Preliquidación Anual de los Ingresos de los Contratos Tipo BOOT – SST 2015 Ing. Ernán Conislla Arteaga Especialista de la División de Generación y Transmisión Eléctrica 13 de marzo de 2015 Audiencia Pública Exposición y sustento de criterio y metodología utilizado
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Preliquidación Anual de los Ingresos de los Contratos Tipo BOOT – SST 2015 Ing. Ernán Conislla Arteaga Especialista de la División de Generación y Transmisión.
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Preliquidación Anual de los Ingresos de los Contratos Tipo BOOT – SST
2015
Ing. Ernán Conislla ArteagaEspecialista de la División de Generación y Transmisión Eléctrica
13 de marzo de 2015
Audiencia PúblicaExposición y sustento de criterio y metodología utilizado
Objetivo del Proceso
Aprobar la modificación de los peajes y compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión (SST) de las empresas Red Eléctrica del Sur S.A. (REDESUR) e Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A. (ISA PERÚ), para el periodo mayo 2015 a abril 2016, como consecuencia de la Preliquidación anual de Ingresos de sus respectivos contratos de concesión tipo BOOT.
Instalaciones de los Contratos de Concesión Contrato REDESUR.-
- Segunda Terna, Línea de Transmisión en 220 kV Socabaya-Moquegua, ampliación de subestaciones Socabaya y Montalvo (Moquegua).
- Línea de Transmisión en 220 kV Moquegua – Puno.- Línea de Transmisión en 220 kV Moquegua – Tacna- Subestación Puno.- Subestación Los Héroes (Tacna)
Contrato ISA PERÚ.-- Línea de Transmisión 220kV Pachachaca-Oroya Nueva.- Línea de Transmisión 220 kV Oroya-Carhuamayo-Paragsha-
Vizcarra.- Línea de Transmisión 138 kV Aguaytía-Pucallpa.
Aspectos Conceptuales (1 de 3) La liquidación se realiza según lo señalado en la Resolución
OSINERGMIN N° 335-2004-OS/CD y permite asegurar que los concesionarios de transmisión de instalaciones del SST implementadas bajo la modalidad de contratos tipo BOOT reciban los ingresos correspondientes a su Costo Total de Transmisión (CTT).
El CTT para se calcula como la suma de la Anualidad de Inversión y el costo anual de Operación y Mantenimiento.
CTT = @Inversión + COyM
– @Inversión: Anualidad del Costo de Inversión (considerando vida útil de 30 años y tasa de actualización vigente según Artículo 79º de la LCE).
– COyM: Costo de Operación y Mantenimiento.
El Periodo de Liquidación es el comprendido desde el 01 de marzo de 2014 hasta el 28 de febrero de 2015.
Las instalaciones del SST implementadas a partir de contratos tipo BOOT asignadas a la Demanda se pagan mediante dos conceptos, el Ingreso Tarifario y el Peaje.
CTT = Ingreso Tarifario + Peaje• Ingreso Tarifario : Es la diferencia del valor de la potencia y la energía entre dos
barras del Sistema de Transmisión. Entre las cuales se han fijado precios en barra.
• Peaje : Es el monto adicional al Ingreso Tarifario para pagar el Costo Total de Transmisión. Se determina como el cociente del CTT dividido entre la demanda proyectada del siguiente periodo tarifario en términos de energía.
Aspectos Conceptuales (2 de 3)
El CTT de instalaciones del SST asignadas a la Generación se paga mediante compensaciones mensuales.
Determinación del Peaje
•Sobre la referencia de las demandas reales a las que se aplicó el respectivo Peaje Secundario Unitario, se reajusta el flujo de las demandas proyectadas para un horizonte de 15 años, a partir del año 2015.
•Sobre la base de ambos reajustes indicados y considerando lo que realmente cobró la concesionaria en los años anteriores, se determina de manera automática el nuevo flujo de Peajes Secundarios Unitarios Esperados y el respectivo flujo de Ingresos Anuales Esperados, para el resto de ambos horizontes en análisis.
•El Peaje Secundario Unitario Esperado correspondiente al siguiente período de fijación de tarifas, se desprende de los nuevos flujos indicados en el literal anterior. El peaje se determina mediante la siguiente formulación:
Aspectos Conceptuales (3 de 3)
aDITCOyMaVNR
PSU =
Resultados de la Liquidación RedesurLiquidación Anual de Ingresos - SST PUNO