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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LUCANAS - PUQUIO
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONES (MOF)
PUQUIO 2009
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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LUCANAS - PUQUIO
ÍNDICE
Página
PRESENTACION TITULO PRIMERO GENERALIDADES TITULO SEGUNDO DISEÑO
DE LA ORGANIZACIÓN TITULO TERCERO DEL MANUAL CAPITULO I ÓRGANO DE
GOBIERNO
ALCALDIA
CAPÍTULO II ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
OFICINA DE AUDITORIA INTERNA ÓRGANOS DE APOYO AL GOBIERNO
LOCAL
PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICIPAL SECRETARIA GENERAL CAPÍTULO III
ÓRGANOS DE GESTION GERENCIA MUNICIPAL CAPÍTULO IV ÓRGANO DE
ASESORAMIENTO
OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO Sub Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto
Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Programación de
Inversiones Sub Gerencia de Racionalización Estadística e
Informática
ASESORIA LEGAL
CAPÍTULO V ÓRGANO DE APOYO
GERENCIA DE ADMINISTRACION Sub Gerencia del Contabilidad Sub
Gerencia de Tesorería Sub Gerencia de Personal Sub Gerencia de
Logística y Servicios Generales
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria y Recaudación Sub
Gerencia de Ejecutoria Coactiva
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CAPÍTULO VI ÓRGANOS DE LÍNEA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y
RURAL Sub Gerencia de Catastro, Habilitaciones Urbanas y
Transporte
Sub Gerencia de Obras Públicas y Privadas GERENCIA DE DESARROLLO
ECONÓMICO Y HUMANO Sub Gerencia de Desarrollo Económico
Sub Gerencia de Desarrollo Humano GERENCIA DE SERVICIOS
MUNICIPALES Sub Gerencia de Gestión Ambiental, Limpieza Pública,
Parques y Jardines Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Defensa
Civil
Sub Gerencia de Administración de Locales Municipales ÓRGANOS
DESCONCENTRADOS Sub Gerencia Programas Sociales Unidad de Gestión
de Agua y Saneamiento
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PRESENTACION Este documento, considerado como instrumento
técnico normativo de una gestión Institucional, que describe las
funciones especificas a nivel de cargo o puesto de trabajo, de la
Municipalidad Provincial de Lucanas - Puquio, desarrollándolas a
partir de la Estructura Orgánica y funciones generales establecidas
en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), así como en
base a los requerimientos de cargos considerados en el Cuadro para
Asignación de Personal (CAP); proporciona información a los
funcionarios y servidores públicos sobre sus funciones y ubicación
dentro de la estructura general de la organización, desarrollado en
concordancia a las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972 y la Resolución Jefatural Nº
095-94-INAP/DNR, que aprueba la Directiva Nº 001-95-INAP/DNR,
vigente, así como sobre las interrelaciones formales que
corresponda; ayuda a institucionalizar la simplificación
administrativa, proporcionando información sobre las Funciones que
le corresponde desempeñar al personal al ocupar los cargos que
constituyen los puntos de trámite en el flujo de procedimientos y
facilita el proceso de Inducción de personal nuevo y el de
adiestramiento y orientación del personal en servicio,
permitiéndoles conocer con claridad sus funciones y
responsabilidades del cargo a que han sido asignados, así como
aplicar programas de capacitación.
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PROYECTO
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – MOF DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL LUCANAS - PUQUIO
TITULO PRELIMINAR
El Manual de Organización y Funciones (MOF) es un instrumento
normativo de gestión institucional en el cual se precisan los
objetivos, finalidad, alcance niveles de aprobación, Base Legal y
sus relaciones en concordancia a la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades y demás normas al respecto. Asimismo, establece
como propósito fundamental la de tipificar y describir con claridad
las funciones principales de cada uno de los órganos que la
integran, delimitando la amplitud, naturaleza y campo de acción de
la misma; asimismo determinar los cargos dentro de la estructura
orgánica y las funciones que le competen y los requisitos mínimos
que deben reunir las personas para ser asignadas en cada una de
ellos.
El presente Manual comprende todos los cargos que componen la
estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Lucanas -
Puquio, tanto de Gobierno, de Dirección, de Control, de
Asesoramiento, de Apoyo, de Línea y Desconcentrados.
TITULO PRIMERO GENERALIDADES
1.1 FINALIDAD DEL MANUAL
El Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Municipalidad
Provincial de Lucanas - Puquio, es un documento Técnico Normativo
de gestión que tiene por finalidad:
a) Determinar y describir las funciones principales que le
competen
desarrollar a cada una de las unidades orgánicas como parte
integrante de la Municipalidad; delimitando la amplitud, naturaleza
y campo de acción de cada una de ellas, así como de cada uno de los
trabajadores hasta el nivel de cargo.
b) Determinar la ubicación de los cargos dentro de la
Estructura
Orgánica Administrativa y las funciones que le compete
desempeñar.
c) Precisar los niveles de autoridad, grados de responsabilidad
y líneas de coordinación.
d) Difundir el presente documento operativo coadyuvando a
mejorar la
administración en la entidad, para ser más eficiente y eficaz a
fin de lograr los fines institucionales.
c) Establecer los límites de autoridad y responsabilidad de cada
cargo.
d) Especificar las interrelaciones formales y funcionales que
existen
dentro de cada Cargo.
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e) Permitir el control y evaluación de las actividades asignadas
a los cargos
f) Eliminar la duplicidad de esfuerzos.
g) Servir como instrumento básico para la realización y
simplificación de
los procedimientos sustantivos, en concordancia con el TUPA, Ley
de Simplificación Administrativa y Normas Legales.
h) Establecer canales de comunicación adecuados entre los
diversos
niveles a fin de que todos cumplan los objetivos comunes de la
Alta Dirección.
1.2 BASE LEGAL
La elaboración del presente Reglamento se sustenta en:
♦ Ley N° 27680; aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo
XIV – De la Descentralización; Título IV – De la Estructura del
Estado, de la Constitución Política del Perú, sobre
Descentralización, determina que los Gobiernos Locales tienen
Autonomía Política, Económica y Administrativa, en los asuntos de
su competencia.
♦ Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; establece y
norma la estructura, organización, y funciones de los Gobiernos
Locales, así como define la organización democrática,
descentralizado y desconcentrado del Gobierno Local, conforme a la
Constitución Política del Perú.
♦ Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización
♦ ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público.
♦ Resolución Jefatural Nº 095-94-INAP/DNR que aprueba la
Directiva Nº
001-95- INAP/DNR, Normas para la formulación del Manual de
Organización y Funciones.
1.3 ALCANCE
El Manual de Organización y Funciones tiene relevancia como
documento de gestión para autoridades / funcionarios y como
documento de trabajo para los servidores de las Unidades Orgánicas
siendo de cumplimiento obligatorio para todos los que conforman la
Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Lucanas -
Puquio
1.4 APROBACION
El Manual de Organización y Funciones (MOF), es el consolidado
de los Manuales de las diferentes Unidades Orgánicas de la
Municipalidad, el que ha sido revisado y ha tenido la conformidad
de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto estando expedito para
ser aprobado por el Titular del Pliego mediante Resolución
Municipal, siendo la Oficina de Planeamiento y presupuesto la
encargada de efectuar las modificación y/o
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actualizaciones del Manual, en coordinación con las Unidades
Orgánicas cuando por dispositivos legales o normas administrativas
incidan en la Estructura Orgánica.
TÍTULO SEGUNDO DISEÑO DE LA ORGANIZACIÓN
2.1 FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD
La Municipalidad Provincial de Lucanas - Puquio, tiene como
funciones generales, planificar y ejecutar a través de los órganos
competentes, programas, proyectos, actividades y un conjunto de
acciones que contribuyan a proporcionar al vecino el ambiente
adecuado para la satisfacción de sus necesidades vitales en
aspectos de vivienda, salubridad, abastecimiento, educación,
recreación y seguridad.
La Municipalidad Provincial de lucanas - Puquio, representa al
vecindario, promueve la inversión pública y privada, el empleo, la
adecuada prestación de los servicios públicos locales y el
desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción,
garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de
oportunidades de sus habitantes.
Como funciones básicas tenemos:
a) FUNCION DE GOBIERNO.- La ejercita el Concejo Municipal, quien
asume
la responsabilidad de precisar los grandes objetivos
institucionales, determinar las políticas y metas para el corto,
mediano y largo plazo; con fundamento en informes periódicos, la
fiscalización y la observancia de la gestión. También ejerce
función de gobierno la Alcaldía.
b) FUNCION EJECUTIVA .- La realiza la Alcaldía, los Órganos de
Dirección, de
Apoyo, de Línea y Desconcentrados. Son los que garantizan la
ejecución de los objetivos y metas que instituye el Órgano de
Gobierno y suministran periódicamente información de los resultados
de su auto evaluación por medio de los elementos que se
instauren.
c) FUNCION TÉCNICA.- La practican los órganos de asesoramiento,
adquiere
la responsabilidad de prestar asesoría a los órganos de gobierno
para la definición de propuestas de lineamientos de trabajo, los
objetivos, metas a realizar éstos a través de planes; revisar el
seguimiento de las acciones, producir las estadísticas e informar a
los órganos de gobierno y a los de dirección sobre los logros de la
gestión.
2.2 ESTRUCTURA ORGANICA
La Municipalidad Provincial de Lucanas - Puquio para el
cumplimiento de sus funciones, tiene la Estructura Orgánica
siguiente:
a) Órganos de Gobierno b) Órganos Consultivos, Coordinación,
Concertación y Participación c) Órgano de Dirección d) Órganos de
Control y Defensa Judicial
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e) Órganos de Asesoramiento f) Órganos de Apoyo g) Órganos de
Línea h) Órganos Desconcentrados.
2.3 RELACION JERARQUICA.
a) De Dependencia: La Municipalidad Provincial de Lucanas –
Puquio es una persona jurídica de Derecho Público, con Autonomía
Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su
competencia, constituyendo, para su administración económica y
financiera un Pliego Presupuestal.
b) De Autoridad: La Municipalidad Provincial de Lucanas –
Puquio,
ejerce su autoridad a través de la Alcaldía, de acuerdo a las
competencias, atribuciones y funciones que le asigna la
Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades Ejerce autoridad jerárquica y administrativa sobre
todas las unidades orgánicas y dependencias que integran su
estructura orgánica.
c) De Coordinación: La Municipalidad Provincial de Lucanas –
Puquio, mantiene relaciones de coordinación con el Consejo
Nacional de Descentralización, con el Poder Ejecutivo, con el Poder
Judicial, con el Gobierno Regional de Ayacucho, con los Gobiernos
Locales del ámbito regional y del país, con Organismos
Descentralizados Autónomos, con Instituciones y Empresas Públicas,
con las Universidades, Institutos Superiores, Colegios
Profesionales y Centros de Investigación, entre otros, existentes
en el ámbito local, regional ó nacional.
TÍTULO TERCERO DEL MANUAL
CAPÍTULO I
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DEL ÓRGANO DE GOBIERNO
1. CONCEJO MUNICIPAL El Concejo Municipal es el máximo Órgano de
Gobierno de la Municipalidad Provincial de Lucanas - Puquio. Está
constituido por el Alcalde quien lo preside, ejerciendo funciones
Ejecutivas y 9 Regidores, establecidos por el Jurado Nacional de
Elecciones, conforme a la Ley de Elecciones Municipales. Ejerce
funciones políticas, normativas y fiscalizadoras que se confiere la
Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y las demás leyes
concordantes con ella.
2. ALCALDÍA
La Alcaldía es el Órgano Ejecutivo del Gobierno Local. El
Alcalde es el representante legal de la Municipalidad, Titular del
Pliego Presupuestal y su máxima autoridad administrativa. El
Alcalde es elegido por sufragio directo, por un periodo de 4 años,
ejerce las funciones ejecutivas del gobierno municipal y tiene las
atribuciones establecidas en la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de
Municipalidades y otras normas conexas y complementarias. La
Alcaldía tiene la responsabilidad de dirigir, evaluar y supervisar
el alcance de las metas establecidas de acuerdo a los lineamientos
de política del Concejo y en armonía con los dispositivos y
normatividad legales.
CUADRO PARA LA ASIGNACION DE PERSONAL La Alcaldía cuenta con los
siguientes cargos según el Cuadro para la Asignación de Personal de
la MPLP 01 ALCALDE PROVINCIAL (estructural) 02 SECRETARIA III
FUNCIONES BASICAS DE LOS CARGOS 01 DEL ALCALDE a) DENOMINACIÓN DEL
CARGO : Alcalde b) CLASIFICACIÓN : F3 c) CODIGO : FP d) DESARROLLA
LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS:
♦ Defender y cautelar los derechos e intereses de la
municipalidad y los
vecinos. ♦ Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones
del Concejo Municipal. ♦ Ejecutar los acuerdos del Concejo
Municipal, bajo responsabilidad. ♦ Proponer al Concejo Municipal,
proyectos de Ordenanzas y Acuerdos.
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♦ Promulgar las Ordenanzas y disponer su publicación. ♦ Dictar
Decreto y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y
ordenanzas. ♦ Dirigir la formulación y someter a aprobación del
Concejo el Plan Integral
de Desarrollo Sostenible Local y el Programa de Inversiones
Concertado con la Sociedad Civil.
♦ Dirigir la ejecución de los Planes de Desarrollo Municipal. ♦
Someter a aprobación del Concejo Municipal, bajo responsabilidad y
dentro
de los plazos y modalidades establecidos en la Ley Anual de
Presupuesto de la Republica, el Presupuesto Municipal
Participativo, debidamente equilibrado y financiado.
♦ Aprobar el Presupuesto Municipal, en caso de que el concejo
municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto en la presente
ley.
♦ Someter a aprobación del Concejo Municipal, dentro del primer
trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo
responsabilidad, el Balance General y la Memoria del Ejercicio
Económico fenecido.
♦ Proponer al Concejo Municipal la creación, modificación,
supresión o exoneración de Contribuciones, Tasas, Arbitrios,
Derechos y Licencias, y con acuerdo del Concejo Municipal,
solicitar al Poder Legislativo la creación de los impuestos que
considere necesarios.
♦ Someter al Concejo Municipal la aprobación del Sistema de
Gestión Ambiental Local y de sus instrumentos, dentro del marco del
sistema de gestión ambiental nacional y regional.
♦ Proponer al Concejo Municipal los proyectos de Reglamento
Interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos
y todos los sean necesarios para el gobierno y la administración
municipal.
♦ Informar al Concejo Municipal y autorizar los egresos de
conformidad con la ley y el presupuesto aprobado.
♦ Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con
las normas del Código Civil.
♦ Designar y cesar al Gerente Municipal y, a propuesta de este,
a los demás funcionarios de confianza.
♦ Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y
demás servidores de la municipalidad.
♦ Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el
auxilio del Serenazgo y la Policía Nacional.
♦ Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las
administrativas en el Gerente Municipal.
♦ Proponer al Concejo Municipal la realización de Auditorias,
Especiales y otros actos de Control.
♦ Implementar bajo responsabilidad, las recomendaciones
contenidas en los informes de Auditoria Interna.
♦ Celebrar los Actos, Contratos y Convenios necesarios para el
ejercicio de sus funciones.
♦ Proponer la creación de Empresas Municipales bajo cualquier
modalidad legalmente permitida, sugerir la participación
accionaría, y recomendar la concesión de obras de infraestructura y
servicios públicos municipales.
♦ Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y
los resultados económicos y financieros de las empresas municipales
y de las
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obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o
bajo delegación al sector privado.
♦ Presidir las Comisiones Provinciales de Formalización de la
Propiedad Informal designar a su representante, en aquellos lugares
en que se implementen.
♦ Otorgar los títulos de propiedad emitidos en el ámbito de su
jurisdicción y competencia.
♦ Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores
municipales de carrera.
♦ Proponer al Concejo Municipal las operaciones de crédito
interno y externo conforme a ley.
♦ Presidir el Comité de Defensa Civil de su jurisdicción. ♦
Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de
obras y
prestación de servicios comunes. ♦ Atender y resolver los
pedidos que formulen las organizaciones vecinales
o, de ser el caso, tramitarlos ante el Concejo Municipal. ♦
Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su
competencia
de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos de
la Municipalidad.
♦ Proponer al Concejo Municipal espacios de Concertación y
Participación Vecinal.
♦ Las demás que le correspondan de acuerdo a ley.
e) DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD:
♦ Depende del Concejo Municipal ♦ Ejerce autoridad sobre el
Gerente Municipal y el Personal de las demás
Unidades Orgánicas de la Municipalidad. .
f) REQUISITOS MÍNIMOS:
♦ Gozar de derecho de sufragio. ♦ Ser vecino de la respectiva
circunscripción municipal con mayor a dos años
de residencia continua antes de la elección. ♦ Hallarse inscrito
en el Registro Electoral o en el Registro Electoral
Municipal para los extranjeros
02 SECRETARIA DEL ALCALDE a) DENOMINACIÓN DEL CARGO : Secretaria
III b) CLASIFICACIÓN : STC c) CODIGO : T3-05-675-3 d) DESARROLLA
LAS SIGUIENTES FUNCIONES ESPECÍFICAS: ♦ Organiza y coordina las
atenciones, reuniones y certámenes del Alcalde y
prepara la agenda con la documentación para el despacho
respectivo. ♦ Interviene con criterio propio la redacción de
documentos administrativos
de acuerdo a las indicaciones otorgadas por el Alcalde. ♦
Orienta sobre la aplicación de Normas Técnicas de documentos
trámites,
archivos y taquigrafías y usos de los sellos.
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♦ Controla y evalúa el seguimiento de los expedientes que
ingresan y egresan informando al Alcalde mediante los reportes
respectivos.
♦ Prepara la documentación clasificada para la firma respectiva
del Alcalde. ♦ Presta apoyo secretarial especializado, incluyendo
el manejo de
computadoras. ♦ Atiende y orienta a los Regidores, empleados de
confianza, servidores
públicos y publico en general sobre consultas y gestiones que
realizan. ♦ Coordina la distribución de materiales de oficina. ♦
Atiende y realiza llamadas telefónicas, recibe y envía documentos
mediante
el sistema de fax y otros medios de comunicación. ♦ Vela por la
conservación y buen uso de mobiliarios, materiales y equipos a
su cargo. ♦ Lleva el registro de control de llamadas telefónicas
que efectúan los
servidores públicos. ♦ Lleva el registro de documentos que
ingresan y egresan al despacho de
alcaldía. ♦ Mantiene limpio y ordenado la oficina del Alcalde y
la oficina donde trabaja. ♦ Cumple estrictamente con el reglamento
interno de trabajo y el código de
ética de la corporación municipal. ♦ Conoce las sanciones
administrativas aplicables a su cargo y funciones por
las faltas disciplinarias que pueda cometer. ♦ Vela celosamente
todo el acervo documentario existente en la oficina de
alcaldía y su oficina, evitando a su vez la infidencia. ♦ Las
demás funciones que le asigne el Alcalde.
e) DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD
♦ Depende directamente del Alcalde. ♦ De los archivadores y su
contenido, de la infidencia, de los
mobiliarios y útiles de oficina.
f) REQUISITOS MÍNIMOS: ♦ Instrucción secundaria completa ♦
Titulo de Secretaria Ejecutiva o similar. ♦ Experiencia en la
interpretación de idioma(s) requeridos ♦ Experiencia en labores
administrativas de oficina ♦ Alguna experiencia en la conducción de
personal ♦ Capacitación en Computación
g) ALTERNATIVA
♦ De no poseer titulo de secretaria(o) Ejecutiva(o), contar con
certificado de estudios concluidos, no menores a un año.
CAPÍTULO II ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
El Órgano de Control Institucional es el encargado de Ejecutar
el Control Gubernamental interno posterior, es integrante del
Sistema Nacional de Control y tiene como misión promover la
correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la
Municipalidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y
operaciones, así como el logro de sus resultados mediante la
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ejecución de acciones y actividades de control, para contribuir
con el cumplimiento de los fines y metas institucionales. El Órgano
de Control Institucional está a cargo de un funcionario con nivel
de Gerente, cuya designación es realizada por la Contraloría
General de la República, quien depende funcional y
administrativamente de dicho Organismo de Control superior,
efectuando su labor de conformidad con los lineamientos y políticas
que para tal efecto establece el organismo Superior de Control,
manteniendo una actitud de información directa con el Titular de la
entidad sobre los requerimientos y resultados de las acciones y
actividades de control inherentes a su ámbito de competencia CUADRO
PARA LA ASIGNACION DE PERSONAL La OCI cuenta con los siguientes
cargos según el Cuadro para la Asignación de Personal de la MPLP 01
Director de Sistema Administrativo I 02 Técnico en Auditoria I 1.
DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO I
a) DENOMINACIÓN DEL CARGO : Director de Sistema Administrativo I
a) CLASIFICACIÓN : EC b) CODIGO : F-2 c) DESARROLLA LAS SIGUIENTES
FUNCIONES ESPECÍFICAS:
♦ Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones
de la entidad, sobre la base de los lineamientos y cumplimiento del
Plan Anual de Control, a que se refiere el Artículo 7º de la Ley
del sistema y el control externo a que se refiere el Artículo 8º de
la misma norma, por encargo de la Contraloría General de la
República.
♦ Efectuar auditoria a los estados financieros y presupuestarios
de la
entidad, así como a la gestión de la misma, de conformidad con
las pautas que señale la Contraloría General. Alternativamente
estas auditorias podrán ser contratadas por la entidad con
sociedades de Auditoria Externa, con sujeción al Reglamento sobre
la materia.
♦ Ejecutar las acciones y actividades de control, programar,
dirigir,
ejecutar, evaluar y coordinar las acciones de control financiero
y de los procedimientos administrativos y de personal, cuyos
resultados y/o recomendaciones deberán ser reportados ante el
alcalde y la Contraloría General de la Republica.
♦ Efectuar la Auditoria a los Estados Financieros y el Examen
Especial a
la Información Presupuestaria de la municipalidad en la forma y
pautas que señala la Contraloría General de la Republica.
♦ Llevar a cabo auditorias, exámenes especiales, inspecciones
e
investigaciones en todas las unidades orgánicas de la
Municipalidad, emitiendo los informes y recomendaciones
pertinentes, de conformidad
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con el Reglamento de la Ley de Control, al titular de la entidad
y a la Contraloría General de la Republica.
♦ Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control,
aprobado por al
Contraloría General, de acuerdo a los lineamientos y
disposiciones emitidas para el efecto.
♦ Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la
entidad, se
advierten indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de
incumplimiento, informando al titular de la Municipalidad para que
adopte las medidas correctivas, alcanzando la documentación
probatoria de la responsabilidad incurrida.
♦ Efectuar el seguimiento de la implementación de las medidas
correctivas
de las observaciones y recomendaciones incluidas en los informes
evacuados en el cumplimiento a normas establecidas.
♦ Recibir y atender las denuncias que formulen los
funcionarios,
servidores y ciudadanos sobre actos y operaciones de la entidad,
dándoles el tramite que corresponda a su merito y documentación
sustentatoria respectiva.
♦ Asesorar a los Órganos de mas alto nivel de la Municipalidad,
para
mejorar los procesos, practicas e instrumentos de Control.
♦ Cumplir diligentemente los encargos y requerimientos que
formule la Contraloría General de la Republica, así como el titular
de la entidad.
♦ Difundir la legislación y técnicas de Control, promoviendo y
propiciando
el desarrollo, conocimiento y aplicación de las Normas Técnicas
de Control dictadas por la Contraloría General de la Republica.
♦ Apoyar a las Comisiones de la Contraloría General de la
Republica en
las acciones de Control que realice en el ámbito de la
Municipalidad y otras que así lo requieran.
♦ Solicitar informaciones mínimo necesarias y de acuerdo al Plan
Anual de
Control.
♦ Otras funciones que le asigne la Contraloría General de la
Republica en materia de su competencia y las demás que le
corresponda por mandato de ley.
♦ Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y
operaciones
de la Municipalidad, con conocimiento y autorización de la
Contraloría General de la República, así como las requeridas por el
Titular de la Entidad. Cuando éstas últimas tengan carácter de no
programadas, su realización será comunicada a la Contraloría
General de la República por el Jefe del Órgano de Control
Institucional. Se consideran actividades de control, entre otras,
las evaluaciones, diligencias, estudios, investigaciones,
pronunciamiento, supervisiones y verificaciones.
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♦ Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, al órgano
de más alto
nivel de la entidad con el propósito de optimizar la supervisión
y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de control
interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinión que
comprometa el ejercicio de su función, vía el control
posterior.
♦ Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte
la
Municipalidad, como resultado de las acciones y actividades de
control, comprobando su materialización efectiva, conforme a los
términos y plazos respectivos. Dicha función comprende efectuar el
seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados
de las acciones de control.
♦ Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a
la
Contraloría General de la República así como al Alcalde,
conforme a las disposiciones sobre la materia.
♦ Informar anualmente al Concejo Municipal, acerca del ejercicio
de sus
funciones y del estado de control de uso de los recursos
municipales.
♦ Formular y proponer el presupuesto anual de la Gerencia del
Órgano de Control Institucional, para su aprobación correspondiente
por la Municipalidad.
♦ Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y
normativa interna
aplicables a la Entidad, por parte de las unidades orgánicas y
personal de ésta.
♦ Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y
requerimientos
que le formule la Contraloría General de la República. Así mismo
la de brindar apoyo a las comisiones que designe.
♦ Participar en la selección de personal del Órgano de Control a
su cargo.
♦ Otras funciones asignadas de acuerdo a ley.
e) DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD
♦ Depende jerárquica y administrativamente del Alcalde y
funcionalmente de la Contraloría General de la República.
♦ Tiene mando directo sobre el personal de la oficina
f) REQUISITOS MÍNIMOS:
♦ Titulo Profesional Universitario y Colegiado ♦ Estudios
relacionados con la especialidad. ♦ Capacitación especializada en
el área ♦ Experiencia en la conducción de programas
administrativos. ♦ Alguna en conducción de personal
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♦ Capacitación en Computación
g) ALTERNATIVA
♦ Poseer una combinación equivalente de formación universitaria
y experiencia.
2. TECNICO EN AUDITORIA I
a) DENOMINACIÓN DEL CARGO :Técnico en Auditoria I b)
CLASIFICACIÓN : STB c) CODIGO : T4-05-740-1 d) DESARROLLA LAS
SIGUIENTES FUNCIONES ESPECÍFICAS:
♦ Recepcionar, revisar y registrar documentos que ingresan a la
Oficina.
♦ Velar por el cumplimiento de las Normas de Control de acuerdo
a la misma Ley 26162 "Sistema Nacional de Control".
♦ Revisar y dar cumplimiento al Cronograma de acciones de
control en coordinación con el Gerente de Auditoria Interna.
♦ Mecanografiar y distribuir las copias de los documentos
emitidos por la Oficina de Auditoria Interna.
♦ Ordenar el archivo de documentos fuentes y velar porque esté
completo, en buen estado y en lugar seguro.
♦ Participar en los informes técnicos que elabore la Oficina, a
solicitud del Gerente de Auditoria Interna.
♦ Elaborar las actas de auditoria respectiva. ♦ Elaborar cuadros
por diferentes conceptos como gastos, ingresos
mensuales, etc. ♦ Chequear los comprobantes de pago y documentos
sustentatorios
de gastos e ingresos, previo conocimiento del Gerente de la
Oficina respectiva.
♦ Comprobar los documentos fuente con libros principales. ♦
Otras funciones asignadas por Auditor.
e) DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD
♦ Depende directamente del Gerente del Órgano de Control
f) REQUISITOS MÍNIMOS:
♦ Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con
la
especialidad ♦ Experiencia en labores de contabilidad
g) ALTERNATIVA
♦ Poseer una combinación equivalente de formación universitaria
y experiencia.
ÓRGANO DE APOYO AL GOBIERNO LOCAL
PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICIPAL
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La Procuraduría Pública Municipal es el Órgano de Defensa
Judicial encargado de la ejecución de todas las acciones que
conlleven a garantizar los intereses y derechos de la
Municipalidad, mediante la representación y defensa en procesos
judiciales, administrativos y/o procesos arbítrales y
conciliatorios, conforme a Ley. Las funciones detalladas en este
Reglamento, se establecen sin perjuicio de las que por ley le
correspondan. La Procuraduría Pública Municipal esta a cargo de un
funcionario de confianza con nivel de Gerente, designado por el
Alcalde, quien depende administrativamente de Alcaldía, funcional y
normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado. El
Procurador Público Municipal tiene a su cargo un Procurador Adjunto
el mismo que es designado por el Alcalde. CUADRO PARA LA ASIGNACION
DE PERSONAL La Procuraduría Publica Municipal cuenta con los
siguientes cargos según el Cuadro para la Asignación de Personal de
la MPLP 01 Director de Sistema Administrativo I 02 Secretario
Judicial II 1. DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO I
e) DENOMINACIÓN DEL CARGO : Director de Sistema Administrativo I
d) CLASIFICACIÓN : EC e) CODIGO : F-2 f) DESARROLLA LAS SIGUIENTES
FUNCIONES ESPECÍFICAS: ♦ Formular y ejecutar el Plan Operativo de
la unidad a su cargo. ♦ Ejercer la representación de la
Municipalidad para la defensa de los
intereses y derechos de ésta, a nivel judicial, arbitral,
administrativo y policial, que afecten a la Municipalidad al igual
que ante el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú, en
investigaciones promovidas por denuncias que afecten a la
Municipalidad.
♦ Coordinar la autorización del Concejo Municipal mediante el
respectivo
Acuerdo, para iniciar o impulsar los procesos judiciales contra
los funcionarios, servidores, o terceros respecto de los cuales el
Órgano de Control Interno, haya encontrado responsabilidad civil o
penal, en los procesos judiciales interpuestos contra el Gobierno
Local o sus representantes.
♦ Ejercer la representación de la Municipalidad en los
requerimientos que
se le haga, por solicitud del Poder Judicial, Ministerio
Público, Centros de Conciliación y/o Tribunal Arbitral para la
absolución de la contestación de las demandas, apersonamientos ó
procedimientos, en los cuales se encuentra comprendida como parte
la Municipalidad, no requiriendo de Resolución Autoritativa del
Concejo Municipal para dichos casos.
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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♦ Solicitar informes, antecedentes y el apoyo necesario de
cualquier entidad pública, así como de todos los Organismos del
Sector Justicia, para el ejercicio de sus funciones.
♦ Solicitar la autorización del Concejo Municipal, a efectos de
convenir en
la demanda, desistirse de ella ó transigir en proceso. ♦ Delegar
a cualquiera de los abogados que prestan apoyo en la
Procuraduría Pública Municipal, la representación para que
intervengan en procesos judiciales que se tramitan en cualquier
distrito o provincia judicial.
♦ Interponer las acciones civiles, penales y administrativas que
permitan
cautelar los derechos e intereses del Gobierno Municipal, por
Resolución autoritativa del Concejo Municipal.
♦ Ejercitar las acciones civiles, penales y/o administrativas
contra
terceros, cuando se desprendan de los hechos que son
perseguibles de oficio, sin necesidad de resolución autoritativa
del Concejo Municipal.
♦ Solicitar al Concejo Municipal en vía de regularización, la
autorización
respectiva mediante la Resolución Autoritativa, a que se contrae
el Inc.b) cuando el Procurador Público haya ejercitado las acciones
civiles, penales y/o administrativas por propia iniciativa a efecto
de evitar la indefensión de los intereses y derechos de la
Municipalidad.
♦ Impulsar los procesos judiciales, administrativos, penales o
arbítrales
en los cuales la Municipalidad resulta ser parte, así como los
recursos impugna torios Informar periódicamente a la Gerencia
Municipal ò cuando ésta le solicite, y proporcionar los datos sobre
las actividades desarrolladas y estado procesal de los juicios que
tiene a su cargo.
♦ Contra las decisiones que afecten los intereses de la
Municipalidad. ♦ Coordinar con la Alta Dirección y los funcionarios
de la Municipalidad ♦ cuando estos sean requeridos por la autoridad
judicial, administrativa,
arbitral y policial por actos realizados en el ejercicio de sus
funciones. La Procuraduría Pública Municipal esta obligada a velar
únicamente por los intereses de la Municipalidad.
♦ Informar mensualmente al Concejo Municipal, las acciones
ejecutadas
por la Procuraduría Pública Municipal, cuando se haya autorizado
el ejercicio de acciones en defensa de los derechos é intereses de
la Municipalidad.
♦ Informar periódicamente al Despacho de Alcaldía ò cuando éste
le
solicite, y proporcionar los datos sobre las actividades
desarrolladas y estado procesal de los juicios que tiene a su
cargo.
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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♦ Informar al Despacho de Alcaldía las veces que sea requerido
respecto a las acciones que ejecuta en defensa de los derechos é
intereses de la Municipalidad.
♦ Otras funciones que le asigne el Alcalde en materia de su
competencia.
e) DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD
♦ Depende, administrativamente, del Alcalde y funcional y
normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado.
♦ Es responsable de los procesos judiciales de la Municipalidad.
♦ Coordina en forma permanente con el titular de la institución y
las
distintas unidades orgánicas de la municipalidad ♦ Tiene mando
directo sobre el personal de la oficina
f) REQUISITOS MÍNIMOS:
♦ Titulo de Abogado, con especialización en procesos judiciales.
♦ Capacitación especializada en derechos administrativos ♦
Experiencia de 08 años en el cargo de abogado y 03 años en la
Administración Pública. ♦ Experiencia en conducción de
personal.
2. SECRETARIO JUDICIAL II
a) DENOMINACIÓN DEL CARGO : Secretario Judicial II a)
CLASIFICACIÓN : SPC b) CODIGO : P4-40-680-2 c) DESARROLLA LAS
SIGUIENTES FUNCIONES ESPECÍFICAS:
a) Ejecutar actividades administrativas en l aplicación de
procedimientos
judiciales.
b) Preparar el despacho correspondiente. c) Coordinar audiencias
y redactar Actas de juicios orales , informando al
Procurador d) Informar sobre las órdenes de notificación,
captura, libertad, edictos,
testimonios de condenas, telegramas y sentencias de los procesos
que se lleven en la Municipalidad.
e) Absolver consultas del personal y usuarios en general.
f) Efectuar legalizaciones, comparendos o poderes de los juicios
de la
Municipalidad.
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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g) Controlar el cumplimiento de las disposiciones emanadas del
Presidente del Tribunal.
h) Verificar y aprobar los boletines de condena informando
oportunamente
sobre estos hechos..
i) Refrendar las Resoluciones que se emitan
j) Preparar la Agenda de los asuntos que se tengan que tratar en
los tribunales
k) Elaborar Actas, comunicaciones e informes
e) DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD
♦ Depende directamente del Procurador Publico
f) REQUISITOS MÍNIMOS:
♦ Titulo profesional de abogado que incluya materias
relacionadas con la especialidad.
♦ Experiencia en labores técnico – administrativas de carácter
jurídico
SECRETARÍA GENERAL
La Secretaría General, es el Órgano de Apoyo encargado de
planificar, programar, coordinar y dirigir la ejecución de las
acciones del Concejo Municipal y la Alcaldía, así como la difusión
a las unidades orgánicas de las disposiciones emanadas por estos
Órganos; administra y supervisa las actividades relacionadas a los
sistemas de trámite documentario y de archivo central, optimizando
de manera permanente sus procesos; da fe y certifica los documentos
oficiales de la Municipalidad y las actas del Concejo Municipal,
así como efectúa la celebración y registro de matrimonios civiles,
teniendo a su cargo las acciones de comunicación relacionadas a la
difusión de la imagen institucional. Está a cargo del Secretario
General quién depende del Alcalde.
La Secretaria General cuenta con los siguientes cargos según el
Cuadro para la Asignación de Personal de la MPLP 01 Secretario
General 02 Relacionista Público II 03 Registro Civil 04 Auxiliar de
Registro Civil 05 Mesa de Partes 06 Técnico Archivo II 01
SECRETARIO GENERAL
a) DENOMINACIÓN DEL CARGO : Secretario General b) CLASIFICACIÓN
: c) CODIGO : d) DESARROLLA LAS SIGUIENTES FUNCIONES
ESPECÍFICAS:
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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♦ Formular y ejecutar el Plan Operativo de la Secretaría General
y de las funciones orgánicas a su cargo.
♦ Proponer las políticas y estrategias sobre la gestión
documentaria y
archivística.
♦ Asesorar a funcionarios y a las dependencias que lo requieran
en asuntos de su especialidad
♦ Programar, dirigir, coordinar y evaluar las acciones de
comunicación y
difusión de las actividades que realice la Entidad.
♦ Planificar, organizar y coordinar el sistema documentario, así
como las actividades del despacho de Alcaldía.
♦ Coordinar y organizar las Sesiones de Concejo y citar a los
regidores a
sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes, así como a los
funcionarios de acuerdo a la naturaleza del tema.
♦ Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las
actividades
relacionadas con los Registros Civiles de acuerdo a Ley.
♦ Coordinar, organizar y apoyar al Concejo Municipal y a las
Comisiones de Regidores en la gestión administrativa materia de su
competencia.
♦ Administrar y mantener actualizado el Libro de Actas de las
Sesiones de
Concejo y actuar como secretario y fedatario de los actos del
Concejo Municipal y de Alcaldía.
♦ Proyectar Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones del Concejo
Municipal,
así como Decretos y Resoluciones de Alcaldía, sujetas a las
decisiones adoptadas.
♦ Fedatear y/o Certificar los documentos administrativos que
requieran los
recurrentes.
♦ Informar oportunamente a las unidades orgánicas de la
Municipalidad sobre los acuerdos y decisiones que toma el Concejo
en relación con sus responsabilidades y funciones.
♦ Registrar, enumerar, mandar publicar y archivar los
dispositivos legales
que emanen de la Municipalidad, según corresponda.
♦ Otorgar a los administrados la información pública que posea o
produzca la Municipalidad.
♦ Otras funciones que le asigne el Alcalde en materia de su
competencia.
e) DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD
♦ Depende directamente del Alcalde
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f) REQUISITOS MÍNIMOS:
♦ Titulo profesional universitario que incluya materias
relacionadas con la especialidad.
♦ Capacitación especializada en el área.
♦ Amplia experiencia en la conducción de programas
administrativos
♦ Experiencia en conducción de personal
02 RELACIONISTA PÚBLICO II
a) DENOMINACIÓN DEL CARGO : Relacionista Publico II b)
CLASIFICACIÓN : c) CODIGO : d) DESARROLLA LAS SIGUIENTES FUNCIONES
ESPECÍFICAS:
♦ Programar, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades de
relaciones
públicas, información, protocolo y aquellas que conlleven a la
mejoría de la imagen institucional de la Municipalidad.
♦ Realizar la difusión oportuna y adecuada de las
actividades,
proyecciones y logros de la gestión. ♦ Realizar programas y
acciones de comunicación, información e imagen
institucional sobre la problemática municipal en general. ♦
Mantener relaciones con los medios de comunicación masiva en
general. ♦ Dirigir y coordinar la realización de las
conferencias de prensa, sobre
asuntos de interés municipal. ♦ Ejecutar las actividades de
orientación e información a los
contribuyentes, previa coordinación con la Gerencia de
Administración Tributaria.
♦ Difundir el Calendario mensual de obligaciones tributarias y
la Guía de
Trámite Documentario y otras de orientación al contribuyente, de
acuerdo a las instrucciones de la Gerencia de Administración
Tributaria.
♦ Difundir normas y comunicaciones oficiales, así como boletines
y otros
documentos, relacionados con las actividades de su
competencia;
♦ Coordinar con Secretaria General y Alta Dirección de la
Municipalidad sobre la comunicación y distribución de los
dispositivos legales que emita la Alcaldía.
♦ Supervisar y controlar el Sistema de Relaciones Públicas y
demás
documentación de la Institución.
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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♦ Organizar y supervisar las actividades informativas de la
Municipalidad.
♦ Participar en la elaboración de políticas de comunicación e
información de carácter municipal.
♦ Dirigir y participar en la producción y grabación de programas
para radio
y Televisión de ser el caso.
♦ Ejecutar la redacción de las notas informativas para la prensa
hablada y escrita, referente a las obras que ejecuta la
Municipalidad.
♦ Mantener estrecha comunicación con los diferentes medios
de
comunicación social, tanto a nivel local, regional y
nacional.
♦ Elaborar y actualizar el Manual de Organización y Funciones
(MOF) de la Unidad de Comunicación e Imagen Institucional, de
acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
♦ Elaborar el Plan de Trabajo Anual.
♦ Emitir informes técnicos-administrativos en los asuntos de
su
competencia.
♦ Mantener actualizado el archivo periodístico.
♦ Otras funciones que le asigne el Jefe inmediato superior e)
DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD
♦ Depende directamente del Secretario General
f) REQUISITOS MÍNIMOS:
♦ Titulo profesional universitario en Relaciones Públicas o
Ciencias de la
Comunicación. ♦ Capacitación especializada en el área.
03 REGISTRO CIVIL a) DENOMINACIÓN DEL CARGO : Técnico
Administrativo III b) CLASIFICACIÓN : c) CODIGO : T5-05-707-3 d)
DESARROLLA LAS SIGUIENTES FUNCIONES ESPECÍFICAS:
♦ Registra y expende las partidas de nacimiento, matrimonio y de
defunción a
solicitud de los interesados. ♦ Publica las ordenanzas y otras
resoluciones municipales referidas a los
estados civiles. ♦ Revisa los expedientes que se acojan a las
inscripciones extraordinarias.
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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♦ Realiza rectificaciones y reconocimientos de actos. ♦ Atiende
y orienta al público en materia de su competencia. ♦ Controla,
ejecuta y lleva los libros de actas matrimoniales y divorcios
según
corresponda. ♦ Elabora el plan de trabajo deL área. ♦ Prepara
informes mensuales de los nacimientos y defunciones, los mismos
que deberá remitir a las instancias correspondientes. ♦ Remite
en forma mensual los datos estadísticos de nacimientos y
defunciones al área de salud. ♦ Lleva el registro de los estados
civiles. ♦ Reemplaza al alcalde en la celebración de matrimonios
cuando este lo
delegue. ♦ Verificar procedimientos técnicos y emitir informes
respectivos. ♦ Estudiar y participar en la elaboración de normas,
procedimientos e
investigaciones preliminares de procesos técnicos. ♦ Analizar y
emitir opinión técnica. ♦ Expedir Resoluciones registrales de su
competencia. ♦ Atender oportunamente los requerimientos de las
autoridades judiciales. ♦ Guarda absoluta reserva de los documentos
de su área
♦ Participa en los lineamientos de políticas de Asistencia
Social. ♦ Supervisar y coordinar la elaboración de documento
técnicos normativos de
aplicación en programas de asistencia y promoción social. ♦
Evaluar la aplicación de normas y procedimientos técnicos del área
♦ Las demás funciones que le asigne el Jefe inmediato superior e)
DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD
♦ Depende directamente del Secretario General y normativamente
de la
RENIEC. ♦ Es responsable de las labores propias del sistema a su
cargo y de toda
aquella información relacionada a los estados civiles de la
jurisdicción.
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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f) REQUISITOS MÍNIMOS:
♦ Titulo no universitario de un Centro de Estudios Superiores. ♦
Experiencia en la conducción de programas administrativos
relacionados
al área. ♦ Capacitación especializada.
g) ALTERNATIVAS
♦ Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con
el área. ♦ Amplia experiencia en labores técnicas del área ♦
Capacitación técnica de la especialidad.
04 AUXILIAR DE REGISTRO CIVIL a) DENOMINACIÓN DEL CARGO :
Técnico Administrativo I b) CLASIFICACIÓN : SP- c) CODIGO :
T5-05-707-3 d) DESARROLLA LAS SIGUIENTES FUNCIONES ESPECÍFICAS:
♦ Realizar la inscripción de actas de resoluciones que declaren
la
incapacidad y que limiten la capacidad de las personas. ♦
Realizar la inscripción de actas de resoluciones que declaren
la
desaparición, ausencia, muerte presunta y el reconocimiento de
existencia de las personas.
♦ Realizar la inscripción de actas de sentencias que impongan
inhabilitación,
interdicción civil pérdida de la patria potestad. ♦ Realizar la
inscripción de actas de las resoluciones que rehabiliten a los
interdictos en el ejercicio de los derechos civiles. ♦ Realizar
la inscripción de actas de las resoluciones que declaren la
nulidad
del matrimonio, el divorcio, la separación de cuerpos y la
reconciliación. ♦ Realizar la inscripción de actas de acuerdos de
separación de patrimonios
y su sustitución, la separación de patrimonio no convencional,
las medidas de seguridad correspondientes y su cesación.
♦ Realizar la inscripción de actas de resoluciones de
declaraciones de
quiebra. ♦ Realizar la inscripción de actas de las sentencias de
filiación. ♦ Realizar la inscripción de las actas de cambios o
adiciones de nombre. ♦ Realizar la inscripción de las actas de
reconocimiento judicial o voluntario
del hijo.
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♦ Realizar la inscripción de las actas de las adopciones. ♦
Realizar la inscripción de las actas de las naturalizaciones y la
pérdida o
recuperación de la nacionalidad. ♦ Efectuar la inscripción de
los hechos vitales de nacimientos, defunciones y
matrimonios. ♦ Ejecutar la inscripción administrativa de
nacimiento para los menores de
edad no inscritos en el término de ley. ♦ Ejecutar la
inscripción administrativa de nacimiento extraordinario para
los
mayores de edad no inscritos en el término de ley. ♦ Expedir
partidas de nacimientos, defunciones y matrimonios. ♦ Expedir
certificados de soltería y viudez. ♦ Realizar semanalmente el acta
del matrimonio civil e) DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD
♦ Depende directamente del Secretario General ♦ Es responsable
de las labores propias del sistema a su cargo y de toda
aquella información relacionada a los estados civiles de la
jurisdicción.
f) REQUISITOS MÍNIMOS:
♦ Instrucción secundaria completa ♦ Capacitación técnica en el
área ♦ Experiencia en labores de la especialización.
g) ALTERNATIVAS
♦ Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
05 MESA DE PARTES
e) DENOMINACIÓN DEL CARGO : Técnico Administrativo I f)
CLASIFICACIÓN : SP- g) CODIGO : T5-05-707-1 h) DESARROLLA LAS
SIGUIENTES FUNCIONES ESPECÍFICAS:
♦ Recepcionar, registrar, clasificar y distribuir los documentos
a quien corresponda.
♦ Distribuir los documentos a las oficinas correspondientes
teniendo en
cuenta el TUPA. ♦
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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e) DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD
♦ Depende directamente del Secretario General ♦ Es responsable
de las labores propias del sistema a su cargo y de toda
aquella información relacionada a los estados civiles de la
jurisdicción.
f) REQUISITOS MÍNIMOS:
♦ Instrucción secundaria completa ♦ Capacitación técnica en el
área ♦ Experiencia en labores de la especialización. g)
ALTERNATIVAS ♦ Poseer una combinación equivalente de formación y
experiencia. 05 TECNICO DE ARCHIVO
i) DENOMINACIÓN DEL CARGO : Técnico Administrativo I j)
CLASIFICACIÓN : SP- k) CODIGO : T2-05-730-1 l) DESARROLLA LAS
SIGUIENTES FUNCIONES ESPECÍFICAS: ♦ Ejecutar y coordinar
actividades relacionadas con el registro, codificación,
clasificación, verificación, mantenimiento y conservación de los
documentos que forman el Archivo de la Municipalidad.
♦ Verificar que la documentación que ingrese cuente con las
formalidades
establecidas por la normatividad vigente. ♦ Entregar copias
certificadas de los documentos a cargo de la
Municipalidad, a solicitud de los interesados. ♦ Seleccionar,
conservar, dar de baja a los documentos obrantes en el
Archivo Municipal de acuerdo al Sistema Nacional de Archivos. ♦
Informar sobre el estado de los expedientes recepcionadas por
la
Municipalidad. ♦ Organizar el trámite documentario de la
Municipalidad ♦ Informar y Brindar un trato amable a los usuarios
de la Municipalidad en
sus demandas y/o quejas.
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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♦ Remitir directamente los expedientes al órgano que aprobará o
resolverá el
asunto solicitando conforme lo señala el TUPA de la
Municipalidad, Evitando el recorrido innecesario del documento.
♦ Exhibir permanentemente un ejemplar integro del TUPA en
paneles o
lugares al alcance y la vista del público que acuda a iniciar un
trámite y explicar su contenido al personal que de el depende,
dando las indicaciones del caso requiera.
♦ Cumplir con atender los procedimientos de aprobación
automática en el
mismo día, siempre que el usuario presente la documentación
completa conforme los requisitos señalados en el TUPA.
♦ Conocer perfectamente el TUPA y las normas legales respectivas
a fin de
cuidar que se de estricto cumplimiento. ♦ Hacer cumplir en todos
sus aspectos lo establecido en el TUPA incluyendo
los formatos señalados cuidando el correcto llenado de los
mismos. ♦ Registrar, sistematizar y archivar, los documentos que
finalmente quedan
en mesa de partes. ♦ Informar sobre el estado de los clientes a
los usuarios de la Municipalidad. ♦ Otras que disponga el
Secretario General
e) DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD
♦ Depende directamente del Secretario General ♦ Es responsable
de las labores propias del sistema a su cargo y de toda
aquella información relacionada al archivo de la
jurisdicción.
f) REQUISITOS MÍNIMOS:
♦ Instrucción secundaria completa ♦ Capacitación técnica en el
área ♦ Experiencia en labores de la especialización. g)
ALTERNATIVAS ♦ Poseer una combinación equivalente de formación y
experiencia.
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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CAPÍTULO III
ÓRGANO DE GESTION
GERENCIA MUNICIPAL La Gerencia Municipal es el Órgano de Alta
Dirección responsable de planificar, dirigir, coordinar,
monitorear, controlar y evaluar la gestión técnica, administrativa,
presupuestaria y financiera de la administración y servicios
municipales de las unidades orgánicas a su cargo con sujeción a las
disposiciones legales vigentes y ejecutar a través de los órganos a
su cargo la Política Institucional, por delegación del Alcalde, con
la finalidad de alcanzar los objetivos estratégicos institucionales
en concordancia con los Planes Institucionales. Está a cargo de un
Gerente Municipal quién depende del Alcalde. La Gerencia Municipal
para cumplir con sus objetivos tiene a su cargo los Órganos de
Asesoramiento, Apoyo y Línea que integran la Estructura Orgánica,
de conformidad con el respectivo Reglamento, a través del cual
ejercen plena autoridad y responsabilidad corporativa y coordina
con los
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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♦ Proponer ante el Concejo Municipal y el Alcalde los
instrumentos de gestión Organizativa: ROF, CAP, MOF, TUPA, etc.:
para su aprobación.
♦ Ejecutar las decisiones del Concejo Municipal y de la
Alcaldía, de acuerdo
a las funciones y atribuciones encargadas o delegadas. ♦
Planear, organizar, gerenciar, coordinar, monitorear y evaluar
las
actividades y proyectos de los órganos a su cargo en
concordancia con las políticas de gestión establecidas y las
disposiciones impartidas por la Alcaldía.
♦ Analizar los indicadores de impacto y los logros obtenidos en
las
actividades y proyectos y proponer acciones para su
fortalecimiento. ♦ Formular y proponer a la Alcaldía las acciones a
seguir en materia de
procedimientos técnicos administrativos. ♦ Disponer las acciones
necesarias para el cumplimiento de la gestión
administrativa, financiera y económica de la Municipalidad, con
sujeción a las normas y directivas vigentes.
♦ Emitir actos administrativos que sean de su competencia. ♦
Disponer las acciones necesarias para obtener asistencia técnica
y
financiera para la ejecución de los programas y proyectos de
desarrollo local.
♦ Informar permanentemente al Alcalde y al Concejo Municipal, a
solicitud
de éste, sobre aspectos de la gestión municipal. ♦ Asesorar al
Alcalde y a los miembros del Concejo en los asuntos de su
competencia. ♦ Asistir con voz pero sin voto a las sesiones del
Concejo Municipal. ♦ Representar al Alcalde ante instituciones y
organismos públicos y privados,
por delegación expresa. ♦ Proponer al Alcalde acciones de
contratos, ascensos, ceses, rotación,
reasignación y otros sobre administración de personal,
especialmente los referidos a los cargos de confianza.
♦ Otras funciones asignadas o delegadas por el Alcalde.
e) DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD
♦ Depende directamente de la Alcaldía. ♦ Es responsable del buen
funcionamiento y la calidad de atención de los
servicios que la Municipalidad brinda. ♦ De la gestión
administrativa, económica y financiera de la Municipalidad.
f) REQUISITOS MÍNIMOS:
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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♦ Titulo profesional universitario, Administración de Empresas,
Ingeniero,
Contador Publico Colegiado u otro similar que incluya
capacitación especializada en el área.
♦ Amplia experiencia en la conducción de programas de sistemas
administrativos.
♦ Experiencia en conducción de personal. ♦ Experiencia en
administración publica no menor de 01 año.
1. DE LA SECRETARIA DE GERENCIA MUNICIPAL e) DENOMINACIÓN DEL
CARGO : Secretaria II f) CLASIFICACIÓN : g) CODIGO : T2-05-675-2 h)
DESARROLLA LAS SIGUIENTES FUNCIONES ESPECÍFICAS: ♦ Revisa y prepara
la documentación para la firma respectiva del Gerente
municipal. ♦ Organiza y coordina las reuniones y certámenes del
Gerente Municipal y
prepara la agenda con la documentación para el despacho
respectivo. ♦ Interviene con criterio propio en la redacción de
documentos
administrativos de acuerdo a indicaciones generadas por el
Gerente Municipal.
♦ Tomar Dictado taquigráfico en reuniones, conferencias y
transcribirlos
utilizando sistemas de computo. ♦ Recepciona, clasifica,
registra y archiva los documentos. ♦ Controla y evalúa el
seguimiento de los expedientes que ingresan y
egresan, informando al Gerente Municipal mediante reportes
respectivos. ♦ Orienta sobre gestiones y situaciones de expedientes
administrativos. ♦ Realizar traducciones de uno o mas idiomas ♦
Coordina la distribución de materiales de oficina ♦ Atiende y
realiza llamadas telefónicas, recibe y remite documentación
mediante el sistema Fax y otros establecidos. ♦ Lleva en forma
ordenada el acervo documentario de la gerencia Municipal. ♦ Atiende
a los administrados que soliciten una entrevista con el gerente
demostrado respeto, buenos modales y atención amable y
diligente. ♦ Mantiene limpio y ordenado la oficina del Gerente y la
oficina donde
trabaja.
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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♦ Cumple estrictamente con el reglamento interno de trabajo y el
código de ética de la corporación municipal.
♦ Conoce las sanciones administrativas aplicables a su cargo y
funciones por
las faltas disciplinarias que pueda cometer. ♦ Vela celosamente
de todo el acervo documentario existente en la oficina de
Gerencia Municipal y su oficina, evitando a su vez la
infidencia. ♦ Las demás que le asigne el Gerente Municipal.
e) DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD
♦ Depende directamente del Gerente Municipal. ♦ Es responsable
de los archivadores y su contenido y de la infidencia,
respecto a la documentación. ♦ Es responsable de la
documentación que ingresa y egresa a su oficina,
hacer seguimiento y evaluación en los plazos establecidos. ♦ Del
acerbo documentario, mobiliario y útiles de oficina..
f) REQUISITOS MÍNIMOS:
♦ Instrucción Secundaria Completa. ♦ Titulo de Secretaria
Ejecutiva o similar. ♦ Experiencia en la interpretación de
idioma(a) requerido ♦ Experiencias variadas en labores de oficina.
♦ Heber desempeñado el cargo de Secretaria I por un periodo minimo
de
02 años. ♦ Experiencia en el manejo de programas informáticos
aplicativos.
CAPÍTULO IV ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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33
OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
La Oficina de Planeamiento y Presupuesto es el Órgano Asesor,
encargado de organizar, conducir, evaluar y controlar los procesos
y procedimientos relacionados a los Sistemas de Planificación,
Presupuesto, Racionalización, Inversión Pública e Informática en
concordancia con las políticas de gestión, lineamientos y objetivos
estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado. Está a cargo del
Gerente de Planeamiento y Presupuesto quien depende del Gerente
Municipal. CUADRO PARA LA ASIGNACION DE PERSONAL La Oficina de
Planeamiento y Presupuesto cuenta con los siguientes cargos según
el Cuadro para la Asignación de Personal de la MPLP 01 Gerente 02
Secretaria II 1. DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO I a)
DENOMINACIÓN DEL CARGO : Director de Sistema Administrativo II b)
CLASIFICACIÓN : EC c) CODIGO : F-2 d) DESARROLLA LAS SIGUIENTES
FUNCIONES ESPECÍFICAS:
♦ Formular, ejecutar, monitorear y evaluar el Plan Operativo de
la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y de las unidades
orgánicas a su cargo.
♦ Diseñar metodologías para la elaboración de los planes
operativos de las
dependencias de la Municipalidad.
♦ Asesorar, monitorear y evaluar el Plan Operativo como
instrumento de gestión de corto plazo, en coordinación con las
dependencias de la Municipalidad, dando énfasis a la
compatibilización con las políticas de gestión impartidas.
♦ Asesorar a los Órganos de Gobierno y de Dirección, en la
formulación de la
Política de Gestión Municipal y de los planes y programas de
corto, mediano y largo plazo en coordinación con las dependencias
competentes del Gobierno Municipal.
♦ Elaborar el diagnóstico local e institucional y el Plan
Estratégico para cada
periodo anual de la Municipalidad, realizando investigaciones en
los diferentes campos funcionales de la gestión municipal, para
identificar los problemas de la localidad; proponiendo y
desarrollando alternativas de solución que permitan definir
estrategias para el desarrollo local.
♦ Evaluar el Plan de Desarrollo Concertado de la Municipalidad.
♦ Conducir los procesos de planificación en sus diferentes
aspectos, de acuerdo con
las Normas, Directivas y Técnicas del Sistema de Planificación
existente.
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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♦ Evaluar trimestralmente el cumplimiento de los objetivos
previstos en los planes de desarrollo y proponer las medidas
correctivas necesarias para un cabal cumplimiento de las
mismas.
♦ Coordinar con las áreas correspondientes los planes de corto
plazo, en materia
de reactivación y recaudación de rentas municipales, y demás que
la requieran. ♦ Difundir y asesorar a las dependencias de la
Municipalidad sobre los
lineamientos, objetivos estratégicos, programas y proyectos del
Plan Estratégico de Desarrollo, a fin de articularlos en la
formulación de las actividades y proyectos de los instrumentos de
gestión de corto y mediano plazo de la Municipalidad y definir
competencias.
♦ Monitorear y evaluar la gestión por resultados y objetivos, a
través de los
respectivos indicadores de impacto y logros, proponiendo las
medidas correctivas que sean necesarias.
♦ Planear, conducir, evaluar y proponer los procesos para la
elaboración y
modificación de los diferentes documentos de gestión que
requiera la Institución y presentarlos a la Alta Dirección.
♦ Conducir, controlar y supervisar los procesos de
programación,
formulación, aprobación, ejecución, control, evaluación y
modificación del presupuesto institucional de conformidad con las
disposiciones legales que emite el MEF y en coordinación con las
dependencias de la Municipalidad.
♦ Promover, coordinar y monitorear la consolidación del proceso
de
Programación Participativa del Presupuesto de la entidad con la
finalidad que los vecinos de la Provincia prioricen y decidan de
manera participativa y concertada el Presupuesto de la
Municipalidad.
♦ Proponer al Gerente Municipal el Anteproyecto del Presupuesto
Municipal
Participativo para cada ejercicio fiscal y las modificaciones
que correspondan. ♦ Prestar asesoría técnica que requiera el
titular del Pliego y presidir la Comisión
de Programación y Formulación manteniendo una actitud activa y
participativa para una correcta determinación de los objetivos
estratégicos y la Escala de Prioridades.
♦ Proponer al Titular del Pliego o a quien este delegue, la
distribución entre las
Unidades ejecutoras que componen la entidad, del monto
comunicado por la DNP de la Asignación Presupuestaria – MEF,
evitando la concentración de recursos en metas presupuestaria
relacionadas con la administración.
♦ Remitir al Titular del Pliego o a quien este delegue, la
asignación para cada
Unidad ejecutora, una vez comunicado por la DNPP, el monto de la
Asignación Presupuestaria - MEF. En caso que el Titular o quien
este delegue, considere necesario modificar la asignación
efectuada, previamente deberá coordinar con la DNPP.
♦ Remitir al Titular del Pliego la Asignación Presupuestaria –
Pliego, determinada
por la citada Oficina, así como la información relativa a la
demanda de gastos
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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remitida por las Unidades Ejecutoras del Pliego. ♦ Sujetar la
asignación de los fondos públicos a la disponibilidad efectiva de
los
ingresos. ♦ Verificar que se cuente con el respectivo crédito
presupuestario, que los gastos
a financiar se ajusten a la normatividad vigente y que su
atención no implique mayor demanda de recursos respecto del
presupuesto Institucional aprobado.
♦ Presentar al titular del Pliego las solicitudes de ampliación
de los Calendarios
de Compromisos para su aprobación. ♦ Impartir las directivas
necesarias para una mejor asignación de los fondos
públicos, sin contravenir lo establecido en la Directiva para la
ejecución Presupuestaria.
♦ Conducir, coordinar y asesorar la ejecución y evaluación del
Presupuesto Anual de
la Municipalidad. ♦ Velar por el cumplimiento de las Normas
Legales Nacionales y Municipales que
regulen el Sistema Presupuestario. ♦ Consolidar el Programa
Multianual de Inversión Pública, con el propósito de
priorizar los proyectos y obras de inversión que permitan
cumplir con los Objetivos Estratégicos Generales y Específicos de
la Institución.
♦ Supervisar el cumplimiento de la normas emanadas por el
Sistema Nacional de
inversión Pública. ♦ Formular y evaluar el Plan de Acción y el
Programa de Inversión Municipal en
coordinación con las Unidades Orgánica correspondientes. ♦
Asesorar a los Órganos de la Municipalidad en la determinación de
prioridades de
inversión y utilización de los recursos financieros. ♦
Programar, ejecutar y supervisar la aplicación de las Normas del
Sistema de
Racionalización en la Municipalidad para la optimización de
funciones y el desarrollo.
♦ Proponer al Gerente Municipal para su aprobación el Reglamento
de Organización
y Funciones de la Municipalidad y sus modificaciones y de los
demás documentos de gestión relacionados con la organización
interna y los procesos de modernización y fortalecimiento
institucional.
♦ Asesorar a las dependencias de la Municipalidad en la
formulación de los
Manuales de Organización y Funciones, Manuales de Procedimientos
y en otros aspectos inherentes a sus funciones, emitiendo la
opinión técnica correspondiente.
♦ Proponer normas, directivas, procedimientos y acciones para
una
adecuada y racional utilización de los recursos financieros y
económicos municipales.
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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♦ Coordinar con la Gerencia Municipal y la Subgerencia de
Personal sobre los
procesos de adecuación administrativa y organizativa de la
Municipalidad. ♦ Conducir, concertar, monitorear y evaluar los
planes, programas y
proyectos del Plan Operativo en concordancia y articulado con
los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado y Plan
Estratégico Institucional.
♦ Proponer acciones que conlleven a la racionalización
administrativa de
diversos procedimientos. ♦ Proponer, impulsar y dirigir la
implementación de las mejoras e
innovaciones en los procesos, procedimientos y normatividad en
coordinación con las diferentes unidades orgánicas de la
Municipalidad.
♦ Centralizar la información estadística municipal a fin de
brindar servicios de
información Estadística e Informática a los órganos municipales,
entidades públicas y privadas y/o público en general.
♦ Organizar, ejecutar y monitorear los procesos relacionados con
la
obtención de cooperación técnica y financiera internacional para
actividades y proyectos.
♦ Conducir y supervisar el proceso de programación, formulación
y
evaluación del Sistema Nacional de Inversión Pública, en
concordancia con las normas y atribuciones conferidas como Oficina
de Programación è Inversiones (OPI) de la Municipalidad.
♦ Disponer la actualización de la información del Banco de
Proyectos de
Inversión Pública. ♦ Monitoreo y seguimiento de los Proyectos de
Inversión Pública, durante la
fase de inversión. ♦ Asesorar en la emisión de los informes
técnicos sobre los estudios de
preinversión. ♦ Determinar la compatibilidad de los proyectos de
inversión presentados por
las unidades formuladoras con el Plan de Desarrollo de la
Provincia. ♦ Evaluar, controlar y supervisar que los planes,
programas y proyectos
formulados por las unidades orgánicas se enmarquen en las
políticas de la gestión municipal.
♦ Elaborar el Informe del Titular del Pliego sobre la Rendición
de Cuentas del
resultado de la gestión, tanto para la Contraloría General de la
República, como para los agentes participantes en el Marco del Plan
de Desarrollo y Presupuesto Participativo entre otros.
♦ Evaluar y proponer a la Alta Dirección la Memoria
Institucional Anual
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♦ Otras funciones que le asigne el Gerente Municipal en materia
de su competencia.
e) DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD
♦ Depende Jerárquicamente de la Gerencia Municipal. ♦ Es
responsable de conducir coordinadamente la Sub. Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, de acuerdo a los procesos técnicos
establecidos por Ley.
♦ Tiene mando directo sobre el personal a su cargo.
f) REQUISITOS MÍNIMOS:
♦ Titulo profesional universitario, que incluya capacitación
relacionada con la especialidad.
♦ Amplia experiencia en la conducción de programas de sistemas
administrativos.
♦ Experiencia en conducción de personal. 1. SECRETARIA DE LA
OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO a) DENOMINACIÓN DEL CARGO :
Secretaria II b) CLASIFICACIÓN : SP-AP c) CODIGO : T2-05-675-2 d)
DESARROLLA LAS SIGUIENTES FUNCIONES ESPECÍFICAS: ♦ Organizar y
coordinar las audiencias, reuniones y certámenes y preparar la
Agenda con la documentación respectiva. ♦ Recepcionar, analizar,
sistematizar y archivar la documentación clasificada
de la oficina. ♦ Revisar y preparar la documentación para la
atención y firma del Gerente. ♦ Intervenir con criterio propio, en
la redacción de documentos
administrativos, de acuerdo a indicaciones generales. ♦
Coordinar y custodiar los bienes y recursos de la Gerencia y
coordinar la
distribución de las mismas con el Gerente.
♦ Evaluar y seleccionar los documentos de la Gerencia
proponiendo su eliminación o transferencia al archivo general.
♦ Utilizar el correo electrónico institucional como herramienta
de coordinación.
♦ Tomar Dictado taquigráfico en reuniones, conferencias y
transcribirlos
utilizando sistemas de computo. ♦ Controla y evalúa el
seguimiento de los expedientes que ingresan y
egresan, informando al Gerente mediante reportes
respectivos.
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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♦ Orienta sobre gestiones y situaciones de expedientes
administrativos. ♦ Coordina la distribución de materiales de
oficina ♦ Atiende y realiza llamadas telefónicas, recibe y remite
documentación
mediante el sistema Fax y otros establecidos. ♦ Lleva en forma
ordenada el acervo documentario de la gerencia ♦ Atiende a los
administrados que soliciten una entrevista con el gerente
demostrado respeto, buenos modales y atención amable y
diligente. ♦ Mantiene limpio y ordenado la oficina del Gerente y la
oficina donde
trabaja. ♦ Cumple estrictamente con el reglamento interno de
trabajo y el código de
ética de la corporación municipal. ♦ Conoce las sanciones
administrativas aplicables a su cargo y funciones por
las faltas disciplinarias que pueda cometer. ♦ Vela celosamente
de todo el acervo documentario existente en la oficina de
Gerencia y su oficina, evitando a su vez la infidencia. ♦ Las
demás que le asigne el Gerente
e) DEPENDENCIA Y GRADO DE RESPONSABILIDAD
♦ Depende directamente del Gerente de Planeamiento y
presupuesto. ♦ Es responsable de los archivadores y su contenido y
de la infidencia,
respecto a la documentación. ♦ Es responsable de la
documentación que ingresa y egresa a su oficina,
hacer seguimiento y evaluación en los plazos establecidos. ♦ Del
acerbo documentario, mobiliario y útiles de oficina..
f) REQUISITOS MÍNIMOS:
♦ Instrucción Secundaria Completa. ♦ Titulo de Secretaria
Ejecutiva o similar. ♦ Experiencias variadas en labores de oficina.
♦ Heber desempeñado el cargo de Secretaria I . ♦ Experiencia en el
manejo de programas informáticos aplicativos.
SUB GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
La Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, es la unidad
orgánica encargada de la programación, ejecución, evaluación y
control de las actividades concernientes a los Sistemas de
Planeamiento y de Presupuesto de la institución, de conformidad con
las Normas pertinentes y en el marco del Plan de Desarrollo
Concertado. Está a cargo del Sub Gerente de Planeamiento y
Presupuesto quién depende del Gerente de Planeamiento y
Presupuesto.
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CUADRO PARA LA ASIGNACION DE PERSONAL La Sub – Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto cuenta con los siguientes cargos según
el Cuadro para la Asignación de Personal de la MPLP 01 Sub Gerente
02 Planificador IV 03 Especialista en finanzas III 1. SUB GERENTE
a) DENOMINACIÓN DEL CARGO : SUB GERENTE DE PLANEAMIENTO Y
PRESUPUESTO b) CLASIFICACIÓN : EC c) CODIGO : F-1 d) DESARROLLA LAS
SIGUIENTES FUNCIONES ESPECÍFICAS:
♦ Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo de la unidad
orgánica a su cargo.
♦ Planificar, sistematizar y evaluar el Plan Operativo de la
Entidad, en
coordinación con las áreas. ♦ Coordinar con el Ministerio de
Economía y Finanzas todos los aspectos
técnicos y normativos referidos a los Sistemas de Planeamiento y
Presupuesto
♦ Coordinar y dirigir el proceso de Programación y Formulación
del
Presupuesto Municipal en concordancia a las directivas emitidas
por el Ministerio de Economía y Finanzas y en función a las
Políticas y objetivos del Municipio, mediante la aplicación de los
procesos presupuestarios de los Sistemas Integrados de
Administración Financiera – SIAF - GL .
♦ Coordinar con las unidades orgánicas competentes el desarrollo
de las
etapas del proceso presupuestario, en concordancia con la
normatividad vigente, para cada periodo anual.
♦ Proponer al Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto
el Anteproyecto del
Presupuesto Municipal y Participativo para cada ejercicio fiscal
y las modificaciones que correspondan.
♦ Apoya en la conducción, coordinación y asesoramiento de la
ejecución y evaluación
del Presupuesto Anual de la Municipalidad. ♦ Planificar y
elaborar las propuestas de modificación del Presupuesto
Municipal, de acuerdo a la normatividad vigente. ♦ Consolidar y
evaluar la ejecución presupuestaria en función a las metas
previstas en el Plan Operativo, proponiendo las modificaciones
presupuestarias necesarias por transferencia, ampliación
presupuestal, etc. por toda fuente de financiamiento.
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OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
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♦ Efectuar las conciliaciones presupuestales y financieras
necesarias con la
Subgerencia de Contabilidad. ♦ Programar, ejecutar, controlar la
liquidación de obras ejecutadas por
administración directa conjuntamente con la Subgerencia de Obras
Publicas y Privadas y la Subgerencia de Contabilidad.
♦ Apoyar al Órgano de Dirección, en la formulación de la
Política de Gestión
Municipal y de los planes y programas de corto, mediano y largo
plazo en coordinación con las dependencias competentes del Gobierno
Municipal.
♦ Proponer el diagnóstico local e institucional y el Plan
Estratégico para cada periodo
anual de la Municipalidad, realizando investigaciones en los
diferentes campos funcionales de la gestión municipal, para
identificar los problemas de la localidad; proponiendo y
desarrollando alternativas de solución que permitan definir
estrategias para el desarrollo local.
♦ Apoyar en la promoción, coordinación y monitoreo para la
consolidación del proceso
de Programación Participativa del Presupuesto de la
Municipalidad con la finalidad que los, vecinos del distrito y la
Municipalidad prioricen y decidan de manera participativa y
concertada el Presupuesto de la Municipalidad.
♦ Apoyar en la consolidación del Programa Multianual de
Inversión Pública, con el
propósito de priorizar los proyectos y obras de inversión que
permitan cumplir con los Objetivos Estratégicos Generales y
Específicos de la Institución.
♦ Apoyar en la formulación y evaluación del Plan de Acción y el
Programa de
Inversión Municipal en coordinación con las Unidades Orgánicas
correspondientes. ♦ Apoyar en el asesoramiento a los Órganos de la
Municipalidad en la determinación
de prioridades de inversión y utilización de los recursos
financieros. ♦ Apoyar en la conducción de los procesos de
planificación en sus diferentes
aspectos, de acuerdo con las Normas, Directivas y Técnicas del
Sistema de Planificación existente.
♦ Apoyar en al evaluación trimestral del cumplimiento de los
objetivos previstos en los
planes de desarrollo y proponer las medidas correctivas
necesarias para un cabal cumplimiento de las mismas.
♦ Coordina con las áreas correspondientes planes de corto plazo,
en materia de
reactivación y recaudación de rentas municipales, y demás que la
requieran. ♦ Diseñar metodologías para la elaboración de los planes
operativos de las
dependencias de la Municipalidad. ♦ Cumplir con las Normas del
Sistema de Racionalización en la Municipalidad para la
optimización de funciones y el desarrollo. ♦ Apoyar a las
dependencias de la Municipalidad en la formulación de los
Manuales
de Organización y Funciones, Manuales de Procedimientos y en
otros aspectos
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inherentes a sus funciones, emitiendo la opinión técnica
correspondiente.
♦ Coordinar con el Jefe de la Oficina sobre los procesos de
adecuación administrativa y organizativa de la Municipalidad.
♦ Efectuar el se