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NOVIEMBRE - 2013 · 2015-03-03 · 2.18 Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 439. ... 2.19 Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2266:2013 ... 2.20 Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN

Jun 20, 2018

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Elaborado por

NOVIEMBRE - 2013

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AUDITORÍA AMBIENTAL PARA LICENCIAMIENTO

PETROLRIOS ESTACIÓN DE SERVICIO “QUINSALOMA”

C.C. Polaris Bloque 2, Local 3 Telefax: 042-214305 REGISTROS DE CONSULTOR AMBIENTAL:

E-mail: [email protected] Celular: 093232755 MINISTERIO DE AMBIENTE: MAE-074-CC

GUAYAQUIL – ECUADOR

1

INDICE GENERAL

I. CAPITULO ......................................................................................................................... 1

1 PRESENTACION ................................................................................................................ 1

1.1 Introducción..................................................................................................................... 1

1.2 ANTECEDENTES ................................................................................................................ 1

1.3 OBJETIVOS ....................................................................................................................... 2

1.4 ALCANCE DE LA AUDITORÍA AMBIENTAL PARA LICENCIAMIENTO ................................. 3

1.5 METODOLOGIA ................................................................................................................ 4

II. CAPITULO ......................................................................................................................... 7

2 MARCO LEGAL ................................................................................................................. 7

2.1 Constitución Política de la República del Ecuador. Publicada en el R.O. Nº 449, 20 de octubre del 2008. ..................................................................................... 7

2.2 Ley Reformatoria al Código Penal, Registro Oficial Nº 2 del 25 de enero del 2000 ........................................................................................................................... 9

2.3 Ley de Gestión Ambiental, Publicada en el Suplemento del Registro Oficial N° 418 del 10 de septiembre de 2004. ................................................................. 9

2.4 Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, R.O. Nº 418, codificación 2004-019 del 10 de septiembre de 2004. ........................................... 11

2.5 Ley Orgánica de Salud. Registro Oficial Nº 423 del 22 de diciembre del 2006. ................................................................................................................................ 12

2.6 Ley de aguas. Codificación Publicada en el R.O. No. 339 del 20 -05-2004...................... 13

2.7 Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria, emitido mediante decreto ejecutivo no. 3399 del 28 de noviembre de 2002, publicado en el R. O. N° 725 del 16 de diciembre del 2002 y ratificado mediante decreto ejecutivo 3516 publicado en el R.O. suplemento N° 2 del 31 de marzo de 2003. ................................................................................................ 14

2.8 Reglamento para la autorización de actividades de comercialización de combustibles líquidos derivados de los hidrocarburos, Decreto Ejecutivo Nº 2024, R.O. Nº 445, del 1-11-2001............................................................................... 16

2.9 Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección contra Incendios. Edición Especial Nº 114. Registro Oficial, jueves 2 de abril del 2009.............................. 16

2.10 Reglamento sustitutivo de operaciones hidrocarburíferas del Ecuador (RAOHE), R.O. Nº 265, del 13-02-2001. ........................................................................... 18

2.11 Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores (Decreto N° 2393). ............................................................................................................................... 22

2.12 Normas técnicas API 653, UL 58, ANSI/ASME B31.4, Código de Construcción, Manuales y Procedimientos de los fabricantes de los equipos. ........................................................................................................................... 26

2.13 Reglamento de aplicación de la ley de aguas. Publicado en el registro oficial N° 233 del 26 de Enero de 1973. .......................................................................... 26

2.14 Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), en Registro Oficial No. 303, de 19 de Octubre de 2010. ............................................................................................................. 27

2.15 Acuerdo Ministerial Nº 091 publicado en el registro oficial Nº 430 del 4 de enero del 2007 ............................................................................................................ 27

2.16 Acuerdo Ministerial 026. Publicado en el R.O. Nº 334 del 12 de mayo de

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2008 ................................................................................................................................. 27

2.17 Acuerdo Nº 161. Reglamento para la prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales. Reforma al Libro VI del TULSMA del Ministerio del Ambiente. ........................................................................................................................ 28

2.18 Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 439. Señales de Seguridad y Símbolos de Seguridad. ................................................................................................... 31

2.19 Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2266:2013 .......................................................... 31

2.20 Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2288:2000 .......................................................... 32

2.21 Normas del Seguridad e Higiene Industrial – Sistema PetroEcuador ............................. 32

2.22 Institución reguladora y autoridad ambiental ................................................................. 32

2.23 Competencia Sancionatoria............................................................................................. 32

III. CAPITULO ......................................................................................................................... 33

3 DESCRIPCION DE LAS INSTALACIONES Y SUS ACTIVIDADES ............................................ 33

3.1 UBICACIÓN ....................................................................................................................... 33

3.2 ÁREA DE INFLUENCIA....................................................................................................... 33

3.2.1 Área de Influencia Directa ............................................................................................... 33

3.2.2 Área de influencia Indirecta ............................................................................................ 34

3.3 PERSONAL Y JORNADAS DE TRABAJO.............................................................................. 37

3.4 DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES Y EQUIPOS .......................................................... 37

3.4.1 Zona de Despacho de Combustible ................................................................................. 37

3.4.2 Zona de tanques de almacenamiento ............................................................................. 38

3.4.3 Área Administrativa y baños............................................................................................ 39

3.4.4 Cuarto de máquinas ........................................................................................................ 40

3.4.5 Área verde ....................................................................................................................... 41

3.4.6 Instalaciones .................................................................................................................... 41

3.4.7 Servicios Auxiliares .......................................................................................................... 43

3.4.8 Sistema de recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos, líquidos y gaseosos. ......................................................................................................... 44

3.5 ACTIVIDADES OPERATIVAS DE LA ESTACIÓN DE SERVICIO ............................................. 48

3.5.1 Descarga y almacenamiento de combustibles. ............................................................... 48

3.5.2 Abastecimiento de combustible a vehículos ................................................................... 48

3.5.3 Mantenimiento y limpieza. .............................................................................................. 49

IV. CAPITULO ......................................................................................................................... 50

4 EVALUACION DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA AMBIENTAL VIGENTE Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ...................................................................... 50

4.1 METODOLOGÍA ................................................................................................................ 50

4.2 CRITERIOS LEGALES DE CALIFICACIÓN ............................................................................ 50

4.3 MATRIZ DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA Y PMA ................................................................................................................................. 51

V. CAPITULO ......................................................................................................................... 67

5 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ........................................................................................ 67

5.1 ALCANCE DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ................................................................. 67

5.2 PLAN DE PREVENCION Y MITIGACION ............................................................................. 68

5.3 PLAN DE MANEJO DE DESECHOS ..................................................................................... 70

5.4 PLAN DE CONTINGENCIAS ............................................................................................... 75

5.5 PLAN DE CAPACITACION Y EDUCACIÓN AMBIENTAL ...................................................... 76

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5.6 PLAN DE SALUD Y SEGURIDAD ........................................................................................ 77

5.7 PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS ........................................................................... 79

5.8 PLAN DE REHABILITACIÓN DE AREAS AFECTADAS .......................................................... 81

5.9 PLAN DE MONITOREO ..................................................................................................... 82

5.10 PLAN DE ABANDONO ....................................................................................................... 84

VI. CAPITULO ......................................................................................................................... 86

6 PLAN DE ACCIÓN.............................................................................................................. 86

6.1 PLAN DE ACCIÓN PARA CORREGIR LAS NO CONFORMIDADES ENCONTRADAS EN LA AUDITORIA AMBIENTAL PARA LICENCIAMIENTO DE LA ESTACIÓN DE SERVICIO “QUINSALOMA” .............................................................. 87

6.2 MATRIZ LÓGICA DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ...................................................... 92

6.3 CRONOGRAMA DEL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Y PLAN DE ACCIÓN. .......................................................................................................... 99

VII. CAPITULO ......................................................................................................................... 106

7 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES .......................................................................... 106

7.1 CONCLUSIONES ................................................................................................................ 106

7.2 RECOMENDACIONES ....................................................................................................... 107

8 BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................................. 108

9 ANEXOS ............................................................................................................................ 110

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I

I

RESUMEN EJECUTIVO

ANTECEDENTES

La Estación de Servicio “QUINSALOMA”, cuenta con un Diagnóstico y Plan de Manejo

Ambiental aprobado por la Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de

Energía y Minas, según lo estipulado en el oficio No. DINAPA-H-1005-200869, con

fecha 29 de noviembre del 2000. Además del Certificado de Intersección emitido

mediante oficio No. 0116-2009-DNPC-MAE, con fecha 16 de abril del 2009 y cuenta

además con la Auditoría Ambiental elaborada en el año 2009, aprobada mediante

oficio MAE-SCA-2009-2454, con fecha 08 de septiembre del 2009.

Con el propósito de dar fiel cumplimiento a la normativa ambiental vigente y

principalmente el de obtener la Licencia Ambiental, se contrató los servicios de la

Consultora Ambiental OROAZUL para la elaboración de la “Auditoría Ambiental para

Licenciamiento de la operación y funcionamiento de la Estación de Servicio

“QUINSALOMA”. En tal virtud, se presentaron los términos de referencia, los cuales

fueron aprobados mediante Informe Técnico No. MAE-DPALR-213-1584, con fecha 11

de noviembre del 2013.

Objetivos del Estudio

Objetivo general

Evidenciar el cumplimiento del plan de manejo de la Auditoría Ambiental de

Cumplimiento aprobada en el 2009 y de la normativa ambiental vigente del

periodo 2010 – 2012.

Objetivos específicos

Verificar el nivel de cumplimiento de las medidas y acciones de mejoramiento

ambiental propuestas en el Plan de Manejo Ambiental.

Verificar el estricto cumplimiento de las normativas ambientales del Texto

Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria y demás disposiciones legales

locales o regionales establecidas mediante ordenanzas o reglamentos.

Describir las instalaciones y actividades operativas desarrolladas en la estación

servicio “QUINSALOMA”.

Verificar las áreas de influencia directa e indirecta identificadas en el estudio.

Identificar a través de la aplicación de una matriz, el cumplimiento de la normativa

ambiental vigente y PMA de la Auditoría Ambiental de Cumplimiento aprobada en

el 2009.

Actualizar el Plan de Manejo Ambiental de medidas correctivas prácticas y eficaces

para corregir las no conformidades encontradas.

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II

II

Alcance del Estudio

Esta Auditoría se enmarca a la normativa ambiental del Sistema Único de Manejo

Ambiental del Título 1, Libro VI del Texto Unificado de la Legislación Ambiental

Secundaria, especialmente de acuerdo a las disposiciones del Art. 19 en sus literales

a.), b), c), y d).

El alcance se enmarca también en la aplicación y verificación del Reglamento

Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas (RAOHE), Decreto Ejecutivo 1215.,

Art 42, que establece que las Auditorías Ambientales se deben realizar cada dos años.

MARCO LEGAL APLICABLE

La presente Auditoria Ambiental ha sido elaborada en base a la Normativa

Ambiental vigente, sobre la base de los siguientes instrumentos jurídicos:

Constitución Política de la República del Ecuador. Publicada en el R.O. Nº 449, 20

de octubre del 2008.

Ley de Gestión Ambiental, Publicada en el Suplemento del Registro Oficial N° 418

del 10 de septiembre de 2004.

Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, R.O. Nº 418,

codificación 2004-019 del 10 de septiembre de 2004.

Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria, emitido mediante decreto

ejecutivo no. 3399 del 28 de noviembre de 2002, publicado en el R. O. N° 725 del

16 de diciembre del 2002 y ratificado mediante decreto ejecutivo 3516 publicado

en el R.O. suplemento N° 2 del 31 de marzo de 2003.

Reglamento para la autorización de actividades de comercialización de

combustibles líquidos derivados de los hidrocarburos, Decreto Ejecutivo Nº 2024,

R.O. Nº 445, del 1-11-2001

Reglamento sustitutivo de operaciones hidrocarburíferas del Ecuador (RAOHE),

R.O. Nº 265, del 13-02-2001.

Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio

Ambiente del Trabajo (Decreto N° 2393).

Normas técnicas API 653, UL 58, ANSI/ASME B31.4, Código de Construcción,

Manuales y Procedimientos de los fabricantes de los equipos.

Ley de aguas. Publicada en el registro oficial N° 69 del 30 de Mayo de 1972.

Reglamento de aplicación de la ley de aguas. Publicado en el registro oficial N°

233 del 26 de Enero de 1973.

Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, R.O. N° 1002, de 08-1996

Acuerdo Ministerial Nº 091 publicado en el registro oficial Nº 430 del 4 de enero

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III

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del 2007

Acuerdo Nº 161. Reglamento para la prevención y control de la contaminación por

sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales. Reforma al Libro

VI del TULSMA del Ministerio del Ambiente.

Normas del Seguridad e Higiene Industrial – Sistema PetroEcuador

MATRIZ DE EVALUACIÓN

De los 70 aspectos (legales y medidas del PMA) considerados para la evaluación del

cumplimiento de la normativa y Plan de Manejo Ambiental (PMA), se detectaron 38

conformidades, 25 no conformidades menores, no existiendo no conformidades

mayores: por tanto, se concluye que la Estación de Servicio “QUINSALOMA” de la

comercializadora PETROLRIOS ha cumplido en un 54 %, tanto con lo establecido en el

Plan de Manejo Ambiental como con la parte de la Legislación aplicable; es decir que

existe un desempeño favorable, con relación al manejo ambiental, pero es necesario

implementar medidas correctivas.

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

Plan de Prevención y Mitigación de Impactos

Este plan establece las medidas, procedimientos y estrategias que se han de aplicar

para prevenir y minimizar el efecto de los impactos ambientales positivos y negativos

identificados como consecuencia de las actividades del proyecto.

Plan de Manejo de Desechos

El plan de manejo de desechos sólidos de la actividad de la Estación de Servicio, está

enfocado al manejo adecuado de los desechos generados, con el fin de minimizar un

impacto negativo sobre el entorno natural y población aledaña.

Plan de Contingencias

El plan de contingencias tiene la finalidad de mitigar y controlar situaciones de

emergencia causadas por accidentes o incendios que pueden producirse durante las

actividades de operación del proyecto.

Plan de Capacitación y Concientización Ambiental

De los niveles de conocimiento, capacidad y entrenamiento impartido al personal

involucrado en el proyecto depende en gran medida la eficacia del PMA.

Plan de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional

Este plan establece las actividades y procedimientos que garanticen la seguridad

integral del personal y población aledaña al proyecto.

Plan de Seguimiento y Monitoreo

Este plan consiste en dar seguimiento al cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental

con el propósito de cumplir con la normativa ambiental vigente y la conservación del

MINISTERIO

DEL

AMBIENTE

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IV

IV

entorno natural.

Plan de abandono

Este plan aplica para los casos de abandono de la actividad y consiste en realizar un

adecuado desmontaje de los equipos, tanques de almacenamiento, bodegas, etc., para

lo cual se deberá programar un proceso ordenado y cuidadoso en el

desmantelamiento.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Una vez concluida la Auditora Ambiental de la Estación de Servicio “QUINSALOMA”

donde se establece la situación actual del cumplimiento de la normativa ambiental

concluye y recomienda lo siguiente:

CONCLUSIONES

De acuerdo a los resultados de la matriz de evaluación, se identificaron 70

hallazgos de los cuales se tienen 38 conformidades 25 no conformidades menores,

cumpliendo con el 52 % de la normativa Ambiental y Plan de Manejo Ambiental.

Las no conformidades detectadas están relacionadas principalmente con la gestión

de los desechos peligrosos, equipos de protección personal, señalización,

adecuación del área de almacenamiento de desechos peligrosos y capacitación al

personal.

En general las actividades de carga, descarga, manejo y despacho de los

combustibles en la estación de servicio “QUINSALOMA” se lo realiza en forma

segura considerando las disposiciones legales del RAOHE, aun que es

indispensable dotar de el EPP necesario para seguridad de quienes realizan dichas

labores.

En caso de ocurrencia de derrames, la estación de servicio cuenta con material

absorbente (arena), pero es necesario colocarlo en las zonas de despacho de

combustible y área de almacenamiento de tanque, de igual manera se contara

con material absorbente al momento de realizar la descarga de combustible desde

el autotanque hacia los tanques de almacenamiento de combustible.

La Estación de Servicio cumple con los monitoreos de efluentes tratadas en la

trampa de grasa y con presentar los resultados a la autoridad ambiental dentro de

los informes ambientales anuales. Pero estos se deberán realiza de manera

semestral.

En términos generales se debe mejorar la señalización en pisos.

Se debe llevar los registros de las cantidades generadas de desechos peligrosos y

no peligrosos.

Cuenta con un área específica para el almacenamiento adecuado de los desechos

peligrosos.

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V

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Los desechos peligrosos generados en la estación de servicio no son entregados a

gestores autorizados por el Ministerio de Ambiente.

Instar al personal la utilización continua del equipo de protección personal.

Cuenta con un total de 4 extintores de PQS y CO2 distribuidos en los sitios de

mayor posibilidad de generación de un incendio, mismos que se encuentran en

buen estado y recargados.

RECOMENDACIONES

Cumplir con las medidas indicadas en el Plan de Manejo Ambiental y Plan de

Acción en los tiempos indicados.

Mantener registros documentales y fotográficos del cumplimiento de las medidas

del Plan de Manejo Ambiental.

Realizar los monitoreos de manera semestrales de las aguas residuales tratadas en

la trampa de grasa y presentarlos anualmente a la autoridad.

Realizar la entrega de los desechos peligrosos a los gestores autorizados para su

transporte y disposición final.

Mantener la entrega gratuita de uniformes y entregar equipo de protección

personal al personal de la Estación de Servicio.

Continuar con las capacitaciones e implementar aquellas establecidas en el

presente plan de manejo las cuales se deben realizar de manera continua.

Cumplir con los simulacros anuales del Plan de Contingencias.

Continuar con la recarga anual de los extintores.

Mantener archivado los documentos que evidencien el cumplimiento del Plan de

Manejo Ambiental.

Llevar a cabo la remediación del suelo contaminado con los lodos contaminados

de la trampa de grasa, en el terreno ubicado junto al tótem de información.

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VI

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FICHA TÉCNICA

Nombre del proyecto ESTACIÓN DE SERVICIO QUINSALOMA

Ubicación cartográfica

Coordenadas UTM-WGS 84

687058 E 9866190 S

687083 E 9866214 S

Área de la Estación de Servicio 3500 m2

Fase de operaciones OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO

Tipo de Estudio AUDITORÍA AMBIENTAL PARA LICENCIAMIENTO

Razón social de la Comercializadora

PETROLRIOS

Dirección de la estación de servicio

AV. PRINCIPAL S/N PARROQUIA: QUINSALOMA CANTÓN: VENTANAS PROVINCIA : LOS RÍOS

Representante Legal DARIO MORALES SANCHEZ

Consultor Ambiental Registrado

Arq. Luis Oswaldo Rodríguez M. Samanes 2, Mz. 211 Villa 27 Tel: 042-211736 Guayaquil - Ecuador

Registro ambiental MAE-074-CC

Equipo Técnico

Arq. Luis O. Rodríguez

Auditor Líder

Ing. Ximena Castillo C. Técnica Ambiental

Ing. Luis Calle Arévalo Técnico Ambiental

Blgo. Lex Caballero Técnico en Manejo de desechos

Ing. Juan Calle Técnico Biodiversidad

Ing. Geoffrey Benítez Especialista en estudios de Impacto Ambiental

Egda. María de los Ángeles Jaramillo

Evaluación de Análisis de Laboratorio

Tiempo de ejecución de la Auditoría

30 días

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I. CAPITULO

1 PRESENTACION

1.1 Introducción

La presente Auditoria constituye una descripción y evaluación de un proyecto relacionado

con la operación y mantenimiento de una Estación de Servicio (Gasolinera), que

representa un caso muy particular de la cadena de Operaciones Hidrocarburíferas en el

Ecuador.

Los problemas relativos al medio ambiente que puedan surgir debido al funcionamiento

de una Estación de Servicio y sus acciones constituyen también para la Autoridad

Ambiental motivo de control y regulación en este campo, lo cual genera para su

proponente la necesidad de elaborar una evaluación ambiental, la cual consiste en

realizar una apreciación y valoración sistemática y objetiva sobre el diseño,

equipamiento, funcionamiento, eficiencia y efectividad de las acciones emprendidas, los

procesos y los resultados de un centro de distribución de combustibles ya concluido y en

funcionamiento. En este estudio se pretende conocer si el proyecto está funcionando

satisfactoriamente a la luz de los resultados planificados u obtenidos así como las

consecuencias que la construcción y desarrollo de las actividades de almacenamiento y

expendio de combustibles podrían haber producido o estén causando al entorno de la

estación de servicio, con el fin de determinar los efectos o impactos y establecer las

medidas preventivas y de control que minimicen los posibles impactos ambientales que

atentan contra la salud y bienestar de la población.

Los impactos ambientales asociados en este caso a la etapa de la operación de la Estación de

Servicio “QUINSALOMA” se identifican a través de un análisis tanto de los factores naturales

predominantes como de la infraestructura de la Estación de Servicio y las actividades en que

se desarrollan.

Se ha tenido en consideración el espectro más amplio tanto de acciones de la estación de

servicio como de factores del medio afectados.

1.2 ANTECEDENTES

La Auditoría Ambiental representa una herramienta que permite evaluar

sistemáticamente la gestión ambiental de una empresa, en este caso de una estación de

servicio, referente a sus operaciones, procesos y procedimientos empleados con la

finalidad de minimizar los impactos ambientales identificados en los estudios ambientales

previos y cumplir con la normativa ambiental vigente.

La Estación de Servicio “QUINSALOMA” es un centro de distribución de combustibles

líquidos derivados de los Hidrocarburos, legalmente autorizado por la Dirección Nacional

de Hidrocarburos, actualmente ARCH, bajo cuyas regulaciones ha venido operando en sus

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actividades de almacenamiento y expendio de combustible para el sector automotriz

como parte de la red de distribuidores de la comercializadora PETROLRIOS.

La Estación de Servicio “QUINSALOMA”, cuenta con un Diagnóstico y Plan de Manejo

Ambiental aprobado por la Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de

Energía y Minas, según lo estipulado en el oficio No. DINAPA-H-1005-200869, con fecha

29 de noviembre del 2000. Además del Certificado de Intersección emitido mediante

oficio No. 0116-2009-DNPC-MAE, con fecha 16 de abril del 2009 y cuenta además con la

Auditoría Ambiental elaborada en el año 2009, aprobada mediante oficio MAE-SCA-2009-

2454, con fecha 08 de septiembre del 2009.

Con el propósito de dar fiel cumplimiento a la normativa ambiental vigente y

principalmente el de obtener la Licencia Ambiental, se contrató los servicios de la

Consultora Ambiental OROAZUL para la elaboración de la “Auditoría Ambiental para

Licenciamiento de la operación y funcionamiento de la Estación de Servicio

“QUINSALOMA”. En tal virtud, se presentaron los términos de referencia, los cuales

fueron aprobados mediante Informe Técnico No. MAE-DPALR-213-1584, con fecha 11 de

noviembre del 2013.

A través de la Auditoría Ambiental es posible identificar nuevos impactos o cualquier

anomalía generada como consecuencia del desarrollo normal de las actividades y su

relación con el medio ambiente, tomando para ello como base el Plan de Manejo

Ambiental de la Auditoría Ambiental aprobada en el 2009, y la normativa ambiental

vigente aplicable a las actividades operativas de la Estación de Servicio “QUINSALOMA”.

La Auditoría Ambiental para Licenciamiento se desarrolló de acuerdo a las directrices

establecidas por el Ministerio del Ambiente; estructuralmente se ha elaborado conforme

a las directrices del Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas del

Ecuador; conforme al Reglamento de Seguridad, Salud, Seguridad de los Trabajadores y

Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo; y, conceptualmente conforme a la

definición del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA), Título I, Libro VI del Texto

unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, que define a la

Auditoría Ambiental como un conjunto de métodos y procedimientos que tiene como

objetivo la determinación de cumplimientos o conformidades e incumplimientos o no

conformidades de elementos de la normativa ambiental aplicable y/o de un sistema de

gestión.

1.3 OBJETIVOS

Objetivo general

Evidenciar el cumplimiento del plan de manejo de la Auditoría Ambiental de

Cumplimiento aprobada en el 2009 y de la normativa ambiental vigente del periodo

2010 – 2012.

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Objetivos específicos

Verificar el nivel de cumplimiento de las medidas y acciones de mejoramiento

ambiental propuestas en el Plan de Manejo Ambiental.

Verificar el estricto cumplimiento de las normativas ambientales del Texto Unificado

de la Legislación Ambiental Secundaria y demás disposiciones legales locales o

regionales establecidas mediante ordenanzas o reglamentos.

Describir las instalaciones y actividades operativas desarrolladas en la estación

servicio “QUINSALOMA”.

Verificar las áreas de influencia directa e indirecta identificadas en el estudio.

Identificar a través de la aplicación de una matriz, el cumplimiento de la normativa

ambiental vigente y PMA de la Auditoría Ambiental de Cumplimiento aprobada en el

2009.

Actualizar el Plan de Manejo Ambiental de medidas correctivas prácticas y eficaces

para corregir las no conformidades encontradas.

1.4 ALCANCE DE LA AUDITORÍA AMBIENTAL PARA LICENCIAMIENTO

“La Auditoría Ambiental para Licenciamiento de la Estación de Servicio QUINSALOMA”

abarca todos los aspectos ambientales relacionados con las actividades operativas y

demás actividades complementarias que pueden afectar de manera directa o indirecta al

entorno ambiental y salud y seguridad del personal y población en general. Dentro de las

principales área con las que cuenta la estación de servicio:

Área de recepción y almacenamiento de combustibles

Área de despacho de combustible

Área administrativa y servicios complementarios

Área de baterías sanitarias

Áreas verdes

Servicios auxiliares

Esta Auditoría se enmarca además en la normativa ambiental del Sistema Único de

Manejo Ambiental del Título 1, Libro VI del Texto Unificado de la Legislación Ambiental

Secundaria, especialmente de acuerdo a las disposiciones del Art. 19 en sus literales a.),

b), c), y d).

El alcance se enmarca también en la aplicación y verificación del Reglamento Ambiental

para las Operaciones Hidrocarburíferas (RAOHE), Decreto Ejecutivo 1215., Art 42, que

establece que las Auditorías Ambientales se deben realizar cada dos años.

La Auditoría Ambiental incluye un capítulo para identificación y evaluación de los Pasivos

Ambientales que existieren.

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1.5 METODOLOGIA

La metodología propuesta para el desarrollo de la Auditoría Ambiental para

Licenciamiento es la siguiente:

Fase Preliminar: PREAUDITORIA

Comprende todos los aspectos preliminares tendientes a establecer un plan organizativo

para efectuar la Auditoría.

Conformación del equipo auditor integrado por cuatro personas; Auditor Líder, 2

técnicos + un asistente para trabajos de campo y también de gabinete; asignación de

funciones y responsabilidades a cada integrante.

Solicitud de nombres de las personas responsables de facilitar la información y

documentación en la estación de servicio.

Se programa el tiempo y actividades a realizar y elaboración de un cronograma de

visita.

Elaboración del diseño de formularios y fichas a utilizar en la Auditoría Ambiental

para Licenciamiento. Listas de chequeo y medios de verificación

En una segunda etapa de la Preauditoría, el auditor líder dio a conocer al personal

implicado (equipo técnico + gerente o administrador de la e/s) el motivo y sentido de

la auditoría, solicitando para ello la colaboración conjunta según sea necesario.

Se hizo la presentación del equipo de trabajo explicando los objetivos y alcances de la

auditoría. Finalmente, el Auditor Líder o Jefe se reunió con el propietario, gerente o

su delegado de la estación de servicio para presentarle el programa de la auditoría.

La reunión concluyó con un recorrido por todas las zonas e instalaciones de la

estación de servicio.

Fase de Campo: EVALUACION

Visitas a la estación de servicio para observar la ejecución de las actividades

prescritas en el Plan de Manejo vigente.

Entrevistas y preguntas al personal que labora en la estación de servicio.

Administradores, personal de despacho, transportistas de auto tanques y encargados

de limpieza y mantenimiento.

Revisión de documentos.

Revisión del Plan de Manejo Ambiental de la estación de servicio para verificar y

analizar el cumplimiento de las medidas propuestas anteriormente.

En una segunda fase de esta etapa se realizará lo siguiente:

Un análisis de las actividades principales de la estación, de sus incidentes y

acontecimientos sucedidos durante las actividades operativas.

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Se observó el sistema organizacional, horarios, turnos y las diferentes zonas de la

estación.

Se realizó un análisis detallado de los productos y volúmenes que se almacenan y

comercializan, considerando sus características para su almacenamiento y expendio.

Se hizo un inventario de los equipos e instalaciones, indicando: su denominación,

función, tiempo de uso, frecuencia de mantenimiento, estado actual, etc. Para

determinar sus efectos y establecer su incidencia.

Se detallaron y analizaron los procedimientos utilizados para los controles y análisis

realizados por la Comercializadora y las Entidades de Control con respecto a la

calidad, cantidad y calibraciones.

Se revisó la documentación y se observará la infraestructura interna que certifique

las inversiones medioambientales realizadas por la estación de servicio en los últimos

años que servirán para medir los resultados obtenidos en este campo.

Finalmente, se hizo una recopilación de los datos obtenidos; instantes en que el

equipo auditor procederá a la verificación, medición y evaluación del cumplimiento,

con lo cual se podrá dar pasó a la etapa siguiente.

Fase Final: INFORME

En esta fase se hará el Informe Final y la Comunicación de los resultados y las

conclusiones de la AA, que comprende:

Exposición del alcance de la auditoria.

Preparación del borrador del Informe.

Reunión de Cierre para comunicar los resultados y conclusiones de la auditoria.

Presentación del Informe final a la Dirección Provincial de Ambiente de Los Ríos.

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Figura 1.1. Diagrama de flujo del Alcance general de la Auditoría Ambiental

Evaluación de Impactos Ambientales

Plan de Manejo Ambiental

Recopilación de información

Información Bibliográfica Visita de Campo

Descripción del proyecto

Marco Legal

Identificación de conformidades y no

conformidades

Plan de Acción

Determinación del Área de Influencia

Determinación de Áreas Sensibles

Área de influencia

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II. CAPITULO

2 MARCO LEGAL

La presente Auditoría Ambiental para Licenciamiento ha sido elaborada en relación a la

normativa ambiental vigente, sobre la base de los siguientes instrumentos jurídicos:

2.1 Constitución Política de la República del Ecuador. Publicada en el R.O. Nº 449, 20

de octubre del 2008.

Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y

ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak

kawsay.

Art. 15.- El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías

ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto.

La soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria, ni

afectará el derecho al agua.

Capítulo séptimo

Derechos de la naturaleza

Art. 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho

a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus

ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.

Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el

cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos

se observaran los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda.

El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que

protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un

ecosistema.

Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será

independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas

de Indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales

afectados.

En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la

explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los

mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará las medidas

adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas.

Capítulo segundo Biodiversidad y recursos naturales. Sección primera.

Naturaleza y ambiente.

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Art. 395.- La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales:

1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente

equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la

capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las

necesidades de las generaciones presentes y futuras.

Art. 396.- El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos

ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño.

En caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista

evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y

oportunas.

Art. 397.- En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y

subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además de la

sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad que

produjera el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las condiciones

y con los procedimientos que la ley establezca. La responsabilidad también recaerá sobre

las servidoras o servidores responsables de realizar el control ambiental.

Art. 398.- Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser

consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto

consultante será el Estado. La ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana,

los plazos, el sujeto consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la

actividad sometida a consulta.

El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la ley y

los instrumentos internacionales de derechos humanos.

Si del referido proceso de consulta resulta una oposición mayoritaria de la comunidad

respectiva, la decisión de ejecutar o no el proyecto será adoptada por resolución

debidamente motivada de la instancia administrativa superior correspondiente de

acuerdo con la ley.

Art. 399.- El ejercicio integral de la tutela estatal sobre el ambiente y la

corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un

sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la

defensoría del ambiente y la naturaleza.

Sección sexta

Agua

Art. 411.- El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los

recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo

hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y

el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua.

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La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo humano serán prioritarios en el uso y

aprovechamiento del agua.

2.2 Ley Reformatoria al Código Penal, Registro Oficial Nº 2 del 25 de enero del 2000

En esta ley se tipifican los delitos contra el Patrimonio Cultural, contra el Medio Ambiente

y las Contravenciones Ambientales, además de sus respectivas sanciones, todo ello en la

forma de varios artículos que se incluyen en el Libro II del Código Penal. Entre las

sanciones recibidas por atentar contra el medio ambiente están:

CAPÍTULO X DE LOS DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE

Art. 437 B. “El que infringiera las normas sobre protección ambiental, vertiendo residuos

de cualquier naturaleza, por encima de los límites fijados de conformidad con la ley, si tal

acción causare o pudiese causar perjuicio o alteraciones a la flora, la fauna, el potencial

genético, los recursos hidrobiológicos o la biodiversidad, será reprimido con prisión de

uno a tres años, si el hecho no constituyera un delito más severamente reprimido.

Art. 437 C. La pena será de tres a cinco años de prisión, cuando:

a) Los actos previstos en el artículo anterior ocasionen daños a la salud de las personas o

a sus bienes;

b) El perjuicio o alteración ocasionados tengan carácter irreversible;

c) El acto sea parte de actividades desarrolladas clandestinamente por su autor; o, d) Los

actos contaminantes afecten gravemente recursos naturales necesarios para la actividad

económica.

Art. 437 D. Si a consecuencia de la actividad contaminante se produce la muerte de una

persona, se aplicará la pena prevista para el homicidio intencional, si el hecho no

constituye un delito más grave.

En caso de que a consecuencia de la actividad contaminante se produzcan lesiones,

impondrá las penas previstas en los artículos 463 a 467 del Código Penal.

Art. 437 E. Se aplicará la pena de uno a tres años de prisión, si el hecho no constituyere

un delito más severamente reprimido, al funcionario o empleado público que actuando

por sí mismo o como miembro de un cuerpo colegiado, autorice o permita, contra

derecho, que se viertan residuos contaminantes de cualquier clase por encima de los

límites fijados de conformidad con la ley; así como el funcionario o empleado cuyo

informe u opinión haya conducido al mismo resultado.

Art. 437 K. “Además otorga potestad al sistema judicial para ordenar, como medida

cautelar, la suspensión inmediata de la actividad contaminante, así como la clausura

definitiva o temporal del establecimiento, sin perjuicio de lo que pueda ordenar la

autoridad competente en materia ambiental”.

2.3 Ley de Gestión Ambiental, Publicada en el Suplemento del Registro Oficial N° 418

del 10 de septiembre de 2004.

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Los diversos organismos estatales y entidades sectoriales intervienen de manera activa en

la descentralización de la gestión ambiental, prueba de aquello es que el Ministerio del

Ambiente asigna la responsabilidad de ejecución de los planes a todas las instituciones

del Estado que tienen que ver con los asuntos ambientales (Art. 13), siendo las

Municipalidades y Consejos Provinciales quienes están interviniendo en este ámbito con

la expedición de Ordenanzas Ambientales, siempre y cuando estén acreditados al Sistema

Único de Manejo Ambiental (SUMA).

Debe remarcarse el Capítulo II, dedicado a la evaluación de impacto ambiental y del

control ambiental, en el cual se establece que “las obras públicas, privadas o mixtas y los

proyectos de inversión privados que puedan causar impactos ambientales, serán

calificados previamente a su ejecución por los organismos descentralizados de control”

(Art. 19), requiriéndose de la respectiva licencia otorgada por la autoridad ambiental

nacional, autoridad sectorial nacional o autoridad ambiental seccional. Para su obtención

establece como requisitos: estudios, evaluación de impacto ambiental, evaluación de

riesgos, sistemas de monitoreo, auditorías ambientales (Art. 21).

Además, se contempla la posibilidad de que en las actividades para las que se hubiere

otorgado licencia ambiental, puedan ser evaluados en cualquier momento, a solicitud del

Ministerio del ramo o de las personas afectadas. La evaluación del cumplimiento de los

planes de manejo ambiental aprobados se le realizará mediante la auditoría ambiental,

practicada por consultores previamente calificados por el Ministerio del ramo, a fin de

establecer los correctivos que deban hacerse (Art. 22).

El Art. 23 de esta norma legal señala los aspectos que debe contener la evaluación del

impacto ambiental como:

La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el

suelo, el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes

en el área previsiblemente afectada;

Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido vibraciones, olores,

emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado

de su ejecución;

La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen

el patrimonio histórico, escénico y cultural.

La evaluación del impacto ambiental, conforme al reglamento especial será formulada y

aprobada, previamente a la expedición de la autorización administrativa emitida por el

Ministerio del ramo (Art. 24). Sin duda, esta Ley de Gestión Ambiental, como Ley

especial, se torna como la normativa jurídica ambiental general a la que deben sujetarse

todas las instituciones públicas, privadas o mixtas en la ejecución de obras o estudios.

CAPITULO III

DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL

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Art. 29.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informada oportuna y

suficientemente sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado que conforme al

Reglamento de esta Ley, pueda producir impactos ambientales. Para ello podrá formular

peticiones y deducir acciones de carácter individual o colectivo ante las autoridades

competentes.

TITULO V

DE LA INFORMACIÓN Y VIGILANCIA AMBIENTAL

Art. 40.- Toda persona natural o jurídica que, en el curso de sus actividades empresariales

o industriales estableciere que las mismas pueden producir o están produciendo daños

ambientales a los ecosistemas, está obligada a informar sobre ello al Ministerio del ramo

o a las instituciones del régimen seccional autónomo. La información se presentará a la

brevedad posible y las autoridades competentes deberán adoptar las medidas necesarias

para solucionar los problemas detectados. En caso de incumplimiento de la presente

disposición, el infractor será sancionado con una multa de veinte a doscientos salarios

mínimos vitales generales.

2.4 Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, R.O. Nº 418,

codificación 2004-019 del 10 de septiembre de 2004.

CAPITULO I

DE LA PREVENCION Y CONTROL DE LA CONTAMINACION DEL AIRE

Art. 1.- Queda prohibido expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin sujetarse a las

correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a juicio de los

Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, puedan

perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los recursos o bienes del estado o de

particulares o constituir una molestia.

Art. 2.- Para los efectos de esta Ley, serán consideradas como fuentes potenciales de

contaminación del aire:

a) Las artificiales, originadas por el desarrollo tecnológico y la acción del hombre, tales

como fábricas, calderas, generadores de vapor, talleres, plantas termoeléctricas,

refinerías de petróleo, plantas químicas, aeronaves, automotores y similares, la

incineración, quema a cielo abierto de basuras y residuos, la explotación de materiales de

construcción y otras actividades que produzcan o puedan producir contaminación; y,

b) Las naturales, ocasionadas por fenómenos naturales, tales como erupciones,

precipitaciones, sismos, sequías, deslizamientos de tierra y otros.

Art. 3.- Se sujetarán al estudio y control de los organismos determinados en esta Ley y sus

reglamentos, las emanaciones provenientes de fuentes artificiales, móviles o fijas, que

produzcan contaminación atmosférica.

Las actividades tendientes al control de la contaminación provocada por fenómenos

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naturales, son atribuciones directas de todas aquellas instituciones que tienen

competencia en este campo.

Art. 5.- Las instituciones públicas o privadas interesadas en la instalación de proyectos

industriales, o de otras que pudieran ocasionar alteraciones en los sistemas ecológicos y

que produzcan o puedan producir contaminación del aire, deberán presentar a los

Ministerios de Salud y del Ambiente, según corresponda, para su aprobación previa,

estudios sobre el impacto ambiental y las medidas de control que se proyecten aplicar.

CAPITULO II

DE LA PREVENCION Y CONTROL DE LA CONTAMINACION DE LAS AGUAS

Art. 6.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas

y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos

naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas

residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna,

a la flora y a las propiedades.

CAPITULO III

DE LA PREVENCION Y CONTROL DE LA CONTAMINACION DE LOS SUELOS

Art. 10.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas

y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y

afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes.

Art. 13.- Los Ministerios de Salud y del Ambiente, cada uno en el área de su competencia,

en coordinación con las municipalidades, planificarán, regularán, normarán, limitarán y

supervisarán los sistemas de recolección, transporte y disposición final de basuras en el

medio urbano y rural.

2.5 Ley Orgánica de Salud. Registro Oficial Nº 423 del 22 de diciembre del 2006.

Esta Ley deroga al Código de la Salud (Decreto Supremo No. 188, R.O. 158, 8-II-71)

TÍTULO PRELIMINAR

CAPÍTULO III, DERECHOS Y DEBERES DE LAS PERSONAS Y DEL ESTADO EN RELACIÓN CON

LA SALUD

Art. 7.- Toda persona, sin discriminación por motivo alguno, tiene en relación a la salud,

los siguientes derechos:

c) Vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación.

Art. 8.- Son deberes individuales y colectivos en relación con la salud:

a) Cumplir con las medidas de prevención y control establecidas por las autoridades de

salud;

e) Cumplir las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos.

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LIBRO SEGUNDO, SALUD Y SEGURIDAD AMBIENTAL. TÍTULO ÚNICO

CAPÍTULO I, DEL AGUA PARA CONSUMO HUMANO

Art. 96.- Declarase de prioridad nacional y de utilidad pública, el agua para consumo

humano.

Es obligación del Estado, por medio de las municipalidades, proveer a la población de

agua potable de calidad, apta para el consumo humano.

Toda persona natural o jurídica tiene la obligación de proteger los acuíferos, las fuentes y

cuencas hidrográficas que sirvan para el abastecimiento de agua para consumo humano.

Se prohíbe realizar actividades de cualquier tipo, que pongan en riesgo de contaminación

las fuentes de captación de agua. La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con

otros organismos competentes, tomarán medidas para prevenir, controlar, mitigar,

remediar y sancionar la contaminación de las fuentes de agua para consumo humano.

A fin de garantizar la calidad e inocuidad, todo abastecimiento de agua para consumo

humano, queda sujeto a la vigilancia de la autoridad sanitaria nacional, a quien

corresponde establecer las normas y reglamentos que permitan asegurar la protección de

la salud humana.

CAPÍTULO III, CALIDAD DEL AIRE Y DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA

Art. 111.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con la autoridad ambiental

nacional y otros organismos competentes, dictará las normas técnicas para prevenir y

controlar todo tipo de emanaciones que afecten a los sistemas respiratorio, auditivo y

visual.

Todas las personas naturales y jurídicas deberán cumplir en forma obligatoria dichas

normas.

Art. 113.- Toda actividad laboral, productiva, industrial, comercial, recreativa y de

diversión; así como las viviendas y otras instalaciones y medios de transporte, deben

cumplir con lo dispuesto en las respectivas normas y reglamentos sobre prevención y

control, a fin de evitar la contaminación por ruido, que afecte a la salud humana.

2.6 Ley de aguas. Codificación Publicada en el R.O. No. 339 del 20 -05-2004

TITULO I, DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

Art. 1.- Las disposiciones de la presente Ley regulan el aprovechamiento de las aguas

marítimas, superficiales, subterráneas y atmosféricas del territorio nacional, en todos sus

estados físicos y formas.

TITULO II, DE LA CONSERVACION Y CONTAMINACION DE LAS AGUAS

CAPITULO II, DE LA CONTAMINACION

Art. 22.- Prohíbase toda contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o al

desarrollo de la flora o de la fauna.

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El Consejo Nacional de Recursos Hídricos, en colaboración con el Ministerio de Salud

Pública y las demás entidades estatales, aplicará la política que permita el cumplimiento

de esta disposición.

Se concede acción popular para denunciar los hechos que se relacionan con

contaminación de agua. La denuncia se presentará en la Defensoría del Pueblo.

TITULO VIII, CONCESION DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS

SUBTERRANEAS

Art. 43.- Nadie podrá explotar aguas subterráneas sin autorización del Consejo Nacional

de Recursos Hídricos y, en caso de encontrarlas, la concesión de derechos de

aprovechamiento está sujeta, a más de las condiciones establecidas en el Art. 24, a las

siguientes:

a) Que su alumbramiento no perjudique las condiciones del acuífero ni el área superficial

comprendida en el radio de influencia del pozo o galería; y,

b) Que no produzca interferencia con otros pozos, galerías o fuentes de agua y en

general a otras afloraciones preexistentes.

Art. 44.- Las autorizaciones para efectuar trabajos de alumbramiento de aguas

subterráneas, podrán otorgarse inclusive en terrenos de terceros, quienes tendrán

preferencia para ser concesionarios de los excedentes.

2.7 Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria, emitido mediante

decreto ejecutivo no. 3399 del 28 de noviembre de 2002, publicado en el R. O. N°

725 del 16 de diciembre del 2002 y ratificado mediante decreto ejecutivo 3516

publicado en el R.O. suplemento N° 2 del 31 de marzo de 2003.

Libro VI CALIDAD AMBIENTAL

CAPÍTULO III, SECCIÓN II INSTRUMENTOS PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA

CONTAMINACIÓN AMBIENTAL

Art. 57.- Documentos Técnicos

Los estudios ambientales se realizarán en las etapas previas a la ejecución, temporales o

definitivas de un proyecto o actividad.

Los documentos técnicos o estudios ambientales que serán exigidos por la autoridad son

entre otros:

a) Estudios de Impacto Ambiental (EIA), que se realizan previo al inicio de un proyecto o

actividad, de acuerdo a lo establecido en el SUMA;

b) Auditoría Ambiental (AA), que se realizan durante el ejercicio de la actividad, lo cual

incluye la construcción;

c) Plan de Manejo Ambiental (PMA), que se realiza en cualquier etapa del proyecto o

actividad.

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CAPITULO V

DEL REGULADO

Sección I De los Deberes y Derechos del Regulado

Art. 81.- Reporte Anual.- Es deber fundamental del regulado reportar ante la entidad

ambiental de control, por lo menos una vez al año, los resultados de los monitoreos

correspondientes a sus descargas, emisiones y vertidos de acuerdo a lo establecido en su

PMA aprobado. Estos reportes permitirán a la entidad ambiental de control verificar que

el regulado se encuentra en cumplimiento o incumplimiento del presente Libro VI De la

Calidad Ambiental y sus normas técnicas contenidas en los Anexos, así como del plan de

manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control.

Art. 83.- Plan de Manejo y Auditoría Ambiental de Cumplimiento.-El regulado deberá

contar con un plan de manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control y

realizará a sus actividades, auditorías ambientales de cumplimiento con las normativas

ambientales vigentes y con su plan de manejo ambiental acorde a lo establecido en el

presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas ambientales.

Art. 87.- Información de Situaciones de Emergencia.-El regulado está obligado a informar

a la entidad ambiental de control cuando se presenten situaciones de emergencia,

accidentes o incidentes por razones de fuerza mayor que puedan generar cambios

sustanciales de sus descargas, vertidos o emisiones, con referencia a aquellas autorizadas

por la entidad ambiental de control. Así, reportará de manera inmediata, en un plazo no

mayor a 24 horas, las siguientes situaciones:

a) Necesidad de parar en forma parcial o total un sistema de tratamiento, para un

mantenimiento que dure más de veinticuatro (24) horas;

b) Fallas en los sistemas de tratamiento de las emisiones, descargas o vertidos cuya

reparación requiera más de veinticuatro (24) horas;

c) Emergencias, incidentes o accidentes que impliquen cambios sustanciales en la calidad,

cantidad o nivel de la descarga, vertido o emisión; y,

d) Cuando las emisiones, descargas o vertidos contengan cantidades o concentraciones

de sustancias consideradas peligrosas.

Art. 89.- Prueba de Planes de Contingencia.- Los planes de contingencias deberán ser

implementados, mantenidos, y probados periódicamente a través de simulacros. Los

simulacros deberán ser documentados y sus registros estarán disponibles para la entidad

ambiental de control. La falta de registros constituirá prueba de incumplimiento de la

presente disposición.

Entre las disposiciones legales vigentes del TULSMA, se verificará el cumplimiento con lo

establecido, referente especialmente a:

Norma de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes: recurso agua, cuyo objetivo es

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proteger la calidad de este recurso para salvaguardar y preservar la integridad de las

personas, ecosistemas y ambiente en general, estableciendo los límites permisibles,

disposiciones y prohibiciones para descargas en cuerpos de aguas o sistemas de

alcantarillado; criterios de calidad de aguas y métodos-procedimientos para determinar

presencia de contaminantes. (Anexo 1, Libro VI, De la Calidad Ambiental).

Norma de Calidad Ambiental del Recurso Suelo y Criterios de Remediación para Suelos

Contaminados, cuyo objetivo es preservar la calidad del suelo determinando normas

generales para suelos de distintos usos; criterios de calidad y remediación para suelos

contaminados. (Anexo 2, Libro VI, De la Calidad Ambiental)

Norma de Emisiones al Aire desde Fuentes Fijas de Combustión, las cuales establecen

límites permisibles de emisiones de aire desde diferentes actividades y provee

herramientas de gestión destinadas a promover el cumplimiento de valores de calidad del

aire ambiental. (Anexo 3, Libro VI, De la Calidad Ambiental)

Norma de Calidad de Aire Ambiente, que establece los límites máximos permisibles

contaminantes en el aire ambiente a nivel del suelo. (Anexo 4, Libro VI, De la Calidad

Ambiental)

Límites máximos permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas y para

vibraciones, que establecen los niveles de ruido máximo permisibles para vehículo

automotor y métodos de medición de estos niveles, así como proveen valores para la

evaluación de vibraciones en edificaciones. (Anexo 5, Libro VI, De la Calidad Ambiental).

Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición final de desechos sólidos no-

peligrosos, que estipula normas para prevenir la contaminación del agua, aire y suelo, en

general. (Anexo 6, Libro VI, De la Calidad Ambiental).

2.8 Reglamento para la autorización de actividades de comercialización de

combustibles líquidos derivados de los hidrocarburos, Decreto Ejecutivo Nº 2024,

R.O. Nº 445, del 1-11-2001

Art. 5. Expresa que en el ejercicio de las actividades de comercialización, las participantes

deberán cumplir las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con la protección

del medio ambiente.

Art. 8, literal d). Dispone que para obtener la autorización para comercializar

combustibles líquidos derivados de hidrocarburos, el solicitante deberá contar, como uno

de los requisitos, con la aprobación de la Subsecretaría de Protección Ambiental del

Ministerio de Energía y Minas, del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de

Comercialización de Combustibles Líquidos Derivados de los Hidrocarburos.

2.9 Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección contra Incendios. Edición

Especial Nº 114. Registro Oficial, jueves 2 de abril del 2009.

Art. 1.- Las disposiciones del Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección Contra

Incendios, serán aplicadas en todo el territorio nacional, para los proyectos

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arquitectónicos y de ingeniería, en edificaciones a construirse, así como la modificación,

ampliación, remodelación de las ya existentes, sean públicas, privadas o mixtas, y que su

actividad sea de comercio, prestación de servicios, educativas, hospitalarias, alojamiento,

concentración de público, industrias, transportes, almacenamiento y expendio de

combustibles, explosivos, manejo de productos químicos peligrosos y de toda actividad

que represente riesgo de siniestro. Adicionalmente esta norma se aplicará a aquellas

actividades que por razones imprevistas, no consten en el presente reglamento, en cuyo

caso se someterán al criterio técnico profesional del Cuerpo de Bomberos de su

jurisdicción en base a la

Constitución Política del Estado, Normas INEN, Código Nacional de la Construcción,

Código Eléctrico Ecuatoriano y demás normas y códigos conexos vigentes en nuestro país.

Toda persona natural y/o jurídica, propietaria, usuaria o administrador, así como

profesionales del diseño y construcción, están obligados a cumplir las disposiciones

contempladas en el presente Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección Contra

Incendios, basados en Normas Técnicas Ecuatorianas INEN.

Art. 2.- Control y responsabilidad.- Corresponde a los cuerpos de bomberos del país, a

través del Departamento de Prevención (B2), cumplir y hacer cumplir lo establecido en la

Ley de Defensa Contra Incendios y sus reglamentos; velar por su permanente

actualización.

Art. 21.- La iluminación de emergencia es aquella que debe permitir, en caso de corte de

energía eléctrica, la evacuación segura y fácil del público hacia el exterior.

Art. 29.- Todo establecimiento de trabajo, comercio, prestación de servicios, alojamiento,

concentración de público, parqueaderos, industrias, transportes, instituciones educativas

públicas y privadas, hospitalarios, almacenamiento y expendio de combustibles,

productos químicos peligrosos, de toda actividad que representen riesgos de incendio;

deben contar con extintores de incendio del tipo adecuado a los materiales usados y a la

clase de riesgo.

Art. 30.- El Cuerpo de Bomberos de cada jurisdicción, determinará el tipo de agente

extintor que corresponda de acuerdo a la edificación y su funcionalidad, estos se

instalarán en las proximidades de los sitios de mayor riesgo o peligro, de preferencia

junto a las salidas y en lugares fácilmente identificables, accesibles y visibles desde

cualquier punto del local, además no se debe obstaculizar la circulación (NFPA 10).

Art. 122.- Toda edificación que se enmarca en la Ley de Defensa Contra Incendios, es

decir de más de 4 pisos, o que alberguen más de 25 personas, o edificaciones de uso

exclusivo de vivienda que tengan más de quinientos metros cuadrados (500 m2),

proyectos para la industria, proyectos arquitectónicos y de ingeniería, en edificaciones

existentes, nuevas, ampliaciones y modificaciones, sean éstas públicas, privadas o mixtas,

tales como: comercio, servicios, educativos, hospitalarios, alojamiento, concentración de

público, industrias, transportes, parqueaderos, almacenamiento y expendio de

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combustibles o productos químicos peligrosos y de toda actividad que represente riesgo

de incendio y especialmente el riesgo personal adoptará las normas de protección

descritas en el presente reglamento.

Art. 123.- Las edificaciones que fueren objeto de ampliación, remodelación o cambio de

uso, en una superficie mayor a cien metros cuadrados (100 m2) sujetas al control del

cuerpo de bomberos, deben sujetarse a las disposiciones del presente reglamento

conforme a su nuevo uso de suelo.

2.10 Reglamento sustitutivo de operaciones hidrocarburíferas del Ecuador (RAOHE),

R.O. Nº 265, del 13-02-2001.

Art. 10 Programa y presupuesto ambiental anual. Los sujetos de control de conformidad

con lo que dispone el Art. 31 literales c, k , s y t de la Ley de Hidrocarburos deberán

presentar hasta el primero de diciembre de cada año, o dentro del plazo estipulado en

cada contrato al Ministerio de Energía y Minas, el programa anual de actividades

ambientales derivado del respectivo Plan de Manejo Ambiental y el presupuesto

ambiental del año siguiente para su evaluación y aprobación en base del respectivo

pronunciamiento de la SPA, como parte integrante del programa y presupuesto generales

de las actividades contractuales que deberá incluir los aspectos de operaciones, de

inversiones y gastos administrativos, rubros que a su vez deberán estar claramente

identificados en el presupuesto consolidado de los entes mencionados.

Art. 11 Informe ambiental anual. Los sujetos de control, igualmente, presentarán hasta

el treinta y uno de enero de cada año, el informe anual de las actividades ambientales

cumplidas en el año inmediato anterior, como parte del informe anual de actividades

contractuales.

Art. 12 Monitoreo ambiental interno. Los sujetos de control deberán realizar el

monitoreo ambiental interno de sus emisiones a la atmósfera, descargas liquidas y sólidas

así como de la remediación de suelos y/o piscinas contaminados.

Los análisis de dicho monitoreo interno se reportarán a la Subsecretaría de Protección

Ambiental del Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección Nacional de

Protección Ambiental, cumpliendo con los requisitos de los Formularios Nos. 3 y 4 del

Anexo 4 de este Reglamento por escrito y en forma electrónica:

Mensualmente para el período de perforación y para refinerías en base de los análisis

diarios de descargas y semanales de emisiones;

Trimestralmente para todas las demás fases, instalaciones y actividades

hidrocarburíferas, con excepción de las referidas en el siguiente punto, en base de los

análisis mensuales para descargas y trimestrales para emisiones;

Anualmente para las fases, instalaciones y actividades de almacenamiento, transporte,

comercialización y venta de hidrocarburos en base de los análisis semestrales de

descargas y emisiones.

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Art. 23, Calidad de equipos y materiales. En todas las fases y operaciones de las

actividades hidrocarburíferas, se utilizarán equipos y materiales que correspondan a

tecnologías aceptadas en la industria petrolera, compatibles con la protección del medio

ambiente; se prohíbe el uso de tecnología y equipos obsoletos.

Art. 24. Manejo de productos químicos y sustitución de Químicos convencionales.

Para el manejo y almacenamiento de productos químicos se cumplirá con lo siguiente:

Instruir y capacitar al personal sobre el manejo de productos químicos, sus

potenciales efectos ambientales así como señales de seguridad correspondientes, de

acuerdo a normas de seguridad industrial;

Los sitios de almacenamiento de productos químicos serán ubicados en áreas no

inundables y cumplirán con los requerimientos específicos de almacenamiento para

cada clase de productos;

Para el transporte, almacenamiento y manejo de productos químicos peligrosos, se

cumplirá con las respectivas normas vigentes en el país y se manejarán

adecuadamente las hojas técnicas de seguridad (material safety date sheet) que

deben ser entregadas por los fabricantes para cada producto;

En todas las actividades hidrocarburíferas se utilizarán productos naturales y/o

biodegradables, entre otros los siguientes: desengrasantes, limpiadores, detergentes

y desodorizantes domésticos e industriales, digestores de desechos tóxicos y de

hidrocarburos provenientes de derrames; inhibidores parafínicos, insecticidas,

abonos y fertilizantes, al menos que existan justificaciones técnicas y/o económicas

debidamente sustentadas; y,

En todas las operaciones hidrocarburíferas y actividades relacionadas con las mismas

se aplicarán estrategias de reducción del uso de productos químicos en cuanto a

cantidades en general y productos peligrosos especialmente, las cuales se

identificarán detalladamente en el Plan de Manejo Ambiental.

Art. 25 Manejo y almacenamiento de crudo y/o combustibles. Este artículo es

mandatario en los aspectos siguientes:

Capacitación

Los tanques de almacenamiento deben cumplir con las normas de seguridad y de

diseño: API 650, API 12F, API 12D, UL 58, UL 1746, UL 142 o equivalentes.

Todos los tanques para combustibles deben cumplir con la norma de seguridad del

sistema PETROECUADOR.

Todos los equipos mecánicos deben tener conexión a tierra

Los tanques de almacenamiento de petróleo y derivados deben estar protegidos

contra la corrosión

Los sitios de almacenamiento deben estar ubicados en sitios no inundables.

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Art. 26 Seguridad e higiene industrial. El texto de este artículo es mandatario en los

aspectos siguientes:

Cumplimiento de las normas nacionales de seguridad industrial, normas INEN, y

demás normas vigentes con relación a salud ocupacional, seguridad e higiene

industrial y gestión ambiental.

Art. 27 Operación y mantenimiento de equipos e instalaciones. Este artículo es

mandatario en los siguientes aspectos:

Disponer de equipos y materiales para control de derrames

Disponer de equipos y materiales contra incendios

Programas de mantenimiento preventivo y correctivo especificados en el PMA

documentado y reportado a la SPA, a través de la DINAPA.

Material, equipo y personal capacitado para respuesta a contingencias, realización de

simulacros (especificado en el Plan de Contingencias del PMA).

Art. 28 Manejo de desechos en general.

Reducción de desechos en la fuente. Los Planes de Manejo Ambiental deberán

incorporar específicamente las políticas y prácticas, para la reducción en la fuente de

cada una de las categorías de los desechos descritos en la tabla 8 del anexo 2 del

RAOHE.

Clasificación. Los desechos constantes en la tabla 8 del anexo 2 del RAOHE serán

clasificados, tratados, reciclados o reutilizados y dispuestos de acuerdo a normas

ambientales y conforme al plan de manejo ambiental.

Disposición. Se prohíbe la disposición no controlada de cualquier tipo de desecho. Los

sitios de disposición de desechos, tales como rellenos sanitarios y piscinas de

disposición final, contarán con un sistema adecuado de canales para el control de

lixiviados, así como tratamiento y monitoreo de éstos previo a su descarga; y,

Registros y documentación. En todas las instalaciones y actividades hidrocarburíferas

se llevarán registros sobre la clasificación de desechos, volúmenes y/o cantidades

generados y la forma de tratamiento y/o disposición para cada clase de desechos

conforme a la tabla No. 8 del anexo 2 del RAOHE. Un resumen de dicha

documentación se presentará en el informe anual ambiental.

Art. 29 Manejo y tratamiento de descargas líquidas. Este artículo hace referencia a la

obligatoriedad de que la empresa disponga de un sistema de drenaje, de forma que se

haga un tratamiento por separado de aguas lluvias y de escorrentía, aguas grises y negras,

y efluentes residuales. Además es mandatario la instalación de separadores de agua-

aceite (API), para contener y tratar cualquier derrame así como para tratar las aguas

contaminadas que salen del servicio de lavado, lubricación y cambio de aceites.

b) Disposición. Todo efluente líquido, proveniente de las diferentes fases de operación,

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que deberá ser descargado al entorno, deberá cumplir antes de la descarga con los límites

permisibles establecidos en la tabla 4 del anexo 2 del RAOHE.

e) Aguas negras y grises. Este numeral reglamenta la obligatoriedad de que las aguas

grises y negras deben ser tratadas antes de la descarga y el efluente debe cumplir con los

parámetros y límites de la tabla 5, anexo 2.

Art. 30 Manejo y tratamiento de emisiones a la atmósfera.

a) Emisiones a la atmósfera. Este literal hace relación a la obligatoriedad de monitorear

las emisiones a la atmósfera de fuentes fijas de combustión, de conformidad con los

parámetros y límites de la tabla 3 del anexo 2 del RAOHE.

b) Monitoreo de tanques y recipientes. Este literal es mandatario en:

- La inspección periódica de tanques y recipientes de almacenamiento, bombas,

compresores, líneas de transferencia.

- La adopción de las medidas necesarias para minimizar las emisiones.

- Incorporación en el plan de manejo ambiental y en las medidas de seguridad

industrial y mantenimiento, los mecanismos de inspección y monitoreos de fugas de

gases.

- Monitorear el aire ambiente cercano y reportar los resultados en el informe

ambiental anual.

Art. 31 Manejo y tratamiento de desechos sólidos. Este artículo establece las siguientes

obligaciones:

a) Desechos inorgánicos. En este literal se establece la responsabilidad del generador de

desechos de adoptar medidas de clasificación y reciclaje, así como de disposición en

rellenos sanitarios.

b) Desechos orgánicos. En este literal el RAOH obliga a utilizar tecnologías

ambientalmente aceptadas para procesar desechos biodegradables.

Art. 42 Auditoría Ambiental. La Subsecretaría de Protección Ambiental por intermedio de

la Dirección Nacional de Protección Ambiental auditará al menos cada dos años, o cuando

por haberse detectado incumplimiento al Plan de Manejo Ambiental el Subsecretario de

Protección Ambiental así lo disponga, los aspectos ambientales de las diferentes

actividades hidrocarburíferas realizadas por los sujetos de control.

Art. 76 Tanques en Estaciones de Servicio

a. 1) Los tanques para almacenamiento de líquidos combustibles e inflamables deben ser

tanques horizontales, cilíndricos, atmosféricos, para instalación subterránea, con doble

pared, provistos de un sistema de monitoreo intersticial de fugas, fabricados bajo

estándares UL 58 y UL 1746.

a.2) El diseño, fabricación y montaje se lo realizará de acuerdo a las mejores prácticas de

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la ingeniería, dando cumplimiento estricto de los códigos y normas aplicables tanto

nacionales como de ASTM, API, ASME, NFPA, UL. ANSI y EPA o equivalentes.

a.3) Los tanques deberán ser cilíndricos para instalación horizontal, fabricados con

planchas de acero al carbón de conformidad con el código correspondiente y recubiertas

exteriormente con fibra de vidrio o similar, los cuales deberán tener un certificado de

calidad otorgado por el fabricante.

a.4) Todos los tanques deberán ser probados in situ hidrostáticamente con agua limpia

para verificar su hermeticidad previo a su utilización.

a.5) Las válvulas deben ser apropiadas para uso con productos refinados de petróleo con

una presión de trabajo correspondiente al ANSI No. 150.

a.6) Las líneas de venteo serán de 2 pulgadas de diámetro, cuya boca de descarga deberá

estar a una altura no menos de 4 metros sobre el nivel de piso, y estará provisto de una

campana de venteo para evitar el ingreso de aguas lluvias al tanque de almacenamiento.

a.7) En los surtidores que funcionan con bomba sumergible, deberá instalarse una válvula

de emergencia, la cual deberá cerrarse automáticamente en el caso de que el surtidor

sufra un golpe o volcamiento.

a.8) El trasiego de los líquidos inflamables desde los camiones cisternas o los depósitos

subterráneos se efectuará por medio de mangueras con conexiones de ajuste hermético

que no sean afectadas por tales líquidos y que no produzcan chispas por roce o golpe.

a.9) Los aspectos relativos a instalaciones sanitarias, de seguridad industrial y protección

ambiental estarán de acuerdo a las Ordenanzas Municipales vigentes y demás

regulaciones afines del Ministerio de Energía y Minas.

La capacidad operativa del tanque no será menor que la capacidad nominal, y ni mayor

que 110% de la capacidad nominal.

La longitud del tanque no será mayor que 6 veces su diámetro.

2.11 Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores (Decreto N° 2393).

Las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán a toda actividad laboral y en todo

centro de trabajo, teniendo como objetivo la prevención, disminución o eliminación de

los riesgos del trabajo y el mejoramiento del medio ambiente de trabajo.

Art. 11. Obligaciones de los empleadores

2. Adoptar las medidas necesarias para la prevención de los riesgos que puedan afectar a

la salud y al bienestar de los trabajadores en los lugares de trabajo de su responsabilidad.

3. Mantener en buen estado de servicio las instalaciones, máquinas, herramientas y

materiales para un trabajo seguro.

5. Entregar gratuitamente a sus trabajadores vestido adecuado para el trabajo y los

medios de protección personal y colectiva necesarios.

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6. Efectuar reconocimientos médicos periódicos de los trabajadores en actividades

peligrosas; y, especialmente, cuando sufran dolencias o defectos físicos o se encuentren

en estados o situaciones que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos

puestos de trabajo.

Se mencionan algunos de los ítems más importantes en relación al artículo 11.

Art. 13. Obligaciones de los trabajadores

3. Usar correctamente los medios de protección personal y colectiva proporcionados por

la empresa y cuidar de su conservación.

Art. 23. Suelos, Techos y Paredes

1. (Reformado por el Art. 16 del Decreto 4217) El pavimento constituirá un conjunto

homogéneo, liso y continuo. Será de material consistente, no deslizante o susceptible de

serio por el uso o proceso de trabajo, y de fácil limpieza. Estará al mismo nivel y en los

centros de trabajo donde se manejen líquidos en abundancia susceptibles de formar

charcos, los suelos se construirán de material impermeable, dotando al pavimento de una

pendiente de hasta el 1,5% con desagües o canales.

2. Los techos y tumbados deberán reunir las condiciones suficientes para resguardar a los

trabajadores de las inclemencias del tiempo.

3. Las paredes serán lisas, pintadas en tonos claros y susceptibles de ser lavadas y

desinfectadas.

4. (Reformado por el Art. 17 del Decreto 4217) Tanto los tumbados como las paredes

cuando 10 estén, tendrán su enlucido firmemente adherido a fin de evitar los

desprendimientos de materiales.

Art. 29. Plataforma de trabajo.

1. Las plataformas de trabajo, fijas o móviles, estarán construidas de materiales sólidos y

su estructura y resistencia serán proporcionales a las cargas fijas o móviles que hayan de

soportar. En ningún caso su ancho será menor de 800 milímetros.

Art. 34. Limpieza de Locales

1. Los locales de trabajo y dependencias anexas deberán mantenerse siempre en buen

estado de limpieza.

5. Las operaciones de limpieza se realizarán con mayor esmero en las inmediaciones de

los lugares ocupados por máquinas, aparatos o dispositivos, cuya utilización ofrezca

mayor peligro. El pavimento no estará encharcado y se conservará limpio de aceite, grasa

y otras materias resbaladizas.

6. Los aparatos, máquinas, instalaciones, herramientas e instrumentos, deberán

mantenerse siempre en buen estado de limpieza.

Art.37. Comedores.

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1. Los comedores que instalen los empleadores para sus trabajadores no estarán alejados

de los lugares de trabajo y se ubicarán independientemente y aisladamente de focos

insalubres. Tendrán iluminación, ventilación y temperatura adecuadas.

2. Los pisos, paredes y techos serán lisos y susceptibles de fácil limpieza; teniendo estos

últimos una altura mínima de 2,30 metros.

Art. 39. Abastecimiento de agua.

1. En todo establecimiento o lugar de trabajo, deberá proveerse en forma suficiente, de

agua fresca y potable para consumo de los trabajadores.

Art. 40. Vestuarios.

1. Todos los centros de trabajo dispondrán de cuartos vestuarios para uso del personal

debidamente separados para los trabajadores de uno u otro sexo y en una superficie

adecuada al número de trabajadores que deben usarlos en forma simultánea.

Art. 41. Servicios higiénicos. El número de elementos necesarios para el aseo personal,

debidamente separados por sexos, se ajustará en cada centro de trabajo.

Art. 46. Servicios de primeros auxilios. Todos los centros de trabajo dispondrán de un

botiquín de emergencia para la prestación de primeros auxilios a los trabajadores durante

la jornada de trabajo. Si el centro tuviera 25 o más trabajadores simultáneos, dispondrá

además, de un local destinado a enfermería. El empleador garantizará el buen

funcionamiento de estos servicios, debiendo proveer de entrenamiento necesario a fin de

que por lo menos un trabajador de cada turno tenga conocimientos de primeros auxilios.

Art. 55. Ruidos y vibraciones

3. Las máquinas que produzcan ruidos o vibraciones se ubicarán en recintos aislados si el

proceso de fabricación lo permite, y serán objeto de un programa de mantenimiento

adecuado que aminore en lo posible la emisión de tales contaminantes físicos.

Art.76. Instalación de resguardos y dispositivos de seguridad. Todas las partes fijas o

móviles de motores, órganos de transmisión y máquinas, agresivos por acción atrapante,

cortante, lacerante, punzante, prensante, abrasiva y proyectiva en que resulte técnica y

funcionalmente posible, serán eficazmente protegidos mediante resguardos u otros

dispositivos de seguridad.

Art. 92. Mantenimiento.

1. El mantenimiento de máquinas deberá ser de tipo preventivo y programado.

2. Las máquinas, sus resguardos y dispositivos de seguridad serán revisados, engrasados y

sometidos a todas las operaciones de mantenimiento establecidas por el fabricante, o

que aconseje el buen funcionamiento de las mismas.

Art. 128. Manipulación de materiales.

1. El transporte o manejo de materiales en lo posible deberá ser mecanizado, utilizando

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para el efecto elementos como carretillas, vagonetas, elevadores, transportadores de

bandas, grúas, montacargas y similares.

Art. 130. Circulación de vehículos.

2. Los pasillos usados para el tránsito de vehículos estarán debidamente señalizados en

toda su longitud.

Art. 154. En los locales de alta concurrencia o peligrosidad se instalarán sistemas de

detección de incendios, cuya instalación mínima estará compuesta por los siguientes

elementos: equipo de control y señalización, detectores y fuente de suministro.

Art. 155. Se consideran instalaciones de extinción las siguientes: bocas de incendio,

hidrantes de incendios, columna seca, extintores y sistemas fijos de extinción.

Art. 159. Extintores móviles.

1. Los extintores se clasifican en los siguientes tipos en función del agente extintor:

Extintor de agua

Extintor de espuma

Extintor de polvo

Extintor de anhídrido carbónico (CO2)

Extintor de hidrocarburos halogenados

Extintor específico para fugas de metales

Art. 164. Objeto.

1. La señalización de seguridad se establecerá en orden a indicar la existencia de riesgos y

medidas a adoptar ante los mismos, y determinar el emplazamiento de dispositivos y

equipos de seguridad y demás medios de protección.

2. La señalización de seguridad no sustituirá en ningún caso a la adopción obligatoria de

las medidas preventivas, colectivas o personales necesarias para la eliminación de los

riesgos existentes, sino que serán complementarias a las mismas.

3. La señalización de seguridad se empleará de forma tal que el riesgo que indica sea

fácilmente advertido o identificado.

Art. 175. Disposiciones generales.

1. La utilización de los medios de protección personal tendrá carácter obligatorio en los

siguientes casos:

a) Cuando no sea viable o posible el empleo de medios de protección colectiva.

b) Simultáneamente con éstos cuando no garanticen una total protección frente a los

riesgos profesionales.

Art. 176. Ropa de trabajo

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l. Siempre que el trabajo implique por sus características un determinado riesgo de

accidente o enfermedad profesional, o sea marcadamente sucio, deberá utilizarse ropa

de trabajo adecuada que será suministrada por el empresario.

Igual obligación se impone en aquellas actividades en que, de no usarse ropa de trabajo,

puedan derivarse riesgos para el trabajador o para los consumidores de alimentos,

bebidas o medicamentos que en la empresa se elaboren.

Art. 187. Prohibiciones para los empleadores.- Queda totalmente prohibido a los

empleadores:

a) Obligar a sus trabajadores a laborar en ambientes insalubres por efecto de polvo, gases

o sustancias tóxicas; salvo que previamente se adopten las medidas preventivas

necesarias para la defensa de la salud.

b) Permitir a los trabajadores que realicen sus actividades en estado de embriaguez o

bajo la acción de cualquier tóxico.

c) Facultar al trabajador el desempeño de sus labores sin el uso de la ropa y equipo de

protección personal.

d) Permitir el trabajo en máquinas, equipos, herramientas o locales que no cuenten con

las defensas o guardas de protección u otras seguridades que garanticen la integridad

física de los trabajadores.

e) Transportar a los trabajadores en vehículos inadecuados para este efecto.

f) Dejar de cumplir las disposiciones que sobre prevención de riesgos emanen de la Ley,

Reglamentos y las disposiciones de la División de Riesgos del Trabajo, del IESS.

g) Dejar de acatar las indicaciones contenidas en los certificados emitidos por la Comisión

de Valuación de las Incapacidades del IESS sobre cambio temporal o definitivo de los

trabajadores, en las actividades o tareas que puedan agravar sus lesiones o enfermedades

adquiridas dentro de la propia empresa.

h) Permitir que el trabajador realice una labor riesgosa para la cual no fue entrenado

previamente.

2.12 Normas técnicas API 653, UL 58, ANSI/ASME B31.4, Código de Construcción,

Manuales y Procedimientos de los fabricantes de los equipos.

Estas normas se refieren a la inspección técnica de tanques y tuberías en instalaciones

que operan con hidrocarburos.

2.13 Reglamento de aplicación de la ley de aguas. Publicado en el registro oficial N°

233 del 26 de Enero de 1973.

Este reglamento indica los procedimientos y la forma de ejecutar acciones relacionadas

con el uso del recurso agua. Respecto a disposiciones ambientales se establecieron

acciones que se deben ejecutar para evitar la contaminación del agua, las mismas que se

refieren a infracciones y control de obras que se efectúan en o cerca de cuerpos hídricos,

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el marco institucional aplicable y conceptos que debe contemplar la unidad ejecutora del

proyecto en la ejecución de sus actividades (art. 23, 83, 89, 90 y 91).

2.14 Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización

(COOTAD), en Registro Oficial No. 303, de 19 de Octubre de 2010.

El artículo 136. Ejercicio de las competencias de gestión ambiental, establece que, de

acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, el ejercicio de la tutela estatal sobre el

ambiente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a

través de un sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su

cargo la defensoría del ambiente y la naturaleza a través de la gestión concurrente y

subsidiaria de las competencias de este sector, con sujeción a las políticas, regulaciones

técnicas y control de la autoridad ambiental nacional, de conformidad con lo dispuesto en

la ley.

El artículo 431.- De la gestión integral del manejo ambiental, establece que los gobiernos

autónomos descentralizados de manera concurrente establecerán las normas para la

gestión integral del ambiente y de los desechos contaminantes que comprende la

prevención, control y sanción de actividades que afecten al mismo.

Si se produjeren actividades contaminantes por parte de actores públicos o privados, el

gobierno autónomo descentralizado impondrá los correctivos y sanciones a los

infractores sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal a que hubiere lugar y pondrán

en conocimiento de la autoridad competente el particular, a fin de exigir el derecho de la

naturaleza contemplado en la Constitución.

2.15 Acuerdo Ministerial Nº 091 publicado en el registro oficial Nº 430 del 4 de enero

del 2007

El generador es un equipo que emitirá gases de combustión, aunque se debe considerar

que la E/S se provee de energía eléctrica de la Red Eléctrica, por tanto según el Art. 5.

EXCEPCIONES del Acuerdo Ministerial 091:

- Quedan eximidos del monitoreo de emisiones los generadores emergentes, motores y

bombas contra incendios cuya tasa de funcionamiento sea menor a 300 horas por año.

No obstante, si dichas unidades no son sujetas a un mantenimiento preventivo

estricto, la Dirección Nacional de Protección Ambiental puede disponer que sean

monitoreadas trimestralmente; y,

- En las fases de almacenamiento, transporte, comercialización, se procederá tal como

indica el Anexo 2, Tabla 3 del Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental para

las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador, referente a la periodicidad de los

muestreos y análisis.

2.16 Acuerdo Ministerial 026. Publicado en el R.O. Nº 334 del 12 de mayo de 2008

Art. 1.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que genere

desechos peligrosos deberá registrarse en el Ministerio del Ambiente, de

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acuerdo al procedimiento de registro de generadores de desechos peligrosos

determinado en el Anexo A.

2.17 Acuerdo Nº 161. Reglamento para la prevención y control de la contaminación por

sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales. Reforma al Libro

VI del TULSMA del Ministerio del Ambiente.

Este Reglamento regula las fases de gestión y los mecanismos de prevención y control de

la contaminación por sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales en

el territorio nacional al tenor de los procedimientos y normas técnicas previstos en las

leyes de gestión Ambiental y de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, en

sus respectivos reglamentos y en los convenios internacionales, en sus respectivos

reglamentos y en los convenios internacionales relacionados con esta materia, suscritos y

ratificados por el estado.

Art. 154.- A efectos del presente reglamento, los desechos peligrosos son:

a) Los desechos sólidos, pastosos, líquidos o gaseosos resultantes de un proceso de

producción, transformación, reciclaje, utilización o consumo y que contengan alguna

sustancia que tenga características corrosivas, reactivas, tóxicas, inflamables,

biológico-infecciosas y/o radioactivas que representan un riesgo para la salud humana

y el ambiente de acuerdo a las disposiciones legales aplicables.

b) Aquellos que se encuentran determinados en los listados nacionales de desechos

peligrosos, a menos que no tengan ninguna de las características descritas en el

literal anterior. Estos listados serán establecidos y actualizados mediante acuerdos

ministeriales.

Art. 155.- A efectos del presente reglamento, los desechos especiales son:

a) Aquellos desechos que sin ser peligrosos, por du naturaleza, pueden impactar el

entorno ambiental o la salud, debido al volumen de generación y/o difícil degradación

y para los cuales se debe implementar un sistema de recuperación, reúso y/o reciclaje

con el fin de reducir la cantidad de desechos generados, evitar su inadecuado manejo y

disposición, así como la sobresaturación de los rellenos sanitarios municipales.

b) Aquellos cuyo contenido de sustancias que tengan características corrosivas,

reactivas, inflamables, biológico-infecciosas y/o radioactivas no superen los límites de

concentración establecidos en la normativa ambiental que se expida para el efecto y

para los cuales es necesario un manejo ambiental adecuado y mantener un control-

monitoreo periódico. Para determinar si un desechos debe o no ser considerado como

especial, la caracterización del mismos deberá realizarse conforme las normas técnicas

establecidas por la autoridad ambiental nacional y/o INEN o en su defecto por normas

técnicas aceptadas a nivel internacional.

c) Aquellos que se encuentren determinados en el listado nacional de desechos

especiales. Estos listados serán establecidos y actualizados mediante acuerdos

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ministeriales.

CAPÍTULO III, SECCIÓN I, GESTIÓN INTEGRAL DE LAS SUSTANCIAS QUÍMICAS

PELIGROSAS.

Art. 169.- Toda persona natural o jurídica que se dedique a la gestión total o parcial de

sustancias químicas peligrosas deberá ejecutar sus actividades específicas de acuerdo a la

normativa ambiental que sobre el tema sea emitida por el Ministerio del Ambiente o

INEN, en caso de ser necesario se complementará con las normas internacionales

aplicables que la autoridad ambiental nacional considere necesarias.

SECCIÓN II, GESTIÓN INTEGRAL DE LOS DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES

Art. 178.- La gestión integral de los desechos peligrosos y especiales tiene las siguientes

fases:

a) Generación

b) Almacenamiento

c) Recolección

d) Transporte

e) Sistema de eliminación y disposición final

Art. 179.- todas las personas que intervengan en cualquiera de las fases de la gestión

integral de los desechos peligrosos y especiales, se asegurarán que el personal que se

encargue del manejo de estos desechos, tenga la capacitación necesaria y cuenten con

el equipo de protección apropiado, a fin de precautelar su salud.

Parágrafo I, DE LA GENERACIÓN

Art. 181.- Todo generador de desechos peligrosos y especiales es el titular y responsable

del manejo de los mismos hasta su disposición final, siendo su responsabilidad:

a) Responder conjunta y solidariamente con las personas naturales o jurídicas que

efectúen para él la gestión de los desechos de su titularidad, en cuanto al

cumplimiento de la normativa ambiental aplicable antes de la entrega de los mismos

y en caso de incidentes que involucren manejo inadecuado, contaminación y/o daño

ambiental. La responsabilidad es solidaria e irrenunciable.

b) Tomar medidas con el fin de reducir o minimizar la generación de desechos

peligrosos y especiales.

c) Obtener obligatoriamente el registro de generador de desechos peligrosos y/o

especiales, ante el Ministerio del Ambiente o las Autoridades Ambientales de

Aplicación Responsable, para lo cual el Ministerio del Ambiente establecerá los

procedimientos aprobatorios respectivos mediante acuerdo ministerial.

d) Almacenar los desechos peligrosos y especiales en condiciones técnicas de seguridad

y en áreas que reúnan los requisitos previstos en el presente Reglamento, normas

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INEN y/o normas nacionales e internacionales aplicables evitando su contacto con los

recursos agua, suelo y verificando la compatibilidad de los mismos.

e) Disponer de instalaciones adecuadas y técnicamente construidas para realizar el

almacenamiento de los desechos peligrosos y/o especiales, con accesibilidad a los

vehículos que vayan a realizar el traslado de los mismos.

f) Identificar y/o caracterizar los desechos peligrosos y/o especiales generados, de

acuerdo a la norma técnica correspondiente.

g) Realizar la entrega de los desechos peligrosos y/o especiales para u adecuado

manejo, únicamente a personas naturales o jurídicas que cuenten con la

regularización ambiental correspondiente emitida por el Ministerio del Ambiente o

por la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable.

h) Antes de entregar sus desechos peligrosos y/o especiales, el generador deberá

demostrar ante la Autoridad ambiental competente que no es posible someterlos a

algún sistema de eliminación y/o disposición final dentro de sus instalaciones, bajo

los lineamientos técnicos establecidos en la normativa ambiental emitida por el

Ministerio del Ambiente o por el INEN; en caso de ser necesario se complementará

con las normas internacionales aplicables.

i) Elaborar, formalizar, y custodiar el manifiesto único de movimiento de los desechos

peligrosos y/o especiales para su gestión; este documento crea cadena de custodia

desde la generación hasta la disposición final.

j) Regularizar su actividad conforme lo establece la normativa ambiental ante el

Ministerio del Ambiente o las Autoridades Ambientales de Aplicación Responsables.

k) Para generadores que tengan dos o más establecimientos en donde se generen

desechos peligrosos, el registro será individual para cada uno de los establecimientos

y se obtendrán ante el Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de

Aplicación Responsable para la jurisdicción correspondiente.

l) Declarar anualmente ante el Ministerio del Ambiente o Autoridad Ambiental de

Aplicación Responsable acreditada para su aprobación, la generación manejo de

desechos peligrosos y/o especiales. Esta declaración la realizará cada generador por

registros otorgado de manera anual. La información consignada en este

documento estará sujeta a comprobación por parte de la autoridad competente,

quien podrá solicitar informes específicos cuando lo requiera. El incumplimiento de

esta disposición conllevará la cancelación del registro sin perjuicio de las sanciones

administrativas, civiles y penales a que hubieren lugar.

m) Mantener un registro (bitácora) de los movimientos de entrada y salida de desechos

peligrosos y especiales en su área de almacenamiento, en donde se hará constar la

fecha de los movimientos (entras y salidas), nombre del desecho, su origen, cantidad

(transferida almacenada) y destino.

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n) Entregar al Ministerio del Ambiente o Autoridad Ambiental de Aplicación

Responsable correspondiente la información adicional o complementaria que sea

necesaria.

o) Proceder a la actualización del registro otorgado en caos de modificaciones en la

información.

p) Para generadores que ya cuenta con licencia ambiental de su actividad y que están

en capacidad de gestionar sus propios desechos peligrosos y/o especiales, deben

actualizar su plan de Manejo Ambiental a fin de reportar dicha gestión a la autoridad

ambiental competente. Las operaciones de transporte de desechos peligroso y/o

sustancias químicas peligrosas, y/o eliminación de desechos peligrosos, y/o

especiales que realicen deben cumplir con los aspectos técnicos y legales

establecidos en la normativa ambiental aplicable; en caso de ser necesario se

complementará con las normas internacionales aplicables.

2.18 Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 439. Señales de Seguridad y Símbolos de

Seguridad.

Esta norma establece los colores, señales y símbolos de seguridad, con el propósito de

prevenir accidentes y peligros para la integridad física y la salud, así como para hacer

frente a ciertas emergencias

2.19 Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2266:2013

ITEM 6 REQUISITOS

6.1.1.3 Toda empresa que maneje materiales peligrosos debe contar con procedimientos

e instrucciones operativas formales que le permitan manejar en forma segura dichos

materiales a lo largo del proceso:

a) Embalaje. Rotulado y etiquetado.

b) Producción

c) Carga

d) Descarga

e) Almacenamiento

f) Manipulación

g) Disposición adecuada de residuos

h) Descontaminación y limpieza

6.1.1.5 Contar con los equipos de seguridad adecuados y en buen estado, de acuerdo a lo

establecido en la Hoja de Seguridad de Materiales.

6.1.7.10 Almacenamiento

c.3) El almacenamiento debe contar con señalamientos y letreros alusivos a la

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peligrosidad de los materiales, en lugares y formas visibles.

c.4) El sitio de almacenamiento debe ser de acceso restringido y no permitir la entrada de

personas no autorizadas.

2.20 Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2288:2000

Esta norma expedida por el Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN), en 1999,

presenta medidas para etiquetado de Precaución de Productos Químicos Industriales

Peligrosos.

2.21 Normas del Seguridad e Higiene Industrial – Sistema PetroEcuador

Comprenden normas de seguridad e higiene industriales tales como:

Señales de seguridad

Identificación de tanques y tuberías

Distancias de seguridad para el transporte, carga, y descarga de combustibles de

tanqueros.

Elementos de protección personal.

Organización y funcionamiento de los comités de seguridad e higiene del trabajo.

Procedimiento de seguridad industrial para efectuar limpieza de tanques.

Roscas y empaques para conexión de mangueras contra incendios.

Sistemas automáticos de detección de alarma de incendios, entre otros.

2.22 Institución reguladora y autoridad ambiental

Art. 8.- La autoridad ambiental nacional será ejercida por el Ministerio del ramo, que

actuará como instancia rectora, coordinadora y reguladora del Sistema Nacional

Descentralizado de Gestión Ambiental, sin perjuicio de las atribuciones que dentro del

ámbito de sus competencias y conforme las leyes que las regulan, ejerzan otras

instituciones del Estado.

El Ministerio del ramo, contará con los organismos técnico-administrativos de apoyo,

asesoría y ejecución, necesarios para la aplicación de las políticas ambientales, dictadas

por el Presidente de la República.

2.23 Competencia Sancionatoria

Dirección Provincial del Ministerio del Ambiente de El Oro.

Gobierno Provincial Autónomo de El Oro.

Comisario Municipal.

Comisario de Salud.

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III. CAPITULO

3 DESCRIPCION DE LAS INSTALACIONES Y SUS ACTIVIDADES

3.1 UBICACIÓN

La Estación de Servicio “QUINSALOMA” está localizada en la Av. Principal s/n, parroquia

Quinsaloma, cantón Ventanas, provincia de Los Ríos.

La estación de servicio se localiza geográficamente en las siguientes coordenadas UTM:

Cuadro 3.1. Coordenadas UTM de ubicación de la Estación de Servicio

Coordenadas UTM-WGS 84 (Ubicación de la Estación de Servicio)

687058 E 9866190 S

687083 E 9866214 S

687086 E 9866234 S

Coordenadas UTM-WGS 84 (Ubicación de la Trampa de Grasa)

687062 E 9866208 S

Coordenadas UTM-WGS 84 (Ubicación del Generador de Energía)

687094 E 9866218 S

Coordenadas UTM-WGS 84 (Ubicación de los Tubos de Venteo)

687071 E 9866232 S

3.2 ÁREA DE INFLUENCIA

El área de influencia se entiende como el área básica de impacto o como la región del

ambiente que será afectada directa o indirectamente por la implantación de un proyecto.

Se considera en el área de influencia tanto el área directa e indirecta en base a la

localización del proyecto.

Para el caso de la Estación de Servicio “QUINSALOMA” se consideró los siguientes

criterios:

Límites políticos del sitio de ubicación del proyecto

Posicionamiento geográfico del proyecto

Límite de intervención del proyecto que puede intervenir sobre las comunidades y

poblaciones aledañas.

Naturaleza y severidad de los impactos ambientales de acuerdo a las actividades a

generarse por el proyecto.

Dentro del área de influencia de la estación de servicio, se encuentran principalmente,

3.2.1 Área de Influencia Directa

Corresponde al área donde existe el mayor riesgo de afectación a los componentes

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ambientales por la proximidad del proyecto.

Se ha definido para el presente proyecto, un área de influencia directa de 150 m a la

redonda. En base al área de influencia directa, que es el sitio donde puede ocurrir la

mayor afectación ambiental, se diseñará el Plan de Manejo Ambiental.

3.2.2 Área de influencia Indirecta

Corresponde al área donde existe menor riesgo de afectación a los componentes

ambientales por la proximidad del proyecto.

Se ha definido para el presente proyecto, un área de influencia indirecta de 200 m a la

redonda. En esta área se identificarán los posibles impactos ambientales con el propósito

de adoptar las medidas ambientales que se indicarán en el Plan de Manejo Ambiental.

Tanto para el área de influencia directa e indirecta se ha establecido de acuerdo a la visita

técnica realizada que en las proximidades de la estación de servicio se encuentran

principalmente viviendas de construcción mixta y pequeños negocios, en cuanto a lo

relativo en fauna al ser un área intervenida no se presencia gran cantidad de especies

tanto de flora como fauna de igual manera por este sector no se observa efluentes

naturales ni área protegidas. El principal factor a ser influenciado es el socioeconómico ya

que el funcionamiento de la Estación de Servicio permite el servicio continuo a la

población así como la generación de fuentes de empleo. Dentro de los centros poblados

que se han beneficiado por el funcionamiento de la Estación de Servicio “QUINSALOMA”

tenemos; El Paraíso, Las Tolas, Balseria, La Fortuna, La Naranja, María Rosa, entre otras

poblaciones. Además se presta servicio a las haciendas bananeras ubicadas en el sector.

Imagen 3.1. Ubicación Geográfica del Cantón Quinsaloma.

Fuente: Sistema Nacional de Información, 2011.

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MAPA DE ÁREA DE UBICACIÓN DE LA ESTACIÓN DE SERVICIO “QUINSALOMA”

Proyección Universal Transversal de

Mercator UTM - WGS 84 - Zona 17 S

Descripción General del

Proyecto

Ubicación Geográfica

Coordenadas UTM

WGS 84

687058 E - 9866190 S

687083 E - 9866214 S

687086 E - 9866234 S

Estación de Servicio

“Quinsaloma”

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MAPA DE ÁREA DE INFLUENCIA DE LA ESTACIÓN DE SERVICIO “QUINSALOMA”

Proyección Universal Transversal de

Mercator UTM - WGS 84 - Zona 17 S

Descripción General del

Proyecto

Ubicación Geográfica

Coordenadas UTM

WGS 84

687058 E - 9866190 S

687083 E - 9866214 S

687086 E - 9866234 S

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3.3 PERSONAL Y JORNADAS DE TRABAJO

El personal administrativo y operativo de la Estación de Servicio “QUINSALOMA”, lo

conforman siete personas las cuales desempeñan los siguientes cargos:

Cuadro 3.2. Numero de personal que labora en la estación de servicio

Cargo del Personal Turnos

Número 07h00 – 18h00 18h00 – 07h00

Administrador 1 - 1

Despachadores de combustible 2 2 4

Conserje 1 1

TOTAL 4 2 6

3.4 DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES Y EQUIPOS

La estación de servicio “QUINSALOMA” ha sido construida sobre un terreno de forma

rectangular de aproximadamente 3500 m2 de superficie, en el que se ha empleado

materiales incombustibles, apropiados para este tipo de instalaciones; para la

construcción se ha empleado básicamente hormigón, simple y armado, tanto: en

mampostería como en su estructura (cimentación, pilares, vigas, etc.); para cubierta,

estructura metálica. Las principales áreas construidas comprenden:

Área de despacho de combustible

Área de almacenamiento de combustibles

Área administrativa y servicios complementarios

Área de baterías sanitarias

Áreas verdes

Servicios auxiliares

Estas edificaciones son complementadas con el pavimento para circulación y

estacionamientos, también de hormigón.

3.4.1 Zona de Despacho de Combustible

El despacho de combustible para los automotores se lo realiza por medio de tres

surtidores, los cuales se han distribuido uno en cada una de las tres islas presentes en

la estación de servicio.

Los surtidores cuentan con un sistema de control automático de corte durante el

llenado; disponen además de una válvula de impacto que impide el paso de

combustible en caso de que el surtidor sufra algún choque o golpe.

El área de despacho se encuentra protegido por una marquesina de hierro y hormigón

armado, ubicado a una altura de 4,50 metros del suelo, dentro de la marquesina se

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hallan instaladas luminarias de características anti-reflejantes, proporcionando una

adecuada luminosidad en el área de trabajo para el expendio de combustible en la

noche.

Cuadro No 3.3. Equipamiento actual del área de despacho

SURTIDOR PRODUCTO

QUE DESPACHA N° DE

MANGUERAS

Nº de carriles de circulación

No. 1 No operativo - -

No. 2 No operativo - - No. 3 Súper – Extra 2 2

No. 4 Extra 2 2

No. 5 Diesel 2 2

Foto Nº 3.2. Área de despacho

3.4.2 Zona de tanques de almacenamiento

Esta zona la constituye una infraestructura subterránea a base de bóvedas o fosas de

hormigón armado y piso impermeabilizado para evitar la contaminación del suelo en

caso de derrames en esta área se han ubicado horizontalmente tres tanques metálicos

para almacenar 17000 galones de combustible.

Los tanques se encuentran anclados sobre bases de hormigón. Como parte de los

sistemas técnicos de seguridad y mecánicos para su funcionamiento, los tanques

disponen de las tuberías de venteo para desfogue de gases los cuales son de hierro

galvanizado de 2” de diámetro que se encuentran a una altura de 10 metros sobre el

nivel del piso y provistos de la válvula de presión o venteo; tuberías de descarga de

combustibles y tuberías para distribución o flujo de combustible a los surtidores,

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además de un filtro de diesel ubicado en la parte exterior del área de tanques así como

bombas sumergibles, conexión a tierra y recubrimiento anticorrosivo.

A continuación se describen el equipamiento que está conformado el área de

almacenamiento de combustibles.

Cuadro No 3.4. Descripción de tanques de almacenamiento de combustible

Producto Tanques Capacidad

(gal) Tubos y válvula

de venteo Cubeto

contenedor Bombas

sumergibles

Diesel 1 6000 1 1 1

Extra 1 6000 1 1 1

Súper 1 5000 1 1 1

Total 3 17000 3 1 3

FOTO Nº 3.3. Área de tanques de almacenamiento

3.4.3 Área Administrativa y baños

La estación de servicio cuenta con un área de oficinas para las labores administrativas,

las cuales se encuentran ubicadas frente al área de despacho de combustible. Así como

baterías sanitarias separadas por sexo además para personas con discapacitadas.

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FOTO Nº 3.4. Baterías Sanitarias.

3.4.4 Cuarto de máquinas

El cuarto de maquinas es un área destinada para el almacenamiento y funcionamiento

del generador de energía como para el compresor de aire y el panel de control

eléctrico a continuación se describen las características técnicas del generador de

energía:

El generador de energía es de marca FG WILSON, de 30 kw de potencia el cual funciona

principalmente cuando se producen cortes de energía o por mantenimiento, utilizando

como combustible diesel. Próximo al generador se encuentra la chimenea misma que

vierte sus emisiones hacia el exterior del cuarto de maquinas, aunque es necesario

ampliar la altura de la misma.

FOTO Nº 3.5. Generador de energía

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En la siguiente tabla se indica las características generales del generador de energía

existente en la estación de servicio.

Tabla 3.5. Equipos Complementarios

Características del Generador de Energía Producto/Equipo Generador

Cantidad 1

Marca/Modelo FG WILSON

Potencia 30 KVA Horas de uso 3622

Años de funcionamiento 15 años

Horometro Si

Chimenea Si

Tipo de combustible que utiliza Diesel

Ubicación Cuarto de maquinas junto al área de tanques

3.4.5 Área verde

En la estación de servicio, se ha acoplado una pequeña área administrativa, la cual

permite dar un buen aspecto ornamental a la empresa.

FOTO Nº 3.6. Área verde

3.4.6 Instalaciones

Tubos de venteo

Las Instalaciones mecánicas son a base de tubería galvanizada empotrada rígida de 2”

para flujo de combustible y, tubería de 4” para descarga de combustible. Para emisión

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de gases poseen tuberías y válvulas de venteo conectadas a cada uno de los tanques

de almacenamiento.

FOTO Nº 3.7. Tubos de venteo

Bocas de llenado

Las bocas de llenado están ubicadas en la parte posterior del área de despacho de

combustible, existiendo una para cada uno de los tanques de almacenamiento de

combustible.

FOTO Nº 3.8. Bocas de llenado

Sistema eléctrico

Las Instalaciones eléctricas son empotradas, tanto para funcionamiento de surtidores

como para iluminación interna y externa. Además de contar con un panel eléctrico en

el cual se encuentra ubicados todos los dispositivos de seguridad y maniobra de

circuitos eléctricos de la estación.

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FOTO Nº 3.9. Panel de control eléctrico

Marquesina

Las áreas de despacho de combustible se encuentran protegidas por marquesinas de

hierro y columnas de hormigón, las cuales se han ubicado a una altura aproximada de

5 metros. Dentro de las marquesinas se han instalado luminarias de características

anti-reflejantes, proporcionando una adecuada iluminación en el área de despacho de

combustible en la noche y están empotradas a la misma, además en el extremo lateral-

superior se ha colocado el nombre de la estación de servicio.

3.4.7 Servicios Auxiliares

Sistema contra incendios.

La Estación de Servicio “QUINSALOMA” cuenta con un equipo de extintores de PQS y

CO2, así como un gabinete contra incendios ubicados en puntos estratégicos y de

mayor peligro de generación de un incendio, como se lo describe en la tabla N° 3.6.

Tabla 3.6. Extintores de la estación de servicio “QUINSALOMA”

Cantidad Tipo Capacidad

en libras Ubicación Fecha de recarga

1 PQS 50 Isla 1 Marzo 2013

1 CO2 20 Isla 2 Marzo 2013

1 CO2 20 Área Administrativa Marzo 2013

1 PQS 10 Gabinete contra incendios Junio 2013

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FOTO Nº 3.10. Gabinete contra incendios

Abastecimiento de Agua

Para el abastecimiento de agua la estación de servicio se lo realiza a través de la red

pública de agua potable, agua que una vez extraída es almacenada en una cisterna

ubicada junto al área de baños, la cual cuenta con una capacidad de 2000 galones.

Abastecimiento de Energía Eléctrica

La estación de servicio se abastece de energía eléctrica a través del tendido eléctrico

público a cargo de la Corporación Nacional de Electricidad.

3.4.8 Sistema de recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos,

líquidos y gaseosos.

Sistema de recolección y tratamiento de aguas hidrocarburadas

El sistema de recolección está conformada por un sistema de canaletas perimetrales

ubicadas alrededor de las islas de despacho de combustible, las cuales recogen las

aguas hidrocarburadas para ser conducidas hasta la trampa de grasa ubicada en la

parte lateral izquierda de las islas de despacho.

La trampa de grasa está conformada por tres cámaras en las cuales por procesos

físicos de sedimentación se separa los sólidos, de las grasas y aceites del agua que sale

de la ultima cámara es conducida finalmente hacia la fosa séptica.

Dentro de los residuos líquidos peligrosos que se generan dentro de la Estación de

Servicio “QUINSALOMA”, tenemos:

Agua mezclada con hidrocarburos, producto de la limpieza de la trampa de

grasa.

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Manejo de las aguas residuales

Estos efluentes provienen principalmente del área de despacho y descargas de

combustible, en donde se producen pequeños derrames de combustibles, cuando se

generan, estos son primeramente aislados con material absorbente, posteriormente se

realiza la limpieza con agua y detergente, los cuales son enviados hacia la trampa de

grasa para su tratamiento y finalmente ser enviada fosa séptica.

Nº 3.11. Trampa de grasa y canaletas perimetrales

Se ha realizado los monitoreos de este tipo de aguas residuales. Los laboratorio HAVOC

y de la Universidad de Guayaquil, acreditados ante el OAE fueron los encargados de

analizar las aguas residuales tratadas en la trampa de grasas en el 2011 y en el año

2012.

Tabla 3.7. Resultados de los análisis semestrales de las aguas tratadas en la trampa

de grasas de los años 2011 y 2012.

PRIMER SEMESTRE

Año Ba

(mg/l) CE

(uS/cm) Cr

(mg/l) DQO

(mg/l) PH

Pb (mg/l)

ST (mg/l)

TPH (mg/l)

V (mg/l)

LMP <5 <2500 <0.5 <120 5 – 9 <0.5 <1700 <20 <1

2011 <0.12 59.3 <0.03 2050 6.70 -- 108 139.8 <0.08

2012 6.5 723 0.099 32 6.76 <0.20 515 10 <1.00

Fuente: Análisis de aguas tratadas en la trampa de grasas 2011 y 2012,

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SEGUNDO SEMESTRE

Año Ba

(mg/l) CE

(uS/cm) Cr

(mg/l) DQO

(mg/l) PH

Pb (mg/l)

ST (mg/l)

TPH (mg/l)

V (mg/l)

LMP <5 <2500 <0.5 <120 5 - 9 <0.5 <1700 <20 <1

2012 <0.12 209.4 <0.03 67 6.37 -- 176 <0.3 <0.08

Fuente: Análisis de aguas tratadas en la trampa de grasas 2011 y 2012,

Como conclusión se establece que los resultados de los parámetros analizados en los

años 2011 y 2012 según los informes del laboratorio presentan niveles de DQO (2050

mg/l) y TPH (139.8 mg/l) en el primer semestre del 2011 y Bario (6.5 mg/l), en el

segundo semestre del 2012, mientras tanto para el segundo semestre del 2012, todos

los parámetros analizados se encuentran dentro de los límites establecidos en la

normativa ambiental, es decir que se ha realizado los correctivos correspondientes

para mejorar el tratamiento de los efluentes generados en la estación de servicio. (Ver

análisis de laboratorio en anexos).

Manejo de desechos sólidos no peligrosos

La limpieza exterior en: explanada, islas, zona de tanques, se realiza diariamente

utilizando escobas, recogedores, mangueras y otros accesorios. Los desechos de la

limpieza y los procedentes del consumo de alimentos son recolectados en

contenedores plásticos y entregados al recolector municipal. Los desechos comunes

están conformados básicamente por papeles, cartón, envases plásticos.

Manejo de desechos sólidos peligrosos

Dentro de los desechos peligrosos generados en la estación de servicio, están filtros,

waipes y material adsorbente mezclado con hidrocarburos, los cuales son almacenados

en un área específica destinada para su correcto almacenamiento ubicado en la parte

posterior de la estación de servicio.

FOTO Nº 3.12. Área de almacenamiento de desechos peligrosos

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A continuación se detalla los tipos de desechos y el área de la estación de servicio

donde son generados, además de la disposición que se realiza para cada uno de los

desechos:

Desechos no Peligrosos

Tipo de desechos Área de generación Disposición

Desechos inorgánicos Papel, cartón, plástico, vidrio, metal,

entre otros.

Área de despacho, área administrativa, baterías sanitarias.

Recolector municipal

Desechos orgánicos Restos de comida, residuos del área

verde Áreas verdes, Área de despacho

Recolector municipal

Desechos Peligrosos

Tipo de desechos* Clave de Acuerdo al Listado Nacional de

Desechos Peligrosos* Área de generación Disposición

Aserrines, tierra, arena, filtros de papel y otros materiales absorbentes contaminados con hidrocarburos.

NE-42 Área de despacho y área de descarga de

combustible

Recolector municipal

Filtros usados de Aceite Mineral

NE-32 Área de despacho Recolector municipal

Desechos Peligrosos

Tipo de desechos* Clave de Acuerdo al Listado Nacional de

Desechos Peligrosos* Área de generación Disposición

Lodos de aceites, provenientes de la trampa de grasa

NE-36 Trampa de grasa

Recolector municipal y

depositados en terreno adjunto a

la trampa de grasa

Lodos de tanques de almacenamiento de hidrocarburos

NE-38 Área de tanques

almacenamiento de combustible

Recolector municipal

* Acuerdo Ministerial No. 142 sobre los “Listados Nacionales de Sustancias Químicas

Peligrosas, Desechos Peligrosos y Especiales”

Manejo de desechos gaseosos

Los gases, compuestos orgánicos volátiles son generados en los tanques de

almacenamiento emitidos a través de tuberías de venteo, que disponen además de las

respectivas válvulas de presión al vacío, las que no permiten una concentración en el

ambiente y previenen la contaminación atmosférica en el sector y su entorno.

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Eventualmente, en casos de corte de energía se enciende el generador de emergencia

el que constituye otro punto de emisión de gases, aunque en cantidades mínimas.

Generación de ruido.

En la estación de servicio no existen fuentes fijas generadoras de ruido; los mayores

niveles de ruido que se perciben son provenientes del paso de vehículos que circulan

por las calles adyacentes y de aquellos que ingresan a abastecerse de combustible.

3.5 ACTIVIDADES OPERATIVAS DE LA ESTACIÓN DE SERVICIO

Las principales actividades de la estación de servicio son:

Descarga y almacenamiento de combustibles desde el tanquero hacia los tanques

subterráneos, respectivamente.

Abastecimiento de combustible a vehículos a través de los surtidores instalados en

las islas de despacho.

Mantenimiento y limpieza de: superficies, equipos e instalaciones (eléctricas,

mecánicas y sanitarias).

A continuación se detalla cada una de las actividades antes mencionadas.

3.5.1 Descarga y almacenamiento de combustibles.

El tanquero que transporta el combustible se estaciona en el área de tanques asignada

e identificada y realiza el siguiente procedimiento para la descarga del combustible:

Primeramente se espera que el combustible este totalmente en reposo; se procede a

medir con una varilla calibrada. Luego se conectan las pinzas de descarga a tierra al

tanquero y mediante una manguera flexible de 4” se conecta por un extremo a las

llaves de salida del tanquero y por otro extremo a las bocas de llenado de los tanques,

con el fin de descargar por gravedad el combustible a los tanques subterráneos. Estas

bocas de llenado están identificadas y cuentan con cierres herméticos protegidas con

un cubeto contenedor de derrames. Terminada la descarga que dura entre 20 a 30

minutos, se desconecta la manguera, se procede al cierre de las bocas de llenado, se

quitan las pinzas de descarga a tierra y se retira el tanquero.

3.5.2 Abastecimiento de combustible a vehículos

El despacho de combustible desde los surtidores a los vehículos está a cargo de

operadores o despachadores, utilizando las mangueras y pistolas que se conectan

directamente al tanque de cada vehículo. Cada surtidor dispone de una válvula de

impacto que suspende el despacho cuando se ha producido un choque contra el

surtidor. Los surtidores electrónicos poseen además una válvula de cierre en la tubería

que suspende el servicio si se detecta una temperatura superior a los 80 °C o cuando

se produce un impacto.

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49

3.5.3 Mantenimiento y limpieza.

Se hace mantenimiento de los equipos, tanques, instalaciones eléctricas mecánicas,

sanitarias y área verde, lo cual implica el uso de accesorios y herramientas que

demandan aplicación de normas y medidas de seguridad industrial. Entre las

actividades de limpieza y lavado de superficies se encuentra todo lo relacionado a

limpieza interior de tanques, limpieza de canal recolector y trampa de grasas, limpieza

de canalizaciones, cajas de registro, pavimentos, baños, bodega, cuarto de máquinas y

oficina.

A continuación se presenta el diagrama de flujo de las actividades operativas de la

Estación de Servicio “QUINSALOMA”.

Diagrama de flujo del proceso operativo de la Estación de Servicio

“QUINSALOMA”

Ingreso de vehículos de transporte de combustible (autotanques) a la E/S

Descarga y almacenamiento de combustible

Despacho de combustible

Mantenimiento de instalaciones y equipos

Combustible (Diesel, Super y Extra)

Ruido

Arena(medio absorbente), equipos de protección personal

para descarga

Arena contaminada, COV´s y Goteos de combustible

Arena contaminada, goteos de combustible

Desengrasante y desinfectante industrial,

franelas, escobas y otros utensilios

de limpieza

Envases vacíos de desengrasantes, desechos

sólidos comunes y peligrosos de la

trampa de grasas

ENTRADA PROCESO SALIDA

Arena(medio absorbente)

Elaborado por: OROAZUL

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IV. CAPITULO

4 EVALUACION DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA AMBIENTAL VIGENTE Y

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

4.1 METODOLOGÍA

La metodología utilizada para la revisión del cumplimiento de la normativa ambiental

vigente, Plan de Manejo Ambiental de la Auditoría Ambiental del 2009, se realizó

mediante la aplicación una matriz de evaluación que está estructurada de la siguiente

manera:

Referencia Legal.

Contenido de la normativa de la referencia legal/PMA.

Calificación de cumplimiento de la normativa/PMA: Cumple, No conformidades

mayores (+) y menores (-).

Medio de Verificación.

Observaciones.

4.2 CRITERIOS LEGALES DE CALIFICACIÓN

Para la calificación en base a conformidades, no conformidades menores y no

conformidades mayores se ha considerado los principios básicos del Sistema Único de

Manejo Ambiental (SUMA), Título I, Libro VI de la Calidad Ambiental del Texto

Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria del Ministerio del Ambiente respecto

al cuadro de conformidades y no conformidades.

No conformidad mayor (NC+).- Esta calificación implica una falta grave frente al Plan

de Manejo Ambiental y/o Leyes Aplicables. Una calificación de NC+ puede ser aplicada

también cuando se produzcan repeticiones periódicas de no conformidades menores.

Los criterios de calificación son los siguientes:

Corrección o remediación de carácter difícil.

Corrección o remediación que requiere mayor tiempo y recursos, humanos y

económicos.

El evento es de magnitud moderada a grande.

Los accidentes potenciales pueden ser graves o fatales

Evidente despreocupación, falta de recursos o negligencia en la corrección de un

problema menor.

No conformidad menor (Nc-).- Esta calificación implica una falta leve frente al plan de

Manejo Ambiental y/o Leyes Aplicables dentro de los siguientes criterios:

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Fácil corrección o remediación

Rápida corrección o remediación

Bajo costo de corrección o remediación

Evento de magnitud pequeña, extensión puntual, poco riesgo e impactos menores,

sean directos y/o indirectos

4.3 MATRIZ DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA Y PMA

De los 70 aspectos (legales y medidas del PMA) considerados para la evaluación del

cumplimiento de la normativa y Plan de Manejo Ambiental (PMA), se detectaron 38

conformidades, 25 no conformidades menores, no existiendo no conformidades

mayores: por tanto, se concluye que la Estación de Servicio “QUINSALOMA” de la

comercializadora PETROLRIOS ha cumplido en un 54 %, tanto con lo establecido en el

Plan de Manejo Ambiental como con la parte de la Legislación aplicable; es decir que

existe un desempeño favorable, con relación al manejo ambiental, pero es necesario

implementar medidas correctivas.

A continuación, se resume en la matriz de evaluación, el análisis de cumplimiento de la

normativa ambiental vigente y Plan de Manejo Ambiental.

Figura 4.1. Nivel de Cumplimiento de la Normativa y Plan de Manejo Ambiental

0

10

20

30

40

50

60

70

Aspectos Evaluados Conformidades No Conformidades

70

38

25

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MATRIZ DE EVALUACION DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA ESTACIÓN DE SERVICIO “QUINSALOMA”

REFERENCIA LEGAL CONTENIDO DE LA NORMATIVA/PMA CUMPLE

C No cumple

(nc -) No cumple

(NC+)

MEDIO DE VERIFICACIÓN

OBSERVACIONES

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE (TULSMA)

1. LIBRO VI, TITULO IV,

Art. 88

Cuando en el ambiente se produzcan descargas, vertidos o emisiones accidentales o incidentales, inclusive aquellas de fuerza mayor o caso fortuito, la entidad ambiental de control exigirá que el regulado causante realice las acciones pertinentes para controlar, remediar y compensar a los afectados por los daños que hayan ocasionado y evaluará el funcionamiento del plan de contingencias aprobado.

C (1)

N/A Se deberá realizar los trabajos de remediación el área adjunta a la trampa de grasa, en donde se han colocado los lodos extraídos de la misma.

REGLAMENTO AMBIENTAL PARA LAS OPERACIONES HIDROCARBURÍFERAS EN EL ECUADOR (RAOHE DECRETO OFICIAL 1215 PUBLICADO EN EL REGISTRO OFICIAL NO. 265 DE 13 DE FEBRERO DE 2001)

2. CAPITULO IV Art. 42

Los sujetos de control realizarán al menos cada dos años una Auditoría Ambiental de sus actividades, previa aprobación de los correspondientes Términos de Referencia por la Subsecretaría de Protección Ambiental, y presentarán el respectivo informe de auditoría a la Subsecretaría de Protección Ambiental.

nc – (1)

N/A

Luego de realizado y aprobado la última Auditoría Ambiental del 2009, se ha procedido a elaboración de la siguiente auditoria correspondiente a los años 2010-2012. Sin embargo las auditorias se deben realizar por un periodo máximo de dos años por lo que se ha incumplido con dicha disposición.

3. CAPÍTULO II, ART. 10

Los sujetos de control, deberán presentar hasta el primero de diciembre de cada año, o dentro del plazo estipulado en cada contrato, el programa anual de actividades ambientales derivado del respectivo Plan de Manejo Ambiental y el presupuesto ambiental del año siguiente para su evaluación y aprobación.

C (2)

Oficios de aprobación y

presentación de los Programas y Presupuestos Ambientales

Ver en Anexos

La Estación de Servicio ha cumplido con la presentación del Programa y Presupuestos Ambientales. Cuenta con los oficios de aprobación de los años 2009, 2010 y 2011 y de presentación dl año 2012.

4. CAPÍTULO II, ART. 11

Los sujetos de control, igualmente, presentarán hasta el treinta y uno de enero de cada año, el informe anual de las actividades ambientales cumplidas en el año inmediato anterior, como parte del informe anual de actividades contractuales.

nc – (2) N/A

La Estación de Servicio ha cumplido con la presentación de Informes Ambientales Anuales. Sin embargo se establece como no conformidad en vista que cuenta únicamente con el oficio de presentación del año 2011.

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5. CAPÍTULO II, ART. 12

Reportar anualmente a la autoridad, los monitoreos internos semestrales de descargas y emisiones realizadas.

nc – (3)

Informes de laboratorio de

aguas residuales de trampa de grasas

Ver en Anexos

Se han realizado monitoreos de descarga de las aguas residuales tratadas en la trampa de grasa. No se realizan monitoreos de emisiones ya que el generador se usa para casos de emergencias. El número de horas uso es inferior a 300 horas anuales. Se establece como no conformidad en vista a que no cuenta con los monitoreos de los años 2010 y segundo semestre del 2011.

6. CAPÍTULO III, ART. 22

Los límites permisibles para emisión de ruidos estarán sujetos a lo dispuesto en la Tabla No. 1 del Anexo 1 de este Reglamento.

C (3) N/A

La única fuente fija generadora de ruido es el generador de energía, utilizado sólo para emergencias. No aplica el monitoreo de ruido, ya que solamente es encendido esporádicamente.

7. CAPÍTULO III ART. 24, Literal c

Para el transporte, almacenamiento y manejo de productos químicos peligrosos, se cumplirá con las respectivas normas vigentes en el país y se manejarán adecuadamente las hojas técnicas de seguridad que deben ser entregadas por los fabricantes para cada producto.

nc – (4) N/A

No cuentan con las hojas de seguridad (MSDS) del desengrasante o detergentes biodegradables.

8. CAPÍTULO III ART. 24, Literal d

En todas las actividades hidrocarburíferas se utilizarán productos naturales y/o biodegradables, entre otros los siguientes: desengrasantes, limpiadores, detergentes y desodorizantes domésticos e industriales, digestores de desechos tóxicos y de hidrocarburos provenientes de derrames; inhibidores parafínicos, insecticidas, abonos y fertilizantes, al menos que existan justificaciones técnicas y/o económicas debidamente sustentadas.

nc – (5) N/A

Para realizar la limpieza en general de la estación de servicio cuentan con detergentes o desengrasantes biodegradables.

9. CAPÍTULO III ART. 25, Literal a

Señales de seguridad correspondientes.

nc – (6) Ver Anexo fotográfico

La estación de servicio "QUINSALOMA" cuenta con señalización vertical y horizontal de advertencia, prohibición y prevención en todas sus instalaciones. Aunque es necesario realizar el mantenimiento de las mismas e implementarlas en ciertas áreas.

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10. CAPÍTULO III ART. 25, Literal b

Los tanques, grupos de tanques o recipientes para crudo y sus derivados así como para combustibles, deberán mantenerse herméticamente cerrados, a nivel del suelo y estar aislados mediante un material impermeable para evitar filtraciones y contaminación del ambiente, y rodeados de un cubeto técnicamente diseñado para el efecto, con un volumen igual o mayor al 110% del tanque mayor.

C (4)

Ver Anexo fotográfico

La ubicación e instalación de los tanques de almacenamiento de combustible en una fosa subterránea, en la parte inferior del área administrativa, la cual cuenta con un cubeto para retención de derrames con una capacidad superior al 110%. Sin embargo es necesaria la impermeabilización de las paredes del área de almacenamiento de tanques.

11. CAPÍTULO III ART. 25, Literal d

Todos los equipos mecánicos tales como tanques de almacenamiento, tuberías de productos, motores eléctricos y de combustión interna estacionarios así como compresores, bombas y demás conexiones eléctricas, deben ser conectados a tierra.

C (5) Ver Anexo fotográfico

El área de tanques dispone de la conexión a tierra, para la corriente estática. Se dispone de pinzas que son conectadas al chasis del tanquero al momento de la descarga. En el área de despacho, cada surtidor cuenta con una varilla empotrada al piso para la corriente estática. Se verificó que todas las conexiones eléctricas disponen de la correspondiente conexión a tierra.

12. CAPÍTULO III ART. 25, Literal e

Los tanques de almacenamiento de petróleo y derivados deberán ser protegidos contra la corrosión a fin de evitar daños que puedan causar filtraciones de petróleo o derivados que contaminen el ambiente.

C (6)

Ver Anexo fotográfico

Los tanques utilizados para el almacenamiento no presentan corrosión ni ningún daño considerable que podría alterar su adecuado funcionamiento.

13. CAPÍTULO III ART. 25, Literal f

Los sitios de almacenamiento de combustibles serán ubicados en áreas no inundables.

C (7)

Ver Anexo fotográfico

La fosa de tanques no presenta evidencias de haberse producido inundación.

14. CAPÍTULO III ART. 26

Toda instalación industrial dispondrá de personal profesional capacitado para seguridad industrial y salud ocupacional, así como de programas de capacitación a todo el personal de la empresa acorde con las funciones que desempeña.

nc – (7)

Certificados de capacitación 2011

Ver en Anexos

Cuenta con los certificados de capacitación únicamente del año 2012, por lo que se establece como no conformidad.

15. CAPÍTULO III ART. 27

Se deberá disponer de equipos y materiales para control de derrames.

C (8) Ver Anexo fotográfico

Cuenta con material adsorbente para la contención de derrames.

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15. CAPÍTULO III ART. 27

Se deberá disponer de equipos contra incendios.

C (9) Facturas de recarga de extintores 2012

Ver Anexo

La estación de servicio cuenta con 4 extintores contra incendios de PQS y CO2, además de un gabinete contra incendios, distribuidos en puntos estratégicos (área de surtidores, área de tanques) los cuales mantienen su recarga vigente, es decir están operativos para enfrentar un conato de incendio de acuerdo a la inspección de cada una de los extintores a través de la revisión de etiquetas. Pero es necesario realizar la colocación de un extintor en el cuarto de maquinas el cual deberá ser como mínimo de 20 libras.

Se deberá contar con programas de mantenimiento tanto preventivo como correctivo.

nc – (8)

Facturas de mantenimientos

del 2012 Ver Anexos

Se han realizado mantenimientos de tipo preventivo y correctivo a los equipos e instalaciones y tanques de almacenamiento de combustible. Pero únicamente cuenta con facturas de mantenimiento del 2011, por lo que se establece como no conformidad.

Contar con un Plan de Contingencias y los respectivos entrenamientos y simulacros.

C(10)

Plan de

Contingencias Ver en Anexos

La estación de servicio "QUINSALOMA" cuenta con el Plan de Contingencias elaborado en el EsIA. Además dentro de la presente Auditoria se incluirá un nuevo Plan de Contingencias.

16. CAPÍTULO III ART. 28

Incorporar específicamente las políticas y prácticas para la reducción en la fuente de cada una de las categorías de los desechos, así como clasificados, tratados, reciclados o reutilizados y dispuestos de acuerdo a normas descritos en la Tabla No. 8 del Anexo 2 del RAOHE.

C(11)

Ver Anexo fotográfico

Para la disposición de los desechos comunes cuenta con algunos recipientes ubicados en varias áreas de la estación de servicio.

17. CAPÍTULO III ART. 29

Toda instalación, incluyendo centros de distribución, deberán contar con un sistema convenientemente segregado de drenaje, de forma que se realice un tratamiento específico por separado de aguas lluvias y de escorrentías, aguas grises y negras y efluentes residuales para garantizar su adecuada disposición.

C (12) N/A

Las aguas lluvias, residuales domésticas y efluentes industriales de limpieza de pisos se encuentran separados, mediante canalizaciones, cunetas y canal recolectores, hacia sus respectivos colectores.

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18. CAPÍTULO III ART. 29

Todo efluente líquido, proveniente de las diferentes fases de operación, que deba ser descargado al entorno, deberá cumplir antes de la descarga con los límites permisibles establecidos en la Tabla No. 4 del Anexo 2 de este Reglamento.

C (13)

Análisis de los monitoreos de

aguas Ver en Anexos

El principal efluente generado en la estación de servicio proviene de la descarga de la trampa de grasas o separador API; el cual dos de los análisis realizados en el primer semestre del 2012, presento un nivel fuera de los parámetros de DQO (2050 mg/l) y TPH (139.8 mg/l) en el primer semestre del 2011 y Bario (6.5 mg/l) en el segundo semestre del 2012, pero se implementaron las correcciones, ya que en el segundo semestre del 2012 los resultados se ubicaron dentro de los parámetros establecidos en la normativa ambiental

Disponer de separadores agua-aceite o separadores API para contener y tratar cualquier derrame así como para tratar las aguas contaminadas que salen de los servicios de lavado, lubricación y cambio de aceites, y evitar la contaminación del ambiente.

C (14)

Ver Anexo fotográfico

Cuenta con el separador API o Trampa de grasas, en donde son conducidas todas las aguas generadas de la limpieza de la estación de servicio.

19. CAPÍTULO III ART. 30

Se deberán inspeccionar periódicamente los tanques y recipientes de almacenamiento así como bombas, compresores, líneas de transferencia, y otros, y adoptar las medidas necesarias para minimizar las emisiones.

nc – (9)

Informe de inspección técnica

del 2011 Ver en Anexos

Se establece como no conformidad ya que únicamente cuenta con el informe de inspección técnica del año 2011.

20. CAPÍTULO IX ART. 71

Cada tanque estará dotado de una tubería de ventilación que se colocará preferentemente en área abierta para evitar la concentración o acumulación de vapores y la contaminación del aire.

C (15) Ver Anexo fotográfico

El área de tanques cuenta con tubos de 2 pulgadas y válvulas de venteo o presión al vacío para evitar la concentración de vapores, permitiendo que estos, a mas de cumplir técnicamente con la especificación, garanticen un correcto sistema para emisión de gasas y evitar la inflamabilidad en prevención de una explosión

21. CAPÍTULO X ART. 78, Literal a

Está prohibido el suministro de combustibles a los vehículos de servicio público que estén ocupados por pasajeros y a vehículos con el motor encendido.

C (16) Observación directa

y entrevistas a despachadores

Existe internamente la disposición de no despachar combustible a vehículos con pasajeros. Además los despachadores solicitan a los conductores que apaguen el motor para llenar el tanque.

22. CAPÍTULO X ART. 78, Literal b

La carga y descarga de tanqueros se realizará de tal manera que no obstaculice el tráfico vehicular y peatonal, debido al peligro que representa esta operación.

C (17) Ver Anexo fotográfico

El área de tanques, sitio para estacionamiento y descarga de combustibles desde el tanquero es una zona exclusiva y restringida, por la cual no se permite el tránsito de vehículos ni personas ajenas a la actividad. No hay por lo tanto obstrucción alguna.

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23. CAPÍTULO X ART. 78, Literal c

En las estaciones de servicio no será permitido fumar ni hacer fuego, ni arrojar desperdicios; y deberá contarse con la señalización correspondiente.

C (18) Ver Anexo fotográfico

Se evidencia mediante la señalización en área de surtidores y tanques que se cumple con esta disposición. Además de no permitir que se fume ni generar fuego.

24. CAPÍTULO X ART. 78, Literal e

Junto a las bocas de descarga se instalará una toma a tierra, a la cual será conectado el autotanque previo al trasvase del combustible, para eliminar la transmisión de la energía estática.

C (19) Ver Anexo fotográfico

Junto a las bocas de descarga del combustible se cuenta con las pinzas de conexión a tierra.

25. CAPÍTULO X ART. 78, Literal g

Alrededor de la periferia de las instalaciones, se deberá implementar un programa de ornamentación, a través de forestación o arborización, a fin de dotar al lugar de buena calidad de aire y paisajística.

C (20) Ver Anexo fotográfico

Cuenta con un área verde en la estación de servicio la cual se encuentra en buenas condiciones.

26. CAPÍTULO X ART. 78, Literal h.2

En caso de expender combustibles en tambores, canecas u otros envases, éstos deberán ser herméticos y guardar las seguridades correspondientes.

C (21) Ver Anexo fotográfico

El despacho de combustible, se observó, que solo se hace a los automotores.

27. CAPÍTULO X ART. 80

Utilizan aditivos para el combustible C (22) N/A No utilizan aditivos para el combustible; se despacha el producto tal como se le recibe desde el terminal de despacho de combustible.

28. CAPÍTULO XI ART. 85

Periódicamente deberá realizarse el mantenimiento a las alcantarillas, incluyendo limpieza de sedimentos y material vegetal, que pudiera causar represamientos.

C (23)

Ver Anexo fotográfico

Se realiza el mantenimiento periódico de cada una de las canaletas existentes en la estación de servicio, las cuales no presentan obstrucciones ni daños en su infraestructura.

ACUERDO MINISTERIAL Nº 161 REGLAMENTO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN POR SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS, DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES

29. Acuerdo Nº 161, TULSMA, Libro VI,

Título V, Art. 181 literal e

Disponer de instalaciones adecuadas y técnicamente construidas para realizar el almacenamiento de los desechos peligrosos y/o especiales, con accesibilidad a los vehículos que realizarán el traslado de los mismos.

C (24)

N/A La estación cuenta con un área para el almacenamiento de desechos peligrosos.

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30. Acuerdo Nº 161, TULSMA, Libro VI

Título V, Art. 181 literal g

Realizar la entrega de los desechos peligrosos y/o especiales para su adecuado manejo, únicamente a las personas naturales o jurídicas que cuenten con la regularización ambiental emitida por el MAE o por la AAAr.

nc – (10) N/A

Los desechos peligrosos no son entregados a gestores autorizados.

31. Acuerdo Nº 161, TULSMA, Libro VI,

Título V, Art. 181 literal m

Mantener un registro (bitácora) de los movimientos de entrada y salida de desechos peligrosos y especiales en su área de almacenamiento, en donde se hará constar la fecha de los movimientos (entradas/salidas), nombre del desecho, su origen, cantidad (transferida/almacenada) y destino.

nc – (11) N/A

Se lleva un registro interno de los residuos generados en la estación de servicio desde el 2012, por lo que se establece como no conformidad.

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO

32. Art. 11, literal 5

El empleador deberá entregar gratuitamente a sus trabajadores vestido adecuado para el trabajo y los medios de protección personal y colectiva necesarios.

nc – (12)

Registro de entrega de uniformes.

Ver Anexo Fotográfico.

Los trabajadores de la estación de servicio "QUINSALOMA" reciben de manera gratuita los uniformes de trabajo, sin embargo es necesario entregar mascarillas, zapatos y chalecos de seguridad.

33. Art. 11, literal 6

El empleador está obligado a efectuar reconocimientos médicos periódicos de los trabajadores en actividades peligrosas; y, especialmente, cuando sufran dolencias o defectos físicos o se encuentren en estados o situaciones que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo.

nc – (13)

Certificados médicos

Ver Anexos

El personal que labora en la estación de servicio "QUINSALOMA" ha sido sometido a chequeos médicos anuales. Entrevistados los trabajadores, manifestaron que no han sufrido dolencias o afectaciones como consecuencia de la actividad que desempeñan. Se establece como no conformidad ya que cuenta únicamente con los certificados médicos del año 2012.

34. Art. 13, literal 3

Los trabajadores deberán usar correctamente los medios de protección personal y colectiva proporcionados por la empresa y cuidar de su conservación.

nc – (14) Ver Anexo fotográfico

Se verificó que utilizan los conos de seguridad para restringir la circulación vehicular cuando se hace mantenimiento o cuando se quiere abastecer del producto por un determinado surtidor. Sin embargo es necesaria la dotación de mascarillas, zapatos de seguridad y chalecos reflectivos.

35. Art. 39, numeral 1

En todo establecimiento o lugar de trabajo, deberá proveerse en forma suficiente, de agua fresca y potable para consumo de los trabajadores.

C (25)

Ver Anexo fotográfico

Para el consumo humano cuenta con un dispensador de agua potable y fresca.

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59

36. Art. 41

Se debe disponer del número de elementos necesarios para el aseo personal (excusados, urinarios, duchas y lavabos), debidamente separados por sexos.

C (26)

Ver Anexo fotográfico

La estación de servicio cuenta con baterías sanitarias para damas y varones, debidamente equipados y en condiciones optimas de higiene. Se observa buen mantenimiento, piezas sanitarias y pisos limpios, contenedores para papeles higiénicos usados. También cuenta, , con baterías sanitarias para personas con discapacidad, las que también están equipadas con los accesorios suficientes

37. Art. 46

Todos los centros de trabajo dispondrán de un botiquín de emergencia para la prestación de primeros auxilios a los trabajadores durante la jornada de trabajo. Si el centro tuviera 25 o más trabajadores simultáneos, dispondrá además, de un local destinado a enfermería.

C (27)

Ver Anexo fotográfico

La estación de servicio "QUINSALOMA" cuenta con un botiquín de primeros auxilios.

38. Art. 56, numeral 1

Todos los lugares de trabajo y tránsito deberán estar dotados de suficiente iluminación natural o artificial, para que el trabajador pueda efectuar sus labores con seguridad y sin daño para los ojos.

C (28)

Ver Anexo fotográfico

La iluminación, tanto natural como artificial en la estación de servicio podemos calificarla como optima, la iluminación es a través de lámparas empotradas al tumbado de la marquesina garantiza una iluminación adecuada para el trabajo de los despachadores de combustibles durante las noches. La iluminación natural no tiene ningún tipo de obstrucción ni deficiencia. Tampoco lo tiene para las aéreas cubiertas; se dispone de ventanas o boquetes suficientes.

39. Art. 159, numeral 4

Los extintores se situarán donde exista mayor probabilidad de originarse un incendio, próximos a las salidas de los locales, en lugares de fácil visibilidad y acceso y a altura no superior a 1.70 metros contados desde la base del extintor.

C (29)

Ver Anexo fotográfico

La distribución de los extintores al interior de la estación de servicio se la considera adecuada y funcional. Existen extintores portátiles de CO2 y PQS distribuidos en la isla de despacho, área de almacenamiento de combustible, bocas de llenado y área administrativa. Es decir que se han distribuido y se han ubicado en consideración al tipo de fuego que podría generarse. Su ubicación también se ha considerado como adecuada; porque tienen un fácil acceso y, los portátiles a alturas máximas de 1.50 metros.

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COMPROBACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO 2009

40. Medida 1 Realizar el mantenimiento periódico de las válvulas de presión al vacio de las tuberías de venteo.

nc – (15)

N/A

Se ha llevado a cabo los mantenimientos de las tuberías de venteo, pero no cuenta con las facturas que evidencien dichos mantenimientos, por lo que se establece como no conformidad.

41. Medida 2

Realizar el mantenimiento periódico de mangueras, válvulas y acoples para evitar derrames de combustibles durante las operaciones de descarga.

nc – (16)

N/A

De acuerdo a las visitas realizadas se pudo observar que las operaciones de descarga de combustible se lo realiza de manera segura, tanto para evitar la generación de incendios o derrames o para la protección del personal encargado del proceso de descarga. Se establece como no conformidad ya que no cuenta con las facturas de mantenimiento.

42. Medida 4 Llevar registros del tiempo de funcionamiento del generador de energía.

nc – (17)

N/A No se ha llevado a cabo el registro del generador de energía, por lo que se establece como no conformidad.

43. Medida 5 Utilizar el equipo de protección personal EPP durante las operaciones de descarga, despacho de combustible y mantenimiento de equipos.

- - - - Situación ya evaluada en el ítem 32 de esta matriz en la cual se estableció como no conformidad.

44. Medida 6 Realizar el mantenimiento y limpieza periódica de canaletas perimetrales y trampa de grasas.

nc – (18)

Ver Anexo fotográfico

Es necesario realizar el mantenimiento y limpieza de las canaletas perimetrales a las islas de despacho de combustible.

45. Medida 7 Realizar el mantenimiento periódico del piso de las áreas de despacho y circulación.

- - - - Situación ya evaluada en el ítem 42 de esta matriz en la cual se estableció como no conformidad.

46. Medida 8

Llevar un control mediante registro de la generación de todos los desechos y de los provenientes de la limpieza de la trampa de grasa y entrega de aceites usados.

- - - - Situación ya evaluada en el ítem 31 de esta matriz en la cual se estableció como no conformidad.

47. Medida 9

Contar en las oficinas de la estación con un archivo de documentos originales sobre resultados del análisis de descargas liquidas, certificados de capacitación, mantenimiento de equipos y ayuda comunitaria.

nc – (19)

N/A

Se establece como no conformidad ya que no cuenta con alguna documentación de los diferentes años en los que se ha realizado actividades de mantenimiento y actividades en general enfocadas al cumplimiento de la normativa ambiental y el plan de manejo ambiental.

48. Medida 10

Prevenir accidentes que puedan afectar la salud y seguridad de las personas a través del cumplimiento de la capacitación en Seguridad Industrial y Salud Ocupacional.

- - - - Situación ya evaluada en el ítem 14 de esta matriz en la cual se estableció como no conformidad.

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49. Medida 11 Preservar la infraestructura de la Estación de Servicio a través del mantenimiento preventivo y/o correctivo.

- - - - Situación ya evaluada en el ítem 15 de esta matriz en la cual se estableció como no conformidad.

50. Medida 12 Mantener en buenas condiciones los equipos contra incendios y demás materiales para sofocar incendios.

C (30)

Facturas de recarga de extintores

Ver en Anexos

Se realiza el mantenimiento y recarga periódica los extintores existentes en la estación de servicio, permitiendo de esta manera estar preparados para afrontar cualquier emergencia que se pudiera suscitar.

51. Medida 13 Dar mantenimiento a surtidores, pistolas, mangueras, válvulas, empaques, equipos de trasvase de combustible, etc.

- - - - Situación ya evaluada en el ítem 41 de esta matriz en la cual se estableció como no conformidad.

52. Medida 14

El personal operativo y administrativo será capacitado en el mantenimiento de extintores, el mismo que actuara como brigada de emergencia interna de la estación.

nc – (20)

N/A

No cuenta con certificados que evidencien las capacitaciones en cuanto a mantenimiento de extintores y control de incendios, por lo que se establece como no conformidad.

53. Medida 15 La administración de la estación de servicio debe dotar de EPP y la ropa adecuada para las labores operativas.

- - - - Situación ya evaluada en el ítem 14 de esta matriz en la cual se estableció como no conformidad.

54. Medida 16 Repasar y familiarizarse con el Plan de Manejo Ambiental de la Estación de Servicio.

nc – (21)

N/A No se ha llevado capacitaciones en cuanto al contenido del PMA.

55. Medida 17 Capacitar al personal de despacho sobre las características y propiedades inflamables de los combustibles, así como de atención al cliente.

nc – (22)

N/A No se ha llevado capacitaciones sobre las características y propiedades inflamables de los combustibles.

56. Medida 18 Capacitar al personal operativo y administrativo sobre el manejo adecuado de equipos materiales contra incendios (extintores).

- - - - Situación ya evaluada en el ítem 53 de esta matriz en la cual se estableció como no conformidad.

57. Medida 19 Capacitación en salud ocupacional, uso del EPP, consecuencias que ocasiona la manipulación de combustible, etc.

nc – (23)

N/A No se ha llevado capacitaciones sobre en salud ocupacional, uso del EPP, consecuencias que ocasiona la manipulación de combustible.

58. Medida 20

Cumplir medidas de seguridad cuando se ejecutan trabajos de mantenimiento o reparación de instalaciones y equipos de la estación.

nc – (24)

N/A

No se ha cumplido ya que no se ha dotado al personal de equipo de protección personal.

59. Medida 21 Colocar carteles y señalización de seguridad en lugares y visibles.

- - - - Situación ya evaluada en el ítem 9 de esta matriz en la cual se estableció como no conformidad.

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62

60. Medida 22 Mantener en buenas condiciones las instalaciones de energía estática (pinza a tierra).

C (31)

Ver Anexo fotográfico

Se estable como conformidad ya que las instalaciones a tierra se encuentran en buen estado.

61. Medida 23 Cerrar con vallas o conos de seguridad el área durante las operaciones de descarga de combustible.

C (32)

N/A

Se cumple con esta disposición ya que al momento de la descarga de combustible se limita la zona de estacionamiento de autotanques con conos de seguridad.

62. Medida 24

Dar mantenimiento periódico a la señalización de ingreso y salida de vehículos, así como a los avisos de advertencia y peligro en el área de despacho.

- - - - Situación ya evaluada en el ítem 9 de esta matriz en la cual se estableció como no conformidad.

63. Medida 25 Tener en un lugar visible un cartel con los números telefónicos de los organismos de apoyo para casos de emergencia.

nc – (25) N/A No cuenta con un letrero con los números de emergencia.

64. Medida 26 No abastecer de combustible a vehículos que tengan encendido a motor, luces, radio o teléfonos celulares.

C (33) N/A Se lleva a cabo esta disposición.

65. Medida 27 No permitir el autoabastecimiento de los combustibles por parte de los clientes de la E/S.

C (34) N/A Se lleva a cabo esta disposición.

66. Medida 28 Abastecer periódicamente el botiquín de primeros auxilios con los productos necesarios para solventar una emergencia.

C (35) Ver Anexo fotográfico

Se mantiene debidamente equipado el botiquín de primeros auxilios.

67. Medida 29 No utilizar combustible para lavarse las manos o para limpieza de equipos o pisos.

C (36) N/A Se lleva a cabo esta disposición.

68. Medida 30

Realizar controles médicos periódicos al personal que labora en la estación para determinar en qué condiciones de salud se encuentran.

- - - - Situación ya evaluada en el ítem 33 de esta matriz en la cual se estableció como no conformidad.

69. Medida 31 Apoyo a los programas sociales, culturales y deportivos organizados por los moradores del área de influencia.

C (37) Certificados de

ayuda comunitaria Ver en Anexos

Se lleva a cabo ayudas comunitarias en diferentes actos deportivos, sociales culturales, entre otros.

70. Medida 32 Se establecerá acciones para ayudar en eventuales casos de incendio o emergencia a los vecinos del sector.

C (38) N/A

Dentro de las disposiciones internas está el de prestar el contingente necesario para afrontar cualquier conato de incendio en las viviendas ubicadas en el área de influencia.

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RESUMEN DE LAS NO CONFORMIDADES DETECTADAS EN LA AUDITORIA AMBIENTAL PARA LICENCIAMIENTO 2013 PERIODO AUDITADO 2010-2012

N° de No conformidad

menor REFERENCIA LEGAL CONTENIDO DE LA NORMATIVA/PMA OBSERVACIONES

1 CAPITULO IV

Art. 42

Los sujetos de control realizarán al menos cada dos años una Auditoría Ambiental de sus actividades, previa aprobación de los correspondientes Términos de Referencia por la Subsecretaría de Protección Ambiental, y presentarán el respectivo informe de auditoría a la Subsecretaría de Protección Ambiental.

Luego de realizado y aprobado la última Auditoría Ambiental del 2009, se ha procedido a elaboración de la siguiente auditoria correspondiente a los años 2010-2012. Sin embargo las auditorias se deben realizar por un periodo máximo de dos años por lo que se ha incumplido con dicha disposición.

2 CAPÍTULO II, ART. 10

Los sujetos de control, deberán presentar hasta el primero de diciembre de cada año, o dentro del plazo estipulado en cada contrato, el programa anual de actividades ambientales derivado del respectivo Plan de Manejo Ambiental y el presupuesto ambiental del año siguiente para su evaluación y aprobación.

La Estación de Servicio ha cumplido con la presentación de Informes Ambientales Anuales. Sin embargo se establece como no conformidad en vista que cuenta únicamente con el oficio de presentación del año 2011.

3 CAPÍTULO II,

ART. 12 Reportar anualmente a la autoridad, los monitoreos internos semestrales de descargas y emisiones realizadas

Se han realizado monitoreos de descarga de las aguas residuales tratadas en la trampa de grasa. No se realizan monitoreos de emisiones ya que el generador se usa para casos de emergencias. El número de horas uso es inferior a 300 horas anuales. Se establece como no conformidad en vista a que no cuenta con los monitoreos de los años 2010 y segundo semestre del 2011.

4 CAPÍTULO III

ART. 24, Literal c

Para el transporte, almacenamiento y manejo de productos químicos peligrosos, se cumplirá con las respectivas normas vigentes en el país y se manejarán adecuadamente las hojas técnicas de seguridad que deben ser entregadas por los fabricantes para cada producto.

No cuentan con las hojas de seguridad (MSDS) del desengrasante o detergentes biodegradables.

5 CAPÍTULO III

ART. 24, Literal d

En todas las actividades hidrocarburíferas se utilizarán productos naturales y/o biodegradables, entre otros los siguientes: desengrasantes, limpiadores, detergentes y desodorizantes domésticos e industriales, digestores de desechos tóxicos y de hidrocarburos provenientes de derrames; inhibidores parafínicos, insecticidas, abonos y fertilizantes, al menos que existan justificaciones técnicas y/o económicas debidamente sustentadas.

Para realizar la limpieza en general de la estación de servicio no cuentan con detergentes o desengrasantes biodegradables.

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RESUMEN DE LAS NO CONFORMIDADES DETECTADAS EN LA AUDITORIA AMBIENTAL PARA LICENCIAMIENTO 2013 PERIODO AUDITADO 2010-2012

N° de No conformidad

menor REFERENCIA LEGAL CONTENIDO DE LA NORMATIVA/PMA OBSERVACIONES

6 CAPÍTULO III

ART. 25, Literal a Señales de seguridad correspondientes.

La estación de servicio "QUINSALOMA" cuenta con señalización vertical y horizontal de advertencia, prohibición y prevención en todas sus instalaciones. Aunque es necesario realizar el mantenimiento de las mismas e implementarlas en ciertas áreas.

7 CAPÍTULO III

ART. 26

Toda instalación industrial dispondrá de personal profesional capacitado para seguridad industrial y salud ocupacional, así como de programas de capacitación a todo el personal de la empresa acorde con las funciones que desempeña.

Cuenta con los certificados de capacitación únicamente del año 2012, por lo que se establece como no conformidad.

8 CAPÍTULO III

ART. 27 Se deberá contar con programas de mantenimiento tanto preventivo como correctivo.

Se han realizado mantenimientos de tipo preventivo y correctivo a los equipos e instalaciones y tanques de almacenamiento de combustible. Pero únicamente cuenta con facturas de mantenimiento del 2012, por lo que se establece como no conformidad.

9 CAPÍTULO III

ART. 30

Se deberán inspeccionar periódicamente los tanques y recipientes de almacenamiento así como bombas, compresores, líneas de transferencia, y otros, y adoptar las medidas necesarias para minimizar las emisiones.

Se establece como no conformidad ya que únicamente cuenta con el informe de inspección técnica del año 2011.

10

Acuerdo Nº 161, TULSMA, Libro VI

Título V, Art. 181 literal g

Realizar la entrega de los desechos peligrosos y/o especiales para su adecuado manejo, únicamente a las personas naturales o jurídicas que cuenten con la regularización ambiental emitida por el MAE o por la AAAr.

Los desechos peligrosos no son entregados a gestores autorizados.

11

Acuerdo Nº 161, TULSMA, Libro VI,

Título V, Art. 181 literal m

Mantener un registro (bitácora) de los movimientos de entrada y salida de desechos peligrosos y especiales en su área de almacenamiento, en donde se hará constar la fecha de los movimientos (entradas/salidas), nombre del desecho, su origen, cantidad (transferida/almacenada) y destino.

Se lleva un registro interno de los residuos generados en la estación de servicio desde el 2012, por lo que se establece como no conformidad.

12 Art. 11, literal 5 El empleador deberá entregar gratuitamente a sus trabajadores vestido adecuado para el trabajo y los medios de protección personal y colectiva necesarios.

Los trabajadores de la Estación de Servicio "QUINSALOMA" reciben de manera gratuita los uniformes de trabajo, sin embargo es necesario entregar mascarillas, zapatos y chalecos de seguridad.

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RESUMEN DE LAS NO CONFORMIDADES DETECTADAS EN LA AUDITORIA AMBIENTAL PARA LICENCIAMIENTO 2013 PERIODO AUDITADO 2010-2012

N° de No conformidad

menor REFERENCIA LEGAL CONTENIDO DE LA NORMATIVA/PMA OBSERVACIONES

13 Art. 11, literal 6

El empleador está obligado a efectuar reconocimientos médicos periódicos de los trabajadores en actividades peligrosas; y, especialmente, cuando sufran dolencias o defectos físicos o se encuentren en estados o situaciones que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo.

El personal que labora en la estación de servicio "QUINSALOMA" ha sido sometido a chequeos médicos anuales. Entrevistados los trabajadores, manifestaron que no han sufrido dolencias o afectaciones como consecuencia de la actividad que desempeñan. Se establece como no conformidad ya que cuenta únicamente con los certificados médicos del año 2012.

14 Art. 13, literal 3 Los trabajadores deberán usar correctamente los medios de protección personal y colectiva proporcionados por la empresa y cuidar de su conservación.

Se verificó que utilizan los conos de seguridad para restringir la circulación vehicular cuando se hace mantenimiento o cuando se quiere abastecer del producto por un determinado surtidor. Sin embargo es necesaria la dotación de mascarillas, zapatos de seguridad y chalecos reflectivos.

15 Medida 1 (PMA) Realizar el mantenimiento periódico de las válvulas de presión al vacio de las tuberías de venteo.

Se ha llevado a cabo los mantenimientos de las tuberías de venteo, pero no cuenta con las facturas que evidencien dichos mantenimientos, por lo que se establece como no conformidad.

16 Medida 2 (PMA) Realizar el mantenimiento periódico de mangueras, válvulas y acoples para evitar derrames de combustibles durante las operaciones de descarga.

De acuerdo a las visitas realizadas se pudo observar que las los equipos utilizados para el despacho de combustible se encuentran en buen estado, los mismos que han sido periódicamente mantenidos, sin embargo se establece como no conformidad ya que no cuenta con las facturas de mantenimiento.

17 Medida 4 (PMA) Llevar registros del tiempo de funcionamiento del generador de energía e instalar un horometro.

No se ha llevado a cabo el registro de las horas de uso del generador de energía, por lo que se establece como no conformidad.

18 Medida 6 (PMA) Realizar el mantenimiento y limpieza periódica de canaletas perimetrales y trampa de grasas.

Es necesario realizar el mantenimiento y limpieza de las canaletas perimetrales a las islas de despacho de combustible.

19 Medida 9 (PMA)

Contar en las oficinas de la estación con un archivo de documentos originales sobre resultados del análisis de descargas liquidas, certificados de capacitación, mantenimiento de equipos y ayuda comunitaria

Se establece como no conformidad ya que no cuenta con alguna documentación de los diferentes años en los que se ha realizado actividades de mantenimiento y actividades en general enfocadas al cumplimiento de la normativa ambiental y el plan de manejo ambiental.

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RESUMEN DE LAS NO CONFORMIDADES DETECTADAS EN LA AUDITORIA AMBIENTAL PARA LICENCIAMIENTO 2013 PERIODO AUDITADO 2010-2012

N° de No conformidad

menor REFERENCIA LEGAL CONTENIDO DE LA NORMATIVA/PMA OBSERVACIONES

20 Medida 14 (PMA) El personal operativo y administrativo será capacitado en el mantenimiento de extintores, el mismo que actuara como brigada de emergencia interna de la estación

No cuenta con certificados que evidencien las capacitaciones en cuanto a mantenimiento de extintores y control de incendios, por lo que se establece como no conformidad.

21 Medida 16 (PMA) Repasar y familiarizarse con el Plan de Manejo Ambiental de la Estación de Servicio

No se ha llevado capacitaciones en cuanto al contenido del PMA.

22 Medida 17 (PMA) Capacitar al personal de despacho sobre las características y propiedades inflamables de los combustibles, así como de atención al cliente.

No se ha llevado capacitaciones sobre las características y propiedades inflamables de los combustibles.

23 Medida 19 (PMA) Capacitación en salud ocupacional, uso del EPP, consecuencias que ocasiona la manipulación de combustible, etc.

No se ha llevado capacitaciones sobre en salud ocupacional, uso del EPP, consecuencias que ocasiona la manipulación de combustible.

24 Medida 20 (PMA) Cumplir medidas de seguridad cuando se ejecutan trabajos de mantenimiento o reparación de instalaciones y equipos de la estación

No se ha cumplido ya que no se ha dotado al personal de equipo de protección personal.

25 Medida 25 (PMA) Tener en un lugar visible un cartel con los números telefónicos de los organismos de apoyo para casos de emergencia

No cuenta con un letrero con los números de emergencia.

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V. CAPITULO

5 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

Se entiende por impacto ambiental el efecto que produce una determinada acción

sobre el medio ambiente en sus distintos aspectos. Las acciones humanas, son los

principales motivos que han producido que un bien o recurso natural sufra cambios

negativos.

El impacto ecológico generalmente es de carácter negativo, ya que puede suponer el

desplazamiento de poblaciones o la destrucción de hábitats o de especies. En algunas

ocasiones, sin embargo, se generan efectos positivos; por ejemplo las fuentes de

trabajo y el desarrollo económico – social de varias comunidades.

En la actualidad las leyes exigen que todas las obras, proyectos y otros que provoquen

cambios en el normal desenvolvimiento de los ecosistemas deban implementar dentro

de sus actividades medidas que disminuyan los impactos. Por tal razón para el

presente proyecto, se ha desarrollado un plan que va a favorecer al ambiente, a la

sociedad y a los trabajadores; con medidas claras que mitigaran por un lado los

impactos negativos, impulsarán los positivos, recuperaran áreas degradas y protegerán

la salud y seguridad de las personas.

En el plan de manejo ambiental establece las acciones que se requieren para prevenir,

mitigar, controlar, y corregir los posibles efectos o impactos ambientales negativos

detectados durante la presente Auditoría Ambiental para Licenciamiento.

Las medidas propuestas contarán con su respectivo indicador de cumplimiento, medio

de verificación, responsable, y costo. Adicionalmente se elaborará un cronograma de

actividades para el cumplimiento de cada medida en el tiempo de 2 años de aplicación

del presente Plan de Manejo Ambiental.

5.1 ALCANCE DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

El actual Plan de Manejo Ambiental involucra los siguientes programas o subplanes:

Plan de Prevención y Mitigación de Impactos.

Plan de Manejo de Desechos Peligrosos y No Peligrosos.

Plan de Contingencias.

Plan de Capacitación y educación ambiental.

Plan de Salud y Seguridad.

Plan de Relaciones Comunitarias.

Plan de Rehabilitación de Áreas Afectadas.

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Plan de Monitoreo.

Plan de Abandono.

Se ha contemplado las acciones básicas que se aplicarían para el caso de un eventual

cierre y abandono de la estación de servicio. Para ello se incluye el Plan de Abandono

que detallara las acciones a emprender, pero no el costo de las mismas porque a la

actualidad no se prevé esa posibilidad por parte del propietario y comercializadora.

5.2 PLAN DE PREVENCION Y MITIGACION

En base a las no conformidades detectadas evidenciadas durante la elaboración de la

presente Auditoria Ambiental se establecieron las acciones a seguir para prevenir y

corregir los impactos negativos producto de las actividades de la estación de servicio.

Objetivo

Proponer medidas ambientales viables y factibles tendientes a evitar daños al medio

ambiente y población aledaña al proyecto.

MEDIDA N°1

Nombre de la Medida: Manejo de instalaciones y productos.

Objetivo de la medida: Contribuir al manejo adecuado las instalaciones de la Estación

de Servicio, combustibles y productos químicos.

Tipo de Medida: Preventiva y Correctiva

Acciones:

Adquirir detergentes o desengrasantes biodegradables para la limpieza general de

la estación de servicio.

Solicitar y colocar las hojas de seguridad del desengrasante o detergente

biodegradable en la bodega de almacenamiento del mismo.

Llevar a cabo el mantenimiento anual de los tanques de almacenamiento de

combustibles.

Llevar a cabo las inspecciones anuales de los tanques de combustibles por parte de

las verificadoras.

Realizar el mantenimiento continuo de los equipos e instalaciones en la Estación

de Servicio.

Continuar con la limpieza diaria de las instalaciones de la Estación de Servicio.

Construir un cubeto de contención de derrames en el área donde está ubicado el

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MEDIDA N°1

tanque de combustible para el generador de energía.

Continuar con la dotación de material adsorbente en el área de despacho y

descarga de combustible el cual debe ser colocado en recipientes cerrados.

Continuar con los registros anuales del tiempo de uso del generador eléctrico y

mantenerlos en la Estación de Servicio. Además de ampliar la altura de la

chimenea.

Continuar con el mantenimiento periódico del área verde de la estación de

servicio.

Realizar el mantenimiento de las instalaciones a tierra existente en la estación de

servicio.

Realizar el mantenimiento y limpieza del piso en general de la Estación de Servicio.

Mantener archivados los certificados o facturas de los mantenimientos realizado a

equipos e instalaciones en general de la Estación de Servicio.

Llevar a cabo la remediación del suelo ubicado junto al tótem de información

donde se han venido depositando los lodos de la trampa de grasa.

Indicadores:

Se ha continuado con la adquisición de detergentes o desengrasantes

biodegradables para la limpieza general de la estación de servicio.

Se ha solicitado y colocado las hojas de seguridad del desengrasante o detergente

biodegradable en la bodega de almacenamiento del mismo.

Se ha llevado a cabo el mantenimiento anual de los tanques de almacenamiento

de combustibles.

Se ha llevado a cabo las inspecciones anuales de los tanques de combustibles por

parte de las verificadoras.

Se ha realizado el mantenimiento continuo de los equipos e instalaciones de la

Estación de Servicio.

Se continuar con la limpieza diaria de las instalaciones de la Estación de Servicio.

Se ha construido un cubeto de contención de derrames en el área donde está

ubicado el tanque de combustible para el generador de energía.

Se ha colocado material adsorbente en el área de despacho y descarga de

combustible el cual debe ser colocado en recipientes cerrados.

Se lleva a cabo los registros anuales del tiempo de uso del generador eléctrico y

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MEDIDA N°1

mantenerlos en la estación de servicio y se ha ampliado la chimenea del generador

de energía.

Se realiza el mantenimiento periódico del área verde de la estación de servicio.

Se realiza el mantenimiento de las instalaciones a tierra existente en la estación de

servicio.

Se realiza el mantenimiento y limpieza del piso en general de la estación de

servicio.

Se mantienen archivados los certificados o facturas de los mantenimientos

realizado a equipos e instalaciones en general de la estación de servicio.

Se llevo a cabo la remediación del suelo ubicado junto al tótem de información.

Medios de Verificación:

Facturas de compra de desengrasantes o detergentes biodegradables.

Evidencia fotográfica del almacenamiento de los desengrasantes con las hojas de

seguridad, pallets y etiquetas correspondientes.

Registros de mantenimiento de tanques de combustible.

Facturas de los mantenimientos de equipos e instalaciones.

Registros de las horas de uso del generador.

Fotografía de la ampliación de la chimenea del generador de energía.

Fotografías de los mantenimientos realizados.

Fotografías de los recipientes con adecuada cantidad de material adsorbente.

Certificados de inspecciones anuales por parte de las verificadoras.

Facturas, registro, certificados y fotografías de los mantenimientos realizados.

Fotografías del cubeto del área de tanque de diesel para generador de energía.

Facturas e informe técnico de la remediación del suelo.

Responsables:

Administrador, Propietario y Comercializadora.

Costo: 784,00 dólares

5.3 PLAN DE MANEJO DE DESECHOS

El plan de manejo de desechos sólidos, líquidos y gaseosos de las actividades

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operativas de la estación de servicio está enfocados a mejorar el manejo y disposición

final tanto de los desechos peligrosos como no peligrosos.

Objetivo

Implementar las medidas ambientales necesarias para el adecuado manejo y

disposición final de los desechos generados en las actividades de la estación de servicio

MEDIDA N°2

Nombre de la Medida: Manejo de desechos no peligrosos

Objetivo de la medida: Establecer las acciones preventivas para el correcto manejo de

los desechos no peligrosos.

Tipo de Medida: Preventiva

Acciones:

Realizar la segregación de los desechos no peligrosos generados en la Estación de

Servicio y colocar señalización en los recipientes del tipo de residuo a ser colocado

en cada uno de ellos.

Evitar que los desechos sólidos no peligrosos permanezcan fuera de los recipientes

asignados para su almacenamiento.

Continuar con la entrega de los desechos no peligrosos al recolector municipal.

Llevar a cabo el registro continuo de los residuos no peligrosos generados dentro

de la Estación de Servicio.

Indicadores:

Se realizar la segregación de los desechos no peligrosos generados en la Estación

de Servicio y se ha colocado la señalización correspondiente.

Se evita que los desechos sólidos no peligrosos permanezcan fuera de los

recipientes asignados para su almacenamiento.

Se ha continuado con la entrega de los desechos no peligrosos al recolector

municipal.

Se lleva a cabo el registro continuo de los residuos no peligrosos generados dentro

de la Estación de Servicio.

Medios de Verificación:

Fotografía de los desechos almacenados en sus respectivos recipientes.

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MEDIDA N°2

Fotografías de los recipientes para desechos debidamente señalizados.

Registros de cantidades, tipo y disposición.

Registros de los desechos generados dentro de la estación de servicio.

Responsables: Administrador, Propietario y Comercializadora

Costo: 20,00 dólares

MEDIDAS N° 3

Nombre de la Medida: Manejo de desechos peligrosos

Objetivo de la medida: Establecer las acciones correctivas para el correcto manejo de

los desechos peligrosos.

Tipo de Medida: Correctiva

Acciones:

Se debe implementar un cubeto de contención de derrames en el área de

almacenamiento de desechos peligrosos, así como la señalización preventiva,

obligatoria y de prohibición y un extintor.

Continuar con el almacenamiento de los desechos peligrosos generarán en las

actividades operativas de la estación de servicio, tales como: focos y tubos

fluorescentes, filtros y desechos de la trampa de grasa y limpieza de tanques en el

área destinada para su almacenamiento temporal.

Entregar los desechos peligrosos generados en la estación de servicio a gestores

autorizados por el Ministerio del Ambiente.

Mantener el respectivo manifiesto único de entrega de los desechos peligrosos.

Llevar un registro de los desechos peligrosos generados, donde conste la fecha, el

nombre del desecho, cantidad y disposición final.

El responsable del transporte de los desechos peligrosos, deberá contar con la

Licencia Ambiental como transportista, conforme al artículo 3 del Acuerdo

Ministerial No. 026, publicado en el Registro Oficial No. 334 del 12 de mayo del

2008.

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Indicadores:

Se ha implementado un cubeto de contención de derrames en el área de

almacenamiento de desechos peligrosos, así como la señalización preventiva,

obligatoria y de prohibición y un extintor.

Se ha continuado con el almacenamiento de los desechos peligrosos generarán en

las actividades operativas de la estación de servicio, tales como: focos y tubos

fluorescentes, filtros y desechos de la trampa de grasa y limpieza de tanques en el

área destinada para su almacenamiento temporal.

Todos los desechos peligrosos generados en la estación de servicio

“QUINSALOMA”, son entregados a gestores autorizados por la Autoridad

Ambiental.

Se mantiene el respectivo manifiesto único de entrega de los desechos peligrosos.

Se lleva un registro de los desechos peligrosos generados, donde conste la fecha, el

nombre del desecho, cantidad y disposición final.

El responsable del transporte de los desechos peligrosos, cuenta con la Licencia

Ambiental como transportista, conforme al artículo 3 del Acuerdo Ministerial No.

026, publicado en el Registro Oficial No. 334 del 12 de mayo del 2008.

Medios de Verificación:

Fotografía del área de almacenamiento de desechos peligrosos.

Manifiestos únicos de entrega de los desechos peligrosos.

Registro del manejo de los desechos peligrosos.

Licencia Ambiental de la empresa responsable del transporte de los desechos

peligrosos.

Responsables: Administrador, Propietario y Comercializadora.

Costo: 172,00 dólares

MEDIDAS N° 4

Nombre de la Medida: Manejo de las aguas residuales tratadas en la trampa de grasas

Objetivo de la medida: Establecer las acciones correctivas para el funcionamiento de

la trampa de grasas

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MEDIDAS N° 4

Tipo de Medida: Correctiva

Acciones:

Realizar limpiezas periódicas de la canaleta perimetral del área de despacho.

Realizar la limpieza y mantenimiento de la trampa de grasas de manera continua.

Aplicar en la limpieza de pisos del área de despacho, detergentes y desengrasantes

biodegradables.

En caso de presentarse un derrame, aplicar de manera inmediata el material

absorbente para evitar que se descargue a través de los canales a la trampa de

grasas o áreas externas.

Realizar un mantenimiento y limpieza periódico de la trampa de grasa a fin de

garantizar su óptimo funcionamiento.

Se deberá evitar la colocación de los lodos de la trampa de grasa en el terreno

adyacente a la trampa de grasa.

Indicadores:

Se ha realizado la limpieza periódica de la canaleta perimetral.

Se ha realizado la limpieza semestral de la trampa de grasas.

Se aplica detergentes y desengrasantes de tipo biodegradable para la limpieza de

pisos del área de despacho.

En caso de un derrame, se ha aplicado el material absorbente (aserrín).

Se ha realizado la limpieza y mantenimiento de la trampa de grasa la cual funciona

adecuadamente.

Se evita la colocación de los lodos de la trampa de grasa en el terreno adyacente a

la trampa de grasa.

Medios de Verificación:

Fotografías de la limpieza de canaletas.

Fotografías de la limpieza de trampa de grasas.

Facturas de compra de detergentes y desengrasantes biodegradables.

Fotografías del despacho de combustibles.

Fotografía de la aplicación del material absorbente en caso de derrames.

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MEDIDAS N° 4

Responsables:

Administrador, Propietario y Comercializadora.

Costo: 33,00 dólares

5.4 PLAN DE CONTINGENCIAS

Objetivo

Mitigar y controlar situaciones de emergencia causadas por accidentes, derrames

o incendios que pueden producirse durante las operativas de la estación de

servicio.

Determinar las responsabilidades y funciones del personal encargado de atender

una emergencia para asegurar una respuesta rápida y efectiva ante eventos

emergentes o situaciones inesperadas.

MEDIDAS N° 5

Nombre de la Medida: Manejo de situaciones de emergencia

Objetivo de la medida: poner en práctica el plan de contingencias que permita

enfrentar cualquier situación de emergencia y sea probado periódicamente.

Tipo de Medida: Preventiva

Acciones:

Realizar los simulacros determinados en el plan de contingencias para la adecuada

actuación del personal en caso de una emergencia real.

Difundir los procedimientos y momentos en que las brigadas de emergencia

deben actuar.

Disponer de un plano en el que se exhiba las rutas de evacuación, el cual debe

permanecer visible para el público y trabajadores.

Colocar un letrero con los números de emergencia el cual debe ser colocado en

un lugar visible.

Realizar simulacros de emergencia, mismos que deben estar coordinados por el

Cuerpo de Bomberos.

Si se presentara una emergencia se debe dar aviso a las instituciones de ayuda y

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MEDIDAS N° 5

socorro, así como a la Autoridad Ambiental.

Indicadores:

Se ha evaluado el plan de contingencias a través de los simulacros.

Se ha difundido los procedimientos y momentos en los que las brigadas deben

actuar.

Se dispone de un plano de evacuación en la estación de servicio.

Se ha colocado un letrero con los números de emergencia en un lugar visible.

Se han realizado los simulacros coordinados con el Cuerpo de Bomberos.

Se da aviso a las instituciones de ayuda y socorro, así como a la Autoridad

Ambiental, cuando se presentan situaciones de emergencia

Medios de Verificación:

Registros documentales y fotográficos, incluye firmas de los participantes, de los

simulacros realizados.

Plano de evacuación.

Fotografía del letrero con los números de emergencia.

Registros fotográficos/documentales de la difusión de funciones de las brigadas.

Responsables: Administrador, Propietario y Comercializadora.

Costo: 150,00 dólares

5.5 PLAN DE CAPACITACION Y EDUCACIÓN AMBIENTAL

De los niveles de conocimiento, capacidad y entrenamiento impartido al personal

involucrado en el proyecto depende en gran medida la eficacia del PMA.

El logro de objetivos y metas de las políticas ambientales están directamente

vinculadas al Plan de Capacitación en todas las fases e instancias de las actividades de

la E/S.

Objetivos

Continuar con las capacitaciones al personal de la E/S en temas de salud ocupacional,

medio ambiente, manejo de desechos, manipulación de combustibles y seguridad

laboral.

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MEDIDAS N° 6

Nombre de la Medida: Capacitación ambiental, de salud y seguridad

Objetivo de la medida: Mantener capacitado al personal de la estación de servicio en

temas ambientales y de seguridad, necesarios para el buen manejo ambiental y de

seguridad en beneficio del personal y entorno.

Tipo de Medida: Preventiva y correctiva

Acciones:

Impartir capacitaciones anuales, incrementado su frecuencia, al menos dos

charlas por año en temas específicos como: manejo de combustibles, primeros

auxilios, plan de manejo ambiental, mantenimiento de equipos, seguridad

industrial, salud ocupacional, uso de EPP, manejo y disposición de desechos y

atención al cliente.

Mantener los registros de las capacitaciones impartidas donde consten las firmas

de los participantes: Instructores y Personal de la E/S.

Indicadores:

Personal con conocimientos generales y específicos en temas ambientales y de

seguridad contemplados en el presente PMA y la normativa ambiental.

Existencia de registros de las capacitaciones impartidas.

Medios de Verificación:

Evidencia fotográfica de las capacitaciones impartidas, certificaciones.

Registro de asistencia del personal con rubricas de los participantes.

Responsables:

Propietario, Administrador y Comercializadora

Costo: 182,00 dólares

5.6 PLAN DE SALUD Y SEGURIDAD

Este plan establece las actividades y procedimientos que garanticen la seguridad

integral del personal y población aledaña al proyecto.

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Objetivo

Determinar los procedimientos para que la ejecución de los trabajos, se realicen en

condiciones óptimas de seguridad a fin de preservar la integridad del personal y del

medio ambiente.

MEDIDAS N° 7

Nombre de la Medida: Salud y seguridad ocupacional

Objetivo de la medida: Mantener un adecuado ambiente de trabajo, así como las

medidas de seguridad y salud ocupacional necesarias para el correcto

desenvolvimiento del personal.

Tipo de Medida: Preventiva y Correctiva

Acciones:

Continuar con la entrega de uniformes de manera gratuita al personal que labora

en la E/S.

Instar al personal a la utilización diaria de los equipos de protección personal.

Realizar el mantenimiento de la señalización de pisos, circulación de vehículos y

pasos peatonales.

Dotar al personal, involucrado con el despacho de combustibles, de zapatos

industriales destinados a esta actividad, mascarillas y guantes.

Colocar letreros de identificación en el área de almacenamiento de residuos

peligrosos y área de almacenamiento de combustible.

Llevar a cabo las revisiones médicas al personal y mantener archivados los

certificados médicos emitidos por la Dirección de Salud.

Mantener equipado el botiquín de primeros auxilios.

Mantener recargados y en funcionamiento los extintores.

Continuar con los mantenimientos periódicos de tanques y equipos, incluyendo

instalaciones en general.

Indicadores:

Los trabajadores cuenta con uniformes y equipos de protección personal.

Los trabajadores utilizan diariamente y de manera adecuada los equipos de

protección personal.

Se ha mejorar la señalización de pisos, circulación de vehículos y pasos

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MEDIDAS N° 7

peatonales.

Se dispone de una buena señalización de advertencia, prohibición e identificación

en el área de almacenamiento de residuos peligrosos.

Se realiza las revisiones médicas anualmente al personal que labora en la Estación

de Servicio y mantienen archivados los certificados médicos emitidos por la

Dirección de Salud.

Optimo funcionamiento y suficiente equipamiento con medicamentos básicos en

botiquín de primeros auxilios.

Funcionamiento correcto y recarga vigente de los extintores.

Buen estado de funcionamiento de los tanques y equipos de la E/S.

Medios de Verificación:

Registro firmado (actas entrega-recepción) de la entrega de uniformes y equipos

de protección al personal de la E/S según la actividad que desempeñan.

Registro fotográfico del uso de equipos de protección personal por parte del

personal que labora en la estación de servicio.

Evidencia fotográfica de la señalización en las instalaciones de la E/S.

Certificados médicos del personal.

Evidencia fotográfica del botiquín y sus implementos.

Registros fotográficos y documentales de la última recarga de los extintores.

Registros documentales y fotográficos del estado de los equipos y tanques de

combustible.

Responsables:

Propietario, Administrador y Comercializadora.

Costo: 575,00 dólares

5.7 PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS

Este plan establece las actividades y procedimientos que permitan mantener buenas

relaciones con la población circundante a la estación de servicio. Cabe indicar que no

se detectaron no conformidades en este aspecto durante la evaluación para el informe

del estudio ambiental.

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Objetivo

Apoyar a las actividades sociales de la comunidad circundante a la estación de servicio

y en situaciones de emergencia que se puedan presentar.

MEDIDAS N° 8

Nombre de la Medida: Relaciones Comunitarias

Objetivo de la medida: Mantener buenas relaciones con la comunidad

Tipo de Medida: Preventiva

Acciones:

Poner a disposición de la vecindad, los extintores, botiquín de primeros auxilios, e

inclusive asistencia logística con personal, en caso de una emergencia presentada

en sus domicilios

No disponer ningún tipo de residuo en terrenos adyacentes.

Continuar con el apoyo voluntario a la comunidad, siempre que sea posible, a

eventos o actos sociales, culturales, deportivos, etc. y mantener archivados los

certificados de las ayudas realizadas.

Indicadores:

Colaboración con equipos y personal a la comunidad en caso de emergencias

No se ha depositado desechos en terrenos adyacentes a la E/S.

Se ha colaborado con aportaciones económicas con la comunidad en eventos

sociales, deportivos, artísticos, etc. y se mantiene archivados los certificados de

las ayudas realizadas.

Medios de Verificación:

Solicitudes escritas de apoyo comunitario.

Responsables:

Propietario y Administrador y Comercializadora

Costo: 52,00 dólares

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5.8 PLAN DE REHABILITACIÓN DE AREAS AFECTADAS

Este plan está enfocado a la recuperación de las condiciones originales de las áreas que

ser afectadas por las actividades de la estación de servicio.

Hasta la fecha de realización del presente Estudio de Impacto Ambiental no se han

presentado situaciones de emergencia o de afectación áreas.

Objetivo

Aplicar las medidas en caso de afectarse un área por las actividades de la Estación de

Servicio.

MEDIDAS N° 9

Nombre de la Medida: Rehabilitación de áreas afectadas

Objetivo de la medida: Aplicar las medidas adecuadas en caso de afectarse un área

por las actividades de la Estación de Servicio

Tipo de Medida: Preventiva

Acciones

Revegetación y restauración de habitas en las áreas directamente afectadas cuya

alteración natural ha sido a consecuencia de las actividades de la Estación de

Servicio

Reposición de suelos contaminados.

Adopción y aplicación de técnicas apropiadas que permitan una rehabilitación

acorde a la demanda de la afectación y no improvisar procedimientos.

Indicadores

Se ha revegetado y restaurado los habitas en las áreas directamente afectadas.

Se ha realizado la reposición de suelos contaminados

Se ha adoptado y aplicación de técnicas apropiadas que permitan una

rehabilitación acorde a la demanda de la afectación y no improvisar

procedimientos.

Medios de Verificación:

Evidencia fotográfica y documental de la aplicación del plan de rehabilitación.

Áreas afectadas recuperadas

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82

MEDIDAS N° 9

Responsables:

Propietario, Administrador y Comercializadora

Costo: 120,00 dólares

5.9 PLAN DE MONITOREO

Este plan está encaminado a realizar las acciones pertinentes a fin de controlar, medir

y monitorear el cumplimiento de objetivos y actividades propuestos en el PMA.

El Monitoreo Ambiental interno contempla las acciones necesarias para cumplir con

las mediciones de las descargas y disposición de desechos sólidos líquidos y gaseosos

que establece la normativa ambiental.

Objetivo

Cumplir con la normativa ambiental vigente y la conservación del entorno natural.

MEDIDAS N° 10

Nombre de la Medida: Monitoreo del cumplimiento de las medidas del actual PMA.

Objetivo de la medida: Cumplir con la normativa ambiental vigente y la

conservación del entorno natural.

Tipo de Medida: Preventiva y Correctiva

Acciones

Realizar la próxima Auditoría Ambiental en un periodo máximo de dos años a

partir de la presente Auditoria.

Realizar el monitoreo semestral de las aguas residuales tratadas en la trampa de

grasa.

Presentar anualmente en los informes ambientales anuales, los monitoreos

semestrales realizados.

Mantener los registros documentales del cumplimiento de las medidas del

actual PMA.

Actualizar la póliza de fiel cumplimiento del cumplimiento del plan de manejo

ambiental con el monto correspondiente al actual Plan de Manejo Ambiental.

Continuar con la presentación de los Informes Ambientales Anuales y Programas

y Presupuestos a la Autoridad Ambiental y mantener archivados los documentos

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83

MEDIDAS N° 10

de presentación u aprobación.

Indicadores

Se realizado la próxima Auditoría Ambiental en un periodo máximo de dos años.

Se han elaborado los del monitoreo semestral de las aguas tratadas en la trampa

de grasa por laboratorios acreditados ante el OAE.

Presentación de los Programas y Presupuestos Ambientales Anuales, Informes

Ambientales Anuales y, los resultados de los monitoreos semestrales realizados.

Se mantienen registros del cumplimiento del actual PMA.

Se ha actualizado la póliza de seguro de fiel cumplimiento y con el monto del

actual PMA.

Se continúa con la presentación de los Informes ambientales anuales y

programas y presupuestos ante la Autoridad Ambiental y se mantienen

archivados los documentos de presentación u aprobación.

Medios de Verificación:

Informes de laboratorio sobre los análisis de las aguas residuales tratadas en la

trampa de grasa.

Oficios de presentación de los informes, programas y presupuestos ambientales

anuales junto con los análisis de aguas residuales tratadas.

Registros documentales y fotográficos del cumplimiento de las medidas del

actual PMA.

Póliza de fiel cumplimiento del PMA.

Oficios de presentación de la AAC 2014 a la autoridad ambiental.

Documentos de presentación y aprobación de los presupuestos e informes

ambientales anuales.

Responsables:

Propietario, Administrador y Comercializadora.

Costo: 1150,00 dólares

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5.10 PLAN DE ABANDONO

Este plan contempla las actividades y acciones a emprender para el caso de producirse

un cierre y abandono, no previsto, del proyecto.

Objetivo

Permitir que al cierre y abandono de la estación de servicio el área ocupada sea

readecuada para otros usos y que no se produzcan afectaciones derivadas de las

actividades ahí desarrolladas como consecuencia del tipo de instalaciones, desechos y

productos que se han manipulado.

MEDIDAS N° 11

Nombre de la Medida: Desmontaje de equipos e instalaciones, demoliciones,

desgasificación y remediación

Objetivo de la medida: Recuperar las condiciones originales del terreno.

Tipo de Medida: Preventiva y Correctiva

Acciones

Desmontar y desgasificar los tanques de almacenamiento, tuberías y equipos

utilizados para el despacho de combustibles.

Presentar programa de remediación en caso de haberse presentado derrames o

daños como consecuencia de incendios, accidentes u otros motivos.

Demoler las áreas construidas.

Desalojar el material extraído hacia lugares autorizados o permitidos.

Comercializar las estructuras metálicas y tanques usados, como chatarra.

Remediar las zonas contaminadas con hidrocarburos.

Cubrir con vegetación el área desocupada.

Se deberá dar aviso a las Autoridades Competentes sobre el cierre, demolición y

abandono del área de ocupación de la Estación de servicio.

Indicadores

Tanques, equipos y tuberías que han sido desmontados.

Evidencia de demoliciones de estructuras.

Áreas despejadas luego de desalojo.

Ausencia de gases con hidrocarburos.

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MEDIDAS N° 11

Suelos remediados.

Cultivo de vegetación ornamental.

Se dio aviso a las Autoridades Competentes sobre el cierre de la Estación de

Servicio.

Medios de Verificación:

Certificaciones o facturas de trabajos realizados.

Informes de laboratorio.

Registros documentales y fotográficos del cumplimiento de la ejecución de la

medida.

Oficios de presentación y aprobación de programas de remediación.

Oficios de aviso a Autoridades sobre el cierre del a Estación de Servicio.

Responsables: Propietario, Administrador y Comercializadora

Costo: INDETERMINADO

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VI. CAPITULO

6 PLAN DE ACCIÓN

En base a las no conformidades menores encontradas en la matriz de evaluación de la

normativa ambiental vigente, se plantean las acciones correctivas que deberán

ejecutarse en el plazo y frecuencias indicadas en la matriz.

Básicamente la matriz engloba los siguientes aspectos:

Hallazgo: Se refiere a la no conformidad detectada.

Acción Correctiva: Se refiere a las actividades a ejecutar para reducir y mitigar las

falencias encontradas.

Responsable: Se refiere a las personas responsables de hacer cumplir la acción

propuesta (días, meses).

Plazo: Está enfocado al tiempo dado para corregir la inconformidad y también a la

frecuencia de repetición de la acción (Anual, Semestral, Permanente).

Costo: se refiere al valor económico que ameritara la ejecución de la medida.

A continuación se presenta el plan de acción propuesto:

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6.1 PLAN DE ACCIÓN PARA CORREGIR LAS NO CONFORMIDADES ENCONTRADAS EN LA AUDITORIA AMBIENTAL PARA LICENCIAMIENTO

DE LA ESTACIÓN DE SERVICIO “QUINSALOMA”

PLAN DE ACCION PARA CORREGIR LAS NO CONFORMIDADES Plan de Prevención y Mitigación de Impactos

HALLAZGO ACCION CORRECTIVA RESPONSABLE PLAZO COSTO

No cuentan con las hojas de seguridad (MSDS) del desengrasante o detergentes biodegradables.

No conformidad menor No. 4

Solicitar a los proveedores de las hojas de seguridad de los productos utilizados para la limpieza y expedidos en la estación de servicio.

Propietario, Administrador

15 días 2,00

Para realizar la limpieza en general de la estación de servicio no cuentan con detergentes o desengrasantes biodegradables.

No conformidad menor No. 5

Adquirir desengrasante y detergente biodegradable para llevar a cabo la limpieza de pisos en la Estación de Servicio.

Propietario, Administrador

15 días 40,00

Se han realizado mantenimientos de tipo preventivo y correctivo a los equipos e instalaciones y tanques de almacenamiento de combustible. Pero únicamente cuenta con facturas de mantenimiento del 2012, se establece como no conformidad.

No conformidad menor No. 8

Llevar a cabo el mantenimiento continuo de las instalaciones y equipo de la Estación de Servicio, así como archivar la documentación de los trabajos ejecutados.

Propietario, Administrador

30 días 100,00

Se establece como no conformidad ya que únicamente cuenta con el informe de inspección técnica del año 2011.

No conformidad menor No. 9

Realizar las inspecciones técnicas de los tanques de almacenamiento de combustibles anualmente.

Propietario, Administrador

30 días 150,00

Se ha llevado a cabo los mantenimientos de las tuberías de venteo, pero no cuenta con las facturas que evidencien dichos mantenimientos, por lo que se establece como no conformidad.

No conformidad menor No. 15

Continuar con los mantenimientos de las tuberías de venteo de los tanques de almacenamiento de combustible y archivar las facturas de los mantenimientos llevados a cabo.

Propietario, Administrador

90 días 25,00

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De acuerdo a las visitas realizadas se pudo observar que las los equipos utilizados para el despacho de combustible se encuentran en buen estado, los mismos que han sido periódicamente mantenidos, sin embargo se establece como no conformidad ya que no cuenta con las facturas de mantenimiento.

No conformidad menor No. 16

Continuar con el mantenimiento de los equipos utilizados para el despacho de combustible, así como mantener archivados los registros que evidencien los mantenimientos realizados.

Propietario, Administrador

60 días 25,00

Es necesario realizar el mantenimiento y limpieza de las canaletas perimetrales a las islas de despacho de combustible.

No conformidad menor No. 18

Realizar el mantenimiento y limpieza diaria de las canaletas perimetrales a las áreas de despacho de combustible.

Propietario, Administrador

60 días 5,00

Plan de Manejo de Desechos Peligrosos y No Peligrosos HALLAZGO ACCION CORRECTIVA RESPONSABLE PLAZO COSTO

Los desechos peligrosos no han sido entregados al gestor autorizados por el Ministerio del Ambiente.

No conformidad menor No. 10

Todos los desechos peligrosos generados en la E/S deberán ser entregados a gestores autorizados por el Ministerio del Ambiente.

Propietario, Administrador

90 días 120,00

Se lleva un registro interno de los residuos generados en la estación de servicio desde el 2012, por lo que se establece como no conformidad.

No conformidad menor No. 11

Llevar a cabo los registros de los volúmenes de desechos peligrosos generados en la estación de servicio de manera periódica.

Propietario, Administrador

90 días 2,00

Plan de Contingencias HALLAZGO ACCION CORRECTIVA RESPONSABLE PLAZO COSTO

No cuenta con los números telefónicos de las instituciones de auxilio, pública y privada.

No conformidad menor No. 25

Implementar un letrero con los números de emergencia el cual deberá ser colocado en un lugar visible.

Propietario, Administrador

60 días 15,00

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PLAN DE ACCION PARA CORREGIR LAS NO CONFORMIDADES Plan de Capacitación y Educación Ambiental

HALLAZGO ACCION CORRECTIVA RESPONSABLE PLAZO COSTO

Cuenta con los certificados de capacitación únicamente del año 2012, por lo que se establece como no conformidad.

No conformidad menor No. 7

Llevar a cabo capacitaciones permanentes al personal que labora en la Estación de Servicio.

Propietario, Administrador

60 días 140,00

No cuenta con certificados que evidencien las capacitaciones en cuanto a mantenimiento de extintores y control de incendios, por lo que se establece como no conformidad.

No conformidad menor No. 20

Llevar a cabo capacitaciones permanentes al personal que labora en la Estación de Servicio.

Propietario, Administrador

60 días 130,00

No se ha llevado capacitaciones en cuanto al contenido del PMA.

No conformidad menor No. 21

Dar a conocer al personal de la Estación de Servicio el PMA, a fin de llevar a cabo un mejor manejo ambiental.

Propietario, Administrador

60 días 40,00

No se ha llevado capacitaciones sobre las características y propiedades inflamables de los combustibles.

No conformidad menor No. 22

Capacitar al personal de la Estación de servicio en temas de características y propiedades

inflamables de los combustibles

Propietario, Administrador

60 días 50,00

No se ha llevado capacitaciones sobre en salud ocupacional, uso del EPP, consecuencias que ocasiona la manipulación de combustible.

No conformidad menor No. 23

Capacitar al personal en temas de salud

ocupacional, uso del EPP, consecuencias que ocasiona la manipulación de combustible

Propietario, Administrador

60 días 70,00

Plan de Salud y Seguridad HALLAZGO ACCION CORRECTIVA RESPONSABLE PLAZO COSTO

La estación de servicio "QUINSALOMA" cuenta con señalización vertical y horizontal de advertencia, prohibición y prevención en todas sus instalaciones. Aunque es necesario realizar el mantenimiento de las mismas e implementarlas en ciertas áreas.

No conformidad menor No. 6

Realizar el mantenimiento periódico de la señalización existente en la estación de servicio, además de implementarla en el área de almacenamiento de desechos peligrosos.

Propietario, Administrador

30 días 60,00

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PLAN DE ACCION PARA CORREGIR LAS NO CONFORMIDADES

Los trabajadores de la Estación de Servicio "QUINSALOMA" reciben de manera gratuita los uniformes de trabajo, sin embargo es necesario entregar mascarillas, zapatos y chalecos de seguridad.

No conformidad menor No. 12

Dotar de manera periódica del equipo de protección personal a los trabajadores de la Estación de Servicio.

Propietario, Administrador

30 días 70,00

Se verificó que utilizan los conos de seguridad para restringir la circulación vehicular cuando se hace mantenimiento o cuando se quiere abastecer del producto por un determinado surtidor.

Sin embargo es necesaria la dotación de mascarillas, zapatos de seguridad y chalecos reflectivos.

No conformidad menor No. 14

Dotar de manera periódica del equipo de protección personal a los trabajadores de la Estación de Servicio.

No se ha cumplido ya que no se ha dotado al personal de equipo de protección personal.

No conformidad menor No. 24

Dotar de manera periódica del equipo de protección personal a los trabajadores de la Estación de Servicio.

El personal que labora en la estación de servicio "QUINSALOMA" ha sido sometido a chequeos médicos anuales. Entrevistados los trabajadores, manifestaron que no han sufrido dolencias o afectaciones como consecuencia de la actividad que desempeñan.

Se establece como no conformidad ya que cuenta únicamente con los certificados médicos del año 2012.

No conformidad menor No. 13

Realizar los chequeos médicos al personal que labora en la E/S de manera anual, así como archivar los certificados médicos emitidos por la Dirección de Salud.

Propietario, Administrador

30 días 70,00

Plan de Monitoreo HALLAZGO ACCION CORRECTIVA RESPONSABLE PLAZO COSTO

Luego de realizado y aprobado la última Auditoría Ambiental del 2009, se ha procedido a elaboración de la siguiente auditoria correspondiente a los años 2010-2012. Sin embargo las auditorias se deben realizar por un periodo máximo de dos años por lo que se

ha incumplido con dicha disposición.

No conformidad menor No. 1

Llevar a cabo las próximas Auditorías Ambientales en un periodo no máximo de dos años.

Propietario y Administrador

2 años 800,00

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PLAN DE ACCION PARA CORREGIR LAS NO CONFORMIDADES

La Estación de Servicio ha cumplido con la presentación de Informes Ambientales Anuales. Sin embargo se establece como no conformidad en vista que cuenta únicamente con el oficio de

presentación del año 2011.

No conformidad menor No. 2

Presentar anualmente los Programas y Presupuestos Ambientales a la Autoridad Ambiental, así como mantener archivados los oficios de aprobación.

Propietario y Administrador

1 año 150,00

Se han realizado monitoreos de descarga de las aguas residuales tratadas en la trampa de grasa. No se realizan monitoreos de emisiones ya que el generador se usa para casos de emergencias. El número de horas uso es inferior a 300 horas anuales.

Se establece como no conformidad en vista a que no cuenta con

los monitoreos de los años 2010 y segundo semestre del 2011.

No conformidad menor No. 3

Llevar a cabo los monitoreos de los efluentes generados en la estación de servicio de manera semestral, así como reportar a la Autoridad Ambiental, los monitoreos llevados a cabo.

Propietario y Administrador

1 año 150,00

No se ha llevado a cabo el registro de las horas de uso del generador de energía, por lo que se establece como no

conformidad.

No conformidad menor No. 17

Llevar a cabo de manera permanente los registros del uso del generador de energía.

Propietario y Administrador

1 año 2,00

Se establece como no conformidad ya que no cuenta con alguna documentación de los diferentes años en los que se ha realizado actividades de mantenimiento y actividades en general enfocadas al cumplimiento de la normativa ambiental y el plan de manejo

ambiental.

No conformidad menor No. 19

Archivar la documentación, que permita evidenciar las actividades llevadas a cabo en la Estación de Servicio, con relación al cumplimiento de la normativa ambiental y el plan de manejo ambiental

Propietario y Administrador

15 días 5,00

COSTO TOTAL DEL PLAN DE ACCIÓN 2221,00

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6.2 MATRIZ LÓGICA DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

Matriz Lógica del Plan de Manejo Ambiental ACCIONES PROPUESTAS Objetivos Indicador de Cumplimiento Medio de Verificación Responsable Costo

Plan de Prevención y Mitigación de Impactos Manejo de instalaciones y productos

Adquirir detergentes o desengrasantes biodegradables para la limpieza general de la E/S.

Contribuir al manejo adecuado las instalaciones de la Estación de Servicio, combustibles y productos químicos

Se ha adquirido desengrasante o detergente biodegradable para la limpieza de pisos y trampa de grasa.

Facturas de compra y evidencia fotográfica del almacenamiento de los desengrasantes con las hojas de seguridad, pallets y etiquetas correspondientes.

Administrador, Propietario y

Comercializadora

20,00

Solicita al proveedor y colocar una copia de las hojas de seguridad del desengrasante en la bodega.

Se ha solicitado y colocado una copia de los desengrasantes en la bodega de almacenamiento.

1,00

Llevar a cabo el mantenimiento anual de los tanques de almacenamiento de combustibles

Se ha llevado a cabo el mantenimiento de los tanques de almacenamiento de combustible

Registros de mantenimiento de tanques de combustible

120,00

Llevar a cabo las inspecciones de los tanques de combustibles por parte de las verificadoras

Se ha continuado con las inspecciones anuales de los tanques de combustibles por parte de las verificadoras

Certificados de inspecciones anuales por parte de las verificadoras

110,00

Realizar el mantenimiento continuo de los equipos e instalaciones en la Estación de Servicio.

Se ha realizado el mantenimiento continuo de los equipos e instalaciones de la Estación de Servicio

Facturas de los mantenimientos de equipos e instalaciones

100,00

Continuar con la limpieza diaria de las instalaciones de la Estación de Servicio

Se ha continuado con la limpieza diaria de las instalaciones de la Estación de Servicio

Registro de limpieza realizada.

1,00

Construir un cubeto de contención de derrames en el área donde está ubicado el tanque de combustible para el generador de energía

Se ha implementado un cubeto de seguridad para el tanque de combustible del generador.

Evidencia fotográfica del cubeto de seguridad.

30,00

Continuar con la dotación de material adsorbente en el área de despacho y descarga de combustible el cual debe ser colocado en recipientes cerrados

Se ha colocar material adsorbente en el área de despacho y descarga de combustible el cual debe ser colocado en recipientes cerrados

Fotografías de los recipientes con adecuada cantidad de material adsorbente

1,00

Continuar con los registros anuales del tiempo de uso del generador eléctrico y mantenerlos en la Estación de Servicio. Además de ampliar la altura de la chimenea.

Se ha llevado a cabo los registros anuales del tiempo de uso del generador eléctrico y mantenerlos en la estación de servicio

Registros de las horas de uso del generador de energía.

1,00

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Matriz Lógica del Plan de Manejo Ambiental ACCIONES PROPUESTAS Objetivos Indicador de Cumplimiento Medio de Verificación Responsable Costo

Continuar con el mantenimiento periódico del área verde de la Estación de Servicio.

Contribuir al manejo adecuado las instalaciones de la Estación de Servicio, combustibles y productos químicos

Se realiza el mantenimiento periódico del área verde de la Estación de Servicio

Facturas, registro, certificados y fotografías de los mantenimientos realizados

Administrador, Propietario y

Comercializadora

25,00

Continuar con el mantenimiento de las instalaciones a tierra existente en la Estación de Servicio.

Se realiza el mantenimiento de las instalaciones a tierra existente en la Estación de Servicio

Facturas, registro, certificados y fotografías de los mantenimientos realizados

40,00

Realizar el mantenimiento y limpieza del piso en general de la Estación de Servicio

Se realiza el mantenimiento y limpieza del piso en general de la Estación de Servicio

Facturas, registro, certificados y fotografías de los mantenimientos realizados

80,00

Mantener archivados los certificados o facturas de los mantenimientos realizado a equipos e instalaciones en general de la Estación de Servicio.

Se mantiene archivados los certificados o facturas de los mantenimientos realizado a equipos e instalaciones en general de la Estación de Servicio

Facturas, registro, certificados y fotografías de los mantenimientos realizados

5,00

Llevar a cabo la remediación del suelo ubicado junto al tótem de información donde se han venido depositando los lodos de la trampa de grasa.

Se llevo a cabo la remediación del suelo ubicado junto al tótem de información

Facturas e informe técnico de la remediación del suelo

250,00

Plan de Manejo de Desechos Manejo de desechos no peligrosos

Realizar la segregación de los desechos no peligrosos generados en la Estación de Servicio.

Establecer las acciones preventivas para el correcto manejo de los desechos no peligrosos

Se realiza la segregación de los desechos no peligrosos generados en la Estación de Servicio.

Registros de cantidades, tipo y disposición.

Administrador, Propietario y

Comercializadora

5,00

Evitar que los desechos sólidos no peligrosos permanezcan fuera de los recipientes asignados para su almacenamiento

Los desechos sólidos no peligrosos permanecen dentro de los recipientes asignados para su almacenamiento.

Fotografía de los desechos almacenados en sus respectivos recipientes.

5,00

Continuar con la entrega de los desechos no peligrosos al recolector municipal

Se continúa con la entrega de los desechos no peligrosos al recolector municipal.

Fotos de entrega de los desechos no peligrosos al recolector municipal

5,00

Llevar un registro continuo de los residuos no peligrosos generados dentro de la E/S

Se llevar un registro continuo de los residuos no peligrosos generados dentro de la Estación de Servicio.

Registros de los desechos generados dentro de la estación de servicio.

5,00

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C.C. Polaris Bloque 2, Local 3 Telefax: 042-214305 REGISTROS DE CONSULTOR AMBIENTAL:

E-mail: [email protected] Celular: 093232755 MINISTERIO DE AMBIENTE: MAE-074-CC GUAYAQUIL – ECUADOR

94

Matriz Lógica del Plan de Manejo Ambiental ACCIONES PROPUESTAS Objetivos Indicador de Cumplimiento Medio de Verificación Responsable Costo

Plan de Manejo de Desechos Manejo de desechos peligrosos

Se debe implementar un cubeto de contención de derrames en el área de almacenamiento de desechos peligrosos, un extintor así como la señalización preventiva, obligatoria y de prohibición.

Establecer las acciones correctivas para el

correcto manejo de los desechos peligrosos

Se ha implementado un cubeto de contención de derrames en el área de almacenamiento de desechos peligrosos, así como la señalización preventiva, obligatoria y de prohibición y un extintor.

Fotografía del área de almacenamiento de desechos peligrosos

Administrador, Propietario y

Comercializadora

70,00

Continuar con el almacenamiento de los desechos peligrosos generarán en las actividades operativas de la E/S, tales como: focos y tubos fluorescentes, filtros y desechos de la trampa de grasa y limpieza de tanques en el área destinada para su almacenamiento temporal.

Se ha continuado con el almacenamiento de los desechos peligrosos generarán en las actividades operativas de la estación de servicio, tales como: focos y tubos fluorescentes, filtros y desechos de la trampa de grasa y limpieza de tanques en el área destinada para su almacenamiento temporal.

Fotografía del área de almacenamiento de desechos peligrosos

10,00

Todos los desechos peligrosos generados, deben ser entregados a gestores autorizados por la Autoridad Ambiental

Todos los desechos peligrosos generados en la estación de servicio “QUINSALOMA”, son entregados a gestores autorizados por la Autoridad Ambiental.

Manifiestos únicos de entrega de los desechos peligrosos.

85,00

Mantener el respectivo manifiesto único de entrega de los desechos peligrosos.

Se Mantiene el respectivo manifiesto único de entrega de los desechos peligrosos.

Fotografía de los recipientes debidamente etiquetados.

5,00

Llevar un registro de los desechos peligrosos generados, con el nombre del desecho, cantidad y disposición final

Se Lleva un registro de los desechos peligrosos generados, donde conste la fecha, el nombre del desecho, cantidad y disposición final.

Manifiestos únicos de entrega de los desechos peligrosos.

1,00

El responsable del transporte de los desechos peligrosos, deberá contar con la Licencia Ambiental como transportista, conforme al artículo 3 del Acuerdo Ministerial No. 026, publicado en el Registro Oficial No. 334 del 12 de mayo del 2008.

El responsable del transporte de los desechos peligrosos, cuenta con la Licencia Ambiental como transportista, conforme al artículo 3 del Acuerdo Ministerial No. 026, publicado en el Registro Oficial No. 334 del 12 de mayo del 2008.

Licencia Ambiental de la empresa responsable del transporte de los desechos peligrosos.

1.00

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Matriz Lógica del Plan de Manejo Ambiental ACCIONES PROPUESTAS Objetivos Indicador de Cumplimiento Medio de Verificación Responsable Costo

Plan de Manejo de Desechos Manejo de las aguas residuales tratadas en la trampa de grasas

Realizar limpiezas periódicas de la canaleta perimetral del área de despacho

Establecer las acciones correctivas para el funcionamiento de la trampa de grasas

Se ha realizado la limpieza periódica de la canaleta perimetral

Fotografías de la limpieza de canaletas

Administrador, Propietario y

Comercializadora

5,00

Realizar la limpieza y mantenimiento de la trampa de grasas de manera continua

Se ha realizado la limpieza semestral de la trampa de grasas

Fotografías de la limpieza de trampa de grasas

10,00

Aplicar en la limpieza de pisos del área de despacho, detergentes y desengrasantes biodegradables

Se aplica detergentes y desengrasantes de tipo biodegradable para la limpieza de pisos del área de despacho

Facturas de compra de detergentes y desengrasantes biodegradables

5,00

En caso de presentarse un derrame, aplicar de manera inmediata el material absorbente para evitar que se descargue a través de los canales a la trampa de grasas o áreas externas

En caso de un derrame, se ha aplicado el material absorbente (arena)

Fotografía de la aplicación del material absorbente en caso de derrames

3,00

Realizar un mantenimiento y limpieza periódico de la trampa de grasa a fin de garantizar su óptimo funcionamiento

Se ha realizado la limpieza y mantenimiento de la trampa de grasa la cual funciona adecuadamente

Fotografías de la limpieza y mantenimiento de la trampa de grasa

5,00

Se deberá evitar la colocación de los lodos de la trampa de grasa en el terreno adyacente a la trampa de grasa.

Se evita la colocación de los lodos de la trampa de grasa en el terreno adyacente a la trampa de grasa.

Registro del depósito de los desechos extraídos de la trampa de grasa.

5,00

Plan de Contingencia Manejo de situaciones de emergencia

Realizar los simulacros determinados en el plan de contingencias.

Contar con un plan de contingencias que permita enfrentar

cualquier situación de

emergencia y probarlo periódicamente

Se ha evaluado el plan de contingencias a través de los simulacros.

Registros documentales y fotográficos, incluye firmas de los participantes, de los simulacros realizados.

Propietario y Administrador

80,00

Difundir los procedimientos en que las brigadas de emergencia deben actuar.

Difusión de los procedimientos y momentos en los que las brigadas deben actuar.

Registros documentales y fotográficos, de los simulacros realizados.

10,00

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Matriz Lógica del Plan de Manejo Ambiental ACCIONES PROPUESTAS Objetivos Indicador de Cumplimiento Medio de Verificación Responsable Costo

Disponer de un Plano en el que se exhiba las rutas de evacuación, debe permanecer visible para el público y trabajadores.

Contar con un plan de contingencias que permita enfrentar

cualquier situación de

emergencia y probarlo periódicamente

Se dispone de un plano de evacuación en la estación de servicio.

Plano de evacuación

Propietario y Administrador

10,00

Colocar un letrero con los números de emergencia el cual debe ser colocado en un lugar visible.

Se ha colocado un letrero con los números de emergencia en un lugar visible

Fotografía del letrero con los números de emergencia

10,00

Realizar simulacros de emergencia, mismos que deben estar coordinados por el Cuerpo de Bomberos

Se han realizado los simulacros coordinados con el Cuerpo de Bomberos.

Registros fotográficos, documentales de la difusión de funciones de las brigadas.

30,00

Si se presentara una emergencia se debe dar aviso a las instituciones de ayuda y socorro, así como a la Autoridad Ambiental.

Se da aviso a las instituciones de ayuda y socorro, así como a la Autoridad Ambiental, cuando se presentan situaciones de emergencia.

Informe de las emergencias atendidas por parte de las entidades de socorro.

10,00

Plan de Capacitación y Educación Ambiental Capacitación ambiental, de salud y seguridad

Impartir capacitaciones anuales, incrementado su frecuencia, al menos dos charlas por año en: manejo de combustibles, primeros auxilios, PMA, mantenimiento de equipos, seguridad industrial y atención al cliente.

Mantener capacitado a los trabajadores de la

E/S en temas ambientales y de

seguridad, para el buen manejo

ambiental y de seguridad en beneficio del personal y entorno

Personal con conocimientos generales y específicos en temas ambientales y de seguridad contemplados en el PMA y la normativa ambiental

Evidencia fotográfica de las capacitaciones impartidas, Certificaciones

Propietario, Administrador y

Comercializadora 180,00

Mantener los registros de las capacitaciones donde consten las firmas de los participantes: Instructores y Personal de la E/S.

Mantener capacitado a los trabajadores de la

E/S en temas ambientales y de

seguridad, para el buen manejo

ambiental y de seguridad en beneficio del personal y entorno

Existencia de registros de las capacitaciones impartidas.

Registro de asistencia del personal con rubricas de los participantes

Propietario, Administrador y

Comercializadora 2,00

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Matriz Lógica del Plan de Manejo Ambiental ACCIONES PROPUESTAS Objetivos Indicador de Cumplimiento Medio de Verificación Responsable Costo

Plan de Salud y Seguridad Salud y seguridad ocupacional

Continuar con la entrega de uniformes de manera gratuita.

Mantener un adecuado ambiente de trabajo, así como las medidas de seguridad y salud ocupacional necesarias para el correcto desenvolvimiento del personal

Los trabajadores cuentan con uniformes. Registro de la entrega de uniformes al personal.

Propietario y Administradora

50,00

Instar al personal a la utilización diaria de los EPP.

Los trabajadores utilizan diariamente y de manera adecuada los EPP

Registro fotográfico del uso de EPP.

5,00

Realizar el mantenimiento de la señalización de pisos, circulación de vehículos y pasos peatonales

Se ha continuado con el mantenimiento de la señalización de pisos, circulación de vehículos y pasos peatonales.

Evidencia fotográfica de la señalización en las instalaciones de la E/S

40,00

Dotar al personal de zapatos industriales, mascarillas y guantes.

Los trabajadores cuenta con uniformes y equipos de protección personal

Registro firmado de la entrega de EPP.

90,00

Colocar letreros de identificación de residuos peligrosos.

Se dispone de una buena señalización de advertencia, prohibición e identificación.

fotos de la señalización en las instalaciones de la E/S

30,00

Llevar a cabo las revisiones médicas al personal y mantener archivados los certificados médicos emitidos por la Dirección de Salud.

Se realiza las revisiones médicas anualmente al personal.

Certificados médicos del personal.

50,00

Mantener equipado el botiquín de primeros auxilios.

Optimo funcionamiento y suficiente equipamiento en el botiquín.

Evidencia fotográfica del botiquín y sus implementos.

10,00

Mantener recargados y en funcionamiento los extintores.

Funcionamiento correcto y recarga vigente de los extintores

Fotos y documentos de la recarga de los extintores.

120,00

Continuar con los mantenimientos periódicos de tanques y equipos, incluyendo instalaciones en general.

Buen estado de funcionamiento de los tanques y equipos de la E/S

Registros documentales y fotográficos del estado de los equipos y tanques.

180,00

Plan de Relaciones Comunitarias Relaciones Comunitarias

Poner a disposición de la vecindad, el botiquín de primeros auxilios, así como los equipos contra incendio.

Mantener buenas relaciones con la

comunidad.

Colaboración con equipos y personal a la comunidad en caso de emergencias.

Solicitudes escritas de apoyo comunitario

Propietario y Administradora

1,00

No disponer ningún tipo de residuo en terrenos adyacentes.

No se ha depositado desechos en terrenos adyacentes a la E/S

1,00

Continuar con el apoyo a la comunidad, siempre que sea posible, a eventos o actos sociales, culturales, deportivos, etc.

Se ha colaborado con aportaciones económicas con la comunidad en eventos sociales, deportivos, artísticos, etc.

50,00

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Matriz Lógica del Plan de Manejo Ambiental ACCIONES PROPUESTAS Objetivos Indicador de Cumplimiento Medio de Verificación Responsable Costo

Plan de Rehabilitación Rehabilitación de áreas afectadas

Revegetación y restauración de habitas en las áreas afectadas cuya alteración natural ha sido a consecuencia de las actividades de la E/S. Aplicar las medidas

adecuadas en caso de afectarse un área por las actividades de la Estación de Servicio

Se ha revegetado y restaurado los habitas en las áreas directamente afectadas.

Evidencia fotográfica y documental de la aplicación del plan de rehabilitación

Propietario, Administrador y comercializadora

40,00

Reposición de suelos contaminados Se ha realizado la reposición de suelos contaminados.

40,00

Adopción y aplicación de técnicas apropiadas que permitan una rehabilitación acorde a la demanda de la afectación y no improvisar procedimientos.

Se ha adoptado y aplicación de técnicas apropiadas que permitan una rehabilitación acorde a la demanda de la afectación y no improvisar procedimientos.

Áreas afectadas recuperadas 40,00

Plan de Monitoreo Monitoreo del cumplimiento de las medidas del actual PMA

Realizar la próxima Auditoría Ambiental en un periodo máximo de dos años a partir de la presente Auditoria.

Cumplir con la normativa ambiental

vigente y la conservación del entorno natural

Se realizado la próxima Auditoría Ambiental en un periodo máximo de dos años

Oficios de aprobación y presentación de la Auditoría Ambiental

Propietario y Administradora

800,00

Realizar el monitoreo semestral de las aguas residuales tratadas en la trampa de grasa.

Cumplimiento del monitoreo semestral de las aguas tratadas en la trampa de grasa por laboratorios acreditados ante el OAE.

Informes de laboratorio sobre los análisis de las aguas residuales tratadas en la trampa de grasa.

200,00

Presentar anualmente los Programas y Presupuestos Ambientales Anuales, Informes Ambientales Anuales y, los resultados de los monitoreos semestrales realizados a la Autoridad Ambiental.

Presentación de los Programas y Presupuestos Ambientales Anuales, Informes Ambientales Anuales y, los resultados de los monitoreos semestrales realizados a la Autoridad Ambiental.

Oficios de presentación de los informes, programas y presupuestos ambientales anuales junto con los análisis de aguas residuales tratadas

70,00

Mantener los registros documentales del cumplimiento de las medidas del actual PMA.

Se mantienen registros del cumplimiento del actual PMA.

Registros documentales del cumplimiento del PMA:

5,00

Actualizar la póliza de fiel cumplimiento con el monto correspondiente al actual PMA.

Se ha actualizado la póliza de seguro de fiel cumplimiento y con el monto del actual PMA

Póliza de fiel cumplimiento del PMA

75,00

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6.3 CRONOGRAMA DEL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Y PLAN DE ACCIÓN.

Cronograma de actividades del Plan de Manejo Ambiental y Plan de Acción

ACCIONES PROPUESTAS MESES Costo

anual (USD) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24

Plan de Prevención y Mitigación de Impactos Manejo de productos químicos de limpieza y combustibles.

Adquirir detergentes o desengrasantes biodegradables para la limpieza general de la E/S.

20,00

Solicita al proveedor y colocar una copia de las hojas de seguridad del desengrasante en la bodega.

1,00

Llevar a cabo el mantenimiento anual de los tanques de almacenamiento de combustibles

120,00

Llevar a cabo las inspecciones de los tanques de combustibles por parte de las verificadoras

110,00

Realizar el mantenimiento continuo de los equipos e instalaciones en la E/S.

100,00

Continuar con la limpieza diaria de las instalaciones de la Estación de Servicio

1,00

Construir un cubeto de contención de derrames en el área donde está ubicado el tanque de combustible para el generador de energía

30,00

Continuar con la dotación de material adsorbente en el área de despacho y descarga de combustible el cual debe ser colocado en recipientes cerrados

1,00

Continuar con los registros anuales del tiempo de uso del generador eléctrico y mantenerlos en la Estación de Servicio. Además de ampliar la altura de la chimenea.

1,00

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100

Cronograma de actividades del Plan de Manejo Ambiental y Plan de Acción

ACCIONES PROPUESTAS MESES Costo

anual (USD)

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24

Continuar con el mantenimiento periódico del área verde de la Estación de Servicio.

25,00

Continuar con el mantenimiento de las instalaciones a tierra existente en la Estación de Servicio.

40,00

Realizar el mantenimiento y limpieza del piso en general de la Estación de Servicio

80,00

Mantener archivados los certificados o facturas de los mantenimientos realizado a equipos e instalaciones en general de la Estación de Servicio.

5,00

Llevar a cabo la remediación del suelo ubicado junto al tótem de información donde se han venido depositando los lodos de la trampa de grasa.

250,00

Plan de Manejo de Desechos Manejo de desechos no peligrosos

Realizar la segregación de los desechos no peligrosos generados en la Estación de Servicio.

5,00

Evitar que los desechos sólidos no peligrosos permanezcan fuera de los recipientes asignados para su almacenamiento

5,00

Continuar con la entrega de los desechos no peligrosos al recolector municipal.

5,00

Llevar un registro continuo de los residuos no peligrosos generados dentro de la E/S.

5,00

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Cronograma de actividades del Plan de Manejo Ambiental y Plan de Acción

ACCIONES PROPUESTAS MESES Costo

anual (USD)

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24

Plan de Manejo de Desechos

Manejo de desechos peligrosos Se debe implementar un cubeto de contención de derrames en el área de almacenamiento de desechos peligrosos, así como la señalización preventiva, obligatoria y de prohibición y un extintor.

70,00

Continuar con el almacenamiento de los desechos peligrosos generarán en las actividades operativas de la estación de servicio, tales como: focos y tubos fluorescentes, filtros y desechos de la trampa de grasa y limpieza de tanques en el área destinada para su almacenamiento temporal.

10,00

Todos los desechos peligrosos generados, deben ser entregados a gestores autorizados por la Autoridad Ambiental

85,00

Mantener el respectivo manifiesto único de entrega de los desechos peligrosos.

5,00

Llevar un registro de los desechos peligrosos generados, con el nombre del desecho, cantidad y disposición final

1,00

El responsable del transporte de los desechos peligrosos, deberá contar con la Licencia Ambiental como transportista, conforme al artículo 3 del Acuerdo Ministerial No. 026, publicado en el Registro Oficial No. 334 del 12 de mayo del 2008.

1.00

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Cronograma de actividades del Plan de Manejo Ambiental y Plan de Acción

ACCIONES PROPUESTAS MESES Costo

anual (USD)

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24

Plan de Manejo de Desechos Manejo de las aguas residuales tratadas en la trampa de grasas

Realizar limpiezas periódicas de la canaleta perimetral del área de despacho

5,00

Realizar la limpieza y mantenimiento de la trampa de grasas de manera continua.

10,00

Aplicar en la limpieza de pisos del área de despacho, los detergentes y desengrasantes biodegradables antes indicados

5,00

En caso de presentarse un derrame, aplicar de manera inmediata el material absorbente para evitar que se descargue a través de los canales a la trampa de grasas o áreas externas

3,00

Realizar un mantenimiento y limpieza periódico de la trampa de grasa a fin de garantizar su óptimo funcionamiento

5,00

Se deberá evitar la colocación de los lodos de la trampa de grasa en el terreno adyacente a la trampa de grasa.

5,00

Plan de Contingencia Manejo de situaciones de emergencia

Realizar los simulacros determinados en el plan de contingencias.

80,00

Difundir los procedimientos en que las brigadas de emergencia deben actuar.

10,00

Disponer de un Plano en el que se exhiba las rutas de evacuación, debe permanecer visible para el público y trabajadores.

10,00

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Cronograma de actividades del Plan de Manejo Ambiental y Plan de Acción

ACCIONES PROPUESTAS MESES Costo

anual (USD)

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24

Colocar un letrero con los números de emergencia el cual debe ser colocado en un lugar visible.

10,00

Realizar simulacros de emergencia, mismos que deben estar coordinados por el Cuerpo de Bomberos

30,00

Si se presentara una emergencia se debe dar aviso a las instituciones de ayuda y socorro, así como a la Autoridad Ambiental.

10,00

Plan de Capacitación y Educación Ambiental

Capacitación ambiental, de salud y seguridad Impartir capacitaciones anuales, incrementado su frecuencia, al menos dos charlas por año en temas de: manejo de combustibles, primeros auxilios, PMA, mantenimiento de equipos, seguridad industrial y atención al cliente.

180,00

Mantener los registros de las capacitaciones donde consten las firmas de los participantes: Instructores y Personal de la E/S.

2,00

Plan de Salud y Seguridad Salud y seguridad ocupacional

Continuar con la entrega de uniformes de manera gratuita al personal

50,00

Instar al personal a la utilización diaria de los equipos de protección personal.

5,00

Realizar el mantenimiento de la señalización de pisos, circulación de vehículos y pasos peatonales

40,00

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Cronograma de actividades del Plan de Manejo Ambiental y Plan de Acción

ACCIONES PROPUESTAS MESES Costo

anual (USD)

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24

Dotar al personal, involucrado con el despacho de combustibles, de zapatos industriales destinados a esta actividad, mascarillas y guantes.

90,00

Colocar letreros de identificación de residuos peligrosos.

30,00

Llevar a cabo las revisiones médicas al personal y mantener archivados los certificados médicos emitidos por la Dirección de Salud

50,00

Mantener equipado el botiquín de primeros auxilios.

10,00

Mantener recargados y en funcionamiento los extintores.

120,00

Continuar con los mantenimientos periódicos de tanques y equipos, incluyendo instalaciones en general.

180,00

Plan de Relaciones Comunitarias Relaciones Comunitarias

Poner a disposición de la vecindad, el botiquín de primeros auxilios, en caso de una emergencia médica cercana.

1,00

No disponer ningún tipo de residuo en terrenos adyacentes.

1,00

Continuar con el apoyo a la comunidad, siempre que sea posible, a eventos o actos sociales, culturales, deportivos, etc.

50,00

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Cronograma de actividades del Plan de Manejo Ambiental y Plan de Acción

ACCIONES PROPUESTAS MESES Costo

anual (USD)

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24

Plan de Rehabilitación Rehabilitación de áreas afectadas

Revegetación y restauración de habitas en las áreas directamente afectadas cuya alteración natural ha sido a consecuencia de las actividades de la estación de servicio

40,00

Reposición de suelos contaminados 40,00 Adopción y aplicación de técnicas apropiadas que permitan una rehabilitación acorde a la demanda de la afectación y no improvisar procedimientos.

40,00

Plan de Monitoreo Monitoreo del cumplimiento de las medidas del actual PMA

Realizar la próxima Auditoría Ambiental en un periodo máximo de dos años a partir de la presente Auditoria.

800,00

Realizar el monitoreo semestral de las aguas residuales tratadas en la trampa de grasa.

200,00

Presentar anualmente los Programas y Presupuestos Ambientales Anuales, Informes Ambientales Anuales y, los resultados de los monitoreos semestrales realizados a la Autoridad Ambiental.

70,00

Mantener los registros documentales del cumplimiento de las medidas del actual PMA.

5,00

Actualizar la póliza de fiel cumplimiento del cumplimiento del plan de manejo ambiental con el monto correspondiente al actual Plan de Manejo Ambiental.

75,00

VALOR TOTAL DEL PMA DE LA AUDITORIA AMBIENTAL 3238,00

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106 106

VII. CAPITULO

7 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Una vez concluida la Auditora Ambiental de la Estación de Servicio “QUINSALOMA” donde

se establece la situación actual del cumplimiento de la normativa ambiental concluye y

recomienda lo siguiente:

7.1 CONCLUSIONES

De acuerdo a los resultados de la matriz de evaluación, se identificaron 70 hallazgos

de los cuales se tienen 38 conformidades 25 no conformidades menores, cumpliendo

con el 52 % de la normativa Ambiental y Plan de Manejo Ambiental.

Las no conformidades detectadas están relacionadas principalmente con la gestión

de los desechos peligrosos, equipos de protección personal, señalización, adecuación

del área de almacenamiento de desechos peligrosos y capacitación al personal.

En general las actividades de carga, descarga, manejo y despacho de los combustibles

en la estación de servicio “QUINSALOMA” se lo realiza en forma segura considerando

las disposiciones legales del RAOHE, aun que es indispensable dotar de el EPP

necesario para seguridad de quienes realizan dichas labores.

En caso de ocurrencia de derrames, la estación de servicio cuenta con material

absorbente (arena), pero es necesario colocarlo en las zonas de despacho de

combustible y área de almacenamiento de tanque, de igual manera se contara con

material absorbente al momento de realizar la descarga de combustible desde el

autotanque hacia los tanques de almacenamiento de combustible.

La Estación de Servicio cumple con los monitoreos de efluentes tratadas en la trampa

de grasa y con presentar los resultados a la autoridad ambiental dentro de los

informes ambientales anuales. Pero estos se deberán realiza de manera semestral.

En términos generales se debe mejorar la señalización en pisos.

Se debe llevar los registros de las cantidades generadas de desechos peligrosos y no

peligrosos.

Cuenta con un área específica para el almacenamiento adecuado de los desechos

peligrosos.

Los desechos peligrosos generados en la estación de servicio no son entregados a

gestores autorizados por el Ministerio de Ambiente.

Instar al personal la utilización continua del equipo de protección personal.

Cuenta con un total de 4 extintores de PQS y CO2 distribuidos en los sitios de mayor

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posibilidad de generación de un incendio, mismos que se encuentran en buen estado

y recargados.

7.2 RECOMENDACIONES

Cumplir con las medidas indicadas en el Plan de Manejo Ambiental y Plan de Acción

en los tiempos indicados.

Mantener registros documentales y fotográficos del cumplimiento de las medidas del

Plan de Manejo Ambiental.

Realizar los monitoreos de manera semestrales de las aguas residuales tratadas en la

trampa de grasa y presentarlos anualmente a la autoridad.

Realizar la entrega de los desechos peligrosos a los gestores autorizados para su

transporte y disposición final.

Mantener la entrega gratuita de uniformes y entregar equipo de protección personal

al personal de la Estación de Servicio.

Continuar con las capacitaciones e implementar aquellas establecidas en el presente

plan de manejo las cuales se deben realizar de manera continua.

Cumplir con los simulacros anuales del Plan de Contingencias.

Continuar con la recarga anual de los extintores.

Mantener archivado los documentos que evidencien el cumplimiento del Plan de

Manejo Ambiental.

Llevar a cabo la remediación del suelo contaminado con los lodos contaminados de la

trampa de grasa, en el terreno ubicado junto al tótem de información.

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8 BIBLIOGRAFÍA

1. Constitución Política de la República del Ecuador. Publicada en el R.O. Nº 449, 20

de octubre del 2008.

2. Ley de Gestión Ambiental, Publicada en el Suplemento del Registro Oficial N° 418

del 10 de septiembre de 2004.

3. Ley Orgánica de Salud, Ley 67, Registro Oficial Suplemento 423 de 22 de

Diciembre del 2006.

4. Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, R.O. Nº 418,

codificación 2004-019 del 10 de septiembre de 2004.

5. Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, R.O. N° 1002, de 08-1996.

6. Ley Reformatoria al Código Penal, Registro Oficial Nº 2 del 25 de enero del 2000.

7. Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria, emitido mediante

decreto ejecutivo no. 3399 del 28 de noviembre de 2002, publicado en el R. O. N°

725 del 16 de diciembre del 2002 y ratificado mediante decreto ejecutivo 3516

publicado en el R.O. suplemento N° 2 del 31 de marzo de 2003.

8. Acuerdo Ministerial Nº 091 publicado en el registro oficial Nº 430 del 4 de enero

del 2007.

9. Acuerdo Nº 161. Reglamento para la prevención y control de la contaminación

por sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales. Reforma al

Libro VI del TULSMA del Ministerio del Ambiente.

10. Reglamento para la autorización de actividades de comercialización de

combustibles líquidos derivados de los hidrocarburos, Decreto Ejecutivo Nº 2024,

R.O. Nº 445, del 1-11-2001.

11. Reglamento sustitutivo de operaciones hidrocarburíferas del Ecuador (RAOHE),

R.O. Nº 265, del 13-02-2001.

12. Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio

Ambiente del Trabajo (Decreto N° 2393).

13. Reglamento de aplicación de los mecanismos de Participación Social establecidos

en la Ley de Gestión Ambiental. Ley Nº 1040 del R.O. Nº 332 del 08 de mayo del

2008.

14. Código Orgánico De Organización Territorial Autonomía Y Descentralización

(COOTAD).

15. Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 266:2010. Transporte Almacenamiento y

Manejo de Materiales Peligrosos.

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109 109

16. Código de Trabajo, Codificación 17, Registro Oficial Suplemento 167 de 16 de

Diciembre del 2005.

17. Normas técnicas API 653, UL 58, ANSI/ASME B31.4, Código de Construcción,

Manuales y Procedimientos de los fabricantes de los equipos.

18. Ley de aguas. Publicada en el registro oficial N° 69 del 30 de Mayo de 1972.

19. Reglamento de aplicación de la ley de aguas. Publicado en el registro oficial N°

233 del 26 de Enero de 1973.

20. Normas del Seguridad e Higiene Industrial – Sistema PetroEcuador.

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110 110

9 ANEXOS

a. Anexo fotográfico.

b. Oficio de aprobación de Términos de Referencia.

c. Certificado de intersección.

d. Oficio de aprobación del Diagnostico Ambiental.

e. Oficio de aprobación de la Auditoría Ambiental 2009.

f. Oficio de aprobación de los Programas y Presupuestos de los años 2009, 2010 y

2011 y presentación del 2012.

g. Oficio de presentación de los Informes Ambientales Anuales 2011.

h. Certificado de Control Anual otorgado por la ARCH.

i. Informes de laboratorio de efluentes generados en la estación de servicio de los

años 2011 y 2012.

j. Certificaciones de capacitaciones y registro de asistencia del año 2012.

k. Facturas de recarga de extintores 2012.

l. Facturas de mantenimiento del año 2012.

m. Registro de entrega-recepción de uniformes.

n. Certificados médicos del personal del año 2012.

o. Certificados de ayuda comunitaria del año 2012.

p. Certificado de inspección técnica de tanques del 2011.

q. Registros de desechos generados del 2012.

r. Factura de compra de insumos para el botiquín de primeros auxilios del 2012.

s. Listado del equipo técnico encargado de la elaboración de la Auditoría Ambiental.

t. Listado de gestores de desechos peligrosos.

u. Formato para registro de horas de uso del generador y registro de limpieza y

mantenimiento de equipos.

v. Formato para registro de manejo de desechos peligrosos y no peligrosos.

w. Plan de Contingencias.

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ANEXOS FOTOGRÁFICO

Foto 1. Vista general de la Estación de Servicio. Foto 2. Dispensadores fuera de servicio.

Foto 3. Señalización en área de despacho. Foto 4. Recipiente para depósito de desechos

comunes.

Foto 5. Canaleta para recolección de efluentes. Foto 6. Gabinete contra incendios.

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Foto 7. Área administrativa. Foto 8. Extintor en área de despacho.

Foto 9. Área de tanques de almacenamiento de

combustible.

Foto 10. Área de estacionamiento de

autotanque.

Foto 11. Bocas de llenado. Foto 12. Trampa de grasa.

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Foto 13. Panel de control. Foto 14. Generador de energía.

Foto 15. Área de almacenamiento de desechos

peligrosos. Foto 16. Tubos de venteo.

Foto 17. Baterías sanitarias. Foto 18. Chimenea del generador de

energía.

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Foto 19. Toma a tierra. Foto 20. Dispensador de agua para el

personal.

Foto 21. Personal despachando combustible. Foto 22. Material absorbente.

Foto 23. Señalización desgastada. Foto 24. Área donde son depositados los lodos

de la trampa de grasa.