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Federico Gonzlez Surez (Barrio El Panecillo) Telfono:
2575030
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COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES DE LOJA
PROGRAMA DE URBANIZACION Y VIVIENDA PROURVI
CODIGO DEL PROCESO: CD-P-CICL-002-2013
Objeto de la contratacin: CONSULTORIA PARA FISCALIZACIN DE OBRA:
CONSTRUCCIN
SISTEMAS DE ALCANTARILLADO SANITARIO, ALCANTARILLADO PLUVIAL Y
AGUA POTABLE,
DEL PROGRAMA DE URBANIZACIN Y VIVIENDA PROURVI III, UBICADO EN
LA PARROQUIA SAN
SEBASTIAN, CANTN LOJA DE LA PROVINCIA DE LOJA"
Loja, julio 2013
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CONTRATACIN DIRECTA DE CONSULTORIA PARA FISCALIZACIN DE
OBRA
CD-P-CICL-002-2013
NDICE
SECCIN I.- INVITACIN
SECCION II.- OBJETO DE LA CONTRATACIN DIRECTA PARA FISCALIZACIN
DE LA OBRA
SECCION III.- CONDICIONES GENERALES
3.1 Inhabilidades
3.2 Modelos obligatorios de pliegos
3.3. Obligaciones del oferente
3.4 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones
3.5 Entrega de la oferta
3.6 Idioma y autenticidad de los documentos de la oferta
3.7 Apertura de la oferta
3.8 Convalidacin de errores de forma
3.9 Causas de rechazo
3.10 Garantas
3.11 Cancelacin de procedimiento
3.12 Declaratoria de procedimiento desierto
3.13 Adjudicatario fallido
3.14 Administracin del contrato
3.15 Moneda de cotizacin y pago
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SECCIN IV.- CONDICIONES ESPECFICAS
4.1 Cronograma del procedimiento de contratacin directa
4.2 Vigencia de la oferta
4.3 Forma de pago
4.4 Requisitos formales
4.5 Contenido de la oferta
4.6 Trminos de referencia
SECCION V.- PROYECTO DE CONTRATO
SECCION VI.- MODELOS DE FORMULARIOS
Formulario No. 1 CARTA DE ACEPTACIN Y COMPROMISO
Formulario No. 2 IDENTIFICACIN DEL OFERENTE
Formulario No. 3 EXPERIENCIA DEL CONSULTOR EN LA EJECUCIN DE
SERVICIOS DE CONSULTORA SIMILARES
Formulario No. 4-A TRABAJOS EJECUTADOS
Formulario No. 4-B TRABAJOS EN EJECUCIN
Formulario No. 5 LISTA DEL PERSONAL PRINCIPAL ASIGNADO AL
PROYECTO
Formulario No. 6 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO
Formulario No. 7 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y
METODOLOGA
Formulario No. 8 OFERTA ECONMICA
Formulario No. 9 REFERENCIA RESOLUCIN INCOP 37-09 ((que
sustituye a la Resolucin INCOP No. 028-09), para el caso de
personas jurdicas
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CONTRATACIN DIRECTA DE CONSULTORIA PARA FISCALIZACIN DE OBRA
CD-P-CICL-002-2013
SECCIN I
INVITACIN
De acuerdo con los Pliegos de Contratacin Directa de Consultora
para Fiscalizacin
de Obra aprobados por el Mgs. Ing. Hildo Napolen Ordez Pineda,
en calidad de
Presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja/PROURVI,
mediante Resolucin
No. 03 de fecha de 11 de JULIO del 2013, se invita a ING. RICHAR
MANOLO
GALARZA para que presente su ofertas tcnica y econmica para la
realizacin de la
CONSULTORIA PARA FISCALIZACIN DE LA OBRA: CONSTRUCCIN
SISTEMAS
DE ALCANTARILLADO SANITARIO, ALCANTARILLADO PLUVIAL Y AGUA
POTABLE, DEL PROGRAMA DE URBANIZACIN Y VIVIENDA PROURVI III,
UBICADO EN LA PARROQUIA SAN SEBASTIAN, CANTN LOJA DE LA
PROVINCIA DE LOJA"
El consultor invitado podr realizar preguntas a travs de la
pgina WEB www.ingenieroscivilesloja.com,ec, o al correo
[email protected], dentro de las 24 horas siguientes a la recepcin
de la invitacin. El Colegio de Ingenieros Civiles de Loja/PROURVI
responder las preguntas formuladas o formular aclaraciones, a travs
del mismo medio, en un trmino de 24 horas, contado desde la fecha
lmite de recepcin de preguntas. El invitado entregar su oferta
tcnica (original y copia) en el trmino de 5 das desde la
recepcin de la invitacin, en la siguiente direccin: CIUDAD DE
LOJA-ECUADOR,
CALLE FEDERICO GONZALEZ SUAREZ- BARRIO EL PANECILLO, EDIFICIO
CICL,
PLANTA BAJA-OFICINA COORDINACION GENERAL, debidamente dirigida
al Mgs.
Ing. Hildo Napoleon Ordoez Pineda, Presidente del Colegio de
Ingenieros Civiles
de Loja y se presentarn hasta las 16H00 del 19 de julio del
2013. Asimismo, deber
entregar los formularios 1 y 2 a travs de la pagina WEB
www.ingenieroscivilesloja.com,ec, o al correo [email protected],
en la misma fecha.
El Presupuesto Referencial para el pago de la presente
Consultora es de USD$
2.844.27 (DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO, 27/100 DOLARES
DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) ms IVA.
El objeto de esta consultora debe ejecutarse en un plazo
(determinado con relacin a
la obra a fiscalizarse) de 135 DIAS calendario
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Las condiciones generales de esta invitacin son las
siguientes:
1.- Los pagos de los servicios de consultora se realizarn con
fondos propios,
provenientes del presupuesto del Programa de Urbanizacin y
Vivienda PROURVI III,
con cargo a la cuenta de ahorro N 200311881 IFI Mutualista
Pichincha, conforme
consta en la Certificacin Presupuestaria N PROURVI-CICL-003 de
fecha 10 de julio
del 2013, suscrito por la Lic. Lorena Snchez, contadora-tesorera
del CICL.
Se otorgar un anticipo del CINCUENTA por ciento (50%) del valor
del contrato. El
pago del Contrato se realizar en proporcin directa con el avance
mensual de la obra
que se fiscaliza. El monto del contrato deducido de la obra a
fiscalizar se dividir para
el monto del contrato de obra, obtenindose una relacin en virtud
de la cual se
determinar el porcentaje que ser aplicado sobre el monto de cada
planilla de
ejecucin de la obra, el valor resultante de esta ltima operacin
ser el que
corresponda pagar por concepto del servicio de fiscalizacin de
obra, del mismo que
se devengar el anticipo entregado.
2.- Los Pliegos estn disponibles, sin ningn costo, en la pgina
WEB
www.ingenieroscivilesloja.com.ec, de conformidad con lo previsto
en el inciso 4 del
artculo 31 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin
Pblica.
El proceso se cerrar a lo establecido en el artculo 36 de la Ley
Orgnica del Sistema
Nacional de Contratacin Pblica.
3.- La evaluacin de la propuesta se realizar en funcin del
cumplimiento de los
parmetros establecidos en los Pliegos, conforme lo dispone el
numeral 19 del artculo
6 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin
Pblica.
Loja, 11 de julio del 2013
Mgs. Ing. Hildo Napolen Ordez Pineda
PRESIDENTE CICL-PROURVI
COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES DE LOJA
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CONTRATACIN DIRECTA DE CONSULTORIA PARA FISCALIZACIN DE OBRA
CD-P-CICL-002-2013
SECCIN II
2.1.- OBJETO DE LA CONTRATACIN DIRECTA Este proceso tiene por
objeto la calificacin, seleccin, negociacin y adjudicacin del
contrato de prestacin de servicios de CONSULTORIA PARA
FISCALIZACIN DE
OBRA: CONSTRUCCIN SISTEMAS DE ALCANTARILLADO SANITARIO,
ALCANTARILLADO PLUVIAL Y AGUA POTABLE, DEL PROGRAMA DE
URBANIZACIN Y VIVIENDA PROURVI III, UBICADO EN LA PARROQUIA
SAN
SEBASTIAN, CANTN LOJA DE LA PROVINCIA DE LOJA"
El alcance de los trabajos se encuentra establecido en las
Condiciones Especficas de
los Pliegos y Anexos correspondientes.
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CD-P-CICL-002-2013
SECCION III
CONDICIONES GENERALES
3.1.- Inhabilidades: No podrn participar en el presente
procedimiento precontractual, por s o por interpuesta persona,
quienes incurran en las inhabilidades generales y especiales, de
acuerdo a los artculos 62 y 63 de la Ley Orgnica del Sistema
Nacional de Contratacin Pblica, y 110 y 111 del Reglamento General
de dicha Ley. De manera obligatoria, los oferentes debern llenar el
formulario establecido en la
Resolucin INCOP No.037-09 de fecha 27de noviembre de 2009. (que
sustituye a la
Resolucin No. 028-09 de 3 de julio de 2009).
3.2.- Modelos obligatorios de pliegos: El oferente, de forma
obligatoria, presentar su oferta utilizando el modelo de pliego
establecido por el Instituto Nacional de Contratacin Pblica
(INCOP). Art. 28 del Reglamento General de la LOSNCP. 3.3.-
Obligaciones del Oferente: Los oferentes debern revisar
cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos
solicitados en ellos. La omisin o descuido del oferente al revisar
los documentos no le relevar de sus obligaciones con relacin a su
oferta. 3.4.- Preguntas, Respuestas y Aclaraciones: De acuerdo con
lo dispuesto en el artculo 4 de la Resolucin INCOP No. 066-2012 de
01 de agosto de 2012, los proveedores podrn realizar preguntas
sobre los pliegos a travs de la pgina WEB
www.ingenieroscivilesloja.com.ec y el MIDUVI dentro de la fecha
lmite constante en la invitacin, emitir respuestas que se publicarn
en el portal. El trmino para la formulacin de preguntas es de 24
horas, y se contar desde la
recepcin de la invitacin con los respectivos pliegos.
El Colegio de Ingenieros Civiles de Loja podr en la etapa de
preguntas y respuestas, emitir aclaraciones o modificaciones de los
Pliegos, siempre y cuando stas no cambien el presupuesto
referencial, ni el objeto del proceso contemplado en los
pliegos.
Todas las aclaraciones se considerarn como alcance a los pliegos
y recibidas por todos los participantes, una vez que han sido
publicadas en el Portal. El trmino para responder las preguntas
formuladas o realizar aclaraciones por parte de
la entidad contratante, ser de 24 horas , y se contar desde el
vencimiento del trmino
establecido para la realizacin de preguntas.
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3.5.- Entrega de la oferta: En la fecha prevista en el
cronograma del proceso, el invitado publicar en el portal la carta
de aceptacin y compromiso, y la identificacin del oferente, en
archivos separados y utilizando los formatos que constan en la
seccin VI de estos pliegos (formularios Nos. 1 y 2). En la misma
fecha entregar fsicamente la oferta tcnica, con los formularios
solicitados segn los pliegos respectivos, en la siguiente direccin:
CIUDAD DE LOJA-ECUADOR, BARRIO EL PANECILLO, CALLE FEDERICO
FGONZALEZ SUAREZ, EDIFICIO CICL, PLANTA BAJA-OFICINA TECNICA,
debidamente dirigida al Mgs. Ing. Hildo Napolen Ordez Pineda,
Presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja/PROURVI 3.6.-
Idioma y autenticidad de documentos de la oferta La documentacin
que contempla la oferta, as como la correspondencia relacionada
debe ser escrita en castellano. Los documentos no debern contener
texto entre lneas, enmendaduras o tachaduras; a menos que fuere
necesario corregir errores del oferente, en cuyo caso debern
salvarse rubricando al margen. Los documentos que se presenten en
la oferta sern en original y copia.
3.7.- Apertura de la oferta : El CICL, una hora despus del
trmino lmite para la
presentacin de la oferta, iniciar la evaluacin de la oferta
presentada, para lo cual
abrir el sobre nico presentado fsicamente y evaluar tanto la
oferta tcnica como la
econmica, en funcin del cumplimiento de los parmetros
establecidos en los pliegos.
En el caso de que se contrate la fiscalizacin de una obra
pblica, se aplicar de
manera obligatoria un margen de preferencia de diez (10) puntos,
a favor del oferente
que acredite haber realizado el diseo o los estudios (o que haya
integrado el equipo
respectivo) de la obra cuya ejecucin se requiere
fiscalizar.1
El Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, convocar a una sesin
de negociacin con el consultor invitado, a fin de ajustar los
parmetros econmicos, tcnicos o jurdicos de su propuesta, en funcin
del cumplimiento del objeto de la contratacin. La negociacin no
podr durar ms de un da, y de la misma se suscribir un acta que
deber ser publicada en la pgina WEB
www.ingenieroscivilesloja.com.ec, si el resultado ha sido
satisfactorio. En caso de que la negociacin no haya llegado a buen
trmino, se dejar constancia del particular. Si la negociacin es
satisfactoria para las partes, la mxima autoridad del Colegio de
Ingenieros Civiles de Loja, adjudicar en contrato respectivo. 3.8.-
Convalidacin de errores de forma: Si se presentaren errores de
forma, las ofertas podrn ser convalidadas por el oferente en un
trmino de 2 das contado a partir de la fecha de notificacin, As
mismo, dentro del perodo de convalidacin, los oferentes podrn
integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen
modificacin del objeto de la misma, conforme al artculo 23 del
Reglamento General de
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la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica. En
este caso, la entidad contratante recibir fsicamente los documentos
correspondientes. Acorde con lo previsto en el Articulo 2 de la
RESOLUCION INCOP No. 000083 - RE
2013 de 27 de marzo de 2013; se entendern por ERRORES DE FORMA,
aquellos que
no implican modificacin alguna del contenido sustancial de la
oferta, tales como errores
tipogrficos, de foliado, sumilla o certificacin de documentos
sobre su capacidad legal,
tcnica o econmica; ilegibilidad de la informacin,
contradicciones o discordancias que
causen duda, entre la informacin consignada por el participante
en su oferta y la
documentacin con la que lo respalda.
Segn el Artculo 4 de la RESOLUCION INCOP No. 000083 - RE 2013 de
27 de
marzo de 2013; el pedido de convalidacin de errores, ser
notificado a todos los
participantes en el proceso y se lo har a travs del portal
www.ingenieroscivilesloja.com.ec. El pedido de convalidacin
deber estar claramente
detallado de modo que no haya dudas respecto del error que se
solicita convalidar y
deber contener necesariamente la justificacin respectiva. No ser
posible ejercitar
requerimientos de convalidacin genricos dirigidos a todos los
los participantes del
proceso o sin que se haya establecido claramente el error
individual que se requiera
subsanar
El CICL est obligado a analizar en profundidad la oferta
presentada en la etapa de
calificacin, a fin de determinar todos los errores de forma
existentes en ellas, respecto
de los cuales notificar a travs del portal
www.ingenieroscivilesloja.com.ec en el
mismo da y hora a cada uno de los oferentes, el requerimiento de
convalidacin
respectivo. Los oferentes notificados podrn convalidar tales
errores para efectos de ser
calificados y para el efecto EL CICL podr recibir de manera
fsica los documentos pertinentes.
Si EL Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, al analizar la
oferta presentada, determina la existencia de uno o ms errores de
forma, se deber reprogramar el cronograma del proceso, en funcin
del trmino concedido al oferente para efectos de que convalide los
errores de forma notificados. Tendr el carcter de obligatorio la
aplicacin del Artculo 9. PROHIBICION DE
CONVALIDACION de la RESOLUCION INCOP No. 000083 - RE 2013 de 27
de
marzo de 2013, en la expresa que las Entidades contratantes no
podrn durante la
etapa convalidacin de errores y bajo este tenor, requerir a los
oferentes la justificacin,
presentacin o acreditacin de documentos o condiciones que no
hubieran estado
previstas en los pliegos del proceso. Tampoco se podr dentro de
esta etapa, formular
aclaraciones, modificaciones o nuevos requerimientos respecto de
las condiciones
establecidas en los pliegos, ni sobre las capacidades tcnicas,
econmicas o legales de
los oferentes. En ninguna circunstancia, se proceder a solicitar
convalidacin de
documentos o informacin que no se encuentre referenciada en la
oferta.
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El acta de negociacin y la resolucin de adjudicacin debidamente
suscritas, se publicarn en el Portal
www.ingenieroscivilesloja.com.ec. 3.9.- Causas de Rechazo: a) Si se
hubiera entregado la Oferta en otro lugar o despus de la hora
establecida
para ello; b) Si no cumplieran los requisitos exigidos en los
presentes pliegos; c) Cuando la Oferta contenga errores
sustanciales y/o evidentes, que no puedan ser
convalidados por no ser considerados errores de forma o mediante
correccin aritmtica y que afecten notoriamente el monto total de la
oferta;
d) Si el contenido de los formularios presentados difieren del
modelo, condicionndolos o modificndolos, de tal forma que alteren
las condiciones previstas para la ejecucin del contrato;
e) Si se presentaran documentos con tachaduras o enmendaduras no
salvadas; cuando no puedan ser convalidados.
f) Los errores no subsanables previstos en el Articulo 7 de la
RESOLUCION INCOP No. 000083 RE 2013, del 27 de marzo de 2013,
g) De acuerdo con lo dispuesto en el Artculo 12 de la RESOLUCION
INCOP No. 000083 - RE 2013 de 27 de marzo de 2013; en el caso de
que los requirimientos de convalidacion notificados por el CICL, no
fueran presentados por el oferente en el termino fijado para el
efecto, o presentados no resulten satisfactorios, sera causa para
el rechazo o descalificacion de la oferta; siempre y cuando estos
comprometan un requisito o capacidad juridica, tecnica o economica
establecidos como minmos en los pliegos del proceso.
3.10.- Garantas Si la entidad contratante ha previsto la entrega
de un anticipo, se deber presentar la garanta prevista en el
artculo 75 de la LOSNCP, en cualquiera de las formas previstas en
el artculo 73 de la misma ley. 3.10.1 Garanta de Fiel
Cumplimiento
Del contrato, que se rendir por un valor igual al 5% del monto
total del contrato.
En el caso de que el contratista no pagare el valor requerido en
el trmino de 10 das
contados a partir de la fecha de notificacin de la resolucin de
terminacin unilateral de
este contrato, la Entidad Contratante proceder de conformidad
con el ltimo inciso del
Art. 146 del Reglamento a la LOSNCP y el ltimo inciso del Art.
42 de la Ley General de
Seguros reformado por la LOSNCP.
La garanta de fiel cumplimiento, nicamente ser rendida en las
formas establecidas
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en los numerales 1, 2 y 5 del artculo 73 de la LOSNCP 3.10.2
Garanta del anticipo que respaldar el 100% del valor recibido por
este concepto.
La garanta del anticipo ser entregada, en cualquiera de las
formas establecidas en el
Artculo 73 de la LOSNCP,
De acuerdo al oficio circular No.T.6487-SNJ-12-904 del 02 de
agosto de 2012 suscrito
por el Dr. Alexis Mera Giler, Secretario Nacional Jurdico, las
garantas emitidas por la
aseguradora para toda contratacin de obra pblica debern ser
respaldadas por
reaseguradoras con calificacin de riesgo A, para lo cual el
adjudicatario deber
presentar el certificado de calificacin emitido por la
Superintendencia de Bancos y
Seguros, como documento habilitante para la firma del
contrato.
La garanta se devolver conforme lo previsto en el Art. 77 de la
LOSNCP 3.11.- Cancelacin del Procedimiento: En cualquier momento
comprendido entre la invitacin y hasta 24 horas antes de la fecha
de presentacin de la oferta, la mxima autoridad de la El Colegio de
Ingenieros Civiles de Loja, podr declarar cancelado el
procedimiento, mediante resolucin debidamente motivada, de acuerdo
a lo establecido en el artculo 34 de la Ley Orgnica del Sistema
Nacional de Contratacin Pblica. 3.12.- Declaratoria de
Procedimiento Desierto: La mxima autoridad de la Entidad
Contratante, antes de resolver la adjudicacin, podr declarar
desierto el procedimiento, en los casos previstos en los numerales
1, 2 y 4 del artculo 33 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de
Contratacin Pblica. Dicha declaratoria se realizar mediante
resolucin motivada de la mxima autoridad de La Entidad Contratante.
Una vez declarado desierto el procedimiento, el Presidente del
Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, podr disponer su archivo o
su reapertura. 3.13.- Adjudicatario Fallido: En caso de que el
adjudicatario no celebrare el contrato dentro del trmino previsto,
por causas que le sean imputables, la mxima autoridad de la Entidad
Contratante le declarar adjudicatario fallido y una vez que
notifique de esta condicin al INCOP, proceder de conformidad con
los artculos 35 y 98 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de
Contratacin Pblica. 3.14.- Administracin del Contrato: El Colegio
de Ingenieros Civiles de Loja, designar de manera expresa un
administrador del contrato, quien velar por el cabal y oportuno
cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del
contrato. Adoptar las acciones que sean necesarias para evitar
retrasos injustificados e impondr las multas y sanciones a que
hubiere lugar. 3.15.- Moneda de cotizacin y pago La ofertas deber
presentarse en Dlares de los Estados Unidos de Amrica y los pagos
se realizarn en la misma moneda.
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SECCION IV
CONDICIONES ESPECFICAS
4.1.- CRONOGRAMA DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIN DIRECTA El
Cronograma de Procedimiento, que regir en el presente Proceso, es
el siguiente: Ejemplo:
DETALLE FECHA HORA
Fecha de Publicacin 11-07-2013 18:00
Fecha Lmite de Preguntas 12-07-2013 17:30
Fecha Lmite de Respuestas y
Aclaraciones
15-07-2013 16:00
Fecha Lmite Entrega de Ofertas Tcnica
y Econmica
19-07-2013 16:00
Fecha de Apertura de Ofertas 19-07-2013 17:00
Fecha Inicio evaluacin de la Oferta 22-07-2013 08:30
Fecha lmite para publicar resultados
finales
24-07-2013 17:00
Fecha Estimada de adjudicacin 26-07-2013 17:00
El trmino para la convalidacin de errores ser de (2 de das). (La
Entidad
Contratante est obligada a cumplir con esta fase de manera
responsable, analizando
todos los errores de forma susceptibles de convalidacin, a fin
de realizar las
notificaciones respectivas).
Si la entidad contratante, al analizar las ofertas presentadas,
determina la existencia de
uno o ms errores de forma, se deber reprogramar el cronograma
del proceso, en
funcin del trmino concedido a los oferentes para efectos de que
convaliden los errores
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de forma notificados, para lo cual se tomar en cuenta el
siguiente cronograma que
contemplar una nueva fecha de adjudicacin:
Concepto Da Hora
Fecha Lmite para solicitar convalidacin de errores 24-07-2013
18:00
Fecha Lmite para convalidacin errores 25-07-2013 17:00
Fecha estimada de Adjudicacin 26-07-2013 17:00
4.2.- VIGENCIA DE LA OFERTA La oferta permanecer vigente hasta
la fecha de celebracin del contrato, de acuerdo a
lo establecido en el artculo 30 de la LOSNCP.
4.3.- FORMA DE PAGO Los pagos de los servicios de consultora se
realizarn con fondos propios,
provenientes del presupuesto del Programa de Urbanizacin y
Vivienda PROURVI III,
con cargo a la Cta. De Ahorro N 200311881 IFI Mutualista
Pichincha, conforme consta
en la Certificacin Presupuestaria N PROURVI-CICL-003 de fecha 10
de julio del
2013, suscrito por la Lic. Lorena Snchez, contadora-tesorera del
CICL. Segn lo
establecido en estos pliegos y siguiendo las siguientes
opciones:
4.3.1 FORMA DE PAGO DEL CONTRATO DE FISCALIZACIN DE OBRA.
En los procedimientos de contratacin de fiscalizacin de obra
pblica, los oferentes
debern detallar en su oferta econmica los costos unitarios
requeridos para la
prestacin de sus servicios. En consecuencia, el valor del
contrato de consultora para la
fiscalizacin de una obra estar en directa relacin con el costeo
presentado, sin que en
ningn caso la oferta econmica o el consecuente monto y forma de
pago del contrato
de fiscalizacin de obra pueda estar referido o fijado como un
porcentaje del valor de la
obra a ser fiscalizada.
Se otorgar un anticipo del CINCUENTA por ciento (50%) del valor
del contrato. El
pago del Contrato se realizar en proporcin directa con el avance
de la obra mensual
que se fiscaliza. El monto del contrato de fiscalizacin de obra
se dividir para el monto
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del contrato de obra, obtenindose una relacin en virtud de la
cual se determinar el
porcentaje, que para efecto de las planillas ser aplicado sobre
el monto de inversin
correspondiente al avance de obra realmente ejecutada,
presentado en los respectivos
informes mensuales. el valor resultante de esta ltima operacin
ser el que
corresponda pagar por concepto del servicio de fiscalizacin de
obra, del mismo que
se devengar el anticipo entregado.
Por consiguiente, en los contratos de fiscalizacin de obra, el
pago se realizar en
proporcin directa con el avance de la obra mensual que se
fiscaliza. En consecuencia,
no ser posible establecer en el contrato de fiscalizacin de
obra, formas de pago
distintas o por periodos fijos de tiempo.
El valor planillado no podr superar el monto del contrato de
consultora, en caso de
producirse variaciones en el plazo de las obras, las mismas sern
resueltas a travs
de un contrato complementario, para lo cual se tomar como base
la oferta negociada.
Tanto la Planilla del fiscalizador como el informe mensual,
debern ser entregados al
Administrador del Contrato los das 28 de cada mes, quien los
revisar y aprobar en un
plazo mximo de dos das posteriores a su recepcin, remitindolos
posteriormente al
Presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja para su
trmite correspondiente.
4.4.- REQUISITOS FORMALES Los documentos que contiene la oferta
debern estar foliados y rubricados por el consultor, representante
legal o procurador comn; se insertar, adems, su correspondiente
ndice. El sobre se cerrar con suficientes seguridades que impidan
conocer su contenido antes de su apertura oficial y se rotularn con
la siguiente leyenda:
CONSULTORIA PARA FISCALIZACIN DE LA OBRA: CONSTRUCCIN
SISTEMAS DE ALCANTARILLADO SANITARIO, ALCANTARILLADO PLUVIAL
Y
AGUA POTABLE, DEL PROGRAMA DE URBANIZACIN Y VIVIENDA PROURVI
III, UBICADO EN LA PARROQUIA SAN SEBASTIAN, CANTN LOJA DE LA
PROVINCIA DE LOJA"
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CODIGO CD-P-CICL-002-2013
OFERTA (TECNICA - ECONOMICA)
(Original y copia)
Seor
Ing.
PRESIDENTE DEL COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES DE LOJA/PROURVI
Ciudad.-
Participante: ______________________________
4.5.- CONTENIDO DE LA OFERTA 1.- Carta de Aceptacin y
Compromiso, Formulario N 1; 2.- Identificacin del Oferente,
Formulario N 2; 3.- Referencias sobre la capacidad tcnica y
administrativa disponible, demostrada a travs de los siguientes
documentos: 4.- Experiencia especfica, Formulario No. 3 El
proponente acompaar certificaciones relativas a los servicios
similares ejecutados y en ejecucin Formularios Nos. 4-A y 4-B 5.-
Antecedentes y experiencia del personal que ser asignado al
Proyecto, demostrada a travs de los siguientes documentos:
Lista del personal asignado al proyecto (de ser el caso),
Formulario No. 5
Hoja de Vida de los profesionales asignados: Formulario No. 6
6.- Plan de trabajo, metodologa propuesta y conocimiento probado de
las condiciones generales, locales y particulares del proyecto
materia de consultora: Formulario No. 7 7.- La propuesta econmica
en forma detallada: Formulario No. 8
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El oferente deber incluir en su oferta todos los costos directos
e indirectos para la prestacin de los servicios objeto del
contrato, tales como: honorarios para directivos, profesionales,
tcnicos y personal auxiliar; pasajes y viticos, impuestos, tasas y
contribuciones que de acuerdo a las leyes ecuatorianas debe pagar;
costos de instrumentos, materiales e insumos; gastos
administrativos, arrendamiento de locales, etc. El Colegio de
Ingenieros Civiles de Loja, no aceptar reclamos posteriores por
costos no contemplados en la oferta. 8.- Cumplimiento con lo
dispuesto en la Resolucin INCOP No. 037-09, para el caso de
personas jurdicas: Formulario No. 9. 4.6.- TRMINOS DE REFERENCIA
4.6.1.- Objeto de la Fiscalizacin Este proceso de Consultora para
la fiscalizacin de obra, tiene por objeto establecer
la supervisin obligatoria y permanente, para asegurar el
cumplimiento del diseo y
especificaciones en la CONSTRUCCIN SISTEMAS DE ALCANTARILLADO
SANITARIO,
ALCANTARILLADO PLUVIAL Y AGUA POTABLE, DEL PROGRAMA DE
URBANIZACIN Y
VIVIENDA PROURVI III, UBICADO EN LA PARROQUIA SAN SEBASTIAN,
CANTN LOJA
DE LA PROVINCIA DE LOJA"
El objetivo principal de la Fiscalizacin es la vigilancia del
fiel y estricto cumplimiento de las clusulas del contrato de
ejecucin de obra, a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a
sus diseos definitivos, especificaciones tcnicas, programas de
trabajo, recomendaciones de los diseadores y normas tcnicas y de
Control Interno aplicables. El fiscalizador debidamente designado,
acta a nombre y en representacin del CICL/PROURVI en la ejecucin
del contrato y cuenta con las atribuciones que se indican ms
adelante, aparte de las indicadas en los dems documentos del
contrato, siendo por lo tanto responsable por cualquier omisin,
descuido o negligencia en el cumplimiento de sus funciones. El
Contratista aceptar y colaborar con las tareas y el personal de la
fiscalizacin. Especficamente, verificar que se empleen los mtodos
constructivos adecuados para
las obras que se realizarn, de tal manera que se garantice la
calidad de las
edificaciones; Comprobara que los materiales de construccin que
se empleen en la
ejecucin del proyecto cumplan con los requisitos de calidad
necesarios; Comprobar
que los materiales y hormigones a utilizar, cumplan con la norma
para garantizar su
calidad.
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Asegurar que el impacto ambiental que causare la obra sobre el
entorno urbano o
regional, segn, se enmarque dentro de lmites admisibles
regularizados por el
Ministerio de Ambiente del Ecuador.
4.6.2.- ALCANCES Y PROFUNDIDAD DE LA FISCALIZACION El consultor
(a), contratado para realizar la fiscalizacin de la obra,
establecer un
sistema para asegurar la correcta ejecucin de la obra, mediante
el control de calidad,
los avances fsico y financiero de la obra. Dichos controles
conllevan una evaluacin
mensual y la comunicacin de resultados a los mandos superiores,
incluyendo los
problemas surgidos, especialmente cuando afectan las condiciones
pactadas en
relacin al plazo, presupuesto y calidad de la obra.
El Fiscalizador (a) est obligado a solucionar los problemas que
surjan por la
inaplicabilidad e inconsistencia de los diseos, as como elaborar
todos los documentos
y actos administrativos que se requieran para cumplir con el
objeto del contrato, tales
como: Contratos Complementarios, Ordenes de Cambio, Costo ms
Porcentaje,
Justificacin de Plazos, y los dems que sean necesarios; as como
informar sobre la
conveniencia de terminar el contrato por incumplimiento del
contratista o de fuerza
mayor, siendo responsable civil y penal, segn corresponda del
control de la ejecucin
de la obra, de acuerdo a los trminos de establecidos en el
contrato de construccin
dentro del monto y plazo establecidos;
La fiscalizacin en caso de requerirlo realizar rediseos de hasta
el 50% fsico de
los diseos que amerite la obra con la debida autorizacin y
justificacin del
administrador del contrato; y bajo la norma de "Contrato
Complementario" de
fiscalizacin y/o estudios de rediseo hasta el 100% fsico de la
obra, en caso de ser
necesario;
El fiscalizador velar por el estricto cumplimiento del diseo y
especificaciones
tcnicas generales y particulares de las obras contratadas, con
el fin de que el
proyecto se ejecute correctamente, para lo cual tiene las
atribuciones que constan a
continuacin:
a) Vigilar y responsabilizarse por el fiel y estricto
cumplimiento de las clusulas del contrato de construccin, a fin de
que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseos definitivos,
especificaciones tcnicas, programas de trabajo, recomendaciones de
los diseadores y normas tcnicas aplicables.
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b) Detectar y solucionar oportunamente errores y/u omisiones de
los diseadores as como imprevisiones tcnicas que requieran de
acciones correctivas inmediatas que subsanen la situacin.
c) Justificar tcnicamente los trabajos extraordinarios o las
modificaciones que se tengan que realizar durante la ejecucin de
las obras e informar al administrador del contrato para se adopten
las decisiones que correspondan.
d) Dar soluciones tcnicas de manera oportuna a problemas
surgidos durante la ejecucin del contrato.
e) Verificar que el equipo y personal tcnico de las
constructoras sea idneo y suficiente para la obra.
f) Obtener informacin estadstica sobre personal, materiales,
equipos, condiciones climticas, tiempo trabajado, etc. del
proyecto.
g) Coordinar las pruebas finales de aceptacin y la entrega de
las obras a la entidad contratante, previa su entrada en operacin;
y,
h) Garantizar la buena calidad de los trabajos ejecutados.
Las funciones de los fiscalizadores, cada uno en el rea de su
competencia, son las
siguientes:
a) Revisar en conjunto con el (Jefe de Fiscalizacin /
Administrador del Contrato), los documentos contractuales, con el
fin de verificar la existencia de algn error, omisin o imprevisin
tcnica que pueda afectar la construccin de la obra, y, de
presentarse este caso, sugerir la adopcin de medidas correctivas o
soluciones tcnicas oportunamente;
b) Evaluar mensualmente el grado de cumplimiento del programa de
trabajo en el rea bajo su cargo y en caso de constatar
desviaciones, identificar las causas y proponer soluciones para
corregir la situacin;
c) Ubicar en el terreno las referencias necesarias para la
correcta ejecucin de la
Obra;
d) Verificar la exactitud de las cantidades incluidas en las
planillas
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e) presentadas por el contratista; adems, calcular los reajustes
correspondientes a esas planillas, comparando la obra realizada con
la que deba ser ejecutada de acuerdo con el programa de trabajo
autorizado;
f) Obtener informacin estadstica en el proyecto sobre el
rendimiento del personal, materiales, equipos y maquinaria; sobre
la incidencia de las condiciones climticas en el tiempo laborado, o
sobre cualquier otro aspecto til para la preparacin de futuros
proyectos;
g) Verificar la calidad de los materiales as como la de los
elementos construidos, mediante los ensayos de laboratorio o de
campo, efectuados bajo su supervisin y siguiendo rigurosamente las
especificaciones tcnicas;
h) Resolver las dudas que surgieren de la interpretacin de los
planos, especificaciones, detalles constructivos y cualquier otro
aspecto tcnico relacionado con la obra;
i) Anotar en el libro de obra, adems de una descripcin del
proceso de construccin de las obras a su cargo, las observaciones,
instrucciones o comentarios que a su criterio deben ser
considerados por el contratista para el mejor desarrollo de la
obra;
j) Justificar tcnicamente la necesidad de efectuar
modificaciones o trabajos extraordinarios en las obras bajo su
supervisin;
k) Coordinar con los diseadores de la obra cuando sea necesario
efectuar modificaciones de los planos originales o haya que
realizar obras adicionales;
l) Realizar los clculos pertinentes para determinar los costos
de las modificaciones y obras extraordinarias por realizar;
m) Registrar en los planos constructivos todas las
modificaciones realizadas durante el proceso de construccin, con el
fin de obtener los planos finales de la obra ejecutada;
n) Aprobar los materiales y equipos por instalar propuestos por
el contratista, tomando como gua las especificaciones;
o) Calificar al personal tcnico del contratista y recomendar el
reemplazo de aqul que no satisfaga los requisitos necesarios; en
casos de indisciplina, el fiscalizador tiene la potestad de separar
al personal en conflicto;
p) Velar porque los materiales, mano de obra, equipos y
maquinaria empleados en la ejecucin de la obra, sean adecuados y
suministrados en forma oportuna y suficiente, y correspondan a lo
estipulado en las estipulaciones tcnicas o en la oferta del
contratista;
q) Verificar que el contratista disponga de todos los diseos,
especificaciones,
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Programas de trabajo, licencias, permisos y dems documentos
contractuales;
r) Coordinar con el contratista las actividades ms importantes
del proceso constructivo;
s) Revisar las tcnicas y mtodos constructivos propuestos por el
contratista, y en caso necesario, sugerir las modificaciones que
estime pertinentes;
t) Exigir al contratista el cumplimiento de las leyes de
proteccin ambiental, laborales, de seguridad social y de seguridad
industrial;
u) En proyectos de importancia, preparar memorias tcnicas sobre
los procedimientos y mtodos empleados en la construccin de las
obras, para que sean utilizados como fuentes de informacin en
proyectos futuros;
v) Preparar, mensualmente, informes sobre la obra que contenga
como mnimo la siguiente informacin:
w) Entregar la informacin producida para las recepciones; y,
x) Efectuar el finiquito o liquidacin econmica de las obras a su
cargo.
CONTROL DE CUMPLIMIENTO DE PLAZOS Y RECEPCION DE LAS OBRAS.
Mantener datos estadsticos sobre los das laborables y la
utilizacin de equipos, materiales, mano de obra.
Registrar diariamente las condiciones climticas en los
diferentes frentes de trabajo.
Suspender la totalidad o una parte de los trabajos en los casos
previstos en los contratos de construccin.
Emitir su criterio sobre las solicitudes de ampliacin de plazo
propuestas por el Constructor.
Recomendar al CICL a travs del Administrador del Contrato la
imposicin de multas al Constructor.
Participar en las recepciones provisional y definitiva como
observador, infor-mando sobre la calidad y cantidad de los trabajos
ejecutados y la legalidad y exactitud de los pagos realizados.
Control de Cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental
Comunicar las deficiencias al contratista y asegurar que las
correcciones sean efectuadas.
Asegurar que los equipos y maquinarias de construccin se
mantengan en buen estado de funcionamiento.
Ordenar la suspensin de los trabajos en caso de que se descubran
piezas de potencial valor arqueolgico. Impedir la recoleccin de
piezas arqueolgicos o la alteracin de los sitios.
Convocar y dirigir conjuntamente con el Administrador del
Contrato las reuniones peridicas con el Constructor (a).
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La fiscalizacin realizar el reconocimiento del predio,
levantamiento fotogrfico, geo referenciacin en coordenadas UTM WGS
84 y recopilar toda la informacin en sitio acerca de ordenanzas
municipales y normativas vigentes para el sector, adems
Deber presentar llena la Ficha de validacin de los terrenos
proporcionada por
el Colegio de Ingenieros Civiles de Loja.
INFORMES
En razn que el Fiscalizador (a) tiene la responsabilidad y la
obligacin de realizar el
seguimiento secuencial de las obras, de manera quincenal y
mensual presentara
informes de avance de obra a travs del correo [email protected]
y de manera fsica
en la Secretaria del CICL.
INFORMES MENSUALES DE AVANCE DE OBRA:
El Consultor (a) presentar a la Contratante, informes mensuales
del progreso y
estado de los trabajos, que contendrn cuando menos la siguiente
informacin:
Descripcin general del proyecto a fiscalizarse.
Aspectos contractuales de la obra, como plazo de ejecucin y
tiempo transcurrido hasta la fecha del informe;
Caractersticas climticas y pluviomtricas en los frentes de
obra.
Descripcin, por frente de obra, de cada una de las actividades
programadas y en ejecucin, avance fsico y econmico parcial y
acumulado alcanzado en el perodo.
Obra ejecutada durante el perodo y acumulada a la fecha, en cada
una de los frentes supervisados.
Control y seguimiento del programa de construccin de los
distintos frentes fiscalizados
Resumen de las principales medidas adoptadas para cumplir los
plazos establecidos.
Control de calidad de los materiales de construccin, que
contendr un resumen de los principales ensayos y controles
efectuados a los materiales de construccin de las obras civiles,
cumplimiento de las normas tcnicas, resultados obtenidos, anlisis
estadstico de los ensayos cuando el nmero de muestras lo amerite.
Incluir adems, informacin sobre materiales rechazados, explicando
las causas y las soluciones.
Higiene y Seguridad Industrial: Se reportarn las principales
medidas adoptadas en materia de seguridad; los accidentes ocurridos
en el perodo;
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clculo de los ndices ms representativos de la eficacia del
programa de seguridad.
Gestin de la Fiscalizacin durante el perodo: Principales temas
tratados y sus soluciones o recomendaciones.
Utilizacin de recursos, de equipos y de mano de obra. Equipos
utilizados por frente de trabajo, marca, tipo, capacidad, tiempo de
trabajo, cantidad. La mano de obra se discriminar por frente de
trabajo, as como por oficio, anotando su cantidad.
Control de Costos: Con base en el programa de inversiones
propuesto, se presentar la inversin ejecutada en el mes y la total
acumulada. Se discriminar la obra ejecutada en los principales
grupos de tems y se comparar con los valores previstos.
Adjuntar como anexo la memoria fotogrfica de cada obra
respectivamente.
Anlisis de causales de prorrogas del plazo y reprogramacin del
cronograma.
INFORME FINAL DE LAS OBRAS
El Consultor (a) presentar el Informe Final de las obras
fiscalizadas en el que se
describir detalladamente el proceso constructivo y se recomendar
al Administrador
del Contrato se inicie el proceso de Recepcin Provisional,
indicando que las obras
construidas se encuentran terminadas y en funcionamiento.
Adicionalmente el consultor (a) deber emitir al Administrador
del Contrato previo la
Recepcin Definitiva de las obras un Informe en el cual se
indique que las obras objeto
de esta contratacin se encuentran funcionando y que procede la
Recepcin Definitiva
de las mismas.
INFORME MENSUAL DEL CONTRATO DE CONSULTORIA.
Conjuntamente con la Planilla mensual de los trabajos de
Fiscalizacin, el Consultor
(a) presentar el informe mensual de las actividades realizadas
durante el perodo. El
informe contendr adems el detalle del estado del contrato:
tiempo transcurrido
desde la suscripcin, participacin durante el perodo y acumulada
del personal
tcnico, y cualquier otra informacin que a criterio del
CICL/PROURVI sea relevante.
4.6.3.- PRODUCTOS ESPERADOS DE LA FISCALIZACION:
Durante la ejecucion del presente contrato, la fiscalizacion
debe presentar los
siguientes productos:
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- La correcta aplicacin de la metodologa de trabajo en cada uno
de las etapas que comprende el cronograma de ejecucin de obra.
- Las memorias de clculo y fotogrficas de ejecucin de rubros
bien elaboradas y sus respectivos anexos.
- Libro de obra organizado ( Empastado y numerado acorde con
formato CICL, debera ser llenado a mano, contendra las firmas del
representante legal del contratista de la obra, administrador del
contrato y fiscalizador.
Informes de FISCALIZACION: se debe considerar el modelo
presentado en el procedimiento de Fiscalizacin de Obras (se
aceptaran mejoras al formato), debe contener como mnimo la
informacin solicitada en este instructivo y ser presentado
mensualmente o cuando sea requerido. Los informes deben ser
enviados en medio fsico y digital al Administrador del contrato, al
Colegio de Ingenieros Civiles de Loja (formularios diseados para el
efecto).
Planilla mensual del fiscalizador (a): Para la presentacin de la
planilla de Consultora se adjuntar lo siguiente :
Formularios de medicin y cuantificacin de volmenes de obra en el
periodo de ejecucin, verificados y aprobados en conjunto con el
Contratista (el formulario puede proponer la fiscalizacin y
ser
aprobado por el administrador previo a su aplicacin)
Planilla de ejecucin de acuerdo con el contrato de consultora y
amortizacin del anticipo.
Informacin relevante del proceso de ejecucin de las obras.
Oficio del fiscalizador al administrador del contrato,
solicitando
aprobacin de la planilla para efectos de trmite.
A excepcin del oficio, toda la documentacin contendr las firmas
del
fiscalizador y del administrador del contrato; el oficio de
aprobacin de la
planilla debe anexarse al informe de fiscalizacin.
Informe final de Fiscalizacin: se debe considerar el modelo
presentado en el procedimiento de Administracin, Fiscalizacin de
Obras (se aceptaran mejoras al formato), debe contener como mnimo
la informacin solicitada en el instructivo y ser presentado al
final de la obra. El informe debe ser presentado en fsico y digital
al administrador del Contrato y a la Coordinacin del Proyecto.
Se deber presentar un informe final estadstico de:
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Clima Das laborados Problemas con el personal Problemas tcnicos
Problemas de seguridad Industrial Problemas logsticos Resultados de
los ensayos tcnicos de laboratorio
Documentacin: Toda la informacin cursada con el administrador
del contrato debe
enviarse en medio fsico y digital (la informacin en digital se
la debe enviar en Excel
cuando se trate de documentos que requieran verificacin de
cantidades y PDF para
documentos que contengan firmas y sumillas tales como
memorandos, oficios entre
otros.)
- Planos As built (tal como queda construida la obra).
- El Administrador del Contrato velar porque la fiscalizacin
acte de acuerdo con las especificaciones constantes en los pliegos
o en el propio contrato; y, porque se observen las normas de
seguridad y salud ocupacional.
- El Administrador del Contrato en representacin del
Contratante, supervisar la construccin de la obra dando las
directrices a la Fiscalizacin; en cualquier momento y cuando se
requiera podra contar con la asesora del equipo tcnico del CONSEJO
DE ADMINISTRACION DEL CICL/PROURVI para emitir directrices al
contratista.
INFORMACIN ENTREGADA PARA FISCALIZACIN Y QUE DEBE
PERMANECER EN LA OBRA
Copias del contrato de construccin.
Planos Constructivos
Especificaciones tcnicas, generales y especificas
Anlisis de los precios unitarios.
Programa de ejecucin autorizada, con indicacin de los recursos
requeridos
por actividad.
Correspondencia cruzada entre fiscalizacin y contratista.
Estadsticas del resultado de las pruebas de laboratorio.
Cumplir responsabilidades del fiscalizador y su equipo
tcnico.
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Memoria tcnica con los respectivos planos de diseo elaborados
por la entidad requirente.
Formato del Libro de Obra.
Formato de Planillas de liquidacin.
Formato de Actas de Entrega Recepcin de la obra.
Formatos de: informes de avance de obras, de causales de prrroga
de plazos y reprogramaciones.
Especificaciones tcnicas.
Trminos de referencia.
Documentacin relacionada con este proceso de la que dispone el
CICL
4.6.5.- PLAZO DE EJECUCIN El Colegio de Ingenieros Civiles de
Loja, considera que el tiempo estimado en el objeto de esta
consultora debe ejecutarse en un plazo (determinado con relacin a
la obra a fiscalizarse) de 120 DIAS calendario y 15 DIAS
adicionales que cubren la liquidacin de la obra y entrega-recepcin
provisional de la misma, es decir, que el plazo del contrato de
Fiscalizacin ser de 135 DIAS calendario (CIENTO TREINTA Y CINCO
DIAS CALENDARIO), contados a partir del inicio de la obra a
fiscalizarse. En caso de prrroga de plazo de ejecucin de la obra
fiscalizada, el consultor est
obligado a continuar con la fiscalizacin hasta la culminacin de
la ejecucin de la
obra, para lo cual se suscribir los instrumentos legales
correspondientes.
Si la obra a fiscalizarse se suspender o paralizar, tambin el
presente contrato, sin
que el consultor pueda exigir pago mensual alguno, puesto que el
planillaje de
fiscalizacin est ligado tcnica y legalmente al planillaje de la
obra.
4.6.6.- ASPECTOS GENERALES DE LA METODOLOGA DE TRABAJO
Revisar y analizar la documentacin legal y tcnica.
Conocer y verificar las condiciones del rea a intervenir.
Aplicar leyes, reglamentos, normativas, regulaciones y cdigos
relacionados con la intervencin.
Seguir y cumplir los parmetros contractuales.
Controlar calidad de obra: mano de obra, materiales, equipos,
laboratorio.
Cumplir responsabilidades del fiscalizador y su equipo tcnico,
acorde con las Normas de Control Interno, promulgadas por la
Contraloria General del Estado.
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4.6.7.- PRESUPUESTO REFERENCIAL
El presupuesto Referencial de la CONSULTORIA PARA FISCALIZACIN
DE LA
OBRA: CONSTRUCCIN SISTEMAS DE ALCANTARILLADO SANITARIO,
ALCANTARILLADO PLUVIAL Y AGUA POTABLE, DEL PROGRAMA DE
URBANIZACIN Y
VIVIENDA PROURVI III, UBICADO EN LA PARROQUIA SAN SEBASTIAN,
CANTN LOJA
DE LA PROVINCIA DE LOJA" es de USD$ 2.844.27 (DOS MIL
OCHOCIENTOS
CUARENTA Y CUATRO, 27/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA) mas IVA.
Forma de Pago:
Se otorgar un anticipo del treinta por ciento (50%) del valor
total del contrato.
El pago se realizar en proporcin directa con el avance de la
obra que se fiscaliza. En
consecuencia, no ser posible establecer en el contrato de
fiscalizacin de obra,
formas de pago distintas o por periodos fijos de tiempo.
El monto del contrato de fiscalizacin de obra se dividir para el
monto del contrato de
obra, obtenindose una relacin en virtud de la cual se determinar
el porcentaje que
ser aplicado sobre el monto de cada planilla de ejecucin de
obra: el valor resultante
de esta ltima operacin ser el que corresponda pagar por concepto
del servicio de
fiscalizacin de obra.
4.6.8.- MARCO LEGAL
La seleccin, calificacin, negociacin y adjudicacin lo realizar
la Presidencia del
Colegio de Ingenieros Civiles de Loja/PROURVI contratante de
acuerdo al
procedimiento previsto en el Reglamento a la Ley. Art. 40
LOSNCP
ADMINISTRACIN DEL CONTRATO
La Administracin del presente contrato estar a cargo de ING.
RICARDO ESPEJO
LEON. De la Administracin del Colegio de Ingenieros Civiles de
Loja.
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FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO:
Coordinar su trabajo con el fiscalizador del proyecto que se
encargara del control
permanente del proyecto.
Establecer un sistema que permita medir el logro de objetivos
definidos para el
fiscalizador, de manera que oportunamente se obtenga informacin
exacta sobre el
estado de las obras y se comunique los resultados a las
autoridades institucionales
competentes.
Establecer una estructura organizacional apropiada para la
ejecucin de la obra,
considerando todos los aspectos que intervienen en ella y
definiendo las funciones,
responsabilidades y autoridad de los participantes
proporcionando el apoyo logstico
que se requiera.
Velar porque se efecten mensualmente las evaluaciones peridicas
del proyecto por
parte del fiscalizador responsable del proyecto.
Intervenir en las actas de entrega recepcin provisional,
parcial, total y definitiva del
proyecto
4.6.8. MTODO DE EVALUACIN DE LA OFERTA: La autoridad o su
delegado: analizar la oferta, en un trmino de hasta 2 das,
considerando los parmetros de Calificacin. Aclaraciones.- El Mgs.
Ing. Hildo Napolen Ordoez Pineda, Presidente del CICL/PROURVI,
dentro del trmino no mayor a 72 horas antes de la fecha prevista
para la recepcin de la oferta, por propia iniciativa o a pedido del
consultor participante, podr emitir aclaraciones o modificar los
pliegos, sin que estas modificaciones alteren el objeto del
contrato. Mtodo de evaluacin: El mtodo de evaluacin de las ofertas
se efectuar aplicando los parmetros de calificacin previstos en los
pliegos. Parmetros de calificacin: La Autoridad o su delegado
evaluarn la oferta en base a las siguientes CONSIDERACIONES
GENERALES: CASO 1: Si el oferente no ha realizado los Estudios de
diseo e ingeniera definitivos de la obra cuya ejecucin se requiere
fiscalizar:
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PARMETROS DE VALORACION PUNTAJE
1.- Plan de Trabajo Metodologa 25
2.- Experiencia General del Oferente 20
3.- Experiencia especfica trabajos similares 20
4.- Experiencia del Personal Tcnico Principal 30
5.- Instrumentos y Equipos 05
TOTAL: 100
CASO 2: Si el oferente ha realizado los Estudios de diseo e
ingeniera definitivos de la obra cuya ejecucin se requiere
fiscalizar:
PARMETROS DE VALORACION PUNTAJE
1.- Plan de Trabajo Metodologa 25
2.- Experiencia General del Oferente 10
3.- Experiencia especfica trabajos similares 20
4.- Experiencia del Personal Tcnico Principal 30
5.- Instrumentos y Equipos 05
TOTAL: 90
Se entender por estudio de diseo e ingeniera definitivo lo
estipulado en el Artculo 1
de la Resolucin INCOP No. 056-2012 del 8 de febrero del
2012.
En el caso de que se contrate la fiscalizacin de una obra
pblica, se aplicar de
manera obligatoria un margen de preferencia de diez (10) puntos,
a favor del oferente
que acredite haber realizado los estudios de diseo e ingeniera
definitivos de la obra
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cuya ejecucin se requiere fiscalizar. Para efectos de la
aplicacin de este criterio
preferente, se seguirn las siguientes reglas:
PERSONAL TECNICO CLAVE REQUERIDO:
DESIGNACION CANTIDAD PUNTAJE PARTICIPACIN
DIRECTOR DEL PROYECTO
O DIRECTOR DE
FISCALIZACIN (INGENIERO
CIVIL O ARQUITECTO)
1 Tiempo completo
RESIDENTE DE
FISCALIZACIN
INGENIERO CIVIL O
ARQUITECTO
Tiempo Completo
TOTAL 30 Puntos
La Presidencia del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, luego
de analizada la
magnitud de la obra a fiscalizar, estima que no se requiere
residente de
fiscalizacin, por lo tanto esta funcin la asumira el Director o
fiscalizador de
obra.
EQUIPO MINIMO REQUERIDO:
TEM DESCRIPCIN CANTIDAD
1 GPS. 1
2 COMPUTADOR 1
3 INSTRUMENTOS PARA TOMAS DE PRUEBAS DE
PRESION Y LUMINOSIDAD 2
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La disponibilidad del equipo se demostrara con la presentacin
del titulo de
propiedad o factura de compra o matricula, de los equipos
ofertados para el
cumplimiento del objeto consultoria de fiscalizacin de
obras.
La evaluacin de la propuesta se realizar en funcin del
cumplimiento de los
parmetros establecidos en los Pliegos, conforme lo dispone el
numeral 19 del
artculo 6 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin
Pblica. Si las
ofertas obtuvieren una calificacin menor del 70% del puntaje
total no sern
habilitadas.
Envo de Carta de Aceptacin.- El Consultor (a) invitado (a),
dentro del trmino
concedido de hasta cinco das remitir a la Entidad Contratante su
Oferta Tcnica-
econmica y la respectiva Aceptacin, tanto a los documentos
precontractuales, como
al presupuesto determinado por la misma, adjuntando para el
efecto la informacin
solicitada en los pliegos.
Adjudicacin.- El Mgs. Ing. Hildo Napolen Ordoez Pineda,
Presidente del Colegio
de Ingenieros Civiles de Loja/PROURVI adjudicar el contrato al
consultor invitado,
sobre la base de los documentos precontractuales, presupuesto
referencial aprobado
y carta de aceptacin remitida por l, dejando constancia de dicha
adjudicacin en la
correspondiente resolucin de adjudicacin.
Disposicin para la firma del contrato.- Resuelta la adjudicacin
del contrato, el
Presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja dispondr
que a travs del
Asesor Jurdica del CICL, elabore el correspondiente contrato
para la firma de los
comparecientes.
Formalizacin del Contrato.- El Asesor Jurdico del CICL elaborar
el contrato
correspondiente en un trmino no mayor a NOVENTA Y SEIS (96)
horas desde la
fecha en que se emita la correspondiente disposicin. Se
presentar una garanta por
el valor total del anticipo entregado por el CICL con el objeto
de asegurar, en forma
satisfactoria, los intereses del CICL LOJA.
Publicacin de resultados.- El Colegio de Ingenieros Civiles de
Loja, en el trmino
de 48 horas desde la recepcin de la copia del contrato, publicar
en el portal
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Federico Gonzlez Surez (Barrio El Panecillo) Telfono:
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www.ingenieroscivilesloja.com.ec email: [email protected]
www.ingenieroscivilesloja.com.ec los resultados del proceso de
consultora,
informando el nombre del oferente adjudicado, el objeto y el
monto respectivo.
Responsabilidad del rea requirente.- El rea requirente ser
responsable de la
elaboracin de los documentos precontractuales requeridos para el
inicio del proceso,
de la pertinencia de la consultora solicitada, del nombre del
consultor propuesto
y del
Presupuesto referencial elaborado; para lo cual deber realizar
los estudios e
investigaciones de mercado, que le permitan determinar la
idoneidad de la
contratacin ser efectuada
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CONTRATACIN DIRECTA DE CONSULTORIA PARA LA FISCALIZACIN DE
OBRA
CD-P-CICL-002-2013 SECCIN V
PROYECTO DE CONTRATO
COMPARECIENTES:
Intervienen en la celebracin del presente contrato de consultora
para la fiscalizacin
de Obra, por una parte, el Colegio de Ingenieros Civiles de
Loja, representado por
Presidente CICL/PROURVI , en su calidad de representante legal;
y, por otra parte el
consultor el xxxxxxxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxxx xxxx; los mismos que
para el efecto del
presente contrato se denominarn LA ENTIDAD CONTRATANTE y EL
CONSULTOR
(A), respectivamente. Los comparecientes, hbiles para contratar
y obligarse,
conforme a los documentos habilitantes legalmente conferidos que
se adjuntan
convienen en suscribir el presente contrato de consultora al
tenor de las siguientes
clusulas:
PRIMERA: ANTECEDENTES
1.1 .El Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, mediante
Resolucin No. Xx de fecha xxxx aprob los pliegos y dems documentos
del proceso para la contratacin Directa de un Consultor (a) para la
fiscalizacin del proyecto de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx ubicado en la
parroquia xxxxxxxxxx cantn xxxxxxxxxxxxx provincia de
xxxxxxxxxxx.
1.2.La invitacin para (objeto de la contratacin), publicada en
el Portal
www.ingenieroscivilesloja.com.ec, el da de (mes) de (ao), (y sus
alcances).
1.3.El acta de negociacin suscrita el (da) de (mes) de (ao),
entre la
(CONTRATANTE) y el (CONSULTOR).
1.4.La Contadora del CICL/PROURVI, con Memorando No., de (da) de
(mes) de
(ao), certifica la existencia de partida presupuestaria y
disponibilidad actual y futura
de los recursos econmicos para el financiamiento de este
contrato.
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1.5.La resolucin de adjudicacin realizada por la mxima autoridad
(designacin o
cargo) de fecha publicada y notificada en el Portal
www.ingenieroscivilesloja.com.ec
el da..
1.6.Con memorando No., (da) de (mes) de (ao), (Mxima Autoridad)
dispone la
elaboracin del presente contrato.
SEGUNDA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Forman parte integrante del presente contrato los siguientes
documentos:
a) Los que acrediten la calidad del compareciente y su capacidad
para celebrar el contrato.
b) Copia certificada del Poder o, nombramiento de representante
legal (nombre), en su calidad de de la Consultora.
c) Copia certificada de la Comunicacin Nmero () de(fecha)
mediante la cual se notific con la resolucin de Adjudicacin del
contrato.
d) El Acta de Negociacin de la oferta tcnico-econmica. e)
Certificado de habilitacin del RUP. f) Los Pliegos, preguntas,
respuestas, aclaraciones y anexos. g) La oferta negociada
h) Las garantas presentadas por el CONSULTOR (A) y aceptadas por
la (entidad contratante).
TERCERA: INTERPRETACIN Y DEFINICIN DE TRMINOS
Los trminos del Contrato de fiscalizacin de obra, deben
interpretarse en un sentido
literal y obvio, en el contexto del mismo, y cuyo objeto revele
claramente la intencin
del contratante. En todo caso su interpretacin sigue las
siguientes normas:
3.1 Cuando los trminos estn definidos y son claros, se atender
su tenor literal.
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3.2 Si no estn definidos se estar a lo dispuesto en el contrato
de fiscalizacin de obra
en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto
contractual y la intencin de
los contratantes.
3.3 En su falta o insuficiencia se aplicarn las normas
contenidas en el Ttulo XIII del
Libro IV de la codificacin del Cdigo Civil, De la Interpretacin
de los Contratos.
3.4 De existir contradicciones entre el Contrato de fiscalizacin
de obra y los
documentos del mismo, prevalecern las normas del Contrato. De
existir
contradicciones entre los documentos del Contrato, ser La
Entidad Contratante la que
determine la prevalencia de un texto, de conformidad con el
objeto contractual.
CUARTA: OBJETO DEL CONTRATO
El Consultor (a), se obliga para con el Colegio de Ingenieros
Civiles de Loja a prestar
el servicio de Consultora de Fiscalizacin EN LA EJECUCIN DE LA
OBRA DE
CONSTRUCCIN DEL PROYECTO DE INFRAESTRUCTURA SANITARIA xxx,
DEL
CANTN XXXXXXXX, PROVINCIA DEL XXXXXX. Los trabajos se realizarn
bajo la
supervisin y coordinacin del Administrador del Contrato y de
acuerdo a los
documentos que se indican en la clusula Segunda, adicionalmente
el Administrador
del contrato enviara copia de los informes de la Consultora a la
Presidencia del
CICL/PROURVI.
QUINTA: OBLIGACIONES DEL CONSULTOR
En virtud de la celebracin del contrato de fiscalizacin de obra,
El Consultor (a) se
obliga para con La Entidad Contratante a prestar servicios de
Consultora y realizar
todo aquello que fuese necesario para la total y correcta
ejecucin del objeto del
presente Contrato, de
conformidad con la oferta negociada, los trminos de referencia,
las condiciones
generales y especiales y los dems documentos contractuales.
5.1.-Personal y Equipo asignado al proyecto: Para el
cumplimiento de los servicios
de Consultora, El Consultor (a) ocupar durante la vigencia del
contrato, al personal y
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equipo indicado en su oferta negociada, conforme al cronograma
de actividades
aprobado.
5.2.- Sustitucin del personal: Dicho personal no podr ser
sustituido sin la previa
autorizacin por escrito del Administrador del Contrato.
En caso de cambio de personal, los nombres, calificacin y tiempo
de servicio de los
profesionales que El Consultor (a) asigne al proyecto, sern
sometidos previamente a
la aprobacin y aceptacin de LA ENTIDAD CONTRATANTE. En todo caso
su
calificacin no podr ser menor a la que corresponde al personal a
sustituirse.
5.3.- Sustitucin obligatoria del personal: A solicitud de LA
ENTIDAD
CONTRATANTE, fundamentada en la ineficiencia comprobada del
personal, El
Consultor (a), a su costo, deber cambiar uno o ms de los
profesionales asignados al
proyecto, o de sus empleados o trabajadores.
5.4.- Personal adicional: En caso de que la Consultora necesite
personal adicional al
indicado en su oferta tcnico-econmica, solicitar a la
Presidencia del
CICL/PROURVI su aprobacin. Igualmente para efectuar cualquier
cambio en la
estructura del cuadro del personal, la Consultora deber
solicitar previamente
autorizacin del Administrador del Contrato.
SEXTA: ALCANCE DE LOS TRABAJOS
En cumplimiento del objeto del presente contrato de fiscalizacin
de obra, El
Consultor (a) se compromete a prestar a LA ENTIDAD CONTRATANTE
todos los
servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la
Consultora. La
Consultora se obliga por tanto a cumplir con todo lo establecido
en los pliegos y en el
presente contrato.
SEPTIMA: OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD CONTRATANTE
Son obligaciones de la entidad contratante, aparte de las
establecidas en otras
clusulas del contrato y sus anexos, las siguientes:
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a) Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y
en los documentos del mismo, en forma gil y oportuna.
b) Dar solucin a los problemas que se presenten en la ejecucin
del contrato, en forma oportuna.
c) De ser necesario, tramitar los contratos complementarios que
sean del caso.
d) Las dems, propias de cada contrato.
OCTAVA: PLAZO
El plazo para la ejecucin del contrato de fiscalizacin de obra
se encuentra
determinado con relacin a la obra que se va a fiscalizar, esto
es, en un plazo de
XXXXX Y XXXXXXX calendario y XXXXX DIAS adicionales que cubren
la liquidacin
de la obra y entrega-recepcin provisional de la misma, es decir,
que el plazo del
contrato de Fiscalizacin ser de XXXXX XXXXX das calendario
(XXX), contados a
partir del inicio de la obra a fiscalizarse.
El presente contrato de Consultora para la fiscalizacin de obra,
est supeditado al
plazo de la obra, en virtud de que si se suspende el contrato de
la obra por cualquier
causa que fuere, se suspende tambin el presente contrato de
fiscalizacin.
NOVENA: PRRROGA DE PLAZO
La Entidad Contratante podr extender el plazo de vigencia del
presente contrato solo
en los casos que se indican a continuacin, a solicitud de EL
CONSULTOR (A) en un
trmino de hasta dos (2) das de suscitado el evento o cuando de
los hechos se
evidencie tal necesidad:
a) Por caso fortuito o fuerza mayor aceptado por La Entidad
Contratante, en los trminos establecidos en el artculo 30 del Cdigo
Civil.
b) Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades
previstas en el cronograma por orden de La Entidad Contratante y
que no se deban a causas imputables a EL CONSULTOR (A).
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Al aceptar la prrroga, La Entidad Contratante definir su duracin
y la incorporacin
de un nuevo cronograma que sustituir al original o precedente,
que deber ser
suscrito por las partes, y tendr el mismo valor contractual del
sustituido.
DECIMA: VALOR TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
El monto total de los servicios de la presente Consultora para
la fiscalizacin de Obra es de USD$XXXX (XXX XXXX XXX XX/100 DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) mas IVA, determinado en la Cta.
De Ahorro No.. Fijos e invariables que cubren todos los rubros
requeridos para dicha fiscalizacin y para el proceso de seguimiento
y control de las obras contratadas. En este valor esta incluidos
honorarios, alquiler de equipos, oficina, comunicaciones, papelera,
y todo valor requerido por el fiscalizador para llevar a cabo la
ejecucin de sus obligaciones.
Los valores que correspondan a costos de movilizacin y viticos,
por eventuales
movilizaciones, para el cumplimiento del objeto contractual,
sern asumidos por el
Consultor (a).
El valor estipulado en el numeral anterior ser pagado por LA
ENTIDAD
CONTRATANTE a EL CONSULTOR (A) de la siguiente forma:
El 50 % del valor total estimado del presente Contrato de
fiscalizacin de obra, es la suma de xxx en calidad de anticipo,
luego de la suscripcin del presente Contrato, una vez que El
CONSULTOR (A) haya presentado la correspondiente garanta por
anticipo, prevista en la LOSNCP, por igual valor y a satisfaccin
del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja. El anticipo ser
amortizado durante el tiempo de vigencia del contrato.
La entrega del anticipo deber entregarse dentro de los quince
das (15) calendario posteriores a la suscripcin del contrato.
Por consiguiente, en los contratos de fiscalizacin de obra, el
pago se realizar en
proporcin directa con el avance de la obra que se fiscaliza. En
consecuencia, no ser
posible establecer en el contrato de fiscalizacin de obra,
formas de pago distintas o por
periodos fijos de tiempo.
El monto del contrato de fiscalizacin de obra se dividir para el
monto del contrato de
obra, obtenindose una relacin en virtud de la cual se determinar
el porcentaje, que
para efecto de las planillas ser aplicado sobre el monto de
inversin correspondiente al
avance de obra presentado en los respectivos informes
mensuales.
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Tanto la Planilla como el informe mensual debern ser entregados
al Supervisor del
Contrato los das 28 de cada mes, quien los revisar y aprobar en
un plazo mximo de
dos das posteriores a su recepcin, remitindolos posteriormente
al Administrador del
Contrato para su trmite correspondiente.
DCIMA PRIMERA: REAJUSTE DE PRECIOS
EL Consultor (a) renuncian expresamente a cualquier tipo de
reajuste de precios.
DCIMA SEGUNDA: MULTAS
Por cada da de retardo en la entrega del informe mensual y de la
planilla de
liquidacin final del contrato de ejecucin de obras, El CONSULTOR
(A), se obliga a
pagar la cantidad del 1 por mil del valor del contrato.
Por cada da de retraso en el cumplimiento de disposiciones del
Presidente del Colegio
de Ingenieros Civiles de Loja, o del Administrador del Contrato,
El CONSULTOR (A) se
obliga a pagar la cantidad del 1 por mil del valor del
contrato.
Por cada da de retraso en el cumplimiento de entrega de
informacion requerida por el
Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, El CONSULTOR (A) se
obliga a pagar la
cantidad del 1 por mil del valor del contrato.
DCIMA TERCERA: ADMINISTRACIN Y SUPERVISIN DEL CONTRATO
El Presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja,
designar como
Administrador del Contrato al xxxx, CICL persona con quien El
CONSULTOR (A),
deber canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones
contractuales aqu
convenidas.
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El Administrador de este Contrato, queda autorizado para
realizar las gestiones
inherentes a su ejecucin, incluyendo aquello que se relaciona
con la aceptacin o no
de los pedidos de prrroga que puede hacer el Consultor, as como
velar por la
vigencia de las garantas previstas en el presente
instrumento.
El Administrador ser el encargado de velar por el cumplimiento
de las normas legales
y compromisos contractuales por parte de la Consultora, y la
administracin de las
garantas, durante todo el periodo de vigencia del contrato.
Respecto de su gestin reportar al Presidente del Colegio de
Ingenieros Civiles de
Loja, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, tcnicos,
econmicos y de
cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del
objeto del contrato.
Tendr bajo su responsabilidad la aprobacin de los informes que
emita El
CONSUTOR (A) y suscribir las actas que para tales efectos se
elaboren.
DCIMA CUARTA: GARANTAS
14.1 Garanta del Buen Uso del Anticipo: Para garantizar el
anticipo que la
contratante le otorga, El CONSULTOR (A) entregar a favor de la
contratante, en
forma previa a recibirlo, una garanta de las sealadas en los
artculos 73 y 75 de la
LONSCP, por un monto equivalente al total del mencionado
anticipo.
14.2 Renovacin de las Garantas: El CONSULTOR (A) se compromete
a
mantener vigentes las garantas mencionadas mientras subsistan
sus obligaciones
contractuales. Al efecto, sern renovadas a ms tardar cinco (5)
das hbiles antes de
su vencimiento, caso contrario, la entidad contratante solicitar
al garante que haga
efectivo su valor.
14.4 Devolucin de las Garantas: Una vez que se haya producido la
recepcin
unica y definitiva, real o presunta de los trabajos de
Consultora, se proceder a la
devolucin de la totalidad de la garanta de fiel cumplimiento del
contrato.
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La garanta de buen uso del anticipo se devolver cuando ste haya
sido devengado
en su totalidad.
14.5 Ejecucin de la garanta de buen uso del anticipo:
La garanta que asegura el buen uso del anticipo ser ejecutada,
en caso de que El
CONSULTOR (A) no pague a la ENTIDAD CONTRATANTE el saldo
adeudado,
despus de diez das de notificado con la liquidacin del
contrato.
DECIMO QUINTA: CONTRATOS COMPLEMENTARIOS
Si por causas imprevistas o tcnicas, debidamente justificadas
fuere necesario ampliar,
modificar o complementar el alcance de este contrato, el
Presidente del
CICL/PRORVI podr celebrar los contratos complementarios que se
requieran siempre
que la suma total de los valores de los contratos
complementarios no exceda del 70
% del valor del contrato principal.
El CONSULTOR (A) deber rendir garantas adicionales de
conformidad con la ley.
DECIMA SEXTA: ACTA DE ENTREGA- RECEPCIN
La entidad contratante podr, dentro del trmino de 10 das
contados a partir de la
solicitud de recepcin del contratista, negarse a recibir el
Producto de la Consultora
por razones
justificadas, relacionadas con el cumplimiento de las
obligaciones contractuales
asumidas por el contratista. La negativa se notificar por
escrito al contratista y se
dejar constancia de que la misma fue practicada.
Vencido el trmino previsto en el prrafo anterior sin que la
entidad contratante
objetare la solicitud de recepcin ni formulare observaciones al
cumplimiento del
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contrato, operar, sin ms trmite, la recepcin de pleno derecho,
para lo cual el
consultor notificar por intermedio de un Juez de lo Civil o un
notario pblico.
Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en
el contrato, el
consultor entregar a la entidad contratante el informe final
provisional; cuya fecha de
entrega servir para el cmputo y control del plazo contractual.
La Entidad Contratante
dispondr del trmino de 15 das para la emisin de observaciones,
objeciones o
peticin de aclaraciones, y el consultor de 15 das, adicionales
para absolver dichas
observaciones y presentar el informe final definitivo. El acta
de recepcin definitiva
ser suscrita por las partes, en el plazo previsto en el
contrato, siempre que no existan
observaciones pendientes en relacin con los trabajos de
consultora y el informe final
definitivo del estudio o proyecto de conformidad con el artculo
123 inciso tercero del
Reglamento General.
DECIMO SEPTIMA: LABORAL
El CONSULTOR (A) asume de forma exclusiva la responsabilidad del
cumplimiento de
las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el
Cdigo del Trabajo, la Ley
de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto
Ecuatoriano de Seguridad
Social IESS, la Ley Orgnica del Rgimen Tributario Interno y su
Reglamento, y
dems leyes conexas. En consecuencia, LA ENTIDAD CONTRATANTE est
exenta
de toda obligacin respecto del personal del CONSULTOR (A). Sin
perjuicio de lo cual,
LA ENTIDAD CONTRATANTE ejercer el derecho de repeticin que le
asiste en el
caso de ser obligada al pago de cualquier obligacin, ordenado
por autoridad
competente.
DECIMO OCTAVA: TERMINACIN DEL CONTRATO
El presente contrato termina por las siguientes causales:
1. Por cumplimiento de las obligaciones contractuales; 2. Por
mutuo acuerdo de las partes; 3. Por sentencia o laudo ejecutoriados
que declaren la nulidad del contrato o la
resolucin del mismo a pedido del Consultor; 4. Por declaracin
unilateral del contratante, en caso de incumplimiento del
Consultor; y, 5. Por muerte del Consultor o por disolucin de la
persona jurdica contratista que no
se origine en decisin interna voluntaria de los rganos
competentes de tal persona jurdica.
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6. Por terminacin del contrato de Obra.
18.1 Terminacin por mutuo acuerdo.- Cuando por circunstancias
imprevistas,
tcnicas o econmicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito,
no fuere posible o
conveniente para los intereses de las partes, ejecutar total o
parcialmente el contrato,
las partes podrn, por mutuo acuerdo, convenir en la extincin de
todas o algunas de
las obligaciones contractuales, en el estado en que se
encuentren.
La terminacin por mutuo acuerdo no implicar renuncia a derechos
causados o
adquiridos en favor de la Entidad Contratante o del
Consultor.
Dicha entidad no podr celebrar contrato posterior sobre el mismo
objeto con el mismo
Consultor.
18.2 Terminacin unilateral del contrato.- La Entidad Contratante
podr declarar
terminado anticipada y unilateralmente el presente contrato a
que se refiere esta Ley,
en los siguientes casos:
1. Por incumplimiento del Consultor,