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Presentación Ley Nº 20.922 de Plantas Municipales Subdere 08.06.2016

Mar 02, 2018

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Nelson Leiva
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  • 7/26/2019 Presentacin Ley N 20.922 de Plantas Municipales Subdere 08.06.2016

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    LEY 20.922, QUE MODIFICA DISPOSICIONES APLICABLES AFUNCIONARIOS MUNICIPALES Y OTORGA NUEVAS

    COMPETENCIAS A SUBDERE

    Doris Durn Bustamante

    Abogado Asesor SUBDERE

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    PROGRAMA DE GOBIERNO 2014-2018

    Sobre la dotacin y el estatuto jurdico delos funcionarios municipales se propone

    retomar el debate sobre el Art. 121 de la

    constitucin que permite a los alcaldes

    descentralizar la gestin de personal de

    acuerdo a las particularidades de cada

    municipio, impulsando la norma legal queotorgue la facultad de revisar la estructura

    de plantas. La discusin sobre el Art. 121,

    debe incorporar la revisin de las normas

    laborales de los funcionarios municipales,

    con el debido resguardo de la carrera

    funcionaria y participacin de todos los

    estamentos, permitiendo que stos

    trabajen en condiciones de dignidad y de

    resguardo de sus derechos como

    trabajadores

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    Convocar a instituciones

    internacionales y nacionales con

    especializacin en municipalidades

    para estudiar y proponer un

    conjunto de iniciativas que den

    cuenta de una reforma al SistemaMunicipal, una que fortalezca la

    responsabilidad fiscal municipal,sus

    atribuciones, competencias y

    organizacin, de manera que

    puedan desarrollar una gestin

    integral con mayores niveles deautonoma y flexibilidad, y en

    particular en materia de recursos

    humanos.

    (Mensaje presidencial, 21 de mayo 2014)

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    Actores relevantes Modelo de Gestin Niveles de Trabajo:

    Comit deCoordinacin

    InterministerialCTAM

    Comisin deResponsabilidad

    Fiscal

    Comisin deFinanzas

    Municipal

    Comisin deCapital Humano

    Comisin deModelo Gestinde la Innovacin

    Municipal

    Comisin deParticipacin

    Comunal

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    PROTOCOLO DE ACUERDO (SUBDERE, Asociacin de Funcionarios y Alcaldes)

    Establecer un marco deresponsabilidad fiscal

    Ejes de lamoderniza

    cin

    Recursos y Competencias- Servicios Municipales Garantizados.- Mayores Recursos.

    Fortalecimiento de losRecursos Humanos

    Participacin Comunal

    PDL

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    CAMARA

    REVISORA

    TERCERTRAMITE

    CAMARAORIGEN

    COMISION

    MIXTA

    TC

    PROMULGACIN

    PUBLICA

    CIN

    CAMARA

    ORIGEN

    PDL BOLETIN10057-06

    20/05/2015

    MEN

    SAJE

    TRAMITACIN

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    Promulgacin Ley 20.922

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    Estamos dndole a los

    municipios herramientas que van

    a mejorar su eficiencia y

    funcionamiento interno. Y esto setraduce en una actualizacin de

    su organizacin y mayores

    recursos y personal para atender

    a sus necesidades ms urgentes

    de la comuna

    Mensaje promulgacin de la ley

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    PRINCIPALES

    CONTENIDOS

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    NUEVAS PLANTAS MUNICIPALESUN GRAN AVANCE!!

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    NUEVAS PLANTAS MUNICIPALES

    Mediante reglamento municipal, los alcaldes podrn fijar o modificar lasplantas de personal de las municipalidades, estableciendo el nmero decargos para cada planta y fijar sus grados. Este reglamento estar sometido

    al trmite de toma de razn de la CGR y publicada en el Diario Oficial.

    CUNDO? Cada 8 aos y dentro de los 2 aos siguientes a contar delcumplimiento de dicho periodo, y entrar en vigencia el 1 de enero del ao

    siguiente a su publicacin en el Diario Oficial.Primera vez: a partir del 1 de enero del ao 2018 y hasta el 31 de diciembredel ao 2019.

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    Ajustar el gasto en personal al lmite legal vigente.

    Disponibilidad presupuestaria. Se deber considerar los ingresos propios ygastos en personal de los 3 aos anteriores.

    Disponer del escalafn de mrito del personal vigente.

    75% de los nuevos cargos que se creen deben ser profesional o tcnico.

    Se deber consultar a los funcionarios a travs de un Comit Bipartito yParitario, conformado por representante del Alcalde y de la o las asociacionesde funcionarios existente en la municipalidad.

    El reglamento municipal, deber ser aprobado por 2/3 del concejomunicipal.

    Es causal de notable abandono de deberes del Alcalde y de los concejales,si la proyeccin de ingresos y gastos se determin con negligenciainexcusable.

    LMITES Y REQUISITOS

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    No podr significar trmino de servicio, cesacin de funciones, trmino dela relacin laboral, prdida del empleo, disminucin de sus

    remuneraciones.

    Se mantiene el tiempo de antigedad en el grado, como el tiempocomputable para dicho reconocimiento.

    RESTRICCIONES

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    ENCASILLAMIENTO

    2. Cambio de estamento personal de planta(Facultad).

    .

    1. Funcionario plantas existente.

    3. Contrata a planta

    4. Ascensos

    5. Concursos

    180das

    1 ao

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    GRADO DE ALCALDESe dictar un reglamento dentro de los 6 meses siguientes de publicada laley, que determinar las categoras y su rango de grados, mediante el cual seestablecer el grado del alcalde, segn dos criterios a su eleccin: ingresosanuales percibidos o el nmero de habitantes en la comuna.

    POSICIONES RELATIVAS

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    Ampla lmite mximo del gasto en personal desde 35% a 42% deingresos propios.

    Ampla lmite mximo de gasto en personal a contrata de 20% a 40% delgasto en personal de planta.

    Municipalidades con planta de menos de 20 cargos, podrn contratarhasta 8 personas a contrata.

    Requisitos para ingreso y promocin en cargos de plantas.

    Se trasladan normas al Estatuto Administrativo ( escalafn yrequisitos para los distintos estamentos)

    Se establece la posibilidad de que las nuevas plantas considerenrequisitos especficos para determinados cargos.

    Para proveer los nuevos cupos a contrata que se generar con elaumento del 40%, se deber priorizar al personal a honorarios asuma alzada existente en la municipalidad.

    MODIFICACIONES LMITE EN GASTO EN PERSONAL Y REQUISITOSPARA EL INGRESO Y PROMOCIN EN LOS CARGOS DE PLANTAS

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    BENEFICIOS!!

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    ASIGNACIN PROFESIONAL

    Profesionales que se desempeen en plantas de directivos,profesionales y jefaturas que cumplan con los requisitos del DecretoLey 479, percibirn una asignacin similar a la de nivel central (planta ycontrata).

    Se pagar mensualmente, ser imponible y tributable y no seconsiderar para otros beneficios econmicos.

    Progresividad en el pago:

    34%, desde el 1de enero al 31 de diciembre del 2016.

    100% a partir del 1de enero del ao 2017.

    Excepciones: alcaldes y jueces de polica local.

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    Valores Asignacin Profesional, segnley 19.685 de 1993, mas reajuste.

    ( datos CGR)

    Ao 2016:34%

    Ao 2017:100%

    GRADO MONTO

    3 473.251

    4 446.468

    5 445.021

    6 397.337

    7 362.557

    8 325.172

    9 294.266

    10 266.301

    11 241.000

    12 218.0980

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    ASIGNACIN DIRECTIVO- JEFATURA

    Se concede esta asignacin al personal de planta y contrata, regido por la

    Ley 18.883, de las plantas directivo, profesionales y jefatura, siempre que notengan derecho a percibir la asignacin profesional.

    Se concede al personal que se encuentra en funciones al 1 de enero delao 2015.

    Los valores por cada grado se determinan en el PDL por grados.

    Esta sujeta la reajuste del sector pblico, es imponible y tributable y no seconsiderar base de clculo para determinar ninguna otra remuneracin.

    Esta sujeta a extincin.

    Se pagar en los mismos porcentajes y periodos que la asignacinprofesional ( 34% el ao 2016 y 100% a partir del ao 2017)

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    GRADO MONTO ($)

    3 236.626

    4 223.234

    5 222.511

    6 198.669

    7 181.279

    8 162.586

    9 147.133

    10 133.151

    11 120.500

    12

    109.049

    Valores Asignacin Directivo- Jefaturasegn ley 20.922

    Ao 2016:34%

    Ao 2017:100%

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    BONO POST- LABORAL

    Ex- funcionario municipales que recibieron la bonificacin por retiro

    voluntario de la Ley 20.649.

    Que presentaron la solicitud para acceder al bono post- laboral de laLey 20.305, y no se le hubiese dado curso por no haber cesado en elcargo o terminar el contrato, en el plazo de 12 meses siguientes, al

    enterar la edad de 65 aos de edad para el caso de los hombres y 60aos para las mujeres.

    Este bono se devengar a contar del primero del mes siguiente a aquelen que haya cesado en sus funciones.

    El universo de funcionarios beneficiados est determinado.

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    INCREMENTO GRADOS DE 10AL 20

    A contar del 1

    de enero del 2016, los funcionarios de las plantastcnico, administrativo y auxiliares de los grados 10 al 20, ambosinclusive, sern encasillado en el grado inmediatamente superior.

    Requisitos:

    Que se encuentre nombrado al 1de enero del ao 2015, como titular

    en las plantas sealadas.Haberse desempeado a lo menos 5 aos continuos o discontinuos,en la misma municipalidad, contados con anterioridad al 1 de enero

    del ao 2015, sea en calidad de planta o contrata.

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    INCREMENTO GRADOS DE 15 AL 20

    A contar del 1 de enero del ao 2017, los funcionarios de las plantastcnicos, administrativo y auxiliares de los grados 15 al 20, ambosinclusive, sern encasillados en el grado inmediatamente superior.

    Requisitos:

    Que se encuentre nombrado al 1 de enero del ao 2015 como titularde un cargo de las plantas ya sealadas.

    Haberse desempeado durante 5 aos continuos o discontinuos en lamisma municipalidad, con anterioridad al 1 de enero del ao 2015, seaen calidad de planta o contrata.

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    El Alcalde podr otorgar el incremento de grados alpersonal a contrata en los mismos trminos que el

    personal de planta, siempre que se hayan desempeadoen la misma municipalidad, a lo menos durante 5 aos

    continuos o discontinuos contados con anterioridad

    al 1 de enero del ao 2015

    INCREMENTO GRADOS A CONTRATAS

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    BONOS

    Funcionarios beneficiarios de laasignacin profesional y la

    asignacin directivo jefatura.Un bono de 4 veces el monto quele corresponde en enero del 2016por esos conceptos.

    Beneficiarios del incremento degrados en 2016 (10- 20)

    Un bono ascendente a 4 veces ladiferencia que resulte del totalhaberes brutos que lecorresponda en el mes de enerodel ao 2016 y el total haberesbrutos del mes anterior.

    Incluida las contrata si se lesotorg el beneficio.

    PAGO: En una sola cuota.

    Para este efecto las municipalidades debern remitir a la SUBDERE,toda la informacin referente al pago de los bonos.

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    APORTE FISCAL

    Ao 2016: MM$32.000

    Extraordinario

    Ao 2017: MM$36.000

    Ao 2018: Aumento el aporte al Fondo Comn Municipalde 218.000 UTM a 1.052.000 UTM.

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    La SUBDERE deber determinar el medios, la formas y oportunidad, quelos municipios acrediten los costos involucrados en el gasto del ao 2016y 2017.

    La SUBDERE mediante resolucin, que ser visada por la Direccin dePresupuesto, determinar anualmente, los montos que a cadaMunicipalidad le corresponde.

    Dicha resolucin dispondr el financiamiento de la totalidad delincremento del primer y segundo grado, incluida las contratas.

    El remanente financiar los dems beneficios. Los recursos deentregarn a los municipios considerando de manera creciente desde losde menor a mayor gasto en personal, hasta su total distribucin. .

    Las municipalidades slo podrn destinar los citados aporte a financiarlos beneficios de la ley ( Malversacin de caudales pblicos)

    DISTRIBUCIN DE FONDOS

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    MODIFICACIONES A LA POLITICA DE RECURSOS HUMANOS

    Se incorpora como un instrumento de la gestinmunicipal, la poltica de recursos humanos, con consulta a

    asociacin de funcionarios mediante la constitucin delmismo comit bipartito y paritario establecido en el

    proceso de elaboracin de nuevas plantas, acuerdo delconcejo municipal y su estado de aplicacin deber ser

    parte de la cuenta pblica del Alcalde.

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    REGLAMENTO DE CONCURSOS PBLICOS

    El ingreso en los cargos de planta en calidad de titular sehar por concurso pblico y proceder en el ltimo grado

    de la planta respectiva, salvo que existan vacantes engrados superiores a que este no hubiere podido proveerse

    mediante ascensos.

    Las municipalidades debern dictar un reglamento deconcursos pblico.

    Todas las personas que cumplan con

    los requisitos correspondientes tendrn derecho apostular en igualdad de condiciones. (art 15, Ley 18.883)

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    CREACIN DE UNIDADES

    Se faculta que en el reglamento interno municipal, queregula la organizacin interna y el funcionamiento de lamunicipalidad, se puedan crear unidades nuevas:

    Siempre que se le asignen funciones de la Secplan,Dideco, Salud , Educacin, Medio Ambiente, Aseo yOrnato, Daf.

    Se requiere informe fundado que acreditefinanciamiento de Administrador Municipal, DAF ySecretaria Municipal,.

    Aprobacin del concejo (2/3) y se establecen normasde proteccin funcionaria.

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    NUEVAS COMPETENCIAS SUBDERE

    1. NUEVAS PLANTAS. Informar dentro de los 60 das posteriores a sudictacin, la municipalidad deber remitir copia del reglamento que

    contiene la planta a la SUBDERE.

    2. INFORMACION ANUAL. Para efecto de proponer y evaluar polticas yplanes correspondiente al mbito municipal, anualmente lasmunicipalidades deben remitir a la SUBDERE, lo siguiente:a)Modificaciones a la planta de personal.

    b)Dotacin, planta y contrata, honorarios a suma alzada a personasnaturales, honorario asimilado a grados, jornales, remuneraciones del C.T,suplencias y reemplazos del personal a trato o temporal y alumno enprctica.c)Identificacin de la fuente de financiamiento de programas que posibilitanla contratacin de personal a honorarios.d)Escalafn de mrito vigente.

    e)Antigedad del personal, tanto e n la municipalidad como en otrosrganos de la administracin del estado.f)Concepto remuneratorios variables segn particularidad de cadafuncionario.g)Gasto total en recursos humanos.

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    Gracias.