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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
FUERZA AÉREA URUGUAYA
INVITA A:
LLAMADO A REMATE PÚBLICO OFICIAL E INTERNACIONAL
Por disposición del Señor Ministro de Defensa Nacional , según
resolución
número 75905 de fecha 16 de setiembre de 2020, se dispuso, que
con
fecha jueves 15 de octubre de 2020 a las 12.00 horas de
Montevideo-
Uruguay en la Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores
y
Corredores Inmobiliarios, en adelante (A.N.R.T.C.I.), sito en la
calle Av.
Uruguay 826, (Montevideo-Uruguay), presidido por el Señor
General del
Aire Luis H. de León, y por intermedio del Rematador designado
Señor
Mario Molina Matrícula número 5148 y RUT 213005240012 , se
procederá
a la enajenación en Remate Público Oficial e Internacional al
alza, sin
base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, del bien
mueble, y
componentes que por accesión integran el mismo y que se
dirán.
El remate se realizará sujeto a las siguientes condiciones, que
junto a las
disposiciones legales aplicables regularán el acto:
PRIMERO: OBJETO: Aeronave, Matrícula CXCIB, Marca: Hawker,
Modelo: HS-125-700A, Serie número: NA 0251-257071, Motores
marca:
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Honeywell, Modelo: TFE 731-3DR-1H, Números de serie: P-84165 y
P-
84166, los demás componentes que le acceden se encuentran
detallados
en el Anexo A.
SEGUNDO: DOCUMENTACIÓN: Los interesados tendrán acceso a la
documentación relativa al bien objeto de éste remate, la que se
podrá
consultar exclusivamente en forma personal en las Instalaciones
del
Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aérea Uruguaya sito en la
Ruta
101 Km 18.500 (Canelones, Uruguay), de lunes a viernes en el
horario de
08:00 a 14:00 horas, previa coordinación con la División
Licitaciones de
Fuerza Aérea Uruguaya, mediante el correo electrónico:
[email protected]
TERCERO: La aeronave será rematada en el estado material y
jurídico en
que se encuentra, con trámites iniciados de Aeronavegabilidad
ante la
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica, en
adelante (DI.N.A.C.I.A). Actualmente la aeronave se encuentra
en
condiciones operativas, y con las correspondientes Inspecciones
al día,
Anexo B, todo lo cual los oferentes declaran que conocen y
aceptan las
condiciones, sin derecho a reclamo de clase alguno (ver Anexos).
El
martillero actuante, así como el Ministerio de Defensa Nacional
junto a la
Fuerza Aérea Uruguaya, no serán responsables bajo ningún
concepto por
vicios o desperfectos de la aeronave o sus componentes, así
como
tampoco podrá el mejor postor aducir vicios o defectos de la
titulación y
mailto:[email protected]
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documentación. Quienes se presenten al remate y formulen postura
se
entiende que aceptan los títulos y toda la documentación
relativa al bien y
sus componentes, así como la situación en que se encuentra. Los
trámites
referidos a la matriculación, empadronamiento y/u obtención
de
certificados de aeronavegabilidad que pudieren corresponder
serán de
exclusiva responsabilidad del comprador. El mejor postor no
podrá aducir
vicios y/o defectos de la titulación, jurídicos o materiales
anteriores al
remate. La sola presentación a la subasta y formulación de
oferta implica
la aceptación de la documentación que obre en poder de ésta
Administración, así como de la situación material y jurídica en
la que se
encuentre el bien, asimismo se entenderá que el mejor postor
conoce la
legislación en materia de abanderamiento y matriculación, que
serán de su
cargo y cuenta, así como también lo serán las inspecciones,
manuales,
toda reparación, puesta a punto que deba realizarse al bien,
certificaciones, constancias, título de propiedad y toda
documentación que
deba gestionarse, así como la baja de bandera de origen en el
caso de
querer efectuarla.
Serán de cargo del mejor postor, a partir del día y hora del
remate, todos
los gastos y tributos que la ley y/o reglamentación ponga a
cargo del
propietario o explotador de la aeronave, lo que se genere por
concepto de
traslado y todo otro gasto o costo relacionado al bien y asumirá
los riesgos
y las responsabilidades civiles y/o penales y/o administrativas
que con el
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bien se produzcan, tanto sea a bienes como a personas,
exonerando a la
Administración por dichos conceptos.
CUARTO: VISITAS: La exhibición de la aeronave será desde el
jueves 1º
de octubre al miércoles 14 de octubre del corriente , en el
horario
comprendido entre las 08:00 y 14:00 horas (hora local), previa
solicitud a
la División Licitaciones de la Fuerza Aérea Uruguaya mediante el
correo
electrónico [email protected] .
Se deberá efectuar la solicitud con 24 horas de anticipación; en
la solicitud
se deberá consignar, nombre/s y apellidos completo, número
de
documento de identidad, teléfono, y domicilio.
En cumplimiento de las disposiciones Sanitarias, sólo podrán
ingresar a
las instalaciones y visitar la aeronave, quien cuente con agenda
previa y
deberán coincidir los datos aportados por el solicitante, con
quien
efectivamente efectúe la visita.
Los visitantes, dispondrán de 45 minutos para permanecer en
las
instalaciones acompañados por técnico aeronáutico especial
izado.
Sin previa agenda, no se podrá ingresar a las instalaciones.
QUINTO: PARTICIPACIÓN: Será en modalidad presencial, y
quienes
deseen participar, deberán registrarse previamente teniendo como
plazo
límite e improrrogable para ello el día miércoles 14 de octubre
de 2020
hasta las 17:00 horas (hora local); las modalidades para
registrarse
serán:
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- Mediante la página web de la Asociación Nacional de
Rematadores
Tasadores y Corredores Inmobiliarios; www.anrtci.com.
- O de forma presencial, en la Sede de la Asociación Nacional
de
Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios; sito en la
calle Av.
Uruguay 826 (Montevideo-Uruguay), en el horario comprendido
entre
las 10:00 y las 17:00 horas (hora local).
GARANTÍA: Los interesados, luego de su registro, y previo al
acto de
remate, deberán depositar la suma de U$S 10.000 (Dólares
estadounidenses diez mil) teniendo como plazo máximo e
improrrogable
para efectuarlo hasta el día miércoles 14 de octubre de 2020, a
las 17:00
horas (hora local), en la cuenta de la institución Banco de la
República
Oriental del Uruguay, Denominada “Subasta de Avión
Presidencial”,
Identificada con el número 00156032900141 Cuenta Corriente en
dólares
estadounidenses.
Monto éste que será aceptado por concepto de participación, en
calidad
de garantía de las obligaciones asumidas. Se advierte, que este
monto
deberá estar acreditado, en dicha cuenta, previo a la hora y el
día
indicados. De modo que, de comprobar acreditación, fuera del día
y
horario indicado como límite, no será tenido en cuenta para
participar.
SEÑA: Será del treinta por ciento (30%), del producido del
remate, que
podrá abonarse mediante transferencia bancaria, letra de cambio
o cheque
de pago diferido cruzado, no a la orden, o por cualquiera de los
medios
http://www.anrtci.com/
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permitidos por la Ley de Inclusión financiera y la normativa v
igente en
Uruguay, en la cuenta de la institución Banco de la República
Oriental del
Uruguay, Denominada “Subasta de Avión Presidencial”,
Identificada con el
número 00156032900141 Cuenta Corriente en dólares
estadounidenses.
La garantía y la seña, referidos se destinará a garantizar las
obligaciones
que asume el mejor postor, quien, al efectuar depósito, se
entiende que
acepta las presentes condiciones. Dicho depósito en garantía y
seña
integrarán el precio.
Las devoluciones de las garantías (sujetas a comisión bancaria),
para
quienes no resultaren mejores postores, serán efectuadas dentro
de un
plazo comprendido de 10 días hábiles, contados a partir del
primer día
hábil siguiente al acto del remate, por transferencia
Bancaria.
SEXTO: REMATE - SUBASTA: Será a viva voz, al alza, sin base,
en
dólares estadounidenses y al mejor postor, ante el rematador
público
designado a tales efectos. .
Quienes deseen participar, se hayan registrado y efectuado
el
correspondiente depósito en garantía, en la forma y límite
horario antes
indicado, miércoles 14 de octubre de 2020 hasta las 17:00 horas
(hora
local), se permitirá su participación en el remate. Todo lo cual
se detalló
en la cláusula que antecede.
SÉPTIMO: REMATADOR: El rematador designado ha sido provisto por
la
Asociación Nacional de Rematadores y la Comisión Administradora
del
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Registro Nacional de Rematadores en cumplimiento de la
normativa
vigente y convenio suscrito, con fecha 15 de abril de 2020,
entre el
Ministerio de Defensa Nacional y la Asociación Nacional de
Rematadores,
Tasadores, y Corredores Inmobiliarios.
OCTAVO: DEUDAS: Será de exclusivo cargo de los interesados
verificar
previo al acto de remate la existencia de eventuales deudas que
graven o
afecten el bien. Las cuales, en el caso de existir, y sean con
anterioridad a
la fecha y hora indicada para este Remate serán de cuenta y
exclusivo
cargo de la Fuerza Aérea Uruguaya. Asimismo, el mejor postor
acepta el
estado jurídico y material en que se encuentra el bien, no
pudiendo aducir
vicios de clase alguna.
NOVENO: Una vez concluida la subasta deberá el mejor postor: en
caso
de apoderados, acreditar la representación que invocan, con
facultades
suficientes para este acto y en todos los casos, exhibir
documento de
identidad, designar representante legal en Uruguay, constituir
domicilio
legal en Montevideo- Uruguay, y suscribir de conformidad las
actas de
remate en el acto. Asimismo deberá aportar todos los datos que
le sean
requeridos por el Rematador en cumplimiento de la normativa
vigente en
materia de prevención de lavado de activos.
El mejor postor no podrá transferir ni ceder, ni total ni
parcialmente, los
derechos sobre el bien subastado. Debiendo efectuar la
titulación a su
nombre, e inscribirlo en los Registro Público
correspondiente.
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Lo actuado en violación de estas disposiciones será
absolutamente nulo e
inoponible. Sólo se otorgará el título a nombre de quien figura
en el acta
de remate como mejor postor. Deberá coincidir el adquirente en
la bo leta
de seña, en la factura y en la documentación a suscribirse.
DÉCIMO: PAGO: El mejor postor dispondrá de hasta 20 (veinte)
días
hábiles como plazo máximo e improrrogable para el depósito del
saldo de
precio y efectuar la escritura pública traslativa de dominio
correspondiente, así como retirar el bien del predio donde se
encuentra
depositado.
Dicho plazo se computará a partir del primer día hábil siguiente
al de la
publicación y notificación de la resolución en la página de la
Agencia
Reguladora de Compras Estatales www.comprasestatales.gub.uy .
El
saldo de precio, se deberá depositar indefectiblemente en la
cuenta
Denominada “Subasta de Avión Presidencial”, Identificada con el
numero
00156032900141 Cuenta Corriente, en dólares estadounidenses del
Banco
de la República Oriental del Uruguay.
En caso de paros y/o conflictos o cualquier causa ajena o
extraña, que
afecten la obtención de la documentación necesaria para efectuar
el título
de propiedad, el plazo se prorrogará automáticamente, hasta que
se esté
en condiciones de obtener la referida documentación, sin
responsabilidad
para el mejor postor. El plazo para depositar el saldo de
precio, no
admitirá ningún tipo de prórroga.
http://www.comprasestatales.gub.uy/
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DÉCIMO PRIMERO: COMISIÓN DEL REMATADOR: Será de cargo del
mejor postor, la comisión del rematador que asciende al 11,5%
del monto
de la oferta aceptada más impuestos, efectuándose dicho pago
dentro de
las 48 hs. hábiles posteriores a la subasta en la cuenta
Bancaria: de la
institución Banco de la República Oriental del Uruguay
número
001569651-00002 Cuenta Corriente en dólares estadounidenses.
Suma
ésta, que no integrará el precio.
Soportará asimismo el comprador, en su oportunidad, el pago de
los
tributos que correspondieren, los gastos de traslado de la
aeronave,
honorarios profesionales y cualquier otro gasto para titular el
bien
subastado a su nombre.
DÉCIMO SEGUNDO: ENTREGA y RETIRO: La entrega de la Aeronave,
se
efectuará, luego del pago total del precio y demás requisitos
que se dirá.
El bien deberá ser retirado por el mejor postor en forma
personal, o en
caso de enviar un representante, deberá presentar el documento
que
acredite con poder general o carta poder especial con firmas
certificadas
notarialmente, previa coordinación entre Fuerza Aérea Uruguaya y
la
Dirección General de Recursos Financieros del Ministerio de
Defensa
Nacional, quien corroborará el pago total del precio, que se
haya
escriturado y comprobantes de inscripción.
DÉCIMO TERCERO: INCUMPLIMIENTO: En caso de incumplimiento de
parte del adquirente de cualquiera de las condiciones
referidas
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anteriormente, el mismo perderá en forma automática la seña en
garantía
depositada y cualquier derecho a su favor derivado de la
subasta, sin
perjuicio de los daños y perjuicios que hubiera ocasionado,
quedando
facultado el Ministerio de Defensa Nacional para proceder de
inmediato a
realizar una nueva subasta según corresponda.
DÉCIMO CUARTO: Los martilleros actuarán con sujeción a las
disposiciones que regulan su quehacer, y a estas
condiciones.
DÉCIMO QUINTO: Quien resulte mejor postor deberá dar
cumplimiento a
las disposiciones vigentes en materia de prevención y control
del lavado
de activos (Ley 18.494 de 5 de junio de 2009, modificativas,
concordantes
y vigentes en la materia).
DÉCIMO SEXTO: CONSULTAS: Las Consultas, o aclaraciones sobre
el
texto de estas bases se podrán efectuar hasta el día Lunes 12 de
octubre
a las 14.00 horas (Montevideo-Uruguay). Las consultas se
harán
exclusivamente por Correo electrónico a
[email protected].
Las preguntas y respuestas estarán disponibles en la página web
de la
Agencia Reguladora de Compras Estatales (A.R.C.E).
DÉCIMO SÉPTIMO: Las partes aceptan como válidas las
comunicaciones
dirigidas mediante telegrama colacionado en los domicilios
declarados, así como
las notificaciones efectuadas por correo electrónico desde y
hacia
[email protected]
mailto:[email protected]:[email protected]
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DÉCIMO OCTAVO: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Para este
procedimiento competitivo será aplicable la legislación
uruguaya. Toda
controversia que se pudiere suscitar en relación a este llamado
se
solucionará ante los Tribunales de la República Oriental del
Uruguay, con
exclusión de cualquier otro fuero.
DÉCIMO NOVENO: INTERPRETACIÓN: Toda cláusula imprecisa,
ambigua,
contradictoria, o que pudiera dar lugar a diferente
interpretación contenida en
este llamado, se interpretará en el sentido más favorable para
la
Administración.
VIGÉSIMO: DISPOSICIONES LEGALES: Esta contratación se enmarca,
en
lo aplicable, en lo dispuesto por las normas que se dirán, sin
perjuicio de
resultar aplicables aquellas que sean derecho positivo vigente
en la
Republica, y tengan directa relación con el objeto
detallado:
-T.O.C.A.F; aprobado por Decreto Nº150/012 de fecha 11 de mayo
de 2012.
-Ley 14.305 (Código Aeronáutico).
-Ley 16.871 y modificativas.
-Ley 19.210, junto a normas, modificativas y decretos
reglamentarios
- Ley 18.494.
-Ley 19.574, junto a normas modificativas y decretos
reglamentarios.
-Decreto-Ley 15.508 y Decreto reglamentario 495/984.
Y demás leyes, decretos y resoluciones vigentes vinculadas con
el presente
llamado, y su objeto.
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Se adjuntan los siguientes Anexos al presente Llamado:
ANEXO A: (Descripción de Aeronave)
ANEXO B: (Inspecciones)
ANEXO C: (Inspecciones de Motores)
ANEXO D: (Inspecciones Aeronave)
ANEXO E: (Historial Motor RH)
ANEXO F: (Historial Motor LH)
ANEXO G: (Historial Aeronave)
ANEXO H: (Fotos)
ANEXO I: (Historial APU)