PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL _ I.E EUDORO GRANADA ____________________________________________________________________ 1 PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL INSTITUCIÓN EDUCATIVA EUDORO GRANADA “Formamos para la inclusión la convivencia y la superación personal” Año 2012
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PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL _ I.E EUDORO GRA NADA ____________________________________________________________________
1
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
INSTITUCIÓN EDUCATIVA
EUDORO GRANADA
“Formamos para la inclusión la convivencia
y la superación personal”
Año 2012
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL _ I.E EUDORO GRA NADA ____________________________________________________________________
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IDENTIFICACION DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
NOMBRE INSTITUCION EDUCATIVA EUDORO GRANADA
SEDE EUDORO GRANADA
DIRECCION CRA 21 ENTRE CALLES 3 Y 4 – BARRIO LAS SESENTA CASAS
TELEFONO 7454710
SEDE AGUSTIN NIETO CABALLERO
DIRECCION CARRERA 21 A CALLE 5 ESQUINA
TELEFONO 7453411
SEDE LOS FUNDADORES
DIRECCION CALLE 4 A No. 16 – 62 BARRIO GALAN
TELEFONO 7466169
MUNICIPIO ARMENIA
DEPARTAMENTO QUINDIO
RECTOR HENRY HUMBERTO CÓRDOBA
COORDINADORES MIGUEL ANTONIO ZAMORA
HECOR JAIME GALLEGO MURILLO
NIT 801 003 927 – 1
DANE 163001000728
REFERENTE LEGAL
* FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCION:
� Resolución 2017 DE Noviembre 10 de 2006 Aprobación de estudios Preescolar,
Primaria, Básica Secundaria y Media; jornadas mañana y tarde.
FUNDAMENTOS INSTITUCIONALES :
� CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991 . Ubica la educación como un derecho fundamental
de la persona:
Artículo 67. "La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una
función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los
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demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los
derechos humanos, a la paz y la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para
el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.
El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria
entre los cinco y quince años de edad, y que comprenderá como mínimo un año de
Preescolar o nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones del
Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.
La nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y
administración de los servicios educativos estatales en los términos que señalen la
Constitución y la Ley".
Artículo 68. “El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y
cátedra.
La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica. La
Ley garantiza la profesionalización y dignificación de la actividad docente.
Los padres de familia tendrán derecho a escoger el tipo de educación para sus hijos
menores. En los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir
educación religiosa. Los integrantes de los grupos étnicos tendrán derecho a una formación
que respete y desarrolle su identidad cultural.
Además de los artículos 13, 16, 18, 20, 23, 26, 27, 29, 38, 41, 44, 45, y 79
� LEY 715 del 21 – 12 - 2001. Normas orgánicas en materia de recursos y competencias.
� LEY 115 DE 1994 GENERAL DE LA EDUCACIÓN . Sirve de marco para los fines de
educación y la participación de la familia:
Artículo 5. Fines de la Educación:
1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los
derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física,
psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y en valores humanos.
2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los
principios democráticos de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como
el ejercicio de la tolerancia y libertad.
3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la
vida económica, política, administrativa y cultural, de la nación.
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4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y la Ley, a la cultura nacional, a la
historia colombiana y a los símbolos patrios.
5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados,
humanísticos históricos, sociales geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos
intelectuales adecuados para el desarrollo del saber;
6. El estudio y la comprensión critica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural
del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad;
7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el
fomento de la investigación y el estimulo a la creación artística en sus diferentes
manifestaciones;
8. La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la
solidaridad y la investigación con el mundo, en especial con Latinoamérica y el Caribe.
9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico
y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de
vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los
problemas y al problema social y económico del país.
10. La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del
medio ambiente, de la calidad de vida, del uso racional de los recursos naturales, de la
prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del
patrimonio cultural de la nación.
11. La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y
habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual
y social.
12. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención
integral de problemas sociales relevantes, la educación física, la recreación, el deporte y la
utilización adecuada del tiempo libre.
13. La promoción en la persona y la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar
la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando
ingresar al sector productivo".
Artículo 6. COMUNIDAD EDUCATIVA. La comunidad educativa está conformada por
estudiantes o educandos, educadores, padres de familia o acudientes de los estudiantes,
egresados, directivos docentes y administradores escolares. Todos ellos, según su
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competencia, participarán en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo
Institucional y la buena marcha del respectivo establecimiento educativo".
Artículo 7. LA FAMILIA : Como núcleo fundamental de la sociedad y primer responsable de
la educación de los hijos, hasta la mayoría de edad o hasta cuando ocurra cualquier otra
clase o forma de emancipación, le corresponde:
1. Matricular a sus hijos en las instituciones educativas que responden a sus expectativas,
para que reciban una educación conforme a los fines y objetivos establecidos en la
constitución, la Ley y el Proyecto Educativo Institucional.
2. Participación en las asociaciones de padres de familia.
3. Informarse sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos, y sobre la
marcha de la institución educativa, y en ambos casos, participar en las acciones de
mejoramiento.
4. Buscar y recibir orientación sobre la educación de los hijos.
5. Participar en el Consejo Directivo, asociaciones o comités, para velar por la adecuada
prestación del servicio educativo.
6. Contribuir solidariamente con instituciones educativas para la formación de sus hijos.
7. Educar a sus hijos y proporcionarles en el hogar el ambiente adecuado para su desarrollo
integral.
Articulo 13º Objetivos comunes de todos los Niveles.
Articulo 14º Enseñanza Obligatoria.
1. el estudio, la comprensión y la práctica de la constitución y la instrucción cívica;
2. el aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, la practica de la
educación física, la recreación y el deporte formativo;
3. la enseñanza de la protección del ambiente, la ecología y la preservaron de los recursos
naturales;
4. la educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el
cooperativismo, y en general, la formación en valores.;
5. la educación sexual, impartida con las necesidades sicológicas, físicas y afectivas de los
educandos según su edad.
Articulo 16º Objetivos Específicos de la Educación Preescolar
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Articulo 20º Objetivos Específicos de la Educación Básica.
Articulo 21º Objetivos Específicos de la Educación Básica en el ciclo de Primaria.
Articulo 22º Objetivos Específicos de la Educación Básica en ciclo de Secundaria.
Articulo 23º Áreas Obligatorias y Fundamentales .
Articulo 73º Proyecto Educativo Institucional
Articulo 76º Concepto de Currículo.
Articulo 77º Autonomía Escolar.
Articulo 78º Regulación del Currículo.
Articulo 79º Plan de Estudios .
Articulo 80º Evaluación de la Educación
Articulo 87º Manual de Convivencia.
Articulo 91º El alumno o educando.
Articulo 93º Representante de los Estudiantes.
Articulo 94º Personero de los Estudiantes.
Articulo 95º Matricula.
Articulo 96º Permanencia en el Establecimiento Educativo.
Articulo 98º Carne Estudiantil.
Articulo 100º Seguro de Salud Estudiantil.
Articulo 101º Premio al Rendimiento Escolar.
Articulo 104º El Educador.
Articulo 125º Acoso sexual.
Articulo 130º Facultades sancionatorias.
Articulo 132º Facultades del rector para sancionar y otorgar distinciones.
Articulo 138º Naturaleza y condiciones del establecimiento Educativo.
Articulo 142º Conformación del Gobierno Escolar.
Articulo 143º Consejo Directivo
Articulo 144º Funciones del Consejo Directivo.
Articulo 145º Consejo Académico.
� RESOLUCION 2343 del 5 – 06 – 1996. Adopción de un diseño de lineamientos
generales de los procesos curriculares del servicio educativo y se establecen los
indicadores de logro curriculares para la educación formal.
� Ley 387 de Julio 18 de 1997. Desplazados internos por la violencia en Colombia.
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� Decreto 2713 de Diciembre 17 de 2001. Derogado por el 688 de 2002. Modifica la
remuneración de los servidores públicos del régimen especial del estatuto docente y
otras disposiciones.
� Decreto 1860 3 – 08 – 1994. Indicadores de logros curriculares para la educación formal;
además Reglamento Ley 115 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales.
El constructivismo tiene como fin que el alumno construya su propio aprendizaje, por lo tanto,
según TAMA (1986) el profesor en su rol de mediador debe apoyar al alumno para:
1.- Enseñarle a pensar : Desarrollar en el alumno un conjunto de habilidades cognitivas que
les permitan optimizar sus procesos de razonamiento
2.- Enseñarle sobre el pensar: Animar a los alumnos a tomar conciencia de sus propios
procesos y estrategias mentales (metacognición) para poder controlarlos y modificarlos
(autonomía), mejorando el rendimiento y la eficacia en el aprendizaje.
3.- Enseñarle sobre la base del pensar: Quiere decir incorporar objetivos de aprendizaje
relativos a las habilidades cognitivas, dentro del currículo escolar.
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CONCEPCIÓN FILOSOFICA DEL CONSTRUCTIVISMO
El constructivismo plantea que nuestro mundo es un mundo humano, producto de la
interacción humana con los estímulos naturales y sociales que hemos alcanzado a procesar
desde nuestras "operaciones mentales (Piaget).
Esta posición filosófica constructivista implica que el conocimiento humano no se recibe en
forma pasiva ni del mundo ni de nadie, sino que es procesado y construido activamente,
además la función cognoscitiva está al servicio de la vida, es una función adaptativa, y por lo
tanto el conocimiento permite que la persona organice su mundo experiencial y vivencial,
La enseñanza constructivista considera que el aprendizaje humano es siempre una
construcción interior.
Para el constructivismo la objetividad en sí misma, separada del hombre no tiene sentido,
pues todo conocimiento es una interpretación, una construcción mental, de donde resulta
imposible aislar al investigador de lo investigado. El aprendizaje es siempre una
reconstrucción interior y subjetiva.
El lograr entender el problema de la construcción del conocimiento ha sido objeto de
preocupación filosófica desde que el hombre ha empezado a reflexionar sobre sí mismo. Se
plantea que lo que el ser humano es, es esencialmente producto de su capacidad para
adquirir conocimientos que les han permitido anticipar, explicar y controlar muchas cosas.
CARACTERISTICAS DE UN PROFESOR CONSTRUCTIVISTA
- Acepta e impulsa la autonomía e iniciativa del alumno
- Usa materia prima y fuentes primarias en conjunto con materiales físicos, interactivos y
manipulables.
- Usa terminología cognitiva tal como: Clasificar, analizar, predecir, crear, inferir, deducir,
estimar, elaborar, pensar.
- Investiga acerca de la comprensión de conceptos que tienen los estudiantes, antes de
compartir con ellos su propia comprensión de estos conceptos.
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- Desafía la indagación haciendo preguntas que necesitan respuestas muy bien
reflexionadas y desafía también a que se hagan preguntas entre ellos.
CONCLUSIONES
Luego de realizado este análisis sobre el constructivismo, se puede concluir que:
1.- La Reforma Educativa tiene como base el constructivismo, ya que todas sus acciones
tienen a lograr que los alumnos construyan su propio aprendizaje logrando aprendizajes
significativos.
2.- Las experiencias y conocimientos previos del alumno son claves para lograr mejores
aprendizajes.
3.- Para que los docentes hagan suya esta corriente y la vivan realmente en el día a día
deben conocer muy bien sus principios y conocer el punto de vista de quienes son
precursores en el constructivismo pues solo de esta forma tendrán una base sólida para su
implementación.
4.- Cuando hablamos de "construcción de los aprendizajes", nos referimos a que el alumno
para aprender realiza diferentes conexiones cognitivas que le permiten utilizar operaciones
mentales y con la utilización de sus conocimientos previos puede ir armando nuevos
aprendizajes.
5.- El profesor tiene un rol de mediador en el aprendizaje, debe hacer que el alumno
investigue, descubra, compare y comparta sus ideas.
6.- Para una acción efectiva desde el punto de vista del constructivismo, el profesor debe
partir del nivel de desarrollo del alumno, considerando siempre sus experiencias previas.
7.- El constructivismo es la corriente de moda aplicada actualmente a la educación, pero de
acuerdo a lo leído y a la experiencia personal, en la práctica es difícil ser totalmente
constructivista, ya que las realidades de los estudiantes son distintas y hay muchos factores
que influyen para adscribirse totalmente a esta corriente.
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PLAN DE ESTUDIOS.
PLANES CURRICULARES DE AREA
Los planes curriculares de área de la institución están construidos teniendo en cuenta:
Diagnóstico de los estudiantes, justificación, objetivos generales de las áreas, teorías que las
fundamentan, contenidos (conceptuales, procedimentales y actitudinales) que se van a
trabajar en ellas, estándares básicos de competencia e indicadores de cada una, ejes
temáticos o situaciones problémicas, estrategias o actividades, evaluación, recursos y
responsables.
CONTENIDOS CURRICULARES (Reposan en Coordinación)
INTEGRACIÓN CURRICULAR PARA NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES.
Para abordar el concepto de integración es necesario asumir el concepto de educación
como el proceso donde adquiere significado y se produce el interjuego entre proyectos
personales, conocimiento y propósitos sociales, en el que se resaltan las inquietudes y
problematizaciones en torno a la existencia, la personalidad, el destino y la felicidad
humanas.
Acorde con este concepto, atendiendo a las normas establecidas por el Ministerio de
Educación Nacional y a la diversidad de población, la Institución Educativa esta realizando el
proceso de identificación y caracterización de la población para así poder hacer las
adaptaciones curriculares pertinentes para atender la individualidad de los estudiantes de
acuerdo a sus necesidades educativas especiales, no desde la carencia sino y desde
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nuestra filosofía institucional: Por lo que puede, pudo y podrá ser, saber y hacer. Sin juzgarlo
cuantitativamente y rotularlo como “deficiente”, ni intervenir para suplir una falta, sino para
brindar desde las condiciones particulares del sujeto y de su entorno, los aportes necesarios
para la construcción de su proyecto vital.
LA NECESIDAD EDUCATIVA ESPECIAL se concibe como aquella condición particular, en
términos de apoyo y atención específica que algunos educandos requieren, durante un
período de su etapa escolar o a lo largo de ella por presentar capacidades excepcionales o
discapacidad (física, sensorial o psíquica), trastornos de conducta o encontrarse en
condiciones de vulnerabilidad cultural o social.
Es necesario identificar y clasificar las Necesidades Educativas Especiales con el fin de
establecer las características particulares que se presentan en cada una de ellas:
LIMITACIONES:
COGNITIVO
DOWN
VISUAL
AUDITIVA
MOTORA
AUTISMO
TRASTORNOS DE CONDUCTA
Talentos
Excepcional
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INTENSIDAD HORARIA
AREA ASIGANTURA PRIMARIA
GRADOS
SEXTO A
NOVENO
DECIMO Y
UNDECIMO
CIANCIAS NATURALES Y
EDUCACION AMBIENTAL
CIENCIAS N. 3 4
QUIMICA
3
FISICA 3
CIENCIAS SOCIALES
CIENCIAS
SOCIALES 3 3 1
HUMANIDADES ESPAÑOL 4 4 4
MATEMATICAS MATEMATICAS 4 5 3
EDUCACION ARTISTICA
EDUCACION
ARTISTICA 2 2 2
EDUCACION RELIGIOSA
EDUCACION
RELIGIOSA 1 1 1
EDUCACION ETICA Y EN
VALORES HUMANOS
EDUCACION
ETICA
1 1 1
TECNOLOGIA E
INFORMATICA
TECNOLOGIA E
INFORMATICA 3 4 4
EDUCACION FISICA,
RECREACION Y DEPORTES
EDUCACION
FISICA
2 2 2
HUMANIDADES INGLES 2 4 4
FILOSOFIA FILOSOFIA 1
C. POLITICAS C. POLITICAS 1
25 30 30
PROYECTOS PEDAGOGICOS (Archivo Coordinación)
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OBJETIVOS GENERALES DE PREESCOLAR Y EDUCACIÓN BÁSIC A.
Los objetivos de educación básica se fundamentan en la Constitución Política
Colombiana (Articulo 67) y se encuentran en la Ley General de Educación (Articulo
20), los cuales son:
• Propiciar una formación general mediante el acceso de manera crítica y creativa
al conocimiento científico, tecnológico, artístico y humanístico y de sus relaciones
con la vida social y con la naturaleza, de manera tal que prepare al educando
para los niveles superiores del proceso educativo y para su vinculación a la
sociedad y el trabajo.
• Desarrollar las habilidades comunicativas para leer, comprender, escribir,
escuchar, hablar y expresarse correctamente.
• Ampliar y profundizar en el racionamiento lógico y analítico para la interpretación
y solución de los problemas de la ciencia, la tecnología y de la vida cotidiana.
• Propiciar el conocimiento y comprensión de la realidad nacional para consolidar
los valores propios de la nacionalidad colombiana, teles como: la solidaridad,
tolerancia, democracia, justicia, la convivencia social, la cooperación y la ayuda
mutua.
• Fomentar el interés y el desarrollo de actitudes hacia la práctica investigativa y
Propiciar la formación social, ética, moral y demás valores del desarrollo humano
OBJETIVOS ESPECIFICOS DE LA EDUCACION PREESCOLAR. ( ARTICULO 16 LEY 115 DE 1994). • El conocimiento del propio cuerpo y de sus posibilidades acción, así como la
adquisición de su identidad y autonomía
• El crecimiento armónico y equilibrado del niño, de tal manera que facilite la
motricidad, el aprestamiento y la motivación para la lecto – escritura y para la
solución de problemas que impliquen relaciones y operaciones matemáticas
• El desarrollo de la creatividad, las habilidades y destrezas propias de la edad,
como también de su capacidad de aprendizaje.
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• La ubicación espacio – temporal y el ejercicio de la memoria;
• El desarrollo de la capacidad para adquirir formas de expresión, relación y
comunicación y para establecer relaciones de reciprocidad y participación de
acuerdo con normas de respeto, solidaridad y convivencia.
• La participación en actividades lúdicas con otros niños y adultos; el estimulo a la
curiosidad para observar y explorar el medio natural, familiar y social.
• El reconocimiento de su dimensión espiritual para fundamentar criterios de
comportamiento.
• La vinculación de la familia y la comunidad al proceso educativo para mejorar la
calidad de vida de los niños en su medio, y
• La formación de habilidades de alimentación, higiene personal, aseo y orden que
generen conciencia sobre el valor y la necesidad de la salud.
OBJETIVOS ESPECIFICOS DE LA EDUCACION BÁSICA PRIMAR IA (LEY 115 DE
1994, ARTÍCULO 21).
• La formación de los valores fundamentales para la convivencia en una sociedad
democrática, participativa y pluralista
• El fomento del deseo de saber, de la iniciativa personal frente al conocimiento
frente al conocimiento y frente a la realidad social, así como del espíritu crítico
• El desarrollo de las habilidades comunicativas básicas para leer, comprender,
escribir, escuchar, hablar y expresarse correctamente en lengua castellana y
también en lengua materna, en el caso de los grupos étnicos contradicción
lingüística propia, así como el fomento de la afición por la lectura
• El desarrollo de la capacidad para apreciar y utilizar la lengua como medio de
expresión estética
• El desarrollo de los conocimientos matemáticos necesarios para manejar y utilizar
operaciones simpes de cálculos y procedimientos lógicos elementales en
diferentes situaciones, así como la capacidad, para solucionar problemas que
impliquen estos conocimientos
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• La comprensión básica del medio físico, social y cultural en el nivel local,
nacional y universal, de acuerdo con el desarrollo intelectual correspondiente a
la edad.
• La asimilación de conceptos científicos en las áreas de conocimiento que sean
objeto de estudio, de acuerdo con el desarrollo intelectual y la edad.
• La valoración de la higiene y la salud del propio cuerpo y la formación para la
protección de la naturaleza y el ambiente
• El conocimiento y ejercitación del propio cuerpo, mediante la práctica de la
educación física, la recreación y los deportes adecuados a su edad y
conducentes a un desarrollo físico y armónico;
• La formación para la participación y organización infantil y la utilización adecuada
del tiempo libre
• El desarrollo de valores civiles, éticos y morales, de organización social y de
convivencia humana
• La formación artística mediante la expresión corporal, la representación, la
música, la plástica, y la literatura.
• La adquisición de elementos de conversación y de la lectura al menos en una
lengua extranjera;
• La iniciación en el conocimiento de la Constitución Política, y
• La adquisición de habilidades para desempeñarse con autonomía en la sociedad.
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE ESTUDIANTES (SIEE) Reposa en coordinación.
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GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL
Jefes de Área
Auxiliares de Servicios
Bibliotecario
Docentes
Alumnos
Orientación Escolar
Coordinación
Consejo Académico
Rector Consejo Directivo
Consejo de Padres
Personal Administra
tivo
Secretarias
Celadores Comisiones
de Evaluación y Seguimiento
Consejo Estudiantil
Personero Estudiantil
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GOBIERNO ESCOLAR:
Se organiza de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Educación y el Decreto 1860
de 1994.
ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR.
EL CONSEJO DIRECTIVO : A través de él se da la participación a la comunidad educativa,
para la orientación académica y administrativa de la Institución. Se conformará de acuerdo
con lo dispuesto por el Art. 21 del decreto 1860 de 1994.
FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
DECRETO 1860 / 94
ARTICULO 23º. Las funciones del Consejo Directivo de los establecimientos educativos
serán las siguientes:
a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que
sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección
administrativa, en el caso de los establecimientos privados;
b. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y
administrativos con los alumnos del establecimientos educativo y después de haber
agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia;
c. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución;
d. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos
alumnos;
e. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa,
cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado;
f. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado
por el rector;
g. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del
currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la secretaría de
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educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el
cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos;
h. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa;
i. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del
alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún
caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante;
j. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal
administrativo de la institución;
k. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias,
culturales, deportivas y recreativas;
l. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización
de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la
respectiva comunidad educativa;
m. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras
instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles;
n. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes;
o. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto;
p. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los
convenientes pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y
responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso
de libros de texto y similares, y
q. Darse su propio reglamento.
DECRETO 4791 DE 2008
ARTICULO 5°. En relación con el Fondo de Servicios Educativos el consejo directivo cumple
las siguientes funciones:
1. Antes del inicio de cada vigencia fiscal, analizar, introducir ajustes y aprobar mediante
acuerdo el presupuesto de ingresos y gastos del proyecto presentado por el rector o director
rural.
2. Adoptar el reglamento para el manejo de la tesorería, el cual por lo menos determinará la
forma de realización de los recaudo s y de los pagos, según la normatividad existente en la
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entidad territorial certificada, así como el seguimiento y control permanente al flujo de caja y
los responsables en la autorización de los pagos.
3. Aprobar las adiciones al presupuesto vigente así como los traslados presupuestales que
afecten el mismo.
4. Verificar la existencia y presentación de los estados contables por parte del rector o
director rural, elaborados de acuerdo con las normas contables vigentes expedidas por el
Contador General de la Nación, con la periodicidad señalada por los organismos de control.
5. Determinar los actos o contratos que requieran su autorización expresa.
6. Reglamentar mediante acuerdo los procedimientos, formalidades y garantías para toda
contratación que no supere los veinte (20) salarios mínimos legales mensuales
vigentes.
7. Aprobar la contratación de los servicios que requiera el establecimiento educativo y que
faciliten su funcionamiento de conformidad con la ley.
8. Autorizar al rector o director rural para la utilización por parte de terceros de los bienes
muebles o inmuebles dispuestos para el uso del establecimiento educativo, bien sea gratuita
u onerosamente, previa verificación del procedimiento establecido por dicho órgano escolar
de conformidad con lo dispuesto en el decreto 1860 de 1994.
9. Aprobar la utilización de recursos del Fondo de Servicios Educativos para la realización de
eventos pedagógicos, científicos, culturales, deportivos, o la participación de los educandos
en representación del establecimiento educativo y fijar la cuantía que se destine para el
efecto.
10. Verificar el cumplimiento de la publicación en lugar visible y de fácil acceso del informe
de ejecución de los recursos del Fondo de Servicios Educativos
DECRETO 1290 / 2009
ARTIULO 8 . Creación del sistema institucional de evaluación de los estudiantes: Los
establecimientos educativos deben como mínimo seguir el procedimiento que se menciona a
continuación:
3. Aprobar el sistema institucional de evaluación en sesión en el consejo directivo y
consignación en el acta.
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ARTÍCULO 11 . Responsabilidades del establecimiento educativo. En cumplimiento de las
funciones establecidas en la ley, el establecimiento educativo, debe:
2. Incorporar en el proyecto educativo institucional los criterios, procesos y procedimientos
de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes,
definidos por el consejo directivo.
7. A través de consejo directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que
presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación o promoción.
CONSEJO ACADEMICO .
Tiene la responsabilidad de la orientación pedagógica en la Institución y se conformará de
acuerdo al art. 24 del decreto 1860 de 1994.
FUNCIONES:
1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del PEI.
2. Integrar los Consejos de Docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los
educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general
de evaluación.
3. Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre evaluación educativa.
4. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento.
5. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
6. Participar de la evaluación institucional anual.
7. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuyan el
PEI.
EL RECTOR: representante de la Institución ante las autoridades educativas y ejecutor de
las decisiones del gobierno escolar.
FUNCIONES:
1. Orientar la ejecución del PEI y aplicar las decisiones del gobierno escolar.
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2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de
los recursos necesarios para tal efecto.
3. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la educación en el establecimiento.
4. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas y demás personal de la
comunidad.
5. Orientar el proceso educativo con asistencia del consejo académico.
6. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyen la ley.
7. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado atinentes a la prestación
del servicio educativo.
8. Las demás funciones afines que le atribuya el PEI.
3.2. PARTICIPACION DE LOS ESTUDIANTES.
PERSONERO ESTUDIANTIL : Es el encargado de promover el ejercicio de los deberes y
derechos de los estudiantes consagrados por la constitución política, las leyes y el manual
de convivencia será elegido dentro de los treinta días calendario por un período lectivo anual
y demás de las funciones que le asigna la ley, deberá cumplir las siguientes:
1. Cumplir y hacer cumplir el manual de convivencia.
2. Atender las quejas y reclamos de los alumnos de ambas jornada y dar traslado de ello a
las autoridades del plantel, previo análisis de las distintas situaciones.
3. Servir de mediador para la solución de los conflictos que surjan entre los alumnos y
demás miembros de la comunidad educativa.
4. Determinar su horario de asistencia al colegio en la jornada contraria y divulgarlo
ampliamente.
5. Coordinar con el presidente del consejo de estudiantes y el representante de los mismos
al consejo directivo, las acciones a que hubiere lugar para lograr la protección de los
derechos de los estudiantes y promover el cumplimiento de los deberes.
6. Otras que le asignen las leyes y el consejo directivo.
NOTA: El personero no podrá ser representante de los estudiantes al consejo directivo
CONSEJO DE ESTUDIANTES : Un representante por cada grupo . Es el máximo órgano
colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los
educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el
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establecimiento. Los estudiantes de Preescolar, primero, segundo y tercer grado de básica
elegirán un vocero único entre los estudiantes que cursan este último grado.
Dentro de las cuatro primeras semanas del año lectivo el Consejo Directivo convocará a una
asamblea con el fin de que elijan de su seno, un vocero estudiantil para el año en curso.
Además de las funciones que le asigne la ley deberá cumplir las siguientes:
Elegir el representante de los estudiantes al Consejo Directivo.
Escuchar las quejas y reclamos de la comunidad estudiantil, deliberar sobre ellas y presentar
alternativas de solución a las directivas del plantel.
Diseñar y proponer mecanismo para difundir ampliamente entre los estudiantes el
conocimiento del manual de convivencia.
Realizar campañas permanentes de difusión de los derechos y deberes de los estudiantes.
PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA.
CONSEJO DE PADRES. Un representante por cada grupo. El consejo de padres de
familia, como órgano de la asociación de padres de familia, es un medio para asegurar la
continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del
establecimiento. Podrá estar integrado por los voceros de los padres de los alumnos que
cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece la Institución, o por cualquier otro
esquema definido en el seno de la asociación.
La junta directiva de la asociación de padres de familia convocará dentro de los primeros
treinta días calendario siguiente al de la iniciación de clases del período lectivo anual, a
sendas asambleas de los padres de familia de los alumnos de cada grado, en las cuales se
elegirá para el correspondiente año lectivo a uno de ellos como su vocero, La elección de
efectuará por mayoría de votos de los miembros presentes, después de transcurrida la
primera hora de iniciada la asamblea.
Es un órgano de participación de Padres y/o Acudientes, destinados a asegurar en continua
participación en el mejoramiento Educativo y en la búsqueda de una educación de calidad.
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Está integrado por las familias de la comunidad de nuestra Institución y son convocados por
el rector en una periodización mínima de tres veces al año, mediante una Asamblea General,
para elección de los representantes de los padres, estas se realizan por cada grado. La
conformación de consejo de padres de familia y/o acudientes es obligatoria.
FUNCIONES: Corresponde al consejo de padres:
• Elegir a los representantes de los padres de familia y/o acudientes ante el Consejo Directivo.
• Los padres ejercen sus funciones en directa coordinación con el rector.
• Contribuir con el rector en el análisis y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de estados (ICFES-SABER).
• Promover actividades de formación de los padres de familia que conduzcan a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes que faciliten el afianzamiento de los aprendizajes.
• Propiciar el clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación en cada uno de los estamentos de la comunidad educativa.
• Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la constitución y la ley.
• Velar por el cumplimiento del proyecto Educativo Institucional, mediante continua evaluación y seguimiento del mismo.
MANUAL DE CONVIVENCIA. - Archivo de Coordinación
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GESTION COMUNITARIA
La inclusión:
En las aulas de los educandos jamás resultan iguales unos a otros, cada uno es movido por
historias e intereses distintos, cada uno es tan solo eso, “uno”. Y a pesar de esto, a pesar de
estas diferencias, vemos que reciben una misma educación y que se enfrentan todos a un
mismo currículo. Muchos de esos estudiantes, que están en la I. E, así como muchos que no
asisten a ella tienen necesidades educativas especiales. La educación inclusiva es un
recurso esencial para trabajar con ellos, reintegrándolos y defendiendo su espacio en la
institución. El principio fundamental es que todos deben tener la misma oportunidad de
aprender, y que todos se beneficien, tanto como los que no tienen discapacidades como los
que sí las tienen; debido a que esto les permite aprender juntos. Esto significa que las
escuelas comunes deben estar preparadas para reconocer y satisfacer las necesidades de
todos los alumnos, incluidos aquellos que tradicionalmente han sido excluidos tanto del
acceso a la educación como de una participación en ella en condiciones de igualdad.
Educación Inclusiva implica que escuelas y maestros se adapten a la diversidad y puedan
responder a las necesidades individuales de sus estudiantes. La inclusión por sí sola
beneficia a las instituciones educativas, es decir, a toda su comunidad, permitiendo
reconocer en ellas lo común y lo diferente como parte de esa misma comunidad. Su objetivo
último es una población saludable y productiva en la que todos y todas contribuyan y
disfruten plenamente de la vida económica, social y cultural. La inclusión en la escuela se
construye con la participación y acuerdo de todos los agentes educativos y considera el
proceso de aprendizaje del alumnado, como una consecuencia de su inclusión en la
institución. La escuela inclusiva se funda en el derecho que tienen niños, niñas y jóvenes
tanto a ser reconocidos como a reconocerse a sí mismos como miembros de la comunidad
educativa a la que pertenecen, cualquiera que sea su medio social, su cultura de origen, su
ideología, sexo, raza, etnia o condiciones personales derivadas de una discapacidad física,
intelectual, sensorial o de la sobredotación intelectual. En la Institución Educativa Eudoro
Granada se está consciente de este derecho que tienen todos los estudiantes,
independientemente de sus condiciones físicas, intelectuales, sociales, emocionales,
lingüísticas u otras.
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Contamos con el programa de Aceleración del aprendizaje para estudiantes en extra edad.
Un niño o joven se encuentra en condición de extra edad cuando tiene por lo menos tres
años más de la edad esperada para estar cursando un grado determinado. Las principales
causas de la extra edad son:
• El ingreso tardío a la escuela, especialmente en las zonas rurales.
• Deserciones sucesivas, por razones de fracaso escolar o por necesidad de trabajar. •
Repetición de cursos.
• Desplazamiento forzoso de su familia. El Programa de Aceleración del Aprendizaje está
dirigido a niños, niñas y jóvenes entre los 10 y 15 años de edad que, por razones diversas,
no han culminado la básica primaria; se basa en la creencia de la capacidad de aprender
que tienen todas las personas. Abarca los contenidos de los cinco primeros grados de la
educación básica primaria, los cuales son trabajados de manera integrada a través de siete
proyectos, en igual número de módulos impresos, con temas apropiados para niños, niñas y
jóvenes en ese rango de edad. El programa, que dura un año lectivo, permite la culminación
de la primaria.
Proyecto de vida:
Contempla las expectativas de los estudiantes.
Existir significa, potencialmente, construir proyectos en los que el ser humano despliega sus
aptitudes y recursos, anticipa un futuro en el que la meta de la autorrealización despierta y
sostiene ese despliegue. Dichos proyectos giran de modo especialmente en aquellos
aspectos que son de vital importancia para la persona. Para que el hombre pueda construir
su proyecto de vida, debe cumplir con ciertas condiciones básicas, de tal suerte que asegure
la conservación y el desarrollo de sus potencialidades. Esas condiciones surgen de la
interacción hombre-mundo. El proyecto de vida es la dirección que el hombre se marca en su
vida, a partir del conjunto de valores que ha integrado y jerarquizado vivencialmente, a la luz
de la cual se compromete en las múltiples situaciones de su existencia, sobre todo en
aquellas en que decide su futuro, como son el estado de vida y la profesión., la formación
para el desarrollo integral de los Proyectos de Vida están bajo la dirección de la orientación
y apoyado por las áreas de religión y ética. En su planeación, estos proyectos suponen,
efectivamente, la interrelación de los aspectos físicos, emocionales, intelectuales, sociales y
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espirituales de los estudiantes en las diferentes esferas de la vida social. La herramienta de
trabajo con el cual se elabora la planificación de los Proyectos de Vida de los estudiantes es
un formato que consta de: LA VISIÓN PERSONAL: En este aspecto los estudiantes
proyectan una imagen futura sobre ellos mismos, tomando en cuenta la realidad en la cual
se desenvuelven, con el fin de darles una guía a su proyecto de vida personal; los sitúa en
una perspectiva de mediano y largo plazo, haciéndose explícito el sentido y significado de
todo el trabajo que realizan. LA MISIÓN PERSONAL: Aquí los estudiantes expresan la
imagen actual de ellos y que enfoca los esfuerzos que realizan para conseguir los objetivos,
proyectos o planes. La misión debe ser concreta y debe indicar el éxito de la labor del
alumno. ADMINISTRACIÓN DEL TIEMPO: En este punto, los estudiantes deben aprender a
planificar el tiempo con el fin de establecer prioridades que pongan de relieve las tareas más
importantes y permitan tomar las decisiones con base a esa importancia. Lo establecido
anteriormente, se desarrolla a través de cuestionarios, reflexiones, lecturas y talleres con los
siguientes temas: - Mis Fortalezas. - Mis debilidades.
Mi Personalidad. - Mi Vida Emocional. - Quién soy. - Mis sueños. - Mi realidad. Qué voy a
hacer. La mayor dificultad de los estudiantes de la institución para trazar su proyecto de vida
reside en tener que tomar una decisión, en tener que elegir una dirección fundamental con
exclusión de otra u otras direcciones fundamentales. Esta situación es muy frecuente en
ellos, debido a que no cuentan con la orientación y el apoyo permanente de sus padres o las
personas de las cuales están al cuidado, aunque hay que tener en cuenta que esto obedece
al bajo nivel socio-económico y educativo en el que se encuentran éstos., los estudiantes
esperan recibir una formación que les permita incursionar en la vida laboral al finalizar sus
estudios de bachillerato, porque esto les garantizará en muchos casos la oportunidad de
seguir una carrera técnica o universitaria con los ingresos que puedan obtener. Aunque
algunos fijan sus metas al simple hecho de poderse graduar como bachilleres.
PROYECCION A LA COMUNIDAD
La proyección a la comunidad es la acción académica que tiene por finalidad atender las
necesidades de la comunidad a través de proyectos generados desde la institución con base
a las necesidades detectadas. Es la proyección a la comunidad la dinámica que permite
hacer presencia en los entornos comunitarios sacando las dinámicas académicas de las
aulas y llevándolas a los entornos comunitarios.
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ESCUELA DE PADRES
La escuela de padres es un proceso educativo permanente no formal que tiene por objeto
ofrecer a los padres de familia oportunidades de participación en el conocimiento crítico de la
realidad familiar, para provocar cambios de actitudes frente a la problemática familiar y social
existente. El pretender un acercamiento entre familia y la institución educativa no es tarea
fácil. El postmodernismo por sus muchas razones de cambio e inestabilidad suscita el
acercamiento de los padres a los hijos en las formas más inesperadas y se busca el diálogo,
la autonomía, la corresponsabilidad y la democracia como necesidades prioritarias. La
escuela para padres que se desarrolla en la institución educativa a través dela orientación
está orientada a atender en forma grupal a los padres de familia sobre un tema especial, sea
solicitado por el mismo grupo o por el equipo de trabajo. Se aspira, pues a que sea un nuevo
apoyo de educación centrada en la persona.
Un momento de encuentro familiar, un descubrir nuevas posibilidades para mejorar
cualitativamente a través del contacto grupal, el diálogo franco y el compromiso. Actividades
al grupo de padres de familia se les invita al ciclo de capacitaciones y talleres sobre temas
referentes a la crianza o similares de actualidad, para prevenir o corregir las situaciones de
conflicto familiar en especial de pareja, relaciones de padres e hijos y relación de escuela de
padres. El grupo debe participar en las capacitaciones o talleres formativos programados.
OFERTA DE SERVICIO DE LA PLANTA FISICA A LA COMUNID AD.
La institución se encuentra a disposición y en uso por la junta de acción comunal del barrio
las 60 casas que programan sus reuniones y algunas actividades.
También es utilizada por la policía de menores los fines de semana para albergar a los
menores de edad que incurren en desacato del horaria.
Se proporciona para que funcione los sábados la Institución Educativa EDUARDO
CABALLERO para desarrollar un bachillerato de adultos, y algunas fundaciones que lo
solicitan con fines sociales como: sembradores de paz, fundación telefónica, TIZU. Entre
otras.
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SERVICIO SOCIAL
Este es uno de los componentes fundamentales en la formación integral del estudiante y que
su cumplimiento, de carácter obligatorio posibilita la vinculación del estudiante en su medio
para que sus conocimientos y competencias puedan ser aplicados y apoyen el desarrollo de
la comunidad de donde provienen.
El servicio social que prestan los estudiantes de grado 10 y 11 tiene como propósito el
integrarse a la comunidad para contribuir al mejoramiento cultural y social formando parte de
los proyectos psicosocial, al PEGER y al apoyo pedagógico a los de básica primaria que lo
requieran y especialmente a los estudiantes con necesidades educativas especiales.
LA PREVENCIÓN DE RIESGOS:
Es un campo del conocimiento que trabaja hacia la consolidación de programas del
seguridad escolar hacia el entorno de riesgos físicos y sicosociales que pretenden desde
estos entorno mantener y dar seguridad a toda la comunidad en todo lo referente a los
trabajos desarrollados en la escuela y el entorno circundante proyectando la comunidad
hacia la superación social educativa y pedagógica.
Se implementó el proceso de señalización que tiene como finalidad evitar accidentes y
riesgos innecesarios.
Desde el PEGER institucional se promueve además el autocuidado de la salud frente a los
riesgos, la preservación del medio ambiente promoviendo la sensibilización y concienciación
con actitudes y acciones de preocupación, respeto y cuidado del entorno, la participación
responsable de todos los actores de la comunidad.
Nuestro principal objetivo es motivar a la comunidad educativa hacia la creación de hábitos
y ambientes saludables que eviten los accidentes tanto en la escuela, la calle y el hogar.
Estas actividades la desarrollarán los docentes en sus respectivas aulas de clases. También
se debe realizar acciones con los padres de familia.
Se hará a través de convenios, acuerdos y compromisos que cumplan dicho objeto.
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• El programa de bienestar estudiantil implementará controles preventivos y correctivos para
los riesgos psicosociales de la comunidad educativa.
Ejes Estratégicos: En la Institución están determinados mediante el diseño de líneas y
objetivos estratégicos que se tendrán en cuenta para la regulación y consecución de las
distintas acciones que tienen relación con la gestión comunitaria.
LÍNEAS ESTRATÉGICAS
• Ejecución y divulgación de la Escuela de Padres.
• Atención a población diversa y vulnerable.
• Evaluación de programas y proyectos de bienestar estudiantil.
• Utilización y Préstamo de la planta física de la institución.
• Vinculación activa de los padres de familia en la vida institucional.
• Aplicación de programas y proyectos de seguridad escolar y hacia el entorno.
• Evaluación y seguimiento de los programas y proyectos de riesgos físicos y psicosociales
para fortalecerlos.
Objetivos Estratégicos:
• Implementar mecanismos de comunicación que garanticen la divulgación y accesibilidad a
los programas de escuela de padres.
• Establecer programas y proyectos institucionales de atención a la población diversa y
vulnerable.
• Implementar un sistema de evaluación y seguimiento a los proyectos de bienestar
estudiantil para fortalecer las acciones de mejoramiento.
• Reglamentar la utilización y préstamo de la planta física de la institución para la
organización de su uso y mantenimiento.
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• Diseñar estrategias que vinculen a la mayoría de los padres de familia a cada una de las
actividades programadas por la institución.
• Realizar proyectos que conduzcan a preservar la seguridad escolar y del entorno.
• Revisar los programas y proyectos de riesgos físicos y psicosociales para la aplicación de
nuevas acciones que conlleven al mejoramiento de estas situaciones.
Meta estratégica : A noviembre de 2013 la Institución establecerá los ejes estratégicos, los
cuales divulgará a toda la comunidad educativa a través de la página web institucional.