2doJuzgado se inicio 21.01.2014 la fecha mayo 2015 su Ubicación –Archivo modular .

Exp. 2014-2015-0-2001-JR-CI-05 Materia Indemnización 5ro Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura..

Queja ODECMA N° 440 -2015 Piura Juez Jensen Francisco García Córdova

Queja ODECMA n° 155-2017-Piura..

Queja ODECMA n° 646-2018-Piura..

Queja ODECMA n° 647-2018-Piura..

Caso 132-2016-Fiscalía Control Interno –Fiscal Sofía Hortencia Milla Meza

Caso 86-2016- Fiscalía Control Interno Juan Fernando Paredes Portocarrero

Cso 37-2017-ontrol Interno de Fiscalía Fiorela Montero Talledo

Caso 2163-2015-4to despacho de 2da Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Piura.

Caso 320-2010-3era Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Piura.

Caso 4-2015-1er despacho Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en delito de corrupción de Funcionarios de Piura.

Caso 261-2017-Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en delito de corrupción de Funcionarios de Piura.

Caso 231-2017-3era Fiscalía Provincial Pernal Corporativa de Piura.

Caso 956-2015-3era Fiscalía Provincial Pernal Corporativa de Piura.

Caso 935 -2015-1era Fiscalía Provincial Pernal Corporativa de Piura. Acción de amparo 87-2019-00 -2001-JR-CI-04 4TO Juzgado Civil de la Corte Superior de

Justicia de Piura .

Denuncia al Colegio de Abogados de fecha 05 Enero 2019 Comisión de ética

Recurso de queja Constitucional de fecha 18 de junio 2018 por improcedencia de acción de amparo exp. 29555-2015-0-1801-JR-CI-03.

Recurso de queja constitucional N° 36-2018- de fecha 21 de marzo 2018 por EXP. 1115-2010-0-2001-JR-CI-05.

Recurso de queja constitucional N° 4650-2018- de fecha 30 de julio 2018 por improcedencia de acción de denuncia de control Interno caso 27-2017 Piura.

Acusación Constitucional DC 133-2017- a la Comisión permanente del Congreso.

Acusación Constitucional de fecha 18.05.2018 a la Comisión Permanente del Congreso

Tribunal Constitucional exp. 3284-2015-PA/TC-Aclaración de fondo 17.05.2018.

Exp. 075-V- 2015 del Tribunal de Fuero militar policial contra los generales Denis Pinto Gutiérrez , Gustavo Hananel García, Máximo Vargas Hugo

Solicitud de pronunciamiento del Fondo de defensa del pueblo presentada el 18.05.2018.

Solicitud de pronunciamiento del Fondo al Consejo de defensa Jurídica del estado presentado 28.05.2018.

Reincidencia de los extremos que todavía genera la Ordenanza Municipal N° 19-00-CMPP, de fecha San Miguel 30 de diciembre de 20909 de actos ilegales, actos de violencia, después de haber realizado los

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3 desalojos ilegales denunciados ante la fiscalía , porque existen casos extremos diariamente que se cometen que cualquier buen fiscal, buen juez puede calificar como extremos . .

Caso fiscal 2163-2015-Materia allanamiento por funcionarios o servidores públicos robo y abuso de autoridad agravados Nicander Caqui Inga y Rosa Elvira Febres Huamán denunciados Oscar Miranda Martino, Gerente de Fiscalización Gerente del SECON Y Serenos .

Caso Fiscal 1697-2015- Materia contra la vida el cuerpo y la salud, y abuso de autoridad lesiones leves esta en la 1era Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Piura Fiscal : Milagros del Socorro Fernández Romero, Agraviados Comerciante Elías Sosa Mery del Rosario,y Jimmy Espinoza Aguirre Denunciados Oscar Miranda Martino, Gerente de Fiscalización, Gerente del SOCOM Y Serenazgo.

Caso 3998-2017 Materia. Abuso de autoridad y otros Robos de mercadería de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Piura del Ministerio Público Agravante . José Santos Peña Lizano, Denunciados Oscar Miranda Martino Alcalde de la Municipalidad Provincial de Piura y Otros .

Exp. 141-2017-0-2001-JP-PE- 09- Juez Coronado Benites Rixi Roxana Especialista Albán Davila Any Gabriela Imputados José Ricardo Rojel Robles, Alcalde Oscar Miranda Martino, y Otros Gerente de Fiscalización, Gerente del SECOM, Y Serenos Agraviados . Nicander Caqui Inga Delito, lesiones dolosas colusión y abuso de autoridad intimidación a la familia Caqui-Febre en la modalidad de colusión agravada y otros.

Se confirma mas la vulneración a la dignidad de los comerciantes al negar información y que fue solicitada por garantía constitucional de Habeas Data.

Según sentencia de Resolución N° 4 , de fecha 22 de junio de 2012 , del E XP. 00843-2012-0-2021-JR-CI-05 Se resuelve : 1) Declarar fundado la demanda presentada por Nicander Caqui Inga contra la Municipalidad Provincial de Piura 2) Ordenar a la Municipalidad Provincial de Piura, que en un plazo máximo de 10 días, hábiles cumpla con proporcionar a la demandante copia fedatada del Plano Catastral del Complejo de mercados de Piura o el plano equivalente a esa zona bajo apercibimiento de aplicarse los artículos 22 y 56 del código procesal constitucional consentida o ejecutoriada que sea la presente. Cúmplase así desde el año 2012 la Municipalidad Provincial de Piura negó la información o sea presentó obstáculos a la legítima defensa , debido proceso y tutela jurisdiccional efectiva acceso a la justicia.

Según auto del Tribunal Constitucional de fecha Lima 8 de agosto de 2014 exp. 03992-2013-PA/TC, acción de amparo y con fecha de la segunda sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura 31 de junio de 2013, Resuelve : declarar nulos los actuados desde fojas 20 y ordenar al cuarto Juzgado Civil de Piura que admita a trámite la demanda interpuesta y corra traslado de la misma a la Municipalidad Provincial de Piura y al Procurador público de la Municipalidad Provincial de Piura debiendo resolver dentro de los plazos establecidos bajo apercibimiento de generar la responsabilidad por tramitación tardía prevista en el artículo 12 del Código procesal constitucional así el año 2013 la Municipalidad Provincial de Piura es reincidente en negar el servicio de energía eléctrica a los comerciantes, así presentó obstáculo al desarrollo comercial de los comerciantes y nunca la repuso , también afecta a la legítima defensa , debido proceso y tutela jurisdiccional efectiva acceso a la justicia.

Que conforme consta en la sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 6 de mayo del exp. 3735-2014-PHD/TC ha resuelto. 1) Declarar fundada la demanda por violación del derecho de acceso as la Información pública 2) Ordenar que la Municipalidad Provincial de Piura entregar copia de las Resoluciones de Alcaldía N° 303-2010-A/MPP, y 897-2013-A/MPP, así como de todos los actos administrativos que se dictaron con el propósito de recuperar la vía pública mediante la demolición retiro de construcciones de las áreas exteriores del Complejo de mercados de Piura, y por que los costos procesales en la etapa de ejecución de sentencias y el vinculante al exp. 4199-2013-0-2001-JR-CI- 03 , atendido por la Municipalidad Provincial de Piura con Oficio N° 390-2017-G/SECOM(MPP de fecha 6 de noviembre de 2017 así el año 2013 la Municipalidad Provincial de Piura, en reincidente en negar la información o sea presentó obstáculos a la legítima defensa, debido proceso y Tutela Jurisdiccional efectiva-acceso as la justicia.

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Que , conforme consta en la sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 24 de enero de 2017 dele xp. 734-20125-PHD/TC y se ordena en dicha Resolución de sentenciar 1) Declarar fundada la demanda por haberse acreditado la vulneración al derecho al acceso a la información pública 2) Ordenar a la Municipalidad Provincial de Piura entregar a la Asociación Central de Comerciantes exteriores del Complejo de mercados de Piura, la información solicitada 3) condenar a la Mu Municipalidad Provincial de Piura el pago de los costos procesales del Exp. 01233-2014-0-2001-JR-CI-01 y atendida por la Municipalidad Provincial de Piura carta 122-2017-OSG/MPP, de fecha 4 de setiembre de 20178 asi el año 2014 kla Municipalidad Provincial de Piura es reincidente en negar la información o sea presentó obstáculos a la legítima defensa, debido proceso y tutela jurisdiccional efctiva, acceso a la justicia.

3.1 Fundamentos Facticos de la vacancia :

a) Elementos de Convicción graves y Fundados : Tenemos los siguientes elementos . Antecedentes: Resumen , El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Piura 1) No tiene sentencia 2) nno tiene ley 3) no tiene argumento válido 4) no tiene Ordenanza Municipal que declare la zona como vía pública y 5) no tiene sentencia de desalojo 6) No tiene ordenanza Municipal de desalojo y su aptitud de actuar es un dictador vulnerando el principio democrático que sustenta nuestra Constitución: 1) La Ordenanza n N° 122-03-CMPP, de fecha 28 de diciembre de 2017 confirma que la Municipalidad

Provincial de Piura no tiene ningún documento válido que afirme que las zonas desalojadas como Blas de Atienza es una vía pública así para que sea declarada una zona vía pública debe existir una sentencia una ordenanza Municipal ( o sea para quesea declarada su uso debe existir una Ordenanza o una sentencia por ejemplo en la Ordenanza 122-03-CMPP, de fecha 28 de diciembre del 2017 y visto el Dictamen N° 016-2017-CDU/CPP de fecha 29 de diciembre de 2017 de la Comisión de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial de Piura y se Ordena: Artículo Primero.- Aprobar el proyecto de Ordenanza denominado cambio de zonificación del uso del suelo del sector de Planeamiento Zonificado como zona de recreación pública ZRP, en el sector sur de la ciudad que comprende memoria descriptiva y planos (06) que forma parte de la presente Ordenanza en el cual le propone el cambio de la zonificación actual, de una zona de recreación pública ZRP a la siguiente zonificación. Zona de Otros Usos o usos especiales para los terrenos de propiedad municipal : Sub Lote D-1 Sub Lote D-2 Y SUB Lote C Zona de servicios Públicos complementarios –Educación Básica para la parte afectada del terreno del Ministerio de Educación donde funciona la I.E.-Ann Goulden Artículo Segundo .- Modificar el contenido del Plan de Desarrollo Urbano de Piura veintiséis de octubre, Castilla y Catacaos al 2032, aprobado por O.M.N° 122-02-C/MPP, conforme al cambio de zonificación dispuesto en el art. Primero de la presente Ordenanza en atención a lo establecido en el art. 38 del D.E N° 022-2016-Vivienda Por lo tanto se demuestra como se asigna el uso del suelo a nivel municipal y esto no existe Ordenanza Municipal que declare vía pública, a la zona Comercial Blas Atienza, pero si existe una sentencia del año 1962 dado por el poder judicial en el 2do Juzgado Civil .

1. Oficio N° 69-2019 CONANP/PE/ebs/RAU de fecha 6 de mayo 2019 de CONAN PERU, que se envía a la Municipalidad Provincial de Piura para tener seguridad que la Municipalidad no tiene sentencia , no tiene ordenanza pública para demostrar que las zonas desalojadas son zonas de vías públicas razón por el cual se le envió un oficio N° 69-2019 CONAMP/PEEBS/RAU , de fecha 06 de mayo 2019 que generó un exp. 18371-2019 , en Municipalidad Provincial de Piura y respondió con oficio n°115-2001-GSC/MPPde fecha 24 de mayo firmado por el Ing. Máximo Godarlupo Arellano Zapata donde dice: Ratifica la Ordenanza Municipal N° 022-2000-CMPP, la misma que resuelve en su artículo segundo declarar zona rígida especial para el comercio callejero y ambulatorio las vías comprendidas dentro del perímetro del Complejo de Mercados de Piura estableciendo como una de las arterias rígidas del Complejo de mercadeos de Piura la Av. Blas de Atienza . Pero esta Ordenanza e es muy clara para el comercio callejero y ambulatorio pero ésta fundamentación no es aplicable al presente caso de los desalojados porque la misma ordenanza

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ampara al comercio formal según el artículo noveno dice : La Municipalidad Provincial de Piura otorgará a los comerciantes relocalizados las autorizaciones de funcionamiento y la aprobación de sus proyectos de habilitación básica en forma gratuita y para ser ejecutado en el plazo de un año de igual forma es el Artículo décimo dice Proceder a potenciar la Dirección de Desarrollo Empresarial de los comerciantes relocalizados y de Micro y pequeña empresa de Piura. Por lo tanto esta Ordenanza 007-2002-C/CPP y la Ordenanza N° 022-2000-C/CPP, sanciona al comerciante callejero y ambulatorio pero promociona la formalización del Comerciante que se formaliza por lo tanto los comerciantes desalojados entre el año 2010 y 2015 fueron apoyados el año 2002 por el Alcalde Ing. Francisco Hilbck Eguiguren. La Zona de los comerciantes desalojados es una zona Industrial y de comercio Intensivo según sentencia del 2do juzgado de la corte superior de justicia de Piura del año 1962 y esta sentencia fue respetada por el Ing. Francisco Hilbck Eguiguren , como se demuestra en la ordenanza 07-2002-C/CPP y la ordenanza 022-2000-C/CPP, donde se promociona la formalidad y se sanciona 1 comerciante callejero y ambulatorio.

2. Se ganó judicialmente con sentencia Resolución N° 4 de fecha 22 de junio del 2012 EXP. 843-2012-0-2001-jr-ci-05 el Plano Catastral a la Municipalidad Provincia, donde se evidencia los puestos comerciales, asignados a los comerciantes formales apoyados por el Alcalde Ing. Francisco Hilbck Eguiguren y este plano hasta le fecha no existe Ordenanza que la modifique.

3. Se ha demostrado que durante el periodo del 2009 hasta el año 2018 existe en el TUPA de la Municipalidad Provincial de Piura, los trámites beneficios y requisitos para los comerciantes formalizados de los puestos comerciales asignados por el Alcalde Ing. Francisco Hilbck Eguiguren

4. La ordenanza Municipal N° 19-00-CMPP, de fecha 30 de diciembre de 2009 obtenido por orden del Tribunal Constitucional mediante Garantía constitucional de habeas data exp. 3735-2014-PHD/TC Piura con sentencia del Tribunal Constitucional mediante carta N° 18-2016-OSG/MPP, de fecha 12 de febrero del 2016, es falsa por los siguientes fundamentos. 4.1. Porque en su tenor dice: que el Comité Regional de defensa civil en los considerandos de su

Informe de Inspección técnica califica al Complejo de Mercados de riesgo alto grave y por tanto manifiesta que será de responsabilidad de la administración municipal la no implementación de los correctivos de manera oportuna.

4.2. Según Oficio 449-2009/GRP-450000, de fecha 18 de noviembre de 2009 dirigidos a la Sra Mónica Zapata de Castagnino y firmado por el Ing, Augusto Zegarra Peralta Gerente Regional de la Gerencia Regional de recursos naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Piura dice Asunto : Remite Diagnóstico preliminar del Complejo de Mercados de Piura en su tenor dice ; sobre el particular agradeceré tomar conocimiento y darle la debida atención al diagnóstico preliminar que de oficio se ha practicado en el presente mes por wel equipo revisor del ITSDC de este Gobierno Regional Piura, como un aporte a la búsqueda de soluciones frente aq la problemática de seguridad en el Complejo de mercados de nuestra ciudad de Piura se le recomienda que en cumplimiento al D,S, 066-2007-PCM, la administración de los módulos que conforman el complejo de mercados soliciten la inspección técnica de Seguridad en Defensa Civil de detalle a través de la cual recepcionarán las recomendaciones de carácter estructurado , no estructural de seguridad y de instalaciones eléctricas , según corresponda.

Abog. Silvia Alméstar Mauricio –Secretaria General .- Si me permite por su intermedio señor presidente teniendo en cuenta las facultades que también me otorga como Secretaria General en nuestro Reglamento, es necesario también manifestar que a todos ,los involucrados tanto a los 15 regidores así como a Usted como Alcalde y a los solicitantes se les ha notificado en tiempo y modo oportuno tanto la solicitud de vacancia la ampliación los descargos correspondientes velando por el debido procedimiento en base al ert. 139° de nuestra Constitución y asimismo en base al principio de celeridad solicito que se me de pase solamente para poder leer la última parte de conclusión de la solicitud de vacancia por el principio de celeridad. Presidente de debates Juan José Diaz Dios .- Proceda Señora Secretaria General dejando Constancia de la presencia de la regidora Ingrid Wiesse

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Abog. Silvia Alméstar Mauricio –Secretaria General .- por lo tanto según lo que está en las últimas hojas de la solicitud de vacancia dice :. Por lo tanto queda demostrado que los ex Alcalde y el actual Alcalde no tiene documento válido para demostrar que las zonas desalojadas son via públicas, pero si existen documentos válidos de las zonas desalojadas son zonas de zona Industrial de comercio intensivo de 1) sentencias del año 62 del 2do Juzgado Civil de Piura, 2= Ordenanza municipal 07-2002 –C/CPP, de fecha 5 de febrero 2002, 3) Ordenanza Municipal 022-2000-C/CPP, de fecha 30 de junio de 2000, sanción del Comerciante callejero y ambulatorio, pero promociona la formalización del comerciante que se formaliza, por lo tanto los comerciantes desalojados entre el año 2010 al 2019 fueron apoyados por el Alcalde Ing. Francisco Hilbck Eguiguren en el año 2002, 4) Plano Catastral de la Municipalidad Provincial de Piura , obtenida en el año 2012 5) Otros documentos vinculantes concluyéndose que el actual Alcalde Juan José Diaz actuó como Dictador violando el principio democrático que es la base de la Constitución Política invocamos y exhortamos a los miembros del Jurado Nacional de Elecciones la presente denuncia de vacancia por actuación dictatorial es más que una vacancia según el artículo 22 y vinculante con el art. 63 , de la Ley Orgánica de Municipalidades , por que el Alcalde Dictador 1) agravia la fiscalía, agravia el poder judicial , agravia la Policía y todavía la involucra 4) Agravia el Tribunal Constitucional 5) agravia a los comerciantes y sus familias 6) agravia a los clientes de los comerciantes, 7) Agravia la jurisprudencias existente y otros fundamentos que se detallan . Presenta medios probatorios y finalmente firman los señores . Nicander Caqui Inga y el señor Enrique Bernal Solano . Presidente de debates Juan José Diaz Dios.-Muchas gracias secretaria General, recalcamos la presencia para que quede constancia de la regidora Ingrid Wiesse conforme al único punto de la agenda teniendo en cuenta el art. 117° de nuestro Reglamento Interno se somete a votación para que el Pleno del Concejo Municipal le otorgue el uso de la palabra a los solicitantes de la vacancia Nicander Caqui Inga y Enrique Bernal Solano, para que puedan sustentar su pedido. Los señores regidores que estén a favor sírvanse levantar la mano, Aprobado por Unanimidad. Suspendemos brevemente la sesión para invitar a los señores Nicander Caqui Inga y Enrique Bernal Solano , para que se acerquen y sustenten su solicitud . por el lapso de 5 minutos Sr Nicander Caqui Inga-Solicitante de la Vacancia de Alcalde y ocho Regidores.- Agradezco la invitación para sustentar mi pedido como acabamos de escuchar todos estos argumento o este pedido que nosotros hemos hecho que respete el Sistema del Poder Judicial por todos los extremos de esta , estamos viendo que nuestro país no puede ser gobernado a la manera y no podemos superar , que los comerciantes en los años anteriores tanto hemos batallado pidiendo buenas propuestas no para bien de los grandes grupos de poder económico sino para el Pueblo , habíamos también presentado en una reunión del Colegio de Ingenieros haciendo un sacrificio cuando había 10,000 puestos de trabajo en el Complejo de Mercados nosotros sugerimos señores cuando pagábamos una sisa, licencia de funcionamiento, por S/. 1.20 nosotros dimos a la Municipalidad un alcance que modernice el Centro de Abastos porque ofreciendo 10 soles por cada puesto entonces en 10,000 puestos la Municipalidad Provincial antes de hacer esto tenía que haber recuperado 100 soles diario y eso era arca 100,000 soles y eso no lo hicieron han hecho caso omiso y esto es el resultado. Agradezco pues y vamos a alcanzar lo que nosotros hemos trabajado con mucha Fe hoy tenemos para poder suficientemente para pagar a los trabajadores para la Municipalidad ahora no tenemos para mejorar de donde vamos a sacar , por que el mercado ha sido un sitio dado por providencia un mercado enorme sustento de la Municipalidad eso es lo que nos dolió a nosotros y estamos presentes, no solamente para favor de los comerciantes sino para todos eso lo hemos hecho ojala que nos comprendamos y eso es lo que debo decir ahora dejo a mi compañero Enrique Bernal con el lo hemos hecho y dejo a su conciencia de cada uno de Ustedes, creo que para gobernar y para temer nuestra ciudad, nuestro pueblo dignamente tenemos que trabajar limpio conforme a la ley nosotros los comerciantes somos muy respetuosos y respetaremos hasta lo último todo lo que emana del Sistema Judicial muchísimas gracias .

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Presidente de debates Juan José Diaz Dios.- Se Le agradece el uso de la palabra al señor Nicarder Caqui Inga, Igualmente se le da el uso de la palabra al Sr Enrique Bernal Solano por espacio de 5 minutos Sr. Enrique Bernal Solano-Solicitante de vacancia del Alcalde y 8 Regidores .- Muy Buenos dias a todos realmente nosotros hemos presentado la vacancia por un principio básico , el respeto guarda respeto yo creo que ningún ciudadano común y corriente va a permitir que después de vivir, 20, 30 años em su casa venga una autoridad y lo desconozca eso es lo que há sucedido en el mercado Central de Piura , hay que decirlo , todos los documentos que há emitido la Municipalidad Provincial de Piura desde el año 2009 que empezó este conflicto hasta la fecha no tienen fundamento legal , por lo tanto si no tienen fundamento legal ninguna persona puede invadir una casa o a un centro Comercial, por que estaré actuando al extremo de la ley, y esta actuación lleva lamentablemente a que el Señor Alcalde y todos los que pasaron por Alcaldía comprometieron el dinero de cada uno de nosotros, haciendo un acto ilegal eso está sancionado muy específicamente de lo que se llama los requisitos de vacancia, solamente con eso les quiero decir que esto fue un principio de respeto guardan respeto , por que las autoridades se deben a nosotros y el sistema jurídico que nosotros tenemos, es un sistema jurídico de participación de voz y voto lamentablemente no permitamos más que autoridades comiencen a seguir practicando el autoritarismo o la dictadura ,muchas gracias. Presidente de debates Juan José Diaz Dios ,. Se da por culminada entonces la sustentación de los señores Nicander Caqui Inga y Enrique Bernales Solano, para este efecto pasamos ahora en base a nuestro Reglamento conforme a lo prescrito en el artículo 124 los señores regidores que deseen realizar preguntas por favor sírvanse manifestarse levantando la mano, No habiendo pedidos para el uso de la palabra, conforme a lo prescrito em el art.. 124° de nuestro Reglamento haré uso de la palabra y asimismo los 9 regidores a quienes se ha pedido su vacancia haciendo uso de nuestro derecho a la defensa, en base al art,116 de nuestro reglamento cedo la presidencia en el Teniente Alcalde , para realizar mi participación suspendemos la sesión por unos instantes. . Presidente de debates Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .- Buenos días con todos el señor Alcalde tiene el uso de la palabra para argumentar su defensa. Abog. Juan José Diaz Dios .- Señores miembros del Concejo Municipal siendo respetuoso del debido proceso y considerando que el procedimiento de vacancia es un proceso especial, solicito que mi defensa este a cargo del Abogado Javier Enrique Guzmán Crisanto , o cual pongo a su consideración presidente . Presidente de Debates Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .- Muchas gracias señor Alcalde quienes estén a favor de otorgar el uso de la palabra akl Abog. Javier Enrique Guzmán Crisanto sírvanse por favor levantar la mano.. Aprobado por Unanimidad tiene el uso de la palabra Dr. Javier Enrique Guzmán Crisanto. Abog. Javier Enrique Guzman Crisanto-Defensa Técnica .- Buenos días señor Alcalde , buenos días a los demás miembros del Concejo Municipal de Piura y con todos los presentes. Abogado con N° CAP 2828, y el cual nos corresponde como defensa, determinar si a partir de los hechos que se atribuyen al Señor Juan José Díaz Dios que es el Alcalde del Concejo Provincial de Piura incurrió en la causal de vacancia de restricción de contratación previsto en el art. 22 ° numeral 2 concordante con el art,. 63° de la Ley Orgánica Municipal en este sentido debemos realizar un análisis sistemático sobre los elementos que configuran la causal de vacancia por restricción de contratación de acuerdo al criterio jurisprudencial del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, por ello es importante señalar que es posición constante de este máximo Órgano Colegiado Electoral que el artículo 22 numeral 9 concordante con el art. 63 ° de la Ley Orgánica Municipal, tiene por finalidad la protección de los bienes municipales por ejemplo si se ha contratado con sus padres con su acreedor o deudor etc y el tercer elemento es la existencia de un conflicto de intereses entre la actuación del Alcalde o el regidor en su calidad de autoridad representativa Municipal y su posición o actuación como persona particular de la que se advierte un aprovechamiento indebido, asimismo este Órgano Colegiado, ha precisado que los análisis de los elementos señalados es

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secuencial, en la medida que cada uno es condición para la existencia del siguiente bajo estos términos debemos dejar constancia que dentro de los 190 folios 30 medios probatorios que han presentado en la vacancia mas los 25 medios probatorios que adjunta la ampliación de la fundamentación de vacancia presentado por el ciudadano Nicander Caqui Inga no se encuentra ningún medio probatorio idóneo para que acredite fehacientemente los 3 elementos consignados en los párrafos anteriores mayormente si conforme a los hechos acontecidos no guardan ilación ni congruencia con la causal invocada , toda vez que los hechos se enmarcan al proceso de recuperación de espacios públicos en los complementos del mercado de Piura , ejecutado por la Municipalidad Provincial de Piura, en donde las principales afirmaciones al ciudadano son cuestionamientos subjetivos del actuar municipal tal como lo ha señalado en la solicitud como primer punto la actitud antidemocrática y como segundo irrogarse poderes de autoridad de juez de fiscal y Tribunal Constitucional y como tercer punto no respetar los conflictos sociales judicializados, contra comerciantes exteriores del mercado de Piura entre otros totalmente no cuenta con la evidencia de lo contrario, en consecuencia señores miembros del Concejo Municipal, conforme a los fundamentos expresados, en el presente descargo sírvanse Ustedes rechazar la solicitud de vacancia presentada el 05 de julio del presente por el ciudadano Nicander Caqui Inga toda vez que a derecho se ajusta. Presidente de debates Pierre Gabriel Gutiérrez Medina.- Muchas gracias señor Alcalde retoma la presidencia al haber terminado su participación, Presidente de debates Juan José Diaz Dios,. Al Haber terminado mi participación retomo la presidencia . Ahora vamos a dar el uso de la palabra al regidor Pierre Gabriel Gutiérrez Medina para que también haga uso de su derecho de defensa . Regidor Pierre Gabriel Gutiérrez Medina.- Muchas gracias señor Presidente Alcalde , em virtud a mio derecho Constitucional de defensa solicito que la misma sea a través de mi abogado defensor el Dr Javier Guzmán , el mismo que solicito en su momento se Le conceda el uso de la palabra Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- De igual manera consultamos a la regidora Ingrid Milagros Wiesse León Regidora Ingrid Milagros Wiesse León .- Señor presidente, señores miembros del Concejo Municipal en aras de ejercer debidamente mi defensa solicito respetuosamente que la misma este a cargo del abogado apersonado para la presente causa. . Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- De igual manera al regidor Martín Parihuaman Aniceto . Regidor Martín Parihuamán Aniceto .- Muy Buenos días señor presidente estimados regidores de este honorable Concejo estimados funcionarios, periodistas, ciudadanos todos, en mérito a mi derecho fundamental de defensa contemplado en el art. 139° inciso 14 de nuestra Constitución Política solicito la misma este a cargo de mi abogado defensor el Dr. Javier Enrique Guzmán Crisanto en su momento explicará los fundamentos técnicos y jurídicos de la misma . Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Gracias regidor , vamos a dar el uso ahora a la regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano Regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano .- Muy Buenos días señor presidente y colegas regidores , señores miembros del Concejo Municipal sírvanse conceder el Informe oral a mi abogado defensor que se encuentra apersonado a la presente a fin de ejercer mi defensa , por ser de justicia, Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Gracias regidora, de igual manera consultamos al regidor Jhamerly Kenny Chero Chero

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Regidor Jhamerly Kenny Chero Chero .- Por su intermedio señor presidente a los colegas regidores y al pleno del Concejo voy a solicitar el uso de la palabra al Señor Abogado que se encuentra presente en la sesión de Concejo para que ejerza mi derecho constitucional de defensa . Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Gracias regidor Chero, consultamos al regidor Luis Enrique Coronado Zapata- Regidor Luis Enrique Coronado Zapata .- Muy Buenos días estimados señores, miembros del Concejo Municipal que los procedimientos de vacancia un proceso en el que se me está cuestionando por una Infracción establecida, en la ley Orgánica de municipalidades, por tanto deseo que mi defensa sea sustentada por mi abogado debidamente apersonado Dr. Javier Enrique Guzmán Crisanto muchas gracias Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Gracias regidor , continuamos entonces com el regidor Daniel Alonso Verástegui Urbina . Regidor Daniel Alonso Verástegui Urbina .- Buenos días señor presidente señores regidores ,amigos todos , el derecho de defensa , es un derecho fundamental reconocido constitucionalmente y en textos de derechos Humanos el cual debe salvaguardarse en cualquier procedimiento ya sea jurisdiccional, administrativo o en cualquier otra Instancia toda vez que es parte del debido proceso, en ese sentido señor presidente solicito respetuosamente que mi defensa este a cargo del letrado Javier Enrique Guzmán Crisanto . Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Muchas gracias, continuando con el regidor Hernández Zeta. Regidor Darin Rubén Hernández Zeta .- Muy Buenos días señor presidente, señores regidores , señores miembros de este Concejo Municipal, estimados ciudadanos, debemos considerar que el art. 139 inciso 14 de la Constitución política del Perú a señalado que una persona no puede ser privado del derecho de la defensa en ningún estado del proceso, lo cual implica, que desde el inicio de todo proceso el ciudadano en cuestión tiene derecho a ejercer libremente su defensa bajo la dirección de un abogado de su elección bajo esos términos señor presidente manifiesto que mi defensa la tendrá a cargo el abogado apersonado al presente proceso toda vez que a mi derecho se ajusta . Muchas gracias. Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Tiene el uso de la palabra el regidor Miguel Angel Lizama Zárate.. Regidor Miguel Angel Lizama Zárate .- Buenos días Señor Alcalde, miembros del Concejo, invoco además el artículo 139 de nuestra Carta magna, que se tome en cuenta o tenga a bien de acuerdo a la convención Americana y en función a garantizar el derecho a la defensa de todo procesado para que tenga las garantías específicas a este ejercicio del derecho entre la cual se encuentra el derecho bajo la dirección de mi abogado el Dr. Javier Enrique Guzmán Crisanto, el que solicito se le conceda oportunamente por favor el uso de la palabra a fin de que pueda representarme en este proceso. Muchísimas gracias. Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.-Muchas gracias regidor, a lo dicho entonces se cede el uso de la palabra al Dr. Javier Enrique Guzmán Crisanto, para que por economía procesal, para que ejerza la defensa de los 9 regidores que han hecho uso de la palabra. Abog, Javier Enrique Guzmán Crisanto-Defensa Técnica.- Señor Alcalde y los demás miembros del Concejo Municipal de Piura y todos los presentes en el énfasis de economizar el tiempo tenemos que señalar que dada la solicitud de vacancia presentada por el señor Nicander Caqui Inga a solicitado a los 9 regidores , los fundamentos que vamos a expresar para la defensa son los mismos que se han señalado para el caso del Sr Juan José Díaz Dios, Alcalde del Concejo Provincial de Piura, por lo cual

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también vamos a partir del derecho a la defensa, los 9 regidores han incurrido en la causal de vacancia de restricción de contratación, la cual está prevista en el artículo 22 numeral 9 concordante con el art. 63 de la Ley Orgánica Municipal por ello en criterio de la jurisprudencia del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones , cuyo sentido se debe realizar un análisis de los elementos que configuran la causal de vacancia de restricción de contratación es posición constante del Jurado Nacional de Elecciones el cual señala que el articulo 22 numera. 9 concordante con el artículo 63 de la Ley Orgánica Municipal, tiene por finalidad la protección de los bienes municipales lo cual es de vital importancia para que las entidades cumplan con las funciones y propósitos de desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción , asi se entiende que estos regidores contraten a su vez a la misma Municipalidad y a la norma establece por lo tanto que las autoridades que así lo hicieren fueran retiradas de sus cargos, en ese sentido es necesario señalar que el supremo Tribunal electoral ha establecido por igual los 3 elementos que deben contemplar para invocar y configurar la causal contenida en el artículo 63 de la Ley Orgánica Municipal, como primer elemento la existencia de un contrato en el sentido amplio del término cuyo objeto sea un bien Municipal como segundo elemento de intervención en calidad de concedente y transfiriente, del regidor en este caso como persona natural o por interpósita persona o un tercero, ya sea persona natural o persona jurídica con quien el regidor tenga un interés propio si la autoridad forma parte de la persona jurídica que contratada con la Municipalidad en calidad de accionista , director, Gerente , representante o cualquier otro cargo o interés directo si se advierte en razón objetiva a que pueda considerarse que el Alcalde o regidor tendría algún interés personal con relación a un tercero por ejemplo si ha contratado, algún familiar o algún acreedor o deudor y como tercer elemento tenemos la existencia de un conflicto de intereses entre la actuación del Alcalde o regidores en su calidad de autoridad representativa Municipal y su posición y actuación como persona particular de la que se ha advertido un aprovechamiento indebido, de igual forma debemos dejar constancia que dentro de los 190 folios , los 30 medios probatorios que anexa la solicitud de vacancia mas los 25 medios probatorios que adjunta a la fundamentación de vacancia presentada por el ciudadano Nicander Caqui Inga,, no se encuentra ningún medio probatorio idóneo que acredite fehacientemente los 3 elementos consignados en los párrafos anteriores mayormente si conforme a los hechos acontecidos, no guarda ilación ni congruencia con la causal invocada toda vez que los hechos se enmarcan al proceso de recuperación de espacios públicos, como ya se mencionó con anterioridad, en el Complejo de mercados de Piura, ejecutado por la Municipalidad Provincial de Piura, es por eso señores miembros del Concejo Municipal, de la Municipalidad Provincial de Piura, la supuesta influencia que contiene la presente solicitud de vacancia comprende los desajustes y errores entre las propias esferas de los hechos y debidos procedimientos toda vez que se ha consignado y determinado la existencia de una infracción dentro de una causal completamente ajena a los hechos, en consecuencia señores miembros del Concejo Municipal conforme a los fundamentos expresados en el presente descargo sírvanse Ustedes rechazar la solicituid de vacancia de fecha 5 de julio de 2019, presentada por el ciudadano Nicander Caqui Inga toda vez que a su derecho se ajusta . Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Gracias señor Abogado, en base a lo que prescribe nuestro Reglamento conforme al art. 124°, los señores regidores que deseen realizar alguna pregunta o comentario por favor sírvanse levantar la mano . Regidor Reyes . Regidor Víctor Hugo Reyes Peña.- Presidente, colegas regidores, señoras y señores no iba hacer preguntas mas bien iba a participar del debate si estamos en esa etapa. Bien presidente, bien colegas regidores, miembros del Concejo, estamos señores peticionantes, señor abogado defensor, señoras y señores, estamos asistiendo a esta sesión de Concejo de carácter extraordinario, para ver la solicitud, de vacancia planteada por los peticionantes señores Nicander Caqui Inga y Bernal invocando la causal de restricción de contrataciones que está como Ustedes conocen tipificada en el artículo 63 de la Ley Orgánica de Municipalidades, pero aquí hay algo que queríamos aclarar en el sentido de que no solamente ello están invocando los peticionantes, o sea 22 numeral 9 concordante con la LOM , sino que además dicen se vulnera el principio democrático, el art. 43 de la Constitución, falta de respeto a la normatividad vigente del sistema de justicia, administrativo, judicial, ordinario y sistema constitucional etc, etc. Y desde mi punto de vista y asimismo lo dice el Jurado Nacional de Elecciones la única causal contemplada en la ley es el artículo 22, vacancia de Alcalde y

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Regidor y numeral 9 por incurrir en causal contemplada en el artículo 63 que se refiere a las restricciones de contratación esa es la única, lo demás que arguyen que está contemplado en la LOM como causal de vacancia, sin embargo si nosotros nos focalizamos en el tema de restricciones de contrataciones estamos analizando de que jurisprudencialmente el supremo Tribunal ha aclarado de que la Resolución del Jurado solamente contempla la 093- el Tribunal Supremo dice que para determinar la causal de vacancia tendríamos que concurrir 3 elementos que ya lo ha mencionado el abogado Defensor, la existencia de un contrato y no hay y las otras 2 la intervención como adquiriente y transfiriente que son secuenciales en el sentido de que si no existe el primero no existen los otros 2, causales, y el conflicto de intereses si no hay el contrato no hay el asegundo, de intervención ni el conflicto de intereses de tal manera de que por allí no hay ningún motivo que amerite una causal de vacancia, y es mas quien alega un hecho que tiene que definitivamente probarlo, y en este caso los peticionantes tienen que haber presentado la documentación sustentatoria, necesaria que creen certeza y convicción, para que nosotros el Concejo Municipal de Piura en primera instancia y el Jurado Nacional en segunda Instancia puedan pronunciarse sobre la procedencia o improcedencia de esta solicitud de vacancia, desde mi punto de vista señoras y señores no hay ninguna documentación sustentatoria relativa o relacionada a la causal de vacancia que el mismo Jurado está tipificando solo menciona las restricciones de contratación que como repito no hay ninguna documentación sustentatoria que amerite , por eso mi voto es en contra de la solicitud de vacancia . Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Agradecemos la participación del regidor Reyes, damos el uso de la palabra al regidor Castro. Regidor Víctor Francisco Castro Balcázar.- Señor Alcalde por su intermedio, los señores regidores, y a todo el público presente, después de haber analizado el expediente que contiene la solicitud de vacancia, permítame sustentar mediante una ayuda memora mi posición. El objetivo de la misma es determinar si los argumentos esbozados en el pedido de vacancia del Alcalde y regidores se subsume en las causales de vacancia establecidos en la ley, y determinar si existe medios probatorios que acrediten dichas causales , la causal invocada es la restricción de contratación contemplada en el art. 22° inciso 9 concordante con el art. 63° de la Ley Orgánica de Municipalidades como hecho sustentan que el solicitante sostiene el desalojo de los comerciantes ubicados en la zona de Blas de Atienza es ilegal y carente de toda normatividad legal vigente la razón es que la zona antes mencionada no tiene carácter de vía pública al no existir Ordenanza que así lo disponga de lo contrario con las Ordenanzas Municipales 022-2000-CPP y N° 07-2012 –CPP se define que es una zona Industrial y de comercio intensivo doy cuenta de la fundamentación acerca de lo que voy a determinar finalmente, de los hechos expuestos por el solicitante se tiene que las ordenanzas, 022-2000-CPP y N° 07-2012 –CPP han contemplado las prohibiciones del Comercio ambulatorio informal en sus diversas modalidades en la zona Blas de Atienza estableciéndose que está permitido el uso de la vía pública de manera eventual y ordenada hasta su reubicación en el nuevo mercado minorista de Piura .La ciudad de Piura ya cuenta con un mercado minorista para los comerciantes que antes ocupaban las vías públicas , por lo que se ha facultado o legitimizado el desalojo de los comerciantes informales de las zonas que antes ocupaban , que no se ha comprobado la vulnerabilización del principio democrático ya que no han establecido en que consiste dicha vulneración asimismo no han fundamentado y acreditado la vulnerabilidad de la falta de respeto al sistema judicial solo han mencionado los diversos procesos judiciales que se han interpuesto algunos resueltos y otros pendientes por resolver, no se ha acreditado en que consiste o consistió actuación dictatorial del Alcalde al contrario de las pruebas aportadas por el solicitante se acredita la actuación al procedimiento administrativo para el desalojo de los comerciantes ubicados en la zona de Blas de Atienza. Que la zona donde se ubican los comerciantes informales es una zona pública, de acuerdo con lo que establece, las ordenanzas municipales 022-2000-CPP y N° 07-2012 –CPP, , en las que se les otorgó de manera provisional a los comerciantes su utilización hasta la fecha en que el mercado minorista de la ciudad de Piura, estuviera operativo para realizar la reubicación correspondiente siendo que la utilización del espacio citado público no otorga derecho a los comerciantes, a permanecer en dicho espacio. Que los argumentos consignados por los solicitantes en su escrito no ha fundamentado cuales son los hechos que se subsumen en las causales invocadas para la vacancia de Alcalde y regidores, siendo las mismas expresiones generales e imprecisas limitándose a mencionar

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situaciones ocurridas por anteriores gestiones, municipales que nos han hecho abuso de la fuerza pública, para desalojar a los comerciantes por el principio de legalidad, la administración debe cumplir sus decisiones conforme a lo señalado en este caso en amparo a lo señalado en las ordenanzas Municipales 022-2000-CPP y N° 07-2002 –CPP , se debe dar cumplimiento al desalojo de los comerciantes que ocupaban, el espacio en las zonas del Complejo de mercadeos, por lo que no es necesario tener una sentencia para el desalojo toda vez que el Alcalde solo está cumpliendo con sus funciones que en relación al fundamento que la zona ocupada por los comerciantes es una zona de comercio y por lo cual ante el cambio de uso debe existir una norma legal para tal efecto, amparándose en las ordenanzas Municipales 022-2000-CPP y ratificar la ordenanza N° 07-2002 –CPP sin embargo en los fundamentos de ambas normas se señala que los comerciantes ambulantes en las vías donde se realiza de manera provisional sus actividades es de carácter público razón por la cual la Municipalidad no requiere la emisión de una nueva Ordenanza para el cambio de zonificación , por tales motivos soy de la opinión y respaldo la posición de la no vacancia ., Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Agradecemos la participación clarísima del Regidor Castro; Regidor Clover Pintado Regidor Clover Pintado Morales.- Muchas gracias señor Presidente, Alcalde, por su intermedio, también saludar a todos los colegas regidores y a todos los ciudadanos que nos acompañan hoy día en esta sesión , en lo que respecta al tema que estamos discutiendo, la vacancia tengo que decir que luego de leer el primer documento presentado fue para mi muy difícil entender cual es el objetivo real el argumento central de la solicitud de vacancia, tuve que leerlo varias veces y después consultarlo par tenerlo claro , el tema fundamental que se aduce, restricción de contratación, ya lo han explicado por demás el abogado en varias ocasiones concuerdo plenamente que en el expediente, no se encuentra ninguna documentación que acredite la participación del Alcalde o de los regidores a los cuales se solicita la vacancia incurriendo en esta restricción de contratación, porque no existe un contrato, no existe la participación a través de una tercera persona y no hay claramente intereses en conflicto tanto de los regidores como del Alcalde. Con lo que se está haciendo en el Complejo de Mercados, el otro tema de la ampliación de la fundamentación de la vacancia, me parece una relación de Argumentos muy subjetivos o digamos entre subjetividad y juicios de valor que difícilmente se puede llegar a confirmar y aprobar por ejemplo que se diga que alguien es anti democrático , es difícil realmente poder mostrar a través de una prueba fehaciente el comportamiento antidemocrático al menos que haya represión con armas y lo que sea, pero en estas circunstancias lo veo muy difícil, por tanto es muy subjetiva la ampliación de la fundamentación m por otro lado en la misma ampliación de la fundamentación veo una palabra que también va dentro del argumento y dice es una conducta reiterativa hacia la Alcaldía o hacia la autoridad de la actual gestión yo diría es la primera vez que esta gestión hace el desalojo por lo tanto yo diría que habla de reiteración, porque, por que el Complejo de Mercados, se ha tratado en diferentes gestiones, esta gestión lo ha hecho por primera vez por tanto reiterativo no está muy ajustado a la realidad considerando que otras gestiones que no tienen nada que ver con la presente gestión también han tratado el tema del mercado, con desalojos etc. Finalmente veo allí una lógica un poco crítica o difícil de aceptar en el sentido de que estamos sentando o poniendo un primer precedente para la lógica que dije antes por ordenar, consecuencia vacar ,esto no puede ser creo que esta digamos solicitud de vacancia es como un acto reflejo hacia una acción de ordenamiento, de la ciudad y creo que no refleja el interés de la mayoría por que a la mayoría nos gusta vivir en un ambiente de orden, de respeto, nos gustaría también respeto de respetar a la gente y que nos respeten me gustaría que las libertades públicas ser respetadas, veo como pernicioso que esta lógica se concrete después de un acto de ordenamiento en la ciudad y luego la vacancia. seria realmente muy difícil vivir con sobresaltos, para cualquier autoridad gobernar con este tipo de acciones, o de reacciones después de una acción de reordenamiento claramente colisiona con los fundamentos principales de la convivencia, de la sociedad donde el ser humano consigue la plenitud para poder conseguir todos sus objetivos personales , profesionales y trascendentales en un ambiente de orden en un ambiente de respeto en un ambiente de libre circulación en un ambiente o en un régimen que le ayude o le garantice que la libertad de actuación como la libertad de circulación está plenamente garantizada, por tanto señor presidente señor Alcalde en

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base del análisis que acabo de hacer, he escuchado por parte de los letrados y por tanto estoy en contra de la vacancia . Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Gracias regidor Pintado. Doy el uso de la palabra al regidor Garay. Regidor Adolfo Garay Castillo.- Presidente a fin de no ser reiterativo a lo ya expuesto, permítanme expresar lo siguiente después de haber escuchado ambos argumentos queda claro la figura jurídica de la causal de vacancia, de restricción de las contrataciones, lo cual tiene por finalidad la protección de los bienes Municipales sin embargo los hechos que se detallan todos los hemos escuchado diversas reacciones subjetivas y ajenas a la causal invocada y es el proceso de recuperación de espacios públicos en el Complejo de mercados proceso que se ha hecho ene l marco de la facultad que otorga la Ley Orgánica de Municipalidades, en ese sentido rechazo la vacancia contra el señor Alcalde y 9 regidores del oficialismo Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Muchas gracias por su participación regidor Garay . Tiene el uso de la palabra el regidor Mejía y Luego Marita Roa . Regidor José Luis Mejía De la Cruz.- Buenos días señor presidente, estimados regidores y público en general, luego de haber escuchado detenidamente la solicitud de vacancia en la presente causa tenemos que el ciudadano o los ciudadanos que solicitan la misma no han argumentado ni han anexado en su solicitud los 3 elementos o requisitos que el Jurado Nacional de Elecciones , para que se de el supuesto de vacancia o las restricciones sobre la existencia de un contrato , la intervención en calidad de adquiriente o transfiriente y la existencia de un conflicto de intereses en ese sentido resulta inoficioso declarar la vacancia por lo que mi voto es rechazar la solicitud e la vacancia contra Usted señor Alcalde y contra los 9 regidores . Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios .- Muchas gracias regidor Mejía , tiene el uso de la palabra la regidor Maritha Roa Regidora Maritha Jessenia Roa Bobadilla.- Buenos días señor presidente , compañeros regidores he escuchado atentamente y he Analizado ambas partes y no hay suficientes fundamentos y los elementos de convicción y carecen de normatividad legal vigente, por lo tanto mio voto es en contra de la solicitud de vacancia del Alcalde y los 9 regidores. Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Muchas gracias regidora Maritha Roa .No habiendo otro pedido de la palabra se da por culminado el debate respectivo se pasará a pedir la votación por cada de pedido de vacancia de conformidad a la normado en el art. 23 , de la Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con el art. 128 inciso 2 de nuestro Reglamento Interno que es 2/3 del número legal de los miembros del Concejo Municipal .Por excepción regidor Reyes Regidor Víctor Hugo Reyes Peña .- Presidente cada uno de los regidores tenemos que sustentar nuestro voto, cada uno a favor o en contra. Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Correcto regidor por eso es que recién vamos a pasar a la votación siendo el primer caso la solicitud de vacancia del que habla, por tanto cedo la presidencia al señor Teniente Alcalde por corresponder . Suspendemos la sesión por unos instantes .. Presidente de debates Ing, Pierre Gabriel Gutiérrez Medina.- Muchas gracias señor Alcalde , tomando en consideración todo lo expuesto , los regidores que estén a favor de rechazar la solicitud de vacancia contra el expediente 4351 y N° 35715,presentada contra el Alcalde Juan José Díaz Dios, sírvanse por favor levantar la mano . Señor Alcalde Usted está a favor de rechazar la solicitud de Vacancia . (Primero vamos a votar en colectivo y después cada uno va a sustentar )

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Abopg. Juan José Diaz Dios .- Rechazo la solicitud de vacancia, por los argumentos esgrimidos por mi abogado defensor . Presidente de debates Ing, Pierre Gabriel Gutiérrez Medina.-Muchas gracias, regidora Ingrid Wiesse . Regidora Ingrid Wiesse León .- Por su intermedio presidente rechazo la vacancia , ya que no existe ningún elemento dentro de las 10 causales contempladas en el artículo 22° numeral 9° concordante con el art. 63° De la Ley Orgánica de Municipalidades al no existir ni un solo elemento contemplado rechazo tajantemente la solicitud e vacancia. Presidente de debates Pierre Gabriel Gutierrez Medina .- Muchas gracias . Regidor Parihuaman. Regidor Martín Parihuaman Aniceto .- Rechazo la solicitud de vacancia y estoy de acuerdo y ratifico lo dicho por mi abogado. Presidente de debates Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .-Regidora Lozada Regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano .- Rechazo la vacancia y estoy de acuerdo con lo ya expuesto por mi abogado. Presidente de debates Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .-Regidor Chero su apreciación sobre la vacancia del Abog, Juan José Díaz Dios . Jhamerly Keny Chero Chero .- En base a lo que ya ha expuesto el abogado defensor y en virtud de que se ha quedado claro, que no hay ningún medio probatorio para la causal de vacancia art. 22 inciso 9, concordante con el art, 63 °de la Ley Orgánica sde Municipalidades, mi voto es en rechazo a la vacancia del señor Alcalde Juan José Díaz Dios. Presidente de debates Pierre Gabriel Gutierrez Medina .- Muchas gracias regidor Chero. Tiene el uso de la palabra el regidor Coronado en relación a la solicitud de vacancia . Regidor Luis Enrique Coronado Zapata .- Por lo expuesto por mi abogado rechazo totalmente la vacancia y al no mostrarse los medios probatorios de esta vacancia Presidente de debates Pierre Gabriel Gutierrez Medina .-Gracias regidor Coronado. Tiene el uso de la palabra el regidor Verástegui Regidor Dabniel Alonso Verástegui Urbina .- Por su intermedio y por lo escuchado y esbozado por el abogado defensor, reafirmo mi posición en contra de la solicitud de vacancia del señor Alcalde Juan José Díaz Dios. . Presidente de debates Pierre Gabriel Gutierrez Medina .-Muchas gracias . Regidor Hernández. Su voto con relación a la solicitud de vacancia . Darwin Ruben Hernández Zeta .- Efectivamente señor presidente de acuerdo a los argumentos establecidos por la defensa del Abogado Juan José Díaz Dios, Alcalde de nuestra Municipalidad Provincial, rechazo la declaración de Vacancia Regidor Miguel Angel Lizxama Zárate .- Habiendo escuchado los argumentos escritos y los descargos presentados por nuestro Alcalde, rechazo la vacancia esgrimida en contra de él .. Presidente de debates Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .- Muchas gracias regidor Garay por favor , su voto con relación a la solicitud de vacancia

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Regidor Adolfo Garay Castillo .- En base a lo expuesto rechazo la solicitud de vacancia contra el señor Alcalde y los 9 regidores Presidente de debates Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .-Muchas gracias regidor Mejía su voto con respecto a la solicitud de vacancia presentada contra el Alcalde Juan José Díaz Dios. Regidor José Luis Mejía De la Cruz .- Tal como lo manifesté en el debate rechazo la solicitud de vacancia contra el señor Alcalde Juan José Díaz Dios Presidente de debates Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .-Regidora Maritha Roa Regidora Maritha Roa Bobadilla .- Ante lo expuesto Rechazo la solicitud de vacancia para el Alcalde y los 9 regidores, no encuentro los suficientes elementos de convicción y probatorios. Presidente de debates Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .-Regidor Castro, su voto con respecto a la solicitud de vacancia contra el abog. Juan josé Díaz Dios Regidor Victor Francisco Castro Balcazar .- Rechazo la moción de vacancia contra el Abog. Juan José Diaz Dios por los argumentos esgrimidos anteriormente en esto. Presidente de debates Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .-Muchas gracias. Regidor Pintado su voto en relación a la vacancia del Abog. Juan José Díaz Dios . Regidor Clover Pintado Morales.- Por lo expuesto anteriormente rechazo la solicitud de vacancia contra el Alcalde y los regidores mencionados . Presidente de debates Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .- Muchas Gracias. Regidor Reyes Regidor Víctor Hugo Reyes Peña.- Presidente colegas está muy claro de que no hay como he sostenido causal de vacancia de tal manera de que no a lugar la solicitud de los peticionantes Presidente de debates Pierre Gabriel Gutierrez Medina .-Con respecto a mi votación, también rechazo la vacancia por lo argumentos expuestos en ese sentido se declara rechazada por unanimidad la vacancia presentada contra el Abog. Juan José Díaz Dios. Señor Alcalde retome la presidencia al haber culminado la votación sobre la solicitud de vacancia. Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Continuamos entonces con la votación de cada una de las solicitudes de vacancia, vamos a someter a votación ahora lo referido a la solicitud de vacancia N° 0034351, 0355715, presentada contra el Teniente Alcalde Pierre Gabriel Gutiérrez Medina el Regidor Pierre Gutiérrez, para que exprese su voto sobre esta solicitud . Regidor Pierre Gabriel Gutiérrez Medina.- Muchas gracias señor presidente Alcalde , al igual que en su caso rechazo la solicitud de vacancia contera mi persona toda vez que la causal invocada no se ajusta a los medios probatorios ni siquiera con los hechos acontecidos bajo esta gestión - Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Regidora Ingrid Milagros Wiesse León Regidora Ingrid Milagros Wiesse León .- Rechazo tajantemente la vacancia al no existir ningún elemento dentro de las 10 causales contempladas en el art. 22° numeral 9 concordante con el Art. 63 de la Ley 27973 Ley Orgánica de Municipalidades. Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,. Regidor Martín Parihuaman .

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Regidor Martín Parihuaman Aniceto .- Rechazo la solicitud de vacancia contra el Teniente Alcalde , por lo argumentos expuestos Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,-Regidora Heidy Lozada .

Regidora Heidy Lozada Floriano.- Rechazo totalmente la solicitud de vacancia , por lo ya expuesto por nuestro abogado.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- El Regidor Keny Chero .

Regidor Jhamerly Keny Chero Chero.-Señor presidente por su intermedio, por los argumentos ya antes indicados rechazo la vacancia del colega regidor Gutiérrez medina por los Argumentos vertidos por su abogado defensor y por que no existe un medio probatorio por la causal de vacancia, invocado.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,-Regidor Coronado .

Regidor Luis Enrique Coronado Zapata.- Rechazo totalmente la solicitud de vacancia contra el regidor Pierre Gabriel Gutierrez Medina por los argumentos ya expuestos por su señor Abogado.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Daniel Verastegui.

Regidor Daniel Verastegui Urbina.- Por su intermedio señor presidente y por los argumentos ya presentados rechazo el pedido de vacancia contera el regidor Pierre Gutiérrez.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios- Regidor Darwin Hernández .

Regidor Darwin Hernández Zeta.- Rechazo igual por los argumentos establecidos , rechazo la vacancia interpuesta a nuestro Teniente Alcalde Pierre Gutiérrez Medina .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Regidor Lizama.

Regidor Miguel Angel Lizama Zárate.- Por su intermedio señor presidente rechazo la vacancia interpuesta contra el regidor Ing. Pierre Gutiérrez Medina, por los argumentos expuestos por su abogado.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,-Dejo constancia de mi votación también en contra de la solicitud de vacancia contra el regidor Pierre Gabriel Gutiérrez Medina. Por los argumentos expresados por su señor abogado. Regidor Garay.

Regidor Adolfo Garay Castillo .- Nuevamente señor Alcalde rechazo la solicitud de vacancia contra Usted y los 9 regidores del oficialismo.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Mejía.

Regidor José Luis Mejía De la Cruz.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Pierre Gutiérrez por los argumentos expuestos en el debate .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidora Maritha Roa .

Regidora Maritha Roa Bobadilla .- Rechazo tajantemente el pedido de vacancia para el señor Pierre Gutiérrez , por los argumentos ya expuestos.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Castro..

Regidor Víctor Francisco Castro Balcázar.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el Ing Pierre Gabriel Gutiérrez Medina por los argumentos sustentados en esta sesión.

Regidor Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Clover Pintado .

Regidor Clover Pintado Morales.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Pierre Gutiérrez por los argumentos antes mencionados.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Regidor Reyes,.

Regidor Víctor Hugo Reyes Peña.- Está claro que no hay causal de vacancia, para Alcalde ni ningún regidor específicamente contra Pierre lógicamente no hay causal .

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Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Siendo así se deja constancia entonces , rechazado por unanimidad la solicitud de vacancia contra el regidor Pierre Gabriel Gutiérrez Medina

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Continuamos con la solicitud de vacancia contra la regidora Ingrid Milagros Wiesse León . en este caso sometemos a votación, dejo constancia de mi voto en contra de la vacancia de la citada, en atención a los Argumentos manifestados por su señor Abogado Regidor Pierre Gutiérrez.

Regidor Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .- Muchas gracias señor Alcalde, declaro rechazada la vacancia solicitada contra la regidora Ingrid Milagros Wiesse León por los argumentos expuestos.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Tiene el uso de la palabra la regidora Wiesse León ..

Regidora Ingrid Wiesse León.- Rechazo la vacancia contra mi persona ya que no existe ninguna causal contemplada en el art.. 22° numeral 9 concordante con el art. 63 de la Ley Orgánica de Municipalidades .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Martín Parihuaman .

Regidor Martín Parihuaman Aniceto.- Rechazo la solicitud de vacancia contra la regidora Ingrid Wiesse , por los argumentos ya expuestos .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios- Regidora Heidy Lozada.,.

Regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano.- Rechazo la vacancia contra la regidora Ingrid Wiesse,, por lo ya expuesto por el abogado

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Kenny Chero ..

Regidor Jhamerly Keny Chero Chero .- Por lo Antes indicado señor presidente yo voy a rechazar la vacancia en contra de la regidora Ingrid Wiesse, por los argumentos ya vertidos por su abogado.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,..- Regidor Luis Enrique Coronado.

Regidor Luis Enrique Coronado Zapata.- Rechazo el pedido de vacancia contra la regidora Ingrid Milagros Wiesse León , por los argumentos expuestos por su abogado

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regiior Daniel Verastegui .

Regidor Daniel Verastegui Urbina .- Por su intermedio señor presidente nuevamente me reafirmo en la posición de rechazar la vacancia en contra de la regidora Ingrid Wiesse por los argumentos ya expuestos

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Darwin Hernández

Regidor Darwin Hernández Zeta.- Por los Argumentos ya planteados rechazo la solicitud de vacancia contra la colega Ingrid Wiesse,

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios .- Regidor Miguel Angel Lizama

Regidor Miguel Angel Lizama .- Por su intermedio presidente rechazo la vacancia interpuesta contra la regidora Ingrid Wiesse por los argumentos sustentados y expuestos por su abogado defensor .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Garay.

Regidor Adolfo Garay Castillo.- Rechazo la solicitud de vacancia contra la regidora Ingrid Wiesse.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Mejía

Regidor José Luis Mejía de la Cruz.- Rechazo la solicitud de vacancia contra la regidora Ingrid Wiesse por los fundamentos ya expuestos en el debate .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidora Roa .

Regidora Maritha Roa Bobadilla .- Rechazo la solicitud de vacancia para la señora Ingrid Wiesse , por los fundamentos expuestos por el abogado .

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Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Castro .

Regidor Víctor Francisco Castro Balcázar .- Rechazo la solicitud de vacancia contra Ingrid Wiesse León , por los argumentos expuestos en este Pleno

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,-Regidor Pintado .

Regidor Clover Pintado Morales.- Rechazo la solicitud de vacancia contra la regidora Ingrid Wiesse León , por los argumentos ya expresados

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Reyes

Regidor Víctor Hugo Reyes Peña.- Presidente por lo expuesto anteriormente, en contra de la vacancia de la regidora Ingrid Wiesse,

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Muchas gracias , entonces el resultado es que ha sido rechazo por unanimidad la solicitud de vacancia contera la regidora Ingrid Milagros Wiesse León. Continuamos con la solicitud de vacancia del regidor Martín Parihuaman . Dejo constancia de mi voto en contra de esta solicitud, por los fundamentos expuestos por su señor abogado. Regidor Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .- Muchas gracias señor Alcalde, declaro rechazada la vacancia solicitada contra la regidor Martín Parihuaman por los argumentos expuestos, por su abogado

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Tiene el uso de la palabra la regidora Milagros Wiesse León ..

Regidora Ingrid Wiesse Leon.- Rechazo la vacancia contra el regidor Martín Parihuaman ya que no existe ninguna causal contemplada en el artr. 22° numeral 9 concordante con el art. 63 de la Ley Orgánica de Municipalidades .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidoer Martín Parihuaman .

Regidor Martín Parihuaman Aniceto.- Rechazo la solicitud de vacancia interpuesta contra mi persona , por los argumentos ya expuestos por mi abogado .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios- Regidora Heidy Lozada.,.

Regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano.- Rechazo la vacancia contra el regidor Martín Parihuaman por lo ya expuesto por el abogado

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Kenny Chero ..

Regidor Jhamerly Keny Chero Chero .-Señior Alcalde por su intermedio voy a rechazar la vacancia en contra el colega Martín Parihuaman , por los argumentos ya vertidos por su abogado.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,..- Regidor Luis Enrique Coronado.

Regidor Luis Enrique Coronado Zapata.- Ante los argumentos expuestos por el abogado del señor Martín Parihuaman Aniceto Rechazo tajantemente pedido de vacancia

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Daniel Verastegui .

Regidor Daniel Verastegui Urbina .- Por su intermedio señor presidente mi sustento rechazando la vacancia del regidor Martín Parihuaman , es por lo ya esbozado por el abogado defensor .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Darwin Hernández

Regidor Darwin Hernández Zeta.- Por los Argumentos ya establecidos rechazo la solicitud de vacancia contra la colega Martín Parihuaman Aniceto .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Miguel Angel Lizama

Regidor Miguel Angel Lizama .- Por su intermedio presidente rechazo la vacancia interpuesta contra el regidor Matrtín Parihuaman por los argumentos sustentados y expuestos por su abogado defensor .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Garay.

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Regidor Adolfo Garay Castillo.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Martín Parihuaman .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Mejía

Regidor José Luis Mejía de la Cruz.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Martín Parihuaman Aniceto por los fundamentos ya expuestos en el debate .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidora Roa .

Regidora Maritha Roa Bobadilla .- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Martín Parihuaman por los fundamentos expuestos por el abogado .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Castro .

Regidor Víctor Francisco Castro Balcázar .- Rechazo la solicitud de vacancia contra señor Martín Paerihuaman Aniceto , por los argumentos expuestos en este Pleno

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,-Regidor Pintado.

Regidor Clover Pintado Morales.- Rechazo la solicitud de vacancia contra la regidor Martín Parihuaman Aniceto por los argumentos ya expresados

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Reyes

Regidor Víctor Hugo Reyes Peña.- En contra de la solicitud de vacancia contra el regidor Martín Parihuaman Aniceto.pior todo lo epuesto

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Muchas gracias siendo así declaramos por unanimidad rechazar la solicitud de vacancia contra el regidor Mart5ín Parihuaman Aniceto . Continuamos con la solicitud de vacancia del regidor Martín Parihuaman . Sometemos a votación la solicitud de vacancia de la regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano. Dejo constancia de mi voto en contra de esta solicitud, por los fundamentos expuestos por su señor abogado.

Regidor Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .- Muchas gracias señor Alcalde, declaro rechazada la vacancia solicitada contra la regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano por los argumentos expuestos, por su abogado

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Tiene el uso de la palabra la regidora Milagros Wiesse León ..

Regidora Ingrid Wiesse Leon.- Rechazo la vacancia contra la regidora Haidy Gabriela Lozada Floriano ya que no existe ninguna causal contemplada en la Ley Orgánica de Municipalidades.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Martín Parihuaman .

Regidor Martín Parihuaman Aniceto.- Rechazo la solicitud de vacancia interpuesta contra la regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano por los argumentos ya expuestos por su abogado .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios- Regidora Heidy Lozada.,.

Regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano.- Rechazo la vacancia contra mi persona, por lo ya expuesto por nuestro abogado

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Kenny Chero ..

Regidor Jhamerly Keny Chero Chero .-Señor Alcalde por su intermedio voy a rechazar la vacancia en contra el colega Heidy Lozada Floriano, por los argumentos ya vertidos por su abogado.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,..- Regidor Luis Enrique Coronado.

Regidor Luis Enrique Coronado Zapata.- Rechazo tajantemente pedido de vacancia contra la regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regiior Daniel Verastegui .

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Regidor Daniel Verastegui Urbina .- Por su intermedio señor presidente mi voto de rechazo contra la solicitud de vacancia de la regidora Heidy Lozada Floriano, es por los argumentos expresados por el abogado defensor .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Darwin Hernández

Regidor Darwin Hernández Zeta.- Por los Argumentos ya establecidos rechazo la solicitud de vacancia contra la colega Heidy Gabriela Lozada Floriano .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Miguel Angel Lizama

Regidor Miguel Angel Lizama .- Por su intermedio presidente rechazo la vacancia interpuesta contra nuestra querida y distinguida colega Heidy Gabriela Lozada Floriano por los argumentos sustentados y expuestos por su abogado defensor .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Garay.

Regidor Adolfo Garay Castillo.- Rechazo la solicitud de vacancia contra la regidora Heidy Lozada Floriano .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Mejía

Regidor José Luis Mejía de la Cruz.- Rechazo la solicitud de vacancia contra la regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano por los fundamentos ya expuestos en el debate .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidora Roa .

Regidora Maritha Roa Bobadilla .- Rechazo la solicitud de vacancia contra la regidora Haidy Lozada Floriano por los fundamentos expuestos por el abogado .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Castro .

Regidor Víctor Francisco Castro Balcázar .- Rechazo la solicitud de vacancia contra Heidy Lozada Floriano, por los argumentos expuestos en este Pleno.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,-Regidor Pintado .

Regidor Clover Pintado Morales.- Una vez mas rechazo la solicitud de vacancia contra la regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano por los argumentos expuestos por su abogado defensor .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Reyes

Regidor Víctor Hugo Reyes Peña.- En contra de la solicitud de vacancia contra Heidy .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Muchas gracias siendo así declaramos por unanimidad rechazar la solicitud de vacancia contra la regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano. Continuamos con la solicitud de vacancia del regidor Jhamerly Keny Chero Chero sometemos a votación la solicitud de vacancia del regidor Jharmy Keny Chero Chero. Dejo constancia de mi voto en contra de esta solicitud , por los fundamentos expuestos por su señor abogado.

Regidor Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .- Muchas gracias señor Alcalde, declaro rechazada la vacancia solicitada contra el regidor Jhamerly Keny Chero Chero, por los argumentos expuestos, por su abogado

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Tiene el uso de la palabra la regidora Milagros Wiesse León ..

Regidora Ingrid Wiesse Leon.- Rechazo la vacancia contra el regidor Jamerly Keny Chero Chero ya que no existe ninguna causal contemplada en la Ley Orgánica de Municipalidades .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Martín Parihuaman .

Regidor Martín Parihuaman Aniceto.- Rechazo la solicitud de vacancia interpuesta contra el regidor Jhamerly Keny Chero Chero por los argumentos ya expuestos por su abogado .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios- Regidora Heidy Lozada.,.

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SESIÓN N° 21 San Miguel de Piura 16 de setiembre de 2019 Extraordinaria

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Regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano.- Rechazo la vacancia contra el regidor Keny Chero Chero por lo ya expuesto por nuestro abogado

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Kenny Chero ..

Regidor Jhamerly Keny Chero Chero .-Señor Alcalde por su intermedio voy a rechazar mi solicitud de vacancia presentada en contra de mi persona por lo que ha quedado demostrado que no he incurrido en los artículos 22 de la Ley Orgánica de Municipalidades inciso 9 y concordante con el art. 63 ° de la LOM. por los argumentos expuestos en su momento por mi abogado defensor..

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,..- Regidor Luis Enrique Coronado.

Regidor Luis Enrique Coronado Zapata.- Rechazo tajantemente pedido de vacancia contra el regidor Jhamerly Keny Chero Chero, por los argumentos expuestos por su abogado . .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regiior Daniel Verastegui .

Regidor Daniel Verastegui Urbina .- Por su intermedio señor presidente mi voto de rechazo contra la solicitud de vacancia del regidor Keny Chero Chero, por los argumentos expresados por el abogado defensor .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Darwin Hernández

Regidor Darwin Hernández Zeta.- Por los Argumentos ya establecidos rechazo la solicitud de vacancia contra el colega Jhamerly Keny Chero Chero .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Regidor Miguel Angel Lizama

Regidor Miguel Angel Lizama .- Por su intermedio presidente rechazo la vacancia interpuesta contra nuestro colega Jhamerly Keny Chero Chero por los argumentos sustentados y expuestos por su abogado defensor .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Garay.

Regidor Adolfo Garay Castillo.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Chero por los argumentos expuestos

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Mejía

Regidor José Luis Mejía de la Cruz.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Keny Chero Chero por los fundamentos ya expuestos en el debate .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidora Roa .

Regidora Maritha Roa Bobadilla .- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Kany Chero Chero a por los fundamentos expuestos por el abogado .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Castro .

Regidor Víctor Francisco Castro Balcázar .- Rechazo la solicitud de vacancia contra Keny Chero Chero por los argumentos expuestos en este Pleno.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,-Regidor Pintado .

Regidor Clover Pintado Morales.- Una vez mas rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Keny Chero por los argumentos expuestos por su abogado defensor .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.- Regidor Reyes

Regidor Víctor Hugo Reyes Peña.- En contra de la solicitud de vacancia contra Keny Chero

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Muchas gracias siendo así declaramos por unanimidad rechazar la solicitud de vacancia contra el regidor Jhamerly Keny Chero Chero . Continuamos con la solicitud de vacancia del regidor Luis Enrique Coronado Zapata, sometemos a votación la solicitud de vacancia del regidor Luis Enrique Coronado Zapata. Dejo constancia de mi voto en contra de esta solicitud , por los fundamentos expuestos por su señor abogado.

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SESIÓN N° 21 San Miguel de Piura 16 de setiembre de 2019 Extraordinaria

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Regidor Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .- Muchas gracias señor Alcalde, declaro rechazada la vacancia solicitada contra el regidor Luis Enrique Coronado Zapata , por los argumentos expuestos, por su abogado

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Tiene el uso de la palabra la regidora Milagros Wiesse León ..

Regidora Ingrid Wiesse Leon.- Rechazo la vacancia contra el regidor Luis Enrique Coronado Zapata ya que no existe ninguna causal contemplada en la Ley Orgánica de Municipalidades .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Martín Parihuaman .

Regidor Martín Parihuaman Aniceto.- Rechazo la solicitud de vacancia interpuesta contra el regidor Luis Enrique Coronado Zapata por los argumentos ya expuestos por su abogado .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios- Regidora Heidy Lozada.,.

Regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano.- Rechazo la vacancia contra el regidor Luis Enrique Coronado Zapata por lo ya expuesto por nuestro abogado.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Kenny Chero ..

Regidor Jhamerly Keny Chero Chero .-Señor Alcalde por su intermedio voy a rechazar la solicitud de vacancia presentada en contra del regidor Luis Enrique Coronado Zapata considerando los argumentos expuestos por sui abogado defensor..

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,..- Regidor Luis Enrique Coronado.

Regidor Luis Enrique Coronado Zapata.- Rechazo el pedido de vacancia en contra de mi persona por los argumentos expuestos por mi señor abogado . .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios- Regidor Daniel Verastegui .

Regidor Daniel Verastegui Urbina .- Por su intermedio señor presidente mi voto de rechazo contra la solicitud de vacancia del regidor Luis Enrique Coronado, por los argumentos expresados por el abogado defensor . Javier Enrique Guzmán .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios.-Regidor Darwin Hernández

Regidor Darwin Hernández Zeta.- Por los Argumentos ya establecidos rechazo la solicitud de vacancia contra el colega Luis Enrique Coronado Zapata. .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios-.Regidor Miguel Angel Lizama

Regidor Miguel Angel Lizama .- Por su intermedio presidente rechazo la vacancia interpuesta contra nuestro colega Luis Enrique Coronado Zapata por los argumentos sustentados y expuestos por su abogado defensor .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Garay.

Regidor Adolfo Garay Castillo.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Luis Coronado por los argumentos expuestos

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Mejía

Regidor José Luis Mejía de la Cruz.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Luis Coronado por los fundamentos ya expuestos en el debate.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidora Roa .

Regidora Maritha Roa Bobadilla .- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Luis Enrique Coronado por los fundamentos expuestos por el abogado .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Castro .

Regidor Víctor Francisco Castro Balcázar .- Rechazo la solicitud de vacancia contra Luis Enrique Coronado por los argumentos expuestos en este Pleno.

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SESIÓN N° 21 San Miguel de Piura 16 de setiembre de 2019 Extraordinaria

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Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,-Regidor Pintado .

Regidor Clover Pintado Morales.- Una vez más rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Luis Enrique Coronado por los argumentos expuestos por su abogado defensor .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Reyes

Regidor Víctor Hugo Reyes Peña.- Por todo lo expuesto inicialmente, en contra de la solicitud de vacancia contra Luis Coronado

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Muchas gracias siendo así declaramos por unanimidad rechazar la solicitud de vacancia contra el regidor Luis Enrique Coronado Zapata Continuamos con la solicitud de vacancia del regidor Daniel Alonso Verástegui Urbina sometemos a votación la solicitud de vacancia del regidor Daniel Alonso Verástegui Urbina . Dejo constancia de mi voto en contra de esta solicitud , por los fundamentos expuestos por su señor abogado.

Regidor Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .- Muchas gracias señor Alcalde, con su venia rechazo la vacancia solicitada contra el Daniel Alonso Verástegui Urbina, por los argumentos expuestos, por su abogado

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Tiene el uso de la palabra la regidora Milagros Wiesse León ..

Regidora Ingrid Wiesse Leon.- Rechazo la vacancia contra el regidor Daniel Alonso Verástegui Urbina ya que no existe ninguna causal contemplada en el artr, 22 numeral 9 concordante con el art. 63° de la Ley Orgánica de Municipalidades .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Martín Parihuaman .Daniel Alonso

Regidor Martín Parihuaman Aniceto.- Rechazo la solicitud de vacancia interpuesta contra el regidor Daniel Alonso Verástegui Urbina por los argumentos ya expuestos por su abogado .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios- Regidora Heidy Lozada.,.

Regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano.- Rechazo la vacancia contra el regidor Daniel Alonso Verástegui Urbina por lo ya expuesto por nuestro abogado

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Kenny Chero ..

Regidor Jhamerly Keny Chero Chero .-Señor Alcalde por su intermedio voy a rechazar la solicitud de vacancia presentada en contra del regidor Daniel Alonso Verástegui Urbina considerando los argumentos expuestos por sui abogado defensor..

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,..- Regidor Luis Enrique Coronado.

Regidor Luis Enrique Coronado Zapata.- Rechazo tajantemente el pedido de vacancia en contra del regidor Daniel Alonso Verástegui Urbiba , por los argumentos expuestos por su señor abogado . .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Daniel Verástegui .

Regidor Daniel Verástegui Urbina .- Por su intermedio señor presidente voy a rechazar el pedido de vacancia contra mi persona por los argumentos ya expresados por el abogado defensor Javier Enrique Guzmán .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Darwin Hernández

Regidor Darwin Hernández Zeta.- En la misma línea señor Alcalde quiero rechazar la solicitud de vacancia contra el colega Daniel Alonso Verastegui Urbina, de modo que no se encuentra contemplada en los argumentos que se establece para poder vacar a un regidor o a un Alcalde.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Miguel Angel Lizama

Regidor Miguel Angel Lizama .- Por su intermedio presidente rechazo la vacancia interpuesta contra nuestro colega Daniel Alonso Verástegui Urbina por los argumentos sustentados y expuestos por su abogado defensor .

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SESIÓN N° 21 San Miguel de Piura 16 de setiembre de 2019 Extraordinaria

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Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Garay.

Regidor Adolfo Garay Castillo.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Daniel Alonso Verástegui Urbina por los argumentos expuestos

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Mejía

Regidor José Luis Mejía de la Cruz.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Daniel Alonso Verastegui Urbiina por los fundamentos ya expuestos en el debate .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidora Roa .

Regidora Maritha Roa Bobadilla .- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Daniel Alonso Verastegui Urbina , por los fundamentos expuestos por el abogado .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Castro .

Regidor Víctor Francisco Castro Balcázar .- Rechazo la solicitud de vacancia contra Daniel Alonso Verastegui Urbina , por los argumentos expuestos por su defensa .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,-Regidor Pintado .

Regidor Clover Pintado Morales.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Daniel Alonso Verástegui Urbina por los argumentos expuestos por su abogado defensor.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Reyes

Regidor Víctor Hugo Reyes Peña.- En contra de la solicitud de vacancia contra Daniel Alonso Verástegui Urbina ,por todo lo expuesto jurídicamente.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Muchas gracias siendo así declaramos por unanimidad rechazar la solicitud de vacancia contra el regidor Daniel Alonso Verástegui YUrbina Continuamos con la solicitud de vacancia del regidor Darwin Rubén Hernández Zeta, sometemos a votación la solicitud de vacancia del regidor Darwin Rubén Hernández Zeta . Dejo constancia de mi voto en contra de esta solicitud , por los fundamentos expuestos por su señor abogado. Regidor Pierre Gutierrez.

Regidor Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .- Muchas gracias señor Alcalde, con su venia rechazo la vacancia solicitada contra el Darwin Rubén Hernández Zeta, por los argumentos expuestos, por su abogado Javier Enrique Guzmán.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Tiene el uso de la palabra la regidora Milagros Wiesse León ..

Regidora Ingrid Wiesse Leon.- Rechazo la vacancia contra el regidor Darwin Rubén Hernández Zeta ya que no existe ninguna causal contemplada en el art. 22 numeral 9 concordante con el art. 63° de la Ley Orgánica de Municipalidades .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Martín Parihuaman

Regidor Martín Parihuaman Aniceto.- Rechazo la solicitud de vacancia interpuesta contra el regidor Darwin Rubén Hernández Zeta, por los argumentos ya expuestos por su abogado .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios- Regidora Heidy Lozada.,.

Regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano.- Rechazo la vacancia contra el regidor Darwin Rubén Hernández Zeta por lo ya expuesto por nuestro abogado

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Kenny Chero ..

Regidor Jhamerly Keny Chero Chero .-Señor Alcalde por su intermedio voy a rechazar la solicitud de vacancia presentada en contra del regidor Darwin Ruben Hernández Zeta , considerando los argumentos expuestos por su abogado defensor..

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,..- Regidor Luis Enrique Coronado.

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SESIÓN N° 21 San Miguel de Piura 16 de setiembre de 2019 Extraordinaria

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Regidor Luis Enrique Coronado Zapata.- Rechazo tajantemente el pedido de vacancia en contra del regidor Darwin Ruben Hernandez Zeta , por los argumentos expuestos por su señor abogado . .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Daniel Verastegui .

Regidor Daniel Verastegui Urbina .- Por su intermedio señor presidente rechazo el pedido de vacancia contra el regidor Darwin Ruber Hernández Zeta por los argumentos ya expresados por el abogado defensor Javier Enrique Guzmán .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Darwin Hernández

Regidor Darwin Hernández Zeta.- Señor presidente, señores regidores quiero suscribir las palabras sustentadas por el abogado de mi defensa porque no se ajusta a derecho ninguna de las causales que la ley contempla para mi vacancia, por tanto rechazo mi vacancia.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Miguel Ángel Lizama

Regidor Miguel Angel Lizama .- Por su intermedio presidente rechazo la vacancia interpuesta contra nuestro colega Darwin Ruben Hernández Zeta, por los argumentos sustentados y expuestos por su abogado defensor.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Garay.

Regidor Adolfo Garay Castillo.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Darwin Rubén Hernandez Zeta por los argumentos expuestos

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Mejía

Regidor José Luis Mejía de la Cruz.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Darwin Rubén Hernandez Zeta por los fundamentos ya expuestos por su abogado defensor .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidora Roa .

Regidora Maritha Roa Bobadilla .- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Darwin Rubén Hernandez Zeta por los fundamentos expuestos por el abogado .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Castro .

Regidor Víctor Francisco Castro Balcázar .- Rechazo la solicitud de vacancia contra Darwin Ruben Hernandez Zeta por los argumentos expuestos por su defensa .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,-Regidor Pintado .

Regidor Clover Pintado Morales.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Darwin Ruben Hernández Zeta por los argumentos expuestos por su abogado defensor .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Reyes

Regidor Víctor Hugo Reyes Peña.- En contra de la solicitud de vacancia contra Darwin Ruben Hernandez Zeta ,por todo lo expuesto en el desarrollo de la sesión

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Muchas gracias siendo así declaramos por unanimidad rechazar la solicitud de vacancia contra el regidor Darwin Ruben Hernandez Zeta. Continuamos con la solicitud de vacancia del regidor Miguel Angel Lizama Zárate sometemos a votación la solicitud de vacancia del regidor Miguel Angel Lizama Zárate . Dejo constancia de mi voto en contra de esta solicitud , por los fundamentos expuestos por su señor abogado. Regidor Pierre Gutierrez.

Regidor Pierre Gabriel Gutiérrez Medina .- Muchas gracias señor Alcalde, con su venia rechazo la vacancia solicitada contra el Miguel Angel Lizama Zárate , por los argumentos expuestos, por su abogado

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Tiene el uso de la palabra la regidora Milagros Wiesse León ..

Regidora Ingrid Wiesse Leon.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Miguel Angel Lizama Zárate por los argumentos descritos por su abogado que lo representó..

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SESIÓN N° 21 San Miguel de Piura 16 de setiembre de 2019 Extraordinaria

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Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Martín Parihuaman .Daniel Alonso

Regidor Martín Parihuaman Aniceto.- Rechazo la solicitud de vacancia interpuesta contra el regidor Miguel Angel Lizama Zárate , por los argumentos ya expuestos por su abogado .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios- Regidora Heidy Lozada.,.

Regidora Heidy Gabriela Lozada Floriano.- Rechazo la vacancia contra el regidor Miguel Angel Lizama por lo ya expuesto por nuestro abogado

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Kenny Chero ..

Regidor Jhamerly Keny Chero Chero .-Señor Alcalde por su intermedio voy a rechazar la solicitud de vacancia presentada en contra del regidor Miguel Angel Lizama Zárate, considerando los argumentos expuestos por su abogado defensor..

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,..- Regidor Luis Enrique Coronado.

Regidor Luis Enrique Coronado Zapata.- Rechazo tajantemente el pedido de vacancia en contra del regidor Miguel Angel Lizama Zárate por la falta de argumentos y por lo expuestos por su abogado . .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Daniel Verastegui .

Regidor Daniel Verastegui Urbina .- Por su intermedio señor presidente rechazo el pedido de vacancia contra el regidor Miguel Angel Lizama Zárate por lo ya expresado por el abogado defensor Javier Enrique Guzmán .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Darwin Hernández

Regidor Darwin Hernández Zeta.- Señor presidente rechazo tajantemente la solicitud de vacancia contra nuestro coles Miguel Angel Lizama Zárate , por que los argumentos planteados no se ajustan a derecho por eso reafirmo mi rechazo la solicitud de vacancia ,

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Miguel Ágel Lizama

Regidor Miguel Angel Lizama .- Por su intermedio señor presidente por la incoherencia e incongruencia en los argumentos presentados en esta solicitud de vacancia, por la falta de tipicidad traducida en la misma, la falta de sustento y medios probatorios, además de los argumentos expuestos por mi abogado defensor el Dr Javier Enrique Guzmán Crisanto e invocando el principio de licitud, rechazo la solicitud de vacancia presentada en contra de mi persona.

esidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Garay.

Regidor Adolfo Garay Castillo.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Miguel Angel Lizama Zárate a por los argumentos expuestos

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.-Regidor Mejía

Regidor José Luis Mejía de la Cruz.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Miguel Ángel Liozama Zárate por los fundamentos ya expuestos por su abogado defensor.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidora Roa .

Regidora Maritha Roa Bobadilla .- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Miguel Ángel Lizama Zárate, por los fundamentos expuestos por el abogado .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Regidor Castro .

Regidor Víctor Francisco Castro Balcázar .- Rechazo la solicitud de vacancia contra Miguel Ángel Lizama Zárate . por los argumentos expuestos por su defensa .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,-Regidor Pintado .

Regidor Clover Pintado Morales.- Rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor Miguel Angel Lizama Zárate por los argumentos expuestos por su abogado defensor .

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,.Regidor Reyes

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Regidor Víctor Hugo Reyes Peña.-No habiendo causal de vacancia también me expreso en contra de la solicitud.

Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios,- Correcto siendo así se declara el rechazo de la solicitud de vacancia contra el regidor Miguel Angel Lizama Zárate, por Unanimidad, ha sido por lo tanto rechazada por unanimidad todas las solicitudes de vacancia presentadas y expuestas en esta sesión.

Siendo las 12.15 de la mañana y sin más puntos de agenda por tratar, el señor Presidente de debates Abog. Juan José Díaz Dios, levanta la Sesión extraordinaria del Concejo Municipal Provincial de Piura, del 16 de setiembre de 2019. Agradeciendo a los señores regidores por su presencia y participación.