A ño CCXLII. Núm. 103 Lunes 13 Abril 1903 Tomo II. —Pág, 155 PARTE OFICIAL PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS S. M. el Rey (Q. D. G.) y Augusta Real Familia continúan en esta Corte sin novedad sn sn importante salnd. S U M A R I O Ministerio de Marina: DirccdóndeHidrografia.—Aviso á losnavigantes. Ministerio de Hacienda: Sübstcretaria.-~RQTnbT*ntiiQ Oficiál de cuarta clase de la Te* sorería de Hacienda de Cáceres 6 D. Antonio Gallardo. Ministerio de la Gobernación: Dirección general de Sanidad.—Resumen délas defunciones y nacimientos ocurridos en las capitales de provincia de España durante el mes de Febrero ú timo. Ministerio de Agricultura, Industria, Comercio y Obras públicas: Real orden aprobatoria de los adjuntos formulario é ins trucción para redactar los proyectos de carreteras. Asociación Matritense de Caridad: Estados de contabilidad de esta Asociación correspondien tes al mes de Marzo último. Administración provincial ^ Edictos de varias dependencias de Hacienda citando á los individuos que se mencionan. Administración municipal: Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Madrid.—Estado de las operaciones verificadas en la Caja de Ahorros en la .última semana > Administración de justicia: Edictos de Juzgados militares y de primera Instancia. Tribunal Supremo: Pliego 67 de las sentencias de la Bala de io civil, co rrespondiente al tomo I del año actual. MINISTERIO DE AGRICULTURA, INDUSTRIA, COMERCIO Y OBR AS PÚBLICAS REAL ORDEN De conformidad con lo propuesto por esa Dirección general, g. M. el Rey (Q. D. G.) se ha servido aprobar las modificaciones hechas por Y. I. en el formulario y en la instrucción para redactar los proyectos de carrete ras disponiendo que se publiquen, así como la parte de esos documentos que no se varía. De Real orden lo comunico á V. I. para su inteli gencia y cumplimiento. Dios guarde á V. I. muchos años. Madrid 30 de Marzo de 1903. VAD1LLO Sr. Director general de Obras públicas. Dirección general de Obras públicas. «Excmo. Sr.: Á fin de que los proyectos de carrete ras se redactasen de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones generales de 11 de Junio de 1886, se aprobó, en 26 de igual mes, un formulario al cual habían de sujetarse aquéllos. . Pero la experiencia demostró que, sin alterar el principio fundamental en que se hallaban inspiradas las citadas disposiciones superiores, sobre el modo de abonar las obras de carreteras, se podía facilitar la re dacción de los proyectos, y, al efecto, se ordenó en 14 de Marzo de 1896. á la suprimida Junta consultiva de Caminos, Canales y Puertos, que estudiase las refor mas necesarias en dicho formulario para lograr aquel objeto. Esa Corporación presentó su trabajo, en el cual propuso: 1.° Autorizar á los Ingenieros para suprimir el per fil gráfico núm. 1 de la cubicación de las obras de ex planación, haciéndola por las fórmulas usuales. 2.° Sustituir el perfil gráfico núm. 2, referente 4 la distribución de las excavaciones, por el mucho más sencillo del Inspector general Sr. Lalanne, descrito en los Anales de Puentes y Calzadas de 1879 y en los libros sobre construcción de carreteras de los Sres. Pardo y Durán Claye. * 3.° Suponer que se hará un metro cúbico de terra plén consolidado con los productos de un metro cúbi co de desmonte, no teniendo en cuenta el entumeci miento de las tierras ó rocas excavadas. 4.° No abonar la apertura de caja y cunetas por metro lineal, sino por metro cúbico, á igual precio que los demás desmontes de la explanación.. 5.° Segregar del modelo de pliego de condiciones facultativas todos los artículos que figuraban en el de las*generales redactado por la Junta; y 6.° Incluir entre los anejos de la Memoria los si guientes : a) Relación de las accidentes que ofrece la locali dad y obras de fábrica que se proponen para sal varlos. i) Resumen de las excavaciones de] cimientos y cálculo del precio medio de las mismas. c ) Relación gráfica de canteras y cálculo de la dis tancia media de transporte de los materiales para obras de fábrica, afirmado y obras accesorias; y d) Cuadro comparativo de los precios adoptados en el proyecto con los que rijan en otras obras de la mis ma provincia. En el formulario que se aprobó por Real orden de 21 de Diciembre de 1900 se conservaron todas las in dicadas modificaciones propuestas por la Junta, menos la del apartado 2.°, y fueron suprimidos los anejos in dicados en el 6.°, menos el designado con la letra (c). También fueron suprimidos, de los anejos del formula rio de 1886, el croquis de la provincia, el plano gene ral y perfil longitudinal general, en casos determina dos, y los estados de alineaciones y rasantes; aumen tando, en cambio, tres anejos, números 4, 6 y 10, que se titulan respectivamente: «Distribución prudencial de las excavaciones», «Distancias á que prudencial mente se calcula que deben ser conducidos los produc tos de las excavaciones» y «Cálculo del precio medio del terreno expropiado». También se dispuso en dicho formulario que, en lo sucesivo, se suprimieran del perfil longitudinal las ordenadas rojas de los puntos que no sean extremos de rasante, las distancias al ori gen y la designación de las alineaciones, y se enviase únicamente á la Superioridad copia de los perfiles transversales que tengan muros de sostenimiento ú ofrezcan alguna circunstancia notable. El Consejo de Obras públicas ha manifestado, repe tidas veces, que algunas de estas supresiones hacen muy difícil ó imposible informar los proyectos, y otras afectan al presupuesto ó al replanteo de las obras. Las primeras, ó sean las referentes al examen de los proyectos, son principalmente el croquis de la pro vincia y la copia de los perfiles transversales. Sin aquél no es posible conocer la situación de la carrete ra proyectada ni su relación con las demás vías de comunicación de la provincia; y la carencia de los perfiles transversales impide saber si está bien hecha el estudio de las rasantes, que es la base principal del coste de las obras. Por esas razones, y porque la copia de esos dibujos no aumenta el trabajo de los In genieros, sino el de los Delineantes, opina el que subs cribe que se debe ordenar de nuevo su inclusión en los proyectos. En una ú otra forma es necesario formar un esta do de alineaciones para dibujar el plano; y como las- indicaciones de éste son muy confusas y expuestas á equivocaciones, en los casos frecuentes de ser aquéllas de escasa longitud, por recorrer la línea un terreno quebrado, puede ser entonces difícil hacer el replan teo, y es mucho más seguro acompañar al proyecto copia dé dicho estado de alineaciones, como lo vienen haciendo muchos Ingenieros, á pesar de la supresión del mismo en el formulario.
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A ño CCXLII. Núm. 103 Lunes 13 A bril 1903 Tomo II.—Pág, 155
PARTE OFICIAL
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
S. M. el Rey (Q. D. G.) y Augusta Real Familia continúan en esta Corte sin novedad sn sn importante salnd.
S U M A R I O
M inisterio de Marina:Dirccdón de Hidrografia.—Aviso á losnavigantes.
Ministerio de Hacienda:Sübstcretaria.-~RQTnbT*ntiiQ Oficiál de cuarta clase de la Te*
sorería de Hacienda de Cáceres 6 D. Antonio Gallardo.
Ministerio de la Gobernación:Dirección general de Sanidad.—Resumen délas defunciones
y nacimientos ocurridos en las capitales de provincia de España durante el mes de Febrero ú timo.
Ministerio de Agricultura, Industria, Comercio y Obras públicas:
Real orden aprobatoria de los adjuntos formulario é instrucción para redactar los proyectos de carreteras.
A sociación M atritense de C aridad:Estados de contabilidad de esta Asociación correspondien
tes al mes de Marzo último.
Administración provincial ^Edictos de varias dependencias de Hacienda citando á los
individuos que se mencionan.A dm inistración m un icipal:
Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Madrid.—Estado de las operaciones verificadas en la Caja de Ahorros en la .última semana >
A dm inistración de justic ia :Edictos de Juzgados militares y de primera Instancia.
Tribunal Supremo:Pliego 67 de las sentencias de la Bala de io civil, co
rrespondiente al tomo I del año actual.
MINISTERIO DE AGRICULTURA,INDUSTRIA, COMERCIO Y OBR AS PÚBLICAS
REAL ORDEN
De conformidad con lo propuesto por esa Dirección general,
g. M. el Rey (Q. D. G.) se ha servido aprobar las modificaciones hechas por Y. I. en el formulario y en
la instrucción para redactar los proyectos de carreteras disponiendo que se publiquen, así como la parte de esos documentos que no se varía.
De Real orden lo comunico á V. I. para su inteligencia y cumplimiento. Dios guarde á V. I. muchos años. Madrid 30 de Marzo de 1903.
VAD1LLO
Sr. Director general de Obras públicas.
Dirección general de Obras públicas.
«Excmo. S r.: Á fin de que los proyectos de carreteras se redactasen de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones generales de 11 de Junio de 1886, se aprobó, en 26 de igual mes, un formulario al cual habían de sujetarse aquéllos.. Pero la experiencia demostró que, sin alterar el
principio fundamental en que se hallaban inspiradas las citadas disposiciones superiores, sobre el modo de abonar las obras de carreteras, se podía facilitar la redacción de los proyectos, y, al efecto, se ordenó en 14 de Marzo de 1896. á la suprimida Junta consultiva de Caminos, Canales y Puertos, que estudiase las reformas necesarias en dicho formulario para lograr aquel objeto.
Esa Corporación presentó su trabajo, en el cual propuso:
1.° Autorizar á los Ingenieros para suprimir el perfil gráfico núm. 1 de la cubicación de las obras de explanación, haciéndola por las fórmulas usuales.
2.° Sustituir el perfil gráfico núm. 2, referente 4 la distribución de las excavaciones, por el mucho más sencillo del Inspector general Sr. Lalanne, descrito en los Anales de Puentes y Calzadas de 1879 y en los libros sobre construcción de carreteras de los Sres. Pardo y Durán Claye. *
3.° Suponer que se hará un metro cúbico de terraplén consolidado con los productos de un metro cúbico de desmonte, no teniendo en cuenta el entumecimiento de las tierras ó rocas excavadas.
4.° No abonar la apertura de caja y cunetas por metro lineal, sino por metro cúbico, á igual precio que los demás desmontes de la explanación..
5.° Segregar del modelo de pliego de condiciones facultativas todos los artículos que figuraban en el de las*generales redactado por la Ju n ta ; y
6.° Incluir entre los anejos de la Memoria los siguientes :
a) Relación de las accidentes que ofrece la localidad y obras de fábrica que se proponen para salvarlos.
i ) Resumen de las excavaciones de] cimientos y cálculo del precio medio de las mismas.
c) Relación gráfica de canteras y cálculo de la distancia media de transporte de los materiales para obras de fábrica, afirmado y obras accesorias; y
d) Cuadro comparativo de los precios adoptados en el proyecto con los que rijan en otras obras de la mism a provincia.
En el formulario que se aprobó por Real orden de 21 de Diciembre de 1900 se conservaron todas las indicadas modificaciones propuestas por la Junta, menos la del apartado 2.°, y fueron suprimidos los anejos indicados en el 6.°, menos el designado con la letra (c). También fueron suprimidos, de los anejos del formulario de 1886, el croquis de la provincia, el plano general y perfil longitudinal general, en casos determinados, y los estados de alineaciones y rasantes; aumentando, en cambio, tres anejos, números 4, 6 y 10, que se titu lan respectivamente: «Distribución prudencial de las excavaciones», «Distancias á que prudencialmente se calcula que deben ser conducidos los productos de las excavaciones» y «Cálculo del precio medio del terreno expropiado». También se dispuso en dicho formulario que, en lo sucesivo, se suprimieran del perfil longitudinal las ordenadas rojas de los puntos que no sean extremos de rasante, las distancias al origen y la designación de las alineaciones, y se enviase únicam ente á la Superioridad copia de los perfiles transversales que tengan muros de sostenimiento ú ofrezcan alguna circunstancia notable.
El Consejo de Obras públicas ha manifestado, repetidas veces, que algunas de estas supresiones hacen muy difícil ó imposible informar los proyectos, y otras afectan al presupuesto ó al replanteo de las obras.
Las primeras, ó sean las referentes al examen de los proyectos, son principalmente el croquis de la provincia y la copia de los perfiles transversales. Sin aquél no es posible conocer la situación de la carretera proyectada ni su relación con las demás vías de comunicación de la provincia; y la carencia de los perfiles transversales impide saber si está bien hecha el estudio de las rasantes, que es la base principal del coste de las obras. Por esas razones, y porque la copia de esos dibujos no aumenta el trabajo de los Ingenieros, sino el de los Delineantes, opina el que subscribe que se debe ordenar de nuevo su inclusión en los proyectos.
En una ú otra forma es necesario formar un estado de alineaciones para dibujar el plano; y como las- indicaciones de éste son muy confusas y expuestas á equivocaciones, en los casos frecuentes de ser aquéllas de escasa longitud, por recorrer la línea un terreno quebrado, puede ser entonces difícil hacer el replanteo, y es mucho más seguro acompañar al proyecto copia dé dicho estado de alineaciones, como lo vienen haciendo muchos Ingenieros, á pesar de la supresión del mismo en el formulario.
156 13 Abril 1903 Gaceta de Madrid.—Núm 103La acertada distribución de las excavaciones afec
ta al precio del terraplén, y no es enteram ente necesaria sino para redactar el presupuesto que ha de servir de base á la subasta; y como los anejos núm eros 4 y 6 del actual formulario requieren bastante trabajo, si han de ofrecer garantías de exactitud, opina esta Dirección general que deben segregarse del proyecto y determinar el precio del terraplén, que ha de figurar en el mism o, por comparación con los que hayan resultado para otras carreteras de la provincia que se hallen en condiciones semejantes á la que se proyecte. En cambio de tal supresión, deberá figurar, entre los documentos del replanteo previo, la distribución de las excavaciones hecha como propuso la antigua Junta consultiva, á fin de determinar el precio definitivo del terraplén que ha de regir en la su basta de las obras.
La relación de los accidentes que ofrece la localidad y obras de fábrica que se proponen para salvarlos, es necesaria para redactar el art. 2.° del presupuesto general, y, con muy escaso trabajo, puede y flebe figurar entre los anejos de la Memoria.
No hay noticia de que los Ingenieros hayan cum plido la primera de las Notas, relativas al cuadro de precios número 1 del actual formulario, y muchos siguen calculando todos los elem entos de los precios; pero este método, por laborioso en extremo é inexacto, fué abandonado desde que se publicó el formulario de 1.° de Marzo de 1859; y existiendo en todas las provincias precios depurados en gran número de subastas, pueden servir de base para los proyectos que se redacten, justificando únicam ente las variaciones que se propongan en ellos. Por eso restab lece esta Dirección, entre los anejos de la Memoria, ^corno había propuesto la Junta consultiva, el cuadro de los precios á que han resultado las obras de carretera en la provincia y su comparación con los del proyecto que se redacte. Haciendo para esos cuadros los impresos necesarios, ocasionarán á los Ingenieros m ucho menos trabajo que una justificación detallada de los precios en la Memoria.
Se incluyen en el perfil longitudinal las distancias al origen, por ser necesarias para la relación gráfica de canteras; se suprimen las distancias parciales, porque figuran en el perfil gráfico de la distribución de las excavaciones, y se indican las alineaciones, por lo .que esto facilita el exam en del proyecto.
Esta Dirección ha mandado segregar la expropiación de casi todos los proyectos redactados con arreglo al formulario del año 1900, porque no se había estudiado bastante el anejo núm. 10 de la Memoria; y como ese estudio requiere un trabajo considerable, acaso mayor del que se quiso evitar con la supresión de otros documentos del formulario que tenían in fluencia en la redacción del presupuesto de las obras, propone aquélla la supresión del citado anejo, con do cual se facilitará la redacción de los proyectos.
Al formulario del año 1900 acompaña una instrucción para redactar los proyectos de carreteras, cuyas cinco primeras reglas son, con una ligera variante, copia de la que redactó la Junta consultiva el año 1899. El objeto de esos documentos era recomendar á los In genieros que, teniendo en cuenta la escasa im portancia de casi todas las carreteras que falta construir, procurasen reducir su coste todo lo posible; y como eso es cada vez m ás necesario, se < reproduce ahora aquélla con algunas adiciones referentes al informe del Ingeniero Jefe y al replanteo previo, tomadas de la de la Junta y de la Real orden dictada en 24 de Agosto de 1886 para dar cum plim iento al Real decreto de 11 de Junio anterior aprobando el pliego de condiciones generales para las contratas de obras públicas.
Por todo lo expuesto, tiene la honra esta Dirección general de someter á la aprobación de Y. E. las ind icadas modificaciones del formulario y de la instrucción para redactar los proyectos de carreteras.
Madrid 30 de Marzo de 1903. =E 1 Director general,
i¥. de Burgos g Mazo*— Exorno. Sr. Ministro de Agri- ' cultura, Industria, Comercio y Obras públicas.
I N S T R U C C I O NPARA. REDACTAR LOS
PROYECTOS DE CARRETERAS
En la de 20 de Diciembre de 1900 se expuso la absoluta necesidad de que, al estudiar esa clase de vías, se procurase reducir su coste todo lo posible; se recordaban las numerosas disposiciones superiores dictadas con este objeto, y faltó añadir, que en una de ellas, la circular de 18 de Julio de 1859, se decía que no podrían ser aprobados los proyectos en que se prescindiera de las condiciones de economía en el coste de las obras, aun cuando satisficieran á las demás.
Eso mismo hay que expresar ahora, y con mayor razón, por la escasa importancia de las carreteras que falta construir, la mayor parte de las cuales son verdaderos caminos vecinales y algunas de interés particular, debiendo estar sus condiciones de vialidad en relación con el pequeño servicio que han de prestar.
Se dijo también en la mencionada circular, que la verdadera medida del acierto en la formación de los proyectos de las carreteras de tercer orden, es la cifra de su presupuesto; y conforme esta Dirección general con esas ideas, expresadas cuando, hace más de cuarenta y tres años, faltaba construir la mayor parte de las carreteras del plan y otras muchas incluidas después en el mismo, las reproduce hoy, insistiendo mucho en que, por muy bien estudiados que estén los proyectos que, en lo sucesivo, se envíen á esta dependencia de n%i cargo, serán devueltos á sus autores si no satisfacen á Ms reglas sigu ien tes:
1.a El trazado de las carreteras en general, pero muy especialmente el de las de tercer orden, debe ceñirse al terreno en todos sentidos, cuanto sea posible, con curvas numerosas y rasantes acomodadas á la pendiente de aquél, desechando las grandes alineaciones rectas, y mirando como cosa secundaria el que resulten pequeñas subidas y bajadas. La inclina-
, ción de las rasantes puede llegar al 7 ú 8 por 100, y aun ai 9 en los trozos rectos y de corta longitud. El radio mínimo de las curvas puede ser de 10 metros, y en las que, por hallarse en terraplén, haya peligro para el tránsito, se ensanchará la explanación lo necesario para colocar malecones de tierra. Cuando el trazado de una carretera se haga por terrenos de valor, convendrá aprovechar para ella los caminos viejos, siempre que el aumento de obras que exijan para dejarlos en condiciones aceptables no supere á la economía que se obtenga en la expropiación.
2.a El ancho normal de las carreteras de tercer orden será de 6 metros, de los que se asignarán 4,50 metros al firme y 1,50 metros á los dos paseos. Los Ingenieros justificarán cumplidamente, en el proyecto de cada carretera deesa clase,, que el tráfico probable de la misma exigirá el ancho que se acaba de indicar; pues cuando eso no suceda, deberán reducirlo á 5 metros, de los cuales serán 3,50 metros para el firme y 1,50 metros para los dos paseos; pero construyendo cada 200 metros, próximamente, un apartadero donde se puedan cruzar dos carros cargados con objetos de gran volumen. Esos apartaderos se establecerán en los sitios donde el terreno permita hacerlos con mayor economía; tendrán unos 20 metros de longitud y el ancho necesario, para que, sumado con el de la carretera, resulte un total de 7,00 metros. En los pasos difíciles de grandes desmontes, se deberá reducir el ancho de la carretera á 4,00 metros, asignando 3,20 metros al firme y 0,80 metros á los paseos.
3.a El ancho entre pretiles de los puentes podrá reducirse á 3,50 metros ó 4,00 metros, si lo justifica debidamente la economía que se obtenga de ese modo y lo consiente el tráfico que se haya de verificar por ellos. Se procurará evitar el empleo de materiales costosos en todas las obras de fábrica, no debiendo entrar en ellas la sillería sino cuando lo exija la necesidad de dar ciertas condiciones de solidez á algunas partes de las mismas; y aun en estos casos, se dará preferencia, en general, á la sillería desbastada y con las juntas labradas. Deben suprimirse las coronaciones de sillería de los muros de sostenimiento, y la manipostería careada ó concertada de sus paramentos, así como los guardarruedas, los cuales deberán sustituirse por pretiles corridos en los muros y demás obras de fábrica, y por malecones en los terraplenes de las laderos escarpadas. Finalmente, se construirán badenes en lugar de tejeas, alcantarillas, pontones y puentes, cuando esta sustitución pueda hacerse sin graves inconvenientes.
14.* El espesor m áxim o del firme será en el cM íítf de 0,20 metros, y en los mordientes de la caja, el que corresponda para que el bombeo resulto de i¡m próximamente.5.a No deben proyectarse’ casillas de peones camineros
sino en los sitios de las carretelas donde, en gran dis tancia A no haya otro albergue para elliM, con perjuicio del servicio que han de prestar.
7.a Antes de anunciar la subasta de Im obras de una ca** rretera, se verificará su replanteo, marcando el eje de la mis* ma con un surco donde el terreno ó la naturaleza dé'los cultivos lo permita, y con señales de pintura donde fe roca se» halle al descubierto y en las paredes de las fincas urbanas ó muros de cerramiento. Si al hacer dicho surco se originas algún daño en los terrenos, se observará lo preceptuado en los artículos 110 y 111 del reglamento de 13 de Junio de 1879» para la ejecución de la ley de expropiación forzosa por cansan de utilidad pública, y si no hay posibilidad de marcar el eje del modo expresado, se referirán los cotos ó señales á puntos, fijos del terreno que sirvan para restablecerlos si desaparecen.
8.a Si en el replanteo coincide la traza con la del proyecto aprobado, y tampoco hubiese que introducir variaciones en los precios ni en las cantidades de obra del presupuesto, lo avisará el Ingeniero Jefe á la Dirección general, y la licitación versará sobre el proyecto aprobado.
9.a Guando la traza replanteada difiera sensib lem ente de la del proyecto aprobado, se levantarán su plano y perfiles, intercalando los transversales que sean indispensables para definir convenientemente la superficie del terreno, y se revisará la clasificación y distribución de las excavaciones* abriendo las calicatas necesarias, si el simple aspecto del suelo no basta para formar juicio seguro de la naturaleza de los terrenos que haya que excavar. Con estos datos se redactarán nuevamente los anejos respectivos de la Memoria del proyecto aprobado, deduciendo los precios medios que, en definitiva, deban adoptarse para la explanación: otro tanto se hará con los de las obras de fábrica y de afirmado, si del reconocimiento dé los sitios de procedencia de los materiales para ellas, ó del examen de su clase y condiciones, resultare la necesidad de variar los precios que se les asignen en el mencionado proyecto; y, por último, se redactará el presupuesto, poniéndolo en perfecta concordancia con las cantidades de obra que resulten del replanteo y con los precios re-> visados. Este documento y el plano y perfiles de la traza re-> formada, se remitirán por el Ingeniero Jefe á la Direeciór*
/general, y servirán de base á la subasta de las obras.10.a Guando lo quebrado del terreno impida replantea?.* ]a
carretera sin hacer antes una parte de la explanación, para abrir senda ó camino practicable, se formará, al estudiar el proyecto, un solo trozo con la longitud de linea que *se halle en estas condiciones, y en la que el terrena sea de la misma naturaleza en toda su extensión. En ese trozo se prescindirá del replanteo previo á la subasta; pero fijando e l precio del desmonte con pleno conocimiento de la única clase de terreno que hay que excavar,, y quedando sólo la incertidumbre acerca de la cuantía del volumen de esta excavación* que se determinará mediante perfiles tomados previamente y subscritos por el Ingeniero y el contratista.
11.1 Quedarán exceptuadas del replanteo previo aquellas obras que, por su naturaleza, pueden ser determinadas y definidas con toda exactitud por los documentos del proyecto.
M*drid 30* de Marzo de 1903. = Eli Director general, M . Burgos y M azo,
Gaceta de M adrid.- Núm. 103 13 Abril 1903 157J
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