-
NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD (NIC)
NIC 1: PRESENTACIN DE ESTADOS FINANCIEROS
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD 1
Esta versin incluye las modificaciones resultantes de las NIIF
emitidas hasta el 31 de diciembre de
2009.
La NIC 1 Presentacin de Estados Financieros fue emitida por el
Comit de Normas Internacionales
de Contabilidad en septiembre de 1997. Sustituy a la NIC 1
Revelacin de las Polticas Contables
(aprobada originariamente en 1974), la NIC 5 Informacin a
Revelar en los Estados Financieros
(aprobada originariamente en 1977) y la NIC 13 Presentacin de
Activos Corrientes y Pasivos
Corrientes (aprobada originariamente en 1979).
En abril de 2001 el Consejo de Normas Internaciones de
Contabilidad (IASB) decidi que todas las
Normas e Interpretaciones emitidas bajo Constituciones
anteriores continuaran siendo aplicables
hasta que fueran modificadas o retiradas.
En diciembre de 2003 el IASB emiti una NIC 1 revisada, y en
agosto de 2005 emiti una
Modificacin a la NIC X-Informacin a Revelar sobre Capital.
La NIC 1 y su documentacin complementaria han sido tambin
modificadas por las siguientes
NIIF:
NIIF 5 Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y
Operaciones Discontinuadas (emitida en
marzo de 2004)
-
Ganancias y Prdidas Aduanales, Planes de Grupo e Informacin a
Revelar (Modificacin a la NIC
19) (emitida en diciembre de 2004)
NIIF 7 Instrumentos Financieros: Informacin a Revelar (emitida
en agosto de 2005)
NIC 23 Costos por Prstamos (revisada en marzo de 2007).*
* Fecha de vigencia 1 de enero de 2009
En septiembre de 2007 el IASB emiti una NIC 1 revisada, con
fecha de vigencia de 1 de enero de
2009.
Desde entonces, la NIC 1 ha sido modificada por las siguientes
NIIF:
Instrumentos Financieros con Opcin de Venta y Obligaciones que
Surgen en la Liquidacin
(Modificaciones a las NIC 32 y NIC 1) (emitido en febrero de
2008)
Mejoras a las NIIF (emitido en mayo de 2008)
Mejoras a las NIIF (emitido en abril de 2009)t
t Fecha de vigencia 1 de enero de 2010
NIIF 9 Instrumentos Financieros (emitida en noviembre de
2009).f
f Fecha de vigencia 1 de enero de 2013 (se permite la aplicacin
anticipada)
-
Las siguientes Interpretaciones se refieren a la NIC 1:
SIC-7 Introduccin al Euro (emitida en mayo de 1998 y
posteriormente modificada)
SIC-15 Arrendamientos OperativosIncentivos (emitida en diciembre
de 1998 y posteriormente
modificada)
SIC-25 Impuesto a las GananciasCambios en la Situacin Fiscal de
la Entidad o de sus
Accionistas (emitida en diciembre de 1998 y posteriormente
modificada)
SIC-29 Acuerdos de Concesin de Servicios: Informacin a Revelar
(emitida en diciembre de 2001,
modificada con posterioridad)
SIC-32 Activos IntangiblesCostos de Sitios Web (emitida en marzo
de 2002 y modificada
posteriormente)
CINIIF 1 Cambios en Pasivos Existentes por Retiro del Servicio,
Restauracin y Similares (emitida en
mayo de 2004)
CINIIF 14 NIC 19El Lmite de un Activo por Beneficios Definidos,
Obligacin de Mantener un Nivel
Mnimo de Financiacin y su Interaccin (emitida en julio de
2007).
CINIIF 15 Acuerdos para la Construccin de Inmuebles (emitida en
julio de 2008)*
* Fecha de vigencia 1 de enero de 2009
-
CINIIF 17 Distribuciones, a los Propietarios, de Activos
Distintos al Efectivo (emitida en noviembre
de 2008)t
t Fecha de vigencia 1 de julio de 2009
CINIIF 19 Cancelacin de Pasivos Financieros con Instrumentos de
Patrimonio (emitido en
noviembre de 2009). f
f. Fecha de vigencia 1 de julio de 2010 (se permite la aplicacin
anticipada)
La Norma Internacional de Contabilidad 1 Presentacin de Estados
Financieros (NIC 1) est
contenida en los prrafos 1 a 140 y en el Apndice. Todos los
prrafos tienen igual valor
normativo. La NIC 1 debe ser entendida en el contexto de su
objetivo y los Fundamentos de las
Conclusiones, del Prlogo a las Normas Internacionales de
Informacin Financiera y del Marco
Conceptual para la Preparacin y Presentacin de los Estados
Financieros. La NIC 8 Polticas
Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores
suministra la base para seleccionar y
aplicar las polticas contables que no cuenten con guas
especficas.
INTRODUCCIN
IN1 La Norma Internacional de Contabilidad 1 Presentacin de
Estados Financieros (NIC 1)
sustituye a la NIC 1 Presentacin de Estados Financieros
(revisada en 2003) y modificada en 2005.
La NIC 1 establece requerimientos generales para la presentacin
de los estados financieros, guas
para determinar su estructura y requerimientos mnimos sobre su
contenido.
Razones para la revisin de la NIC 1
-
IN2 El principal objetivo del Consejo de Normas Internacionales
de Contabilidad al revisar la NIC 1
fue aadir informacin en los estados financieros a partir de
caractersticas comunes. Sobre esta
base el Consejo consider til separar los cambios en el
patrimonio (activos netos) de una entidad
durante un periodo que surgen de transacciones con los
propietarios en su condicin de tales de
otros cambios en el patrimonio. Por consiguiente, el Consejo
decidi que todos los cambios en el
patrimonio que proceden de los propietarios deben presentarse en
el estado de cambios en el
patrimonio, de forma separada de los cambios en el patrimonio
que no proceden de los
propietarios.
IN3 En su revisin, el Consejo tambin consider el Documento del
FASB No. 130 Informacin
sobre el Resultado Integral (SFAS 130) emitido en 1997. Los
requerimientos en la NIC 1 sobre la
presentacin del estado del resultado integral son similares a
los del SFAS 130; sin embargo, se
mantienen algunas diferencias que se identifican en el prrafo FC
106 de los Fundamentos de las
Conclusiones.
IN4 Adems, la intencin del Consejo al revisar la NIC 1 fue
mejorar y reordenar las secciones de la
NIC 1 para hacerlas ms asequibles al lector. El objetivo del
Consejo no fue reconsiderar todos los
requerimientos de la NIC 1.
Principales caractersticas de la NIC 1
IN5 La NIC 1 afecta a la presentacin de los cambios en el
patrimonio que proceden de los
propietarios y en el resultado integral. No cambia el
reconocimiento, medicin o informacin a
revelar de transacciones especficas y otros eventos requeridos
por otras NIIF.
IN6 La NIC 1 requiere que una entidad presente, en el estado de
cambios en el patrimonio, todos
los cambios en el patrimonio que proceden de los propietarios.
Todos los cambios en el
patrimonio que no proceden de los propietarios (es decir en el
resultado integral) se requiere que
se presenten en un estado del resultado integral o en dos
estados (un estado del resultado
separado y un estado del resultado integral). Los componentes
del resultado integral no est
permitido que se presenten en el estado de cambios en el
patrimonio.
IN7 Cuando la entidad aplique un poltica contable
retroactivamente o haga un reexpresin
retroactiva, tal como se define en la NIC 8 Polticas Contables,
Cambios en las Estimaciones
-
Contables y Errores, o cuando la entidad reclasifique partidas
en los estados financieros, la NIC 1
requiere que presente un estado de situacin financiera como al
comienzo del primer periodo
comparativo en un juego completo de estados financieros.
IN8 La NIC 1 requiere que una entidad revele los ajustes por
reclasificacin e impuestos a las
ganancias relacionados con cada componente de otro resultado
integral. Estos ajustes son los
importes reclasificados al resultado del periodo actual que
previamente fueron reconocidos en
otro resultado integral.
IN9 La NIC 1 requiere la presentacin de los dividendos
reconocidos como distribuciones a los
propietarios e importes relacionados por accin en el estado de
cambios de patrimonio o en las
notas. Los dividendos son distribuciones a los propietarios en
su condicin de tales y el estado de
cambios en el patrimonio presenta todos los cambios en el
patrimonio que proceden de los
propietarios.
Cambios sobre requerimientos previos
IN10 Los principales cambios respecto de la versin anterior de
la NIC 1 se describen a
continuacin.
Un juego completo de estados financieros
IN11 La versin anterior de la NIC 1 utilizaba las denominaciones
"balance" y "estado del flujo de
efectivo" para describir dos de los estados dentro de un juego
completo de estados financieros La
NIC 1 utiliza "estado de situacin financiera" y "estado de
flujos de efectivo" para denominar esos
estados. Las nuevas denominaciones reflejan de forma ms cercana
la funcin de esos estados, tal
como se describe en el Marco Conceptual (vanse los prrafos FC14
a FC21 de los Fundamentos
de las Conclusiones).
IN12 La NIC 1 requiere que una entidad revele informacin
comparativa con respecto a periodos
previos, es decir revelar como mnimo dos de cada uno de los
estados y notas correspondientes.
Ello introduce un requerimiento de incluir en un juego completo
de estados financieros un estado
de situacin financiera como al principio de primer periodo
comparativo siempre que la entidad
aplique retroactivamente una poltica contable o haga una
reexpresin retroactiva de partidas en
-
sus estados financieros, o cuando reclasifique partidas en sus
estados financieros. El propsito es
proporcionar informacin que sea til al analizar los estados
financieros de una entidad (vanse
los prrafos FC31 y FC32 de los Fundamentos de las
Conclusiones):
Informacin de los cambios en el patrimonio que proceden de los
propietarios y en el resultado
integral
IN13 La versin anterior de la NIC 1 requera la presentacin de un
estado del resultado que
incluyera partidas de ingreso y gasto reconocidas en el
resultado del periodo. Requera que
partidas de ingreso y gasto no reconocidas en los resultados se
presentaran en el estado de
cambios en el patrimonio, junto con los cambios en el patrimonio
que proceden de los
propietarios. Tambin etiquetaba el estado de cambios en el
patrimonio que comprenda
resultados, otras partidas de ingreso y gasto y los efectos de
los cambios en las polticas contables
y correccin de errores como "estados de ingresos y gastos
reconocidos". La NIC 1 requiere ahora
que:
(a) Todos los cambios en el patrimonio que surgen de
transacciones con los propietarios en su
condicin de tales (es decir cambios en el patrimonio que
proceden de los propietarios) se
presenten de forma separada de los cambios distintos de los
relacionados con los propietarios en
el patrimonio. No se permite que una entidad presente
componentes del resultado integral (es
decir cambios en el patrimonio que proceden de los propietarios)
en el estado de cambios en el
patrimonio. El propsito es proporcionar mayor informacin
mediante la agregacin de partidas
con caractersticas comunes y separando partidas con
caractersticas diferentes (vanse los
prrafos FC37 y FC38 de los Fundamentos de las Conclusiones).
(b) Los ingresos y gastos se presentan en un estado (un estado
del resultado integral) o en dos
estados (un estado del resultado separado y un estado del
resultado integral), de forma separada
de los cambios en el patrimonio que proceden de los propietarios
(vanse los prrafos FC49 a
FC54 de los Fundamentos de las Conclusiones).
(c) Los componentes de otro resultado integral se muestran en el
estado del resultado integral.
(d) El resultado integral total se presenta en los estados
financieros.
-
Otro resultado integralajustes de reclasificacin y efectos
fiscales relacionados
IN14 La NIC 1 requiere que una entidad revele los impuestos a
las ganancias relacionados con cada
componente de otro resultado integral. La versin previa de la
NIC 1 no contena este
requerimiento. El propsito es proporcionar a los usuarios
informacin fiscal relacionada con estos
componentes porque los componentes a menudo tienen tasas
fiscales diferentes de las aplicadas
al resultado (vanse los prrafos FC65 a FC68 de los Fundamentos
de las Conclusiones).
IN15 La NIC 1 tambin requiere que una entidad revele los ajustes
por reclasificacin relacionados
con los componentes de otro resultado integral. Los ajustes por
reclasificacin son importes
reclasificados en el resultado en el periodo corriente que
fueron reconocidos en otro resultado
integral en periodos anteriores. El propsito es proporcionar a
los usuarios informacin para
evaluar los efectos de estas reclasificaciones en los resultados
(vanse los prrafos FC69 a FC73 de
los Fundamentos de las Conclusiones).
Presentacin de dividendos
IN16 La versin previa de la NIC 1 permita revelar informacin de
los importes de dividendos
reconocidos como distribuciones a los tenedores de patrimonio
(ahora denominados como
"propietarios") y los importes relacionados por accin en el
estado del resultado, en el estado de
cambios en el patrimonio o en las notas. La NIC 1 requiere la
presentacin de los dividendos
reconocidos como distribuciones a los propietarios e importes
relacionados por accin en el
estado de cambios de patrimonio o en las notas. La presentacin
de esta informacin a revelar en
el estado del resultado integral no est permitida (vase el
prrafo FC75 de los Fundamentos de
las Conclusiones). El propsito es asegurar que los cambios en el
patrimonio que proceden de los
propietarios (en este caso, distribuciones a los propietarios en
forma de dividendos) se presentan
de forma separada de los cambios distintos de los relacionados
con los propietarios en el
patrimonio (presentados en el estado del resultado
integral).
Presentacin de partidas de otro resultado integral
-
IN17 En junio de 2011 el Consejo emiti Presentacin de Partidas
de Otro Resultado Integral
(Modificaciones a la NIC 1). Las modificaciones mejoraron la
coherencia y claridad de la
presentacin de las partidas de otro resultado integral (ORI).
Las modificaciones tambin
destacaron la importancia de que el Consejo site en la
presentacin del resultado del periodo y el
ORI juntos y con igual importancia. Como se explicaba en el
prrafo IN13, la NIC 1 se modific en
2007 para requerir que el resultado del periodo y el ORI se
presenten juntos. Las modificaciones
emitidas en junio de 2011 conservaron ese requerimiento, pero
centrado en mejorar la forma en
que se presentan las partidas del ORI.
IN18 El principal cambio procedente de las modificaciones fue un
requerimiento para que las
entidades agrupen las partidas presentadas en ORI sobre la base
de si son potencialmente
reclasificables al resultado del periodo posteriormente (ajustes
de reclasificacin). Las
modificaciones no abordaban qu partidas se presentan en ORI.
IN19 Las modificaciones no cambiaron la opcin de presentar las
partidas del ORI antes de
impuestos o netas de impuestos. Sin embargo, si las partidas se
presentan antes de impuestos, el
impuesto relacionado con cada uno de los dos grupos de partidas
del ORI (los que pueden
reclasificarse y los que no se reclasificarn) debe mostrarse por
separado.
OBJETIVO
1 Esta Norma establece las bases para la presentacin de los
estados financieros de propsito
general, para asegurar que los mismos sean comparables, tanto
con los estados financieros de la
misma entidad correspondientes a periodos anteriores, como con
los de otras entidades. Esta
Norma establece requerimientos generales para la presentacin de
los estados financieros, guas
para determinar su estructura y requisitos mnimos sobre su
contenido.
ALCANCE
2 Una entidad aplicar esta Norma al preparar y presentar estados
financieros de propsito de
informacin general conforme a las Normas Internacionales de
Informacin Financiera (NIIF).
3 En otras NIIF se establecen los requerimientos de
reconocimiento, medicin e informacin a
revelar para transacciones y otros sucesos.
-
4 Esta Norma no ser de aplicacin a la estructura y contenido de
los estados financieros
intermedios condensados que se elaboren de acuerdo con la NIC 34
Informacin Financiera
Intermedia. Sin embargo, los prrafos 15 a 35 se aplicarn a estos
estados financieros. Esta Norma
se aplicar de la misma forma a todas las entidades, incluyendo
las que presentan estados
financieros consolidados y las que presentan estados financieros
separados, como se definen en la
NIC 27 Estados Financieros Consolidados y Separados.
5 Esta Norma utiliza terminologa propia de las entidades con
nimo de lucro, incluyendo las
pertenecientes al sector pblico. Si las entidades con
actividades sin fines de lucro del sector
privado o del sector pblico aplican esta Norma, podran verse
obligadas a modificar las
descripciones utilizadas para partidas especficas de los estados
financieros, e incluso para stos.
6 Similarmente, las entidades que carecen de patrimonio, tal
como se define en la NIC 32
Instrumentos Financieros: Presentacin (por ejemplo, algunos
fondos de inversin), y las
entidades cuyo capital en acciones no es patrimonio (por
ejemplo, algunas entidades
cooperativas) podran tener la necesidad de adaptar la
presentacin en los estados financieros de
las participaciones de sus miembros o participantes.
DEFINICIONES
7 Los trminos siguientes se usan, en esta Norma, con los
significados que a continuacin se
especifican:
Los estados financieros con propsito de informacin general
(denominados "estados
financieros") son aqullos que pretenden cubrir las necesidades
de usuarios que no estn en
condiciones de exigir informes a la medida de sus necesidades
especficas de informacin.
La aplicacin de un requisito ser impracticable cuando la entidad
no pueda aplicarlo tras efectuar
todos los esfuerzos razonables para hacerlo.
-
Las Normas Internacionales de Informacin Financiera (NLLF) son
las Normas e Interpretaciones
adoptadas por el Consejo de Normas Internacionales de
Contabilidad (IASB). Esas Normas
comprenden:
(a) Normas Internacionales de Informacin Financiera;
(b) las Normas Internacionales de Contabilidad; y
(c) las Interpretaciones desarrolladas por el Comit de
Interpretaciones de las Normas
Internacionales de Informacin Financiera (CINHF) o el antiguo
Comit de Interpretaciones (SIC).
Materialidad (o importancia relativa). Las omisiones o
inexactitudes de partidas son materiales o
tienen importancia relativa si pueden, individualmente o en su
conjunto, influir en las decisiones
econmicas tomadas por los usuarios sobre la base de los estados
financieros. La materialidad (o
importancia relativa) depende de la magnitud y la naturaleza de
la omisin o inexactitud,
enjuiciada en funcin de las circunstancias particulares en que
se hayan producido. La magnitud o
la naturaleza de la partida, o una combinacin de ambas, podra
ser el factor determinante.
La evaluacin acerca de si una omisin o inexactitud puede influir
en las decisiones econmicas de
los usuarios, considerndose as material o con importancia
relativa, requiere tener en cuenta las
caractersticas de tales usuarios. El Marco Conceptual para la
Preparacin y Presentacin de la
Informacin Financiera establece, en el prrafo 25, que: "se
supone que los usuarios tienen un
conocimiento razonable de las actividades econmicas y del mundo
de los negocios, as como de
su contabilidad, y tambin la voluntad de estudiar la informacin
con razonable diligencia". En
consecuencia, la evaluacin necesita tener en cuenta cmo puede
esperarse que, en trminos
razonables, usuarios con las caractersticas descritas se vean
influidos, al tomar decisiones
econmicas.
Las notas contienen informacin adicional a la presentada en el
estado de situacin financiera,
estado(s) del resultado del periodo y otro resultado integral,
estado de resultados separado
(cuando se lo presenta), estado de cambios en el patrimonio y
estado de flujos de efectivo. Las
notas suministran descripciones narrativas o desagregaciones de
partidas presentadas en esos
estados e informacin sobre partidas que no cumplen las
condiciones para ser reconocidas en
ellos.
-
Otro resultado integral comprende partidas de ingresos y gastos
(incluyendo ajustes por
reclasificacin) que no se reconocen en el resultado tal como lo
requieren o permiten otras NIIF.
Los componentes de otro resultado integral incluyen:
(a) cambios en el supervit de revaluacin (vase la NIC 16
Propiedades, Planta y Equipo y la NIC
38 Activos Intangibles);
(b) ganancias y prdidas actuariales en planes de beneficios
definidos reconocidas de acuerdo con
el prrafo 93A de la NIC 19 Beneficios a los Empleados
(c) ganancias y prdidas producidas por la conversin de los
estados financieros de un negocio en
el extranjero (vase la NIC 21 Efectos de la Variacin en las
Tasas de Cambio de la Moneda
Extranjera);
(d) ganancias y prdidas procedentes de ingestiones en
instrumentos de patrimonio medidos al
valor razonable con cambios en otro resultado integral de
acuerdo con el prrafo 5.4.4 de la NIIF 9
Instrumentos Financieros;
(e) la parte efectiva de ganancias y prdidas en instrumentos de
cobertura en una cobertura del
flujo de efectivo (vase la NIC 39).
Los propietarios son poseedores de instrumentos clasificados
como patrimonio.
El resultado es el total de ingresos menos gastos, excluyendo
los componentes de otro resultado
integral.
-
Los ajustes por reclasijicacin son importes reclasiflcados en el
resultado en el periodo corriente
que fueron reconocidos en otro resultado integral en el periodo
corriente o en periodos
anteriores.
El resultado integral total es el cambio en el patrimonio
durante un periodo, que procede de
transacciones y otros sucesos, distintos de aquellos cambios
derivados de transacciones con los
propietarios en su condicin de tales.
El resultado integral total comprende todos los componentes del
"resultado" y de "otro resultado
integral".
8 Aunque esta Norma utiliza los trminos "otro resultado
integral", "resultado" y "resultado
integral total", una entidad puede utilizar otros trminos para
denominar los totales, siempre que
el significado sea claro. Por ejemplo, una entidad puede
utilizar el trmino "resultado neto" para
denominar al resultado.
8A Los siguientes trminos se describen en la NIC 32 Instrumentos
Financieros:
Presentacin y se utilizan en esta Norma con el significado
especificado en dicha NIC 32:
(a) instrumento financiero con opcin de venta clasificado como
un instrumento de patrimonio
(descrito en los prrafos 16A y 16B de la NIC 32)
(b) un instrumento que impone a la entidad una obligacin de
entregar a terceros una
participacin proporcional de los activos netos de la entidad
solo en el momento de la liquidacin
y se clasifica como un instrumento de patrimonio (descrito en
los prrafos 16C y 16D de la NIC 32).
ESTADOS FINANCIEROS
Finalidad de los Estados Financieros
-
9 Los estados financieros constituyen una representacin
estructurada de la situacin financiera y
del rendimiento financiero de una entidad. El objetivo de los
estados financieros es suministrar
informacin acerca de la situacin financiera, del rendimiento
financiero y de los flujos de efectivo
de una entidad, que sea til a una amplia variedad de usuarios a
la hora de tomar sus decisiones
econmicas. Los estados financieros tambin muestran los
resultados de la gestin realizada por
los administradores con los recursos que les han sido confiados.
Para cumplir este objetivo, los
estados financieros suministrarn informacin acerca de los
siguientes elementos de una entidad:
(a) activos;
(b) pasivos;
(c) patrimonio;
(d) ingresos y gastos, en los que se incluyen las ganancias y
prdidas;
(e) aportaciones de los propietarios y distribuciones a los
mismos en su condicin de tales; y
(f) flujos de efectivo.
Esta informacin, junto con la contenida en las notas, ayuda a
los usuarios a predecir los flujos de
efectivo futuros de la entidad y, en particular, su distribucin
temporal y su grado de certidumbre.
CONJUNTO COMPLETO DE ESTADOS FINANCIEROS
10 Un juego completo de estados financieros comprende:
-
(a) un estado de situacin financiera al final del periodo;
(b) un estado del resultado del periodo y otro resultado
integral del periodo;
(c) un estado de cambios en el patrimonio del periodo;
(d) un estado de flujos de efectivo del periodo;
(e) notas, que incluyan un resumen de las polticas contables ms
significativas y otra informacin
explicativa; y
(f) un estado de situacin financiera al principio del primer
periodo comparativo, cuando una
entidad aplique una poltica contable retroactivamente o realice
una reexpresin retroactiva de
partidas en sus estados financieros, o cuando reclasifique
partidas en sus estados financieros.
Una entidad puede utilizar, para denominar a los anteriores
estados, ttulos distintos a los
utilizados en esta Norma. Por ejemplo, una entidad puede
utilizar el ttulo "estado del resultado
integral" en lugar de "estado del resultado del periodo y otro
resultado integral".
10A Una entidad puede presentar un estado del resultado del
periodo y otro resultado integral
nico, con el resultado del periodo y el otro resultado integral
presentados en dos secciones. Las
secciones se presentarn juntas, con la seccin del resultado del
periodo presentado en primer
lugar seguido directamente por la seccin de otro resultado
integral. Una entidad puede presentar
la seccin del resultado del periodo en un estado de resultado
del periodo separado. Si lo hace as,
el estado del resultado del periodo separado preceder
inmediatamente al estado que presente el
resultado integral, que comenzar con el resultado del
periodo.
11 Una entidad presentar con el mismo nivel de importancia todos
los estados financieros que
forman un juego completo de estados financieros.
-
12 [eliminado]
13. Muchas entidades presentan, fuera de sus estados
financieros, un anlisis financiero elaborado
por la gerencia, que describe y explica las caractersticas
principales del rendimiento financiero y la
situacin financiera de la entidad, as como las principales
incertidumbres a las que se enfrenta.
Tal informe puede incluir un examen de:
(a) los principales factores e influencias que han determinado
el rendimiento financiero,
incluyendo los cambios en el entorno en que opera la entidad, su
respuesta a esos cambios y su
efecto, as como la poltica de inversiones que sigue para
mantener y mejorar dicho rendimiento
financiero, incluyendo su poltica de dividendos;
(b) las fuentes de financiacin de la entidad, as como su
objetivo respecto al coeficiente de
deudas sobre patrimonio; y
(c) los recursos de la entidad no reconocidos en el estado de
situacin financiera segn las NIIF.
14 Muchas entidades tambin presentan, fuera de sus estados
financieros, informes y estados
tales como informes medioambientales y estados del valor aadido,
particularmente en sectores
industriales en los que los factores del medioambiente son
significativos y cuando los trabajadores
se consideran un grupo de usuarios importante. Los informes y
estados presentados fuera de los
estados financieros quedan fuera del alcance de las NIIF.
CARACTERSTICAS GENERALES
Presentacin razonable y cumplimiento de las NIIF
15. Los estados financieros debern presentar razonablemente la
situacin financiera y el
rendimiento financiero, as como los flujos de efectivo de una
entidad. Esta presentacin
razonable requiere la presentacin fidedigna de los efectos de
las transacciones, as como de otros
sucesos y condiciones, de acuerdo con las definiciones y los
criterios de reconocimiento de activos,
-
pasivos, ingresos y gastos establecidos en el Marco Conceptual
Se presume que la aplicacin de las
NIIF, acompaada de informacin adicional cuando sea preciso, dar
lugar a estados financieros
que proporcionen una presentacin razonable.
16. Una entidad cuyos estados financieros cumplan las NIIF
efectuar, en las notas, una
declaracin, explcita y sin reservas, de dicho cumplimiento. Una
entidad no sealar que sus
estados financieros cumplen con las NIIF a menos que satisfagan
todos los requerimientos de
stas.
17 En la prctica totalidad de las circunstancias, una entidad
lograr una presentacin razonable
cumpliendo con las NIIF aplicables. Una presentacin razonable
tambin requiere que una
entidad:
(a) Seleccione y aplique las polticas contables de acuerdo con
la NIC 8 Polticas Contables,
Cambios en las Estimaciones Contables y Errores. La NIC 8
establece una jerarqua normativa, a
considerar por la gerencia en ausencia de una NIIF que sea
aplicable especficamente a una
partida.
(b) Presente informacin, que incluya a las polticas contables,
de una forma que sea relevante,
fiable, comparable y comprensible.
(c) Suministre informacin adicional, siempre que los
requerimientos exigidos por las NIIF resulten
insuficientes para permitir a los usuarios comprender el impacto
de determinadas transacciones,
de otros sucesos o condiciones, sobre la situacin financiera y
el rendimiento financiero de la
entidad.
18 Una entidad no puede rectificar polticas contables
inapropiadas mediante la revelacin de las
polticas contables utilizadas, ni mediante la utilizacin de
notas u otro material explicativo.
19 En la circunstancia extremadamente excepcional de que la
gerencia concluyera que el
cumplimiento de un requerimiento de una NIIF sera tan engaoso
como para entrar en conflicto
con el objetivo de los estados financieros establecido en el
Marco Conceptual, la entidad no lo
-
aplicar, segn se establece en el prrafo 20, siempre que el marco
regulatorio aplicable requiera,
o no prohiba, esta falta de aplicacin.
20 Cuando una entidad no aplique un requerimiento establecido en
una NIIF de acuerdo con el
prrafo 19, revelar:
(a) que la gerencia ha llegado a la conclusin de que los estados
financieros presentan
razonablemente la situacin financiera y rendimiento financiero y
los flujos de efectivo;
(b) que se ha cumplido con las NIIF aplicables, excepto en el
caso particular del requerimiento no
aplicado para lograr una presentacin razonable;
(c) el ttulo de la NIIF que la entidad ha dejado de aplicar, la
naturaleza del apartamiento,
incluyendo el tratamiento que la NIIF requerira, la razn por la
que ese tratamiento sera en las
circunstancias tan engaoso como para entrar en conflicto con el
objetivo de los estados
financieros establecido en el Marco Conceptual, junto con el
tratamiento alternativo adoptado;y
(d) para cada periodo sobre el que se presente informacin, el
impacto financiero de la falta de
aplicacin sobre cada partida de los estados financieros que
debera haber sido presentada
cumpliendo con el requerimiento mencionado.
21 Cuando una entidad haya dejado de aplicar, en algn periodo
anterior, un requerimiento de
una NHF, y ello afecte a los importes reconocidos en los estados
financieros del periodo actual,
deber revelar la informacin establecida en el prrafo 20(c) y
(d).
22 El prrafo 21 se aplicar, por ejemplo, cuando una entidad haya
dejado de cumplir, en un
periodo anterior, un requerimiento de una NIIF para la medicin
de activos o pasivos, y ello
afectase a la medicin de los cambios en activos y pasivos
reconocidos en los estados financieros
del periodo actual.
-
23 En la circunstancia extremadamente excepcional de que la
gerencia concluyera que cumplir con
un requerimiento de una NIIF sera tan engaoso como para entrar
en conflicto con el objetivo de
los estados financieros establecido en el Marco Conceptual, pero
el marco regulatorio prohibiera
apartamientos al requerimiento, la entidad reducir, en la medida
de lo posible, los aspectos de
cumplimiento que perciba como causantes del engao, mediante la
revelacin de:
(a) el ttulo de la NIIF en cuestin, la naturaleza del
requerimiento, y la razn por la cual la gerencia
ha llegado a la conclusin de que su cumplimiento sera tan
engaoso como para entrar en
conflicto con el objetivo de los estados financieros establecido
en el Marco Conceptual; y
(b) para cada periodo presentado, los ajustes a cada partida de
los estados financieros que la
gerencia haya concluido que seran necesarios para lograr una
presentacin razonable.
24 Para los fines de los prrafos 19 a 23, una partida entrara en
conflicto con el objetivo de los
estados financieros cuando no representase de una forma
fidedigna las transacciones, as como
los otros sucesos y condiciones que debiera representar, o
pudiera razonablemente esperarse que
representara y, en consecuencia, fuera probable que influyera en
las decisiones econmicas
tomadas por los usuarios de los estados financieros. Al evaluar
si el cumplimiento de un
requerimiento especfico, establecido en una NIIF, sera tan
engaoso como para entrar en
conflicto con el objetivo de los estados financieros establecido
en el Marco Conceptual, la gerencia
considerar:
(a) por qu no se alcanza el objetivo de los estados financieros,
en las circunstancias particulares
que se estn sopesando; y
(b) la forma en que las circunstancias de la entidad difieren de
las que se dan en otras entidades
que cumplen con ese requerimiento. Si otras entidades cumplieran
con ese requerimiento en
circunstancias similares, existir la presuncin refutable de que
el cumplimiento del
requerimiento, por parte de la entidad, no sera tan engaoso como
para entrar en conflicto con el
objetivo de los estados financieros establecido en el Marco
Conceptual.
Hiptesis de negocio en marcha
-
25 Al elaborar los estados financieros, la gerencia evaluar la
capacidad que tiene una entidad
para continuar en funcionamiento. Una entidad elaborar los
estados financieros bajo la hiptesis
de negocio en marcha, a menos que la gerencia pretenda liquidar
la entidad o cesar en su
actividad, o bien no exista otra alternativa ms realista que
proceder de una de estas formas.
Cuando la gerencia, al realizar esta evaluacin, sea consciente
de la existencia de incertidumbres
importantes, relativas a eventos o condiciones que puedan
aportar dudas significativas sobre la
posibilidad de que la entidad siga funcionando normalmente,
proceder a revelarlas en los
estados financieros. Cuando una entidad no prepare los estados
financieros bajo la hiptesis de
negocio en marcha, revelar ese hecho, junto con las hiptesis
sobre las que han sido elaborados y
las razones por las que la entidad no se considera como un
negocio en marcha.
26 Al evaluar si la hiptesis de negocio en marcha resulta
apropiada, la gerencia tendr en cuenta
toda la informacin disponible sobre el futuro, que deber cubrir
al menos los doce meses
siguientes a partir del final del periodo sobre el que se
informa, sin limitarse a dicho perodo. El
grado de detalle de las consideraciones depender de los hechos
que se presenten en cada caso.
Cuando una entidad tenga un historial de operaciones rentable,
as como un pronto acceso a
recursos financieros, la entidad podr concluir que la utilizacin
de la hiptesis de negocio en
marcha es apropiada, sin realizar un anlisis detallado. En otros
casos, puede ser necesario que la
gerencia, antes de convencerse a s misma de que la hiptesis de
negocio en marcha es apropiada,
deba ponderar una amplia gama de factores relacionados con la
rentabilidad actual y esperada, el
calendario de pagos de la deuda y las fuentes potenciales de
sustitucin de la financiacin
existente.
Base contable de acumulacin (devengo)
27 Una entidad elaborar sus estados financieros, excepto en lo
relacionado con la informacin
sobre flujos de efectivo, utilizando la base contable de
acumulacin (o devengo).
28 Cuando se utiliza la base contable de acumulacin (devengo),
una entidad reconocer partidas
como activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos (los
elementos de los estados financieros),
cuando satisfagan las definiciones y los criterios de
reconocimiento previstos para tales elementos
en el Marco Conceptual.
Materialidad (importancia relativa) y agrupacin de datos
-
29 Una entidad presentar por separado cada clase significativa
de partidas similares. Una entidad
presentar por separado las partidas de naturaleza o funcin
distinta, a menos que no tengan
importancia relativa.
30 Los estados financieros son el producto del procesamiento de
un gran nmero de transacciones
y otros sucesos, que se agrupan por clases de acuerdo con su
naturaleza o funcin. La etapa final
del proceso de agregacin y clasificacin es la presentacin de
datos condensados y clasificados,
que constituyen las partidas de los estados financieros. Si una
partida concreta careciese de
importancia relativa por s sola, se agregar con otras partidas,
ya sea en los estados financieros o
en las notas. Una partida que no tenga la suficiente importancia
relativa como para justificar su
presentacin separada en esos estados financieros puede
justificar su presentacin separada en
las notas.
31 No es necesario que una entidad proporcione una revelacin
especfica requerida por una NIIF
si la informacin carece de importancia relativa.
Compensacin
32 Una entidad no compensar activos con pasivos o ingresos con
gastos a menos que as lo
requiera o permita una NHF.
33 Una entidad informar por separado sobre sus activos y pasivos
e ingresos y gastos. La
compensacin en el estado del resultado integral o en el estado
de situacin financiera o en el
estado de resultados separado (cuando se lo presenta) limita la
capacidad de los usuarios para
comprender las transacciones y otros sucesos y condiciones que
se hayan producido, as como
para evaluar los flujos futuros de efectivo de la entidad,
excepto cuando la compensacin sea un
reflejo del fondo de la transaccin o suceso. La medicin por el
neto en el caso de los activos
sujetos a correcciones valorativas por ejemplo correcciones por
deterioro del valor de
inventarios por obsolescencia y de las cuentas por cobrar de
dudoso cobro no es una
compensacin.
34 La NIC 18 Ingresos de Actividades Ordinarias, define el
ingreso de actividades ordinarias y
requiere que se lo mida por el valor razonable de la
contraprestacin, recibida o por recibir,
teniendo en cuenta el importe de cualesquiera descuentos
comerciales y rebajas por volumen de
-
ventas que sean practicados por la entidad. Una entidad lleva a
cabo, en el curso de sus
actividades ordinarias, otras transacciones que no generan
ingresos de actividades ordinarias sino
que son accesorias con respecto a las actividades principales
que generan estos ingresos. Una
entidad presentar los resultados de estas transacciones
compensando los ingresos con los gastos
relacionados que genere la misma operacin, siempre que dicha
presentacin refleje el fondo de
la transaccin u otro suceso. Por ejemplo:
(a) una entidad presentar las ganancias y prdidas por la
disposicin de activos no corrientes,
incluyendo inversiones y activos de operacin, deduciendo del
importe recibido por dicha
disposicin el importe en libros del activo y los gastos de venta
correspondientes; y
(b) una entidad podr compensar los desembolsos relativos a las
provisiones reconocidas de
acuerdo con la NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y
Activos Contingentes, que hayan sido
reembolsados a la entidad como consecuencia de un acuerdo
contractual con otra parte (por
ejemplo, un acuerdo de garanta de productos cubierto por un
proveedor) con los reembolsos
relacionados.
35 Adems, una entidad presentar en trminos netos las ganancias y
prdidas que procedan de
un grupo de transacciones similares, por ejemplo las ganancias y
prdidas por diferencias de
cambio, o las derivadas de instrumentos financieros mantenidos
para negociar. Sin embargo, una
entidad presentar estas ganancias y prdidas por separado si
tienen importancia relativa.
Frecuencia de la informacin
36 Una entidad presentar un juego completo de estados
financieros (incluyendo informacin
comparativa) al menos anualmente. Cuando una entidad cambie el
cierre del periodo sobre el que
informa y presente los estados financieros para un periodo
contable superior o inferior a un ao,
revelar, adems del periodo cubierto por los estados
financieros:
la razn para utilizar un periodo de duracin inferior o superior;
y
el hecho de que los importes presentados en los estados
financieros no son totalmente
comparables.
-
37 Normalmente, una entidad prepara, de forma coherente en el
tiempo, estados financieros que
comprenden un periodo anual. No obstante, determinadas entidades
prefieren informar, por
razones prcticas, sobre periodos de 52 semanas. Esta Norma no
prohibe esta prctica.
Informacion Comparativa
38 A menos que las NHF permitan o requieran otra cosa, una
entidad revelar informacin
comparativa respecto del periodo anterior para todos los
importes incluidos en los estados
financieros del periodo corriente. Una entidad incluir
informacin comparativa para la
informacin descriptiva y narrativa, cuando esto sea relevante
para la comprensin de los estados
financieros del periodo corriente.
39 Una entidad que revele informacin comparativa presentar, como
mnimo, dos estados de
situacin financiera, dos de cada uno de los restantes estados, y
las notas relacionadas. Cuando
una entidad aplique una poltica contable retroactivamente o
realice una reexpresin retroactiva
de partidas en sus estados financieros, o cuando reclasifique
partidas en sus estados financieros,
presentar, como mnimo, tres estados de situacin financiera, dos
de cada uno de los restantes
estados, y las notas relacionadas. Una entidad presentar estados
de situacin financiera:
(a) al cierre del periodo corriente,
(b) al cierre del periodo anterior (que es el mismo que el del
comienzo del periodo corriente), y
(c) al principio del primer periodo comparativo.
40 En algunos casos, la informacin narrativa proporcionada en
los estados financieros de
periodo(s) anterior(es) contina siendo relevante en el periodo
actual. Por ejemplo, una entidad
revelar en el periodo corriente detalles de una disputa legal
cuyo resultado era incierto al final
del periodo inmediatamente anterior y que todava debe
resolverse. Los usuarios se beneficiarn
al conocer que la incertidumbre exista ya al final del periodo
inmediatamente anterior al que se
informa, as como los pasos dados durante el periodo para
resolverla.
-
41 Cuando la entidad modifique la presentacin o la clasificacin
de partidas en sus estados
financieros, tambin reclasificar los importes comparativos, a
menos que resulte impracticable
hacerlo. Cuando la entidad reclasifique los importes
comparativos, revelar:
(a) la naturaleza de la reclasificacin;
(b) el importe de cada partida o grupo de partidas que se han
reclasificado; y
(c) la razn de la reclasificacin.
42 Cuando la reclasificacin de los importes comparativos sea
impracticable, la entidad revelar:
(a) la razn para no reclasificar los importes; y
(b) la naturaleza de los ajustes que tendran que haberse
efectuado si los importes hubieran sido
reclasificados.
43 El mejoramiento de la comparabilidad de la informacin entre
periodos ayuda a los usuarios en
la toma de decisiones econmicas, sobre todo al permitir la
evaluacin de tendencias en la
informacin financiera con propsitos predictivos. En algunas
circunstancias, la reclasificacin de
la informacin comparativa de periodos anteriores concretos para
conseguir la comparabilidad
con las cifras del periodo corriente es impracticable. Por
ejemplo, una entidad puede no haber
calculado algunos datos en periodos anteriores, de una manera
que permita su reclasificacin y la
reproduccin de la informacin es, por tanto, impracticable.
44 La NIC 8 establece los ajustes a realizar en la informacin
comparativa requerida, cuando una
entidad cambia una poltica contable o corrige un error.
-
Uniformidad en la presentacin
45 Una entidad mantendr la presentacin y clasificacin de las
partidas en los estados financieros
de un periodo a otro, a menos que:
(a) tras un cambio en la naturaleza de las actividades de la
entidad o una revisin de sus estados
financieros, se ponga de manifiesto que sera ms apropiada otra
presentacin u otra clasificacin,
tomando en consideracin los criterios para la seleccin y
aplicacin de polticas contables de la
NIC 8; o
(b) una NHF requiera un cambio en la presentacin.
46 Por ejemplo, una adquisicin o disposicin significativa, o una
revisin de la presentacin de los
estados financieros, podran sugerir que stos necesitan ser
presentados de forma diferente. Una
entidad slo cambiar la presentacin de sus estados financieros
cuando dicho cambio
proporcione informacin fiable y ms relevante para los usuarios
de los estados financieros, y la
nueva estructura tenga visos de continuidad, de modo que la
comparabilidad no quede
perjudicada. Cuando se realicen estos cambios en la presentacin,
una entidad reclasificar su
informacin comparativa de acuerdo con los prrafos 41 y 42.
ESTRUCTURA Y CONTENIDO
Introduccin
47 Esta Norma requiere revelar determinada informacin en el
estado de situacin financiera o en
el estado del resultado integral, en el estado de resultados
separado (cuando se lo presenta), o en
el estado de cambios en el patrimonio, y requiere la revelacin
de partidas en estos estados o en
las notas. La NIC 7 Estado de Flujos de Efectivo establece los
requerimientos de presentacin para
la informacin sobre el flujo de efectivo.
-
48 Esta Norma a menudo utiliza el trmino "informacin a revelar"
en un sentido amplio,
incluyendo partidas presentadas en los estados financieros.
Otras NIIF tambin requieren revelar
informacin. A menos que en esta Norma o en otras NIIF se
especifique lo contrario, estas
revelaciones de informacin pueden realizarse en los estados
financieros.
Identificacin de los Estados Financieros
49 Una entidad identificar claramente los estados financieros y
los distinguir de cualquier otra
informacin publicada en el mismo documento.
50 Las NIIF se aplican solo a los estados financieros, y no
necesariamente a otra informacin
presentada en un informe anual, en las presentaciones a entes
reguladores o en otro documento.
Por tanto, es importante que los usuarios sean capaces de
distinguir la informacin que se prepara
utilizando las NIIF de cualquier otra informacin que, aunque les
pudiera ser til, no est sujeta a
los requerimientos de stas.
51 Una entidad identificar claramente cada estado financiero y
las notas. Adems, una entidad
mostrar la siguiente informacin en lugar destacado, y la repetir
cuando sea necesario para que
la informacin presentada sea comprensible:
(a) el nombre de la entidad u otra forma de identificacin de la
misma, as como los cambios
relativos a dicha informacin desde el final del periodo
precedente;
(b) si los estados financieros pertenecen a una entidad
individual o a un grupo de entidades;
(c) la fecha del cierre del periodo sobre el que se informa o el
periodo cubierto por el juego de los
estados financieros o notas;
(d) la moneda de presentacin, tal como se define en la NIC 21;
y
-
(e) el grado de redondeo practicado al presentar las cifras de
los estados financieros.
52 Una entidad cumple con los requerimientos del prrafo 51a
travs de la presentacin de
encabezamientos apropiados para las pginas, estados, notas,
columnas y similares. Se requiere la
utilizacin del juicio profesional para determinar la mejor forma
de presentar esta informacin.
Por ejemplo, cuando una entidad presenta los estados financieros
electrnicamente no siempre
no siempre se utilizan pginas separadas; en este caso, una
entidad presentar las partidas
anteriores para asegurar que la informacin incluida en los
estados financieros puede entenderse.
53 Con frecuencia, una entidad har ms comprensibles los estados
financieros presentando las
cifras en miles o millones de unidades monetarias de la moneda
de presentacin. Esto ser
aceptable en la medida en que la entidad revele el grado de
redondeo practicado y no omita
informacin material o de importancia relativa al hacerlo.
Estado de situacin Finanaciera
Informacin a Presentaren el Estado de Situacin Financiera
54 Como mnimo, el estado de situacin financiera incluir partidas
que presenten los siguientes
importes:
(a) propiedades, planta y equipo;
(b) propiedades de inversin;
(c) activos intangibles;
(d) activos financieros (excluidos los importes mencionados en
los apartados (e), (h) e (i));
-
(e) inversiones contabilizadas utilizando el mtodo de la
participacin;
(f) activos biolgicos;
(g) inventarios;
(h) deudores comerciales y otras cuentas por cobrar;
(i) efectivo y equivalentes al efectivo;
(j) el total de activos clasificados como mantenidos para la
venta y los activos incluidos en grupos
de activos para su disposicin, que se hayan clasificado como
mantenidos para la venta de
acuerdo con la NHF 5 Activos No comentes Mantenidos para la
Venta y Operaciones
Discontinuadas;
(k) acreedores comerciales y otras cuentas por pagar;
(l) provisiones;
(m) pasivos financieros (excluyendo los importes mencionados en
los apartados (k) y (1));
(n) pasivos y activos por impuestos corrientes, segn se definen
en la NIC 12 Impuesto a las
Ganancias;
(o) pasivos y activos por impuestos diferidos, segn se definen
en la NIC 12;
-
(p) pasivos incluidos en los grupos de activos para su
disposicin clasificados como mantenidos
para la venta de acuerdo con la NHF 5;
(q) participaciones no controladoras, presentadas dentro del
patrimonio; y (r) capital emitido y
reservas atribuibles a los propietarios de la controladora.
55 Una entidad presentar en el estado de situacin financiera
partidas adicionales,
encabezamientos y subtotales, cuando sea relevante para
comprender su situacin financiera.
56 Cuando una entidad presente en el estado de situacin
financiera los activos y los pasivos
clasificados en corrientes o no corrientes, no clasificar los
activos (o los pasivos) por impuestos
diferidos como activos (o pasivos) corrientes.
57 Esta Norma no prescribe ni el orden ni el formato en que una
entidad presentar las partidas. El
prrafo 54 simplemente enumera partidas que son lo
suficientemente diferentes, en su naturaleza
o funcin, como para justificar su presentacin por separado en el
estado de situacin financiera.
Adems:
(a) Se aadirn otras partidas cuando el tamao, naturaleza o
funcin de una partida o grupo de
partidas sea tal que la presentacin por separado resulte
relevante para comprender la situacin
financiera de la entidad; y
(b) las denominaciones utilizadas y la ordenacin de las partidas
o agrupaciones de partidas
similares, podrn ser modificadas de acuerdo con la naturaleza de
la entidad y de sus
transacciones, para suministrar informacin que sea relevante
para la comprensin de la situacin
financiera de la entidad. Por ejemplo, una institucin financiera
puede modificar las
denominaciones anteriores para proporcionar informacin que sea
relevante para sus
operaciones.
58 Una entidad decidir si ha de presentar partidas adicionales
de forma separada en funcin de
una evaluacin de:
-
(a) la naturaleza y la liquidez de los activos;
(b) la funcin de los activos dentro de la entidad; y
(c) los importes, la naturaleza y el plazo de los pasivos.
59 La utilizacin de diferentes bases de medicin para distintas
clases de activos sugiere que su
naturaleza o su funcin difieren y, en consecuencia, que deben
ser presentados como partidas
separadas. Por ejemplo, ciertas clases de propiedades, planta y
equipo pueden contabilizarse al
costo histrico, o por sus importes revaluados, de acuerdo con la
NIC 16.
Distincin Entre Partidas Corrientes y no Corrientes
60 Una entidad presentar sus activos corrientes y no corrientes,
as como sus pasivos corrientes y
no corrientes, como categoras separadas en su estado de situacin
financiera, de acuerdo con los
prrafos 66 a 76, excepto cuando una presentacin basada en el
grado de liquidez proporcione
una informacin fiable que sea ms relevante. Cuando se aplique
esa excepcin, una entidad
presentar todos los activos y pasivos ordenados atendiendo a su
liquidez.
61 Independientemente del mtodo de presentacin adoptado, una
entidad revelar el importe
esperado a recuperar o a cancelar despus de los doce meses para
cada partida de activo o pasivo
que combine importe a recuperar o a cancelar:
(a) dentro de los doce meses siguientes despus del periodo sobre
el que se informa, y
(b) despus de doce meses tras esa fecha.
62 Cuando una entidad suministra bienes o servicios dentro de un
ciclo de operacin claramente
identificable, la clasificacin separada de los activos y pasivos
corrientes y no corrientes, en el
estado de situacin financiera, proporciona una informacin til al
distinguir los activos netos que
-
estn circulando continuamente como capital de trabajo, de los
utilizados en las operaciones a
largo plazo de la entidad. Esta distincin servir tambin para
destacar tanto los activos que se
espera realizar en el transcurso del ciclo normal de la
operacin, como los pasivos que se deban
liquidar en ese mismo periodo.
63 Para algunas entidades, tales como las instituciones
financieras, una presentacin de activos y
pasivos en orden ascendente o descendente de liquidez
proporciona informacin fiable y ms
relevante que la presentacin corriente-no corriente, debido a
que la entidad no suministra bienes
ni presta servicios dentro de un ciclo de operacin claramente
identificable.
64 Se permite que, al aplicar el prrafo 60, una entidad presente
algunos de sus activos y pasivos
empleando la clasificacin corriente-no corriente, y otros en
orden a su liquidez, siempre que esto
proporcione informacin fiable y ms relevante. La necesidad de
mezclar las bases de
presentacin podra aparecer cuando una entidad realice
actividades diferentes.
65 La informacin sobre las fechas esperadas de realizacin de los
activos y pasivos es til para
evaluar la liquidez y la solvencia de una entidad. La NIF 7
Instrumentos Financieros: Informaciones
a Revelar requiere la revelacin de informacin acerca de las
fechas de vencimiento de los activos
financieros y pasivos financieros. Los activos financieros
incluyen las cuentas de deudores
comerciales y otras cuentas por cobrar, y los pasivos
financieros las cuentas de acreedores
comerciales y otras cuentas por pagar. Tambin ser de utilidad la
informacin acerca de la fecha
esperada de recuperacin de los activos no monetarios, como los
inventarios, y la fecha esperada
de cancelacin de pasivos como las provisiones, con independencia
de que se los clasifiquen como
corrientes o no corrientes. Por ejemplo, una entidad revelar los
importes de los inventarios que
espera realizar despus de los doce meses despus del periodo
sobre el que se informa.
Activos corrientes
66 Una entidad clasificar un activo como corriente cuando:
(a) espera realizar el activo, o tiene la intencin de venderlo o
consumirlo en su ciclo normal de
operacin;
-
(b) mantiene el activo principalmente con fines de
negociacin;
(c) espera realizar el activo dentro de los doce meses
siguientes despus del periodo sobre el que
se informa; o
(d) el activo es efectivo o equivalente al efectivo (como se
define en la NIC 7) a menos que ste se
encuentre restringido y no pueda ser intercambiado ni utilizado
para cancelar un pasivo por un
ejercicio mnimo de doce meses despus del ejercicio sobre el que
se informa.
Una entidad clasificar todos los dems activos como no
corrientes.
67 En esta Norma, el trmino "no corriente" incluye activos
tangibles, intangibles y financieros que
por su naturaleza son a largo plazo. No est prohibido el uso de
descripciones alternativas siempre
que su significado sea claro.
68 El ciclo normal de la operacin de una entidad es el periodo
comprendido entre la adquisicin
de los activos que entran en el proceso productivo, y su
realizacin en efectivo o equivalentes al
efectivo. Cuando el ciclo normal de la operacin no sea
claramente identificable, se supondr que
su duracin es de doce meses. Los activos corrientes incluyen
activos (tales como inventarios y
deudores comerciales) que se venden, consumen o realizan, dentro
del ciclo normal de la
operacin, incluso cuando no se espere su realizacin dentro del
periodo de doce meses a partir
de la fecha del periodo sobre el que se informa. Los activos
corrientes tambin incluyen activos
que se mantienen fundamentalmente para negociar (por ejemplo
algunos activos financieros que
cumplen la definicin de mantenidos para negociar de la NIC 39) y
la parte corriente de los activos
financieros no corrientes.
Pasivos Corrientes
69 Una entidad clasificar un pasivo como corriente cuando:
(a) espera liquidar el pasivo en su ciclo normal de
operacin;
-
(b) mantiene el pasivo principalmente con fines de
negociacin;
(c) el pasivo debe liquidarse dentro de los doce meses
siguientes a la fecha del periodo sobre el
que se informa; o
(d) no tiene un derecho incondicional para aplazar la cancelacin
del pasivo durante, al menos, los
doce meses siguientes a la fecha del periodo sobre el que se
informa (vase el prrafo 73). Las
condiciones de un pasivo que puedan dar lugar, a eleccin de la
otra parte, a su liquidacin
mediante la emisin de instrumentos de patrimonio, no afectan a
su clasificacin.
Una entidad clasificar todos los dems pasivos como no
corrientes.
70 Algunos pasivos corrientes, tales como las cuentas
comerciales por pagar y otros pasivos
acumulados (devengados), ya sea por costos de personal o por
otros costos de operacin, integran
el capital de trabajo utilizado en el ciclo normal de operacin
de la entidad. Una entidad clasificar
estas partidas de operacin como pasivos corrientes aunque se
vayan a liquidar despus de los
doce meses de la fecha del periodo sobre el que se informa. Para
la clasificacin de los activos y
pasivos de una entidad se aplicar el mismo ciclo normal de
operacin. Cuando el ciclo normal de
la operacin no sea claramente identificable, se supondr que su
duracin es de doce meses.
71 Otros tipos de pasivos corrientes no se cancelan como parte
del ciclo normal de la operacin,
pero deben liquidarse dentro de los doce meses siguientes a la
fecha del periodo sobre el que se
informa o se mantienen fundamentalmente con propsitos de
negociacin. Son ejemplos de este
tipo algunos pasivos financieros clasificados como mantenidos
para negociar de acuerdo con la
NIC 39, los descubiertos bancarios, y la parte corriente de los
pasivos financieros no corrientes, los
dividendos a pagar, los impuestos sobre las ganancias y otras
cuentas por pagar no comerciales.
Los pasivos financieros que proporcionan financiacin a largo
plazo (es decir, no forman parte del
capital de trabajo utilizado en el ciclo normal de operacin de
la entidad) y que no deban
liquidarse despus de los doce meses a partir de la fecha del
periodo sobre el que se informa, son
pasivos no corrientes, sujetos a las condiciones de los prrafos
74 y 75.
-
72 Una entidad clasificar sus pasivos financieros como
corrientes cuando deban liquidarse dentro
de los doce meses siguientes a la fecha del periodo sobre el que
informa, aunque:
(a) el plazo original del pasivo fuera un periodo superior a
doce meses; y
(b) despus de la fecha del periodo sobre el que se informa y
antes de que los estados financieros
sean autorizados para su publicacin se haya concluido un acuerdo
de refinanciacin o de
reestructuracin de los pagos a largo plazo.
73 Si una entidad tuviera la expectativa y, adems, la facultad
de renovar o refinanciar una
obligacin al menos durante los doce meses siguientes a la fecha
del periodo sobre el que se
informa, de acuerdo con las condiciones de financiacin
existentes, clasificar la obligacin como
no corriente, an cuando de otro modo venza en un perodo ms
corto. No obstante, cuando la
refinanciacin o extensin del plazo no sea una facultad de la
entidad (por ejemplo si no existiese
un acuerdo de refinanciacin), la entidad no tendr en cuenta la
refinanciacin potencial y la
obligacin se clasificar como corriente.
74 Cuando una entidad infrinja una disposicin contenida en un
contrato de prstamo a largo
plazo al final del periodo sobre el que se informa o antes con
el efecto de que el pasivo se
convierta en exigible a voluntad del prestamista, tal pasivo se
clasificar como corriente, incluso si
el prestamista hubiera acordado, despus de la fecha del periodo
sobre el que se informa y antes
de que los estados financieros sean autorizados para su
publicacin, no exigir el pago como
consecuencia de la infraccin. Una entidad clasificar el pasivo
como corriente porque, al final del
periodo sobre el que se informa, no tiene el derecho
incondicional de aplazar la cancelacin del
pasivo durante al menos, doce meses tras esa fecha.
75 Sin embargo, una entidad clasificar el pasivo como no
corriente si el prestamista hubiese
acordado, al final del periodo sobre el que se informa, la
concesin de un periodo de gracia que
finalice al menos doce meses despus de esa fecha, dentro de cuyo
plazo la entidad puede
rectificar la infraccin y durante el cual el prestamista no
puede exigir el reembolso inmediato.
76 Con respecto a los prstamos clasificados como pasivos
corrientes, si los sucesos que siguen
ocurriesen entre el final del periodo sobre el que se informa y
la fecha en que los estados
financieros son autorizados para su publicacin, esos sucesos se
revelarn como hechos ocurridos
-
despus de la fecha de balance que no implican ajustes, de
acuerdo con la NIC 10 Hechos
Ocurridos Despus del Periodo sobre el que se Informa:
(a) refinanciacin a largo plazo;
(b) rectificacin de la infraccin del contrato de prstamo a largo
plazo; y
(c) concesin, por parte del prestamista, de un periodo de gracia
para rectificar la infraccin
relativa al contrato de prstamo a largo plazo que finalice al
menos doce meses despus del
periodo sobre el que se informa.
Informacin a Presentaren el Estado de Situacin Financiera o en
las Notas
77 Una entidad revelar, ya sea en el estado de situacin
financiera o en las notas,
subclasificaciones adicionales de las partidas presentadas,
clasificadas de una manera que sea
apropiada para las operaciones de la entidad.
78 El detalle suministrado en las subclasificaciones depender de
los requerimientos de las NIIF,
as como del tamao, la naturaleza y la funcin de los importes
afectados. Para decidir los criterios
de subclasificacin, una entidad utilizar tambin los factores
descriptos en el prrafo 58. El nivel
de informacin suministrada variar para cada partida, por
ejemplo:
(a) las partidas de propiedades, planta y equipo se desagregarn
por clases, de acuerdo con laNIC
16;
(b) las cuentas por cobrar se desagregarn en importes por cobrar
de clientes comerciales, de
partes relacionadas, anticipos y otros importes;
(c) los inventarios se desagregarn, de acuerdo con la NIC 2,
Inventarios, en clasificaciones tales
como mercaderas, materias primas, materiales, productos en curso
y productos terminados;
-
(d) las provisiones se desglosarn, de forma que se muestren por
separado las que corresponden a
provisiones por beneficios a empleados y el resto; y
(e) el capital y las reservas se desagregarn en varias clases,
tales como capital pagado, primas de
emisin y reservas.
79 Una entidad revelar lo siguiente, sea en el estado de
situacin financiera, en el estado de
cambios en el patrimonio o en las notas:
(a) para cada clase de capital en acciones:
(i) el nmero de acciones autorizadas;
(ii) el nmero de acciones emitidas y pagadas totalmente, as como
las emitidas pero an no
pagadas en su totalidad;
(iii) el valor nominal de las acciones, o el hecho de que no
tengan valor nominal;
(iv) una conciliacin entre el nmero de acciones en circulacin al
principio y al final del periodo;
(v) los derechos, privilegios y restricciones correspondientes a
cada clase de acciones, incluyendo
las restricciones sobre la distribucin de dividendos y el
reembolso del capital;
(vi) las acciones de la entidad que estn en su poder o bien en
el de sus subsidiarias o asociadas; y
(vii) las acciones cuya emisin est reservada como consecuencia
de la existencia de opciones o
contratos para la venta de acciones, incluyendo las condiciones
e importes correspondientes; y
-
(b) una descripcin de la naturaleza y destino de cada reserva
que figure en el patrimonio.
80 Una entidad sin capital en acciones, tal como las que
responden a una frmula societaria o
fiduciaria, revelar informacin equivalente a la requerida en el
prrafo 79(a), mostrando los
cambios producidos durante el periodo en cada una de las
categoras que componen el patrimonio
y los derechos, privilegios y restricciones asociados a cada
una.
80A Si una entidad ha reclasificado
(a) un instrumento financiero con opcin de venta clasificado
como un instrumento de patrimonio,
o
(b) un instrumento que impone a la entidad una obligacin de
entregar a terceros una
participacin proporcional de los activos netos de la entidad
solo en el momento de la liquidacin
y se clasifica como un instrumento de patrimonio
entre pasivos financieros y patrimonio, revelar el importe
reclasificado dentro y fuera de cada
categora (pasivo financiero o patrimonio), y el momento y razn
de esa reclasificacin.
Estado del resultado del periodo y otro resultado integral
81 Una entidad presentar todas las partidas de ingresos y gastos
reconocidas en un periodo:
(a) en un nico estado del resultado integral, o
(b) en dos estados: uno que muestre los componentes del
resultado (estado de resultados
separado) y un segundo estado que comience con el resultado y
muestre los componentes del
otro resultado integral (estado del resultado integral).
-
81A El estado del resultado del periodo y otro resultado
integral (estado del resultado integral)
presentar, adems de las secciones del resultado del periodo y
otro resultado integral:
(a) el resultado del periodo;
(b) otro resultado integral total;
(c) el resultado integral del periodo, siendo el total del
resultado del periodo y otro resultado
integral.
Si una entidad presenta un estado del resultado del periodo
separado no presentar la seccin del
resultado del periodo en el estado que presente el resultado
integral.
81B Una entidad presentar las siguientes partidas, adems de las
secciones del resultado del
periodo y otro resultado integral, como distribuciones del
resultado del periodo y otro resultado
integral para el periodo:
(a) Resultado del periodo atribuible a:
(i) participaciones no controladoras y
(ii) propietarios de la controladora.
(b) Resultado integral del periodo atribuible a:
(i) participaciones no controladoras y
(ii) propietarios de la controladora.
Si una entidad presenta el resultado del periodo en un estado
separado, presentar (a) en ese
estado.
-
Informacin a Presentar en la seccin del resultado del periodo o
en el estado del resultado del
periodo
82 Adems de las partidas requeridas por otras NIIF, la seccin
del resultado del periodo o el
estado del resultado del periodo incluirn las partidas que
presenten los importes siguientes para
el periodo:
(a) ingresos de actividades ordinarias;
(aa) ganancias y prdidas que surgen de la baja en cuentas de
activos financieros medidos al costo
amortizado;
(b) costos financieros;
(c) participacin en el resultado del periodo de las asociadas y
negocios conjuntos que se
contabilicen con el mtodo de la participacin;
(ca) Si un activo financiero se reclasifica de forma que se mide
a valor
(d) razonable, cualquier ganancia o prdida surgida de una
diferencia entre el importe en libros
anterior y su valor razonable en la fecha de la reclasificacin
(como se define en la NHF 9);
(d) gasto por impuestos;
(e) [eliminado]
(ea) un importe nico para el total de operaciones discontinuadas
(vase la NIIF 5).
-
(f) - (i) [eliminado]
Informacin a presentar en la seccin de otro resultado
integral
82A La seccin de otro resultado integral presentar partidas para
los importes de otro resultado
integral del periodo, clasificadas por naturaleza (incluyendo la
parte de otro resultado integral de
asociadas y negocios conjuntos contabilizados utilizando el
mtodo de la participacin) y
agrupadas dentro las que, de acuerdo con otras NIIF:
(a) no se reclasificarn posteriormente al resultado del periodo;
y
(b) se reclasificarn posteriormente a resultados del periodo
cuando se cumplan las condiciones
especficas.
83 [eliminado]
84 [eliminado]
85 Una entidad presentar partidas adicionales, encabezamientos y
subtotales en el estado(s) que
presente el resultado del periodo y otro resultado integral
cuando tal presentacin sea relevante
para comprender el rendimiento financiero de la entidad.
86 Dado que los efectos de las diferentes actividades,
transacciones y otros sucesos de una
entidad, difieren en frecuencia, potencial de ganancias o
prdidas y capacidad de prediccin, la
revelacin de informacin sobre los componentes del rendimiento
financiero ayuda a los usuarios
a comprender dicho rendimiento financiero logrado, as como a
realizar proyecciones a futuro
sobre ste. Una entidad incluir partidas adicionales en el
estado(s) que presenten el resultado del
periodo y otro resultado integral y modificar las denominaciones
y la ordenacin de partidas
cuando sea necesario para explicar los elementos del rendimiento
financiero. Una entidad
considerar factores que incluyan la materialidad (importancia
relativa) y la naturaleza y funcin
de las partidas de ingreso y gasto. Por ejemplo, una institucin
financiera puede modificar las
denominaciones para proporcionar informacin que sea relevante
para las operaciones de una
-
institucin financiera. Una entidad no compensar partidas de
ingresos y gastos, a menos que se
cumplan los criterios del prrafo 32.
87 Una entidad no presentar ninguna partida de ingreso o gasto
como partidas extraordinarias en
el(los) estado(s) que presente(n) del el resultado del periodo y
otro resultado integral o en las
notas.
Resultado del Periodo
88 Una entidad reconocer todas las partidas de ingreso y gasto
de un periodo en el resultado a
menos que una NIIF requiera o permita otra cosa.
89 Algunas NIIF especifican las circunstancias en las que una
entidad reconocer determinadas
partidas fuera del resultado del periodo corriente. La NIC 8
especifica dos de estas circunstancias:
la correccin de errores y el efecto de cambios en polticas
contables. Otras NIIF requieren o
permiten que componentes de otro resultado integral que cumplen
la definicin de ingreso o
gasto proporcionada por el Marco Conceptual se excluyan del
resultado (vase el prrafo 7).
Otro Resultado Integral del Periodo
90 Una entidad revelar el importe del impuesto a las ganancias
relativo a cada partida de otro
resultado integral, incluyendo los ajustes por reclasificacin,
en el estado del resultado del periodo
y otro resultado integral o en las notas.
91 Una entidad puede presentar las partidas de otro resultado
integral:
(a) netas de los efectos fiscales relacionados, o
(b) antes de los efectos fiscales relacionados con un importe
que muestre el importe agregado del
impuesto a las ganancias relacionado con esas partidas.
-
Si una entidad elige la alternativa (b), distribuir el impuesto
entre las partidas que pueden
reclasificarse posteriormente a la seccin del resultado del
periodo y las que no se reclasificarn
posteriormente a sta seccin.
92 Una entidad revelar los ajustes por reclasificacin
relacionados con los componentes de otro
resultado integral.
93 Otras NIIF especifican si y cundo reclasificar en resultados
los importes previamente
reconocidos en otro resultado integral. Estas reclasificaciones
se denominan en esta Norma
ajustes por reclasificacin. Un ajuste por reclasificacin se
incluye con el componente relacionado
de otro resultado integral en el periodo en el que tal ajuste se
reclasifica dentro del resultado.
Estos importes pueden haber sido reconocidos en otro resultado
integral como ganancias no
realizadas en el periodo corriente o en periodos anteriores.
Esas ganancias no realizadas deben
deducirse de otro resultado integral en el periodo en que las
ganancias realizadas se reclasifican
dentro del resultado para evitar su inclusin por duplicado en el
resultado integral total.
94 Una entidad puede presentar el ajuste por reclasificacin en
el estado(s) del resultado del
periodo y otro resultado integral o en las notas. Una entidad
que presente los ajustes por
reclasificacin en las notas presentar las partidas de otro
resultado integral despus de cualquier
ajuste por reclasificacin relacionado.
95 Los ajustes por reclasificacin surgen, por ejemplo, al
disponer de un negocio en el extranjero
(vase la NIC 21), y cuando una transaccin prevista cubierta
afecta al resultado (vase el prrafo
100 de la NIC 39 en relacin con las coberturas del flujo de
efectivo).
96 Los ajustes por reclasificacin no surgen por cambios en el
supervit de revaluacin reconocido
de acuerdo con la NIC 16 o la NIC 38, ni debido a las ganancias
y prdidas actuariales en planes de
beneficios definidos reconocidas de acuerdo con el prrafo 93A de
la NIC 19. Estos componentes
se reconocen en otro resultado integral y no se reclasifican en
el resultado en periodos
posteriores. Los cambios en el supervit de revaluacin pueden
transferirse a ganancias
acumuladas en periodos posteriores a medida que se utiliza el
activo o cuando ste se da de baja
(vase la NIC 16 y la NIC 38). Las ganancias y prdidas
actuariales se registran en las ganancias
acumuladas en el periodo en el que se reconocen como otro
resultado integral (vase la NIC 19).
-
Informacin a presentar en el estado(s) del resultado del periodo
y otro resultado integral o en las
notas
97 Cuando las partidas de ingreso o gasto son materiales (tienen
importancia relativa), una
entidad revelar de forma separada informacin sobre su naturaleza
e importe.
98 Entre las circunstancias que daran lugar a revelaciones
separadas de partidas de ingresos y
gastos estn las siguientes:
(a) la rebaja de los inventarios hasta su valor neto realizable,
o de los elementos de propiedades,
planta y equipo hasta su importe recuperable, as como la
reversin de tales rebajas;
(b) la reestructuracin de las actividades de una entidad y la
reversin de cualquier provisin para
hacer frente a los costos de ella;
(c) la disposicin de partidas de propiedades, planta y
equipo;
(d) las disposiciones de inversiones;
(e) las operaciones discontinuadas;
(f) cancelaciones de pagos por litigios; y
(g) otras reversiones de provisiones.
99 Una entidad presentar un desglose de los gastos reconocidos
en el resultado, utilizando una
clasificacin basada en la naturaleza o en la funcin de ellos
dentro de la entidad, lo que
proporcione una informacin que sea fiable y ms relevante.
-
100 Se aconseja que las entidades presenten el desglose indicado
en el prrafo 99 en el estado(s)
que presente el resultado del periodo y otro resultado
integral.
101 Los gastos se subclasifican para destacar los componentes
del rendimiento financiero, que
puedan ser diferentes en trminos de frecuencia, potencial de
ganancia o prdida y capacidad de
prediccin. Este desglose se proporciona en una de las dos formas
descritas a continuacin.
102 La primera forma de desglose es el mtodo de la "naturaleza
de los gastos". Una entidad
agrupar gastos dentro del resultado de acuerdo con su naturaleza
(por ejemplo depreciacin,
compras de materiales, costos de transporte, beneficios a los
empleados y costos de publicidad) y
no los redistribuir atendiendo a las diferentes funciones que se
desarrollan en la entidad. Este
mtodo resulta fcil de aplicar, porque no es necesario distribuir
los gastos en clasificaciones
funcionales. Un ejemplo de clasificacin que utiliza el mtodo de
la naturaleza de los gastos es el
siguiente:
Ingresos de actividades ordinarias X
Otros ingresos X
Variacin en los inventarios de productos terminados y en proceso
X
Consumos de materias primas y materiales secundarios X
Gastos por beneficios a los empleados X
Gastos por depreciacin y amortizacin X
Otros gastos X Total de gastos (X)
Ganancia antes de impuestos X
103 La segunda forma de desglose es el mtodo de la "funcin de
los gastos" o del "costo de las
ventas", y clasifica los gastos de acuerdo con su funcin como
parte del costo de las ventas o, por
ejemplo, de los costos de actividades de distribucin o
administracin. Como mnimo una entidad
revelar, segn este mtodo, su costo de ventas de forma separada
de otros gastos. Este mtodo
puede proporcionar a los usuarios una informacin ms relevante
que la clasificacin de gastos
-
por naturaleza, pero la distribucin de los costos por funcin
puede requerir asignaciones
arbitrarias, e implicar la realizacin de juicios de importancia.
Un ejemplo de clasificacin
utilizando el mtodo de gastos por funcin es el siguiente:
Ingresos de actividades ordinarias X
Costo de ventas (X)
Ganancia bruta X
Otros ingresos X
Costos de distribucin (X)
Gastos de administracin (X)
Otros gastos (X)
Ganancia antes de impuestos X
104 Una entidad que clasifique los gastos por funcin revelar
informacin adicional sobre la
naturaleza de ellos, donde incluir los gastos por depreciacin y
amortizacin y el gasto por
beneficios a los empleados.
105 La eleccin entre el mtodo de la naturaleza de los gastos o
de la funcin de los gastos
depender de factores histricos, as como del sector industrial y
de la naturaleza de la entidad.
Ambos mtodos suministran una indicacin de los costos que puedan
variar directa o
indirectamente, con el nivel de ventas o de produccin de la
entidad. Puesto que cada mtodo de
presentacin tiene ventajas para tipos distintos de entidades,
esta Norma requiere que la gerencia
seleccione la presentacin que sea fiable y ms relevante. Sin
embargo, puesto que la informacin
sobre la naturaleza de los gastos es til para predecir los
flujos de efectivo futuros, se requieren
informacin a revelar adicional cuando se utiliza la clasificacin
de la funcin de los gastos. En el
prrafo 104, la expresin "beneficios a los empleados" tiene el
mismo significado que en la NIC 19.
Estado de Cambios en el Patrimonio
-
106 Una entidad presentar un estado de cambios en el patrimonio
que muestre:
(a) el resultado integral total del periodo, mostrando de forma
separada los importes totales
atribuibles a los propietarios de la controladora y los
atribuibles a las participaciones no
controladoras;
(b) para cada componente de patrimonio, los efectos de la
aplicacin retroactiva o la reexpresin
retroactiva reconocidos segn la NIC 8; y
(c) [eliminado]
(d) para cada componente del patrimonio, una conciliacin entre
los importes en libros, al inicio y
al final del periodo, revelando por separado los cambios
resultantes de:
(i) resultados;
(ii) cada partida de otro resultado integral; y
(iii) transacciones con los propietarios en su calidad de tales,
mostrando por separado las
contribuciones realizadas por los propietarios y las
distribuciones a stos y los cambios en las
participaciones de propiedad en subsidiarias que no den lugar a
una prdida de control.
107 Una entidad presentar, ya sea en el estado de cambios en el
patrimonio o en las notas, el
importe de los dividendos reconocidos como distribuciones a los
propietarios durante el periodo, y
el importe por accin correspondiente.
108 En el prrafo 106, los componentes de patrimonio incluyen,
por ejemplo, cada una de las
clases de capitales aportados, el saldo acumulado de cada una de
las clases que componen el otro
resultado integral y las ganancias acumuladas.
-
109 Los cambios en el patrimonio de una entidad, entre el
comienzo y el final del periodo sobre el
que se informa, reflejarn el incremento o la disminucin en sus
activos netos en dicho periodo.
Excepto por lo que se refiere a los cambios que procedan de
transacciones con los propietarios en
su condicin de tales (como por ejemplo aportaciones de
patrimonio, las recompras por la entidad
de sus propios instrumentos de patrimonio y los dividendos) y
los costos directamente
relacionados con estas transacciones, la variacin integral del
patrimonio durante el periodo
representa el importe total de ingresos y gastos, incluyendo
ganancias o prdidas, generadas por
las actividades de la entidad durante el periodo.
110 La NIC 8 requiere ajustes retroactivos al efectuar cambios
en las polticas contables, en la
medida en que sean practicables, excepto cuando las
disposiciones transitorias de alguna NIIF
requieran otra cosa. La NIC 8 tambin requiere que la reexpresin
para corregir errores se efecte
retroactivamente, en la medida en que sea practicable. Los
ajustes y las reexpresiones retroactivas
no son cambios en el patrimonio sino ajustes al saldo inicial de
las ganancias acumuladas, excepto
cuando alguna NIIF requiera el ajuste retroactivo de otro
componente de patrimonio. El prrafo
106(b) requiere la revelacin de informacin en el estado de
cambios en el patrimonio, sobre los
ajustes totales en cada uno de sus componentes derivados de los
cambios en las polticas
contables y, por separado, de la correccin de errores. Se
revelar informacin sobre estos ajustes
para cada periodo anterior y para el principio del periodo.
Estado de Flujos de Efectivo
111 La informacin sobre los flujos de efectivo proporciona a los
usuarios de los estados
financieros una base para evaluar la capacidad de la entidad
para generar efectivo y equivalentes
al efectivo y las necesidades de la entidad para utilizar esos
flujos de efectivo. La NIC 7 establece
los requerimientos para la presentacin y revelacin de informacin
sobre flujos de efectivo.
Notas
Estructura
112 Las notas:
-
(a) presentarn informacin acerca de las bases para la preparacin
de los estados financieros, y
sobre las polticas contables especficas utilizadas de acuerdo
con los prrafos 117 a 124;
(b) revelarn la informacin requerida por las NIIF que no haya
sido incluida en otro lugar de los
estados financieros; y
(c) proporcionarn informacin que no se presenta en ninguno de
los estados financieros, pero
que es relevante para entender a cualquiera de ellos.
113 Una entidad presentar las notas, en la medida en que sea
practicable, de una forma
sistemtica. Una entidad referenciar cada partida incluida en los
estados de situacin financiera y
del resultado integral, en el estado de resultados separado
(cuando se lo presenta) y en los
estados de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo, con
cualquier informacin relacionada
en las notas.
114 Una entidad normalmente presentar las notas en el siguiente
orden, para ayudar a los
usuarios a comprender los estados financieros y compararlos con
los presentados por otras
entidades:
(a) una declaracin de cumplimiento con las NIIF (vase el prrafo
16);
(b) un resumen de las polticas contables significativas
aplicadas (vase el prrafo 117);
(c) informacin de respaldo para las partidas presentadas en los
estados de situacin financiera y
del resultado integral, en el estado de resultados separado
(cuando se lo presenta), y en los
estados de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo, en
el orden en que se presenta cada
estado y cada partida; y
(d) Otra informacin a revelar, incluyendo:
-
(i) pasivos contingentes (vase la NIC 37) y compromisos
contractuales no reconocidos; y
(ii) revelaciones de informacin no financiera, p