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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 1
Fundado el 14 de Enero de 1877
Registrado en la Administración de Correos el 1o. de Marzo de
1924
GUANAJUATO, GTO., A 10 DE MAYO DEL 2016 NUMERO 75AÑO CIIITOMO
CLIV
S E G U N D A P A R T E
S U M A R I O :
GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO
DECRETO Gubernativo Número 154, mediante el cual, se autoriza la
modificación de la naturaleza jurídica del "Fideicomiso Centro
Regional Expositor y de Negocios (FICERINE)" y su extinción como
fideicomiso público estatal.
ACUERDO Gubernativo Numero 191, mediante el cual, se donan
diversos bienes muebles a favor del Municipio de Irapuato,
perteneciente al Estado de Guanajuato.
DECLARATORIA de Expropiación emitida en el expediente 030/2014,
para la regularización del asentamiento humano denominado "La
Laborcita", del Municipio de León, Gto.
DECLARATORIA de Expropiación emitida en el expediente 011/2015,
para la regularización del asentamiento humano denominado "San José
del Potrero", del Municipio de León, Gto.
SECRETARIA DE GOBIERNO
EDICTO mediante el cual se practica la notificación de acuerdo
de fecha 2 de mayo de 2016, sobre el estudio de la personalidad de
Julio Rodríguez Ceciliano y sobre la inhibitoria, requerimiento de
nuevo avalúo y citación para la Audiencia Final.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO
ACUERDO general del Pleno del Consejo del Poder Judicial del
Estado, mediante el cual, se crea el Juzgado Civil de Partido
Especializado en Materia Familiar con sede en el Partido Judicial
de Pénjamo, el cual entrará en funciones a partir del 16 de Mayo
del año 2016.
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INSTITUTO DE ECOLOGIA DEL ESTADOPRESIDENCIA MUNICIPAL - SAN
MIGUEL DE ALLENDE, GTO.
CONVENIO de Coordinación Administrativa para la Transmisión de
Atribuciones Ambientales que celebran el Instituto de Ecología del
Estado y el Municipio de San Miguel de Allende, Gto., de fecha 8 de
Marzo de 2016.
PRESIDENCIA MUNICIPAL - ACAMBARO, GTO.
RESOLUCION Municipal, mediante la cual, se otorga el permiso de
venta respecto de 176 lotes del Fraccionamiento denominado "La
Providencia", a favor de "Mérica Construcciones", S.A. de C.V.,
inmueble ubicado al Poniente de la Cabecera Municipal de Acámbaro,
Gto.
PRESIDENCIA MUNICIPAL - APASEO EL ALTO, GTO.
ACUERDO Municipal, mediante el cual, se aprueba la Segunda
Modificación al Pronóstico de Ingresos y Presupuesto de Egresos del
Ejercicio Fiscal 2016, del Municipio de Apaseo el Alto, Gto.
PRESIDENCIA MUNICIPAL - CELAYA, GTO.
ACUERDO Municipal, mediante el cual, se desafecta un bien
inmueble del dominio público propiedad Municipal, ubicado en Calle
Casuarinas sin número, de la Colonia Los Pinos y se dona a favor
del Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Educación de
Guanajuato, para el Centro de Desarrollo Infantil Número 3 Federico
Froebel, inmueble ubicado en el Municipio de Celaya, Gto.
PRESIDENCIA MUNICIPAL - GUANAJUATO, GTO.
CONVOCATORIA para Remate en Primera Almoneda que emite la
Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal de Guanajuato,
Gto., respecto del bien inmueble ubicado en Calle de Arriba L-34,
Sección H, Colonia San Javier, propiedad de la C. Martín del Campo
Hernández Alexa.
PRESIDENCIA MUNICIPAL - JERECUARO, GTO.
ACUERDO Municipal, mediante el cual, se desafecta del dominio
público Municipal y se dona a favor del Sistema Municipal para el
Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Jerécuaro, Gto.,
(D.I.F.), una fracción del terreno ubicado en Callejón del Zapote
Número 165, Colonia Los Laureles, inmueble ubicado en el Municipio
de Jerécuaro, Gto.
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PRESIDENCIA MUNICIPAL - LEON, GTO.
ACUERDO Municipal, mediante el cual, se autoriza al Sistema de
Agua Potable y Alcantarillado de León, para que realice la donación
de diversos bienes muebles a favor de las asociaciones civiles:
Asilo Pablo de Anda, A.C.; Promoción Voluntaria para la Salud,
A.C.; Casa Cuna Amigo Daniel, A.C.; Cruz Roja Mexicana, Delegación
León; Fundación Pro Niño Leonés, A.C.; Asociación Leonesa de la
Familia del Niño, A.C. y Casa de Asistencia y Rehabilitación para
Indigentes, A.C., con la finalidad de facilitar el cumplimiento de
su objeto social.
PRESIDENCIA MUNICIPAL - MOROLEON, GTO.
ACUERDO Municipal, mediante el cual, se reforma el Artículo 6,
fracción I, inciso b), y Artículo 10 fracción III inciso c) de las
Disposiciones Administrativas de Recaudación para el Municipio de
Moroleón, Gto., Ejercicio Fiscal 2016, publicadas en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado Número 27, Tercera Parte, de fecha
16 de Febrero de 2016.
PRESIDENCIA MUNICIPAL - PURISIMA DEL RINCON, GTO.
REGLAMENTO de la Dirección de Planeación del Municipio de
Purísima del Rincón, Gto.
PRESIDENCIA MUNICIPAL - SAN JOSE ITURBIDE, GTO.
ACUERDO Municipal, mediante el cual, se desafectan del
Patrimonio Municipal seis predios y se donan a favor del Gobierno
del Estado con destino a la Secretaría de educación de Guanajuato,
para que sigan operando diversos centros educativos, inmuebles
ubicados en el Municipio de San José Iturbide, Gto.
PRESIDENCIA MUNICIPAL - VICTORIA, GTO.
ACUERDO Municipal, mediante el cual, se desafecta del dominio
público la fracción del predio urbano denominado "Las Olleras"
propiedad Municipal, ubicado en Calle 16 de Septiembre sin número y
se dona a favor del Gobierno del Estado, con destino al Instituto
de Salud Pública del Estado de Guanajuato (ISAPEG), para el
establecimiento de servicios de salud en beneficio social de los
habitantes del Municipio de Victoria, Gto.
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GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO
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SECRETARIA DE GOBIERNO
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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO
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INSTITUTO DE ECOLOGIA DEL ESTADOPRESIDENCIA MUNICIPAL - SAN
MIGUEL DE ALLENDE, GTO.
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PRESIDENCIA MUNICIPAL - ACAMBARO, GTO.
EL LIC. GERARDO JAVIER ALCANTAR SAUCEDO. PRESIDENTE MUNICIPAL DE
ACÁMBARO, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HACE
SABER.
QUE EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL QUE ME HONRO EN PRESIDIR,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 115,
FRACCIÓN II Y III INCISO I) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 117 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO DE GUANAJUATO; 77 FRACCIÓN VI, DE LA LEY
ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, Y ARTICULO 1
FRACC. IX, 2 FRACC. XXXVI, 405 FRACC. IV, 430 DEL CÓDIGO
TERRITORIAL PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO; EN
SESIÓN ORDINARIA NÚMERO 24 VEINTICUATRO DE FECHA 14 DE MARZO DEL
AÑO 2016, APROBÓ LOS SIGUIENTES:
PRIMERO: EL DESARROLLADOR HA DADO CUMPLIMIENTO A LO REQUERIDO EN
EL ARTÍCULO 430DEL CÓDIGO TERRITORIAL PARA EL ESTADO Y LOS
MUNICIPIOS DE GUANAJUATO, Y PRESENTÓ LAS AUTORIZACIONES
SIGUIENTES:
I. OBRA AGREGADO EN EL EXPEDIENTE RESPECTIVO, EL CERTIFICADO DE
GRAVÁMENES CON FOLIO REAL NÚMERO R2*30833 DE FECHA 12 DE ENERO DEL
2016, DONDE NO SE ENCONTRÓ GRAVAMEN ALGUNO QUE AFECTE DICHO FOLIO
REAL.
II. EL ÁREA DE DONACIÓN ESTÁ RESPALDADA TOMANDO COMO BASE EL
CONTRATO DE DONACIÓN ENTRE ALEJANDRO ARGUELLO AROCHI DONANTE Y EL
PRESIDENTE MUNICIPAL COMO DONATARIO, DE FECHA 12 DE AGOSTO DEL
2009, AUTORIZADO EN ACTA NÚMERO 120, EN SESIÓN DE AYUNTAMIENTO DE
FECHA 7 DE AGOSTO DEL 2009.
ADEMÁS OBRA AGREGADO AL EXPEDIENTE RESPECTIVO, TESTIMONIO
PÚBLICO CON FOLIO DE CONTROL INTERNO DUOF342/15 DE FECHA 09 NUEVE
DE OCTUBRE DEL 2015 DOS MIL QUINCE, PASADO ANTE LA FE DEL
LICENCIADO ADRIÁN VELÁZQUEZ MÁRQUEZ, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 9 NUEVE
EN LEGAL EJERCICIO EN EL PARTIDO JUDICIAL DE ACÁMBARO GUANAJUATO,
EN EL CUAL CONSTA QUE LA ESCRITURA DE LA TRANSMISIÓN A FAVOR DEL
AYUNTAMIENTO DE ACÁMBARO, GUANAJUATO, DEL ÁREA DE DONACIÓN Y
VIALIDADES DEL FRACCIONAMIENTO EN CITA, SE ENCUENTRA EN TRÁMITE
CONFORME A LO PREVISTO POR EL ARTICULO 446 CUATROCIENTOS CUARENTA Y
SEIS FRACCIÓN I UNO DEL CÓDIGO TERRITORIAL PARA EL ESTADO DE
GUANAJUATO.
III. CON FECHA 05 CINCO DE OCTUBRE DEL 2015 DOS MIL QUINCE,
MEDIANTE EL OFICIO DU/714-2015, SE PROPORCIONÓ A LA TESORERÍA DE
ACÁMBARO, GUANAJUATO, LOS DATOS NECESARIOS PARA EL CÁLCULO DE LOS
DERECHOS CORRESPONDIENTES A LA TOTALIDAD DEL FRACCIONAMIENTO EN
TRATAMIENTO, MISMAS QUE FUERON CUBIERTAS POR EL REPRESENTANTE
LEGAL, MEDIANTE EL RECIBO NO. 057214, 10836.
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 76 PERIODICO OFICIAL
IV. LA JEFATURA DE URBANÍSTICA ADSCRITA DIRECCIÓN DE DESARROLLO
URBANO, DEL MUNICIPIO DE ACÁMBARO, SE PROCEDIÓ A EFECTUAR LA
INSPECCIÓN CORRESPONDIENTE, DICTAMINANDO QUE LAS OBRAS DE
URBANIZACIÓN PENDIENTES DE REALIZAR ASCENDÍAN A LA CANTIDAD DE
$2,756,653.20 (DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL
SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS 20/100 M.N.), APLICABLE A LA
FECHA DE LA SOLICITUD DEL PROPIETARIO. POR LO QUE CON FECHA 9 NUEVE
DE OCTUBREDEL AÑO 2015 DOS MIL QUINCE, A EFECTO DE GARANTIZAR LA
EJECUCIÓN DE LAS OBRAS FALTANTES EN TÉRMINOS DE LA LEY APLICABLE,
EL PROPIETARIO DEL FRACCIONAMIENTO ENVIO OFICIO CON FOLIO DE
INGRESO DUOF343/15 ,DONDE PONE A DISPOSICIÓN BAJO LA MODALIDAD DE
PRENDA LOS LOTES 2,3,4,5,6,7,8,9,10 Y 11 (DEL DOS AL ONCE) DE LA
MANZANA H CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 1,107.47M2, DONDE PARA DAR
CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 446 FRACC. V DEBERÁ CELEBRAR CONVENIO CON
EL AYUNTAMIENTO EN UN PLAZO NO MAYOR A 5 DÍAS HÁBILES.
SEGUNDO: POR LO ANTES EXPUESTO Y FUNDADO SE OTORGA EL PERMISO DE
VENTA DE 176 LOTES DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "LA PROVIDENCIA",
UBICADO AL PONIENTE DE LA CABECERA MUNICIPAL DE ACAMBARO
GUANAJUATO, A FAVOR DE MERICA CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.Y QUE SE
DETALLAN A CONTINUACIÓN:
• LOTES DEL 01 UNO AL 20 VEINTE Y 21 VEINTIUNO AL 24
VEINTICUATRO INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO HABITACIONAL
UNIFAMILIAR, TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "A".
• LOTES DEL 01 UNO AL 20 VEINTE Y 21 VEINTIUNO AL 24
VEINTICUATRO INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO HABITACIONAL
UNIFAMILIAR, TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "B".
• LOTES DEL 01 UNO AL 20 VEINTE Y 21 VEINTIUNO AL 24
VEINTICUATRO INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO HABITACIONAL
UNIFAMILIAR, TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "C".
• LOTES DEL 01 UNO AL 20 VEINTE Y 21 VEINTIUNO AL 24
VEINTICUATRO INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO HABITACIONAL
UNIFAMILIAR, TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "D".
• LOTES (01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, Y
14) INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO MIXTO COMERCIAL-HABITACIONAL
UNIFAMILIAR, TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "E".
• LOTES (01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14,
15 Y 16) INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO HABITACIONAL UNIFAMILIAR,
TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "F".
• LOTES 01 UNO INCLUSIVE PARA USO DE SERVICIOS (DONACIÓN), DEL
02 DOS AL 12 DOCE INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO HABITACIONAL
UNIFAMILIAR, LOTE 13 TRECE INCLUSIVE DESTINADO PARA USO SOCIAL,
LOTES 14 CATORCE AL 24 VEINTICUATRO DESTINADO INCLUSIVE PARA USO
HABITACIONAL UNIFAMILIAR TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "G".
• LOTES (01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14
Y 15) INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO HABITACIONAL UNIFAMILIAR,
TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "H".
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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 77
• LOTES (01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10 Y 11) INCLUSIVE,
DESTINADOS PARA USO MIXTO COMERCIAL-HABITACIONAL UNIFAMILIAR, TODOS
DE LA MANZANA NÚMERO "I".
EL PREDIO AUTORIZADO, QUE CONFORMA EL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO
" LA PROVIDENCIA", CUENTA CON 5 FRACCIONES DE SUPERFICIE TOTAL A
LOTIFICAR DE 30,889.07M2 TREINTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE
PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS, EQUIVALENTE AL 100 % CIEN POR
CIENTO, LA PRIMER FRACCIÓN ÁREA HABITACIONAL 19,139.81M2 DIECINUEVE
MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA Y UNO METROS CUADRADOS
EQUIVALENTE AL 62.55% SESENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA Y CINCO POR
CIENTO, LA SEGUNDA FRACCIÓN ÁREA COMERCIAL 771.22M2 SETECIENTOS
SETENTA Y UNO PUNTO VEINTIDÓS METROS CUADRADOS EQUIVALENTE A 2.50%
DOS PUNTO CINCUENTA POR CIENTO, TERCERA FRACCIÓN ÁREA SOCIAL
589.07M2 QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE PUNTO CERO SIETE METROS
CUADRADOS EQUIVALENTE AL 1.91% UNO PUNTO NOVENTA Y UNO POR CIENTO,
CUARTA FRACCIÓN ÁREAS VERDES 163.93M2 CIENTO SESENTA Y TRES PUNTO
NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS EQUIVALENTE AL 0.52% CERO PUNTO
CINCUENTA Y DOS POR CIENTO Y QUINTA FRACCIÓN ÁREA DE VIALIDADES
9,721.32M2 NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTIUNO PUNTO TREINTA Y DOS
METROS CUADRADOS EQUIVALENTE A 31.47% TREINTA Y UNO PUNTO CUARENTA
Y SIETE POR CIENTO; CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL
NORTE 141.49 ML CIENTO CUARENTA Y UNO PUNTO CUARENTA Y NUEVE METROS
LINEALES CON CANAL DE AGUAS PLUVIALES CAMINO DE POR MEDIO, AL SUR
139.06 ML CIENTO TREINTA Y NUEVE PUNTO CERO SEIS METROS LINEALES
CON ALEJANDRO ARGUELLO AROCHI, AL ORIENTE 217.37 ML DOSCIENTOS
DIECISIETE PUNTO TREINTA Y SIETE METROS LINEALES CON BOULEVARD DE
ACCESO AL RECINTO FERIAL Y AL PONIENTE 223.12 ML DOSCIENTOS
VEINTITRÉS PUNTO DOCE METROS LINEALES CON BOULEVARD DE ACCESO AL
HOSPITAL REGIONAL.
R E S U L T A N D O:
ANTECEDENTES.- QUE CON FECHA 10 DIEZ DE JULIO DE 2015 DOS MIL
QUINCE, EL ARQUITECTO ALBERTO ARTURO PÉREZ LÓPEZ, TITULAR DE LA
DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO DEL MUNICIPIO DE ACÁMBARO,
GUANAJUATO, APROBÓ EL PERMISO DE USO DE SUELO CLASIFICANDO
HABITACIONAL-COMERCIAL, AL MARGEN DEL OFICIO DDU.US52/2015, CON EL
OFICIO DU/0515-2015 DE FECHA 23 VEINTITRÉS DE JULIO DEL 2015 DOS
MIL QUINCE SE APROBÓ LA TRAZA DE LA TOTALIDAD DEL FRACCIONAMIENTO
DENOMINADO "LA PROVIDENCIA", CLASIFICÁNDOSE COMO "RESIDENCIAL"., Y
MEDIANTE EL OFICIO DU/0748-2015 DE FECHA 30 TREINTA DE OCTUBRE DEL
2015 DOS MIL QUINCE EL ARQUITECTO JOSÉ NARVÁEZ SÁNCHEZ APROBÓ LA
MODIFICACIÓN DE TRAZA DE LA TOTALIDAD DEL FRACCIONAMIENTO
DENOMINADO "LA PROVIDENCIA", POR UN TOTAL DE 176 CIENTO SETENTA Y
SEIS LOTES, DE LOS CUALES 23 SON DE USO MIXTO
COMERCIAL-HABITACIONAL, 2 DOS SON DE USO COMERCIAL, 1 UNO ES DE USO
SOCIAL, 1 UNO ES DE SERVICIO Y 148 CIENTO CUARENTA Y NUEVE DE USO
HABITACIONAL UNIFAMILIAR, REPARTIDOS EN 9 NUEVE MANZANAS,
CLASIFICÁNDOSE COMO "HABITACIONAL RESIDENCIAL"., MISMO QUE CUENTA
CON UNA SUPERFICIE TOTAL A LOTIFICAR DE 30,889.07M2 TREINTA MIL
OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS.
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 78 PERIODICO OFICIAL
LA TITULARIDAD DE DICHO INMUEBLE, SE ACREDITÓ MEDIANTE LAS
ESCRITURAS PÚBLICAS NÚMEROS 29,058 VEINTINUEVE MIL CINCUENTA Y
OCHO, TOMO 260 DOSCIENTOS SESENTA DE FECHA 25 VEINTICINCO DE
SEPTIEMBRE DEL 2014 DOS MIL CATORCE, Y LA ESCRITURA PÚBLICA DE
ACLARACIÓN Y RECTIFICACIÓN NÚMERO 31,010 TREINTA MIL DIEZ, TOMO 281
DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO, DE FECHA 16 DIECISÉIS DE JULIO DEL 2015
DOS MIL QUINCE, Y FINALMENTE CON LA ESCRITURA NÚMERO 32,025 TREINTA
Y DOS MIL VEINTICINCO TOMO 291 DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO, DE FECHA 3
TRES DE DICIEMBRE DEL 2015 DOS MIL QUINCE, DONDE SE FUSIONAN LOS
BIENES INMUEBLES QUEDANDO EN UNA SOLA UNIDAD TOPOGRÁFICA, PASADAS
ANTE LA FE DEL LICENCIADO ADRIÁN VELÁZQUEZ MÁRQUEZ, NOTARIO PÚBLICO
NÚMERO 9 NUEVE, DEL PARTIDO JUDICIAL DE ACÁMBARO, GUANAJUATO, LA
CUAL SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA
PROPIEDAD CON FOLIO REAL NUMERO R2*30833, DE ESE PARTIDO JUDICIAL
.
CONDICIONANTES DEL PERMISO
LOS LOTES ANTES DESCRITOS, SE DESTINARÁN ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE
PARA EL USO QUE FUERON AUTORIZADOS. ASIMISMO, EN TODOS LOS
INSTRUMENTOS NOTARIALES DE TRANSMISIÓN DE DOMINIO DE LA PROPIEDAD
DE LOS LOTES, SE DEBERÁ INCLUIR UNA CLÁUSULA QUE PROHÍBA LA
SUBDIVISIÓN DE LOS MISMOS EN OTRAS DE DIMENSIONES MENORES.
EL DESARROLLADOR QUEDA SUJETO A CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES
CONSIGNADAS EN EL PERMISO DE URBANIZACIÓN, ASÍ COMO A REALIZAR Y
CONCLUIR LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN FALTANTES, CON LAS
ESPECIFICACIONES SEÑALADAS POR LOS ÓRGANOS OPERADORES Y CON APEGO
AL CALENDARIO Y AVANCES PLANTEADOS EN SU PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE
OBRA, ASÍ COMO LLEVAR A CABO LAS REPARACIONES DE VICIOS OCULTOS Y/O
DESPERFECTOS QUE PRESENTEN LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN, LO ANTERIOR
DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 433 DEL CÓDIGO
TERRITORIAL PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO.
TERCERO.- A COSTA DEL SOLICITANTE, INSCRÍBASE ESTE PERMISO EN EL
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y EL COMERCIO DE PARTIDO JUDICIAL
DE ACÁMBARO, GUANAJUATO, Y PUBLIQUE POR UNA VEZ EN EL PERIÓDICO
OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUANAJUATO, Y EN EL DIARIO DE
MAYOR CIRCULACIÓN EN ESE MUNICIPIO, DE CONFORMIDAD A LO ESTIPULADO
POR EL ARTÍCULO 432 DEL CÓDIGO TERRITORIAL PARA EL ESTADO Y LOS
MUNICIPIOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO.
POR LO TANTO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS
77 FRACCIÓN VI Y 240 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE
GUANAJUATO, MANDO SE IMPRIMA, PUBLIQUE, CIRCULE Y SE LE DÉ EL
DEBIDO CUMPLIMIENTO.
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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 79
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 80 PERIODICO OFICIAL
PRESIDENCIA MUNICIPAL - APASEO EL ALTO, GTO.
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 82 PERIODICO OFICIAL
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 84 PERIODICO OFICIAL
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 86 PERIODICO OFICIAL
PRESIDENCIA MUNICIPAL - CELAYA, GTO.
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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 87
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 88 PERIODICO OFICIAL
PRESIDENCIA MUNICIPAL - GUANAJUATO, GTO.CONVOCATORIA PARA
REMATE
EN PRIMERA ALMONEDA
C. PÚBLICO EN GENERAL
Por este medio publíquese por una sola vez en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado, así como 02 (dos) veces con
intervalos de 07 (siete) en uno de los periódicos de mayor
circulación, y en la página oficial del Municipio de Guanajuato
www.guanajuatocapital.gob.mx, fijándose además en el tablero de
anuncios de la Tesorería Municipal de Guanajuato y de la Dirección
de Ingresos, anunciándose remate en primera almoneda, la
siguiente:
Con fundamento en los artículos 130 fracciones II, V y XX de la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; 15 inciso C),
16, 122, 123, 124 y 127 de la Ley de Hacienda para los Municipios
del Estado de Guanajuato; Acuerdo Delegatorio para ejercer la
facultad económica-coactiva de fecha 14 de Octubre de 2015,
publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Guanajuato, número 178, Segunda Parte, de fecha 06 de noviembre de
2015; En la ciudad de Guanajuato, Guanajuato., siendo las 10:00
horas del día 20 de Abril del 2016, la que suscribe, en carácter de
Directora de Ingresos de la Tesorería Municipal del Municipio de
Guanajuato, emito la siguiente:
C O N V O C A T O R I A
A todas las personas físicas o jurídicas interesadas en
participar en la adquisición del bien inmueble sujeto a remate,
embargado a la persona física C. Martín del Campo Hernández Alexa,
para hacer efectivo el crédito fiscal a que se refiere la
resolución contenida en el expediente número 13M002021001 de fecha
01 de Agosto de 2012, conforme a las siguientes:
BASES:
El remate se llevará a cabo en subasta pública que tendrá lugar
en las instalaciones de esta Dirección de Ingresos ubicada en Plaza
de la Paz Número 12 de esta ciudad capital; la cual principiará a
las 12:00 (doce horas) del día 20 de Mayo de 2016 concluyendo el
mismo día; atendiendo lo plasmado en el artículo 123 de la Ley de
Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, por cuanto a
los requisitos contenidos en la presente y 129 de la Ley de
Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, por cuanto
al proceso del remate.
El bien que se remate se enajenara conforme a lo señalado en la
postura legal o mejorada ofrecida, siendo calificada por esta
autoridad ejecutora.
El valor que sirve de base para la primera almoneda del bien
inmueble embargado, es el correspondiente al avalúo recibido por
esta autoridad fiscal en fecha 11 de Abril de 2016, determinado la
cantidad siguiente:
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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 89
Bien inmueble ubicado con domicilio en: Calle de Arriba L-34,
Sección H, Col. San Javier en Guanajuato, Gto., con una superficie
de 200 m2 (Doscientos 00/100 Metros Cuadrados); afectando la cuenta
predial 13M002021001 a nombre de la persona física C. Martín del
Campo Hdez. Alexa, asentado en el Registro Público de la Propiedad
y del Comercio con número de Folio Real R15*48325.
Precio: $4, 526,750.00 (Cuatro Millones Quinientos Veintiséis
Mil Setecientos Cincuenta Pesos 00/100 M.N.).
Las personas interesadas en adquirir dicho bien deberán
comparecer como postores a remate por escrito y; adjuntar a la
postura el recibo de pago expedido por la Tesorería Municipal
garantizando cuando menos el 10% del valor fijado a los bienes en
la presente convocatoria, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo
127 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de
Guanajuato, la admisión de posturas será hasta antes del remate,
fijado para 20 de Mayo de 2016 a las 12:00 horas; los escritos de
postura presentados, deberán reunir los requisitos que establece el
artículo 128 de la ley hacendaria antes mencionada, a saber:
I.- Cuando se trate de personas físicas, el nombre, edad,
nacionalidad, capacidad legal, estado civil, profesión y domicilio
del postor. Si fuere una sociedad, la denominación o razón social,
la fecha de su constitución e inscripción del Registro Público de
la Propiedad y del Comercio, la clave del Registro Federal de
Contribuyentes y el domicilio social.
II.- Las cantidades que se ofrezcan en letra y número, así como
la forma de pago en que realizará el pago.
Se considerará postura legal, la cantidad ofrecida debiendo
cubrir por lo menos las dos terceras partes del valor señalado como
base para el remate, que una vez fincado, se aplicará el depósito
constituido, y el postor, dentro de los 03 días posteriores a la
fecha del remate, enterará en la caja de la Oficina Ejecutora, el
saldo de la cantidad ofrecida en su postura.
PRIMERA ALMONEDA
CREDITO FISCAL: Expediente número 13M002021001 de fecha 01 de
Agosto de 2012.
Concepto del crédito fiscal: Omisión en el pago por concepto del
impuesto predial de la cuenta 13M002021001, por el periodo que
comprende del tercer bimestre del ejercicio fiscal 2010 al tercer
bimestre del ejercicio fiscal 2016; embargando la cuenta predial
13M002021001.
Importe del crédito fiscal y accesorios a la fecha de la
convocatoria: $73,886.86 (Setenta y Tres Mil Ochocientos Ochenta y
Seis Pesos 86/100 M.N.)
Nombre del deudor: C. Martín del Campo Hdez. Alexa.
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 90 PERIODICO OFICIAL
Valor que sirve de base para la almoneda: $4, 526,750.00 (Cuatro
Millones Quinientos Veintiséis Mil Setecientos Cincuenta Pesos
00/100 M.N.)
Postura Legal: $3, 017,833.33 (Tres Millones Diecisiete Mil
Ochocientos Treinta y Tres Pesos 33/100 M.N.)
Generalidades del bien inmueble sujeto del remate:
Ubicado en Calle de Arriba L-34, Sección H, Col. San Javier,
Guanajuato, Gto., con una superficie de 200 m2 (Doscientos Metros
00/100 Metros Cuadrados) y colindando al norte 10.00 m con Calle de
Arriba, al este 20.00 m con lote número 32, al sur 10.00 m con lote
número 20 y al oeste 20.20 m con lote número 2 Bis.
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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 91
PRESIDENCIA MUNICIPAL - JERECUARO, GTO.
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 92 PERIODICO OFICIAL
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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 93
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 94 PERIODICO OFICIAL
PRESIDENCIA MUNICIPAL - LEON, GTO.
EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE LEÓN,
ESTADO DE GUANAJUATO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN
IV INCISO C) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS; 121 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO DE
GUANAJUATO; 16 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL H. AYUNTAMIENTO DE LEÓN,
GUANAJUATO; Y 76 FRACCIÓN IV, INCISOS G) Y J) DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; EN SESIÓN ORDINARIA
CELEBRADA EL 11 DE ABRIL DE 2016, APROBÓ EL SIGUIENTE:
A C U E R D O
PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 3, 92, 93, 94, 97, 98
y 99 del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos, Comodatos y Contratación de Servicios para el
Municipio de León, Guanajuato; artículos 11-A y 35 del Reglamento
de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento para
el Municipio de León, Gto., se aprueba al Sistema de Agua Potable y
Alcantarillado de León, para que realice la donación de los bienes
muebles que se describen en el anexo único que forma parte del
presente acuerdo a favor de las asociaciones civiles siguientes:
Asilo Pablo de Anda, A.C.; Promoción Voluntaria para la Salud,
A.C.; Casa Cuna Amigo Daniel, A.C.; Cruz Roja Mexicana, Delegación
León; Fundación Pro Niño Leonés, A.C.; Asociación Leonesa de la
Familia del Niño, A.C. y Casa de Asistencia y Rehabilitación para
Indigentes, A.C.; lo anterior con la finalidad de facilitar el
cumplimiento de su objeto social.
ANEXO
A).- DESCRIPCIÓN DE BIENES.
Infraestructura agua potable: este rubro de activo fijo se
refiere a equipo electromecánico, arrancadores, válvulas, radio
transmisor de datos de pozos y rebombeos.
Infraestructura saneamiento: este rubro de activo fijo se
refiere a equipo electromecánico, arrancadores, válvulas y
medidores.
Mobiliario y equipo: escritorios, ventiladores, calculadoras,
sillas, estanterías, archiveros, lockers, mesas, radio móvil, radio
portátil, teléfonos, diademas, computadoras, impresoras, terminales
colectoras de datos, graficador, regulador, concentrador de
puertos, lector óptico, explosímetros, fornitura, maquinaria en
general, herramienta mayor , equipo de gas y equipo de laboratorio,
etc.
Equipo de transporte: Pick – up, chasis – cabina, remolques,
vehículos en general.
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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 95
B).- DISTRIBUCIÓN DE BIENES (ACTIVOS Y CHATARRA)
DONATARIO BIEN (DESCRIPCIÓN) CANTIDAD Y/Ó PORCENTAJE NUMERO DE
ACTIVO
1.- Promoción Voluntaria para la Salud, A.C.
Activos obsoletos y chatarra
22% del total de su venta s/n
2.- Casa Cuna Amigo Daniel, A.C.
Activos obsoletos y chatarra
13% del total de su venta s/ n
3.- Cruz Roja Mexicana, Delegación León
Activos obsoletos y chatarra
13% del total de su venta s/n
4.- Fundación Pro Niño Leonés, A.C.
Activos obsoletos y chatarra
13% del total de su venta s/n
5.- Asociación Leonesa de la Familia del Niño, A.C.
Activos obsoletos y chatarra
13% del total de su venta s/n
6.- Casa de Asistencia y Rehabil i tación para Indigentes,
A.C.
Activos obsoletos y chatarra
13% del total de su venta s/n
7.- Asilo Pablo de Anda, A.C.
Activos obsoletos y chatarra
13% del total de su venta
s/n
SEGUNDO.- Se faculta a las organizaciones civiles Promoción
Voluntaria para la Salud, A.C.; Casa Cuna Amigo Daniel, A.C.; Cruz
Roja Mexicana, Delegación León; Fundación Pro Niño Leonés, A.C.;
Asociación Leonesa de la Familia del Niño, A.C. y Casa de
Asistencia y Rehabilitación para Indigentes, A.C., procedan a la
venta de los activos y chatarra entregados a su favor apliquen los
recursos obtenidos en dar cumplimiento a su objeto social, lo
anterior de conformidad a los porcentajes de utilidad establecidos
en el anexo único que forma parte del presente acuerdo.
Para los efectos del párrafo anterior, la asociación civil
denominada Promoción Voluntaria para la Salud, A.C., se coordinará
con Casa Cuna Amigo Daniel A.C., Cruz Roja Mexicana, Delegación
León, Fundación Pro Niño Leonés A.C., Asociación Leonesa de la
Familia del Niño, A.C. y con Casa de Asistencia y Rehabilitación
para Indigentes, A.C., para llevar a cabo la venta del 100% de
activos obsoletos y chatarra materia de donación con base en la
autorización emitida por el Consejo Directivo del Sistema de Agua
Potable y Alcantarillado de León, además se registrarán los
resultados referentes a kilos e importes obtenidos de la venta del
material donado, para efecto de dar cumplimiento al acuerdo de los
porcentajes autorizados a las instituciones beneficiadas.
TERCERO.- Para el caso de que los activos y/o los recursos
obtenidos de su venta que no sean destinados al cumplimiento de
fines sociales de las organizaciones receptoras, los mismos deberán
ser devueltos y/o depositados en su totalidad al Sistema de Agua
Potable y Alcantarillado de León.
CUARTO.- Se instruye y se faculta al Sistema de Agua Potable y
Alcantarillado de León, para que en el ámbito de su respectiva
competencia y en los términos del punto primero del presente
Acuerdo, realice las gestiones y acciones necesarias para dar
cumplimiento al mismo, de igual manera para realizar los ajustes
necesarios en el padrón de bienes.
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 96 PERIODICO OFICIAL
QUINTO.- Se instruye y se faculta al Sistema de Agua Potable y
Alcantarillado de León (SAPAL), para que realice la baja de los
bienes que se precisan en el documento que como anexo forma parte
de este dictamen.
SEXTO.- Se instruye y se faculta a la Contraloría Municipal,
para que verifique el cumplimiento y transparencia en los términos
de Ley, del proceso de donación de los activos materia del presente
dictamen.
SÉPTIMO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial
del Gobierno del Estado de Guanajuato para los efectos del artículo
220 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
DADO EN LA CASA MUNICIPAL DE LEÓN, GUANAJUATO, EL DÍA 21 DE
ABRIL DE 2016.
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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 97
PRESIDENCIA MUNICIPAL - MOROLEON, GTO.
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 98 PERIODICO OFICIAL
PRESIDENCIA MUNICIPAL - PURISIMA DEL RINCON, GTO.
El C. José Juventino López Ayala, Presidente Constitucional del
Municipio de Purísima del Rincón, Estado de Guanajuato, a los
habitantes del mismo hace saber:
Que el H. Ayuntamiento que presido con fundamento por los
artículos 115, fracción II y IV, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 117 fracción I y 121 de la Constitución
Política para el Estado de Guanajuato; artículo 76 fracción I
inciso b), 77 fracción VI, y 236 de la Ley Orgánica Municipal para
el Estado de Guanajuato; en sesión extraordinaria número 013
celebrada el 27 de enero del 2016 aprobó el siguiente:
REGLAMENTO DE LA DIRECCION DE PLANEACIÓN DEL MUNICIPIO
DEPURÍSIMA DEL RINCÓN, GUANAJUATO
CAPITULO IDISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Las disposiciones de este reglamento son de orden
público e interés social, tienen por objeto establecer:
I. Las bases y principios para la organización, estructuración y
funcionamiento de la "Dirección de Planeación del Municipio de
Purísima del Rincón".
II. Las bases para la integración y funcionamiento del Sistema
Municipal de Planeación. III. Las normas y principios para llevar a
cabo la planeación del desarrollo del Municipio.
Artículo 2. Para los efectos del presente reglamento, se
entenderá por:
I. DIPLAP: A la Dirección de Planeación de Purísima del Rincón.
II. SIMUPLAN: Al Sistema Municipal de Planeación, el cual se
integra por el conjunto de
instrumentos de planeación como: planes, programas, proyectos y
procedimientos técnicos, legales y administrativos, necesarios para
la planeación del desarrollo integral del Municipio de Purísima del
Rincón, Gto.
III. COPLADEM: Al Consejo de Planeación de Desarrollo Municipal.
IV. COPLADEG: Al Consejo de Planeación para el Desarrollo del
Estado de Guanajuato. V. SEPLAN: Al Sistema Estatal de Planeación.
VI. PED: Al Plan Estatal de Desarrollo. VII. Dependencias:
Direcciones y unidades administrativas de la administración
pública
centralizada del municipio de Purísima del Rincón, Gto. VIII.
Entidades del Gobierno Municipal: Los organismos públicos
descentralizados, y fideicomisos
públicos municipales de Purísima del Rincón, Gto.
Artículo 3. Para los efectos de este reglamento, son autoridades
en materia de planeación municipal:
I. El Ayuntamiento. II. El Presidente Municipal.
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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 99
CAPITULO IIDE LAS ATRIBUCIONES DE LA DIPLAP
Artículo 4. La DIPLAP es una unidad administrativa perteneciente
a la Administración Pública Municipal Centralizada.
Artículo 5. Son atribuciones de la DIPLAP las siguientes:
I. Asesorar y coadyuvar con el Ayuntamiento en la planeación del
desarrollo del Municipio con visión de largo plazo;
II. Proporcionar asesoría técnica en materia de planeación a las
dependencias y Entidades del Gobierno Municipal;
III. Diseñar la metodología y los lineamientos para la
elaboración de los instrumentos del SIMUPLAN;
IV. Coordinar la elaboración, actualización, seguimiento y
evaluación de los instrumentos del SIMUPLAN asegurando su
congruencia con el Plan Estatal Desarrollo y sus programas
derivados;
V. Coordinar el COPLADEM; VI. Asegurar a través del COPLADEM, la
participación de representantes de la sociedad organizada
en la elaboración, actualización, seguimiento y evaluación de
los instrumentos del SIMUPLAN; VII. Difundir los instrumentos del
SIMUPLAN; VIII. Participar en su caso, en los procesos de
planeación del desarrollo en las áreas conurbadas
y zonas metropolitanas; IX. Propiciar la vinculación con las
otras estructuras del SEPLAN para la implementación de
estrategias que contribuyan al desarrollo sustentable del
Municipio; X. Coordinar y administrar el Sistema Municipal de
Información Estadística y Geográfica a través
de un grupo multidisciplinario conformado por las áreas
responsables de la generación, actualización, procesamiento y
difusión de la información en la materia;
XI. Promover la celebración de convenios para el logro de los
objetivos del desarrollo integral del Municipio;
XII. Proponer al Ayuntamiento las medidas necesarias para
ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas
provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques,
a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la
conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de
población, conforme al Artículo 35 de la Ley General de
Asentamientos Humanos;
XIII. Emitir opiniones para que se procure evitar la destrucción
de los elementos naturales y los daños que la naturaleza puede
sufrir en perjuicio de la sociedad; y
XIV. Las demás que el Ayuntamiento le confiera.
CAPITULO IIIDE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
SECCIÓN PRIMERADE LOS ÓRGANOS QUE LO CONFORMAN
Artículo 6. Para la administración y despacho de los asuntos que
le competen, la DIPLAP contará con la siguiente estructura:
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 100 PERIODICO OFICIAL
I. Cuerpo Técnico. II. COPLADEM. III. Comisión Ejecutiva.
SECCIÓN SEGUNDADEL CUERPO TÉCNICO
Artículo 7. La DIPLAP para su operación y funcionamiento contará
con un equipo técnico multidisciplinario el cual estará conformado
por el Director General y las Unidades Administrativas necesarias
para cumplir con su objeto, así como el personal asalariado de la
propia DIPLAP, cuyas denominaciones y atribuciones de contemplarán
en el Reglamento Interior de la propia DIPLAP.
Artículo 8. La DIPLAP contará con el apoyo de las siguientes
Unidades Administrativas de la Administración Pública
Centralizada:
I. Dirección de Desarrollo social II. Dirección de Desarrollo
Urbano III. Dirección de Ecología y Medio Ambiente. IV. Dirección
Jurídica. V. Y todas aquellas que por naturaleza de sus funciones
tengan que ver con la Planeación y
desarrollo del Municipio de Purísima del Rincón.
SECCIÓN TERCERADEL DIRECTOR GENERAL
Artículo 9. La Dirección de la misma estará a cargo de un
Director General el cual será propuesto por el Presidente Municipal
y ratificado por el H. Ayuntamiento.
Artículo 10. Son funciones del Director General de la
DIPLAP:
I. Mantener bajo su responsabilidad, la guarda, conservación y
buen desarrollo de la DIPLAP; II. Proponer a los integrantes de su
equipo de trabajo, y al demás personal de la DIPLAP, los
cuáles serán ratificados por el Presidente Municipal. III. Hacer
cumplir los planes, programas y objetivos de la DIPLAP; IV.
Coordinar las actividades administrativas, financieras, técnicas y
operativas de la DIPLAP; V. Suscribir los convenios, contratos y
demás actos jurídicos que sean necesarios para el
cumplimiento del objeto de la DIPLAP previa autorización de la
Comisión; VI. Elaborar, actualizar y someter para su aprobación al
pleno del H. Ayuntamiento la propuesta
del Programa de Operación Anual, así como su presupuesto anual
de Ingresos y Egresos; VII. Presentar al H. Ayuntamiento en la
última sesión del año, el informe anual de actividades y
estado que guarda la DIPLAP; VIII. Coordinarse, con las
dependencias y Entidades del Gobierno Municipal para el
seguimiento
de los planes, programas y proyectos que desarrollen
conjuntamente, así como para realizar la integración de los
sistemas de cartografía y base de datos de éste;
IX. Concurrir en coordinación con otras autoridades en materia
de planeación integral;
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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 101
X. Gestionar la inscripción en el Registro Público de la
Propiedad del partido judicial correspondiente a esta jurisdicción
municipal, de los instrumentos del SIMUPLAN;
XI. Informar al Ayuntamiento cuando éste lo requiera, sobre el
ejercicio de las funciones de la DIPLAP;
XII. Coordinar el proceso de constitución del COPLADEM y XIII.
Procurar que el Sistema Municipal de Planeación sea congruente con
los Planes Nacional
y Estatal de Desarrollo Urbano, en la debida coordinación y
concurrencia con las instancias federales y estatales en esta
materia, en los ámbitos de sus competencias;
XIV. Las demás atribuciones que se deriven del presente
reglamento y de otros ordenamientos legales aplicables.
SECCIÓN CUARTADEL CONSEJO DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO
MUNICIPAL
DE PURÍSIMA DEL RINCÓN, GUANAJUATO
Artículo 11. El Consejo de planeación se regirá conforme a lo
dispuesto en el Reglamento Interior del Consejo de Planeación para
el Desarrollo Municipal de Purísima del Rincón, Guanajuato.
CAPITULO IVDE LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO MUNICIPAL
SECCIÓN PRIMERADEL SISTEMA MUNICIPAL DE PLANEACIÓN
Artículo 12. El SIMUPLAN es un mecanismo permanente de
planeación integral, estratégica y participativa, a través del cual
el Ayuntamiento y la sociedad organizada establecen procesos de
coordinación para lograr el desarrollo del Municipio.
Artículo 13. El SIMUPLAN tiene por objeto promover y facilitar
la participación social en la elaboración, actualización, ejecución
y evaluación de los planes y programas que de él se derivan, bajo
un esquema organizado de corresponsabilidad y solidaridad.
Artículo 14. El SIMUPLAN contará con las siguientes
estructuras:
I. De coordinación: LA DIPLAP. II. De participación: El
COPLADEM.
Artículo 15. El SIMUPLAN contará con los siguientes
instrumentos:
I. Plan municipal de desarrollo; II. Programa municipal de
desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico territorial; III.
Programa de gobierno municipal; y IV. Programas derivados del
programa de gobierno municipal.
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 102 PERIODICO OFICIAL
SECCIÓN SEGUNDADE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL
Artículo 16. De acuerdo a lo establecido en la Ley de Planeación
para el Estado de Guanajuato, la participación social para la
elaboración y actualización de los planes y programas se
desarrollará de acuerdo con el siguiente procedimiento: I. La
DIPLAP, en coordinación con el COPLADEM, darán aviso del inicio del
proceso de
elaboración o actualización de los planes o programas, mediante
la publicación en un periódico de circulación municipal;
II. La DIPLAP pondrá a disposición del público la información
relativa al proyecto de plan o programa;
III. La DIPLAP establecerá un plazo para que los ciudadanos
presenten sus planteamientos; IV. La DIPLAP en coordinación con el
COPLADEM, analizarán las opiniones y propuestas de los
ciudadanos participantes de manera que el plan o programa
integre los acuerdos alcanzados entre la sociedad y las autoridades
competentes;
V. Una vez aprobado el plan o programa respectivo o sus
actualizaciones, la DIPLAP lo enviará para su publicación en el
Periódico Oficial de Gobierno del Estado y en los periódicos de
mayor circulación del Municipio.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente reglamento entrará en vigor al
cuarto día siguiente a su publicación.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se abroga el Reglamento del Organismo Público
Descentralizado de Planeación del Municipio de Purísima del Rincón,
Guanajuato, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado de Guanajuato número 58 segunda parte, de fecha 11 de abril
del 2014, así como las disposiciones administrativas municipales
que se hubieren dictado con anterioridad y se opusieran a las
contenidas en el presente Reglamento.
Por lo tanto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos
77, fracción VI y 240 de la Ley Orgánica Municipal, mando se
imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la Presidencia Municipal de Purísima del Rincón Estado
de Guanajuato, a los 28 días del mes de enero de 2016.
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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 103
PRESIDENCIA MUNICIPAL - SAN JOSE ITURBIDE, GTO.
El Ciudadano José César Rodríguez Zarazúa, Presidente Municipal
del H. Ayuntamiento del Municipio de San José Iturbide, Gto.; a los
habitantes del mismo hago saber:
Que este Honorable Ayuntamiento, con fundamento en los Artículos
115 fracción ll de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 117 fracción l de la Constitución Política del Estado de
Guanajuato; 76 fracción ll inciso b), 199, 206, 207 y 208 de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; en sesión
ordinaria número 24 de fecha 29 de Abril 2016, en el noveno punto
del orden del día se aprobó el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se desafectan del Patrimonio Municipal las fracciones
de los predios Municipales, pertenecientes a este Municipio de San
José Iturbide, Gto., mismos que cuentas con las siguientes medidas
y colindancias:
1.-PRIMARIA.- VICENTE GUERRERO, Comunidad "LA TORNA". No. de
Escritura.- 6,756., ante la Fe del Notario Público No. 4, el Lic.
Abdiel Ferro Mendoza Ubicado en la Calle Allende No.8D, Colonia
Centro de San José Iturbide, Guanajuato., y con una superficie del
terreno de 5,254.35 M2:
• AL NOROESTE.- EN 5 CINCO LÍNEAS, LA PRIMERA DE 21.41 VEINTIUNO
PUNTO CUARENTA Y UN METROS, LA SEGUNDA DE 49.25 CUARENTA Y NUEVE
PUNTO VEINTICINCO METROS, LA TERCERA DE 71.69 SETENTA Y UNO PUNTO
SESENTA Y NUEVE METROS, LA CUARTA DE 14.87 CATORCE PUNTO OCHENTA
SIETE METROS Y LA QUINTA DE 15.68 QUINCE PUNTO SESENTA Y OCHO
METROS CON CALLEJÓN VICENTE GUERRERO, RESPECTIVAMENTE;
• AL NORESTE.- 14.46 CATORCE PUNTO CUARENTA Y SEIS METROS, Y
LINDA CON CALLEJÓN VICENTE GUERRERO;
• AL SURESTE.- 168.54 CIENTO SESENTA Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y
CUATRO METROS, Y LINDA CON CALLE VICENTE GUERRERO; Y
• AL SUROESTE.- EN 2 DOS LÍNEAS, LA PRIMERA DE 25.17 VEINTICINCO
PUNTO DIECISIETE METROS Y LA SEGUNDA DE 15.87 QUINCE PUNTO OCHENTA
Y SIETE METROS CON ARROYO DE LA DESGRACIA, RESPECTIVAMENTE.
2.-JARDÍN DE NIÑOS.- GABRIELA MISTRAL, Comunidad "ARENAL DE
ARRIBA", No. de Escritura.- 5,685., ante la Fe del Notario Público
No. 4, el Lic. Abdiel Ferro Mendoza Ubicado en la Calle Allende
No.8D, Colonia Centro de San José Iturbide, Guanajuato., superficie
del terreno de 1,207.78 M2:
• AL NOROESTE.- EN 2 DOS LÍNEAS, LA PRIMERA DE 14.74 CATORCE
PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS Y LA SEGUNDA DE 17.17 DIECISIETE
PUNTO DIECISIETE METROS CON LOTE NÚMERO 1 UNO, RESPECTIVAMENTE;
• AL NORESTE.- 23.30 VEINTITRÉS PUNTO TREINTA METROS, Y LINDA
CON SILVESTRE SOTO Y TERRENO DE CULTIVO;
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 104 PERIODICO OFICIAL
• AL SURESTE.- EN 4 CUATRO LÍNEAS, LA PRIMERA DE 33.81 TREINTA Y
TRES PUNTO OCHENTA Y UN METROS, LA SEGUNDA DE 10.62 DIEZ PUNTO
SESENTA Y DOS METROS, LA TERCERA DE 11.75 ONCE PUNTO SETENTA Y
CINCO METROS Y LA CUARTA DE 14.17 CATORCE PUNTO DIECISIETE METROS
CON CALLE ZAFIRO, LOTES NÚMEROS 3 TRES Y 4 CUATRO, RESPECTIVAMENTE;
Y
• AL SUROESTE.- 28.79 VEINTIOCHO PUNTO SETENTA Y NUEVE METROS, Y
LINDA CON LOTE NÚMERO 2 DOS.
3.-PRIMARIA.- GENERAL SANTOS DEGOLLADO, Comunidad "OJO DE AGUA
DEL REFUGIO". No. de Escritura.- 24,858., ante la Fe del Notario
Público No. 1, el Lic. Alberto Ferro de la Sota Ubicado en la
Calle, Allende No.8 Colonia Centro de San José Iturbide,
Guanajuato., superficie del Terreno 1,450.70 M2:
• AL NORTE.- EN 5 LINEAS, SIENDO LA PRIMERA DE 4.31 CUATRO
METROS TREINTA Y UN CENTIMETROS, LA SEGUNDA DE 24.09 VEINTICUATRO
METROS NUEVE CENTIMETROS, LA TERCERA DE 5.08 CINCO METROS OCHO
CENTIMETROS, LA CUARTA DE 0.78 SETENTA Y OCHO CENTIMETROS Y LA
QUINTA DE 24.56 VEINTICUATRO METROS CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS,
CON CALLE SANTOS DEGOLLADO, RESPECTIVAMENTE;
• AL SUR.- EN 3 LINEAS, SIENDO LA PRIMERA DE 36.38 TREINTA Y
SEIS METROS TREINTA Y OCHO CENTIMETROS, LA SEGUNDA DE 4.96 CUATRO
METROS NOVENTA Y SEIS CENTIMETROS Y LA TERCERA DE 24.94
VEINTICUATRO METROS NOVENTA Y CUATRO CENTIMETROS, CON CALLE DIEGO
RIVERA, RESPECTIVAMENTE;
• AL ORIENTE.- 7.01 SIETE METROS UN CENTIMETRO, Y LINDA CON
JARDINERA; Y • AL PONIENTE.- EN 2 LINEAS, SIENDO LA PRIMERA DE 7.93
SIETE METROS NOVENTA Y
TRES CENTIMETROS Y LA SEGUNDA DE 34.64 TREINTA Y CUATRO METROS
SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS, CON CALLE MORELOS,
RESPECTIVAMENTE.
4.-JARDÍN DE NIÑOS.- JUAN ENRIQUE PESTALOZZI, Comunidad
"MIRANDA". No. de Escritura.-26,046. Ante la Fe del Notario Público
No. 1, Lic. Alberto Ferro de la Sota, Ubicado en la Calle Allende
No.8, Colonia Centro de San José Iturbide, Guanajuato., con una
superficie del Terreno 500.34 M2:
• AL NORTE.- 25.00 VEINTICINCO METROS, Y LINDA CON LOTE NUMERO 9
NUEVE; • AL SUR.- EN 2 LINEAS, SIENDO LA PRIMERA DE 24.05
VEINTICUATRO METROS CINCO
CENTIMETROS Y LA SEGUNDA DE 0.90 NOVENTA CENTIMETROS, Y LINDAN
CON LOTE NUMERO 6 SEIS (PRIMARIA) Y CARRETERA AL CAPULIN,
RESPECTIVAMENTE;
• AL ORIENTE.- 20.10 VEINTE METROS DIEZ CENTIMETROS, Y LINDA CON
CARRETERA AL CAPULIN; Y
• AL PONIENTE.- 19.90 DIECINUEVE METROS NOVENTA CENTIMETROS, Y
LINDA CON LOTE NUMERO 9 NUEVE.
5.-TELESECUNDARIA 676.- "MIRANDA", NO. DE ESCRITURA.- 26,045.
Ante la Fe del Notario Público No. 1, Lic. Alberto Ferro de la
Sota, Ubicado en la Calle Allende No.8, Colonia Centro de San José
Iturbide, Guanajuato., con una superficie del Terreno 4,980.72
M2:
• AL NORESTE.-123.10 CIENTO VEINTITRES METROS DIEZ CENTIMETROS,
Y LINDA CON RUBEN PICHARDO RIOS;
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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 105
• AL SURESTE.- 40.85 CUARENTA METROS OCHENTA Y CINCO
CENTIMETROS, Y LINDA CON CARRETERA AL CAPULIN;
• AL SUROESTE.-EN 3 LINEA, SIENDO LA PRIMERA DE 35.44 TEINTA Y
CINCO METROS CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS, LA SEGUNDA DE 51.70
CINCUENTA Y UN METROS SETENTA CENTIMETROS Y LA TERCERA DE 32.45
TREINTA Y DOS METROS CUARENTA Y CINCO CENTIMETROS, Y LINDAN CON
LOTE NUMERO 9 NUEVE, LOTE NUMERO 10 DIEZ Y LOTE NUMERO 11 ONCE,
RESPECTIVAMENTE;
• AL NOROESTE.- 41.46 CUARENTA Y UN METROS CUARENTA Y SEIS
CENTIMETRO, Y LINDA CON CAMINO VECINAL JUAREZ.-
6.-PRIMARIA.- LEYES DE REFORMA, COMUNIDAD "MIRANDA". NO. DE
ESCRITURA.- 26,048. Ante la Fe del Notario Público No. 1, Lic.
Alberto Ferro de la Sota, Ubicado en la Calle Allende No.8, Colonia
Centro de San José Iturbide, Guanajuato., con una superficie del
Terreno.- 3,981.71M2:
• AL NORTE.- EN 2 LÍNEAS, SIENDO LA PRIMERA DE 25.50 VEINTICINCO
METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS Y LA SEGUNDA DE 24.05 VEINTICUATRO
METROS CINCO CENTÍMETROS, CON LOTE NUMERO 9 NUEVE (KINDER);
• AL SUR.- 50.53 MTS., LINDA CON CALLE MÓRELOS; • AL ORIENTE.-
22.82, 0.88, 48.10 Y 8.70 MTS., CON CARRETERA AL CAPULÍN; • AL
PONIENTE.- EN 2 LÍNEAS, SIENDO LA PRIMERA DE 47.90 CUARENTA Y SIETE
METROS
CON NOVENTA CENTÍMETROS Y LA SEGUNDA DE 32.00 TREINTA Y DOS
METROS, Y LINDAN CON SIMEON GONZÁLEZ VARGAS Y LOTE NUMERO 5
CINCO.
SEGUNDO.- Se donan los bienes inmuebles propiedad del Municipio
de San José Iturbide, descritos en la fracción anterior a favor de
Gobierno del Estado de Guanajuato, con destino a la Secretaría de
Educación de Guanajuato, para que sigan operando la Telesecundaria,
las Primarias y el Preescolar; referidas en párrafos
anteriores.
TERCERO.- Los bienes inmuebles antes mencionados se revertirán
al Patrimonio Municipal con todas las instalaciones que en el se
encuentren o edifiquen, si se utiliza para un fin distinto al
autorizado o si se llegare a disolver la Secretaría de Educación de
Guanajuato, con fundamento en el articulo 207 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato.
CUARTO.- Dese de Baja del Padrón de Inmuebles Municipales.
QUINTO.-Se faculta al Presidente Municipal, Síndico Municipal y
Secretario del H. Ayuntamiento, firmen la escritura respectiva.
SEXTO.- Se ordena la Publicación del Presente acuerdo en el
Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Guanajuato.
Por lo anterior y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
220 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato,
mando se imprima, publique, circule y se dé el debido
cumplimiento.
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 106 PERIODICO OFICIAL
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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 107
PRESIDENCIA MUNICIPAL - VICTORIA, GTO. EL CIUDADANO LIC. HÉCTOR
TEODORO MONTES ESTRADA, PRESIDENTE MUNICIPAL DE VICTORIA,
GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HAGO SABER:
QUE EL H. AYUNTAMIENTO QUE PRESIDO, CON FUNDAMENTO EN LOS
ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 106 Y 117 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; 2, 76 FRACCIÓN I INCISO B),
236, 237, 239 FRACCIÓN II Y 240 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA
EL ESTADO DE GUANAJUATO; EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL H.
AYUNTAMIENTO DE FECHA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2016, APROBÓ LO
SIGUIENTE:----------------------------------------------------------------------------------------------
ACUERDO:
PRIMERO: Se desafecta del dominio público la fracción del predio
urbano denominado "Las Olleras" propiedad municipal, ubicado en
calle 16 de septiembre sin número de la ciudad de Victoria,
Guanajuato, que ampara la escritura pública número 6096 de fecha 08
de Abril de 2016, pasada ante la fe de la Lic. María Elizabeth Lino
Briones, Notario Público 7 en legal ejercicio en el Partido
Judicial de San Luis de la Paz, Guanajuato, el cual consta de una
superficie de 6,966.55, con las siguientes medidas y
colindancias:
NORTE: 95.34 metros, con propiedad municipal.
SUR: 106.10 metros, con calle 16 de Septiembre.ORIENTE: 70.00
metros, con propiedad municipal.
PONIENTE: 69.17 metros, con propiedad municipal
SEGUNDO: Se otorga en donación el inmueble descrito en el punto
anterior en favor del Gobierno del Estado de Guanajuato con destino
al Instituto de Salud pública (ISAPEG). Para el establecimiento de
servicios de salud en beneficio social de los habitantes del
municipio de Victoria, Gto.
TERCERO: Operará la reversión del inmueble en favor del
municipio de Victoria, Gto en caso de que el inmueble sea destinado
para fines distintos al ya especificado, la persona colectiva se
disuelva o liquide, o bien no se ejecuten las obras públicas
correspondientes en un término de dos años a partir de que surtan
los efectos el presente acuerdo, de conformidad con artículos 206
párrafo tercero y 207 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado
de Guanajuato.
CUARTO: Se instruye al titular de Tesorería Municipal para que
proceda el dar de baja la fracción del bien inmueble del padrón
inmobiliario del municipio de Victoria, Gto y tramitar en favor de
Gobierno del Estado para el Instituto de Salud Pública del Estado
de Guanajuato (ISAPEG) el permiso de división que corresponda
QUINTO: Se ordena la publicación del presente acuerdo en el
Periódico Oficial de Estado, como lo establece el artículo 220 de
la Ley Orgánica Municipal.
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 108 PERIODICO OFICIAL
POR LO TANTO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 70, FRACCIONES I Y
VI Y 205 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO,
MANDO SE IMPRIMA, PUBLIQUE, CIRCULE Y SE LE DÉ EL DEBIDO
CUMPLIMIENTO.
DADO EN LA CASA MUNICIPAL DE VICTORIA, ESTADO DE GUANAJUATO, A
LOS 18 DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL 2016 DOS MIL DIECISEIS.
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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 109
A V I S O
SE LES COMUNICA A TODOS LOS USUARIOS EN GENERAL, QUE A PARTIR
DEL DIA 7 DE ENERO DEL 2003, SE INCREMENTO UNA EDICION MAS DE
SECCION JUDICIAL, A LAS PUBLICACIONES DEL PERIODICO OFICIAL YA
EXISTENTES, DETERMINANDOSE COMO DIAS DE PUBLICACION EL LUNES,
MARTES, JUEVES Y VIERNES.
LO ANTERIOR CON LA FINALIDAD DE BRINDARLES UN MEJOR
SERVICIO.
ATENTAMENTE:LA DIRECCION
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 110 PERIODICO OFICIAL
AVISO Por este conducto se les comunica a todos los usuarios en
general, que a partir del día 10 de Abril del año 2003, esta
disponible la información del texto del Periódico Oficial en su
página de Internet.
Para su consulta, se deberá accesar a la Dirección: (
www.guanajuato.gob.mx ) de Gobierno del Estado,
hecho lo anterior dar clic sobre la Pestaña Informatela cual
mostrara otras Ligas entre ellas la del Periódico.
o bien ( http://periodico.guanajuato.gob.mx )
Agradecemos la atención que le sirvan al presente Aviso.
Atte.La Dirección
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PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 111
AVISO
A todos los usuarios de las diferentes
Dependencias de los Gobiernos Federal,
Estatal y Municipal, así como a los diferentes
Organismos Públicos Descentralizados
que envian diversos documentos para su
publicación en el Periódico Oficial, se les
solicita de la manera más atenta se sirvan
remitir dicho documento en forma impresa,
en CD, (realizado en Word con formato rtf),
lo anterior debido a que los procesos de
impresión de esta Dirección del Periódico
Oficial así lo requieren.
Agradecemos la atención que le
sirvan al presente Aviso.
Atte.La Dirección
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10 DE MAYO - 2016PAGINA 112 PERIODICO OFICIAL
D I R E C T O R I OPERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO
DEL ESTADO DE GUANAJUATOSe publica los LUNES, MARTES, JUEVES y
VIERNES
Oficinas: Km. 10 Carr. Juventino RosasTel. (473) 73 3-12-54 *
Fax: 73 3-30-03
Guanajuato, Gto. * Código Postal 36000Correos Electronicos
Lic. Luis Manuel Terrazas Aguilar ( [email protected]
)José Flores González ( [email protected] )
T A R I F A S :
Suscripción Anual (Enero a Diciembre) $ 1,285.00Suscripción
Semestral " 641.00(Enero-Junio) (Julio-Diciembre)Ejemplares, del
Día o Atrasado " 20.00Publicaciones por palabra o cantidadpor cada
inserción " 2.00Balance o Estado Financiero, por Plana "
2,128.00Balance o Estado Financiero, por Media Plana " 1,070.00
Los pagos deben hacerse en las Oficinas Recaudadoras del Estado,
enviando el ORIGINAL del EDICTO o del BALANCE
con el Recibo Respectivo.Favor de enviar ORIGINALES. Así nos
evitará su devolución.
DIRECTORLIC. LUIS MANUEL TERRAZAS AGUILAR