Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245 PLAN SECTORIAL DE CULTURA,DEPORTES, RECREACIÓN, EDUCACIÓN FÍSICA, ACTIVIDAD FÍSICA Y APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE DEL MUNICIPIO DE MONTELÍBANO - CÓRDOBA 2012 – 2015 “MONTELÍBANO MÁS ACTIVO, POR EL CAMINO CORRECTO” JAIRO GONZALEZ TUIRAN. MONTELÍBANO MAYO DE 2012 IMCRD “Por el Camino Correcto”
81
Embed
PLAN SECTORIAL DE CULTURA,DEPORTES, …cdim.esap.edu.co/BancoMedios/Documentos PDF... · 6.1.2 Generalidades. 6.1.2.1 Área topográfica. ... que contiene los lineamientos de la política
This document is posted to help you gain knowledge. Please leave a comment to let me know what you think about it! Share it to your friends and learn new things together.
Transcript
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
PLAN SECTORIAL DE CULTURA,DEPORTES,
RECREACIÓN, EDUCACIÓN FÍSICA, ACTIVIDAD FÍSICA Y
APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE DEL
MUNICIPIO DE MONTELÍBANO - CÓRDOBA
2012 – 2015
“MONTELÍBANO MÁS ACTIVO, POR EL CAMINO CORRECTO”
JAIRO GONZALEZ TUIRAN.
MONTELÍBANO
MAYO DE 2012
IMCRD “Por el Camino Correcto”
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
CONTENIDO
PRESENTACIÓN
INTRODUCCIÓN
RESUMEN
1. MARCO NORMATIVO
1.1 Régimen Municipal.
1.2 El derecho al deporte y la recreación en la constitución política de
colombia.
1.3 El deporte y la recreación como gasto público social.
1.4 La ley del deporte, 181 de 1995.
2. MARCO CONCEPTUAL.
2.1 El deporte.
2.2 La recreación.
2.3 La actividad físca.
2.4 El ejercicio.
2.5 La educación física.
2.6 Los parques.
2.7 Los espacios públicos.
3. BENEFICIOS DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA
Y LA EDUCACIÓN FÍSICA.
3.1 En lo personal.
3.2 En el desarrollo social.
3.3 En lo económico.
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
3.4 En lo ambiental.
3.5 En lo turistico.
3.6 En lo político.
4. LA POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN,
LA EDUCACIÓN FÍSICA Y LA ACTIVIDAD FISICA EN COLOMBIA
4.1 El plan decenal del deporte, la recreación, la educación física y la
actividad física para el desarrollo humano, la convivencia y la paz
2009 – 2019.
4.1.1 Alcancen del plan decenal nacional.
4.1.2 Arquitectura del plan decenal.
i. Deporte al servicio del desarrollo económico, social y
ambiental del país.
ii. Garantizar el derecho al deporte, la recreación, la
educación física y la actividad física.
iii. Implementación del plan decenal.
iv. El deporte en el desarrollo nacional
4.2 El minimo vital.
4.2.1 El plan decenal municipal.
4.3 Prosperidad para todos a través del deporte, la recreación y la
actividad física 2010 – 2014.
4.3.1 Meta en promoción y fomento.
4.3.2 Meta en convivencia y paz.
4.3.3 Meta en liderazgo deportivo.
4.3.4 Meta en infraestructura.
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
5. LA POLITICA DEPARTAMENTAL.
5.1 Recreación y deporte social comunitario.
5.2 Deporte asociado, competitivo y de alto rendimiento.
5.3 Coordinación institucional.
6. POLITICA DE DEPORTES DEL MUNICIPIO DE MONTELÍBANO 2012 –
2015.
6.1 Caracterización municipal.
6.1.1 Reseña historica.
6.1.2 Generalidades.
6.1.2.1 Área topográfica.
6.1.2.2 Atractivos turisticos.
6.1.2.2.1 Parque ecológico el pindo.
6.1.2.2.2 Parque ecológico de montelibano.
6.1.2.3 División politico administrativa.
6.1.2.4 Población.
6.1.2.5 Indices sociales de montelíbano - SIPLAN.
6.1.2.6 Diagnóstico del sector deporte.
6.1.2.6.1 Organización.
6.1.2.6.2 Infraestructura.
6.1.2.6.3 Juventud.
6.1.2.6.4 Cobertura.
6.1.2.6.5 Educación Física.
6.1.2.6.6 Recreación y deportes.
6.1.2.6.7 Actividad física y salud.
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
6.2 Propositos del plan.
6.3 Misión.
6.4 Visión.
6.5 Objetivos generales.
6.6 Objetivos especificos.
6.7 Ejes que orientan la política sectorial del municipio de montelíbano.
6.7.1 Aumentar la participación
6.7.1.1 Promoción y fomento del deporte.
6.7.1.2 Actividad física y salud.
6.7.1.3 Recreación y aprovechamiento del tiempo libre.
6.7.1.4 Deporte social comunitario.
6.7.2 Fortalecer la institucionalidad.
6.7.2.1 Gestión y gerencia deportiva.
6.7.3 Ampliar la formación.
6.7.3.1 Educación física escolar.
6.7.4 Mejorar los parques y escenarios deportivos.
6.7.4.1 Infraestructura deportiva.
6.8 Fuentes de financiación.
6.9 Plan indicativo de deportes 2012 – 2015.
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
INDICE DE TABLAS
TABLA 1 - Beneficios del deporte, la recreación, la actividad física y la
educación física.
TABLA 2 - Metas plan de desarrollo departamental, sector deporte.
TABLA 3 - Barrios que integran los núcleos zonales de la cabecera
municipal.
TABLA 4 - División municipal zona urbana.
TABLA 5 - Veredas y corregimientos que integran los núcleos zonales
rurales.
TABLA 6 - Núcleos rurales.
TABLA 7 - Calidad de vida.
TABLA 8 - Idicadores generales.
TABLA 9 - Indicadores económicos.
TABLA 10 - Indicadores educativos.
TABLA 11 - Indicadores de salud.
TABLA 12 - Indicadores de vivienda.
TABLA 13 - Indicadores de servicios públicos domiciliarios.
TABLA 14 - Indicadores de vías y transporte.
TABLA 15 - Indicadores de organización, participación y ciudadanía.
TABLA 16 - Indicadores de medio ambiente.
TABLA 17 - Indicadores de recreación y deportes.
TABLA 18 - Indicadores sistemas de comunicación
INDICE DE GRÁFICAS
GRAFICA 1 - Indicadore de calidad de vida
GRAFICA 2 - Escenarios deportivos del municipio.
GRAFICA 3 - Estado de los escenarios deportivos del municipio.
GRAFICA 4 - Cobertura de las escuelas de formacion deportivas.
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
PRESENTACIÓN
El PLAN SECTORIAL DE DEPORTES, RECREACIÓN, EDUCACIÓN FÍSICA,
ACTIVIDAD FÍSICA Y APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE DEL
MUNICIPIO DE MONTELÍBANO, es una construcción democrática y participativa
que contiene los lineamientos de la política pública de desarrollo deportivo de la
administración municipal.
Su formulación estratégica, se realiza para garantizar el cumplimiento de los
objetivos trazados, para dar sentido de orientación, optimizar los recursos, facilitar
el control y reducir la incertidumbre, al tiempo que se evalúa y se aplican los
correctivos necesarios para el mejoramiento continuo.
Es también, un instrumento de gerencia innovadora que se articula con el Plan
Nacional de Desarrollo, Plan Decenal de Deporte y el Plan Departamental de
Desarrollo; por lo tanto, armoniza sus políticas para el cumplimiento de los
propósitos nacionales de la prosperidad para todos.
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
INTRODUCCIÓN
“MONTELÍBANO MÁS ACTIVO, POR EL CAMINO CORRECTO” Política Pública
de Deporte, Recreación y Actividad Física 2012 - 2015, representa una nueva
visión del sector, y expresa la necesidad de identificar y coordinar las tareas del
deporte, la recreación, la actividad física, los parques y escenarios de Montelíbano
en la formulación de una política pública intersectorial, con enfoque de derechos e
incluyente.
Asumimos con audacia la tarea de construir la política, mediante una metodología
que facilitó la amplia participación, abierta y plural, de la comunidad agrupada por
gremios, en la cual creamos un ambiente de confianza y transparencia.
Basándonos en el principio del respeto mutuo, todos los aportes fueron valorados
por los participantes y considerados por los asesores para la priorización, de
manera igualitaria. El turno para hablar y escuchar fue respetado, con el fin de
lograr una participación activa y respetuosa.
Como tarea de gobierno, creamos la confianza necesaria para obtener de los
gremios sectoriales los insumos para desarrollar una política concertada, enfocada
en unas metas comunes, que busquen favorecer el desarrollo de un sistema de
deporte, recreación y actividad física más efectivo e inclusivo.
Esta política está orientada al cambio en las organizaciones sectoriales, públicas y
privadas, con el objetivo de garantizar el derecho de todos y todas al deporte, la
recreación y la actividad física.
De manera concertada, la política promueve un acuerdo entre el Gobierno
Municipal y las organizaciones públicas y privadas, con el fin de determinar los
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
lineamientos y los mejores procedimientos para lograr unas metas dirigidas a
mejorar la participación, la excelencia, la capacidad y la interacción con otros
sectores, con una visión orientada a la formación de una cultura para la
convivencia, en un “MONTELÍBANO MÁS ACTIVO, POR EL CAMINO
CORRECTO”
La política “MONTELÍBANO MÁS ACTIVO, POR EL CAMINO CORRECTO”
asume una definición amplia del sector, que entiende el deporte como un derecho,
reconociendo una complementariedad entre sus dos aspectos, el deporte para
todos y el deporte de alto rendimiento, cada uno esencial y no excluyente, que
contribuyen mutuamente a su éxito; la recreación entendida como un derecho
esencial para el desarrollo humano y social, fundamental en todas las
comunidades y culturas del mundo; y la actividad física como una práctica regular
y sistemática, que aporta beneficios a la salud física, emocional y psíquica de las
personas.
La política considera la necesidad de articular el deporte, la recreación y la
actividad física con la educación física, los parques y los escenarios, así como con
sectores privados y públicos como la salud, la educación, el ambiente, la
movilidad, el gobierno, el hábitat, la planeación y la hacienda, con el propósito de
que las políticas públicas Municipales operen de forma intersectorial, en beneficio
del desarrollo de la comunidad.
Así mismo, “MONTELÍBANO MÁS ACTIVO, POR EL CAMINO CORRECTO”
reconoce el papel clave de las organizaciones sectoriales (clubes, ligas,
asociaciones, cajas de compensación, organizaciones no gubernamentales (ONG)
y grupos de interés), y reconoce el trabajo voluntario y profesional de los
individuos, estableciendo la necesidad de protocolos de colaboración, con el fin de
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
lograr un apoyo permanente y efectivo, que contribuya al desarrollo de esta
política pública.
El gobierno municipal presenta a la “MONTELÍBANO MÁS ACTIVO, POR EL
CAMINO CORRECTO” Política Pública de Deporte, Recreación y Actividad Física
para Montelíbano 2012-2015, que centra sus esfuerzos en mejorar las condiciones
ambientales e institucionales que permitan incrementar los niveles de práctica del
deporte, la recreación y la actividad física en los habitantes de Montelíbano en los
próximos cuatro años y, a su vez, contribuir en el desarrollo de Montelíbano y en el
mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes. Los componentes de esta
política pública giran en torno a cuatro grandes Ejes:
1. Aumentar la participación.
2. Fortalecer la institucionalidad.
3. Ampliar la formación.
4. Mejorar los escenarios y entornos.
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
RESUMEN
Cuatro Ejes orientaran la política del municipio de Montelíbano durante los
siguiente cuatro años para hacer del deporte, la recreación, la educación física y
la actividad física instrumentos de reconciliación, de convivencia y de paz.
Para cada Eje se ha definido su objetivo general, así como 7 programas para
alcanzarlo, tambien, los proyectos con los cuales se busca dar respuesta a las
necesidades y demandas de la comunidad.
Montelíbano tendrá como prioridad asegurar el acceso de las niñas y los niños, de
los jóvenes y de los grupos en riesgo de vulnerabilidad a estos bienes socialmente
necesarios.
Todo ello en respuesta a un derecho fundamental de gran valor para el desarrollo
humano y para hacer del tiempo libre, especialmente de los jóvenes, una
oportunidad de vida, de respeto por las reglas, coexistir en las diferencias y valorar
el juego limpio.
En cumplimiento de estos preceptos se estableció desde el Plan Decenal Nacional
Sectorial, la necesidad de formular planes municipales sectoriales como
instrumento de gestión pública para organizar las acciones del municipio,
racionalizar sus recursos y buscar un mayor impacto social para el sector,
mediante un acuerdo de mínimos que precise las prioridades, ordene los recursos
y defina los roles y las competencias de los diferentes actores municipales y las
organizaciones sociales del deporte, la recreación, la educación física y la
actividad física.
El proceso de construcción del plan sectorial municipal como plan rector para el
municipio de Montelíbano, brinda la posibilidad de evaluar los métodos y políticas
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
definidas para el deporte, la recreación, la educación física y la actividad física que
se han promovido en el municipio, y de esta forma, planear, hacer, verificar y
actuar para conseguir el desarrollo del sector durante los próximos 4 años.
Para lograr este objetivo, durante los siguientes cuatro años, el municipio de
Montelíbano utilizó una metodología participativa, convocando a consultas a los
diferentes actores sociales del municipio, buscando consensuar el diagnostico
para formular a partir de allí las principales apuestas que debe asumir el municipio
durante el siguiente cuatrienio.
En este sentido el plan sectorial municipal de Montelíbano expresa la política
pública concertada y en concordancia con las políticas departamentales,
nacionales, con el Plan Decenal Nacional del deporte, la recreación, la educación
física y la actividad física y con las normas que rigen la materia.
La comunidad consultada así como las entidades públicas participantes del
proceso adoptaron como enfoque de esta política “contribuir al desarrollo humano,
la convivencia y la paz”, reclamando la necesidad de repensar los espacios y la
infraestructura municipal en función del encuentro, la participación y construcción
del tejido social para lo cual como lo ha propuesto la política Nacional, el deporte,
la recreación y la actividad física deben convertirse en dispositivos que promuevan
la inclusión social especialmente de aquellos sectores excluidos de su acceso,
práctica y disfrute.
Así mismo, el municipio de Montelíbano, promoverá el deporte, la recreación, la
educación física y la actividad física, para mejorar la calidad de vida, con espíritu
de convivencia, tolerancia, respeto, equidad y participación.
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
Para definir la política municipal del sector, el documento se construyó de lo
general a lo particular, iniciando con el marco normativo y sus alcances
administrativos y fiscales para la gestión local; un segundo capítulo precisa los
conceptos del área, para tener claridad acerca de los fundamentos teoricos que
sustentan al plan; el tercer capitulo, describe la bondades del deporte, la
recreación , la actividad física y la educacion física en todas las dimenciones del
ser humano como ser biosicosocial, el cuarto capitulo; contextualiza la política
nacional que orienta al sector, definiendo las metas del gobierno actual contenidas
en el plan nacional de desarrollo; un quinto capítulo se ocupa de la política
departamental, especialmente en cuanto al régimen de competencias y recursos
con los municipios, para terminar con un sexto capítulo donde se recoge la
apuesta municipal, es decir sus políticas en materia de deporte, recreación,
educación física y actividad física para el cuatrenio 2012 - 2015
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
1. MARCO NORMATIVO
Por ser el municipio la entidad territorial responsable de la prestación de los
servicios sociales básicos y, por tanto de garantizar los derechos sociales en
nombre del Estado, le corresponde asegurar el derecho al acceso, práctica y
disfrute del deporte y la recreación en los términos señalados, por la Constitución,
la Ley y las políticas públicas que las interpretan y desarrollan.
Planear nuestro desarrollo es un ejercicio para garantizar que las políticas y los
recursos se orienten hacia los fines sociales que se propone el gobierno así como
también a garantizar y restituir los derechos fundamentales, entre lo que se
encuentran el deporte y la recreación.
1.1 Régimen municipal.
La Constitución Política de Colombia establece en su artículo 311 que “Al
municipio le corresponde prestar los servicios públicos que determine la ley,
construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su
territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural
de sus habitantes”.
De la misma manera el régimen municipal le concede personería jurídica y lo
define como la entidad territorial fundamental de la división político administrativa
del Estado, con autonomía política, fiscal y administrativa, dentro de los límites
que le señalen la Constitución y la ley, y cuya finalidad es el bienestar general y el
mejoramiento de la calidad de vida de la población en su respectivo territorio (Ley
136 de 1994).
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
Para alcanzar las metas sociales del Estado, es decir, el bienestar general y el
mejoramiento de la calidad de vida, la Constitución define en su artículo 366 las
prioridades sociales del Estado a través del Gasto Público Social, señalando (Ley
136 de 1994) inicialmente a la salud, la educación, el saneamiento ambiental y el
agua potable como prioritarios para estos fines.
El Acto Legislativo No. 2 del 18 de agosto del año 2000, modificó el artículo 52 de
la Constitución incorporando al “deporte y la recreación” como parte del Gasto
Público Social.
Las obligaciones del municipio entonces se dirigen prioritariamente a atender las
necesidades de la población y de manera enfática aquellas protegidas
Constitucionalmente como derechos sociales.
Siendo el deporte y la recreación una de las obligaciones; y por tanto de las
competencias municipales, se estableció un marco legal para su desarrollo,
contenido para el caso, en la Ley Orgánica de Planeación (Ley 136 de 1994) y, en
la Ley 181 de enero de 1995, conocida como la ley del deporte.
En la primera, en desarrollo del precepto Constitucional de los artículos 339 y
siguientes, se adoptan los instrumentos para materializar estas obligaciones,
mediante la formulación de planes de desarrollo nacionales, departamentales y
municipales, que expresen las políticas públicas, racionalicen el gasto, permitan
evaluar su impacto y contribuyan al bienestar y mejoramiento de la calidad de vida
de la población.
En la segunda, es decir en la Ley 181 de 1995, mediante la cual se crea el sistema
nacional del deporte, también se definen las obligaciones del municipio como
responsable de la prestación de los servicios de recreación, deporte, educación
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
física y aprovechamiento del tiempo libre, los que luego, en el año 2002 se
extienden a la actividad física.
1.2 El derecho al deporte y la recreación en la constitución política de colombia.
“Si bien es cierto que el reconocimiento del deporte, la recreación y la educación
física a cargo del Estado, se remonta en Colombia desde finales del siglo XIX, solo
hasta la Constitución del 91 se eleva a la categoría de derecho fundamental y
posteriormente, mediante el Acto legislativo del 2000 se reconoce “al deporte y la
recreación” como parte del gasto público social, adicionando el alcance de los
artículos 365 y 366 de la Carta Magna, en la búsqueda del bienestar y el
mejoramiento de la calidad de vida de la población.
El artículo 52 del ordenamiento superior “reconoce el derecho de todas las
personas a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El Estado
fomentará estas actividades e inspeccionará las organizaciones deportivas cuya
estructura y propiedad deberán ser democráticas(Art.52.CPC. Modificado Acto
Legislativo 02 de 2000).
Posterior a la Constitución de 1991, se desarrolló el artículo 52 de la misma
mediante la Ley 181 de 1995, por medio de la cual se creó el Sistema Nacional del
Deporte, como el instrumento para coordinar, articular, descentralizar e
implementar las políticas públicas del deporte, la recreación y la actividad física (el
término y alcance de “Actividad Física” se propone en la base de la pirámide de la
Iniciación Deportiva junto a la recreación, para que ambas constituyan el soporte
del “deporte social comunitario”) en el país, bajo la dirección y orientación del
Instituto Colombiano del Deporte COLDEPORTES.
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
Estas políticas por mandato Constitucional (artículos 339 al 343) se expresan en
planes de desarrollo, cuya estructura, forma y alcance están regulados por la Ley
orgánica de planeación (Ley 152 de 1994) y, su interpretación ha sido establecida
por jurisprudencia de la Honorable Corte Constitucional en diversas sentencias.
Que el deporte y la recreación sean reconocidos como derechos sociales y que
hagan parte del gasto público social, generan obligaciones y oportunidades para la
gestión pública, orientada a garantizar estos derechos mediante la prestación del
servicio público de deporte, recreación y la actividad física.
1.3 El deporte y la recreación como gasto público social
El gasto público social cuenta con recursos del Sistema General de
Participaciones, de ahí que “el numeral 12 del artículo 74 de la Ley 715 de 2001,
que dicta normas orgánicas en materia de recursos y competencias, estipuló que
será función de los departamentos coordinar acciones entre los municipios para
desarrollar programas y actividades que permitan fomentar la práctica del deporte,
la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre en el territorio”.
“El numeral 7 del artículo 76 de la misma ley establece que, en materia de deporte
y recreación, los municipios deben planear y desarrollar los programas y
actividades en estas materias y construir, administrar, mantener y adecuar los
escenarios deportivos(Forjar una cultura para la convivencia. Visión Colombia)”.
A los fines sociales del deporte, la recreación y la actividad física, se
complementaron las normas referidas al reconocimiento de estos derechos para la
población con discapacidad (Ley 582 de 2000) y la creación del Comité
Paralímpico que amplía el contexto del Sistema Nacional del Deporte.
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
Estos derechos se garantizan a través de diversos organismos que conforman en
Colombia el sistema nacional del deporte pero de manera especial a través de las
entidades territoriales, es decir los departamentos, distritos y municipios en el
marco de las competencias definidas en la Ley 181 de 1995.
1.4 La ley del deporte, 181 de 1995
Mediante esta ley se crea el sistema nacional del deporte, estableciendo el
régimen de competencias de las entidades territoriales en la materia. Al municipio
le corresponde, entre otras, las siguientes funciones:
1.4.1 Proponer el plan local del deporte, la recreación y el aprovechamiento
del tiempo libre, realizando su seguimiento y evaluación con
participación comunitaria.
1.4.2 Programar la distribución de los recursos en su respectivo territorio.
1.4.3 Proponer los planes y proyectos que deban incluirse en el plan sectorial
Nacional.
1.4.4 Estimular la participación comunitaria y la integración funcional en los
términos de la Constitución Política, la ley y las demás normas que lo
regulen.
1.4.5 Desarrollar programas y actividades que permitan fomentar la práctica
del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la
educación física en su territorio.
1.4.6 Cooperar con otros entes públicos y privados para el cumplimiento de
los objetivos previstos.
1.4.7 Velar por el cumplimiento de las normas urbanísticas sobre reserva de
áreas en las nuevas urbanizaciones, para la construcción de Escenarios
deportivos para el deporte y la recreación.
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
1.4.8 Construcción, administración, mantenimiento y adecuación de los
respectivos escenarios deportivos.
2. MARCO CONCEPTUAL
2.1 El deporte
El Deporte es un derecho, así lo expresa el Artículo 15 de la Ley 181 de 1995, […]
el deporte en general, es la específica conducta humana caracterizada por una
actitud lúdica y de afán competitivo de comprobación o desafío, expresada
mediante el ejercicio corporal y mental, dentro de disciplinas y normas
preestablecidas orientadas a generar valores morales, cívicos y sociales.
2.2 La recreación
La Recreación es un derecho, y de manera general puede describirse como una
actividad libre o dirigida, cuya práctica genera placer. Es una forma adecuada de
usar el tiempo libre y un componente esencial del proceso de crecimiento de las
personas. Hace parte esencial del desarrollo de las potencialidades del ser
humano para su realización, y para el mejoramiento de la calidad de vida
individual y social, mediante la práctica de actividades físicas o intelectuales de
esparcimiento. Es una práctica social considerada un derecho fundamental, que
estimula la identidad y el desarrollo de los procesos individuales, culturales y
sociales de las personas y las comunidades, pero que no se limita a actividades
que implican actividad física. La recreación tiene en el deporte, como práctica o
como espectáculo, una de sus expresiones más valoradas, pero no es la única. La
recreación también toma cuerpo en muchas manifestaciones del esparcimiento
intelectual, y en todo lo que se conoce como disfrute del tiempo libre,
entretenimiento o pasatiempo.
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
2.3 La actividad física
La Actividad es una intención manifiesta en forma de movimiento del ser humano
que relaciona su mente, su cuerpo, sus emociones y sus necesidades de
interacción con otros o con el entorno en el que habita. Los movimientos corrientes
y voluntarios que se realizan en la vida diaria, como en el trabajo, en el estudio o
en el hogar, entre otros, forman parte de la actividad física, pero ésta también se
encuentra en la recreación, el juego, el ejercicio y las actividades deportivas.
Investigaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), y otros estudios
relacionados, entienden la actividad física como “cualquier movimiento corporal
voluntario producido por el músculo esquelético que requiere gasto calórico por
encima del nivel basal (El término basal hace referencia al gasto de energía
(calórico) que requiere una persona estando en reposo.) y produce mejora en la
salud”.
2.4 El ejercicio
El ejercicio se define como “movimientos corporales planificados, estructurados y
repetitivos que se realizan con o sin fines de acondicionamiento físico”.
2.5 La educación física
En un sentido estrictamente educativo, […] es una disciplina pedagógica que basa
su intervención en el movimiento corporal, para estructurar primero y desarrollar
después, de forma integral y armónica, las capacidades físicas, afectivas y
cognitivas de la persona, con la finalidad de mejorar la calidad de la participación
humana en los distintos ámbitos de la vida, como son el familiar, el social y el
productivo. (Wikipedia, “Educación física”. Disponible en
http://es.wikipedia.org/wiki/Educaci%C3%B3nF%C3%ADsica. Consultado el 01 de
junio de 2012)
Carrera 13 Avenida del estudiante – Edificio El Portal de la Avenida Montelíbano – Córdoba. Tel fax: 7720245
Esta disciplina ha sido considerada como un factor determinante en el desarrollo
integral y armónico del ser humano y de las comunidades, dada su gran capacidad
para contribuir en la formación de los hábitos psicomotrices y sociales de las
personas desde la más temprana edad, y porque enriquece a la consecución de
logros en las otras tres áreas (deporte, recreación y actividad física).
Igualmente, dentro de los conceptos básicos de esta política, son importantes las
definiciones de parques, equipamientos deportivos y recreativos, y espacio
público, elementos fundamentales en el desarrollo de “Montelíbano más Activo y
Saludable”.
2.6 Los parques
Un parque (del francés parc) es un terreno situado en el interior de una población
que se destina a prados, jardines y arbolado sirviendo como lugar de
esparcimiento y recreación de los ciudadanos.
Si se trata de una larga extensión de terreno natural y protegida por el estado,
hablamos de un parque natural o de un Parque nacional.
Se conoce como parques también a recintos privados o protegidos, de diversas
formas, donde se celebran actividades lúdicas.( http://es.wikipedia.org/wiki/Parque)
Consultado el 01 de junio de 2012)
2.7 Los espacio público
El espacio público es entendido como el conjunto de inmuebles públicos, y los
elementos arquitectónicos y naturales de los inmuebles privados, destinados, por
su naturaleza, su uso o afectación, a la satisfacción de necesidades urbanas
colectivas, que por lo tanto trascienden los límites de los intereses individuales de
los habitantes. Así, está constituido por […] las áreas requeridas para la