-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33499
ORDEN de 27 de diciembre de 2013 por la que se convocan
pruebasselectivas para el acceso a puestos vacantes de personal
funcionario delCuerpo Administrativo de la Administracin de la
Comunidad Autnoma deExtremadura. (2013050296)
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 79/2010, de 26 de
marzo y el Decreto 34/2011,de 25 de marzo por los que se aprueba
las Ofertas de Empleo Pblico de la Junta deExtremadura para los aos
2010 y 2011 respectivamente y con el fin de atender las
necesi-dades de personal de la Administracin Pblica de la Comunidad
Autnoma de Extremadura,la Consejera de Administracin Pblica, en el
ejercicio de las atribuciones conferidas por elartculo 3.2.h) del
Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribucin de competencias en
mate-ria de personal, resuelve convocar pruebas selectivas
correspondientes a las Ofertas deEmpleo Pblico de los aos 2010 y
2011, para el acceso a puestos vacantes del CuerpoAdministrativo de
la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura, con
suje-cin a las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera. Normas Generales.
1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de
concurso-oposicin, 40 pla-zas del Cuerpo Administrativo de la
Administracin de la Comunidad Autnoma deExtremadura, cuya cobertura
por personal de nuevo ingreso se considera imprescindible,de
acuerdo con la distribucin que a continuacin se expresa:
a. 25 para ser cubiertas por el turno general de acceso
libre.
b. 13 para ser cubiertas por promocin interna.
c. 2 que se reservan para ser cubiertas por personal con
discapacidad de grado igual osuperior al 33 por ciento, a tenor de
lo dispuesto en el Decreto 47/2003, de 22 de abril,por el que se
regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo pblico
dela Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura.
En Anexo I a esta Orden se clasifican las plazas que se convocan
por Especialidades y porturnos de acceso, con expresin del
requisito de titulacin imprescindible por cada una deellas.
Los aspirantes slo podrn participar por uno de los tres turnos
de acceso.
2. Las pruebas selectivas se regirn, adems de por lo establecido
en estas bases, por lo dis-puesto en el Estatuto Bsico del Empleado
Pblico aprobado por ley 7/2007, de 12 deabril, en el Texto
Refundido de la Ley de la Funcin Pblica de Extremadura, aprobado
porDecreto Legislativo 1/1990, de 26 de junio, en el Reglamento
General de Ingreso delPersonal al Servicio de la Administracin de
la Comunidad Autnoma de Extremadura,aprobado por Decreto 201/1995,
de 26 de diciembre; y en el Decreto 170/2002, de 17 dediciembre,
por el que se regula el acceso al Empleo Pblico de la Administracin
de laComunidad Autnoma de Extremadura de ciudadanos nacionales de
otros Estados a los
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33500
que sea aplicable el derecho de libre circulacin de trabajadores
y de ciudadanos extran-jeros residentes en Espaa.
Estas convocatorias cumplirn el principio de igualdad de trato
entre mujeres y hombresen el acceso al empleo pblico, de acuerdo
con lo que establece el artculo 14 de laConstitucin, la Ley Orgnica
3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de Mujeresy
Hombres as como Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre
Mujeres y Hombresy contra la Violencia de Gnero en Extremadura.
3. Las plazas que queden sin cubrir de las reservadas para el
turno de discapacidad, no seincorporarn a las ofrecidas por el
turno libre. Las plazas ofertadas por promocin inter-na que no sean
cubiertas se acumularn a las ofertadas por el turno libre.
4. Las bases de la presente convocatoria, as como todos sus
Anexos, se podrn consultar atravs de Internet en la direccin
http://ciudadano.gobex.es. Adems, a efectos informa-tivos, se har
pblico en la misma direccin de Internet, la relacin de aspirantes
admiti-dos y excluidos, provisional y definitivamente, las
relaciones de aprobados de cada ejer-cicio y la puntuacin de la
fase de concurso.
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
1. Para ser admitidos a la realizacin del proceso selectivo
correspondiente, los aspirantesdebern poseer al da de finalizacin
del plazo de presentacin de solicitudes, durante eldesarrollo del
proceso selectivo y mantener hasta el momento de la toma de
posesin, lossiguientes requisitos de participacin:
a) Ser espaol/a.
Los nacionales de los Estados miembros de la Unin Europea podrn
acceder, comopersonal funcionario, en igualdad de condiciones que
los espaoles a los empleos p-blicos.
Tambin podrn participar cualquiera que sea su nacionalidad, el
cnyuge de los es-paoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unin Europea, siempreque no estn separados de
derecho, y sus descendientes y los de su cnyuge siempreque no estn
separados de derecho, sean menores de veintin aos o mayores de
di-cha edad dependientes.
El acceso al empleo pblico como personal funcionario, se
extender igualmente a laspersonas incluidas en el mbito de
aplicacin de los Tratados Internacionales celebra-dos por la Unin
Europea y ratificados por Espaa en los que sea de aplicacin la
librecirculacin de trabajadores.
No obstante lo anterior, ser necesario estar en posesin de la
nacionalidad espaolapara acceder a las Especialidades que figuran
en al artculo 3.2 del Decreto 170/2002,de 17 de diciembre, por el
que se regula el acceso al Empleo Pblico de laAdministracin de la
Comunidad Autnoma de Extremadura de ciudadanos nacionalesde otros
Estados a los que sea aplicable el derecho a la libre circulacin de
trabajado-res y de ciudadanos extranjeros residentes en Espaa.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33501
b) Tener cumplidos 16 aos de edad y no exceder en su caso de la
edad mxima de ju-bilacin forzosa.
c) Estar en posesin de la titulacin que se especifica en el
Anexo I para cada Especialidado cumplir las condiciones para
obtenerla. En el caso de titulaciones obtenidas en el ex-tranjero
se deber estar en posesin de la credencial que acredite su
homologacin.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeo de
los puestos a los que seaspira.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera delas Administraciones Pblicas o de los
rganos constitucionales o estatutarios de lasComunidades Autnomas,
ni hallarse en inhabilitacin absoluta o especial para emple-os o
cargos pblicos por resolucin judicial, para el acceso al cuerpo o
escala de fun-cionario, o para ejercer funciones similares a las
que desempeaban en el caso del per-sonal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacionalde otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situacin equivalente ni haber
sido so-metido a sancin disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismostrminos el acceso al empleo pblico.
f) No pertenecer como funcionario de carrera a la misma
Especialidad a cuyas pruebasselectivas se presente.
2. Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva de
personas con discapacidad de-bern poseer un grado de discapacidad
igual o superior al 33%, legalmente reconocidopor el rgano
competente, cumplir los requisitos que se establecen en el Decreto
47/2003,de 22 de abril, por el que se regula el acceso de las
personas con discapacidad al empleopblico de la Administracin de la
Comunidad Autnoma de Extremadura y acreditarlo me-diante
certificado expedido al efecto por el rgano competente, el cual
debern acompa-ar junto con la solicitud de participacin.
3. Los aspirantes que accedan por el turno de promocin interna
debern reunir adems delos requisitos generales de participacin que
se relacionan en el apartado 1 de la presen-te base, los
siguientes:
a) Pertenecer al Cuerpo Auxiliar de la Junta de Extremadura.
b) Estar en posesin del ttulo que se especifica en el Anexo I
para cada Especialidad ocumplir las condiciones para obtenerlo.
De acuerdo con lo previsto en el artculo 28.1 in fine del
Decreto Legislativo 1/1990,de 26 de junio, no se requerir la
titulacin acadmica ya referida a aquellos funcio-narios que tengan
una antigedad de al menos 10 aos en el Cuerpo Auxiliar o de 5aos y
la superacin del curso especfico de formacin que oportunamente se
convo-que. A estos efectos se computarn los servicios prestados en
el Cuerpo Auxiliar re-conocidos al amparo de la Ley 70/1978, de
reconocimiento de servicios previos en laAdministracin Pblica. No
obstante lo anterior, no tendrn que realizar el referidocurso
especfico aquellos aspirantes que ya lo hubieran superado en su
momento conmotivo de procesos selectivos anteriores.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33502
El curso especfico de formacin referido se celebrar antes de que
se inicien las prue-bas selectivas. Por tanto, la participacin en
estas pruebas por el turno de promocininterna de aquellos
aspirantes que, sin poseer la titulacin acadmica requerida, ten-gan
una antigedad de al menos 5 aos en el Grupo D, quedar condicionada
a queen el momento en que se convoque el curso presenten su
solicitud de participacin enl, a que sean admitidos al mismo por
aplicacin de los criterios objetivos de accesoque se determinen en
la convocatoria y, finalmente, a que lo superen. La no
concu-rrencia de cualquiera de dichas condiciones determinar, en el
mismo momento en quese origine, la exclusin automtica del aspirante
de las pruebas selectivas.
c) Encontrarse, en relacin con el Cuerpo referido en el apartado
a) para cada Especialidaden servicio activo o en cualquier otra
situacin administrativa, siempre que haya trans-currido el tiempo
mnimo requerido de permanencia en dicha situacin.
d) Tener una antigedad de al menos dos aos de servicios
efectivos prestados como fun-cionario de carrera en el Cuerpo
Auxiliar, subgrupo C2.
4. Todos los requisitos establecidos en esta base debern
cumplirse en el momento de fina-lizacin del plazo de presentacin de
instancias, mantenerse durante el proceso selectivohasta el momento
de la toma de posesin, y acreditarse, en caso de superarse el
con-curso-oposicin, del modo que se indica en la Base Novena de
esta convocatoria.
Tercera. Solicitudes.
1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas debern
hacerlo constar en el for-mulario de solicitud al que se acceder
exclusivamente a travs de la pgina
webhttp://solicitudesoposicion.gobex.es, indicando la Especialidad
a la que se desea participar.
2. Una vez cumplimentada va internet, la solicitud deber ser
impresa y tras procederse alabono de la tasa correspondiente en la
entidad bancaria colaboradora correspondiente, sepresentar tal y
como se establece en el apartado 7 de la presente Base, en el plazo
de20 das naturales contados a partir del da siguiente al de la
fecha de publicacin de estaconvocatoria en el Diario Oficial de
Extremadura.
La solicitud se dirigir a la Direccin General de Funcin Pblica,
Recursos Humanos eInspeccin.
3. Los interesados debern presentar su solicitud registrada en
soporte papel, no siendo po-sible su presentacin por medios
telemticos. La simple cumplimentacin de la solicitudva internet no
exime de su presentacin en un registro oficial, ni de hacerlo en el
plazoindicado en el apartado 2 de la presente Base. Tampoco exime
al aspirante del requisitode proceder a su firma ni de abonar la
correspondiente tasa por derechos de examen.
Las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atencin
Administrativa de laJunta de Extremadura, en caso que fuera
posible, facilitar a los aspirantes el acceso amedios telemticos
para la cumplimentacin de las solicitudes.
La no presentacin de la solicitud en tiempo y forma supondr la
exclusin del aspirante.
4. Junto a la solicitud, los aspirantes que sean familiares de
nacionales de la Unin Europea,debern presentar el Anexo II a esta
Orden, debidamente cumplimentado.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33503
No obstante lo anterior, ser necesario estar en posesin de la
nacionalidad espaola pa-ra acceder a las Especialidades que figuran
en el artculo 3.2 del Decreto 170/2002, de 17de diciembre.
5. Los aspirantes que concurran por el turno de reserva para
discapacitados debern indi-carlo en la instancia, as como la
discapacidad por la que estn afectados, debiendo soli-citar en ese
momento, en su caso, las adaptaciones en tiempo y medios necesarios
parala realizacin de los ejercicios. A tal efecto, el Tribunal de
Seleccin atender a lo dis-puesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de
junio, por la que se establecen criterios ge-nerales para la
adaptacin de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el
ac-ceso al empleo pblico de personas con discapacidad. Este
Tribunal podr or al interesado,y pedir asesoramiento y, en su caso,
colaboracin de los rganos tcnicos y asociacio-nes competentes. Para
este fin, la Direccin General de Funcin Pblica, RecursosHumanos e
Inspeccin facilitar a los Tribunales de Seleccin un modelo
normalizado desolicitud de valoracin de necesidad de adaptacin, con
objeto de homogeneizar las peti-ciones que se realicen a los rganos
tcnicos competentes.
La solicitud de adaptacin a que se refiere el prrafo anterior
podr ser formulada porcualquier aspirante con discapacidad, sin
perjuicio del turno por el que concurra a las prue-bas
selectivas.
6. A los efectos de la constitucin de Listas de Espera previstas
en el Reglamento Generalde Ingreso del personal al servicio de la
Administracin de la Comunidad Autnoma deExtremadura, los aspirantes
marcarn en la solicitud la zona o zonas en la que desean fi-gurar
para el supuesto de que no superen el proceso selectivo, de tal
manera que, en sucaso, slo sern llamados para cubrir temporalmente
las vacantes que surjan dentro delmbito territorial de cada zona
que expresamente se haya elegido. De no sealar ningu-na zona se
entender que desean figurar en todas ellas.
Una vez publicada la resolucin por la que se constituyen las
listas de espera se podratender la solicitud de modificacin de
zonas, siempre que la misma consista en reduc-cin del nmero de
zonas inicialmente cumplimentadas en la instancia.
En el supuesto de que no se quiera formar parte de la Lista de
Espera se cumplimentarla casilla correspondiente de Renuncia que
figura en el modelo de solicitud.
7. La presentacin de instancias podr hacerse en cualquiera de
las oficinas de registro dedocumentos integrados en el Sistema de
Registro nico de la Administracin de laComunidad Autnoma de
Extremadura y de sus organismos pblicos vinculados o depen-dientes
o por cualquiera de las formas previstas en el artculo 38 de la Ley
30/1992, de26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las
Administraciones Pblicas y del Proce dimien -to Administrativo
Comn.
Las solicitudes que se presenten a travs de las oficinas de
Correos debern ir en sobreabierto para ser fechadas y selladas por
el funcionario de Correos antes de ser certificadas.
8. Los aspirantes podrn presentarse a cuantas Especialidades se
convoquen siempre querenan los requisitos especficos exigidos para
cada una de ellas, y sin perjuicio de queen algn caso dicha
posibilidad no pueda hacerse efectiva por coincidencia en las
fechas,
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33504
horas o lugares de celebracin de los ejercicios, as como del
periodo de prcticas, cir-cunstancia que en modo alguno vincular a
la Administracin. En cualquier caso, se pre-sentar una instancia
por cada Especialidad a la que se aspire.
9. La tasa por derechos de examen se fija en la cantidad de
21,56 euros por solicitud, y suingreso se efectuar a travs de
cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras quese indican
en la solicitud de participacin. En la solicitud deber figurar el
sello corres-pondiente de la entidad bancaria colaboradora en el
recuadro correspondiente aPrestaciones Patrimoniales: Derechos de
examen, acreditativo del pago de los derechosde examen.
En ningn caso, la presentacin de la solicitud para el pago de la
tasa en las oficinas ban-carias colaboradoras supondr la sustitucin
del trmite de presentacin, en tiempo y for-ma, de la solicitud
conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores.
10. Estn exentos del pago de esta tasa:
a) Los aspirantes que estn en situacin legal de desempleo,
excepcin hecha de los de-mandantes de empleo en la modalidad de
mejora de empleo, debiendo acreditarse me-diante vida laboral o
informe de perodo ininterrumpido inscrito en situacin de de-sempleo
emitido por el rgano competente.
b) Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior
al 33 por ciento, debien-do acompaar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condicin.
c) Las personas que tengan la condicin de vctimas del
terrorismo, cnyuges o parejasde hecho, as como sus hijos, debiendo
acompaar a la solicitud certificado acreditati-vo de tal
condicin.
d) Las personas que tengan la consideracin de vctimas de
violencia de gnero a que ha-ce referencia la Ley Orgnica 1/2004, de
28 de diciembre, de Medidas de ProteccinIntegral contra la
Violencia de Gnero, y que as lo acrediten.
11. La tasa por derechos de examen ingresada se reintegrar, de
acuerdo con el artculo 6del Decreto 79/2010, de 26 de marzo y del
Decreto 34/2011, de 25 de marzo, por losque se aprueban las ofertas
de Empleo Pblico de la Junta de Extremadura para 2010 y2011,
respectivamente, a:
a) Los aspirantes que acrediten la condicin de tercer o ulterior
hijo dependiente de suspadres, cuando el domicilio familiar radique
en Extremadura con dos aos de antela-cin a la solicitud del
beneficio fiscal y que la unidad familiar tenga unas rentas
me-nores cinco veces al Salario Mnimo Interprofesional (SMI),
siempre que efectivamen-te participen en las pruebas selectivas que
se convoquen y soliciten la devolucin delingreso.
b) Los interesados que hayan sido admitidos para participar en
ms de una prueba se-lectiva correspondiente a distintos
Cuerpos/Categoras y Especialidades y que no pue-dan realizar alguna
de ellas por coincidencia de fecha, hora o lugar de celebracin
delos ejercicios y soliciten la devolucin del ingreso.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33505
No ser procedente la devolucin de la tasa en los supuestos de
exclusin de participa-cin en las pruebas selectivas por causa
imputable a la persona interesada.
La falta de justificacin del abono de los derechos de examen, o
de encontrarse exento,determinar la exclusin del aspirante.
Cuarta. Admisin de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentacin de instancias, por la
Direccin General de FuncinPblica, Recursos Humanos e Inspeccin se
dictar resolucin en el plazo mximo de dosmeses, declarando aprobada
la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha reso-lucin,
que deber publicarse en el Diario Oficial de Extremadura, se
indicarn los luga-res en que se encuentran expuestas al pblico las
listas certificadas de aspirantes admi-tidos y excluidos, sealando
un plazo de 10 das hbiles para subsanacin de defectos
yreclamaciones. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado
errores en la consig-nacin de sus datos personales podrn
manifestarlo en el mismo plazo.
Los aspirantes que dentro del plazo sealado no subsanen el
defecto que motiv la ex-clusin o no presenten reclamacin
justificando su derecho a ser incluidos en la relacinde admitidos,
sern definitivamente excluidos de la realizacin de las pruebas.
2. En el trmino de 15 das desde que finalice el plazo de
subsanacin de errores y recla-maciones, una vez que aquellos
aspirantes que fueron excluidos hayan subsanado defec-tos u
omisiones, se harn pblicas las listas definitivas de admitidos y
excluidos. Las lis-tas, provisionales o definitivas, se expondrn,
en todo caso, en la Consejera deAdministracin Pblica, en las
Oficinas de Respuesta Personalizada y en los Centros deAtencin
Administrativa de la Junta de Extremadura.
La publicacin de la resolucin aprobatoria de las listas
definitivas en el Diario Oficial deExtremadura ser determinante de
los plazos a efectos de posibles impugnaciones o re-cursos, y en
ella se determinar el lugar, fecha y hora de comienzo de cada una
de lasfases en el que se desdobla el ejercicio, cuando stas
tuviesen lugar el mismo da, tal co-mo se establece en la Base
Sptima.
Quinta. Tribunales.
1. Los Tribunales de Seleccin encargados de la valoracin de la
fase de oposicin sern nom-brados por Orden de la Consejera de
Administracin Publica con antelacin a la publica-cin de la lista
provisional de admitidos y excluidos a que se refiere la Base
Cuarta.
2. Para la valoracin de los mritos de la fase de concurso se
constituir un Tribunal nicocompuesto por un Jefe de Servicio de la
Consejera de Administracin Pblica, que actua-r como Presidente, y
como vocales, un representante de la Direccin General de
losServicios Jurdicos y tres representantes de la Direccin General
de Funcin Pblica,Recursos Humanos e Inspeccin, uno de los cuales
actuar como secretario. El nombra-miento de este Tribunal se
realizar por el Consejero de Administracin Pblica, publi-cndose el
mismo en el Diario Oficial de Extremadura con anterioridad al
comienzo de lostrabajos de valoracin de mritos.
3. El personal de eleccin o de designacin poltica, el personal
funcionario interino, el per-sonal laboral temporal y el personal
eventual, no podr formar parte de los rganos deseleccin.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33506
4. Podrn, a iniciativa de cada Central Sindical, estar presentes
en los Tribunales durante latotalidad del proceso selectivo, en
calidad de observadores, un representante de cada unade las
Centrales Sindicales que ostente representacin en el mbito de cada
una de lasOrganizaciones Sindicales con capacidad representativa
reconocida en el mbito corres-pondiente de la Administracin
Autonmica, en los trminos previstos en la Ley 7/2007,de 12 de
abril, del Estatuto Bsico del Empleado Pblico.
5. Los Tribunales no podrn constituirse ni actuar sin la
presencia del Presidente y delSecretario, o de quienes, en su caso,
los sustituyan, y de la mitad al menos, de susmiembros.
6. Los miembros de los Tribunales debern abstenerse de
intervenir en el proceso, comuni-cndolo a la Consejera de
Administracin Pblica, cuando en ellos se den cualquiera delas
circunstancias previstas en el artculo 28.2 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre,o si hubieran realizado tareas de preparacin de
aspirantes en los cinco aos anterioresa la publicacin de esta
convocatoria, siempre que las mismas correspondan al mismoCuerpo y
Especialidad.
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artculo 29 del
referido texto legal, los inte-resados podrn promover recusacin en
los casos previstos en el prrafo anterior, en cual-quier momento de
la tramitacin del procedimiento.
7. A efectos de comunicacin y dems incidencias, los Tribunales
tendrn su sede en laDireccin General de Funcin Pblica, Recursos
Humanos e Inspeccin, Avda. Valhondo,s/n. (III Milenio), Mrida.
8. Los Tribunales podrn disponer la incorporacin a sus trabajos
de asesores especialistaspara las pruebas correspondientes a los
ejercicios que estime necesarios, limitndose di-chos asesores a
prestar su colaboracin en sus especialidades tcnicas. La
designacinde los mismos deber comunicarse a la Consejera de
Administracin Pblica, la cual po-dr limitar el nmero de asesores a
intervenir en cada Tribunal.
9. Corresponder a los Tribunales resolver todas las dudas que
pudieran surgir en la apli-cacin de estas bases, as como la
resolucin de aquellas cuestiones no previstas en lasmismas,
siguiendo las instrucciones que al efecto les sern facilitadas por
la Comisinde Seleccin creada al efecto en el seno de la Direccin
General de Funcin Pblica,Recursos Humanos e Inspeccin, para
homogeneizar los criterios aplicables en los pro-cesos
selectivos.
10. A los Tribunales les ser de aplicacin el rgimen previsto en
el Ttulo II, Captulo II, dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicasy Procedimiento
Administrativo Comn, para los rganos Colegiados.
11. Los Tribunales que acten en estas pruebas selectivas tendrn
la categora segunda delas recogidas en el Anexo III del Decreto
287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizacio-nes por razn del
servicio.
12. La documentacin del proceso selectivo se depositar, con
carcter general, en las de-pendencias que la Consejera de
Administracin Pblica ponga a disposicin de los
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33507
Tribunales de Seleccin para la idnea conservacin y custodia de
dicha documentacindurante todo el proceso selectivo.
Sexta. Sistema Selectivo.
1. Procedimiento de seleccin.
El procedimiento de seleccin para los aspirantes del turno libre
y del de discapacidad se-r el de concurso-oposicin seguido de la
superacin de un periodo de prcticas, y cons-tar de las siguientes
fases en el orden que se especifica: oposicin, concurso y
supera-cin del periodo de prcticas.
Para los aspirantes que accedan por promocin interna el
procedimiento de seleccin se-r el concurso-oposicin.
2. Fase de Oposicin.
Tanto para el turno libre y discapacidad como para la promocin
interna, la fase de opo-sicin se compondr de un ejercicio dividido
en dos fases, eliminatorias cada una de ellas.
Los temarios estn recogidos en los Anexos III, IV y V a la
presente convocatoria, sin per-juicio de las actualizaciones que se
lleven a cabo por la Consejera de AdministracinPblica. En todo
caso, deber exigirse por los Tribunales de Seleccin, en la
totalidad delos procesos selectivos, la normativa vigente el da de
la publicacin de la resolucin porla que se fija la fecha de
celebracin del ejercicio correspondiente.
Cada fase se valorar con un mximo de 10 puntos, siendo necesario
un mnimo de 5 pun-tos en cada una de ellas para aprobar la fase de
oposicin. Las dos fases podrn reali-zarse en el mismo da.
Los Tribunales de Seleccin adoptarn las medidas oportunas para
garantizar que las dis-tintas fases del ejercicio sean corregidas
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
a) Primera fase del ejercicio.
La primera fase del ejercicio consistir, para los aspirantes que
acceda por el turno li-bre y discapacidad, en contestar en el
tiempo mximo que seale el Tribunal deSeleccin, que no podr exceder
de 95 minutos, un cuestionario formado por 86 pre-guntas con 4
respuestas alternativas, de las cuales slo una de ellas ser la
correcta,de todo el temario, tanto de la parte comn como de la
especfica, recogidos en losAnexos III y IV.
Para los aspirantes que accedan por el turno de promocin interna
el primer ejercicioconsistir en contestar en el tiempo mximo que
seale el tribunal que no podr ex-ceder de 80 minutos, un
cuestionario formado por 70 preguntas con 4 respuestas
al-ternativas, de las cuales solo una de ellas ser la correcta, del
temario recogido en elAnexo V segn la Especialidad a la que
opte.
Los cuestionarios que se propongan contendrn 10 preguntas
adicionales tipo test, lascuales sustituirn por su orden
correlativamente a aquellas preguntas que, en su ca-so, sean objeto
de anulacin con posterioridad al inicio de los ejercicios.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33508
A este respecto, los interesados podrn presentar las
reclamaciones que estimen pro-cedentes con objeto de impugnar las
preguntas formuladas por el Tribunal de Seleccin,dentro de los 5
das hbiles siguientes a la celebracin del ejercicio.
Para la valoracin de esta primera fase del ejercicio se aplicarn
los siguientes crite-rios de calificacin:
1. Cada 2 preguntas contestadas errneamente se restar una
pregunta contestadacorrectamente.
2. Cada 6 preguntas en blanco se restar una pregunta contestada
correctamente.
La puntuacin mnima para superar esta fase se obtendr, una vez
aplicados los crite-rios anteriormente citados, cuando el aspirante
haya contestado correctamente el 50por ciento de las preguntas de
las que se compone el cuestionario.
b) Segunda fase del ejercicio.
Tanto para los aspirantes que accedan por el turno libre y
discapacidad, como por pro-mocin interna, consistir en resolver uno
o varios supuestos o pruebas prcticas pro-puestos por el Tribunal
de Seleccin, relacionados con el programa de materias de
laEspecialidad correspondiente, en el tiempo y con los medios
auxiliares que dichoTribunal disponga. El contenido de esta segunda
fase del ejercicio estar dirigido aapreciar la capacidad de los
aspirantes para llevar a cabo las tareas propias de
laEspecialidad.
El Tribunal de Seleccin indicar el da de celebracin de esta fase
del ejercicio e, in-mediatamente antes de iniciarse ste, los
criterios de correccin del mismo.
Una vez finalizada la correccin del ejercicio, se publicar por
el Tribunal de Seleccinla relacin de los aspirantes que han
superado el mismo, as como relacin de aque-llos que habiendo
superado la primera fase formarn parte de la lista de espera queen
su momento se constituya, disponiendo los interesados de un plazo
de cinco dashbiles para efectuar reclamaciones ante dicho
Tribunal.
3. Fase de concurso para el turno libre y discapacidad.
La fase de concurso, para el turno libre y discapacidad,
consistir en la valoracin por elTribunal nico de los siguientes
mritos:
Se valorarn los servicios efectivos prestados para cualquier
Administracin Pblica comopersonal laboral fijo, personal laboral
temporal, personal funcionario de carrera, personal es-tatutario,
personal funcionario interino o contratado de colaboracin temporal
en rgimende derecho administrativo (cuyos contratos se celebraran
con anterioridad a la entrada envigor de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto), cuando el Cuerpo, Escala, Categora Profesionaly
Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los servicios sea
similar al Cuerpo yEspecialidad a la que se opta, y siempre que se
trate del mismo Grupo de Titulacin.
Quedar a criterio del Tribunal nico ponderar la similitud a que
se refiere el prrafo an-terior mediante instrucciones realizadas al
efecto.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33509
No sern tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier
Administracin bajo lamodalidad de contratos de trabajo temporales
de colaboracin social celebrados al ampa-ro del Real Decreto
1445/1982, de 25 de junio.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa, los
mismos se valorarn enproporcin a la jornada realmente trabajada,
que deber acreditarse segn establece elAnexo VI.
Los servicios prestados se valorarn a razn de 0,084 puntos por
mes o fraccin, hastaun mximo de 5 puntos, computados hasta la fecha
de finalizacin del plazo de presen-tacin de solicitudes.
4. Acreditacin de mritos de la fase de concurso para el turno
libre y discapacidad
4.1. Los servicios prestados para la Administracin de la
Comunidad Autnoma deExtremadura o sus Organismos Autnomos por los
aspirantes que hayan superadola fase de oposicin, se certificarn de
oficio por la Direccin General de la FuncinPblica, Recursos Humanos
e Inspeccin o, en su caso, por el rgano competentedel Organismo
Autnomo, los cuales se aportarn al Tribunal nico para su valora-cin
en la fase de concurso, previa comunicacin al interesado.
4.2. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposicin
dispondrn de un plazo de 15das contados a partir del siguiente al
de publicacin de la relacin de aprobados en laltima fase del
ejercicio de oposicin para acreditar los mritos definidos en el
apar-tado anterior mediante certificacin expedida, segn modelo que
figura en Anexo VI,por el rgano competente de la Administracin
donde se hayan prestado los mismos.
Dicha certificacin deber contener, al menos, el Grupo
Profesional y de Titulacin,el Cuerpo, Escala, Categora Profesional
y Especialidad, porcentaje de jornada y pe-rodos de tiempo
trabajados hasta la fecha de finalizacin del plazo de presentacinde
solicitudes. Dicha certificacin deber ir acompaada de una vida
laboral del in-teresado junto con el contrato laboral
correspondiente, para acreditar los certifica-dos que acompae a
esta fase, siempre que se trate de servicios prestados fuera dela
Administracin de la Junta de Extremadura.
El Tribunal nico se reservar el derecho de comprobar la
veracidad del contenido delas certificaciones aportadas, cuando a
juicio de dicho Tribunal se considere necesario.
Los mritos que deban ser acreditados por los propios aspirantes,
se presentarnmediante documentos originales o fotocopias
debidamente compulsadas, en cual-quiera de las oficinas de registro
de documentos integradas en el Sistema de Registronico de la
Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura y de sus
or-ganismos pblicos vinculados o dependientes o por cualquiera de
las formas previs-tas en el artculo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Rgimen Jurdicode las Administraciones Pblicas y del
Procedimiento Administrativo Comn.
La valoracin de los mritos en la fase de concurso, tanto si se
accede por el turnolibre como por el de discapacidad, no podr en
ningn caso superar el 25 por cien-to de la puntuacin mxima
alcanzable en la fase de oposicin.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33510
La puntuacin mxima alcanzable ser de 20 puntos en la fase de
oposicin y de 5puntos en la fase de concurso.
5. Fase de concurso para promocin interna
La fase de concurso para promocin interna consistir en la
valoracin de los siguientesmritos:
5.1. Antigedad.
Por servicios efectivos prestados en Cuerpos o Escalas del
Subgrupo C2, hasta la fe-cha de terminacin del plazo de presentacin
de solicitudes, se otorgarn 0,30 pun-tos por cada ao completo de
servicios efectivos, hasta un mximo de 2,40 puntos.A estos efectos,
se computarn los servicios reconocidos al amparo de la Ley70/1978,
de reconocimiento de servicios previos en la Administracin Pblica,
siem-pre que se hayan prestado en Cuerpos o Escalas de funcionarios
del Subgrupo C2.
5.2. Actividad formativa.
5.2.1. Realizacin de Cursos de Formacin y Perfeccionamiento:
Se valorarn, hasta un mximo de 2,10 puntos, exclusivamente los
cursos deformacin y perfeccionamiento que guarden relacin directa
con las funcionesdel Cuerpo y Especialidad a que se pretende
acceder, organizados u homolo-gados por la Escuela de Administracin
Pblica, el Instituto Nacional deAdministracin Pblica o cualquier
otro Centro Oficial de Formacin deEmpleados Pblicos, o acogidos al
Plan Nacional de Formacin Continua de lasAdministraciones Pblicas,
independientemente del promotor de los mismos,hasta la fecha de
terminacin del plazo de presentacin de solicitudes.
La puntuacin de los cursos de formacin realizados se regir por
el sistemade crditos determinado en el Acuerdo General de Formacin
de la Junta deExtremadura, de tal manera que los cursos de formacin
aportados por los in-teresados que se ajusten a los requisitos de
la convocatoria se traducirn acrditos, establecindose en 40 el
mximo de crditos valorables; es decir, ellmite de 2 puntos fijado
anteriormente se alcanzar con 40 crditos.
A estos efectos los cursos de formacin se valorarn
independientemente ca-da uno de ellos con un crdito por cada 10
horas lectivas, no valorndose losde menor duracin, pudindose
establecer fracciones de medio crdito dentrode un mismo curso para
fracciones de 5 horas o superior.
En los cursos de formacin en los que se fijen pruebas para
valorar el gradode aprovechamiento, la puntuacin que resulte de la
valoracin de aqullos seincrementar en un 40%, en caso de
acreditarse que se han superado las men-cionadas pruebas.
5.2.2. Imparticin de cursos de formacin y perfeccionamiento:
Por la participacin como ponente en cursos o actividades
formativas que guar-den relacin directa con las funciones del
Cuerpo y Especialidad a que se pre-tende acceder y promovidos por
los centros e instituciones a que se refiere el
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33511
apartado 5.2.1 anterior, se otorgarn 0,01 puntos por cada hora
de ponenciacertificada, hasta un mximo de 0,5 puntos, valorndose
cada ponencia deforma independiente.
6. Acreditacin de mritos de la fase de concurso para promocin
interna
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposicin dispondrn
de un plazo de 15 d-as contados a partir del siguiente al de
publicacin de la relacin de aprobados en la lti-ma fase del
ejercicio de oposicin para acreditar los mritos definidos en el
apartado an-terior en la forma detallada a continuacin:
6.1. Antigedad.
Los servicios prestados por los aspirantes en Cuerpos o Escalas
del Subgrupo C2 aque se refiere el apartado 5.1 de la presente
Base, se certificarn de oficio por laDireccin General de la Funcin
Pblica, Recursos Humanos e Inspeccin quien losaportar al Tribunal
nico para su valoracin en la fase de concurso, previa comu-nicacin
al interesado.
6.2. Actividad formativa.
La actividad formativa deber ser acreditada en horas. No
obstante, cuando la du-racin del curso venga determinada en das, el
Tribunal nico establecer la opor-tuna equivalencia de acuerdo con
criterios de proporcionalidad, y siempre que seacrediten claramente
los das concretos de celebracin del curso, no asignndosepuntuacin
alguna por los cursos alegados por el solicitante cuya duracin no
estdebidamente acreditada.
6.2.1. Se aportarn por los interesados los documentos
acreditativos de los siguien-tes mritos, en la forma que se indica
a continuacin:
La realizacin de cursos de formacin y perfeccionamiento que no
hayansido organizados por la Escuela de Administracin Pblica,
mediante fo-tocopia compulsada del ttulo, diploma o certificado de
asistencia que lehubiere sido expedido.
La imparticin de los cursos de formacin y perfeccionamiento
promovi-dos por centros institucionales distintos a la Escuela de
AdministracinPblica se acreditar en horas, mediante fotocopia
compulsada del certi-ficado expedido por el rgano o institucin
correspondiente, no asignn-dose puntuacin alguna a aquellas
ponencias cuya duracin no est de-bidamente acreditada.
6.2.2. Se acreditar mediante certificacin expedida de oficio por
la Direccin Gene -ral de Funcin Pblica, Recursos Humanos e
Inspeccin, quin la aportar alTribunal nico, dando conocimiento al
interesado, la realizacin de los cursosde formacin y
perfeccionamiento que hayan sido organizados por la Escuelade
Administracin Pblica, as como la imparticin de los cursos
promovidospor los citados organismos.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33512
6.3. Los mritos que deban ser acreditados por los propios
aspirantes se presentarn,mediante documentos originales o
fotocopias debidamente compulsadas, en las ofi-cinas de registro de
documentos integradas en el Sistema de Registro nico de
laAdministracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura y de sus
organismos p-blicos vinculados o dependientes o por cualquiera de
las formas previstas en el ar-tculo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Rgimen Jurdico de lasAdministraciones Pblicas y del
Procedimiento Administrativo Comn, durante el pla-zo de 15 das
contados a partir del siguiente al de publicacin de la relacin de
apro-bados en el ltimo ejercicio de la fase de oposicin.
La valoracin de los mritos en la fase de concurso para la
promocin interna no po-dr en ningn caso superar el 25 por ciento de
la puntuacin mxima alcanzable enla fase de oposicin.
La puntuacin mxima alcanzable ser de 20 puntos en la fase de
oposicin y de 5puntos en la fase de concurso.
Sptima. Desarrollo del proceso selectivo.
1. Con carcter general, los aspirantes sern convocados para cada
fase del ejercicio de lafase de oposicin en llamamiento nico,
siendo excluidos quienes no comparezcan, salvoen los casos de
fuerza mayor, debidamente justificados que sern apreciados y
pondera-dos por el Tribunal de Seleccin.
No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgnica 3/2007,
de 22 de marzo, para laigualdad efectiva de mujeres y hombres, se
har excepcin en el llamamiento nico porla coincidencia de
hospitalizacin, con motivo de embarazo y/o parto de las
aspirantes,con el da de la celebracin de alguna prueba en la que
tenga que participar. Para ello lasaspirantes debern presentar, si
fuera posible dentro del plazo de los cinco das natura-les
anteriores o, en todo caso, dentro del plazo de los cinco das
naturales posteriores ala realizacin de la prueba, un escrito
dirigido al presidente del Tribunal de Seleccin co-municando el
hecho de la hospitalizacin, y adjuntando informe medico que lo
demues-tre, junto con la solicitud expresa del deseo de la
realizacin de la prueba
2. En cualquier momento del desarrollo de los ejercicios, el
Tribunal de Seleccin podr re-querir a los aspirantes para que
acrediten su personalidad.
3. Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara
a conocimiento del Tribunalde Seleccin o del rgano convocante, que
alguno de los aspirantes carece de los requi-sitos necesarios para
participar en la convocatoria, o bien, que se han producido
varia-ciones de las circunstancias alegadas en la solicitud, se
iniciar expediente de comproba-cin acerca del cumplimiento de los
requisitos, con trmite de audiencia al interesado. Elrgano
convocante, de forma motivada, podr, en su caso, declarar decado en
su dere-cho al interesado.
4. En la Resolucin aprobatoria de las listas definitivas de
aspirantes admitidos y excluidos,se determinar el lugar, fecha y
hora del comienzo de la primera fase del ejercicio, y dela segunda
en caso de que las dos fases coincidan en la misma fecha.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33513
Una vez iniciadas las pruebas selectivas no ser obligatoria la
publicacin de los sucesi-vos anuncios de celebracin de las
restantes fases en el Diario Oficial de Extremadura. Endicho
supuesto, los anuncios debern hacerse pblicos por el rgano de
seleccin, a tra-vs de la Direccin General de Funcin Pblica,
Recursos Humanos e Inspeccin, en lasOficinas de Respuesta
Personalizadas, en los Centros de Atencin Administrativa de laJunta
de Extremadura, con 24 horas, al menos, de antelacin al comienzo de
las mismasy adicionalmente, en la direccin
http://ciudadano.gobex.es de Internet, siempre que seaposible.
En el mismo momento en el que los Tribunales de Seleccin hagan
pblicos los anunciosde celebracin de la fase del ejercicio de
contenido prctico, debern sealar, en su caso,los medios auxiliares
que podrn utilizar los aspirantes para la realizacin de dichos
su-puestos.
5. Al amparo de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre
Mujeres y Hombres y con-tra la Violencia de Gnero en Extremadura,
si alguna de las aspirantes no pudiera com-pletar el proceso
selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente
acredi-tado, su situacin quedar condicionada a la finalizacin del
mismo y a la superacin delas fases que hayan quedado aplazadas, no
pudiendo demorarse stas de manera que semenoscabe el derecho del
resto de los aspirantes a una resolucin del proceso ajustada
atiempos razonables, lo que deber ser valorado por el Tribunal de
Seleccin y, en todo ca-so, la realizacin de las mismas tendr lugar
antes de la publicacin de las listas de aspi-rantes que han
superado el proceso selectivo.
Octava. Superacin del proceso selectivo.
1. Finalizada la fase de oposicin, el Tribunal de Seleccin har
pblica la relacin de aspi-rantes que hubieran superado la misma,
clasificada por turnos y con expresin de la pun-tuacin obtenida, en
todas las Oficinas de Respuesta Personalizada y Centros de
AtencinAdministrativa de la Junta de Extremadura, y adems, se
enviar, en soporte informti-co, a la Direccin General de Funcin
Pblica, Recursos Humanos e Inspeccin.
Simultneamente, cada Tribunal de Seleccin anunciar la apertura
del plazo de 15 daspara la presentacin de los documentos
acreditativos de los mritos que se aleguen parala fase de concurso,
segn se dispone en la Base Sexta.
Finalizado el referido plazo, la Direccin General de Funcin
Pblica, Recursos Humanos eInspeccin remitir al Tribunal nico, los
documentos justificativos de los mritos a valo-rar, tanto si han
sido aportados por los aspirantes como si han sido expedidos de
oficiopor la Direccin General de Funcin Pblica u rgano competente
de los OrganismosAutnomos de la Comunidad Autnoma de
Extremadura.
2. Una vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal nico har
pblico, por el mismo proce-dimiento dispuesto para la fase de
oposicin, la relacin de aspirantes que hayan supera-do la fase
anterior, con la puntuacin obtenida en el concurso de mritos,
disponiendo losinteresados, igualmente, de un plazo de 5 das hbiles
para efectuar reclamaciones anteel mismo. A continuacin la remitir
a la Direccin General de Funcin Pblica, RecursosHumanos e
Inspeccin.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33514
3. Seguidamente, la Direccin General de Funcin Pblica, Recursos
Humanos e Inspeccinenviar a cada Tribunal de Seleccin el resultado
de la fase de concurso para cada una delas Especialidades que le
corresponda valorar, debiendo proceder stos a la suma de
lascalificaciones obtenidas por cada uno de los aspirantes en la
fase de oposicin y en la fa-se de concurso.
Con la puntuacin as obtenida, cada Tribunal de Seleccin emitir
la relacin de aproba-dos por orden de puntuacin total, no pudiendo
rebasar stos el nmero de plazas con-vocadas, de tal modo que
resultarn seleccionados aquellos aspirantes que mayor pun-tuacin
hayan obtenido hasta el lmite de las plazas convocadas.
En caso de empate, el orden de prelacin se establecer atendiendo
a la mayor puntua-cin obtenida en la fase de oposicin. Si el empate
contina, se atender a la mayor pun-tuacin obtenida en la primera
fase del ejercicio de oposicin. De persistir dicho empatese
resolver por la letra E que fue la resultante en el sorteo pblico
que determina elorden de actuacin y prelacin de los aspirantes el
orden de actuacin y prelacin de losaspirantes en las pruebas
selectivas que se convoquen durante el ao, que fue
publicadomediante Resolucin de 12 de febrero de 2013 (DOE nmero 34,
de 19 de febrero).
4. Los Tribunales de Seleccin elevarn las relaciones
provisionales de aprobados a laDireccin General de Funcin Pblica,
Recursos Humanos e Inspeccin, quien dispondrsu insercin en el
Diario Oficial de Extremadura, disponiendo los interesados de un
plazode 10 das hbiles, contados a partir del da siguiente al de su
publicacin, para presen-tar las alegaciones que estimen
pertinentes, las cuales no tendrn carcter de recurso.
5. Finalizado el plazo a que se refiere el prrafo anterior, la
Consejera de AdministracinPblica, dictar resolucin conteniendo la
relacin definitiva de aprobados y dispondr supublicacin en el
Diario Oficial de Extremadura. No obstante, en el supuesto de que
algnaspirante, que haya concurrido por el turno de discapacidad,
dentro de la convocatoria ge-neral, supere los ejercicios
correspondientes, no obtuviera plaza en dicho turno y su pun-tuacin
total fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del turno
libre, ser inclui-do, por orden de puntuacin, en dicha relacin
definitiva de aprobados, segn lo previstoen el artculo 2 del
Decreto 47/2003, de 22 de abril.
La mencionada relacin definitiva de aprobados agota la va
administrativa, pudiendo losinteresados interponer, con carcter
potestativo, recurso de reposicin o bien, interponerdirectamente
recurso contencioso-administrativo, as como cualquier otro recurso
que es-timen procedente. Dicha resolucin ser motivada con
referencia al cumplimiento de lasnormas reglamentarias y de las
bases de la convocatoria.
En todo caso deber quedar acreditada en el expediente, como
fundamento de la resolu-cin adoptada, la observancia del
procedimiento debido.
Seguidamente los Tribunales de Seleccin y el Tribunal nico
remitirn a la Consejera deAdministracin Pblica, junto con toda la
documentacin del proceso de seleccin, las ac-tas de las
sesiones.
6. No se podr declarar que han superado el proceso selectivo un
nmero de aspirantes su-perior al de las plazas convocadas, siendo
nulas de pleno derecho las propuestas de apro-bados que
contravengan esta limitacin.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33515
Novena. Presentacin de documentos.
1. En el plazo de 20 das naturales contados a partir del
siguiente al de publicacin de la re-lacin definitiva de aprobados
en el Diario Oficial de Extremadura, los aspirantes que fi-guren en
la misma y hayan accedido por el turno libre y turno de
discapacidad debernpresentar en cualquiera de las oficinas de
registro de documentos integradas en el Sistemade Registro nico de
la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura y desus
organismos pblicos vinculados o dependientes, o por cualquiera de
las formas pre-vistas en el artculo 38 de la Ley 30/92, de 26 de
noviembre, por la que se aprueban lasBases del Rgimen Jurdico de
las Administraciones Pblicas y del ProcedimientoAdministrativo Comn
los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de
ca-pacidad y dems requisitos exigidos en la convocatoria:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Fotocopia debidamente compulsada de la titulacin acadmica o
resguardo acreditati-vo de haber abonado los derechos para la
expedicin de dicho ttulo, as como fotoco-pia compulsada de
cualquier otro ttulo o permiso exigido en la convocatoria.
c) Declaracin jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disci-plinario del servicio en ninguna
Administracin Pblica, ni hallarse inhabilitado para elejercicio de
funciones pblicas, o de no estar sometido a sancin disciplinaria o
con-dena penal que impida en su Estado el acceso a la funcin pblica
para los aspirantesque no posean la nacionalidad espaola, segn el
modelo que figura como Anexo VIIa esta Orden.
d) Los aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unin
Europea, y las personas in-cluidas en el mbito de aplicacin de los
Tratados Internacionales celebrados por la UninEuropea y
ratificados por Espaa en los que sea de aplicacin la libre
circulacin de tra-bajadores, y que residan en Espaa, debern
presentar una fotocopia compulsada delcorrespondiente documento de
identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente co-munitario o
de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la
tarjetatemporal de residente comunitario o de trabajador
comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unin
Europea, y las personas in-cluidas en el mbito de aplicacin de los
tratados internacionales celebrados por laUnin Europea y
ratificados por Espaa en los que sea de aplicacin la libre
circulacinde trabajadores, y que no residan en Espaa, bien por
residir en el extranjero o porencontrarse en Espaa en rgimen de
estancia, debern presentar una fotocopia com-pulsada del documento
de identidad o pasaporte y fotocopia compulsada del resguar-do de
haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los familiares de nacionales de la Unin Europea debern presentar
una fotocopia com-pulsada del pasaporte, del visado y, en su caso,
del resguardo de haber solicitado lacorrespondiente tarjeta o
resguardo de haber solicitado la exencin del visado y la
co-rrespondiente tarjeta. Tambin debern presentar la documentacin
expedida por lasautoridades competentes que acrediten el vnculo del
parentesco y una declaracin ju-rada o promesa del espaol o nacional
de la Unin Europea, con el que existe este vn-culo, de que no est
separado de derecho de su cnyuge y, en su caso, del hecho deque el
aspirante vive a sus expensas o est a su cargo.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33516
2. Los aspirantes que han concurrido por el turno libre debern
someterse a un reconoci-miento mdico que determine su capacidad
funcional para el desempeo de las tareaspropias de la Especialidad
a la que opta. Dentro del mismo plazo de veinte das natura-les, los
que formen parte de la relacin definitiva de aprobados en cada
proceso selecti-vo, recibirn en el domicilio que hagan constar en
su solicitud una citacin para someter-se a dicho reconocimiento
mdico. En el caso de que el informe dictamine que carece dela
capacidad funcional para el desempeo de las tareas propias de la
Especialidad, el as-pirante no podr ser nombrado funcionario en
prcticas, quedando sin efecto todas las ac-tuaciones en cuanto a l
se refiere. El informe mdico ser confidencial, respetando en to-do
el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su
proteccin, sin que puedaser utilizado para otra finalidad
distinta.
3. Los aspirantes que hayan concurrido por el turno de
discapacidad debern presentar, ade-ms de someterse al
reconocimiento mdico a que se hace referencia en el apartado 2 dela
presente Base, certificacin de los rganos competentes que acredite
la condicin y elgrado de discapacidad.
4. Ante la imposibilidad, debidamente justificada de presentar
los documentos expresadosanteriormente, podr acreditarse que se
renen las condiciones exigidas en la convoca-toria mediante
cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
5. Quienes tuvieran la condicin de personal funcionario de
carrera o de personal laboral fijoal servicio de cualquier
Administracin Pblica estarn exentos de aportar la documenta-cin a
que se refieren las letras a), b), c) y d) del apartado 1 de la
presente base, debien-do presentar nicamente certificacin del
Organismo de la Administracin Pblica de la quedependan, acreditando
su condicin, situacin administrativa y dems circunstancias
queconsten en su expediente personal. En todo caso, si en la
certificacin expedida no figurala titulacin acadmica requerida para
participar en las pruebas por no constar en el ex-pediente personal
del funcionario o personal laboral, ste acreditar el cumplimiento
de es-te requisito conforme a lo dispuesto en el apartado 1.b) de
la presente base.
6. Los aspirantes que accedan por el turno de promocin interna
tampoco aportarn la do-cumentacin a que se refieren las letras a),
b), c) y d) del apartado 1 de la presente ba-se, ni cualquier otra
justificativa de sus requisitos especficos, al expedirse de
oficioCertificacin de la Direccin General de la Funcin Pblica,
Recursos Humanos eInspeccin, o, en su caso, el rgano competente del
Organismo Autnomo, acreditandosu condicin de funcionario, situacin
administrativa y dems circunstancias que obren ensu expediente
personal. En todo caso, si en la certificacin expedida no figura la
titulacinacadmica requerida para participar en las pruebas por no
constar en el expediente per-sonal del funcionario, ste deber
aportar fotocopia debidamente compulsada de la titu-lacin acadmica
requerida o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos
parala expedicin de dicho ttulo.
La Direccin General de Funcin Pblica, Recursos Humanos e
Inspeccin ponderar enatencin a la similitud entre la Especialidad
de origen y a la que se opta, si los aspirantesque acceden por este
turno han de someterse al reconocimiento mdico que determinesu
capacidad funcional para el desempeo de las tareas propias de la
Especialidad a laque opta, a que se hace referencia en el apartado
2 de la presente Base.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33517
7. Asimismo, los aspirantes que ya estn prestando servicios
remunerados en la Adminis -tracin de la Comunidad Autnoma de
Extremadura como funcionarios de carrera, interi-nos, o como
personal laboral, debern formular opcin por la remuneracin que
deseenpercibir durante su condicin de funcionarios en prcticas, de
conformidad con lo dispuestoen el Real Decreto 456/1986, de 10 de
febrero, por el que se fijan las retribuciones de losfuncionarios
en prcticas.
8. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaren la do-cumentacin, o del examen de la misma se
dedujera que carecen de alguno de los requi-sitos sealados en la
Base Segunda, no podrn ser nombrados, quedando anuladas
susactuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por fal-sedad en su solicitud de participacin.
Dcima. Eleccin de plazas, nombramiento de funcionarios en
prcticas a los aspi-rantes que accedan por el turno libre y
discapacidad, y nombramiento de funciona-rios a los aspirantes que
accedan por el turno de promocin interna.
1. Finalizado el plazo de presentacin de documentos, se publicar
en el Diario Oficial deExtremadura resolucin del Consejero de
Administracin Pblica, indicando el lugar, da yhora del acto pblico
de eleccin de plazas. En la misma resolucin se relacionarn
lospuestos de trabajo que se ofertan por cada Especialidad, con
expresin de su ubicacin ycaractersticas de conformidad con la
relacin de puestos de trabajo vigente.
La adjudicacin de los puestos a los aspirantes que superen el
proceso selectivo se efec-tuar, de acuerdo con las peticiones de
los interesados, entre los puestos ofertados a losmismos,
atendiendo al orden de puntuacin total obtenida en el proceso
selectivo, siem-pre que renan los requisitos determinados para cada
puesto en las relaciones de pues-tos de trabajo.
Todo ello, sin perjuicio de la preferencia para cubrir los
puestos de los aspirantes que ha-yan superado el proceso selectivo
por promocin interna y por el turno de discapacidad,siempre que
estos ltimos lo hayan solicitado por motivos de dependencia
personal o grandificultad de desplazamiento, que impida la
incorporacin, que lo hayan acreditado debi-damente y que el rgano
convocante as lo decida, conforme a lo previsto en el artculo 2del
Decreto 47/2003, de 22 de abril.
Los aspirantes que hayan accedido por el turno de promocin
interna podrn optar porpermanecer en el puesto obtenido con carcter
definitivo por concurso o por libre desig-nacin, adscrito a dos
Grupos/Subgrupos, siempre que cumplan el requisito deGrupo/Subgrupo
del puesto.
2. Por Orden del Consejero de Administracin Pblica publicada en
el Diario Oficial deExtremadura, se nombrarn funcionarios en
prcticas a los aspirantes que hayan supera-do las pruebas por el
turno libre y discapacidad, con expresin de las plazas que le
sonadjudicadas a efectos de su desempeo una vez sean nombrados
funcionarios de carre-ra. En la misma Orden se determinar la fecha
en la que comenzarn a surtir efectos losnombramientos como
funcionarios en prcticas, que no podr exceder de 15 das a par-tir
de la fecha de su publicacin. Asimismo por Orden del Consejero de
AdministracinPblica publicada en el Diario Oficial de Extremadura,
se nombrarn funcionarios de ca-
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33518
rrera a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas,
para el acceso a puestosvacantes de personal funcionario del Cuerpo
Administrativo de la Administracin de laComunidad Autnoma de
Extremadura, por el procedimiento de promocin interna.
3. Con objeto de que el total de las plazas convocadas sean
cubiertas y no quede ningunade ellas desierta, si alguno de los
aspirantes aprobados en el proceso selectivo no toma-ra posesin del
destino adjudicado por renuncia u otras causas imputables al mismo,
elConsejero de Administracin Pblica, sin necesidad de una nueva
propuesta del Tribunalde Seleccin, o de resolucin independiente,
nombrar como funcionario en prcticas yadjudicar las plazas
correspondientes a los aspirantes que, sin figurar en la relacin
deaprobados en las listas definitivas, hubieran superado todas las
pruebas selectivas, por elorden de puntuacin total alcanzada. En
caso de empate se aplicar el orden alfabticocomenzando por la letra
que determin el orden de actuacin de los aspirantes en el sor-teo
anteriormente establecido.
4. El perodo de prcticas tendr una duracin de un mes y dar
comienzo en la fecha quese determine en la Orden a que se refiere
el apartado anterior.
La calificacin del perodo de prcticas ser de APTO o NO APTO y se
otorgar por laDireccin General de la Funcin Pblica, Recursos
Humanos e Inspeccin, previo informede la Secretara General
correspondiente.
Los aspirantes funcionarios en prcticas que no superen el perodo
de prcticas por haberobtenido la calificacin de NO APTO perdern
todos los derechos a su nombramiento co-mo funcionarios de
carrera.
No obstante, quienes no pudieran realizar el periodo de prcticas
por causa de fuerza ma-yor debidamente justificada y apreciada por
la Administracin, podrn efectuarlo con pos-terioridad.
Durante el tiempo que los aspirantes permanezcan nombrados como
funcionarios en prc-ticas tendrn derecho a ser retribuidos de
acuerdo con el Real Decreto 456/1986, de 10de febrero, por el que
se fijan las retribuciones de los funcionarios en prcticas.
Undcima. Nombramiento de funcionarios de carrera.
Por Orden del Consejero de Administracin Pblica sern nombrados
funcionarios de carreradel Cuerpo Administrativo los funcionarios
en prcticas que hubiesen superado con califica-cin de APTO el
periodo de prcticas, publicndose dichos nombramientos en el Diario
Oficialde Extremadura con expresin del destino adjudicado, conforme
a lo establecido en la baseanterior. Dicho destino tendr carcter
definitivo y a todos los efectos ser equivalente al ob-tenido por
concurso. La citada resolucin ser motivada con referencia al
cumplimiento de lasnormas reglamentarias y de las bases de la
convocatoria
Duodcima. Listas de Espera.
Para la constitucin de Listas de Espera con los aspirantes que
no superen el proceso de se-leccin, cuyo procedimiento se regula en
el Ttulo III del Reglamento General de Ingreso delPersonal al
Servicio de la Administracin de la Comunidad Autnoma de
Extremadura, apro-bado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre,
slo se considerar la puntuacin obtenida
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33519
en la fase de oposicin, formando parte de la lista de espera
aquellos aspirantes que sin ha-ber superado el proceso de seleccin,
hayan aprobado al menos la primera fase del ejerciciode
oposicin.
En aplicacin del artculo 30.4 del Decreto 201/1995, de 26 de
diciembre, que aprueba elReglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administracin de la ComunidadAutnoma de
Extremadura, si durante el desarrollo del proceso de seleccin,
existiera la ur-gente necesidad de cubrir vacantes en las
Cuerpo/Especialidades convocadas y se hubieranagotado las listas de
espera existentes en las mismas, se constituirn listas de espera
tran-sitorias con los aspirantes que hubieran superado la primera
fase del primer ejercicio de laoposicin, sin perjuicio de la
continuidad del proceso selectivo.
Las listas de espera constituidas tendrn carcter provisional y
sern sustituidas por las nue-vas listas de espera que se
constituyan una vez finalizado el proceso selectivo en curso al
am-paro de lo dispuesto en el artculo 29 del Decreto 201/1995
citado anteriormente.
Decimotercera. Norma final.
Contra la presente Orden de convocatoria, que agota la va
administrativa, los interesados po-drn interponer, con carcter
potestativo, recurso de reposicin ante la Consejera deAdministracin
Pblica en el plazo de un mes a contar desde el da siguiente al de
su publi-cacin en el Diario Oficial de Extremadura, o bien,
interponer directamente recurso conten-cioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
deJusticia de Extremadura, en el supuesto del turno libre y turno
de discapacidad, y ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo,
en el supuesto de promocin interna, en el plazode dos meses a
contar desde el da siguiente al de su publicacin en el Diario
Oficial deExtremadura. En caso de interponer recurso de reposicin,
no se podr impugnar en va con-tencioso-administrativa la presente
Orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se ha-ya producido
la desestimacin presunta de aqul. Todo ello sin perjuicio de
ejercitar, en sucaso, cualquier otro recurso que estimen
procedente.
Mrida, a 27 de diciembre de 2013.
El Consejero de Administracin Pblica,PEDRO TOMS NEVADO-BATALLA
MORENO
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33520
ANEXO I
ESPECIALIDAD PROMOCIN INTERNA
TURNO LIBRE.
TURNO DISCAPACIDAD
TOTAL TITULACIN REQUERIDA
Administracin General
10 23 2 35
Bachiller, Tcnico Superior (Formacin Profesional de Grado
Superior) o equivalente
Operador de Informtica
3 2 5
Bachiller, Tcnico Superior (Formacin Profesional de Grado
Superior) o equivalente
CDIGOS CUERPO /ESPECIALIDAD
LIBRE Y DISCAPACIDAD
CDIGO CUERPO/ ESPECIALIDAD 1353 Administrativo / Administracin
General 1354 Administrativo / Operador de Informtica
PROMOCION INTERNA
CDIGO CUERPO / ESPECIALIDAD 1363 Administrativo / Administracin
General
CDIGOS DE TITULACIONES
CDIGO TITULACIONES PARA EL ACCESO AL CUERPO
ADMINISTRATIVO 301 Bachiller, Tcnico Superior (Formacin
Profesional de Grado
Superior) o equivalente 305 Antigedad de al menos 10 aos en el
Cuerpo Auxiliar 306 Antigedad de 5 aos e intencin de participar en
el curso
especfico 307 Antigedad de 5 aos y curso especfico de formacin
superado
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33521
ANEXO II
D./D______________________________________________________________,
con
domicilio
en___________________________________________________________ y
nacionalidad_______________________, declaro bajo juramento o
prometo, a efectos
de ser nombrado Funcionario del
Cuerpo_____________________________,
Especialidad
___________________________________________________________.
- Que soy cnyuge de un espaol o nacional de pas miembro de la
Unin Europea, y que no estoy separado de derecho. - O que soy
descendiente de un espaol o nacional de pases miembros de la Unin
Europea, o descendiente del cnyuge, menor de veintin aos, o mayor
de dicha edad que vivo a sus expensas. En ________________,
a_______, de____________de _______.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33522
ANEXO III
TEMARIO ESPECFICO PARA EL ACCESO POR TURNO LIBRE Y
DISCAPACIDAD
ESPECIALIDAD ADMINISTRACIN GENERAL
Tema 1. El Gobierno y la Administracin de la Comunidad Autnoma
de Extremadura (I): Los Miembros de la Junta de Extremadura. Las
relaciones del Presidente y la Junta con la Asamblea de
Extremadura. La Administracin de la Comunidad Autnoma: Principios y
normas generales de actuacin de la Administracin de la Comunidad
Autnoma, Relaciones de la Comunidad Autnoma con otras
Administraciones Pblicas y los rganos de la Administracin de la
Comunidad Autnoma. Tema 2. El Gobierno y la Administracin de la
Comunidad Autnoma de Extremadura (II): La Administracin de la
Comunidad Autnoma: El procedimiento de elaboracin de reglamentos y
anteproyectos de Ley, el ejercicio de sus competencias por los
rganos de la Administracin de la Comunidad Autnoma, el rgimen
jurdico de la actuacin de la Administracin de la Comunidad Autnoma.
Tema 3. El Gobierno y la Administracin de la Comunidad Autnoma de
Extremadura (III): Los organismos pblicos de la Comunidad Autnoma.
La potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de la
Administracin de la Comunidad Autnoma y de sus autoridades y dems
personal a su servicio. Tema 4. La Financiacin de las Comunidades
Autnomas. Tema 5. La Cesin de Tributos del Estado a la Comunidad
Autnoma de Extremadura. Las Tasas y Precios Pblicos de la Comunidad
Autnoma de Extremadura. Tema 6. La Funcin Pblica de Extremadura
(I): Estructura. Objeto y mbito de Aplicacin. Personal al servicio
de la Junta de Extremadura. rganos Superiores de la funcin Pblica.
Rgimen de previsin social. Aplicacin del rgimen jurdico del
personal funcionario al resto del personal sometido al mbito de
aplicacin de esta Ley. Tema 7. La Funcin Pblica de Extremadura
(II): Seleccin de personal. Ingreso del Personal al servicio de la
Comunidad Autnoma de Extremadura. El acceso de las personas con
discapacidad al empleo pblico de la Administracin de la Comunidad
Autnoma de Extremadura. Tema 8. La Funcin Pblica de Extremadura
(III): Estructura y Organizacin de la Funcin Pblica. Adquisicin y
prdida de la condicin de funcionario. Situaciones administrativas
del personal funcionario de la Comunidad Autnoma de
Extremadura.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33523
Tema 9. La Funcin Pblica de Extremadura (IV): Derechos de los
funcionarios. Derecho a la carrera profesional y a promocin
interna. La evaluacin del desempeo. Provisin de puestos de trabajo
y promocin profesional del Personal al Servicio de la Comunidad
Autnoma de Extremadura. Tema 10. La Funcin Pblica (V): Deberes de
los empleados pblicos: cdigo de conducta. La regulacin de la
jornada y horario de trabajo, los permisos y las vacaciones del
personal funcionario al servicio de la Administracin de la
Comunidad Autnoma de Extremadura. Tema 11. La Funcin Pblica (VI):
Rgimen retributivo. Incompatibilidades de los funcionarios. Rgimen
disciplinario. Tema 12. El Personal Laboral al servicio de la Junta
de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (I):
mbito de aplicacin y vigencia. Denuncia. Organizacin del trabajo.
Comisin paritaria. Clasificacin profesional. Retribuciones. Puestos
y funciones de libre designacin. Tema 13. El Personal Laboral al
servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el
personal laboral (II): Movilidad geogrfica. Supresin de puestos de
trabajo de personal fijo discontinuo y zonificacin de puestos en
diversas categoras. Cambio de puestos de trabajo. Permutas.
Provisin de puestos de trabajo. Movilidad del personal laboral
entre Administraciones Pblicas. Movilidad funcional. Jornada y
horario. Tema 14. El Personal Laboral al servicio de la Junta de
Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (III):
Horas Extraordinarias. Vacaciones. Permisos y licencias. Medidas
complementarias de conciliacin de la vida familiar y laboral.
Permisos sin sueldo. Suspensin del contrato. Excedencia. Reingreso.
Jubilacin. Indemnizacin por incapacidad o fallecimiento. Rgimen
disciplinario. Tema 15. El contrato de trabajo: duracin del
contrato de trabajo. Extincin del contrato. El contrato para obra o
servicio determinado. El contrato eventual por circunstancias de la
produccin. El contrato de interinidad. Tema 16. El Rgimen General
de la Seguridad Social (I): Campo de aplicacin, inscripcin de
empresas y normas sobre afiliacin, cotizacin y recaudacin. Accin
protectora. Incapacidad temporal. Maternidad. Paternidad. Riesgo
durante el embarazo. Riesgo durante la lactancia natural. Cuidado
de menores afectados por cncer u otra enfermedad grave. Tema 17. El
Rgimen General de la Seguridad Social (II): Invalidez permanente en
su modalidad contributiva. Invalidez en su modalidad no
contributiva. Jubilacin: en su modalidad contributiva y no
contributiva.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33524
Tema 18. El Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del
Procedimiento Administrativo Comn (I): Estructura. mbito de
aplicacin y principios generales. Las Administraciones Pblicas y
sus relaciones. Los rganos de las Administraciones Pblicas:
principios generales y competencia. Tema 19. El Rgimen Jurdico de
las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo
Comn (II): rganos Colegiados. La abstencin y recusacin. Los
interesados. La actividad de las Administraciones Pblicas: Normas
generales, trminos y plazos. Las disposiciones y actos
administrativos: Disposiciones administrativas, actos
administrativos, eficacia de los actos, nulidad y anulabilidad.
Tema 20. El Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del
Procedimiento Administrativo Comn (III): Disposiciones generales
sobre los procedimientos administrativos: Iniciacin, ordenacin e
instruccin del procedimiento. Tema 21. El Rgimen Jurdico de las
Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn
(IV): Finalizacin del procedimiento y ejecucin. La revisin de los
actos en va administrativa: Revisin de oficio. Tema 22. El Rgimen
Jurdico de las Administraciones Pblicas y el Procedimiento
Administrativo Comn (V): Los recursos administrativos. Las
reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y
laborales. Disposiciones Generales, reclamacin previa a la va
judicial civil, reclamacin previa a la va judicial laboral. Tema
23. El Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del
Procedimiento Administrativo Comn (VI): La potestad sancionadora.
La responsabilidad de las Administraciones Pblicas y de sus
autoridades y dems personal a su servicio. Tema 24. La contratacin
del sector pblico (I): Disposiciones generales: Objeto y mbito de
aplicacin de la Ley. Contratos del Sector Pblico. Disposiciones
generales sobre la contratacin del sector pblico. Tema 25. La
contratacin del sector pblico (II): Las partes en el contrato:
rgano de contratacin. Capacidad y solvencia del empresario. Sucesin
de la persona del contratista. Objeto, precio y cuanta del
contrato: Normas generales. Revisin de precios en los contratos de
las Administraciones Pblicas. Garantas exigibles en la contratacin
con el sector pblico. Modificacin de los contratos. Tema 26. La
contratacin del sector pblico (III): Preparacin de los contratos:
Normas generales. Normas especiales para la preparacin de
determinados contratos.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33525
Tema 27. La contratacin del sector pblico (IV): Adjudicacin de
los contratos: Adjudicacin de los contratos de las Administraciones
Pblicas. Racionalizacin tcnica de la contratacin: Normas generales.
Acuerdos marco. Sistemas dinmicos de contratacin. Centrales de
contratacin. Tema 28. La contratacin del sector pblico (V): Efectos
de los contratos. Prerrogativas de la Administracin Pblica en los
contratos administrativos. Ejecucin de los contratos. Modificacin
de los contratos. Extincin de los contratos. Cesin de los contratos
y subcontratacin. Tema 29. La contratacin del sector pblico (VI):
rganos competentes en materia de contratacin. Registros oficiales.
Normas en materia de contratacin en la Ley de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autnoma de Extremadura. Tema 30. La
informacin administrativa y atencin al ciudadano en la Comunidad
Autnoma de Extremadura: El Servicio Pblico y la Organizacin del
Sistema de informacin Administrativa y Atencin al ciudadano.
Comisin Interdepartamental de Informacin Administrativa. La Base de
Datos Institucional de informacin administrativa. Informacin
administrativa y atencin al ciudadano a travs de las nuevas
tecnologas. Libro de quejas y sugerencias. Tema 31. La carta de
derechos de los ciudadanos y las cartas de servicios. Las medidas
para la mejora de la tramitacin administrativa y simplificacin
documental asociada a los procedimientos de la Junta de
Extremadura. Tema 32. La Hacienda Pblica de la Comunidad Autnoma
(I): Principios Generales. De los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autnoma: Contenido, estructura y elaboracin de los
presupuestos. De la Gestin Presupuestaria: Gestin de los
Presupuestos Generales de la Comunidad Autnoma. Ley por la que se
aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autnoma de
Extremadura: La aprobacin de los presupuestos y la gestin
presupuestaria. Tema 33. La Hacienda Pblica de la Comunidad Autnoma
de Extremadura (II): De los crditos y sus modificaciones:
Disposiciones Generales. De las modificaciones de crditos.
Competencias en materia de modificaciones de crditos. Tema 34.
Procedimiento de ejecucin del gasto pblico: Procedimiento general.
Procedimientos especiales: Anticipos de caja fija. Pagos a
justificar. Pagos en firme. Tramitacin anticipada de expedientes de
gastos. Tema 35. El gasto pblico y su control. Tramitacin de los
diferentes tipos de gastos. El control interno del gasto pblico: La
Intervencin General de la Junta de Extremadura.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33526
ESPECIALIDAD OPERADOR DE INFORMATICA
Tema 1. Concepto de informtica y evolucin histrica. Contenidos:
Definicin. Esquema general de un ordenador. Componentes de un
ordenador. Tipos de ordenadores. Evolucin histrica. Tema 2.
Organizacin general de un sistema microprocesador. Contenidos:
Estructura bsica. Datos y direcciones. Estructura de buses.
Memorias. Generacin de direcciones. Acumuladores. Instrucciones.
Sincronizacin. Decodificadores de instrucciones. Unidades de
entrada y salida. Interrupciones. Tema 3. Concepto de sistema
operativo y evolucin. Contenidos: Concepto bsico de sistema
operativo. Evolucin de los sistemas operativos. Tipos de sistemas
operativos. Diferentes visiones de los sistemas operativos. Diseo e
implementacin. Tema 4. Elementos y estructura de los sistemas
operativos (I). Contenidos: Entrada/Salida. Procesos. Gestin de
memoria. Tema 5. Elementos y estructura de los sistemas operativos
(II). Contenidos: Archivos. Intrprete de comandos. Diferentes
estructuras de un sistema operativo. Tema 6. Fundamentos del
sistema operativo GNU. Contenidos: Filosofa. Evolucin histrica.
Conceptos de software libre, GNU y GPL. Tema 7. Introduccin al
sistema operativo UNIX/Linux. Contenidos: Elementos. Filosofa.
Evolucin histrica. El estndar SVID (UNIX System V). Aparicin de
Linux. Distribuciones. Tema 8. Fundamentos del sistema operativo
UNIX/Linux. Contenidos: Acceso al sistema. Personalizacin del
entorno. Archivos y directorios. El Shell. Tipos. Tema 9.
Administracin bsica del sistema operativo UNIX/Linux. Contenidos:
Introduccin a la administracin de sistemas. Instalacin del sistema.
Superusuario. Arranques y paradas. Herramientas bsicas de
administracin. Tema 10. Administracin avanzada en el sistema
operativo UNIX/Linux. Contenidos: Creacin y mantenimiento de
cuentas de usuario. Sistema de ficheros y gestin de discos. Tipos
de ficheros y procesos. Administracin del software. Salvaguarda y
restauracin. Tema 11. Comunicaciones e interconexin en el sistema
operativo UNIX/Linux. Contenidos: Sistema de impresin.
Comunicaciones externas. Interconexin TCP/IP. Servidores de
interfaces grficos. Configurar correo electrnico.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33527
Tema 12. Utilizacin del shell en el sistema operativo
UNIX/Linux. Contenidos: Estructura de la lnea de comandos.
Metacaracteres. Creacin de nuevos comandos. Argumentos y parmetros
en los comandos. La salida de programas como argumentos. Variables
de shell. Ampliacin del redireccionamiento de E/S. Iteracin en los
programas de shell. Tema 13. Filtros en el sistema operativo
UNIX/Linux. Contenidos: Introduccin. La familia grep. Otros
filtros. El editor de flujo sed. El lenguaje de manejo y proceso de
patrones awk. Tema 14. Estructuras fundamentales de datos.
Contenidos: Concepto de tipo de datos. Tipos elementales de datos.
Tipos elementales normalizados. La estructura array. Representacin.
La estructura registro. Variantes. Representaciones. La estructura
conjunto. Representacin. La estructura fichero secuencial. Tema 15.
Estructuras dinmicas de informacin. Contenidos: Tipos recursivos de
datos. Punteros o referencias. Listas lineales. Estructuras en
rbol. rboles multicamino. Transformaciones de claves. Tema 16.
Tcnicas de clasificacin de datos. Contenidos: Clasificaciones
internas. Clasificaciones externas. Clasificacin ptima. Tema 17.
Tcnicas de bsqueda de datos. Contenidos: Bsqueda secuencial.
Bsqueda por comparacin de claves. Bsqueda digital. Hashing.
Recuperacin por claves secundarias. Tema 18. Metodologa de
desarrollo de sistemas de informacin METRICA Versin 3. Contenidos:
Introduccin. Aportaciones de Mtrica versin 3. Procesos principales
de Mtrica versin 3. Interfaces de Mtrica versin 3. Tema 19.
Implantacin y aceptacin del sistema. Contenidos: Establecimiento
del plan de implantacin. Formacin necesaria para la implantacin.
Incorporacin del sistema al entorno de operacin. Carga de datos al
entorno de operacin. Pruebas de implantacin del sistema. Pruebas de
aceptacin del sistema. Preparacin del mantenimiento del sistema.
Establecimiento del acuerdo de nivel de servicio. Presentacin y
aprobacin del sistema. Paso a produccin. Tema 20. Concepto de
modelo de datos. Contenidos: Introduccin. Definicin de modelo de
datos. Restricciones de integridad. Clasificacin. Intervencin en el
diseo de base de datos. Tema 21. El modelo entidad/relacin.
Contenidos: Presentacin e historia. Esttica del modelo E/R.
Semntica de las interrelaciones. Generalizacin y herencia. Dinmica
del modelo E/R.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33528
Tema 22. El modelo relacional: Esttica. Contenidos: Presentacin
y objetivos. Estructura del modelo relacional. Restricciones.
Esquema de relacin y esquema relacional. El modelo relacional y la
arquitectura ANSI. Los valores nulos en el modelo relacional.
Reglas de Codd. Tema 23. El modelo relacional: Dinmica. Contenidos:
lgebra relacional. Clculo relacional. Optimizacin de consultas.
Tema 24. Diseo lgico de las bases de datos en el modelo relacional.
Contenidos: Etapas de una metodologa de diseo. Transformacin del
esquema conceptual al relacional. Grafo relacional. Teora de la
normalizacin. Tema 25. Lenguaje de interrogacin SQL. Contenidos:
Lenguaje de definicin de datos. Lenguaje de manipulacin de datos.
Lenguaje de control de datos. TEMA 26.-Modelo de interconexin de
sistemas abiertos OSI. Contenidos: Introduccin justificativa.
Arquitectura de red. Estructura y funcin de los niveles OSI.
Situacin actual de los estndares OSI. TEMA 27.-Modelo de
comunicaciones de Internet: TCP/IP. Contenidos: Capa de Enlace.
Capa de Internet. Capa de transporte. TEMA 28.-Redes de rea local.
Contenidos: Conceptos. Topologas. Control de acceso. Estrategias de
segmentacin. Normalizaciones internacionales: IEEE 802.. TEMA
29.-El protocolo IP versin 4. Contenidos: Cabecera datagrama IPv4.
Direccionamiento IPv4. Subredes. Protocolos ICMP y ARP.. TEMA
30.-El protocolo IP versin 6. Contenidos: Motivacin y orgenes.
Caractersticas. Direccionamiento. Mecanismos de convivencia y
transicin. Movilidad. TEMA 31.-Protocolos de enrutamiento IP.
Contenidos: concepto de tabla de rutas. Mtricas. Enrutamiento
esttico y dinmico. Tipos de protocolos. Casos extendidos: OSPF.
BGP. Tema 32. Seguridad en redes telemticas, correo y servicios de
internet. Servicios de seguridad. Contenidos: Introduccin.
Identificacin y descripcin de amenazas. Servicios de seguridad.
Tcnicas y mecanismos de seguridad. Tema 33. Proteccin de datos de
carcter personal. Contenidos: Objeto. mbito de aplicacin.
Definiciones. Principios de la proteccin de datos. Derechos de las
personas. Ficheros de titularidad pblica. Ficheros de titularidad
privada. Movimiento internacional de datos. La agencia de proteccin
de datos. Infracciones y sanciones.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33529
Tema 34. Reglamento de medidas de seguridad de ficheros
automatizados con datos de carcter personal. Contenidos:
Disposiciones generales. Medidas de seguridad de nivel bsico.
Medidas de seguridad de nivel medio. Medidas de seguridad de nivel
alto. Tema 35. Proteccin jurdica de programas de ordenador.
Contenidos: Disposiciones generales de la Ley de Propiedad
Intelectual. Sujeto, objeto y contenido. Programas de ordenador.
Derecho sui generis sobre las bases de datos.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33530
ANEXO IV
TEMARIO COMN PARA EL ACCESO POR TURNO LIBRE Y DISCAPACIDAD
Tema 1. La Constitucin Espaola de 1978 (I): Caractersticas.
Estructura. Ttulo Preliminar. Los derechos y deberes fundamentales:
Los espaoles y los extranjeros. Derechos y Libertades.
Tema 2. La Constitucin Espaola de 1978 (II): Los principios
rectores de la poltica social y econmica. Garantas de las
Libertades y Derechos Fundamentales. Suspensin de los derechos y
libertades. La Corona.
Tema 3. La Constitucin Espaola de 1978 (III): Las Cortes
Generales: Las Cmaras. La elaboracin de las leyes. Los Tratados
Internacionales. El Gobierno y la Administracin.
Tema 4. La Constitucin Espaola de 1978 (IV): La Organizacin
Territorial del Estado. El Tribunal Constitucional. La reforma
constitucional.
Tema 5. El Estatuto de Autonoma de Extremadura: Estructura.
Disposiciones Generales. Derechos, Deberes y Principios Rectores.
Las Competencias. Las Instituciones de Extremadura. La Organizacin
Territorial. La Reforma del Estatuto.
Tema 6. El Gobierno y la Administracin de la Comunidad Autnoma
de Extremadura: Estructura. Ttulo Preliminar. El Presidente de la
Comunidad Autnoma de Extremadura. La Junta de Extremadura.
Tema 7. Estatuto Bsico del Empleado Pblico: Objeto y mbito de
aplicacin. Clase de personal al servicio de las Administraciones
Pblicas. Derechos de los Empleados Pblicos. Derecho a la Carrera
Profesional y a la Promocin Interna. La evaluacin del Desempeo.
Derechos Retributivos.
Tema 8. La Ley de Prevencin de Riesgos Laborales: Objeto, mbito
de aplicacin y definiciones. Derechos y obligaciones.
Tema 9. Ley de Gobierno Abierto de Extremadura: mbito y
Principios Generales. Administracin Abierta.
Tema 10. Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la
Violencia de Gnero en Extremadura: Disposiciones generales.
Transversalidad de gnero. Violencia de Gnero: Disposiciones
Generales. Derechos de las mujeres en situaciones de violencia de
gnero a la atencin integral y efectiva.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33531
ANEXO V
TEMARIO PARA EL ACCESO POR PROMOCIN INTERNA
ESPECIALIDAD ADMINISTRACIN GENERAL
Tema 1. La Funcin Pblica de Extremadura (I): Seleccin de
personal. Ingreso del Personal al servicio de la Comunidad Autnoma
de Extremadura. El acceso de las personas con discapacidad al
empleo pblico de la Administracin de la Comunidad Autnoma de
Extremadura. Tema 2. La Funcin Pblica de Extremadura (II):
Estructura y Organizacin de la Funcin Pblica. Adquisicin y prdida
de la condicin de funcionario. Situaciones administrativas del
personal funcionario de la Comunidad Autnoma de Extremadura. Tema
3. La Funcin Pblica de Extremadura (III): Derechos de los
funcionarios. Derecho a la carrera profesional y a promocin
interna. La evaluacin del desempeo. Provisin de puestos de trabajo
y promocin profesional del Personal al Servicio de la Comunidad
Autnoma de Extremadura. Tema 4. La Funcin Pblica (IV): Deberes de
los empleados pblicos: cdigo de conducta. La regulacin de la
jornada y horario de trabajo, los permisos y las vacaciones del
personal funcionario al servicio de la Administracin de la
Comunidad Autnoma de Extremadura. Tema 5. La Funcin Pblica (V):
Rgimen retributivo. Incompatibilidades de los funcionarios. Rgimen
disciplinario. Tema 6. El Personal Laboral al servicio de la Junta
de Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (I):
mbito de aplicacin y vigencia. Denuncia. Organizacin del trabajo.
Comisin paritaria. Clasificacin profesional. Retribuciones. Puestos
y funciones de libre designacin. Tema 7. El Personal Laboral al
servicio de la Junta de Extremadura: Convenio Colectivo para el
personal laboral (II): Movilidad geogrfica. Supresin de puestos de
trabajo de personal fijo discontinuo y zonificacin de puestos en
diversas categoras. Cambio de puestos de trabajo. Permutas.
Provisin de puestos de trabajo. Movilidad del personal laboral
entre Administraciones Pblicas. Movilidad funcional. Jornada y
horario. Tema 8. El Personal Laboral al servicio de la Junta de
Extremadura: Convenio Colectivo para el personal laboral (III):
Horas Extraordinarias. Vacaciones. Permisos y licencias. Medidas
complementarias de conciliacin de la vida familiar y laboral.
Permisos sin sueldo. Suspensin del contrato. Excedencia. Reingreso.
Jubilacin. Indemnizacin por incapacidad o fallecimiento. Rgimen
disciplinario.
-
NMERO 249Lunes, 30 de diciembre de 2013 33532
Tema 9. El contrato de trabajo: duracin del contrato de trabajo.
Extincin del contrato. El contrato para obra o servicio
determinado. El contrato eventual por circunstancias de la
produccin. El contrato de interinidad. Tema 10. El Rgimen General
de la Seguridad Social (I): Campo de aplicacin, inscripcin de
empresas y normas sobre afiliacin, cotizacin y recaudacin. Accin
protectora. Incapacidad temporal. Maternidad. Paternidad. Riesgo
durante el embarazo. Riesgo durante la lactancia natural. Cuidado
de menores afectados por cncer u otra enfermedad grave. Tema 11. El
Rgimen General de la Seguridad Social (II): Invalidez permanente en
su modalidad contributiva. Invalidez en su modalidad no
contributiva. Jubilacin: en su modalidad contributiva y no
contributiva. Tema 12. El Rgimen Jurdico de las Administraciones
Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn (I): Estructura.
mbito de aplicacin y principios generales. Las Administraciones
Pblicas y sus relaciones. Los rganos de las Administraciones
Pblicas: principios generales y competencia. Tema 13. El Rgimen
Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento
Administrativo