República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior I.U.T. “Antonio José de Sucre” 5º semestre: Relaciones Industriales Puerto Ordaz, EDO. Bolívar SISTEMA DE ELABORACIÓN DE NOMINA Bachiller: Nervis Bravo V-25.512.116 Ciudad Guayana, Junio 2014
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República Bolivariana de VenezuelaMinisterio del Poder Popular para la Educación Superior
I.U.T. “Antonio José de Sucre”5º semestre: Relaciones Industriales
Puerto Ordaz, EDO. Bolívar
SISTEMA DE ELABORACIÓN DE NOMINA
Bachiller:Nervis BravoV-25.512.116
Ciudad Guayana, Junio 2014
CONTENIDO:• ¿QUÉ ES UNA NOMINA?• PARTES DE LA NOMINA SEGÚN EL PERSONAL• ASIGNACIONES Y DEDUCCIONES• ELABORACION DE LA NOMINA
La nomina Es el instrumento que permite de una manera ordenada, realizar el pago de sueldos o salarios a los trabajadores.
Es una la lista conformada por el conjunto de
trabajadores a los cuales se les va a remunerar por los
servicios que éstos le prestan al patrono.
La nómina se encuentra fundamentada en partes del contenido del contrato de trabajo.
Magnitud de la empresa.
Modelo de la nómina apropiada.
PARTES DE LA NOMINA SEGÚN EL
PERSONAL
Nómina Ejecutiva
Nómina de EmpleadosNómina de Obreros
La nomina puede ser dividida
Para directivos y alta gerencia.
Para el resto del personal empleado.
Para personal operativo
En personal de producción y personal de mantenimiento.
Capacidad y experiencia.
ASIGNACIONES Y DEDUCCIONES Asignación y deducciones
Sueldo o salario.Bono por asistencia.Horas extraordinarias.Suplencias.
Seguro social.Seguro de paro forzoso.Impuesto sobre la renta.Sindicato.
Vacaciones.Comisiones.Retroactivo.
Caja de ahorro.Seguro de hospitalización.Política habitacional.
ISLAHORROS
PH
En cuanto al fondo, no existe ninguna diferencia entre una técnica y otra.
DISEÑO DE NOMINA
varía de acuerdo con la magnitud Y otras
características de la empresa
su elaboración se realiza de forma manual o computarizada
El proceso de elaboración de la
nómina comienza cada vez que se inicia un
período de pago. Estos períodos están
claramente definidos por la Ley Orgánica del
Trabajo en el Artículo 150
El trabajador y el patrono fijarán el lapso para el pago del salario que no podrá ser mayor de una quincena.
Podrá ser hasta de un mes cuando el trabajador reciba del patrono alimentación y vivienda.A los obreros, su salario se les paga
semanal, mientras que tratándose de empleados, el pago se realiza quincenalmente.