INSTITUTO SUPERIOR ALAS PERUANAS
NDICE
-1DEDICATORIA
- 2NDICE
I. 3INTRODUCCIN
II. 4MARCO TERICO
1.Antecedentes Histricos5 2. Qu es una
Constitucin?.....................................................................7
III. CONSTITUCIONES POLTICAS DEL PER61. CONSTITUCION POLITICA DE
LA REPUBLICA PERUANA 1823
82. CONSTITUCION POLITICA DE 1826
93. Constitucin Poltica de la Repblica Peruana 1828
114. Constitucin Poltica de la Repblica Peruana 1834
125. Constitucin de la Repblica Peruana 1839
146. Constitucin de la Repblica Peruana 1856
157. Constitucin Poltica del Per 1860
168. Constitucin Poltica del Per 1867
17Estatuto Provisorio de 1879
189. Constitucin para la Repblica del Per 1920
2010. Constitucin Poltica del Per 1933
2111. Constitucin Poltica del Per 1979
2412. Constitucin Poltica del Per 1993
IV. 27CONCLUSIONES
V. BIBLIOGRAFA...28
DEDICATORIA
El presente trabajo se lo dedic a Dios
a mis padres y a mi estimado profesor
del presente curso por habernos
incentivado a realizar este trabajo para
conocer ms de la historia de nuestro
pas. I. INTRODUCCINEl presente trabajo habla de la Constitucin
Poltica del Per y su Evolucin Histrica, especificando bajo que
hechos y antecedentes se dio la formacin de la primera constitucin
de nuestro pas, as mismo se detalla las especificaciones y datos
resaltantes de cada una de las constituciones que ha tenido nuestro
Per para finalmente poder hablar de nuestra constitucin actual.
Desde los albores de la Repblica, con la declaracin de la
independencia, la instauracin de su primer Gobierno y la formacin
del Primer Congreso Constituyente en 1822, el Per inici acciones de
carcter internacional.
Todas las Constituciones del Per reflejan en s la ponderacin del
Parlamento en el uso racional de su rol y poder constituyente. En
efecto, en las diferentes pocas en que se hizo necesaria la
reformulacin del texto constitucional, los Congresos Constituyentes
tuvieron la visin y acuerdo consensual para redactar normas de
rango constitucional con la debida orientacin en materia de gestin
externa del Estado y sus atribuciones que, en esta materia,
debieron corresponder a los tres principales rganos del aparato
estatal: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial.
De este modo, desde los inicios de la Repblica, las diversas
Constituciones aprobadas por los Congresos Constituyentes
delinearon lo que comnmente se llama hoy el marco constitucional de
la poltica exterior, estableciendo, en mayor o menor medida, un
equilibrio de poderes, propio de los sistemas democrticos. Casi
siempre se asignaron roles importantes a los Congresos constituidos
respetando las tradicionales competencias que la doctrina poltica
le asigna al Congreso.
Puede decirse entonces que a nivel normativo constitucional,
desde los inicios de nuestro perodo republicano, las constituciones
del Per le han otorgado al Poder Legislativo un rol fundamental en
el manejo de las relaciones exteriores.
II. MARCO TERICO1. ANTECEDENTES HISTRICOS a. Antecedentes de la
constitucin en el mundo
-Su origen lo encontramos en la Grecia Clsica que tuvo como
conviccin que la comunidad poltica se gobierna por ley.
Aristteles fue quien desarroll el concepto de Constitucin. Para
l existan tres buenas formas de gobierno: la monarqua -gobierno de
un solo hombre, aristocracia gobierno de los mejores y democracia
moderada -gobierno de muchos.
La idea de constitucin se gest en la Grecia Clsica, en las
teoras aristotlicas, pero no pasaron del papel dentro de un
concepto de democracia limitado que contemplaba la existencia de
clases sociales y la esclavitud.
- El primer documento precursor de la Constitucin moderna fue la
Carta Magna, otorgado al pueblo por Juan sin tierra (Rey de
Inglaterra) en el ao 1215, que limitaba el poder del monarca
absolutista. El rey fue forzado por la nobleza y el papa a limitar
su poder en favor de las leyes y de los ciudadanos.
-Los aportes que hicieron los norteamericanos al
constitucionalismo moderno fue; primero que este pas fue el primero
en hacer una Constitucin escrita, de carcter nacional, dada en la
Constitucin de Filadelfia de 1787, este influyo en la organizacin
de instituciones polticas de los nuevos Estados americanos y de
muchos europeos en la mayora del siglo XIX, otro aporte fue en la
conformacin de un Estado federal, con muy buenos resultados y
empleada por muchos naciones en el mundo.
La primera constitucin moderna fue la estadounidense, firmada
por cada uno de los representantes de los estados de la
confederacin y posteriormente ratificada por el pueblo en
convenciones, mediante representantes (aunque nunca fue votada por
sufragio universal).
b. Antecedentes de la constitucin en el Per
Luego de la Proclamacin de la Independencia del Per el 28 de
Julio de 1821, el estado necesitaba de una constitucin que
reglamentar tanto los derechos como obligaciones de los gobernantes
como de la poblacin. Por ello la preparacin de la primera
constitucin paso por las siguientes etapas:
Reglamento Provisional.-dictado por San Martn en Huaura el 12 de
febrero de l82l, contena veinte artculos considerados muy extensos.
Divida el territorio del Per en cuatro departamentos que fueron
Trujillo, Tarma, Huaylas y la Costa. Se fijaban las atribuciones de
los Presidentes de Departamentos, de los Jefes de partido y de los
Tenientes Gobernadores de los pueblos. En cada departamento se
creaba un Agente Fiscal. Se estableci una Cmara de Apelaciones en
Trujillo con sus atribuciones. La Jurisdiccin eclesistica segua
ejercindose con sujecin al Derecho Cannico. Todos los funcionarios
pblicos estaban sometidos al juicio de residencia. Las leyes,
ordenanzas y reglamentos que no estuvieran en oposicin a los
principios de libertad e independencia quedaban en vigor, mientras
no fueran derogados o abrogados por la autoridad competente. Dejo
de regir el 8 de octubre de l82l.Reglamento Provisional Estatuto
Provisional.- an antes de haberse instalado el Primer Congreso
Constituyente (se instal el 20 de setiembre de 1822) se procedi a
jurar en Estatuto Provisional del Estado. Rigi del 8 de octubre de
l821 al 17 de diciembre de 1822. Constaba de diez secciones y fue
dictado por San Martn a fin de regularizar sus poderes como
Protector del Per y establecer algunas pautas constitucionales y
administrativas. Legisla principalmente la religin del Estado, la
Catlica no pudiendo ser funcionario pblico quien no la practique;
atribuciones derechos y deberes del protector, que sera el
Generalsimo de las Fuerzas del Mar y Tierra, obligndose a obtener
la Independencia del Per, a la determinacin de nacionales,
ciudadanos y naturalizados; garantas y derechos individuales;
funciones de los Ministros del Consejo de Estado y del Poder
Judicial, constituido por la Alta Cmara de Justicia; funciones y
elecciones municipales y vigencia del Estatuto hasta que se declare
la independencia de todo el territorio en cuyo caso se convocara un
Congreso General que establecera la constitucin permanente y la
forma de gobierno.
Estatuto Provisional
Bases de la Constitucin Poltica de la Repblica Peruana.-
aprobada por el Primer Congreso Constituyente el 17 de diciembre de
1822 rigi hasta el 12 de noviembre de 1823. Constaba de 24
artculos. Todas las provincias del Per reunidas en un slo cuerpo
formaban la nacin, que sera independiente de la monarqua espaola y
de toda dominacin extranjera y no poda ser patrimonio de ninguna
persona, ni familia. El gobierno sera popular-representativo, la
religin Catlica, con exclusin del ejercicio de cualquier otra. A la
nacin le corresponda dictar la constitucin y las leyes por medio de
sus representantes, y deberan concurrir todos los ciudadanos a la
eleccin de stos. Se fijaban los derechos que deba proteger la
constitucin. Se dividan los tres poderes del Estado independiente
entre si. El Poder Legislativo en el cual la iniciativa de las
leyes se reservaba a los representantes, que eran inamovibles y de
por vida. El Poder Ejecutivo no podra ser ni vitalicio ni
hereditario, siendo responsables por las resoluciones tomadas en
comn. El Poder Judicial sera independiente, los jueces inamovibles
y de por vida. En las causas criminales el juzgamiento sera pblico.
La imposicin de contribuciones es de competencia exclusiva del
Congreso. La constitucin protega la libertad de los ciudadanos, de
imprenta, la seguridad personal, etc. La instruccin era una
necesidad general y la sociedad la deba por igual a todos sus
miembros.
2. Qu es una Constitucin?
La Constitucin es la expresin cultural de cmo se organiza la
sociedad. En ella plasmamos nuestro acuerdo para funcionar como
colectivo, y formalizamos la cuanta de lo que renunciamos de
nuestra libertad personal, para garantizar la armona en nuestra
convivencia. Definimos cmo y a quin delegaremos las funciones a las
cuales renunciamos, y las formas como se normar el ejercido de esas
libertades delegadas. En sntesis, una Constitucin es un convenio
para garantizar la convivencia pacfica. Todo lo que delegamos lo
asignamos a instituciones, para garantizar la permanencia de tales
acuerdos. La sumatoria de estas instituciones la denominamos
Estado.
Constitucin.- ley fundamental, escrita o no, de un Estado
soberano, establecida o aceptada como gua para su gobernacin. La
constitucin fija los lmites y define las relaciones entre los
poderes legislativo, ejecutivo y judicial del Estado, estableciendo
as las bases para su gobierno. Tambin garantiza al pueblo
determinados derechos. La mayora de los pases tienen una
constitucin escrita.
a) El Congreso constituyente: es aquel que, una vez formado, se
encarga de la redaccin de una constitucin o bien de su reforma o
enmienda de la ya existente.
b) El Congreso constituido: es aquel que est formado por todos
los parlamentarios elegidos por los votos de los Ciudadanos de las
ltimas elecciones convocadas y su fin principal es el de elegir a
mesa que rige las normas del parlamento as como a su presidente del
mismo, para a continuacin elegir al mximo mandatario de la Nacin en
la figura del Presidente del Gobierno, en primera votacin por
mayora absoluta (la mitad mas uno) y si no proceder a elegir por
mayora relativa, siempre que esta le permita gobernar.
1. CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA PERUANA 1823
San Martn HYPERLINK
"http://orbita.starmedia.com/~const-peru/documentos/c-1823.html"
AntecedentesEl general , por decreto de diciembre de l82l,
convoc a un Congreso General Constituyente, cuyos objetivos seran
establecer la formacin definitiva de Gobierno y dictar la
constitucin que ms conviniera a la nacin. Como fecha de su reunin
se sealo el 1ro de mayo de 1822; aunque el Congreso slo pudo
iniciar sus labores el 20 de setiembre de dicho ao. La instalacin
del Congreso General fue en la Universidad Nacional Mayor de San
Marcos. Apenas instalado declar que quedaba solemnemente
constituido. Acept la renuncia presentada por San Martn, otorgndole
el ttulo de Generalsimo de las Armas del Per. El Congreso inici los
debates constitucionales en el mes de abril de 1823. El problema
principal que tuvieron los constituyentes de 1823 fue la forma de
gobierno, haba partidarios de la monarqua y tambin de la
Repblica.HechosFue aprobada por el Primer Congreso Constituyente,
la promulg el Presidente de la Repblica Jos Bernardo Torre Tagle el
12 de noviembre de l823, no llego a regir ya que das antes se haba
acordado que quedaran en suspenso los artculos constitucionales
incompatibles con el ejercicio de las amplias facultades otorgadas
al libertador Simon Bolvar, y hasta que los hechos de la
emancipacin varen. Por ley del 17 de febrero de 1824 y considerando
que las libertades amenazadas por los reveses que haba sufrido la
repblica se le entrego todo el poder a Bolvar quedando en suspenso
los artculos constitucionales, leyes y decretos que fueran
incompatibles con la autoridad de Bolvar. En 1826 se promulg la
constitucin vitalicia. Por decreto ley del 11 de julio de 1827 al
mismo tiempo que se declaraba nula y sin valor la constitucin
vitalicia, se pona en vigor la de 1823, con modificaciones y
subrogaciones que robustecan al Poder Ejecutivo y ampliando las
atribuciones de la repblica.
EstructuraConstitucin de marcada tendencia liberal entre los
aportes bsicos figuraban el reconocimiento del Sistema Republicano,
se design la religin Catlica como Oficial, se estableci el sistema
de Poderes Tripartito (Ejecutivo, Legislativo y Judicial). Adems la
libertad de los nacidos en el Per despus de 1821 (favoreciendo a
los esclavos), se considero como electores a los hombres mayores de
edad, analfabetos y poseedores de alguna renta. El presidente lo
elega el congreso. La debilidad en esta constitucin fue el papel
secundario dado al Poder Ejecutivo, en un momento de creciente
anarqua poltica.Total de Artculos: 193Secciones: 3
Primera Seccin: 4 Captulos
Segunda Seccin: 10 Captulos
Tercera Seccin: 5 Captulos
2. CONSTITUCION POLITICA DE 1826
Bolvar HYPERLINK
"http://orbita.starmedia.com/~const-peru/documentos/c-1826.html"
AntecedentesEl Congreso Nacional debi reunirse el 10 de febrero
de 1826 pero no lo hizo hasta el 29 de marzo, sus sesiones slo
duraron hasta el 10 de mayo. quera que el Per, Bolivia y Colombia
tuvieran una constitucin uniforme, y establecer con las tres
repblicas, una federacin de la que sera Presidente Vitalicio. Se
someti a los colegios electorales el proyecto de constitucin,
idntico al aprobado para Bolivia. Se les consult tambin sobre la
persona que deba ejercer la presidencia vitalicia establecida por
esa constitucin. Con excepcin de Tarapac se pronunciaron las
provincias a favor. El consejo de Gobierno declar el 30 de
noviembre de 1826 que era ley fundamental del Estado Peruano y que
el libertador Bolvar sera su Presidente Vitalicio bajo el ttulo de
Padre y Salvador del Per.
Hechos Fue jurada el 9 de diciembre de 1826 por el Consejo de
Gobierno presidido por Santa Cruz en ausencia de Bolvar que haba
salido del Per el 3 de setiembre. La oposicin contra la nueva carta
creca y el jefe del movimiento era Javier Luna Pizarro, que
encabezaba el grupo nacionalista y adverso a los propsitos de
Bolvar. Estallo en Lima un motn el 26 de enero de 1827 y al da
siguiente Santa Cruz convoc a elecciones para un Congreso
Constituyente Extraordinario que debera reunirse en el curso del ao
para que decidiera sobre la carta que deba regir. Confirindosele
tambin la autoridad para elegir Presidente y Vicepresidente de la
Repblica. Por lo tanto, la constitucin conocida como la Vitalicia
rigi slo siete semanas hasta el 27 de enero de 1827.
EstructuraLa constitucin vitalicia reconoca cuatro poderes: el
electoral, el legislativo, el ejecutivo y el judicial. El electoral
lo ejercan inmediatamente los ciudadanos. Para ser ciudadano se
requera tener la nacionalidad peruana, saber leer y escribir, tener
un empleo o industria o profesar alguna ciencia o arte. El poder
legislativo emanaba directamente de los Colegios Electorales,
resida en tres cmaras: Tribunos, que deban durar cuatro aos;
Senadores que deban durar ocho y Censores que eran vitalicios. El
Poder Ejecutivo estaba representado por un Presidente Vitalicio, un
Vicepresidente y cuatro Ministros de Estado. El poder Judicial
conformado por los Colegios Electorales formaran las ternas para
los Magistrados y Jueces y los titulares seran designados por el
Senado. Los de la Corte Suprema eran escogidos por los censores
entre listas preparadas por el Senado. Los colegios electorales,
tenan intervencin en la reforma de la constitucin, la que no poda
ser suspendida. Abola el gobierno municipal y sus funciones
especficas, se atribuan a las autoridades polticas, a los
prefectos.
Total de Artculos: 150
Ttulos: 11
Captulos: 23
3. Constitucin Poltica de la Repblica Peruana 1828
Santa Cruz HYPERLINK
"http://orbita.starmedia.com/~const-peru/documentos/c-1828.html"
AntecedentesProducida la cada del rgimen bolivariano, expulsadas
las tropas colombianas, derogada la Constitucin Vitalicia, todo
esto implicaba una derrota autoritaria. Los liberales estaban en el
poder. Inmediatamente convocaron a un Congreso General
Constituyente. La asamblea se instal el 4 de Junio de 1827. que
ejerca la Presidencia del Consejo de Ministros renunci al cargo
aunque se le prorrogo la autoridad suprema con el ttulo de Jefe
Encargado del Poder Ejecutivo. Seis das despus se resolvi elegir
Presidente y Vicepresidente de la Repblica con carcter de
titulares. Fue elegido La Mar.
HechosLa constitucin de 1828 fue sancionada por el Congreso
General Constituyente el 18 de marzo de 1828 y promulgada por el
Presidente General La Mar el 20 de abril. En Julio de 1833 fue
derogada para reformarla, dejando de regir el 10 de junio de
1834.
EstructuraFue de tendencia liberal. Conceda el sufragio a todos
los hombres libres nacidos en el territorio del Per sin excepcin,
mayores de veintin aos o casados que no hubiesen sido condenados a
pena ni aceptado empleo de otra nacin, ni hecho trfico de esclavos
o pronunciado voto religioso. Tambin se conceda este derecho a los
extranjeros que hubiesen servido en el ejercito o en la armada o
estuviesen avecinados desde el ao 1820 o que despus de un ao
hubiesen obtenido la carta de ciudadana (de naturalizacin), no
exigindosele para lograr sta ningn requisito. Las elecciones se
efectuaran por votacin en las parroquias y las provincias. La
eleccin de Presidente y Vicepresidente se efectuaba nombrando cada
colegio dos individuos de los que uno por lo menos, no deba ser
natural ni vecino del departamento. El ejercicio de la soberana
resida en tres poderes legislativo, ejecutivo y judicial. El Poder
Legislativo estaba formado por dos cmaras, la de senadores y
diputados. El Poder Ejecutivo se encontraba limitado por las
funciones que correspondan a las Juntas Departamentales. El Poder
Judicial en el que los jueces eran inamovibles, salvo destitucin
por sentencia legal. El presidente de la Repblica nombraba, la
propuesta en terna del senado, a los vocales de la corte suprema y
superior y a los jueces de Primera Instancia, a propuesta en terna
de la respectiva Corte Superior.
Total de Artculos: 182Ttulos: 104. Constitucin Poltica de la
Repblica Peruana 1834
Gamarra HYPERLINK
"http://orbita.starmedia.com/~const-peru/documentos/c-1834.html"
AntecedentesAl gobierno personal, autoritario y arbitrario de le
incomodaron, en todo momento, las limitaciones y controles que
estableca la Carta que rega. Inspirada por el gobierno la
propaganda que se hizo en los aos 1830-1832. Para anticipar la
fecha en que deba reunirse la convencin en la que tomaron parte
Prefectos, Colegios Electorales y Peridicos gobernativos de Lima y
Provincias. La instalacin de la Convencin Nacional tuvo lugar el 12
de setiembre de 1833, en la antigua capilla de la Universidad de
San Marcos, en su segunda sesin, realizada el 18 de setiembre, la
comisin encargada de la constitucin de 1828 tena listo un proyecto
de reforma, que fue aceptado casi sin variaciones por los dems
miembros de la comisin, presentndolo al plenario el 28 de
noviembre. La cmara empez a discutirlo el 9 de diciembre.HechosLa
convencin eligi Presidente Provisional al General Luis Jos Orbegoso
el 20 de diciembre de 1833 hasta que fuera elegido definitivamente
con arreglo a la reforma constitucional. La constitucin fue
promulgada por Orbegoso el 10 de junio de 1834. El 11 de agosto la
convencin clausuraba sus sesiones. Estuvo vigente hasta el 22 de
agosto de 1839 fecha en la que fue declarada mediante ley
insubsistente. En realidad no llego a regir debido a que al ao
siguiente de su promulgacin Salaverry implanto la Dictadura.
EstructuraLa constitucin de 1834 reproduce casi literalmente la
constitucin de 1828. Las diferencias que hay son de detalle y los
artculos modificados no llegan a veinte. Una importante modificacin
fue la supresin de la prohibicin que contena la carta anterior de
federarse a otro estado. De haberse mantenido no se habra podido
realizar la Confederacin Peruano-Boliviana. Reaccion en contra de
otorgar la nacionalidad peruana sin mayores restricciones. Se limit
a los nacidos en territorio nacional o en el extranjero de padre o
madre peruano, y a los extranjeros que hubieran servido en el
territorio de la repblica o que, casndose con peruana, ejercan arte
o industria y tengan residencia de dos aos. El derecho a voto fue
negado a los soldados, cabos y sargentos, excluyo a los sirvientes,
domsticos y mendigos, pero s a los analfabetos. Se priv al gobierno
de la intervencin que le daba la carta anterior en la formacin de
leyes en los casos de discordia entre la cmara de diputados y el
senado. Slo se le concedi al Presidente de la Repblica la facultad
para nombrar fiscales. Slo se le poda acusar al presidente de la
repblica del delito de traicin a la patria y a los dems cuando
cesaran en el gobierno. Prohiba la reeleccin inmediata ya que slo
podra ser reelegido despus de un periodo semejante. Suprimi el
cargo de Vicepresidente.
Total de Artculos: 187Ttulos: 11
5. Constitucin de la Repblica Peruana 1839
Gamarra HYPERLINK
"http://orbita.starmedia.com/~const-peru/documentos/c-1839.html"
Antecedentes investido de la autoridad suprema con el ttulo de
Presidente Provisorio, expidi el 10 de octubre de 1838 un decreto
convocando a elecciones para un Congreso Nacional, al no realizarse
dicha convocatoria expidi otra el 22 de mayo de 1839, dndole
carcter de constituyente. Las sesiones preparatorias tuvieron lugar
en Huancayo desde el 5 de agosto, inaugurndose el 15 de agosto de
1839, otorgndosele a Gamarra honores y el ttulo de Restaurador del
Per, y Generalsimo de las Fuerzas del Mar y Tierra. Declar
insubsistente la constitucin de 1834 el 22 de agosto. La comisin de
constitucin afirmaba en su dictamen presentado en los primeros das
de octubre, que la carta a dictarse deba evitar la anarqua y
preservar a la Repblica de tales males. Menos de tres meses de
deliberacin bastaron para dar al pas una constitucin, la que se
discuti y vot en veinte das concluyendo las labores de la asamblea
en la propia ciudad de Huancayo el 29 de noviembre de 1839.
HechosConocida como la Constitucin de Huancayo por ser esta la
ciudad donde se redact. Fue aprobada por el Congreso Constituyente
y promulgada por el Mariscal Agustn Gamarra el 10 de noviembre de
1839. La constitucin de Huancayo rigi doce aos de 1839 a 1842 y de
1845 a 1854. La convencin nacional reunida inmediatamente despus
del triunfo liberal de Castilla en La Palma, declar el 22 de
octubre de 1855, que estaba derogada por voluntad nacional.
EstructuraUna repblica popular, representativa, consolidada en
la unidad, responsable y alternativa, fue la base del rgimen,
adoptada por la Carta de Huancayo. Distingue por primera vez,
nacionalidad de ciudadana. Haba segn ella dos clases de peruanos de
nacimiento y por naturalizacin. Gozaban de la ciudadana ambas
clases de peruanos. Para ejercerla se necesitaba tener veinticinco
aos o ser casado, saber leer y escribir, excepto los indgenas y
mestizos hasta el ao 1845, y pagar alguna contribucin. El jefe del
Poder Ejecutivo era el Presidente de la Repblica, cuyos poderes
fueron reforzados. Era elegido por el pueblo en forma indirecta,
mediante los colegios electorales. En caso de empate o de que
ninguno de los candidatos obtuviera la mayora necesaria, el
Parlamento elega entre los tres que hubieran obtenido mayor nmero
de sufragios. La duracin del mandato presidencial que siempre se
haba fijado en cuatro aos, lo ampliaba a seis aos. Se prohibi la
reeleccin, salvo el transcurso de un perodo. No se estableca la
Vicepresidencia igual que en la de 1834. El Presidente del Consejo
de Estado, reemplazaba al Presidente. Suprimi la inamovilidad del
Poder Judicial. Sus Magistrados podan ser trasladados, suspendidos
y an removidos por el Poder Ejecutivo.Total de Artculos: 192Ttulos:
19
6. Constitucin de la Repblica Peruana 1856
Ramn Castilla HYPERLINK
"http://orbita.starmedia.com/~const-peru/c-1856.html"
AntecedentesEstando en el gobierno de Echenique, vence al
ejrcito en La Palma, pasando Castilla a ser Presidente Provisional,
convoc una Convencin Nacional de diputados, los que seran elegidos
para que dictarn la constitucin y leyes orgnicas que necesitaba la
repblica. Se instal el 14 de julio de 1855 y estuvo reunida hasta
el 2 de noviembre de 1857. Previa a la constitucin se elabor el
Estatuto Provisorio dado por la Convencin Nacional hasta que se
aprobar la Nueva Carta Poltica. Rigi desde el 27 de junio de 1855
al 19 de octubre de 1856.
HechosAprobada la constitucin por la Convencin Nacional y
promulgada por el presidente Mariscal Ramn Castilla el 19 de
octubre de 1856. En 1860 el congreso ordinario mediante votacin
aprob la reforma constitucional. Dej de regir el 13 de noviembre de
1860.
EstructuraLa constitucin de 1856 redujo el mando presidencial a
cuatro aos en vez de seis; no se considero la vicepresidencia. La
divisin del congreso en senadores y diputados se hara por sorteo y
no por votacin. Modific la forma de elegir al Fiscal de la Nacin y
a los miembros del Ministerio Fiscal. Se reestablecieron las Juntas
Departamentales y las Municipales con extensas atribuciones. Se cre
un Consejo de Ministros, eliminando el Consejo de Estado y neg al
gobierno la facultad de suprimir las garantas individuales,
limitndolo slo en casos en la esfera constitucional, y previa
autorizacin del Congreso. Se reconoca el derecho de la cmara de
diputados de poder acusar al presidente por impedir la reunin del
congreso o intentar disolver o suspender sus sesiones. El Consejo
de Ministros era una entidad autnoma. El congreso poda intervenir
en los nombramientos militares. Las juntas departamentales tenan la
injerencia en la designacin de los Prefectos y Subprefectos. La
obediencia militar estaba subordinada a la constitucin y a las
leyes. Estableci el sufragio directo para todos los peruanos que
supieran leer y escribir. El presidente era elegido por votacin
directa.
Total de Artculos: 140
Ttulos: 19
7. Constitucin Poltica del Per 1860
Castilla HYPERLINK
"http://orbita.starmedia.com/~const-peru/documentos/c-1860.html"
AntecedentesProducida la disolucin de la convencin por
insurreccin en noviembre de 1857 el Consejo de Ministros convoc a
los pueblos a elegir Presidente, Vicepresidente de la Repblica y a
los representantes del Congreso. El Congreso se reuni el 12 de
octubre de 1858 ratificando al Mariscal como Presidente. Al
relevarse las funciones de este congreso, se convoc a los pueblos
para que procedieran a elegir sus representantes al Congreso
Ordinario del 28 de julio de 1860. Luego de la votacin para
reformar la constitucin se procedi a designar la comisin de
constitucin. La comisin elev su proyecto el 22 de agosto. El 28 de
agosto de 1860 la Asamblea inici el debate constitucional, que dur
hasta el 10 de noviembre.
HechosAprobada por el Congreso Ordinario el 13 de noviembre de
1860 promulgada por el Presidente Mariscal Castilla, dur hasta el
18 de agosto de 1867. Fue nuevamente puesta en vigencia en enero de
1868. Fue suspendida durante la guerra con Chile en diciembre de
1880 hasta enero de 1881. Dejo de regir definitivamente en 1919.
Fue por lo tanto, la constitucin de ms vigencia en la historia del
Per.
EstructuraLa constitucin de 1860 constaba de XIX ttulos,
generales y siete disposiciones transitorias. La iglesia y el
estado estaban unidos y se prohiba el ejercicio pblico de otra
religin que no fuera la catlica Apostlica y Romana. Aboli al rgimen
bicameral es decir, de senadores y diputados. La reeleccin fue
prohibida. No slo se consider una vicepresidencia de la repblica,
sino una segunda vicepresidencia pero con el poder limitado a la
funcin de convocar elecciones. Se suprimi el sufragio directo ya
que como se aleg el pas no estaba preparado para ello, puesto que
se prestaba a coacciones y porque exiga un notable grado de
cultura. En 1896 se estableci el voto directo y pblico suprimindose
el voto de los analfabetos por considerarse que era un voto
manipulado por los caciques polticos, las autoridades
gubernamentales y las gamonales. El ejrcito no poda liberar, su
obediencia deba ser pasiva. Total de Artculos: 138Ttulos: 19
8. Constitucin Poltica del Per 1867
Mariano Ignacio Prado HYPERLINK
"http://orbita.starmedia.com/~const-peru/documentos/c-1867.html"
AntecedentesTriunfante la revolucin iniciada en Arequipa y
organizado el gobierno de la dictadura bajo la presidencia del
general , mediante decreto del 28 de julio de 1866 convoc a
elecciones simultneamente para Presidente y para un Congreso
Constitucional. El mismo da de la instalacin de la asamblea (l5 de
febrero de 1867), Prado se despoj del poder dictatorial que le haba
conferido el Plebiscito del 28 de noviembre de 1865, en la
siguiente sesin del mismo da era elegido Presidente Provisorio. La
comisin de la Constitucin observ un criterio descentralista en su
estructura. Haba representantes por el norte y otros tantos por el
centro y sur. La comisin present su proyecto en la sesin del 8 de
marzo de 1867.
HechosAprobada por el Congreso Constituyente y promulgada por el
Presidente General Mariano Ignacio Prado el 19 de agosto de 1867.
La constitucin no lleg a ser juramentada en Arequipa, pues fue
quemada pblicamente en dicha ciudad. El movimiento se extenda y
creca ante esta situacin Prado dimiti el 5 de enero de 1868,
embarcndose para el extranjero. La constitucin slo estuvo vigente
hasta el 6 de enero de 1868, o sea menos de cinco meses.
EstructuraLa constitucin de 1867 es en gran parte copia de la
carta de 1856, pero ms avanzada, extremada y radical. Suprime la
obligacin de jurar la constitucin como requisito indispensable para
ejercer funciones pblicas y el lento juicio de residencia universal
para todos los funcionarios pblicos, reemplazndolo con la
responsabilidad legal. Establece la total libertad de la enseanza
primaria, media y superior y la fundacin de universidades con tal
que no atacaran la moral o la seguridad pblica. Al tratar de la
nacionalidad, que gozarn de los derechos de peruanos de nacimiento,
los extranjeros que hicieron la campaa de la independencia y los
vencedores de Abtao y el Callao (Combate del dos de Mayo) que
residan en el pas; vuelve el sufragio popular directo, concedindole
a todos los ciudadanos, en ejercicio a partir de los veintin aos.
Mantena la prohibicin de la reeleccin inmediata. Suprimi la
vicepresidencia, asumiendo la presidencia en caso de vacancia, el
Presidente del Consejo de Ministros. La eleccin del Presidente se
haca por el pueblo, y en su defecto por el Congreso. En vez del
Fiscal de la Nacin estableca el cargo de Fiscal General
Administrativo, como consultor del gobierno y defensor de los
intereses fiscales.
Total de Artculos: 131Ttulos: 19
9. Constitucin para la Repblica del Per 1920
Augusto B. Legua HYPERLINK
"http://orbita.starmedia.com/~const-peru/documentos/c-1920.html"
AntecedentesEn las elecciones de 1919 triunf el candidato .
Temeroso que el Congreso desconociera el resultado electoral, Legua
se apodera de la Presidencia mediante un golpe revolucionario el 4
de julio de dicho ao. Crea el rgimen de la Patria Nueva, el 10 de
julio el gobierno dio un decreto en el cual expresaba la necesidad
de realizar reformas, para ello, someta a consulta de la nacin,
mediante un Plebiscito la incorporacin o no de una nueva
constitucin. Las elecciones para presidente de la repblica y para
representantes se efectuaron el 24 de agosto siendo elegido
Presidente Legua. La sesin de instalacin de la Asamblea
Constituyente se efectu el 24 de setiembre de 1919 y estuvo reunida
hasta el 27 de diciembre.
HechosLa promulgacin de la constitucin se efectu el 18 de enero
de 1920, en el 385avo Aniversario de la Fundacin de Lima y desde la
Casa Municipal por el presidente Legua. Rigi hasta el 9 de abril de
1933 aunque haba dejado de regir desde agosto de 1930.
EstructuraLa constitucin de 1920 suprimi la Vicepresidencia de
la Repblica. Suprimi la renovacin por tercios del congreso. La
eliminacin de los senadores y diputados suplentes; las
incompatibilidades entre el mandato legislativo y cualquier otro
cargo pblico, la ratificacin de la corte suprema, de los jueces de
primera y segunda instancia. La prohibicin de percibir ms de un
sueldo pagadero por el estado para evitar emulaciones ilcitas. En
las garantas sociales aparecieron las condiciones de trabajo, el
salario mnimo, la funcin social de la propiedad, la conciliacin y
el arbitraje obligatorio en los conflictos entre el capital y el
trabajo. Los servicios asistenciales, el fomento de la maternidad,
la proteccin del nio y la defensa de la raza indgena. Se quiso dar
una satisfaccin aparente a los descentralistas, creando los
Congresos Regionales que no cur los males de ste ni descongestion
el Parlamento ni tuvo una zona de accin precisa y eficaz ni estimul
la vida local, limitndose a ser meros cuerpos burocrticos y
peticionarios. Otras innovaciones fueron las relativas a la
declaracin de los fines del estado, reconoci la existencia de las
comunidades indigenaza. La declaracin que la propiedad territorial,
cualquiera que sea su naturaleza y condicin esta regida
exclusivamente por las leyes de la repblica y que los extranjeros
quedan en ese aspecto en igualdad de condiciones con los
nacionales; el reconocimiento que la contribucin sobre la renta ser
progresiva, la ratificacin por el senado de los nombramientos de
embajadores y ministros plenipotenciarios. La declaracin que el
profesorado es carrera pblica, la obligatoriedad y gratuidad de la
enseanza en sus otros grados. Se suprimi, poco despus, la
prohibicin constitucional de la reeleccin presidencial vivindose
entre 1920 y 1930, en un rgimen personal en un gobierno de
perpetuidad indefinida.
Total de Artculos: 161 Ttulos: 1910. Constitucin Poltica del Per
1933
Snchez Cerro HYPERLINK
"http://orbita.starmedia.com/~const-peru/documentos/c-1933.html"
AntecedentesEl 22 de agosto de 1930 en Arequipa estall una
revolucin dirigida por el comandante ; Legua renunci al mando el 25
de agosto. Asumi el mando Snchez Cerro el 2 de setiembre de 1930.
Convoc por decreto-ley del 8 de noviembre una Asamblea encargada de
dictar la nueva Carta Poltica. Por varios decretos leyes la Junta
de Gobierno reafirm su propsito de ir a una constituyente. Las
elecciones se efectuaron de acuerdo con el decreto-ley expedido el
26 de mayo de 1931, comenzando casi inmediatamente la discusin de
la nueva constitucin.
HechosLa constitucin qued lista a fines del ao 1932, fue
promulgada el 18 de enero de 1933 por el presidente Luis Snchez
Cerro. Posteriormente durante el gobierno de Benavides en el ao
1939 se convoc a un Plebiscito para modificar o suprimir ciertos
artculos de la carta de 1933, como disminuir las facultades
legislativas del congreso en materia econmica y aumentar el periodo
presidencial a seis aos. En suma quera robustecer el poder del
presidente de la repblica. Las modificaciones fueron aprobadas,
aunque ms tarde fueron derogadas globalmente por ley de diciembre
de 1945. La carta de 1933 cumpli a la promulgacin de la de 1979, en
julio de ese ao ms de 46 aos.
EstructuraEn la constitucin de 1933 funciona el Consejo de
Ministros con un Presidente propio; el Presidente de la Repblica no
poda nombrar ni remover a los miembros del gabinete sin el
consentimiento del Premier ni tampoco poda realizar ningn acto de
gobierno sin la refrendacin ministerial; los Ministros podan ser
diputados o senadores y concurrir a los debates de las cmaras, ser
interpelados y censurados, debiendo dimitir en tal caso; el
Presidente de la Repblica era elegido por el sufragio popular
directo. Suprimi la institucin de la vicepresidencia, mientras el
congreso designaba al que termine el periodo presidencial vacante,
el Poder Ejecutivo asumira el Consejo de Ministros. Se mantuvo el
sistema de las renovaciones totales para el parlamento. El poder
ejecutivo declaro que el presidente de la repblica es el Jefe del
Estado y personifica a la Nacin; prohbe la reeleccin presidencial
inmediata y ordenaba que este artculo no poda modificarse ni
derogarse bajo la pena de perder la funcin o el cargo pblico quien
lo sugiera o propicie; el Presidente de la Repblica pasara a ocupar
un puesto en el senado concluir su periodo. Sobre el sufragio se
dictamin el voto obligatorio y secreto, la necesidad de la autonoma
del Poder Electoral, el Registro Electoral Permanente, el no
reconocimiento del voto a los menores de veinte aos ni a los
miembros de las fuerzas armadas en servicio y el sufragio femenino
en las elecciones municipales y ampliado en 1955 para las
elecciones polticas. Se mantena la libertad de prensa, reconoca la
libertad de conciencia y creencia y que cualquier religin goza de
libertad para el ejercicio de su culto pblico. Las modificaciones
fueron muy pocas, la creacin de la vicepresidencia de la repblica,
la ampliacin de cinco a seis aos del mandato presidencial y
parlamentario, el voto a los religiosos y la renovacin conjunta de
ambos poderes.
Total de Artculos: 236Ttulos: 16
11. Constitucin Poltica del Per 1979
Estatuto Provisorio de 1879
El 27 de diciembre de 1879 don Nicols de Pirola con la aprobacin
de sus ministros, expeda un estatuto provisorio para regularizar
los actos de la dictadura, mientras se establecan en la repblica
las instituciones definitivas. Constaba slo de doce artculos.
Contena principalmente declaraciones de orden doctrinario y
poltico. Afirmaba que la soberana e independencia del Per so el
fundamento de su vida poltica y social; la unidad de la familia
peruana y su integridad; el gobierno garantizaba la instruccin
primaria y fomentaba la superior. Sancionaba la independencia del
poder judicial. al dimitir Pirola debido al fracaso de sus
negociaciones con chile y las derrotas en san Juan y Miraflores
asumi el gobierno el doctor francisco Garca caldern siendo uno de
sus primeros actos declarar vigente la constitucin de 1860. por lo
tanto el estatuto provisorio estuvo vigente hasta el 6 de enero de
1881.
HechosLa constitucin de 1979 fue promulgada por la propia
Asamblea Constituyente el 12 de julio de 1979. Fue ratificada por
el presidente constitucional Fernando Belande Terry el 28 de julio
de 1980. Rigi hasta el 29 de diciembre de 1993.
EstructuraLa constitucin de 1979 posea un nuevo articulado
fundamental de los derechos sociales, econmicos, culturales,
educativos, polticos y de trabajo. Proclam la soberana y la
jurisdiccin martima hasta las 200 millas. La aceptacin de la doble
nacionalidad siempre en base a la reciprocidad. La prohibicin que
cualquier peruano sea privado de su nacionalidad, la proclamacin de
las fuerzas armadas en defensa nacional, adems de la participacin
permanente en el desarrollo social y econmico del pas. La
intervencin de la juventud en la actividad poltica, ratificndose el
voto a los mayores de 18 aos; elimina la diferencia entre hijos
legtimos e ilegtimos; creo la igualdad de oportunidades para la
mujer en todos los campos. Propiciaba la libertad de prensa,
garantizaba la propiedad de los diarios y los medios de difusin
masiva. Por primera vez permita que el presidente de la repblica
disuelva la cmara de diputados si esta censuraba a tres gabinetes,
reforzando la estabilidad de los ministerios. El presidente era
elegido por sufragio directo por ms de la mitad de los votos, de no
obtenerlo se pasaba a una segunda eleccin entre los dos candidatos
ms votados. Se estipulaba las dos vicepresidencias. No estaba
permitida la reeleccin inmediata. Consagra la jornada de 8 horas y
la estabilidad laboral; la proteccin del trabajo a los menores,
mujeres y trabajadores nocturnos; la irrenunciabilidad de los
derechos de los trabajadores y el acceso de todos ellos y sus
familiares a la Seguridad Social. Proclama el derecho de los padres
a intervenir en la educacin de sus hijos. Proclama la
constitucionalizacin de los partidos polticos, la irretroactividad
de la ley, salvo cuestiones laborales, tributarias y de
procedimiento penal.
Total de Artculos: 307 Ttulo: 1 Captulos: 2
12. Constitucin Poltica del Per 1993
Estructura La actual carta magna presenta algunas innovaciones
adems de omisiones con su antecesora la constitucin de 1979.
Considerando los avances tecnolgicos se agrega que ningn servicio
informtico, computarizados o no, pblico o privado, puede dar
informacin que pueda afectar la intimidad personal y familiar. En
lo referente a la libertad de creacin se especifica la propiedad de
las creaciones y su producto. En lo referente a la educacin se
seala como obligatoria la educacin inicial, primaria y secundaria.
Deja de existir la estabilidad laboral. Aparece el Referndum como
consulta popular mediante voto para la reforma de la constitucin,
ordenanzas municipales, descentralizacin. El voto es obligatorio
desde los 18 aos hasta los sesenta en que pasa a ser facultativo.
El Congreso consta de una sola cmara (antes eran dos de diputados y
senadores), siendo el nmero de congresistas 120, se elimino la
participacin de los ex-gobernantes en el congreso. El congreso
puede iniciar investigaciones sobre asuntos de inters pblico. Las
leyes no tienen efecto retroactivo salvo en materia penal,
eliminndose en materia laboral y tributaria. En lo que respecta al
Consejo de Ministros, para ser Ministro adems de los requisitos de
la carta del 79 tambin lo pueden ser los miembros de las Fuerzas
Armadas y de la Polica Nacional. El Presidente puede disolver el
congreso si ste ha censurado o negado su confianza a dos consejos
de ministros (antes eran tres). La pena de muerte adems por Traicin
a la Patria puede ser aplicada en caso de terrorismo, teniendo en
cuenta las leyes y tratados en los que el Per este obligado a los
contrario. Se crea la Defensora del Pueblo. Se permite la reeleccin
inmediata por un periodo presidencial adicional. Se divide el
sistema electoral en tres instituciones el Jurado Nacional de
Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el
Registro Nacional de Identificacin y Estado Civil.
Total de Artculos: 206Ttulos: 6Captulos: 14IV CONCLUSIONES He
llegado a la conclusin de que es importante conocer y saber de la
historia de nuestro pas, y el elaborar este trabajo me ha servido
para profundizar ms sobre la importancia de la historia de nuestra
patria as como de las diversas constituciones que ha tenido nuestro
Per. Concluimos que con el paso del tiempo, nuestro pas ha
evolucionad o favorablemente, logrando importantes cambios
estructurales en su forma de gobierno; estos cambios se han ido
plasmando en las Constituciones que ha tenido nuestra nacin. Para
entender este proceso de madurez poltica, debemos analizar
concienzudamente los inicios del Per, desde la poca en que se
exclamo el grito libertario de San Martn, hasta nuestros das; en
cada uno de estos lapsus de gobierno debemos de sealar que la
postura poltica ha cambiado de conformidad con los gobernantes de
turno; quien es han elaborado una constitucin a su medida.
V. BIBLIOGRAFA-PAREJA PAZ SOLDAN, Jos: DERECHO CONSTITUCIONAL
PERUANO.
- Dictadura y Democracia, Agustn Haya de la Torre, Cp. IV la
republica excluyente, edicin 1984 Pg. 133 157 Juan Megia Baca.
- Democracia y Tradicin constitucional el Per pedro planos
silva
Conferencia dictada en la maestra de planificacin y gestione
desarrollo de la universidad nacional de ingeniera, el 20 de mayo
de 1998.
- La constitucin y tu, Enrique Chirino s Soto y Roci Chirino
Mantalbetty, edicin 1994 editorial Ella. Books SA
-
http://www.congreso.gob.pe/comisiones/1999/exteriores/Libroweb/intro.htm
- http://www.google.com.pe/search?hl=PAGE 1