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CONSTITUCIÓN DE UNA COOPERATIVA DE TRANSPORTE Y SERVICIOS TRABAJO PRÁCTICO FINAL Derecho Cooperativo Docente: DRA. RAQUEL SUAREZ ZEBALLOS Estudiante: LUCIA GUTIERREZ SOSSA COOPERATIVA DE TRANSPORTE Y SERVICIOS “LA VELOZ”
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Practico Cooperativo

Oct 24, 2015

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Page 1: Practico Cooperativo

CONSTITUCIÓN DE UNA COOPERATIVA DE TRANSPORTE Y

SERVICIOS

TRABAJO PRÁCTICO FINAL

Derecho Cooperativo Docente: DRA. RAQUEL SUAREZ ZEBALLOS Estudiante: LUCIA GUTIERREZ SOSSA

COOPERATIVA DE TRANSPORTE Y SERVICIOS “LA VELOZ”

Santa Cruz de la Sierra, 30 de Noviembre de 23013

Page 2: Practico Cooperativo

INDICE

1. Solicitud de Autorización de Trámite

2. Solicitud del Nombre de la Cooperativa

3. Solicitud del Curso de Capacitación

4. Estudio Socio-Económico

5. Convocatoria a la Asamblea Constitutiva

6. Acta de Constitución de la Cooperativa

7. Estatuto Orgánico de la Cooperativa

8. Poder del Representante Legal

9. Balance de Apertura

10. Fondo de Filiación

11. Cuadro del Fondo Social

12. Certificado de Aportación

13. Certificado del Curso de Capacitación

Page 3: Practico Cooperativo

SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE COOPERATIVAS

SOLICITA: AUTORIZACION DE TRÁMITE.-

Otrosí.-

ANA LUCÍA SUÁREZ, mayor de edad, boliviana, natural y vecina de esta ciudad,

casada, de profesión abogada, domiciliada en la Avenida Santos Dumont y

Avenida Los Lotes Nº 36, con C. I. Nº 2836297 S C., hábil a los efectos de ley, en

representación legal de la futura Cooperativa de Transporte, ante su digna

Autoridad con el debido respeto me presento digo y pido:

Toda vez que soy representante legal de la futura Cooperativa de Transportes y

Servicios "LA VELOZ" con domicilio legal en Santa Cruz de la Sierra, Provincia

Andrés Ibáñez que está ubicada en la Avenida Santos Dumont y Avenida Los

Lotes Nº 36, es por lo anteriormente expuesto es que SOLICITO a su Autoridad

ordenar a quien corresponda recepcionar y aceptar la solicitud de

AUTORIZACION DE TRÁMITE.

Otrosí.- Conoceré futuras actuaciones, en la secretaria de su despacho.

Santa Cruz de la sierra, 30 de Noviembre de 2013

Ana Lucía Suárez

Representante Legal

Page 4: Practico Cooperativo

SEÑOR REPRESENTANTE DEL CONCEJO NACIONAL DE COOPERATIVAS

Solicita: CONTROL DEL NOMBRE DE LA COOPERATIVA.-

Otrosíes.-

ANA LUCÍA SUÁREZ, mayor de edad, boliviana, natural y vecina de esta ciudad,

casada, de profesión abogada, domiciliada en la Avenida Santos Dumont y

Avenida Los Lotes Nº 36, con C. I. Nº 2836297 S C., hábil a los efectos de ley, en

representación legal de la futura Cooperativa de Transporte y Servicios La Veloz,

ante su digna Autoridad con el debido respeto me presento digo y pido:

ANTECEDENTES.-

Señores del Concejo Nacional de Cooperativas, mediante el Poder expedido por la Notaria de Fe Pública de Primera Clase No. 100 a cargo del Dr. Ramiro Alba Suarez, me apersono en representación legal de la Cooperativa para solicitar el trámite de CONTROL de HOMONIMIA a fin de establecer si el nombre de la futura Cooperativa que tendrá como razón social: COOPERATIVA DE TRANSPORTE Y SERVICIOS "LA VELOZ", no se encuentra registrada por otra cooperativa dentro de misma actividad Cooperativa que represento.

Por lo anteriormente expuesto y amparada en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia en su Art. 24, que dice “toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario”, es que solicito a su Autoridad ordenar a quien corresponda recepcionar, el tramite de CONTROL DE HOMONIMIA, para su respectiva verificación y autorización del nombre de la Cooperativa.

Otrosí 2.- Se adjunta a la presente solicitud la documentación exigida en los artículos ya mencionados.

Otrosí 3.- Señalo como domicilio social de la Cooperativa Avenida Santos Dumont y Avenida Los Lotes Nº 36

Santa cruz de la Sierra, 30 de noviembre del 2013

Ana Lucía Suárez

Page 5: Practico Cooperativo

Representante Legal

ESTUDIO SOCIO-ECONOMICO DE LA COOPERATIVA DE TRANSPORTES y Servicios “LA VELOZ"

1.- DENOMINACION:

Cooperativa de Transportes y Consumo "LA VELOZ"

2.- LOCALIZACION:

2.1. Lugar de funcionamiento: Avenida Santos Dumont No. 36

2.2. Provincia: Andrés Ibáñez

2.3. Departamento: Santa Cruz

2.4. Radio de Operaciones: Ciudad de Santa Cruz de la Sierra

3.- CLASIFICACION:

3.1. Clase: Cooperativa de Transportes y Consumo

3.2. Sub Clase: Cooperativa de Transportes y Consumo

3.3. Sistema de relaciones: Abierta

4.- ANTECEDENTES:

El artículo 60 de la Ley General de Sociedades Cooperativas establece como requisito imprescindible para que la cooperativa sea legalmente autorizadas y registradas, el ESTUDIO SOCIO ECONOMICO, que viene a ser un documento fundamental. En la Empresa Cooperativa es importante que todos los socios tengan conocimiento del manejo contable y presupuestal de los recursos materiales, infraestructura y el financiamiento para realizar las actividades.

Con el buen manejo que se realice de los recursos económicos, resultan los excedentes que deben ser repartidos de manera equitativa entre los socios.

Los manejos que se realicen estarán a cargo del Consejo Administrativo y del Consejo de Vigilancia quienes deberán presentar un informe anual ante la Asamblea General de los Socios.

5.- JUSTIFICACION:

Page 6: Practico Cooperativo

Conociendo los antecedentes de esta zona de la ciudad es que nos hemos vito en la necesidad meritoria de crear un medio que ayude a mejorar la situación de esta parte de la ciudad.

Que mejor idea son la de fomentar el ahorro y dar créditos a los socios, como llantas, accesorios, combustibles, seguros,, la cual estará situada en la Avenida Santos Dumont No. 1000, cuya ubicación es conocida, además que existe un parqueo amplio, y por dicha avenida circulan la mayoría de nuestros transportistas.

6.- MOTIVACION:

Al percibir la necesidad primordial de los transportistas por superarse y al no existir una entidad financiera local que los ayude a desarrollarse, que le fomente el consumo de sus necesidades con créditos e intereses bajos.

7.- OBJETIVO DEL PROYECTO:

Principalmente:

otorgar crédito para compra de accesorios, combustible, llantas, etc. recibir sus ahorros diarios de los socios y depositarlo a la vista o a plazo efectuar préstamos a diversos plazos y con garantías personales o reales

para compra inclusive de vehículos. pago de servicios básicos

8.- INFRAESTRUCTURA

Edificio, amplio, de un planta, divididas en oficinas de atención al cliente, reclamos, consultas, cajas, gerencia, tesorería, secretaria, sala de reuniones de los socios.

Vías de acceso a la zona: Acceso pavimentado en Avenida Servicio de Transporte: Transporte particular y publico, parqueo amplio y

cómodo Instituciones estatales vecinas: Unidad Operativa de Transito

9.- RECURSOS HUMANOS:

* Numero de Socios: 20 Datos Personales:

1 LUCIA GUTIERREZ SOSSA

Page 7: Practico Cooperativo

51 años CASADA DOMICILIO: Calle 6 DE JUNIO nº 376

2 LUIS ALY CABRERA PEREYRA

48 años CASADO DOMICILIO: Calle Andrés de Santa Cruz No.35

3 ISMAEL GUZMAN SANDOVAL

52 años SOLTERO DOMICILIO: Magisterio Norte c. 1 No. 50

4 FRANZ BALCERA TRUJILLO

29 AÑOS SOLTERO DOMICILIO: Villa 1ro. de Mayo No.100

5 MARCO ANTONIO CARRAZCO TORRICO

28 AÑOS SOLTERO DOMICLIO: Barrio Sucre calle 7 No. 200

6 GONZALO NOVA MERINO

41 AÑOS CASADO DOMICILIO: Villa 1ro. de Mayo c.9 No. 48

7 VALERIANO CABRERA

50 AÑOS CASADO DOMICILIO: Av. Cañoto No. 135

8 FRANZ SUAREZ VALENCIA

32 AÑOS CASADO DOMICILIO: Villa 1ro de Mayo calle 8 No. 12

9 JUANITO LOPEZ TERRAZAS

39 AÑOS CASADO DOMICILIO: B/La Moliendita c/ Melado No. 642

10 ALVINA TORREZ SAUCEDO

58 AÑOS CASADA DOMICILIO: B/El Terrado No. 243

11 CARLOS ARAOZ MONTAÑO

48 AÑOS CASADO DOMICILIO: Av. Santa Cruz No. 2000

12 RICHARD SUAREZ OSINAGA

30 AÑOS CASADO DOMICILIO. B/Los Chinos No. 50

13 PACIFICO CARRAZCO BALTAZAR

69 AÑOS CASADO DOMICILIO: B/ 16 de Julio No. 7170

Page 8: Practico Cooperativo

14 CONSTANTINO FERNANDEZ MAMANI

49 AÑOS CASADO DOMICILIO: Av. Libertador No. 1010

15 JULIAN ROQUE LUNA

54 AÑOS CASADO DOMICILIO: Calle Mogos No. 2121

16 JOSE LUIS SULLCANI CORDOVA

43 AÑOS CASADO DOMICLIO. Calle Eva Perón No. 150

17 MISAEL GARCIA VASQUEZ

47 AÑOS CASADO DOMICILIO: Av. Los Tusequis No. 10

18 FRANZ SADAT CORTEZ HERRERA

30 AÑOS CASADO DOMICILIO: Av. Irala No. 200

19 JUAN CHAMBI MAMANI

38 AÑOS CASADO DOMICILIO. Av. Bush c/7 No. 26

20 RENE CIRILO GARCIA VASQUEZ

42 AÑOS CASADO DOMICILIO. Av. Centenario No. 5050

Page 9: Practico Cooperativo

CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA CONSTITUTIVA

El Comité Organizador de la Cooperativa de Transportes y Consumo "LA DINAMICA" convocan a Uds. a participar en la Asamblea Constitutiva, que se llevara a cabo en la Avenida Santos Dumont No. 1000, el día 19 de noviembre del año en curso a horas 8:00 a.m., oportunidad en la que se trataran los siguientes puntos:

ORDEN DEL DIA

1. Informe del Comité Organizador

2. Denominación que adoptara la Cooperativa

3. Determinación del Valor del Certificado de Aportación para constituir el Fondo Social

4. Discusión y Aprobación del Proyecto de Estatutos y Reglamento

5. Elección y Posesión de los Consejos de Administración y Vigilancia

6. Asuntos Varios.

Santa Cruz, 17 de noviembre del

PRESIDENTE PRESIDENTE

CONCEJO DE ADMINISTRACION CONCEJO DE VIGILANCIA

TESORERO SECRETARIO

Page 10: Practico Cooperativo

ACTA DE CONSTITUCION DE LA COOPERATIVA

En la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra, con el asesoramiento de la Dirección General de Sociedades Cooperativas y la Convocatoria para la celebración del presente acto, en la Avenida Santos Dumont No. 1000 se reunieron en Asamblea General Constitutiva de fundadores, que suscribirán sus firmas en el presente acta, con el propósito de constituir una Cooperativa de Transportes y Consumo, instalado en el acto del Presidente Del Comité organizador, dio inicio a la Asamblea General constitutiva bajo la siguientes agenda:

ORDEN DEL DIA

1. Informe del Comité Organizador

2. Denominación que adoptara la Cooperativa

3. Determinación del Valor del Certificado de Aportación para constituir el Fondo Social

4. Discusión y Aprobación del Proyecto de Estatutos y Reglamento

5. Elección y Posesión de los Consejos de Administración y Vigilancia

6. Asuntos Varios

Una vez que el orden del día fueran puesto a consideración de los asistentes y así no haber ninguna observación se paso al análisis de cada uno de los puntos aprobados de la siguientes manera:

PRIMERA.-

Page 11: Practico Cooperativo

El Comité Organizador por intermedio de su presidente informo acerca de la labor cumplida hasta el momento para constituir la COOPERATIVA DE TRANSPORTE Y CONSUMO, tales como el asesoramiento para los estudios preliminares, del proyecto de estatuto y de la documentación necesaria de constitución para el trámite de personería jurídica y en especialmente en torno a la identificación de los problemas para dar solución a las principales necesidades de los socios con la formación de una Sociedad Cooperativa.

SEGUNDA.-

Luego se paso a debatir la denominación de la cooperativa aprobándose previa discusión de las varias nociones presentadas por los asistentes se escogió el siguiente nombre:

COOPERATIVA DE TRANSPORTES Y CONSUMO "LA DINAMICA"

TERCERA.-

Siguiendo la orden del día, en razón de los estudios realizados por el comité organizador se fijo el monto del Fondo Social en Bs. 400.000.- (CUATROCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), constituido por veinte Certificados de Aportación cada uno con valor unitario de Bs. 20.000.- (VEINTE MIL 00/100 BOLIVIANOS)

CUARTA.-

Seguidamente se paso a considerar el proyecto de ESTATUTO ORGANICO, elaborado por los miembros del Comité Organizador, bajo asesoramiento de Personeros de la Dirección General de Sociedades Cooperativas. Luego de esta otras explicaciones se paso a considerar en sus tres estaciones, en grande, en detalle y en revisión. Después de un amplio debate con referencia al contenido de los diferentes artículos, se aprobó el proyecto de Estatuto en sus Artículos y Capítulos.

QUINTA.-

En cumplimiento del Orden del Día del Presidente del Comité Organizador declaro un cuarto intermedio, invitando a su vez a los asistentes dar nombres para formar ternas, de las que se elegirán los Miembros del Directorio de conformidad al Estatuto y que conformaran los Consejos de Administración , Vigilancia y Comités.

Reinstalada la Asamblea y luego de un intercambio de ideas se procedió a la elección por aclamación, constituyéndose los Consejos y Comités de la siguiente forma:

Page 12: Practico Cooperativo

CONSEJO DE ADMINISTRACION

Presidente : Lola Lupe Vaca Ribera

Gerente General : Alvina Torrez Saucedo

Representante Legal : Evelin Cabrera Vaca

Secretario : Ismael Guzmán Sandoval

Tesorero : Franz Balceras Trujillo

Vocal : Marco Antonio Carrasco Torrico

CONSEJO DE VIGILANCIA

Presidente : Luis Aly Cabrera Pereyra

Acto seguido el Señor Funcionario de la Dirección General de Sociedades Cooperativas, tomo juramento de Ley y ministra posesión a los miembros elegidos de ambos Consejos de Administración y de Vigilancia.

SEXTA.- Al no haber otro punto a tratar por determinación de la Asamblea General, el Consejo de Administración queda encargado para realizar el trámite de la Personería Jurídica de la Cooperativa, la Asamblea suspendió a horas 11:30 a.m. del mismo día, mes y año en curso, firmando a continuación todos los dirigentes y socios asistentes en un original y cuatro copias del mismo tenor.

Page 13: Practico Cooperativo

Santa Cruz de la Sierra, 19 de noviembre del 2012

CONSEJO DE ADMINISTRACION

Presidente : Lucia Gutiérrez Sossa

Gerente General : Alvina Torres Saucedo

Representante Legal : Evelyn Cabrera Vaca

Secretario : Ismael Guzmán Sandoval

Tesorero : Franz Balseras Trujillo

Vocal : Marco Antonio Carrasco Torrico

CONSEJO DE VIGILANCIA

Presidente : Luis Cabrera Pereyra

SOCIOS SOCIOS

SOCIOS SOCIOS

SOCIOS SOCIOS

SOCIOS SOCIOS

SOCIOS SOCIOS

Page 14: Practico Cooperativo

SOCIOS SOCIOS

ESTATUTOS DE LA COOPERATIVA DE TRANSPORTES Y CONSUMO

"LA VELOZ"

CAPITULO PRIMERO

DENOMINACIÓN, OBJETO Y DOMICILIO

Art. 1.- Con la denominación de “SOCIEDAD COOPERATIVA DE SERVICIOS Y CONSUMO LA VELOZ”, se organiza en la ciudad de Santa Cruz, la agrupación que reintegra en su seno a todos los trabajadores transportistas, persiguiendo practicar los fundamentales principios del cooperativista. La sigla de esta organización será “LA DINAMICA”.

Para tal efecto se la cataloga como Cooperativa de Servicios y Consumos, de acuerdo con los artículos 23 y 25 de la Ley General de Cooperativas de 13 de septiembre de 1958.

Art. 2.- Los objetos y finalidades serán :

Adquirir con fondos propios toda clase de repuestos, herramientas y adminículos en general para vínculos motorizados, los que serán vendidos a sus afiliados y particulares.

Adquirir, igualmente, lubricantes en general para su realización en igual forma.

Importar y adquirir a cualquier titulo vehículos nuevos y usados, para su venta entre los afiliados y otros interesados.

Promover la organización de flotas de transporte de pasajeros y carga en escala nacional con vehículos en las vías públicas.

Page 15: Practico Cooperativo

Procurar obtener la concesión de autorizaciones para la regulación y estacionamientos de vehículo propios de la sociedad y de afiliados.

Obtener toda clase de mercaderías para el transporte total por intermedio de sus afiliados o cooperativistas.

Obtener concesión de contratos con instituciones públicas y privadas para cualquier clase de transporte que arroje beneficios económicos a la cooperativa y sus asociados.

Fijar las traigas en cuanto al transporte de carga y pasajeros se refiere, según líneas, tramos, rutas y caminos.

Acordar la obtención de crédito y préstamos bancarios, casas comerciales y personas particulares para la realización de todos sus objetivos y finalidades.

Adquirir artículos de primera necesidad para el abastecimiento de socios y personas particulares.

Procurar la construcción de depósitos para almacenaje de marcadoras y buscar mejores plazas para su venta.

Mantener el espíritu de sociabilidad, solidaridad cooperación y ayuda mutua entre sus asociados.

Art. 3.- El domicilio legal de la Cooperativa será la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, ubicado en su sede social de la Avenida Santos Dumont No. 1000.

Art. 4.- El tiempo de duración será indefinido y cesará de acuerdo a lo que se prescribe en estos Estatutos.

CAPITULO SEGUNDO

DEL FONDO SOCIAL

Art. 5o.- El capital es de SEISCIENTOS VEINTE MIL 00/100 BOLIVIANOS (Bs 620.000.00), representados por certificados de aportación de Bs 20.000.00 (VEINTE MIL 00/100 BOLIVIANOS) cada uno, aportados por cada socio el tiempo de suscribirse y del valor correspondiente al inmueble y muebles de propiedad de la Cooperativa de Transportes y Consumo “LA DINAMICA”, que pasan a formar el fondo social de la Cooperativa por decisión de la Asamblea General.

Page 16: Practico Cooperativo

Art. 6o.- Funcionará el fondo social, además, con las aportaciones que hagan nuevos socios, los que serán indefectiblemente transportistas, debidamente aceptados por la Asamblea General.

Art. 7o.- Se destinará al Fondo de Reserva el DIEZ por ciento de las operaciones liquidas.

Art. 8o.- Los dividendos que ganarán los certificados de aportación de cada socio cooperativista, será fijado por la Asamblea General, no pudiendo, empero, exceder del CINCO por ciento mensual.

Art. 9o.- La cuota de ingreso a la Cooperativa será de Bs 10.000.00 (DIEZ MIL 00/100 BOLIVIANOS pagaderos al tiempo de inscribirse.

Art. 10.- La responsabilidad de la Sociedad y la de los socios queda limitada al capital social declarado.

CAPITULO TERCERO

DE LOS CERTIFICADOS DE APORTACIÓN

Art. 11.- Los certificados de aportación son individuales y nominativos y representan las acción de cada cooperativa en el fondo social.

Art. 12o.- Los certificados impresos y con número correlativo, debidamente firmados por el Presidente, Administrador y Tesorero, y llevarán el sello de la Cooperativa.

Art. 13o.- Los certificados y acciones podrán transferirse entre cooperativas, de manera que cada uno podrá tendrá hasta tres acciones incluyendo la primitiva, siendo prohibida la transferencia a particulares, bajo pena de perder su derecho propietario.

Art. 14o.- En caso de pérdida de la acción o certificado, el interesado probará este extremo ante el Consejo de Administración para obtener el duplicado, previa anulación del anterior.

Art. 15o.- Los certificados de aportación podrán ser pagados en efectivo, mercaderías o carga previa tasación y liquidación del interés ganado por el cooperativista con arreglo al Capitulo Sexto de estos Estatutos.

CAPITULO CUARTO

Page 17: Practico Cooperativo

DEL GOBIERNO

Art. 16o.- El gobierno o Administración de la Sociedad Cooperativa, estará formando de la siguiente manera:

a) La Asamblea General.

b) Consejo de Administración y,

c) El administrador o Gerente.

d) El Consejo de Vigilancia.

Art. 17o.- La Asamblea o junta General estará constituida por todos los socios de la Cooperativa y será la autoridad máxima; presidida por el Consejo de Administración y se reunirá una vez al mes de forma ordenada y, en forma extraordinaria, cuando lo solicite el Administrador o el 10% de los socios.

Art. 18.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir el Consejo de Administración, así como a los miembros del Consejo de Vigilancia, mediante votación secreta.

b) Juzgar internamente y en única instancia a los miembros del Consejo de Administración, por delitos o faltas graves cometidas en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de la acción judicial correspondiente.

c) Remover a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de acuerdo a la dispuesto anteriormente.

d) Considerar, aprobar o rechazar los actos que se someta a su conocimiento por parte del Consejo de Administrador

e) Juzgar internamente y en última instancia al Administrador y cooperativista por faltas y delitos cometidos contra la Cooperativa, en el ejercicio de sus fusiones.

f) Revisa minuciosamente los balances trimestrales y generales que presente al Administrador, por conducto del Consejo de Administración.

g) Examinar, estudiar y aprobar las memorias anuales.

h) Aceptar el ingreso de nuevos socios de acuerdos a los formularios que se ponga en vigencia, así como la renuncia presentada por los cooperativista.

Page 18: Practico Cooperativo

i) Calificar la incapacidad total y permanente de los socios para el cumplimiento de sus obligaciones sociales y económicas.

J) Conocer en grado de consulta sobre representación y sucesión del derecho de accionista.

K) Resolver en única instancia sobre representación prohibida de acciones e imponer una sanción correspondiente.

Art. 19.- El Consejo de Administración de la Cooperativa estará compuesto de los siguientes personeros: Presidente, Gerente General, Secretario, Tesorero y un Vocal, los que serán elegidos por la Asamblea General en forma anual, pudiendo ser reelectos por dos periodos consecutivos.

Con excepción del Vocal, el Tesorero para ingresar en funciones prestará una fianza igual que el Administrador, quienes percibirán el sueldo que se les asigne por la prestación de sus servicios.

Art. 20.- Son atribuciones del Consejo de Administración:

a) Reunirse semanalmente.

b) Poner en conocimiento de la Asamblea General cualquier resolución que adopte para su respectiva consideración y aprobación.

c) Conocer sobre pérdida y consiguiente y general del movimiento contable de la Cooperativa ante la Asamblea General, que envíe el Administrador con el informe de rigor.

d) Redactar las memorias anuales y elevarlas ante la Asamblea General para su aprobación.

e) Elevar los balances trimestrales y generales del movimiento contaba de la Cooperativa ante la Asamblea General, que envíe el Administrador con el informe de rigor.

f) Revisar el derecho de representación y sucesión de los accionistas que él ve, el Administrador y enviar en consulta a la Asamblea General con la resolución pertinente.

g) Atender en todo momento el desarrollo de la Cooperativa y hacer cumplir estrictamente los presentes Estatutos.

Page 19: Practico Cooperativo

h) Conocer sobre denuncias por faltas y delitos cometidos por el Administrador y cooperativistas, elevando a su vez la resolución adaptada a consideración de la Asamblea General

i) Promover a nombre de la Cooperativa el concurso de los poderes públicos y personas de renombrada competencia para las finalidades de la Cooperativa, buscando el apoyo moral y material.

j) Otorgar poderes al Administrador para el cumplimiento de sus funciones específicas, rigiéndose estrictamente a las atribuciones que tiene éste de acuerdo a los presentes Estatuto. Igualmente, conceder credenciales y plenas facultades a los cooperativistas para fines que interesen a la sociedad en forma temporal fuera del radio urbano. En ambos casos, con el respectivo Va. Bo. de la Asamblea General.

k) Su vigilar la labor del Administrador y pedir estado de cuentas, informes y otros datos con revisión de la documentación inherente y exhibición de la contabilidad general, cuantas veces necesarias para la mejor marcha de la Sociedad.

l) Impartir instrucciones al Gerente o Administrador sobre todas sus funciones, cooperando en todo momento para su mejor desenvolvimiento.

m) Intervenir con su Presidente y Tesorero en las actas de apertura y cierre de todos los libros a llevarse para la contabilidad.

n) Actuar como personero legal de la Cooperativa para iniciar la acción correspondiente contra el Administrador y Tesorero por los delitos y faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones, o ante los tribunales ordinarios, de acuerdo a las leyes en vigencia.

o) Proceder a la liquidación a la Cooperativa juntamente con la Asamblea General, en base a los balances, documentación e informes presentado por el Administrador o, en su defecto, por el Tesorero.

Art.21.- Son atribuciones del Presidente del Consejo:

a) Representar y presidir el Consejo de Administración y la Asamblea General.

b) Intervenir con su firma en los certificados de aportación, documentos mercantiles, contratos que suscriba la Sociedad, arreglos comerciales, actas, correspondencia conjuntamente el Administrador.

Page 20: Practico Cooperativo

c) Atender y resolver todos los problemas y relaciones de los cooperativistas entre si y de estos con particulares, cuando está por medio el interés de la Cooperativa, debiendo en caso serio y de interés general someter a conocimiento de la Asamblea General.

d) Prestar informe amplio de toda la labor desarrollada en su festino antes de su gestión ante la Asamblea General para su aprobación correspondiente.

e) Promover la reunión extraordinaria de la Asamblea General, cuando veces sea necesaria al interés de la Cooperativa.

Art. 22.- Son atribuciones específicas del Secretario:

a) Redactar las actas de asambleas, memorias anuales, informes, convocatorias, correspondencia y llevar en orden el archivo y documentación de la Cooperativa.

b) Intervenir con su firma juntamente con el Presidente en todo lo indicado anteriormente, salvas las excepciones que se contempla en los prestaciones Estatutos.

c) Ejercer las funciones del Presidente del Consejo, en caso de ausencia o impedimento por cualquier motivo, con las mismas atribuciones sin omisión alguna y sujeto a las mismas responsabilidades por este hecho.

Art. 23.- Son atribuciones del Tesorero del Consejo:

a) Recibir las aportaciones de los socios cooperativistas, así como toda clase de ingresos que perciba la Cooperativa, con el Vo. Bo. del Administrador.

b) Llevar la contabilidad en forma, juntamente con el Administrador y presentar trimestral anualmente la documentación correspondiente.

c) Efectuar pagos, giros y todo desembolso que encare la Sociedad con intervención del Administrador.

d) Intervenir con su firma en todos los contratos, transacciones comerciales, mercantiles, etc., conjuntamente el Administrador.

Art. 24.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Asistir puntual y obligatoriamente a todas las reuniones del Consejo.

b) Súper vigilar y aportar ideas para el mejor desenvolvimiento de la Cooperativa.

Page 21: Practico Cooperativo

c) Reemplazar por su orden al Secretario en caso de ausencia o impedimento de este, con las mismas atribuciones señaladas al mismo en estos Estatutos, sin que ello signifique reemplazar a su vez al Presidente del Consejo de Administración.

Art. 25.- El órgano ejecutor de la Cooperativa será el Administrador o Gerente, nombrados por el Consejo de Administración, aprobado por la Asamblea General, entre accionistas o particulares que reúnan capacidad y solvencia para el correcto ejercicio de esa función. Percibirá un sueldo que le será fijado por el mismo Consejo.

Art.26.- El Administrador, para ingresar en funciones, deberá prestar una fianza real equivalente al monto social declarado y consistirá en dinero efectivo depositado en cuenta bancaria a la vista y a la orden de la Asamblea General, o mediante hipoteca debidamente calificada y aceptado por el citado organismo.

Art.- 27.- Son atribuciones del Administrador o Gerente General:

a) Representar y dirigir la Sociedad Cooperativa en todas sus relaciones con entidades autárquicas, semiautárquicas, regionales, centralizadas descentralizadas y cooperativas de toda clase; nacionales; internacionales, sindicatos, bancarias, de Fomento, Financieras, Importadores, de crédito, de comisiones, consignaciones, societarias de toda naturaleza, culturales, deportivas etc.

b) Como personero leal y munido de los poderes otorgados por el Consejo, suscribirá toda clase de contratos mercantiles, civiles, administrativos, etc., en suma, todos los inherentes a las finalidades que se indican en el Capitulo Primero, Art., 20.

c) Iniciar, contestar, en suma, asumir defensa a nombre de la Cooperativa en toda clase de juicios civiles, administrativos, contencioso-administrativos que encare la Sociedad con otras similares, entidades públicas o personas particulares. Todo, en base a lo estrictamente mandado en los poderes y otorgados, sin salir de su marco.

d) Expedir los certificados de aportación de los socios y firmar los duplicados e intervenir en la transferencia de éstos. Hacer efectiva la obligación de los socios, oriental y organizar en forma amplia comisiones de trabajo entre éstos y proceder a la liquidación de transportes, compras, ventas etc., con invención del Tesorero del Consejo.

Page 22: Practico Cooperativo

e) Llevar los libros de contabiliza, documentación e informes del movimiento de la Sociedad, juntamente con el Tesorero, debiendo poner a disposición de los socios cuantas veces éstos lo soliciten,

f) Promover la realización de asambleas extraordinarias cuando así lo requiera su administración.

g) Presentara balances trimestrales y anuales a consideración del Consejo de Administración para su revisión y consiguiente elevación ante la Asamblea General, para su aprobación definitiva.

h) Proponer en base a las finalidades perseguidas por la Cooperativa, toda clase d4 iniciativas ante el Consejo de Administración para su correspondiente remisión ante la Asamblea General a los fines de su aprobación.

i) Conocer y calificar en primera instancia el derecho de representación y sucesión de los socios, así como rechazar las solicitudes que no se encuentren en regla.

j) Poner en conocimiento de la Asamblea General sobre incapacidad total y permanente de los socios para cumplir sus obligaciones sociales y económicas, suspendiendo éstos temporalmente mientras resuelva el organismo en tanto lo que fuera del caso.

k) Sustituir los poderes que se le otorgaran cuando así lo requieran las circunstancias a personas expresamente señaladas por el Consejo de Administración, siendo responsable de los daños y perjuicios emergentes del substituto por actos no contemplados ni indicados en el primitivo poder, salvo las excepciones de ley.

l) Someterse a las determinaciones de la Asamblea General o Consejo de Administración para la suscripción de todos los contratos que busquen la realización de los fines mencionados, siempre y cuando estas determinaciones o directivas obrara de acuerdo a sus facultades.

m) Presentar informe de su gestión, en forma circunstanciada y amplia, así como al término de la cesación de sus funciones.

n) Verificar finiquitos de los socios, efectuar pagos, o giros y otros desembolsos juntamente con el Tesorero y todo lo relacionado a la actividad comercial y económica de la Sociedad.

o) Visar los comprobantes de aportación de los socios, recibir y entradores con toda la correspondencia juntamente con el Presidente del Consejo.

Page 23: Practico Cooperativo

p) Denunciar a los cooperativistas ante el Consejo de Administración, sobre el perjuicio que ocasionaren a la Cooperativa, cuando manifiesten intereses opuestos, observan mala conducta, falta de espíritu de cooperación en la marcha normal de la Sociedad.

q) Pedir y exigir intrusiones o directivas al Consejo de Administración sobre problemas económicos y financieros de difícil solución.

r) Comercializar todas las mercaderías, repuestos, herramientas, vehículos y adminículos que posea la Cooperativa buscando mejores ofertas y plazas, con todas las garantías que son inherentes.

Art. 28.- El Administrador, podrá acogerse a la renuncia voluntaria de su cargo, debiendo para el efecto dejar el estado de cuentas, balances, documentación e informes, al día, así como consolidar contratos pendientes con aprobación de la Asamblea General, previo informe del Consejo sobre cada caso particular; debiendo estar sometido ante la Cooperativa para efectos de responsabilidad de sus actos, por el lapso de noventa días computables desde la aceptación de la renuncia, previa revisión del informe y del movimientos económico.

En caso de ser cooperativista al Administrador cesante, éste, igualmente, permanecerá sujeto en la misma forma y condiciones enunciadas anteriormente.

Art. 29.- El Administrador podrá ser removido de su cargo, o temporal o definitivamente, en los siguientes casos:

Temporal.- Cuando se descubra algún mal manejo, apropiación indebida o inversión maliciosa de fondos que comprometa a la Cooperativa, mientras se esclarezca en forma legal por el Consejo de Administración, detentando el derecho de continuar en funciones, siempre y cuando no resulte cargo alguno en su contra, de acuerdo a la sumaria informativa que al efecto se haya instruido. Durante su receso lo reemplazara el Tesorero con iguales atribuciones manteniendo las propias que le asigna el Art. 23.

Definitivamente.- Cuando concurran las siguientes causales:

1. Comisión de delitos contra la economía y finanzas de la Cooperativa, debidamente comprobados.

2. Por comprometer el fondo social más allá de los previsto, siempre que no hubiese obtenido la autorización respectiva.

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3. Por disminución o desaparición total de la fianza ofrecida, y no sustituta otra de igual valor.

4. Por trasgresión a las finalidades que persigue la Sociedad.

5. Por incompatibilidad de funciones que realice con las especificas de la Cooperativa.

6. Por condena a pena corporal mediante sentencia plenamente ejecutoria.

Art. 30.- En caso de disolución de la Cooperativa o cesación del Administrador o Tesorero, cada uno de estos, en su caso, serán responsables solidaria y mancomunadamente del fondo social con arreglo al Art. 10 del Capítulo Segunda.

Art.31.- El Consejo de Vigilancia es el órgano regulador y fiscalizador de todas las actividades de la Cooperativa; tiene a su cargo garantizar el normal ley correcto funcionamiento administrativo y económico de ella.

Art.32.- El Consejo de Vigilancia estar formado paro tres miembros: un Presidente, un Secretario y un Vocal, cuya elección se la efectuara en Asamblea General. Su integrantes permanecerán en el ejercicio de sus funciones por un apoderado de dos años, pudiendo ser reelegidos por sus periodos consecutivos.

Art.33.- Las reuniones del Consejo de Vigilancia, se realizarán en la última semana de cada mensualidad, en forma ordinaria, y extraordinariamente, cuando así sus miembros lo estimen por conveniente.

Art.34.- Serán obligaciones y facultades del Consejo de Vigilancia.

a) Fiscalizar que los miembros del Consejo de Administración, Administrador o Gerente y personal de empleados cumplan con sus deberes.

b) Vigilar el fiel cumplimiento de los estatutos, reglamentos y disposiciones legales.

c) Oponer veto, bajo su responsabilidad cuando ellas no se ajusten a las prescripciones de los estatutos y reglamentos, fundamentando en cada caso los motivos de sus observaciones.

d) Examinar, revisar y formular las observaciones pertinentes, si fuera necesario con respecto a los libros de contabilidad y los documentos correspondientes.

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e) Presentar al Consejo de Administración toda sugerencia tendiente a mejorar la organización administrativa y el incremento financiero de la Cooperativa.

f) Cumplir otras atribuciones que le señale la Asamblea General.

Art. 35.- Los miembros del Consejo de Vigilancia, podrán ser removidos del ejercicio de sus funciones, por 2/3 de votos en Asamblea General, convocada expresamente al efecto, por las siguientes causas:

a) Por la comisión de graves faltas y delitos comentados en el ejercicio de sus funciones y atribuciones.

b) Por encubrimiento y complicidad en malos manejos de fondos sociales, sin perjuicio de proseguirse la acción judicial correspondiente para el resarcimiento de daños y perjuicios.

c) por negligencia e irresponsabilidad comprobadas en la vigilancia de las actividades de la Cooperativa.

d) Por inasistencia comprobada a más de cuatro reuniones del Consejo de Administración.

CAPITULO QUINTO

DE LOS SOCIOS

Art. 36.- Son socios reconocidos por los presentes Estatutos, los fundadores y, además la personas que aporten de acuerdo al Art. 6 del Capítulo Segundo con los mismos derechos y obligaciones que se les reconocerá conforme a los requisitos siguientes:

a) Ser propietario de un vehículo e indefectiblemente miembro activo de la Cooperativa de Transportes y Consumo "LA DINAMICA"

b) Ser mayor de edad, boliviano o nacionalizado conforme a las leyes de la República.

c) Comprometerse a cumplir estrictamente los fines que persigue la Cooperativa.

d) Llenar los formularios establecidos por la Asamblea General.

e) No tener pliego de cargo ejecutorio.

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f) Merecer aceptación de la Asamblea General.

Art. 37.- Son deberes de los socios, los siguientes:

a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones a todas las asambleas ordinarias y extraordinarias.

b) Acatar todas las resoluciones que la Asamblea General y Consejo de Administración expidan, así con las comisiones para las que hubieren sido designados.

c) Proteger y consolidar los interés materiales que la Cooperativa hubiese obtenido y pudiendo obtener en el futuro.

d) Transportar de acuerdo a contratos las mercaderías que se indiquen sujetados a las cláusulas de la convención.

e) Continuar por el paso de un año más a partir de su retiro, para efectos solo de responsabilidad de la Cooperativa.

f) Denunciar cualquier falta, contravención o delito de los cooperativistas, miembros del Consejo y Administrador Gerente, debiendo correr con el cargo de prueba pertinente para efectos de la aplicación de las sanciones consiguientes.

Art.38.- Son derechos de los socios.

a) Integrar con voz y voto la Asamblea General, en igualdad de condiciones, sin que la detentación del máximum de acciones pueda alterar esa paridad.

b) Pedir el amparo de la Cooperativa en todos los conflictos de trabajo que se presenten con las autoridades y personas particulares, siempre y cuando se relacionen con las finalidades de la Sociedad.

c) Emitir opiniones y plantear ideas sobre problemas que conciernen al funcionamiento de la Cooperativa y desenvolvimiento de sus componentes.

d) Ser elector y elegido para ocupar los cargos del Consejo de Administración y Administrador o Gerente, cumpliendo con los requisitos exigidos en el Capítulo Correspondiente.

e) Conceder mandato especial y suficiente para su representación ante la Asamblea General, Consejo de Administrador y Administración o Gerente por el

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lapso de un año, debiendo proceder a su renovación por igual tiempo, corriendo con el trámite pertinente.

f) Solicitar su retiro voluntario con recepción de su acción o acciones y dividendos ganados, saneado sus diferencias que tuviese con el fondo social, optando con el trámite pertinente.

g) Transferir su acción o acciones haciendo el endoso respectivo.

h) Promover asambleas extraordinarias pro conducto regular con fines propios y de nitres para la Cooperativa.

i) Contratar con la Cooperativa como productor, transportista y consumidor, sin perder su derecho como accionista que debe percibir en tale contratos.

j) Ocurrir en queja ante el Consejo de Administración por irregularidades cometidas por los socios y Administrador o Gerente, frente a sus interés.

k) Tramita el duplicado del certificado de aportación en cada de pérdida.

Art.39.- En caso de muerte del socio accionista, la viuda o hijos únicamente serán considerados como herederos del de cujus, con iguales derechos, por el tiempo en que cumplan las obligaciones inherentes.

Art.-40.- En caso de no existir la clase de herederos detallada en el artículo anterior, la acción pasara al fondo social; de igual manera se operara cuando en el término de un año no se acredite tal calidad.

Art.41.- Las personas con derecho a sucesión que fueran denegadas en su solicitada por el Administrador o Gerente, tendrán la facultad de interponer el recurso de alzada ante el Consejo de Administración y de consulta ante la Asamblea General, por el término máximo y perentorio apartada el trámite de treinta días a partir de la repulsa.

CAPITULO SEXTO

DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES

Art.42.- Las utilidades líquidas que resulten del balance anual, se distribuirán en la siguiente forma:

a) 3% para el fondo de reserva.

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b) 60% para devolución los socios como retorno, -dividendo o ganancia- salvo lo que acordara con relación a este porcentaje la Asamblea General.

c) 10% para Gastos de Administración y Representación de la Cooperativa.

d) 27% o la diferencia que resulte de la elevación del monto previsto en el inciso b) o su disminución, para el fondo social.

Art.-43.- Para la contabilización del movimiento de la cooperativa se llevaran por el Administrador o Gerente y Tesorero, los siguientes libros:

a) Libro de Registro de Suscripciones.

b) Libro de Contabilidad previsto por el Código de Comercio.

c) Libro de Acta.

d) Libro de Transporte.

e) Libro de Transporte en Actividad.

Art.44.- Todos los libros serán visados y sellados por el Consejo de Administración, abiertos y cerrados con acta, cono intervención de un Notario de Fe Pública.

Art.45.- Queda prohibido alterar los asientos, fechas, dejar espacios en blanco, sobrepasar, enmendar, arrancar hojas, etc., debiendo en cada caso imprimirse un nuevo asiento, salvando el error o anulando la pagina, rehaciendo la misma en forma. Caso de no atenerse a esta previsión, serán nulos los defectos anotados y sin valor alguno.

Art.46.- Como todo libro mercantil, los que lleve la Cooperativa, no podrán ser exhibidos a particulares, salvo las excepciones que establece la ley.

CAPITULO SÉPTIMO

DE LA EXCLUSIÓN DE LOS COOPERATIVISTA O SOCIOS

Art.47.- La calidad de socio cooperativista se pierde en los siguientes casos:

a) Por renuncia voluntaria o impuesta, aceptada por la Asamblea General.

b) Por muerte, siempre que no llegase al caso del Art.39 del Capitulo Quinto.

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c) Por incapacidad total y permanente para cumplir con las necesidades sociales y económicas.

d) Por trasgresión a lo establecido en estos Estatutos, a denuncia formal.

e) Por malversación, apropiación o distracción maliciosa de fondos, a denuncia formal, sin perjuicio de la acción judicial de acuerdo a leyes en vigencia.

f) Por ausencia de más de un año, sin tener representación acredita.

g) Por condena judicial a pena corporal, debidamente ejecutoria.

h) Por incompatibilidad del socio, cuando tuviese tal calidad en otra Cooperativa similar local del interior.

Art.48.- En los casos a), c), d), y h), será indispensable un previo proceso a denuncia del Administrador o Gerente, Consejo de Administración o cualquier cooperativista y resolución del 75% de la Asamblea General.

CAPITULO OCTAVO

DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA

SOCIEDAD COOPERATIVA

Art.39.- La disolución de la sociedad cooperativa, podrá efectuarse por cualquiera de las siguientes causas:

a) Por voluntad de las dos terceras partes de los cooperativistas expresada en Asamblea General.

b) Por disminución del número de socios del mínimo de 10 de acuerdo a ley.

c) Por haber desaparecido el objeto y fines de la Cooperativa.

d) Por revocatoria del Concejo Nacional de Cooperativas (CONALCO).

e) Por quiebra o pérdida del fondo social, de manera que la sociedad no pueda continuar sus funciones económicas.

f) Por no iniciar labores en el término a fijarse como plazo de ejecución.

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Art.50.- La liquidación se efectuara por el Consejo de Administración, en base a los balances, documentación e informes presentados por el Administrador o Gerente, o en su defecto, por el Tesorero, con aprobación de la Asamblea General, aplicando las utilidades de acuerdo al Capitulo Sector; debiendo en cuanto a bines en general (inmuebles, muebles mercaderías, valores etc.) , procederse al remate en subasta pública y su producto adquirido de conformidad al Capitulo señalado precedentemente.

CAPITULO NOVENO

DISPOSICIONES GENERALES

Art.51.- Los presentes Estatutos podrán ser reformados en Asamblea General, con aprobación del 60% de los socios.

Art.52.- Sobre otros aspectos de aplicación práctica de estos Estatutos y fines de la Cooperativa, se redactará un Reglamento en base a experiencias de los cooperativistas, Consejo de Administración y Administrador o Gerente, mediante comisión especial a formarse.

Art. 53.- Los presentes Estatutos, una vez sancionados por los socios fundadores será obligatorio para ellos y los que tenga acciones en lo sucesivo, sin privilegios no preferencias. Debiendo ser elevado para su aprobación legal de acuerdo a la Ley General de Cooperativas en actual vigencia.

Artículo Transitorio.- La sociedad Cooperativa, ingresará en funciones indefectiblemente, a los siete días de haberse aprobados los presentantes Estatutos.

Es dado en la sala de sesiones de la Cooperativa de Transportes y Consumo” LA DINAMICA” , a los 20 días del mes de noviembre del dos mil doce años.

CONSEJO DE ADMINISTRACION

Presidente : Lucia Gutiérrez Sossa

Gerente General : Alvina Torres Saucedo

Representante Legal : Evelyn Cabrera Vaca

Secretario : Ismael Guzmán Sandoval

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Tesorero : Franz Baceras Trujillo

Vocal : Marco Antonio Carrasco Torrico

CONSEJO DE VIGILANCIA

Presidente : Luis Cabrera Pereyra

SOCIOS SOCIOS

SOCIOS SOCIOS

SOCIOS SOCIOS

SOCIOS SOCIOS

SOCIOS SOCIOS

RAMIRO ROJAS TRUJILLO

SECRETARIO GENERAL DE

FEDECTRAN

Av. Tomas de Leso No. 2525 - fonos 3561545

ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

No. 123456

PODER JUDICIAL DE LA NACION

CONCEJO DE LA JUDICATURA

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CARATULA NOTARIAL

Resolución Camaral No. 499/2012

VALOR BS. 5 SERIE 1 -PJ - FN - 2012

TESTIMONIO NO. 999-2012

DISTRITO JUDICIAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA - BOLIVIA

NOTARIA DE FE PUBLICA NO. 99 NOTARIO LUCIA GUTIERREZ SOSSA

TESTIMONIO DE PODER GENERAL DE REPRESENTACION LEGAL QUE CONFIEREN LOS SOCIOS DE LA SOCIEDAD COOPERATIVA DE TRANSPORTES Y CONSUMO "LA VELOZ", SEÑORES: LOLA LUPE VACA RIBERA, LUIS CABRERA PEREYRA. ISMAEL GUZMAN SANDOVAL, FRANZ BALCERAS TRUJILLO, MARCO ANTONIO CARRAZCO TORRICO, GONZALO NOVA MERINO,VALERIANO CABRERA,FRANZ SUAREZ VALENCIA, JUANITO LOPEZ TERRAZAS, ALVINA TORREZ SAUCEDO,CARLOS ARAOZ MONTAÑO,RICHARD SUAREZ OSINAGA, PACIFICO CARRAZCO BALTAZAR, CONSTANTINO FERNANDEZ MAMANI, JULIAN ROQUE LUNA,JOSE LUIS SULLCANI CORDOVA,MISAEL GARCIA VASQUEZ,FRANZ BADAT CORTEZ HERRERA,JUAN CHAMBI MAMANI, RENE GARCIA VASQUEZ; A FAVOR DE EVELIN CABRERA VACA COMO REPRESENTANTE LEGAL DE LA S0CIEDAD COOPERATIVA

SANTA CRUZ DE LA SIERRA 10 DE NOVIEMBRE DEL 2013

TESTIMONIO

PODER GENERAL DE REPRESENTACION LEGAL QUE CONFIEREN LOS SOCIOS DE LA SOCIEDAD COOPERATIVA DE TRANSPORTES Y CONSUMO "LA VELOZ", SEÑORES: LUCIA GUTIERREZ SOSSA, LUIS CABRERA

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PEREYRA. ISMAEL GUZMAN SANDOVAL, FRANZ BALCERAS TRUJILLO, MARCO ANTONIO CARRAZCO TORRICO, GONZALO NOVA MERINO,VALERIANO CABRERA,FRANZ SUAREZ VALENCIA, JUANITO LOPEZ TERRAZAS, ALVINA TORREZ SAUCEDO,CARLOS ARAOZ MONTAÑO,RICHARD SUAREZ OSINAGA, PACIFICO CARRAZCO BALTAZAR, CONSTANTINO FERNANDEZ MAMANI, JULIAN ROQUE LUNA,JOSE LUIS SULLCANI CORDOVA,MISAEL GARCIA VASQUEZ,FRANZ BADAT CORTEZ HERRERA,JUAN CHAMBI MAMANI, RENE GARCIA VASQUEZ; A FAVOR DE EVELIN CABRERA VACA COMO REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD COOPERATIVA.

******************************************************************En esta ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia a horas 8:00 a.m. del día 10 de noviembre del año dos mil doce, ante mi Abogado Dr. Luis Pablo Lazarte Cabrera, Notario de Fe Pública de Primera Clase No.99.... de este distrito Judicial y testigos que al final se nombraran y firmarán, fueron presentes los señores:

LUCIA GUTIERREZ SOSSA, LUIS CABRERA PEREYRA. ISMAEL GUZMAN SANDOVAL, FRANZ BALCERAS TRUJILLO, MARCO ANTONIO CARRAZCO TORRICO, GONZALO NOVA MERINO,VALERIANO CABRERA,FRANZ SUAREZ VALENCIA, JUANITO LOPEZ TERRAZAS, ALVINA TORREZ SAUCEDO,CARLOS ARAOZ MONTAÑO,RICHARD SUAREZ OSINAGA, PACIFICO CARRAZCO BALTAZAR, CONSTANTINO FERNANDEZ MAMANI, JULIAN ROQUE LUNA,JOSE LUIS SULLCANI CORDOVA,MISAEL GARCIA VASQUEZ,FRANZ BADAT CORTEZ HERRERA,JUAN CHAMBI MAMANI, RENE GARCIAVASQUEZ, Todos mayores de edad, de nacionalidad boliviana, con domicilio en esta ciudad, hábiles por ley, y que aseguran hallarse en pleno uso y goce de sus derechos civiles, a quienes de identificar en esta oficina por las cédulas que exhiben, doy fe y dijeron: Que en su condición de socios de la Sociedad que gira bajo la Sociedad Cooperativa de "Transportes y Consumo" constituida mediante escritura pública 999/2012 de fecha..... y con domicilio en esta ciudad de Santa Cruz de la Sierra-Bolivia, confieren Poder General de Administración y representación legal, cuanto en derecho se requiere a favor de ---Ana Lucia Suarez, portadora de la célula de identidad N°. 2836297SC., todo merito al Acta de la Asamblea Extraordinaria de Socios de dicha Sociedad en Transcripción Literal se insertara en el presente protocolo, para que actué en representación de La Sociedad Cooperativa de Consumo y Transporte La Veloz, lo dicho sus incidencias y emergencias le confieren las siguientes facultades : atender, dirigir, conducir los

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intereses, bienes y derechos que le corresponda en todas las causas administrativas, jurídicas y civiles, asumiendo la total personería y representación de la Sociedad La Sociedad Cooperativa de Transportes y consumo "LA VELOZ".

En todos los actos públicos y privados; asumir personería ante cualquier clase de personas naturales y jurídicas, nacionales, departamentales, extranjeras o internacionales, así como ante toda clase de autoridades cualquiera sea su jurisdicción y competencia; dirigir las operaciones, con estricta sujeción a las disposiciones legales, resoluciones de las Asambleas de Socios. En el desempeño de sus funciones y cometido la apoderada gozara y usara no solo todas las facultades y atribuciones que se refieren a la administración, cuidado, vigilancias y atención de bienes, negocios, intereses y otros; sino que dispondrá de las facultades de interponer solicitudes, pedir aclaraciones, hacer observaciones,

presentar demandas contestarlas previa su notificación personal en legal y debida forma; realizar toda clase de operaciones mercantiles y bancarias, abrir, mantener, mover y cerrar cuentas corrientes en los diferentes Bancos de la Capital, del interior o exterior de la república; depositar, retirar fondos, girar, endosar y cobrar cheques; pedir, aprobar o rechazar estados de cuentas saldos y liquidaciones; dar y tomar cartas de crédito; abrir acreditados, boletas de garantía, pólizas de seguro, warrant;

descontar, girar, aceptar, avalar, renovar, endosar, cobrar, pagar y mandar protestar letras de cambio y/o entregarlas en cobranza, así como vales, pagares y otros documentos mercantiles o civiles; suscribir contratos de avance de cuenta corriente, solicitar y hacer efectivos prestamos de dinero, suscribiendo los documentos públicos o privados, que correspondan. Celebrar toda clase de contratos de garantía, industriales, comerciales y otros emergentes de presente mandato, gestionar y aceptar créditos, financiamientos para rehabilitación, estipular precios, plazos, intereses comisiones, condiciones y formas de pago, rentas, remuneraciones, reembolsos y otros; rescindir, resolver, renovar cualquier clase de contratos, asimismo anular, transar, dejar sin efectivo y ejercer cualquier acto contractual sin limitación alguna, comprar, vender muebles, inmuebles, vehículos, mercaderías, productos y genero de la industria y comercio, girar minutas; suscribir.

Page 35: Practico Cooperativo

BALANCE DE APERTURA

19-11-13

(Expresado en Bolivianos)

(Expresado en Bolivianos)

ACTIVO PASIVO

Corriente Transitorio

Banco: 400.000.00 cuotas de ingreso: 20.000.00

Caja: 20.000.00

ACTIVO NO CORRIENTE PATRIMONIO

Activo Fijo Capital Social

Edificio 10.000.00 Aportaciones 600.000.00

vehículos 50.000.00

Muebles 30.000.00

Eq. de Computación 20.000.00

TOTAL TOTAL

ACTIVO 620.000.00 PASIVOYPATRIMONIO 620.000.00

SANTA CRUZ DE LA SIERRA, 20 DE NOVIEMBRE DEL 2012

CONTADORA

VANESA ARDAYA SALAMANCA

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MATRICULA NO. 99999999

FONOS. 349-7070

Page 37: Practico Cooperativo

CUADRO DE AFILIACION DE LOS SOCIOS

COOPERATIVA DE TRANSPORTES Y CONSUMO

"LA VELOZ"

ITEM NOMBRE C.I. DPTO EDAD

ESTADO CIVIL

DIRECCION FECHA DE NACIMIENTO

MONTO APORTADO

CLASES DE

SOCIOS

OCUPACION

1 Lucia Gutiérrez Sossa 3263405 SC. 44 casada C/A. Ibáñez 29 01/09/68 20.000.00 Fundador abogada

2 Luis Cabrera Pereyra 3231356 SC. 48 casado C/A. Ibáñez 24/08/66 20.000.00 Fundador Administrador de empresas

3 Ismael Guzmán Sandoval 2847705 SC. 52 Soltero c/Magisterio norte c/1

20/04/60 20.000.00 Fundador transportista

4 Franz Balseras Trujillo 5392402 Cbba. 29 soltero V/1ro de mayo 08/09/83 20.000.00 Fundador transportista

5 Marco Antonio Carrasco Torrico

6230316 SC. 28 soltero B/Sucre c/7 17/08/84 20.000.00 Fundador transportista

6 Gonzalo Nova Merino 4701113 Cbba. 41 casado V/1ro de mayo 20/09/71 20.000.00 Fundador transportista

7 Valeriano Cabrera 4406089 Cbba. 50 casado 14/04/62 20.000.00 Fundador transportista

8 Franz Suarez Valencia 5336593 SC. 32 casado V/1ro de mayo 23/07/80 20.000.00 Fundador transportista

9 Juanito López Terrazas 3764359 Cbba. 39 casado B/la Moliendita 12/06/73 20.000.00 Fundador transportista

10 Alvina Torrez Saucedo 6390099 SC. 58 casado B/El Terrado 09/1054 20.000.00 Fundador transportista

11 Carlos Araoz Montaño 3138009 Cbba. 48 casado Av. Santa Cruz 04/11/64 20.000.00 Fundador transportista

12 Richard Suarez Osinaga 6248832 SC. 30 casado B/Los chinos 17/02/82 20.000.00 Fundador transportista

Page 38: Practico Cooperativo

13 Pacifico Carrasco Baltazar

346385 Oruro 69 casado Av. 16 de julio 24/01/43 20.000.00 Fundador transportista

14 Constantino Fernández Mamani

3596574 Cbba. 49 casado B/La Moliendita 25/09/63 20.000.00 Fundador transportista

15 Julián Roque Luna 967567 Cbba. 54 casado 12/08/58 20.000.00 Fundador transportista

16 José Luis Sullcani Córdova

3437238 Lpz. 43 casado Calle Eva Perón 21/06/69 20.000.00 Fundador transportista

17 Misael García Vásquez 4440605 Cbba. 47 casado 15/09/65 20.000.00 Fundador transportista

18 Franz Sadat Cortez herrera

6347741 SC. 50 casado Calle Guenda 08/09/62 20.000.00 Fundador transportista

19 Juan Chambi Mamani 3895810 Oruro 38 casado Av. Bush c/7 No. 26

02/02/74 20.000.00 Fundador transportista

20 René Cirilo García Vásquez

2311819 Cbba. 42 casado Av. Centenario 29/06/70 20.000.00 Fundador transportista

PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION PRESIDENTE DEL CONSEJO DE VIGILANCIA

Page 39: Practico Cooperativo

CUADRO DEL FONDO SOCIAL

COOPERATIVA DE TRANSPORTES Y CONSUMO

"LA VELOZ"

(Expresado en Bolivianos)

NO. SOCIOS

NOMINA DE SOCIOS NO. CERTIFICADOS

SUSCRITOS

VALOR DE CADA

CERTIFICADO

FONDO SOCIAL

PAGADO

TOTAL FONDO SOCIAL

FIRMA DE SOCIOS

1 Lola Lupe Vaca Ribera 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

2 Luis Aly Cabrera Pereyra 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

3 Ismael Guzmán Sandoval 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

4 Franz Balceras Trujillo 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

5 Marco Antonio Carrasco Torrico

1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

6 Gonzalo Nova Merino 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

7 Valeriano Cabrera 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

8 Franz Suarez Valencia 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

9 Juanito López Terrazas 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

10 Alvina Torres Saucedo 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

11 Carlos Araoz Montaño 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

12 Richard Suarez Osinaga 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

13 Pacifico Carrasco Baltazar 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

14 Constantino Fernández Mamani

1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

15 Julián Roque Luna 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

16 José Luis Sullcani Córdova 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

17 Misael García Vásquez 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

18 Franz Sadat Cortez herrera 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

19 Juan Chambi Mamani 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

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20 René Cirilo García Vásquez 1 20.000.00 20.000.00 20.000.00

firma firma

PRESIDENTE PRESIDENTE

CONSEJO ADMINISTRACION CONSEJO DE VIGILANCIA

Firma

TESORERO

CERTIFICADOS DE APORTACION

00001

COOPERATIVA DE TRANSPORTES Y CONSUMO "LA VELOZ"

El Concejo de Administración representado por su Presidente y Tesorero, extienden el presente CERTIFICADO DE APORTACION, de un VALOR de VEINTE MIL 00/100 BOLIVIANOS (Bs.20.000.00) en favor del socios Señor:

LUCIA GUTIERREZ SOSSA

Suscrito con el Numero 8888 bajo el Folio No. 5555 del libro de Registro de la Cooperativa.

Santa Cruz de la Sierra 23 de Noviembre del 2013

PRESIDENTE TESORERO

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INTERESADO

SELLO DE LA COOPERATIVA

CERTIFICADO DEL CURSO DE CAPACITACIÓN

DIRECCION GENERAL DE COOPERATIVA

REGIONAL SANTA CRUZ

Con la facultad que confiere la Ley General de Sociedades Cooperativas, la Dirección General de Cooperativas, Regional Santa Cruz, extiende el presente:C E R T I F I C A D OA: Cooperativa de Transportes y Consumo "LA VELOZ"Por haber participado activamente del Cursillo "Básico de Cooperativismo", dictado en fecha 20 de noviembre del 2013 en la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra.

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