CURSO VIRTUAL: “PROCEDIMIENTO SUMARIO EN EL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL”.
CURSO VIRTUAL: “PROCEDIMIENTO
SUMARIO EN EL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL”.
Procedimiento Sumario
Concepto: "El juicio sumario, es el procedimiento de cognición mediante el cual el organismo judicial procede a conocer de determinado caso, pretendiendo darle solución al más corto plazo posible”.
Sumario deviene del latin summarius, que significa substancia, la parte más pequeña de que comprende un todo, el extracto de un elemento.
Normalmente, en América Latina solamente se encuentra en materia civil y mercantil, escasamente en materia penal.
Procedimiento Sumario JUSTIFICACION. Instrumento para dar una
respuesta pronta al conflicto penal, en donde se conjugue: Eficiencia, Eficacia y respeto al Debido Proceso Art.11 Cn ;
Garantía de Juicio Previo para el Imputado Art.12 Cn., así como la Garantía de la victima de acceso a la Justicia Art.11 CPPA, y la Igualdad en el Proceso Art.12 CPPA.
Forma Procesal SIMPLIFICADA.
PROCEDIMIENTO SUMARIOProcedimiento Ordinario
Procedimiento Sumario
Fases:1. Fase Inicial. Actos iníciales
de Inv. Audiencia Inicial2. Fase de Instrucción. Inv
bajo control Judicial.3. Fase Intermedia. Audiencia
Preliminar4. Fase Plenaria. Juicio o V.
Publica5. Fase de Impugnación o
Ejecución de Sentencia
1. Fase Inicial. Requerimiento Fiscal y Audiencia Inicial
2. Investigación Sumaria3. Juicio4. Fase de Impugnación o
Ejecución de Sentencia
COMPETENCIA JUECES DE PAZArt.56 Los Juzgado de Paz, conocerán:a)Autorización de los Actos Urgentes de Comprobación
que la requieran y realización de anticipo de prueba , cuando le corresponda. (177, 180,190,191,199.2,200, 270)
b)De la Audiencia Inicial. 297 y ss.c)Del procedimiento Sumariod)Del Juzgamiento por Falta. 430 y ss.e)De los demás asuntos que determine este Cód. y demás
leyes.39, 40, 81, 133, 251, 253, 258, 261.1, 269, 277, etc.
Cód. Procesal penal D.L 733 D.O. 20 T.382 30-01-09. Cuya vigencia será a partir del 1-07
Condiciones objetivas de procedencia del Procedimiento Sumario.Captura flagrante. Art. 323 C.Pr.Pn. Delitos. Art. 445 C.Pr.Pn.Delitos tentados? El delito no sea cometido bajo la modalidad
de crimen organizado. Art. 446 C.Pr.Pn. Rel. art. 1.2 de la Ley contra el crimen organizado y delitos de realizacion compleja.
No proceda acumulacion de procesos. Delito no sea de especial complejidad.
Art.31o.1 C.P.P.
Condiciones subjetivas de procedencia del Procedimiento Sumario
No procede para inimputables. Art. 446.3 C.Pr.Pn. Caso de incapacidad sobreviniente?
No se trate de miembros de Consejos Municipales. Art. 446.4 C.Pr.Pn.
Fases del procedimiento sumario
FASE INICIAL: arranca con la captura flagrante y diligencias iniciales de investigacion, concluye con decision de Juez de Paz en Audiencia Inicial.
FASE DE JUICIO: Juez de Paz preside vista publica y dicta sentencia.
FASE DE IMPUGNACION Y CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA: Si es sentencia condenatoria corresponde su vigilancia al Juez de Vigilancia Penitenciaria y ejecución de la pena.
Procedimiento sumario Art. 447 C.Pr.Pn. (fusion de 294 y 356
C.Pr.Pn.)Audiencia inicial. Dentro del termino de
inquirir. Art. 449 C.Pr.Pn.Investigacion sumaria. Para que? 1. autorizar
AUC no realizados; 2. requerir informes y documentos; y 3. Ofrecimiento de otras pruebas, test. 5 dias.Art. 359 y 450 C.Pr.Pn. PLAZO: 10 dias , prorroga 15 dias.
Vista Publica, sentencia y recursos. Art. 451 C.Pr.Pn. Rel. 380, 395, 400 y 468 C.P.P.
Procedimiento SumarioDelitos:1.Conducción Temeraria2.Hurto y Hurto Agravado3.Robo y Robo Agravado4.Tenencia, Portación o conducción Irresponsable de Arma de Fuego5. Posesión y Tenencia.
Solicitud fiscalArt. 447
Calificación previa de la solicitud
Convocara a audiencia inicial.Art. 448Art. 298
-Decretará medidas cautelares o la libertad sin restricciones .- Fijará plazo de la investigación sumaria.- Autorizará actos urgentes de comprobación.Art. 449
- Investigación sumaria.- 15 días máximo.- Autorizará actos urgentes de comprobación.- Las partes pueden ofrecer otras pruebas.Art. 450
Seguirá el procedimiento común.Art. 446
Flagrancia
Prorrogable 10 días
Juicio y sentencia.Art. 451
Absolución
RecursosConden
a
Aspectos complementarios.Instalación del
Juicio: Art. 380 y ss. C.P.P.Apertura: Instalación, verificar presencia de partes, testigos, peritos, interpretes, etc., abrir audiencia, explicar al imputado trascendencia audiencia, lectura hechos en debate.Fase incidental: todos planteados de una sola vez, escuchar a la partes respecto a los mismos ‘por una sola vez’, se puede limitar tiempo de intervenciones.Argumentos iniciales de las partes: acusación-defensa.
Cont…Declaración
imputado. Art. 381 C. P.P.
a)Intimación y explicación de derechos.b) Declaración exclusiva sobre los hechos e interrogatorio sobre los puntos declarados, tanto partes como Juez -con fines aclaratorios, Art.4-. (92, 93, 95.2, 175.3 C.P.P.). Antes del desfile probatorio.c) Explicación sobre contradicciones con relaciones a declaraciones anteriores, solo a petición de parte y con las debidas garantías.d) Valoración: sana crítica, Juez determina cuál prefiere (175.2, 258).
Ampliación de la acusación. Art. 384 C. Pr.Pn.
a) Por el acusador: Fiscal, Querellante.b) El momento oportuno es una vez se conozca motivo durante la V.P. Hecho nuevo, nueva circunstancia no contenida n acusación, modifica la calificación o pena, integra delito continuado o modifica la responsabilidad civil.
No incluye la corrección de simples errores materiales o la inclusión de circunstancias que no modifiquen esencialmente la imputación ni provoca indefensión.
Sobre los puntos de ampliación se puede ofrecer nueva prueba y pedir suspensión de la audiencia con ese propósito o preparar la defensa –no hay plazo para ello, ¿deberá aplicarse Art. 375 C.Pr.Pn.?-.
Art. 385 C.Pr.Pn.: advertencia de oficio y también suspensión
Recepción de prueba: Art. 386 C.Pr.Pn.
a) Primero la de la acusación y la de defensa.b) En el orden requerido por las partes. (Art. 178 C.Pr.Pn.)c) Procedimiento fijado respectivamente prueba de ref. (art. 202 y
Ss. C.P.P.)
Pericial: Art. 387 C.Pr.Pn.
a) Declaración de perito s/contenido dictamen y conclusiones (opinión).
b) Podría dársele lectura dictamen previo.c) Interrogatorio ( Art. 209 C.Pr.Pn.)d) Parte debe acreditar idoneidad –incluso por interrogatorio-
perito puede consultar documentos, etc.
Testimonial: Art. 388 C.Pr.Pn.
a) Declaración por separado.b) Primero los de acusación y luego los de la defensa.c) Conforme reglas del Código. Art. 209 C.P.P.
Otros medios de prueba: Art. 389 C.Pr.Pn.
a) Documentos, objetos y otros medios.b) Incorporadas: lectura, exhibición (autenticacion), mostrados,
reproducción (243, 248, 251.2 C.Pr.Pn.)
Prueba para mejor proveer: Art. 390 C.Pr.Pn.
Alegatos de cierre: Art. 391 C.Pr.Pn.
Redacción de Sentencia. Requisitos. Art. 395 C.Pr.Pn.
Fallo. Verbal. Art. 396 inc. 1º C.Pr.Pn.
Plazo de redacción sentencia: 10 dh después del fallo verbal y
excepcionalmente 5dh adicionales por resolución fundada. Art. 396 inc. 3º y 4º
C.Pr.Pn
Correlación entre acusación y sentencia. límites del fallo. Art. 397
C.Pr.Pn.
Decisión. Absolución. Art. 398 C.Pr.Pn.
Implica: a) Cese de toda medida personal o real.b) Resolver sobre responsabilidad civil.c) Sobre objetos vinculados al proceso.d) Inscripciones o cancelaciones .
Condena. Art. 399 C.Pr.Pn.
a) Fijar con precisión la pena.b) Pronunciamiento sobre SCEP y las obligaciones a cumplir.c) Plazo para el pago de la multa,d) Fijar la cuantía de la reparación de daños, costas
procesales y personas obligadas a satisfacerlas y con derecho a percibirlos;
e) Declarar responsabilidad incluso en abstracto –declarativo civil-;
f) Destino de objetos;g) Marginación de documentos falsos y ordenar cancelación
inscripción.
RECURSOS DE LA SENTENCIA. Será aplicable en principio el Art. 400: vicios que habilitan apelación (468) y por tanto también el de casación (479), sobre la base de lo dispuesto en el Art. 452.¿Serán aplicables: los supuestos regulados en los Arts: 341, 347.2, 354, 464.2, 477.?
REQUISITOS DE LA SENTENCIALos señala el articulo 395 C.Pr.Pn.:Según sentencia CPS 24004.05, de fecha 29-
04-05, dictada por la Sala de lo Penal en la casación 240-CAS-04, establecio que la motivacion de la sentencia definitiva consta de 4 etapas:
A) Fundamentacion descriptiva;B) Fundamentacion factica;C) Fundamentacion analitica e intelectiva; yD) Fundamentacion juridica.
INTERPOSICION DEL RECURSO
Desde cuando se comienza a contar el plazo de la interposicion del recurso?
Art. 470 C.Pr.Pn.