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POLÍTICAS, GESTIÓN Y GOBERNANZA MARINAS
1. El punto de partida: la necesidad de formular políticas y herramientas para la gestión
del espacio marino.
La necesidad de ejercer derechos sobre el espacio marino (derechos de propiedad y de
explotación), de resolver conflictos y disputas crecientes y de mantenerlo en condiciones
ambientales y de salud adecuadas fueron los factores que, en los últimos tiempos, determinaron
la aparición de los conceptos de política marina y gestión oceánica (ocean management). Los
cambios en la evolución económica y tecnológica de las sociedades humanas han condicionado,
sin duda, el modo en que los espacios y recursos marinos han sido explotados y las formas de
gestionar de tales elementos. Así pues, la gestión de los océanos ha atravesado distintas etapas
históricas en su evolución, desde momentos en los que se trataba sólo de establecer algún tipo
de jurisdicción sobre las aguas próximas a tierra firme, hasta la época actual, en la que ha
surgido una preocupación por la conservación del medio marino y sus recursos y por la
ordenación integrada de este ámbito geográfico.
El concepto de política marina puede ser definido como política pública de actuación (es decir,
como el resultado de la actividad de algún actor público), como respuesta institucional a los
problemas que demanda la sociedad y que presenta el espacio marino. Se trata de un
instrumento, estrategia o forma de control sobre los múltiples usos del área marina. Las políticas
marinas serían la respuesta de cada Estado a los problemas y conflictos marinos que se
desarrollan en áreas bajo su jurisdicción. La acción pública se ejerce sobre el espacio oceánico
para responder a demandas sociales, cuestiones ambientales y necesidades económicas, y para
afrontar también la defensa de la soberanía territorial.
2. El gobierno del océano en perspectiva histórica. Hitos recientes.
2.1. Evolución social y técnica: impactos sobre la utilización del océano.
La importancia, el aprovechamiento y la gestión de los océanos han ido evolucionando a la par
que las sociedades humanas, especialmente las más desarrolladas tecnológicamente. La
sociedad ha evolucionado, recorriendo cuatro grandes etapas históricas (Vallega, 1990, 69-72;
1992, 46-53) en las que el acercamiento al mar ha sido cuantitativa y cualitativamente creciente:
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� Etapa mercantil (Ss. XVI-XVIII). Este amplio período histórico, coincidente con el
desarrollo de la Edad Moderna y el capitalismo mercantil o preindustrial, viene marcado
por un importante auge del comercio marítimo, favorecido por los numerosos
descubrimientos geográficos de la época. Los océanos sólo experimentaban algunos
usos básicos (navegación, pesca, extracción de sal y actividades militares de superficie),
de tal forma que la incidencia ambiental es casi inapreciable. Es durante este período
cuando, sin embargo, empieza a plantearse la dialéctica mare liberum/mare clausum,
debido, fundamentalmente, al creciente protagonismo adquirido por la navegación.
� Etapa paleo-industrial (Iª Revolución Industrial, S. XIX). Se trata del desarrollo de la
primera industria moderna, que viene acompañado de grandes cambios tecnológicos y
sociales y de una gran modernización de los transportes, entre ellos el marítimo. Éste,
mejorado gracias a la introducción de la impulsión por vapor, empieza a producir los
primeros impactos ambientales junto con los primeros cables submarinos, la ampliación
de ciertos puertos y el aumento de la población en las áreas costeras de los países
industrializados. Como contrapartida, el hombre impulsa de modo decidido la
exploración e investigación oceanográficas, sobre todo desde el último cuarto del S. XIX.
� Etapa neo-industrial (fines del XIX y gran parte del XX). El uso de nuevas fuentes de
energía (hidrocarburos, electricidad, energía nuclear) y la difusión espacial de la
industrialización acentúan la división internacional del trabajo y la desigualdad centro-
periferia, así como el impacto sobre los ecosistemas costero-marinos (contaminación
desde puertos, núcleos urbanos e industrias costeras, contaminación debida a la
navegación en superficie y submarina, incremento de las capturas pesqueras). Se
producen en esta etapa grandes avances tecnológicos que inciden en ciertos usos
marinos (el de la congelación del pescado en alta mar, por ejemplo) y una “invasión” de
la columna de agua y de los fondos marinos por parte de nuevos usos (plataformas
petrolíferas, usos recreativos, navegación de submarinos). La intensificación, además,
del uso militar (guerras mundiales y guerra fría) añade más riesgo para la salud
ambiental del océano.
� Etapa post-industrial (desde los años 60 y, sobre todo, los 70). Aparece debido a
cambios intrínsecos del sistema (nuevas formas de gestión empresarial, nueva
revolución tecnológica en el campo de la información y la comunicación) y también a una
crisis energética, generando un mundo más globalizado, competitivo y desigual. En
estos momentos de cambio, el mar se ve transformado debido a nuevos impulsos:
revolución de los equipos y sistemas de navegación, avances técnicos en la
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exploración/explotación offshore de hidrocarburos, aumento del número de grandes
aglomeraciones humanas en las costas, nacimiento del interés por la arqueología
submarina y por la protección del patrimonio cultural y ecológico del mar, investigación
en aguas más profundas, y aprovechamiento de la energía mareomotriz, de los nódulos
polimetálicos y, más recientemente, de los recursos biogenéticos. En suma, se trata de
un período en el que el uso (y abuso) del océano y sus recursos potencia la toma de
conciencia ambiental y la aparición de nuevas estrategias de protección y gestión de
este ámbito –patrones de gestión comprehensiva; concepción integral de los espacios y
ecosistemas en un continuum tierra/mar–.
Como plantean algunos autores (Vallega, 2001 a, 1-14; 2001 b, 400-401), el desarrollo histórico
de la relación sociedad-océanos tiene dos grandes fases: la “moderna” (desde la Iª Revolución
Industrial hasta los años 70 del S. XX) y la “posmoderna” (desde la crisis y los cambios
acaecidos en los 70 hasta la actualidad). Esta segunda fase, que llega a su estadio de madurez
en los 90, con la consolidación de los procesos de globalización económica, de las tecnologías
de información y comunicación (TICs) y de la sociedad del conocimiento, plantea a los científicos
sociales distintos escenarios futuros para el océano mundial1. Muchas instituciones
internacionales (World Commission on the Oceans, 1998) subrayan el indudable papel que
jugará éste en el futuro del planeta, en la sostenibilidad y en la propia política internacional. Estas
son, desde mi perspectiva, algunas de las más importantes razones para justificar la aparición de
mecanismos novedosos y “creativos” que faciliten el gobierno de los océanos.
La diferencia principal entre la consideración “moderna” y “posmoderna” de los océanos es,
probablemente, su percepción del espacio y los recursos, dado que la primera perspectiva
valoraba el océano sólo como una gran reserva de recursos (alimenticios, energéticos,
minerales) prácticamente inagotables, mientras que la segunda, con una óptica más amplia,
construye una representación del océano más vinculada al patrimonio (cultural y ambiental) y al
mantenimiento de la calidad de vida dentro de unos parámetros sostenibles (Vallega, 2001 a, 9;
1 A este respecto, Friedheim (2000), cita la teoría de Hammond (1998, 22-25) de los tres escenarios posibles para el
futuro: el “Mundo Mercado” (una visión optimista apoyada en los mecanismos de mercado como medios para lograr
desarrollo y modernización para todos los países), el “Mundo Fortaleza” (mucho más conflictivo, inseguro y
problemático, donde esos mecanismos de mercado fracasan) y el “Mundo Transformado” (donde surgen nuevos
valores y donde mecanismos sociales, junto a los de mercado, permitirán conseguir un mundo mejor, más
sostenible y más estable).
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2001 b, 400). Esa “imagen” de lo marítimo más vinculada al bienestar, más cultural, más
identitaria incluso, se vincula a las tendencias que, en tiempos recientes, desarrolla la geografía
humana crítica y posmoderna. Por otro lado, la época posmoderna viene marcada, desde el
punto de vista epistemológico, por el protagonismo de la “teoría de la complejidad”, a través de la
cual el océano es visto como conjunto, como sistema único y global.
A lo largo de la evolución histórica que se viene describiendo los océanos han ido
experimentando un aumento del número de usos y actividades, siendo hoy muy amplio el
conjunto de aprovechamientos que pueden desarrollarse en este ámbito: i) usos
convencionales, que, paulatinamente van evolucionando gracias a la presión de los cambios
económicos y tecnológicos y del crecimiento de la población –el océano como reserva
alimenticia (pesca y acuicultura), como reserva energética (hidrocarburos, energía mareomotriz),
como reserva mineral (arena y grava, sal, fosforitas, nódulos polimetálicos), como espacio de
circulación (navegación comercial y de recreo), como espacio de comunicación (cables
submarinos y otros sistemas de telecomunicación) y como espacio geopolítico (defensa,
sistemas de prevención y lucha contra la piratería, sistemas de seguridad y protección de usos,
actividades y ecosistemas)–; ii) usos emergentes, netamente propios de la época que nos ha
tocado vivir, –océano como espacio de asentamientos e instalaciones (en superficie y fondo),
como componente del ecosistema planetario (observación global, control de la circulación
oceánica, conservación de la biodiversidad, prevención de desastres naturales) y como
“santuario” del patrimonio cultural (arqueología, santuarios culturales)–.
La intensificación de todos estos usos y actividades en términos relativos (aumento de las
capturas pesqueras, del tráfico de mercancías, de la población costera y del número de grandes
ciudades en el litoral, de la explotación offshore de hidrocarburos,…) está provocando una
sobreexplotación del espacio costero-marino y una “sobreocupación” de la superficie, la columna
de agua y el fondo con distintas instalaciones, medios de comunicación y embarcaciones de
distinto tipo. Debemos añadir a todo ello los grandes cambios que, a nivel global, se están
produciendo en nuestro planeta desde hace tan sólo unas décadas. Nos referimos al cambio
climático, cuyas consecuencias principales, en el espacio oceánico, son subida del nivel del mar,
variación de la circulación oceánica (fenómeno ENSO2) y desarrollo de eventos catastróficos o
extremos (tsunamis por ejemplo), y a la globalización, patente en las transformaciones del
2El Niño-SouthernOscillation (El Niño-Oscilación Sur).
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transporte y comercio marítimos, en los avances en sistemas de comunicación y en la amplitud
de los flujos del turismo internacional (Vallega, 2001 b, 404-405). Así mismo, la utilización del
mar puede ser contemplada tanto desde una perspectiva temporal o histórica como espacial,
habida cuenta de que los cambios tecnológicos, económicos o políticos emergen con distinta
intensidad en cada territorio y de que afluyen hacia otros espacios por fenómenos de difusión,
con lo que existen áreas generadoras del “cambio oceánico” (el Atlántico Norte en la etapa
moderna; el Pacífico en la época actual) y otras áreas de importancia distinta dependiendo de su
receptividad a la difusión o de su capacidad tecnológica. Por otro lado, y en líneas generales, la
intensificación de los usos marinos ha ido progresivamente invadiendo las áreas netamente
oceánicas (del ámbito inshore al ámbito offshore), y no sólo el ámbito costero, dejando su huella
y su capacidad “artificializadora” (ocupación humana y transformación del “paisaje” costero y
oceánico con la aparición de frentes costeros muy antropizados y de áreas marinas plagadas de
instalaciones, artilugios y medios artificiales). Estos procesos de claro carácter espacial no dejan
de tener hondas repercusiones en la economía, en el desarrollo general de los países, en los
ecosistemas y en las formas de organización y gestión de estos espacios.
Los retos que la posmodernidad y sus cambios globales (económicos, ambientales,
epistemológicos) plantean al gobierno oceánico son extremadamente complejos como para ser
abordados con patrones y herramientas propias de décadas pasadas. De esta forma, sería
inviable e ineficiente volver a recurrir a instrumentos jurídicos y militares (ius ad bellum) o a
planteamientos geopolíticos “navalistas”, e incluso resultan escasamente prácticas las
tradicionales aproximaciones sectoriales al océano (aún vigentes en muchos Estados). Frente a
épocas “pre-modernas” con escasa incidencia en el medio marino y sin necesidad de
sofisticados instrumentos de intervención (a excepción de la defensa), y a una época moderna
donde la confianza en la racionalidad científica, en la técnica, en el derecho y en las políticas
públicas parecían ser buenas recetas para la regulación del espacio y sus usos, la
posmodernidad se nos muestra como etapa más insegura, más inestable y más compleja,
reclamando paradigmas más asociados a la precaución, más flexibles, más participativos y
democráticos y más holísticos. La ordenación integrada y multi-usos de costas y mares, cuyo
germen sitúan algunos en los 70 (Peet, 1992) y su desarrollo pleno en los 90, es una de las
grandes “creaciones” de la posmodernidad en materia de política de intervención oceánica,
aunque es sólo un paso más hacia lo que hoy empieza a denominarse gobernanza oceánica.
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En años venideros, el océano será, no sólo un área de importancia natural de primer orden, sino
también un espacio de cierta conflictividad y competencia económica, por lo que serán
necesarios tanto un acercamiento “ambientalista” (UNCED, Agenda 21 y paradigma de la
sostenibilidad) como “economicista” y geopolítico (CNUDM, nuevos prismas de gestión pública,
consideración más global de la seguridad). La gobernanza oceánica, aunando perspectivas
ecosistémicas, sociales, políticas, económicas y jurisdiccionales, intenta responder a todo ello.
De cara al futuro, las políticas oceánicas deberán responder al gran reto del desarrollo
sostenible, aunque es casi imposible predecir cuáles serán los nuevos paradigmas científicos.
Algunas posibles áreas de interés para la ciencia oceanográfica pueden ser la percepción
remota, la revolución de la información (TICs), la globalización de la capacidad de modelizar, el
descubrimiento de la biodiversidad funcional, el cambio climático global, los vertidos, el estudio
de la biosfera en los fondos marinos, el estudio de la interfaz tierra/mar, el incremento de la
interdisciplinariedad, la implicación de la sociedad, las pesquerías, y la construcción de
capacidad (capacity building) (Field, Hempel, Summerhayes, 2002, 311-318). Cada uno de estos
temas atraerá sin duda la atención tanto de la comunidad científica como de la sociedad y los
gobiernos, que deberán impulsar nuevas políticas de gestión ad hoc.
2.2. Antiguas y nuevas perspectivas de gestión oceánica.
En paralelo a la evolución de la sociedad y de los usos y aprovechamientos del océano, se ha
producido la evolución de la gestión de este espacio, pudiéndose detectar varias fases3 en la
preocupación por el control e intervención en el mar (Smith, 1994; Suárez de Vivero, González
Romero, 2001):
� Una primera fase, muy dilatada en el tiempo y que llega casi hasta mediados del XX, en
la que observamos un mantenimiento, en la mayoría de los países, del concepto del
mare liberum, pero, al mismo tiempo, la aparición de una incipiente intencionalidad de
controlar las aguas adyacentes al territorio nacional como medida de seguridad y
salvaguarda de recursos4. Es en ese período histórico cuando el auge de las teorías
3Además de la referencia que se cita puede consultarse el artículo de Strain, Rajabifard, Williamson (s.a.).
4Aunque la formulación teórica es más tardía, puede decirse que las primeras controversias por el control político del
océano surgen en el período de los grandes descubrimientos españoles y portugueses, cuando las dos potencias
ibéricas deben llegar incluso a la firma de un tratado (Tordesillas) para delimitar sus esferas de influencia. Desde
fines del S. XVII, no sólo los holandeses, sino también los británicos, defenderán la libertad en los mares (para
favorecer el expansionismo colonial). Sin embargo, actitudes como la de Turquía, al controlar la entrada al Mar
Negro, la de Gran Bretaña en el Canal de Suez, o la de EE.UU. en el Canal de Panamá, contradecían lo anterior y
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navalistas y del sea power condicionan sobremanera las políticas marinas de los
Estados y cuando la aproximación científica y política al océano (“oceanografía política”,
según Ratzel) se entiende más desde una perspectiva geopolítica o geoestratégica que
desde una perspectiva económica o ambiental5.
� Una segunda fase, en torno a los años 40-50 del S. XX, que comienza cuando se
vislumbra la posibilidad de explotar en el medio marino una serie de recursos
(hidrocarburos) de elevado interés estratégico. Esta perspectiva economicista de los
océanos conduce a pretensiones de apropiación, no sólo de la superficie o la columna
de agua, sino también de los fondos marinos. El caso paradigmático fue el de EE.UU.,
que a mediados de los 40 estableció su jurisdicción sobre los recursos de la plataforma
continental tras descubrir el potencial de los depósitos de hidrocarburos en el Golfo de
México. En los años 50, y debido a la presión de países como el citado, comenzó la
tarea de codificación del derecho consuetudinario que desembocará en la adopción de
los convenios de Ginebra de 19586, 7.
� Una tercera fase, en los años 60, en la que se produce una verdadera revolución tanto
en los intereses estatales por el océano como en la formulación teórica de las políticas
marinas. La explotación más generalizada de los hidrocarburos marinos impulsó la
transformación de los usos del mar y de las intenciones de los Estados por ejercer su
jurisdicción sobre amplias zonas del espacio oceánico. La explosión demográfica con su
demanda de alimentos (lo cual provoca la sobrepesca), la emancipación de numerosas
colonias en varios continentes (que demandan ejercer su propia soberanía sobre área
terrestre y área oceánica), el hecho de que el control y explotación de los recursos
marinos se viesen como una adecuada receta para el desarrollo económico de muchos
venían a ser ejemplos del "Mare Clausum". Tratados jurídicos como De Dominio Maris Dissertatio, del jurista
Cornelius Van Bynkershoek (hacia 1702), proponían 2 condiciones necesarias para reivindicar aguas territoriales:
tener un litoral fortificado y controlar, continua y decididamente, ese litoral mediante flota militar. El mar territorial
llegaría al punto de alcance de la artillería. En 1782, el diplomático Galiani propuso el límite de 3 millas marinas para
las aguas territoriales. Ese principio siguió vigente hasta después de la Segunda Guerra Mundial.
5Para un estudio más detallado sobre este enfoque de análisis geopolítico del mar y sobre los usos militares de este
ámbito vid., entre otros, Luttwak (1974), Gorshkov (1979), Grove (1990), Vigarié (1990), Conde Fernández-Oliva
(1997) y Pirtle (2000).
6Primera Conferencia sobre Derecho del Mar.
7Estas primeras etapas en la evolución de la gestión oceánica se desarrollan sobre todo en Europa, donde la
preocupación por la navegación, el uso estratégico, la pesca y la investigación marina han sido tradicionales. Vid.
Smith, Lalwani (1992).
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Estados (planteamiento que, junto con el anterior, demandará un nuevo corpus jurídico
sobre el mar8) y la irrupción de una toma de conciencia ambiental frente a los problemas
de contaminación marina hacen de los años 60 y primeros 70 un período de transición
desde un enfoque simplemente teórico (estructuralista) hacia una visión del océano más
sistémica y compleja y mejor apoyada en instrumentos jurídicos y políticos de
intervención.
� Una cuarta fase, los años 70, que podemos considerar ya como hito fundamental en la
reciente evolución de la gestión oceánica, dado que se producen la incorporación del
tema medioambiental, la plena adopción de un nuevo contexto teórico (la teoría general
de sistemas) (Vallega, 2001 a, 1-20; 2001 b) y el diseño de instrumentos a escala
internacional. Paulatinamente, va teniendo lugar la emergencia de un enfoque integrado
del desarrollo y la ordenación oceánicos y una revolución en la conceptualización de
usos y derechos de soberanía. El tema de la degradación ambiental del mar comienza a
formar parte de las agendas políticas y su intento de solución pasará por la formulación
de instrumentos legales, especialmente en la escala internacional (primeros acuerdos,
planes y convenios para la protección del medio ambiente marino9). Es en este período
cuando nace la gestión oceánica debido, no sólo a la existencia de problemas
ecológicos, sino también al reconocimiento de la importancia de los recursos marinos
para el crecimiento y el desarrollo económicos, al incremento del interés científico por el
mar y al inicio de las primeras negociaciones que culminarían en el CNUDM de 1982.
Los países desarrollados comenzarán a elaborar, en los 70, un cuerpo legislativo sobre
usos y zonificaciones (es el caso de EE.UU., Holanda o Suecia) (Vallejo, 1988) y serán
enormemente influyentes sobre esa tarea tres hitos: 1) la Conferencia de Estocolmo de
1972, a través de la cual la toma de conciencia ambiental y el entendimiento del océano
como sistema impregnarán el derecho internacional; 2) el inicio de la IIIª Conferencia
sobre Derecho del Mar, que dio lugar a una tradición en la elaboración de regulaciones
8La Segunda Conferencia sobre Derecho del Mar(1960) ya aceptó las 12 millas como aguas territoriales. A partir de
entonces, la descolonización y el nacionalismo marítimo condujeron a mayores reivindicaciones territoriales. En
1973, el 50% de los Estados marítimos adoptó las 12 millas y el 7% las 200 millas como límites jurisdiccionales.
9Podemos citar como ejemplos el Convenio de Bruselas de 1971 relativo a la Responsabilidad Civil en el campo del
Transporte Marítimo de Materiales Nucleares, el llamado Oslo Dumping Convention (1972) de prevención de la
contaminación por vertidos desde buques y aeronaves, el London Dumping Convention (1972) de prevención frente
a vertido de residuos y otras sustancias, o el Convenio MARPOL (1973) para la prevención de la contaminación
producida por barcos.
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para el medio oceánico y en la concienciación de los Estados de sus obligaciones y
derechos frente al mar; 3) el Programa de Mares Regionales, que diseña un sistema de
actuación supranacional para combatir distintos tipos de contaminación marina y abordar
otras cuestiones ambientales. La actividad que se realizará en esta década a nivel
internacional creará un adecuado caldo de cultivo para el diseño de numerosos
instrumentos legales e institucionales en cuanto a usos y medio ambiente marino, en
especial en áreas sensibles como costas y playas.
� Una quinta fase, desde los 80, que será la verdadera gestación de un nuevo régimen
oceánico gracias al derecho del mar (CNUDM). A nivel nacional, los Estados intentarán,
con más o menos éxito, desarrollar políticas y legislaciones acordes con el nuevo orden
oceánico y con los nuevos espacios jurisdiccionales que deben administrar.
Básicamente, las propuestas nacionales irán desde la implementación del CNUDM a
través de instrumentos legales de ratificación hasta la creación de instituciones y
mecanismos coordinadores de las políticas implicadas en temas marinos, pasando por la
regulación del uso de recursos en la ZEE. Por otra parte, se desarrolla en los 80 una
tendencia hacia la perspectiva regional, aumentando el número de programas regionales
y de convenios (en el Caribe, Pacífico Sur, etc.) (Glassner, 1990, 113-123; Rodríguez
Mateos, 2001).
� Una sexta fase, que arranca en los años 90 y que está profundamente marcada por la
UNCED de 1992, la consagración del concepto de desarrollo sostenible y la perspectiva
global de los problemas ambientales. En este último período, se va pasando de
formulaciones meramente teóricas y de primeros intentos de elaboración de políticas
oceánicas (en los 80 sólo hubo algunos intentos por parte de EE.UU. y Holanda) a una
verdadera formulación política de estrategias marítimas y políticas oceánicas (que
podremos analizar en el capítulo 3 de este trabajo) y a la sustitución del concepto
“gestión oceánica” –término más asociado a las acciones prácticas y directas de
intervención– por el de “gobernanza oceánica” –mucho más acorde con los actuales
enfoques epistemológicos de análisis oceánico, con las necesidades de ordenación de
una realidad física y social compleja y con la consecución de determinadas metas, es
decir, consistente con la etapa posmoderna– (Vallega, 2001 b).
La gestión oceánica, según Vallejo (1988), ha permanecido, durante prácticamente todas las
etapas descritas, en un nivel prácticamente teórico y académico, que sólo se ha reflejado,
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excepcionalmente, en algún programa (como el llamado Plan Azul10, por ejemplo), al contrario
que la ordenación costera –mucho más práctica y aplicada–, Uno de sus inputs iniciales fue la
conferencia Pacem in Maribus de 1970, seguida por una serie de documentos y propuestas en
las que se abordaba el concepto, aunque el paso definitivo de la teoría a la práctica no se ha
logrado hasta finales de los años 90. De todos modos, ya a finales de los 60 la Comisión Stratton
preparó un informe crucial, influyendo en el primer Programa Nacional de Santuarios Marinos de
1972 y en la US Coastal Zone Management Act del mismo año (y, a más largo plazo, en la actual
política oceánica de los EE.UU). No son propiamente iniciativas de gestión oceánica, dado que la
primera es una política sectorial sobre áreas protegidas y la segunda una ley sobre ordenación
costera. De hecho, es difícil afirmar cuándo la gestión oceánica se materializa en políticas y
leyes. Quizá el Plan Azul (1984) para el Mediterráneo, o el Plan de Gestión Oceánica del Estado
de Hawai (1985) sean los hitos principales y pioneros de este tipo de intervenciones en el
espacio marino (Vallega, 1992, 163-165).
En la evolución de la gestión oceánica influyen, desde luego, parámetros objetivos de tipo físico-
natural (importancia y vulnerabilidad del medio natural, potencial de recursos marinos del área de
que se trate) y de tipo humano (presencia del elemento humano en costas y espacio marino
abierto), y también los grandes cambios económicos y geopolíticos que desplazan, a lo largo del
tiempo, los centros de interés de un lugar a otro del planeta. De este modo, el Atlántico Norte, un
área privilegiada y dominante durante toda la época moderna o industrial, ha formulado e
implementado algunos programas pioneros de gestión en varias zonas (costa atlántica de
EE.UU., Báltico, Mar del Norte, Mediterráneo), aunque está comenzando a ser reemplazado por
el área Asia- Pacífico (Vallega, 1992, 201-208) (con iniciativas nacionales en Australia, Nueva
Zelanda, China, Tailandia, Corea, Malasia, etc. y regionales a través del programa del PNUMA),
hecho éste no ajeno en absoluto a los cambios en los equilibrios de poder mundial o a los
fenómenos de relocalización económica. Como vemos, las principales experiencias han afectado
especialmente al hemisferio norte y mucho menos al sur y es esperable que haya un
desplazamiento de las áreas protagonistas del Atlántico Norte al Pacífico, donde tendrá lugar la
verdadera fase de despegue de la gestión oceánica en su aplicación más práctica (Vallega,
1992, 208).
10Vid. Grenon, Batisse (1989).
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3. Algunas aclaraciones terminológicas. Gestión oceánica, política oceánica, gobernanza
oceánica.
La ordenación de los espacios marinos es un tema que ha sido incorporado muy recientemente a
las agendas políticas de los organismos internacionales y los Estados. Aunque a veces, tanto en
la literatura académica como en los documentos oficiales, se utilizan de forma indistinta términos
como “gestión oceánica”, “política marina (o marítima)”, “gobernanza oceánica” o “estrategia
marina”, sería preciso establecer qué matices diferenciadores existen entre ellos.
Un rápido repaso a las referencias sobre políticas y mecanismos de intervención en el medio
oceánico (véanse publicaciones como Marine Policy, Coastal Management, Ocean and Coastal
Management y Ocean Yearbook, distintos años, y otras referencias bibliográficas), nos permite
comprobar que, de manera preferente, los artículos y libros escritos durante los años 70 y 80
llevan denominaciones en las que se incluyen los conceptos “política marina” (Underdal, 1980) o
“gestión oceánica” (ocean management) (Armstrong, Ryner, 1981; Vallejo, 1988), mientras que a
partir de los 90 y, sobre todo, desde el 2000 predomina en los títulos el concepto de “gobernanza
oceánica” (Cicin-Sain, 1994; Mc Dorman, 2000; Kimball, 2001; Hinds, 2003; Suárez de Vivero,
Rodríguez Mateos, 2004).
El concepto de gestión oceánica tiene el significado de instrumento, estrategia o forma de
control centralizado sobre los múltiples usos del área marina (Couper, 1992).
Una política marina nacional –que hasta el momento actual más bien son “políticas” en plural
(políticas sectoriales, se entiende)– sería la respuesta de cada Estado a los problemas y
conflictos marinos que se desarrollan en áreas bajo su jurisdicción. Este enfoque, lógicamente,
ha ido orientándose paulatinamente hacia una mayor integración intersectorial,
interadministrativa y geográfica (razones biofísicas, funcionales y socioeconómicas obligan a
tomar en consideración conjuntamente los espacios oceánicos y los costeros), mucho más
apropiada para el logro del desarrollo marino. El ámbito geográfico de estas políticas marinas
nacionales sería lo que algunos autores denominan “área litoral” (coastal zone para los
anglosajones), es decir, el espacio que engloba las aguas oceánicas bajo jurisdicción nacional, el
dominio marítimo-terrestre (el componente anfibio) y el área plenamente terrestre, tanto litoral
(coastal uplands en inglés) como continental (una extensión tierra adentro poco delimitada, pero
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con ciertas relaciones respecto al mar)11. Es por esto por lo que muchas veces se identifica la
política marina nacional (el conjunto de estrategias) con la ordenación del litoral o zona
costera (un instrumento más técnico y operativo para llevar a cabo la implementación de la
anterior). Otros autores, sin embargo, diferencian entre la simple ordenación costera, de alcance
geográfico bajo (una concepción geográficamente más restringida y limitada al borde costero o a
la zona intermareal) y de bajo nivel de orientación política nacional, y la política nacional
oceánica, que englobaría todos los espacios marinos y costeros bajo soberanía nacional. La
política marítima u oceánica sería, pues, un planteamiento reflexivo y estratégico que
establece los grandes objetivos y las directrices, y también un marco decisional para lograr la
gestión integrada de los recursos marinos y el espacio oceánico, con un enfoque de eliminación
o minimización de los conflictos y la competencia entre usos y de protección de os valores y
beneficios que, a largo plazo, proporcionan las áreas marinas bajo jurisdicción nacional.
Otro concepto es el de gobernanza oceánica (ocean governance), que puede definirse como un
conjunto de reglas, prácticas e instituciones que interactúan a todos los niveles para proporcionar
equidad y sostenibilidad en la asignación y gestión de los recursos y espacios oceánicos, es
decir, se trataría de un sistema de “gobierno” sui generis en el que habría que tomar en
consideración reglas formales e informales, antiguas y nuevas estructuras de poder (tanto las
instituciones estatales como los demás actores sociales: ONGs ambientalistas, empresas de
explotación de recursos marinos, trabajadores del mar,…), eficiencia y equidad en la gestión de
los recursos, y mecanismos de resolución de conflictos en cuanto al acceso al océano,
especialmente teniendo en cuenta que los problemas son más agudos en un ámbito de actores
interdependientes. Podemos decir también que es, igualmente, un proceso de
gestión/ordenación integrada de las actividades socioeconómicas marinas, de
protección/restauración del medio ambiente marino y de mantenimiento de la calidad de vida de
las poblaciones humanas que dependen de este ámbito para su supervivencia, o, lo que es lo
mismo, un desarrollo oceánico sostenible. Se trata, en suma, de un proceso de optimización de
beneficios (para las actuales y futuras generaciones) a partir de los recursos costero-marinos a
través de un conjunto de leyes, reglas, medidas y estrategias organizativas y de gestión.
11En algún informe del Plan de Acción para el Mediterráneo aparece esta concepción “amplia” del área litoral (vid.
UNEP/MAP, 1995). Era también la propuesta del Prof. Adalberto Vallega (1998). En el ámbito anglosajón, también
este tipo de consideración “amplia” de la zona litoral o costera apareció en los años 70 en la gestión costera de
California.
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Entre los principios en los que se asienta la gobernanza oceánica podríamos señalar, por
ejemplo, la consideración de los océanos como bien común, con el fin de potenciar su desarrollo,
proteger sus ecosistemas, fomentar su uso pacífico y favorecer el acceso equitativo a sus
recursos, la “interconectividad” (interrelaciones entre los distintos componentes del sistema
oceánico, y entre éstos y los sistemas sociales), o el propio concepto de desarrollo sostenible.
Podemos añadir a ellos la “responsabilidad” de individuos y corporaciones a la hora de usar
eficiente y sosteniblemente los recursos oceánicos, la “escala” adecuada de actuación, la
“precaución” frente a las potenciales amenazas al medio y a las dudas razonables que plantee
un uso determinado, la “gestión adaptable” y mejorada continuamente, y la “participación” de
distintos actores socioeconómicos en la formulación e implementación de decisiones de política
oceánica (ver tabla 1). Algunos autores indican, como ejemplos de aplicación de los principios de
la gobernanza, la co-gestión pesquera, la gestión integrada de los recursos hídricos o las áreas
marinas protegidas.
Tabla 1. Principios de la gobernanza oceánica.
Primer nivel Segundo nivel A. Protección ecológica A.1. Áreas protegidas y gestión
A.2. Valores ecológicos especiales A.3. Progreso económico dentro de límites ecológicos A.4. Escala ecológica A.5. Externalidades del mercado e incentivos ecológicos
B. Buena gobernanza B.1. Participación B.2. Transparencia B.3. Certidumbre y fiabilidad (reliability) B.4. Rendición de cuentas (accountability) B.5. Capacidad de imponer normas (enforceability) B.6. Integridad B.7. Efectividad de los costes B.8. Flexibilidad B.9. Aplicación práctica (practicality)
C. Gestión de recursos C.1. Asignación/distribución de costes C.2. Impactos acumulativos C.3. Precaución C.4. Responsabilidad C.5. Gestión adaptable C.6. Mejora continua
D. Patrimonio común de la humanidad
No constan
E. Cooperación pacífica entre países No constan
Fuente: Elaboración propia a partir de la información de Lisbon Principles (1997), Costanza et al. (1998) y Nevill
(2004 a, 2004 b).
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4. Ejemplos de políticas marinas.
Desde hace algunos años, ciertos países han emprendido un importante e interesante proceso
de planificación y gestión de sus espacios marítimos (ver tabla 2). Así, EE.UU., por ejemplo, dio
un temprano ímpetu a este tema gracias a la constitución de la llamada Comisión Stratton a
finales de los 60, a la elaboración, por parte de esa comisión, del conocido informe “Nuestra
Nación y el Mar”, a la redacción de la Coastal Zone Management Act (1972) y al establecimiento
de la NOAA (National Ocean and Atmospheric Administration). Ya en tiempos mucho más
recientes, asistiremos a la formulación de instrumentos jurídicos como la Oceans Act de Canadá,
la Oceans Act de EE.UU. o la Basic Act on Ocean Policy de Japón, y a la redacción de
documentos político-estratégicos muy ambiciosos como la Canada’s Oceans Strategy, la
Australia’s Oceans Policy, o el Ocean Blueprint for the 21th Century de EE.UU. A estas
iniciativas podríamos sumar las de China o Japón y, en países menos desarrollados, las políticas
o estrategias marítimas de Panamá, Brasil, Colombia o India.
4.1. El caso de la Política Oceánica de Australia.
En Oceanía, destacan como casos dignos de estudio Australia y Nueva Zelanda, aunque nos
centraremos fundamentalmente en el primero dado su avanzado estado de desarrollo e
implementación. Australia, que ya desde los años 70-80, e incluso antes (Ley de pesca de
1952), mostró un especial interés por la gestión de sus espacios marítimos (elaboración de
distintas leyes reguladoras de aspectos marítimos, formulación del Oceans Rescue 2000
Program, constitución de la Resource Assessment Commission, firma de acuerdos cooperativos
en materia oceánica entre Gobierno Federal –Commonwealth– y Estados), entrará de lleno en
esta nueva era de las políticas oceánicas en los años 90 al ampliar sustancialmente sus
jurisdicciones marítimas (reclamación de mar territorial de 12 millas, zona económica y
plataforma) y enfrentarse a nuevas y mayores responsabilidades gubernamentales en cuanto a
su gestión y a determinadas implicaciones federales e internacionales: soberanía compartida
entre Gobierno Federal y Estados en el nuevo mar territorial de 12 millas; cambios legislativos de
cierta importancia (Maritime Legislation Amendment Act, Offshore Minerals Act); ampliación de
los derechos soberanos australianos sobre una mayor superficie marina; necesidad de
negociación frente a terceros países que pudieran verse afectados por la ampliación;
obligatoriedad de cumplir con los distintos compromisos que el derecho internacional del mar
impone a Australia. Aunque existen ciertos paralelismos con Canadá y EE.UU., el caso
australiano es hoy, junto con Nueva Zelanda, un ejemplo de formulación de una política oceánica
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sin la existencia previa de una legislación marítima sobre esta materia. Así, nos encontramos con
un amplio listado de leyes sectoriales en distintas materias como la pesca (Fisheries
Management Act de 1991), la exploración y explotación de yacimientos minerales (Offshore
Minerals Act de 1994), las jurisdicciones marítimas nacionales (Maritime Legislation Amendment
Act de1994) o aspectos relativos a la navegación y el comercio marítimo (la antigua Navigation
Act de 1912), pero no una legislación oceánica integradora como las que se han formulado en
Canadá y EE.UU. Sin embargo, en el momento en que se formula la Australia’s Oceans Policy
(AOP) hay varias instituciones y acuerdos institucionales con una clara vocación de integración y
coordinación intersectorial en materia de política oceánica. La AOP no está basada en un
instrumento legislativo, sino más bien en una serie de acuerdos político-institucionales que
permiten desarrollar una gobernanza oceánica intersectorial y multi-jurisdiccional, especialmente
en el caso de la planificación marina regional.
Fig. 1. Planificación y gestión oceánica: elementos nacionales clave en Australia.
Fuente: Commonwealth of Australia (1998 a, 14).
Cuadro 1. Mecanismos institucionales de coordinación e implementación de la Australia’s Oceans Policy.
-National Oceans Ministerial Board (NOMB): Conjunto de ministerios federales (Medio Ambiente, Industria,
Recursos, Pesca, Ciencia, Turismo y Navegación) que tiene como principales responsabilidades dirigir la AOP,
coordinar la política intersectorial, supervisar el proceso de gestión regional y establecer las prioridades económicas
y científicas en materia oceánica.
-National Oceans Advisory Group (NOAG): Compuesto por miembros de ONGs y del mundo académico y científico,
asesorará al NOMB en materias como integración, alcance y efectividad de los planes regionales, siendo un foro de
intercambio de información y de perspectivas entre distintos sectores oceánicos.
National Oceans Ministerial Board
National Oceans Advisory Group
Commonwealth-State coordination through
ANZECC
National Oceans Office
Regional Marine Plan Steering Committees
Page 16
-National Oceans Office (NOO): Agencia responsable de desarrollar la política oceánica australiana, coordinando el
desarrollo, a su vez, de planes marinos regionales y principal elemento de coordinación administrativa entre el
Gobierno Central o Federal, los Estados y los Territorios de esta federación. Desempeña un cierto papel en materias
oceánicas de ámbito internacional.
-Regional Marine Plan Steering Committees (RMP-SCs): Supervisarán el desarrollo de los planes regionales e
informarán al grupo ministerial.
-Australian and New Zealand Environment and Conservation Council (ANZECC): Funciona como un foro
coordinador entre Commonwealth y States.
-Natural Resource Management Ministerial Council (NRMMC): Coordina determinados aspectos relativos a los
recursos salvando el escollo que suponen muchas veces los límites jurisdiccionales.
-Integrated Ocean Management Working Group: Permite al Gobierno Federal y a los Estados colaborar y desarrollar
un enfoque nacional de la gestión oceánica.
-Oceans Board of Management (OBOM): Staff ejecutivo formado por miembros de distintas agencias federales y
que tiene por misión supervisar el trabajo de la NOO y asegurar un enfoque de gobierno global integrado.
-Oceans Policy Science Advisory Group (OPSAG): Asesora científicamente al NOMB a través del OBOM.
-Expert Working Groups y Regional Stakeholders Groups: Formados por expertos gubernamentales y no
gubernamentales y por distintos actores de cada región para asesorar en el proceso de planificación marina
regional.
Fuente: Adaptado de Commonwealth of Australia, 1998 a, 14-17; Wescott, 2000, 869-870; Foster, Haward, 2003;
Foster, Haward, Coffen-Smout, 2005, 393-394.
La política oceánica australiana no surge del vacío; más bien viene a apoyarse en una cierta
cultura política que ha reconocido desde hace décadas el interés e importancia de los océanos
para el desarrollo a largo plazo de la economía australiana y para la mejora de su medio
ambiente. Sobre esa base, el gobierno federal impulsó, a finales de los 90, una política oceánica,
integrada y comprehensiva, con dos finalidades de máximo interés estratégico: desarrollar
plenamente los derechos de soberanía sobre la recién declarada ZEE y asegurar el desarrollo
ecológicamente sostenible de los recursos oceánicos tanto para favorecer la creación de riqueza
como para proteger el medio ambiente. La AOP es la política australiana más significativa en
materia de gobernanza oceánica, puesto que establece el marco general para la
planificación/gestión integrada y ecosistémica de todas las jurisdicciones marinas de Australia.
Su desarrollo intenta responder a una necesidad de coordinación nacional y de mayor
coherencia respecto al derecho del mar y otros acuerdos y normas internacionales. La política
oceánica australiana reconoce que la salud e integridad del ecosistema oceánico son
fundamentales para un desarrollo ecológicamente sostenible y reconoce la importancia de las
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dimensiones ambiental, económica y social de los océanos. La AOP establece también una
planificación marina regional como camino hacia la consecución de una gestión oceánica
integrada y basada en los ecosistemas.
Cuadro 2. Principios para un uso ecológicamente sostenible del océano según la Australia’s Oceans Policy.
La visión y las metas de la AOP son coincidentes con otras políticas y estrategias nacionales como la National
Strategy for Ecologically Sustainable Development, la National Strategy for the Conservation of Australia’s Biological
Diversity, el Intergovernmental Agreement on the Environment y el Heads of Agreementon Roles and
Responsibilities. Los principios que a continuación se enumeran deben aplicarse en cualquier decisión o acción que
afecte al acceso y uso del mar y sus recursos, teniendo en cuenta que los grandes objetivos son la integridad de los
ecosistemas y el desarrollo sostenible:
� Mantenimiento de ecosistemas marinos saludables y productivos.
� Todos los ciudadanos deben compartir los beneficios obtenidos de los recursos marinos comunes y las
responsabilidades en torno a ellos.
� Actividades económicas internacionalmente competitivas y sostenibles (esenciales para crear riqueza, empleo
y desarrollo regional).
� Gestión integrada como medio para satisfacer las aspiraciones económicas, ambientales, sociales y culturales.
� Implicación del conocimiento científico en la gestión de actividades humanas en el ámbito oceánico.
� Prioridad en el mantenimiento de la salud e integridad de los ecosistemas.
� Principio de precaución para prevenir la degradación ambiental del océano.
Fuente: Commonwealth of Australia (1998 a, 18-19).
Por su interés a la hora de comprender mejor los mecanismos de coordinación entre distintos
niveles político-administrativos y de distribución de competencias marítimas, es preciso dedicar
algunas líneas al llamado Offshore Constitutional Settlement (“Acuerdo Constitucional
Offshore”) australiano. El acuerdo surge como reacción al centralismo que el gobierno laborista
pretendía imponer en cuanto a gestión de espacios oceánicos a través de la Seas and
Submerged Lands Act (que planteaba la soberanía del Gobierno Federal sobre mar territorial y
plataforma). El Partido Liberal, que llega al Gobierno Federal tras las elecciones de diciembre de
1975, plantea, frente al “federalismo coercitivo” del anterior Ejecutivo, una política de “nuevo
federalismo” en la que se recupere un ambiente de mayor diálogo con los Estados. Fruto de ese
“nuevo federalismo” (el único fruto) es el Offshore Constitutional Settlement de 1979 y la Coastal
Waters Act de 1980, que concedían mayores capacidades a los Estados en su mar territorial
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adyacente (o “aguas costeras”). Hubo, pues, un principio de acuerdo entre Gobierno Federal y
Estados para distribuir competencias y jurisdicciones (aguas costeras o mar territorial de 3 millas
para los Estados; aguas más allá de ese límite para el Gobierno Federal) y para establecer
algunas autoridades conjuntas para la gestión de ciertos aspectos marítimos.
4.2. La Política Marítima Integrada de la UE.
La actual Unión Europea afronta ya una serie de desafíos y problemas de carácter oceánico que
demandan la formulación, desarrollo y aplicación de una estrategia política común de tipo
marítimo. La futura política marítima europea se justifica sobre la base de ciertos elementos
fundamentales: la magnitud e importancia de los sectores marítimos europeos, las dificultades
que plantean los sectores más tradicionales (hoy en crisis y regresión) y el reto que supone la
ampliación de la UE desde el punto de vista de un incremento espacial marino en el Báltico y el
Mediterráneo. En 2004, y tras el nombramiento de la nueva Comisión Europea, se realiza una
interesante propuesta política que significará, a medio plazo, la conformación de una política
marítima para la Unión Europea: la comunicación titulada una comunicación Towards a future
Maritime Policy for the Union: A European vision for the oceans and seas, formulada por el nuevo
comisario de pesca y asuntos marítimos, Joe Borg. Además, y desde un punto de vista
institucional, se planteaba la creación de un Grupo de Trabajo de Política Marítima (Maritime
Policy Task Force), que, dirigido por el Comisario para la Pesca y los Asuntos Marítimos, debería
incluir otros actores de carácter gubernamental (Estados y Regiones) y no gubernamental
(grupos de interés, ONGs,...). Todos estos sectores trabajarían y debatirían propuestas para
llegar a la formulación definitiva de la política marítima de la UE. En 2006, apareció el Libro
Verde sobre la Política Marítima de la Unión Europea (COM(2006) 275 final), en el que, entre
otras cosas, se destacaba la importancia de mantener el liderazgo europeo en el desarrollo
sostenible de actividades marítimas, de mejorar la calidad de vida en las regiones costeras, o de
recuperar el patrimonio marítimo europeo y reafirmar la identidad marítima de Europa. En 2007,
la Política Marítima de la UE toma forma en el Libro Azul y el Plan de Acción (COM(2007) 575
final), que quedan complementados con las Orientaciones para un planteamiento integrado de la
política marítima (COM(2008) 395 final) y la “hoja de ruta” sobre planificación/ordenación del
espacio marítimo (COM(2008) 791 final). Junto a estos planteamientos, la Estrategia temática
sobre la protección y la conservación del medio ambiente marino (COM(2005) 504 final)
viene a conformarse como el “pilar medioambiental” de la política marítima de la UE.
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Fig. 2. Hitos básicos de la Política Marítima Integrada de la UE.
Fuente: Elaboración propia.
Tabla 2. Distintas iniciativas de política marina y planificación espacial marítima.
País/área regional Iniciativas de tipo estratégico-
político
Iniciativas de planificación
espacial marítima
NORTEAMÉRICA
CANADÁ Oceans Act (1996); Canada’s
Oceans Strategy (2002).
Eastern Scotian Shelf Integrated
Ocean Management Plan (2007).
EE.UU. Oceans Act (2000); Ocean Blueprint
for the 21st Century (2004);
Changing oceans, changing world.
Ocean priorities for the Obama
Iniciativas regionales multi-estatales
(Gulf of Mexico Alliance, Great
Lakes Regional Collaboration,
Northeast Regional Ocean Council,
Page 20
Administration and Congress
(2009); National Policy for the
Stewardship of Oceans, Coasts and
Great Lakes (2010).
y West Coast Governors’
Agreement on Ocean Health);
iniciativas estatales (New York
Oceans and Great Lakes
Ecosystem Conservation Council,
Puget Sound Partnership,
Washington Ocean Caucus and
Ocean Policy Advisory Group,
California Ocean Protection Council,
Massachussetts Ocean Act);
Special Area Management Plans
(SAMP) de Rhode Island,
Massachussetts y California; Florida
Keys National Marine Sanctuary
(FKNMS) (1991-96, revisado en
2005).
ASIA
CHINA Política Oceánica China (1991);
Plan Nacional para el Desarrollo
Marino (2001-2010) (1994); Ocean
Agenda 21 (1996); Law on
Management of Sea Area Use
(2002); State Ocean Development
Programme 2010-2020 (2006).
Esquema Nacional de Zonificación
Funcional Marina (2002)
JAPÓN Basic Act on Ocean Policy (2007);
Basic Plan on Ocean Policy (2008).
COREA DEL SUR Marine Development Basic Act
(1987); Coastal Zone Management
Act (1999); Marine and Fisheries
Development Basic Act
(2002);Marine and Fisheries
Development Basic Plan (Korea’s
Oceans Policy) (2004).
FILIPINAS National Marine Policy (NMP)
(1994); Executive Order Nº 533
adopting ICM as a national strategy
to ensure sustainable development
of the Country's coastal and marine
environment and resources (2006).
INDIA Ocean Policy Statement (1982).
Page 21
MALASIA National Policy on Coastal
Resources Management (1992);
National coastal zone policy
initiative (1999).
Coastal Resources Management
Plan for South Johore (1992).
TAILANDIA National Ocean Policy
VIETNAM National Strategy of Marine
Economy Development Toward
Year 2020 (2007); Governmental
Decree Nº 25/2009/ND-CP on
Integrated Marine Resources
Management and Environmental
Protection (2009).
INDONESIA Coastal Zones and Small Islands
Management Act (2007).
OCEANÍA
AUSTRALIA Offshore Constitutional Settlement
(1979); Coastal Waters Act (1980);
Australia's Oceans Policy (1998).
Great Barrier Reef Marine Park
Zoning Plan (2003); Marine
Bioregional Plans (desde 2005).
NUEVA ZELANDA Oceans Policy for New Zealand
(2002-2003) [fase de formulación]
EUROPA
FEDERACIÓN RUSA Marine Policy Document (2001).
NORUEGA Report Nº 12 (2001-2002),
Protecting the riches of the seas;
Marine Resources Act (2008).
Report Nº 8 (2005-2006), Integrated
Management of the Marine
Environment of the Barents Sea and
the Sea Areas off the Lofoten
Islands (White Paper); Integrated
Management Plan for the Barents
Sea-Lofoten area (2006); Report Nº
37, Integrated Management of the
Marine Environment of the
Norwegian Sea (2009).
FINLANDIA Finland’s Programme for the
Protection of the Baltic Sea (2002).
HOLANDA Spatial Planning Policy Document
(2004); Integrated Management
Plan for the North Sea 2015 (2005).
SUECIA The Sea – time for a new strategy
(2003); Swedish Action Plan for the
Marine Environment (2005).
Page 22
ALEMANIA Extensión de la
Raumordnungsgesetz (Spatial
Planning Act) a la ZEE (2004);
Regional Development Plan de
Mecklemburgo-Pomerania (2005);
Regional Development Plan de Baja
Sajonia (2006); Spatial Marine Plan
for German EEZ North Sea y Baltic
Sea (2007); Draft Ordinance on
Spatial Planning in the German
Exclusive Economic Zone (AWZ-
ROV) (2008); Guidelines for a
“Maritime Development Plan” within
the context of an integrated German
maritime policy (2009).
BÉLGICA Master Plan for the Belgian Part of
the North Sea (2003); Towards a
spatial structure plan for sustainable
management of the sea (2005).
ISLANDIA Ocean Iceland’s Policy (2004).
PORTUGAL Estratégia Nacional para o Mar
(2006).
Plano de Ordenamento do Espaço
Marítimo (2010).
FRANCIA Rapport d’Information sur l’action de
l’État en mer (2005) ; Informe Une
ambition maritime pour la France
(2006); Livre bleu. Stratégie
nationale pour la mer et les océans
(2009).
REINO UNIDO Marine and Coastal Access Act
(2009);Marine (Scotland) Act (2010).
Pilot project: Marine Spatial
Planning for Nature Conservation in
the Irish Sea (2004).
ESPAÑA Ley de Protección del Medio Marino
(2010).
ÁREA DE COOPERACIÓN
TRILATERAL DEL MAR DE
WADDEN (Dinamarca-Alemania-
Holanda)
Trilateral Wadden Sea Plan (1997);
Trilateral Wadden Sea Plan 2010
(2010).
UNIÓN EUROPEA Thematic Strategy on the Protection
and Conservation of the Marine
Environment (COM(2005) 504 final);
Roadmap for Maritime Spatial
Planning (COM(2008) 791 final).
Page 23
Green Paper-Maritime Policy of the
EU (COM(2006) 275 final); Blue
Book and Action Plan (COM(2007)
575 final); Guidelines for an
Integrated Approach to Maritime
Policy (COM(2008) 395 final);
Marine Strategy Framework
Directive (Directive 2008/56/CE).
HELCOM (MAR BÁLTICO) HELCOM Baltic Sea Action Plan
(2007).
IBEROAMÉRICA
PANAMÁ Decreto Ley Nº 7 de 1998 por el
cual se crea la Autoridad Marítima
de Panamá(1998); Estrategia
Marítima Nacional (2004)
BRASIL Política Nacional para os Recursos
do Mar (PNRM)(1980 y 2005);
Política Marítima Nacional (PMN)
(1994).
MÉXICO Agenda del Mar (2001); Política
Nacional Ambiental para el
Desarrollo Sustentable de Océanos
y Costas (PNADSOC) (2006).
Estrategia Nacional Para el
Ordenamiento Ecológico del
Territorio en
Mares y Costas (2006).
COLOMBIA Política Nacional Ambiental
para el Desarrollo Sostenible de los
espacios Oceánicos y las Zonas
costeras e Insulares de
Colombia (PNAOCI) (2000); Política
Nacional del Océano y de los
Espacios Costeros (PNOEC)
(2008).
JAMAICA Natural Resource Conservation
AuthorityAct (1991); Ocean and
Coastal Zone Management
Policy(2002).
Fuente: Elaboración propia a partir de distintos documentos.
Page 24
5. La planificación espacial marina12.
La expansión de actividades marinas y la necesidad creciente de dar cumplimiento a lo
establecido en acuerdos internacionales sobre protección de la biodiversidad han otorgado un
enorme interés a la Marine Spatial Planning (MSP) o planificación espacial marina como
instrumento de gestión de usos marinos. La idea, que estaba inicialmente impulsada por un
interés nacional e internacional por desarrollar áreas marinas protegidas, ha evolucionado hacia
la gestión de múltiples usos del espacio marino y la conservación natural (especialmente de
áreas más sensibles ecológica y biológicamente) dentro de un contexto de planificación
multiusos del espacio oceánico (Douvere, 2008).
La planificación espacial es un proceso que, superando el tradicional enfoque de la gestión
costera, puede condicionar dónde y cuándo ocurrirán las actividades en el espacio marino. La
planificación espacial marina, como proceso para asignar espacios a usos específicos, puede
ayudar a evitar conflictos entre usuarios (dado que pueden concurrir simultáneamente en un
mismo espacio), a mejorar la gestión de las reclamaciones de espacio, a hacer más sostenible la
gestión de actividades marinas y a apoyar una gestión ecosistémica de océanos y mares. Otra
forma de definirla es la siguiente: proceso de análisis y asignación de partes de los espacios
marinos tridimensionales a usos específicos, para lograr objetivos ecológicos, económicos y
sociales que son usualmente especificados a través del proceso político; el proceso de PEM
desemboca normalmente en una visión o plan comprehensivo para una región marina. Es, en
suma, un complicado pero necesario proceso para establecer una organización más racional del
uso del espacio marino y de las interacciones entre usos con el fin de proteger la diversidad
biológica del medio marino, tomando también en cuenta los objetivos sociales y económicos
(cuadro 3).
Cuadro 3. Beneficios potenciales de la planificación espacial marina.
-Enfoque holístico que permite manejar distintos objetivos y alcanzar el desarrollo sostenible.
-Mejor integración de los objetivos marinos (entre distintas políticas y distintos niveles de planificación).
12Aunque en este y en otros muchos documentos se emplea el término planificación espacial marina, la Comisión
Europea da preferencia al término planificación espacial marítima con el fin de destacar el enfoque intersectorial
global del proceso. Vid. Comisión de las Comunidades Europeas (2008), pág. 2.
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-Enfoque más estratégico y proactivo.
-Mayor certidumbre a la hora de tomar decisiones.
-Sistema de licencias y concesiones más eficiente y responsable.
-Reducción de conflictos.
-Reducción del riesgo de actividades que afectan al medio ambiente.
-Mejor capacidad para planificar nuevas y cambiantes actividades.
-Uso más eficiente de espacios y recursos disponibles.
-Gestión de la información más estratégica y efectiva.
Fuente: Adaptado de Gilliland y Laffoley (2008, 788).
Apoyada en una gestión ecosistémica, la planificación espacial marina viene a ser el instrumento
clave para ordenar, de modo racional, concreto y detallado, áreas específicas del mar, asignando
usos, evitando conflictos, protegiendo el medio e impulsando actividades económicas.
Un producto clave de este proceso será el establecimiento de algún tipo de plan estratégico,
que proporcionará una base firme para la toma de decisiones racionales y consistentes (Maes,
2008, 798). Para que sea efectiva, la planificación espacial debe desenvolverse como un
proceso continuo y adaptativo, en al menos tres fases (Douvere, 2008, 766): 1) planificación y
análisis, 2) implementación y 3) seguimiento y evaluación. En todas las fases será fundamental
tanto la participación pública (que proporcionará la aceptación y legitimación social de las
regulaciones y mejorará la implementación) como una adecuada financiación. La MSP es
considerada como uno de los instrumentos para lograr una gestión ecosistémica de los usos
marinos y puede desarrollarse sobre la base de una legislación nacional o una sólida política
nacional (Ehler y Douvere, 2007).
Este tipo de planificación marina es similar a la desarrollada en tierra (ordenación del territorio,
aménagement du territoire, regional planning). Así, crea y establece una organización más
racional del uso del espacio marino y de las interacciones entre usos, mantiene el equilibrio entre
la demanda de desarrollo y la necesidad de proteger el medio, y logra objetivos sociales y
económicos de un modo abierto y planificado. Analiza y asigna partes del espacio tridimensional
marino a usos específicos (no necesariamente usando la técnica del “zoning”), con el fin de
lograr objetivos ecológicos, económicos y sociales.
Page 26
La creciente demanda de bienes y servicios de origen marino (alimentación y energía sobre
todo) excede muchas veces la capacidad de las áreas marinas para responder simultáneamente
a utilizaciones tan diversas. Los recursos marinos son bienes comunes de libre acceso y ello
puede conducir a su posible agotamiento. Debido a que no siempre los bienes y servicios
marinos pueden expresarse en términos monetarios y, por ende, no pueden ser regulados a
través de los instrumentos de mercado al uso (pensemos en los servicios de tipo ecológico y en
los hábitats naturales), es preciso que los poderes públicos sean los responsables de establecer
el marco regulador sobre aspectos tales como: qué recursos son explotables, de qué modo, en
qué grado, dónde y en qué momento. Este proceso sería realizado precisamente a través de la
planificación espacial marina. Por otra parte, hay que tener en cuenta que el espacio oceánico no
es homogéneo y que ciertas áreas marinas son más importantes y vitales que otras. Una
planificación/gestión eficiente debe tomar en consideración esa heterogeneidad espacial (y
temporal) del espacio marino y valorar adecuadamente el interés (ecológico, económico o
histórico-cultural) que pueda derivarse de cada tipo de áreas.
En cuanto a los elementos estrictamente espaciales (alcance y escala), lo lógico es pensar que
la MSP debe abarcar todas las aguas dentro de una jurisdicción particular (por ejemplo la ZEE
de un Estado); sin embargo, el grado de esfuerzo planificador y el nivel de detalle requerido
variarán espacialmente dependiendo de las circunstancias. En cuanto a las escalas (tabla 3), lo
mejor es usar un enfoque jerárquico, abordando diferentes aspectos o detalles en cada nivel.
Sería un “enfoque anidado” (nested approach) en el que cada nivel proporciona el contexto para
el nivel inferior. La escala a la que cada nivel se define varía de un país a otro. En ciertos casos
se piensa adoptar el nivel nacional (strategic planning policy guidance), ciñéndose a las fronteras
o jurisdicciones nacionales, el regional (integration of policy and comprehensive planning) y el
local (por ej. áreas densamente utilizadas o altamente conflictivas como algunos estuarios).
Igualmente importante es definir las fronteras de las áreas de actuación, tanto de modo “lateral”
(a lo largo de la costa), como hacia tierra firme (landward) y hacia el océano (seaward). Por otro
lado, las experiencias nacionales deben conducir hacia una MSP sobre escalas
regionales/internacionales. El problema, sin embargo, es responder a la cuestión de cuál es la
escala adecuada para establecer una MSP, o, planteado de otro modo, ¿cuáles son los límites
del espacio adecuado para una gestión ecosistémica y espacial del medio marino?
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Tabla 3. Escalas de planificación espacial marina.
Escala Ámbitos espaciales Entidades/instituciones competentes
Nivel regional/internacional
• Grandes ecosistemas marinos • Eco-regiones marinas • Espacios marinos
transfronterizos
Instituciones supranacionales e internacionales Estados
Nivel nacional • Jurisdicciones marítimas nacionales
Gobiernos e instituciones estatales
Nivel sub-nacional • Aguas costeras de las divisiones sub-estatales: CC.AA., regiones, Länder, estados miembros de federaciones,…
Gobiernos e instituciones estatales; autoridades de carácter regional o sub-estatal
Nivel local • Ecosistemas concretos: bahías, estuarios, áreas portuarias…
Instituciones estatales, sub-estatales y locales
Fuente: Elaboración propia.
Si nos movemos en un nivel internacional, podemos tomar como referencia los grandes
ecosistemas marinos (large marine ecosystems), cuyas fronteras se extienden más allá de las
fronteras nacionales y que requieren la cooperación entre dos o más Estados. Es idóneo en esos
casos de escala regional/internacional recurrir a las convenciones regionales como marco
regulador (la Directiva sobre Estrategia Marina de la UE define una serie de regiones marinas y
sub-regiones como unidades de gestión). Si tomamos la escala nacional, el derecho del mar
establece una serie de competencias de actuación y gestión sobre distintas jurisdicciones (aguas
interiores, aguas archipelágicas, mar territorial, zona contigua, plataforma continental, zona
económica exclusiva y zonas de pesca). Así mismo, es preciso considerar otras medidas
reguladoras relativas a la navegación (esquemas de separación de tráfico, rutas recomendadas,
áreas de precaución, reglas de la IMO, etc.), a las áreas especialmente sensibles
ecológicamente (IMO), o a la gestión y conservación de recursos vivos (convenios y acuerdos
sobre pesca, organizaciones regionales de pesca). El ejercicio de la completa jurisdicción sobre
el espacio marino nacional (que se materializa en la explotación económica del mismo) debe
guardar un cierto equilibrio con la necesidad de proteger el medio ambiente marino (una cuestión
que afecta e interesa globalmente). Debe haber, pues, un equilibrio entre el interés global y el
interés nacional. Además, los Estados tienen que asegurar que las actividades que tienen lugar
bajo su jurisdicción, ratione loci (aguas interiores, mar territorial, ZEE, plataforma continental),
Page 28
ratione materiae (barcos que navegan con bandera nacional), no causen daño a otros Estados o
a espacios más allá de su jurisdicción.
¿Cuáles son los pasos a dar en el proceso de planificación espacial marina? (cuadro 4; Fig. 3).
Es evidente que tal proceso demanda una serie de inputs como planteamiento de objetivos,
datos espaciales, o identificación de prioridades. Los outputs pueden incluir un conjunto de
herramientas de planificación tales como (Gilliland y Laffoley, 2008, 792):
1) core strategy (una visión integrada de las implicaciones de diferentes objetivos)
2) evaluación espacial (basada en los datos recogidos)
3) medidas de gestión (como mitigación, compensación, condiciones de planificación o
“planes de acción” para áreas particulares)
4) diferentes tipos de asignación (indicativa, prescriptiva)
5) zonificación
Cuadro 4. El proceso de planificación espacial marina paso a paso.
1. Identificación de necesidades y de una autoridad responsable
2. Obtención de apoyo financiero
3. Proceso previo al plan (programa de trabajo, definición de principios y objetivos, marco geográfico y temporal)
4. Organización de la participación de actores sociales
5. Análisis de las condiciones existentes (aspectos ecológicos, actividades humanas, conflictos,…)
6. Definición de las condiciones futuras (demandas, escenarios espaciales,…)
7. Preparación y aprobación del plan de ordenación espacial
8. Implementación y entrada en vigor de las medidas del plan
9. Seguimiento y evaluación de los resultados
10. Adaptación/rectificación del proceso
Fuente: Ehler, Douvere (2009).
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Fig. 3. El proceso de planificación espacial marina paso a paso.
Fuente: Ehler, Douvere (2009).
¿Qué requisitos mínimos deben tener los planes espaciales marinos? Deberán contener al
menos una cartografía de las aguas marinas con la distribución espacial y temporal, real y
potencial, de todas las actividades marítimas relevantes. Al establecerse el plan, se tendrán en
cuenta, al menos, las siguientes actividades: a) las instalaciones para la extracción de energía y
la producción de energía renovable; b) los sitios de extracción de petróleo y gas y las
infraestructuras; c) las rutas de transporte marítimo; d) cables submarinos y trazado de las
conducciones (oleoductos y gasoductos); e) las zonas de pesca; f) centros de cultivos marinos
(acuicultura).
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Un aspecto importante de la MSP, y a la vez un gran escollo en muchos casos, es el de la
implementación. Muchos planes no llegan nunca a implementarse, y ello a pesar del dinero y el
tiempo invertidos, y a pesar de que científicos y políticos plantean su necesidad. ¿Es debido a
que ambos colectivos tienen perspectivas y valores distintos? Parece que sí, puesto que,
mientras los científicos parten de un mayor bagaje teórico y manejan herramientas
metodológicas y técnicas diversas, los políticos dominan y conocen los procesos de gobernanza
y los valores sociales. Además, la ciencia está más preocupada por la indagación, la descripción
y la explicación, pretende ser neutral y libre de valores, y se somete a estándares de objetividad,
fiabilidad y validez, mientras que la política práctica está preocupada por la gobernanza de las
actividades humanas, es normativa y toma decisiones sobre la base de valores sociales, y refleja
valores, apoyo y liderazgo. La experiencia aprendida del caso belga (Douvere et al., 2007) nos
indica lo importante de plantear un claro liderazgo (apoyado en algún ministerio o departamento)
que oriente e impulse la política marina, de reconciliar los enfoques de científicos y de políticos,
de mostrar resultados en un corto espacio de tiempo (algo que los políticos “ven” más
claramente que la ciencia), de disponer de un presupuesto adecuado, y de plantear procesos
más transparentes y participativos (Plasman, 2008).
6. Ejemplos de planificación espacial marina.
En Europa, aunque desde hace algún tiempo se viene reflexionando sobre la oportunidad de
emplear en el espacio marino instrumentos de planificación similares a los utilizados en tierra
firme, destacan fundamentalmente los países en torno al Mar del Norte (casos de Alemania,
Bélgica y Holanda, aunque también es interesante lo que el Reino Unido está empezando a
plantear de cara al futuro). Aunque la mayor parte de los planes marinos que podemos analizar
en cualquier parte del mundo están muy asociados al establecimiento de áreas marinas
protegidas y reservas y a objetivos de conservación (caso de la Gran Barrera de Arrecifes
australiana o los cayos de Florida), los ejemplos europeos ponen el acento sobre todo en la
identificación y resolución de conflictos entre distintos usos y usuarios marinos. Holanda, por
ejemplo, va a desarrollar un plan de gestión integrada para el Mar del Norte, que incluye un
marco político para la planificación espacial marina. A su vez, en Alemania los Länder costeros
han extendido sus competencias de planificación espacial hacia el mar territorial, mientras que el
Gobierno Federal extiende las suyas hasta la ZEE. Por su parte, Reino Unido ha planteado una
propuesta de ley marítima (Marine Bill) y está valorando los beneficios que la aplicación de la
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planificación espacial puede reportar a sus aguas jurisdiccionales (ver tabla 2). Otros ejemplos
europeos son la planificación espacial marina en la región del Báltico a través del INTERREG IIC
Project Baltic Manual (BALANCE), o el Adriatic Sea integrated coastal areas and river basin
management system pilot project (ADRICOSM).
6.1. La planificación espacial marina en Alemania.
En Alemania la planificación especial marina se encuentra aún en una temprana fase. Las
iniciativas en esta materia surgen en 2001, en la Ministerial Conference on Spatia lPlanning, que
recomendó extender los planes espaciales de los Länder al Mar Territorial. En julio de 2004 entró
en vigor una enmienda a la Ley Federal de Planificación Espacial (Raumordnungsgesetz) en
la que se contemplaba extender los objetivos y principios de la planificación espacial
(regional/spatial planning) a la zona económica exclusiva. En 2007, la Agencia Marítima e
Hidrográfica Federal (Bundesamtfür Seeschifffahrtund Hydrographie) planteó distintos planes
marítimos espaciales para las zonas económicas del Mar del Norte y del Báltico.
En el nivel regional, los tres Länder costeros (Mecklemburgo-Pomerania Occidental, Baja Sajonia
y Schleswig-Holstein) están poniendo en marcha planes espaciales marítimos para el mar
territorial. En concreto, Mecklemburgo-Pomerania Occidental elaboró, en 2005, el Regional
Development Plan 2005, que incluyó las aguas territoriales adecuadas para instalaciones de
producción de energía eólica y las áreas prioritarias de protección natural, siendo el primer
Länder alemán que ha integrado los asuntos marítimos en la planificación regional de desarrollo.
En Baja Sajonia esa planificación entró en vigor en 2006 y en Schleswig-Holstein aún está en
preparación.
6.2. Propuesta de planificación espacial marina de la UE.
La propia Unión Europea ha puesto un énfasis especial en la utilización de la planificación
espacial marina como instrumento para el logro de la integración intersectorial y de un desarrollo
sostenible de áreas costeras y marinas. Es por ello por lo que el Blue Book de la política
marítima europea [COM(2007) 575 final] plantea una hoja de ruta para facilitar el desarrollo de
este tipo de planificación en los Estados miembros. En 2008, la Comisión Europea redactó la
comunicación titulada Hoja de ruta para la ordenación del espacio marítimo: creación de
principios comunes en la UE [COM(2008) 791 final], en la que se justifica el uso de la
planificación espacial marítima como herramienta que proporcione un marco de arbitraje entre
actividades marinas en competencia y que logre un uso sostenible de los recursos marinos. Por
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otra parte, se justifican igualmente las ventajas que proporciona un enfoque europeo,
especialmente porque se trata de ordenar un espacio que, en gran parte, es transfronterizo.
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