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TABLA DE CONTENIDO Pg.
1. Objetivo de la radioproteccin 3 2. Trabajadores
profesionalmente expuestos 3 3. Radioproteccin en radiodiagnstico 4
4. Normas destinadas a la proteccin de los pacientes 4 4.1 Normas
generales 4 5. Normas de radioproteccin en equipos con fluoroscopia
5 6. Normas de radioproteccin en radiologa peditrica 5 7. Normas
destinadas a la proteccin del personal profesionalmente expuesto 6
8. Exposicin a radiaciones en mujeres embarazadas 7 9. Situacin
laboral de la embarazada 8 10. Limitacin de dosis 9 10.1 Limite de
dosis para trabajadores expuestos 9 10.2 Limite de dosis para
estudiantes 10 10.3 Limite de dosis para miembros del pblico 10
10.4 Proteccin especial durante el embarazo 10 10.5 Limite de dosis
en exposicin mdica 10 11. Uso de equipo porttil de RX 10 12. Normas
de bioseguridad para el rea de imagenologa 11
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1. OBJETIVO DE LA RADIOPROTECCIN El objetivo de la
radioproteccin, es proteger de los efectos nocivos de las
radiaciones, al ser humano, sin interferir con la prueba
radiolgica. Prevenir la accin de efectos biolgicos deterministas en
el cuerpo, es decir aquellos que aparecen a partir de una dosis
umbral de radiacin, y limitar la posibilidad de aparicin de efectos
secundarios. Lo primero se puede conseguir estableciendo limites de
dosis lo suficientemente bajos para que no llegue a alcanzarse la
dosis umbral no solo durante el periodo laboral, sino tambin
durante todo el periodo de vida de la persona; y lo segundo,
manteniendo las exposiciones a un nivel muy bajo como sea
razonablemente posible, en cualquier caso por debajo de los lmites
establecidos.
2. TRABAJADORES PROFESIONALMENTE EXPUESTOS Son aquellas personas
que, por las circunstancias en las que desarrollan su trabajo, bien
sea de modo habitual o bien de modo ocasional, estn sometidas a un
riesgo de exposicin a las radiaciones ionizantes y son susceptibles
de recibir unas dosis anuales superiores a 1/10 de los lmites
anuales que determina la ley. Este concepto incluye a aquellos
estudiantes y aprendices de mas de dieciocho aos que, durante su
periodo de formacin, y de forma habitual, se encuentran expuestos a
las radiaciones ionizantes. Los trabajadores profesionales se
clasifican en: 2.1 Categora A: pertenecen a esta categora aquellas
personas que, por las condiciones en las que se realiza su trabajo,
pueden recibir una dosis efectiva superior a 6 mSy al ao. Estos
trabajadores estn obligados a usar dosmetro. 2.2 Categora B:
pertenecen a esta categora aquellos trabajadores expuestos que no
sean clasificados como trabajadores expuestos. Todos le
trabajadores expuestos deben superar el reconocimiento medico de
ingreso as como los controles mdicos peridicos. Antes de iniciar su
actividad, los trabajadores profesionalmente expuestos y los
estudiantes debern recibir una formacin adecuada en materia de
radioproteccin. Ninguna persona menor de dieciocho aos ser asignada
a un puesto de trabajo que implique su calificacin como trabajador
profesionalmente expuesto.
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3. RADIOPROTECCION EN RADIODIAGNOSTICO El radiodiagnstico es la
primera causa de irradiacin artificial de la poblacin por lo que,
radilogos, y tcnicos tienen responsabilidades para cumplir, y en
alto grado, en materia de radioproteccin, hacer un uso racional de
la radiologa y aplicar con rigurosidad los criterios de
justificacin de las exploraciones y optimizacin de las exposiciones
a los pacientes, con el fin de reducir la dosis sin perdida de
informacin diagnostica.
4. NORMAS DESTINADAS A LA PROTECCION DE LOS PACIENTES 4.1 NORMAS
GENERALES 4.1.1 Evitar las exploraciones radiolgicas innecesarias.
Lo idneo es que exista una estrecha relacin entre l medico
prescrito y el radilogo o al menos, una suficiente informacin
clnica para que el radilogo pueda decidir la exploracin o la tcnica
mas apropiada. Debemos tener presente que cuando se nos solicita
una exploracin, en realidad se nos esta pidiendo un diagnostico.
Como radilogos, somos nosotros quienes estamos capacitados para
decidir el manejo radiolgico de un paciente en busca de un
diagnostico. 4.1.2 Siempre es til disponer de los estudios previos
que a veces dan la clave de un diagnostico sin necesidad de
realizar otro estudio o nos permiten sustituir la prueba solicitada
por otra alternativa que no irradie al paciente. 4.1.3 Evitar los
movimientos del paciente. Una de las causas primeras de repeticin
de estudios. En caso de nios y de pacientes no colaboradores. 4.1.4
Comprobar que la posicin, el centraje y la tcnica utilizada son las
adecuadas. Un aspecto interesante en el control de calidad de la
tcnica es el recuento de las radiografas repetidas y su causa, con
el fin de identificar errores coercibles y minimizar l numero de
repeticiones, adems si reducimos el producto ms (miliamperios por
segundo) conseguimos un doble objetivo: Disminuir el tiempo de
disparo y la dosis. 4.1.5 Utilizar los colimadores es importante
porque reduce el campo de radiacin a la zona que pretendemos
estudiar y es una forma fcil de limitar la dosis de radiacin. 4.1.6
Reducir la exposicin (numero de proyecciones, tiempo, y tasa de
dosis en fluoroscopia, tcnica) al mnimo compatible con la obtencin
de informacin diagnostica. 4.1.7 Cuando se realicen exmenes que
conlleven una larga serie de radiografas es conveniente exponer
una, comprobar que se ha realizado en las condiciones adecuadas y,
posteriormente, realizar el resto de la serie.
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4.1.8 Se debe preguntar a cada mujer en edad frtil si est o
puede estar embarazada. Un letrero en cada sala de rayos x advertir
a la mujer embarazada que lo notifique al personal que le
atiende.
4.1.9 Ningn paciente o familiar debe esperar en la sala de rayos
x mientras s esta explorando otro paciente. Durante la exploracin,
las puertas de la sala deben permanecer cerradas.
4.1.10 En radiologa dental, el paciente debe colocarse un
delantal protector.
4.1.11 El cuidado de los chasis, hojas de refuerzo y de los
aparatos de revelado no solo tiene como resultado una mejor calidad
de la imagen, si no que tambin puede conseguirse una reduccin de
estudios repetidos y una disminucin de la dosis de radiacin.
5. NORMAS DE RADIOPROTECCIN EN EQUIPOS CON FLUROSCOPIA
(TELEMANDO Y ARCOS PORTATILES)
5.1 La distancia del paciente al intensificador de imagen debe
ser lo ms pequea posible. Los equipos modernos suelen tener una
compensacin automtica de exposicin, de manera que cuando mayor es
la distancia, mayor es la dosis que recibe el paciente. 5.2 La
distancia foco piel debe ser como mnimo de 30 cm, y mejor aun de 45
cm. 5.3 Disminuir el tiempo de fluoroscopia al mnimo posible. Para
ello es til evitar la fluoroscopia para centrar la imagen en
radiografa y utilizarla en forma interrumpida, es decir, levantando
peridicamente el pie del pedal, lo que permite reducir la dosis de
radiacin sin menoscabar informacin diagnostica. Es importante
atender tanto al reloj que mide el tiempo de fluoroscopia como el
avisador acstico que emite una seal cuando se supera el tiempo
determinado. Los nuevos equipos de radioscopia debern tener un
dispositivo que informe al personal habilitado sobre la cantidad de
radiacin producida por equipo durante el proceso diagnostico. 5.4
Utilizar los colimadores. Este aspecto es especialmente importante
en radiologa intervencionista, donde es posible irradiar una
determinada zona durante mucho tiempo. 5.5 Disminuir el nmero de
radiografas al mnimo indispensable. 5.6 El monitor debe colocarse
el lado contrario para disminuir la dosis al cristalino en el
operador.
6. NORMAS DE RADIOPROTECCION EN RADIOLOGIA PEDIATRICA Hay que
tener en cuenta la mayor sensibilidad de los nios al efecto
carcinogentico de las radiaciones y la mayor potencialidad, dada su
esperanza de vida en relacin con la del adulto, de manifestar los
efectos tardos de la radiacin.
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6.1 La justificacin de las exploraciones se hace especialmente
necesaria en radiologa peditrica. Adems adecuar los estudios a la
patologa prevalente en la edad pediatra. 6.2 Sustituir cuando sea
posible, estudios radilogos por otros mtodos de imagen que no
impliquen radiacin. 6.3 Inmovilizar adecuadamente al paciente. De
igual forma el centraje, la coligacin y la adecuacin de la tcnica
deben esmerarse en los estudios a nios. 6.4 No realizar
proyecciones comparativas en forma rutinaria. 6.5 Realizar una sola
proyeccin de trax AP o PA en nios. 6.6 La realizacin de proyeccin
de crneo PA, en vez de AP, consigue una reduccin de la irradiacin
al cristalino. 6.7 Utilizar protectores gonadales. De al menos 0.5
Mm. de plomo. En los varones debe utilizarse en la mayora de los
estudios del arrea pelviana. Puede consiguieres una disminucin de
un 90% de la dosis. En las nias, la proteccin es menos efectiva que
la de los testculos y, adems, puede interferir con la imagen
radiolgica. El radilogo debe orientar al tcnico en el uso de estos
blindajes. 6.8 En exploraciones a nios muy pequeos no se necesita
utilizar el bucky que la radiacin dispersa es escasa. Ello ayuda a
reducir la dosis recibida por el paciente. 6.9 Los cuadros de
tcnicas estndar deben adecuarse al peso del nio y no a su edad.
Esmerar el cuidado en las tcnicas. 6.10 Limitar el uso de estudios
porttiles. Los equipos porttiles no tienen igual rendimiento que
los fijos y suponen una exposicin potencial para los tcnicos y los
pacientes de la misma sala.
7. NORMAS DESTINADAS A LA PROTECCION DEL PERSONAL
PROFESIONALMENTE EXPUESTO.
7.1 Empleo del delantal plomado y el protector tiroideo en
radiologa intervencionista y en aquellas exploraciones que
requieran la permanencia del radilogo en la sala de rayos x. En
radiologa se evitara introducir las manos en el campo de radiacin.
7.2 El personal tcnico debe igualmente utilizar el delantal, el
protector tiroides y los guantes plomados cuando sea necesaria su
permanencia en la sala de rayos x y en la realizacin de estudios
porttiles. En este ultimo caso el tcnico se mantendr lo mas alejado
del equipo.
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7.3 Se potenciar el uso de protectores en otros grupos de
personal expuesto no pertenecientes al rea de radiodiagnstico. 7.4
En la realizacin de radiografas con equipo porttiles, se impedir la
permanencia en la sala a personal no protegido. 7.5 Durante la
realizacin de mamografas el tcnico se proteger tras la pantalla
plomada. 7.6 Mantener la puerta cerrada de la sala en momento del
disparo. Las salas deben tener una seal luminosa cuando se emita
radiacin. 7.7 Nunca debe orientarse el tubo de rayos x directamente
hacia la ventana. 7.8 Es conveniente dar a conocer estas normas de
radioproteccin a todo el personal profesionalmente expuesto,
especialmente a los operadores de los equipos. 7.9 Se debern
limitar los estudios porttiles al quirfano a los casos
estrictamente necesarios. Nunca el operador ser una trabajadora
embarazada.
8. EXPOSICION A RADIACIONES EN MUJERES EMBARAZADAS
Uno de los problemas con que puede enfrentarse el radilogo en su
trabajo, por fortuna no demasiado frecuentemente, es el de la
exposicin a radiaciones en mujeres embarazadas. El excesivo temor
de la poblacin escasamente informada, la angustia materna, la
presin familiar y, por que no decirlo, la insuficiente preparacin
del radilogo en este terreno, impiden estimar la magnitud del
problema en su justa medida. El radilogo debe estar preparado para
informar a la paciente del riesgo real de la radiacin (escaso para
dosis bajas) y de que el embarazo se acarrea un riesgo de
malformaciones congnitas. Por ello, es pertinente elaborar un
protocolo, una pauta de conducta que gue la actitud de todo el
personal del servicio cuando se enfrente a esta situacin. La toma
de decisiones incluye los siguientes casos: 8.1 En todas las salas
de rayos X habr carteles que avisen a las mujeres que si estn o
pueden estar embarazadas, lo notifiquen al personal del servicio.
8.2 EL personal tcnico facultativo, cuando vaya a realizar un
estudio a una mujer en edad frtil, debe preguntar si esta o puede
estar embarazada. 8.3 En los casos en los que la mujer pueda estar
embarazada pero no lo sepa conseguida, se planeara diferir el
estudio (si es demostrable) hasta que exista la certeza de que no
lo esta o, si el estudioso puede diferirse, se pondr a su
disposicin la posibilidad de realizar unos Test de gestacin.
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8.4 Si el test de gestacin es positivo, hay que valorar
conjuntamente con l medico peticionario la necesidad de hacer el
estudio, la urgencia o la posibilidad de demora del mismo, le
realicen riesgo/beneficio y, finalmente, las posibles exploraciones
alternativas. 8.5 Si el estudio es necesario, no se puede demorar,
consideramos que el beneficio supera al riesgo y no hay
exploraciones alternativas para confiar o descartar la enfermedad
que se sospecha, la exploracin radiolgica se realizara previo
consentimiento por parte de la paciente (o representantes legales
en caso de no-capacitacin de la paciente para dar su
consentimiento), que cumplimentara y firmara el impreso de
consentimiento informado que debe existir a tal efecto. 8.6 Si la
radiografa no es de pelvis o abdomen, este deber protegerse con un
delantal plomado. 8.7 Si la radiografa es de pelvis o abdomen,
deber hacerse un clculo de la dosis aproximada recibida por el
feto. Recurdese que en una radiografa simple de abdomen la dosis es
de 0.05 cGy y que la dosis umbral a partir de la cual se han
descrito efectos nocivos en embriones o fetos irradiados es de 10
cGy. 8.8 En el informe radiolgico har constar la necesidad de hacer
el estudio, el uso (si procede) de elementos de Radioproteccin, la
semana de gestacin, l numera de placas que se han realizado y l
calculo de la dosis. Se adjuntara una copia del consentimiento
informado. 8.9 Otra copia del consentimiento informado se le
entregara a la paciente y el original se archivara en el servicio.
8.10 En caso de irradiacin alta del feto, se deber solicitar un
estudio detallado de estimacin de riesgo al Servicio de Medicina
Fsica y Proteccin radiolgica.
9. SITUACIN LABORAL DE LA EMBARZADA Tan pronto como una mujer
embarazada comunique su estado a la empresa, la proteccin del feto
beber ser comparable a la de los miembros del pblico. Por ello las
condiciones de trabajo de la mujer embaraza sern tales que la dosis
equivalente del feto sea tan baja como sea razonablemente posible,
y que sea improbable que dicha dosis exceda de 1 mSv al menos
durante el resto del embarazo. Este limite de diez veces menores
que el actual establecido por Reglamento sobre Proteccin Sanitaria
contra Radiaciones Ionizantes. Pero la situacin laboral va ms all
del lmite de dosis, sea este cual sea, y contina creando problemas
de diversa ndole en muchos servicios de radiodiagnstico. 9.1 En
ningn caso puede producirse el despido o cese de una trabajadora
expuesta por causa del embarazo.
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9.2 En ningn caso debe aceptarse el traslado forzoso de una
embarazada, desde su puesto de trabajo en radiodiagnstico a otro
servicio de la Clnica o a una institucin sanitaria distinta,
amparndose en supuestas causas devenidas de enfermedad o limitacin
fsica, ya que el embarazo en su proceso normal- no esta relacionado
con ninguna de esas causas. 9.3 El hecho de estar embarazada no es
incompatible con el trabajo profesional en un servicio de
radiodiagnstico ni incapacita para desarrollar actividades
correspondientes a la categora profesional que no impliquen
exposicin a las radiaciones ionizantes o que superen los limites
establecidos. Por tanto se debern asignar a las embarazadas tareas
con tales caractersticas. En el terreno de la prctica, esto supone
impedir que la embarazada tenga que estar en la sala de exploracin
cuando estn emitiendo radiaciones. 9.4 El embarazo no es motivo de
baja. Solo cuando durante el periodo de gestacin surja alguna
eventualidad que, a juicio del gineclogo, pueda influir
negativamente en la salud del la embarazada o del feto, este
especialista podr certificar tal circunstancia e indicara la baja
al medico de cabecera. 9.5 Las trabajadoras embarazadas tendrn
derecho a ausentase del trabajo para la realizacin de exmenes
prenatales y tcnicas de preparacin al parto. Ello se har previo
aviso al empresario y justificacin de la necesidad de su realizacin
dentro de la jornada de trabajo. 9.6 En cuanto a las guardias
medicas, la legislacin no libera a la embarazada de esta obligacin,
siembre que el embarazo siga su curso normal.
10. LIMITACIN DE DOSIS En cualquier caso, las dosis recibidas no
podrn sobrepasar los lmites establecidos por la legislacin, an en
individuos mas expuestos. El lmite de dosis no es una frontera
entre lo seguro y lo peligroso, y tampoco es una medida del rigor y
fiabilidad de la proteccin Radiolgica ya que, el no superarlo no
siempre indica que se cumplan adecuadamente todas las medidas
protectoras. 10.1 Limite de dosis para trabajadores expuestos
10.1.1 l limite de dosis efectiva para trabajadores expuestos ser
de 100 mSv durante un periodo de cinco aos consecutivos, sujeto a
una dosis efectiva mxima de 50 mSv en cualquier ao. 10.1.2 Sin
perjuicio de lo dispuesto en el apartado 10.1.1: l limite de dosis
equivalente para el cristalino ser de 150 mSv por ao; l limite l
limite de dosis equivalente para el cristalino ser de 150 mSv por
ao; l limite de dosis equivalente para las manos, antebrazos, pies
y tobillos ser de 500 mSv
por ao;
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10.2 Lmite de dosis para estudiantes 10.2.1 El lmite de dosis
para estudiante mayores de 18 aos que, durante sus estudios, estn
obligados a utilizar fuentes, ser el mismo que el de los
trabajadores expuestos. 10.2.2 Los lmites de dosis efectiva para
los estudiantes que no estn sometidos a las disposiciones previstas
en el apartado anterior, sern los mismos que los establecidos para
los miembros del pblico. 10.3 Lmite de dosis para miembros del
pblico 10.3.1 l limite de dosis efectiva ser de 1 mSv por ao. No
obstante, en circunstancias especiales podr permitirse un valor de
dosis efectiva mas elevado en un nico ao, siempre que el promedio
durante cinco aos consecutivos no sobrepase 1mSv por ao. 10.3.2 Sin
perjuicio de lo expuesto en el prrafo anterior: El lmite de dosis
para el cristalino ser de 15 mSv por ao; El lmite de dosis para los
pies ser de 50 mSv por ao, calculando el promedio en
cualquier superficie cutnea de 1 cm cuadrado, independientemente
de la superficie expuesta.
10.4 Proteccin especial durante el embarazo Tan pronto como una
mujer embarazada comunique su estado a la empresa, de conformidad
con la legislacin laboral nacional, la proteccin del feto deber ser
comparable a los miembros del pblico. Por ello, las condiciones de
trabajo de la mujer embarazada sern tales que la dosis equivalente
del feto sea tan baja como sea razonablemente posible, y que sea
improbable que dicha dosis exacta exceda de 1mSv al menos durante
el resto del embarazo. 10.5 Limite de dosis en exposicin mdica En
la exposicin de una persona como consecuencia de su propio
diagnostico o tratamiento mdico prima beneficio esperable frente al
riesgo posible. Si la exposicin esta justificada y la proteccin
optimizada, la dosis que reciba el paciente sern tan bajas como sea
razonablemente posible para conquistar el propsito diagnstico o
teraputico, por lo que el limitar dicha dosis puede ser incluso
perjudicial para el paciente. Por tanto, el principio de restriccin
de dosis no se aplica a las exposiciones mdicas.
11. USO DE EQUIPO PORTATIL DE RX 11.1 El tcnico operario del
equipo situarse tan lejos como le sea posible de la direccin del
haz radiactivo primario, utilizando el mximo el cable de la
extensin para obturar el equipo y,
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a su vez protegerse detrs de cualquiera posible barrera: pared,
biombo plomado (idealmente), muebles metlicos , etc. 11.2 Al equipo
se le debe colimar el haz primario lo mejor posible y proteger en
el paciente, mediante el uso del delantal plomado, aquellas zonas
no involucradas dentro del rea a radiografiar. 11.3 Si el paciente
esta dentro de una sala general, ejemplo: cuidados intensivos, se
le debe aislar, protegiendo a los que estn a su alrededor, mediante
el uso de biombos plomados y/o delantales plomados. 11.4 Con el
nimo de reducir el nmero de personas expuestas a las radiaciones
ionizantes y, para tomar medidas de radioproteccin complementarias
se propones un horario determinado para la toma de las diferentes
placas. 11.5 Como medio de control debe estar incluido el uso del
dosmetro de pelcula radiogrfica, por todo el personal
ocupacionalmente expuesto a las radicaciones ionizantes
12. NORMAS DE BIOSEGURIDAD PARA EL AREA DE IMAGENOLOGIA 12.1 La
aplicacin de las normas de bioseguridad establecidas, no es
opcional para los trabajadores de la salud. Es obligatoria, mas
considerando que afecta al empleado directamente involucrado, a sus
compaeros de trabajo, a los pacientes y en general a la comunidad.
1.2.2 El rea para la ejecucin de las actividades propias de este
servicio, debe contar con suficiente iluminacin y ventilacin,
espacio necesario para el transito de pacientes y los profesionales
encargados de la toma de placas. Igualmente superficies de trabajo
adecuadas para la labor a desarrollar, de fcil limpieza y
desinfeccin. 12.3 El servicio debe contar con al menos un lavamanos
en buen estado, incluyendo la disponibilidad de agua fra, jabn
liquido y toallas desechables. 12.4 El(la) Tcnico(a) encargado(a)
de este servicio y sus auxiliares si los hubiere, se lavaran las
manos antes y despus de la atencin de cada paciente, antes de
colocarse los guantes y despus de retirarlos, igualmente despus de
tocar con las manos desnudas objetos o espacios diferentes al
paciente, o cuando se haya estado en contacto con sangre o lquidos
corporales. 12.5 Prohibido, comer, beber, fumar o aplicarse
cosmticos en el rea de toma y lectura de placas. 12.6 Los
funcionarios de esta rea, deben usar el delantal plomado, para la
toma de placas, as el operador este detrs de la pantalla.
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12.7 Si el radilogo(a), el (la) tcnico(a) o alguno de sus
auxiliares, presenta abrasiones, quemaduras, laceraciones,
dermatitis en manos o brazos, deber mantenerse cubierta la parte
afectada, con material adecuado para evitar contacto con fluidos,
tejidos corporales o elementos del lugar o de los pacientes, hasta
que la herida haya curado completamente. 12.8 Todos los objetos
necesarios para la toma de placas, deben estar debidamente
rotulados, o al menos el espacio o los recipientes que los
contengan. 12.9 Puesto que el embarazo conlleva riesgos adicionales
por el contagio con infecciones, los trabajadores de la salud que
se encuentren en estado de embarazo, deben extremar las
precauciones de bioseguridad. 12.10 La limpieza y desinfeccin del
rea no debe ser de manera extraordinaria. La desinfeccin del piso,
paredes, superficies, objetos, maquinas, equipos, muebles,
cortinas, sabanas, fundas, y en general todo el instrumental
utilizado, requiere de una rutina programada de limpieza y remocin
de la suciedad. 12.11 Los elementos, que puedan tener contacto con
el paciente, se limpiaran entre pacientes utilizando agentes
desinfectantes. Al finalizar las actividades diarias, las
superficies sern limpiadas con paos desechables humedecidos con
agentes limpiadores y desinfectados (con el desinfectante adoptado
por la E.S.E) 12.12 Los elementos deben ser limpiados antes de la
desinfeccin, utilizando guantes de caucho. 12.13 EL uso de
elementos de Proteccin personal (guantes, bata de bioseguridad,
delantal), es adicional a la implementacin de mtodos de control de
factores de riesgo biolgico. Su uso debe ser rutinario y
permanente, hace parte de las buenas prcticas de trabajo. 12.14 Las
batas de bioseguridad y delantales, deben ser lavados en la
institucin hospitalaria. 12.15 Las ropas y elementos de Proteccin
personal (batas, delantales o vestidos) deben ser retirados antes
de abandonar el rea de trabajo, en especial si se va a ingresar a
zona de descanso, alimentacin o donde el riesgo pueda propagarse a
la poblacin no expuesta. 12.16 Los accidentes que resulten en
exposicin del trabajador a materiales infecciosos (salpicadura de
mucosas o piel no integra), cadas, golpes contra, luxaciones,
desgarres deben ser reportados inmediatamente, pues constituyen
accidente de trabajo. 12.17 Cuando se requiera trasladar un
paciente de los servicios de urgencias, u hospitalizacin para toma
de placas, se deben usar todos los elementos de Proteccin personal
(bata de bioseguridad, guantes, tapabocas, gorro) estos elementos
usados all, se
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deben cambiar, al momento de ingresar nuevamente al servicio de
imagenologa, evitando generar contaminacin cruzada. 12.18 Restrinja
el ingreso al rea, de las personas acompaantes del paciente,
evitando aglomeraciones innecesarias, que puedan causar accidentes
o exposicin a rayos X. 12.19 Mantener el lugar en ptimas
condiciones de aseo e higiene. 12.20 Emplee guantes, tapabocas o
Proteccin ocular, siempre que tenga algn paciente que este
presentando patologas respiratorias de tipo viral, o de cualquier
clase, que pueda ocasionar contagio. 12.21 Mantenga sus elementos
de proteccin personal en buenas condiciones de aseo, en lugar
seguro y fcil acceso. 12.22 Evite la atencin directa de pacientes
si usted presenta lesiones exudativas o dermatitis serosas, hasta
tanto stas, hayan desaparecido. 12.23 Por ultimo recuerde, la
Radioproteccin no es el nico cuidado que usted debe observar, tenga
presente que se encuentra laborando en un centro hospitalario,
donde el riesgo predominante es el biolgico, siguiendo las
indicaciones sealadas, contribuye a reducirlo.