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AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD EL ESTADO PERUANO I.E. Nº 5143 “ESCUELA DE TALENTOS” ÁREA : FORMACIÓN CIUDADANA Y CÍVICA TEACHER: TEÓFILO JULIO OBREGÓN CALERO GRADE : 5º AÑO DE SECUNDARIA
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poder ejecutivo

Mar 17, 2016

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Page 1: poder ejecutivo

AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD

EL ESTADO PERUANO

I.E. Nº 5143 “ESCUELA DE TALENTOS”

ÁREA : FORMACIÓN CIUDADANA Y CÍVICATEACHER: TEÓFILO JULIO OBREGÓN CALEROGRADE : 5º AÑO DE SECUNDARIA

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PODERES DEL ESTADO

EJECUTIVO

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PODER EJECUTIVO

Está integrado por

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REQUISITOS

Presidente del Perú

1. Ser peruano de nacimiento.2. Haber cumplido 35 años.3. Gozar del derecho de

sufragio. Es elegido por un periodo de 5 años. Mediante sufragio directo, con más de la

mitad de votos. En caso de segunda vuelta, se realiza

treinta días después del conteo oficial. Se eligen también a los dos

Vicepresidentes.. No hay reelección inmediata.

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VACANCIA DE LA PRESIDENCIA (Art. 113)

1. Muerte del Presidente de la República.2. Su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso.3. Aceptación de su renuncia por el Congreso.4. Salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a él dentro del plazo fijado. Y5. Destitución, tras haber sido sancionado por alguna de las infracciones mencionadas en el artículo 117 de la Constitución.

Traición ala Patria. Impedir elecciones: presidenciales,

regionales o Municipales. Por disolver el Congreso (salvo art. 134) Impedir el Funcionamiento del JNE.

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ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DELA REPÚBLICA

1. Cumplir y hacer cumplirlas leyes y la Constitución.2. Representar al Estado dentro y fuera de l territorio.3. Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República.

4. Convocar a elecciones Generales, del Congreso, Regionales y distritales.5. Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del JNE.Nombrar embajadores y ministros plenipotenciarios, con aprobación de los Ministros.

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7. Presidir el Sistema de Defensa Nacional.8. Declarar la guerra y firmar la paz, con autorización del Congreso.9. Negociar los empréstitos.

10. Regular las tarifas arancelarias.11. Conceder indultos y conmutar penas.12. Autorizar a los peruanos para servir en un ejército extranjero

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CONSEJO DE MINISTROS

La dirección y la gestión de los servicios públicos están confiadas al Consejo de Ministros; y a cada ministro en los asuntos que competen a la cartera a su cargo.

Son nulos los actos del Presidente de la República que carecen de

refrendación ministerial.

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REQUISITOS PARA SER MINISTRO

1. Ser peruano por nacimiento,2. Ciudadano en ejercicio y 3. Haber cumplido veinticinco años de edad. * Los miembros de las FFAA y de la PNP pueden ser ministros.

Dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros . Plantea al efecto cuestión de confianza.

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Es obligatoria la concurrencia del Consejo de Ministros, o de cualquiera de los ministros, cuando el Congreso los llama para interpelarlos. Por el 15% de congresistas(Art. 131)

El Consejo de Ministros, o el ministro censurado, debe renunciar. Y el Presidente lo admite luego de 72 horas. (DECRETO DE URGENCIA)

Page 11: poder ejecutivo

ESTADO DE EMERGENCIA ESTADO DE SITIOEn caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación.

En caso de invasión, guerra exterior, guerra civil, o peligro inminente de que se produzcan.

Se puede restringir o suspender el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.

con mención de los derechos fundamentales cuyo ejercicio no se restringe o suspende

El plazo no excede de sesenta días. El plazo no excede de cuarenta y cinco días.

ESTADO DE EXCEPCIÓN