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INDICE TOMO II. 2000. PAGINAS CONTENIDO 411-412 412-423 424 424-436 Continuación de la Sesión Ordinaria No. Uno, de la Asamblea Nacional, correspondiente al día 22 de febrero del año 2000. Comprobación de quórum. PRESENTACIÓN DE LEYES: Decreto de Aprobación del Acuerdo de Crédito de Fomento entre el Gobierno de Nicaragua y la Asociación Internacional de Fomento para financiar el Proyecto de Reforma del Sector Telecomunicaciones. Ley de Indulto. Ley de Indulto. Ley Creadora del Instituto de Prevención del Alcoholismo y Drogadicción. Ley de Reforma al Artículo 19 de la Ley 278, Sobre Propiedad Urbana y Agraria. Ley de Reforma a la Ley N° 169, sobre Disposiciones de Bienes del Estado y Entes Reguladores de los Servicios Públicos. LeydeCarrera Administrativa Municipal. Ley de Promoción de Inversiones Extranjeras. Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional. Ley de Reforma a la Ley de Control del Tráfico de Migrantes Ilegales. (Se suspende la Sesión). Continuación de la Sesión Ordinaria Número Uno de la Asamblea Nacional, correspondiente al día Jueves 24 de febrero del año 2000. Comprobación de quórum. PRESENTACIÓN DE LEYES: Ley de Adición e Incorporación al Arto. 3 de la Ley N° 309, Ley de Regulación, Ordenamiento y Titulación de Asentamientos Humanos Espontáneos. Decreto de Aprobación del Convenio Adicional entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República de Nicaragua sobre Diferimientos de Pagos de la Deuda Externa. Ley de Derogación del Decreto N° 84-99, Actualización de Sanciones Administrativas por Infracciones de Tránsito.
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Aug 17, 2020

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INDICE TOMO II. 2000.

PAGINAS CONTENIDO

411-412 412-423 424 424-436

Continuación de la Sesión Ordinaria No. Uno, de la Asamblea Nacional, correspondiente al día 22 de febrero del año 2000. Comprobación de quórum. PRESENTACIÓN DE LEYES: Decreto de Aprobación del Acuerdo de Crédito de Fomento entre el Gobierno de Nicaragua y la Asociación Internacional de Fomento para financiar el Proyecto de Reforma del Sector Telecomunicaciones. Ley de Indulto. Ley de Indulto. Ley Creadora del Instituto de Prevención del Alcoholismo y Drogadicción. Ley de Reforma al Artículo 19 de la Ley 278, Sobre Propiedad Urbana y Agraria. Ley de Reforma a la Ley N° 169, sobre Disposiciones de Bienes del Estado y Entes Reguladores de los Servicios Públicos. Ley de Carrera Administrativa Municipal. Ley de Promoción de Inversiones Extranjeras. Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional. Ley de Reforma a la Ley de Control del Tráfico de Migrantes Ilegales. (Se suspende la Sesión). Continuación de la Sesión Ordinaria Número Uno de la Asamblea Nacional, correspondiente al día Jueves 24 de febrero del año 2000. Comprobación de quórum. PRESENTACIÓN DE LEYES: Ley de Adición e Incorporación al Arto. 3 de la Ley N° 309, Ley de Regulación, Ordenamiento y Titulación de Asentamientos Humanos Espontáneos. Decreto de Aprobación del Convenio Adicional entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República de Nicaragua sobre Diferimientos de Pagos de la Deuda Externa. Ley de Derogación del Decreto N° 84-99, Actualización de Sanciones Administrativas por Infracciones de Tránsito.

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PAGINAS

CONTENIDO

436-456 457 457-470 470-474 474-476 476-489 489-491 492 493-498

Ley para autorizar al Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), el otorgamiento de la Concesión a la Empresa Sistema Intermodal de Transporte Global, Sociedad Anónima (STI)/Global, para el Estudio de Factibilidad, Construcción, Operación y Explotación del Proyecto de Ferrocarril Interoceánico de Nicaragua.

DISCUSIÓN DE DICTAMENES: Ley para Autorizar a la Empresa Portuaria Nicaragüense el Arrendamiento d elas Facilidades Portuarias de Puerto Cabezas. (Se aprueba la Ley. (Se suspende la Sesión). Continuación de la Sesión Ordinaria N° Uno de la Asamblea Nacional, correspondiente al día Primero de Marzo del año 2000. Comprobación de quórum. DISCUSIÓN DE DICTAMENES: Ley de Indulto. (Se aprueba la ley). PRESENTACIÓN DE LEYES: Iniciativa de Ley de Trámite de urgencia de la Presidencia de la República. Ley de Ampliación del Plazo para que la Oficina de Ordenamiento Territorial (OOT) continúe recibiendo solicitudes de Solvencias de Revisión y Disposición. Ley de Modificación a la Ley Anual de Presupuesto General de la República 2000. Aprobación de Resolución de la Asamblea Nacional, donde se solicita al Gobierno y Congreso de los Estados Unidos prórroga de plazo para la Ley Nacara. (Se aprueba la resolución). Discusión de Ley de Indulto. (Se aprueba la Ley). PRESENTACIÓN DE PERSONALIDADES JURIDICAS. (Se suspende la Sesión). DIA JUEVES 2 DE MARZO DE 2000. Comprobación de quórum. DISCUSIÓN DE DICTAMENES DE PERSONALIDADES JURIDICAS. No se aprueban. (Se suspende la Sesión).

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499 500-501 501-508 509 510-516 516-519 519-533 534-541 541-549

Continuación de la Sesión Ordinaria N° Uno de la Asamblea Nacional, correspondiente al día martes siete de marzo del año 2000. Comprobación de quórum. Se someten a votación los dictámenes de Personería Jurídicas que habían quedado pendiente de aprobación el día 2 de marzo. (Se aprueban). Se continúa la discusión en lo particular de la Ley Creadora del Sistema Nacional para Prevención, Mitigación y Atención de Desastres en su Capítulo IV. (Se suspende la Sesión por falta de quórum.) DÍA 8 DE MARZO DEL 2000. Comprobación de quórum. Se retoma discusión del Capítulo V de la Ley Creadora del Sistema Nacional para Prevención, Mitigación y Atención de Desastres. (Se aprueba la Ley). PRESENTACIÓN DE LEYES:

Decreto de Aprobación de la Carta de Acuerdo N°. Q-190--NI, Fondo de Avance para la Preparación del Proyecto de Gestión Económica.

Decreto de Aprobación a la Primera Enmienda al Contrato de Préstamo N°. 6020091013, suscrita entre el Banco Central de Nicaragua (BCN) y el Export-Import Bank de la República de China (EXIMBANK).

Ratificación de Decreto N°.11-2000 que autoriza el ingreso al territorio nacional de un contingente de tropas nortamericanas que vendrán a nuestro país en misión humanitaria para la construcción de escuelas y centros de salud, en la zona de El Naranjo, ubicado en el departamento de Jinotega. DISCUSIÓN DE DICTÁMENES: Ley Creadora del Municipio de El Ayote. (Se suspende la discusión). Ley de Patentes de Invención. (Se suspende la discusión, se aprueba hasta el Capítulo II) Se retoma discusión de la Ley Creadora del Municipio de El Ayote. (Se aprueba la ley) . (Se suspende la Sesión).

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550 550-554 554-605 606-607 607-608 608-631 632 633-723 724-730 731-732 732-737

Día 9 de marzo del año 2000. Comprobación de quórum. PRESENTACIÓN DE LEYES:

Decreto de Aprobación de Préstamo a la Municipalidad de Managua, destinado a construcción de obras municipales de largo plazo, Plan Integral de Mejoramiento del Sistema Vial de Managua. DISCUSIÓN DE DICTÁMENES: Ley Creadora de la Dirección General de Servicios Aduaneros y la Reforma a la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos (Se aprueba la Ley). (Se suspende la Sesión). Continuación de la Sesión Ordinaria N°, Uno de la Asamblea Nacional, correspondiente al día 14 de marzo del año 2000. Comprobación de quórum. PRESENTACION DE PERSONALIDADES JURÍDICAS: DISCUSIÓN DE DICTÁMENES: Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones. (Discusión en lo general) Se suspende la discusión. DIA 15 DE MARZO DEL 2000. Comprobación de quórum. Continúa la discusión de la Ley del Sistema de ahorro par Pensiones. (Se aprueba la ley). Discusión de Proyecto de Ley de Modificación a la Ley Anual de Presupuesto General de la República, del año 2000. (Se aprueba la ley). Continuación de la sesión Ordinaria N° Uno, de la Asamblea Nacional, correspondiente al día 20 de marzo del año 2000. Comprobación de quórum PRESENTACIÓN DE LEYES:

Decreto de Aprobación de la Primera Enmienda al Convenio de Préstamo N° 6020620001 para la rehabilitación de Puerto de Corinto entre el Banco de Exportación-Importación de la República de China y el Gobierno de Nicaragua sobre la modificación en las condiciones financieras.

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PAGINAS CONTENIDO

737-752 752-770 771-772 773-774 774-775 775-785 785-788 788-789

Decreto de Aprobación de la Primera Enmienda al Convenio de Préstamo N° 6020620002, destinado a financiar el Proyecto de “Mejoramiento del Sistema de Riego de Occidente”, entre el Banco de Exportación- Importación de la República de Nicaragua, sobre modificación en las condiciones financieras. Decreto de aprobación de la Primera Enmienda al Convenio de Préstamo N° 6020620003, destinado a financiar los Programas de Desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES), y Repoblación y Mejoramiento Genético de la Ganadería en Nicaragua. Discusión de Decreto de la Asamblea Nacional, de autorización del Ingreso de un Contingente de Tropas Norteamericanas a Territorio Nacional. (Se aprueba el Decreto). Elección de cuatro Magistrados de la Corte Suprema de Justicia. (Se suspenda la Sesión). Continuación de la Sesión Ordinaria N° Uno, de la Asamblea Nacional, correspondiente al día martes de marzo del año 2000. Comprobación de quórum. Ratificación del Acuerdo Presidencial N° 92-2000, en el que se nombra a los miembros del Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de otras Instituciones Financieras. Ratificación del Acuerdo Presidencial N° 115-2000, en el que se nombra a los miembros del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua. PRESENTACION DE PERSONALIDADES JURÍDICAS: PRESENTACIÓN DE LEYES: Ley de Reforma a la Ley N° 257, Ley de Justicia Tributaria y Comercial. Ley de Regulación del Transporte Escolar. DISCUSIÓN DE DICTÁMENES DE LEY: Decreto de Aprobación de la Primera Enmienda al Convenio de Préstamo N° 6020620001, para la Rehabilitación del Puerto de Corinto, entre el Banco de Exportación Importación de la República de China y el Gobierno de Nicaragua, sobre modificación en las condiciones financieras. (Se aprueba).

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789-791 791-793 793-795 795-796 796-810

Decreto de Aprobación de la Primera Enmienda al Convenio de Préstamo N° 602062002, destinado a financiar el Proyecto de Mejoramiento del Sistema de Riego de Occidente, entre el Banco de Exportación, Importación de la República de China y el Gobierno de Nicaragua, sobre modificación en las condiciones financieras. (Se aprueba). Decreto de aprobación de la Primera Enmienda al Convenio de Préstamo N° 6020620003, destinado a financiar los programas de desarrollo de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) y repoblación y mejoramiento genético de la ganadería de Nicaragua, suscrita entre el Banco Central de Nicaragua y el Export-Import Bank de la República de China.. (Se aprueba). Decreto de aprobación de la Primera Enmienda al Contrato de Préstamo N° 6020091013 suscrita entre el Banco Central de Nicaragua y el Export-Import Bank de la República de China (Eximbank). (Se aprueba). Decreto de aprobación de la Carta de Acuerdo N° a-190-O-NI, Fondo de Avance para preparación de Proyecto de Gestión Económica suscrita entre Nicaragua y la Internacional Development Agency-Ida. (Se aprueba). Discusión de la Ley Creadora de la Asignatura del Medio Ambiente y los Recursos Naturales. (Se aprueba). (Se suspende la Sesión).

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411 CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO UNO DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA VEINTIDOS DE FEBRERO DE 2000, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (DECIMOSEXTA LEGISLATURA). PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le suplica a los honorables Diputados, que ocupen sus asientos. SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON: JOSÉ RENÉ ARÁUZ LÓPEZ BAYARDO ARCE CASTAÑO NELSON ARTOLA ESCOBAR ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN ALCALA BLANDON CRUZ MARÍA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA JOSÉ ERNESTO BRAVO MORENO ADOLFO CALERO PORTOCARRERO EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON ROGER CASTELLON ORUE FELIX HERNAN CASTILLO FLORES MARLON BOANERGES CASTILLO TEJADA EDWIN CASTRO RIVERA NOEL JOSÉ DELGADO CUADRA ALVARO IVÁN ESCOBAR FORNOS FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS JOSÉ MANUEL ESPINOZA CANTILLANO RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA SERGIO DE JESUS GARCÍA PINELL CARLOS ANTONIO GUERRA GALLARDO CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA ALBERTO FRANCISCO JARQUIN SAENZ REINALDO LAGUNA MAIRENA MARIO JOSÉ LIZANO GUTIÉRREZ AUGUSTO CÉSAR LÓPEZ GONZÁLEZ EDUARDO JOSÉ LÓPEZ MEZA ARMANDO ISIDORO LÓPEZ PRADO EMILIO JOSÉ MARQUEZ ACUÑA JORGE ALBERTO MARTÍNEZ GONZÁLEZ LOMBARDO MARTÍNEZ CABEZAS PEDRO PABLO MARTÍNEZ TÉLLEZ PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZÁLEZ WILLIAM MEJÍA FERRETI ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA JOSÉ DE JESUS MIRANDA HERNÁNDEZ OSCAR MONCADA REYES LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA RAMÓN ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA CARLOS JOSÉ PALMA ALVARADO LEONEL PANTIN WILSON NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLON ANGELA DEL ROSARIO RIOS PEREZ ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO GUADALUPE DOLORES SÁNCHEZ BLANDON JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ SANTANA WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM GUILLERMO DANILO SELVA ARGÜELLO NATHAN JORGE SEVILLA GÓMEZ PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON EDNA ADELA STUBBERT FLORES VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE VICTOR HUGO TINOCO FONSECA LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA HENRY URCUYO MALEAÑOS

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412 MARTHA HERIBERTA VALLE VALLE DORA ODILI ZELEDON ZELEDON Presidente hay quórum legal con 61 Diputados presentes. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a desarrollar la Orden del Día. Punto IV: PRESENTACIÓN DE LEYES. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Adéndum No. 2 4.2: DECRETO DE APROBACIÓN DEL ACUERDO DE CRÉDITO DE FOMENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE REFORMA DEL SECTOR DE TELECOMUNICACIONES. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Gobierno de Nicaragua solicitó el apoyo financiero de la Asociación Internacional de Fomento para llevar adelante la Reforma del Sector de Telecomunicaciones de Nicaragua. Dicha Reforma, además de facilitar el proceso "mandatado" en la Ley 210 de Incorporación de Particulares en la Operación y Ampliación de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones y su Reforma contenida en la Ley N° 293, contempla el reforzamiento Institucional del Ente Regulador (TELCOR). El proceso de privatización de ENITEL requiere del apoyo de firmas consultoras internacionales en los aspectos de valorización y licitación del porcentaje de acciones que la Ley 210 y su Reforma, antes referida, faculta al Ejecutivo realizar. Igualmente se requiere impulsar el fortalecimiento del Ente Regulador (TELCOR). Dicho proceso de Reforma y Modernización tiene como objetivo principal fortalecer las políticas y regulaciones que existen en el Sector de las Telecomunicaciones y el acceso a los servicios, y a su vez: Modificar las leyes y regulaciones existentes para mejorar la autonomía operacional del Ente Regulador. Fortalecer el Ente Regulador en su desempeño. Preparar un Convenio sobre Telecomunicaciones Básicas para presentarlo a la Organización Mundial del Comercio. Mejorar la calidad, cantidad y variedad de los servicios. Incrementar la capacidad de Telcor en el monitoreo del espectro radioeléctrico. Aumentar la penetración de los servicios de telecomunicaciones en el área rural. Proveer equipo y programas para resolver el problema del año 2000 en los sistemas existentes (Y2K). Concluir satisfactoriamente la privatización de la Empresa Nicaragüense de Telecomunicaciones (ENITEL). Para llevar a cabo este proceso de Reforma del Sector de Telecomunicaciones, la Asociación Internacional del Fomento le ha otorgado al Gobierno de Nicaragua un crédito de DEC'S 11,600.000 (once millones, seiscientos mil Derechos Especiales de Giro). El prestatario deberá rembolsar el principal del crédito en cuotas

413 semestrales pagaderas cada 15 de Mayo y cada 15 de Noviembre, comenzando a hacer tales pagos a partir del día 15 de Mayo del año 2010 y finalizando el día 15 de Noviembre del año 2039, con un período de gracia de 10 años. El período de implementación del proyecto es de 4 años. Se pagarán intereses del uno por ciento (1%) sobre el principal del crédito antes del 15 de Noviembre del 2019, y después del año 2019 el interés

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será del dos por ciento (2%) . Obtener este tratamiento de parte de la Asociación Internacional de Fomento es una muestra de apoyo al proceso de modernización y reforma estructural que impulsa Nicaragua en el Sector de Telecomunicaciones. Por las razones expuestas, y con fundamento en el numeral 12 del artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Asamblea Nacional el Convenio de Crédito entre el Gobierno de Nicaragua y la Asociación Internacional de Fomento, suscrito el día 15 de Diciembre del corriente año en la ciudad de Managua. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión de Infraestructura, para su debido dictamen. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.3 LEY DE INDULTO. Managua, 23 de Noviembre de 1999.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Doctor IVÁN ESCOBAR FORNOS Presidente de la Asamblea Nacional Su Despacho. Excelentísimo Señor Presidente: Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, presentamos ante la Primer Secretaría de la Asamblea Nacional, Proyecto de Ley de Indulto, el cual es producto del trabajo investigativo de varios Diputados del Parlamento, que lo han realizado a solicitud de muchas familias nicaragüenses, quienes nos han expuesto los diferentes casos de injusticia de los que han sido objeto muchos de sus familiares de parte del Poder Judicial, en la aplicación de los delitos y de las penas, las que en mucho de los casos no se les comprobó el cuerpo del delito ni la delincuencia. Queremos mencionar que en esta Iniciativa incluimos una lista de casos de ancianos con enfermedades crónicas para que se les dé una oportunidad mediante la gracia del indulto y de los cuales constamos con Epicrisis Médica para constatar su estado de salud. Los internos propuestos en esta Iniciativa son en su mayoría campesinos, con un bajo nivel cultural, que por desconocimiento de las leyes o por la extrema pobreza no tuvieron quien los defendiera al momento en que se acusó de la comisión de un delito. Hemos dispuesto presentar un Indulto Especial con casos excepcionales de personas que han sido objeto de violación a uno de los derechos fundamentales como es el derecho a la libertad, que consideramos es lo más preciado por todos los seres humanes. A nuestro criterio se está más que demostrado a 414 estudio de los expedientes de algunos casos y a través de declaraciones de testigos idóneos, que ha habido exceso en la aplicación de las leyes y la aplicación de justicia. No queremos pasar por alto que en esta Iniciativa se pretende beneficiar a 25 casos de enfermos crónicos, que son personas que en su mayoría alcanzan la tercera edad y se encuentran la mayoría de su tiempo en el hospital del Sistema Penitenciario Nacional, por padecer de diferentes enfermedades, por lo que inspirados en un gesto de humanismo queremos concederles la gracia del Indulto para que puedan reunirse con sus familias ya sea en sus últimos días.

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Por lo anterior, de conformidad con el Arto. 138, numeral 3 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y de las facultades que concede el Estatuto y Reglamento de la Asamblea Nacional, sometemos a consideración esta iniciativa de Ley de Indulto para que sea conocida por el Plenario de la Asamblea Nacional y posteriormente a esta Comisión para su debido dictamen. LEONIDAS CENTENO RIVERA NOEL PEREIRA MAJANO PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO

ROBERTO RODRÍGUEZ

MIEMBRO

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión de Derechos Humanos, para su debido dictamen. SECRETARIO JOSÉ DE JESUS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.4 LEY DE INDULTO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Los Diputados miembros de la Comisión Pro-Derechos Humanos y la Paz de la Asamblea Nacional, en uso de las facultades que la Ley les confiere, solicitaron a la máxima autoridad del Sistema Penitenciario Nacional, se hiciera un estudio de las personas que a su criterio y comportamiento podrán ser beneficiadas con la gracia del indulto, de acuerdo a algunos parámetros establecidos por la Comisión. En base a este listado se ha elaborado una nueva iniciativa de proyecto de indulto, con el objetivo de brindarles una oportunidad a estos internos; y a sus familias que sientan el apoyo de ellos, y sean útil a la sociedad. Los propuestos en esta Iniciativa cuentan que cumplen con los requisitos que se ha propuesto la Comisión, por lo que se les beneficiará para el fin de año y vuelvan al seno de la familia a la entrada del nuevo milenio. Los Diputados estamos conscientes de los grandes problemas que atraviesa la sociedad, por las transformaciones sociales que a diario se dan a nivel nacional e internacional, y que afecta la economía de los nicaragüenses; y que esto no justifica que infrinjan la Ley, pero también tienen derecho a que se les pueda dar una oportunidad, por el delito que fueron condenados. La Comisión, teniendo como principio el de Humanización, en base a ello se desea otorgar la GRACIA DE INDULTO, actuando con prudencia, con responsabilidad, después de realizar un estudio cuidadoso de cada uno de los casos presentados, para no cometer ningún error. Consideramos que estas personas son merecedores del perdón, ya que han demostrado interés, porque de acuerdo a consultas hechas con algunos de los propuestos al Sistema Penitenciario Nacional, tiene en su mayoría un buen comportamiento, y demostrando respeto

415 hacia los demás internos y hacia las autoridades civiles y militares del penal. Por todo lo relacionado, sometemos a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional el presente PROYECTO DE LEY DE INDULTO, para que previo a los trámites correspondientes establecidos en la Carta Magna, en el Arto. 138 numeral 3, y de las facultades que concede el Estatuto y Reglamento de la Asamblea Nacional, sea conocida por el Plenario de la Asamblea Nacional y posteriormente remitirla a esta Comisión para su debido dictamen. Atentamente, LEONIDAS CENTENO RIVERA NOEL PEREIRA MAJANO

ROBERTO RODRÍGUEZ PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión de Derechos Humanos, para su debido dictamen.

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SECRETARIO JOSÉ DE JESUS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.5: LEY CREADORA DEL INSTITUTO DE PREVENCIÓN DEL ALCOHOLISMO Y LA DROGADICCIÓN.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en el Arto. 43 y 44 del Estatuto General, somete a consideración del Honorable Plenario la presente Iniciativa de "Ley denominada LEY CREADORA DEL INSTITUTO DE PREVENCIÓN DEL ALCOHOLISMO Y LA DROGADICCIÓN". Considerando que la prevención del Alcoholismo y la Drogadicción es uno de los componentes más importante de la lucha contra las drogas; constituyendo el factor principal y su primera línea de combate, de ahí la importancia del presente Proyecto de Ley, que pretende llevar a la práctica una parte importante de la Legislación Anti-Drogas. Efectivamente la Ley N° 285 Ley de Estupefacientes, Sicotrópicos y otras Sustancias Controladas; Lavado de Dinero y Activos provenientes de Actividades Ilícitas, en el Arto. 98 prevé la creación del Instituto de Prevención del Alcoholismo y la Drogadicción. Este proyecto de Ley crea dicho Instituto y le da el carácter de Ente descentralizado con autonomía técnica y administrativa. Considerando que la labor de prevención es una labor eminentemente educativa y especialmente de salud, por tanto se decidió que este Instituto estuviera adscrito al Ministerio de Salud. Las competencias que en este proyecto se le atribuyen al Instituto son aquellas actividades a través de las cuales se pueden alcanzar su finalidad tales como: Ejecutar las políticas de prevención en contra de la Drogadicción y el Alcoholismo; así como también elaborar los contenidos de los programas de educación sobre los riesgos de uso indebido de drogas y bebidas alcohólicas, supervisar que los medios de comunicación cumplan con la prohibición de no realizar publicidad 416 consumo de drogas o de bebidas alcohólicas. Asimismo se establecen competencias de capacitación; otorgar premios o reconocimientos materiales o morales a las personas que apoyen o se hayan destacado en la lucha por prevenir el consumo de drogas y bebidas alcohólicas. En fin, se trata de potenciar los aspectos preventivos para que una gran cantidad de personas no sean incentivadas al consumo de estas drogas y más bien dispongan de una información científica sobre las consecuencias del consumo. Finalmente con este proyecto de Ley estamos contribuyendo al fortalecimiento institucional en la lucha contra las drogas y el alcoholismo, que destruye a nuestra sociedad, especialmente a la juventud, comprometiendo peligrosamente el desarrollo y el futuro de nuestro país. Por todas las consideraciones expuestas anteriormente, y en nuestro carácter de diputados ante la Asamblea Nacional, presentamos esta iniciativa de ley, solicitando a la honorable junta directiva sea incluida en la próxima Agenda. Atentamente WÁLMARO GUTIÉRREZ M. ERNESTO GARCÍA EDUARDO LÓPEZ MEZA GUILLERMO OSORNO ADOLFO CALERO EMILIO MARQUEZ

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PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le envía este proyecto a la Comisión de Salud, para su debido dictamen. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.6: LEY DE REFORMA AL ARTÍCULO 19 DE LA LEY N° 278 "SOBRE PROPIEDAD REFORMADA URBANA Y AGRARIA". PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a rectificar y vamos a pasarla a Antidrogas, porque en realidad el proyecto es de ellos y a ellos les corresponde. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.6: LEY DE REFORMA AL ARTÍCULO 19 DE LA LEY N° PROPIEDAD REFORMADA URBANA Y AGRARIA".

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La propiedad debe cumplir una función social como lo establece nuestra Constitución Política, y la estabilidad y desarrollo de toda sociedad deben ser sostenibles en la medida que los sectores respeten y se sometan al imperio de la Ley. El problema de la propiedad necesita una solución impostergable, la que se basa en la titulación a los verdaderos beneficiarios en una forma ágil y rápida para concluir con este problema, siendo necesario reformar la Ley 278 sobre Propiedad Reformada Urbana y Agraria, autorizando al Procurador General de Justicia para que en los contratos de venta a los diferentes beneficiarios, por ministerio de esta Ley se les otorgue las correspondientes escrituras. 417 La reforma a la Ley tiende a dar a los beneficiarios el derecho preferente de gravar el inmueble por préstamos o financiamiento otorgado por instituciones financieras para capital de trabajo, habilitación o renovación, quedando el Estado con la garantía que los saldos pendientes a su favor les serán cancelados en un plazo máximo de veinte años o dar garantía bancaria por los saldos o fianza hipotecaria de otra persona. Con esta reforma se agilizan los trámites de otorgamiento de la escritura, se autoriza a los propietarios de los inmuebles acceder a préstamos en las instituciones de crédito, y se garantiza al Estado en los casos correspondiente a quedar garantizado por los saldos pendientes. Por todo lo expuesto, con fundamento en el numeral 2 del artículo 140 de nuestra Constitución Política, someto a consideración de esa Honorable Asamblea Nacional la aprobación, previo los trámites correspondientes de la presente Iniciativa de Reforma a la Ley N° 278 de la Propiedad Reformada Urbana y Agraria. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión de Justicia, para su debido dictamen. SECRETARIO JOSÉ DE JESUS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.7: LEY DE REFORMA A LA LEY N° 169, SOBRE DISPOSICIONES DE BIENES DEL ESTADO Y ENTES REGULADORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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La reforma a la Ley N° 169 de Disposiciones de Bienes del Estado, Entes Reguladores de los Servicios Públicos, obedece a la necesidad de dar soluciones a los difíciles conflictos que se viven particularmente con los servicios básicos que por norma constitucional deben de prestarse a la población en general, y aquellas situaciones referidas al proceso de privatización con los inversionistas nacionales y extranjeros a quienes se les ha hecho el llamado de contribuir al desarrollo económicos del país. Esta situación se viene presentando desde el año 1996. En la medida que el aparato de la Administración Pública cuente y disponga de alternativas múltiples para el desarrollo económico social, situación que requiere de mayores recursos económicos-financieros que solamente puede ser posible obtenerlos mediante la modificación del techo de lo que se ha determinado como menor cuantía en la Ley N° 169, permitirá continuar dándole cumplimiento a los Acuerdos de Concertación firmados con las autoridades de la anterior Administración Pública. Simplificar algunos trámites para un mejor funcionamiento de la misma Administración Pública, significa también aumentar las posibilidades de ir resolviendo de forma gradual, pero con celeridad, la situación de pobreza en la que se encontró el país cuando se produjo el cambio de autoridades el 10 de Enero de 1997. Por las razones expuestas, los suscritos diputados sometemos a consideración y aprobación de la Honorable Asamblea Nacional el presente Proyecto de Ley de Reforma a la Ley N° 169 sobre Disposiciones de Bienes del Estado y Entes Reguladores de los Servicios Públicos, con fundamento en el numeral 1 del Artículo 140 Cn. Managua, quince de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

MARIO LIZANO DIPUTADO

418 PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión Económica, para su debido dictamen. SECRETARIO JOSÉ DE JESUS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.8: LEY DE CARRERA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Es bien sabido que el Municipio es una de las bases fundamentales del Estado y que la recta administración de los negocios que en su territorio les compete propicia el desarrollo de ellos en beneficio de su población. En ese sentido es probable que los legisladores al ocuparse de la redacción del Arto. 130 de la Constitución Política, se cuidaron de dejar un espacio legal para que se puedan promulgar las leyes reguladoras de las diferentes carreras administrativas, de las cuales debe destacarse la relativa a la Administración Municipal. Estima el Poder Ejecutivo que la promulgación de la Ley de Carrera Administrativa Municipal viene a complementar de manera positiva la "Ley de Reformas e Incorporaciones a la Ley de Municipios", de cuyo Arto. 34 Numeral 18) se desprende la obligatoriedad de dictar la ley objeto de la presente iniciativa. En ese sentido, y fundamentado en el inciso 2 del Arto. 140 Cn., someto al ilustrado criterio de esa Honorable Asamblea Nacional la aprobación de la Iniciativa de Ley denominada "Ley de Carrera Administrativa Municipal". PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión de Municipalidades, para su dictamen. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.9: LEY DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES EXTRANJERAS.

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La inversión extranjera es de gran importancia, en particular para nuestro país, pues se considera un componente fundamental de las estrategias de desarrollo, en tanto contribuye a la formación de capital, a la generación de empleo, expansión y diversificación de las exportaciones, al acceso a la tecnología y a sistemas modernos de administración. Es importante considerar que en una economía internacional crecientemente globalizada y ante la escasez de capital, en la mayoría de los países se ha acentuado la competencia para atraer inversiones extranjeras que promuevan la producción y la generación de empleo. Tomando en cuenta que en nuestro país la actual Ley de Inversiones Extranjeras (Ley N° 127, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N° 113 del 20 de Junio de 1991; y su reforma, Decreto Ley N° 2-92, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 2 del 7 de Enero de 1992) contiene restricciones que obstaculizan y retrasan el proceso inversionista, es necesario contar con una nueva ley de inversiones que establezca reglas del juego claras y transparentes que incrementen la confianza y hagan más atractivas las oportunidades de inversión, a través de un instrumento jurídico que reúna dichas condiciones, de acuerdo a las mejores prácticas en esta materia, que permita competir internacionalmente en el esfuerzo de atraer inversiones. Conviene mencionar que en otros países latinoamericanos y en Centroamérica ya tienen legislaciones similares en muchos aspectos a este anteproyecto, que resultan atractivas y facilitadoras de la inversión.

419 La presente iniciativa de ley ofrece condiciones atractivas a los inversionistas, eliminando la discrecionalidad y estableciendo una normativa clara que genera confianza, credibilidad y certeza, sin más excepciones que las señaladas en la ley, sin que puedan aplicarse medidas injustificadas que discriminatorias obstaculicen el establecimiento, administración y usufructo de sus inversiones. Con relación a incentivos y otros elementos particulares, corresponde a las leyes sectoriales definir sobre la materia, como en el caso de la Ley de Incentivos Turísticos, etc. Para efecto que las inversiones puedan ser fácilmente establecidas y desarrolladas, el Estado reconoce a sus titulares a través de este proyecto que presento a consideración de los Honorables Diputados ante la Asamblea Nacional, procedimientos breves y sencillos para su formalización, de conformidad a la ley y además para que puedan ser repatriadas por sus titulares. En este sentido se suprime el anterior Comité de Inversiones Extranjeras, cuyo funcionamiento había perdido importancia con la promulgación de la ley de Justicia Tributaria y contribuía a prolongar los trámites. Como complemento de esta iniciativa se está preparando una propuesta para el establecimiento de la Ventanilla Única de la Inversión para presentarse oportunamente, que también va orientada a simplificar los trámites y brindará información básica al inversionista. Por lo expuesto anteriormente, y con fundamento en los Artos. 140, numeral 2) y 150, numeral 3) Cn., presento para su aprobación ante la Honorable Asamblea Nacional, la Iniciativa de Ley que regula las inversiones extranjeras. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión Económica, para que dentro del plazo de diez días emita su dictamen. La Ley Orgánica de la Ley General de Ingresos, el dictamen de esa ley y el dictamen de la Ley Creadora de la Administración de Servicios Aduaneros, pasan a la Comisión Económica, para que en calidad de consulta emitan su dictamen dentro de un plazo de ocho días SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.10 LEY DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

De la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional La suscrita Diputada de la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 y 140 Cn., del Estatuto y Reglamento de la Asamblea Nacional, somete a consideración de la Asamblea Nacional la presente iniciativa

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de ley denominada "Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional". Necesidad de la Ley: Los alimentos en todas las regiones del mundo son cada vez más limitados, Nicaragua no es la excepción, según los parámetros de las Organizaciones Internacionales como la QMS, OPS, la población nicaragüense que vive por debajo de la línea de pobreza no alcanza los niveles nutricionales permisibles. El estado de vulnerabilidad de Nicaragua frente a los desastres naturales son factores que amenazan el desarrollo humano y sostenible del país, así lo demostraron los efectos del terremoto de 1931, 1972, los huracanes Juana (1988) y Mitch (1998), las sequías prolongadas y últimamente las inundaciones que han afectado la producción en todo el país, sin olvidar los daños que dejaron los conflictos bélicos a lo largo de toda la historia

420 nacional. El modelo económico desde la Colonia a la fecha, ha estado sustentado en la producción de agro-exportación y las prioridades no han privilegiado la elaboración de una estrategia que resuelva los problemas de la inseguridad alimentaria, los planes de ajuste estructural han incrementado el desempleo; se ha empobrecido a la población; se han privatizado los servicios; y en el caso de los servicios a la producción han desaparecido los centros de acopio y almacenamiento de granos básicos en el territorio nacional. La falta de una correlación adecuada en los factores de producción (trabajo, tierra y capital) han generado conflictos sociales, económicos y productivos que se expresan en una insuficiencia de producción alimentaria, falta de recursos para financiar a los productores, importación de alimentos con carácter estrictamente empresarial e inseguridad en la tenencia de la tierra. De aquí la necesidad de que el país desarrolle una política de seguridad alimentaria y nutricional que propicie la capacidad no solo de producir alimentos sino de generar ingresos a través de un entorno socio-ambiental (trabajo, servicios básicos) que provea a las familias de recursos suficientes para poder adquirir los alimentos. La política de seguridad alimentaria debe de tomar en cuenta a los decisores y a los consumidores, para garantizar acceso, disponibilidad, calidad y uso de los alimentos básicos, los cuales no deben circular sólo como mercancía sino que como fuente de la vida humana. Por ello la necesidad que nuestra legislación desarrolle el principio constitucional de estar protegido contra el hambre, propicie el desarrollo humano sustentable para los y las nicaragüenses regulando en una ley las políticas públicas de seguridad alimentaria y nutricional. Contenidos de la iniciativa de Ley: Los títulos y capítulos, abordan los contenidos siguientes: EI Título aborda las disposiciones generales, objeto, fines y principios de la ley. Se plantea la adopción de una política de seguridad alimentaria y nutricional que contribuya con el desarrollo humano de hombres y mujeres, jóvenes, niños y niñas asegurando el acceso y la disponibilidad suficiente a los alimentos, así como una nutrición sana y balanceada. La política debe de contribuir con programas, a largo, mediano y corto plazo, que mejoren las condiciones de vida de hombres y mujeres en el área rural, productores de granos básicos y a la vez aliviar la pobreza, marginación, abandono y exclusión de la población mejorando el acceso físico y económico a los alimentos de manera suficiente con calidad y culturalmente adecuada. Este mismo título recoge los principios de la política de seguridad alimentaria y nutricional que son los siguientes: Integralidad, buscando la participación de las instituciones de gobierno, gremios, iniciativa privada, las comunidades, los organismos de cooperación, en la solución de las necesidades básicas de la población que vive por debajo de la línea de pobreza. La eficiencia en la utilización de los recursos humanos y técnicos, priorizando la generación de capacidades de producción y rendimiento productivo. Equidad en los recursos que den preferencia a los sectores en condiciones de extrema pobreza o pobreza, sin

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olvidar a los

421 sectores que económicamente adquieren más de la canasta básica. No discriminación: Se entenderá como la no exclusión, o restricción por edad, sexo, que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos de los hombres y mujeres, en especial el derecho a obtener, disponer y acceder a alimentos suficientes. En el Título II, se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de la política de seguridad alimentaria y nutricional: Desarrollo de una Estrategia de corto, mediano y largo plazo que mejore las condiciones de vida de la población a través de las medidas económicas y sociales que garanticen disponibilidad, estabilidad en el suministro y acceso a los alimentos. Movilización de recursos para el desarrollo de créditos y capacitación técnica alternativa en el medio rural, para las mujeres, pequeños y medianos productores, así como para la inversión. Promoción e incentivos al mercado nacional de alimentos provenientes de la producción nacional, el papel de las importaciones regionales y mundiales como complemento de la producción nacional, así como la constitución del fondo de alimentos. Estabilizar los mercados, garantizar disponibilidad de suministros y asesoramiento técnico, uso y manejo de tecnologías, tendencias del mercado interno e internacional, situación fitosanitaria, nacional y regional, prácticas inadecuadas en manejo de suelos y el manto acuífero, con el objeto de analizar los efectos que tienen en la producción agrícola. Coordinar acciones en la comercialización de alimentos, orientando las tendencias en los precios y estabilizando los mismos. Crear redes de seguridad alimentaria, para orientarlas hacia el manejo de una adecuada nutrición, medidas higiénicas de salud, así como en la promoción y protección al ambiente y suministro adecuados de alimentos. El Título III, crea las Comisiones de seguridad alimentaria y nutricional, su integración, así como las instituciones que coordinarán la política y formularán el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional. De igual manera establece la estrategia de participación de los diferentes sectores y organizaciones de la sociedad civil, de los pequeños y medianos productores, la iniciativa privada, que trabajen en el programa alimentario a fin de concertar las políticas nacionales, regionales y locales que contribuyan a la promoción, desarrollo de los planes alimentarios y nutricionales. El Título IV establece el Fondo Nacional Permanente de Alimentos que organizará el Gobierno de la República, así como la promoción de un sistema de incentivos que anime a la banca privada nacional y extranjera, a destinar préstamos al sector agrícola productor de granos básicos. Se establece que la generación de recursos para el fondo provendrán de los fondos no retornables de la cooperación internacional y/o de la Banca Multilateral que recibe el gobierno, así como de recursos que produzca la comercialización de las donaciones de alimentos debidamente autorizadas por los donantes, todo ello con el fin de garantizar el acceso y disponibilidad de alimentos durante períodos de escasez por sequías, inundaciones y otros desastres naturales. Se crea un Fondo de Emergencia Alimentaria, el que deberá ser

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422 utilizado para promover la producción de alimentos con calidad adecuada, tecnología apropiada o en caso de desastres naturales, los recursos para ello provendrán de los fondos no retornables de la cooperación internacional y/o de la Banca Multilateral. Y se señalan las medidas especiales que la Comisión de Seguridad Alimentaria preverá para el cumplimiento de los objetivos de la seguridad alimentaria y nutricional. Debo señalar que esa iniciativa se respaldó con un estudio diagnóstico de lo que existe sobre seguridad alimentaria actualmente, la cual tiene como base las actividades, opiniones y criterios iniciales de Ministerios de Estado y organismos internacionales que trabajan la materia de seguridad alimentaria, como la Secretaría de Acción Social, MINSA, MI FAMILIA, MECD, FAO, UNICEF, UNAG, Comerciantes de Granos Básicos de diferentes mercados de la capital; de igual manera se estudiaron las medidas y recomendaciones que los gobiernos tomaron como compromiso en la Cumbre de Roma, y en especial las recomendaciones que la FAO ha hecho para nuestro país. En consecuencia, y por lo anteriormente expuesto, presento a esta Honorable Asamblea para su debate y posterior aprobación, el Proyecto denominado "Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional". PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a las Comisiones de Producción Distribución y Consumo, y a la Comisión Económica, para su debido dictamen. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Por último tenemos el Punto 4.11: LEY DE REFORMA A LA LEY DE CONTROL DEL TRÁFICO DE MIGRANTES ILEGALES. Managua, 19 de Enero del 2000 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Doctor IVÁN ESCOBAR FORNOS Presidente Asamblea Nacional Su Despacho. La Ley 240, denominada "Ley de Control de Tráfico de Migrantes Ilegales", en vigencia desde el 20 de Noviembre de 1996, vino a tipificar esta actividad como delito y a establecer sanciones aplicables a los que por diferentes medios se dediquen a esta actividad ilícita. A pesar de ello, en los últimos años se ha venido incrementando el movimiento de ciudadanos que han ingresado al país por diferentes puntos fronterizos, los cuales son detenidos en su mayoría conforme a la Ley 240 para su posterior repatriación. Efectivamente, las diferentes disposiciones contenidas en la Ley 240 han venido a contribuir en gran medida al control de migrantes ilegales, los que además de ser devueltos a su país de origen pierden grandes cantidades de dinero, sin embargo, es necesario actuar más severamente respecto a los que organizan y llevan a cabo la actividad que en la práctica son los únicos beneficiados al violar las leyes migratorias, convirtiendo esta actividad ilícita en un negocio lucrativo, sin tomar en consideración los riesgos que esto implica, principalmente la exposición de seres humanos al peligro o a la muerte. Ante esta situación, que tiene que ver con la seguridad de la

423 Nación, y el respeto de nuestras fronteras, surge la necesidad de reformar las penas establecidas en la Ley N° 240, haciéndolas más duras y severas para los traficantes de ilegales, como una forma de prevenir o

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sancionar en todo caso, el flujo de inmigrantes que utilizan Nicaragua y al resto de Centroamérica como puente para su destino final que principalmente es Estados Unidos. Por lo antes expuesto, someto a consideración del Honorable Plenario, el "Proyecto de Reformas a la Ley de Control del Tráfico de Migrantes Ilegales", para que sea pasada a Comisión para su dictamen correspondiente y su aprobación final. Atentamente, Guillermo Selva Argüello. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión de Justicia para su debido dictamen. Se suspende la Sesión, y se cita para el día jueves a las nueve de la mañana, porque mañana hay trabajo de las Comisiones hay un trabajo muy fuerte el día de mañana. Así es que la cita es para el día jueves a las nueve de la mañana.

424 CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO UNO DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA JUEVES VEINTICUATRO DE

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FEBRERO DEL AÑO 2000, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (DECIMOQUINTA LEGISLATURA) . PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Marquen sus tarjetas muchos no la han marcado, para tratar de dar continuidad a la Sesión. Muchos no la han marcado. A los miembros de la Junta Directiva se les pide que ocupen sus asientos. Señor Secretario, por favor el quórum. SECRETARIO JOSÉ DE JESUS MIRANDA HERNÁNDEZ: JOSÉ RENÉ ARÁUZ LÓPEZ NELSON ARTOLA ESCOBAR BAYARDO ARCE CASTAÑO ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN ALCALA BLANDON CRUZ MARÍA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA JOSÉ ERNESTO BRAVO MORENO ADOLFO CALERO PORTOCARRERO EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON ROGER CASTELLON ORUE ANGELES CASTELLON CASTRO FELIX HERNAN CASTILLO FLORES EDWIN CASTRO RIVERA NOEL JOSÉ DELGADO CUADRA ALVARO IVÁN ESCOBAR FORNOS FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS JOSÉ MANUEL ESPINOZA CANTILLANO RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA SERGIO DE JESÚS GARCÍA PINELL CARLOS ANTONIO GUERRA GALLARDO CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA REYNALDO LAGUNA MAIRENA MARIO JOSÉ LIZANO GUTIÉRREZ AUGUSTO CÉSAR LÓPEZ GONZÁLEZ ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ OSCAR MONCADA REYES LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA LEOPOLDO NAVARRO BERMUDEZ RAMÓN ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ JOSÉ DANIEL ORTEGA SAAVEDRA LEONEL PANTIN WILSON NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO GUILLERMO VIRGILIO RAMOS DUARTE ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON EDUARDO JOSÉ RIZO LÓPEZ MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO JOSÉ ENRIQUE SÁNCHEZ HERDOCIA GUADALUPE DOLORES SÁNCHEZ BLANDON JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ SANTANA WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM NATHÁN SEVILLA GÓMEZ GUILLERMO DANILO SELVA ARGÜELLO PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE ISMAEL JOSÉ TORRES CALERO LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA HENRY URCUYO MALEAÑOS DAMASO VARGAS LOAISIGA Señor Presidente, se le informa que hay quórum con 50 estimable Diputados.

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PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a desarrollar la Orden del Día con, el Adéndum 3. Vamos a desarrollar esa Agenda. SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON: PUNTO IV: PRESENTACIÓN DE LEYES. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: PUNTO IV. PRESENTACIÓN DE LEYES: 4.12 LEY DE ADICIÓN E INCORPORACIÓN AL ARTO. 3 DE LA LEY N° 309, LEY DE REGULACIÓN, ORDENAMIENTO Y TITULACION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS ESPONTÁNEOS.

Managua, 26 de Enero de 2000.

Excelentísimo Señor Presidente Asamblea Nacional Dr. Iván Escobar Fornos Poder Legislativo Su Despacho. Señor Presidente: En mi carácter de Alcalde, Representante Legal y Presidente del Concejo Municipal de Managua y en cumplimiento de la Resolución Dictada por el Honorable Concejo, me permito remitirle ANTEPROYECTO DE REFORMAS QUE CONTIENE ADICIÓN E INCORPORACIÓN AL ARTÍCULO 3° DE LA LEY N° 309, "LEY DE REGULACIÓN, ORDENAMIENTO Y TITULACIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS ESPONTÁNEOS", dictada por la Honorable Asamblea Nacional que usted preside y que fuera publicada en La Gaceta, Diario Oficial, el 28 de Julio de 1999. El Concejo Municipal que preside, fundamentado en el Artículo 140, numeral 3 de la Constitución Política de la República, el que confiere la facultad de introducir iniciativas de ley ante el Poder Legislativo, haciendo use de ella, sometemos la presente iniciativa por medio de Secretaría, a efectos de que sea conocida por dicho Cuerpo Colegiado y se proceda a conceder la prórroga del plazo propuesto, por expirar este el 27 de Enero del año en curso. Le acompaño Certificación de la Resolución N° 01-2000 del Honorable Concejo Municipal, el Anteproyecto de Ley y su correspondiente Exposición de Motivos, la que a continuación expresamos.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Que la Ley N° 309 dictada por la Asamblea Nacional, que fuera publicada en "La Gaceta", Diario Oficial, el pasado veintiocho de Julio, constituye un cuerpo jurídico de grandes proyecciones de orden social interno y que por sus efectos, trascendencias y dimensiones que abarca, requiere se le dé una adecuada atención y tratamiento especial. Que este instrumento dictado por el Plenario del Poder Legislativo, consideramos que se produjo en momentos inadecuados, en que no se tome en cuenta que el problema necesita de previo más tiempo para la coordinación entre los Municipios y las estructuras de los diversos Entes Gubernamentales que por mandato de la referida Ley se encuentran involucrados en esta ardua tarea; por circunstancia de mucho peso como lo es, tener que orientar los proyectos en ejecución y gestionar la provisión de

426 recursos que indudablemente son indispensables para su implementación; que de no hacerlo así se estarían violando procedimientos administrativos que se encuentran sancionados en leyes especiales, cuya aplicación es competencia de la Contraloría General de la República. En la actualidad las instituciones de Gobierno involucradas, principalmente las que prestan servicios básicos vienen desarrollando proyectos financiados con recursos de organismos internacionales y cuyos

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contratos no permiten la desviación para otros sectores, por tanto su ejecución se torna forzosa hasta su finalización. Que la ejecución del referido Plan Especial de Demarcación y Ordenamiento de los Asentamientos Humanos Espontáneos, de manera sustancial requiere de una adecuada planificación y de la provisión de recursos económicos, circunstancia que desde el momento en que entró en vigencia la Ley, tomó por sorpresa a las Administraciones Municipales por no tener previsto presupuesto requerido para estos propósitos en 1999. De la misma manera en la Ley del Presupuesto General de la República para el presente año, no se previó ni se dejó partida presupuestaria para la implementación de este proyecto, limitándose los Municipios a realizar censos, encuestas, estudios y planes de desarrollo de una manera muy superficial. En consecuencia, el plazo señalado de seis meses que se inició el 28 de Julio de 1999 y que expira el 27 de Enero del año en curso, ha resultado hasta la fecha en cierto modo improductivo, por los hechos indicados y, más aún, como lo afirmamos, se omitió asignarle partida presupuestaria a este proyecto, ni tampoco se dejó claro de donde se obtendrían esos fondos, su manejo, tiempo y la forma de los desembolsos en que el Gobierno Central proporcionaría financiamiento. A la presente fecha, el proyecto continúa desprovisto de los recursos necesarios atravesando una etapa de incertidumbre que hace imposible cumplir con el proceso de planificación técnica, y así poder contratar a los profesionales indispensables, tales como: Planificadores Urbanos, Sociólogos, Trabajadores Sociales, Ingenieros y Arquitectos especialistas, Equipos y cuadrillas de Topografía para el proceso de demarcación de áreas, lotificaciones, establecimiento de linderos y poligonales topográficas y elaboración de pianos; y así de previo realizar el saneamiento físico de las áreas y su correspondiente calendarización. Con los requisitos relacionados de planificación requeridos, los Concejos Municipales procederían a la aprobación de la correspondiente Resolución, proyectando el calendario de ejecución del Plan de Ordenamiento y así dar inicio al proceso urbanístico, previo al proceso legal de titulación. Por experiencias obtenidas en procesos similares en otros países, así lo recomiendan asesores especialistas de HABITAT, AGENCIA DEL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS, DEL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y otras Agencias de Cooperación Internacional (USA, Japón, Holanda, etc.), que actualmente asesoran y financian proyectos similares en Nicaragua. Para mayor abundancia, conforme a la información obtenida en forma puntual en el Municipio de Managua, quien es el más afectado por el problema, se estableció técnicamente que antes del proceso de planificación, en adaptación al Plan General de Desarrollo Municipal de Managua, tiene prelación proceder al saneamiento físico sobre el proceso legal de titulación formal, tal y como lo expresáramos en párrafos anteriores. Los Organismos Internacionales mencionados, para brindar ayuda o financiamiento ante este proceso han puesto como condición indispensable que se observe el orden por etapas; en otras palabras, que no se trata de extender solamente títulos, lo que no se puede sin el procedimiento previo indicado

427 También consideramos importante poner en conocimiento del Plenario que durante el plazo estipulado por la Ley, se conformaron los Comités Técnicos, se dio inicio a estudios técnicos de ubicación física, se realizaron estudios estadísticos y censos, así como un inventario global del problema y así se pudo establecer la magnitud, alcances y dimensiones de la tarea que implica el proyecto, para darle solución definitiva a esta seria y prioritaria necesidad humana, de interés social y urbanístico. En el caso particular del Municipio de Managua, el estudio y censo preliminar, reflejó la existencia de 240 asentamientos humanos espontáneos, sin incluir otros grupos minoritarios de familias que se encuentran disperses en diversas áreas, que no cumplen ni clasifican con las características mínimas de los asentamientos propiamente dichos que la ley tipifica. Es pertinente mencionar que las Administraciones Municipales realmente justifican su incapacidad económica, puesto que no cuentan con los ingresos suficientes para sufragar los gastos que se requieren, por las razones ya expresadas y por el hecho de que no pueden trasladarle deudas a los gobiernos sucesores, que de forma imperativa, en el transcurso del presente año tienen que liquidar los saldos deudores que

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tengan pendientes para entregar sus administraciones libres de endeudamiento. Para finalizar, estimamos que es indispensable que la Asamblea Nacional establezca el monto de la partida presupuestaria para la efectiva y real preparación e implementación del Proyecto, basados en que la Ley del Presupuesto General de la República para el año 2000 no lo contemplo. Por tales razones, solicitamos a la Honorable Asamblea Nacional, la reforma del primer párrafo del Artículo 3ro, Capitulo II del Plan Especial de Ordenamiento, que concede un plazo de ciento ochenta días, contados a partir de la publicación de dicha Ley para que las Administraciones Municipales respectivas elaboren el Plan Urbanístico Especial para la Demarcación y Ordenamiento de los Asentamientos Humanos Espontáneos; en el sentido que se reforme esta disposición que tiene carácter transitorio, a efectos de que se prorrogue del plazo establecido por un año adicional, de manera que se pueda concluir con las labores de planificación explicadas en esta Exposición de Motivos, que nos permita un adecuado Ordenamiento, demarcación de las áreas y su saneamiento físico, asignándose fondos suficientes para la implementación técnica en la forma indicada. Sin más a que hacer referencia, se suscribe de Usted.

ROBERTO CEDEÑO BORGEN Alcalde de Managua

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión de Población, para su debido dictamen. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.13: DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO ADICIONAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA SOBRE DIFERIMIENTOS DE PAGOS DE LA DEUDA EXTERNA.

Managua, 25 de Enero del 2000.

428 Ingeniero Pedro Joaquín Ríos Castellón. Secretario Asamblea Nacional Su Despacho. Estimado señor Ríos: Adjunto al presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación del Convenio Adicional entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República de Nicaragua, sobre Diferimientos de Pagos de la Deuda Externa, con la correspondiente Exposición de Motivos. Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional, le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto. Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

Atentamente,

ARNOLDO ALEMÁN LACAYO Presidente de la República de Nicaragua

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El 13 de Enero del 2000, fue suscrito el Convenio Adicional al Convenio Nicaragua IV sobre Diferimientos de Pagos de Deuda Externa entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República de Nicaragua. El mismo tiene como objetivo formalizar los diferimientos de pagos de la Deuda Externa de Nicaragua con el Kreditanstalt Fur Wiederaufbau (KFW) y HERMES, por el período comprendido entre el 1 de Diciembre de 1998 hasta el 28 de Febrero del 2000, sobre la base del Acuerdo de Diferimiento con el Club de Paris del 9 de Diciembre de 1998 y del intercambio de comunicaciones de 16 de Marzo y 5 de Abril de 1999, respectivamente. El Gobierno de la República Federal de Alemania concede al Gobierno de la República de Nicaragua una prórroga de pago de los montos de amortizaciones e intereses derivados de: El Convenio celebrado el 8 de Febrero de 1996, (Nicaragua III) y el Convenio Nicaragua IV, por DM 271,005.02 equivalentes a US$ 142,935.14. Contratos de préstamos, firmados entre el 1 de Noviembre de 1988 y el 1 de Diciembre de 1998, en el marco de la Cooperación Financiera con el KFW, por DM 5,224,443.00, equivalentes a US$ 2,755,507.91. Los Convenios celebrados el 12 de Septiembre de 1994, 8 de Febrero de 1996 y 19 de Agosto de 1998 (Nicaragua II, III, y IV por DM 34,431.299.55, equivalentes US$18,159.968.12. Las condiciones financieras que rigen el diferimiento son las siguientes: El Gobierno de la República de Nicaragua amortizará los montos diferidos en 10 cuotas semestrales iguales y consecutivas, comenzando el 1 de Marzo del 2002 y terminando el 1 del

429 El Gobierno de la República de Nicaragua pagará sobre los montos derivados de la Cooperación Financiera, un interés anual del 1.6% y por los montos derivados de las Deudas Comerciales, un interés anual del 5.4%. Por las razones antes expuestas, con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Asamblea Nacional el Convenio Adicional al Convenio Nicaragua IV sobre Diferimientos de Pagos de la Deuda Externa. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: La ley anterior también va a ser enviada a la Comisión de Municipalidades, porque de allí provino también, para que sea dictaminada por las dos Comisiones Población y Municipalidades. Este proyecto que acabamos de leer va para la Comisión Económica, para su debido dictamen. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.14: LEY DE DEROGACIÓN DEL DECRETO N° 84-99, ACTUALIZACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS POR INFRACCIONES DE TRÁNSITO.

Managua, 27 de Enero de 2000. Doctor PEDRO JOAQUÍN RÍOS Primer Secretario Asamblea Nacional Su Despacho. Honorable señor Primer Secretario:

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En uso de nuestras facultades constitucionales, los suscritos Diputados ante la Honorable Asamblea Nacional, hacemos la presentación de la siguiente Iniciativa de Ley denominada: "LEY DE DEROGACIÓN DEL DECRETO N° 84-99 ACTUALIZACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS POR INFRACCIONES DE TRÁNSITO". Acompañamos a la presente, el texto de la Ley, así como la Exposición de Motivos respectiva. Aprovechamos la ocasión para reiterar las muestras de nuestra más alta estima y consideración.

De usted cordialmente,

EDWIN CASTRO RIVERA DAMASO VARGAS LOAISIGA Diputado Diputado WÁLMARO GUTIÉRREZ VÍCTOR HUGO TINOCO Diputado Diputado

CARLOS JOSÉ PALMA Diputado

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el Arto, 138 y 140 Cn. Y en el Estatuto General y su Reglamento Interno, sometemos a la consideración de este Poder del Estado, la presente Iniciativa de Ley denominada LEY DE

430 DEROGACIÓN DEL DECRETO N°84-99 ACTUALIZACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS POR INFRACCIONES DE TRÁNSITO". El Decreto Ejecutivo N° 84-99, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 204 del 26 de Octubre de 1999, estableció una actualización en el monto de las multas por imposición de sanciones administrativas que la Policía Nacional aplica para sancionar las faltas o infracciones de tránsito. Efectivamente, los suscritos compartimos la necesidad de mejorar el control de tránsito de vehículos automotores y enfrentar el incremento en el nivel de accidentes de tránsitos y sus fatales consecuencias. Es claro para los proyectistas, como para el resto de la sociedad nicaragüense, la urgencia de implementar medidas integrales que nos ayuden a ordenar el tránsito en Nicaragua, lo que pasa no sólo por incrementar las sanciones administrativas por infracciones de tránsito, sino que además debe implementarse un programa amplio de Educación Vial, la ejecución inmediata de un plan de señalización vial, así como la reparación y reestructuración de la red vial urbana. Sin embargo, ninguna de estas medidas puede implementarse a costa de los derechos de los ciudadanos, ni a espalda de la realidad socioeconómica del país, mucho menos en franca violación a los preceptos constitucionales que ordenan al país. Nuestra Constitución Política establece: Arto. 114 Corresponde exclusivamente y de forma indelegable a la Asamblea Nacional la potestad

para crear, aprobar, modificar o suprimir tributos. Arto. 115 Los impuestos deben ser creados por Ley que establezca su incidencia, tipo impositivo y las

garantías a los contribuyentes. El Estado no obligará a pagar impuestos que previamente no estén establecidos en una ley.

Arto. 138 Son atribuciones de la Asamblea Nacional:

27) Crear, aprobar, modificar o suprimir tributos y aprobar los planes de arbitrios municipales. Lo que pone el mencionado Decreto N° 84-99 en franca oposición a la Constitución Política, ya que ésta es una

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facultad exclusiva de la Asamblea Nacional. De tal manera que para contribuir al restablecimiento del orden constitucional y defender los ámbitos de actuación de este Poder del Estado y abonar a la solución de los grandes problemas que expresa la situación del orden y seguridad vial de nuestro país, estamos presentando esta iniciativa de Ley. Consideramos que cualquier esfuerzo que se haga por ordenar el tránsito de vehículos automotores debe hacerse de cara a la realidad socioeconómica del país y dentro de un marco de respeto del Estado de Derecho, por lo que pedimos a los Honorables Diputados todo su apoyo a la misma, para su aprobación y pronta aplicación. Managua, veintisiete de Enero del año dos mil. EDWIN CASTRO RIVERA DAMASO VARGAS LOAISIGA Diputado Diputado

431 WÁLMARO GUTIÉRREZ M. VICTOR HUGO TINOCO Diputado Diputado

CARLOS JOSÉ PALMA Diputado

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión de Gobernación. Ahí tienen ustedes otro proyecto, para que lo puedan fusionar y sacar una ley con relación a ésto. Vamos a continuar. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.15: LEY PARA AUTORIZAR AL MINISTERIO DE TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA (MTI), EL OTORGAMIENTO DE LA CONCESIÓN A LA EMPRESA SISTEMA INTERMODAL DE TRANSPORTE GLOBAL, SOCIEDAD ANÓNIMA (STI/GLOBAL), PARA EL ESTUDIO DE FACTIBILIDAD, CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL PROYECTO DE FERROCARRIL INTEROCEANICO DE NICARAGUA.

Managua, Nicaragua 13 de Enero 2000. Doctor PEDRO JOAQUIN RIOS Primer Secretario - Asamblea Nacional Su Despacho. Estimado Doctor Ríos: Con fundamento en el Arto. 140 Cn. y en los Artos. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, le remito Iniciativa de Ley denominado "Ley para autorizar al Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), el otorgamiento de la Concesión a la Empresa Sistema Intermodal de Transporte Global Sociedad Anónima (SIT/GLOBAL) para el estudio de factibilidad, construcción, operación y explotación del Proyecto de Ferrocarril Interoceánico de Nicaragua, junto con la correspondiente Exposición de Motivos, Anteproyecto de Ley y Proyecto de Contrato de Concesión, a fin de que sea sometida a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional.

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Solicito se le dé el trámite correspondiente a esta Iniciativa, a fin de que pueda ser conocida y aprobada por el Plenario de la Asamblea Nacional. Agradeciéndole su fina atención a la presente, le reitero mis muestras de consideración y estima. Atentamente,

LIC. FRANCISCO GARCÍA SARAVIA Diputado

Exposición de Motivos

En el año de 1917, es decir hace 83 años, un diplomático nicaragüense suscribió un tratado sobre nuestro territorio que por oneroso y por lesivo a nuestra soberanía, conmocionó profundamente la conciencia nacional.

432 Por ese episodio histórico en que se comprometió la dignidad nacional, los nicaragüenses fuimos conocidos en el extranjero con el cognomento de "Vende Patrias", y es correcto rememorarlo ante las presentes y futuras generaciones para que nunca olviden que por encima de todo deben de poner siempre el interés de la Nación que los vio nacer. Monarcas europeos, banqueros, ex-potencias coloniales, aventureros, corsarios e inclusive el sabio alemán Alejandro Von Humbolt, unos con estudios propios, otros con información fidedigna y los más con ilusorios "Mapas del Tesoro", lo cierto es que todos a lo largo de los últimos cinco siglos, se pronunciaron y coincidieron en que el lugar más apropiado e ideal para construir una ruta interoceánica, era el territorio de Nicaragua. Debe de destacarse igualmente, que también se registraron intentos concretos de la Centroamérica Federada para la promoción de un canal por Nicaragua. Sin embargo, es preciso subrayar de manera especial, y a los objetos de nuestra iniciativa, que un financista norteamericano, Cornelius Vanderbilt, estableció e hizo funcionar exitosamente de 1851 a 1855 la denominada Ruta del Tránsito, que mediante una mezcla de vía acuática y vía terrestre permitió el traslado de pasajeros de un puerto en el Atlántico a otro en el Pacífico, en el territorio nicaragüense. Desde una perspectiva muy diferente y teniendo arraigado precisamente en nuestras mentes y en nuestros sentimientos los conceptos de Patria y de Dignidad Nacional, venimos ahora a presentar esta iniciativa de ley que también está vinculada a nuestro territorio, pero que esta vez tiende palmariamente a contribuir grandemente al progreso y al bienestar material de nuestra Nicaragua. Efectivamente, por su transcendencia y por los beneficios directos e indirectos que generará para nuestro país, sin temor a equivocarnos podemos asegurar que este proyecto de ley que estamos presentando con esta Exposición de Motivos es el más extraordinario que se ha introducido en las últimas décadas ante la Asamblea Nacional, por cuanto está destinado a sustentar jurídicamente la construcción y funcionamiento de un Ferrocarril Interoceánico en Nicaragua, como una necesidad del mercado internacional de transporte de carga por contenedores. Se trata, en verdad, de un proyecto privado y concesional cuya magnitud, complejidad, relevancia y viabilidad son fáciles de comprender si se tiene conciencia de los profundos cambios que han ocurrido en la red de transporte mundial, con el nacimiento y consolidación de una nueva forma de transporte basada en la incorporación de contenedores. Esta nueva forma de transporte ha significado un verdadero salto cualitativo en la red del transporte mundial mediante la incorporación de modelos operativos más tecnificados y servicios más eficientes, flexibles y seguros pero sobre todo prácticos y rápidos, que han hecho posible el transporte de "puerta a puerta", esencial hoy en día para la competencia en la economía de libre mercado. A lo anterior habría que agregar los problemas de obsolescencia tecnológica que se observa en el Canal de Panamá, y las dificultades propias del sistema ferroviario de transporte de mercadería que cruza a

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todo lo largo y ancho el territorio de Estados Unidos, conocido como Puente Terrestre, y con ello surge como lógica conclusión que Nicaragua se constituye en el lugar idóneo para un proyecto destinado exclusivamente a atender las demandas del gran mercado mundial del transporte de carga por contenedores, dada su ubicación geográfica y las condiciones naturales que le permiten habilitar puertos de gran calado en sus

433 costas y un corredor ferroviario de alta eficiencia.

META Entrelazar los océanos Atlántico y Pacífico mediante un sistema de transporte intermodal, o red ferroviaria, para la transferencia internacional de carga.

OBJETIVOS GENERALES: 1) Romper la dependencia del comercio exterior de Nicaragua con los puertos de otros países. 2) Operar un proyecto que sea un modelo de eficiencia y sostenibilidad en todos sus componentes,

reduciendo al máximo el impacto ambiental y desarrollando un Plan de Manejo Ambiental. 3) Crear en Nicaragua un Centro del Transporte Mundial de carga. 4) Incrementar la capacidad y eficiencia del Puerto de Corinto, a través de su modernización y ampliación. Desarrollar económicamente la Región Autónoma del Atlántico Sur (RAAS), por medio de la construcción y operación de un puerto de aguas profundas en la zona de Monkey Point.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1) Que la Empresa Privada Nacional participe en completa coordinación con el Gobierno de Nicaragua, y con estricto apego y respeto al marco y al orden jurídico de nuestro país.

2) Maximizar el uso de recursos humanos y materiales de la Nación en todas las etapas del proyecto:

a) Diseño;

b) Construcción;

c) Operación; y

d) Explotación

3) Contribución al desarrollo de nueva infraestructura en Nicaragua, en todos los campos que directa o

indirectamente se asocian al Ferrocarril Interoceánico; y 4) Generar múltiples beneficios directos e indirectos a la economía del país, entre los que

podemos mencionar los siguientes:

a) Creación de nuevas fuentes de empleo;

b) Construcción con fondos privados de gran cantidad de infraestructura;

c) Impulso de un sistema económico saludable y auto sostenible:

d) Incremento del Producto Interno Bruto.

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e) Aumento de ingresos fiscales;

f) Atracción de mayor inversión extranjera;

g) Nacimiento de un centro financiero internacional;

434 h) Creación de un importante Centro de Transporte mundial de carga; i) Capacitación y transferencia tecnológica. j) Establecimiento, surgimiento y consolidación de nuevas empresas.

ALGUNAS CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA El transporte multimodal de carga, como el que proponemos para funcionar en Nicaragua, ha hecho posible una cadena de transporte integrada, logrando los operadores: aumentar la velocidad de distribución de la carga; reducir la cantidad de capital improductivo; y reducir al mínimo los daños y pérdidas de la carga. Además, el transporte o Ferrocarril Interoceánico de Nicaragua atraerá a las más grandes líneas navieras que hoy requieren realizar viajes alrededor del mundo, moviendo cargas de contenedores entre Asia y Europa; Asia y la Costa Este de los Estados Unidos, Asia y la Costa Atlántica de América del Sur; y Europa y la Costa Oeste de los Estados Unidos. Por estas y otras razones de mucha validez, este canal interoceánico constituye un verdadero complemento al Canal de Panamá, según opinión autorizada de poderosas compañías asiáticas y europeas vinculadas al mercado.

DATOS SOBRE LA DEMANDA ACTUAL El segmento de mercado al que estará dirigido el Ferrocarril Interoceánico de Nicaragua, es el de tráfico de grandes barcos porta contenedores del tipo Panamax y Post-Panamax. Actualmente existen 285 barcos de este tipo con una capacidad de carga de 1,300.000 contenedores de 20 pies cúbicos (TEU's) para un tonelaje total de 26,000.000 Toneladas Métricas, lo cual combinado con los aproximadamente 6,500 barcos porta contenedores de tercera generación que cargan entre 2,500 y 3,000 contenedores cada uno y tienen una capacidad de carga en conjunto de 19,200.000 contenedores (TEU's), arroja cifra significativamente alta para el tráfico anual de contenedores en todo el mundo, particularmente en la ruta Este-Oeste, entre Lejano Oriente y Europa, a la cual precisamente serviría este proyecto. Por otro lado, la carga mundial en contenedores se está incrementando a un ritmo del 8% anual, según información suministrada por las firmas londinenses Drewry Shipping Consultant y Lloyd Maritime. Como consecuencia de tal incremento, es previsible que los próximos cinco años la flota de barcos Panamax y Post-Panamax será de 470 barcos con capacidad promedio de carga de 5,500 contenedores cada uno, lo que significa que para este año 2000 el movimiento de contenedores sólo por barcos tipo Panamax y Post Panamax será del orden de 103,400.000 contenedores (TEU's) anuales a nivel mundial. Adicionalmente, ya se vislumbran nuevas unidades de mayor capacidad entre 6,000 y 8,000 TEU's que constituirán el tipo standard de barcos Post-Panamax y movilizarán de manera más efectiva los grandes volúmenes de carga del próximo principio del milenio. Sin embargo esta ruta por Nicaragua no pretende en ninguna de sus etapas competir con el Canal de Panamá, ni tampoco controlar todo el tráfico de contenedores de la ruta Asia-Europa-Asia. Lo que sí es cierto y obvio es que la realidad del mercado mundial exige la creación de otras rutas y otros puertos para la transferencia de carga por contenedores ofreciendo mayores facilidades, eficiencia y rapidez en el servicio, mayor cantidad de servicios complementarios y lo más importante, menores costos para usuarios, y estas son globalmente las ventajas que ya están

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435 establecidas en este Proyecto de Ley.

DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO Como podrá apreciarse, el Ferrocarril Interoceánico es un mega proyecto que dotará a Nicaragua de un sistema de transporte multimodal, enlazando los océanos Pacífico y Atlántico, en respuesta a los requerimientos del mercado mundial de transporte de carga por contenedores. Este sistema constará de tres grandes componentes, como son: Puerto y/o Centro de Transferencia en el Pacífico. Puerto y/o Centro de Transferencia en el Atlántico. Sistema ferroviario de doble vía que enlazará a ambos puertos. Costos generales del proyecto. De acuerdo a un presupuesto preliminar, los siguientes serían los costos generales del proyecto: Ingeniería y Administración C$ 77.400.000.00 Obras portuarias Caribe 275.737.000.00 Obras portuarias Pacífico 217.688.000.00 Ferrocarril Interoceánico 276.124.000.00 Capital Operacional 110.000.000.00 COSTO TOTAL C$ 1,300.900.000.00 Siendo totalmente innecesario que el Estado y el Gobierno de Nicaragua puedan asumir semejante costo, el cien por ciento (100%) de los recursos para llevar adelante el Proyecto provendrán del Consorcio de empresas nacionales y extranjeras formado por SIT/GLOBAL al resultar favorecida con la concesión respectiva, siendo además oportuno destacar que de esa forma, aunque no se requieran aportes financieros del Gobierno nicaragüense, si resulta de vital importancia el rol facilitador del Gobierno de Nicaragua.

NORMAS Y REGULACIONES Luego de la descripción general del proyecto que a grandes rasgos hemos dejado expuesto, pasaremos ahora a sintetizar la parte medular de esta iniciativa de ley, que en si misma constituye una ley general alrededor del Ferrocarril Interoceánico de Nicaragua o en otras palabras, la LEY DE CONCESIÓN DEL FERROCARRIL INTEROCEÁNICO DE NICARAGUA. Concretamente, la presente iniciativa procura regular aspectos y actividades que están íntimamente ligados a la construcción, operación y funcionamiento del Ferrocarril Interoceánico, no sólo en legítimo resguardo de la soberanía nacional sino para salvaguardar igualmente los demás importantes intereses de Nicaragua y de su pueblo en una obra tan vasta y trascendental como la que hemos descrito. Estos son los capítulos que contienen la presente iniciativa de Ley: De la autorización por parte de la Asamblea Nacional al ente regulador, Ministerio de Construcción e Infraestructura para suscribir el Contrato de Concesión con SIT/Global; De la compensación que recibiría el Estado de Nicaragua; De la creación del Comité de Concesión; De las funciones del Comité de Concesión; 7)

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5) De los procedimientos establecidos en la Ley 323, Ley de Contrataciones del Estado; 6) De la ratificación del Instrumento Legal por parte de la Asamblea Nacional; 7) De la vigencia de la Ley. En síntesis, se trata de crear un marco legal adecuado y de interés común entre el Estado nicaragüense y el grupo empresarial ejecutor del Proyecto del Ferrocarril Interoceánico, por el que se establecen condiciones claras y precisas para el desarrollo de dicho proyecto tanto en el ámbito legal como el constitucional de Nicaragua, de tal forma que garantice el respeto estricto a la soberanía de su territorio y a las costumbres y riquezas de su pueblo, como para el correcto desarrollo de los esfuerzos y recursos del grupo inversionista, a lo largo de todas las fases del Proyecto. Para concluir, creemos oportuno enfatizar en las siguientes normas y regulaciones que formarán parte del Contrato de Concesión y que sí, son trascendentales en el resguardo y defensa de los intereses nicaragüenses:

a) El nivel de influencia del grupo inversionista en asuntos internos de Nicaragua quedará limitado únicamente a la esfera económica y exclusivamente en lo relacionado con el canal, por lo que ya están establecidas con toda claridad las restricciones en ese sentido.

b) Los deberes y derechos del grupo inversionista serán los ya previstos en la Ley de Zonas Francas

Industriales de Exportación, y los que se contemplan en este proyecto de Ley del Ferrocarril Interoceánico de Nicaragua.

Por todo lo expuesto, y con fundamento en el numeral 1 del artículo 140 de nuestra Constitución Política y los Artos. 43 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y 83 de su Reglamento Interno, el suscrito Diputado de la Asamblea Nacional, presenta a consideración del Plenario la presente iniciativa de Ley de Concesión del Ferrocarril Interoceánico de Nicaragua para SIT/Global, para que previo a los trámites correspondientes sea pasada a Comisión para su dictamen y posterior aprobación por el Plenario de la Asamblea Nacional. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión de Infraestructura, para su debido dictamen. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN: ADENDUM No. 2. Punto 5.17: LEY PARA AUTORIZAR A LA EMPRESA PORTUARIA NICARAGÜENSE EL ARRENDAMIENTO DE LAS FACILIDADES PORTUARIAS DE PUERTO CABEZAS. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: El proyecto que acabamos de mandar a la Comisión de Transporte, que pase después a consulta a la Comisión del Medio Ambiente para las consideraciones que tenga que hacer. SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Managua, 2 de Diciembre de 1999.

DICTAMEN

437 Doctor Iván Escobar Fornos Presidente

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Asamblea Nacional Su Despacho. Estimado Doctor: Los miembros de la Comisión de Comunicaciones, Transporte, Energía y Construcción de la Asamblea Nacional, hemos recibido el proyecto de ley denominado LEY PARA AUTORIZAR A LA EMPRESA PORTUARIA NICARAGÜENSE, EL ARRENDAMIENTO DE LAS FACILIDADES PORTUARIAS DE PUERTO CABEZAS, el cual fue remitido por la Primera Secretaría de la Asamblea Nacional el día 18 de Noviembre de 1999. El presente proyecto de ley parte de la necesidad de elaborar un instrumento normativo marco que brinde un procedimiento para realizar la actividad de contratación del Estado con particulares en relación al arriendo de las facilidades portuarias de Puerto Cabezas. Es importante mencionar que las estructuras portuarias en mención no han tenido un adecuado mantenimiento de parte del Estado, producto de la falta de presupuesto, por tanto tampoco han sido ampliadas. La incapacidad de dar una respuesta de forma eficiente en el manejo de ese puerto ha ocasionado que el mismo tenga una mayor afluencia en el tráfico de mercancías. Recibimos carta del Consejo Regional del Atlántico Norte en la cual se nos pide que autoricemos el arrendamiento del muelle en mención, dado que según ellos: "Vendrá a generar empleo transitorio y permanente y contribuirá al despegue socioeconómico de la región". En primer lugar debemos destacar que por disposición de la Ley 169, Ley de Disposición de Bienes del Estado y Entes Reguladores de los Servicios Públicos, en su artículo 4 dice que cualquier disposición que incorpore a particulares en la operación o ampliación de los servicios públicos mencionados en el artículo 3 de la ley, en el que están los puertos, deberá hacerse de acuerdo a las disposiciones de la Ley Creadora del ente regulador respectiva. Cada acto de incorporación que adopte el ente regulador respectiva deberá cumplir fundamentalmente con los siguientes requisitos: La identificación precisa de los bienes a enajenarse o darse en arriendo. La justificación del acto. Los beneficios a obtener por parte del Estado y el usuario.- Un cuerpo normativo estableciendo como mínimo lo siguiente: El mecanismo de licitación o cualquier otro procedimiento de adjudicación que justifique la escogencia de mejor oferta para el estado; la participación de los trabajadores,-las facultades o atribuciones que se reserva el Ejecutivo, particularmente las relacionadas con tarifas o precios al consumidor y con la planificación y eficiencia del servicio; los recursos administrativos que pueden ser utilizados por los usuarios del servicio público de que se trate; las formas y los medios de pago admisibles y las obligaciones contraídas por el inversionista y las cláusulas resolutorias para en caso de incumplimiento. Procurando conservar la flexibilidad que debe de existir en ciertas materias y dado que no tenemos establecido el ente regulador para la incorporación de particulares en el sector puertos, es importante que el proyecto de ley sea aprobado a fin de que se trabaje con el máximo de regulaciones jurídicas. Los suscritos Diputados también hemos solicitado a la ENP, que en el instrumento de arrendamiento nos suministre información respecto a los bienes que están autorizando arrendar, el valor de los mismos; ¿qué pasará con los trabajadores del puerto a ser arrendado? Instamos a hacer efectiva la total observancia de las disposiciones contenidas en la Ley 169 cuando se elabore el instrumento legal del arriendo; finalmente se le agrega en el Comité de Licitación a un delegado del MTI y que el instrumento legal adoptado en este caso por la Empresa Nicaragüense de Puertos deberá ser ratificado por la

438 Asamblea Nacional. Así emitimos este DICTAMEN FAVORABLE, dado que no se opone a la Constitución Política, ni a los Tratados internacionales, desarrolla los preceptos constitucionales en relación a las atribuciones que la Asamblea Nacional tiene de acuerdo al artículo 105 Cn. Es un proyecto necesario para el país que favorecerá el desarrollo de las costas del Caribe con el consecuente beneficio para la población que reside en esas zonas. Por estas razones y en base a lo establecido en la Constitución Política, Arto. 141, el Estatuto General, artículos 49, 50 y 51 y el Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, artículos 89, 90 y 91, solicitamos al PLENARIO nos apoye con su voto favorable, adjuntamos el texto.

Atentamente,

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COMISIÓN DE COMUNICACIONES, TRANSPORTE, ENERGÍA Y CONSTRUCCIÓN

Dr. Silvio A. Calderón Guerrero Dr. Pedro Matus González Presidente Primer Vicepresidente Sr. Carlos Palma Ing. Edwin Castro Rivera Segundo Vicepresidente Primer Secretario Ing. Guillermo Ramos Duarte Dr. Eduardo Rizo Segundo Secretario Miembro Ing. Jorge Martínez Dr. Luis Urbina Noguera Miembro Miembro

Lic. Ernesto Romero Miembro

Hasta aquí el texto. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a someter a discusión en lo general el dictamen. El último orador inscrito, si no hay alguien más, es Wálmaro Gutiérrez. Se le concede la palabra al honorable Diputado Leonel Pantin Wilson. DIPUTADO LEONEL PANTIN WILSON: Gracias, Presidente. Con el triunfo de la UNO en 1990, la euforia misma nos hacía hablar que el problema del desempleo lo íbamos a resolver de la noche a la mañana. En ese entonces el parque de Puerto Cabezas se veía lleno de desempleados, de recién egresados de Honduras, algunos ex-combatientes, algunos que habían pasado más de cinco años en Honduras con la ayuda de alimentación de parte de las Naciones Unidas. El problema del desempleo después de diez años, aún continúa igual, quizás se viene empeorando. Considero que con esta ley se da un paso en Nicaragua para la integración de la Costa Atlántica con el Pacífico nicaragüense, de la que tanto hemos hablado. Aprovechando esta ocasión, pido a todos los Diputados su voto favorable en esta ocasión para que de esta manera podamos hacer sentir a los costeños que son parte de nuestra Nicaragua. Muchas gracias. 439 PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: William Swchwart es el último orador. Se le concede la palabra al honorable Diputado José González Picado. DIPUTADO JOSÉ GONZÁLEZ PICADO: Gracias, señor Presidente. Creo que esta ley que autoriza a la Empresa Portuaria Nicaragüense el arrendamiento de las facilidades portuarias de Puerto Cabezas, debe de verse en el contexto de la situación que también se vive en Nicaragua, con relación al interés que existe tanto de transnacionales, como de otros países o terceros en tener de alguna manera mayor presencia e incidencia en nuestra plataforma marítima continental. Sin duda alguna para la Costa Atlántica es importante, si partimos de que el usufructo de los recursos que se producen en dicha región se generen en beneficio de los pobladores de la Costa Atlántica, sin embargo la realidad es otra, los mayores índices de desempleo de Nicaragua, están en la región del Caribe nicaragüense.

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Y me parece que esta Comisión de Comunicaciones, Transporte, Energía y Construcción y este primer Poder del Estado deben tomar las medidas de precaución necesarias para que no sea cualquier oferente el que vaya a tener el dominio y posesión de arriendo, porque recordemos que son veinticinco años los que se están proponiendo aquí, y hay que hacer los ajustes necesarios en el Comité de Licitación para que los intereses nacionales y los intereses autonómicos estén debidamente representados. Ayer la Comisión de Defensa y Gobernación, con la Comisión del Exterior, la Cancillería, el Ejército de Nicaragua y el Ministerio de Gobernación, analizábamos precisamente la necesidad de los planes de frontera, de los planes de desarrollo y de defensa integral de Nicaragua. Y en ese contexto, sin pretender deslegitimar la importancia que tiene esta ley, quiero hacer nuevamente una observación para que no se dé un arriendo sin tener claro quiénes son los interesados que están detrás de dicho arriendo. Recordemos que en la Costa hay varios intereses que tienen que ver con la piratería marítima, el potencial petrolífero que tiene Nicaragua en esa zona, en las doscientas millas, y también en la ruta de la narcoactividad. Quiero dejar sentada esta posición y respaldar ese esfuerzo, pero con las debidas precauciones jurídicas para que nosotros podamos rescindir cualquier tipo de contrato que atente contra los intereses nacionales. Esto lo quiero dejar claro por responsabilidad, dado que después de que se aprueban las leyes, todo mundo se quiere hacer el de la vista gorda, cuando vemos la incidencia de terceros países que están interesados en tener una mayor presencia en nuestra plataforma marítima continental. Y en este caso, creo estar de acuerdo con el planteamiento del Diputado Pantin de que se beneficie particularmente a los pobladores de la Costa, es decir, tomarle la palabra al Doctor Arnoldo Alemán, al Presidente de la República, que hay que reglamentar esa Ley de Autonomía y que hay que irla concretando con los beneficios que deben de percibir los pobladores de la Costa, que ahora son los que tienen el mayor nivel de desempleo en Nicaragua, que es el 90 por ciento. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

440 DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ: Muchas gracias, señor Presidente. Muy buenos días, honorables Diputados. Yo quisiera en este momento intervenir, porque creo que el proyecto de ley que estamos discutiendo tiene una importancia neurálgica para el desarrollo económico de una de las partes integrantes del Estado de Nicaragua que históricamente ha sido olvidada y marginada por los gobiernos de turno, y que es la Costa Atlántica. Creo que son importantes, muchos de los planteamientos de mi colega José González, relativo al hecho del destino de los fondos como resultado del arriendo. Y ésto me llama la atención, porque si ustedes observan, honorables Diputados de esta Asamblea Nacional, en el artículo número 2 del anteproyecto de ley que en este momento nosotros estamos discutiendo, desgraciadamente se está diciendo todo lo contrario al planteamiento que se ha venido haciendo de que los resultados de este arriendo, vengan a favorecer principalmente a la Costa Atlántica. Aquí nosotros estamos hablando de que es un proyecto de ley donde se le va a dar en arriendo a una empresa equis, Cabezas, pero en el artículo 2 te plantea que el resultado o el producto de este arriendo se utilizará para realizar obras de infraestructura en los otros puertos del país, y no hace énfasis en la Costa Atlántica. A la hora de la discusión en lo particular, insto a los Diputados de la Costa Atlántica que mocionen en función de este artículo 2, para que independientemente de que los resultados económicos de este arriendo puedan venir a impactar positivamente en otros puertos nacionales, haya un énfasis en la administración de los recursos destinados a favorecer económica y socialmente a la Costa Atlántica como tal. Ese es un elemento que quiero dejar claro para la discusión en lo particular, e insto a los Diputados de la Costa Atlántica a que hagan las mociones al

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respecto. Por otro lado, yo quería referirme a este proyecto de una forma más amplia. Honorables Diputados, en estos últimos días los honorables miembros de la prensa nacional, de los medios de comunicación, han venido dándole seguimiento a un caso que debe ser preocupación de esta Asamblea Nacional, y que es muy similar al proyecto que en este momento nosotros estamos discutiendo. Aquí nosotros estamos sentando un precedente jurídico y un precedente legislativo que en virtud de la Ley 169, tiene que ver con la enajenación de bienes públicos y del Estado, también tiene que tomarse en cuenta el arrendamiento como una de las formas, medios, métodos o mecanismos de enajenación de bienes públicos. El mandatario de turno, el Doctor Arnoldo Alemán, en diferentes declaraciones en los medios de comunicación ha planteado su voluntad, y es que el gobierno liberal pretende dar en arriendo la Cementera Canal. Cementera Canal, es un bien donde el Estado de la República de Nicaragua tiene el 90 por ciento del poder accionario y aquí se ha venido planteando de que el arriendo como tal también es una de las formas de enajenación de bienes del Estado y se ha venido sosteniendo por parte del mandatario de turno y por los administrativos y gerentes de Cementera Canal, que su arriendo supuestamente no es del resorte -en lo que hace a su aprobación- de esta Asamblea Nacional. Aquí nosotros estamos claros de eso, de cualquier tipo de enajenación sobre bienes del Estado y uno de estos bienes del Estado donde tiene el 90 por ciento accionario es Cementera Canal. Por lo tanto el arriendo de Cementera Canal como tal, es del resorte de esta Asamblea Nacional conocerlo y aprobarlo, inclusive relacionado a las declaraciones que en estos momentos hace también el colega José González, porque al momento de dar un arriendo, evidentemente voz tenés que pactar con una contraparte. Entonces

441 cómo sabemos nosotros que si Cementera Canal -bien del Estado-aunque esté con acciones en Sociedad Anónima y régimen especial, se le está dando al mejor arrendatario o se están concediendo las mejores ventajas o los mejores beneficios en el arriendo? ¿O es que acaso nosotros estamos queriendo que se haga cuchubaleo y contubernio con la Cementera Nacional? A quién pretendemos favorecer? ¿Acaso nosotros conocemos a las personas a quienes se les pretende dar en arriendo la Cementera Canal? Es por eso que la Ley de Disposición de Bienes del Estado deja claramente establecido, que como una de las formas de enajenación de bienes del Estado, que es el arriendo, este arriendo de Cementera Canal debe venir aquí discusión y a aprobación por esta Asamblea Nacional. Inclusive, este mismo proyecto de ley me deja claro y debe dejar claro a todo el Plenario, porque en el artículo número 6 de los mocionistas, oigan lo que dice: "El instrumento legal adoptado". 0 sea que no solamente el instrumento que se aprueba, que se da en arriendo, sino que una vez de que se de en arriendo, para que este que el arriendo pueda ser efectivo, el instrumento legal adoptado por ENAP tiene que ser también ratificado por esta Asamblea Nacional. O sea que la Asamblea Nacional en este proyecto de ley está correctamente presentando dos fases: la primera fase que es la autorización del arriendo, y la segunda fase que es la ratificación de la escritura pública donde se concede el arriendo. Entonces aquí nosotros no podemos cerrar los ojos, aquí se puede estar manejando de forma turbia o de forma oscura la cosa pública en este país. Cementera Canal es un bien del Estado, está cobijado por las disposiciones de la Ley 169, y cualquier tipo de enajenación que se haga, inclusive el arriendo, tiene que ser de la discusión, análisis, aprobación y ratificación de esta Asamblea Nacional. Por eso exijo a este honorable Plenario que nos pronunciemos en este sentido, aprobando este proyecto de ley, pero a la vez sentamos un precedente jurídico si se le exige al Presidente Arnoldo Alemán que traiga aquí la documentación de Cementera Canal, porque es una responsabilidad y una atribución de esta Asamblea Nacional, hablar, discutir, aprobar y ratificar también, según la Ley 169 y las atribuciones constitucionales, el arriendo de Cementera Canal. Muchas gracias, honorables Diputados.

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PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado William Schwart. DIPUTADO WILLIAM SCHWART: Gracias, señor Presidente. Antes de referirme a este proyecto de ley que estamos discutiendo, dado que hasta ahora tengo oportunidad de externar lo que quiero decir, voy a aprovechar este momento para hacer una formal protesta pública ante este Plenario de la Asamblea Nacional, por la forma en que dos Diputados de este Poder del Estado recibieron a mis coterráneos la semana pasada, a mis coterráneos de la etnia Rama y de la etnia negra o Creo, como les llamamos nosotros a los de Monkey Point. Me refiero a los señores Diputados Augusto López, Presidente de la Comisión del Ambiente, y al señor Guillermo Selva, futuro Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Estos dos señores, de manera altanera, grosera y prepotente recibieron a mis coterráneos; simplemente porque son negros y porque son indios los recibieron de esa manera grosera. Señores Diputados, aunque a algunos no les guste, la verdad es que la Constitución de la República en su artículo 5 reconoce que

442 Nicaragua es un Estado multiétnico, y por el hecho de ser un Estado multiétnico le da derechos a esas minorías étnicas. Todo porque estos mis coterráneos vinieron a preguntar sobre un proyecto de ley que puede ser para ellos su vida, su desarrollo, su bienestar o puede también ser su muerte, como es el proyecto del canal seco que está en discusión y que en este momento yo no voy a opinar si es bueno o es malo. Yo creo que sí, que es un proyecto que necesitamos los nicaragüenses, pero los indígenas, las minorías étnicas necesitan conocer sobre este proyecto, ¿y quién mejor que el Presidente de la Comisión del Ambiente o los integrantes de la Comisión del Ambiente y el señor Guillermo Selva, que es el Presidente saliente, para darles una explicación? Sin embargo su respuesta fue: "Ustedes sólo son unos cien Ramas, y además no son puros, son mezclados". Yo creo que meterse en esos caminos y en esas honduras es peligroso, señor Presidente; los asuntos étnicos han causado guerras muy fuertes en el mundo y Nicaragua no es una excepción; y si no, recordemos nosotros la guerra que tuvimos en la Costa Atlántica en los 80. Decirle a la gente que sólo vienen a reclamar derechos y que no pagan impuestos... Le quiero recordar al futuro Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, que las propiedades comunales por su régimen especial no pagan impuesto, son imprescriptibles, son inajenables; eso dice la Ley de Autonomía en su artículo 36, y todos esos derechos son reconocidos en la Constitución en su artículo 5, en su artículo 89 y en el artículo 180. Son derechos reconocidos por la máxima ley de la República. Decirle a la gente que la Constitución la cambiamos cuando queremos, no sé cómo puede un futuro Magistrado de la Corte Suprema expresarse de esa manera. Por eso señor Presidente, es que expreso esta formal protesta, porque creo que si en Nicaragua no entendemos que hay una diversidad, una pluralidad de culturas y que todos queremos la unidad de la Nación; si no logramos entender eso, entonces no habrá paz en esta mi querida tierra. Refiriéndome al proyecto de ley, quiero decirle a mi hermano Wálmaro Gutiérrez, que no nos pasó desapercibido el artículo 2, nosotros tenemos una moción que vamos a presentar en su momento. Creemos que esta no es la mejor manera, la privatización, porque es la privatización del muelle de Puerto Cabezas, esa es la verdad; en pasta eso es, no lo adornemos con que es un arrendamiento, esto va a la privatización y no es lo mejor, creo yo. Pero bueno, tomando en cuenta que es la vía que tenemos en la mano, porque no todo lo que es deseable es posible, voy a presentar una moción cuando lleguemos al artículo 2. Porque efectivamente el proyecto de ley tiene todas las características de las leyes que aquí se aprueban, sólo se ve el punto de vista de la región del Pacífico y la discriminación del Atlántico, aunque se habla mucho líricamente y mucho discurso de que vamos a favorecer a la Costa Atlántica, y que la Costa Atlántica es el futuro de Nicaragua; eso es todo lo que nos dicen. Pero la verdad es que en la concreta, en la ley, en el proyecto de ley no aparece nada que favorezca a la Costa Atlántica. En ese sentido va a ir mi

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moción en el artículo 2. Me reserve el derecho entonces para hacer mi moción en el artículo 2. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: El último orador era Schwartz, pero hay alusiones. Se le va a dar oportunidad al honorable Diputado Guillermo Selva y a Augusto López después y ahí cerramos.

443 DIPUTADO GUILLERMO SELVA ARGÜELLO: Muchas gracias, señor Presidente. En primer término, yo no he tenido la oportunidad de hablar con el honorable Diputado William Schwartz; usualmente se estila que cuando alguien acusa o se queja con un Diputado, pues lo lógico es que él hubiera venido primero donde mi para comprobar si era exactamente veraz lo que le habían transmitido, cosa que él no hizo. En segundo término, a raíz del dictamen favorable del SIN, ha habido una serie de personas y agrupaciones que han solicitado audiencia con la Comisión que yo presidí hasta Diciembre de 1999; el actual Presidente, Ingeniero Augusto López, me pidió como una deferencia estar presente cuando llegara esta comisión de supuestos residentes; y digo supuestos, porque realmente yo al final no quede realmente claro de que se trataba. Como ustedes saben, el SIN pretende construir en Nicaragua un canal que empieza en un puerto en el Atlántico y concluye en un puerto en el Pacífico; el lugar escogido como puerto en el Atlántico es Monkey Point; este proyecto ya fue dictaminado favorablemente y pasó el período de consulta. Los señores que vinieron, que eran alrededor de cuatro o cinco, dijeron venir en representación de la comunidad Rama. Cuando yo les pregunté qué cuántos miembros eran de su comunidad, me dijeron que eran alrededor de dos mil. Los estudios que yo he conocido y visto, revelan que la etnia Rama cuenta como máximo con unas doscientas personas. Es más, recientemente en declaraciones de hace unos cinco o siete días, se aseguró de que únicamente siete personas pueden hablar el dialecto Rama. El lenguaje que utilizaron fue un lenguaje amenazante, no fue como dice el honorable Diputado Schwarts; fue un lenguaje amenazante, guerrerista; fue un lenguaje separatista, secesionista, que para mí es inaceptable y para todo nicaragüense debe ser inaceptable. Cuando pedimos en calidad de que -porque vinieron acompañados de una señora que dijo ser abogada-, presentó un poder judicial en el cual ella era representante personal de dos directivos de una comunidad Rama, la de Monkey Point, y representante de un directivo de una comunidad en Ciudad Rama, Ramaki. El dictamen del SIN fue -como dije anteriormente- dictaminado favorablemente y aprobado cumpliendo con todo lo que requiere y demanda el proceso de formación de la ley. Cuando nosotros les explicamos que el dictamen había sido consultado con el Gobierno Regional Autónomo Sur y que teníamos en nuestro poder una comunicación del Gobierno Autónomo Atlántico Sur, entonces dijeron que eso para ellos no tenía gran validez. Nosotros les preguntamos el porque si ellos tenían Consejales en el Consejo Regional Autónomo, por qué ellos no habían defendido los derechos de la comunidad. Entonces nos dijeron que los señores representantes de los Consejales no Servían para nada y que no defendían los intereses comunitarios. Nuevamente insistí y les pregunté que por qué no habían recurrido, para agotar la instancia, al Consejo Regional Autónomo del

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444 Atlántico Sur en Bluefields; entonces nos dijeron que allí no había nada que hacer, porque tampoco Servían para algo, y que ellos venían a la Asamblea porque consideraban una pérdida de tiempo dirigirse al Consejo Regional del Atlántico Sur. Al final les dije: Pues si ustedes tienen Diputados, ahí está el honorable Diputado William Schwartz, ahí está el honorable Diputado Carlos García,- y textualmente dijeron: "el Diputado William Schwartz, no sirve para nada, no nos representa, así que venimos directamente a hablar con ustedes". Bajo esas condiciones, nosotros realmente poco o nada podemos hacer. En primer lugar nosotros somos legisladores, no somos tribunales de justicia; donde debe dilucidarse este problema es en la Región del Atlántico Sur, porque es un problema que concierne a una comunidad de una jurisdicción, de una circunscripción del Atlántico Sur, que tiene cuarenta y cinco Consejales representantes ante el Consejo Regional de Gobierno. Así fueron las cosas, sin representatividad, hablando un lenguaje que no era el apropiado cuando se dirigen a un alto Poder del Estado, como es esta Asamblea. Tercero, no reconocen ni siquiera a sus propios Consejales que los representan en Bluefields, ni reconocen al Consejo Regional, y la Constitución es clara, lo que se requiere es la aprobación del Consejo Regional Autónomo Sur, si mal no recuerdo es el artículo 181, párrafo segundo. Entonces, así las cosas, nosotros nos despedimos y les dijimos que no podíamos hacer gran cosa, que realmente su problema era un problema local que tenía que ser dilucidado en el Consejo Regional Autónomo Atlántico Sur. Entonces ellos amenazaron con recurrir a la Corte Centroamericana, creo que de Derechos Humanos en San José, Costa Rica, perdón, a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en Costa Rica; y nosotros les dijimos que si ésa era su voluntad, pues que podían perfectamente recurrir, que ese era su derecho. Todo lo demás que acaban de manifestar aquí, realmente es exagerado, de eso se trata. Resulta que ahora que el SIN ha sido dictaminado favorablemente, hay una superpoblación en Monkey Point que antes no existía; ahora resulta que toda la vía donde supuestamente se va a construir el canal seco, está habitada por naturales, por etnias, donde antes nunca había habido presencia de ninguna clase. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Augusto López. DIPUTADO AUGUSTO LÓPEZ: Muchas gracias, señor Presidente. Ya el Doctor Selva explicó con claridad la verdad de la situación que paso en la Comisión del Medio Ambiente con estos amigos de la Costa Atlántica. Deseo expresarle al Diputado Schwart, que realmente parece que está mal informado de la situación, y que está haciendo una crítica totalmente irresponsable, porque el Doctor Selva se expresó de una manera cortes y respetando la Constitución, al expresarle la situación que ellos llegaron a querer que se les expusiera en la Comisión. Además, quiero aclararle que tuvimos la visita de miembros del Consejo Regional que nos expresaron que esta señora Acosta, parece que se dedica a manejar estas situaciones por intereses particulares, no en favor de los elementos que llevaron a representar a Moskey Point y de otras etnias. Además le quiero informar de última hora, que la Doctora Acosta tiene un poder -según el Consejo Regional- que es ilegal, y sería importante que usted como representante de la Costa se diera cuenta para

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445 Gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bueno, vamos a pasar a la votación en lo general. Suficientemente discutido. Por favor, se les suplica a los honorables Diputados que ocupen sus asientos. Se abre la votación. Está abierta la votación en lo general. Se va a cerrar. Todavía están votando. Se cierra. El resultado es el siguiente: 57 a favor, 0 en contra, 2 abstenciones. Queda aprobado en lo general. Vamos a su lectura y discusión en lo especial. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: LEY PARA AUTORIZAR A LA EMPRESA PORTUARIA NICARAGÜENSE EL ARRENDAMIENTO DE LAS FACILIDADES PORTUARIAS DE PUERTO CABEZAS. Arto. 1 Se autoriza a la Empresa Portuaria Nacional (E.P.N.), a conceder en arrendamiento, mediante el procedimiento de Licitación Pública, por el término de 25 años, las facilidades portuarias de Puerto Cabezas, que se encuentran comprendidas en terrenos inscritos a nombre de la Empresa Portuaria Nacional, bajo el No. 30855 Folio 47, 48, 7 49, Asiento 1* del Tomo 148 del Registro Público de Bluefields de la Región Autónoma del Atlántico Sur. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión el artículo 1. Dos oradores inscritos tenemos nada más; terminamos con Jorge Samper. Se le concede la palabra al honorable Diputado Edwin Castro Rivera. DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA: Gracias, señor Presidente. Sobre esta ley que creemos que es importante -como se decía-, hemos estado platicando con los de la Empresa Portuaria, que pretendió proceder de forma ejecutiva, y al darse cuenta del error lo mandó como ley a esta Asamblea. A los Diputados Selva y Augusto López, para su conocimiento quiero aclararles que el SIN no está dictaminado; siento mucho informarles que está todavía en la Comisión de Infraestructura para su dictamen, por tanto no podemos afirmar a este Plenario lo dicho por el Diputado Selva. Creo que está mal informado, no está cerrada la discusión del SIN, está en la Comisión de Infraestructura, porque era un doble dictamen. Si ustedes como Comisión de Recursos Naturales cree y consideran que ya cerraron el caso, los respetamos y es problema de ustedes; pero en el caso de la Comisión de Infraestructura, no está cerrada la discusión. Y quiero recordarle al Diputado Selva, que constitucionalmente

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446 Nicaragua es un país multiétnico y pluricultural, para que no se olvide. Y que el Rama no es un dialecto, es una lengua. Muchísimas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Jorge Samper Blanco. DIPUTADO JORGE SAMPER BLANCO: Gracias, señor Presidente. En la votación en lo general me abstuve, y la razón de mi abstención es que la Comisión dictaminadora cometió un error, un grave error; en su dictamen señala únicamente que el Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte aprobó -dicen ellos- o autorizó el arrendamiento de las facilidades portuarias, con lo cual nosotros no es tamos en desacuerdo; pero no es cierto que el Consejo Regional haya aprobado esta autorización a la Empresa Portuaria Nicaragüense. Lo que existe, lo tengo en mis manos es simplemente una carta de la Junta Directiva donde no señala, donde no dice en qué sesión el Consejo Regional -porque no se dio esa sesión- aprobó la autorización de la Empresa Portuaria Nicaragüense. Aquí hay un grave error, y por lo tanto debe ser devuelta a Comisión esta ley. Tiene que ser devuelta porque además el Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, para información de la Comisión, tiene un año de no sesionar y por lo tanto no pudo haber dado esta autorización; simplemente lo que hay -y yo la tengo en mi poder- es una carta de la Junta Directiva en la que da su aprobación, pero no es suficiente; la Junta Directiva no es la que está facultada para dar la autorización; el que está facultado para dar la autorización es el Consejo Regional, y en ese sentido hay un error. Y efectivamente tendrían razón los que dicen que van a recurrir a la Comisión Interamericana, y tendrían razón los que recurran a la Corte Suprema de Justicia, que es la primera instancia a la que hay que recurrir. Yo creo que Estaríamos poniendo en peligro innecesariamente además la seguridad de los inversionistas que vengan a arrendar Puerto Cabezas. Aquí tenemos que dar todas las garantías, toda la seguridad a los inversionistas, y no se ha producido. El Estatuto de Autonomía no ha sido cumplido en esta ocasión, la carta que tiene en sus manos la Comisión dictaminadora es exclusivamente de la Junta Directiva, el Consejo Regional no ha sesionado, tiene un año de no sesionar. Por lo tanto, señor Presidente, no es posible que nosotros aprobemos esta ley si no contamos de previo, como señala el Estatuto de Autonomía, con la autorización del Consejo Regional. Creo que es necesario devolverlo a Comisión, y que la Comisión inste al Consejo Regional a que se reúna, que tiene más de un año de no reunirse; además para que de su aprobación, para que de esta manera los inversionistas tengan verdadera garantía de que estamos haciendo las cosas conforme a derecho, conforme a la ley. De lo contrario aquí Estariamos aprobando un instrumento jurídico debilitado, ilegal, y por lo tanto sin dar ningún tipo de seguridad a los inversionistas. Mi moción concreta es, señor Presidente, que aunque haya sido aprobado ya en lo general y estemos en la discusión en lo particular, que en este momento suspendamos la discusión, se devuelva a la Comisión dictaminadora, y a su vez la Comisión dictaminadora le diga al Consejo Regional que se reúna y apruebe o desapruebe esta autorización a la Empresa Portuaria Nicaragüense

447 para que prevalezca el Estado de Derecho de que tanto se habla en Nicaragua, para que prevalezcan las leyes y además para que los inversionistas tengan seguridades en las inversiones que vayan a hacer en el país. Espero que sea aprobada y respaldada esta moción.

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Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bayardo Arce es el último orador. DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO: Gracias, Presidente. Yo comparto la inquietud que tienen los colegas sobre la conveniencia -por respeto al principio de autonomía- de que este proyecto de ley sea aprobado también por el Consejo Regional, en el sentido de que todo lo que tiene que ver con la administración y explotación de los recursos naturales de aquella zona, tiene que contar con la anuencia de las autoridades regionales. Lo que yo planteo es que tal vez no sea el camino más apropiado decir que esto regrese a Comisión, y se me ocurre la idea de que por que no le ponemos en el articulado -pudiera ser tal vez en el artículo 7, que es la entrada en vigencia- que la presente ley entrará en vigencia una vez que sea aprobado por el Consejo Regional de la RAAN y publicada en La Gaceta. Lo cual nos permite adelantar y aprobar esto, y hacer que el Consejo funcione,- porque hasta donde yo entiendo, todo el mundo en la Costa está de acuerdo con esto para buscar cómo reactivar la economía de la zona, y de lo que se trata es de llenar un trámite que desafortunadamente no se llenó. Entonces para no devolverlo, pienso yo que tal vez podemos meter en el articulado la obligatoriedad de que lo apruebe el Consejo para que entre en vigencia. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado, yo quisiera que nos pusiéramos de acuerdo. La idea está muy buena, excelente, pero el Consejo está moroso, no se ha reunido, hay una morosidad tremenda de un año, no podemos seguir, eso sería imposible y puede seguir así muchos años más. Nosotros podemos llenar ese vacío y usted ha dado una salida, pero podríamos ponerla en la siguiente forma: señalar un plazo para que se pronuncie, y que si no se pronuncia queda aprobada. Que si no se pronuncia dentro del plazo de quince días, queda aprobada. Entonces hagamos la moción; un mes pues. Bueno, eso lo podemos poner al final. Para mientras se va redactando, avancemos en la ley. A votación el primer artículo. Está abierta la votación. Al final vamos a poner ese articulito, señalándole un mes para que se pronuncien, bajo pena de quedar aprobado. Está abierta la votación. Todavía están votando. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 63 votos a favor, abstencion. Queda aprobado el artículo 1.

448 Vamos al artículo 2. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 2 El producto del arrendamiento de las facilidades portuarias, se utilizará para realizar obras de infraestructura en los otros puertos bajo la administración de la Empresa Portuaria Nacional (E.P.N.) Todas las mejoras realizadas al final del arrendamiento pasarán a ser propiedad de la Empresa Portuaria Nacional. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

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A discusión. Solo hay dos oradores; William Schwartz es el último. Se le concede la palabra al honorable Diputado Eliseo Núñez Hernández. DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ: Señor Presidente: Mi intervención es para que quede registrado, -en el caso que nos ocupa- que si el Consejo Regional de la Costa Atlántica en la Región Norte no se ha reunido, es por irresponsabilidad absoluta del Poder Ejecutivo; no podemos estar condicionando, poniendo un plazo a algo que está en manos del Poder Ejecutivo poder resolverse. En el mismo momento que en el Consejo Regional cambio la correlación, en el mismo momento que el Partido Liberal Constitucionalista perdió cinco Concejales, en ese momento se suspendieron todas las reuniones del Consejo, porque el Partido Liberal Constitucionalista pasó a ser minoría en el Consejo Regional del Atlántico Norte. Por lo tanto, es irresponsabilidad de la Gobernadora del Atlántico, Alba Vallejos, es que ha tratado de boicotear al Presidente Carlos Silva, que ha convocado un sinnúmero de ocasiones a que se retina el Consejo le han boicoteado todo el presupuesto, han desviado completamente su autoridad, han fortalecido nada más la del Gobernador; y hoy que necesitan al Consejo Regional, ustedes están tratando de evadir, están poniendo una fecha cuando saben muy bien que el Consejo Regional del Atlántico Norte no se reúne porque el Partido Liberal Constitucionalista no quiere que se reúna, porque está en completa minoría, porque el Frente Sandinista, Yatama y la nueva bancada están haciendo la nueva mayoría en el Atlántico Norte. Señor Presidente, no siga siendo cómplice de la antijurídica; usted es un abogado y no puede ser antijurídico, sirviendo completamente nada más a los intereses del Poder Ejecutivo. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado William Schwartz. DIPUTADO WILLIAM SCHARTZ CUNNINGHAN: Gracias, señor Presidente. Yo tengo una moción para el artículo 2, pero quiero reforzar lo que dice el colega Núñez: en manos del Doctor Alemán está que sesione el Consejo Regional del Norte, él lo tiene cerrado, esa es la verdad. Aquí no nos engañemos, pues allá no sesionan porque tienen el temor de que el Consejo Regional del Norte vaya a destituir a la ineficiente Gobernadora que allí hay, que se llama doña Alba Rivera de Vallejos; esa es la verdad. De manera que ponerle plazo a esto me parece una vulgaridad. Lo que hay que hacer es que la ley no está en vigencia hasta que el Consejo la apruebe, siempre v cuando

449 el Doctor Alemán le oriente a sus correligionarios en el Norte a que sesionen, pues ellos no sesionan porque el Doctor Alemán les ha orientado que no sesionen, quebrantando totalmente la Ley de Autonomía de la Costa Atlántica. Esa es la verdad, señor Presidente. En segundo lugar, yo quería decirle al Doctor Selva que está muy mal informado cuando habla de que hay únicamente doscientos Ramas; y le voy a decir que en la Ley de Autonomía que fue hecha en 1987, se habla de unos ochocientos cincuenta Ramas; pero el problema no es que si son cien o diez, es que la Ley de Autonomía fue hecha para las minorías étnicas, para respetar precisamente los derechos de esas minorías étnicas; para eso fue hecha la Ley de Autonomía. Lo que pasa es que la filosofía liberal no acepta este tipo de leyes; a ustedes no les gusta este tipo de leyes, porque ustedes no creen en las minorías étnicas; ustedes creen que la Nación es una Nación homogénea y no es así. La realidad nos dice que este país es un país multiétnico, y por lo tanto las minorías étnicas tienen algunos derechos. Y le quiero decir también al Doctor Selva, que si allí está poblado ahora que va a estar el canal seco -como dice el- pregunten quienes están llegando ahorita: los buitres, los buitres a los cuales José Santos Zelaya, irrespetando los acuerdos de ese entonces, les dio tierra en esos lugares, y que ahora como no las han

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ocupado durante más de cien años, están llegando porque viene el canal seco. Por eso para nosotros José Santos Zelaya no es de gratos recuerdos, porque incluso nos cerró las escuelas por veinte años, porque no toleraba que las clases en las escuelas se dieran en inglés. Hay que saber historia. La historia no sólo es la historia del Pacífico, es también la historia del Atlántico. Y no soy separatista ni secesionista, simplemente soy defensor de los derechos de las minorías étnicas a las cuales yo pertenezco. Por esta sangre corre sangre de mosco, de negro, por eso la defiendo. Y no soy secesionista, amo a Nicaragua, quiero ser nicaragüense, pero tengo que decirle al resto de los nicaragüenses que nos respeten a nosotros, por eso es que hablo así. Quiero dar entonces mi moción en el artículo 2. El artículo número 2, deberá leerse así: "El producto del arrendamiento de las facilidades portuarias se dividirán de la siguiente manera: a) El 40 por ciento del arrendamiento pasará al área del Consejo Regional del Atlántico Norte para realizar obras de progreso. b) El 60 por ciento para realizar obras de infraestructura en los otros puertos bajo la administración de la Empresa Portuaria Nacional. Todas la mejoras realizadas al final del arrendamiento pasarán a ser propiedad de la Empresa Portuaria Nacional". Esta es una moción que fue firmada por el Diputado Leonel Pantin, José" González, Saúl Zamora, Alcalá Blandón, Carlos García, Roberto Rodríguez. Con esta moción, con hechos demuestro que no soy separatista, que no soy secesionista, pero sí reclamo que parte de esos derechos le queden a la Costa Atlántica, y el resto para la Nación, como hacen todos los Departamentos de este país. Muchas gracias señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bueno, suficientemente discutido, vamos a pasar a la votación de la moción. A favor es verde y en contra es en rojo. Se abre la votación. Bueno, vamos a anular la votación, que es de consenso. Me están informando... Pero no avisan, yo la someto a votación. Vamos a anular la votación, o se da por ganada? Se queda, gana cincuenta a diecinueve.

450 Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 55 votos a favor, 17 en contra, 2 abstenciones. Queda aprobada la moción y lo mismo el artículo. Vamos al artículo 3. No, ésa es la moción aprobada y que tenía que ponérsele un plazo. Ya está aprobada la moción, vamos al artículo 3. Bueno, vamos a anular esa votación a petición de todos, porque hubo una confusión. Se va a abrir la votación de nuevo. Esta es la moción de consenso, para que queden todos sabidos. Es la misma moción, porque se anuló la votación y la vamos a volver a votar. Bueno, que la lean. Por favor pongan atención, porque después volvemos a leer y ya se ha leído. DIPUTADO WILLIAM SCHWARTZ CUNINNIGHAM: La moción deberá leerse así: "El producto del arrendamiento de las facilidades portuarias se dividirá de la siguiente manera: a). El 40 por ciento del arrendamiento pasara al área del Consejo Regional del Atlántico Norte para realizar obras de progreso. El 60 por ciento para realizar obras de infraestructura en los otros puertos bajo la administración de la Empresa Portuaria Nacional. Todas la mejoras realizadas al final del arrendamiento pasarán a ser propiedad de la Empresa Portuaria Nacional". Firman nueve Diputados.

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PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A votación. Se abre la votación, entendido. Bueno, vamos de viaje pues. Están votando todavía. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción y el artículo. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 3 Créase un Comité de Licitación que fungirá como unidad rectora del proceso de Licitación Pública

para los fines del arrendamiento de las facilidades portuarias a que se refiere el Arto. 1 de la presente Ley, el cual estará integrado por:

a) Un delegado de la E.P.N.

b) Procurador General de Justicia o su Delegado.

c) Delegado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

d) Un delegado del Ministerio de Transporte e Infraestructura.

e) Un delegado del Gobierno Regional de la RAAN, Región Autónoma del Atlántico Norte.

Dicho Comité podrá asesorarse de los funcionarios.

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técnicos y jurídicos que creyere conveniente, ya sea en forma individual o agrupados en un Comité Técnico.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. Bayardo Arce. ¿Honorable Diputado, había pedido usted la palabra? No. Entonces a votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 3. Artículo 4. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 4 El Comité a que se refiere el artículo anterior, tendrá entre otras, las siguientes funciones:

a) Preparar y realizar las convocatorias públicas de licitación.

b) Preparar el informe técnico de evaluación correspondiente.

c) Elaborar la resolución de adjudicación y resolver los recursos de impugnación que puedan presentarse.

d) Para el caso de que ya hubiesen realizado convocatorias públicas de licitación, proceder a la

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adjudicación y en caso de que solamente se hubiere presentado un oferente, proceder a contratación directa.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Pablo Sierra Chacón, que es el único inscrito. Con él terminamos. DIPUTADO PABLO SIERRA CHACON: Sólo quiero una aclaración sobre este arrendamiento, y es que si el arrendador va a preparar y a componer el puerto para dar los servicios, porque aquí en la ley no se explica nada de eso; en si eso va a ir establecido en la convocatoria, que el arrendador es el que va a gastar en preparar el puerto para los servicios en su totalidad. Que la Comisión explique, en vista de que aquí no ha quedado establecido. Gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación el artículo 3. Es el artículo 4, el 3 ya lo habíamos aprobado. Se va a cerrar. Se cierra.

452 El resultado es el siguiente: 69 votos a favor, 0 en contra, o abstención. Queda aprobado el artículo 4. Vamos al artículo 5. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 5 El Comité de Licitación deberá observar el procedimiento establecido en la Ley y Reglamento

de Contrataciones Administrativas del Estado, Entes Descentralizados o Autónomos y Municipalidades, en todo lo que fuere aplicable.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. Honorable Diputado Bayardo Arce, tiene la palabra. DIPUTADO BAYARDO ARCE: Gracias, Presidente. Es una observación, y es que realmente no sé si esta ley ya tenga expresamente contemplada mi inquietud, que es el papel de la Contraloría General de la República en este proceso. Se alude en el artículo 4, que el Comité deberá observar el procedimiento de la Ley de Contrataciones; no recuerdo en este momento si la Ley de Contrataciones establece que la Contraloría tiene que participar de todo el proceso. En todo caso, creo que no dañaría agregarle al artículo 5, que la Contraloría General de la República va a participar de todo este proceso. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Edwin Castro, honorable Diputado, ¿puede aclararnos eso? DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA: Es que en la ley de Contrataciones lo que plantea es que la Contraloría revisa a posteriori; ella no puede

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estar en el proceso porque si no, no podrá hacer la revisión a posteriori. Es decir, la Contraloría no puede ser juez y parte. Yo creo que no daña en nada el agregarle que la revisión posterior es de la Contraloría; pero la Contraloría no puede estar en el proceso de licitación, ella revisa con posterioridad si se cumplió o no con lo establecido en la norma, no durante el proceso. Esa fue una de las discusiones que se tuvieron inclusive en la Comisión. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Aclarado el punto. El último orador es el honorable Diputado Lombardo Martínez. DIPUTADO LOMBARDO MARTÍNEZ: Presidente, yo quisiera dar una pequeña contribución, porque es un tema importante esto que trajo a colación el Diputado Arce. Precisamente estoy de acuerdo con lo que dice el Diputado Edwin Castro, que realmente la Contraloría es la instancia para las impugnaciones y no puede ser juez y parte; la Contraloría no debe participar en el proceso de licitación en cuanto se anularía su instancia de impugnación. Es correcto, estoy de acuerdo con Castro. Gracias, Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A votación el artículo 5.

453 Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 5. Vamos al artículo 6. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 6 El instrumento legal adoptado por la ENP, para el arrendamiento de las facilidades

portuarias de Puerto Cabezas, será ratificado por la Asamblea Nacional. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: El Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra. DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ: Honorable Plenario, yo quisiera llamar su atención referente al artículo 6, porque aquí tendremos todavía una oportunidad de salvar cualquier tipo de problema legal que pueda suscitarse por la intervención que han planteado Diputados de diferentes bancadas, relativo a que no existe una autorización del Consejo Regional en pleno. Independientemente de que en este momento nosotros estemos autorizando el arriendo, se podría ver que este proceso tiene dos etapas: la etapa de autorizar el arriendo y la etapa de la ratificación del arriendo, que pasa por todo el proceso administrativo de licitación pública, que también lo establece el texto y cuerpo de la ley. Por lo tanto, creo que sería oportuno aclarar a este Plenario que sin la certificación debida del Consejo Regional en pleno, donde se esté autorizando este arriendo, la Asamblea Nacional difícilmente podría ratificarlo tal y como lo establece el artículo 6 de este proyecto de ley. Por lo tanto, es muy importante aprobar este artículo tal y como está, porque le daría la posibilidad a la Asamblea Nacional de esperar que el Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte pudiera sesionar, pudiera emitir lo que tenga a bien emitir, relativo a este problema sobre el arrendamiento de este puerto, y así la Asamblea Nacional podría ratificarlo con conocimiento de causa de la aprobación de este Consejo; además lo relativo a un claro y transparente proceso de licitación que pueda ratificar el instrumento público notarial del arrendamiento del puerto de Puerto Cabezas. Así que yo insto a los honorables Diputados a aprobar el artículo 6 tal y como está. Muchas gracias, señor Presidente.

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PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Quiero agregar -para sumarme a los argumentos de Wálmaro- que en el artículo 13 están nombrando delegados de los Gobiernos Regionales de la Región Autónoma del Atlántico Norte (RAAN). Desde este momento, por ley se están incorporando, y al nombrarse los delegados forzosamente ellos tendrán que llevar ya el instrumento de ratificación de esto, y eso queda ya subsanado. No habría ningún problema, porque forzosamente ellos tienen que nombrar a sus delegados. Terminamos con Carlos García. Se le concede la palabra al honorable Diputado Jaime Bonilla. DIPUTADO JAIME BONILLA: Solamente que nos parece importante introducir dentro de este texto del artículo 6, para esa ratificación de la Asamblea, lo que

454 habíamos señalado alrededor de la previa aprobación para el Consejo Regional de la Costa, incluyendo lo que usted señaló; Presidente, que lo deberá hacer en unos treinta días posteriores a la entrada en vigencia de esta ley. Es importante que quede establecido, para que cuando venga ese instrumento de ratificación, ya nadie nos diga que tenía que pasar por el Consejo Regional para que se cumpliese lo establecido en la Constitución Política, en lo que corresponde al quehacer de ese Consejo Regional sobre estos temas. Es mucho mejor -a mi juicio- salvar, cuidarnos la Asamblea de que cuando venga ese instrumento de ratificación hayamos dejado establecido que previamente debió haber aprobado ese Consejo Regional este tipo de proyectos. Me parece a mí que es fundamental dejar en este texto del artículo 6 lo que habíamos comentado al principio sobre esa aprobación del Consejo Regional, para la aprobación final de esta ley. Gracias, Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado Eliseo Núñez Hernández, tiene la palabra. DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ: Señor Presidente: Mi intervención va en el mismo sentido que la del Ingeniero Jaime Bonilla. Yo quisiera aclararle a usted, señor Presidente, que no es lo mismo el Consejo Regional, que la Autoridad Regional Ejecutiva; en la modificación del artículo 2 -que fue por moción de las bancadas del pacto-, lo que ustedes propusieron fue que el 40 por ciento pasara al Consejo Regional; no dice a las autoridades delegadas del Gobierno Regional de la RAAN, es muy diferente. El coordinador, que es la parte ejecutiva del Consejo Regional, usted debe saber muy bien como jurista que sólo tiene facultades legislativas, y los que tienen representación aquí, en el artículo 3, es el Gobierno Regional de la RAAN; para decirle con nombre y apellido: doña Alba Rivera; y en el otro lado, en el Consejo Regional está el Presidente que es Carlos Silva. Yo quisiera que estableciera esta diferencia; no es lo mismo lo que se está pidiendo: la previa aprobación del Consejo Regional, que lo que usted aduce en el artículo 3, que tiene una representación el Gobierno Regional, pues quien tiene la representación en ese caso es doña Alba Rivera. Señor Presidente, yo creo que debe incluirse en el artículo 6 la previa aprobación del Consejo Regional. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: El último orador es Carlos García Bonilla. Tiene la palabra. DIPUTADO CARLOS GARCÍA BONILLA: Gracias, señor Presidente. Quiero respaldar la observación que hacía el Diputado Jaime Bonilla y posteriormente el Diputado Núñez, que debería incluirse previa aprobación del Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, según lo establecido en el artículo 181 de la Constitución Política, por un período máximo de un mes. Sin embargo, yo quería hacer una solicitud formal

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para que la Junta Directiva de esta honorable Asamblea Nacional "mandate" a la Comisión de Asuntos Étnicos resolver el conflicto en que se encuentra actualmente el Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte.

455 los cuarenta y siete Concejales regionales están recibiendo mensualmente su salario, y no es justo de que si no realizaron una sesión al menos mensual, estos Concejales y la Junta Directiva sigan percibiendo su salario sin realizar funciones legislativas. Por eso solicito a la Junta Directiva a que "mandate" -aquí existe una Comisión de Asuntos Étnicos y Comunidades de la Costa Atlántica- a resolver este conflicto. Y otra cosa que quería apuntar es que el actual Presidente del Consejo Regional, el señor Carlos Silva, que fue electo el 4 de Mayo del año 98, fue destituido por su Junta Directiva; hay un recurso de amparo que introdujo el señor Carlos Silva, porque las únicas personas que pueden destituir a un presidente electo en un plenario es el mismo Plenario y no la Junta Directiva. Es como que aquí los seis directivos que están presidiendo la Mesa destituyan al Doctor Iván Escobar Fornos de esta honorable Asamblea, cuando es el Plenario el único que puede destituirlo. Eso sucedió en el Atlántico Norte, la Junta Directiva destituyó al actual Presidente del Consejo Regional Carlos Silva, simplemente porque era un disidente liberal. Yo creo que aquí la Comisión de Asuntos Étnicos tiene que velar para que este conflicto que existe en el Atlántico Norte se resuelva; y yo le solicito a la honorable Junta Directiva que tome cartas en el asunto, porque hay una cuestión de ingobernabilidad en el Atlántico Norte. Por otro lado, que también esta misma Comisión mire que son dieciocho meses los que tiene este Consejo de no realizar una sesión; yo creo que aquí el Ministerio de Finanzas debería de girar una orden para que a estos Consejales no se les pague. Yo estoy seguro que cuando se les toque la bolsa van a sesionar. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Las omisiones legislativas o administrativas en los sistemas, en nuestra Constitución, son llenadas ya sea por el Poder Judicial o por la Asamblea Nacional; no puede quedar una omisión por un año, cualquiera que sea el culpable, y no avanzar una ley o una resolución. Vamos a votación. Se abre la votación. A votación el artículo. Bueno, la voy a leer, pero la han presentado después que yo abrí a votación y eso es extemporáneo. Ya estaba abierta la votación cuando usted vino aquí, y no la ha leído. Se declara extemporáneo. Vamos a la votación. Si no la leyó, léala pues. SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO: La moción del Diputado Jaime Bonilla dice lo siguiente: "Agregar un segundo párrafo al artículo 6, que diga así: "Para la ratificación de dicho instrumento legal se deberá contar con la aprobación del Consejo Regional del Atlántico Norte, conforme lo establecido en la Constitución Política de la República, teniendo para ello los treinta días posteriores después de la entrada en vigencia de la presente ley. De no darse dicho trámite en ese período, la Asamblea Nacional lo tendrá por aprobado por el Consejo Regional". PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Podríamos poner que “Se tendrá por aprobada”, no que “lo aprobará

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456 la Asamblea posteriormente". Bueno, léalo bien para que se entienda. "Se tendrá por aprobada". No es por la Asamblea, "se tendrá por aprobada" y punto, pero la Asamblea ya da a entender que es otro trámite posterior. Claro que sí, Se tendrá por aprobada y punto. DIPUTADO JAIME BONILLA LÓPEZ: "La Asamblea Nacional lo tendrá por aprobado". PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Da a entender que hay otro trámite, se tendrá por aprobado y punto, quita la Asamblea Nacional. Bueno, pues, vamos de consenso. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción, y también el artículo 6 que la contiene. Vamos al artículo 7. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 7 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se abre a votación. Están votando. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 7, y así toda la ley. Se suspende la Sesión, y se cita para el día miércoles de la próxima semana, a las nueve de la mañana.

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457 CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO UNO DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA PRIMERO DE MARZO DEL 2000, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (DECIMOSEXTA LEGISLATURA). PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le solicita a la Junta Directiva que ocupe sus asientos, lo mismo que a los Diputados, y marquen sus tarjetas. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRADA HERNÁNDEZ: JOSÉ RENÉ ARÁUZ LÓPEZ BAYARDO ARCE CASTAÑO NELSON ARTOLA ESCOBAR ALCALA BLANDON CRUZ MARÍA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA JOSÉ ERNESTO BRAVO MORENO EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON ROGER CASTELLON ORUE ANGELES CASTELLON CASTRO MARLON BOANERGES CASTILLO TEJADA NOEL JOSÉ DELGADO CUADRA ALVARO IVÁN ESCOBAR FORNOS FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS JOSÉ MANUEL ESPINOZA CANTILLANO STEADMAN FAGOT MULLER LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA SERGIO DE JESÚS GARCÍA PINELL ERNESTO MARCELINO GARCÍA QUIROZ JOSÉ MERCEDES GONZÁLEZ PICADO CARLOS ANTONIO GUERRA GALLARDO FANOR ANTONIO HERRERA PEREZ AUGUSTO CÉSAR LÓPEZ GONZÁLEZ EMILIO JOSÉ MARQUEZ ACUÑA JORGE ALBERTO MARTÍNEZ GONZÁLEZ LOMBARDO MARTÍNEZ CABEZAS PEDRO PABLO MARTÍNEZ TÉLLEZ PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZÁLEZ ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ WILLIAM MEJÍA FERRETI ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ OSCAR MONCADA REYES RAMÓN ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ CARLOS JOSÉ PALMA ALVARADO LEONEL PANTIN WILSON NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO GUILLERMO VIRGILIO RAMOS DUARTE PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLON ÁNGELA DEL ROSARIO RÍOS PÉREZ ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON EDUARDO JOSÉ RIZO LÓPEZ MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO ENRIQUE JOSÉ SÁNCHEZ HERDOCIA GUADALUPE DOLORES SÁNCHEZ BLANDON JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ SANTANA GUILLERMO DANILO SELVA ARGÜELLO VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE VÍCTOR HUGO TINOCO FONSECA LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA HENRY URCUYO MALEAÑOS MARTHA HERIBERTA VALLE VALLE DORA ODILI ZELEDON ZELEDON Señor Presidente, Secretaría informa que hay quórum con 53 Diputados inscritos.

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458 Habiendo quorum, vamos a continuar la Sesión. Vamos a desarrollar la Orden del Día con los indultos. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: En el Tomo II, 5.7: LEY DE INDULTO.

DICTAMEN Managua, 25 de Octubre de 1999. Doctor IVÁN ESCOBAR FORNOS Presidente Asamblea Nacional Su Despacho. Distinguido Doctor Escobar: La Comisión de Derechos Humanos y la Paz de la Asamblea Nacional, dentro de sus metas y objetivos programados para el primer semestre del Presente año, está la de dictaminar todas las iniciativas de Indulto enviadas a la misma para su respectivo análisis y posterior dictamen, dando de esta manera cumplimiento al Plan de Trabajo y al mandato de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional. Nuestra Comisión ha trabajado arduamente en el dictamen de esta iniciativa, a fin de brindarles oportunidad a los internos con la gracia del Indulto, para que puedan reintegrarse a la sociedad. De la iniciativa presentada, la Comisión ha decidido favorecer a 42 (cuarentidós) internos que a nuestro criterio, están aptos para su reinserción a la sociedad y de esta manera puedan apoyar a sus familias y tengan una vida nueva. Los parámetros que ha utilizado la Comisión para emitir el presente dictamen, estuvo sustentado en las evaluaciones que fueron enviadas por el Sistema Penitenciario Nacional a solicitud de la Comisión, de las cuales se les adjunta copia; lo que nos permitió realizar un trabajo eficaz, concienzudo y apegado a las normas nuestras, tomando en consideración las buenas costumbres y la igualdad de derechos y oportunidades. La presente Ley de Indulto fue presentada por los Diputados integrantes de la Comisión de Asuntos Etnicos y de la Costa Atlántica y por otros Diputados de la Asamblea Nacional. La presente iniciativa era de cuatrocientos ochenta y nueve internos (489), de los cuales ciento cuarenta y dos (142) se encuentran en libertad; catorce (14) nombres repetidos; ciento cincuenta y siete (157) nombres no registrados en los archivos de Control Penal del Sistema Penitenciario Nacional, y un total de ciento setenta y seis (176) nombres de internos que se encuentran activos actualmente. Al proyecto inicial se le hizo una revisión exhaustiva de cada uno de los casos de los internos que se encuentran cumpliendo sus penas, lo cual constatamos por medio de las evaluaciones que nos enviara la Dirección General del Sistema Penitenciario Nacional, por lo que consideramos que no son personas con alto índice de peligrosidad para nuestra sociedad; además los miembros de la Comisión nos hemos tomado el trabajo de revisar los expedientes de los internos que a nuestro criterio, no se les ha realizado un verdadero proceso, de acuerdo a nuestras normas jurídicas que rigen nuestra Nación. Muchos de los beneficiados en esta Iniciativa, fueron condenados.

459 por figuras penales delictivas leves, que por carecer de recursos económicos no contaron con la realización del debido proceso y muchos no contaron con la defensa de un abogado para demostrar su inocencia de los delitos que presuntamente habían cometido, lo que nos deja ver claramente que no tuvieron legítima

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defensa, y al quedar en indefensión se les consideró culpables de los hechos. Como ya mencionábamos, muchos de estos casos no contaron con la defensa debida en tiempo y forma, ya que sus familiares tienen dificultades económicas serias, y aunque es duro reconocerlo, las cárceles están llenas de gente de extrema pobreza. Es importante destacar que la mayoría de estos internos han sido "donados" al Sistema Penitenciario, quien no tiene la capacidad física, ni humana, para brindar todas las atenciones necesarias a estas personas, ya que algunos necesitan de tratamiento médico especial, por su estado de salud. No queremos pasar por alto que nuestra Ley de Gracia tiene un principio que dice "todo ser humano tiene derecho a una oportunidad", por lo que a nuestro criterio estas personas ya han sufrido la limitación de libertad y consideramos que esto ha sido una gran experiencia y vivencia para cada uno de ellos, y esto les permitirá saber aprovechar esta oportunidad que les está brindando la Comisión. De los ciento setenta y seis casos analizados, solamente se les concedió la gracia del Indulto a cuarentidós (42) internos que cumplían en su mayoría con los parámetros establecidos por la Comisión hasta en un noventa por ciento de las penas impuestas, como son: Los delitos de violación, asesinato, tráfico de drogas, asesinato atroz y secuestro, no se les concederá la gracia del Indulto, a excepción de comprobarse que existe algún error en las sentencias, o que se compruebe lo contrario por la Comisión, en el estudio y análisis de los expedientes. Para los casos de homicidio doloso, que hayan cumplido el 50% de la condena y que no sean reincidentes. En el caso de homicidio culposo que hayan cumplido el 30% de la condena impuesta, como mínimo y que no sea reincidente. En los casos de robo, robo con fuerza, robo con intimidación, abigeato, estafa, hurto, se les concederá la gracia siempre que hayan cumplido el 50% de la condena, y que no sean reincidentes. En el caso de los internos (as) que fueron condenados con la Ley 285, denominada Ley de Estupefacientes, Psicotrópicos y otras Sustancias Controladas, se consultó con los Magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, y la Comisión ha considerado oportuno seguir haciendo un análisis para el otorgamiento de indulto, en este caso para los condenados antes de la entrada en vigencia de esta Ley. En la revisión exhaustiva que realizamos a esta Iniciativa, ya expresábamos que solamente se benefició a CUARENTIDOS INTERNOS de los delitos que describimos a continuación: 13 robos, 3 tentativas de violación, 8 homicidios, 2 tentativas de plagios, 2 abigeatos, 4 asesinatos, 1 cómplice de asesinato, 1 intento de asesinato, 1 intento de parricidio, 3 lesiones, y 2 falsificación de documentos. La Comisión no pretende contradecir algunos parámetros establecidos, pero sí ha tomado en consideración lo expresado por familiares y las investigaciones que se han hecho en los Juzgados sobre la situación de algunos casos aleatorios, como es el sentido humanitario que debe aplicar la Comisión, en relación a dos casos de asesinato, el del interno Ariel Arquímedes Herrera Salgado, quien es primario y actualmente ha cumplido el cincuenta por ciento

460 de la pena y tiene un excelente comportamiento en el penal y ha venido contribuyendo en la labor de reeducación de los demás internos del penal, quien al momento de cometer este delito actuó motivado por la desesperación en que había quedado su madre y hermanos menores, ya que la víctima actuando de mala fe, los había dejado en la calle, lo que provocó que su madre perdiera la razón y deambulara por las calles. No con esto queremos justificar la autoría del hecho, sólo queremos brindar una oportunidad a este joven que consideramos ha pagado por el delito cometido. En relación al interno Miguel Ángel Campo Soza, se le concede la gracia del Indulto, porque ya ha cumplido el 92% de la pena impuesta, y tomando en consideración su comportamiento y disciplina que ha sido buena en el penal. En los casos de los delitos de tentativa de violación se hicieron las respectivas indagaciones y se pudo constatar que este delito no fue comprobado. En cuanto al caso de intento de parricidio, según lo investigado, este interno actuó bajo el efecto de las drogas, lo que le había provocado trastornos psicológicos; y tomando en consideración su caso y su condición de extranjero (chileno), se han realizado las coordinaciones

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requeridas con su Embajada quienes se comprometieron con los miembros de la Comisión para que una vez que se le brinde su libertad será enviado a su país de origen. En el caso de los internos, Félix Manuel López Raudez y José René Núñez Moreno, en el primero el interno López Raudez ha cumplido más del cincuenta por ciento de la condena y ha demostrado una excelente disciplina, por lo que ha sido merecedor de múltiples cartas de estímulo, y actualmente se encuentra gozando de régimen abierto; además de haber trabajado durante su estadía en el Sistema, sin goce de salario. En el segundo caso, el interno Núñez Moreno, también presenta una hoja evaluativa con excelente comportamiento, por lo que la Comisión ha considerado brindarle una oportunidad, y por conocer con más detalles su caso, ya que su delito no fue comprobado y el culpable se encuentra gozando de libertad; todo se deduce del estudio que se realizó de los expedientes de cada uno de los procesados. La Comisión, después de hacer su análisis ha dictaminado FAVORABLEMENTE la presente Iniciativa, la cual no se opone a la Constitución Política, a las Leyes Constitucionales, ni a las Leyes Ordinarias, ni al Estatuto y Reglamento de la Asamblea Nacional, por lo que pedimos al Plenario de la Asamblea Nacional, para que sea aprobado en lo general y particular. COMISIÓN PRO-DERECHOS HUMANOS Y LA PAZ LEONIDAS CENTENO RIVERA ARNULFO BARRANTES M. PRESIDENTE VICE-PRESIDENTE ANGELES CASTELLON NOEL PEREIRA MAJANO SEGUNDA VICE-PRESIDENTA PRIMER SECRETARIO MIGUEL ANGEL CASCO SEGUNDO SECRETARIO AUGUSTO LÓPEZ GONZÁLEZ MIEMBRO

ROBERTO RODRIGUEZ OBANDO

MIEMBRO PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión en lo general. ¿Nadie más? Con Noel Pereira Majano y José González Picado, cerramos en lo 461 general. Tiene la palabra el honorable Diputado Nelson Artola Escobar. DIPUTADO NELSON ARTOLA ESCOBAR: Gracias, señor Presidente. Sobre este proyecto de Ley de Indulto, yo creo que es justo y necesario, en nombre de la Comisión de Derechos Humanos y la Paz, hacer algunas reflexiones que nos permitan ubicar el arduo trabajo que se ha venido desarrollando para poner en práctica esta accion de gracia del Estado, a reos que se encuentran con características especiales, reos que tienen no menos de un 50 por ciento de su condena o de su pena cumplida, y que han tenido un comportamiento muy satisfactorio a nivel del Sistema Penitenciario. Y además que por ser delitos menores por los que ellos han sido condenados y se encuentran cumpliendo prisión, nos parece que el fondo del otorgamiento del indulto como acción de gracia de parte del Estado, se cumple cabalmente en este listado propuesto, dictaminado por la Comisión de Derechos Humanos y sometido a este honorable Plenario. Porque estamos seguros, estamos absolutamente seguros de que estos ciudadanos van a tener la oportunidad de insertarse a la vida social, de insertarse a la vida cotidiana, y van a reencontrarse con sus

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amigos, con sus vecinos, con sus familiares, y que el proceso de reflexión y de superación que han tenido estando como prisioneros, nos da la garantía de que no van a ser ningún problema para la seguridad ciudadana, que es uno de los elementos que tiene que cuidar muy de fondo, con mucho cuidado la Comisión de Derechos Humanos y la Paz, y este honorable Plenario. Para que el indulto realmente se convierta en una acción de gracia que permita una verdadera reinserción a la vida social y que no se convierta el indulto en un colador peligroso, para que potenciales delincuentes encuentren en el la oportunidad de salir fuera de su prisión y poner en peligro la estabilidad, la seguridad ciudadana, la seguridad de la comunidad en el barrio, la seguridad de la comunidad en la comarca. Es importante dejarles claro, estimados colegas, que se han hecho esfuerzos gigantescos. Este dictamen de cuarenta y dos propuestos para ser beneficiados con el indulto, ha surgido de un profundo trabajo, de una lista de cuatrocientas ochenta y nueve reos. La Comisión de Derechos Humanos y la Paz determine proponer a este Plenario para el goce del indulto a cuarenta y dos reos, lo que nos da una clara muestra de que efectivamente se está cumpliendo el objetivo, los propósitos que encierra esta acción de gracia del Estado a través del indulto. De tal manera, señor Presidente, que al haberse cumplido los requisitos básicos para que estos reos puedan gozar de este beneficio, solicito a cada uno de los colegas Diputados que aprobemos este dictamen presentado por la Comisión de Derechos Humanos y la Paz, y que estos cuarenta y dos reos tengan la oportunidad de reinsertarse a la vida normal, a la vida cotidiana, a la vida social en Nicaragua. Muchísimas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Noel Pereira Majano. DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO: Gracias, señor Presidente. La cuestión de los indultos es algo que tiene que ver con la paz social, pero la paz social es una cosa integral, y lo primero que debería de existir es una acción preventiva para evitar que se

462 delinca. En una situación de tal naturaleza la conformación de los pueblos en su vida por encontrar en ella su felicidad, debe estribar en el entendimiento recíproco de todos los asociados. Razón por la cual nosotros creemos que indultando nada más y perdonando, no hemos hecho verdaderamente un favor social; sino que creemos que tenemos que tener ciertos parámetros determinados para que el uso del ejercicio del indulto no esté tamizado por el prisma del interés particular o de una proyección partidista o un sentimiento de pesar, de dolor o solidaridad con determinadas personas o grupos. Yo estoy de acuerdo que estemos dictaminando en esta cuestión relativa a los indultos, ¿pero hasta cuándo vamos a terminar esto? Porque así como el Señor, en el paso del desierto, al ver la perseverancia delictiva de los judíos, dijo: El pueblo judío es un pueblo completo de esclavos. Cuando un pueblo no es capaz por sí mismo de encontrar su libertad, ni Dios ni nadie se la puede dar. Sí, aprobemos el indulto, está bien, pero hagamos una verdadera Ley de Indulto, para que no sea al criterio de nosotros mismos cuando se venga a determinar que alguien merece salir de la cárcel o no. Que se apruebe verdaderamente, pero que hagamos el voto porque actuemos con una Ley de Indulto verdadera, en donde se haga una verdadera acción efectiva para sanear la sociedad. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado José González Picado. DIPUTADO JOSÉ GONZÁLEZ PICADO: Gracias, señor Presidente.

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En primer lugar, quiero hacer llegar nuestras felicitaciones a los periodistas hombres y mujeres en su día, ya que gracias a ellos podemos estar informados con objetividad del acontecer local, nacional e internacional. Son ellos los que posibilitan el acceso a la información de doble vía entre gobernantes y gobernados, y aunque generalmente los gobernantes no escuchan la opinión pública, al final pagan los costos del capricho de gobernar con soberbia, con prepotencia, con avaricia y de manera anti-democrática. Son los hombres y mujeres de prensa, los que en televisión, radio, prensa escrita, revistas, generan opiniones dentro del marco democrático de la Nación que pretendemos construir, ya que tenemos varios siglos de guerra fratricida, intervenciones militares, económicas y políticas, y en la actualidad se pretende cercenar nuestro territorio con el llamado Tratado López-Ramírez, suscrito por Honduras y Colombia. Gracias, a los hombres y mujeres de prensa, la lucha por construir una Patria con justicia social, desarrollo autosostenible, la lucha contra la corrupción, la búsqueda de la gobernabilidad democrática y el combate a la extrema pobreza, forman parte de la agenda de quienes creemos que aún se puede edificar un proyecto de unidad nacional, un gobierno para salvar a Nicaragua. Entonces recordamos hoy, a los y las periodistas que en Nicaragua y en distintas partes del mundo sufren la persecución política y son víctimas del crimen organizado; desde luego para ellos nuestra admiración y respeto. Con relación a la Ley de Indulto, nosotros creemos importante, tal como lo señalara el Diputado Noel Pereira Majano, que debe operar el elemento de la prevención. Si en Nicaragua se dan casi setenta mil delitos y las cárceles están atestadas de detenidos, nos damos cuenta que tenemos que ver como se moderniza el sistema judicial; porque tenemos también retardo de justicia, y tenemos agilidad y sanciones para aquellos que se llevaron un televisor, un radio, una ropa; pero nos damos cuenta que no existe cárcel para otros que han defraudado al Estado, que han efectuado malversaciones por grandes

463 sumas de dinero. En ese sentido, los parlamentarios tenemos que tener sumo cuidado para no convertir la Ley de Indulto en una ley de insulto; porque definitivamente aquí vemos nosotros, delitos tipificados como asesinatos atroces, violaciones, parricidios, infanticidios, que vienen a nuestras manos, y sin tener la delicadeza de observar esta situación, estampamos la firma para poner en la calle a potenciales reincidentes en el delito. Quiero sumarme a la preocupación de la -Comisión de Derechos Humanos, para que se revise con lupa cada uno de los casos que se van a poner en libertad. De igual manera creemos que las políticas de ajuste estructural son las que han llevado el hambre y el desempleo galopante, y son parte de las causas que provocan la proliferación del delito. Finalmente creemos que hay que trabajar en la reinserción, en la humanización del Sistema Penitenciario en Nicaragua, y en ese sentido no solamente hay que ver el elemento presupuestario, sino el elemento profesional. Constantemente estamos viendo los cambios en los Sistemas Penitenciarios, desperdiciando la capacidad, el elemento profesional que ahí está operando, por elementos de tipo partidarios. Quiero entonces hacer esta recomendación para que delitos de esa naturaleza, que más bien preocupan al pueblo de Nicaragua, a la sociedad, no vayamos nosotros a estampar nuestra firma, provocando con ello mayor dolor en la familia nicaragüense y un mayor trauma en la sociedad nicaragüense. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Terminamos con Nathán Sevilla. Ya se había sobrepasado el número de los apuntados, pero vamos a conceder más todavía. Se le concede la palabra al honorable Diputado José Bravo Moreno. DIPUTADO JOSÉ BRAVO MORENO: Gracias, señor Presidente. El año 2000 mil ha sido declarado por la Iglesia Católica, como el Año del Jubileo; esta misma Asamblea Nacional ha nombrado una Comisión Interparlamentaria para darle la importancia que tiene este hecho. En la tradición judeo-cristiana ha existido la propuesta del perdón, la propuesta del perdón que no es otra cosa como dice normalmente la palabra "misericordia", que quiere decir "tener en el corazón las miserias de aquel que es considerado pecador". Y este es exactamente el espíritu que ha

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reinado en el cristianismo, el espíritu que el cristianismo ha querido difundir en el mundo para la convivencia humana. Creo que este ano nos exige a los parlamentarios tomar en cuenta lo que normalmente debería de pasar en un año de jubileo, y sería realmente ir poniendo las bases para que hayan leyes verdaderamente justas, que vayan encaminadas en este caso a la redención del cautivo. Ciertamente es fácil emitir leyes de indulto, o aprobar indultos en un momento determinado, pero esto exige –sobre todo para el Estado- una responsabilidad. La prisión no es una venganza, la prisión es la oportunidad de redimir a aquel que ha delinquido, y el compromiso del Estado debe ser la reeducación, la inserción en la sociedad de aquel que ha fallado porque las circunstancias que le rodean no le han sido favorables, o porque realmente la situación personal y psicológica le han llevado a desequilibrios tales como para cometer delitos. Yo quisiera, señor Presidente, y colegas Diputados, invitarles este año a que cada indulto no sea simplemente la oportunidad de estar perdonando sin conocimiento, a aquellas personas que han delinquido; sino que sea la oportunidad de aplicar una ley justa, y por eso en este Año del Jubileo, propongo dos cosas: una de ellas

464 es preparar un indulto en el que el Poder Legislativo pueda tener una relación constante con el Sistema Penitenciario Nacional y con las familias de los detenidos; y otra cosa es que ese indulto realmente no signifique simplemente tener la información del Sistema Penitenciario, sino el acercamiento del Poder Legislativo con esta parte de la miseria de nuestra sociedad, y como decía al comienzo, tener en el corazón la misericordia por aquel que ha delinquido; es lo menos que puede tener un Poder del Estado. De tal manera, señor Presidente, mi propuesta está en aprobar este año la Ley de Indulto, una Ley de Indulto que siempre nos haga aplicarla cuando haya indultos, de acuerdo a esa ley, y no estar improvisando casos particulares. Y la otra cosa que propongo para este milenio, para este año 2000, en ocasión del jubileo cristiano, ya que a algunos Diputados nos han elegido para formar parte de esta Comisión Interparlamentaria, es que haya para el mes de Octubre un indulto que sea consecuencia de la relación del Poder Legislativo con los detenidos, con los que guardan prisión; pero también una relación de todo el año con las familias que sufren esta miseria. Creo que además debe de tomarse en cuenta que a muchos de estos hermanos que están en las cárceles, no solamente es su mala inclinación la que los ha llevado a delinquir; recuerden que tenemos una sociedad, un ambiente social descompuesto y que entre otras cosas la miseria es una de las principales causas de la delincuencia en nuestro país. Por eso, señor Presidente, confiando en que la Comisión de Derechos Humanos ha sido responsable en examinar cada uno de los casos para llevar nuestra representación en este indulto, respaldemos estos indultos que está proponiendo la Comisión de Derechos Humanos; pero también comprometámonos a que durante el año podamos tener actitudes serias frente a lo que es el perdón, a lo que es la misericordia. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra a la honorable Diputada Guadalupe Sánchez. DIPUTADA GUADALUPE SÁNCHEZ BLANDON: Gracias, señor Presidente. En este día tan especial para los hombres y mujeres de prensa, quiero dar mis saludos, en nombre de la Comisión de la Mujer, Juventud Niñez y Familia de esta honorable Asamblea Nacional. Quiero hacer un llamado en primer lugar, a la Comisión de Derechos Humanos, con el objetivo de que pueda revisar la listas de hombres y mujeres de prensa que están recluidos en los Sistemas Penitenciarios, porque en este sistema tenemos una gran cantidad de mujeres y de hombres jóvenes que han sido detenidos, no por casos de asesinato, no por casos de violaciones, sino por el único hecho de que se han robado una cadena o se han robado una gallina en sus comunidades. Me llama mucho la atención el que hoy vamos a aprobar una Ley de Indulto donde salen beneficiadas personas, hombres que han violado, hombres que han dejado secuelas sicológicas en mujeres y niñas de este país. ¿Cómo es posible que la Comisión de Derechos Humanos, en el año anterior no haya aprobado una Ley de Indulto para las

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mujeres que han sido “muleras”, que han sido utilizadas para el tráfico de drogas? Hoy esta Asamblea Nacional va a aprobar una Ley de Indulto en la que salen asesinos y salen violadores. Por eso respaldo a la Comisión de Derechos Humanos que está impulsando una Ley de Indulto para que no sea a criterio de esta Comisión que se aprueban los hombres y mujeres que van a salir de los Sistemas Penitenciarios. En ocasión de que se va a celebrar el día de las madres, le pido a la

465 Comisión de Derechos Humanos de esta honorable Asamblea, que revise la lista que envié en mi carácter de Diputada el año pasado, de setenta mujeres que están en los Sistemas Penitenciarios, que son "muleras" y que no fueron aprobadas, ni salieron tampoco en la Ley de Indulto que aprobamos el año anterior, para el mes de Diciembre. Es triste ver que en esta Ley de Indultos, sólo hombres fueron aprobados. ¿Cómo es posible que la Comisión de Derechos Humanos no haya incluido a estas mujeres que se encuentran en los Sistemas Penitenciarios y que no son violadoras, y que tampoco son asesinas? Compañeros y compañeras de la Comisión de Derechos Humanos, hagamos un esfuerzo para que en el mes de Mayo podamos sacar a estas mujeres que se encuentran en los Sistemas Penitenciarios, y también hagamos un esfuerzo por sacar a una gran cantidad de jóvenes que están detenidos en estos Sistemas Penitenciarios y que además tienen situaciones muy difíciles, situaciones que están atentando con sus derechos humanos y sus derechos como personas. Yo quiero que la Comisión de Derechos Humanos, al momento de revisar caso por caso, por favor no incluya a los violadores; independientemente de que sea por intento de violación. El hecho de intentar, el hecho de tener en sus mentes la aspiración de violar a una niña, a una mujer, es un delito; además, es físicamente y sicológicamente un trauma para esta mujer. Pongámonos a pensar en el caso de que nosotras somos mujeres; piensen que también si son hombres, tienen hijas, tienen madres, tienen hermanas, tienen familiares. Por lo tanto, pienso que deben ser más cuidadosos al momento de proponer y de aprobar una Ley de Indultos. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Lombardo Martínez; después Nelson Artola va a aclarar algo. DIPUTADO LOMBARDO MARTÍNEZ: Muchas gracias, señor Presidente. Voy a tomar la ocasión del Día de los Periodistas para hacer algunas reflexiones, señor Presidente, sobre la gran misión de educación que el periodismo tiene en los tiempos y circunstancias que nos toca vivir. Señor Presidente, ayer veía en un canal de televisión de cobertura nacional y con una amplia audiencia televisiva, el caso dramático de una madre durante la vela de su niño de once años que se suicidó y que culpaba abiertamente a la televisión como causante de la muerte del niño. Un tipo de hecho que se ha venido dando en los países con más horas de vuelo que nosotros, pero que la evolución nuestra plantea que ya la Asamblea Legislativa se ocupe de este problema. Un niño de once años, queriendo imitar a los héroes y la violencia que en forma cotidiana nos presenta la televisión, se suicidó en su colegio; y en medios sollozos la madre señalaba a los culpables. Yo quisiera, señor Presidente, ahora que hemos visto en las últimas semanas incrementarse el número de delitos por menores de edad, que los adultos se están escudando en los menores para cometer delitos, porque ya es bien difundido en la delincuencia que los menores gozan de un régimen jurídico especial, que tomemos algunas medidas educativas o alguna otra medida para parar esta tendencia que ya irremediablemente se está dando en nuestra sociedad. Creo que la función de nosotros los políticos es permanentemente dar respuesta a los problemas de la gente; en la últimas veinticuatro horas hemos asistido estupefactos y con sentimientos plenos de impotencia al delito de un niño de apenas seis años, que en medio colegio eliminó a su compañerita de apenas siete años, en presencia de todos sus compañeros de escuela. Entonces asistiendo a

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466 una trasmutación plena de los diversos tipos de delitos, no podemos ignorarlos. A mí me preocupan algunos de los discursos exaltados que se dan aquí en favor o en contra de algunos delitos. Yo pienso que no le toca absolutamente a una Comisión pasajera, como puede ser la Comisión de Derechos Humanos -pasajera por cierto y constituida a la ligera-, la que va a decidir quién va o no a ser indultado; eso tiene que estar especificado en una ley que señale claramente los procedimientos. Aquí en el dictamen de la Ley de Indulto le voy a leer un párrafo que realmente me preocupa, y que revela plenamente los pocos criterios científicos en este dictamen. "Por lo que después de haber realizado un trabajo exhautivo, los Diputados han comprobado que de los seiscientos ochenta y ocho casos presentados en la Iniciativa, resultó que doscientos veinte se encuentran libres por diferentes razones". Es decir, la Comisión recibe las solicitudes de seiscientos ochenta y ocho indultos, y quien mandó esa solicitud no maneja la información de que ya doscientos veinte están libres. Pueden ustedes ver que rigor en la recolección de la información. Más adelante dice: "Fueron objeto de estudio y análisis de parte de los miembros de la Comisión de Derechos Humanos, trescientos setenta y nueve casos, de los que a criterio -oígase bien- de los Diputados, estaban aptos para reinsertarse a la sociedad ciento sesenta y cuatro. Quiere decir que dependiendo de la tendencia de género, vamos a condenar y vamos a liberar según nos guíe el humor de ese día. Yo pienso que debemos tener cuidado; el decidir sobre los indultos requiere que esta Comisión esté apoyada en un equipo multidisciplinario, donde estén siquiatras, donde estén sicólogos, donde estén juristas, donde estén criminólogos, no así fácilmente se puede tomar esta decisión. Señor Presidente, estoy totalmente de acuerdo con la propuesta del Diputado Bravo, que como el jubileo es también perdón, claro que sí, nos debe de animar el sentimiento cristiano del perdón. Pero al mismo tiempo ahora que la seguridad es vital, y será vital en el proceso electoral futuro, la seguridad de las personas, la propiedad pública, la propiedad privada, debemos tener mucho cuidado de garantizarle a la gente esa seguridad. Hago estas reflexiones, porque son vitales en la etapa que nos toca vivir. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a terminar con la aclaración del honorable Diputado Nelson Artola, porque tenemos otros indultos, y es mucho más numerosa la cantidad de personas; para poder avanzar. Nelson Artola, necesita aclarar algo. DIPUTADO NELSON ARTOLA ESCOBAR: Gracias, señor Presidente. Yo quería dejar profundamente claro que la Comisión de Derechos Humanos y la Paz, precisamente ha sido muy, pero muy cuidadosa al momento de dictaminar qué reos y qué tipo de delitos tienen, para poder hacer una clasificación que realmente no contradiga la naturaleza del indulto como una acción de gracia del Estado. Es criterio de la Comisión de Derechos Humanos y la Paz, que ningún reo que cumpla condena por delito de asesinato, de violación, de tráfico de drogas, inclusive, que la misma Ley de Estupefacientes, Psicotrópicos, y otras Sustancias Tóxicos dice que no va a gozar del indulto ninguno de los que se vean involucrados en asunto de drogas. Pero además, los que están cumpliendo condena por los delitos de parricidio, infanticidio, eso no va, eso no va. Tengan la plena y absoluta de seguridad que en estas listas de estos dos indultos que

467 vamos a someter para su aprobación el día de hoy, no va ninguno que sea violador, que esté cumpliendo condena por asesinato, y los otros delitos que mencionábamos. Quiero decirles también, que la Comisión ha definido en su plan de trabajo, que dado todo el proceso de realización que se

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tiene en este año 2000, denominado como el Año del Jubileo, nosotros tomamos un acuerdo, y ya le hicimos llegar cartas a la dirigencia de la Iglesia Católica y Evangélica en Nicaragua, para que nos envíen conforme a sus criterios, informes sobre la población penal existente en Nicaragua. Quienes bajo los criterios que trabaja la Comisión de Derechos Humanos y la Paz, pueden a sugerencia de la Iglesia Católica y la Iglesia Evangélica, tener la gracia del perdón por parte del Estado a, través de la aplicación del indulto, y eso pensamos estarlo aplicando de acuerdo a las mismas solicitudes que vayamos recibiendo de ambas Iglesias. De tal manera que estamos cumpliendo también con ese cometido importante. Y para el 30 de Mayo tenemos en el plan de la Comisión de Derechos Humanos y la Paz, hacer un trabajo especial, especialísimo, para promover y para dictaminar un indulto que tenga que ver exclusivamente con mujeres, con madres reas que están cumpliendo condena en el Sistema Penitenciario. Y saludar el día de la ternura, el día de lo más sagrado que tenemos cualquier ser humano, que es el Día de la Madre, con un indulto a mujeres y se les pueda dar la oportunidad de ir a rehacer su vida familiar. Pero además quiero decirles que no ha sido fácil este trabajo de ir preparando cada una de estas listas, para el dictamen del indulto respectivo. En este momento tenemos más de mil quinientas solicitudes en la Comisión de Derechos Humanos y la Paz, más de mil quinientas solicitudes. Insisto, estos cuarenta y dos que están en este dictamen presentado, para gozar del indulto se les saco de una lista de cuatrocientos ochenta y nueve, en la que se viene trabajando desde 1997. De tal manera que no es nada a la ligera, estamos trabajando con seriedad. Queremos que el indulto realmente de los resultados sociales y humanos que tiene por naturaleza, y no convertirlo como un recurso para sacar delincuentes peligrosos que vayan a poner en zozobra a la seguridad ciudadana de Nicaragua. Muchísimas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A votación en lo general. Está abierta la votación. Está abierta la votación todavía. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 56 votos a favor, 1 en contra, 1 abstención. Queda aprobado en lo general. Quiero hacer una pequeña sugerencia a la Comisión de Derechos Humanos, en cuanto se piensa hacer una ley reglamentaria de los indultos. Esta competencia generalmente de tipo constitucional, concediéndole a la Asamblea la facultad de dar indulto, no se acostumbra reglamentarla a través de leyes; porque si vamos a estar poniéndole trancas a ese indulto, estaríamos mermando nuestras facultades de indultar. Por ejemplo, que no se den por tales delitos, por tales, tales y tales. Se podría hacer un tipo de procedimiento e incluso se podría hacer también –como ya se ha hecho- convenios que podemos reglamentarlos aquí, para que determinados delitos no sean indultados.

468 Pero ese es un convenio parlamentario que puede permanecer en la época donde permanece la Asamblea, que lo convino, pero no dejar permanentemente mutilada la facultad que se la ha dado de manera amplia y sin limitaciones a la Asamblea Nacional. Esa sería mi sugerencia; porque a manera de procedimiento no habría ningún problema, pero en lo otro sí, porque sería mermarnos una gran facultad. Vamos ahora a lo particular. PRESIDENTE EN FUNCIONES ANGELES CASTELLON CASTRO: Lea los considerandos y el artículo 1.

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SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO I

Que el Artículo 138, numeral 13 de la Constitución Política establece como atribución de la Asamblea Nacional la facultad de conceder amnistía, indultos, así como conmutaciones o reducciones de penas.

II Que es necesario brindar nuevas oportunidades a todas aquellas personas que han sido sancionadas por delitos menores o de escasa peligrosidad, para que se integren a su familia y a la sociedad, pensando siempre en el principio de humanidad que caracteriza la actividad de esta Comisión.

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

La siguiente:

LEY DE INDULTO Arto. 1 Se concede Indulto de la pena principal y las accesorias, según corresponda, a las siguientes

personas: 1) Alvarez Díaz Isidoro 2) Blandón Sánchez Carlos Everth 3) Bustos Amador José Salomón 4) Cajina Cantillano Jaime José 5) Carrión Caliz Luis Manuel 6) Castillo Jarquín Henry Valentín 7) Castillo Joseh Lorenzo Antonio 8) Chávez Suárez Feliciano 9) Cruz González Oscar 10) Dávila Dávila Marcos Antonio 11) Díaz Villavicencio Francisco 12) Escoto Méndez Jesús 13) Espinoza Benavides Noel de Jesús 14) Fernández Martínez William Felipe 15) González Guadamuz José Luis 16) González Martínez Abel Antonio 17) Hernández Guido Félix José 18) Herrera Salgado Ariel Arquímedes 19) Landaeta Larrosa José Manuel

469 20) López Raudez Félix Manuel 21) Lezama Álvarez Róger Antonio 22) MacCoy Green Fermín 23) Marín Avellán Roberto Miguel 24) Martínez Flores Omar Alonso 25) Matamoros Durán Carlos Alberto 26) Mac-Crea Guerrero Onasis Ramón 27) Mejía Flores Julio Daniel 28) Membreño Ruiz Marvin 29) Méndez Vargas William Alberto 30) Mendoza Aguilar Francisco José 31) Merlo Weeloock Roberto de Jesús 32) Molina Pérez Rutilio

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33) Muñoz Zamora Wilbert Humberto 34) Najar Arteta Ulises 35) Núñez Moreno José René 36) Obando Mayorga José de Jesús 37) Olivarez Hernández José María 38) Orozco López Serapio 39) Pérez Mejía Lorenzo Javier 40) Robles Huete Martín 41) Sánchez Mendoza Eduardo 42) Stinze Somarriba Ricardo. Arto. 2 Las autoridades competentes procederán a dar cumplimiento a la presente Ley, debiendo

poner en libertad a los beneficiados, a partir de su entrada en vigencia. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión en lo particular. Sólo un orador inscrito tenemos, no hay nadie más, con él terminamos. Honorable Diputado Pedro Matus González tiene la palabra. DIPUTADO PEDRO MATUS GONZÁLEZ: Gracias, señor Presidente. En realidad, yo le pedí la palabra anteriormente pero no me la dio, y era para explicarle que en lo sucesivo la Comisión que manda estos indultos al Plenario, le ponga a la derecha del nombre el delito que cometió y cuánto tiempo tiene de estar prisionero, porque nosotros no conocemos a nadie de esta gente. Muchas gracias Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A votación en lo particular. Se abre la votación. Está abierta la votación, honorables Diputados. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 1. Todavía faltan algunos artículos de la ley, léalos. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 2. Las autoridades competentes procederán a dar cumplimiento.

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a la presente Ley, debiendo poner en libertad a los beneficiados, a partir de su entrada en vigencia.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Está abierta la votación. Por favor, hagan uso de su derecho.

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Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 51 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Vamos al artículo 3. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 3 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario

Oficial. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Está abierta la votación. Hagan uso de sus derechos. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo número 3, y toda la Ley de Indulto. Vamos a desarrollar la Orden del Día sobre otros puntos. Presentación de Leyes. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: En el ADENDUM No 5, PUNTO VII: INICIATIVA DE LEY CON TRÁMITE DE URGENCIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. 7.1: LEY DE AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA QUE LA OFICINA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (OOT) CONTINUE RECIBIENDO SOLICITUDES DE SOLVENCIAS DE REVISIÓN Y DE DISPOSICIÓN.

Managua, 23 de Febrero de 2000. Doctor Pedro Joaquín Ríos Castellón Primer Secretario de la Asamblea Nacional Su Despacho. Señor Secretario:

471 Adjunto a la presente le remito "Ley de Ampliación del Plazo para que la Oficina de Ordenamiento Territorial (GOT) continúe recibiendo solicitudes de Solvencias de Revisión y de Disposición", con su correspondiente Exposición de Motivos. Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Ley, y fundamentado en el párrafo 5 del artículo 141 Cn., solicito se le dé el trámite de urgencia. Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

ARNOLDO ALEMÁN LACAYO Presidente de la República de Nicaragua

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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La Ley N° 288 "Ley de Restablecimiento de los Plazos de los artículos 22, 24 y 95 de la Ley N° 278, en su Arto. 2 in fine, expresamente dice: "Asimismo, la Oficina de Ordenamiento Territorial, con las facultades otorgadas por el Decreto Ejecutivo 35-91 y sus reformas, continuará recibiendo solicitudes de Solvencia de Revisión y de Disposición durante un período de dos años. Al momento del vencimiento de este período, esta Oficina de Ordenamiento Territorial continuará tramitando todos los casos que tenga pendientes hasta agotar totalmente la Revisión". Dado que el anterior plazo ha resultado insuficiente para que la Oficina de Ordenamiento Territorial reciba las solicitudes de solvencias, se hace necesario prorrogar dicho plazo por un período razonable. Los motivos que justifican la referida prórroga son:

1. Que el Plan de Titulación Urbana ha superado las expectativas del Gobierno Central, pues al abrirse nuevos plazos se han detectado una cantidad de barrios que no se habían sometido al proceso de revisión, tanto en Managua como en el resto del país.

2. Que es primordial para el Gobierno de Nicaragua dar respuesta a todos aquellos beneficiarios de lotes

adquiridos por la Ley 86, ubicados en barrios intervenidos, cuyos propietarios no habían sido indemnizados ni finiquitados por la Oficina de Cuantificación de Indemnizaciones (OCI).

3. Que una gran cantidad de propietarios de lotes ubicados en barrios populares intervenidos han

sido indemnizados y siendo ya el finiquitados, siendo ya el Estado dueño de dichos barrios, superándose el impedimento para titular y siendo propietario el Estado de dichos terrenos, los poseedores de lotes se han dirigido a la Oficina de Ordenamiento Territorial (OOT), para obtener sus solvencias y así poder optar por sus respectivos títulos definitivos.

4. Que debido a que la Oficina de Titulación Urbana (OTU) también se ha visto afectada por este

crecimiento de beneficiarios de lotes que no se habían sometido al proceso de revisión; ha tenido la necesidad de trabajar estrechamente con la Oficina de Ordenamiento Territorial (OOT), para que de forma conjunta dar respuestas a miles de beneficiarios en todo el país, y que por esa razón se ha titulado solamente en los Departamentos de Managua, León, Chinandega y parte de Granada.

No omito manifestar que mediante Decreto N° 69-99, se prorrogó el plazo establecido en el Arto. 13 de la Ley N° 278 “Ley sobre Propiedad Reformada Urbana y Agraria”, para que la Oficina de Titulación Urbana (OTU) continuara el proceso de Titulación, prórroga que concluirá el 16 de Diciembre del año 2000, razón por

472 la cual propongo como conclusión de la prórroga para que la GOT continúe recibiendo solicitudes de solvencias, el 16 de Diciembre del año 2000, tomando en consideración que la Oficina de Ordenamiento Territorial (OOT) y la Oficina de Titulación Urbana (OTU) trabajan coordinadamente, por lo que se hace necesario armonizar dichos plazos. Con fundamento en el numeral 2 del artículo 140 de nuestra Constitución Política, someto a consideración de esa Honorable Asamblea Nacional la presente iniciativa de Ley de Ampliación del Plazo para que la Oficina de Ordenamiento Territorial (OOT) continúe recibiendo solicitudes de Solvencias de Revisión y de Disposición. Espero que los honorables Diputados comprendan la necesidad de aprobar la presente iniciativa de ley, y de conformidad con el párrafo 5 del Artículo 141 Cn., solicito se le dé trámite de urgencia. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión de Población, para su dictamen a la mayor brevedad posible. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 7.2: LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA 2000.

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Managua, Febrero 18 del 2000. Doctor Pedro Joaquín Ríos Castellón Secretario de la Asamblea Nacional Su Despacho. Estimado Doctor Ríos: Adjunto el proyecto de LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA 2000, con la correspondiente Exposición de Motivos. Este proyecto de Ley de Modificación tiene por objeto fundamental el dar cumplimiento al tercer párrafo del Arto. 17 de la Ley N° 327, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2000, así como el incorporar los efectos presupuestarios que han originado las reformas constitucionales y la Ley Electoral, recientemente aprobadas. Con fundamento en el párrafo quinto del artículo 141 de la Constitución Política, solicito se le dé trámite de urgencia a esta iniciativa. Espero que los honorables Diputados den una acogida favorable a este Proyecto de Ley, que es de mucha importancia en la consolidación de nuestro sistema democrático y garantizar la buena marcha del proceso electoral. Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

Atentamente.

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ARNOLDO ALEMÁN LACAYO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con fundamento en el numeral 2 del artículo 140 y los numerales 3 y 13 del artículo 150, ambos de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional, el Proyecto de Ley de Modificación a la Ley Anual de Presupuesto General de la República 2000. La presente Modificación del Presupuesto General de la República 2000 tiene como objetivo fundamental el dar cumplimiento al tercer párrafo del artículo 17 de la Ley N° 327, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2000, en la que instruye al Poder Ejecutivo a enviar a esa Honorable Asamblea Nacional, a más tardar el último día de este mes, el Proyecto de Modificación al Presupuesto General de la República vigente, la ampliación al Presupuesto del Consejo Supremo Electoral para el financiamiento de los gastos de las Elecciones Municipales. En aquel momento de la remisión del Proyecto de Presupuesto General de la República 2000 se estimaba que el gasto de estas elecciones, un ejercicio que muestra la vocación democrática de nuestro pueblo, sería de alrededor de C$ 253.5 millones. Actualmente y a raíz de la Ley N° 331, Ley Electoral, aprobada el 24 de Enero del año en curso, el adéndum es un gasto que se aumenta en C$ 29.6 millones. Lo anterior porque se ampliaron las estructuras departamentales y en especial las municipales, con la evidente necesidad de dotar de mayores recursos al Consejo Supremo Electoral para sufragar los gastos adicionales que esto conlleva. También es objeto de este proyecto de Modificación del Presupuesto General de la República 2000 el hecho de que el Artículo 99 de la Ley Electoral, en su segundo párrafo asigna una partida

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presupuestaria específica del punto cinco por ciento de los ingresos ordinarios del Presupuesto General de la República vigente, a fin de reembolsar los gastos en que incurran los partidos o alianzas que hubieran participado en las elecciones municipales, reembolso que se dará conforme lo establecido en la misma Ley Electoral. En el aspecto cuantitativo, este efecto significa un monto de C$ 37.5 millones que también tendrá que ampliársele al presupuesto vigente del Consejo Supremo Electoral, a fin de que se disponga de la partida presupuestaria para entregar en su momento los reembolsos correspondientes. De igual manera, la Ley N° 330, Ley de Reforma Parcial a la Constitución Política de la República de Nicaragua, aprobada el 18 de Enero del presente año, contiene efectos presupuestarios que impactan en algunos Poderes del Estado y en la Contraloría General de la República, por lo que habrá que ampliar sus presupuestos, y por tanto esos efectos los estamos incluyendo en este Proyecto de Modificación al Presupuesto General de la República que someto a consideración de esa Asamblea Nacional. Específicamente nos referimos a la incorporación de nuevos Magistrados en la Corte Suprema de Justicia, nuevos Magistrados Propietarios y Suplentes en el Consejo Supremo Electoral y los Miembros Propietarios del Consejo Superior de la Contraloría General de la República, así como de sus Miembros Suplentes. Para el caso de la Corte Suprema de Justicia, el monto de presupuesto para ser ajustado es de C$19.1 millones, que incluye los gastos de personal, gastos operativos en bienes y servicios, mobiliario y equipo de oficina y construcción de edificio. Para el Consejo Supremo Electoral, la ampliación al presupuesto por efecto de estas reformas constitucionales es de C$2.4 millones.

474 y para el presupuesto de la Contraloría General de la República el monto de la ampliación asciende a C$ 9.4 millones. En su conjunto, la solicitud de modificación del Presupuesto General de Egresos asciende a C$ 351.4 millones, de los cuales C$ 322.9 millones corresponden a gastos corrientes, y la suma de C$ 28.5 millones se destinan a gastos de capital, entre maquinaria y equipo de oficina y de transporte, así como de obras y construcciones, como se mencionó anteriormente. Con la adición de este monto, el Presupuesto General de Egresos de la República modificado para el año 2000, pasa de C$ 10,434,2 millones que está aprobado actualmente a C$ 10,785.6 millones, o sea el 3.4% mayor al vigente. En lo relativo al financiamiento, dada la necesidad y lo imprescindible del gasto que se está ampliando, se propone lo siguiente: Para el caso de los gastos de la elecciones municipales por C$ 283.0 millones, que incluye el efecto de la reciente Ley Electoral, se mantiene el estimado de proporción de financiamiento histórico que han tenido este tipo de gastos, es decir con el 40% a través de diversas donaciones externas de países y gobiernos amigos y el 60% restante afectando la partida de financiamiento interno. Para el resto del presupuesto que se está ampliando, la partida a afectar será la misma de financiamiento interno. Debo señalar que en el caso del financiamiento de las elecciones municipales con recursos de la cooperación externa, las fuentes y montos aún no están identificados, pero creemos que nuestros amigos nos brindarán su generosa ayuda, para lo cual he instruido al Ministerio de Relaciones Exteriores y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para que en coordinación con las nuevas autoridades del Consejo Supremo Electoral se aboquen a la tarea de obtener estos recursos complementarios. En el hipotético caso que no se lograra obtener ese monto del 40% de la donación, le estoy solicitando a la Honorable Asamblea Nacional, en la Ley de Modificación al Presupuesto, la aprobación de un artículo en donde autorice al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a variar esa proporción de financiamiento en la medida que durante la ejecución del presupuesto varíen los recursos reales de donaciones externas que se han estimado; todo ello con el propósito de garantizar la fluidez de los recursos para la buena marcha del proceso electoral. Por las razones expuestas, y con fundamento en el numeral 2 del Artículo 140 de nuestra Constitución Política, reitero a los Honorables miembros de la Asamblea Nacional la necesidad de que este Proyecto de Modificación que someto a su consideración, lo aprueben tal como ha sido

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estructurado. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión Económica, para que dictamine lo más rápidamente posible. Tiene la palabra el Honorable Diputado Edwin Castro. DIPUTADO EDWIN CASTRO: Gracias, señor Presidente. Creo que es importante saber, honorables colegas, que en este mes de Marzo vence el plazo establecido por la Ley de ajuste Nicaragüense y de Alivio para Centroamericanos, conocida como LEY NACARA, aprobada en Noviembre de 1997 y vigente desde el 22 de Junio de 1998; por lo que, de acuerdo a un análisis hecho, menos de un tercio de los nicaragüenses que podrían ser favorecidos por dicha ley, no han sido favorecidos debido a falta de divulgación, logística y otras condiciones.

475 Por tanto creo que es bien importante someter a la aprobación de este Plenario una resolución de la Asamblea Nacional, donde solicitemos al Gobierno y al Congreso de los Estados Unidos prórroga de plazo para dicha ley; además de atender el anteproyecto de Ley S-20-58 presentado en el Senado de los Estados Unidos por los Senadores: Graham, Mack, Kenneddy, Dalwyn y Fasteing relacionado a lo mismo. Por tanto presentamos a esta honorable Asamblea Nacional, para su aprobación, la siguiente Resolución:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE NICARAGUA

Considerando:

1. Que en los últimos años se han venido haciendo ingentes esfuerzos para beneficiar a los miles de nicaragüenses que se vieron obligados a emigrar a los Estados Unidos de América y ayudarles en la unificación de estos y su familia, así como prevenir la deportación inmediata de estos;

2. El gesto de amistad y de humanismo del Gobierno y Parlamento de los Estados Unidos de América,

al aprobar la Ley de Ajuste Nicaragüense y de Alivio para Centroamericanos, conocida como, LEY NACARA, ley aprobada en Noviembre de 1997, y vigente desde el 22 de Junio de 1998;

3. La Ley NACARA ha garantizado a los nicaragüenses indocumentados no ser deportados y autorización para trabajar, así como el derecho de solicitar el reencuentro con su cónyuge e hijos menores de veintiún años;

4. Que aproximadamente de ciento cincuenta mil nicaragüenses que pueden acogerse a los beneficios que ofrece esta ley, solamente una tercera parte ha presentado sus solicitudes, teniendo como fecha límite el 31 de Marzo del presente año, para acogerse a esta ley;

5. Que muchos de los beneficiarios de esta ley, no han solicitado ni aprovechado los beneficios de la LEY NACARA debido a la poca y confusa información, miedo a la deportación y un desconocimiento general de la ley, situación que se agrava aún más por razones de índole económico;

6. Que para hacer efectivos los beneficios de la Ley de Ajuste Nicaragüense y de Alivio para Centroamericanos, conocida como LEY NACARA, se hace necesario otorgar más tiempo a los beneficiarios.

Por tanto,

En uso de su facultades,

HA DICTADO

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La siguiente Resolución:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE NICARAGUA

1. Insta al Congreso y Gobierno de los Estados Unidos de América, considerar de manera excepcional y prorrogar y extender por doce meses a partir del primero de Abril del 2000, los efectos y beneficios de la Ley de Ajuste Nicaragüense y Alivio para Centroamericanos, conocida como LEY NACARA.

2. Atender y escuchar el anteproyecto de Ley S 2058 que está pendiente en el Congreso de los

Estados Unidos de América, de los honorables Senadores, señores: Graham, Mack, Kenneddy, Dalwyn y Fasteing, anteproyecto que consideramos como una

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iniciativa positiva, ya que pretende extender el plazo de la LEY NACARA.

3. Intégrase a lo inmediato una Comisión de Diputados nicaragüenses para que gestionen directamente con congresistas de los Estados Unidos, el apoyo del Congreso a una solución favorable para los emigrantes nicaragüenses de los Estados Unidos que aún no se han acogido a los beneficios de la LEY NACARA.

Dado en la Ciudad de Managua, Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el primer día del mes de Marzo del año dos mil. IVÁN ESCOBAR FORNOS PEDRO JOAQUIN RIOS Presidente Secretario Solicito a todos los honorables Diputados, su apoyo, voto y respaldo a dicha Resolución. Gracias, señor Presidente, y pido sea sometida a votación. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la Resolución. Vamos a continuar con la otra Ley de Indulto. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: La otra LEY DE INDULTO, en el TOMO II: Punto 5.8.

DICTAMEN

Managua, 1 de Diciembre de 1999. Doctor IVÁN ESCOBAR FORNOS Presidente de la Asamblea Nacional Su Despacho.

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Distinguido Doctor Escobar: Los suscritos miembros de la Comisión Pro-Derechos Humanos y la Paz, nos reunimos con el propósito de dictaminar Proyecto de Ley de Indulto, que beneficiará a internos de los diferentes Sistemas Penitenciarios del país, y que fue presentada en su oportunidad ante la Secretaría de la Asamblea Nacional, como iniciativa de Diputados miembros de la Comisión de Derechos Humanos y la Paz de esta Magda Asamblea Nacional, quienes solicitaron al Director General del Sistema Penitenciario Nacional su colaboración para que nos enviaran a la mayor brevedad, informe evaluativo de comportamiento de cada uno de los casos presentados, los que una vez analizados se determinaría la posibilidad de que muchos de los propuestos serán merecedores de la gracia del Indulto.

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Nuestra Comisión desea darles un regalo de Navidad y Año Nuevo, a todos aquellos familiares que tienen a sus seres queridos recluidos en los diferentes Sistemas Penitenciarios, los cuales por diferentes motivos han infringido nuestro ordenamiento jurídico para que puedan recibir el nuevo milenio juntos, como una gran familia, llenos de amor y comprensión, para que en el año venidero sean personas con muchas esperanzas, con deseos de salir adelante, de tener una vida nueva, y que a pesar de los errores cometidos ser ejemplos para sus hijos y en beneficio de nuestra sociedad. Es necesario darles una oportunidad a los hijos de estos internos para que sus padres, una vez rehabilitados, sean los forjadores del futuro de estos niños y niñas que en la mayoría de los casos son los mayores perjudicados de los errores de sus padres. Queremos que los hombres y mujeres nicaragüenses que se encuentran recluidos tengan una nueva oportunidad en la vida para reivindicarse por las faltas cometidas, para que aprovechen, que piensen en sus hijos y el futuro de éstos, y que no permitan que el desamparo y la irresponsabilidad de ellos como padres, sea la perdición y desgracia de sus hijos. La Constitución Política de Nicaragua, en su Artículo 48 expresa que debe existir igualdad absoluta entre el hombre y la mujer, y es obligación del Estado promover y garantizar la igualdad de oportunidades en los campos políticos, económicos, sociales y culturales, a fin de que a nadie se discrimine, ni tampoco sea objeto de vejámenes por razones de su género o condición; y es preocupación de esta Comisión para que a todos nuestros hermanos nicaragüenses, especialmente los que lo necesitan, se les brinde la atención necesaria como en derecho le corresponde y en correspondencia al principio de igualdad como seres humanos. El ser humano produce desde diversos espacios, aportes significativos para la sociedad al constituirse en un eslabón importante en la unidad familiar, desde donde realiza una gran contribución al sistema económico, a través del trabajo productivo, transformando y produciendo alimento, brindando alimento, y las condiciones necesarias para la supervivencia de sus semejantes. El ser humano desarrolla aportes incuestionables en el sector económico, tanto en la economía de subsistencia como en su calidad de asalariado, en donde trabaja largas jornadas, dejando atrás la desvaloración que se hace de su trabajo por el simple hecho de ser un obrero, que en muchos de los casos sin ninguna preparación profesional y sin tomar en cuenta la importancia que tiene su trabajo para levantar la producción del país. En vista de esto, los Diputados, preocupados por la situación en que están muchos internos, los cuales en la mayoría son una carga para el Estado por el hecho de no tener quien vele por ellos, han decidido brindarles una oportunidad, para que sean útiles a la sociedad y ayuden a levantar la producción de nuestro país. En vista de que los hombres y mujeres tienen la responsabilidad, tanto con los hijos como en las diferentes labores, y por su empeño de llevar el sustento diario a sus vástagos, se han visto involucradas en la comisión de diferentes delitos. Por esta razón, y tomando en cuenta su condición de seres humanos que merecen una oportunidad, creemos necesario la aprobación de una Ley de Indulto en beneficio y aporte a nuestra familia nicaragüense. Por lo que después de haber realizado un trabajo exhaustivo, los Diputados han comprobado que los 688 (seiscientos ochenta y ocho) casos presentados en la Iniciativa, resultó que 220 (doscientos veinte) se

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encuentran libres por diferentes razones como son: cumplimento de condena, liquidación de penas, condena condicional, veredicto de inocencia entre otras, así como 47 casos de nombres que aparecían repetidos en la iniciativa, 42 casos no encontrados, por lo que hacia una mayor cantidad de internos

478 propuestos. Fueron objeto de estudio y análisis de parte de los miembros de la Comisión de Derechos Humanos 379 (trescientos setenta y nueve) casos, de los que a criterio de los Diputados estaban aptos para reinsertarse a la sociedad 164 (ciento sesenta y cuatro). En los que podemos mencionar los siguientes delitos: En el caso de MARTÍNEZ LÓPEZ LUIS ARMANDO: Este reo fue favorecido en este indulto, pero no presentamos su hoja evaluativa, pues él se encuentra actualmente libre bajo la figura de libertad condicional; nunca ha estado en el Sistema, por lo tanto no tienen control de este caso. Adjunto encontrará hojas evaluativas de 163 internos beneficiados con la presente Ley de Indulto. En la presente Iniciativa se beneficiaron a 164 internos, de un total de 688 propuestos. Robes, plagios, hurtos, lesiones, homicidios, estupro, estafa, asesinato atroz, encubridor de asesinato, violaciones, intento de violación, exposición de personas al peligro, abuso deshonesto, abigeato, distribución de drogas (muleras) tráfico de ilegales. En este Dictamen la Comisión realizó un análisis de manera excepcional con algunos reos que están acusados por los delitos de asesinato atroz, asesinato, violación y tráfico de drogas. Aunque de acuerdo a los parámetros que esta estableció, donde para estos delitos no había indulto, la Comisión quiso hacer una VALORACION ESPECIAL para favorecer con la gracia del Indulto a muchos reos que a criterio nuestro ya han pasado muchos años de su vida castigados, y en la mayoría de los casos están recluidos por indefensión, extrema pobreza o desconocimiento de sus derechos como seres humanos. Queremos hacer mención que en este Dictamen, a solicitud de un buen porcentaje de los Diputados, hemos beneficiado a dieciséis (16) ancianos con enfermedades crónicas que están condenados por delitos mayores, pero que a la fecha se encuentran en estado grave de salud y que según información del Sistema Penitenciario Nacional, por su condición no presentan peligro para la ciudadanía, pero si una carga económica para su sustento diario y control médico, lo que aumenta grandemente el presupuesto del Sistema Penitenciario Nacional, el cual está debilitado por el aumento de internos y por el alto costo de la vida. No queremos omitir que todos estos ancianos son mayores de 55 años, ya casi en la etapa terminal de su enfermedad, y es necesario que se les permita salir de esa reclusión para que puedan ser atendidos por sus familiares y tengan una muerte más digna en el seno familiar y evitarles mayores costos a los mismos. En la mayoría de los casos de las personas que cometieron el delito de asesinato, lo realizaron por razones circunstanciales del destino, pero no porque sean personas dañinas, ni mucho menos que sea como hábito de delincuencia; en la mayoría de los casos han cumplido más del 50% de la condena y son reos de confianza, que a criterio del Sistema Penitenciario ya están aptos para reinsertarse a la vida socialmente útil, y se encuentran en régimen semiabierto. En el caso del reo CALERO LÓPEZ ENRIQUE EVARISTO, éste fue condenado por el delito de robo con fuerza, con una condena de 7 años y del que fue acusado en ausencia; posterior a esta condena le sumaron el delito de asesinato, delito que según estudio de su expediente no se le comprobó, nunca supo quién era la persona que había asesinado y por la que estaba siendo acusado. Actualmente este reo ha cumplido 14 años de condena de veintiséis años, a los que fue penado; es un reo de confianza y está en régimen semi - abierto, además es un reo primario con excelente conducta. DUBLON REYES HENRY: Condenado por el delito de asesinato atroz, este reo la Comisión ha decidido darle libertad debido a que a la

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479 fecha ha cumplido 19 años y 7 meses de estar guardando prisión; es un anciano y según análisis de su expediente, era un tomador consuetudinario y el delito lo cometió en contra de un amigo del vicio; actualmente se encuentra en la Cárcel Modelo, con régimen semi-abierto. LÓPEZ AREVALO MANUEL ANTONIO: Condenado por el delito de asesinato; este reo tiene 11 años de estar cumpliendo su condena, es un reo que, según el análisis de su expediente, no se le comprobó el delito; no tuvo abogado defensor y se le acusó en ausencia; actualmente es un reo de confianza y se desempeña como consejo de reos. BALTODANO MÓJICA MARCOS MANUEL: acusado de Asesinato, actualmente tiene 8 años de estar guardando prisión; según el Sistema Penitenciario, se encuentra en régimen abierto por su excelente comportamiento, y es mensajero de la palabra de Dios. GUZMAN PONCE JACOBO: Condenado por el delito de encubridor de asesinato, con una condena de 10 años, de los que a la fecha ha cumplido 8 años y dos meses; ha cumplido más del 70% de su condena. Según los reeducadores del Sistema Penitenciario, es un reo bien comportado y que es justo que se le brinde una oportunidad. MOLINA HERNÁNDEZ JUAN BAYARDO: Condenado por el delito de asesinato, con una pena de 15 años; actualmente ha cumplido 9 años y dos meses. Según su expediente, a él no se le comprobó su delito y se encuentra en régimen semi-abierto. RIVAS MORENO JOSÉ SANTOS: Condenado por el delito de asesinato atroz. Este interno tiene 17 años de estar cumpliendo su condena, es un reo primario, y cuenta con el aprecio del personal del Sistema Penitenciario. Según su expediente, el delito lo cometió bajo los efectos del alcohol, pero actualmente se desempeña como Pastor Evangélico en el Sistema. URBINA REYES DOMINGO FRANCISCO: Condenado por asesinato atroz, actualmente tiene 17 años de estar en el Sistema Penitenciario; es un reo mayor de edad, con padecimientos crónicos de artritis, casi todo el tiempo permanece en el hospitalito del Sistema, y fue un reo que no tuvo abogado defensor. URBINA VIVAS PEDRO JOSÉ: Asesinato. A este reo los miembros de la Comisión han decidido brindarle una oportunidad debido a que es una persona que tiene 5 niños menores de edad, su esposa escasamente consigue para llevarles el sustento diario a sus vástagos. Actualmente él tiene ocho años de estar cumpliendo su condena, no es un reo peligroso y está dedicado al trabajo religioso; el delito lo cometió en defensa propia. VARGAS ALEMÁN DONALD EMILIO: Condenado por el delito de asesinato atroz. Este interno cuenta con una excelente conducta y buen comportamiento, actualmente tiene diez años y ocho meses de estar en efectiva prisión; es un reo primario, y según información del Sistema Penitenciario, este reo tiene aptitud para reinsertarse a la vida social, pues es un reo de confianza. VASQUEZ CASTRO DANIEL JESÚS: Este reo actualmente tiene 8 años y 2 meses de efectiva prisión; es un enfermo crónico con padecimiento de úlcera, su familia es de escasos recursos y sólo cuenta con su anciana madre que vela por él. MEDINA CRUZ RONALD DE JESÚS, RIIVERA GALO CARLA VANESSA TÉLLEZ MAYORGA JUANA TERESA, VEGA MÉNDEZ JOHHY ALFREDO: Todas estas personas fueron condenas por el delito de tráfico de droga, con una condena de menos de cinco años cada uno, y condenados con la Ley N° 117, Ley de Estupefacientes, Psicotrópicos y Otras Sustancias Controladas. En la mayoría de estos casos y han cumplido el 50% de su condena, y son las personas que son

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utilizadas por los expendedores de droga como "muleras", para trasladar la droga. En el caso de las internas, Galo Carla Vanessa y Téllez Mayorga Juana Teresa, son madres solteras y sus hijos deambulan por las calles. En el caso ALTAMIRANO RUIZ JOSÉ ÁNGEL y ALTAMIRANO LÓPEZ JAVIER SANTIAGO, acusados del delito de violación, son originarios de Matagalpa. Según su expediente, a estas personas se les acuso injustamente por este delito, pero nunca se les comprobó nada; son dos jóvenes campesinos que nunca estuvieron involucrados en hechos delictivos, fueron acusados por rencillas personales. Actualmente tienen 5 años y ocho meses de estar detenidos. La Comisión tiene en su haber firmas de pobladores que avalan la reputación de estos reos. GARCÍA PÉREZ MANUEL ADAN: Condenado por el delito de tentativa de violación. Se le concedió la gracia el Indulto en vista de que este reo, a pesar de intentar cometer el delito no lo llevó a afecto, y tiene 3 años y cinco meses de estar recluido y consideramos que ya ha pagado suficientemente por su culpa; tiene excelente comportamiento y está estudiando. MACKENZIE CAYASSO HENRY: Esta condenado por el delito de violación a 20 años de condena, actualmente ha cumplido 15 años y dos meses. Este reo no tiene quien lo visite, es originario de Bluefields, y su familia es muy pobre; la violación la realizó en perjuicio de su novia, según su expediente. PENA ALTAMIRANO JOSÉ DE JESÚS: Este reo fue acusado del delito de violación en perjuicio de su ex-esposa, y actualmente ha cumplido 8 años y seis meses, de una condena de 10 años a los que fue condenado, con una excelente conducta; imparte clase a los demás internos, y está en régimen semi-abierto. En vista de todas las consideraciones expuestas en este Dictamen, la Comisión DICTAMINA FAVORABLEMENTE el presente dictamen; por lo que instamos al Plenario de la Asamblea Nacional para que lo aprueben en lo general y particular, porque no se opone a la Constitución Política, ni a las leyes constitucionales, ni a los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos, ni a las leyes ordinarias, ni al Estatuto y Reglamento de la Asamblea Nacional. LEONIDAS CENTENO RIVERA ARNULFO BARRANTES Presidente Vice-Presidente ANGELES CASTELLON MIGUEL ANGEL CASCO Vice-Presidente Segundo Secretario ROBERTO RODRÍGUEZ FRANCISCO PEREZ Miembro Miembro

JOSÉ MANUEL ESPINOZA Miembro

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión en lo general. Sólo dos oradores están inscritos. Si hay alguien más, que se apunte, si no terminamos con Steadman Fagot. Se le concede la palabra al honorable Diputado Pedro Matus González. DIPUTADO PEDRO MATUS GONZÁLEZ: Gracias, señor Presidente.

481 Yo insisto y le pido que lo mande a la Comisión de Derechos Humanos y la Paz, para que pongan a la derecha de cada nombre del reo, el delito, la pena que tiene y que porcentaje tiene de estar preso. Por favor, para que podamos conocer a quienes les vamos a dar el indulto.

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Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Steadman Fagot Müller. DIPUTADO STEADMAN FAGOT MULLER; Gracias, señor Presidente. Solamente era para externar una preocupación de las tantas expresadas aquí anteriormente. Efectivamente han salido muchos delincuentes que habían sido condenados vía indulto; y no habían pasado veinticuatro horas cuando estaban poniendo el "cohete" en la cabeza de un ciudadano trabajador para quitarle plata, exponiendo su vida al peligro. Por otra parte, cuando estamos viendo los elementos de juicio que se están considerando para indultar a equis o ye persona, quisiera traer a colación -solamente para dejar como inquietud o como tema para pensar- que alrededor de la cocaína se han dado tantos casos que aquí se han dicho y no se han tornado en consideración. Por ejemplo el informe policíaco de 1998, de la RAAN, señala -si la mente no me traiciona- doscientos ochenta y tres capturados con la masa en la mano, y al final de la historia del año un solo preso no habla, según reporte de la Policía, porque estaban enfermos, porque esto, porque lo otro, porque algunos se fugaron, en fin. Quiero traer a colación algo pintoresco que se dio, y que está grabado y transcrito en los archivos del Consejo Regional. Una señora de sesenta y pico de años, peleo en el muelle de Puerto Cabezas con un policía por un cargamento; el policía aseguraba a la viejita que eso era un delito, por lo cual ella quedaba privada de libertad, que lo acompañara y que el producto quedaba decomisado. Ella le decía que no, que eso era una gracia de Dios que le había caído en la comunidad, que le había dado su diezmo para la Iglesia y que eso era de ella, y que la Policía se lo quería quitar para robárselo. La señora estaba actuando en sano juicio. Nosotros, para darle seguimiento a este caso que llamó la atención, incluso platicamos con la señora, y la señora estaba convencida que no era un acto ilegal que estaba cometiendo. Y se le enjuició con las leyes del país. Y aunque la ley diga que nadie puede alegar que no conocía la ley, pero la verdad es que esta señora la desconocía, y además estaba convencida que eso fue una obra y gracia de Dios, que le dio su diezmo y que hay que aprovecharlo, y le valió un comino. ¿Qué es lo que pasa con esa distribución? Si se murió, si no se murió, si se endrogó, si tu hijo se lo llevó en la balastra. A nivel de ciudadanía suceden esas cosas; a nivel de la justicia sucede lo que te acaba de informar oficialmente la Policía: a nivel de indulto sucede lo que está sucediendo, que al día siguiente salen a ponerte el “cohete” en la cabeza para chantajearte con plata. Yo quisiera decir, señor Presidente, que hay que tener mucho cuidado con esto. Y si vemos la otra cara de la moneda –bien lo señalaba una de las Diputadas acá, que me antecedieron en el uso de la palabra en otro punto- ahí hay gente que no merecen estar presos. ¿Pero cómo saber en conclusión, quiénes realmente deben estar en la calle gozando de libertad, de insertarse a la sociedad, y quiénes no deberán de salir? ¿Cuáles son los argumentos reales para convencernos y votar a ciencia cierta de que aquel prójimo va a salir de la cárcel para ayudar a la sociedad y no para seguir

482 delinquiendo, ni exponiendo vidas al peligro? Sólo era, señor Presidente, para externar esas preocupaciones. No estoy en contra del indulto, es lo contrario; sencillamente quería llamarle la atención para que hagamos de esta votación una decisión realmente más objetiva, más ajustada a lo que Nicaragua necesita hoy por hoy. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Nelson Artola. DIPUTADO NELSON ARTOLA:

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Señor Presidente. Quiero seguir insistiendo en que esta labor de la Comisión de Derechos Humanos y la Paz, no es fácil. No es fácil, porque esto de revisar cada una de las solicitudes que hacen los familiares para que sus respectivos reos gocen del beneficio del indulto, es un trabajo muy complicado, muy complejo. En este momento la Comisión de Derechos Humanos y la Paz tiene mil quinientas solicitudes de indulto recepcionadas; no es fácil, es difícil. Pero sí hay parámetros que nosotros estamos aplicando con mucho rigor y que permiten conservar la naturaleza del indulto, insisto, como una acción de gracia del Estado, para que reos que hayan cumplido su 50 por ciento, como mínimo de su condena, que tengan buen comportamiento carcelario, que estén cumpliendo condena por delitos no graves, por delitos que se consideran en algunos términos, menores, pues estos reos son los que clasifican para el goce del indulto. Y fíjense que este dictamen que estamos discutiendo y analizando el día de hoy, es un dictamen de ciento sesenta y cuatro reos, de un total de seiscientos ochenta y ocho solicitudes que se trabajaron por parte de la Comisión de Derechos Humanos y la Paz. De seiscientas ochenta y ocho solicitudes, ciento sesenta y cuatro reos aparecen en esta lista del dictamen. Hay información elemental, información básica en el documento donde aparece este dictamen, en la Orden del Día, aparecen datos básicos que ubican la situación particular de cada reo. Es decir, no estamos aquí sólo con nombres, no; hay datos básicos, hay un resumen prácticamente del expediente carcelario de cada reo aquí en este documento, y aparece en el Tomo II, a la par de la lista. Y bien, señor Presidente, atendiendo la preocupación que se ha expuesto aquí de diferentes Diputados y la preocupación de la sociedad en su conjunto, nosotros -la Comisión de Derechos Humanos y la Paz- hemos considerado mediante una moción de consenso, que de estos ciento sesenta y cuatro que aparecen aquí en este dictamen, se excluyan cuarenta y nueve para que sean ciento quince los que gocen del beneficio del indulto que este honorable Plenario va a aprobar. Aquí aparece una lista de cuarenta y nueve nombres de los que están integrados allí en la lista de los ciento sesenta y cuatro y la moción concreta es que se excluyan del beneficio del indulto, por una razón elemental: El tipo de delito por el cual están cumpliendo condena, que es el delito de violación y el delito de asesinato. Creemos que este tipo de casos. Si ha habido injusticia en el proceso judicial que los ha llevado hasta la condena, esa no es una responsabilidad, ni es una atribución de la Comisión de Derechos Humanos y la Paz resolverlo; esos daños procesales tendrán que ser reparados por los Tribunales de Justicia competentes en su debido momento. La Comisión de Derechos Humanos, por tanto, no se puede ver como un Tribunal de Justicia; nosotros no tenemos jurisdicción; nosotros nos apegamos a lo que sido la práctica del indulto. Y por ese motivo señor Presidente, yo quiero leerle la moción para presentarla en la

483 Primera Secretaría: "Los miembros de la Comisión proponemos que se excluyan del presente dictamen, a los señores que han sido sentenciados por delitos de violación, asesinato, abuso deshonesto, y parricidio frustrado". La Comisión desea estudiar más detenidamente cada uno de estos casos, inclusive no los estamos excluyendo en su totalidad, nos estamos dando más tiempo para su revisión. Y en el orden aparecen aquí, y quiero leer los nombres para que tenga validez legal esta moción: ABURTO ESPINOZA JUAN CARLOS AMADOR BUCARDO MANUEL AGUILAR LÓPEZ CIRILO AVENDANA MENDOZA FRANCISCO ANDINO NÚÑEZ PABLO EMILIO ALTAMIRANO LÓPEZ SERGIO ALTAMIRANO LÓPEZ JAVIER SANTIAGO ALTAMIRANO RUIZ JOSÉ ÁNGEL BALTODANO MÓJICA MARCOS MANUEL BORGES NOGUERA JOSÉ DEL CARMEN BONILLA MARTÍNEZ JOSÉ REYNALDO CARRILLO HERNÁNDEZ MANUEL DE JESÚS CARRION VALENZUELA MIGUEL ANGEL

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CADENAS MÉNDEZ LUIS ALBERTO CASTELLON SÁNCHEZ LEONARDO RAMÓN DÁVILA LAGUNA FELIPE DÁVILA MERCADO FERNANDO JOSÉ DUBLON REYES HENRY FLORIAN DÍAZ DENIS FAJARDO SANDING RAMÓN WILFREDO FLORES TÉLLEZ MARVIN DANIEL GARCÍA AVELLAN ROBERTO SANTIAGO GARCÍA LACAYO PABLO ALONSO GARCÍA SILVA SERGIO FRANCISCO GOMEZ ABURTO ALBERTO CIPRIANO GUZMAN RAMÍREZ JOSÉ RENÉ GUTIÉRREZ MOJICA ADOLFO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ ALEJANDRO EVENOR HURTADO GOMEZ RICARDO ENRIQUE LACAYO CARMONA MIGUEL ANGEL LÓPEZ ESTRADA ARCENIO MACKENZIE CAYASSO HENRY MERCADO LÓPEZ JOSÉ REYES MOLINA HERNÁNDEZ JUAN BAYARDO OLIVARES HERNÁNDEZ JOSÉ MARÍA PAIZ VALLEJOS MANUEL ANTONIO PENA ALTAMIRANO JOSÉ DE JESÚS RÍOS MARTÍNEZ FELIX PEDRO RIVAS MORENO JOSÉ SANTOS RIVERA ACUÑA JOSÉ LEONEL RODRÍGUEZ MORALES MIGUEL ANGEL ROJAS MORALES ABRAHAM TALAVERA CASTILLO OSCAR DANILO TORREZ BERMUDEZ CLETO ANTONIO URBINA REYES DOMINGO FRANCISCO URBINA VIVAS PEDRO JOSÉ VALLECILLO DIAZ CONCEPCIÓN VASQUEZ CASTRO DANIEL JESÚS ZAPATA MENDOZA MIGUEL ÁNGEL Firman: la Diputada Ángeles Castellón, el Diputado Miguel Ángel Casco, el Diputado Rivera, el Diputado Noel Pereira Majano, y su servidor. Paso la moción a Secretaría, señor Presidente. Gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

484 El último orador es el honorable Diputado Nathán Sevilla. Se le concede la palabra al honorable Diputado José Bravo Moreno. DIPUTADO JOSÉ BRAVO MORENO: Gracias, señor Presidente. Entre estos excluidos que acaba de presentar la moción de la Comisión de Derechos Humanos, está el caso de Leonel Rivera Acuña. Realmente he hablado con la Comisión y he traído los documentos suficientes; es un caso en el Municipio de San Nicolás de Oriente, y aun en el Sistema Penitenciario se dice que hubo mala intención y mal manejo de documentos en el juicio. De manera que yo someto a la consideración de este Plenario el caso de este excluido, del que yo estoy hablando, porque cuando hay indultos en mi Departamento, puedo asegurar que los conozco, que los he encontrado, que he hablado con los Jueces, he estado en el Sistema Penitenciario. Y este caso en realidad me parece que amerita una revisión, y excluirlo así después de un largo proceso de consulta, me parece bastante ligero. De manera que quiero dejar sentada mi protesta, señor Presidente, por la exclusión de este reo al que yo le he dado seguimiento, y que puedo asegurar realmente que yo no podría recomendar a ningún criminal; y en este caso puedo asegurar que tanto por la investigación en la comunidad, como por los casos de afirmaciones en el penal y algunos juristas que han estado detrás del caso, que realmente ameritaba el indulto. Gracias, señor Presidente.

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PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Nathán Sevilla Gómez. DIPUTADO NATHÁN SEVILLA GÓMEZ: Muchas gracias, señor Presidente. He pedido la palabra para intervenir en el tema de los indultos, porque se trata de un tema espinoso, que cada vez que se presenta al debate en esta Asamblea surgen opiniones muy contradictorias, porque en la lista de los indultos aparecen personas que fueron juzgadas y condenadas por delitos graves o más que correccionales. Sin embargo, también hemos recibido muchas quejas de familiares de esas personas que están presas, y nos han traído documentaciones donde tratan de demostrar que se trata de un proceso indebido y que han sido condenados indebidamente, que no se aplicó el debido proceso en muchos de los casos de estos presos. Inclusive en muchos casos se les negó el derecho a la defensa, o que sencillamente por no tener dinero no pudieron contratar un buen abogado que los supiera defender desde el inicio, y fueron fulminados con auto de segura y formal prisión sin haberse comprobado debidamente el delito; y tienen ellos una serie de argumentos a su favor, que demostrarían que no son verdaderamente culpables. Por esa razón, así como en algunos casos los delitos graves no admiten el indulto y aparecen personas acusadas y condenadas por ese tipo de delitos graves reclamando indulto, creo que es importante que la Asamblea Nacional, a través de las Comisiones correspondientes, como serían la de Derechos Humanos, la Comisión de Justicia, la Comisión de la Mujer, de la Niñez y la Juventud, se aboquen a un trabajo de investigación en el Sistema Penitenciario para hablar con esos reos, con esos presos que están, allí, alegando que no hubo un debido proceso para ellos. Que vayan a fondo a investigar esos expedientes, esos procesos y

485 esas condenas que se les aplicaron a esta gente, para que en realidad se vea si hay méritos o no hay méritos para que ellos estén reclamando el indulto. O sea que tendría que reabrirse algunos casos; y en esto tiene que hablarse con la Corte Suprema de Justicia para que brinde también su concurso a fin de que se analicen esos casos. Además, las cárceles están llenas de gente que cometió delitos leves también, de gente procesada por la lentitud del sistema de justicia de Nicaragua, y también esos casos deben ser vistos con un lente humano, un lente crítico de parte de los Diputados que pertenecen a estas Comisiones que hemos señalado. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Sí, yo comprendo su inquietud. El Procurador de Derechos Humanos nos podría servir de mucho en esto para gestionar todo, unirnos con él, que es nuestro delegado, para poder solucionar esos problemas. Vamos a someter a votación en lo general el proyecto. Se abre la votación. Está abierta la votación. Por favor, está abierta la votación. Están votando. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 55 votos a favor, 0 en contra, 3 abstenciones. Queda aprobado en lo general.

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Vamos a lo particular. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

En lo particular.

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO I

Que de conformidad con el Arto. 138, numeral 3 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, son atribuciones de la Asamblea Nacional decretar amnistía, indultos, así como conmutaciones o reducciones de penas.

II Que dentro del marco de reconciliación y bienestar de la familia nicaragüense, es necesario brindar nuevas oportunidades a aquellas personas que han sido sancionadas por los delitos de menor relevancia o de escasa peligrosidad, para que se integren y sean útil a la sociedad.

POR TANTO,

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

486 La siguiente:

LEY DE INDULTO Arto. 1 Se concede Indulto de la pena principal y sus accesorias según corresponda, a las siguientes

personas: ABURTO ESPINOZA JUAN CARLOS ACEVEDO LÓPEZ LUIS ERNESTO AGUILAR LÓPEZ CIRILO AGUILAR GUIDO PORFIRIO AGUIRRE HERNÁNDEZ MARVIN DANIEL ALEMÁN MARTÍNEZ OSMAN ANTONIO ALFARO SILVA MAURO JOSÉ ALTAMIRANO LÓPEZ SERGIO ANTONIO ALTAMIRANO RUIZ JOSÉ ÁNGEL ALTAMIRANOO RUIZ JAVIER SANTIAGO ALVARADO MEDRANO FREDDY ALVARADO MEJÍA CATALINO AMADOR BUCARDO MANUEL ESTEBAN AMADOR PAVON LUIS ENRIQUEZ ANDINO NÚÑEZ PABLO EMILIO ARAICA SOLIS MANUEL ANTONIO ARAUZ GRANADOS JOEL ARGENAL LÓPEZ JORGE ALBERTO AVENDAÑA MENDOZA FRANCISCO BALTODANO MOJICA MARCOS MANUEL BONILLA MARTÍNEZ REYNALDO JOSÉ BONILLA GUEVARA ALVARO JOSÉ BORGE NOGUERA JOSÉ DEL CARMEN CABEZAS BALMACEDA VÍCTOR MANUEL CACERES GUTIÉRREZ JOSÉ OMAR CADENAS MÉNDEZ LUIS ALBERTO CALERO LÓPEZ ENRIQUE EVARISTO

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CAMPOS ORTIZ DOUGLAS CARRILLO HERNÁNDEZ MANUEL DE JESÚS CARRIÓN VALENZUELA MIGUEL ANGEL CASCO JIRON JULIO ADRIAN CASTELLON SÁNCHEZ LEONARDO RAMÓN CASTILLO ALEMÁN PABLO MOISES CASTILLO JARQUÍN HENRY VALENTIN CASTRO PALACIOS HAROLD ANTONIO CHÁVEZ VARGAS CARLOS MANUEL CONER ABURTO DAVID FERNANDO CONTRERAS GONZÁLEZ NICOLAS ERNESTO DAVILA MERCADO FERNANDO JOSÉ DÁVILA LAGUNA FELIPE DELGADO MOREIRA MARTÍN JOSÉ DUARTE HERNÁNDEZ JUAN JOSÉ DUBLON REYES HENRY J. ESPINOZA ALFARO FRANCISCO MARTIN ESPINOZA RIVAS DAMASO JOSÉ FAJARDO SANDING RAMÓN WILFREDO FARIÑAS SARRIA JOSÉ DOMINGO FERNÁNDEZ REQUENE ENRIQUE DEL CARMEN FLORES TÉLLEZ MARVIN DANIEL FLORIAN DIAZ DENIS ANTONIO FUENTES SOMARRIBA FERNANDO BLADIMIR RAYO MENDOZA LEONCIO JOSÉ GARCÍA SILVA SERGIO FRANCISCO GARCÍA PEREZ MANUEL ADAN GARCÍA AVELLAN ROBERTO SANTIAGO GARCÍA LACAYO PABLO ALONSO GARMENDIA ZELAYA JAIRO JOSÉ GOMEZ ABURTO ALBERTO CAPRIANO GONZÁLEZ FUENTES JOSÉ ROLANDO GONZÁLEZ CASTELLON DEMESIO ARNOLDO

497 GUTIÉRREZ MOJICA ADOLFO GUTIÉRREZ SERRANO RONALDO ABEL GUZMAN PONCE JACOBO GUZMAN RAMÍREZ JOSÉ RENÉ HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ ALEJANDRO EVENOR HERNÁNDEZ GARCÍA SILVIO ANTONIO HERNÁNDEZ GUIDO FELIX JOSÉ HERNÁNDEZ ESTRADA JUAN GREGORIO HERNÁNDEZ GARCÍA JAIRO JOSÉ HURTADO GÓMEZ RICARDO ENRIQUE JARQUIN CAJINA HECTOR IVÁN JARQUÍN RUIZ JOSÉ SANTOS KERR DÍAZ NELSON JOSÉ LACAYO CARMONA MIGUEL ANGEL LAGUNA GAMEZ ANASTASIO LAGUNA GAMEZ JOSÉ ALEJANDRO LAGUNA GAMEZ OSCAR HILARIO LÓPEZ ESTRADA ARCENIO LÓPEZ MAIRENA JAIRO MERCEDES LÓPEZ CASTRO LUIS FRANCISCO LÓPEZ RIVAS MIGUEL EMILIO LÓPEZ BARRERA LUIS ENRIQUE LÓPEZ GUEVARA JUAN ANTONIO LÓPEZ AREVALO MANUEL ANTONIO MACKENZIE CAYASSO HENRY MAIRENA HERNÁNDEZ ISABEL DE JESÚS MAIRENA CARTAGENA JUAN ANTONIO MARIN GUERRERO EDDY NOEL MARIN AVELLAN ROBERTO MIGUEL MARTÍNEZ ESPINOZA FREDDY conocido como ESPINOZA MARTÍNEZ MARTÍNEZ MOLINARES RAFAEL MARTÍNEZ RUGAMA VÍCTOR MANUEL MARTÍNEZ LÓPEZ LUIS ARMANDO

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MARTÍNEZ CUCALON HENRY ANTONIO MARTÍNEZ GUIDO MARVIN ANTONIO MEDINA GONZÁLEZ BAYARDO JOSÉ MEDINA CRUZ RONALD DE JESÚS MÉNDEZ ABURTO CARLOS JOSÉ MENDIETA DELGADILLO JUAN MIGUEL MERCADO LÓPEZ JOSÉ REYES MOLINA HERNÁNDEZ JUAN BAYARDO MORALES GUZMAN BISMARK EDUARDO MORENO HERNÁNDEZ JUAN FRANCISCO MUÑIZ MARADIAGA OSCAR ANTONIO MUÑOZ ZAMORA WILBER HUMBERTO NAVARRETE PINEDA CÉSAR ALEJANDRO NEYRA BLANCO BOSCO RENÉ OBANDO MAYORGA JOSÉ DE JESÚS OLIVARES HERNÁNDEZ JOSÉ MARÍA OROZCO LARIOS NOEL DE LOS ANGELES OROZCO RAYO LUIS JAVIER OROZCO RAYO HUMBERTO ANTONIO OROZCO LÓPEZ SERAPIO ORTEGA NAVARRETE EDUARDO JOSÉ OSEGUEDA ARBIZU WALTER BAYARDO PAIZ VALLEJOS MANUEL ANTONIO PARAJON GALO EDGARD GIOVANNY PARRALES ZAMORA SILVIO ANTONIO PEÑA ALTAMIRANO JOSÉ DE JESÚS PEREZ MUÑOZ ROGER IGNACIO PEREZ MANZANARES OSCAR JOSÉ QUINTANILLA OPORTA DENIS MERCEDES RAMÍREZ BERMUDEZ JOSÉ SANTOS RAMÍREZ FLORES DYDDYER ELIUT RIOS MARTÍNEZ FELIX PEDRO RIVAS TORRES DAVID ENRIQUE RIVAS MORENO JOSÉ SANTOS RIVERA ACUÑA LEONEL RIVERA GALO KARLA VANESSA RIVERA AMADOR JULIO CESAR

488 RIZO RIVERA SANTOS SECONDINO ROBLETO DAVILA PEDRO JOSÉ ROCHA MUNGUÍA ALEJANDRO MAURICIO RODRÍGUEZ CASTILLO LUIS FELIPE RODRÍGUEZ MORALES MIGUEL ÁNGEL ROJAS MORALES ABRAHAM RUIZ ALVARADO GENARO SALINAS MARTÍNEZ SERGIO FRANCISCO SALMERON AREAS ENRIQUE JAVIER SÁNCHEZ PÉREZ JOSÉ RAFAEL SÁNCHEZ PINEDA MARVIN ANTONIO SANDOVAL SANDOVAL JOSÉ IVÁN SILVA TÉLLEZ OSCAR ANTONIO SIRIAS SHOENING JAIME NOE TALAVERA CASTILLO OSCAR DANILO TÉLLEZ MAYORGA JUANA TERESA TELLEZ VARGAS SALOMÓN JOSÉ TORREZ MEDINA MARVIN EUSEBIO TORREZ BERMÚDEZ CLETO ANTONIO TRAÑA REYES MARIO ANTONIO TURCIOS RODRÍGUEZ NELSON GONZALO URBINA REYES DOMINGO FRANCISCO URBINA VIVAS PEDRO JOSÉ URBINA ESCOBAR SERGIO ANTONIO VALLECILLO SILVA SERGIO AUGUSTO VALLECILLO DÍAZ CONCEPCIÓN VARGAS ALEMAN DONALD EMILIO VÁSQUEZ CASTRO DANIEL JESÚS VASQUEZ AMADOR JOSÉ AGUSTIN VEGA MENDEZ JONY ALFREDO VELASQUEZ TORREZ JOSÉ RAMÓN VELASQUEZ JOSÉ ADRIAN

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ZAMORA CASTRO TOMAS ANTONIO ZAPATA MENDOZA MIGUEL ANGEL PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Existe una moción de exclusión que ya fue leída, que es una moción de consenso. Así es, ¿verdad? Una moción de exclusión de cuarenta y nueve indultados. Vamos a someterlo ya a votación. Se abre la votación. Está abierta la votación. Están votando. Por favor, hagan uso de su derecho. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 54 votos a favor, 3 en contra, 0 abstencion. Queda aprobada la moción, y el artículo 1. Vamos con el artículo segundo. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 2 Las autoridades competentes procederán a dar cumplimiento a este Decreto,

debiendo poner en libertad a los beneficiados por el mismo a partir de su entrada en vigencia.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión.

489 A votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente; 54 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención. Queda aprobado el artículo 2. Vamos al artículo 3. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 3 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio

de comunicación, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se abre la votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 3 y

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toda la ley. Continuando con el desarrollo de la orden del Día, vamos a presentar unas personalidades jurídicas. Eso es en el Adéndum 4. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: III: PRESENTACIÓN DE PERSONALIDADES JURÍDICAS. 3.49 ASOCIACIÓN IGLESIA BAUTISTA FUNDAMENTAL DE MATAGALPA. 3.50 FUNDACIÓN PRO BECA PARA LOS ALUMNOS POBRES PADRE ODORICO

D'ANDREA (FUNPODA). 3.51 ASOCIACIÓN DE MUJERES DEMOCRÁTICAS (AMUD). 3.52 FUNDACIÓN AMIGOS DE LAS SEGOVIAS (FASES). 3.53 ASOCIACIÓN PRO DESARROLLO DE LAS PENITAS Y PONELOYA (P.O.P.P.) 3.54 ASOCIACIÓN FELIX PEDRO CARRILLO. 3.55 ASOCIACIÓN DE MUJERES DEL CUA-BOCAY 3.56 ASOCIACIÓN CRISTIANA PARA LA SALUD Y EL DESARROLLO (ACSALUDE). 3.57 ASOCIACIÓN PARA EL MANEJO INTEGRAL DEL AGUA "A MI AGUA". 3.58 FUNDACIÓN SOMOS ASI POR LA PAZ Y LA VIDA (FUNSAPV). 3.59 FUNDACIÓN MADRIZ. 3.60 ASOCIACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS, HOMBRES, MUJERES Y

ANCIANOS (APREMIA). 3.61 ASOCIACIÓN DE PROCURADORES LABORALES PARA LA DEFENSA Y

DERECHOS DE LAS/LOS TRABAJADORES (APROLAT).

490 3.62 ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO ECOSOSTENIBLE DEL PODER LOCAL Y LA

GESTIÓN MUNICIPAL. 3.63 FUNDACIÓN MARIA TERESA DE CALCUTA. 3.64 ASOCIACIÓN PRO DESARROLLO INTEGRAL NACIONAL (ADIN). 3.65 ASOCIACIÓN COLINDRES. 3.66 ASOCIACIÓN GRUPO DE PARTICIPACIÓN PATRIÓTICA. 3.67 ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO INTEGRAL DE LOS

MUNICIPIOS (APRODIM). 3.68 ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE NAWAWAS (ASOPRAGRO). 3.69 FUNDACIÓN JUAN Y PINA WONG. 3.70 ASOCIACIÓN SOCIEDAD INTERNACIONAL PARA LOS DERECHOS HUMANOS (SIP-DH).

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional, y con fundamento en los Artos. 138 y 140 de la Constitución Política de Nicaragua, en los Artos. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley No. 147, "Ley General Sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro", presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Fundación Civil denominada "ASOCIACIÓN IGLESIA BAUTISTA FUNDAMENTAL DE MATAGALPA". Esta se constituye, entre otros, con los siguientes objetivos:

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1) Predicar de manera diversificada el Evangelio de Jesucristo. 2. Impulsar obras cristianas en lo referente a la salud, educativa y otros campos que vayan en

beneficio de la niñez y población en general. 3.- Tratar con todo tipo de personas socialmente marginadas drogadictos, prostitutas,

alcohólicas, etc., para que se conviertan a Cristo y que cambien su forma de vida y sean útiles a la sociedad y a sus familias.

4.- Alcanza a personas sin distingo de credos políticos, religiosos, ni económicos, con el único objeto de

alcanzarlos para que le sirvan como elementos transformadores de la sociedad. 5.- Esta obra necesita ser puesta en práctica con urgencia, ya que el mundo se pierde sin Cristo, sin fe, sin

esperanza. El domicilio principal de la entidad será en la ciudad Matagalpa, Departamento de Matagalpa, no obstante podrá establecer oficinas en cualquier parte de la República de Nicaragua o fuera de ella y su duración es por tiempo indefinido. Por todo lo antes expuesto, someto a consideración de los honorables Diputados de la Asamblea Nacional la presente Iniciativa de Personería Jurídica antes mencionada a fin de que sea acogida por el Plenario y remitida a Comisión para su dictamen y posterior aprobación. Managua, veintiocho de Enero del dos mil.

ING. AUGUSTO CÉSAR LÓPEZ

Diputado

491 PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasan a la Comisión de Gobernación, para su debido dictamen. Se suspende la Sesión, y se cita para mañana a las nueve de la mañana.

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492

Jueves 2 de Marzo, 2000. SECRETARIO PEDRO JOAOUIN RIOS: JOSÉ RENÉ ARÁUZ LÓPEZ ALCALA BLANDON CRUZ LOURDES BLANDON ORTEGA ADOLFO CALERO PORTOCARRERO EDUARDO CALLEJAS DESHON ROGER CASTELLON ORUE ANGELES CASTELLON CASTRO FELIX HERNAN CASTILLO FLORES MARLON CASTILLO TEJADA LEONIDAS CENTENO RIVERA NOEL JOSÉ DELGADO CUADRA IVÁN ESCOBAR FORNOS FRANCISCO ESPINOZA NAVAS JOSÉ MANUEL ESPINOZA C. STEADMAN FAGOT MULLER LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR RITA FLETES ZAMORA SERGIO GARCÍA PINELL FRANCISCO GARCÍA SARAVIA CARLOS GUERRA GALLARDO WÁLMARO A. GUTIÉRREZ MARIO LIZANO GUTIÉRREZ AUGUSTO LÓPEZ GONZÁLEZ EDUARDO JOSÉ LÓPEZ MEZA EMILIO MARQUEZ ACUÑA JORGE MARTÍNEZ GONZÁLEZ

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LOMBARDO MARTÍNEZ C. PEDRO MATUS GONZÁLEZ ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ WILLIAM MEJÍA FERRETY ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA JOSÉ DE JESÚS MIRANDA H. OSCAR MONCADA REYES LILLIAM MORALES TABORA LEOPOLDO NAVARRO B. ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ LEONEL PANTIN WILSON NOEL PEREIRA MAJANO FRANCISCO PEREZ ORTEGA PEDRO JOAQUIN RÍOS CASTELLON ALBERTO RIVERA MONZON EDUARDO JOSÉ RIZO LÓPEZ ERNESTO ROMERO ANGULO GUILLERMO SELVA ARGÜELLO PABLO SIERRA CHACON JOSÉ DAMISIS SIRIAS V. VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE ISMAEL TORREZ CALERO LUIS URBINA NOGUERA HENRY URCUYO MALEAÑOS DAMASO VARGAS LOASIGA SAÚL ZAMORA DICARIO Presidente, 51 Diputados presentes. Hay quórum legal. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a continuar la Sesión. Vamos a desarrollar la presentación, discusión y aprobación, de personalidades jurídicas, Adéndum 4. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Tomo No. IV: DISCUSIÓN DE DICTÁMENES DE PERSONALIDADES JURÍDICAS PRESENTADOS POR LA COMISIÓN DE DEFENSA Y GOBERNACIÓN. 6.21. ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO LAS TAPIAS.

493 6.22. ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES EN PRO DEL DESARROLLO INTEGRAL

DEL MUNICIPIO DE ESTELI (APRODIME). 6.23. ASOCIACIÓN ORGANIZACIÓN CENTROAMERICANA PARA EL

DESARROLLO DE LA DEMOCRACIA (ACADE). 6.24. ASOCIACIÓN ORGANIZACIÓN CÍVICA PARA EL DESARROLLO DE RIVAS

(LA ORGANIZACIÓN). 6.25. ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE EL TULE (ASPET). 6.26. ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE LA ESCUELA CAMPESINO A CAMPESINO (AOMO). 6. 2 7. ASOCIACIÓN INTEGRAL A LA FAMILIA "JUAN PABLO II" (ASATTNFAJUP ID). 6.28. ASOCIACIÓN MINISTERIO CRISTIANO GÉNESIS. 6.29. ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE Y DEL MEDIO

AMBIENTE DE MATAGALPA (ASODEMAT). 6.30. ASOCIACIÓN DE FOMENTO DE ENERGÍA RENOVABLES (AFER). 6.31. ASOCIACIÓN DE PILOTOS AVIADORES NICARAGÜENSES (ASPANIC). 6.32. ASOCIACIÓN IGLESIAS DE CRISTO LIBRES ASOCIADAS (ICLA). 6.33. ASOCIACIÓN POR EL DESARROLLO Y PROTAGONISMO DE LA NIÑEZ Y

LA ADOLESCENCIA TRABAJADORA (ADEPRONAT).

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6.34. ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE DE CRIADORES DE CABALLOS DE RAZA IBEROAMERICANA (ANCI).

6.35. ASOCIACIÓN COMUNITARIA PRO DESARROLLO DE MASATEPE

(ASOCOPRODEMA). 6.36. ASOCIACIÓN JUNTAS DE DESARROLLO COMUNITARIO NACIONAL (JDCON). 6.37. ASOCIACIÓN MISIÓN EVANGELÍSTICA INTERNACIONAL "MANANTIAL DE

VIDA". 6.38. ASOCIACIÓN DE IGLESIAS JEHOVÁ ES TU BANDERA (ASIGENIS). 6.39. ASOCIACIÓN CIUDADANOS UNIDOS PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL (ACUDES). 6.40. ASOCIACIÓN DE PROTESISTAS DENTALES EMPIRICOS DE NICARAGUA

(APDN). 6.41. ASOCIACIÓN CÁMARA DE TURISMO DE GRANADA (CATUGRA). 6.42. ASOCIACIÓN DE EDUCADORES E INTERPRETES AMBIENTALISTAS

(ASODEA-ESTELÍ NATURAL). 6.43. ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES DE MASAYA (ACODEMA). 6.44. ASOCIACIÓN INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR INTERAMERICANO (ITSI). 6.45. ASOCIACIÓN CULTURAL EDUCATIVA SION GENERANDO VIDA

(ASOCIACIÓN GENERANDO VIDA). 6.46. ASOCIACIÓN DE PROMOTORES AGROECOLÓGICOS DE ORIENTE “RICARDO

CHAVARRIA” (APAORICH). 6.47. ASOCIACIÓN DE PERIODISTAS Y COMUNICADORES AMBIENTALISTAS DE NICARAGUA

(APCAN).

494 6.48. ASOCIACIÓN CENTRO NICARAGÜENSE DE FORMACIÓN

GENERACIONAL (SEMILLA). 6.49. ASOCIACIÓN MUJERES CONSTRUYENDO EL FUTURO (AMCOFU). 6.50. ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO LAGUNA DE APOYO

(ADECLAP). 6.51. ASOCIACIÓN DE GANADEROS DE SAN MIGUELITO (ASOGAMI). 6.52. ASOCIACIÓN CIVIL COMUNAL DE TASBA POUNI (A.C.T.P.) 6.53. ASOCIACIÓN SOLIDARIDAD BADALONA-CHICHIGALPA (ASBACHI). 6.54. ASOCIACIÓN CLUB HIPICO "LA TRINIDAD". 6.55. ASOCIACIÓN MOVIMIENTO INTERNACIONAL LA GRAN COMISIÓN

(LA GRAN COMISIÓN). 6.56. ASOCIACIÓN MINISTERIO CRISTIANO DE ACCIÓN EN LAS CÁRCELES. 6.57. ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LAS

MICROEMPRESAS (APDESMICRO). 6.58. ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTAL INTERDENOMINACIONAL EL

PODEROSO DE ISRAEL (MPI).

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6.59. ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO SAN PEDRO DE MALACATOYA (ADECOSPEM).

6.60. ASOCIACIÓN DE MÉDICOS VETERINARIOS DE NICARAGUA (COMVEN). 6.61. FUNDACIÓN MARÍA DOLORES CARDENAL DE ALEMÁN. 6.62. FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIOECONÓMICO Y

SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL (FUNDES XXI). 6.63. FEDERACIÓN COORDINADORA NICARAGÜENSE DE ORGANISMOS NO

GUBERNAMENTALES (ONG'S) QUE TRABAJAN CON LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA (CODENI).

6.64. FUNDACIÓN TIERRA Y VIDA (FTV). 6.65. FUNDACIÓN POR UN FUTURO SIN POBREZA Y CON JUSTICIA

(FUNFUPOJUS). 6.66. FUNDACIÓN ESFUERZO COMUNITARIO Y SOCIAL (FECS). 6.67. FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE RECURSOS LOCALES (FUDERELO). 6.68. FUNDACIÓN OASIS (OASIS). 6.69. FUNDACIÓN LA VIDA JOVEN DE NICARAGUA CON CRISTO

DESARROLLO COMUNAL. 6.70. FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL DE BELEN (FUNDESOBE). 6.71. FUNDACIÓN PRO AYUDA A LAS PERSONAS AFECTADAS POR EL

NEMAGON, FUMASONE Y DEMAS PESTICIDAS APLICADOS EN LAS BANANERAS Y OTROS CULTIVOS A NIVEL NACIONAL (FUNPRANFBAN).

6.72. FUNDACIÓN DIEZMO Y OFRENDA AL NIÑO ENFERMO Y NECESITADO

(DONEN). 6.73. FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE DIRIAMBA

(FUNDECO). 6.74. FUNDACIÓN CÍVICA PARA EL DESARROLLO, LA EDUCACIÓN Y EL

PROGRESO DE LA PAZ CENTRO (FUNCIDEP).

495 6.75. FUNDACIÓN MINISTERIO MELODIAS DE SION (M.M.S.). 6.76. FUNDACIÓN RECONCILIACIÓN JUVENIL (FRJ). 6.77. FUNDACIÓN DE DESARROLLO AGROPECUARIO DE CHAGUITILLO (FUNDACH). 6.78. FUNDACIÓN LA NACIÓN SOMOS TODOS (FUNACIONES). 6.79. FUNDACIÓN CENTRO DE RELACIONES INTERNACIONALES (C.R.I). 6.80. FUNDACIÓN ROBERTO CALDERÓN GUTIÉRREZ. 6.81. FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE NICARAGUA

(FUDESNIC). 6.82. FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL SUR (FUNDESUR).

DICTAMEN

Managua, 7 de febrero del 2000 Doctor IVÁN ESCOBAR FORNOS Presidente de la Asamblea Nacional Su Despacho.

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Estimado Presidente: Los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, nos reunimos para dictaminar la solicitud de la Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO LAS TAPIAS, con domicilio en la Comunidad Las Tapias, Comarca de Malacatoya, Municipio de Granada, Departamento de Granada, presentada por el Diputado Jorge Samper Blanco, en la Primera Sesión Ordinaria de la XVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el catorce de Enero del dos mil. Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: a) Promover la legalización de la propiedad y el mejoramiento de la vivienda en la comunidad; b) Promover la educación en la comunidad y velar por la calidad de la enseñanza; c) Promover la salud integral de la comunidad; d) Promover y gestionar proyectos de autosostenibilidad económica; e) Promover el desarrollo agropecuario; f) Promover el desarrollo de los principios cristianos; g) Promover la protección de los recursos naturales y del medio ambiente; h) Impulsar el desarrollo de la cultura y el deporte en la comunidad; i) Promover medios de comunicación y transporte; j) Promover la cultura de inscripción registral de los nacimientos de los miembros de la comunidad. Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Coordinador: CARLOS ALBERTO VALLE TORREZ; Secretario: BLANCA AZUCENA RIVAS ORTEGA; Tesorero: FRANCISCA DEL SOCORRO MENDOZA CALDERON; Fiscal: ROSA MARÍA TÉLLEZ SEQUEIRA; Vocal: ROSA AMELIA RIVAS ORTEGA. Los Miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación, están en concordancia con la Ley No.147. Asimismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política. Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 56, inciso 5 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, dictaminamos

496 FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica. Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO LAS TAPIAS. Atentamente,

COMISIÓN DE DEFENSA Y GOBERNACIÓN WILLIAM MEJÍA FERRETI JOSÉ GONZÁLEZ PICADO PRESIDENTE PRIMER VICE- PRESIDENTE RENÉ ARÁUZ LÓPEZ JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ SANTANA SEGUNDO VICE- PRESIDENTE SEGUNDO SECRETARIO PEDRO J. RIOS CASTELLON ANGELA RIOS PEREZ MIEMBRO MIEMBRO CARLOS GARCIA BONILLA MAXIMINO RODRÍGUEZ MIEMBRO MIEMBRO

ERNESTO ROMERO ANGULO

MIEMBRO PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión en lo general.

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El único orador inscrito que tenemos aquí, es el Diputado Pedro Matus; si hay otro, le suplico que se apunte. Honorable Diputado Pedro Matus González, tiene la palabra. DIPUTADO PEDRO MATUZ GONZÁLEZ: Gracias, señor Presidente. Yo quisiera que el punto 6.40, Asociación de Protesistas Dentales Empíricos de Nicaragua, se mandara nuevamente a la Comisión de Gobernación, porque si estamos buscando que todo mundo tenga su diploma para poder dar cabida en el servicio de la comunidad, es lógico que estos señores serían llamados por Gobernación para que por lo menos la Universidad les dé un curso, y entonces si aprobarles su personalidad Jurídica, porque ellos son empíricos y les van a dejar los dientes hechos "paste" al cliente. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Hay alguna otra opinión, con relación a esta petición. Honorable Diputado Noel Delgado, tiene la palabra. DIPUTADO NOEL DELGADO CUADRA: Muchas gracias, señor Presidente. Hay una gran coincidencia entre el honorable Diputado Pedro Matus y este su servidor –servidor de ustedes- referente al punto 6.40; sin embargo, existen en muchas regiones de Nicaragua muchos dentistas que aprobaron su tercero o cuatro año y que le sirven a la comunidad con mucha dedicación. Son pocos los dentistas de la capital o ciudadanos importantes de Nicaragua que pretenden estar a la orilla del cerro “Las Maderas” o a orillas de cerro

497 "La Concepción". Por ejemplo en Rivas, para no ir muy largo, allí nosotros tenemos -cuando digo nosotros me refiero a los nicaragüenses- aproximadamente tres dentistas que aprobaron su cuarto año, pero que no lograron sacar su monografía. Por consiguiente, yo le rogaría -si lo cree correcto al honorable Diputado Pedro Matus- que retire esa posición en torno a que se saque y se regrese a Comisión el punto 6.40. En Nicaragua, por falta de recursos, por falta de universidades, por falta de cultura, en muchísimos lugares recónditos de nuestro país existen muchos profesionales empíricos; es el caso que con mucha sabiduría el Ministerio de Salud prepara a las parteras en las comunidades rurales del país, para que puedan atender la venida de un nuevo nicaragüense a la vida. Si lo juzga conveniente, yo le rogaría que retirara esa posición; si no, señor Presidente, solicito que se sometan a votación las dos posiciones: una es que se retire, y la mía en torno a que se apruebe el día de hoy. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Me gustaría que se presentaran las dos mociones para someterlas a votación Vamos a someterlas a votación pues. Verde es que continúe, como dice el Diputado Noel Delgado, y rojo es que se extraiga y se suprima. Vamos a abrir a votación. Se abre la votación. Está abierta la votación. Se cierra la votación.

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Déjenme leer, para yo después sacar la conclusión. Hay 7 votos a favor de que quede, 33 para que se suprima y 2 abstenciones. No hay quórum. Se suspende la Sesión, y cito para dentro de una hora, para nueva reunión. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Le suplico a los señores Diputados que vayan marcando, para poder tomar de nuevo el quórum. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLON: Hay quórum legal con 49 Diputados presente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a repetir la votación en la que estábamos, de las personalidades jurídicas. A votación en lo general las personalidades jurídicas. Se abre la votación en lo general. Está abierta la votación. Bueno, se va a cerrar. Por favor, es el último llamado. Si no se cierra.

498 Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 45 votos, 0 en contra. No hay quórum, se suspende la Sesión. Se cita para el martes de la próxima semana, a las nueve de la mañana.

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499

CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO UNO DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA MARTES SIETE DE MARZO DEL AÑO 2000, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (DECIMOSEXTA LEGISLATURA). PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Marquen con sus tarjetas; y los miembros de la Junta Directiva, que ocupen sus lugares. SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON: JOSÉ RENÉ ARÁUZ LÓPEZ BAYARDO ARCE CASTAÑO MONICA SALVADORA BALTODANO MARCENARO ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN ALCALA BLANDON CRUZ MARÍA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA JAIME JOSÉ BONILLA LÓPEZ ADOLFO CALERO PORTOCARRERO ROGER CASTELLON ORUE ANGELES CASTELLON CASTRO FELIX HERNAN CASTILLO FLORES EDWIN CASTRO RIVERA NOEL JOSÉ DELGADO CUADRA FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS JOSÉ MANUEL ESPINOZA CANTILLANO STEADMAN FAGOT MULLER RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA FRANCISCO HERIBERTO GADEA MANTILLA SERGIO DE JESÚS GARCÍA PINELL CARLOS ANTONIO GUERRA GALLARDO REYNALDO LAGUNA MAIRENA MARIO JOSÉ LIZANO GUTIÉRREZ EMILIO JOSÉ MARQUEZ ACUÑA JORGE ALBERTO MARTÍNEZ GONZÁLEZ FRANCISCO JOSÉ MARTÍNEZ LARIOS

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PEDRO PABLO MARTÍNEZ TÉLLEZ PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZÁLEZ WILLIAM MEJÍA FERRETI ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ OSCAR MONCADA REYES RAMÓN ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA CARLOS JOSÉ PALMA ALVARADO LEONEL PANTIN WILSON NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN ANGELA DEL ROSARIO RÍOS PÉREZ ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON EDUARDO JOSÉ RIZO LÓPEZ MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO GUADALUPE DOLORES SÁNCHEZ BLANDON JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ SANTANA WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM JOSÉ DAMICIS SIRIAS VARGAS VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA HENRY URCUYO MALEAÑOS MARTHA HERIBERTA VALLE VALLE DAMASO VARGAS LOAISIGA Señor Presidente, hay quórum legal con 51 Diputados presentes. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a continuar con la Sesión. 500 Se le da la palabra al honorable Diputado Edwin Castro. DIPUTADO EDWIN CASTRO: Gracias, Presidente. Antes de comenzar -creo que es un deber de todos nosotros como legisladores- pediría a todos los honorables Diputados, que ante el fallecimiento del Jefe de Prensa de este Parlamento nos pongamos de pie y dediquemos un minuto de silencio al periodista Carlos Flores. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasamos al Adéndum No. 4. Vamos a continuar con las votaciones en lo general de las personalidades jurídicas de las Asociaciones, que quedo sin la votación. Tiene la palabra René Aráuz. DIPUTADO RENÉ ARÁUZ: Muchas gracias, honorable señor Presidente. Esta es una moción que solicito a la honorable Junta Directiva, con respecto a que en el Diario The Herald en su edición del día viernes 3 de Diciembre de 1999, en la sección E, en la Living Lerning salió un artículo reconociendo la existencia de piezas arqueológicas pertenecientes al Estado de Nicaragua, y que hoy se encuentran expuestas al público en el Museo de Ciencias de la Ciudad de Miami, Estados Unidos. Aquí acompaño el Diario The Herald para que la Asamblea Nacional, por medio de la Junta Directiva proceda por medio de esa declaración, a recuperar estos objetos arqueológicos, ya que es bien sabido que se encuentran en dicho museo (Corte de Grabación)... y la Convención para la realización de la Exposición de Objetos Arqueológicos, Históricos Artísticos y la Convención para la Protección del Patrimonio Cultural. Dichas Convenciones tienen como objetivo proteger nuestro patrimonio cultural en todas sus manifestaciones, de manera individual y conjuntamente, para lo cual se deberán coordinar las acciones y realizar reuniones para combatir el tráfico ilícito de los bienes culturales, así como reclamar el retorno y la restitución del patrimonio sustraído. También así lo contempla la Constitución Política. Esta es una petición que hago como Diputado, y además como primer Vice-Presidente de la Comisión de Integración Centroamericana, porque estos objetos que

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son parte de nuestro patrimonio cultural y que están siendo exhibidos a todos los visitantes en un museo de Miami, son piezas que tienen entre ochocientos y mil quinientos años antes de Cristo y que pertenecen a la historia de Nicaragua. Paso a presentar la mocion ante el honorable Presidente de la Junta Directiva, a fin de que dicha Directiva haga las declaraciones y el pronunciamiento correspondiente. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: La moción para leerla de nuevo, y en el transcurso de la Sesión someterla a decisión. Vamos a proceder a la votación de los dictámenes de personalidades jurídicas que están contenidas en el Adéndum No.4, del punto 6.21 al 6.82, que habían quedado pendientes. Vamos a abrir la votación en lo general. Se abre la votación.

501 Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstencion. Quedan aprobadas en lo general. Vamos a lo especial. La lectura de un articulado por favor. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES EN PRO DEL DESARROLLO INTEGRAL DEL MUNICIPIO DE ESTELI (APRODIME), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Estelí, Departamento de Estelí.

Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus

Estatutos. Arto. 3 La ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES EN PRO DEL DESARROLLO INTEGRAL

DEL MUNICIPIO DE ESTELI (APRODIME), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La

Gaceta, Diario Oficial. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación en lo particular.

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Está abierta la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 50 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Quedan aprobadas todas las personalidades jurídicas. Continuamos desarrollando el Orden del Día, y vamos a pasar al Adéndum 1, para seguir discutiendo en lo particular la Ley Creadora del Sistema Nacional para Prevención. Mitigación y Atención de Desastres, que es una ley muy importante y que le está urgiendo al pueblo de Nicaragua que la aprobemos. Se pueden colocar en el Capítulo IV. Vamos a leer el Capítulo IV. Que se vayan preparando las mociones que habían y todo lo relacionado con esta discusión; la discusión es por capítulos. Por favor, les ruego atención. Me van pidiendo la palabra los que tengan mociones. Que se

502 inscriban en la pantalla. ¿Artículo 17? No hay moción. Si sale, después la vemos. ¿Sí, hay moción? Honorable Diputado William Ferreti, tiene la palabra. DIPUTADO WILLIAM FERRETI: En el artículo 17, señor Presidente, en el primer párrafo hay una moción de nueva redacción: El Comité Nacional de Prevención, Mitigación y Atención de Desastres, tendrá instancias similares a nivel departamental y regional. Los Comités en el territorio estarán integrados y conformados por los representantes de las instituciones miembros del Comité Nacional que cuenten con presencia en el territorio y cada uno de ellos estará presidido por el Secretario de Gobierno, quien trabajara en coordinación y participación con las demás autoridades locales. De lo establecido anteriormente, se exceptúan las Regiones Autónomas en donde procederá el Coordinador de Gobierno." PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Esa moción es de consenso? DIPUTADO WILLIAM FERRETI: Es de consenso. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Entonces vamos a someterla a votación. No hay nadie que pida la palabra. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 50 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Mejor vamos a seguir leyendo todo el Capítulo de una sola vez, como lo dice el Reglamento. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO IV Arto. 18 (Funciones de los Comités)

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Para los fines y efectos de la presente Ley y su Reglamento, se establecen a los Comités en el territorio las funciones siguientes:

1. Establece las políticas específicas requeridas para su territorio, en armonía con las definidas por el Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Atención de Desastres.

2. Aprueba los planes territoriales de Prevención Mitigación y Atención de Desastres, en armonía con

los Planes Nacionales sobre la materia.

3. Aprueba y ejecuta las medidas e instrumentos requeridos para hacer operativos los fines, principios y objetivos del Sistema Nacional de

503

Prevención, Mitigación y Atención de Desastres en su respectivo territorio.

4. Convoca, en calidad de asesores, a los organismos gubernamentales y no gubernamentales que no sean miembros del Comité.

Arto. 19 (Actuaciones de los Gobiernos en las Regiones Autónomas):

En las Regiones Autónomas Norte y Sur de la Costa Atlántica, RAAN y RAAS, en lo que respecta a las actuaciones y la aplicación de la presente Ley su Reglamento, el cumplimiento de los fines, principios y objetivos establecidos en ésta, los respectivos despachos de los Gobiernos Regionales, actuarán de conformidad a lo dispuesto para los Comités de Desastres Departamentales.

Arto. 20 (Comités de Prevención, Mitigación y Atención de Desastres en el

Municipio):

Créanse los Comités de Prevención, Mitigación y Atención de Desastres en el Municipio, siendo el Alcalde el que lo coordina; las Comisiones de Trabajo están integradas por los Delegados de los Ministerios de Gobierno presentes en el territorio.

A solicitud del Alcalde respectivo, podrán integrarlo además, los organismos no gubernamentales y representantes del sector privado y de la comunidad.

Los Comités Municipales de Prevención, Mitigación y Atención de Desastres podrán formar las comisiones de trabajo que resulten necesarias para sus actividades, entre otras, las siguientes:

1. Comisión de Seguridad.

2. Comisión de Suministros.

3. Comisión de Infraestructura y Transporte.

4. Comisión de Salud.

5. Comisión del Ambiente y Recursos Naturales.

6. Comisión de Defensa al Consumidor.

Cuando el desastre sea dentro del ámbito Municipal, el Alcalde de cada Municipio determinará quién es el responsable de cada Comisión.

Arto. 21 (Local para la ubicación):

Las estructuras a las que se refiere el artículo anterior, tendrán sus oficinas en las respectivas Alcaldías Municipales durante el período que dure la emergencia.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

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¿Observaciones al artículo 18? No hay. ¿Al artículo 19? No hay. Se le concede la palabra al honorable Diputado René Aráuz. DIPUTADO RENÉ ARÁUZ:

504 Es para el artículo 21, en el sentido de que se suprima la parte final que dice "...durante el período que dure la emergencia", a fin de que sea armónico con el espíritu de la ley. Esta moción es de consenso y paso a presentarla. Es todo, muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado José María Sánchez. DIPUTADO JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ: En el artículo 19, la moción es que en la parte final, donde se lee "Comités de Desastres Departamentales", suprimir la expresión que dice "de desastres" y que se lea "Comités Departamentales". El resto del contenido del artículo queda igual. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Es de consenso también esta otra moción? Son dos mociones de consenso. Se van a someter a votación las mociones. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobadas las mociones del 19 y el 21. ¿Al 20 no hay objeción? Vamos a la votación del Capítulo. Se abre la votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo. Vamos ahora a la lectura del Capitulo V. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO V

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DEL CENTRO DE OPERACIONES DE DESASTRES

Arto. 22 (Centro de Operaciones de Desastres)

El Estado Mayor de la Defensa Civil del Ejército de Nicaragua, creará un Centro de Operaciones de Desastres CODE.

El Centro de Operaciones contará con el personal necesario, las instalaciones, el equipamiento y los demás medios que requiera para cumplir con las funciones que le asigne el Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Atención de Desastres.

505 PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. Tiene la palabra el honorable Diputado Bayardo Arce. DIPUTADO BAYARDO ARCE: Muchas gracias, Presidente. Ahorita estamos hablando aquí de desastres naturales; yo quiero evitar desastres parlamentarios. Se acaba de circular aquí un Adéndum No. 7, que supuestamente recoge unos dictámenes de la Comisión Económica que nosotros no hemos hecho. Entonces a mí me parece que si queremos cuidar la seriedad de nuestro trabajo, y si queremos trabajar con responsabilidad las leyes económicas que se supone van a apuntalar el desarrollo de este país y van a responder a las expectativas internacionales, a los compromisos que incluso Nicaragua ha adquirido con la comunidad internacional donante, no podemos estar dejando pasar este tipo de atropello. Es falso totalmente que en la Comisión Económica hayamos terminado de dictaminar el proyecto de Presupuesto; es falso que hayamos terminado de dictaminar la Ley de Autonomía de la DGI y la DGA. Quiero que sepan los estimados colegas que en la última reunión de la Comisión Económica, el Ministro de Hacienda y el señor Byron Jerez, se comprometieron a enviar una información para justificar un porcentaje de las recaudaciones que pretenden dejarle a esa institución para manejo a su libre albedrio. Esa información no ha venido, por lo tanto la Comisión no ha dictaminado nada. Este es un absoluto atropello a los que integramos la Comisión Económica y un atropello a todo el Plenario, estar mandando aquí un Adéndum con un dictamen que no existe. Entonces yo creo que si queremos trabajar con armonía y equidad en esta Asamblea, yo le pido a la Junta Directiva que retire este Adéndum y nos deje trabajar a la Comisión Económica en nuestro papel de dictaminar estos trascendentales proyectos para el país. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Señor Secretario, tiene la palabra. SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON: Quisiera aclararle al Diputado Bayardo Arce, que fue decisión de la Junta Directiva mandar a imprimir y repartir este Adéndum, porque esto va a tratarse posteriormente. Y las cosas en que no esté de acuerdo usted, como Diputado y miembro de esa Comisión, y la Bancada del Frente Sandinista, puede perfectamente bien mocionarlas; inclusive, llegar a un acuerdo y hacer mociones de consenso y cambiar cualquier cosa que no esté bien o que no sea aceptable en el dictamen de las leyes que están en el Adéndum 7. No sé, Diputado Arce, pero quiero darle una explicación como Secretario, de que eso se mandó a imprimir por decisión de la Junta Directiva. Muchas gracias, Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Por favor, guarden silencio, que no se puede trabajar en esa forma. Diputado Bayardo Arce, tiene usted la palabra.

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DIPUTADO BAYARDO ARCE: Muchas gracias, Presidente.

506 Yo lamento mucho la explicación que está dando el Diputado Ríos, porque aquí yo no estoy poniendo en discusión el derecho que tengo como Diputado de hacer las mociones que corresponda en el momento que corresponda; aquí lo que estoy planteando es que se le esté entregando al Plenario un dictamen que no existe. Yo soy el Secretario de la Comisión Económica, y que me enseñen el acta donde nosotros dictaminamos estos proyectos. Que me enseñen el acta, como Secretario. Es más, aquí me están trayendo unas actas porque yo soy el que las corrijo. ¿En qué momento he dictaminado yo? ¿Cuándo hemos dictaminado nosotros en la Comisión esto, si apenas estamos discutiendo estos temas? Entonces, yo lo que estoy diciendo es que se tiene que retirar este Adéndum, porque estas leyes no están dictaminadas y es un atropello, un irrespeto a toda la Asamblea y a quienes integramos la Comisión, que se nos mande a decir que hay un proyecto dictaminado y que usted me diga que yo puedo hacer mociones. Claro que si yo tengo diferencias con este proyecto, voy a presentar un dictamen de minoría, pero cuando terminemos de discutir. Es más, ustedes están atentando con esto contra el consenso, porque nosotros hemos trabajado con el mejor espíritu de buscar unas leyes apropiadas en el caso de la DGI y la DGA para el país, y ahora me están mandando aquí un proyecto como dictaminado, cuando nosotros no hemos terminado esa discusión. Todavía estamos esperando que el Ministro de Hacienda y el Director de Ingresos nos justifiquen para que quieren el 3 por ciento de lo recaudado, que significa triplicarle los ingresos actuales. Entonces lo que yo pido es un asunto de procedimiento, que se retire este Adéndum, que nos dejen dictaminar y que después sigamos. Si lo que queremos son leyes, ahí hay una cantidad de leyes que no caminan; pongamos a discusión la Ley del Colegio de Periodistas, pongamos a discusión la Ley del Café, pongamos a discusión cantidades de leyes que están dictaminadas y que no se han presentado todavía. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Oscar Moncada. DIPUTADO OSCAR MONCADA: Yo le quiero decir a don Bayardo, como Presidente de la Comisión Económica, que en un momento determinado nosotros resolvimos por mayoría y para ahorrar tiempo, y después consultarle a los miembros del Frente Sandinista que forman parte de la Comisión Económica, en el entendido -platicado con algunos de ellos- de que nos íbamos a poner de acuerdo en las mociones. En ningún momento fue para engañar absolutamente a nadie, porque si no hubiéramos dicho de una sola vez que el dictamen era de mayoría y que esperábamos el dictamen de minoría. Pero en ningún momento fue para sorprender a don Bayardo o para sorprender al Frente Sandinista sobre el dictamen que ahora estamos haciendo. En estos mementos nos estábamos poniendo totalmente de acuerdo en que, en lo que no estuvieran de acuerdo ustedes, íbamos a tratarlo para hacerlo de una manera bien clara, para podernos entender y hacerlo consensuadamente. Entonces en ninguna forma hemos faltado a nuestra promesa, fue por una cuestión de tiempo, y respecto a ese tiempo posiblemente es lo que no sabe don Bayardo del arreglo a que se llegó. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Diputado Bayardo Arce, tiene usted la palabra. DIPUTADO BAYARDO ARCE:

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507 Vea, yo lamento mucho esta situación, pero yo quiero que me diga el Presidente, cuándo fue que se reunió la Comisión y que por mayoría decidieron esto. Yo aquí tengo las actas, y si hubo una reunión en la que no se me citó, también se está atropellando el procedimiento parlamentario. Es más, aquí tenemos un problema: nosotros en el mejor espíritu de armonía, llamamos a inicio de año al Gabinete Económico. Para no quedarme afónico, voy a esperar que se ponga el orden ahí, Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Por favor, silencio. No se puede trabajar. Bueno, continúe. DIPUTADO BAYARDO ARCE: Le estaba diciendo, Presidente, que para trabajar con la mejor armonía en estas leyes delicadas para el país, nosotros invitamos a inicios de este año a todo el Gabinete Económico, para organizar una agenda que respondiera a los intereses del país. Del Ministro de Hacienda y del Presidente del Banco Central salieron propuestas de compromisos con este Poder del Estado, y esos compromisos no han sido cumplidos. Aquí el Presidente del Banco Central nos dijo que él estaba de acuerdo en que suspendiéramos el dictamen y estudio de todas las leyes financieras, mientras no se le informara a la Asamblea la liquidación del Banco Nacional de Desarrollo y los responsables de la quiebra del BANADES. Es hoy y no ha venido el informe de la liquidación del BANADES. Yo hablé ayer con el Presidente del Banco Central, y dijo que iba a ordenar que nos hicieran el informe de la liquidación. Con el Ministro de Hacienda quedamos que cumpliera con la ley aprobada en 1997, que es dar a conocer todos los indemnizados, y es hoy y el Ministro de Hacienda no manda a publicar eso. ¿Aquí vamos a estar aprobando las leyes que le interesan nada más a determinados funcionarios o las leyes que le interesan a la economía del país? Nosotros hemos trabajado con mucha seriedad y mucha responsabilidad estos temas económicos. Yo no sé qué es lo que oculta el Ministro de Hacienda, a quien está encubriendo que no cumple con la Ley de 1997 y manda a publicar las listas de indemnizados. ¿Por qué no se quiere justificar este porcentaje que triplica los ingresos de la DGI? Nosotros no estamos emitiendo criterios sobre estos proyectos, estamos reclamando que no se ha dado tiempo a que la Comisión dictamine como corresponde. Yo pido que me digan cuando se reunió la Comisión, porque si aquí fue falla de los asesores o de los asistentes que no citaron, pues hay que cobrar responsabilidad administrativa. A mí nadie me ha citado, y siempre que me citan a reuniones vengo a cumplir con mi trabajo. Así es que no hay ninguna reunión de mayoría donde se haya acordado dictaminar eso sin la presencia del Frente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bueno, continuemos con la Sesión, esto está fuera de orden. Vamos a proseguir con la votación. Eso lo va a decidir la Junta Directiva. A votación el Capítulo V. Se abre la votación del capítulo V. A ver si logramos por lo menos sacar una ley, porque ya no se

508 quiere trabajar aquí por lo que veo.

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Está abierta la votación. Se cayó el quórum. Se suspende la Sesión, y se cita para el día de mañana a las nueve de la mañana.

509 PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

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Se les suplica a los honorables Diputados que ocupen sus asientos, que dentro de un momento vamos a continuar con la Sesión, por favor. SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS: (8 de Marzo del 2000) RENÉ ARÁUZ LÓPEZ MARIO JOSÉ GUTIÉRREZ VASCONCELOS CARLOS JOSÉ PALMA ALVARADO ALCALA BLANDÓN CRUZ ALBERTO FRANCISCO JARQUÍN SAENZ LEONEL PANTIN WILSON MARÍA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA MARIO JOSÉ LIZANO GUTIÉRREZ NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO JAIME JOSÉ BONILLA LÓPEZ AUGUSTO LÓPEZ GONZÁLEZ FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA ALFONSO CALERO PORTOCARRERO ARMANDO ISIDORO LÓPEZ PRADO GUILLERMO VIRGILIO RAMOS DUARTE EDUARDO CALLEJAS DESHON EMILIO JOSÉ MARQUEZ ACUÑA PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLON ROGER CASTELLON ORUE JORGE ALBERTO MARTÍNEZ GONZÁLEZ ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON ANGELES CASTELLON CASTRO LOMBARDO MARTÍNEZ CABEZA EDUARDO JOSÉ RIZO LÓPEZ FELIX HERNAN CASTILLO FLORES FRANCISCO JOSÉ MARTÍNEZ LARIOS MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ EDWIN CASTRO RIVERA PEDRO PABLO MARTÍNEZ TÉLLEZ MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO ALVARO IVÁN ESCOBAR FORNOS PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZÁLEZ GUADALUPE DOLORES SÁNCHEZ BLANDON FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS WILLIAM MEJÍA FERRETY GUILLERMO DANILO SELVA ARGÜELLO STEADMAN FAGOT MULLER ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE RITHA FLETES ZAMORA OSCAR MONCADA REYES ISMAEL JOSÉ TORREZ CALERO HERIBERTO GADEA MANTILLA LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA SERGIO DE JESÚS GARCÍA PINELL LEOPOLDO NAVARRO BERMÚDEZ HENRY URCUYO MALEAÑOS CARLOS ANTONIO GUERRA GALLARDO CARLOS WILFREDO NAVARRO MOREIRA DAMASO VARGAS LOAISIGA WÁLMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO RAMÓN ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ Comprobación de quórum: 56 Diputados presentes. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Este es un día importante, el Día Internacional de la Mujer.

510 Esta es una lucha de siglos, una lucha desigual de la mujer, y hoy lo estamos celebrando en diferentes lugares

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de la tierra; y nosotros a través de la Asamblea Nacional, y por mi parte, le mandamos un mensaje de solidaridad y apoyo a esa lucha. Vamos a continuar desarrollando la Orden del Día, y volvemos al Adéndum número 1, en la Ley de los Desastres, y hay que situarse en el Capítulo V para votar el artículo 22. Ya se había leído, es de un sólo artículo ese Capítulo. Solamente se había leído para votar. Por favor, ya vamos a continuar. Estén listos para proceder a la votación porque no hay ninguna observación. Se va a abrir la votación. Se abre. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 52 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención. Queda aprobado el Capítulo V. Pasamos ahora al Capítulo VI, su lectura. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO VI

DE LAS ALERTAS Y EL ESTADO DE DESASTRE

Arto. 23 (Estado de Desastre): El Estado de Desastre solamente podrá ser declarado por el Presidente de la República a través de un Decreto Ejecutivo; este podrá ser a propuesta del Comité Nacional o por disposición expresa del Presidente de la República.

En el Decreto se deberá definir el tipo de desastre, su cobertura territorial, la norma jurídica especial que se aplicará y determinará las causales, razones y motivos que dan lugar al mismo.

Los Comités cuyos territorios hayan sido incluidos en el Decreto deberán actuar de conformidad al Decreto que lo haya establecido.

El Presidente de la República decretará el cese del Estado de Desastre una vez la situación haya vuelto a la normalidad. En el mismo Decreto se deberá comunicar qué normas especiales continuarán aplicándose total o parcialmente durante las tareas de rehabilitación, reconstrucción y desarrollo.

Arto. 24 (Disposiciones Especiales): La declaración de Estado de Desastre podrá poner en

vigencia un régimen normativo especial para las contrataciones del Estado, la ejecución presupuestaria, la defensa del consumidor, las limitaciones temporales al uso de la propiedad, la ocupación temporal y la demolición de inmuebles, servidumbres, aislamiento temporal de espacios, suspensión de trabajo, actividades y servicios públicos y privados, así como la evacuación de inmuebles.

La aplicación de estas disposiciones especiales estará en relación directa con el Estado de Desastre declarado.

Arto. 25 (Jerarquía Orgánica): La jerarquía orgánica de las dependencias de gobierno en los

territorios afectados por la Declaratoria de Estado de Desastre y sus titulares,

511

estarán funcionando de acuerdo a las prioridades que señalen los Comités en los territorios.

Arto. 26 (Proceso de los Estados de Alerta): Para los fines y efectos de la presente Ley y

su Reglamento, se establecen los siguientes Estados de Alerta:

1) Estado de Alerta Verde. 2) Estado de Alerta Amarilla.

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3) Estado de Alerta Roja.

Arto. 27 (Procedimiento para el Alerta Verde): En virtud de lo establecido en el Artículo 3, numeral 1),

corresponde al Comité Nacional informar a la población de la situación e informar de las medidas iniciales que deben de adoptarse de acuerdo a los Planes determinados ante las diferentes situaciones.

Arto. 28 (Procedimiento para el Alerta Amarilla): En virtud de lo establecido en el Artículo 3, numeral 2),

corresponde al Comité Nacional establecer, crear y disponer de los centros de refugios, el plan y orden de realización de la evacuación de la población, así como la puesta a salvo y resguardo de los bienes de la población y del Estado.

Arto. 29 (Procedimiento para el Alerta Roja): En virtud de lo establecido en el Artículo 3, numeral 3)

corresponde al Comité Nacional la creación de los refugios, aplicación de los planes de asistencia médica, evaluación de daños y la determinación de las necesidades y la aplicación de los planes de asistencia, independientemente de la magnitud del desastre, y las demás medidas que resultasen necesarias para la preservación de la vida de los ciudadanos y del resguardo de los bienes de estos y del Estado.

La Alerta Roja puede decretarse, en cualquier momento, cuando se trata de fenómenos o emergencias que afecten parte o todo el territorio nacional.

Arto. 30 (Declaración de las Alertas): La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional para la Prevención,

Mitigación y Atención de Desastres, declarará los estados de alertas correspondientes, quedando establecido que la responsabilidad de monitoreo de los fenómenos naturales es función y responsabilidad del Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales; las emergencias sanitarias son responsabilidad y función del Ministerio de Salud; las emergencias ambientales son responsabilidad y función del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales.

En cualquiera de los casos, los Ministerios señalados en el párrafo anterior, deben establecer las coordinaciones que resulten necesarias con cualquiera de los demás Ministerios de Estado o cualquier otra instancia del Gobierno Central.

La comunicación de la declaratoria del proceso de alerta lo realiza el Estado Mayor de la Defensa Civil del Ejército de Nicaragua, debiendo mantener informado al Presidente de la República.

Arto. 31 (Alerta Municipales): Los Alcaldes Municipales podrán declarar en el ámbito de

su competencia territorial el estado de alerta que corresponda, dentro del proceso y categorías de las mismas.

Estos podrán proponer al Presidente de la República la

512

declaración del Estado de Desastre. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Observaciones al 23? Bueno, hay varias ¿verdad? Honorable Diputado Róger Castellón Orue, ¿tiene observaciones? DIPUTADO RÓGER CASTELLÓN ORUE: Muchas gracias, señor Presidente. Es una moción al artículo 23. Esta moción es de consenso, es nueva redacción: "El Estado de Desastre solamente podrá ser declarado por el Presidente de la República a través de un Decreto Ejecutivo; este podrá ser a propuesta del Comité Nacional o por disposición expresa del Presidente de la República, quien deberá informar de todo lo actuado a la Asamblea Nacional en un plazo no mayor de treinta días, contados a partir de la declaración del Estado de

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Desastre. En el Decreto se deberá definir el tipo de desastre, según lo establecido en la presente ley, su cobertura nacional, y determinará las causales, razones y motivos que dan lugar al mismo, al igual que las disposiciones que se aplican. El Presidente de la República decretará el cese del Estado de Desastre una vez que la situación haya vuelto a la normalidad, e informará de todo lo actuado a la Asamblea Nacional en un plazo de cuarenta y cinco días. En el mismo Decreto se deberá comunicar que disposiciones especiales continuarán aplicándose, total o parcialmente, durante las tareas de rehabilitación, reconstrucción y desarrollo". Termina la moción, y la paso. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado René Aráuz López. DIPUTADO RENÉ ARÁUZ LÓPEZ: Muchas gracias, señor Presidente. Tenemos aquí una moción de consenso al artículo 24, de nueva redacción Dice: " La declaración del Estado de Desastre, según la magnitud del mismo podrá dar motivo por disposición del Presidente de la República a la declaración de un Estado de Emergencia, cuya declaración y efecto estará regulado por lo establecido en la Constitución Política y la Ley de Emergencia". Paso a presentar la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra a la honorable Diputada Lourdes Bolaños Ortega. ¿Es de consenso ésa, Doctor René Aráuz. DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA: Gracias, señor Presidente. La moción mía va en el artículo 27. En el artículo 27 solicitamos que sea una nueva redacción que va a decir así, en el denominado “Procedimiento para el Alerta Verde”. Agregar en la segunda línea, después de “Comité Nacional”, deberá decir: “del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres”, a fin de que exista armonía con el título de la ley.

513 También solicitamos que se le agregue un segundo párrafo para que diga así: "El procedimiento para definir el paso de alerta verde a alerta amarilla, lo establecerá el Reglamento de la presente ley". Es de consenso. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Steadman Fagot. DIPUTADO STEADMAN FAGOT MULLER: Gracias, señor Presidente. Si no entendí mal, la propuesta del Diputado Roger Castellón viene en el sentido de dar el campanazo a los treinta días. Si eso es así, treinta días, señor Presidente, es mucho tiempo. Si a los treinta días declaramos desastre natural para que la comunidad internacional comience a moverse frente a esta frágil economía del país, para hacerle frente a un desastre, vienen las primeras ayudas a los cuarenta días después de tener el desastre encima. Señor Presidente, es muy tarde ¿no? Yo entendí que la declaración del desastre natural es a los treinta días..., Ah, bueno! si es para informar, nada he dicho. Gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

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Se le concede la palabra al honorable Diputado. . . Bueno, ¿Lourdes, quiere otra vez la palabra? DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS: Gracias, señor Presidente. Es que tenía también una moción en el artículo 28, denominado "Procedimiento para el Alerta Amarilla". Agregar en la segunda línea, después de "Comité Nacional", lo mismo, la expresión que dice: "del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de los Desastres", a fin de que exista armonía con el título de la ley". Y que se le agregue un segundo párrafo que diga así: "El procedimiento para definir el paso de alerta amarilla a alerta roja, lo establecerá el Reglamento de la presente ley". Son cuestiones formales. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al último orador, el honorable Diputado Leónidas Centeno. Entonces, a votación todas las mociones de consenso. Se está cerrando la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Quedan aprobadas las mociones a los artículos 28, 27, 24 y 23. ¿Entonces no hay observaciones a los otros artículos? Un momento, vamos a llevar la cuenta aquí de cuáles son los aprobados. ¿Observaciones al 29? Honorable Diputado Maximino Rodríguez. DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

514 En primer lugar creo que es importante saludar hoy, Día Internacional de la Mujer, a todas nuestras colegas legisladoras. Pero específicamente quiero hacer una moción al artículo 29, denominado "Procedimiento para el Alerta Roja". Agregar en la segunda línea, después del "Comité Nacional", la expresión que dice "del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres", a fin de que exista armonía con el título de la ley. Presento la moción. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra a la honorable Diputada Lourdes Bolaños. DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS: Gracias, señor Presidente. La moción es para el artículo 30, que se llama "Declaración de las Alertas. La nueva redacción que vamos a proponer de consenso, es la siguiente: "El Comité Nacional del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres por medio de la Secretaria Ejecutiva, en coordinación con el Estado Mayor de la Defensa Civil del Ejército de Nicaragua, declarará los estados de alertas correspondientes; quedando establecido que la corresponsabilidad de monitoreo de los fenómenos naturales es función y responsabilidad del Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales, de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica. En los casos de la alerta sanitaria es responsabilidad y función del Ministerio de Salud; las alertas de

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carácter ambiental, son responsabilidad y función del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales. En cualquiera de los casos los Ministerios señalados en el párrafo anterior deben establecer las coordinaciones que resulten necesarias con cualquiera de los demás Ministerios de Estado o cualquiera otra instancia del Gobierno Central o de los gobiernos locales". Esta mocion es de consenso. Pero quería en este momento agradecer las felicitaciones que el Diputado nos ha ofrecido a las mujeres por ser el Día de la Mujer, especialmente las mujeres parlamentarias que hacemos una labor casi invisible de negociación y de consenso para hacer mejores las leyes de Nicaragua. Estamos agradecidas por las felicitaciones que nos han dado hoy todos nuestros colegas. Gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado William Mejía Ferreti. DIPUTADO WILLIAM MEJÍA FERRETI: Gracias, señor Presidente. Hay una moción al artículo 31. En el párrafo segundo, nueva redacción que dice así: “Estos podrán proponer al Comité Departamental la declaración del Estado de Desastre”. Esta moción es de consenso. Paso la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a someter todas las mociones que son de consenso. ¿Ya no hay observaciones a los diferentes artículos que restan? Se abre la votación.

515 Está abierta la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 62 artículos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Quedan aprobadas todas las mociones. Vamos a someter a votación el capítulo. Se abre a votación. Por favor, les pido atención a los honorables Diputados, para que se camine más rápido. Está abierta la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo. Vamos al siguiente Capítulo. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO VII

DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES: Arto. 32 (Cooperación Internacional): Se faculta al Comité Nacional de Prevención,

Mitigación y Atención de Desastres, para que en caso de desastre brinde en la medida de sus posibilidades la Cooperación y asistencia a otros Estados, y de

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manera especial, a aquellos Estados con los que el Gobierno de la República tenga suscrito o ratificados convenios o tratados atingentes a la materia.

Arto. 33 (Reglamentación): De conformidad al Artículo 150, numeral 10) de la Constitución

Política de la República, el Reglamento de la presente Ley será elaborado en un plazo no mayor de sesenta días.

Arto. 34 (Derogación): La presente Ley es de orden público e interés social, y deroga la Ley

de Defensa Civil de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial número 116, del 26 de Mayo de 1976 y cualquier otra disposición normativa o reglamentaria que se oponga a la presente Ley y su Reglamento.

Arto. 35 (Vigencia): La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta,

Diario Oficial. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al artículo 32? No. ¿Observaciones al 33? No hay. ¿Observaciones al 34? No hay. ¿Observaciones al 35? No hay. Se abre la votación del Capítulo. Está abierta la votación.

516 Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo VII, y así toda la ley. Desarrollando la Orden del Día vamos a pasar ahora al Adéndum 4, Punto IV: PRESENTACIÓN DE LEYES, Punto 4.17. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: PRESENTACIÓN DE LEYES, 4.17 DECRETO DE APROBACIÓN DE LA CARTA DE ACUERDO No. Q-190-0-NI, FONDO DE AVANCE PARA LA PREPARACIÓN DEL PROYECTO DE GESTIÓN ECONÓMICA.

Managua, 7 de Febrero del 2000. Ingeniero Pedro Joaquín Ríos Castellón Primer Secretario Asamblea Nacional Su Despacho Señor Secretario: Adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación de la Carta de Acuerdo No. 190-0-NI (Fondo de Avance para Preparación del Proyecto de Gestión Económica, con la correspondiente Exposición de Motivos. Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto. Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

Atentamente,

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ARNOLDO ALEMÁN LACAYO Presidente de la República de Nicaragua

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El presente documento contiene la Exposición de Motivos y el Texto del Proyecto de Aprobación de la Carta de Acuerdo No. Q-190-0-NI (Fondo de Avance para la preparación del Proyecto de Gestión Económica), que propongo a la Honorable Asamblea Nacional: El día 29 de Septiembre del presente año, el Gobierno de Nicaragua por medio del Ministro de Hacienda y Crédito Público suscribió con la Asociación para el Desarrollo Internacional (Internacional Development Agency -IDA) del Banco Mundial, una Carta de Acuerdo consistente en la preparación del Proyecto de Gestión Económica del Programa de Reforma y Modernización del Sector Público. Esta carta de Acuerdo tiene por propósito financiar gastos necesarios para la preparación del Proyecto de Gestión Económica del Programa de Reforma y Modernización del Sector Público, para el cual el Gobierno de Nicaragua ha solicitado el apoyo financiero de la IDA. La facilidad solicitada al Banco Mundial y aprobada permitirá

517 finalizar la preparación del Proyecto de Gestión Económica. Adicionalmente, permitirá acelerar las actividades de reforma en proceso en tres áreas (administración financiera integrada, reestructuración de instituciones públicas y servicio civil) e iniciarlas en el área de competitividad durante el último trimestre de 1999, mientras el crédito es aprobado y desembolsado. Los gastos de inversión y adquisición de activos que se incurrirá incluyen la contratación de servicios de consultores individuales y la adquisición de hardware y software. Por todo lo expuesto, con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Asamblea Nacional, el Proyecto de Aprobación de la Carta de Acuerdo No. Q-190-0-NI (Fondo de Avance para la preparación del Proyecto de Gestión Económica), que propongo a la Honorable Asamblea Nacional. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión Económica para su debido dictamen. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.18 DECRETO DE APROBACIÓN A LA PRIMERA ENMIENDA AL CONTRATO DE

PRÉSTAMO No. 6020091013, SUSCRITA ENTRE EL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA (BCN) Y EL EXPORT-IMPORT BANK DE LA REPÚBLICA DE CHINA (EXIMBANK).

Managua, 15 de febrero del 2000.

Ingeniero Pedro Joaguín Ríos Castellón Primer Secretario Asamblea Nacional Su Despacho. Señor secretario: Adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación de la Primera Enmienda al Contrato de Préstamo 6020091013, suscrita el 10 de Noviembre de 1999 entre el Banco Central de Nicaragua (BCN) y el Export-Import Bank de la República de China (EXIMBANK), con la correspondiente Exposición de Motivos. Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto.

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Aprovecho la ocasión para testimoniar a usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

Atentamente,

ARNOLDO ALEMÁN LACAYO Presidente de la República de Nicaragua

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

518 En respuesta a solicitud presentada por el Banco Central de Nicaragua (BCN) el 23 de Marzo de 1999, el Gobierno de la República de China aceptó modificar las condiciones financieras del Préstamo No. 6020091013 por US$ 30.0 millones, suscrito entre el BCN y el Export-Import Bank de la República de China (EXIMBANK) el 26/12/97 y aprobado por la Asamblea Nacional mediante Decreto A.N. 1882 del 25/03/98. Estas nuevas condiciones permiten que dicho Préstamo alcance un mayor elemento de concesionalidad. Con el objeto de establecer las nuevas condiciones financieras, el BCN y el EXIMBANK suscribieron con fecha 10/11/99 la Primera Enmienda al Contrato de Préstamo No. 6020091013. Las condiciones financieras fueron modificadas de la siguiente manera: El plazo se extendió de 15 a 20 años, el período de gracia se extendió de 2 a 8 años, y la tasa de interés se redujo del cuatro y medio (4.5) por ciento anual al tres y medio (3.5) por ciento anual. El Préstamo deberá ser amortizado por el BCN en un plazo de veinte (20) años, incluyendo ocho (8) años de gracia, mediante el pago de veinticuatro (24) cuotas semestrales de un millón doscientos cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América (US$1,250,000.00) cada una. El pago de las amortizaciones se iniciará ciento dos (102) meses a partir del 26 de Diciembre de 1997. Los intereses se causarán (a) a una tasa de interés del cuatro y medio (4.5) por ciento anual, a partir de la fecha efectiva del desembolso de los fondos hasta la fecha inmediatamente anterior a la fecha de la Primera Enmienda; y (b) a una tasa de interés del tres y medio (3.5) por ciento anual, a partir de la fecha de la Primera Enmienda. Los intereses se pagarán semestralmente sobre los saldos deudores. Por todo lo expuesto con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Asamblea Nacional el Proyecto de Aprobación de la Primera Enmienda al Contrato de Préstamo No. 6020091013, suscrito el 10 de Noviembre de 1999 entre el Banco Central de Nicaragua y el Export-Import Bank de la República de China (EXIMBANK). PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión Económica para su debido dictamen. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.20: RATIFICACIÓN DE DECRETO No.11-2000 QUE AUTORIZA EL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL DE UN CONTINGENTE DE TROPAS NORTEAMERICANAS QUE VENDRAN A NUESTRO PAÍS EN MISIÓN HUMANITARIA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ESCUELAS Y CENTROS DE SALUD, EN LA ZONA DE EL NARANJO, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE JINOTEGA.

Managua, 15 de Febrero del 2000. Ingeniero Pedro Joaquín Ríos Castellón

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Primer Secretario Asamblea Nacional Su Despacho: Para dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo tercero del artículo 92 de nuestra Constitución Política, adjunto a la presente le estoy remitiendo para la ratificación de esa Asamblea Nacional, el Decreto No.11-2000, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 21 del 31 de Enero del corriente año, que autoriza el ingreso de un contingente de tropas norteamericanas que presentarán servicios de ayuda humanitaria a la población de la zona norte de nuestro territorio nacional.

519 Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

Atentamente,

ARNOLDO ALEMÁN LACAYO Presidente de la República de Nicaragua

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión de Defensa y Gobernación, para que sea dictaminado a la mayor brevedad posible, de urgencia, por favor; si es posible hoy para que eso podamos introducirlo en un adendum. Vamos a continuar desarrollando la Orden del Día en el Adéndum 6. Vamos a la creación del Municipio de El Ayote. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Managua, 23 de Febrero del año 2000.

DICTAMEN Doctor IVÁN ESCOBAR FORNOS Presidente Asamblea Nacional Su Despacho. Estimado Doctor Escobar: Los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, de conformidad a los artículos 49 del Estatuto General y 56 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional y de la Comisión de Asuntos Municipales, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39, 50 y 51 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y de los artículos 89 y 90 del Reglamento Interno de la misma, nos reunimos para analizar el proyecto de "LEY CREADORA DEL MUNICIPIO DE EL AYOTE", mismo que fuera remitido por Primer Secretaría el 07 de Febrero del año 2000 a las Comisiones de DEFENSA Y GOBERNACIÓN Y LA DE ASUNTOS MUNICIPALES para su debido dictamen. En tal sentido, debemos expresar que se efectuó el proceso de consulta con las diferentes instituciones involucradas en la temática que aborda el referido Proyecto de Ley, tales como el Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal, el Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales, el Alcalde del Municipio de El Rama, el Representante de la Asociación de Municipios de Nicaragua y los Honorables Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo Supremo Electoral de la República, con quienes se abordó la necesidad y conveniencia de proceder a la partición y desmembración de un nuevo Municipio del anterior Municipio de El Rama. Dentro del proceso de desarrollo y ordenamiento territorial, el Municipio como unidad básica del territorio nacional, se constituye en uno de los principales elementos para la parte referida a la política-administrativa, pues éste, el Municipios, se constituye en uno de los elementos

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principales y estratégicos con la política organizativa y la descentralización del Estado. Modernamente en Nicaragua el Municipio ha adquirido un nivel muy especial dentro del desarrollo histórico, particularmente en el

520 plano legal y a partir de la Ley No. 59, Ley de División Política Administrativa y sus respectivas reformas y la No. 40, Ley de Municipios y su Reglamento. En esta última se han determinado las funciones, las responsabilidades y los alcances mismos que tiene el Municipio como unidad territorial y administrativa, por un lado; por otro, lo de la delimitación de las funciones de las autoridades en cuanto a su funcionamiento y coordinación con las demás instancias de orden organizativo y estructurales del Estado. También debe señalarse que es por medio del proceso de institucionalización y legalización del Municipio, con el cual los diferentes sectores de la sociedad han logrado ser parte integrante de las diversas actividades de la población en general en apoyo a los gobiernos locales. El desarrollo y fortalecimiento de la municipalización y su gestión han sido beneficiados con el proceso de descentralización del territorio, dando lugar a la aparición de nuevos Municipios que han de contribuir al desarrollo socioeconómico del territorio y la población del Municipio, reafirmando de esta forma que la unidad básica del territorio es la parte esencial para el desarrollo del país, pensando en que es el Municipio el ente autónomo por excelencia y al que se le deben proporcionar los instrumentos legales y administrativos necesarios para su desarrollo y sus actuaciones. Es a partir de estos elementos que algunos núcleos poblacionales se han empezado a preocupar por la transformación de sus territorios en unidades administrativas independientes como primer eslabón del desarrollo, es decir, el surgimiento de nuevas unidades básicas territoriales o Municipios, situación que les permite mejores niveles de desarrollo en lo vinculado a lo socioeconómico dentro del territorio que le corresponde al Municipio, situación que le permite establecer un centro gravitatorio que le permite atender la demanda de los servicios que tiene la población en general. En el caso particular de la comunidad de El Ayote, históricamente ha pertenecido al Municipio de El Rama de la Región Autónoma del Atlántico Sur, contando con un buen nivel de organización territorial, ubicado en la parte Noroccidental del Municipio de El Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur; en la actualidad está siendo administrado por un Delegado de la Alcalde del Municipio referido, situación de naturaleza administrativa que nos refleja que la comunidad de El Ayote cuenta con los elementos necesarios para su creación como Municipio. El nuevo Municipio que se crea cuenta con una población de 10,759 habitantes, de los cuales 2,931, o sea el 21% corresponden a la población urbana, y 7,823, es decir, el 79% de los pobladores son rurales y habitan las 40 comarcas de esa misma comprensión territorial. Territorialmente cuenta con una extensión de 831 kilometres cuadrados, o sea el 18% de la superficie del actual Municipio de El Rama, y que por su posición geográfica es apto para la práctica y desarrollo sostenible de las actividades agropecuarias en la mayoría de los rubros. Este Municipio que se crea, tiene una riqueza natural impresionante e imponente que le permite el desarrollo de las actividades económicas con ingresos bastantes y necesarios para el sostenimiento económico y financiero del Municipio, así como de los servicios municipales que se deben prestar de forma obligatoria a la población. Debemos referirnos sobre algunos aspectos de orden histórico del Municipio que se crea, pues éste nació como un asentamiento de un grupo de personas que formaron parte de la Resistencia Nicaragüense, misma que se componía de veinticinco familias que residían en la comarca de La Piñuela y que con el paso de los años se constituye en el poblado de El Ayote. En este punto geográfico se localizaba el cuarto enclave para la desmovilización de los ciudadanos que integraron la Resistencia Nicaragüense. Con el transcurso del tiempo el poblado fue creciendo de forma lineal hacia el sector sureste de forma irregular, sin plan de urbanización alguno y sin

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521 infraestructura de ninguna naturaleza; en la actualidad su crecimiento se expande hacia el sector oeste, noreste y el sureste. Durante los años 80 se efectuó la ampliación de la carretera Juigalpa - Santo Domingo, esto permitió qua la comunidad de El Ayote se convirtiera en un puerto de montaña con fuerte influencia de la población rural que se había asentado en el límite de la frontera agrícola en un perímetro de 30 kilómetros, fue así que alcanzó para el año 1998 la cantidad de 10,759 habitantes, de los cuales el 21% pertenecen a la población urbana y el 79% se localiza en el área rural. Ha sido alrededor de este núcleo poblacional que han inter actuado las otras comarcas y donde empiezan a surgir una serie de servicios de equipamiento social e infraestructura física, dándole mayor fuerza como puerto de montaña, particularmente por la incapacidad administrativa del Municipio de El Rama al no contar con la capacidad necesaria y requerida para atender a los 10,759 habitantes, más los nuevos que llegan y se quedan radicando, principalmente por el problema de la falta de vías de acceso y comunicación para atender los intereses de la comunidad. El territorio que comprende el Municipio que crea esta ley, es una región eminentemente agropecuaria y donde se destaca como principal actividad económica y financiera, entre otras actividades, las siguientes: la ganadería extensiva de doble propósito; en menor escala nos encontramos con la actividad porcina; y dentro de las actividades meramente agrícolas nos encontramos con cultivos tales como arroz, maíz, frijoles, hortalizas y verduras. También nos encontramos con la actividad del sector terciario con actividades comerciales de servicios ubicados en el centro poblado de El Ayote, actividad que más o menos involucra a unos 5,000 pobladores que realizan sus actividades comerciales. Ecológicamente el territorio tiene las perspectivas siguientes: está ubicado en las tierras altas del trópico húmedo, y visto desde el punto de vista de los recursos hídricos, sobresale y destaca la sub-cuenca hidrográfica del río Siquia, el que pertenece a la gran cuenca hidrográfica del rio Escondido que desemboca en el Mar Caribe. A pequeña escala nos encontramos con una micro-cuenca del río Nawwa, el río El Ayote y de manera parcial el río la Cusuca, que es compartido por los Municipios de Camoapa y La Libertad. Desde el punto de vista forestal, el territorio ha sufrido de manera sistemática un proceso indiscriminado de deforestación efectuada por los madereros, la penetración campesina en el territorio para aumentar el tamaño de las áreas cultivables y por los eventos de la naturaleza, tales como ciclones; esto ha representado por lo menos la destrucción y desaparición del 75% de los bosques primarios, situación a pesar de la cual este territorio conserva un alto potencial agroforestal con un 75% de suelos aptos para la actividad. En cuanto a la petición de la creación de este Municipio, El Ayote, como parte integrante de la Región Autónoma del Atlántico Sur, se dispone del aval del Gobierno Regional Autónomo de la región referida, así como del Concejo Municipal de El Rama, Municipio del cual se está desmembrando el territorio con el que se constituye. Hemos tenido a la vista el Dictamen Técnico positivo del Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales, en el que se han reflejado los criterios que dan lugar al surgimiento del Municipio que se crea en virtud de esta Ley, y en el que se destacan los aspectos potenciales referidos a la capacidad para implantar sistemas agroforestales orientados a la producción forestal, conservación y reserva con pequeñas áreas de cultivos de granos básicos, raíces, tubérculos y cultivos permanentes. La fuerte presencia de fuentes superficiales de agua potable por medio de manantiales con la capacidad suficiente y necesaria para atender al total de la población del Municipio que se crea en virtud de la presente ley. A los dos elementos anteriores les compaña una red hidrográfica superficial situada en la parte alta de la cuenca, situación que nos hace presumir que ésta no esté contaminada, y a la vez permita la

522 posibilidad de encontrar el desarrollo de la acuicultura y la construcción de pequeños embalses o presas destinadas al abastecimiento de agua potable; y en otro plano nos encontramos con un potencial hidroeléctrico en el sitio conocido como Tapalwas, en el río Siquia, con la capacidad para generar más o menos unos 30 MW de energía

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eléctrica. Otro de los aspectos que debe señalarse, es que por la posición geográfica que ocupa el Municipio que se está creando, pues la función interregional con los Departamentos de Chontales, con el que se comunica a través del corredor de Santo Domingo - Juigalpa; con el Departamento de Matagalpa por medio del corredor en proyección de Bocana de Paiwas y Río Blanco. Existe otro canal de comunicación en proyección del Municipio que se crea con El Tortuguero, Ciudad Campana y Muelle de los Bueyes. Debemos señalar que existen algunos problemas que deberán ser asumidos como reto, tanto por las autoridades en conjunto con la población y la ayuda que estos puedan conseguir con organismos nacionales o internacionales, en lo que respecta a la utilización y sub utilización del suelo, situación causada a consecuencia de la sustitución del bosque por pastizales y por el uso de las laderas con cultivos de granos básicos a un nivel de subsistencia. Es con esta situación que el recurso suelo ha venido perdiendo la capa vegetal, con el agravante que representa la erosión hídrica causada por las frecuentes lluvias; además, la existencia de plagas que afectan los cultivos y plantaciones de cítricos, cacao y café, fundamentalmente. Otros elementos que deben ser tornados en cuenta como problemáticos, son la escasez de agua subterránea, pues las condiciones geológicas son poco favorables para la existencia de acuíferos con fines de abastecimiento de agua potable. Los caudales de los pozos perforados que se conocen son menores de 30 galones por minuto. A esta situación debemos agregarle la contaminación del río Siquia a consecuencia de la actividad minera en la zona, particularmente la que se efectúa en La Libertad y Santo Domingo; a esto se le suma la contaminación que se deriva de las aguas servidas y las excretas del ganado que van a parar al lecho de este río. El mayor reto a enfrentar a lo inmediato por este Municipio, es el establecimiento de una red vial terrestre sólida, a la que la principal actividad y predominante en la zona no ha contribuido ni tampoco ha permitido la conformación de una red de asentamientos humanos capaz de desarrollar la red vial necesaria. Existen otros elementos que se constituyen en condicionantes, entre ellos tenemos lo relacionado a la necesidad de tener que superar la problemática que tiene el territorio y a la vez aprovechar en sentido positivo los recursos del mismo territorio, en donde las autoridades del Municipio que se crea junto a la población y la sociedad civil deberán de realizar esfuerzos para superar su problemática, sea con la actual estructura e infraestructura y la que puedan crear, procurando establecer una estructura de producción adecuada a una política de desarrollo sostenible integral. También deberán de buscar como efectuar a corto y mediano plazo un estudio y análisis relacionado al ordenamiento territorial en el territorio del nuevo Municipio que permita diseñar una estrategia integral en el territorio. La realidad del territorio, desde el punto de vista del desarrollo sostenible, permite la creación de una nueva unidad básica administrativa en el territorio nacional, el Municipio, el que debe facilitar el desarrollo coherente y organizado de forma integral. Este desarrollo se debe orientar de cara a la tecnificación de las principales actividades, tales como la ganadería intensiva y otras actividades agropecuarias, tales como las agroforestales y las silvopastoriles que se realizan en el territorio del Municipio que se crea.

523 La creación de este nuevo Municipio, El Ayote, exige atender los servicios básicos que demanda la población en lo que refiere a la administración de justicia, la agilización de los trámites administrativos, un sistema de recaudación municipal adecuado a las necesidades del Municipio, la creación del Registro Civil de las Personas, el Registro de Bienes Inmuebles, así como el mejoramiento de los servicios, tanto los sociales como los de infraestructura a la población asentada en el territorio y el mejoramiento de las actividades productivas y el sistema de comercialización. Estos aspectos permitirán tener un Municipio más organizado y ordenado, con mejores posibilidades de desarrollo y asumir las funciones que le delegue el Gobierno Central o el Gobierno Regional, todo esto con la participación de la sociedad civil y sus organizaciones. Este territorio que hoy se constituye en Municipio permitirá impulsar acciones de orden integral, sea que nazcan de iniciativas de las autoridades locales y sus pobladores o de las autoridades regionales o nacionales; esto incluye los niveles de organización y desarrollo urbanístico, tanto en el área urbana como la rural y pasará a ser un centro de servicios.

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Los suscritos miembros de estas dos Comisiones, hemos valorado que es necesario para la formación del nuevo Municipio de El AYOTE, dar continuidad a la estructura y organización del territorio nacional, y que de esta manera se continúa conservando la estructura y coherencia del territorio de la Región Autónoma del Atlántico Sur; este territorio pasa a constituir un nuevo Municipio, situación que incluye lo relacionado a la codificación Catastral de lo que hasta hoy se ha conocido como EL AYOTE; la integración organizativa de los barrios y comarcas en el nuevo Municipio y su territorio. En lo que respecta a la unidad del territorio del Municipio, así como la preservación de las políticas urbanas y rurales en todo el territorio que lo Integra, y el fortalecimiento de la gestión territorial, se constituyen en un avance y logro y que no representa lesión alguna a la gestión y la autonomía municipal, ni a la autonomía de las regiones del Atlántico nicaragüense. El conjunto de consideraciones de carácter general le permitieron a las dos Comisiones dictaminadoras poder determinar que el Proyecto de "LEY CREADORA DEL MUNICIPIO DE EL AYOTE", es necesario para una mejor y correcta DIVISIÓN POLÍTICA ADMINSTRATIVA DEL PAÍS, que no se opone a la Constitución Política ni a las Leyes Constitucionales ni a los Tratados y Convenios Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua. En virtud de lo anteriormente señalado, y con fundamento en los artículos 49 del Estatuto General y 56 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, los suscritos miembros de las Comisiones de Defensa y Gobernación y la de Asuntos Municipales, haciendo la aclaración correspondiente a que la creación del nuevo Municipio de EL AYOTE se inicia con el surgimiento del enclave para los desmovilizados de la Resistencia en los años 90, y que esta Ley creadora del nuevo Municipio de EL AYOTE, viene a modificar los límites y linderos y áreas del actual Municipio de El Rama, por lo que hemos resuelto y definido emitir el presente DICTAMEN FAVORABLE al proyecto de Ley referido y determinado y cuyo texto adjuntamos para que el honorable Plenario lo apruebe. Managua, 23 de Febrero del año dos mil. COMISIÓN DE DEFENSA Y GOBERNACIÓN WILLIAM MEJIA FERRETI CARLOS HURTADO C. ERNESTO ROMERO A. PEDRO J. RIOS CASTELLON

524 CARLOS GARCÍA BONILLA JOSÉ M. SÁNCHEZ SANTANA ANGELA RIOS PEREZ RENÉ ARÁUZ LÓPEZ JOSÉ GONZÁLEZ PICADO JOSÉ DAMICIS SIRIAS V.

COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES

JOSÉ DAMICIS SIRIAS MARIO GUTIÉRREZ ERNESTO ROMERO ANGULO NELSON ARTOLA E. JOSÉ M. ESPINOZA MARIO LIZANO

MARCO CASTILLO ORTIZ PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión en lo general.

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Hay cinco oradores inscritos. ¿Alguien más quiere hablar, o cerramos con Eliseo Núñez Hernández? Se le concede la palabra al honorable Diputado Carlos García Bonilla. DIPUTADO CARLOS GARCÍA BONILLA: Gracias, señor Presidente. Hace quince días unos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación tuvimos la oportunidad de hacer una consulta in situ en la Comarca El Ayote para constatar si realmente esta comarca reunía las condiciones físicas, las condiciones poblacionales y las condiciones de infraestructura para ser elevada a un nuevo Municipio; estuvimos reunidos con las autoridades locales y con la población de dicha comarca, donde nos externaron que la comunidad de El Ayote tenía muchos elementos que la hacían propicia para ser elevada a un nuevo Municipio. Aquí se hizo una valorización en cuanto al núcleo poblacional, el cual asciende a más de diez mil habitantes; es una zona rica en la producción de granos básicos y en la producción ganadera; cuenta con un complejo cívico donde albergaría lo que es la Alcaldía Municipal y las demás instituciones administrativas de la Alcaldía Municipal; cuentan con un sistema de agua potable de un mini-acueducto por gravedad; cuenta además con toda la infraestructura necesaria como escuela, centros de salud, iglesias, calles, que le dan la característica para formar un nuevo Municipio. Cabe mencionar que hace diez años esta comunidad fue escenario de grandes guerras entre los miembros de la Resistencia y el Ejército, y hoy por hoy ha demostrado la comunidad de El Ayote, en diez años, que ha progresado cuantitativa y cualitativamente. Nosotros los miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, haciendo uso de esta valorización y tomando en consideración que se está conservando la estructura y coherencia del territorio de la Región Autónoma del Atlántico Sur, dictaminamos favorablemente para la constitución de este nuevo Municipio. Cabe hacer mención que este nuevo Municipio de El Ayote será parte integrante de la región Autónoma del Atlántico Sur, como un derecho que tienen algunos Municipios que aún no han sido integrados al territorio de la Región Autónoma del Atlántico Sur y que siguen siendo administrados por algunos Departamentos como Chontales y Matagalpa. Por lo que pido a mis hermanos Diputados su apoyo para el voto favorable para la creación de este nuevo

525 Municipio. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Pablo Sierra Chacón. DIPUTADO PABLO SIERRA CHACÓN: Gracias, señor Presidente. A petición de los habitantes de la comarca El Ayote, presenté ante esta honorable Asamblea Nacional la petición para que se convirtiera la Comarca de El Ayote en Municipio; y lo hice porque tenía la plena convicción de que esta comarca tenía los suficientes elementos para convertirla en el ciento cincuenta municipio de Nicaragua, ya que es pujante en su situación económica y tierras de gran producción. Los días viernes y sábados de cada semana, el comercio ahí se da vendiendo los pobladores sus productos y comprando todo lo que ellos necesitan, llevado de diferentes lugares de Nicaragua; allí se mueven entre tres mil y cinco mil personas en esos dos días. Los pobladores de El Ayote, que en su mayoría fueron miembros que participaron en la guerra de Nicaragua en los años 80, tienen la plena convicción de que la paz y el desarrollo sustituye perfectamente a los hombres que participaron en la guerra, y se vinieron dando a la tarea de conformar su comarca con todos los adelantos necesarios para poder reclamar su formación. Y para los conocen, hago una invitación para que vayan a darse cuenta cuando una ciudadanía, un pueblo quiere superarse; allí crecieron con organización y buen funcionamiento de desarrollo; hicieron las gestiones pertinentes para que las diferentes organizaciones y en especial la CIAV-OEA, les ayudase para tener un centro cívico, para tener una casa materna, también tener escuela, tener

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las oficinas suficientes y necesarias como para albergar al nuevo Juez Local que va a funcionar allí. Podemos decir que es un puerto de montaña, de grandes cualidades y que merece que nosotros aquí por unanimidad le demos el carácter de Municipio; tiene todas las facilidades y puede servir de ejemplo para muchos lugares que quieren desarrollarse para contribuir a la economía de Nicaragua. Tengan la absoluta seguridad de que llena todas las condiciones; tiene población, tiene riqueza, y algo más: tiene sus ingresos suficientes en sus impuestos porque lo han venido demostrando desde que la Alcaldía de El Rama, la Alcaldesa dona Angelita Chow, nombró un delegado de ella en ese lugar y todos los impuestos que allí se recaudan allí mismo se invierten. Tienen historia de trabajo; tienen historia de libertad y de democracia. Por eso les pido a los colegas Diputados que le demos unánimemente, hoy Día de la Mujer, ese tributo o ese reconocimiento a los pobladores de El Ayote, convirtiéndolo en este día 8 de Marzo como Municipio de Nicaragua. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos ampliar con Lombardo Martínez, el último orador. Se le concede la palabra al honorable Magistrado Luis Figueroa Aguilar DIPUTADO LUIS FIGUEROA AGUILAR: Gracias, señor Presidente. He pedido la palabra para razonar mi voto por el Municipio de El Ayote, además de lo que los colegas Diputados decían, y el compañero Chacón, quería decirles que el Municipio de El Ayote comenzó

526 en los años 80-87, con una base militar y se fue extendiendo hasta tener a estas alturas más de diez mil habitantes; hace unos dos o tres años que ellos empezaron a gestionar para tener su propia administración. Nosotros lo que hicimos en la zona de El Rama fue apoyarlos para que ellos hicieran todas sus gestiones para conseguir la reglamentación de su papelería; y estamos seguros que con la gestión que ellos hicieron, estaban construyendo para la descentralización de ese Municipio, cumpliendo así con la democracia que aquí se viene practicando. Prácticamente, razonando mi voto, ellos tenían que hacer un largo viaje hasta El Rama, tenían que viajar más de sesenta kilómetros para poder llegar a reunirse con la Alcaldía Central a la cual pertenecían, y miramos que era justa pues su independencia del Municipio de El Rama; como también la distancia, porque en algún momento ellos fueron atendidos directamente en Juigalpa, y también les tocaba largo. Entonces miramos que era razonable que ellos se independizaran. Así es que en nombre de nuestra bancada, queremos decirles que nuestro voto es para ellos, es para hacer justicia con esa población. A como decía el hermano Chacón, llena todos los requisitos para ser un Municipio muy rico, cuenta con buenos ríos, con buenos aguajes para el desarrollo ganadero y con un grupo de personas dispuestas a trabajar. Eso sería todo, mi hermano. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS : Se le concede la palabra al honorable Diputado José González Picado DIPUTADO JOSÉ GONZÁLEZ PICADO En la aprobación de la Ley Creadora del Municipio El Ayote, es importante señalar que precisamente con las leyes 40 y 261, este primer Poder del Estado creó la Ley de Municipios, y el Municipio se constituye en la unidad base de la División Política Administrativa del país. Se organiza y funciona con la participación de los ciudadanos, y son elementos esenciales del Municipio: el territorio, su población y su gobierno. Lo que más nos llamó la atención del Municipio de El Ayote –que hoy estamos creando con el voto de todos los parlamentarios- es la unidad que pudieron crear, independientemente que ahí fue un bastión y un centro de

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operaciones bélicas, en donde hace unas décadas hermanos nicaragüenses morían infructuosamente. Hoy podemos señalar que en El Ayote hay verdaderamente armonía, estabilidad, paz y progreso. Modernamente en Nicaragua el Municipio ha adquirido un nivel especial dentro de su desarrollo histórico, particularmente en el plano legal, a partir de la Ley 59 de la División Política Administrativa. En ese sentido queremos señalar que la Región Autónoma del Atlántico Sur tendrá, a partir de ahora, una vez creada dicha ley, diez Municipios dentro de los que están: Paiwas, La Cruz del Río Grande, Laguna de Perlas, Kukrahill, El Rama, Muelle de los Bueyes, Nueva Guinea, Bluefields, Corn Island, y el número diez que será el Municipio de El Ayote. Creemos que estos ciudadanos de El Ayote le han dado un ejemplo al pueblo de Nicaragua, porque en ese lugar se está haciendo un esfuerzo importante. Más de diez mil pobladores habitan, de los cuales unos tres mil están en el área urbana y unos siete mil en el área rural. Por otro lado, ellos significan el 18 por ciento de la superficie de El Municipio de el Rama, con ochocientos treintiún kilómetros. Al referirnos a los aspectos de orden histórico de su Municipio, nació como un asentamiento de personas que formaron parte

527 de la ex-Resistencia, mismo que se componía de veinticinco familias de la comarca de La Piñuela, y que con el paso de los años se constituye en ese importante Municipio. Nos llamó también la atención el hecho de que tienen su sede municipal, que recaudan un millón de córdobas, que tienen una fuerte presencia ganadera, que tienen vocación de productores agropecuarios y también de la rama porcina; también hay un fuerte mercado con las poblaciones del Pacífico. Sin embargo creo que la labor nuestra como legisladores no es solamente aprobarlos en ese sentido y elevarlos a la categoría de Municipio, sino luchar por el elemento central de la Ley de Municipios, que "mandata" a nivel constitucional que se le dé suficiente presupuesto para que puedan salir adelante. Hay un gran contraste, colegas parlamentarios, entre las obras de progreso que se hacen a nivel de Managua y las carreteras que se encuentra en muy mal estado en ese importante Municipio productivo. De tal manera que además de darles nuestro respaldo para elevarlo a categoría de Municipio, que bien se lo merecen, también vamos a demandar suficiente presupuesto para que puedan reinvertirse los aportes económicos que dan a la economía nacional. ¡Ojo!, los señores de la Dirección Económica de este país y el primer Poder del Estado, deberíamos de estar preocupados por desarrollar programas agroexportadores, porque mientras sigamos nosotros importando 1,500 millones de dólares y exportando 650, no vamos a vivir en una situación de estabilidad económica. Para que seamos autosostenibles tenemos que invertir en esos Municipios que nos están dando cada día, cada momento una lección de cómo hacer viable Nicaragua, que es produciendo, que es haciendo verdaderas reconciliaciones de bases, y que es luchando por sacar a Nicaragua, generando empleos, generando riquezas por el bien del país. Muchas gracias. PRESIDENTE EN FUNCIONES OSCAR MONCADA REYES: Tiene la palabra el honorable Diputado Eliseo Núñez. DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ: Gracias, señor Presidente. La creación del Municipio El Ayote, además de representar la oportunidad para los habitantes de El Ayote, de esos habitantes en su mayor parte son ciudadanos heroicos que han luchado por la Patria, ciudadanos que con acierto escogieron al Doctor Pablo Sierra Chacón para que los apadrinara en la creación de este Municipio; también se le brinda la oportunidad al Municipio de El Tortuguero para poder tener acceso por vía terrestre hacia lo que es el Pacífico de Nicaragua. En la aprobación de este Municipio de El Ayote no solamente se beneficia al grupo de personas o de habitantes del propio Municipio, sino que trasciende más allá de los límites.

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Pero yo quisiera aclarar que en el dictamen de la Comisión se omitieron dos Municipios: Los Municipios de la Región Autónoma Atlántica Sur, que corresponden al Municipio de El Tortuguero y la desembocadura de Río Grande, Karawala. Por lo tanto hago este señalamiento para que sea debidamente incorporado y señalado, porque la verdad es que no podemos estar omitiendo zonas tan importantes como es el Municipio de El Tortuguero que cuenta con treinta y cinco mil habitantes, y por lo tanto quisiera que se corrigiera este error. También quisiera aprovechar la oportunidad para felicitar en el Día Internacional de la Mujer, a todas las mujeres nicaragüenses. Sinceramente les digo que para mí es por la tradición histórica que he señalado este día, pero los trescientos sesenta y cinco días del año es día de la mujer nicaragüense, porque es el principal baluarte en Nicaragua.

528 Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado Rodríguez, tiene la palabra. DIPUTADO ROBERTO RODRÍGUEZ: Gracias, señor Presidente. Hablar de El Ayote, es hablar de una comarca modelo en la República de Nicaragua. Aquí en nuestro país se ha entrado mucho a la moda, porque somos buenos a la moda: hablar de desarrollo sostenible; de todos los artículos habidos y por haber, los escritos y los que están por escribirse, todos se refieren al desarrollo sostenible. Y sin temor a equivocarme quiero decirles esta mañana, colegas Diputados, que la comarca de El Ayote es una comarca que ha logrado una sostenibilidad modelo, y que ese puerto de montaña -a como lo señalaba el Doctor Sierra Chacón- ha alcanzado dimensiones incalculables; y sin temor a equivocarme, ni se parece El Ayote a muchos Municipios que nosotros hemos creado, Municipios que se constituyen en cargas para el Estado. Sin embargo, esto es un caso muy particular. El Ayote cuenta con sus propias ferias de fin de semana; tiene su subasta de ganado mayor y subasta de ganado menor; crea sus propias infraestructuras, calles; le paga a salud, a educación; le paga a la Policía y mantiene la seguridad. Es importantísimo en está mañana, colegas Diputados, que nos sumemos a aprobar este importante nuevo Municipio para la República de Nicaragua, y que es modelo para las regiones del interior del país, del Pacífico. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado, Bayardo Arce Castaño. DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO: Muchas gracias, Presidente. Yo sólo quería hacer un llamado de atención a los estimados colegas en lo que se refiere a la Ley de Municipios, porque aquí hemos estado creando nuevos Municipios en el transcurso de este año, y en ninguno de los casos nos hemos preocupado porque se cumpla la ley de asignarles una partida presupuestaria. Yo creo que la Comisión de Asuntos Municipales, antes de dictaminar un proyecto debería, con un estricto sentido político y organizativo abocarse, con el Ministerio de Hacienda para asegurarle los recursos pertinentes, si no lo que estamos creando son unidades territoriales que no van a tener capacidad de desarrollar la actividad -valga la redundancia- de desarrollo comunitario, que supone la existencia de un Municipio. Entonces, al llamar la atención sobre esto, no lo hago para que ahora rechacemos la creación del Municipio de El Ayote, sino para que aprovechemos el Proyecto de Ley de Reformas al Presupuesto de 1999, que tenemos pendiente de discutir, a fin de solventar esa deficiencia no sólo con el Municipio de El Ayote, sino con el Municipio de El Crucero, con el Municipio de Ciudad Sandino, con el Municipio de Cuapa, que son entre otros los que hemos venido creando del año pasado para acá.

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Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado José Dámacis Sirias.

529 DIPUTADO JOSÉ DAMICIS SIRIAS: Gracias, señor Presidente. En realidad, siento mucha complacencia el escuchar voces alentadoras en apoyo al municipalismo, por una parte; y por otro lado para la constitución de uno de los Municipios como es El Ayote, enclavado en la parte nororiental del Departamento de Chontales, y que por muchos años estuvo integrado administrativamente al Municipio de Santo Domingo, creando una fuente de ingresos muy sustanciales para este Municipio de Santo Domingo. Pero dentro de este ánimo de deseo, de todo núcleo poblacional que llenando requisitos básicos aspiran a ser emancipados a través de formar un nuevo Municipio, creo que estamos haciendo una acción de justicia al apoyar la delegación de este importante poblado, perteneciente a la jurisdicción del Municipio de El Rama, -y como dije anteriormente, enclavado al noreste de Chontales- porque lleva un desarrollo sustancial, tanto en el aspecto económico como en el aspecto integral de su infraestructura y su desarrollo urbanístico también. Por eso es que como Diputado que he estado apoyando esta justa petición de estos amigos de El Ayote, quiero sumarme y pedirles el voto a todos nuestros colegas Diputados para que El Ayote, la aspiración que han tenido los ayoteños hoy sea una realidad. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Ernesto Romero Angulo. DIPUTADO ERNESTO ROMERO ANGULO: Gracias, señor Presidente. Yo también quisiera aportar mi granito de arena para la conformación de este Municipio, en vista de que el 25 de Febrero la Comisión de Defensa y Gobernación nos hicimos presentes en esa comunidad para conocer más a fondo la situación, y nos dimos cuenta de un lugar que hace veinte años era un lugar inhóspito, un lugar donde ahí hubo un conflicto bélico, de guerra y que prácticamente esa zona se creó con sangre, sudor y lágrimas; y en tan poco tiempo, en menos de veinte años, esa gente no se sentó a lamentarse de los sucesos bélicos que habían, sino que allí la gente se quedó viviendo, y tanto de la ex-Resistencia como desmovilizados del Ejército se sentaron a trabajar y a mirar hacia un futuro. Y en tan poco tiempo, Municipios o lugares como El Ayote han logrado un desarrollo que no todos los Municipios lo tienen, esta gente ha alcanzado un desarrollo que es envidiable y ejemplo en Nicaragua. Allí nos encontramos con una población casi de ocho mil habitantes, con un circulante semanal de un millón de córdobas que dejan los impuestos a esa comunidad. Nos encontramos que al año circulan casi cuarenta mil cabezas de ganado y casi cuarenta mil cerdos, maíz, frijoles y una organización increíble, servicio de agua potable y una infraestructura increíble. Yo creo que no todos los Municipios tienen esa oportunidad de tener ese alcance económico. Y en vista a la labor, al trabajo y al alcance en su infraestructura y en su alcance comercial, yo felicito a esa comunidad y pido a todos los miembros de esta Asamblea Nacional que demos la oportunidad de que El Ayote sea convertido en Municipio. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

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530 Se le concede la palabra al honorable Diputado Lombardo Martínez. DIPUTADO LOMBARDO MARTÍNEZ CABEZAS: Gracias, señor Presidente. Pienso interpretar el sentir de esta magna Asamblea, y me permito saludar a la comunidad de El Ayote, en los albores de su nacimiento a la vida municipal. Señor Presidente, quiero aprovechar este día para saludar a la mujer nicaragüense; pero también quiero aprovechar este día para motivar a esta magna Asamblea, y a la Comisión de Salud, para buscar cómo encontrar los mecanismos apropiados para construir un gran compromiso nacional. Quiero celebrar a la mujer nicaragüense, con el compromiso de que todos nos aboquemos para terminar con estas cifras trágicas de mortalidad materna, que colocan a Nicaragua entre los países donde el sistema de salud no protege plenamente a nuestras mujeres. Y este es un fenómeno histórico, Presidente, y no es que el Gobierno no ha podido enfrentarlo, obviamente ha sido política del Gobierno querer desmantelar esas horribles cifras; pero la conclusión de los expertos es que no podrá nunca desmantelarse si no se aborda en una forma integral, la integración de la sociedad civil en su conjunto y sus principales actores con el Gobierno de turno. Pero resalta a la vista, señor Presidente de la Asamblea, algo que le presentaré a la Licenciada Rita Fletes Zamora, honorable Presidente de la Comisión de Salud, y es que en 1998 murieron en Nicaragua ciento cincuenta y cinco mujeres, cuando se dio una huelga de cuatro meses por parte de los colegas médicos. Pero sorprendentemente, señor Presidente, en 1999, cuando ya no hay ninguna huelga, el número de muertes subió a casi ciento ochenta; es decir, veinticinco mujeres más murieron en el año en el cual no había huelga. Esto es un dato interesante de analizarlo, señor Presidente; no es que tal vez los mecanismos de supervisión y de control se han debilitado un poco, y esto es importante, porque el Departamento que presenta la más elevada mortalidad materna es Jinotega, la RAAS y la RAAN; es ahí donde las autoridades tienen que poner permanentemente el dedo en la llaga y obligar a los directores de SILAIS a visitar las unidades, a ir a la zona rural y establecer los mecanismos de coordinación para que los casos de alto riesgo, puedan ir a los centros de atención especializada. Señor Presidente, este es un problema serio de analizar. El otro punto, señor Presidente -y eso lo presentare a la Comisión de Salud- es que al regresar a mi trabajo como médico en el servicio de salud- trabajo en el Hospital Vélez Páiz- he tenido contacto con pacientes que han venido de Costa Rica, y ellos me han informado que es una verdad "sotto voce" en la comunidad de nicaragüenses en Costa Rica, que puede alcanzar la cifra de quinientos mil, y que ya tendríamos derecho a controlar por lo menos la mitad del Poder Legislativo tico. Señor Presidente, sabemos -nos dicen estos pacientes- que los nicaragüenses que mueren allí, en forma abusiva hacen uso de sus órganos para procedimiento de trasplantes. No me opongo absolutamente a los trasplantes, esto es un instrumento válido en la medicina moderna; y tanto es cierto Presidente, que actualmente se han hecho cincuenta mil trasplantes de higado, casi setenta mil trasplantes de corazón, y ochenta mil trasplantes de riñon. Por lo tanto, el trasplante ya es un mecanismo válido para restituir la salud a los ciudadanos del mundo. Pero, señor Presidente es un delito de lesa humanidad, y al mismo tiempo es un delito a los derechos humanos –ahora que estamos construyendo también una legislación universal- proceder a desmantelar los ´órganos de un paciente, y sin el consentimiento de sus familiares. Eso es lo que Nicaragua debe protestar en el caso sea cierto, y la Comisión de Salud debe tomar vigencia en este asunto, porque es un

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asunto muy serio que tiene que ver con la nueva legislación mundial que se quiere construir dentro de ese proceso de globalización. Vuelvo a repetir; no nos oponemos a los trasplantes, pero sí ahora que sabemos que hay un mercado de trasplantes, nosotros no sabemos el uso que se le está dando a esos trasplantes, porque si se realizara en la Universidad de Costa Rica, podríamos pensar que se están respetando las normas éticas y las normas legales que la nueva bio-ética demanda. Pero si estos conciudadanos nuestros, además de ser explotados en vida, son explotados como muertos, estaríamos ofendiendo los principios básicos de la convivencia civilizada, señor Presidente. Ruego pues a la Comisión de Salud que preside la honorable Diputada Fletes Zamora, proceder a darle seguimiento a esta denuncia que varios pacientes me han referido en mi consultorio público en el Hospital "Fernando Vélez Páiz. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le suplica a la Comisión de Salud tomar en consideración eso y hacer las comprobaciones, por supuesto con toda la prudencia y con toda la diligencia posible. Ya que todos los oradores que estaban anotados terminaron de hablar, vamos a someter a votación. Se abre la votación. Votación en lo general, sobre la creación de El Municipio del Ayote. Por favor, tomen sus asientos. Esta abierta la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 81 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada en lo general. Su lectura, vamos a lo particular. SECRETARIO JOSE DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al Pueblo Nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

La siguiente:

LEY CREADORA DEL MUNICIPIO DE EL AYOTE Arto. 1 El objetivo de la presente Ley es la creación del Municipio de El Ayote, y cuyo

territorio se desmembra del actual Municipio de El Rama; el territorio de este Municipio se localiza en la demarcación territorial de la Región Autónoma del Atlántico Sur, y que junto con los Municipios de Paiwas, la Cruz de Río Grande, Laguna de Perlas, Kukrahill, El Rama. Muelle de los Bueyes, Nueva Guinea,

532 Bluefields y Corn Island, integran la Región Autónoma del Atlántico Sur. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión el artículo.

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Se le concede la palabra al honorable Diputado Carlos García Bonilla. DIPUTADO CARLOS GARCÍA BONILLA: Gracias, señor Presidente. En el artículo 1, queremos hacer una moción, igualmente en el artículo 15, debido a que en estos artículos no se especifican dos Municipios que fueron creados en la reforma a la Ley de División Política Administrativa, Ley N° 221, la cual tengo en mi poder, donde se crea el Municipio de El Tortuguero y el Municipio de la Desembocadura de la Cruz de Río Grande. La creación de estos dos Municipios fue aprobada el 31 de Mayo de 1996, que se desmembraban del Municipio de La Cruz de Río Grande, Región Autónoma del Atlántico Sur, que era el Municipio de El Tortuguero y el Municipio de Desembocadura de la Cruz de Río Grande. Por lo que en el artículo número 1, y en el número 15, deben estar incorporados estos dos Municipios creados en la fecha que estoy diciéndole, dentro de la demarcación territorial de la Región Autónoma del Atlántico Sur. Vamos a pasar la moción, que la estamos elaborando en consenso con el Diputado Pablo Sierra Chacón. Yo quiero leerle, antes de finalizar, la reforma a la ley aprobada el 31 de Mayo de 1996, donde dice: "Artículo 2. Se crean los Municipios de El Tortuguero y la Desembocadura de la Cruz de Río Grande, adscritos a la Región Autónoma del Atlántico Sur". Vamos a pasar la moción para incorporar en el artículo 1 y en el artículo 15, estos dos Municipios, que no están incorporados en dichos párrafos por omisión de la Comisión de Defensa y Gobernación. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado William Schwartz. DIPUTADO WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM: Gracias, señor Presidente. Simplemente es para reafirmar lo que acaba de mencionar el Diputado Carlos García, que hay omisión de dos Municipios de la Región Autónoma Atlántico Sur. Lo que pasa es que parece que se confunden, no es lo mismo hablar del Municipio de la Cruz de Río Grande, que hablar del Municipio de la Desembocadura de Río Grande; son dos cosas diferentes. La Cruz de Río Grande tiene su sede, su cabecera en la Cruz de Río Grande. La Desembocadura de Río Grande tiene su cabecera en Karawala, que son las comunidades indígenas de Karawala, Sandibay, Walpa, La Barra de Río Grande; ése es un Municipio que se creó en la fecha que establecía el Diputado García. Parece que hay una confusión; incluso cuando nosotros fuimos a presentar nuestros proyectos, había esa confusión de la Cruz con la Desembocadura, que son dos cosas distintas. Y el otro Municipio que hace falta, es el Municipio de El Tortuguero, cuya sede en Nuevo Amanecer, El Tortuguero. No son diez Municipios, por lo tanto los que tienen la región, sino que son doce Municipios. Es simplemente reafirmar eso, y vamos a pasar la moción que acaba de mencionar el Diputado Carlos García. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Eliseo Núñez Hernández.

533 DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ: Señor Presidente. Yo creo que de un sólo plumazo no pueden desaparecer dos Municipios. Aquí hay una confusión con la ley publicada el 13 de Junio de 1996, la ley 221, que la relacionan con la Ley de 1991, en la cual no están incluidos estos dos Municipios, y se alega por parte de la Comisión de que no existen estos Municipios. Lo que hay es un vacío en cuanto a que no incluyeron en la creación de estos Municipios la demarcación, que nosotros tenemos que llenarla. Pero existen los dos Municipios; la prueba está en que el Alcalde de El Municipio del Tortuguero se llama Ramón Bello, y los de la Alianza ganaron con cuatro mil y pico de votos.

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No puede ser posible que se esté aduciendo que como el artículo 3 de esta Ley 221, que fue para efectos únicamente de las elecciones en el 96, el Municipio de El Rama, Nueva Guinea, Muelle de los Bueyes, se aplicarán en la circunscripción electoral del Departamento de Chontales; no se puede estar supeditando este artículo -que es transitorio- al artículo 2, donde se crea específicamente el Municipio de El Tortuguero y la Desembocadura de Río Grande, donde abarca Karawala, Kara y todos los demás poblados que allí existen. Creo que la Asamblea lo que tiene que hacer es llenar el vacío en el cual con esta ley no se dio la demarcación territorial de los Municipios; pero los Municipios existen, señor Presidente. Por lo tanto, estoy apoyando la moción conjunta que se está haciendo. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Víctor Manuel Talavera Huete. DIPUTADO VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE: Presidente: Definitivamente se presenta aquí un vacío un poco complicado, ya que en La Gaceta No. 110, del 13 de Junio de 1996, en el artículo 12, se crearon los Municipios de El Tortuguero y la Desembocadura de Río Grande, para fines eminentemente electorales, de cara a las elecciones de 1996. Pero desafortunadamente -presume- dada la urgencia en aquel momento no se hicieron los derroteros de estos dos Municipios, es decir, que no tienen linderos correspondientes. No se sabe cual es el área geográfica o superficial de los mismos, ni las otras disposiciones de creación de un Municipio como el que estamos creando el día de hoy. Ante esto se deberá buscar una solución que verdaderamente no venga a complicar la situación jurídica en estos dos Municipios. Por lo tanto habría que buscar una salida, o bien dejarlo sin aplicabilidad en este momento, y basados en el artículo 2, crear los derroteros de ambos Municipios; es decir, delimitar su área geográfica y sus correspondientes linderos, porque de lo contrario no se sabría de dónde se tomó el área geográfica de estos dos Municipios, de El Tortuguero y la Desembocadura de la Cruz del Río Grande. Gracias. PRESIDENTE EN FUNCIONES OSCAR MONCADA REYES: Vamos a esperar las mociones correspondientes para la demarcación. Entonces, ¿vas a hacer la moción correspondiente? PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

534

La recoraendación que se ha logrado obtener por consenso, es que suspendamos esto y consultemos con INETER en la próxima semana, para mayor seguridad. Pasemos esta ley de creación, para que no nos equivoquemos, porque después el problema será más difícil resolverlo. Vamos a pasar ahora a la Ley de Patentes, En el Adendum N° 2. Vamos a someter a votación si hacemos la discusión y votación por capítulos, porque es larga esta ley. Se somete a votación si es por capítulos.

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Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el sistema de discusión y votación por capítulos. Vamos a principiar con la lectura del Capítulo I. Señor Secretario. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN:

LEY DE PATENTES DE INVENCIÓN, MODELO DE UTILIDAD Y DISEÑOS INDUSTRIALES

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Arto. 1 Objeto de la Ley. La presente Ley tiene como objeto establecer las disposiciones

jurídicas para la protección de las invenciones; los dibujos y modelos de utilidad, los diseños industriales, los secretos empresariales, y la prevención de actos que constituyan competencia desleal.

Arto. 2 Órgano competente. El Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, mediante el Registro de la

Propiedad Intelectual (RPI), es la entidad encargada de la aplicación de esta ley. Arto. 3 Conceptos utilizados. Para los efectos de la presente Ley se entiende por:

Invención: Solución técnica a un problema específico, constituida por un producto o un procedimiento, o aplicables a ellos. Producto es cualquier sustancia, composición, materia inclusive biológica, aparato, máquina u otro objeto, o parte de ellos, y procedimiento es cualquier método, operación o conjunto de operaciones o aplicación o uso de un producto.

Modelo de utilidad: Invención constituida por una forma, configuración o disposición de elementos de algún objeto, o de una parte del mismo, que le proporcione algún efecto técnico en su fabricación, funcionamiento o uso;

Diseño industrial: Aspecto particular de un producto que resulte de sus características de entre otros, forma, línea, configuración, color, material u ornamentación, y que comprende todos los dibujos y modelos industriales;

Patente: Derecho exclusivo reconocido por el Estado, con respecto a una investigación cuyos efectos y alcances están determinados por esta ley;

Secreto empresarial: Cualquier información confidencial.

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que una persona natural o jurídica posea y cumpla con las condiciones previstas en la presente ley.

Registro: Registro de la Propiedad Intelectual. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 4 Protección Legal. Toda persona natural o jurídica independientemente del país

de origen, nacionalidad o domicilio, gozará de los derechos y beneficios que la presente ley establece.

Arto. 5 Reciprocidad. Serán beneficiarios de la presente ley en base a la reciprocidad, los

nacionales de cualquier Estado, que sin ser miembro del Convenio de París para la Protección Industrial, ni del Acuerdo que establece la Organización Mundial de Comercio (O.M.C.) concedan de manera recíproca una protección eficaz a los nacionales de la República de Nicaragua.

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PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al artículo 1? Tiene la palabra el honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez. DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ: Muchas gracias, señor Presidente. Primero quisiera felicitar a la Comisión que ha dictaminado este proyecto de ley, dado que el proyecto de Ley de Patentes de Invención, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales, por las mismas características en el elemento de orden técnico que reviste este proyecto de ley, hace que su dictamen sea un dictamen muy trabajoso; un dictamen que hay que meterse a profundidad en convenios internacionales de los que Nicaragua es miembro suscriptor y ratificante, como es en este caso el Convenio Centroamericano de Patentes y de ADPIC, dado que Nicaragua es miembro activo de la Organización Mundial del Comercio. Es por lo tanto que las mociones que en este momento nosotros estamos consensuando con algunos de los miembros de la Comisión son puntuales, y tienen que ver con la aplicación correcta o adecuación correcta de la ley que nosotros estamos aprobando con el Convenio Centroamericano sobre las patentes, y el Convenio ADPIC, del cual Nicaragua es miembro suscriptor y ratificante. En el transcurso de toda esta discusión, se presentaran estas mociones. Sin embargo yo quisiera, señor Presidente, aprovechar la ocasión para presentar dos mociones puntuales, y en las que existe consenso. Está primero relacionado a una palabra que en todo el texto de la ley, seguramente por un "lapsus calami", por un error de "typeo" se planteó la palabra "reinvindicación" con "n", cuando la palabra desde el punto de vista, eminentemente técnico-jurídico es "reivindicación", de "reivindicatio". Entonces que en cualquier parte donde aparezca esta palabra con esta "n" intercalada, que se cambie y que se plantee como "reivindicación". Esta es una moción de consenso y que en este momento pasaría a presentar. Acto segundo, honorables Diputados, yo quisiera que prestaran atención en lo relacionado al artículo 9 del proyecto de ley. En el artículo 9 se habla de un punto que es de la “novedad”. Dice: “Novedad. Se considera que una invención tiene novedad si no se encuentra en el estado actual de la técnica”. Tiene que ver directamente con la fecha de prioridad; pero una cosa es la fecha de prioridad aplicable y otra cosa es la fecha reconocida de cara a la prioridad. ¿Qué quiero decir con esto? La novedad tiene que ver con 536 que si el invento se encuentra o no en el estado de la técnica, o sea que si existe, que si ya existe el invento en el estado de la técnica, que si ya se conoce en todo el mundo este invento. Pero, para la aplicación práctica de cara a este proyecto de patentes y de cara a la patente, también tiene que ver con que si ya se encuentra en conocimiento en otra solicitud de patente, y eso tiene que ver también con que ya se encuentra en el estado de la técnica. Explico: no solamente es el hecho de que ya sea un producto conocido, sino que también sea un producto que está en trámite su patente; porque hay que recordar que la patente se tramita, y desde el mismo momento en que se presenta la solicitud de patente, ya se hacen públicas las reivindicaciones del invento, y desde ese mismo momento ya se encuentra en el estado de la técnica. Por lo tanto, en el artículo 9 lo que habría que hacer es cambiar una palabra, y en vez de hablar de la "prioridad reconocida", habría que hablar sobre la "prioridad aplicable". Esta es una segunda moción de consenso, en el primer Capítulo que nos está tocando trabajar. En el artículo 13, se habla de la aplicación industrial, sin embargo dice: "Se entenderá por industria, cualquier actividad productiva lícita", no toda actividad productiva tiene carácter industrial". Es por lo que planteo que esa última línea cambie y que se diga así: "A estos efectos, la industria se entenderá en sentido amplio e incluirá entre otros, la artesanía, la agricultura, la ganadería, la manufacturera, la construcción, la minería, la pesca y otros servicios". Reitero, compañeros Diputados, amigos Diputados, que esto ya se encuentra consagrado en los acuerdos ADPIC, de los cuales Nicaragua es miembro suscriptor y ratificante. En otras palabras,

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estas mociones vienen a ser contingentes, esta ley nuestra, nuestra legislación interna a los acuerdos internacionales, a los cuales Nicaragua tiene que honrar como Nación. A sí que inicialmente pasaría estas tres primeras mociones para consideración del Plenario. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Roberto Rodríguez. DIPUTADO ROBERTO RODRÍGUEZ: Gracias, señor Presidente. Estoy presentando una moción en el artículo 3, inciso 1); aquí aparece una definición sobre invención. Es una cuestión de orden, porque en el mismo párrafo se define "producto", y "procedimiento", esa presentación de marco teórico no es correcta. Yo propongo que se defina por separado, como acápite: 1) invención; 2) producto; 3) procedimiento; 4) modelo de utilidad; 5) diseño industria; 6) patente, 7) secreto empresarial y 8) registro. Paso la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Es de orden, nada más? Honorable Diputado Orlando Mayorga, tiene la palabra. DIPUTADO ORLANDO MARYORGA: Gracias, señor Presidente. En el artículo 7, inciso d), dice: “No se concederá patente para proteger la salud o la vida humana, animal o vegetal o preservar el medio ambiente; a estos efectos no se consideran aplicables esta inclusión de patentamiento solamente por razón de estar prohibida, limitada o condicionada la explotación por alguna disposición legal o administrativa”; creo que así no se entiende. Yo propongo eliminar la palabra “solamente”, y quedaría: “... a estos efectos no se

537 considera aplicable esta inclusión de patentamiento por razón de estar prohibida, limitada o condicionada la explotación por alguna disposición legal o administrativa"; lo cual considero que es lo lógico. Paso la moción. Gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Sobre el Capítulo primero, sólo hay dos mociones. Una que comprende toda la ley, cambiar la redacción de la palabra "reinvindicación" en toda la ley. Y la otra es del Diputado Roberto Rodríguez, en el artículo 3, por razones de orden, ir haciendo las diferentes definiciones. Esas son las dos mociones. Observaciones al artículo 2) no hay. Al artículo 3, ya vimos la moción. Al artículo 4, no hay. Al artículo 5, no hay. Vamos a someter a votación la moción general de la palabra "reivindicación", para que quede bien redactada. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada esa moción.

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La segunda moción es la del artículo 3, se va a someter a votación; es sobre el orden de las definiciones. Se abre la votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la segunda moción. Vamos a la votación del Capítulo. Se abre la votación. Capitulo I. De las Disposiciones Generales, es el que está sometido a votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo. Capítulo II. Su lectura. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

538

CAPÍTULO II

PROTECCIÓN DE LAS INVENCIONES Y DERECHOS A LA PATENTE

Arto. 6 Materia que no constituye invención. No constituirán invenciones, entre otros.

a) Los simples descubrimientos; b) Las materias o las energías en la forma en que se encuentren en la naturaleza; c) Los procedimientos biológicos tal como ocurren en la naturaleza y que no supongan

intervención humana para producir plantas y animales, salvo los procedimientos microbiológicos:

d) Las teorías científicas y los métodos matemáticos;

e) Las creaciones puramente estéticas, las obras literarias y artísticas; y

f) Los planes, principios, reglas o métodos económicos de publicidad o de negocios y los

referidos a actividades puramente mentales o intelectuales o materia de juego; los programas de ordenador aisladamente considerados.

Arto. 7 Materia excluida de protección por patente. No se concederá patente para:

a) Los animales.

b) Los métodos terapéuticos, quirúrgicos o de diagnóstico aplicables a las personas o a los animales.

c) Las invenciones cuya explotación comercial debe impedirse para proteger el orden público o la

moral.

d) Proteger la salud o la vida humana, animal o vegetal o preservar el medio ambiente; a estos efectos

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no se consideran aplicables esta inclusión de patentamiento solamente por razón de estar prohibida, limitada o condicionada la explotación por alguna disposición legal o administrativa.

Arto. 8 Requisitos de patentabilidad. Son patentables las invenciones que tengan novedad, nivel

inventivo y que sean susceptibles de aplicación industrial. Arto. 9 Novedad. Se considera que una invención tiene novedad si no se encuentra en el estado

actual de la técnica. El estado actual de la técnica comprenderá todo lo que haya sido divulgado o hecho accecible en público en cualquier parte del mundo y de cualquier manera, antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente en Nicaragua o, en su caso, cuando ella se reivindicare antes de la fecha de prioridad reconocida. Sólo para efectos de apreciar la novedad, también quedará comprendido dentro del estado actual de la técnica, el contenido de otra solicitud de patente en trámite, cuya fecha de presentación o prioridad, en su casa, fuese anterior a la solicitud objeto de consideración, pero sólo en la medida en que ese contenido quedará incluido en la solicitud de fecha anterior cuando fuese publicada.

Arto. 10 Excepciones al Estado Actual de la Técnica. El estado actual de la técnica no comprenderá

lo que se hubiese divulgado dentro del año anterior a la fecha de

539

presentación de la solicitud de patente o, en su caso, dentro del año anterior a la fecha de prioridad aplicable, siempre gue tal divulgación hubiese resultado directa o indirectamente de actos realizados por el propio inventor o su causahabiente, o de un incumplimiento de contrato o acto ilícito cometido contra alguno de ellos.

Arto. 11 Excepción Especial. La divulgación resultante de una publicación hecha por una

autoridad competente dentro del procedimiento de concesión de una patente no quedará comprendida en la excepción del artículo anterior, salvo que la solicitud se hubiese presentado por quien no tuviese derecho a obtener la patente, o que la publicación se hubiese hecho por un error de esa autoridad.

Arto. 12 Nivel Inventivo. Se considerará que una invención tiene nivel inventivo, si para una

persona capacitada en la materia técnica correspondiente, la invención no resulta obvia ni se habría derivado de manera evidente del estado actual de la técnica.

Arto. 13 Aplicación Industrial. Una invención se considerara susceptible de aplicación

industrial cuando su objeto pueda ser producido o utilizado en cualquier tipo de industria o actividad productiva. Para estos efectos, por industria se entenderá cualquier actividad productiva lícita.

Arto. 14 Derecho a la patente. El derecho a la patente pertenecerá al inventor, sin perjuicio de lo

establecido en los Artos. 15 y 16 siguientes. Si la invención se hubiese realizado por dos o más personas conjuntamente, el derecho a obtener la patente les pertenecerá en común. El derecho a la patente podrá ser cedido en las formas reconocidas por la presente ley.

Arto. 15 Invenciones efectuadas en ejecución de un contrato. Cuando la invención haya sido

realizada en cumplimiento o ejecución de un contrato de obra o servicio, o de un contrato de trabajo, el derecho a la patente pertenecerá a la persona que contrato la obra o el servicio, o al empleador, según corresponda, salvo disposición contractual en contrario.

En caso la invención tuviese un valor económico mucho mayor que el que las partes podían haber previsto razonablemente al tiempo de concluir el contrato, el inventor tendrá derecho a una remuneración proporcional que será fijada por la autoridad judicial competente en defecto de acuerdo entre las partes.

Arto. 16 Invenciones efectuadas por un empleado no contratado para inventar. Cuando un empleado

que no estuviese obligado por su contrato de trabajo a ejercer una actividad inventiva, efectúe una invención en su campo de actividades laborales, mediante la utilización de datos o medios a los que tuviese acceso por razón de su empleo, deberá comunicar este hecho a su empleador por escrito, acompañando las informaciones necesarias para comprender la invención. El empleador dentro del plazo de dos meses a partir de la fecha en que hubiese recibido la comunicación del empleado, o conozca de la invención por cualquier otro medio, notificará por escrito al empleado su interés en la

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invención. En este caso el derecho a la patente pertenecerá al empleador, en caso contrario pertenecerá al empleado.

En caso que el empleador notificara su interés por la invención, el empleado tendrá derecho a una remuneración equitativa teniendo en cuenta el valor económico estimado

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de la invención. En defecto de acuerdo entre las partes, la remuneración será fijada por la autoridad judicial competente.

Arto. 17 Mención del inventor. El inventor tiene derecho a ser mencionado en la patente que

se conceda y en los documentos y publicaciones oficiales relativos a ella, salvo que mediante declaración escrita dirigida al Registro de la Propiedad Intelectual, se oponga a esta mención.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tenemos aquí observaciones a este Capítulo, a artículos 7, 9 y 13. Roberto Rodríguez, ¿usted ya había presentado una moción? DIPUTADO ROBERTO RODRÍGUEZ: Gracias. La mocion que había presentado yo, no me percate que era para este Capítulo y no para el anterior. Entonces una moción al artículo 7. "No concederá patente para registrar animales". Porque aquí está muy lacónico esto. "Para los animales", eso da una idea muy diferente a lo que se quiere decir, ¿verdad? Y la otra, que ya está presentada allí. Llevo ésta a la Presidencia. . Gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al 6? No hay. Al 11? No hay. Al 12? No hay. Al 14? No hay. Al 15? No hay. Al 16? No hay. ¿Al 17? No existe. Entonces, sólo tenemos dos mociones al artículo 7. La primera es en el párrafo a). Dice "Registrar animales" quitarle "los". La otra es suprimir en el inciso d), la palabra "solamente". Vamos a someter a votación. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstencion. Quedan aprobadas las dos mociones al artículo 7.

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Vamos ahora a pasar al artículo 9, dice que es aclarar. Por favor, ¿nos viene a hacer esta aclaracioncita, Roberto? El mocionista, por favor. Por favor, nos viene aclarar en qué parte del artículo y cuál es?

541 Usted puede por favor. Esta es una moción que ni firma tiene, entonces ésa queda improcedente. Entonces cambiar la última oración del artículo 13. Esta así es, Wálmaro? Leálo pues. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN: En el artículo 13, cambiar la última oración por: "A estos efectos, la industria se entenderá en sentido amplio e incluirá entre otros: la artesanía, la agricultura, la ganadería, la manufacturera, la construcción, la minería, la pesca y los servicios". PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Una ampliación del concepto de industria. Se abre la votación. Wálmaro lo explicó muy bien eso. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción. Vamos al Capítulo. Se abre la votación del Capítulo. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo II. Vamos a regresar al Municipio de el Ayote, porque ya se hicieron las consultas a INITER y eso es fácil; con eso terminaríamos esta Sesión. Pasemos de nuevo a El Ayote. ¿Ya con eso queda solventado el asunto? Honorable Diputado Carlos García Bonilla, tiene la palabra. DIPUTADO CARLOS GARCÍA BONILLA: Gracias, señor Presidente. Moción en el artículo 1. "Que se incorporen los Municipios de El Tortuguero y Desembocadura de la Cruz de Río Grande", en el artículo.1; y en el 15 la va a presentar el Diputado Schwartz: que también se incorporen allí dichos Municipios El Tortuguero, cuya cabecera es El Tortuguero y el Municipio de la Desembocadura de la Cruz de Río Grande, cuya cabecera es Karawala. Gracias, señor Presidente.

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PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Con eso quedamos ya? Entonces, vamos a abrir la votación.

542 Está abierta la votación con la moción. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Están votando. Se cierra. El resultado es el siguiente: 65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción al artículo 1, y asimismo el mismo artículo 1. Vamos a la lectura del artículo 2. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 2 El Municipio creado en el artículo anterior se delimita de la circunscripción territorial de la

Región Autónoma del Atlántico Sur con los respectivos límites territoriales entre cada uno de los Municipios.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se abre la votación. Están votando todavía. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 2. Artículo 3. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 3 La circunscripción territorial del Municipio de El Ayote creado por la presente Ley se

determina de conformidad a los límites territoriales elaborados y establecidos por el Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 64 votos a favor, abstencion. Queda aprobado el artículo 3. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 4 El territorio que corresponde al nuevo Municipio de El Ayote creado por la presente Ley,

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tiene una superficie de 831 kilómetros cuadrados, extensión que representa el 18% del total de la superficie del Municipio de El Rama y mismo del que se desmembra.

543 PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 4. Artículo 5. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 5 Los límites territoriales correspondientes al Municipio de El Ayote son los siguientes:

a) El Ayote-Paiwas.

Este límite tiene su inicio en la confluencia del Río Kurinwas y el Caño Siquia, continúa aguas arriba del primero hasta la confluencia con río Yalinwás, el que sigue hasta su confluencia con la quebrada conocida como Las Banderas, de este punto continúa en dirección Sur-este 2.4 kilómetros, hasta un cerro sin nombre, luego gira al Sur-oeste en línea recta 3.75 kilómetros, hasta la cima del cerro que se identifica con el nombre de cerro Calderón de 361 metros de altura; luego continúa en la misma dirección 1 kilómetro, hasta llegar a un punto que se identifica con las coordenadas 84° 43' 36" W y 12° 38" 59" N, tomando rumbo N 66° 00 W y a una distancia de 3.5 kilómetros hasta la cima de un cerro sin nombre, luego gira con rumbo S 69° 00 W hasta la cima del cerro conocido como El Hielo, en donde gira con rumbo N16° 3 0 W y a una distancia de 5.3 kilómetros, hasta un punto con que se localiza con las coordenadas de 84° 47' 18" W y 12° 42' 07" N, de este punto gira rumbo S 65° W y a una distancia de 4.7 kilómetros, hasta la cima de un cerro sin nombre; gira con rumbo N17° 30' W y a una distancia de 2.55 kilómetros, hasta otro punto localizado con las coordenadas 84° 50' 04" Wm y 12° 42' 25" N; sigue con rumbo S 84° 00'W y a una distancia de 3.8 kilómetros, hasta un punto localizado con las coordenadas 84° 52' 10" W y 12° 42' 13" N; gira con rumbo S 32° 30'W, y a una distancia de 7.6 kilómetros, hasta insertar Río Las Cuevas, luego continúa aguas debajo de éste hasta llegar a su confluencia con el rio Siquia. Fin de este límite.

b) El Ayote-El Tortuguero.

Este límite se inicia en la confluencia de la quebrada El Cuatro y el río Siquia, luego sigue aguas debajo de este último hasta su confluencia con el Río Kurinwas. Fin de límite.

c) El Ayote-El Rama.

El límite se inicia en la cima de cerro La Góngola de una altura de 685 metros sobre el nivel del mar, y sigue en dirección Noreste pasando por el cerro El Guabo de una altura de 246 metros sobre el nivel del

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mar, hasta llegar al cerro conocido como El Alcalde y cuya altura es de 295 metros sobre el nivel del mar, luego continúa la misma dirección hasta la confluencia de los ríos Nawawas y el río Siquia; de este punto continúa en la misma dirección 13.2 kilómetros aproximadamente, pasando por el cerro Kurinwacito de 361 metros de altura sobre el nivel del mar, hasta llegar a la confluencia de la quebrada El Cuatro con el río Siquia. Fin del límite.

d) El Ayote-Santo Domingo, Departamento de Chontales.

Este límite se inicia en la confluencia de los ríos Kuswuas y la Cusuca, sigue aguas abajo de este último hasta la confluencia de este con el Río Siquia; luego continúa aguas arriba del Río Siquia hasta la confluencia con río Tapalwas, luego de este punto el límite continúa hacia el Sur-este 1.25 kilómetros, hasta el cerro Tapalwas; con 365 metros de altura sobre el nivel del mar, luego continúa en la misma dirección pasando por el cerro La Laguna, cuya altura es de 456 metros sobre el nivel del mar; la falda Oeste del cerro Azul de 519 metros de altura sobre el nivel del mar, hasta la cima de un cerro sin nombre y localizado con las coordenadas 84° 48' 42" W y 12° 21' 12" N; luego continúa con rumbo S 70° 00' E y a una distancia de 5.1 kilómetros, hasta llegar a un cerro conocido como La Gongolona de 685 metros de altura sobre el nivel del mar. Punto final de este límite.

e) El Ayote-La Libertad, Departamento de Chontales.

Este límite parte de la confluencia de la quebrada conocida con el nombre de Marcelino con río La Cusuca; luego sigue aguas abajo de éste, hasta su confluencia con río Kuswa. Punto final de este límite.

f) El Ayote-Camoapa, Departamento de Boaco.

Este límite tiene su origen con la confluencia de La quebrada conocida como Marcelina y río la Cusuca; luego toma dirección Noreste 1 kilómetro, sobre este último hasta llegar a un punto localizado con las coordenadas 84° 57' 21" W y 12° 37' 54" N, siempre en esa misma dirección continua 3.8 kilómetros hasta encontrar un punto sobre el río La Vaca localizado con las coordenadas 84° 58' 44" W y 12° 39' 30" N, luego continúa sobre éste hasta su confluencia con los ríos Siquia y Las Cuevas, punto que define el límite de esta demarcación e intersecto entre los Municipios de Paiwas, El Ayote y Camoapa.

Arto. 6 El Poder Ejecutivo designará una partida presupuestaria extraordinaria del

Presupuesto General de la República, la que será aprobada por la Asamblea Nacional para cubrir los gastos y costos fijos del Municipio creado por la presente Ley.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Son los límites. Se va a cerrar la votación.

545 Se cierra. El resultado es el siguiente: 70 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 5.

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Vamos ahora al 6. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 6 El Poder Ejecutivo designará una partida presupuestaria extraordinaria del Presupuesto

General de la República, la que será aprobada por la Asamblea Nacional para cubrir los gastos y costos fijos del municipio creado por la presente Ley.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 6. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 7 Las autoridades municipales que administrarán el Municipio creado por la presente ley, mismo que

forma parte de la Región Autónoma del Atlántico Sur, serán nombradas de conformidad a lo establecido en los artículos 4, 5 y 6 del Reglamento de la Ley de Municipios, Decreto Ejecutivo N° 52-97 del cinco de Septiembre de mil novecientos noventa y siete, publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 171, del ocho de Septiembre de mil novecientos noventa y siete.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstencion. Queda aprobado el artículo 7. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 8 Mientras la Asamblea Nacional no apruebe el Plan de Arbitrios del Municipio

creado por la presente ley, se deberá de aplicar el Plan de Arbitrios Municipal, mismo que está contenido en el Decreto Ejecutivo N° 455, publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 144 del 31 de Julio de 1989.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se va a cerrar la votación.

546 Se cierra. El resultado es el siguiente: 66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 8. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 9 La Corte Suprema de Justicia, de conformidad a la ley de la materia, en un plazo no mayor

de ciento ochenta días establecerá los tribunales judiciales respectivos, mientras tanto

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continuarán funcionando los respectivos tribunales que en la actualidad prestan la atención correspondiente.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Jaime Bonilla López. DIPUTADO JAIME BONILLA LÓPEZ: Gracias. En este artículo se señala que la Corte Suprema de Justicia establecería los tribunales judiciales en no más de ciento ochenta días, estos son seis meses; a partir de ahora entonces tendríamos que la segunda mitad de este año tendrían que establecerse estos tribunales. Sostengo que esto cambia el Presupuesto de esa Corte; esta es una complicación que podrían alegar para no hacerlo en el momento, en el período que estamos señalando en la Asamblea. Me parece que la lógica es expresar en la ley que esos tribunales deben de establecerse a partir de Enero del 2001, para que no haya ninguna evasiva al cumplimiento de la ley. Por eso es que propondría una moción, para que el artículo 9 diga: "La Corte Suprema de Justicia, de conformidad a la ley de la materia establecerá en el Municipio de El Ayote, los tribunales de Justicia respectivos, a partir de Enero del año 2001; mientras tanto continuarán funcionando los respectivos tribunales que en la actualidad prestan la atención correspondiente". Presento la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bueno, entonces a votación la moción. Están votando. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción y el artículo nuevo. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 10 Las respectivas autoridades municipales, en un plazo no mayor de noventa días, deberán

de impulsar y organizar el Registro del Estado Civil de las Personas de conformidad a lo establecido en la ley de la materia y de acuerdo a las directrices, normativas y metodología que al respecto emita el Consejo Supremo Electoral.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado Jaime Bonilla, otra vez tiene la palabra. DIPUTADO JAIME BONILLA LÓPEZ: Presidente, aquí termina este artículo con el Consejo Supremo Electoral. Yo quería mocionar un segundo párrafo o un nuevo artículo

547 -eso dependerá de la Comisión de Estilo para que ya quede establecido lo que se está señalando para los diferentes Poderes del Estado, incluyendo las instituciones como INETER o INIFOM. Que quede establecido el mandato de la cedulación en esa circunscripción Municipal, a la vez de que no haya ninguna evasiva también para el Consejo Supremo Electoral, de integrar a este nuevo municipio en las próximas elecciones municipales. Por eso me permitiría mocionar el siguiente artículo, o siguiente párrafo a este articulo número 10, que diga: "El Consejo Supremo Electoral procederá de inmediato a establecer la oficina de cedulación correspondiente, a la vez integrará a esta nueva circunscripción a las próximas elecciones municipales". Presento la mocion por escrito. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

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Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción y el artículo 10. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 11 En un plazo no mayor de noventa días, a partir de la entrada en vigencia de la

presente ley, el Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales deberá de organizar y elaborar lo concerniente al Catastro del Municipio de El Ayote, así como el mapa oficial con sus respectivos límites y derroteros.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 12 Corresponde a las autoridades del Municipio de El Ayote la representación protocolaria del

Municipio, así como la guarda y custodia de sus símbolos, distintivos y del archivo histórico.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 12.

548 SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 13 El Municipio de El Ayote, localizado en la Región Autónoma del Atlántico Sur, inmediatamente

después de la entrada en vigencia de la presente ley, deberá de iniciar a recibir los ingresos que a la fecha hayan estado recibiendo las autoridades locales del Municipio de El Rama, comprendido en la Ley N° 59, Ley de División Política Administrativa y sus Reformas, y que le correspondan a su demarcación territorial, en concepto de tribute de los ciudadanos de sus respectivas circunscripciones territoriales.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra.

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El resultado es el siguiente: 72 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 13. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 14 Refórmase el párrafo primero del artículo 6 de la Ley N° 59, Ley de División Política

Administrativa, publicada en La Gaceta, Diario Oficial número 189 del 6 de Octubre de 1989, el que se leerá así;

Artículo 6. El territorio nacional se divide en dos Regiones Autónomas, quince Departamentos y ciento cincuenta y un Municipios, cuya demarcación y límites territoriales se detallan en la publicación oficial de INETER de los derroteros Municipales de la República de Nicaragua. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 70 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 14. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 15 Refórmase el artículo 6, numeral VIII de la Ley N° 59, Ley de División Política

Administrativa, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, número 189, del 6 de Octubre de 1989, el que se leerá así:

VIII.- "REGIÓN AUTÓNOMA ATLANTICO SUR", con sede administrativa en la ciudad de Bluefields, conformada por diez Municipios, siendo estos los siguientes:

Municipios: Cabeceras:

1. Paiwas Bocana de Paiwas

2. La Cruz de Río Grande La Cruz de Río Grande

3. Laguna de Perlas Laguna de Perlas

549 4. Kukrahill Kukrahill 5. El Rama El Rama 6. Muelle de los Bueyes Muelle de los Bueyes 7. Nueva Guinea Nueva Guinea 8. Bluefields Bluefields 9. Corn Island 10. El Ayote Corn Island 10. El Ayote PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Hay una moción. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLON: Hay una moción de dos Diputados sobre el artículo 15. En la lista agregar al Municipio de Karawala como cabecera y El Tortuguero como cabecera de El Tortuguero. Como que se hacen doce Municipios y no como dice allí, que son diez Municipios. ¿Está correcto, mocionista? Va a someterse a votación la moción.

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PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿No hay objeciones de ninguna clase? Entonces vamos a la votación. Se está votando. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción y el artículo 15. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 16 La presente Ley es de orden público y entrará en vigencia a partir de su

publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. El resultado de la votación es el siguiente: 66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo, y así toda la Ley de Creación. Se suspende la Sesión, y se cita para mariana a las nueve de la mañana. Puntual.

550 SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON: (9 de Marzo del 2000) JOSÉ RENÉ ARÁUZ LÓPEZ FRANCISCO JOSÉ GARCÍA SARAVIA GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA BAYARDO ARCE CASTAÑO CARLOS ANTONIO GUERRA GALLARDO LEONEL PANTIN WILSON NELSON ARTOLA ESCOBAR WÁLMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO NOEL PEREIRA MAJANO ALCALA BLANDON CRUZ MARIO J. GUTIÉRREZ VASCONCELOS FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA MARÍA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA FANOR ANTONIO HERRERA PÉREZ GUILLERMO VIRGILIO RAMOS DUARTE JAIME JOSÉ BONILLA LÓPEZ CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLON ADOLFO CALERO PORTOCARRERO MARIO JOSÉ LIZANO GUTIÉRREZ ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON EMILIO JOSÉ MARQUEZ ACUÑA

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EDUARDO JOSÉ RIZO LÓPEZ RÓGER CASTELLON ORUE JORGE ALBERTO MARTÍNEZ GONZÁLEZ MAXIMINO RODRIGUEZ MARTÍNEZ ANGELES CASTELLON CASTRO LOMBARDO MARTÍNEZ CABEZAS MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO FELIX HERNAN CASTILLO FLORES PEDRO PABLO MARTÍNEZ TÉLLEZ JOSÉ MARÁA SÁNCHEZ SANTANA MARLON BOANERGES CASTILLO TEJADA PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZÁLEZ WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM NOEL JOSÉ DELGADO CUADRA WILLIAM MEJÍA FERRETY GUILLERMO DANILO SELVA ARGÜELLO ALVARO IVÁN ESCOBAR FORNOS ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA NATHÁN JORGE SEVILLA GÓMEZ FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON STEADMAN FAGOT MULLER OSCAR MONCADA REYES JOSÉ DAMICIS SIRIAS VARGAS LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE RITHA FLETES ZAMORA LEOPOLDO NAVARRO BERMÚDEZ LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA CARLOS ALBERTO FONSECA TERAN CARLOS WILFREDO NAVARRO MOREIRA HENRY URCUYO MALEAÑOS HERIBERTO GADEA MANTILLA RAMÓN ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ SAUL ZAMORA DICARIO SERGIO DE JESÚS GARCÍA PINELL JOSÉ DANIEL ORTEGA SAAVEDRA DORA ODILI ZELEDON ZELEDON ERNESTO MARCELINO GARCÍA QUIROZ Presidente, hay quórum con 64 Diputados presentes. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

551

Vamos a continuar la Sesión, presentando algunas leyes y decretos que están pendientes. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLON: En el Adéndum No. 4, Punto 4.16: DECRETO DE APROBACIÓN DE PRÉSTAMO MUNICIPALIDAD DE MANAGUA DESTINADO CONSTRUCCÓON DE OBRAS MUNICIPALES DE LARGO PLAZO, PLAN INTEGRAL DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA VIAL DE MANAGUA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ciudad de Managua, Capital de la República, se comunica con el resto del país a través de vías importantes, tales como: Carretera Norte, Carretera Sur, Carretera Masaya e internamente por pistas circunferenciales y radiales, las que en su época fueron construidas bajo el concepto urbanístico de la ciudad. Actualmente las referidas vías de comunicación -por haber llegado a su vida útil, los desafíos con que fueron construidas se tornan obsoletos, fuera de las necesidades actuales-, presentan grandes problemas de tráfico, principalmente en las intersecciones donde hay mayor flujo vehicular, lo que resulta complejidad para maniobrar al usuario, y el alto índice de accidentes las convierte en puntos críticos de la red vial en cuanto a circulación vehicular. Por tales razones la Alcaldía de Managua en su deseo de proporcionar mayor comodidad y seguridad a la ciudadanía capitalina que se desplaza por las diferentes vías de la ciudad y principalmente en su deseo de contribuir a la disminución de los costos de operación vehicular, considera necesario

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mejorar uno de los puntos que presenta mayores problemas de tráfico en la ciudad, como es la intersección de la carretera Managua-Masaya con la Pista Suburbana conocida como intersección Centroamérica. Allí se construye actualmente una rotonda, como la fase primera de todo un proyecto de mejora integral. De acuerdo al Plan Integral de Transporte y Vialidad del Municipio de Managua, el cual presenta alternativas para solucionar dicha problemática, tales como: el mejoramiento de la señalización, control sincronizado de semáforos, construcción de rotondas y pasos a desnivel, se ha diseñado un plan global de una obra de cruce a desnivel compuesta por una rotonda en la parte inferior para desarrollarse en una primera fase, y un puente o paso a desnivel en la parte superior para ejecutarse en una segunda fase. Esta propuesta es basada a los estudios realizados, a la alta demanda del tráfico presente y la que se presentara en el futuro cuando se integren los volúmenes de tráfico que circularan en la ampliación de la carretera Masaya y la prolongación de la Pista Suburbana. La estructura vial de la ciudad de Managua que originalmente fue conformada como un sistema circunferencial y radial, ha sido afectada por un cambio sustancial de situaciones, dadas en diferentes épocas. Se inicia la primera etapa de cambio en 1972, cuando el terremoto provocó que la población actual que se encontraba ubicada en el área central se trasladara hacia las zonas periféricas de la ciudad, estableciéndose centros de equipamiento en los alrededores de las vías o pistas, que originalmente funcionaban como travesía y posteriormente se convirtieron en los principales elementos de circulación vehicular. Despues de 1979, se da una situación de crisis económica, lo que provoca un período de desarrollo vial mínimo, ya que no se pudo dar la importancia debida a todas las pistas existentes, la cuales originalmente fueron construidas incompletas con relación a sus componentes, tales como: andenes, cunetas, bahías y principalmente

552 medidas para la distribución de los vehículos en ambos sentidos de circulación, tan sólo se construyeron con la superficie de rodamiento. Esta situación no fue notoria debido al bajo crecimiento del parque vehicular y la poca existencia de centros de comercio y recreación en las áreas paralelas de las vías. A partir de 1990 se ha incrementado la situación de la red vial de la ciudad, transformándose en una problemática debido al incremento de los flujos vehiculares por el ingreso de una gran cantidad de vehículos al país. Asimismo, el crecimiento de construcciones ilegales instaladas en los alrededores de las vías principales como los sectores del Mercado Central, Mercado San Miguel, Mercado Oriental, Mercado Mayorista, entrada a la Colonia Primero de Mayo, entre otros, las cuales son utilizadas para servicios, comercio y en algunos casos asentamientos espontáneos que invaden el derecho de vía. Toda esta situación ha provocado deficiencia de capacidad para la circulación vehicular de las vías, lo que trae consigo el incremento de accidentes con la pérdida de vidas humanas y bienes materiales a la población. Sin embargo, en la última década se han realizado soluciones para mejorar el sistema vial actual, como la construcción de la prolongación de la Avenida Bolivar, Pista Jean Paul Genie, prolongación de la Pista Larreynaga, mejoramiento de las calles en diferentes barrios, construcción de puentes vehiculares que en parte ayudan a resolver dicha problemática integrando el tráfico entre barrios vecinales, así como la instalación de señales de tránsito de destino. Objetivo General: Mejorar la circulación vehicular, disminuyendo los costos operativos en las intersecciones de las vías principales de la ciudad de Managua. Objetivo Específico: Controlar y regular el flujo vehicular que circula en la intersección de la carretera Managua-Masaya con Pista Suburbana. Justificación:

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El problema de congestionamiento de tráfico alcanza su máxima expresión en las intersecciones de las vías urbanas, localizadas en los principales centros de atracción y generación de movimientos vehiculares. El sector conocido como Plaza de Compras, no solamente es un centro importante de comercio, servicio y recreación, sino también un punto de confluencia de dos grandes arterias de tráfico que dirigen el mismo hacia dentro y fuera de la ciudad, a través de la Pista Suburbana y la carretera Managua-Masaya. Los análisis y estudios técnicos realizados, recomiendan atender la intersección Centroamérica mediante el mejoramiento físico de la misma. El volumen de tráfico que circula por ese punto es aproximadamente de 42,000 vehículos por día, circulando en la hora pico un promedio de 2,000 vehículos en cada una de las pistas, lo que la convierte en uno de los puntos de mayor conflicto en la problemática de la red vial de la ciudad de Managua. Como solución inmediata se está ejecutando la primera fase como es la construcción de la rotonda, quedando establecidas las condiciones para la construcción del paso a desnivel, lo cual se programa a corto plazo para de esta forma dar una solución integral a dicha intersección, la cual se hace necesaria con el futuro incremento de tráfico que se espera como consecuencia de la ampliación de la carretera a Masaya y la construcción actual de la prolongación de la Pista Suburbana hasta el Km. 8 de la carretera Sur.

553 Localización: La intersección Centroamérica conformada por la confluencia de la carretera Managua-Masaya y Pista Suburbana, se localiza al oeste de la Colonia Centroamérica. Es el punto de entrada principal del tráfico proveniente de los Departamentos de Masaya, Granada y demás Departamentos de la zona Sur del país. Descripción: El proyecto consiste en la construcción de un paso a desnivel de 100m de largo por 19m. de ancho aproximadamente en la intersección de la Pista Suburbana con la carretera Managua-Masaya, dando a esta Última la preferencia por el volumen vehicular que circula tanto de entrada como de salida a la ciudad. El paso a desnivel estará soportado por estribos laterales en los cuales se apoyará una losa de acceso de concreto y rampas que se empalmarán a los niveles de la carretera en ambos lados. Este proyecto cuenta con los diseños necesarios para su implementación. Asimismo, se deberán de construir las marginales adyacentes a las bandas este y oeste de la carretera Managua-Masaya, para darle mayor operatividad a la intersección. Resultados y Beneficios esperados del proyecto: Al construir el proyecto se tendrán los siguientes resultados: • Ahorro en costo de operación de los vehículos; • Disminuir tiempo de viaje por reducción y demora; • Reducción de conflictos entre peatones y vehículos; • Mejoramiento de las condiciones ambientales en la intersección; • Ordenar la circulación de vehículos y peatones; • Integrar el tráfico que proviene de las zonas Sur y Occidental del país, a través de la prolongación de la Pista Suburbana cuando inicie su funcionalidad. Costo del proyecto: El costo estimado para la construcción de los proyectos consiste en la cantidad de US$

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16.000.000.00 (dieciséis millones de dólares americanos) que se desglosan y comprenden cuatro grandes proyectos, distribuidos de la siguiente manera:

OBRAS MDNICIPALES

COSTO US$ (MILLONES)

1.

Paso a Desnivel Intersección Colonia Centroamérica (Carretera a Masaya

us$

4.00

2.

Paso a Desnivel Intersección Plásticos Robelo (Carretera Norte)

us$

4.00

3.

Semaforización Electronica Multiprogramas

us$

3.00

4.

Renovación de Superficie Asfáltica en Vías Principales.

us$

5.00

554

Costo Total (millones de dólares)

US$ 16.00

*La información descriptiva se encuentra en detalle en el perfil anexo. En consecuencia, sometemos al conocimiento del Honorable Plenario de la Asamblea Nacional, que Usted se digna en presidir y se continúe con los trámites de ley correspondiente. Sin más a qué referirme, me es grato saludarle. Cordialmente,

ROBERTO CEDEÑO BORGEN ALCALDE DE MANAGUA

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión de Infraestructura, para su debido dictamen. Siguiendo la Orden del Día, vamos a pasar al Adéndum 7, punto 5.25: LEY CREADORA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS ADUANEROS Y LA REFORMA A LA LEY CREADORA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS. SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLÓN: Ley Creadora de la Dirección General de Servicios Aduaneros y de Reforma a la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos.

Managua, 6 de Marzo del 2000

DICTAMEN Doctor Iván Escobar Fornos Presidente Asamblea Nacional Su Despacho. Estimado Doctor:

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Los suscritos Diputados, miembros de la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, hemos recibido el Proyecto de Ley Creadora de la Administración de Ingresos Tributarios y de la Administración de Servicios Aduaneros, para su debido estudio, consultas y posterior dictamen de parte de esta Comisión. Esta Comisión se ha auxiliado de un trabajo de consultoría efectuado por el BID, cuyo objeto era asistir a las autoridades nicaragüenses en la formulación de una propuesta de fortalecimiento institucional de la Administración tributaria de Nicaragua y de la Dirección General de Aduanas, organizadas alrededor de una autonomía administrativa, financiera y de gestión de sus recursos humanos. Se establecieron consultas con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, del Ministro Presidente del Banco Central, del Director General de Ingresos y del Director General de Aduanas. ANTECEDENTES:

555 DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS: Los organismos de la Administración de Ingresos tributarios se crean a partir del año 1917, denominándolos Administración de Rentas. En 1939 se publica la Ley de Creación de la Dirección General de Ingresos. En 1952, al titular se le designa como Director de Impuestos sobre la Renta, por ser ese impuesto el más imperante en la época. En 1957 se crea la Dirección General de Ingresos, y en 1979 se crea la División de Fiscalización. En 1982, mediante Decreto se aclaran las disposiciones contenidas en la Ley creadora de la DGI para administrar la recaudación de los ingresos fiscales, facultándosele a dictar cualquier medida o norma que se considere conveniente para lograr la efectiva recaudación de los créditos fiscales y manejar una conveniente política respecto a la extensión de solvencias fiscales. En 1991, por medio de Acuerdo Ministerial se crea la Dirección de Grandes Contribuyentes como órgano dependiente de la DGI, cuyo objetivo es la administración y control de los Contribuyentes de mayor significación fiscal del Departamento de Managua. DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS: Con respecto a la Dirección General de Aduanas, ésta no tiene un Decreto o ley creadora, sus antecedentes están contenidos en las disposiciones constitucionales, en el CAUCA y en el Reglamento a la Ley 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo. En la Reglamentación de la Ley 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo y su Reglamento, se establece la organización tanto de la DGI, como de la Dirección General de Aduanas. FUNDAMENTACIÓN GENERAL: La administración pública nicaragüense ha estado avanzando en el mejoramiento y modernización de su sistema recaudador y ha venido impulsando una nueva entidad tributaria, la cual se propone con esta iniciativa fortalecer la nueva Ley de Justicia Tributaria. Esta ley vino a redefinir en un solo cuerpo legal lo relativo a la base impositiva, corrigiendo las deficiencias del sistema impositivo y ampliando la base de Contribuyentes, reduciendo y eliminando la discrecionalidad en las exoneraciones. Nicaragua requiere de entidades tributarias capaces de promover estrategias que procuren una mayor recaudación que nos permita ir reduciendo la brecha del déficit fiscal. Esta reducción de la brecha fiscal nos permitirá aumentar los recursos en beneficio de las mayorías, el mejoramiento de la calidad de los servicios y la agilización en la toma de decisiones operativas. Estamos seguros que con la descentralización de las entidades tributarias podemos lograr estos objetivos generales. Las funciones de estos Entes descentralizados deben estar claramente establecidas en sus Leyes Orgánicas, así lo dice el artículo 14 de la Ley 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.

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Sólo estableciendo reglas claras, personal eficiente y calificado y con posibilidad de evaluarlo, podemos conseguir equidad tributaria y hacer desaparecer las posibilidades de otorgar privilegios no establecidos en la Ley. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: FUENTES DE FINANCIAMIENTO: Con relación al financiamiento de estas entidades, el proyecto de

556 Ley establece un 3% de las metas de recaudación para que sea el presupuesto de cada institución. De aprobarse la iniciativa de Ley, tal y como se presenta, tendríamos un 3% fijo para cada institución del total de las metas de recaudación estimadas. Es importante señalar que la partida de gastos en el Presupuesto General de la República se hace sobre estimaciones de la recaudación. Esta disposición tiene una clara tendencia a hacer ineficiente a los organismos del Estado, ya que con sólo establecer unas metas aunque no se cumplan, se les deben de otorgar los porcentajes previamente asignados. No obstante, es criterio de los miembros de la Comisión que la liquidación del 3% se haga sobre la recaudación real o efectiva; este precepto si generará eficiencia en las recaudaciones dado que las Entidades procurarían ser más eficientes. Es de nuestra opinión que los porcentajes, amarrando el Presupuesto General de la República, no es una política correcta y más bien debe ser una tendencia a ser corregida, dado que podemos llegar al absurdo de que por disposiciones de la ley o la Constitución en cuanto a porcentajes, el Poder Legislativo no necesite discutir un Presupuesto General de la República que es un instrumento fundamental en la dirección económica de un país. Al margen de estos planteamientos en estos momentos es más importante estimular la eficiencia en el trabajo de recaudación y creemos que pueden ser más eficientes estas Entidades si funcionan con autonomía técnica, administrativa y financiera. Un estudio del FMI señala que la evasión Tributaria en Nicaragua es más del 40% de lo que se recauda actualmente, lo que viene a fundamentar el espíritu de la Ley, que es obtener una mayor recaudación. Sólo siendo eficientes en la recaudación de los tributos se puede cumplir con lo establecido en la Constitución Política, en tomar en consideración la distribución de la riqueza y las rentas en nuestro país (Arto. 114 Cn.); los evasores de impuestos no son los más desposeídos, sino quienes tienen más recursos económicos y los que reciben los beneficios de la recaudación son los sectores empobrecidos. Consideramos que con el presupuesto asignado, la autonomía técnica y administrativa y una adecuada carrera en la función pública en estos sectores de Aduanas e Ingresos, podemos ir cerrando el déficit presupuestario; al eliminar gradualmente la evasión tributaria, esto puede lograr una mayor eficacia en los programas macroeconómicos de la nación. ESTIMULOS AL PERSONAL: Es importante señalar que no se puede establecer un bolsón de estímulos con lo que no puedan ejecutar de estos presupuestos los entes descentralizados, dado que en la función pública no pueden haber empleados de primera o segunda categoría, ni se puede estar legislando para que arbitrariamente se disponga de un dinero para estímulos del personal sin ninguna regulación de la política o los procedimientos de cómo se van a otorgar y en qué cantidades, eso deberá ser materia de regulación administrativa interna sobre la política de personal; lo que sí creemos importante es el establecimiento de las carreras de servicio civil en aduanas e ingresos. Esperamos que muy pronto el Estado pueda contar con una Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa que perfeccione la administración publica en Nicaragua. DENOMINACIÓN Y REFORMAS: Para finalizar hemos considerado hacer un cambio en el nombre del proyecto de ley, denominado LEY CREADORA DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS ADUANEROS Y DE REFORMA LA LEY CREADORA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS, estableciendo dentro de las mismas el cargo de Director General y dos Sub Directores Generales para

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557 cada institución, junto con la organización interna, dejando claramente establecidos los procedimientos de los recursos para que los ciudadanos puedan hacer uso de ellos y suprimimos el fondo de incentivos, entre otras. Así emitimos este DICTAMEN FAVORABLEMENTE, adjuntando la ley donde se define cada Ente descentralizado, con las modificaciones que proceden de acuerdo a lo expuesto en el presente dictamen,- y una vez salvados todos los aspectos constitucionales, consideramos que el presente proyecto de ley no se opone a la Constitución Política, ni a los Tratados Internacionales. Por estas razones, y basándose en lo establecido en la Constitución Política, Arto. 141, el Estatuto General, artículos 49, 50 y 51 y el Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, artículos 89, 90 y 91, solicitamos al PLENARIO su aprobación. Se adjunta texto de la Ley Creadora de la Dirección General de Servicios Aduaneros y de Reforma a la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos.

COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO

OSCAR MONCADA REYES WILFREDO NAVARRO M. CARLOS HURTADO CABRERA DAMICIS SIRIAS VARGAS PEDRO JOAQUIN RIOS ALCALA BLANDON CRUZ PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Lea el Dictamen de Minoría, por favor. ¿Bayardo lo va a leer o lo lee Wálmaro? SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO: Doctor Iván Escobar Fornos Presidente Asamblea Nacional Su Despacho. Los suscritos Diputados, miembros de la Bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional, en uso de las facultades que nos confiere la Constitución de la República de Nicaragua, los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, por medio de la presente, presentamos Dictamen de Minoría relacionado al Proyecto de Ley Creadora de la Dirección General de Servicios Aduaneros y de Reforma a la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos. A la vez expresamos entre otros, los puntos medulares de nuestro desacuerdo, los que reivindicaremos en mociones al momento de someter el proyecto de Ley a discusión en lo general y en lo particular, los que desglosamos de la siguiente manera: Del Patrimonio y los Recursos Materiales y Financieros: En este punto nuestro desacuerdo se cierne sobre el hecho de que según el proyecto de ley enviado por el Ejecutivo, tanto la Dirección General de Ingresos como la nueva Dirección General de Servicios Aduaneros, se financiaran entre otros, con recursos ordinarios que son constituidos por el tres por ciento (3%) de la recaudación que realicen cada una de estas instituciones, respectivamente. Ante tal situación solicitamos en Comisión Económica a los actuales directores generales de las direcciones aludidas, que justificaran la necesidad de este porcentaje puesto que a criterio nuestro el mismo resulta excesivo, dado que a simple vista multiplicaría en no menos de dos veces el presupuesto que

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558 actualmente tienen estas instituciones como asignación del Presupuesto General de la Republica. Ante tal solicitud, la respuesta de los funcionarios de estas instituciones fue el silencio, por lo que no tenemos más que reputar como injustificada la pretensión del Gobierno de aprobar por ley semejante asignación sobre la recaudación para estas entidades, a la vez de ni siquiera aclarar el mecanismo en el que ejecutaría tal asignación, por efectos de transparencia. Más aun, la Bancada del Frente Sandinista ha reiterado que en el caso particular de asignaciones presupuestarias, es nuestra prioridad asignar una partida presupuestaria a las municipalidades, las que consideramos en un estado de verdadera necesidad, a la vez de ser tal asignación un mandate constitucional, no siendo el caso de DGI y DGA. Creemos que esta asignación presupuestaria a entes recaudadores, más que para incentivar la recaudación podría servir para exponer al contribuyente a numerosos y en muchos casos injustificados reparos, con el fin de cumplir con metas de recaudación y así lograr captar mayor cantidad de dinero para los entes recaudadores. 2.) De los Recursos; En el caso particular de los recursos de alzada observamos que se pretende retroceder en materia de procedimiento administrativo fiscal, puesto que en muchos países de América Latina e inclusive Nicaragua, en el procedimiento administrativo municipal en la última reforma a la Ley 40, Ley de Municipios, se han dado francos pasos en superar la injusta carga que históricamente ha tenido el contribuyente y que se refiere a la obligación del depósito del cincuenta por ciento (50%) de lo que es objeto de reclame PARA PODER TENER DERECHO DE HACER USO DE SU DERECHO DE RECLAMAR por la vía administrativa ante reparos injustos e infundados de los entes recaudadores del Estado, particularmente la Dirección General de Ingresos, puesto que en la Dirección General de Aduanas este vicio e injusticia fue superado con la adopción del Código Aduanero Centroamericano (CAUCA) y la aprobación de la Ley No. 265, Ley que establece el autodespacho para la importación, exportación y otros regímenes, publicada en La Gaceta, Diario Oficial número 219 del 17 de Noviembre de 1997, leyes en las cuales se suprimió esta carga al contribuyente. Consideramos que consecuente con el proceso de modernización del Estado y sus instituciones, se hace necesario suprimir disposiciones que inclusive quebrantan el principio de igualdad ante la ley, consagrado en nuestra Constitución Política. Estos, entre otros, son los puntos en los que diferimos del dictamen de mayoría, y que constituyen la base esencial de nuestro Dictamen de Minoría, posición que nos reservamos el derecho de defender en las discusiones del anteproyecto de ley referido, presentando las mociones correctivas pertinentes; por lo que solicitamos a la Honorable Junta Directiva de la Asamblea Nacional lo haga del conocimiento del Magno Plenario por vía de adendum, solicitando a su vez el apoyo de todos los Diputados de este Parlamento Nacional a este dictamen. Managua, siete de Marzo del año dos mil. BAYARDO ARCE CASTAÑO DORA ZELEDON

WÁLMARO GUTIÉRREZ PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión en lo general.

559 Se le concede la palabra al honorable Diputado Bayardo Arce Castaño.

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DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO: Muchas gracias, señor Presidente. Como ya oyeron los estimados colegas, el dictamen de minoría del Frente Sandinista no está contraponiéndose al espíritu general de la ley enviada por el Ejecutivo, sino que estamos centrando nuestra atención en los aspectos medulares que tienen que ver con la creación de estos dos nuevos entes autónomos, como van a ser la Dirección General de Ingresos y la Dirección General de Servicios Aduaneros. Nosotros lo que en esencia estamos planteando es que hay que dar la autonomía a ambos organismos, es decir, hay que caminar en la tendencia actual de demostrada eficacia de que estos dos organismos en tanto funcionen autónomamente y con los debidos controles del Estado, la Contraloría de la República, el mismo Ministerio de Hacienda del que dependen y los controles que esta Asamblea tiene que hacer desde el Presupuesto General de la República, pues sus resultados pueden ser benéficos para el país. Sin embargo, nosotros en nuestro dictamen nos estamos oponiendo al monto fijado de un 3 por ciento de la recaudación sobre las metas programadas. Después del impasse que se produjo cuando equivocadamente la Junta Directiva circuló un dictamen que no se había terminado de desarrollar, recibimos la comunicación del Director General de Ingresos explicando los ingresos que actualmente recibe para justificar la necesidad o conveniencia de que se le diera un 3 por ciento. Según este informe del señor Byron Jerez, aparte de lo presupuestado en el presupuesto ordinario, recibe apoyo de donaciones internacionales. Recibe por lo tanto fondos de contrapartida nacional para sustentar esos apoyos externos y a su vez recibe fondos con destino específico, todo lo cual suma una cantidad de ingresos que equivale al 2.5 por ciento de lo que recauda. Si la lógica que tiene el Gobierno es incentivar la eficiencia de tal manera que haya menos evasión fiscal y haya más recaudación, yo no le veo sentido a venirle a asignar un porcentaje mayor del que actualmente tiene, como un premio a algo que no ha hecho. Si lo que quieren es recibir ambas instituciones mayores ingresos, lo que deberían hacer es aumentar la recaudación tributaria y aduanera,- porque en la medida en que aumente la recaudación tributaria y aduanera, aumentarán los ingresos para ambos entes autónomos. Es más, en estricto análisis del presupuesto, el balance que presenta don Byron Jeréz equivale decía al 2.5 por ciento de lo que recauda, pero en ello va incluida la cooperación externa, y en esta ley no le estamos quitando la cooperación externa; en otras palabras él va a recibir el 2.5 de lo que recauda, más la cooperación externa, lo cual de por sí ya es más de lo que actualmente percibe. Pero lo esencial está en que si queremos incentivar a alguien, no lo incentivas dándole más de lo que ahorita recibe sin haber hecho nada. La lógica del incentivo es decir: yo te aseguro lo que vos recibís ahora, y en la medida en que incrementes tus ingresos vos vas a aumentar también tu presupuesto; esa es la lógica de un incentivo. Y este criterio es válido también para la DGA, que a su vez tiene que irse adecuando en el tiempo, porque a la DGA le estamos dejando que durante cinco años siga manejando los fondos que le genera el sistema de autodespacho. Entonces nuestro planteamiento es que no se apruebe el dictamen en general sino que este de minoría, porque en este de minoría, por un lado nosotros no nos estamos contraponiendo con la ley, sino con la mecánica de financiamiento de estos dos entes autónomos. Pero además estamos señalando que en el transcurso del debate vamos a dejar otra serie de modificaciones a los proyectos que tiendan a

560 proteger al contribuyente y al usuario de los servicios aduaneros de posibles atropellos que podrían venir del funcionamiento autónomo de estas dos nuevas entidades. Es decir, estamos hablando aquí, por ejemplo, del absurdo que se plantea en el proyecto de mayoría, de que cuando uno va a apelar una decisión de estos organismos tiene que depositar el 50 por ciento de lo que le están cobrando, esa es una barbaridad; si yo estoy apelando, como me van a hacer pagar de adelantado algo que estoy apelando; o bien los plazos que se dan ahí para resolver los recursos. Puede darse el caso -según el proyecto que está avalando el proyecto de mayoría- de que alguien sea objeto de una injusticia, y de apelación en apelación se puede volar fácilmente casi un año esperando que le resuelvan; es una barbaridad eso, y nosotros tenemos mociones para cambiarlo.

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Entonces nosotros le pedimos a los Diputados -en especial a la bancada liberal que hace la mayoría aquí- que aprobemos el Dictamen de Minoría, que es el que nos va a permitir caminar de manera correcta e ir corrigiendo las deficiencias que trae el proyecto; porque de lo contrario el dictamen de mayoría ya presupone un compromiso con todas esas cosas que debemos de corregir. A la hora del debate presentaremos las mociones pertinentes para ir corrigiendo cada una de esas cosas que se salen del espíritu que supone inspira la creación de estos dos entes autónomos. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez. DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO: Muchas gracias. Muy buenos días, honorables Diputados. Creo que el proyecto de ley que en este momento nos está tocando discutir, debe despertar mucha preocupación y mucho énfasis en lo que hace a su discusión, porque nosotros estamos frente a la transformación de dos entes en los que se soportan la recaudación tributaria, o sea estas dos entidades del poder público que actualmente están incorporadas en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de los que se pretende realizar una autonomía de los mismos, una autonomía de carácter funcional, no jerárquico. Este proyecto de ley reviste de importancia, porque la plata o el dinero que estas dos entidades recaudan, es dinero que sale del bolsillo de todos y cada uno de los nicaragüenses. Es por eso que es muy importante definir las reglas claras del juego de ambas instituciones, porque desde el mismo momento en que se le está dando autonomía a estas dos instituciones, está abriendo una gran puerta a dos institutos que vienen a manejar en muchos casos, de ser inclusive posible hasta de manera discrecional, fondos que vienen del bolsillo de todos los que contribuimos con el Fisco. Es por eso, honorables Diputados, que en el contexto de la modernización del Estado y de sus instituciones, y en la lógica de que el que recauda, que no gaste, está inspirada la lógica de la descentralización o la autonomía de estos dos entes. Sin embargo hay que dejar claro que la autonomía puede presentar muchos peligros y que correctamente, como planteaba el Diputado Arce, no es una privatización, pero sí la autonomía como tal, por los elementos sensibles que toca, que son los dos entes recaudadores donde se soporta uno de los pilares fundamentales del Presupuesto General de la República, se hace necesario definirle las reglas claras del juego de cara a la transparencia en el manejo del fondo público, de cara a la transparencia en la recaudación y de cara al manejo en la entrega de esos fondos al Ministerio de Hacienda y

561 Crédito Público. El nudo gordiano donde se presenta la discusión de este proyecto de ley, efectivamente tiene que ver con uno de los componentes de financiamiento, porque no es uno, son tres los componentes de financiamiento, y uno de ellos son los recursos ordinarios. ¿Qué son estos recursos ordinarios? Según el artículo 19 del proyecto de ley, los recursos ordinarios están compuestos por el 3 por ciento de la recaudación de cada uno de esos entes recaudadores; y -solamente para que manejemos cifras, honorables Diputados-, según las bases actuales, la proyección actual de recaudación del 3 por ciento en el año 2000 significaría para estas instituciones, Dirección General de Ingresos y Dirección General de Aduanas, no menos de 230 millones de córdobas, lo que entre estas dos instituciones se repartirían para sus gastos. ¿Cuánto le aprobamos nosotros en el Presupuesto General de la República como gasto a estas dos instituciones? A la Dirección General de Ingresos se le aprobaron 50 millones de córdobas y a la Dirección General de Aduanas se le aprobaron 57 millones de córdobas. En otras palabras, con la aplicación de este porcentaje nosotros Estaríamos multiplicando como mínimo por dos el presupuesto de gastos de cada una de estas instituciones. ¿Cuál es la lógica que presentan los señores de la Dirección General de Ingresos y Dirección General de Aduanas? Dicen que con el presupuesto que nosotros le damos en la Asamblea Nacional, no les da para trabajar y que necesitan pagar mejor al personal altamente calificado que tienen para que la recaudación sea eficiente. Recordemos, honorables Diputados, que desde 1997, 98 y 99, aquí se han presentado metas sobre recaudación, primer elemento. Segundo elemento. Me preocupa la actitud sostenida del Gobierno, de estar pensando que solamente los funcionarios muy, muy bien pagados trabajan bien. 0 sea que no se puede acceder a un funcionario capaz, si

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no es con miles de dólares en un salario. Nosotros tenemos que aterrizar en la situación socioeconómica de este país y darnos cuenta que en este país no se pueden soportar salarios de 8, 10, 12 mil dólares,- no es posible en la estructura económica de este país, no aguanta semejante gasto. Se ha perdido la cultura del servicio público, del servidor público; se ha perdido la cultura administrativa del servidor público, y el planteamiento es: este funcionario que es un profesional calificado, en la calle le pagan dos y hasta tres veces más de lo que le pagamos en el Estado; entonces necesitamos incrementar la partida de gastos ordinarios para poderle pagar más al funcionario y tener funcionarios capaces en las instituciones. Y eso me lo ha planteado la Dirección General de Ingresos, la Dirección General de Aduanas, y -a confesión de parte y relevo de prueba- el propio Ministro Esteban Duque Estrada lo ha planteado en los diferentes medios de comunicación. Contrario a eso, honorables Diputados, de los 230 millones que se le aplicarían a la Dirección General de Ingresos y Aduana respectivamente, a la Asamblea Nacional como Poder del Estado apenas le presupuestamos 180 millones de córdobas; a la Contraloría General de la República le estamos presupuestando apenas 38 millones de córdobas; al Consejo Supremo Electoral, Poder del Estado, 76 millones de córdobas; y este presupuesto que se le estaría aprobando por ministerio de la ley a la Dirección General de Ingresos y a la Dirección General de Aduanas, sólo es comparable con el presupuesto para la Presidencia de la República, que en este momento se encuentra por 293 millones de córdobas. Para dos entes recaudadores, nosotros estamos dando mucho más plata que para el funcionamiento de diferentes Poderes del Estado de la Republica de Nicaragua. ¿Será eso correcto o será eso un buen balance administrativo estatal? Personalmente considero que no. Ahora, se está planteando un porcentaje sobre la recaudación, que supuestamente tiene el objetivo de estimular la recaudación. ¿Si el

562 objetivo es estimular la recaudación, ¿por qué este porcentaje no se plantea por las metas de sobre recaudación, si la lógica es venir a incentivar la recaudación? Entonces que este porcentaje en vez de ser sobre la recaudación total sea por la sobre recaudación; tendría más lógica el hecho de decir gue estamos incentivando la sobre recaudación tributaria. Pero, peor aún, hay otro elemento que es importante también destacarlo. Nosotros tenemos compromisos constitucionales que aquí en esta Asamblea Nacional muchas veces cumplimos a la remolca y otros que ni siquiera cumplimos, como es el caso del presupuesto para las municipalidades que está siendo año con año violentado el precepto constitucional del artículo 177 de la Constitución de la República, que establece claramente que en los presupuestos anuales de la República deberíamos estar dando nosotros una partida suficiente para la existencia de las municipalidades. Es de todo conocido que muchas municipalidades en este país están colapsadas económicamente, no tienen posibilidad de empujar planes de inversión, no tienen posibilidades de manejar obras públicas; en otras palabras, están siendo asfixiadas y se están convirtiendo en rehenes políticos del Gobierno de turno. 0 sea, que vos venís aquí a pedirme con la mano para yo Ejecutivo aflojarle la plata para que hagas un proyectito, mientras aquí alegremente nosotros le Estaríamos aprobando no menos de 230 millones de córdobas a estas dos instituciones. Y continúo con la pregunta: ¿esto es un balance correcto y adecuado en las instituciones públicas del Estado? Por otro lado, honorables Diputados, hay que dejar claro que tal y como viene presentado el proyecto de ley en la fase eminentemente procedimental, Estaríamos cometiendo un retroceso legislativo. Aquí tenemos al Licenciado Marco Aurelio, y él sabe que en la Ley de Autodespacho ya el pago previo para recurrir queda abolido; no existe ya el pago previo para venir a recurrir en contra de decisiones o disposiciones administrativas. Pero es más. La reforma a la Ley 40, de las municipalidades, también derogó el pago previo para meterse a pelear en los recursos administrativos municipales, y aquí se pretende sostener el 50 por ciento para poder presentar tu recurso de alzada. Para ser contingentes con todo el bloque de la legislación, nosotros tenemos el compromiso de suprimir el pago previo que además es inconstitucional, porque pregunto yo, ¿a la hora que el contribuyente y el Fisco se presentan ante el Tribunal de Alzada, acaso el Fisco también me viene a rendir fianza por su pretensión?; no, es el contribuyente el que está obligado a rendir el 50 por ciento de lo exigido o a poner una fianza suficiente para poder respaldar su reclamo, pero el Estado no; el Estado llega porque es el Estado, y cuando vos te presentás a ese Tribunal de Alzada hay una desigualdad, -ojo, recuérdese el principio de igualdad ante la ley-.

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Por lo tanto, honorables Diputados, en términos generales, conscientes de la necesidad de la modernización del Estado y sus instituciones, de ser posible, si nosotros resolviéramos el nudo gordiano de esa injusticia de darle el 3 por ciento a estas instituciones, y por otro lado revertimos este retroceso en materia legislativa sobre el procedimiento administrativo fiscal, nosotros Estaríamos contribuyendo enormemente a la modernización del Estado y las instituciones. Por lo tanto, en nombre propio y de la Bancada del Frente Sandinista solicitamos a todos los Diputados de esta Asamblea Nacional, que respalden el Dictamen de Minoría presentado por la Bancada del FSLN. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: El último inscrito en la pantalla es Edwin Castro, con él terminamos.

563 Se le concede la palabra al honorable Diputado Eliseo Núñez Hernández. DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ: Señor Presidente. Me llama poderosamente la atención que en Junio del 98, aquí se discutió la Ley 290, la Ley de Organización y Competencia del Poder Ejecutivo, en la cual se adujo que era un requisito básico y fundamental para el cumplimiento del ESAF que se diera esta ley, o sea que todo el Poder Ejecutivo quedo normado cuando aprobamos esa ley. Hoy me llama poderosamente la atención, que habiendo sido incluida la DGA y la DGI ese día, en esa ley, hoy como que estuvieran jugando "omblígate", están incumpliendo lo que es el compromiso que ese día se adquirió. Parece que hubieran unas contradicciones o tal vez el Banco Interamericano de Desarrollo, que supuestamente hoy está aprobando esta ley, parece que diera bandazos; no sé de quién es la situación que se está viviendo, si es del Gobierno que está tratando de incumplir sus compromisos contraídos en 1998, específicamente el 30 de Junio, cuando aquí aprobamos la Ley de Organización y Competencia del Poder Ejecutivo, que muy bien trabajo la Comisión de Gobernación presidida por don William Mejía Ferreti, que fue objeto de múltiples reuniones y consultas, que fue objeto de múltiples consensos, que fue analizada totalmente, hoy se esté tratando de evadir y tratar de saltar sobre estos compromisos. ¿Por qué el día de hoy, el Banco Interamericano de Desarrollo sale con otra cosa? Será que nosotros en Nicaragua estamos sujetos al vaivén y a la voluntad del funcionario del Banco Interamericano, de lo que amanezca pensando ese día, y vamos a seguir cambiando todos los días ¿porque el nuevo que vino pensó de otra forma? En esta Ley 290, Ley de Organización y Competencia del Poder Ejecutivo, está ya señalado un procedimiento contencioso administrativo que no puede ser evadido, ya está el procedimiento y aquí se está creando otro procedimiento, o sea que se están creando dos procedimientos paralelos. Suponiendo el caso de que ya cambiaron los señores que nos dan las órdenes y señas y que ahora puede salir ya la DGI y la DGA Autónomas y crearles su propio patrimonio porque ya nos aceptó el Banco Interamericano de Desarrollo y nos perdonó, y quiso así; sin embargo yo creo que entra un problema desde el punto de vista jurídico. Aquí usted, señor Presidente, ha sido el abanderado para que de todo el cúmulo de leyes que el Frente Sandinista, más o menos como unas mil, publicó en su período que trastorno toda la estructura jurídica del país, haga una compilación, para que haya una unificación y haya un Código Único de Procedimiento Penal, de Procedimiento Civil, un único Código Civil, un único Código Mercantil. Y si aquí seguimos multiplicando procedimientos, si aquí seguimos creando procedimientos paralelos, entonces no hay una política coherente, en esta Asamblea que usted preside, señor Presidente; ese objeto que usted, como un enorme jurista, como un jurista de prestigio se planteó al asumir, como era ordenar las leyes en Nicaragua, aquí nosotros las estamos desordenando. ¿Por qué, señor Presidente? No es cuestionamiento de que si es buena o es mala la ley; el cuestionamiento es que por qué se está dando cuando hay una ley anterior, cuando ya fue incluida en una ley anterior y aquí estamos multiplicando un procedimiento. Yo creo que tiene que ser objeto de reflexión.

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Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bueno, sólo quería hacer una pequeña reflexión. Aquí toda ley es modificable, en primer lugar; y en segundo lugar, ésta es una ley especial para lo administrativo fiscal. Entonces, ésta es una cosa

564 muy diferente a la que se refiere usted de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, esta es especializada, así es que bien se está haciendo el procedimiento. Se le concede la palabra a la honorable Diputada Mónica Baltodano. DIPUTADA MÓNICA BALTODANO: Gracias, señor Presidente. Yo quiero señalar que todo el procedimiento que se siguió para el debate de esta ley está cargado de anomalías. Primero, este proyecto fue enviado a la Comisión de Infraestructura, cuya naturaleza y objetivo no se corresponden con el tipo de ley que iba a ser sometido; ahí incluso se intentó, por parte de Silvio Américo, partir la iniciativa en dos leyes, y después pasarla a la Comisión Económica; y el proceso de debate no ha sido de cara a la sociedad, de cara a los afectados por esta iniciativa. Yo le comentaba a mi bancada que el 18 de Noviembre del 99 se recibió de parte del señor Henry Thompson Argüello, abogado, con especialidad en Derecho Administrativo y postgrado en Derecho Administrativo, el análisis exhaustivo de este proyecto de ley, en donde incluso realiza una serie de consideraciones de su especialidad, que es el Derecho Administrativo, de la incongruencia de crear estas dos entidades como entidades descentralizadas, cuando en derecho administrativo debían estar subordinadas y mantenerlas supeditadas al Ministerio de Finanzas,- es decir, ser parte o seguir siendo Direcciones Generales. Y es un análisis bastante extenso y profundo que no fue considerado ni tomado en cuenta por la Comisión. La Asociación de Agentes Aduaneros también enviaron una carta pidiendo ser consideradas sus opiniones. No los consultaron; a los comerciantes que son afectados por esta ley, nadie los consultó. De manera que esta es una ley dictaminada con mucha premura en la Comisión de Finanzas y que a mi juicio tiene la intención de profundizar el proceso de imposiciones de los organismos internacionales, la ortodoxia de la privatización. Porque si ustedes se fijan, aquí nosotros hemos aprobado iniciativas -no nosotros, la mayoría liberal- en donde se pasan determinados entes a un carácter de entes autónomos, para después decir que estos entes descentralizados autónomos que tienen personería jurídica propia no quedan ni siquiera sujetos a los mecanismos de control de las entidades fiscalizadoras. Es lo que se alegó por ejemplo con PETRONIC. Cuando se arrendó PETRONIC, se alegó que se podía hacer sin pasar por la Asamblea Nacional; es lo que está pasando ahorita con la Cementera. Y yo creo que más allá de las consideraciones del Dictamen de Minoría, el proyecto en sí, de autonomizar estas dos entidades, va en la lógica de la privatización, en la lógica de que en este país todo tiene que ser privatizado. Por tanto, yo creo que el proyecto debió ser rechazado, y más bien someter a discusión un proceso de perfeccionamiento del reglamento y de la Ley de Organización y Procedimiento del Poder Ejecutivo que se aprobó en Junio de 1998. Y quiero respaldar los criterios expresados por el Diputado Wálmaro Gutiérrez en relación al porcentaje que se le pretende asignar a estos organismos, porque a las Alcaldías -que actualmente ya son más de ciento cincuenta con las nuevas municipalidades que se han creado- les dimos en el Presupuesto del año 2000, apenas 70 millones de córdobas. Ya se realice en la Comisión de Municipios la distribución de esos 70 millones, sin embargo el Ministro de Finanzas se niega a entregarle a las Alcaldías las transferencias que según la Comisión debían haberse entregado antes de que concluya el mes de Febrero. Entonces con todas estas cosas, se pone en evidencia no el fortalecimiento del proceso de descentralización o los procesos de

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565 descentralización -como se argumenta- sino la búsqueda de autonomizar cada vez más estas instituciones para gue el Ejecutivo -oígase, el Presidente- pueda disponer de los recursos que ellos generan, como ha hecho con los recursos de INISER, como hace con los recursos de todas estas entidades económicas que pasan a estar en un status especial que impide el verdadero control de los recursos del Estado. Yo estoy totalmente de acuerdo en que rechacemos el Dictamen de Mayoría, y en lo personal respaldaría el de minoría, con la consideración de que lo ideal hubiese sido rechazar en si el proceso de autonomizarían de estas dos Direcciones, que va en la dirección de la privatización y en la dirección de permitir un manejo cada vez más discrecional de los recursos de los nicaragüenses que son a final de cuentas los que sostienen el Estado. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Nathán Sevilla Gómez. DIPUTADO NATHÁN SEVILLA GOMEZ: Muchas gracias, Presidente. La Bancada del Frente Sandinista ha estado argumentando que en primer término debió haberse llegado a un dictamen en el que se diera oportunidad plena a toda la Comisión para encontrar los puntos de coincidencia en una ley de este tipo. Quedan grandes dudas, por las cuales no podemos estar a favor de una ley en la que se está aumentando el presupuesto de la Dirección General de Ingresos y de la Dirección General de Aduanas, como mínimo al doble, sin presentar justificación para ese incremento, y teniendo también el peligro de que al establecer ese porcentaje del 3 por ciento, se vean compulsados los funcionarios públicos de estos organismos del Estado -que ahora serían entes autónomos-prácticamente a forzar de manera excesiva -y a lo mejor arbitraria en muchos casos- a los contribuyentes, con tal de reunir una mayor cantidad de fondos que incrementen en términos absolutos el ingreso para las dos entidades. Por lo tanto, la Bancada del Frente Sandinista no está de acuerdo con esta propuesta,- consideramos que va a traer perjuicios a la población contribuyente, además que también se presta a manejos no claros sobre ese presupuesto de las instituciones del Estado, ya que no hay justificación para estar mediante una ley aquí, aumentando el presupuesto a más del doble. Muchas gracias, Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Lombardo Martínez. DIPUTADO LOMBARDO MARTÍNEZ: Gracias, señor Presidente. Yo quisiera hacer algunas reflexiones sobre la trascendencia de esta ley, y me voy a remontar al período histórico del General Zelaya, cuando realmente se consolido el sistema de recaudación en este país y el Estado fortaleció su capacidad política-administrativa; fue significativo en este país, que durante la ocupación norteamericana las tropas de ocupación ocuparon las aduanas y, sobre todo, garantizaron la transparencia de los ingresos. ¿Y por qué? una nación extranjera ocupa precisamente esos puntos claves? Porque no consideraba capaz a este país de

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566 garantizarle el pago de sus empréstitos. Esto nos debe conducir a una reflexión, que desde que estamos intentando en este país construir el Estado-Nación, nunca, a través de un contrato social hemos determinado la factibilidad económica de ese contrato social. En este país la evasión fiscal es cultura, y la corrupción más grande que hay en este país es la evasión fiscal, y nos lo vienen a decir otra vez las potencias extranjeras por la incapacidad interna que hasta ahora hemos tenido de determinar la factibilidad económica de nuestro contrato social. La evasión fiscal ha sido a través de todos los períodos históricos, porque eso es cultura. Imaginémonos por un momento en este país, que el Presidente de los Estados Unidos sea facultado de exonerar de impuestos a los que lo llevaron a la silla presidencial. Entiendo yo que los Estados Unidos no dispondrían de fondos para sus ocupaciones que realizan en el planeta. Es decir, la grandiosidad de un y país la grandiosidad de la cohesión de una comunidad política dependen de una factibilidad económica. Entiendo que esta ley es fundamental en el proceso de ordenamiento del Estado, y ese 3 por ciento que se señala aquí, es precisamente para incrementar la eficiencia en la capacidad de recaudación del sistema. Es clave de hecho, es fundamental, porque en el siglo que estamos viviendo, todos los políticos que estamos aquí presentes -inclusive connotados políticos que están presentes en el escenario nuestro desde hace veinte años -tienen la posibilidad de ser fagocitados por los organismos internacionales si no somos capaces de darle respuestas a los problemas de la gente. La política es para darle respuesta a los problemas de la gente, y a los problemas de la gente le podemos dar respuesta en la medida que el Estado asuma la función de ser el garante de la distribución de los bienes de producción y de los bienes de servicio, y en el moderno Estado se hace a través de una eficiente recaudación. Señores, no podemos absolutamente estar reenviando permanentemente la posibilidad de hacer de este Estado eficiente en este siglo XX. Escúchese bien, en este siglo XXI, si el Estado es incapaz desapareceremos como clase política, porque el Estado es el instrumento para garantizar la distribución equitativa del Producto Interno Bruto, y eso solamente se puede hacer a través de una recaudación. No debe ser el Banco Interamericano de Desarrollo o el Banco Mundial el que nos venga a decir: señores, ustedes evaden el 60 por ciento de los impuestos. Tiene que ser una reflexión interna. Ahora, ¿cómo queremos avanzar si no queremos levantar la bandera de la soberanía nacional? Reflexionar sobre lo que ha sido nuestra historia. Estamos clarísimos que el proceso de modernización tiene que avanzar desmantelando, asumiendo cada uno de nosotros la obligación de pagar nuestros impuestos, y obviamente eso tiene que ser un compromiso político nosotros tenemos que ser la vanguardia de ese compromiso político, obviamente. Esta ley es clave para el proceso de modernización, pero debe ir acompañada de la Ley de Servicio Civil, y debe ir acompañada de la Ley de Carrera Administrativa, que son claves fundamentales para tener un compromiso de gestión. El compromiso de gestión de parte del equipo administrativo, de que los incentivos en su salario será en base a la recaudación y no en base a favores de otro tipo -como históricamente ha sido-, porque si interviene la cultura política y se implementa en esta hermosa ley, de nada servirá esta discusión porque todo se agotará en el eterno tráfico de influencias. Señores, yo pienso que esta ley es un instrumento válido para el proceso de modernización del Estado, pero al mismo tiempo tiene que ser un compromiso político, que a la par de que aprobamos esta ley, procedamos a la aprobación de la Ley de Servicio Civil y la Ley de la Carrera Administrativa, y el compromiso que determinadas áreas

567 del Estado no tienen que ser afectadas por los compromisos políticos. Eso es clave para que Nicaragua sea capaz de construir un Estado-Nación con factibilidad económica. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

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Se le concede la palabra al honorable Diputado Dámaso Vargas Loáisiga. DIPUTADO DÁMASO VARGAS LOÁISIGA: Ya estamos juzgados todos los nicaragüenses por el Doctor Lombardo Martínez, todos somos culpables de evasión hasta que no demostremos lo contrario. No se puede con esa lógica trabajar este tipo de leyes, porque Estaríamos actuando y haciendo leyes en retroceso de lo que demanda la modernización de las instituciones y violentando principios elementales de los ciudadanos nicaragüenses. Además de lo que han planteado los compañeros y compañeras de mí bancada en relación a los distintos puntos que se han abordado, yo quería también establecer la posición de nuestra bancada en relación al Capítulo IV, que habla de los recursos humanos. Establecer en esta ley dos artículos para determinar lo que es una carrera administrativa, una carrera de servicio civil, no puede hacerse con semejante simpleza,- o sea todo un sistema de ascenso, promociones, capacitación, de desarrollo del personal, de calificación, no puede estar cimentado, organizado en dos artículos. Ese es otro de los argumentos que nosotros consideramos pertinentes para oponernos a esta ley. Estamos hablando de personas humanas, son los trabajadores; incluso se basa en un simple reglamento. Debo recordar que aquí tenemos una ley enviada por la Presidencia de la República, en relación a la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa, y no se establece ninguna relación. Sería bueno saber si existe alguna ley de carrera aduanera, pues a lo mejor pudiera trabajarse -eso existe en otros países- en vez de estar hablando de manejar los recursos humanos de esta manera. Entonces no hay ninguna relación con la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa, ni existe una relación con lo que es la experiencia de desarrollo de los recursos humanos, de todo el sistema que implica, los ascensos, las promociones, las capacitaciones y la participación misma de las organizaciones de trabajadores en este proceso. No existe relación con esas experiencias que son muy buenas en otros países y que han permitido efectivamente mejorar la atención al personal, que es uno de los elementos vitales, o debiera de ser uno de los elementos vitales de esta ley. Para reducir la burocracia, el papeleo, es importante la capacitación del personal, es vital desarrollar la carrera de Servicio Civil, desarrollar la carrera de Servicio Administrativo, la carrera Aduanera; también eso es posible. Se ha demostrado que son elementos importantes para mejorar la contribución de los ciudadanos nicaragüenses hacia el Estado, para que este pueda desarrollar los distintos programas que le competen. De manera que ese es otro elemento, señor Presidente, que yo quería señalar para testificar y soportar nuestro rechazo a este tipo de iniciativa. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Gracias. Se le concede la palabra a la honorable Diputada Dorita Zeledón Zeledón. DIPUTADA DORA ZELEDÓN ZELEDÓN:

568 Gracias, señor Presidente. Quisiera aprovechar esta oportunidad para expresar mi más enérgica protesta por los procedimientos que se han utilizado para realizar este dictamen. Y digo esto porque debe servir de precedente para el Parlamento, en el sentido de que nosotros no podemos estar aprobando leyes tan estratégicas para la Nación, como es esta para el Sistema de Recaudación Nacional, que es la principal fuente de recursos para el Presupuesto General de la República. Nosotros no podemos seguir legislando en función de los tiempos del Fondo Monetario Internacional. Nosotros no podemos seguir legislando con tanto simplismo y con tanta premura sobre leyes tan estratégicas como la que estamos discutiendo, que repercuten en la vida económica y social del país. Este es un caso más. También tenemos el caso de la Ley de Pensiones, que se está imponiendo de una manera apresurada. Con relación a la ley que estamos discutiendo, efectivamente en la Comisión Económica a nosotros no se nos notifique de que si se quiere mejorar los mecanismos de recaudación -que es uno de los objetivos fundamentales de este proyecto-, mejorar la eficiencia, mejorar la eficacia en el funcionamiento

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de estas dos instituciones, no demostraron porqué están solicitando 230 millones aproximadamente de recursos que les estaríamos entregando acá, repartido entre estas dos instituciones. Ahí no se demostró para qué y cuál es el destino de ese gasto. Se plantean una serie de objetivos que se proponen lograr con esta separación del trabajo de estas dos instituciones recaudadoras. Pero a nosotros no se nos explicó en la Comisión, de donde y para qué van esos recursos en término de presupuesto, para los diferentes puestos de aduana, el puesto central, entre otros, todos los puestos que tenemos, todos los espacios de recaudación. Es decir, los objetivos no se justificaron con un presupuesto; se nos habla de una figura global sin justificación. No podemos seguir, estimados colegas, dictaminando bajo esta presión, bajo esta premura. No es justo que si estamos hablando de la principal fuente de recaudación para el Presupuesto General de la República, que tiene que ir a cumplir obras sociales y que son de alta prioridad a partir de la pobreza que ya alcanza el 90 por ciento en la zona rural y el 80 en la zona urbana, no es posible que aquí no se nos explique el destino claro y justificado de estos recursos. En esa dirección, y por esta coyuntura que nos ha tocado vivir en este Parlamento de estar apresurando leyes porque existe una exigencia del Fondo Monetario Internacional, realmente tenemos que reflexionar y revisar. El paso lo tenemos que dar nosotros los legisladores soberanos de Nicaragua; no podemos continuar con esta presión, tenemos que hacerlo en función de que cada legislador que vaya a firmar un dictamen esté claro de cada peso que destinamos a cada objetivo. Por ejemplo, no podemos hablar de establecer un fondo claro que vaya a apoyar a las Alcaldías, que languidecen cada día, para poder darle respuesta a las poblaciones con relación a los distintos proyectos que plantean las comunidades respectivas. Pienso que eso no está contemplado. Aquí lo que existe es una enorme discrecionalidad en el uso; aquí la Dirección General de Ingresos y la Dirección General de Aduanas van a tener una discrecionalidad absoluta en el uso de estos recursos. Entonces la desconfianza está ahí. Por qué tanta discrecionalidad? ¿Por qué tanta justificación? Así no se puede seguir legislando, estimados colegas de este Parlamento. Yo llamo a la reflexión para que las próximas leyes y los diferentes procesos de dictamen en que nos aboquemos, que realmente se nos de la información para poder legislar a conciencia, y que legislemos en función del pueblo y no en función de los requerimientos internacionales.

569 Por tal razón, por estos grandes vacíos que presenta el Dictamen de Mayoría, es que solicito a este honorable Plenario que rechace el Dictamen de Mayoría y apruebe el Dictamen de Minoría, que es el que la Bancada del FSLN ha planteado en este proyecto tan estratégico para la vida económica-social del país. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al último orador inscrito, Edwin Castro Rivera. DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA: Gracias, señor Presidente. Doctor Lombardo Martínez, espero públicamente, como públicamente hizo la acusación, que se retracte en esta Asamblea Nacional, en nombre de todos los Diputados que estamos presentes, que no somos ningunos ladrones ni evasores. Su acusación es muy grave; el hecho de que usted tenga el micrófono, no le da permiso para acusar a sus colegas de evasores en esta Asamblea Nacional. Espero dar la oportunidad inmediata para que se retracte y después poder seguir hablando. ¿Va a retractarse, Doctor Martínez? ¿Va a retractarse o va a florear nuevamente sus acusaciones de evasión? Porque toda su lógica la basó en que todos los nicaragüenses somos evasores; toda su lógica y toda su diatriba para justificar los 230 millones, lo basó en que todos los nicaragüenses -del cual dignamente no nos

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arrepentimos ser sus representantes- somos evasores. ¿0 será aquel dicho que dice que quien las usa se las imagina?. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Por favor, Lombardo, nada más le suplico cinco minutos y terminamos. Sí, está bien, tiene usted reservado su derecho. DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA: Doctor Martínez, le doy permiso. DIPUTADO LOMBARDO MARTÍNEZ CABEZAS: En primer lugar, señor Presidente, no sé si él es el que da la palabra últimamente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Yo se la estoy concediendo a usted. DIPUTADO LOMBARDO MARTÍNEZ CABEZAS: Muchas gracias, señor Presidente. En segundo lugar, el que hace parte de la Comisión Económica desde hace muchos años, en la cual yo no hago parte y he mandado mi solicitud más de una vez. Aquí dice, en la presentación de ley: "Un estudio del Fondo Monetario Internacional señala que la evasión tributaria en Nicaragua, es más del 40 por ciento, mi querido Diputado, y le puedo presentar literatura internacional de gente calificada donde señala que no es el 40 por ciento sino el 60 por ciento,- y aquí está presentando el dictamen y lo firma Wilfredo Navarro, Dora Zeledón, Damicis Sirias, Alcalá Blandón, Bayardo Arce, Carlos Hurtado, Pedro Joaquín Ríos y Wálmaro Gutiérrez. ¿Por qué no le inicia un proceso de injurias y calumnias al Fondo Monetario Internacional, mi querido Diputado? Y quiero señalarle que mi discurso era para estimular la

570 responsabilidad nacional, y mire bien la trascendencia que tiene cuando digo que todo contrato social tiene una factibilidad económica, la obligación que se fundamente en un presupuesto, porque el presupuesto es la estrategia en cifras de la dignidad de una nación, pero no hemos asumido eso históricamente. Y cuando le digo a usted un digno representante, a través de su historia personal de la defensa de los valores de este país, al menos se refleja su historia individual. Yo veo que cuando vienen los americanos y nos ocupan la Aduana, quiere decir que no confían en la capacidad de restituir los préstamos. Esa es la dignidad que tenemos que crear, pagar nuestras deudas internacionalmente, pero una deuda donde cada ciudadano asuma su responsabilidad; ése es el contenido de mi discurso. Pero usted lo está tratando de capitalizar, como hace la oposición históricamente, de capitalizar el descontento que una afirmación puede crear en los evasores fiscales. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Continúe en la palabra Edwin Castro. DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA: Gracias por su explicación, pero de nuevo sigue leyendo mal, mi querido Diputado. Usted asegura que el dictamen fue firmado por don Bayardo Arce y no está su firma. Sigue leyendo usted mal y sigue mintiéndole a este Plenario, como mintió cuando afirmó que todos éramos evasores, y viene ahora a querer sacar lo que dice el dictamen de mayoría, al cual nos estamos oponiendo y que no firmamos, y olímpicamente leyó. Yo creo que es un problema de anteojos mi querido Diputado, que ve firmas donde no existen. ¿Entonces cómo podrá leer el resto, mi querido colega? Pero bueno, ésa es la actitud claramente de don Lombardo Martínez, el problema de querer tergiversar las verdades.

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Pero la verdad que tememos aquí, es que están pidiendo un 3 por ciento que tan airadamente don Lombardo defendió. ¿Y saben colegas, lo que significa el 3 por ciento?, 230 millones. ¿Saben cuál es el presupuesto de este Poder del Estado, el presupuesto total de este primer Poder del Estado?, 180 millones. Saben cuál es el presupuesto del Poder Electoral, queridos Diputados?, 77 millones. Saben cuál es el presupuesto del Poder Judicial en este país?, 290 millones. Esa es la realidad económica de este país, donde estamos insertados, donde hacemos la realidad presupuestaria de este país. Creo que pedir 230 millones para ambas instituciones, es totalmente injustificable en la proporción y en la realidad económica financiera de este país. Es más, si algunos ven la justificación enviada por el Doctor Byron Jerez, no pide el 3 por cientos, señores, cree que el 3 por ciento es muy poco,- pide el 3 y medio por ciento. Eso es lo que está escrito en la carta de don Byron, el 3 y medio y no el 3 por ciento. Es decir, no se contenta con la relación irracional en relación a los Poderes del Estado, no se contenta con que ya no tiene proporcionalidad con la realidad de pobreza de este país, sino que además pide el 3 y medio por ciento. Esa es su carta justificativa, esa es la carta que está circulando, donde don Byron justifica por qué necesita esos porcentajes. Señores, seamos coherentes cuando hablemos de cifras económicas; nosotros no estamos en desacuerdo de que se haga una autonomía de los recaudadores, no estamos en desacuerdo, pero no sigamos consignas cuando estamos hablando del dinero y de la pobreza de este país, que tiene una enorme deuda social y que nos corresponde a nosotros trabajar sobre ella. No podemos crear instituciones élites, no podemos crear instituciones por encima de la realidad económica. ¿0 acaso van a justificar que ambas instituciones deben 571 tener más gastos que este Poder del Estado? ¿Es necesario el 3 por ciento, señores? Desde ahorita les decimos que no se justifica bajo ninguna circunstancia. Creemos que se debe buscar la eficiencia en la recaudación, y eso es correcto, y eso es lo que se busca. Pero aquí hay algo más, estos 230 son con los niveles de recaudación actual. Y quiero decir que si con esta ley aumenta la eficiencia -como debe aumentar- ya no estamos hablando de 230 millones, estamos hablando de muchísimo más. Con muchísima razón para no justificar este 3 por ciento; ahí es donde tenemos que pensar: si queremos y pretendemos con esta ley una eficiencia mayor, no se justifica ni mucho menos el 3 por ciento; y si no se justifica con los niveles actuales, menos con una mayor eficiencia. Por tanto, es una de las enormes razones y justificaciones para no apoyar el dictamen de mayoría. Además, éste debe ser un sistema que debe tener -y en eso estoy convencido-, que por unanimidad esta Asamblea va a apoyar mociones de amplios sistemas de controles, y esto no significa firmarle un cheque en blanco, sin control, a ambas organizaciones Autónomas; bajo ninguna circunstancias. Y no creo que exista algún Diputado en esta Asamblea Nacional que tenga la concepción de firmar un cheque en blanco sin sistemas de control. Creo que deben establecerse, porque en el proyecto de ley no se establecen, y en su momento deberemos meter mociones de sistemas de control que nos garanticen la transparencia del uso del dinero, y el buen uso y la eficiencia del uso del dinero. Pero además, aprovechando que está don Byron aquí, quiero anunciarles -porque estamos aquí metidos y no nos hemos dado cuenta- de la fatídica decisión que acaba de anunciar don Byron, que además no sé por qué la sigue anunciando don Byron, que el precio del transporte en este país pasó a dos córdobas el día de hoy. Señores, si lo que don Byron debió de haber anunciado es que por fin la sensatez de un trabajo socio- económico de este país le hizo bajar el precio al combustible. La sensatez nos debe llevar a no seguir subiendo los precios de la gasolina y del diesel, y subiendo el precio del transporte, y sí buscar de qué manera se compensa con una disminución temporal del impuesto especial de consumo. Es lo que han hecho los otros gobiernos de Centroamérica ante la subida del crudo. Aquí no. Aquí que pague la población, 80 por ciento empobrecida, y por eso como solución a la crisis le aumentamos a dos córdobas el transporte. Bendita y sana solución. Queremos un país de gobernabilidad, y le echamos leña al fuego. Queremos un nuevo país entrando a un nuevo milenio, y no pensamos en las medidas a tomarse. Es por eso, queridos Diputados, aunque don Wilfredo tiene prisa por aprobar la ley, debemos de pensarla, sobre todo él -como nuevo Alcalde que pretende ser- manejando el transporte urbano de este país a los niveles que se están manejando. Pido, colegas Diputados, que respaldemos el Dictamen de Minoría.

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Muchísimas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Por favor, honorables Diputados, ocupen sus asientos, vamos a iniciar la votación en lo general. Vamos a someter a votación el dictamen de mayoría. Se va a abrir la votación. Se va a someter a votación si se aprueba el Dictamen de Mayoría. Está abierta la votación. Están votando todavía. 572 Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 54 votos a favor del dictamen, 26 en contra, 0 abstencion. Queda aprobado el Dictamen de Mayoría. Vamos ahora a proceder a la votación por capítulos. Se abre la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 54 votos a favor, 15 en contra, 0 abstención. Vamos al procedimiento por capítulos. Lectura del Capítulo I. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Arto. 1 Objeto: La Presente Ley tiene por objeto, organizar y redefinir la naturaleza, funciones, ámbito de

competencia de la Dirección General de Ingresos (DGI), creada por Decreto No.243, publicado en La Gaceta No. 144 del 29 de Junio de 1957 y la creación de la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA). Ambas instituciones son sucesoras sin solución de continuidad de la Dirección General de Ingresos y de la Dirección General de Aduanas respectivamente, con las nuevas funciones y atribuciones que se derivan de la presente Ley.

Arto. 2 Naturaleza: La Dirección General de Ingresos (DGI) y la Dirección General de Servicios

Aduaneros (DGA) son entes descentralizados con personalidad jurídica propia, que gozan de autonomía técnica, administrativa y de gestión de sus recursos humanos. Están bajo la rectoría sectorial del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al que le compete definir, supervisar y controlar la política tributaria del Estado y verificar el cumplimiento de las recaudaciones y de los planes estratégicos y operativos de la DGI Y DE LA DGA.

Arto. 3 Objetivos de la DGI: La DGI tiene a su cargo la administración de los Ingresos tributarios y

las relaciones jurídicas derivadas de ellos, así como los otros Ingresos No tributarios que se regulen a favor del Estado, exceptuando los Tributos Aduaneros, Municipales y las Contribuciones de Seguridad Social, que se rigen por sus leyes específicas.

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Arto. 4 Objetivo de la DGA: La Dirección General de Servicios Aduaneros, tiene a su cargo la administración de los Servicios Aduaneros para el control y facilitación del Comercio Exterior por medio del desarrollo y mejoramiento constantes de la técnica aduanera. Además tiene a su cargo la administración de los Tributos establecidos a favor del Estado que gravan el tráfico internacional de mercancías y las relaciones jurídicas derivadas de ellos.

Arto. 5 Funciones de la DGI: La Dirección General de Ingresos tendrá las siguientes funciones:

1) Cumplir y hacer cumplir las leyes, actos y disposiciones que establecen o regulan los ingresos a favor de Estado y que estén bajo su jurisdicción,

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a fin de que estos ingresos sean percibidos a su debido tiempo, con exactitud y justicia.

2) Requerir el pago y percibir de los contribuyentes y responsables los tributos adeudados y, en su caso, los intereses y multas previstos en las leyes tributarias.

3) Indicar las personas naturales o jurídicas que deben presentar las declaraciones tributarias dentro de

los plazos o términos que señalan las leyes tributarias.

4) Asignar el número RUC a contribuyentes y responsables.

5) Efectuar reparos conforme la Ley, para el efecto de liquidar el tributo.

6) Modificar las declaraciones, exigir aclaraciones y adiciones, y efectuar los cambios que estimen convenientes de acuerdo con las informaciones suministradas por el declarante o las que se hayan recibido de otras fuentes.

7) Autorizar a determinados contribuyentes para que lleven una contabilidad simplificada.

8) Otorgar autorización previa solicitud del contribuyente y responsable para que los

registros contables puedan llevarse por medios distintos al uso manual, incluso la emisión de factura.

9) Verificar y controlar el cumplimiento de las normas tributarias y aplicar las sanciones que legalmente corresponda

a los infractores.

10) Requerir el auxilio de la fuerza pública cuando hubiere impedimento en el desempeño de las funciones y facultades que le confieren las leyes.

11) Establecer mediante disposición administrativa las diferentes clasificaciones de contribuyentes y

responsables del sistema tributario a fin de ejercer un mejor control fiscal. 12) Solicitar a instancias e instituciones públicas extranjeras el acceso a la información necesaria

para evitar la evasión fiscal, de conformidad con las leyes y tratados internacionales en materia fiscal.

13) Proporcionar bajo el principio de reciprocidad, la asistencia que le soliciten instancias supervisoras y

reguladoras de otros países con los cuales se tengan firmados acuerdos o formen parte de convenciones internacionales de las que Nicaragua sea parte.

14) Requerir de todas las organizaciones del Estado las informaciones de carácter tributario que

demande para el ejercicio de sus funciones.

Las demás que le asignen otros cuerpos legales. Arto. 6 Funciones de la DGA: La Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA) tendrá las

siguientes funciones:

1) Definir las políticas, directrices y disposiciones que regulan el sistema aduanero, de conformidad con

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lo que establece la legislación vigente y velar porque se apliquen rigurosamente. 2) Dictar las disposiciones necesarias para el eficiente control, recaudación y fiscalización de

los impuestos al comercio exterior y demás ingresos cuya recaudación está encomendada por ley. 3) Realizar las gestiones administrativas y judiciales para exigir el pago de los impuestos bajo su

control e imponer, en su caso, las sanciones correspondientes. 4) Normar y administrar la política aduanera, fortalecerla y consolidarla bajo los criterios de

modernización. 5) Brindar la asistencia que le soliciten las instancias que correspondan en el marco de la

reciprocidad del Convenio Multilateral de Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal y otros convenios relativos a la materia.

6) Planificar, dirigir, controlar, supervisar el servicio aduanero, así como el flujo de mercancías que

ingresan y salen del país. 7) Brindar servicios aduaneros ágiles que faciliten el comercio internacional. 8) Verificar la correcta aplicación del valor aduanero de mercancías. 9) Ejercer controles sobre mercancías que están amparadas bajo Regímenes Aduaneros

Espaciales: Almacenes Generales de Depósito, Depósitos Aduaneros, Zonas Francas, Tiendas Libres, regímenes desempeño temporales y otros.

10) Requerir el auxilio judicial y policial cuando hubiere impedimento en el de las funciones y

facultades que le confieren las leyes. 11) Delimitar y administrar la zona de jurisdicción aduanera de los perímetros fronterizos especiales

y de las vías habilitadas, así como el establecimiento o supresiones de aduanas y oficinas aduaneras.

12) Conforme las leyes respectivas, someter a subasta pública la mercadería en abandono y la

decomisada por defraudación y contrabando aduanero. 13) Perseguir las infracciones y aplicar las sanciones correspondientes en el ámbito aduanero, de

conformidad a la Ley de la materia. 14) Las demás funciones que le asigne la Ley 265, Ley que establece el autodespacho para la importación,

exportación y otros regímenes.

Las demás que le asignen otros cuerpos legales. Arto. 7 Jurisdicción Domicilio y Duración: La Dirección General de Ingresos (DGI) y la Dirección General

de Servicios Aduaneros (DGA), tienen jurisdicción en todo el territorio nacional y cada una tiene su domicilio principal en la ciudad de Managua, pudiendo establecer

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575 administraciones o delegaciones en cualquier punto del territorio nacional y con la jurisdicción que establece la Ley. La DGI y la DGA tienen duración indefinida. Para el ejercicio de la potestad aduanera, el territorio aduanero se divide en Zona Primaria y Zona Secundaria. La Zona Primaria: comprende todos los recintos aduaneros en espacios acuáticos o terrestre destinados a las operaciones de desembarque, embarque, movilización o depósito de las mercancías, las oficinas, locales o dependencias destinadas al servicio directo de la Dirección General de Servicios Aduaneros, puertos, aeropuertos, caminos y predios autorizados para que se realicen operaciones Aduaneras. También están incluidos en el concepto anterior de los lugares habilitados por la autoridad como recinto de Depósito Aduanero, donde se desarrollan las operaciones mencionadas anteriormente. La Zona Secundaria: es el territorio aduanero no comprendido en la zona Primaria, y en la que no se realizarán operaciones aduaneras, sin embargo, la Dirección General de Servicios Aduaneros realizará, cuando corresponda, las funciones de vigilancia y control aduanero a las personas, establecimientos y depósitos de mercancías de distribución mayoristas en esta zona. Arto.8 Ejecución de Políticas: En el cumplimiento de sus objetivos y funciones corresponde a

la DGI y a la DGA, ejecutar en lo que corresponda tanto la política tributaria, como la política arancelaria y de comercio exterior, las que serán definidas por el Poder Ejecutivo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES OSCAR MONCADA REYES: ¿Observaciones al artículo 1? Tiene la palabra la honorable Diputada Dorita Zeledón. DIPUTADA DORA ZELEDÓN: Gracias, Presidente en funciones. En el artículo 1, básicamente se trata de una adición aclaratoria, y es una moción de consenso. "Que en la sexta línea, después de donde dice: "Ambas instituciones son sucesoras sin solución de continuidad", agregarle "de las actuales"; y lo demás sigue igual. Presento la moción. PRESIDENTE EN FUNCIONES OSCAR MONCADA REYES: Sobre el mismo artículo 1, Nelson? Tiene la palabra el Diputado Nelson Artola DIPUTADO NELSON ARTOLA: Es que a la luz de este artículo, Presidente en funciones, quiero hacer una reflexión que nos pueda ayudar en el fondo a mejorar el contenido. Fíjense bien, estimados colegas, yo creo que es justo y necesario decir aquí, en cuanto al objeto de esta ley, que queda claramente la intención de organizar y definir la naturaleza, las funciones, el ámbito de competencia de la Dirección General de Ingresos y la creación de la Dirección General de Servicios Aduaneros. Fíjense bien, aquí queda clara ya la intención de todo lo que es el contenido de esta ley, mientras está presentando esta iniciativa la bancada liberal, para darle 230 millones de córdobas a estas dos Direcciones, mientras le estamos dando o le van a dar los 230 millones de córdobas con el 3 por ciento y sus recaudaciones que está planteando.

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Señor Presidente, estimados miembros de la Junta Directiva y colegas del Plenario, yo quiero decirles que no se ha trabajado con esta misma ligereza, con esta misma preocupación, en el caso de las Alcaldías de Nicaragua. La Asamblea Nacional aprobó una transferencia presupuestaria para las Alcaldías de Nicaragua, una partida de 70 millones de córdobas, y ya el calendario se nos venció, ya se hizo la distribución en la Comisión de Asuntos Municipales, junto con AMUNIC, y no se ha dado nada de esa plata, ahí están los 70 millones de córdobas. Cuidado y nos vuelve a pasar como el año pasado, que se le designó una cantidad significativa a los Municipios y no se les dio nada, no hubo justificación, no hubo explicaciones. Ahí están los Municipios esperando que no les caiga el invierno para poder hacer algunas obras sociales con este monto simbólico que se les entregó, que anda por el 1 por ciento del Presupuesto General de la República. Y estos 230 millones que se le están asignando a dos Direcciones, viene siendo como el 3 por ciento del Presupuesto General de la República aproximadamente. Y hay que hablar de manera clara. Yo creo que en eso nos debemos de distinguir nosotros, y es que este proyecto -a mi juicio- es un proyecto económico pero cargado de interés político en este ambiente electoral que tenemos ahora en Nicaragua, al estar próximos a las elecciones municipales el 5 de Noviembre. No lo podemos descartar de esa realidad hombre, aquí no podemos ser ingenuos, éste es un plan económico y político del partido que está en el Gobierno. ¿Cómo es posible que mientras a ciento cincuenta Municipios no se les haya entregado la plata que esta Asamblea aprobó, no se les ha entregado nada de esa plata, ya se venció el primer tiempo, el primer trimestre prácticamente, y ya nos estamos adelantando a darle a dos Direcciones 230 millones de córdobas? Esa es una situación que complica las cosas aún más de lo que las tenemos en este país. Estamos creando con esta ley ordinaria prácticamente dos super Ministerios. ¡idiay!, ¿van a consumir 230 millones de córdobas estas dos direcciones? Esto también es una violación clarísima, flagrante a la Constitución Política de Nicaragua, y van a tener una discreción increíble en el manejo de esta plata. Yo creo que hay que hacer justicia aquí. Los Municipios demandan esa poquedad que les designamos aquí, porque no quisieron darles más plata para trabajar algunos proyectos sociales, y no se han entregado todavía esos reales. Yo hago esa exhortativa, para que le demos seguimiento a las cosas que aquí aprobamos y que más adelante no nos vayan a salir con el cuento de que fallaron algunos mecanismos organizativos, administrativos, etc. Aquí los Municipios necesitan esos reales ya, para trabajar en función del pueblo. Son dos Direcciones que se vienen a constituir en dos super-Ministerios. Y por qué no decirlo de manera clara, porque no tiene otra lectura este tipo de proyecto: aquí se van a engrosar los fondos de la caja electoral del partido que está en el Gobierno. Yo estoy claro de que aquí se están reforzando -y hay que decirlo-los fondos que necesita el tesorero del PLC para trabajar con más recursos en la campaña electoral. Y quiero decirlo de manera clara: vamos a ver más gorras del PLC, más camisetas, más cuadernos y hasta más nacatamales en la campaña que ya iniciaron; ésa es la realidad. Aquí le da temor a algunos decirlo, pero este proyecto es un proyecto que más de interés económico, es de interés político, porque hay que llenar más esa caja para recuperar lo que ha perdido en imagen, en prestigio, el partido de Gobierno. De tal manera, señor Presidente, que yo rechazo categóricamente el primer artículo, porque define el objeto, la naturaleza de este proyecto de ley que es lesivo a la Asamblea -a mi juicio- por la discrecionalidad que deja para el manejo de esta plata; que es lesivo a la Constitución, y que nos trae un reto: no se le ha dado la plata a los Municipios, y sí se están apresurando a darle plata a dos Direcciones que no tienen ninguna proyección social en este

577 país. Muchísimas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Objeciones al artículo 2? No hay. ¿Objeciones al artículo 3? ¿Tiene usted objeciones al artículo 2?

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Honorable Diputado William Schwartz, tiene la palabra. DIPUTADO WILLIAM SCHWARTZ: Gracias, señor Presidente. En este artículo 3, yo quiero someter una moción porque hay una omisión. Aquí se habla de los tributos que no manejará la Dirección General de Ingresos, y no menciona los tributos regionales. En el Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua, en el artículo 23, inciso 2), una de las atribuciones que tiene el Consejo Regional Autónomo, es elaborar el Plan de Arbitrios de la Región,- eso está consignado en el Estatuto de Autonomía. Por lo tanto, propongo que este artículo 3 se lea de la siguiente manera. El artículo 3 se leerá así: "La Dirección General de Ingresos, tiene a su cargo la administración de los ingresos tributarios y las relaciones jurídicas derivadas de ellos, así como los otros ingresos no tributarios que se regulen a favor del Estado, exceptuando los tributarios aduaneros, municipales, regionales y contribuciones... "etc.; el resto queda a como está. Agregar: "los tributos regionales que están consignados en el Estatuto de Autonomía". Paso la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al artículo 3. ¿Al 4? Honorable Diputado Bayardo Arce, tiene la palabra. Es el último orador que está inscrito aquí. DIPUTADO BAYARDO ARCE: Muchas gracias, Presidente. En este primer Capítulo vamos a introducir dos mociones que hemos consensado y que están un poco relacionadas con la inquietud que planteó el compañero Edwin Castro, ante la intervención poco afortunada y feliz del Diputado Lombardo Martínez. La verdad es que el régimen tributario nicaragüense, y esto no vendría a ser culpa del Doctor Lombardo Martínez, pero el régimen tributario nicaragüense tiene una lógica equivocada, y es la lógica de que aquí todo el mundo es evasor hasta que no demuestre lo contrario. Entonces, con esa filosofía de que todo ciudadano contribuyente o todo usuario del servicio aduanero está queriendo estafar al Fisco, la lógica organizativa que se le da a estas instituciones es únicamente para dedicarse a perseguir al contribuyente o al usuario de servicios aduaneros para que cumpla lo que dice la ley. Pero no hay ningún elemento de servicio público al contribuyente y al usuario de los servicios aduaneros. De tal manera que a veces los ciudadanos o las empresas pecan por falta de conocimiento, por falta de asesoría, por falta de ayuda, porque la lógica de los organismos sencillamente es la de 578 reprimir a la institución para que pague. Estas mociones apuntan a corregir eso. Entonces es el artículo 5, inciso 3). Actualmente el proyecto dice: "Indicar las personas naturales o jurídicas que deben presentar las declaraciones tributarias dentro de los plazos o términos que señalan las leyes tributarias". Nosotros agregamos: "y brindarles asesoría para formular dicha declaración". De tal manera que haya una acción de servicio público. En el artículo 6, que se refiere a la DGA, también obligamos a esa asesoría, al reformar el inciso 7) que dice: "Brindar servicios aduaneros ágiles que faciliten el comercio internacional". Le agregamos: "y asesorar a los usuarios sobre sus deberes y derechos ante la Administración Aduanera". Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al 6? ¿Al 7 y 8?

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Bueno, honorable Diputado Mayorga. DIPUTADO SUPLENTE LUIS FROYLAN OCAMPO ROJAS: Gracias, señor Presidente. En el artículo 6, inciso 9) dice: "Ejercer controles sobre mercancías que están amparadas bajo regímenes aduaneros espaciales". Yo creo que eso está equivocado, aunque estamos en el 2000, y la tecnología está muy avanzada, creo que se refiere a especiales y no espaciales. Entonces para corregirlo, paso la moción en la que va a decir en esa parte: "Bajo regímenes aduaneros especiales". Y luego continúa con Almacenes Generales de Depósito, Depósitos Aduaneros, etc. Paso la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Esa queda aprobada como moción de estilo. No la vamos a someter a votación porque es lógico, pero pásela para que ya quede acreditado eso. Vamos a someter a votación todas las de consenso. Se abre la votación. Las que se eligieron ya de consenso. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 74 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Quedan aprobadas todas las de consenso. Leamos la que no es de consenso. Léala señor Secretario, es la de Schwartz y otros Diputados; ésa no es de consenso, asó es que la vamos a someter a votación especialmente. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN: Artículo 3. "Agregar en el Título que no regula la DGI, el Título Nacionales. El artículo se leerá así: "La DGI tiene a su cargo la administración de los ingresos tributarios y las relaciones jurídicas derivadas de ellos, así como los ingresos no tributarios

579 que se regulan a favor del Estado, exceptuando las tributaciones aduaneras municipales, regionales y las contribuciones de seguridad social que se rigen por sus leyes especiales". PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a abrir la votación. Los que voten a favor es en verde. Bayardo, tiene la palabra. DIPUTADO BAYARDO ARCE: Gracias. Es que no sé por qué cancaneó tanto el Secretario leyéndola. El asunto es muy sencillo. En el artículo 3 se establecen las funciones de la DGI y se dice que se exceptúan los tributos aduaneros municipales y contribuciones sociales. Hubo una omisión, porque hay tributos regionales también, según la Ley de Autonomía. Entonces sólo se trata de agregarle: regionales y municipales, que ya está ahí. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado Jaime Bonilla, tiene la palabra.

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DIPUTADO JAIME BONILLA: El problema de poner en general que se exceptuarían las regionales, es que abarcaría a todas las tributaciones regionales. Si pudiéramos poner alguna limitación y pueda expresarse a que tributaciones regionales nos podemos referir, ya quedaría claro; pero al ponerlo de forma general, ya quedaría una excepción para todas las tributaciones de estas regiones. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tres oradores, rápido aquí. Edwin Castro. DIPUTADO EDWIN CASTRO: Sólo por aclaración, y tal vez esto, salve el punto. Son regionales autonómicos, y además dice que se rigen por sus leyes específicas. Si se entiende que son así como los municipales, así como los tributarios aduaneros y así como los de seguridad social, tienen que estar regidos por leyes específicas. No son cualquiera; son los regionales autonómicos que tienen unas leyes específicas, igual que los municipales que tienen una ley específica. Es decir, no son cualquier regional. Gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bayardo Arce, de nuevo. DIPUTADO BAYARDO ARCE: Sí es que iba en la misma dirección, pero don Jaime Bonilla, no me está oyendo. En primer lugar, yo creo que debe saber don Jaime -porque ha sido un veterano legislador- que en este país sólo hay dos regiones en la división administrativa, y él dice que hay que aclarar porque eso crearía un gran enredo. Dos regiones hay: Región Autónoma del Atlántico Sur y Región Autónoma del Atlántico Norte. En la Ley Creadora de esas Regiones Autónomas se establece la facultad de crear unos arbitrios regionales, que dicho sea de paso no se han podido implementar porque la Bancada Liberal no ha

580 permitido que se apruebe el Reglamento de la Ley de Autonomía y todo eso ha quedado en el papel. Pero como esta ley quiere ver para adelante y esperamos que algún día los liberales apoyen la autonomía de la Costa Atlántica, pues algún día va a haber tributos regionales autonómicos. Entonces lo que estamos planteando es que en ese caso, igual que los municipales, se regirían por la ley respectiva, como dice el artículo claramente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Mónica, por favor, honorable Diputada. DIPUTADA MÓNICA BALTODANO: Gracias. La Ley de Municipios, también la Ley General de Medio Ambiente, establecen el derecho de las Regiones Autónomas a cobrar sobre las explotaciones madereras, y creo que se salvaría la inquietud si se le agregara lo que decía Edwin: "Las regionales autonómicas", para que quede claro que se refiere a las regiones que tienen un estatuto mediante el cual se les autoriza cobrar tributos. Obviamente en el marco de la Constitución, porque los tributos solamente pueden ser creados mediante ley,- o sea que los que ya existen están en ley y los que no existen se tendrían que crear por ley. Así es que me parece no habría ningún problema en relación a lo que decía el Diputado Bonilla. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bueno, suficientemente discutido.

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Por favor, honorables Diputados, ocupen sus asientos, que vamos a someter a votación la moción. Los que van a votar a favor es verde y en contra es rojo. Bueno, está abierta la votación. Se va a cerrar. Están votando. Se cierra. El resultado es el siguiente: 35 votos a favor de la moción, 43 en contra, 0 abstención. Queda rechazada la moción y aprobado el artículo. Vamos ahora a la aprobación del Capítulo Único. Se abre la votación del Capítulo. Está abierta la votación. Por favor, ocupen sus asientos honorables Diputados, que está abierta la votación del Capítulo. Está abierta todavía. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 50 votos a favor, 17 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo. Vamos al Capítulo II.

251 Su lectura. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Capítulo II

Organización, Administración y Planificación

Arto. 9 Nombramiento y Calidades: La Dirección General de Ingresos (DGI) y la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA), estarán dirigidas cada una por un Director General nombrado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Las calidades para ser Director General de estos entes descentralizados son las establecidas en el Artículo 15 de la Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo (Ley N° 290 publicada en La Gaceta N° 102 del 3 de Junio de 1998).

Arto. 10 Organización de la DGI: La Dirección General de Ingresos (DGI) estará conformada, por: La

Dirección Superior, Sub Dirección General de Planes y Normas; Sub Dirección General de Operaciones; Asesoría; Dirección de Revisión de Recursos; Auditoría,- División General de Recurso Humanos, División General de Administración Financiera; División de Planes y Control de Gestión; División Jurídica-Técnica; División de Información y Sistemas,-Dirección de Fiscalización; Dirección de Administraciones de Rentas; Dirección de Control de Exoneraciones; y Dirección de Catastro Fiscal. Esta Organización puede ser ampliada y modificada, por el Reglamento de la presente ley.

Arto. 11 Organización de la DGA: La Dirección General de Servicios Aduaneros estará conformada por la:

Dirección Superior, Dirección de Fiscalización Aduanera, Dirección Técnica, Dirección de Coordinación de Aduanas, Dirección de Asesoría Legal, Dirección de Relaciones Internacionales, Dirección Administrativa Financiera, Dirección de Planificación, Dirección de Recursos Humanos y Relaciones Públicas, Dirección de Control Aduanero; Administraciones de Aduanas. Esta estructura puede ser modificada a través del Reglamento de la presente ley.

Arto. 12 Integración de la Dirección Superior: La Dirección Superior de la DGI y de la DGA,

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estarán integradas por los Directores Generales y los Sub- Directores, quienes serán nombrados por el Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Arto. 13 Administración: Los Directores Generales de la DGI y de la DGA, administrarán y

representarán legalmente a la institución a su cargo con las facultades generales y especiales que en su caso requieran conforme a la legislación aplicable, pudiendo delegar el ejercicio de sus facultades en los Sub Directores Generales.

Los informes sobre el cumplimiento y ejecución de su Plan Estratégico y Operativo se rendirán de conformidad a los requerimientos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Arto. 14 Auditoría Interna: Tanto la DGI, como la DGA, deberán crear una unidad de Auditoría

Interna, las cuales se organizarán conforme a las disposiciones de la materia. Estas unidades deberán establecer y aplicar métodos y procedimientos de Control Interno para salvaguardar los recursos institucionales, verificar la exactitud y veracidad de la información financiera, técnica y

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administrativa, promover la eficacia en las operaciones, estimular la observación de las políticas prescritas y lograr el cumplimiento de las metas y objetivos programados para esta institución, de conformidad con la Ley:

Arto. 15 Atribuciones de los Directores Generales: Sin perjuicio de las demás facultades que otras leyes

le asignen, tendrán las siguientes atribuciones:

1) Cumplir y hacer cumplir el ordenamiento jurídico que establecen o regulan ingresos tributarios y no tributarios a favor del Estado y que están bajo la jurisdicción de la Administración de Ingresos,-y de igual manera con las normas de naturaleza aduanera, arancelaria y no arancelaria de comercio exterior que estén bajo la jurisdicción de la DGA.

2) Dictar disposiciones técnicas de carácter general para su cumplimiento obligatorio por los

responsables y contribuyentes, con fundamento en las leyes respectivas. 3) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el desarrollo de las actividades técnicas y administrativas

de la institución a su cargo, así como su estructura orgánica y funcional. 4) Aprobar mediante Disposición Administrativa expresa cada uno de los procedimientos técnicos y de

administración de los recursos materiales, financieros y humanos de la institución a su cargo. 5) Promover todas aquellas medidas que incrementen la eficiencia en la gestión de la institución a su

cargo. 6) Suscribir acuerdos interinstitucionales de cooperación técnica. 7) Conocer y resolver de conformidad a la Ley de la materia sobre los recursos que interpongan los

contribuyentes y usuarios en el ejercicio de sus derechos. 8) Proponer al Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, reformas

de leyes y reglamentos relativos a Ingresos Tributarios y Aduaneros.

Las demás que sean necesarias para llevar a cabo el cumplimiento de la misión, funciones, objetivos, metas y actividades institucionales.

Arto. 16 Planificación: La DGI y la DGA, deberán dotarse de un plan Estratégico para garantizar el

cumplimiento de su misión institucional, que será aprobado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público. Este Plan Estratégico deberá abarcar períodos de por lo menos tres (3) años y se expresara en Planes Anuales Operativos.

Los Planes Anuales Operativos aprobados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán elaborados con el objetivo de garantizar el cumplimiento de las metas de recaudación

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establecidas en el correspondiente Presupuesto General de la República y procurar el cumplimiento del Plan Estratégico.

Los recursos para la realización de las actividades contempladas en los Planes Anuales Operativos serán

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previstos en el presupuesto anual de gastos e inversiones de la Institución conforme a lo dispuesto en los Artos. 18, 19 y 20 de la presente Ley.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a las observaciones del artículo 9. Tiene la palabra la honorable Diputada Mónica Baltodano. DIPUTADA MÓNICA BALTODANO: Gracias, señor Presidente. En el proyecto original enviado por la Presidencia, se usaba la figura de Superintendente de Ingresos y Superintendente de Aduanas. Las legislaciones más modernas en esta materia establecen esta figura,- pero además establecen que el Superintendente es nombrado por la Asamblea Nacional, y se establecen también una serie de requisitos para optar a cargos de tal importancia. Yo creo que para garantizar una mayor transparencia y calidad de los funcionarios que asumirían estas dos responsabilidades, y conforme con el espíritu que supuestamente lleva esta legislación, que es la de la descentralización administrativa, yo quiero proponer una moción al artículo 9, que diría: "La Dirección General de Ingresos y la Dirección General de Aduanas, tendrán como máxima autoridad a un Superintendente nombrado por la Asamblea Nacional, de una terna enviada por el Presidente de la República, de las propuestas enviadas por las Cámaras de Industria, Comercio y de Agentes Aduaneros, y dicho nombramiento será aprobado por dos tercios de votos de los miembros presentes en la Sesión de la Asamblea Nacional. Durará en sus funciones cinco años, y no podrá ser reelecto sino después de transcurrido un período igual a aquel durante el cual ejerció sus funciones. No podrán ser elegidos Superintendentes de Aduanas y de Ingresos, quienes tengan deudas fiscales pendientes con el Fisco, o sentencia condenatoria por malversación de los caudales públicos o por defraudación, contrabando fiscal o aduanero o tenga relación de parentesco de consanguinidad, en línea directa o colateral o de afinidad hasta el cuarto grado, inclusive, con el Presidente o Vice-Presidente de la República o con el Ministro de Hacienda o entre sí. Tampoco podrán ser Superintendentes de Aduanas y de Ingresos, los funcionarios públicos que desempeñen otro cargo público remunerado, salvo renuncia expresa, ni quienes tengan conflictos de intereses en el ejercicio de sus funciones (es decir, un comerciante o un importador, no podría serlo). Firmamos esta moción: Mónica Baltodano, Dora Zeledón y Wálmaro Gutiérrez. Y consideramos que es importante el respaldo a esta iniciativa, que realmente permitiría tener en esas dos entidades que manejan una gran cantidad de recursos, a una persona idónea, independiente y que le rinda cuentas a este Poder del Estado. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones es al artículo 10?

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Honorable Diputado Bayardo Arce Castaño, del artículo que al 10. Si sale otro no importa, si es para otro. DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO:

584 En primer lugar, señor Presidente, quiero señalar que respaldo la iniciativa presentada por el Diputado Wálmaro Gutiérrez, Mónica Baltodano y Dora Zeledón, sobre la organización superior de estos Entes Autónomos. Efectivamente el proyecto original del Ejecutivo planteaba que quienes estuvieran a cargo de ambas instituciones fueran personajes investidos con la autoridad de un Superintendente, ya que son ni más ni menos la gente que maneja todo el dinero de la sociedad. Uno se encarga de cobrar las tasas de todo producto gravable que entra al país. Según el Presupuesto de Ingresos de este año, el Director de Aduanas extrae de los agentes económicos del país, casi 3 mil millones de córdobas en el año. Y el otro es el que se encarga de cobrarle los tributes hasta el último nicaragüense. Y según el Presupuesto aprobado en 1999, a él le corresponde recaudar casi 5 mil millones de córdobas al año, de parte de la ciudadanía, de todos los nicaragüenses. Lógico es que con semejante responsabilidad, la investidura del cargo sea lo más fuerte posible, pero a la vez, también, lo más transparente y controlado posible. Este esquema de un Superintendente nombrado por la Asamblea, no es un invento nuestro. La verdad es que hay distintas modalidades para este nombramiento, según el grado de autonomía que se le quiera dar a las instituciones. Hay países donde este funcionario efectivamente a como viene en el dictamen, es nombrado por el Ministro; en otros casos es nombrado por el Presidente de la República y en otros casos, donde se le quiere dar más fuerza a la autonomía, es nombrado por la Asamblea Nacional. La propuesta presentada por los compañeros de la Bancada Sandinista, es prácticamente una asimilación de la experiencia, aquí nomás de Guatemala, un país de la región que ya tiene el régimen de autonomía para la DGI y la DGA, y donde buscando transparencia y buscando una real autonomía se escogió la figura del Superintendente con la modalidad descrita en la moción. De tal manera que yo espero que los colegas reflexionen al respecto. En todo caso, aparte de respaldar esa moción, quiero hacer otra moción en el artículo 10. Ya se aprobó en el Capítulo anterior que va a ser una responsabilidad o deber de la DGI, brindarles asesoría a los contribuyentes sobre la declaración que tienen que hacer ante el Fisco. Por lo tanto, aquí estoy mocionando para agregar en el artículo 10, la existencia en su organigrama, de una División de Asesoría al Contribuyente. Y en el artículo 11, que se refiere a la Dirección General de Servicios Aduaneros, donde también ya fijamos el deber de asesorar a los usuarios de los servicios aduaneros, que se cree una División de Asesoría al usuario de servicios aduaneros, para que ambas responsabilidades tengan la expresión organizativa correspondiente. Finalmente, en ese mismo Capítulo y en el artículo 14 -siempre abonando a la necesaria transparencia que debe haber con el manejo de estas funciones y al control que se requiere en las mismas -tenemos otra moción de consenso donde se habla de las auditorías internas. Aquí estamos señalando que la Auditorías Internas deben de ser del conocimiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que es al organismo al que estarían adscritas ambas instituciones. También dichas auditorias deben ser del conocimiento de la Contraloría General de la República, que es el Ente Fiscalizador y con el cual las auditorías de todas las instituciones del Estado están obligadas a mantener una relación funcional para que se mantenga un control sobre el manejo de los recursos que aportamos todos los nicaragüenses,- y en el caso de Aduana, los agentes económicos que

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585 se dedican al negocio de la exportación e importación. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones a los otros artículos? Dorita Zeledón, tiene usted la palabra. DIPUTADA DORA ZELEDON: Gracias, señor Presidente. En la misma línea, en los artículos 10 y 11, estamos tratando de mejorar lo que tiene que ver con la administración, la gerencia y la lógica de funcionamiento de toda la estructura organizativa, por lo que proponemos que en el artículo 10, a partir de la línea cuatro, después de la palabra "asesoría", que las subsecuentes dependencias se conviertan en Divisiones. Es decir, para no tener que en unos casos tenes Direcciones, en otras divisiones, sino para homogenizar lo que tiene que ver con la administración a nivel de Divisiones. Entonces ahí estaríamos hablando de División de Revisión de Recursos,- División de Auditoría, División General de Recursos Humanos, División General de Administración Financiera; División de Planes y Control de Gestión, División Jurídico Técnica, División de Información y Sistemas, División de Fiscalización; División de Administraciones de Rentas; División de Control de Exoneraciones; y División de Catastro Fiscal; y lo que sigue. Igual en el artículo 11. Después de Dirección Superior, cambiar el resto de dependencias de Direcciones a Divisiones: División de Fiscalización Aduanera; División Técnica, División de Coordinación de Aduanas, División de Asesoría Legal, División de Relaciones Internacionales, División Administrativa Financiera, División de Planificación, División de Recursos Humanos y Relaciones Públicas, División de Control Aduanero. Ambas mociones en el artículo 10 y en el artículo 11, son mociones de consenso. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Muchas gracias. Honorable Diputado Pablo Sierra Chacón. DIPUTADO PABLO SIERRA CHACÓN: La moción que voy a presentar al artículo 12, está firmada por varios Diputados, y se leerá así: La Dirección Superior de la DGI y de la DGA, estarán integradas por los Directores Generales y los Sub-Directores Generales, siendo estos últimos nombrados por el Director General". PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Continúe. ¿Ya terminó? Honorable Diputado Dámaso Vargas Loáisiga. Steadman Fagot, es el último. DIPUTADO DÁMASO VARGAS LOÁISIGA:

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Bueno, yo voy a respaldar la moción que presentaba la compañera Mónica Baltodano. La ejecución de la política fiscal requiere un marco institucional organizativo y administrativo muy específico, es de extraordinaria importancia y no podemos nosotros tratar esta ley de manera muy simple y con un tratamiento que no indique esa importancia, esa responsabilidad. Específicamente, o en particular, la recaudación de impuestos, contribuciones y tasas, exige esa intervención de mecanismos delicados, muy específicos, para que exista un funcionamiento estatal adecuado,- y para que esa importancia de la administración tributaria no sufra efectos de la fragilidad institucional que gozan algunas instituciones, es que tenemos que verla con esa importancia, con esa responsabilidad. Esto ha llevado como tendencia en muchos países -y cito entre ellos Colombia, Argentina, Venezuela, Perú- elevar la jerarquía de las administraciones tributarias, colocando su conducción bajo el mando de funcionarios de altísimo nivel, a rangos de Vice-Ministros y a rangos como hoy se propone de Superintendentes. Esas tendencias de organización, o más bien de reorganización de los sistemas tributarios, están dando como resultado consolidación de estructuras organizativas definidas por funciones principales, otras estructuras definidas por funciones secundarias, reconocidas estas como funciones de apoyo, de manera que la concentración de funciones normativas sea complementada por la tendencia a la descentralización operativa. De aquí radica la importancia y la necesidad de definir una mayor autonomía operacional, una mayor autonomía funcional para este tipo de entes, como digo, importantísimo, delicado, para la bienandanza del país. Esta necesidad de avanzar mucho más en la autonomía -más, digo, en relación a la propuesta que nos hacen, la iniciativa y el dictamen, avanzar más en la autonomía de este ente, nos parece ahora de vital importancia. De manera congruente con las tendencias a esta integración de la administración de impuestos internos y aduaneros, es que hacemos la propuesta y damos el respaldo para que se considere de parte del Plenario la necesidad de que los funcionarios que están establecidos para dirigir y asumir la Dirección de los Servicios Aduaneros y la Dirección General de Ingresos, sean propuestos por el Ejecutivo y aprobados por la Asamblea Nacional, tal y como dice la propuesta la Comandante Baltodano. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el Honorable Diputado Steadman Fagot; es el último orador. DIPUTADO STEADMAN FAGOT: Diría que la bancada liberal y sus aliados, con premeditación, alevosía y ventaja, acaban de cometer un crimen contra los sagrados intereses del proceso autonómico en nuestras dos Regiones Autónomas. Pensé que la explicación que diera el Diputado William Schwartz era suficiente como para convencerse de que las palabritas "Regiones Autónomas" tenían que ser incluidas; pensé que la explicación del Diputado Bayardo Arce salía sobrando, porque era más que convincente. A mí no me extraña, por ejemplo, que el Diputado Leonel Pantin incondicionalmente votara en contra, en todas las ocasiones en donde se resalta la lucha para la profundización del proceso autonómico, en contra, porque precisamente así lo requiere la dirigencia del PLC, y como buen disciplinado hay que cumplir de manera incondicional. Aquí nosotros para el deporte rey como es la cincuentava serie, y para un proyecto tan sensible antidroga, a favor de la juventud, solicitamos 300 mil córdobas y aquí votaron aquí negativo; y hoy estábamos votando en la mañana 230 millones a favor de la Dirección General de Ingresos, y fueron incondicionales los votos. No me

587 extraña la votación, pero sí me extraña que compañeros de mi bancada, que hasta ahora nos habían acompañado en la lucha por la profundización del proceso autonómico en la Costa Atlántica, nos hayan dejado solos. Y olímpicamente se le anuló la capacidad de manejar su propio dinero como producto del Plan de Arbitraje, se le anula. ¿Y qué diablos van a ir a decir estos a la Costa Atlántica ahora? Esa es la pregunta de cien pesos que hay que formular acá.

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¿Cómo se van a conjugar los intereses nacionales con los intereses de la región? Desenróllenme ese trompo ahora, colegas Diputados de la Costa Atlántica. Ya es tiempo que empiecen a condicionar los votos. Por lo menos, yo no voy a reclamar que usted este en una posición anti-gobierno, anti-PLC, no señor, eso es libertad de cada quien, pero por lo menos cautelar los intereses sagrados de la Costa Atlántica. Estamos a año y medio para finalizar nuestra función legislativa, ¿qué es lo que vamos a ir a decir a la Costa después? Yo quiero replantear, aprovechando esta oportunidad, señor Presidente, los 300 mil córdobas para la Serie de la Costa Atlántica. Si aquí los Diputados costeños estamos aprobados 230 millones, ¿qué cosa son 300 mil para un proyecto de esta envergadura, de esta naturaleza, tan sensible? Yo quisiera que rectificaran de una manera o de otra, la votación que acaban de realizar. Mi propuesta es que en algún artículo, de alguna manera vayamos a rectificar eliminando la votación anterior, no sé cómo. Porque aquí, señor Presidente, al anular esa facultad a la Región, lo que han hecho, honestamente, es tocar los sagrados intereses de la Costa Atlántica. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Era el último orador. Vamos a someter a votación todas las que están en consenso; sólo es una la que no está en consenso. Se abre la votación. Está abierta, honorables Diputados. Todas las mociones de consenso que se han leído, vamos a someterlas a votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 69 votos a favor, abstención. Quedan aprobadas todas las mociones. Hay una moción que no es de consenso, que es la creación de una Superintendencia nombrada por la Asamblea Nacional, con los dos tercios de votos. Esta moción no tiene consenso y no se le señala tampoco, que funciones va a tener esa Superintendencia, y se solicita una mayoría que es contraria a la Constitución, que son los dos tercios de votos; y no pueden ser dos tercios de votos porque es por mayoría absoluta, dice el artículo 141. Vamos a someterla a votación, los que quieran a votar a favor es en verde y en contra en rojo. Se abre la votación. En verde es a favor de la mocion y en rojo es en contra.

588 Esta no es de consenso. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 31 votos a favor de la mocion, 48 en contra, 0 abstención. Queda rechazada la moción. Vamos a la aprobación del Capítulo. Se abre la votación. Está abierta la votación.

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Todavía está abierta. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 60 votos a favor, 14 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo. Vamos al Capítulo III. Su lectura. SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Capítulo III

PATRIMONIO Y LOS RECURSOS MATERIALES Y FINANCIEROS Arto. 17 Patrimonio: La Dirección General de Ingresos y la Dirección General de Servicios

Aduaneros, poseen patrimonio propio. Por ministerio de esta ley, los bienes muebles e inmuebles que son propiedad del Estado y que actualmente están siendo utilizados por la Dirección General de Ingresos, pasan a integrar el patrimonio de la DGI como ente descentralizado. Asimismo, los bienes muebles e inmuebles que son propiedad del Estado y que actualmente están siendo utilizados por la Dirección General de Aduanas pasan a integrar el patrimonio de la Dirección General de Servicios Aduaneros.

Las Rentas y el Patrimonio de estas instituciones quedan exentos de toda carga tributaria nacional, regional o municipal.

Arto. 18 Presupuesto y Financiamiento: Los Presupuestos Anuales de Gastos e Inversiones tanto de la

Dirección General de Ingresos como de la Dirección General de Servicios Aduaneros, deberán ser elaborados y ejecutados conforme a las normas y métodos vigentes con carácter general para la Administración Pública Nicaragüense, y serán aprobados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con base en el Plan Anual Operativo presentado por el Director General de cada entidad.

Este Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones será financiado, con:

1) Los recursos ordinarios.

2) Las donaciones y otras fuentes de financiamiento provenientes de cooperación internacional,

previamente aceptadas y destinadas a las Administraciones de Ingresos Tributarios y Aduaneros, conforme a lo estipulado en las leyes

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correspondientes. 3) Las transferencias de fondos públicos que en forma justificada se le asigne del

Presupuesto General de la República de conformidad con la legislación de la materia. Arto. 19 Recursos Ordinarios: Los recursos ordinarios indicados en el artículo precedente serán iguales,

durante el primer quinquenio de vigencia de la presente ley, al 3% (tres por ciento) de la recaudación que realicen cada Institución. A partir del segundo quinquenio, este porcentaje se reducirá al 2.5% (dos punto cinco por ciento). Estos porcentajes podrán ser modificados de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Anual de Presupuesto General de la República.

Si al cierre de un ejercicio presupuestario existiere una parte de estos recursos sin haberse ejecutado o comprometido, este saldo pasara a disposición de la Tesorería General de la República.

Arto. 20 Recursos Adicionales para la DGA: Durante el primer quinquenio de la vigencia de la

presente ley, el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la DGA se financiara, además de los recursos indicados en el Arto. 19 de la presente ley, con lo que obtengan por prestación de servicios que le sean propios a que se refiere el Arto. 61 e inciso 32) de la Ley que Establece el

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Autodespacho para la Importación, Exportación y Otros Regímenes, Ley N° 265. Arto. 21 Ejecución del Presupuesto: A la entrada en vigencia de la presente ley, la Dirección General de Ingresos

(DGI) y la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA), continuarán ejecutando el Presupuesto de Gastos aprobado para su antecesora en el Presupuesto General de la República, hasta que sea sustituido por el sistema porcentual a que se refiere el artículo anterior.

Arto. 22 Devoluciones: Las devoluciones de saldos a favor de Tributos Internos, Aduaneros y

Arancelarios de Comercio Exterior, determinados por la Dirección General de Ingresos (DGI) y la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA) y los beneficios y exoneraciones tributarias, se financiaran con recursos de la Tesorería General de la República, los cuales deben ser previstos e incluidos por el Presupuesto General de la República".

Hasta aquí el Capitulo. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos al Capítulo III. ¿Observaciones? Tenemos cuatro Diputados para inscripción; Alcalá Zamora es el último. Se le concede la palabra a Bayardo Arce Castaño. DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTANO: Muchas gracias, Presidente. He pedido la palabra para presentar una moción de consenso y una moción del Frente Sandinista. La moción de consenso está referida al artículo 18, donde se habla

590 de las fuentes de financiamiento que van a tener estos dos organismos. En este artículo se establece que van a haber tres fuentes para el presupuesto y financiamiento de los organismos que son: los recursos ordinarios, las donaciones y las transferencias de fondos públicos que pudiera hacerse en el Presupuesto de forma justificada cuando se considere necesario. Yo quiero agregar en el encabezado de estos tres puntos, que estas serán las fuentes de financiamiento exclusivas; es decir, que no va a haber otra fuente de financiamiento. ¿Por qué razón esta moción? Cuando nosotros convocamos a las autoridades del Ministerio de Finanzas y éstos dos organismos a discutir el proyecto de ley, nos encontramos que según estos funcionarios, en el pasado había unas prácticas poco transparentes y poco edificantes de parte de los organismos recaudadores. Incluso prácticas que hasta ponen en entredicho el papel de organismos internacionales o de funcionarios de esos organismos internacionales. Por ejemplo se nos dijo que en el gobierno anterior, de Doña Violeta Chamorro, cuando había una recaudación por encima de las metas presupuestadas, esa sobre recaudación se le pasaba al Programa de Naciones Unidas, al PNUD, que después las devolvía como sobresueldos para los funcionarios del Ministerio de Hacienda, y que el PNUD o algún funcionario del PNUD se ganaba el 4 por ciento de comisión por esa transferencia de recursos. Realmente es algo inaudito -de ser cierto esto- que se haya estado engañando al pueblo nicaragüense con una supuesta cooperación internacional para pagar buenos salarios a los funcionarios del gobierno de la Señora Chamorro, cuando realmente eso estaba saliendo de los contribuyentes, estaba saliendo de los impuestos de todos los nicaragüenses y además se le pagaba una comisión -como que fuera una intermediaria financiera- al PNUD, para que hiciera esa operación de engaño para sobre pagarle a funcionarios del Estado. Otra información que se nos dio, es que como había una política de estímulos en el Ministerio de Hacienda anterior, cuando tenían problemas para alcanzar las metas de recaudación, se iban a un banco y descontaban las facturas de empresas grandes. Es decir, hacían operaciones de "factor". Empresas grandes les entregaban las facturas del cobro tributario,

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recibían el descuento por adelantado y el banco se encargaba después de cobrarle al contribuyente,- pero en las áreas nacionales aparecía que en ese mes se había tenido una determinada recaudación que permitía darle los estímulos a los funcionarios que estaban a cargo de la recaudación. Inclusive se nos informa que todavía hay instituciones bancarias que le están cobrando al Fisco documentos que fueron descontados en la administración anterior, para fingir niveles de recaudación con los cuales se justificaban los estímulos que se le pagaban a los funcionarios en el gobierno de Doña Violeta. Este tema, que incluso debería hasta suscitar una investigación de la Contraloría General de la República y de la Comisión Anticorrupción de esta Asamblea, a la hora de aprobar esta ley delicada deben llevarnos a tomar las medidas preventivas para que ningún funcionario en el futuro vuelva a caer en este tipo de tentaciones; y la forma de hacerlo es, por lo tanto, dejando bien claro que sólo van a haber tres fuentes de financiamiento: los recursos ordinarios que vamos a fijar en la ley; las donaciones de organismos internacionales, que como todos sabemos, tienen que consignarse en el Presupuesto; y las transferencias que el Gobierno Central, o más bien esta Asamblea considere necesario hacerle del Presupuesto, si fuera estrictamente justificado, y que no habrá ninguna otra fuente de financiamiento para los organismos. La segunda moción -que me están informando mis colegas de bancada, también cuenta con el respaldo de otras bancadas- es que los recursos ordinarios se fijen en 2.5 por ciento de las metas de

591 recaudación durante los primeros cinco años del funcionamiento de estos dos entes autónomos, y que bajen después de cinco años a un 2 por ciento; contrario a lo que viene en el dictamen de mayoría, que es dar el 3 por ciento en el primer quinquenio y 2.5 después del primer quinquenio. Nosotros creemos -si analizamos la información que nos presentaron los Directores de la DGI y la DGA-que actualmente ambos están percibiendo, entre presupuesto ordinario, donaciones, cuentas de destino específico y contrapartidas a las donaciones extranjeras, un promedio que anda por el 2.5 por ciento de lo que recaudan. Lo que se pretende con esta ley, al darles autonomía, es incentivarlos a ser más eficientes,- por lo tanto no tiene sentido comenzar a darles un mayor porcentaje cuando no han demostrado la eficiencia. Si nosotros le damos el dos y medio, de hecho ya les estamos aumentando sus ingresos, porque como les estamos dejando como fuente de financiamiento la cooperación externa, significa que van a tener el dos y medio de lo recaudado, más la cooperación, y esa cooperación ya viene a formar parte del dos y medio calculado actualmente por ellos mismos. En otras palabras, ahorita mismo con el dos y medio, ellos ya tendrían ingresos superiores a los que tienen. No tiene sentido darles el 3 por ciento, cuando lo que pretendemos es estimularlos a que sean más eficientes, recauden más, y en la medida en que recauden más van a tener mayor financiamiento y mayor presupuesto por el porcentaje asignado. Entonces nosotros dejamos establecido en nuestra propuesta de varias bancadas, que el Presupuesto sea dos y medio el primer quinquenio y dos en el segundo; y dejamos establecido en ese mismo artículo 19, que si al cierre de un ejercicio presupuestario existiere una parte de estos recursos sin haberse ejecutado o comprometido, este saldo quedará a disposición de la Tesorería General de la República. ¿Por qué decimos "quedará"? Porque en el proyecto original se pretendía que estos organismos, una vez que recaudaban retuvieran su presupuesto, escalfaran sus gastos y pasaran el resto; y en el dictamen nosotros hemos dejado claro que hasta el último centavo que recaude la DGI y la DGA, tiene que pasar al Tesoro General de la República, y el Tesoro General de la República les entregará el porcentaje aprobado después de recibir todo lo que se recaude. De tal manera que si hay subejecución presupuestaria, los fondos destinados quedarían ahí mismo en la Tesorería. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra a la honorable Diputada Rita Fletes Zamora. DIPUTADA RITA FLETES ZAMORA: Gracias, señor Presidente. Esta nueva Ley Creadora de la Dirección General de Servicios Aduaneros y de Reforma a la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos, no es más que otra de las que hace el Ejecutivo, que manda propuestas

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inconsultamente; así se hizo con la reforma a la Ley de Pensiones, y así se quería hacer con esta ley, mandándola inclusive a la Comisión de Infraestructura, "baypaseando" la Comisión Económica. Pero bueno, ya conocemos los estilos, y aquí estamos la Bancada del Frente Sandinista tratando de mediatizar los efectos en los recaudadores, que es nuestra obligación. No así algunos Diputados que prefirieron no marcarse o borrarse, para no ser ni defensores, ni siquiera alzar su voz en defensa de los nicaragüenses, en defensa de los contribuyentes, como es el caso del Diputado Vidaurre que prefirió borrarse e irse para no ser ni chicha ni limonada.

592 Definitivamente en el artículo 17, yo voy a presentar una moción de consenso, y esto termina con la discrecionalidad de los Directores de la Dirección General de Ingresos y la Dirección General de Aduanas. Y hago eco de lo que dijo mi hermano Bayardo Arce, donde la DGI y la DGA tienen que ser más eficientes y elevar su abanico de recaudadores y no hacerlo vía multa, como hasta ahora lo están haciendo específicamente en la Dirección General de Aduanas, y esto termina con la discrecionalidad. Yo quiero decirles que la propuesta es la siguiente: "Anadir un párrafo final en el artículo 17, que se leerá de la siguiente manera: Los bienes adjudicados judicialmente o administrativamente como producto de acciones de cobro de tributos de parte de estas instituciones, serán trasladados integralmente al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y formarán parte del inventario de los bienes del Estado o Tesoro Nacional". Esto termina totalmente con la discrecionalidad de la Dirección General de Aduanas y la Dirección General de Ingresos. Paso la moción de consenso. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Jorge Samper Blanco. DIPUTADO JORGE SAMPER BLANCO: Muchas gracias, señor Presidente. En este Capítulo, en el artículo 19, está como dicen "la madre del cordero". Cuando este proyecto llegó a la Comisión de Transporte, nosotros no nos opusimos a la autonomía de la Dirección General de Ingresos, ni a la autonomía de la Dirección General de Aduanas; pero si nos opusimos a que se le asignara el 3 por ciento del Presupuesto General de la República, porque esto significaba que el actual presupuesto que se le asignaba en el año 2000, tanto a la Dirección General de Ingresos como a la Dirección General de Aduanas, que entre ambas sumas 117 millones de córdobas; 50 millones a la Dirección General de Ingresos y 67 millones a la Dirección General de Aduanas, se le aumentaba a la suma de 203 millones de córdobas. Y no hubo en la Comisión de Transporte ninguna justificación por parte de los personeros que llegaron de la Dirección General de Aduanas y de la Dirección General de Ingresos, que nos convencieran para apoyar semejante aumento en el Presupuesto General de la República para estas entidades, de 100 millones de córdobas. Por tal razón, nosotros no vamos a establecer -como decía aquí el Diputado Arce- medidas correctivas. Vamos a pedir que se quede el actual Presupuesto General de la República. No vamos a apoyar esa moción del Diputado pactista Bayardo Arce, de que la medida correctiva es solamente bajarle medio punto. Y espero que la Diputada Fletes, que dice que ella no es ni chicha ni limonada, sino que va a estar a fondo con los maestros, con los trabajadores de salud y con los pobres de este país, apoye esta moción que va a presentar el MRS. Vamos a presentar la moción de que la Dirección General de Ingresos y la Dirección General de Aduanas, se queden con este presupuesto que tienen actualmente de 117 millones de córdobas, y que gracias a que ellos han encontrado 100 millones de córdobas más, se transfiera a los maestros de Nicaragua, a los maestros de educación de primaria, para que se les aumente el mísero salario que ganan los maestros de educación primaria. Eso sí es encontrar medidas correctivas; eso sí es estar a favor de los pobres de Nicaragua, y no venir a bajar solamente medio punto del 3 por ciento que es la propuesta de los pactistas. Mi moción, señor Presidente y señores Diputados, es mantener los actuales recursos. Ya que ellos han encontrado 100 millones de córdobas que en las negociaciones en el Ministerio del Trabajo no ha sido posible encontrar esos fondos, según los personeros del Gobierno,-

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593 pero ya que ahora tenemos esas fuentes encontradas por el mismo Gobierno y establecidas en esta misma ley, pues entonces que ahora esos 100 millones de córdobas se transfieran a los maestros para aumentarles su salario, que todos sabemos que son salarios de hambre. Por tal razón, la moción que presentamos, aun a riesgo -ya lo sabemos- de que sea declarada improcedente, pero no importa, vamos a ver si es cierto que aquí estamos a favor de los maestros, si estamos a favor efectivamente de los pobres de Nicaragua, va a ser apoyada; y no este aumento desproporcionado para la Dirección General de Ingresos y para la Dirección General de Aduanas. Mi moción es la siguiente, voy a leerla y a pasarla a la Presidencia:, "Los recursos ordinarios de la Dirección General de Aduanas y de la Dirección General de Ingresos, son los indicados en el Presupuesto General de la República del año 2000. Se transfiere la suma de 99 millones de córdobas al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, al Grupo I, Renglón 111, Cuenta 999, para aumentarles el salario a los maestros de educación primaria y secundaria. Estos se extraerán de la propuesta de aumento de presupuesto a las instituciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como son la Dirección General de Ingresos y la Dirección General de Aduanas". Paso a presentar mi moción nueva de artículo 19, y con esto -si fuera aprobada- quedaría suprimido el artículo 20 de la actual Ley de Creación de la Dirección General de Aduanas y de Reforma a la Dirección General de Ingresos. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Alcalá Blandón Cruz, que es el último orador. DIPUTADO ALCALÁ BLANDON CRUZ: Gracias, señor Presidente. Es para presentar una moción de consenso en el artículo 18, Presupuesto y Financiamiento: "Los Presupuestos Anuales de Gastos e Inversiones, tanto de la Dirección General de Ingresos como de la Dirección General de Servicios Aduaneros, deberán ser elaborados y ejecutados conforme a las normas y métodos vigentes, con carácter general para la Administración Pública Nicaragüense y serán aprobados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con base en el Plan Anual Operativo presentado por el Director General de cada entidad". Lo que vamos a agregar a continuación es lo siguiente: "Consignados en el Presupuesto General de la República de cada año". Esta es una moción de consenso que está firmada por ocho Diputados de ambas bancadas. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Rene Aráuz. ¿Tiene usted una moción de consenso? DIPUTADO RENÉ ARÁUZ: Muchas gracias, señor Presidente. La moción es para agregar al numeral 1) del artículo 18, ese mismo artículo que está leyendo el Diputado Alcalá Blandón: "Los recursos ordinarios que le serán trasladados por la Tesorería General de la República, conforme el Arto. 19 de esta ley". Agregarle eso al numeral 1) a los recursos ordinarios, que le serán trasladados por la Tesorería. Paso a presentar la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

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594 Honorable Diputado Bayardo Arce. Falta Dámicis que es el último orador, pero usted puede don Bayardo. DIPUTADO BAYARDO ARCE: Muchas gracias. Es que no puedo dejar pasar el acto de demagogia del colega Samper, porque la verdad es que el nivel de demagogia lo ciega tanto, que ni siquiera se ve que ha estudiado la ley, porque aquí nadie ha descubierto recursos adicionales. El artículo 21 establece que la DGI y la DGA van a seguir funcionando este año con el mismo presupuesto que está aprobado, porque estas nuevas disposiciones, esta organización autónoma va a llevar un tiempo para montarse. Inclusive en el proyecto original se hablaba -porque esta ley fue introducida en 1999- que iba a funcionar en el Presupuesto 99, con ese presupuesto, y que los cambios serían en el Presupuesto del 2000. 0 sea que para comenzar, no le luce como abogado querer ignorar la letra de la ley, diciendo que se hallaron nuevos recursos. Pero además si fuera serio y que realmente le preocupan recursos para el sector educación y salud, ya hubiera previamente buscado consenso para una moción, hubiera tratado de acuerparla para que tuviera viabilidad; pero precisamente no lo hizo porque lo que pretende es un acto demagógico de fin proselitista. La lógica ahora es querer endilgarle todo al pacto, todo es producto del pacto, y no es más que una demostración de impotencia de un partido que está representado aquí, porque le regalaron el escaño a través de un mecanismo seudo-democrático, que es el que se corrigió con las reformas que tanto le duelen. Gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado Dámicis Sirias, tiene la palabra. DIPUTADO DAMICIS SIRIAS: Gracias, señor Presidente. Es para presentar una moción de consenso en el artículo 20, con el objeto de que los fondos entren a la Tesorería General de la República, y solicito en mi moción que en el artículo 20 se agregue lo siguiente: "Del monto proveniente de la subasta de mercaderías en abandono, lo que corresponde a impuesto que paga la mercadería objeto de subasta pasara a cuenta del Fisco, y el remanente que se genere pasará a la cuenta de los fondos con destino específico de la Dirección General de Aduanas, a través de la Tesorería General de la República. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a someter a votación todas las mociones de consenso; sólo hay dos que no son de consenso. Se va a abrir la votación sólo para las de consenso. Sólo del 3 por ciento a 2.5 es el que se va a someter a votación por separado porque no hay consenso. Está abierta la votación. Están votando.

595 Se va a cerrar.

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Todavía votan. Se cierra. El resultado es el siguiente: 78 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Quedan aprobadas todas las mociones. La moción del Diputado Samper se declara improcedente. Ahora vamos a la del porcentaje: "Cambiar el porcentaje al artículo 19, en vez del 3 por ciento que sea el 2.5, y en el segundo quinquenio bajar al 2 por ciento; en el segundo párrafo cambiar la palabra "usarán" por "quedará". Bueno, vamos a someter a votación la moción. Si se aprueba la moción, queda incorporada al artículo; si no queda el artículo original como viene en el dictamen, que es el 3 por ciento. Se abre la votación. A favor de la moción es verde y en contra es rojo. Está abierta la votación. Todavía están votando algunos. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 27 votos a favor de la moción, 42 en contra. Queda rechazada la moción y aprobado el artículo 19, a como viene en el dictamen. Vamos ahora a la votación del Capítulo. Se abre la votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 54 votos a favor, 6 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo III. Vamos al Capítulo IV. Su lectura. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Capítulo IV

RECURSOS HUMANOS Arto. 23 Carrera Administrativa: La Dirección General de Ingresos (DGI) y la Dirección General de Servicios

Aduaneros (DGA), deberán contar con un sistema de administración de sus recursos humanos que garantice el establecimiento de una carrera administrativa, para contar con funcionarios fiscales y aduaneros calificados, profesionales y especializados, los cuales estarán sujetos a un proceso permanente de capacitación y desarrollo, con base en un esquema de selección objetiva, promociones, remuneraciones competitivas, estabilidad laboral,

596

estímulos y retiros conforme a los procedimientos establecidos. El Reglamento de la presente Ley dispondrá el régimen aplicable al personal.

Arto. 24 Clasificación del Personal: Los funcionarios de la Dirección General de Ingresos y de

la Dirección General de Servicios Aduaneros se clasificaran así:

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1) Funcionarios transitorios y de confianza, los que no formarán parte de la Carrera Administrativa y cuyos nombramientos deberán estar vinculados a cargos de alta dirección y asesoría del nivel central y de administración de las operaciones en el ámbito territorial.

2) Funcionarios de Carrera Administrativa.

Los funcionarios transitorios y de confianza serán designados por el Director General, de conformidad al procedimiento que se establezca en el Reglamento de la presente Ley.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones? Honorable Diputado Dámaso Vargas,- es el único y se cierra. DIPUTADO DÁMASO VARGAS: En el artículo 23, una moción: Después de "conforme a los procedimientos establecidos", que diga: "en la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa. El Reglamento de la presente ley dispondrá el régimen particular que sea aplicable al personal". PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Es de consenso? Okey. ¿Observaciones al 24? No hay. Vamos a votar la moción. Se abre la votación. Está abierta la votación. Estamos votando la moción. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 78 votos a favor, l en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción. Se abre a votación el Capítulo. Está abierta. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo IV. Vamos al Capítulo V. Su lectura.

597 SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Capítulo V DE LOS RECURSOS

Arto. 25 Reparos y Rectificaciones: Las autoridades fiscales están autorizadas a revisar las declaraciones para el efecto

de liquidar el impuesto; y por tanto podrán hacer reparos, exigir aclaraciones y adiciones, y efectuar los cambios que estimen convenientes de acuerdo con las informaciones suministradas por el declarante o las que se hayan recibido de otras fuentes.

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De todo lo anterior deberá darse audiencia por tres días al declarante y recibírsele dentro de los ocho días siguientes las pruebas que tenga a bien presentar.

Arto. 26 Recurso de Reposición o de Reclamo ante la DGI: De todas las resoluciones

referentes a la determinación y liquidación de los impuestos o a las sanciones respectivas, podrá pedirse Recurso de Reposición ante la autoridad que emitió la resolución en el término de ocho días después de notificado el contribuyente. Pasados treinta días de haberse interpuesto el recurso, si la autoridad recurrida no hubiese resuelto se considerara que la resolución es a favor del contribuyente. Si la resolución es negativa, podrá interponerse Recurso de Revisión ante el Director General.

Arto. 27 Recurso de Revisión ante el Director General de la DGI:

De todas las resoluciones dictadas para resolver Recursos de Reposición o Reclamos, podrá pedirse revisión ante el Director General en el término de ocho días después de notificado el contribuyente. Pasado noventa días de haberse interpuesto el recurso, si el Director General no hubiese resuelto, se considerará que la resolución es a favor del contribuyente. Si la resolución es negativa podrá apelarse dentro del término de quince días a partir de la notificación.

Arto. 28 Recurso de Apelación ante el Ministerio de Hacienda: De todas las resoluciones del Director

General de Ingresos, podrá Apelarse ante la Asesoría del Ministerio de Hacienda. La apelación deberá interponerse ante el Director General de Ingresos, quien la deberá remitir con un informe escrito al Ministro de Hacienda y Crédito Público. El término para apelar será de quince días a partir de la notificación, siguiéndose para tramitarla, y en lo aplicable, el mismo procedimiento y condiciones establecidas en el Título IX de la Ley Complementaria y Reglamentaria del IR.

Arto. 29 Condiciones para el Trámite de los Recursos: La Dirección General de Ingresos no tramitará los

Recursos de Alzada si antes el contribuyente no depositare en efectivo el 50% de lo que es objeto el reclamo o diere garantía satisfactoria de pagar el impuesto o multa en su caso.

Arto. 30 Recursos ante la DGA: Toda persona que se considere agraviada por las resoluciones o

actuaciones de las autoridades Aduaneras, podrá interponer los Recursos Administrativos establecidos en el Código Aduanero Uniforme (CAUCA) y su Reglamento, y en la Ley N° 265, Ley que establece el Autodespacho para la Importación, Exportación y Otros Regímenes, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, Número 219 del 17 de Noviembre de 1999.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Dos oradores inscritos nada más, terminamos con Wálmaro Gutiérrez.

598 Se le concede la palabra al honorable Diputado Eliseo Núñez Hernández. DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ: Señor Presidente. Es para mocionar sobre el artículo 29. Yo quisiera razonar sí, el porqué de la moción. En este artículo 29, se le está impidiendo a la mayor parte de los ciudadanos de la República de Nicaragua el poder tener acceso hacia una apelación en cuanto a que le obligan a depositar el 50 por ciento del valor. Por lo tanto, aquí estarían dejando que muchos comerciantes o muchos ciudadanos que no tengan esta disponibilidad, no puedan hacer uso del recurso de la ley. Esto prácticamente está en contravención del espíritu de la Constitución Política de la igualdad ante la ley, porque realmente está en una categoría de inferioridad frente al que más tiene económicamente. Pero consciente también, que para que el ciudadano no esté constantemente apelando sin ninguna sustentación o base jurídica, estoy haciendo esta moción: El artículo 29, se leerá así: "La Dirección General de Ingresos no tramitará los recursos de apelación si antes el contribuyente no otorgara una garantía bancaria (que es diferente a hacer un depósito) por el 50 por ciento del monto objeto del reclamo". Esto lo firmamos: Eliseo Núñez, Pablo Sierra y Carlos García. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez.

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Es el último orador que había. DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ: Señores Diputados, por favor, yo solicitaría un poco de atención, porque en estos momentos nosotros vamos a tocar un punto con el que podríamos decir que la legislación tributaria en Nicaragua se podría contar antes y después de la aprobación de este Capítulo. Yo creo que en este momento es importante que nosotros estemos claros que estamos frente a la posibilidad de hacer un hecho, una reivindicación histórica para los contribuyentes en este país, desde que Nicaragua es República y desde que el Fisco toma los impuestos. Primero recordemos, honorables Diputados, que nosotros tenemos en cañería, y lo tenemos en la Comisión Económica, el Código Tributario. El Código Tributario no es otra cosa más que el compendio de normas que vienen a reglamentar, que vienen a establecer las reglas del juego entre el contribuyente y la entidad recaudadora; eso es, no crea tributos, te pone las reglas del juego. La forma de proceder en los recursos, es parte de las reglas del juego, estamos claros. En el preciosismo legal, este Capítulo no debería de existir en este proyecto de ley, porque debería ser parte del Código Tributario; sin embargo, el legislador correctamente reivindica varias garantías del contribuyente nicaragüense. Y creo y reitero, honorable Plenario, que con la aprobación de las mociones que a continuación voy a detallar, la historia fiscal de este país se puede contar a partir del antes y el después de la aprobación de este Capítulo. La primera moción es que estas disposiciones sean en un Capítulo que se llame Disposiciones Transitorias, porque serán recogidos cuando se apruebe el Código Fiscal. Segunda moción, honorables Diputados, es en lo relacionado al artículo 27. Pero para tocar el 27, tengo necesariamente que tocar el 26, y aquí yo pediría por favor -reitero- la atención de los colegas Diputados, porque vamos a hablar de elementos procedimentales. Hablamos de procedimiento administrativo y aquí se abren dos fases en el proceso administrativo, cuando el contribuyente va a recurrir en contra de

599 una disposición que la emite el Fisco. En la primera fase el contribuyente recurre ante el mismo Fisco y el Fisco se constituye en juez y en parte, estamos claros. Es por eso que sabiamente el legislador en el dictamen te plantea el silencio positivo a favor del contribuyente y se recoge en el dictamen. Primera gloria de esta Asamblea Nacional. Sin embargo tiene una lógica, porque la misma institución que está pretendiendo lacerar los derechos del contribuyente con un reparo mal hecho, que no le contesta, entonces opera el silencio administrativo a favor del contribuyente. Pero entonces se abre la segunda fase. En el caso de que en la Dirección General de Ingresos, el Director General de Ingresos te deniegue el reparo, caes a la segunda fase, donde la Dirección General de Ingresos deja de ser juez y parte para convertirse solamente en parte, y tanto el contribuyente como la Dirección General de Ingresos se presentan ante un Tribunal de Alzada, que no tiene nada que ver con la Dirección General de Ingresos. Entonces, ¿qué significa? Aquí llegan dos partes a decir que a cada una le asiste el mejor derecho. Pero entonces ¿qué es lo que pasa en este procedimiento? Al contribuyente se le está afectando, diciendo: bueno si usted quiere venir aquí a recurrir y presentarse en alzada, lo primero que tiene que hacer es depositar o presentar el 50 por ciento del monto reclamado por el Fisco o garantía bancaria suficiente. Yo quisiera que el Diputado Eliseo Núñez me dijera que banco da una garantía bancaria sin una contraprestación o una garantía sobre su crédito. Desde luego no estoy diciendo que no tiene plata para el 50 por ciento, tampoco tiene plata para poder tener una garantía bancaria, es un planteamiento descabellado. Pero es peor aún, porque ahí se rompe el principio de igualdad ante la ley y el principio de gratuidad de la justicia, porque lo que estaríamos estableciendo aquí es pago para poder tener derecho a reclamar mi derecho. Eso es grave y es un principio que se llama Solve et Repete (pago para reclamar), es increíble. Entonces, para poder resolver de una vez por todas esta situación procedimental y que tanto la Dirección General de Ingresos tenga la capacidad de recoger, de recaudar, como el contribuyente de defenderse, leo las siguientes mociones. Y es que efectivamente, ¿sabían ustedes que para que el banco le dé una garantía bancaria, usted tiene que afianzarle al banco tres veces lo que le presta? La verdad es que la propuesta es descabellada y es anticontribuyente; es anticontribuyente el planteamiento de Eliseo Núñez. ¿0 es que acaso será de que vamos a ser

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nosotros los abogados los que vamos a afianzar a nuestros clientes, y por eso estamos dejando esta disposición para poder cobrarle más al contribuyente cuando vaya a pelear con el Fisco en un Tribunal de Alzada? Eso es desleal. Por lo tanto, honorables Diputados, hago las siguientes mociones: La primera es que en el caso de la Dirección General de Ingresos, en vez de que se pronuncie en noventa días, que se pronuncie en cuarenta y cinco días, entendiendo la lógica de treinta, cuarenta y cinco y noventa días que tendría el Tribunal de Alzada para poder resolver lo que en derecho corresponda. Entonces, planteo el artículo 28 de la siguiente manera: "Artículo 28. De toda Resolución del Director General de Ingresos, podrá apelarse ante la Asesoría del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. El término para apelar será de quince días a partir de la notificación de la resolución recurrida, siguiéndose para tramitarla y en lo aplicable, el mismo procedimiento y condiciones establecidas en el Título IX de la Ley Complementaria y Reglamentaria del I.R., publicado en La Gaceta N° 59 del 12 de Marzo de 1953. La apelación deberá interponerse ante el Director General de

600 Ingresos, quien deberá remitirla con un informe escrito a la Asesoría Jurídica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quien deberá resolver el fondo del asunto en un término de noventa días, tiempo después del cual en caso no exista resolución, las partes podrán recurrir de amparo en la vía jurisdiccional". Aquí no opera el silencio administrativo a favor del contribuyente, ni en contra del Fisco, ambos que vayan a hacer uso de su derecho en los Tribunales de Justicia. Y termino: "La Asesoría Jurídica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, podrá imponer costas a favor del beneficiado en su resolución, en un monto no mayor del 10 por ciento del monto reclamado". Y he aquí el candado que vendría a impedir que el contribuyente que no tenga un derecho o que venga a querer ejercer un derecho con dolo, sepa que aparte de pagar el tributo, aparte de pagar la multa, va a tener que pagarle al Estado de la República de Nicaragua, el 10 por ciento por costas, daños y perjuicios. Entonces, ésta es la moción del artículo 28. Siguiente artículo 29. Vamos a fusilar una ley que nosotros aprobamos el 17 de Noviembre de 1997, la Ley de Autodespacho. En el artículo número 77, ya lo aprobamos, esta Asamblea lo aprobó, y que diría lo siguiente: "Artículo 29. La interposición de los recursos produce efectos suspensivos en lo que hace a la resolución recurrida, no siendo necesario para su interposición el pago previo de tributos, intereses y sanciones que son materia de impugnación". Compañeros Diputados, este procedimiento viene a garantizar dos principios constitucionales: la gratuidad de la justicia y la igualdad ante la ley. Si nosotros somos consecuentes con la Constitución y las leyes que nosotros mismos hemos aprobado en este Plenario, solicito la aprobación y el voto favorable de estas mociones de consenso, porque ya han sido consensuadas y firmadas aquí en la Mesa Directiva. Paso las mociones a Primer Secretaría. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: El honorable Diputado Eliseo Núñez, tiene la palabra. DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ: Señor Presidente. Oyendo la discertación de Wálmaro, hay algunos conceptos en los cuales él tiene razón, en cuanto a la garantía bancaria. Definitivamente yo fui a retirar mi moción para modificarla, en el sentido de que si lo que le preocupa a la Bancada del Frente es, que en la garantía bancaria se tiene que hacer un depósito o se tiene que pagar en el banco, la cambiemos, en vez de garantía bancaria, por fianza solidaria. Con la fianza solidaria no se necesita llegar a ningún pago, lo único que se necesita es garantizar las resultas del juicio. Por lo tanto, estoy cambiando la moción, que en vez de donde dice "garantía bancaria", diga "fianza solidaria". Y a esta moción se adscribe el Diputado William Mejía Ferreti, junto con los anteriores firmantes.

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PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado Bayardo Arce. DIPUTADO BAYARDO ARCE: Es que quiero aclararle al Doctor Eliseo Núñez, que tal vez la actividad política lo ha alejado un poco del derecho. Al Doctor Eliseo Núñez... Doctor Eliseo Núñez, es que yo creo que la actividad política me lo ha alejado un poco del derecho y no se acuerda que usted aprobó recientemente aquí una Ley de Superintendencia de Bancos y otras Instituciones, y por lo tanto

601 cualquier fianza solidaria, garantía, etc., requiere según la ley, que para que el banco emita algo, tiene que tener garantías reales. Si yo voy a ser fiador solidario suyo, tengo que poner una garantía real, lo cual implica también costos financieros. PRESIDENTE EN FUNCIONES OSCAR MONCADA REYES: Tiene la palabra Orlando Mayorga Sánchez. DIPUTADO FROILAN OCAMPO: Gracias, señor Presidente. Es para referirme al artículo 28, Recurso de Apelación ante el Ministerio de Hacienda: De todas las resoluciones del Director General de Ingresos, podrá apelarse ante la Asesoría del Ministerio de Hacienda". Yo entiendo que el Recurso de Apelación tiene que ponerse ante los titulares, ante los que pueden resolver las situaciones planteadas. Se habla aquí de que se deben apelar ante una asesoría, sin definir qué tipo de asesoría, si es la legal o es otro tipo de asesoría. De igual manera es contradictoria la posición porque se habla de apelar ante la Asesoría del Ministerio de Hacienda, para renglón seguido decir: "La apelación deberá interponerse ante el Director General de Ingresos, quien la deberá remitir con un informe escrito al Ministro de Hacienda y Crédito Público". ¿En qué quedamos? ¿A quién se debe remitir la apelación, al Ministro -que creo que es lo adecuado- o a la Asesoría que no está definida qué tipo de Asesoría? Yo propongo que se diga que "De todas las resoluciones del Director General de Ingresos, podrá apelarse ante el mismo funcionario, quien deberá remitir la apelación en el lapso de quince días ante el Ministro del órgano. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bueno, entonces léala. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN: Moción del artículo 29: "Para el Trámite de los Recursos. "La Dirección General de Ingresos no tramitará los recursos de apelación, si antes el contribuyente no otorga una garantía de fianza solidaria ante la DGI, en el reclamo". Ahí termina la moción del artículo 29. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Todas las mociones están de consenso ahorita. Se abre la votación. Vamos, rápido. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra.

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El resultado es el siguiente. Quedó aprobada toda, 50 votos a favor, 1 en contra. Quedamos que era una fianza solidaria, ahí habíamos quedado, hasta la DGI. Un momento, dejémoslo que hable, vamos a ver qué hacemos con ese artículo. Yo creía que ya estaban aprobadas.

602 Sigamos. Tiene la palabra Wálmaro, pero ya esto se cerró. DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ: Honorables Diputados, no hay ningún problema que en este Plenario hayan más votos a favor de una moción que de otra, y que campee la mejor moción; pero aquí lo que ha habido es un error de procedimiento, porque mi moción es contraria a la moción que está presentando Eliseo Núñez. Por lo tanto exijo y reivindico el derecho de que mi moción se vote en contra de la moción de Eliseo Núñez, que es lo que en correcto derecho parlamentario corresponde. Eso es todo. Si ustedes van a votar en contra de eso, voten. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bueno, vamos a hacer la votación sobre ese nada más. Se abre la votación. A favor de la de Eliseo es en verde y en rojo a favor de la de Wálmaro. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 a favor de la moción de Eliseo, 28 a favor de la de Wálmaro, 0 abstención. Queda aprobada la de Eliseo. A votación el Capítulo. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 50 a favor, 2 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo. Vamos al Capítulo VI. Su lectura. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Capítulo VI Disposiciones Especiales

Arto. 31 Aplicación: Facial tese a los Directores Generales de la Dirección General de Ingresos (DGI) y

de la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA), para dictar las normas necesarias para la correcta aplicación de la presente Ley y su Reglamento.

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Arto. 32 Sustitución y Efectos Legales: A partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, la Dirección General de Aduanas (DGA) será sustituida a todos los efectos administrativos, civiles, contractuales, laborales, financieros, tributarios y demás efectos legales por la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA).

En consecuencia, a partir de la misma fecha, toda norma legal vigente en la República de Nicaragua, todo documento legal y todo proceso legal en curso, que se refieran o en los que sean parte la Dirección General de

603

Aduanas, se entenderán referidos a la Dirección General de Servicios Aduaneros, o al Director General de Servicios Aduaneros y se les tomará como parte en pleno derecho en los mismos, respectivamente.

Arto. 33 Valor de Documentos: Todos los documentos expedidos por la Dirección General de Ingresos

(DGI) y la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA), relativos a la existencia de créditos a favor de dichas instituciones, prestarán mérito ejecutivo.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a la discusión. Honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra sobre el artículo 31. ¿Tiene alguna moción, Wálmaro? DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ: Si. PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS; Por favor, silencio. DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ; Hay que ser tolerante, señor Presidente, con algunos Diputados que trasgreden el orden en esta Asamblea. Mire, la verdad es que yo quería plantearle que es una lástima que no hayamos tenido la suficiente capacidad para poder hacer campear la razón en este Plenario, porque aquí se acaban de romper dos principios fundamentales del derecho: la igualdad ante la ley y el principio de gratuidad de la justicia. Y eso lo quiero plantear ahora, porque todo lo que nosotros estamos diciendo aquí, consta en el Diario de Debates de la Asamblea Nacional; nosotros nos vamos de aquí, pero las instituciones son permanentes, y va a quedar claro de que aquí se transgredieron derechos constitucionales del contribuyente nicaragüense. Sin embargo, el silencio administrativo positivo campeó y eso es correcto. Por otro lado, el mismo Director General de Ingresos me había dado en todos los extremos la razón al momento de plantearle la disertación que yo les hice a ustedes. 0 sea que el planteamiento del Director General de Ingresos peso más que muchos votos de la bancada oficialista, ¿y saben ustedes que la ley y el derecho son lógicos, y el planteamiento que yo les hice es lógico? Es una desgracia realmente que ustedes no hayan protegido al contribuyente en sus derechos fundamentales como nicaragüenses. Pero bien, este juego que ustedes acaban ahorita de implementar en el Tribunal de Alzada ¿saben cómo se conoce?, como jugar con dados cargados. Y quiero que quede claro que en todos los casos que se lleven al Tribunal de Alzada, el único que va a jugar y que va a jugarle sucio a Nicaragua, va a ser la Dirección General de Ingresos. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al 32? ¿Observaciones Al 33?

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604 A votación el Capítulo. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 a favor, abstención. Queda aprobado el Capítulo VI. Capítulo VII. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO VII DEROGACIONES Y VIGENCIA

Arto. 34 Derogaciones y Modificaciones: La presente Ley deroga la Ley Creadora de la Dirección General

de Ingresos, Decreto N° 243, publicado en La Gaceta N° 144 del 29 de Junio de 1957; y el Decreto N° 979, Disposiciones Contenidas en la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, el 6 de Marzo de 1982. Asimismo, esta Ley modifica el artículo 14 de la Ley N° 290, y el Decreto N° 71-98, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo y su Reglamento, publicados en Las Gacetas No. 102 del 3 de Junio y 205 del 30 de Octubre, ambos de 1998. También se modifica el Arto. 14 de la Ley N° 290 y el Decreto N° 71-98, publicado en Las Gacetas Nos. 102 del 3 de Junio y 205 del 30 de Octubre, ambos de 1998.

Arto. 35 Vigencia y Reglamentación: La presente Ley entrará en vigencia noventa días después de

su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, y será reglamentada conforme lo establece el Inco. 10 del Arto. 150 de la Constitución Política de la República.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Sólo dos oradores van a intervenir... los que están inscritos? Róger Castellón y Eliseo Núñez. Honorable Diputado Róger Castellón, tiene la palabra. DIPUTADO RÓGER CASTELLÓN: Muchas gracias, señor Presidente. Tengo una moción al artículo 34, que es una moción de consenso: Derogaciones y Modificaciones. Esta moción se leerá así: "La presente Ley deroga la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos, Decreto N° 243, publicado en La Gaceta N° 144 del 29 de Junio de 1957; y el Decreto N° 979, Disposiciones Contenidas en la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, el 6 de Marzo de 1982. Asimismo, esta Ley modifica el artículo 14 de la Ley N° 290 y el Decreto N° 71-98, Ley de Organización Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo y su Reglamento publicados en Las Gacetas No. 102 del 3 de Junio y 205 del 30 de Octubre, ambos de 1998." Paso la moción, señor Presidente. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado Eliseo Núñez.

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605 Entonces vamos a someter a votación la moción. Está abierta la votación. Por favor, honorables Diputados, tomen sus asientos y hagan uso de sus derechos, estamos terminando la ley. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. 48 votos a favor, 0 en contra. Queda aprobada la moción. Se abre la votación al Capítulo. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo, y así toda la Ley. Se suspende la Sesión, y se cita para el día martes a las nueve de la mañana.

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606 CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO UNO DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA CATORCE DE MARZO DEL 2000, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (DECIMOSEXTA LEGISLATURA). PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a continuar la Sesión. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: JOSÉ RENÉ ARÁUZ LÓPEZ BAYARDO ARCE CASTAÑO ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN ALCALÁ BLANDON CRUZ MARÍA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA JAIME JOSÉ BONILLA LÓPEZ RAFAEL OMAR CABEZAS LACAYO ADOLFO CALERO PORTOCARRERO EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON MIGUEL ANGEL CASCO GONZÁLEZ RÓGER CASTELLÓN ORUE ANGELES CASTELLÓN CASTRO MARLON BOANERGE CASTILLO TEJADA EDWIN CASTRO RIVERA NOEL JOSÉ DELGADO CUADRA ALVARO IVÁN ESCOBAR FORNOS FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS JOSÉ MANUEL ESPINOZA CANTILLANO LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA CARLOS ALBERTO FONSECA TERAN FRANCISCO HERIBERTO GADEA MANTILLA SERGIO DE JESÚS GARCÍA PINELL FRANCISCO JOSÉ GARCÍA SARAVIA CARLOS ANTONIO GUERRA GALLARDO WÁLMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO MARIO JOSÉ GUTIÉRREZ VASCONCELOS FANOR ANTONIO HERRERA PÉREZ ALBERTO FRANCISCO JARQUIN SÁENZ MARIO JOSÉ LIZANO GUTIÉRREZ AUGUSTO CÉSAR LÓPEZ GONZÁLEZ EMILIO JOSÉ MARQUEZ ACUÑA LOMBARDO MARTÍNEZ CABEZAS FRANCISCO JOSÉ MARTÍNEZ LARIOS PEDRO PABLO MARTÍNEZ TÉLLEZ PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZÁLEZ ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ WILLIAM MEJÍA FERRETI ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ OSCAR MONCADA REYES LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA LEOPOLDO SALOMON NAVARRO BERMUDEZ CARLOS WILFREDO NAVARRO MOREIRA RAMÓN ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ JOSÉ DANIEL ORTEGA SAAVEDRA GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA CARLOS JOSÉ PALMA ALVARADO LEONEL PANTIN WILSON NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO FRANCISCO JAVIER PÉREZ ORTEGA GUILLERMO VIRGILIO RAMOS DUARTE PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON EDUARDO JOSÉ RIZO LÓPEZ

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MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO ENRIQUE JOSÉ SÁNCHEZ HERDOCIA

607 WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM GUILLERMO DANILO SELVA ARGÜELLO NATHÁN JORGE SEVILLA GÓMEZ PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON JOSÉ DAMICIS SIRIAS VARGAS VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE VÍCTOR HUGO TINOCO FONSECA LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA HENRY URCUYO MALEAÑOS MARTHA HERIBERTA VALLE VALLE Quórum con 68 Diputados presentes. En el Adéndum VI: PRESENTACIÓN DE PERSONALIDADES JURÍDICAS. 3.71 ASOCIACIÓN IGLESIA PENTECOSTAL MISIONERA PRINCIPE DE PAZ EN

NICARAGUA (IPMICIPE). 3.72 FUNDACIÓN DE DESARROLLO MUNICIPAL DE RIVAS. 3.73 ASOCIACIÓN UNIÓN DE CONGREGACIONES CRISTIANAS EVANGELÍSTICAS

(CONGREGACIÓN CRISTIANA EN NICARAGUA). 3.74 ASOCIACIÓN MINISTERIO SOCIO-JURÍDICO INTERNACIONAL ASISTENCIA

SOCIAL (MESIAS INTERNACIONAL). 3.75 FUNDACIÓN DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO HOLÍSTICO EN EDUCACIÓN

SEXUAL (FIDHES). 3.76 ASOCIACIÓN DE JUGUETES DIDÁCTICOS DEL NORTE (ASJUDIN). 3.77 FUNDACIÓN MONSEÑOR LEZCANO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Doctor IVÁN ESCOBAR FORNOS Presidente Asamblea Nacional El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2) del Arto. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley N° 147 "Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro", presentamos la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación "IGLESIA PENTECOSTAL MISIONERA PRINCIPE DE PAZ EN NICARAGUA", cuyo nombre podrá abreviarse con las siglas IPMICIPE, Asociación civil sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública número cincuenta y nueve, otorgada ante los oficios notariales del Doctor PABLO ISIDORO LEZAMA en la ciudad de Managua, a las once de la mañana del día veintisiete de Noviembre de mil novecientos noventa y nueve. Esta Asociación tiene como objetivos los siguientes: 1. Promover y fortalecer la unidad de los creyentes y mantener la coordinación de la estructura administrativa de la

IGLESIA PENTECOSTAL MISIONERA PRINCIPE DE PAZ EN NICARAGUA. 2. Vigilar por que se mantenga viva la experiencia del bautismo del Espíritu Santo a los creyentes, así como la

manifestación de los Ministerios del Espíritu Santo en la Iglesia, estimulando la búsqueda de esta gloriosa unción y sus dones.

3. Promover la evangelización tanto a nivel nacional como internacional, estableciendo iglesias

dentro y fuera del territorio nicaragüense.

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608 4. Enviar Misioneros que puedan predicar, enseñar, ejercer la diaconía y todos los recursos necesarios

para el desarrollo de la obra integral. Por lo antes expuesto, considero que la Asociación "IGLESIA PENTECOSTAL MISIONERA PRINCIPE DE PAZ EN NICARAGUA", cuyo nombre podrá abreviarse con las siglas IPMICIPE, es una Asociación sin fines de lucro y de gran beneficio para la sociedad nicaragüense; razón por la cual someto a consideración de los Honorables Diputados de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida por el Plenario y luego pasada a Comisión para su dictamen y su posterior aprobación. Managua, veinticinco de Febrero del año dos mil.

WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO DIPUTADO

ASAMBLEA NACIONAL PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión de Defensa y Gobernación, para su debido dictamen. Vamos a pasar ahora al Adéndum 5. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 5.22: LEY DEL SISTEMA DE AHORRO PARA PENSIONES (Dictamen de Mayoría y

Minoría).

Managua, 6 de Diciembre de 1999.

D I C T A M E N Doctor IVÁN ESCOBAR FORNOS PRESIDENTE ASAMBLEA NACIONAL Su Despacho. Estimado señor Presidente: La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, en conjunto con la Comisión de Salud, Seguridad Social y Bienestar de la Asamblea Nacional, en relación con la LEY DEL SISTEMA DE AHORRO PARA PENSIONES que ha sido enviado al conocimiento de estas Comisiones, hemos considerado lo siguiente: Después de realizar consultas con diversos sectores de la sociedad involucrados con la Seguridad Social y el Seguro de Pensiones y con las instituciones involucradas, estas Comisiones hemos dictaminado lo siguiente:

JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO El Sistema de Pensiones establecido en la vigente Ley Orgánica de Seguridad Social, requiere de urgentes y adecuados cambios que permitan que las nuevas generaciones tengan una cobertura digna y eficiente para los riesgos de vejez, invalidez y muerte. Se hace necesario enfrentar las complejas y nuevas circunstancias y resolver con firme voluntad, la nueva realidad y los nuevos hechos que configuran una situación muy distinta a la existente en los años de nacimiento del actual Sistema de Pensiones. Los cambios demográficos han generado un aumento en

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609 Las expectativas de vida, por lo que se requiere de más recursos para financiar las pensiones de un grupo creciente de pensionados, que por un período más prolongado de tiempo, perciben beneficios contemplados en la ley.

CRÍTICA SITUACIÓN FINANCIERA Este Sistema, desde un punto de vista financiero, fue concebido como uno de prima escalonada en el que periódicamente la tasa de cotización debía ser revisada, pero en la práctica la tasa de cotización no ha sido ajustada desde que el Sistema fue creado en 1957. El actual Sistema se encuentra seriamente desfinanciado, lo que se incrementará de manera progresiva si se continúa manteniendo con las mismas normas vigentes. Este déficit crecerá progresivamente año con año. Las consecuencias serían irreversibles, propiciando efectos sociales inaceptables, debido a que los asegurados que hoy están cotizando cumplidamente generarían derechos a beneficios que no están financiados con las actuales tasas de cotización y que por consiguiente el INSS no podría cumplir.

INEQUIDAD DEL SISTEMA Además de la preocupante realidad financiera, el actual Sistema de Pensiones presenta claros elementos de inequidad, principalmente en contra de los trabajadores de más bajos ingresos. Cuando un asegurado ha cotizado durante muchos años y no mantiene un empleo formal hasta los 60 años, difícilmente obtendrá derecho a una pensión por no cumplir los requisitos exigidos. Un trabajador que ha cotizado por espacio de cuarenta años a pesar de esto obtiene casi la misma pensión que uno que sólo lo hizo durante veinte años. De igual manera, la inflación ha repercutido de forma negativa en el monto de las pensiones, especialmente en la década de los ochenta, ya que estas se calculan con base en el promedio de los salarios nominales de los últimos cinco años. Aunque un trabajador haya mantenido el mismo nivel de salario en este período laboral, obviamente su salario nominal de los cinco últimos años anteriores al beneficio será menor, por lo que el salario promedio para estimar la pensión es menor que el que realmente percibía en dicho período.

BAJA COBERTURA DEL SISTEMA El actual Sistema de Seguridad Social, presenta una muy baja cobertura. Solamente el 14.3% de la población económicamente activa, se encuentra cubierta por el Sistema de Seguridad Social. Los trabajadores que tienen mayores remuneraciones relativas son los asegurados empleados en el sector formal y los que residen en áreas urbanas.

BAJOS MONTOS DE PENSIONES ACTUALES Las pensiones promedio de vejez equivalente a solamente el 39.4% del salario promedio de los asegurados del INSS, mientras que las de viudez un 19.1%, y las de invalidez un 349%. Estas pensiones se encuentran bastante alejadas de las tasas de reemplazo internacionalmente aceptadas.

RESPONSABILIDAD HISTÓRICA La responsabilidad de los Diputados firmantes de este dictamen

610 nos exige actuar ahora, con decisión, seriedad, sentido de nación y proyección de futuro. Tenemos que enfrentar

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el desafío de propiciar y desarrollar una reforma que permita resolver el actual problema que el país tiene en esta materia, y dejar a las nuevas generaciones un sistema estable, técnicamente bien estructurado, viable económica y socialmente y que permita en definitiva, que los futuros pensionados, con el fruto de su esfuerzo puedan obtener pensiones justas que les permitan vivir dignamente en conjunto con su familia.

REFORMAS CONTENIDAS AL SISTEMA DE PENSIONES BASES DEL SISTEMA

La presente iniciativa de ley, propone la creación de una sistema mediante el cual todos los trabajadores mayores de 43 años se mantienen en el actual régimen de invalidez, vejez y muerte del INSS, con ciertos ajustes paramétricos, creándose un nuevo sistema basado en un régimen de capitalización al cual ingresarán todos los trabajadores menores de 43 años, reconociéndose los aportes efectuados al régimen de reparto.

CUENTA INDIVIDUAL El Sistema de Pensiones propuesto, constituye un nuevo Sistema de Pensiones más equitativo y transparente, con un claro sentido social, a través de la constitución de esta cuenta individual para el retiro de cada uno de los trabajadores. Los fondos acumulados en estas cuentas serán de propiedad de los afiliados, garantizando la generación de rendimientos atractivos, así como que se respeten los derechos adquiridos de las personas. Este Sistema significa mayor justicia que el vigente, ya que las aportaciones derivadas del esfuerzo personal estarán bien invertidas. La pensión que se alcanzará reconocerá claramente la trayectoria laboral, y estará directamente relacionada con las contribuciones efectuadas. Se abre para el trabajador la oportunidad de obtener ganancias reales en su cuenta individual con las cuales se incrementa el monto de su pensión, además, es de destacarse la mayor participación en beneficio de los asegurados de más bajos ingresos. Ella permitirá el aumento de las tasas de reemplazo de las pensiones actualmente existentes para que las futuras generaciones puedan llegar a obtener pensiones superiores al 60% del promedio de los salarios de los últimos años, dejando al país en este aspecto, en condiciones similares a las que se producen en naciones emergentes.

PARTICIPACIÓN DE SECTOR PRIVADO

Se crea un espacio importante para la participación del sector privado en la administración de los Fondos de Pensiones con la debida regulación y control por parte del Estado, a través de un organismo especial, técnico y con suficiente capacidad de gestión que permita resguardar y garantizar la seguridad de los recursos de los trabajadores, así como garantizar la credibilidad y fe pública que debe tener el sistema.

LIBRE ELECCIÓN Por otra parte, el nuevo régimen propuesto permite dar un grado mayor de libertad a los trabajadores nicaragüenses, quienes podrán elegir entre distintas Instituciones Administradoras, entre distintas modalidades de pensión, con capacidad para incrementar sus ahorros a través de cotizaciones voluntarias, con un grado mayor de información respecto de la acumulación de sus recursos y lo que se hace con su dinero, y en definitiva con un grado mayor de participación en la información sobre el Sistema de Pensiones.

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GARANTÍA DEL ESTADO El Estado, gran garante y administrador institucional del Sistema le corresponde regular, controlar y fomentar el desarrollo del régimen propuesto. Además proveerá las garantías que en materia de pensiones mínimas le corresponde otorgar.

AMPLIACIÓN DE COBERTURA Se espera que la reforma implique un aumento sustancial de la cobertura actualmente existente, dado que los incentives a la cotización, así como los beneficios de un régimen de ahorro de capitalización permitan que más nicaragüenses, incluyendo los que residen y trabajen fuera del

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país, puedan incorporarse al nuevo sistema.

GENERACIÓN DE AHORRO INTERNO La generación de un ahorro interno sólido y sostenido, basado en las contribuciones de los trabajadores, permitirá no solamente generar una mayor cultura de ahorro, sino impactos muy positivos en el ámbito económico y social del país. Los Fondos de Pensiones, inmersos dentro del proceso ahorro-inversión, permitirán la generación de una oferta de recursos financieros que darán lugar al financiamiento de diversos sectores de la economía nacional y a la posibilidad de concretar proyectos de inversión de gran magnitud. El impacto de esta reforma en el desarrollo y crecimiento sostenido del mercado de capitales será inmediato y notorio. Se producirá una mejor asignación de recursos de ahorro a inversión en forma eficiente, con una clara optimización en la asignación de estos fondos. Surgirá un mercado de instrumentos financieros de largo plazo, y un aumento de la competencia en la oferta de recursos financieros.

CONSIDERACIONES GENERALES

La presente ley es una reforma real que resuelve el tema de fondo de la inviabilidad del actual Sistema de Pensiones, implicando una transformación económica y social de gran envergadura. Esta propuesta da mayor seguridad a las pensiones por estar basada en el ahorro y una mayor equidad en los beneficios, porque ellos están directamente relacionados con los aportes efectuados. Se reconoce la propiedad de las cotizaciones previsionales que se transforman a largo plazo en el gran activo de los trabajadores. En suma, los trabajadores nicaragüenses tendrán dignas y mejores pensiones en el futuro y el país podrá disponer de fondos que correctamente asignados en un proceso profesional, transparente, y eficiente de inversión, permitirán la generación de empleo y el financiamiento de nuevos proyectos que requieren de recursos de largo plazo. Sólo el esfuerzo, el ahorro y la inversión sostenida permiten el crecimiento y desarrollo de las naciones y su paso de la pobreza al bienestar.

POR TANTO: Considerando que la presente ley es una contribución importante a la modernización de nuestra legislación social, la cual debe ser un instrumento legal acorde a las necesidades y exigencias de la Nación y que dicho proyecto no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua, los suscritos Diputados de la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, en conjunto con la Comisión de Salud, Seguridad Social y Bienestar, dictaminamos FAVORABLEMENTE el proyecto de LEY DEL SISTEMA DE AHORRO PARA PENSIONES, por lo que pedimos al Plenario su

612 aprobación respectiva. Anexamos el proyecto de Decreto dictaminado.

De Usted, Atentamente,

COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO

OSCAR MONCADA REYES ALCALA BLANDON CRUZ CARLOS HURTADO CABRERA VICTOR MANUEL TALAVERA SILVIO AMERIGO CALDERON DAMICIS SIRIAS PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a discusión en lo general. iAh! falta, ¿hay Dictamen de Minoría?.

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Termine de leer el Dictamen de mayoría también. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

COMISIÓN DE SALUD, SEGURIDAD SOCIAL Y BIENESTAR

LEOPOLDO NAVARRO PEDRO MATUS GONZÁLEZ FRANCISO DE P. ESPINOZA JOSÉ DE JESÚS MIRANDA VICTOR MANUEL TALAVERA LOMBARDO MARTÍNEZ

FRANCISCO PEREZ ORTEGA

SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Managua, 10 de Diciembre de 1999.

DICTAMEN DE MINORIA Los Diputados miembros de la Bancada Sandinista que están en las Comisiones: Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto y en la Comisión de Salud, Seguridad Social y Bienestar, de la Asamblea Nacional,

CONSIDERANDO: 1. Las diferentes manifestaciones expresadas por sectores laborales. empresariales, jubilados, profesionales,

campesinos y la sociedad en general, respecto a las implicancias de la iniciativa de Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones presentado ante la Asamblea Nacional por el Poder Ejecutivo.

2. Las experiencias desarrolladas en otros países de Latinoamérica que nos enseñan que con excepción de

Chile bajo la dictadura de Augusto Pinochet, el proceso de aprobación de estas iniciativas de ley fue objeto de amplios debates, no sólo en sus respectivos Parlamentos sino también a nivel de la sociedad en general, dando como resultados diversas propuestas a partir de las realidades particulares de cada país.

3. Que un proceso de Reforma al Sistema de Pensiones es de

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implicancias trascendentales para el país.

4. Que el actual proyecto podría tener roces constitucionales porque el Arto. 105 de la Constitución establece que es un deber indeclinable del Estado brindar al pueblo la seguridad social. Además la reconversión es altamente costosa, lo que recaerá en hombros de todos los contribuyentes.

5. Consideramos que el sistema de Seguridad Social actual debe mejorarse y fortalecerse, pero a

través de un amplio intercambio de los agentes involucrados y sin recurrir a la privatización de primas a primera que colocarían los fondos de los trabajadores en manos de empresas financieras privadas sin antecedentes ni experiencia.

6. El proyecto carece de sustento, ya que no se ha podido realizar una auditoría de parte de la

Contraloría General de la República, ni se cuenta con los estudios actuariales concretos, sino con ejercicios teóricos de cálculo.

7. De aprobarse dicho proyecto, podría acarrearse grandes afectaciones a los trabajadores

nicaragüenses y sus familias, los empleadores y la sociedad nicaragüense en su conjunto (al hacerse cargo el Estado de la mayoría de las pensiones que serían las mínimas). Eliminaría el seguro social nicaragüense que, entre otras cosas se caracteriza por ser un sistema de capitalización colectiva creador de grandes reservas matemáticas (reservas técnicas), de seguridad y de

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contingencia, y en el que se otorgan prestaciones claramente y precisamente definidas y en el que el riesgo se distribuye racionalmente y socialmente entre todos los cotizantes, sustituyéndolo por un sencillo y antiquísimo pero injusto régimen de ahorro privado individual, el que además de no cumplir con los principios fundamentales de la seguridad social, fomenta la inseguridad entre los trabajadores y demás derechohabientes al no contemplar prestaciones (pensiones) definidas en cuanto a tipo, monto y duración, ni forma precisa de tener acceso a las mismas (calificación del derecho).

Es un sistema (el propuesto) de capitalización individual en el que los riesgos son asumidos enteramente por el propio ahorrante mediante las cuotas obrero-patronales transformadas en ahorros cercenados desde el inicio (y en cada aporte obligatorio) por una onerosa comisión que percibirían las Administradoras de Fondos de Pensiones, además de no contemplar interés ni rentabilidad mínimo de los fondos, los que pueden seriamente comprometerse en un mercado altamente especulativo, considerado de muy alto riesgo y en el que dichos fondos pueden disminuirse grandemente o esfumarse de la noche a la mañana como ha sucedido en otros países (no así en los europeos ni norteamericanos que tienen un sistema público igual o similar al nuestro). Tampoco elimina el riesgo de que los Gobiernos sigan utilizando dichos fondos como caja chica o para financiar déficit fiscales al establecer que el 60% de dichos fondos pueden ser utilizados en la adquisición de instrumentos emitidos por el Banco Central y/o el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. En la misma forma, dichos fondos pueden ser sacados del país (asá está contemplado). Por todo lo anterior, el FSLN presenta ante el pueblo nicaragüense su posición ante esta iniciativa de ley:

> En las condiciones en que fue presentada la iniciativa de ley y dadas inconsistencias que esta tiene, el Frente Sandinista de Liberación Nacional rechaza todo intento de aprobar a la carrera la privatización del Sistema de Seguridad Social.

> Porque ésta, atenta y excluye a miles de niños y niñas huérfanas por la guerra impuesta por

los Estados Unidos, de

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la misma forma a miles de madres que dieron a la Patria lo más preciado de una mujer, sus hijos e hijas, como también excluye a miles de lisiados que lucharon con el Frente Sandinista, como a los miembros de la Resistencia.

-> El Frente Sandinista de Liberación Nacional llama al Poder Legislativo a abrir un debate amplio,

pluralista, donde se involucren los diversos sectores sociales del país con sus propuestas, en aras de la estabilidad social y política que concluya en una respuesta consensuada y adaptada a las características de Nicaragua sobre el sistema de pensiones que queremos y necesitamos los nicaragüenses.

> El Frente Sandinista de Liberación Nacional orienta a su representación en la Asamblea Nacional a

desarrollar esfuerzos para oponerse a la aprobación de esta iniciativa mientras no se alcance un consenso nacional.

Por estas razones debe constituirse en forma inmediata una comisión pluralista a fin de que estudie el proyecto, todo el sistema, leyes y demás normas vigentes y la institución del Seguro Social nicaragüense, que además de las representaciones del Gobierno y de la Asamblea Nacional, este integrada por los trabajadores, asegurados, pensionados y los empleadores; todos debidamente acreditados y con conocimientos y/o experiencia en la materia. En la misma forma deberán pertenecer a la misma, técnicos expertos o especialistas independientes, nacionales y extranjeros. Dicha Comisión deberá constar con el apoyo técnico de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT).

> El Frente Sandinista de Liberación Nacional, llama también a los diversos sectores sociales a manifestarse en el debate sobre el sistema de pensiones que queremos los nicaragüenses.

Por estas razones, los suscritos Diputados de la Comisión de Finanzas, Asuntos Económicos y Presupuesto y de Comisión de Salud, Seguridad Social y Bienestar, dictaminan lo siguiente:

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El Frente Sandinista de Liberación Nacional no agotará esfuerzos para respaldar iniciativas que promuevan el bienestar social de la población y que abonen a la gobernabilidad del país. Por todas estas razones los abajo firmantes miembros de la Bancada Sandinista, rechazamos el Proyecto de Ley enviado por el Ejecutivo. RITHA FLETES ZAMORA BAYARDO ARCE CASTAÑO WÁLMARO GUTIÉRREZ M. DORA ZELEDON ZELEDON

EDNA ADELA STUBBERT PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión en lo general. Tenemos dieciséis oradores inscritos; si alguien más se quiere apuntar, que lo haga. Entonces, Pablo Sierra Chacón es el último. Hay veintidós oradores inscritos. Se le concede la palabra al honorable Diputado Edwin Castro Rivera. DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA: Gracias, señor Presidente.

615 El texto del Proyecto de Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones presentado, por la similitud en sus títulos, capítulos y artículos, en los procesos de operatividad, métodos de administración, fundamentos técnicos y financieros, es decir por la conceptualización del sistema presentado, se podría evaluar como una simple copia de la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones, vigente desde Julio de 1997 en la República de El Salvador. Nadie podría garantizar que lo conveniente para un país será conveniente para otro, en todo su conjunto. Lo problemático de ello radica en garantizar que el sistema salvadoreño podrá ser factible para ser aplicado en Nicaragua. Aunque existe una cercanía geográfica, la realidad social, política y económica es sustancialmente diferente. Nicaragua es el primer país de América Latina en donde se está promoviendo la implementación y reforma al régimen de pensiones bajo un criterio idéntico a otro país. Los sistemas de reforma, por sus características conceptuales se parecen, todos los países donde ya se establecieron este tipo de reformas conllevan particularidades propias de los mismos y ninguno es, ni debería ser igual a otro; copiar en estos casos, no podría considerarse como una ventaja, por ser un eventual problema, dado que no se contempla la realidad actual de Nicaragua. En Latinoamérica ya existe un precedente de ello; el caso del Perú, que quiso implementar una reforma copiando el sistema de Chile, y en un período de dos años tuvo necesariamente que modificar dicho proyecto e implementar uno sustancialmente diferente. Con base a esta observación, se podría deducir que este proyecto que hoy lo presenta como una alternativa de solución a la problemática del Sistema de Pensiones de Nicaragua, está conceptualizado y escrito con premura, con prisa y sin mediar las consecuencias futuras del mismo. Lo fundamental de los Sistemas de Seguridad Social son los mecanismos de financiamiento que fundamentalmente se basan en los aportes de sus beneficiarios. En esto es muy importante destacar que la existencia de este elemento esencial determina la estrecha relación que existe entre la dinámica económica de un país y la fortaleza y la debilidad de un sistema de seguridad social. A mayor crecimiento de la economía moderna le corresponde obligatoriamente un crecimiento de los trabajadores formales, y por ende una mayor capacidad económica del Sistema de Seguridad Social. Este elemento establece además, una diferencia entre un sistema de seguridad social y un sistema de asistencia pública. Si acaso en Nicaragua se argumenta las dificultades del sistema, no es por el sistema mismo, es por un

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problema estructural de números de trabajadores y el número de participantes en el sistema. Y para la toma de decisiones sobre un futuro, para el mejor Sistema de Pensiones en Nicaragua, se hace obligatoriamente necesario tomar en cuenta algunos criterios. Considerando muy largos los plazos que implica la implementación de cualquier sistema, se hace necesario poner más énfasis en la solidez del sistema que se pretende implementar. Desde este punto de vista de los plazos de un sistema, es claramente preferible el mecanismo de reparto simple, pues no se corre el riesgo de quebrar en caso de una crisis económica profunda y prolongada; en cambio, los fondos administrados por fondos privados difícilmente resistirían una crisis profunda económica en el país. Esto ocasionaría riesgo para las presentes y futuras generaciones. El segundo criterio básico a tomar en cuenta, es la eficiencia del sistema a implementarse. Actualmente la opinión generalizada en cuanto al funcionamiento del INSS, su organización, y sobre todo las disposiciones que determinan en la actualidad la pensión, es muy inoperante y dejan mucho que desear. Sin embargo, no por ello es preciso pensar en la alternativa de la capitalización, si se quiere más eficiencia a través de la

616 privatización del sistema; la eficiencia es compatible también con el reparto simple. La ineficiencia no es inherente a un sistema o al otro, es inherente a un modelo de gobierno. Otro criterio importante a considerar, es el de la capacidad de adaptación del sistema a nuevas circunstancias. La evolución demográfica cambiante y la intervención del Estado en este sentido para prever posibles situaciones de riesgo, es fundamental y necesaria; hace falta desde luego una acción persistente en la acción de vigilancia del Estado. También esto está ligado a una situación de visión corta sobre la capacidad del Estado para implementar cambios paramétricos, principalmente respecto a la viabilidad actuarial para formular las cotizaciones, ajustes que deben irse presentando con cierta regularidad y no de impacto como se nos quiere proponer el día de hoy. Por último, uno de los criterios más importantes en un Sistema de Seguridad Social, es el de la justicia social; este criterio está referido al balance y al principio de proporcionalidad de un sistema. Si bien es cierto que entre lo que un asegurado cotiza y lo que recibe se debe aplicar el principio de proporcionalidad, esto es casi imprescindible. Una mujer cotiza el mismo monto durante el mismo tiempo, pero recibe una pensión menor que un hombre, interviene la longevidad de la mujer. Sólo el reparto simple permite tener en cuenta la situación social del asegurado. Hasta 1998 en América Latina, algunos países han implementado reformas al Sistema de Seguridad Social, especialmente al Sistema de Pensiones: Chile en 1981, Perú en 1993, Colombia y Argentina en el 94, Bolivia y México en el 97, y más recientemente El Salvador en 1998; y en general otros tantos están considerando implementar reformas de pensiones, tales como Brasil, Costa Rica, Guatemala, Honduras, Panamá, Venezuela y actualmente Nicaragua. Al observar estos procesos, las dinámicas y condiciones propias de cada país nos demuestran algunas enseñanzas: Primero, entre las diferentes experiencias no existe un modelo único ni mucho menos universal; Dos, se puede denotar la presencia de tres modelos generales distintos de reforma en la región, y además las reformas implementadas son diferentes entre sí; y tercero, la reforma se ha ajustado en cada país, a sus condiciones propias y diversas. Este proyecto de ley que hoy nos presentan, además de estas reflexiones generales, es un proyecto que roza claramente con los preceptos constitucionales en nuestro país. En el artículo 117 de este proyecto de ley nos están pidiendo, colegas Diputados, que hagamos los alcances de la ley retroactiva, cosa que está totalmente prohibido en el artículo 38 de nuestra Constitución Política. Se plantean posibilidades de incremento de cotizaciones por simples acuerdos administrativos, en el artículo 126 del proyecto de ley, cosa que roza claramente con el artículo 138, numeral 27) de nuestra Constitución Política. La privatización del sistema como un sistema único e independiente del sistema integral de la seguridad social, planteado en los artículos 1 y 2, roza claramente con los artículos 61, 105 y 186 de nuestra Constitución Política. La forma de pretender fiscalizar el sistema donde no se plantea siquiera la fiscalización de la Contraloría General de la República, roza con el artículo 154 constitucional. Y para terminar con este rosario de roces constitucionales, han inventado una nueva forma de legislar el

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día de hoy diciendo que esta Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones es una ley especial, y que su articulado y su mandato están por encima de cualquier otra ley. Señores Diputados, constitucionalmente en los artículos 182, 183 y 184 sólo existen en este país dos tipos de leyes: las leyes constitucionales y las leyes ordinarias. En ningún momento existen ni pueden existir en este país leyes especiales que estén por encima de otras leyes. La única norma jurídica de este país que está por encima de todas las leyes se llama la Constitución Política de Nicaragua; no vengamos a inventar legislaciones

617 especiales, que son inconstitucionales y una aberración jurídica en este proyecto de ley. Pero además, para aprobar este proyecto de ley, nosotros que somos representantes del pueblo de Nicaragua, oigamos alguna vez lo que ha dicho este pueblo en las diferentes reuniones que los señores del INSS han promovido -y allí están ellos que no me van a dejar mentir-. En las treinta y siete reuniones a nivel nacional promovidas por el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social, trescientos doce participantes rechazaron el proyecto, ninguno a favor. En las charlas impartidas por los suscritos en Masaya, en Chontales y en Corinto, novecientos veinticinco personas participantes rechazaron el proyecto. El Frente Sandinista de Liberación Nacional, el partido organizado más grande de este país, ha rechazado con claridad absoluta en su Dictamen de Mayoría y en sus posiciones, y en cartas dirigidas al Banco Mundial y al Fondo Internacional, este proyecto conceptualizado a como está; y las universidades se han manifestado en contra de este proyecto. Pero además, como si no fuera suficiente, el día de ayer le pregunté al señor Presidente del INSS, de donde tenían asegurados los 750 millones del costo de la transición; dice que va a hacer un préstamo a Nicaragua, y a aumentar nuestra deuda externa por la que estamos peleando rebajarla, y que son garantías estos 750 millones. Todo esto es papel mojado o nuevos impuestos. Y el señor Aguado fue incapaz de responder si había garantía de esos 750 millones, y como buen torero capeó el bulto y no respondió. Y nosotros sí sabemos que el Banco Mundial no tiene asegurado esos 750 millones, colegas Diputados; si les han dicho, les están mintiendo. El Banco Mundial aseguró el dinero para el estudio, y ahora salen con el simplismo de que si dieron dinero para el estudio van a asegurar el soporte para la transición; esa es una falsedad, y nos quieren traer para que aprobemos un proyecto que no tiene ni sustento popular, ni sustento jurídico, ni sustento financiero. Es un proyecto que sólo puede sustentarse en no sé qué pilares, por no llamar en falsedades. Por tanto, colegas Diputados, les pedimos que pensemos con seriedad porque no es un proyecto para hoy, es un proyecto que va a dañar y a afectar los próximos cuarenta, cincuenta, ochenta o cien años, y nuestros hijos y nuestros nietos nos lo van a demandar y nos van a culpar por errores cometidos el día hoy. Muchas gracias, colegas Diputados. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra a la honorable Diputada Mónica Baltodano. DIPUTADA MÓNICA BALTODANO: Gracias, señor Presidente. Me hubiese encantado no poder intervenir esta mañana sobre el tema de la privatización; que no hubiera habido lectura de Dictamen de Mayoría ni lectura de Dictamen de Minoría, y que la bancada de oposición hubiese actuado como un solo puño tomándose este hemiciclo para impedir que una de las peores atrocidades que se ha cometido durante todo el gobierno del señor Alemán, salga victoriosa como va a salir esta mañana. Estamos aquí reunidos y nos paseamos por los pasillos, como si la trascendencia de esta ley fuera la de otra ley cualquiera. Esta es una ley que chorrea sangre; ésta es una ley que va a hacer sangrar a las víctimas de siempre, a los más pobres, porque nosotros, Diputados que devengamos salarios de privilegio, o el Ministro del INSS, no somos los que vamos a sufrir directamente las consecuencia de esta ley. Y esta ley no es como dice el título, una reforma a la Ley de

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618 Pensiones; es una modificación estructural, sustantiva del sistema de pensiones. En Nicaragua se adoptó el sistema actual en 1955, setenta años después de que Bismarck lo estableció en Alemania; y el sistema -fíjense qué interesante- implantado en la dictadura somocista, es mucho más humano, mucho más solidario que el sistema que ahora en la supuesta democracia se va a aprobar per una mayoría simple de este Parlamento. Sólo Pinochet, y la Thatcher en Inglaterra, empujados por los organismos internacionales, y siete países de América Latina, han emprendido reformas a sus sistemas de pensiones. Pero de los siete países de América Latina, sólo dos han implementado el sistema que aquí hoy se quiere aprobar, y que se va a aprobar porque no hay oposición realmente en este país. Y es una cosa que me duele profundamente como revolucionaria; y no sólo lo digo por mi partido, sino por otros que se quieren auto llamar oposición pero que tampoco hacen nada. Este sistema, es un sistema que se sostiene sobre la base del dogma neoliberal, de que sólo los privados pueden administrar bien; ese sistema se sostiene sobre el dogma neoliberal que lleva a que unos cuantos se enriquezcan cada vez más, y millones de seres humanos no tengan ni-lo indispensable para su sobrevivencia. Hay un culto en este sistema, un culto al individualismo y endiosamiento del mercado,- todo se supedita al mercado. Ya ésta no es una sociedad de libre mercado; es una sociedad de mercado donde todo se vende, todo se compra, hasta las conciencias. Este sistema, ni siquiera los que nos lo recetan -el Grupo de los 8, el G7, G8-, ahora ni siquiera ellos se lo auto recetan. Se dice "reforma" pero es sustitución; ésta es una ley que nos regresa al siglo XVIII -según los expertos- que impone un sistema propio de ese capitalismo salvaje del que habla el Papa; desaparece la solidaridad social, y la universalidad, esencia del sistema de seguridad social que existe en el mundo civilizado. Fíjense que un ex-Ministro de Salud del Ecuador -por cierto paisano del asesor de toda esta privatización y yerno del Presidente- dice que la peor de las privatizaciones en Centroamérica y en Latinoamérica es aquella en que los privatizadores son a la vez compradores". Y eso es lo que está pasando en este país, esta privatización no es más que un gran negocio, un gran negocio de las cúpulas de poder en este país, y particularmente de la familia gobernante. Este sistema es una copia burda, empeorada del sistema que se está implementando en Chile, y que se implementó en El Salvador. Imagínense que ni en Estados Unidos, ni en Canadá han privatizado sus respectivos sistemas; pregúntense porque, países más poderosos, países con economías solventes no han privatizado sus sistemas de seguridad. En Estados Unidos, que recientemente logró el superávit más grande después de veinticinco años durante el mandato de Clinton, éste declaró que iba a ocupar buena parte de este fortalecimiento económico para el seguro social estatal en los Estados Unidos, y a nosotros que nos gusta copiarnos de los Estados Unidos. Pero este sistema es un sistema que viola la Constitución, no como dice nuestro dictamen "pareciera", no; es que viola la Constitución; viola los artículos 61, 82, 105 y 182 de la Constitución, que establece la obligatoriedad del Estado de la seguridad social. Este sistema es inviable; cómo será, que algunos se han atrevido a decir con cierto cinismo que no es un buen negocio. ¿Entonces en qué quedamos? Este sistema es un sistema que va rumbo al fracaso y que va a empeorar las condiciones de vida de la gente. Por eso yo creo que no sólo lo debíamos de haber rechazado, sino impedido que esta Asamblea -arrogándose la representatividad de miles de nicaragüenses que no han sido consultados, arrogándose la representatividad de todos aquellos que ni siquiera se han incorporado a este sistema- venga a aprobar aunque sea con el

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rechazo de la Bancada del Frente Sandinista, este sistema abyecto, este sistema que impone un ahorro obligatorio para que lo administren los poderes económicos privados, ligados de hecho al Gobierno. Sólo para dar un ejemplo: el Presidente Alemán nombró a su yerno asesor de la privatización del Seguro Social, inventando y creando un cargo exclusivamente para él, para que estuviera "ojo al Cristo" con todos los negocios que se van a hacer con los recursos de quienes pagamos, o los que pagarán, porque nada más es para los que se incorporen de menos de cuarenta y tres años a este sistema. Por todo lo anterior, quiero expresar mi repudio, mi rechazo a este sistema abyecto, injusto, inhumano, y expresar que el actual sistema perfectamente podría ser mejorado. No es que esté excelente el sistema actual, se necesitan mejorar las pensiones, se necesita cubrir a la gente con más necesidades, aumentar el nivel de la pensión; pero eso perfectamente se pudo haber hecho recurriendo a otros sistemas y no al peor de ellos. Y a mí no me extraña que en este país, donde los Somoza y los Genie y los ex-generales de Somoza andan en la calle haciendo negocios; o sea, hoy esta bancada -la bancada liberal, la derecha de este país- es la que va a apoyar un sistema que es aún más regresivo que el que existía durante la dictadura. Por eso yo pido a los Diputados de la bancada mayoritaria que reflexionen y que se den cuenta cual es el legado que van a dejar a las futuras generaciones al aprobar este sistema que ni se discutió a profundidad, ni se comparó con otros esquemas diferentes, y no es más que el resultado del dogma neoliberal combinado con intereses de la familia gobernante para hacer negocios, como hizo una vez la dictadura somocista con la plasmaféresis. Este es un negocio con la sangre del pueblo, con la sangre de los más pobres y por eso hay que rechazarlo. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Le suplico que hagan uso de los minutos que concede la ley, para que puedan hablar; hay muchos oradores inscritos. Se le concede la palabra a la honorable Diputada Lourdes Bolaños Ortega. DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA: Gracias, señor Presidente. Esto se lo digo a los compañeros colegas liberales y a los que lo van a apoyar para obtener los votos necesarios y aprobar esta ley. Se los digo, y en realidad coincide con Mónica, de que es un atropello; pero también digo que aquí es el lugar donde tenemos que hablar y manifestar nuestro sentimiento y lo que siente el pueblo nicaragüense. En 1985 pude estar en Chile, al inicio de lo que yo llamo la caída de Pinochet, y observé la beligerancia y participación consciente y efectiva del movimiento de mujeres por el NO a Pinochet, y Pinochet cayó colegas Diputados liberales. Es por eso que me parece interesante que aun los mismos asesores contratados por el INSS, como es el señor Julio Bustamante -y consta en este libro que nos ha dado el INSS a nosotros-, el señor Julio Bustamante, superintendente del sistema de Chile, tal vez pensando en la experiencia pinochetista cataloga como un obstáculo insalvable implementar un sistema similar al de Chile en Nicaragua; aunque hoy se nos diga y se nos quiera envolver en un supuesto regalo, que es un sistema mixto el que vamos a aprobar, o el que ustedes van a aprobar el día de hoy, que es el de capitalización individual.

620 Bustamante dice, en la página doscientos cuarentiseis. Los bajos niveles salariales en Nicaragua que serían gravados por altas cotizaciones van a ser gravados por altas cotizaciones, mientras que el nivel de pensiones va a ser muy modesto". Ante esto les pregunto: ¿Ustedes saben dónde estamos las mujeres, en qué empleo nos encontramos? Nos encontramos en el sub-empleo, nos encontramos en el desempleo, nos encontramos en el desamparo de esta sociedad y de esta pobreza de Nicaragua. Y luego, por nuestras condiciones biológicas tenemos que reproducir la especie, y por otro lado la alianza

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Estado-Iglesia quiere que paramos todos los hijos que Dios nos manda. ¿Pero saben lo que dicen los actuales del Seguro Social? Que en el tiempo en que nosotras parimos no vamos a tener cotizaciones y no vamos a devengar eso para nuestra vejez. Eso dicen los actuarios, que son los que aconsejan a los aseguradores; y lógicamente que las mujeres no les vamos a dar chance. ¿Dónde está ese tiempo en que las mujeres tenemos que reproducir la especie humana y que no se nos va a dar en la vejez? Es un robo, no a los trabajadores, ni lo quieran disimular; es a las mujeres nicaragüenses... No, no he terminado. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Continuemos, continuemos. DIPUTADA MARÍA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA: Es decir, con estos atropellos que vamos a tener las mujeres nicaragüenses, donde se está quitando el principio de solidaridad que para esos analistas actuarios es sólo generacional, se lleva en el "saco" la discriminación por concepto de género, porque se parte siempre del análisis de los hombres y poco les interesa la visión de las mujeres, que lógicamente en nuestra vejez siempre seremos el apoyo de nuestro hogar; porque para poder tener el plato de comida de ese sub-empleo que a duras penas nos da para comer, vamos a tener que cargar con nuestros nietos, aunque nos duelan nuestras espaldas porque ya nuestra edad no nos permite cargar como cuando éramos jóvenes, vamos a tener que seguir trabajando en el trabajo doméstico a diario, porque no vamos a tener ni una pensión digna para nuestra vejez. ¿Y dónde está el desarrollo humano sostenible, a dónde está el desarrollo humano que las mujeres tenemos que cargar a cuestas? Vean compañeros, por eso comprendo que las mujeres chilenas que golpearon las porras contra Allende, hoy votaron a Pinochet y eligieron a un Lagos sucesor de Allende. Es así que la mujer nicaragüense vamos a ser expropiados de nuestros escuálidos ingresos, contrario a ese desarrollo humano sostenible. Y en nombre de esas mujeres que no tienen ni voz, que están poniendo sus espaldas en la Zona Franca, porque están poniendo sus espaldas para que todos estos hombres estén aquí trabajando, y nosotros también, por esas mujeres digo: me opongo a ese proyecto, me opongo a la expropiación de nuestros escuálidos ingresos, y le pido a ustedes liberales y a esa camarilla que se va a adherir a ustedes, por dinero, por lo que sea, les pido conciencia en nombre de las mujeres nicaragüenses. Gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Nelson Artola y Wálmaro, por un problema en los controles fueron borrados. Así que ellos aquí en la lista. Nelson Artola, tiene la palabra. DIPUTADO NELSON ARTOLA ESCOBAR:

621 Gracias, señor Presidente, por haber rectificado este error técnico de haberme separado de la lista de oradores. Quiero decirle que... PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Angelita, quiero explicarle que hubo un problema en los controles, usted sigue. A Wálmaro también lo borraron, hubo ese problema. Sí, como no, Angelita, usted va a hablar. DIPUTADO NELSON ARTOLA ESCOBAR: Gracias, pues señor Presidente, por la corrección técnica al error que se había cometido en separarme de la lista de los oradores. Quiero decirle que esta Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones, realmente además de los propósitos y de los alcances que pretende obtener en su aplicación, esta ley estaba fríamente calculada desde 1997. Aquí no hay ninguna sorpresa con este ante-proyecto que se está discutiendo el día de hoy. Nosotros, en nuestra calidad de miembros de la Bancada del FSLN, queremos primero, decirle a la Presidencia de esta

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Asamblea, a que antes de haber- traído a discusión a Plenario este proyecto de ley de privatización de las pensiones en Nicaragua, lo correcto hubiera sido presentar un informe a través del Director del INSS, el señor Aguado, de cómo se ha estado manejando durante estos últimos años ese fondo de pensiones. Cuál ha sido el destino que se le ha dado, para poder tener un criterio objetivo de esa realidad en este fondo trascendental para los nicaragüenses. Pero comenzamos de atrás para adelante. Aquí se nos presenta un proyecto para privatizar el fondo de pensiones y ni siquiera se hace una rendición de cuentas de todo lo que se ha hecho con este fondo, en tiempo atrás; y este Poder del Estado -en una ley tan trascendental desde el punto de vista social- merece y tiene derecho a ese tipo de información, a ese tipo de rendición de cuentas. El señor Aguado, el día de ayer en un debate que sosteníamos sobre este tema, no nos dio explicaciones claras de elementos importantes sobre este proyecto de ley. Nosotros le preguntamos si ellos como INSS sabían cuántas empresas Administradoras de Fondos para Pensiones están solicitando ya su ingreso a este paquete millonario, a este carnaval de millones que se está planteando con este proyecto de ley de privatización de las pensiones; y él nos dijo cualquier cosa, menos algo concreto al respecto. Y le pedimos inclusive que nos dijera con nombres y apellidos quienes encabezaban ya estas solicitudes de administrar los fondos de pensiones de los nicaragüenses, y tampoco nos supo decir nombre alguno. Y yo no creo que el Director del Instituto de Nicaragüense de Seguridad Social, a estas alturas del juego no sepa cuáles son las empresas privadas, con nombres y apellidos que están interesadas en esta danza de millones que viene con esta ley. Yo no lo creo, solamente que no estuviera en Nicaragua es que no lo supiera. De ahí nosotros tenemos que partir, para ver las intencionalidades de este proyecto. También le demandamos que nos dijera de estas empresas, de esas Administradoras de Fondos de Pensiones, cuál era la garantía que iban a colocar para administrar estos millones y millones de córdobas del fondo de pensiones; porque simple y sencillamente se van a meter a un negocio millonario, ganándose una comisión del 3 por ciento que les va a dejar como resultado 180 millones de córdobas de ganancia sin ningún riesgo, cada año, y que de ese manejo millonario de reales -que son sudor y sangre del pueblo- era increíble que no se exigiera una sola garantía para que se respondiera por la administración de esa plata. Tampoco nos supo responder nada al respecto. No respondió nada. Estas Administradoras de Fondos de Pensiones van a venir a ganarse las grandes millonadas sin invertir un solo córdoba. ¡Qué clase de negocio: ni un solo córdoba van invertir, y van a ganar el 3 por

622 ciento de comisiones por administrar esa plata. Y la argumentación que da el señor Aguado es que les pasan esta Administración a las administradoras de Fondos de Pensiones, porque el Estado a través del INSS es muy burocrático, gasta arriba del 3 por ciento en la administración de esta plata de los pensionados. ¡idiay!, pero las empresas privadas que dicen ser la "mamacita de Trazán" en la administración de recursos en este país, no hacen ninguna diferencia prácticamente en el porcentaje de lo que van a utilizar para la administración de esta plata. El Estado gasta un poco más del 3 por ciento en la administración de esta plata, y la argumentación es que se le pasa a la Administradora de Fondo de Pensiones para que vuelvan más barata la administración de esa plata, pero de entrada se comienzan a ganar el 3 por ciento de comisiones. ¡Qué clase de negocio más redondo éste; qué clase de negocio más redondo! Y fíjense bien, estas Administradoras de Fondos de Pensiones se van a ganar millonadas de córdobas; a como decimos en lenguaje popular, "van a comer pescado sin mojarse nada", porque no van a poner en riesgo nada; y si quiebran económicamente por el mal manejo que le puedan dar a la plata de los pensionados, entonces viene el papa Estado -que para eso sí es buen papa Estado-a solventar con recursos del Estado esas quiebras que puedan tener las Administradoras de Fondos de Pensiones. Entonces, ¿dónde está la eficiencia que se pretende informar o argumentar a la población nicaragüense? Ahí lo que hay es un negocio redondo, sin lugar a dudas. ¿Cómo es posible estimados colegas? Yo sé que hay muchos Diputados liberales, y Diputados inclusive de los aliados de los liberales aquí, que su conciencia en el fondo les dice que esto es un zarpazo mortal a los asegurados de Nicaragua; que éste es un proyecto anti-constitucional; es economicista; es mercantilista, es usurero, eso lo sabe todo mundo. Es antisocial, porque golpea a trescientos mil asegurados en este país y a sus familias indirectamente, que suman un millón doscientos mil nicaragüenses. Eso lo saben muy bien.

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Ahora, la presión es que el Fondo Monetario Internacional y estos organismos financieros están apretando la tuerca con el ESAF, de que esto tiene que darse y no hay otra salida. Bueno, ¿y es que vamos a estar empeñando nosotros la soberanía en cada dictado que den estos organismos financieros? ¿Acaso no hay gobierno independiente? ¿Acaso no hay soberanía en Nicaragua para oponerse a esta barbaridad? Dónde está entonces la dignidad de los nicaragüenses y la dignidad del Gobierno? quién es el que manda en Nicaragua? Señores, aquí el agua sube todos los días: de precio; la luz sube todos los días; el teléfono; aquí se ha privatizado todo. Se ha privatizado la educación, la salud, hasta las carreteras se han privatizado, y lo último que le quedaba en función social al Estado, que es administrar y garantizar la seguridad social de los trabajadores, ya se está privatizando. Esto es un auto-golpe de Estado; esto es auto-liquidación del Estado, ¿y saben por qué? Porque ya el Estado constitucionalmente hablando está desaparecido, porque ya no cumple ninguna misión social de las que está obligado a realizar. Si esto era lo último que quedaba por privatizar, entonces a quién le estamos trasladando el Estado? Se lo estamos trasladando al área privada que no ha demostrado ser eficiente en este país; y el Estado se está auto-liquidando, y eso es inconstitucional, señores, hay que reflexionar: esto guillotina a trescientos mil asegurados y no puede dejar pasarse por desapercibido, como que si nada estuviera pasando. ¿Cómo van a creer ustedes que no va a haber sensibilidad humana, cuando los pensionados en este país están recibiendo pensiones de 80 y 150 córdobas al mes? ¿Qué una pobre madre de caído de Waslala, para venir a retirar esa miseria a Matagalpa, mejor no la retira porque gasta más en el pasaje ida y vuelta? Pero encima de eso, en

623 vez de buscar cómo incrementar el monto de las pensiones que le urge al pueblo pobre de Nicaragua, se le está clavando otro puñal, se le está poniendo más pesada la cruz que llevan a cuesta, y se le aumenta a diez años más de cotización y 5 por ciento más de su salario para que coticen, y en medio de eso se le tira una bonanza millonaria a las empresas privadas para que hagan su carnaval millonario en contra de la miseria de este pueblo. Si este Poder del Estado no tiene sensibilidad humana, que el pueblo juzgue de qué manera va a votar cada uno de los Diputados aquí de conformidad a esta ley. Y ya finalizo, señor Presidente, porque estoy viendo que me quiere cortar la palabra. Quiero reiterarle a usted, que es un constitucionalista de este país -por lo menos teóricamente hablando, porque en la práctica ha permitido violaciones constantes a la Constitución en este Parlamento-, que esta ley es inconstitucional, Doctor Iván Escobar, es anti-económica, es el fondo que ustedes quieren vender de este proyecto del Estado para el área privada, de este cambio de sistema estatal a la privatización total. Pero además -óiganlo bien señores Diputados de la derecha- este proyecto es anti-social, que es lo más grave, está en contra de las aspiraciones del pueblo. Y decía alguien aquí: hombré, ¿qué le hace falta a este pueblo en términos de carga, en términos de medidas antipopulares? ¿Qué le hace falta?. Ojalá que ustedes ahora que vamos a la campaña electoral de las Alcaldías del 5 de Noviembre del año 2000, tengan el valor de decirle a los votantes que andan buscando desde ya, quitándoles la Cédula de Identidad, comarca por comarca y barrio por barrio, que este es el cumplimiento cabal que han tenido de todas las promesas electorales que hicieron en 1996: aplicar la ley de Jonás, o "a los jodidos, joderlos más". Así tienen al pueblo de Nicaragua los gobernantes liberales, y el pueblo los va a saber ubicar en su justo lugar; y el Frente Sandinista de Liberación Nacional, su bancada está reafirmando con el rechazo categórico a esta ley de la muerte, su vocación popular, su pacto de sangre, su pacto social con el pueblo de Nicaragua que es el pacto que vamos a mantener por los siglos de los siglos en este país. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra a Angelita Ríos Pérez. DIPUTADA ANGELA RIOS PEREZ: Muchas gracias, señor Presidente.

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Es una lástima que hoy que se está discutiendo esta ley no esté presente el Presidente del INSS, el señor Martin Aguado, porque precisamente él ha desatado una campaña publicitaria en muchos medios de comunicación con un mensaje muy claro, ¿cuál es este mensaje? la privatización del INSS, que ha sido avalada por expertos internacionales. Estos expertos son verdaderos traficantes del conocimiento, todos sus informes tienen una total correspondencia con el monto de sus honorarios. El señor Aguado miente, y yo digo con toda la vehemencia que miente, cuando de forma sistemática afirma que la llamada reforma del INSS se realiza con la participación de los trabajadores. Y el señor Aguado ha marginado a las organizaciones gremiales de trabajadores y jubilados que rechazan enfáticamente la privatización. Si aquí están los representantes de estas organizaciones gremiales; aquí están los representantes de estas organizaciones gremiales, porque si ellos no son los representantes, aquí no tuviéramos a nadie, y ellos se oponen a la privatización. Y aquí no se escucha, no quieren escuchar. ¿Qué es lo que quieren señores, que es lo que quieren? Realmente que este

624 Presidente, el señor Aguado, también ofende la sabiduría popular de los nicaragüenses. Porque si hay algo que yo aprendí en la Cruzada Nacional de Alfabetización, es que este pueblo, el pueblo de Nicaragua tiene una sabiduría popular; y el asegura que los trabajadores serán propietarios de las Administradoras de Fondos de Pensiones, cuando conocemos que sus juntas directivas serán controladas por sociedades financieras privadas, que no dejan de celebrar este rotundo negocio. El señor Aguado y los señores del INSS que están aquí, deberían contestar,- y quiero que respondan, no se vayan sin responderle al pueblo, quiénes son los verdaderos propietarios de las Administradoras de Fondos de Pensiones. Tengan la valentía de responder con toda la franqueza y la verdad requerida de esto. Colegas Diputados y Diputadas, reflexionemos sobre las desventajas que tendríamos con la privatización del INSS. Primero se nos obliga a desechar la aspiración de un sistema previsional que incluye a la totalidad de los trabajadores. Segundo, es más que evidente que se prefiere un negocio de minorías. Tercero, se pretende polarizar aún más el ingreso y cubrir rigurosamente a una cantidad mínima del sector laboral. Todas estas cuestiones trascendentales que claramente definirían nuestra identidad en el ámbito político, quedan transferidos a los criterios de rentabilidad de las corporaciones multinacionales; por eso existe una conmoción nacional, por escándalos que evidencian los vínculos entre la corrupción política y las privatizaciones. Finalmente quiero pronunciar lo que el pueblo nicaragüense expresa en relación a estas reformas a la ley de pensiones. Saben qué es lo que expresa el pueblo? Que este es un crimen social. Yo misma como mujer concluyo que este es un crimen social, quieren despojar al pueblo trabajador de le que les cuesta con sudor y sangre. ¿Cuál es la lógica super dimensionada de este Gobierno en relación a la privatización? Mañana. Mañana? qué, señor Presidente Arnoldo Alemán? ¿Qué va a privatizar mañana? Va a privatizar el oxígeno o va a privatizar el pensamiento, o va a privatizar la libertad de expresión, o el alma de todos los nicaragüenses que llevamos dentro? Pero sepan que aquí hay voces que representamos al pueblo, dispuestos a luchar contra todas las arbitrariedades. No comentan, Diputados y Diputadas, este crimen social. Están advertidos, no aprobemos esta ley. Muchísimas gracias, señor Presidente. RESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado William Schwart. El tiempo legal es de cinco minutos; diez minutos. DIPUTADO WILLIAM SCHWARTZ: Gracias, señor Presidente. El día de hoy estamos discutiendo una ley de mucha trascendencia. En lo personal yo tengo alguna experiencia con el seguro, pues soy viudo, mi señora esposa trabajó treinta años de su vida, y saben cuánto recibe: 240 córdobas al mes, por trabajar treinta años de su vida; y encima de eso, el gobierno neoliberal la corrió. Esa es la experiencia que yo tengo con el INSS. Pero no creo que este sistema es lo que está mal; o sí, está mal pues, pero se puede mejorar. No creo que sea el sistema, creo que son los que lo están manejando, que se están robando los reales.

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Llamémoslo en pasta, no andemos con ambigüedades. Mis compañeros de bancada preguntan: ¿quiénes son los que van a manejar esta cosa? La gente allegada al Gobierno, que se va a robar los reales de la seguridad social. Esos son los que van a manejar esto. ¿Para qué

625 andamos preguntando? No preguntemos eso, si ya lo sabemos; esos son los que se van a robar los reales, y ése es el interés y usted, señor Presidente, va a ser cómplice de eso; usted va ser cómplice de eso. Y va a ser cómplice porque está permitiendo que esta ley se discuta hoy sin tener el consenso nacional. Usted va a ser el cómplice, y en mi región voy a llegar a decir lo que estoy diciendo aquí, que el gobierno de Arnoldo Alemán y la Presidencia de Iván Escobar Fornos discutieron una ley para que se roben los reales de los ciudadanos que son asegurados. Así hay que llegarlo a decir, sin ambages? sin florearlo políticamente. Es que yo no soy político, ésa es la vaina; simplemente soy un ciudadano que la gente de mi región me convirtió en un Diputado, y forzosamente me convirtió en un político. Pero aquí hay algunas cosas que nos las pudieron contestar el día de ayer. Les preguntamos al señor Aguado, cual es la garantía que nos dan, de que esas Administradoras de Fondos de Pensiones no se van a esfumar con los reales. La única garantía que nos dio, es que va a haber un control de la Superintendencia a las famosas estas Administradoras. ¿Y quién va a ser el Presidente de esa Superintendencia? El Presidente del Banco Central. Los mismos que han sido incapaces de poder controlar el latrocinio de aquí. El Banco Nacional de Desarrollo ¿No se desapareció, pues? ¿Y quién controlaba eso? No era el Presidente del Banco Central? Todo lo que pasó en el BANIC ¿y quién controlaba eso? No han sido capaces de controlar nada ¿y cómo van a controlar ahora una empresa que va a ser privada? Aunque nos quieran decir que no van a privatizar, sí van a privatizar, si va a pasar al sector privado. ¿Quién dice que no? Claro que sí. Otra cosa que todavía a mí no me contestan: ¿el Instituto de Seguridad Social tiene un carácter social o tiene un carácter económico, para andar buscando cómo colocar la cuota de los pensionados en el mercado de capital, tan especulativo en este país? Lo que pasa es que van a haber ganancias. Y aquí sólo han enfocado una cosa, las cuotas; pero no es eso. El que no llegue a la edad de jubilación y se muera, los reales le van a quedar a la Administradora de este Fondo de Pensiones. Así es que no son únicamente las cotizaciones. Y la otra cosa es que nos quieren dar atol con un dedo diciéndonos que esto no roza con la Constitución. Cuando se están privatizando dicen: vamos a privatizar únicamente las pensiones, no vamos a privatizar el asunto de la salud y los riesgos profesionales, y por lo tanto no roza contra la Constitución. ¡Falso, falso! El Sistema de Seguridad es uno, es un Sistema de Seguridad, no está dividido en tres; el Sistema de Pensiones es un subsistema dentro de la seguridad. Es inconstitucional, señor Presidente, y usted como abogado sabe que es inconstitucional, por eso lo convierto en cómplice de esto, porque usted sabe es inconstitucional. De manera, señor Presidente y bancada liberal -que es la que va a votar por esto- escuchen bien: la bancada liberal es la que va a votar por esto; Wilfredo Navarro que anda buscando votos para Alcalde, va a votar en contra del pueblo aquí; hoy en la mañana va a votar en contra del pueblo, va a votar para que sangren al pueblo. Y ustedes sean testigos, vean quien va a votar por esta ley, y así vayan a decirle al pueblo quien votó por esta ley, que es la ley contra el pueblo, la ley que lo está sangrando. Fíjense bien, para que mañana escojan bien a los que van a gobernar este país. Porque aquí, tengan la plena seguridad que los sandinistas no podemos ir en contra de nuestras raíces, si nuestras raíces están en el pueblo porque de allí venimos. Yo no soy un magnate, y estoy seguro que ninguno de mis compañeros es un magnate, somos salidos de allí. Entonces, por las razones que han expuesto mis antecesores; por las razones que he puesto aquí el día de hoy; porque sabemos que este sistema de privatizar las pensiones, de privatizar la seguridad social señores liberales, es

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626 negociar con la sangre del pueblo, por esa razón me opongo rotundamente. Y en memoria de quien por hoy me están dando 240 córdobas, me opongo rotundamente a este proyecto de ley oneroso para los trabajadores. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez. DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ: Gracias, señor Presidente. Creo que el día de hoy la historia de Nicaragua va a tener algo triste que contar. Despues del peregrinar duro, triste y vergonzoso de este pueblo nicaragüense para tener el derecho a una pensión digna, el gobierno liberal el día de hoy pretende darle un tiro en la sien al último reducto que tiene el pueblo nicaragüense para pasar sus últimos días bajo la condición de dignidad humana. Yo quiero dejar sentado esto de forma clara porque de la misma manera en que nosotros estuvimos discutiendo la Ley de la DGI y DGA, donde solicité que constara en Acta y en el Diario de Debates quiero que le quede claro a todos los honorables Diputados en esta Asamblea Nacional que todo lo dicho y todo lo hecho por nosotros, no son palabras que se las lleva el viento, sino que están constituidas en el Diario de Debates, donde aparece lo que planteaste, aparece lo que apoyaste y aparece cómo votaste. Eso es importantísimo, porque a veces nosotros perdemos la noción y creemos que lo que venimos a decir aquí, se dice y aquí se lo lleva el viento. Entonces, señores liberales, aquí tienen un Diario de Debates donde todos ustedes, con nombres y apellidos están consignados; y el pueblo nicaragüense -porque el Diario de Debates es público- tiene acceso a conocer de como ustedes defendieron o no defendieron los intereses sociales. Creo que es importante dejar de hablar en abstracto y empezar a hablar en concreto. ¿Qué dice el artículo 61 de la Constitución Política de la República de Nicaragua?: "El Estado garantiza a los nicaragüenses el derecho a la seguridad social (artículo 61 de la Constitución de la República) para su protección integral frente las contingencias sociales de la vida y el trabajo, en la forma y condiciones que determine la ley" Artículo 77 de la Constitución de la República: "Los ancianos tienen derecho a medidas de protección por parte de la familia, la sociedad y el Estado". Este proyecto de ley no tiene una letra en relación a un universo de más de ochenta mil pensionados que no entran a este supuesto sistema perfecto, o la panacea que aquí el neoliberalismo pretende implantar en Nicaragua. Este proyecto de ley es por antonomasia excluyente, un universo de no menos de ochenta mil pensionados. Aquí por ejemplo, hace unos veinte minutos tal vez, me llegó un papelito de una señora que se llama María Díaz, que no sé si ya la sacó la Policía o si está todavía aquí doña María Díaz. ¿Ahí está doña María? Doña María, aquí tengo su papel. Su papel plantea lo siguiente: "Los jubilados que pagamos treinta o cuarenta años desde que comenzó el Seguro en 1957, pedimos el incremento de nuestras escuálidas pensiones que oscilan entre 400 a 700 córdobas, ya devaluados". Quiero dejarle claro que este proyecto de ley aberrante y anti-social no dice una sola palabra en relación a su pedimento, y es por eso que la bancada sandinista rechaza este proyecto de ley. Es totalmente insocial. Por otro lado, señores Diputados, yo quiero llamar la atención en lo referido al artículo 105, inciso 2) de la Constitución de la República, y leo en letra: "Los servicios de educación, salud y seguridad social, son deberes

627 indeclinables del Estado". Aquí el Estado está declinando el deber de la seguridad social para los nicaragüenses.

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Por lo tanto no solamente hay que decir que es inconstitucional, hay que dejar claro que es inconstitucional, absolutamente recurrible de amparo; y todos nosotros tenemos el derecho de recurrir a los tribunales de justicia para pedir que esta ley sea no existente por nula, por inconstitucional, por ilegal y por inmoral, y eso debe quedar claro. Honorables Diputados, en estos momentos se va a proceder a votar una ignominia contra el pueblo nicaragüense, este proyecto de ley, es excluyente y abusivo al pueblo de Nicaragua. Nosotros no podemos permitir desde ningún punto de vista que aquí se privatice el Sistema de Pensiones, porque planteamos la tesis supuesta de que el Estado es mal administrador, pues supuestamente aquí el Estado se convierte en un regente. Si no supo administrar bien, ¿ustedes creen que pueda ser un buen regente el Estado? Pongámonos en la lógica de que el Estado es mal administrador; pero si, a criterio de los proyectistas de esta ley, el Estado va a ser brillante al momento de proteger las pensiones en las Administradoras de Fondos de Pensiones privadas, eso no tiene ningún sentido. Por otro lado, ¿que son las Administradoras de Fondos de Pensiones? Son sociedades anónimas que están reguladas por el Código de Comercio. Y quiero recordarles a los honorables Diputados, problemas como el de PETRONIC- Diolcor, problemas como el del BANIC; problemas inminentes como el que viene de la Cementera, donde Arnoldo Alemán la quiere privatizar. Aquí el Estado, a través de la Contraloría General de la República no va a tener un control eficaz de la Administradoras de Fondos de Pensiones, porque se cobijan bajo el velo corporativo de la sociedades anónimas. En otras palabras, le estamos dando el dinero de los cotizantes a empresas privadas para que hagan negocio y que no vengan a rendirle cuentas a nadie. Es ilegal, inmoral, e inclusive obtuso; es por eso que al momento de las votaciones aquí se va a saber la verdad, quién apoya al neoliberalismo y quién apoya al pueblo de Nicaragua, y con nombres y apellidos. Y secundo el pensamiento de William Schwartz, aquí no hay que decir que la bancada liberal o que los Diputados allegados a la bancada liberal; aquí va a ser con nombres y apellidos, nombre por nombre y Diputado por Diputado. Y en los Municipios y Departamentos de este país se va a saber quién votó a favor y quién votó en contra del pueblo nicaragüense, y quién votó a favor de que el gobierno liberal y los allegados al gobierno liberal se roben la plata de los cotizantes del sistema de pensiones. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Bayardo Arce Castaño. DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO: Muchas gracias, señor Presidente. Yo no voy ahondar en los aspectos jurídicos y en los justos temores expresados ya por diversos Diputados de mi bancada, acerca del correcto manejo del fondo de pensiones de los asegurados nicaragüenses. Yo quiero llamar la atención de los colegas al planteamiento que el Frente Sandinista hizo en su Dictamen de Minoría. Nosotros creemos que un proyecto de ley de esta trascendencia amerita un estudio más profundo del problema de la seguridad social en Nicaragua, del problema del régimen de pensiones; y con la participación por un lado y en especial de los afectados por ese régimen, que son los trabajadores asegurados, y

628 por los demás agentes económicos sociales y políticos del país. Creemos que si como Nación nos plantáramos ante los organismos internacionales para exigir que se nos respete soberanamente el plazo necesario para estudiar una ley de esta trascendencia, y el Gobierno que se llena la boca constantemente diciéndose facilitador, jugara ese papel convocando a todos los sectores a un estudio serio de este problema, posiblemente podríamos hallar respuestas a los mismos. El Frente Sandinista tiene muy claro de que el actual régimen de seguridad social en el país, y en particular el régimen de pensiones, es absolutamente deleznable. Bien recordaba el compañero William Schwartz, cómo su estimada esposa al morir recibía la pensión que reciben miles de nicaragüenses ahorita, de apenas 240 córdobas ó 200 córdobas al mes.

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Es verdaderamente inaceptable que nosotros legislemos ignorando que aquí hay maestros, médicos, trabajadores de todas las ramas de la economía del país, que a la hora de alcanzar su retiro de la actividad laboral esperan para su sobrevivencia de los últimos años pensiones tan miserables. Queremos decir con esto, que nuestra oposición a este proyecto no significa de ninguna manera una bendición o una aceptación del actual régimen de Seguridad Social y de Pensiones, no creemos que las cosas anden caminando bien; creemos que el problema de la sociedad nicaragüense en este campo es muy profundo y que ameritaría por eso un debate mucho mayor y un estudio mucho mayor. Tomemos en cuenta que en Nicaragua habemos un millón seiscientos mil nicaragüenses que conformamos la población económicamente activa del país, y apenas están asegurados doscientos sesenta y siete mil trabajadores, o sea que ni el 14 por ciento de la población trabajadora del país goza de seguridad social, y mucho menos tiene asegurada ninguna pensión en el futuro. Ese es un problema que nos debería de preocupar a nosotros. Tomemos en cuenta ese nivel de pensiones que se recibe ahora de 200 y 240 pesos al mes, cuando se pasa a retiro, que con el nivel de vida, el nivel de costo de vida en Nicaragua, obviamente no alcanza para nada. El Seguro Social viene y nos dice que tiene reservas de un mil 900 millones de córdobas, y que percibe cada año en cotizaciones como 360 millones, pero que paga cada año 480 millones de córdobas en pensiones, y que por lo tanto si seguimos con este sistema - a todas luces deleznable- a la vuelta de unos cinco años ya no habrá ni siquiera como pagar los 200 córdobas que actualmente se paga; y con esa lógica -nos dice-, hay que reformar el sistema. Los sandinistas que tenemos como eje central de nuestra motivación política el problema de la gente, y que precisamente nos caracterizamos por tener ideas revolucionarias no nos cerramos por ende a estudiar un problema y a buscar la reforma de un sistema injusto y que camina irremediablemente al fracaso. Dónde está el problema entonces? El problema es que aquí se adoptó un modelo que lo vinieron a preparar unos técnicos extranjeros, que nos escribieron un proyecto de ley que llega al absurdo de que nos pone hasta los términos transportados desde otros países, y que realmente no ha sido sometido al análisis de nuestros problemas, al análisis de nuestra realidad para encontrar la respuesta adecuada, y se nos vende ese modelo con cien mil alabanzas. Nosotros los sandinistas mocionamos en la Comisión de Asuntos Económicos y en la Comisión de Salud, la organización de un foro de análisis y pedimos asesoría a diversos organismos internacionales para conocer sobre este problema y sus respuestas en el mundo. ¿Qué nos dijeron a nosotros estos asesores traídos del exterior, al analizar los distintos modelos que se están aplicando actualmente a partir de la experiencia chilena? ¿Qué hay una cantidad de principios contenidos en el modelo que se nos quiere vender como efectivo, que en ninguna parte han sido

629 demostrados; pero qua sí se han demostrado algunas cosas que preocupan al trabajador nicaragüense y nos preocupan a nosotros como partido representante de los trabajadores. Este asunto de la capitalización individual, por ejemplo, dicen estos analistas que de ninguna manera reducen los costos del Sistema de Seguridad Social; que las experiencias que ellos nos presentaron de toda América Latina, Europa y de Estados Unidos, lo que hace es transferir ese costo que no se reduce a los individuos que cotizan, es un ahorro forzoso para el individuo. Incluso, ellos señalan que el éxito del Sistema de Pensiones en otros países no depende del modelo en sí mismo, sino que depende de las características demográficas de la población. En otras palabras, mientras aquí nosotros estemos teniendo sólo el 14 por ciento de la población económicamente activa cotizando, no va a haber respuesta al modelo. Pero entonces se nos dice que con el nuevo sistema van a aumentar las afiliaciones, porque la gente se va a sentir motivada a afiliarse al Seguro, porque van a tener el incentivo de que ahora si van a tener buenas pensiones. Y qué nos dijeron los asesores extranjeros que vinieron al foro? Que no hay ninguna evidencia en ninguno de los modelos en práctica en el mundo, que estas reformas generen mayor cobertura, que generen mayor afiliación. Es falso que este modelo haya generado que la gente se afilie más al Sistema de Seguridad Social. Que esto va a ser más eficiente se dice. ¿Y qué es lo que nos trasladan los expertos internacionales? Que en materia de gestión, este nuevo modelo más bien aumenta los costos de administración de los fondos; que es verdad que puede generar mayor rentabilidad en las inversiones e inclusive mejorar la gestión de las prestaciones que se dan a los trabajadores, pero que

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eso depende del nivel de cotización que se fije. Es lógico que si ahorita se aumentara la cotización conforme a lo que dice este proyecto pues las reservas del Seguro Social también aumentarían. De ninguna manera entonces el modelo que se nos está trasladando trae los beneficios que se nos han querido vender a la hora de cerrarse en una sola alternativa. Incluso, se ha hablado de aspectos macroeconómicos. Ahora se dice que como los funcionarios del Gobierno son todos incapaces y los únicos capaces en este país son los empresarios privados -lo cual le hace pensar a uno que para que les pagamos tanto a los Ministros si son incapaces-. Pero se dice que como ahora esto lo van a manejar los empresarios privados, los reales van a estar seguros y por lo tanto va a haber un aumento del ahorro nacional, del ahorro interno, porque ya los reales no los va a tocar nadie. ¿Qué nos dicen los expertos de lo que ha pasado en todos los países donde se han implementado estas reformas? Que no hay ninguna evidencia de que las reformas aumenten el ahorro total de la economía, porque aunque haya un ahorro forzoso, y aunque se le da a las mágicas manos de la empresa privada, el mismo Seguro Social dice que trasladarnos a este nuevo sistema tiene un costo fiscal, por lo tanto hay que pagar ese costo fiscal. Lo que se está ahorrando por un lado, con el nombre de Fondo de Pensiones, se está gastando por el otro a través de la tributación fiscal. No hay tal ahorro para el país, eso es lo que nos dicen todos los expertos que vinieron a este Foro. Es más, la misma seguridad de los fondos que van a manejar los privados dependerá de una serie de regulaciones del Estado, que de no aplicarse puede que se esfumen esos fondos. Es más, las crisis financieras que se vivieron en el sureste asiático y en Rusia, hicieron perder miles de millones de dólares a los fondos de pensiones de Chile, de Argentina y de Brasil, porque ahí estaba colocada esa plata, supuestamente para generar los recursos que aseguraran las pensiones posteriores a los trabajadores. Si usted se fija, señor Presidente y estimados

630 colegas, yo no estoy dando argumentos políticos partidistas, les estoy trasladando los aportes de cuatro expertos extranjeros: un mexicano, un tico, un argentino y un chileno, que nos vinieron a trasladar las experiencias de sus países y de otros europeos. De tal manera que a todas luces lo que se pone de manifiesto es que si bien hay un problema en la seguridad social, y en el régimen de pensiones, el modelo que se nos ha venido a imponer no es ninguna panacea de solución... PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bueno, por favor continuemos la Sesión. DIPUTADO BAYARDO ARCE: Finalmente, estimados colegas, en los modelos que nos vinieron a explicar estos expertos internacionales, existen distintas modalidades de afiliación, incluso hay experiencias donde el trabajador escoge si quiere seguir afiliado con un Instituto de Seguridad Social del Estado, o se va con un privado. Si es tan bondadoso el modelo, por qué no se le da la libre opción al trabajador, a quien la ley puede obligar -a como está obligado ahorita- a cotizar la seguridad social, pero donde se le permita escoger, si sigue trabajando con un modelo de gestión pública o se va a un modelo de gestión privada. Son tantas las modalidades diferentes que se han aplicado en el mundo, en materia de reforma al Sistema de Pensiones, que es verdaderamente inaudito que sin mayor estudio, sin mayor discusión, se apruebe un modelo que nos viene a imponer un organismo internacional, que después se lava las manos diciendo que él no lo impuso. Yo me atrevería a retar a los apreciables colegas liberales y de otras bancadas que van a votar a favor de este proyecto, que ni siquiera han leído el proyecto enviado por el Ejecutivo; ni siquiera saben las repercusiones que va a tener para ellos como cotizantes, mucho menos que hayan hecho un esfuerzo por ver qué cosa distinta se puede hacer.

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Porque repito, el Frente Sandinista no considera que tengamos un modelo ejemplar; el Frente Sandinista considera que hay que revisar el Sistema de Seguridad Social y el Sistema de Pensiones; el problema es con que lo vamos a sustituir, y lo menos que nos correspondería hacer es rechazar ahora este proyecto, no porque lo queramos satanizar, si no para haya la oportunidad de un verdadero estudio de los distintos modelos. Yo no sé siquiera si los Diputados liberales de ambas Comisiones les repartieron a todos ustedes las láminas de las cuatro conferencias internacionales. Sin tener que hacer grandes lecturas, aquí van a ver cuántas posibilidades tendríamos para resolver el problema de la seguridad social, sin caer en aprobar ahorita un proyecto del cual nos podemos arrepentir después. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Noel Pereira Majano. DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO: Gracias, señor Presidente. Realmente no ha pasado la polvareda y el país se ve inmerso en situaciones no queridas. Pareciera que la historia se está vengando de nosotros y nos está señalando con un dedo acusador para que despertemos nuestras conciencias dormidas, para que como ayer, hoy y mañana se despierte la conciencia de nosotros y sepamos dónde está el orden, dónde está el desorden y dónde está el acto

631 atentatorio contra el civilismo en Nicaragua. Hay que ver las diferentes máscaras que los seres humanos se ponen para ejercer una función en el teatro de la vida. La claque que está hablando, realmente es una fisura y el orden que no ha impuesto la Primera Secretaría de esta Asamblea. Bueno, nos vamos a hacer oír, porque realmente tenemos nosotros el derecho de manifestarnos en esta Sala; que en el futuro no se presente esta debilidad, que en la Mesa Directiva ha dado lugar definitivamente a que se produzca una invasión al orden en esta Sala. Cada Diputado debe ser garante de que los ejercicios de Nicaragua se hagan reales y efectivos en el Congreso soberano de Nicaragua. Hemos oído nosotros hablar en todo momento en esta Sala de situaciones que van contra la verdadera realidad, y se ha dicho que este proyecto es inconstitucional. No es inconstitucional este proyecto, toda vez que él en sí obedece a los dictados de la Constitución Política de la República. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bueno, continúe con la palabra. DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO: Señor Presidente, realmente aquí se está hablando de corrupción, se está hablando de actos reñidos contra la moral, y la realidad efectiva nos demuestra dónde fue la moral constreñida en todos los actos de la vida nacional. La Mesa Directiva que ponga el orden, porque no es posible este acto de salvajismo hecho por modernos cafres que están alterando la paz de la República. El señor Primer Secretario, que dicte las providencias necesarias para que cese este acto perturbatorio de la paz. Yo entiendo que esto no debe ser consentido en una augusta Asamblea, y como tal debe hacerse el ejercicio del orden. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se declara suficientemente discutido. Se suspende la Sesión.

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632 SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLÓN: 15 de Marzo del 2000. JOSÉ RENÉ ARÁUZ LÓPEZ MARIO JOSÉ LIZANO GUTIÉRREZ NOEL PEREIRA MAJANO ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN AUGUSTO CÉSAR LÓPEZ GONZÁLEZ FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA ALCALÁ BLANDON CRUZ ARMANDO ISIDORO LÓPEZ PRADO GUILLERMO VIRGILIO RAMOS DUARTE JAIME JOSÉ BONILLA LÓPEZ EMILIO JOSÉ MARQUEZ ACUÑA PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLON ADOLFO CALERO PORTOCARRERO LOMBARDO MARTÍNEZ CABEZAS ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZÁLEZ EDUARDO JOSÉ RIZO LÓPEZ RÓGER CASTELLON ORUE ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ ANGELES CASTELLON CASCO WILLIAM MEJÍA FERRETI MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO MARLON BOANERGES CASTILLO TEJADA ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA GUILLERMO DANILO SELVA ARGÜELLO NOEL JOSÉ DELGADO CUADRA JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ PABLO SIERRA CHACON ALVARO IVÁN ESCOBAR FORNOS OSCAR MONCADA REYES JOSÉ DAMICIS SIRIAS VARGAS FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE SERGIO DE JESÚS GARCÍA PINELL LEOPOLDO SALOMÉ NAVARRO BERMÚDEZ ISMAEL JOSÉ TORREZ CALERO

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FRANCISCO JOSÉ GARCÍA SARAVIA CARLOS WILFREDO NAVARRO MOREIRA LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA CARLOS ANTONIO GUERRA GALLARDO GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA HENRY URCUYO MALEAÑOS MARIO JOSÉ GUTIÉRREZ VASCONCELOS LEONEL PANTIN WILSON NOEL VIDAURRE ARGÜELLO Quórum legal con 48 Diputados presentes. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a continuar con la Sesión del día de ayer. Ocho oradores están inscritos; vamos a dar la oportunidad de que hablen diez oradores, cinco del Frente Sandinista, liberales otros cinco, Eliseo Núñez y Noel Vidaurre, para dar por terminado el debate. Bueno, cinco, los vamos escogiendo; ya los que hablaron, es suficiente. Bueno, están en lista aquí dieciocho. Tiene la palabra René Aráuz López. DIPUTADO RENÉ ARÁUZ LÓPEZ:

633 Muchas gracias, honorable señor Presidente de la Junta Directiva. Voy a hacer unas breves reflexiones en cuanto a esta Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones, y refutar algunos argumentos que he encontrado sin ningún fundamento legal. Yo creo que en esta ley tenemos que reflexionar en primer lugar si es viable o si es mejor continuar con la ley vigente, o si se desea un sistema moderno o es parte de un engranaje legal para la modernización del Estado. Dentro de esos puntos de vista es que debe constituirse nuestra reflexión como Diputados representantes del pueblo. ¿Quién no sabe en Nicaragua que este sistema actual vigente de pensiones está completamente fracasado, está completamente en bancarrota? Ya lo han dicho distinguidos expositores como el Doctor Julio Bustamante, Superintendente del Sistema de Pensiones de Chile, con más de diez años en el cargo; y también lo ha dicho el señor Melinsky, quien reconoció la crisis de los modelos antiguos de pensiones, que no son un atributo exclusivo de Nicaragua, sino que es un fenómeno mundial. Y en la misma situación están en todo el mundo, en mayor o menor medida, inclusive en los países denominados del primer mundo. Definitivamente decía el Doctor Eduardo Melinsky, de Argentina en su destacada exposición, que se ha desatado un incendio en los modelos tradicionales de seguridad social, y urge apagar el fuego que amenaza con extinguir completamente los fondos de pensiones, poniendo al descubierto que están casi o en riesgo de un colapso total. Manifestaba que en Nicaragua el valor de las prestaciones de los pensionados es superior al recurso de lo que tienen acumulado en el Seguro Social. Existen tres o cuatro pilares en los que se fundamenta el Sistema de Pensiones y los voy a mencionar aquí brevemente: el primero es que basan el Sistema de Seguridad Social en cuentas individuales. Esto significa que cada trabajador tiene una cuenta donde se abonan sus cotizaciones y la rentabilidad que ellas tienen, donde en definitiva se va formando un ahorro que es la propiedad del trabajador. Otro punto toral de esta ley que hoy vamos a discutir, es la formación de las AFP (de las Administradoras de Fondos de Pensiones). Aquí se le da un rol fuerte y clave al sector privado, que ha demostrado ser eficiente en el manejo de los recursos. También hay una cierta tendencia, como bien lo expresaba una Diputada del partido opositor, pero sin ningún fundamento, diciendo que aquí se quiere privatizar hasta el aire. Pero si nosotros analizamos, todos los países de América Latina y el mundo moderno influido por esa globalización, la educación antes solamente era pública y después entraron los colegios privados. Lo mismo se puede decir con la salud. Antes la salud sólo era patrimonio del Estado, después surgieron las clínicas privadas. Y asimismo se puede decir con las carreteras que antes eran construidas por los Departamentos de Carreteras del Estado, pero hoy en día la mayoría se hacen con instituciones privadas. Y no es ese argumento populista demagógico de que estamos privatizando todo y estamos privatizando el aire. Yo creo que estamos modernizando el Estado y privatizando y haciendo viable lo que se debe hacer para insertarnos en este mundo moderno, en este mundo que cada día se comercializa más. Otro punto de este nuevo modelo, es que genera mayor libertad y transparencia en el funcionamiento del sistema. El trabajador puede decidir entre distintas Administradoras de Fondos para que le manejen su dinero, y no hay mejor

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fiscalizador de sus propios recursos que los propios afiliados; y el Estado pasa a ser el garante, el gran guardián de los Fondos de Pensiones creando organismos especializados que pueden hacer en forma autónoma independiente una auditoría y control de los fondos. Definitivamente algunos honorables Diputados de otras tendencias adversan las reformas y tienden a desinformar a la población, por eso es que el rol de los medios de comunicación debe ser muy importante. Estas dudas acerca de estas reformas surgen siempre en

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todo proceso de cambio. ¿Pero cómo vamos a criticar un cambio si todavía no lo hemos puesto en práctica? En todo por supuesto hay componentes ideológicos,- y sobre todo en este año hay un proselitismo político, porque ayer precisamente los honorables Diputados del Frente Sandinista hicieron uso de los micrófonos de esta Asamblea para ganar clientela política en esta campaña electoral; ayer fueron discursos políticos, no oí un solo discurso de fondo sistemático. Por supuesto que estas reformas vendrían a tener impactos que serían de carácter económico y social, tienden a mejorar las pensiones y ampliar la cobertura para que más trabajadores puedan estar afiliados, como los del sector informal de la economía y las amplias capas de trabajadores rurales. Incluso, las reformas dejan espacio para que trabajadores que estén fuera del país puedan afiliarse al sistema. Y en segundo lugar es muy importante que con estos ahorros los Fondos de Pensiones van a permitir las inversiones a largo plazo; en la medida que se le vaya ayudando a los trabajadores, también en esa medida se va a ir contribuyendo a la economía nacional, al invertirse en proyectos de largo plazo para desarrollar infraestructura, servicios, viviendas. Eso también va a contribuir a aumentar el empleo, la mano de obra, y son proyectos que generan crecimientos económicos. Esto que estamos haciendo aquí no es algo nuevo, inclusive existen modelos anacrónicos de pensiones ya insostenibles en países ex-socialistas como Ucrania, Rusia, China y Polonia, que han aplicado estas reformas al igual que muchos países europeos y la mayoría de los países de América Latina. Quien no sabe, honorables Diputados, que este sistema fue creado en 1957 y hasta la fecha no ha sido ajustado el sistema de prima escalonada, que periódicamente debe ser revisado, el sistema se encuentra seriamente desfinanciado, lo que se incrementara en forma progresiva y las consecuencias serían irreversibles como lo dije, el colapso... PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le suplica resumir, son diez minutos, honorable Diputado. DIPUTADO RENÉ ARÁUZ LÓPEZ: Por otra parte decía el honorable Diputado Doctor Wálmaro, que no existe por parte de las Administradoras la distribución de las utilidades. Quiero decirle que parece que no ha analizado bien la ley, porque el aporte del empleador es el 7.5 por ciento y el aporte del trabajador es el 3 por ciento, y de ese 3 por ciento únicamente las Administradoras van a hacer uso del 1.5 por ciento en gastos personales, gastos de publicidad, gastos generales,- y del 7.5 por ciento que forma el fondo se van a repartir también los intereses que eso produzca, con mantenimiento de valor,- así es que el trabajador va a recibir también sus intereses. En cuanto a la justicia social, es lo que precisamente se está buscando con este nuevo Sistema de Pensiones, con este nuevo modelo para que al asegurado se le vaya incrementando su pensión en un 60 por ciento, además de que sea real y no ficticia. Decía aquí la honorable Diputada Mónica Baltodano, que ni en Canadá, ni en Estados Unidos se ha implementado este modelo, y eso es obvio... PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Por favor, se le suplica que reduzca todo eso. Por favor, se suplica orden para que podamos trabajar, sin orden no hay trabajo. Continúe. DIPUTADO RENÉ ARÁUZ LÓPEZ: Para terminar, honorable señor Presidente, ¿cómo sabemos que este sistema va al fracaso, si ni siquiera lo hemos experimentado? Y lo que sí sabemos es que el actual sistema esta fracasado y hay que

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635 sustituirlo por otro más viable. Eso es todo. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Víctor Hugo Tinoco. DIPUTADO VÍCTOR HUGO TINOCO: Gracias, señor Presidente. Antes de entrar al tema en concreto, quería manifestar nuestro rechazo a las actitudes de represión y a las actitudes anti-democráticas asumidas por el Presidente de esta Asamblea el día de ayer, al impedir la participación de los representantes sindicales en este debate tan importante para el país y para la Nación. Ayer no sólo se expresó una actitud represiva que yo creo que se trasluce desde arriba hacia abajo en la práctica de gobierno del liberalismo en estos tres años y medio; y no sólo se expresó una práctica represiva, sino una actitud antidemocrática al no permitir el acceso a todos los dirigentes sindicales a este Plenario. Hoy nuevamente estamos aquí debatiendo una de las leyes más importantes de este país, posiblemente una de las más importantes de toda nuestra legislatura, sin la presencia de sectores, de gremios y a espaldas de la población, como ha venido gobernando el actual gobierno liberal. Finalmente, es preocupante la militarización que se está haciendo de este Parlamento, las verjas que han empezado a aparecer de la noche a la mañana por todos lados. Yo sólo espero que se den cuenta que mientras más verjas vayan poniendo en su acción política pública los dirigentes de este Parlamento, y los dirigentes de este país, significa que cada vez se van quedando más aislados de los intereses y de las necesidades de la población, y que eso no es una práctica correcta. El Parlamento es el Foro por definición o por antonomasia donde deberían estar presentes los sectores debatiendo y discutiendo para poder hacer aportes en este sentido. Entrando al tema que nos ocupa, quiero decir que esta ley que estamos abordando hoy, como decía al principio, es de enorme trascendencia; aquí se van a ver afectados con esta ley, directamente doscientas setenta y seis mil cotizantes, eso representa el 15 por ciento de la población económicamente activa de Nicaragua. Con esta ley se van a ver afectados treinta y ocho mil jubilados y pensionados. Además esta ley afecta a veintisiete mil víctimas de guerra, víctimas de los dos bandos que estaban enfrentados en la década pasada, tanto sandinistas como del sector de la Resistencia. Esas veintisiete mil víctimas de guerra van a verse afectadas por esta ley, y además diez mil jubilados a cargo del Gobierno, que vienen por otra vía, por otro procedimiento. Es decir, señor Presidente, que trescientas cincuenta mil cabezas de familia van a verse afectadas, y si vos ves su entorno familiar y lo multiplicás por cuatro o por cinco que es el promedio de la familia nicaragüense, estás hablando de que un millón y medio de nicaragüenses, aunque no se den cuenta, aunque no se puedan movilizar o no sean movilizados por equis o ye razón, van a ser afectados por la ley que desafortunadamente aquí se está aprobando de manera atropellada. Y cuando me refiero de manera atropellada, no me refiero a los exabruptos y a las actitudes dictatoriales del Doctor Iván Escobar Fornos del día de ayer; sino que cuando digo de manera atropellada, me refiero a la falta de un debate serio y a profundidad de esta ley, que simplemente se ha venido a imponer en todo este procedimiento. Y para tratar de ser más concretos sobre cómo esta ley afecta a estas trescientas cincuenta mil cabezas de familia, tendríamos que ver lo siguiente: de esos doscientos setenta y seis mil cotizantes,

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señor Presidente, doscientos veinte mil son menores de cuarenta y tres años; es decir que esos doscientos veinte mil nicaragüenses menores de cuarenta y tres años van a verse obligados a cotizar más; van a verse obligados a arriesgar sus fondos en dos o tres Administradoras de Pensiones de futuro financiero dudoso; van a cotizar, posiblemente, aunque dice que van a variar eso un poco, unos cinco años más. Además de eso, no van a recibir ninguna garantía de seguridad, ni tiene una seguridad de cuánto es lo que van a recibir al final del período de cotización; eso para los menores de cuarenta y tres años. Para los mayores de cuarenta y tres años, cincuenta y seis mil cabezas de familia son las que, según este proyecto, quedan al margen de los mayores de cuarenta y tres años, esto es lo fundamental. También van a tener que seguir cotizando más, aunque sigan con el viejo sistema y además van a tener el problema adicional de que no se van a revalorizar sus pensiones. El problema clave de los asegurados y de los cotizantes de este país, es que las pensiones ridículas no van a ser revalorizadas para estas personas. Y si nos referimos a los otros afectados por esta ley, las veintisiete mil víctimas de guerra de la Resistencia y del sandinismo que han sido afectados, como se van a ver atrapados en esta ley. En primer lugar y antes que nada, a esas ventisiete mil personas no se les revaloriza ninguna pensión, ningún invalido, mutilado, renco, coto, sin ojo, lisiado, en este país, va a recibir cinco centavos más, producto de esta ley; esa es la verdad. Esas veintisiete mil víctimas de guerra de la Resistencia, de diferentes partidos, sandinistas, de lo que sea, no reciben cinco centavos más y pasan a ser el traspatio, el basurero donde están tirando a esta gente. A esta gente, prácticamente refiriéndome sólo a las víctimas de guerra que con esta ley están quedando con sus pensiones igualitas, sin ningún tipo de respaldo adicional, que además no están recibiendo nada ahora. Es falso el argumento de que las pensiones de las víctimas de guerra es el problema del Sistema de Pensiones actual; es falso, las veintisiete mil víctimas de guerra reciben sólo 3 millones y medio de córdobas. Las veintisiete mil personas juntas reciben 3 millones de córdobas mensuales de un ingreso aproximadamente de 100 millones de córdobas que tiene el Seguro Social. En esta ley, los grandes marginados, afectados y olvidados son precisamente las víctimas de guerra; los que dieron sus órganos, sus brazos y sus pies están siendo totalmente olvidados y marginados. Además, los treinta y ocho mil jubilados y pensionados, eso es aparte de las víctimas de guerra, aparte de los mayores de cuarenta y tres y los menores de cuarenta y tres años; los treinta y ocho mil jubilados y pensionados, igualmente van a seguir con las pensiones sin modificación, porque pretenden que la panacea de este sistema sea en el futuro para los menores de cuarenta y tres años. Pero no hay nada en esta ley que busque como revisar y mejorar las pensiones de los treinta y ocho mil actuales jubilados y pensionados, que son afectados de manera profunda y son parte -junto con las víctimas de guerra y los jubilados y pensionados- de esos setenta mil nicaragüenses que son tirados prácticamente a la huesera del interés político del Partido Liberal y de este Gobierno que los deja en el total abandono. Como siempre, los jubilados y los pensionados van a seguir sin ser atendidos en las clínicas previsionales, van a seguir siendo tratados al trompón y a la patada, como se dice popularmente. Esa es la realidad de esta ley tan trascendental que no se le ha consultado a la gente, y que no se ha hecho ningún esfuerzo serio por encontrar una salida de verdad y a fondo, y que se está tratando de aprobar de manera atropellada no sólo en este Parlamento, sino en todo el sistema o en el remedo de consulta que hizo el Seguro Social. Por otro lado quiero señalar algunos aspectos específicos.

637 Esta ley es claramente y sin lugar a dudas, una ley totalmente inconstitucional; esta ley viola en su artículo 1, el artículo 105 de la Constitución que dice que "Se garantiza el derecho de establecer servicios privados en las áreas de salud y educación". Esta ley que van a aprobar los liberales en su artículo 4, viola el artículo 154 de la Constitución que establece que la Contraloría es el órgano encargado de supervisar y fiscalizar los bienes y recursos del Estado; esta ley en su artículo 117 viola el artículo 38 de la Constitución, que establece que "La ley no tiene efecto retroactivo, excepto en materia penal cuando favorezca al reo". Esta ley viola la Constitución en su artículo 138, al establecer que "Son atribuciones de la Asamblea

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Nacional: Crear, aprobar, modificar o suprimir tributos, y aprobar los planes de arbitrio municipales". ¿Por qué se viola la Constitución allí?, porque además de la cotización de los trabajadores, esta ley contempla que los trabajadores... Por eso el COSEP está haciendo los acuerdos con el Gobierno porque, claro, la carga va para los trabajadores y el COSEP está buscando su propio beneficio. Pero en esta ley lo que se plantea es que los trabajadores van a pagar aparte del 3 por ciento o el 2.5 de lo que aprueben, van a pagar un 1 por ciento más de cotización, ¿para qué? para que funcione la famosa Superintendencia de Pensiones. De tal manera, señor Presidente, que esto también tiene claras luces inconstitucionales, y seguramente el Frente Sandinista va a recurrir por inconstitucionalidad sobre esta ley en cuanto la misma empiece a pesar y a tener un efecto sobre los trabajadores. Por otro lado, ¿cómo no va a ser de trascendencia esta ley, señor Presidente, si sólo el costo de la transición que implica esta ley es de mil 200 millones de dólares? ¿De dónde van a salir los mil 200 millones de dólares? Ah dicen, de préstamos. Por supuesto que de préstamos internacionales, pero no son donaciones. Que me digan quién está donando un centavo para pagar el costo de transición de esta ley. Nadie. Son préstamos que vienen nuevamente a plantear la necesidad de revisar eso. Por otro lado, en todos los países... PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Víctor Hugo, trate de resumir. DIPUTADO VÍCTOR HUGO TINOCO: A ver, señor Presidente, mire,... PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Sí, trate de ser un poco más breve. DIPUTADO VÍCTOR HUGO TINOCO: Los quince minutos, pues. Usted notara, señor Presidente, que yo he estado tratando de dar argumentos para ver si ustedes se dan cuenta del costo político con una serie de sectores que ustedes van a pagar... PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Los estamos escuchando. Puede resumirlo; puede ser más breve en eso. DIPUTADO VÍCTOR HUGO TINOCO: Claro, tratamos de ser breves, pero dando los argumentos porque es importante discutir, señor Presidente. Por otro lado, señor Presidente, en Bolivia, en Panamá, en la Dominicana, en El Salvador, en México, en Argentina, en todos lados se ha estado

638 modificando el Sistema de Pensiones; pero en ningún lado ha habido la falta y la ausencia de debate y de consenso como la que ha habido aquí. En todas partes, inclusive en la mayoría de los países, los gobiernos de derecha de América Latina fueron capaces de llegar a consenso, sólo aquí la están imponiendo. Y obviamente el otro modelo impuesto es el que están aplicando aquí, que fue el de Chile, que efectivamente fue impuesto porque en esa época estaba gobernando Pinochet, entonces ahí no había forma de presionar y de consensar. Pero sólo en Chile y aquí prácticamente se ha impuesto de esta manera, sin negociación y sin diálogo, de la forma en que se está haciendo. Y en todos lados se discutió con suficiente profundidad; aquí desafortunadamente estamos haciendo las cosas de manera atropellada y nos va a tocar a todos pagar señor Presidente, los mil 200 millones de dólares que cuesta esta ley. Los van a pagar los campesinos con sus impuestos,- los mil 200 millones de dólares los van a pagar los trabajadores, los mismos cotizantes, y todo el que paga impuestos directos o indirectos, cuando compre el cigarro, la gaseosa, la bebida, el licor, la comida, o cualquier otra cosa que tenga Impuesto General al valor, va a estar pagando estos mil 200 millones de dólares. Así que no es regalado, y es una carga sobre las espaldas de los trabajadores. Finalmente, para que no se desespere, señor Presidente, yo sé que usted la quiere aprobar en carrera, pero creo que tenemos derecho a dar

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argumentos -y estoy tratando de dar argumentos- quiero darle una información. Miren, ustedes se están alineando básicamente con el sector más derechista internacional del Fondo Monetario Internacional; pero aun en el Banco Mundial y en el Fondo Monetario Internacional, ya hay voces críticas contra este tipo de proyectos. Señor Presidente, el Vice-Presidente del Banco Mundial y Jefe del Equipo de Economistas del Banco Mundial, el señor Joseph Staglish, decía que el sistema de reformas a las pensiones que se estaba haciendo en América Latina tenía un montón de mitos -y usa esa palabra, "mitos", que son falsos-. Y señalaba entre otros mitos, que es falso que el sistema de reformas que se está aplicando en América Latina incremente la actividad económica productiva y el desarrollo de estos países; es falso, como segundo mito -señalandolo Joseph Staglish- que aumenta el ahorro interno. Es totalmente falso, está demostrado que no aumenta el ahorro interno. Entonces una corriente dentro del Banco Mundial, encabezada por el jefe de los economistas, desde el año pasado -hay que reconocer que es una corriente relativamente nueva- empezó a cuestionar y a poner en duda la sabiduría para nuestras económicas, de este sistema de reformas que se está implementando. De tal manera que no es una posición izquierdista, de revolucionario; el mismo Banco Mundial está con enormes dudas y enormes diferencias con respecto a la sabiduría y las bondades de esta ley. De tal manera, señor Presidente, que para terminar -para que no se me impaciente todavía más- le quiero decir que aquí el Frente Sandinista se distancia totalmente de esta posición antipopular, y que ustedes son los que van a tener que responder ante ese millón y medio de nicaragüenses, ante las veintisiete mil víctimas de guerra, ante los treinta y ocho mil jubilados y pensionados, y ante los trescientos mil cotizantes de este país; son ellos los que le van a cobrar la cuenta a ustedes los liberales. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bueno, primero quiero aclararle que el día de ayer se expusieron al peligro aquí una gran cantidad de Diputados, casi terminan con los vidrios que están allá, le quitaron las cejas a los vidrios, rompieron puertas, y por eso, porque no habían condiciones para

639 seguir, la Sesión se suspendió, ésa fue la causa... (INMEDIATAMENTE SE ESCUCHAN PROTESTAS DE ALGUNOS DIPUTADOS). ...Por favor, desocupen la tarima qua esto es un desorden; desocupen la tarima que es un desorden esto... Les suplico que guarden el orden, que no estén provocando, ésta no es forma de proceder. Maximino Rodríguez, tiene usted la palabra. DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ: Muchas gracias, señor Presidente. Desgraciadamente creo que aquí hemos llegado a los límites de irrespetarnos mutuamente. Ayer escuchaba a un parlamentario sandinista hablar de que quienes votaran por esta ley y que no pertenecen a la Alianza Liberal, eran vendidos. La verdad es que yo eso no lo voy a comentar, se lo voy a dejar que lo exprese -como lo ha hecho- el Diputado Casco en La Prensa del día de hoy. Los Diputados democráticos que estamos aquí, consideramos que el Frente Sandinista... aquí están los decretos donde el Frente Sandinista le pasó su carga social a los pensionados, y es una carga social que ningún gobierno puede eludir. Imagínense ustedes, pensiones a las Milicias Populares Sandinistas, Decreto 595; Decreto para darle pensiones a los CDS. Cuantos nicaragüenses fueron asesinados por los CDS. Y eso fue lo que hizo el Frente Sandinista, fueron los que quebrantaron la seguridad social en este país. Por eso nosotros queremos decirles que vamos a apoyar para que esos pensionados, esos treinta y seis mil pensionados se deben

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respetar; pero no puede ser carga para los pensionados que cotizan, señores. Los pensionados de Nicaragua tienen que dar más de 100 millones de córdobas anuales para darle a los que nunca cotizaron, y esa es una carga social que ningún gobierno puede eludir, y fue lo que hizo el Frente Sandinista en su momento, no asumiendo la responsabilidad. Estoy de acuerdo con lo que decía la Diputada Mónica Baltodano ayer, que decía que sus colegas tienen doble cara, y es verdad. ¿Por qué tienen doble cara? Porque fue el Frente Sandinista el que se robó y descapitalizó el Seguro Social; fue el Frente Sandinista el que no asumió una carga social de las víctimas de guerra que ellos mismos mandaron a matar a la montaña. Y por eso vamos a luchar, para que las víctimas de guerra del Ejército y de la Resistencia Nicaragüense puedan tener una pensión,- pero no es carga de los asegurados, señores, esa es carga del Gobierno; y es lo que no hizo este señor que ahora se está arrogando el derecho de representar a las clases más desposeídas. Y muchos que simplemente son testaferros del señor Daniel Ortega, creen que van a convencer a ese pueblo que ya sabe que lo que están haciendo aquí simplemente es queriendo tapar el sol con un dedo. Por eso queremos decirles que eso ustedes mismos lo van a ir expresando día a día, como lo ha hecho el Diputado Casco al decir que eso ha sido un pacto del Frente Sandinista, porque sólo les interesa defender sus intereses. Y hay virtudes, señores, no podemos tapar el sol con un dedo. Aquí es utópico creer que una ley es perfecta; no hay una sola ley en el mundo que sea perfecta. Pero queremos decirle a los jubilados que la ley actual dice que para poder accesar a una pensión de vejez tenés que haber cumplido sesenta años y haber cotizado setecientas cincuenta semanas, y si has cotizado setecientas cuarenta y nueve, no tenés derecho a la pensión y esos recursos van para financiar otra pensión. Y miren lo que dice el proyecto actual: que el ciudadano que haya cotizado y que haya tenido sesenta años de edad, independientemente de que no haya cotizado las setecientas cincuenta semanas, va a

640 tener derecho a esos recursos que se robó el Frente Sandinista en su oportunidad. Esa es una virtud -para mencionarles una-, pero hay miles y miles de virtudes en los ciento y pico de artículos de este anteproyecto de ley. Por lo tanto, señor Presidente, yo creo que aquí en materia disciplinaria, usted y la Junta Directiva deberán sancionar a aquellos Diputados, independientemente de su color político, para que cumplan sus funciones,- aquí no es un centro de turbas, este es un centro legislativo donde debemos trabajar por el pueblo. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputada Rita Fletes, tiene la palabra. DIPUTADA RITHA FLETES ZAMORA: Hermanos periodistas, allí están los Diputados que van a votar en contra de los trabajadores, a ellos hay que cobrárselas, a esos asesinos, porque van a matar a los trabajadores, a la población nicaragüense. Ellos, ellos son los responsables de lo que pase en Nicaragua; a ellos, los liberales y sus aliados, así como les dijimos cuando discutimos el 6 por ciento, sean responsables, voten con responsabilidad; lo están haciendo por unos dólares más; así lo están haciendo esos Diputados. Y el Frente Sandinista ha sido categórico: aquí no hay negociaciones, aquí no hay pacto. Ellos son los responsables de la desgracia de los trabajadores, porque es mentira que este proyecto, estas reformas hayan sido positivas en los países latinoamericanos. Chile ni siquiera lo ha evaluado, y fue impuesto por la dictadura de Pinochet. Aquí va a ser impuesta por la dictadura de los liberales, por la dictadura de sus aliados; eso es lo que van a aprobar aquí. Van a aprobar ustedes, liberales, ustedes aliados de los liberales van a aprobar la muerte de miles de trabajadores. Y aquí hay sindicalistas que se llenan la boca y dicen, somos defensores de los trabajadores, cuando ni siquiera han sido capaces de presentar este proyecto de ley a sus afiliados porque no ha habido tiempo, pero en Chile se dilataron dieciocho meses para que Pinochet aprobara esta reforma. De manera que los derechos de los nicaragüenses están siendo violados, los derechos de los trabajadores están siendo violados. Y la Constitución, Doctor Aráuz, usted que es abogado, usted que dice que es abogado,

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esta reforma lesiona la Constitución en el artículo 105, en el artículo 154, en el artículo 38, en el artículo 138 numeral 27), y en el artículo 184. Nosotros si hemos estudiado esta reforma, y sabemos que esta reforma sangra y va a sangrar a los trabajadores. De manera que los trabajadores han sido violados a partir de 1990 y siguen violentándolos ustedes, liberales y sus aliados; se les ha negado a los pobladores de Nicaragua, a los trabajadores, venir a este hemiciclo a pelear por sus intereses. Y dice el Doctor Moncada que está corriendo peligro la vida de los Diputados. ¿Y acaso ayer el Diputado Marlon no le sacó pistola a los trabajadores? ¿Acaso aquí no se violentan los derechos de los trabajadores? Aquí están las listas, Doctor Moncada, y si usted dice que yo, como me acusó allí pero no me importa que usted lo diga porque sale de la boca de usted, y es su trabajo que diga que yo soy la causante de todo este desorden; venido de la boca de ustedes los liberales, para mí es un gran mérito que me digan que yo estoy luchando por los derechos de los trabajadores, y que esta bancada está luchando por los derechos de los trabajadores. Aquí se le negó la entrada a los maestros de ANDEN: a Pedro Ortega, Gloria Aguirre, Haydeé Hernández, Róger Barrantes, Juan Sequeira; a los de FETSALUD: Fernando Loáisiga, Ramón Amaya, Alfredo Ulloa, Rosalío Pérez, José A. Murillo,- al Doctor Gustavo Porras de FETSALUD, José Antonio Zepeda, Jimmy Hernández, Evelin Umaña, Humberto Murillo; de la CST: Gladys Manzanares, Herty Bonilla, José

641 Cruz, Armando Zepeda y José Novoa. Se le negó la entrada a Roberto González, Carlos Borge, María Bennedetti, Paul Hoocker, Saúl Cordón, Ana Esquivel, Ignacio Espinoza, Oscar Mendoza y Jorge Cruz. A estos nicaragüenses se les violentaron sus derechos aquí, en este edificio, en este hemiciclo donde supuestamente defienden ustedes los intereses de los trabajadores. De manera que yo denuncio públicamente las acusaciones del Doctor Moncada, que enaltecen a la bancada sandinista, y denuncio categóricamente las lesiones de las que están siendo objeto los trabajadores; porque ayer echaron preso a cuatro trabajadores. De manera que el Frente Sandinista va a seguir con su posición, y ustedes van a llevarse los frutos de esto. A los trabajadores y a los nicaragüenses: esos son los liberales y sus aliados, aprobando esta ley les van a demostrar lo que son ustedes, asesinos de los trabajadores. ¿Por qué ayer, en una hora pusieron esa puerta? Para que no entrara nadie. ¿Por qué no hacen lo mismo en Posoltega? No que se están robando el dinero del pueblo. A todos los damnificados del Posoltega no se les ha dado un techo digno. ¿Y para qué ir a ver a Biafra, si aquí en San Narciso no hay agua, no hay luz, no hay que comer? De manera que ese asesinato es de ustedes porque no se mata sólo con las armas, se mata con el hambre y la desgracia del pueblo, y ustedes son los responsables de esto. Gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado Lombardo Martínez, tiene la palabra. DIPUTADO LOMBARDO MARTÍNEZ: Gracias, señor Presidente. Es una lástima que este Foro -sede legalizada del disenso- se transforme en la confiscación permanente de la democracia, de convertir la democracia permanentemente en un rehén de grupos reconocidos de agitadores de tiempo completo. No es posible, señor Presidente, continuar dentro de este totalitarismo enmascarado; la democracia no puede ser sujeta a chantaje permanente, y esa debe ser la posición. Este es un debate donde tenemos que clarificar -tanto la oposición como el Gobierno- cuáles son nuestros puntos de vista alrededor de un tema tan trascendental, tanto en el campo político como en el campo social y en el campo económico de esta ley de reforma sobre las pensiones. Señor Presidente, yo apelo a la razón, a la razón que pretendemos construir, a ésa, y no apelo a los discursos encendidos, irracionales, llenos de retórica, de trinchera y de barricada, que trajeron muerte, violencia y miseria en este país. Señor Presidente, no es que estamos proponiendo una panacea, no

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estamos proponiendo una panacea de ley; lo que estamos proponiendo es una solución a los problemas estructuralmente heredados. Señor Presidente, le continúo señalando que la democracia no puede ser rehén de un grupo de aventureros; absolutamente no podemos continuar adelante de esa manera. Adelante, Presidente, hoy los liberales estamos demostrando que la razón nos asiste. Los discursos de chantaje, de intimidación no se concilian con la democracia, honorable Diputada; la democracia se fundamenta sobre el heterodoxismo, sobre la tolerancia, sobre la convivencia legal y no sobre amenazas veladas, mi querida y honorable Diputada. Personalmente había preparado un discurso en un esfuerzo para que este tema tan trascendental no se transformara en un argumento exclusive de técnicos y expertos, sino que se transformara en un debate que abarque a la Nación entera; sin embargo aquellos que pretendieron monopolizar el pensamiento y la acción en la década de los 80, continúan prolongando su acción

642 dentro de esta democracia. Señor Presidente, la apertura de la protección social a los mecanismos del mercado plantea objeciones conocidas que se centran esencialmente en la verdadera responsabilidad del Estado y en la implicación de los interlocutores sociales en la administración, en los costos reales, tanto económicos como sociales del funcionamiento global del sistema, y en la cuestión de si la protección otorgada de esta manera es verdaderamente viable y eficaz en cuanto a la garantía que aportan los grupos más vulnerables, y en términos del nivel de ingreso de sustitución o de indemnización. Resulta inminente el análisis de la situación actual, que no es posible continuar adelante con un Sistema de Seguridad Social que no ha sido analizado, que no ha sido reajustado desde la época de su origen en 1957, cuando el General Anastasio Somoza García, bajo la influencia de la izquierda obrera trajo aquí las más avanzadas innovaciones de la seguridad social en el mundo. Para entonces el modelo fue una copia europea ciertamente, y se basaba sobre los supuestos del empleo universal y de un crecimiento económico sostenible. Ese era el entorno político, el entorno social, el entorno económico cuando nació la primera Ley de Seguridad Social. ¿Pero cuál es actualmente el entorno económico político-social, cuando los liberales aparecemos en el escenario de la historia de nuestro país para proponer una reforma que desde ahora denunciamos que no es una panacea, más simplemente un paliativo al desorden y desequilibrio estructural introducido en la década del 80? Ciertamente, señor Presidente, que no se puede ir adelante con un seguro social que apenas cubre el 14.3 por ciento de la población económicamente activa, que margina a la población campesina, que margina a la población del empleo informal; es un seguro social que solamente privilegia a pocos. Pero lo más grave es que no crea niveles de sustitución de ingreso compatible con una vida digna. No se puede continuar adelante utilizando como insumo de retórica, de trinchera, los 230 córdobas que un ejército de ancianos reciben en este país y que continuamente simboliza la incapacidad de nosotros de darle respuesta a su problema. Adelante, señor Presidente, las reformas son recomendables. Es recomendable que la propuesta que estamos haciendo y que se trata de desnaturalizar totalmente porque se trata de un modelo chileno, responde a las exigencias del desarrollo; pero tenemos que aprender permanentemente que lo humano tiene que ser sujeto permanentemente a revisión, y que la respuesta que estamos dando a la circunstancia histórica y al contexto que nos toca vivir puede ser que venga desmantelada por la evolución de los tiempos. No podemos continuar hablando aquí, estar oyendo argumentos de desinformación permanente; a ejercer permanentemente una estrategia de satanización alrededor de la buena fe de nosotros, cuando estamos introduciendo una reforma que realmente amerita el desarrollo. Concluyo, señor Presidente, señalando que el discurso de Wálmaro nos reconduce a los tiempos oscuros y abyectos, cuando enarbolar la bandera de la razón contra el ortodoxismo de turno significaba la amenaza de ser quemado en las llamas del infierno o en las llamas de la Inquisición. El Papa -y espero que se respete la figura, esa figura universal-humildemente ha pedido perdón, y así también estoy seguro en el futuro nuestra Iglesia lo hará hacia nuestros indígenas, cuya madre fue violada y violentada y por demás la condenaron, y extrañamente absolvieron al padre violador. Pero mientras Su Santidad transmite al mundo la visión de un espíritu renovado y conciliador, el pueblo martirizado de Nicaragua todavía espera que los sandinistas soliciten su perdón por los diez años de destrucción económica y espiritual, cuyos costos y desequilibrio demanda décadas de esfuerzos conjuntos y coordinados.

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643 A la retórica populista, a la retórica populista distorsionadora, mesiánica, irracional, que se volvió política de Estado, el liberalismo pone... Vuelvo a repetir, señor Presidente, a la retórica populista distorsionadora, mesiánica, irracional, que se volvió política de Estado, el liberalismo pone el escudo de la razón; y otra vez toca a nosotros la noble misión histórica de alcanzar la libertad a través de la educación y la construcción de un sólido pensamiento crítico que entierre para siempre el negocio de tantos vivianes que instrumentalizan la ingenuidad y la conciencia natural de nuestro pueblo. A la libertad por la Universidad, eso quiere decir, a la libertad a través del conocimiento que enterrará para siempre a los manipuladores de la pobreza. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Alberto Jarquín. DIPUTADO ALBERTO JARQUÍN: Señor Presidente. Después de escuchar el discurso atrasado, señor Presidente... Es lamentable que en esta Asamblea hoy se escuchen discursos precisamente para defender la privatización del Seguro Social, y los discursos están precisamente en bocas de tránsfugas políticos, como Lombardo y otros que tienen poca credibilidad, porque precisamente han sido tránsfugas políticos. ¿Quién puede creer a alguien que estuvo al frente del Ministerio de Salud y que no demostró talento, ni capacidad, ni personalidad, ni carisma, como Lombardo? Es con eso precisamente, con esos discursos trasnochados que hoy tratan de enarbolar para defender lo indefendible, como es este cambio de modelo grosero e inhumano que se le quiere imponer al pueblo trabajador nicaragüense. Hoy nosotros estamos asumiendo nuestro rol como parlamentarios, como hijos del pueblo nicaragüense, para decir no a este sistema que viene precisamente a confiscar las esperanzas de tantos hermanos trabajadores jubilados, de tantos compañeros que han sido víctimas de los vaivenes de la historia y del enfrentamiento de nuestro país. Nosotros como Diputados del Frente Sandinista queremos dejar clara nuestra posición, y aquellos que dicen que no damos argumentos, pues que lean la Constitución, que lean el artículo 105, que señala claramente que la seguridad social es un deber indeclinable del Estado; que lean la Constitución y se van a dar cuenta que esta ley de privatización roza, choca, precisamente con la Carta Magna, con la Constitución Política. Aquellos que hablan de democracia, pues la democracia se cimenta sobre el respeto al Estado de Derecho, sobre el respeto de las leyes,- y quienes irrespetan la Constitución y las leyes no pueden ser demócratas, no pueden llamarse democráticos. Señor Presidente, el Santo Padre, además de pedir perdón, también ha señalado en reiteradas ocasiones su crítica al capitalismo salvaje. El capitalismo salvaje que se encarna en el sistema fracasado neoliberal, que precisamente tiene como lógica la privatización a gran escala, jugando el Estado un rol diz que facilitador, pero prácticamente menospreciando la labor rectora del Estado en el mundo y en la sociedad. En tal sentido esta privatización no es una más, sino que viene a ser de mucho significado porque precisamente se está dejando totalmente derogada esa labor rectora del Estado, y se está pasando a manos privadas una función que es indeclinable del Estado. La seguridad social que afecta directamente a jubilados, a trabajadores y que se fortalece precisamente con las cotizaciones de cada uno de nosotros, no puede ser trasladada de una manera absurda e inhumana a manos privadas. ¿Cuál es la garantía de este

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644 modelo? ¿Por qué nosotros vamos a confiar ciegamente en manos privadas o en políticas privatizantes que han venido cayendo paulatinamente en países latinoamericanos y el mundo? ¿Por qué tomar como ejemplo el modelo chileno y otros modelos privatizantes que han venido precisamente fracasando a lo largo de la historia reciente? No podemos entonces hacer apología a esta política privatizadora; muy por el contrario, nuestra posición digna, fuerte y firme como parlamentarios, es decir no a este paso desacertado de la bancada oficial y sus amigos. Y es por eso que nuestra posición es correcta, a pesar que cuando nosotros decimos no y asumimos posiciones beligerantes, vienen los discursos trasnochados de aquellos que se sienten al margen de la historia y que se quieren ubicar precisamente en el marco de la dinámica de la historia, con discursos trasnochados, tirando piedras a los techos vecinos, cuando ellos ni siquiera tienen techo y cualquier piedra les puede rajar sus cabezas. En tal sentido, señor Presidente, yo tenía también preparado argumentos que violan precisamente la legislación nicaragüense sobre esta privatización; sin embargo la dinámica de hoy no ha cambiado precisamente los contenidos de nuestros mensajes en este Plenario y desafortunadamente tenemos nosotros que señalar que una vez más la Asamblea Nacional, el Foro por excelencia, donde debe discutirse a profundidad la problemática de la población, convertirla en ley para lograr transformar esta sociedad, hoy se convierte en un centro donde se discuten situaciones y problemáticas ajenas a los intereses legítimos de la población. Deploro precisamente que hayan personas que hoy vengan aquí a querer tomar elementos del pasado para defender una ley que choca precisamente con los intereses legítimos del pueblo nicaragüense. Que lean la Ley de Seguridad Social, que se lea la Constitución en el artículo 61 y artículo 105, y se van a dar cuenta que esta ley tiene roces constitucionales, que esta ley es recurrible inconstitucionalmente, y que por lo tanto la razón y el derecho le asiste en este caso a la bancada de izquierda, a la bancada de oposición, a la bancada a la que pertenecemos nosotros, como es la Bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional. Por lo tanto, señor Presidente, nuestro rotundo no a este paso privatizador y aberrante, que en esta mañana se quiere dar en este hemiciclo. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede a palabra al honorable Diputado Noel Pereira Majano. DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO: Gracias, señor Presidente. La polvareda de la ignominia sembrando sus reales en esta Sala nos demuestra el valor intrínseco de cada hombre: el villano tiene su propio destello y peso específico, y el hombre de bien y culto tiene un lugar preponderante en la conciencia nacional. Lamentamos mucho haber ido de la mano y abrazándonos con el Frente Sandinista, creyendo que juntos podríamos estructurar una Patria grande. Mal compañero, puñalero, mal compañero de puñaladas traperas, es realmente alguien indigno de ir en el mismo camino con los hombres honorables de la República. Indudablemente la incógnita se ha despejado; se ha despejado la incógnita por cuanto en un momento dado nosotros hemos creído en el espíritu de arrepentimiento, y ese espíritu de arrepentimiento como nicaragüense nos ha llevado a tenderle la mano a los hermanos sandinistas, que actualmente han recibido un rayo inesperado con la

645 psicosis definitiva de la malacrianza y la vergüenza que le causa al rostro de la Patria. Realmente nosotros creemos que aún es tiempo de rectificar ese ir por la pendiente verdaderamente del irrespeto. Poner esas

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mantas en el lugar donde está la máxima autoridad de esta Asamblea, significa elevar trompetas de disociación en un lugar en donde realmente, la dialéctica controversial sea la que nos dignifique y eleve nuestros pasos. Nos está observando allá en el palco la oposición de Nicaragua, y nos va a decir que somos incapaces de resolver el problema y los destinos de la Nación,- nos va a decir que era fementida realmente y mentirosa la posición de decir que unidos, pensando en conjunto, íbamos a resolver los problemas de Nicaragua. Razón por la cual creo que se ha retrocedido en la historia, y como tal, creemos que el Frente Sandinista cayó de un peldaño al suelo, ya no hay quien lo recoja ¿por qué? Porque aquellos que estaban dudosos, aquellos que estaban en una forma todavía poco definida y proyectada para establecer y estructurar una oposición fuerte, ya recibieron un segundo aire. No sabemos quién dirige esa bancada, pero entendemos que la falta de perspicacia política los ha llevado a cambiar el triunfo democrático por una actitud de mercado. Señor Presidente, realmente el Doctor Escobar tiene estatura para ser el mejor ciudadano del país, eso no es ningún pecado, y como tal, realmente la conciencia a veces se dispara por donde está el norte magnético del triunfo del país. Queremos expresar en forma clara que el Frente Sandinista tiene razón de hablar así, por distintos decretos se torpedeó el bolsillo de aquellos que estaban dando su cotización. ¿Cómo se torpedeo? Con decretos y con actos efectivos, hasta llevarnos a la suma de 102 millones 430 mil córdobas, que es lo que en un año realmente le han quitado el Seguro Social, por orden del Frente Sandinista. Los decretos que encubrieron la verdad, esos decretos que encubrieron la verdad son realmente el meaculpa del Frente Sandinista, perdedor seguro, condenado por el pueblo nicaragüense. La invectiva popular está contra los que ponen pancartas, contra los que ponen mantas, contra los que irrespetan, contra aquellos que han demostrado quienes son verdaderamente. No merecen volver a gobernar, porque cuando lo hicieron hubo lágrimas, hubo muertes, hubo confiscaciones, existieron una serie de situaciones. Hablaremos de Posoltega, porque Nicaragua fue una gran Posoltega en Tasba-Pri, en donde cayeron los cadáveres de los pobres negros asesinados por las turbas y las patrullas sandinistas. Actualmente creíamos que ya se habían modificado, pero como están dando una muestra de tal naturaleza, entendemos que el pueblo nicaragüense seguirá recibiendo esta cuota. Por eso aquí que sirva este mensaje, para que todos los movimientos demócratas de Nicaragua sigamos en contra de aquellos confiscadores de la cultura política nicaragüense. Este Seguro Social, esta nueva ley es un mensaje que el pueblo nicaragüense debe recibir. El Presidente Alemán bien podría dejar que el agua corra, dejar que a un gobierno posterior se le venga el problema. Pero responsable, honorable, superior y honrado, este Presidente Alemán, vilipendiado por ustedes, es una persona que vale, con una grandeza, con un valor intrínseco superior que nosotros debemos de tomar muy en cuenta. Veamos realmente en sí lo que significan las mejoras que se están propalando en este momento. ¿Cuáles son las mejoras que se están presentando? Realmente tenemos nosotros por ejemplo aquí, en lo que se establece la cuestión de la compatibilidad relativa entre las pensiones, en ambos casos dice: "Las pensiones de invalidez son pensiones complementarias del ahorro". En consecuencia, aquí el afiliado podrá tener acceso a un 100 por ciento de sus ahorros. Nosotros entendemos -leyendo distintos capítulos de esta cuestión relativa a esta reforma- que el pueblo nicaragüense está siendo guiado y abanderado por los más capaces y honradamente superiores, razón por la cual le pedimos a esta augusta Asamblea que recupere

646 su personalidad y su posición. Allá está nuestro amigo, que nosotros sabemos que en una oportunidad me dijo: "No es en la montaña donde encontramos al hombre nuevo, sino que el hombre nuevo es aquel que respeta las instituciones creadas". Que se mantenga realmente esta nueva Ley del Seguro Social, porque ella va a ennoblecer, ella va a respaldar a todos los nicaragüenses. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTS IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado González Picado.

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DIPUTADO JOSÉ GONZÁLEZ PICADO: En realidad, el día de hoy tenemos un hemiciclo en donde no están presentes los representantes de los trabajadores porque el Parlamento está militarizado, no hay acceso de los trabajadores, de sus representantes, y por consiguiente estamos haciendo aquí una ley a espaldas de los pensionados. Lo más grave de esto es que no existe una verdadera auditoría general, y por consiguiente el futuro de los asegurados, pensionados, jubilados y sus familias, está en riesgo,- y sabemos que hay descapitalización por parte del INSS y por parte de una situación en la cual no hay confianza porque no hay transparencia en los procesos de privatización en el país. El rol del Estado es irreemplazable en la conducción de la integración económica que tenga como objetivo la promoción de la justicia social, la búsqueda de la equidad entre los sectores sociales y la sustentabilidad económica. El Estado democrático debe ser un instrumento de la sociedad para enfrentar los problemas económicos y sociales que el mercado no puede resolver, por tanto la discusión no debe de plantearse como disyuntiva entre el Estado y el mercado. Es por esa razón que no podemos aceptar que los fondos de los asegurados jueguen en el mercado de capitales especulativos, ya que existe el riesgo de que éstos, de un momento a otro se esfumen. No aceptamos que las futuras pensiones que otorgarán a las administradoras del fondo de empresas privadas, tenga duración limitada y con montos ridículos. Consideramos que la Ley de Seguridad Social actual puede mejorarse sin recurrir a la privatización, ya que con el dinero de los trabajadores se fomentarían aún más los problemas de corrupción que vivimos los nicaragüenses. Queremos entonces decirle a los parlamentarios y al Presidente del llamado primer Poder del Estado, que hoy está en juego no solamente el prestigio de la Asamblea Nacional, sino el de su Presidente, que ha sido acusado por los propios partidarios y funcionarios de gobierno de ser una persona obediente, no beligerante y que no logra garantizar la independencia de los Poderes del Estado, y sobre todo la independencia del llamado primer Poder del Estado. Al finalizar el mandato del gobierno del señor Alemán, se puede decir que él va a terminar cumpliendo en más de cien, con el Plan de Ajuste Estructural, con la privatización de los bancos, del comercio, con el aumento de impuestos, con el desempleo, con el hambre y recientemente vimos los efectos de la situación del sector salud, cuando una cantidad de nicaragüenses perdieron sus ojos al ser llevados a lugares que no garantizan el más mínimo de condiciones. Yo espero que hoy los colegas parlamentarios abramos bien los ojos y también los oídos para entender el clamor del pueblo de Nicaragua que le da un descredito similar no solamente a las instituciones o partidos políticos, sino también a las distintas instituciones democráticas que no hemos jugado el rol para el cual fuimos electos.

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¿Cómo es posible que se esté exigiendo una pensión mínima de vejez de sesenta y cinco años, cuando las posibilidades de vida en Nicaragua han disminuido sustantivamente, por el desempleo, la sub-alimentación y los problemas que vive la familia nicaragüense? ¿De qué sirve que hayan reservas de un mil 900 millones? ¿De qué sirve que se perciban 300 millones anuales, si hay problemas aquí en la transparencia? Para nadie es un secreto que estando en el INSS el yerno del Presidente, el hermano del Presidente, la Contraloría General de la República debería de realizar una auditoría para darle credibilidad, darle sustentabilidad. Esa sería una prueba de fuego también para saber si hay o no Contraloría General de la República en el país. Y sólo sabiendo con qué cuenta el patrimonio del INSS se puede decir que se puede pasar a una etapa de consulta con los sectores de la empresa privada, con los sectores de los trabajadores que han dicho que no están en capacidad con esa pretensión inusitada y trasnochada del Gobierno, que quiere cumplir a toda costa con la ola de privatización en Nicaragua. Queremos decir que ese discurso que sataniza al Estado y asume que el mercado pueda hacer todo mejor, los programas de ajustes impuestos por el Banco Mundial y el Fondo Monetario, aumentan la presión en el mismo sentido, dando como resultado una creciente tendencia hacia la privatización. Los gobiernos por su parte, en el caso de Nicaragua, en vez de privatizaciones han visto en ella una v ía para resolver a corto plazo sus crisis fiscales para equilibrar su presupuesto y se convierte en un mecanismo de enriquecimiento ilícito y favoritismo a determinados grupos económicos. Entonces yo quiero el día de hoy llamar a todos los colegas parlamentarios para decirles que no es el momento de aprobar esta ley sino que hay que

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rechazarla; y hay que buscar el consenso con los empleadores, con los trabajadores y no venir aquí de forma abrupta a aprobar una ley en contra de los intereses de los trabajadores, que afecta la gobernabilidad democrática y también el prestigio y la credibilidad del Gobierno y sus instituciones democráticas. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Eliseo Núñez Hernández.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ: Señor Presidente. En mi intervención quiero felicitar a Daniel Ortega y Arnoldo Alemán, quiero felicitar a estos dos personajes, puesto que el show que están montando el día de hoy, casi hace que algunos lo crean. Señor Presidente, no es posible que continúen con este circo, cuando muy bien sabe usted y sabemos todos, que ya fue previamente acordada la aprobación de esta ley; dentro del pacto que hizo el Frente Sandinista con el Partido Liberal Constitucionalista, estuvo sobre el tapete la aprobación de esta ley, fue acordada la aprobación de esta ley. Conozco también cómo es la situación que se está creando, y estoy seguro que después que terminen las intervenciones para su proyección ante sus bases, el Frente Sandinista se va a levantar, porque sabe que ya hubieron los suficientes votos para que pasara la ley. Señor Presidente, no volvamos a caer en el mismo error que cuando se aprobó el Presupuesto de 1999, que cuando se peleó por el 6 por ciento hubo hasta un muchacho muerto, y sin embargo a la hora de hacer las mociones el Frente Sandinista votó para que no se aprobara el artículo 3 y después aprobó unos dictámenes de unas enmiendas. Señor Presidente...

648 PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Le suplico que se concrete al tema, por favor, esas son acusaciones políticas. DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ: Señor Presidente, es el tema de la Nación, porque la Nación, el prestigio y la dignidad de este Parlamento está en juego y no se pueden seguir burlando al pueblo. El día de hoy lo que están es burlándose, están arrancando la campaña, están tratando de polarizar fuerzas para decir que el PLC es antisandinista y el Frente Sandinista está en contra de los pactos que hicieron los arrepentidos. Señor Presidente, seamos serios, es una representación de toda Nicaragua la que está hoy aquí y no un juego de partidos políticos. El tema de esta ley viola el artículo 69 de la Constitución Política. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Fanor Herrera. Noel Vidaurre, después. DIPUTADO FANOR HERRERA: Muchas gracias, señor Presidente. Me parece que están demás las explicaciones, los argumentos de los liberales por tratar de explicar lo inexplicable. Tan inexplicable que su misma Santidad, el Papa, expresó su posición de no al capitalismo salvaje; y aquí está viviéndose en carne propia, con este proyecto de ley, precisamente lo salvaje

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del capitalismo. La globalización, la acumulación de capital, la usura, la especulación financiera, precisamente hoy se está sintiendo con esta nueva ley. Pero también la globalización de la miseria, y a eso es que se refería Su Santidad el Papa, la acumulación con la privatización de las empresas, con la privatización de la luz, del agua, de la seguridad social, es decir, de la vida de los trabajadores, de los que acumulan esas riquezas. Del Estado de Derecho del que tanto se habla, pero se está contra él, todos contra el Estado, a favor de la privatización. Se habla de modernización, pero los que se modernizan son los mecanismos de explotación, son los mecanismos de esquilmar al pueblo. Y precisamente en esta ley de seguridad social o de las pensiones, lo que se está esquilmando precisamente son las comisiones; y por la vía de las comisiones, precisamente usurera, especulativa, se pretende crear las empresas privadas, se indexan las pensiones, pero no se está indexando el salario de los trabajadores, para poder pagar esas pensiones. Por eso es que el Frente Sandinista siempre ha estado a favor del pueblo y de las leyes que favorecen su desarrollo, su defensa, y es por eso que estamos en contra de esta ley; porque si realmente queremos estar favoreciendo al pueblo, requerimos de leyes que lo proteja, no de leyes que lo dejen al desamparo de manos privadas. ¿Por qué esas comisiones no las invertimos en hacer más eficiente al Estado, que sea responsable el Estado y no que se la dejemos a manos de privados que ya sabemos que su misión es "bisness" más "bisness"? Por eso el Frente Sandinista, con una mentalidad propositiva ha propuesto que es necesario consultar más esta ley, consultarla más con los afectados o consultarla con los que van a ser beneficiados, consultarla con las instituciones responsables de la seguridad social, consultar con todos los sectores que sean necesarios, porque se está jugando con la vida de más de un millón de

649 nicaragüenses. Por eso también proponíamos la necesidad de un mecanismo pluralista, para esa investigación y para ese estudio. Por qué estar hablando de traspolar sistemas, del chileno, del mexicano, del de Europa? ¿Por qué no con nuestros estudios hacer nuestro propio sistema? Por eso es que nosotros creemos irracional, que no es posible pasar el destino y la vida de miles de trabajadores de manera irresponsable, en manos de usureros y en manos de especuladores. Es mejor fortalecer y hacer eficiente el Estado, porque eso es lo que dice la Constitución; y por eso se dice que se viola la Constitución, porque eso es lo que manda la Constitución, hacer eficiente el Estado y que responda ante el pueblo por la seguridad social. Este es un asunto muy serio, por tanto se requiere de más discusión, de más estudio, de más eficiencia en nuestro trabajo, no estar copiando y traspolando sistemas. Está bien, las experiencias hay que estudiarlas, hay que analizarlas, hay que sacarles el jugo, hay que ver que es lo mejor; pero no a espaldas del pueblo, con técnicos que ni siquiera han vivido aquí, que ni siquiera saben ni han palpado la realidad nuestra. Por eso es que nosotros nos oponemos, porque sí representamos esos intereses, los intereses del pueblo, los intereses de los trabajadores, los intereses de los ciudadanos de este país. Y por eso decimos no al liberalismo, porque pretende precisamente llevar hacia adelante un sistema donde se acumule más la miseria, más la explotación y donde pretende con su Estado de Derecho desarrollar una democracia desigual y no equitativa a como manda la Constitución, y a eso nos vamos a seguir oponiendo. Por eso, estimados colegas, reflexionemos, pensemos mejor las cosas, no hagamos las cosas a la carrera porque vamos a afectar a más de un millón de ciudadanos nicaragüenses, y entonces no estaremos dirigiendo mejor el destino de este pueblo. No, a los métodos. No hagan que el pueblo reaccione de esta manera. No es culpa del pueblo, no es culpa de los trabajadores reaccionar de esta manera cuando se está jugando con su vida. Por eso el Frente Sandinista dice hoy, no a esta ley. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Dorita Zeledón y Vidaurre, con ellos terminamos. DIPUTADA DORA ZELEDÓN: Gracias.

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El día de ayer aquí, en este Parlamento, vimos manifestaciones de los trabajadores que están altamente preocupados por los efectos negativos de esta ley que está siendo impuesta a la Nación de manera irresponsable, de manera inconsulta; precisamente estas manifestaciones que estamos viendo el día de hoy y que vimos el día de ayer, es protesta generalizada de los trabajadores y de la sociedad en su conjunto, que se va a ver afectada por esta ley, que va a afectar la atención, que va a afectar esos derechos que establece la Constitución. Y aquí el día de hoy no hemos escuchado argumentos que realmente convenzan a nadie, muchos Diputados de la Bancada Liberal que han hablado el día de hoy, no han hablado de los beneficios de esta ley. Y es que efectivamente no hay beneficios para la población; no sólo le están quitando los derechos a la población, sino que están impulsando, copiando un modelo traído de manera mecánica de otro país. Ese modelo impulsado en nuestro país, realmente va a constituir un caos y no sólo va a afectar la economía, sino también la vida de ese millón y medio de hombres y mujeres que van a ser afectadas negativamente por este proyecto de ley impuesto.

650 ¿Y por qué digo esto? El sistema presentado es muy frágil, si lo vamos aplicar en Nicaragua que tiene una economía inestable, una situación social inestable. Tenemos un problema de inflación, de desempleo y si este proyecto pretende incrementar las cotizaciones o fidelidad al sistema, ¿cómo se logra en una economía como la nuestra, donde prevalece el desempleo, el hambre, la miseria y la desolación? El número de cotizantes que aquí se plantea realizar es una Utopía. Efectivamente se está sacrificando el carácter social del Sistema de Pensiones, violando la Constitución de la República por un modelo economicista que tiene un elevado costo de transición que anda por los 850 y un mil 200 millones de dólares. Se pretende decir que se va a promover el mercado de capitales, y yo me pregunto: ¿promover el mercado de capitales, a través de afectar a la población con una ley tan sensible como es esta? La experiencia nos ha demostrado que con este sistema propuesto por el Gobierno no se consiguen los objetivos más importantes que se persiguen en esta reforma y eso es doblemente irresponsable. Se plantea que la capitalización individual -y son estudios de expertos que a nivel mundial han analizado los efectos de las reformas del Sistema de Pensiones en distintas partes del mundo-, esta capitalización individual no reduce los costos del sistema, más bien los ajusta y los transfiere, o sea que transfiere parte de ellos a los individuos. No hay tampoco evidencia de mayor cobertura en estos sistemas reformados, no hay evidencia de que se incremente el ahorro total de la economía. Es más -y ahí está la gravedad del asunto-, hay que financiar la transición y esto genera desahorro público. Ahí se dice que el principal logro que en estos estudios se ha hecho por expertos reconocidos en la materia, es el aislar el manejo del Sistema de Pensiones del Estado y pasarlo a la administración privada porque es más eficiente. Yo me pregunto: ¿Y es que el Estado va a declinar toditas sus responsabilidades con la población? Entonces para qué tenemos Ministros, si son ineficientes, si son incapaces de darle respuesta a las necesidades básicas de la población, como es el seguro social que establece la Constitución. Hay que revisar si todos esos Ministros que ganan miles de miles de dólares están haciendo su trabajo,- realmente es una completa irresponsabilidad no haber efectivamente realizado todo un proceso de discusión a nivel nacional, de consulta para buscar la mejor alternativa de seguro social que le convenga a nuestro país, de acuerdo a su realidad económica, política y social. Aquí bien se pudo haber empezado a discutir por ejemplo, que efectivamente los trabajadores, los empleadores, el Gobierno debió de haber formado esa bendita Comisión Tripartita que ha funcionado a través de la historia y que además la reconoce la Organización Internacional de Trabajo. Eso para ir valorando efectivamente cual es la mejor solución y darnos el tiempo necesario para no imponer un modelo que va a afectar al país y a más de un millón y medio de hombres y mujeres, que van a ser afectados adversamente tal y como lo han reportado aquí mis compañeros y compañeras de bancada que han hablado de manera exhaustiva sobre los resultados negativos que va a tener en la población. Aquí se nos ha dicho que el costo de transición lo va asumir la comunidad donante, y yo me pregunto: ¿Acaso algún donante -llámese Fondo Monetario, llámese Banco Mundial- va a venir a regalarle esos un mil 200 millones de dólares a Nicaragua? No, señores, si hay algún préstamo -que además no existe nada por escrito que de fe de eso- efectivamente Nicaragua tendrá que endeudarse más a largo plazo y eso es un costo real para la población. Es realmente lamentable que en Nicaragua y en esta Asamblea Nacional se estén impulsando procesos legislativos apresurados, irresponsables, inconsultos con los sectores afectados. Definitivamente si aquí

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hubiésemos tenido el respeto a los

651 trabajadores y la sociedad, y hubiéramos empezado con una posición de nación, con una posición realmente de hacer patria, no tuviéramos este problema que tenemos hoy, de no aceptación absoluta de la sociedad nicaragüense de esta ley, porque no está siendo aceptada, ni por la empresa privada, ni por los trabajadores, ni por la sociedad en su conjunto, y por lo tanto no está siendo aceptada por el Frente Sandinista, porque es un partido que vela por los intereses más sentidos de la población. No es casual que exista esta protesta, siempre que hay leyes impuestas que no han sido consensuadas, que no han sido dialogadas, vamos a tener esta realidad. Y quiero decir que expreso mi más profunda solidaridad a los trabajadores que han venido a lo largo de estos meses luchando para que se les reconociera el derecho a participar de manera activa y representativa en la formulación de un proyecto de ley de pensiones que realmente respondiera a las necesidades de la Nación, y no que respondiese a las necesidades políticas y económicas del gobierno de turno y además del Fondo Monetario Internacional. Yo reitero, colegas Diputados de todas las bancadas, que no podemos seguir aquí legislando de manera autoritaria, de manera vertical, al margen de la sociedad nicaragüense. Esta situación de afectación de manera permanente a la sociedad a través de leyes perniciosas, afectan la gobernabilidad de este país. Esta situación es insostenible, la privatización exacerbada, la violación a la Constitución de la República, ese declinar de las responsabilidades del Estado afectan, y está comprobado que afectan a la sociedad en su conjunto. Para tener un sistema eficiente y consensuado, efectivamente el sistema actual habrá que revisarlo, y de eso hay conciencia. El sistema actual tiene que ser revisado, pero aquí no se dio la oportunidad de que se revisara ese sistema, de que los trabajadores aportaran con sus experiencias, de que los empleadores aportaran con sus experiencias, de que se analizara el mejor modelo para aplicarlo en Nicaragua, no; aquí sencillamente se fue por la vía más fácil, adoptando un modelo que no ha tenido resultados positivos en ningún país, y aquí de nuevo se recurre a la imposición en detrimento de la democracia, de la Constitución y el pueblo en general. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado Noel Vidaurre, tiene la palabra. DIPUTADO NOEL VIDAURRE: Muchas gracias, señor Presidente. Esta Ley de Pensiones, de tanta trascendencia para la vida nacional, está siendo dejada de discutir por el rigor económico y técnico que una ley de esta naturaleza merece. Los argumentos retóricos no son los argumentos correctos para analizar en esta magna Asamblea una ley de tal magnitud y que afecta a tantos y tantos nicaragüenses. No se ha hablado aquí de que esta ley le impone una carga adicional a la economía nacional y una carga adicional a los hombros de los trabajadores, al aumentar las cotizaciones casi en un 12 y medio por ciento para los trabajadores y casi un 3 por ciento para los empleadores, en circunstancias en que la economía nicaragüense, con altos costos, no puede seguir soportando más cargas impositivas. No se ha hablado aquí tampoco de la onerosa carga que significa el 3 por ciento de comisión para los administradores de los Fondos de Pensiones; no se ha dicho aquí que eso también representa finalmente una carga sobre los hombros de los trabajadores nicaragüenses. No se ha dicho aquí que la calificación del derecho

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652 para la pensión de vejez, que hoy es de sesenta años de edad, va a pasar a sesenta y cinco años, cuando en Nicaragua el promedio de vida es solamente de sesenta años de edad. No se ha dicho aquí tampoco, que es necesario que una ley de esta naturaleza vaya de la mano -si se quiere aprobar- la ley que regula la inversión de esos fondos. Hay que decir con claridad que esta ley que afecta a los trabajadores no ha sido consultada con ellos, ni con los afectados que son los jubilados y pensionados. Hay que hacer una auditoría integral de los más de un mil 900 millones de pesos que se dicen que existen en el INSS. Hay que recordar, queridos Diputados, que el dinero del INSS no es dinero del Estado, es dinero que corresponde a los trabajadores que han cotizado por años y años y años, esperando tener beneficio de pensión y de salud. Es importante aclarar también a la población, que esta ley supone una serie de premisas y de criterios que son absolutamente falsos. Supone un mercado de capitales que genere altas rentabilidades a los fondos que se invierten, y no existe en nuestro país ningún mercado de capitales que genere altas rentabilidades. Supone realidades económicas diferentes a las que se planean en la ley. Supone una economía como la chilena, que tiene un superavit de más de 10 mil millones de dólares anuales; no supone una economía como la nuestra, absolutamente quebrada y dependiente exclusivamente de la cooperación internacional y de los amigos donantes. Supone una transparencia absoluta en el manejo de los fondos y de los activos, y este Gobierno ha demostrado totalmente lo contrario. Entonces esta ley, hermanos Diputados, que hemos querido pasar como si se tratara de una ley cualquiera, amerita en primer lugar el consenso con los afectados: jubilados, trabajadores, pensionados y cotizantes. Necesita de un análisis técnico y concienzudo con las manos puestas sobre la realidad nicaragüense, con los pies puestos sobre la realidad de la economía de nuestro país y no sobre la realidad de otros países, con un desarrollo económico mucho mayor. Pensemos bien, hermanos Diputados, que vamos hacer esta mañana. Una ley de tanta trascendencia y que afecta a tantos y tantos nicaragüenses, no puede ser vista como una ley cualquiera. Las consecuencias económicas y sociales de una ley de esta magnitud pueden sobrepasar las calculadas por el Gobierno. No sea que el día de mañana, hermanos Diputados, lamentemos la decisión que estoy seguro hoy se va a tomar. Muchas gracias, Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Suficientemente discutido. Vamos a someter a votación. Se abre la votación. Está abierta la votación en lo general, sobre el Dictamen de Mayoría. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Están votando. Bueno pues vamos a volverla a hacer. Se abre de nuevo la votación. Está abierta la votación.

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653 Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 45 votos a favor, 7 en contra, 1 abstención. Queda aprobado en lo general. Vamos a continuar la Sesión. Por favor, suplico gue no se vayan todos los Diputados, vamos a votación si es por capítulos. Se va a cerrar la votación. Se cierra. 47 votos a favor, 2 en contra, 0 abstención. Vamos por capítulos. Si ustedes se incorporan, nosotros pedimos con todo gusto... Vamos a un receso de cinco minutos y volvemos. Comprobamos el quórum? Vamos a borrar todo. Borren todo y marquen de nuevo, por favor. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN: Quorum legal con 51 Diputados presentes. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Continuamos la Sesión. Vamos al Capítulo I. Vamos a la lectura del Capítulo I. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE NICARAGUA

En uso de sus facultades

HA DICTADO

La siguiente:

LEY DEL SISTEMA DE AHORRO PARA PENSIONES

TÍTULO I

SISTEMA DE AHORRO PARA PENSIONES

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES Objeto de la Ley: Arto. 1 La presente Ley tiene por objeto regular el Sistema de Ahorro para Pensiones que se crea

como parte de la Seguridad Social de Nicaragua, y que se regirá conforme a lo dispuesto en esta Ley y su Reglamento.

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Características del Sistema: Arto. 2 El Sistema de Ahorro para Pensiones tendrá las siguientes

características:

1. Las cotizaciones se destinarán a capitalización en la cuenta individual de ahorro para pensiones de cada afiliado; al pago de primas de seguros para atender el total o la proporción que corresponda de las pensiones de invalidez y de sobrevivencia; y al pago de la retribución por los servicios de administración de las cuentas individuales y el otorgamiento de los beneficios que señala esta ley.

2. Los afiliados del Sistema tendrán libertad para elegir y traspasar sus fondos entre Instituciones

Administradoras y, en su oportunidad, para seleccionar la modalidad de su pensión.

3. Los recursos acumulados en las cuentas individuales de ahorro para pensiones, serán propiedad exclusiva de cada afiliado al Sistema.

4. Cada Institución Administradora, administrará un solo Fondo de Pensiones, en adelante, el Fondo, que

se constituirá con el conjunto de los recursos acumulados en las cuentas individuales de ahorro para pensiones, y estará separado del patrimonio de la Institución Administradora.

5. El Estado aportará los recursos que sean necesarios para garantizar el pago de pensiones mínimas, de

conformidad a esta Ley.

6. La afiliación al Sistema para los trabajadores es de carácter obligatorio, según las disposiciones de la presente Ley y su Reglamento.

7. Los afiliados al Sistema de Ahorro para Pensiones, a la vigencia de esta ley, causarán por su

fallecimiento el derecho a cuota mortuoria, de conformidad al reglamento.

8. Se establece la pensión de Navidad que será equivalente a un mes adicional después de un año de haber sido pensionado, o la parte proporcional que corresponda al período de tiempo pensionado mayor de un mes y menor de un año.

Instituciones Administrativas: Arto. 3 El Sistema será administrado por Instituciones Administradoras, que se regirán de acuerdo a lo

establecido en esta Ley y su Reglamento. Fiscalización: Arto. 4 El Sistema será fiscalizado por la Superintendencia de Pensiones, de acuerdo a lo establecido

en su Ley Orgánica, en esta Ley y el Reglamento. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Mociones al Capítulo I, que se lean, por favor. ¿De Víctor Talavera y Henry Urcuyo? DIPUTADO HENRY URCUYO: Señor Presidente:

655 Yo tengo una moción para el artículo 1, que se leería así: "La presente ley tiene por objeto regular el Sistema de Ahorro

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para Pensiones, que se crea como parte de la Seguridad Social de Nicaragua y que se regirá conforme a lo dispuesto en esta Ley y su Reglamento". La propuesta es así: "La presente ley tiene por objeto regular el Sistema de Ahorro para Pensiones, que se entenderá como lo integrante de la Seguridad Social de Nicaragua, y que se regirá conforme a lo dispuesto en esta Ley y su Reglamento". Justificación del cambio: Se propone el cambio de redacción para mejor comprensión del artículo. Paso la moción, Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Víctor Talavera. DIPUTADO VÍCTOR TALAVERA: Gracias, señor Presidente. Honorables Diputados: Es para presentar una moción en el artículo 2, en los numerales 4) 7) y 8). En el sentido del numeral 4), diría: "Cada Institución Administradora, administrará uno o varios Fondos de Pensiones, según lo autorice la Superintendencia de Pensiones, en adelante, los Fondos, que se constituirán con el conjunto de los recursos acumulados en las cuentas individuales de ahorro para pensiones, y que estarán separados del patrimonio de la Institución Financiera". Este es el numeral 4). En el numeral 7), es únicamente sustituir en la segunda línea: "En vez de "cuota mortuoria" que se diga "subsidio de funeral"; de ahí todo igual. En el numeral 8), sustituir en la primera línea: "Se establece la pensión de Navidad" por: "Se establece la pensión del Decimotercer Mes"; de ahí el resto del numeral continúa igual. Esas son las mociones que paso a la Junta Directiva. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: El honorable Diputado Mario Gutiérrez y Noel Pereira, son los dos que tienen mociones, para que las vayan leyendo. DIPUTADO MARIO LIZANO GUTIÉRREZ: Gracias, señor Presidente. Iba a presentar moción de reforma al artículo 4, tal a como está planteado en el proyecto original, dado que en la Superintendencia de Pensiones van a haber Comisiones de control, de fiscalización, de ingresos, de inversión y de otras más, cada una deberá tener que tener su propio Reglamento. Entonces, yo propongo que el artículo 4 se lea así: "El Sistema será fiscalizado por la Superintendencia de Pensiones, de acuerdo a lo establecido en su Ley Orgánica, en esta ley y los reglamentos". Paso la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Todas son de consenso. A votación. iAh! bueno, Noel Pereira Majano, tiene la palabra. ¿Tiene moción usted, Diputado Samper? Diputado Samper, después va usted, ¿oye?

656 DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO: Tengo una moción al artículo 5. El Arto. 5, se propone que se redacte así... Es en el Capítulo siguiente, Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

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Entonces el Diputado Samper tiene la palabra. DIPUTADO JORGE SAMPER: Gracias, señor Presidente. Simplemente es para expresar mi protesta por esta votación en lo general, que nuevamente no se ha cumplido con el Estatuto General de la Asamblea Nacional. Y también quiero expresar mi voto en contra de esta Ley de Pensiones, que a contrapelo han pretendido o están aprobándola en este momento, contra toda lógica y contra toda razón económica. Y espero que escuche el Diputado Martínez, que pide argumentos lógicos, que se los vamos a demostrar. Efectivamente, quiero ponerme de acuerdo con el Diputado Pereira en que el Frente está en el suelo; pero le faltó agregar que los liberales están en el subsuelo. Quiero ponerme de acuerdo también con el Diputado Martínez, que dice que se debe pedir perdón; ellos deben estar de rodillas; los liberales debieran estar de rodillas por tres años de gobierno corrupto e incapaz. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Estamos en lo particular. DIPUTADO JORGE SAMPER: Así es, señor Presidente, y por eso vamos a presentar una moción. La moción que vamos a presentar es que no se continúe discutiendo esta ley porque no ha sido aprobada en lo general, sólo hay 45 votos y se requiere de 48 votos, señor Presidente; por lo tanto, no puede seguirse, no se puede continuar discutiendo esta ley que no tuvo los votos suficientes para poderse aprobar. Toda esta discusión que se está continuando es completamente ilegal porque sólo hay 45 votos. Señor Presidente, este es el informe que en 1995 se le entregó al Gobierno anterior, y ustedes la tienen desde 1996. Y oiga, señor Martínez, aquí están los argumentos lógicos que ustedes tienen guardados. Dice el informe internacional que fue presentado al Gobierno, y que ustedes lo tienen archivado: "Es una de las opciones que pueden considerarse válidas para garantizar la protección social derivada del seguro de invalidez, vejez y muerte en Nicaragua, consiste en el mantenimiento del sistema actual". Ustedes tienen cuatro años de tener guardada esta recomendación y no la han querido implementar, y ahora vienen con esta privatización de las pensiones. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Por favor, concrete su moción. DIPUTADO JORGE SAMPER: Mi moción es que no puede continuarse discutiendo esta ley, porque no ha sido aprobada en forma, y por lo tanto cualquier discusión que se haga aquí cualquier votación que se haga aquí es ilegal, no tiene ninguna validez y tiene que volver a ser sometida a votación cuando se tengan los suficientes votos. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Sí, fue 45 a 7, y usted sabe que fue por mayoría relativa, pasaron el quórum de los 48.

657 No siga engañando, por favor. DIPUTADO JORGE SAMPER: Bueno, pero fue aprobada exclusivamente con 45 votos, Presidente. De todas maneras como usted interpreta la ley a como le da la gana, vamos a retirarnos también de esta discusión y vamos a recurrir, si es posible, a los tribunales. Y esperamos que se ponga de rodillas Lombardo Martínez para pedir perdón a los nicaragüenses. En tres años han desbaratado la democracia en este país, y van hacia la dictadura. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

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Vamos a someter a votación todas las mociones de consenso. ¿Ya no hay más? Se abre la votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 47 votos a favor, 1 en contra, 1 abstención. Quedan aprobadas todas las mociones. Capítulo II. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO II

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Afiliación Obligatoria: Arto. 5 Son sujetos de afiliación obligatoria, los trabajadores dependientes y todas

aquellas personas que a partir de la fecha de inicio de operaciones del Sistema ingresen a la fuerza laboral por primera vez en calidad de dependientes.

Afiliación Voluntaria: Arto. 6 Podrán afiliarse al Sistema de Ahorro para Pensiones:

1. Los profesionales, ministros de cualquier culto, religiosas y demás trabajadores independientes.

2. Las personas nicaragüenses que presten sus servicios en misiones diplomáticas y organismos internacionales acreditados en el país, así como los miembros de dichas misiones y organismos.

3. Los dueños de propiedades agrícolas y los demás empleadores que deseen hacerlo.

4. Los nicaragüenses que trabajen y vivan en el extranjero. 5. Todos aquellos nicaragüenses domiciliados que ejerzan una actividad mediante la cual

obtengan un ingreso, incluidos los patronos de las micros y pequeñas empresas.

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6. Los trabajadores agrícolas y domésticos, de acuerdo a las condiciones y peculiaridades de su trabajo. Para su afiliación se dictará un Reglamento especial.

7. Todos los integrantes o beneficiarios de los programas de Reforma Agraria.

De la Afiliación y Traspaso: Arto. 7 La afiliación es una relación jurídica entre una persona natural y el Sistema de Ahorro para

Pensiones, que origina los derechos y obligaciones que esta Ley establece, en especial el derecho a las prestaciones y la obligación de cotizar. Surtirá efectos a partir del inicio de la relación laboral del trabajador dependiente, en el caso de aquellos que se incorporen por primera vez a la fuerza de trabajo, o al momento en que se haga efectivo el traspaso a este Sistema, en el caso de los trabajadores que provengan del Sistema Público de Pensiones. La afiliación es única y permanente, y deberá perfeccionarse de acuerdo a la forma que se determine en el Reglamento.

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Afiliación Individual: Arto. 8 La afiliación al Sistema será individual y subsistirá durante la vida del afiliado, ya sea

que este se encuentre o no en actividad laboral.

Toda persona deberá elegir, individual, y libremente la Institución Administradora a la cual desee afiliarse mediante la suscripción de un contrato y la apertura de una Cuenta Individual de Ahorro para Pensiones.

Las Instituciones Administradoras no podrán rechazar la solicitud de afiliación de ninguna persona natural, si procediere conforme esta Ley.

En ningún caso el afiliado podrá cotizar obligatoria o voluntariamente a más de una Institución Administradora.

Definiciones: Arto. 9 Para los efectos de esta Ley, se entenderá por empleador a la persona natural o

jurídica, de derecho público o privado, que por cuenta propia o ajena tiene a su cargo una empresa o actividad económica de cualquier naturaleza, persiga o no fines de lucro, sin importar el número de trabajadores bajo su dependencia, en virtud de una relación de trabajo o de servicio que los vincule.

Se considerará trabajador dependiente, a toda persona natural que en forma verbal o escrita, individual o colectiva, expresa o presunta, temporal o permanente, se obliga con otra persona natural o jurídica denominada empleador a una relación de trabajo, consistente en prestarle mediante remuneración un servicio o ejecutar una obra material o intelectual bajo su dirección y subordinación directa o delegada.

Son trabajadores independientes o por cuenta propia, aquel cuyo trabajo no depende de un empleador.

Formas de Afiliación: Arto. 10 La afiliación al Sistema será obligatoria cuando la persona inicie relación laboral en

carácter de dependencia. La persona deberá elegir una Institución Administradora y firmar el contrato de afiliación

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respectivo

Todo empleador estará obligado a respetar la elección de la Institución Administradora hecha por el trabajador. En caso contrario, dicho empleador quedará sometido a las responsabilidades de carácter civil y administrativas derivadas de ello.

Toda persona sin relación de subordinación laboral quedará afiliada al Sistema con la suscripción del contrato de afiliación en una Institución Administradora.

Personas excluidas del Sistema: Arto. 11 Están excluidas del Sistema las siguientes personas:

1. Los pensionados por invalidez permanente a causa de riesgos comunes y riesgos profesionales del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social, salvo que vuelvan a incorporarse a su vida laboral y devenguen salario.

2. Los pensionados en curso de pago de beneficios de cargo del INSS al momento de

creación del nuevo Sistema, salvo que se reincorporen a la fuerza laboral y devenguen salario.

3. Todas las personas actualmente pensionadas, sin importar la causa de su pensión, así como

las viudas y huérfanos menores de edad, y ascendientes actuales, salvo que se reincorporen a la fuerza laboral y devenguen salario.

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4. Los cotizantes y los pensionados por invalidez del Instituto de Previsión Social Militar y del Instituto de

Seguridad Social y Desarrollo Humano. Incompatibilidad de los Sistemas: Arto. 12 Ninguna persona podrá cotizar simultáneamente al Sistema de Ahorro para Pensiones y al

Sistema de Pensiones del INSS o a los Institutos de Previsión Social Militar y del Instituto de Seguridad Social y Desarrollo Humano.

Asimismo, las pensiones de invalidez y sobrevivencia que se otorguen de conformidad a esta Ley, son incompatibles con las que otorgue el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social por riesgos profesionales y accidente común.

Traspaso de Cuenta Individual: Arto. 13 Cualquier traspaso de cuenta individual desde una Institución Administradora a otra, será posible

cuando el afiliado hubiere realizado al menos, doce cotizaciones mensuales continuas en una misma Institución Administradora.

No obstante lo contemplado en el párrafo anterior, si la Institución Administradora en la que se encuentre cotizando el afiliado, incumpliere el contrato de afiliación, éste podrá traspasar su cuenta individual a otra Institución Administradora en cuanto lo solicite. Igualmente, el afiliado podrá traspasar su cuenta individual antes de cumplido el período que señala el párrafo anterior ante la fusión, disolución, disminución del patrimonio bajo el mínimo legal y aumento de la comisión de la Administradora respectiva.

Para que opere el traspaso, el afiliado deberá notificar

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por escrito su intención a su empleador, si ese es el caso, y firmar personalmente el libro de la Institución Administradora de destino. El traspaso producirá efectos a partir del primer día del mes subsiguiente a aquel en el que se solicite, de conformidad al Reglamento y a las normas que dicte la Superintendencia.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a aprobar el Capítulo II. A votación primero el Capítulo II que quedó pendiente, para entrar ya al III. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 0 en contra. Vamos a la lectura del Capítulo III. Vienen a avisar que era el II, y es el I el que estaba pendiente. Vamos de nuevo al I. Se va a cerrar la votación. Se cierra. 48 a favor, 1 abstención. Ahora, mociones al Capítulo II.

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Ya se leyó, ahora vamos a las mociones. Doctor Pereira Majano, tiene la palabra. DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO: Moción al artículo 5 de este Capítulo. Debe leerse así este artículo: "Son sujetos de afiliación obligatoria, los trabajadores dependientes y todas aquellas personas que a partir de la fecha de inicio de operaciones del sistema ingresen a la fuerza laboral por primera vez, en calidad de dependiente, una vez cumplidos los primeros quince días de trabajo". Se justifica esta moción y se propone el cambio, dado que una vez cumplidos los quince días primeros de trabajo, la estabilidad y la permanencia configuran la consolidación de la relación laboral. Esa es la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bien, pueden leer la moción solamente. Honorable Diputado Heriberto Gadea. DIPUTADO HERIBERTO GADEA: Mi moción es para el artículo 6, donde dice: "Arto. 6 Podrán afiliarse al Sistema de Ahorro para Pensiones:

1. Los profesionales, ministros de cualquier culto, religiosas y demás trabajadores independientes.

El término "religiosas", que yo sepa no está aceptado por

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la Real Academia, como que absorbe al género masculino. Entonces la propuesta es: "Podrán afiliarse al Sistema de Ahorro para Pensiones:

1. Los profesionales, ministros de cualquier culto, religiosos y religiosas, y demás trabajadores

independientes." Paso la moción por escrito. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Eduardo Callejas, puede leer simplemente la moción para que podamos avanzar. DIPUTADO EDUARDO CALLEJAS: Gracias, señor Presidente. Tengo una moción al artículo 10. En el último párrafo, dice: "Toda persona sin relación de subordinación laboral"; y ésta es la moción: "de conformidad a lo dispuesto en el artículo 6 de la presente ley, quedará afiliada al Sistema con la suscripción del contrato de afiliación en una Institución Administradora". Paso la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputada Lilliam Morales. DIPUTADA LILLIAM MORALES: Señor Presidente: Yo quería presentar la moción al artículo 13, párrafo segundo, en la primera línea. Donde se lee: "No obstante lo contemplado en el párrafo anterior", agregar, para leerse así: "No obstante lo contemplado en el párrafo anterior, se consideran las siguientes excepciones".

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Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones a los demás artículos? ¿Observaciones al artículo 7? ¿Observaciones al artículo 9? ¿Observaciones al artículo 11? ¿Observaciones al artículo 12? No hay. A votación todas las mociones de consenso. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. 48 a favor, 1 en contra, 1 abstención. Quedan aprobadas todas las mociones. A votación el Capítulo. Se abre la votación.

662 Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 a favor, 1 en contra, 1 abstención. Queda aprobado el Capítulo. Vamos al Capítulo III. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO III

DE LAS COTIZACIONES

Obligatoriedad de las cotizaciones: Arto. 14 Durante la vigencia de la relación laboral, deberán efectuarse las cotizaciones obligatorias en

forma mensual al Fondo de Pensiones por parte de los trabajadores y los empleadores.

La obligación de cotizar termina al momento en que un afiliado cumple con el requisito de edad para pensionarse por vejez, aunque no ejerza su derecho y continúe trabajando. Asimismo, cesará la obligación de cotizar cuando el afiliado sea declarado invalido total mediante segundo dictamen o cuando se pensione por vejez de conformidad con el artículo 77 de esta Ley, antes del cumplimiento de las edades a que se refiere el literal 2) del mismo. Si un afiliado continúa trabajando siendo pensionado por invalidez total o parcial declarada mediante primer dictamen o siendo pensionado por invalidez parcial mediante segundo dictamen, deberá enterar la cotización a que se refiere el literal 1) del artículo 17 de esta Ley.

Asimismo, los pensionados del INSS por invalidez a causa de riesgos profesionales deberán cotizar los porcentajes a que se refiere el párrafo anterior, de acuerdo a lo que señala el párrafo final del artículo siguiente.

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El cese de la Obligatoriedad de cotizar operará sin perjuicio de los aportes voluntarios que los afiliados decidan efectuar y de los acuerdos entre empleador y trabajador para efectuar contribuciones adicionales.

Ingreso base de las cotizaciones de los trabajadores dependientes: Arto. 15 El ingreso base para calcular las cotizaciones obligatorias de los trabajadores dependientes,

será el salario mensual que devenguen o el subsidio respectivo de incapacidad por enfermedad. Dicha base no podrá ser inferior al salario mínimo legal mensual en vigencia, excepto en los casos tales como aprendices, trabajadores agrícolas, domésticos y otros cuyos ingresos sean inferiores a dicho mínimo, casos que serán señalados en el Reglamento respectivo.

En los casos en que el afiliado tenga dos o más empleos, cotizará a su Cuenta de Ahorro para Pensiones por la totalidad de los salarios que perciba. Para los pensionados del INSS por invalidez con origen en riesgos profesionales, el ingreso base de cotización será

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la pensión.

Ingreso base de cotizacion.es de trabajadores independientes: Arto. 16 El ingreso base para calcular las cotizaciones de los trabajadores independientes, será el

ingreso mensual que declaren ante el Institución Administradora, que en ningún caso será inferior al salario mínimo legal mensual en vigencia. Los trabajadores independientes serán responsables del pago total de las cotizaciones a que se refiere el artículo 17 de esta Ley.

Monto y Distribución de las Cotizaciones: Arto. 17 Los empleadores y trabajadores contribuirán al pago de las cotizaciones en las proporciones

establecidas en esta Ley.

Por ningún motivo, ni aun a título de obligación contractual, podrán los empleadores hacer recaer, total o parcialmente, la contribución del empleador sobre las remuneraciones de los trabajadores a su servicio.

La tasa de cotización será del diez y medio por ciento del ingreso base de cotización respectivo, de la cual el empleador de su cargo, pagará un seis y medio por ciento (6.5%), y el trabajador un cuatro por ciento (4%), ambos del ingreso base de cotización.

Esta cotización se distribuirá de la siguiente forma:

1. Un siete y medio por ciento (7.5%) del ingreso base de cotización, se destinará a la cuenta individual de ahorro para pensiones del afiliado; y

2. Un tres por ciento (3%) del ingreso base de cotización, con cargo al cual la Institución

Administradora financiara el Seguro de Invalidez y sobrevivencia que establece esta ley, y el costo por los servicios que presta la Institución Administradora. Ambos constituyen comisión que será fijada libremente por esta última. Si esta es menor del tres por ciento (3%) referido, el excedente se debe abonar en la cuenta individual de ahorro para pensiones del afiliado.

A partir del tercer año de entrada en vigencia de esta ley, esta comisión no podrá ser superior al dos y medio por ciento del ingreso base de cotización. La diferencia entre el monto que fije la Institución Administradora y el tres por ciento de cotización deberá ser abonado en la cuenta individual del afiliado. El salario y cualquier otro ingreso sujeto a pago de cotizaciones, tendrán un límite máximo obligatorio cotizable en córdobas equivalente a 2,000 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica. Cotizaciones y Aportaciones Voluntarias: Arto. 18 Todos los afiliados al Sistema podrán cotizar en forma voluntaria a las cuentas individuales de

ahorro para pensiones, valores superiores a la cotización a que se refiere el artículo 17 de esta Ley,

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ya sea en forma periódica u ocasional. Abono a la Cuenta Individual de Ahorro: Arto. 19 Las cotizaciones obligatorias y voluntarias se abonarán a la cuenta individual de ahorro para

pensiones del

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afiliado. Cada afiliado sólo podrá tener una cuenta.

Los recursos existentes en las cuentas individuales de ahorro para pensiones, sólo podrán ser utilizadas para financiar las prestaciones de que trata la Ley.

Declaración y Pago de Cotizaciones: Arto. 20 Las cotizaciones establecidas en este Capítulo deberán ser declaradas y pagadas por el

empleador, el trabajador independiente o la entidad pagadora de subsidios de incapacidad por enfermedad según corresponda en el INSS o a la empresa facultada para la recaudación.

La declaración y pago deberán efectuarse dentro de los cinco primeros días hábiles del mes siguiente a aquel en que se devengaron y pagaron los ingresos afectos.

Acciones de Cobro: Arto. 21 El INSS o la empresa con la que éste opere para efectuar la recaudación, estará obligado a

perseguir el cobro íntegro de todas las cotizaciones, para los distintos programas o ramas de la seguridad social, no pudiendo cobrar por separado.

En los casos de recuperación administrativa o judicial de cotizaciones adeudadas y sus intereses moratorios, la distribución de ellas se deberá efectuar en forma proporcional a cada una de las ramas de la seguridad social que corresponda. Asimismo, el INSS o la empresa con la que éste opere para efectuar la recaudación, estará obligada a seguir las acciones administrativas y judiciales de las cotizaciones adeudadas y sus intereses moratorios dentro de los plazos y condiciones que determine el Reglamento. Si no existe recuperación, no podrá cobrar comisión a las Instituciones Administradoras por el servicio prestado, pudiendo estas últimas demandar al INSS por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato. Cualquier obligación a favor del Fondo de Pensiones, así como la obligación de pago de cotizaciones y su acción de cobro, serán imprescriptibles.

Prelación de Créditos: Arto. 22 Las cotizaciones constituyen créditos privilegiados. Igual condición tendrán, para los efectos

de esta Ley, sus intereses, reajustes y recargos a que hubiere lugar, en relación con los demás créditos que puedan existir contra el empleador.

Tratamiento Tributario: Arto. 23 La rentabilidad de las inversiones de los Fondos de Pensiones, las cotizaciones obligatorias de

los afiliados al Sistema, así como los ingresos de los afiliados provenientes de los incentivos por permanencia, serán consideradas rentas no gravables para efectos de Impuesto sobre la Renta.

Las pensiones y beneficios que obtengan los afiliados al Sistema estarán afectos a las normas generales establecidas en la Ley del Impuesto sobre la Renta. Las cotizaciones voluntarias a que se refiere al artículo 18 de esta Ley, serán deducibles de la renta imponible hasta por el 15% del ingreso base de cotización del afiliado. Las contribuciones de los empleadores se

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665 consideran como cargas sociales que representan costos de producción, y por lo tanto tendrán el carácter de deducciones para los efectos de la Ley de Impuesto sobre la Renta.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al Capítulo III? Honorable Diputado Sergio García, tiene la palabra. DIPUTADO SERGIO GARCÍA: Gracias, señor Presidente. Era para mocionar en el artículo 16, en el párrafo primero del articulado, en su segunda línea, donde dice "ante el Institución Administradora", se leerá: "ante la Institución". Esto parece más bien que es de estilo, pero bueno, vamos a mocionar para que ya vaya corregido. Paso mi moción. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado Leopoldo Navarro, tiene la palabra. DIPUTADO LEOPOLDO NAVARRO: Gracias, señor Presidente. Referente al artículo 17, específicamente en el párrafo último del articulado en su segunda línea, donde se lee 2 mil dólares, se leerá un mil 500 dólares. Paso mi moción. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Mario Lizano. DIPUTADO MARIO LIZANO: Gracias, señor Presidente. Es para justificar en el segundo párrafo del artículo 19, donde dice así: "Los recursos existentes en las cuentas individuales de ahorro para pensiones, sólo podrán ser utilizadas para financiar las prestaciones de que trata la Ley". Se cambiará a "ser utilizados"; o sea, la justificación es que se propone el cambio de la redacción para mejorar la comprensión del artículo. Paso a llevar la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra Lombardo Martínez. DIPUTADO LOMBARDO MARTÍNEZ CABEZAS: Gracias, Presidente. Tengo una moción para el artículo 20, que debe leerse así: "Las cotizaciones establecidas en este Capítulo deberán ser declaradas y pagadas por el empleador, el trabajador

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independiente o la entidad pagadora de subsidios de incapacidad según corresponda

666 en el INSS o a la empresa facultada para las recaudaciones, quienes deberán distribuir a las Instituciones de Seguridad Social respectiva, dentro de los plazos establecidos en el Reglamento. La declaración y pago deberán efectuarse dentro de los cinco primeros días hábiles del mes siguiente, a aquel en que se devengan y pagaran los ingresos". Esta moción se fundamenta sobre esta justificación, señor Presidente: Se propone el agregado referido, con el objeto de precisar en términos expresos que la entidad recaudadora deberá distribuir las cotizaciones correspondientes a las instituciones de seguridad que correspondan, dentro de los plazos que se establecerán en el Reglamento, con el objeto de evitar retenciones prolongadas de dinero, que en cuanto a la rentabilidad puede perjudicar que el afiliado pierda días de ganancias en las inversiones. Paso mi moción, señor Presidente. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado Jaime Bonilla. DIPUTADO JAIME BONILLA: Moción para cambiar el artículo 21, en el segundo párrafo, agregando en las primeras líneas lo siguiente: "En los casos de recuperación administrativa o judicial de cotizaciones adeudadas y sus intereses moratorios", se agrega que "serán iguales a los de la rentabilidad obtenida por el Fondo de Pensiones respectivo". Luego que continúe igual, señalando la distribución de ella que se debe efectuar en forma proporcional a cada una de las ramas de la seguridad social. Esta moción se debe a que es absolutamente necesario proteger el ingreso de los trabajadores, dado que es importante que las cotizaciones no pierdan valor cuando éstas no se entregan oportunamente. Paso la moción por escrito, Presidente. Muchísimas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Diputada Lilliam Morales. DIPUTADA LILLIAM MORALES: Gracias, señor Presidente. Es para mocionar en el artículo 22, en el párrafo único, en su segunda línea que se lee así: "...para los efectos de esta Ley, sus intereses, reajustes y recargos a que hubiere lugar". Eliminar "recargos", y se leerá así: "...para los efectos de esta Ley, sus intereses y reajustes a que hubiere lugar". Muchísimas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al artículo 14? No hay. ¿Observaciones al 15? No hay. ¿Observaciones al 18? ¿Observaciones al 23? No hay.

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667 Se someten a votación todas las mociones de consenso. A votación. Está abierta la votación. Están votando. Se va a cerrar. Todavía están votando. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, l en contra, 0 abstención. Quedan aprobadas las mociones. A votación el Capítulo. Se abre la votación del Capítulo III. Está abierta la votación del Capítulo III. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 1 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo III. Vamos ahora al Título II, Capitulo I. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

TÍTULO II DE LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE AHORRO PARA PENSIONES

CAPÍTULO I

DE LAS INSTITUCIONES ADMINISTRADORAS DE

FONDOS DE PENSIONES Objeto de las Instituciones Administradoras de Fondos de Pensiones: Arto. 24 Las Instituciones Administradoras de Fondos de Pensiones, en adelante Institución Administradora o

AFP, serán sociedades anónimas de carácter previsional, que tendrán por objeto exclusivo administrar Fondo de Pensiones, y gestionar y otorgar las prestaciones y beneficios que establece esta Ley.

Se constituirán como sociedades anónimas de capital fijo, dividido en acciones nominativas con no menos de tres accionistas, de plazo indeterminado, deberán ser domiciliadas en Nicaragua y estarán obligadas a mantener, a lo menos, una agencia u oficina a nivel nacional destinada a la atención de público. Para la constitución y el ejercicio de sus funciones, las Instituciones Administradoras se regirán por las disposiciones de la presente Ley, de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones, su Reglamento, las normas que éste dicte, y demás normas que fueren aplicables de conformidad al Código de Comercio.

668 Destino de las cotizaciones:

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Arto. 25 Las Instituciones Administradoras, en el cumplimiento de sus funciones, recibirán las cotizaciones y

aportaciones correspondientes de acuerdo a los procedimientos establecidos en esta ley, las abonarán en las respectivas cuentas individuales de ahorro para pensiones, invertirán dichos recursos de acuerdo a lo que dispone esta Ley, y pagarán los beneficios correspondientes cuando se cumplan los requisitos para ello.

Las Instituciones Administradoras únicamente podrán administrar los beneficios establecidos en esta Ley, sin perjuicio de que deberán cumplir con todas las otras obligaciones que establezca la Superintendencia de Pensiones.

Constitución: Arto. 26 Para constituir una Institución Administradora deberá obtenerse previamente la autorización de la

Superintendencia de Pensiones.

Los interesados deberán solicitar a la Superintendencia de Pensiones la autorización para constituir la Institución Administradora, sin perjuicio de los requisitos que señale el Código de Comercio. No podrá darse curso a una solicitud de autorización si a ésta no se acompaña un proyecto de escritura social y estudio de factibilidad de proyecto. El Reglamento determinará el procedimiento de constitución y los requisitos que deberá cumplir dicha solicitud de autorización. La Superintendencia concederá la autorización para constituir la sociedad cuando a su juicio estime que se cumplen las condiciones para ello. El Superintendente expedirá una resolución fundada, indicando el plazo dentro del cual habrá de otorgarse la escritura constitutiva correspondiente.

Calificación de la Superintendencia de Pensiones: Arto. 27 El testimonio de la escritura pública de constitución de la sociedad deberá presentarse a la Superintendencia

de Pensiones, para que esta califique si los términos estipulados en la misma son conformes con el proyecto previamente autorizado y si el capital social ha sido efectivamente pagado de acuerdo con esta Ley y si se han cumplido todos los requisitos legalmente establecidos. En dicho caso, la Superintendencia dictará la resolución de autorización de existencia de la Institución Administradora.

No podrá presentarse a inscripción en el Registro Público Mercantil el testimonio de la escritura pública constitutiva de una Institución Administradora, sin que lleve la resolución de la Superintendencia de Pensiones que autoriza la existencia de dicha Institución.

Denominación: Arto. 28 La denominación de las Instituciones Administradoras deberá comprender la frase

Administradora de Fondos de Pensiones o anteponerse la sigla "AFP" y no podrá incluir nombres o siglas de personas naturales o jurídicas existentes que, a juicio de la Superintendencia de Pensiones, puedan inducir a equívocos respecto de la responsabilidad patrimonial o administrativa de ellas. La Superintendencia de Pensiones podrá objetar dicha denominación social.

669 Capital Social: Arto. 29 El capital social para la formación de una Institución Administradora no podrá ser menor en

córdobas al equivalente a dos millones dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, el cual deberá encontrarse totalmente suscrito y pagado en efectivo al tiempo de otorgarse la escritura social.

Si el capital de la Institución Administradora fuere superior al exigido, el exceso podrá pagarse dentro del plazo máximo de dos años, contado desde la fecha de la resolución en que la Superintendencia de Pensiones autorice la constitución de la Institución Administradora. El capital social mínimo deberá ser aumentado cuando ocurra cualquiera de las siguientes circunstancias, así:

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a) En córdobas al equivalente a dos millones doscientos cincuenta mil dólares de los

Estados Unidos de Norteamérica, cuando complete 20,000 afiliados, y b) En córdobas al equivalente a dos millones quinientos mil dólares de los Estados

Unidos de Norteamérica, al tener 40,000 afiliados o más. Las Institución Administradora deberá cumplir con estos requisitos dentro de un plazo de noventa días a partir de la fecha en que concurra cualquiera de las circunstancias señaladas. En todo caso, el aumento deberá ser suscrito y pagado en efectivo.

Inhabilidades: Arto. 30 No podrán ser titulares de acciones de una Institución Administradora, los que se encuentren

en alguna de las siguientes circunstancias:

1. Los que estén en estado de quiebra o insolvencia. 2. Los que hayan sido condenados por delitos contra la propiedad. 3. Los que sean deudores del Sistema Financiero por créditos a los que se les haya

constituido una reserva de saneamiento del cincuenta por ciento o más del saldo, mientras persista tal situación.

4. Los que hayan participado directa o indirectamente en infracción grave de las leyes y normas que

rigen al Sistema Financiero.

2. Los que hayan sido condenados por crímenes o delitos que merezcan penas superiores a cinco años.

Tratándose de una persona jurídica, las circunstancias precedentes se considerarán respecto de los socios o accionistas que sean titulares del diez por ciento o más de las acciones de la sociedad. Prohibición Especial: Arto. 31 El Reglamento de esta ley deberá contener las disposiciones que permitan la regulación de

los conflictos de intereses que se pueden dar entre los accionistas de las Instituciones Administradoras y el o los Fondos de Pensiones que administren.

670 Facultad de operar: Arto. 32 Cumplidos los requisitos exigidos en esta Ley y en su Reglamento e inscrita la escritura pública en

el Registro Público Mercantil, la Superintendencia de Pensiones resolverá si la Institución Administradora de que se trate, puede iniciar operaciones y efectuará, sin necesidad de más trámites, los asientos respectivos en el correspondiente Registro de la Superintendencia, siempre que ésta acredite ante aquella los siguientes requisitos:

1. Contar con un sistema de información, para el registro y manejo de las cuentas

individuales de ahorro para pensiones de cada afiliado, y un sistema contable de control e información requeridos por la Superintendencia de Pensiones, todo lo cual deberá estar a disposición de ella para su examen y verificación, y

2. Haber diseñado una política de inversiones de acuerdo a lo establecido en esta ley

y su reglamentación.

En el plazo de 90 días después de facultada para operar, la Institución Administradora deberá haber inscrito y registrado en una bolsa de valores nacional, las acciones que representen su capital.

Autorización previa de Escrituras:

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Arto. 33 Los proyectos de escrituras de modificación del pacto social, disolución, fusión, y liquidación

de una Institución Administradora, deberán ser sometidos previamente a la autorización de la Superintendencia de Pensiones, y una vez otorgados, se presentarán para verificar su conformidad con lo autorizado, de lo que se pondrá razón escrita en el testimonio respectivo, sin la cual no podrán inscribirse en el Registro Público Mercantil. Una vez verificada su conformidad con la autorización respectiva, la Superintendencia de Pensiones inscribirá lo pertinente en su Registro.

Reducción de Capital: Arto. 34 Para subsanar la reducción de capital, deberá solicitar autorización a la Superintendencia de

Pensiones y el acuerdo deberá ser tomado en Junta General Extraordinaria, especialmente convocada para tal efecto, del que se remitirá certificación a la Superintendencia de Pensiones para que constate que está conforme lo autorizado y se proceda a la modificación del pacto social, de conformidad al Código de Comercio.

Contratación de Servicios: Arto. 35 Las Instituciones Administradoras, para el ejercicio de sus funciones podrán contratar servicios

tales como el procesamiento de la distribución de las cotizaciones a las cuentas individuales, procesamiento de información, beneficios, y otras relacionadas con sus operaciones.

Inversiones de la Institución Administradora: Arto. 36 Las Instituciones Administradoras invertirán sus recursos propios en los activos necesarios para su

gestión y en cuotas del Fondo de Pensiones que administren. Asimismo, podrán invertir sus recursos en acciones de sociedades de capital nacionales, títulos de deuda emitidos por el Sistema Financiero Nacional, certificados de depósito sujetos a la aprobación de la Superintendencia de

671

Pensiones. En el caso de las sociedades, podrán hacerlo siempre que se dediquen a las actividades relacionadas con el desarrollo del Sistema, tales como la custodia y depósito de valores, recaudación y procesamiento de cuentas individuales o asesorías e inversión en sociedades administradoras de fondos de pensión en el exterior, de conformidad al Reglamento respectivo. Cuando se trate de sociedades de custodia y depósito de valores, las condiciones de constitución y operación se regularán por lo dispuesto por el Código de Comercio, y la participación accionaria de cada Institución Administradora no podrá exceder del quince por ciento del capital. La Superintendencia de Pensiones vigilará y fiscalizará el funcionamiento de dichas sociedades en lo que concierna a las operaciones relacionadas con el Sistema.

Contabilidad: Arto. 37 La Superintendencia de Pensiones establecerá la forma en que deberá llevarse la

contabilidad de las Instituciones Administradoras y de los Fondos de Pensiones. En todo caso, cada Institución Administradora deberá llevar contabilidad separada de la del Fondo de Pensiones que administre.

La Superintendencia de Pensiones determinará las obligaciones contables de las Instituciones Administradoras, los principios contables de aplicación obligatoria, las disposiciones para la formulación de las cuentas anuales, los criterios de valorización de los elementos integrantes de las cuentas, así como el régimen de aprobación, verificación, depósito y publicidad de dichas cuentas, y sistemas de auditoría, todo ello con el objeto de que se refleje la real situación financiera de las Instituciones Administradoras y de los Fondos de Pensiones.

Autorregulación: Arto. 38 Las Instituciones Administradoras deberán elaborar políticas internas de control prudencial que les permita

manejar adecuadamente sus riesgos financieros, regulatorios y operacionales y

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deberán someterlas a la aprobación de las respectivas Juntas Directivas. Los auditores externos deberán considerar en sus informes el cumplimiento de estas políticas.

La Superintendencia de Pensiones establecerá los aspectos que las Instituciones Administradoras deberán incluir en sus políticas de control prudencial.

Comisiones: Arto. 39 La Institución Administradora percibirá por la prestación de sus servicios una retribución en concepto de comisión.

Estas comisiones estarán destinadas a la Institución Administradora como pago por el manejo de las cuentas individuales de ahorro para pensiones, la administración del Fondo de Pensiones, la gestión de la pensión mínima garantizada por el Estado, el pago del contrato del seguro de invalidez y sobrevivencia a que se refiere esta Ley y la administración de las demás prestaciones que establece la misma.

Porcentajes de las Comisiones:

672 Arto. 40 Las comisiones serán establecidas libremente por cada Institución Administradora dentro de los límites

que se señalan.

Las Instituciones Administradoras podrán establecer comisiones por los siguientes servicios: 1. Por la administración de las cuentas individuales de ahorro para pensiones y el contrato

de seguro de invalidez y sobrevivencia. Esta comisión sólo podrá establecerse como un porcentaje del ingreso base de cotización y corresponderá a lo señalado en el literal 2) del artículo 17 de esta Ley.

2. Por el manejo de cuentas individuales de ahorro para pensiones inactivas por más de un

año ininterrumpido, con saldos superiores a cien salarios mínimos. La Institución Administradora podrá descontar de la rentabilidad anual de la cuenta hasta el cinco por ciento de dicha rentabilidad, descuento que no deberá superar el uno y medio por ciento del ingreso fase de cotización de los últimos doce meses cotizados.

3. Por la administración de las cuentas individuales de afiliados pensionados o afiliados

que cumpliendo los requisitos de edad no ejerzan su derecho y continúen cotizando. Esta comisión no comprenderá el pago del contrato del seguro de invalidez y sobrevivencia a que se refiere el literal 2) del artículo 17 de esta Ley. Podrá establecerse como un porcentaje del ingreso base declarado que no sea superior al uno y medio por ciento del mismo.

4. Por el mantenimiento de un saldo en las cuentas individuales. Esta comisión sólo podrá

establecerse sobre la base de un porcentaje del saldo acumulado, debiendo considerarse lo establecido en la literal 2) precedente para el caso de las cuentas inactivas por más de un año.

Las comisiones así determinadas deberá ser informadas al público y a la Superintendencia de Pensiones, en la forma que ésta lo señale, y las modificaciones de dichas comisiones regirán noventa días después de su comunicación al público, exceptuando las de inicio de operaciones de cada Institución Administradora. La comisión a que se refiere el literal 1) de este artículo, deberá ser comunicada indicando separadamente lo que corresponde al pago del contrato del seguro de invalidez y sobrevivencia.

Incentivo a la Permanencia: Arto. 41 Las Instituciones Administradoras podrán establecer mecanismos de incentivos por permanencia

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de sus afiliados. Estos mecanismos serán aplicados de manera uniforme a todos los afiliados que efectúen cotizaciones durante un mismo número de meses. Los incentivos se establecerán como un porcentaje del ingreso base y consistirán en devoluciones sobre las comisiones pagadas durante períodos de permanencia establecidos, las cuales podrán ser entregadas en efectivo o acreditadas en las respectivas cuentas individuales de ahorro para pensiones, según la elección del afiliado.

Estos incentivos deberán comunicarse de acuerdo al mismo procedimiento establecido en el último párrafo del artículo anterior.

673 Información del afiliado: Arto. 42 La Institución Administradora quedará obligada a proporcionar al afiliado, una libreta de ahorro

para pensiones, en la que registrará cada vez que éste lo solicite, con un máximo de cuatro veces al año, el número de cuotas abonadas en su cuenta individual de ahorro para pensiones y su valor a la fecha. No obstante, la Institución Administradora podrá desarrollar mecanismos electrónicos que sustituyan el sistema anterior.

La Institución Administradora, cada seis meses, por lo menos, deberá enviar por escrito a cada uno de sus afiliados un estado de cuenta que refleje todos los movimientos registrados en su cuenta individual de ahorro de pensiones, con indicación del número de cuotas registradas, su valor y la fecha.

Prohibición: Arto. 43 Quien no se hubiere constituido conforme a las disposiciones de esta Ley como Institución Administradora

de Fondos de Pensiones no podrá atribuirse la calidad de tal, ni podrá efectuar las funciones que en esta Ley se les confieren.

Tampoco podrá poner en su local u oficina, aviso alguno que contenga expresiones que indiquen que se trata de una Institución Administradora del Sistema de Ahorro para Pensiones, ni podrá hacer uso de membretes, carteles, títulos, formularios, recibos, circulares o cualquier otro papel, que contenga nombres u otras palabras que indiquen que los negocios a que se dedican dichas personas son los de Institución Administradora de Fondos de Pensiones del Sistema de Ahorro para Pensiones. Les estará prohibido además efectuar propaganda por la prensa u otro medio de publicidad en que se haga uso de tales expresiones. La Superintendencia de Pensiones pondrá los antecedentes a disposición de la Procuraduría General de la República para que esta inicie las acciones pertinentes, sin perjuicio de la acción pública que corresponda. Cuando a juicio de la Superintendencia de Pensiones, existan indicios que puedan presumir la realización de algunas de las actividades que en este artículo se detallan tendrá, respecto a los presuntos infractores, las mismas facultades de inspección que su Ley Orgánica le confiere para con las Instituciones fiscalizadas.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Observaciones al Capítulo I, del Título II. Tiene la palabra el honorable Diputado Wilfredo Navarro. El Diputado Luis Urbina, tiene la palabra. DIPUTADO LUIS URBINA: Gracias, señor Presidente.

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Tengo una moción para el artículo 29. En las partes en que se dice, "Estados Unidos de Norteamérica", que se sustituya por "Estados Unidos de América". Además que se le agreguen dos literales, el a) y ID), que digan así:

"El capital social mínimo deberá ser aumentado cuando ocurra cualquiera de las siguientes circunstancias".

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a) En córdobas al equivalente de 2 millones 250 mil dólares de los Estados Unidos de América, cuando complete cuarenta mil afiliados.

b) En córdobas al equivalente de 2 millones 500 mil dólares de los Estados Unidos de América, al

tener sesenta mil afiliados o más. La institución administradora deberá cumplir con estos requisitos dentro de un plazo de noventa días a partir de la fecha en que concurra cualquiera de las circunstancias señaladas. En todo caso, el aumento deberá ser suscrito y pagado en efectivo. La justificación del cambio se propone por el incremento del número de afiliados en las Administradoras para el aumento de capital social, con la finalidad de evitar que en un período relativamente corto de tiempo, éstas se vean obligadas a modificar sus estatutos y efectuar los cambios en la escritura social correspondiente, ya que se espera que el número de afiliados previamente establecidos en el proyecto de ley, se enterará en un breve período de tiempo.

Paso la moción respectiva. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado William Mejía, tiene la palabra. DIPUTADO WILLIAM MEJÍA: Presidente, gracias. Es una moción para reformar el artículo 26, que dice así: "Para constituir una Institución Administradora deberá obtenerse previamente la autorización de la Superintendencia de Pensiones. Los interesados deberán solicitar a la Superintendencia de Pensiones la autorización para constituir la Institución Administradora, sin perjuicio de los requisitos que señale el Código de Comercio, acompañando de la siguiente información: a) Proyecto de escritura social, en el que se incorporarán los Estatutos. b) Nombre, edad, profesión u oficio, domicilio y nacionalidad de las personas naturales solicitantes; y nombre,

naturaleza, nacionalidad y domicilio de la persona jurídica solicitante, con las respectivas referencias bancarias y crediticias.

c) Estudio de factibilidad financiera de la institución. d) Plan de implementación del proyecto. e) Indicación del monto del capital social y monto del capital pagado con el cual la institución comenzará sus

operaciones. f) Nombre, edad, profesión u oficio, domicilio y nacionalidad de los futuros accionistas, así como el monto de sus respectivas

suscripciones. g) Generales de ley de los directores y referencias bancarias y crediticias de éstos. El Superintendente de Pensiones podrá exigir a los interesados en el plazo de veinte días

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hábiles, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, otra información que crea pertinente. Recibida toda la información, la Superintendencia de Pensiones resolverá dentro de los tres días hábiles siguientes, período en el cual deberá publicar en los dos diarios de circulación nacional, por una sola vez, a cuenta de los interesados, la nómina de los futuros accionistas que poseerán el 1 por ciento o más del capital

675 de la Institución Administradora, así como de los directores iniciales. En el caso de que los futuros accionistas sean personas jurídicas, deberán publicarse también las nóminas accionistas que posean más del 3 por ciento de capital. Dicha publicación tendrá por finalidad que cualquier persona con conocimiento de alguna de las inhabilidades contenidas en el artículo 30 de esta ley, pueda objetar la calidad de los accionistas y directores que formaran parte de la Institución Administradora. Las objeciones deberán presentarse por escrito a la Superintendencia de Pensiones en un plazo de quince días hábiles después de la publicación, adjuntando los indicios y prueba pertinente. La información tendrá carácter de confidencialidad. En caso de que los accionistas sean personas jurídicas, deberán publicarse también las nóminas de sus accionistas que poseen más del 5 por ciento del capital. La Superintendencia de Pensiones concederá la autorización para constituir la sociedad cuando se cumplan las condiciones legales señaladas y cuando a su juicio, las bases financieras proyectadas, así como la honorabilidad y responsabilidad personal de los futuros accionistas, directores y administradores, ofrezcan protección a los intereses del público. Si la decisión fuere favorable a los peticionarios, la autorización para constituir la sociedad se expedirá por resolución de la Superintendencia de Pensiones, indicando el plazo del cual habrá de otorgarse la escritura constitutiva". Paso la moción. Hasta ahí la reforma. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado Armando López, tiene la palabra. DIPUTADO ARMANDO LÓPEZ: Gracias, señor Presidente. Yo tengo una moción para mejorar el artículo 30, que se leerá así: "No podrán ser titulares de acciones de una Institución Administradora, los que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias: 1. Los que estén o hayan estado en quiebra o insolvencia. 2. Los que hayan sido condenados por delitos contra la propiedad. 3. Los que sean deudores del Sistema Financiero por créditos a los que se les haya constituido una reserva de

saneamiento del 20 por ciento o más del saldo, mientras persista tal situación. 4. Los que hayan participado directa o indirectamente en infracción grave de las leyes y normas que

rigen al Sistema Financiero. 5. Los que hayan sido condenados por crímenes o simples delitos cuya pena sea más que correccional". Hasta ahí la moción. Gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Maximino Rodríguez. DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ:

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676 Gracias, señor Presidente. Es que tiene cierta similitud la moción del colega, pero en otras palabras, como que me mutiló más bien la moción. En ese mismo artículo yo estoy haciendo una moción que dice lo siguiente: Título II, Capítulo I, Artículo. 30, inciso 5). Suprimir la palabra "crímenes", por ser infamante. También suprimir en el inciso 5) las palabras gue dicen: "delitos que merezcan penas superiores a cinco años". Deberá leerse así: "Los que hayan sido condenados a penas más que correccionales". Porque como todos sabemos, los delitos mayores de tres años son graves y no pueden quedar con cinco años. Despues dice: "Agregar en el artículo 30, un nuevo inciso que se leerá así: Inciso 6): Los funcionarios públicos de elección popular y los Ministros, Vice-Ministros, directores de entes autónomos y sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y en el segundo de afinidad, no podrán accesar a lo que menciona el artículo 30". Paso la moción. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Róger Castellón. DIPUTADO ROGER CASTELLÓN: Muchas gracias, señor Presidente. Tengo una moción al artículo 40, gue se leerá así: "Las comisiones serán establecidas libremente por cada Institución Administradora dentro de los límites gue se señalan. Las Instituciones Administradoras podrán establecer comisiones por los siguientes servicios:

1. Por la administración de las cuentas individuales de ahorro para pensiones y el contrato de seguro de invalidez y sobrevivencia. Esta comisión sólo podrá establecerse como un porcentaje del ingreso base de cotización y corresponderá a lo señalado en el literal 2) del artículo 17 de esta ley.

2. Por el manejo de cuentas individuales de ahorro para pensiones inactivas por más de un año

ininterrumpido con saldos superiores a cien salarios mínimos. La Institución Administradora podrá descontar de la rentabilidad anual de la cuenta hasta el tres por ciento de dicha rentabilidad, descuento que no deberá superar el uno por ciento del ingreso base de cotizaciones de los últimos doce meses cotizados. Esta comisión no impedirá el pago del seguro por invalidez y sobrevivencia a que se refiere el inciso 2) del artículo 17 de esta ley.

3. Por la administración de las cuentas individuales de afiliados pensionados o afiliados que cumpliendo los requisitos de edad no ejerzan su derecho y continúen cotizando. Esta comisión no comprenderá el pago del contrato del seguro de invalidez y sobrevivencia a gue se refiere el literal 2) del artículo 17 de esta ley. Podrá establecerse como un porcentaje del ingreso base declarado, que no sea superior al uno y medio por ciento del mismo.

4. Por la mantención de un saldo en las cuentas individuales. Esta comisión sólo podrá establecerse sobre la base de un porcentaje del saldo acumulado, debiendo considerarse lo establecido en el literal 2) precedente, para el caso de las cuentas inactivas por más de un año.

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Las comisiones así determinadas deberán ser informadas al público y a la Superintendencia de Pensiones, en la forma gue esta lo señale,- y las modificaciones de dichas comisiones regirán noventa días después de su comunicación al público, exceptuando las de inicio de operaciones de cada institución Administradora. La comisión a que se refiere al literal 1) de este artículo, deberá ser comunicado indicando separadamente lo que corresponde al pago del contrato del seguro de invalidez y sobrevivencia.

Justificación del cambio. Se propone disminuir los porcentajes dispuestos en el inciso 2), con la finalidad de no mermar las cuentas individuales inactivas, lo cual puede perjudicar al trabajador, en especial si la razón para haber descontinuado las cotizaciones están en el hecho de que este haya perdido su fuente de trabajo,- sin embargo se aclara que el seguro de invalidez y sobrevivencia seguirá siendo pagado normalmente. Esta es la mocion y la paso.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado Adolfo Calero Portocarrero. DIPUTADO ADOLFO CALERO PORTOCARRERO: Gracias, Presidente. Tengo una moción al artículo 24 del Título II, Capítulo I, en el segundo párrafo: "Se constituirán como sociedades anónimas de capital fijo, dividido en acciones nominativas con no menos de tres accionistas, de plazo indeterminado, deberán ser domiciliadas en Nicaragua y estarán obligadas a mantener, a lo menos, una agencia u oficina a nivel nacional". Entonces agregarle ahí: "y en los lugares donde tengan afiliados". Porque no está claro si es sólo una oficina, porque no dice oficinas a nivel nacional. Entonces con el agregado "y en los lugares donde tengan afiliados destinadas a la atención del público". Para asegurarse que las AFP tengan oficinas donde hay afiliados. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Cuál es el artículo? DIPUTADO ADOLFO CALERO PORTOCARRERO: Artículo 24, Título II, Capítulo I. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Está bien. ¿Observaciones al artículo 25? No hay. ¿Observaciones al artículo 27? No hay. ¿Observaciones al artículo 28? Tampoco. ¿Observaciones al artículo 31? Tampoco. ¿Observaciones al artículo 32? ¿Observaciones al artículo 33? ¿Observaciones al artículo 34? ¿Observaciones al artículo 35? ¿Observaciones al artículo 36?

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¿Observaciones al artículo 37?

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¿Observaciones al artículo 38? ¿Observaciones al artículo 39? ¿Observaciones al artículo 41? ¿Observaciones al artículo 42? ¿0bservaciones al artículo 43? No hay nada tampoco. Se van a someter a votación todas las mociones, incluyendo las que están de consenso. Se abre la votación. Incluyendo la última del honorable Diputado Adolfo Calero. Vamos a cerrar. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 1 en contra, 0 abstención. Quedan aprobadas todas las mociones. A votación el Capítulo I, del Título II. Se abre la votación. Está abierta la votación. Están votando. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 1 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo. Vamos al Capítulo II. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN:

CAPÍTULO II DE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS INSTITUCIONES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES

De los Directores de las Instituciones Administradoras: Arto. 44 Las Instituciones Administradoras deberán ser administradas por una Junta Directiva, integrada

por cinco o más directores titulares e igual número de suplentes.

Los directores o administradores de Instituciones Administradoras deberán reunir, además de los requisitos establecidos por el Código de Comercio para los directores de sociedades anónimas, los siguientes:

1. Ser mayores de veinticinco años de edad; 2. Ser de reconocida honorabilidad; y 3. Demostrar competencia financiera o administrativa.

679 A lo menos, dos de los directores titulares e igual número de suplentes, deberán ser personas no relacionadas por razones de parentesco por consanguinidad o afinidad, ni por razones comerciales, con los accionistas de la Institución Administradora. Estos directores tendrán el carácter de directores independientes debiendo cumplir, además de sus funciones normales como directores, aquellas especiales que expresamente determine el reglamento.

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Inhabilidades de Directores y Administradores: Arto. 45 Son inhábiles para ser directores o administradores, de Instituciones Administradoras:

1. Los directores, funcionarios o empleados de cualquier otra Institución Administradora de bancos, de financieras, de puestos de bolsa, de bolsas de valores y de sociedades de seguros, así como de las Superintendencias de Bancos y de Pensiones y del Banco Central de Nicaragua;

2. Los insolventes o quebrados, mientras no hayan sido rehabilitados, y los que hubieran sido calificados

judicialmente como responsables de una quiebra culpable o dolosa, en cualquier caso;

3. Los deudores del Sistema Financiero por créditos a los que se hayan constituido una reserva de saneamiento del cincuenta por ciento o más del saldo, mientras persista tal situación;

4. Los que hayan sido condenados mediante sentencia ejecutoriada por delitos contra la propiedad.

5. Los que hayan sido condenados por crímenes o delitos que merezcan penas superiores a cinco años;

6. Los que hayan participado directa o indirectamente en infracción grave de las leyes y normas que rigen al sistema

financiero;

7. Los que hubieren sido condenados judicialmente por quiebra fraudulenta;

8. Los funcionarios públicos de elección popular, y

9. Los que fueren legalmente incapaces. Declaratoria de inhabilidad: Arto. 46 Cuando exista o sobrevenga alguna de las causales de inhabilidad mencionada en el artículo anterior,

caducará la gestión del director o del administrador y se procederá a su reemplazo de conformidad al pacto social de la sociedad.

Corresponderá a la Superintendencia de Pensiones, de oficio o a petición de parte, declarar la inhabilidad, sin perjuicio de las sanciones aplicables de conformidad con lo establecido en el Código Penal. No obstante, los actos o contratos autorizados por un funcionario inhábil, antes de que su inhabilidad sea declarada, no se invalidarán por esta circunstancia con respecto de la Institución, ni con respecto de terceros, salvo que hubieren ocasionado daños y perjuicios contra el Fondo de Pensiones o contra los afiliados.

Prohibiciones:

680 Arto. 47: Las Instituciones Administradoras no podrán adquirir, prendar, usar o usufructuar valores o bienes del

activo del Fondo de Pensiones que administre, ni enajenar o enmendar de los suyos a éstos.

La Institución Administradora no podrá invertir en cuotas los otros Fondos de Pensiones. Tampoco podrán dar o recibir dinero en préstamo de los Fondos de Pensiones, u otorgar garantías a éstos y viceversa.

Los directores y administradores de las Instituciones administradoras deberán informar a la Superintendencia de pensiones, dentro del siguiente día hábil, de las operaciones efectuadas con sus propios recursos, en instrumentos en los que esté autorizado la inversión de los fondos de pensiones.

Por cualquier falta a lo dispuesto en este artículo, la Superintendencia de Pensiones ordenará que se corrija la irregularidad en un plazo máximo de treinta días hábiles sin perjuicio de las sanciones administrativas que la misma Superintendencia de Pensiones pueda aplicar.

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PRESIDENTE VÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Francisco Pérez. DIPUTADO FRANCISCO PEREZ: Gracias, se señor Presidente. Tengo una moción para el artículo 45, que tiene por objeto establecer exigencias mayores para ser director o administrador del Fondo de Pensiones y por lo tanto lograr una mayor transparencia. Artículo 45. Cambiar en el numeral 1, "sociedades de seguros" por "empresas de seguros". En el numeral 3, cambiar la palabra "cincuenta", por "20 por ciento". En el numeral 5), se leerá así: "Los que hayan sido condenados por crímenes que ameriten penas más que correccionales". El numeral 7), se leerá así: "Los que hubiesen sido condenados judicialmente por cualquier tipo de quiebra". Y al final del artículo agregar: "Las inhabilidades contenidas en los numerales 2 y 3, también se aplicarán a los respectivos cónyuges o parientes en primer grado de consanguinidad". PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Observaciones al artículo 44? No hay. ¿Observaciones al artículo 46? No hay. ¿Observaciones al artículo 47? No hay. Se somete a votación la moción. Está abierta la votación. Por favor, ocupen su lugar. Están votando. Se va a cerrar. Se cierra.

681 El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 1 en contra. Queda aprobada la moción. A votación el Capítulo. Se abre la votación. Está abierta la votación del Capítulo. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 1 en contra. Queda aprobado el Capítulo II. Vamos a la lectura del Capítulo III. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO III

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LAS

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INSTITUCIONES ADMINISTRADORAS DE FONDO DE PENSIONES Disolución y Liquidación de las Instituciones Administradoras: Arto. 48 Procederá la disolución y liquidación de una Institución Administradora, por las siguientes causas: 1. Cuando se hubiere revocado la autorización para operar; 2. Cuando no se hubiere completado el patrimonio mínimo en los plazos establecidos en esta ley; y 3. Cuando en seis meses registrare tres déficit de custodia de valores. Revocación de la autorización para operar: Arto. 49 Ocurrida cualquiera de las causales de disolución, el Superintendente de Pensiones deberá

dictar una resolución revocando la autorización para operar en la administración de un Fondo de Pensiones a la Institución Administradora causante y ordenará practicar su liquidación. Contra esta resolución se podrán interponer los recursos judiciales y administrativos que correspondan de conformidad a la ley, y a lo establecido en la Ley Orgánica de la Superintendencia.

Liquidación: Arto. 50 Disuelta la sociedad y ordenada su liquidación, el Superintendente nombrará a uno o más

liquidadores, debiendo agregar a la razón social de la Institución Administradora la frase: "en liquidación".

Facultades de los liquidadores: Arto. 51 En el período de liquidación, los liquidadores sólo podrán ejecutar los actos y celebrar los contratos

que tiendan directamente a facilitarla. Los liquidadores no deberán realizar nuevas afiliaciones, ni desarrollar actividades que afecten negativamente el Fondo de Pensiones.

Si incumplieren lo establecido en el párrafo anterior,

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incurrirán los liquidadores en responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar, sin perjuicio de que deberán responder con sus bienes personales por los daños ocasionados al Fondo de Pensiones.

Resguardo del Fondo de Pensiones y del Patrimonio de la Institución Administradora: Arto. 52 El liquidador o los liquidadores nombrados, tendrán como atribución principal, el

resguardo del Fondo de Pensiones y del patrimonio de la Institución. Para dicho efecto podrán ejercer la representación legal y la administración de la Institución Administradora, invertir los recursos del Fondo de Pensiones y desarrollar las demás funciones que se les haya asignado.

Prelación de pagos: Arto. 53 En la liquidación de una Institución Administradora y después de cubrir los gastos

relacionados con la liquidación, se efectuarán los pagos de acuerdo al siguiente orden:

1. Pago de salarios, prestaciones sociales obligaciones de seguridad social; 2. Pago de pasivos con el Fondos de Pensiones que afecten las cuentas individuales de los

afiliados, tales como los descuentos por permanencia; 3. Obligaciones a favor del Estado y de las municipalidades, incluyendo cualquier tipo de

impuesto, tasa y tarifa; y 4. Pago de obligaciones y otros saldos adeudados a terceros.

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Destino de las Comisiones percibidas: Arto. 54 Ante la liquidación de una Institución Administradora, las comisiones percibidas mientras dure

el proceso de liquidación, se destinarán en primer lugar, al pago de la prima del contrato de seguro de invalidez y sobrevivencia, la que será inembargable.

De igual forma el capital complementario, la contribución especial y el pago de pensiones de invalidez originadas por el primer dictamen que reciba la Institución Administradora de parte de la Sociedad General de Seguros, serán inembargables.

Valores no Reclamados: Arto. 55 El efectivo y valores del activo de una Institución Administradora en liquidación que no sean

reclamados por sus acreedores, finalizado el proceso de liquidación, serán depositados por los liquidadores en el Banco Central de Nicaragua a nombre de los acreedores.

El Banco Central conservará dicha cantidad por el plazo de diez años o por el de prescripción de la correspondiente obligación si fuese menor, y podrá hacer los pagos correspondientes con anuencia de la Superintendencia de Pensiones. Expirado el plazo indicado, los saldos no reclamados prescribirán y pasarán al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Distribución de Remanente Final: Arto. 56 Cuando el liquidador haya pagado totalmente las

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obligaciones de una Institución Administradora en liquidación y cumplido con lo dispuesto en el artículo 53 de esta Ley y siempre que hubiere remanente, convocará a la Junta General de accionistas para que acuerden su distribución en proporción a sus aportes.

Participación de la Procuraduría General de la República: Arto. 57 En cualquier caso de disolución y liquidación, la Superintendencia de Pensiones deberá

solicitar a la Procuraduría General de la República que tome las medidas necesarias para prevenir o perseguir cualquier delito de naturaleza penal en que incurrieren los administradores, liquidadores o cualquier otra persona directamente involucrada en el proceso de liquidación.

Transferencia de cuentas individuales: Arto. 58 Producida la disolución e iniciada la liquidación de una Institución Administradora, según el caso, los afiliados

tendrán el derecho de incorporarse a la Institución Administradora de su elección, para lo cual dispondrá de un plazo de 90 días calendario, contados desde la fecha de publicación de la resolución que disuelve a la Institución Administradora. Transcurrido dicho término, el liquidador deberá transferir la administración del remanente de cuentas individuales de ahorro para Pensiones, en forma proporcional, a las Instituciones Administradoras que de conformidad al Reglamento respectivo corresponda.

Fusión: Arto. 59 En caso de fusión de dos o más Instituciones Administradoras, la autorización de la Superintendencia

de Pensiones deberá publicarse en un diario de circulación nacional dentro del plazo de quince días contados desde su otorgamiento y producirá el efecto de fusionar las sociedades y los Fondos de Pensiones respectivos a los sesenta días de verificada la publicación, sin perjuicio del cumplimiento de los demás trámites que establece la Ley.

La fusión no podrá producir disminución de saldo en las cuentas individuales de ahorro para pensiones, ni en las prestaciones que se hayan otorgado a los afiliados.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

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¿Observaciones al Capítulo III? Tiene la palabra el honorable Diputado Augusto López. DIPUTADO AUGUSTO LÓPEZ: Gracias, Presidente. Moción al artículo 48: "Procederá la disolución y liquidación de una institución administradora, por las siguientes causas: 1. Cuando se hubiere revocado la autorización para operar en conformidad a la ley; 2. Cuando no se hubiere completado el patrimonio mínimo en los plazos establecidos en esta ley,- y 3. Cuando en seis meses registrare dos faltantes de título no justificado en la custodia de valores".

684 Paso la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Pablo Sierra. DIPUTADO PABLO SIERRA: Señor Presidente: Ya que tengo el gusto de tomar hoy la palabra, quiero hacer una moción al artículo 54, que debe leerse así: "Arto. 54 "Ante la liquidación de una Institución Administradora, las comisiones percibidas mientras dure el proceso de liquidación se destinarán en primer lugar al pago de la prima del contrato de seguro de invalidez y sobrevivencia, la que será inembargable. De igual forma el capital complementario, la contribución especial y el pago de las pensiones de invalidez originadas por el primer dictamen que reciba la Institución Administradora de parte de la Empresa de Seguros, serán inembargables". Paso la moción. Gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Víctor Miranda. DIPUTADO VÍCTOR MIRANDA: Gracias, señor Presidente. Hago mi moción al artículo 55, en el último párrafo para agregarle lo siguiente: "Deberá ser destinado al financiamiento de beneficios de seguridad social". Paso mi moción por escrito. Gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputada Ángeles Castellón. DIPUTADA ANGELES CASTELLÓN: Gracias, señor Presidente.

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Voy a hacer una moción al artículo 57, Participación de la Procuraduría General de la República, la cual dice así: "En cualquier caso de disolución y liquidación, la Superintendencia de Pensiones deberá solicitar a la Procuraduría General de la República que tome las medidas necesarias para prevenir o perseguir cualquier delito de naturaleza penal en que incurrieren los administradores, liquidadores o cualquier otra persona directamente involucrada en el proceso de liquidación". Propuesta al artículo 57: "En cualquier caso de disolución, liquidación, la Superintendencia de Pensiones deberá solicitar a la Procuraduría General de la República que tome las medidas necesarias para prevenir o perseguir cualquier delito de naturaleza penal en que incurrieren los administradores, liquidadores o cualquier otra persona directamente involucrada en el proceso de liquidación, sin perjuicio de las acciones que puedan ejercer los particulares". Justificación del cambio: La frase que se agrega al final de este artículo, tiene por objeto garantizar que todo lo anterior no excluye la posibilidad de que los particulares puedan ejercer las

685 acciones que correspondan. Paso la moción. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al artículo 49? No hay. ¿Observaciones al artículo 50? No hay. ¿Observaciones al artículo 52? No hay. ¿Observaciones al artículo 53? No hay. ¿Observaciones al artículo 54? No hay. ¿Observaciones al artículo 55? No hay. ¿Observaciones al artículo 58? Tampoco. ¿Observaciones al artículo 59? Tampoco. A votación todas las mociones. Se abre la votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 1 en contra. Quedan aprobadas las mociones. A votación el Capítulo. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 1 en contra. Queda aprobado el Capítulo. Vamos al Capítulo IV. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPITULO IV

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DEL FONDO DE PENSIONES Propiedad del Fondo de Pensiones: Arto. 60 El Fondo de Pensiones será propiedad exclusiva de los afiliados, es independiente y diferente del

patrimonio de la Institución Administradora, sin que ésta tenga dominio sobre aquél.

El Fondo de Pensiones estará formado por el conjunto de cuentas individuales de ahorro para Pensiones, por todos los ingresos que legalmente forman parte de las mismas, y la rentabilidad de las inversiones, deducidas las comisiones de la Institución Administradora.

Las Instituciones Administradoras podrán administrar uno o más Fondos de Pensiones, cuya constitución y características estarán determinadas en el reglamento respectivo. La diferencia entre uno y otro Fondo estará

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dada por la diversificación de inversiones que estos tengan, dentro de los mismos instrumentos establecidos en el artículo 68 de esta Ley, por la política de inversión, o por la estructura de comisiones. Antes de iniciar la Institución Administradora la administración de un nuevo fondo deberá contar para ello con la autorización de la Superintendencia de Pensiones, la cual determinará los requisitos y condiciones que se deben cumplir para el otorgamiento de dicha autorización. El Fondo de Pensiones se forma cuando se crea la primera cuenta o cuentas individuales de afiliados y su constitución financiera se produce al momento de ingresar las primeras aportaciones a dichas cuentas.

Inembargabi1idad: Arto. 61 Los bienes y derechos que componen el Fondo de Pensiones serán inembargables y estarán

destinados sólo a generar prestaciones de acuerdo a las disposiciones de la presente Ley, asimismo las sumas destinadas al pago de las primas de seguro de invalidez y sobrevivencia, serán inembargables.

Expresión del Fondo en Cuotas: Arto. 62 El valor de cada Fondo de Pensiones se expresara en cuotas de igual monto y

características.

El valor de la cuota se determinará diariamente sobre la base del valor económico o de mercado de las inversiones. La forma de efectuar la valoración será determinada por la Superintendencia de Pensiones de acuerdo al reglamento que será aplicable a todos los Fondos de Pensiones, en el cual se establecerá la metodología y la periodicidad para efectuar la valoración de los instrumentos en los que están invertidos los Fondos.

El valor promedio mensual de la cuota de un Fondo se determinará como la suma de los valores de las cuotas de cada día, dividido por el número de días del mes.

La Superintendencia de Pensiones fijará el valor inicial de la cuota de los Fondos de Pensiones, procurando que sea similar para todas aquellas Instituciones Administradoras que inicien operaciones en el mismo período.

Rentabilidad de los últimos doce meses: Arto. 63 La rentabilidad nominal de los últimos doce meses de un Fondo, será la variación porcentual del

valor promedio de la cuota de un mes, respecto del valor promedio mensual en el mismo mes del año anterior.

Para determinar la rentabilidad nominal de los últimos doce meses promedio de todos los Fondos, se calculará el valor promedio ponderado de la rentabilidad de todos ellos. El factor de ponderación será la proporción que represente el valor total de las cuotas de cada uno de los Fondos, en relación con el valor de las cuotas de todos los Fondos, al último día del mes anterior.

Custodia de Valores: Arto. 64 Los títulos representativos de a lo menos el noventa y cinco por ciento del valor del Fondo

de Pensiones, deberán mantenerse, en todo momento, en empresas de depósito de

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valores o en otras instituciones de custodia

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que cumplan íntegramente estas funciones y que previamente autorice la Superintendencia de Pensiones. El Reglamento determinará la forma y procedimiento bajo los cuales se efectuará la custodia.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Capítulo IV. ¿No hay observaciones al artículo 60? ¿Observaciones al artículo 61? ¿Observaciones al artículo 62? ¿Observaciones al artículo 63? ¿Observaciones al artículo 64? A votación el Capítulo. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 1 en contra. Aprobado el Capítulo. Vamos ahora al Capítulo V. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPITULO V

DE LA INVERSIÓN DE LOS RECURSOS QUE COMPONEN EL FONDO DE PENSIONES

Finalidad de las Inversiones: Arto. 65 El objeto de las inversiones de los Fondos de Pensiones es la obtención de una adecuada

rentabilidad en condiciones de seguridad, liquidez y diversificación de riesgo. Cualquier otro objetivo es contrario a los intereses de los Fondos de Pensiones.

Los depósitos y valores en que se inviertan los recursos del Fondo de Pensiones deberán emitirse o transferirse con la cláusula "Para el Fondo de Pensiones", precedida del nombre de la Institución Administradora correspondiente. Esta disposición se limitará en los casos en que se encuentren los valores en custodia o que se utilice un sistema de compensación de transacciones, de modo que únicamente se utilizará dicha cláusula en los registros de las entidades de custodia y depósitos de valores.

Comisión de Riesgo: Arto. 66 Créase la Comisión de Riesgo, que tendrá como objeto determinar lo siguiente:

a) Los límites máximos de inversión por tipo de instrumento;

b) El rango del plazo promedio ponderado de las inversiones que con recursos de los Fondos se realicen en instrumentos de renta fija;

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c) Los límites mínimos de calificación de riesgo para los instrumentos en que se inviertan los Fondos de Pensiones y obligaciones de sociedades de seguros a ser contratadas en el sistema en función de su calificación, la cual deberá ser efectuada por dos entidades dedicadas a tal actividad, de conformidad con el Código de Comercio.

d) Otras que señale el Reglamento.

Esta Comisión estará integrada por el Superintendente de Bancos, el Superintendente de Pensiones y por el Presidente del Banco Central de Nicaragua y será presidida por el Superintendente de Pensiones. Los respectivos suplentes serán designados por los mismos funcionarios. Asimismo integrarán esta Comisión, en carácter de observadores, sólo con derecho a voz, dos representantes del sector privado, uno de ellos de las Instituciones Administradoras y el otro designado por el Consejo Superior de la Empresa Privada. El Reglamento determinará el estatuto de funcionamiento de la Comisión y la forma como se designarán los integrantes observadores referidos preferentemente.

La Superintendencia de Pensiones brindará el apoyo técnico necesario a la Comisión de Riesgo.

Deber de Reserva: Arto. 67 Los integrantes de la Comisión de Riesgo deberán guardar absoluta reserva en

relación a documentos y antecedentes de emisores e instrumentos sujetos a clasificación hasta que dicha información tenga carácter público. Asimismo, se les prohíbe valerse directa o indirectamente de la información que obtengan en el ejercicio de su cargo, para obtener ventajas para sí o para otros.

De las Inversiones y su diversificación por Instrumento: Arto. 68 Los recursos que componen el Fondo de Pensiones deberán ser invertidos en los

instrumentos financieros que se indican a continuación.

La Comisión de Riesgo deberá fijar los límites máximos para la inversión de los Fondos de Pensiones por tipo de instrumento financiero. Estos límites máximos serán fijados dentro de los rangos porcentuales del activo del Fondo, que se detallan a continuación para cada uno de los instrumentos que se señalan:

1) Títulos emitidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público o el Banco Central de

Nicaragua, y otros títulos emitidos o garantizados por el Estado, entre 30% y 60%;

2) Certificados de Depósitos, Bonos y otros títulos emitidos o garantizados por Instituciones Financieras, entre 30% y 60%;

3) Bonos y certificados de inversión de Empresas Públicas y Privadas, entre 30% y 50%;

4) Bonos y certificados de inversión de Empresas Públicas y Privadas convertibles en

acciones, entre 10% y 20%;

5) Acciones de empresas, entre 5% y 10%;

6) Instrumentos extranjeros, que cumplan con las características mínimas que determine el reglamento

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de inversión en el extranjero, entre 10% y 30%; 7) Otros instrumentos de oferta pública, cuyos emisores sean fiscalizados por la Superintendencia

de Bancos y Otras Instituciones Financieras, que autorice el Banco Central de Nicaragua, a solicitud de la Superintendencia de Pensiones; el porcentaje se determinará una vez efectuado un análisis de cada instrumento en particular.

El Reglamento regulará todo lo relativo al régimen de inversión de los Fondos de Pensiones, debiendo contener al menos, normas que fijen el rango de inversión que se pueda realizar con los recursos de los Fondos de Pensiones en los instrumentos señalados en el párrafo anterior, ya sea individualmente o por grupos específicos de ellos, y disposiciones que garanticen la diversificación de las inversiones, tanto por instrumento como por emisor. La cartera de los Fondos de Pensiones, desde sus inicios deberá contemplar una diversificación en las inversiones entre instrumentos financieros nacionales e instrumentos financieros extranjeros, de acuerdo a las condiciones establecidas en los reglamentos respectivos. Sociedades Relacionadas: Arto. 69 Cuando dos o más Fondos de Pensiones sean administrados por sociedades relacionadas, se entenderá

que los límites determinados por la Comisión de Riesgos rigen para la suma de las inversiones de todos los Fondos administrados por las sociedades vinculadas.

Mercado Formal: Arto. 70 Todas las transacciones de valores efectuadas con los recursos de un Fondo de Pensiones deberán

hacerse dentro de un mercado formal, sea éste, primario o secundario. No obstante lo anterior, se podrán adquirir valores directamente, sin recurrir a esos mercados, tratándose de instrumentos emitidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público o el Banco Central de Nicaragua.

La Superintendencia de Pensiones tendrá la facultad para fiscalizar tanto los mercados primarios como secundarios de valores respecto de las operaciones con recursos de los Fondos de Pensiones, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

Política de Inversión de Fondos: Arto. 71 Dentro de los límites establecidos por la inversión de los Fondos, cada Institución

Administradora tendrá libertad para diseñar la política de inversión de los Fondos que administra, la cual deberá mantener a disposición del público. La Superintendencia de Pensiones determinará los elementos mínimos que deberá contener la política de inversiones.

Los auditores externos al dictaminar sobre los estados financieros de las Instituciones Administradoras, deberán también pronunciarse sobre el cumplimiento que estén dando dichas Instituciones a su política de inversión.

Prohibiciones: Arto. 72 Los Fondos de Pensiones no podrán ser invertidos en acciones de:

690 1. Instituciones Administradoras de Fondo de Pensiones;

2. Sociedades de Seguros;

3. Sociedades Administradoras de Fondo de Inversión;

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4. Sociedades calificadoras de riesgo;

5. Bolsa de Valores; y

6. Corredoras de Bolsa.

La Comisión de Riesgo determinará la forma y bajo qué condiciones los Fondos de Pensiones podrán ser invertidos en operaciones de reporto o mercado de futuro. Además, las Instituciones Administradoras no podrán conceder ni avalar préstamos a sus accionistas, ni personas relacionadas. Prohibición de inversiones en Sociedades relacionadas: Arto. 73 Las Instituciones Administradoras no podrán invertir los recursos del Fondo que administren, en

valores emitidos o garantizados por ellas mismas o por sus filiales, ni por personas jurídicas relacionadas directa o indirectamente con la propiedad o administración de la respectiva Institución Administradora.

No se podrá invertir en recursos del Fondo de una Sociedad que sea propiedad en un diez por ciento o más de otra, en la que los accionistas propietarios del tres por ciento o más de la Institución Administradora, los directores o administradores de la Institución Administradora posean, individual o conjuntamente el diez por ciento o más de las acciones de la segunda sociedad en referencia. Se prohíbe a las Instituciones Administradoras adquirir, con recursos del Fondo, valores de las personas relacionadas a que se refiere este artículo, que tengan por objeto el desarrollo o la enajenación a cualquier título de bienes raíces. Asimismo, los recursos del Fondo no podrán invertirse en valores emitidos o garantizados por sociedades en que la Institución Administradora tenga participación accionaria.

No obstante lo anterior, las Instituciones Administradoras podrán invertir recursos del Fondo de Pensiones que administren en Certificados de Depósitos y valores emitidos por bancos y financieras relacionadas, hasta por un total del diez por ciento del active del Fondo, a su vez la inversión no deberá exceder el cinco por ciento del activo del banco o financiera, el que sea mayor, y siempre que esté cumpliendo el resto de límite de inversión. Asimismo un banco o financiera relacionado podrá efectuar las funciones de recaudación a la Institución Administradora. Los auditores externos, al emitir su opinión sobre los estados financieros de las Instituciones Administradoras indicarán en nota separada sobre el cumplimiento de esta disposición.

Las Instituciones Administradoras deberán llevar un registro de las personas naturales y jurídicas relacionadas con su propiedad y administración, debiendo proporcionar la información respectiva a la Superintendencia de Pensiones al menos trimestralmente.

691

La Superintendencia de Pensiones, mediante normas de carácter general, establecerá las disposiciones técnicas que permitan la aplicación de este artículo.

Deber de Reserva: Arto. 74 Los directores de una Institución Administradora, sus gerentes administradores y en

general, cualquier persona que en razón de su cargo o posición tenga acceso a información referente a las operaciones, políticas y estrategias de inversión de los Fondos, deberán guardar absoluta reserva en relación a estos temas hasta que dicha información tenga carácter público.

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Asimismo, se prohíbe a las personas mencionadas en el párrafo anterior valerse directa o indirectamente de la información reservada, para obtener para sí o para otros distintos del Fondo de Pensiones, ventajas mediante la compra o venta de valores.

Limitaciones: Arto. 75 Las Instituciones Administradoras no podrán efectuar transacciones de instrumentos a

precios alejados de los registrados en el mercado primario o secundario que perjudiquen el valor del Fondo, caso contrario, deberán restablecer la diferencia con recursos propios. La metodología para determinar estos casos se establecerá en el Reglamento correspondiente.

Manejo de Cuentas Corrientes: Arto. 76 Cada Institución Administradora deberá operar con cuentas corrientes bancarias para el manejo

exclusivo de los recursos del Fondo de Pensiones que administra en las cuales deberá depositarse las cotizaciones de los afiliados y el producto de las inversiones del Fondo.

Los retiros de dichas cuentas tendrán como destinos únicos la adquisición de valores para el Fondo, el pago de las prestaciones, comisiones, transferencia y traspasos que establece esta Ley.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al Capítulo V? Tiene la palabra, para las observaciones, el honorable Diputado Guillermo Ramos. DIPUTADO GUILLERMO RAMOS: Es una moción para el artículo 66, el cual se leerá así: "Arto. 66 "Créase la Comisión de Riesgo que tendrá como objeto determinar lo siguiente: Inciso c). "Los límites mínimos de calificación de riesgo para los instrumentos en que se invierten los Fondos de Pensiones y obligaciones de Empresas de Seguros". El resto del inciso continúa igual que el proyecto de ley. Hay una modificación en el párrafo penúltimo del artículo, que se leerá así: "Esta Comisión estará integrada por el Superintendente de Bancos, el Superintendente de Pensiones y el Presidente del Banco Central de Nicaragua, y será presidida por el Superintendente de Pensiones. Los respectivos suplentes serán designados por los mismos funcionarios. Asimismo integrarán esta Comisión, dos

692 representantes, uno de ellos designado por el Consejo Superior de la Empresa Privada y otro por los asegurados". El resto del párrafo y del artículo permanece igual a como se encuentra en el proyecto dictaminado. Voy a terminar de redactar la moción para pasarla a la Mesa Directiva. Gracias, Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Pedro Matus. DIPUTADO PEDRO MATUS: Para reforma del artículo 68, que se leerá así: "Los recursos que componen el Fondo de Pensiones deberán ser invertidos en los instrumentos financieros que se indican a continuación.

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La Comisión de Riesgo deberá fijar los límites máximos para la inversión de los Fondos de Pensiones por tipo de instrumento financiero. Estos límites máximos serán fijados dentro de los rangos porcentuales del activo del Fondo, que se detallan a continuación para cada uno de los instrumentos que se señalan: 1) Títulos emitidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público o el Banco Central de Nicaragua

y otros títulos emitidos o garantizados por el Estado, entre 30% y 50%; 2) Certificados de Depósitos, Bonos y otros títulos emitidos o garantizados por Instituciones Financieras, entre

30% y 50%; 3) Bonos y Certificados de Inversión de Empresas Públicas y Privadas, entre 30% y 50%; 4) Bonos y Certificados de Inversión de Empresas Públicas y Privadas convertibles en acciones, entre

10% y 20%; 5) Acciones de empresas, entre 5% y 10% 6) Instrumentos extranjeros, que cumplan con las características mínimas que determine el reglamento

de inversión en el extranjero, entre 10% y 30%; 7) Valores emitidos con garantía hipotecaria destinados al financiamiento habitacional entre 20% y

30%. 8) Otros instrumentos de oferta pública, cuyos emisores sean fiscalizados por la Superintendencia

de Bancos y Otras Instituciones Financieras, que autorice el Banco Central de Nicaragua, a solicitud de la Superintendencia de Pensiones. El porcentaje se determinará una vez efectuado un análisis de cada instrumento en particular.

El Reglamento regulará todo lo relativo al régimen de inversión de los Fondos de Pensiones, debiendo contener al menos, normas que fijen el rango de inversión que se pueda realizar con los recursos de los Fondos de Pensiones en los instrumentos señalados en el párrafo anterior, ya sea individualmente o por grupos específicos de ellos, y disposiciones que garanticen la diversificación de las inversiones, tanto por instrumento como por emisor. La cartera de los Fondos de Pensiones, desde sus inicios deberá contemplar una diversificación en las inversiones entre instrumentos financieros nacionales e instrumentos financieros extranjeros, de acuerdo a las condiciones establecidas en los reglamentos respectivos".

693 La justificación del cambio en el artículo, es la siguiente. Los cambios propuestos tienen por objeto disminuir el límite máximo de inversión en título público y en depósito y bono, de un 60 a un 50 por ciento, y dar lugar a la posibilidad de impartir en un nuevo tipo de instrumento destinado al financiamiento habitacional. Paso a darle la moción, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Enrique Membreño. DIPUTADO ENRIQUE MEMBREÑO: Muchas gracias, señor Presidente. Es una moción al artículo 72, para cambiar el numeral 2) donde dice: "Sociedades de Seguros", y se leerá de la forma siguiente: "Empresas de Seguros". Por lo tanto, propongo gue se lea de la forma siguiente este artículo 72: "Los Fondos de Pensiones no podrán ser invertidos en acciones de: 1. Instituciones Administradoras de Fondo de Pensiones; 2. Empresas de Seguros;

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3. Sociedades Administradoras de Fondo de Inversión; 4. Sociedades Calificadoras de Riesgo; 5. Bolsa de Valores, y; 6. Corredoras de Bolsa. Además, las Instituciones Administradoras no podrán conceder ni avalar préstamos a sus

accionistas, ni personas relacionadas". Paso la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al artículo 65? No hay. ¿Observaciones al artículo 67? No hay. ¿Observaciones al artículo 69? No hay. ¿Observaciones al artículo 70? Tampoco. ¿Observaciones al artículo 71? Tampoco. ¿Observaciones al artículo 73? Tampoco. ¿Observaciones al artículo 74? Tampoco. ¿Observaciones al artículo 75? Tampoco. ¿Observaciones al artículo 76? A votación todas las mociones. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 1 en contra. Quedan aprobadas todas las mociones. A votación el Capítulo. Está abierta la votación.

694 Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 1 en contra. Queda aprobado el Capítulo. Vamos a la lectura del Capítulo III. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN:

TÍTULO III CONTINGENCIAS Y PRESTACIONES

CAPITULO I

DE LOS BENEFICIARIOS Y CAUSANTES

Pensiones de Vejez: Arto. 77 Los afiliados al Sistema de Ahorro de Pensiones tendrán derecho a pensión de vejez cuando

cumplan cualquiera de las siguientes condiciones:

1) Cuando el saldo de la cuenta individual de ahorro para pensiones sea suficiente para financiar una pensión igual o superior al sesenta por ciento del Salario Básico. Regulados, que al mismo tiempo sea igual o superior a ciento sesenta por ciento de la pensión mínima.

2) Cuando tengan 65 años de edad o más, requisito que podrá ser disminuido, en caso de haber

desempeñado el trabajador labores que significan un acentuado desgaste físico o mental de acuerdo a lo que determine el Reglamento.

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Cuando se generen pensiones por el cumplimiento de los requisitos señalados en el literal l) de este artículo, antes de las edades establecidas en el literal 2) del mismo, se considerarán pensiones de vejez anticipadas, las cuales no serán acreedoras a de la garantía estatal de pensión mínima.

Pensiones por Invalidez: Arto. 78 Las pensiones de invalidez tienen por objeto subvenir a las necesidades básicas del

incapacitado y de las personas a su cargo, promover la readaptación profesional del incapacitado y procurar su reingreso a la actividad económica.

Derecho a Pensión de Invalidez: Arto. 79 Tendrán derecho a pensión de invalidez, los afiliados no pensionados que, sin cumplir los requisitos

de edad para acceder a pensión de vejez, sufran un menoscabo permanente de la capacidad para ejercer cualquier trabajo, a consecuencia de enfermedad, accidente o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sea que estos tengan su origen en causa común, enfermedad profesional o accidente del trabajo, de acuerdo a lo siguiente:

1) Pensión de invalidez total, para afiliados que sufran la pérdida de su capacidad de trabajo de

al menos dos tercios; y

2) Pensión de invalidez parcial, para afiliados que sufran la pérdida de su capacidad de trabajo igual

695

o superior a cincuenta por ciento e inferior a dos tercios.

La Comisión Calificadora Departamental a que se refiere el artículo siguiente de esta Ley, deberá, frente a una solicitud de pensión de invalidez del afiliado, verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los literales anteriores y emitir un primer dictamen de invalidez que otorgará el derecho a pensión de invalidez total o parcial a contar de la fecha que se declare la incapacidad, o la negará, según corresponda.

Transcurridos tres años desde la fecha a partir de la cual fue emitido el primer dictamen de invalidez que originó el derecho a pensión, la Comisión Calificadora Departamental, a través de las Administradoras deberán citar al afiliado invalido, total o parcial, para reevaluar su situación y dejar sin efecto el dictamen anterior o conceder la pensión definitiva según corresponda. En caso que el afiliado invalido cumpliere la edad legal para pensionarse por vejez dentro del plazo de tres años, podrá solicitar a la Comisión Calificadora respectiva, por intermedio de la Institución Administradora a que estuviere afiliado, que emita el segundo dictamen al cumplimiento de la edad legal.

Comisiones Calificadoras: Arto. 80 La determinación del derecho a una pensión de invalidez, estará a cargo de las Comisiones

Calificadoras Departamentales de Invalidez, cuya función principal será determinar el origen de la enfermedad o del accidente, común o profesional, y calificar el grado de la invalidez.

Existirán las Comisiones Calificadoras Departamentales y la Comisión Calificadora Central, las que se integrarán, organizarán y funcionarán de conformidad a su Reglamento, el cual se deberá contemplar la participación de representantes de las compañías de seguros involucradas, a lo menos en carácter de observadores con derecho a voz. Estas Comisiones calificarán las solicitudes de invalidez de acuerdo a las normas generales contenidas en dicho Reglamento, el cual deberá establecer la existencia de manuales, metodologías y criterios de procedimientos para determinar la calificación de invalidez.

Reclamos ante la Comisión Calificadora Central: Arto. 81 Los dictámenes que emitan las Comisiones Calificadoras Departamentales serán reclamables por el

afiliado afectado, la Institución Administradora a la cual este se encuentre incorporado y por la Sociedad

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de Seguros encargada de cubrir el riesgo del afiliado, ante la Comisión Calificadora Central, la que conocerá del reclamo sin forma de juicio, ateniéndose a lo que establezca el Reglamento.

Incompatibilidad de Pensiones de Invalidez: Arto. 82 Las pensiones de invalidez y los subsidios por incapacidad laboral de enfermedad otorgados

por el Régimen de Enfermedad y Maternidad, y de Riesgos Profesionales del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social, serán incompatibles con las pensiones de invalidez que se concedan de conformidad con el Sistema de Ahorro para Pensiones establecido en esta Ley.

Pensiones de Sobrevivencia:

696 Arto. 83 Tendrán derecho a pensión de sobrevivencia los miembros del grupo familiar del afiliado que

fallezca por causa común, enfermedad profesional o accidente de trabajo, entendiéndose por el mismo, el o la cónyuge, el o la conviviente de unión de hecho de conformidad a lo dispuesto en la legislación vigente, los hijos habidos fuera o dentro del matrimonio, los hijos adoptivos y los padres, legítimos o adoptivos, que dependan económicamente del causante.

A través de medios legales, cada afiliado deberá acreditar ante la respectiva Institución Administradora, los nombres y existencia de sus eventuales beneficiarios en el momento de su afiliación y cuando desee efectuar cambios.

Acceso a Pensión de Sobrevivencia por Cónyuges o Convivientes: Arto. 84 Para acceder a pensión de sobrevivencia, el o la cónyuge debe haber contraído matrimonio con el

afiliado fallecido a lo menos con seis meses de anterioridad a la fecha del fallecimiento. En caso de unión de hecho, el o la conviviente, deberá demostrar al menos tres años de vida en común.

No obstante, si a la fecha del fallecimiento del afiliado, la cónyuge o la conviviente estuviere embarazada o existieren hijos en común, o si la viuda o viudo, el o la conviviente, fuere invalido según la Comisión Calificadora de Invalidez, tendrán derecho a pensión de sobrevivencia independientemente del cumplimiento de los términos señalados en este artículo.

Derecho a Pensión de Sobrevivencia por Hijos: Arto. 85 Tendrán derecho a pensión de sobrevivencia los hijos que cumplan alguno de los siguientes

requisitos:

1. Ser menores de 15 años de edad;

2. Ser estudiante de enseñanza básica, media, técnica o superior y tener edades entre 15 y 21 años de edad;

3. Ser inválido, cualquiera sea su edad, para lo cual deberá someterse a un dictamen de la

Comisión Calificadora de Invalidez. También tendrá derecho si la invalidez ocurriera después del fallecimiento del padre o la madre, pero antes de cumplidas las edades máximas señaladas en los literales 1) o 2) de este artículo, según corresponda.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones? Se le concede la palabra al honorable Diputado José Espinoza Navas. DIPTUTADO JOSÉ ESPINOZA NAVAS: Gracias, señor Presidente.

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Es para proponer un cambio en el artículo 77, ya que se pretendía o en el original dejar que los maestros y los mineros tuvieran que llegar a los sesenta años para jubilarse. En este caso presento la moción, que quede en cincuenta y cinco para ambos, la cual me permito leer: Propuesta de artículo 77: "Los afiliados al Sistema de Ahorro para Pensiones tendrán derecho a pensión de vejez cuando cumplan cualquiera de las siguientes condiciones:

697 Cuando el saldo de la cuenta individual de ahorro para pensiones sea suficiente para financiar una pensión, igual o superior al 60 por ciento del Salario Básico Regulador, que al mismo tiempo sea igual o superior a 160 por ciento de la pensión mínima: Cuando tengan sesenta años de edad o más, requisito que podrá ser disminuido en caso de haber desempeñado el trabajador labores que signifiquen un acentuado desgaste físico o mental de acuerdo a lo que determina el Reglamento: Los maestros, maestras y trabajadores que se desempeñan en labores mineras en las mismas condiciones establecidas en el artículo 55 del reglamento de la Ley Orgánica de Seguridad Social. Cuando se generen pensiones por el cumplimiento de los requisitos señalados en el literal 1 de este artículo, antes de las edades establecidas en el literal 2) del mismo, se considerarán pensiones de vejez anticipadas, las cuales no serán acreedoras de la garantía estatal de pensión mínima". Justificación del cambio: Se agrega un tercer número a este artículo, con el objeto de establecer el término expreso de que los maestros, maestras y trabajadores que se desempeñan en labores mineras, se pensionarán con edades especiales menores de acuerdo a lo establecido en el actual artículo 55 del Reglamento de la Ley Orgánica de Seguridad Social, respetando así en términos explícitos los derechos adquiridos". Firmamos la presente moción: Maximino Rodríguez, Saúl Zamora Dicario, Wilfredo Navarro, y Francisco Espinoza Navas. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado René Aráuz. DIPUTADO RENÉ ARÁUZ: Muchas gracias, señor Presidente. La moción es al artículo 81. ""Cambiar las palabras, "la Sociedad de Seguros" por "las Empresas de Seguros"; eso es todo. Paso a presentar la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al artículo 78? No hay. ¿Observaciones al artículo 79? ¿Observaciones al artículo 80? ¿0bservaciones al artículo 82? ¿Observaciones al artículo 83? ¿Observaciones al artículo 84? ¿Observaciones al artículo 85? Se le concede la palabra a Roberto Rodríguez. Honorable Diputado, tiene la palabra. Si, ya se la voy a dar pues.

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DIPUTADO ROBERTO RODRÍGUEZ OBANDO: Gracias, señor Presidente.

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Se sobreentiende que esta es una ley para humanización, y estoy cien por ciento de acuerdo con la moción que presentaba el colega Diputado Navas, sin embargo me preocupa que estemos dejando por fuera los casos especiales de personas que trabajan con productos químicos y/o radioactivos. Quiero decirles, colegas Diputados, que no me han contado ni he visitado laboratorios una hora,- trabajé seis años y medio como Director del Laboratorio-Fotomecánica y Arte en la República de Nicaragua y las condiciones de un laboratorista no pueden excederse más de veinte años. Yo sé que el señor Aguado no está de acuerdo conmigo, pero esto va a quedar registrado, en la Orden del Día. Me gustaría que ustedes, colegas Diputados, hubieran trabajado siquiera un año. Señor Aguado, me gustaría que usted se diera cuenta lo que significa caer bajo la presión de los químicos, con la mezcla de hipoclorito de sodio, ácido muriático, soda caústica y demás elementos químicos. Usted me hizo una explicación que no me ha convencido; el hecho de que no esté contemplado en la ley anterior no quiere decir que los trabajadores de la Penwalt, empresa que ya desapareció, no tengan elementos residuales en su organismo. Las leyes se hacen para humanizar, y yo como aliado que soy, al haberme quedado aquí apoyando esta ley les digo: Por favor, por el futuro, por Nicaragua, no sometamos a riesgo las vidas de las personas que trabajan con elementos químicos. Mi moción es la siguiente: "Agregar a los maestros, maestras y mineros, a los laboratoristas y personal que trabaja con elementos químicos y/o radioactivos con iguales términos de referencia". Presento la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a votación todas las mociones. Está abierta la votación para todas las mociones. Se va a cerrar. Se cierra. 50 votos a favor, 0 en contra. A votación el Capítulo. Por favor, vamos. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. 49 a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo. Sigamos al siguiente Capítulo. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO II DEL FINANCIAMIENTO DE LAS PENSIONES

Financiamiento: Arto. 86 Las pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia a que se refiere esta Ley, se financiaran con los siguientes componentes, según el caso:

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1. El saldo acumulado en la cuenta individual de ahorro para pensiones; 2. La garantía estatal, cuando corresponda; y 3. La contribución especial a que se refiere el artículo 93 de esta Ley, y 4. El certificado de traspaso cuando corresponda. Capital Complementario: Arto. 87 Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, las pensiones de sobrevivencia que fueren causadas por un afiliado no pensionado y las pensiones por invalidez otorgadas mediante segundo dictamen serán financiadas con un aporte adicional llamado capital complementario de responsabilidad de la Institución Administradora, según las disposiciones de la Ley. Para estos efectos, se considerará con derecho al capital complementario, aquel afiliado que cumpla cualquiera de los siguientes requisitos:

1) Que se encontrare cotizando y que hubiere cotizado al menos seis meses durante los doce meses anteriores a la fecha de fallecimiento o de la invalidez; o

2) Que habiendo dejado de cotizar dentro del período de doce meses antes de la fecha de su muerte o de la

ocurrencia de la invalidez, según el primer dictamen, hubiere registrado dieciocho meses de cotizaciones en los dos años anteriores a la fecha en que dejó de cotizar.

También serán financiadas con el capital complementario las pensiones de sobrevivencia causadas por aquellos afiliados pensionados por invalidez que fallezcan en el período, entre el primer y segundo dictamen, o se encuentren dentro del período de seis meses de efectuada la citación para resolver el segundo dictamen, siempre que cumplan con los incisos 1) o 2) señalados en el párrafo anterior. Determinación del Capital Complementario: Arto. 88 Para los efectos de financiar las pensiones de invalidez y sobrevivencia de

conformidad con lo establecido en los artículos anteriores, el capital complementario se abonará a la respectiva cuenta individual de ahorro para pensiones y estará dado por la diferencia entre:

1) El capital técnico necesario determinado conforme al artículo 89 de esta Ley, y,

2) El capital acumulado en la cuenta individual de ahorro para pensiones del afiliado, exceptuando las

cotizaciones voluntarias y su rentabilidad, a la fecha en que se ejecute el dictamen definitivo de invalidez o fecha del fallecimiento, según la prestación que corresponda.

Cuando la mencionada diferencia arroje un valor negativo, el capital complementario será igual a cero. Si en el período de 12 meses posteriores al fallecimiento se presentaren nuevos beneficiarios, deberá recalcularse el capital complementario de conformidad con esta ley. Vencido dicho plazo, los beneficiarios que se presentaren mantendrán su derecho a recibir pensión de sobrevivencia sobre la base del capital complementario ya calculado. El derecho al capital complementario no operará cuando fallezcan afiliados que hayan ejercido el derecho a pensión de vejez.

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700

En los casos en los que el afiliado haya sido declarado inválido parcial mediante segundo dictamen, el capital complementario se calculará sin incluir la parte del saldo correspondiente al fondo retenido a que se refiere el artículo 102 de esta Ley.

Capital Técnico Necesario: Arto. 89 El capital técnico necesario se determinará como el valor actual esperado de las

pensiones de referencia del causante y sus beneficiarios a partir de la fecha en que se ejecute el segundo dictamen de invalidez o se produzca el fallecimiento, y hasta la extinción del derecho a pensión de cada uno de los beneficiarios acreditados.

El capital técnico necesario se determinará de acuerdo a las bases técnicas, la tasa de interés y tablas de mortalidad que se establezcan en las disposiciones que para tal efecto emita la Superintendencia de Pensiones. Pensiones de Referencia Arto. 90 Para el cálculo del capital técnico necesario y para el pago de pensiones de invalidez

conforme al primer dictamen, la pensión de referencia del causante se determinará como un porcentaje del salario básico regulador aplicable para cualquier tiempo de servicio que hubiere prestado el afiliado. Las pensiones de referencia serán equivalentes a:

1. El 70% del salario básico regulador, en el caso de afiliados que fallezcan o que tengan derecho a

percibir pensión de invalidez total; y

2. El 50% del salario básico regulador, en el caso de los afiliados que tengan derecho a percibir pensión de invalidez parcial. Porcentajes de Distribución:

Arto. 91 La pensión de referencia de los beneficiarios de pensiones de sobrevivencia será

equivalente a los siguientes porcentajes de la pensión de referencia del causante:

1. 60% para él o la cónyuge, para él o la conviviente con hijos, cuando no existieren hijos con derecho a pensión.

2. 50% para el o la cónyuge o para él o la conviviente con hijos, que tengan derecho a pensión. Este

porcentaje se elevará al 60% cuando dichos hijos dejen de tener derecho al beneficio.

3. 25% para cada uno de los hijos con derecho a pensión; y

4. 20% para el padre y 20% para la madre, o 30% si solo existiere uno de ellos. Cuando no existiere conyuge o conviviente con derecho a pensión, el porcentaje establecido en el literal 2) será distribuido entre los hijos con derecho a pensión. Cuando no existiere cónyuge o conviviente con derecho a pensión, ni hijos con derecho a pensión, los porcentajes establecidos en el literal 2), será del 40% para el padre y 40% para la madre, u 80% si sólo existiere uno. En todo caso cuando existan dos o más beneficiarios, el monto total de las pensiones de sobrevivencia generadas por un afiliado, no podrán superar en conjunto el 100% de la pensión

701

de referenda del causante. Salario Básico Regulador:

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Arto. 92 El salario básico regulador de cada afiliado se estimará como el promedio mensual del ingreso base de cotización de los últimos ciento veinte meses cotizados, anteriores al mes en que ocurra el fallecimiento, se declare la invalidez o se cumplan los requisitos para acceder a pensión de vejez.

Para aquellos trabajadores cuyo período de afiliación fuere inferior a los ciento veinte meses establecidos, el salario básico regulador se determinará considerando el período comprendido entre el mes de afiliación y el mes anterior a aquel en que ocurre el fallecimiento, se declare la invalidez o se cumplan los requisitos para pensión de vejez. En este caso, la suma de ingresos base de cotización mensuales deberá dividirse por el número mayor entre veinticuatro y el número de meses cotizados.

Los ingresos base de cotización utilizados para efectuar el cálculo del salario básico regulador serán actualizados en la variación del índice de precios al consumidor, reportados por las autoridades correspondientes, de conformidad a las disposiciones que establezca la Superintendencia de Pensiones.

Contribución Especial: Arto. 93 Se define como contribución especial el monto representativo de las cotizaciones que el afiliado

habría acumulado en su cuenta individual de ahorro para pensiones, si hubiera cotizado el 10% sobre el monto de las pensiones de invalidez pagadas conforme al primer dictamen.

La contribución se determinará como el producto del monto de la pensión, el número de meses durante el cual ésta se percibió y el factor de corrección 0.111111. La cantidad resultante deberá acumularse en la cuenta individual de ahorro para pensiones.

Tendrán derecho a contribución especial los afiliados declarados inválidos mediante el primer dictamen, que no adquieran el derecho a pensión de invalidez mediante el segundo dictamen siempre que cumplan las condiciones establecidas en los literales 1) 6 2) del artículo 79 de esta Ley, a la fecha de invalidez.

La Institución Administradora deberá enterar esta contribución en la cuenta de ahorro para pensiones desde el momento en que el segundo dictamen que rechaza la invalidez quede firme o a partir de la fecha en que expire el período de seis meses.

Contrato de Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: Arto. 94 Cada Institución Administradora deberá contratar un seguro para garantizar el

financiamiento del seguro de invalidez y sobrevivencia estipulados en la presente ley, suficiente para respaldar íntegramente el pago del capital complementario, las contribuciones especiales y el pago de las pensiones establecidas por el primer dictamen de invalidez.

El contrato deberá realizarse con una Sociedad General de Seguros que opere legalmente el ramo de Personas mediante una licitación pública que vigilará un delegado de la Superintendencia de Pensiones, en la que podrán

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participar sociedades establecidas y autorizadas según la legislación nicaragüense. Las bases técnicas para efectuar la licitación de este seguro serán establecidas por la Superintendencia de Pensiones.

Cada Institución Administradora tendrá completa libertad para determinar los criterios de selección y adjudicación del contrato en referencia.

Sin embargo, las responsabilidades y obligaciones establecidas en este capítulo para las Instituciones Administradoras no se eximen por el contrato de Invalidez y Sobrevivencia. Igualmente, no se alterará la responsabilidad de la Institución Administradora por el pago del capital complementario, la contribución especial y el pago de las pensiones de invalidez de primer dictamen, ante la liquidación de una Sociedad

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General de Seguros con la cual se hubiere contratado el Seguro de invalidez y sobrevivencia respectivo. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra para las observaciones, al honorable Magistrado Alcalá Blandón. DIPUTADO ALCALÁ BLANDÓN: Gracias, señor Presidente. Es para modificar el artículo 94 relacionado con el Contrato de Seguro de Invalidez y Sobrevivencia el cual se leerá así:

"Cada Institución Administradora deberá contratar un seguro para garantizar el financiamiento del seguro de invalidez y sobrevivencia estipulados en la presente ley, suficiente para respaldar íntegramente el pago del capital complementario, las contribuciones especiales y el pago de las pensiones establecidas por el primer dictamen de invalidez.

El contrato deberá realizarse con una Empresa de Seguros que opere legalmente el ramo de vida mediante una licitación pública que vigilará un delegado de la Superintendencia de Pensiones, en la que podrán participar sociedades nacionales o extranjeras establecidas y autorizadas según la ley. Las bases técnicas para efectuar la licitación de este seguro serán establecidas por la Superintendencia de Pensiones.

Cada Institución Administradora tendrá completa libertad para determinar los criterios de selección y adjudicación del contrato en referencia.

Sin embargo, las responsabilidades y obligaciones establecidas en este capítulo para las instituciones Administradoras, no se eximen por el contrato de invalidez y sobrevivencia. Igualmente, no se alterará la responsabilidad de la Institución Administradora por el pago del capital complementario, la contribución especial y el pago de las pensiones de invalidez de primer dictamen, ante la liquidación de una empresa de seguros con la cual se hubiere contratado el seguro de invalidez y sobrevivencia respectivo".

La justificación de esta modificación, es que el cambio tiene por objeto ajustar la terminología del nombre de las Sociedades de Seguros al nombre establecido en la legislación respectiva, y así en lo sucesivo en todo el proyecto de ley. Paso mi moción señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al 86? No hay.

703 ¿Observaciones al 87? Tampoco. ¿Observaciones al 88?. Tampoco. ¿Observaciones al 89?. Tampoco. ¿Observaciones al 90?. Tampoco. ¿Observaciones al 91? Tampoco. ¿Observaciones al 92? Tampoco. ¿Observaciones al 93? Tampoco. ¿Observaciones al 94? Es la que se acaba de hacer. Sometemos a votación la moción debida.

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Se abre la votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 1 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción. A votación el Capítulo. Está abierta la votación del Capítulo II. Del Financiamiento de Pensiones. Va a cerrarse. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 1 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo II, del Financiamiento. Sigamos, Capítulo II. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO III

DE LAS MODALIDADES DE PENSIÓN

Modalidades de Pensión: Arto. 95 Cuando el afiliado cumpla con todos los requisitos establecidos en la ley, para optar a una pensión,

podrá disponer del saldo de su cuenta individual de ahorro para pensiones. La Institución Administradora será responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos, reconocer el beneficio y emitir la certificación correspondiente.

Cada afiliado o beneficiario con derecho a pensión estará en libertad de escoger, salvo las excepciones señaladas en esta Ley, entre las siguientes modalidades de pensión.

1. Renta Programada;

2. Renta Vitalicia mensual; y

3. Renta Programada con Renta Vitalicia mensual Diferida.

704 Renta Programada: Arto. 96 La modalidad de pensión por renta programada consiste en que el afiliado o sus beneficiarios cuando

corresponda, al momento de cumplir las condiciones para acceder a una pensión, mantiene en una Institución Administradora el saldo de su cuenta individual de ahorro para pensiones para que aquella le entregue mensualmente una pensión con cargo a su cuenta.

La pensión mensual por renta programada será igual al resultado de dividir cada año el saldo de la cuenta individual por el capital necesario pagar una unidad de pensión al afiliado y a sus beneficiarios, cuando éste fallezca, según las pensiones de referencia correspondientes, dividido en trece mensualidades. El capital necesario se calculará de acuerdo a las bases técnicas, tasas de interés y tablas de mortalidad que establezca la Superintendencia de Pensiones.

La decisión de optar por una renta programada es revocable, de modo que el pensionado podrá traspasar su saldo a otra Institución Administradora o trasladarse a cualquiera de las otras modalidades establecidas en el artículo 95 de esta Ley, en el momento que lo desee.

Sin embargo, la modalidad de renta programada es obligatoria para las pensiones que, estimadas de conformidad al párrafo segundo, resulten inferiores a la pensión mínima garantizada de

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acuerdo con esta Ley.

Tratándose del fallecimiento de un afiliado cuyos únicos sobrevivientes sean hijos no inválidos, éstos deberán optar por la modalidad de renta programada.

Si el afiliado declarado invalido mediante segundo dictamen con derecho a capital complementario, no optare por ninguna modalidad de pensión dentro de los noventa días de ejecutado el dictamen, se entenderá que opta por una renta programada con la Institución Administradora, la cual será revocable en cualquier momento.

Saldo Mínimo y Excedente de Libra Disponibilidad: Arto. 97 Se denominará saldo mínimo al capital necesario para financiar una pensión del 70% del

salario básico regulador, que a su vez no sea inferior al 160% de la pensión mínima vigente al momento de pensionarse.

Si el saldo de la cuenta individual superare el saldo mínimo, el excedente podrá ser retirado por el afiliado, total o parcialmente, como excedente de libre disponibilidad só1o al momento de pensionarse.

Renta Vitalicia: Arto. 98 La modalidad de pensión de renta vitalicia consiste en que el afiliado contrata un seguro de renta vitalicia con

una Sociedad General de Seguros de su elección, obligándose ésta a pagarle desde el momento de la suscripción del contrato una renta mensual, más la respectiva pensión de Navidad, y a su fallecimiento continuar pagando los beneficios que correspondan a los sobrevivientes de conformidad a esta Ley.

El contrato deberá realizarse con una Sociedad General de Seguros, establecida y autorizada según la legislación nicaragüense, y será irrevocable. Este deberá sujetarse al Reglamento que para tal efecto se dicte, y someterse a las disposiciones sobre promoción que se les aplique a

705

las Instituciones Administradoras.

La pensión por renta vitalicia podrá contratarse en córdobas con mantenimiento de su valor, o en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, condición que deberá formar parte integrante del contrato de seguros respectivo.

Esta modalidad de pago de la pensión podrá contratarse siempre que el saldo de la cuenta individual del afiliado sea suficiente para otorgarle al menos la pensión mínima de vejez garantizada por el Estado. Sí así fuere, la Institución Administradora traspasará el total del saldo a la Sociedad General de Seguros elegida por el afiliado o el saldo mínimo requerido de conformidad al artículo anterior, en caso de acceder al excedente de libre disponibilidad.

Si la Sociedad General de Seguros que elige el afiliado para contratar la renta vitalicia es la misma con la que la Institución Administradora celebró el contrato de Invalidez y Sobrevivencia, la Sociedad de Seguros de Vida estará obligada a celebrar el contrato y a pagar una renta mensual no inferior a las pensiones de referencia establecidas en esta Ley, sólo tratándose de pensiones de invalidez y sobrevivencia.

Renta Programada con Renta Vitalicia Diferida: Arto. 99 La modalidad de pago de pensión de Renta Programada con Renta Vitalicia Diferida es una

combinación de una Renta Programada en forma temporal con una renta vitalicia. Con una parte del saldo de la cuenta individual, se contrata con una Sociedad General de Seguros, el pago de una renta mensual vitalicia para el afiliado y sus beneficiarios, más la respectiva pensión de Navidad. Con cargo a la otra parte del saldo de la cuenta, se tiene derecho a una renta programada que la Institución Administradora paga mensualmente al pensionado, desde que cumple los requisitos de pensión hasta el día anterior a aquel en que se inicia el pago de la renta vitalicia diferida.

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La pensión mensual que otorgue la renta vitalicia no podrá ser inferior al cincuenta por ciento del primer pago mensual de la renta temporal, ni superior al ciento por ciento de dicho pago.

El contrato deberá realizarse con una Sociedad General de Seguros, establecida y autorizada según la Legislación Nicaragüense.

La renta Programada en forma temporal, será un flujo de mensualidades que resulte de igualar la parte del saldo de la cuenta destinado a financiarla, con el valor actual de pagos anuales iguales anticipados durante el período que dure la renta temporal, actualizado en conformidad a la tasa de interés que determine el Reglamento. Este cálculo deberá ajustarse anualmente, a contar de la fecha en que fue determinado por primera vez.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al Capítulo III? Se le concede la palabra al honorable Diputado Guillermo Selva. DIPUTADO GUILLERMO SELVA: Gracias, señor Presidente.

706 Deseo hacer una moción modificando el artículo 98, el cual deberá leerse así: "Arto. 98 La modalidad de Pensión de Renta Vitalicia consiste en que el afiliado contrata un Seguro de Renta Vitalicia con una Empresa de Seguros de su elección, obligándose ésta a pagarle desde el momento de la suscripción del contrato una renta mensual, más la Pensión del Decimotercer Mes, y a su fallecimiento continuar pagando los beneficios que correspondan a los sobrevivientes de conformidad a esta Ley. El contrato deberá realizarse con una empresa de seguros, establecida y autorizada según la Ley, y será irrevocable. Este deberá sujetarse al Reglamento que para tal efecto se dicte y someterse a las disposiciones sobre promoción que se les aplique a las Instituciones Administradoras. La pensión por renta vitalicia podrá contratarse en córdobas con mantenimiento de su valor, o en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, condición que deberá formar parte integrante del contrato de seguros respectivo. Esta modalidad de pago de la pensión podrá contratarse siempre que el saldo de la cuenta individual del afiliado sea suficiente para otorgarle al menos la pensión mínima de vejez garantizada por el Estado. Sí así fuere, la Institución Administradora traspasará el total del saldo a la empresa de seguros elegida por el afiliado o el saldo mínimo requerido de conformidad al artículo anterior, en caso de acceder al excedente de libre disponibilidad. Si la empresa de seguros que elige el afiliado para contratar la Renta Vitalicia es la misma con la que la Institución Administradora celebró el contrato de invalidez y sobrevivencia, la empresa de seguros estará obligada a celebrar el contrato y a pagar una renta mensual no inferior a las pensiones de referencia establecidas en esta ley, sólo tratándose de pensiones de invalidez y sobrevivencia". Paso a continuación a entregar a usted por escrito mi moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Si está en las mociones en negrita lo que se va a reformar, sólo limítense a leer la parte esa y no a leer todo el artículo, para que no repitamos otra vez la lectura, ¿verdad? Sería conveniente, si está en negrita allí, si no, pues ni modo. Se le concede la palabra al honorable Diputado Alberto Rivera.

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DIPUTADO ALBERTO RIVERA: Muchísimas gracias, honorable señor Presidente. Es una reforma propuesta al artículo 99, exactamente en negritas dice; "Empresas de Seguros" "Pensión del Decimotercer Mes"; "empresas de seguros y autorizadas según la ley". Esa es la moción, y procedo a presentarla. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Muchas gracias. ¿Observaciones al artículo 95? No hay. ¿Observaciones al artículo 96? No hay. ¿Observaciones al artículo 97? No hay. ¿Observaciones al artículo 99? Era el que estaba.

707 A votación las dos mociones. Está abierta la votación. Se va cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 a favor, 1 en contra y 1 abstención. Quedan aprobadas las mociones. A votación el Capítulo. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 1 en contra, 1 abstención. Queda aprobado el Capítulo. Vamos al siguiente capítulo. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO IV

DEL PAGO DE LAS PENSIONES Pago de la Pensión de Invalidez Ejecutoriado el Primer Dictamen: Arto. 100 Cuando la Comisión Calificadora otorgue el primer dictamen sobre una solicitud que genere el derecho a pensión de invalidez, la Institución Administradora deberá proceder al pago de la pensión respectiva según sea el caso.

1. Si se trata de un afiliado que cumple con las condiciones establecidas en los literales 1) o 2) del párrafo segundo del artículo 87 de esta ley, la Institución Administradora deberá gestionar el pago según lo dispuesto en esta Ley y sus Reglamentos con cargo al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia contratado y su pensión no deberá ser inferior al cien por ciento de la pensión de referenda establecida en el artículo 90 de esta Ley.

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Si la pensión que le correspondiere al afiliado resultare menor a la pensión mínima establecida en esta Ley, éste podrá optar porque la Institución Administradora complemente dicha pensión, con el saldo de la cuenta de ahorro para pensiones; y,

2. Si el afiliado no se encuentra en las condiciones señaladas en el párrafo anterior, la

Institución Administradora deberá proceder al pago de la pensión de renta programada. Si se trata de invalidez total, el pago ascenderá al cien por ciento de la pensión estimada bajo esta modalidad, y si se trata de invalidez parcial, al setenta por ciento. En ambos casos, no podrá hacer uso del excedente de libre disponibilidad hasta que se efectúe el segundo dictamen.

Esta pensión se devengará desde la fecha de declaración de invalidez y se hará exigible a contar del momento en que el primer dictamen quede firme y hasta que el segundo dictamen se dicte, de

708

conformidad con el Reglamento. Pago de la Pensión de Invalidez una vez Firme el Segundo Dictamen: Arto. 101 Una vez firme un segundo dictamen que declare una invalidez total o parcial, el afiliado

podrá optar por cualquiera de las modalidades de pago de pensión establecidas en esta Ley.

Fondo Retenido: Arto. 102 Si el afiliado hubiere sido declarado invalido parcial, mediante segundo dictamen, para el

financiamiento de la pensión deberá descontarse el treinta por ciento del saldo acumulado en la cuenta de ahorro para pensiones, lo cual se destinará a constituir el fondo retenido en una Institución Administradora.

El fondo retenido servirá para recalcular el monto de la pensión o para financiar una nueva pensión, si la invalidez se declarare total o si el afiliado cumpliere cualquiera de las condiciones para retirarse por vejez. Sólo hasta que proceda la utilización del fondo retenido, se determinará la posibilidad de que el afiliado pueda hacer uso del excedente de libre disponibilidad de conformidad a lo dispuesto en el artículo 97 de esta ley.

Pago de Pensiones de Sobrevivencia. Arto. 103 Cuando la pensión de sobrevivencia se originare por la muerte de un afiliado no pensionado, los

beneficiarios podrán acogerse a cualquiera de las modalidades de pensión, con excepción de lo dispuesto en los párrafos antepenúltimo y penúltimo del artículo 96 de esta Ley. No obstante, deberá existir acuerdo de los beneficiarios para poder optar a renta vitalicia o renta programada con renta vitalicia diferida. Si no se ejerciera la opción, la Institución Administradora pagará las pensiones por la modalidad de renta programada.

Si los beneficiarios eligen la modalidad de renta vitalicia, las pensiones que reciban deberán mantener las mismas proporciones que las dispuestas en el artículo 91 de esta Ley.

Si la opción ejercida fuere la modalidad de renta programada con renta vitalicia diferida, la parte correspondiente a renta vitalicia se aplicara de acuerdo a lo dispuesto en el párrafo anterior. Lo concerniente a la renta programada en forma temporal, se distribuirá en los mismos porcentajes que señala el artículo 91 de esta Ley. Si los mismos resultaren en una suma superior o inferior al cien por ciento, deberá realizarse un nuevo cálculo, tomando como referencia el resultado de la suma.

Si la decisión fuere por la modalidad de renta programada, los beneficiarios tendrán derecho a recibir una pensión calculada según lo dispuesto en el artículo 91 de esta Ley, excluyendo del capital técnico necesario la pensión del afiliado.

Modalidades de la Pensión de Sobrevivencia: Arto. 104 Cuando la pensión de sobrevivencia se originare por la muerte de un afiliado pensionado por

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invalidez total o parcial conforme el primer dictamen, los beneficiarios podrán acogerse a cualquiera de las modalidades de pensión de acuerdo con lo establecido en el artículo 95 de esta Ley.

709 Aplicación Supletoria del Código Civil: Arto. 105 Si se presentaren más beneficiarios de pensión de sobrevivencia que los registrados

por el causante, se aplicará el procedimiento determinado en el Código Civil. En todo caso, la Institución Administradora deberá verificar la calidad de los beneficiarios y si correspondiera, deberá incluirlos como tales.

Si los beneficiarios, no registrados se presentaren habiéndose iniciado el pago de pensiones, éstas deberán recalcularse para incluirlos como tales, si correspondiere, de conformidad con esta Ley de acuerdo a lo que determine el Reglamento.

El saldo de la cuenta individual de ahorro para pensiones formará parte del haber sucesorial de un afiliado no pensionado o pensionado bajo la modalidad de renta programada que fallezca, cuando a la fecha de su fallecimiento no se registraren beneficiarios con derecho a pensión de sobrevivencia.

Si después de dos años del fallecimiento del afiliado no pensionado, no se presentaren herederos, el saldo de la cuenta individual de ahorro pasará íntegramente a formar parte de las reservas del INSS.

Pago de Cotización de Salud de las Pensiones. Arto. 106 Todas las pensiones que se establecen en esta Ley, estarán afectas a la cotización destinada a

financiar las prestaciones de salud determinadas en la Ley, y se descontarán por la entidad obligada al pago de la respectiva pensión para ser enteradas en el INSS.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones? Se le concede la palabra al honorable Diputado Leonel Pantin. DIPUTADO LEONEL PANTIN: Es en relación a la aplicación supletoria del Código Civil del artículo 105, en sus dos últimos párrafos se leerá de esta manera. "El saldo de la cuenta individual de ahorro para pensiones formara parte de la masa hereditaria de un afiliado no pensionado o pensionado bajo la modalidad de Renta Programada que fallezca, cuando a la fecha de su fallecimiento no se registraren beneficiarios con derecho a Pensión de Sobrevivencia. Si después de dos años del fallecimiento del afiliado no pensionado, no se presentaren herederos, el saldo de la cuenta individual de ahorro pasará íntegramente a formar parte de las reservas para pensiones del INSS". Paso la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al 100? No hay. ¿Observaciones al 101? No hay. ¿Observaciones al 102? No hay. ¿Observaciones al 103? Tampoco.

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¿Observaciones al 104?

710 ¿Observaciones al 105? Se le acaba de hacer. ¿Observaciones al 106? No hay. A votación la moción. Se abre la votación. Por favor, hagan uso de su derecho, está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. 48 votos a favor, 1 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción. A votación el Capítulo. Está abierta la votación al Capítulo, hagan uso de su derecho. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 1 en contra, 1 abstención. Queda aprobado el Capítulo. Siguiente capítulo. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO V

DE LA GARANTIA DEL ESTADO Garantía del Sistema: Arto. 107 El Estado garantizará pensiones mínimas de vejez, invalidez y sobrevivencia a los afiliados

y sus beneficiarios que reúnan los requisitos que señalan los artículos siguientes. El Estado será responsable del financiamiento y pago de las pensiones mínimas de vejez, invalidez y sobrevivencia de conformidad con las disposiciones de esta Ley. La forma de pago será regulada mediante normas que dicte la Superintendencia de Pensiones.

La garantía del Estado a que se refiere este artículo respecto de aquellas personas acogidas a la modalidad de renta programada, operará una vez que se encuentren agotados los recursos de dichas cuentas, y en el caso de las personas acogidas a la modalidad de renta vitalicia, cuando la renta convenida llegare a ser inferior a la pensión mínima.

No tendrán derecho a pensión mínima aquellos afiliados que hayan hecho uso del retiro de excedente de libre disponibilidad de su cuenta individual referido en el artículo 97 de esta ley.

Monto de la Pensión Mínima del Sistema: Arto. 108 Las pensiones mínimas de vejez, invalidez total e invalidez parcial serán del mismo monto

vigente establecido por el actual Sistema Público de Pensiones al momento de entrar en operación el sistema a que se refiere esta ley. Estas pensiones se reajustarán en relación a la variación del salario mínimo o por inflación, lo que resulte menor, previo estudio actuarial

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Que confirma la viabilidad económica de ellas.

La pensión mínima de sobrevivencia se determinará como un porcentaje de la pensión mínima de vejez de conformidad con las pensiones de referencia establecidas en el artículo 91 de esta Ley.

Condiciones Generales para que Opere la Pensión Mínima: Arto. 109 Para que opere la garantía estatal el afiliado no debe percibir ingresos,

incluyendo la pensión, cuyo monto sea igual o superior al salario mínimo vigente.

La solicitud para obtener el beneficio de la garantía estatal será presentada por el interesado a la Institución Administradora respectiva.

Para efectos del cumplimiento de requisitos para acceder a las pensiones mínimas a que se refieren los artículos 110, 11, 112 de esta Ley, se considerará el período cotizado en cualquier sistema de pensiones.

Requisitos para Acceder a la Pensión Mínima de Vejez: Arto. 110 La pensión mínima de vejez es un beneficio otorgado por el Estado a los

afiliados que cumplan los siguientes requisitos:

1. Tener sesenta y cinco años de edad o más; y

2. Haber completado un mínimo de treinta años de cotizaciones registradas al momento en que se devenga la pensión o con posterioridad, si se trata de un afiliado pensionado que continúa cotizando. Para el cálculo del tiempo cotizado, se considerará lo siguiente:

2.1 Los períodos por los cuales el trabajador estuvo incapacitado y percibió el respectivo

subsidio, se acumularán y computarán hasta por un máximo de tres años. 2.2 Se sumará el tiempo por el cual el afiliado hubiere recibido pensiones de invalidez

declarada en primer dictamen, cuando ésta hubiere cesado según el segundo dictamen; y,

Requisitos para Acceder a la Pensión Mínima de Invalidez: Arto. 111 La garantía estatal de pensión mínima de invalidez, será efectiva cuando los

afiliados cumplan con los siguientes requisitos:

1) Tener a los menos tres años de cotizaciones registrados durante los cinco años anteriores a la fecha en que fue declarado inválido por un primer dictamen.

2) Estar cotizando al momento en que fue declarada la invalidez en caso de accidente

común y siempre que hubiere cotizado al menos seis meses durante los últimos doce y que el accidente haya ocurrido después de su afiliación; o,

3) Registrar un mínimo de diez años de cotizaciones efectivas a la fecha de invalidez o

con posterioridad si se trata de un pensionado por invalidez que continúa cotizando. La garantía estatal, en el caso de un afiliado inválido

712

según primer dictamen que no cumpla las condiciones de los literales 1) ó 2) del artículo 87 de esta Ley, se hará efectiva una vez que el saldo de la cuenta de ahorro para pensiones se agote; o mediando el cumplimiento de dichas condiciones, desde que el monto de la pensión sea inferior a la pensión mínima.

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Cuando el afiliado se encuentre pensionado por invalidez parcial conforme a segundo dictamen, la pensión mínima operará sólo una vez utilizado el fondo retenido, luego de cumplido los requisitos establecidos en el artículo 109 de esta Ley.

Requisitos para Acceder a la Pensión Mínima de Sobrevivencia: Arto. 112 Para que los beneficiarios de pensión de sobrevivencia tengan derecho a la garantía

estatal de la pensión mínima, el afiliado causante debe haber cumplido alguno de los siguientes requisitos, según sea el caso:

1. Tres años de cotizaciones durante los cinco años anteriores a la fecha del fallecimiento;

2. Estar cotizando al momento en que falleció, en caso de muerte por accidente común, y

siempre que hubiere cotizado al menos seis meses durante los últimos doce y que el accidente haya ocurrido después de su afiliación;

3. Registrar un mínimo de diez años de cotizaciones efectivas a la fecha del fallecimiento.

Garantía a la Cuota Mortuoria: Arto. 113 Se otorga garantía a la cuota mortuoria. El Reglamento determinará los montos y

otorgamiento de dicha garantía. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al Capítulo V? Se le concede la palabra al honorable Diputado Marlon Castillo. DIPUTADO MARLON CASTILLO: Gracias, Presidente. Voy a proponer una moción: Agregar en el artículo 107 del Capítulo V, un último párrafo que se leerá así:

"Se tomará como válidas para efectos de los cálculos de garantías de pensión mínima las cotizaciones realizadas al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social o al Instituto de Seguridad Social de Desarrollo Humano, así como las pensiones recibidas por el Instituto de Seguridad Social de Desarrollo Humano, en caso que hubieran".

Gracias, Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Noel Delgado Cuadra. DIPUTADO NOEL DELGADO CUADRA: Gracias, Presidente. Es para solicitar una reforma al artículo 113, Capítulo V, De la Garantía del Estado. Sugerimos que se lea de la siguiente manera:

713

"Se otorga garantía al subsidio de funeral. El Reglamento determinará los montos y otorgamiento de dicha garantía, la cual no podrá ser inferior a la establecida en la Ley Orgánica de Seguridad Social".

Firman.- Francisco García Saravia, Dolores Chamorro, Adolfo Calero, Ismael Tórrez y Noel Delgado. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: William Mejía, por favor.

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DIPUTADO WILLIAM MEJÍA: Es una reforma al artículo 110, en la parte pertinente del inciso 1) y en el inciso 2), nada más; lo demás queda igual:

"1. Tener sesenta y dos años de edad o más; y

2. Haber cumplido un mínimo de veinticinco años o los que correspondan de acuerdo a la gradualidad que se establece en el artículo 20 del Reglamento respectivo".

Lo demás queda igual. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al artículo 108? No hay. ¿Observaciones al artículo 109? No hay. ¿Observaciones al artículo 111? No hay. ¿Observaciones 112? No hay. A votación todas las mociones. Se abre la votación. Había una moción todavía? Bueno, vamos a verla. A votación ésta; ¿Hay otra moción al 110? Está bien, vamos a votarla después. Está abierta la votación de las mociones. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 50 a favor, 0 en contra, Quedan aprobadas esas mociones. ¿Aquí tenía una moción al artículo 110, William Mejía? Aquí está, ya la leyeron, así es que ya está aprobada. A votación el Capítulo. Está abierta la votación. Están votando. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo. Vamos con el siguiente: Título IV, Capítulo Único.

714 SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

TÍTULO IV

DE LA REGULACIÓN Y CONTROL

CAPÍTULO UNICO

DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES Creación de la Superintendencia de Pensiones: Arto. 114 Créase la Superintendencia de Pensiones, entidad autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio

propio, de duración indefinida, que se regirá por una Ley Orgánica especial.

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Corresponderá a la Superintendencia de Pensiones, la super vigilancia y control de las Instituciones Administradoras y el ejercicio de las funciones y atribuciones que establece esta ley.

Funciones Generales: Arto. 115 Corresponderá a la Superintendencia, además de las atribuciones y obligaciones que esta ley

establece, las siguientes funciones generales:

1. Autorizar la constitución de las Instituciones Administradoras de Fondos de Pensiones y llevar un registro de estas entidades.

2. Fiscalizar el funcionamiento de las Instituciones Administradoras y el otorgamiento de las

prestaciones que estas otorguen a sus afiliados.

3. Cumplir con la legislación y reglamentación del Sistema, con carácter obligatorio para las Instituciones Administradoras y dictar normas generales para su aplicación.

4. Fiscalizar la inversión de los recursos de los Fondos de Pensiones y la composición de la cartera

de inversiones.

5. Establecer las normas que regulen los contratos de seguro destinados a constituir las prestaciones que establece esta ley.

6. Efectuar la liquidación de las Instituciones Administradoras cuando corresponda.

7. Aplicar las sanciones que correspondan de acuerdo a su Ley Orgánica y

disponer la revocación de autorización de existencia de conformidad a la ley, a las Instituciones Administradoras.

8. Velar por el cumplimiento de las normas que establecen los requisitos

necesarios para que opere la garantía estatal, a que se refiere el Capítulo V del Título III.

9. Efectuar los estudios técnicos necesarios que tiendan al desarrollo y fortalecimiento del Sistema de Pensiones.

10 Fiscalizar los mercados primarios y secundarios en lo que se refiere a la participación de los

Fondos de Pensiones en éstos, sin perjuicio de las atribuciones de otros Organismos Reguladores.

715 Disposiciones de la Ley Orgánica: Arto. 116 La Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones deberá determinar las funciones y

atribuciones del Organismo Regulador, el régimen de nombramiento y atribuciones y obligaciones del Superintendente y de los Ejecutivos superiores, la organización interna de la Institución, su régimen de financiamiento, el régimen de infracciones y sanciones, y los mecanismos de reclamación que las Instituciones Administradoras y terceros tengan respecto de las resoluciones y de los actos de la autoridad controladora, así como las normas relativas a la protección a los usuarios.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al 114, por favor? ¿Aquí hay una al 115 Ismael Tórrez? Al 114, Dámicis Sirias. Por favor, si es la letra negrita, lea sólo la letra negrita.

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DIPUTADO DÁMICIS SIRIAS VARGAS: Señor Presidente: Es que consideramos que es necesario agregarle un párrafo al artículo 114 que diga lo siguiente: "La Superintendencia de Pensiones estará integrada, además de los miembros que determine la Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones, por miembros nombrados por el Presidente de la República, de ternas presentadas por: Por la organización que represente al sector privado; Por organizaciones que representen a los afiliados del seguro social; Por el partido político que obtuvo el segundo lugar en las últimas elecciones presidenciales". Paso la moción por escrito, muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al 114? Se acaba de hacer. ¿Observaciones al 115? Ismael Tórrez. DIPUTADO ISMAEL TORREZ CALERO: Gracias, señor Presidente. Yo quiero hacer una moción para que al artículo 115 se le agregue un nuevo inciso, el número 11, que deberá leerse de la siguiente manera: "Asesorar gratuitamente a los afiliados al sistema para la obtención de los beneficios contemplados en esta ley, mediante el establecimiento de oficinas especializadas para tal fin". Esta propuesta tiene por objeto agregar una nueva función a la Superintendencia de Pensiones, en el sentido que deberán asesorar gratuitamente a los afiliados que recurran a ella para obtención de los beneficios contemplados en la presente ley, a fin de proteger sus intereses y establecer los mecanismos de información y apoyo que los afiliados requieran.

716 Esta moción está firmada por: Dolores Chamorro, Noel Delgado, Adolfo Calero, e Ismael Tórrez, paso la moción señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al 116? No hay. Se abre a votación las mociones. Está abierta la votación, por favor, hagan usos de sus derechos. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 47 a favor, 1 en contra, l abstención. Quedan aprobadas las mociones. A votación el Capítulo. Por favor, tomen sus asientos y hagan uso de su derecho, está abierta la votación. Se va cerrar.

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Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo. Vamos al Título V, Disposiciones Transitorias, Capítulo I. Su lectura. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

TÍTULO V

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

CAPÍTULO I DE LOS AFILIADOS AL ACTUAL SISTEMA PÚBLICO DE PENSIONES Sistema Público de Pensiones: Arto. 117 Para los efectos de esta Ley, se denominará Sistema Público de Pensiones a los regímenes

de invalidez, vejez y muerte administrados por el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social.

Las personas que se encuentren afiliadas al régimen de invalidez, vejez y muerte administrado por el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social, se someterán a las disposiciones que en esta Ley se establecen conforme lo señalado en este capítulo, a partir de la fecha en que entre en operaciones el Sistema de Ahorro para Pensiones.

El Sistema Público de Pensiones será administrado por el INSS.

Traspaso de Afiliados al Sistema de Ahorro para Pensiones: Arto. 118 Los afiliados al Sistema Público de Pensiones que al inicio de operaciones del Sistema

de Ahorro para Pensiones, no hubieren cumplido cuarenta y tres años de edad, deberán afiliarse a este eligiendo para ello una Institución Administradora.

El Sistema Público de Pensiones no podrá realizar nuevas

717

afiliaciones, desde el momento en que comience a operar el Sistema de Ahorro para Pensiones.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al 117? No hay. ¿0bservaciones, no hay? Se abre a votación el Capítulo I. Está abierta la votación, por favor, hagan uso de sus derechos. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, l en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo. Capítulo II, su lectura. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO II

DE LAS COTIZACIONES GLOBALES DE LOS AFILIADOS AL SISTEMA DE AHORRO PARA PENSIONES

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Tasa de Cotización: Arto. 119 Además de las cotizaciones establecidas en esta ley, los afiliados y sus empleadores

deberán pagar aquellas que correspondan a los otros regímenes de Seguridad Social.

Las tasas globales de cotización para los afiliados al Sistema de Ahorro para Pensiones serán las siguientes:

1. La tasa global de cotización de los afiliados al Sistema de Ahorro para Pensiones será de

veintiuno punto cincuenta por ciento distribuidos de la siguiente manera:

Empleador Trabajador Estado Total

IVM 6.50% 4.00% 10.50%

RP Salud 1.00% 1.00%

EM 6.00% 2.25% 0.25% 8.50%

Víctimas de Guerra 1.50% 1.50%

TOTAL 15.00% 6.25% 0.25% 21.50%

2. La tasa global de cotización de los afiliados al Régimen de Invalidez, Vejez, Muerte y Riesgos Profesionales del Sistema de Ahorro para Pensiones, que no están obligados a cotizar para el Programa de Enfermedad y Maternidad, será de trece punto veinticinco por ciento distribuido de la siguiente manera:

718

Empleador Trabajador Estado Total

IVM 6.50% 4.00% 10.50%

RP Salud 1.00% 1.00%

Víctimas de Guerra 1.50% 0.25% 1.75%

TOTAL 9.00% 4.25% 13.25%

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al 119?. No hay. A votación el Capítulo II. Está abierta la votación, por favor, hagan uso de su derecho. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, I en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo II. Capítulo III. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO III

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DE LOS PENSIONADOS EN EL SISTEMA PUBLICO DE PENSIONES QUE SE AFILIAN AL SISTEMA DE AHORRO PARA PENSIONES

Afiliación al Sistema de Ahorro y Pago de Pensiones: Arto. 120 Los asegurados al Sistema Público de Pensiones, que tengan u obtengan su pensión de vejez

a partir de la fecha de entrada en operación del Sistema de Ahorro para Pensiones, podrán reincorporarse al servicio activo sin perder el disfrute de aquella.

En tal caso, podrán efectuar cotizaciones al Sistema de Ahorro para Pensiones en los porcentajes a que se refiere el artículo 17 de esta Ley, y podrán disponer anualmente del saldo de su cuenta de ahorro para pensiones. Ante su fallecimiento, el saldo constituirá parte del haber sucesoral.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Capítulo III. Se le concede la palabra al honorable Diputado William Mejía Ferreti. DIPUTADO WILLIAM MEJÍA FERRETI: Es sólo para agregar al artículo 120, inciso 2), en la parte final: "de la masa hereditaria". PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A votación la moción.

719 Está abierta la votación, hagan uso de su derecho. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción. A votación el Capítulo. Hagan uso de sus derechos. Está abierta la votación del Capítulo. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 1 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo. Vamos al Capítulo IV. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO IV

DE LAS RESERVAS TÉCNICAS

EN EL SISTEMA PÚBLICO DE PENSIONES Reservas Técnicas: Arto. 121 Las reservas técnicas del INSS se destinarán al pago de pensiones del INSS y gastos administrativos

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derivados de ella, cuando los ingresos que perciban por cotizaciones y aportaciones para ese efecto fueren insuficientes. Con cargo a estas reservas, el INSS deberá dar cumplimiento a las obligaciones que se generen con la emisión y pago del Certificado de Traspaso.

Con las reservas técnicas del INSS, se constituirá un Fondo de Inversión especial regulado y administrado de la forma como lo determine el Reglamento. La administración de este Fondo deberá propender a una correcta y eficiente administración de estos recursos, combinando adecuadamente los conceptos de riesgo y rentabilidad. Para estos efectos, el INSS deberá subcontratar la administración de este Fondo con una empresa privada especializada en la administración de carteras de terceros, a través de una licitación internacional y cumpliendo las condiciones que se fijen en el Reglamento.

Agotadas dichas reservas técnicas, el Estado será responsable de proveer los recursos para el financiamiento de los beneficios señalados en el párrafo anterior.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Maximino Rodríguez. DIPUTADO MAXIMINO RODRIGUEZ: Muchas gracias, señor Presidente. Es para presentar una moción en el artículo 121, que dice lo siguiente: "Las reservas técnicas del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social se destinarán al pago de pensiones del Instituto

720 Nicaragüense de Seguridad Social, a gastos administrativo derivados de ella, cuando los Ingresos que perciban por las cotizaciones y aportaciones para ese efecto fueren insuficientes. Con cargo a estas reservas, del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social, deberá dar cumplimiento a las obligaciones que se generen con la emisión y pago de certificados de traspasos. Con las reservas técnicas del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social, se constituirá un Fondo de Inversión Especial regulado y administrado en la forma como determine el Reglamento de esta ley. La administración de este Fondo deberá propender a una correcta y eficiente administración de estos recursos, combinando adecuadamente los conceptos de riesgo y rentabilidad. Para estos efectos, el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social deberá subcontratar la administración de este Fondo a una empresa Privada especializada en la administración de carteras de terceros, a través de una licitación internacional y cumpliendo con las condiciones que se fijen en el Reglamento. Agotadas dichas reservas técnicas, el Estado será responsable de proveer los recursos para el financiamiento de los beneficios señalados en el párrafo anterior". Justificación del cambio: Las palabras que se agregan en el inciso 2), tienen por objeto determinar que el Fondo de Inversión que deberá constituir el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social con sus reservas técnicas, será administrar y regular de acuerdo a las formas como se establezca el Reglamento de la Ley de Sistema de Ahorro para Pensiones. Firma, Maximino Rodríguez. Presento la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A votación la moción. Se abre la votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra.

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El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción. A votación el Capítulo IV. Hagan uso de su derecho. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo IV. Capítulo V, su lectura. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

CAPÍTULO V

DEL CERTIFICADO DE TRASPASO El Certificado de Traspaso: Arto.122 Los trabajadores que de acuerdo al artículo 118 de esta

721

Ley, ingresen o se trasladen al Sistema de Ahorro para Pensiones, recibirán del INSS un reconocimiento por el tiempo de servicio que hubieren cotizado a la fecha de su traslado.

Este reconocimiento se expresará en un documento llamado Certificado de Traspaso que será emitido por el INSS a nombre del afiliado, y enviado a la Institución Administradora en la que éste se encuentre incorporado. Si el afiliado se cambiare de Institución Administradora, lo anterior deberá traspasarle el Certificado junto con los fondos a la nueva entidad que corresponda.

La Institución Administradora deberá gestionar para sus afiliados o los beneficiarios de éstos, el cobro del Certificado de Traspaso al momento que corresponda.

Características: Arto. 123. Los Certificados de Traspaso estarán garantizados por el Estado y serán

transferibles por endoso al Fondo de Pensiones, a la Institución Administradora con quien se contrate la renta programada o a la Sociedad General de Seguros con que se contrate una renta vitalicia. Estos certificados serán nominativos y deberán ser emitidos con las otras características que señala el reglamento, debiendo contener de conformidad con el Código de Comercio, el nombre del título, monto, lugar de cumplimiento de los derechos que incorpora y firma del emisor.

Derecho al Certificado: Arto. 124. Tendrán derecho al Certificado de Traspaso todas aquellas

personas que se incorporen u opten por el Sistema de Ahorro para Pensiones, habiendo registrado un mínimo de doce cotizaciones en el Sistema Público de Pensiones a la fecha de su traspaso. Este Certificado de Traspaso se calculará de conformidad a lo que se establezca en el Reglamento correspondiente.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Francisco García. DIPUTADO FRANCISCO GARCÍA:

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Muchas gracias, señor Presidente. Es solamente para solicitar un cambio en el artículo 123. La justificación de este cambio es en relación a la terminología. Está en negrita la terminología “Sociedad General de Seguros”, cambiarlo por “Empresa de Seguros”. Paso la moción que está firmada por Noel Delgado, Ismael Tórrez, y su servidor Francisco García PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado William Mejía. ¿Al 124? Honorable Diputado Arnulfo Barrantes. DIPUTADO ARNULFO BARRANTES. Gracias, señor Presidente. Este artículo tiene una comisión y lógicamente hay que adicionarle

722 la palabra “mensuales”. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Gracias. A votación las dos mociones. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 2 en contra, 0 abstención. Quedan aprobadas las mociones. A votación el Capítulo. Se abre la votación. Está abierta la votación del Capítulo, por favor, hagan uso de sus derechos. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 1 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo. Vamos ahora con las Disposiciones Finales. SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLÓN:

CAPÍTULO VI

DISPOSICIONES FINALES Fecha de operaciones del Sistema de Ahorro para Pensiones: Arto. 125 La Superintendencia de Pensiones, con la debida anticipación deberá notificar por medio de dos

publicaciones en diarios de circulación nacional, la fecha de inicio de operaciones del Sistema de Ahorro para Pensiones, información que deberá publicarse cuando se encuentren autorizadas para iniciar operaciones, al menos dos instituciones Administradoras de conformidad con el artículo 32 de esta Ley.

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Para gue el Sistema pueda iniciar sus operaciones, deberán estar dictadas por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras las normas de regulación complementarias que sean aplicables a las Compañías de Seguro para los efectos de la celebración de los contratos de seguros de invalidez y sobrevivencia, así como de aquellas referidas a la regulación de los contratos de rentas vitalicias que estas empresas podrán ofrecer a los afiliados del Sistema.

Para los efectos anteriores deberá existir la necesaria compatibilidad de normativas, pudiendo las Superintendencias involucradas dictar normas y resoluciones con juntas.

Arto. 126 Mediante normas de carácter general, la Superintendencia de Pensiones podrá establecer la

obligatoriedad de que los afiliados al Sistema deban destinar hasta el 1% de su cotización para el Fondo de Pensiones como aporte al régimen de invalidez, vejez y muerte que administra el

723 INSS. Lo anterior solo dentro de los quince años inmediatos siguientes a la fecha de entrada en operación del Sistema de Ahorro para Pensiones. Creación de otros Fondos de Pensiones: Arto. 127 Sólo a partir del primer día de inicio del quinto año de funcionamiento del Sistema, las Instituciones Administradoras podrán crear y gestionar más de un Fondo de Pensiones. Aplicación preferente: Arto. 128 La presente Ley, por su carácter especial prevalecerá sobre cualesquiera otras que la contraríen. Facultad Reglamentaria: Arto. 129 Esta Ley será reglamentada por el Poder Ejecutivo. Vigencia de la Ley: Arto. 130 La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: ¿Observaciones al 125? No hay. ¿Observaciones al 126? No hay. ¿Observaciones al 127? No hay. ¿Observaciones al 128? No hay. ¿Observaciones al 129? No hay. ¿Observaciones al 130? No hay. Se abre a votación el Capítulo. Está abierta la votación, hagan uso de su derecho. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, l en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo, y así toda la ley. No se vayan, por favor, que vamos a pasar a otra ley corta; es asunto de media hora. Vamos ahora a pasar al Adéndum No.7.

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SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON: Adendum No. 7 y 8. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: No se muevan, por favor. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN:

DICTAMEN

Managua, 6 de Marzo del 2000.

724 Doctor IVÁN ESCOBAR FORNOS Presidente-Asamblea Nacional Su Despacho Señor Presidente: La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, se reunió el 3 de Marzo del corriente año con el propósito de elaborar el Dictamen del Proyecto de Ley de Modificación a la Ley Anual de Presupuesto General de la República, correspondiente al Año 2000. Una vez recibido el Proyecto de Ley antes mencionado, la Comisión inicio el proceso de discusión del Proyecto con el fin de observar si este proyecto es concordante con lo aprobado por la Ley 327, la Ley N° 330, Ley de Reforma Parcial a la Constitución Política de la República de Nicaragua y la Ley N° 331, Ley Electoral. Al respecto la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto desea hacer las siguientes consideraciones:

1. Que efectivamente, el presente Proyecto tiene el propósito ineludible de dar cumplimiento esencialmente a los gastos gue generaran los próximos comicios electorales municipales como parte del proceso de fortalecimiento de la Democracia. Asimismo para cumplir con lo mandatado por las Reformas Constitucionales, que en su conjunto ascienden a un gasto de C$ 30.9 millones de córdobas.

2. Precisamente la Ley Anual del Presupuesto General de la Republica del 2000 estableció en su

artículo 17, la necesidad de obtener recursos para ser incluidos en el Presupuesto de Egresos del Consejo Supremo Electoral con el fin de financiar las elecciones municipales, y este Proyecto de Ley viene a cumplir con lo consignado en el primer párrafo del artículo antes mencionado.

3. También el Proyecto de Ley cumple con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 99 de

la Ley Electoral, el cual mandata reembolsar los gastos que incurran los partidos políticos en la campaña electoral de las elecciones municipales hasta por un monto equivalente al punto cinco por ciento de los ingresos ordinarios; y siendo estos ingresos por la cantidad de C$ 7,490.5 millones, el monto a financiar a los partidos correspondería a la suma de C$ 37.4 millones.

4. Para el financiamiento del incremento del techo del Presupuesto que conforme a este Proyecto

corresponde a la suma de C$ 351.4 millones, se realizarán gestiones con la Comunidad Internacional para obtener recursos en concepto de donaciones por la suma de C$ 113.2 millones y el restante C$ 238.2 millones mediante la partida de Financiamiento Interno.

5. La Comisión consideró idóneo autorizar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para que

aplique los ajustes correspondientes en el proceso de ejecución del Presupuesto, en la medida que se modifiquen los montos de financiamiento externo; esto es con el objetivo de garantizar los recursos financieros que requieren las elecciones municipales.

En virtud de las consideraciones antes expuestas, los suscritos miembros de la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 49 al 51 y 81 al 83 del Estatuto General y artículo 65 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, y habiéndole encontrado conforme lo prescrito en la Constitución Política de la República y la Ley de Régimen

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Presupuestario, dictamina favorablemente el Proyecto de Ley de Modificación a la Ley Anual de Presupuesto General de la República 2000.

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COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO

OSCAR MONCADA REYES WILFREDO NAVARRO ALCALÁ BLANDON DAMACIS SIRIAS

PEDRO JOAQUIN RIOS SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

DICTAMEN DE MINORÍA Doctor Iván Escobar Fornos Presidente Asamblea Nacional Su Despacho. Los suscritos Diputados, miembros de la Bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional, en uso de las facultades que nos confiere la Constitución de la República de Nicaragua, los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, por medio de la presente presentamos Dictamen de Minoría relacionado al proyecto de Ley de Modificación a la Ley Anual de Presupuesto General de la República para el Año 2000. A la vez expresamos entre otros, los puntos medulares de nuestro desacuerdo, los que reivindicaremos en mociones de reforma al momento de someter el proyecto de ley a discusión en lo general y en lo particular, los que desglosamos de la siguiente manera:

1. Nos referimos al Arto. 3 del proyecto de reforma al Presupuesto 2000, en el que de manera absolutamente inconstitucional se pretende subrogar facultades eminentemente legislativas de carácter potestativo e indelegables, como es la pretendida autorización por vía de la ley, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para "hacer los ajustes pertinentes en las fuentes de financiamiento de estos gastos, a los efectos de garantizar la fluidez de los recursos financieros para la buena marcha del proceso electoral".

Tal disposición, de ser aprobada tal y como lo presenta el anteproyecto del Ejecutivo y como lógica consecuencia el Dictamen de Mayoría de la Comisión Económica, transgrede los Artos. 112, 113, párrafo segundo, 150 inc. 5 Cn.

Creemos que tal pretensión viene a poner en evidencia la permanente intención del Gobierno Central de manejar el gasto público con excesiva discrecionalidad, tratando de sustraer de la Asamblea Nacional el conocimiento, deliberación y resolución de temas tan importantes como el de la reforma presupuestaria, puesto que de aprobarse tal solicitud dejaríamos manos libres al Ejecutivo en lo sucesivo para disponer de lo que por derecho constitucional le corresponde conocer y aprobar a esta Honorable Asamblea Nacional, lo que además de ser abiertamente ilegal, se riñe abiertamente con la imagen de transparencia que debería mostrar el Estado nicaragüense.

Es menester revisar la partida asignada al Consejo Supremo

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Electoral, dado que la excesiva prisa en emitir un dictamen de algo tan importante como es una reforma presupuestaria, no permitió verificar si en esta asignación se descuenta el monto que esta Honorable Asamblea Nacional ya había asignado y que aparece reflejado en el Arto. 17 de la Ley Anual del Presupuesto General de la República 2000, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 9 del 13 de Enero del año 2000. De no ser así, y puesto que la actual partida asignada es un incremento presupuestario, se estaría asignándose al Consejo Supremo Electoral (C$ 21.200.000) veintiún millones doscientos mil córdobas más de lo solicitado por este Poder del Estado. Tales recursos adicionales podrían asignarse a otras necesidades presupuestarias como el apoyo a los nuevos municipios que en virtud de la ley se han creado y que en su misma ley creadora impone una obligación de esta Asamblea Nacional de dotarlos de recursos iniciales para su subsistencia, hasta ser contemplados definitivamente en posteriores presupuestos nacionales.

Estos, entre otros, son los puntos en los que diferimos del Dictamen de Mayoría y que constituyen la base esencial de nuestro Dictamen de Minoría, posición que nos reservamos el derecho de defender en las discusiones del anteproyecto de ley referido, presentando las mociones respectivas pertinentes. Por lo que solicitamos a la Honorable Junta Directiva de la Asamblea Nacional lo haga del conocimiento del Magno Plenario por vía de adéndum, solicitando a su vez el apoyo de todos los Diputados del Parlamento Nacional a este dictamen. Managua, siete de Marzo del año dos mil. BAYARDO ARCE CASTAÑO WÁLMARO GUTIÉRREZ

DORA ZELEDON Z.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación en lo general el Dictamen de Mayoría. Está abierta la votación. Se va a cerrar la votación. Están votando. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 49 votos a favor, 1 en contra, 0 abstención. Queda aprobado en lo general. Vamos a su lectura en lo particular. SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLÓN:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de las facultades que le confiere la Constitución.

HA DICTADO

La siguiente:

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LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY ANUAL DE

PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA 2000 Arto. 1 Increméntese en el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario

2000, la suma de C$ 351,364,489.00 (TRESCIENTOS CINCUENTIUN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 322,863,274.00 (TRESCIENTOS VEINTIDOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gastos corrientes y C$ 28,501,215.00 (VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS UN MIL DOSCIENTOS QUINCE CÓRDOBAS NETOS) a gastos de capital, conforme al desglose que se señala a partir del siguiente párrafo y cuyos detalles se presentan en el Anexo IA, IB y 1C.

1. A la Corte Suprema de Justicia la suma de C$ 19,144,221.00 (DIECINUEVE

MILLONES CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTIUN CÓRDOBAS NETOS), de los que C$ 7,846,557.00 (SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS), corresponden a gastos corrientes y C$ 11,297,664,00 (ONCE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gastos de capital, destinados a compras de equipos de oficina y obras de construcción.

2. Al Consejo Supremo Electoral, la suma de C$ 00 (TRESCIENTOS VEINTIDOS

MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$307.773.018.00 (TRESCIENTOS SIETE MILLONES SETENTITRES MIL DIECIOCHO CÓRDOBAS destinan a gastos corrientes y C$ 15.085.801.00 (QUINCE MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS UN CÓRDOBAS NETOS) a gastos de capital.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión el artículo 1. ¿No hay ninguna moción? Saúl Zamora. DIPUTADO SAÚL ZAMORA: Gracias, señor Presidente. Quería presentar una moción de consenso, que dice así: “Se asigna la cantidad de 150 mil córdobas para el montaje de la cuarenta y nueve serie del Atlántico del Año 2000, a celebrarse en el Municipio de Bonanza, RAAN. Se reduce por la cantidad de 150 mil córdobas a la partida asignada a instituciones benéficas". Firman estas mociones, el Diputado Francisco Espinoza Navas, el Diputado Leonel Roberto Rodríguez y el Diputado Saúl Zamora. Paso a dejarle la moción. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Siga leyendo hasta terminar el artículo 1. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN:

En lo que corresponde al gasto corriente, la suma de C$ 268.474.897.00 (DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL

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OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE CORDOBAS NETOS) se destinan a las elecciones municipales; C$ 37,452,516.00 (TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DIECISEIS CÓRDOBAS NETOS) se destinan a reembolsar los gastos en que incurrirán los partidos políticos o alianza de partidos que hubieran participado en las elecciones municipales, los que serán reembolsados conforme lo establecido en la Ley Electoral, y C$ 1,845,605.00 (UN MILLON OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCO CÓRDOBAS NETOS) que corresponden a gastos por efecto de las reformas constitucionales. En los gastos de capital, la cantidad de C$ 14.558. 726.00 (CATORCE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTISEIS CÓRDOBAS NETOS) están relacionados con el proceso de las elecciones municipales y el resto de C$ 527,075.00 (QUINIENTOS VEINTISIETE MIL SETENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) con las reformas constitucionales.

3. A la Contraloría General de la República, la suma de C$ 9,361,449.00 (NUEVE

MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$ 7,243,699.00 (SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) se destinan a gastos corrientes y C$ 2,117,750.00 (DOS MILLONES CIENTO DIECISIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA CÓRDOBAS NETOS) a gastos de capital, destinados a compra de equipo de oficina y de transporte.

Hasta ahí termina el artículo 1. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A votación la moción y el artículo. Está abierta la votación del artículo junto con la moción. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción y el artículo 1. Artículo 2. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLON: Arto. 2 Increméntese el financiamiento neto estimado, de conformidad al artículo anterior,

en la misma cantidad de C$ 351,364,489.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), descompuesto en donaciones externas C$ 113,213,449.00 (CIENTO TRECE MILLONES DOSCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) y en concepto de financiamiento interno neto, el monto de C$ 238,151,040.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL CUARENTA CÓRDOBAS NETOS).

Hasta ahí el artículo 2. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Observaciones al artículo 2? No existen.

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Se somete a votación el artículo. Se abre la votación al artículo 2. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención. Queda aprobado el artículo 2. Vamos a la lectura del artículo 3. SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON: Arto. 3 Si durante el período en que se lleva a cabo el proceso de las elecciones municipales, varía la

proporción y monto del financiamiento externo del presupuesto de gastos de las mismas, aprobados en esta Ley, se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para hacer los ajustes pertinentes en las fuentes de financiamientos de este gasto, a los efectos de garantizar la fluidez de los recursos financieros para la buena marcha del proceso electoral.

Hasta ahí el artículo 3. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Damicis Sirias. DIPUTADO DAMICIS SIRIAS: Gracias, señor Presidente. Solicito que el artículo 3, diga: "Si durante el período en que se lleve a cabo el proceso de elecciones municipales varía la proporción y monto del financiamiento externo del presupuesto de gastos de la misma, aprobado en esta ley, se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para hacer los ajustes pertinentes en las fuentes de financiamiento de este gasto, a los efectos de garantizar la fluidez de los recursos financieros para la buena marcha del proceso electoral. Todo conforme a lo dispuesto en el artículo 112 de la Constitución Política de la República". Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A votación la moción y el artículo. Está abierta la votación. Hagan uso de sus derechos, ya estamos terminando. Están votando, hagan uso de sus derechos. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción en el artículo 3. Artículo 4. Su lectura.

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SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLON: Arto. 4 La presente Ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta,

Diario Oficial. Dada en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los treinta días del mes de Marzo del año dos mil. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Wilfredo Navarro, tiene la palabra. DIPUTADO WILFREDO NAVARRO: Presidente, por congruencia dentro del balance general presupuestario, yo propongo que se agregue como artículo 4, un artículo que diga así: "Derógase el párrafo segundo del artículo 17 de la Ley Anual de Presupuesto General de la República del año dos mil, y ajústese el balance general presupuestario". ¿Por qué esto? Porque en el artículo 17 de la Ley Anual de Presupuesto, le hicimos un anticipo de 21 millones 200 mil córdobas al Consejo Supremo Electoral; así es que hay que hacer ese ajuste para que corresponda al balance. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Un nuevo artículo se somete a votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 50 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. A votación el artículo 4 que ya había sido leído, que pasa a ser 5. Se abre la votación. Voten por favor, que estamos terminando. Está abierta la votación, hagan uso de sus derechos. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 50 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo, y toda la modificación a la Ley Anual del Presupuesto de la Republica del Año 2000. Se suspende la Sesión, y se cita para el día lunes de la próxima semana, a las nueve de la mañana.

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CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO UNO DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA VEINTE DE MARZO DEL 2000, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (DECIMOSEXTA LEGISLATURA). SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON: JOSÉ RENÉ ARÁUZ LÓPEZ BAYARDO ARCE CASTAÑO NELSON ARTOLA ESCOBAR MONICA SALVADORA BALTODANO MARCENARO ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN ALCALA BLANDON CRUZ MARÍA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA JAIME JOSÉ BONILLA LÓPEZ JOSÉ ERNESTO BRAVO MORENO EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON ROGER CASTELLON ORUE ANGELES CASTELLON CASTRO FELIX HERNAN CASTILLO FLORES MARLON BOANERGES CASTILLO TEJADA EDWIN CASTRO RIVERA LEONIDAS NICOLAS CENTENO RIVERA NOEL JOSÉ DELGADO CUADRA ALVARO IVÁN ESCOBAR FORNOS FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS JOSÉ MANUEL ESPINOZA CANTILLANO LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA FRANCISCO HERIBERTO GADEA MANTILLA SERGIO DE JESÚS GARCÍA PINELL ERNESTO MARCELINO GARCÍA QUIROZ FRANCISCO JOSÉ GARCÍA SARAVIA CARLOS ANTONIO GUERRA GALLARDO WÁLMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO MARIO JOSÉ GUTIÉRREZ VASCONCELOS FANOR ANTONIO HERRERA PEREZ CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA REINALDO LAGUNA MAIRENA MARIO JOSÉ LIZANO GUTIÉRREZ AUGUSTO CÉSAR LÓPEZ GONZÁLEZ EDUARDO JOSÉ LÓPEZ MEZA JORGE ALBERTO MARTÍNEZ GONZÁLEZ LOMBARDO MARTINEZ CABEZAS PEDRO PABLO MARTÍNEZ TELLEZ PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZÁLEZ WILLIAM MEJÍA FERRETI ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ OSCAR MONCADA REYES LEOPOLDO SALOMON NAVARRO BERMUDEZ CARLOS WILFREDO NAVARRO MOREIRA RAMÓN ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ JOSÉ DANIEL ORTEGA SAAVEDRA GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA CARLOS JOSÉ PALMA ALVARADO LEONEL PANTIN WILSON GUILLERMO VIRGILIO RAMOS DUARTE PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO ENRIQUE JOSÉ SÁNCHEZ HERDOCIA GUADALUPE DOLORES SÁNCHEZ BLANDON JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ SANTANA WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM GUILLERMO DANILO SELVA ARGÜELLO NATHÁN JORGE SEVILLA GOMEZ PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON JOSÉ DAMICIS SIRIAS VARGAS

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VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE

732 LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA HENRY URCUYO MALEAÑOS MARTHA HERIBERTA VALLE DAMASO VARGAS LOAISIGA DORA ODILI ZELEDON Constatación de quórum con 69 Diputados presentes, quórum de ley. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a continuar la Sesión y nos trasladamos al Adéndum 9, para principiar a Desarrollar la Orden del Día establecida. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

ADÉNDUM N° 9 IV. PRESENTACIÓN DE LEYES 4.23: DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIENDA AL CONVENIO DE

PRÉSTAMO N° 6020620001 PARA LA REHABILITACIÓN DEL PUERTO DE CORINTO ENTRE EL BANCO DE EXPORTACIÓN-IMPORTACIÓN DE LA REPÚBLICA DE CHINA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA SOBRE MODIFICACIÓN EN LAS CONDICIONES FINANCIERAS.

Managua, 3 de Marzo del 2000.

Doctor Pedro Joaquín Ríos Castellón Primer Secretario Asamblea Nacional Su Despacho. Señor Secretario: Adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación de la Primera Enmienda al Convenio de Préstamo N° 6020620001, para la Rehabilitación del Puerto de Corinto, entre el Banco de Exportación-Importación de la República de China y la República de Nicaragua sobre Modificaciones de las Condiciones Financieras, con la correspondiente Exposición de Motivos. Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional, le den una acogida Favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto. Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

Atentamente,

ARNOLDO ALEMÁN LACAYO Presidente de la República de Nicaragua

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 10 de Noviembre de 1999 fue suscrita la primera enmienda al Convenio de Préstamo N° 6020620001, destinado a financiar el Proyecto "Rehabilitación del Puerto de Corinto" sobre Modificación en las Condiciones Financieras entre el Banco de Exportación-Importación de la República de China y el Gobierno de la República de Nicaragua. El mismo tiene como objetivo efectuar ciertas modificaciones a las obligaciones del prestatario

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733 relacionadas con el pago del principal y los intereses de acuerdo con el Convenio de Préstamo, para alcanzar el grado de concesionalidad permitido a Nicaragua por el Fondo Monetario Internacional sobre nuevas contrataciones. El Gobierno de la República de China a través del Banco de Exportación-Importación, concede al Gobierno de Nicaragua algunas modificaciones en las condiciones financieras del préstamo, específicamente en la tasa de interés al pasar del cinco por ciento (5%) a tres punto cinco por ciento (3.5%) anual y en los años de gracia al pasar de 5 a 8 años respectivamente. Se insertará una nueva cláusula 1.01 (n), en el artículo 1, la cual se leerá:

"El Nuevo Pagaré significará el pagaré del Prestatario en la forma y substancia expuesta en el Apéndice "A" de esta Primera Enmienda, entregada por el Prestatario a la Entidad Crediticia en virtud de esta Primera Enmienda a cambio del Pagaré anteriormente entregado por el Prestatario a la Entidad Crediticia conforme el Convenio de Préstamo o cualquier pagaré entregado por parte del Prestatario de conformidad con el Convenio de Préstamo, como se enmendara en la Primera Enmienda, además del nuevo Pagare o en ampliación o renovación del o en substitución del Nuevo Pagaré."

La Sección 2.03 del Convenio de Préstamo del presente documento se enmienda y modifica y, tras dicha enmienda y modificación, se leerá:

"El Prestatario pagara el préstamo en veinticuatro (24) cuotas semestrales. Cada una de dichas cuotas se pagara en el monto del principal de setecientos dieciséis mil seiscientos sesenta y siete dólares (US$716,667.00), pero la última cuota se pagará en el monto del principal de setecientos dieciséis mil seiscientos cincuenta y nueve dó1ares (US$716,659.00), la primera de dichas cuotas se adeudará y se pagará en la fecha de caducidad a ciento dos (102) meses a partir del 7 de Septiembre de 1998 y de ahí en adelante, semestralmente en el último día de cada período consecutivo de seis meses".

La Sección 2.04 del Convenio de Préstamo se enmienda y modifica en este documento y, tras dicha enmienda y modificación, se leerá:

"Los intereses se acumularán en cada anticipo (a) desde la fecha en que fue hecho en virtud del Convenio de Préstamo hasta la fecha inmediatamente anterior a la fecha de esta Primera Enmienda, a la tasa del cinco por ciento (5%) por año, y (b) desde la fecha de esta Primera Enmienda hasta el vencimiento de dicho adelanto, a la tasa de tres punto cinco por ciento (3.5%) por año. El prestatario acuerda pagar los intereses semestralmente de cuando en cuando sobre el monto del Préstamo pendiente conforme al Convenio de Préstamo, tal como se enmienda por esta Primera Enmienda, comenzando el último día de los seis (6) meses desde el 7 de Septiembre de 1998 y a partir de entonces el último día de cada período consecutivo de seis meses".

Por las razones expuestas, con fundamento en el numeral 12 del artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Asamblea Nacional el mencionado Proyecto de Decreto. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión Económica, para su debido dictamen. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.24: DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIENDA AL

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CONVENIO DE PRÉSTAMO N° 6020620002, DESTINADO A FINANCIAR EL PROYECTO "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE RIEGO DE OCCIDENTE", ENTRE EL BANCO DE EXPORTACIÓN-IMPORTACIÓN DE LA REPÚBLICA DE CHINA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA SOBRE MODIFICACIÓN EN LAS CONDICIONES FINANCIERAS.

Managua, 3 de Marzo del 2000

Doctor Pedro Joaquín Ríos Castellón Primer Secretario Asamblea Nacional Su Despacho. Señor Secretario: Adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación de la Primera Enmienda al Convenio de Préstamo N° 6020620002, destinado a Financiar el Proyecto "Mejoramiento del Sistema de Riego de Occidente, entre el Banco de Exportación-Importación de la República de China y la República de Nicaragua sobre Modificaciones de las Condiciones Financieras, con la correspondiente Exposición de Motivos. Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional, le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto. Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

Atentamente,

ARNOLDO ALEMÁN LACAYO Presidente de la República de Nicaragua

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 10 de Noviembre de 1999 fue suscrita la primera enmienda al Convenio de Préstamo N° 6020620002, sobre Modificación en las Condiciones Financieras entre el Banco de Exportación-Importación de la República de China y el Gobierno de la República de Nicaragua. El mismo tiene como objetivo efectuar ciertas modificaciones a las obligaciones del prestatario relacionadas con el pago del principal y los intereses de acuerdo con el Convenio de Préstamo, para alcanzar el grado de concesionalidad permitido a Nicaragua por el Fondo Monetario Internacional sobre nuevas contrataciones. El Gobierno de la República de China a través del Banco de Exportación-Importación de la República de China, concede al Gobierno de la República de Nicaragua algunas modificaciones en las Condiciones financieras del préstamo, específicamente en la tasa de interés al pasar de cuatro punto cinco por ciento (4.5%) a tres punto cinco por ciento (3.5%) anual y en los años de gracia al pasar de 5 a 8 años respectivamente. Se insertará una nueva cláusula 1.01 (n), en el artículo 1, la cual se leerá:

"El nuevo pagaré significará el pagaré del Prestatario en la forma y substancia establecidos en el Apéndice "A" de esta Primera Enmienda, entregada por el Prestatario a la Entidad Crediticia en virtud de esta Primera Enmienda a cambio del

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Pagaré anteriormente entregado por el Prestatario a la Entidad Crediticia de conformidad con el Convenio de Préstamo, o cualquier pagaré entregado por el Prestatario según el Convenio de Préstamo, tal como se enmendará en la Primera Enmienda, además del nuevo Pagaré o en ampliación o renovación del o en

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substitución del nuevo Pagaré" La Sección 2.03 del Convenio de Préstamo del presente documento se enmienda y modifica y, tras dicha enmienda y modificación, se leerá:

"El Prestatario pagará el préstamo en veinticuatro (24) cuotas semestrales. Cada una de dichas cuotas se pagará en el monto del principal de ochocientos cuarenta y un mil seiscientos sesenta y siete dólares (US$841,667.00) con excepción de la última cuota que será de un monto principal de ochocientos cuarenta y un mil seiscientos cincuenta y nueve dólares (US$841,659.00) la primera cuota se adeudará y se pagará en la fecha de caducidad a ciento dos (102) meses a partir del 17 de Septiembre de 1998 y, de allí en adelante semestralmente en el último día de cada período consecutivo de seis meses".

La Sección 2.04 del Convenio de Préstamo se enmienda y modifica en este documento y, tras dicha enmienda y modificación, se leerá:

"El interés se acumulará sobre cada anticipo (a) desde el día en que el mismo fue hecho en virtud de este Convenio de Préstamo hasta la fecha inmediata que procede a la fecha de esta Primera Enmienda, a la tasa del cuatro y medio por ciento (4.5%) por año, y (b) desde la fecha de esta Primera Enmienda hasta el vencimiento de dicho anticipo, a la tasa de tres y medio por ciento (3.5%) por año. El Prestatario acuerda pagar los intereses semestralmente de cuando en cuando sobre el monto del Préstamo pendiente en virtud de este Convenio de Préstamo, tal como se enmienda por esta Primera Enmienda, comenzando el último día de los seis (6) meses, a partir del 17 de Septiembre de 1998 y de allí en adelante el último día de cada período consecutivo a seis meses".

Por las razones expuestas, con fundamento en el numeral 12 del artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Asamblea Nacional el mencionado Proyecto de Decreto." PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión Económica, para su dictamen. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 4.25: DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIENDA AL CONVENIO

DE PRÉSTAMO N°6020620003, DESTINADO A FINANCIAR LOS PROGRAMAS DE "DESARROLLO DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYMES), Y REPOBLACIÓN Y MEJORAMIENTO GÉNETICO DE LA GANADERÍA DE NICARAGUA".

Managua, 3 de Marzo del 2000.

Doctor Pedro Joaquín Ríos Castellón Primer Secretario Asamblea Nacional Su Despacho. Señor Secretario: Adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación de la Primera Enmienda al Convenio de Préstamo N° 6020620003,

736 destinado a financiar los programas de Desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES), Repoblación y Mejoramiento Genético de la Ganadería de Nicaragua, con la correspondiente Exposición de Motivos. Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional, le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto. Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

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Atentamente,

ARNOLDO ALEMÁN LACAYO Presidente de la República de Nicaragua

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 10 de Noviembre de 1999 fue suscrita la primera enmienda al Convenio de Préstamo N° 6020620003, destinado a financiar los Programas de Desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) y Repoblación y Mejoramiento Genético de la Ganadería de Nicaragua sobre Modificación en las Condiciones Financieras entre el Banco de Exportación-Importación de la República de China y el Gobierno de la República de Nicaragua. El mismo tiene como objetivo efectuar ciertas modificaciones a las obligaciones del prestatario relacionadas con el pago del principal y los intereses de acuerdo con el Convenio de Préstamo, para alcanzar el grado de concesionalidad permitido a Nicaragua por el Fondo Monetario Internacional sobre nuevas contrataciones. El Gobierno de la República de China a través del Banco de Exportación-Importación de la República de China, concede al Gobierno de la República de Nicaragua algunas modificaciones en las condiciones financieras del préstamo, específicamente en la tasa de interés al pasar de cuatro punto setenta y cinco por ciento (4.75%) a tres punto cinco por ciento (3.5%) anual y en los años de gracia al pasar de 5 a 8 años respectivamente. Se insertará una nueva cláusula 1.01 (s), en el artículo 1, la cual se leerá:

"El nuevo pagaré significará el pagaré del Prestatario en la forma y substancia establecidos en el apéndice "A" de esta Primera, entregada por el Prestatario a la Entidad Crediticia en virtud de esta Primera Enmienda a cambio del Pagaré anteriormente entregado por el Prestatario a la Entidad Crediticia de conformidad con el Convenio de Préstamo, o cualquier pagare entregado por el Prestatario según el Convenio de Préstamo, y enmendado por esta Primera Enmienda, además del Pagaré nuevo o en ampliación o renovación del o en substitución del nuevo Pagaré".

La Sección 2.03 del Convenio de Préstamo del presente documento se enmienda y modifica y, tras dicha enmienda y modificación, se leerá:

"El Prestatario pagará el préstamo en veinticuatro (24) cuotas semestrales. Cada una de dichas cuotas se pagará en el monto del principal de dos millones quinientos mil dólares (US$2.500.000.00), la primera cuota se adeudará y se pagará en la fecha de caducidad a ciento dos (102) meses a partir del 25 de Noviembre de 1998 y, de allí en adelante, semestralmente en el último día de cada período consecutivo de seis meses".

La Sección 2.04 del Convenio de Préstamo se enmienda y modifica en

737 este documento y, tras dicha enmienda y modificación, se leerá:

"El interés se acumulará sobre cada anticipo (a) desde el día en que el mismo fue hecho en virtud de este Convenio de Préstamo hasta la fecha inmediata que proceda a la fecha de esta Primera Enmienda, a la tasa de cuatro punto setenta y cinco por ciento (4.75%) por año, y (b) desde la fecha de esta Primera Enmienda hasta el vencimiento de dicho anticipo, a la tasa de tres y medio por ciento (3.5%) por año. El prestatario acuerda pagar los intereses semestralmente de cuando en cuando sobre el monto del Prestatario pendiente en virtud de este Convenio de Préstamo, tal como se enmienda por esta Primera Enmienda, comenzando el último día de los seis (6) meses, a partir del 25 de Noviembre de 1998 y de allí en adelante el último día de cada período consecutivo de seis meses".

Por las razones expuestas, con fundamento en el numeral 12 del artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Asamblea Nacional el mencionado Proyecto de Decreto. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

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Pasa a la Comisión Económica, para su debido dictamen. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

Hace saber al pueblo Nicaragüense, que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de facultades

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO DE AUTORIZACIÓN DEL INGRESO DE UN CONTINGENTE DE TROPAS NORTEAMERICANAS A TERRITORIO NACIONAL

Arto. 1 De conformidad con lo establecido en el artículo 92 de la Constitución Política de la República, ratificase

el Decreto Ejecutivo N° 11-2000, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 21 del 31 de Enero del corriente año, mediante el que se autoriza el ingreso de tropas norteamericanas al territorio nacional, por un período de noventa días, contados a partir del día del desembarco. Tropas que vienen a nuestro país en misión humanitaria para la construcción de escuelas y centros de salud en la zona del Naranjo, localidad ubicada en el Departamento de Jinotega.

Arto. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Nota de la Dirección de Diario de Debates: Como podrá notarse, el Secretario se equivocó y leyó el articulado del documento referido al ingreso de tropas norteamericanas a territorio nacional, pero luego rectifica y lee correctamente el Dictamen correspondiente al siguiente Dictamen suscrito por la Comisión de Defensa y gobernación.

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DICTAMEN

Managua, 9 de Marzo del 2000 Doctor Iván Escobar Fornos Presidente Asamblea Nacional Su Despacho. Estimado Doctor Escobar: Los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, de conformidad a los artículos 49 del Estatuto General y 56 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, nos reunimos para analizar el Proyecto de "DECRETO DE AUTORIZACIÓN DE INGRESO DE UN CONTINGENTE DE TROPAS NORTEAMERICANAS AL TERRITORIO NACIONAL, mismo que fuera remitido por Primera Secretaría el 8 de Marzo del año 2000 a la Comisión de Defensa y Gobernación para su debido dictamen. Los suscritos miembros de esta Comisión hemos valorado que el desembarco y arribo de tropas norteamericanas a territorio nicaragüense en el contexto de prestar ayuda humanitaria al pueblo de Nicaragua y su gobierno, es necesario, pues esto permite el fortalecimiento de las relaciones

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humanas con el Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica. Esta situación nos permitirá dar continuidad a las relaciones que se iniciaron desde el inicio de la década de los años noventa y que en esta nueva etapa de nuestra historia política, en donde el desarrollo y consolidación de la democracia ha sido una de las principales preocupaciones del actual gobierno, así como la mejoría de las relaciones políticas-diplomáticas con Estados Unidos de Norteamérica que permitan el desarrollo armonioso de las relaciones entre Estados pensando que la ayuda que nos ofrecen es para trasmitir mejoría y progreso a sectores sociales de Nicaragua, en donde por las limitaciones técnico materiales y financieras, al Gobierno de la República se le es materialmente imposible tener presencia y desarrollar proyectos sociales y humanitarios como los que ha ofrecido el Gobierno Norteamericano con el contingente de tropas que próximamente arribará al país por un período de noventa días, contados estos a partir de su arribo al territorio nicaragüense. El conjunto de consideraciones de carácter general, le permitieron a esta Comisión dictaminar el Proyecto de "DECRETO DE AUTORIZACIÓN DE INGRESO DE UN CONTINGENTE DE TROPAS NORTEAMERICANAS A TERRITORIO NACIONAL"; es necesario, pues si esto viene a contribuir al desarrollo de los puntos geográficos en donde estas van a permanecer y por consiguiente contribuirán de manera exclusiva con su actuar y desarrollo de labores humanitarias que beneficiará la parte del desarrollo social, en este caso de la Comunidad de El Naranjo en el Departamento de Jinotega. En virtud de lo referido anteriormente y de conformidad a lo establecido en el artículo 92, párrafo tercero de la Constitución Política de la República, de las Leyes Constitucionales, los Acuerdos y Tratados y Convenios Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua, y con fundamento en los artículos 49 del Estatuto General y el 56 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, hemos resuelto y definido emitir el presente DICTAMEN FAVORABLE al proyecto de Decreto referido y cuyo texto adjuntamos para que el honorable Plenario lo apruebe. Managua, 9 de Marzo del año 2000.

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COMISIÓN DE DEFENSA Y GOBERNACIÓN WILLIAM MEJIA FERRETI ERNESTO ROMERO A. PEDRO J. RIOS MAXIMINO RODRIGUEZ CARLOS GARCIA BONILLA ANGELA RIOS PEREZ RENE ARAUZ LOPEZ JOSÉ GONZÁLEZ PICADO

JOSE DAMICIS SIRIAS

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión en lo general. Tenemos cinco oradores,- Alberto Rivera Monzón es el último que queda, ya no hay más inscritos. Se le concede la palabra al honorable Diputado Edwin Castro Rivera. DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA; Gracias, señor Presidente. Vamos a tratar de exponer posiciones, a ver si logramos en algún momento que no sean tergiversadas ni manipuladas. El artículo 92 de la Constitución Política de Nicaragua establece que "Podrá autorizarse el tránsito o estacionamiento de naves, aeronaves y maquinarias extranjeras militares para fines humanitarios, siempre que sean solicitadas por el

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Gobierno de la República y ratificados por la Asamblea Nacional". El Decreto que el día de hoy se está pretendiendo ratificar, tiene a nuestro entender una clara violación a este artículo constitucional en su elaboración, porque en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo dice: "El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial". Y dicho Decreto fue publicado en Enero. Pareciera y entendiérase que los asesores jurídicos de la Presidencia se olvidan de que antes de entrar en vigencia ese Decreto, tiene que ser ratificado por esta Asamblea Nacional. Lo correcto debería ser, en todo caso: Este Decreto entrará en vigencia después de su ratificación por la Asamblea Nacional y la publicación del mismo. No puede el Ejecutivo por sí mismo arrogarse la facultad de mandar a entrar en vigencia un Decreto de Autorización de Tropas Extranjeras, sin que esta Asamblea Nacional lo ratifique. Hay ahí precisamente un problema clarísimo, de ir en funciones que no le corresponden; eso es sumamente grave y sumamente peligroso. Además el Decreto tiene otro problema de conformación, y es que no dice cuántos son los miembros de las tropas norteamericanas que vendrán a Nicaragua. Normalmente esos Decretos tienen que tener tres condiciones: Te tiene que decir cuánto es el número de efectivos que vienen; cual es la labor humanitaria y el local donde van a ejercer esa labor humanitaria; y el tiempo por el cual van a estar esas tropas en el país. Cumplen con dos: el lugar y la labor humanitaria a realizarse, y el tiempo, pero no cumple con el número de soldados o personal que va a estar. Entendemos por comunicación con el Ejército -y entendemos que así lo van a someter aquí- que es un contingente de quinientos miembros aproximadamente, que debe ser incorporado en este dictamen. El Frente Sandinista no está en desacuerdo, ni está en contra de que tropas del Ejército de los Estados Unidos, de la Guardia Nacional vengan a ayudarle al pueblo de Nicaragua en labores humanitarias, eso queremos dejarlo totalmente claro,- el

740 Frente Sandinista nunca va a estar en contra de que venga ayuda al sufrido pueblo de Nicaragua. Y ese debe ser precisamente el nuevo tipo de relaciones del nuevo milenio, que debe existir entre el Ejército de los Estados Unidos y el pueblo de Nicaragua, que venga a ayudar al pueblo y que no venga a imponer como en el pasado, ni a pagar para que se derrame la sangre de nicaragüense en tierras nacionales. Pero no podemos tampoco, colegas Diputados, votar a favor de un Decreto que pasa por encima de las facultades de esta Asamblea Nacional y que no está bien hecho, no está bien elaborado por el equipo de abogados de la Asamblea Nacional; la Comisión de Defensa y Gobernación pasó por alto el número de efectivos, y pasó por alto que el Decreto ya está en vigencia -de acuerdo a lo que dice el mismo Decreto- porque ya fue publicado en La Gaceta. Entonces hay una contradicción en el Decreto y la norma constitucional, precisamente. Tampoco vamos a votar en contra, porque no estamos en desacuerdo con el concepto, con la esencia del Acuerdo; pero queremos dejar con claridad nuestra posición de legisladores, con la seriedad que se requiere del caso. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez. DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ: Muchas gracias, señor Presidente. Muy buenos días honorables Diputados; señores miembros de la Prensa. En este momento nos va a tocar la discusión de un tema que no es la primera vez que en esta Asamblea se viene ventilando, y es el procedimiento anómalo que ha utilizado el Ejecutivo para poner en práctica la ayuda humanitaria que países hermanos han querido aplicar al sufrido pueblo de Nicaragua. Es importante reiterar el planteamiento de nuestro coordinador de bancada, en el sentido de que el Frente Sandinista no se opone a que países hermanos de cualquier parte del mundo vengan a Nicaragua a aplicar o a poner su granito de arena para ayudarnos en este lento y difícil proceso de reconstrucción nacional; un país abatido por guerra, abatido por bloqueo, abatido por desastres naturales. Después se le viene en ciernes gobiernos que no han tenido la posibilidad de darle un enfoque social, ni han

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venido a hacer una justa distribución de la riqueza,- y como consecuencia queda un país más pobre, un país con mayores índices de analfabetismo, con mayor índice de pobreza, con mayor miseria, con hambre, desnutrición, desempleo, y corrupción galopante en las instituciones del Estado. Es por eso que la ayuda humanitaria en este país cobra una singular importancia en estos momentos. Sin embargo, honorables Diputados, es importante dejar claro que aquí los usos y costumbres se vuelven ley, y en esta Asamblea Nacional no es la primera vez que el Ejecutivo transgrede abiertamente el artículo 92 en su segundo inciso, tal y como correctamente lo planteaba nuestro coordinador de bancada. Y qué sucede? Se observa claramente que el artículo viene a desmembrar, viene a plantear en dos fases la aprobación o el ingreso de tropas o contingentes militares para ayuda humanitaria a este pueblo. La primera fase es la solicitud que tiene que hacer el Presidente de la República, y esta solicitud debe constar -acto seguido- con la ratificación expresa por ministerio de la ley de esta honorable Asamblea Nacional. Sin embargo, honorables Diputados, en La Gaceta, Diario Oficial N°

741 21, del 31 de Enero del corriente año, el Decreto 11-2000, el Ejecutivo, haciendo gala de lo que ya le caracteriza, de la imposición que le caracteriza, viene y decreta por sí y ante sí la autorización del ingreso de tropas -en este caso nortearnericanas-en ayuda humanitaria. En el artículo número 2, para cumplir con el precepto constitucional, lo diligencia a la Asamblea Nacional para que haga lo de su cargo, porque esta Asamblea Nacional puede ratificarlo o puede no ratificarlo. Y el tercer artículo que es el nudo gordeano de esta discusión, es que de forma inmediata el Ejecutivo viene a poner este Decreto con todo su contenido y su alcance en perfecta vigencia. Entonces, para que ésta Asamblea Nacional procederá a la ratificación de efectos legales que tienen plena vigencia, si ni siquiera tiene una especie de "bacat to leges" o se planteará que el presente Decreto entrará en vigencia una vez cumplido el trámite de ratificación establecido en el inciso segundo del artículo 92 de la Constitución de la República; que es lo que en derecho correspondería en este Decreto Ejecutivo. En otras palabras, este Decreto Ejecutivo, aparte de la inconsistencia real que existe de cara al problema de su vigencia, está también el problema de que no te establece con claridad el número de efectivos que van a incorporarse al país en labores humanitarias. El caso particular de las labores humanitarias, y que directamente los países vengan a aplicar esta ayuda humanitaria, honorables Diputados, tiene una ventaja. La ventaja es que evita en cierta medida la triangulación de los recursos a través del Gobierno Central. Recuérdese por ejemplo en el caso del huracán Mitch, que toda la ayuda fue canalizada a través del Gobierno Central, y hasta el día de hoy poblaciones enteras que debían haber sido beneficiadas con la ayuda humanitaria internacional, sencillamente esa ayuda jamás, jamás llegó. Sin embargo nosotros debemos ser respetuosos de la Constitución y las leyes,- y queda claro que no estando en contra de que ningún pueblo hermano de Nicaragua venga y apoye a este sufrido pueblo nicaragüense en carácter humanitario, si nosotros estamos abiertamente en contra de que este tipo de procedimiento anómalo y estas prácticas inconstitucionales se conviertan en ley en este país. Es por lo tanto que la bancada del Frente Sandinista, estando de acuerdo en la necesidad del apoyo humanitario, tendrá que votar absteniéndose, dada las irregularidades en lo que hace a la vigencia del Decreto Ejecutivo 11-2000, emitido por el Presidente de la República en La Gaceta, Diario Oficial número 22, del 31 de Enero del año 2000. En consecuencia, esta ratificación de la Asamblea Nacional que se tendría que hacer hoy, vendría a corregir una inconsistencia y una anomalía de origen del Poder Ejecutivo. Por lo tanto, la bancada del Frente Sandinista se abstiene en lo que se hace a la votación de esta ratificación de este Decreto Ejecutivo. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Nelson Artola Escobar. DIPUTADO NELSON ARTOLA ESCOBAR: Es que a mí me lleva a una reflexión lo que han dicho los estimados colegas de bancada, en relación a este tema, que dicho sea de paso en el bloque de la derecha en este Plenario, pareciera que no se está discutiendo nada de importancia para Nicaragua. Es decir, se están haciendo -a como decimos en lenguaje nicaragüense- los suecos ante un tema tan

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vital y tan importante para nuestra Nación, y sobre todo para la soberanía que tiene depositada el pueblo en este Plenario del primer Poder del Estado.

742 Yo quiero decir que este no es un problema de diseño, no es un problema de la forma en que se presenta o que se da por aprobado un Decreto Ejecutivo, para autorizar la presencia de tropas extranjeras en función de ayuda humanitaria a Nicaragua. Yo no comparto que ese sea el fondo del problema; aquí el fondo del problema es la reiteración de una voluntad política manifiesta del Presidente de la República de poner en tercer o cuarto lugar el orden que le corresponde jugar a este Poder del Estado, que es la Asamblea Nacional. Es una voluntad política manifiesta de ver a esta Asamblea Nacional como una Secretaría de Estado; esa es la práctica que ha hecho el Presidente de la República, y no solamente con este Decreto sino con muchas cosas que han extralimitado su ámbito de competencia, y nos ha invadido el ámbito de competencia en esta Asamblea, constantemente, por la vía de Decretos, por la vía de Reglamento. Nosotros ahí tenemos la prueba: la vez pasada con la llamada Ley de Justicia Tributaria y Comercial, el Presidente de la República se despachó hermoso e hizo un Reglamento que fue más allá de los alcances y del contenido de la Ley de Justicia Tributaria y Comercial,- e hizo otra ley dándose facultades legislativas que la Constitución sólo se las confiere a este Poder del Estado. Eso es grave, en la independencia que deben mantener los Poderes del Estado; es gravísimo. Entonces aquí el problema no es como la presentó, en qué momento la presentó, como diseño este Decreto; no. Es la manifestación práctica, constante de una voluntad política de opacar la labor que le corresponde jugar a esta Asamblea Nacional. Es considerarse -y así lo ha hecho en la práctica el Presidente de la República- con un poder omnímodo. Esa es la verdad, y aquí a nadie se debe llamar a engaño. Primero se da el Decreto, sale en vigencia el Decreto, está la autorización para que vengan estas tropas militares en función de ayuda humanitaria que se dice, y después lo mandan a la Asamblea Nacional, por no dejar, a ver qué hace con este Decreto. Y hay que decirlo, hombré, no nos llamemos a engaños porque la gente está viendo las cosas. Fíjense, señor Presidente y estimados miembros de la Junta Directiva, colegas de este Plenario, ¿cuál sería lo primero que debería de estar analizando y conociendo este Plenario para aprobar la nueva presencia en ayuda humanitaria de militares de los Estados Unidos? Hombré, que conozcamos qué es lo que han hecho en las misiones anteriores. Nosotros estamos totalmente de acuerdo que todo lo que venga a ayudar al pueblo de Nicaragua, venga de donde venga, bienvenido sea, pero con las reglas del juego claras. Entonces, yo me pregunto: ¿cuántas carreteras han reparado estas brigadas de militares que vienen en función de ayuda humanitaria; cuántos puentes han reparado? ¿A dónde están? Estuvieron en Nueva Segovia, estuvieron por el lado de Estelí, no veo nada nuevo allí. Más bien hay señalamientos de la población de que llegaron a descomponer lo que estaba medio reparado. Esa es la realidad y hay que decirlo con mucho realismo: el último logro que les conozco a éstos, es la apaleada que le metieron a un ciudadano allá en Corinto, dos miembros de esta brigada, que en estado de ebriedad apalearon a un nica, lo agarraron a golpes y lo apalearon, eso fue de conocimiento público. Ese es uno de los logros que yo les conozco,- y aquí no se dice, y hay que decirlo. Eso no significa que en el fondo estemos en contra de que nos vengan a ayudar, pero ayuda con dignidad, ayuda respetando las leyes, ayuda respetando la Constitución, ayuda respetando la idiosincrasia de este pueblo. Para nadie es un secreto que en Nueva Segovia, en Estelí, muchos de los integrantes de estas brigadas de militares de los Estados Unidos hicieron muchos escándalos públicos. Entonces yo creo, señor Presidente, que por auto respeto de nosotros aquí, le hubiéramos dicho al Ministerio de Defensa: señores, preséntenle a la Asamblea Nacional -para aprobar el nuevo ingreso de una brigada que ya viene varias veces de los Estados Unidos en ayuda humanitaria- donde

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743 están los alcances de lo que han hecho, porque eso no puede ser secreto de Estado; no es un secreto de defensa tampoco. Y tenemos la obligación los nicaragüenses de conocerlo y sobre todo este Poder del Estado, pero aquí no sabemos que es lo que han hecho estos señores, no sabemos. Es más, nosotros tenemos información de que la brigada que estuvo por el lado de Nueva Segovia anduvo haciendo hasta labores proselitistas a favor del partido de gobierno. ¿Y por qué no lo vamos a decir si tenemos información? Hay que decirlo de manera clara, porque esas son las cosas que se tienen que corregir para que se mejore la labor que puedan venir a desempeñar verdaderamente en función de la ayuda humanitaria que necesita el pueblo de Nicaragua. Esa es la realidad, y si no decimos esas cosas, ¿entonces en qué país estamos? Yo exijo que aunque no lo hayamos tenido en este momento, a esta Asamblea Nacional se le presente un informe del trabajo que esta gente ha realizado en diferentes lugares, y de esa manera tendremos una visión más objetiva de cuál es la verdadera misión que vienen a desempeñar aquí a Nicaragua. Muchísimas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra a la honorable Diputada Mónica Baltodano. DIPUTADA MÓNICA BALTODANO: Gracias, señor Presidente. Recordando a nuestro insigne poeta Rubén Darío, recordemos que "los Estados Unidos es el futuro invasor de la América ingenua que aún tiene sangre indígena, que aún reza a Jesucristo y aun habla en español". Y aquí en Nicaragua a muchos que ya se les está olvidando el español. Yo quiero decirles que las intervenciones de mis colegas Wálmaro, Edwin y Nelson, ameritarían una votación en contra de esta iniciativa de Decreto. Porque está bien que protestemos por la forma, pero yo creo que debemos ir al fondo. Los Estados Unidos, aunque ya cayó el muro de Berlín y la Unión Soviética, no han dejado de ser la cabeza del imperialismo. No sé por qué, pero ustedes estuvieron en el Foro de Sao Paulo -digo los que han hablado en la bancada- y allí se recibieron innumerables denuncias de las acciones intervencionistas de los Estados Unidos. ¿Cómo a partir de su retiro de Panamá, están haciendo esfuerzos por instalar bases militares en Colombia, diez que para perseguir el narco tráfico, ellos dicen "la narcoborría". Nada más falso si uno investiga realmente cual es la situación de Colombia. Pero no sólo con el afán de enfrentarse a la insurgencia colombiana, que no es más que producto de las políticas de hambre y de miseria que nos imponen estos países ricos a nosotros los países pobres, sino porque están preocupados por el desarrollo de la revolución democrática de Hugo Chávez en Venezuela. Y no han dejado de ser imperialistas, si no miremos cómo actúan y siguen actuando en contra de ese hermano y heroico pueblo cubano; o cómo hicieron en Kosovo, y no está resuelta la problemática en ese país. Yo creo que la vocación intervencionista de los Estados Unidos sigue siendo una realidad. ¿Por qué van a venir quinientos gringos aquí a construir unas cuantas escuelitas en El Naranjo? Bailáme ese trompo en esta uña. No vienen a éso. Somos un país que gasta miles de millones en armamentismo, a pesar de que ya no existe el conflicto Este Oeste. Con los millones que los Estados Unidos utilizan para su industria de guerra, podrían resolverse los problemas de la deuda externa del Tercer Mundo,- y van a venir a hacer unas escuelitas al Naranjo, y para eso nos obligan a recibir a quinientos cheles. Hombré, yo creo que es un insulto a la inteligencia. Yo creo que deberíamos de rechazar las tropas extranjeras haciéndole honor a la

744 historia de nuestro país, si nuestro país hasta hace apenas diez años era víctima del intervencionismo de los Estados

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Unidos en la política nacional. No; hace seis años, hace cuatro, en las elecciones de 1996 el Departamento de Estado se arrogó el derecho de decir y de hablar sobre la política nicaragüense e influir en el electorado. ¿Entonces de que estamos hablando? Yo creo que si ellos realmente quisieran dar ayuda humanitaria, darían los recursos libres de polvo y paja, de lo que van a gastar. Lo mismo que van a gastar en pagarle pasaje de avión o en su barco -no sé en qué van a venir- más la manutención de los gringos chelotes; porque no es lo mismo un pobre indio somoteño que come arroz y frijoles, que lo que cuesta mantener aquí a uno de esos gringos. Y no es cierto que sean sólo con fondos de ellos, hay una contrapartida nicaragüense y eso quedó demostrado en el anterior contingente, que habían no sé cuántos millones en el presupuesto destinado a la manutención de "los humanitarios gringos que vienen a ayudarnos a nosotros los pobres a hacer unas escuelitas". Creo que es una falta de respeto. Yo creo que Nicaragua, su Gobierno debería de decirles no, no necesitamos, tenemos ochenta mil campesinos en esos lados; tenemos 60 por ciento de desempleo. Para que le demos trabajo a los nicas, no venir a construirnos ellos las cosas, si tenemos suficiente gente en el desempleo. Yo creo que esto es puro manejo. ¿Qué es lo que vienen a hacer? Vienen a hacer avanzadillas, a crear un estado psicológico en la población nicaragüense, a tratar de que se nos olvide la historia, vienen a labores incluso de espionaje y nosotros se las facilitamos. Por favor, yo creo que ya basta de esos contingentes que diz que vienen a labor humanitaria, que no los necesitamos. Lo que necesitan estos países son oportunidades para que los nicaragüenses trabajen; para que los nicaragüenses construyamos las escuelas,- para que los nicaragüenses construyamos los centros de salud. Si no fíjense cuántos nicas están en Costa Rica buscando empleo, y nosotros autorizamos a quinientos cheles para que vengan a construir lo que pueden hacer los nicaragüenses. Si esto es invento, y nosotros nos hacemos los que queremos fingir demencia, si frente a los Estados Unidos no hay más tren que el que pita. Lo único que vale es la dignidad, la soberanía; la dignidad con que se comporten los gobiernos y se comporten los pueblos. Yo diría que no hablemos en nombre del Frente Sandinista, por favor; hablemos en nombre de los sandinistas, que nada le consultan a los sandinistas, la mayoría estaría en desacuerdo con esto. Son acuerdos de grupo del Frente Sandinista decir ni si ni no. Yo llamaría a todos aquellos que rechacen el insulto a la inteligencia que significa este tipo de propuesta, que rechacen los procedimientos que muy bien describió el Diputado Wálmaro, los procedimientos anómalos, el irrespeto a este primer Poder del Estado; y que rechacemos también por dignidad la presencia de tropas extranjera en nuestro territorio. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se ha hablado mucho del Decreto publicado en La Gaceta, y yo quisiera -como nadie lo ha citado- para ilustración de todos nosotros, que en este Decreto se autoriza el ingreso al territorio nacional, en el mes de Febrero del próximo año, de un contingente de tropas norteamericanas que vendrán a nuestro país en misión humanitaria. Y el artículo 2, dice en esencia: "Enviar el presente Decreto a la honorable Asamblea Nacional, para su ratificación". Es decir, el Ejecutivo está diciendo que esto tendrá vigencia, aunque se publique en La Gaceta, hasta que el Congreso la ratifique. Yo no sé, nos estamos ahogando en un vaso de agua. Aunque eso haya sido publicado, hasta que ya es ratificado entrará en vigencia, porque

745 lo está diciendo claramente; y lo que se ha hecho aquí es cumplir, ratificar ese Decreto para que entre en vigencia. Ahora, con relación a que no quieren que vengan las tropas en misión humanitaria y que no les gusta las relaciones con los Estados Unidos, pues esa es una posición política que no compartimos muchos nicaragüenses. Nosotros creemos que el Ejército de Nicaragua debe establecer buenas relaciones con el Ejército norteamericano, eso va a resultar a la larga beneficioso para el patrullaje de nuestras costas, la vigilancia para que no se roben nuestras riquezas naturales; la vigilancia para que no se trafique con drogas en nuestro territorio; el mejoramiento, el equipamiento

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del Ejército, todo eso va a venir en beneficio. Pero como les digo, esa es una apreciación,- yo respeto las otras apreciaciones que es en realidad la discusión de fondo. Porque eso del Decreto de que si no fue publicado, ya quedamos claro, la cuestión de fondo es si conviene o no conviene, eso es cuestión de opinión. Se le concede la palabra al honorable Diputado Alberto Rivera Monzón. DIPUTADO ALBERTO RIVERA MONZON: Muchísimas gracias, honorable señor Presidente. Con el respeto que los honorables Diputados de la Bancada del Frente Sandinista se merecen en cuanto a su criterio y críticas de procedimiento para con el Ejecutivo,- y como hijo legítimo del Departamento de Jinotega, que esta vez será escenario de la presencia de tropas norteamericanas en paz, me permito expresar mi criterio, impulsado por el deber que me obliga el ser representante de mi noble y grande Departamento; y porque considero que estas tropas que en paz vienen, no tendrán injerencia política ni ideológica de ninguna manera. No vendrán a endoctrinar ni a niños, ni a la población, ni a inmiscuirse en nuestros asuntos políticos, ni de ninguna otra índole, más que a cumplir con lo "mandatado" por sus respectivos acuerdos. Es conocido que el Departamento de Jinotega, como el norte de Nicaragua, Las Segovias, han sido víctimas tradicionales de la violencia; han sido escenario prestado o más bien tomado sin el permiso de sus ciudadanos y que hemos quedado siempre con el dolor, con las lágrimas y con el atraso material. Estas tropas norteamericanas vienen ahora a compensar en parte, tradicionales daños que nuestras tierras y poblaciones han sufrido como producto de las guerras en que los Estados Unidos han intervenido en los asuntos internos de nuestro país en otras épocas. Tropas en paz, empleo digno, correcto y provechoso de su tiempo y de su valiosa y moderna tecnología, en aras de la salud y la educación de los habitantes, mujeres, niños, ancianos, ciudadanos, en fin, de la Comarca El Naranjo del Departamento de Jinotega. El Gobierno norteamericano nos debe, demósle la oportunidad de abonar en pos de su solvencia y consolidación de las relaciones de respeto y apoyo que deben regir, y caracterizar el comportamiento de las naciones fuertes para con los países en desarrollo. Por tanto, en mi carácter de representante del Departamento de Jinotega, insto y solicito a este honorable Parlamento a que ratifiquemos y aprobemos este Decreto de autorización de ingreso de un contingente de tropas norteamericanas al territorio nacional, porque viene en paz, a fortalecer la amistad entre los gobiernos y pueblos, a brindarnos su valiosa y necesaria ayuda humanitaria durante tres meses, que marcaran una página diferente de nuestra tradicional cultura de la violencia.

746 Muchas gracias, honorable señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado José González Picado. DIPUTADO JOSÉ GONZÁLEZ: Gracias, señor Presidente. Ahora que escuchaba a los colegas, Doctor Wálmaro Gutiérrez, Edwin Castro, y Nelson Artola, me preguntaba si nosotros tenemos realmente la vocación de convertir este primer Poder del Estado en un verdadero primer Poder del Estado. Y creo que muchas veces nuestros enfoques se debilitan por la forma exacerbada con que pretendemos empañar los acontecimientos. Nicaragua ha vivido una historia de intervenciones, de agresiones, y es lógico por la ubicación geopolítica que tiene esta Nación, que es codiciada no solamente por Norteamérica sino también por Asia, Europa; hay una gran competencia mundial por la hegemonía que tiene este país.

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Y otras naciones hermanas en el área se han disputado esa relación con los países del llamado primer mundo; otras naciones del área aprovechan precisamente los desaciertos, la falta de una estrategia de nación para prestarse a los juegos e intereses trasnacionales. En el pasado hubo precisamente necesidad de una lucha de un pueblo para lograr restablecer la soberanía patria en Nicaragua, y es donde nace ese ejemplo inmortal del General de hombres libres, Augusto César Sandino. La posibilidad real de construir un país con paz, con dignidad, bajo el respeto recíproco de nuestros pueblos, en el marco de la carta de las Naciones Unidas, de los países de la Organización de Estados Americanos, es una necesidad, hoy por hoy, nos guste o no nos guste. En el pasado la relación de nuestro Ejército, o de nuestro país, de nuestra Nación, fue una relación de confrontación; ahora se trata de hacer de esto una relación de respeto mutuo. Y es cierto que el Gobierno comete grandes errores, cuando por ejemplo no le da la misma diligencia a la llegada de un contingente de médicos cubanos. Es cierto que hay ese tipo de actitudes y deberíamos de estar preocupados, porque así como viene la ayuda humanitaria de fuerzas militares de los Estados Unidos a construir obras de carácter cívico, también deberían de venir otras naciones a traer ayuda en materia médica, como es el caso del hermano pueblo de Cuba. Hace poco la Comisión de Defensa y Gobernación -de la cual soy miembro- tuvo una importante sesión de trabajo con el Ministro de Defensa, el Doctor José Antonio Alvarado, con el Canciller de la República, con el Ministro de Gobernación, con el pleno de la Comisión de Defensa y Gobernación, con la Comisión del Exterior, con la Comisión de Integración Centroamericana, abordando temas que si son torales para Nicaragua; temas que tienen que ver con el Tratado lesivo López-Ramírez; con el interés y el apetito expansionista de Costa Rica, al tratar de navegar, o pretender usurpar el Río San Juan; temas que tienen que ver con la narcoactividad, que es un flagelo de la humanidad y que los países tienen una estrategia para su enfrentamiento,- temas que tienen que ver con la soberanía de nuestro país. Pero me llama la atención, a veces, algunos discursos un tanto demagógicos y fuera de orden, porque en primer lugar recordemos que en este momento hay un proceso claro e ineludible de normalización de relaciones del Ejército de Nicaragua con los ejércitos del mundo, incluyendo el de los Estados Unidos. Ese proceso de normalización pasa por la aceptación de un representante ante la Junta Interamericana de Defensa, como es la presencia del General Manuel Salvatierra. Los acontecimientos se están produciendo, sin embargo hay quienes dan la impresión que se han quedado en el pasado.

747 Nos parece a nosotros que deberíamos de tener una mentalidad más audaz, lógicamente en el contexto constitucional de Nicaragua, pero en el marco de la agenda internacional, en el marco del enfrentamiento a la narcoactividad, en el marco del enfrentamiento a los problemas limítrofes que se están presentando, para que nos vean verdaderamente como una Nación, trabajando por el concurso de sus connacionales. Hay algunas leyes que se están produciendo, que lógicamente lesionan los intereses de nuestros pueblos,- pues habrá que enfrentar eso en el marco de una realidad actual. De nada sirve entonces tener aquí un discurso de confrontación, cuando estas fuerzas que vienen a Nicaragua van a moverse bajo el resguardo del Ejército Nacional; aquí se cree que van a bajar con la 82Ava. División Aerotransportada, y eso no es así, esta gente viene bajo el resguardo del Ejército de Nicaragua. Hace poco tuvimos aquí también una Sesión con una numerosa delegación de estudiantes de la Junta Interamericana de Defensa, del Instituto de Defensa Iberoamericano, y ellos explicaban -los países latinos que están ahí-, todos estos procedimientos que se dan, no solamente en el caso de Nicaragua. Uno de los elementos que no abona a tener una verdadera política de defensa nacional, de seguridad nacional, es precisamente la falta de una estrategia; y precisamente citaba como ingredientes de esa estrategia, los componentes de las Comisiones de Defensa del Exterior, la Comisión de Integración Centroamericana, la Cancillería, el Ejército de Nicaragua, el Ministerio de Defensa y Gobernación, para diseñar eso. Los países vecinos, honorables colegas Diputados y Diputadas, aprovechan esos desaciertos que tenemos nosotros en materia de política exterior y de política interior, para lesionar nuestra soberanía,- y esto que estoy escuchando, difícilmente puedo entenderlo como una respuesta coherente. Definitivamente con los tratados internacionales para enfrentar el narcotráfico, con el interés lógico que tienen estos países de ubicar sus bases militares, lo único que estamos haciendo de alguna manera es contribuir a que nos vean siempre como una fuerza erosionada, debilitada y carente de una estrategia.

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Sin embargo yo respeto las opiniones de los honorables colegas; pero en nuestra Comisión, haciendo un análisis del artículo 92 de la Constitución Política, ratificando el Decreto Ejecutivo número 11 del 2000, nosotros vimos que la presencia de estas fuerzas en la comunidad El Naranjo, no van a lesionar la soberanía nacional y no constituye una debacle. Creo que lo más urgente es precisamente buscar la unidad de estas Comisiones del Poder Legislativo, como son Defensa y Gobernación, la Comisión del Exterior, la de Integración Centroamérica, para diseñar una política frente a amenazas que sí son reales: narcotráfico, piratería marítima, los vecinos que están cercenando nuestro territorio; eso sí es una amenaza que está en un primer orden. Quería hacer esta intervención, para sostener que a pesar de que respeto la posición que asuma la bancada, yo voy a ser consecuente con la firma que estampe en el dictamen aprobando la presencia en misión humanitaria de las tropas norteamericanas, bajo el resguardo del Ejército nicaragüense. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Enrique Sánchez Herdocia. DIPUTADO ENRIOUE SÁNCHEZ HERDOCIA: Honorable Mesa Directiva,- honorable Congreso Nacional: Me parece a mí que la política y la politiquería tienen su límite.

748 Yo pregunto: a quién le pidieron permiso en la década de los 80, para poder introducir aquí a coreanos del norte, cubanos, Farabundos Martí, montoneros, rusos, alemanes orientales? A nadie le pidieron permiso y estos venían a entrenar nicaragüenses, para matar nicaragüenses; y nos encontramos con que en ese momento, es bueno, como son izquierdistas esos países -o eran en ese momento-pues eso es bueno, no es malo, porque esos no son imperialistas, esos son buenos muchachos. Pero es criticable, ahora que este país está muerto de hambre, la gente pobre; tal vez nosotros no, pero la gente pobre se está muriendo de hambre, y lo saben los sandinistas, los liberales, los no liberales y todo el mundo. Entonces que no venga el imperio, como ellos dicen; pero el imperio no viene a entrenar nicaragüenses para matar nicaragüenses; viene con medicinas, viene con tractores, viene con médicos, viene con palas mecánicas, viene con dinero contante y sonante a invertir para ayudarle a este pueblo que está pasando una de las situaciones más graves de su historia. Yo creo que la política es buena, hasta cierto punto, porque si nos ponemos a querer politiquear en todo, hasta decir si hay que ayudarle o no hay que ayudarle al que no tiene,- hombré, al que no tiene hay que ayudarle y de donde venga la ayuda es bien recibida. Esa debería de ser la lógica. Si en Nicaragua hacemos un plebiscite ahorita, preguntando si el pueblo nicaragüense quiere que venga ayuda americana o no quieren, yo les apuesto que el 90 por ciento dice que venga ayuda americana, eso es lógico, la necesitan. Vuelvo a repetir, tal vez nosotros no la necesitamos, pero el pueblo que es el 99 por ciento de este país, la necesita y la está esperando con ansias, porque es necesaria. Así es que yo creo que en este caso la demagogia no ha funcionado. Están diciendo que no, que son imperialistas, que son gringos, que son cheles. ¿Qué bueno que sean cheles; Pero yo creo que deberíamos de ponernos de acuerdo todos los Diputados y estar claros de que el imperialismo no viene a destruir, a molestar o a invadir; viene a ayudar, y s iempre que venga a ayudar será bien recibido. Y creo que quinientos hombres es muy poco, deberían de venir mil. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado José María Sánchez. DIPUTADO JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ:

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Gracias, señor Presidente. Yo creo que tanto los colegas Diputados de la derecha, como las voces que disienten de las posiciones oficiales de mi partido y de mi bancada, están claros que la posición del Frente Sandinista de Liberación Nacional ha sido siempre -no de ahora- tener las mejores relaciones con todos los países del mundo, incluyendo a los Estados Unidos. Y esa posición no solamente es a partir de la fundación del Frente Sandinista, esa posición es la que reclame Sandino, la posición de respeto mutuo, aunque sea una nación poderosa. Y si Sandino se alzó en armas, es porque las tropas norteamericanas ingresaron violando todo en Nicaragua. Esta posición, por lo tanto, no puede ser distorsionada con afanes politiqueros ni demagógicos. La posición del Frente Sandinista de Liberación Nacional es clara: queremos buenas relaciones con todos los países del mundo y queremos buenas relaciones con los Estados Unidos. Pero esas relaciones tienen que basarse en el respeto mutuo, y esas relaciones tienen que basarse en el respeto a todo el procedimiento que hoy ha querido violar o está violando el Poder Ejecutivo de este país. Y pareciera observarse que es más respetuoso en este caso el gobierno extranjero, el gobierno estadounidense, porque a pesar de que el Ejecutivo ya publicó en La Gaceta que pueden entrar las tropas, y que deberían de haber

749 entrado en Febrero, es el momento y las tropas no han entrado, porque pareciera que están esperando los estadounidense a que esta Asamblea Nacional ratifique ese Decreto y que después ratificado sea publicado. Entonces aquí hay que ver quién es el que está haciendo demagogia y quién es el que está haciendo politiquería. Porque nosotros como bancada vemos que es un buen momento para que el gobierno estadounidense está fortaleciendo las relaciones con nuestro Ejército Nacional; es más, creo que se han tardado demasiado, porque no ha sido la voluntad de aquí la que ha atrasado. Y no es que nosotros estemos aquí haciendo un planteamiento de que las tropas deben o no deben entrar; deben entrar cumpliendo con todo lo establecido, y además debería definirse en ese Decreto la cantidad que va a entrar, el tiempo que van a durar y otros detalles más. Entonces, yo creo que aquí tenemos que ser coherentes con nuestros planteamientos, y además ubicar donde está el problema. El problema está en que el Ejecutivo de manera sistemática viola todo el proceso de cómo se debe formar la ley en este país, y todo lo manda de emergencia; y ahora hasta lo publica antes de que lo ratifique esta Asamblea Nacional. Esa es la posición que nuestra bancada ha definido, y esa es la posición que nuestro partido ha orientado. Quien quiera distorsionarla, lo hace por politiquería o por llevar siempre una voz contraria. Y si los compañeros que firmaron ese Decreto, hoy van a mantener su voto tal a como lo hicieron en la Comisión, están en su derecho. Pero también nuestra bancada está en su derecho de mantener su posición oficial de manera clara y transparente ante la Nación, ante este país, que está a la expectativa de todo lo que hacemos desde este primer Poder de la República, que no puede ser pisoteado por ningún Poder, porque hay separación de Poderes, y es lo que continuamente se le olvida al Poder Ejecutivo. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: El último orador, honorable Diputado William Ferreti. DIPUTADO WILLIAM FERRETI: Gracias, señor Presidente. Siempre se dan esta serie de situaciones cuando se plantea por parte del Ejecutivo, con la mejor buena voluntad, por supuesto comprendiendo la situación de esos Departamentos que sufrieron los embates de la naturaleza- una solicitud de parte del Ejército de los Estados Unidos de prestar su concurso humanitario con la mejor buena voluntad, se dan una serie de interpretaciones como que les cholla, como que les levanta ampollas, que lo están poniendo en una posición de forzarlo. Digo yo: ¿será que todavía en el subconsciente se mantiene ese ánimo de decir, yo no quiero nada con el gringo o el chele? Esa no es razón ya para que a estas alturas de los tiempos nosotros sintamos que todavía estamos con esos pequeños hálitos de inconformidad. Si el Poder Ejecutivo, en un gesto correcto como gobernante que defiende la soberanía y sabe que tiene que aferrarse a la Constitución, aprueba un Decreto en el que permite la incursión de un contingente de tropas que viene con ese

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mensaje humanitario, y se cuestiona el mecanismo que utiliza porque dice que lo aprobó primeramente y posteriormente lo somete -como es su obligación- a la Asamblea Nacional para su ratificación, yo les pregunto, ¿dónde es que el Presidente del Ejecutivo está violentando la Constitución? ¿En qué parte se está alejando de los cauces legales? No hay ninguno. Esta apegándose a la Constitución, porque es la norma que así se lo exige.

750 El artículo 92, en la parte principal que está requiriendo que diga cuántos son los que tienen que venir, pues para eso tendría que ser -como no es muy usual- una reglamentación de esa disposición. Si ustedes encuentran que allí falta la reglamentación, el Presidente de la República no tiene por qué estar señalando que van a venir cuarenta, que van a venir cien, doscientos o quinientos; él está sometiendo a la aprobación de la Asamblea, la ratificación de ese Decreto que él más o menos pública. Y es más, todavía está pendiente esa aprobación, y hasta que sea ratificado este Decreto por la votación de la Asamblea, entonces es que va a entrar ese contingente del Ejército gringo. A nosotros no nos interesa si ellos vienen con esa mentalidad expansionista... no, señor, paremos. A nosotros nos interesa que su ayuda sea efectiva, que se muestre dentro del parámetro que ellos más o menos le han solicitado al Presidente, y entonces estamos siendo más o menos consecuentes para decirles bienvenidos. No estamos cuestionando que existan errores en cuanto a los mecanismos legales que se usaron para que se dé la introducción de ese contingente; de ahí que he visto yo una alharaca, he visto unos planteamientos, como que son muy demagogos, como que no tienen conciencia del avance de los pueblos, del avance del tiempo, de las nuevas relaciones que se tienen que dar. Entonces estar señalando puntos o asteriscos aquí muy especiales para tratar de justificar el no ingreso de esas tropas, es como estar halándose los pelos por gusto. Si nosotros conceptuamos que el contingente gringo ya tuvo la primera experiencia, ya entró, ya trabajó, dejó una buena huella, sabemos que no se inmiscuyen en cuestiones de política interna, no hacen cuestionamientos, no dejan actividades de espionajes, mucho menos de eso, porque saben que tienen que sujetarse a las leyes nicaragüenses, ¿para qué estar en esta posición de estar diciendo que ahora no, que tengamos cuidado, que la invasión nuevamente la pueden estar preparando? Son una serie de argumentos que, como decimos nosotros, caen por su propio peso. Si únicamente se diera la razón de que es cuestionamiento de tipo legal, que es lo que originaron los dos primeros que intervinieron, pues en realidad yo les digo: hombré, aquí está más o menos planteado desde el punto de vista legal, sabemos que no enmarca lo que en sus argumentos están señalando. Estamos conscientes de que no hay una reglamentación a ese artículo, y por lo tanto hay que esperar que se reglamente para que se dé una situación de ayuda, estaríamos nosotros como queriendo decir, estamos también desfasados. No, señor Presidente, esto está enmarcado dentro de la Constitución, y es tan amplio y es tan correcto que hay que desviar todo otro trámite y dar la aprobación a este Decreto para que entre ese contingente de ayuda humanitaria. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Suficientemente discutido, porque ya no hay nadie que hable tampoco, ni es el deseo. Así es que vamos a someterlo a votación en lo general el dictamen. Se abre la votación. Está abierta la votación, honorables Diputados, ocupen sus asientos para que hagan uso de sus derechos. Está abierta la votación. Todavía está abierta. Vamos a cerrar. Se cierra.

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751 El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 1 en contra, 30 abstenciones. Queda aprobado en lo general. Vamos a la discusión de lo particular. Lectura del artículo. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 1 De conformidad a lo establecido en el Artículo 92 de la Constitución Política de la República, ratificase el Decreto Ejecutivo N° 11-2000, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 21, del 31 de Enero del corriente año, mediante el que se autoriza el ingreso de tropas norteamericanas al territorio nacional, por un período de noventa días, contados a partir del día del desembarco, tropas que vienen a nuestro país en misión humanitaria para la construcción de escuelas y centros de salud en la zona de El Naranjo, localidad ubicada en el Departamento de Jinotega. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Secretario, Pedro Joaquín Ríos. DIPUTADO PEDRO JOAQUTN RIOS: Gracias, señor Presidente. En el artículo 1, no se especifica el número de soldados o el número de militares que ingresarán al país, por lo que yo estoy haciendo la moción de que se agregue en la línea siete, donde dice "tropas", "integradas por un número de quinientos efectivos militares, los que vienen a nuestro país en misión humanitaria para la construcción de escuelas", y lo que continúa diciendo el artículo que está contenido en este dictamen. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación la moción y el artículo. Está abierta la votación. Por favor, honorables Diputados, ocupen sus asientos y hagan uso de sus derechos. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 1 en contra, 29 abstenciones. Queda aprobado el artículo 1. Vamos al artículo 2. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta,

Diario Oficial. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Están votando todavía.

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752 Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 48 votos a favor, 0 en contra, 22 abstenciones. Queda aprobado el artículo 2, y así todo el Decreto. Ahora vamos a pasar a la elección de los magistrados, que está en el Adéndum No.5. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Managua, 21 de Enero del 2000

Doctor Pedro Joaquín Ríos Primer Secretario de la Honorable Asamblea Nacional Su Despacho. Estimado Doctor Ríos: Tengo el agrado de hacer llegar por su digno medio al conocimiento de la Honorable Asamblea Nacional, lista de candidatos y los respectivos currículums para completar la integración de la Honorable Corte Suprema de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 150, numeral 14) y 163 de la Constitución de la República, reformados por la Ley 330, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, Número 13, del 19 de Enero del presente año, fundándome además en el Artículo 8, numeral II de las Disposiciones Transitorias y Finales de la misma Ley 330, lista que integran los siguientes ciudadanos: a) Doctor Carlos Guerra Gallardo. b) Doctor Guillermo Selva Argüello. Valga la ocasión para reiterarle a esa Honorable Asamblea Nacional, las muestras de nuestra más alta estima y distinguida consideración. Atentamente, ARNOLDO ALEMAN L. Presidente de la República SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLON: Carta enviada por el Ingeniero Edwin Castro, coordinador de la Bancada del Frente Sandinista.

Managua, 21 de Enero de 2000 Doctor PEDRO JOAQUIN RIOS Primer Secretario Asamblea Nacional Su Despacho.

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753 Estimado Doctor: Le envío propuesta y currículums de candidatos a ser electos por esta Asamblea Nacional: 1. Para Magistrados Corte Suprema de Justicia:

a) Dr. Armengol Cuadra López.

b) Dr. Rafael Solís Cerda. 2. Para Magistrado del Consejo Supremo Electoral:

a) Emmet Lang Salmeron.

3. Para Contralor de la Republica:

a) Dr. José Pasos Marciaq.

Atentamente,

Ing. EDWIN CASTRO Coordinador

Bancada FSLN PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Leídas las propuestas de postulación, vamos a escuchar aquí las debidas presentaciones. Se le concede la palabra al honorable Diputado René Aráuz López. DIPUTADO RENÉ ARÁUZ LÓPEZ: Honorable señor Presidente de la Junta Directiva; honorables colegas Diputados: Los pensadores de la Revolución Francesa habían proclamado frente a la concepción absolutista de Luis XIV de "el Estado soy yo", la afirmación de considerarse súbditos de la ley y no del Rey, y por ello surgió el Estado de Derecho, que es aquel en que el poder está subordinado a la Constitución y a la ley. Justamente en este sentido, el Tratado Marco de Seguridad Democrática en Centroamérica, suscrito en San Pedro Sula el 15 de Diciembre de 1995, declara en su artículo 2, inciso a), que el Estado de Derecho comprende la supremacía del imperio de la ley, la existencia de la seguridad jurídica y el efectivo ejercicio de las libertades ciudadanas. En la axiología jurídica, el valor supremo del derecho es la justicia, que para Ulpiano consistía en dar a cada uno lo suyo, vivir honestamente y no hacer daño a los demás. Pérez Luño manifiesta que la seguridad jurídica es uno de los apartados de la justicia general y es la conducción de la sociedad correctamente ordenada, con sus dos perfiles propios, objetivos de la norma y la aplicación de los jueces de esa norma jurídica, en su objetivo y del conocimiento de los ciudadanos, de la ley, en todas sus actuaciones. El profesor Recanses Quitches consideraba que la seguridad jurídica es una de las finalidades más importantes del derecho. En efecto, no puede existir seguridad si no se logra superar los niveles de pobreza y de extrema pobreza en que viven nuestros pueblos; si no existe promoción de desarrollo sostenible; si no se logra erradicar la violencia y la criminalidad organizada; y si no se logra consolidar y fortalecer el poder civil a través de un constante perfeccionamiento de las instituciones democráticas

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del Estado. En el orden material, la seguridad resulta ser inseparable del respeto a la dignidad humana, al mejoramiento de su calidad de vida y al desarrollo pleno de sus potencialidades. Hoy vengo a proponer para la tutela de todos nuestros derechos ciudadanos, desde el más alto tribunal de justicia, como es la Corte Suprema de Justicia, al Doctor Guillermo Selva Argüello, quien tiene extensos y variados conocimientos no sólo en el campo del derecho, sino también en el campo de la agronomía. Su fecha de nacimiento es el 2 de Enero de 1942; su profesión es Ingeniero Agrónomo, y Abogado y Notario Público, dos profesiones con especialidad en Entomología Económica y Ecología Aplicada. Su educación: Agronomía en Orange Coast, College de California de 1962; en Agronomía, California Polytechnic College de 1965; Control Integrado de Plagas en la UNAN, Nicaragua, 1973; Ecología Aplicada; Derecho: Abogado y Notario Público en la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua en 1983; con dominio del idioma ingles en los Estados Unidos, además diferentes estudios y especializaciones. Es indiscutible que el Doctor Selva está considerado como uno de los Ingenieros Agrónomos mejor especializados en Entomología Económica y Ecología Aplicada; se graduó de Abogado en la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, núcleo de León en 1983, y se incorporó como tal en 1985; tiene su propia oficina de leyes y ha litigado en León, Masaya y Managua, en las áreas de Penal, Civil y Laboral. Últimamente se ha especializado en Derecho Ambiental, y presidió por tres años la importante Comisión del Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Asamblea Nacional; ha ejercido la abogacía por quince años. De igual manera, Selva por seis años desempeñó el alto cargo de Magistrado del Consejo Supremo Electoral, ejerciendo con el mayor éxito en el área del Derecho Electoral. La trayectoria del Doctor Guillermo Selva, como Magistrado del Consejo Supremo Electoral, fue intachable, habiéndose distinguido siempre por su imparcialidad y ecuanimidad. Por lo tanto, Diputados honorables de esta Asamblea Nacional, les pido el voto favorable para que nuestro colega salga electo como Magistrado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, dada su idoneidad, su indiscutible capacidad y su vasta experiencia. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Sergio García Pinell. DIPUTADO SERGIO GARCÍA PINELL: Gracias, señor Presidente. La personalidad de un individuo es la serie de atributos, posesiones de valores, conceptos en sí que las demás personas nos creamos hacia ellos, por su forma de actuar en la vida, su trayectoria intelectual, incluso su forma de vida en lo moral, que hacen de ciertos individuos personalidades atrayentes. Es por eso que me sumo, secundando la personalidad tan grande de Guillermo Selva Argüello, para Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, porque sé que va a llegar a engrandecer este Poder del Estado, va a engrandecer nos a nosotros mismos los nicaragüenses con sus aportes, ya que sabemos de los atributos de que está hecho. Es un individuo con preparación en dos ramas fundamentales de la vida nacional, como es la justicia y lo referente a la agricultura, ganadería y química en general. Durante su trayectoria él ha ocupado cargos de gran importancia y relevancia: Magistrado del Consejo Supremo Electoral; abogado, en uso de sus facultades, en ejercicio completo de su abogacía y notaría, como profesional del derecho, intachable, íntegro,- por lo

755 tanto me sumo a la moción al secundarla, proponiendo al Doctor Guillermo Selva Argüello. Muchas gracias. PRESIDENTS IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Eliseo Núñez Hernández. DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ:

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Señor Presidente: Al margen de atributos que los honorables candidatos a Magistrado de la Corte Suprema de Justicia tienen, yo quisiera expresar mi desacuerdo en la forma en que fueron presentadas, tramitadas estas candidaturas. Señor Presidente, la Constitución de la República es clara cuando señala los requisitos que deben existir para poder ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Debe haber, aunque no lo diga, pero por su propio contenido, un dictamen previo sobre las cualidades de estos candidatos,- es requisito sine qua non, la honestidad, la honorabilidad, el no haber sido suspendido, el haber tenido ejercicio de diez años; y todo esto la única que podría esclarecerlo es una comisión previa que dictaminara sobre estos candidatos. No se puede venir aquí, sólo por una simple propuesta del Ejecutivo, a someterse las candidaturas sin haber pasado antes por este análisis. Yo creo que es una ofensa al pueblo de Nicaragua que no cumplamos con los requisitos que nos manda la Constitución de la República. Aquí para elegir a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, lo único que se está usando son las referencias políticas y no las cualidades profesionales. No se puede obviar que hay candidatos que tienen cualidades para poder ser Magistrados de la Corte Suprema de Justicia. Hay candidatos como Guillermo Selva, hay candidatos como Carlos Guerra, que tienen las cualidades para llegar a ser Magistrados; o candidatos como Armengol Cuadra, que leyendo su curriculum, es extenso y va a nutrir a la Corte Suprema de Justicia. Pero no se llenaron los requisitos para poder dictar y emitir este dictamen, porque si se emitiera este dictamen, la candidatura de Rafael Solís no podría estar puesta a consideración del Plenario. Aquí debería de haber una certificación de la Corte Suprema de Justicia, sobre si estos cuatro candidatos no tienen ningún proceso dentro de la Corte Suprema de Justicia. Nosotros los abogados, debemos elegir a los mejores abogados; debemos elegir a los abogados más honestos, a los más capaces,- debió de haber sido objeto de un estudio previo y no solamente de un acuerdo político dentro del marco del pacto. No puede ser posible que vayamos a depositar en las manos de un individuo la Justicia de Nicaragua, que inicia su curriculum diciendo ser miembro del Frente Sandinista y diciendo haber sido miembro del EPS; o hablando solamente de requisitos políticos y dando declaraciones de que él va a ser electo Magistrado para defender los intereses del Frente Sandinista. ¿Cómo puede ser posible que aquí se haya estado cuestionando a Armengol Cuadra, cuando llenaba los requisitos que nosotros los abogados sabemos que debe tener un Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, y ha hecho énfasis e hincapié en su profesionalidad? Pero Rafael Solís no ha hecho énfasis, ni hincapié en su profesionalismo. Sólo ha hecho énfasis en su partidarismo, y ahora lo está envolviendo el pacto. Es el parte, es el pago del pacto. Creo que lo que estamos poniendo en manos de estos nuevos Magistrados es la Justicia en Nicaragua, y la Justicia en Nicaragua, sobre todo tiene que ser independiente, y es lo que menos va a ser Rafael Solís estando de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia; porque ya lo dijo, dijo que iba a la Corte

756 Suprema de Justicia para defender los intereses del Frente Sandinista y no los intereses de todos los nicaragüenses y de la justicia en general. No tengo nada que objetar a los otros tres Magistrados, a los otros tres candidatos; lo que sí tengo que objetar es el procedimiento violatorio, así como hoy lo denunció el Frente Sandinista en cuanto al Decreto. Pero hoy, usted, señor Presidente, señores miembros de la Junta Directiva, violaron este procedimiento cuando no mandaron a que hubiera un dictamen previo para que dictaminara sobre la capacidad de estos candidatos, que si podían llenar o no llenaban los requisitos. Sencillamente, como brazo del Ejecutivo que son, lo presentan y lo someten, pase lo que pase, cueste lo que cueste. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Yo sólo quería hacerle una observación legal y constitucional. No hay más trámite, no hay tal dictamen, no hay investigación; en la reforma eso está expresamente estipulado, que sin trámite alguno se procederá a la elección de las listas presentadas. Vamos a conceder la palabra ahora al honorable Diputado Lombardo Martínez.

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DIPUTADO LOMBARDO MARTÍNEZ: Señor Presidente: Es también para secundar la propuesta del honorable Diputado Guillermo Selva. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al último orador, honorable Diputado Noel Pereira Majano. DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO: Muchas gracias, señor Presidente. El hombre para vivir crea instituciones,- los Estados para ser dignos crean instituciones, y estas instituciones deben estar debidamente integradas para merecer la respetabilidad interna, nacional y también la internacional. El destino de las naciones se fortalece por las leyes de la causa y el efecto. Sucede que si nosotros creamos instituciones debidamente viporadas, con hombres superiores, con hombres de exiquismo, superiores en intelecto, que merezcan respetabilidad, indiscutiblemente tendremos un país debidamente integrado dentro de la evaluación de los pueblos cultos. Buenos hijos harán buena patria; malos hijos, producirán realmente una Patria que puede ser reprochada. El acceso al poder no es una dádiva, sino que es un deber ciudadano, de aquí que el gobierno de los mejores es el sueño ideal de los hombres libres. Debemos tener realmente, manteniendo el imperio de la libertad, porque debemos tener libertad para escoger, libertad para elegir, libertad para tener entre nosotros las posiciones directivas y cimeras a los mejores hombres. El éxito no es un fin, el éxito es un camino, es un medio para la consecución de un destino, y esta patria nicaragüense ya merece obtener un éxito, como lo obtendremos nosotros escogiendo a los mejores hombres de esta Patria. Por esta razón, creemos que no hay cosa más deprimente que la mentalidad promedio. La mentalidad promedio es aquella mentalidad pusilánime y pequeña, aquella que no llega a trascender más allá del círculo estrecho de los intereses particularizados; o aquella

757 que hace verdaderamente, como en el lecho de Procusto, hacer caber a alguien, o a un hombre, o a un grupo de hombres sin capacidad, sin méritos y sin virtudes, sin nada más que la medida aquella del partidismo y la intención manifiesta de premiar a un adláter o a un solidario, o una convicción política. Estamos en un mundo evidentemente en evolución; esto quiere decir que sobre cualquier consideración, es importante consolidar el imperio del talento. Cuando la sociedad en una comunidad de hombres libres, en donde el rango es el precio de la capacidad y el talento, la intriga se retirará avergonzada a un rincón donde se encuentran los muebles viejos de la casa de la República. Realmente, poniendo de manifiesto el valor intrínseco de cada hombre, surge la figura de Carlos Guerra Gallardo; gallardo por su honradez, gallardo por sus méritos, gallardo por sus virtudes; verdaderamente él, aunque su primer apellido es Guerra, es sinónimo y prototipo de las ideas de paz. Es nuestra obligación rendirle culto a los mejores y como tal, a este hombre preclaro, chontaleño, que ha merecido nuestro respeto y nuestra consideración y devoción. Es nuestro deber impulsar a los nuevos arquitectos de una patria nueva,- necesitamos trascender la situación estacionaria de partidos, hombres y conglomerados, para que en una forma real sigamos la evolución de la Patria en esta era nueva de globalización. Necesitamos hombres probos, hombres capaces en los Poderes del Estado para que así, marchando acorde con el interés nacional, podamos hacer un buen papel. Carlos Guerra Gallardo, estudioso y erudito, ciudadano probo y ejemplar; hombre de letras y derecho, que ha logrado verdaderamente hacer un papel formidable en la expedición de nuevos códigos en Nicaragua. Este Carlos Guerra que nosotros estimamos y queremos, es el abanderado de nuestra profesión; y pido yo que él sea electo Magistrado de la Corte Suprema, porque el liberalismo como ideología y como partido quiere presentar a los mejores, quiere demostrar al mundo que no entendemos nosotros de consideraciones

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palaciegas, para hacer que los mejores ostenten las mejores posiciones. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a someter a votación la candidatura del Doctor Guillermo Selva. Se va a abrir la votación. Está abierta la votación. Ocupen sus asientos y hagan uso de sus derechos. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 75 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención. Queda elegido Magistrado Propietario de la Corte Suprema, Guillermo Selva Argüello. A continuación vamos a someter también a presentación y consideración de la honorable Asamblea, al Doctor Armengol Cuadra. Se le concede la palabra al honorable Diputado Bayardo Arce Castaño. DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO: Muchas gracias, Presidente.

758 En el marco de la lucha por la institucionalidad del país, por el fortalecimiento del Estado de Derecho, ha sido una bandera firmemente levantada por el Frente Sandinista la necesidad de que se implemente y se desarrolle la carrera judicial en nuestro país. Creemos que en la medida en que logremos que los Jueces y Magistrados del sistema judicial nicaragüense asuman esta responsabilidad como la profesión de su vida, los nicaragüenses podremos tener más garantía y más confianza de que imperará la justicia y no otro tipo de consideraciones en el quehacer del Poder Judicial. Por esa razón es que la bancada sandinista ha inscrito la Candidatura del Doctor Armengol Cuadra, un hombre que desde sus primeros días como estudiante de Derecho comenzó ya a expresar una vocación de entrega al Poder Judicial, entrega que ha sido constante y que ha constituido la única actividad laboral a la que ha dedicado sus mejores años de juventud y sus mejores empeños de profesional, y esto no comenzó necesariamente con la Revolución sandinista. El Doctor Armengol Cuadra, aún antes del triunfo de la Revolución se desempeñó como secretario del Juzgado del Trabajo y posteriormente como Secretario del Juzgado Local del Crimen. Y en el desarrollo de esta su vocación profesional por el servicio judicial lo vimos, a raíz del triunfo de la Revolución primero como Auxiliar del Departamento Económico del Ministerio de Justicia; posteriormente pasó a ser Procurador del Ministerio de Justicia en el Departamento de Chinandega; y en ese proceso de formación integral, años después estuvo a cargo de la Dirección de la Procuraduría Administrativa y de Finanzas de dicho Ministerio. Preocupado por el fortalecimiento de un Poder Judicial verdaderamente profesional, él es de los fundadores de los equipos de investigación y docencia de la Escuela Judicial, y a su vez ha sido coordinador y facilitador del equipo de docencia para Jueces, Magistrados, Procuradores, defensores públicos y policías en la Escuela Judicial. Desde el 84 figura como Magistrado del Tribunal de Apelaciones de Managua, donde actualmente ostenta la Presidencia de la Sala Penal. Como podemos ver aquí hay una vida entregada al derecho y a la administración de justicia, una vida en la que las inclinaciones políticas a la que todo ciudadano tiene derecho, no han hecho presencia en su quehacer de Juez. Las múltiples sentencias emitidas por los Tribunales de Apelaciones, a lo largo de los años en que Armengol ha sido miembro o Presidente, demuestran la imparcialidad, la equidad y el sentido de justicia

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con que se ha desempeñado. Por eso el Frente Sandinista al proponerlo para Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, no solo está haciendo un aporte práctico a esa bandera que hemos levantado de que se implemente en el país una carrera judicial, sino que también creemos darle un justo reconocimiento a un profesional del derecho dedicado a la carrera judicial y un verdadero aporte a la administración de justicia; porque estamos seguros que Armengol Cuadra, en la Corte Suprema de Justicia seguirá siendo el Juez honesto, ejemplar, equitativo, que ha tenido el Poder Judicial en los otros cargos que ha ocupado en el pasado. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra a la honorable Diputada Dorita Zeledón. DIPUTADA DORA ZELEDÓN ZELEDÓN: Gracias, señor Presidente. Quisiera respaldar la propuesta hecha por el Diputado Arce, en

759 nombre del Frente Sandinista, de postular a Magistrado al Doctor Armengol Cuadra para la Corte Suprema de Justicia. Quiero respaldar esta propuesta, a partir de que el Doctor Armengol Cuadra llena de manera amplia los requisitos necesarios para poder tener en la Corte Suprema de Justicia a los cuadros más capaces, más experimentados y que han ejercido a través de sus años de experiencia,- la Justicia, con honestidad y transparencia; ése es el caso del Doctor Armengol Cuadra. El Doctor Armengol Cuadra se ha desempeñado por más de veinte años en la carrera judicial; es el actual Presidente de la Sala Penal del Tribunal de Apelaciones de Managua. Ha tenido una vasta experiencia como fundador de equipos de investigación y docencia; ha sido profesor de Derecho y a lo largo de su vida profesional ha tenido una constante preocupación por el fortalecimiento y desarrollo del sistema judicial de este país, prueba de eso es que él de manera constante se ha preocupado como lo establece su hoja de vida por el desarrollo personal, para contribuir al fortalecimiento del Sistema Judicial de Nicaragua. Es así como vemos que ha participado en una gran cantidad de espacios de formación; en unos él ha sido formador. Y en otros él ha sido formado y dentro de todas estas temáticas que él ha recibido para fortalecer sus capacidades y ejercer con objetividad y transparencia la Justicia en este país, también es importante destacar que dentro de todo ese campo de formación, él tiene formación en cosas elementales, vitales para el desarrollo de la Justicia en este país, como son los temas que tienen que ver con la aplicación de la Justicia, en el tema de la niñez y la adolescencia, y en la sensibilidad sobre la situación de desigualdad entre hombres y mujeres, ubicando esa capacitación necesaria en un elemento tan necesario que todos debemos tener los que ejercemos algún nivel de responsabilidad en el Estado- de estar claros de la necesidad de tener un enfoque de género en el quehacer cotidiano. Es precisamente, toda esta larga trayectoria de Magistrado, de este doctor en Derecho, que con mucho gusto y con mucho agrado respaldo esa nominación por parte del Frente Sandinista. Pero no sólo diría que goza el Doctor Armengol Cuadra del respaldo del Frente, sino que también goza del respaldo de la sociedad en su conjunto, que ha demostrado su solidaridad, igual que los medios de comunicación, Y el Sistema Judicial se ha pronunciado a favor de su candidatura. Es decir, él cuenta con un amplio respaldo que está siendo oficializado por el Frente Sandinista, porque efectivamente es el candidato que va a garantizar que se avance en el proceso de modernización del Sistema Judicial; que se avance en ese proceso de institucionalización de esa Institución del Estado tan importante para Nicaragua. Yo estoy segura que el Doctor Armengol Cuadra, con estas cualidades, con estas características que hemos señalado los Diputados que nos hemos pronunciado -pero además la población, y sus compañeros y compañeras del Sistema Judicial- es un hombre que goza de simpatía, de respeto, de credibilidad, y también goza de esa confianza que debe tener la ciudadanía en sus funcionarios, y eso es lo que tiene el Doctor Cuadra. Las mujeres, los hombres, los adolescentes, la sociedad en su conjunto, debe estar segura que con el Doctor Armengol Cuadra en la Corte Suprema de Justicia, estaremos representados y se ejercerá Justicia con transparencia, con objetividad,

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con profesionalismo. Con la llegada del Doctor Cuadra a la Corte, espero que efectivamente continúe desde allí imprimiéndole ese sello de objetividad, de transparencia y de entrega absoluta, con perseverancia para conseguir los objetivos y que en Nicaragua realmente tengamos una Justicia igual para todos.

760 Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez. DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO: Muchas gracias, señor Presidente. Efectivamente, en nombre de la Bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional, me place respaldar la candidatura de un excelente profesional en Ciencias Jurídicas y Sociales, como es el actual Magistrado del Tribunal de Apelaciones, Doctor Armengol Cuadra López. Hablar de Armengol, como profesional, solamente su currículum habla por sí mismo. La capacidad, la eficiencia, la probidad, son cualidades que como profesional y como ser humano, caracterizan al actual Magistrado Armengol Cuadra, egresado de la Universidad Centroamericana en 1978. Tengo el placer de compartir la misma Alma Mater del actual Magistrado. Sin embargo, es importante también dejar claro que el actual Magistrado del Tribunal de Apelaciones no solamente se ha dedicado al elemento fundamental de impartir justicia, sino que también ha aplicado sus conocimientos técnicos y científicos a la formación, tanto de nuevos profesionales en las aulas de derecho, como en la capacitación de Jueces en todo el país. Importante es destacar el mérito de Armengol, al ser uno de los miembros fundadores del equipo de investigación y docencia de la Escuela Judicial. Luego de eso, incursiono en otro aparato de la administración de justicia, como es la Procuraduría General de Justicia, siendo en 1982 Procurador Auxiliar Penal de Managua, y en 1980, Procurador Departamental de Chinandega. Y se ha observado en el trabajo de Armengol una ascendencia en la carrera judicial, desde cuando fue Secretario del Juzgado Local del Crimen hasta ahora, siendo Magistrado y Presidente de la Sala Penal del Tribunal de Apelaciones de Managua. Es por eso que el Frente Sandinista de Liberación Nacional se siente complacido en aportar un profesional del derecho con las cualidades que tiene el actual Magistrado Armengol Cuadra, para la Corte Suprema de Justicia. Por otro orden, además de la importancia y el privilegio que para mí tiene en apoyar la candidatura de Armengol Cuadra, es importante ante este Plenario de la Asamblea Nacional dejar claro que ahorita nosotros estamos pagando una deuda constitucional y de plazo vencido, porque se supone que el 9 de Marzo debimos haber tenido constituida la Corte Suprema de Justicia, con dieciséis Magistrados, de los cuales actualmente sólo existen doce. Y es por eso que actualmente la Asamblea Nacional, en uso de sus facultades, las facultades que le confiere la Reforma Constitucional y por ende la Constitución de la República, y con obligación de plazo vencido de casi veinticuatro horas, está cumpliendo con este compromiso constitucional de nombrar a estos cuatro nuevos Magistrados. Por otro lado es importante, honorables Diputados, que estemos claros de lo que nosotros hemos venido aprobando en una reforma constitucional, que parece ser que por un lapsus cálami o por falta de estudio, el Diputado Eliseo Núñez no conoce de los extremos de la Reforma Constitucional, donde se plantea claramente que no es necesario tener ningún trámite que no sea la presentación en lista de los candidatos para la postulación a estos cargos. El hecho de que a algunos Diputados de este Plenario no les gusten las reformas constitucionales, no significa que como abogados y como profesionales del derecho no estemos obligados a estudiar la Constitución de la República con las reformas que actualmente están en vigencia. Doctor y Diputado Eliseo Núñez: el hecho de que a usted no le gusten las reformas constitucionales, no

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significa que usted no

761 tenga que mostrar observancia a las mismas. Por otro lado, también quiero agregar a este honorable Plenario que las mociones y las candidaturas obran en poder de toda esta Asamblea Nacional desde el 25 de Enero del año 2000, o sea que tenemos meses de tener estas candidaturas en manos. Por lo tanto, el argumento del Diputado Eliseo Núñez, además de demostrar la no lectura a las reformas constitucionales, lo único que plantea de desorientar y tratar de desinformar a este Plenario, que lo único que está haciendo es cumpliendo con una obligación constitucional, y actualmente de plazo vencido de nombrar a los actuales Magistrados de la Corte Suprema de Justicia. Es por lo tanto que reitero, por ende, la candidatura del Magistrado Armengol Cuadra. Muchísimas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra a la honorable Diputada Angelita Ríos Pérez. DIPUTADA ANGELA RÍOS PÉREZ: Muchísimas gracias, señor Presidente. Antes de referirme a las cualidades y calidades técnicas y profesionales del Doctor Armengol Cuadra, permítame por favor expresar o exponer mis consideraciones de los hechos acontecidos en la semana pasada. Doctor Escobar Fornos, Presidente de esta Asamblea Nacional: yo tengo para usted mucho, muchísimo respeto y aprecio, pero estos sentimientos no impiden en mi caso elevar mi voz y expresarle mi desacuerdo total, por convertir esta Asamblea Nacional en un Poder del Estado represor; no solamente por aprobar leyes que afectan terriblemente al pueblo, como las reformas constitucionales, y lo más reciente, el "crimen social" cometido por ustedes al aprobar el sistema de reforma a las pensiones, y la modificación del Presupuesto del año 2000. Aprovecharon muy bien ese día para modificar el Presupuesto del año 2000. El martes 14, y miércoles 15 de Marzo, el Parlamento usted lo militarizó, estaba totalmente tomado por los antimotines,- se introdujeron hasta el "lobby" de este Parlamento y golpearon en mi presencia al dirigente sindical de la salud, Humberto Murillo. Y quien es Humberto Murillo? El ha sido un sindicalista de la salud, que ha hecho historia en Nicaragua,- y puedo decirles con toda sinceridad y seguridad, que Humberto Murillo es un hombre muy trabajador, un hombre muy honesto y además pacifista, sin embargo fue severamente golpeado en el "lobby" de este Parlamento. El colmo que ocurrió ese día, es que los antimotines me negaban la entrada, y estuve cinco minutos pretendiendo entrar; y el Comisionado Dixon, jefe de los antimotines, muy complaciente ve actuar a su tropa que atendió muy bien sus órdenes. La Diputada Stubber, enérgicamente le reclamó diciéndole que "yo soy Diputada". Pero si ellos saben, todos los antimotines conocen muy especialmente a las parlamentarias de acá. Ellos mismos fueron los que el 17 de Diciembre nos golpearon a las Diputadas, Comandante Mónica Baltodano, Rita Fletes, Alba Palacios, Diputada del Parlacen. Y me conmuevo siempre que veo la fotografía en La Tribuna, de Albita Palacios en el suelo, golpeada en la entrada de este Parlamento; ahí tengo la foto y la guardo para la historia. Y el Comisionado Dixon, nunca dio la contraorden para que dejaran de golpearnos a las mujeres parlamentarias. Y aquí se elevaron voces de protesta, yo recuerdo al Doctor Noel Vidaurre y a Steadman Fagot; y usted, señor Presidente, dijo en esa oportunidad: "de aquí no salió la orden",- que usted no había llamado a los antimotines. Y este martes 14, y miércoles 15, la Asamblea Nacional se convirtió nuevamente en el centro de la represión: golpeados, heridos, presos; y por la tarde de ese mismo martes 14, un miembro de la Comisión de Defensa y Gobernación sostuvimos una reunión de trabajo con la jefatura de la Policía Nacional, y lógicamente aproveché

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762 para conversar sobre este tema con el Primer Comisionado Franco Montealegre; y él expresaba muy claramente que la presencia de los antimotines en este recinto, siempre es a solicitud suya. De manera, señor Presidente, que demando de usted más cordura, más tolerancia y más respeto. Sin duda alguna, quiero reiterar una vez más mi respaldo al Doctor Armengol Cuadra. No dudo que él contribuirá en la Corte Suprema de Justicia con su experiencia, su honestidad, para continuar aportando en el Poder Judicial, donde él ha realizado una carrera brillante, una carrera muy ejemplar. Muchísimas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Yo quisiera aclararle, Angelita, aunque no sea éste el momento, que yo no he dado instrucciones para que metan a los antimotines aquí, y que además el día anterior no vinieron a rezar; aquí lo que hubo fue un motín, una asonada, donde quebraron, donde quitaron las cejas de los vidrios y no dejaron trabajar. No es que vinieron con tranquilidad a apoyarlos a ustedes en sus posiciones parlamentarias; vinieron a destruir la Asamblea, y eso interrumpe la Sesión de la Asamblea, y eso no lo podemos permitir. Les suplicamos que se concreten al tema, por favor, y que sean lo más breve posible. Tiene la palabra el honorable Diputado Omar Cabezas Lacayo DIPUTADO OMAR CABEZAS LACAYO: Gracias, Presidente. Yo siempre me circunscribo al tema, y usted sabe que yo soy breve. Después de haber escuchado las palabras de Bayardo y Dorita, quiero respaldar la candidatura de Armengol, porque éste es el clásico, joven que incursiona en el derecho, y que a punta de esfuerzos, de rectitud, de donde gente y de estudio cotidiano del derecho, ha venido haciendo una carrera judicial que como decía Dorita, todo mundo la reconoce. Incluso de los sectores más críticos la reconocen, aunque ha sido postulado por el Frente Sandinista, porque a veces pareciera que algunos colegas por ser postulados por el Frente o ser postulados por los liberales, ya quedan como descalificados. Es horrible, como que si los Magistrados actuales en este país y en todos los países del mundo no fueran postulados por los partidos políticos; como que si fueran Magistrados de la luna. En general -tengo que decirlo- yo estoy contento con los cuatro Magistrados jóvenes que están quedando; normalmente los Magistrados, el prototipo que tenemos es gente que ya tiene nieve en sus cabellos, y este es un país joven y yo creo que vamos a inyectar de pelo negro a la Corte Suprema de Justicia, con jóvenes que tienen mucho que aportar. Y yo creo que estos cuatro Magistrados, independientemente de sus partidos políticos, van a hacer un equipo y van a velar por la Justicia del país. El hecho de que sean liberales o sandinistas no los descalifica, porque entonces sería casi como estar descalificado, como que si los que actualmente están y los que han sucedido en la historia republicana de Nicaragua, de este y otros países, no tuvieran algún tinte político. Yo estoy seguro que Armengol y Guillermo -y los que ya escogimos y vamos a escoger- van a tener la estatura; si bien es cierto son propuestos por un partido para hacer un equipo de patria, para administrar la Justicia de la Patria. Y en el caso de Armengol, nosotros estamos dándoles a un muchacho, a un joven brillante, estudioso de primera línea. Sirvan pues estas palabras para respaldar la candidatura de Armengol, y regocijarnos con el equipo que va a quedar. Y que no se

763 vea ésto como una afrenta, sino como el sacrificio o la inversión que hacen los partidos mayoritarios para pensar en el 99 por ciento y en el cien por ciento de los nicaragüenses. Muchas gracias, Presidente.

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PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bueno, vamos a someter a votación, ya está suficientemente discutido esto. Se va a abrir la votación, honorables Diputados, ocupen sus asientos. Es la elección del Doctor Armengol Cuadra. Está abierta la votación. Todavía están votando. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 63 votos a favor, 7 en contra, 1 abstención. Queda elegido Magistrado Propietario de la Corte Suprema de Justicia, Armengol Cuadra. Vamos con la siguiente elección, del Doctor Carlos Guerra. Se le concede la palabra al honorable Diputado Lombardo Martínez Cabezas. DIPUTADO LOMBARDO MARTÍNEZ CABEZAS: Señor Presidente, muchas gracias. En las últimas horas me encontraba en Sao Paulo, Brasil, y la tentación de ver la cola del Carnaval de Río de Janeiro no fue suficiente para neutralizar esta bienaventurada satisfacción de poder presentar esta mañana a mi amigo Carlos Guerra Gallardo. Digo amigo, señor Presidente, porque eso involucra a la esfera afectiva, pero también al compañero político con el cual hemos recorrido un largo camino en el escenario nacional. Señor Presidente, ahora que el Estado nicaragüense pasa por profundas reformas, no solamente institucionales sino también reformas legales y de cultura política, la llegada de Carlos Guerra a la Corte Suprema de Justicia es una garantía de promoción e impulsión permanente de la profesionalización, de la eficiencia y de la calidad que demanda la Justicia en este país. Dije, señor Presidente, que nuestra sociedad vive una dinámica, una rica dinámica de profundos cambios que no solo abarcan -y lo repito- las instituciones y los marcos legales, sino que también estamos asistiendo a profundas contradicciones entre viejos códigos y nuevos códigos de valores, que tratan de imponerse en este nuevo contexto que todos aquí los honorables Diputados estamos contribuyendo a crear. Formado Carlos Guerra al contacto de la realidad diaria de la administración de Justicia, no sólo domina las doctrinas del derecho sino también su conciencia. Y esto es lo más importante: se ha forjado al contacto de las necesidades, de las profundas deficiencias de la administración de Justicia en Nicaragua. Hoy el Partido Liberal de Unidad Nacional, de la cual Carlos Guerra es su fundador, pierde quizás su recurso más valioso, y aquel que contribuyo más a convertir al partido en una alternativa de dignidad, en una alternativa de opción para el pueblo nicaragüense.

764 Perdemos un recurso político ciertamente, pero la justicia adquiere un recurso valioso, necesario en los momentos que vivimos para los profundos cambios que la circunstancia y el tiempo demandan. Carlos Guerra depone todo instrumento político, toda bandera partidaria, para recoger las necesidades de la Nación, las necesidades que están por encima de las estructuras partidarias. El Estado gana hoy, y la concepción de Estado en un concepción fuertemente liberal. El PLIUN pierde, pero la justicia gana. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

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El último en hablar va a ser Alberto Rivera Monzón. Se le concede la palabra al honorable Diputado Pablo Sierra Chacón. DIPUTADO PABLO SIERRA CHACON: Señor Presidente; Señores Diputados: El día de hoy, 20 de Marzo, que se cumple el plazo establecido por las reformas constitucionales para organizar la Corte Suprema de Justicia, es un día para Chontales de gran significación; uno de sus mejores hijos, autóctono chontaleño, proveniente de un buen hogar, que sirvió para forjar, porque el hogar sirve para forjar a los ciudadanos, eso es el hogar Guerra-Gallardo, forjador de un hombre que está consciente de lo que es la vida y de lo que necesita Nicaragua,- un hombre que al inicio de su vida fue un estudioso, y sigue siendo un estudioso de la Ciencias Jurídicas y Sociales. Pero algo más: es un hombre de gran honestidad, honradez, buenas costumbres y de mucha responsabilidad en su trabajo. Digo que una de las mejores razones es la responsabilidad en el trabajo, porque el cumple siempre lo que se le encomienda. Se inició en sus estudios primeramente en el orden técnico y estudio Agronomía en el Liceo Agrícola "René Shick" de Juigalpa, que le ha servido para forjarse y para salir adelante en esta vida. Llegó a la Universidad, e hizo sus estudios en la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua con sede en León, una de las escuelas más prestigiadas en la América Latina en su formación, cuando habían maestros de la calidad de Rafael Ortega Aguilar, José Pallais Godoy, y otros muchos más. Sus diecisiete años de ejercicio profesional los ha desempeñado con verdadera responsabilidad, defendiendo la causa que se le encomendaba por medio de sus clientes y nunca tuvieron quejas. Por eso yo estoy seguro de que si se hubiese solicitado a la Corte Suprema de Justicia un actuar de él, estoy seguro que no tendría ninguna mancha en su ejercicio profesional. Digo que no solo Chontales está de fiesta -porque es uno de los mejores días- porque uno de sus mejores hombres va a ser electo Magistrado la Corte Suprema de Justicia, porque en el andar de la modernización del Sistema Judicial, estoy seguro que pondrá muchos granos de arena para mejorar el Sistema Judicial de Nicaragua, que hemos visto como poco a poco se ha venido desmejorando, ya que han habido muchas quejas del Poder Judicial en el actuar de muchos de sus Jueces y muchos de sus Magistrados. Entiendo que al llegar el Doctor Carlos Antonio Guerra Gallardo a la Corte Suprema de Justicia, va a ser de gran beneficio para la modernización de la codificación de Nicaragua; aquí lo demostró en los diferentes cargos que tuvo en esta Asamblea Nacional, como Primer Secretario y como Presidente de la Comisión de Justicia, que impulsó la reforma al Código Penal de Nicaragua, el cual ya fue dictaminado; y tenemos la absoluta convicción que dentro de la reforma judicial de los Códigos de Nicaragua, es un gran Código, 765 porque está apegado a la idiosincrasia del pueblo y a la realidad del pueblo de Nicaragua. Ojalá que esta codificación no se detenga que tenemos pendiente el Código de Procedimiento Penal y otros más. Y sabemos que así como facilitó, así como trabajó el Doctor Guerra en la Comisión de Justicia, con ese ahinco, con esa honestidad, con esa responsabilidad, va a trabajar en la Corte Suprema de Justicia. Es por ello, y en esta forma, que estoy respaldando la candidatura de la Doctor Carlos Antonio Guerra Gallardo. Gracias. PRESIDENTE EN FUNCIONES OSCAR MONCADA REYES: Se le concede la palabra al honorable Diputado Augusto López González. DIPUTADO AUGUSTO LÓPEZ GONZALEZ: Gracias, señor Presidente.

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Secundo la moción del Doctor Pereira Majano, del Doctor Lombardo Martínez y de ese excelente jurista chontaleño, Doctor Pablo Sierra Chacón, apoyando la candidatura para Magistrado de ese hijo puro de la tierra chontaleña, ese excelente jurista, capaz, honesto, progresista y con una alta escala de valores, como es el Doctor Carlos Guerra Gallardo, ex-presidente del Partido Liberal de Unidad Nacional. Logro la oportunidad para invitar a él y resto de Magistrados que serán electos este día, a trabajar en favor de la Justicia, comenzando por implementar un análisis a más de un centenar de administradores de Justicia, irresponsables e inescrupulosos que existen actualmente y que cada día deterioran la imagen de ese Poder del Estado, tan importantísimo para este país, como es la Corte Suprema de Justicia. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE EN FUNCIONES OSCAR MONCADA REYES: Tiene la palabra el honorable Diputado Pedro Joaquín Ríos. DIPUTADO PEDRO JOAQUIN RIOS: Gracias, señor Presidente. Me motiva secundar la propuesta para Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, de Carlos Antonio Guerra Gallardo, porque lo conozco durante estos años que hemos podido laborar juntos en esta Asamblea Nacional. Puedo decir que Carlos Guerra es un buen Diputado, es un buen ciudadano, un buen compañero, que ha demostrado mucha sensibilidad humana y conocimiento de su profesión, conocimientos jurídicos. No dudo que sabrá administrar la Justicia y que redundará en beneficio de la Corte Suprema de Justicia. Su presencia en la Corte Suprema de Justicia va a mejorarla hoy deteriorada administración de Justicia en Nicaragua. Desde ahorita felicito a Carlos Guerra, porque veo que los Diputados en pleno van a votar porque él vaya a la Corte Suprema como Magistrado. Muchas gracias, Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: El último orador es el honorable Diputado Luis Figueroa Aguilar. Cerramos para elección. DIPUTADO LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR:

766 Gracias, Presidente. Yo voy a secundar también la candidatura del Doctor Carlos Guerra Gallardo, tomando en cuenta su representatividad chontaleña, tomando en cuenta sus cualidades personales cultivadas y desarrolladas en el seno de su muy querida familia. También tomando en cuenta su experiencia y conocimiento en el campo del derecho, y la visión amplia que tiene de los procesos políticos en el país y el respeto a sus instituciones. Muchas gracias, Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a someter a votación. Se le suplica a los honorables Diputados que ocupen sus asientos, que abierta la votación. Hay otros Diputados que están ausentes. Se va a cerrar la votación. Se cierra.

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El resultado es el siguiente: 64 votos a favor, 1 en contra, l abstención. Queda elegido Magistrado Propietario de la Corte Suprema de Justicia, don Carlos Guerra. Vamos a proceder a la elección del Doctor Rafael Solís. Se le concede la palabra al Diputado Eliseo Núñez Hernández. DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ: Señor Presidente. Ya que no se me dio la oportunidad de contestarle ni a don Wálmaro, quiero que sepa que no está derogado el artículo 138, inciso 7mo) de la Constitución Política, ni esta derogado el artículo 161 de la Constitución Política. ¿O es que primero hay que disparar y después preguntar, quien vive? Primero eligen y después se dan cuenta que si cumple o no cumple con los requisitos. Aunque haya una reforma que dice que sin previo trámite hay que elegirlos, creo que tenían que atenerse al artículo 138, inciso 7mo, y al artículo 161. Señor Presidente, los tres Magistrados electos con anterioridad llenan requisitos de profesionalismo, llenan los requisitos y cumplen para ser miembros de la Corte Suprema de Justicia, porque lo primero que tiene que haber es su independencia. Sin embargo, yo quisiera leer el currículum del Doctor Rafael Enrique Solís Cerda a ver si es curriculum que corresponde a alguien que está optando para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. El currículum tiene que ser enmarcado dentro de la juridicidad, dentro del conocimiento, dentro del profesionalismo. Dice en su punto dos: "Miembro del Frente Sandinista de Liberación Nacional desde 1976. Eso es un requisito para ser Magistrado de la Suprema? El otro es el tres: "Jefe Político de la Ciudad de Managua, por la tendencia insurreccional del FSLN, y miembro de la Comisión Coordinadora de las tres tendencias Octubre de 1978 a Julio 1979. En el punto cuarto dice: "Secretario General de la Comandancia General del EPS, Julio 79 a Noviembre 1979". Que yo sepa, no está siendo electo Magistrado dentro de un tribunal del Ejército de la República de Nicaragua. También dice en su inciso 6: "Jefe de la Dirección Política del EPS, y miembro del Estado Mayor del EPS, Noviembre de 1980; Representante de las Fuerzas Armadas en el Consejo de Estado, y Secretario del Consejo de Estado". También dice en el punto doce: "Miembro de comisiones

767 asesoras del ex-Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega, en el proceso de Esquipulas I,II,III y IV; miembro de la comisión asesora del General Humberto Ortega Saavedra, en el proceso de Sapoá. Señor Presidente, este currículum así como fue presentado, es una burla para la Asamblea, porque lo que están eligiendo son Magistrados a la Corte Suprema de Justicia y no para el cargo de rango militar alguno dentro del Ejército, o en alguna asesoría política dentro de un partido político. Señor Presidente, no hay que disparar primero y después preguntar. Gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Yo no creo que sea una deshonra pertenecer al Ejército y haber hecho las prácticas de las armas en un ejército; eso es algo más en su currículum como abogado. Yo no creo que eso sea lo que pueda inhabilitar a un candidato, Vargas llosa fue hasta militar, egresado de una academia militar, y yo no creo que eso lo descalifique. Pero en fin, sigamos. Les suplico que se concreten al tema. Se le concede la palabra al honorable Diputado Edwin Castro Rivera. DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA: Gracias, señor Presidente. Las pasiones ciegan y salen las mentiras. Doctor Núñez, creo que su intervención fue lamentable. Usted puede discrepar y no estar de acuerdo, y puede tener diferencias con el Doctor Solís, pero no vengamos a mentir aquí, ya estamos grandecitos; es casi como que me venga a decir que a Don Guillermo Selva no lo elijamos porque además de abogado es también

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agrónomo. Me parece solemnemente ridículo. El señor Presidente, que me antecedió, ya explicó,- y además, con algo más grave, como que el ser de carrera militar es denigrante en Nicaragua. Si hablamos del Doctor Solís, hablamos de un artífice de la paz en Nicaragua, gracias a lo cual usted, Doctor Núñez, está hoy sentado en ese escaño. El Doctor Solís, además de tener veinticinco años de ejercicio de su profesión como abogado, con maestría -aunque no le guste- en Economía y Sociología, el Doctor Solís dignamente ha sido miembro del Ejército de Nicaragua, y dentro del Ejército ha ejercido sus labores de asesoría para buscar la paz en Esquipulas y para buscar la paz en Sapoá, en el Hotel Camino Real. Estamos eligiendo a un abogado, no con aspiración de paz y vocación de paz, sino a un abogado artífice de la paz que hoy tenemos en Nicaragua. El Doctor Solís, además de su experiencia de abogado, tiene uno de los currículum más importantes y más variados de estos cuatro que estamos eligiendo el día de hoy. Porque además, el Doctor Solís fue miembro del Consejo de Estado; fue el primer Embajador de Nicaragua en Washington, después del triunfo de la Revolución Popular Sandinista. El Doctor Solís fue constituyente y Secretario de la Comisión elaboradora y dictaminadora de la Constitución que actualmente nos rige, Doctor Núñez. El Doctor Solís, para su conocimiento, también fue Diputado en la legislatura pasada, de la cual usted hereda ahora un escaño. Y espero que si algún día tenemos que hablar de él Doctor Núñez, no hablemos con demérito porque ejerció durante cinco años el ser Diputado,- el Doctor Solís lo fue en dos legislaturas en esta Asamblea Nacional, además de constituyente. Pero además, no sólo, también está vinculado a la sociedad civil, si es que tanto le molesta el que sea militar. Aquí vemos a compañeros del glorioso Ejército de Nicaragua, que están presentes, y yo espero que él, que además de miembro del Ejército es abogado,

768 el día de mañana no se vaya a afrentar de su colega abogado, porque también es dignamente miembro del Ejército, Doctor Núñez. Es un irrespeto al país, a los abogados, al Ejército, y a la Nicaragua del nuevo milenio; hay personas que se quedan en anteriores situaciones, y creo que usted está quedándose en el siglo pasado, o quiere hacer politiquería en esta elección. Es por eso que dignamente y con orgullo presento al Doctor Rafael Solís, para que sea electo Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a secundar esto. Honorable Diputado Nelson Artola Escobar, tiene la palabra. Le ruego ser concreto y conciso. DIPUTADO NELSON ARTOLA ESCOBAR: Gracias, señor Presidente. Quiero secundar la propuesta que ha hecho el colega Diputado Edwin Castro, de proponer al Doctor Rafael Solís para el cargo de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Señor Presidente, en el uso de la naturaleza que tiene este Parlamento, que debate políticamente las ideas, las posiciones, permítame decirle al Diputado solitario Eliseo Núñez, que esa táctica que el utiliza ya es ampliamente conocida aquí en el Parlamento, de atacar a grandes personalidades, a hombres probos, para buscar como figurar en los medios de comunicación social de este país. Como no tiene partido, no tiene bases en el partido que dice estar construyendo, entonces la mejor manera de hacer presencia como figura política es atacar a gente de mucho prestigio en Nicaragua, como es el caso que hoy estamos tratando, del Doctor Rafael Solís. Yo creo que ese desnutrido pensamiento político, no pega, y la gente lo ubica justamente en el ámbito primitivista, ya que en Nicaragua estamos avanzando, efectivamente estamos avanzando, y yo creo que a la gente hay que demostrarle con acciones, con obras, con hechos, quién es quién en este país. Pero no vengamos a hacer politiquería barata aquí, atacando a hombres que van a dar mucho por Nicaragua, para buscar cómo salir ahí en algún espacio de los medios de comunicación; esa táctica ya la conocemos nosotros aquí. Yo creo que en este juego electoral, con esa táctica ya conocida del solitario Eliseo Núñez, estoy absolutamente seguro que en este juego político y este juego de la campaña electoral, en el cual él está metido ya, no llega ni siquiera a primera, ¿cuándo va a llegar a "home"? Esa es la realidad.

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Pero bien, déjeme decirle, estimado Presidente y estimados colegas, dos elementos vitales en la personalidad del Doctor Rafael Solís. ¿Quién puede dudar en este Parlamento que la subordinación de los gobernantes y gobernados al imperio de la ley -que es la que marca el verdadero Estado de Derecho- no va a salir ganando con una candidatura como la del Doctor Rafael Solís?, un hombre experimentado por más de veinticinco años en asuntos constitucionales en este país; aquí gana también el Derecho Constitucional, que es la principal rama del ordenamiento jurídico de Nicaragua y de cualquier país. Yo creo que eso es lo que le duele a algunos y por eso atacan, porque no aceptan -hasta por celos profesionales- que gente joven, lucida, brillante, figure en un órgano de esta naturaleza para impartir imparcialmente justicia, administrando la ley en favor de los intereses de la Nación. Esa es la gran realidad, y por esas realidades, además de que es un profesional probo el Doctor Rafael Solís, es que yo considero justo, necesario para Nicaragua, para esa Corte Suprema de Justicia, el ingreso de un hombre, de un jurista con más de veinticinco años de experiencia, de la talla del Doctor Rafael

769 Solís; y pido a los honorables colegas que le demos ese voto de confianza a una personalidad gue le va a ayudar mucho a Nicaragua. Muchísimas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez, le suplicamos también sea conciso y concrete. DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ: Muchas gracias, señor Presidente. Diputado Eliseo Núñez, quisiera retractarme de algo. No es que usted no lea, es que usted no quiere entender, esa es la verdad. Si usted lee el artículo constitucional que está planteando, en ninguna parte del inciso 7) del artículo 138 se establece que sea necesario dictaminar un tema como este,- por favor, no nos llamemos a engaño. Por otro lado, yo quisiera restar cualquier tipo de mérito, cualquier tipo de importancia al exabrupto que usted hizo en contra del glorioso Ejército Nacional de Nicaragua; las cosas se toman de donde vienen, y por lo tanto no hay que tomarle el más mínimo nivel de importancia. Si es importante, honorables Diputados, dejarles claro que en el planteamiento que hizo Eliseo a este Plenario, leyó entrelineas para su conveniencia politiquera personal. Porque definitivamente aquí debemos dejar claro que además de todos los elementos que constituyen la capacidad jurídica y la honorabilidad de Rafael Solís, fue Primer Secretario de esta Asamblea Nacional y administrador de esta Asamblea Nacional; constituyentista en el 85, un hombre con mucha capacidad. Por lo tanto, honorables Diputados, con toda la experiencia, la capacidad, la probidad y el profesionalismo, planteamientos como los del Diputado Eliseo Núñez definitivamente no deberían ser tomados en cuenta,- y es una lástima, porque ojalá y que se pudiera en el Diario de Debates, por improcedente, testar ese tipo de argumentos como los tuyos, Eliseo. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bueno, suficientemente discutido. Ya secundaron toda la postulación. Vamos a someter a votación ya esta elección. Por favor, honorables Diputados, está abierta la votación, ocupen sus asientos y hagan uso de sus derechos. Está abierta la votación. Sigue abierta la votación. Se va a cerrar, por favor, hagan uso de sus derechos. Estamos cerrando. Se cierra. El resultado es el siguiente: 57 votos a favor, 4 en contra, 2 abstenciones. Queda elegido Magistrado Propietario de

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la Corte Suprema de Justicia, el Doctor Rafael Solís. Vamos a tomarles el juramento y a darles posesiones. Por favor, pueden acercarse un poco.

770 Levanten la mano derecha: ¿PROMETEIS SOLEMNEMENTE ANTE BIOS, LA PATRIA, NUESTROS HEROES NACIONALES Y POR VUESTRO HONOR, RESPETAR LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES, LOS DERECHOS Y LAS LIBERTADES DEL PUEBLO, Y CUMPLIR FIELMENTE Y A CONCIENCIA LOS DEBERES DEL CARGO QUE SE OS HA CONFERIDO? Sí, prometemos. Si así lo hiciéreis, la Patria os premie, y si no, ella os haga responsables. SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Acta N°36 En la ciudad de Managua, a la una y cuarenta y cinco minutos de la tarde del veinte de Marzo del año dos mil, presentes en la Primera Sesión Ordinaria de la Décima Sexta Legislatura, ante el Presidente de la Asamblea Nacional, Doctor Iván Escobar Fornos y el Secretario que autoriza, Doctor Pedro Joaquín Ríos Castellón, los Doctores: Guillermo Selva Argüello, Armengol Cuadra López, Carlos Guerra Gallardo y Rafael Solís Cerda, con el objeto de tomar posesión de los cargos de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia para el que fueron electos y dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 8, numeral 2) de la Ley de Reforma Parcial a la Constitución Política de la República de Nicaragua y la Ley 33-01, y con el brazo derecho en alto, el Presidente les expresó: "¿Prometéis solemnemente ante Dios, la Patria, nuestros Héroes Nacionales y por vuestro honor, respetar la Constitución y las leyes, los derechos y las libertades del pueblo, y cumplir fielmente y a conciencia los deberes del cargo que se os ha conferido?" Y respondiendo: "Sí, prometemos", les reprodujo: "Si así lo hiciéreis, la Patria os premie, y si no, ella os haga responsables", dándoles posesión de sus cargos para el que fueron electos. En fe de lo cual se suscribe la presente Acta, tomando posesión los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se suspende la Sesión, y se les enviará oportunamente un telegrama para una nueva convocatoria.

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771 CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO UNO DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA MARTES VEINTIOCHO DE MARZO DEL AÑO 2000, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (DECIMOSEXTA LEGISLATURA). PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le suplica a los honorables Diputados y a los miembros de la Junta Directiva, que ocupen sus respectivos asientos. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN: JOSÉ RENÉ ARÁUZ LÓPEZ NELSON ARTOLA ESCOBAR BAYARDO ARCE CASTAÑO ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN ALCALÁ BLANDON CRUZ MARÍA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA JOSÉ ERNESTO BRAVO MORENO EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON MIGUEL ANGEL CASCO GONZÁLEZ RÓGER CASTELLON ORUE ANGELES CASTELLON CASTRO FELIX HERNAN CASTILLO FLORES EDWIN CASTRO RIVERA LEONIDAS NICOLAS CENTENO RIVERA ALVARO IVÁN ESCOBAR FORNOS FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS JOSÉ MANUEL ESPINOZA CANTILLANO LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA CARLOS ALBERTO FONSECA TERAN FRANCISCO HERIBERTO GADEA MANTILLA SERGIO DE JESÚS GARCÍA PINELL FRANCISCO JOSÉ GARCÍA SARAVIA WÁLMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO SALVADOR HERNÁNDEZ GUILLEN ALBERTO FRANCISCO JARQUÍN SAENZ REYNALDO LAGUNA MAIRENA MARIO JOSÉ LIZANO GUTIÉRREZ AUGUSTO CÉSAR LÓPEZ GONZÁLEZ EDUARDO JOSÉ LÓPEZ MEZA ARMANDO ISIDORO LÓPEZ PRADO EMILIO JOSÉ MARQUEZ ACUÑA JORGE ALBERTO MARTÍNEZ GONZÁLEZ LOMBARDO MARTÍNEZ CABEZAS FRANCISCO JOSÉ MARTÍNEZ LARIOS PEDRO PABLO MARTÍNEZ TÉLLEZ PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZÁLEZ WILLIAM MEJÍA FERRETI ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ VÍCTOR MANUEL MIRANDA VARGAS OSCAR MONCADA REYES LILIAN ANTONIA MORALES TABORA LEOPOLDO SALOME NAVARRO BERMÚDEZ CARLOS WILFREDO NAVARRO MOREIRA RAMÓN ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ JOSÉ DANIEL ORTEGA SAAVEDRA GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA LEONEL PANTIN WILSON

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NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA PEDRO JOAQUIN RÍOS CASTELLON ANGELA DEL ROSARIO RÍOS PEREZ ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON EDUARDO JOSÉ RIZO LÓPEZ MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO GUADALUPE DOLORES SÁNCHEZ BLANDON JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ SANTANA

772 NATHÁN JORGE SEVILLA GÓMEZ PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON EDNA ADELA STUBBERT FLORES JOSÉ DAMICIS SIRIAS VARGAS VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE VÍCTOR HUGO TINOCO FONSECA ISMAEL JOSÉ TORRES CALERO LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA HENRY URCUYO MALEAÑOS MARTHA HERIBERTA VALLE VALLE DAMASO VARGAS LOAISIGA SAUL ZAMORA DICARIO 70 Diputados presentes; quórum legal. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a continuar la Sesión, y pueden tomar su Adéndum No. 2, que ahí vamos a continuar con la Ley de Patentes de Invención. Vamos a presentar mejor las leyes, para continuar después; hay unas leyes y decretos ahí que están pendientes. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN: ADÉNDUM NO. 9: IV. PRESENTACIÓN DE LEYES: 4.23 SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: IV. PRESENTACIÓN DE LEYES: 4.23 DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIENDA AL CONVENIO DE

PRÉSTAMO NÚMERO... PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasamos al Adéndum No. 10, nuevamente, es que estamos ordenando aquí todo. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: ADÉNDUM NO.10: I. PUNTO ESPECIAL: 1.6 RATIFICACIÓN DEL ACUERDO PRESIDENCIAL N°92-2000, EN EL QUE SE NOMBRA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y DE OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS.

Managua, 2 de Marzo del 2000

Doctor Pedro Joaquín Ríos Castellón. Primer Secretario Asamblea Nacional Su Despacho. Señor Secretario: De acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, estoy remitiéndole adjunto a la presente el Acuerdo N° 92-2000 del 2 de Marzo del corriente año, en que se nombran a los miembros del Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, para la correspondiente ratificación de esa Honorable Asamblea Nacional.

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Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

773

Atentamente,

ARNOLDO ALEMÁN LACAYO

Presidente de la República de Nicaragua

ACUERDO PRESIDENCIAL N° 92-2000

El Presidente de la República de Nicaragua, En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA: Arto. 1 De acuerdo a los artículos 5 y 31 de la Ley N° 316, publicada en La Gaceta, Diario Oficial

N° 196 del 14 de Octubre de 1999, nómbranse miembros del Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, cuyo período finaliza en la fecha establecida en el presente Acuerdo, a las siguientes personas:

PROPIETARIOS SUPLENTES PERÍODO Ing: Gabriel Pasos Lacayo Dr. Danilo Machado 30-06-04 Lic. Frank Arana Icaza Gilberto Arnoldo Argüello Talavera 30-06 -04 Roberto Solórzano Chacón Víctor Gómez Vanegas 30- 06 -04 Antenor Rosales Bolaños José Luis Villavicencio 09-01-02 Arto. 2 El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta,

Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el dos de Marzo del año dos mil.

ARNOLDO ALEMÁN LACAYO Presidente de la República de Nicaragua

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Come esta es una ratificación, de acuerdo con la ley esto no es necesario mandarlo a una Comisión, sino que es un nombramiento que viene a su ratificación. Vamos a someterlo a discusión y a votación. No hay nadie inscrito. Se abre la votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar la votación. Están votando todavía. Se cierra. El resultado es el siguiente: 62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda ratificado el nombramiento de estos funcionarios. Vamos a continuar con la siguiente ratificación. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

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774

Managua, 16 de Marzo del 2000

Doctor Pedro Joaquín Ríos Castellón Primer Secretario Asamblea Nacional Su Despacho. Señor Secretario: De acuerdo a lo establecido en el artículo 15 de la Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N° 197 de 15 de Octubre de 1999, adjunto a la presente estoy remitiéndole el Acuerdo N° 115-2000 de 15 de Marzo del corriente año, en que se nombran a los miembros del Consejo Directivo del Banco Central, para su ratificación por esa Honorable Asamblea Nacional. Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

Atentamente,

ARNOLDO ALEMÁN LACAYO Presidente de la República de Nicaragua

ACUERDO PRESIDENCIAL N° 115-2000

El Presidente de la República de Nicaragua

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Arto. 1 De acuerdo a los artículos 15 y 62 de la Ley N° 317, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°

197 del 15 de Octubre de 1999, nómbranse miembros del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, cuyo período finaliza en la fecha establecida en el presente Acuerdo, a las siguientes personas:

PROPIETARIOS PERÍODO QUE VENCE

Sr. Ricardo Parrales Sánchez 30-06-04 Gilberto Cuadra 30-06-04 Benjamín Lanzas S. 30- 06-04 Silvio Conrado Gómez 09-01-02

Arto. 2 El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta,

Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el quince de Marzo del año dos mil.

ARNOLDO ALEMÁN LACAYO Presidente de la Republica de Nicaragua

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Está abierta la votación.

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775 Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 63 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención. Queda ratificado el Acuerdo de nombramiento de estos funcionarios del Banco Central. Vamos a continuar desarrollando la Orden del Día, en el mismo Adéndum. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Siempre en el Adéndum No. 10: III. PRESENTACIÓN DE PERSONALIDADES JURÍDICAS: 3.78.

Managua, 24 de Febrero de 2000

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Doctor IVÁN ESCOBAR FORNOS Presidente ASAMBLEA NACIONAL Su Despacho. Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Arto. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley N° 147 "Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro", presentamos la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación "VIDA CREATIVA", Asociación civil sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública número diez (10) otorgada ante los oficios notariales del Doctor Domingo Santiago Calderón Chévez, en la ciudad de León, a las ocho de la mañana del día dos de Febrero del año 2000. La Asociación Civil sin fines de lucro, tendrá como objetivos y fines: a. Contribuir al desarrollo socioeconómico integral y sostenible de la Población del Municipio de Telica y demás

Municipios del Departamento de León y del país. b. Trabajar conjuntamente con los diferentes entes del Gobierno local, central, así como con los

Organismos No Gubernamentales, populares, sociedad civil, privadas del Municipio y Departamentos del país y del exterior.

c. Apoyar en la capacitación, formulación, presentación, ejecución y evaluación de proyectos

socioeconómicos integrales y sostenibles gue eleven el nivel productivo, economía familiar, educativa y cultural, así como los niveles de salud mental y ambiental del Municipio, Departamento y país.

d. Promover los espacios necesarios con quien sea y donde sea, que permitan acceder a los recursos

financieros, materiales, técnicos y humanos para elevar los niveles de salud, educación, economía familiar y ambiental de forma integral.

e. Promover la participación de la comunidad en la solución de sus principales problemas, que no le

permiten salir de la vulnerabilidad en que se encuentra, tales como salud, educación, medio ambiente, salud mental y ambiental, economía familiar, sea esta como gestión u autogestión.

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776 f. Elaborar, gestionar, ejecutar y evaluar proyectos de desarrollo socioeconómico integral y sostenible en

coordinación con el Gobierno Municipal, Instituciones del Gobierno Central, Organismos No Gubernamentales, Privados y Sociedad Civil que tengan objetivos similares, llevando así alternativas de financiamiento a pequeños y medianos productores: agrícolas, ganaderos, avícolas, apicultores, artesanos, industriales, comerciantes, etc., mejorando así su economía familiar, elevándola hasta el nivel de desarrollo integral y sostenible.

g. Servir de enlace entre las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, nacionales y extranjeras, con la

comunidad, que permitan crear hermanamientos y solidaridad con los Gobiernos Municipales Nacionales y Organismos Populares Sociales y Gremiales, siempre en función del desarrollo económico, integral y sostenible.

León, 24 de Febrero del año 2000. Víctor Hugo Tinoco José González Picado Diputado Diputado Asamblea Nacional Asamblea Nacional 3.79 FUNDACIÓN DOCTOR EDUARDO PEREZ-VALLE. 3.80 ASOCIACIÓN MUJERES PROFESIONALES AL SERVICIO DE LA EDUCACIÓN

(AMPROSE). 3.81 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO (ASODECOM). 3.82 ASOCIACIÓN FONDO DE DESARROLLO PARA LA MUJER-CENZONTLE

(FODEM-CENZONTLE). 3.83 ASOCIACIÓN CÁMARA DE EMPRESAS MÉDICAS PREVISIONALES (CEMP'S). 3.84 ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTES REY DE REYES Y SEÑOR DE SEÑORES. 3.85 ASOCIACIÓN CONFIA, ONG DE FINANCIAMIENTO Y ASISTENCIA TÉCNICA

(CONFIATE). 3.86 ASOCIACIÓN CONFRATERNIDAD NICARAGÜENSES. 3.87 ASOCIACIÓN MOVIMIENTO PENA DE HOREB PENTECOSTAL. 3.88 ASOCIACIÓN IGLESIA MISIONERA BELEN. 3.89 ASOCIACIÓN UNIÓN NACIONAL DE PASTORES AMOR Y FE (UNPAF). 3.90 ASOCIACIÓN INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE LA FAMILIA (INDEFAM). 3.91 ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE PROGRAMAS PARA EL DESARROLLO RURAL. 3.92 ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO (ASOD.IN). 3.93 ASOCIACIÓN CONCILIO INTERNACIONAL DE PENTECOSTALES DE JESUSCRITO

EN NICARAGUA. 3.94 ASOCIACIÓN MINISTERIO MISIONERO PENTECOSTAL NICARAGÜENSE. 3.95 FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA JUVENTUD

NICARAGÜENSE (FUDENIC).

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777 3.96 ASOCIACIÓN CRISTIANA DIVINA PROVIDENCIA. 3.97 ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE SEMILLA DE LA CONCEPCIÓN, MASAYA

(PRODUCTORES DE SEMILLA). 3.98 ASOCIACIÓN DE ARTISTAS DE NICARAGUA. "RAFAEL GASTON PÉREZ". 3.99 ASOCIACIÓN DEPORTIVA NICARAGÜENSE PARA NIÑOS DESPOSEIDOS

(ADENPANDE) ROBERTO CLEMENTE IN MEMORIAM. 3.100 ASOCIACIÓN DE ACCIÓN COMUNITARIA Y ESFUERZO "ACADE". 3.101 FUNDACIÓN JÓVENES DEL FUTURO PARA SU DESARROLLO EDUCACIONAL

SOCIAL SOSTENIBLE (FUNJOFUDESS). 3.102 FUNDACIÓN REGIONAL CARLOS ALONSO GARCÍA (FUNJURECA). PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasan a la Comisión de Gobernación para su debido dictamen. Rita, tiene la palabra. DIPUTADA RITA FLETES ZAMORA: Gracias, señor Presidente. Quiero alertar a la honorable Junta Directiva de esta Asamblea y a los miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, específicamente con la presentación de personalidades jurídicas en el punto 3.83, donde dice ASOCIACIÓN CÁMARA DE EMPRESAS MÉDICAS PREVISIONALES. Señor Presidente, las clínicas médicas previsionales en este país, son clínicas privadas con fines de lucro, por esto yo" quiero aclarar y alertar a esta honorable Asamblea, para que se saque de esta lista y que se declare nulo, porque estas clínicas médicas previsionales son con fines de lucro. Si fuesen a revertirse todos los beneficios de una asociación en mejorar la calidad, la atención médica para los asegurados, pero como son privadas, la asociación tiene fines que todos nosotros y nosotras ya sabemos. De manera que tomando en cuenta que el Ministerio de Salud, la legislación en salud es una legislación coyuntural, la que ha dictado medidas que fueron presentadas a las necesidades de normas determinadas y de situaciones sanitarias, algunas leyes han perdido aplicabilidad con el paso de los años y otras han sido derogadas con leyes posteriores, en cambio la mayoría se encuentra en estudio, constituyendo una legislación dispersa, no articulada entre sí. Lo que quiero decir, honorables Diputados, es que el Ministerio de Salud, por carecer de un marco jurídico -no tenemos una Ley General de Salud- hasta ahora se formó la Comisión Técnica, en el mes pasado, y ya se está discutiendo en el Comité Técnico de esta Asamblea. Por esas razones nosotros no podemos legalizar lo que no está legalizado; y discúlpenme la redundancia, pero las clínicas médicas previsionales son ilegales. De manera que todos aquí sabemos que las clínicas médicas previsionales son ilegales, y nosotros no les podemos dar legalidad con la conformación de la Asociación Cámara de Empresas Médicas Previsionales, cuando todos sabemos que las asociaciones son sujetas de exoneraciones por parte de las entidades fiscales. Por lo tanto, yo pido a la honorable Junta Directiva y a los miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, y los alertamos ante esta Asociación, porque si aquí se viniera a mejorar la calidad en la atención en las clínicas médicas previsionales, pero aquí se les paga a estas clínicas médicas previsionales. Si aquí, con la conformación de la Asociación se fuese a beneficiar a todos

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778 los trabajadores, multiplicando esto en mejoría en la calidad de la atención para todos. Y ahora que está en boga el trasplante de riñones en este país, yo les pregunto a ustedes: ¿Tendrá acceso un trabajador de Nicaragua a un trasplante de riñones? De manera que yo lo dejo esto a ustedes, y los alerto en esta Asociación Cámara de Empresas Médicas Previsionales. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Con todo respeto al criterio de Rita, pero no la podemos suprimir ahora, tiene que ser enviada a Comisión, ahora no podemos hacerlo; que la Comisión se encargue de analizar la trascendencia de esto. Tiene la palabra el honorable Diputado Edwin Castro. DIPUTADO EDWIN CASTRO: Gracias, señor Presidente. Con todo respeto, no estoy de acuerdo con su análisis. Siguiendo el procedimiento de ley, cuando algo está mal presentado, corresponde a este Plenario rechazar dicha presentación. Es decir, no necesariamente tiene que ir a Comisión. Estamos en un caso claro de violación al concepto y al principio de lo que es una Asociación sin fines de lucro. Es más, señor Presidente, aquí tenemos un precedente, ya rechazamos en este Plenario, en esta honorable Asamblea Nacional, la Asociación de Empresas de Zonas Francas; y la rechazamos precisamente porque dijimos que como es que íbamos a aprobar como una Asociación sin fines de lucro, una asociación de empresas, que por principio son de lucro; y me acuerdo que el Licenciado Márquez muy bien argumentó en ese momento, y esta honorable Asamblea, por unanimidad rechazó la Asociación de Empresas de Zonas Francas. Estamos en un caso similar, es una Asociación de Empresas Medicas Previsionales. Desde el momento en que son empresas, tienen lucro y tienen fines de lucro; por tanto no cabe ni siquiera mandarla a Comisión, señor Presidente. Mi posición, y correctamente de acuerdo al Reglamento, es que se excluya de la presentación dicha Asociación. Muchísimas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Noel Pereira Majano. DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO: Gracias, señor Presidente. Realmente en el orden que el país se organice y no caer en pendientes que vengan a debilitar más la estructura del Estado, como sucede en la incidencia de ciertas asociaciones, es importante que la Comisión de Gobernación reciba el mensaje, que debía de haberlo recibido desde hace mucho tiempo. Estamos debilitando a propósito al Estado,- precisamente estamos creando asociaciones que tienen ese sentido. Nosotros encontramos aquí, en la primera Asociación que se ha leído, en la presentación de personalidades jurídicas, que es la VIDA CREATIVA. En esta Asociación vemos nosotros completamente cuál es su proyección: es una daga que se le está metiendo realmente en el corazón a la estructura democrática del Estado. La letra g, donde se establece que tendrá los objetivos siguientes, al final, dice: "Servir de enlace entre las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, nacionales y extranjeras, con la comunidad, que permitan crear hermanamientos y solidaridad con

779 los Gobiernos Municipales Nacionales y Organismos Populares Sociales y Gremiales, siempre en función del desarrollo económico, integral y sostenible". Aquí nosotros nos estamos dando cuenta que están sacando verdaderamente de la órbita que debe tener el poder tutelar del Estado, para vigilar y encontrar una forma organizada para que estas asociaciones no vengan a hacer desaparecer el Estado. Y sigue en el desorden actual, la influencia que recibió la juventud en la época de humillación de

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nuestros valores, consecuencia por la cual este Estado que está emergiendo a la vida democrática debe mantener la estructura. Y llamo la atención a la Comisión de Gobernación y a esta augusta Asamblea, para que en todo momento sepa mantener esa vigilancia que requieren las organizaciones nuevas de personalidad jurídica. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Emilio Márquez Acuña. DIPUTADO EMILIO MARQUEZ ACUÑA: Gracias, Presidente. Es que yo quiero también sumarme a objetar y pedir que se declare improcedente desde este instante la solicitud de personería jurídica de la Asociación Cámara de Empresas Médicas Previsionales. Y bien lo decía el honorable colega, Edwin Castro, que yo me opuse porque tenía mis sobradas razones, y esta vez con mucha más razón. Estas empresas médicas previsionales, ya no son provisionales, ya se hicieron eternas y son verdaderos mercaderes, son verdaderos negocios lucrativos; no es nada que no sea lucrativo, como lo dice en su constitución y en sus estatutos, y tengo muchos ejemplos. Estas empresas deberían de ser más bien cerradas,- pero también tratan de ser intermediarias en una función del Estado. El Seguro Social lo han desbaratado, delegando en estas empresas que son un verdadero atentado contra la salud de los asegurados. Digo atentado, porque los médicos con los empresarios se ponen de acuerdo para no dar más que los tres famosos días de carencia que dice la ley; cuando un trabajador es intervenido quirúrgicamente o está en un estado patológico sumamente grave, entonces le dan estos tres días de carencia, que no son pagados ni por el empleador, ni por el Seguro Social. Estas empresas médicas, por cada paciente que miran, el Estado les garantiza una cantidad de dinero a través de un convenio. Quiero pedirles que miren este comunicado, donde una trabajadora de la Empresa Nabisco y el Sindicato denuncian como a una trabajadora que fue operada, se le hizo una cirugía y el médico de Monte España le dio de reposo nada más tres días, le dio de alta y la mandó a trabajar. Le dio martes, miércoles y jueves; viernes, sábado y domingo quedó en la indefensión, desprotegida. El lunes que se presentó a trabajar, con esa herida que por supuesto está abierta y expuesta a la contaminación, la señora que es una obrera, una empacadora que pasa casi doce horas de pie, se contaminó efectivamente, fue de nuevo y le volvieron a dar tres días de carencia por otras causas, porque llevaba fiebre. Le están robando a los trabajadores allí. Y yo fui personalmente donde el señor Director, un señor español que se llama Juan Carlos Avendaña, y con lujo de soberbia casi me voló la puerta. Llegué y me identifiqué, le dije que yo era el asesor de ese Sindicato, y que yo soy también el Secretario General de la Confederación de Acción de Unidad Sindical (CAUS), y ese tipo es el director. Cómo tratará al obrero humilde que llega allí a pedir, porque quiere que le lleguen a pedir; y no tiene por qué llegar a pedir el trabajador si para eso paga su cotización. Y así también hacen el gran negocio

780 con la famosa lista básica de medicamentos, donde les recetan aspirinas, alumín, acetaminofén; pero el medicamento que lo va a curar no está en la lista básica famosa. Y es que el Seguro Social, desde los años 79 en adelante fue destruido; se desaparecieron los hospitales de los trabajadores asegurados; se creó el Sistema Único de Salud, y el Sistema Único de Salud absorbió el Seguro Social; se perdieron las clínicas de especialidades. ¿Dónde está el hospital del Seguro Social de León? ¿Dónde está el Hospital del Seguro Social de Managua? ¿Dónde están la Clínica Oriental y la Clínica Occidental? ¿Dónde están las clínicas en Corinto, en León, en Chinandega, en Siuna, en Bonanza, en Rosita? Se desaparecieron, y entonces aplicaron el igualitarismo vulgar, y es ahí donde aparece también inventada la lista básica. Y después llega el Ministro Reynaldo Antonio Téfel y lo acaba de enterrar; llega Simeón Rizo a aplicar -ya en el 90- el famoso sistema chileno, una copia al carbón, e inventa las famosas empresas médicas previsionales. Y ahora se quieren poner otro camuflaje, ahora se quieren consolidar, ahora le quieren arrebatar al Estado también su obligación, su responsabilidad de velar porque este Seguro Social sea de verdad y no sea un impuesto más para los asalariados.

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Este comunicado, permítanme por favor, quiero leérselos: "La Junta Directiva del Sindicato SINTRANABISCO, hace saber a todos los trabajadores de la Empresa, que en días recientes hemos realizado gestiones ante el Director del Hospital Monte España para que se nos mejore la atención de Seguridad Social, y todo ha sido en vano, al extremo que el día viernes, 11 de Febrero del presente año, visitamos su propio despacho para exponerle una serie de anomalías. Sin embargo nos recibió y nos atendió con lujo de prepotencia y altanería, cuando le planteamos el caso de una compañera que fue operada y el médico que la atendió sólo le dio tres días de reposo, los famosos tres días de carencia se los dio a partir del miércoles 2 al viernes 4 de Febrero, dejándola en indefensión sábado y domingo, y le volvió a librar otra orden de reposo a partir del 7 de Febrero. Como puede observarse, hay un vacío que no cubre el sábado ni el domingo. El Hospital Monte España está operando en función de lucro y negocio con la enfermedad de los trabajadores, no tiene ninguna sensibilidad humana, más bien pareciera -como lo vimos y lo sentimos- que le llegamos a pedir. La verdad, los que le pagamos somos nosotros junto con el empleador, para que ellos vivan bien y con buena salud. Por éstas y muchas razones es que les llamamos a todos los que están afiliados a este Hospital Monte España, a desafiliarse, y permítannos a nosotros negociar en paquete y en bloque con otras empresas médicas que nos den además de los beneficios que otorga el INSS, otros beneficios. No siga usted, trabajador o trabajadora, firmando contratos individuales, porque así perdemos muchos beneficios; no sigamos engordando al Doctor Juan Carlos Avendaña. Junta Directiva Sindicato SITRANABISCO. Secretaría de Prensa y Propaganda". Si lo quieren reproducir, pues lo vamos a reproducir más. Señor Presidente, para concluir, si esto es así, que no están asociadas y están tratando muy mal a los trabajadores, pues yo creo que no es posible que nosotros aquí le demos la bendición a una Asociación que deja mucho que desear. Quiero pedirle, señor Presidente, facultado en el Estatuto y en el Reglamento... ¿me quiere escuchar el señor Secretario y el señor Presidente? Noelito... Don Noel Delgado, permítame caballero, por favor. Quiero concluir, señor Presidente, solicítandole que como cualquier otro proyecto de ley... es decir, aquí el Pleno tiene la facultad

781 para admitir o rechazar. Yo le pido a usted que lo someta a votación, que si ésta se admite, sea admitida y hasta entonces puede ir a Comisión. De tal manera que yo le ruego, Presidente, que lo someta a votación. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Yo sólo quiero leer un parrafito chiquito de la Constitución: "Todas las iniciativas de ley presentadas, una vez leídas ante el Plenario de la Asamblea Nacional, pasarán directamente a Comisión". No hay consideraciones previas, como era en el sistema anterior a la reforma de esta Constitución. Yo no les estoy negando ninguna de sus razones que tengan, pueden ser muy válidas; eso es asunto de la Comisión. Vamos a terminar con Lombardo Martínez. Tiene la palabra el honorable Diputado Omar Cabezas. DIPUTADO OMAR CABEZAS: Gracias, Presidente. Al igual que el colega Castro, y apoyándome en lo que decía el Doctor Pereira Majano, nosotros creemos que efectivamente hay que ir ordenando cada vez más el país, el Estado, la sociedad, etc., y coincide en que esta labor de ordenamiento y de regulación es propia del trabajo legislativo, somos los Diputados los que tenemos que hacer las leyes para ir ordenando cada vez mejor el Estado y la sociedad. Efectivamente nosotros tenemos, colegas de

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todas las bancadas, una ley de otorgamiento de personas jurídicas que por definición son instituciones sin fines de lucro, con unos grandes vacíos y una ley totalmente contradictoria, tiene vacíos, hay cosas que le hacen falta. Por un lado es una ley muy estrecha, y por otro lado es una ley con contradicciones. Si ustedes se fijan, en nombre de esta ley es que se creó en la década de los 90, la Ley de Asociaciones de Bancos Privados, y la Asociación de Bancos Privados es una Asociación sin fines de lucro, Claro, no obstante, ¿qué es lo que se discute en esta Asociación de Bancos Privados? Bueno, pues se discuten los problemas que tienen los bancos, se discute la problemática bancaria. Es decir, la Asociación que se forma no tiene fines de lucro, no obstante los que están en la Asociación, sí tienen fines de lucro y actúan para proteger sus asociaciones. ¿Esto es ilícito? No; no es ilícito. ¿Es impropio? No; no es impropio. ¿Es indebido? No es indebido. Pero no es lo mismo una asociación de comerciantes -porque también hay Asociación de Comerciantes del Mercado Roberto Huembes-; no es lo mismo eso, por ejemplo, que el Club de Leones o que el Club Rotario,- no es lo mismo esa Asociación, que la Asociación que forma alguna gente filántropa para hacer el bien y causas benéficas; como tampoco son lo mismo las asociaciones que forman un grupo de vecinos para trabajar por el desarrollo... (Hombre, tengan más respeto, por favor, los compañeros de la Mesa Directiva, cuando está hablando la gente. Wálmaro, Castro, tengan más respeto con la gente que habla). Entonces les decía que no es lo mismo un grupo de vecinos que se juntan para trabajar por el desarrollo de su comunidad o el Club de Leones o el Club Rotario, con otras agrupaciones que se forman, otras asociaciones que se forman aquí. Hay que revisar la ley. Por ejemplo las cooperativas que son para el desarrollo, sus personerías jurídicas no pasan por esta Asamblea. ¿Por dónde pasan las personerías jurídicas de las cooperativas? Por el Ministerio del Trabajo. Entonces si ustedes ven, dentro de la sociedad civil hay una gama de organizaciones que tienen distinta naturaleza, 782 class y objetivos, y yo creo que nosotros deberíamos de legislar para que trabajen por su nacimiento. Pero ojo con esta ley -que yo creo que habrá que revisar en su momento- que permite que gente que tiene fines de lucro, venga a formar un ONG para escamotear impuesto y pasar a hacer negocio protegido bajo la tutela que le permite esta ley. Por ejemplo, ahora ya viene la de las clínicas previsionales. ¿La de las clínicas previsionales es para reunirse y ver cómo hacen una clínica previsional gratis? No, no es para eso, es para meter sus Somatones y no pagar impuesto; es para meter ultrasonidos es para meter tecnología y no pagar impuesto. iAh!, si fuera para otra cosa. Pero es que no puede ser para otra cosa, porque el negocio de ellos son las clínicas, además tienen derecho a hacerlo. Pero que en todo caso mandémoslos al Ministerio de Industria y Comercio. ¿Por qué a las cooperativas las mandan al Ministerio del Trabajo? Entonces también mandémoslos a ellos al Ministerio del Trabajo. Conclusión: Me manifiesto en contra de esta personalidad jurídica -ojo, quiero explicarlo bien-, no porque yo crea que los estimables amigos de las clínicas previsionales no tengan derecho a organizarse; ellos tienen derecho a organizarse, y a organizarse para su bien, y también a organizarse para el bien de los demás,-aquí no estamos cuestionando eso. Lo que estamos diciendo es que hay que buscar cuáles son las figuras jurídicas en que se deben organizar los nicaragüenses en distintas asociaciones, porque como sólo tenemos una ley, que es la Ley de Personería Jurídica, aquí viene desde una secta religiosa, que hay miles y miles y miles. Yo creo que sería bueno que la Comisión de Gobernación haga un estudio de todas las que hemos aprobado este año, cuántas son de carácter religioso, que tienen toditito el derecho de organizarse. Pero digo yo: ¿es esta ley y es el carácter de organismo no gubernamental lo mejor? Yo no estoy seguro, creo que deberíamos de buscar asesoría de otros países,-creo que deberíamos de buscar distintas figuras jurídicas donde cada quien se sienta lo mejor posible en el desarrollo de su organización que se quiere dar. Pero no estoy de acuerdo, y con esto concluyo, Presidente, que sólo exista una ley y que sirva para lo más disímil y amplísima de las funciones, porque entonces puede servir no para el desarrollo de la comunidad, no para el bien de la gente, no para cosas positivas para la colectividad, sino que puede servir para facilitar el lucro de varios. Entonces mi planteamiento es sano. Yo creo que todos tienen derecho a organizarse; las clínicas médicas, los religiosos, los leones, las asociaciones de desarrollo comunal de un barrio o de un Municipio, pero démosle a cada uno su personería jurídica, porque en esta ley todos los echamos en el mismo saco y después son las lamentaciones, cuando se distorsionan estos organismos no gubernamentales. Muchas gracias, Presidente.

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PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el honorable Diputado Eliseo Núñez Hernández. DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ: Señor Presidente, gracias por la oportunidad que se nos da para expresarnos. Ya que usted tiene una Agenda que desde el 14 de Enero estamos desarrollando, en la cual están una serie de puntos que deben discutirse y no se han discutido, además que le está cercenando con este procedimiento el derecho a los Diputados a expresarse en los Previos. Además de esto, está haciendo uso de estos mecanismos para estar violentando completamente lo que es el derecho de la ciudadanía a ser defendido por los Diputados en el momento que vaya

783 a discutirse una ley, puesto que usted está saltando de una Agenda a otra Agenda, según su conveniencia y según lo pactado. Si en lo pactado está acorde, y ya están de acuerdo, ya tienen los votos, saltan a un punto, saltan a otro, saltan a la Agenda, y aquí lo que hay es un enorme chorizo, sin que nosotros sepamos cuál es el punto, sin que haya un estudio previo, sin que nosotros podamos invitar para una participación ciudadana. Yo creo que debería de reconsiderar, señor Presidente, esa actitud que ha asumido de violentar los derechos a sus colegas Diputados,- recuerde que usted es un Diputado y está presidiendo la Mesa Directiva circunstancialmente, coyunturalmente, y no fue electo Presidente, por lo tanto tiene los mismos derechos que nosotros tenemos. En cuanto al punto que nos toca de la ley de lo previsional, señor Presidente, estas clínicas previsionales, igual que los bancos privados en Nicaragua fueron decretados de hecho, sin ninguna sustentación jurídica, sin ninguna ley. Creo que el grito ha sido unánime de los Diputados en contra de las clínicas previsionales; por lo tanto es urgente por parte de la Asamblea, por parte de las Comisiones correspondientes, por parte del Ejecutivo, que de realmente una garantía a los ciudadanos de que la salud en Nicaragua va a ser cumplida conforme la Constitución, y por lo tanto tiene que haber un ordenamiento de estas clínicas previsionales. Imagínense que existen sin ningún asidero jurídico; y ahora no solamente les basta existir sin ningún asidero jurídico, sino que quieren venir a protegerse bajo la figura de una Fundación, para poder gozar de todas las exoneraciones que gozan las fundaciones cuando éstas no tienen ánimo de lucro. Las clínicas previsionales en Nicaragua están tan dañadas en su integridad, en su criterio y sobre todo en sus servicios, que en la actualidad solamente asisten a los asegurados en cuanto a los casos de menor relevancia, puesto que los casos de mayor relevancia hacen uso del Sistema Público de Salud, y están remitiendo los casos que ellos no pueden asistir al Sistema de Salud; pero al momento de recibir del INSS las contribuciones, ahí si reciben el total, y no envían al Estado o no envían al Sistema de Salud el correspondiente dinero para poder asistir a los casos que ellos no pueden. Y hoy no podemos admitir aquí que vengan... es más, después de haber sido formadas estas clínicas ilegalmente, que todavía se les de la bondad de una Fundación Señor Presidente, yo estoy en total desacuerdo con que se le otorgue una personería jurídica a las clínicas previsionales, más bien se les debe dar un ordenamiento jurídico, se les debe controlar, se debe dar una ley creadora, porque no pueden continuar así en Nicaragua algunas situaciones de hecho. Y le pido encarecidamente que respete los derechos de todos los demás Diputados, porque todos somos iguales Diputados como usted, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Nosotros hemos adoptado este sistema para poder avanzar; hay momentos en que no se puede avanzar porque no hay consenso. Aquí no hay mayorías aplastantes, tenemos que consensar todos los días y vamos de un punto a otro. Pero lo que me extraña de mi colega Eliseo Núñez... Por favor, ¿me pone atención? Lo que me extraña es que éste es el método que a él le gustaba en su tiempo y ahora no le gusta, y creo que es bueno y yo lo sigo. Cuando usted era nuestro jefe de bancada lo usábamos muy bien, y yo lo sigo usando porque es bueno para toda la Asamblea.

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Yo creo que la Constitución es clara. Aunque el Plenario no puede irse contra los Estatutos ni contra la Constitución, aunque sea Plenario, el Plenario tiene que ajustarse a los Estatutos y a la Constitución. Ya la Corte Suprema ha anulado muchos actos 784 legislativos por no haberse ajustado, porque tiene que ajustarse, tiene que haber un procedimiento para ello. Es verdad que el Plenario tiene la máxima potestad, pero para eso habría que reformar los Estatutos o la Constitución, para proceder en otra forma. Que eso no este clasificado entre las que se consideran Asociaciones sin fines de lucro, bueno, ése es un asunto que le corresponde a la Comisión de Gobernación, que va a decidir serenamente y con un estudio previo,- para eso son las Comisiones, para investigar, para estudiar y para ilustrar al Plenario. Tiene la palabra el honorable Diputado José Bravo Moreno. DIPUTADO JOSÉ BRAVO MORENO: Gracias, señor Presidente. Me parece que lo que decía el Diputado Omar Cabezas hay que tomarlo en serio, creo que es el momento de ordenar aspectos importantes en la legislación nicaragüense. El hecho de que estas clínicas -que nadie duda que son realmente clínicas con objetivos económicos-aparezcan aquí amparadas en un asunto de personería jurídica sin fines de lucro; realmente son de ese tipo de trampas que siempre se han usado. Yo he oído en los últimos tiempos una queja: que algunas personerías jurídicas o algunos organismos no gubernamentales están siendo utilizados con fines partidarios. Yo creo que con una legislación correcta todo eso se puede salvar. Entonces hablar de las clínicas médicas previsionales como organismos no gubernamentales sin fines de lucro, es realmente una falacia. ¿Por qué? Porque realmente al amparo de esto van a haber empresas que van a querer tener exoneración de importación, van a tener exoneración para el equipamiento mismo de las clínicas, cuando van a ser empresas que van a ser prácticamente señor los receptores de una cantidad de cosas que van a estar hasta en el mismo Seguro Social. Creo que es importante, Presidente, colegas Diputados que al ordenar esto nosotros veamos qué es lo que nosotros podemos ir ya poniendo en práctica y dejando una legislación correcta. De tal manera que quitar esta personería jurídica... Lo mismo, hay otras personerías jurídicas que ahí van a ir apareciendo. Hay universidades privadas en este país, que nadie duda que son empresas con fines económicos. ¿Cómo van a estar apareciendo constantemente como organismos no gubernamentales sin fines de lucro? A mí me parece que es importante que nosotros no nos prestemos a este tipo de falacias que con frecuencia ya se están dando. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: El último orador. Honorable Diputado Lombardo Martínez, tiene usted la palabra. DIPUTADO LOMBARDO MARTÍNEZ: Gracias, señor Presidente. Es una lástima que un pensamiento liberal tan claro, como el del Doctor Eliseo Núñez, se pierda en medio de la paranoia, prácticamente el Doctor Eliseo Núñez ha caído en la paranoia del pacto, hasta de alucinaciones creo que es víctima, debido al pacto. Pero yo quiero decirle al Doctor Eliseo Núñez que en todas las democracias consolidadas, los acuerdos políticos entre la mayoría que detenta el poder político y las minorías son viables y son factibles. Nosotros estamos tratando de construir en este país, Doctor Eliseo Núñez, la democracia. Un electrochock político no le llegaría mal, Doctor Eliseo, para reconducirlo otra vez por el

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785 camino de la racionalidad. Señor Presidente, yo quiero señalarle que a propósito el gobierno liberal ha heredado problemas del pasado, enormes problemas del pasado y la ilegalidad se volvió política de Estado, tanto en el gobierno de la década del 80 como en el gobierno del 90 al 96. Estoy de acuerdo que estamos entrando en la fase de readaptar el Estado, de ajustarlo, de darle legitimidad a sus instituciones y obviamente éste es un punto clave con estas empresas médicas provisionales, que al existir un vacío legal no existen los mecanismos de supervisión y de control. Pienso -y esto se lo he comunicado al Doctor Navarro, aquí cerca de mí- que el tema de la Empresa Médica Previsional tiene que ser un tema político de la agenda nuestra del Partido Liberal, obviamente. Concuerdo con el Presidente que por razones de procedimientos tendrá que pasar a la Comisión, la Comisión dictaminará si está de acuerdo o no con el ordenamiento jurídico. Y quiero señalarle que cuando aparecieron estas empresas médicas provisionales, fue producto de que en el pasado se confundió abiertamente seguridad social, es decir, los derechos adquiridos por los cotizantes, con la proteccion social que el Estado tiene que dar. Ese fue uno de los errores cometidos en la decada del 80, cuando se confundio seguridad social con bienestar social. A partir del 90 se crearon estas empresas medicas provisionales, pero sin sustentarse en una base legal; el periodo del 90 al 96 se caracterizo mas bien por un Estado de hecho que por un Estado de Derecho; nosotros los liberales ya heredamos esa situacion . Senor Presidente, tengo una propuesta. Yo creo que la Asamblea deberia ocuparse de este tema de las empresas medicas provisionales a traves de la Comision de Salud, y tambien de la Comision de Asuntos Economicos; que estas comisiones revisen, porque hay mucho descontento en la poblacion, sobre todo que hasta ahora no se han creado mecanismos de supervision y de control, que eso compete a la Asamblea. Estoy de acuerdo, Presidente, que esto tiene que pasar al dictamen de la Comision, estamos claros y le sugiero a usted como maxima autoridad, que forme una Comision que pueda dar seguimiento a la funcionalidad y organizacion de estas empresas medicas provisionales, que seria muy bienvenido desde el punto de vista politico. Y para el colega Nufiez, espero que se recupere lo mas pronto posible de su sindrome paranoico. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Bueno, pasa a la Comisión de Defensa y Gobernación, por favor, que la Comisión le ponga atención a esa Asociación que ha sido tachada de que no es con fines de lucro, para que no haya lugar a dudas de que estamos cumpliendo con la ley. Si eso está de acuerdo con la ley, magnífico, si no, pues, que sea dictaminado en contra, eso dependerá de ustedes y del Plenario. SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLÓN: Siempre en el Adéndum No. 10, el último punto que está en el Adéndum es el 7.3: Iniciativa de ley con trámite de urgencia de la Presidencia de la Republica: LEY DE REFORMA A LA LEY NO. 257 "LEY DE JUSTICIA TRIBUTARIA Y COMERCIAL".

Managua, 17 de Marzo del 2000

Doctor Pedro Joaquín Ríos Castellón Primer Secretario de la Asamblea Nacional Su Despacho

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786 Señor Secretario Adjunto a la presente le remito el Proyecto de Ley de Reforma a la Ley No. 257 "Ley de Justicia Tributaria y Comercial", con su correspondiente Exposición de Motivos. Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Ley, y fundamentado en el párrafo 5 del artículo 141 Cn., solicito se le dé el trámite de urgencia. Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

ARNOLDO ALEMÁN LACAYO Presidente de la República de Nicaragua

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las Elecciones Municipales que se realizarán a nivel nacional en el mes de Noviembre del presente año, demandan una mayor cantidad de gastos adicionales a los ya contemplados en el Presupuesto aprobado por la Asamblea Nacional para el año dos mil. La cantidad de ingresos adicionales demandados es por el orden de los C$ 100 millones de córdobas, que sólo se pueden obtener a través de una reforma al Sistema Tributario de los bienes que se denominan de la industria fiscal, tales como: rones, cervezas, aguardientes, cigarrillos y gaseosas, por ser estos bienes de gran significación fiscal en el aporte de las recaudaciones que realiza la Dirección General de Ingresos. La reforma en el Régimen Tributario de la Industria Fiscal, es el cambio de la base imponible que actualmente es el precio ex-fábrica y pasa a ser el precio de venta al detalle. Esta reforma traerá como beneficio aumentar los ingresos tributarios del presente año en los C$ 100 millones de córdobas, referidos en el párrafo anterior. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Asimismo, para garantizar la recaudación integral de estos bienes, en la Reforma se le otorga facultades a la Dirección General de Ingresos para nombrar como responsable del IGV a estos contribuyentes de la cadena del detallista y minorista, reduciendo de esta forma la evasión fiscal. También se incorpora como parte del Anteproyecto de Ley, aunque no se obtienen ingresos adicionales, la reforma en el sistema tributario de las cooperativas cuyos incentivos fiscales se vencían el 31 de Diciembre del presente año y se prorroga hasta el 31 de Diciembre del 2002. Esta medida forma parte de los Acuerdos suscritos por mi Gobierno con dicho sector, el día 14 de Marzo del presente año. Por la urgencia de contar con estos ingresos adicionales, solicito a los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional, darle el trámite de urgencia a esta iniciativa de conformidad con lo establecido en el párrafo 5 del Artículo 141 Cn. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Ha venido como trámite de urgencia, pero sí la vamos a mandar a la Comisión Económica para que sea dictaminada a más tardar el día viernes de esta semana. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLON: A. 32: LEY DE REGULACIÓN DE TRANSPORTE ESCOLAR. En el mismo

787 adémdum.

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SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Managua, 16 de Marzo del 2000

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Doctor IVÁN ESCOBAR FORNOS Presidente de la Asamblea Nacional Su Despacho. Estimado Doctor: En Nicaragua el uso de vehículos para transporte de escolares, tanto los que tienen sus destinos a sus centros de enseñanza como a otras actividades en el ámbito estudiantil, no se encuentra regulado en nuestra legislación nacional, siendo un tema sensible para la sociedad en general, por cuanto se trata del transporte de estudiantes que son el futuro del país, a los que se les debe garantizar además de un ambiente saludable, la seguridad en los medios de transporte que utilizan para movilizarse o trasladarse a sus diversas actividades. Es común en nuestro país observar la inseguridad que presentan los vehículos que son destinados al transporte escolar, tanto público como privado, poniendo en peligro y riesgo físico a los estudiantes, sin que exista alguna normativa que los controle y de seguimiento al servicio que se presta de parte de los responsables de estas unidades. En este aspecto, algunos países han desarrollado toda una legislación acorde con sus realidades que les han permitido controlar y regular de una manera más efectiva este tipo de transporte; en Nicaragua encontramos únicamente que la Policía de Tránsito establece dentro de las categorías para el otorgamiento de Licencias de Conducir, la de buses de más de 12 pasajeros escolares, cuando en la práctica existen unidades con mayor capacidad o de menor capacidad, en los casos de privados, que prestan este servicio y que necesariamente debe regularse. Tampoco encontramos algún registro o inventario de la cantidad de vehículos dedicados al transporte escolar, así como mecanismos y autoridad responsable de las inspecciones o revisiones periódicas de las unidades, que nos lleve a un ordenamiento eficaz y que permita establecer obligaciones y responsabilidades a los dueños y conductores de este transporte. Por lo antes expuesto, el suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 y 140 de la Constitución Política y en el Artículo 43 y 44 del Estatuto General, somete a consideración del Honorable Plenario la presente iniciativa de ley, denominada "Ley de Regulación del Transporte Escolar", para que se le dé el trámite correspondiente.

Augusto C. López González

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Pasa a la Comisión de Infraestructura para su debido dictamen. SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN:

788 V. DISCUSIÓN DE DICTÁMENES DE PROYECTOS DE LEY PRESENTADOS POR LAS DIFERENTES COMISIONES. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 5.31: DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIENDA AL CONVENIO DE PRÉSTAMO NO. 6020620001 PARA LA REHABILITACIÓN DEL PUERTO DE

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CORINTO, ENTRE EL BANCO DE EXPORTACIÓN IMPORTACIÓN DE LA REPÚBLICA DE CHINA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SOBRE MODIFICACIÓN EN LAS CONDICIONES FINANCIERAS.

DICTAMEN

Managua, 22 de Marzo del 2000. Doctor Iván Escobar Fornos Presidente de la Asamblea Nacional Su Despacho. Estimado Señor Presidente: La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuestos, recibimos el mandato de dictaminar la solicitud de aprobación del PROYECTO DE DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIENDA AL CONTRATO DE PRÉSTAMO 6020620001, SUSCRITA EL 10 DE NOVIEMBRE DE 1999, ENTRE EL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA Y EL EXPORT-IMPORT BANK (EXIMBANK) DE LA REPÚBLICA DE CHINA Y DESTINADO A FINANCIAR EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL PUERTO DE CORINTO SOBRE MODIFICACIÓN EN LAS CONDICIONES FINANCIERAS. La Comisión, en relación con este proyecto de Decreto de Enmienda entre el Export-Import Bank de la República de China y el Banco Central de la República de Nicaragua, ha valorado los siguientes factores: ANTECEDENTES: Que este proyecto de Decreto de Enmienda nace como una solicitud del Banco Central al Gobierno de la República de China, quien aceptó modificar las condiciones financieras del préstamo 6020620001 por un monto que no excede de DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL DÓLARES (US$ 17.200.000.00), suscrito entre el Banco Central de Nicaragua y el Expor-Import Bank de la República de China (EXIMBANK) el 17 de Septiembre de 1998.

NUEVAS CONDICIONES FINANCIERAS PERÍODO DE GRACIA: Se extendió de 5 a 8 años. TASA DE INTERES: Se redujo del 5% anual al 3.5% anual. AMORTIZACIÓN: El pago de la deuda será amortizado por medio de veinticuatro cuotas semestrales de setecientos dieciséis mil seiscientos sesenta y siete dó1ares, pero la última cuota se pagará en el monto del principal de setecientos dieciséis mil seiscientos cincuenta y nueve dólares; la primera de dichas cuotas se adeudará y pagará en la fecha de caducidad a ciento dos meses a partir del 7 de Septiembre de 1998. Los intereses se acumularán en cada anticipo a) desde la fecha en que fue hecho, en virtud del Convenio de Préstamo, hasta la fecha

789 inmediatamente anterior a la fecha de esta primera enmienda, a la tasa del 5% por año y b) desde la fecha de esta primera enmienda hasta el vencimiento de dicho adelanto, a la tasa del tres punto cinco por ciento 3.5% por año. CONSIDERACIONES GENERALES: Estimamos que esta enmienda solamente trae beneficios para la República de Nicaragua, ya que el plazo de gracia se incrementa y se disminuyen los intereses, por lo que consideramos que esta enmienda debe ser ratificada de inmediato por la Asamblea Nacional debido a las condiciones ventajosas del mismo.

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Por tanto, con base en las consideraciones anteriores y que la misma no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua; los suscritos Diputados dictaminamos favorablemente el PROYECTO DE DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIENDA AL CONTRATO DE PRÉSTAMO 6020620001, SUSCRITA EL 10 DE NOVIEMBRE DE 1999 ENTRE EL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA Y EL EXPORT-IMPORT BANK (EXIMBANK) DE LA REPÚBLICA DE CHINA Y DESTINADO A FINANCIAR EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL PUERTO DE CORINTO, SOBRE MODIFICACIÓN EN LAS CONDICIONES FINANCIERAS, por lo que pedimos al Plenario su aprobación respectiva. Anexamos el proyecto de Decreto dictaminado. COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO

OSCAR MONCADA REYES

BAYARDO ARCE CASTAÑO CARLOS HURTADO CABRERA WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO CASTELLON PEDRO JOAQUIN RIOS

DAMICIS SIRIAS VARGAS PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Por favor, honorables Diputados, ocupen sus asientos, está abierta la votación. Se va a cerrar. Se va cerrar la votación, no hay duda de que está la mayoría. Se cierra. El resultado es el siguiente; 71 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado. Continuemos con los otros decretos. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 5.32: DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIENDA AL CONVENIO DE PRÉSTAMO NO.6020620002, DESTINADO A FINANCIAR EL PROYECTO DE "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE RIEGO DE OCCIDENTE", ENTRE EL BANCO DE EXPORTACIÓN, IMPORTACIÓN DE LA REPÚBLICA DE CHINA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SOBRE MODIFICACIÓN EN LAS CONDICIONES FINANCIERAS.

DICTAMEN

790

Managua, 22 de Marzo del 2000. Doctor Iván Escobar Fornos Presidente de la Asamblea Nacional Su Despacho. Estimado Señor Presidente:

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La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibimos el mandato de dictaminar la solicitud de aprobación del PROYECTO DE DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIEMDA AL CONTRATO DE PRÉSTAMO 6020620002, SUSCRITA EL 10 DE NOVIEMBRE DE 1999 ENTRE EL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA Y EL EXPORT-IMPORT BANK (EXIMBANK) DE LA REPÚBLICA DE CHINA Y DESTINADO A FINANCIAR EL PROYECTO DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE RIEGO DE OCCIDENTE, SOBRE MODIFICACIÓN EN LAS CONDICIONES FINANCIERAS. La Comisión, en relación con este proyecto de Decreto de enmienda entre el Export-Import Bank de la República de China y el Banco Central de la República de Nicaragua, ha valorado los siguientes factores:

ANTECEDENTES: Que este proyecto de Decreto de Enmienda nace como una solicitud del Banco Central al Gobierno de la República de China, quien aceptó modificar las condiciones financieras del préstamo 6020620002 por un monto que no exceda de VEINTE MILLONES DOSCIENTOS MIL DÓLARES (US$ 20.200.000.00), suscrito entre el Banco Central de Nicaragua y el Export-Import Bank de la República de China (EXIMBANK) el 17 de Septiembre de 1998.

NUEVAS CONDICIONES FINANCIERAS PERIODO DE GRACIA: Se extendió de 5 a 8 años TASA DE INTERES: Se redujo del 4.5% anual al 3.5 anual. AMORTIZACIÓN: El pago de la deuda será amortizado por medio de veinticuatro cuotas semestrales de ochocientos cuarenta y un mil seiscientos sesenta y siete dólares, pero la última cuota se pagará en el monto del principal de ochocientos cuarenta y un mil seiscientos cincuenta y nueve dólares; la primera de dichas cuotas se adeudará y pagará en la fecha de caducidad a ciento dos meses a partir del 17 de Septiembre de 1998. Los intereses se acumularán en cada anticipo a) desde la fecha en que fue hecho, en virtud del Convenio de Préstamo, hasta la fecha inmediatamente anterior a la fecha de esta primera enmienda, a la tasa del 4.5% por un año y b) desde la fecha de esta primera enmienda hasta el vencimiento de dicho adelanto, a la tasa del tres punto cinco por ciento 3.5% por año.

CONSIDERACIONES GENERALES Estimamos que esta enmienda solamente trae beneficios para la República de Nicaragua, ya que el plazo de gracia se incrementa y se disminuyen los intereses, por lo que consideramos que esta enmienda debe ser ratificada de inmediato por la Asamblea Nacional debido a las condiciones ventajosas del mismo. Por tanto, con base en las consideraciones anteriores y que la

791 misma no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua; los suscritos Diputados dictaminamos favorablemente el PROYECTO DE DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIENDA AL CONTRATO DE PRÉSTAMO 6020620002, SUSCRITA EL 10 DE NOVIEMBRE DE 1999 ENTRE EL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA Y EL EXPORT-IMPORT BANK (EXIMBANK) DE LA REPÚBLICA DE CHINA Y DESTINADO A FINANCIAR EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL PUERTO DE CORINTO, SOBRE MODIFICACIONES EN LAS CONDICIONES FINANCIERAS, por lo que pedimos al Plenario su aprobación respectiva. Anexamos el proyecto de Decreto dictaminado. COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO

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OSCAR MONCADA REYES

BAYARDO ARCE CASTAÑO CARLOS HURTADO CABRERA WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLON

DAMICIS SIRIAS VARGAS PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Vamos a discusión. A votación. Está abierta la votación. Se va cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Vamos a borrarnos para ver si se compone el sistema; por favor bórrense del sistema. No marquen todavía con su tarjeta, que pase un momento, hasta que nos avise Pupiro. Es que el sistema se cayó, entonces están corrigiéndolo. Vamos a la lectura. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 5.33: DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIENDA AL CONVENIO DE PRÉSTAMO No. 6020620003, DESTINADO A FINANCIAR LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYMES) Y REPOBLACIÓN Y MEJORAMIENTO GÉNETICO DE LA GANADERÍA DE NICARAGUA.

DICTAMEN

Managua, 22 de Marzo del 2000 Doctor Iván Escobar Fornos Presidente de la Asamblea Nacional Su Despacho. Estimado Señor Presidente:

792 La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibimos el mandatos de dictaminar la solicitud de aprobación del PROYECTO DE DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIENDA AL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 6020620003, SUSCRITA EL 10 DE NOVIEMBRE DE 1999 ENTRE EL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA Y EL EXPORT-IMPORT BANK (EXIMBANK) DE LA REPÚBLICA DE CHINA Y DESTINADO A FINANCIAR LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYMES) Y REPOBLACIÓN Y MEJORAMIENTO GÉNETICO DE LA GANADERÍA DE NICARAGUA. La Comisión, en relación con este proyecto de Decreto de Enmienda entre el Export-Import Bank de la República de China y el Banco Central de la República de Nicaragua, ha valorado los siguientes factores:

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ANTECEDENTES:

Que este proyecto de Decreto de Enmienda nace como una solicitud del Banco Central al Gobierno de la República de China, quien aceptó modificar las condiciones financieras del préstamo 6020620003 por un monto que no exceda de SESENTA MILLONES DE DÓLARES (US$ 60.000.000.00), suscrito entre el Banco Central de Nicaragua y el Export-Import Bank de la República de China (EXIMBANK) el 25 de Noviembre de 1998.

NUEVAS CONDICIONES FINANCIERAS PERÍODO DE GRACIA: Se extendió de 5 a 8 años TASA DE INTERES: Se redujo del 4.75% anual al 3.5% anual. AMORTIZACIÓN: El pago de la deuda será amortizado por medio de veinticuatro cuotas semestrales de dos millones quinientos mil dólares,- la primera de dichas cuotas se adeudará y pagará en la fecha de caducidad de ciento dos meses a partir del 25 de Noviembre de 1998 y de allí en adelante, semestralmente en el último día de cada período consecutivo de seis meses. Los intereses se acumularán en cada anticipo a) desde la fecha en que fue hecho, en virtud del Convenio de Préstamo hasta la fecha inmediatamente anterior a la fecha de esta primera enmienda, a la tasa del 4.75% por año y b) desde la fecha de esta primera enmienda hasta el vencimiento de dicho adelanto, a la tasa del tres punto cinco por ciento 3.5% por año.

CONSIDERACIONES GENERALES Estimamos que esta enmienda solamente trae beneficios para la Republica de Nicaragua, ya que el plazo de gracia se incrementa y se disminuyen los intereses, por lo que consideramos que esta enmienda debe ser ratificada de inmediato por la Asamblea Nacional debido a las condiciones ventajosas del mismo. Por tanto, con base en las consideraciones anteriores y que la misma no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua; los suscritos Diputados dictaminamos favorablemente el PROYECTO DE DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIENDA AL CONTRATO DE PRÉSTAMO 6020620003, SUSCRITA EL 10 DE NOVIEMBRE DE 1999 ENTRE EL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA Y EL EXPORT-IMPORT BANK (EXIMBANK) DE LA REPÚBLICA DE CHINA Y DESTINADO A FINANCIAR LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYME) Y REPOBLACIÓN Y MEJORAMIENTO GENÉTICO DE LA GANADERÍA DE NICARAGUA, por lo que pedimos al Plenario su aprobación

793 respectiva. Anexamos el proyecto de Decreto dictaminado.

COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO

OSCAR MONCADA REYES BAYARDO ARCE CASTAÑO CARLOS HURTADO CABRERA WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN

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DAMICIS SIRIAS VARGAS

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 5.34: DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIENDA AL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 6020091013 SUSCRITA ENTRE EL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA (BCN) Y EL EXPORT-IMPORT BANK DE LA REPÚBLICA DE CHINA (EXIMBANK).

DICTAMEN

Managua, 20 de Marzo del 200

Doctor Iván Escobar Fornos Presidente de la Asamblea Nacional Su Despacho. Estimado Señor Presidente: La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibimos el mandato de dictaminar la solicitud de aprobación del PROYECTO DE DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIENDA AL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 6020091013, SUSCRITO EL 10 DE NOVIEMBRE DE 1999 ENTRE EL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA Y EL EXPORT-IMPORT BANK (EXIMBANK) DE LA REPÚBLICA DE CHINA. La Comisión, en relación con este proyecto de Decreto entre el Export-Import Bank de la República de China y el Banco Central de la República de Nicaragua, ha valorado los siguientes factores:

ANTECEDENTES:

Que este proyecto de Decreto de Enmienda, nace como una solicitud

794 del Banco Central al Gobierno de la República de China, quien aceptó modificar las condiciones financieras del préstamo 6020091013 por TREINTA MILLONES DE DÓLARES, suscrito entre el Banco Central de Nicaragua y el Export-Import Bank de la República de China (EXIMBANK) el 26 de Diciembre 1997 y aprobado por la Asamblea Nacional mediante Decreto A.N. 1882 del 25 de Marzo de mil novecientos noventa y ocho. El 10 de Noviembre de 1999, el Banco Central de Nicaragua y el EXIMBANK, suscribieron la primera enmienda al contrato de préstamo ya referido.

NUEVAS CONDICIONES FINANCIERAS: PLAZO: El plazo se extendió de 15 años a 20 años.

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PERÍODO DE GRACIA: Se extendió de 2 a 8 anos TASA DE INTERES: Se redujo del 4.5% anual al 3.5% anual. AMORTIZACIÓN: El pago de la deuda será amortizado por medio de veinticuatro cuotas semestrales de UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 1.250,000.00) cada una, y se iniciará ciento dos meses a partir del 26 de Diciembre de 1997. Los intereses se pagarán semestralmente sobre los saldos deudores.

CONSIDERACIONES GENERALES:

Estimamos que esta enmienda solamente trae beneficios para la República de Nicaragua, ya que se logra un plazo mayor de pago, el plazo de gracia se incrementa y se disminuyen los intereses, por lo que consideramos que esta enmienda debe ser ratificada de inmediato por la Asamblea Nacional debido a las condiciones ventajosas del mismo. Por tanto, con base en las consideraciones anteriores y que la misma no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua; los suscritos Diputados dictaminamos favorablemente el PROYECTO DE DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PRIMERA ENMIENDA AL CONTRATO DE PRÉSTAMO 6020091013, SUSCRITO EL 10 DE NOVIEMBRE de 1999 ENTRE EL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA Y EL EXPORT-IMPORT BANK (EXIMBANK) DE LA REPÚBLICA DE CHINA, por lo que pedimos al Plenario su aprobación respectiva. Anexamos el proyecto de Decreto dictaminado.

COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO

OSCAR MONCADA REYES BAYARDO ARCE CASTAÑO CARLOS HURTADO CABRERA WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON

795

DAMICIS SIRIAS VARGAS PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado.

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SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: 5.35: DECRETO DE APROBACIÓN DE LA CARTA DE ACUERDO No. Q-190-0-NI, FONDO DE AVANCE PARA PREPARACIÓN DE PROYECTO DE GESTIÓN ECONÓMICA.

DICTAMEN

Managua, 20 de Marzo del 2000. Doctor Iván Escobar Fornos Presidente de la Asamblea Nacional Su Despacho. Estimado Señor Presidente: La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibimos el mandato de dictaminar la solicitud de aprobación del PROYECTO DE DECRETO DE APROBACIÓN DE LA CARTA DE ACUERDO No. Q-190-0-NI (FONDO DE AVANCE PARA PREPARACIÓN DEL PROYECTO DE GESTIÓN ECONÓMICA). La Comisión, en relación con este proyecto de Decreto, ha valorado los siguientes factores:

ANTECEDENTES: Que esta Carta de Acuerdo fue suscrita entre el Gobierno de la República de Nicaragua, por medio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Asociación para el Desarrollo Internacional (INTERNACIONAL DEVELOPMENT AGENCY-IDA), del Banco Mundial, el día 29 de Septiembre del año de 1999.

OBJETIVOS:

Dicha Carta de Acuerdo tiene el propósito de financiar los gastos necesarios para finalizar la preparación del Proyecto de Gestión Económica del Programa de Reforma y Modernización del Sector Público y acelerar las actividades de reforma en tres áreas: a) Administración financiera integrada. b) Reestructuración de instituciones públicas. Y c) Servicio civil.

MONTO Y CONDICIONES DEL ANTICIPO:

El monto del adelanto equivale a la suma de DOS MILLONES DE DÓLARES (US$ 2,000,000.00), desembolsado en dólares norteamericanos. El retiro de fondos se hará únicamente para gastos por servicios rendidos o bienes producidos, y las cantidades retiradas del adelanto y no pagadas conllevarán una tarifa por servicios con una

796 tasa de tres cuartos de un por ciento (3/4 de 1%) anual.

CONSIDERACIONES GENERALES: Estimamos que este anticipo es necesario para continuar con los gastos de inversión y adquisición de activos para acelerar las actividades del Proyecto de Gestión Económica del Programa de Reforma y Modernización del Sector Público, por lo que consideramos que este acuerdo debe ser ratificado de inmediato por la Asamblea Nacional debido a la necesidad del mismo. Por tanto, con base en las consideraciones anteriores y que la misma no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua; los suscritos Diputados dictaminamos favorablemente el PROYECTO DE DECRETO DE APROBACIÓN DE LA CARTA DE ACUERDO No. Q-190-0-NI (FONDO DE AVANCE PARA PREPARACIÓN DEL PROYECTO DE GESTIÓN ECONÓMICA), por lo que pedimos al Plenario su aprobación respectiva. Anexamos el proyecto de Decreto dictaminado.

COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO

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OSCAR MONCADA REYES

BAYARDO ARCE CASTAÑO CARLOS HURTADO CABRERA WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLON

DAMICIS SIRIAS VARGAS PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS. A discusión. A votación. Se va cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado. Vamos a pasar ahora al Adéndum 1, que es la LEY CREADORA DE LA ASIGNATURA DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

DICTAMEN

Managua, 15 de Noviembre de 1999 Doctor IVÁN ESCOBAR FORNOS Presidente de la Asamblea Nacional Su Despacho Estimado Señor Presidente:

797 Los suscritos miembros de la Comisión del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, nos reunimos el día de hoy para dictaminar el "Proyecto de Ley que crea la Asignatura del Medio Ambiente y los Recursos Naturales", presentado por el honorable Diputado Guillermo Selva Argüello y enviado a esta Comisión para su debido dictamen. Para dar cumplimiento al mandato del Plenario, la Comisión programó una amplia consulta con diversos sectores involucrados o vinculados al tema de la Educación en nuestro país, entre estos mencionamos a los siguientes: Ministerio de Educación, Cultura y Deportes. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA). Auditoría Ambiental de la Contraloría General de la República. Comisión Nacional de Desarrollo Sostenible (CONADES). Procuraduría Ambiental.

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UNESCO. COSEP. Unión Europea. Club de Jóvenes Ambientalista. Centro Humboldt. Movimiento Ambientalista Nicaragüense (MAN). Centro de Educación Democrática (CED). Fundación para la Conservación y el Desarrollo (FUNCOD). Fundación del Río (San Juan). La opinión de los consultados fue en su mayoría de apoyo al Proyecto de Ley, enfatizado que ya es hora de que este tema sea impartido en todos los niveles escolares y, además, que todo lo que se haga en cualquier forma a favor del medio ambiente es bienvenido porque no se puede continuar esperando que se destruya sin tomar medidas al respecto. De las consultas, la Comisión logró conocer que el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, ha venido impulsando la Educación Ambiental, pero como “eje transversal" en los planes y programas de estudios, de acuerdo a los compromisos que se acordaron en la Cumbre de la Tierra celebrada en 1992 en Río de Janeiro. De manera particular, el MECD señaló, que de esta manera han insertado el tema en las actividades de todas las áreas de estudios y a partir del tercer grado han establecido una unidad de estudio con el nombre de “E1 Medio Ambiente y su Protección", además, que a nivel de secundaria los programas contienen aspectos sobre los recursos naturales y conceptos relacionados con la ecología. No obstante lo anterior, el MECD recomendó que se tomara en consideración el nivel de preescolar para iniciar la etapa de la educación ambiental, aunque junto con la primaria se mantenga como un eje transversal, indicando también tomar en cuenta a la educación técnica, dirigida actualmente por INATEC. El MECD consideró que lo más importante para lograr cumplir con la Ley, es que se haga realidad la asignación del presupuesto que le permita la capacitación de los profesores y personal del

798 Ministerio, así como la elaboración de documentos, libros y demás necesidades que implica la ejecución de esta tarea. Para el COSEP, la ley es necesaria porque los mismos convenios internacionales que ha venido suscribiendo el Estado exigen el componente ambiental, lo cual se conseguirá con la educación que se imparta desde la infancia. Por su parte la UNESCO señaló que la asignatura no es en la actualidad la unidad básica de la educación porque se integran con otras asignaturas y que la solución son los ejes transversales, para lo cual se deben establecer mecanismos de manejo porque si no se hace muy poco. El CED indicó que si bien con la Ley no se resuelve la situación, se da señales de interés por el tema, algo que impacta en todos los niveles. Para el CONADES no basta con la ley, sino que se necesita conocer la estrategia sobre el tema, para que no pase lo del servicio de horas ecológicas para obtener el bachillerato el cual no es aplicado correctamente y que además la ley debe tomar en cuenta la educación formal y no formal. Las organizaciones ambientalistas se pronunciaron porque el tema se continué aplicando como eje transversal por ser interdisciplinaria, además de tomar en cuenta las implicancias económicas y no continuar segmentando la educación, porque los programas ya tienen el contenido lo que falta es llevarlo a la acción, también propusieron reactivar la Comisión Nacional de Educación Ambiental (CNEA), para que se impulse un Plan de Desarrollo o una Estrategia de Educación Ambiental con el cual no cuenta Nicaragua.

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EL PROYECTO DE LEY: El proyecto de ley crea en su Arto. 1 la asignatura del Medio Ambiente y los Recursos Naturales para ser impartida en todos los centros de estudios de primaria y secundaria, mediante la enseñanza teórica y prácticas ecológicas fuera de las aulas. La asignatura se impartirá sin perjuicio de los programas de educación ambiental, de desarrollo sostenible y otros, que se realizan a través de la educación formal y no formal que impulsan y desarrollan el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes y otras organizaciones de forma transversal. En cuanto a la impartición de la asignatura, el proyecto establece que desde el primero al cuarto grado de primaria, la enseñanza se incluirá en ciencias naturales, y a partir del quinto grado hasta finalizar la secundaria será una asignatura independiente, sin obviar los requisitos establecidos en la Ley General del Medio Ambiente, para obtener el título de bachiller. También el Proyecto de Ley, a propuesta del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes toma en cuenta la enseñanza preescolar, estableciendo que los programas deberán contener nociones y conceptos sobre el tema del medio ambiente y los recursos naturales, los que deberán adecuarse al grado de capacidad para el conocimiento de los niños en cada uno de los niveles existentes. El proyecto de ley señala que el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes será la autoridad competente para su aplicación, además de garantizar la capacitación efectiva de todos los maestros, directores y demás personal que impartirá la asignatura independiente, así como también el establecimiento de las coordinaciones con otras instituciones del Estado y con organismos no gubernamentales involucrados en el tema de la educación ambiental y principalmente con la Comisión Nacional de Educación Ambiental.

799 Por último, el proyecto contempla incluir dentro del Presupuesto General de la República, una partida que garantice el proceso efectivo de la aplicación de la ley. Dietamen de la Comisión: La Comisión dictaminadora, una vez obtenidas las recomendaciones y sugerencias al proyecto de ley, considera que si bien es cierto la educación formal y no formal ha venido de manera entusiasta introduciendo el tema como eje transversal, se hace necesario fortalecer estos esfuerzos a través de una ley que regule de manera independiente el tema del medio ambiente y los recursos naturales, experiencia que en la mayoría de los países latinoamericanos ya es una realidad, respetando la labor que se desarrolla desde la sociedad civil por la vía de la educación no formal y que este proyecto de ley no pretende interferir en su desarrollo. Además que este proyecto no contraviene y más bien complementa lo establecido en la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, en vigencia desde Junio de 1996, que dispone que las autoridades educativas incluyan en los programas de estudios contenidos y metodología, conocimientos y conductas para la preservación y protección del medio ambiente, estableciendo también, las horas prácticas o servicio ecológico para obtener el título de bachillerato, que si bien es cuestionado por su forma de aplicación, ha venido a ser una muestra más del interés por fortalecer la educación ambiental en nuestro país. La Comisión coincide con las instituciones consultadas, en que la ley no viene a resolver el problema de la destrucción a que estamos sometiendo el medio ambiente, pero sí, es una señal del interés de nuestro país por establecer una educación más directa que prepare con una mayor conciencia ambientalista al futuro ciudadano. En este caso, el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, como la autoridad responsable de la aplicación de esta ley, deberá ser la instancia encargada de resolver y establecer de forma adecuada todos los mecanismos que se requieran para el logro de estos objetivos. También los miembros de la Comisión, estamos conscientes que para lograr los propósitos que esta ley inspira, es necesario dotar a la institución responsable del presupuesto adecuado para su implementación efectiva, por lo que instamos a partir de este momento a los honorables Diputados a apoyar la propuesta que se presente en su momento destinados al cumplimiento de estos fines. La Comisión considera acertada la Exposición de Motivos del proyecto de ley, en que hacer conciencia en la

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población sobre la necesidad de conservar, proteger, mejorar y restaurar el medio ambiente y los recursos naturales, con la visión de asegurar un desarrollo sostenible es tarea de todos, que conlleva desarrollar respuestas conjuntas a la problemática ambiental del país, mediante acciones educativas dirigidas al cambio de actitudes, comportamiento y toma de conciencia de los ciudadanos en general. Todo lo cual hay que hacerlo coherente con el Arto. 116 de la Constitución Política, que señala que "el objetivo de la educación en el país es la de formar plena e integralmente a los nicaragüenses, constituyendo esta un factor fundamental para la transformación y desarrollo del individuo y de la sociedad". Por lo antes expuesto, y habiendo tomado en consideración las propuestas que en lo particular expresaron las entidades y organizaciones consultadas, los miembros de la Comisión del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, con fundamento en la Constitución Política, el Estatuto General y el Reglamento Interno de la Asamblea Nacional; tomando en consideración que el proyecto de ley no contradice a la Constitución Política y demás leyes de la República, ni a los Tratados y Convenios suscritos por Nicaragua, DICTAMINA FAVORABLEMENTE el proyecto de Ley Creadora de la

800 "Asignatura del Medio Ambiente y los Recursos Naturales", recomendando al Plenario su aprobación en lo general y en lo particular. Adjuntamos texto del proyecto para su debido conocimiento.

COMISIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES Guillermo Selva Argüello José Manuel Espinoza C. Eduardo Callejas Deshon Mario Lizano Gutiérrez Leonel Pantin Wilson Enrique Membreño Ortega Félix H. Castillo Flores Ismael Tórrez Calero

Steadman Fagoth Müller.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Sólo hay tres Diputados inscritos. A discusión en lo general. Se le concede la palabra a la honorable Diputada Guadalupe Sánchez. DIPUTADA GUADALUPE SÁNCHEZ: Gracias, señor Presidente. Cuando estudiamos la iniciativa de ley para crear la asignatura del Medio Ambiente y Recursos Naturales, lo hicimos con el objetivo de que todas las nuevas generaciones de este país puedan conocer, y además hacer conciencia, desde los niños y las niñas, sobre la importancia que se tiene de conservar, de proteger, mejorar y restaurar el medio ambiente y los recursos naturales en nuestro país. Nicaragua es un país con mucha flora y fauna, con muchos bosques, pero la generación, los pobladores y los ciudadanos no la conservamos, no la protegemos y tampoco la restauramos. Quiero decir que al crearse la asignatura del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, se va a obligar tanto a las escuelas privadas como estatales, de educación primaria y secundaria, a que los y las estudiantes puedan recibir esta clase, esta asignatura y puedan conocer lo que tenemos en nuestro país; pero además de eso, crear una conciencia sobre la importancia que tienen los recursos naturales en Nicaragua. Quiero en esta ocasión plantear que debido a la diversidad de textos que existen en Nicaragua, al Ministerio de Educación le es difícil poder controlar los centros de educación primaria y secundaria

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estatales, pues se están utilizando textos escolares en nuestro país, textos de Colombia y textos de Costa Rica. Y a pesar del problema que tenemos con Costa Rica, hay colegios privados que están utilizando libros de Ciencias Naturales y en una unidad sale íntegra "Conozcamos la flora y la fauna de Costa Rica." Yo creo que esto es penoso para los nicaragüenses. Y quiero hacerle un llamado, también a la Comisión de Educación, para que pueda establecer comunicación y poner ¿Cómo es posible que en vez de estudiar la flora y la fauna de Nicaragua, un colegio de Chinandega, el Monte Calvario, está estudiando la flora y la fauna de Costa Rica? normas sobre los textos que se deben utilizar, independientemente que sean colegios privados. Yo creo que hay que llamar al director de este colegio y también al Ministerio de Educación, para analizar, que aunque no tenemos

801 textos escolares nicaragüenses, es una obligación del Ministerio de Educación de Nicaragua poderlo regular. Yo pienso -y nosotros estamos convencidos- que al crearse la asignatura del Medio Ambiente y Recursos Naturales, va a obligar a los docentes nicaragüenses poder enseñar las leyes existentes. Aunque tenemos una Ley General del Medio Ambiente y otras leyes donde sólo obliga a los estudiantes de quinto año a dar un servicio social en relación a esta asignatura, y el joven o la joven que no cumpla este servicio no puede pasar al año inmediato superior, la verdad es que no se hace, no se aplica, aquí los centros de educación primaria y secundaria -en este caso educación secundaria que son los estudiantes de quinto año- no están cumpliendo con este requisito que lo establece la Ley General del Medio Ambiente. Debido a estas razones -porque yo considero que no debe ser obligación, sino que debe ser un deber de todos los nicaragüenses, conocer lo que tenemos en recursos naturales y medio ambiente-hemos dictaminado favorablemente que el Ministerio de Educación pueda crear la asignatura de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Por lo que pido a los honorables Diputados y Diputadas, que por el bien de Nicaragua, por el bien de la Nación y por el bien de las nuevas generaciones, aprobemos esta iniciativa de ley. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Se le concede la palabra al honorable Diputado Roberto Rodríguez. DIPUTADO ROBERTO RODRÍGUEZ: Gracias, señor Presidente. Yo quiero saludar en esta mañana esta iniciativa de ley, porque es de gran trascendencia para el futuro de nuestro país. La asignatura del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, yo diría que debería de llamarse Protección al Medio Ambiente y los Recursos Naturales. Es una lástima ver como nuestro país, un país tan precioso, se caracteriza porque nosotros sus habitantes damos un pésimo ejemplo. Por ejemplo la ciudad de Managua es sinónimo de basura, no sólo de asentamiento, sino que es un hermoso basurero. Es interesante ver la Ciudad de Jinotepe, a mí me gusta ir a Jinotepe porque como que uno se contagia por la limpieza en las calles. La Diputada Sánchez me antecedió y estoy de acuerdo con ella, se está impartiendo clases en diferentes colegios, y no sólo en Chinandega sino que en toda la República de Nicaragua se están enseñando cosas sobre Costa Rica y sobre Colombia, y ya hay que poner un alto en el camino,- debe establecerse un reordenador que sancione y que ponga las cosas en su lugar, y vale la pena que nosotros desde nuestra trinchera como parlamentarios hagamos mucho énfasis en nuestro patriotismo. Debemos defender los recursos naturales y debemos defender nuestra Nación, porque los riesgos y los peligros de hurto, de robo, de apropiación de nuestro territorio están cada día más y más palpables. Mientras los nicaragüenses nos peleamos, los ticos y los colombianos siempre han aprovechado para robarnos. Yo no podría decirles hermanos, tal vez seamos parientes. Nosotros los nicaragüenses debemos unirnos para garantizar el futuro de nuestras generaciones, y esta ley sí es de importancia porque yo pienso llegar a viejo y ver nuestras fuentes recuperadas. Sí, señores Diputados, porque con los cuarenta y siete que tengo, muchos me superan, y yo sueño ver a mi Nicaragua limpia, sana y saludable; yo sueño con ver a mi Nicaragua llena de patriotas, y sueño ver a mi Nicaragua como lo que va a ser, la nación deseada. Muchos se ríen de mí, soy soñador, pero yo sueño ver a la Nicaragua limpia. Acuérdense y les digo, la futura guerra no va a ser por petróleo, no va a ser por nada de eso, sino que va a ser por

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agua,

802 la gran masa de agua que tenemos de más de siete mil kilómetros cuadrados; es un sueño de las potencias tener agua como el Lago de Nicaragua, y este Lago de Managua que un día debe ser aprovechado. Se acuerdan de mí, somos una joya preciosa, y nosotros los nicaragüenses la hemos ensuciado. Saludo a esta ley, porque en esta ley los jóvenes, los niños que serán los próximos jóvenes y hombres que van a gobernar esta Nación, la harán mucho mejor que nosotros. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: El último orador, William Schwartz. Tiene la palabra, el honorable Diputado Alberto Rivera Monzón. DIPUTADO ALBERTO RIVERA MONZÓN: Muchísimas gracias, honorable señor Presidente. En mi carácter de maestro, de educador, como jinotegano, hijo de un Departamento tan grande, tan rico en recursos naturales, que cada día se agotan, que momento a momento caen los árboles tumbados por el hacha o por la motosierra en las montañas, yo recibo este proyecto de Ley que crea la Asignatura del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, con júbilo esperanzador; con la esperanza que tienen las plantas que no hablan y con la esperanza que tienen los quetzales de San Rafael del Norte que agonizan ya porque sus árboles se mueren día a día. Considero que es tiempo ya de parar la desertificación de Nicaragua. La Costa Atlántica no luce ya como la selvas vírgenes que fueron décadas atrás; las montañas de Matagalpa, Boaco, Chontales, de Jinotega, son solamente montañas altas, pero los bosques pertenecen al pasado, si acaso los historiadores y los poetas quieren recordar en esas páginas lo que fueron nuestras verdes selvas. El medio ambiente cada día nosotros lo vemos más amenazado, afortunadamente hay productores conscientes que se están preocupando por tecnificar incluso la explotación cafetalera y la explotación ganadera, y rescatar y dejar de contaminar el medio ambiente. Es a través de la educación que nosotros podemos lograr transformación de hábitos negativos, y convertir una costumbre y una cultura de destrucción a la naturaleza que solamente nos prodiga vida, en una defensa permanente y en restaurar esos valores naturales, esas riquezas naturales y tener una naturaleza mejor, también con una sociedad mejor en un corto plazo, o al menos en un mediano plazo. Hemos visto con tristeza como nuestros ganaderos se han visto obligados a despalar miles de manzanas para tener su pasto garantizado para la producción de sus semovientes, no les ha quedado otra alternativa. Ha faltado realmente en Nicaragua el trabajo tesonero, diario, exigido, y acuerpado también por un presupuesto debido para que la educación transforme esas mentalidades y podamos tener otras formas de explotación y de producción, quizás no extensivas pero sí intensivas y que sean rentables y productivas. Como parlamentario, como Diputado, como agente de la naturaleza, me sumo y felicito a la Comisión del Medio Ambiente; felicito al Doctor Guillermo Selva por esta iniciativa, para la cual pido el apoyo unánime de este honorable Parlamento. Muchísimas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

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803 Se le concede la palabra al honorable Diputado William Schwartz. DIPUTADO WILLIAM SCHWARTZ: Gracias, señor Presidente. Esta es una ley que creemos que no llama mucho la atención, porque no se trata de una ley que está en medio de una polémica; entonces normalmente no llama la atención este tipo de leyes. Yo como habitante de una de las regiones más ricas de este país y además como maestro, y como maestro específicamente de Biología, que es mi profesión, creo que éste podría ser un aporte importante para la explotación sostenible de los recursos naturales, porque la educación desarrolla hábitos y yo creo que los recursos naturales los vamos a proteger creando hábitos, buenos hábitos, pero también que para eso la nueva generación tiene que tener el ejemplo de la vieja generación. Estamos creando una ley para la creación de la asignatura del Medio Ambiente y los Recursos Naturales; sin embargo la misma Comisión que dictaminó esta ley, tiene engavetada, otras leyes muy importantes para este país, como por ejemplo la Ley de Minas. La Ley de Minas no ha sido aprobada, está engavetada y eso tiene que ver con la explotación de los recursos naturales no renovables. Está engavetada la Ley de Pesca, que tiene que ver con la explotación sostenible de los recursos marinos; y vemos nosotros que hay algunas especies que requieren veda, como la langosta, por ejemplo, y aquí no se hace veda. Podemos tener una asignatura muy buena, un buen maestro que hace conciencia en la juventud de cómo se deben proteger los recursos naturales, pero si como contraparte no existe una ley que verdaderamente haga cumplir eso que el alumno aprende en el aula de clases, pues como que no está siendo equilibrada la cosa. Aquí está engaveta la Ley Forestal. No hay una Ley Forestal para este país; existen decretos disperses, sin mucha cohesión. Entonces en esa Ley Forestal, en el caso de la Costa Atlántica nosotros hemos estado preocupados y hemos hecho muchos estudios, hemos hecho muchos análisis por ejemplo sobre el avance de la frontera agrícola, esa es una de las razones por las cuales nosotros nos oponemos a un Departamento diecisiete. ¿Por qué? Porque los habitantes de esa zona son generalmente personas que se dedican a la agricultura y a la ganadería, nuestras tierras de la Costa Atlántica no son de vocación agrícola, son de vocación forestal. Utilizarlas para otra cosa, es como estar malgastando la tierra y estar destruyendo los recursos naturales de una forma innecesaria y además perjudicial para el país. Porque la naturaleza es muy sabia, cada cosa tiene su propia forma de vida, y en este caso yo estoy de acuerdo que puedan dedicarse a la agricultura en el Occidente y en el Norte del país, porque sus tierras son de vocación agrícola; las tierras de la Costa Atlántica son de vocación forestal y eso es lo que produciría desarrollo en la Costa Atlántica, porque se dedican a la actividad que correctamente debe hacerse. Entonces, yo creo que esta ley es importante. Como maestro no me podría oponer a una ley como ésta; pero sí quiero dejar sentada mi posición, creo que la ley no es suficiente, tener una asignatura en los colegios no es suficiente. Necesitamos además de la ley, es correcta, crear la asignatura del medio ambiente,- necesitamos tener leyes colaterales que hagan que el alumno cuando aprenda a manejar de manera racional y sostenida los Recursos Naturales, se encuentre que el Estado tiene leyes que verdaderamente impulsan esa explotación de Recursos Naturales de manera racional y sostenible. Y teniendo engavetada la Ley de Minas, teniendo engavetada la Ley Forestal, teniendo engavetada la Ley de Pesca, por muchas asignaturas que le demos a los alumnos, no las van a poder aplicar, porque el conocimiento no solamente es llenarse la cabeza de

804 conocimientos, sino que es aplicar en la vida lo que yo aprendo en la escuela yo puedo aplicar; en la vida lo que aprendo en la escuela, si tengo en el ambiente las condiciones para poder aplicar los conocimientos, que adquiero en la vida.

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Entonces me parece que debe hacerse también un esfuerzo. La Comisión de recursos naturales, que correctamente crea esta asignatura, debe también hacer el esfuerzo por aprobar las leyes que tienen engavetadas desde hace muchos años, que son las tres leyes de los recursos naturales más importantes de este país: la Ley de Pesca, la Ley de Minas, la Ley de Bosques. Lo único que se ha aprobado aquí es la Ley de Hidrocarburos que es correcto haberla aprobado; pero no veo yo cómo se podrán aplicar estos conocimientos si no tenemos las condiciones dadas en el país. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra la honorable Diputada Esperanza Prado Ballesteros. Terminamos con Augusto López. DIPUTADA ESPERANZA PRADO BALLESTEROS: Muchas gracias, señor Presidente. De hecho celebro esta ley, porque ya era necesaria en nuestro sistema educativo y pienso que no solamente en la educación secundaria, sino que en todos los subsistemas educativos que tenemos aquí en Nicaragua. Y nada más apropiado que se utilice a los docentes para dar a conocer, para impartirla como clase, porque en el caso nuestro los docentes son los únicos que nos damos el lujo y digo damos el lujo porque también soy docente, de tener enfrente tantos estudiantes a diario, que eso no se tiene en ninguna profesión. Pero eso también tiene que obedecer a una capacitación con todos nuestros docentes y se debe insistir tanto en docentes de la ciudad como del campo- y del campo sobre todo, porque también tenemos muchas debilidades- para que nuestra niñez y nuestra juventud se apropien de todas nuestras riquezas naturales, del conocimiento de todas nuestras riquezas naturales y para que valoremos lo que tenemos en Nicaragua. Es importante y necesario también una coordinación más estrecha entre las estructuras del Ministerio de Educación; y no solo del Ministerio de Educación, sino de las universidades y de todos los subsistemas educativos con la Comisión de Educación, que tienen que trabajar estrechamente para dar a conocer y para que se implementen estas leyes. Demás está decir que tiene que haber un presupuesto para esto, porque la ley puede ser muy buena, los docentes como siempre, dispuestos a su labor educativa, pero sí tiene que dotárseles de todas las armas necesarias. Y además que contamos con docentes científicamente preparados para la elaboración de los textos escolares y no como ya se señaló aquí, que normalmente se utilizan textos que no van con nuestra realidad. Tenemos que ser nosotros capaces de saber llevar estos conocimientos a nuestros estudiantes, nuestra niñez y nuestra juventud, y es bien importante porque la niñez nuestra no conoce muchas cosas de nuestros recursos naturales. Entonces celebro esta ley, y pedimos a la honorable Asamblea que sea aprobada. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Tiene la palabra el Diputado Augusto López González. DIPUTADO AUGUSTO LÓPEZ GONZÁLEZ:

805 Gracias, señor Presidente. La Ley que crea la Asignatura del Medio Ambiente, es una obligación imperiosa para poder parar el deterioro que está sufriendo constantemente el medio ambiente y los recursos naturales en todo nuestro país. Esta ley se viene manejando con mucho esfuerzo desde 1993, donde nace el Plan de Acción Ambiental, que impulsa desde ese momento la Ley del Medio Ambiente y Recursos Naturales. Todos estos esfuerzos se vienen complementando con la vigencia de la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, desde Julio de 1996, en la que se impone que las autoridades educativas deben incluir en todos los programas de estudio, contenidos y metodologías, conocimientos y conductas para la preservación y protección del medio ambiente. Al mismo tiempo se señala que para obtener el título de bachiller se seguirá un número mínimo de horas de práctica

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o servicio ecológico, bajo los mecanismos que reglamenta, el Ministerio de Educación. Ya era el momento en que todos nosotros tuviéramos por obligación unir todos estos esfuerzo y crear con conciencia esta necesaria e importante ley que logrará que todo el estudiantado nacional logre impulsar las economías de este país en un futuro a mediano plazo. Tomando en cuenta todos los aportes tan necesarios que está haciendo esta ley a lo económico, a lo social en nuestro país, me veo en la obligación como Presidente de la Comisión del Medio Ambiente, a apoyar esta iniciativa y felicitar al Doctor Guillermo Selva por tan importante decisión. Muchas gracias. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: Era el último orador que estaba anunciado. Se abre la votación en lo general. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 71 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general. Vamos a la discusión en lo especial. Vamos artículo por artículo en lo particular. Artículo 1. SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ: Arto. 1 Créase la asignatura "Medio Ambiente y Recursos Naturales", la que se impartirá en todos los centros

de estudios de primaria y secundaria, sean estos publicos o privados, y contará de enseñanza teórica en las aulas y prácticas ecológicas fuera de las mismas.

La asignatura "Medio Ambiente y los Recursos Naturales", se impartirá sin perjuicio de los programas de educación ambiental, de desarrollo sostenible y otros, que se realizan a través de la educación formal y no formal.

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. 806 Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 1. SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO: Arto. 2 El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, será la autoridad competente para aplicar la presente

ley; en consecuencia dirigirá la implementación y desarrollo de los programas y pensum de dicha asignatura y controlará el efectivo cumplimiento de las mismas, a través de sus delegaciones municipales y zonales.

Hasta aquí el artículo.

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PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. Honorable Diputada Angelita Ríos tiene usted la palabra. DIPUTADA ANGELA RÍOS: En el territorio occidental, como consecuencia del auge algodonero, a partir de los años 50 se introdujeron muchos productos químicos, como herbicidas y plaguicidas altamente tóxicos; y sinceramente en Chinandega y León actualmente existen comunidades rurales muy contaminadas porque se utilizaron productos químicos que duran en el ambiente de cuarenta hasta cincuenta años. De manera que yo quiero hacer énfasis en que los contenidos y la metodología a implementar en esta asignatura, sea como una toma de conciencia desde la niñez, y que la niñez misma se encargue de que hayan transformaciones, que hayan cambios de actitudes en los padres y en las personas adultas. Entonces mi propuesta concreta es que efectivamente el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, que será la autoridad competente para aplicar la presente ley, sea también el Ministerio promotor para que otras instituciones del Estado y organismos no gubernamentales que trabajan en la localidad, ayuden en el pensum y en la asignatura, de igual manera en los contenidos. Es decir que me parece a como está redactado el artículo 2, pero hay que hacer como mayor énfasis, que no sólo el Ministerio Educación, Cultura y Deportes, sino más bien otras instituciones del Estado y organismos no gubernamentales que trabajan en proyectos de desarrollo o proyectos de agricultura sostenible. Muchísimas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 2. Lectura del artículo 3. SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

807 Arto. 3 Se establece que desde el primero hasta el cuarto grado de educación primaria, la enseñanza de la

asignatura del Medio Ambiente y Recursos Naturales se incluirá en Ciencias Naturales. Hasta aquí el artículo. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Está abierta la votación. Se va a cerrar. Se cierra. El resultado es el siguiente: 69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 3. SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO: Arto. 4 A partir del quinto grado de educación primaria hasta finalizar la Secundaria, será impartida

como una asignatura independiente, sin perjuicio de lo establecido en el Arto. 36 de la Ley General del

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Medio Ambiente y los Recursos Naturales, en relación al requisito para obtener el Titulo de Bachillerato.

Lo anterior no limita en ningún momento, los programas sobre educación ambiental que desarrolla el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, de forma transversal a través de otras asignaturas del pensum académico.

Hasta aquí el artículo. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 4. SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO: Arto. 5 En el caso de los Centros de Enseñanza Preescolar, los programas deberán contener nociones

y conceptos sobre el tema del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, adecuándolos al grado de capacidad para el conocimiento de los niños en cada uno de los niveles existentes.

Hasta aquí el artículo. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. Honorable Diputado Alberto Rivera Monzón. DIPUTADO ALBERTO RIVERA MONZÓN: Gracias, honorable señor Presidente.

808 Solamente es una sugerencia para que concuerde el artículo l con el artículo 5. Si vemos el artículo 1, nos dice: "Créase la asignatura "Medio Ambiente y Recursos Naturales", la que se impartirá en todos los centros de estudios de primaria y secundaria"; y el artículo 5 nos remite a la enseñanza preescolar. Sugiero -quizás en la Comisión de Estilo pueda hacerse-, dado que la voluntad de este honorable Parlamento no tiene contradicción en cuanto a apoyar esta importante ley, salvadora de la vida a través de la educación, que se incluya entonces en el artículo 1, que se impartirá en todos los centros de estudio de preescolar, primaria y secundaria. Gracias, honorable señor Presidente. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A votación. El resultado es el siguiente: 72 votos a favor, 0 en contra, 0 abstencion. Queda aprobado el artículo 5. SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ: Arto. 6 El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, garantizará la capacitación efectiva de todos

los maestros, directores, inspectores y demás personal que imparten la materia de Ciencias Naturales y de los que impartirán la asignatura independiente, objeto de la presente ley.

En lo que fuere necesario deberá establecer las coordinaciones con otras instituciones del Estado y con organismos no gubernamentales, involucrados en la temática ambiental, principalmente la Comisión de Educación Ambiental creada por Decreto Ejecutivo Número 27-94 publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 106 del 8 de Junio de 1994.

Hasta aquí el artículo.

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PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 72 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 6. SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ: Arto. 7 Los directores de los centros estatales y privados tendrán la responsabilidad de la

aplicación de las normativas y orientaciones que el MECD dicte en cumplimiento de esta ley.

Hasta aquí el artículo. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se va a cerrar la votación.

809 Se cierra. El resultado es el siguiente: 72 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 7. SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ: Arto. 8 En el Presupuesto General de la República se deberá incluir una partida que garantice el

proceso efectivo de aplicación de esta ley. Hasta aquí el artículo. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 72 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 8. SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ: Arto. 9 Se faculta al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, a realizar las gestiones que

considere necesarias para obtener el apoyo de organismos nacionales y agencias de cooperación internacionales que contribuyan al cumplimiento de las presentes disposiciones.

Hasta aquí el artículo. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

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A discusión. A votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 73 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 9. SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ: Arto. 10 La presente Ley se reglamentará de acuerdo a lo Establecido en el Artículo 150,

inciso 10 de la Constitución Política. Hasta aquí el artículo. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 71 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 10.

810 SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ: Arto. 11 La presente Ley entrará en vigencia sesenta días después de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Hasta aquí el artículo. PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS: A discusión. A votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra. El resultado es el siguiente: 74 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 11, y así toda la ley. Se suspende la Sesión, y se cita para mañana a las nueve de la mañana.